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Universidad Nacional Mayor de San Marcos
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO
Semestre II – Salón 2
Proyecto de Tesis
“FACTORES DE RESOCIALIZACIÓN Y REINSERCIÓN A LA SOCIEDAD DE LOS SENTENCIADOS EN LOS PENALES DE
LURIGANCHO Y PIEDRAS GORDAS II; 2015-I”
Para optar el grado de.
Bachiller:
Caratula Lima – Perú
2015
ÍNDICE GENERAL
Caratula...............................................................................................................1
“FACTORES DE RESOCIALIZACIÓN Y REINSERCIÓN A LA SOCIEDAD DE LOS SENTENCIADOS EN LOS PENALES DE LURIGANCHO Y SAN JORGE; 2015-I”.................................................................................................................1
I. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA...........................................................1
1.1 Situación problemática...........................................................................1
1.2 Formulación del problema......................................................................2
1.2.1 Problema General...............................................................................2
1.2.2 Problemas Específicos.......................................................................2
1.3 Justificación de la Investigación.............................................................3
1.4 Objetivos de la investigación..................................................................5
1.4.1 Objetivo General................................................................................5
1.4.2 Objetivos Específicos..........................................................................5
II. MARCO TEÓRICO.......................................................................................6
2.1 Antecedentes del problema....................................................................6
2.2 Bases teóricas........................................................................................7
2.2.1 Reinserción a la sociedad...................................................................7
2.2.2 Resocialización...................................................................................9
2.3 Marco conceptual.................................................................................24
III. HIPÓTESIS Y VARIABLES.....................................................................26
3.1 Hipótesis general.................................................................................26
3.2 Hipótesis específicas............................................................................26
3.3 Identificación de Variables...................................................................26
3.4 Operacionalización de Variables..........................................................27
3.5 Matriz de consistencia..........................................................................28
IV. METODOLOGÍA......................................................................................29
4.1 Tipo y diseño de investigación.............................................................29
4.1.1 Tipo de estudio.................................................................................29
4.1.2 Diseño de investigación....................................................................29
4.2 Unidad de análisis................................................................................30
4.3 Población de estudio............................................................................30
4.4 Tamaño de muestra.............................................................................31
4.5 Selección de la muestra.......................................................................32
4.5.1 Unidad muestral................................................................................32
4.6 Técnicas de recolección de datos........................................................32
4.7 Análisis e interpretación de la información...........................................33
V. PRESUPUESTO.........................................................................................36
VI. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES.......................................................37
VII. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS........................................................38
ANEXOS...........................................................................................................40
ÍNDICE DE TABLAS
Tabla 1 - Operacionalización de variables........................................................27
Tabla 2 - Matriz de consistencia........................................................................28
Tabla 3 - Determinación de la población analizada...........................................31
Tabla 4 - Determinación de la muestra calculada.............................................32
Tabla 5 - Cuadro de valoración de coeficientes de validez instrumental...........34
Tabla 6 - Estadísticos de fiabilidad....................................................................35
Tabla 7 - Calculo del Presupuesto a utilizar......................................................36
Tabla 8 - Gannt de Cronograma de actividades por semanas..........................37
Tabla 9 - Antecedentes.......................................................................................2
Tabla 10 - Tendencias en el comportamiento.....................................................3
Tabla 11 - Programas laborales..........................................................................4
Tabla 12 - Factores de resocialización................................................................5
Tabla 13 - Disminución del riesgo de reincidencia..............................................6
Tabla 14 - Sistema de responsabilidad...............................................................7
Tabla 15 - Conducta de valores..........................................................................8
Tabla 16 - Reinserción a la sociedad..................................................................9
Tabla 17 - Resumen de correlación de Ch2 de Pearson (Programas laborales&
Reinserción a la sociedad)................................................................................11
ÍNDICE DE FIGURAS
Figura 1 - Antecedentes......................................................................................2
Figura 2 - Tendencias en el comportamiento......................................................3
Figura 3 - Programas laborales...........................................................................4
Figura 4 - Factores de resocialización.................................................................5
Figura 5 - Disminución del riesgo de reincidencia...............................................6
Figura 6 - Sistema de responsabilidad................................................................7
Figura 7 - Conducta de valores...........................................................................8
Figura 8 - Reinserción a la sociedad...................................................................9
“FACTORES DE RESOCIALIZACIÓN Y REINSERCIÓN A LA
SOCIEDAD DE LOS SENTENCIADOS EN LOS PENALES DE
LURIGANCHO Y SAN JORGE; 2015-I”
I. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
1.1 Situación problemática
Existen diferentes tratamientos a los que estará encaminado el
fomento de la socialización de los reos dentro de un penal, en tal caso
el fomento de estos factores relacionados con los antecedentes, las
tendencias en el comportamiento y la asimilación de los programas
laborales, lo cual incrementa el respeto de sí mismos y desarrollar el
sentido de responsabilidad”. Asimismo, indica que el tratamiento
“deberá recurrir a la asistencia de instrucción, a la orientación y
formación profesional, a métodos de asistencia social individual, al
asesoramiento relativo al empleo, al desarrollo físico y a la educación
del carácter moral, en conformidad con las necesidades individuales
de cada recluso”. Así también no puede estudiarse aisladamente el
Tratamiento Penitenciario con fines a la Resocialización de los
internos sin comprenderse al sistema penitenciario y a la realidad
carcelaria que lo engloba en su conjunto y que es el escenario en que
se desarrollan.
Asimismo el Tratamiento Penitenciario en el Perú tiene como objetivo
la reeducación, rehabilitación y reincorporación del interno a la
sociedad, dicho tratamiento consiste en la utilización de métodos
médicos, biológicos, psicológicos, psiquiátricos, pedagógicos – o más
precisamente andragógicos – sociales, laborales, y aquellos que
permitan obtener el objetivo del tratamiento de acuerdo a las
características propias del interno. Es así que el tratamiento
penitenciario en las cárceles está aún lejos de cumplir con las
exigencias mínimas de esta norma. Los factores son diversos,
destacando: el insuficiente personal para realizar esta labor, la falta
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de recursos logísticos para desarrollar adecuadamente las tareas de
tratamiento, las dificultades en la infraestructura, la clasificación de
internos de acuerdo a determinadas variables como son: factores de
resocialización y la reinserción a la sociedad, lo que se da como
resultado del tratamiento progresivo, lo cual comprende el desarrollo
de programas del interno en forma individualizada y grupal según la
naturaleza de la atención. En tal caso y con el propósito de
comprender más a fondo el presente tema, es que desarrollaremos la
presente investigación la cual aporta datos concretos y actualizados
del Tratamiento Penitenciario y la Resocialización protagonizada por
los internos del establecimiento penitenciario de Lima - Perú. El
periodo de estudio se sitúa entre enero de 2013 y diciembre del 2014.
En este último año, la población objeto de estudio la compone la
sumatoria de setecientos ochenta y cuatro internos del
Establecimiento Penal de Lima, de los cuales 388 son procesados y
396 son sentenciados, cuantifica, máxime el universo encuestal de
nuestro trabajo.
De acuerdo a la naturaleza del estudio de la investigación, aquel
reúne por su nivel las características de un estudio descriptivo,
explicativo y correlacionado, esto se constituye como el presente
estudio, según la finalidad y profundidad de la misma, en tal sentido
damos iniciada dicha investigación a través de la presente
problemática general.
1.2 Formulación del problema
1.2.1 Problema General
¿De qué manera influirían los factores de resocialización sobre la
reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de
Lurigancho y San Jorge; 2015-I?
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1.2.2 Problemas Específicos
1) ¿Cómo influirían los antecedentes sobre la reinserción a la
sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San
Jorge; 2015-I?
2) ¿Cómo influirían las tendencias en el comportamiento sobre la
reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de
Lurigancho y San Jorge; 2015-I?
3) ¿Cómo influirían los programas laborales sobre la reinserción a la
sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San
Jorge; 2015-I?
1.3 Justificación de la Investigación
Nuestra investigación se centrará en función de los siguientes
aspectos o criterios, el primero de ellos en el aspecto legal, asimismo
en cuanto al aspecto metodológico, y por último en cuanto al aspecto
social.
En cuanto al aspecto legal, consideramos imprescindible comprender
en la política de ejecución penal o de tratamiento penitenciario, la
participación de la propia población penitenciaria para que tenga la
posibilidad de proponer y facilitar en su caso, la solución de aquellos
problemas que son suyos, propios, que conocen y viven
cotidianamente y que por tal razón, puedan coadyuvar en la búsqueda
de una solución integral. Dentro de las ideas expuestas, la Comisión
Especial encargada de elaborar el Proyecto del Plan Nacional de
Tratamiento Penitenciario se orienta a establecer políticas
penitenciarias que prioricen el trato humano de los internos teniendo
como sustento legal la Constitución Política del Perú, las
Convenciones y Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos y
el Código de Ejecución Penal para el tratamiento de los reclusos y
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demás normas pertinentes. Finalmente, es importante destacar que la
Vigésimo Octava Política del Estado referida a la plena vigencia de la
Constitución y de los Derechos Humanos y acceso a la justicia e
independencia judicial, contiene 14 acciones políticas específicas,
todas relacionadas con el Sector Justicia, dentro de las cuales se
ubican los cuatro objetivos específicos planteados por la Resolución
Ministerial Nº 343-2002-JUS como punto de partida para el
diagnóstico e implementación de la mencionada política de Estado en
lo que se refiere al tratamiento integral de la reforma penitenciaria.
