memoria de sostenibilidad económica
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MEMORIA DE
SOSTENIBILIDAD
ECONÓMICA
2017 Municipio: La Nucía
MANUEL ALBEZA GUIJARRO
Licenciado en Economía
Master en Tributación y Fiscalidad Internacional
Memoria de Sostenibilidad Económica
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ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN 3
2. CONTENIDO DEL INFORME DE SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA 7
3. INFORMACIÓN SOBRE EL CRECIMIENTO POBLACIONAL 12
4. INFORMACIÓN SOBRE LA NUCIA 14
5. SUELO DESTINADO A USO PRODUCTIVO 17
6. ESTRUCTURA PRESUPUESTARIA 18
7. PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN URBANÍSTICA 23
8. INVERSIÓN MUNICIPAL 32
9. EVALUACIÓN DEL AUMENTO PATRIMONIAL 33
10. ESTUDIO DE LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL 34
11. ESTIMACIÓN PARTIDAS CORRIENTES TRAS RECEPCIÓN 36
12. ANÁLISIS DE RESULTADOS PRESUPUESTARIOS ESTIMADOS 53
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1. INTRODUCCIÓN
El concepto de sostenibilidad económica es susceptible de ser examinado tanto
desde la perspectiva jurídica como económica. Desde esta última puede ser
definido como señala Brundtland diciendo que "es el desarrollo que satisface las
necesidades del presente sin comprometer las necesidades de las generaciones
futuras”. No obstante debe tenerse en cuenta que cuando se trata de dar
cumplimiento a una exigencia de una norma deberá primar en su aplicación
aquella perspectiva que respete todos los requisitos que como consecuencia de
la misma se derivan. Es decir, no resulta suficiente en estos casos con recoger
en su definición aquella parte o contenido económico, sino que esta deberá ser
completada con los ajustes que resulten necesarios para satisfacer los
requerimientos que el ordenamiento jurídico en su conjunto hace derivar de su
utilización. En un ámbito análogo al de los conceptos jurídicos indeterminados,
es necesario examinar las diferentes implicaciones a nivel de cumplimiento que
su exigencia comporta.
Como marco legal aplicable, el artículo 15.4 del Texto Refundido 2/2008 aprobado
por Real Decreto Legislativo de 20 de junio (en adelante TRLS) establece la
obligación de elaborar un «informe o memoria de sostenibilidad económica» a
incorporar a los planes de ordenación y gestión correspondientes, en el que
deberá analizarse el impacto que producirá en las Haciendas Públicas el
mantenimiento, conservación e implantación de las infraestructuras derivadas de
la ejecución de las actuaciones urbanizadoras previstas en aquellos planes que
contemplen cesiones dotacionales a las Administraciones Públicas. Asimismo el
Informe debe hacer referencia a la suficiencia y adecuación de suelo destinado a
usos productivos generadores de empleo y actividad económica.
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 marzo
RD 500/1990, de 20 de Abril
Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 diciembre (Texto Refundido de la
Ley de Estabilidad Presupuestaria)
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Real Decreto 1463/2007, de 2 noviembre (Aprueba el reglamento de
desarrollo de la Ley 18/2001, de 12-12-2001, de Estabilidad
Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales)
ORDEN EHA/4041/2004, de 23 de noviembre (ICAL Normal)
ORDEN EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la
estructura de los presupuestos de las entidades locales.
Resolución de 14 de septiembre de 2009, de la Dirección General de
Coordinación Financiera con las Comunidades Autónomas y con las
Entidades Locales, por la que se dictan medidas para el desarrollo de la
Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la
estructura de los presupuestos de las Entidades Locales.
El Real Decreto Ley 2/2008 introduce la necesidad de la evaluación, control y
seguimiento de la sostenibilidad del desarrollo territorial y urbano, sostenibilidad
que, deberá incorporar la sostenibilidad ambiental y económica en cuanto a la
evaluación del impacto de las actuaciones producidas por los instrumentos de
ordenación territorial y urbanística. Así, el artículo 15.4 del RDL 2/2008,
establece:
“Artículo 15. Evaluación y seguimiento de la sostenibilidad del desarrollo urbano.
…/…
4. La documentación de los instrumentos de ordenación de las actuaciones de
urbanización debe incluir un informe o memoria de sostenibilidad económica, en
el que se ponderará en particular el impacto de la actuación en las Haciendas
Públicas afectadas por la implantación y el mantenimiento de las infraestructuras
necesarias o la puesta en marcha y la prestación de los servicios resultantes, así
como la suficiencia y adecuación del suelo destinado a usos productivos.
5. Las Administraciones competentes en materia de ordenación y ejecución
urbanísticas deberán elevar al órgano que corresponda de entre sus órganos
colegiados de gobierno, con la periodicidad mínima que fije la legislación en la
materia, un informe de seguimiento de la actividad de ejecución urbanística de
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su competencia, que deberá considerar al menos la sostenibilidad ambiental y
económica a que se refiere este artículo.
Los Municipios estarán obligados al informe a que se refiere el párrafo anterior
cuando lo disponga la legislación en la materia y, al menos, cuando deban tener
una Junta de Gobierno Local.
El informe a que se refieren los párrafos anteriores podrá surtir los efectos propios
del seguimiento a que se refiere la legislación de evaluación de los efectos de
determinados planes y programas en el medio ambiente, cuando cumpla todos
los requisitos en ella exigidos.”
La exigencia de la Ley, en el que equipara a la sostenibilidad ambiental la
económica, y su influencia en las Haciendas Públicas, afectadas la implantación y
mantenimiento de las infraestructuras necesarias, así como la puesta en marcha
y la prestación de los servicios resultantes, permiten complementar y mejorar la
información necesaria para la toma de decisiones de carácter territorial y
urbanístico.
La antigua Ley estatal, (TRLS 1976, y RP 1978), establecía el Estudio Económico
Financiero del Plan General, como el documento que efectuaba la evaluación
económica de las inversiones a realizar para la ejecución de las previsiones del
Plan General, y de las que corresponden al sector público y al sector privado, de
manera que se analizaba la suficiencia de recursos para la puesta en
funcionamiento de las zonas de crecimiento de la ciudad en las previsiones de los
dos cuatrienios del Plan General:
“Artículo 42. Reglamento de Planeamiento RP-78 (RD 2159/1978)
El estudio económico y financiero del Plan General contendrá:
1. La evaluación económica de la ejecución de las obras de urbanización
correspondientes a la estructura general y orgánica del territorio definida en el
art. 19, 1.b) del presente Reglamento y a la implantación de los servicios,
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incluidos ambos en los programas cuatrienales correspondientes al suelo
urbanizable programado.
2. La misma evaluación referida a las actuaciones que, en su caso, se hayan
programado para el suelo urbano.
3. La determinación del carácter público o privado de las inversiones a realizar
para la ejecución de las previsiones del Plan General, expresadas en los apartados
anteriores, con suficiente especificación de las obras y servicios que se atribuyen
al sector público y privado e indicación, en el primer caso, de los Organismos o
Entidades públicas que asumen el importe de la inversión.”
Este nuevo documento, el Informe o Memoria de Sostenibilidad Económica,
responde además de la financiación de las infraestructuras y servicios, (momento
puntual de su ejecución), plantea el carácter de sostenibilidad en un periodo
superior, incluyendo las posibilidades a las haciendas Públicas, del coste de
mantenimiento y conservación de las nuevas áreas una vez se encuentren
finalizadas las obras de urbanización y sean recibidas por la administración.
El Informe o Memoria de Sostenibilidad Económica, deberá evaluar el impacto de
las nuevas actuaciones del desarrollo territorial y urbanístico, previstas en el Plan
General, sobre las Haciendas Públicas, en los siguientes apartados:
1. En la urbanización, implantación de infraestructuras y servicios.
2. En el mantenimiento de las infraestructuras necesarias, y/o la puesta en
marcha y prestación de los servicios públicos.
3. La suficiencia y adecuación del suelo destinado a usos productivos.
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2. CONTENIDO DEL INFORME DE SOSTENIBILIDAD ECONÓMICA
Aunque la Ley 8/2007, de Suelo, y el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de
junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo no desarrolla su
contenido, este deberá ser acorde con el instrumento de ordenación del que
forma parte. Dado que corresponde a un Plan General, se entiende que este
deberá estudiar:
a.- La suficiencia del suelo productivo, como medio de garantizar la oferta de
implantación de estos usos, en relación con el correspondiente suelo destinado a
suelo residencial y terciario, derivados del incremento de población previsto, con
el objetivo de garantizar las oportunidades de creación de empleo.
b.- Analizar los costes de implantación y puesta en servicio de las infraestructuras
necesarias para el desarrollo urbanístico de los suelos urbanos y urbanizables
previstos en el Plan General.
c.- Prever la financiación privada íntegra dentro de las Cargas de Urbanización de
los nuevos Programas de Actuación Integradas, con capacidad suficiente para la
implantación y puesta en servicio de las infraestructuras y servicios urbanísticos
del ámbito a programar, así como la conexión e integración con los servicio
preexistentes.
d.- La evaluación del impacto económico para la Hacienda Local, analizando los
costes de puesta en marcha, mantenimiento y prestación de los servicios públicos
resultantes para el incremento de población, edificación privada y dotaciones
públicas, y estimando la cuantía de los principales tributos locales generados por
la actuación urbanística, así como la suficiencia para asumir los costes calculados.
