miguel flores bernés

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Miguel Flores Bernés www.competenciaeconomica.com.mx COMPETENCIA ECONÓMICA CONCEPTOS BÁSICOS Competencia Económica @mfbernes Marzo 2013 El contenido sólo refleja la posición del expositor y no de la CFC ESCUELA LIBRE DE DERECHO DE SINALOA

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COMPETENCIA Económica CONCEPTOS BÁSICOS. ESCUELA LIBRE DE DERECHO DE SINALOA. Competencia Económica. @mfbernes. www.competenciaeconomica.com.mx. Marzo 2013. Miguel Flores Bernés. El contenido sólo refleja la posición del expositor y no de la CFC. Equilibrio parcial. demanda. oferta. - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: Miguel Flores Bernés

Miguel Flores Bernés

www.competenciaeconomica.com.mx

COMPETENCIA ECONÓMICACONCEPTOS BÁSICOS

Competencia Económica

@mfbernes

Marzo 2013 El contenido sólo refleja la posición del expositor y no de la CFC

ESCUELA LIBRE DE DERECHO DE SINALOA

Page 2: Miguel Flores Bernés

2

FUNDAMENTOS ECONÓMICOS

Page 3: Miguel Flores Bernés

Equilibrio parcial3

oferta

cantidad

Excedente

productor

Excedente consumidor

demanda

precio

Page 4: Miguel Flores Bernés

Eficiencia como objetivo de la competencia

4

1. Que los bienes y servicios se produzcan de la manera menos costosa posible (eficiencia de producción)

2. Que los niveles de producción sean óptimos desde el punto del bienestar social

3. Que los bienes y servicios se asignen a aquellos consumidores que más los valoren (eficiencia en el consumo)

Condiciones para la existencia de eficiencia económica

maximización del

bienestar total

Page 5: Miguel Flores Bernés

5

Productos homogéneosInformación perfectaTomadores de preciosInexistencia de costos de transacciónAusencia de externalidadesLibre entrada y salida del mercadoDivisibilidad perfecta del abasto

Competencia perfecta

Oligopolio

Cartel Abuso deDominanci

a

Monopolio

Interdependencia de agentes económicos que afectan el precio de un producto al manipular el abasto

Grupo de empresas que producen productos similares y se coluden para incrementar precios y restringir el abasto

Vendedor único que controla el mercado y para el cual no existe substituto.

Una empresa que, con posición dominante en el mercado, comete diferentes prácticas abusivas con el objeto de proteger o mantener su posición en dicho mercado

De la competencia perfecta al monopolio

Page 6: Miguel Flores Bernés

Demanda del mercado y de la empresa en competencia perfecta

P P

0

pe

Qm

Mercado Empresa

Df = pe

Qf

S

D

Page 7: Miguel Flores Bernés

¿Cómo funciona un monopolio?7

$

Pm 2

Pc 3

Qm Qc

Transferencia de riqueza a favor del monopolista

Pérdida de bienestar (Deadweight Loss)

1

4

5 6

DQ

IM

Pm=Precio monopolio Qm=Cantidad monopolio IM=Ingreso marginalPc=Precio competencia Qc=Cantidad competencia

Page 8: Miguel Flores Bernés

La competencia económica y los monopolios

8

Page 9: Miguel Flores Bernés

¿Porqué es malo el monopolio?9

1. Perdida de bienestar

Genera un precio artificial supra-competitivo que impedirá que ciertos compradores compren el producto

Mayor costo para la sociedad al tener que producir otro bien sustituto, como una segunda opción

Clara transferencia de riqueza al monopolista

Pérdida de oportunidad2. Mantenimientode rentas3. Evita la existencia deotros competidores

El monopolista destinará parte de sus ganancias para conservar su poder y no para producir más, para ser más eficiente o para mejorar el producto.El monopolista canalizará recursos

para excluir competidores potenciales y éstos mejor optarán por evitar participar en el mercado.

Page 10: Miguel Flores Bernés

10

Oligopolio

• Pocos vendedores (2-15)

• Interdependencia (opciones dependen del rival)

• Frontera difícil de trazar seguimiento de precios y un acuerdo

• También difícil señalar cuando hay acuerdos tácitos (señales)

• Daños Oligopolio pueden ser similares al monopolio pero ¿debe estar prohibido?

Page 11: Miguel Flores Bernés

Oligopolio11

• Oligopolio Cournot

• Oligopolio Bertrand

• Oligopolio Stackelberg

Page 12: Miguel Flores Bernés

Oligopolio Cournot12

• Existe un equilibrio precio/calidad determinado que causa que ningún agente económico tenga incentivo para cambiar su nivel de abasto en razón del nivel de abasto de sus rivales.

• Permite que los agentes maximicen sus utilidades.

Page 13: Miguel Flores Bernés

Funciones de reacción de CournotQ2

Q2M

Q2*

r1 (Función de reacción de la empresa 1)

Q1MQ1

*

r2 (Función de reacción de la empresa 2)

EC

DB

A

.. .... .. .

Page 14: Miguel Flores Bernés

14

Oligopolio Bertrand

• Bienes homogéneos• Guerra de precios (compiten por

todo el mercado)• Precio costo marginal

Page 15: Miguel Flores Bernés

Oligopolio Stackelberg15

• Líder • El líder decide su nivel

de producción tomando en cuenta que sus seguidores reaccionan a su liderazgo.

• Ventaja del que mueve primero.

• Dejar que sus seguidores “se acomoden”

Page 16: Miguel Flores Bernés

Teoría de Juegos16

• Los rivales se enfrentan por diversos periodos de tiempo en los mercados.

• Nash

Page 17: Miguel Flores Bernés

17

Cartel

Definición• Grupo de empresas que producen

productos similares y se coluden para incrementar precios y abasto

• Causa graves daños a la economía• Pecado mortal competencia• Es una conspiración «fraude» vs

consumidores (aprovecha engaño para lucrar)

• Muchos países delito (México, EUA, Australia, Brasil, UK, etc.)

Page 18: Miguel Flores Bernés

18

CartelReceta para el cartel feliz:• Mercado concentrado donde

miembros tengan % importante (80%) y el resto atomizado

• Barreras de entrada 1. regulación 2. publicidad (marcas) 3. tecnología 4. costos financieros 5. economías de escala 6. costos cambiar proveedor 7. acceso canales de

distribución

Page 19: Miguel Flores Bernés

19

CartelReceta para el cartel feliz:• Existencia de barreras a la entrada• Pocos competidores• Se debe poder llegar acuerdo sobre el

abasto (OPEP)• Se debe tener mecanismos para detectar

incumplimientos y sancionarlos (no sea tan oneroso)

• No sea detectado por la autoridad

Page 20: Miguel Flores Bernés

20

CartelTalón de Aquiles = TRAMPA• 10 competidores acuerdo vender 10

pesos cada producto (mercado total 100 pesos)

• 5 pesos cuesta producir una unidad más

• Ante el incremento de 1 unidad precio cae de 10 a 9.9

• Si un cartelista incrementa producción en 1, vende 11 (x9.9=108.9) gana 8.9 menos 5= 3.9

• Los demás pierden 10 centavos x unidad se pierden 9 pesos en total, el q se salió gana 3.9

Page 21: Miguel Flores Bernés

21

Cartel

Otros problemas para formar un Cartel• Acuerdo precio es difícil= por

diferencias en costos y participaciones en mercado

• Costos varían (costo marginal crece mas participación precio bajo/ costo marginal decrece el grande quiere precio menor para expandirse)

• Falta de homogeneidad dificulta el acuerdo/ salvo segmentación x producto

Page 22: Miguel Flores Bernés

22

Cartel

Métodos para evitar la trampa en un cartel• Segmentación geográfica• Asignación de cuotas de mercado

(no fijas $, no hay que reunirse)• Diseñar precio señal de que se

acabó el cartel (autoridad piensa q hay mucha competencia)

• Métodos de sanción (depredación, compensación, acciones violentas)

Page 23: Miguel Flores Bernés

23

Cartel

Daños causa Cartel• Sobreprecios (15-20% OCDE)

• Reduce abasto

• Protege a los miembros de la competencia x lo q no reducen costos ni innovan

Page 24: Miguel Flores Bernés

24

Cartel

Métodos para combatir carteles• Multas altas (10% ingresos

acumulables)

• Sanciones penales 3-10 años (cárcel)

• Programas de inmunidad

Page 25: Miguel Flores Bernés

25

Cartel

Programa de inmunidad• Reducción de sanciones a quien

coopere

• Reducción sanción administrativa y penal

• A cambio de cooperación plena y continua, y pruebas para demostrar y sancionar a los demás

Page 26: Miguel Flores Bernés

26

Cartel

Programa de inmunidad• Reducción 100% primero,

50%,30%,20%, por orden cronológico

• Importante saber quién es el primero (mail/buzón de voz) competencia por ser el 1°

• Personas morales y personas físicas (directores, gerentes, etc.)