En relación al aspecto metodológico, el desarrollo del presente
estudio nos permitirá conocer más de cerca la problemática ocurrida
en los penales, es así que podemos poner mayor atención en asumir
posturas maximalistas plasmadas, sin embargo, en nuestros textos
normativos: Código Penal, Código de Ejecución Penal. La
resocialización, readaptación, y reinserción del interno es hasta hoy
un objetivo no logrado, no obstante los casos de excepción,
oficialmente no puede proscribirse, empero, en aplicación del principio
de primacía de la realidad, es verdad que debemos adecuar nuestra
política penitenciaria a las posibilidades presupuestarias del país y a
la optimización de los recursos asegurados. Esto, sin embargo, no
debe impedir que, en atención a las circunstancias de abandono por
las que atravesó el sistema penitenciario de la nación en las últimas
décadas, sea pertinente hacer un esfuerzo por el Estado para asignar
recursos urgentes y adicionales para la puesta en marcha de
programas de emergencia que atenúen el descuido y retraso al que
se condenó al problema carcelario. De otro modo, el colapso del
sistema penitenciario, pondría en grave riesgo la seguridad jurídica
del país.
Por ultimo en cuanto al aspecto social, la sociedad jurídicamente
organizada no puede permanecer impasible frente al drama de las
cárceles, por ser un problema lacerante que desafía nuestra condición
de país democrático y como tal comprometido con la preservación y
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defensa de los derechos humanos. El proyecto de Plan Nacional de
Tratamiento Penitenciario elaborado por la Comisión Especial creada
por Resolución Ministerial N° 343-2002-JUS, refleja el esfuerzo y
preocupación del Sector Justicia por abordar un problema crónico que
merece la atención prioritaria del Gobierno y de la sociedad civil y que
por lo mismo fue objeto de la vigésimo octava política del acuerdo de
gobernabilidad suscrita por todos los Partidos Políticos. El proyecto
fue elaborado a partir del diagnóstico de la realidad penitenciaria a la
luz de una posición filosófica humanista y factible, sin dejar de lado
las ideas fuerza plasmadas en los objetivos y finalidades de la pena
como objetivos máximos: lograr la reeducación, rehabilitación y
reincorporación del interno.
1.4 Objetivos de la investigación
1.4.1 Objetivo General
Determinar la manera en que influirían los factores de resocialización
sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales
de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.
1.4.2 Objetivos Específicos
1) Identificar cómo influirían los antecedentes penales sobre la
reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de
Lurigancho y San Jorge; 2015-I.
2) Definir cómo influirían las tendencias en el comportamiento sobre
la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de
Lurigancho y San Jorge; 2015-I.
3) Establecer cómo influirían los programas laborales sobre la
reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de
Lurigancho y San Jorge; 2015-I.
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II. MARCO TEÓRICO
2.1 Antecedentes del problema
CAIRAMPOMA, Rosio. (2008). Causas impeditivas de readaptación
social de los internos del establecimiento penal Políticas. Lima Perú.
de Huamancaca Hico – Provincia de Huancayo Departamento de
Junín. Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Facultad de
Derecho y Ciencias
Se ha comprobado que conforme dispone la Constitución Política del
Estado el Código de Ejecución Penal y su Reglamento que debe
albergarse a los internos en ambientes adecuados, esta disposición
no se cumple en el E. P. de Huamancaca Chico ya que la
infraestructura no es adecuada especialmente en el ambiente de
observación, donde se albergan los internos ingresantes el mismo
que carece de visualidad por ser completamente cerrado, careciendo
de servicios higiénicos, de agua potable, en donde los internos
habitan en condiciones infrahumanas, no permitiendo la observación
adecuada por parte del equipo de profesionales. Está aprobado que
los profesionales del Órgano Técnico del Establecimiento Penal de
Huamancaca Chico sufren falencias al aplicar el tratamiento
penitenciario, como cuando no se otorga los medios necesarios como
material logístico de escritorio didáctico, visual y otros y que esta
causa influye, y no permite la readaptación de los internos del
indicado penal, sin embargo no se puede desvalorar el esfuerzo que
despliegan al aplicar el tratamiento penitenciario adecuándose a la
realidad ya que también se demostró que existe un porcentaje de
internos que se readaptan.
VÍLCHEZ, Oscar. (2012). El sistema penitenciario peruano frente a la
reinserción social de los internos en Cajamarca. Universidad Nacional
Pedro Ruiz Gallo. Cajamarca Perú.
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En su estudio resume que la seguridad Interna de los Establecimiento
Penitenciarios no cumplen con las funciones encomendadas, por lo
que se colan artículos prohibidos a los internos, con las cuales estas
hacen de la suya al interior, las personas que ingresan a un Centro
Penitenciario por haber cometido un delito por lo general salen más
violentas y perfeccionadas en su accionar delictuoso, asimismo de los
beneficios penitenciarios, podemos observar que se ha establecido
cinco beneficios penitenciarios, correctamente identificados, sin contar
las recompensas, dichos beneficios tiene como característica general,
buscar reinsertar al penado a la sociedad, y lograr así la ansiada
rehabilitación; por medio de actividades socio educativas y
productivas que genere el habito al trabajo y propicie labores de
índole académico y/o cultural. Sin embargo, esto no se va a lograr por
una razón primordialmente de idiosincrasia, la ley es claro, los
mecanismos y el procedimiento también lo son, más por el contrario
no existe la infraestructura ni los recursos que posibiliten el
cumplimiento eficiente de los beneficios y en consecuencia los fines
de readaptación social, que se espera, no se pueden concretar en la
población penitenciaria.
2.2 Bases teóricas
2.2.1 Reinserción a la sociedad
Nuestro sistema penitenciario tiene como premisa el reconocimiento
jurídico y el respeto de la persona del interno, persigue como objeto
fundamental la resocialización del penado a través de un tratamiento
científico. Dicho tratamiento penitenciario se realiza mediante el
sistema progresivo.
De ahí que, el tratamiento, sea el elemento esencial del sistema
penitenciario al que estará sujeto el condenado de manera integral
desde su ingreso hasta su liberación.
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De lo dicho en los párrafos precedentes podemos colegir que nuestro
sistema penitenciario tiene una clara orientación positiva y se adscribe
a la ideología del tratamiento, teniendo en este el elemento esencial
del sistema penitenciario; pues la imposición de una pena privativa de
la libertad, tiene por finalidad la reeducación, la rehabilitación y
reincorporación del penado a la sociedad.
El organismo rector del sistema penitenciario es el INPE quien de
conformidad con los artículos 133 y 134 del código de ejecución penal
concordado con el artículo 1 del reglamento de organización y
funciones del Instituto Nacional Penitenciario, “Es el organismo
público descentralizado, con plena autonomía, tiene como misión la
dirección y el control técnico y administrativo del sistema
penitenciario” es decir, contribuye con la administración de justicia,
cuidando y atendiendo a los procesados, sentenciados y liberados,
rehabilitando a los sentenciados para lograr su reinserción positiva.
DIFERENCIAS ENTRE SISTEMA, RÉGIMEN Y TRATAMIENTO
PENITENCIARIO.
Consideramos muy importante establecer las diferencias entre los
conceptos de sistema, régimen y tratamiento penitenciario, puesto
que existen muchos penalistas y penólogos que confunden o utilizan
los términos de régimen como sinónimo de sistema de allí la
necesidad de establecer sus diferencias.
a) Sistema Penitenciario.-
Viene a ser la organización general que en materia penitenciaria o
penológica se adopta en un país determinado, orientación general y
dentro del cual caben dos o más regímenes penitenciarios.
b) Régimen Penitenciario.-
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Es el conjunto de medidas condiciones que se ejercen sobre un grupo
de condenados con características similares para el logro de su
reeducación, reincorporación y rehabilitación. Por ello, ante la
multiplicidad de las personalidades delictivas, se hace necesario la
existencia de varias modalidades de regímenes en determinado
sistema (se tiene regímenes cerrados, abiertos y de semi detención,
entre otros.)
Es el tipo de vida resultante de la aplicación del sistema y que cabe
hablar del régimen general y de regímenes especiales asignados a un
grupo de delincuentes según la sentencia, condiciones personales.
c) El Tratamiento Penitenciario.-
Viene a ser la acción o influencia dirigida a modificare o reorientar la
conducta criminal del recluso, de acuerdo a sus peculiares
características personales.
Podemos concluir diciendo que dentro de un sistema nacional se
incluyen varios regímenes generales y particulares y dentro de cada
régimen es posible que existan diversas formas de tratamiento.
2.2.2 Resocialización
Para BORJA MAPELLI, “la resocialización es un principio fundamental
de humanización de la ejecución de las penas y medidas privativas de
libertad, en virtud del cual éstas deben adaptarse a las condiciones
generales de vida social, contrarrestar las consecuencias dañinas de
la privación de libertad”.
FRANCISCO MUÑOZ CONDE considera que “resocialización o
reinserción social es llevar en el futuro, en responsabilidad social, una
vida sin delito; en una palabra, asigna a las penas y medidas
privativas de libertad una misma función correctora y aún de mejoras
del delincuente”.
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Para poder hablar de resocialización se tiene que tener en cuenta un
sistema social y jurídico correcto. Esto supone un proceso de
integración y comunicación entre el individuo y la sociedad a cuyas
normas debe adaptarse el individuo, como de lo que en definitiva se
trata es de resocializar, es decir, de recuperarse para la sociedad y
esto señala algo más que la suma de los sistemas parciales que la
componen, como la familia, etc.
La resocialización debe consistir en hacer adaptar al delincuente las
normas básicas y generales vinculadas que rigen en esa sociedad.
Dicha orientación resocializadora hoy sujeta a cuestionamiento, ha
sido progresivamente aceptado por el Derecho Penal y otras
instancias legales como las normas penitenciarias, de tal modo que
en tales niveles de legalidad se considera, dentro de otros fines, el
propósito resocializador.
El Régimen Penitenciario tiene por objeto la reeducación,
rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad de acuerdo
con el Código de Ejecución Penal.
En consecuencia, la etiología de la resocialización, es la posibilidad
que puede lograr alcanzar una persona sometida a pena privativa de
libertad, a través de un tratamiento adecuado impartido por
sociólogos, psicólogos y educadores. Se inicia a partir de comprender
la situación real y legal del interno, y la adquisición de conciencia de
éste y de sus compañeros de prisión.
