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POLÍTICA NACIONAL DE TRASPLANTES DE ÓRGANOS Y TEJIDOS HUMANOS PARA FINES TERAPÉUTICOS Y
CIENTÍFICOS
MINISTERIO DE SALUD DE EL SALVADOR
San Salvador, septiembre de 2013
Ministerio de SaludViceministerio de Políticas de SaludViceministerio de Servicios de Salud
POLÍTICA NACIONAL DE TRASPLANTES DE ÓRGANOS Y TEJIDOS HUMANOS PARA FINES TERAPÉUTICOS Y CIENTÍFICOS
San Salvador, El Salvador2013
FICHA CATALOGRÁFICA.
2013 Ministerio de Salud.
Todos los derechos reservados. Está permitida la reproducción parcial o total de esta obra, siempre que se cite la fuente y que no sea para la venta u otro fin de carácter comercial.Es responsabilidad de los autores técnicos de éste documento, tanto su contenido como los cuadros, diagramas e imágenes.
La documentación oficial del Ministerio de Salud, puede ser accesada a través de: http://asp.mspas.gob.sv/regulacion/default.asp
Tiraje: 1ª. Edición. 2013.Edición y DistribuciónMinisterio de SaludViceministerio de Políticas de SaludCalle Arce No. 827, San Salvador. Teléfono: 2205 7000Página oficial: http://www.salud.gob.svDiseño de proyecto gráfico:Diagramación:
Impreso en El Salvador por:
Ministerio de Salud. Viceministerio de Políticas de Salud. Viceministerio de Servicios de Salud. Dirección de Regulación y Legislación en Salud. Política Nacional de Trasplantes de Órganos y Tejidos Humanos para Fines Terapéuticos y Científicos. San Salvador, El Salvador. C.A.
1. Ministerio de Salud.
INSTITUCIONES PARTICIPANTES EN LA ELABORACIÓN DE LA POLÍTICA
COMITÉ CONSULTIVO
Ministerio de Salud
Consejo Nacional de Trasplantes
Consejo Superior de Salud Pública
Instituto Salvadoreño del Seguro Social
Hospitales Privados
Contenido
Antecedentes 1
Marco Conceptual 5
Contexto referencial 9
Principios rectores 13
Objetivos 14
Estrategias y líneas de acción 15
Bibliografía 21
San Salvador, septiembre del año 2013.
Acuerdo No.____
1. Que de acuerdo a lo prescrito en el Artículo 65 de la Constitución de la República, la
salud de los habitantes constituye un bien público, razón por la cual el Estado y las
personas están obligados a velar por su conservación y restablecimiento. La salud es
uno de los factores más determinantes en la consecución de los fines propuestos por
la Constitución, es por ello que la persona humana, constituye el principio y el fin de la
actividad estatal, tiene derecho a que se le asista, de forma preventiva y curativa.
2. Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 128 del Código de Salud, el Ministerio de
Salud es el ente rector de la Política Nacional de trasplantes de órganos y tejidos
humanos con fines terapéuticos y científicos, por lo que debe elaborarla, en consulta
con el Consejo Nacional de Trasplantes.
3. Que de conformidad a la Política Nacional de Salud 2009-2014; en su estrategia 2
establece la capacidad del MINSAL para elaborar Políticas y Planes de salud,
garantizando la adecuada provisión y cobertura de servicios; dentro de los cuales se
debe considerar lo referido a los trasplantes de órganos y tejidos humanos, que
permitan la adecuada atención en salud de la población, que requiera de tales
trasplantes, y que permita el avance de la investigación científica en dicho tema.
4. Que de acuerdo a lo establecido en los considerandos anteriores y con el propósito de
garantizar este derecho, es necesario establecer estrategias y mecanismos que
permitan la provisión y cobertura sobre los trasplantes de órganos y tejidos humanos,
para la población que lo requiera.
POR TANTO:
En uso de las facultades legales conferidas ACUERDA emitir el siguiente:
POLÍTICA NACIONAL DE TRASPLANTES DE ÓRGANOS Y TEJIDOS HUMANOS PARA
FINES TERAPÉUTICOS Y CIENTÍFICOS
I. Antecedentes.
En el año de 1954, en Estados Unidos se realizó el primer trasplante de órganos con éxito en
el mundo y consistió en un trasplante de riñón entre gemelos univitelinos. En 1967, se llevó a
cabo el primer trasplante de corazón al ser humano. La aparición de la ciclosporina, como
medicamento inmunosupresor en 1978, marcó un antes y un después en el control del
rechazo agudo. Hoy en día, los trasplantes de hígado, páncreas, pulmones, intestino y otros
órganos son rutinarios en muchos hospitales.
