ministerio de obras pÚblicas republica de el salvador

82
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR ACUERDO NÚMERO 277 BIS. San Salvador, ocho de diciembre de dos mil ocho. El Órgano Ejecutivo en el Ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, CONSIDERANDO: I) Que con fecha veintiséis de noviembre de dos mil ocho, se emitió el ACUERDO No 267, mediante el cual de conformidad al Art. 67 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, se aprobó el REGLAMENTO INTERNO Y FUNCIONAL DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO, en adelante denominado EL REGLAMENTO. II) Que en el numeral 11 y 12 del Artículo Uno de EL REGLAMENTO, se incorporó como parte de la estructura organizativa de El Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, las Gerencia de la Región Occidental con sede en la ciudad de Santa Ana y la Gerencia de la Región Oriental del país con sede en la ciudad de San Miguel. Siendo lo correcto que las Oficinas Regiones forman parte de la estructura organizativa de cada uno de los Viceministerios, en razón de lo cual es necesario modificar dicho artículo en el sentido de suprimir los numerales 11 y 12 antes relacionados así: 'Art. 1. El Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, en adelante denominado MOPTVDU, para cumplir con los objetivos y atribuciones que le señalan las leyes de la República, el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y el presente Reglamento, cuenta con tres Viceministros, uno de Obras Públicas, uno de Transporte y otro de Vivienda y Desarrollo Urbano. Asimismo, con las Unidades Corporativas siguientes: 1) Unidad Financiera Institucional; 2) Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional; 3) Gerencia de Recursos Humanos Institucional; 4) Gerencia Administrativa Institucional; 5) Gerencia de Auditoria Interna Institucional; 6) Gerencia Legal Institucional; 7) Gerencia de Comunicaciones Institucional; 8) Gerencia de Informática Institucional; 9) Unidad de Desarrollo Institucional; 10) Asesorías.” lll)Que mediante Memorando MOP-GII- 121/2008, de fecha cuatro de diciembre de dos mil ocho, la Gerencia de Informática Institucional, ha manifestado que en el inciso primero del Articulo 36 de EL REGLAMENTO aparece que dicha Gerencia cuenta dentro de su estructura organizativa con dos responsables administradores: a)

Upload: others

Post on 14-Jul-2022

5 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

ACUERDO NÚMERO 277 BIS. San Salvador, ocho de diciembre de dos mil ocho.

El Órgano Ejecutivo en el Ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y

Desarrollo Urbano, CONSIDERANDO:

I) Que con fecha veintiséis de noviembre de dos mil ocho, se emitió el ACUERDO No 267, mediante el cual de conformidad al Art. 67 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, se aprobó el REGLAMENTO INTERNO Y FUNCIONAL DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO, en adelante denominado EL REGLAMENTO.

II) Que en el numeral 11 y 12 del Artículo Uno de EL REGLAMENTO, se incorporó como parte de la estructura organizativa de El Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, las Gerencia de la Región Occidental con sede en la ciudad de Santa Ana y la Gerencia de la Región Oriental del país con sede en la ciudad de San Miguel. Siendo lo correcto que las Oficinas Regiones forman parte de la estructura organizativa de cada uno de los Viceministerios, en razón de lo cual es necesario modificar dicho artículo en el sentido de suprimir los numerales 11 y 12 antes relacionados así:

'Art. 1. El Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, en adelante denominado MOPTVDU, para cumplir con los objetivos y atribuciones que le señalan las leyes de la República, el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y el presente Reglamento, cuenta con tres Viceministros, uno de Obras Públicas, uno de Transporte y otro de Vivienda y Desarrollo Urbano. Asimismo, con las Unidades Corporativas siguientes: 1) Unidad Financiera Institucional; 2) Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional; 3) Gerencia de Recursos Humanos Institucional; 4) Gerencia Administrativa Institucional; 5) Gerencia de Auditoria Interna Institucional; 6) Gerencia Legal Institucional; 7) Gerencia de Comunicaciones Institucional; 8) Gerencia de Informática Institucional; 9) Unidad de Desarrollo Institucional; 10) Asesorías.”

lll)Que mediante Memorando MOP-GII- 121/2008, de fecha cuatro de diciembre de dos mil ocho, la Gerencia de Informática Institucional, ha manifestado que en el inciso primero del Articulo 36 de EL REGLAMENTO aparece que dicha Gerencia cuenta dentro de su estructura organizativa con dos responsables administradores: a)

Page 2: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

Administrador WEB, y b) Administrador de Bases de Datos. Asimismo con dos Áreas de Trabajo: a) Área de Proyectos y Sistemas y b) Área de Soporte Técnico: habiéndose incorporado en los artículos 37 y 38 del referido Reglamento únicamente el detalle de las funciones que corresponden a los responsables administradores, por lo que dicha Gerencia solicita incorporar también en El Reglamento el detalle de las funciones que competen al Área de Proyectos y Sistemas, así como también las correspondientes al Área de Soporte Técnico. Por lo que es necesario modificar en tal sentido el referido Acuerdo a efecto de adicionar en EL REGLAMENTO los Artículos 38A y 38 B relativos al detalle de las funciones de las Áreas de Trabajo antes relacionadas, asi:

“Art. 38A El Área de Proyectos y Sistemas tiene las funciones siguientes:1. Colaborar en la elaboración de Términos de Referencia para concurso o

licitación, a requerimiento de las Unidades interesadas en la adquisición de sistemas de información mecanizados.

2. Participar en comisiones de evaluación de ofertas en el área de su competencia, respecto de los procesos de adquisiciones de Sistemas de Información mecanizados, a requerimiento de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional.

3. Apoyo técnico en todas aquellas gestiones que fueren necesarias durante el proceso de ejecución y recepción final de los contratos de adquisiciones de Sistemas de Información mecanizados, a requerimiento de la Unidad Administradora del Contrato.

4 Efectuar mejoras a los sistemas mecanizados en operación conforme a los requerimientos que fueren efectuados por las unidades usuarias.

5 Mantener en forma actualizada la documentación de respaldo correspondiente a cada aplicación mecanizada en cumplimiento de las Políticas Institucionales en Materia de Informática, tendiente a garantizar el buen uso operacional de los Sistemas de Aplicación.

6 Resguardar los Programas Fuentes que se encuentran en los servidores que están en producción.

7. Definir y velar por el cumplimiento de los estándares de desarrollo de proyectos de sistemas de información, para que exista uniformidad en los diseños y lenguajes de programación. “

“Art.38B El Área de Soporte Técnico tiene las funciones siguientes:1. Coordinar el servicio de soporte técnico, a fin de resolver los requerimientos

que fueren solicitados por las diferentes unidades del Ministerio.2. Velar por el buen funcionamiento operativo de la red, Internet, servicio de

correo electrónico y aplicaciones mecanizadas en operación.3. Definir la estructura de la red de datos, su crecimiento, mantenimiento,

funcionamiento y asistencia técnica necesaria.4. Gestionar la adquisición de los programas de antivirus a efectos de garantizar

la actualización de los mismos en el servidor correspondiente, así como su

Page 3: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

instalación en los ordenadores individuales de los usuarios de la red institucional.

5. Coordinar el apoyo de limpieza de virus informáticos en los equipos individuales de los usuarios a efecto de evitar la infección general en la red, todo a requerimiento de los responsables de los mismos.

6. Analizar los requerimientos técnicos de las unidades del Ministerio, para la adquisición de nuevos equipos, con el propósito de verificar la necesidad de los mismos.

7. Colaborar en la elaboración de Términos de Referencia para concurso o licitación, a requerimiento de las Unidades interesadas en la adquisición de Equipos, software, servicio de cableado y para el mantenimiento de dispositivos informáticos en general.

8. Participar en comisiones de evaluación de ofertas en el área de su competencia, respecto de los procesos de adquisiciones de Equipos y software, a requerimiento de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional.

9. Administrar los contratos que fueren requeridos por la Gerencia Informática Institucional, respecto de los servicios de Internet, mantenimiento preventivo y correctivo de equipos informáticos y atención a usuarios.

10. Resguardar las Licencias de software adquiridos legalmente por la institución.11. Resguardar los dispositivos que contienen los respaldos de la información de

los distintos servidores ubicados en el centro de cómputo de la Institución. “

IV) Que mediante Memorando de fecha cuatro de diciembre de dos mil ocho, el Asesor Ministerial y Director de la Unidad de Desarrollo Institucional, ha solicitado se modifique EL REGLAMENTO, en cuanto a la estructura organizativa y funciones de dicha Unidad que aparecen detalladas en el Capitulo IX UNIDAD DEDESARROLLO INSTITUCIONAL, Artículos del 39,40, al 42, en el sentido que se adecúen los mismos a la nueva estructura organizativa y al personal especializado asignado a la referida dirección, para tal efecto deberán modificarse las funciones que aparecen detalladas en el Artículo 39 para El Área de Desarrollo Institucional; así mismo deberán modificarse las funciones del Área de Planeamiento, que aparecen enumeradas en el Art.40. Por otra parte deberá modificarse el Art.42 a efecto de crearse El Área de Secretaría en defecto del El Área de Seguimiento a la Gestión de la Calidad, por lo que deberán modificarse en tal sentido los referidos Artículos así:

“Art. 39. La Unidad de Desarrollo Institucional, es la responsable de administrar los procesos que contribuyan a modernizar la gestión ministerial. Está a cargo de un Director y conformada por tres unidades: a) Área de Secretaría, b) Área de Planeamiento, y c) Área de Desarrollo Institucional, y conformada por el personal técnico y administrativo que fuere necesario.

ones de la Dirección de Desarrollo Institucional son las siguientes:

Page 4: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

1. Identificar y proponer proyectos de reestructuración institucional cuando lo consideren necesario o le sea solicitado.

2. Contribuir a la puesta en marcha de los proyectos que fortalezcan el desempeño institucional,

3 Dar opiniones técnicas y/o administrativas de los proyectos implementados en el marco de la modernización institucional según aplique y a solicitud de los interesados.

4. Verificar en coordinación con las diferentes unidades organizativas, la actualización del reglamento intemo institucional

5. ̂Verificar en coordinación con la gerencia de recursos humanos, que losmanuales de organización y funcionamiento de las unidades estén acordes al reglamento interno y velar por la actualización de los mismos.

6. Elaborar informes del desarrollo de los proyectos implementados.7. Coordinar y participar con secretaría técnica de la presidencia u otras

instituciones gubernamentales que impulsen la modernización y desarrollo institucional

8. Colaborar en todas aquellas actividades relacionadas a la unidad que la dirección ordene."

“Art. 40. las funciones del Área de Planeamiento son las siguientes:

1. Dar los lincamientos para la formulación de planes de trabajo operativos, bajo la aprobación de las autoridades competentes y en coordinación con las unidades organizativas del MOPTVDU.

2. Coordinar con las autoridades competentes y unidades organizativas del MOPTVDU. la administración del proceso de planeamiento estratégico.

3. Dar asistencia en la elaboración a las diferentes instancias del proceso de formulación de los planes de trabajo y seguimiento en las diferentes unidades organizativas del MOPTVDU

4. Verificar los informes mensuales de los avances obtenidos en los planes de trabajo vigentes y hacer las recomendaciones respectivas al director de la unidad de desarrollo institucional

5 Coordinar y participar como enlace en proyectos que la secretaría técnica impulse en materia de planificación.

6. Colaborar con las diferentes unidades, en todas aquellas medidas tendientes a mantener y mejorar la calidad en el trabajo desarrollado, conforme le sea solicitado

7. Colaborar en todas aquellas actividades relacionadas a la unidad que la dirección ordene.

8) Elaborar los informes mensuales de los avances obtenidos en los planes trabajo estratégicos y operativos.u

“Art. 42. Las funciones del Área de Secretaría, son las siguientes:1. Recepcionar, procesar, enviar y archivar documentos recibidos en la unidad.2. Atender y canalizar las diferentes consultas sobre los diversos requerimientos

u observaciones presentadas a la dirección.

Page 5: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

3 Manejar la agenda de reuniones y elaboración de documentos de la dirección4. Hacer recomendaciones administrativas que permitan mantener y/o mejorar el

desempeño de la dirección.5. Cumplir con las actividades que la dirección les encomiende. “

V) Que el literal f) del inciso primero del Articulo 44 de EL REGLAMENTO a la letra dice: “La Unidad Implentadora de Proyecto de Conectividad (UIPC)‘\ siendo lo correcto la Unidad Implementadora del Proyecto de Conectividad (UIPC), por lo que es necesario modificar dicho artículo así:"Art. 44. El Viceministerio de Obras Públicas, esta a cargo de un Viceministro, y conformado por el personal técnico y administrativo necesario. Para el mejor cumplimiento de sus funciones, el Viceministerio de Obras Públicas, cuenta con cinco Unidades: a) Dirección de Mantenimiento Vial; b) Dirección de Planificación Vial; d) Dirección de Investigación y Desarrollo Vial; y e) Dirección de Inversión Vial; cada una de las direcciones a cargo de un Director, y conformadas por el personal técnico y administrativo que fuere necesario; f) La Unidad Implementadora del Proyecto de Conectividad (UIPC), a cargo de un Gerente y del personal técnico- administrativo que fuere necesario."

VI) Que la Dirección de Mantenimiento Vial, cuenta dentro de su estructura organizativa con Oficinas Regionales, en razón de lo cual en necesario adicionar el literal f al inciso primero del referido artículo así:"Art. 45. La Dirección General de Mantenimiento Vial, esta a cargo de un Director, quien depende jerárquicamente del Viceministro de Obras Públicas, ejerce coordinación en línea sobre las Gerencias y Unidades organizacionalesdependientes: a) Área de Apoyo Administrativo; b) Unidad de Cooperación Interinstitucional; c) Unidad de Administración del Mantenimiento Vial; d) Unidad de Mantenimiento de Equipo y Maquinaria; e) Planta Asfáltica; f) Oficinas Regionales, dichas unidades organizacionales a cargo de un responsable y conformadas por el personal técnico y administrativo que fuere necesario.”

Vil) Que de conformidad a la Nota de fecha cuatro de diciembre de dos mil ocho, remitida por el Viceministerio de Transporte, es necesario modificar los Artículos 55. 56 y 58 del Reglamento en el sentido de agregar al inciso primero del Articulo 55 y al Articulo 56 el literal i) relativo a las Oficinas Regionales, las cuales forman parte de la estructura organizativa del Despacho del Viceministerio de Transporte, y modificar el inciso primero del Artículo 58 a efecto de suprimir del tenor del mismo la parte correspondiente a las Regionales en virtud que no forman parte de la estructura organizativa de la Dirección General de Tránsito. Por lo que es necesario modificar en tal sentido dichos artículos así:

“Art. 55. El Viceministerio de Transporte, esta a cargo de un Viceministro y conformado por el personal técnico y administrativo que fuere necesario. Para el mejor desempeño de sus funciones se integra de las unidades siguientes: a) Área de Comunicaciones; b) Unidad de Inspectoría General; c) Unidad de Administración y logística; d) Dirección General de Tránsito; e) Dirección

Page 6: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

General de Transporte Terrestre; f) Dirección General de Política y Planificación del Transporte; g) Asesoría Legal; h) Unidad de Procedimientos Legales; e i) Oficinas Regionales. Cada una de las unidades a cargo de un Director, Gerente ó jefe correspondiente y conformada por el personal técnico y administrativo que fuere necesario. Dichas unidades tendrán las funciones que les sean asignadas por el Viceministro. ”"Art. 56. El Despacho del Viceministro de Transporte, contará con las siguientes unidades de apoyo: a) Área de Comunicaciones; b) Unidad de Inspectoría General: c) Unidad de Administración y logística; d) Dirección General de Tránsito; e) Dirección General de Transporte Terrestre; f) Dirección General de Política y Planificación del Transporte; g) Asesoría Legal; h) Unidad de procedimientos Legales; e ¡) Oficinas Regionales.14

“Art. 58. La Dirección General de Tránsito, está a cargo de un Director y conformada por el personal técnico y administrativo necesario, y para el mejor desempeño de sus funciones cuenta con las Unidades siguientes, a) Registro Público de Vehículos; b) Unidad Técnica Médica Antidoping; c) Parque Vial; d) Unidad de Delegados de Transito; e) Unidad de Empresas y Escuelas Examinadoras. Dichas unidades a cargo de un Coordinador o jefe responsable, y conformadas por el personal técnico y administrativo que fuere necesario."

VIII) Que de conformidad al Memorando Ref:DVMVDU-102A/04/12/2008 de fecha cuatro de diciembre de dos mil ocho, remitido por el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano es necesario modificar el inciso primero del Artículos 63 de EL REGLAMENTO por cuanto aparece que forman parte de la estructura organizativa de la Oficina Nacional de Desarrollo Territorial; la Gerencia de Desarrollo Regional y la Gerencia de Atención al Ciudadano y Estándares de Construcción, siendo la denominación correcta de dichas Gerencias: “Gerencia de Desarrollo Territorial ' la primera y la segunda “Gerencia de Licencias y Estándares de Construcción". Asimismo se hace notar que es necesario adicionar en dicho artículo el numeral v) Las Oficinas Regionales, debiendo establecerse que las Unidades organizacionales de la referida Oficina Nacional de Desarrollo Territorial, se encuentran a cargo de un responsable y conformadas por el personal técnico y administrativo que fuere necesario, por lo que deberá modificarse dicho artículo así:

"Art. 63. La Oficina Nacional de Desarrollo Territorial (ONDET) esta a cargo de un Director y conformada por el personal técnico y administrativo necesario y para mejor desempeño de sus funciones cuenta con las unidades siguientes: i) Gerencia de Desarrollo Territorial; li) Gerencia de Desarrollo Urbano; iii) Gerencia de Licencias y Estándares de Construcción; iv) Gerencia de Vivienda; y v) Las Oficinas Regionales. Dichas unidades organizacionales a cargo de un responsable y conformadas por el personal técnico y administrativo que fuere necesario y tendrán las funciones que les sean asignadas por el Viceministro.”

IX) Asimismo el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano en el Memorando que ha quedado relacionado en el Romano que antecede, solicita se modifique el

Page 7: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

inciso primero del Artículo 64 en virtud en el texto del mismo aparece como parte de la estructura organizativa de la Oficina de Asentamientos Humanos, OFAH. la Gerencia de Promoción Social, cuya denominación correcta es “Gerencia de Desarrollo Técnico"; siendo necesario, por otra parte, adicionar el literal iii) de las Oficinas Regionales, las cuales forman parte de la estructura organizativa de la referida Oficina de Asentamientos Humanos, OFAH. En consecuencia, deberá modificarse el inciso primero del Artículo 64 así:

“Art. 64. La Oficina de Asentamientos Humanos, OFAH, está a cargo de un Director y conformada por el personal técnico y administrativo que fuere necesario y para el mejor desempeño de sus funciones cuenta con las unidades organizacionales siguientes: i) Gerencia de Desarrollo Técnico; ii) Gerencia de Proyectos; y iii) las Oficinas Regionales. Dichas unidades organizacionales a cargo de un responsable y conformadas por el personal técnico y administrativo que fuere necesario, y tendrán las funciones que les sean asignadas por el Viceministro.”

X) Que en la denominación del Titulo Vil y en el Art. 65 de EL REGLAMENTO, "RESPONSABILIDADES Y ATRIBUCIONES COMUNES PARAVICEMINISTERIOS, DIRECCIONES, JEFATURAS, Y GERENCIAS, DE LAS DEPENDENCIAS DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO", se omitió establecer Gerencias Institucionales, por otra parte se omitió incorporar a los Señores Titulares de El Ministerio, como parte de los responsables de dar cumplimiento a las responsabilidades y atribuciones comunes a que se refiere dicho articulo, por lo que es necesario modificar en tal sentido la denominación del Titulo Vil y el inciso primero del Art. 65 así:

RESPONSABILIDADES Y ATRIBUCIONES COMUNES PARA TITULARES, DIRECCIONES, GERENCIAS INSTITUCIONALES Y JEFATURAS, DE LAS DEPENDENCIAS DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO

'Art. 65.- Los Titulares del Ministerio, las Direcciones, Gerencias institucionales y Jefaturas, de las distintas dependencias del Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, tendrán las responsabilidades y atribuciones comunes siguientes: “

XI) Que en el Art. 94 de EL REGLAMENTO se establece que los servidores públicos del MOPTVDU, están obligados al cumplimiento del Manual de Conducta Etica del Ministerio Obras Públicas emitido con fecha nueve de febrero de dos mil

Í C TITULO Vil

Page 8: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

s

seis, siendo lo correcto el emitido el dia veintinueve de agosto de dos mil ocho, por lo que es necesario modificar en tal sentido dicho articulo así:"Art 94 Los servidores públicos del MOPTVDU, están obligados al cumplimiento a las Normas Éticas para la Función Pública” emitidas por el Señor Presidente de la República, mediante Decreto Ejecutivo número 101, de fecha veinticinco de octubre de dos mil cinco, a la Ley de Ética Gubernamental, contenida en el Decreto Legislativo No. 1038. de fecha veintisiete de abril de dos mil seis. Asimismo al cumplimiento del Manual de Conducta Ética, del Ministerio de Obras Públicas Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, emitido con fecha veintinueve de agosto de 2008."

Por lo antes expuesto el Ministerio de Obras Públicas Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano ACUERDA:

I.) Modificase el Acuerdo Ejecutivo No 267, de fecha veintiséis de noviembre de dos mil ocho, mediante el cual se aprobó el REGLAMENTO INTERNO Y FUNCIONAL DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO, en adelante denominado EL REGLAMENTO, en elsentido que se modifica dicho Reglamento en cuanto a los artículos: 1, 39, 40, 42, 44, 45, 55, 56, 58, 63. 64, 65 y 94 conforme el tenor que ha quedado relacionado en los considerandos del presente Acuerdo. Así mismo se adicionan al mismo los Artículos 38A y 38 B.

II) Ratifiqúense en todas sus partes los demás conceptos vertidos en el Acuerdo Ejecutivo número 267 de fecha veintiséis de noviembre de dos mil ocho.

Ill) Incorpórase a continuación en un solo instrumento el texto modificado del REGLAMENTO INTERNO Y FUNCIONAL DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO, cuyas disposiciones deberán tenerse como validas a partir de esta fecha.

REGLAMENTO INTERNO Y FUNCIONAL DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO

EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTEY DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO.

Page 9: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

CONSIDERANDO:

I) Que de conformidad con el Art. 67 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, cada Ministerio deberá de contar con un Reglamento Interno y de Funcionamiento y un Manual de Organización cuando fuere necesario, que conjuntamente con los Manuales de Procedimientos, determinarán la estructura administrativa, el funcionamiento de cada unidad, las atribuciones de cada servidor público del MOPTVDU, las relaciones con otros organismos, normas de procedimiento y demás disposiciones necesarias.

II) Que el Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, no cuenta con su respectivo Reglamento Interno y de funcionamiento, por lo que es necesario emitir un Reglamento que contenga su actual estructura organizativa y de funcionamiento, para el eficiente y eficaz cumplimiento de todas las atribuciones, compromisos y responsabilidades asignadas a esta Secretaría de Estado.

Por tanto,

En base a las razones expuestas y los artículos 16, 43 y 67 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo.

ACUERDA EMITIR EL SIGUIENTE: REGLAMENTO INTERNO Y DE FUNCIONAMIENTO DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO.

TITULO I.ESTRUCTURA ORGANICA.

CAPITULO I.DISPOSICIONES GENERALES.