La resocialización es el proceso de socializar nuevamente al
condenado, es decir, promover las condiciones sociales precisas para
el pleno desenvolvimiento de las personas en la sociedad. Logrando
orientar el cumplimiento y ejecución del castigo de modo tal que éste
pueda obtener alguna utilidad al propio infractor, es decir, lo que
interesa es el impacto real del castigo, la pena efectiva que se ejecuta
en los Establecimientos Penales, asumiendo la naturaleza social del
problema criminal. (COYLE, Andrew: 2011; 271).
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El término “Resocialización” se ha convertido en una palabra de
moda, que por todo el mundo se emplea, y no solo entre los juristas,
sin que nadie entienda muy bien lo que se pretende con ello.
Evidentemente, nada de esto habría sucedido si desde el primer
momento se hubiera delimitado claramente su finalidad y contenido.
SOLIS ESPINOZA al respecto expresa que “el término resocialización
no está incluido en el diccionario, pero que ello no es criterio
suficiente para negar sentido a la resocialización, por cuanto
constituye un vocablo conformado por el prefijo RE y la palabra
SOCIALIZACIÓN, casi con una conformación equivalente a
REEDUCACIÓN, cuya acepción en cierto modo ha sido asignada al
término resocialización”.
MAPELLI CAFFARENA apunta que “aunque nuestro legislador se ha
inclinado por la utilización de los términos “reeducación” y “reinserción
social”, sin embargo la doctrina denomina mayoritariamente
“resocialización” a la meta de la pena privativa de libertad...”, las
teorías más importantes sobre el contenido de la resocialización
pueden agruparse en torno a tres objetivos distintos: el hombre, la
sociedad y la relación hombre-sociedad.
Sin embargo la acepción del término es actualmente materia de
diversos cuestionamientos, de este modo algunos tratadistas
consideran que la naturaleza de este proceso no queda a salvo de
críticas, por cuanto la adaptación o readaptación social que se
pretende con ella supone un proceso con énfasis o tendencias
variables.
En cuanto al término de resocialización, existen varias posiciones
acerca de lo que significa la rehabilitación, denominación que también
utiliza nuestro Código de Ejecución Penal. Pero, en los conceptos de
la época romana la rehabilitación no tenía las connotaciones con
respecto a lograr la reforma del penado sino extinguir sólo la pena.
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En Italia, el origen del término resocialización no podía ser
establecido, pues lo que se buscaba era colocar al condenado al
mismo estado de capacidad jurídica que se veía interrumpida por la
condena; no obstante ello, no tenía un fin resocializador, en todo
caso, se entendería como una rehabilitación referente a la condena
sin otra connotación.
En Francia, la resocialización se origina cuando se le rehabilita al
interno de la pena y se le añade un tratamiento adecuado para lograr
su reinserción a una sociedad adecuada.
En el Perú, la institución de la rehabilitación aparecía ya en las Siete
Partidas de Alfonso “El Sabio”, la que fue aplicada en la Colonia y
República así como en la Recopilación de Indias.
Sin embargo, la Constitución de 1833 establecía que sólo el Congreso
podía conceder la rehabilitación previa prueba, en los casos de
pérdida de ciudadanía por una pena efectiva. En el Código de
Enjuiciamiento Criminal de 1862 no se hizo ninguna referencia, no se
dio ninguna disposición sobre rehabilitación. Posteriormente se
incluye en el Código Penal de 1924 que luego fue perfeccionado por
el Código de Procedimientos Penales de 1940.13
PROPÓSITOS RESOCIALIZADORES DE LA EJECUCIÓN DE LA
PENA
Manuel Pedro Pimentel en su Ensayo Sobre la Pena, sostiene que el
criminal debe ser tratado, durante el tiempo necesario, para que
desaparezca su comportamiento anterior y se instale uno nuevo, a
través de un proceso que permita una profunda transformación de un
nuevo hombre que se acepte como tal y que asuma la
responsabilidad de vivir libre en la sociedad a que habrá de ser
devuelto, respetando los valores y normas por ella establecidos.
La resocialización como un principio fundamental de humanización de
la ejecución de las penas y medidas privativas de libertad, en virtud
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del cual estás debe adaptarse a las condiciones generales de la vida
en sociedad y contrarrestar las consecuencias dañinas de la privación
de libertad. (VILLAVICENCIO, Fernando: 2009; 291).
Cuello Calón considera que la rehabilitación es una institución que
tiende a devolver al que fue penado la capacidad para el ejercicio de
los cargos, derechos, honores, dignidades o profesiones de que fue
privado como consecuencia de la pena impuesta. Su fundamento se
encuentra no en razones meramente humanitarias, sino en razones
de justicia de restituir al condenado no sólo a su anterior situación
legal, sino también en la mayor medida posible, en su anterior
situación social. El mismo autor sostiene que el examen de la
naturaleza jurídica de la rehabilitación, gira en tomo a dos cuestiones
principales: el carácter sustantivo o procesal y su constitución como
un derecho.
Si consideramos que la rehabilitación es un verdadero derecho
adquirido por el condenado mediante el cumplimiento de la condena y
la demostración con su conducta posterior de su actitud plena para
reincorporarse al seno de la sociedad de la que se vio apartado como
consecuencia de su actuar delictivo, no hay duda que debe
corresponder al órgano judicial su concesión.
El proceso penal, el Derecho Penal y la propia prisión están en crisis,
la misma que se evidencian en la lentitud en que se resuelven los
asuntos penales, la sobrecarga procesal, la insatisfacción de la
víctima y del autor; lo excesivamente oneroso que es el proceso
penal, entre otras tantas. Todas estas manifestaciones de la crisis del
proceso penal tienen como resultado directo una falta de credibilidad
en el sistema administrador de justicia.
En la actualidad debe mencionarse muy brevemente la gran crisis de
valores en la que se encuentra el país, existiendo por ello un
cuestionamiento a todas las instituciones públicas. La que ha
soportado las críticas más duras ha sido la administración de justicia;
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sin embargo, debe hacerse hincapié en el control penal ejercido, él
mismo que es muy vago; ambiguo; injusto; inhumano; entre otras
características, que deja de enmarcarse dentro del llamado Estado-
democrático de derecho.
Dentro de ésta crítica, la pena (sobre todo la privativa de libertad que
hoy en día está muy lejos da cumplir una función resocializadora,
como señala la Constitución Política del Perú de 1993).
No debe olvidarse que en nuestro país la administración de justicia es
excesivamente lenta, por lo que la pena impuesta tardíamente deja de
tener los efectos deseados. Nadie ha puesto en duda que una pena
pronta es una condición esencial para la eficacia del sistema del
control penal del delito, sobre todo cuando ésta eficacia se mide
desde el punto de vista de la prevención general.
En el Perú y en países como el nuestro, la pena no cumple otra
función que la de ser un instrumento de retribución. No nos podemos
imaginar qué otra función puede cumplir en las condiciones en la que
ésta se ejecuta, es decir, en las condiciones carcelarias de nuestro
sistema penitenciario. Lejos de ser un mecanismo de control social
efectivo, la pena es reflejo de un sociedad violenta, y de un Estado
incapaz de controlar dicha violencia con mecanismos más útiles y
efectivos, lo que hace es responder con más violencia. En este
sentido es muy claro al señalar que, el sistema penal produce altos
costos sociales y efectos muy graves sobre la posible resocialización
del sujeto activo del injusto penal, a su vez la pena privativa de
libertad tiene efectos disgregantes en el ámbito familiar y social del
detenido, además de la estigmatización penal que impide en todo
sentido la reinserción del autor del hecho punible en la sociedad.
PRADO SALDARRIAGA, al respecto destaca que, la sanción punitiva,
por consiguiente, no debe servir para atemorizar a la población, ni
para la realización de fines meramente retribucionistas o sobre
criminalizadores. En otras palabras, la pena debe estar orientada a la
Página | 15
preservación de la confianza social que debe generar en la
colectividad, y a la defensa de bienes jurídicos penalmente tutelados;
y bajo ninguna etiqueta engañosa debe usarse arbitrariamente por el
Estado como un mecanismo perturbador de la seguridad y
tranquilidad social, o como una forma burda de realizar una
estigmatización y selección de los individuos que posteriormente
serán recluidos en las cárceles, por la ineficacia del Estado de
posibilitar una adecuada educación al autor del hecho punible, ni
brindarle otra alternativa a la criminalidad.
LA RESOCIALIZACIÓN COMO FIN DE LA PENA.-
Todos los modelos teóricos de fundamentación de la pena que se
desarrollan en Europa, se aplican en el Perú. Por ejemplo, el fin
resocializador de la pena privativa de libertad fue recogido en la
Constitución Política de 1979, y confirmado en la Constitución de
1993 (artículo 139, inciso 22), que establece que son principios de la
función jurisdiccional que la pena de privación de libertad tenga por
objeto la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la
sociedad. En sentido similar se decanta la Constitución mexicana de
1995, la misma que establece en su artículo 18, que la finalidad del
sistema penal y sus instituciones será la readaptación social del
infractor. Con ello se puede apreciar que en el Perú, y en países
latinoamericanos, los modelos jurídico-penales de Europa continental
se vienen aplicando paralelamente.
Antes se pensaba que el delito quedaba reprimido cuando el interno
alcanzaba la enmienda y el arrepentimiento. Actualmente, la idea de
la finalidad de reformarlo ha alcanzado otro concepto, sustituyéndose
los referidos a la retribución y castigo por el tratamiento a los
delincuentes, es decir, está dirigida a la readaptación del interno a la
vida social, o a su segregación a la misma, en el caso de los sujetos
irreformables. A esta apreciación surge la idea de aquellos delitos en
los cuales la pena no puede tener fin resocializador, entre otros, la
pena de muerte, pena pecuniaria, penas privativas de la libertad de
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corto plazo por lo escaso de su duración que hace imposible un
tratamiento reeducador en el delincuente, tal como lo aprecian
algunos tratadistas. (ZAFFARONI, Eugenio. 2008: 411).
