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1 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, por remisión al artículo 75 de dicha norma, los proyectos de disposiciones administrativas de carácter general, que deban ser sometidos a la Junta de Castilla y León, deben ir acompañados de una memoria. El Decreto 43/2010, de 7 de octubre, por el que se aprueban determinadas medidas de mejora en la calidad normativa de la Administración de la Comunidad de Castilla y León incluye la obligatoriedad de justificar el cumplimiento de los principios de calidad normativa previstos en el artículo 42 de la Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión Pública. Teniendo en cuenta lo preceptuado en la citada normativa y siguiendo la Guía metodológica de mejora de la calidad normativa que aprueba la Orden ADM/1835/2010, de 15 de diciembre, se realiza la siguiente: MEMORIA DE ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE PARA LA APROBACIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO DE AUTORIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE CARÁCTER SOCIAL PARA LA ATENCIÓN A PERSONAS MAYORES EN CASTILLA Y LEÓN 1. Análisis de la necesidad y oportunidad El análisis de la necesidad y oportunidad del proyecto de decreto, se realiza bajo el sometimiento de su proceso de elaboración a los principios de calidad normativa que se describen a continuación. 1.1. Principio de necesidad La Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León, organiza el Sistema de Servicios Sociales de Castilla y León como soporte del pleno desarrollo de los derechos de las personas dentro de la sociedad y promueve la cohesión social y la solidaridad. Uno de los colectivos prioritarios a la hora de recibir apoyos del sistema de Servicios Sociales son las personas mayores y, en especial, aquellas con dependencia de otras personas para desarrollar las actividades básicas de la vida diaria. Para este colectivo se precisan, entre otros recursos, unos centros de atención residencial adaptados a sus necesidades, que la señalada Ley 16/2010, recoge en su capítulo III. Las condiciones para la autorización y funcionamiento de los centros de carácter social para personas mayores se regularon mediante el Decreto 14/2001, de 18 de enero, bajo

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1

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del

Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, por remisión al

artículo 75 de dicha norma, los proyectos de disposiciones administrativas de carácter

general, que deban ser sometidos a la Junta de Castilla y León, deben ir acompañados

de una memoria.

El Decreto 43/2010, de 7 de octubre, por el que se aprueban determinadas medidas de

mejora en la calidad normativa de la Administración de la Comunidad de Castilla y

León incluye la obligatoriedad de justificar el cumplimiento de los principios de calidad

normativa previstos en el artículo 42 de la Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de

los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y

León y de Gestión Pública.

Teniendo en cuenta lo preceptuado en la citada normativa y siguiendo la Guía

metodológica de mejora de la calidad normativa que aprueba la Orden

ADM/1835/2010, de 15 de diciembre, se realiza la siguiente:

MEMORIA DE ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE PARA LA

APROBACIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO DE AUTORIZACIÓN

Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE CARÁCTER SOCIAL

PARA LA ATENCIÓN A PERSONAS MAYORES EN CASTILLA Y

LEÓN

1. Análisis de la necesidad y oportunidad El análisis de la necesidad y oportunidad del proyecto de decreto, se realiza bajo el

sometimiento de su proceso de elaboración a los principios de calidad normativa que se

describen a continuación.

1.1. Principio de necesidad

La Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León, organiza

el Sistema de Servicios Sociales de Castilla y León como soporte del pleno desarrollo

de los derechos de las personas dentro de la sociedad y promueve la cohesión social y la

solidaridad. Uno de los colectivos prioritarios a la hora de recibir apoyos del sistema de

Servicios Sociales son las personas mayores y, en especial, aquellas con dependencia de

otras personas para desarrollar las actividades básicas de la vida diaria. Para este

colectivo se precisan, entre otros recursos, unos centros de atención residencial

adaptados a sus necesidades, que la señalada Ley 16/2010, recoge en su capítulo III.

Las condiciones para la autorización y funcionamiento de los centros de carácter social

para personas mayores se regularon mediante el Decreto 14/2001, de 18 de enero, bajo

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cuya vigencia se ha avanzado en la ordenación de los centros y en la mejora progresiva

de la atención prestada a los usuarios.

Fruto de la experiencia acumulada durante estos años, procede aprobar una nueva

regulación que, garantizando la calidad de la atención, ofrezca soluciones a las nuevas

demandas de prestación de servicios públicos que se plantean desde la sociedad actual,

en virtud de los cambios sociales y los avances técnicos producidos que han influido de

forma directa en el desarrollo de un nuevo modelo de atención, centrado en la persona y

basado en el concepto de hogar, premisas ambas que presiden el modelo que se pretende

implantar a través de la regulación recogida en este proyecto.

1.2. Principio de proporcionalidad

El rango de la presente disposición es acorde con la previsión establecida al efecto por

la Ley 16/2010, correspondiendo a la Consejería competente en materia de servicios

sociales garantizar el correcto funcionamiento de las prestaciones y recursos que

componen el sistema de servicios sociales de titularidad autonómica en Castilla y León,

lo que, en el presente caso, se concreta en la función atribuida por la citada Ley

16/2010, de autorización de centros, estableciéndose en su artículo 62 que, está sujeta a

autorización administrativa la creación de centros del sistema de servicios sociales.

Dicha autorización tiene por objeto comprobar que los centros sociales cuentan con los

medios y recursos suficientes para garantizar una adecuada atención a sus usuarios.

1.3. Principio de coherencia

La norma que se impulsa es coherente con el resto de actuaciones y objetivos de las

políticas públicas que se vienen desarrollando desde esta Administración,

específicamente en materia de atención a personas mayores, personas dependientes y

personas con discapacidad.

Los cambios sociales de las últimas décadas y la evolución de las políticas sociales en la

actualidad, exigen implementar una nueva forma de prestar servicios públicos a los

ciudadanos. En este sentido, en los últimos años, ha surgido una corriente social que

aboga por un modelo de atención basada en la persona y, asimismo, por el

empoderamiento de los usuarios de este tipo de centros, para que puedan ejercer sus

derechos civiles de igual forma que el resto de los ciudadanos, garantizándose con ello

un envejecimiento activo. En este contexto, cobra relieve el concepto de calidad de vida,

tanto en la esfera de los servicios sociales como en el ámbito sanitario, que sienta las

bases del nuevo modelo de atención que debe ser integral y centrado en la persona. Es,

por tanto, la búsqueda de la calidad de vida de las personas usuarias el hilo conductor

que está generando el consenso necesario entre usuarios, profesionales, organizaciones

y administraciones públicas, para que se produzcan los cambios organizativos y legales

necesarios que el nuevo modelo requiere.

Partiendo de dicha premisa, la Consejería competente en materia de Servicios Sociales

pretende dar un paso más en la atención a las personas mayores que viven en

residencias o que son usuarias de centros de día, con la implantación de un modelo de

atención basado en el proyecto de vida del usuario y en los principios de

autodeterminación e independencia, tratando de superar el modelo actual basado,

prioritariamente, en la satisfacción de necesidades y provisión de cuidados

fundamentalmente asistenciales y sanitarios.

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1.4. Principio de accesibilidad

El texto de la norma utiliza un lenguaje siempre claro y accesible, ciertamente técnico

en algunos aspectos, pero en los que, en todo caso, se ha procurado favorecer al máximo

una redacción sencilla para facilitar su comprensión, evitándose toda referencia sexista.

El texto será sometido a su preceptiva divulgación para facilitar su conocimiento por los

profesionales que operan en el sector, así como por toda la ciudadanía.

1.5. Principio de responsabilidad

De conformidad con este principio la norma debe identificar los órganos responsables

de la ejecución y control de las medidas incluidas en aquella.

En tal sentido y con carácter general, le corresponde al centro directivo competente en

materia de política social y, por ende, al personal técnico del área correspondiente,

tanto a nivel periférico, en las respectivas Gerencias Territoriales de Servicios

Sociales, como a nivel central, con especial relevancia por parte del Servicio de

Inspección y Registro de entidades, servicios y centros de carácter social, el control de

las previsiones contenidas en esta norma, cuya actuación servirá de base para que la

persona titular de la respectiva Gerencia Territorial o el Gerente de Servicios Sociales,

en su caso, adopten las resoluciones que jurídicamente procedan.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1.1 y 25 de la Ley 29/1998, de 13 de

julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la norma en tramitación

podrá ser fiscalizada a través del orden jurisdiccional contencioso administrativo, al

tratarse de una disposición administrativa de carácter general.

1.6. Principio de transparencia

A través de éste principio se asegura la adecuada participación de los principales

afectados por la norma. En su aplicación, el texto de la disposición en tramitación será

sometido a las preceptivos tramites de audiencia pública de conformidad con la Ley

3/2001, del Gobierno y Administracion de Castilla y León, la normativa sobe

trasparencia administrativa de la Comunidad, así como con la Ley 39/2015, de 1 de

octubre.

2. Contenido del proyecto 2.1. Descripción

Es objeto de esta norma el establecimiento del régimen jurídico de autorización y

funcionamiento de los centros de carácter social para la atención a las personas

mayores, ubicados en el ámbito territorial de Castilla y León.

A tal fin, el decreto consta de cuarenta y ocho artículos, agrupados en cinco capítulos, y

cuenta con cuatro disposiciones adicionales, cuatro disposiciones transitorias, una

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disposición derogatoria y tres disposiciones finales. La estructura de la norma presenta

el siguiente contenido:

En el Capítulo I (artículos 1 a 3), se encuentran reguladas las disposiciones generales de

la norma, el objeto y ámbito de aplicación y las definiciones de conceptos regulados en

la misma.

El Capítulo II (artículos 4 a 13), se dedica al régimen de autorización e inscripción de

los centros en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Carácter Social, cuenta

con tres secciones referidas a la autorización, inscripción y comunicación previa, y a los

procedimientos que conllevan.

El Capítulo III (artículos 14 a 25), establece los requisitos de los centros, dotación de

espacios, instalaciones y equipamientos con los que deben contar, y se estructura, a su

vez, en cuatro secciones. La primera sección trata sobre las especificaciones técnicas

comunes a todos los centros. La sección segunda está dedicada a las especificaciones

técnicas de los centros residenciales. La sección tercera agrupa las especificaciones

técnicas de los centros de día con unidad de estancias diurnas. En la sección cuarta, por

último, se recogen las especificaciones técnicas de los centros de día con unidad de

atención social.

En el Capítulo IV (artículos 26 a 42), se detalla la organización de los centros,

subdividiéndose en cinco secciones. La primera sección establece los principios y

criterios que deben ser tenidos en cuenta para la organización y el funcionamiento de los

centros. La sección segunda trata sobre las normas de convivencia en los centros. La

sección tercera, especifica el organigrama obligatorio en los centros residenciales y en

los centros de día con unidad de estancias diurnas, destacándose las funciones de la

dirección del centro. La sección cuarta, agrupa los artículos sobre la clasificación,

requisitos y dotación de personal de los centros. Por último, la sección quinta detalla las

estructuras de coordinación que deben existir en los centros residenciales y en los

centros de día con unidad de estancias diurnas.

El capítulo V (artículos 43 a 48), se centra en el funcionamiento de los centros y lo

componen dos secciones. La primera sección agrupa los instrumentos con los que deben

dotarse los centros para su adecuado funcionamiento, tales como el plan general del

centro o el plan de calidad y, finalmente, la sección segunda detalla, a su vez, la

documentación que deben tener todos los centros, referida tanto a las personas usuarias,

como al personal y al propio centro.

En su parte final, el proyecto de decreto cuenta con un amplio régimen adicional,

justificado en la necesidad de conjugar las exigencias derivadas del nuevo modelo de

atención ya sea residencial, o en un centro de día con unidad de estancias diurnas, con la

realidad existente de dichos centros, apreciándose que algunos de ellos pudieran

presentar dificultades para reunir los requerimientos del modelo en tramitación, ya sea

por impedimentos estructurales de los edificios, o bien, en su caso, por implicar su

adecuación un coste desproporcionado, o incluso por dar lugar su adecuación a una

reducción de la oferta de plazas incompatible con su viabilidad. En consecuencia, en el

régimen adicional previsto se tiene en cuenta todos estos condicionantes a la hora de

exigir las preceptivas adaptaciones derivadas de la implantación del nuevo modelo de

centros de atención social.

En tal sentido, en la disposición adicional primera, se prevé que, tanto a los centros

residenciales y los centros de día con unidades de estancia diurna que estuvieran

autorizados antes de la entrada en vigor del presente decreto, o los centros que

estuvieran amparados con una autorización provisional sin que cuenten con resolución

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expresa que impida la continuidad del funcionamiento del centro, se les exonerará del

cumplimiento de determinados requisitos arquitectónicos al objeto de posibilitar la

continuidad del desarrollo de su actividad, estableciéndose, asimismo, unos requisitos

adaptados para el supuesto de que opten por implantar unidades de convivencia en los

mismos.

En la disposición adicional segunda, se prevé la posibilidad, para los centros

mencionados en el apartado anterior, de realizar ampliaciones en superficie y en oferta

de plazas, sin que se constituyan en unidades de convivencia, siempre que no supere

ésta las quince plazas. En este caso, se exigen los requerimientos de las habitaciones del

nuevo decreto, pero se conservan las exigencias de los espacios comunes del Decreto

14/2001, de 18 de enero, para hacer viable el funcionamiento del centro.

En la disposición adicional tercera, se establece el régimen de acreditación de los

centros en el sistema de atención a la dependencia, en atención a las prestaciones de la

Ley 39/2006 de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a

las personas en situación de dependencia.

En la disposición adicional cuarta se prevé la inscripción de oficio en el Registro de

entidades, servicios y centros de carácter social, como centros multiservicios, de

aquellos que cuenten con la inscripción en dicho registro, antes de la entrada en vigor

del presente decreto, de servicios de promoción de la autonomía personal, ayuda a

domicilio o complementarios de apoyo a la permanencia en el domicilio.

Por su parte, la norma cuenta con cuatro disposiciones transitorias, relativas a las

siguientes materias:

En la disposición transitoria primera dedicada a la convalidación de plazas reservadas

para enfermería en los centros residenciales, que fueron autorizadas como tales

conforme al Decreto 14/2001, de 18 de enero, y autorizarlas como plazas para

residentes.

En la disposición transitoria segunda se establece el régimen de autorización de los

centros que están en fase de proyecto o que hayan iniciado las obras de construcción

antes del día 6 de agosto de 2016, en tales casos se permitirá a los interesados optar por

los requisitos de la normativa prevista en el Decreto 14/2001, o por los previstos en la

nueva regulación.

En la disposición transitoria tercera se regula la cualificación profesional del personal de

atención directa y la forma de obtenerla.

En la disposición transitoria cuarta, dedicada a los servicios sanitarios que, con carácter

temporal y en función del número de usuarios, se deberán seguir prestando por el

personal médico y de enfermería en los centros de carácter social.

La visión conjunta de ambos sistemas ha propiciado una reflexión entre las Consejerías

implicadas sobre el tema, en la que, partiendo de que actualmente, el acceso a la cartera

de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud está garantizado a través del

sistema público de salud, a todas las personas con Tarjeta sanitaria individual del

Sistema, con independencia de que residan en una residencia o en su domicilio

particular, lo que origina la introducción de esta disposición transitoria, al objeto de

permitir, para el caso de que fuese necesario, la coordinación y adecuación progresiva

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de los recursos asistenciales de los centros residenciales de carácter social con los

recursos del Servicio de Salud.

En todo caso, y de acuerdo con su carácter transitorio, esta salvaguarda se

plantea con carácter limitado en el tiempo, acorde con la implantación del nuevo

modelo y, estableciéndose como fecha de revisión de la situación el 1 de enero de 2024.

Esta salvaguarda no se ha considerado necesaria para los fisioterapeutas ya que las exigencias de esta cualificación profesional en la mencionada normativa son de escasa cuantía puesto que variaban de 0,10 horas semanales por usuario en los centros con menos de 50 usuarios hasta 0,04 horas diarias por usuario en los de más de 100 para los fisioterapeutas.

Tampoco en el caso de los terapeutas ocupacionales se ha considerado su inclusión, dado que la variación en sus cuantías es similar a la de los fisioterapeutas. Además los servicios de los terapeutas ocupacionales no están contemplados dentro de la cartera de servicios de atención primaria del sistema sanitario público.

Por último, la norma contiene una disposición derogatoria y tres disposiciones finales,

referidas a las previsiones sobre el plan de calidad, proyecto de vida y modelo de plan

de centros, así como sobre la habilitación para el desarrollo normativo y la entrada en

vigor del decreto.

2.2. Adecuación de la norma al orden de distribución de competencias

Este decreto se dicta en ejercicio de la competencia exclusiva de la Comunidad de

Castilla y León que se recoge en el artículo 70.1.10 de su Estatuto de Autonomía, donde

se atribuye a la misma la competencia exclusiva en materia de asistencia social,

servicios sociales y desarrollo comunitario; promoción y atención a las familias, la

infancia, la juventud y los mayores; prevención, atención e inserción social de los

colectivos afectados por la discapacidad, la dependencia o la exclusión social, y

protección y tutela de menores, de conformidad con lo previsto en el artículo 148.1.20

de la Constitución Española, por lo que sus disposiciones no alteran el régimen

competencial establecido.

2.3. Normas en que se ampara

Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de Castilla y

León.

Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León.

Ley 5/2003, de 3 de abril, de atención y protección a las personas mayores de

Castilla y León.

Ley 39/2006 de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y

Atención a las personas en situación de dependencia.

Ley 2/1995, de 6 de abril, por la que se crea la Gerencia de Servicios Sociales de

Castilla y León.

Decreto 2/1998, de 8 de enero, por el que se regula la organización y

funcionamiento de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

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2.4. Normativa que deroga

La norma en tramitación deroga el Decreto 14/2001, de 18 de enero, regulador de las

condiciones y requisitos para la autorización y funcionamiento de los centros de carácter

social para personas mayores.

3.- Estudio de la realidad socioeconómica y tendencias en Castilla y León.

Las grandes cifras del envejecimiento en Castilla y León

Según datos de INE, 2016, la cifra de población total en Castilla y León es de 2.447.

519 habitantes. Esto supone un descenso en 60.977 habitantes en los últimos 20 años

(periodo 1996-2016). El dato actual de personas de 65 y más años en Castila y León es

de 598.328, aumentando en 86.993 personas la cifra de 1996. Este incremento en los

números absolutos de las poblaciones se evidencia en las pirámides de ambos años

(Gráfico 1.1).

En la pirámide de 1996, se observa un dilatado número de personas en franjas de entre

15 a 35 años y una angosta cifra a partir de los 60. La silueta de 2015 muestra un perfil

diferente; una evidente reducción de las generaciones más jóvenes y un palpable

aumento en las de más edad. Estas transformaciones en la composición de la estructura

por edades son características del envejecimiento demográfico de una población.

El envejecimiento de la población puede definirse como un proceso mediante el cual se

producen transformaciones en la composición de la estructura por edades de una

población. Este proceso tiene una doble dimensión, diferenciable por sus causas y por

sus efectos. Una de las dimensiones alude al aumento en la proporción de mayores en la

sociedad (Vinuesa 2004). Esto supone que este grupo de edad pasa a crecer más deprisa

que el resto. Las causas de esta variación son principalmente el descenso de la natalidad

y el aumento de la esperanza de vida (Ver: Tendencia 1: Cambios en la estructura

demográfica).

Gráfico 1. Pirámides de población de Castilla y León, 1996 y 2016

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Fuente: INE: INEBASE: Padrón municipal de Habitantes, 1996 y 2016

Tabla 1. Población según edad y sexo

Población Total Porcentajes (%)

Ambos

sexos Hombres Mujeres

Ambos

sexos Hombres Mujeres

Población

Total 2.447.519 1.206.775 1.240.744 100,0 100,0 100,0

De 55 a 64

años 335.302 171.182 164.120 13,7 14,2 13,2

De 65 y más

años 598.328 262.029 336.299 24,4 21,7 27,1

De 80 y más

años 228.483 86.530 141.953 9,3 7,2 11,4

Fuente: INE: INEBASE: Padrón municipal de Habitantes, 2016.

El grupo de personas que ha superado los 65 años asciende a 598.328 personas lo que

representa un 24,4% de la población total actual de la comunidad, superando en casi 6

puntos porcentuales la cifra relativa de población mayor en España (18,6%). El número

de personas de 60 y más años es de 750.551 (el 30,7%) mientras que las personas de 80

y más años suponen el 9,3% de la población total y el 38,2% de las personas mayores.

Todas estas cifras superan también la media española.

Las diferencias según el sexo aumentan enormemente con la edad en nuestra

Comunidad, con un 21,7% de hombres mayores de 65 años, frente al 27,1% de mujeres.

Entre las personas octogenarias esta tendencia se agudiza, siendo la presencia femenina

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de un 11,4% de mujeres mayores de 80 años respecto al total de la población mientras

que en el caso de los hombres asciende a 7,2% .

El proceso de envejecimiento en Castilla y León es más acusado que el experimentado

en el contexto español y europeo. La diferencia de las cifras entre la población menor de

20 años y la de 65 y más es más evidente. Ya en el año 2000, en Castilla y León, la cifra

porcentual de mayores había superado a la de jóvenes, algo que no sucedía ni en España

ni en la UE. En 2016, un 16,1% de población era menor de 20 años y un 24,4% de

población de 65 y más años en Castilla y León. En España, sin embargo, la población

joven sigue manteniéndose algo más elevada que la de personas mayores, al igual que

en la UE.

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10

Gráfico 2. Evolución de la población por grandes grupos de edad en Castilla y León,

España y Unión Europea

19,4

22,6

25,0

16,1

20,622,0

23,5

18,0

13,9

24,1

19,4 18,9

6,4

4,4

2,2

9,1

6,55,2

CyL 2000 España 2000 UE 2000 CyL 2015 España 2015 UE 2015

<20 años

> 64 años

> 79 años

Fuente: INE: INEBASE: Padrón Continuo años 2000 y 2015

Proyecciones de población

De mantenerse la evolución demográfica observada, las proyecciones de población

auguran, además, un incremento del grupo de personas mayores. La población mayor

para el 2029, en Castilla y León, será de 708.582 personas. Esta población supondrá el

31,2% de la población total. El panorama demográfico futuro presenta una sociedad

envejecida en la que tres de cada diez personas serán mayores de 65 años.

Pero, aún más destacable que el importante aumento en las cifras de población mayor de

65 años, es el incremento en la de personas octogenarias. Se estima que para 2029 habrá

246.513 personas de 80 y más años, lo que supondrá un 10,9% de la población total y

un 34,8% de la población mayor.

Gráfico 3. Pirámide de población 2016 y 2029

Fuente: INE: INEBASE: Padrón municipal de Habitantes, 2015 y 2029

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Diferencias entre la población de mujeres y hombres mayores

Una característica a tener en cuenta para el diseño de estrategias, planes y acciones

dirigidos a las personas mayores y en proceso de envejecimiento, es que el sexo

predominante en estas edades es el femenino. El mayor número de mujeres que de

hombres en las edades avanzadas es una característica mundial y esto tiene

implicaciones para la sociedad y los propios individuos.

En Castilla y León nacen más niños que niñas, lo que supone que hay más hombres que

mujeres hasta la mediana edad. A partir de los 65 años el número de hombres empieza a

reducirse drásticamente y el porcentaje de mujeres va en aumento. Algunas de las

causas son la elevada mortalidad masculina y el aumento en la esperanza de vida con

mayor incidencia entre las mujeres. En 2016, se contabilizaron 55.423 más mujeres que

hombres de 80 y más años.

Con la incorporación de las mujeres al mercado laboral y el cambio en su estilo de vida,

las diferencias de mortalidad entre ambos sexos se van aminorando, si bien es cierto,

todavía la longevidad masculina es inferior a la femenina, lo que se traduce en mayor

número de mujeres, fundamentalmente en las edades más avanzadas. La evolución

respecto a esta diferencia entre el número de mujeres y el de hombres mayores ha sido

siempre en aumento a favor de las mujeres. Durante las primeras décadas del pasado

siglo, el incremento de mujeres de edad ha sido espectacular. Como decíamos, es

bastante probable que las diferencias en el balance de sexos se vayan difuminando en el

futuro con una aproximación de las tasas de mortalidad entre hombres y mujeres.

Gráfico 4. Diferencia entre la población de hombres y mujeres según edad de Castilla y León

Fuente: INE: INEBASE: Padrón municipal de Habitantes, 2016

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Estado civil

Por otro lado, conocer el estado marital constituye un indicador esencial para identificar

fuentes potenciales de apoyo en caso de aumento de las situaciones de dependencia. El

estado civil predominante entre las personas mayores de 65 años es el de casado/a o

conviviendo en pareja, con un 61,3% de población mayor. Casi tres de cada diez

personas se declaran viudas y un 9,3% solteras. Existen grandes diferencias entre los

diferentes grupos de edad y los sexos. Entre las mujeres y las personas octogenarias la

viudedad es el estado civil más común. (Ver Epígrafe: Tendencia 5: Transformaciones

en el cuidado)

Con el aumento de la edad disminuye el porcentaje de población casada y aumenta la

viudedad. En esta situación hay una mayor proporción de mujeres por dos causas

fundamentales; la mayor esperanza de vida de éstas o mayor mortalidad masculina, y

por la diferencia de edad en el matrimonio, algo muy característico de nuestra sociedad

(las mujeres suelen casarse con hombres de más edad).

Una conclusión importante sobre la situación del estado civil es que, en la mayoría de

los casos, los hombres tendrán quien les atienda cuando la salud falle, sus esposas, y las

mujeres tendrán que recurrir a sus descendientes, hijas mayoritariamente, y a otros

familiares, si los tienen.

Tabla 2. Estado civil de la población de 65 y más años en Castilla y León

Total Soltero/a Casado/a Separado/a Divorciado/a Viudo/a

Total 100 9,3 61,3 0,9 1 27,5

Hombre 43,8 10,7 76 1 1,1 11,2

Mujer 56,2 8,2 49,7 0,8 1 40,3

Fuente: Elaboración propia a partir del Censo de 2011 elaborado por el INE

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Gráfico 5. Estado civil de la población de 65 y más años en Castilla y León según sexo

Fuente: Elaboración propia a partir del Censo de 2011 elaborado por el INE

Nivel educativo

El nivel educativo constituye otra de las variables relevantes a la hora de explicar la

situación de las personas mayores: como bien es sabido, el nivel de participación en la

sociedad aumenta según el nivel educativo, observando además, diferencias entre

hombres y mujeres.

El estudio estadístico de la Junta de Castilla y León “Mujer en Cifras” Año 2015,

recoge en el siguiente cuadro el nivel de formación de la población mayor de 16 años en

Castilla y León y lo desglosa por sexo. En el mismo, podemos apreciar que el número

de mujeres analfabetas es de 14.553 mujeres frente a 8.071 hombres. Si bien es cierto

que dicho cuadro no está desglosado por tramos de edad, lo cierto es que en atención al

modelo educativo existente desde la llegada de la democracia en nuestro país, nos lleva

a concluir que la mayor parte de la población analfabeta de nuestra Comunidad es

aquella de edad avanzada, existiendo una gran diferencia entre los datos de hombres y

mujeres (el 1,37% del total de mujeres frente a al 0,78% sobre el total de hombres).

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Tabla 3. Población de 16 y más años por sexo y nivel de

formación alcanzado en Castilla y León

Nivel de formación alcanzado (%) Castilla y

León Hombres Mujeres

Analfabetos 1,08 0,78 1,37

Estudios primarios incompletos 5,13 4,73 5,51

Educación primaria 19,26 17,50 20,96

Primera etapa de educación secundaria y similar 28,81 32,20 25,53

Segunda etapa de educación secundaria 19,76 20,80 18,75

Educación superior 25,96 23,99 27,88

Total suma porcentajes 100,00 100,00 100,00

Total Personas 2.095.958 1.033.010 1.062.948

FUENTE: D. G. de Presupuestos y Estadística de la Junta de Castilla y León con datos del

INE, explotación microdatos "EPA". Año 2015.

Según la última Encuesta de Condiciones de Vida, la mayor parte de la población mayor

de 65 años posee estudios primarios, aunque no en todos los casos finalizados (un

39,7% tiene los estudios primarios incompletos y un 48% finalizados); un 1,8% de

personas analfabetas y un 2,8% de personas con estudios superiores universitarios.

En el caso del grupo de población de 50 a 64 años, la cifra de personas con estudios

universitarios y superiores aumenta considerablemente alcanzando un 13,8%. Esto

supone prever que en los próximos años, la cifra de personas con estudios superiores

aumentará considerablemente.

Gráfico 6. Nivel máximo de estudios alcanzado según edad

Fuente: Junta de Castilla y León. Encuesta de Condiciones de Vida, 2010.

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3.1. Tendencia 1: Cambios en la estructura demográfica

3.1.1.- Caída de la fecundidad

Desde el final de los años setenta del pasado siglo se ha producido una fuerte caída de la

fecundidad que ha elevado el peso porcentual de las personas mayores, lo que se ha

venido denominando como envejecimiento desde la base. (Barrio et al 2015)

La caída de la fecundidad experimentó en Castilla y León su momento más bajo en el

año 1998 con un índice de 0.93 hijos por mujer, muy lejano al 2,1, fecundidad mínima

necesaria para que una población cerrada (las migraciones se entienden aparte) se

mantenga indefinidamente en el tiempo sin disminuir su volumen. El índice sintético de

fecundidad (ISF) se sitúa en la actualidad en 1,18 hijos por mujer, mientras que en 1975

esta cifra era del 2.23.

Según del CESCYL (2015), las áreas de influencia urbana poseen el mayor ISF, 1,51

hijos por mujer, seguidas de los periurbanos (1,44), siendo los únicos territorios con un

crecimiento natural positivo, cuyas tasas fueron de 0,38% y 0,57% respectivamente. El

medio rural profundo tiene la tipología de poblamiento más castigada en términos

demográficos, tanto en natalidad como en mortalidad, debido a su marcado

envejecimiento y masculinización.

Gráfico 7. Evolución del índice sintético de fecundidad en Castilla y León

INE: INEBASE: Movimiento Natural de la Población.

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La edad media de maternidad ha aumentado de 19,7 años en 1975 a 32,5 años en 2015.

De la misma manera, el número de hijos por mujer ha descendido y parece estabilizarse

desde el 2015 en el 1,1.

Gráfico 8. Evolución de la edad media de maternidad en Castilla y León

INE: INEBASE: Indicadores de fecundidad.

El índice de natalidad tiene un efecto inmediato en la pirámide de edades. Cuando se

reduce su base se estrecha, incidiendo así en el aumento porcentual de las personas

mayores. El descenso de la natalidad es la explicación fundamental de la rapidez del

envejecimiento demográfico de la población mundial, y sobre todo, de la de los países

más desarrollados. (Pérez-Díaz 2005)

3.1.2.- Incremento de la Esperanza de Vida

Pero, además de la evolución de la natalidad como causa del envejecimiento

demográfico, se conjuga una segunda dimensión relativa esta vez a la cúspide de la

pirámide: el aumento de la esperanza de vida (EV) y descenso de la mortalidad.

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17

Gráfico 9. Esperanza de vida al nacimiento por sexo y año en Castilla y León

Fuente: INE: INEBASE: Indicadores de Mortalidad, 1975-2015.

La esperanza de vida al nacer en Castilla y León ha aumentado en algo más de 9 años

durante el periodo entre 1975 y 2015. Los últimos datos establecen una cifra de EV al

nacer de 80,89 años en los hombres y 86,48 años en las mujeres. La EV en España se

sitúa en 79,94 en hombres y 85,41 en mujeres, algo inferior a la media de Castilla y

León. La EV media en la UE, en 2014, era de 78,10 en hombres y 83,70 en mujeres,

también inferior a la EV de Castilla y León.

Tabla 4. Esperanza de vida al nacimiento en Castilla y León, Estado y Unión

Europea

Esperanza de vida Año Hombres Mujeres

Castilla y León 2.015 80,89 86,48

España 2.015 79,94 85,41

UE (27 países) 2.014 78,10 83,70

Fuente: INE: INEBASE: Indicadores de Mortalidad, 2014-2015. Fuente: Eurostat: Life expectancy by age and

sex, 2014

Según los datos de Eurostat, Suiza y España se sitúan en la cabeza entre los países de

Europa con mayor esperanzada de vida (2014). Les siguen Italia, Islandia, Chipre y

Francia.

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18

Gráfico 10. Esperanza de vida en los países de la OCDE

Esperanza del vida al nacer, 2014 Incremento de la esperanza de vida entre

2005-2014

Fuente: Eurostat: Life expectancy by age and sex, 2014.

La esperanza de vida (EV) presenta una evolución temporal ascendente; sin embargo,

ello no implica necesariamente que todos los años de vida en los que se incrementa este

indicador sean años en buen estado de salud. El indicador esperanza de vida libre de

discapacidad (EVLD) intenta sintetizar en una sola medida no sólo la duración sino

también la calidad de vida. Según los datos de la Encuesta de Discapacidad, Autonomía

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personal y situaciones de Dependencia (EDAD 2008), la EVLD se situaba al nacer en

Castilla y León en 72,96 años. Teniendo en cuenta que en esta encuesta estimaba una

EV de 81,81 años, esto supone que habría 8,85 en los que se viviría con discapacidad,

6,99 años los hombres y 10,75 las mujeres.

Tabla 5. EV, EVLD, EVD y porcentaje de EV que se espera vivir libre de

discapacidad según edad y sexo. Castilla y León

EV EVLEC EVBS EVLD

Ambos

sexos

Al nacer 81,81 32,47 61,21 72,96

15 67,21 21,10 47,23 58,63

45 38,23 4,99 21,18 30,28

65 20,71 1,16 9,60 13,73

75 13,00 0,57 5,17 6,96

80 9,63 0,27 3,50 4,41

Hombres

Al nacer 78,69 35,36 61,14 71,70

15 64,05 24,92 47,21 57,45

45 35,36 6,92 21,07 29,40

65 18,51 1,87 10,06 13,37

75 11,45 0,83 5,15 6,79

80 8,49 0,37 3,11 4,41

Mujeres

Al nacer 85,02 29,17 61,41 74,27

15 70,46 16,93 47,38 59,86

45 41,14 3,15 21,44 31,19

65 22,72 0,62 9,23 14,05

75 14,26 0,29 5,05 7,10

80 10,43 0,20 3,85 4,41

Fuente: INE: INEBASE: Encuesta de Discapacidad, Autonomía Personal y Situaciones de

Dependencia, 2008.

EV: Esperanza de vida.

EVLEC: Esperanza de vida libre de enfermedad crónica

EVBS: Esperanza de vida en buena salud

EVLD: Esperanza de vida libre de discapacidad

Las diferencias entre sexos en la EV se reducen de forma importante cuando se tiene en

cuenta los años vividos libres de discapacidad. Aunque la EV y la EVLD sean mayores

entre las mujeres, también lo es la Esperanza de Vida con Discapacidad.