Art. 1. El Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, en adelante denominado MOPTVDU, para cumplir con los objetivos y atribuciones que le señalan las leyes de la República, el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y el presente Reglamento, cuenta con tres Viceministros, uno de

Page 10: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

Obras Públicas, uno de Transporte y otro de Vivienda y Desarrollo Urbano. Asimismo, con las Unidades Corporativas siguientes 1) Unidad Financiera Institucional; 2) Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional; 3) Gerencia de Recursos Humanos Institucional; 4) Gerencia Administrativa Institucional; 5) Gerencia de Auditoria Interna Institucional; 6) Gerencia Legal Institucional; 7) Gerencia de Comunicaciones Institucional; 8) Gerencia de Informática Institucional;9) Unidad de Desarrollo Institucional; 10) Asesorías.

Art. 2. El presente Reglamento tiene por objeto establecer la estructura orgánica y las funciones, responsabilidades y atribuciones de los funcionarios del Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano siguientes: Ministro, Viceministros, Directores, Gerentes Institucionales, Jefes y demás servidores públicos del MOPTVDU, quienes son responsables y están obligados al cumplimiento y desarrollo de los objetivos, funciones y atribuciones, que legalmente han sido encomendadas a la institución, todos en adelante denominados “servidores públicos del MOPTVDU”.

TITULO II.CAPITULO I.

DEL MINISTRO Y VICEMINISTROS.

Art. 3. El Ministro es la autoridad superior jerárquica de los funcionarios y servidores públicos del MOPTVDU de los diferentes Viceministerios, Gerencias y Unidades Corporativas, que conforman el Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano.

Art.4. Al Ministro corresponde refrendar los decretos y acuerdos dictados por el Presidente de la República, relacionados con su Despacho y los que emita el Consejo de Ministros, asi como dictar los acuerdos, resoluciones, circulares, u otras disposiciones ministeriales de los asuntos de su ramo, además lo siguiente:

i) Delegar las funciones de gestión administrativa, de conformidad con la ley;

ii) Nombrar, contratar y remover a los funcionarios y servidores públicos del MOPTVDU, excepto aquellos cuyo nombramiento corresponde al Presidente de la República;

iii) Crear y suprimir unidades y dependencias administrativas del Ministerio;

iv) Presentar al Presidente de la República, anualmente la memoria de las labores;

v) Aprobar y ejecutar los manuales, políticas y procedimientos que fueren necesarios en el Ramo.

Page 11: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

vi) Asistir al Presidente de la República y a otros entes del Órgano Ejecutivo, en la formulación de planes de desarrollo de los sectores o regiones asignados a cada Secretaría de Estado y velar por la ejecución y eficiente funcionamiento de los mismos.

vii) Supervisar y coordinar las actividades de los Viceministerios, Gerencias y Unidades Corporativas que integran la Secretaría de Estado.

Art.5. El Ministro de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, y los Viceministros de: Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, tienen como función especial, además de las obligaciones determinadas en la Constitución de la República, el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y demás leyes aplicables y sus reglamentos, las siguientes:

1) Intervenir en la formulación y realización de la política nacional, en los ramos de su competencia y promover, desarrollar y vigilar su cumplimiento.

2) Asistir al Despacho del Presidente de la República cuando éste lo requiera, o bien lo demanden los negocios públicos.

3) Actuar como medio de comunicación del Órgano Ejecutivo en sus respectivos Ramos.

4) Conocer, tramitar y resolver los asuntos de su competencia, excepto aquellos que, por disposición de la Constitución, leyes, reglamentos o disposición expresa del Presidente de la República, sean reservados al conocimiento de éste o del Consejo de Ministros.

5) Ordenar la ejecución del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, aprobar y ejecutar los manuales de organización en el ramo respectivo, proponiendo al Presidente de la República la aprobación de los asuntos que por su naturaleza e importancia afectaren la coordinación de las actividades de la Administración Pública.

6) Asistir al Presidente de la República y a otros entes del Órgano Ejecutivo, en la formulación de planes de desarrollo de los sectores o regiones que han sido asignados a cada Secretaría de Estado y velar por la ejecución y eficiente funcionamiento de los mismos.

7) Es atribución del Ministro, integrar el Consejo de Ministros. Esta obligación corresponderá en su caso, al Viceministro que actúe en sustitución del Ministro.

8) Asistir a las sesiones de la Asamblea Legislativa, cuando fueren invitados para tratar asuntos relativos a sus Secretarías y especialmente en los casos de interpelación a que se refiere el Art. 165 de la Constitución; en este último caso, podrá solicitarse el Envío del expediente respectivo, con una anticipación de veinticuatro horas, por lo menos , a la fecha de la sesión.

9) El Ministro y Viceministros de esta Secretaría de Estado para ausentarse del país, deberán contar con la autorización del Presidente de la República.

10) Dedicarse a sus labores todo el tiempo necesario para cumplirlas en forma eficiente, absteniéndose de realizar otras actividades que interfieran sus funciones.

Page 12: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

11) Supervisar y controlar las instituciones oficiales autónomas que por ley están supeditadas a su dependencia e informar al Presidente de la República semestralmente, sobre la situación general de las mismas.

12) Cumplir y hacer cumplir todas las disposiciones legales y reglamentarias que se relacionen con el desempeño de sus funciones

13) Dar audiencia al público, por lo menos una vez a la semana, fijando para ello el día y hora correspondiente.

14) Podrán autorizar a funcionarios de sus respectivos ramos, para que firmen correspondencia corriente y lo mismo aquella que no implique resolución de asuntos de que se trate, así como transcripciones y notificaciones de resoluciones o providencias autorizadas por los Titulares, debiendo en cada caso, emitirse el correspondiente Acuerdo.

15) Velar por el estricto cumplimiento de las leyes, la probidad administrativa y la correcta inversión de los fondos públicos en los negocios confiados a su cargo.

16) Cuando el Ministro se ausente por causas legales, el Señor Presidente de la República, por ley, designará a quien de los Viceministros del Ministerio, tendrá superioridad jerárquica después del Ministro.

17) Los Viceministros desempeñarán sus respectivas funciones en estrecha coordinación entre si, y para con el Ministro; les corresponde además, coordinar la ejecución de los programas y actividades de orden técnico, administrativo y político, que competen a las dependencias y unidades administrativas a su cargo y promover la coordinación entre ellos.

18) Corresponde a los Viceministros, presentar al Ministro propuestas de proyectos de ley. de tratados, convenios o acuerdos, reglamentos, informes, resoluciones, circulares y demás instrumentos relacionados con su gestión;

Art.6.- La Unidad Financiera Institucional, que se podrá denominar “UFI”, es la responsable de la gestión financiera institucional, y tiene como objetivo realizar las actividades del Proceso Administrativo Financiero del Ministerio en las áreas de Presupuesto, Tesorería, Inversión y Contabilidad Gubernamental, las que deben desarrollarse en forma integrada a través de sistemas informatizados.Esta a cargo de un Gerente y conformada por el personal técnico y administrativo necesario. Para el mejor desempeño de sus funciones esta integrada por los departamentos: a) Departamento de Tesorería; b) Departamento de Contabilidad; c) Departamento de Presupuesto; d) Departamento de Análisis Financiero; e) Coordinación del Fondo de Actividades Especiales (FAE); f) Apoyo Informático y un

TITULO III

ATRIBUCIONES DE LAS UNIDADES CORPORATIVAS

CAPITULO IUNIDAD FINANCIERA INSTITUCIONAL.

Page 13: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

Comité de Gestión de la Calidad; cada una a cargo de un Coordinador; y del personal técnico y administrativo necesario.

La Unidad Financiera Institucional tiene las siguientes atribuciones:

1) Dirigir, coordinar, gestionar y supervisar, las actividades del Proceso Administrativo Financiero correspondientes a la Institución, en forma integrada e interrelacionada, velando por el cumplimiento de la normativa definida por el Ministerio de Hacienda.

2) Conformar y coordinar el Comité Técnico de Formulación Presupuestaria Institucional.

3) Proponer a los Titulares de la Institución, en representación del Comité Técnico de Formulación, los lineamientos institucionales para la formulación del Presupuesto del próximo ejercicio financiero fiscal, sustentados en los lincamientos emitidos por el SAFI-DGP.

4) Proponer al Comité Técnico de Formulación Presupuestaria, la Estructura Presupuestaria Institucional, para el año objetivo.

5) Informar a los responsables de las Unidades Presupuestarias del Ramo, los techos presupuestarios comunicados por el Ministerio de Hacienda.

6) Remitir al Ministerio de Hacienda el Proyecto de Presupuesto Institucional y Plan Anual de Trabajo, previa autorización del Señor Ministro.

7) Coordinar con el Jefe de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, el Programa Anual de Compras Institucional a fin de disponer oportunamente de los recursos financieros.

8) Velar por la aplicación de las Normas y Procedimientos de Control Interno de las operaciones financieras.

9) Establecer las prioridades sobre la capacitación del recurso humano de la Unidad Financiera Institucional y mantener actualizado el control respectivo.

10) Velar porque el recurso humano de la Unidad Financiera Institucional, cumpla con el perfil del puesto en el que se desempeñan.

11) Elaborar y proponer al titular de la Institución las políticas, manuales, instructivos y demás disposiciones internas que regulen el Proceso Administrativo Financiero de la Institución.

12) Dirigir, coordinar y supervisar, el desarrollo de las fases del Ciclo Presupuestario (Formulación, Ejecución, Seguimiento, Evaluación y Liquidación del Presupuesto.)

13) Remitir mensualmente o cuando lo requiera la Dirección General de Inversión y Crédito Público, ambas del Ministerio de Hacienda información sobre la Ejecución financiera de los Proyectos y de sus correspondientes desembolsos.

14) Coordinar, supervisar y consolidar la elaboración del Plan Estratégico y Operativo Anual de Trabajo de los Departamentos que conforman la Unidad Financiera Institucional.

15) Coordinar la elaboración del Presupuesto de Efectivo de conformidad a la

Page 14: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

16) Gestionar con aprobación del Titular de la Institución, solicitudes de Transferencias o de Refuerzo Presupuestario, ante el Ministerio de Hacienda.

17) Organizar y vigilar el periodo de cierre mensual y anual de las operaciones contables y presupuestarias Institucionales, determinadas por el SAFI- DGCG

18) Presentar oportunamente los informes Financieros Básicos y de Ejecución Presupuestaria Institucional mensuales y anuales, que son requeridos por el SAFI-DGCG, Autoridades Superiores y Organismos de Control.

19) Analizar y dar seguimiento a los resultados de las conciliaciones bancadas.20) lmplementar y supervisar la aplicación de las medidas correctivas que

recomienden las Unidades de Auditoria Interna, los entes normativos del SAFI y la Auditoria Externa.

21) Cump!ir con otras funciones asignadas por las Autoridades Superiores del MOPTVDU y por el Ministerio de Hacienda:

22) Cumplir con otras funciones de su competencia, que fueren asignadas por leyes y reglamentos.

Art.7. El Departamento de Tesorería, esta a cargo de un Coordinador y conformada por el personal técnico y administrativo necesario. Tiene como objetivo realizar por medio de la Gerencia de la Unidad Financiera Institucional, la gestión de los Recursos Financieros, las actividades relacionadas con el pago de los compromisos Institucionales, asi como mantener actualizados los auxiliares respectivos que se requieran durante el Proceso Administrativo Financiero. El Departamento de Tesorería Institucional, tiene las funciones siguientes:

1) Elaborar el Presupuesto de Efectivo con base al Plan Anual de Trabajo, Presupuesto votado y a la PEP y remitirlo al SAFI-DGT a través de la Gerencia Financiera Institucional:

2) Coordinar con la Unidad de Recursos Humanos, todas las acciones legales relacionadas con el manejo del pago de remuneraciones del personal de la Institución;

3) Emitir los requerimientos de fondos, a ser gestionados ante el SAFI-DGT;4) Registrar en los auxiliares toda la información contenida en la documentación

probatoria de los ingresos y egresos, para que se genere el registro contable en forma automática;

5) Verificar la Transferencia de Fondos a la Cuenta Corriente Subsidiaria Institucional (incluyendo la Subvención a las Instituciones Descentralizadas), mediante notificación vía electrónica por parte del SAFI- DGT y la Nota de Crédito del Banco Central de Reserva de El Salvador;

6) Efectuar los registros correspondientes a las transacciones generadas en la Cuenta Corriente Subsidiaria Institucional, en el auxiliar de bancos;

7) Depositar los fondos correspondientes a la cuenta de Embargos Judiciales;

DEPARTAMENTO DE TESORERIA.

Page 15: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

8) Efectuar pagos de Bienes, Servicios, Contratación de obras, y Remuneraciones, por los distintos sistemas de pagos; así como retener y remesar lo correspondiente a los descuentos de ley, de conformidad al Art. 118 del Reglamento de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado (Ley AFI);

9) Coordinar las actividades administrativas y financieras de las Pagadurías Auxiliares Institucionales;

10) Cumplir con otras funciones adicionales asignadas por el Gerente Financiero;

11) Cumplir con otras funciones de su competencia, que fueren asignadas por leyes y reglamentos.

Art.8. El Departamento de Contabilidad, esta a cargo de un Coordinador y conformado por el personal técnico y administrativo necesario. Tiene como objetivo validar los registros contables que se generen en forma automática, así como efectuar los registros contables directos que se produzcan en el Proceso Administrativo Financiero, realizar oportunamente los cierres mensuales y anuales, preparar los estados financieros básicos e informar sobre el comportamiento de los recursos y obligaciones institucionales.

El Departamento de Contabilidad Institucional, tiene las funciones siguientes:1) Validar las partidas con afectación presupuestaría del devengado y

percibido de ingresos así como devengado y pagado de egresos, generadas durante el Proceso Administrativo Financiero con sus respectivos documentos de respaldo, así como generar los comprobantes contables respectivos. Efectuar y validar los registros contables directos y generar el respectivo comprobante contable.

2) Verificar que todas las transacciones efectuadas dentro del proceso estén registradas en la Aplicación Informática SAFI a la fecha del cierre.

3) Efectuar los cierres mensuales y anuales de acuerdo a los plazos establecidos por el SAFI-DGCG, con sus respectivas Notas Explicativas.

4) Generar, verificar y firmar conjuntamente con el Gerente de la Unidad Financiera Institucional, los informes financieros básicos y de ejecución presupuestaria institucional, mensuales y anuales que son requeridos por el SAFI-DGCG, autoridades superiores y organismos de control.

5) Efectuar y validar las partidas de ajustes contables requeridos para efectuar el cierre anual.

6) Efectuar los análisis financieros respectivos, a ser remitidos a las autoridades institucionales y al SAFI-DGCG de conformidad a los plazos que señala la Ley AFI

DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD.

Page 16: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

7) Mantener debidamente referenciado y completo el archivo de documentación de respaldo contable institucional.

8) Centralizar la información contable.9) Mantener un adecuado sistema de control interno contable.10) Cumplir con otras actividades adicionales asignadas por el Gerente de la

Unidad Financiera Institucional, relacionadas con el Ciclo Presupuestario.11) Elaborar informes periódicos al Gerente de la Unidad Financiero

Institucional.12) Cumplir con otras funciones de su competencia, que fueren asignadas por

leyes y reglamentos.

DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO.

Art.9. El Departamento de Presupuesto, esta a cargo de un Coordinador y conformado por personal técnico y administrativo necesario. Tiene como objetivo coordinar las actividades relacionadas con la elaboración del Proyecto de Presupuesto Institucional, Ejecución, Seguimiento y Evaluación Presupuestaria.

Las funciones del Departamento de Presupuesto Institucional, son las siguientes:

1) Apoyar las actividades y coordinar con el Jefe de la Unidad Financiera, la elaboración del Presupuesto preliminar de la Institución y consolidarlo;

2) Ajustar el Presupuesto Preliminar Institucional y el Plan Anual de Trabajo con base a los Techos Presupuestarios aprobados;

3) Integrar el Proyecto de Presupuesto y el Plan Anual de Trabajo de las Unidades Presupuestarias;

4) Elaborar y realizar modificaciones a los instrumentos técnicos de ejecución presupuestaria establecidos o elaborar documentos adicionales de ser necesario.

5) Verificar la disponibilidad presupuestaria de las órdenes de compra (o el documento que haga las veces de este), Planillas de Remuneraciones y cualquier acto administrativo que genere un compromiso, a fin de registrar el compromiso presupuestario y garantizar el crédito presupuestario;

6) Gestionar Transferencias de Crédito Ejecutiva o Refuerzo Presupuestario ante el Ministerio de Hacienda, en los casos necesarios;

7) Efectuar el Seguimiento y Evaluación de los resultados presupuestarios institucionales, a través de informes mensuales de ejecución;

8) Cumplir con funciones adicionales asignadas por el Jefe de la Gerencia Financiera;

9) Elaborar el Plan Operativo Anual, Memoria Anual de Labores y Anteproyecto de Presupuesto del Departamento ó Área bajo su responsabilidad;

10) Dar seguimiento y coordinar el Plan Estratégico de su Area;11) Cumplir con otras funciones de su competencia, que fueren asignadas por

leyes y reglamentos.

Page 17: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

DEPARTAMENTO DE ANALISIS FINANCIERO.Art. 10. El Departamento de Análisis Financiero, esta a cargo de un Coordinador y conformada por el personal técnico y administrativo necesario. Tiene como objetivo analizar la gestión financiera institucional en forma mensual y presentar oportunamente los respectivos informes gerenciales; así como, brindar apoyo y asesoría a la alta dirección en la toma de decisiones relacionadas con el ciclo presupuestario.

Las funciones del Departamento de Análisis Financiero Institucional, son las siguientes:

1) Coordinar y dar seguimiento a las actividades programadas para la implementación del sistema SAFI;

2) Dar seguimiento al Plan Estratégico y Operativo de la Gerencia Financiera;3) Generar y controlar solicitudes de desembolsos y justificaciones de gastos

relacionados con la ejecución financiera de los Convenios de Préstamos Externos;

4) Efectuar análisis financiero de las asignaciones presupuestarias, ante necesidades adicionales de financiamiento presentadas por los ejecutores de los proyectos de inversión;

5) Participar en la formulación del presupuesto de inversión Institucional;6) Vigilar la actualización de la contabilidad de convenios de préstamos

externos;7) Dar seguimiento a las modificaciones presupuestarias entre proyectos de

inversión, enviadas al Ministerio de Hacienda;8) Analizar la ejecución financiera de las asignaciones del Ramo y preparar

informes Gerenciales mensuales;9) Participar en el análisis de las ofertas técnicas y económicas que se

presenten a través de los procesos de licitación o concursos;10) Controlar las conciliaciones bancadas de las diferentes cuentas aperturadas

en los bancos del sistema financiero;11) Atender los requerimientos de auditorias internas y externas de los

diferentes convenios de préstamo;12) lmplementar gradualmente los nuevos procesos del Sistema de Gestión de

la Calidad, previa validación con los usuarios;13) Desarrollar y cumplir con otras tareas que sean solicitadas por la jefatura de

la Gerencia Financiera;14) Elaborar respecto del área de su competencia, los informes que sean

solicitados por las autoridades superiores;15) Cumplir con otras funciones de su competencia, que fueren asignadas por

leyes y reglamentos.

Page 18: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

COORDINACIÓN FONDO DE ACTIVIDADES ESPECIALES-FAE-.

Art. 11 La Coordinación del Fondo de Actividades Especiales, en adelante denominado FAE; está a cargo de un coordinador y conformado con el personal técnico y administrativo necesario. Tiene las siguientes funciones:

1) Coordinar y controlar los ingresos diarios de recursos del FAE;2) Dar cumplimiento a Leyes, Instructivos, Reglamentos y otra normativa

relacionada con la gestión presupuestarias del FAE;3) Vigilar el estricto cumplimiento de la normativa vigente relacionada con el

funcionamiento del Fondo de Actividades Especiales;4) Elaborar y presentar a los titulares del Ministerio el presupuesto anual de

ingresos y egresos del Fondo;5) Llevar el control de las disposiciones financieras y presupuestarias del

Fondo;6) Mantener constante comunicación con las instancias generadoras de

ingresos con el objeto de incrementarlos;7) Proponer alternativas para la generación de mayores ingresos;8) Establecer en coordinación con las instancias que requieren beneficios del

FAE, las mejores alternativas de inversión de los recursos;9) Atender auditorias internas y externas que le efectúan al FAE;10) Analizar mensualmente los niveles de inversión de los recursos a efecto de

optimizarlos;11) Elaborar los términos de referencia para la contratación de la Auditoria

Fiscal del Fondo;12) Gestionar la contratación de la Auditoria Fiscal;13) Dar seguimiento a observaciones y recomendaciones generadas por las

auditorias realizadas al FAE;14) Coordinar la elaboración de informes mensuales de la ejecución de los

recursos del FAE;15) Revisar los estados financieros del FAE;16) Supervisar a colectores del FAE;17) Dar seguimiento a las acciones tendientes al logro de metas financieras

del FAE;18) Dar seguimiento de los procesos de liquidación de gastos y

requerimientos del FAE;19) Establecer registros y controles del FAE que provean información

financiera útil, oportuna y confiable para la toma de decisiones;20) Asesorar a la Gerencia Financiera Institucional en la solución de problemas

de indole financiera y administrativa relacionados con el FAE;21) Autorizar todas las erogaciones del FAE;22) Coordinar el control del activo fijo adquirido con recursos del FAE;23) Dar seguimiento a la emisión de diferentes informes de índole financiera,

presupuestaria y administrativos generados por la administración de los recursos del FAE;

Page 19: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

24) Cumplir con otras funciones de su competencia, que fueren asignadas por leyes y reglamentos.

APOYO TÉCNICO INFORMÁTICO INSTITUCIONAL.

Art. 12. El Apoyo Técnico Informático Institucional, a cargo de responsable. Tiene como objetivo administrar y garantizar el funcionamiento del equipo y la aplicación informática SAFI, con la finalidad de apoyar la gestión de la UFI para que se genere información confiable y oportuna.

Las funciones del Apoyo Técnico Informático Institucional:

1) Cumplir y hacer cumplir las recomendaciones técnicas informáticas dictadas por el Ministerio de Hacienda;

2) Garantizar la integridad de la aplicación informática SAFI;3) Mantener las configuraciones estándares dictadas por el Ministerio de

Hacienda;4) Velar por el cumplimiento de los programas de mantenimiento para el equipo

Informático;5) Administrar la red Informática, los sistemas, copias de respaldo y gestionar

la revisión del cableado;6) Contar con un plan de contingencia para poder brindar apoyo técnico en

periodos de emergencia;7) Atender los requerimientos por fallas en la Aplicación Informática SAFI;8) Velar por el buen uso y estado de equipo computacional;9) Velar por que la información externa que se reciba, este libre de virus;10) Reportar oportunamente las fallas en los equipos para los correctivos

pertinentes;11) Atender al personal del Ministerio de Hacienda, que efectúa visitas de

supervisión en el uso del Sistema Informático;12) Mantener Copias de respaldo actualizadas de toda la información, fuera de

las instalaciones de la institución (cajas de seguridad), de conformidad a los lineamientos del SAFI-DGCG;

13) Solicitar oportunamente los suministros necesarios para la buena operación del equipo de computación;

14) Generar los reportes con información proveniente de la base de datos institucional, cuando sea requerido por el Gerente de la Unidad Financiero Institucional o técnicos;

15) Cumplir con funciones adicionales asignadas por el Gerente de la Unidad Financiera Institucional;

16) Cumplir con otras funciones de su competencia, que fueren asignadas por leyes y reglamentos.