Page 27: Miguel Flores Bernés

27

Cartel

Programa de inmunidad• Elementos probatorios que obren

en su poder y q permitan acreditar el cartel

• Cooperar forma plena y continua• Realizar acciones para terminar

participación• Solicitar antes termine

investigación• Buzón o correo• Me buscan analizan pruebas da

inmunidad• No es suficiente cancela solicitud• Confidencialidad

Page 28: Miguel Flores Bernés

28

Cartel

Programa de inmunidad• 27896632• [email protected]

Video «Be the first to tell»

•http://www.youtube.com/watch?v=_r99qzC8aHA

Page 29: Miguel Flores Bernés

29

CartelProblemas para demostrar el cartel

• Falta de evidencia directa• Confusión con oligopolio• Sofisticación de conductas con el

tiempo• Rompe acuerdos parece

competencia• Careta en organizaciones de

comerciantes o profesionistas• Carteles internacionales (demostrar

efecto en México)

Page 30: Miguel Flores Bernés

30

CartelCartel problemas para demostrarlo

• El caso de la lisinaArcher Daniels Midland Segment from "Fair Fight in the Marketplace"http://www.youtube.com/watch?v=DPXTsPS-hyw&feature=related

Lysine Cartelhttp://www.youtube.com/watch?v=E21YYoxRs5g&feature=relatedhttp://www.youtube.com/watch?v=Vs8nk-_bFgs&feature=relatedhttp://www.youtube.com/watch?v=JBa6PVupH8c&feature=relatedhttp://www.youtube.com/watch?v=ywNSPfb6w7M&feature=relatedhttp://www.youtube.com/watch?v=xu3TQy1Jk4M&feature=relatedhttp://www.youtube.com/watch?v=ytNI56yzbQg&feature=relatedhttp://www.youtube.com/watch?v=atojWdNVKSk&feature=relatedhttp://www.youtube.com/watch?v=niSkTt3MY9Y&feature=related

Page 31: Miguel Flores Bernés

31

Cartel

Nuevas disposiciones:

• Sanciones hasta por el 10% de ingresos acumulables

• Sanción penal 3-10 años, no aplica a los que cooperaron

Page 32: Miguel Flores Bernés

32

Business Cycles, Business History

Schumpeter y Competencia Capitalismo y Competencia

• Schumpeter describe un proceso• Nuevo personaje innovador crea

nuevas empresas• Innovación: nuevo producto; nueva

organización; una fusión• Reacción de los establecidos en

contra• Ciclo de burbujas y catástrofes, una

serie de explosiones

Page 33: Miguel Flores Bernés

33

Business Cycles, Business History

Schumpeter y Competencia Capitalismo y Competencia

• Emprendedor no es igual a capitalista

• Otros lo quieren copiar, él defiende su innovación (patentes, secretos, marca)

• Agrede a agresores• Es un proceso de «destrucción

creativa» nuevo destruye a lo viejo• Quieren copiarle y se logra en algun

momento• Por eso el monopolio no es la norma

salvo por los protegidos por el ESTADO

Page 34: Miguel Flores Bernés

34

Business Cycles, Business History

Schumpeter y Competencia Historia

• Revolución industrial reduce costos; aumenta demanda, especialización de trabajo

• Renuevan todas las industrias hasta las viejas como textil (gente puede comprar más)

• Artesanos y gremios reaccionan invocan leyes medievales «Wavers act» destruyen máquinas de agujas

• Innovadores van a las afueras

Page 35: Miguel Flores Bernés

35

Business Cycles, Business History

Schumpeter y Competencia Historia

• Industriales ganan fuerza política después

• Innovar implica también crear necesidades

• Jabón• iPod• iPad

Page 36: Miguel Flores Bernés

36

Business Cycles, Business History

Schumpeter y Competencia Textiles caso del algodón UK

• Lana y seda logran prohibir algodón• Se acepta el lino, crea demanda

1779 abre mercado• En el Boom llegan a destruir

fabricas• Invento no es igual q Innovador

caso Arkwright«doing the thing» ¿qué otros casos Gates, Jobs, Slim, Zambrano, • Lana seda reaccionan tarde

Page 37: Miguel Flores Bernés

37

Business Cycles, Business History

Schumpeter y Competencia Textiles caso del algodón UK

• 150 años de tranquilidad• EU se integran procesos gana

competitividad• Falta de reorganización mata a la

industria siglo XX• Rayón• Celanese en EUA vs. UE

Page 38: Miguel Flores Bernés

38

Business Cycles, Business History

Schumpeter y Competencia Ferrocarriles en USA

• 1830 locomotora• 1840 Go west inmigrantes• 1890 Red impresionante une costas

más telégrafo• Impulsa otros sectores (carbón,

acero, petróleo)• Crea ciudades Omaha, Chicago,

Denver, Forth Worth• Competencia feroz 90’s estabiliza

industria

Page 39: Miguel Flores Bernés

39

Business Cycles, Business History

Schumpeter y Competencia Ferrocarriles en USA

• Ferrocarriles y Wall Street y la City• Creación clase de administradores

profesionales• Innovaciones legales del gobierno

(grants) y formas jurídicas• Concentran mucho mercados 1897-

1904 Goodyear, Pepsico, Kellogs, Monsanto, 3m, Texaco (Big Business)

• Destrucción creativa caso autoservicios

• Pymes no desaparecen Dell/Cinemex

Page 40: Miguel Flores Bernés

40

Business Cycles, Business History

Schumpeter y Competencia Automóviles

• 1890 Francia y Alemania• Ford modelo T 12 millones• GM y el crédito• 1920 concentra la industria• Bajan precios

Page 41: Miguel Flores Bernés

41

Business Cycles, Business History

Schumpeter y Competencia Acero

• Bessemers y el acero barato• Innova producción baja costo e

innova los usos sillas, edificios, hasta latas

Electricidad

• Super innovación, todos debieron cambiar todo

• Internet 90’s?

Page 42: Miguel Flores Bernés

42

LA COMPETE

NCIA ECONÓMICA EN EUA

Y UE

Page 43: Miguel Flores Bernés

43

Competencia Económica/Antitrust USA

Sherman Act

VIDEO• Sherman Act relacionada con

concentración fines 1800’s• 1880 Wall Street concentraciones• Inestabilidad de precios y crisis 73-

78 y 83-86• Más competencia, guerra de precios• Acuerdos para ordenar «trust»• Afecto a los que estaban a la mitad

en la cadena y agricultores (poder político)

Page 44: Miguel Flores Bernés

44

Competencia Económica/Antitrust USA

Sherman Act

• Sección 1prohibe los acuerdos, contratos, arreglos y combinaciones que restrinjan al comercio y tiene sanciones penales

• Sección 2 prohíbe los intentos de monopolizar y las conspiraciones para monopolizar (aunque tener una posición dominante no es ilegal)

• Ley se aplica laxamente hasta 1917

Page 45: Miguel Flores Bernés

45

Competencia Económica/Antitrust USA

Sherman Act• Trans-Missouri Freigh Association y

Addyston Pipe and Steel se rechazan argumentos relacionados con acuerdos de precios razonables para acabar con la insana competencia

• Dr. Miles muy estricta con la reventa

• Standard Oil depredación de precios y compra de pequeñas empresas vs la ley

• American Tobbacco sancionó una campaña vs. Pequeñas empresas y depredación (desmanteló Trust)

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Competencia Económica/Antitrust USA

Ley Clayton y Federal Trade Commission• 1914 cubrir concentraciones que

pudieran afectar• Sherman impulsa más la

concentración, Clayton prohíbe discriminación de precios y directorios cruzados

• Treble damages se incluyen• Robinson Patman regula precios

discriminatorios• 1950 concentraciones incluyen

ahora activos• 1976 Hartt-Scott-Rodino

Page 47: Miguel Flores Bernés

47

Competencia Económica/Antitrust USA

Competencia Guerras mundiales y depresión

• Aplicación laxa en guerras complicidad con la industria

• Creación de carteles y control de precios

• Appalachian Coals (unen y asignan mercados)

• Socony Vacuum Oil de nuevo (1940) se vuelve ilegal la unión para reducir precios de gasolina

• 70’s muy estricto International Salt (ventas atadas) Schwinn (exclusividad de territorios) Alcoa poder sustancial de mercado sólo.

Page 48: Miguel Flores Bernés

48

Competencia Económica/Antitrust USA

• 1962 Brown Shoe prohíbe concentración del 5%

• Philadelphia National Bank concentración de pequeños bancos

• Pendulo. GTE_Sylvannia acuerdos verticales no basados en preciso sujetos a la regla de la razón.

• Escuela de Chicago/Reagan-Bush• Cambia un poco con Clinton

(Microsoft)• Obama parece cuidadoso por crisis

prueba de fuego ATT T-mobile, Intel; Apple (se ha ajustado)

• Google ITA

Page 49: Miguel Flores Bernés

49

Competencia Económica/Union Europea

• Tratado de Paris Comunidad Acero y Carbón prohíbe acuerdos restrinjan competencia

• Acabar con discriminación por nacionalidad

• Más duro si es entre países «dumping»

• Y por segmentación de mercados (por país)

• Hoy busca eficiencia• Pero aceptaron carteles de crisis• Ford/VW minivan Nestlé/Perrier

creaba empleos• No se mete con PYMES• Cada país régimen, plano europeo

Page 50: Miguel Flores Bernés

50

Objetivos Política Competencia

• Influenciado Política e Historia1)Bienestar2)Pequeñas empresas3)Libertad económica4)Justicia y equidad (UE permite intervención por cobros excesivos de compañías dominantes)

Page 51: Miguel Flores Bernés

51

Objetivos Política Competencia

¿qué debe prevalecer el bienestar del consumidor, el del productor o ambos?