Si los costes de implantación y puesta en servicio de las infraestructuras y
servicios quedan garantizados a costa de la inversión privada, dentro de las
Cargas de Urbanización, directa o indirectamente (a través de la aportación del
canon de urbanización o el canon de saneamiento para la depuración de aguas
residuales, para la construcción y/o ampliación de la EDAR de la Entitat de
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Sanetjament), el Informe de Sostenibilidad Económica, deberá centrarse en los
apartados a.- suficiencia de suelo para usos productivos, y d.- suficiencia de los
nuevos ingresos municipales para el mantenimiento y prestación de los servicios
públicos resultantes, con el objetivo de garantizar el mantenimiento o mejora de
la calidad de vida de los ciudadanos.
Además hay que considerar que los Programas de Actuación Integrada para el
desarrollo de los nuevos suelos no contemplados o desarrollados en el Plan
General, deberán analizar estos apartados con la documentación
correspondiente, en el momento de desarrollo del correspondiente programa.
La Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio,
Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana (LOTUP) en su artículo 30.2
establece que el plan debe incluir una memoria de sostenibilidad económica en
la que, de acuerdo con la legislación de suelo del Estado, se ponderará el impacto
de la actuación en las haciendas públicas afectadas por la implantación y el
mantenimiento de las infraestructuras necesarias, la puesta en marcha y
prestación de los servicios resultantes, así como la suficiencia y adecuación del
suelo destinado a usos productivos.
El artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril de Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) define la estabilidad
presupuestaria como:
2. Se entenderá por estabilidad presupuestaria de las Administraciones Públicas
la situación de equilibrio o superávit estructural.
El articulo 11.1 LOEPSF estable la forma de instrumentar el principio de
estabilidad presupuestaria, estableciendo que la elaboración, aprobación y
ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o
ingresos de las Administraciones Públicas y demás entidades que forman parte
del sector público se someterá al principio de estabilidad presupuestaria.
Por otra parte en el artículo 7 LOEPSF establece que
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1. Las políticas de gasto público deberán encuadrarse en un marco de
planificación plurianual y de programación y presupuestación, atendiendo a la
situación económica, a los objetivos de política económica y al cumplimiento de
los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
2. La gestión de los recursos públicos estará orientada por la eficacia, la eficiencia,
la economía y la calidad, a cuyo fin se aplicarán políticas de racionalización del
gasto y de mejora de la gestión del sector público.
3. Las disposiciones legales y reglamentarias, en su fase de elaboración y
aprobación, los actos administrativos, los contratos y los convenios de
colaboración, así como cualquier otra actuación de los sujetos incluidos en el
ámbito de aplicación de esta Ley que afecten a los gastos o ingresos públicos
presentes o futuros, deberán valorar sus repercusiones y efectos, y supeditarse
de forma estricta al cumplimiento de las exigencias de los principios de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera.
El artículo 4 LOEPSF establece el principio de sostenibilidad financiera:
1. Las actuaciones de las Administraciones Públicas y demás sujetos
comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley estarán sujetas al principio
de sostenibilidad financiera.
2. Se entenderá por sostenibilidad financiera la capacidad para financiar
compromisos de gasto presentes y futuros dentro de los límites de déficit, deuda
pública y morosidad de deuda comercial conforme a lo establecido en esta Ley,
la normativa sobre morosidad y en la normativa europea.
Se entiende que existe sostenibilidad de la deuda comercial, cuando el periodo
medio de pago a los proveedores no supere el plazo máximo previsto en la
normativa sobre morosidad.»
El preámbulo de la Ley dice que debe existir una conducta financiera permanente
de todas las Administraciones. Se trata por tanto que la ejecución del gasto debe
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ser coherente con las disponibilidades reales de cada Administración, dentro de
las limitaciones de déficit y deuda.
La metodología empleada para evaluar el impacto económico en la Hacienda
Municipal, se apoya en técnicas y métodos existentes de evaluación y control
presupuestario.
El Informe de Sostenibilidad Económica ponderará «el impacto de la actuación en
las Haciendas Públicas afectadas por la implantación y el mantenimiento de las
infraestructuras necesarias o la puesta en marcha y la prestación de los servicios
resultantes».
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El Informe de Sostenibilidad Económica contiene los siguientes apartados:
i. Estudio de la liquidación del Presupuesto Municipal (Presupuesto actual).
ii. Estimación de la inversión pública e incremento patrimonial de la nueva
ordenación.
iii. Estimación de los gastos e ingresos corrientes, tras la recepción de las
obras de la nueva ordenación.
iv. Análisis de la repercusión de los gastos e ingresos públicos sobre la
Hacienda Pública Municipal (Presupuesto nueva ordenación).
v. Análisis de resultados.
En este caso, al tratarse de un Plan General, el Informe de Sostenibilidad tendrá
un contenido más genérico que en un Plan de Desarrollo, acorde a las
determinaciones urbanísticas establecidas en dicho documento.
El ISE de Plan General contendrá, por tanto, el impacto en la Hacienda Municipal
y el análisis de suficiencia de suelo para usos productivos.
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3. INFORMACIÓN SOBRE EL CRECIMIENTO POBLACIONAL
A partir de los datos obtenidos del Instituto Valenciano de Estadística (I.V.E.), el
Instituto Nacional de Estadística (I.N.E.) y del padrón municipal, se realiza un
análisis para ajustar al máximo las proyecciones en el crecimiento de la evolución.
Se parte en cualquier caso de los datos históricos que a continuación se detallan.
1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006
7.303 7.839 8.616 9.365 10.135 11.522 10.672 12.573 14.006
2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015
15.519 16.958 17.874 18.225 18.593 19.135 19.524 20.029 20.039
Como se puede comprobar en el gráfico anterior, la población de La Nucia ha
experimentado un crecimiento constante desde hace más de dos décadas. El
único descenso destacable podemos encontrarlo del año 2003 al 2004, pero el
resto de años se ha producido un generalizado aumento respecto al periodo
anterior. Es también destacable que, en los últimos años, se ha registrado un
0
5.000
10.000
15.000
20.000
25.000
199819992000200120022003200420052006200720082009201020112012201320142015
Evolución de la Población
La Nucia
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descenso en la tasa de crecimiento, como se aprecia en la disminución de la
pendiente de dicho periodo respecto al anterior.
Una vez analizada la evolución histórica del municipio se proyecta el crecimiento
de la población que se prevé que se tendrá a corto, medio e incluso a largo plazo.
Para ello vamos a presentar los datos en una tabla y un gráfico que nos clarifique
visualmente su posible tendencia.
Los valores obtenidos tienen una significación orientativa, entendiendo que su
validez resulta tan solo probable si se mantienen las condiciones socio-
económico-urbanísticas actuales.
0
5000
10000
15000
20000
25000
30000
35000
40000
Proyección de la Población
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4. INFORMACIÓN SOBRE LA NUCIA
UBICACIÓN GEOGRÁFICA
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EVOLUCIÓN DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL
PRESUPUESTOS DE INGRESOS
2012 2013 2014 2015 2016
IMPUESTOS DIRECTOS 1 9.033.144 11.236.720 10.955.369 12.059.697 10.827.860
IMPUESTOS INDIRECTOS 2 127.417 148.767 241.592 -508.601 190.696
TASAS Y OTROS INGRESOS 3 3.133.032 3.238.535 2.978.355 2.963.304 2.877.062
TRANSFERENCIAS CORRIENTES 4 2.971.015 4.696.466 5.054.353 5.008.376 5.608.077
INGRESOS PATRIMONIALES 5 70.260 46.943 55.470 38.046 32.429
ENEJENACIÓN INVERSIONES REALES 6 0 0 0 0 0
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 7 24.029 40.947 1.109 380.542 241.106
ACTIVOS FINANCIEROS 8 12.536,13 3.050,00 19.286.597,81 0 0
PASIVOS FINANCIEROS 9 8.469.247 542.564 0 34.756.080 19.777.229
TOTAL INGRESOS 23.840.680 19.953.992 38.572.846 54.697.443 39.554.457
0
10.000.000
20.000.000
30.000.000
40.000.000
50.000.000
60.000.000
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INGRESOS
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PRESUPUESTOS DE GASTOS
2012 2013 2014 2015 2016
GASTOS DE PERSONAL 1 4.867.404 4.432.809 4.638.887 5.015.897 4.436.245
GASTOS DE BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 2 8.451.360 8.099.515 8.635.536 10.904.900 9.298.690
GASTOS FINANCIEROS 3 517.059 1.012.443 1.870.771 1.080.947 690.685
TRANSFERENCIAS CORRIENTES 4 254.626 305.093 369.465 372.206 524.927
INVERSIONES REALES 6 4.701.749 1.059.076 1.070.092 1.841.274 6.532.653
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 7 0 0 0 0 0
ACTIVOS FINANCIEROS 8 1.800,00 0 0 0 0
PASIVOS FINANCIEROS 9 1.264.875 1.314.608 1.346.397 10.857.259 1.239.300
TOTAL GASTOS 20.058.873 16.223.545 17.931.148 30.072.484 22.722.499
0
5.000.000
10.000.000
15.000.000
20.000.000
25.000.000
30.000.000
35.000.000
2012 2013 2014 2015 2016
GASTOS
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5. SUELO DESTINADO A USO PRODUCTIVO
Dentro del Informe de Sostenibilidad Económica regulada por la Ley 8/2007 de
Suelo y el Real Decreto Legislativo 2/2008 del Texto refundido, se incluye “la
suficiencia y adecuación del suelo destinado a usos productivos”. A falta de mayor
concreción del texto legislativo, cabe considerar que se pretende que las
propuestas de Ordenación Urbanística tengan en cuenta la previsión de suelo
necesario para la actividad económica suficiente para generar empleo a la
población prevista en el crecimiento de las ciudades, generando un desarrollo
territorial más equilibrado social y económicamente, favoreciendo la proximidad
entre los distintos usos: residencial, productivo, cultural, asistencial, ocio,
reduciendo al mínimo la movilidad inducida, con la consiguiente reducción de los
desplazamientos forzados, así como la distancia, pudiéndose generar mediante
medios de transporte más sostenibles: peatonal, bicicleta, transporte público,
etc, evitando la aparición de ciudades dormitorio, ciudad dispersa, con los
consiguientes impactos sobre el medio ambiente y la calidad de vida de los
ciudadanos.