Realmente, ¿la finalidad del tratamiento penitenciario es lograr la
readaptación social del delincuente? Pues cabría analizar si
efectivamente este es el fin de la pena. Hay quienes consideran que
la reforma del recluso se debe conseguir reintegrándolo nuevamente
a la sociedad una vez conseguida su resocialización. Sin embargo, la
finalidad de la pena no necesariamente es lograr la reforma del
delincuente o interno, pues hay muchos penados que no necesitan
ser reformados, es el caso del delincuente por infracción culposa o los
delincuentes políticos puros. Sobre este rubro DEL ROSAL sostiene
“que la finalidad de la pena es variar, por cuanto se subviene a la
realización de objetivos distintos, ya que se preserva a la sociedad del
delincuente de los males que acarrea la vida delictiva sin que se
desatienda la corrección del sometido a prisión”.
El principio rector de las Reglas Mínimas de Ginebra señalan que el
fin y la justificación de las penas y medidas privativas de la libertad
son en definitiva el proteger a la sociedad contra el crimen. Sólo se
alcanzará este fin si se aprovecha el período de privación de libertad
para lograr en lo posible que el delincuente una vez liberado no
solamente quiera respetar la ley y proveer a sus necesidades, sino
también que sea capaz de hacerlo. En este principio se puede
rescatar fundamentalmente dos ideas: la protección de la sociedad y
la readaptación social del delincuente.
Por lo manifestado podría afirmarse que la resocialización como fin de
la ejecución de la pena y la medida privativa de la libertad tiene doble
función dentro de la Ley Penitenciaria por dos razones: en primer
lugar, configura en su conjunto distintas instituciones penitenciarias,
de tal forma que se armonice entre sí las fundamentaciones de la
meta. En segundo lugar, que esa meta sirva de fundamentación del
tratamiento. Es necesario rescatar en la Ley Penitenciaria la
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reinserción de la pena como meta de su ejecución. Si la estructura no
estuviera orientada hacia esos fines de resocialización, se entendería
organizada y orientada hacia fines exclusivos de custodia.
Trasladando esta apreciación a nuestra realidad penitenciaria
notamos que efectivamente el conflicto existe por varias razones. En
los últimos años los Centros Penitenciarios se han visto colmados por
internos procesados o sentenciados y el fin de la resocialización no es
del todo aceptado puesto que los contrarios a ella descartan esa
posibilidad porque no creen que la falta de libertad que existen en un
establecimiento penitenciario pueda educar para la libertad, ya que
esa misma privación de la libertad hace imposible la resocialización
que se pretende hacer. Parte de esa apreciación es compartida por
MULLER DIETZ cuando señala: “que las últimas consecuencias de
reconocer las dificultades de educar para la libertad sin ella, sería
reflexionar sobre que la más progresiva de las ejecuciones de las
penas sigue siendo ejecución de penas y ello radica el problema
nuclear y las mayores dificultades con las que se enfrentan los
programas resocializadores”.
Pero resulta absurdo que después de fijarse legalmente los fines del
sistema penitenciario en el tratamiento y en la resocialización, éstos
no puedan alcanzar en la práctica su fin por falta de medios, de
personal especializado y de disposiciones económicas.
RESOCIALIZACIÓN DEL CONDENADO.-
Se entiende al proceso de socializar nuevamente al interno mediante
la rehabilitación, reeducación y la reincorporación del interno a la
sociedad.
La ejecución de la pena que hoy en día se aplica en nuestro
ordenamiento jurídico penal, es en la práctica una posición de un
nuevo mal al sometido a prisión. Novum en el sentido que a cambio
de reincorporarlo a la sociedad del cual procede, lo somete, tan igual
o peor que al haber sido apresado por los miembros del orden interno,
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la policía. Con ellos no estamos justificando que no debió ser
castigado, debe serlo obviamente, si ha incumplido el ordenamiento
jurídico — penal. El Estado, vía el Poder Judicial hasta hoy se limita a
reducir su función a constituirse el carcelero del interno procesado, sin
interesarle nada o interesarse poco por el destino personal del
delincuente.
La comisión de un delito de una u otras personas no implica en un
Estado de Derecho la pérdida de la dignidad de la persona sometida a
prisión, requiere de un tratamiento objetivizado a la resocialización.
Para que tenga efecto este concepto, los terapeutas o especialistas
deben partir su acción, sobre la base de una compresión humanitaria
del presidiario, que siendo así, la potestad punitiva humanitaria se
deje de entender como una simple caridad y benevolencia sino como
una auténtica acción resocializadora.
Es cierto, que los especialistas que trabajan como personal
penitenciario para desarrollar su acción terapéutica se valen de
exigencias actuales, derivadas de las ciencias criminológicas y
penales, orientándolo a la prevención especial positiva o
resocializadora. Resocializadora, entendido como la acción de que el
interno se reintegre a la sociedad y continúe respetando todas y cada
uno de los valores que se encuentran en la sociedad.
La pena es la expresión de la violencia del Estado, que se sustenta en
el castigo que aplica y ejecuta a los delincuentes; pero no es derecho
del Estado, necesariamente continuar afligiéndolos en las propias
cárceles, en todo caso debe ser mínimo, esto es, lo que señala la
dogmática jurídica, si se observa cualquier exceso de factum lo
convertiría en un Estado reaccionario, encargado a suprimir o vigilar a
la democracia, como venía sucediendo en la década fenecida.
Un Estado con violencia implica un Estado soberbio, poco o nada
asequible al cambio que se desea para el interno. El Estado, a través
de sus funcionarios de los más altos niveles jerárquicos victimizan
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una enorme cantidad de internos que se encuentran en el encierro, en
las frías celdas. Poner un pie en la cárcel por una detención
preventiva para quedarse en él, es comenzar a ser víctima.
La resocialización tiene que ser integral, es el objeto que se anhela, y
para tener esa condición, se requiere necesariamente la convivencia
pacífica de los agentes, policías, personal penitenciario especializado
o terapeutas e internos. Es imprescindible la presencia física del
psicólogo, sociólogo, educador, médico y otros especialistas, quienes
deberán aportar conocimientos alusivos al cambio de conducta y
adquisición de conciencia orientada a la resocialización de todos y
cada uno de los internos.
La finalidad expresada y que se ha pretendido a través de la
ejecución de la pena ha sido resocializar al penado, que ya había sido
consagrado por la Constitución de 1979 (segunda parte del artículo
234) y reproducido en la Constitución de 1993 (inciso 22 del artículo
139), tiene una raigambre preventiva especial al establecer “que el
régimen penitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitación y
reincorporación del penado a la sociedad”; el mismo que se repite en
el art. II del Título Preliminar del Código de Ejecución Penal.
El Código de Ejecución Penal diseña un nuevo Sistema Penitenciario
que, teniendo como premisa el reconocimiento jurídico y el respeto a
la persona del interno, persigue como objetivo fundamental la
resocialización del penado a través de un tratamiento científico.
Recoge las Reglas Mínimas para el tratamiento de los internos
aprobadas por el 1 Congreso de las Naciones Unidas sobre
Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente y sus
modificatorias, así como las Reglas Mínimas adoptadas por el
Consejo de Europa el 19 de enero de 1973. Junto al precedente
nacional, Decreto Ley No 17581, ha tenido principalmente como
fuentes legislativas a la Ley Orgánica Penitenciaria de España de
1979, la Ley Penitenciaria Alemana del 16 de marzo de 1976 y la Ley
Penitenciaria Sueca de 1974. En la que se ha considerado, así
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mismo, los avances de las investigaciones criminológicas y la ciencia
penitenciaria.
CUESTIONAMIENTO, CRÍTICA Y ALTERNATIVAS DE LA
RESOCIALIZACIÓN.
Pero ¿Qué es lo que ha ocurrido estos últimos años para que desde
esta creencia optimista, alegre y confiada en la resocialización se
pase ahora a un escepticismo amargo, pero realista, que cuestiona
desde su base la idea misma de la resocialización? Naturalmente, un
giro tan radical no se produce así, por las buenas, ni es obra de un
día, ni por su puesto, se trata de la decisión arbitraria de algunos
penalistas, siempre dispuestos a criticar toda obra legislativa por bien
intencionada que esta sea. La razón es, desde luego, mucho más
profunda. Las críticas a la idea de resocialización son las que mejor
reflejan la grave crisis actual del derecho penal, sus íntimas
contradicciones, sus fracasos y frustraciones en un mundo en el que
muchos creen que el derecho penal solo sirve para aumentar las
diferencias entre ricos y pobres, para defender los intereses de
aquellos y para controlar, discriminar y marginar a través del castigo a
todo aquel que se atreva a cuestionar el orden social y jurídico
actualmente vigente.
El modelo resocializador subraya como objeto específico y prioritario
del sistema, la reinserción social del infractor; sin embargo, en su
marca teórico, este modelo es ambiguo e impreciso, porque reúne
diferentes concepciones que sólo coinciden en su hostilidad al
retribucionismo. Sus críticos también han señalado, que persigue la
coactiva adaptación del infractor llegando a ser una versión moderna
y actualizada del retribucionismo (GARCÍA PABLOS, 1994). Este
modelo ha sido llamado por MAPELLI, como una utopía que sirve
para tranquilizar las conciencias y que nos reconcilian con los modos
estatales de control social.
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Hay también un conjunto de autores, como David BAIGÜN, que
pregonan la desaparición de la pena privativa de la libertad, y
señalan, primero, que las medidas alternativas son más justas que la
pena tradicional; segundo, que la pena privativa de la libertad no
resulta útil, ya que la reincidencia no ha disminuido y otras razones
más como la imposibilidad de educar para la libertad desde la
privación de la libertad, enfatizando la necesidad de humanización, el
respeto a los derechos humanos y hasta señalan que primero
deberían cambiar el tipo de sociedad en la que vive el interno para
poder ofrecerle una mejor reinserción.