¿está bien que el gobierno intervenga para evitar precios excesivos de empresas dominantes?

¿el gobierno debe proteger a las pequeñas empresas de las grandes?

Page 52: Miguel Flores Bernés

52

México• Constitución 57• Idea liberal refleja 1917• Garantía individual• Casos antes LFCE

- Caso Infra- Caso Compañía de Transmisión

Eléctrica Edo de Hidalgo

• Resoluciones sobre monopolios y tortillerías (misceláneas y requisitos de distancia)

Page 53: Miguel Flores Bernés

53

México

¿por qué antes de 1992 la aplicación de leyes antimonopolio no tenía mucho sentido?

TLCAN requieren las partes tener legislación de competencia

Cambio de paradigma económico reforman muchas leyes (LIE, EXPRO, etc.)

Page 54: Miguel Flores Bernés

54

MéxicoBases LFCE 1992

• Explicación económica de las ineficiencias de monopolios y prácticas monopólicas

• Cambios en la economía mundial abandonar proteccionismo

• Mercado tiene ineficiencias que deben corregirse

• Pma’s «per se» y Pmr’s regla de la razón (caso franquicias)

• Difícil definir mercado relevante

Page 55: Miguel Flores Bernés

55

MéxicoBases LFCE 1992

• Revisión de concentraciones como método preventivo

• Necesidad de que aplique al Edo• Creación de la CFC (características)• Necesidad de que sanciones sean

disuasivas

Reformas en 2006 y 2011

Page 56: Miguel Flores Bernés

56

México

Objetivo Ley

• Eficiencia

Sujetos• Personas físicas y morales y Edo

cuando actúa sin soberanía• También grupos económicos

(alguien que controle y unicidad de fines) Caso Coca-Cola

Page 57: Miguel Flores Bernés

57

México

Exclusiones

• Actividades reservadas al Estado• Propiedad Intelectual• Sindicatos

Page 58: Miguel Flores Bernés

58

LA CFC Y LA LFCE

Page 59: Miguel Flores Bernés

59

Organigrama de la CFC

Comisionado Rodrigo Morales Elcoro

Comisionado Miguel Flores

Bernés

Presidente Eduardo

Pérez Motta

Comisionado Luis Alberto Ibarra Pardo

Comisionada Cristina Massa

Sánchez

Pleno de la Comisión Federal de Competencia

Secretaria EjecutivaUnidad de

Planeación, Vinculación y

Asuntos Internacionales

Dirección General de Enlace

Dirección General de Administración

Dirección de Planeación y Evaluación

Dirección General de

Concentraciones

Dirección General de Mercados ReguladosDirección General de Procesos de

Privatización y LicitaciónDirección

General de Estudios

Económicos

Dirección General de Investigaciones de

Prácticas Monopólicas Absolutas y

Restricciones al Comercio InterestatalDirección General de Investigaciones

de Prácticas Monopólicas

RelativasDirección General

de Asuntos Contenciosos

Dirección General de Asuntos

Jurídicos

Page 60: Miguel Flores Bernés

60

1. Sancionar prácticas monopólicas

ABSO

LUTA

S

Son acuerdos entre competidores (conocidos como carteles) que tienen como objetivo:Fijar preciosDividir mercadosCoordinar posturas en licitacionesRestringir el abastoIntercambiar información para manipular el precio de venta o compra de bienes o servicios

RELA

TIVA

S

Prácticas comerciales nocivas para la competencia ejercidas por un competidor con poder sustancial.

Segmentación de mercadoFijación de precio de reventaExclusivas Ventas atadasBoicotDepredación de preciosSubsidios cruzadosDiscriminación de preciosDenegación de tratoElevación de costo a rivales

Funciones de la CFC

Page 61: Miguel Flores Bernés

61

Funciones de la CFC2. Autorizar concentraciones

Evitar concentraciones cuyo objeto o efecto sea disminuir, dañar o impedir la competencia y libre concurrencia

5. Emitir declaratorias

Previo a la determinación de un precio oficial, la CFC debe emitir una declaratoria en el sentido de que no existe competencia efectiva en el mercado de que se trate.

3. Medidas de protección a la competencia

concesiones

licitaciones

4. Opiniones ajustes a programas y políticas, consultas de agentes económicos iniciativas de leyes y anteproyectos de reglamentos y decretos

Page 62: Miguel Flores Bernés

62

PRÁCTICAS

MONOPÓLICAS

ABSOLUTAS

Page 63: Miguel Flores Bernés

Las PMA son acuerdos entre competidores que tienen por objeto o efecto:

Fijar precios

Restringir abasto

Segmentar mercados

Acordar posturas en licitaciones

Se castigan per se, ya que por sí solas generan efectos contrarios a la competencia, sin que sea necesario analizar sus posibles efectos competitivos, al no derivar en beneficios al consumidor.

Las reformas de mayo 2011 han incorporado un 254 bis al Código Penal Federal que homologa la tipificación penal con la administrativa.

PMA (1)

Page 64: Miguel Flores Bernés

Casos

I.- Fijación de precios: descuentos, mantener precios, formula para pasar costos, cobros mínimos.

Indicios: precios superiores en Mx de productos internacionales o adherirse a recomendaciones cámara

Casos Relevantes PMA (2)

Page 65: Miguel Flores Bernés

Casos Relevantes PMA (3)

65

México

En marzo de 2013 se sancionó a 6 personas físicas, 2 personas morales y 2 servidores públicos por fijación de precio y restricción de oferta en el mercado de producción, distribución y comercialización de nixtamal y tortillas en el municipio de Ocosingo, Chiapas. Las multas ascendieron a 186 mil pesos.

En noviembre de 2012 se sancionó a Industrias Bachoco, Pollo Industrializado de México y a 3 mayoristas, por colusión en la venta de pollo en Cancún, Quintana Roo. Las multas ascendieron a 2.99 millones de pesos.

En noviembre de 2012 se sancionó a industrias Bachoco, Pollo industrializado de México y a tres mayoristas por colusión en la venta de pollo en Chetumal, Quintana Roo. Las multas ascendieron a 3.16 millones de pesos.

En 2012 se sancionó a dos grupos de taxistas de Mazatlán. En 2012, se sancionó al Consejo Estatal de la Industria de la Masa y la Tortilla (Chiapas), Tuxtla

Gutiérrez. En 2012 , se sanciono a Asociaciones de Anestesiólogos por acordar un tabulador. Multas a autotransportes de Baja California En agosto de 2011, multa por un total de US $1.83 millones de dólares, a 5

agentes económicos y 5 personas físicas por realizar PMA en el transporte marítimo de pasajeros en las rutas Cancún–Isla Mujeres y Playa del Carmen– Cozumel.

Multa a CANACAR por haber establecido una metodología de ajuste aplicable por sus asociados para elevar de manera coordinada los precios en el mercado de transportación de carga (2010).

Page 66: Miguel Flores Bernés

Casos Relevantes PMA (4)

66

Internacional

-Lisina

-Vitaminas

-Concreto en Iowa (2011)

-Transporte de Carga USA-Puerto Rico Feb. 2011

Page 67: Miguel Flores Bernés

Casos

II.- Establecer la obligación de no producir, procesar, distribuir, comercializar o adquirir sino solamente una cantidad restringida o limitada de bienes o la prestación o transacción de un número, volumen o frecuencia restringidos o limitados de servicios

México

-Libros Oxford University Press

Internacional

-Lisina

PMA (5)

Page 68: Miguel Flores Bernés

Casos

III.- Dividir, asignar o imponer porciones o segmentos de un mercado actual o potencial de bienes y servicios, mediante clientela, proveedores, tiempos o espacios determinados o determinables.

Casos:

-Tortilla Tuxtla Gutiérrez-PCTV-Vendedores Angostura-Unión de Tortilleros Temixco

PMA (6)

Page 69: Miguel Flores Bernés

Casos

IV.- Establecer, concertar o coordinar posturas o la abstención en las licitaciones, concursos, subastas o almonedas públicas.

México

-GPP mexicana, Kodak-Multas por más de US $10.7 millones de dólares a 6 empresas farmacéuticas por coludirse para encarecer medicamentos al IMSS (2010)

PMA (7)

Page 70: Miguel Flores Bernés

70

PRÁCTICAS

MONOPÓLICAS

RELATIVAS

Page 71: Miguel Flores Bernés

Las PMR son sancionadas siempre y cuando se realicen por agentes económicos con poder sustancial de mercado y cuyo objeto o efecto sea o pueda ser desplazar indebidamente a otros agentes del mercado, impedirles sustancialmente su acceso, o establecer ventajas exclusivas, sin que se acrediten ganancias en eficiencia:

Segmentación de mercado por territorio o clientes

Fijación de precio de reventa

Exclusivas

Ventas atadas

Boicot

Depredación de precios

Subsidios cruzados

Discriminación de precios

Denegación de trato

Elevación de costo a rivales

Page 72: Miguel Flores Bernés

Mercado relevante y poder sustancial de mercado72

Conceptos básicos para identificar problemas de competencia en casos relativos a:

Concentraciones Prácticas monopólicas relativas (abuso de

dominancia) Declaración de ausencia de competencia efectiva

y de existencia de dominancia

Page 73: Miguel Flores Bernés

Mercado relevante73

Producto o Servicio Relevante: Se buscan los sustitutos en razón de si dan disciplina de precios; si cuando sube precio de A la gente compra B, B es sustituto de A y el mercado es A + B.

