ministerio de obras publicas - boe.gob.es · la aplicación de la fórmula f.4.2.2.a., con los...

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9 aoril 1979 VILLAR MIR Ilmo Sr. Director general de Tributos. 7163 ORDEN de 12 de marzo 1976 por la que se aprueba el documento -Instrucción de Carreteras. Normas complementarias de 3,1.l.C, "Trazado de Autopistas" •. MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS 1530 mil novecientos sesenta y siete, de quince de junio, y dispo- siciones complementarias. Los plazos un ellas señalados se con- tarán siempre por días naturales. Articulo tercero.-La elección parcial a qUe se refiere el artículo anterior tendrá lugar el día nueve de mayo próximo. Artículo cuarto.-Se autoriza al Ministro de la Gcbernación para dictar las disposiciones que estime necesarias y condu- centes a la aplioación de este Decreto. Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Sevilla a dos de abril de mil nov.ecientos setenta y seis. El Ministro de la Gobernación, MANUEL FHAGA miBAHNE JUAN CARLOS Ilustrísimos sellores: Por Orden ministerial de 23 de abrí! de 1964 se aprobó la .Instrucción 3.1.1.C, "Características Geométricas. Trazado"", en la que se reunían las normas y especificaciones necesarias para proyectar el trazado de una carretera, y se determinaban los críterios de aplícación a los proyectos de autopistas. La evolución de la técnica, su repercusión en el coste de las obras y el desarrollo que en nuestro país están alcanzando las autopistas hacen preciso actualízar aquellos críterios en tanto que se redacta una nueva Instrucción de Carreteras labor actualmente en ejecución, pero de plazo forzosamente di- latado del que las circunstancias y necesidades exígen en este momento. Los Servicios de la Di[\'lcción General de Carreteras y Ca- minos Vecinales han elaborado la Norma complementaria ob- jeto de la presente Orden, que ha sido informada favorable- mente por la Comisión Permanente de Normas de dicho Centro Directivo. Por lo expuesto, este Mínísterio, en vírtud de las facultades que le concede el artículo cinco, número seis,. de la Ley 51/1974, de 19 de diciembre, de Carreteras, .y a propuesta de la Direc- ción General de Carreteras y Caminos Vecinales, ha dispuesto: 1.0 Aprobar el documento .Instrucción de Carreteras. Norma complementaria de la 3.1.1.C, "Trazado de Autopistas"», que fjgura como anexo a esta Orden. 2.° El citado documento será de aplicación a 10$ estudios de autopistas en lo relativo a sus características geométricas y trazado. 3.° La aplicación del· contenido de dicho documento será fa- cultativa a partir de la publicación de esta Orden en el .Boletin Oficial del Estado- y obligatoria a los ..seis meses de dicha publicación. . , 4.° .La Instrucción 3.1.1.C, .Características Geométricas. Tra- zado> -aprobada por Orden ministerial de 23 de abril de 1964:'- continuará vígente para todo tip'o de carreteras que no sean autopistas, considerándose subsidiaria de la que 'es objeto de la Orden por lo que respecta a este último tipo de vías. ' 5.° Quedan derogadas las disposiciones de igual a menor n;ngo que se opongan a la presente Orden. JUAN CARLOS ORDEN de 30 de marro. de 1976 por la que se incluye el apartado dJ y Nota en el epigrafe 1531 de las Tarifas de Licencia Fiscal del Impuesto Industrial. Il ustrisimo señor: Artículo segundo.-El presente pecreto entrará en vigor a los tres días de su publicación en el .Boletín Oficial del Estado». Así lo dispongo pOr el presente Decreto, dado en Madrid a seis de febrero de mil novecientos seteilta y seis. El Ministro de Hacienda, JUAN MiGUEL VILLAR Mm 1528 1529 :13. O. del E.-Núm. 86 MINISTERIO DE LA GOBERNACION DECRETO 682/1976, de'2 de' abril, por el que se convoca elección parcial rpara. le. designación del Procurador -en Cortesrepresentánte de la Dipu- tación Próvincial de Guadalaiara. Vacante la representacíón en Cortes de la DiputaCIón Pro vinci<:tl de Guadalajara, de conformidad con lo prevenido en la disposición final primera del Decreto número mil cuatrocien- tos ochenta y cinco/mil' novecientos sesenta y siete, de quínce de junio, procede convocar parciAl para designar el Procurador en Cortes representante de la citada Corporación Local. En Su virtud, a propuesta" del Ministro de la Gobernación y previa deliberación del Consejo de .MinistroS, en su reunión de! día dos de abril de mil noveciontos setenta y seis, c) De buñuelos, churros y patatas fritas. Cuota de clase: 8." d) De buñuelos, churros y patatas fritas, sin estableci- miento fijo y en distintos puntos. Cuota de patente de 1.000 pes¡)tas. Nota.-Los industriaíes matriculados en los apartados cl y d) anteriores podrán disponer de un máximo de 1/2 CV. de potencia mecánica en EU freidora. A este epígrafe le son de aplicación las normas Gl y 10 .• Segundo.-Esta modificación del epígrafe 1531 entrará en vigor en 1 de enero de 1976. Lo que comunico a V. 1. para su conocimiento y efe·ctos. Dios guarde a V. 1. muchos ll.ños. Madrid, 30 de marzo de 1976. En consideración a la propuesta elevada por la Junta Superior Consultiva de la Licencia Fiscal del Impuesto Indus- trial de 28 de octubre de 1975, este Ministerio se ha servido disponer: Prímero.-Incluir en el epígrafe 1531 un apartado d) y una Nota, quedando este epígrafe can la siguiente redacción: «Epígrafe 1531. Elaboración de pan, bollos, bizcochos, ros- quillas, bulluelos y chunos. al De pan, bollos, bizcoc:hos y rosquilla:; en horno de plaza fija. Cuota de clase: 7.' b) De los mismos artíoulos del apartado anterior, por retri- bución sin venta del producto. Cuota de clase: a.a D IS PONGO: Artículo primero-Se convoca elección parcial para desig nar el Procurador en Cortes representante de la DiputaCión P¡'ovlncial de Guadalajara. Artículo segundo.-Esta elección se desarrollará confo' ,m' " las normas del Decreto mil cuatrocientos ochenta y cinco/ Lo que se comunica a VV. II. para su conocimiento y efectos. Dios guarde a VV. ll. Madrid, 12 de marzo de 1976. VALDES y GONZALEZ ROLDAN Ilmos. Sres. Directores generales d·e este Ministerio..

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9 aoril 1979

VILLAR MIR

Ilmo Sr. Director general de Tributos.

7163

ORDEN de 12 de marzo dé 1976 por la que seaprueba el documento -Instrucción de Carreteras.Normas complementarias de 3,1.l.C, "Trazado deAutopistas" •.

MINISTERIODE OBRAS PUBLICAS

1530

mil novecientos sesenta y siete, de quince de junio, y dispo­siciones complementarias. Los plazos un ellas señalados se con­tarán siempre por días naturales.

Articulo tercero.-La elección parcial a qUe se refiere elartículo anterior tendrá lugar el día nueve de mayo próximo.

Artículo cuarto.-Se autoriza al Ministro de la Gcbernaciónpara dictar las disposiciones que estime necesarias y condu­centes a la aplioación de este Decreto.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Sevilla ados de abril de mil nov.ecientos setenta y seis.

El Ministro de la Gobernación,MANUEL FHAGA miBAHNE

JUAN CARLOS

Ilustrísimos sellores:

Por Orden ministerial de 23 de abrí! de 1964 se aprobó la.Instrucción 3.1.1.C, "Características Geométricas. Trazado"",en la que se reunían las normas y especificaciones necesariaspara proyectar el trazado de una carretera, y se determinabanlos críterios de aplícación a los proyectos de autopistas.

La evolución de la técnica, su repercusión en el coste delas obras y el desarrollo que en nuestro país están alcanzandolas autopistas hacen preciso actualízar aquellos críterios entanto que se redacta una nueva Instrucción de Carreteras laboractualmente en ejecución, pero de plazo forzosamente ~ás di­latado del que las circunstancias y necesidades exígen en estemomento.