Nuestro sistema penitenciario, a pesar de tener una serie de
carencias (la falta de una sólida base ideológica, las carencias de
infraestructura, personal penitenciario, presupuesto, etc.) que no
permiten establecer las deficiencias del modelo resocializador, es un
intento por superar los sistemas retribucionistas.
La auténtica resocialización sólo será posible cuando el penado a
resocializar y el encargado de resocializarlo, tengan, acepten o
compartan el mismo fundamento moral que la social de referencia.
Surge con toda evidencia que intentar una resocialización sin esa
coincidencia básica en un ejercicio de puro sometimiento, dominio de
unos sobre los otros y una lesión grave a la autonomía individual. Por
lo que algunos autores han llegado a afirmar que nos aproximamos al
“punto cero” en la ciencias criminológicas. Imponiéndose la alternativa
“penar” o “tratar” considerada como prematura, porque falta una base
empírica sólida que permitan nuevos programas de tratamiento
penitenciario.
Por si todos estos problemas fueran pocos tenemos, además, sin
resolver el de los métodos de tratamiento que se pueden aplicar para
conseguir la terapia social. Es muy fácil decir que el delincuente debe
ser tratado, pero logremos la respuesta el decir de qué forma debe
serlo. Necesitamos el camino metodológico para lograr sus objetivos.
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Hasta entonces seremos víctimas de malos vaticinios augurados por
tratadistas de renombre universal.
¿Cómo y para qué resocializar a alguien que por razones
coyunturales de desocupación laboral, grave crisis económica, etc.
comete un delito contra la propiedad, mientras esas razones de
desocupación y crisis económica sigan existiendo?
¿Cómo resocializar en el respeto a la vida a un delincuente violento
sin criticar al mismo tiempo a una sociedad que continuamente está
reproduciendo violencia, a través de los medios de comunicación y
desencadenando o ejerciendo una agresión brutal contra otros grupos
más débiles o marginados, entre los cuales se halla el delincuente?
¿Qué sentido tiene hablar de resocialización del delincuente en una
sociedad que produce ella misma delincuencia?.
Abundando en el sentido lógico de que la única realidad en el
tratamiento válido sería el que se extendiera a toda la sociedad, en
otras palabras ¿no habría que empezar por resocializar a la
sociedad?.
Hoy por todas partes de alzan voces contra la ideología del
tratamiento resocializador. Se habla de “mito de la resocialización”, de
que es una “utopía” o un “eufemismo”, un espejismo engañoso
realizable financieramente en todo el mundo, siendo solo
excepcionalmente posible en algunos pocos países y ciudades. Pero
aún en los países nórdicos que procuraron seriamente poner en
práctica el sistema invirtiendo muchos millones de dólares en crear
instituciones aptas para llevar a cabo la terapia, como lo hizo Suecia
luego de sancionado su Código en los años 60’, las expectativas no
fueron colmadas en absoluto por múltiples causas.
Los criterios de la resocialización, basados en que dentro de un medio
carcelario no es posible preparar al hombre para la vida social, si se
deciden por la alternativa de una cuarentena social represiva o bien
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humanista, caerían igualmente en contradicciones y en una posición
mucho más cuestionable, ya que en dicha forma de ejecución penal
se produciría una mayor desocialización o desculturación del
delincuente.
Desde otro punto de vista, la crítica que observa una contradicción
sustancial entre el tratamiento carcelario para lograr la inserción
social, parte del criterio de que todo tratamiento penitenciario es
dentro de un medio cerrado. La tácita alternativa frente a ello es que
si la resocialización se implementa en condiciones similares a la
libertad, este cuestionamiento no tendría razón de ser.
Debemos considerar que la resocialización como praxis de las
ciencias sociales y que tiene relación con la conducta humana real y
efectiva, si bien tardíamente ha sido recogido en los textos legales,
ella ha surgido de una experiencia y práctica interdisciplinarias y de
fuentes extrajudiciales, sustentada en diversos conocimientos
cinéticos, que si bien no podemos considerar que son la última
respuesta de este fenómeno, sin embargo tiene su sustento devenido
de la práctica científico- social, psicológica, educativa, médica, entre
otras. Dentro de tales disciplinas existen procedimientos explicativos y
medios de lograr cambios en las conductas que se consideran
desajustadas, desviadas o anormales, y tales medios no son
esquemas generales sino que se adecúan a las condiciones
individuales o particulares de cada persona. Además los críticos que
se manejan en estos casos han tratado en lo posible de distanciarse
de las connotaciones morales o éticas.
Si la resocialización no tiene validez y es un fracaso, se estaría
echando por la borda, como disciplinas sin razón de ser, a todas estas
ciencias extrajurídicas que han desarrollado la Ciencias Penitenciaria.
A esto hay que añadir que los cuestionadores mayormente proceden
del campo jurídico- penal, y las criticas apuntan hacia cuestiones de
derechos del interno, principios valorables, político-sociales, pero no
al fondo real o fáctico de la resocialización, salvo las objeciones
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empíricas pero de las cuales también podemos señalar que no son
totalmente convincentes.
Agregamos que esta crítica a las críticas de la resocialización, no
debe entenderse como una defensa total y absoluta de este propósito
penitenciario, por cuanto el conocimiento científico que sirve de
sustento a la resocialización no es un conocimiento acabado ni
definitivo; además hay que tener en cuenta que la praxis de la
resocialización tiene sus dificultades en los hechos reales. A más de
esto en países como el nuestro prácticamente no ha habido hasta
ahora una efectiva aplicación de la resocialización, tan solo una
vigencia legal, pero no fáctica o real.
Pero, ciertamente, las críticas a la ideología del tratamiento
resocializador no se dirigen solamente contra la resocialización como
tal, sino también y fundamentalmente contra el medio empleado para
conseguirla: la prisión.
2.3 Marco conceptual
Semilibertad: Permite que el interno pueda egresar del penal con el
objeto de trabajar o estudiar, cuando ha cumplido un tercio de la
pena. En casos especiales se concede este beneficio si cumple los
dos tercios de la pena. Según la ley vigente el beneficiado tiene la
obligación de pernoctar en su domicilio, sujeto a control e inspección
de la autoridad penitenciaria y del Ministerio Público.
Liberación Condicional: Se concede egreso anticipado al
condenado que ha cumplido la mitad de la pena, bajo ciertas reglas
de conducta y si reúne las condiciones para su concesión. En casos
especiales también se otorga el beneficio si cumple los tres cuartos de
la pena.
Permiso de Salida: hasta por un máximo de 72 horas. Realmente
este beneficio se concede también en las etapas anteriores .e incluso
al interno procesado.
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Posteriormente se ha reglamentado el Régimen Cerrado Especial
para los internos comunes de difícil readaptación (D.S. No. 003-96-
JUS y sus modificatorias); así como un Régimen "extraordinario" para
internos por delitos de terrorismo y/o Traición a la Patria (D.S. No.
005-97-JUS y modificatorias), dentro de la progresividad que
legalmente estipula nuestro CEP, y que esquemáticamente presentan
las siguientes particularidades:
Régimen Penitenciario Semiabierto: de existencia hasta ahora sólo
a nivel legal o declarativo, y que se caracteriza por una mayor libertad
en las actividades comunes, relaciones familiares, sociales y
recreativas del interno.
El Régimen Abierto en el Perú: La ley penitenciaria nacional prevé
para los condenados a pena privativa de libertad el régimen abierto
(Art. 97, inc.3). Asimismo habla de dos variantes:
Prisiones o establecimientos de régimen abierto, y -Colonias o
pueblos agrícolas, agropecuarios e industriales, si reparamos en que
el C.E.P. delimita ambos rubros en artículos independientes (100 y
101).
Prisión o Establecimiento Abierto: Si bien aún no tenemos ninguna
prisión abierta, de acuerdo al artículo 42 del Decreto Supremo No.
023-82-JUS, Reglamento Penitenciario ya derogado de marzo de
1982, se dieron algunos lineamientos de este régimen, indicándose
que los internos pasarían por tres fases:
Fase de Iniciación: para los que recién ingresan a la prisión abierta, y
sujeta a las condiciones siguientes:
-Ser informado del programa y reglamento del centro.
-Ser presentado a funcionarios y compañeros de la prisión -Ocuparse
inicialmente de tareas de limpieza y conservación -Estudio de su
legajo personal para darle la relación de puestos de trabajo existentes
en el centro para que elija de entre ellos.
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-En sus salidas a la calle sería debidamente controlado.
Fase de Aceptación: con mayor libertad, como: -Trabajo fuera del
penal, retornando al término de la jornada
-Comprobar en forma discreta las actividades que realiza durante los
permisos.
c. Fase de Confianza: caracterizada porque el interno: -Gozaría de
plenitud de responsabilidad
-Los permisos de fin de semana sin limitaciones.
El actual Código de Ejecución Penal prevé la existencia de una prisión
o establecimiento de régimen abierto, caracterizado por estar exento
de vigilancia, en que el interno se desenvuelve en condiciones
similares a las de la vida en libertad (Art. l00).
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III. HIPÓTESIS Y VARIABLES
3.1 Hipótesis general
Los factores de resocialización influirían de manera directa y
significativa sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados
de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.
3.2 Hipótesis específicas
1) Existiría una influencia significativa de los antecedentes sobre la
reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de
Lurigancho y San Jorge; 2015-I.
2) Existiría una influencia significativa de las tendencias en el
comportamiento sobre la reinserción a la sociedad en los
sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.
3) Existiría una influencia significativa de los programas laborales
sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los
penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.
3.3 Identificación de Variables
Variable independiente.
Factores de resocialización
Variable dependiente.
Reinserción a la sociedad
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3.4 Operacionalización de Variables
Tabla 1 - Operacionalización de variables
Variable Definición Conceptual
Definición Operacional
Indicadores Escala de Medición
Var. Independiente Factores de resocialización
Proceso de socializar nuevamente al interno mediante la rehabilitación, reeducación y la reincorporación del interno a la sociedad
Información previa acerca de los reos analizados.