Se toma en cuenta precio, calidad, uso, tiempo requerido, restricciones impuestas por empresas, restricciones normativas.

Se analiza sustitución por parte de la demanda (consumidor) y de la oferta (proveedores que pueden surtir cambiando producción)

Área geográfica: Se determina tomando en cuenta los costos (de distribución, transporte, pagos de aranceles, cuotas, seguros) para determinar de dónde puede venir el abasto, o si los consumidores pueden desplazarse para buscar proveedores.

Page 74: Miguel Flores Bernés

Poder sustancial (1)74

Teoría:

Capacidad de una empresa para mantener o incrementar precios, de manera rentable, por encima del nivel competitivo durante un periodo de tiempo significativo

Ley:

a.- Tenga capacidad de un agente económico para fijar precios unilateralmente o restringir el abasto en el mercado relevante sin que los agentes competidores (y los compradores) puedan, actual o potencialmente, contrarrestar dicho poder.

Page 75: Miguel Flores Bernés

Poder sustancial (1)75

b.- La existencia de barreras a la entrada y el poder de sus competidores y compradores;

Costos financieros (canales alternativos, financiamiento, tecnología, canales de distribución)

Costos hundidosAutorizaciones gubernamentales (concesiones, licencias,

permisos)Restricciones normativas y subsidiosAcceso a importaciones y costos de internación

c.- La existencia y poder de sus competidores (% mercado y rivalidad)d.- Posibilidades de acceso a fuentes de insumose.- Comportamiento recientef.- Grado de posicionamiento de los bienes, falta de acceso a importaciones, costos altos para acudir a otros mercados

Page 76: Miguel Flores Bernés

Poder sustancial conjunto (1)

76

Se introduce en la ley con las reformas de mayo de 2011El artículo 13 de la LFCE señala:

(…) Para determinar si uno o varios agentes económicos tienen poder sustancial en el mercado relevante (…) deberán considerarse los siguientes elementos:(…)

%A

%B

%C

Poder sustancial conjunto

Page 77: Miguel Flores Bernés

Poder sustancial conjunto (2)

77

Artículo 13 bis. Para determinar la existencia de poder sustancial de dos o más agentes económicos que se ubiquen en los supuestos del artículo anterior en prácticas monopólicas relativas en un mismo mercado relevante, la Comisión deberá acreditar los siguientes elementos:I. Que se cumplan los criterios establecidos en el artículo 13 de la Ley para los agentes económicos involucrados considerados en conjunto;II. Que exista un comportamiento similar sostenido, implícito o explícito, entre los agentes económicos de que se trate;III. Que existan barreras de entrada al conjunto de agentes económicos involucrados, así como barreras de entrada al mercado relevante;IV. Que exista una disminución, daño o impedimento, actual o potencial, al proceso de competencia y libre concurrencia, yV. Las que establezca el Reglamento de esta Ley, así como los criterios técnicos que para tal efecto emita la Comisión.

Page 78: Miguel Flores Bernés

Ganancias en eficiencia78

• la introducción de productos nuevos; • el aprovechamiento de saldos, productos defectuosos o perecederos;• las reducciones de costos derivadas de la creación de nuevas técnicas

y métodos de producción, integración de activos, incrementos en la escala de la producción

• la introducción de avances tecnológicos que produzcan bienes o servicios nuevos o mejorados;

• la combinación de activos productivos o inversiones y su recuperación que mejoren la calidad o amplíen los atributos de los bienes y servicios;

• las mejoras en calidad, inversiones y su recuperación, oportunidad y servicio que impacten favorablemente en la cadena de distribución;

• así como las demás que demuestren que las aportaciones netas al bienestar del consumidor derivadas de dichas prácticas superan sus efectos anticompetitivos.

Page 79: Miguel Flores Bernés

PMR (1)79

1- Distribución exclusiva

ESTRATEGIA:

Eliminar competencia inter-marca elimina competencia de distribuidores

Casos:

• Pemex• Harinera Yucatán

Page 80: Miguel Flores Bernés

PMR (2)80

2- Establecer precio de reventa o condiciones de reventa

ESTRATEGIA:

Eliminar competencia inter-marca elimina competencia de distribuidores

Casos:

• Yakult• Caso por Ley de Libro

Page 81: Miguel Flores Bernés

PMR (3)81

3- Venta Atada

ESTRATEGIA:

Trasladar PSM de un mercado a otro. Evitar competencia «aguas arriba» bloqueando posible competidor

(Microsoft)Crear efecto «portafolio» más difícil que entren competidores aguas abajo

Casos:

• Microsoft (evitar entrada competidor)• Sindicato de Pilotos Tampico (desplazar trasladar poder de un mercado

a otro)

Page 82: Miguel Flores Bernés

PMR (4)82

4- Exclusividades

ESTRATEGIA:

Crear barreras de entrada a competidores, asegurando puntos de venta o de distribución exclusivos

Eleva costo de entrada a competidores deben entrar aguas arriba y abajo

Casos:• Multa a algunas empresas del Grupo Coca Cola por más de 10 mdp por

imponer exclusividades y negativa de trato en el mercado nacional de bebidas carbonatadas.

• Caso Cervezas Yago• Casos Coca-cola• Caso CAAAREM (prevalidación)

Page 83: Miguel Flores Bernés

PMR (5)83

5- Negativa de Trato

ESTRATEGIA:

Negar un insumo esencial a un competidor para desplazarlo o impedir entradaDesplazar a distribuidores independientes

Casos:• En marzo de 2013 se impuso a Telmex una multa de 657 millones de pesos por

PMR en el mercado de arrendamiento mayorista de enlaces dedicados locales y de larga distancia.

• En junio de 2011, multa de 91.5 millones de pesos a Telmex por negar interconexión.

• Multa a Grupo Televisa por más de 12 mdp por negar el uso, distribución y difusión de señales de televisión (2010).

• Aspen Skiing Co.• Mediaprint• Televisa Telecable de Occidente• Telmex Factoraje y Cobranza (números de emergencia)

Page 84: Miguel Flores Bernés

PMR (6)84

6- Boicot

ESTRATEGIA:

Presionar a alguien para que deje de hacer o haga determinada conducta

Rehusar venta o adquisición de bienes o servicios de forma coordinada para presionar una conducta

Casos:• En 2012 se sancionó a Cemex Buque-silo Mary Nour, puerto de

Tampico.• Unión de Transportistas de Los Cabos• Harinera Seis Hermanos

Page 85: Miguel Flores Bernés

PMR (7)85

7- Depredación de precios

ESTRATEGIA:

Vender debajo de costo invirtiendo para desplazar a los competidores quedarse con el mercado y poder subir precio.

Alternativamente suavizar a una empresa que se quiere comprar.

Casos:

• Guerra de los Chicles

Page 86: Miguel Flores Bernés

PMR (8)86

8- Descuentos o incentivos (variación de la fracción IV)

ESTRATEGIA:

Desplazar competidores al ofrecer el vendedor, descuentos o incentivos para que el cliente no adquiera o venda los productos de un competidor.

Casos:

• Antiguo caso de las empresas Cónsul y Vitromatic, dedicadas a la distribución de electrodomésticos.

Page 87: Miguel Flores Bernés

PMR (9)87

9- Subsidios cruzados

ESTRATEGIA: Financiar una línea de negocios con ganancias tomadas de algún otro lado.Desplazar a sus competidores y aumentar su poder de mercado usando una depredación de precios financiada con subsidios cruzados.

Casos:• Telmex financió operaciones de su subsidiaria Radio Móvil Dipsa, y negó servicios injustificadamente a su competidor Iusacell.

Page 88: Miguel Flores Bernés

PMR (10)88

10.Discriminación de precios

ESTRATEGIA: Desplazar competidores al incrementar costo de insumos esenciales

Casos:•Antiguo caso de venta de enlaces para LD por parte de Telmex

Page 89: Miguel Flores Bernés

PMR (11)89

11- Elevación de costos a rivales

ESTRATEGIA:

Causar que los costos y precios del competidor aumenten. Esto únicamente lo logrará el agente si tiene el control sobre algún insumo, que signifique parte relevante de los costos totales de producción de su rival.

Casos:• En abril de 2011, multa con 11 mil 989 millones de pesos a Telcel por

prácticas monopólicas relativas relacionadas con interconexión (PRESENTARON COMPROMISOS)

• Gas Supremo vs Gas Cuernavaca (obstaculizar la construcción de una planta de almacenamiento para distribución de gas LP.

Page 90: Miguel Flores Bernés

90

PROCEDIMIENTO

Page 91: Miguel Flores Bernés

91

Denuncia PMR y CP el afectado, PMA cualquiera.Denuncia se admite o desecha por notoria improcedencia.

