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11'''::¡·I.;p.II .. .. :. ,¡- REPUBLlCA DE COLOMBIA 1 .. .. . O/J . , . ' .i ..lo 1l' ..... -.:::,.. :; MINISTERIO OEL INTERIOR Cj "-1 e s 2 r Por el cual se da cumplimiento a una sancion disDana impuesta al señor Luis Jorge Pajarito Sanchez García, en su condición de Gobernador del departamento del Huila . EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 304 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 172 de la Ley 734 de 2002, y CONSIDERANDO: Que la Procuradora Delegada para la Moralidad Pública de la Procuraduría General de la Nación, mediante fallo de primera instancia del 31 de enero de 2013, proferido dentro del proceso disciplinario radicado bajo el número IUS-294939;IUC-D-2010-650-305298, adelantado en contra del señor Luis Jorge Pajarito Sánchez García, identificado con la cédula de ciudadanía número 12. 135.643, en su condición de Gobernador del departamento del Huila, para el año 2009, impuso sanción disciplinaria consistente en la suspensión en el ejercicio del cargo por el término de cinco (5) meses. Que la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, mediante providencia del 25 de junio de 2015, aprobada en Acta de Sala No. 24, dentro del expediente NO. 161-5642 (IUS 2010-294939), confirmó el fallo radicado bajo el número IUS-294939/IUC-D-2010-650-305298 del 31 de enero de 2013, emitido por la Procuraduría Segunda Delegada para la Moralidad Pública de la Procuraduría General de la Nación, en el sentido de sancionar al señor Luis Jorge Pajarito Sánchez García con suspensión en el ejercicio del cargo por el término de cinco (5) meses, convertidos en el equivalente de cinco (5) salarios vigentes, devengados por él durante el 2009, que ascienden a la suma de DICIEOCHO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS M/L ($18.261 . 575 . 00); dinero que deberá ser cancelado a favor de la Gobernación del departamento del Huila, en la tesorería y/o pagaduría, cuya destinación será la financiación de programas de bienestar social de los funcionarios y empleados de la mencionada entidad territorial. Que mediante oficio de salida NO.169658 del 16 de octubre de 2015, dirigido al Presidente de la República , la señora Sandra Yamile Mesa Diaz, en calidad de Secretaria del Grupo Asesores Anticorrupción del Despacho del Procurador General de la Nación, remitió copias de las providencias de primera y segunda instancia, proferidas por la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública y la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, respectivamente, para que se haga efectiva la sanción impuesta al señor Luis Jorge Pajarito Sánchez García. Que según constancia secretarial del 31 de agosto de 2015, suscrita por la Secretaria del Grupo de Asesores Anticorrupción del Despacho del Procurador General de la Nación, la decisión cobró ejecutoria el día 23 de julio de 2015, bajo el entendido que los efectos jurídicos se surten a partir de la misma fecha. Que en cumplimiento de lo ordenado por la Procuraduría General de la Nación, se hace necesario hacer efectiva la medida de suspensión impuesta al señor Luis Jorge Pajarito Sánchez García, en su condición de Gobernador del departamento del Huila para el año 2009, convertida en salarios conforme a lo establecido por el artículo 46 de la Ley 734 de 2002.

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Page 1: MINISTERIO OEL INTERIOR DECRETO>N¡~3°- -1 2O~wp.presidencia.gov.co/sitios/normativa/decretos/2015... · 2015-12-04 · Que mediante oficio de salida NO.169658 del 16 de octubre

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REPUBLlCA DE COLOMBIA 1~j~2~ L=~=- ~~ ~ ~- laquo OJ ~i ~ ~ -1 ~1bull i lo r9~ 1l- _~~_~~~~

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MINISTERIO OEL INTERIOR

DECRETO gtNiexcl~3deg- Cj -1es2O~r Por el cual se da cumplimiento a una sancion disDana impuesta al sentildeor Luis Jorge Pajarito Sanchez

Garciacutea en su condicioacuten de Gobernador del departamento del Huila

EL PRESIDENTE DE LA REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el artiacuteculo 304 de la Constitucioacuten Poliacutetica en concordancia con el artiacuteculo 172 de la Ley 734 de 2002 y