Los Servicios de la Di[\'lcción General de Carreteras y Ca­minos Vecinales han elaborado la Norma complementaria ob­jeto de la presente Orden, que ha sido informada favorable­mente por la Comisión Permanente de Normas de dicho CentroDirectivo.

Por lo expuesto, este Mínísterio, en vírtud de las facultadesque le concede el artículo cinco, número seis,. de la Ley 51/1974,de 19 de diciembre, de Carreteras, .y a propuesta de la Direc­ción General de Carreteras y Caminos Vecinales, ha dispuesto:

1.0 Aprobar el documento .Instrucción de Carreteras. Normacomplementaria de la 3.1.1.C, "Trazado de Autopistas"», quefjgura como anexo a esta Orden.

2.° El citado documento será de aplicación a 10$ estudiosde autopistas en lo relativo a sus características geométricasy trazado.

3.° La aplicación del· contenido de dicho documento será fa­cultativa a partir de la publicación de esta Orden en el .BoletinOficial del Estado- y obligatoria a los ..seis meses de dichapublicación. . ,

4.° .La Instrucción 3.1.1.C, .Características Geométricas. Tra­zado> -aprobada por Orden ministerial de 23 de abril de 1964:'­continuará vígente para todo tip'o de carreteras que no seanautopistas, considerándose subsidiaria de la que 'es objeto dela pro~ente Orden por lo que respecta a este último tipo devías. '

5.° Quedan derogadas las disposiciones de igual a menorn;ngo que se opongan a la presente Orden.

JUAN CARLOS

ORDEN de 30 de marro. de 1976 por la que seincluye el apartado dJ y Nota en el epigrafe 1531de las Tarifas de Licencia Fiscal del ImpuestoIndustrial.

Il ustrisimo señor:

Artículo segundo.-El presente pecreto entrará en vigor a lostres días de su publicación en el .Boletín Oficial del Estado».

Así lo dispongo pOr el presente Decreto, dado en Madrida seis de febrero de mil novecientos seteilta y seis.

El Ministro de Hacienda,JUAN MiGUEL VILLAR Mm

1528

1529

:13. O. del E.-Núm. 86

MINISTERIODE LA GOBERNACION

DECRETO 682/1976, de'2 de' abril, por el que seconvoca elección parcial rpara. le. designación delProcurador -en Cortesrepresentánte de la Dipu­tación Próvincial de Guadalaiara.

Vacante la representacíón en Cortes de la DiputaCIón Provinci<:tl de Guadalajara, de conformidad con lo prevenido en ladisposición final primera del Decreto número mil cuatrocien­tos ochenta y cinco/mil' novecientos sesenta y siete, de quíncede junio, procede convocar ~leceión parciAl para designar elProcurador en Cortes representante de la citada CorporaciónLocal.

En Su virtud, a propuesta" del Ministro de la Gobernacióny previa deliberación del Consejo de .MinistroS, en su reuniónde! día dos de abril de mil noveciontos setenta y seis,

c) De buñuelos, churros y patatas fritas.Cuota de clase: 8."

d) De buñuelos, churros y patatas fritas, sin estableci­miento fijo y en distintos puntos.

Cuota de patente de 1.000 pes¡)tas.

Nota.-Los industriaíes matriculados en los apartados cly d) anteriores podrán disponer de un máximo de 1/2 CV. depotencia mecánica en EU freidora.

A este epígrafe le son de aplicación las normas Gl y 10 .•

Segundo.-Esta modificación del epígrafe 1531 entrará envigor en 1 de enero de 1976.

Lo que comunico a V. 1. para su conocimiento y efe·ctos.Dios guarde a V. 1. muchos ll.ños.Madrid, 30 de marzo de 1976.

En consideración a la propuesta elevada por la JuntaSuperior Consultiva de la Licencia Fiscal del Impuesto Indus­trial de 28 de octubre de 1975, este Ministerio se ha servidodisponer:

Prímero.-Incluir en el epígrafe 1531 un apartado d) y unaNota, quedando este epígrafe can la siguiente redacción:

«Epígrafe 1531. Elaboración de pan, bollos, bizcochos, ros­quillas, bulluelos y chunos.

al De pan, bollos, bizcoc:hos y rosquilla:; en horno deplaza fija.

Cuota de clase: 7.'

b) De los mismos artíoulos del apartado anterior, por retri­bución sin venta del producto.

Cuota de clase: a.a

D IS P O N G O :

Artículo primero-Se convoca elección parcial para designar el Procurador en Cortes representante de la DiputaCiónP¡'ovlncial de Guadalajara.

Artículo segundo.-Esta elección se desarrollará confo' ,m' "las normas del Decreto mil cuatrocientos ochenta y cinco/

Lo que se comunica a VV. II. para su conocimiento y efectos.Dios guarde a VV. ll.Madrid, 12 de marzo de 1976.

VALDES y GONZALEZ ROLDAN

Ilmos. Sres. Directores generales d·e este Ministerio..

INDICE GENERAL\ ...--'

zado, unas garantías de seguridad y.comodidad compatiblescon la funcionalidad, economía y la estética de' la via.

- Unificar criterios de trazado.· clasificaAdoadecuadamentelos tipos dé tramos de' autopistas y regulando sus caracterís­ticas geométricas fundamentales.

La presente Norma será de aplicaci6n a todas aquellas auto­pistas que sean objeto deconstrucci9n•.,concesi6no,aprobaci6npor' el Estadoespañol~ , ' .', ,.,' •.•,:' ',' :, .:. .

La Norma3.1-1.C. para carreteras· seré, subsidia..riadela pre~

sente. En este sentido,' el trEl.Zado.de's.utoplStalÍ se ajustará aestá Norma complementaria:; comp1etándcis!l"oon la 3.1-1.C,encuantos aspectos· no sean, tratados:;.espeéfficamente en la:pré-'sente~ '_ , ':. .:.:::"',~ .-,;: )'.',c::.~~_:_ ;-<;·:;:,~~;<~·~_-:~~i.~3_i1~~':~'~~·;f~,;:i~.,:2<: ;-. _ _'. "

EX~i>cionalmente. se podráI!.adtIlitir,.crercig~c.ioÍles.a la· pre~sente Norma, .con la suficiEl~te.r,:f:i,tri.?~~:lu~t~icáci6n,én'cier-.tos 'puntos singulares de unaautoplsta:-; ,';!"¡.;' " ' ,

9a'6ril 19767i64

INSTRUCCION, DE ,CARi\ETERAS'¡ORMA COMPLEMENTARIA pELA 3.1.l.C~, «TRAZADO.

DE ,AUTOPISTAS"

l. PREAMBULO.

1.1. Objeto y ámbi~o

~. CLASIFICACION.3. • PRINCIPIOS GENERALES..i. DATOS. ~ASICOS ..

4.1. Velocidad de pr.()yel~to.

4.2. Visibilidad;

4.2.1.

4.2.2. ~. ~~~::~h(á:~~4.2.3.• '

5.

5.1. Alin€laciones rectas>5.2. ·Alineaciones curvas.

5.2.1. CurVas circuIáres.5.2.2. Cúrvas de acuerdo.'

5.3. Enlac~ entre a~ineaciones~nsecutivas,circulare¡¡ 'Yrectas. . .

5.4. peraites.

5.4.1. Radios y peraltes.5.4.2. Transici6n del peralte,:

e. ALZADO DE LA TRAZA.

6.1. Rasantes.6.1.1; Valores extremos.6.'1.2. Longitudes máximas de las rampas.

6.2. Acuerdos entre rasantes.6.2..1. Condiciones de las curvas de acuerdo.

7. COORDINACION DE LOS TRÁBAJOS EN PLANTA Y ALZADO.

7.1. Generalidades.7.2. Visibilidad y comodidad.7.3. Pérdid<Ls de trazado.7.4. COmJ)robaciones.

8. SECClüN TRANSVERSAL.

o' 8.1. Sección transversal ,en planta recta.

8.1.1. Dimi'lnsionado. .8.1.2. Número, de carriles de la. secci6A tipo.8.1.3. Carriles adicionales. .8.1.4. ' Pasos a través.de la mediana.8.1.5. Pendientes transversales.8.1.6. Bordillos.

