memoria de actividades de la subdirección general de

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MINISTERIO DE JUSTICIA 1 SECRETARÍA DE ESTADO DE JUSTICIA DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL Y RELACIONES CON LAS CONFESIONES SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON LAS CONFESIONES MEMORIA DE ACTIVIDADES DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON LAS CONFESIONES EN EL PERIODO 2013-2014 Actualizada a 15 de enero de 2015

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Page 1: Memoria de actividades de la Subdirección General de

MINISTERIO

DE JUSTICIA

1

SECRETARÍA DE ESTADO DE JUSTICIA

DIRECCIÓN GENERAL DE

COOPERACIÓN JURÍDICA

INTERNACIONAL Y RELACIONES

CON LAS CONFESIONES

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE

RELACIONES CON LAS CONFESIONES

MEMORIA DE ACTIVIDADES DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON LAS CONFESIONES EN EL PERIODO 2013-2014

Actualizada a 15 de enero de 2015

Page 2: Memoria de actividades de la Subdirección General de

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ÍNDICE 1. ACTIVIDAD NORMATIVA

1.1- Actividad normativa interna...................................

a) Aprobación del Real Decreto por el que se regula la Comisión Asesora de Libertad Religiosa.

b) Elaboración del nuevo Real Decreto por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas.

c) Elaboración del Real Decreto por el que se regula la declaración de notorio arraigo de las confesiones religiosas en España.

d) Instrucción de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones de 4 de junio de 2014, por la que se establecen determinados procedimientos en el Registro de Entidades Religiosas (BOE de 16 de junio de 2014).

1.2- Otra actividad normativa sobre elementos derivados de la aplicación del derecho fundamental de libertad religiosa.................................................................

a) Apertura de lugares de culto. b) Efectos civiles del matrimonio celebrado en forma

religiosa. c) Regulación de las fundaciones de entidades

religiosas. d) Iniciativas en materia de seguridad social.

Pág. 4 Pág. 9

2. OTRAS ACTIVIDADES NO NORMATIVAS.................................

a) Convenio de colaboración con el Consejo General del Notariado para la transmisión telemática de las escrituras públicas al Registro de Entidades Religiosas.

b) Propuesta de convenio para la asistencia religiosa en los Centros de Internamiento de Extranjeros.

c) Preguntas parlamentarias e informes en general sobre

Pág. 14

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materias relacionadas con las competencias de la Subdirección.

3. ACTIVIDAD DEL REGISTRO DE ENTIDADES RELIGIOSAS......

Pág. 15

4. ACTIVIDAD DE LA COMISIÓN ASESORA DE LIBERTAD RELIGIOSA

4.1- Reuniones de la Comisión Asesora de Libertad Religiosa..............................................................................

a) Pleno extraordinario de la CALR en fecha 7 de febrero de 2013.

b) Reunión de la Comisión Permanente de la CALR en fecha 20 de junio de 2013.

c) Reunión del Pleno y de la Permanente de la CALR en fecha 16 de enero de 2014.

d) Sesión constitutiva del Pleno de la CALR en fecha 26 de noviembre de 2014.

e) Reunión del Pleno de la CALR en fecha 26 de noviembre de 2014.

4.2- Nombramiento de los miembros de la CALR y constitución de la misma...................................................

Pág. 22 Pág. 30

5. ACCIÓN CON LAS CONFESIONES.............................................

a) Celebración del XX aniversario de los acuerdos de cooperación del Estado con la FEREDE, la FCJE y la CIE.

b) Reuniones con las confesiones. c) Participación en Congresos, Jornadas e iniciativas de

las confesiones religiosas o de otras instituciones. d) Entrevistas en el programa de TV2 Islam hoy y en

otros medios de comunicación.

Pág. 33

6. ACCIONES CONJUNTAS CON OTROS MINISTERIOS...............

a) Plan de prevención contra la radicalización y asistencia religiosa en las prisiones.

Pág. 42

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b) Convocatoria de las Comisiones Mixtas entre FEREDE, FCJE y CIE para el desarrollo de la LOMCE.

c) Los Roma. d) Comisión Nacional V Centenario Santa Teresa de

Jesús. 7. ACCIÓN EXTERIOR.......................................................................

a) KAICIID.

Pág. 44

1. ACTIVIDAD NORMATIVA

1.1 Actividad normativa interna

a) Aprobación del Real Decreto 932/2013, de 29 de noviembre, por el que se regula la Comisión Asesora de Libertad Religiosa (BOE de 16 de diciembre de 2013).

Con fecha 7 de febrero de 2013 se reúne, con carácter extraordinario, el Pleno

de la Comisión Asesora de Libertad Religiosa, con un único punto en el orden

del día dedicado al estudio e informe del citado proyecto de Real Decreto

facilitado previamente a los miembros de la misma. Por tanto, en su elaboración

se ha dado audiencia a las confesiones religiosas que tienen reconocido notorio

arraigo en España, a los representantes de la Administración General del

Estado y a los vocales de reconocida competencia en el ámbito de la libertad

religiosa que forman parte de la Comisión.

Tras las modificaciones introducidas en el proyecto, de acuerdo con el informe

de la Secretaría General Técnica del Mº de Justicia de 5 de abril de 2013 y el

dictamen del Consejo de Estado de 19 de septiembre de 2013, se aprueba el

Real Decreto 932/2013, de 29 de noviembre, por el que se regula la Comisión

Asesora de Libertad Religiosa. El primero de los objetivos de este real decreto es asignar a la Comisión nuevas

funciones, destacando la elaboración de un informe anual al Gobierno sobre la

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situación del derecho de libertad religiosa en España y la de recabar información

sobre las actuaciones de las Administraciones Públicas relacionadas con el

desarrollo y ejercicio del derecho de libertad religiosa.