Antecedentes
Escala adaptada a través de categorías Likert
Baremos:1 – 33% (Inadecuada)34 – 66% (Regular)67 – 100% (Adecuada)
Costumbres y comportamientos de dichos reos.
Tendencias en el comportamiento
Ingreso, proceso y culminación de programas dentro de las cárceles.
Programas laborales
Var. Dependiente: Reinserción a la sociedad
Cumplimiento de la condena y la demostración con su conducta posterior de su actitud plena para reincorporarse al seno de la sociedad de la que se vio apartado como consecuencia de su actuar delictivo, no hay duda que debe corresponder al órgano judicial su concesión
Índice de reducción de la reincidencia de los reos.
Disminución del riesgo de reincidencia
Análisis del sistema de responsabilidad de los reos.
Sistema de responsabilidad
Tipos de comportamiento ajustado a valores sociales de dichos reos.
Conducta de valores
Elaboración propia
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3.5 Matriz de consistencia
Tabla 2 - Matriz de consistencia
PROBLEMA OBJETIVO HIPÓTESIS VARIABLESProblema General
• ¿De qué manera influirían los factores de resocialización sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I?
Objetivo general
• Determinar la manera en que influirían los factores de resocialización sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I
Hipótesis general
• Los factores de resocialización influirían de manera directa y significativa sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I -I
Variable Indicadores Escala de Medición
Var. Independiente Factores de resocialización
Antecedentes
Escala adaptada a través de categorías LikertBaremos:1 – 33% (No)34 – 66% (Dubitativo)67 – 100% (Si)
Tendencias en el comportamiento
Programas laborales
Var. Dependiente: Reinserción a la sociedad
Disminución del riesgo de reincidencia
Sistema de responsabilidad
Conducta de valores
Problemas Específicos
1) ¿Cómo influirían los antecedentes sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I?
2) ¿Cómo influirían las tendencias en el comportamiento sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I?
3) ¿Cómo influirían los programas laborales sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I?
Objetivos específicos
1) Identificar cómo influirían los antecedentes sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.
2) Definir cómo influirían las tendencias en el comportamiento sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I..
3) Establecer cómo influirían los programas laborales sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I I
Hipótesis específicas
1) Existiría una influencia significativa de los antecedentes sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.
2) Existiría una influencia significativa de las tendencias en el comportamiento sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.
3) Existiría una influencia significativa de los programas laborales sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.
Elaboración propia
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IV. METODOLOGÍA
4.1 Tipo y diseño de investigación
4.1.1 Tipo de estudio.
Descriptiva: puesto que este tipo de investigación se propone describir
de modo sistemático las características de una población situación o
área de interés.
Correlacional: Porque se han establecido las relaciones entre las
variables y dimensiones que intervienen (Var. Independiente Factores
de resocialización & Var. Dependiente: Reinserción a la sociedad).
Además de buscar la relación entre dichas variables. Según el nivel de
medición será de tipo cuantitativo porque se usara los métodos
estadísticos para su análisis de ambas variables.
4.1.2 Diseño de investigación.
El Diseño de esta investigación es no experimental porque no se han
manipulado deliberadamente las variables. En la investigación no
experimental el investigador observa los fenómenos tal como se dan en
su contexto natural, para después analizarlos. También puede aplicar
herramientas de medición como encuestas, entrevistas, etc., pero no
se tiene ni se ejerce influencia directa sobre la persona ó grupo
humano para después medir el efecto de dicha influencia.
El diseño de esta investigación es transversal ya que se obtienen los
datos en un solo momento y su propósito es describir los rasgos o
características de un grupo de personas empresas, etc. O analizar la
incidencia de los rasgos o variables identificados en la presente
investigación.
TRANSVERSAL-CORRELACIONAL; porque la relación de la
información sobre ambas variables se hace en un momento
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establecido, y porque buscamos obtener la relación existente entre
ambas variables.
DONDE:
X Variable Independiente: Factores de resocialización
01 :Observaciones
Y Variable Dependiente: Reinserción a la sociedad
4.2 Unidad de análisis
Nuestra unidad de análisis estará conformada por (reos de los penales
de Lurigancho y San Jorge).
4.3 Población de estudio
La población de nuestro estudio la conforman todos los internos que se
encuentran purgando pena en el penal de Lurigancho tiene una
población de 8,625 internos. De ellos 5,904 son inculpados y 2,721
sentenciados. Los presos por delito contra el patrimonio llegan a 4,506
y les siguen los traficantes de droga con 1,7161.
Asimismo en cuanto al penal Piedras Gordas II el índice de reos por lo
que se encuentra constituida nuestra población se refiere a 2380
internos, de los cuales 1120 son inculpados y 980 son sentenciados.
Los presos por delito contra el patrimonio llegan a 160 y les siguen los
delitos menores son de 140 individuos.1 Fuentes: registro de internos del Penal de Lurigancho, 2014.
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A continuación se muestra la tabla de población de nuestro proyecto,
en tal sentido hemos considerado la siguiente información:
Tabla 3 - Determinación de la población analizada
Penales Reos Índice
Lurigancho 8,625 78.37%
Piedra Gordas II 2,740 21.63%
Total 11,005 100.00%
Por lo que nuestra población la conforman (N: 11005 reos de los dos
establecimientos penitenciarios).
4.4 Tamaño de muestra
Nuestra muestra estará conformada a través de un criterio cualitativo
intencional, el mismo que se ajustara con criterios de inclusión, los
mismos que se definirán en la selección de la muestra, ajustada al
1.0% del índice de población: (n: 122 reos):
Criterios de inclusión:
- Reos que se encuentren cumpliendo condena en el penal de
Lurigancho o en el penal Piedras gordas II, en el año 2014.
(n: 122 CASOS)
Los mismos que se repartirán tal cual se establece en la tabla de
repartición de muestreo tal y como se muestra a continuación en la
tabla siguiente.
Tabla 4 - Determinación de la muestra calculada
Penales Reos Índice
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Lurigancho 86 78.37%
San Jorge 36 21.63%
Total 110 100.00%
Fuente: Registro de las poblaciones de Lurigancho y Piedras Gordas II
4.5 Selección de la muestra
Para la selección de la muestra estableceremos el siguiente criterio de
inclusión:
1) Casos de reos que se encuentren cumpliendo condena en el
penal de Lurigancho en el año 2014.
2) Casos de reos que se encuentren cumpliendo condena en el
penal de San Jorge en el año 2014.
4.5.1 Unidad muestral
Será los trabajadores del INPE que laboren como personal evaluador
de los Reos de dichos penales.
4.6 Técnicas de recolección de datos
Las técnicas para la recolección de datos a utilizar en el presente
proyecto serán:
• Técnicas de observación.
• Técnicas de recolección y procesado de información bibliográfica
• Técnicas de tabulación de información de instrumentos
planteados
• Técnicas de correlación estadística
• Técnicas de análisis de frecuencia estadística.
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4.7 Análisis e interpretación de la información
En el presente trabajo de investigación se hará uso del programa
estadístico SPSS 21, el cual nos procesará los datos ingresados para
luego obtener tablas de distribución de frecuencias, gráficos
estadísticos, medidas de tendencia central, medidas de dispersión,
medidas de correlación y regresión lineal; y otros resultados que nos
servirán para ser analizados y llegar a una conclusión. Asimismo
desarrollaremos un análisis de correlación a través del método de
Pearson.
Para el análisis de nuestra información desarrollaremos un aspecto de
tabulación de resultados de nuestro instrumento, el cual será aplicado a
la muestra determinada.
Asimismo para la interpretación desarrollada a través de la estadística
descriptiva de frecuencia y correlativa de hipótesis, en tal sentido.
Asimismo, para la validación y confiabilidad del instrumento se recurrirá
al método de coeficiente Alfa de Cronbach en el cual se trata de un
índice de consistencia que oscila entre 0 y 1, donde un coeficiente de
cero significa nula confiabilidad y uno representa un máximo de
confiabilidad. Es decir que cuanto más se acerque al cero (0), mayor
error habrá en la medición.
Alfa es por tanto un coeficiente de correlación al cuadrado que, a
grandes rasgos, mide la homogeneidad de las preguntas promediando
todas las correlaciones entre todos los ítems para ver que,
efectivamente, se parecen.
Su interpretación será que, cuanto más se acerque el índice al extremo
1, mejor es la fiabilidad, considerando una fiabilidad respetable a partir
de 0,80.
Su fórmula estadística es la siguiente: Varianza de los ítems
Página | 35
11 T
i
V
V
KK
Dónde:
K=Número de Ítems.
V i=Varianza de cada ítem.
V t =Varianza del puntaje total.
Matriz de Correlación de los Ítems
Confiabilidad del Instrumento
El instrumento prueba de entrada se aplicó a una muestra piloto de 122
casos, obteniendo el siguiente resultado de confiabilidad con la
aplicación del programa SPSS versión 21.
De lo expuesto en el párrafo anterior, se define la validación de los
instrumentos como la determinación de la capacidad del cuestionario
para medir las cualidades para lo cual fueron construidos.
Tabla 5 - Cuadro de valoración de coeficientes de validez instrumental
COEFICIENTES NIVEL DE VALIDEZ
75 – 100 Elevado
50 – 75 Regular elevado
25 – 50 Regular
0 – 25 Inadecuado
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Tabla 6 - Estadísticos de fiabilidad
Alfa de CronbachAlfa de Cronbach
basada en los elementos tipificados
Items
.824 .819 34
De la relación antedicha, hallamos que el promedio de validación, se ubica en el
nivel de Elevado, en el instrumento por lo que se aprobó la aplicabilidad de este
instrumento en sus dos variables, alcanzando un índice general de 0.815, es
decir del 81.5%, esto correspondería a una escala de nivel elevada de
normalidad a través del Cronbach.
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V. PRESUPUESTO
Tabla 7 - Calculo del Presupuesto a utilizar
MATERIALES UNIDAD Cantidad Costo Uni (S/.)
CostoTotal (S/.)