Actualmente, es posible trasplantar no solo los órganos vitales del cuerpo humano, sino
también, otros órganos no vitales, como la lengua, la mandíbula o la mano.
La donación y el trasplante de órganos se han convertido en una práctica médica frecuente
que ha transformado la vida de millones de personas a nivel mundial, a la vez que ha
repercutido en una serie de cambios ideológicos y sociales.
En El Salvador se han desarrollado con éxito iniciativas institucionales de trasplante renal de
donante vivo, desde el año 1985, en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social,
posteriormente en los hospitales privados, el Hospital Nacional de Niños Benjamín Bloom y
recientemente en el Hospital Nacional Rosales. Actualmente, en nuestro país, la donación y
recepción de trasplantes de órganos y tejidos, se encuentran limitados únicamente a riñón de
donante vivo, cornea, hueso, piel, transfusiones sanguíneas y de fluidos; todos con escasa
legislación; por lo que el desarrollo del trasplante de otros órganos de donantes vivos y
cadavéricos, así como la regulación requerida, constituyen un reto para la garantía en el
acceso de la población que los necesita.
Cada año crece el número de trasplantes, pero también hay un crecimiento paralelo de las
personas en listas de espera para recibir un órgano. La escasez crónica de donantes y la
carencia de mecanismos para el desarrollo de trasplantes en El Salvador, puede paliarse a
través de la formulación de las legislaciones requeridas, el incremento de la tasa de donantes
y el fomento de la donación de personas vivas, siempre que sea posible; todo esto abre
nuevas posibilidades al trasplante de órganos, que han de ser acogidas con realismo,
esperanza y prudencia, no sólo desde el punto de vista científico, sino también por sus
repercusiones éticas.
La presente Política establece por primera vez en El Salvador, las bases legales y
administrativas para el desarrollo presente y futuro del trasplante de órganos y tejidos en el
País. Su implementación se debe desarrollar a través de la continuidad de acciones y
procesos dirigidos a preservar los esfuerzos que se realicen en materia de trasplante de
órganos y tejidos, incidiendo para que no sean vulnerados por factores políticos, culturales,
sociales, financieros, organizacionales o de otra naturaleza; considerando las limitaciones
propias en materia de recursos disponibles que las instituciones posean.
II. Marco Conceptual.
El humano es un ser que necesita convivir con otros para satisfacer las diversas necesidades
de tipo biológico, psicológico y emocional que pueden presentarse a lo largo de su vida. Para
aquellas necesidades que debido a su complejidad se trasforman en problemas,
históricamente se ha buscado mediante diversas estrategias dar solución a éstos. En este
sentido, uno de los aspectos críticos se presenta en la salud-enfermedad, dando cuenta de
los esfuerzos por idear diversas formas para atenuar o eliminar la causa de la necesidad-
problema que afecta la calidad y prolongación de la vida.
En el desarrollo de diversos intentos que den paso a la efectividad de los resultados y
superar los escenarios adversos, se han desarrollado avanzadas prácticas, las cuales han
sido un hito en salud. Es así como uno de los avances que destaca es la donación de
órganos y tejidos, que ha salvado y mejorado la calidad de vida de muchos pacientes.
Los trasplantes de órganos y tejidos humanos, consisten en transferir un tejido u órgano, de
su sitio original a otro diferente permaneciendo vivo; esto puede ser dentro de un mismo
individuo o bien de un individuo a otro. El propósito es restaurar las funciones perdidas de
ese órgano o tejido, substituyéndolo por uno sano; la clasificación de los trasplantes
dependiendo de la relación genética entre el donador y el receptor de un trasplante, puede
ser: auto trasplantes, cuando el donador y el receptor son la misma persona; isotrasplante:
cuando el donador y el receptor son genéticamente idénticos, como en el caso de los
gemelos univitelinos, (gemelos idénticos); alotrasplante: cuando el donador y el receptor, son
de la misma especie, pero genéticamente diferentes, por ejemplo dos humanos no
emparentados; xenotrasplante: cuando el donador y el receptor son de diferente especie, por
ejemplo de cerdo a humanos o de mono a humano.