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20

3.1.3.- Inversión de la tendencia demográfica

Un punto de inflexión en la historia demográfica es el momento en el que el porcentaje

de población en edad infantil (de 0 a 14 años) es superado por el de la población de 65 y

más años. La inversión de la tendencia demográfica, por la que hay más personas

mayores que niños, supone un cambio en la estructura de la población que implica a

todos los sectores, tanto económicos como sociales. (Barrio et al, 2010).

Gráfico 11. Evolución de la población por grupos de edad Castilla y León

Fuente: INE: INEBASE: Series Históricas de la Población, 1900-2015

INEBASE: (1900-2001: Cifras de población. Resúmenes provinciales de población según sexo y

edad desde 00 hasta 2001. 2010: Revisión del Padrón Municipal de Habitantes a 1 de enero de

2010. 2010-2049:

INE: INEBASE. Proyecciones de población a largo plazo. 2009-2049.

3.2. Tendencia 2: Desequilibrios territoriales

3.2.1.- Diferencias territoriales

Como ya se ha comentado, el envejecimiento de la población no es igual en todos los

entornos. Según el modelo histórico de distribución del envejecimiento, las

comunidades y territorios históricos del interior tienen mayores índices de

envejecimiento que las costeras. Las provincias más envejecidas son la que tienen una

larga tradición emigratoria de carácter laboral, causa del descenso de población en

edades jóvenes a favor de las grandes capitales. Muchos pueblos del mundo rural vieron

cómo sus jóvenes emigraban y los núcleos envejecían por la falta de niños y adultos. El

envejecimiento rural empezó en plena época del “baby boom” y del desarrollismo de los

años 60. (Barrio y Abellán, 2009).

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21

Gráfico 12. Distribución provincial de las personas de 65 y más años según CCAA

Fuente: IMSERSO (2015): Informe 2014. Las personas mayores en España

Castilla y León ocupa el primer puesto entre las comunidades más envejecidas de

España. Es la comunidad con mayor porcentaje de población de 65 y más años. Le

siguen el Principado de Asturias, Galicia, el País Vasco y Aragón. En el lado opuesto se

posicionan: Canarias, Murcia, Baleares, Andalucía y la Comunidad de Madrid.

Gráfico 13. Porcentaje de población mayor según CCAA

Fuente: INE: INEBASE: Padrón Municipal de Habitantes 2015

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En la evolución entre 2005 y 2015, de la población mayor y octogenaria en las

diferentes CCAA, se observa cómo, de forma generalizada, ha crecido de manera

exponencial la población de 80 y más años, y no tanto la población de 65 y más. La

causa principal del reducido aumento de la población mayor general (65 y más) es que

en este periodo temporal se acababan de incorporar las generaciones nacidas entre 1936

y 1941, muy diezmadas por el déficit de nacimientos producido por la guerra civil. Sin

embargo, la esperanza de vida de las generaciones que ya pertenecían a ese grupo de

mayores ha experimentado un aumento significativo para la mayoría de las personas que

componen este grupo de edad, lo que se ha venido denominando “democratización de la

vejez”. (Sancho, 2011)

La Región de Murcia es la que más ha visto aumentada su población de edad más

avanzada en estos últimos años. El número de personas de 80 y más años ha aumentado

proporcionalmente un 55,9% respecto al 2005. En el caso de Castilla y León, la

población octogenaria se ha incrementado en un 33,7%, respecto a la población de

2005, mientras que los mayores de 65 años lo han hecho en un 5,3%. La CCAA en la

que ha aumentado más la población de 65 y más años es Canarias, con un crecimiento

del 30,8% sobre la población de 2005.

Gráfico 14. Incremento porcentual de la población mayor y octogenaria según CCAA.

Fuente: INE: INEBASE: Padrón municipal de Habitantes, 2005 y 2015.

Fuente: INE: INEBASE: Padrón Municipal de Habitantes 2015

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23

Según el CESCYL (2015), entre 2001 y 2015 la edad media de la población española ha

aumentado desde los 39,9 años hasta 42,5, mientras en Castilla y León su ascenso ha

sido de 43,3 a 46,4, ocupando el segundo puesto entre las CC.AA.

3.2.2.- Envejecimiento rural y urbano

La localización residencial de las personas mayores es una cuestión importante para la

organización y administración de las políticas sociales. En el medio rural, la dispersión

en núcleos pequeños y distantes dificulta la organización de actividades y la prestación

de servicios, pues éstos no son almacenables, y además exigen la proximidad entre el

productor (prestador del servicio) y el consumidor (persona mayor que necesita

atención). En el medio urbano, la concentración es una ventaja de escala para la

planificación de actividades, servicios y programas de atención. Las regiones, las

ciudades y en algunos casos los cascos históricos de las ciudades pueden ver modificado

su anterior equilibrio demográfico y algunas de ellas empiezan a tener una importante

cifra de personas de edad avanzada; por ello, deberán hacer frente a dificultades en

materia de oferta de bienes y servicios, salud, dependencia, transporte. Zonas rurales,

urbanas, y a otra escala, los hogares, sufren estos profundos cambios. (Sancho, 2011)

Tabla 6. Principales indicadores de estructuras demográficas según edad y hábitat

Ámbito

Índice de

enveje-

cimiento

Tasa de sobre

envejecimiento

Tasa

de

+80 Edad

media

Edad

media

+65

Índice de

reemplazo

de activos

Grandes grupos

de edad

< 16

16-

64

65 y

+

Capitales 1,66 34,33 7,85 45,56 76,78 0,68 13,78 63,36 22,86

Otras ciudades 1,54 36,61 7,91 44,94 77,18 0,76 14,04 64,37 21,6

Áreas periurbanas 0,62 30,19 3,53 39,08 75,79 0,93 18,89 69,43 11,68

Influencia urbana 0,77 34,01 4,74 40,32 76,6 0,92 18,15 67,91 13,94

Centros de 1er orden 1,43 37,72 7,62 44,32 77,39 0,84 14,11 65,68 20,21

Centros de 2º orden 2,08 40,49 10,08 47,1 77,87 0,73 11,98 63,14 24,88

Centros de 3er orden 2,72 40,84 11,89 49,28 78,05 0,66 10,7 60,19 29,11

Rural profundo (<2.000) 5,15 43,65 15,7 53,99 78,54 0,43 6,99 57,04 35,97

Castilla y León 1,87 37,91 9,14 46,5 77,43 0,67 12,92 62,97 24,11

España 1,13 31,4 5,67 42,16 76,04 0,86 15,98 65,97 18,05

Índice de envejecimiento: Cociente entre mayores de 65 y menores de 16; Tasa de envejecimiento: mayores de 65;

Tasa de sobre envejecimiento: mayores de 80 sobre mayores de 65 años y más; de octogenarios: mayores de 80 sobre

el total; Proporción de activos: de 16 a 64 sobre el total; Índice de reemplazo de activos: cociente entre 15-19 y 60-

64.

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24

El envejecimiento de la población en el caso de Castilla y León viene agravado por la

fragmentación del mapa municipal, con un elevado número de municipios (2.248) de

los cuales la mayoría (2.119) no llegan a los dos mil habitantes, el 94% de ellos

localizados en el medio rural, el resto pertenecen a áreas de influencia urbana y 1.989 ni

siquiera tienen mil residentes. (CESCYL 2015)

En la actualidad, las áreas rurales se caracterizan por contener una proporción mayor de

personas mayores. En los municipios de menos de 2.000 habitantes las personas

mayores conforman el 35,97% de la población total. En las áreas urbanas esta cifra

desciende a un 22,86%. En los municipios denominados como “rural profundo” hay un

índice de envejecimiento del 5,15, es decir, por cada persona menor de 15 años hay más

5 personas que han superado los 65 años; sin embargo, en las capitales, por cada

persona en edad infantil, hay 1,66 personas mayores.

En las zonas más rurales son las que presentan un mayor peso de la población de más

edad. Aquí la tasa de sobre-envejecimiento es la más elevada (43,65) y la edad media de

la población supera los 50 años (53,99).

Las zonas donde el peso de la población joven es más elevado son las áreas periurbanas

y de influencia urbana, extrarradio de ciudades. En estas zonas hay mayor número de

población infantil que de personas mayores (0,62 y 0,77) y la edad media se sitúa en el

límite de los 40 años, 10 años menos que en las zonas más rurales.

Según el CESCYL (2015), la estructura etaria más joven se localiza en las áreas de

influencia urbana y en los municipios periurbanos, donde el grueso de población está

compuesto por parejas jóvenes, de mediana edad y sus hijos. Las capitales de provincia,

el resto de ciudades y los centros comarcales de primer orden tienen una estructura de

población similar al conjunto de las Comunidades Autónomas, ligeramente menos

envejecida en los centros comarcales de primer orden. En los centros de segundo y

tercer orden la media de edad es más elevada y la masculinización de la población

comienza a ser evidente. El rural profundo (menos de 2.000 habitantes) está fuertemente

envejecido y masculinizado, al éxodo de población constante desde el desarrollismo se

suma la mayor emigración femenina campo-ciudad con respeto a los flujos masculinos,

debido a la ausencia de oportunidades laborales en el sector primario para las mujeres.

Estos datos se evidencian de forma esclarecedora en las siguientes pirámides de

población según hábitat.

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25

Gráfico 15. Pirámide de población, centros rurales de 1er orden

1910-14

1915-19

1920-24

1925-29

1930-34

1935-39

1940-44

1945-49

1950-54

1955-59

1960-64

1965-69

1970-74

1975-79

1980-84

1985-89

1990-94

1995-99

2000-04

2005-09

2010-14

Fuente: Padrón Municipal de Habitantes 2015 (INE).

CENTROS RURALES DE 1er ORDEN (2015)

Año de nacimiento Edad

Porcentaje sobre la población total

Perfil CyL

0 1 2 3 4 5 60123456

0-4

5-9

10-14

15-19

20-24

25-29

30-34

35-39

40-44

45-49

50-54

55-59

60-64

65-69

70-74

75-79

80-84

85 y +

90-94

95-99

100 y +Hombres Mujeres

Fuente: INE: INEBASE: Padrón municipal de Habitantes, 2015

Gráfico 16. Pirámide de población, centros rurales de 2º orden

1910-14

1915-19

1920-24

1925-29

1930-34

1935-39

1940-44

1945-49

1950-54

1955-59

1960-64

1965-69

1970-74

1975-79

1980-84

1985-89

1990-94

1995-99

2000-04

2005-09

2010-14

Fuente: Padrón Municipal de Habitantes 2015 (INE).

CENTROS RURALES DE 2º ORDEN (2015)

Año de nacimiento Edad

Porcentaje sobre la población total

Perfil CyL

0 1 2 3 4 5 60123456

0-4

5-9

10-14

15-19

20-24

25-29

30-34

35-39

40-44

45-49

50-54

55-59

60-64

65-69

70-74

75-79

80-84

85 y +

90-94

95-99

100 y +Hombres Mujeres

Gráfico 17. Pirámide de población, centros rurales de 3er orden

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26

1910-14

1915-19

1920-24

1925-29

1930-34

1935-39

1940-44

1945-49

1950-54

1955-59

1960-64

1965-69

1970-74

1975-79

1980-84

1985-89

1990-94

1995-99

2000-04

2005-09

2010-14

Fuente: Padrón Municipal de Habitantes 2015 (INE).

CENTROS RURALES DE 3er ORDEN (2015)

Año de nacimiento Edad

Porcentaje sobre la población total

Perfil CyL

0 1 2 3 4 5 60123456

0-4

5-9

10-14

15-19

20-24

25-29

30-34

35-39

40-44

45-49

50-54

55-59

60-64

65-69

70-74

75-79

80-84

85 y +

90-94

95-99

100 y +Hombres Mujeres

Gráfico 18. Pirámide de población periferias urbanas

1910-14

1915-19

1920-24

1925-29

1930-34

1935-39

1940-44

1945-49

1950-54

1955-59

1960-64

1965-69

1970-74

1975-79

1980-84

1985-89

1990-94

1995-99

2000-04

2005-09

2010-14

Fuente: Padrón Municipal de Habitantes 2015 (INE).

PERIFERIAS URBANAS, 2015

Año de nacimiento Edad

Porcentaje sobre la población total

Perfil CyL

0 1 2 3 4 5 60123456

0-4

5-9

10-14

15-19

20-24

25-29

30-34

35-39

40-44

45-49

50-54

55-59

60-64

65-69

70-74

75-79

80-84

85 y +

90-94

95-99

100 y +Hombres Mujeres

Fuente: INE: INEBASE: Padrón municipal de Habitantes, 2015

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27

Gráfico 19. Pirámide de población rural profundo

1910-14

1915-19

1920-24

1925-29

1930-34

1935-39

1940-44

1945-49

1950-54

1955-59

1960-64

1965-69

1970-74

1975-79

1980-84

1985-89

1990-94

1995-99

2000-04

2005-09

2010-14

Fuente: Padrón Municipal de Habitantes 2015 (INE).

RURAL PROFUNDO (2015)

Año de nacimiento Edad

Porcentaje sobre la población total

Perfil CyL

0 1 2 3 4 5 60123456

0-4

5-9

10-14

15-19

20-24

25-29

30-34

35-39

40-44

45-49

50-54

55-59

60-64

65-69

70-74

75-79

80-84

85 y +

90-94

95-99

100 y +Hombres Mujeres

Fuente: INE: INEBASE: Padrón municipal de Habitantes, 2015

Gráfico 20. Pirámide de población, capitales y demás ciudades

1910-14

1915-19

1920-24

1925-29

1930-34

1935-39

1940-44

1945-49

1950-54

1955-59

1960-64

1965-69

1970-74

1975-79

1980-84

1985-89

1990-94

1995-99

2000-04

2005-09

2010-14

Fuente: Padrón Municipal de Habitantes 2015 (INE).

CAPITALES Y DEMÁS CIUDADES, 2015

Año de nacimiento Edad

Porcentaje sobre la población total

Perfil CyL

0 1 2 3 4 5 60123456

0-4

5-9

10-14

15-19

20-24

25-29

30-34

35-39

40-44

45-49

50-54

55-59

60-64

65-69

70-74

75-79

80-84

85 y +

90-94

95-99

100 y +Hombres Mujeres

Fuente: INE: INEBASE: Padrón municipal de Habitantes, 2015

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28

3.3. Tendencia 3: Cambios en las estructuras familiares

3.3.1.- Coexistencia de un mayor número de generaciones familiares

Gráfico 21. Cambio en la estructura de la familia

Familia verticalizada

Varones

Mujeres

Familia tradicional

Fuente: The Future of reteriment, 2007.

El aumento de la longevidad permite una mayor coexistencia de generaciones de una

misma familia. Es habitual que una familia contenga tres o incluso cuatro generaciones

(bisabuelos/as, abuelos/as, padres, hijos/as y nietos/as).

Coexiste un mayor número de generaciones, pero la menor fecundidad propicia familias

menos extensas, con menos parientes, es decir, se ha reducido en número de hijos/as y

han aumentado las familias monoparentales. La estructura familiar actual se dibuja a

través de una línea vertical. (Sancho, 2011)

El 53% de los hogares de Castilla y León donde reside una persona mayor se componen

por personas de esa misma generación.

En el 45% residen 2 generaciones y en un 2%, 3 o más generaciones. Esta mayor

coexistencia de varias generaciones no supone una mayor convivencia, pero sí una

posibilidad mayor de que se produzcan transferencias de apoyos y atenciones.

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29

Gráfico 22. Distribución de los hogares en los que reside una persona de 65 y más años según el

número de generaciones en el hogar en Castilla y León

Fuente: INE: INEBASE: Censo de población 2011.

La forma de convivencia habitual entre las personas mayores es la vida en pareja

(42,2%), seguida por los hogares unipersonales (22,9%) y muy de cerca por hogares

compuestos por varias generaciones, conviviendo con hijos/as (15% parejas con hijos/as

y 7% monoparentales).

Con el aumento de la edad aumenta el porcentaje de personas que viven solas (34,1%

entre personas de 85 y más) y se reduce la convivencia en pareja. La viudedad es la

causa de este cambio y suele afectar con más frecuencia a las mujeres.

Gráfico 23. Formas de convivencia según edad

Fuente: INE: INEBASE: Encuesta Continua de Hogares, 2015. Datos en porcentajes.

El itinerario más frecuente del hogar familiar comienza con una estructura de

convivencia entre padres e hijos durante la edad adulta; se transforma en un nido vacío

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30

con las emancipaciones residenciales de los hijos; después se produce el fallecimiento

de uno de los cónyuges, dando paso a una etapa en soledad; por último, se puede

producir la reagrupación en el hogar de alguno de los hijos o hacia el hogar de los hijos,

la institucionalización o la desaparición del hogar.

Tabla 7. Formas de convivencia de las personas de 65 y más

años por grupos de edad

Castilla y León, 2015 65 + 65-69 70-74 75-79 80-84 85 +

Hogar unipersonal 127,5 22,4 22,4 23,8 29,0 29,9

Hogar monoparental 39,2 6,2 4,9 8,6 9,1 10,4

Pareja sin hijos que convivan

en el hogar 235,0 63,7 59,9 44,5 42,8 24,1

Pareja con hijos que convivan

en el hogar: Total 83,5 31,7 19,4 14,4 10,9 7,1

Pareja con hijos que convivan

en el hogar: 1 hijo 67,3 23,1 14,6 13,6 9,2 6,8

Pareja con hijos que convivan

en el hogar: 2 hijos 12,6 6,9 3,4 0,9 1,1 0,3

Pareja con hijos que convivan

en el hogar: 3 o más hijos 3,6 1,6 1,4 .. 0,6 ..

Núcleo familiar con otras

personas que no forman núcleo

familiar

34,9 5,6 6,0 4,1 8,8 10,4

Personas que no forman ningún

núcleo familiar entre sí 25,1 7,3 4,7 3,7 4,6 4,8

Dos o más núcleos familiares 11,9 2,2 2,9 3,5 2,5 0,8

Total 557,4 139,1 120,2 102,7 107,8 87,6

Fuente: INE: INEBASE: Encuesta Continua de Hogares, 2015. Datos en miles de personas

La convivencia es la primera forma de relación entre las generaciones de una familia y

uno de los principales vehículos de la solidaridad familiar.

Una de las formas de transferencia de recursos entre generaciones y miembros de una

misma familia se apoya fundamentalmente en el tipo de convivencia, la proximidad, la

frecuencia de los contactos y los cuidados. Se trata de transferencias de espacio y

tiempo.

Entre la población en situación de dependencia la cohabitación es lo más habitual

(hogares multigeneracionales y parejas). Aunque hay que tener en consideración que

con el aumento de la edad, aumenta la cifra de hogares unipersonales compuestos por

una persona que necesita ayuda (19,23%).

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31

Gráfico 24. Formas de convivencia según edad de personas con dependencia

Fuente: IMSERSO: Informe Discapacidad y Dependencia en Castilla y León, 2011

Observar las formas de convivencia de las personas, y los vínculos que las unen, aporta

datos fundamentales sobre la vida social pues el hogar es, la mayoría de las veces, un

lugar básico de sociabilidad. En el caso de las personas en situación de dependencia, la

composición del hogar es un indicador aún más importante en tanto en cuanto lo

doméstico cobra una importancia fundamental, como centro desde donde se procuran

cuidados y por el repliegue que puede conllevar la necesidad de ayuda. (Castejón,

Abellán y Esparza, 2011)

3.3.2.- Aumento de la soledad

En aumento de los hogares unipersonales es una tendencia predominante en la

población de todas las edades. El Instituto Nacional de Estadística (INE) en sus

proyecciones sobre los hogares para los próximos quince años prevé que el número de

hogares unipersonales va a seguir aumentando y para 2031 superarán los 5,5 millones

en España.

Los hogares en los que vive una sola persona son los que van a sufrir un mayor

incremento tanto en valores absolutos como relativos. Los hogares unipersonales

representarán el 28,6% del total de hogares en España para 2031, tras sufrir un

incremento del 19,8% respecto a los datos registrados a principios de 2016. Además, el

número de personas que viven solas pasará de representar el 9,9% de la población total

en 2016 al 12% en 2031.

Las estimaciones para Castilla y León auguran que dentro de 15 años el porcentaje de

población que vivirá en soledad será del 33,2% (2031).

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32

Gráfico 25. Proyecciones de hogares unipersonales en Castilla y León

Fuente: INE: INEBASE: Proyecciones de hogares 2016-2031.

En la actualidad, Castilla y León es la segunda Comunidad Autónoma, después de

Asturias, con un mayor porcentaje de población viviendo en soledad (28,5% en 2015).

Del total de estos hogares el 43,6% son hogares compuestos por una persona mayor

(127.600 personas).

Gráfico 26. Porcentaje de hogares en los que solo vive una persona

Fuente: Encuesta Continua de Hogares (ECH), 2015.

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33

El aumento de la autonomía residencial es consecuencia de las mejoras en las

condiciones de salud y de la independencia económica. Pero, esto puede traducirse

también en una mayor vulnerabilidad frente a situaciones de fragilidad y necesidad de

ayuda. Las personas que viven solas tienen un mayor riesgo de experimentar

aislamiento social y de privación económica. La viudedad es más elevada entre las

mujeres, debida a la mayor mortalidad masculina, y por ello son las mujeres las que

sufren la soledad, y como consecuencia comienzan los problemas de dependencia y de

necesidad de ayuda. (Sancho, 2011)

Tabla 8. Estado civil según sexo y edad

Hombres Mujeres

60-74 75 y más 60-74 75 y más

Soltero/a 13,6 8,9 8,1 8,6

Casado/a 78,1 73,4 69,5 38,4

Separado/a 1,8 0,5 1,5 0,4

Divorciado/a 2,2 0,6 2,2 0,5

Viudo/a 4,3 16,5 18,7 52,1

Total 100,0 100,0 100,0 100,0

Fuente: INE: INEBASE: Censo de Población y viviendas, 2011.

Uno de cada cuatro hombres de 75 y más años es viudo, mientras que más de la mitad

de las mujeres vive en esa misma situación.

Según el informe con base en la Encuesta EDAD, la dependencia correlaciona

fuertemente con la viudedad. La proporción de personas viudas es siempre mayor entre

la población en situación de dependencia y esta diferencia se acentúa a medida que

avanza la edad. Parece que la pérdida del cónyuge aumenta el riesgo de caer en

dependencia, muy especialmente si se enviuda a edades avanzadas. Una dependencia no

severa puede pasar inadvertida cuando se convive con el cónyuge y manifestarse al

desaparecer éste; la sensación de soledad y vulnerabilidad tras la pérdida del esposo o

esposa aumenta la percepción de dependencia, es el llamado “shock de la viudedad”

entre cuyas consecuencias se aprecia una sobremortalidad de personas viudas de edades

avanzadas respecto a las casadas. (Castejón et al 2011)

3.3.3.- Modificación de las relaciones familiares

Las formas de transferencia de recursos entre generaciones y miembros de una misma

familia se apoyan fundamentalmente en el tipo de convivencia, la proximidad y la

frecuencia de los contactos. Como ya se ha comentado, un 22% de las personas mayores

de Castilla y León conviven con sus hijos/as.

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34

La proximidad es un instrumento muy útil en las transferencias intergeneracionales,

pues permite un elevado potencial de cuidados, mantener estrechos lazos familiares

siguiendo la tradición cultural y crear una intimidad a distancia que permite autonomía e

independencia, pero con la certeza y seguridad de un apoyo material y emocional

próximo. (Puga y Abellán, 2006)

El análisis de las redes sociales y familiares cobra especial importancia en el caso de

personas mayores en situación de dependencia, pues muchas de ellas experimentarán

una ruptura o limitación en el acceso y disfrute de espacios, actividades sobre las que se

articula la vida social. Si estos elementos no existen o se ven reducidos, la necesidad de

contar con una red social, que cubra las necesidades afectivas y que además funcione

como fuente de ayuda real o en potencia, capaz de reaccionar en casos de crisis o

necesidad continuada, se torna fundamental. Un 67,7% de las personas de 80 y más

años en situación de dependencia tiene algún familiar cercano viviendo en la misma

localidad.

Tabla 9. Población en función de la distancia entre las personas en situación de

dependencia y su familiar o amigo más cercano en Castilla y León

Porcentajes

horizontales De 65 a 79 años De 80 y más años

Ambos

sexos Hombres Mujeres

Ambos

sexos Hombres Mujeres

Familiar más

cercano: en la misma

localidad

20,6 27,4 17,7 67,6 50,1 75,1

Familiar más

cercano: en otra

localidad

22,5 28,3 18,8 55,1 34,0 68,3

Familiar más

cercano: no tiene 31,6 32,5 30,9 47,1 39,1 52,8

Familiar más

cercano: no consta 25,2 34,9 20,2 58,1 37,7 68,6

Amigo/a más

cercano/a: en la

misma localidad

22,9 28,7 19,7 63,8 48,2 72,2

Amigo/a más

cercano/a: en otra

localidad

22,1 28,4 17,6 58,3 38,8 72,1

Amigo/a más

cercano/a: no tiene 21,7 28,0 18,7 59,6 37,3 70,2

Amigo/a más

cercano/a: no consta 22,6 28,3 19,5 64,9 50,1 72,7

Fuente: INE: INEBASE: Encuesta de Discapacidad, 2008

El papel que ostenta la familia en las tareas de cuidado a personas en situación de

dependencia es (como se verá en el apartado donde se trata específicamente el tema) de

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35

indiscutible protagonismo, la frecuencia de cohabitación y cercanía residencial van

dejando un primer testimonio de ello.

Los lazos intergeneracionales dentro de la estructura familiar vertical no se han

debilitado con el paso del tiempo. Incluso pueden ser más prolongados, pues hay más

tiempo compartido o co-biografía entre padres mayores e hijos, y aun entre miembros

de otras generaciones. El contacto con la familia (principalmente con hijos y nietos) es

un elemento destacado de la calidad de vida para muchas personas mayores. La cantidad

de contactos (presenciales o por teléfono) que las personas mayores tienen con sus

familiares es un indicador importante de su integración dentro de la familia y también

del potencial de asistencia y apoyo material y emocional del que disponen. (Barrio et al

2015)

La fortaleza de la frecuencia de intensidad de contactos de las personas mayores en el

ámbito familiar es una característica claramente diferencial de los países latinos en

relación al resto de Europa. Un 74,9% de las personas mayores tienen contacto con

alguno de sus hijos/as con una frecuencia semanal de manera personal.

Tabla 10. Frecuencia de contactos con el hijo/a de las

personas mayores en Castilla y León

Contacto

personal

Contacto

telefónico

Todos o casi todos los días 45,7 30,9

1 o 2 veces por semana 29,2 35,7

1 o 2 veces al mes 13,5 12,2

Con menor frecuencia 9,1 14,1

No sabe 0,7 3,8

No contesta 1,8 3,3

Fuente: Junta de Castilla y León: Situación Económica y Social de las Personas Mayores en Castilla y León,

2007.

Esta especie de “red de seguridad” que disfrutamos minimiza las carencias que

históricamente arrastramos en el desarrollo de recursos especializados para las personas

mayores en situación de dependencia. (Sancho, 2011)

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36

3.4.1. Tendencia 4: Cambios en la salud

3.4.1.1.- Autovaloración de la salud

La percepción del propio estado de salud, conocida como salud subjetiva, es un

indicador muy relevante para describir el estado de salud de una población. Refleja el

estado físico y las enfermedades padecidas, pero también los factores sociales,

económicos y del entorno de la persona.

Existen diferencias entre sexos; las mujeres perciben peor estado de salud al de los

hombres. Hay que tener en cuenta el gran peso de mujeres en edades avanzadas sobre la

población total de mujeres mayores. La edad y el sexo históricamente han estado

asociadas a la percepción de salud. La percepción negativa aumenta según avanza la

edad sobre todo en las mujeres.

3.4.1.2.- Cambios en los patrones de enfermedad y muerte

Una de las principales tendencias a lo largo de los últimos años ha sido el cambio

radical en los patrones de enfermedad y muerte. Las enfermedades crónicas y

degenerativas sustituyen a las infecciosas y parasitarias; es un cambio epidemiológico

global, más acentuado entre los mayores, donde las enfermedades degenerativas son los

principales diagnósticos de enfermedades y de causas de muerte. (Abellán, 2011). El

acceso universal al sistema de salud, la generalización de intervenciones de carácter

rehabilitador y las mejoras en la industria farmacéutica, están contribuyendo a un

retraso en la aparición de la discapacidad y de la muerte.

Gráfico 27. Tasas (por 100.000 hab.) de enfermos dados de alta por diagnóstico principal

(CIE9MC) en Castilla y León

Fuente: INE: INEBASE: Encuesta de Morbilidad Hospitalaria, 2014

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37

Uno de los efectos del proceso de universalización de los servicios sanitarios ha sido la

utilización masiva de éstos por parte de la población general y de los mayores en

particular. El resultado es una tendencia importante al incremento del gasto sanitario, no

sólo atribuible al envejecimiento y al incremento de las situaciones de cronicidad, sino

también a una mejora notable de los equipamientos y servicios sanitarios así como al

avance tecnológico y a la propia maduración del sistema.

En los últimos años ha variado el patrón epidemiológico de Castilla y León, con un

incremento notable de las patologías crónicas. La cartera de servicios de atención

primaria en Castilla y León incluye numerosas actividades orientadas a la prevención y

tratamiento de la cronicidad tales como la promoción de hábitos saludables, la

educación para la salud, las actuaciones para la detección precoz y seguimiento de

patologías crónicas, así como la prevención de posibles complicaciones.

La “Estrategia de Atención al Paciente Crónico en Castilla y León” tiene entre sus

objetivos adaptar el funcionamiento del sistema sanitario de Castilla y León a la nueva

realidad que supone la demanda asistencial creciente derivada de la cronicidad.

Se centra fundamentalmente en cinco aspectos: organizar y adecuar los recursos

hospitalarios a las condiciones y necesidades de estos pacientes, potenciar el papel de la

atención primaria y mejorar sus condiciones para facilitar su atención eficaz, asegurar la

coordinación entre los profesionales de los diferentes niveles asistenciales que

intervienen para garantizar la continuidad de los cuidados, avanzar hacia la integración

asistencial a través de la coordinación efectiva de los sistemas sanitario y social y

promover la participación activa por parte de pacientes y personas cuidadoras, en el

mantenimiento de la salud.

Tabla 11. Altas hospitalarias según el sexo, el diagnóstico principal de

hospitalización en Castilla y León

Diagnóstico

principal

1997 2014

Ambos

sexos Hombres Mujeres

Ambos

sexos Hombres Mujeres

Diabetes 1.972,0 863,0 1.109,0 1.805,0 962,0 843,0

Enfermedades

del sistema

circulatorio

31.219,0 17.849,0 13.370,0 38.861,0 21.483,0 17.378,0

Fuente: Elaboración propia a partir de la encuesta de Morbilidad Hospitalaria, 1997-2014.

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38

3.4.1.3.- Personas en situación de dependencia y/o discapacidad

En Castilla y León la atención a las personas mayores dependientes ha conocido una

profunda transformación en los últimos años de modo que, en estos momentos,

podemos afirmar que existe un sistema consolidado que permite una gestión eficiente de

los procedimientos y una provisión adecuada de servicios sociales y prestaciones

económicas.

En primer lugar, el acceso se produce a través de una única vía, los Centros de Acción

Social (CEAS): la solicitud de prestaciones económicas y servicios es única, tanto para

los que se conceden en el marco de la normativa autonómica como en la nacional (la

Ley de dependencia), y tanto si los prestan las entidades locales como si dependen de la

comunidad autónoma.

Desde el primer momento, cada persona tiene asignado un coordinador de caso, que se

encargará de informar, realizar la valoración social y de la capacidad funcional, orientar

en la elección de prestaciones y realizar el seguimiento posterior.

Por lo que respecta al nivel de desarrollo de los servicios y prestaciones económicas,

Castilla y León se encuentra entre las Comunidades Autónomas con mayor cobertura de

las necesidades. El XVI Dictamen del Observatorio de la Dependencia en España de la

Asociación Estatal de Directores y Gerentes en Servicios Sociales de febrero de 2016

sitúa a nuestra Comunidad, por novena vez consecutiva, en el primer puesto, con una

puntuación de 8,6 puntos sobre 10.

Como muestra la siguiente tabla, en Castilla y León existen 85.301 personas en

situación de dependencia con alguna prestación concedida, de las cuales, el 78,4% son

personas con 65 y más años (datos a 31 de diciembre de 2016).

Tabla 12. Total Personas dependientes beneficiarias con prestaciones concedidas

según grado y sexo en Castilla y León

GRADO TOTAL DISTRIBUCIÓN POR SEXO

HOMBRES MUJERES

Nº % sobre total Nº % sobre total

Grado III 27.890 9.512 11,15% 18.378 21,54%

Grado II 29.477 10.375 12,16% 19.102 22,39%

Grado I 27.934 9.955 11,67% 17.979 21,08%

TOTAL 85.301 29.842 34,98% 55.459 65,02%

Fuente: Elaboración propia según datos a 31 de diciembre de 2016

La dependencia tiene un perfil claramente femenino: en la tabla anterior apreciamos

como los datos de mujeres dependientes (65%) están a escasos cinco puntos de duplicar

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39

el porcentaje de hombres dependientes (35%), por lo tanto, encontramos dos mujeres

dependientes por cada hombre.

Esta tendencia se une a la estrecha relación que existe entre edad y dependencia; del

total de personas dependientes, ocho de cada diez son personas con 65 y más años

(66.859 personas dependientes de 65 y más años en Castilla y León, a 31 de diciembre

de 2016).

El mayor volumen de personas dependientes lo encontramos en el grupo de edad

comprendido entre los 80 y los 94 años.

Gráfico 28. Beneficiarios de 65 ó más años con prestaciones concedidas

por grupos de edad, grado de dependencia y sexo

Fuente: Elaboración propia según datos a 31 de diciembre de 2016

Por tanto, a medida que avanza la edad y el proceso de envejecimiento, la tendencia de

una mayor presencia de la dependencia en las mujeres que en los hombres se hace más

presente. Si bien es cierto, esta tendencia está íntimamente relacionada con la mayor

esperanza de vida de las mujeres pero comúnmente asociada a una peor calidad de vida

a causa de la enfermedad.

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Gráficos 29 y 30. Beneficiarios de 65 ó más años con prestaciones concedidas por grupos de edad,

grado de dependencia y sexo (%)

Fuente: Elaboración propia según datos a 31 de diciembre de 2016

En cuanto al grado de dependencia, el Grado II de dependencia severa, es decir, cuando

la persona necesita ayuda para realizar varias ABVD (Actividades Básicas de la Vida

Diaria) dos o tres veces al día pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador, o

tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal es el que tiene una

mayor prevalencia tanto en hombres como en mujeres para el conjunto de la población

dependiente. Sin embargo, como veremos en los gráficos siguientes, en el caso de las

mujeres de 65 y más años, el Grado I de dependencia moderada prevalece en el tramo

de edad comprendido entre los 70 y los 89 años, para posteriormente ir reduciéndose de

manera drástica y dejando paso al Grado III de gran dependencia como el más

prevalente a partir de los 90 años. En el caso de los hombres mayores, la tendencia

resulta muy similar al de las mujeres, con prevalencia también de los Grados I y II de

los 65 a los 94 años de edad y Grado III a partir de esta edad.