8.2. Sección transversal en planta curva.8.3. Secciones transversales especiales.

8.3.1. Secciones. transversales sobre estructuras especia­les cOn plataformas independientes.

8.3.2. Secciones transversales en túneles,..

ANEJOS

Anejo número l.-'-Simbolos

1. LETRAS LATINAS.

1.1. Letras mayúsculas.1.2. LliltraB minúsculas.

a. LETRAS GRIEGAS.

Tipo de tramo de autopista Velocidad de proyecto en Km/h.

- En cualquier caso, se procurai'áque la düerenciade .velo­. cidades de proyecto entre dos tramos contiguos no sea superior

a veinte kil6metrospo~hora (20 kmlhJ. No obstante, si en dostramos consecutivos se diera Elsi;e caso, Se inrercalarán los tra-

Anejo número 2.-pefinicio.nes

1. PREAMBULo

1.1. Objeto y ámbito de aplicación.

El objeto de la presente Norma es doble:'

- Proporcionar a los usuarios que circulen' por las i!:ll,topis­tas, medi¡mte un¡;\ normativa adecuad¡l. para proyectos de tra·

A-140A-l20A-lOOA- 80

140,12010080

La aplicación de la fórmula F.4.2.2.a., con los valores delos parámetros indicados. da lugar a las curvas que se indicanen la figura 4.2.2.

- El valor del despeje necesario para disponer de una deter­minada visibilidad Dp, se obtiene mediante la fórmula:

- En alzado, los valores de la velocidad de proyecto combi·nadas con las rampas y pendiente máximas admisibles, dadasen el cuadro C.6.1.1., dan lugar a distancias de parada inferioresa las de visibilidad de parada, siempre que los valores míni­mos de Kv en acuerdos convexos sean al menos iguales a losdados en el cuadro C.6.2.l.A. Por tanto, siempre que se denlas circunstancias antes indicadas, no será preciso hacer com­probación alguna comparando la distancia de visibilidad de pa­rada con la distancia de parada.

~!

7165

(1o'.4,2.2.b.l

0,800.840,880,92

Valor de K

Cuadro C.4.2.2

D ~p

F=----b8 Ri

14012010030

Valor de V~ ~n Km/h.

4.23. Visibilidad en alzado.

9 abril 1976. O. del K-Núm. 86

;: necesarios de longiud no inferior a cinco kilómetros (5 km.JJ~~a efectuar la transición. con diferencias de velocidad de tra-.,P de veintB en velfite kIlómetros por hora (20 km/h.J .. JÍl0s

~é( 4.2. Visibilidad.

~ 4.2.1. Distancia de visibilidad de parada.

Se considem como distancia de visibilidad de parada la quer,. iste entre un obstáculo situado sobre la calzada y la posiCIón?: ~~ un vehículo que circula en direccíón a dicho obstáculo, en

1 momento en que puede divisarlo sin que luego desaparezca~e sU vista hasta llegar al mismo.

A efectos de esta Norma, las alturas del obstáculo y delpunto de vista del conductor sobre la calzada s.e fijan en veintecentimetros (20 cm.J y un metro con Vl':mte centnnetros <1,20 m.J.respectivamente. La distancia punto de vista-obstáculo Se me·dirá en planta a lo largo de una línea paralela al eje de la-arret"ra Y trazada a un metro con cincuenta centímetros <1,50~etros) del borde derecho de cada carril en el sentido de lamarcha, y por el interior del mismo.

1,2.2. Di:;tancia de parada.

_ En cualquier punto de la calzada, para todos los carrilesy a la velocidad de proyecto, la distanCia de vi5iblidad de pa­rada será al menos la de parada.

_ Para el cálculo de la distancia de parada Se utilizará lafórmula siguiente:

Dp = K ( Vo

' tp

+ -_.-:'~'--) (F.4.2,2.a.J

3,6 250 (f¡ + il

El valor t p se tomará igual a dos segundes y medio (2,5 s.J.El valor f¡ se tomará igual a treinta y dos c'2ntésimas (0.32).El valor de K se tomará de aCUl:rdo con el cuadro C.4.2.2.

DISTANCIAS DE VISIBILIDAD DE PARADA"'

v~ ip V 2.Formula Dp =k ( -"-'- + p )

3' 6 250(f l + il

METROS

+ops+0.05~0,o2'0,01o-o,o~-o,:;~

100

120

:'0

4

(: r--_~-_-:_-~·¡'.~_- -_'f_-_-·_·-_~_--=-~::::-"-_:_-"·~'--.,=- =-=;=-::------------+-:---~~-·-·--------~~-----l------~.--- -----t~-~=--!~ r--- -- -----:-----+----,.--.-----,------ ------J- i -----~..---!-~----i

::J -: ~---+----==-~:::---+!-- ·---I---J ~ '~

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ISO ----I--t-i--- I A·IOO ~

::: -----=1-------,---l.----t----+---+----~---+_.---li_---__jli_.--_!---_i.-+----+-- J~~80 J----..1-.-.-1---I¡

,.---.-~.--~---+---_+_--___+--__J!- ----.;....---'--__,__~-_-'-----'---------;"""!-0,01

INCLl~U..CION DE RASA'HES

Fig. 4.2.2

PLA.~ fA DE \ I H.':.ZA

:."> :..¡;iI::',-¡cic:--,' rt.",-_!;e;.s furnl<.:t[,,"ln un COrlj'_~n:J¡ arrnón:coCi1:_~ ,.,1 ><ü (j;'! tI-::':,; j-J fnr<.2 ¡;)):.) se pr<Yi.-~rd.r:\ vDrj,lr gl-ctduai-

A!~·i1t',:C¡()i7.'!S !·~c(-':"l,(;.

-- E;~ ;~"r'.,.'rr;L n!~, ~:t~ c:l:pl(':1.1 ~tl1 Ct:ir:r'Jcio~H>s rE'ctéts 1:;"\::: c:'..:.':(::1 ¡¡'¡' ')idS t'n':',; :L:.¡¡'.',! \~FL::- a ..,j l·~) ju_...;tiil\;~"-';-J. el ::j'~ j";U;

v ':1 !(}',:.c-=, t)! ()\. a !es ('n',1 ;1:::; (ln, c<¡ \ y C:'La;; l;;_'-,:~:' ~ i..J 'j-'-';

Lé1.::- .. ,.¡~.:_: ;"_'1,-; d ~ '<1":'

:'1 S [;'J'! ~;<, ~ r. '.a::; e,,_ -~';Y:, p'..' :l;~ ¡C'll'::':;;.

~·::.A':irn,-~:; /¡¡~f.1i~:j_~":' c:~~ l:" i))¡r:·_,~c:()n.~?C nC.o.'

7166 9 aliril 1976

Cuadro C.5.1

Longitudes máximas. y minimas de las alineaciones rectas -

se realizaráA'o Y ANoguientes:

al No

siempre mediánte dos cbloid~5. CUY0S parámetros(A"o >,A'J deberán cumplir las condiciones si-

:> 180 m.

cl

'H'bl • No :>'--.-.-.

~. 3·,,,

'A';~ ;:;·"}rt,.·3 '.

. RbJ A o :>-·--.

3

- El enlace entre dos' alineaciones 'rectas que forman entresí e~ ángulo nó obtuso n, se realizará:

1.0 Si n:> '7g mediante dos clotoides o~culadas en el puntode máxima curvatura R¡, debiendo cumplir sus parámetros ysu cocienteKp,' .

R:> 5.000 (~_ 1 )

,1( n

Los ra.dios minimos que resultan en el caso 2.°, asi como losdesarrollos de las curvas circulares se indican en el cua­dro C.5.3.

K p = A:o IA"c

las siguientes relaciones:

al A'o :> 180 m.bl A"c:> R¡ I 3.cl Kp :< 2.dl Para que sea posible el ajuste. es preciso que

Si 'O es próximo a 7g, resulta a veces imposible el ajuste siR < 450 m.

I

2.° Si n < 7g el acuerdo debe realizarse mediante una curva, circUlar cuyo radio R debe cumplir la rE;lación siguiente:

. ;.' ;,' , .o: >", ~:.::::'~:r;'i"'-

d) 2 A' .-- An- ;."~o > ';-O~'...', _ .