La implementación de medidas preventivas efectivas han permitido un incremento en la edad
promedio de vida, esto aunado al incremento demográfico, las modificaciones en los estilos
de vida, y a los cambios económicos, sociales y culturales, han repercutido en un
incremento de las enfermedades crónico-degenerativas, cuyas consecuencias entre otras
son: la insuficiencia cardiaca, la insuficiencia hepática, la insuficiencia renal, insuficiencia
respiratoria y enfermedades malignas como las leucemias; todos padecimientos que
actualmente carecen de tratamiento definitivo, teniendo como única alternativa el trasplante
del órgano o tejido respectivo.
En nuestro país, el número de trasplantes está por debajo de las necesidades, más aún, son
insuficientes para la cantidad de pacientes que se encuentran a la espera de recibir un
trasplante, lo cual refleja el bajo impacto de las iniciativas anteriormente impulsadas.
También, las investigaciones evidenciadas en este ámbito son escasas y la temática se
concentra principalmente en noticias difundidas por los medios de comunicación masivos,
donde se exhibe el dolor y sufrimiento de las personas que están a la espera de un donante
con la finalidad de sensibilizar a la población.
Lo trascendental de la temática de los trasplantes de órganos y tejidos para la vida de
numerosas personas que requieren ser trasplantadas, intervenidas y reinsertadas en los
espacios sociales, lleva a identificar la imperiosa necesidad de la formulación y adecuación
de la legislación relacionada, la creación de planes, programas, estrategias e intervenciones
de corto y mediano plazo, que contribuyan a la salud integral de las personas y al bienestar
de la sociedad.
III. Marco Legal.
La creación e implementación de la presente Política tiene su fundamento legal en los
siguientes cuerpos normativos:
- Constitución de la República, Art. 65: “La salud de los habitantes de la República
constituye un bien público. El estado y las personas están obligados a velar por su
conservación y restablecimiento. Estado determinará la política nacional de salud,
controlará y supervisará su aplicación.”
- Declaración Universal de Derechos Humanos, Art. 25.1: “Toda persona tiene derecho
a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el
bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y
los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de
desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus
medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.”
- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Art. 12.1: “Los
Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute
del más alto nivel posible de salud física y mental.”
- Convención Sobre los Derechos del Niño, Art. 24.1: “Los Estados Partes reconocen el
derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el
tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud. Los Estados Partes se
esforzarán por asegurar que ningún niño sea privado de su derecho al disfrute de esos
servicios sanitarios.”.
- Principios Rectores de la OMS sobre Trasplante de Células, Tejidos y Órganos
Humanos.
- Código de Salud, Art. 128: “El Ministerio de Salud es el ente rector de la política
nacional de trasplantes de órganos y tejidos humanos con fines terapéuticos y
científicos, la elaborará en consulta con el Consejo Nacional de Trasplantes (CNT)”.
- Código de Familia, Art. 3: “El Estado está obligado a proteger a la familia, procurando
su integración, bienestar, desarrollo social, cultural y económico.” Art. 351 Ordinal
15o).- “Todo menor tiene derecho… a disfrutar del más alto nivel posible de salud y de
servicios para el tratamiento de enfermedades y a su rehabilitación”, y Art. 397.- “El
Estado deberá propiciar por todos los medios la estabilidad de la familia y su bienestar
en materia de salud, trabajo, vivienda, educación y seguridad social, a fin de que
pueda asumir plenamente las responsabilidades que le competen en la formación y
protección del menor y de todo el grupo familiar.”
- Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, Art. 21: “La Salud es un bien
público y un derecho fundamental de las niñas, niños y adolescentes que debe
entenderse de manera integral como la resultante de la interacción dinámica de
distintos factores biopsicosociales, económicos, el medio ambiente, el agua en calidad
y cantidad suficiente. El Estado debe garantizar este derecho mediante el desarrollo
de las políticas públicas y programas que sean necesarios para asegurar la salud
integral de la niñez y adolescencia. En todo caso, la ausencia de políticas o programas
de salud no exime de la responsabilidad estatal de atención que sea requerida en
forma individualizada para cualquier niña, niño o adolescente.”
- Ley de Atención Integral para la Persona Adulto Mayor, Art. 5: “Son derechos
fundamentales de las personas adultas mayores, los siguientes: 5º) Recibir asistencia
médica, geriátrica y gerontológica, en forma oportuna y eficaz.”