El segundo de los objetivos es articular mejor la composición de la Comisión

Asesora de Libertad Religiosa y hacer posible que formen parte de la misma los

representantes de las iglesias, confesiones, comunidades religiosas o

federaciones de las mismas que puedan alcanzar la declaración de notorio

arraigo en España, sin que ello exija una nueva modificación legal. Desde el año

2001 hasta la actualidad, la Comisión Asesora de Libertad Religiosa ha

informado el notorio arraigo de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los

Últimos Días (2003), de la Iglesia de los Testigos de Jehová (2006), del Budismo

(2007) y de la Iglesia Ortodoxa (2010).

Para una mayor eficiencia en el cumplimento de sus fines, se rompe con la

paridad entendida en igualdad de número de personas, para llegar a la paridad

en número de votos de cada uno de los tres sectores presentes en la Comisión,

representantes de la Administración General del Estado, representantes de

Iglesias, Confesiones, Comunidades religiosas o Federaciones de las mismas y

las personas de reconocida competencia.

Se refuerza institucionalmente la Comisión Asesora de Libertad Religiosa,

atribuyendo su Presidencia al Ministro de Justicia, y se crea la figura de la

Vicepresidencia.

El tercero de los objetivos es mejorar el funcionamiento de la Comisión Asesora

de Libertad Religiosa que actuará en Pleno, Comisión Permanente y Grupos de

Trabajo. La novedad reside en la posibilidad de crear grupos de trabajo, con

carácter temporal y a propuesta del Presidente o de sus vocales.

b) Elaboración del nuevo Real Decreto por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas.

Partiendo de anteriores borradores de proyectos de Real Decreto existentes, en

septiembre de 2013 se han empezado a tramitar dos proyectos de Real Decreto,

el que regula el Registro de Entidades Religiosas y el que regula declaración de

notorio arraigo de las confesiones religiosas en España.

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En el nuevo proyecto de Real Decreto por el que se regula el Registro de

Entidades Religiosas, que recoge la doctrina derivada de la Sentencia del

Tribunal Constitucional 46/2001, de 15 de febrero, así como las directrices de la

OSCE, se pretende:

- Definir con mayor precisión las entidades inscribibles y los actos inscribibles.

- Establecer una regulación detallada de los procedimientos administrativos

que se tramitan ante el Registro de Entidades Religiosas, destacándose:

1) La exigencia de que la inscripción de Iglesias, Confesiones y Comunidades

religiosas la promueva un mínimo de 20 personas.

2) La incorporación y separación de las entidades religiosas a una Federación.

3) La anotación de los ministros de culto que ostenten residencia legal en

España, siendo obligatoria la de aquéllos que estén habilitados para realizar

actos religiosos con efectos civiles y voluntaria la de los restantes ministros

de culto.

4) Exigencia de documento público para la inscripción y la modificación de los

actos inscribibles.

5) Obligación de mantener actualizados los datos registrales mediante una

declaración de funcionamiento de las entidades religiosas.

Respecto a su tramitación, cabe destacar que:

- En fecha 7 de julio de 2014 se emite informe por la Secretaría General

Técnica del Ministerio de Justicia.

- Y tras incorporar algunas modificaciones en el texto, en fecha 28 de julio de

2014 se da trámite de audiencia a las confesiones religiosas y a la Dirección

General d’Afers Religios de la Generalitat de Catalunya, habiéndose recibido

varias alegaciones dentro del plazo concedido (hasta el 23 de septiembre de

2014).

- Se remite a los Ministerios afectados, a la Agencia Española de Protección

de Datos, a la Oficina Presupuestaria del Ministerio de Justicia y a la

Comisión Ministerial de Administración Electrónica (CMAE), habiéndose

recibido hasta la fecha algunos de estos informes.

- En fecha 26 de noviembre de 2014 se reúne el Pleno de la Comisión

Asesora de Libertad Religiosa, con un punto en el orden del día dedicado al

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estudio e informe del proyecto de Real Decreto, facilitado previamente a los

miembros de la misma.

En este Pleno de la Comisión se acuerda informar favorablemente el texto

del proyecto de Real Decreto con algunas observaciones que han sido

incluidas, con posterioridad, en el texto normativo.

c) Elaboración del Real Decreto por el que se regula la declaración de notorio arraigo de las confesiones religiosas en España.

La declaración de notorio arraigo en España, a la que se refiere el artículo 7 de

la LO 7/1981, de 5 de julio, de Libertad Religiosa se contempla como un

requisito previo que la confesión debe cumplir para la firma de un Acuerdo de

cooperación con el Estado, aunque se trata de un concepto que se define,

básicamente, por el ámbito y número de creyentes de la confesión. Hasta la

fecha, dicha declaración se ha realizado en el seno de la Comisión Asesora de

Libertad Religiosa pero sin ningún procedimiento o garantías conocidas por los

solicitantes.

Es necesario arbitrar un procedimiento que desarrolle los requisitos a que se

refiere la LO 7/1981, en el que las confesiones acrediten que gozan de una

presencia estable y acreditada en el tiempo en España mediante su inscripción,

con una antigüedad de 30 años, en el Registro de Entidades Religiosas (o

durante un periodo inferior si acrediten su reconocimiento en algún país

extranjero de 60 años de antigüedad). Asimismo, deben acreditar una

presencia activa en la sociedad española y su implantación en el territorio de

varias Comunidades Autónomas y un número representativo de entidades y

lugares de culto inscritos en el Registro de Entidades Religiosas. Igualmente,

deben contar con una estructura interna y representación adecuada a su propia

organización.