A

Page 20: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

COMITÉ DE GESTIÓN DE LA CALIDAD

Art. 13 Es el encargado de dar seguimiento al Sistema de Gestión de la Calidad de la Unidad Financiera Institucional, para asegurarse de su conveniencia, adecuación y eficacia continua. Tiene las siguientes funciones:

1. Revisar, aunque sea una vez al año la política de la calidad aplicada en la UFI, con el objeto de asegurarse que se adecúa al Sistema de Gestión de la Calidad;

2 Establecer y comunicar los objetivos generales de la calidad, asi como definir los objetivos específicos en cada uno de los procesos del Sistema de Gestión de la Calidad;

3. Establecer y comunicar cada uno de los procesos los objetivos generales de la calidad,

4. Definir los objetivos específicos en cada uno de los procesos del Sistema de Gestión de la Calidad;

5. Comunicar toda la información referente al Sistema de Gestión de la Calidad;

6. Dar mantenimiento al Sistema e Gestión de la Calidad y revisar el mismo a intervalos adecuados;

7. Establecer y gestionar los recursos necesarios para que se implemente, mantenga y mejore el Sistema de Gestión de la Calidad;

8. Establecer una planificación del Sistema de Gestión de la calidad, velar por su implementación, verificar su cumplimiento y efectuar ajustes a la planificación;

S. Dar seguimiento y medir los procesos del Sistema de Gestión de la Calidad y analizar los datos recopilados.

CAPITULO II.

UNIDAD DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONESINSTITUCIONAL.

Art. 14. La Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional tiene como objetivo realizar todas las actividades relacionadas con la gestión de adquisiciones y Contrataciones de obras, bienes y servicios que requiere el MOPTVDU. La Unidad de adquisiciones y contrataciones Institucional, esta a cargo de un Gerente y conformada por el personal técnico y administrativo necesario. Para el mejor desempeño de sus funciones cuenta con: a) Coordinación Área de Contratación de Obras, b) Coordinación Área de Contratación de Adquisición de Bienes y Servicios, y c) Jefe de Unidad Técnica de Asesoría Legal.

La Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional tiene las funciones siguientes:

Page 21: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

1) Velar por el cumplimiento de las políticas, lineamientos y disposiciones técnicas que sean establecidas por la Unidad Normativa de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (UNAC);

2) Constituir el enlace entre la UNAC y las dependencias de la institución, en cuanto a las actividades técnicas, flujos y registros de información y otros aspectos que se deriven de la gestión de adquisiciones y contrataciones;

3) Elaborar en coordinación con la Unidad Financiera Institucional UFI, la programación anual de las compras, las adquisiciones y contrataciones de obras, bienes y servicios;

4) Verificar la asignación presupuestaria, previo a la iniciación de todo proceso de concurso o licitación para la contratación de obras, bienes y servicios;

5) Adecuar conjuntamente con la Unidad solicitante, las bases de licitación o de concurso, de acuerdo a los manuales guías proporcionados por la UNAC, según el tipo de contratación a realizar;

6) Realizar la recepción y apertura de ofertas y levantar el acta respectiva;7) Ejecutar los procesos de adquisiciones y contrataciones de obras, bienes y

servicios, conforme la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública; y cualquier otra normativa que fuere aplicable según el caso, así como llevar el expediente respectivo de cada proceso de contratación;

8) Solicitar la asesoría de peritos o técnicos idóneos, cuando así lo requiera la naturaleza de la adquisición y contratación;

9) Levantar acta de la recepción total o parcial de las adquisiciones o contrataciones de obras, bienes y servicios, conjuntamente con la dependencia solicitante cuando el caso lo requiera, de conformidad a lo establecido en el Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública;

10) Llevar el control y la actualización del banco de datos institucional de ofertantes y contratistas;

11) Mantener actualizado el registro de contratistas, especialmente cuando las obras, bienes o servicios no se ajusten a lo contratado o el contratista incurra en cualquier infracción, con base a evaluaciones de cumplimiento de los contratos, debiendo informar por escrito al titular de la institución.

12) Llevar un registro de todas las contrataciones realizadas en los últimos diez años, que permita la evaluación y fiscalización de parte de los organismos y autoridades competentes;

13) Calificar a los potenciales ofertantes nacionales o extranjeros, así como, revisar y actualizar la calificación, al menos una vez al año;

14) lnformar periódicamente a los Titulares del Ministerio de las contrataciones que se realicen;

15) Prestar a la Comisión de Evaluación de Ofertas la asistencia que precise para el cumplimiento de sus funciones;

16) Supervisar, vigilar y establecer controles de inventarios, de conformidad a los mecanismos establecidos en el Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de Administración Pública.

Page 22: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

17) Proporcionar a la Unidad Normativa de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (UNAC) pronta y oportunamente toda la información requerida por ésta;

18) Cumplir y hacer cumplir todas las demás responsabilidades que se establezcan en la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública y su Reglamento;

19) Certificación administrativa de documentos;

Art. 15. El área de Contratación de Obras esta a cargo de un Coordinador y conformada por el personal técnico y administrativo necesario.

El Coordinador de Contrataciones tiene las funciones siguientes:

1) Promover los procesos de adquisiciones y contrataciones que se requieran por parte de las dependencias del Ministerio;

2) Atender los requerimientos de libre gestión solicitadas por las diferentes dependencias del MOPTVDU;

3) Verificar la asignación presupuestaria;4) Adecuar conjuntamente con personal de la Unidad solicitante las bases de

licitación o de concurso, considerando las Leyes aplicables;5) Verificar el procedimiento de entrega Bases a los participantes;6) Gestionar las aclaraciones y adendas de cada proceso;7) Solicitar asesoría de peritos y técnicos idóneos cuando así lo requiera la

naturaleza de la adquisición;8) Coordinar visitas de campo cuando sea necesario, con las unidades

técnicas y los participantes de algún proceso de licitación o concurso;9) Realizar la recepción y apertura de ofertas y levantar el acta respectiva;10) Participar en las Comisiones de Evaluación de ofertas.11) Gestionar la adjudicación de ofertas;12) Atender requerimientos de instituciones fiscalizadoras internas y externas;13) Llevar el control de las contrataciones realizadas, por un período de diez

años;14) Crear y mantener actualizado un banco de información de los ofertantes de

Adquisiciones y de Contrataciones;15) Realizar periódicas evaluaciones de supervisores y contratistas.16) Elaborar Informes para el Gerente de la Unidad de Adquisiciones y

Contrataciones Institucional;17) Actualizar el sistema de compras;18) Dar cumplimiento a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la

Administración Pública y demás normativa vigente;19) Llevar expedientes de los procesos solicitados;20) Integrar y ejecutar el programa anual de compras, así como las

modificaciones en lo referente a las contrataciones de obras;

COORDINACIÓN DE CONTRATACIÓN DE OBRAS.

Page 23: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

21) Dar cumplimiento a las políticas y procedimientos de las instituciones financieras provenientes de Convenios o Tratados celebrados con el Estado;

22) Elaborar los informes que sean solicitados por las autoridades superiores;23) Ejecutar las actividades concernientes a las UACI en el cumplimiento del

Plan Estratégico el MOPTVDU;24) Ejecutar el Plan Operativo y Presupuesto Anual del MOPTVDU;25) Cumplir con otras funciones de su competencia, que fueren asignadas por

Leyes y Reglamentos;

Art. 16. El Área de Bienes y Servicios estará a cargo de un Coordinador y conformada por el personal técnico y administrativo necesario.

El Coordinador de Bienes y Servicios tiene las siguientes funciones:

1) Promover los procesos de Adquisiciones y Contrataciones que se requieran por parte de las dependencias del Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano;

2) Verificar la asignación presupuestaria;3) Adecuar conjuntamente con el personal de las dependencias solicitantes las

bases de licitación o concurso, considerando las Leyes aplicables;4) Verificar el procedimiento de entrega de Bases de Licitación a los

participantes;5) Gestionar las aclaraciones y adendas de cada proceso;6) Paticipar en las Comisiones de Evaluación de ofertas.7) Gestionar la adjudicación de ofertas;8) Realizar periódicas evaluaciones de supervisores y contratistas;9) Coordinar visitas de campo cuando sea necesario, con las unidades

técnicas y los participantes de algún proceso de licitación o de concurso;10) Llevar un expediente y un control de las Adquisiciones y Contrataciones

realizadas;11) Elaborar periódicamente informes para el Jefe de la Unidad de

Adquisiciones y Contrataciones Institucional;12) Solicitar la Asesoría de peritos y técnicos idóneos cuando así lo requiera la

naturaleza de la adquisición;13) Verificar que la entrega de Bienes y Servicios se efectúe oportunamente y

sea de la calidad y cantidad pactada;14) Cumplir con otras funciones de su competencia, que fueren asignadas por

leyes y reglamentos.

COORDINACION DE BIENES Y SERVICIOS.

Page 24: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

JEFE UNIDAD TÉCNICA DE ASESORIA LEGAL

Art. 17. La Unidad Técnica de Asesoría Legal está a cargo de un Jefe y un colaborador.

El Jefe de la Unidad Técnica de Asesoría Legal tiene las siguientes funciones:

1) Elaboración y gestión de legalización de Contratos de Obras. Bienes y Servicios;

2) Elaboración y gestión de legalización de resoluciones de Prorroga de Contratos de Servicios;

3) Elaboración y gestión de legalización de Resoluciones Modificativas a Contratos;

4) Elaboración y gestión de legalización de Resoluciones de Contratación Directa;

5) Elaboración y gestión de legalización de Resoluciones de Adquisiciones no Programadas;

6) Revisión y Visto Bueno de las Resoluciones de Devolución de fianzas para el área de bienes y servicios;

7) Elaboración de desaprobaciones de fianzas en caso que la fianza no venga bajo los términos contractuales de la que se deriva;

8) Emitir Dictámenes a Procesos de Adquisiciones de Bienes, que son remitidos a la Fiscalía General de la República;

9) Dar seguimiento y cumplimiento de exigencias u observaciones de los Contratos remitidos a la Fiscalía General de la República;

10) Verificación de los requisitos que la Ley establece en los Recursos de Revisión interpuestos por los oferentes;

11) Autentica y Certificación de Documentos;12) Revisión de Bases de Licitación o Concurso;13) Participar en la consolidación y ejecución del Plan de Compras, Plan

Operativo y Plan estratégico;14) Elaborar informes que solicite el Jefe de la Unidad de Adquisiciones y

Contrataciones Institucional;15) Participar en los Actos de Recepción y Apertura de Ofertas;16) Emitir opinión en los casos requeridos por el jefe de la Unidad de

Adquisiciones y Contrataciones Institucional;17) Dar Cumplimiento a las Normas Técnicas de Control Interno especificas del

Ministerio;18) Asesorar a los Titulares del Ministerio a requerimiento de estos, en asuntos

que sean de su competencia;19) Verificación y Control en la Custodia de Garantías de Mantenimiento de

Ofertas;20) Atender consultas respecto a fianzas;21) Verificación y Control en Recepción y revisión de Fianzas;22) Verificación y Control en la aprobación o rechazo de fianzas;

Page 25: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

23) Verificación y Control de la Remisión a custodia de las fianzas a la Unidad Financiera Institucional (específicamente a Tesorería Institucional);

24) Verificación y Control sobre la Alimentación de cuadro de control de remisión de fianzas en la Unidad Financiera Institucional, específicamente a Tesorería Institucional;

25) Verificación y Control del sistema de fianzas implementado por la Gerencia de Informática Institucional;

26) Verificación y Control en la Elaboración de informes de fianzas;27) Verificación y Control en la Alimentación al sistema electrónico de Compras

de El Salvador, COMPRASAL de parte de la UNAC del Ministerio de Hacienda;

28) Revisión y Visto Bueno de Resolución Razonada de Devolución de fianzas;29) Seguimiento al Cuadro de incumplimiento de contratos;30) Revisión, aprobación y gestión en la Emisión y entrega de constancias de no

litigio previamente documentada;31) Cumplir con otras funciones de su competencia, que fueren asignadas por

leyes y reglamentos.

Art. 18. La Gerencia de Recursos Humanos, a cargo de un Gerente, está conformada por tres unidades: a) Unidad de Administración de Personal, b) Unidad de Capacitación y Desarrollo y c) Unidad de Bienestar Laboral, cada una a cargo de un Coordinador; y del personal técnico y administrativo necesario.

La Gerencia de Recursos Humanos tiene las funciones siguientes:

1) Planificar coordinar, organizar y controlar las acciones y actividades de la Gerencia de Recursos Humanos Institucional;

2) Desarrollar eventos de integración;3) Autorizar el pago de planillas;4) Autorizar el control de asistencia;5) Administrar los expedientes del personal del MOPTVDU;6) Desarrollar y promover el programa de Salud Preventiva;7) Evaluar el cumplimiento del Plan de Trabajo Estratégico del área de

Recursos Humanos;8) Formular políticas y normas sobre la administración de Recursos Humanos;9) Dirigir el desarrollo de los diferentes programas de Recursos Humanos;10) Dirigir el plan de Capacitación Institucional;11) Administrar y ejecutar los Contratos de Bienes y Servicios de la Gerencia de

Recursos Humanos;12) Presentar anualmente el anteproyecto de presupuesto de remuneraciones

de Recursos Humanos, así como el de bienes y servicios relacionados con la responsabilidad de la Gerencia;

CAPITULO III.GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS INSTITUCIONAL.

Page 26: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

13)Administrar el proceso de reclutamiento, selección, contratación o nombramiento e inducción del personal que integre el Ramo de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, cumpliendo con la normativa existente.

Art. 19. La Unidad de Administración de Personal está a cargo de un coordinador y tiene las funciones siguientes:

1) Planificar, coordinar y analizar los procesos administrativos de personal, contratación de nuevos empleados, pago de remuneraciones y expedientes del personal del MOPTVDU,

2) Actualizar manuales, políticas, instructivos:3) Conocer normativas institucionales y gubernamentales, con el fin de

proporcionar información veraz y oportuna.4) Coordinar mensualmente la elaboración de planillas de salarios, con el

objeto de garantizar el pago en las fechas previstas y la correcta aplicación de deducciones:

5) Supervisar la actualización de expedientes de personal, con el fin de que sea un documento que fortalezca las acciones de la institución;

6) Supervisar la actualización de datos, con el fin de generar reportes confiables y fidedignos:

7) Coordinar la elaboración y actualización de manuales, procedimientos del área de remuneraciones;

8) Coordinar y supervisar la elaboración del Presupuesto anual del personal contratado con fondos del Gobierno Central, con la Unidad Financiera Institucional;

9) Supervisar el manejo de sistemas de control de asistencia, con el objeto de cumplir con las normas gubernamentales de entrada y salida del personal del MOPTVDU

10) Elaborar informes detallados de las llegadas tardes del personal, de cada Dirección, Unidad o Gerencia Institucional del MOPTVDU:

11) Coordinar con el Ministerio de Hacienda; capacitaciones de fortalecimiento en el manejo del Sistema de Recursos Humanos Institucional (SIRHI),

12) Supervisar y coordinar la elaboración de constancias de salarios y de tiempo trabajado al personal del MOPTVDU:

13) Revisar y presentar datos de plazas vacantes, de las propuestas de contratación; para apoyar el proceso de contratación;

14) lnformar mensualmente a la Unidad Financiera Institucional, de las incapacidades que generan subsidio, de acuerdo a Normativa del Ministerio de Hacienda.

15) Coordinar y revisar el seguimiento a la elaboración de Acuerdos Ejecutivos, Contratos de personal de nuevo ingreso y los de renovación de contratos, resoluciones y de las solicitudes de probidad de funcionarios;

16) Coordinar y supervisar el desarrollo de la inducción a nuevos empleados contratados a través de autorizaciones de la Dirección General del Presupuesto, dependencia del Ministerio de Hacienda;

Page 27: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

17)Aplicar la normativa y procedimientos legales, relacionados con el control de asistencia, que comprende la movilidad interna, ausentismo, retraso de la entrada de personal y otros;

Art. 20. La Unidad de Capacitación y Desarrollo está a cargo de un Coordinador y tiene las siguientes funciones:

1) Elaboración y actualización periódica del Manual de Organización y Descripción de Puestos, funciones y perfiles; conforme a las leyes laborales y la normativa institucional;

2) Coordinar la revisión y actualización del manual de puestos, funciones y perfiles del MOPTVDU;

3) Elaborar el diagnóstico de necesidades de capacitación a nivel institucional;4) Ejecutar y dar seguimiento al Programa de capacitación institucional;5) Administrar becas de organismos cooperantes, gestionando la legalización

de las mismas;6) Realizar el proceso de Evaluación de Desempeño;7) Actualizar instrumentos de Evaluación del Desempeño.8) Análisis de la información obtenida a través de la Evaluación del

Desempeño y la proposición de la ¡mplementación de planes, para dar respuesta a las necesidades evidenciadas.

9) Analizar y coordinar la comunicación de resultados de la evaluación periódica del desempeño;

10) Elaborar términos de referencia para gestionar la compra de servicios de consultoría o capacitación, para el personal del MOPTVDU;

11) Crear y actualizar manuales, políticas, instructivos;12) Brindar apoyo a las Direcciones y Gerencias, en la realización de

actividades de integración del personal;13) Promover la aplicación de los valores, entre el personal del MOPTVDU, a

través de diferentes mecanismos.

Art. 21. El Área de Bienestar Laboral está a cargo de un coordinador y tiene las funciones siguientes:

1) Coordinar, supervisar y controlar la realización de programas y proyectos en beneficio de los empleados, a través de prestaciones que contribuyan a mejorar el ambiente laboral; atendiendo las leyes y normativa de servicio social y civil de los empleados públicos;

2) Elaborar y dar seguimiento al plan de trabajo anual del área de bienestar Laboral;

3) Coordinar las actividades y trámites relacionados a la gestión de las prestaciones adicionales a las de ley que ofrece la institución a los servidores públicos del MOPTVDU;

4) Coordinar y dar seguimiento, con el apoyo de la clínica empresarial; a los comités de higiene y seguridad ocupacional, realizar campañas de medicina preventiva conjuntamente con el ISSS;

Page 28: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

5) Coordinar las actividades deportivas, recreativas y socio-culturales, para fortalecer las relaciones interpersonales: para mantener un clima laboral propicio para alcanzar las metas y objetivos del MOPTVDU:

6) Coordinar visita hospitalaria y domiciliaria a empleados del MOPTVDU, para brindarles atención oportuna;

7) Coordinar, supervisar y controlar las acciones encomendadas a proporcionar en forma adecuada las prestaciones a los servidores públicos del MOPTVDU;

8) Revisar las constancias de tiempos de servicio de los empleados y ex empleados del MOPTVDU;

9) Brindar atención a los servidores públicos del MOPTVDU que demandan servicios relacionados a pago de prestaciones y servicios laborales;

10) Realizar reuniones con los coordinadores de la gerencia de Recursos Humanos, para revisar el seguimiento al plan de trabajo;

11) Dar seguimiento a la entrega de certificados patronales;12) Coordinar jornadas educativas en salud, a través de la clínica empresarial;13) Participar como miembro activo en el comité de evaluación de ofertas

presentadas en la UACI, para adquisición de bienes y servicios solicitados por la Gerencia de Recursos Humanos.

14) Extender los tiempos de servicio para la jubilación, que demanden los servidores públicos del Ramo, cuando asi lo exigieren las instituciones encargadas de las pensiones;

15) Coordinar, supervisar y controlar el manejo de archivo de expedientes y hojas de servicio, de trabajadores inactivos de la institución;

16) Coordinar a nivel institucional, todo tipo de eventos deportivos, recreativos, socio-culturales, de integración de personal, etc.,

Art.22 La Gerencia Administrativa Institucional, esta a cargo de un Gerente y conformada por el personal técnico y administrativo necesario. Es la responsable de atender las actividades administrativas del Ministerio, y tiene como objetivo: Coordinar y planificar la administración de los recursos institucionales, con la finalidad de que los bienes y servicios sean suministrados oportunamente a las Unidades del Ministerio, haciendo que las operaciones que se realizan en la Gerencia, cumplan con la normativa legal vigente. Para el mejor desempeño de sus funciones la Gerencia Administrativa Institucional cuenta con dos Áreas funcionales, y siete Unidades cada una a cargo de un responsable encargado: Unidades de Apoyo:Actas y Acuerdos Ministeriales;Fondo circulante;Áreas Funcionales:

a) Mantenimiento de Instalaciones;

CAPITULO IV

GERENCIA ADMINISTRATIVA INSTITUCIONAL.

Page 29: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

b) Activos Fijos;c) Seguridad y Protección de Personalidades;d) Suministros;e) Transporte Institucional;f) Reproducciones yg) Centro de Documentación.

La Gerencia Administrativa, tiene las funciones siguientes:

1) Planificar y dar seguimiento al Plan Anual Operativo y Estratégico de la Gerencia, con la finalidad de evaluar avances y acciones;

2) Autorizar órdenes de suministro, con cargo a los diferentes contratos administrados por la Gerencia;

3) Autorizar presupuestos para reparación de bienes, muebles e inmuebles, con la finalidad de mantener en condiciones óptimas las instalaciones, los bienes, el mobiliario y equipo de oficina;

4) El pago de servicios básicos: (agua, teléfono y electricidad);5) Dar seguimiento a la ejecución de los contratos de Bienes y Servicios,

cuando corresponda, en calidad de Unidad Administradora de Contrato;6) Dar seguimiento a la programación de la ejecución presupuestaria;7) Coordinar la elaboración de los Acuerdos Ejecutivos, los cuales tiene que

estar sustentados en documentos de respaldo y datos veraces para obtener aprobación del Titular;

8) Supervisar el control de activos fijos, verificando que los documentos de adquisición, asignación, salida, cargo, descargo, recuperación y distribución, se hagan de conformidad a lo requerido por la normativa legal vigente, para garantizar el control y resguardo;

9) Autorizar y supervisar la administración del fondo circulante de monto fijo administrado por la Gerencia Administrativa, para sufragar los gastos de emergencia requeridos por las unidades Organizativas del Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano;

10) Atender y responder hallazgos de auditoria de la Corte de Cuentas de la República y Auditoria Interna, tomando acciones a las recomendaciones dadas.

Art. 23. La Unidad de Mantenimiento de Instalaciones, a cargo de un responsable encargado, con el personal técnico administrativo necesario, tiene como objetivo mantener en condiciones óptimas de funcionalidad la infraestructura, instalaciones eléctricas, telefonía fija, equipos de aire acondicionado, plantas de emergencias y áreas verdes, entre otros, realizando para ello los mantenimiento preventivos y correctivos, haciendo con ello que las instalaciones de todas las Unidades del MOPTVDU sean funcionales para los empleados y visitantes. Tiene como funciones las siguientes:

UNIDAD DE MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES

Page 30: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

1) Administrar los contratos que garanticen mantener en condiciones óptimas de funcionalidad la infraestructura, instalaciones eléctricas, telefonía fija, equipos de aire acondicionado, plantas de emergencias y áreas verdes, entre otros.

2) Llevar control y registro de gastos generados por los contratos de servicios y suministros administrados en el Área

3) Elaborar Órdenes de Servicio y Actas de recepción, amparadas a los contratos de servicios y suministros, por cada unidad presupuestaria y línea de trabajo.

4) Gestionar el pago de facturas por servicios recibidos, amparados a los contratos administrados.

5) Mantener actualizada la información que se genera en la ejecución de los contratos de servicios y suministros y elaborar los reportes o documentos que sean necesarios.

6) Participar en la elaboración del Plan de Trabajo de la Gerencia Administrativa.

7) Elaborar los términos de referencia para la contratación de los servicios y suministros que garanticen mantener en condiciones óptimas de funcionalidad la infraestructura, instalaciones eléctricas, telefonía fija, equipos de aire acondicionado, plantas de emergencias y áreas verdes, entre otros.