- Ley de Prevención y Control de la Infección Provocada por el Virus de
Inmunodeficiencia Humana, Art. 16: “Se prohíbe la solicitud de pruebas para el
diagnóstico de infección por VIH de forma obligatoria, salvo en los casos siguientes:
b.- Cuando se trate de donación de leche materna, sangre, semen, órganos o tejidos”.
- Reglamento de la Ley de Prevención y Control de la Infección Provocada por el Virus
de Inmunodeficiencia Humana, Art. 58: “Como otras medidas de prevención para
evitar o reducir los riesgos de transmisión del VIH, se establecen las medidas
siguientes: 1) Los establecimientos de salud, bancos de sangre y demás centros de
recepción de órganos, tejidos, fluidos o derivados humanos, ya sean públicos,
autónomos o privados, podrán promover la donación altruista de los mismos, pero
estarán obligados a realizar previamente en el cien por ciento de las donaciones o
extracciones y con las técnicas y procedimientos aprobados por el Ministerio, los
análisis indispensables para detectar anticuerpos específicos y el VIH/SIDA, debiendo
abstenerse de practicar trasplantes o transfusiones en otras personas sin haber
comprobado antes que el resultado de los análisis es negativo.”
IV. Principios Rectores.
1) ÉTICA.
El hombre es un ser moral, responsable de sus actos y no puede vivir sin
fundamentos ni referencias morales; el objetivo de la ética es iluminar, esclarecer
reflexivamente el campo de lo moral, en la relación personal entre el médico y el
paciente. Es el conjunto de actos o acciones que los seres humanos realizan de
forma libre y consciente, estableciendo una distinción entre lo bueno y lo malo,
ejerciendo un control racional sobre esta. No se limita sólo a ver cómo se realizan
esos actos, sino que busca emitir un juicio sobre estos, que permite determinar si un
acto ha sido éticamente bueno o éticamente malo.
2) BIOÉTICA.
Como una ciencia, se ocupa de los fundamentos éticos, de los valores y principios
que deben dirigir el juicio ético y de las fuentes documentales de la bioética de forma
general. Por otra parte, también se encarga de aquellos dilemas específicos, tanto del
terreno médico y biomédico como referentes al ámbito político y social: modelos de
asistencia de salud y distribución de recursos, la relación entre el profesional de la
salud y el enfermo, prácticas de medicina prenatal, el aborto, la ingeniería genética,
eugenesia, eutanasia, trasplantes, experimentos con seres humanos, entre otros.
3) EQUIDAD.
La equidad está estrechamente relacionada con la justicia, entendida ésta como la
virtud mediante la cual se da a los demás lo que es debido de acuerdo con sus
derechos; además, igualdad para participar en la toma de decisiones que nos
afecten, y también, igualdad de oportunidades que determina que los estado y las
sociedades deben de compensar nuestras desigualdades naturales, sociales y de
nacimiento para que todos podamos acceder a beneficios sociales y a posiciones de
interés.
4) JUSTICIA.
Se refiere a la justicia distributiva, a la obligación ética de tratar a cada persona de
acuerdo con lo que es moralmente correcto y apropiado; dar a cada persona lo que le
corresponda. En investigación y aplicación de procedimientos clínicos, este principio
de justicia distributiva se refiere a una distribución equitativa de los riesgos y
beneficios de participar en la investigación o procedimiento.
5) SOLIDARIDAD.
Es uno de los valores humano más importantes y esenciales de todos, esta es la
acción que realizan las personas cuando otra necesita ayuda. Es la colaboración que
alguien puede brindar para que se concluya una tarea especial; ese sentimiento que
impulsa a ayudar a los demás sin intención de recibir algo a cambio.
6) VOLUNTARIEDAD.
Considerada como un valor, que es ejercido por toda persona de forma libre, gratuita
y responsablemente, dedica parte de su tiempo a actividades en beneficio de la
comunidad. Estas personas ven y entiende de alguna forma la realidad, y estas no
conformes de cómo es ni de cómo les ha tocado vivir, creen posible un cambio
estructural por el cual trabajan y se comprometen con él.
7) NO DISCRIMINACIÓN.
La no distinción, exclusión, restricción o preferencia por motivos de género, raza,
color, origen nacional o étnico, religión, opinión política u otra, edad, o cualquier otra
condición que tenga el propósito de afectar o deteriorar el goce completo de los
derechos y libertades fundamentales.
8) SUSTENTABILIDAD.