El real decreto regula un procedimiento para acreditar tales requisitos que

finaliza con una resolución controlable judicialmente, lo que representa un

indudable avance en las garantías de los solicitantes. También regula el

procedimiento administrativo por el cual puede perderse el reconocimiento de

notorio arraigo por una modificación sustancial de las circunstancias requeridas

para la obtención de la misma.

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Respecto a su tramitación, cabe destacar que:

- En fecha 3 de julio de 2014 se emite informe por la Secretaría General

Técnica del Ministerio de Justicia.

- Tras incorporar algunas modificaciones en el texto, en fecha 28 de julio de

2014 se da trámite de audiencia a las confesiones religiosas y a la Dirección

General d’Afers Religios de la Generalitat de Catalunya, habiéndose recibido

varias alegaciones.

- Se remite a la Oficina Presupuestaria del Ministerio de Justicia y a la

Comisión Ministerial de Administración Electrónica, habiéndose recibido

sendos informes favorables.

- En fecha 26 de noviembre de 2014 se reúne el Pleno de la Comisión

Asesora de Libertad Religiosa, con un punto en el orden del día dedicado al

estudio e informe del proyecto de Real Decreto, facilitado previamente a los

miembros de la misma.

En este Pleno de la Comisión se acuerda informar favorablemente el texto

del proyecto de Real Decreto con algunas observaciones que han sido

incluidas, con posterioridad, en el texto normativo.

- Finalmente, en diciembre de 2014, en el proyecto de Real Decreto se

suprime la disposición final por la que se modifica el Real Decreto 453/2012,

de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del

Ministerio de Justicia, toda vez que la competencia de la Subdirección

General de Relaciones con las Confesiones en la instrucción y propuesta de

resolución de los expedientes relativos a la declaración y pérdida de la

condición de notorio arraigo en España ya está contemplada en los artículos

4 y 8 de este proyecto de Real Decreto por el que se regula la declaración

de notorio arraigo de las confesiones religiosas en España.

d) Instrucción de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones de 4 de junio de 2014, por la que se establecen determinados procedimientos en el Registro de Entidades Religiosas (BOE de 16 de junio de 2014).

Esta Instrucción se dicta con la finalidad de establecer unos criterios precisos

en la tramitación de los procedimientos de modificación de los representantes

legales de las entidades religiosas inscritas en el Registro de Entidades

Religiosas, que redunde en beneficio de los interesados y de la necesaria

seguridad jurídica, así como para clarificar, a efectos registrales, la situación

Page 9: Memoria de actividades de la Subdirección General de

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de las comunidades inscritas en la Sección Especial del Registro

estableciéndose la inscripción de una sola adhesión, sin perjuicio de que las

entidades inscritas puedan mantener todas aquellas otras que sus propios

estatutos admitan se dicta esta Instrucción de la DGCJIRC.

1.2 Otra actividad normativa sobre elementos derivados de la aplicación del derecho fundamental de libertad religiosa

a) Apertura de lugares de culto: Regulación en la disposición adicional decimoséptima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local (BOE de 30 de diciembre de 2013).

Una de las cuestiones importantes para las confesiones religiosas era el relativo

a la exigencia de una licencia previa de actividad para la apertura de los lugares

de culto, dado que éstos no podían estar sometidos a las mismas licencias

previas de apertura exigibles a los establecimientos mercantiles e industriales.

Por ello, la SG de Relaciones con las Confesiones propone en mayo de 2013 a

la SGT del Ministerio incluir una disposición adicional en el anteproyecto de ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, según la cual para

la apertura de los lugares de culto las Iglesias, confesiones o comunidades

religiosas, una vez acreditada su personalidad jurídica civil mediante certificado

del Registro de Entidades Religiosas y donde constará la ubicación del lugar de

culto que se pretenda constituir, no requerirán una autorización previa sino que

la declaración responsable o la comunicación previa serán las formas normales

de intervención administrativa Pero, es en la tramitación parlamentaria del proyecto de ley de racionalización y

sostenibilidad de la Administración Local donde se introduce en el Senado una

enmienda para incluir la disposición adicional relativa a la apertura de lugares de

culto, siendo finalmente aprobada la misma como disposición adicional

decimoséptima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y

sostenibilidad de la Administración Local.

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b) Efectos civiles del matrimonio celebrado en forma religiosa (Regulación en el Proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria en fase de tramitación parlamentaria).

Los diferentes representantes de las confesiones religiosas que han obtenido el

reconocimiento de notorio arraigo en España se han interesado por la

posibilidad de que sus fieles puedan contraer matrimonio en la forma religiosa

prevista por su respectiva confesión y que ésta tenga efectos civiles.

Hasta la fecha, la eficacia civil del matrimonio en forma religiosa sólo se ha

reconocido a través de los cuatro Acuerdos firmados por el Estado con las

confesiones religiosas: Acuerdo del Estado con la Santa Sede sobre Asuntos

Jurídicos de 3 de enero de 1979; Acuerdo con la Federación de Entidades

Religiosas Evangélicas de España (FEREDE), aprobado por Ley 24/1992, de 10

de noviembre; Acuerdo con la Federación de Comunidades Judías de España

(FCJE), aprobado por Ley 25/1992, de 10 de noviembre y Acuerdo con la

Comisión Islámica de España (CIE), aprobado por Ley 26/1992, de 10 de

noviembre.