- El ~nlace'~~tfe'do~ft"aíi~eacionesc::ircuiaresde radios' R'yR" (R' >R':l.del'}Il~mo·sentido, se realizará mediante una

, clotqide',cu,yo parllmE\tro' deberá cumplir las condiciones si-guientes: . .

al -Ao :> 180m~(

R~

bl. Ao :> -'-'-.'." i l

,

-:- En el enlace entrEj cirCUftoy recta; el parámetro de la elo­toide deberá cumplir )as .condiciones siguientes:'

al Ac :> 180 Ih.

(F.5.2.2.l

10.00010.00010.00010.000

420360300240

Radio máXimoen metros

Longitud mlnIma enmetros. sólo cuandolas alineaciones circu­lares anterior y pos­terior· son del mismo

signo '

1.000650450250

Minimo absoluto

. Longitud máxima. enmetros

1.200900600400

Radio minimo en metros

Minimo normal

A-HOA-120A-lOO

A- 80

Tipo- de. tramode autopista

Alineaciones curvas.

5.2..1.. Curvas circulares.

- En el cuadro' C.5.2.1. se' 'indican los valores extremos de los'radios de las curvas circulares. según los' tipos de tramos, deáutopistas.

Radios máximos y mínimos de las curvas circulares

5.3. Enlace entre alineaciones consecutivas circulares yrectas.

- El enlace entre dos alineaciones circulares de radios R'y R" de diferente sentido, también denominado .curva en S-,

Cuádro C.5.a.! '

-,La a.dopción sistemática de valores menores de los mi·nimos normales exigirá una justtlicación en cada caso.

o _ Salvo justificación en contrario. los radios minimos dedos alineaciones curvas consecutivas no tendrán razón supe­~or a dos (2).

,.5.2.2. Cí.Irvas de a~erdo.

- Las curvas' de acuerdo tienen por objeto evitar las discon­tinuidadesenla curvatura de la traza.

- Las curvas- de acuerdo d,eben ofrei::er las mismas condicio­. nes de seguridad, comodidad y estética que el resto del trazado.

- Se adoptará como curva de acuerdo la clotoide; de ecua­ciónintrinseca:

Cuadro C.5.3

======================:=======:=-===-=-==:=,=e=..,_

Desarrollo mínimo de la alineación curva para ángulos n < 70 de las alineaciones rectas contiguas

2

2759.000

3

2505.500

4

2253.500

2002.500

5

Los peraltes correspondientes a cada radio vendrán determi­nados por el cuadro C.5.4.1.A en función del tipo de tramo deautopista.

- Para los valores intermedios del radio podrán interpalarselos del cuadro.

- Los radios mínimos que se permitirán sin modificaciónde las pendíentes del perfil transVBrsal tipo son los indicadosen el cuadro C.5.4.1.B.

1752.000'

6Angula de las alineaciones rectas en grados .centesi-

males ;.. , .Desarrollo mínimo D de las alineaciones curvas en

metros .Radio mínimo .R en metros ..

- No se dispondrán alineaciones rectas consecutivas convalor de O < 2g.

- En los casos en que se justifique el emple" de radios me­nores de 400 metros, pueden disponerse las clotoides cuyos pa­rámetros se deducen de acuerdo con la Norma 3.1.1.C.

5.4. Peraltes.

5.4.1. Radios y peraltes.

7167

456'1

Excep­cionales

14012010080

, Pendientes','(%J

4566

Velocidad ,en Km/h.

.' 4 " "'", ~5 '5

,6j

•. , '. lo' :-'1;,

~.f~2/;n<',~·'

3456

"."~:~.ifi~~~;?}!;~"·)~~;f· ~) ..Normales '. ':.:J;:",':;, "NQ~ma;1es.

, <'""

5.0004.0003.000

'2.500 '

Radio minimó en metros .

A-140A-120A-lOOA:~ 80

Tipo de tramode autopista

6;1.1. Valores ~xtremO$. !,

-Los ValOre$ÍnáXinios~e 1¡{t~clinacÍones de las rampasy pendieptes ~e indiéari eñ 'ilÜÍguientilcuadro C.6~1.L, . - -,;... ,',""'.:., . ,', ..' .... ,--~ .,-'. : - I

Ctl~cl~~;B:6.1.1. , ,',' 'incli~aciories #fp;i~;~~írfu¡sád.m,isible~ :: '

.-"" ".......

=---,._===============

6.1: Rasantes.

5.4.2. Transición del peralte.

El perfil transversál tipa. cuando no se trate de calzadasindep,endientes.rendrá pendiente'a dos aguas.

- En calzadas de 'más' de dos carriles, podr{i utilizarsecomo eje de giro' un eje paralelo al de la traza situado sobreel carril más, a la izquierda, según el sentido de la circu-lación. '

- $ila transición del peralte se efectúa entre dos curvascirculares, el tramo de transición' coincidirá con la curva deacuerdo. Si ésta tiene un punto de inflexión, el punto conpendiente transversal nJlla coincidirá con dicho punto., En estecaso se' dispondrá siempre una pendiente longitudinal nilnimadel' medio por ciento (0,5 %1 para' facilitar el desagüe..

- Cuando la transición de peralte se, efectúe entre una ali­neación recta', y otra circular éon pendientes transversales dediferente signo, el tramo de transición se compondrá de la curVade acuerdo, incrementada en una longitud sobre la alineacIónrecta, del' valor

Cuadro, C.5.4.1.B

Radios minimos, en función de la, velocidad, que no precisanmodificación de pendientes transversales con respecto a la

sección tipo

(F.5.4,2.J

- Cuando la transiciÓn de peralte se efectúe entre üna ali·neación recta y otra, circular con pendientes transversales delmismo signo, el tramo de transición secompQndrá de la curvade acuerdo. disminuido ,en, Jlna longitud d definida por la fór­mula (F.5.4.2.l. ,medida a partir del punto de tapgenciade laclotoide y la recta.

- Cuando la longitud de una curva circular sea inferiora 30 metros, lo que siempre ocurre con las clotoides de vérticeen que la curva cj.rculardesa,parece. los tramos· de transicióndel peralte se adelantarán. y retrasarán de tal forma qU& setenga', un tramo, 'de 3D'metros. con ,'Pendiente transversal cons­tante e igual al peralte corresPóIidienteal radio'de curvaturade la curva circular o' de las c1otoides en su punto de osCU-,

. lación. ..' --' , ' "'- Cuando existan tramos en-los que. debidoaunapendjen­

te longitudinal escasa y a una ,cur.va de acUerdo muy larga, sepresenten problemas de drenaje, se podrá,n proyectar solucionesdistintas de las mencionadas, 'siempre que.se justifiquen de)bidamente. ,',' , . , '

- Ambos arcenes tendránlos< mismos peraltes que los ca·rriles contiguos. ' " , , "

6. ' AI.~BqD~L~ T~t.\Z~

, 9 al>ril 1976

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B. O. <tel E;-.Num.. 86

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6,006,005,005,00

Relación Kv/R

:a. o; CIel B.-Num. 86

A-140A-l20A-lOOA·' 80

TipO de tramo de autopista

- Se evitarán las inversiones aparentes de curvatura quepueden producirse .alno Coincidir· los acuerdos en planta yalzado. '

- Las ondulaciones topográficas' deberán resolverse poruna combinación de curvas en planta y en alzado de acuerdocon el .terreno, siengo recomendable qUe coincidan, según in~dica la figura 7.1.a. .

7.2: Visibilidad y comodidad.

Las condiciones indiéadas háeen aconsejable que:'

• Las curvas en alzado' convexas sean más cortas que lascurvas en planta correspondientes.

• Las curvas en alzado cóncavas deban ser más largas quelas curvas en planta c.orrespondientes.

- 'En los acuerdos convexos Se verá con antelación un tramode curva correspondiente a unos tres grados y medio (3,Sg) degiro, o sea la clotoideentera. si Ao = R I 3. Para ello la curvaen planta deberá ser más larga qué la curva en alzado, según .se aprecia en la figura 'i.1.b. r

-' Cuando haya más acuerdos en planta que en alzado porimponer el terreno, se recomienda qu~ el conductor no vea a lavez m~ de Úliacurva en planta, siendo ello posible si unapantalla natural o artificial oculta las siguientes curvas (tra·zado en valle o a media ladera).