El Plan General no prevé la ubicación de nuevos polígonos industriales pero sí
incremento de los espacios comerciales o terciarios, como se puede comprobar
en la siguiente tabla:
Terciario + Industrial (m2) Habitantes m2/hab
Plan Vigente (PGT) 530.340 20.029 26,48
Nuevo PG 1.640.399 35.505 46,20
La superficie total prevista en el nuevo Plan General de este tipo de suelo
experimentará un importante incremento, lo que permitirá satisfacer la previsible
demanda de este tipo de suelos, en capacidad suficiente para la generación de
empleo a la futura población prevista, de 35.505 habitantes para el futuro
desarrollo del plan, incrementando el ratio hasta 46,20 m2 por habitante.
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6. ESTRUCTURA PRESUPUESTARIA
Los datos estadísticos básicos empleados para la elaboración del ISE son los
correspondientes al Presupuesto Municipal del ejercicio 2.016. La información
presupuestaria que se utiliza en este documento se ha obtenido de la contabilidad
del Ayuntamiento de La Nucia.
Los derechos y obligaciones reconocidas netas, según los distintos Capítulos,
presentan la siguiente descomposición en el Presupuesto Municipal del ejercicio
2.016.
2016
Importe (€) %
IMPUESTOS DIRECTOS 1 10.827.860 27,37%
IMPUESTOS INDIRECTOS 2 190.696 0,48%
TASAS Y OTROS INGRESOS 3 2.877.062 7,27%
TRANSFERENCIAS CORRIENTES 4 5.608.077 14,18%
INGRESOS PATRIMONIALES 5 32.429 0,08%
ENEJENACIÓN INVERSIONES REALES 6 0 0,00%
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 7 241.106 0,61%
ACTIVOS FINANCIEROS 8 0 0,00%
PASIVOS FINANCIEROS 9 19.777.229 50,00%
TOTAL INGRESOS 39.554.457 100,00%
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2016
Importe (€) %
GASTOS DE PERSONAL 1 4.436.245 19,52%
GASTOS DE BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 2 9.298.690 40,92%
GASTOS FINANCIEROS 3 690.685 3,04%
TRANSFERENCIAS CORRIENTES 4 524.927 2,31%
INVERSIONES REALES 6 6.532.653 28,75%
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 7 0 0,00%
ACTIVOS FINANCIEROS 8 0 0,00%
PASIVOS FINANCIEROS 9 1.239.300 5,45%
TOTAL GASTOS 22.722.499 100,00%
IMPUESTOS DIRECTOS
IMPUESTOS INDIRECTOS
TASAS Y OTROS INGRESOS
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
PASIVOS FINANCIEROS
INGRESOS 2016
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Centrando el análisis en los presupuestos de gastos e ingresos corrientes, se
observa que la participación de cada uno de los capítulos sobre los totales gastos
e ingresos corrientes, así como el importe unitario por habitante en 2.016
(utilizando la cifra de 20.039 habitantes de 2015), supone:
2016
Importe (€) % €/Hab
IMPUESTOS DIRECTOS 1 10.827.860 55,42% 540,3
IMPUESTOS INDIRECTOS 2 190.696 0,98% 9,5
TASAS Y OTROS INGRESOS 3 2.877.062 14,73% 143,6
TRANSFERENCIAS CORRIENTES 4 5.608.077 28,71% 279,9
INGRESOS PATRIMONIALES 5 32.429 0,17% 1,6
TOTAL INGRESOS 19.536.122 100,00% 974,9
GASTOS DE PERSONAL
GASTOS DE BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS
GASTOS FINANCIEROS
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
INVERSIONES REALES
PASIVOS FINANCIEROS
GASTOS 2016
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2016
Importe (€) % €/Hab
GASTOS DE PERSONAL 1 4.436.245 19,52% 221,4
GASTOS DE BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 2 9.298.690 40,92% 464,0
GASTOS FINANCIEROS 3 690.685 3,04% 34,5
TRANSFERENCIAS CORRIENTES 4 524.927 2,31% 26,2
TOTAL GASTOS 14.950.546 65,80% 746,1
IMPUESTOS DIRECTOS
IMPUESTOS INDIRECTOS
TASAS Y OTROS INGRESOS
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
INGRESOS PATRIMONIALES
INGRESOS CORRIENTES 2016
GASTOS DE PERSONAL
GASTOS DE BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS
GASTOS FINANCIEROS
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
GASTOS CORRIENTES 2016
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El análisis de sostenibilidad determina que se debe mantener o superar el ratio
de 746,10 euros por habitante, como nivel de gastos o costes unitarios que
debería asumir la Hacienda Local para mantener o mejorar el nivel de calidad de
vida, siendo susceptible de ser incrementado en función de la evolución del IPC
anual.
De esta manera, puede evaluarse el impacto económico de los gastos corrientes
municipales por el mantenimiento y conservación de los nuevos ámbitos de
crecimiento urbano, así como los nuevos servicios públicos municipales a prestar,
como consecuencia de la mayor población establecida por el Plan General.
Cabe efectuar un análisis, de los nuevos crecimientos previstos en el Plan
General, puesto que cabría distinguir entre la superficie dispuesta para usos
residenciales, donde se ubica y genera la capacidad de la población en las que el
ratio de gastos por habitante, puede ser el adecuado, y el de los nuevos suelos
industriales-terciarios, en los que no se genera un incremento de población, pero
existen mayores superficies de viales y jardines, que generan gastos de
mantenimiento.
Por otro lado, tendríamos que considerar que los nuevos estándares dotacionales
exigidos en el ROGTU, generan mayores superficies de suelo dotacional público:
viales, zonas verdes y equipamiento por habitante que las existentes
actualmente, por lo que el coste de mantenimiento deberá incrementarse. Parte
de este incremento, puede quedar compensado en el menor coste unitario de
mantenimiento, derivado de las mejores calidades de ejecución de la
urbanización, así como la aplicación de nuevas tecnologías de mantenimiento,
junto con un menor coste de reposición, por corresponder a infraestructuras y
servicios de nueva construcción, mejor calidad y menor mantenimiento.
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23
7. PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN URBANÍSTICA
Viviendas/Ha
m2t
m2t
m2t
m2s 20%
m2s 15% 4%
m2s 30%
1,00
0,34
0,41
ua
ua/m2s
ua/m2s
125
50
C) Gastos de Gestión, Honorarios, Gastos Generales y Beneficio Urbanizador C= 0,4 x(A+B) 0,4
1.- Inversión en Urbanización 1,4 x (IEV+IEZV) 3.606.042,23 €
IEV Ejecución viario 125,00 € /m2
2.330.287,50 €
IEZV Ejecución ZV 50,00 € /m2
245.456,95 €
19.885.120,00 €
EDA VRL 700,00 € /m2t 15.224.545,00 €
EDA VPP 500,00 € /m2t 4.660.575,00 €
13.972.403,85 €
Edificabilidad EDA VRL 561,00 € /m2t 12.201.385,35 €
Edificabilidad EDA VPP 190,00 € /m2t 1.771.018,50 €
8.969.121,24 €
49.526.377,00 €
Viviendas EDA VRL 1.870,00 € /m2t 40.671.284,50 €
Viviendas EDA VPP 950,00 € /m2t 8.855.092,50 €
4.- Valor del suelo sin urbanizar
5.- Valor de mercado de las Viviendas
DATOS RELATIVOS A LOS COSTES DE URBANIZACIÓN.
A) Módulo Coste Servicios por m2s Vial. (€/m
2)
B) Módulo Coste Coste Urbanización de Zonas Verdes (€/m2)
DATOS RELATIVOS A LA INVERSIÓN
2.- Inversión en Edificación
3.- Valor del suelo urbanizado
Cálculo Aprovechamientos Urbanísticos
Aprovechamiento Objetivo/Real Ponderado 24.906,25
Aprovechamiento Tipo 0,33950
Aprovechamiento Subjetivo/Privativo 0,30555
Plurifamiliar (V.P.P.) 950,00 190,00
Terciario 760,00 228,00
DATOS RELATIVOS AL APROVECHAMIENTO URBANÍSTICO.
Precio Venta
m2t
Valor Repercusión
Suelo
€/m2t (VVt)
Coeficientes de
Ponderación (Ci)
Plurifamiliar (Viviendas libres) 1.870,00 561,00
SUPERFICIES DOTACIONALES PÚBLICAS.