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Si bien es cierto, comparando estos dos últimos gráficos, en los que se ha hecho

coincidir el límite máximo del eje vertical, se ve claramente como la curvatura que

forman las mujeres mayores dependientes adopta una forma acampanada mucho más

pronunciada a la curvatura de los hombres como consecuencia de la mayor presencia de

la dependencia entre las mujeres mayores. Por tanto, podemos decir que la dependencia

en Castilla y León tiene un perfil claramente femenino y de elevada edad.

Otro aspecto a destacar es que de las más de ochenta mil prestaciones de dependencia

vigentes y reconocidas a personas con 65 y más años en Castilla y León (82.474

prestaciones a 31 de diciembre de 2016), cuatro de cada cinco corresponden a servicios

profesionales. Así, las prestaciones de servicios profesionales (65.983) representan ya el

80% del total de prestaciones reconocidas, mientras que las prestaciones económicas

para cuidados en el entorno familiar (16.491) suponen tan solo un 20%, hecho que está

redundando en el aumento de la calidad en la atención.

Gráfico 31. Prestaciones de personas con 65 ó más años reconocidas y vigentes según tipo de

prestación y sexo

Fuente: Elaboración propia según datos a 31 de diciembre de 2016

Las diferencias entre sexos no son significativas, si bien es cierto, el porcentaje de

hombres con prestación económica para cuidados en el entorno familiar es ligeramente

superior al porcentaje de mujeres, seguramente como consecuencia del rol tradicional de

cuidadora asumido por las mujeres.

Otro aspecto importante de cara a detectar las posibles necesidades de atención de las

personas mayores dependientes consiste en conocer dónde viven, es decir, en un hábitat

urbano o rural.

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Gráfico 32. Personas dependientes con 65 ó más años con prestaciones concedidas

según grado, tipo de hábitat y sexo

Fuente: Elaboración propia según datos a 31 de diciembre de 2016

Vivimos en una comunidad eminentemente rural y como reflejo de ello, más de la mitad

de las personas de 65 y más años dependientes viven en municipios rurales, en concreto,

el 60%. Del total de personas mayores dependientes, el 42% son mujeres que viven en

el medio rural frente al 18% de hombres dependientes que viven en este mismo hábitat.

Por tanto, las personas dependientes son sobre todo, mujeres de avanzada edad que

viven en el medio rural.

Tabla 13. Personas dependientes de 65 y más años, con prestaciones concedidas

según sexo y tamaño del hogar

Tamaño Hogar Mujer Hombre Total

Hogar unipersonal 21,2% 5,2% 26,4%

2 personas 31,3% 16,3% 47,6%

3 personas 10,9% 4,9% 15,8%

4 personas 4,2% 1,6% 5,8%

5 personas 2,3% 0,7% 3,0%

6 personas 0,6% 0,2% 0,8%

7 ó más personas 0,4% 0,2% 0,6%

Total 70,9% 29,1% 100,0%

Fuente: Elaboración propia según datos a 31 de diciembre de 2016

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Analizando el tamaño de los hogares de las personas dependientes de 65 y más años,

vemos como la forma de convivencia mayoritaria es que vivan dos personas en el hogar,

la persona dependiente y en la inmensa mayoría de los casos, su pareja.

La edad aumenta la posibilidad de vivir en soledad: el 26% de las personas dependientes

de 65 y más años vive en soledad. Se ha observado en los últimos años un incremento

de los hogares unipersonales en personas de 65 y más años, aunque las proporciones son

más bajas que en otros países europeos. En Castilla y León, la proporción de mujeres

mayores dependientes que vive en soledad supera a la de hombres (21,2% de mujeres

frente a 5,2% de hombres).

En cuanto al perfil del principal cuidador de personas dependientes de 65 y más años,

encontramos que tres de cada cuatro personas cuidadoras son mujeres (75%), mientras

que únicamente el 25% de los cuidadores son hombres. Para evitar sobrecarga en el

desempeño del rol de cuidador es muy importante una buena organización del trabajo

familiar de forma igualitaria y equitativa, al igual que la pertenencia a redes sociales de

apoyo.

Tabla 14. Edad media y parentesco del cuidador de personas dependientes de 65 y

más años (%)

Parentesco

MUJER HOMBRE TOTAL

Edad

Media

% Edad

Media

% Edad

Media

%

CONYUGE 72 11,5% 77 6,6% 74 18,2%

HERMANO/A 71 3,0% 70 0,8% 71 3,8%

HIJO/A 56 50,9% 55 16,1% 56 67,0%

MADRE 72 0,2% 0,0% 72 0,2%

PADRE 0,0% 87 0,0% 87 0,0%

Otros familiares 52 7,9% 52 1,2% 52 9,1%

Otras personas del

entorno

61 1,6% 65 0,2% 62 1,7%

Total 59 75,1% 61 24,9% 59 100,0%

Fuente: Elaboración propia según datos a 31 de diciembre de 2016

A pesar de la reducción en el tamaño de las familias, la mayoría de las personas

dependientes mayores siguen recibiendo cuidados por parte de la familia. Más del 67%

de las personas dependientes mayores reciben atención por parte de su hijo/a, mujeres

en su mayoría, seguidos del cónyuge como principal cuidador.

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La edad media del cuidador en el caso de hijo/hija es de 56 años, edad que ha ido

aumentando progresivamente en la última década; por su parte, la edad media del

cónyuge cuidador es también cada vez más elevada, siendo de 72 años en el caso de

esposas cuidadoras y de 77 años para los esposos cuidadores.

Los cuidados de larga duración para las personas en situación de dependencia

constituyen una importante carga para el paciente y para su familia, por ello es preciso

reforzar las redes informales de apoyo que den respuesta a estas necesidades.

Por otra parte, otro dato importante a tener en cuenta es que las personas valoradas con

un porcentaje de discapacidad reconocida igual o superior al 33% son 169.637 (31 de

diciembre de 2015). De este total, 84.031 han superado los 65 años (49,5%).

Las discapacidades más frecuentes son las referidas a la movilidad. Según muestra la

siguiente tabla, el 35,7% de las personas con discapacidad presentan enfermedades

relacionadas con este tipo de problemas; las discapacidades englobadas en el grupo de

movilidad incluyen dificultades en tareas tan diversas y comunes en la vida diaria como

el cambio de postura, andar y moverse dentro y fuera de casa, transportar objetos o

utilizar el transporte público, entre otras.

Tabla 15. Edad media y parentesco del cuidador de personas dependientes de 65 y

más años (%)

Tipo de discapacidad

SEXO Total Porcentaje

Mujer Varón

Osteoarticular 21.110 21.671 42.781 25,2

Neuromuscular 8.213 9.635 17.848 10,5

Discapacidad

intelectual 8.669 10.901 19.570 11,5

Enfermedad mental 13.811 13.181 26.992 15,9

Visual 7.716 6.142 13.858 8,2

Auditiva 5.963 6.219 12.182 7,2

Expresiva 220 951 1.171 0,7

Mixta 86 109 195 0,1

Enfermedad crónica 11.088 15.069 26.157 15,4

Discapacidad múltiple 4.228 3.318 7.546 4,4

Sin especificar 601 736 1.337 0,8

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En un escenario pesimista, con tasas de dependencia constantes similares a las actuales,

se estima un incremento del 50% de dependencia; en un escenario optimista, con

descenso de las tasas durante la mitad del período y una estabilización posterior, habría

un incremento del número de personas con dependencia por el considerable aumento de

la población de edad. En cualquiera de los escenarios, el número de personas

dependientes crecerá considerablemente en los próximos años. (Castejón et al, 2011)

3.4.1.4.- Personas con enfermedad de Alzheimer y otras demencias

La demencia es una enfermedad neurodegenerativa que conlleva una pérdida importante

de las capacidades cognitivas. De entre los diferentes tipos de demencia, el Alzheimer

(EA) es el más común, suponiendo entre un 50% y un 70% de todos los casos1.

Sus efectos fisiológicos están caracterizados por una pérdida de volumen cerebral y

bajos niveles de algunos neurotransmisores importantes. Sus primeros síntomas suelen

estar relacionados con pérdidas de memoria, progresando gradualmente hasta

incapacitar completamente a los afectados para poder llevar una vida autónoma.

Además, lleva implícitos otros síntomas como son la dificultad de resolver problemas o

completar tareas domésticas cotidianas, cometer errores semánticos al hablar o tomar

decisiones equivocadas, así como cambios en el carácter y en la personalidad.

De las cinco principales enfermedades neurodegenerativas (Alzheimer, Parkinson,

Esclerosis Múltiple, Esclerosis Lateral Amiotrófica y Enfermedades Neuromusculares),

las Demencias y la Enfermedad de Alzheimer (EA) afectan principalmente a personas

por encima de los 65 años, siendo una de las principales causas de incapacidad en la

vejez. Las causas sobre su origen son aún desconocidas por lo que su prevención es

difícil hoy en día. El principal factor de riesgo es la edad. Actualmente tampoco hay

tratamiento eficaz, pero existe medicación cada vez más eficaz para ralentizar su

evolución y minimizar sus síntomas, permitiendo a los afectados permanecer activos

durante más tiempo.

Algunos datos a tener en cuenta sobre la enfermedad de Alzheimer y otras demencias

son, que casi el 50% de las personas que llegan a los 85 años llegan a padecer esta

enfermedad y que siete de cada diez defunciones por Alzheimer son de mujeres.

Si bien es cierto, existe una gran disparidad de cifras manejadas por distintas fuentes,

por lo que se hace imprescindible la necesidad de disponer de cifras más objetivas

1 ESTUDIO SOBRE LAS ENFERMEDADES NEURODEGENERATIVAS EN ESPAÑA Y SU IMPACTO ECONÓMICO Y SOCIAL.

Universidad Complutense de Madrid y Neuroalianza. Madrid, 2016.

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respecto al número total de pacientes afectados por esta dolencia. La Confederación

Española de Alzheimer (CEAFA) que agrupa a diversas entidades sin ánimo de lucro

(Confederación, Federaciones y Asociaciones de Familiares con Enfermedad de

Alzheimer), se han propuesto llevar a cabo el proyecto “Censo de las personas con

Alzheimer y Otras Demencias en España”. Para ello están desarrollando una

metodología que permitirá disponer del Censo actualizado de las personas con

Alzheimer y otras Demencias en España, así como información complementaria de una

muestra significativa de personas afectadas por la enfermedad y sus cuidadores

familiares, proyecto en el que se han involucrado las comunidades autónomas.

En Castilla y León, se estima que más de 60.000 personas padecen Alzheimer u otras

demencias y que dentro del colectivo de personas de 65 y más años, el 10,16% podría

estar afectado por la enfermedad de Alzheimer u otro tipo de demencias.

La Junta de Castilla y León, trabaja, en estrecha colaboración, con las asociaciones de

familiares de enfermos de Alzheimer. Los servicios dirigidos a las personas con la

enfermedad de Alzheimer, tienen como objetivo la prevención en sus diferentes niveles

y la atención a las necesidades sociales tanto de las personas con algún tipo de demencia

como de sus familias. La red asociativa de atención a las personas con la enfermedad de

Alzheimer está compuesta por 29 asociaciones distribuidas entre diferentes municipios

de todo el territorio castellano y leonés, 28 de estas asociaciones están integradas en la

Federación Regional de Asociaciones de Familiares y Enfermos de Alzheimer, con sede

en Valladolid.

Tabla 16. Personas que integran las asociaciones de enfermos

de Alzheimer según sexo

Miembros de las asociaciones

de Alzheimer

Nº DE PERSONAS

Hombres Mujeres Total

Personas con enfermedad de

Alzheimer u otra demencia 929 1.949 2.878

Socios 3.822 7.317 11.139

Familiares 3.864 6.636 10.500

Fuente: Datos de elaboración propia año 2016

A través de las Asociaciones de Familiares de Enfermos de Alzheimer y de la

Federación Regional, se ofrecen diversos servicios, en colaboración con la Gerencia de

Servicios Sociales, dirigidos a las personas que padecen esta enfermedad y a sus

familias, como son el servicio de Promoción de la Autonomía Personal y Prevención de

la Dependencia dirigido a las personas con algún tipo de demencia (Servicio de

Estimulación Cognitiva, Habilitación Psicosocial, Habilitación y Terapia Ocupacional y

promoción, mantenimiento y recuperación de la autonomía funcional) y programas

dirigidos a las familias y cuidadores informales, como información y asesoramiento,

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apoyo psicológico al familiar cuidador, grupos de autoayuda y capacitación y

entrenamiento de familiares para el cuidado de las personas con la enfermedad de

Alzheimer.

3.5.1. Tendencia 5: Transformaciones en el cuidado

El ejercicio del principio de reciprocidad a través de la transferencia de cuidados en el

ámbito familiar tiene una relevancia muy importante en nuestra cultura. Resaltar la

ayuda prestada por las personas mayores a otros hogares o a miembros de la familia es

importante en tanto que sirven para paliar las necesidades que los servicios públicos no

cubren. (Sancho, 2011)

3.5.1.1.- Cuidados prestados

Entre las personas mayores la práctica de solidaridad familiar más frecuente es el

cuidado de nietos/as. Según la ECV 2010 el 51,5% la población de Castilla y León tiene

nietos. Esta cifra va en aumento según aumenta la edad, pasando del 55,3% de personas

que tienen nietos/as entre 60 y 64 años, al 93,8% entre las personas de 85 y más. Es

decir, la mayoría de las personas mayores de Castilla y León tienen nietos/nietas.

Gráfico 32 bis. Porcentaje de personas que tienen nietos según edad

Fuente: Junta de Castilla y León: Encuesta Condiciones de Vida, 2010

Entre el total de personas que tienen nietos un 64,7% declaran ayudar a sus hijos en su

cuidado, ya sea en varias ocasiones o de forma esporádica. Este acto de apoyo es una de

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las habilidades con la que ha sabido responder la familia a las necesidades de

conciliación entre la vida familiar y laboral. Los abuelos son un recurso muy utilizado

para poder compatibilizar los horarios y exigencias del trabajo con el mantenimiento de

la familia.

Tabla 17. Cuidado de nietos/as según sexo

¿Ha cuidado o cuida

de sus nietos?

Sexo

Total Hombre Mujer

Si, en muchas

ocasiones 30,1 38,7 35,0

Si, esporádicamente 30,1 29,3 29,7

No 39,3 31,7 35,0

No contesta 0,5 0,2 0,3

Total 100 100 100

Fuente: Junta de Castilla y León: Encuesta Condiciones de Vida, 2010

Las mujeres cuidan en mayor porcentaje y de forma más frecuente que los hombres,

pero los hombres también realizan con bastante intensidad estas tareas. Cuidar de los

nietos/as es, en buena medida, una tarea de pareja, que implica a los dos abuelos.

Tabla 18. Cuidado de nietos/as según edad

¿Ha cuidado o

cuida de sus

nietos?

Grupo de edad Total

<60 60-64 65-69 70-74 75-79 80-84 >84

Si, en muchas

ocasiones 45,2 42,3 42,0 36,5 35,1 28,8 24,9 35,0

Si,

esporádicamente 31,4 33,4 28,9 32,7 29,0 27,3 28,4 29,7

No 23,5 23,3 28,8 30,8 35,8 43,2 46,3 35,0

No contesta 0,0 0,9 0,4 0,0 0,1 0,7 0,4 0,3

Total 100 100 100 100 100 100 100 100

Fuente: Junta de Castilla y León: Encuesta Condiciones de Vida, 2010

Con el incremento de la edad se observa una reducción en la frecuencia de los cuidados,

principalmente en edades avanzadas. La causa puede encontrarse en que estas

generaciones más mayores tienen nietos/as también de más edad que no precisan de

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cuidados. Aun así 1 de cada 4 personas de 85 años, declara que cuida de sus nietos/as en

muchas ocasiones.

Gráfico 33. Cuidado de nietos/as en muchas ocasiones según edad

Fuente: Junta de Castilla y León: Encuesta Condiciones de Vida, 2010

3.5.2.- Cuidados recibidos

El cuidado que reciben las personas en situación de dependencia, atendiendo a quien lo

proporciona puede categorizarse en tres tipos: Se denomina cuidado informal aquel que

realizan familiares, amistades, vecinos o personas conocidas, sin recibir a cambio una

retribución (IMSERSO, 2005). Se ha considerado cuidado privado cuando lo acometen

personas empleadas del hogar, empresas privadas o servicios sociales de organismos no

públicos (ONGs, asociaciones). Por último, se contempla los trabajos de cuidado que

llevan a cabo los servicios sociales de las administraciones públicas.

El papel de la familia, dentro del cuidado informal, en la atención a las personas

mayores en situación de dependencia es absolutamente protagonista. El porcentaje de

personas en situación de dependencia que es cuidada por su familia es el 78,6%. Con

protagonismo de la hija (31,6%) y la pareja (22,9%). La hija sigue siendo el pilar de los

cuidados en Castilla León, al igual que en España. Los Servicios Sociales obtienen un

3,3% de respuesta y las empleadas de hogar un 7,4%.

Gráfico 34. Personas cuidadoras de las personas mayores en situación de dependencia en Castilla y

León

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Fuente: ESPARZA CATALÁN, Cecilia (2011). “Discapacidad y dependencia en Castilla

León”

Se observan diferencias según los diferentes tramos de edad. Entre las personas de 65 a

79 años, son los cónyuges o las parejas las que cuidan en mayor medida. Entre las

personas octogenarias destacan las hijas, principalmente para las mujeres y las esposas y

las hijas en el caso de los hombres.

Tabla 19. Personas cuidadoras de las personas mayores en situación de

dependencia en Castilla y León según edad

Castilla y León

De 65 a 79 años De 80 y más años

Ambos

sexos Hombres Mujeres

Ambos

sexos Hombres Mujeres

Cónyuge o pareja 41,7 57,6 32,5 16,0 35,1 6,3

Hija 19,7 9,9 25,3 45,0 39,2 47,9

Hijo 9,5 3,7 12,9 11,1 7,3 13,0

Hermana 7,4 14,4 3,4 3,3 1,1 4,3

Hermano 0,7 1,8 0,0 0,1 0,0 0,1

Madre 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

Padre 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0

Otro pariente 6,6 4,0 8,1 8,5 7,0 9,3

Empleado 7,3 4,7 8,8 9,0 5,3 10,9

Amigos y vecinos 0,7 0,0 1,1 0,5 0,6 0,5

Servicios sociales

(AAPP, ONG) 1,6 0,8 2,0 4,9 1,5 6,7

Otras personas 4,9 3,1 6,0 1,6 2,9 1,0

Fuente: INE: INEBASE: Encuesta de Discapacidad, Autonomía Personal y Situaciones de

Dependencia, 2008.

El perfil más frecuente de la persona cuidadora principal en Castilla León es el de una

mujer, con una edad media de 57 años, casada, con estudios primarios o inferiores, que

suele ser la hija o la cónyuge de la persona necesitada de cuidados. Más de 30.000

mujeres-hijas atienden a alguno de sus padres o a ambos. Entre los cónyuges destaca la

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mujer que cuida a su esposo; es cada vez más frecuente el hombre cuidador de elevada

edad.

En la pirámide poblacional de este grupo, destaca el elevado número de mujeres sobre

el de hombres. Pero más allá de la llamativa diferencia cuantitativa entre hombres y

mujeres ante la asunción de estos trabajos, la pirámide revela diferencias en el perfil de

unos y otras; y es que cuando los hombres encarnan el papel de cuidador principal lo

hacen a edades muy avanzadas, respondiendo, en la mayoría de los casos, a las

necesidades de sus esposas también ancianas. La cohorte de edad más nutrida entre las

mujeres cuando son cuidadoras principales corresponde, sin embargo, al tramo de 50 a

59 años, abriendo un rango amplio de posibles nexos con la persona mayor que cuidan;

hijas, esposas, empleadas, etc.

Gráfico 35. Pirámide de cuidadores de personas mayores dependientes en Castilla y León

Fuente: ESPARZA CATALÁN, Cecilia (2011). “Discapacidad y dependencia en Castilla León”

Según los datos del estudio de la EDAD, la ayuda que se dispensa a las personas

dependientes es intensa y de larga duración. Cuatro de cada cinco cuidadores

principales declaran cuidar todos o casi todos los días de la semana, buena parte de ellos

en jornadas de ocho horas. Además, el 33,5% lleva ocho o más años cuidando.

3.6.1. Tendencia 6: Transformaciones en los servicios profesionales y formales

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52

3.6.1.1.- Mantenimiento en el entorno habitual

Diversos estudios muestran que las preferencias de las personas sobre modos de vida y

recursos para afrontar la dependencia, son claras: en su propio hogar con apoyo de todos

los implicados en el proceso de atención, familias y servicios públicos y privados. Esta

información es la base de los actuales enfoques en materia de cuidados en los que prima

ante todo la permanencia en el domicilio de las personas mayores, destinándose los

recursos necesarios para que la persona continúe en su vivienda el mayor tiempo posible

y, en caso de que no se pueda, buscando otras alternativas de alojamiento que sean lo

más similares posibles a un domicilio.

Los últimos datos disponibles a nivel nacional, corroboran esta información. Entre las

preferencias sobre el lugar donde le gustaría vivir en el caso de necesitar ayuda, se

encuentra «En el propio hogar» donde reside actualmente, en primer lugar con casi la

mitad de la población. (Barrio y Sancho, 2016)

Gráfico 36. Lugar dónde le gustaría vivir en el caso de necesitar ayuda

Fuente: Barrio, E.; Sancho. M. (2016): Cuidar como nos gustaría ser cuidados. Estudio cuantitativo. Fundación

La Caixa.

Para mantener el elevado grado de solidaridad familiar que actualmente existe, el

abordaje de las situaciones de dependencia debe compartir la esfera estrictamente

individual y la responsabilidad social y colectiva para dar respuesta a las nuevas

demandas.

No es posible el abordaje de una atención de calidad a las personas en su propio

domicilio si no se abordan desde una perspectiva sociosanitaria y proactiva desde los

sistemas públicos de protección.

Para que esto sea posible se deben considerar nuevos conceptos para la clasificación de

los hogares, que deben dar solución a las personas que viven solas y también a las que

cuentan con cuidadores frágiles e incluso con cuidadores viables. Se propone clasificar

a los hogares que están en estas condiciones como Hogares en riesgo, de acuerdo a la

siguiente definición:

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Hogar en riesgo, es aquel que, por las personas que lo ocupan, o bien precisan servicios

de proximidad o bien una supervisión ante posibles situaciones de emergencia por estar

compuesto por una persona o varias en situación vulnerable por precisar servicios de

proximidad (necesidad de apoyos para desarrollar su proyecto de vida por necesidades

derivadas de la discapacidad o la dependencia).

Ante las diversas características de los componentes de estos hogares se deberán

establecer varias situaciones de hogares en riesgo.

Para poder abordar estas situaciones de riesgo se pretende poner en marcha un sistema

de intervención programado que responde al concepto de Hogar Seguro.

Hogar seguro es aquel que cuenta con las adaptaciones necesarias de la vivienda y las

ayudas técnicas así como los servicios de proximidad activados para que la persona

dependiente pueda permanecer en el hogar sin supervisión profesional continua, sin que

esto atente contra su seguridad. Esta consideración tendrá en cuenta los diferentes

niveles de riesgo.

3.6.1.2.- Provisión de servicios centrados en la persona

A pesar de que la responsabilidad sobre los cuidados de las personas en situación de

dependencia sigue recayendo en la familia y, dentro de ella en las mujeres, en las dos

últimas décadas el desarrollo de un sistema público de servicios sociales y socio-

sanitarios, y la apuesta realizada por la iniciativa privada hacia el sector gerontológico

han supuesto un cambio importante en la disponibilidad de servicios profesionales para

hacer frente a estas situaciones.

La OMS define la Atención Centrada en las Personas (ACP) como la que se consigue

cuando se pone a la persona como eje sobre el que giran el resto de las dimensiones

relacionadas con: la intervención basada en evidencia científica, la organización del

servicio, el equipo y la interdisciplinariedad y el ambiente. (Rodriguez, 2013)

El Informe mundial sobre el envejecimiento y la salud (OMS, 2016) presenta un marco

de acción para promover el envejecimiento saludable en torno a un nuevo concepto de

capacidad funcional en el que incide que será preciso alejar a los sistemas de salud del

modelo curativo y acercarlos a la prestación de cuidados integrales, centrados en las

personas mayores.

Castilla y León tiene la mayor cobertura de España en plazas residenciales con 7,68%,

más de 3,5 puntos por encima de la media nacional Además ha puesto en marcha un

nuevo modelo atención residencial denominado “En mi casa” que sigue el enfoque de

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atención centrada en la persona. Este modelo promueve la autonomía, la independencia

y la integración social; la persona mantiene el control de su vida, se respetan sus

decisiones y derechos y se da continuidad a su proyecto de vida.

Para la atención de las personas que viven en sus domicilios, Castilla y León dispone de

5.261 plazas de estancias diurnas en Centros de día, 304 Centros Multiservicios con 850

servicios registrados y 104 plazas en Unidades de Atención socio-sanitaria. Para la

atención en el propio domicilio de las personas la Gerencia de Servicios Sociales cuenta

con el servicio de ayuda a domicilio, la teleasistencia, el servicio de asistencia personal.

Por otro lado, se está desarrollando un proyecto innovador para la creación de una

Plataforma que integre los procesos asistenciales y sociales.

Gráfico 37. Personas en situación de dependencia, según el tipo de prestación que reciben

Fuente: SAAD: Información estadística, a 31 de agosto de 2016.

La tendencia internacional respecto a la provisión de servicios dirigidos a las personas

mayores se centra en el fomento de los servicios domiciliarios con el fin de que las

personas se mantengan en su propio hogar, como desean. La evolución de la ratio de

cobertura de los SAD así lo demuestra. En España se ha pasado de una cobertura del

1,1% a mediados de los años 90, al 5,3% actual, siendo uno de los países que más ha

avanzado en la cobertura de estos servicios en este periodo de tiempo.

Esta apuesta por los servicios domiciliarios conlleva una recesión, estancamiento o

menor desarrollo de los servicios residenciales. A la cabeza de este planteamiento se

posicionan los Países Bajos, con un IC muy elevado en SAD (21,1%) y un IC en

Residencias muy similar a la media española (6,7%).

Gráfico 38. IC SAD y IC Residencias/Instituciones

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Fuente: Rodrigues, R., Huber, M. & Lamura, G. (eds.) (2012). Facts and Figures on Healthy Ageing and Long-

term Care. European Centre for Social Welfare Policy and Research: Vienna.

El cuidado informal es la opción por defecto cuando los servicios no son suficientes,

este es el caso de España, Polonia e Italia. Pero también cuando este apoyo informal es

promovido desde las políticas públicas (Austria y Alemania). En el caso de los Países

Bajos, Suiza, Suecia y Dinamarca, el cuidado informal es mucho menor, ya que se da

respuesta a través de los servicios.

Gráfico 39. Atención informal recibida y disponibilidad de servicios de cuidado

Fuente: Rodrigues, R., Huber, M. & Lamura, G. (eds.) (2012). Facts and Figures on Healthy Ageing and Long-

term Care. European Centre for Social Welfare Policy and Research: Vienna.

En el caso español, se observa además que la intensidad de este cuidado informal es

altísima, frente al escaso apoyo recibido desde las instituciones.

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Gráfico 40. Intensidad de Cuidado informal y disponibilidad de servicios de atención

Fuente: Rodrigues, R., Huber, M. & Lamura, G. (eds.) (2012). Facts and Figures on Healthy Ageing and Long-

term Care. European Centre for Social Welfare Policy and Research: Vienna.

3.7.1. Tendencia 7: Modificaciones en el entorno cercano

3.7.1.1- La Vivienda

La vivienda forma parte del entorno construido en el que las personas desarrollan y

construyen su vida. Este entorno puede facilitar o impedir su independencia. De hecho,

un entorno en condiciones físicas deficientes (una vivienda o un edificio) es un factor de

riesgo para un problema tan importante en el proceso de envejecimiento, como por

ejemplo las caídas, que tienen un potencial devastador en la calidad de vida de las

personas que las sufren y de aquellas que constituyen su red social más próxima, como

su familia y amistades (McInness y Askie, 2004; Yardley y cols, 2006; Nuevo y cols,

2006; en Perez Ortiz, 2006). Un evento como este puede convertir el hogar en un sitio

inseguro y generar miedos, declive de salud o incluso aislamiento.

En el proceso de envejecimiento este aspecto es de especial interés por la posibilidad de

que aparezcan limitaciones físicas y porque la mayoría de las veces las personas

mayores adquirieron sus viviendas años atrás, en las fases de expansión de sus familias,

momento muy distinto en el ciclo vital y con necesidades también diferentes.

El régimen de tenencia de la vivienda se considera un indicador muy relevante al

analizar los recursos y situación socioeconómica de las personas mayores. Supone un

alivio en los presupuestos familiares y, en consecuencia, proporciona un sentimiento

importante de seguridad en esta etapa de la vida. En definitiva, tanto la vivienda como

el entorno que la rodea, se configuran como aspectos decisivos en la calidad de vida de

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las personas mayores. Además de las condiciones objetivas de la casa, que pueden

permitir permanecer en ella aun en el caso de necesitar ayuda, la percepción de control,

de permanencia, de capacidad de elección, etc., aparecen con intensidad en los ámbitos

domésticos. La gran mayoría de las personas mayores de Castilla y León tienen su

vivienda en propiedad (88,0%).

Gráfico 41. Régimen de tenencia de la vivienda de las personas de 65 y más años en Castilla y León

Fuente: D. G. de Presupuestos y Estadística de la Junta de Castilla y León con datos del INE, "Censos de

Población y Viviendas 2011".

El tipo de vivienda o edificio más común en el que habitan las personas mayores en

Castilla y León es un edificio de pisos, no en la planta baja (45,1%), le sigue la vivienda

unifamiliar de una planta (24,7%) y la de varias plantas (23,3%). Un 6,9% vive en un

piso bajo.

Gráfico 42. Tipo de vivienda de las personas 65 y más

Fuente: Junta de Castilla y León: Informe Situación Económica y Social de las Personas Mayores, 2007

Según estos datos un 68,4% de personas mayores residen en viviendas en las que se

necesita utilizar escaleras, ya sea en un edificio de pisos, no en la planta baja, o en una

vivienda unifamiliar de más de una planta. Estas situaciones suponen en muchos casos

problemas de accesibilidad en edades avanzadas. Un 64,8% de las personas de 90 y más

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años residen en estas viviendas, por lo que pueden encontrarse con problemas de

movilidad y acceso que pueden incidir en situaciones de aislamiento social.

Tabla 20. Tipo de vivienda de las personas 65 y más según edad

Tipo de vivienda

Edad

65-69 70-74 75-79 80-84 85-89 90 o

más

Vivienda unifamiliar de planta baja 19,5 22,3 25,2 26,3 31,1 30,5

Vivienda unifamiliar de varias

plantas 23,6 27,0 23,7 23,0 15,6 16,6

Vivienda en un piso bajo de un

edificio (bloque de pisos) 5,8 5,2 8,1 7,8 8,3 4,7

Vivienda en un piso (no bajo) de un

edificio (bloque de pisos) 51,1 45,5 43,0 42,9 45,0 48,2

Fuente: Junta de Castilla y León: Informe Situación Económica y Social de las Personas Mayores, 2007

Siguiendo con los datos de Censo 2011, en Castilla y León un 26,25% de los edificios

son accesibles y un 32,9% de los inmuebles. Un edificio es accesible cuando una

persona en silla de ruedas puede acceder desde la calle hasta dentro de cada una de sus

viviendas sin ayuda de otras personas.

La disponibilidad de ascensor en el edificio es imprescindible para la plena movilidad

de sus residentes. Los edificios de 6 y más plantas disponen mayoritariamente de

ascensor. Pero hay que tener en cuenta que la mitad de edificios de 4 y 5 plantas no

disponen de él según los datos de 2011. Y la mayoría de los edificios de menos de 3

plantas.

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Gráfico 43. Edificios destinados principal o exclusivamente a viviendas según número de plantas

disponibilidad de ascensor y accesibilidad. Castilla y León

FUENTE: D. G. de Presupuestos y Estadística de la Junta de Castilla y León con datos del INE, "Censos de

Población y Viviendas 2011".

Por otro lado, hay que tener en consideración que existen claras diferencias en el tipo de

vivienda en el que reside la población mayor según hábitat. Las personas que residen en

pueblos de menos de 5.000 habitantes conviven principalmente en viviendas

unifamiliares y las personas que residen en las grandes urbes habitan en edificios de

pisos. Son éstas últimas las que pueden percibir más problemas de accesibilidad.

Tabla 21. Tipo de vivienda de las personas 65 y más según hábitat

Tipo de vivienda de

Pob. 65 y más

Tamaño del municipio de residencia

Hasta 5.000

hab.

Entre 5.001 y

20.000 hab.

Más de

20.000 hab.

Más de

20.000 hab. Total

Vivienda unifamiliar de

planta baja 42,3 26,2 4,3 24,7

Vivienda unifamiliar de

varias plantas 41,1 21,5 3,5 23,3

Vivienda de un piso bajo

de un bloque de pisos 5,3 5,7 8,9 6,9

Vivienda de un piso (no

bajo) de un bloque de

pisos

11,3 46,6 83,3 45,1

Total 100 100 100 100

Fuente: Junta de Castilla y León: Informe Situación Económica y Social de las Personas Mayores, 2007.

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Según los datos de la Encuesta EDAD (2008), en Castilla y León hay un 48,5% de

personas con discapacidad que tiene alguna dificultad para desenvolverse en algún lugar

de su vivienda. Estos problemas son más recurrentes en la población de más edad. Un

62,4% de las personas octogenarias con discapacidad encuentra alguna dificultad en su

vivienda.

El mayor porcentaje de personas encuentra dificultades en las escaleras (40,6% en el

total de la población y un 52,3% entre las personas mayores de 80 años) y en segundo

lugar en el cuarto de baño (para un 27,0% del total y un 37,2% de las personas

octogenarias).

Tabla 22. Porcentaje de personas con discapacidad que tienen dificultad para

desenvolverse en algún lugar de su vivienda en Castilla y León según edad

Castilla y León Total

Población

De 65 a 79

años

De 80 y

más años

Total de personas con discapacidad 100,0 100,0 100,0

Total de personas con alguna dificultad 48,5 49,1 62,4

En el portal de su casa 18,4 15,9 28,6

En el ascensor 6,6 4,6 11,3

En las escaleras 40,6 41,9 52,3

En el cuarto de baño 27,0 26,3 37,2

En la cocina 19,9 17,2 29,4

En otras habitaciones de la vivienda 16,7 15,0 25,5

En la terraza o patios 15,0 13,2 22,8

En otros lugares de su vivienda o edificio 14,9 12,6 22,3

Fuente: INE: INEBASE: Encuesta de Discapacidad, Autonomía Personal y Situaciones de Dependencia, 2008.