-En las' estructuras se dispondrán las curvaturas necesariaspara no presentar perturbación en el trazado a no ser que seande caracterfsticas especiales.

PUNTO~ DÉ INFLEXION EN· PLA~TA Y ALZADO

Fig. 7.l.a

Cuadro'C.7.2

- Se procurará, por adecuada combinaéión de element.osverticales y horizontales, que el. tramo contiIíuo de calzadaque pueda ver el conductor sea lo más largo posible, facili­tándole así el guiado óptico.

-.En todos los casos, la razón de Kv y R será al menos laindicada e.g el cuadro C.7.2.

Valores mínimos dG la relación en acuerdos cóncavos, Kv/R

=========:=====._=---=_._=._.._~==

- Se evitarán desapariciones y apariciones del trazado entobogán, respetando lo indicado en este apartado.

Se situarán los accesos y puntos singul¡:¡res en tramos con

9aliril 19~~

(F.6.2.U·

0,01870,02400,02860,0320

0,00780,01000,01670,0229

Acuerdos convexoS

A-140A-120A-lOOA· 80

Tipo de tremode autopista

Valor de Kv. en m. paraLongitud mínimaTipo de tmmo

de autQpista del acuerdoAcuerdos Acuerdos en metros

.'convexos cóncavos

A-140 13.000 7.500 140A-120 12.000 5.000 120

- A-lOO 6.000 3.500 100A"' 8G 3;500 2.500 SQ

VaJores mínimos del'parámetro Kv

Diferencias' algebraicas mínimas de ws pendientes para la. aplicación de los parámetros mínímos

(En tanto por uno)

'Cuadro C.6.2.l.A

CuaÍh'o C.6,2,l.B

Los valoresníñ:lillÍos: d&este parámetro serán los indicados eneÍ siguienté'é\1adteC.8.2.1:A.

- Los valores de la longitud Dlllllma de acuerdo habrán detenerse en cuenta únicamente para diferencias algebraicasde pendientes entre rasantes contiguas menores que las da.clasen el cuadroC.6.2.l.B.

.'\

7. COORD~NACION D~ LOS TRAB.AJOS .EN PLANTA Y ALZADP

7.1. Generalidades.

- El trazado de' una autopista deberá resultar de combinararmónicamente las' características en planta y en alzado, deacuerdo COlllas normas' prestlntes.

--Se evitará, salvo justificación económica en contrarioincluyendo los costes de explotación, el tr¡¡.zado horizontal, si-,guiendo' exclusivamente curvas de nivel, si impUtca aumentonotorio de la longitud de la autopista.

'- El 'v&lor de l~ inclinación de una rasante no será inferiora cinco décimas por ciento (0,5 %), salvo justificación en con­trario.

- Salvo justificación en contrario, los túneles tendrán unasola pendiente, y en caso de tener dos vertientes, se procuraráevitar, en general,. rampas mayores del tres por ciento (3 %).

-En ¡general, las combinaciones ,de inclinaciones y longitu­des· de las rampas en un túnel deberán ser tales q\le no exijanla necesidad detin carril adicional. . ,