Teniendo en cuenta lo anterior esta SG propone en junio de 2013 que se

reconozca en nuestra legislación la eficacia civil del matrimonio celebrado en la

forma religiosa de las confesiones con notorio arraigo en España, exigiéndose la

tramitación de un acta o expediente previo de capacidad matrimonial y la libre

prestación del consentimiento ante un ministro de culto y dos testigos mayores

de edad.

En fecha 26 de julio de 2013, en la sede de la SG, se da audiencia de esta

propuesta a los representantes de las confesiones con notorio arraigo en

España que no tienen acuerdo de cooperación con el Estado (la Iglesia de

Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, la Iglesia de los Testigos de

Jehová, el Budismo y la Iglesia Ortodoxa), recibiéndose observaciones de las

dos primeras.

Estas propuestas de la SG se incluyen en el Anteproyecto de Ley de

Jurisdicción Voluntaria, en el que se modifica la regulación del Código Civil y de

la Ley de Registro Civil en materia de matrimonio.

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Y a fin de posibilitar la imprescindible coherencia del sistema jurídico, en el

citado Anteproyecto de Ley también se modifican los artículos 7 de las Leyes

24, 25 y 26/1992, de 10 de noviembre, por las que se aprueban respectivamente

los Acuerdos de cooperación del Estado español con la FEREDE, FCJE y CIE,

toda vez que los respectivos artículos 7 prevén que las normas de este artículo

relativas al procedimiento para hacer efectivo el derecho que en el mismo se

establece, se ajustarán a las modificaciones que en el futuro se produzcan en la

legislación del Registro Civil, previa audiencia de la FEREDE, de la FCJE y de la

CIE.

Por ello, en fecha 11 de octubre de 2013, en la sede de la DGCJIRC tiene lugar

una reunión con los representantes de la FEREDE, de la FCJE y de la CIE a fin

de explicarles el citado Anteproyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria en la

parte relativa a la regulación del matrimonio religioso y de dar cumplimiento al

requerido trámite de audiencia, facilitándose el texto del anteproyecto de ley.

Posteriormente, la FEREDE realiza unas observaciones con fecha 25 de octubre

y dirige al DGCJIRC una carta de 4 de noviembre, que son examinadas en la

SGRC.

Además, la FCJE solicita con fecha 18 de diciembre de 2013 el cambio de

denominación de la Federación de Comunidades Israelitas de España en la Ley

25/1992, de 10 de noviembre, por la de Federación de Comunidades Judías de

España, que es la denominación inscrita en el Registro de Entidades Religiosas

mediante resolución de 20 de mayo de 2005.

En fecha 16 de febrero de 2014 se reúne el Pleno de la Comisión Asesora de

Libertad Religiosa, con un punto 3.3 del Orden del día dedicado al informe del

Sr. Presidente de la Comisión Asesora sobre la modificación en el Anteproyecto

de Ley de Jurisdicción Voluntaria de la regulación del matrimonio en el Código

Civil y en la Ley del Registro Civil, para reconocer eficacia civil al matrimonio

celebrado en la forma religiosa prevista por las confesiones que hayan obtenido

el reconocimiento de notorio arraigo en España, y que ha motivado la

modificación de los artículos 7 de las Leyes 24, 25 y 26/1992, de 10 de

noviembre. Tras las explicaciones oportunas se concede un plazo de 10 días

para formular observaciones, dentro del cual se presentan por los Testigos de

Jehová, la FCJE y la FEREDE, observaciones que han sido incluidas, con

posterioridad, en el mencionado texto normativo.

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El anteproyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria es aprobado en la reunión del

Consejo de Ministros de 1 de agosto de 2014 y actualmente está en fase de

tramitación parlamentaria, habiéndose publicado en el BOCG, Serie A, de 5 de

septiembre de 2014.

c) Regulación de las fundaciones de entidades religiosas (Informado

en la reunión del Consejo de Ministros de 29 de agosto de 2014). Hasta la fecha las únicas Fundaciones que se inscriben en el Registro de

Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia son las erigidas canónicamente, en virtud de lo establecido en el Real Decreto 589/1984, de 8 de febrero, sobre

fundaciones religiosas de la Iglesia Católica.

Las demás confesiones religiosas no pueden inscribir en este Registro de

Entidades Religiosas sus fundaciones, a pesar de que, de conformidad con el

artículo 6.2 de la Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa, las

Iglesias, Confesiones y Comunidades religiosas podrán crear y fomentar, para la

realización de sus fines, Asociaciones, Fundaciones e Instituciones con arreglo a

las disposiciones del ordenamiento jurídico general.

No obstante, las sucesivas leyes de fundaciones no han previsto esta

circunstancia, limitándose a establecer que lo dispuesto en la misma se entiende

sin perjuicio de lo establecido en los acuerdos con la Iglesia Católica y en los

acuerdos y convenios de cooperación suscritos por el Estado con otras iglesias,

confesiones y comunidades religiosas, así como en las normas dictadas para su

aplicación, para las fundaciones creadas o fomentadas por las mismas.

Esta situación se mantiene en el Anteproyecto de Ley de Fundaciones,

propuesto por el Ministerio de Justicia junto al de Hacienda y Administraciones

Públicas, el de Educación, Cultura y Deporte y el de Sanidad, Servicios Sociales

e Igualdad.