EQUIPAMIENTOS. 6.214,10
ZONAS VERDES. 4.909,14
VIARIO. 18.642,30
Viviendas Plurifamiliares Manzana Cerrada. 31.070,50
Viviendas Renta Libre (VRL). 21.749,35
Viviendas Protegidas (VPP). 9.321,15
Número Máximo de Viviendas. 310
Densidad Residencial (S/SS). 50
Viviendas Unifamiliares (UFA). 0
EDIFICABILIDAD RESIDENCIAL (ER) 31.070,50
EDIFICABILIDAD TERCIARIA (ET) Exento: 6.214,10
P. Bajas:
Superficie Computable Sector (SS≡ST-SG). 62.141,00
Índice de EDIFICABILIDAD BRUTA (IEB). 0,6
EDIFICABILIDAD BRUTA (S/SS) (EB) 37.284,60
SECTOR RESIDENCIAL Nº1 PLANET
FICHA URBANÍSTICA.
Superficie Total (ST)/ Área de Reparto 73.362
Sistema General (SG). 11.221
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24
Memoria de Sostenibilidad Económica
Página 25
25
Exento: 0,14
P. Bajas:
Viviendas/Ha
m2t
m2t
m2t
m2s 20%
m2s 15% 4%
m2s 30%
1,00
0,34
0,41
ua
ua/m2s
ua/m2s
125
50
C) Gastos de Gestión, Honorarios, Gastos Generales y Beneficio Urbanizador C= 0,4 x(A+B) 0,4
1.- Inversión en Urbanización 1,4 x (IEV+IEZV) 58.301.461,08 €
IEV Ejecución viario 125,00 € /m2
40.848.712,50 €
IEZV Ejecución ZV 50,00 € /m2
795.188,27 €
41.829.081,60 €
EDA VRL 700,00 € /m2t 32.025.390,60 €
EDA VPP 500,00 € /m2t 9.803.691,00 €
29.391.465,62 €
Edificabilidad EDA VRL 561,00 € /m2t 25.666.063,04 €
Edificabilidad EDA VPP 190,00 € /m2t 3.725.402,58 €
-31.849.142,02 €
104.180.556,36 €
Viviendas EDA VRL 1.870,00 € /m2t 85.553.543,46 €
Viviendas EDA VPP 950,00 € /m2t 18.627.012,90 €
4.- Valor del suelo sin urbanizar
5.- Valor de mercado de las Viviendas
152.501,86
DATOS RELATIVOS A LOS COSTES DE URBANIZACIÓN.
A) Módulo Coste Servicios por m2s Vial. (€/m
2)
B) Módulo Coste Coste Urbanización de Zonas Verdes (€/m2)
DATOS RELATIVOS A LA INVERSIÓN
2.- Inversión en Edificación
3.- Valor del suelo urbanizado
Cálculo Aprovechamientos Urbanísticos
Aprovechamiento Objetivo/Real Ponderado 52.391,20
Aprovechamiento Tipo 0,04673
Aprovechamiento Subjetivo/Privativo 0,04205
Plurifamiliar (V.P.P.) 950,00 190,00
Terciario 760,00 228,00
DATOS RELATIVOS AL APROVECHAMIENTO URBANÍSTICO.
Precio Venta
m2t
Valor Repercusión
Suelo
€/m2t (VVt)
Coeficientes de
Ponderación (Ci)
Plurifamiliar (Viviendas libres) 1.870,00 561,00
SUPERFICIES DOTACIONALES PÚBLICAS.
EQUIPAMIENTOS. 13.071,59
ZONAS VERDES. 15.903,77
VIARIO. 326.789,70
Viviendas Unifamiliar Aislada. 65.357,94
Viviendas Renta Libre (VRL). 45.750,56
Viviendas Protegidas (VPP). 19.607,38
Número Máximo de Viviendas. 436
Densidad Residencial (S/SS). 4
Viviendas Unifamiliares (UFA). 436
EDIFICABILIDAD RESIDENCIAL (ER) 65.357,94
EDIFICABILIDAD TERCIARIA (ET)
Superficie Computable Sector (SS≡ST-SG). 1.089.299,00
Índice de EDIFICABILIDAD BRUTA (IEB). 0,2
EDIFICABILIDAD BRUTA (S/SS) (EB) 217.859,80
SECTOR TERCIARIO Nº2 EL ALGAR
FICHA URBANÍSTICA.
Superficie Total (ST)/ Área de Reparto 1.121.226
Sistema General (SG). 31.927
Memoria de Sostenibilidad Económica
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Página 27
27
0,13
Exento: 0,07 21.164,43
Viviendas/Ha
m2t
m2t
m2t
m2s 20%
m2s 15% 4%
m2s 30%
1,00
0,34
0,41
ua
ua/m2s
ua/m2s
125
50
C) Gastos de Gestión, Honorarios, Gastos Generales y Beneficio Urbanizador C= 0,4 x(A+B) 0,4
1.- Inversión en Urbanización 1,4 x (IEV+IEZV) 16.286.028,89 €
IEV Ejecución viario 125,00 € /m2
11.338.087,50 €
IEZV Ejecución ZV 50,00 € /m2
294.790,28 €
25.155.436,80 €
EDA VRL 700,00 € /m2t 19.259.631,30 €
EDA VPP 500,00 € /m2t 5.895.805,50 €
17.675.624,89 €
Edificabilidad EDA VRL 561,00 € /m2t 15.435.218,80 €
Edificabilidad EDA VPP 190,00 € /m2t 2.240.406,09 €
-377.966,48 €
62.652.759,78 €
Viviendas EDA VRL 1.870,00 € /m2t 51.450.729,33 €
Viviendas EDA VPP 950,00 € /m2t 11.202.030,45 €
4.- Valor del suelo sin urbanizar
5.- Valor de mercado de las Viviendas
DATOS RELATIVOS A LOS COSTES DE URBANIZACIÓN.
A) Módulo Coste Servicios por m2s Vial. (€/m
2)
B) Módulo Coste Coste Urbanización de Zonas Verdes (€/m2)
DATOS RELATIVOS A LA INVERSIÓN
2.- Inversión en Edificación
3.- Valor del suelo urbanizado
Cálculo Aprovechamientos Urbanísticos
Aprovechamiento Objetivo/Real Ponderado 31.507,35
Aprovechamiento Tipo 0,09597
Aprovechamiento Subjetivo/Privativo 0,08637
Plurifamiliar (V.P.P.) 950,00 190,00
Terciario 760,00 228,00
DATOS RELATIVOS AL APROVECHAMIENTO URBANÍSTICO.
Precio Venta
m2t
Valor Repercusión
Suelo
€/m2t (VVt)
Coeficientes de
Ponderación (Ci)
Plurifamiliar (Viviendas libres) 1.870,00 561,00
SUPERFICIES DOTACIONALES PÚBLICAS.
EQUIPAMIENTOS. 7.861,07
ZONAS VERDES. 5.895,81
VIARIO. 90.704,70
Viviendas Unifamiliar Aislada. 39.305,37
Viviendas Renta Libre (VRL). 27.513,76
Viviendas Protegidas (VPP). 11.791,61
Número Máximo de Viviendas. 262
Densidad Residencial (S/SS). 9
Viviendas Unifamiliares (UFA). 262
EDIFICABILIDAD RESIDENCIAL (ER) 39.305,37
EDIFICABILIDAD TERCIARIA (ET)
P. Bajas:
Superficie Sector (SS≡ST-SG). 302.349,00
Índice de EDIFICABILIDAD BRUTA (IEB). 0,2
EDIFICABILIDAD BRUTA (S/SS) (EB) 60.469,80
SECTOR RESIDENCIAL Nº3 EL COPET
FICHA URBANÍSTICA.
Superficie Total (ST)/ Área de Reparto 328.303
Sistema General (SG). 25.954
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28
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Página 29
29
0,218
Exento: 0,05 98.647,10
Viviendas/Ha
m2t
m2t
m2t
m2s 20%
m2s 15% 4%
m2s 30%
1,00
0,34
0,41
ua
ua/m2s
ua/m2s
125
50
C) Gastos de Gestión, Honorarios, Gastos Generales y Beneficio Urbanizador C= 0,4 x(A+B) 0,4
1.- Inversión en Urbanización 1,4 x (IEV+IEZV) 108.095.519,24 €
IEV Ejecución viario 125,00 € /m2
73.985.325,00 €
IEZV Ejecución ZV 50,00 € /m2
3.225.760,17 €
275.264.867,84 €
EDA VRL 700,00 € /m2t 210.749.664,44 €
EDA VPP 500,00 € /m2t 64.515.203,40 €
193.416.579,79 €
Edificabilidad EDA VRL 561,00 € /m2t 168.900.802,50 €
Edificabilidad EDA VPP 190,00 € /m2t 24.515.777,29 €
65.979.402,58 €
685.581.561,46 €
Viviendas EDA VRL 1.870,00 € /m2t 563.002.675,00 €
Viviendas EDA VPP 950,00 € /m2t 122.578.886,46 €
344.771,09
0,12434
0,11191
Cálculo Aprovechamientos Urbanísticos
Aprovechamiento Tipo
Aprovechamiento Subjetivo/Privativo
Aprovechamiento Objetivo/Real Ponderado
SECTOR RESIDENCIAL Nº4 LA SERRETA
FICHA URBANÍSTICA.