La vivienda debe mantener una “relación dinámica” con sus ocupantes, es decir, debe

responder a las situaciones cambiantes en función del ciclo de vida individual o familiar

(Valenzuela, 1994 y Trilla, 2001). En la práctica, esta situación se cumple rara vez, al

igual que la alternativa, la búsqueda de hogares más apropiados a medida que las

condiciones de los usuarios van cambiando, tampoco. Así es al menos en nuestra

sociedad, que se caracteriza por una movilidad residencial muy reducida, menor aún

entre las personas más mayores (Puga, 2003). Esto puede suponer que este hogar,

ámbito íntimo y de seguridad, también puede convertirse en cárcel hostil, espacio vital

reducido que limita las posibilidades de vida, relación o actividad.

3.7.1.2.- La apuesta por la accesibilidad y los entornos para toda la vida

Como ya se ha comentado, tanto la vivienda como el entorno en el que está situada, son

aspectos esenciales en el envejecimiento de las personas y, en consecuencia, en la

planificación de políticas sociales.

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Las orientaciones hacia el desarrollo y cambios en las ciudades y pueblos se han venido

centrando en parámetros socioeconómicos, en la primacía del automóvil y en las

exigencias del mercado laboral y, por ello, de la población activa; y se han centrado

menos en las necesidades reales provenientes de una ciudadanía amplia (Valle, 2009).

Sin embargo, la promoción de entornos amigables con las personas mayores y las

personas con diversidad funcional es una de las medidas fundamentales de la

planificación internacional relacionada con este sector.

La prolongación de la vida activa y autónoma depende en gran parte, de la amigabilidad

del diseño urbano, de la seguridad y de la adecuación de los ambientes domésticos. La

intervención en los entornos se configura como uno de los sectores estratégicos

actuales, junto con el de la salud. (Barrio et al, 2014)

Los datos de la ECV 2010 revelan que un 35,8% de la población de Castilla y León

considera que la vivienda y un 39,4 el edificio en que reside necesitan arreglos para

atender las necesidades de las personas mayores o con discapacidad.

Tabla 23. Percepción sobre el grado de adaptación de la vivienda y el entorno,

Castilla y León

Castilla y León Si No, porque ya

está adaptada Ns/ Nc

Vivienda 35,8 52,6 11,6

Edificio 39,4 50,0 10,6

Fuente: Junta de Castilla y León: Encuesta Condiciones de Vida, 2010

En Castilla y León se cuantificaban un 19,4% de personas en situación de dependencia

que había tenido que cambiar de domicilio. La principal razón es recibir atención

familiar, lo que supone, en el caso de las personas mayores, mudarse a la vivienda del

hijo o hija para favorecer los cuidados.

Tabla 24. Personas en situación de dependencia que han tenido que cambiar de

domicilio a causa de una discapacidad y razón principal para el cambio

Castilla y León Ambos

sexos Hombres Mujeres

Total 19,4 5,8 13,6

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Ingresar en un establecimiento por un

periodo superior a seis meses 0,5 0,1 0,4

Mejor disponibilidad de recursos

sanitarios y sociales 1,0 0,3 0,7

Razones medioambientales 0,4 0,2 0,2

Recibir atención familiar 10,0 3,1 6,9

Por barreras de acceso al domicilio 4,6 1,2 3,4

Por barreras en el interior del

domicilio 1,2 0,3 0,9

Otras razones 1,7 0,6 1,1

No consta 0,0 0,0 0,0

Fuente: INE: INEBASE: Encuesta de Discapacidad, Autonomía Personal y Situaciones de Dependencia, 2008.

Según los datos de la EDAD, en Castilla y León existen un 35,2% personas que debido

a su discapacidad les resulta difícil subir o bajar las aceras que encuentran en las calles.

Esta cifra se acentúa con el incremento de la edad; un 64,2% de personas octogenarias

con discapacidad se encuentran con este tipo de problema. Estos problemas pueden ser

al subir o bajar de la acera, cruzar la calle, superar los obstáculos de las aceras, para

identificar señales y de otro tipo.

Tabla 25. Porcentaje de personas con discapacidad que tienen alguna dificultad

cuando se desplazan por la calle según el tipo de dificultad en Castilla y León

según edad

Castilla y León Total De 65 a 79

años

De 80 y

más años

Total de personas con discapacidad 100,0 100,0 100,0

Total de personas con alguna dificultad 50,5 47,6 64,2

Para subir o bajar de la acera 35,2 33,7 50,1

Para cruzar la calle 31,8 27,8 48,5

Para superar los obstáculos de las

aceras 33,8 30,3 49,7

Para identificar calles, cruces o señales 23,8 18,6 36,5

Otros problemas 14,9 10,4 22,2

Fuente: INE: INEBASE: Encuesta de Discapacidad, Autonomía Personal y Situaciones de Dependencia, 2008.

A mayor edad, mayor proporción de personas con dificultades para desenvolverse ante

los obstáculos de la vía pública. Para la cohorte de 80 y más años desplazarse por la vía

pública constituye una operación difícil de llevar a cabo ya que los espacios están

diseñados para personas con mayor movilidad y potencia física, y la relación con ellos

se torna difícil, pues obliga a enfrentarse con las incapacidades.

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Una perspectiva integradora del medio requiere identificar las necesidades de las

personas mayores, su ubicación y trayectorias de desplazamiento, de manera que los

servicios de los que son usuarios y usuarias estén a su alcance. (San Román, 1992)

La accesibilidad es el grado en el que todas las personas pueden utilizar un objeto,

visitar un lugar o acceder a un servicio, independientemente de sus capacidades

técnicas, cognitivas o físicas. Es indispensable e imprescindible, ya que se trata de una

condición necesaria para la participación de todas las personas independientemente de

las posibles limitaciones funcionales que puedan tener.

3.8.1. Tendencia 8: Cambios en los patrones de trabajo y jubilación

3.8.1.1- Reducción de la fuerza laboral

El descenso de población joven observado en las pirámides se trasladará a una futura

reducción de la fuerza laboral. El índice de reemplazo actual de la población activa es

de 0,66 (con un descenso potencial en el número de personas en edad de trabajar de

49.426). Este índice se considera como la relación entre el grupo de edades entrante a la

población activa (grupo de 15-19) con respecto al grupo saliente de esta población

(grupo 60-64).

De esta forma, en Castilla y León, por cada persona que está saliendo de la edad activa,

estaban ingresando 0,66 personas, es decir, de cada 2 potenciales personas que se

jubilan, entra una potencial persona joven en el mercado laboral.

Según las proyecciones de población se podría acusar una reducción de la oferta de

trabajo potencial muy significativa. Para el 2029 la caída se situaría entre las 82.808

personas menos en edad de trabajar (16-64 años), con un índice de reemplazo en 0,55.

Tabla 26. Índice de reemplazo de la población activa en Castilla y León

Año 15-19 60-64 IR Diferencia

2015 100.037 149.463 0,67 49.426

2029 103.075 185.883 0,55 82.808

Fuente: INE: INEBASE: Estadística del Padrón Continuo a 1 de enero de 2015 y Proyecciones de población

2014-2029.

3.8.1.2.- Aumento en la tasa de actividad en el tramo de 55 y más años

Sin embargo, también se prevé un aumento en la tasa de actividad en el tramo de 55 y

más años. Según la información contenida en el informe de la Comisión Europea “The

2015 Ageing Report” (Informe sobre Envejecimiento 2015), el aumento en la tasa de

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participación en el mercado de trabajo para el segmento de 55-64 años entre 2013 y

2060 en Europa aumentará alrededor de 20 puntos para las mujeres y 10 para los

hombres (15,8 en total). Estas cifras son las más elevadas respecto al resto de cohortes

de edad. Para el total de personas de entre 20 a 64 años se prevé un aumento del 3,5%.

En España este incremento es más elevado aún, llegando a los 28,2 puntos porcentuales

de diferencia entre 2013-2060 para las personas de 55 a 64 años. Para ello es

imprescindible promover políticas de permanencia en el mercado laboral. España se

sitúa a la cabeza en cuanto al incremento proyectado en la tasa de participación de las

mujeres de 55 a 64 años.

Tabla 27. Indicadores del mercado de trabajo y proyecciones

para el Estado y la UE

2013 2060 %cambio

España

20-64 años 78,7 85,2 6,5

55-64 años 54,2 82,5 28,2

UE 27

20-64 años 76,5 80,1 3,5

55-64 años 54,4 70,2 15,8

Fuente: European Commission (2014): The 2015 Ageing Report. European Commission (DG ECFIN) and the

Economic Policy Committee (AWG)

Sin embargo, las diferencias entre la tasas de ocupación femenina y masculina siguen

siendo muy importantes sobre todo a partir de los 55 años como consecuencia de la

tardía incorporación de la mujer al mercado laboral en nuestra comunidad. En el

siguiente gráfico podemos ver la diferencia de casi veinte puntos en la tasa de ocupación

de los hombres respecto de las mujeres.

Gráfico 44. Tasa de actividad del colectivo 55 y más años según sexo en Castilla y León

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65

Fuente: Encuesta de Población Activa 2015. Instituto Nacional de Estadística.

En cuanto a la tasa de empleo, según los datos de la OCDE, la tasa española actual se

sitúa por debajo de la media de los países en todos los tramos de edad.

Gráfico 45. Tasa de empleo de las personas de 55-59, 60-64 y 65-69, OECD y países

del G20

Fuente: OECD Employment Outlook 2015

3.8.1.3.- Impulso a la permanencia en el mercado laboral

En Castilla y León la tasa de actividad de la población de 55 y más años ha ascendido

en los últimos años, pasando del 16,8% en 2010 al 23,0% en 2015.

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66

Gráfico 46. Evolución de la tasa de actividad del colectivo 55 y más años, en Castilla y León

Fuente: EUSTAT: PRA

Aunque todavía son escasas las prácticas orientadas al funcionamiento flexible y a

fórmulas innovadoras de organización del trabajo. Las políticas de contratación y

retención de la población de más edad no sólo no han estado presentes, sino que la

política de jubilaciones ha promovido más bien la prematura salida del mercado laboral.

El fomento de los contratos de relevo y sustitución ha jugado, sin duda, un papel

relevante a la hora de diluir la importancia de la gestión de la edad en las plantillas. En

su origen dichas fórmulas fueron concebidas como una medida coyuntural para

propiciar el empleo de jóvenes en etapas de crisis y alto desempleo, pero con el tiempo

se fueron consolidando y arraigando en la cultura social y empresarial. El resultado ha

sido que la expectativa de jubilación anticipada ha quedado interiorizada y que tanto el

empresariado como la población trabajadora han visto confluir sus intereses en pro de

acortar la vida laboral de las personas.

Entre la población de 50 a 64 en Castilla y León el 85,9% detentan un contrato a jornada

completa. Un escaso 5,5% tiene jornada parcial y un 4,1% jornada por horas. (ECV,

2010)

Según los datos de Eustat de 2012, el porcentaje de población de 55 a 69 años que

redujo sus horas de trabajo como forma de adaptación a la jubilación fue un escaso

2,2%, por debajo de la media de la UE-28 (6,5) y muy alejada de Países Bajos (20,5%).

España se sitúa a la cola de los países de Europa en la utilización de este tipo de

medidas.

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Gráfico 47. Personas de 55 a 69 años que redujeron sus horas de trabajo en un movimiento hacia la

jubilación

Fuente: Eurostat: Labour Force Survey. Ad-hoc module "transition from work to retirement", 2012.

3.8.1.4.- Formación durante toda la vida

La participación en actividades de formación durante toda la vida se ha vinculado

tradicionalmente a la permanencia en el mercado de trabajo; el 3,23% de las personas de

45 a 65 años participa en actividades de formación formal y un 21,78% de los de entre

55 a 64 años en formación no formal.

La Comisión Europea, en su reivindicación del aprendizaje continuo como objetivo

político prioritario, reconoce y enfatiza la importancia de la educación como condición

necesaria para la participación social y el desarrollo personal: “la adquisición y

actualización continua de conocimientos, actitudes y competencias tienen la

consideración de una condición indispensable para el desarrollo personal de todos los

ciudadanos y de la participación en todos los ámbitos de la sociedad, desde la

ciudadanía activa a la integración en el mercado de trabajo” (Kailis, E. y Pilos, S., 2005)

Precisamente en las sociedades modernas actuales, la educación resulta un recurso

estratégico para poder desenvolverse en los complejos entornos sociales que se

configuran como marco de la acción individual. (Pérez-Ortiz, 2006).

La incorporación de las personas mayores de 55 años a los programas universitarios

específicos para mayores ha ido creciendo desde su puesta en marcha en el año 1993 en

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nuestra comunidad, desarrollándose en la actualidad en las nueve capitales de provincia

y extendiéndose a otros municipios de menor población.

El Programa Interuniversitario de la Experiencia se desarrolla en la actualidad en 27

sedes, siendo Castilla y León una de las comunidades autónomas donde existe mayor

participación.

En el curso 2016/2017 un total de 4.721 personas mayores de 55 ó más años se han

matriculado, de los cuales, el 73% son mujeres y el 27% hombres, lo que indica una

participación mayoritariamente femenina en este tipo de formación.

Gráfico 48. Evolución en el número de alumnos matriculados en la

Universidad de la experiencia en Castilla y León

F

u

e

n

t

e

:

e

l

a

boración propia a partir de datos del Programa Interuniversitario de la

Experiencia. Gerencia de Servicios Sociales

3.8.1.5.- Aumento de años vividos de jubilación

El aumento de la esperanza de vida en estos últimos años, tiene una consecuencia

evidente en el incremento de años vividos en la jubilación. Según los datos de la OCDE

en España ha aumentado la esperanza de vida en 7,1 años (en el período de 1960-1999),

mientras que la edad media de jubilación ha disminuido en 9,2 años (periodo 1950-

1990). Esta última cifra es la más elevada en la comparación con el resto de países

analizados. Como consecuencia de vivir más años y salir del mercado laboral con

anterioridad, los años que se disfrutan en jubilación se han incrementado

considerablemente.

En 2014, el promedio de la OCDE la expectativa de años vividos en jubilación es de

17,6 años para los hombres y de 22,3 años para las mujeres. Francia es el país con

mayor expectativa, con 23,0 años para los hombres y 27,2 años para las mujeres. Corea,

se sitúa en el lugar opuesta con 11,4 años para los hombres y 16,6 años para las

mujeres. La duración media de los años de jubilación previstos en Países de la OCDE

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ha aumentado con el tiempo. En 1970, los hombres de los países de la OCDE tenían

promedio 11 años en la jubilación, y las mujeres 15. Para 2014 esto ha aumentado

considerablemente.

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Gráfico 49. Expectativa de años en jubilación según sexo

Fuente: OECD Pensions at a Glance, 2015. Estimates of remaining life expectancy are calculated based from the UN

World Population Prospects the 2012 revision dataset.

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La edad efectiva de jubilación en España es de 62,2 años para los hombres y 63,1 años

para las mujeres, 2,8 años antes de la edad oficial en los hombres y 1,9 años en las

mujeres.

Gráfico 50. Edad real y edad efectiva de jubilación en los países de la OCDE según sexo

Fuente: OECD: Pensions at a Glance, 2015.

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3.9.1. Tendencia 9: Cambios en el uso del tiempo libre

3.9.1.1- Aumento en las actividades de ocio social y hábitos saludables

La jubilación se reconoce como un momento en el que es necesario introducir cambios

en la vida, comenzar a desarrollar nuevos proyectos, cuidar la salud física y mental,

disfrutar de iniciativas que no habían podido ser exploradas en el itinerario de la vida

adulta, en definitiva, generar un proceso sólido de independencia que nos ayude a vivir

de acuerdo a nuestra preferencias, sin depender de otros, especialmente de los hijos,

preservando así la salud de los lazos afectivos a través del mantenimiento de la

intimidad a distancia. El paradigma sobre el envejecimiento activo empieza a hacerse

realidad, estando en condiciones de afirmar que las personas mayores cada día se

reincorporan con más decisión a la vida social normalizada.

Los hábitos de ocio y tiempo libre han cambiado de manera considerable en los últimos

años. Según los datos de la ECV de 2010, el 73,8% de las personas mayores en Castilla

y León ha intensificado o iniciado alguna actividad en su tiempo libre desde que ha

cumplido los 65 años. Estos porcentajes son muy elevados en todos los tramos de edad,

tanto en mujeres como en hombres y en los diferentes entornos, rurales y urbanos.

Tabla 28. Intensificación o iniciación de actividades en el tiempo libre por los

mayores de 65 años en Castilla y León Si No NS/NC

TOTAL 73,8 24,3 1,9

Sexo

Hombre 76,9 21,2 2,0

Mujer 71,4 26,9 1,8

Edad

65-69 68,6 29,1 2,3

70-74 76,6 22,2 1,2

75-79 77,0 21,8 1,2

80-84 74,2 23,2 2,6

>84 71,8 25,9 2,3

Hábitat

Hasta 5.000 hab. 66,3 29,6 4,1

Entre 5.001 y 20.000 hab. 87,4 12,3 0,3

Más de 20.000 hab. 77,6 22,4 0,0

Fuente: Junta de Castilla y León: Encuesta Condiciones de Vida, 2010.

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Gráfico 51. Actividades intensificadas o iniciadas en el tiempo libre desde que ha cumplido l 65

años

Fuente: Junta de Castilla y León: Encuesta Condiciones de Vida, 2010.

Entre las actividades que más se han intensificado se encuentran: ir al parque, pasear;

verla TV y estar con los amigos.

La realización de actividades como pasear o ir al parque supone, además de mantener la

forma física y mental, prevenir enfermedades. Estos beneficios se unen a los de tipo

psico-social, como la oportunidad de relacionarse y de aceptación del cuerpo. Existe

amplia evidencia científica probada sobre la importancia del ejercicio físico en el

mantenimiento de la salud y de la actividad en el proceso de envejecimiento. De hecho,

constituye uno de los pilares del paradigma del envejecimiento activo desarrollado por

la OMS. (Agulló 2001)

En el caso de ver la TV, actividad sedentaria y mayoritaria entre la población de todas

las edades, un aspecto positivo a destacar es que para todas las personas cumple, como

primera y fundamental misión, la de hacerles sentirse partícipe del mundo, la de

persuadir con la íntima percepción de que no se encuentran solas, de que pertenecen,

como miembros activos, a la comunidad. (García, 2005)

En el caso de las actividades vinculadas a las relaciones sociales hay que destacar que la

cantidad y calidad de las relaciones que tiene una persona y que le proveen de ayuda,

afecto y autoafirmación personal tienen, no sólo influencia en el funcionamiento social

de esa persona, sino que median en el mantenimiento de la autoestima durante su

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proceso de envejecimiento y tiene una posible función “amortiguadora” en el caso de

las pérdidas. (Díaz-Veiga, 1987 en Yanguas Lezaun, 2006)

Estas mismas actividades se corresponden con las más realizan la población mayor.

Gráfico 52. Principales actividades realizadas en el tiempo libre personas mayores en Castilla y

León

Fuente: Junta de Castilla y León: Encuesta Condiciones de Vida, 2010.

La Orden FAM/119/2014, de 25 de febrero, regula el Club de los 60 y aprueba el

Programa Integral de Envejecimiento Activo de Castilla y León, que comprende todas

las actividades y servicios que, en materia de prevención de la dependencia, se

desarrollan desde los programas de envejecimiento activo que realizan las

Administraciones Públicas de Castilla y León y las entidades privadas financiadas total

o parcialmente con fondos públicos.

Las actuaciones englobadas en el Programa Integral de Envejecimiento Activo se

distribuyen en las siguientes áreas:

• Promoción de hábitos saludables

• Adquisición de competencias para la vida autónoma

• Relación con el entorno

• Promoción del conocimiento

Con la finalidad de facilitar a las personas mayores un envejecimiento activo y

saludable, el Club de los 60 oferta una gran diversidad de oportunidades para su

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desarrollo personal. Se dirigen a las personas con 60 o más años, empadronadas en la

comunidad de Castilla y León y su inscripción es gratuita.

Entre otros, realiza el Programa de viajes, el Programa de termalismo, el Programa de

acercamiento intergeneracional, el Programa interuniversitario de la experiencia y el

Programa regional de envejecimiento activo.

Además, dentro del Programa Integral de Envejecimiento Activo está el Servicio

“Tarjeta Club de los 60”. La evolución del número de socios del Club de los 60 desde el

año 2011 continúa experimentando un crecimiento progresivo, habiéndose alcanzado la

cifra de 318.627 socios a 31 de diciembre de 2016.

Fruto de este incremento en la participación en las actividades de ocio y participación,

en el año 2016 se ofertaron 29.218 plazas y 34 destinos dentro del Programa de viajes y

2.111 plazas en el Programa de Termalismo; el Programa de Acercamiento

intergeneracional alcanzó, en este último año, una participación de 7.736 personas (de

los cuales 4.617 fueron mayores, 2.901 jóvenes universitarios y 218 profesores

universitarios). Además 43 personas mayores compartieron su vivienda con jóvenes

universitarios.

3.9.1.2.- Incremento en el uso de la TICs

Las nuevas tecnologías de la información están integrándose en la vida cotidiana de las

personas mayores a gran velocidad. Su creciente utilización supone un aumento en su

calidad de vida, su salud y su autonomía. Las TICs promueven el envejecimiento activo

y la participación en el entorno. En los últimos años el fomento del uso de las TIC por

parte de las administraciones públicas ha incluido de manera expresa al grupo

poblacional de más edad ya que son amplios los beneficios que pueden obtener de su

utilización.

La encuesta sobre Equipamiento y Uso de Tecnologías de Información y Comunicación

en los hogares del INE recoge que el 33,4% de las personas mayores en Castilla y León

han utilizado internet en los últimos 3 meses. Según datos dela Dirección General de

Telecomunicaciones, cerca de un 20% de los usuarios del programa CYL Digital son

personas con más de 65 años, por lo que, aunque se trata de un programa dirigido a la

población general, un porcentaje importante de los usuarios son personas mayores.

Esto supone un aumento en el uso de estas tecnologías por parte de las personas

mayores en continuo progreso, si bien es cierto, con un mayor uso por parte de los

hombres que de las mujeres, brecha que aumenta con la edad, tal como podemos

apreciar en el siguiente gráfico.

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Gráfico 53. Personas mayores que han utilizado Internet en los últimos 3 meses en Castilla y León

Fuente: INE. Encuesta sobre Equipamiento y Uso de Tecnologías de Información y Comunicación en los hogares

2016

Las mujeres usan menos el ordenador e Internet que los hombres, en Castilla y León, en

España y en prácticamente toda Europa. En el colectivo de personas mayores esta

brecha digital se agudiza hasta alcanzar los 17,3 puntos, pero además, se aprecian

diferencias de género en el uso de las tecnologías de la información. Diversos estudios

basados en datos del INE revelan, además, que las mujeres dejan de usar el ordenador a

medida que su tiempo disponible se reduce debido al cuidado de familiares.

Gráfico 54. Factores que influyen en el uso de las TICs

Fuente: Fundación Vodafone. TIC y mayores conectados al futuro

Entre los principales factores que influyen en el uso de las TICs cabe destacar el nivel

formativo (que reduce los inconvenientes de adoptar una TIC y aumenta las ventajas

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percibidas), la edad, la situación económica (que ha mostrado una menor relevancia), el

nivel de actividad (que requiere en muchos casos el uso de estas herramientas) y la

situación personal o familiar (que puede aumentar el número de contactos potenciales, o

llevar a las personas a buscar nuevas relaciones a través de las TIC).

Las personas mayores tienen que hacer un esfuerzo aun mayor que el resto de la

sociedad para adaptarse y evolucionar al mismo ritmo que la tecnología. Las nuevas

tecnologías son una gran herramienta que pueden mejorar su calidad de vida, favorecer

su autonomía e independencia y contribuir al mantenimiento y ampliación de su red de

relaciones.

A este análisis sobre el perfil sociodemográfico de Castilla y León hay que añadir las

líneas estratégicas, tendencias y nuevos enfoques contemplados en la planificación de

los servicios orientados a personas mayores que se están implantando tanto en la

realidad española como en las de los principales países del mundo y que se adjuntan

como anexo a la presente memoria. De todas ellas, se confirma la necesidad de orientar

los sistemas de protección con iniciativas que refuercen la promoción de la autonomía

de las personas como eje central de actuación y el apoyo a sus proyectos de vida en la

comunidad como estrategia para conseguirlo. Esto debe implementarse también en

aquellos servicios que se realizan sobre soportes de centros de atención, para que las

personas que reciben los apoyos puedan desempeñar un cometido significativo en los

grupos sociales en los que estén integrados.

4.- El pilotaje del proyecto “en mi casa”. Del perfil sociodemográfico y de las experiencias y modelos del ámbito nacional y,

sobre todo, del internacional se han desarrollado modelos de atención a las personas en

los centros que han conectado con una corriente social, cada vez más importante, tanto

en número como en influencia que demanda la protección de los derechos de las

personas mayores que pueden estar en riesgo ante la aparición de la fragilidad o la

dependencia, quedando en una situación de vulnerabilidad ante terceros, indefensos en

muchas ocasiones, ante decisiones y actuaciones inadecuadas del ámbito profesional e

incluso de su propio entorno.

4.1.- El modelo de Atención centrada en la Persona (ACP) en unidades de convivencia

El origen del modelo de atención centrada en la persona se atribuye a la psicología

humanística, concretamente a Carls Rogers y a su “Terapia centrada en el cliente”.

Las principales aportaciones del enfoque humanista son: el interés por centrarse en la

persona y en el significado que ésta otorga a su propia experiencia; la dignidad de la

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persona como valor central; la atención a las características específicamente humanas

como la capacidad de decidir, la creatividad o la necesidad de autorrealización; el

interés en el desarrollo pleno del potencial inherente a cada persona; y la idea de la

persona tanto en relación a cómo se descubre a sí misma, como en su interdependencia

con los otros (individuos y grupos).

Las aportaciones de Carl Rogers han sido trasladadas, aunque con diferentes matices, a

otros ámbitos de atención donde los profesionales mantienen relaciones de ayuda

hacia otros.

Así, en el ámbito educativo se hace mención a la educación centrada en el alumno; en

el ámbito de la salud y de la medicina se habla de la salud o de la medicina centrada en

el paciente. En la atención a personas con discapacidad se viene utilizando el término

de la “planificación centrada en la persona” y su objetivo principal es dar apoyos a las

personas con discapacidad para que puedan tener control sobre su vida y que ésta se

desarrolle desde la máxima normalización.

Esta corriente defiende que las personas mayores, con independencia del tiempo que

acumulan en sus vidas, continúan siendo sujetos de derechos. De unos derechos que

deben seguir ejerciendo, de la misma forma y con la misma igualdad de oportunidades

que el resto de los ciudadanos. Esta nueva corriente en la atención social a las personas

mayores, tiene como finalidad principal, garantizar la dignidad de las personas en ese

proceso natural que es el envejecimiento. De ahí que el uso de conceptos como la

autodeterminación, la intervención basada en apoyos, el proyecto de vida o la calidad

de vida, que desde hace ya tiempo, se venían usando como buenas prácticas

profesionales en materia de servicios sociales, sean los que estos nuevos

planteamientos sociales generalizan y defienden que deben prevalecer sobre aquellos

otros tradicionales pero más ligados a cuidados asistenciales, de limpieza, seguridad o

salud, que, sin olvidar que son necesarios, no resultan al final, tan esenciales como las

relaciones personales, la inclusión social, la autodeterminación y las propias

expectativas y deseos de las personas. Aspectos absolutamente claves en estos nuevos

planteamientos y que han demostrado, no sólo su viabilidad, sino también su éxito y

eficacia en su aplicación.

En este sentido es relevante el “Modelo Housing”,de ámbito internacional y dentro del

cual se enmarcan iniciativas como la Unidades de convivencia de la “Red Salmón”, la

“alternativa Eden” o las “Green Houses”, o las aportaciones de la atención centrada en

las personas con demencia formulada por Tom Kitwood y desarrollada por los

componentes del grupo de demencias de la Universidad de Bradford (Bradford

Dementia Group).

Y todos estos modelos son los que la sociedad actualmente está demandado, y lo está

haciendo por dos motivos: uno, porque inevitablemente el proceso vital conduce de

forma natural al envejecimiento y todo el mundo quiere tener, de algún modo, la

seguridad de que va a poder seguir disfrutando de las mismas oportunidades como

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cualquier otro ciudadano y, dos, porque la sociedad es consciente de que ahora, la

implantación de un modelo de atención de esas características, sí es posible; los

avances técnicos actuales facilitan, absolutamente, que la configuración de los centros

se aleje del carácter hospitalario que tenían en el modelo de atención anterior y

avancen hacia otro diferente y más centrado en la individualidad de cada persona.

Entrando a detallar de forma más exhaustiva en qué consiste esa “atención centrada en

la persona”, (ACP) es preciso, con carácter previo, poner de manifiesto las siguientes

premisas:

1. La dignidad de la persona. Todas las personas, por el hecho de serlo, tienen dignidad

y ello implica que el ser humano, por sí mismo es valioso. La persona es un fin en sí

misma y no puede ser tratada como un medio, por ello, con independencia de la edad,

las enfermedades, el estado cognitivo o el grado de discapacidad o dependencia que

tenga, siguen siendo poseedoras de esa dignidad y deben ser tratadas con igual

consideración y respeto que las demás.

2. El carácter único de cada persona: Ninguna persona, con independencia de su edad,

es igual a otra. Y cada una tiene sus propias circunstancias y su propio proyecto vital (la

biografía es la razón esencial de nuestra singularidad y el referente básico del proyecto

de vida), por lo que la atención personalizada es imprescindible.

3. Todas las personas tienen derecho a controlar su propia vida.

4. Toda persona, incluida, la persona mayor, es un agente activo y, por tanto,

protagonista de su proceso de atención, en el que hay que respetar su autonomía y

buscar los apoyos necesarios para que puedan seguir desarrollando su vida diaria en su

entorno.

5. La persona con grave afectación cognitiva también tiene derecho a ejercer su

autonomía. La autonomía, además de identificarse como la capacidad para tomar

decisiones, se identifica también como un derecho. De tal forma que la misma no es una

capacidad única y fija, sino que depende de la situación y de los apoyos que la persona,

en cuestión, tenga. No se trata de renunciar a trabajar desde la autonomía con las

personas gravemente afectadas, sino de promover e identificar las oportunidades y

apoyos necesarios.

6. Perspectiva profesional, de la persona, desde sus fortalezas y capacidades. Todas las

personas, incluida la persona mayor tiene fortalezas y capacidades. Por tanto, la mirada

profesional no se debe de centrar en los déficits y limitaciones de la persona mayor, sino

que debe partir de sus fortalezas y capacidades para relacionarse desde ellas y

fortalecerlas en las intervenciones, evitando invadir la esfera de decisiones de la persona

mayor.

7. El ambiente físico influye en el comportamiento y bienestar de la persona,

especialmente en aquella que está en situación de dependencia, por lo es preciso lograr

entornos accesibles, confortables, seguros y significativos.

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8. La actividad cotidiana tiene una gran importancia en el bienestar de la persona. El

acontecer cotidiano, lo que sucede en el día a día, las actividades que realiza la persona

mayor a diario, influyen de forma determinante en su bienestar físico y subjetivo. Hay

que procurarles actividades que tengan pleno sentido para ellas y les sirvan de estímulo

en las intervenciones terapéuticas.

9. Toda persona es interdependiente. La persona se desarrolla y vive en continua

relación social y necesita de los demás para convivir y realizarse plenamente. Mantener

relaciones sociales tiene efectos positivos para la salud y el bienestar de las personas.

Esto sucede a lo largo de toda la vida, y especialmente cuando las personas se

encuentran en situación de dependencia. Por tanto, los otros -los profesionales, la

familia, los amigos o los voluntarios- son esenciales en el desarrollo del proyecto vital

de las personas y tienen un papel clave en el ejercicio de la autodeterminación y el logro

del bienestar físico y subjetivo.

10. La persona es un ser multidimensional sujeto a cambios. Al igual que en el resto de

personas, en la persona mayor interactúan aspectos biológicos, psicológicos y sociales,

por lo que requiere de apoyos diversos y adaptados a las diferentes situaciones. Por lo

tanto, es preciso ofrecer atención desde intervenciones integrales, coordinadas y

flexibles.

De acuerdo con lo anterior, y reconociendo que apostar por la atención centrada en la

persona en los centros de atención social a las personas mayores no se cumple con

reconocerlos o enunciarlos, sino que es necesario hacerlos efectivos día a día y que, en

todo caso, implica asumir una serie de principios y consideraciones, se podría sintetizar

el modelo de atención centrado en la persona indicando que:

Es un enfoque en el que las personas usuarias se convierten en el eje central de

la organización del centro o servicio y de las actuaciones profesionales.

Integra diferentes modelos de atención profesionalizada, es decir, maneras de

entender y organizar la acción profesional, para buscar efectivamente la mejora

de la calidad de vida de las personas mayores dando la máxima importancia al

ejercicio de su autonomía, autodeterminación y a su bienestar subjetivo.

Incorpora nuevas metodologías, nuevas maneras de hacer, que aportan un

conjunto de técnicas e instrumentos, susceptibles de aplicación en la actualidad,

que facilitan los planes de apoyos integrados y personalizados.

En cuanto a la situación actual en el ámbito de Castilla y León, pese a la implantación

progresiva y bastante satisfactoria de este nuevo modelo, no existe norma legal que lo

ampare de forma específica, aunque sí lo haga con carácter general. Así, la Ley

16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León, organiza el

Sistema de Servicios Sociales de Castilla y León como soporte del pleno desarrollo de

los derechos de las personas dentro de la sociedad y promueve la cohesión social y la

solidaridad, siendo uno de los colectivos prioritarios, a la hora de recibir apoyos del

sistema de Servicios Sociales, el de las personas mayores y, en especial, aquellas con

dependencia de otras personas para desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.

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Para este colectivo se precisan, entre otros recursos, como prevé la citada Ley 16/2010,

unos centros de atención residencial adaptados a sus necesidades y expectativas de vida.

Las condiciones para la autorización y funcionamiento de este tipo de centros se

regularon mediante el Decreto 14/2001, de 18 de enero, bajo cuya vigencia se ha

avanzado en la ordenación de los centros y en la mejora progresiva de la atención

prestada a los usuarios. Desde su aprobación, se han operado ciertos cambios

legislativos: por un lado, la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la

autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, que

configura un escenario de derechos y un sistema de coordinación interadministrativa, a

través del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la

Dependencia, dentro del cual se alcanzan acuerdos, como los recogidos en la

Resolución de 2 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Política Social,

Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad que vienen referidos tanto a

criterios comunes de acreditación, para garantizar la calidad de los centros y servicios

del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia ( SAAD), como a la

configuración de los servicios que se prestan en el marco de los servicios sociales; por

otro, a nivel autonómico, destacan, la Ley 5/2003, de 3 de abril, de atención y

protección a las personas mayores de Castilla y León, y la Ley 16/2010, de 20 de

diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León. La primera consagra para las

personas mayores, el derecho a un alojamiento adecuado, encomendando a la

Administración autonómica, y al resto de Administraciones Públicas, en el ámbito de

sus respectivas competencias, la planificación, ordenación, creación y mantenimiento de

una red de centros residenciales para personas mayores, en colaboración con la

iniciativa privada. La Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de

Castilla y León, por su parte, organizó el sistema de servicios sociales de

responsabilidad pública de Castilla y León, como soporte del pleno desarrollo de los

derechos de las personas dentro de la sociedad y, precisamente, uno de los colectivos

prioritarios, a la hora de recibir apoyos del sistema de servicios sociales, son las

personas mayores, especialmente, aquellas con dependencia de otras para realizar las

actividades básicas de la vida diaria.