CONSIDERANDO

Que la Procuradora Delegada para la Moralidad Puacuteblica de la Procuraduriacutea General de la Nacioacuten mediante fallo de primera instancia del 31 de enero de 2013 proferido dentro del proceso disciplinario radicado bajo el nuacutemero IUS-294939IUC-D-2010-650-305298 adelantado en contra del sentildeor Luis Jorge Pajarito Saacutenchez Garciacutea identificado con la ceacutedula de ciudadaniacutea nuacutemero 12135643 en su condicioacuten de Gobernador del departamento del Huila para el antildeo 2009 impuso sancioacuten disciplinaria consistente en la suspensioacuten en el ejercicio del cargo por el teacutermino de cinco (5) meses

Que la Sala Disciplinaria de la Procuraduriacutea General de la Nacioacuten mediante providencia del 25 de junio de 2015 aprobada en Acta de Sala No 24 dentro del expediente NO161-5642 (IUS 2010-294939) confirmoacute el fallo radicado bajo el nuacutemero IUS-294939IUC-D-2010-650-305298 del 31 de enero de 2013 emitido por la Procuraduriacutea Segunda Delegada para la Moralidad Puacuteblica de la Procuraduriacutea General de la Nacioacuten en el sentido de sancionar al sentildeor Luis Jorge Pajarito Saacutenchez Garciacutea con suspensioacuten en el ejercicio del cargo por el teacutermino de cinco (5) meses convertidos en el equivalente de cinco (5) salarios vigentes devengados por eacutel durante el 2009 que ascienden a la suma de DICIEOCHO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS ML ($18261 57500) dinero que deberaacute ser cancelado a favor de la Gobernacioacuten del departamento del Huila en la tesoreriacutea yo pagaduriacutea cuya destinacioacuten seraacute la financiacioacuten de programas de bienestar social de los funcionarios yempleados de la mencionada entidad territorial

Que mediante oficio de salida NO169658 del 16 de octubre de 2015 dirigido al Presidente de la Repuacuteblica la sentildeora Sandra Yamile Mesa Diaz en calidad de Secretaria del Grupo Asesores Anticorrupcioacuten del Despacho del Procurador General de la Nacioacuten remitioacute copias de las providencias de primera y segunda instancia proferidas por la Procuraduriacutea Delegada para la Moralidad Puacuteblica y la Sala Disciplinaria de la Procuraduriacutea General de la Nacioacuten respectivamente para que se haga efectiva la sancioacuten impuesta al sentildeor Luis Jorge Pajarito Saacutenchez Garciacutea

Que seguacuten constancia secretarial del 31 de agosto de 2015 suscrita por la Secretaria del Grupo de Asesores Anticorrupcioacuten del Despacho del Procurador General de la Nacioacuten la decisioacuten cobroacute ejecutoria el diacutea 23 de julio de 2015 bajo el entendido que los efectos juriacutedicos se surten apartir de la misma fecha

Que en cumplimiento de lo ordenado por la Procuraduriacutea General de la Nacioacuten se hace necesario hacer efectiva la medida de suspensioacuten impuesta al sentildeor Luis Jorge Pajarito Saacutenchez Garciacutea en su condicioacuten de Gobernador del departamento del Huila para el antildeo 2009 convertida en salarios conforme a lo establecido por el artiacuteculo 46 de la Ley 734 de 2002

DE ____ HOJA NUMERO____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se da cumplimiento auna sancioacuten disciplinaria impuesta al sentildeor Luis Jorge Pajarito Saacutenchez en su condicioacuten de Gobemador del departamento del Huila Hoja No 2

DECRETA

Artiacuteculo 1 Sancioacuten Hacer efectiva la saiiquestiexclOacute~ disciplinaria consistente en la suspensioacuten en el ejercicio de su cargo por el teacutermino de cinco (5) meses impuesta al sentildeor Luis Jorge Pajarito Saacutenchez Garciacutea identificado con ceacutedula de ciudadaniacutea No 12135643 en su condicioacuten de Gobernador del departamento del Huila para la eacutepoca de los hechos (2009) sancioacuten que para efectos de su ejecucioacuten ha sido convertida en salarios y en consecuencia el ex mandatario deberaacute pagar la suma de DICIEOCHO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS MIL ($1826157500) en cumplimiento de lo ordenado por la Procuraduriacutea Delegada para la Moralidad Puacuteblica de la Procuraduriacutea General de la Nacioacuten en providencia de fecha 31 de enero de 2013 proferida dentro del proceso disciplinario con radicado IUS-294939IUC-D-2010-650shy305298 confirmado por la Sala Disciplinaria de la Procuraduriacutea General de la Nacioacuten aprobada en Acta de Sala No 24 dentro del expediente NO161-5642 (IUS 2010-294939)de conformidad con lo sentildealado en la parte motiva del presente decreto