Papel Bond Atlas de 80 gr. Millar 1 20.00 20.00Bolígrafos Faber Castell 0.35 Unidad 4 0.50 2.00Correcto Faber Castell Unidad 1 3.50 3.50Lápiz de Grafito Faber Castell Unidad 3 1.00 3.00Fotocopias Unidad 1500 0.10 150.00Memoria USB de 8GB Unidad 1 39.00 39.00Tintas para impresora Canon Unidad 2 120.00 240.00
TOTAL 457.50
TECNOLÓGICOS Impresora Canon MP140 Unidad 1 180.00 180.00Línea tarifa Semi Plana + Speedy 2 MB Unidad 1 170.00 170.00
TOTAL 350.00 EQUIPOS INFORMÁTICOS Computadora de Escritorio (Intel Coro 2 Quad, 2GB RAM, 300GB Disco Duro), Monitor Samsumg 22``, Mouse & Teclado Logitech, Parlantes 5.1. Logitech)
Unidad 1 3,500.00 3,500.00
TOTAL 3,500.00
RECURSOS HUMANOS Asesores (académico y estadístico) Unidad 2 1500 3,000.00
TOTAL 3,000.00
CONSOLIDADOS MATERIALES 457.50TECNOLÓGICOS 350.00EQUIPOS INFORMÁTICOS 3,500.00RECURSOS HUMANOS 3,000.00
TOTAL 7,307.50
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VI. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
Tabla 8 - Gannt de Cronograma de actividades por semanas
ACTIVIDADES
CRONOGRAMAABR MAYO JUN JUL AGOS SET
01
02
03
04
05
06
07
08
09
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
Reunión de coordinación X X X X X X X X X X X XDeterminación de los Proyectos de Investigación
X X X X
Planteamiento y Formulación del Problema.
X X X X X X
Objetivos y Antecedentes de la investigación.
X X X X X X X
Justificación. X XMarco Teórico. Marco Conceptual (docente eje-temático)
X X X X X
Metodología de Investigación: Tipo y diseño de investigación. Definición y operacionalización de las variables.
X X X X X
Población, Muestra y Muestreo.
X X X X
Técnicas e instrumentos de recolección de datos. Validación y confiabilidad del instrumento. Métodos de Análisis de datos
X X X X
Aspectos Administrativos X XPresentación del Proyecto de Tesis (Informe completo preliminar).
X
Revisión del Proyecto de Tesis.(docente eje temático)
X X X X X
Estudiante corrige X XSustentación del Proyecto de Tesis. (Jurado Ad hoc)
X X
Fuente: Elaboración propia
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VII. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
BARROS, César. (2006). Asociación de protección y asistencia a los
condenados: una experiencia humanizadora que se
empieza a descubrir. En: Estudios básicos de derechos
humanos VII. San José, IIDH,
CAFURE DE BATTISTELLI, María. (2011). “Mediación Penal”.
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Penal Integrado. Año II, Nº 2, Editorial Mediterránea.
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y la comunidad. En: Justicia penal y sobrepoblación
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D.F., ILANUD; Siglo Veintiuno.
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DEL ROSAL, Juan. (2004). Política Criminal. Barcelona. Ed. Bosh,
Barcelona - España.
KAUFMANN, Hilde. (2009). Ejecución Penal. Buenos Aires. Ed.
Desalma. Buenos Aires – Argentina.
LÓPEZ EREY, Manuel. (2007). La Criminalidad. Introducción a la
Criminología. Ed. Greyly. Barcelona – España.
MAPELLI, Gabriel (2003). Principios Fundamentales del Sistema
Penitenciario Español. Barcelona. Ed. Bord. Barcelona –
España.
MORA, Luis. (2011). Sobrepoblación penitenciaria y derechos
humanos: la experiencia constitucional. En: Justicia penal y
sobrepoblación penitenciaria: Situación y respuestas
posibles. México, D.F:
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MUÑOZ CONDE, Francisco. (2003). Derecho Penal y Control Social en
Cuaderno de Política Criminal. Madrid - España.
PEDRAZA Wilfredo. (2011). Situación Actual de la Ejecución Penal en
el Perú. Concejo de Coordinación Judicial. Lima. pp. 325.
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SMALL, German. (2011). Los Beneficios Penitenciarios en el Perú
Ediciones. Ediciones BLG. Lima Perú. pp. 279.
SOLIS ESPINOZA, Alejandro. Ciencia Penitenciaria. Ediciones B y B.
Lima Perú. 1999. pp. 532.
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humanos en América Latina. En: Memoria del Simposio
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Toluca (México), Comisión de Derechos Humanos del
Estado de México.
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social de los internos del establecimiento penal de
Huamancaca Hico – Provincia de Huancayo Departamento
de Junín. Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. Lima Perú
VÍLCHEZ, Oscar. (2012). El sistema penitenciario peruano frente a la
reinserción social de los internos en Cajamarca.
Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. Cajamarca Perú
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MATRIZ DE CONSISTENCIA
Título: FACTORES DE RESOCIALIZACIÓN Y REINSERCIÓN A LA SOCIEDAD DE LOS SENTENCIADOS EN LOS PENALES DE LURIGANCHO Y SAN JORGE; 2015-I
Problemas Objetivos Hipótesis Variables MétodoProblema General
• ¿De qué manera influirían los factores de resocialización sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I?
Objetivo general
• Determinar la manera en que influirían los factores de resocialización sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I
Hipótesis general
• Los factores de resocialización influirían de manera directa y significativa sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I -I
Variable Indicadores Escala de Medición
Antecedentes
Escala adaptada a través de categorías Likert
Baremos:
1 – 33% (No)
34 – 66% (Dubitativo)
67 – 100% (Si)
Tendencias en el comportamiento
Programas laborales
Disminución del riesgo de reincidencia
Sistema de responsabilidad
Conducta de valores
Tipo de investigación
Científico Descriptiva - Correlacional
Diseño de investigación
Diseño Transversal
Población del estudio
La población estará conformada por (N: 11,005 reos de Lurigancho y San Jorge)
Muestra del estudio
Nuestra muestra estará conformada por (n: 122 individuos de los penales de Lurigancho y San Jorge)
Instrumentos y técnicas de investigación.
Técnicas de observación.Técnicas de recolección y procesado de información bibliográfica Técnicas de tabulación de información de instrumentos planteados Técnicas de correlación estadística Técnicas de análisis de frecuencia estadística
Problemas Específicos
1) ¿Cómo influirían los antecedentes sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I?
2) ¿Cómo influirían las tendencias en el comportamiento sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I?
3) ¿Cómo influirían los programas laborales sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I?
Objetivos específicos
1) Identificar cómo influirían los antecedentes sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.
2) Definir cómo influirían las tendencias en el comportamiento sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I..
3) Establecer cómo influirían los programas laborales sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I I
Hipótesis específicas
1) Existiría una influencia significativa de los antecedentes sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.
2) Existiría una influencia significativa de las tendencias en el comportamiento sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.
3) Existiría una influencia significativa de los programas laborales sobre la reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I.
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MODELO DE INSTRUMENTO TIPO ENCUESTA
(Aplicado a la muestra determinada)
Importante:
Estimado encuestado, la presente tiene solo fines académicos, por lo que se le pide que sea lo más objetivo posible al momento de su llenado, de tener alguna interrogante por favor hágasela saber al personal encargado.
Por su atención muchas gracias
Categorías
1. Nunca 2. Regular 3. Frecuente
ÍtemsCategorías1 2 3
Información sobre el funcionamiento del pisoAsesoramiento en la realización de las propuestas del proyecto individual hechas por los usuariosElaboración de itinerarios de inserciónPuesta en práctica y seguimiento de los proyectos individuales de aquellos usuarios que sea responsable directoAcompañamientoResponsable del funcionamiento cotidiano del pisoEntrevistas, seguimiento y realización del informe social anterior a su entrada en el pisoEntrevistas periódicas con usuariosCoordinación y captación de recursos, en el barrio y en otras zonasRealización de reuniones de recogida de datos y evaluación, con los usuarios del recursoSer el canal de comunicación de decisiones de los otros miembros del equipo, tales como altas, bajas o salidas de residentesCoordinación con otros recursos de la zonaEntrevista y elaboración del informe psicológicoPasar batería de test psicológicos a la personaLlevar a cabo la actuación "Prevención de Recaídas"Coordinación con el Centro de salud Mental de la zona.Coordinación con el Equipo de Atención a DrogodependientesElaboración de informes psicosociales solicitados por Instituciones Penitenciarios y otros recursos.Hacerse cargo de la situación jurídica y penal de cada uno de los residentes del recurso.Asesorar e informar a los residentes de aquellas cuestiones que les pueden surgir sobre este aspecto, si es necesario.Acompañamiento en gestiones relacionadas con el área jurídicaContribuir a la mejora profesional del recursoApoyar en el Trabajo Social del recursoEntrenamientoAconsejar y sugerir líneas de trabajoAyudar a resolver dificultades y encontrar solucionesAcompañamientoResponsable del funcionamiento cotidiano del pisoSeguimiento en el cumplimiento de normasSupervisar al Equipo TécnicoFirmar actas de acogidaFirma de tutelas y cambios de tutelaRelaciones institucionales y demás entidades relacionadas con el recursoAcordar protocolos de coordinación
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DESARROLLO DE LOS RESULTADOS
Análisis descriptivo del estudio
Tabla 9 - Antecedentes
Frecuencia Porcentaje Porcentaje
válido
Porcentaje
acumulado
Válidos Inadecuada 90 73,8 73,8 73,8
Regular 20 16,4 16,4 90,2
Adecuada 12 9,8 9,8 100,0
Total 122 100,0 100,0
Fuente: data1.sav
En relación a la dimensión de antecedentes del reo, según vemos en cuanto a las evaluaciones constantes, encontramos que el 73.8% de los casos se tratan de una manera inadecuada, en tanto que el 16.4% de los casos evolucionan de manera irregular, mientras que por último el 9.8% restante de los casos se nota una evoluciona adecuada de los antecedentes del Reo.