Es un concepto estrechamente ligado al ser humano y a su medio ambiente, la
sustentabilidad apunta al bienestar de la población actual sin comprometer el de las
futuras generaciones, sin perjudicar nuestro ecosistema y sus recursos, dada su
dependencia en ellos.
9) INTEGRALIDAD Y CONTINUIDAD.
Estos dos conceptos forman el conjunto de acciones que promueven y facilitan la
atención eficiente, eficaz y oportuna, que se dirige –más que al paciente o a la
enfermedad como hechos aislados –a las personas, consideradas en su integridad
física y mental y como seres sociales pertenecientes a diferentes tipos de familia, que
están en un permanente proceso de integración y adaptación a su medio ambiente
físico, social y cultural.
10)INTERSECTORIALIDAD.
Trabajo coordinado y complementario de instituciones representativas de distintos
sectores sociales, mediante interacciones conjuntas destinadas a transformar la
situación de salud y aportar al bienestar y calidad de vida de la población.
11)RESPONSABILIDAD ÓNTICA.
Este tipo de responsabilidad indica que un ser humano, moral, debe ser responsable
por las consecuencias de sus actos ante la sociedad y de acuerdo con normas
validadas por una instancia evaluadora.
12)ACCESIBILIDAD.
La forma en que los servicios de salud se acercarían a la población, a cualquier
grado o nivel en el que el ser humano, más allá de su condición física o de sus
facultades cognitivas, puede utilizar estos servicios o hacer uso de una
infraestructura.
13)CONFIDENCIALIDAD.
Principio ético asociado que garantiza la accesibilidad de la información únicamente
a personal autorizado. Esta información puede llamarse “privilegiada”, ya que su
comunicación no puede ser difundida o divulgada a terceros.
14)CONSENTIMIENTO INFORMADO.
Proceso mediante el cual un sujeto confirma voluntariamente su deseo de participar
en un estudio o procedimiento en particular, después de haber sido informado sobre
todos los aspectos relevantes para que su decisión respecto a su participación sea
libre y responsable.
V. OBJETIVOS.
GENERAL.
Contribuir a la garantía del Derecho a la salud de la población salvadoreña, a través de la
universalización en el acceso a los trasplantes de órganos y tejidos, realizados en los
establecimientos públicos y privados de salud de El Salvador, para la recuperación parcial o
total de la capacidad funcional perdida y mejorar su calidad y expectativa de vida.
ESPECÍFICOS.
1. Fortalecer el marco legal y normativo para el desarrollo de los trasplantes de órganos y
tejidos en El Salvador.
2. Impulsar la integración de las iniciativas y programas de trasplante de órganos y tejidos
desarrollados a nivel nacional.
3. Impulsar el desarrollo de estrategias de información, educación y comunicación en salud
para la sensibilización sobre la donación de órganos y tejidos.
4. Desarrollar la capacidad del Sistema Nacional de Salud para la gestión de la información
en salud relacionada a trasplantes de órganos y tejidos.
5. Adoptar los parámetros de la bioética en la realización de todos los procesos y
procedimientos relacionados con la donación, almacenamiento y trasplante de órganos y
tejidos, garantizando los derechos humanos y el consentimiento informado.
VI. MARCO INSTITUCIONAL DE IMPLEMENTACIÓN.
1) NIVEL RECTOR: El Ministerio de Salud como ente rector en la salud de la población
salvadoreña, es el encargado de la aprobación, implementación, compromiso y
asignación de recursos para la ejecución de la Política Nacional de Trasplantes.
2) NIVEL ASESOR: El Consejo Nacional de Trasplantes, en adelante CNT, quien se
encargará de proponer la Política Nacional de Trasplantes y sus modificaciones,
además la asesoría para su ejecución. Igualmente le corresponde la formulación de
propuestas de reglamentos y normas técnicas aplicables. Así como el monitoreo y
evaluación de la Política Nacional de Trasplantes.
3) NIVEL EJECUTOR:
a.i. Público:
a.i.1. Hospitales del MINSAL.
a.i.2. Hospitales del ISSS.
a.i.3. Consejo Superior de Salud Pública.
a.i.4. Hospital Militar.
a.i.5. Instituto Nacional de Bienestar Magisterial.
a.i.6. Registro Nacional de las Personas Naturales.
a.ii. Privado:
a.ii.1. Hospitales privados.
a.ii.2. Cruz Roja.
a.ii.3. Organizaciones no gubernamentales relacionadas con la salud.
4) DESTINATARIOS DE LA POLÍTICA:
a.i. Donantes
a.ii. Receptores.