·6.1:2.hlI1gf#¡dessnáximas delasrampas; '. ' / .. '

~~~l~~l;~~~t~i .,..••..•.•..•..•.•...,.•....••."l'S.•,..••.•.•.....•...•...••...:.•,'..•..•.•.,·.·.·.'.•,••.·.•...•.:•.•.•.i.'.··.·...•.•..•,., '~.·.~.·,,:.¡.•.·.).•.•.•,•.•.•.l.•.,.~.,.·..•.·,•.•..•.'.. ,.,•.•••...•..•,•..•..>.•~.-.•....•.•.•.•..•,.' ,.•·••...··.il•.•...•.••.·,.. ' , "l:<.··..ciO~~s"\ji~~(i.,~!},;K"k;:,f;/. ' ~,:,~ ---=-

!.'; &:2:~~~,.¿r6s:~~tferasantes. ,. <. ". .......;' I . I

". "'. -'.,.....J';,>.,;','" ; . • I'.6.2:1';C01l~ií:ione~:<!~1a:s,·cwvas.de acuer'do. ,.'J 1:,t·to~·#~id¡;s~ri~~ras~nteftdediferente inclinación sé ' : l.r~Iiza.ráh>me'df@w:eurvasparab6ncas de segi:uido grado,' di't • .•

,.: eje, ver.tiéal, 'cuyo' p!Írámetro capw~eristico vend,rá determinado- • . 1por:"', " j: t

. .. x3

K v =-.-.-. . 2.Y.

B. O.iIel E.-Niím.. 86 9 a6ril 1976 7169

buena .visibilidad. preferentemente en acuerdos verticales llge~

ramente cóncavos. SI no puede evitarse que estén situados enalineaciones curvas o en cambios de rasante convexos, se pro~

curará que la. autopista. tenga en dichos tramos radios lo ma­yores posible en planta y alzado.

- Los accesos se dispondrán de modo que el conductor quecircule por 1& autopiSta no tenga la impresión de que ésta.sigue por un raDial de enlace.

- Deberá estudiarse el problema de los deslu'mbramientospor faros de vehículos circulando en sentido contrario, aspe·

RECOMENDACIONÉS PARA LA COORDINACION DEL TRAZAQO EN PLANTA Y ALZADO

Esquemas básicos

oXUJ'>

~zO

Z Uex ...J...JQ. ex

ZZ Ow :>ex !::> <.!)

Ir Z:> OU ...J

du.IrUJQ.

O

~U

~ZO

Z Uex

...J'...JQ. ex

ZZ Ow :>

:;; 1-<:5

Ir Z:> 9U

du.IrUJQ.

DISPOSICIONES RECOMENDABLES

PLANTA

PERFIL LONGITUDINAL

PLANTA

PERFIL LONGITUDINAL

Fig. 7.1.b

DISPOSICIONES DESACONSEJADAS

PLANtA

.::--_._.+9IIIIIIIIII

PERFIL LONGITUDINAL

PLANTA

~~,_·tI I 1 1I 1 I II I I II 1 1 II 1 I II I 1 II I 1 11 I I II I 1 1

I I ~l

~l 1 1

I I I 1

.... T' T' T~'1 2 I

PERFIL LONGITUDINAL

7170 9 a1:iril 1976 B. O. ílel K-Num. 86

cialmente en acuerdos convexos, adoptando las medidas posi­bles para disminuir tales efectos, en especial en los casos másgraves.

7.3. Pérdidas de trazado.

Se entiende por pérdida de trazado la discontinuidad delmismo en perspectiva, con reaparición más ale~a de la traza.

- Las pérdidas de trazado deberán ser evitadas por motivostanto, de seguridad. como de estética..

- La autopista deberá adaptarse al terreno de manera queel usuario vea· aparecer la calzada de modo continuo delantede él, correspondiendo en general las inflexiones del trazadoa las del terreno y teniendo' en cuenta que. dada la velocidadde los vehículos y la anchura de la explanación. el usuario essensible al trazado a una distancia considerable. por lo menosigual a la indicada en el euadro C.7.a.

- Las distancias miniJ:nas a las que puede admitirse la re­aparición del trazado después de una pérdida vienen fijadasen el cuadro C.7 .3.

,~ Cuadro C.7.S

Distancia mínima' de reaparición del trazado

- Su evitación total con el diseño puede resultar inabord~

bIe económicamente. por lo que en estos casos deberán adop­tarse medidas correctoras.. tales como 1& colocación de, ade­cuadas pantallas vegetales o de otro tipo U otras solucionesde análoga eficacia que en cada caso propondrá y justificaráel proyectista.

7.4. Comprobé:tciones.

Se dibujarán perspectivas para estudiar el efecto estéticoy de guiado óptico del tr~o, especialmente en los casossiguientes:

- Eventuales pérdidas de tr~do.

- Acuerdos verticales en curva.- Planos visibles desde lejos que presenten eventuales pro-

blemas estéticos.- Posible deslumbramiento por faros de vehículos cir<:ulan­

do en sentido' contrario. especialmente en acuerdos con vexús.adoptando las medidas posibles para disminuir tales efectos,en especial en los casos más graves.

s. SECCION TRANSVERSAL

Tlpo de tramode autopista

A-140A-l2OA-lOOA-80

Distancia, mínimadeseáble

1.4001.2001.000

800

Distancia minimaa.bsoluta

1.000800600400

- Salvo justificación o instrucciones en contrario, las auto­pistas se proyectarán para la hora de Proyecto del cJi'ic hori­zonte situado veinte años {20 al después de la fecha pn:vistade' entrada en servicio. En cada caso deberá justificarse la horade proyecto adoptada.

8.1. Sección tran.sversal en planta recta.

8.1.1. Dimensionado.

- Las dimensiones de la sección transvers.3.l en planta rectaSe ajustarán a los\ valores que se indican en el cuadro C.B.l.!.

Cuadro C.S.Ll

Valores de la sección transversal

_.,

Anchura en metros _.,--"------Tipo de tramode autopista Velocida,d Separación mínima entre

en Km/h, bordes de calzadas Areén Cada. carril Arcén Bermasinterior exterior

Normal Reducida- ,A-HO 140 12.00 6.00 1,50 3,75 ·3,00 0.75A-120 120 9,00 6.00 1.00 3,75 2,50 0,75A-lOO l. 100 - 9.00 5.00 1,00 3.50 2,50 0,50A- 80 80 8,00 4,00 1.00 .3,SO 2,50 0,50

. .

Cuadro e.a.1.2

=======-=---.... c,·c~c---

Nivel de $ervicio correspondiente a cada' tipo de tramode autopista

.:... En autopistas utbanas el nivel mínimo será el E.- Podrá llegarse a la sección definitiva por etapas, de modo

que en todo momento se alcance un nivel de servicio no inferioral previsto para el 8f10 hQI'lzonte.

- En - principio las ampUaciones de calzada. se dispondránpor el lado de la mediana, salvo justificación en contrario. Paraello se proyectará la sección_ t:r8nsversal y las obras de pasode modo que se p'uedánefectuar estas ampliaciones.

8.1.3. Carriles adicionales.

- La necesidad de adoptar c&lTiles adicionales se establecerámediante &1 adecuado estudio en el. que se. t9nga en cuenta el

eeDD

Niv~l de servicio minimode proyecto

A-l40A-lOOA-lOOA~ 80

Tipo de tramo de autopista

- En' caso de utilizarse anchos de mediana inferiores a losnormales, se dispondrán barreras de seguridad.

- La distancia mínima entre la barrera y el borde más pró­ximo del arcén Interior será' c;omo mínimo de un metro veintecentímetros (1,20 mJ. cuando se trate de proteger el tráficode un elemento discontinuo {pUa. de puente.· etcJ. saivo lo· quese indica en la figura 8.3.1. En este caso la distancia. entrebarrera. y elemento será suficiente para permitir la deforma­ción de aquélla y nunca la batTera se fijará al elemento queprotege. En el caso de disponer barreras continuas y salvojustificación en contrario. la distancia mínima entre barrera­y borde más próximo interior del arcén será como mínimo deun metro y ochenta centímetros Cl.BO mJ.

8.1.2. Número de carriles de la sección tipo.

- El nümero de carriles de cada calzada se fijarA de ae'uer­do con las previsiones de trafico y de su Composición, así comodel nivel de servicio' deseado. y en su caso de los estudioseconómicos pertinentes. - "

- De los mismos e$tudios se deducirán las previsiones deampliación.

- En cualquier caso no se admitirán más de cuatro can:llespoi' calzada, ni menos de dos, en la secCión tipo.

- En principio. se recomienda que los niveles de servicioen la hora de proyecto cumplan los mínimos indicados en elcuadro C.B.l.2. - .

B. O. ilel E.-Nlfut. 88 9 a6ril 1978 7171

Cuadro e.B.l.a

Longitud mínima del carril adicional

.------===~=

nivel de servicio, la intensidad del tráfico y su composiciónen la hora de proyecto. 'y las rampas y su longitud e incli­nación.

- Los ní~les de servicio de proyecto serán como mínimolos incLcados en el cuadro C.6.L2.

- El ancho del carril adicional será de 3,50 metros.- La longitud' mínima del carril adicional será la del cua·

dro C.8.L3.

- 4 longitud en planta menor de:

DQScientos metros {2QO' mJ para tramos tipo A-140.Ciento cincuenta. metros U50 mJ para los tramos tipo A-120.Cien metros {lOO mJ para los tramos tipo A·lOO.Cincuenta metros (50 mJ pal'a los tramos tipo A-so.

- Altura máximá del tablero sobre el terreno menor de:

Cuarenta metros{40 m) pan. los tramos tipo A-HO y A-120.Veinte metros (20 ro.J para los tramos tipo A-lOO y A.80.En los casos indicados, las estructuras se denominarán es-

peciales. .

8.3.1. Seccíones transve-tsaIes sobre estructuras especialescon plataformas independientes.

La sección transversal sobre estructuras especiales sera laque se indica en la figura 8.3.L

El valor de a se;á el siguiente:

- Con defensas rígidas: a = O.- Con defensas semirrigidas: ,3, = 1,00.- En caso de a;;:: 0,75 metros se podrán disponer aceras si