8) Planificar, coordinar y dar seguimiento a las actividades del personal que se dedica a dar mantenimiento en las instalaciones del MOPTVDU.

9) Dirigir, supervisar y recibir servicios por mantenimiento ya sea realizado por el personal del MOPTVDU o por empresas contratadas para dicho servicio, verificando que se cumpla lo pactado.

10) Aprobar presupuestos para el mejoramiento de infraestructuras, incluyendo la mano de obra de dichos proyectos.

11) Controlar el avance de la ejecución del mantenimiento en las instalaciones, para emitir los respectivos informes.

12) Analizar información técnica de las empresas que suministran los servicios de mantenimiento, verificando que lo propuesto sea acorde a nuestras necesidades.

13) Participar en comités de evaluación de ofertas de licitaciones de bienes y servicios.

Art. 24. La Unidad de Activos Fijos, a cargo de un responsable encargado, con el personal técnico administrativo necesario, tiene como objetivo velar y salvaguardar los activos institucionales, llevando los controles y registros necesarios para cumplir con las normas y reglamentos gubernamentales vigentes. Tiene como funciones las siguientes:

UNIDAD DE ACTIVOS FIJOS.

Page 31: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

1) Elaboración del Inventario General de Maquinaria de Producción y Transporte Pesado.

2) Elaboración del Inventario General de equipos de Transporte Liviano.3) Elaboración de Inventario de Bienes Inmuebles propiedad del MOPTVDU.4) Llevar registros y controles de los movimientos de mobiliarios y equipo de

oficina del MOPTVDU.5) Elaborar actas de recepción de bienes comprados, con el propósito de que

sean codificados, incorporados al inventario general.6) Mantener actualizado el inventario de los bienes muebles, para contar con

información confiable que refleje todos los movimientos dados.7) Recibir bienes muebles que son entregados por las Unidades, en calidad de

inservible u obsoletos, registrando en base de datos el ingreso a bodega.8) Elaborar actas de descargo de los activos que ya no forman parte del

MOPTVDU, en caso de traslados o donaciones.

Art. 25. La Unidad de Seguridad y Protección de Personalidades, a cargo de un responsable encargado, con el personal técnico administrativo necesario, tiene como objetivo garantizar la seguridad a las instalaciones, bienes y personal del MOPTVDU; Tiene como funciones las siguientes;

1) Administrar el contrato de “Servicio de vigilancia y seguridad para el MOPTVDU";

2) Llevar control y registro de gastos generados por el “Servicio de vigilancia y seguridad para el MOPTVDU";

3) Elaborar Órdenes de Servicio y Actas de recepción, amparadas al contrato de “Servicio de vigilancia y seguridad para el MOPTVDU", por cada unidad presupuestaria y línea de trabajo;

4) Gestionar el pago de facturas por el servicio de “Servicio de vigilancia y seguridad para el MOPTVDU";

5) Mantener actualizada la información que se genera en la ejecución del contrato de "Servicio de vigilancia y seguridad para el MOPTVDU” y elaborar los reportes o documentos que sean necesarios;

6) Participar en la elaboración del Plan de Trabajo de la Gerencia Administrativa;

7) Elaborar los términos de referencia para la contratación del “Servicio de vigilancia y seguridad para el MOPTVDU";

8) Preparar en coordinación con la empresa encargada de brindar el servicio de vigilancia y seguridad, planes de contingencia tales como; Plan de contingencia manifestaciones, Plan de contingencia incendios, Plan de contingencia robo, evacuación de titulares, siniestros naturales, entre otros;

UNIDAD DE SEGURIDAD Y PROTECCION DE PERSONALIDADES.

Page 32: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

9) Supervisar las instalaciones del MOPTVDU, a nivel nacional;10) Participar en comités de evaluación de ofertas de licitaciones de bienes y

Art. 26. La Unidad de Suministros, a cargo de un responsable encargado, con el personal técnico administrativo necesario, tiene como objetivo suministro de apoyo logístico y operativo a las Unidades Organizativas del MOPTVDU, para el logro de los objetivos institucionales. Tiene como funciones las siguientes:

1) Administrar los contratos que permiten brindar el apoyo logístico y operativo a la Unidades Organizativas del MOPTVDU.

2) Llevar control y registro de gastos generados por los contratos de servicios y suministros administrados en el Área

3) Elaborar Órdenes de Servicio y Actas de recepción, amparadas a los contratos de servicios y suministros, por cada unidad presupuestaria y línea de trabajo.

4) Gestionar el pago de facturas por servicios recibidos, amparados a los contratos administrados.

5) Mantener actualizada la información que se genera en la ejecución de los contratos de servicios y suministros y elaborar los reportes o documentos que sean necesarios.

6) Participar en la elaboración del Plan de Trabajo de la Gerencia Administrativa.

7) Elaborar los términos de referencia para la contratación de los servicios y suministros que garanticen brindar el apoyo logístico y operativo a la Unidades Organizativas del MOPTVDU.

8) Suministrar artículos de oficina y materiales a las diferentes Unidades Organizativas (existencias en Almacén).

9) Administrar el Suministro de Servicios Básicos.10) Velar por que los bienes y servicios sean adquiridos de manera oportuna y

que sean proporcionados con equidad.11) Atender en el tiempo oportuno, los requerimientos hechos por las Unidades,

para brindar un servicio de calidad a los clientes internos.12) Hacer entrega de cupones para la adquisición de agua envasada, así como

la distribución del café y azúcar a las Unidades del MOPTVDU. para suplir las necesidades que se generen.

13) Preparar informes para la Corte de Cuentas de la República, en relación al manejo de los contratos de suministros.

14) Participar en comités de evaluación de ofertas de licitaciones de bienes y servicios.

servicios.

UNIDAD DE SUMINISTROS.

Page 33: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

UNIDAD DE TRANSPORTE INSTITUCIONAL.

Art. 27. La Unidad de Transporte Institucional, a cargo de un responsable encargado, con el personal técnico administrativo necesario, tiene como objetivo supervisar, coordinar y organizar todos aquellos procesos que ayuden a mantener en óptimas condiciones la flota vehicular de la Institución, incluyendo el suministro oportuno de combustible; para asegurarse de que operen sin ningún inconveniente, garantizando así el buen funcionamiento de las actividades de todas las Unidades del MOPTVDU. Tiene como funciones las siguientes:

1) Administrar los contratos que garanticen mantener en óptimas condiciones la flota vehicular de la Institución, incluyendo el suministro oportuno de combustible.

2) Llevar control y registro de gastos generados por los contratos de servicios y suministros administrados en el Área.

3) Elaborar Órdenes de Servicio y Actas de recepción, amparadas a los contratos de servicios y suministros, por cada unidad presupuestaria y línea de trabajo.

4) Gestionar el pago de facturas por servicios recibidos, amparados a los contratos administrados.

5) Mantener actualizada la información que se genera en la ejecución de los contratos de servicios y suministros y elaborar los reportes o documentos que sean necesarios.

6) Participar en la elaboración del Plan de Trabajo de la Gerencia Administrativa.

7) Elaborar los términos de referencia para la contratación de los servicios y suministros que garanticen mantener en óptimas condiciones la flota vehicular de la Institución, incluyendo el suministro oportuno de combustible.

8) Gestionar Mantenimientos de Vehículos Livianos, bajo la modalidad de libre gestión.

9) Gestionar compra de llantas y baterías para Vehículos Livianos, bajo la modalidad de libre gestión.

10) Suministrar combustible a las diferentes Unidades Organizativas del MOPTVDU.

11 )Emitir reportes mensuales del Mantenimiento de vehículos y consumo de combustible; con la finalidad de llevar registros históricos de mantenimiento por vehículos.

12) Emitir reportes mensuales de siniestros ocurridos a vehículos livianos; con la finalidad de llevar registros históricos.

13) Elaboración y presentación del informe mensual de las acciones ejecutadas, para verificar el cumplimiento de objetivos y metas.

14) Realizar los trámites para reclamos de seguro por siniestros en la flota vehicular.

15) Realizar los trámites para refrendar las tarjetas de circulación de los vehículos livianos.

Page 34: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

16) Autorizar la salida de vehículos que se envían a mantenimiento preventivo y correctivo o reparaciones.

17) Programar el consumo de combustible para toda la flota vehicular del MOPTVDU, así como también proyectar gastos para el mantenimiento y compra de llantas, baterías, refrendar tarjetas, pago en seguros para todo el año.

18) Participar en comités de evaluación de ofertas de licitaciones de bienes y servicios.

UNIDAD DE REPRODUCCIONES.

Art. 28. La Unidad de Reproducciones, a cargo de un responsable encargado,con el personal técnico administrativo necesario, tiene como funciones lassiguientes:1) Administrar el contrato de “Servicio de reproducción de documentos y

arrendamiento de fotocopiadoras para el MOPTVDU''.2) Llevar control y registro de gastos generados por el servicio recibido de

reproducción de documentos y arrendamiento de fotocopiadoras.3) Elaborar Órdenes de Servicio amparadas al contrato de reproducción de

documentos, por cada unidad presupuestaria y linea de trabajo.4) Gestionar el pago de facturas por el servicio de reproducción de documentos

y arrendamiento de fotocopiadoras.5) Dar seguimiento al proceso de requerimientos solicitados por las diferentes

unidades del MOPTVDU, que demandan el servicio de reproducción de documentos.

6) Mantener actualizada la información que se genera en la ejecución del contrato de servicio de reproducción de documentos y arrendamiento de fotocopiadoras y elaborar los reportes o documentos que sean necesarios.

7) Supervisar la recepción y distribución de correspondencia interna y externa, generada en ventanilla del MOPTVDU y apoyar en lo que sea necesario a fin de brindar un servicio de calidad

8) Participar en la elaboración del Plan de Trabajo de la Gerencia Administrativa.

9) Elaborar los términos de referencia para la contratación del “Servicio de reproducción de documentos y arrendamiento de fotocopiadoras para el MOPTVDU".

10) Participar en el comité de evaluación de ofertas para la contratación del “Servicio de reproducción de documentos y arrendamiento de fotocopiadoras para el MOPTVDU".

UNIDAD DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN.

Art. 29. La Unidad del Centro de Documentación, a cargo de un responsable encargado, con el personal técnico administrativo necesario, tiene como funciones

Page 35: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

1) Recepción de documentos de las diferentes unidades organizativas del MOPTVDU, para su debido resguardo.

2) Clasificación de documentos e ingreso al programa del Centro de Documentación.

3) Préstamo de documentos propios de Unidades Organizativas para su respectiva consulta.

4) Depuración de la documentación existente.5) Autorización de salida de documentos del Centro de Documentación.6) Supervisar que la atención al usuario que solicita documentos para consulta

ó préstamo sea de calidad.7) Elaboración de informe de control de escrituras públicas, que se encuentran

resguardadas en el Centro de Documentación.8) Registrar el programa del Centro de Documentación, préstamos de

documentos.9) Llevar el control estadístico de préstamo de documentos.10) Coordinar la limpieza y mantenimiento del Centro de Documentación y la

bodega anexa en el Plantel de Montecarmelo.11) Coordinar la salida, préstamos y consultas de documentos, de la bodega

anexa en plantel Montecarmelo.

Art. 30. El Área del Fondo Circulante está a cargo de un responsable, y tiene como objetivo gestionar y proporcionar los fondos para la adquisición de bienes y servicios de carácter emergente, en una forma ágil y oportuna, para la operatividad de las diferentes unidades que conforman el Ministerio. Tiene como funciones las siguientes:

1) Verificar que la solicitud de fondos para la adquisición de bienes y servicios, lleve la información y autorización respectiva; con el fin de satisfacer las necesidades de la unidad solicitante.

2) Realizar la entrega de fondos a unidades solicitantes, previa aprobación de solicitud, para la realización de compra requerida.

3) Revisión y análisis de los documentos de respaldo por la adquisición del bien o servicio; para la obtención de su respectivo reintegro ante la unidad financiera.

4) Elaboración de documentos de reintegro de fondos, para la obtención de disponibilidad.

5) Entrega de documentos de respaldo a la unidad financiera, para gestionar fondos de reintegros.

6) Emisión de cheques para cancelar facturas por compra de bienes o servicios.

7) Actualización del libro de banco, para llevar un control oportuno de los ingresos y egresos realizados.

ÁREA DEL FONDO CIRCULANTE.

I -

l

Page 36: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

8) Realizar compras directas de bienes y servicios.9) Realizar el pago de viáticos a personal que viaja al interior y fuera del país.

ÁREAS DE ACTAS Y ACUERDOS MINISTERIALES.

Art. 31. El Área de Actas y Acuerdos Ministeriales está a cargo de un responsable encargado, tiene como funciones las siguientes:

1) Elaborar Acuerdos ejecutivos relacionados con: Misiones Oficiales. Nombramientos y Otros.

2) Elaborar resoluciones razonadas.3) Asignar números de Acuerdos Ejecutivos y Resoluciones, y el registro de

ambos.4) Conformar libro de Acuerdos y resoluciones.

CAPITULO V

GERENCIA DE AUDITORIA INTERNA INSTITUCIONAL

Art. 32 La Gerencia de Auditoria Interna Institucional, es la responsable del ejercicio preventivo de la fiscalización contable y financiera por medio de la supervisión, verificación, evaluación y análisis permanente de los registros y operaciones contables y financieras que realizan las dependencias del Ministerio con el propósito de sugerir las acciones que sean procedentes para promover un proceso transparente y efectivo de la rendición de cuentas sobre la administración y el uso de sus recursos. Tiene como objetivo: a) Evaluar el grado de cumplimiento y eficacia de los sistemas de operación, administración e información, y de los procedimientos de control interno incorporados a ellos; b) Determinar la confiabilidad de los registros y estados financieros; y c) Analizar los resultados y eficiencia de las operaciones. La Unidad de Auditoria Interna está a cargo de un Gerente Auditor Interno Institucional, conformada por tres Coordinaciones, bajo la responsabilidad de un Coordinador, una por cada Viceministerio y por el personal técnico y administrativo que fuere necesario.

La Gerencia de Auditoria Interna Institucional, tiene las funciones siguientes:

1) Asesorar a las autoridades y demás entidades del MOPTVDU en los temas de su competencia;

2) Planificar, coordinar, dirigir y participar en los trabajos de auditoria;3) Desarrollar reuniones con los titulares, directores y gerentes corporativos,

para identificar áreas críticas a auditar, en las diferentes unidades institucionales;

4) Elaborar el plan anual de trabajo de la Unidad de Auditoria Interna;

Page 37: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

5) Organizar los equipos de trabajo y proporcionar los lineamientos a los Coordinadores de Auditorias de Gestión, para el desarrollo de las auditorias;

6) Verificar dentro de la institución la correcta aplicación y cumplimiento de leyes, reglamentos, acuerdos, instructivos, normas y principios contables, a efecto de comprobar el adecuado control y registro de las operaciones reguladas;

7) Velar por que el personal de auditoria reciba capacitación continua y adecuada;

8) Estar actualizado con los cambios de las nuevas disposiciones legales, normativas financieras que emitan las entidades rectoras, a fin de velar su cumplimiento institucional;

9) Discutir los borradores de informes de auditoria con las direcciones y gerencias involucradas para que se efectúen las correcciones pertinentes y emitir los informes finales a los titulares y a la Corte de Cuentas de la República;

10) Participar en la coordinación de los trabajos de auditoria externas, efectuados por empresas privadas y la Corte de Cuentas de la República;

11) Velar por la implementación, funcionamiento y sostenibilidad del Sistema de Gestión de la Calidad en la Gerencia de Auditoria Interna.

Art. 33. Las Coordinaciones tienen las siguientes funciones:

1) Programar, coordinar y supervisar el cumplimiento de las actividades que desarrollan los técnicos auditores, con el propósito de cumplir satisfactoriamente los objetivos y metas programadas en el Plan Anual de Trabajo;

2) Colaborar en la formulación del plan anual de trabajo de la Unidad de Auditoria Interna;

3) Elaborar el Plan de Auditorias especiales, financieras y operativas;4) Supervisar el adecuado desarrollo de las actividades ejecutadas por los

técnicos auditores;5) Elaborar y discutir el borrador del informe con la gerencia de auditoria

interna;6) Verificar la seguridad y custodia de los activos de la institución y su

adecuado registro y control;7) Participar en la medición y seguimiento del proceso de auditoria interna,

dentro del sistema de gestión de la calidad, conforme a la Norma ISO 9001:2000;

8) Brindar asesoría y apoyo en consultas requeridas por las diferentes direcciones, gerencias o unidades corporativas de la institución

CAPITULO VI. GERENCIA LEGAL.

Page 38: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

Art.34.- La Gerencia Legal tiene como objetivo: Brindar la asesoría y asistencia legal que le fuere requerida por los Titulares del Ramo a efectos de que su actuación se enmarque dentro del aspecto legal que le señalan la Constitución, las diferentes Leyes Secundarias, Reglamentos y otros instrumentos legales. Esta Gerencia está a cargo de un Gerente, y para el mejor desempeño de su funciones se encuentra conformada por: a) Área de Asesoría Jurídica; b)Coordinación jurídica MOPTVDU/Procesos Judiciales/Sanciones; c) Coordinación Jurídica VMVDU/Arbitrajes, asi como por el personal técnico y administrativo que fuere necesario.

La Gerencia Legal actuará a requerimiento de los Señores Titulares, y de las demás unidades institucionales con las funciones siguientes:

1) Participar a requerimiento del Despacho, en el análisis y formulación de proyectos de leyes, reglamentos, acuerdos, resoluciones ministeriales y otras disposiciones y documentos de carácter legal, relacionados con la competencia del Ministerio;

2) Elaborar los informes, estudios, dictámenes que sean solicitados por los señores Titulares;

3) Evacuar las audiencias que se concedan al Ministerio en procedimientos judiciales o administrativos

4) Brindar Asesoría legal en la interpretación y aplicación de documentos contractuales en proyectos en ejecución, ya ejecutados o por iniciarse en atención a los requerimientos formulados por la Dirección de Inversión Vial;

5) Tramitar Recursos de Apelación que le corresponde conocer al Señor Ministro (Ley de Carreteras y Caminos Vecinales y Ley de Urbanismo y Construcción);

6) Colaborar con la Fiscalía General de la República, en los casos que tiene interés este Ministerio y en los que fuere requerido;

7) Revisar Convenios inter-administrativos (Entidades Autónomas. Gobiernos Municipales y demás entidades gubernamentales);

8) Elaborar a requerimiento de los Titulares, proyectos de correspondencia con contenido jurídico;

9) Tramitar los expedientes administrativos, a requerimiento del Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano, en aplicación de la Ley de Urbanismo y Construcción y el Reglamento a la Ley de Urbanismo y Construcción en lo relativo a Parcelaciones y Urbanizaciones Habitacionales.

10) Tramitar oficios provenientes de la Fiscalía General de la República.11) Brindar apoyo Técnico-Legal a las diferentes entidades Autónomas

vinculadas a esta Secretaría de Estado a requerimiento de éstas: Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma, Fondo Social para la Vivienda, Fondo Nacional de Vivienda Popular, Autoridad de Aviación Civil, Autoridad Marítima Portuaria, y El Fondo de Conservación Vial.

12) Participar a requerimiento de los Titulares, en arreglos directos, relacionados con controversias surgidas en la ejecución de los diversos contratos administrativos

Page 39: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

13) Participar en el área de su competencia, en comisiones de evaluación de ofertas, a solicitud de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional.

14) Participar en el área de su competencia, de la Revisión de bases de licitación o de concurso, a solicitud de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional. (UACI)

15) Opinar sobre la Legalidad y objetivos contenidos en los EstatpOñutos de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, en lo que tiene relación con esta Secretaría de Estado a requerimiento del Ministerio de Gobernación.

16) Opinar a requerimiento, sobre la legalidad de Convenios a suscribirse con Gobiernos o Entidades Internacionales.

17) Representar judicialmente al Ministro y Viceministros de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, de acuerdo a instrucciones de los Titulares, en juicios de amparos y contenciosos administrativos o de cualquier otra naturaleza.

18) Tramitar e iniciar Juicios de Amparo y Contenciosos Administrativos, en los que este Ministerio tenga interés a requerimiento de los Señores Titulares.

19) Certificar Notarialmente documentos auténticos, a requerimiento de las diferentes Unidades Institucionales, en los casos que legalmente correspondan;

20) Autorizar escrituras de compraventa, permutas, poderes, en casos que así fuese requerido.

21) Tramitar diligencias Notariales de Jurisdicción Voluntaria, cuando fuere procedente y a requerimiento de la Unidad correspondiente.

22) Autenticar firmas de funcionarios de este Ministerio cuando así fuese requerido;

23) Coordinar y colaborar con la Fiscalía General de la República, en el trámite de arbitrajes y juicios de cualquier naturaleza en que el Ministerio tenga interés, y que se hayan trasladado a la Gerencia Legal para tal efecto.

24) Elaborar los informes del área de su competencia, que sean solicitados por las autoridades superiores.A efecto de que la Gerencia Legal desempeñe las funciones aquí señaladas, el requirente deberá adjuntar a su solicitud, la documentación que fuere pertinente y necesaria.

Art. 35.- La Gerencia de Comunicaciones Institucional, es la responsable de generar y fortalecer los espacios de comunicación y de proponer al Ministro una política de información y divulgación permanentes de las actividades que realiza el Ministerio. Tendrá como objetivo: a) Velar por que la imagen del Ministerio ante la opinión pública sea favorable; b) Mantener adecuada comunicación con las entidades relacionadas a este Ministerio. Está a cargo de un Gerente y conformada por tres Áreas de trabajo: a) Área de Prensa; b) Área de Relaciones Públicas y Eventos; c)

CAPITULO VILGERENCIA DE COMUNICACIONES INSTITUCIONAL.