VII. ESTRATEGIAS.
1) Fortalecimiento del marco legal y normativo para la realización de trasplantes de
órganos y tejidos.
2) Asegurar la implementación y desarrollo de la Política, planes y programas sobre
trasplantes de órganos y tejidos.
3) Definir mecanismos de gestión de recursos humanos, financieros, tecnológicos y de
infraestructura, nacionales y de cooperación internacional para la ejecución de las
acciones específicas de la Política Nacional de Trasplantes de Órganos y Tejidos.
4) Diseño e implementación de la estrategia de información, educación y comunicación
en salud dirigida a la población, para sensibilizar sobre el proceso de donación de
órganos y tejidos.
5) Crear los formularios para el registro de información y la vigilancia de los
establecimientos de salud, públicos y privados, que realizan procedimientos
relacionados con el trasplante garantizando el cumplimiento de los procesos legales,
la confidencialidad y ética para las personas donantes y receptoras.
6) Impulsar el desarrollo del módulo de información sobre trasplantes en el país, dentro
del Sistema Único de Información en Salud (SUIS).
VIII. LÍNEAS DE ACCIÓN.
Objetivo 1. Fortalecer el marco legal y normativo para el desarrollo de los trasplantes de
órganos y tejidos en El Salvador.
Estrategia 1.1 Fortalecimiento del marco legal y normativo para la realización de trasplantes
de órganos y tejidos.
Líneas de acción.
1.1.1 Elaboración de la propuesta de Reglamento Interno del Consejo Nacional de
Trasplantes.
1.2.2 Elaboración y gestión para la aprobación de la propuesta de Reglamento General de
Trasplantes.
1.3.3 Elaboración y oficialización de los instrumentos técnico – jurídicos requeridos para la
temática de trasplantes de órganos y tejidos.
Objetivo 2: Impulsar el desarrollo y la integración de las iniciativas y programas de
trasplante de órganos y tejidos a nivel nacional.
Estrategia 2.1 Asegurar la implementación y desarrollo de La Política, planes y programas
sobre trasplantes de órganos y tejidos.
2.1.1 Gestión de presupuesto para la creación y sostenimiento económico de los diferentes
programas de trasplantes.
2.1.2 Elaboración del Plan de Implementación de la Política.
2.1.3 Identificación, integración y fortalecimiento de los programas de trasplantes de órganos
y tejidos existentes, en la red de hospitales públicos y privados.
2.1.4 Creación de los Comités Técnicos Institucionales de Trasplante de Órganos y Tejidos.
2.1.5 Realizar estudios de factibilidad sobre nuevos programas de trasplantes otros órganos
(cornea, cardíacos, hepáticos, pulmonar, pancreático, medula ósea, entre otros.)
2.1.6 Elaboración del plan de seguimiento y evaluación, para el monitoreo de la ejecución de
la Política, planes y programas.
Estrategia 2.2 Definir mecanismos de gestión de recursos humanos, financieros,
tecnológicos y de infraestructura, nacionales y de cooperación internacional para la
ejecución de las acciones específicas de la Política Nacional de Trasplantes de
Órganos y Tejidos.
2.2.1 Creación de convenios interinstitucionales para la sostenibilidad económica,
tecnológica, logística y de medicamentos e insumos, de los programas de trasplante.
2.2.2 Creación de proyectos de cooperación internacional para la sostenibilidad económica,
tecnológica, logística y de medicamentos e insumos, para impulsar los procesos de
trasplantes a nivel nacional y regional.
Objetivo 3: Impulsar el desarrollo de estrategias de información, educación y comunicación
en salud para la sensibilización sobre la donación de órganos y tejidos.
Estrategia 3.1: Diseño e implementación de la estrategia de información, educación y comunicación en salud dirigida a la población, para sensibilizar sobre el proceso de donación de órganos y tejidos.
3.1.1 Fomentar estilos de vida saludables, a través de la prevención y educación.
3.1.2 Fomentar la cultura de donación de órganos, eliminando temores y prejuicios sobre
estas prácticas.
3.1.3 Incorporar en los programas de educación formal, contenidos sobre los beneficios de
los trasplantes.
Objetivo 4. Desarrollar la capacidad del Sistema Nacional de Salud para la gestión de la
información en salud relacionada a trasplantes de órganos y tejidos.