Artiacuteculo 2 Comunicacioacuten Comunicar el contenido de este decreto al sentildeor Luis Jorge Pajarito Saacutenchez Garciacutea a la Procuraduriacutea General de la Nacioacuten y a la Gobernacioacuten del departamento del Huila para que efectuacutee el cobro y realice las anotaciones en la hoja de vida

Artiacuteculo 3 Vigencia El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y contra eacutel no procede recurso alguno

PUSLiacuteQUESE COMLlNIQUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los

~ - bull I ~

3DIC 2015

El Ministro del Interior

ProyectO Grece Silva Bermudez - Profesional Especializado (t ~ Revisado Jaime Andreacutes Ospina Echevem bull Coordinador Aclu~s-dministrativ~

Gabriel Reneacute Cera Cantillomiddot Jefe Oficina Asesora JurldicaV~lAacuteJ A_~r bull AprobO ~a Maria Almario Oreszer- OireclOra para la Oemocacia la artiCiPac~ ~Ciudadana y la ACCKlO Comunal(J

CarloS Roberto Ferro Solanilla VicemonlStro de Relaciones Pollticas

EXTM115-0052381 del 19102015 (

TRO 14024306

Page 2: MINISTERIO OEL INTERIOR DECRETO>N¡~3°- -1 2O~wp.presidencia.gov.co/sitios/normativa/decretos/2015... · 2015-12-04 · Que mediante oficio de salida NO.169658 del 16 de octubre

DE ____ HOJA NUMERO____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se da cumplimiento auna sancioacuten disciplinaria impuesta al sentildeor Luis Jorge Pajarito Saacutenchez en su condicioacuten de Gobemador del departamento del Huila Hoja No 2

DECRETA

Artiacuteculo 1 Sancioacuten Hacer efectiva la saiiquestiexclOacute~ disciplinaria consistente en la suspensioacuten en el ejercicio de su cargo por el teacutermino de cinco (5) meses impuesta al sentildeor Luis Jorge Pajarito Saacutenchez Garciacutea identificado con ceacutedula de ciudadaniacutea No 12135643 en su condicioacuten de Gobernador del departamento del Huila para la eacutepoca de los hechos (2009) sancioacuten que para efectos de su ejecucioacuten ha sido convertida en salarios y en consecuencia el ex mandatario deberaacute pagar la suma de DICIEOCHO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS MIL ($1826157500) en cumplimiento de lo ordenado por la Procuraduriacutea Delegada para la Moralidad Puacuteblica de la Procuraduriacutea General de la Nacioacuten en providencia de fecha 31 de enero de 2013 proferida dentro del proceso disciplinario con radicado IUS-294939IUC-D-2010-650shy305298 confirmado por la Sala Disciplinaria de la Procuraduriacutea General de la Nacioacuten aprobada en Acta de Sala No 24 dentro del expediente NO161-5642 (IUS 2010-294939)de conformidad con lo sentildealado en la parte motiva del presente decreto

Artiacuteculo 2 Comunicacioacuten Comunicar el contenido de este decreto al sentildeor Luis Jorge Pajarito Saacutenchez Garciacutea a la Procuraduriacutea General de la Nacioacuten y a la Gobernacioacuten del departamento del Huila para que efectuacutee el cobro y realice las anotaciones en la hoja de vida

Artiacuteculo 3 Vigencia El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y contra eacutel no procede recurso alguno

PUSLiacuteQUESE COMLlNIQUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los

~ - bull I ~

3DIC 2015

El Ministro del Interior

ProyectO Grece Silva Bermudez - Profesional Especializado (t ~ Revisado Jaime Andreacutes Ospina Echevem bull Coordinador Aclu~s-dministrativ~

Gabriel Reneacute Cera Cantillomiddot Jefe Oficina Asesora JurldicaV~lAacuteJ A_~r bull AprobO ~a Maria Almario Oreszer- OireclOra para la Oemocacia la artiCiPac~ ~Ciudadana y la ACCKlO Comunal(J

CarloS Roberto Ferro Solanilla VicemonlStro de Relaciones Pollticas

EXTM115-0052381 del 19102015 (

TRO 14024306