Superficie Total (ST)/ Área de Reparto 2.772.793
Sistema General (SG). 799.851
Superficie Sector (SS≡ST-SG). 1.972.942,00
Índice de EDIFICABILIDAD BRUTA (IEB). 0,268
EDIFICABILIDAD BRUTA (S/SS) (EB) 528.748,46
EDIFICABILIDAD RESIDENCIAL (ER) 430.101,36
EDIFICABILIDAD TERCIARIA (ET)
P. Bajas:
86.020,27
ZONAS VERDES. 64.515,20
Número Máximo de Viviendas. 4.110
Densidad Residencial (S/SS). 21
Viviendas Unifamiliares (UFA). 0
VIARIO. 591.882,60
Viviendas Plurifamiliares Bloque exento. 430.101,36
Viviendas Renta Libre (VRL). 301.070,95
Viviendas Protegidas (VPP). 129.030,41
SUPERFICIES DOTACIONALES PÚBLICAS.
EQUIPAMIENTOS.
DATOS RELATIVOS AL APROVECHAMIENTO URBANÍSTICO.
Precio Venta
m2t
Valor Repercusión
Suelo
€/m2t (VVt)
Coeficientes de
Ponderación (Ci)
Plurifamiliar (Viviendas libres) 1.870,00 561,00
Plurifamiliar (V.P.P.) 950,00 190,00
Terciario 760,00 228,00
2.- Inversión en Edificación
3.- Valor del suelo urbanizado
4.- Valor del suelo sin urbanizar
5.- Valor de mercado de las Viviendas
DATOS RELATIVOS A LOS COSTES DE URBANIZACIÓN.
A) Módulo Coste Servicios por m2s Vial. (€/m
2)
B) Módulo Coste Coste Urbanización de Zonas Verdes (€/m2)
DATOS RELATIVOS A LA INVERSIÓN
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30
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31
0,218
Exento: 0,05 119.811,53
0
Viviendas/Ha
m2t
m2t
m2t
m2s 20%
m2s 15% 4%
m2s 30%
1.870,00 561,00 1,00
950,00 190,00 0,34
760,00 228,00 0,41
ua
ua/m2s
ua/m2s
125
50
C) Gastos de Gestión, Honorarios, Gastos Generales y Beneficio Urbanizador C= 0,4 x(A+B) 0,4
1.- Inversión en Urbanización 1,4 x (IEV+IEZV) 186.289.051,43 €
IEV Ejecución viario 125,00 € /m2
128.502.412,50 €
IEZV Ejecución ZV 50,00 € /m2
4.561.195,67 €
362.134.506,24 €
EDA VRL 700,00 € /m2t 277.259.231,34 €
EDA VPP 500,00 € /m2t 84.875.274,90 €
254.456.074,15 €
Edificabilidad EDA VRL 561,00 € /m2t 222.203.469,69 €
Edificabilidad EDA VPP 190,00 € /m2t 32.252.604,46 €
42.721.415,30 €
901.941.254,60 €
Viviendas EDA VRL 1.870,00 € /m2t 740.678.232,29 €
Viviendas EDA VPP 950,00 € /m2t 161.263.022,31 €
B) Módulo Coste Coste Urbanización de Zonas Verdes (€/m2)
DATOS RELATIVOS A LA INVERSIÓN
2.- Inversión en Edificación
3.- Valor del suelo urbanizado
4.- Valor del suelo sin urbanizar
5.- Valor de mercado de las Viviendas
Aprovechamiento Tipo 0,10559
Aprovechamiento Subjetivo/Privativo 0,09503
DATOS RELATIVOS A LOS COSTES DE URBANIZACIÓN.
A) Módulo Coste Servicios por m2s Vial. (€/m
2)
Terciario
Cálculo Aprovechamientos Urbanísticos
Aprovechamiento Objetivo/Real Ponderado 453.575,89
Plurifamiliar (Viviendas libres)
Plurifamiliar (V.P.P.)
ZONAS VERDES. 91.223,91
VIARIO. 1.028.019,30
DATOS RELATIVOS AL APROVECHAMIENTO URBANÍSTICO.
Precio Venta
m2t
Valor Repercusión
Suelo
€/m2t (VVt)
Coeficientes de
Ponderación (Ci)
Viviendas Renta Libre (VRL). 396.084,62
Viviendas Protegidas (VPP). 169.750,55
SUPERFICIES DOTACIONALES PÚBLICAS.
EQUIPAMIENTOS. 113.167,03
Densidad Residencial (S/SS). 83
Viviendas Unifamiliares (UFA). 698
Viviendas Plurifamiliares Bloque exento. 565.835,17
EDIFICABILIDAD RESIDENCIAL (ER) 565.835,17
EDIFICABILIDAD TERCIARIA (ET)
P. Bajas:
Número Máximo de Viviendas. 5.118
Superficie Sector (SS≡ST-SG). 3.426.731,00
Índice de EDIFICABILIDAD BRUTA (IEB). 1,268
EDIFICABILIDAD BRUTA (S/SS) (EB) 844.362,66
TOTAL
FICHA URBANÍSTICA.
Superficie Total (ST)/ Área de Reparto 4.295.684
Sistema General (SG). 868.953
Memoria de Sostenibilidad Económica
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32
8. INVERSIÓN MUNICIPAL
En este apartado se analiza y cuantifica la Inversión Municipal (IM) (Gastos de
Capital) durante el desarrollo de la actuación y posterior a la entrega de la
urbanización para:
I. La ejecución de las obras de urbanización necesarias para la transformación
del suelo.
La Administración Pública Local, en su calidad de Administración actuante,
no soporta el gasto de inversión en las obras de urbanización. Los
propietarios de suelo financian la totalidad de los gastos de producción para
la disposición de las parcelas edificables.
II. La ejecución de espacios libres o infraestructuras correspondientes a los
sistemas generales o redes primarias.
No es necesario invertir en infraestructuras de Sistema General.
III. La edificación de equipamientos públicos locales o integrados en la red
secundaria de dotaciones.
No hay previsiones concretas establecidas en el Plan General.
Por tanto, la Inversión Municipal en Gastos de Capital durante el desarrollo de
la actuación y posterior a la entrega de la urbanización se estima nula.
Memoria de Sostenibilidad Económica
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33
9. EVALUACIÓN DEL AUMENTO PATRIMONIAL
Los aumentos patrimoniales que se producen con la actuación son:
1) El Ayuntamiento obtendrá una superficie total de
ZONA 1 ZONA 2 ZONA 3 ZONA 4 TOTAL
6.214,10 13.071,59 7.861,07 86.020,27 113.167,03
S. EQ = 113.167,03 m2s.
2) Obtención de parcelas lucrativas, donde se materializará el
aprovechamiento urbanístico correspondiente a la Administración
estipulado en el artículo 77 de la LOTUP.
3) Obtención de los suelos dotacionales urbanizados, viarios y zonas verdes
asi como las obras de urbanización e infraestructuras ejecutadas con cargo
a la actuación urbanizadora que recibe la Administración Municipal.
ZONA 1 ZONA 2 ZONA 3 ZONA 4 TOTAL
ZONAS VERDES 4.909,14 15.903,77 5.895,81 64.515,20 91.223,91
VIARIOS 18.642,30 326.789,70 90.704,70 591.882,60 1.028.019,30
Inversión en Urbanización
3.606.042,23 58.301.461,08 16.286.028,89 108.095.519,24 186.289.051,43
Memoria de Sostenibilidad Económica
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34
10. ESTUDIO DE LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL
Repercusión de gasto-ingreso corriente por habitante, según la clasificación
económica. Es necesario indicar que los cálculos se realizan en base a las
obligaciones y derechos RECONOCIDOS NETOS.
LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO MUNICIPAL 2016
GASTOS 22.722.498,90 € % €/habitante
OPERACIONES CORRIENTES
CAP.1.- Gastos de Personal 4.436.244,68 € 19,52% 221,38 € /habitante
CAP.2.- Gastos Bienes Corrientes y Servicios 9.298.689,54 € 40,92% 464,03 € /habitante
CAP.3.- Gastos Financieros 690.685,03 € 3,04% 34,47 € /habitante
CAP.4.- Transferencias corrientes 524.926,52 € 2,31% 26,20 € /habitante
Total Operaciones Corrientes 14.950.545,77 € 65,80% 746,07 € /habitante
OPERACIONES DE CAPITAL
CAP.6.- Inversiones Reales 6.532.652,87 € 28,75% 326,00 € /habitante
CAP.7.- Transferencias de Capital 0,00 € 0,00% 0,00 € /habitante
CAP.8.- Activos Financieros 0,00 € 0,00% 0,00 € /habitante
CAP.9.- Pasivos Financieros 1.239.300,26 € 5,45% 61,84 € /habitante
Total Operaciones de Capital 7.771.953,13 € 34,20% 387,84 € /habitante
Relación Capítulo 4 respecto de los Cap 1 y 2.