Page 40: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

Área de Publicidad y Publicaciones, cada una a cargo de un responsable, y del personal técnico y administrativo que fuere necesario.La Gerencia de Comunicaciones Institucional, tiene las funciones siguientes:

1) Proponer la política de comunicación social del Ministerio y, una vez aprobada por el Ministro, coordinarla, ejecutarla y evaluar permanentemente sus resultados,

2) Efectuar un constante rastreo y monitoreo en los diferentes medios de comunicación (prensa escrita, radio y televisión), para medir la imagen del Ministerio, sobre noticias relacionadas con el quehacer del MOPTVDU. Asimismo, llevar un archivo de todas las notas generadas diariamente;

3) Emitir boletines de prensa, informes para la prensa, editar revistas y otras publicaciones que contengan información de las actividades cumplidas por el Ministerio;

4) Coordinar las actividades de prensa, protocolo, relaciones públicas y eventos del Ministerio y Viceministerios;

5) Gestionar con los diversos medios de comunicación la publicación y difusión de la información referente a las políticas, estrategias, programas y proyectos de los sectores en los que el Ministerio es el ente rector;

6) Coordinar la realización de publicaciones y eventos que fortalezcan el proceso de comunicación interna del Ministerio y los Viceministerios;

7) Coordinar toda la publicación de información externa y la publicidad del Ministerio y los Viceministerios;

8) Mantener adecuados canales de comunicación con los diferentes medios informativos locales e internacionales, a fin de coordinar las actividades de difusión de información de interés para el Ministerio;

9) Mantener registro y archivo de publicaciones que contienen información relacionada al quehacer del Ministerio;

10) Organizar y coordinar actividades relativas a la atención de funcionarios, misiones oficiales, visitas especiales, seminarios y reuniones que se le encomienden;

11) Realizar otras funciones que sean encomendadas por el Despacho Ministerial relacionadas con su misión principal;

12) Proponer acciones de prensa e imagen institucional que orienten el quehacer del Ministerio;

13) Preparar el proyecto de Memoria Anual de Labores del Ministerio conforme la información que deberán trasladarle todas las unidades administrativas del Ministerio, debiendo someterlo a la aprobación del Ministro;

14) Clasificar, actualizar, custodiar y conservar los archivos periodísticos, videográficos y fotográficos de las diferentes actividades desarrolladas por el Ministerio a nivel nacional e internacional;

15) Coordinar el montaje de eventos de inauguraciones, conferencias de prensa y actividades internas; actualizar la página WEB del MOPTVDU y coordinar la comunicación interna del MOPTVDU con la Gerencia de Recursos Humanos;

16) Administrar y coordinar el contrato de publicidad, con el propósito que se cumpla lo establecido en el contrato;

Page 41: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

17) Planificar, diseñar y producir campañas de publicidad para el Ministerio y los Viceministerios;

18) Planificar, diseñar y producir campañas de publicidad para el Ministerio y los diferentes Viceministerios;

19) Apoyar a la Gerencia de Recursos Humanos del MOPTVDU en diferentes actividades internas con el personal;

20) Coordinar la publicación de anuncios de obras que se les exige a las empresas que ejecutan proyectos del MOPTVDU;

21) Coordinar y aprobar la instalación de vallas que anuncien los diferentes proyectos que ejecuta el MOPTVDU, con diferentes contratistas;

22) Solicitar la autorización a los titulares para que mandos medios del MOPTVDU puedan convertirse en voceros y dar una posición institucional, ante un hecho determinado;

23) Ser el enlace con la Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia de la República, para coordinar eventos donde participe el Señor Presidente de la República;

24) Coordinar la logística de los titulares durante visitas a proyectos e inspecciones;

25) Ser el enlace entre los medios de prensa e información y los diferentes funcionarios de la Institución.

Art. 36. La Gerencia de Informática Institucional, tiene como objetivo establecer normas, políticas y metodologías en lo relacionado a tecnología de la información, sistemas computarizados, equipo de cómputo y comunicación electrónica. La Unidad Informática está a cargo de un Gerente, conformada por dos responsables administradores: a) Administrador WEB, y b) Administrador de Bases de Datos. Asimismo cuenta con dos Áreas de trabajo: a) Área de Proyectos y Sistemas; b) Área de Soporte Técnico, por el personal técnico y administrativo necesario.

La Gerencia de Informática Institucional tiene las funciones siguientes:

1) Proporcionar procedimientos mecanizados eficaces a cada unidad organizativa del MOPTVDU, para facilitar la toma de decisiones;

2) Coordinar la administración de los recursos de tecnologías de información del MOPTVDU, mediante planeamientos estratégicos, para lograr sistemas integrados y eficientes;

3) Establecer las normas y políticas necesarias para administrar eficientemente los recursos humanos y tecnológicos del Ministerio;

4) Velar por la legalidad de la informática en el MOPTVDU, en el uso de licencias de software de oficina, aplicaciones y otros;

5) Monitorear las tendencias del entorno y de la tecnología, para poder aplicar en el MOPTVDU la tecnología más apropiada;

CAPITULO VIII.GERENCIA DE INFORMÁTICA INSTITUCIONAL.

Page 42: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

6) Garantizar el buen funcionamiento de los medios de comunicación electrónica para mantener comunicación con instituciones o dependencias externas;

7) Garantizar la integridad, seguridad, operatividad y respaldo de los datos a través de la base de datos institucional, de manera continua y confiable; para evitar pérdidas o deterioro de la información;

8) Coordinar el Comité Técnico de Información del MOPTVDU;9) Informar periódicamente a los titulares, en conjunto con los miembros del

Comité Técnico de Información de los proyectos de tecnología informática sobre el avance de la sistematización institucional;

10) Preparar el plan estratégico informático del MOPTVDU;11) Preparar el plan operativo anual de la Gerencia de Informática, con su

respectivo presupuesto y darle seguimiento semanal;12) Revisar la programación de proyectos de cada responsable y ajustarlos de

acuerdo a tiempos y necesidades de la institución;13) Contactar a jefes y usuarios de los servicios que proporciona la Gerencia de

Informática, para medir el grado de satisfacción de la atención brindada;14) Elaborar memoria de trabajo anual de la Gerencia de Informática

Institucional;15) Elaborar requerimientos anuales de la contratación de servicios de

comunicación para la navegación en Internet y el acceso a correo electrónico, para todo el personal de oficinas del MOPTVDU;

16) Hacer requerimiento anual de contratación de servicios de soporte técnico y mantenimiento preventivo de dispositivos informáticos, para los usuarios de la red de datos del MOPTVDU;

17) Elaborar términos de referencia para la contratación de servicios relacionados con la tecnología requerida en la institución;

18) Asistir a eventos relacionados con tecnologías de información;19) Asistir a convocatorias de otras carteras de Estado, para tratar temas

relacionados a las políticas del Gobierno central en lo relativo a sistemas de información;

Art. 37. El Administrador de la Base de Datos tiene las funciones siguientes:

1) Crear y administrar las estructuras de Bases de Datos, diseñadas por los analistas para ser usadas por las distintas aplicaciones;

2) Crear y administrar la organización de usuarios que regirán los accesos a las distintas bases de datos de la institución;

3) Dar mantenimiento a las distintas bases de datos del MOPTVDU; para proporcionar tiempo de respuesta de forma oportuna;

4) Documentar y monitorear los rendimientos de utilización y recursos disponibles de la base de datos;

5) Informar al jefe de proyectos y sistemas de administración de la Base de Datos los datos estadísticos de rendimiento, disponibilidad de espacio, volúmenes de crecimiento y otros, para prever adquisiciones futuras;

6) Realizar copias de seguridad de toda la base de datos institucional del MOPTVDU;

Page 43: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

7) Llevar control de las diferentes copias de seguridad, para garantizar su adecuado manejo;

8) Restaurar la base de datos institucional, cuando se necesite hacerla a una fecha determinada;

9) Elaborar plan de trabajo anual en base al plan estratégico de la gerencia de informática;

10) Elaborar informes escritos del seguimiento a los planes de trabajo;11) Participar en proyectos institucionales que le asigne el Gerente de

Informática Institucional;12) Elaborar planes de contingencia relacionados a la base de datos del

MOPTVDU;13) Llevar bitácora de uso de la base de datos institucional;14) Brindar soporte técnico a los usuarios de correo y agregar o quitar a los

diferentes usuarios de la red.

Art. 38. El Administrador Web tiene las funciones siguientes:

1) Elaborar y administrar el diseño e implementar el Sitio Web del MOP, en coordinación y aprobación de un comité formado para tal efecto;

2) Crear y administrar los mecanismos para la actualización de la data a presentar en el Sitio Web;

3) Innovar diseños gráficos que le den una presentación al sitio que cambie constantemente,

4) Dar mantenimiento constante a la información que se publica en la página Web;

5) Brindar mantenimiento a servidores de red, base de datos Web, servidor de Intranet y Web mail;

6) Crear mecanismos de interrelación con otros sitios, para establecer convenios de intercambio de información y evitar duplicidad de esfuerzo;

7) Estar en constante actualización de nuevas tecnologías de desarrollo de sitios en Internet.

Art. 38A El Área de Proyectos y Sistemas tiene las funciones siguientes:

1) Colaborar en la elaboración de Términos de Referencia para concurso o licitación, a requerimiento de las Unidades interesadas en la adquisición de sistemas de información mecanizados.

2) Participar en comisiones de evaluación de ofertas en el área de su competencia, respecto de los procesos de adquisiciones de Sistemas de Información mecanizados, a requerimiento de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional.

3) Apoyo técnico en todas aquellas gestiones que fueren necesarias durante el proceso de ejecución y recepción final de los contratos de adquisiciones de Sistemas de Información mecanizados, a requerimiento de la Unidad Administradora del Contrato.

Page 44: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

4) Efectuar mejoras a los sistemas mecanizados en operación conforme a los requerimientos que fueren efectuados por las unidades usuarias.

5) Mantener en forma actualizada la documentación de respaldo correspondiente a cada aplicación mecanizada en cumplimiento de las Políticas Institucionales en Materia de Informática, tendiente a garantizar el buen uso operacional de los Sistemas de Aplicación.

6) Resguardar los Programas Fuentes que se encuentran en los servidores que están en producción.

7) Definir y velar por el cumplimiento de los estándares de desarrollo de proyectos de sistemas de información, para que exista uniformidad en los diseños y lenguajes de programación.

Art.38B El Área de Soporte Técnico tiene las funciones siguientes:

1) Coordinar el servicio de soporte técnico, a fin de resolver los requerimientos que fueren solicitados por las diferentes unidades del Ministerio.

2) Velar por el buen funcionamiento operativo de la red, Internet, servicio de correo electrónico y aplicaciones mecanizadas en operación.

3) Definir la estructura de la red de datos, su crecimiento, mantenimiento, funcionamiento y asistencia técnica necesaria.

4) Gestionar la adquisición de los programas de antivirus a efectos de garantizar la actualización de los mismos en el servidor correspondiente, así como su instalación en los ordenadores individuales de los usuarios de la red institucional.

5) Coordinar el apoyo de limpieza de virus informáticos en los equipos individuales de los usuarios a efecto de evitar la infección general en la red. todo a requerimiento de los responsables de los mismos.

6) Analizar los requerimientos técnicos de las unidades del Ministerio, para la adquisición de nuevos equipos, con el propósito de verificar la necesidad de los mismos.

7) Colaborar en la elaboración de Términos de Referencia para concurso o licitación, a requerimiento de las Unidades interesadas en la adquisición de Equipos, software, servicio de cableado y para el mantenimiento de dispositivos informáticos en general.

8) Participar en comisiones de evaluación de ofertas en el área de su competencia, respecto de los procesos de adquisiciones de Equipos y software, a requerimiento de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional.

9) Administrar los contratos que fueren requeridos por la Gerencia InformáticaInstitucional, respecto de los servicios de Internet, mantenimiento preventivo y correctivo de equipos informáticos y atención a usuarios.

10) Resguardar las Licencias de software adquiridos legalmente por la institución.

Page 45: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

11)Resguardar los dispositivos que contienen los respaldos de la información de los distintos servidores ubicados en el centro de cómputo de la Institución.

Art. 39. La Unidad de Desarrollo Institucional, es la responsable de administrar los procesos que contribuyan a modernizar la gestión ministerial. Está a cargo de un Director y conformada por tres unidades: a) Área de Secretaría, b) Área de Planeamiento, y c) Área de Desarrollo Institucional, y conformada por el personal técnico y administrativo que fuere necesario.

Las funciones de la Dirección de Desarrollo Institucional son las siguientes:

1) Identificar y proponer proyectos de reestructuración institucional cuando lo consideren necesario o le sea solicitado.2) Contribuir a la puesta en marcha de los proyectos que fortalezcan el desempeño institucional,3) Dar opiniones técnicas y/o administrativas de los proyectos implementados en el marco de la modernización institucional según aplique y a solicitud de los interesados.4) Verificar en coordinación con las diferentes unidades organizativas, la actualización del reglamento interno institucional5) Verificar en coordinación con la gerencia de recursos humanos, que los manuales de organización y funcionamiento de las unidades estén acordes al reglamento interno y velar por la actualización de los mismos.6) Elaborar informes del desarrollo de los proyectos implementados.7) Coordinar y participar con secretaría técnica de la presidencia u otras instituciones gubernamentales que impulsen la modernización y desarrollo institucional8) Colaborar en todas aquellas actividades relacionadas a la unidad que la dirección ordene.

Art. 40. las funciones del Área de Planeamiento son las siguientes:

1) Dar los lineamientos para la formulación de planes de trabajo operativos, bajo la aprobación de las autoridades competentes y en coordinación con las unidades organizativas del MOPTVDU.

2) Coordinar con las autoridades competentes y unidades organizativas del MOPTVDU, la administración del proceso de planeamiento estratégico.

3) Dar asistencia en la elaboración a las diferentes instancias del proceso de formulación de los planes de trabajo y seguimiento en las diferentes unidades organizativas del MOPTVDU.

CAPÍTULO IXUNIDAD DE DESARROLLO INSTITUCIONAL

Page 46: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

4) Verificar los informes mensuales de los avances obtenidos en los planes de trabajo vigentes y hacer las recomendaciones respectivas al director de la unidad de desarrollo institucional

5) Coordinar y participar como enlace en proyectos que la secretaria técnica impulse en materia de planificación.

6) Colaborar con las diferentes unidades, en todas aquellas medidas tendientes a mantener y mejorar la calidad en el trabajo desarrollado, conforme le sea solicitado.

7) Colaborar en todas aquellas actividades relacionadas a la unidad que la dirección ordene.

8) Elaborar los informes mensuales de los avances obtenidos en los planes9) trabajo estratégicos y operativos;

Art. 41. Las funciones del Área Desarrollo Institucional, son las siguientes:

1) Identificar y determinar los proyectos de reestructuración institucional;2) Coordinar y participar en la puesta en marcha de los proyectos que

contribuyan a fortalecer el desempeño institucional;3) Elaborar análisis, opiniones técnicas y administrativas de los proyectos

implementados en el marco de la modernización institucional;4) Desarrollar actividades para lograr el financiamiento que permita la

implementación de proyectos de modernización;5) Levantar y actualizar la información base o insumos para la elaboración del

Reglamento Interno Institucional;6) Verificar que los manuales de organización y funciones de las unidades

organizativas estén acorde al reglamento interno institucional y velar por la actualización de los mismos;

7) Elaborar informes de seguimiento de los proyectos implementados;8) Gestionar recursos financieros internos o externos para implementar

proyectos de implementación;9) Coordinar y participar activamente como enlace en proyectos que Secretaria

Técnica de la Presidencia y otras instancias gubernamentales impulse en materia de modernización.

Art. 42. Las funciones del área de Secretaría, son las siguientes:

1) Recepcionar, procesar, enviar y archivar documentos recibidos en la unidad.2) Atender y canalizar las diferentes consultas sobre los diversos

requerimientos u observaciones presentadas a la dirección.3) Manejar la agenda de reuniones y elaboración de documentos de la

dirección.4) Hacer recomendaciones administrativas que permitan mantener y/o mejorar

el desempeño de la dirección.5) Cumplir con las actividades que la dirección les encomiende.

Page 47: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

CAPITULO X

ASESORIAS

Art. 43. Las Asesorías Ministeriales o del Despacho tienen como objetivo proporcionar apoyo a los titulares del Ramo en áreas relacionadas con el quehacer del Ministerio; esta conformada por asesores técnicos que el Despacho considere necesario.

Las atribuciones de los asesores Ministeriales o del Despacho están:

1) Asesorar a los titulares en materias que sean requeridas;2) Dar seguimiento a proyectos y temas que se les asignen;3) Realizar análisis, emitir opiniones y recomendaciones técnicas y

administrativas solicitadas por el Despacho, sobre temas y áreas de competencia del Ministerio;

4) Todas aquellas funciones señaladas para cada uno de los asesores en el respectivo contrato individual de trabajo.

Art. 44. El Viceministerio de Obras Públicas, esta a cargo de un Viceministro, y conformado por el personal técnico y administrativo necesario. Para el mejor cumplimiento de sus funciones, el Viceministerio de Obras Públicas, cuenta con cinco Unidades: a) Dirección de Mantenimiento Vial; b) Dirección de Planificación Vial; d) Dirección de Investigación y Desarrollo Vial; y e) Dirección de Inversión Vial; cada una de las direcciones a cargo de un Director, y conformadas por el personal técnico y administrativo que fuere necesario; f) La Unidad Implementadora del Proyecto de Conectividad (UIPC), a cargo de un Gerente y del personal técnico- administrativo que fuere necesario.

Compete al Viceministerio de Obras Públicas, las funciones siguientes:Área de Obras Públicas:

1) Planificar, controlar y evaluar la infraestructura vial del país, así como también la ejecución y conservación de las mismas, de acuerdo a los planes de desarrollo y a las disposiciones legales que regulen su uso.

2) Efectuar la contratación, conservación y control de toda obra pública que le sea encomendada al Ramo, por los otros de la Administración Central, Instituciones Oficiales Autónomas y Municipios;

TITULO IV

VICEMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

Page 48: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

3) Efectuar la investigación análisis y aprobación de la calidad de materiales utilizados en las construcciones.

4) Supervisar toda obra pública que emprenda el Gobierno Central, las Instituciones Oficiales Autónomas y los Municipios;

5) Procurar el suministro de mercaderías y servicios necesarios para el cumplimiento de las atribuciones del Ramo, así como para la realización de las obras que le hayan sido encomendadas por otras dependencias del Gobierno Central.

6) Desarrollar cualquier otra función inherente a la Ingeniería y Arquitectura que le asigne el Órgano Ejecutivo, y

7) Las demás atribuciones que se establezcan por la Ley o Reglamento.

CAPITULO IDIRECCIÓN DE MANTENIMIENTO VIAL.

Art. 45. La Dirección General de Mantenimiento Vial, esta a cargo de un Director, quien depende jerárquicamente del Viceministro de Obras Públicas, ejerce coordinación en línea sobre las Gerencias y Unidades organizacionales dependientes: a) Área de Apoyo Administrativo; b) Unidad de Cooperación Interinstitucional c) Unidad de Administración del Mantenimiento Vial; d) Unidad de Mantenimiento de Equipo y Maquinaria; e) Planta Asfáltica; f) Oficinas Regionales, dichas unidades organizacionales a cargo de un responsable y conformadas por el personal técnico y administrativo que fuere necesario.Tiene como objetivo: Definir las políticas, estrategias y lineamientos relativos a los esquemas de trabajo y planes de contingencia, que sirven de insumo para la planificación, programación y ejecución de los proyectos de mantenimiento implementados en la Red Urbana, sean estos realizados por administración o por contrato, así como la selección y asignación de prioridades para la atención de vías determinadas por la Unidad de Planificación Vial UPV, responsable de la elaboración y seguimiento del presupuesto de la Dirección de Mantenimiento Vial. Programar y ejecutar el programa de Mantenimiento de la Red Vial Nacional y de los Proyectos contemplados en las pequeñas obras de infraestructura.

La Dirección General de Mantenimiento Vial tiene las funciones siguientes:

1) Definir las políticas y objetivos institucionales y velar porque se comuniquen en todos los niveles.

2) Coordinar la elaboración, ejecución y seguimiento del Plan Operativo Anual3) Coordinar la Elaboración del Presupuesto Anual de la Dirección de

Mantenimiento Vial.4) Atender las relaciones interinstitucionales.5) Informar periódicamente al despacho Ministerial, sobre el desarrollo del Plan

Operativo de la Dirección de Mantenimiento Vial.6) Orientar adecuadamente los recursos de la Dirección de Mantenimiento Vial.7) Propiciar una comunicación efectiva en todos los niveles de la Dirección.8) Gestionar los recursos necesarios para asegurar las mejoras institucionales.

Page 49: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

9) Responder con eficiencia ante situaciones emergentes en la red vial, competencia de la Dirección

10) Reorientar y ajustar el Presupuesto Anual Operativo (PAO).11) Proporcionar mantenimiento adecuado, según el Plan Anual Operativo de la

Dirección.12) Cumplir y hacer cumplir todas las disposiciones legales y reglamentarias

que se relacionen con el desempeño de sus funciones.

ÁREA DE APOYO ADMINISTRATIVO.

Art. 46. El Área de Apoyo Administrativo está a cargo de un Administrador que depende del Director de Mantenimiento Vial, conformado por el personal técnico y administrativo necesario, su función es de auditoria y soporte a la Dirección en las áreas de su competencia. Tiene como objetivo gestionar, ¡administrar y dar seguimiento a la ejecución físico-financiera de los~ contratos de^-sunwrtétros y de servicios, así como el almacenamiento y utijizaciópi de materiales') e insumos requeridos para la ejecución de las diversas actí\/rdades que sbn-competencia de la Dirección.

El Área de Apoyo Administrativo tiene las siguientes funciones:

1) Supervisar la correcta ejecución de los contratos de suministros y de servicios;

2) Administrar eficientemente las bodegas de Materiales e insumos;3) Administrar efectivamente el combustible;4) Gestionar compras eficientemente;5) Proveer oportunamente a las demás dependencias de la Dirección, las

requisiciones de materiales y combustible y otras requisiciones;6) p a r cumplimiento a las “Normas Técnicas de Control Interno Especificas x jd e l Ministerio";7) Elaborar respecto del área de su competencia, los informes que sean

solicitados por las autoridades superiores;8) Colaborar con el Plan Estratégico de la Dirección;

UNIDAD DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL.

r* j

Art. 47. La Unidad de Cooperación Interinstitucional está a cargo de la coordinación de un Administrador, que depende directamente del Director de Mantenimiento Vial, su autoridad es en línea y funge como contraloría al ciclo de proyectos especiales y de las actividades realizadas en coordinación con los municipios y otras instituciones. Esta conformada por el personal técnico y administrativo necesario. Su relación con las otras dependencias de la Dirección de Mantenimiento Vial y con los municipios y otras instituciones, es directa.

»

Page 50: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

Tiene como objetivo brindar asesoría y capacitación técnica a las municipalidades que lo solicitan, debido a que no disponen de los elementos necesarios para desarrollar una gestión vial adecuada.Cooperación Interinstitucional tiene las siguientes funciones:

1) Relaciones efectivas con las Municipalidades y otras instituciones tales como ministerios y ONG;

2) Establecer el apoyo a las Municipalidades y otras instituciones a través de “Convenios de Cooperación Interinstitucional”, en los cuales se define los aportes, cuantía y demás responsabilidades de las partes.

UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN DEL MANTENIMIENTOVIAL.

Art. 48. La Unidad de Administración del Mantenimiento Vial, está a cargo del Director de Mantenimiento Vial, su autoridad es de línea sobre los Administradores de Proyecto. Su función es la de Proporcionar el mantenimiento adecuado a la red vial de su competencia, así como brindar asesoría a otras instituciones que intervienen en la red vial.

Tiene como objetivo verificar el avance de las obras de acuerdo a lo programado. Mantener actualizado el inventario de la red vial asignada por la Unidad de Planificación a la Dirección de Mantenimiento Vial, la cual está sujeta a mantenimiento por contrato o por administración. Generar las directrices y actividades a realizar para mantener adecuado nivel de servicio de las vías, bajo la responsabilidad del Ministerio, de tal manera que permita el seguimiento y evaluación.

Mantenimiento Vial tiene las funciones siguientes:

1) Proporcionar mantenimiento adecuado, según el Plan Anual Operativo de la Dirección de Mantenimiento Vial, a través de Mantenimiento Rutinario y periódico de diversas actividades que incluyen: Reciclado de Pavimentos caliente: recarpeteo; Bacheo superficial y profundo; Reparación de superficie de rodamiento y balastreado parcial en vías no pavimentadas;

2) Mantenimiento de puentes; Señalización Vial. Verificar el Avance de las obras de acuerdo a lo programado;

3) Reportar los retrasos y problemas en la ejecución de los proyectos;4) Coordinar y verificar la actividad de los supervisores, los cuales deberán

desempeñar un rol proactivo y de generación de soluciones a problemas de campo del mantenimiento vial;

5) Inventarios de la red vial actualizados y disponibles;6) Generar y comunicar las directrices y actividades de mantenimiento de las

vías, bajo responsabilidad de la Dirección de Mantenimiento Vial;

Page 51: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

7) Seguimiento y control efectivo a la ejecución de proyectos y del presupuesto asignado y retroalimentar las inversiones;

8) Definir indicadores de gestión para medir el desempeño de la Dirección de Mantenimiento Vial;

9) Revisar, analizar y evaluar costos de actividades de mantenimiento con el propósito de generar un sistema de costos estándar;

10) Cumplir y hacer cumplir todas las disposiciones legales y reglamentarias que se relacionen con el desempeño de sus funciones.