Estrategia 4.1 Crear el registro y sistema de vigilancia de los establecimientos de salud,
públicos y privados, que realizan acciones relacionadas con el trasplante.
4.1.1 Aprobar los Requerimientos Técnicos y Administrativos por parte del Consejo Superior
de Salud Pública.
4.1.2 Elaborar y desarrollar programas de capacitación para el personal que llevará a cabo la
función de inspectoría.
Estrategia 4.2 Impulsar el desarrollo del módulo de información sobre trasplantes en el
país, dentro del Sistema Único de Información en Salud (SUIS).
4.2.1 Elaboración del Plan para el desarrollo e implementación del Sistema de Vigilancia e
información sobre trasplantes de órganos.
4.2.2 Identificación, integración y fortalecimiento de la red de unidades notificadoras para la
vigilancia e información de trasplantes de órganos y tejidos existentes, en la red de
hospitales públicos y privados.
4.2.3 Elaboración y oficialización de los eventos a ser incorporados en la vigilancia y
sistemas de información relacionados con los trasplantes de órganos.
4.2.4 Establecer los lineamientos y normativas para la vigilancia e información de trasplantes
de órganos.
4.2.5 Elaboración del plan de seguimiento y evaluación, para el monitoreo en la aplicación
de los lineamientos y normativas.
El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.
COMUNÍQUESE.
María Isabel RodríguezMinistra de Salud
PLAN DE IMPLEMENTACION DE LAPOLÍTICA DE TRASPLANTE DE ÓRGANOS Y TEJIDOS
MINISTERIO DE SALUD DE EL SALVADOR
San Salvador, septiembre de 2013
Ministerio de SaludViceministerio de Políticas de SaludViceministerio de Servicios de Salud
Unidad de Atención Integral e Integrada a la Salud BucalDirección de Regulación y Legislación en Salud
PLAN DE IMPLEMENTACION DE LA POLÍTICA DE TRASPLANTE DE ÓRGANOS Y TEJIDOS
San Salvador, El Salvador2013.
AUTORIDADES
Dra. María Isabel RodríguezMinistra de Salud
Dr. Eduardo Espinoza FiallosViceministro de Políticas de Salud
Dra. Elvia Violeta MenjívarViceministra de Servicios
FICHA CATALOGRÁFICA.
2013 Ministerio de Salud.
Todos los derechos reservados. Está permitida la reproducción parcial o total de esta obra,
siempre que se cite la fuente y que no sea para la venta u otro fin de carácter comercial.
Es responsabilidad de los autores técnicos de éste documento, tanto su contenido como los
cuadros, diagramas e imágenes.
La documentación oficial del Ministerio de Salud, puede ser consultada a través de: http://www.salud.gob.sv/regulacion/default.asp
Edición y Distribución.
Ministerio de SaludCalle Arce No. 827, San Salvador. Teléfono: 2205 7000Página oficial: http://www.salud.gob.sv
Diseño de proyecto gráfico:
Diagramación:Impreso en El Salvador por:
Ministerio de Salud. Viceministerio de Políticas de Salud, Dirección de Regulación y Legislación en Salud. Viceministerio de Servicios de Salud, Unidad de Atención Integral e Integrada a la Salud Bucal en el ciclo de vida.“Plan de implementación de la Política de Traspante de Órganos y Tejidos”. San Salvador, El Salvador. C.A.
MINISTERIO DE SALUD
HOY SE EMITIÓ LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL No. QUE DICE:
“Ministerio de Salud, San Salvador, a los siete días de mes de septiembre del año dos mil
doce. CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo prescrito en el Artículo 42 Numeral 2 del
Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, esta Secretaría de Estado, con el propósito de
operativizar las estrategias y líneas de acción definidas en la Política Nacional de Trasplante
de Órganos y Tejidos. POR TANTO: En uso de sus facultades legales, RESUELVE: emitir el
siguiente: “PLAN DE IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL DE TRASPLANTE
DE ÓRGANOS Y TEJIDOS”; en consecuencia a partir de la presente fecha es de obligatorio
cumplimiento por parte de todo el personal involucrado, de las Redes Integradas e Integrales
de Servicios de Salud. HAGASE SABER. La Titular del Ramo de Salud. (f) M. I. Rodríguez”.
Lo que se transcribe para el conocimiento y efectos consiguientes.