Por ello, desde la SG de Relaciones con las Confesiones se remite a la SGT del

Ministerio, en fecha 18 de junio de 2014, un informe con una primera propuesta

de redacción de la Disposición adicional segunda relativa a las Fundaciones de

entidades religiosas. En fecha 31 de julio de 2014 se remite una segunda

Page 13: Memoria de actividades de la Subdirección General de

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redacción de la citada Disposición adicional segunda, en la que, respetando el

principio de Registro único y Protectorado único de fundaciones, se establece

que las fundaciones creadas para el cumplimiento de sus propios fines por las

Iglesias, Confesiones y Comunidades Religiosas y sus Federaciones inscritas en

el Registro de Entidades Religiosas se regirán por lo dispuesto en la presente

Ley. Ahora bien, para la salvaguarda de su carácter propio, el Protectorado,

tanto en el proceso de constitución de la fundación como en el ejercicio de

determinadas funciones previstas en el artículo 33, dará audiencia a la entidad

fundadora para que puedan manifestar lo que a su derecho convenga. En el

caso que a la entidad fundadora le sea aplicable los Acuerdos con la Santa

Sede o cualquier otro Acuerdo de cooperación con el Estado Español, se dará

audiencia a la Iglesia o Federación firmante del Acuerdo para que puedan

manifestar lo que a su derecho convenga, y dar cumplimiento a sus normas de

organización y régimen interno.

Este Anteproyecto de Ley de Fundaciones, que recoge la redacción propuesta

de la citada Disposición adicional segunda, ha sido informado en la reunión del

Consejo de Ministros de 29 de agosto de 2014.

d) Iniciativas en materia de seguridad social. La FEREDE, tras la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 3

de abril de 2012, en el asunto Manzanas Martín contra España, ha solicitado

que a los pastores protestantes se les reconozca el derecho a completar el

periodo de cotización mínimo exigido para causar derecho a la pensión de

jubilación con los años dedicados a su ministerio pastoral, de forma equivalente

a como lo tienen reconocido los sacerdotes y religiosos católicos secularizados.

En este sentido también han formulado peticiones representantes de la Iglesia

de Jesucristo de los Santos de los Último días (mormones), de la Iglesia de

Scientology de España y de los ortodoxos rumanos.

Con dicha finalidad la SG de Relaciones con las Confesiones se ha reunido con

los órganos competentes del INSS, quienes han manifestado que es preferible

una norma específica para cada confesión religiosa.

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2. OTRAS ACTIVIDADES NO NORMATIVAS

a) Convenio de colaboración con el Consejo General del Notariado para la transmisión telemática de las escrituras públicas al Registro de Entidades Religiosas de 23 de septiembre de 2014.

Desde noviembre de 2013 la SG de Relaciones con las Confesiones ha

mantenido distintas reuniones con representantes del Consejo General del

Notariado, la DTIC y la Subdirección General del Notariado y de los Registros

con la finalidad suscribir un convenio de colaboración para agilizar la gestión y

mejorar la seguridad jurídica de la inscripción en el Registro de Entidades

Religiosas de los diferentes trámites susceptibles de acceder al mismo.

Este convenio de colaboración entre el Ministerio de Justicia y el Consejo

General del Notariado se firma por el Secretario de Estado y por el Presidente

del CGN el día 23 de septiembre de 2014 y en él se posibilita que las entidades

religiosas autoricen al Notario para que remita directamente al Registro de

Entidades Religiosas, por medios electrónicos, copia autorizada de la escritura

pública resultante para que se proceda a su inscripción o ésta junto a la solicitud

de inscripción. Por su parte, el Ministerio de Justicia se compromete a facilitar el

acceso de los notarios a la información registral de acuerdo con la normativa de

publicidad del Registro con el fin de coadyuvar a la actividad notarial relacionada

con las propias entidades religiosas. Para todo ello se prevé la conexión de las

plataformas tecnológicas tanto del MINJUS como del CGN, estando pendiente

de desarrollo entre la DITIC y la empresa ANCERT para su completa

implantación.

b) Propuestas de convenio para la asistencia religiosa en los Centros de Internamiento de Extranjeros.

Tras la firma, en fecha 12 de junio de 2014, del convenio de colaboración entre

el Ministerio del Interior y la Conferencia Episcopal Española para garantizar la

asistencia religiosa católica en los Centros de Internamiento de Extranjeros, el

Ministerio de Justicia, a petición del Ministerio de Interior, ha organizado una

reunión de trabajo con la FEREDE, la FCJE y la CIE para ofrecer la firma de

Page 15: Memoria de actividades de la Subdirección General de

15

convenios similares a estas confesiones, siempre que se acreditase su interés y

necesidad.

En el segundo semestre de 2014 todas las confesiones han mostrado su interés,

recibiéndose en esta SGRC las propuestas de convenio de colaboración de la

FCJE, la FEREDE y de la CIE. Actualmente se están tramitando por parte del

Ministerio del Interior.

c) Preguntas parlamentarias e informes en general sobre materias

relacionadas con las competencias de la Subdirección.

Entre los informes elaborados en respuesta a preguntas parlamentarias,

alrededor de 50 en estos dos años, cabe destacar las relativas a la financiación

de la Iglesia Católica, la libertad religiosa, la asistencia religiosa, los Acuerdos

de Cooperación del Estado con las confesiones, el patrimonio eclesiástico, el

caso Manzanas, la sentencia del TEDH sobre el uso del velo integral o sobre las

actuaciones del Ministerio de Justicia en determinados territorios.

Y entre los numerosos informes elaborados a petición de otros departamentos

cabe mencionar el informe sobre las medidas adoptadas por el Ministerio de

Justicia en relación con el convenio-marco para la protección de las minorías

nacionales, el relativo a la discriminación por religión o convicciones para el

informe sobre la “Estrategia integral contra el racismo, la discriminación racial, la

xenofobia y otras formas conexas de intolerancia” o las aportaciones para el

informe diagnóstico del II Plan Nacional de Derechos Humanos.