PLANTA ASFÁLTICA

Art. 49. La Planta Asfáltica está a cargo de un Administrador que depende directamente del Director de Mantenimiento Vial, conformada por el personal técnico y administrativo necesario, su función es de staff y soporte técnico a la dirección. El administrador vela por la producción de mezclas asfálticas. Tiene por objetivo coordinar las actividades de producción de mezclas asfálticas. Administración efectiva de los recursos asignados a la planta.La Planta Asfáltica tiene las siguientes funciones:

1. Coordinar la Planta Asfáltica;2. Velar porque la maquinaria y equipo de la planta se encuentre en buen

estado;3. Cumplir con la producción de mezcla asfáltica requerida para la ejecución de

actividades de la Dirección de Mantenimiento Vial;4. Administración efectiva de equipos. Apoyo logístico;5. Coordinar las acciones de formación del personal a su cargo;6. Cumplir y hacer cumplir todas las disposiciones legales y reglamentarias que

se relacionen con el desempeño de sus funciones.

UNIDAD DE MANTENIMIENTO DE EQUIPO Y MAQUINARIA.

Art. 50. Mantenimiento y Maquinaria está a cargo de un Administrador que depende directamente del Director de Mantenimiento Vial, y conformada por el personal técnico y administrativo necesario, su función es de administración de contratos para el mantenimiento de la maquinaria y velar por la calidad del servicio que presta el taller de mecánicaMantenimiento y Maquinaria tiene las siguientes funciones:

1) Administrar los contratos de mantenimiento.2) Administración efectiva de la flota de equipos y apoyo logístico.3) Logística del traslado de la maquinaria.4) Controlar la ubicación del equipo5) Velar por el buen funcionamiento de la maquinaria

Page 52: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

6) Cumplir y hacer cumplir todas las disposiciones legales y reglamentarias que se relacionen con el desempeño de sus funciones.

Art. 51. La Dirección de Planificación Vial tiene como objetivo liderar en forma técnica racional, ordenada y eficiente el proceso de inversión y conservación de la infraestructura vial con una visión estratégica nacional, que coadyuve al desarrollo social y económico de la población salvadoreña y tendrá como misión: Planificar, ejecutar y administrar la infraestructura vial del país, dentro del marco del ordenamiento y desarrollo territorial, de acuerdo a las disposiciones legales que regulen su uso.

La Dirección de Planificación Vial, esta a cargo de un Director, quien depende jerárquicamente del Viceministro de Obras Públicas, ejerce coordinación en línea sobre las Unidades organizacionales dependientes: a) Gerencia de Planeamiento, Gestión y Seguimiento; b)Gerencia de Inventarios Viales; c) Gerencia de Derechos de Via; d) Gerencia de Estudios y Diseños Viales; e) Gerencia de Gestión Ambiental. Cada una de las gerencias a cargo de un Gerente y conformadas por el personal técnico y administrativo que fuere necesario.

La Dirección de Planificación Vial tiene las siguientes funciones:

1) Coordinar la programación, seguimiento y evaluación del desarrollo de las actividades de preinversión, inversión y conservación vial, así como de los objetivos y metas del Viceministerio de Obras Públicas, en forma global y de cada una de las unidades ejecutoras del mismo, en forma particular, con la finalidad de contar con información que permita medir el nivel de avance periódico;

2) Coordinar la formulación y actualización del programa de Inversiones Viales de Mediano y Largo Plazo, y con base a ello, el Programa de Demandas de Financiamiento, que permita el desarrollo anticipado de las acciones necesarias para asegurar la continuidad de la gestión vial, en forma oportuna;

3) Coordinar el desarrollo de la actualización de los inventarios viales, incluyendo la recolección, administración y regulación de lo relacionado con los volúmenes y composición del tráfico, y el control de pesos y dimensiones, con el fin de contar con información actualizada de las carreteras que permitan la toma de decisiones sobre la asignación de recursos para su conservación y mejoramiento;

4) Coordinar las actividades de formulación y evaluación de los proyectos viales, a nivel de perfil, prefactibilidad, factibilidad y diseño, ya sea por contrato o administración directa, que permita conocer en forma cuantitativa los beneficios generados por los proyectos y sobre esta base la toma de decisión sobre su implementación o postergación;

CAPITULO II.DIRECCIÓN DE PLANIFICACION VIAL.

Page 53: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

6) Cumplir y hacer cumplir todas las disposiciones legales y reglamentarias que se relacionen con el desempeño de sus funciones.

Art. 51. La Dirección de Planificación Vial tiene como objetivo liderar en forma técnica racional, ordenada y eficiente el proceso de inversión y conservación de la infraestructura vial con una visión estratégica nacional, que coadyuve al desarrollo social y económico de la población salvadoreña y tendrá como misión: Planificar, ejecutar y administrar la infraestructura vial del país, dentro del marco del ordenamiento y desarrollo territorial, de acuerdo a las disposiciones legales que regulen su uso.

La Dirección de Planificación Vial, esta a cargo de un Director, quien depende jerárquicamente del Viceministro de Obras Públicas, ejerce coordinación en linea sobre las Unidades orgamzacionales dependientes: a) Gerencia de Planeamiento. Gestión y Seguimiento; b)Gerencia de Inventarios Viales: c) Gerencia de Derechos de Vía; d) Gerencia de Estudios y Diseños Viales; e) Gerencia de Gestión Ambiental. Cada una de las gerencias a cargo de un Gerente y conformadas por el personal técnico y administrativo que fuere necesario.

La Dirección de Planificación Vial tiene las siguientes funciones:

1) Coordinar la programación, seguimiento y evaluación del desarrollo de las actividades de preinversión, inversión y conservación vial, asi como de los objetivos y metas del Viceministerio de Obras Públicas, en forma global y de cada una de las unidades ejecutoras del mismo, en forma particular, con la finalidad de contar con información que permita medir el nivel de avance periódico;

2) Coordinar la formulación y actualización del programa de Inversiones Viales de Mediano y Largo Plazo, y con base a ello, el Programa de Demandas de Financiamiento, que permita el desarrollo anticipado de las acciones necesarias para asegurar la continuidad de la gestión vial, en forma oportuna;

3) Coordinar el desarrollo de la actualización de los inventarios viales, incluyendo la recolección, administración y regulación de lo relacionado con los volúmenes y composición del tráfico, y el control de pesos y dimensiones, con el fin de contar con información actualizada de las carreteras que permitan la toma de decisiones sobre la asignación de recursos para su conservación y mejoramiento;

4) Coordinar las actividades de formulación y evaluación de los proyectos viales, a nivel de perfil, prefactibilidad, factibilidad y diseño, ya sea por contrato o administración directa, que permita conocer en forma cuantitativa los beneficios generados por los proyectos y sobre esta base la toma de

e su implementación o postergación;

CAPITULO II.DIRECCIÓN DE PLANIFICACION VIAL.

Page 54: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

1) Verificar la calidad de las obras de proyectos de infraestructura vial que ejecuta el Ministerio, a través del Viceministerio de Obras Públicas, a efecto de observar durante el proceso constructivo, el cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas para los mismos, conforme los alcances de los documentos contractuales; para lo cual realizará visitas aleatorias y puntuales de inspección técnica o evaluaciones también aleatorias y puntuales, respecto de aquellos materiales, o procesos constructivos considerados necesarios. Todo lo anterior conforme la disponibilidad de sus recursos, en cuanto a personal técnico y equipo asignado, y mediante requerimiento de las Unidades del VMOP responsables de la Administración o ejecución de dichos proyectos, y en su caso de las Autoridades superiores del MOPTVDU.

2) Asimismo dentro del proceso de verificación de la calidad antes relacionado, podrá participar de las Comisiones Técnicas encargadas de la Recepción Final de dichos proyectos. Todo lo anterior, a requerimiento de las Unidades del VMOP responsables de la Administración o ejecución de dichos proyectos, y en su caso de las Autoridades superiores del MOPTVDU.

3) Brindar soporte técnico especializado en aquellas actividades de su competencia, cuando las Unidades del Viceministerio de Obras Públicas o las autoridades superiores del MOPTVDU, asi lo requieran.

4) Diseñar y verificar la calidad de la mezcla asfáltica en caliente producida en la Planta Asfáltica del MOPTVDU. a requerimiento de la Dirección de Mantenimiento Vial.

5) Brindar soporte técnico en los proyectos donde se implemente la técnica de reciclado en caliente en carpetas asfálticas, a requerimiento de la Dirección de Mantenimiento Vial.

6) Efectuar ensayos para determinar el índice de regularidad superficial, asi como ensayos de deflectometría en estructuras de pavimentos de vías que forman parte de la red vial nacional, a requerimiento de la Unidad de Planificación Vial.

7) Monitorear a través de mediciones inclinométricas y del nivel freático, taludes ubicados sobre la carretera CA:1, (zona Los Chorros, km 15.9 y Km. 16.3, y zona Curva La Leona, Km.53), lo anterior comprende aquellos taludes donde el Ministerio ha instalado equipos para llevar a cabo dicho monitoreo.

8) Desarrollar trabajos de investigación aplicada en el área de infraestructura vial; que concierne entre otros, a las áreas de mecánica de suelos, pavimentos, materiales de construcción, Evaluación Ex Post de proyectos, investigaciones sobre nuevos materiales o procesos constructivos.

Page 55: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

9) Proporcionar soporte técnico dentro de las áreas de su competencia, durante los eventos de Emergencia Nacional por desastres naturales, realizando inspección técnica, en zonas afectadas o de riesgo, con el objeto de emitir la correspondiente opinión sobre las condiciones de las mismas, todo a requerimiento de las autoridades superiores del MOPTVDU.

10) Administrar el convenio de cooperación interinstitucional, VMOP-Centros Educativos, con el objeto de fortalecer con aporte técnico, la carrera de la Ingeniería Civil, en el área de infraestructura vial, realizando entre otros, charlas técnicas, pasantías. Todo a requerimiento de las autoridades superiores del MOPTVDU.

11) Participar de la revisión de Bases de Licitación o de concurso, en el área de su competencia, a solicitud de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional .

12) Participar en Comisiones de Evaluación de Ofertas, en el área de su competencia, a solicitud de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional.

13) Cumplir y hacer cumplir todas las disposiciones legales y reglamentarias que se relacionen con el desempeño de sus funciones.

CAPITULO IV.

LA DIRECCION DE INVERSION VIAL.

Art. 53. La Dirección de Inversión Vial, tiene como objetivo coordinar, controlar y liquidar la etapa de ejecución de las obras de construcción, reconstrucción y mejoramiento de la red vial nacional y otros que le fueren asignados.

La Dirección de Inversión Vial, esta a cargo de un Director, quien depende jerárquicamente del Viceministro de Obras Públicas, ejerce coordinación en línea sobre las Unidades organizacionales dependientes: a) Gerencia de Caminos Rurales: b) Gerencia de Vías Urbanas e Interurbanas. Cada una de las Gerencias a cargo de un Gerente y conformadas por el personal técnico y administrativo que fuere necesario.

La Dirección de Inversión Vial tiene las funciones siguientes:

Page 56: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

1) Programar, coordinar, controlar y liquidar la etapa de ejecución de las obras de construcción, reconstrucción y rehabilitación que se implementen en la red vial nacional así como otras obras públicas que le sean asignadas.

2) Formular el Programa Anual de Inversión de los proyectos en ejecución, así como desarrollar su control, seguimiento y gestión;

3) Llevar un registro actualizado del avance de los proyectos, así como de los costos de supervisión y construcción de los mismos;

4) Coordinar con los Organismos Financieros Internacionales o Nacionales, las diferentes actividades o acciones que permitan la ejecución oportuna de los proyectos;

5) Formular los diferentes mecanismos y coordinar las acciones necesarias con otras instancias del sector, que permitan un seguimiento efectivo administrativo y de campo a los proyectos finalizados en período de vigencia de garantías de buena obra;

6) Formular, presentar a la Unidad Financiera Institucional y darle seguimiento al presupuesto operativo de la Dirección, para lo cual contará con el apoyo administrativo y logístico de la Gerencia Administrativa Institucional;

7) Apoyar a la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional (UACI) en el proceso de licitación y contratación de los servicios de supervisión y construcción de las obras;

8) Apoyar a la Gerencia Legal en el seguimiento y atención de los procesos legales que pudieren resultar de los contratos de supervisión o contratación de las obras;

9) Informar a los Titulares del Ramo y/o a las entidades correspondientes, ya sea en forma directa, o a través de otras instancias de la Institución, sobre el desarrollo de las funciones asignadas, o presentar cualquier informe particular que fuere requerido;

10) Cumplir con otras funciones de su competencia, que fueren asignadas por leyes y reglamentos.

Art.54. La Unidad implementadota del Proyecto de Conectividad (UIPC), tiene como misión dar seguimiento al Contrato de Consultoría “Mejoramiento de la Red Vial de la Zona Norte de El Salvador", que incluye estudio de impacto ambiental, factibilidad Técnica y diseño Final.La Unidad Implementadora del Proyecto de Conectividad (UIPC), esta a cargo de un Gerente, quien depende jerárquicamente del Viceministro de Obras Públicas, ejerce coordinación en línea sobre las Áreas organizacionales dependientes: a) Área de Planeamiento, Implementación y Monitoreo; b) Área de Ingeniería; c) Área de Seguimiento Ambiental; d) Área de Apoyo Social, Legal y Económico, dichas áreas a cargo de un responsable encargado, y conformadas por el personal técnico y

dministrativo que fuere necesario

CAPITULO V.

UNIDAD IMPLEMENTADORA DEL PROYECTO DE CONECTIVIDAD (UIPC).

Page 57: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

La Unidad Implementadora del Proyecto de Conectividad (UIPC), a través de su estructura organizativa, desarrolla las funciones siguientes:

1) Programar, coordinar y controlar el desarrollo de las actividades de preinversión e inversión, así como de los objetivos y metas del Proyecto de Conectividad, en adelante el Proyecto.

2) Ser responsable por la ejecución de todas las etapas del Proyecto de Conectividad.

3) Supervisar y monitorear todas las actividades inherentes al Proyecto, para que éstas se sujeten estrictamente a lo establecido en el Convenio de Donación y el Plan de Implementación del FOMILENIO.

4) Ejercer el manejo y supervisión de las actividades administrativas y de ingeniería en las etapas de factibilidad, evaluaciones de impacto ambiental, diseño y construcción, respecto del Proyecto, y que como actividad inicial retomará el seguimiento del estudio '‘Mejoramiento de la Red Vial de la Zona Norte de El Salvador” que incluye estudio de Impacto ambiental, factibilidad técnica y diseño final, realizado a través de contrato suscrito entre el Fondo Salvadoreño de Estudios de Preinversión (FOSEP) y el Asocio Consulta- Parsons Brinckernhoff.

5) Mantener estrecha coordinación con FOMIENIO y otras entidades gubernamentales vinculadas al Proyecto.

Art. 55. El Viceministerio de Transporte, esta a cargo de un Viceministro y conformado por el personal técnico y administrativo que fuere necesario. Para el mejor desempeño de sus funciones se integra de las unidades siguientes: a) Área de Comunicaciones; b) Unidad de Inspectoría General; c) Unidad de Administración y logística; d) Dirección General de Tránsito; e) Dirección General de Transporte Terrestre; f) Dirección General de Política y Planificación del Transporte; g) Asesoría Legal; h) Unidad de Procedimientos Legales; e i) Oficinas Regionales. Cada una de las unidades a cargo de un Director, Gerente ó jefe correspondiente y conformada por el personal técnico y administrativo que fuere necesario. Dichas unidades tendrán las funciones que les sean asignadas por el Viceministro.Compete al Viceministerio de Transporte las siguientes funciones:Área de Transporte:

1) Planificar, analizar y ejecutar la política del Estado en materia de Transporte Terrestre, Aéreo y Marítimo;

2) Fomentar la creación de organismos o empresas que desarrollen los sistemas de Transporte, tomando en cuenta la oferta y la demanda de usuarios;

TITULO V.

VICEMINISTERIO DE TRANSPORTE:

Page 58: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

3) Determinar previo estudio las necesidades del transporte terrestre, Aéreo y Marítimo, recomendando las políticas de importación o producción de equipos que satisfagan o garanticen la oportuna reposición del parque del vehículo utilizado en la modalidad del Transporte correspondiente;

Para el cumplimiento de esta función el Viceministerio fijará anualmente lasnecesidades reales y las prioridades para las distintas modalidades del serviciode acuerdo con los planes previamente establecidos.4) Otorgar y cancelar autorizaciones para utilizar las redes de transporte;5) Otorgar y cancelar autorizaciones para funcionamiento de las empresas de

transporte en sus diversas modalidades;6) Establecer y controlar terminales de transporte, puertos, aeropuertos;7) Realizar las acciones necesarias como autoridad máxima en el sector

Transporte, para garantizar la eficiencia y seguridad en el servicio de transporte terrestre, aéreo y marítimo.

CAPITULO I.

DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE TRANSPORTE.

Art. 56. El Despacho del Viceministro de Transporte, contará con las siguientes unidades de apoyo; a) Área de Comunicaciones, b) Unidad de Inspectoría General; c) Unidad de Administración y logística; d) Dirección General de Tránsito; e) Dirección General de Transporte Terrestre; f) Dirección General de Política y Planificación del Transporte; g) Asesoría Legal; h) Unidad de procedimientos Legales; e i) Oficinas Regionales.

Art. 57. UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y LOGISTICA.La Unidad de Administración y Logística del Viceministerio de Transporte, esta a cargo de un Coordinador encargado, y conformada por el personal técnico y administrativo que fuere necesario.

CAPITULO II

DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁNSITO.

Art. 58. La Dirección General de Tránsito, está a cargo de un Director y conformada por el personal técnico y administrativo necesario, y para el mejor desempeño de sus funciones cuenta con las Unidades siguientes: a) Registro Público de Vehículos; b) Unidad Técnica Médica Antidoping; c) Parque Vial; d) Unidad de Delegados de Transito; e) Unidad de Empresas y Escuelas Examinadoras. Dichas unidades a cargo de un Coordinador o jefe responsable, y conformadas por el personal técnico y administrativo que fuere necesario.

Page 59: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

La Dirección General de Tránsito tiene las funciones siguientes:

1) Verificar que los vehículos automotores cumplan con las normas mínimas de circulación;

2) Regular la matricula de los vehículos automotores a través del Registro Público de vehículos automotores;

3) Establecer el sistema vial, la jerarquía vial para el área urbana y rural;4) Regular la circulación vehicular y establecer la velocidad máxima y mínima

para las vías;5) Establecer un sistema de seguridad vial para la circulación de vehículos y

normas de conducción, incluidos controles antidoping;6) La Planificación y el diseño de sistemas de señalización vial;7) Llevar un registro técnico y estadístico a través de la Subdirección General

de Tránsito de la Policía Nacional Civil, sobre accidentes de Tránsito;8) Exigir el cumplimiento del control de emisión de gases, humo de vehículos;9) Autorizar instituciones que impartan los cursos para conductores que

manejan bajo los efectos de bebidas embriagantes y estupefacientes o enervantes;

10) Otorgar autorización para el uso de vías públicas;11) Autorizar las instituciones que se dedican a la enseñanza de la conducción

y evaluaciones que se requieren para obtención de licencias de conducir;12) Supervisar y controlar el sistema de trámite de licencias de conducir, así

como la idoneidad de los conductores para obtenerlas a través de las empresas autorizadas;

13) Autorizar y extender las licencias de conducir y las tarjetas de circulación;14) Coordinar con instituciones públicas y privadas programas educativos de

seguridad vial;15) Administrar el parque de educación vial en el cual se imparten charlas de

seguridad vial;16) Extender las placas de identificación vehicular;17) Coordinar con la Subdirección General de Transito de la Policía Nacional

Civil, actividades referentes a la circulación de vehículos.

Art. 59. La Dirección General de Transporte Terrestre está a cargo de un Director y conformada por el personal técnico y administrativo necesario, y para el mejor desempeño de sus funciones cuenta con las Unidades siguientes: a) Unidad de Transporte de Carga y b) Unidad Técnica de Transporte, cada una a cargo de un Coordinador y conformada por el personal técnico y administrativo que fuere necesario.

CAPITULO III.DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

Page 60: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

La Dirección General de Transporte Terrestre, tiene las funciones siguientes:

1) Proponer al Viceministerio de Transporte las políticas sobre transporteterrestre a ser implementadas para lograr un eficiente servicio de transporte terrestre, a excepción del régimen ferroviario, de acuerdo con la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, y El Reglamento General de Transporte Terrestre, basándose en los Estudios técnicos realizados o avalados por el Viceministerio de Transporte;

2) Participar en la definición de las políticas, tarifas y regulación del transporte público de personas, de conformidad a los estudios técnicos tarifarios y socioeconómicos del Viceministerio de Transporte efectuados para dar soporte a éstas;

3) Proponer y oficializar la creación de rutas y tarifas, según la clase de servicio autorizado; de conformidad a los respectivos estudios técnicos tarifarios realizados para tal fin, basándose en los respectivos Estudios Técnicos realizados o avalados por el Viceministerio de Transporte a través de licitación pública o calificación de urgencia;

4) Participar en la definición de las políticas y regulación del transporte de carga por vía terrestre de mercancías, materiales y maquinaria, especialmente las peligrosas y las perecederas;

5) Supervisar las concesiones del servicio de transporte público de pasajeros, de conformidad a los requerimientos establecidos por la Ley y sus Reglamentos, basándose principalmente en los Estudios Técnicos de Ingeniería de Transporte o de Ingeniería de Tránsito, y en otros que específicamente sean requeridos, realizados o avalados el Viceministerio de Transporte;

6) Ejecutar el desarrollo de la normativa general para el funcionamiento, control y condiciones de seguridad de todos los vehículos destinados al transporte público de pasajeros, y los de servicio de transporte de carga terrestre;

7) Aplicar sanciones según lo establezca la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial;

8) Ejercer un control de las regulaciones específicas emitidas por el Viceministerio de Transporte en cuanto al peso total y dimensiones, para que los vehículos del servicio de transporte de carga sea efectivo, así también como el sistema de básculas en carreteras;

9) Establecer los requerimientos específicos en áreas urbanas y rurales del país, para el transporte de carga;

10) La regulación y control de las metas, paradas y puntos de retorno del Transporte Colectivo de Pasajeros y de carga, que se establezcan;

11) Proponer a las entidades encargadas del desarrollo urbano, los requerimientos mínimos de diseño y funcionamiento en terminales, de conformidad a estudios técnicos del Viceministerio de Transporte y los inspectores de transito;

12) Autorizar la prestación de servicios de las terminales;13) Llevar las estadísticas del movimiento de transporte colectivo público de

pasajeros, y de carga; especificar por separado las estadísticas de los

Page 61: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

diferentes tipos de transporte terrestre, recobrando los datos mínimos indispensables, que deberán proporcionar los Inspectores, la comunidad y la Policía Nacional Civil, a fin de utilizarlos adecuadamente en los estudios técnicos del Viceministerio de Transporte, que así lo requieran;

14) Regular y ordenar todos los informes relativos al transporte terrestre, por un sistema de archivo nacional que permita su consulta con la mayor expedición posible; para tal efecto se llevará un sistema automatizado;

15) Operativizar patrones de evaluación del desempeño del transporte colectivo de pasajeros de conformidad a Estudios Técnicos de Ingeniería de Transporte, realizados por el Viceministerio de Transporte;

16) lmplementar y programar planes de emergencia para atender a la población en situaciones especiales, según la calificación de urgencia determinada por la Dirección General;

17) Proponer al Viceministerío los requisitos mínimos de diseño y funcionamiento para metas, paradas y punto de retorno, de conformidad a estudios técnicos de Ingeniería de Transporte o Ingeniería del Tránsito;

18) Elaborar instructivos y manuales necesarios que conlleven al buen funcionamiento lo cuales deberán estar avalados por el Viceministerio de Transporte.