Y es que si, con carácter general, los cambios sociales de las últimas décadas y la

evolución de las políticas sociales, exigen implementar una nueva forma de prestar

servicios públicos a los ciudadanos, en el ámbito de los servicios sociales es

absolutamente prioritario.

La Administración no puede desentenderse de la gran corriente social, especialmente de

los sectores más afectados, que aboga por un nuevo modelo de atención centrado en la

persona y por el empoderamiento de los usuarios de los centros de atención social,

facilitándoles un envejecimiento activo, mediante el ejercicio de sus derechos civiles de

igual forma que el resto de los ciudadanos. Es, por tanto, la búsqueda de la calidad de

vida de las personas usuarias, el hilo conductor, que está generando el consenso

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necesario entre usuarios, profesionales, organizaciones y administraciones públicas,

para que se produzcan los cambios normativos necesarios y el nuevo modelo de

atención sea una realidad legal. De acuerdo con ello, la Consejería competente en

materia de Servicios Sociales pretende dar un paso más en la atención a las personas

mayores que viven en centros residenciales o que son usuarias de centros de día, con la

implantación de un modelo de atención basado en el proyecto de vida del usuario, y en

los principios de autodeterminación e independencia, tratando de superar el modelo de

atención regulado en el Decreto 14/2001 basado, prioritariamente, en la satisfacción de

necesidades y provisión de cuidados fundamentalmente sanitarios.

El modelo de atención que perseguía el Decreto 14/2001, de 18 de enero, de clara

inspiración sanitaria, que asimila la regulación de los centros de personas mayores, en

todos sus requisitos arquitectónicos, a la de los centros hospitalarios, ha supuesto que

buena parte de los centros existentes, que venían prestando servicios satisfactorios antes

de la entrada en vigor del mismo, carezcan de viabilidad para poder cumplir los

requisitos exigidos cuando las personas que siendo residentes inicialmente válidos, por

el transcurso del tiempo devienen en personas dependientes, resultándoles imposible

realizar los ajustes razonables necesarios para conseguir la adaptación de los inmuebles

a las exigencias arquitectónicas de una tipología hospitalaria innecesaria e inadecuada.

A tal fin, el proyecto en elaboración pretende desarrollar el nuevo modelo de atención

priorizando el máximo desarrollo en la autodeterminación de las personas y en su

proyecto de vida, lo que ha puesto en valor, como referente en los requisitos

arquitectónicos, la escala del hogar, tanto en los centros residenciales, como en las

unidades de estancia diurna, separándose, por tanto, de los requerimientos inspirados en

los centros hospitalarios.

4.2.- El desarrollo del pilotaje “en mi casa”.

Como la simple transposición de modelos no es viable debido, entre otras cuestiones a

las circunstancias culturales, la tipología de los centros ya existentes y a la oposición de

los agentes al cambio, se optó por pilotar la experiencia en al menos 100 centros que ya

estuvieran en funcionamiento en la Comunidad Autónoma. El acompañamiento y

seguimiento comenzó en febrero de 2012 y finalizó con la aprobación del decreto que

consolidaba el modelo de atención en el año 2016. Fueron cuatro años de experiencia en

la aplicación del nuevo modelo de atención en los centros de la comunidad, con una

muestra de cerca de 2.000 usuarios.

Como la realidad de los centros que prestan servicios en nuestra comunidad autónoma

era muy variada, se optó por incorporar al pilotaje todo tipo de centros, tanto

residenciales como centros con estancias diurnas, públicos y privados, con y sin fin de

lucro, del medio rural y del urbano, en centros de tamaño grande y de tamaño pequeño y

de todas las provincias. En la evaluación de esta experiencia se contó con la

colaboración de la Universidad Católica de Ávila. Siguiendo el método científico, se

diseñaron grupos control y grupos de intervención, y se utilizaron escalas validadas,

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sobre la opinión de los profesionales y de las familias, incluyéndose también las que

miden la calidad de vida de las personas. La conclusión de la evaluación determinó, por

una parte, que el nuevo modelo procuraba, sin excepción, mayores niveles de calidad de

vida en todas las experiencias evaluadas, siendo especialmente beneficioso para las

personas dependientes que presentaban deterioro cognitivo; y por otra, que el nuevo

modelo mejoraba la satisfacción de los profesionales y de los familiares de los usuarios.

4.3.- Elementos comunes del nuevo modelo de atención en centros residenciales y

centros con estancias diurnas.

- Promoción de la autonomía:

- Elección de horarios en la actividad diaria: un hogar es un ámbito de libertad

personal; las horas de levantarse, acostarse, pasear, leer, entretenerse u ocuparse

en lo que la persona decida, deben estar tan personalizadas como sea posible.

- Elección de su propia imagen: aspecto físico, vestido, peinado, complementos,

etc. La persona decide con qué imagen desea ser percibida por los demás.

- Elección de menús: posibilidad de desayuno tipo buffet, dos opciones por plato

en cada comida, por ejemplo.

- Elección de actividades: se pretende facilitar que la persona ocupe su tiempo en

lo que le interese, ofreciéndole actividades en consonancia con sus gustos y

preferencias y que sean significativas para ella.

- Planificación centrada en la persona:

- Historia de vida: documento en el que se reflejan desde la óptica de la persona,

los acontecimientos más importantes de su vida, los aspectos positivos, sus

capacidades, sus ilusiones, sus realizaciones, sus relaciones.

- Proyecto de vida: documento en el que se consignan las metas que la persona se

propone, sus sueños, preferencias, gustos, intereses, y los recursos y apoyos

necesarios para conseguir los objetivos requeridos para su logro o satisfacción.

- Elementos organizativos:

- Profesional de referencia: es el profesional de confianza y apoyo emocional a la

persona mayor. Es un miembro del personal de atención directa. Se ocupa de

coordinar los apoyos que la persona necesita, quien la conoce y con quien

establece un vínculo especial. Elabora con la persona mayor la Historia de Vida y

gestiona el Proyecto de Vida en todos los aspectos o contenidos que la persona

requiera.

- Evitar rotaciones: se favorece que los profesionales de atención directa estén

asignados a cada Unidad de Convivencia.

- Integración de la familia: se potencia la participación de la familia, su

colaboración, su compromiso.

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- Diversidad de menús: las personas tendrán al menos dos opciones de elección de

menú en cada comida.

- Actividades significativas incluidas en la cotidianeidad del hogar: que la vida

discurra como en un hogar, realizando actividades tales como: preparar comidas,

lavar la ropa, coser, tejer, cuidar las plantas, etc.. Todo ello, respetando sus

costumbres, sus gustos, sus preferencias, sus ritmos, procurando que se sientan

bien y disfruten.

- Ausencia de uniformes: un hogar no es una institución.

- Coordinación de la Unidad de Convivencia: cada centro designará a un

profesional para la coordinación de esta unidad.

- Elementos arquitectónicos:

- Unidad de Convivencia: define la estructura espacial con dimensión y ambiente

de hogar, en la que convive un grupo de personas mayores a quienes se les

proporciona los apoyos necesarios para que sigan desarrollando su proyecto de

vida.

- Habitación individual de ocupación doble: hasta el 50% de las plazas serán de

uso doble y el resto de uso individual, con baño privado.

-Cocina.

-Comedor.

-Sala de estar.

Las tres últimas pueden estar en una estancia común.

- Ambiente hogar:

- Elementos relacionados con la calidez del espacio: luces indirectas, rincones de

estar, cortinas, cojines, cuadros, lámparas,… decorado con la participación de los

usuarios de cada unidad.

Distribución del espacio y disposición de elementos del mobiliario.

- Elementos personales de cada usuario en su habitación: imágenes, objetos,…

A los efectos de su conocimiento general, toda la información relativa al modelo, a su

estudio de costes, así como otra información complementaria de interés, está disponible

desde la implantación del pilotaje a través de la web de la Junta de Castilla y León:

http://www.jcyl.es/web/jcyl/ServiciosSociales/es/Plantilla100/1284257146354/_/_/_.

Es relevante destacar los resultados obtenidos de la implementación del modelo en los

centros ya autorizados, que ha permitido constatar de forma científica que la adopción

del mismo implicaba que tanto los profesionales como los familiares mejoraban en la

percepción de la calidad de vida producto del cambio. Con relación a los usuarios, los

instrumentos de medición de los índices de calidad de vida siempre eran

significativamente superiores en los grupos intervenidos (en los que se aplicaba el

modelo) sobre los grupos control (en los que no se aplicaba el modelo). Todo ello, sin

modificar a los usuarios (que ya estaban recibiendo la atención en los centros) ni a los

profesionales.

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4.4.- Estudio de costes del modelo “en mi casa”.

Era necesario dejar constancia de que el modelo era sostenible económicamente en la

realidad de Castilla y León. A continuación, se expone el estudio de costes que se

realizó del modelo con las variables que a continuación se detallan (la información se

recopiló durante el desarrollo del pilotaje en el año 2014):

4.4.1.- Datos de partida sobre la realidad de los centros:

En aquel momento se encontraban autorizados y en funcionamiento 676 centros con

44.648 plazas distribuidos por todo el territorio de la comunidad.

Sobre el tamaño, hay centros grandes, medianos y pequeños, siendo la mayoría de

tamaño medio, entre 60 y 100 plazas.

Sobre la titularidad hay 11.900 plazas públicas y 11.975 en centros del sector sin ánimo

de lucro, siendo de iniciativa empresarial 20.773 plazas, que representa el 46,50% de

toda la oferta.

Provincia Naturaleza Nº CENTROS TotalPlazas

AVILA PÚBLICA 10 775

INICIATIVA EMPRESARIAL 28 1.946

PRIVADA SIN LUCRO 11 707

Total AVILA 49 3.428

BURGOS PÚBLICA 14 1.918

INICIATIVA EMPRESARIAL 48 2.741

PRIVADA SIN LUCRO 28 1.801

Total BURGOS 90 6.460

LEON PÚBLICA 33 1.977

INICIATIVA EMPRESARIAL 55 3.069

PRIVADA SIN LUCRO 20 1.860

Total LEON 108 6.906

PALENCIA PÚBLICA 9 744

INICIATIVA EMPRESARIAL 24 1.319

PRIVADA SIN LUCRO 23 2.084

Total PALENCIA 56 4.147

SALAMANCA PÚBLICA 52 1.605

INICIATIVA EMPRESARIAL 40 3.247

PRIVADA SIN LUCRO 23 1.869

Total

SALAMANCA 115 6.721

SEGOVIA PÚBLICA 14 1.212

INICIATIVA EMPRESARIAL 17 1.236

PRIVADA SIN LUCRO 11 605

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Total SEGOVIA 42 3.053

SORIA PÚBLICA 16 1.071

INICIATIVA EMPRESARIAL 16 1.142

PRIVADA SIN LUCRO 4 263

Total SORIA 36 2.476

VALLADOLID PÚBLICA 14 1.230

INICIATIVA EMPRESARIAL 81 4.099

PRIVADA SIN LUCRO 21 1.820

Total

VALLADOLID 116 7.149

ZAMORA PÚBLICA 20 1.368

INICIATIVA EMPRESARIAL 32 1.974

PRIVADA SIN LUCRO 12 966

Total ZAMORA 64 4.308

Total general 676 44.648

Ante la variedad de situaciones y tamaños y con el fin de poder analizar los costes tanto

de los centros en funcionamiento como aquellos que se pudieran construir de nueva

planta, se realizó una comparativa suponiendo distintos tamaños de centro, con

diferentes ratios de profesionales de atención directa y manteniendo la ratio exigida de

profesionales técnicos.

4.4.2.- Hipótesis para el estudio de costes:

A estos efectos, se partió de las siguientes hipótesis:

1.- No se han tenido en cuenta costes financieros de la inversión por ser muy diferentes

según la realidad de los centros.

2.- Ante situaciones diversas en los costes no se ha imputado el posible beneficio por

ser un elemento ligado al plan de negocio de cada entidad.

3.- Con relación a la amortización del inmueble y de los elementos muebles:

- Como el Modelo se está implantando en centros existentes, con muy diferentes

repercusiones en m2 construidos por plaza, se ha tomado una media de 40

m2/plaza en edificios existentes y 61 m2/plaza los del diseño adaptado completo

(todas las habitaciones individuales).

- Precio construcción edificio 792 €/ m2

- Precios coste equipamiento 6.500 €/plaza

- Vida útil: 50 años el inmueble y 15 años el equipamiento (media).

4.- Con relación a los costes de personal:

- Se ha considerado que la plantilla tiene una antigüedad media de 7 años.

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- El personal técnico es el que se exige en la normativa actual suponiendo que el

centro está lleno, salvo el director que se ha considerado a jornada completa a

este fin a partir de 70 plazas.

- El personal de atención directa tiene una ratio de lunes a domingo de 2 jornadas

completas por la mañana y de 1,5 jornadas por la tarde.

- Por la noche hay siempre 2 personas y aumentan más de lo exigido en el Decreto

vigente.

- Se ha considerado algún ejemplo con dos jornadas de mañana y dos de tarde en

atención directa.

- Se ha considerado personal de limpieza general del centro.

5.- Para los costes de servicios generales y suministros:

- Para la consideración de los costes de servicios hosteleros y de mantenimiento

del edificio se han estimado los costes por equiparación a los que a estos efectos

se registraban en centro de tamaño medio en aquel momento.

4.4.3.- Los costes para el funcionamiento del modelo son los que a continuación se

relacionan:

1.- Repercusión de la amortización:

CENTRO MES/PLAZA

EXISTENTE 88,91

EDIF.

NUEVO 116,63

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2.- Costes de personal:

Tamaño

centro

Ratio profesionales

atención directa

mañana y tarde

(presenciales) por

unidad de convivencia

Ratio profesionales

de atención directa

noche (presenciales)

para todo el centro.

Nº residentes por

unidad de

convivencia

Coste de

profesionales

técnicos

€/plaza/mes

Coste de

profesionales de

atención directa

€/plaza/mes

COSTE/PLAZA/MES

60 3,50 2 15 108,46 690,16 798,61

60 4,00 2 15 108,46 758,40 866,86

60 3,50 2 12 108,46 826,64 935,10

60 3,50 2 10 108,46 963,13 1.071,59

75 3,50 3 15 103,15 702,44 805,59

75 4,00 3 15 103,15 769,01 872,16

70 3,50 3 10 98,47 979,06 1.077,54

72 3,50 3 12 95,74 861,61 957,35

90 3,50 3 15 102,68 686,20 788,88

90 4,00 3 15 102,68 760,16 862,84

90 3,50 3 10 102,68 977,94 1.080,62

92 3,50 3 12 96,26 820,83 917,09

105 3,50 3 15 95,42 689,24 784,66

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3.- Costes de Servicios y Suministros

SERVICIOS Y SUMINISTROS €/plaza/mes

Alimentos (con parte proporcional personal) 180,00

Lavandería 42,00

Administración-oficina 30,19

Suministros 70,00

Mantenimiento 10,00

Reposiciones 2,00

Varios 12,00

TOTAL 346,19

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4.- Costes teniendo en cuenta todas las variables salvo beneficios:

Tamaño

del

Centro

Ratio de

profesionales de

atención directa

mañana y tarde

(presenciales) por

unidad de

convivencia

RAT. Ratio de

profesionales de

atención directa

noche(presenciales)

para todo el centro

Residente

s/unidad

Coste del personal

/plaza/mes

Amortización

edificio ya en

funcionamiento/

plaza/mes

Amortizaci

ón edificio

parámetros

ideales/plaz

a/mes

Servicios y

Suministro

s/plaza/mes

TOTAL

Residencia

s

existentes

Plaza/Mes

TOTAL

Residenci

a edificio

ideal

Plaza/Me

s

60 3,50 2,00 15,00 798,61 88,91 116,63 346,19 1.234,71 1.261,43

60 4,00 2,00 15,00 866,86 88,91 116,63 346,19 1.302,96 1.329,68

60 3,50 2,00 12,00 935,10 88,91 116,63 346,19 1.371,20 1.397,92

60 3,50 2,00 10,00 1.071,59 88,91 116,63 346,19 1.507,69 1.534,41

75 3,50 3,00 15,00 805,59 88,91 116,63 346,19 1.241,69 1.268,41

75 4,00 3,00 15,00 872,16 88,91 116,63 346,19 1.308,26 1.334,98

70 3,50 3,00 10,00 1.077,54 88,91 116,63 346,19 1.513,64 1.540,36

72 3,50 3,00 12,00 957,35 88,91 116,63 346,19 1.393,45 1.420,17

90 3,50 3,00 15,00 788,88 88,91 116,63 346,19 1.224,98 1.251,70

90 4,00 3,00 15,00 862,84 88,91 116,63 346,19 1.298,94 1.325,66

90 3,50 3,00 10,00 1.080,62 88,91 116,63 346,19 1.516,72 1.543,44

92 3,50 3,00 12,00 917,09 88,91 116,63 346,19 1.353,19 1.379,91

105 3,50 3,00 15,00 784,66 88,91 116,63 346,19 1.220,76 1.247,48

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5.- Comparativa con los precios de concierto en la misma época:

PRECIO MES PLAZAS CONCIERTO

TIPO PLAZAS IVA INCL. SIN IVA

Plazas psicogeriátricas 1.751,62 1.681,55

Precio medio concierto 1.433,50 1.376,16

precio máximo concierto 1.494,50 1.434,72

4.4.4.- Conclusiones del estudio de costes del Modelo “en mi casa”.

- El coste de personal representa entre el 63% y 64,5% del coste del servicio. El

coste del personal técnico representa el 14% del coste total del personal.

- Al ser un sistema modular el precio del servicio prácticamente se mantiene al

aumentar el tamaño del centro.

- La mayor influencia en el precio la tiene el número de personas que integran la

unidad de convivencia. Los costes se sitúan sobre los 1.200 € plaza/mes para 15

plazas por unidad de convivencia, 1.300 € plaza/mes para 12 plazas por unidad

de convivencia y sobre los 1.500 € plaza mes en caso de las unidades de

convivencia con 10 plazas.

- La influencia en el coste de subir la ratio de 1,5 jornadas por la tarde a 2 jornadas

tiene un impacto de 66,57 €/plaza.

- Los precios medios de concierto son superiores a los costes por plaza en las

unidades de convivencia hasta 12 plazas. Y las plazas psicogeriátricas superiores

a cualquier composición, incluso en unidades de 10 plazas.

- La construcción de nuevos centros con 20 m2 útiles de habitación

individual/doble, para unidades de 15 plazas/unidad tiene una amortización

adicional sobre la de los centros existentes por plaza de 27,72 €.

- Una vez concluida la evaluación de los proyectos piloto, se deberá trasladar el

modelo de atención a la normativa que regule la atención en centros, aplicando

aquellas adaptaciones necesarias de cara a su viabilidad, con el objetivo de la

generalización del mismo.

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4.4.5.- Toma de decisiones para la consolidación normativa del modelo de atención:

Este estudio de costes, aunque sin costes financieros ni beneficio industrial, orienta

sobre la toma de decisiones para establecer las ratios de mínimos exigidas, así como el

tamaño máximo de plazas de las unidades de convivencia para que el sistema sea

sostenible y que puedan amparar, tanto la normativa de acreditación que finalmente se

plasmó en el Decreto 3/2016, de 4 de febrero, por el que se regula la acreditación de

centros y unidades de convivencia para la atención a personas mayores en Castilla y

León, que está vinculada a la autorización de los centros, respecto a la Ley 39/2006, de

diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en

situación de dependencia.

Por este motivo, se estimó que el número de 16 plazas era factible desde el punto de

vista de la preservación del ambiente de hogar similar al familiar y permitía estar en la

franja de precios medios de los centros.

Con relación a las ratios de profesionales también permitió establecer unas exigencias

que siendo sostenibles, mejoraban significativamente las del decreto 14/2001, de 18 de

enero, como se comprobará en el apartado siguiente, y dejaba margen para que la

normativa de acreditación pudiera ser más exigente que la de autorización y

funcionamiento de los centros.

De todo lo anterior, se deduce que el nuevo modelo que se quiere implantar de forma

definitiva, a través de la nueva normativa que se pretende aprobar, garantiza mejor que

cualquier sistema anterior, la calidad de vida de las personas que reciben servicios en

los centros de carácter social para personas mayores. Es una normativa coherente con

los modelos más innovadores del mundo en este ámbito, pero al mismo tiempo,

adaptando el modelo a nuestra realidad. Hay que destacar que esta adaptación se ha

producido con la planificación y el tiempo suficiente, para favorecer y conseguir, como

efectivamente ha sido, el consenso de los principales agentes vinculados con el sector.

Siendo un proceso que se ha realizado con total transparencia (habiéndose publicado en

la página web de la Junta de Castilla y León todo avance significativo en este modelo de

atención) todos los sectores afectados han tenido la oportunidad de conocerlo. De ahí la

importancia de destacar que, lejos de producir rechazo social, el nuevo modelo ha

generado la adhesión de los representantes de las personas mayores y de las entidades

titulares de los centros, además de otras adhesiones tanto, en el ámbito de la atención a

personas mayores, como incluso en el ámbito de la discapacidad a través de su órganos

de representación (CERMI Castilla y León).

No obstante, y como sucede en cualquier sociedad compleja y democrática, también ha

recibido cierto rechazo. Esta oposición sin embargo, ha tenido carácter minoritario, y ha

sido realizada por los representantes de aquellos colectivos profesionales que,

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pretendiendo perpetuar cupos de cualificaciones determinadas por un modelo anterior

claramente superado, se olvidan de la defensa a ultranza que el nuevo modelo realiza

por el verdadero bienestar de las personas que reciben servicios en los centros.

Es importante destacar, en todo caso, que esta oposición minoritaria es infundada, ya

que a pesar de que la normativa anterior no exigía muchas de las cualificaciones que

ahora se exigirían, lo cierto es que el personal técnico de los centros, ahora y antes de

entrar en vigor el nuevo modelo, está compuesto, al menos, por profesionales de las

siguientes titulaciones universitarias: Medicina y Cirugía, Enfermería, Fisioterapia,

Terapia Ocupacional, Psicología, Sociología, Trabajo Social, Psicomotricidad,

Psiquiatría, Logopedia, Nutrición Humana y Dietética, Farmacia, Educación Social,

Ciencias del Deporte, Gerontología, entre otras. Teniendo en cuenta además que, en la

dirección de los centros, hay prestando servicios profesionales diferentes perfiles como

economistas, ingenieros y graduados o licenciados en disciplinas distintas a las

anteriormente mencionadas.

5.- Comparativa de las exigencias en materia de personal entre lo dispuesto en el decreto 14/2001 y el decreto que se pretende aprobar.

Ya se ha mencionado en diversas ocasiones que el decreto 14/2001 ha sido superado por

la propia realidad de los centros y en materia no solo de las funciones del personal, sino

también en cuanto a las ratios exigidas, ya que en las comparativas con otras

comunidades autónomas era de las menos exigentes. Este aspecto, que es relevante,

aunque no sea el más importante de los cambios que se pretenden implantar, supone un

hito importante pues incrementa de forma significativa las exigencias en materia de

personal tanto de profesionales técnicos como de atención directa.

Esto se debe en buena medida a la reducción exigida en el decreto 14/2001, en un 80%

de las ratios de atención directa durante los fines de semana con relación a un día

ordinario y a que salvo los profesionales médicos y enfermeros, las exigencias del resto

eran casi simbólicas.

Una dificultad notable para realizar la comparativa estriba en que en el decreto 14/2001

clasificaba administrativamente a los usuarios de los centros en tres categorías (válidos,

asistidos de grado I y asistidos de grado II) sin relación con el baremo de valoración de

dependencia derivado de la Ley 39/2006. En virtud de esta clasificación se asignaban

unas intensidades presenciales de lunes a viernes y como ya se ha comentado, otra para

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el fin de semana. Este sistema no operaba para el personal técnico que planteaba

exigencias en virtud del número de usuarios y de la cualificación profesional concreta.

La forma en la que se han realizado las ratios del 14/2001 ha sido estimando que la

ocupación del centro se distribuía en un 70% de personas asistidas según el baremo

asociado al decreto y un 30% de personas válidas. De las asistidas, un 67% se estiman

de grado I y el 33% de grado II. Esto no es más que una simulación que se corresponde

con un centro tipo. En aquellas residencias con un nivel mayor de personas

dependientes que este estándar, la ratio de personal de atención directa exigida se

acercaría más a la de la nueva regulación y un centro con más personas válidas que el

estándar, tendría una desviación de exigencias a la baja, mayor que el que refleja la

tabla adjunta. Sin embargo, a pesar de todos estos condicionantes, lo que sí se puede

intuir es la tendencia en las exigencias de ambas regulaciones.

Esto no sucede con el personal técnico, ya que en ambas normativas se hace en base al

número de usuarios, y en este caso la diferencia es clara.

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Para el estudio comparado se han realizado los tramos que son más significativos en ambas normativas. Los resultados en horas semana son los

que a continuación se relacionan en la siguiente tabla:

DIFERENCIA H/SEM DIFERENCIA EN % DIFERENCIA H/SEM DIFERENCIA EN %

P AT.DIRECTA P. TÉCNICO P. AT. DIRECTA P. TECNICO P. AT. DIRECTA P. AT. DIRECTA P. TÉCNICO P. TÉCNICO

Hasta 40 307,04 91,20 282,00 77,00 25,04 108,88% 14,20 118,44%

41-60 460,56 136,80 384,10 105,00 76,46 119,91% 31,80 130,29%

61-70 537,23 159,60 473,15 135,00 64,08 113,54% 24,60 118,22%

71-100 767,60 228,00 626,75 189,00 140,85 122,47% 39,00 120,63%

101-110 844,36 250,80 672,75 223,00 171,61 125,51% 27,80 112,47%

111-120 921,12 273,60 722,75 230,00 198,37 127,45% 43,60 118,96%

121-130 997,88 296,40 818,20 251,00 179,68 121,96% 45,40 118,09%

131-140 1.074,64 319,20 911,30 258,00 163,34 117,92% 61,20 123,72%

141-150 1.151,40 342,00 959,80 284,00 191,60 119,96% 58,00 120,42%

Nota: Son horas semana de los profesionales.

PERSDONAL DECRETO NUEVO PERSONAL 14/2001

Nº RESIDENTES

Como se puede comprobar el incremento de las exigencias de personal de atención directa y con las matizaciones expuestas anteriormente, varían

según los tramos, entre el 108% y algo más del 127%, siendo el rango de los incrementos en el personal técnico entre el 118% y algo más del

130%.

A mayores el régimen transitorio que se prevé en el proyecto de decreto, y que se adjunta en la tabla siguiente, por su propio carácter varía a la

baja en las exigencias de las dos cualificaciones profesionales afectadas, pero esto se ve compensado con una mayor exigencia global en ese

personal técnico, por lo que se puede afirmar que tanto en lo referente a los profesionales de atención directa como a los profesionales técnicos la

normativa que se pretende aprobar es significativamente más exigente, y sin someter al sistema a un estrés innecesario, como se puede

comprobar en el impacto de las nuevas ratios sobre la realidad de los centros actuales en funcionamiento que se detallará más adelante.

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DECRETO 14/2001 SALDO PRIMER PERIODO SALDO SEGUNDO PERIODO

1ER PERIODO 2º PERIODO

MÉDICO

HASTA 50 0 0 14 -14 -14

51-89 19 0 28 -9 -28

90-100 19 0 28 -9 -28

101-120 19 19 35 -16 -16

121-140 38 19 35 3 -16

141-160 38 19 42 -4 -23

161-170 38 19 49 -11 -30

ENFERMERO

HASTA 40 19 0 14 5 -14

41-60 19 0 14 5 -14

61-70 38 19 14 24 5

71-100 38 19 14 24 5

101-110 57 38 84 -27 -46

111-120 57 38 91 -34 -53

121-130 57 38 98 -41 -60

131-140 57 38 112 -55 -74

141-150 76 57 119 -43 -62

Transitoria decreto: 1er periodo Hasta el 31/12/2021. segundo periodo 01/01/2022 a 31/12/2023

EXIGENCIAS DE PERSONAL MÉDICO Y DE ENFERMERÍA

DECRETO NUEVO

Nota: Las cantidades reflejadas Son horas/ menana

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97

6.- La atención residencial. Situación nacional y tendencias. Situación en Castilla y León. 6.1.- Situación Nacional.

En España, las 5.529 residencias para personas mayores operativas al cierre de 2017,

incluyendo públicas y privadas, reunían un total de 379.800 plazas, cifra que aumentó un

1,3% respecto al ejercicio anterior. Las plazas en residencias privadas se incrementaron un

0,8%, correspondiendo el 64,5% a plazas de carácter privado puro, y el resto a plazas

concertadas con la Administración, las cuales aumentaron un 1,8%, frente al incremento del

0,2% registrado por las privadas puras.

En el sector residencial para la atención a personas mayores opera un amplio número de

empresas, la mayor parte de ellas de pequeña dimensión y dedicadas a la gestión de un

centro, y con una alta participación de capital español. No obstante, en las primeras

posiciones del mercado destaca un grupo de operadores de tamaño mediano y grande que

gestionan un amplio número de residencias, algunos de ellos de origen extranjero. Además,

en 2017, se produjeron algunas operaciones de compra entre empresas que se reflejaron en

un significativo aumento del grado de concentración empresarial.

Las principales empresas con actividad de gestión de residencias para personas mayores

suelen estar presentes en otros negocios, generalmente de carácter asistencial, como

teleasistencia, ayuda a domicilio y centros de día. No obstante, estas actividades

representan generalmente una parte minoritaria de sus ingresos.

A lo largo de 2017 han continuado los procesos de diversificación hacia otras actividades

y, las principales empresas han seguido incorporando nuevos centros a su red de centros

residenciales para personas mayores, si bien a menor ritmo que en los ejercicios

precedentes.

La rentabilidad sectorial mantuvo la tendencia al alza que ya venía mostrando en los

ejercicios precedentes, gracias a la positiva evolución del grado de ocupación y de los

precios, y a la trayectoria descendente de las principales partidas de costes.

El 58,9% del mercado correspondió a los ingresos derivados de la gestión de plazas

privadas puras. Por su parte, la gestión de plazas concertadas generó unos ingresos que

supusieron el 30,3% del total, mientras que la gestión privada de plazas públicas reunió el

10,8% restante.

En la estructura de costes agregada de las principales empresas del sector, la partida de

gastos de personal es la de mayor importancia, con un peso del 60,1% de la facturación

total en 2016. A continuación se sitúa el capítulo de otros gastos de explotación, que

alcanzó una participación del 16,6% de los ingresos, mientras que el epígrafe de materias

primas/aprovisionamientos reunió el 9,1%.

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Las previsiones de evolución del sector para los próximos años son positivas, en un

contexto previsto de progresivo crecimiento de la oferta y de buen comportamiento de la

demanda, favorecido por la coyuntura económica y el envejecimiento de la población.

6.1.1-Amenazas, oportunidades y tendencias

En los próximos años la actividad seguirá marcada por un contexto económico favorable,

que, por un lado impulsará los proyectos de apertura de nuevos centros y la ampliación y

mejora de los ya existentes y, por otro, favorecerá el comportamiento de la demanda

privada, reforzado además por el progresivo envejecimiento de la población.

Respecto al crecimiento de la dotación de plazas, se identifican planes de crecimiento por

parte de los principales operadores, los cuales completarán las operaciones de compra de

residencias a otros operadores con las inversiones en centros de nueva construcción. De

esta forma, se espera que los principales grupos continúen aumentando su tamaño.

Por otro lado, en los primeros meses de 2018 se han registrado nuevas operaciones de

venta de activos, manteniendo la gestión en régimen de arrendamiento.

Con relación a la situación dinámica del sector se aprecian las siguientes características:

Amenazas:

- Alta competencia

- Fuerte presión sobre los precios

- Necesidad de fuertes inversiones para acometer proyectos de aperturas de nuevos

centros.

Oportunidades:

-Progresivo envejecimiento de la población e insuficiente grado de cobertura

-Favorable coyuntura económica: aumento del grado de ocupación de los centros y de

los precios.

-Déficit de oferta en áreas metropolitanas y algunas zonas rurales y costeras.

-Tendencia por parte de la Administración a la cesión de la gestión de centros públicos a

empresas privadas

-Interés de sociedades inmobiliarias de inversión en la adquisición de activos

inmobiliarios en el ámbito asistencial.

-Ley de Dependencia: priorización de la atención profesional en detrimento del

cuidador familiar

Tendencias:

-Aumento del grado de concentración sectorial: nuevos procesos de compra

empresariales.

- Apertura de nuevos centros en zonas de baja cobertura.

- Entrada de capital inversor atraído por la rentabilidad del sector: refuerzo de las

inversiones en compra y construcción de nuevos centros.

- Progresiva penetración de la gestión en régimen de alquiler frente a la gestión de

residencias propias.

- Mayor atención a la calidad del servicio prestado: fidelización de clientes

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- Desarrollo de fórmulas de colaboración entre la Administración pública y el sector

privado: cesión de la gestión de centros públicos a empresas privadas

- Incremento de la cobertura geográfica de los operadores líderes

- Diversificación hacia otros servicios de atención a la dependencia

- Evolución hacia la atención sociosanitaria de personas con alto grado de dependencia

- Internacionalización de la actividad.

6.2.- La situación en Castilla y León: Evolución de la Demanda, de la Oferta, de las

pensiones y del precio.

La atención residencial a personas mayores ha conocido una intensa transformación en

las dos últimas décadas. Por un lado, se ha producido un fuerte incremento de la

demanda como consecuencia del rápido crecimiento de la población de edad avanzada.

Por otro lado, la implantación del sistema de atención a la dependencia, con incremento

de servicios residenciales públicos y prestaciones económicas vinculadas al servicio ha

hecho que se incrementara rápidamente el volumen de plazas residenciales. Se realizará

un estudio de detalle en los siguientes apartados.

6.2.1.- Evolución de la demanda de servicios residenciales

Para estudiar la demanda los analistas centran su atención en la evolución de la

población mayor de edad, así como la evolución de las pensiones, siendo estos últimos

los principales recursos económicos de los que disponen las personas potencialmente

demandantes de atención.

6.2.1.1.-La población potencialmente demandante

Por lo que se refiere al primer aspecto, en Castilla y León sigue creciendo la población

de mayor edad, pero de una manera diferente a como sucede en el conjunto del país.