3. ACTIVIDAD DEL REGISTRO DE ENTIDADES RELIGIOSAS

El Registro de Entidades Religiosas es un registro público, único para todo el

Estado español, en el que se inscriben, con carácter voluntario, las entidades

con fines religiosos y sus federaciones a fin de adquirir personalidad jurídica

civil.

El Registro consta de tres secciones:

a) Sección Especial, en la que se inscriben las Iglesias, Confesiones y

Comunidades religiosas que hayan firmado o a las que sea de aplicación un

Page 16: Memoria de actividades de la Subdirección General de

16

Acuerdo o Convenio de cooperación con el Estado, así como al resto de

entidades creadas por las mismas.

b) Sección General, en la que se inscriben las demás Iglesias, Confesiones y

Comunidades religiosas, así como al resto de entidades creadas por las

mismas.

c) Sección de Fundaciones, en la que se inscriben las fundaciones religiosas de

la Iglesia católica.

En este período 2013–2014 se está materializando una reforma importante que

afecta tanto a su regulación jurídica (mediante el Proyecto de Real Decreto por

el que se regula el Registro de Entidades Religiosas y la Instrucción de la

Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las

Confesiones de 4 de junio de 2014, por la que se establecen determinados

procedimientos en el Registro de Entidades Religiosas, como expusimos

anteriormente) como a la gestión ordinaria del mismo.

Desde el punto de vista de su gestión, es necesario implantar una nueva forma

de gestión con procedimientos electrónicos, que abandone el formato papel,

generando una praxis administrativa más ágil, eficaz y eficiente, en consonancia

con las necesidades de los grupos religiosos y de la transparencia en la gestión

administrativa.

Con estos objetivos se implanta una nueva aplicación informática de gestión del

Registro de Entidades Religiosas el día 1 de septiembre de 2014, que mejora

notablemente la gestión del Registro de Entidades Religiosas, tiene prevista la

conexión con otros organismos (Agencia Estatal de Administración Tributaria,

especialmente). Actualmente se está trabajando en depurar los errores que

conlleva toda nueva aplicación y en cómo llevar a cabo la digitalización de los

expedientes en soporte papel, así como la comprobación o verificación de los

datos registrales migrados a la nueva aplicación.

Asimismo se está trabajando en otros proyectos vinculados a la nueva

aplicación, con el objetivo de facilitar a los interesados:

1º El acceso a la información registral de las entidades religiosas, a través de un

buscador en la página web del Ministerio de Justicia. Para ello, se está

trabajando con la AEPD para encontrar el equilibrio entre la publicidad de los

datos registrales y la protección de datos de carácter personal.

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17

2º La presentación telemática de solicitudes y/o documentación relativa a los

expedientes administrativos, directamente por los interesados o a través de los

Notarios (como antes se citó, se prevé la conexión de las plataformas

tecnológicas del Ministerio de Justicia y del Consejo General del Notariado,

como se recoge en el Convenio de colaboración con el Consejo General del

Notariado para la transmisión telemática de las escrituras públicas al Registro de

Entidades Religiosas de 23 de septiembre de 2014).

3º La solicitud de certificados y expedición de los mismos por el RER. Un

porcentaje elevado en la gestión del RER lo representa la expedición de

diversos certificados (entre el 55 y 65 %), que con frecuencia van dirigidos a

otras Administraciones Públicas, especialmente al Ministerio de Hacienda y

Administraciones Públicas. Este dato hace que sea obligatorio trabajar con el fin

de que puedan interconectarse las bases de datos del RER con las de otras

Administraciones Públicas, a fin de evitar trámites inútiles a los ciudadanos.

4º La elaboración de estadísticas, mediante el nuevo sistema informático, con lo

que se pretende una mayor transparencia en la gestión del RER.

Por otra parte, se está trabajando en cómo y con qué recursos digitalizar los

fondos del RER, lo que permitirá conocer y divulgar la historia de la dimensión

colectiva de la libertad religiosa en España desde el año 1968 hasta nuestros

días.

Volumen de gestión1:

Para la completa comprensión de todas las actuaciones que se viene realizando

de cara a “modernizar” el RER es necesario indicar el volumen de gestión

administrativa del mismo.

Respecto al número de entidades inscritas, este primer cuadro permite concluir

que en el año 2013 el porcentaje de inscripciones pertenecientes a la Iglesia

Católica era del 76,58% y en el año 2014 representa el 76,07%.

1.Aunque nos centramos en los años 2013 y 2014, se exponen los datos desde el año 2008, de cara a facilitar

una mayor visibilidad de la evolución de la actividad del RER.

Page 18: Memoria de actividades de la Subdirección General de

18

Inscritas 31/12/2013 (Total15862)

Inscritas 31/12/2014 (Total16161)

12147 12294

3715 3897

Título del gráfico

Entidades Católicas Entidades No Católicas

Una visión general de la actividad del RER, que aumenta anualmente, se puede

comprobar en este segundo cuadro:

Page 19: Memoria de actividades de la Subdirección General de

19

2008 2009 2010 20112012

20132014

4217 47754288 4349 4758 5562 6305

Datos generales

En los últimos 5 años (2010-2014) la actividad registral ha crecido en casi un

49,51%.