Art. 60. La inspectoría General ésta a cargo de un Inspector General y por el personal técnico y administrativo que fuere necesario, para el mejor desempeño de sus funciones cuenta con la Sub-lnspectoría de Transporte Terrestre y la Sub- Inspectoría de Transito, cada una a cargo de un Sub-lnspector y por el personal técnico y administrativo que fuere necesario.

El objetivo de la Inspectoría General es la de Controlar, supervisar los servicios que brindan los prestatarios del transporte público de pasajeros con el fin de asegurar un servicio de calidad a los usuarios y el cumplimiento de las condiciones pactadas.

La Inspectoría General tiene las funciones siguientes;

1. La Inspectoría tendrá ingerencia en todo lo concerniente a los servicios brindados por el Viceministerio de Transporte, al mismo tiempo tendrá capacidad de operativizar planes encaminados al cumplimiento de la normativa descrita tanto en la ley de transporte terrestre, transito y seguridad vial como en sus respectivos reglamentos

2. Coordinar esfuerzos con otras instituciones tanto pública como privada para la consecución de los planes y programas.

3. Solicitar información tanto a instituciones públicas como a concesionarios de los servicios prestados por el Viceministerio de Transporte para el eficiente cumplimiento de sus funciones.

CAPITULO IV

INSPECTORIA GENERAL

Page 62: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

4. Formular recomendaciones a normas, programas, funciones, objetivos, procesos y procedimientos establecidos para la prestación de los servicios de transporte

5. La Inspectoría tendrá cobertura a nivel nacional, y además será un apoyo para las delegaciones regionales del Viceministerio de Transporte para ejercer el control y supervisión del transporte colectivo.

6. Enlace interinstitucional e intercambio de información con entidades como Policía Nacional Civil, Sertracen, División de Protección al Transporte, Aduanas entre otros, para el eficiente desarrollo de las funciones encomendadas.

CAPITULO VDIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA Y PLANIFICACIÓN

DE TRANSPORTE

Art. 61. La Dirección de Política y Planificación de Transporte está a cargo de un Director y conformada por el personal técnico y administrativo necesario y para mejor desempeño de sus funciones cuenta con las unidades siguientes: a) Unidad de Transporte Aéreo, b) Unidad de Transporte Marítimo.

La Dirección General de Política y Planificación de Transporte tiene las siguientes funciones:

1) Proponer al Viceministerio de Transporte las políticas sobre transporte subsectorial marítimo y aéreo a ser implementadas para lograr un eficiente servicio de transporte en las expresadas áreas, basándose en los estudios técnicos realizados o avalados por la unidad de planificación integral de Transporte del VMT.

2) Participar en la definición de las políticas, planificación indicativa, tarifas y regulación del transporte marítimo y aéreo;

3) Ejercer un control de las políticas y planificaciones emitidas por el Vicemínisterio de Transporte en cuanto al transporte marítimo y aéreo;

4) Implementar y programar planes de emergencia dentro de las políticas establecidas, para atender a la población en situaciones especiales.

TITULO VI.VICEMINISTERIO DE VIVIENDA Y DESARROLLO

URBANO.

Page 63: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

Art. 62. El Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano, está a cargo de un Viceministro, y se conforma por el personal técnico y administrativo necesario. Para el mejor cumplimiento de sus funciones, cuenta con las siguientes Unidades: a) Asistencia técnica; b) Asesoría legal; c) Unidad de Comunicaciones; d) Oficina Nacional de Desarrollo Territorial -ONDET; e) OFAH-: Oficina Asentamientos Humanos. Dichas unidades estarán a cargo del personal técnico y administrativo necesario, y tendrán las funciones que les sean asignadas por el Viceministro.

Compete al Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano, las funciones siguientes:

1) Formular y dirigir la Política Nacional de Vivienda y Desarrollo Urbano; así como elaborar los planes nacionales y regionales y las disposiciones de carácter general a que deban sujetarse las urbanizaciones, parcelaciones, asentamientos en general y construcciones en todo el territorio de la República;

2) Planificar, coordinar y aprobar las actividades de los sectores de Vivienda y Desarrollo Urbano, en todo el territorio nacional;

3) Dirigir como Órgano Rector las Políticas Nacionales de Vivienda y Desarrollo Urbano; determinando en su caso, las competencias y las actividades respectivas, de las entidades del Estado en su ejecución y orientando la participación del sector privado en dicha política;

4) Elaborar, facilitar y velar, por los Planes de Desarrollo Urbano de aquellas localidades cuyos municipios no cuentan con sus propios planes de desarrollo local;

5) Planificar y coordinar el desarrollo integral de los asentamientos humanos en todo el territorio nacional;

6) Aprobar y verificar que los programas que desarrollen las Instituciones Oficiales Autónomas que pertenecen al Ramo, sean coherentes con la Política Nacional de Vivienda y Desarrollo Urbano emitida por el Ministerio, debiendo coordinar con las mismas todo lo relacionado con los asentamientos humanos dentro del territorio de la República y verificar que éstos sean coherentes con los planes de desarrollo emitidos por las municipalidades competentes;

7) Adecuar y vigilar el cumplimiento de las Leyes y Reglamentos, que en materia de urbanismo y construcción existieren.

CAPITULO IOFICINA NACIONAL DE DESARROLLO TERRITORIAL -

ONDET.

Art. 63. La Oficina Nacional de Desarrollo Territorial (ONDET) esta a cargo de un Director y conformada por el personal técnico y administrativo necesario y para mejor desempeño de sus funciones cuenta con las unidades siguientes: i) Gerencia de Desarrollo Territorial; ii) Gerencia de Desarrollo Urbano; iii) Gerencia de Licencias y Estándares de Construcción; iv) Gerencia de Vivienda; y v) Las Oficinas

Page 64: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

Regionales. Dichas unidades organizacionales a cargo de un responsable y conformadas por el personal técnico y administrativo que fuere necesario y tendrán las funciones que les sean asignadas por el Viceministro.

La Oficina Nacional de Desarrollo Territorial (ONDET) tiene como objetivo asesorar y apoyar al Viceministro de Vivienda y Desarrollo Urbano, y al Ministro de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, en la planificación, coordinación, y gestión del desarrollo territorial y urbano, que permitan el desarrollo de asentamientos humanos sostenibles a nivel nacional, y tiene las funciones siguientes:

1. Asesorar al Viceministro de Vivienda y Desarrollo Urbano y al Ministro de Obras Públicas, en materia de políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo territorial y urbano, para mejorar las condiciones de vida de la población del país.

2. Coordinar la planificación y gestión del Desarrollo Territorial, Nacional. Regional, y local a través de las Gerencia de Desarrollo Territorial, en las regiones del país, para mejorar la calidad de vida de la población.

3. Coordinar la supervisión y monitoreo del Desarrollo Territorial, Regional, y local a través de la Gerencia de Licencias y Estándares de Construcción.

4. Coordinar la asistencia técnica a los gobiernos municipales, para el desarrollo de los instrumentos de planificación y gestión de sus territorios.

5. Coordinar la formulación y discusión de propuestas de instrumentos legales ynormativos en materia de desarrollo Territorial y Urbano de la construcción.

6. Coordinar con otras instituciones públicas y privadas, la gestión del Sistema Nacional de Información Territorial a través del Sistema de Información Territorial del Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano, para contar con la información geográfica (mapas y planos) y alfanumérica necesaria para la gestión territorial.

7. Coordinar con otras direcciones del Viceministerio de Vivienda y DesarrolloUrbano, y en general del todo el Ministerio, los proyectos asignados por los titulares, para dar respuestas oportunas su requerimiento.

8. Coordinar con otras instituciones y ministerios en materia de Desarrollo Territorial, Urbano y la Construcción, para lograr mejores resultados institucionales y evitar el uso ineficiente de los recursos y esfuerzos

9. Controlar los avances de los planes regionales de ordenamiento y desarrollo territorial.

10. Velar por estricto cumplimiento de las metas estratégicas establecidas

Art. 64. La Oficina de Asentamientos Humanos, OFAH, está a cargo de un Director y conformada por el personal técnico y administrativo que fuere necesario y para el mejor desempeño de sus funciones cuenta con las unidades organizacionales

CAPITULO IILA OFICINA DE ASENTAMIENTOS HUMANOS (OFAH)

Page 65: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

siguientes: i) Gerencia de Desarrollo Técnico; ii) Gerencia de Proyectos; yiii) las Oficinas Regionales. Dichas unidades organizacionales a cargo de un responsable y conformadas por el personal técnico y administrativo que fuere necesano, y tendrán las funciones que les sean asignadas por el Viceministro.

La OFICINA DE ASENTAMIENTOS HUMANOS (OFAH), tiene como Objetivo, asesorar y apoyar al Viceministro de Vivienda y Desarrollo Urbano y al Ministro de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, en la planificación, organización, coordinación, regulación y control del desarrollo de soluciones habitacionales y demás acciones relativas a la vivienda, que involucren la formación y/o modificación de los asentamientos humanos del país, y sus funciones son las siguientes:

1. Proponer políticas y estrategias institucionales, orientadas a la obtención de soluciones habitacionales.

2. Coordinar la elaboración y ejecución del Plan Operativo Anual para optimizar los recursos.

3. Coordinar la elaboración del presupuesto de la Dirección.4. Aprobar los proyectos de interés social que cuenten con la factibilidad

técnica y legal para la conformación de nuevos asentamientos organizados.5. Verificar el estado de cada proyecto (factibilidad técnica y social) para la

aprobación de los mismos.6. Coordinar con los gobiernos Locales y otros las actividades relacionadas

con los asentamientos humanos para su ejecución.7. Supervisar la correcta utilización de los fondos entregados a las

municipalidades y a FONAVIPO.8. Establecer reglamentos operativos y lincamientos técnicos para el desarrollo

de programas asignados.9. Coordinar los proyectos especiales para su eficiente ejecución10. Planificar las actividades interinstitucionales con entidades

gubernamentales, ONG’s y empresa privada para un eficiente desarrollo de funciones.

11. Proponer políticas, así como estrategias institucionales para orientar todas las acciones relativas a la obtención de soluciones habitacionales.

12. Brindar asesoría al titular para toma de decisiones en solicitudes específicas presentadas para asentamientos humanos.

PARA TITULARES, DIRECCIONES, GERENCIAS INSTITUCIONALES Y JEFATURAS, DE LAS DEPENDENCIAS DEL MINISTERIO DE

OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y DE VIVIENDA Y DESARROLLOURBANO.

TITULO VilRESPONSABILIDADES Y ATRIBUCIONES COMUNES

Page 66: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

Art. 65.- Los Titulares del Ministerio, las Direcciones, Gerencias institucionales y Jefaturas, de las distintas dependencias del Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, tendrán las responsabilidades y atribuciones comunes siguientes:

1) Velar por el cumplimiento de las leyes y demás normativa;2) Promover y fortalecer los principios necesarios para propiciar un clima

organizacional y una cultura de compromiso entre todo el personal, para coadyuvar al proceso de modernización y desarrollo estratégico de la Institución;

3) Exigir permanentemente al personal a su cargo, el cumplimiento de los objetivos, Políticas y Estrategias institucionales, propiciando su realización;

4) Establecer planes, proyectos y programas de trabajo y someterlos a consideración y aprobación del superior respectivo;

5) Orientar, dirigir evaluar y supervisar la ejecución de planes, programas y proyectos, y sugerir medidas para mejorar el cumplimento de sus actividades;

6) Ejercer autoridad e impartir órdenes, instrucciones y orientaciones al personal a su cargo en los aspectos técnico, legal, administrativo y disciplinario; así como reportar a los Titulares y a la Gerencia de Recursos Humanos, los delitos, faltas o cualquier otra irregularidad cometidos por sus subalternos. La omisión por parte del Jefe será sancionada conforme a la ley;

7) Distribuir, orientar, exigir y supervisar el cumplimiento de las responsabilidades y atribuciones asignadas a sus subalternos:

8) Solicitar oportunamente el suministro de materiales, servicios y equipos;9) Evaluar el rendimiento del personal a su cargo, en coordinación con la

Gerencia de Recursos Humanos, de acuerdo con las normas y disposiciones establecidas;

10) Propiciar la capacitación de su personal, a través de la unidad respectiva;11) Promover e impulsar en el personal a su cargo la responsabilidad,

efectividad, austeridad y eficiencia en el cumplimiento de sus labores, así como la solidaridad, mística de trabajo, puntualidad y buenas costumbres;

12) Revisar periódicamente la documentación a su cargo, para su clasificación;13) Realizar reuniones de trabajo con el personal a su cargo, para la

planificación de actividades y la toma de decisiones oportunas que garanticen la efectividad y eficiencia de la gestión;

14) Responder por el cumplimiento de sus responsabilidades, atribuciones y funciones, ante sus respectivos superiores;

15) Cuidar los bienes asignados a su unidad y velar permanentemente por la actualización del inventario de los mismos;

16) Orientar sus actividades con base en los principios de calidad, eficiencia y productividad;

Page 67: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

17) Elaborar, coordinar y dar seguimiento al Plan Estratégico de la unidad, dirección o de la gerencia asignada a su cargo.

18) Dar cumplimiento a las “Normas Técnicas de Control Interno Específicas del Ministerio".

19) Elaborar los informes en el área de su competencia, que sean solicitados por las autoridades superiores;

20) Elaborar el Plan Operativo Anual, Memoria Anual de Labores y Anteproyecto de Presupuesto Anual, del Área asignada a su cargo;

21) Asesorar a los Titulares del Ministerio, a requerimiento de estos, en asuntos que sean de su competencia.

22) Cumplir la Misión y Visión Institucional;23) Velar por el cumplimiento de las “Normas Éticas para la Función Pública"

emitidas por el Señor Presidente de la República, mediante Decreto Ejecutivo número 101, de fecha veinticinco de octubre de dos mil cinco.

24) Velar por el cumplimiento del Manual de Conducta Ética, del Ministerio de Obras Pública Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, emitido con fecha 9 de febrero de 2006.

25) Cumplir y hacer cumplir todas las disposiciones legales y reglamentarias que se relacionen con el desempeño de sus funciones.

TITULO VIIINORMAS REGLAMENTARIAS.

CAPITULO I.NOMBRAMIENTOS, CONTRATACIONES, TRASLADOS, ROTACIÓN

Y DESTITUCIONES.

Art. 66. El Ministro de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, autorizará las contrataciones, nombramientos, ascensos y remociones de los servidores públicos del MOPTVDU, tomando en cuenta los informes de evaluación de los jefes inmediatos.Los traslados y rotaciones del personal se harán de acuerdo con las necesidades de la Institución y a lo dispuesto en la normativa vigente.Las destituciones del personal se sujetarán a lo establecido en el presente reglamento, a las leyes laborales y administrativas aplicables en general y al respectivo contrato. En caso de renuncia al cargo contratado, el servidor público del MOPTVDU deberá dirigirla al señor Ministro del Ramo debiendo presentarla al menos con siete días hábiles de anticipación.

Art. 67. Toda persona que ingrese a prestar sus servicios al Ministerio deberá cumplir con los requisitos mínimos de preparación académica experiencia y otros

Page 68: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

El interesado deberá llenar el formulario de solicitud de empleo que le proporcionará la Gerencia de Recursos Humanos Institucional, al que adjuntará su Currículum Vitae y los documentos que respalden su experiencia laboral y preparación académica. El aspirante deberá presentar además toda la documentación necesaria que le sea requerida por dicha Gerencia.

Art. 68. Cuando en el Ministerio se crearen nuevas plazas o existan vacantes, éstas se cubrirán de preferencia con servidores públicos del MOPTVDU de la misma Unidad o de otro Departamento, siempre que éstos reúnan las condiciones de conocimiento o preparación académica, experiencia, salud e idoneidad que la plaza requiera.

Art. 69. Las declaraciones hechas en la fase de reclutamiento se considerarán recibidas bajo palabra de honor y por consiguiente, cualquier alteración respecto a la experiencia y preparación académica comprobada en los certificados exigidos se considerará como nulos y por tal motivo quedará excluido como aspirante a la plaza.

Art. 70. Queda terminantemente prohibido el nombramiento para llenar una plaza de Ley de Salario o de Contrato, de una persona que sea cónyuge o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de alguno de los jefes del MOPTVDU, salvo que dicha persona se encuentre prestando servicios en la institución, al momento de entrar en vigencia este reglamento y en consecuencia el nuevo nombramiento sólo constituya traslado o ascenso dentro del orden regular del movimiento del personal. Asimismo, no podrán ser nombrados para ocupar cargos los menores de dieciocho años de edad.

Art. 71 Todo nuevo servidor público del MOPTVDU se considerará a prueba por el término de treinta días o tres meses de conformidad con la Ley, según su forma de contratación, contados a partir de su ingreso. Si transcurrido el período de prueba el servicio fuere satisfactorio para la Institución, el nombramiento se entenderá por tiempo indefinido y el contrato por el ejercicio fiscal, salvo que se trate de labores temporales u ocasionales.Para estos efectos el Jefe inmediato deberá rendir informe al superior jerárquico sobre la eficiencia del servidor público del MOPTVDU, el cual deberá prestar por lo menos cinco días hábiles antes de finalizar el período de prueba. La no presentación del informe se entenderá como silencio administrativo a favor del servidor público del MOPTVDU.

Page 69: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

CAPITULO IIJORNADAS, HORARIOS DE TRABAJO, ASUETOS Y

VACACIONES.SECCION PRIMERA.

DE LAS JORNADAS Y HORARIO DE TRABAJO.

Art. 72. La jornada diaria de trabajo será de ocho horas, con un horario efectivo de trabajo de las ocho a las dieciséis horas de lunes a viernes; no excediendo la semana laboral de cuarenta horas. Dicho horario puede modificarse mediante acuerdo ejecutivo del Ministerio de Hacienda, de conformidad con lo dispuesto en las Disposiciones Generales del Presupuesto, pero en ningún caso podrá ser menor de ocho horas diarias.

Dentro del horario mencionado habrá un receso de cuarenta minutos diarios para tomar los alimentos, que será de doce y treinta horas a las trece y diez horas.

Art. 73. Los servidores públicos del MOPTVDU, gozarán de asueto remunerado en las fechas siguientes:a) Todos los domingos y sábados del añob) Uno de mayo, día del Trabajo;c) Diez de mayo, día de la madre;d) Quince de Septiembre; día de la Independencia Patria;e) Dos de Noviembre, día de los Difuntos; yf) Todos aquellos días que sean emitidos por Decreto Legislativo y que sean aplicables a los servidores públicos del Ministerio.

Art. 74. Además gozarán vacaciones en los siguientes períodos:

a) Semana Santa, ocho días comprendidos desde Lunes Santo al Lunes de Pascua;b) Vacación de agosto, comprendida del uno al seis, para la ciudad de San Salvador;

SECCION SEGUNDA DE LOS ASUETOS.

SECCION TERCERA. DE LAS VACACIONES.

Page 70: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

c) Vacación de fin de año, diez días comprendidos del veinticuatro de diciembre al dos de enero, ambas fechas inclusive.

Para los servidores públicos del MOPTVDU que laboren en el interior del país gozarán los días siguientes:

a) Cuatro, cinco y seis de agosto;b) Los empleados de los departamentos, fuera de San Salvador, gozarán de vacación durante los días principales de las respectivas fiestas patronales de San Salvador, pero la vacación de agosto se recortará para ellos en el número de días de vacaciones que se les conceda con motivo de aquellas fiestas.

CAPITULO IIIDERECHOS, OBLIGACIONES, PERMISOS Y

PROHIBICIONES.SECCION PRIMERA.DE LOS DERECHOS.

Art. 75. Son derechos de todos los servidores públicos del MOPTVDU, los siguientes:

a) Estabilidad laboral en el cargo o empleo en el caso de aquellos que estén comprendidos en la Carrera Administrativa y protegidos por la Ley del Servicio Civil; y los que no, de conformidad al Código de Trabajo o en su caso a la Ley Reguladora de la Garantía de Audiencia de los Servidores públicos del MOPTVDU no comprendidos en la Carrera Administrativa;

b) Percibir la remuneración de conformidad al acuerdo de nombramiento, contrato de servicios personales y al Régimen de Salario que corresponda a la plaza que desempeña en forma permanente , eventual o temporal;

c) De ascenso.d) Recibir de sus jefes un trato considerado y decoroso;e) A ser oído en sus peticiones y reclamos y recibir respuestas;f) A justificar su inasistencia al trabajo en casos de fuerza mayor o caso

fortuito dando aviso a su jefe inmediato y a la Gerencia de Recursos Humanos; al siguiente día hábil de su inasistencia.

g) A gozar de Asueto, Vacaciones y Licencias que disponga el presente reglamento, así como las leyes respectivas.

h) De funerales por cuenta del Estado, en la cuantía que determine el Reglamento de la Ley del Servicio Civil.

Page 71: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

SECCION SEGUNDA DE LAS OBLIGACIONES.

Art. 76. Son obligaciones de todo servidor público del MOPTVDU las siguientes:a) Asistir con puntualidad a su trabajo y dedicarse a él durante las horas que

corresponda según las leyes y reglamentos respectivos;b) Cumplir con el horario laboral establecido por la Institución y respetar el horario

Desempeñar su trabajo, con celo, diligencia y probidad, guardando la diligencia y eficiencia apropiada y en forma, tiempo y lugar convenidos para las labores que le sean encomendadas;

d) Observar buena conducta en el lugar de trabajo y en el desempeño de sus labores;

e) Guardar la reserva y discreción necesaria respecto de los asuntos y documentos de los que tenga conocimiento por razón de su cargo o empleo, aún después de haber cesado en el desempeño de ellos;

f) Registrar personalmente su asistencia a labores diarias en el control de entrada y salida de acuerdo a los horarios respectivos y conforme el sistema establecido; salvo aquellos servidores públicos que por la naturaleza de sus funciones hayan sido exonerados por el Titular del MOPTVDU.

g) Atender al público en forma esmerada con amabilidad, cortesía y eficacia guardando el debido respeto, en las relaciones que tuviere con el por razón de su cargo o empleo;Conservar en buen estado los bienes o equipos que el Ministerio le asigne para el V'buen cumplimiento de sus funciones y en su caso, dar aviso oportuno sobre las reparaciones o mantenimiento requerido;

i) Usar en horas de trabajo correctamente y en buen estado el uniforme que para el desempeño de sus labores, les proporcione la Institución, así como portar el carné de identificación;

j) Justificar con documentación fehaciente los permisos y licencias contemplados en este reglamento;

k) Respetar con dignidad a sus superiores jerárquicos, obedecer sus ordenes en asuntos de trabajo y observar seriedad en el desempeño de su cargo;

l) Guardar la debida consideración y respeto a jefes, subalternos y compañeros de trabajo;

m) Proporcionar a la Gerencia de Recursos Humanos cuando se solicite, la información necesaria para actualizar el respectivo expediente;

n) Velar porque la administración de los recursos del Estado estén orientados a la satisfacción del bienestar general, prefiriendo el interés público sobre el privado;

o) No recibir ningún beneficio personal vinculado a hacer, dejar de hacer, apresurar o retardar un acto inherente a sus funciones, ni imponer condiciones especiales que deriven de ello;

p) Ser transparente en las decisiones adoptadas sin restringir información, excepto que la ley lo determine;

q) Rechazar dádivas, promesas o recompensas que se les ofrezcan como retribución, aún cuando sea a título de pronto despacho;

para tomar los alimentos;

Page 72: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

r) Abstenerse de usar instalaciones o servicios del Ministerio para beneficio propio o para el de sus familiares, allegados o personas ajenas a la función oficial, a fin de avalar o promover algún producto, servicio o empresa;

s) Excusarse o declararse impedidos para actuar en los casos determinados por la Ley.

t) Cumplir con sus obligaciones de manera imparcial y desinteresada.u) Presentar la declaración jurada de patrimonio de conformidad con la Ley;v) Respetar los principios morales, valores cívicos, y símbolos patrios, yw) Denunciar ante quien corresponda, cualquier acto de corrupción o de violación a

la Ley.