fuere necesario.- En el caso de viaductos de gran longitud situados en zo­

nas urbanas. los proyectistas podrán estudiar secciones dife~

rentes de la citada anteriormente, las cuales deberán ser apro­badas previamente a la redacción del proyecto correspondiente.

8.3.2. S~ciones transversales en.túneles.

- La sección mínima será la que se indica en la figura 8.3<2.- En las seccionas transversales en que no pueda aparca.rse

un vehículo pesado sin perturbar el tráfico de sentido contra­rio, se dispondrán apartaderos de catorce metros U4 ro'> delongitud dispuestos cada trescientos, metros {3QO roJ.

- En.el caso de túneles de gran longitud situados en zonasurbanas, los proyectistas podrán estudiar secciones diferentesde la citada anteriormente, las cuales deberán ser _aprobadaspreviamente a la redaccíón del 'proyecto correspondiente.

ESTRUCTURAS CON PLATAFORMAS INDEPENDIENTES

500 ro.400 m.350 m.300 ro,

Longitud mínima

A-140A-l20A-lOOA-SO

Tipo de tramo de autopista

- Se dispondrá. antes del carril adicional una transiciónde ~ metros y se prolongará a partir. del punto en que dejade -ser- necesaria una distancia en - metros ~al a:

- 1,2 veces la ·distanc~a de visibilidad de parada corres­pondiente a la velocidad de proyecto, y a la inclinación en esetramo, si el carril adicional se dispone a la izquierda de lacalzada.

- 0,8 veces esa distancia si se dispone a la derecha de lacalzada.

8.lA Pasos a. través de la mediana.

- A intervalos Entre dos kilómetros {2 kmJ y cuatro kiló­metros {4· km.l, y a unos doscientos metros (200 m-l de losextremos de grandes túneles- y l*itruéturas, se practicarán pa­sos a,- través de la mediana en una longitud mínima de treintametros {ao roJ, para permitir, en caso necesario, el desvío dela circulación de una calzada a la otra. Estos pasos estaráncerrados de tal forma qUe no puedan abrirse fácilmente porlaR usuarios.

u---'- -u8.1.5. PBndientes transversales.

- Las pendientes transveFsales de los arcenes y carriles enlos tramos en planta recta serán del dos por ciento {2 %J, ex·capto en obras de paso, en que se podrá red-uctr hasta el unoy medio por ciento U,5 %}, Justificándolo debidamente.

- En al caSo de un tramo recto entre dos curvas del mismosigno. se podrá considerar la conveniencia de mantener elperalte del tramo curvo anterior.

4ARC~,¡.IZQUIER.DO

____~C~ALZAOA

8.1.6. Bordillos.

- Se recomienda evitar lá' colocación de bordillos elevados.excepto· en los casos de protección contra el agua y de defensade determinadas instalaciones. Salvo en las zonas da detenciónde vehículos, los bordilloselevado$ ·se colocarán a un metroH m.}, como mínimo, del borde de las calzadas principalespara losmontables y a un metro ochenta u,ao ro'> para losno montables.

8.2. Sección transversal en planta curva.

- Las secciones transversales en planta curva serán las mis­mas qU{'l para. los tramos rectos, salvo en lo referente a pen­dientes transversales.

- En los desmontes del lado de dentro de una curva enplanta que coincida con un acuerdo convexo, para mejorar elefecto estético. se inclinará algo el mu'ro, si existe, hacia, fuerade la calzada en grado no inferior al peralte de la curva.

8.3. Secciones tmnsversales especíales.

- La sección de la autopista. se mantendrá siempre bajoestructura. La cota libre mínima sobre carrilQS y arcenes seráde cuatro metros setenta y cinco centímetros (4,75 mJ.

- Siempre que las características, de las estructuras o tú­neles cumplan simultáneamente las condiciones. indicadas acontinuaCión. será obligada la continuidad de carriles y ar­cenes en los mismos con las anchuras que tuvieren en la auto­pista, independientemente de otros elementos adicionales ~ue

puedErn ser necesarios:

Fig. 8.3.1

DIMENSIONES MINIMAS

~ .. ¿C~AL"Z~A~."'A _

AAC<N

Fig. 8.3.2

,.~

J1

7172

1. LETRAS LATINAS.

1.1. Letras mayu8cu!aS,

Símbolo

9 abril 1976

ANEJO NUMERO 1

NOMENCLAruRA y SIMBOLOS

Identificación Unidad

B. O. <tel E.-Num. 86

Lugar en que aparece

A-I40A-l2OA-lOOA-80

D

D,

F

K

K,

K,

L

R

R' y R"

R'

v,

x

y

.

- fipos de tramos de autopista CorTe6pOrid~n a velocidadesde proyecto de 140 km/b~. 120 km/h., 100 kin/h. Y 80 km/h.•respectivamente. '~

- Parámetro d~ la curva de acuerdo en PI?,nta.

- Parámetros de curvas de acuerdo en planta.

- Desarrollo mínimo de las alineaciones curvas.

- Distancia de parada.

- Despeje a partir del borde de la calzada.

- Factor de corrección para ajustar la distancia de paradateórica a los valores experimentales.

- Cociente no menor que 1 de los parámetros de dos curvasde acuerdo en planta, contiguas.

- Parámetro. de la. parábola de segundo grado de eje vertical,para acuerdos en alzado.

- Longitud de la curva de acuerdo, tresde su origen a unpunto genérico.

- Radio de curvatura en planta en un punto genérico dela traza.

- Radios de curvatura en planta en puntos genéricos dela traza.

- Radio de curvatura en planta en el punto de osculaciónde dos curvas de acuerdo contiguas de la tr~.

- Radio de la línea en planta que define el borde interiorde la calzada.

- Velocidad de proyecto.

- Distancia de un punto genérico de la traza en planta,aun origen arbitrario.

- Cota de un punto genérico de la traza, COn respecto a unplano de referencia arbitrario.

m

m

m

m

m

m

m

m

m

m

m

kmlh

m

m

§ 2., § 3.•§ 4.1.. C.U.•§ 4.2., C.4.2.2..§ 5.1.. C.5.1.,§ 5.2.1,. e.5.2.!.,§ 5,4.1., C.5,4.l.A.•§ 6.1.1 .. C.U.l.,§ 6.2.1.. C.U.I.A..

C.6.2.1.B..§ 7.2.• C.7.2..§ 7.3., C.7.3.,§ 3.1.1., C.3.1.1••§ 6.1.2.• C.8.1.2.,§ 8.1.3., C.8.1.3.• § 8.'.

§ 5.2.2.,F.5.2.2.•.§ 5.3.,§ 7.1.

§ 5.3.

§ 5.3., e.5.3.

§ 4.2.2.FA.2.2.a.FA.2.2.b.Fig. 4.2.2.

FA.2.2.b.•

§ 4.2.2., FA.2.2.S.C.4.2.2.

Fig. 4.2.2.

§ 5.3.

§ 4.2.3., § •.2.1., F.6.2.1.,C.8.2.1.A•• § 7,2., C.7.2.,

§ 5.2.2.• F.5.2.2.§ 5.4.2., F.SA.2.

§ 5.2.2., F .5.2.2.§ 5.3.. § 7.3.,

C.7.2.

§ 5.3.

§ 5.3.

§ 4,2.2., FA.2.2.b...

§ 4.2.2.• F.4.2,2.a.•C.4.2.2.. Fig. 4.2.2.

§ 8.2.1 .• F.O.2.1.

§ 6.2.1.• F .•.2.1.

-

B. o. del E.-Niím. 116

"1.2. Letras minúsculas.

Símbolo

9 abril 1978

Identificación Unidad Lugar en que aparece

7173

a

b

e

d

f,

m

p

pr

s

tp

2. LETRAS GRIEGAS

- En perfiles transversales sobre estructuras. diStancia dela cara exteriOl" 9& la defensa a la barandilla situada alborde de la plataforma.

-Distancia del eJe del carril más próximo al centrb de cur­vatura. al borde interior de la calzada.

- Anchura de las defensas sobre estructuras.

- Incremento de longitud sobre una alineación recta enplanta.. y a partir del, punto de osculaCión de la curva deacuerdo contigua, en la qUa se prolonga la transición deperalte. '.

- CoeficiEinte de rozamiento longitudinal meda-pavimento.

- Inclin~i6n de la rasante en tanto por uno. Se considerapositiva subiendo y negativa bajando.

- Metro.

- Peralte en tanto por uno en un punto genérico.'

- Peralte: en tanto por uno de la sección normal.

- Segundo tiempo.

- Tiempo de -percepción y reacción del conductor.

ID

ID

m

m

m

s

s

§ 8.3.1.. Fig. 8.3.1.

§ 4.2.2" FA.2.2.b.

§ 8.3.L, Fig. 8,3.1.

§ 504.2., F.5.4.2.

§ 4.2.2., Fo4.2.2.a.•F'ig. 4.2.2.

§ 4.2.2., F.4.2.2.a.

§ 504.2., Fo4.2.

§ 5.4.2., F.S.4.2.

§ 4.2.2., Fo4.2.2.a.,Fig. 4.2.2.

Simbolo Identificación.

Unidad Lugar en que aparece.¡¡ - Angula que en planta forman entre si dos alineaciones g § 5.3., C.5.3.

rectas de la traza.

ANEJO NUMERO 2

DEFINICIONES

2,1. DEF1;-JIClONES

Autopista'

Autopista es la carretera especialmente Qoncebida, construi,;;'da y s~ñalizada como -tal para ~a circuladón de automóviles, yque reúne'las siguientes características:. , .

a) No tienen acceso a la ntisma las propiedades colindantes.b) No cruza a nivel, ilinguna otra senda. v1a ni línea de

ferrocarril o de tranvía, ni es cruzada a nivel por senda o ser·vidumbre de paso alguna.

e) Consta de distintás calzadas para cada sentido de circu­lación separadas entresf. salvo en puntos singulares o con ca­rá.cter temporal, por una mediana 0, en casos 'excepcionales,por otros medios.

Berma

Zona. longitudinal de la autopista comprendida entre el bordeexterior del arcén pavimentado y la cuneta o terraplén. Utili~

zada eventualmente para seftalización, iluminación. baliza­miento, comunicaciones e instalación de barreras de seguri­dad, etc.