Acuerdo SE Publicación extracto

30≤periodo≥120

(4 veces por 120 días)

60 sin actuación procede el cierre

Acuerdo de conclusión

Requerimientos, visitas, comparecencias

OPR: -sujeto-hechos-pruebas -violación

60 días 30 días contestar (pruebas)

Admisión o desechamiento pruebas, Desahogo pruebas

20 días

Alegatos y pruebas para mejor proveer

40 días

Integración Expediente

Resolución

Interponer RA

30 días60 días

Resolución sobre el RA

Si la denuncia es desechada, los promoventes pueden interponer recurso de reconsideración

Amparo 15 días

Procedimiento Investigación

Procedimiento seguido en forma de juicio

Recurso de Reconsideración

Pleno resuelve

Procedimiento antes de la reforma

Pleno Continuar

con procedimien

to

Page 92: Miguel Flores Bernés

Denuncia PMR y CP el afectado, PMA cualquiera.Denuncia se admite o desecha por notoria improcedencia.

Acuerdo SE Publicación extracto

30≤periodo≥120

(4 veces por 120 días)

60 sin actuación procede el cierre

Acuerdo de conclusión

Requerimientos, visitas, comparecencias

Si no existen elementos suficientes para sustentar la probable responsabilidad de un Agente Económico, el Pleno de la Comisión decretará el cierre del expediente (art. 41 RLFCE)

OPR: -sujeto-hechos-pruebas -violación

60 días 30 días contestar (pruebas)

Admisión o desechamiento pruebas, Desahogo pruebas

20 días

Alegatos y pruebas para mejor proveer

40 días

Integración Expediente

Resolución del Pleno

Recurso Reconsideración

30 días

60 días

Resolución sobre el RA

Si la denuncia es desechada, los promoventes pueden interponer recurso de reconsideración

Procedimiento Investigación

Procedimiento seguido en forma de juicio

Etapa impugnativa

Medidas cautelares

10 díasAudiencia ante el Pleno

Juicio ordinario administrativo (Juez de Distrito)

30 días

Procedimiento después de la reforma

Page 93: Miguel Flores Bernés

93

El problema más grave de la reforma (1)

Juicio ordinario administrativo

Medios de defensa vs. resolución de CFC (antes de la

reforma):

• Procedimiento seguido en forma de juicio

CFC

Page 94: Miguel Flores Bernés

94

El problema más grave de la reforma (2)

Juicio ordinario administrativo

Medios de defensa vs. resolución de CFC (después de

la reforma):

• Procedimiento seguido en forma de juicio

CFC

• Recurso de Reconsideración• 39 LFCE

CFC

• Amparo Directo• 158 LA

Tribunal Colegiado de Circuito

Page 95: Miguel Flores Bernés

Reforma constitucional en materia de Telecomunicaciones

95

Principales cambios en materia de competencia económica aplicables a todos los sectores económicos.

•Interpretación constitucional del objetivo del Derecho de la Competencia, Artículo 28 CPEUM.•Cambios orgánicos, “autonomía.”•Nuevas herramientas, las desincorporaciones.

Principales cambios en materia de mayor competencia en telecomunicaciones.

• Aspectos orgánicos•Poderes regulatorios.•Retiro de barreras de entrada al sector de telecomunicaciones.

Page 96: Miguel Flores Bernés

96

CONCENTRACIONES

Page 97: Miguel Flores Bernés

Concentraciones9727

Autorizar, condicionar o impugnar las concentraciones (generalmente adquisiciones y fusiones de empresas) que, por su importancia, pudieran tener efectos en el proceso de competencia y libre concurrencia .

Mecanismo preventivo

Aplica sólo a concentraciones que sobrepasen umbrales definidos en Ley

Se busca evitar concentraciones cuyo objeto o efecto sea disminuir, dañar o impedir competencia y libre concurrencia

Indicios de una concentración ilícita:

Confiere poder de fijar precios o restringir abasto sin que los competidores puedan contrarrestarlo

Desplace o impida indebidamente acceso a competidores

Facilite comisión de prácticas monopólicas

Page 98: Miguel Flores Bernés

Concentraciones9827

¿Qué elementos debe considerar la CFC para determinar si una concentración debe ser impugnada o sancionada?

El mercado relevante

La identificación de los agentes económicos que abastecen el mercado relevante y su grado de concentración (índice Herfindahl)

Los efectos en competidores y adquirentes del bien o servicio, así como en otros mercados y agentes económicos relacionados

La participación de los involucrados en la concentración en otros agentes económicos

Las ganancias en eficiencia

Page 99: Miguel Flores Bernés

Concentraciones9927

¿Qué son las ganancias en eficiencia?

Demostrar que los beneficios al bienestar del consumidor serán mayores que los efectos anticompetitivos de la concentración. Ejemplos:

Ahorros en recursos que permitan producir la misma cantidad del bien a menor costo

Economías de alcance

La disminución de gastos administrativos

La transferencia de tecnología de producción o conocimiento de mercado

La disminución del costo de producción o comercialización derivada de la expansión de una red de infraestructura o distribución.

Page 100: Miguel Flores Bernés

100

¿Qué tipo de condiciones puede imponer la CFC? Deben estar vinculados con el daño previsto.

Pueden consistir en:

o Llevar a cabo una determinada conducta, o abstenerse de realizarla;

oEnajenar a terceros determinados activos, derechos, partes sociales o acciones;

oEliminar una determinada línea de producción;

oModificar o eliminar términos o condiciones de los actos que pretendan celebrar;

oFomentar la participación de los competidores en el mercado, así como dar acceso o vender bienes o servicios a éstos

Concentraciones

Page 101: Miguel Flores Bernés

Concentraciones10128

¿Qué hacer ante una concentración peligrosa?

Condicionar: Producir o no producir, vender una línea o activo, dar acceso a competidores, obligarse a realizar actos orientados a fomentar la participación de los competidores en el mercado

Ordenar la desconcentración

Hace falta:

Generar guías que contribuyan a facilitar el procedimiento que deben seguir los agentes económicos al notificar una concentración

Mejorar y clarificar el procedimiento “express” de autorización

Page 102: Miguel Flores Bernés

Concentraciones10229

¿Qué concentraciones no son susceptibles de ser investigadas?

• Concentraciones que hayan obtenido resolución favorable (excepto si se resolvieron con base en información falsa o bien cuando la resolución haya quedado sujeta a condiciones posteriores y éstas no se hayan cumplido).

• Concentraciones que no requieran ser previamente notificadas, una vez transcurrido un año de su realización.

Page 103: Miguel Flores Bernés

Concentraciones10329

Umbrales para notificar, de acuerdo con el artículo 20 de la LFCE:

I. Cuando el acto o sucesión de actos que les den origen, independientemente del lugar de su celebración, importen en la República, directa o indirectamente, un monto superior al equivalente a 18 millones de veces el SMGVDF (equivalentes a $1,121.94 millones de pesos)

II. Cuando el acto o sucesión de actos que les den origen, impliquen la acumulación del 35 por ciento o más de los activos o acciones de un agente económico, cuyos activos anuales en la República o ventas anuales originadas en la República importen más del equivalente a 18 millones de veces el SMGVDF; o

III. Cuando el acto o sucesión de actos que les den origen impliquen una acumulación en la República de activos o capital social superior al equivalente a 8.4 millones de veces el SMGVDF (equivalentes a $523.572 millones de pesos), y en la concentración participen dos o más agentes económicos cuyos activos o volumen anual de ventas, conjunta o separadamente, sumen más de 48 millones de veces el SMGVDF (equivalentes a $2,991.84 millones de pesos)

Page 104: Miguel Flores Bernés

ConcentracionesArtículo 21 LFCE

Notificación

5 días 15 días

Solicitud Info Básica

Los promoventes pueden solicitar prórrogas. Si no entregan info la CNT se tiene por no presentada

Solicitud Info Adicional

35 días

Pleno autoriza, impugna o condiciona

Resolución

Recurso de Reconsideración

30 días60 días

Ya con toda la información, comienza el plazo

Artículo 21 bis LFCE

El Presidente podrá ampliar este plazo por 40 días adicionales

Notificación

5 días

Acuerdo de recepción a trámite

15 días

Pleno Resolución

En caso de que la notificación conforme al art. 21 bis sea rechazada, el SE dictará un nuevo acuerdo a trámite conforme al art. 21

Amparo 15 días

Resolución sobre el RA

Puedes presentar

propuesta de condicionamient

os

Page 105: Miguel Flores Bernés

Decisiones relevantes en materia de Concentraciones (1)

105

En abril de 2012, en Recurso de Reconsideración se condicionó la adquisición de Pfizer por Nestlé.

En enero de 2013 se impuso por segunda vez a Televisa una multa por el monto de 53.8 millones de pesos por el incumplimiento de condiciones.

En enero de 2013 se autorizó la compra de Masisa por parte de Rexel en el mercado de tablones de aglomerado.

En noviembre de 2012, se negó la autorización de la concentración entre Nestlé - Pfizer en el mercado de fórmulas lácteas infantiles.