Población residente en Castilla y León a 1 de enero de cada año

Total 65 y más 80 y más 85 y más Índice >65 Índice >80 Índice >85

2006 2.494.676 561.226 168.678 73.565 100,0 100,0 100,0

2007 2.514.202 563.825 176.564 78.467 100,5 104,7 106,7

2008 2.541.717 565.690 182.636 83.485 100,8 108,3 113,5

2009 2.549.174 569.988 189.679 88.535 101,6 112,5 120,3

2010 2.547.408 574.726 196.010 93.581 102,4 116,2 127,2

2011 2.545.286 580.963 203.666 98.464 103,5 120,7 133,8

2012 2.537.654 584.269 210.334 103.765 104,1 124,7 141,1

2013 2.518.528 585.707 215.609 107.164 104,4 127,8 145,7

2014 2.495.689 590.957 220.709 111.881 105,3 130,8 152,1

2015 2.478.079 595.276 225.398 115.803 106,1 133,6 157,4

2016 2.454.454 596.988 227.311 118.994 106,4 134,8 161,8

2017 2.435.867 599.409 231.695 122.949 106,8 137,4 167,1

2018 2.418.556 602.970 230.555 126.620 107,4 136,7 172,1

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100

Fuente: INE, Padrón municipal de habitantes. Elaboración propia.

Como se puede observar, la población mayor de 65 años ha crecido poco en Castilla y

León en los últimos doce años: tan solo un 7,4%, mientras que en España se

incrementaba en un 22,3%. En cambio la población de más de 80 años ha crecido un

36,7% y la de más de 85 años un 72,1%. Este crecimiento en las edades más avanzadas

es también inferior al registrado en el conjunto del país (52,4% y 84,3%

respectivamente), pero la diferencia ya no es tan acusada. Este hecho se debe a que el

proceso de envejecimiento se inició antes y con más intensidad en Castilla y León. Todo

esto explica que, a pesar de tener nuestra Comunidad unas tasas de población mayor

superiores a las nacionales, su crecimiento sea menor actualmente.

Es obvio que, para analizar la demanda de servicios residenciales, no es indiferente el

uso de uno u otro indicador. El de mayores de 65 años no parece adecuado, porque la

clave está en la población de edad más avanzada y porque las cohortes de edad no se

distribuyen de forma homogénea en la pirámide de población. Por esta razón, para

analizar la demanda es más conveniente construir otro indicador que tenga en cuenta la

distribución por edad de los usuarios de centros residenciales.

DISTRUBUCIÓN DE RESIDENTES POR GRUPOS DE EDAD

Grupos de edad Porcentaje

60 a 64 años 1,9% 65 a 69 años 3,2% 70 a 74 años 4,6% 75 a 79 años 7,7%

80 a 84 años 16,3% 85 a 89 años 29,3% 90 a 94 años 25,8% 95 y más años 11,3%

Total general 100,0% Fuente: Gerencia de Servicios Sociales. Información procedente de servicios públicos y

solicitudes de valoración de dependencia.

El indicador de necesidades se ha calculado ponderando cada grupo de edad en la

población general en función del peso real que tiene en la utilización de este servicio.

Cada una de las cifras resultantes no indica nada en sí misma pero, comparativamente,

sí revelan la evolución creciente de las necesidades de atención residencial.

A continuación mostramos la información del indicador de mayores de 80 años y el de

necesidades ponderadas, y su evolución desde 2011 hasta 2018.

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INDICADORES DE POBLACIÓN 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018

Población con 80 y más años 203.666 210.334 215.609 220.709 225.398 227.311 231.695 230.555

Necesidades de población ponderada 65.929 67.391 68.243 69.263 70.127 70.793 71.639 72.027

ÍNDICES (BASE 2011) 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018

Población con 80 y más años 100,0 103,3 105,9 108,4 110,7 111,6 113,8 113,2

Necesidades de población ponderada 100,0 102,2 103,5 105,1 106,4 107,4 108,7 109,2

En conclusión, se puede decir que en los últimos siete años ha continuado el

crecimiento de las necesidades, y se puede estimar en torno al 10%.

6.2.2.- La evolución de las pensiones.

Consideremos ahora la capacidad económica de las familias para hacer frente a esos

gastos. Para ese objeto los analistas utilizan, como referencia, la evolución de las

pensiones. Obviamente no son estos los únicos recursos con los que cuentan los

usuarios de los centros, pero su evolución sí da una idea de cómo varía esa capacidad de

compra de servicios.

PENSIONES CONTRIBUTIVAS Y NO CONTRIBUTIVAS EN CASTILLA Y

LEÓN (2011-2018)

PENSIONES CONTRIBUTIVAS PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS TOTAL PENSIONES

Año

N (media anual)

Pensión media anual

Variación N (media

anual)

Pensión media anual

Variación N (media

anual)

Pensión media anual

Variación

2011 589.912 782,68 22.740 352,57 612.652 766,72

2012 592.125 808,59 3,31% 22.424 366,24 3,88% 614.549 792,45 3,36%

2013 596.400 836,11 3,40% 22.386 373,82 2,07% 618.786 819,39 3,40%

2014 600.608 851,93 1,89% 22.276 374,55 0,20% 622.884 834,86 1,89%

2015 603.084 869,14 2,02% 22.128 376,97 0,65% 625.212 851,72 2,02%

2016 605.575 887,16 2,07% 22.051 377,91 0,25% 627.626 869,27 2,06%

2017 608.195 905,37 2,05% 21.966 378,16 0,07% 630.162 886,99 2,04%

2018 611.175 930,65 2,79% 21.833 388,87 2,83% 633.008 911,96 2,82%

11/ 20181 612.825 946,63 4,56% 21.770 391,77 3,60% 634.595 927,59 4,58% 1 Último dato homogéneo disponible: noviembre para las P. Contributivas, y octubre para las PNC

Fuente: Anuarios y Boletín de Estadísticas Laborales. Ministerio de Trabajo.

Variación de las pensiones en Castilla y León

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Año Actualización

Variación de la pensión

media

2011 0,00% 2012 1 - 2% 3,36% 2013 0,25% 3,40% 2014 0,25% 1,89% 2015 0,25% 2,02% 2016 0,25% 2,06% 2017 0,25% 2,04% 2018 1,6-3% 2,82%

La actualización de las pensiones ha sido siempre muy inferior a la variación del

importe medio.

- En 2011 las pensiones se congelaron. En 2012 tuvieron un 1% de subida general,

y del 2% para las de menos de 1.000 €, pero la pensión media subió un 3,36%

- En los cinco años siguientes, el incremento fue del 0,25%, pero la pensión media

subió un 3,4% en 2014 (consecuencia en parte de la subida del año anterior) y el

resto de años en torno a un 2%.

- En 2018 se actualizaron las pensiones en un 1,6%, y las mínimas al 3%.

Asimismo, bastantes pensiones de viudedad2 se incrementaron al cambiar la

base de cotización en determinadas situaciones a partir de agosto. El reflejo en la

pensión media es un incremento del 2,82%.

- En 2019 se espera un crecimiento aún mayor, pues se ha aprobado un mismo

nivel de crecimiento, y porque las pensiones de viudedad que cambiaron de base

de cotización vuelven a subir y ya se aplica a todo el año completo.

2 Las pensiones de viudedad. La mayor parte de estas pensiones se calculaban sobre el 52% de la base

de cotización. En 2011 se aprobó una ley que preveía incrementar determinadas pensiones de viudedad

en un punto porcentual anual desde el 52% de su base reguladora hasta el 60%. Su aplicación fue

aplazada y se ha reactivado en agosto de 2018: desde ese momento se aplica el 56% y en 2019 se

calcularán sobre el 60%. Esta medida se aplica a personas mayores de 65 años que no perciban otra

pensión, no trabajen y no dispongan de otros ingresos superiores a 7.348 € al año. La mitad de los que

cumplen estos requisitos perciben pensiones mínimas y la medida no les afecta en la práctica, pero a la

otra mitad sí, lo cual significa incrementos suplementarios superiores al 7% en este año y otro tanto en

el que viene. En conjunto, la pensión media de viudedad en Castilla y León en noviembre de 2018 se

había incrementado un 5,48% con respecto a la media anual de 2017.

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- Ese crecimiento se puede observar ya si nos fijamos en la pensión líquida, que

en noviembre de 2018 había crecido en un 4,58% con respecto a la media del

año anterior.

-

En resumen, desde 2011 la pensión media anual se ha incrementado en un 18,9%,

y si tomamos la pensión líquida en noviembre tenemos que hablar de un 21%.

6.2.3.- La oferta de servicios residenciales

También es importante considerar la evolución de la oferta de servicios residenciales.

En conjunto, el número de plazas ha crecido de manera intensa hasta 2009, y mucho

más moderada en los últimos años, sin duda porque había alcanzado unos niveles

extraordinariamente altos (con la tasa de cobertura más alta de España sobre la

población mayor de 65 años).

Provincia

Nº DE PLAZAS EN CENTROS RESIDENCIALES DE ATENCIÓN A PERSONAS

MAYORES

2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017

Ávila 2.707 3.019 3.161 3.385 3.348 3.420 3.428 3.428 3.423 3.431 3.567 3.618

Burgos 5.489 5.475 5.604 6.132 6.120 6.221 6.262 6.460 6.358 6.511 6.744 6.842

León 5.565 5.901 5.990 6.408 6.505 6.580 6.635 6.906 7.269 7.300 7.302 7.314

Palencia 3.852 3.927 3.938 4.058 4.058 4.117 4.094 4.147 4.266 4.304 4.301 4.301

Salamanca 5.081 5.353 5.313 6.123 6.239 6.407 6.515 6.721 6.778 6.932 7.086 7.251

Segovia 2.654 2.741 2.842 2.987 3.015 2.969 3.009 3.053 3.047 3.008 3.093 3.104

Soria 2.221 2.259 2.308 2.418 2.468 2.465 2.485 2.476 2.531 2.531 2.658 2.512

Valladolid 6.659 6.704 6.726 6.829 6.835 7.084 7.161 7.149 7.448 7.434 7.529 7.689

Zamora 3.093 3.410 3.597 4.108 4.137 4.185 4.278 4.308 4.305 4.332 4.342 4.412

Castilla y León 37.321 38.789 39.479 42.448 42.725 43.448 43.867 44.648 45.425 45.783 46.622 47.043

*Datos a 31 de diciembre de cada año.

Variación número anual de centros residenciales en Castilla y León.

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104

Fuente. Gerencia de Servicios Sociales. Datos a 31 de diciembre.

En la última década se ha incrementado el número de centros residenciales en casi 100,

hasta alcanzar los 699 actuales.

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105

Evolución de la cobertura de plazas sobre personas mayores de 65 años en Castilla

y León y en España.

Fuente: Gerencia de Servicios Sociales. 31 diciembre de 2017.

La tendencia en la cobertura de plazas residenciales en Castilla y León se

incrementa año tras año frente a la tendencia nacional, en la que podemos

observar altibajos desde 2007 y un descenso continuado desde 2012, alcanzando la

diferencia más alta en el 2017.

El número provisional de plazas a 31 de diciembre de 2018 es 47.272. Esto hace

que, desde 2011, la oferta se haya incrementado en un 8,8%.

Oferta de plazas residenciales por naturaleza de la entidad titular

Fuente: Gerencia de Servicios Sociales. 32 diciembre de 2017.

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106

El 80% de las plazas residenciales de Castilla y León tienen financiación pública

(Gestión pública, acción concertada y prestaciones económicas vinculadas al

servicio).

Distribución por ámbitos territoriales de la oferta residencial en Castilla y León.

Fuente: Gerencia de Servicios Sociales. Diciembre de 2017.

El número de plazas residenciales en el medio rural en Castilla y León casi duplica

al del medio urbano.

6.2.4.- Evolución de los precios del servicio residencia

Por lo que se refiere a los precios, la información disponible procede de las

justificaciones de servicios financiados con la prestación económica vinculada al

servicio. Se trata de una información muy rica pero que solo está disponible para

quienes tienen situación de dependencia reconocida, con la prestación vinculada, y

hacen uso de ella en el servicio residencial. Quedan por tanto fuera los que no alcanzan

la puntuación necesaria en el baremo de dependencia, y tiene aquí importancia el

calendario de implantación del sistema.

El derecho a prestaciones para las personas de grado 3 se concedió desde el principio

(2007), mientras que los de grado 2 se incorporaron en 2008 (nivel 2) y 2009 (nivel 1).

Los de grado 1 nivel 2 se incorporaron en 2011, pero en 2012 se aplazó el

reconocimiento de derechos hasta el 1 de julio de 2015. Esto significa que el volumen

de datos de personas con grado 1 es escaso hasta 2016, cuando irrumpen de forma

masiva y que, en 2018, constituyen ya el 28% de los usuarios, como es lógico por

debajo de los de grado 2 (32%) y grado 3 (41%).

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107

Es natural que el precio medio sea superior en el grado 3 y 2, y la evolución del mismo

ha estado condicionada por la implantación del sistema.

En el gráfico se puede observar el incremento inicial más fuerte del grado 3, desde el

inicio del sistema de atención a la dependencia (las prestaciones se empezaron a abonar

en 2008), mientras que el grado 2 se retrasa el impacto hasta dos años más tarde. El

grado 1 se incorpora en 2011 (de ahí que solo haya datos desde ese año).

También se observa la estabilización e incluso bajada de precios que se produce entre

2014 y 2016, consecuencia de la reducción de la demanda (y la ocupación de los

centros), y la recuperación de los dos últimos años, más fuerte en el grado 1 porque es

en 2016 cuando se incorpora un gran número de personas al sistema.

Para realizar la comparación del precio desde 2011 con otros indicadores se ha tomado

exclusivamente el referido a servicios recibidos por personas de grado 2 y 3, que han

estado en el sistema desde el principio. Se excluye los de grado 1 porque, al haberse

incorporado en su mayoría a partir de 2016, deformarían el indicador, con un resultado

inferior al real.

Considerando solo los de grado 2 y 3, y analizando la variación en forma de índices con

respecto a 2011, se observa que los precios del servicio han tenido una evolución muy

similar a la del IPC: incremento hasta 2013, estabilización y reducción hasta 2015,

recuperación y crecimiento moderado posterior. Están directamente relacionados con el

nivel de ocupación de las plazas, que a su vez depende de la capacidad de gasto de las

familias.

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108

70,0

75,0

80,0

85,0

90,0

95,0

100,0

105,0

110,0

2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018

Variación del IPC de Castilla y León y del precio medio del servicio residencial financiado con prestación vinculada

IPC

Precio medio del servicio residencial financiado GII y III

Base 2011 = 100

o Los precios crecieron sensiblemente más que el IPC entre 2007 y 2013,

especialmente en el sector no lucrativo donde anteriormente era muy

bajos, y ligado al incremento de la capacidad de gasto que supuso la

prestación vinculada en los primeros años de implantación del sistema de

atención a la dependencia.

o La crisis económica se tradujo en un estancamiento de los precios. Los

servicios residenciales, que habían aumentado su capacidad en los años

previos, notan el impacto: se produce un abandono de servicios, pues las

pensiones de las personas mayores se convierten en un refugio para no

pocas personas. El nivel de ocupación de las plazas residenciales se sitúa

en torno al 85%, siendo más bajo en las privadas mercantiles (82%).

o En los últimos años se observa un nuevo crecimiento de los precios,

aunque es moderado, y que está ligado a un aumento de la ocupación.

Este aumento se ha dado a pesar de que el parque residencial ha seguido

creciendo, y parece estar relacionado con la recuperación económica

general: reducción del paro, las pensiones dejan de ser esenciales para el

sostenimiento de muchas familias de usuarios potenciales, se reduce la

capacidad de las familias para prestar una atención en domicilio. El nivel

de ocupación asciende al 88% en 2017, y en las privadas mercantiles se

alcanza el 87%. No existen aún datos para 2018, pero sí hay indicios de

que la ocupación ha seguido creciendo, de manera especial en las

ciudades y su entorno. En concreto, en el informe elaborado por DBK

sobre residencias de la tercera edad, en su edición de mayo de 2018,

recoge información sobre las tasas de ocupación de plazas en residencias

correspondientes a los grandes grupos empresariales. Estas residencias

constituyen casi un tercio del parque español, y tan solo un 16% del

castellano y leonés, pero es bastante indicativo de lo que está

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sucediendo: en concreto, en las residencias de nuestra comunidad, la gran

mayoría registran tasas de ocupación que oscilan entre el 90 y el 95%.

6.2.5.- Análisis de indicadores 2011 - 2018

Podemos ahora analizar de manera conjunta los indicadores disponibles sobre la

demanda y la oferta, y ponerlo en relación con los precios.

INDICADORES 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018

IPC Castilla y León - Variación anual Noviembre 3,2 3,1 0,4 -0,4 -0,7 0,7 1,7 1,8

Población con 80 y más años 203.666 210.334 215.609 220.709 225.398 227.311 231.695 230.555

Necesidades de población ponderada 65.929 67.391 68.243 69.263 70.127 70.793 71.639 72.027

Pensiones contributivas y no contr. - importe medio 766,72 792,45 819,39 834,86 851,72 869,27 886,99 911,96

Precio medio del servicio residencial financiado PVS 1.295,16 1.318,28 1.329,58 1.318,06 1.311,89 1.319,92 1.345,96 1.369,33

Plazas residenciales para personas mayores 43.448 43.867 44.648 45.425 45.783 46.622 47.043 47.272

ÍNDICES (BASE 2011) 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018

IPC Castilla y León 100,0 103,1 103,5 103,1 102,4 103,1 104,8 106,7

Población con 80 y más años 100,0 103,3 105,9 108,4 110,7 111,6 113,8 113,2

Necesidades de población ponderada 100,0 102,2 103,5 105,1 106,4 107,4 108,7 109,2

Pensiones contributivas y no contributivas 100,0 103,4 106,9 108,9 111,1 113,4 115,7 118,9

Precio medio del servicio residencial financiado PVS 100,0 101,8 102,7 101,8 101,3 101,9 103,9 105,7

Plazas residenciales para personas mayores 100,0 101,0 102,8 104,6 105,4 107,3 108,3 108,8

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Como se puede observar, en los últimos años la oferta ha seguido creciendo de forma

continua, hasta un 8,8% total. Por su parte la demanda ha crecido un poco por

encima, con cualquier indicador que tomemos, y mucho más lo ha hecho el importe

medio de las pensiones, es decir, la capacidad de compra de servicios por parte de los

potenciales demandantes.

Los precios se estancaron y bajaron en los años de la crisis y se están recuperando en los

tres últimos años por razones obvias: la demanda sigue creciendo, aproximándose al

100% de la oferta, y crece mucho más la capacidad de compra de las familias.

Sin embargo, los precios han crecido por debajo de esos indicadores, sin que se

haya llegado a recuperar la pérdida producida en los años de la crisis, y situándose

siempre en paralelo y por debajo del IPC.

En resumen se puede decir que los precios están siguiendo una evolución con una

tendencia que está por debajo de lo esperable con arreglo a la variación de los

factores de la oferta y la demanda. Asimismo, no se puede concluir que haya

influido en este punto el cambio introducido en la normativa que implantaba el

nuevo modelo de atención con respecto a los centros que se produjo en 2016.

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7. Análisis de impactos: 7.1. Impacto económico y presupuestario

En relación con la previsión establecida en el artículo 76 de la Ley 2/2006, de 3 de

mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, así

como el Real Decreto 1083/2009, de 3 de julio por el que se regula la memoria del

análisis normativo, y el Decreto 43/2010, de 7 de octubre, por el que se aprueban

determinadas medidas de mejora en la calidad normativa de la Administración de la

Comunidad de Castilla y León, y sus normativa de desarrollo, cabe determinar el

impacto económico y presupuestario, tanto de lo derivado de los requisitos

arquitectónicos exigidos, las ratios de personal mínimo obligatorio, el presupuesto

necesario para la formación del personal de los centros en los nuevos roles, el impacto

en las cargas administrativas y demás elementos que se relacionan a continuación.

7.2. Impacto de la regulación de los requisitos arquitectónicos y de equipamiento.

En la elaboración de este decreto se ha tenido en cuenta, en lo referente a las

condiciones que deben cumplir los espacios, una realidad prexistente de 658 centros

residenciales, con una oferta de 45.703 plazas y 209 centros con estancias diurnas y una

oferta de 4.731 plazas que ya están en funcionamiento a la fecha de la realización de la

presente memoria.

El modelo que perseguía el Decreto 14/2001, de 18 de enero, de clara inspiración

sanitaria, asimilaba la regulación de los centros de personas mayores, en todos sus

requisitos arquitectónicos, a la de los centros hospitalarios, lo que ha supuesto que una

buena parte de los centros existentes carezcan de viabilidad para cumplir los requisitos

exigidos para seguir atendiendo a las personas que ya están residiendo en ellos, y sin

posibilidad de realizar los ajustes razonables para conseguir la adaptación de los

inmuebles a las exigencias arquitectónica de la tipología hospitalaria.

Un cambio en la concepción del modelo de atención, priorizando el máximo desarrollo

de la autodeterminación de las personas y su calidad de vida, ha puesto en valor, como

oposición a los modelos institucionales tradicionales, la escala del hogar, tanto en los

centros residenciales como en las unidades de estancia diurna. Esta opción ha permitido

conciliar los centros existentes, con la garantía de una atención de calidad y con las

correspondientes medidas de seguridad activa y pasiva del inmueble. Y todo ello de

acuerdo con el criterio fijado por el Ministerio de Fomento, a través de la Dirección

General de Arquitectura, Vivienda y Suelo, respecto de la aplicación del código técnico

de edificación en elementos de evacuación para personas dependientes en las

residencias; en concreto, en pasillos, anchos de puertas, anchos de escaleras o

descansillos, a los que se aplican especificaciones técnicas distintas de las que la

normativa técnica asocia al uso hospitalario. Este tratamiento técnico resulta coherente

con la situación actual de los centros de atención a las personas mayores, posibilitando

de esta forma el funcionamiento normalizado de aquellos que, a la entrada en vigor del

presente decreto, disponen, en virtud de la rigidez, en este sentido, del sistema anterior,

de un régimen precario de autorización. Para ello la disposición transitoria tercera

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impone unas exigencias más acordes con la realidad y que se enmarcan dentro de la

categoría de lo posible para estos centros, optimizando así su rendimiento y permitiendo

además a los residentes, ya adaptados al centro, continuar en el mismo, con

independencia de su calificación como personas dependientes.

Este régimen adicional está justificado además, en la necesidad de conjugar el nuevo

modelo de centro asistencial, tanto residencial, como de centro de día con unidad de

estancias diurnas, con la situación real existente en el momento de tramitarse el presente

proyecto, que no es otra que la dificultad que encuentran los centros para adaptarse a las

necesidades reales de sus residentes, bien por dificultades para adaptarse al modelo

arquitectónico exigido por la normativa vigente, incluida la imposibilidad de hacerlo

por impedimentos estructurales del propio edificio, bien por implicar su adecuación un

coste desproporcionado, o por dar lugar a una reducción de la oferta de plazas que

resulta absolutamente incompatible con su viabilidad. Las dificultades para adaptar

dichos centros residenciales al modelo arquitectónico que el presente decreto configura,

aconsejan no imponer lo imposible, y hacer convivir un modelo que se estima como

deseable, con la realidad de una oferta que puede ser adecuada.

Por ello, a través de las disposiciones adicionales se ha regulado el régimen jurídico de

todos los centros que, estando autorizados, definitiva o condicionalmente, a la fecha de

entrada en vigor del presente proyecto, cuentan con una configuración arquitectónica

muy diferente a la que se propone en el mismo.

Para analizar el impacto que esta nueva disposición va a suponer, en cuanto a la

regulación de los requisitos arquitectónicos, se considerará por un lado, los centros de

titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, por otro, los centros

titularidad de las Entidades Locales (Diputaciones provinciales y Municipios de más de

20.000 habitantes) por ser las más relevantes en el ámbito de la Administración Local

tanto por el número de centros como por su amplia oferta de plazas y, por último, los

centros de titularidad privada.

En el caso de que los centros de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León,

pasaran a disponer de todas sus plazas para personas dependientes, se aplicaría la

disposición transitoria tercera y todos los centros podrían acceder a esta tipología sin

necesidad de realización de obras, o con intervenciones arquitectónicas poco

significativas. Esta misma situación se repite para los centros de las entidades locales.

Del mismo modo, en virtud de los datos facilitados por la representación del sector

privado, la adaptación de sus centros, con carácter general, a las previsiones recogidas

en la disposición transitoria tercera, no tendrá un impacto económico significativo en el

mencionado sector, ya que, esencialmente, se circunscribe a pequeñas intervenciones,

en los aseos y baños de los usuarios, dirigidas a mejorar su accesibilidad.

Por tanto, considerando que la actual red de centros cuenta con condiciones

arquitectónicas suficientes para dar una respuesta de calidad a los usuarios, cuando las

entidades titulares de los centros quieran mantener la oferta actual, tanto en número

como la tipología de plazas, no tendrán que realizar adaptación alguna y el impacto

tanto económico como presupuestario es nulo.

Con relación a la posible implantación de unidades de convivencia en los centros,

teniendo en cuenta que aunque deseable, no es obligatoria, se entiende que el impacto

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presupuestario estaría directamente vinculado a cuestiones de oportunidad. En todo

caso, cuando se pretendan implantar unidades de convivencia, la disposición adicional

primera establece un régimen especialmente favorable a los centros que ya están en

funcionamiento, de tal manera que el presupuesto a abordar por unidad de convivencia

implantada, con la menor intervención posible se estima que sea de nueve mil euros

(9.000€), incluido el equipamiento básico de la cocina.

Por otra parte, el presupuesto necesario para la implantación de unidades de convivencia

en centros dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, se

realizará en base al presupuesto que ya está asignado, ya que el presupuesto necesario

para la implantación de unidades de convivencia en centros dependientes de la Gerencia

de Servicios Sociales está previsto en la financiación del Acuerdo 43/2016, de 14 de

julio, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el Plan de Inversiones

Sociales Prioritarias de Castilla y León 2016-2020.

7.3. Impacto económico y presupuestario derivado del cambio en los cometidos de

los profesionales que prestan sus servicios a los centros

El resto de los aspectos del modelo, como son, entre otros, la figura del profesional de

referencia, la historia de vida y los proyectos de vida, como organizadores de la

planificación de la atención centrada en la persona, serán de obligado cumplimiento

para todos los centros residenciales y para todas las unidades de estancia diurna.

En un ámbito acostumbrado al funcionamiento mediante protocolos derivados de la

atención a la enfermedad, centrado en los déficits de las personas y sobre toma de

decisiones, generalmente, ligadas a la prevalencia de las decisiones de los profesionales

facultativos, esta metodología de trabajo es novedosa. Por esto, se ha previsto que una

vez haya entrado en vigor el nuevo decreto, se comience a poner en marcha un plan de

formación, que se financiará con presupuesto de la Gerencia de Servicios Sociales de

Castilla y León, que está previsto que se desarrolle al menos en los próximos cuatro

años, para dar la posibilidad de participar a profesionales de todos los centros ya sean

públicos o privados. Esta formación se ha diseñado para abordar la capacitación tanto,

de los profesionales que ejerzan funciones directivas, como la de los profesionales

integrantes de los equipos técnicos de los centros y la de los profesionales de atención

directa.

Entre 2019 y 2021, se tiene previsto realizar alrededor de 100 cursos que darán

formación en el nuevo modelo de atención a personas mayores a cerca de 6.000

profesionales, tanto de centros públicos como de centros privados. Los cursos referidos

se estructuran en los siguientes grupos:

1º. Cursos de expertos en el modelo de atención “en mi casa”.

Destinados a personal técnico de la Gerencia de Servicios Sociales, de las Gerencias

Territoriales, las Entidades Locales con competencias en materia de servicios sociales y

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de las organizaciones Lares y Acalerte, que tienen por objetivo contar con una bolsa de

profesionales expertos en el modelo que puedan realizar tareas de acompañamiento a la

implantación de unidades y verificación de cumplimiento de criterios y estándares para

la acreditación de unidades.

2º. Cursos para profesionales de la dirección de los centros y de los profesionales

técnicos.

Destinados a Directores y Personal Técnico de todos los centros, tanto públicos como

privados, que tienen como objetivo sensibilizar y formar en el modelo a responsables de

centros y técnicos implicados en la planificación y coordinación de la implantación del

modelo.

3º. Cursos para profesionales de atención directa.

Destinados a Profesionales de atención directa de todos los centros y que tienen como

objetivo capacitar a los profesionales de atención directa para el cuidado de la persona

mayor a través del apoyo a su autodeterminación.

Adicionalmente, se pretende organizar un sistema de formación continua, a través de

una plataforma on-line, para facilitar formación básica en el nuevo modelo de atención a

las personas mayores, de forma abierta, destinada a cualquier profesional o ciudadano

interesado.

Del mismo modo, se pretende, como complemento, la implantación, en la web de

Servicios Sociales de Castilla y León, de un espacio de “Buenas prácticas” en el

desarrollo del nuevo modelo de atención a mayores “En Mi Casa” que permita dar a

conocer a todos los interesados la casuística del desarrollo del modelo. Entendiendo que

las "buenas prácticas" constituyen una exitosa herramienta de mejora continua, se

pretende diseñar un espacio en la web en el que cumpliendo unos requisitos y criterios

previamente definidos, puedan ser publicitados ejemplos de buenas prácticas que se

realicen en los centros de la Comunidad, que puedan dar visibilidad a los esfuerzos y

avances conseguidos y puedan servir para compartir e intercambiar iniciativas

interesantes, creativas, o innovadoras.

El total del presupuesto estimado para todas estas actuaciones a lo largo del periodo

mencionado será de un máximo de 60.000 euros anuales, que se financiará con los

créditos que la Gerencia de Servicios Sociales tiene asignados para estos fines.

7.4. Impacto de los ratios de personal en los centros de carácter social para las

personas mayores

El impacto de la nueva regulación por las exigencias mínimas en materia de personal en

los centros de carácter social, se encuentran reguladas en los artículos 34 a 38 ambos

inclusive y se concretan en los siguientes parámetros:

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a) Ratio Global del centro.

b) Ratio de profesionales técnicos.

c) Ratio de profesionales de atención directa.

Conviene remarcar en relación con estos parámetros que el nuevo decreto recoge los

criterios mínimos para la acreditación de los centros para atender a personas

dependientes, establecidos en la Resolución de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría

de Estado de Servicios Sociales y de Igualdad, por la que se publica el Acuerdo del

Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a

la Dependencia, y en el Acuerdo de 27 de noviembre de 2008, sobre Acreditación de

Centros y Servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

La ratio global mínima de personal del centro se regula en el artículo 35, y se pueden

plantear dos situaciones:

a) Que todas las personas que sean atendidas en los centros sean de grado II o de

grado III de dependencia.

b) Que las personas atendidas en los centros tengan resolución de esos grados y de

otros (grado I o sin grado de dependencia).

Se ha considerado, para calcular el impacto, el tipo de situación en la que se encuentran

los centros en las fechas de elaboración de la presente memoria y su comparación con

las exigencias establecidas en el mismo, siendo mayoritaria la situación del apartado b).

Para determinar la ratio global de un centro residencial o de una unidad de estancias

diurnas, se expresará en una ratio que se calculará poniendo en el numerador el número

de trabajadores y en el denominador la ocupación media que ha tenido el centro,

considerando un periodo anual desde la fecha que se tome de referencia. La precisión de

dicha ratio será hasta la milésima. A estos efectos, para el cómputo del número de

trabajadores se tendrá en cuenta el equivalente al número de jornadas completas de los

trabajadores que presten servicio en el centro de forma habitual, con independencia de

su forma de contratación. Dicho cálculo deberá realizarse computando a cada trabajador

en la equivalencia que corresponda según la proporción entre su jornada de trabajo y el

100% de la jornada anual según el convenio colectivo de aplicación.

Este parámetro se ha mantenido en cómputo anual para acomodarse mejor a los criterios

acordados por el Consejo Territorial de Dependencia, toda vez que debe reflejar el

conjunto de los trabajadores, que mediante cualquier fórmula hayan sido contratados

para prestar servicios en el centro, y no es determinante para la atención del día concreto

en los centros.

Por su parte, el personal técnico se regula en el artículo 36 del decreto, e incluye al

director del centro y aquellos otros profesionales con titulación universitaria que prestan

servicio en los centros, cuya función principal la programación y coordinación,

evaluación y seguimiento de todas las actuaciones del resto de los profesionales en

relación con la atención a los usuarios del centro. Este personal tendrá formación para el

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diseño, programación y el desarrollo de actividades en alguno de los siguientes ámbitos:

salud, atención psicosocial, integración social, promoción de la autonomía o del

envejecimiento activo de las personas usuarias de los centros, tales como, personal

médico, de enfermería, fisioterapia, nutrición y dietética, terapia ocupacional, educación

social, psicología o trabajo social. Además, estos profesionales tendrán que contar

también con determinada formación complementaria según se recoge en citado

precepto.

Para facilitar el cumplimiento y la seguridad jurídica esta exigencia se materializará en

el día concreto de cálculo y a la ocupación de usuarios se le multiplicará por 0,046,

siendo el resultado jornadas completas contratadas vigentes en situación de alta laboral.

En el caso de los profesionales del ámbito sanitario que presten servicios de atención

sanitaria, se estará a lo dispuesto en la normativa reguladora del régimen de autorización

de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Las exigencias derivadas, de la

aplicación del régimen de los profesionales sanitarios, no generarán impacto adicional,

ya que están incluidas en la ratio exigible de personal técnico, y se ha considerado

incluido en ella.

En cambio, en las unidades de estancias diurnas, que presentan un tamaño inferior a los

anteriores, se exige la siguiente ratio de profesionales:

a) Los centros que tengan menos de 20 personas usuarias, contarán con un profesional o

equipo multidisciplinar equivalente a media jornada.

b) Los centros que tengan más a partir de 20 personas usuarias, contarán con un

profesional o equipo multidisciplinar en equivalente a una jornada completa.

El último parámetro se regula en el artículo 37 y se corresponde con las ratios de los

profesionales de atención directa, que deberán contar con la titulación del sistema de

formación profesional en materia de atención a personas en situación de dependencia, o

con el respectivo certificado de profesionalidad o la cualificación profesional de

atención sociosanitaria a personas dependientes, ya sea en instituciones sociales o en el

domicilio, acordados por el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y

Atención a la Dependencia sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la

calidad de los centros y servicios del citado sistema, todo ello sin perjuicio de lo

dispuesto en la disposición transitoria quinta del proyecto. En la citada disposición

transitoria se establece que hasta que se convoquen y resuelvan los procesos de

evaluación y acreditación de competencias necesarios para la obtención de los

certificados de la familia profesional servicios socioculturales y a la comunidad,

incluidos en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad, que permitan el

acceso a dichos procesos al personal que preste servicios en el ámbito de esta

Comunidad, a través del servicio público o privado que dé lugar a prestación vinculada,

y no reúna los requisitos de formación exigidos por Acuerdo del Consejo Territorial del

Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, se le exigirá la formación

prevista en la normativa autonómica vigente a la entrada en vigor del presente proyecto,

cual es, la categoría de gerocultor/a, auxiliar de clínica o equivalente.