Art. 77. Se Prohíbe a los servidores públicos del MOPTVDU:

a) Abandonar las labores durante la jornada de trabajo sin causa justificada o permiso del Jefe inmediato;

b) Alterar , falsificar, destruir o sustraer cualquier documento, valores o información escrita o por medio digital perteneciente al Ministerio;

c) Hacer uso en beneficio propio o de terceros, o tolerar el uso indebido de fondos, valores o información que le hayan sido confiados;

d) Solicitar y/o recibir pago en efectivo o en especie por la prestación de un servicio por la celeridad o por la obtención de un resultado determinado;

e) Presentarse al lugar de trabajo bajo el efecto de bebidas embriagantes, narcóticos, drogas enervantes o estupefacientes; o usarlas durante el desempeño de sus labores o mientras permanezca en las instalaciones del Ministerio;

f) Portar armas de cualquier clase durante el desempeño de las labores, a menos que éstas sean necesarias para la prestación de los servicios asignados;

g) Hacer propaganda política partidarista, o actividades religiosas en el lugar de trabajo durante el desempeño de sus labores;

h) Perder el tiempo o hacerlo perder en forma reiterada a sus compañeros durante las horas de trabajo;

i) Dedicarse en horas laborales a la venta de artículos, sean éstos de necesidad primaria o secundaria; o a la distribución de los mismos y mucho menos a la cobranza de la deuda adquirida por las ventas:

j) Emplear los útiles, materiales, maquinaria o herramientas suministradas por la Institución para fines personales y otros distintos de aquél al que están normalmente destinados;

S E C C IO N TE R C E R A

D E LA S P R O H IB IC IO N E S .

Page 73: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

k) Desempeñar empleos de carácter privado que fueren incompatibles con el cargo de servidor público del MOPTVDU, ya sea por coincidir las horas de trabajo u otras circunstancias; excepto los casos permitidos por la ley

l) Ejecutar actos graves de inmoralidad o acoso sexual en el lugar de trabajo o cuando se encontrare en el ejercicio de sus funciones;

m) Causar intencionalmente daños materiales en los edificios, máquinas y demás equipos de oficina, o ejecutar actos que pongan directamente en grave peligro al personal;

n) Retardar sin motivo legal los trámites o la prestación de servicios administrativos;

o) Aprovecharse indebidamente de la información confidencial a la que por razón de su cargo tuviere acceso;

p) Negarse a proporcionar la información, que por Ley, está obligado a dar;q) Intervenir en actos, contratos o negocios en los que se diere un conflicto de

intereses, entre él y sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad;

r) Desempeñar simultáneamente dos o más empleos en entidades estatales, salvo lo dispuesto por la Ley;

s) Asentar hechos falsos o incompletos en actas que levante en el ejercicio de sus funciones o informes que rinda a sus superiores, sin perjuicio de las responsabilidades penales correspondientes; y

t) Vender o divulgar documentación o informes que hubieren sido declarados secretos o confidenciales por la autoridad competente y a los que el servidor público haya tenido acceso en razón de su cargo.

Art. 78. Son obligaciones del Ministerio:

a) Pagar a los servidores públicos del MOPTVDU su sueldo o salario en la forma, cuantía, fecha y lugar establecido, para tal efecto los servidores públicos del MOPTVDU deberán firmar las planillas correspondientes y se les entregará la boleta de pago que contendrá el valor pagado en concepto de salario y las deducciones o descuentos que le fueron efectuados en dicho período;

b) Guardar la debida consideración a los servidores públicos del MOPTVDU;

CAPITULO IV.OTROS DERECHOS Y PRESTACIONES.

SECCION PRIMERA.DE LAS OBLIGACIONES DEL MINISTERIO.

/

Page 74: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

c) Conceder licencias y permisos a los servidores públicos del MOPTVDU, con o sin goce de sueldos; de conformidad a lo establecido en el marco legal gubernamental;

d) Cumplir con todas aquellas obligaciones emanadas de la Ley, Reglamento o disposiciones aplicables.

SECCION SEGUNDA.DE LAS PRESTACIONES.

Art. 79. Todos los servidores públicos del MOPTVDU al servicio del Ministerio indistintamente del sistema de contratación, tendrán derecho a recibir una prestación adicional en dinero en cada año laborado en concepto de aguinaldo de fin de año, el cual será pagado en el mes de diciembre de cada año.Dicha prestación estará sujeta a las disposiciones Generales del Presupuesto Gobierno de El Salvador.Los servidores públicos del MOPTVDU, bajo el sistema de contrato gozarán de los beneficios que establece la Ley de Asuetos, Vacaciones y Licencias de los Servidores Públicos del MOPTVDU.

SECCION TERCERA. DE LAS LICENCIAS.

Art. 80. Los servidores públicos del MOPTVDU tendrán derecho a gozar de licencia con goce de sueldo en los casos siguientes:

a) Por el tiempo que se requiera para cumplir con sus obligaciones inexcusables de carácter público impuesto por la ley o por disposiciones administrativas de la autoridad competente;

b) Para cumplir con las obligaciones que racionalmente reclamen su presencia como en los casos de muerte o enfermedad grave de su cónyuge o conviviente, de sus ascendientes, descendientes y hermanos en segundo grado de parentesco por consanguinidad. En ningún caso las licencias concedidas en cada año, en conjunto, por duelo y enfermedad grave de los parientes podrán exceder de veinte días. El Ministerio se reserva el derecho de comprobar la veracidad de los hechos y cualquier otra circunstancia.

c) Por tres días hábiles, cuando el servidor público del MOPTVDU contrajese matrimonio civil o religioso; queda a opción de este, en cual de los dos tipos de matrimonio agotará la licencia;

d) Por descanso pre y post-natal, hasta por un período de noventa días dentro del cual estará comprendida la fecha del parto. Esta licencia deberá otorgarse cualquiera que sea el tiempo de trabajo de la interesada;

e) Por motivos de enfermedad o accidente común que imposibilite al servidor público del MOPTVDU desempeñar sus labores o cuando el descanso sea imperioso para obtener su recuperación y durante el tiempo que le

Page 75: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

corresponda de conformidad a su incapacidad de acuerdo a las leyes y reglamentos del Instituto Salvadoreño del Seguro Social; en este caso, será necesario que el servidor público del MOPTVDU, tenga por lo menos seis meses consecutivos de trabajar en el Ministerio.

f) Por el tiempo necesario para el desempeño de misiones oficiales de carácter temporal fuera del país, autorizado previamente por el señor Ministro y para asistir a reuniones, conferencias, congresos y otros eventos internacionales, a los que hubieren sido autorizados;

g) Por becas para realizar estudios fuera del país, patrocinados por el Ministerio o por Gobiernos u otras instituciones, siempre y cuando el salario no sea reconocido por la persona o institución que concede la beca. En este caso, será necesario que el beneficiado con una beca, tenga por lo menos seis meses consecutivos de trabajar en el Ministerio.

h) Asimismo, se les podrá conceder por el tiempo que fuere necesario, licencia con goce de sueldo o con sueldo parcial a los funcionarios o empleados que disfruten de becas para hacer estudios fuera del país, en virtud de compromisos internacionales suscritos por el Gobierno de la República, en los cuales se especifique que la beca es pagada por gobiernos o instituciones extranjeras; cuando también la beca sea costeada por gobiernos o instituciones extranjeras aunque no medie convenio internacional; o para que asistan a Escuelas de Administración Pública, Centros o cursos de capacitación o Adiestramiento, organizados o impartidos en el país, costeados por el Gobierno exclusivamente o con la cooperación de Organismos Internacionales. La licencia será concedida por el jefe de la Unidad Primaria correspondiente.

i) Por salir del país integrando delegaciones deportivas, culturales o científicas,así como también cuando los servidores públicos del MOPTVDU sean llamados para formar parte de las selecciones deportivas salvadoreñas en el caso de eventos de carácter internacional;

j) Podrá concederse permiso para que se ausente de sus oficinas durante elperíodo lectivo, y por un lapso no mayor de dos horas diarias, a los empleados que sean estudiantes de cualesquiera de las facultades de las universidades. En este caso, la calidad de estudiante matriculado y la necesidad del permiso, deben ser comprobados con la certificación de la Universidad respectiva en donde conste el horario de clase.

k) La autorización de toda licencia deberá gestionarse ante la Gerencia de Recursos Humanos previo al inicio del goce de la misma.

Page 76: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

LICENCIAS SIN GOCE DE SUELDO.Art. 81. Las licencias sin goce de sueldo podrán concederse al servidor público del MOPTVDU, cuando a juicio del jefe inmediato no interfieran en el normal desarrollo de las labores del Ministerio, en los casos siguientes:

a) Por motivos particulares, por un mes prorrogable por igual período, sin que dicha licencia exceda dos meses dentro de cada año;

b) Por enfermedad; el tiempo máximo será de seis meses al año, se concederá una vez agotado el tiempo acumulado a que tiene derecho el servidor público del MOPTVDU. En este caso el servidor público del MOPTVDU presentará la solicitud acompañada de la certificación médica. En caso que se solicite licencias sin goce de sueldo, por enfermedad y a continuación por otra causa, o viceversa, las licencias en conjunto no excederán de seis meses dentro del año.

c) Por el desempeño de cargos en Organismos Internacionales, con los cuales el país tenga participación derivada de Convenios vigentes, se concederá inicialmente hasta por un año, el cual será prorrogable una sola vez por igual periodo.

d) Por el desempeño de un cargo de elección popular o de elección a cargo de la Asamblea Legislativa, por una sola vez, y por todo el período de su actuación en el cargo para el cual fuere elegido, licencia que en ningún caso podrá ser denegada. Conservarán además, los derechos que la Ley de Servicio Civil concede a los empleados y funcionarios en actual servicio, y para lo cual se presentará solicitud formal acompañado del comprobante de nombramiento;

Art. 82. En todo caso las licencias con goce de sueldo o en su caso, sin goce de sueldo se regularán conforme lo dispone la Ley de Asuetos , Vacaciones y Licencias de los Empleados Públicos, así como también las Disposiciones Generales de Presupuesto y demás normativa aplicable

CAPITULO V.DISPOSICIONES DISCIPLINARIAS Y M O D O D E

A P L IC A R LA S .

Art. 83. El presente régimen disciplinario está constituido por el conjunto de normas que, con el objeto de garantizar la armonía entre el Ministerio y los servidores públicos del MOPTVDU, en el marco del respeto de la ley, se mantenga el orden interno y se garantice un funcionamiento eficiente para la consecución de los fines de la Institución.Para lo anterior se establece la naturaleza e implicaciones de las infracciones en que los servidores públicos del MOPTVDU pueden incurrir, las sanciones aplicables a cada caso, la competencia de los organismos y autoridades encargadas de su

Page 77: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

aplicación, el procedimiento a seguir y los recursos contra las resoluciones que se dicten, para tal efecto se establecen la siguientes medidas disciplinarias:Sin perjuicio de las penas a que sean acreedores de conformidad con las leyes, los funcionarios que no cumplan debidamente con sus obligaciones quedaran sujetos a las sanciones disciplinarias siguientes:

a) Amonestación verbal;b) Amonestación escrita;c) Multa, que no podrá exceder del 10% del sueldo mensual devengado,

excepto de los casos expresamente determinados por la Ley.d) Suspensión sin goce de sueldo, la cual no podrá pasar de un mes, excepto

en el caso del Articulo 48 de la Ley de Servicio Civil.e) Postergación hasta por dos años en el derecho a ascenso;f) Rebaja de categoría dentro del mismo cargo; yg) Despido o destitución del cargo o empleo.

Art. 84 Será sancionado con amonestación verbal al servidor público del MOPTVDU o funcionario que cometa faltas leves que no impliquen incumplimiento a las obligaciones o deberes expresados en el Art.76 de éste Reglamento, y en los casos siguientes:

^ Por no desempeñar el trabajo en forma cuidadosa y diligente, en el lugar, tiempo y condiciones que le indiquen sus superiores;

b) Por no presentarse a la oficina correctamente vestido, o uniformado en su caso, o no mantener esa corrección durante las horas de trabajo;

c) Por no asistir con puntualidad a su trabajo, reiteradamente, sin causa justificada;

d) Por no observar estrictamente las prescripciones sobre higiene y seguridad;e) Por ocupar los útiles, materiales, muebles y demás implementos

suministrados por el Ministerio, para objeto distinto de aquel al que están normalmente destinados o en beneficio de persona distinta del Ministerio.

f) Por extraer del Ministerio los útiles y elementos de trabajo, sin permiso de sus superiores;

g) Por atender en la Institución visitas particulares;h) Por hacer propaganda partidarista en el lugar de trabajo o durante el

desempeño de sus labores;i) Por realizar transacciones comerciales particulares de cualquier género y

hacer o solicitar que otra persona se responsabilice de las mismas;j) Por cometer actos que perjudiquen la disciplina en las labores;k) Por ejecutar con retardo o abstenerse de ejecutar con el mayor esmero y

prontitud cualquier acto inherente relacionado con sus funciones.

AMONESTACIÓN VERBAL.

Page 78: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

AMONESTACIÓN ESCRITA.Art. 85. La amonestación escrita al servidor público del MOPTVDU o funcionario será procedente en los siguientes casos:

a) Cuando cometiere alguna de las infracciones mencionadas en el artículo anterior y hubiere recibido amonestación verbal por la misma causa, dentro del mismo mes calendario;

b) Por no marcar en forma reiterada el Código digital de control de asistencia de la jornada laboral, sin causa justificada; salvo aquellos servidores públicos que por la naturaleza de sus funciones hayan sido exonerados por el Titular del MOPTVDU.

c) Por no obedecer órdenes justificadas o instrucciones lícitas que reciba de sus superiores sobre el desempeño de sus labores;

d) Por no guardarse el mutuo y debido respeto y consideración entre los servidores públicos del MOPTVDU de la Institución;

e) Por no tratar con debida cortesía al público y a toda persona con quien deba relacionarse en el desempeño de sus labores en la medida en que se compruebe la veracidad de la situación;

f) Por hacer comentarios con personas ajenas al Ministerio sobre actividades y funcionamientos de la Institución, cuando dichos comentarios puedan perjudicarla;

g) Por no prestar la colaboración o auxiliar en cualquier tiempo, siendo necesaria y factible cuando por siniestro o riesgos inminentes peligren sus compañeros, los bienes y los intereses del Ministerio.

h) Por alterar la correspondencia o cualquier documento del Ministerio;i) Por abandonar las labores durante la jornada de trabajo, sin permiso de su

superior inmediato.

MULTA.Art. 86. Cuando la falta al Reglamento fuere grave a juicio del funcionario a quien corresponde sancionar, se impondrá al infractor la pena de multa. Se impondrá siempre esta sanción a quienes no asistan a su trabajo o no asistieren al mismo con puntualidad sin motivo justificado, en cuyo caso la cuantía de la multa se regulará de conformidad a lo dispuesto en las Disposiciones Generales del Presupuesto. Las

^ multas se deducirán del sueldo que devengue el responsable.

Al

Page 79: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

SUSPENSIÓN SIN GOCE DE SUELDO.

Art. 87. La suspensión sin goce de sueldo hasta por cinco días al servidor público del MOPTVDU será procedente en los casos siguientes:

a) Por no cumplir con las obligaciones señaladas en el Art. 76 de éste Reglamento, cuando la falta cometida no amerite su destitución o despido.

b) Por no llevar al día y debidamente en orden los libros, tarjetas, documentos, registros, y archivos encomendados, por negligencia comprobada;

c) Por falta grave de respeto y consideración a cualquier persona que no forme parte del personal del Ministerio y con la cual deba relacionarse en el desempeño de sus labores. Estos hechos serán sometidos a investigación antes de establecer la sanción;

d) Por portar armas en el sitio de trabajo, excepto cuando la clase de servicio lo requiera;

e) Cuando el servidor público del MOPTVDU cometiera alguna de las infracciones mencionadas en el artículo anterior y hubiere recibido amonestación escrita por la misma causa, dentro del mismo mes calendario;

f) Por no desempeñar el servicio para el que fue contratado, según le indiquen sus superiores, siempre que sea compatible con su aptitud y condición física;

g) Por negligencia en el cuidado y conservación de los bienes propiedad del Ministerio que tenga a su cargo o por el manejo inadecuado de los mismos.

Para efectos de imponer la Sanción de Suspensión por más de cinco días, se estará a lo dispuesto en la Ley del Servicio Civil.

Art. 88 Para el caso Especial de Suspensión, Postergación hasta por dos años en el derecho a ascenso, Rebaja de Categoría dentro del mismo cargo y Despido de un servidor público del MOPTVDU se aplicaran las causales y procedimientos establecidos en la legislación según la forma de contratación.

Art. 89. Son causales de destitución:

a) Faltar gravemente a los deberes comprendidos en las letras de la c) a la i) del Artículo 31 de la Ley del Servicio Civil.

b) Infringir las prohibiciones contenidas en el Artículo 32, excepto la contenida en la letra e) de dicho artículo, de la Ley del Servicio Civil.

c) Ejecutar actos graves de inmoralidad en el MOPTVDU o fuera de la institución, cuando se encontrare en ejercicio de sus funciones;

DESTITUCIÓN.

Page 80: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

d) Ingerir bebidas embriagantes o usar drogas enervantes en el lugar de trabajo, o presentarse al desempeño de su cargo o empleo en estado de ebriedad, o bajo la influencia de dichas drogas;

e) Causar maliciosamente daños materiales en los edificios, máquinas y demás equipos del MOPTVDU o ejecutar actos que pongan directamente en grave peligro al personal del mismo.

f) Ser condenado en sentencia ejecutoriada; por delito cometido en el ejercicio de sus funciones o que lleva consigo la pena de destitución; y

g) Abandono del cargo o empleo, que se presumirá cuando el funcionario o empleado faltare por más de ocho días consecutivos sin causa justificada al desempeño de sus obligaciones.

Art. 90. Las amonestaciones verbales serán hechas por el Jefe inmediato del servidor público del MOPTVDU en privado.Las amonestaciones escritas serán hechas por el Director o Gerente Institucional de la Unidad,Las suspensiones sin goce de sueldo serán hechas por la Gerencia de Recursos Humanos, a solicitud del Director o Gerente Institucional respectivo.

Art. 91. Las peticiones y reclamos de los servidores públicos del MOPTVDU deberán dirigirse al Jefe inmediato respectivo, si se refieren a asuntos de mera disciplina interna.

Si se tratare de peticiones o reclamos de los Jefes de Unidades, Departamentos o Secciones, deberán dirigirse al Director o Gerente Institucional respectivo.

Art. 92. Los servidores públicos del MOPTVDU del Ministerio de Obras Públicas deben mantener y demostrar integridad y valores éticos en el cumplimiento de sus obligaciones.Son principios éticos que deberán cumplir los servidores públicos del MOPTVDU del

de obras Públicas, Transporte, y de Vivienda y Desarrollo Urbano, los s:

DE LOS RESPONSABLES PARA EFECTUAR LAS AMONESTACIONES.

CAPITULO VI.PRINCIPIOS ETICOS.

Page 81: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

1) Integridad: El servidor público del MOPTVDU, deberá ejercer su función con rectitud, sin excederse en las funciones que le corresponden, velando que sus actuaciones sean en beneficio del interés público.

2) Imparcialidad: El servidor público del MOPTVDU, deberá actuar con equidad, para que sus actuaciones inspiren la confianza en la sociedad.

3) Honradez: El servidor público del MOPTVDU, deberá ejercer sus funciones sabiendo aprovechar los recursos que administra con probidad, evitando todo provecho personal, obtenido por sí o por interpola persona

4) Discreción: El servidor público del MOPTVDU, está en la obligación de no difundir información que por su carácter especial pueda perjudicar la seguridad nacional.

5) Responsabilidad: El servidor público del MOPTVDU deberá administrar cuidadosamente los recursos que estén a su cargo o a los que tuviere acceso

6) Decoro: El servidor público del MOPTVDU, deberá actuar con respeto y con consideración para con su persona y hacia los demás, evitando todo acto que menoscabe su honor;

7) Lealtad: El servidor público del MOPTVDU, deberá tener permanente disposición para el cumplimiento de sus funciones y obrar con fidelidad para con la institución; asimismo deberá acatar las órdenes del superior jerárquico.

8) Eficacia: El servidor público del MOPTVDU, deberá realizar y cumplir los programas y actuaciones públicas al menor costo para los contribuyentes, evitando demoras y atraso en el trabajo y el logro efectivo de las tareas encomendadas.

CAPITULO VIL

REGIMEN DE REGALOS Y OTROS BENEFICIOS.

OBJETO DE REGALOS Y FAVORES.

Art. 93 - Los servidores públicos del Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano no podrán pedir o recibir favores en razón de:

a) Hacer, dejar de hacer, apresurar, o retardar trámites que correspondan a susfunciones: __ .y v r . #

/ • • • • . \b) Hacer valer su influencia en razón del cargo que Ocupa, ante otro servidor público,con el objetivo de que éste haga, omita o retarde cualquier tarea propia de su función y que beneficie claramente a la persona que ha dado cr'éstá dispuesta a dar los favores ya mencionados; y \ /

'v «.*V5 * ‘ fy

c) Que hubiera sido imposible recibir los favores de parte del particular al servidor público, si éste no desempeñara ese cargo o función.

Page 82: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS REPUBLICA DE EL SALVADOR

Los casos no previstos en este reglamento quedarán sujetos a las leyes especiales que lo regulan en lo que les fuere aplicables.

Forma parte para mejor comprensión de éste Reglamento el Anexo A que comprende los organigramas de cada una de las Unidades del Ministerio.

CAPITULO VIII

NORMAS ETICAS DE ESTRICTO CUMPLIMIENTO PARA LA FUNCIÓN PUBLICA.

Art.94 Los servidores públicos del MOPTVDU, están obligados al cumplimiento a las “Normas Éticas para la Función Pública" emitidas por el Señor Presidente de la República, mediante Decreto Ejecutivo número 101, de fecha veinticinco de octubre de dos mil cinco, a la Ley de Ética Gubernamental, contenida en el Decreto Legislativo No. 1038, de fecha veintisiete de abril de dos mil seis. Asimismo al cumplimiento del Manual de Conducta Ética, del Ministerio de Obras Públicas Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, emitido con fecha veintinueve de agosto de 2008.

El presente Reglamento podrá modificarse, en función de que la organización garantice el cumplimiento de los objetivos institucionales propuestos.

COMUNIQUESE.

PUBLÍQUESE.