X = C4/(C1+C2) 0,03821835
Memoria de Sostenibilidad Económica
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35
INGRESOS 39.554.457,20 € % €/habitante
OPERACIONES CORRIENTES
CAP.1.- Impuestos Directos 10.827.859,60 € 27,37% 540,34 € /habitante
CAP.2.- Impuestos Indirectos 190.695,81 € 0,48% 9,52 € /habitante
CAP.3.- Tasas y Otros Ingresos 2.877.061,72 € 7,27% 143,57 € /habitante
CAP.4.- Transferencias corrientes 5.608.076,52 € 14,18% 279,86 € /habitante
CAP.5.- Ingresos Patrimoniales 32.428,53 € 0,08% 1,62 € /habitante
Total Operaciones Corrientes 19.536.122,18 € 49,39% 974,91 € /habitante
OPERACIONES DE CAPITAL
CAP.6.- Enajenación de Inversiones Reales 0,00 € 0,00% 0,00 € /habitante
CAP.7.- Transferencias de Capital 241.106,42 € 0,61% 12,03 € /habitante
CAP.8.- Activos Financieros 0,00 € 0,00% 0,00 € /habitante
CAP.9.- Pasivos Financieros 19.777.228,60 € 50,00% 986,94 € /habitante
Total Operaciones de Capital 20.018.335,02 € 50,61% 998,97 € /habitante
Los distintos indicadores presupuestarios del presupuesto liquidado del ejercicio
objeto de análisis se exponen en el cuadro siguiente:
SITUACION ECONÓMICA 2016
TOTAL INGRESOS 39.554.457,20 €
TOTAL GASTOS 22.722.498,90 €
DIFERENCIAS 16.831.958,30 €
AHORRO NETO RDL 5/2009 (I (1 a 5)-G (1 a 4+9) 3.346.276,15 €
ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA
SUMA 1 A 7 INGRESOS 19.777.228,60 €
SUMA 1 A 7 DE GASTOS 21.483.198,64 €
DIFERENCIA -1.705.970,04 €
AJUSTES 0,00 €
ESTABILIDAD -1.705.970,04 €
AHORRO
INGRESOS CORRIENTES EJERCICIO 19.536.122,18 €
GASTOS CORRIENTES EJERCICIO 14.950.545,77 €
DIFERENCIA 4.585.576,41 €
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11. ESTIMACIÓN PARTIDAS CORRIENTES TRAS RECEPCIÓN
En este apartado se pretende estimar los gastos e ingresos corrientes que
provocara la puesta en marcha o actividad de las infraestructuras y servicios de
los nuevos sectores urbanizables, una vez urbanizados y recepcionados por el
Ayuntamiento. Para ello se realizara una proyección de los gastos corrientes con
el nuevo escenario poblacional, y se estimaran la cuantía de los ingresos
corrientes producidos por el patrimonio inmobiliario, vehículos, transferencias
corrientes y otros ingresos derivados del mayor tamaño poblacional.
De la comparación entre gastos e ingresos, se comprobará la Sostenibilidad
Económica del Plan General, y en su caso, se establecerán las medidas
correctoras o compensatorias necesarias para garantizar que no se produzcan
impactos económicos negativos sobre la Hacienda Municipal.
Se trata de ponderar el impacto de la actuación urbanizadora en la Hacienda
Pública. Para ello se deberá cuantificar el gasto público que comporta el
mantenimiento de las infraestructuras de nueva creación y la prestación de los
servicios resultantes y los ingresos.
Los gastos en su clasificación económica se clasifican en los siguientes capítulos:
Capítulo 1: Gastos de personal.
Todo tipo de retribuciones fijas y variables e indemnizaciones, en dinero y en
especie, a satisfacer por las entidades locales y por sus Organismos autónomos
al personal que preste sus servicios en las mismas.
Cotizaciones obligatorias de las entidades locales y de sus organismos autónomos
a los distintos regímenes de Seguridad Social del personal a su servicio.
Prestaciones sociales, que comprenden toda clase de pensiones y las
remuneraciones a conceder en razón de las cargas familiares.
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Gastos de naturaleza social realizados, en cumplimiento de acuerdos y
disposiciones vigentes, por las entidades locales y sus organismos autónomos
para su personal.
Capitulo 2: Gastos corrientes.
Este capítulo comprende los gastos en bienes y servicios necesarios para el
ejercicio de las actividades de las Entidades locales y de sus Organismos
autónomos que no produzcan un incremento del capital o del patrimonio público.
Serán imputables a los créditos de este capítulo los gastos originados para la
adquisición de bienes que reúnan alguna de las siguientes características:
a) Ser bienes fungibles.
b) Tener una duración previsiblemente inferior al ejercicio presupuestario.
c) No ser susceptibles de inclusión en inventario.
d) Ser gastos que previsiblemente sean reiterativos.
Además se aplicarán a este capítulo los gastos de carácter inmaterial que puedan
tener carácter reiterativo, no sean susceptibles de amortización y no estén
directamente relacionados con la realización de las inversiones.
Capitulo 3: Gastos financieros.
Este capítulo comprende los intereses, incluidos los implícitos, y demás gastos
derivados de todo tipo de operaciones financieras y de deudas contraídas o
asumidas por la Entidad local o sus Organismos autónomos, así como los gastos
de emisión o formalización, modificación y cancelación de las mismas, diferencias
de cambio y otros rendimientos implícitos.
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Capitulo 4: Transferencias corrientes
Comprende los créditos para aportaciones por parte de la entidad local o de sus
organismos autónomos, sin contrapartida directa de los agentes perceptores, y
con destino a financiar operaciones corrientes.
Se incluye también las «subvenciones en especie» de carácter corriente, referidas
a bienes o servicios que adquiera la Entidad local o sus organismos autónomos
para su entrega a los beneficiarios en concepto de una subvención previamente
concedida.
Capitulo 5: Fondo de Contingencia
Comprende este capítulo la dotación al Fondo de Contingencia al que se refiere
el artículo 31 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera , que obligatoriamente han de incluir
en sus presupuestos las Entidades Locales del ámbito subjetivo de los artículos
111 y 135 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, para
la atención de necesidades imprevistas, inaplazables y no discrecionales, para las
que no exista crédito presupuestario o el previsto resulte insuficiente. Las
entidades locales no incluidas en aquel ámbito subjetivo aplicarán este mismo
criterio en el caso de que aprueben la dotación de un Fondo de contingencia con
la misma finalidad citada.
Capitulo 6: Inversiones reales
Este Capítulo comprende los gastos en los que incurran o prevean incurrir las
entidades locales o sus organismos autónomos destinados a la creación de
infraestructuras y a la creación o adquisición de bienes de naturaleza
inventariable necesarios para el funcionamiento de los servicios y aquellos otros
gastos que tengan carácter amortizable.
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Serán imputables a los créditos de este capítulo los gastos originados por la
adquisición de bienes a que se refiere el párrafo anterior que reúnan alguna de
las siguientes características:
a) Que no sean bienes fungibles.
b) Que tengan una duración previsiblemente superior al ejercicio presupuestario.
c) Que sean susceptibles de inclusión en inventario.
d) Ser gastos que previsiblemente no sean reiterativos.
En general serán imputables a este capítulo los gastos previstos en los anexos de
inversiones reales que se unan a los presupuestos generales de las entidades
locales.
Capitulo 7: Trasferencias de Capital
Comprende los créditos para aportaciones por parte de la entidad local o de sus
Organismos autónomos, sin contrapartida directa de los agentes beneficiarios y
con destino a financiar operaciones de capital.
Se incluyen también las «subvenciones en especie» de capital, referidas a bienes
que adquiera la entidad local o sus organismos autónomos para su entrega a los
beneficiarios en concepto de una subvención previamente concedida, debiendo
imputarse al artículo que corresponda según su destinatario.
Capitulo 8: Activos financieros
Este capítulo recoge el gasto que realizan las entidades locales y sus organismos
autónomos en la adquisición de activos financieros, cualquiera que sea la forma
de instrumentación y su vencimiento.
Los anticipos de sueldos y salarios y demás préstamos al personal se recogerán
en los Conceptos 830, «Préstamos a corto plazo. Desarrollo por sectores», y 831,
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«Préstamos a largo plazo. Desarrollo por sectores», pudiéndose, en su caso, crear
un subconcepto específico.
Igualmente, este capítulo es el destinado para recoger la constitución de
depósitos y fianzas que les sean exigidas a las entidades locales.
Capitulo 9: Pasivos financieros
Este capítulo recoge el gasto que realizan las entidades locales y sus organismos
autónomos destinado a la amortización de deudas, tanto, en euros como en
moneda distinta, cualquiera que sea la forma en que se hubieran instrumentado
y con independencia de que el vencimiento sea a largo (por plazo superior a un
año) o a corto plazo (no superior a un año). Se recogerá por su valor efectivo,
aplicando los rendimientos implícitos al capítulo 3.
Asimismo, este capítulo es el destinado para recoger las previsiones para la
devolución de los depósitos y fianzas que se hubieran constituido a favor de la
entidad local y de sus organismos autónomos.
Los gastos se pueden agrupar en masas para su distinción entre gastos
corrientes, gastos de capital y gastos financieros, mediante la Cuenta Financiera.
Los gastos en su clasificación por programas de gasto se clasifican en los
siguientes áreas:
1.-SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS.
2.-ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL.
3.-PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE.
4.-ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO.
9.-ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL.
0.-DEUDA PÚBLICA.
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Los ingresos en su clasificación económica se clasifican en los siguientes
capítulos:
Capítulo 1: Impuestos directos
Son aquellos que gravan al contribuyente y son satisfechos por éstos de forma
directa, es decir, personalmente.
Capitulo 2: Impuestos indirectos
Son los que se pagan a través de una entidad o persona interpuesta que después
lo repercute como coste en el precio del producto final.
Capitulo 3: Tasa y otros ingresos
Incluye tasas, licencias y otros impuestos por sanciones o por la cantidad legal
satisfecha por las compañías de servicios.