En enero de 2012, se autorizó la concentración entre ADO y ASUR En junio de 2012, se autorizó la concentración entre Iusacell y Televisa, y por

una mayoría de 4 a 1 se impusieron condicionamientos en los mercados relacionados de Televisión abierta y restringida.

En 2012, Coca-cola/JDV adquiere Helados Santa Clara; Femsas (OXXO) adquiere Café Pacífico (Addatti)

En 2012, se autorizó la adquisición por parte de Delta Airlines, de aproximadamente el 3.5% de las acciones de Grupo Aeroméxico.

En 2012, Super Neto (RBS) adquiere Superprecio (Gigante)

Page 106: Miguel Flores Bernés

106

En 2007 se autorizó a Soriana la transferencia de la operación de las tiendas de autoservicio Gigante.

En 2007, se objetó la adquisición por parte de Grupo Mexicana de Aviación, de hasta el 100% de las acciones de Consorcio Aeroméxico, S.A.B. de C.V.

En febrero de 2007 se autorizó con condicionamientos la concentración entre Televisa-Cablemás/Vasco de Quiroga (adquisición de empresas de televisión por cable).

En febrero de 2010, se autorizó la concentración entre Televisa y Nextel, quienes se unieron para participar en las licitaciones de espectro radioeléctrico.

En febrero de 2010, se autorizó la concentración entre América Móvil-Telcel (reestructura corporativa).

En agosto de 2010, se autorizó la concentración entre Mexichem y Cydsa, y por una mayoría de 3 a 2 se impusieron condicionamientos en los mercados de resina de PVC suspensión/masa y tubos de PVC.

Decisiones relevantes en materia de Concentraciones (2)

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107

DECLARATORIAS

Page 108: Miguel Flores Bernés

Procedimiento para determinar condiciones de competencia efectiva, o existencia de poder sustancial (artículo 33-bis de la LFCE)

108

• Puede iniciarse de oficio o a petición de parte, pero debe establecerse expresamente en la legislación y la autoridad tiene que motivar la necesidad de la resolución

• Debe determinarse el mercado relevante y el poder sustancial

• Periodo de investigación de 45 días (prorrogable por una sola vez)

• Concluida la investigación y si existen elementos se emite un Dictamen Preliminar (DOF)

• Agentes económicos con interés pueden presentar manifestaciones y ofrecer elementos de convicción

• Integrado el expediente, se emite una resolución final (DOF) en un plazo no mayor a 30 días (prorrogable una vez por un periodo igual)

Page 109: Miguel Flores Bernés

Declaratorias

Recurso de Reconsideración (corresponde al

Presidente admitirlos y en su caso acordar con

el SE su desechamiento)

Amparo 15 días

60 días

Resolución sobre el RA

Solicitud de parte o autoridad

5 días

Acuerdo de inicio DOF o prevención (si no se cumple se tiene por no presentada)

15≤periodo≥45

El Pleno puede ampliar este plazo una sola vez por 45

adicionales

La Comisión requerirá los informes y documentos relevantes y citará a declarar a quienes tengan relación con el caso

Dictamen Preliminar (publicación en DOF e Internet)

Pleno resuelve

Agentes económicos con interés presentan manifestaciones y ofrecen elementos de convicción

20 días

30 días

5 días después de desahogada la ultima prueba se dictará el acuerdo de integración del expediente

Pleno resuelve

30 días El Pleno puede

ampliar una sola vez

Acuerdo de conclusión

30 días

Resolución

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DECLARATORIA DC-02-2007

110

Mercado relevante: servicios de arrendamiento de líneas o circuitos de transmisión dedicados de larga distancia y locales

El 25 de julio de 2009, la CFC emitió resolución final, en la que se sostuvo que Telmex y Telnor tienen poder sustancial de mercado:

en las localidades en que efectivamente prestan los servicios relevantes en los 97 mercados mayoristas de arrendamiento de enlaces dedicados locales

en las rutas en que efectivamente prestan los servicios relevantes en los 97 mercados mayoristas de arrendamiento de enlaces dedicados de LDN

en el mercado mayorista de arrendamiento de enlaces dedicados de larga distancia internacional

en el mercado mayorista de arrendamiento de enlaces dedicados de interconexión

Page 111: Miguel Flores Bernés

111

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112

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113

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DECLARATORIA DC-08-2007114

Mercado relevante: servicios de telefonía móvil a nivel nacional, comprendiendo el servicio de voz y datos que son ofrecidos por los concesionarios de radiotelefonía móvil con tecnología celular, el de acceso inalámbrico móvil, así como los concesionarios que ofrecen el servicio de trunking digital

El 21 de enero de 2010, la CFC emitió resolución final, resolviendo que TELCEL tiene poder sustancial en el mercado relevante

Page 115: Miguel Flores Bernés

VOTO PARTICULAR MFB115

En México, los servicios de telefonía móvil se dividen en dos mercados distintos: prepago y pospago

A finales de 2007 existían en México alrededor de 68 millones de usuarios; 92% en prepago y únicamente el 8% restante en pospago

No existe sustitución entre ambos servicios; ante un aumento de precios en prepago, no se puede acudir pospago (altos ingresos: tarjeta de crédito o fianzas). Dejar pospago para ir a pregago implica penalizaciones

Pospago no impone disciplina de precios a prepago

Page 116: Miguel Flores Bernés

116

SANCIONES

PENALES

Page 117: Miguel Flores Bernés

117

•Se introduce con las reformas de mayo de 2011:

“Se sancionará con prisión de tres a diez años y con mil a tres mil días de multa, a quien celebre, ordene o ejecute contratos, convenios o arreglos entre agentes económicos competidores, cuyo objeto sea cualquiera de los siguientes:I. Fijar, elevar, concertar o manipular el precio de venta o compra de bienes o servicios al que son ofrecidos o demandados en los mercados;II. Establecer la obligación de no producir, procesar, distribuir, comercializar o adquirir sino solamente una cantidad restringida o limitada de bienes o la prestación o transacción de un número, volumen o frecuencia restringidos o limitados de servicios;III. Dividir, distribuir, asignar o imponer porciones o segmentos de un mercado actual o potencial de bienes y servicios, mediante clientela, proveedores, tiempos o espacios determinados o determinables, oIV. Establecer, concertar o coordinar posturas o la abstención en las licitaciones, concursos, subastas o almonedas públicas.(…)

Artículo 254 bis Código Penal Federal

Page 118: Miguel Flores Bernés

Artículo 254 bis Código Penal Federal

118

Se perseguirán por querella de CFCSe requiere que exista resolución que haya determinado la responsabilidad administrativa por infracciones a al LFCE, y que haya “causado estado” No incluye a agentes económicos que se acojan al programa de “inmunidad” Se podrán sobreseer a petición del Pleno de la Comisión, cuando los procesados cumplan las sanciones administrativas impuestas y, además se cumplan los requisitos previstos en los criterios técnicos emitidos por CFC.La acción penal prescribirá en 6.5 años (10+3/2).

Page 119: Miguel Flores Bernés

Extradición 119

Caso Ian Norris, ciudadano británico extraditado en mayo de 2010 a los EUA con el cargo de conspiración para fijar precios.

Existen varios Tratados de Extradición celebrados por México.

El celebrado con los EUA ( firmado 1978, con Protocolo 2001) se refiere claramente a la posibilidad de extradición con relación a delitos “Delitos en materia de monopolios y de competencia desleal”.

Page 120: Miguel Flores Bernés

120

SANCIONES

ADMINISTRATIVAS

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Artículo 35 de la LFCE121

Otorga competencia a la Comisión Federal de Competencia para sancionar mediante:La corrección o supresión de la práctica o concentraciónDesconcentración parcial o total de una concentración Multa hasta por el equivalente a 175 mil veces el salario mínimo general vigente para el D.F por haber declarado falsamente o entregado información falsa a la Comisión. Multa hasta por el equivalente al 10% de los ingresos del agente económico, por haber incurrido en una PMA.Multa hasta por el equivalente al 8% de los ingresos del agente económico, por haber incurrido en una PMR.Multa hasta por el equivalente al 8% de los ingresos del agente económico, por haber incurrido en alguna concentración prohibida.Multa hasta por el equivalente al 5% de los ingresos del agente económico, por no haber notificado la concentración cuando legalmente debió hacerse. Multa hasta por el equivalente al 10% de los ingresos del agente económico, por haber incumplido con las condiciones fijadas por la Comisión en términos del artículo 22 de la LFCE.

Page 122: Miguel Flores Bernés

Artículo 35 de la LFCE122

Multas hasta por el equivalente a 200 mil veces el SMGVDF a quienes participen directamente en prácticas monopólicas o concentraciones prohibidas, en representación o por cuenta y orden de personas morales.

Multas hasta por el equivalente a 180 mil veces el SMGVDF a quienes hayan coadyuvado, propiciado, inducido o participado en la comisión de prácticas monopólicas, concentraciones prohibidas o demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados.

Multa hasta por el equivalente al 8% de los ingresos del agente económico, porhaber incumplido la resolución emitida en términos de los artículos 19 y 33 bis 2 de esta Ley o en las fracciones I y II de este artículo.