DIOS UNIÓN LIBERTAD
María Isabel RodríguezMINISTRA DE SALUD
PLAN DE IMPLEMENTACION DE LA POLÍTICA NACIONAL DE TRSAPLANTE DE ÓRGANOS Y TEJIDOS
Objetivo 1: Fortalecer el marco legal y normativo para el desarrollo de los trasplantes de órganos y tejidos en El Salvador.
Estrategia 1.1: Fortalecimiento del marco legal y normativo para la realización de trasplantes de órganos y tejidos.
1
Líneas/ Acciones Indicadores Fuentes de verificación
Responsable Plazo de ejecución
Elaboración de la propuesta de
Reglamento Interno del Consejo
Nacional de Trasplantes.
1) 1) 2)
Elaboración y gestión para la
aprobación de la propuesta de
Reglamento General de
Trasplantes.
3) 4)
Elaboración y oficialización de los
instrumentos técnco – jurídicos
requeridos para la temática de
trasplantes de órganos y tejidos.
5) 6) 7)
Objetivo 2: Impulsar el desarrollo y la integración de las iniciativas y programas de trasplante de órganos y tejidos a nivel nacional.Estrategia 2.1: Asegurar la implementación y desarrollo de la Política, planes y programas sobre trasplantes de órganos y tejidos.
Líneas/ Acciones Indicadores Fuentes de verificación
Responsable Plazo de ejecución
2.1.1 Gestión de presupuesto para
la creación y sostenimiento
económico de los diferentes
programas de trasplantes.
-
2.1.2 Elaboración del Plan de
Implementación de la Política.
15) 16) 17)
2.1.3 Identificación, integración y
fortalecimiento de los programas
de trasplantes de órganos y
tejidos existentes, en la red de
hospitales públicos y privados.
18) 19) 20)
2.1.4 Creación de los Comités
Técnicos Institucionales de
Trasplante de Órganos y Tejidos.
21) 22) 23)
2.1.5 Realizar estudios de 24) 25) 26)
2
factibilidad sobre nuevos
programas de trasplantes otros
órganos (cornea, cardíacos,
hepáticos, pulmonar, pancreático,
medula ósea, entre otros.)
2.1.6 Elaboración del plan de
seguimiento y evaluación, para el
monitoreo de la ejecución de la
Política, planes y programas.
27) 28) 29)
Estrategia 2.2: Definir mecanismos de gestión de recursos humanos, financieros, tecnológicos y de infraestructura, nacionales y de cooperación internacional para la ejecución de las acciones específicas de la Política Nacional de Trasplantes de Órganos y Tejidos.
Líneas/ Acciones Indicadores Fuentes de verificación
ResponsablePeriodo de ejecución
2.2.1 Creación de convenios interinstitucionales para la sostenibilidad económica, tecnológica, logística y de medicamentos e insumos, de los programas de trasplante.
30) 31)
2.2.2 Creación de proyectos de cooperación internacional para la
32) 33)
3
sostenibilidad económica, tecnológica, logística y de medicamentos e insumos, para impulsar los procesos de trasplantes a nivel nacional y regional.
Objetivo estratégico 3: Impulsar el desarrollo de estrategias de información, educación y comunicación en salud para la sensibilización sobre la donación de órganos y tejidos.Estrategia 3.1: Diseño e implementación de la estrategia de información, educación y comunicación en salud dirigida a la población, para sensibilizar sobre el proceso de donación de órganos y tejidos.
4
Líneas/ Acciones Indicadores Fuentes de verificación
Responsables* Periodo de ejecución
Fomentar estilos de vida
saludables, a través de la
prevención y educación en salud.
8) 9) 10)
Fomentar la cultura de donación de
órganos, eliminando temores y
prejuicios sobre estas prácticas.
11) 12) 13)
Incorporar en los programas de
educación formal, contenidos
sobre los beneficios de los
trasplantes.
14) 15) 16)
Objetivo 4. Desarrollar la capacidad del Sistema Nacional de Salud para la gestión de la información en salud relacionada a trasplantes de órganos y tejidos.
Estrategia 4.1: Crear el registro y sistema de vigilancia de los establecimientos de salud, públicos y privados, que realizan acciones relacionadas con el trasplante.
Líneas/ Acciones Indicadores Fuentes de verificación
Responsables* Periodo de ejecución
4.1.1 Aprobar los Requerimientos
Técnicos y Administrativos por
parte del Consejo Superior de
Salud Pública.
34) 35) 36)
4.1.2 Elaborar y desarrollar
programas de capacitación para el
personal que llevará a cabo la
función de inspectoría.
7) 37) 38)
5