Capitulo 4: Transferencias corrientes
Son los ingresos que el municipio recibe de otras Administraciones publicas, bien
sea en la participación en tributos del Estado; en virtud de convenios con la
Comunidad Autónoma por la prestación delegada de determinados servicios así
como patrocinios, donaciones o convenios con entidades privadas.
Capitulo 5: Ingresos Patrimoniales
Recoge los ingresos de naturaleza no tributaria procedentes de rentas de la
propiedad o del patrimonio de las entidades locales y sus organismos autónomos,
así como los derivados de actividades realizadas en régimen de derecho privado.
Capitulo 6: Enajenación de inversiones reales
Ingresos provenientes de transacciones con salida o entrega de bienes de capital
propiedad de las entidades locales o de sus organismos autónomos.
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Capitulo 7: Transferencia de Capital
Ingresos de naturaleza no tributaria, percibidos por las entidades locales, sin
contraprestación directa por parte de las mismas, destinados a financiar
operaciones de capital.
Capitulo 8: Variación de activos financieros.
Este capítulo recoge el ingreso que obtienen las entidades locales y sus
organismos autónomos por la enajenación de activos financieros, tanto del
interior como del exterior, cualquiera que sea la forma de instrumentación y su
vencimiento.
Los reintegros de anticipos de sueldos y salarios y demás préstamos al personal
se recogerán en los Conceptos 830, «Préstamos a corto plazo. Desarrollo por
sectores», y 831, «Préstamos a largo plazo. Desarrollo por sectores»,
pudiéndose, en su caso, crear un subconcepto específico.
Igualmente, este capítulo es el destinado para recoger la devolución de depósitos
y fianzas constituidos por las entidades locales.
Capitulo 9: Variación de pasivos financieros
En este capítulo se recoge la financiación de las entidades locales y sus
organismos autónomos procedente de la emisión de Deuda Pública y de
préstamos recibidos cualquiera que sea la moneda en la que estén nominados,
su naturaleza y plazo de reembolso.
Las operaciones financieras citadas se incluyen por su importe efectivo,
minorado, en su caso, por las diferencias negativas que se aplican al concepto
399 de ingresos. Además, se imputarán los ingresos que obtengan las entidades
locales y sus organismos autónomos procedentes de depósitos y fianzas
recibidos.
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Estimación de Gastos Corrientes de la Hacienda Pública Municipal, por la
nueva ordenación urbanística.
En este caso, el planeamiento reproduce las características básicas del modelo
preexistente, con una ampliación de servicios recogidos en el presupuesto actual,
para los que se mantiene el mismo sistema de gestión.
Se estima el gasto corriente municipal a partir del ratio de repercusión por
habitante, aplicada al número de nuevos habitantes estimados en la nueva
actuación.
Según la información estadística municipal el tamaño medio familiar es de 3,02
hab/vivienda.
La nueva urbanización prevé la construcción de 5.118 nuevas viviendas. Por
tanto, el incremento de población máximo previsible es de 15.476 habitantes.
Habitantes NOU = 5.118 viviendas x 3,02 hab/vivienda = 15.476 habitantes
De esta manera, la proyección de los gastos corrientes presupuestarios según el
mayor número de habitantes (15.476 hab.) de la nueva ordenación urbanística
es:
PROYECCIÓN NUEVA ORDENACIÓN URBANÍSTICA
GASTOS 11.012.805,27 € % €/habitante
OPERACIONES CORRIENTES
CAP.1.- Gastos de Personal 3.426.085,27 € 31,11% 221,38 € /habitante
CAP.2.- Gtos Bienes Corrientes y Servicios 7.181.322,39 € 65,21% 464,03 € /habitante
CAP.3.- Gastos Financieros CÁLC. INDIVIDUALIZADO
CAP.4.- Transferencias corrientes 405.397,62 € 3,68% 26,20 € /habitante
Total Operaciones Corrientes 11.012.805,27 € 100,00% 711,61 € /habitante
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Es conveniente señalar que el Capítulo de gastos financieros se estima de manera
independiente, pues no depende del incremento poblacional, sino de otros
factores tales como la inversión prevista y la forma de financiación (ahorro,
crédito, etc…).
Estimación de Ingresos Corrientes de la Hacienda Pública Municipal.
Aunque los procesos de urbanización, edificación y ocupación de la edificación
disponen de periodos y plazos de ejecución que se van solapando en el tiempo y
que responden a infinidad de condicionantes propios y ajenos a la evolución de
la propia población, cabe considerar las tres fases por separado: urbanización,
edificación y ocupación, y comprobar que si en cada una de ellas se produce
situación de superávit presupuestario, ocurrirá lo mismo en cualquier
combinación posible tanto en el tiempo como en la evolución de cada una de las
unidades de Ejecución o Sectores en que se divide el Plan General.
Se distinguen dos formas de estimación:
Tributos directamente relacionados con los inmuebles y la actividad inmobiliaria.
Se realiza una estimación directa de las Bases Imponibles, a partir de la
Valoración de los inmuebles (solares y edificaciones).
1. El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI),
2. El Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO),
3. El Impuesto de Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza
Urbana (IIVTNU).
No se consideran las cuotas o tasas de basura, ocupación de vía pública, etc, que
puedan corresponder al mantenimiento de un servicio concreto, y no disponen de
una corresponsabilidad con el crecimiento urbanístico, disponiendo de las
correspondientes Ordenanzas Fiscales, para que se produzca la correspondiente
financiación del servicio.
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Para la determinación de las bases imponibles de los distintos impuestos se tiene
en consideración la Información correspondiente contenida en la Ponencia de
Valores Catastrales del municipio. No obstante, se actualizan los valores por la
aplicación de los vigentes Módulos Básicos de Repercusión y Construcción,
correspondiente a la Orden EHA/1213/2005, por el que se aprueba el Módulo de
Valor M, para la determinación de los Valores de Suelo y Construcción de los
Bienes de Naturaleza Urbana en las Valoraciones Catastrales.
Los valores actualizados, como consecuencia de la vigencia de la Orden
EHA/1213/2005, son:
MBR-4 = 210,00 €/m²t
MBC-4 = 500,00 €/m²t
La Base Imponible del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), es el Valor Catastral
(VC), de los bienes inmuebles, siendo la referencia al mercado (RM) del 50%.
De conformidad con la Norma 16, que dispone:
“1. Considerando todos los factores que intervienen en la formación del valor del
producto inmobiliario, se establece la siguiente expresión:
VV = 1,40 [VR + VC] x FL
en la que:
VV = Valor en venta del producto inmobiliario, en €/m2 construido.
VR= Valor de repercusión del suelo en €/m2 construido.
VC = Valor de la construcción en €/m2 construido.
FL = Factor de localización, que evalúa las diferencias de valor de productos
inmobiliarios análogos por su ubicación, características constructivas y
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circunstancias socio-económicas de carácter local que afecten a la producción
inmobiliaria.”
El Factor de Localización FL que se aplica es la unidad.
Según la Norma 10 del RD 1020/1993, de Técnicas de Valoración Catastral, el
valor del suelo destinado a vivienda sometida a regímenes de protección pública,
queda afecto al coeficiente G:
“Coeficiente G). Afección a suelos destinados a construcción de viviendas
sometidas a regímenes de protección pública.
En los terrenos sin edificar calificados en el planeamiento con destino a la
construcción de viviendas de protección oficial u otro régimen de protección
pública, se aplicará un coeficiente corrector de 0,70.”
Para los usos industriales y terciarios, así como para las plazas de aparcamiento,
se aplica el coeficiente corrector del valor de repercusión del suelo de 0’60.
Así disponemos del siguiente Cuadro con los Valores de Repercusión para cada
uno de los Uso y Tipologías edificatorias previstas en el Plan General:
Además, se dispone de los siguientes Valores de Construcción (además de otros
coeficietes correctores), para cada tipo de uso y tipología:
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Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Cuantificados el valor del suelo y el valor de la construcción, la aplicación de la
expresión definida en la Norma 16 del RD 1020/1993, para la obtención del Valor
en Venta (Vv) del producto inmobiliario:
VV = 1,40 [VR + VC] x FL
A partir de los datos obtenidos, aplicando el Valor de Repercusión del Suelo y la
Construcción, sobre las superficies previstas en el Plan General, se obtiene el
Valor en Venta o Valor de Mercado.
La Base Imponible del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), está constituida por
el Valor Catastral, que conforme a la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda
de 14 de octubre de 1.998, se obtiene el Valor Catastral, como el 50% del Valor
en Venta, estimado conforme a la metodología contenida en las Normas Técnicas
de Valoración del RD 1020/1993.