Multa hasta por el equivalente al 8% de los ingresos del agente económico, por incumplir la orden de no ejecutar una concentración hasta en tanto la Comisión emita la resolución favorable.

Multa hasta por el equivalente al 10% de los ingresos del agente económico, por incumplir la orden de suspender los actos a los que se refiere el artículo 34-bis 4 de la LFCE.

Page 123: Miguel Flores Bernés

Sanciones Administrativas

123

¿Qué pasa si son reincidentes en el incumplimiento de las sanciones?

En caso de reincidencia, se podrá imponer una multa hasta por el doble de la que se hubiera determinado por la Comisión.

¿A dónde se destinan los ingresos derivados del pago de sanciones?

Los ingresos que se obtengan de las multas por infracciones a lo dispuesto en esta Ley, se destinarán a los programas de apoyo para la micro, pequeña y mediana empresa.

Page 124: Miguel Flores Bernés

Sanciones Administrativas

124

¿Qué aspectos toma en cuenta la CFC para imponer una multa ?

La gravedad de la infracciónEl daño causadoLos indicios de intencionalidadLa participación del infractor en los mercadosEl tamaño del mercado afectadoLa duración de la práctica o concentraciónLa reincidencia o antecedentes del infractorLa capacidad económica

Page 125: Miguel Flores Bernés

Sanciones Administrativas

125

Cuando la infracción sea cometida por quien haya sido

sancionado dos veces o más la Comisión podrá resolver la

desincorporación o enajenación de activos, derechos,

partes sociales o acciones, por la parte que sea necesaria

para que el agente económico no tenga poder sustancial

en el mercado relevante.

Page 126: Miguel Flores Bernés

Sanciones Administrativas

126

Se entiende que el infractor ha sido sancionado dos veces:

I. Cuando las resoluciones que impongan sanciones hayan causado estado

II. Que al inicio del segundo o ulterior procedimiento exista resolución previa que

haya causado estado, y que entre el inicio del procedimiento y la resolución que

haya causado estado no hayan transcurrido más de diez años

III. Las sanciones por las prácticas monopólicas o concentraciones prohibidas se

hayan realizado en el mismo mercado relevante

Page 127: Miguel Flores Bernés

127

RECLAMO DE DAÑOS

Y PERJUICIO

S

Page 128: Miguel Flores Bernés

128

1. ¿Cuándo?2. ¿Quién?3. ¿Cómo?4. ¿Dónde?

… puede presentarse una reclamación sobre daños y perjuicios, conforme al artículo 38 de la LFCE

Daños y perjuicios

Page 129: Miguel Flores Bernés

Importancia de acciones privadas

129

• Justicia. Resarcir los daños y perjuicios causados por los carteles o por abusos de dominancia

• Seguridad Jurídica. Se fortalece el sistema con el EFECTO DISUASIVO (eleva el costo de infringir la ley).

Multa máxima en el caso de PMA: 10% ingresos

Multa máxima en el caso de PMR: 8% ingresos

Page 130: Miguel Flores Bernés

Art. 38 de la LFCE130

Una vez que la resolución de la Comisión haya causado estado, los agentes económicos que hayan sufrido daños y perjuicios a causa de la práctica monopólica o concentración prohibida, podrán deducir su acción por la vía judicial, para obtener una indemnización por daños y perjuicios. Al efecto, la autoridad judicial podrá solicitar a la Comisión la estimación de los daños y perjuicios.

No procederá acción judicial o administrativa alguna con base en esta Ley, fuera de las que la misma establece.

Page 131: Miguel Flores Bernés

Pero la reforma de acciones colectivas:131

Artículo 38. Aquellas personas que hayan sufrido daños o perjuicios a causa de una práctica monopólica o una concentración prohibida podrán interponer las acciones en defensa de sus derechos o intereses de forma independiente a los procedimientos previstos en esta Ley. La autoridad judicial podrá solicitar la opinión de la Comisión en asuntos de su competencia.

Las acciones a que se refiere el párrafo anterior podrán ejercerse de forma individual o colectiva, estas últimas en términos de lo dispuesto en el Libro Quinto del Código Federal de Procedimientos Civiles.

Page 132: Miguel Flores Bernés

¿Cuándo?132

Cuando la resolución de la Comisión haya causado estado, ya sea:

•Que la resolución de la CFC no haya sido impugnada ante el Poder Judicial (amparo) y sea firme en sede administrativa.

•Que si la resolución de la CFC fue impugnada ante el Poder Judicial, los procedimientos judiciales hayan concluido (sentencia de amparo en revisión confirmando la resolución de la CFC)

Page 133: Miguel Flores Bernés

133

a) El 38 de la LFCE no menciona que deba haber causado estado resolución de CFC b) El art. 588 del CFPC sí requiere de “resolución firme” pero sólo para acciones colectivasc) ¿Qué pasa con las acciones individuales? ¿habrá un juicio paralelo al procedimiento administrativo? d) ¿Qué pasa con la acreditación del hecho ilícito para la responsabilidad civil si no hay resolución de la CFC?.

Problemas

Page 134: Miguel Flores Bernés

Problemas134

• La acción para exigir la reparación de los daños causados, prescribe en dos años contados a partir del día en que se haya causado el daño (artículo 1934 del Código Civil Federal)

• Si el procedimiento y posterior resolución de la CFC se lleva un lapso de tiempo mayor, ¿prescribió ya la acción?

• Si no hay una resolución de la CFC que haya causado estado, no existe hecho ilícito

• ¿El plazo para la prescripción debería empezar a correr a partir de que la resolución de la CFC ha causado estado?

Page 135: Miguel Flores Bernés

¿Quién?135

• Pueden deducir su acción por la vía judicial los agentes económicos (artículo 38 de la LFCE):

Son agentes económicos las personas o entidades que compiten y concurren en los mercados de bienes y servicios, de tal manera que por sus ganancias y utilidades comerciales, su actividad trasciende a la vida económica del Estado al repercutir en el proceso de competencia y libre concurrencia.

• ¿Los consumidores estarían legitimados para reclamar daños?

Acciones colectivas

Page 136: Miguel Flores Bernés

¿Quién?136

• Parece ser que sería inadecuado interpretar que los consumidores no pueden iniciar un procedimiento judicial

Por ejemplo, en un caso de cartel:

CARTEL PRODUCTOR

Vende Insumo

Consumidor

Vende Producto final

Puede demandar al ser un agente económico

Y si el productor traspasa el costo, ¿puede demandar el consumidor?

Page 137: Miguel Flores Bernés

¿Cómo?137

• Se presenta una demanda (juicio ordinario civil) exigiendo la reparación de los daños causados derivados de hechos ilícitos. Reglas especiales para acciones colectivas

• Responsabilidad civil extracontractual y subjetiva

Artículo 1910 del Código Civil Federal. El que obrando ilícitamente o contra las buenas costumbres cause daño a otro, está obligado a repararlo

• Se debe acreditar el nexo causal entre la práctica monopólica o concentración prohibida y el daño sufrido

Page 138: Miguel Flores Bernés

¿Cómo?138

• Recomendable que la comprobación de los daños y perjuicios se presente en procedimiento ante la CFC (podría quedar en la resolución)

• ¿Si la CFC no fue capaz de determinar el daño causado en la resolución que emite debido a que no tenía la información, puede hacerlo posteriormente?

Page 139: Miguel Flores Bernés

¿Dónde? 139

• La autoridad judicial a que se refiere el artículo 38 de la LFCE puede ser un juez federal o local

• En controversias del orden civil que se susciten sobre el cumplimiento y aplicación de leyes federales y que sólo afecten intereses particulares, el actor podrá elegir entre acudir ante tribunales federales o tribunales locales (art. 104 Constitucional)

• Se ha presentado ante Juez local (Canels vs. Cadbury Adams de México, y otra en el mercado de bebidas carbonatadas está en curso)

Page 140: Miguel Flores Bernés

140

¿Cómo participa la CFC?

El juez puede solicitarle una estimación de daños y perjuicios

• No es claro cómo participa en el juicio la CFC (¿perito?, ¿tercero interesado? ¿Amigo de la corte… si existiera en México?)

• No es clara la naturaleza del documento con el que participe en juicio (¿pericial? ¿prueba para mejor proveer?, etc…)

• La estimación ¿es vinculante para el juez? No debería serlo, ya que la CFC no puede obligar a un juez a seguir su determinación.

• Y ¿quién emite el acto? ¿el Pleno, el Presidente o el Secretario Ejecutivo? ¿Bajo qué facultades?

• ¿El pronunciamiento sería una resolución, una opinión, un acuerdo?

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¿Cómo sería más fácil demandar?

1. Si la CFC determina los daños causados, en el procedimiento. Para eso puede ser útil:

Que el denunciante proporcione la información

Que queden determinados en la resolución emitida por la CFC

2. Utilizar disposiciones similares al artículo 221 BIS de la Ley de Propiedad Industrial y 184 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito

Artículo 221 BIS La reparación del daño material o la indemnización de daños y perjuicios por la violación de los derechos que confiere esta Ley, en ningún caso será inferior al cuarenta por ciento del precio de venta al público de cada producto o la prestación de servicios que impliquen una violación de alguno o algunos de los derechos de propiedad industrial regulados en esta Ley

Artículo 184.-…

Cuando, sin justa causa, se niegue el librado a pagar un cheque, teniendo fondos suficientes del librador, resarcirá a éste los daños y perjuicios que con ello le ocasione. En ningún caso la indemnización será menor del veinte por ciento del valor del cheque.