Despeje

Distancia mínima' desde el borde' de la calzada hasta unobstáculo al objeto de disponer en alineaciones curvas de lanecesaria distancia de visibilidad deparada.

Nivel de servicio

En su '-sentido más amplio. nivel de servicio es un términoque indica' una cualquiera de las infinitas combinaciones po­sibles de < condiciones de circulación que pueden darse en uncarril o en una calzada determinados.

Nivel d& servicio es una medida cualitativa del efecto deciertos factores. tales cdIÍlO velocidad y tiempo de recorrido.interrupc;iones de la clrculación. libertad de maniobra, seguri..dad, comodidad de conducción y costes de circulación, en elfuncionamiento ,o calidad de circulación en un carril o calzada.

. En· la práctica. los ,niveles de servicio se definen mediante unosvalores' llmites de algunos de dichos fa.ctores. como velocidadmedia pondecrada de proyecto, veloc1dad de servicio, intensidadde circulación y su reIaci6n con la capacidad, factor de horapunta y n"Qmero de carriles. .

Nivel de servicio eEl nivel de servicio e corresponde a una situación de circu­

lación todavia establt!; aunque lo S"..lficientemente crítica comopara que de.ban considerarse intensidades máximas en períodosde cinco minutos. -Las velocidades deaervicio en este nivel nDdeben ser inferiores a' SO km/h., siempre que la velocidadmedia ponderada de proyecto I10 sea inferior a 95 km/h. En unacalzada de autopista de dos carrt1es, bajo condiciones ideales, lamáxima intensidad de circUlación <intensidad. de servicio} paraeste nivel oscÜa entre 2.300 y 3000 vehículos llgcrospor hora,

7174 9 a6ril 1978 D. O. (lel E.-Ni:ím. 86

ROBLES PIQUER

CORRECC/ON de errores "de la Orden de 31 deenero de 1976 por ;a que se aprueba el'-ReglamentoTécniCo de Control l' Certificación de Semillas dePlantas Forrajeras.

MINISTERIO DE AGRICULTURA

7532

En -BU virtud, este Ministerjo, - a - propuesta de la DirecciónGeneral del Patrimonio Artístico y Cultural, previa aprobaciónde la Presidencia' del Gobierno, ha resuelto:

Modificar el apartado 2.° de la Orden de 20 de enero de 1975,cuya redacción será la siguiente:

.2," Sin perjuicio de la dirección común establecida en elapartado' anterior, el Archivo'General de la AdministraGión Civildel Estado contará con un Director adjunto.»

Lo que comunico a V. I. 'para su conocimiento y efectos.Dios guarde a _V. I.Madrid, 1 de marzo de 1976.

Advertidos errores en el texto de la mencionada Orden,publicada en el ..Boletín Oficial del. Estado,. número 43. defecha 19 de febrero de 1976, páginas 3446' a 3454, se transcribena continuación laS' oportunas rectificaclonesr

En el anejo único, Reglamento Técnico de Control y Certi­ficación de Semillas de Planta.s Forrajeras. en el punto - IV.1.en SU encabezamiento, dice: ..Prohibición de semillas en de­terminadas zonas.. ; debe decir: eProhibición de produ.cciónde aemUla en· detenninadas zonas...

y en el punto (V.5, en su encabezamiento, dice: ..Requisitosde las mismas'>; debe decir: ..Requisitos -de las semillas...

Ilmo. Sr. Director generaJ del Patrimonio Artístico y Cultural.

RESOLUCION de ia DIrección General de la. Pro­ducción" Agraria por la QU41 8e< determinan las va­riedades y precios de semillas de algodón a cuUivaren las diferentes zonas -en la campalia 1978/1977.

Ante la proxiinidad. de la época de s~mbra, procede definirel plan de distribución d.e semillas de algodón. así como fijarlos precios de sus distinta-s categorías. .

En consecuencia, teniendo en cu~nta las disponibilidades -desemUlas. el comportamiento contrastado. de las distintas varie­dades y previo informe del Instituto Nacional de Semillas yPlantas de Vivero, este Centro directivo ha tenido a bien reAsolver:

Primero.-Las regiones 'algodoneras quedaran definidas parala campaJia 1976/1977 de la siguiente manera:

Primera región. Comprende las provincias de Avila. Toledo.Cácerea. Badajoz y Ciudad Real.

Segunda región. Comprende las provincias de Huelva, Sevi­lla. Córdoba, .Jaé·n. Málaga, Granada y Cádiz.

Tercera región.. ' Comprende las provincias de Alicante yMurcia. '

5egundo.-Las variedadés de sémilla de algodón de tipo ame­ricano que podrán utilizarse serán las siguientes:

Primera reglón. Variedades ..Talavera. loa~F< ..l53-F.....Coker­310.....Coker-201 {CarollnaQueenh-. cAcaIa-442- y ..Acala SJ-h.

Segunda región. Variedades «I53-F., cColrer-201 (CarolinaQueen)., ..Coker-310,....Stonevill&-213. y «Promese,,; limitada laprimera a las vegás altas del Guadalquivir. provincia de Málagay término de la· Roda de 'Andalucía en Jade Sevilla.

Tercera región. Variedades· ..Coker-201 {Carolina Queenh,..Acala SJ~h y cCoker-31o... -

Tercero.-Apa.rte de los casos de multiplicación de semillasselectas bajo la vigilancia del Instituto Nacional de Semillasy Plantas de Vivero podrán. sembrarse variedades distintas delas que figuran relacionadas para. cada región. cuando con finesde ensayo sean prev¡amen~ aprob~aspor esta Direcci6n Ge­neral y siempre bajo su directo control y. supervIsión.

ORD.EN de 1 de marzo de 1976 por la que se creael cargo de Director adjunto del Archivo Generalde la Administración Civü.

MINISTERIODE EDUCACION y CIENCIA

y cada carril adicional a dos supone un aumento de 1. 400 a LaDOvehículos ligeros por hora a dichas intensidades, siempre enfunción del factor de hora punta.

Nivel de servicio D

El niveL de servicio -D corresponde a una situación de circu­lación que se aproxima· a la inestabilidad. Las wlocidades deservido en este nivel no deben s.er inferiores a 65 km/h.. siem­pre ,que la velocidad media ponderada de proyecto no sea infe­rior a 8Ó km/h. En una calzada de autopista de dos carriles.bajo condiciones ideales. la máxima intensidad de circulación(intensidad de servicio) para este nivel oscila entre 2.800 y 3.600vehículos ligeros por hora. y cada carril adicional a dos su­pone un aumento de 1.400 a 1.800 vehículos ligeros por horaa dichas intensidades. siempre en función del factor de horapunta.

Nivel de servicia E

El nivel de servicio E corresponde a una circulación inesta-ble con unas velocidades de servicio entre 50 y 55 km/h. Y unasintensidades de circulación próximas o iguales a la capacid$d.

Peralte

Inclinación transversal de la calzada en las alineaciones cur-vas al obieto de disminuir el efecto de la fuerza centrífugasobre los vehículos en movimiento.

Rasante

Alineación ~rtical que constituye el trazado en alzado deleje dE,una calzada.

Tramo de autopista

Zona de autopista limitada por dos enlaces o terminales.consecutivos o no.

Tramo urbano

Se considera .tramo urbano de una autopista el destinadoa soportar fundamentalmente el tránsito de intensidades ele­vadas de vehículos en recorridos r.elativamente cortos en elinterior o cerca de grandes ciudades.

Velocidad de proyecto

Velocidad que permite definir las C8t:aCtel1sticas geométricasmínimas de construcción de los elementos particulares de unaautopista o tramo de autopísta. 7533

7531

Ilustrísimo sefior:

Creado por Decreto 914/1969. de 8- de mayo. el Archivo Ge­neral de, la Administraaón Civil. a fin de recoger. conservary disponer para. su consulta los fondos documentaJes de la Ad­ministración Pública' que carezcan de vigencia administrativa yprevisto el traslado del Archivo Histórico Nacional de la docu­mentación con valor histórico. por. Orden mInisterial de 20 deenero de 1915 (..Boletfn OficIal del Estado- de 1 de marzo) sedispuso que el Director del Archivo Histórico Naciona.l tendrlaa su cargo la dirección del Archivo General de la AdministraciónCivil a fin de asegurar la neoosarla coordinación entre ambosy _l~ -relaciones con las distintas dependencias· de la AdmiJiis­tracIón Pública. Central e Institucional.

Ahora .bien, encontrándose ubicad" el Archivo General dela Admin1stración CivIl en distinta localidad que el· ArchivoHistórico Nacional del que depende, existe la imposibilidad deqUe .sea atendido directamente· por el propio Director. CO:Q elconSIguiente perjuicio para la buena marcha de los servicios,por lo que se hace n~oesario ,<tue al frente del mismo figureun Dlrectoradjunto.a fin de que en estrecha colaboración conel expresado Director del 'Archivo Histórico Nacional asuma ple­namente las funciones de dirección del respectivo Archivo Ge­neral de la Adm.tnistraci6n. Civil.