En términos interanuales se están produciendo los siguientes aumentos en la

actividad registral:

2010 a 2011 aumento del 1,5 %

2011 a 2012 aumento del 9,4 %

2012 a 2013 aumento del 16,68 %

2013 a 2014 aumento del 13,36 %

Por lo que respecta a la evolución del volumen de gestión relativo a los trámites

individualizados correspondientes al Registro de Entidades Religiosas, durante

el periodo 2008-2014, ha sido la siguiente:

Page 20: Memoria de actividades de la Subdirección General de

20

1. Inscripción de entidades en el Registro de Entidades Religiosas

AÑO

PENDIENTE INICIO AÑO

SOLICITUDES RECIBIDAS

SOLICITUDES TRAMITADAS

PENDIENTE FIN AÑO

2008 108 477 491 94

2009 94 613 573 134

2010 134 660 632 162

2011 162 732 754 140

2012 140 650 656 134

2013 134 491 496 129

2014 129 433 427 135

2. Modificación de asientos en el Registro de Entidades Religiosas

AÑO

PENDIENTE INICIO AÑO

SOLICITUDES RECIBIDAS

SOLICITUDES TRAMITADAS

PENDIENTE FIN AÑO

2008 31 1125 1090 66

2009 66 1281 1276 71

2010 71 1125 1093 103

2011 103 1090 1147 46

2012 46 1174 1084 136

2013 136 1418 1477 77

2014 77 1108 1077 108

3. Cancelaciones en el Registro de Entidades Religiosas

AÑO

PENDIENTE INICIO AÑO

SOLICITUDES RECIBIDAS

SOLICITUDES TRAMITADAS

PENDIENTE FIN AÑO

2008 6 380 315 71

2009 71 146 205 12

2010 12 172 175 9

Page 21: Memoria de actividades de la Subdirección General de

21

2011 9 121 129 1

2012 1 117 95 23

2013 23 144 154 13

2014 13 166 163 1

4. Certificados de inscripción o anotación en el Registro de Entidades Religiosas

Incluye la expedición de todo tipo de certificados emitidos por el RER sobre los

datos registrales de las diferentes entidades religiosas que están inscritas en el

RER, incluidas las verificaciones para exención de visado previstas en el artículo

117.h) del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el

Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los

extranjeros en España y su integración social.

AÑO

PENDIENTE INICIO AÑO

SOLICITUDES RECIBIDAS

SOLICITUDES TRAMITADAS

PENDIENTE FIN AÑO

2008 0 2321 2321 0

2009 0 2721 2721 0

2010 0 2396 2388 8

2011 8 2311 2319 0

2012 0 2923 2923 0

2013 0 3435 3435 0

2014 0 4006 4006 0

5. Hojas Registrales de Entidades Religiosas

Una vez inscritas las entidades religiosas, se elaboraba la correspondiente hoja

registral en formato papel sin posibilidad de tratamiento informático.

En este caso la evolución solo se analiza en el periodo 2011- 2013, único del

que se tienen datos. Este trámite se realizaba de forma manual hasta el

31/07/2014, en el que se suspende por la implantación de la nueva aplicación

Page 22: Memoria de actividades de la Subdirección General de

22

informática, en el que se crea un procedimiento que la genera automáticamente

desde los datos añadidos a la aplicación.

AÑO

PENDIENTE INICIO AÑO

ENTIDADES INSCRITAS

HOJAS REGISTRALES ELABORADAS

PENDIENTE FIN AÑO

2011 729 664 437 965

2012 956 589 537 1008

2013 1008 453 259 1202

2014 1202 298 632 868

4. ACTIVIDAD DE LA COMISIÓN ASESORA DE LIBERTAD RELIGIOSA

4.1 Reuniones de la Comisión Asesora de Libertad Religiosa.

En este periodo 2013-2014, la CALR se ha reunido en las siguientes ocasiones:

a) Pleno extraordinario de la CALR en fecha 7 de febrero de 2013

Como mencionamos anteriormente, el 7 de febrero de 2013 se reúne, con

carácter extraordinario, el Pleno de la Comisión Asesora de Libertad Religiosa,

con un único punto en el orden del día dedicado al estudio e informe del

proyecto de Real Decreto por el que se regula la Comisión Asesora de Libertad

Religiosa.

Como resultado de la reunión, el Pleno de la Comisión acuerda informar favorablemente el texto del citado proyecto de Real Decreto con algunas observaciones que se incluyeron en el mencionado texto normativo:

o En el artículo 2, apartado 1, se sustituye la expresión “la Comisión Asesora de Libertad Religiosa es el órgano de asesoramiento del Gobierno en materia de libertad religiosa” por la frase “la Comisión Asesora de Libertad Religiosa es el órgano consultivo del Gobierno en materia de libertad religiosa”.

Page 23: Memoria de actividades de la Subdirección General de

23

o En el artículo 10, se elimina el apartado que hace referencia al deber de los vocales de “guardar secreto sobre las deliberaciones, opiniones y votos habidos en las sesiones de la Comisión”.

o En el artículo 13, apartado 2, que establecía que: “Los Vocales de la

Comisión mencionados en el apartado b) del artículo 8 serán destituidos por el Presidente, a petición motivada de la confesión religiosa a la que representan” y en su lugar se dispone que: “Los Vocales de la Comisión mencionados en el apartado b) del artículo 8 serán destituidos por el Presidente, a petición de la confesión religiosa a la que representan”

o En el artículo 18, apartado 1, se aumenta el número de reuniones

anuales del Pleno, en sesión ordinaria, que pasan de una a dos al año.

b) Reunión de la Comisión Permanente de la CALR en fecha 20 de junio de

2013

Se reúne la Comisión Permanente, en la que se informa, entre otras cuestiones:

o Del estado de la tramitación del proyecto de Real Decreto por el que se

regula la Comisión Asesora de Libertad Religiosa.

o De la propuesta de introducir en la Ley de Bases de Régimen Local una

disposición relativa a la apertura de los lugares de culto.

o Se plantea el problema relativo al día de celebración de las oposiciones,

que casi siempre tienen lugar los sábados, dando lugar a que opositores

judíos no puedan presentarse.

o Se examinan las solicitudes de inscripción en el Registro de Entidades Religiosas de la entidad religiosa federativa denominada Unión de Centros Islámicos de Cataluña y de la entidad denominada Legionarios de Monesvol, informando la Comisión Asesora ambas solicitudes en sentido negativo, esto es, que las dos solicitudes deben ser denegadas.

c) Reunión del Pleno y de la Permanente de la CALR en fecha 16 de enero de

2014

En el Pleno el Director General de Cooperación Jurídica Internacional y

Relaciones con las Confesiones destaca que es la última reunión de la

Comisión Asesora de Libertad Religiosa constituida con arreglo al Real Decreto

1159/2001.