En la atención residencial, la organización de los turnos garantizará la atención de estos

profesionales las 24 horas del día, todos los días de la semana. Durante el periodo de

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actividad diurna, ninguna unidad de convivencia o espacio común del centro donde

haya personas usuarias con necesidad de apoyos podrá prescindir de la atención de estos

profesionales.

Durante las noches, los centros residenciales con ocupación hasta 60 personas usuarias

contarán con al menos un profesional de atención directa. En este caso deberá estar

localizable otro profesional del centro. Cada 60 personas usuarias o fracción se dotará

de otro profesional de atención directa.

Como ya se ha mencionado anteriormente, la ratio fijada para cuando se cuente en su

totalidad con usuarios de Grado II o de Grado III de acuerdo con la clasificación de la

Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a

las Personas en Situación de Dependencia y su normativa de desarrollo, en estos

momentos no se da en ningún centro, por lo que no se considera en el análisis esa

circunstancia y se analizará el supuesto de que la composición de usuarios sea otra, por

lo que la ratio es 0,202. A estos efectos solo se podrán computar los contratos del

personal en situación de alta laboral.

Para las unidades de estancia diurna, la situación con relación al grado II y grado III es

análoga a la de los centros residenciales por lo que se analizará el supuesto del resto de

las situaciones, por lo que cada grupo de hasta 16 usuarios o cada unidad de convivencia

contará, al menos, con un profesional de atención directa durante todo el horario de

funcionamiento de la unidad y un profesional de refuerzo con la misma dedicación por

cada dos Unidades o grupos.

Para la aplicación de cualquiera de las reglas mencionada en este apartado, las personas

usuarias a tiempo parcial en los centros, a los efectos de dotación de personal,

computarán según la proporción de su estancia comparada con una estancia completa.

A continuación se analizará por separado cada una de las ratios exigidas, y su respectivo

impacto en los centros de titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales, en los centros

públicos dependientes de las entidades locales y en los centros de titularidad del sector

privado.

Para realizar un análisis de impacto se ha considerado oportuno utilizar información

contrastada mediante informes actualizados sobre información del año 2018 de los tres

ámbitos, Administración autonómica, Corporaciones Locales y Entidades privadas. Con

relación a los centros, las residencias son las que generan el mayor impacto, tanto por

número 699 frente a 440 de estancia diurna, por oferta de plazas 46.952 frente a 5.985

personas, por el nivel de ocupación y por el número de profesionales que trabajan en

ellos, por lo que el estudio se centrará en este tipo de centros. Del total de los centros

residenciales se tiene información precisa tanto de usuarios como de las plantillas de los

centros residenciales de la Gerencia de Servicios Sociales (15 centros) y de los 20

centros de las Corporaciones Locales con competencias en servicios sociales. A lo largo

del año 2018 se han realizado informes de seguimiento de los 273 centros residenciales

privados de la comunidad autónoma en los que hay información suficiente para

determinar todos los parámetros de impacto en materia de personal salvo la ratio global

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118

del centro por no constar la ocupación media ni la contratación global de todo tipo de

profesionales. Sin embargo hay información detallada del número y tipo de contratos

del personal técnico y del de atención directa que son el pilar fundamental sobre el que

recae la prestación de los servicios a los usuarios.

En total se va a determinar el impacto sobre 308 centros residenciales con una oferta

conjunta de 22.938 plazas que son la mitad de la oferta global de la comunidad

autónoma y muestra suficiente para determinar el impacto.

7.4.1. Centros residenciales y unidades de estancia diurna de titularidad de la

Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

Ratio Global de centro.

Centros Residenciales.

Para la elaboración de la presente memoria se ha tenido en cuenta el último año

completo, y la situación de ocupación media en los centros residenciales y en las

estancias diurnas.

2.245 jornadas completas / 2.033 usuarios (ocupación media) = 1,104

Como el presente proyecto exige para la situación b) 0,41, la ratio existente en la

actualidad en los centros residenciales titularidad de la Gerencia de servicios sociales

prácticamente triplica la ratio mínima exigida por el decreto, por lo que la situación el

día de la elaboración de este informe es que el impacto de este parámetro es nulo.

Unidades de estancia diurna.

173 jornada completas anuales / 692 usuarios (ocupación media) = 0,25

Como el decreto propuesto exige para la situación b) 0,230, la ratio existente en la

actualidad en las unidades de estancia diurna titularidad de la Gerencia de servicios

sociales está por encima de la ratio mínima exigida por el decreto, por lo que la

situación a fecha de elaboración de este memoria presenta un impacto nulo.

Visto lo anterior, se puede concluir que de acuerdo con las plantillas de personal con las

que cuentan los centros residenciales y de estancias diurnas titularidad de la Gerencia de

Servicios Sociales de Castilla y León, el impacto económico sobre los presupuestos de

la Comunidad Autónoma, con relación a la ratio global del centro es nulo, por

representar una exigencia de personal inferior a la dotación con la que cuentan los

centros.

Personal técnico de los centros.

Para la elaboración de la comprobación de este requisito en los centros propios se ha

tenido en cuenta la fecha de 13 de febrero de 2016, fecha en la que se ha abierto el

periodo de información pública del presente proyecto de decreto.

Centros Residenciales.

El proyecto exige ocupación x 0,046= jornadas completas de personal técnico en

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119

situación de alta laboral.

Es decir, 2140 x 0,046 = 98,44 jornadas completas de profesionales técnicos que son

muy inferiores a las 287 jornadas completas de profesionales contratados en los

centros residenciales titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales.

Unidades de estancia diurna.

Las unidades de estancia diurna con titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales son

40 de menos de 20 usuarios que se corresponde con una exigencia de un profesional

técnico a media jornada cada uno de ellos, y 6 de 20 o más usuarios que contarán con

un profesional técnico a jornada completa.

Por tanto, 40(<20) x 0.5 + 6(>20) x 1 = 26 jornadas completas de profesionales

técnicos.

Como en estos centros prestan sus servicios 46 jornadas completas de profesionales

técnicos, el proyecto exige una plantilla inferior a la existente, por lo que generará un

impacto nulo en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma.

Personal de atención directa.

En el cálculo de los profesionales de atención directa que deban prestar servicios en los

centros, se ha considerado la ocupación global de los centros en el día concreto de 13 de

febrero de 2016, fecha en la que se ha abierto el periodo de publicitación del proyecto

de decreto.

Centros residenciales.

Por lo que de acuerdo con la ocupación de ese día, el número de jornadas de

profesionales de atención directa en situación de alta laboral debe ser:

2140 usuarios x 0.202= 432,28 jornada de profesionales de atención directa, y en los

centros hay una dotación equivalente a 933 jornadas completas contratadas, por lo que

este parámetro no supone impacto económico alguno en los centros de titularidad de la

Gerencia de Servicios Sociales.

En la tabla adjunta se relacionan los datos anteriores, referidos a los 15 centros

residenciales que son de titularidad y gestión propia de la Gerencia de Servicios

Sociales:

Auxiliar Enfermería Enfermero Médico FisioterapeutaTerapeuta

ocupacionalPsicólogo Trabajador Social director

2140 933 2245 933 183 32 18 15 3 21 15

PERSONAL TÉCNICOREGISTRO

PLAZAS PERSONAS

DEPENDIENTES

PERSONAL

CUIDADOR

Auxiliar Enfermería y

Ctsa

PLANTILLA GLOBAL

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120

Unidades de estancia diurna.

La exigencia de profesionales de atención directa en los centros con más de una unidad

de convivencia o grupo de hasta 16 usuarios, cuando es más de un grupo, que es lo

habitual en los centros titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales, es de una

jornada y media, por lo que para el día mencionado anteriormente la exigencia de

personal de atención directa establecida en el decreto es:

692 usuarios /16 usuarios por grupo x 1.5 jornadas por grupo = 64,875 jornadas

completas.

En los centros con unidades de estancia diurna de titularidad de la Gerencia de servicios

sociales, en esa fecha están prestando servicios el equivalente a 69 jornadas de

profesionales de atención directa en situación de alta laboral, por lo que lo establecido

en el proyecto de decreto no generará impacto económico alguno.

De lo anterior se deduce que tanto la ratio global del centro, como las ratios de

profesionales técnicos, así como las ratios de atención directa de los centros de

titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales, cuentan en estos momentos con unas

plantillas muy superiores a las exigidas en este proyecto de decreto, por lo que su

impacto económico y presupuestario se considera nulo.

7.4.2.- Centros residenciales de titularidad de las Entidades Locales.

Se ha elaborado lo que a continuación se relaciona sobre la base de la información

remitida por las Entidades Locales.

Ratio Global de centro.

Centros Residenciales.

Para la elaboración de la presente memoria se ha tenido en cuenta el último año

completo, y la situación de ocupación media en los centros residenciales y en las

estancias diurnas.

Ratio= Jornadas completas trabajadores/ media usuarios Anual

1.410,70 jornadas (cómputo anual) /2.042 usuarios (media)= 0,678.

Como el proyecto de decreto propuesto exige 0,41, la ratio existente en la actualidad en

los centros residenciales titularidad de las Corporaciones Locales es superior a la ratio

mínima exigida en el presente proyecto, por lo que la situación a fecha de elaboración

de este impacto en la memoria presenta un impacto de este parámetro nulo.

Personal técnico de los centros.

Para la elaboración de la comprobación de este requisito en los centros propios se ha

tenido en cuenta un día concreto.

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Centros Residenciales.

El proyecto de decreto exige: Ocupación día concreto x 0,046 = jornadas completas de

personal técnico en situación de alta laboral,

Es decir, 103,50 usuarios (media por centro) x 0,046 = 4,76 jornadas completas de

profesionales técnicos. El día concreto, los centros residenciales de las entidades locales

tienen contratado de media 12,70 jornadas de profesionales técnicos. Por tanto, este

parámetro presenta un impacto nulo.

Personal de atención directa.

En el cálculo de los profesionales de atención directa que deban prestar servicios en los

centros, se ha considerado la ocupación global de los centros en un día concreto.

Centros residenciales.

Por lo que de acuerdo con la ocupación de ese día, el número de jornadas de

profesionales de atención directa en situación de alta laboral debe ser:

103,50 usuarios (media) x 0.202= 20,91 jornadas completas de profesionales de

atención directa, y en los centros hay una dotación equivalente a 40,37 jornadas

completas contratadas, por lo está ratio presenta un impacto nulo.

De lo anterior se deduce que tanto la ratio global del centro, como las ratios de

profesionales técnicos, así como las ratios de atención directa de los centros de

titularidad de las Entidades Locales, cuentan en estos momentos con unas

plantillas muy superiores a las exigidas en este proyecto de decreto, por lo que su

impacto económico y presupuestario se considera nulo. A continuación se adjunta la

situación por cada uno de los centros residenciales:

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TRABAJADOR

SOCIAL

TERAPEUTA

OCUPACIONALPSICOLOGO MEDICO ENFERMERO OTRAS (3)

AVILA 142 142 94 25 1 1 1 2 15 5 69

BURGOS SA 98 96 63 6 1 1 0 1 3 0 21

BURGOS FB 186 192 26,5 9,5 1 1 1 5,5 1 42,5

BURGOS FB2 144 140 141 12 1 1 8 2 81

BURGOS SS 217 224 91 15,79 1 0,64 2,15 10 2 77

BURGOS SMM 90 83 72 5,46 1 0,36 0 0,6 3,5 28

LEÓN AYTO. 70 71 68 7 1 1 0 1 3 1 19

DIP LEÓN 93 89 110 15 1 2 1 1 6 4 27

PALENCIA 97 96 100,5 11 1 1 0 1 7 1 46

SALAMANCA CR 129 129 37 22 1 1 0 1 15 4 64

SALAMANCA AP 122 122 119 28 2 1 0 1 19 5 77

SALAMANCA LU 47 47 20 2 0 0 0 0 2 0 12

SEGOVIA FU UP 73 70 28 11,05 1 1 0,3 0,5 7,75 0,5 26,3

SEGOVIA FU RA 67 67 22 9,33 0,5 0,5 0,5 0,33 7 0,5 20,6

SEGOVIA NA 60 59 54 10,9 0,5 1 0,4 1 7 1 30

SORIA BO 41 42 40 9 1 1 1 1 3 2 14

SORIA ROY 43 40 22 4 0 1 0 1 1 1 8

SORIA AGR 100 102 140 8 1 1 0 1 4 1 37

VALLADOLID 210 210 89,7 31 1 1 1 2 11 15 73

ZAMORA TO 51 49 73 12 1 1 0 1 6 3 35

104 2070 1410,7 254,03 18 17,5 5,2 20,58 143,75 49 807,4

Actual Exigido

Ratio Global 0,995 0,41

ratio Prof. Técnicos 254,030 95,22

Ratio Prof. AT. Directa 807,400 418,14

CENTROS RESIDENCIALES DE LAS CORPORACIONES LOCALES

Nº PROFESIONALES

ATENCIÓN DIRECTA (4)CCLL

Nº DE PROFESIONALES TÉCNICOS

OCUPACIÓN MEDIA ANUALNº USUARIOS

(1)

Nº TRABAJADORES A

DE JORNADAS

COMPLETAS

Nº TRABAJADORES

TÉCNICOS

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123

7.4.3.- Centros residenciales del sector privado

Como se ha mencionado anteriormente, durante el año 2008, como ejecución del plan de

inspección vigente se realizaron informes sobre centros residenciales de toda la comunidad

autónoma, que utilizados como fuente y seleccionando aquellos más recientes y que contuvieran

la información suficiente para relacionar tanto plazas, como usuarios y profesionales se han

considerado 273 centros, que ofertan 18.728 plazas y que atienden a 16.325 usuarios con una

ocupación media del 87%.

En ellos trabajan como personal técnico o como personal de atención directa 5.555 trabajadores

en equivalente a jornada completa, con unas ratios superiores en un 30% de media sobre el

personal técnico exigido por la normativa que se pretende aprobar y un 39% de media superior al

exigido sobre la atención directa.

En las tablas siguientes se detalla tanto las cuantías como la composición de las plantillas, y de lo

que se deduce que de las exigencias de esta normativa no generan impacto significativo sobre las

plantillas, sino más bien sobre los roles de los profesionales como se explica en la exposición de

motivos de la misma.

Como se puede comprobar del estudio de las ratios de profesionales de los centros, la presente

regulación lo que pretende es modificar los roles profesionales más que la cuantía exigida de los

mismos, aunque garantiza, en general, mayores exigencias de profesionales que el decreto

14/2001, de 18 de enero.

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124

Resumen por provincias de las ratios de los profesionales de los centros.

PROVINCIA

Nº CENTROS

SUPERVISADOS

Nº PLAZAS

AUTORIZADAS

USUARIOS

PORCENTAJE

OCUPACIÓN

TRABAJADORES

TÉCNICOS

EXIGENCIA

NORMATIVA P.

TÉCNICO

PORCENTAJE

CUMPLIMIENT

O P. TÉCNICO

PERSONAL

ATENCIÓN

DIRECTA

EXIGENCIA

NORMATIVA

A. DIRECTA

PORCENTAJE

CUMPLIMIENTO A.

DIRECTA

Ávila 21 2.030 1.743 85,86% 83,73 80,18 104,43% 478,17 352,09 135,81%

Burgos 32 1.889 1.748 92,54% 123,16 80,41 153,17% 455,69 353,10 129,05%

León 29 2.154 1.752 81,34% 117,62 80,59 145,95% 508,43 353,90 143,66%

Palencia 42 2.501 2.137 85,45% 129,44 98,30 131,68% 567,34 431,67 131,43%

Salamanca 50 3.408 3.103 91,05% 174,75 142,74 122,43% 1.145,82 626,81 182,80%

Segovia 20 2.004 1.683 83,98% 91,40 77,42 118,06% 390,58 339,97 114,89%

Soria 13 782 643 82,23% 34,13 29,58 115,38% 145,94 129,89 112,36%

Valladolid 34 1.999 1.678 83,94% 114,27 77,19 148,04% 410,02 338,96 120,96%

Zamora 32 1.961 1.838 93,73% 107,51 84,05 127,91% 476,80 371,28 128,42%

Total 273 18.728 16325 87,17% 976,01 750,46 130,05% 4578,79 3297,67 138,85%

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125

Provincia de Ávila PROVINCIA ÁVILA

Nº PLAZAS

AUTORIZADAS

USUARIOS

PORCENTAJ

E

OCUPACIÓ

N

Nº TRABAJADORES

JORNADA COMPLETA

(plantilla total)

Nº TRABAJADORES

PROFESIONALES

TÉCNICOS

Nº PROFESIONALES

ATENCIÓN DIRECTA

Nº PROFESIONALES

PERSONAL SERVICIOS

Director Médico Enfermero Fisioterapeuta Terap. Ocup. Psicólogo Trab. Social Logopeda Gerontolo Director gerente

122 69 56,56% 30,23 3,79 1 0,65 2,1 0,52 0,52 19,17 6,27

61 60 98,36% 29,18 3,57 1,05 0,49 1,04 0,18 0,18 0,63 1,05 19,7 4,86

48 46 95,83% 16,54 1,65 1,05 0,34 1,05 0,13 0,13 12,27 1,57

28 28 100,00% 8,74 0,62 1,05 0,36 0,13 0,13 7,07

198 174 87,88% 51,514 9,51 1,05 1,05 4,26 2,1 1,05 1,05 31,5 9,454

45 37 82,22% 15,46 2,36 0,5 0,36 1,56 0,39 0,05 12,6

36 34 94,44% 13,62 1,24 1,05 0,36 0,73 0,15 8,32 3,01

30 27 90,00% 14,5 1,9 1,05 0,36 0,1 0,39 1,05 10,5 1,05

24 23 95,83% 9,2 0,8 1,05 0,18 0,36 0,13 0,13 5,25 2,1

47 47 100,00% 17,67 1,3 0,5 0,52 0,78 10,44 5,43

82 82 100,00% 20,87 4,51 1,05 0,73 2,1 0,4 0,5 0,78 11,02 4,29

305 304 99,67% 95,81 4,45 1,05 1,05 1,05 2,1 0,25 79,81 10,5

59 59 100,00% 21,5 3,13 0,52 0,52 1,56 1,05 12,6 5,25

60 52 86,67% 19,75 2,45 1,05 0,36 1,05 0,52 0,52 10,5 5,75

117 104 88,89% 43,76 7,73 1,05 0,73 2,88 1,05 1,05 0,92 1,05 0,05 26,8 8,18

108 103 95,37% 26,2 6,25 1,05 1,04 2,33 1,05 0,78 1,05 18,9

240 210 87,50% 148,28 12,19 1,05 1,57 6,69 1,05 0,78 1,05 1,05 100,93 34,11

152 78 51,32% 35,29 3,7 1,05 1,05 1,05 0,82 0,78 21,89 8,65

137 108 78,83% 63,7 8,48 1,05 2,1 5,66 0,15 0,21 0,15 0,21 37,91 16,26

81 62 76,54% 21,43 2,74 1,05 0,55 1,05 0,36 0,78 14,7 2,94

50 36 72,00% 9,21 1,35 0,52 0,36 0,26 0,21 0,52 6,29 1,05

TOTALES 2030 1743 85,86% 712,454 83,72 19,84 12,8 36,71 9,48 10,67 3,8 9,18 0,25 0,05 0,78 478,17 130,724

Real Exigido

Personal Técnico 83,72 80,178

Personal de At. Directa 478,170 352,086

Nº PROFESIONALES TÉCNICOS (TITULO UNIVERSITARIO).( Jornadas completas o medias)

Resultados Nivel Provincial

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126

Provincia de Burgos

PROVINCIABURGOS

Nº PLAZAS

AUTORIZAD

AS

Nº USUARIOS PORCENTAJE

OCUPACIÓN

Nº TRABAJADORES

JORNADA COMPLETA

(plantilla total)

Nº TRABAJADORES

PROFESIONALES

TÉCNICOS

Nº PROFESIONALES

ATENCIÓN DIRECTA

Nº PROFESIONALES

PERSONAL SERVICIOS

Médico Enfermero Fisioterapeuta Terap. Ocup. Psicólogo Trab. Social Educador social Dirección Prof. De Música

66 65 98,48% 28,83 2,89 2,05 0,42 0,42 15,58 7,47

89 87 97,75% 44,79 5,62 0,78 1,96 0,39 0,39 1,05 1,05 23,25 10,3

49 46 93,88% 25,44 2,51 1 0,13 0,31 1,05 0,02 13,42 7

103 88 85,44% 77,78 6,89 0,5 3,5 0,5 0,39 1 1 30 34

48 48 100,00% 28,62 3,67 1,05 0,52 1,05 1,05 9,47 11,81

63 62 98,41% 31,77 5,19 0,55 2,29 0,65 0,39 0,31 1 15,08 6,31

71 64 90,14% 42,69 4,95 0,43 1,05 0,78 0,39 0,52 0,39 1 0,39 22,48 10,31

102 95 93,14% 49,1 6,26 0,73 2,6 0,47 0,36 1,05 1,05 17,9 18,68

36 35 97,22% 19,94 2,55 0,07 1,15 0,13 0,15 1,05 8,06 6,78

132 128 96,97% 76,43 9,84 0,92 4,21 0,78 0,78 1,05 2,1 33,15 23,6

50 50 100,00% 26,96 3 1 1 1 14,5 6,46

156 123 78,85% 53,3 6,65 0,5 2,5 1 1 0,65 1 27 13

44 44 100,00% 12,35 1,39 0,39 1 6,5 3,07

75 55 73,33% 39,71 5,91 0,39 2 1 1 0,52 1 15 12,89

76 75 98,68% 60,35 8,65 3 2 1 1 0,65 1 32 11,05

25 20 80,00% 14 3,12 0,26 0,36 0,5 2 5,5 2,26

65 63 96,92% 40,4 4,45 0,36 1,31 0,26 1 0,52 1 18 13,5

36 36 100,00% 16,57 2 1 1 9,57 3

61 56 91,80% 20,61 3,01 1,1 0,39 0,52 1 10,65 3,94

42 42 100,00% 18,86 2,18 0,92 0,13 0,13 1 9,5 5

25 23 92,00% 10,79 1,44 0,13 0,13 0,13 1,05 6,34 1,57

24 24 100,00% 9,9 1,13 0,13 1 5,26 2,38

91 84 92,31% 35,24 4,36 0,36 1 1 1 1 20,52 6

25 18 72,00% 6,67 2,18 0,15 0,15 0,26 0,05 0,26 0,31 1 2 0,31

40 40 100,00% 19,59 2,64 0,52 0,73 0,13 0,26 1 11,31 3

39 36 92,31% 24,745 4,61 0,73 0,06 0,32 0,5 3 11,5 4,025

26 21 80,77% 10,24 2,12 0,18 0,55 0,13 0,26 1 5 1

34 24 70,59% 10,03 1,07 0,55 0,52 7,89

57 58 101,75% 19,95 2,91 1 0,39 0,52 1 10,5 3,63

22 22 100,00% 13,02 2,01 0,26 0,36 0,13 0,26 1 7 2

24 24 100,00% 8,6 1,32 0,18 0,36 0,13 0,13 0,52 5,44 0,52

61 60 98,36% 31,1 4,36 0,78 1,47 0,39 0,86 0,86 18,52 3,86

32 32 100,00% 14,17 2,28 1 0,15 0,13 1 7,8 1,81

TOTAL 1889 1748 92,54% 942,545 123,16 10,77 41,34 10,45 12,62 2,19 10,19 0,75 34,44 0,41 455,69 240,535

Real Exigido

Personal Técnico 123,16 80,41

Personal de At. Directa 455,69 353,10

Nº PROFESIONALES TÉCNICOS (TITULO UNIVERSITARIO).( Jornadas completas o medias)

Resultados Nivel Provincial

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127

Provincia de León. PROVINCIA LEÓN

Nº PLAZAS

AUTORIZADAS

Nº USUARIOS PORCENTAJE

OCUPACIÓN

Nº TRABAJADORES

JORNADA COMPLETA

(plantilla total)

Nº TRABAJADORES

PROFESIONALES

TÉCNICOS

Nº PROFESIONALES

ATENCIÓN DIRECTA

Nº PROFESIONALES

PERSONAL SERVICIOS

RESIDENCIAS Médico Enfermero Fisioterapeuta Terap. Ocup. Psicólogo Trab. Social Educador social

280 191 68,21% 72,06 5,03 0,66 1,58 1 0,79 1 52 10

84 61 72,62% 27,76 1,88 0,24 0,79 0,59 0,26 14 10

176 148 84,09% 67,14 9,32 1 4 1 2 1,32 32 16,5

87 82 94,25% 36,56 4,4 0,74 2 0,66 0,5 0,5 18 9,76

46 46 100,00% 16,88 1,44 0,37 0,75 0,16 0,16 11 3

26 26 100,00% 10,83 1,18 0,37 0,55 0,13 0,13 7 1,47

86 58 67,44% 19,75 2,5 0,5 1 1 12,75 2

48 47 97,92% 32,38 7,93 0,37 0,92 6,33 0,13 0,18 9,71 6,81

164 131 79,88% 75,84 12 1,5 6 1 1 1,5 1 42,84 9

26 26 100,00% 11,92 0,63 0,26 0,37 7 3,66

48 45 93,75% 19,62 2,6 0,42 0,92 0,92 0,34 8,42 6

68 66 97,06% 39,39 5,3 0,79 2,42 0,39 0,66 0,52 0,52 21 7,79

72 58 80,56% 23,4 2,45 0,45 1,26 0,37 0,37 13,5 5

31 30 96,77% 12,75 0,99 0,18 0,55 0,13 0,13 7,52 3,25

64 63 98,44% 32,37 4,97 0,52 2 0,66 0,79 1 15,92 6,51

28 27 96,43% 9,63 0,55 0,55 6,53 2

138 120 86,96% 90,13 14 1,5 7 1,5 2 1 1 43 19,13

24 21 87,50% 10,23 1,33 0,18 0,37 0,13 0,13 0,52 7,57 0

40 19 47,50% 8,36 0,18 0,18 4 4

88 86 97,73% 48,39 5,89 0,79 2,35 0,75 1 1 26,75 9,86

40 40 100,00% 15,19 1,81 0,18 0,73 0,13 0,77 8,13 3,44

85 66 77,65% 35,41 3,09 0,66 1 0,47 0,5 0,46 21,73 7,5

177 73 41,24% 75,84 12 1,5 6 1 1 1,5 1 42,84 9

75 71 94,67% 31,08 3,83 0,55 1,58 0,52 0,52 0,66 16 7,42

65 65 100,00% 29,01 3,29 0,58 1,71 1 14,25 8,18

47 47 100,00% 17,05 1,7 0,26 1 0,18 0,26 10 3,65

22 20 90,91% 28,06 2,03 0,24 0,94 0,59 0,26 14 10

19 19 100,00% 38,38 5,3 0,79 2,42 0,39 0,66 0,52 0,52 21 6,78

TOTAL 2154 1752 81,34% 935,41 117,62 15,52 50,65 19,87 14,75 2,04 12,79 2 508,46 191,71

UNIDAD DE ESTANCIAS DIURNAS

18 5 27,78% 19,75 2,5 0,5 1 1 12,75 2

TOTAL 18 5 27,78% 19,75 2,5 0,5 1 0 1 0 0 0 12,75 2

Real Exigido

Personal Técnico 117,62 80,59

Personal de At. Directa 508,46 353,90

Nº PROFESIONALES TÉCNICOS (TITULO UNIVERSITARIO).( Jornadas completas o medias)

Resultados Nivel Provincial

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128

Provincia de Palencia PROVINCIA PALENCIA

Nº PLAZAS

AUTORIZADA

S

USUARIOS

PORCENTAJE

OCUPACIÓN

Nº TRABAJADORES

JORNADA COMPLETA

(plantilla total)

TRABAJADORES

PROFESIONALES

TÉCNICOS

RESIDENCIAS Médico Enfermero Fisioterapeuta Terap. Ocup. Psicólogo Trab. Social Educador social

Técnico

Animador

Socio-cultural

Director/coor

dinador/supe

rvisor

31 31 100,00% 12,79 0,68 0,55 0,13 0,53 8,42 3,16

113 101 89,38% 32,19 4,06 2 0,79 0,74 0,53 1 22,53 4,6

49 45 91,84% 17,19 1,57 1,57 1 9,56 5,06

49 45 91,84% 14,83 1,85 1 0,35 0,5 0,5 9,8 2,68

42 41 97,62% 16,05 1,05 0,87 0,18 1 9,5 4,5

39 34 87,18% 12,92 0,92 0,74 0,18 1 8 3

48 47 97,92% 18 2 1 1 1 10 5

34 34 100,00% 9,91 1,41 0,37 0,68 0,18 0,18 0,5 7 1

49 49 100,00% 12,99 0,68 0,5 0,18 2 4,54 5,77

213 198 92,96% 111,04 15,64 6,77 6 1,58 1,29 1 85,8 8,6

21 21 100,00% 10,06 0,84 0,66 0,18 0,66 4,73 3,83

48 46 95,83% 20,51 3,19 0,31 1,05 0,26 0,52 1,05 1,05 13,12 3,15

186 140 75,27% 45,84 6,61 1,02 3,41 1 0,65 0,53 1,05 31,78 6,4

36 32 88,89% 36 1,065 0,36 0,55 0,15 0,005 1,05 9,42 3,17

15 12 80,00% 30,74 0,37 0,37 0,56 3,81 26

25 23 92,00% 6,58 0,55 0,39 0,16 0,56 4,47 1

48 46 95,83% 20,52 15,42 0,45 0,92 13 1,05 1 1,58 2,52

10 10 100,00% 18,84 13,67 0,18 0,36 13 0,13 0,55 4,39 0,23

40 40 100,00% 13,31 1,15 1 0,15 1 8 3,16

127 123 96,85% 44,79 5,32 2,81 0,73 0,73 1,05 1,05 24,71 13,71

34 32 94,12% 8,63 1,25 0,36 0,63 0,13 0,13 0,78 6,05 0,55

71 45 63,38% 17,03 1,38 0,18 0,55 0,13 0,52 1,05 10,39 4,21

32 29 90,63% 11,57 0,99 0,73 0,26 1,05 7,43 2,1

35 35 100,00% 13,21 1,41 0,13 0,89 0,39 1,05 10,23 0,52

99 93 93,94% 76,43 10,82 0,98 6,9 0,98 0,98 0,98 0,98 49,83 14,8

96 87 90,63% 40,69 3,87 0,73 1,05 0,52 0,52 1,05 1,05 21,71 14,06

24 24 100,00% 9,8 0,52 0,39 0,13 1,05 6,13 2,1

36 35 97,22% 12,4 1,16 0,36 0,52 0,15 0,13 1,05 8,47 1,72

60 60 100,00% 20,07 2,5 0,55 1,23 0,36 0,36 1,05 14,14 2,38

39 38 97,44% 19,44 1,35 0,36 0,73 0,26 0,78 8,89 8,42

160 141 88,13% 64,41 7,35 1,18 3,13 0,65 0,82 1,05 0,52 1,02 40,52 15,52

24 24 100,00% 27,26 0,75 0,13 0,36 0,13 0,13 0,52 6,13 19,86

22 20 90,91% 8,21 0,85 0,18 0,36 0,13 0,18 1,05 6 0,31

24 21 87,50% 10,2 1,11 0,07 0,63 0,15 0,26 0,39 7,85 0,85

89 29 32,58% 12,09 1,05 1,05 1,05 7,36 2,63

20 18 90,00% 7,34 1,04 0,52 0,13 0,13 0,13 0,13 0,52 5,26 0,52

109 42 38,53% 15,53 2,12 0,21 0,92 0,78 0,21 1,05 9,55 2,81

104 73 70,19% 39,82 5,25 2,1 2,1 1,05 17,89 16,68

41 41 100,00% 17,99 2,27 0,23 1,05 0,26 0,1 0,63 13,02 2,7

55 50 90,91% 17,12 2,27 0,39 1,1 0,39 0,39 11,57 3,28

55 33 60,00% 10,68 0,55 0,55 6,5 3,63

49 49 100,00% 17,45 1,53 0,36 1,02 0,15 0,52 11,26 4,14

TOTAL 2501 2137 85,45% 982,47 129,435 16,38 52,45 39,68 11,31 1,105 7,29 0,18 1,04 34,07 567,34 230,33

ESTANCIAS

DIURNAS

25 25 100,00% 95,70 3,55 0,15 1 1,05 0,15 0,15 1,05 52,94 39,21

19 9 47,37% 3,92 1,61 0,1 0,1 0,13 0,13 0,1 1,05 2,05 0,26

50 5 10,00% 3,10 1,10 0,1 0,2 0,1 0,1 0,1 0,5 1 1

12 4 33,33% 3,15 1,15 0,1 0,15 0,1 0,1 0,1 0,1 0,5 1 1

18 0 0,00% 0,00 0,00 0 0 0 0 0 0 0

7 3 42,86% 3,15 1,10 0,5 0,1 0,5 1,05 1

7 7 100,00% 4,04 2,04 0,1 0,2 0,36 0,36 0,52 0,5 1 1

25 5 20,00% 3,50 1,50 0,07 0,63 0,15 0,26 0,39 1 1

30 29 96,67% 5,54 1,57 0,18 0,5 0,13 0,63 0,13 2,5 1,47

30 2 6,67% 3,05 1,05 0 0 1,05 1 1

25 12 48,00% 3,14 0,10 0,13 0,13 0,13 0,13 0,13 0,13 2,1 0,26

20 0 0,00% 0,00 0,00 0 0 0

14 12 85,71% 6,24 4,24 0,31 1,05 0,26 0,52 1,05 1,05 1 1

TOTAL 282 113 40,07% 134,53 19,69 1,24 4,46 2,41 3,43 0,1 2,28 0,1 5,67 66,64 48,2

RESIDENCIAS

Real Exigido

Personal Técnico 129,44 98,30

Personal de At. Directa 567,34 431,67

ESTANCIAS DIURNAS

Real Exigido

Personal Técnico 19,69 13,00

Personal de At. Directa 66,64 15,00

Resultados Nivel Provincial

Nº PROFESIONALES TÉCNICOS (TITULO UNIVERSITARIO).( Jornadas completas o medias) Nº

PROFESIONALES

ATENCIÓN

DIRECTA

PROFESIONALES

PERSONAL

SERVICIOS

Resultados Nivel Provincial

Page 129: MEMORIA DE ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE PARA LA...De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1.1 y 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso

129

Provincia de Salamanca. PROVINCIA SALAMANCA

Nº PLAZAS

AUTORIZADAS

USUARIOS

PORCENTAJE

OCUPACIÓN

Nº TRABAJADORES

JORNADA COMPLETA

(plantilla total)

Nº TRABAJADORES

PROFESIONALES

TÉCNICOS

Nº PROFESIONALES

ATENCIÓN DIRECTA

Nº PROFESIONALES

PERSONAL

SERVICIOS

RESIDENCIAS Médico Enfermero Fisioterapeuta Terap. Ocup. Psicólogo Trab. Social Logopeda Farmaceútico Educador social Dentista Animador social Director