Teniendo en cuenta la edificabilidad permitida por el Plan general para cada uno
de los usos y tipologías permitidas, se obtiene:
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Esto se transforma en una tabla aplicable al análisis con los siguientes
parámetros:
Aprovechamiento Valor de mercado (€)
Residencial 1.139,60
Industrial 596,40
Comercial 1.033,90
Se calcula la variación de la edificabilidad teórica que plantea la gestión del Plan
General y su consolidación en función del crecimiento poblacional previsto:
2016 Proyección
Plan Vigente Nuevo Plan
Población 20.039 35.515
Superficie (m2) 10.526.840 9.405.234
Aprovechamiento Plan Vigente (PGT) Revisión PG Variación
Residencial 9.996.500,00 7.764.835,00 -2.231.665,00
Industrial 410.340,00 410.340,00 0,00
Comercial 120.000,00 1.230.059,00 1.110.059,00
TOTAL 10.526.840,00 9.405.234,00 -1.121.606,00
Aplicando los valores obtenidos conforme a la normativa aplicable de la valoración
catastral, se dispone del Valor catastral Unitario. La Base Imponible de los
distintos Bienes Inmuebles que permite el desarrollo del Plan General, nos
permitirá obtener la Base Liquidable, (que suponiendo coincide con la Base
Imponible después de aplicar coeficientes correctores), será:
Aprovechamiento m2 Valor Cat. Base
Residencial 181.430,36 569,8 103.379.016,79
Industrial 0,00 298,2 0,00
Comercial 444.023,60 516,95 229.538.000,02
TOTAL 625.453,96 1.384,95 332.917.016,81
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Las Ordenanzas Municipales de La Nucia en el tipo de gravamen de los bienes de
naturaleza urbana es el 0’75 %. La Cuota Íntegra (CI) del Impuesto de Bienes
Inmuebles resultará de aplicar a la Base Liquidable (BL), el tipo de gravamen
(Tibi): CI = BL x Tibi. Una vez consolidada la edificación de los nuevos desarrollos
previstos en el Plan General, se producirían los ingresos correspondientes al
Impuesto de Bienes Inmuebles, en un importe de:
Aprovechamiento Base Tibi Cuota
Residencial 103.379.016,79 0,75% 775.342,63
Industrial 0,00 0,75% 0,00
Comercial 229.538.000,02 0,75% 1.721.535,00
TOTAL 332.917.016,81 2.496.877,63
Es decir, el incremento de los ingresos anuales previsibles por el Impuesto de
Bienes Inmuebles asciende a 2.496.877,63.-€.
Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza
urbana
El hecho imponible de este impuesto está constituido por el incremento de valor
que experimentan los terrenos de naturaleza urbana y se ponga de manifiesto
como consecuencia de la transmisión de la propiedad.
Aprovechamiento m2 Valor
Repercusión
Valor Cat.
Suelo
Residencial 181.430,36 94,5 17.145.168,63
Industrial 0,00 63 0,00
Comercial 444.023,60 63 27.973.486,80
TOTAL 625.453,96 45.118.655,43
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Aplicando las Ordenanzas vigentes actualmente en La Nucia para la
determinación del valor del suelo establecidas en la regulación del Impuesto
sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (y después
de aplicar coeficientes correctores), así como el porcentaje para cada intervalo
de tiempo y el tipo de gravamen aplicamos la siguiente tabla:
% Anual
Hasta 5 años 2,40%
Hasta 10 años 2,10%
Hasta 15 años 2,10%
Hasta 20 años 2,10%
Considerando una transmisión del 15% de las propiedades hasta el 2036, con un
periodo medio para determinar el incremento de valor de 15 años y aplicando el
tipo marcado por las Ordenanzas del 22%, se obtendrá la Cuota Íntegra.
Valor Catastral del Suelo 45.118.655,43
media de % 2,25%
Media de años 15
% Aplicable 33,75%
Base 15.227.546,21
Tipo impositivo 22%
Cuota 3.350.060,17
% de terrenos transmitidos 15%
CUOTA ÍNTEGRA 502.509,02
Es decir, el incremento de los ingresos anuales previsibles por el Impuesto sobre
el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana asciende a
502.509,02.- €.
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Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
La Base Imponible de este impuesto está constituida por el Coste real y Efectivo
de la Construcción. El Presupuesto de Ejecución Material será el de los proyectos
presentados a la solicitud de la correspondiente Licencia Municipal.
El coste de construcción a los efectos de la liquidación del ICIO es aplicable sobre
unos precios unitarios de referencia, además de unos coeficientes correctores en
función del uso, clase y modalidad tipológica y la evolución del IPC:
Aprovechamiento Coste de
Construcción IPC Años Total
Residencial 548,74 1,90% 15 727,75
Industrial 308,44 1,90% 15 409,06
Comercial 719,69 1,90% 15 954,46
Para el cálculo del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, se
utiliza el Tipo de Gravamen en el 2,80 % establecido por la Ordenanza Municipal
Reguladora de este impuesto, así pues, la Cuota del Impuesto será la resultante
de aplicar el mencionado tipo de gravamen a la Base Imponible (después de
aplicar los coeficientes correctores), resultado de aplicar los PEM de la edificación
a las superficies previstas en el Plan General:
Base Corregida Tipo Cuota
Construcción 144.853.802,50 2,80% 4.055.906,47
TOTAL 144.853.802,50 4.055.906,47
Es decir, el incremento de los ingresos anuales previsibles por el Impuesto sobre
Construcciones, Instalaciones y Obras asciende a 4.055.906,47.- €.
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Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
El Ayuntamiento por este concepto, incrementará sus ingresos
proporcionalmente al incremeto por habitante por el efecto del incremento de
vehículos.
INCREMENTO IVTM
IMPORTE €/Hab. aumento Hab. Ingresos
TOTAL 873.201 43,58 € 15.476 674.367,72 €
Tasas, Transferencias Corrientes y otros ingresos Corrientes
La estimación de la cuantía de este concepto se realiza a partir del ratio de ingreso
por habitante, que se ha venido manteniendo e incluso incrementando,
extrapolando el incremento del número de habitantes consecuencia de las
actuaciones urbanizadora y edificadora.
Así pues, los ingresos previsibles por estos conceptos supondrán:
OTROS INGRESOS CORRIENTES
IMPORTE €/Hab. aumento Hab. Ingresos
TASAS Y OTROS INGRESOS 2.877.062 143,57 € 15.476 2.221.937,58 €
TRANSFERENCIAS CORRIENTES 5.608.077 279,86 € 15.476 4.331.084,00 €
INGRESOS PATRIMONIALES 32.429 1,62 € 15.476 25.044,36 €
TOTAL 8.517.567 425 € 6.578.066 €
El incremento total de la cuota prevista por estos conceptos asciende a
6.578.066.-€.
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12. ANÁLISIS DE RESULTADOS PRESUPUESTARIOS ESTIMADOS
El resultado del análisis realizado en el apartado anterior, se obtiene al evaluar
el saldo resultante de los incrementos de ingresos y gastos corrientes en el
Presupuesto Municipal, tras la recepción de la urbanización, la edificación y la
utilización de los edificios en la ocupación de los nuevos habitantes y de la
actividad productiva del nuevo Plan General.
GASTOS CORRIENTES
IMPORTE €/Hab. aumento Hab. Gastos
GASTOS DE PERSONAL 3.426.085 221,38 € 15.476 3.426.085,27 €
GASTOS DE BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 9.298.690 464,03 € 15.476 7.181.322,39 €
GASTOS FINANCIEROS 690.685 34,47 € 15.476 533.411,92 €
TRANSFERENCIAS CORRIENTES 524.927 26,20 € 15.476 405.397,62 €
TOTAL 13.940.386 746,07 € 11.546.217,19 €
Partida IMPORTE
Ingresos por IBI 2.496.877,63
Ingresos por IIVTNU 502.509,02
Ingresos por ICIO 4.055.906,47
Ingresos por IVTM 674.367,72
Tasas, Transferencias y otros 6.578.065,94
TOTAL 14.307.726,77
El resultado del análisis realizado en el apartado anterior, se obtiene al evaluar
el saldo resultante de los incrementos de Ingresos y Gastos Corrientes en el
Presupuesto Municipal, tras la recepción de la urbanización, la edificación y la
utilización de los edificios en la ocupación de los nuevos habitantes y de la
actividad productiva del nuevo Plan General.
De este resultado, todos los ingresos disponen de un carácter periódico anual,
aunque las fases de incorporación al Presupuesto Municipal corresponden a
distintos momentos.
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Aunque los procesos de urbanización, edificación y ocupación de la edificación
disponen de periodos y plazos de ejecución que se van solapando en el tiempo y
que responden a infinidad de condicionantes propios y ajenos a la evolución de
la propia población, cabe considerar que las fases donde se van produciendo
paulatinamente la urbanización, la edificación y la ocupación van a ir
acompasadas de forma que se produzca una situación de superávit
presupuestario en cada una de ellas.
Como se puede comprobar, el saldo presupuestario de la expansión urbana
prevista en el nuevo Plan General, resulta positivo, desde la perspectiva de los
gastos e ingresos periódicos corrientes del Ayuntamiento. El excedente de
ingresos corrientes sobre los gastos corrientes, permite abordar con solvencia
económica suficiente las inversiones en equipamientos municipales, que teniendo
que realizar el Ayuntamiento, para prestar nuevos servicios a la mayor población
prevista, no se encontraran incluidos en el Canon de Urbanización aplicado a los
nuevos suelos urbanizables.
A priori, el crecimiento y desarrollo previsto en el Plan General resultaría
sostenible económicamente pues es capaz de generar los recursos necesarios
para el mantenimiento y conservación de las nuevas infraestructuras y servicios
derivados de la creación del nuevo suelo urbano, disponiendo de saldo suficiente
para el incremento de los servicios prestados actualmente, aunque es
imprescindible remarcar que este escenario se cumplirá siempre y cuando se den
los escenarios e hipótesis planteados.
En Alicante a lunes, 17 de julio de 2017
Manuel Albeza Guijarro. Economista colegiado en Alicante núm. 2.136