Figura 1 - Antecedentes
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Tabla 10 - Tendencias en el comportamiento
Frecuencia Porcentaje Porcentaje
válido
Porcentaje
acumulado
Válidos Inadecuada 88 72,1 72,1 72,1
Regular 16 13,1 13,1 85,2
Adecuada 18 14,8 14,8 100,0
Total 122 100,0 100,0
Fuente: data1.sav
En cuanto a las tendencias en el comportamiento, se observa que en el análisis el 72.1% de la muestra una evolución inadecuada en las tendencias en su comportamiento, asimismo, el 14.8% tienen una tendencia adecuada, en tanto que el 13.1% restante tienen una tendencia regular de dicha tendencia.
Figura 2 - Tendencias en el comportamiento
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Tabla 11 - Programas laborales
Frecuencia Porcentaje Porcentaje
válido
Porcentaje
acumulado
Válidos Inadecuada 81 66,4 66,4 66,4
Regular 29 23,8 23,8 90,2
Adecuada 12 9,8 9,8 100,0
Total 122 100,0 100,0
Fuente: data1.sav
En relación a la reinserción a los programas labores en los casos analizados, observamos que el 66.4% de la muestra presenta una reinserción inadecuada, en tanto que el 23.8% presenta una reinserción regular, por último el 9.8% restante tiene una reinserción adecuada respectivamente.
Figura 3 - Programas laborales
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Tabla 12 - Factores de resocialización
Frecuencia Porcentaje Porcentaje
válido
Porcentaje
acumulado
Válidos Inadecuada 78 63,9 63,9 63,9
Regular 43 35,2 35,2 99,2
Adecuada 1 ,8 ,8 100,0
Total 122 100,0 100,0
Fuente: data1.sav
Los resultados en cuanto a los factores de resocialización, se observa que el 63.9% de los casos evaluados, presenta un factor de resocialización inadecuada o en este caso baja, en tanto que el 35.2% tiene un factor regular, mientras que el 0.8% restante tienen un factor adecuado de dicho factor.
Figura 4 - Factores de resocialización
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Tabla 13 - Disminución del riesgo de reincidencia
Frecuencia Porcentaje Porcentaje
válido
Porcentaje
acumulado
Válidos Inadecuada 56 45,9 45,9 45,9
Regular 34 27,9 27,9 73,8
Adecuada 32 26,2 26,2 100,0
Total 122 100,0 100,0
Fuente: data1.sav
En cuanto a la disminución del riesgo de reincidencia, vemos que el 45.9% presentan un índice de tratamiento inadecuado, en tanto que el 27.9% de los casos, tienen un índice regular, mientras que el 26.2% restante tienen un índice adecuado respectivamente.
Figura 5 - Disminución del riesgo de reincidencia
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Tabla 14 - Sistema de responsabilidad
Frecuencia Porcentaje Porcentaje
válido
Porcentaje
acumulado
Válidos Inadecuad
a
84 68,9 68,9 68,9
Regular 24 19,7 19,7 88,5
Adecuada 14 11,5 11,5 100,0
Total 122 100,0 100,0
Fuente: data1.sav
Los resultados, en cuanto a la dimensión del sistema de responsabilidad muestran que el 68.9% de la muestra tienen una aplicación de dicho sistema inadecuado, en tanto que el 19.7% presentan un índice Regular, mientras que el 11.5% presentan un índice adecuado de dicho sistema de responsabilidad.
Figura 6 - Sistema de responsabilidad
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Tabla 15 - Conducta de valores
Frecuencia Porcentaje Porcentaje
válido
Porcentaje
acumulado
Válidos Inadecuada 68 55,7 55,7 55,7
Regular 27 22,1 22,1 77,9
Adecuada 27 22,1 22,1 100,0
Total 122 100,0 100,0
Fuente: data1.sav
En tanto, en lo relacionado a la conducta de valores, observamos que el mayor índice de frecuencia correspondiente a dicha conducta, presenta su mayor frecuencia con un 55.7% de presentación inadecuada, en tanto que el 22.1% de dichos casos, muestran que dicha conducta de valores se trata de una manera regular, en tanto que el 22.1% restante resultados con un tratamiento de conducta de valores adecuados, respectivamente.
Figura 7 - Conducta de valores
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Tabla 16 - Reinserción a la sociedad
Frecuencia Porcentaje Porcentaje
válido
Porcentaje
acumulado
Válidos Inadecuada 48 39,3 39,3 39,3
Regular 72 59,0 59,0 98,4
Adecuada 2 1,6 1,6 100,0
Total 122 100,0 100,0
Fuente: data1.sav
En lo relacionado a la reinserción a la sociedad, observamos que el 59.0% de la muestra presenta una reinserción regular, en tanto que el 39.3% de estos, muestra una reinserción inadecuada, por ultimo solo el 1.6% de dicha muestra tienen o muestran una reinserción adecuada respectivamente.
Figura 8 - Reinserción a la sociedad
Página | 50
Desarrollo de validez de hipótesis
Hipótesis especifica 3
1º PLANTEAMIENTO DE HIPÓTESIS:
H0: Existiría una influencia significativa de los programas laborales sobre la
reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San
Jorge; 2015-I.
H1: Existiría una influencia significativa de los programas laborales sobre la
reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San
Jorge; 2015-I.
2º NIVELES DE SIGNIFICACIÓN:
α = 0.05 (con 95% de confianza)
3º ESTADÍSTICO DE PRUEBA:
r de Ch2 de Pearson .
Dónde:
En términos generales diremos que:
Si | r | (Correlación de Ch2) < 0,95 la asociación no se cumple.
Si | r | (Correlación de Ch2) > 0,95 la asociación se cumple.
4° Comparar
Para n-2 grados de libertad
Página | 51
Dónde:
5. Resultados:
Tabla 17 - Resumen de correlación de Ch2 de Pearson (Programas laborales& Reinserción a la sociedad)
Programas laborales
Reinserción a la sociedad
Programas laborales
Correlación de Pearson 1 ,928**
Sig. (bilateral) ,072Suma de cuadrados y productos cruzados
48,621 45,515
Covarianza ,748 ,700N 122 122
Reinserción a la sociedad
Correlación de Pearson ,928** 1Sig. (bilateral) ,072Suma de cuadrados y productos cruzados
45,515 57,939
Covarianza ,700 ,891N 122 122
**. La correlación es significativa al nivel 0,01 (bilateral).
6. Conclusión:
De la aplicación del estadístico de prueba R de Ch2 el resultado de Correlación se
muestra con un índice de, 0.928, es decir 95.8%, con un índice de libertad de ,072
o 7.2 %, con lo que invalidamos nuestra hipótesis alterna que sugiere que
“Existiría una influencia significativa de los programas laborales sobre la
reinserción a la sociedad en los sentenciados de los penales de Lurigancho y San
Jorge; 2015-I.”, si bien es cierto existe una relación, esta no alcanza a ser
significativa.
Página | 52
CONCLUSIONES
Sobre los resultados descriptivos del estudio, podemos mencionar en relación a la
dimensión de antecedentes del reo, según vemos en cuanto a las evaluaciones
constantes, encontramos que el 73.8% de los casos se tratan de una manera
inadecuada, en tanto que el 16.4% de los casos evolucionan de manera irregular,
mientras que por último el 9.8% restante de los casos se nota una evoluciona
adecuada de los antecedentes del Reo; asimismo en relación a las tendencias en
el comportamiento, se observa que en el análisis el 72.1% de la muestra una
evolución inadecuada en las tendencias en su comportamiento, asimismo, el 14.8%
tienen una tendencia adecuada, en tanto que el 13.1% restante tienen una
tendencia regular de dicha tendencia, también del mismo modo en cuanto a la
reinserción a los programas labores en los casos analizados, observamos que el
66.4% de la muestra presenta una reinserción inadecuada, en tanto que el 23.8%
presenta una reinserción regular, por último el 9.8% restante tiene una reinserción
adecuada respectivamente, sobre los resultados en cuanto a los factores de
resocialización, se observa que el 63.9% de los casos evaluados, presenta un
factor de resocialización inadecuada o en este caso baja, en tanto que el 35.2%
tiene un factor regular, mientras que el 0.8% restante tienen un factor adecuado de
dicho factor. En lo relacionado a la disminución del riesgo de reincidencia, vemos
que el 45.9% presentan un índice de tratamiento inadecuado, en tanto que el
27.9% de los casos, tienen un índice regular, mientras que el 26.2% restante tienen
un índice adecuado respectivamente, sobre los resultados, en cuanto a la
dimensión del sistema de responsabilidad muestran que el 68.9% de la muestra
tienen una aplicación de dicho sistema inadecuado, en tanto que el 19.7%
presentan un índice Regular, mientras que el 11.5% presentan un índice adecuado
de dicho sistema de responsabilidad, asimismo en cuanto a la conducta de valores,
observamos que el mayor índice de frecuencia correspondiente a dicha conducta,
presenta su mayor frecuencia con un 55.7% de presentación inadecuada, en tanto
que el 22.1% de dichos casos, muestran que dicha conducta de valores se trata de
una manera regular, en tanto que el 22.1% restante resultados con un tratamiento
de conducta de valores adecuados, respectivamente, en lo que respecta a la
reinserción a la sociedad, observamos que el 59.0% de la muestra presenta una
reinserción regular, en tanto que el 39.3% de estos, muestra una reinserción
inadecuada, por ultimo solo el 1.6% de dicha muestra tienen o muestran una
reinserción adecuada respectivamente.
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Por otro lado en cuanto a la tercera de nuestras hipótesis específicas, podemos ver
que estadístico de prueba R de Ch2 el resultado de Correlación se muestra con un
índice de, 0.928, es decir 95.8%, con un índice de libertad de ,072 o 7.2 %, con lo
que invalidamos nuestra hipótesis alterna que sugiere que “Existiría una influencia
significativa de los programas laborales sobre la reinserción a la sociedad en los
sentenciados de los penales de Lurigancho y San Jorge; 2015-I; respectivamente.
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