30 28 93,33% 11,18 0,79 0,26 0,53 0,39 9 1

219 213 97,26% 113,4 18,93 2,1 13,68 1,05 1,05 1,05 1,05 54,47 38,95

47 45 95,74% 349,49 0,39 0,39 1 342 6,1

123 123 100,00% 137,11 27 1 22 1 1 2 1 2,11 80 27

70 66 94,29% 16,33 2,17 0,39 1 0,39 0,39 1 13,16

128 92 71,88% 10,74 2,9 0,15 1,05 0,26 0,52 0,92 1 1,05 5,79

144 130 90,28% 53,69 6,53 1 3 0,74 0,74 1,05 1 23 23,16

30 34 113,33% 10,68 0,16 0,16 4,21 6,31

150 150 100,00% 68,66 12,66 1,66 8 1 1 1 1 1 50 4

168 129 76,79% 75,32 4,85 0,65 1,05 1,05 1,05 1,05 1 69,47

15 14 93,33% 7,07 0 1 4,21 1,86

243 182 74,90% 77,25 11 1,58 6 1,05 0,79 1,58 1,05 39,66 25,54

123 120 97,56% 30,13 4,92 1,05 2 0,73 0,53 0,61 1 18,95 5,26

12 12 100,00% 3,42 0,42 0,42 1 2

28 23 82,14% 9,97 1,05 0,18 0,55 0,16 0,16 0,5 6,32 2,1

24 21 87,50% 4,33 0 4,33

19 19 100,00% 9,58 0,16 0,08 0,08 1 6,84 1,58

48 48 100,00% 20,2 1,84 1,58 0,13 0,13 1,05 11,05 6,26

29 29 100,00% 11,43 0 0,53 5,95 4,95

43 40 93,02% 15,24 1,71 0,36 1,05 0,15 0,15 1 10,63 1,9

8 8 100,00% 3,85 0,42 0,42 0,5 2,93

10 9 90,00% 5 0 1 4

42 39 92,86% 18,7 2,75 1,05 0,39 0,39 0,92 0,5 12,63 2,82

12 12 100,00% 12,57 0 1 8,42 3,15

12 12 100,00% 6 0 1 5

21 21 100,00% 6,62 0,13 0,13 0,5 3,34 2,65

98 96 97,96% 34,08 4,01 0,94 1,57 0,65 0,39 0,46 1 22,76 6,3112 12 100,00% 5,5 1 1 4,5

76 76 100,00% 30,55 4,61 0,55 1,97 0,52 0,52 1,05 17,73 8,21

80 80 100,00% 34,6 4,45 0,73 2,5 0,36 0,36 0,5 1 21,65 7,5

126 126 100,00% 48,55 7,35 1,05 3,15 1,05 1,05 1,05 1,05 29,26 10,89

40 36 90,00% 12,85 0,91 0,26 0,52 0,13 0,5 8,56 2,88

23 23 100,00% 7,52 1,6 0,4 0,92 0,15 0,13 1 4,42 0,5

20 20 100,00% 6,96 0 1 4,35 1,61

19 18 94,74% 7,19 0,49 0,18 0,31 1,05 4,6 1,05

184 177 96,20% 72,4 9,4 1,57 4,73 1,05 1 1,05 1 37,5 24,5

50 49 98,00% 19,56 2,01 0,36 1 0,26 0,39 1 11,5 5,05

75 74 98,67% 31,13 5,6 0,78 2,21 0,78 0,78 1,05 1 14,26 10,27

18 18 100,00% 8,61 0,8 0,18 0,36 0,13 0,13 0,5 6,31 1

224 170 75,89% 89,27 5,05 0,07 0,92 1,44 0,52 1,05 1,05 1,05 51,47 31,7

58 56 96,55% 24,8 2,45 0,55 1,05 0,36 0,36 0,13 1,05 14,73 6,57

99 98 98,99% 29,91 7 1,05 2,68 0,65 0,52 1,05 1,05 1 18,55 3,36

12 12 100,00% 4,73 0 0,52 4,21

45 44 97,78% 11,76 1,45 0,39 0,65 0,26 0,15 0,31 8 2

20 20 100,00% 7,3 0,62 0,36 0,13 0,13 1 5,68

22 22 100,00% 9,66 0,96 0,18 0,52 0,13 0,13 0,52 7,13 1,05

15 15 100,00% 6,14 0,15 0,15 1 4,47 0,52

118 115 97,46% 42,97 5,93 0,92 3,68 0,81 0,52 1,05 25,78 10,21

176 127 72,16% 34,96 8,13 1,05 4,21 0,78 1,05 0,52 0,52 1,05 25,78

TOTAL 3408 3103 91,05% 1668,96 174,75 21,33 95,58 17,06 17,19 3,14 18,8 0,52 0,13 1 1 1 40,83 1145,82 305,56

ESTANCIAS

DIURNAS

75 75 100,00% 20,03 2,08 0,39 0,52 0,39 0,78 0,98 11,05 5,92

59 51 86,44% 9,67 1,57 0,13 0,26 0,13 1,05 1 5,26 1,84

TOTAL 134 126 94,03% 29,7 3,65 0,52 0,78 0,52 1,83 1,98 16,31 7,76

Real Exigido

Personal Técnico 174,75 142,74

Personal de At. Directa 1.145,82 626,81

Nº PROFESIONALES TÉCNICOS (TITULO UNIVERSITARIO).( Jornadas completas o medias)

Resultados Nivel Provincial

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130

Provincia de Segovia.

PROVINCIA SEGOVIA

Nº PLAZAS

AUTORIZADAS

USUARIOS

PORCENTAJE

OCUPACIÓN

Nº TRABAJADORES

JORNADA COMPLETA

(plantilla total)

Nº TRABAJADORES

PROFESIONALES

TÉCNICOS

Nº PROFESIONALES

ATENCIÓN DIRECTA

Nº PROFESIONALES

PERSONAL

SERVICIOS

RESIDENCIAS Médico Enfermero Fisioterapeuta Terap. Ocup. Psicólogo Trab. Social Psiquiatra Logopeda Otros DIRECCION

45 40 88,89% 9,87 1,31 0,21 1,05 0,05 1 8,56

122 56 45,90% 27,09 3,65 0,65 2 0,5 0,5 0,65 2 18,52 4,92

48 46 95,83% 13,91 1,65 0,34 1,05 0,13 0,13 1 10,69 1,57

28 28 100,00% 8,26 0,62 0,36 0,13 0,13 1,05 7,64

198 174 87,88% 57,98 6,98 1 1,98 2 1 1 1 38 13

45 37 82,22% 15 2,37 0,36 1,57 0,39 0,05 1,05 12,63

36 34 94,44% 13,12 1,24 0,36 0,73 0,15 1 8,97 2,91

24 23 95,83% 7,94 0,94 0,18 0,5 0,13 0,13 1 5 2

47 47 100,00% 16,35 1,3 0,52 0,78 1 10,17 4,88

82 82 100,00% 30,74 6,35 0,73 2 1,6 2,02 1 20,49 3,9

305 304 99,67% 110,56 17,76 2,94 9,8 1 1 2 1,02 1 79,8 13

59 59 100,00% 20,09 3,09 0,52 1,57 1 1 12 5

60 52 86,67% 17,95 2,45 0,36 1,05 0,52 0,52 1 10 5,5

117 104 88,89% 7,48 7,43 0,73 2,78 1 1 0,92 1 0,78 0,05

108 103 95,37% 24,16 6,16 1,05 2,33 1 0,78 1 1 18

240 210 87,50% 100,69 11,89 1,57 6,39 1,05 0,78 1,05 1,05 1,05 53,73 35,07

172 78 45,35% 31,85 3,6 1 1 0,82 0,78 1 19,94 8,31

137 108 78,83% 61,65 8,52 2,1 5,7 0,15 0,21 0,15 0,21 1,05 36,13 17

81 62 76,54% 19,84 2,74 0,55 1,05 0,36 0,78 1 14,21 2,89

50 36 72,00% 8,4 1,35 0,36 0,26 0,21 0,52 0,52 6,05 1

TOTAL 2004 1683 83,98% 602,93 91,4 14,8 42,64 10,25 11,45 3,33 7,86 0,05 1,02 0,65 20,5 390,58 120,95

ESTANCIAS

DIURNAS

30 27 90,00% 12,99 1,99 0,5 0,1 0,39 1 1 10 1

TOTAL 30 27 90,00% 12,99 1,99 1 10 1

Real Exigido

Personal Técnico 91,40 77,42

Personal de At. Directa 390,58 339,97

Nº PROFESIONALES TÉCNICOS (TITULO UNIVERSITARIO).( Jornadas completas o medias)

Resultados Nivel Provincial

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131

Provincia de Soria.

PROVINCIA SORIA

Nº PLAZAS

AUTORIZADAS

USUARIOS

PORCENTAJE

OCUPACIÓN

Nº TRABAJADORES

JORNADA COMPLETA

(plantilla total)

Nº TRABAJADORES

PROFESIONALES

TÉCNICOS

Nº PROFESIONALES

ATENCIÓN DIRECTA

Nº PROFESIONALES

PERSONAL

SERVICIOS

RESIDENCIAS Médico Enfermero Fisioterapeuta Terap. Ocup. Trab. Social

80 54 67,50% 21 2,92 0,73 1 0,36 0,52 0,31 16,19 2

32 31 96,88% 12 1,26 1 0,13 0,13 9 1,42

90 90 100,00% 40 6,35 1,05 3 0,52 0,78 1 8,14 16

32 33 103,13% 8 1,17 0,36 0,55 0,13 0,13 7 1

36 33 91,67% 8 0,81 0,55 0,13 0,13 7,5 2,7

85 54 63,53% 16 2,5 0,5 1 0,5 0,5 10,89 5,94

46 44 95,65% 13 1,89 0,13 1,5 0,13 0,13 8 0,63

66 62 93,94% 32 2,59 0,55 1 0,52 0,52 18,22 9,03

51 25 49,02% 9 0,63 0,5 0,13 8 1

45 42 93,33% 20 2,15 1,5 0,39 0,26 13 4

48 26 54,17% 7 0,68 0,55 0,13 6 2,3

49 31 63,27% 11 1,35 0,36 0,73 0,13 0,13 8 2,36

122 118 96,72% 56 9,83 1,05 6 0,78 1 1 26 21,5

TOTAL 782 643 82,23% 253 34,13 4,73 18,88 3,85 3,86 2,81 145,94 69,88

Real Exigido

Personal Técnico 34,13 29,58

Personal de At. Directa 145,94 129,89

Nº PROFESIONALES TÉCNICOS (TITULO UNIVERSITARIO).( Jornadas

completas o medias)

Resultados Nivel Provincial

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132

Provincia de Valladolid

PROVINCIA VALLADOLID

IDENTIFICACIÓ

N CENTRO

Nº PLAZAS

AUTORIZADAS

USUARIOS

PORCENTAJE

OCUPACIÓN

Nº TRABAJADORES

JORNADA

COMPLETA

(plantilla total)

TRABAJADORES

PROFESIONALES

TÉCNICOS

RESIDENCIAS Médico Enfermero Fisioterapeuta Terap. Ocup. Psicólogo Trab. Social Psiquiatra Logopeda Nutrici. Dietética Director

80 68 85,00% #¡REF! 4,58 2,11 1,05 1,42 17,47 3,05

117 115 98,29% #¡REF! 6,99 1,05 3,15 0,1 1,05 0,44 1,2 22,87 8,61

166 120 72,29% #¡REF! 6,34 0,39 2,11 1,05 1,05 0,66 0,03 1,05 22,89 7,03

49 48 97,96% #¡REF! 4,9 0,74 1,05 0,53 0,53 2,05 7,37 6,68

22 10 45,45% #¡REF! 1,06 0,53 0,53 4,47 1,58

25 25 100,00% #¡REF! 1,26 0,5 0,13 0,13 0,5 4,21 1,47

40 37 92,50% 17,57 2,69 0,37 0,74 0,13 0,16 1,29 9,21 5,67

44 43 97,73% 12,35 2,21 0,37 0,92 0,26 0,13 0,53 7 3,14

114 102 89,47% 45,54 6,35 0,66 1,97 0,63 1,05 0,99 1,05 28,43 10,76

30 29 96,67% 11,19 1,71 0,37 0,55 0,26 0,53 8,95 0,53

23 22 95,65% 6,55 1,81 0,18 0,37 0,13 0,13 1 4,74

28 28 100,00% 9,23 2,02 0,26 0,37 0,13 0,13 0,13 1 6,32 0,89

37 34 91,89% 12,44 2,44 0,37 0,63 0,26 0,13 1,05 7,89 2,11

49 24 48,98% 10,47 0,99 0,18 0,55 0,13 0,13 7,37 2,11

144 110 76,39% 44,67 10,98 1,03 4,11 0,21 0,33 0,51 1,03 0,41 1,03 2,32 31,37 2,32

57 53 92,98% 18,82 2,87 0,37 1,05 0,2 0,2 1,05 13,84 2,11

29 29 100,00% 8,78 2,52 0,37 0,55 0,55 1,05 5 1,26

9 6 66,67% 3,71 1,08 0,05 0,03 1 2,63

24 15 62,50% 7,33 1,54 0,18 0,13 0,18 1,05 5 0,79

9 9 100,00% 2,71 0,79 0,26 0,53 1,92

40 40 100,00% 13,15 1,68 0,37 1,05 0,13 0,13 8,42 3,05

12 12 100,00% 4,82 1,29 0,13 0,37 0,13 0,13 0,53 3 0,53

48 47 97,92% 13,84 2,5 0,39 0,74 0,13 0,16 0,08 1 6,45 4,89

12 11 91,67% 2,72 0,77 0,03 0,03 0,13 0,05 0,53 1,95

28 28 100,00% 14,6 2,49 1,05 0,13 0,26 1,05 8,95 3,1628 28 100,00% 14,65 2,54 0,05 1,11 0,03 0,03 1,32 9,74 2,37

90 82 91,11% 29,96 4,98 0,53 1,74 0,53 0,39 0,53 1,26 17,37 7,61

64 61 95,31% 27,3 3,17 0,55 0,89 0,37 0,37 0,99 16,41 7,72

41 38 92,68% 16,31 1,92 0,26 0,74 0,13 0,26 0,53 11,26 3,13

41 40 97,56% 14,06 1,95 0,37 0,79 0,13 0,13 0,53 10 2,11

24 22 91,67% 8,58 1,35 0,13 0,37 0,13 0,72 6,05 1,18

52 51 98,08% 21,03 3,06 0,53 0,74 0,37 0,37 1,05 11,26 6,71

235 215 91,49% 92,84 12,66 1,24 5,79 1,84 1,58 1,05 1,16 56,81 23,37

188 76 40,43% 39,75 8,78 1,03 3,08 1,03 1,03 1,03 1,58 23,4 7,57

TOTAL 1999 1678 83,94% 657,8 114,27 12,81 39,35 9,26 11,43 0,51 6,91 0,41 1,03 0,11 32,45 410,02 133,51

ESTANCIAS

DIURNAS

25 22 88,00% 3,5 0,47 0,03 0,07 0,13 0,08 0,16 1,74 1,29

TOTAL 25 22 88,00% 3,5 0,47 0,03 0,07 0,13 0,08 0 0,16 0 0 0 0 1,74 1,29

Real Exigido

Personal Técnico 114,27 77,19

Personal de At. Directa 410,02 338,96

Resultados Nivel Provincial

Nº PROFESIONALES TÉCNICOS (TITULO UNIVERSITARIO).( Jornadas completas o medias)

VALLADOLID

PROFESIONALES

ATENCIÓN

DIRECTA

PROFESIONALES

PERSONAL

SERVICIOS

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133

Provincia de Zamora. PROVINCIA ZAMORA

Nº PLAZAS

AUTORIZADAS

USUARIOS

PORCENTAJE

OCUPACIÓN

Nº TRABAJADORES

JORNADA COMPLETA

(plantilla total)

Nº TRABAJADORES

PROFESIONALES

TÉCNICOS

PROFESIONALES

ATENCIÓN

DIRECTA

PROFESIONALES

PERSONAL

SERVICIOS

RESIDENCIAS Director Médico Enfermero Fisioterapeuta Terap. Ocup. Psicólogo Sociólogo Trab. Social Psicomotricista Psiquiatra Nutrici. Dietética Farmaceútico Educador social Gerontolo

82 81 98,78% 35,22 7,07 2,1 0,55 4 0,52 1 1 19 7,05

110 94 85,45% 33,58 2,43 1,05 0,6 1,52 0,31 17 13,1

82 78 95,12% 35,25 3,64 1,05 0,52 1 0,52 1 0,6 19,78 10,78

39 39 100,00% 18,06 2,69 1,05 1,65 0,26 0,78 8,04 6,28

70 69 98,57% 37,64 4 1,05 1,1 1,7 0,39 0,36 0,45 23,94 8,65

72 71 98,61% 31,96 3,57 1,05 0,52 1,65 0,52 0,36 0,52 16,84 10,5

135 133 98,52% 64,2 9,23 1,05 1,57 3,1 0,73 0,73 0,31 1,57 0,18 1,04 37,1 16,82

16 16 100,00% 9,1 0,98 0,52 0,36 0,36 0,13 0,13 6,3 1,3

40 39 97,50% 15,08 1,96 0,52 0,52 1,05 0,13 0,26 10,5 2,1

95 87 91,58% 39,45 6,82 1,05 1,05 2,62 1,05 1,05 1,05 27,78 3,8

122 111 90,98% 27,78 3,02 1,05 1,05 0,92 1,05 20,04 3,67

46 44 95,65% 19,01 2,52 0,52 0,09 1,35 0,26 0,21 0,59 0,02 11,31 4,66

51 50 98,04% 25,97 2,87 1,05 0,52 1,05 0,65 0,65 13,65 8,4

22 0,00% 9,69 1,04 0,52 0,13 0,39 7,6 1,05

38 38 100,00% 14,15 1,55 0,1 0,52 0,15 0,78 8,4 4,2

74 72 97,30% 27,56 3,7 1,05 0,55 2,11 0,52 0,52 17,89 4,92

43 43 100,00% 16,555 2,515 1,05 0,35 0,875 0,12 0,12 1,05 10 2,99

60 49 81,67% 18,08 1,77 0,79 0,52 0,79 0,04 0,39 0,03 13,68 1,84

51 48 94,12% 21,2 4,36 1,05 0,52 1,05 0,87 0,87 1,05 13,68 2,11

70 70 100,00% 34,18 5,52 1,05 0,55 3,03 0,52 0,37 1,05 18,95 8,66

31 32 103,23% 11,97 1,44 0,37 0,55 0,52 6,32 4,21

30 28 93,33% 10,33 0,86 1,05 0,25 0,37 0,12 0,12 7,37 1,05

169 143 84,62% 69,31 10,31 1,05 1,71 3,68 1,05 0,52 1,84 0,46 1,05 36,11 21,84

120 113 94,17% 49,98 5,77 1,05 1,05 2,1 1,05 1,05 0,52 31,58 11,58

36 36 100,00% 14,06 2,07 0,52 0,37 0,52 0,52 0,66 9,29 2,18

31 29 93,55% 9,98 1,2 0,52 0,42 0,39 0,39 6,84 1,42

44 44 100,00% 18,67 3,94 1,05 0,37 1,05 1,05 0,68 0,79 9,47 4,21

51 51 100,00% 24,11 5,12 0,97 0,26 2,11 0,39 0,26 1,05 1,05 13,68 4,34

31 31 100,00% 14,11 1,08 0,87 0,03 0,37 0,16 0,52 9,55 2,61

27 27 100,00% 11,78 1,15 0,63 0,21 0,52 0,21 0,21 7,37 2,63

21 20 95,24% 10,33 0,86 0,52 0,18 0,39 0,13 0,16 7,37 1,58

52 52 100,00% 19,13 2,45 1,05 0,52 1,58 0,35 10,37 5,26

TOTAL 1961 1838 93,73% 797,475 107,505 27,38 16,78 43,575 13,48 13,75 3,35 9,59 0,18 0,03 1,06 0,46 5,25 476,8 185,79

ESTANCIAS

DIURNAS

Centro de Día Zamora I30 23 76,67% 4,58 1,05 0,02 3,25 0,26

Centro de Día Armonia24 18 75,00% 3,73 0,13 0,52 0,92 2,16

TOTAL 54 41 75,93% 8,31 0 1,05 0,02 0,13 0,52 0,92 5,41 0,26

Real Exigido

Personal Técnico 107,51 84,55

Personal de At. Directa 476,80 371,28

Nº PROFESIONALES TÉCNICOS (TITULO UNIVERSITARIO).( Jornadas completas)

Resultados Nivel Provincial

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Conclusión:

De conformidad con lo expuesto en los apartados precedentes, se considera que ni en los centros

residenciales, ni en las unidades de estancia diurna, ya sean de la Gerencia de Servicios Sociales

de Castilla y León, de las entidades locales, o bien del sector de titularidad privada, tanto en lo

referente a los requisitos arquitectónicos, los programas de formación de los profesionales de los

centros, así como de las diferentes ratios de personal, representan impacto presupuestario o

económico que sea significativo, ni para los presupuestos de la Comunidad, ni para los de las

corporaciones locales con competencia en la materia, ni para el conjunto del sector privado

afectado por el presente proyecto.

7.5. Evaluación del impacto de género.

Las disposiciones de la norma, además de regular los requisitos y condicionantes físicos y

organizativos de los centros de atención social, dedica una gran parte de la misma a procurar una mejor

atención a los usuarios de los servicios sociales garantizándose el pleno respeto al proyecto de vida.

Son por tanto las personas usuarias de estos centros, uno de los colectivos, que va a ver potenciados

sus derechos y mejoradas las prestaciones que vienen recibiendo. Dentro de este colectivo y de

acuerdo con los datos consultados del año 2016, en lo relativo a “Usuarios/as de Centros de Día para

personas mayores en situación de dependencia”, encontramos un porcentaje de 73,3% de mujeres y un

26,7% de hombres. En la misma línea, en el caso de “Residencias para personas mayores en situación

de dependencia”, figura un 72,2% de mujeres y un 27,8% de hombres.

Se percibe claramente una mayoría de mujeres mayores usuarias de centros residenciales o de día,

cuya autorización de funcionamiento es objeto de la presente norma, por lo que implícitamente supone

afirmar que presenta un impacto por razón de género positivo, en cuanto favorecerá y mejorará la

atención y la calidad de vida de las mujeres usuarias de los centros de atención social.

7.6. Impacto en materia de igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad

El proyecto de decreto presenta un ámbito subjetivo de aplicación de carácter general, dirigido a todas

las personas usuarias del sistema de servicios sociales de responsabilidad pública. En consecuencia,

cabe concluir que el proyecto de decreto no presenta un impacto directo en el ámbito de las personas

con discapacidad, en cuanto se dirige a conseguir una mejor y más ordenada atención integral de los

usuarios de los servicios sociales en nuestra Comunidad.

No obstante, en la medida que la presente norma pretende mejorar la organización y funcionamiento

de los centros de atención social de los que son usuarias las personas mayores y, asimismo, aquellas

que están consideradas en situación de dependencia, dentro de las cuales podrían estar, en su caso,

personas que presenten un determinado grado de discapacidad, se considera que, en última instancia, la

norma redundará de forma favorable en mejorar la calidad de vida de las personas que presenten un

grado de discapacidad que puedan ser usuarias de dichos centros.

7.7. Impacto administrativo: régimen del silencio y autorizaciones administrativas

El proyecto contiene disposiciones referidas a la tramitación procedimental, en las que se ha optado,

frente al régimen jurídico vigente, por reducir cargas administrativas para los operadores en el sector,

facilitando de esta forma el desarrollo de iniciativas empresariales en este ámbito. De acuerdo con ello

se puede concluir que, en este sentido, el proyecto presenta un impacto positivo.

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Asimismo, el proyecto mantiene el régimen de autorización administrativa, exigiendo un

pronunciamiento previo de la Administración competente, en su condición de garante de la correcta

atención a los usuarios de estos centros, así como de su seguridad y bienestar y de la obligación que

tiene de velar por que se garanticen plenamente sus derechos. Todo lo cual justifica el mantenimiento

del régimen de autorización previa establecido, sin perjuicio de que en el proyecto de decreto se haya

flexibilizado la tramitación de aquella, o previsto un régimen de comunicación administrativa previa

para aquellos aspectos donde esta técnica administrativa resulte suficiente.

El proyecto prevé en su capítulo II el procedimiento de autorización de los centros y su inscripción

en el registro de entidades, servicios y centros de carácter social de Castilla y León. Es preciso

advertir aquí que al régimen de autorización administrativa que se establece en el artículo 62 de la

Ley 16/2010, de 20 de diciembre, le resulta de aplicación necesariamente, la Ley 20/2013, de 9 de

diciembre, básica en la materia; ley que no hace sino extender a todas las actividades económicas, el

libre acceso y ejercicio de las mismas, al tiempo que clarifica las condiciones que deben concurrir

para aplicar los medios de intervención administrativa a la actividad económica que ya preveía la

Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, rela tiva

a los servicios en el mercado interior. Igualmente, es de aplicación lo dispuesto en el artículo 4 de la

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre los principios de

proporcionalidad e intervención mínima en el desarrollo de una actividad.

En consecuencia, es preciso justificar que concurren los principios de necesidad y proporcionalidad

para establecer la exigencia de autorización en los casos de apertura y puesta en funcionamiento de

un centro, traslado de los usuarios, modificación sustancial de las instalaciones, tipología o

naturaleza de los servicios que se prestan o del número de plazas, reduciendo así a lo estrictamente

necesario los actos que se someten al régimen de autorización administrativa previa.

Respecto del principio de necesidad, en el ámbito de los servicios sociales, las especiales

características que se concentran en su actividad, la protección de las personas destinatarias de los

servicios y los objetivos de la política social se erigen en razones imperiosas de interés general que

justifican el régimen de autorización previsto.

En cuanto al principio de proporcionalidad, el régimen de autorización establecido constituye el

instrumento más adecuado para garantizar la consecución de dichos objetivos, ya que se considera

que no existen medidas menos restrictivas que permitan obtener el mismo resultado, toda vez que,

articular un sistema de comunicación y control a posteriori resultaría insuficiente para garantizar la

salud y seguridad de las personas mayores usuarias de los centros, y podría determinar que el control

a posteriori tuviera lugar cuando el perjuicio ya se hubiere producido, resultando, en muchos casos,

irreversible dada la vulnerabilidad de estas personas. Adicionalmente, si se permitiera la apertura y

puesta en funcionamiento de este tipo de centros o se llevaran a cabo los cambios citados, sin la

necesidad de autorización administrativa, un eventual cierre del centro por incumplimientos

detectados como consecuencia del control a posteriori generaría importantes perjuicios, no ya sólo al

titular, sino también a las personas mayores usuarias que tengan en el centro en cuestión su lugar

habitual de residencia o de estancia.

A estos principios, cabe añadir, en línea con los mandatos de la Directiva de Servicios citada, el de

no discriminación. El régimen de autorización previsto no establece discriminación alguna, ni directa

ni indirectamente, en función de la nacionalidad de la entidad titular o del domicilio social de la

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entidad titular del centro o de que el establecimiento o centro principal de las actividades de la

entidad se encuentre o no en el territorio de la Comunidad de Castilla y León. Únicamente se limita

la competencia de la Administración Autonómica a aquellos centros de atención a personas mayores

que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de esta Comunidad.

En cambio, respecto aquellas otras situaciones que pueden producirse durante el funcionamiento de

un centro, como pudieran ser: el cambio de titularidad, el cese de un servicio o actividad o el cierre

temporal o definitivo, se considera proporcional exigir una comunicación previa al órgano

competente, prevista también como un medio de intervención administrativa en la Ley 20/2013, de 9

de diciembre. En estos casos, concurren las razones imperiosas de interés general ya expuestas por

las que la Administración Autonómica precisa conocer quién ostenta la titularidad de los centros, el

número de estos y los servicios que en ellos se prestan. La comunicación previa frente al régimen de

autorización previa, supone una reducción de las trabas administrativas para los operadores

económicos del sector, lo que se alinea con los principios de calidad normativa que se imponen a la

normativa comunitaria, nacional y autonómica. En este último ámbito, los medios de intervención

administrativa señalados, la autorización y la comunicación, son empleados en la normativa de

alguna otras Comunidades Autónomas en esta materia y en iguales términos.

El proyecto de decreto completa el régimen de autorización en lo que al silencio administrativo se

refiere, reflejando un sentido desestimatorio de la solicitud, tal y como se recoge en el artículo 57 de la

Ley 16/2010, de 20 de diciembre, encontrando su justificación en una razón imperiosa de interés

general como es la protección de las personas destinatarias de los servicios y objetivos de la política

social, cuya consecución se erige como objetivo prioritario del sistema de servicios sociales que

configura dicha ley.

En segundo lugar, es preciso señalar como el nuevo modelo de atención que con el presente proyecto

se implanta, viene a flexibilizar las características técnicas de los centros, según se desprende de las

previsiones recogidas en el Capítulo III del proyecto. En relación a dichas especificaciones técnicas, se

planteó como una de las premisas claves a plasmar en el nuevo modelo de atención, que las nuevas

condiciones arquitectónicas de los centros no debían mermar la seguridad de los personas usuarias.

Sobre esta cuestión se concluyó lo siguiente:

Respecto de a quién le corresponde la responsabilidad de la aplicación del Código Técnico de

Edificación, en adelante CTE, cabe decir que, el citado código surge por imperativo de la Ley 38/1999,

de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación, (en adelante LOE). En los apartado 1 y 2 del

artículo 5 del CTE, se dispone expresamente:

1º. Serán responsables de la aplicación del CTE los agentes que participan en el proceso de la

edificación, según lo establecido en el capítulo III de la LOE.

2º. Para asegurar que un edificio satisface los requisitos básicos de la LOE mencionados en el

artículo 1 de este CTE y que cumple las correspondientes exigencias básicas, los agentes que

intervienen en el proceso de la edificación, en la medida en que afecte a su intervención, deben

cumplir las condiciones que el CTE establece para la redacción del proyecto, la ejecución de la obra y

el mantenimiento y conservación del edificio.

El capítulo III de la LOE establece expresamente quienes son los responsables de la aplicación del

CTE, que no son otros que los agentes de la edificación: el promotor (responsable de gestionar

permisos y seguros), el proyectista, el constructor, el director de la obra, el director de la ejecución de

la obra, las entidades y los laboratorios de control de calidad de la edificación, los suministradores de

productos, y finalmente los propietarios y usuarios respecto del mantenimiento del edificio.

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El CTE trata de compilar bajo una misma norma aquellas regulaciones que afectaban a la edificación y

que estaban dispersas en distintas normas sectoriales bajo la denominación de NBE (normas básicas de

la edificación). El CTE como norma de carácter técnico, está sometida tanto al avance de la innovación

tecnológica como social. Para ir adaptando a la realidad las distintas partes del CTE, el Ministerio de

Vivienda, a través de la Dirección General de Arquitectura y Política de Vivienda constituyó la

Comisión del Código Técnico de la Edificación, que es un órgano colegiado de asistencia y

asesoramiento en todo lo relacionado con la aplicación, desarrollo y actualización del CTE.

En este contexto, por el Gerente de Servicios Sociales de Castilla y León se elevó consulta a la

Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo del Ministerio de Fomento, sobre la aplicabilidad

de las condiciones que establece el CTE para el uso hospitalario a los centros de atención social para

las personas mayores. La contestación evacuada, se incorpora en la presente memoria a continuación:

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De la respuesta de la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo del Ministerio de Fomento,

se debe destacar el siguiente párrafo sobre la interpretación del documento seguridad contra incendios

(SI) :

“Tal es el caso de las anchuras de pasillos y puertas, que para un hospital se establecen

teniendo en cuenta la necesidad de desplazar a pacientes en cama en caso de emergencia, medida que

es innecesaria en guarderías y en residencia y viviendas tuteladas, para personas con discapacidad,

excepto en los casos singulares en los que el tipo de discapacidad de dichas personas haga necesaria

dicha medida”.

Parece quedar claro que cuando se asimila el uso residencial de personas mayores o de personas con

discapacidad al uso hospitalario, no es una identificación literal, sino sólo en aquellos aspectos en los

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que se parecen, y por lo tanto procede separarse de esa identidad cuando o no son similares o son,

incluso, contrapuestos.

Hay dos diferencias determinantes entre un hospital y una residencia de personas mayores con relación

a los elementos de evacuación, como son el tipo de usuario, y el tamaño del centro:

- Respecto al tipo de usuarios, en un hospital no es infrecuente que los pacientes están conectados a

aparatos de los que depende el mantenimiento de sus constantes vitales, normalmente anclados a los

elementos de la cama del paciente, que hace necesaria la evacuación de la persona con cama incluida.

Esta situación no es propia de los centros residenciales. Los centros residenciales son la residencia

principal y en algún caso temporal, de personas que no precisan ser evacuados en su propia cama, por

no estar conectados a aparatos de los que dependa su vida, y siempre hay una alternativa viable a la

evacuación en su propia cama en caso de incendio.

- En cuanto al tamaño de los centros, generalmente, el tamaño de los hospitales supera el de los centros

de atención social de personas mayores. Aplicar las condiciones articuladas en espacios de grandes

dimensiones, con un elevado número de pacientes y profesionales, y pretender asimilarlos a centros

residenciales con una capacidad para quince usuarios es a todas luces desproporcionado, tanto desde

una perspectiva técnica como económica, no sería congruente con los principios recogidos en el

artículo 4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En consecuencia, se considera que el presente proyecto contiene disposiciones referidas a la

tramitación procedimental en las que se ha optado, frente al régimen vigente para este tipo de centros,

por reducir cargas administrativas para los ciudadanos, al objeto de facilitar el desarrollo de iniciativas

empresariales en este ámbito, por lo que presentaría un impacto administrativo positivo.

7.8. Impacto en materia de infancia y adolescencia

El proyecto de decreto presenta un ámbito subjetivo de aplicación de carácter general, dirigido a todas

las personas usuarias del sistema de servicios sociales de responsabilidad pública, por lo que cabe

concluir que no tiene impacto específico en materia de atención a la infancia y adolescencia.

7.9. Impacto en materia de atención a familias numerosas

El proyecto de decreto presenta un ámbito subjetivo de aplicación de carácter general, dirigido a todas

las personas usuarias del sistema de servicios sociales de responsabilidad pública, por lo que cabe

concluir que no tiene impacto específico en materia de atención a las familias numerosas.

7.10. Impacto en materia de unidad de mercado.

En virtud de lo dispuesto en los articulo 3 y 15 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de

unidad de mercado, puede afirmarse que la disposición normativa objeto de la presente memoria no

genera impacto alguno, ni requisito que tenga como efecto directo o indirecto la discriminación por

razón de establecimiento o residencia del operador económico.

Valladolid, 16 de enero de 2019