Pero hay siempre riesgos de abusos en los litigios.

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Reforma constitucional en materia de Competencia económica y

Telecomunicaciones

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Causas de la reforma 143

México tiene estructuras de mercado oligopólicas, y con presencia de agentes con PSM.

Sectores con oligopolios o con agentes dominantes:

Telecomunicaciones: Telcel y Telmex. Radiodifusión: Televisa y TV Azteca. Gas L.P.: Z gas, Uribe, Nieto, Sony, Gas

Metropolitano, etcétera.

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Causas de la reforma

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México tiene estructuras de mercado oligopólicas, y con presencia de agentes con PSM.

Otros Mercados Concentrados:

Materiales para la construcción, pollo, huevo, bebidas, cerveza, aerolíneas, ferrocarriles, harina de maíz, distribución de medicamentos, leche, etcétera.

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Causas de la reforma145

Ley Federal de Competencia Económica

Nace en 1992 (TLCAN) Reformas importantes 1993, 2006 y

2011

Apenas se comenzaban a percibir sus efectos

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Causas de la reforma146

Elecciones presidenciales del 2012.

Pacto por México (Acuerdo político).

Regular sectores sensibles para la sociedad donde existe conflicto (Telecomunicaciones y Radiodifusión).

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Causas de la reforma147

Reformas y adiciones a los artículos 6º y 7º de la Constitución.

Fortalecimiento de derechos humanos:A. Libertad de expresión. (Garantizado por el

Estado).B. Libertad de imprenta.

A través de: Acceso a tecnologías de la información, servicios de Radiodifusión, Telecomunicaciones, banda ancha e internet.

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Cambios Competencia Económica

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Modificación del 2º párrafo del Artículo 28 constitucional:

“… para evitar la libre concurrencia o la competencia entre sí o para obligar a los consumidores a pagar precios exagerados…”

La adición sólo aclara la interpretación litigiosa.

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Cambios Competencia Económica

Aspecto orgánico

CFC, Órgano desconcentrado de la SE.

NO ERA NECESARIO

CFCE , Órgano autónomo constitucional.

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Cambios Competencia Económica

Aspecto Orgánico (1)150

7 comisionados NUEVOS. Procedimiento novedoso, pero complicado para la

selección de los comisionados. Riesgo de Politización del órgano al “flexibilizar” los

requisitos para ser comisionado. 3 años de experiencia 1 año previo no ocupar cargo político Nombramiento del Presidente por un periodo de 4

años, renovable una sola ocasión por el Senado. Remoción de comisionados por el Senado por falta

grave en términos de ley.

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Cambios Competencia Económica Aspecto Orgánico (2)

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Contraloría nombrada por Diputados. ¿Contrapeso?

División entre la función investigadora y la resolutoria. UN GRAN ACIERTO.

Emisión de su propio estatuto así como regulación.

Presupuesto autónomo. Más personal administrativo, menos investigadores.

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Cambios Competencia Económica

Temas de transparencia152

Prohibición de reuniones EX PARTE. (Regulado por la Ley).

Las audiencias, votos y sesiones del Pleno deberán ser públicas. (con las excepciones que determine la ley).

Informes anuales y trimestrales. Comparecencias anuales ante el Senado.

Todo lo sustancial era posible sin una reforma constitucional que dotara de autonomía.

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CambiosCompetencia Económica

Nueva Herramienta153

“…La Comisión contará con las facultades… ordenar medidas para eliminar las barreras a la competencia y la libre concurrencia; regular el acceso a insumos esenciales, y ordenar la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones de los agentes económicos, en las proporciones necesarias para eliminar efectos anticompetitivo…”

¡Audaz pero peligroso!

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Cambios Competencia Económica

Nueva Herramienta154

Referencias internacionales:A) UK: BAA (Desincorporación)B) Australia: Competition Policy Reform Act -1995- Hillmer Committee – Acceso a insumos esenciales.

Los comisionados deberán tener conocimientos y ser prudentes.

La legislación debe ser clara al respecto.

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CambiosCompetencia Económica

Temas Procesales155

Amparo indirecto ante tribunales especializados (ACIERTO… “MUERTE” DEL JOA).

¿Cuál será la vía para impugnar la imposición de medidas de apremio?

En lo general no procede la suspensión . (Pero en caso de multas o desincorporación las resoluciones se ejecutarán hasta que se resuelva el juicio de amparo.

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CambiosCompetencia Económica

Temas Penales156

Nuevos tipos penales: :“TERCERO… El congreso de la Unión realizará las adecuaciones necesarias al marco jurídico conforme al presente Decreto dentro de los ciento ochenta días naturales siguientes a su entrada en vigor, y deberá:

I. Establecer tipos penales especiales que castiguen severamente prácticas monopólicas y fenómeno de concentración…”

Se corre el enorme PELIGRO de sancionar prácticas comerciales normales

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CambiosTelecomunicaciones y Radiodifusión

Aspectos Orgánicos157

Se crea el IFETEL en sustitución de COFETEL (mutatis mutandis), misma crítica autonomía

Asume facultades en materia de competencia La CFCE debe investigar y perseguir PM , así

como autorizar concentraciones.• Riesgo de captura del regulador• Se requiere tiempo para desarrollar habilidades.• Peligro en PMA, PMR y Concentraciones.• Peligro de diferencia de criterios en MR Y PSM. • Conflicto entre instituciones.• Riesgo de credibilidad.

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CambiosTelecomunicaciones y RadiodifusiónNuevas Facultades en Regulación

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IFETEL único que concede concesiones en Telecom y radiodifusión LA OPINIÓN DEL SECRETARIO DE LA SCT (Acotada al plazo no mayor a 30 días)

Regulación, promoción y supervisión del espectro.

Regulación de redes y servicios, así como el acceso a infraestructura.

Facultades exclusivas de competencia económica en las materias.

Regulación asimétrica.

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CambiosTelecomunicaciones y

RadiodifusiónNuevas Facultades en

Regulación159

Imponer límites de concentración de frecuencias, concesionamiento y propiedad cruzada.

Ordenar desincorporación de activos.

Fijar el monto de la contraprestación, autorizar servicios vinculados a las concesiones

Llevar el registro público de concesiones.

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CambiosTelecomunicaciones y Radiodifusión

Concesiones160

Todas por licitación pública, uso publico y social (que incluye a la comunitaria e indígena) adjudicación directa (el procedimiento para la adjudicación directa deberá garantizar la transparencia).

Evitar concentración.

Asegurar menor precio de usuarios finales.

El factor determinante no debe ser económico.

Habrá registro público,

Nuevo esquema de sanciones (revocación en caso de prácticas monopólicas)

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CambiosTelecomunicaciones y radiodifusión

Eliminación de Barreras Congreso161

Establecer mecanismos homologar concesiones. (comercial, público, privado y social que incluye a las comunitarias e indígenas).

Establecer prohibiciones en subsidios cruzados.

Concesionarios deben fijar tarifas mínimas y registrarlas.

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CambiosTelecomunicaciones y radiodifusión

Eliminación de Barreras Congreso162

Criterios para que IFETEL autorice acceso a multiprogramación (contraprestaciones).

Expedir ley única de RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES.

Establecer en ley que las concesiones serán únicas. Aplicará a preponderantes que acepten obligaciones asimétricas y acepten desagregación del bucle local (TELMEX/TV)

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CambiosTelecomunicaciones y Radiodifusión

Eliminación de BarrerasIFETEL163

Must offer y Must carry gratuitos (no aplica a dominantes o preponderantes)

Licitación de 2 cadenas de televisión abierta (Establece límite de 12 MHz.)

Determinar agentes económicos preponderantes -participación Nal. >50% y regular en consecuencia. Además imponer medidas que eviten afectación a la competencia y libre concurrencia.

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CambiosTelecomunicaciones y Radiodifusión

Eliminación de BarrerasIFETEL164

Establecer medidas que permitan la desagregación de la red local del agente preponderante en telecomunicaciones.

Establecer el Registro Público de Concesiones.

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Otras medidas Eliminación de barreras

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La Comisión Federal de Electricidad cederá a Telecomunicaciones de México la concesión de una red pública de telecomunicaciones.

El Estado a través del Instituto Federal de Telecomunicaciones, en coordinación con el Ejecutivo Federal, garantizará la instalación de una red pública compartida de telecomunicaciones de servicios inámbricos al mayoreo. al mayoreo.

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Otras medidas eliminación de barreras

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Inversión extranjera 100% telecomunicaciones y 49% en Radiodifusión (problema de MFN en TLC’s).

Transición digital terrestre asegurada para diciembre de 2015.

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Conclusiones167

Se trata de una fuerte declaración política.

La reforma es histórica, bien implementada mejorará la competencia en telecomunicaciones y radiodifusión.

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MUCHAS GRACIAS

Miguel Flores BernésTwitter:@mfbernes

www.competenciaeconomica.com.mx