Page 24: Memoria de actividades de la Subdirección General de

24

A continuación el Presidente de la Comisión Asesora y Subdirector General de

Relaciones con las Confesiones, tras dar gracias a todos los asistentes por su

presencia y trabajo realizado2, pasa a comentar los siguientes textos

normativos:

2 La última Comisión Asesora constituida en virtud del Real Decreto 1159/2001, de 26 de octubre, por el que se regula la Comisión Asesora de Libertad Religiosa, está compuesta por:

Presidente: o Don Ricardo García García, Subdirector General de Relaciones con las Confesiones. Vocales representantes de la Administración General del Estado: o Don Manuel Barranco Mateos, Director del Departamento de Educación, Ciencia y Cultura de la

Presidencia de Gobierno. o Don Antonio Afonso Rodríguez, Teniente Coronel, Vocal Asesor del Subsecretario del Ministerio

de Defensa. o Don David Mellado Ramírez, Secretario General Técnico del Ministerio de Hacienda y

Administraciones Públicas. o Don Raúl Sandoval López, Asesor del Ministro de Interior. o Doña Esther Castilla Delgado, Subdirectora General de Cooperación Territorial del Ministerio de

Educación, Cultura y Deporte. o Don Aurelio Miras Portugal, Director General de Migraciones del Ministerio de Empleo y

Seguridad Social. o Don Javier Soria Quintana, Vocal Asesor del Gabinete de la Vicepresidenta del Gobierno y

Ministra de la Presidencia. o Don Ignacio Solá Barleycorn, Subdirector General para la Igualdad de Trato y la No

Discriminación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Vocales representantes de las Iglesias, Confesiones y Comunidades religiosas o sus Federaciones:

o Don Silverio Nieto Núñez, por la Iglesia Católica. o Don Joaquín Mantecón Sancho, por la Iglesia Católica. o Don Francisco César García Magán, por la Iglesia Católica. o Don Fernando Lozano Pérez, por la Iglesia Católica. o Don Mariano Blázquez Burgo, por la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de

España. o Doña Silvia Grau Beltrán, por la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España. o Don Riay Tatary Bakry, por la Comisión Islámica de España. o Don Mounir Benjelloun Andaloussi Azhari, por la Comisión Islámica de España. o Don Isaac Querub Caro, por la Federación de Comunidades Israelitas de España.

Vocales de reconocida competencia en materia de libertad religiosa:

o Don Lorenzo Martín-Retortillo Baquer, Catedrático de Derecho Administrativo, de la Universidad Complutense de Madrid.

o Doña María Luisa Jordán Villacampa, Catedrática de Derecho Eclesiástico del Estado, de la Universidad de Valencia.

o Don Javier Martínez Torrón, Catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado, de la Universidad Complutense de Madrid.

Page 25: Memoria de actividades de la Subdirección General de

25

o El Real Decreto 932/2013, de 29 de noviembre, por el que se regula la

Comisión Asesora de Libertad Religiosa.

o La introducción en la tramitación parlamentaria del Proyecto de Ley de

Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local de una

disposición adicional decimoséptima relativa a la apertura de los lugares

de culto.

o La modificación en el Anteproyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria de

la regulación del matrimonio en el Código Civil y en la Ley del Registro

Civil, para reconocer eficacia civil al matrimonio celebrado en la forma

religiosa prevista por las confesiones que hayan obtenido el

reconocimiento de notorio arraigo en España.

Posteriormente, en el turno de ruegos y preguntas se plantean, entre otras, las

siguientes cuestiones por uno de los representantes de la CIE: El cumplimiento

de lo firmado en el Acuerdo de 1992, en su artículo 12, sobre la interrupción del

trabajo durante las fiestas musulmanas y la interrupción de la jornada laboral los

viernes de cada semana, día de rezo colectivo obligatorio y solemne de los

musulmanes, y las das dificultades que encuentra, a la hora de prestar

asistencia religiosa en los centros penitenciarios.

Una vez finalizado el Pleno, se reúne la Permanente de la CALR con un punto

del Orden del día dedicado a la aprobación, si procede, del Acta de la reunión

o Doña Ana Fernández-Coronado González, Catedrática de Derecho Eclesiástico del Estado, de la Universidad Complutense de Madrid.

o Don José Mª Contreras Mazario, Catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

o Don Joan Estruch i Gibert, Catedrático de Sociología, de la Universidad Autónoma de Barcelona. o Don Bernabé López García, Catedrático de Historia del Islam contemporáneo, de la Universidad

Autónoma de Madrid. o Don Francisco José Ruiz de Mendoza Ibañez, Presidente de la Iglesia de Jesucristo de los

Santos de los Últimos Días en el Distrito de Bilbao. o Don Dimitris Tsiamparlis, Arcipreste de la Iglesia Ortodoxa Griega en Madrid. Secretaria:

o Doña Mª del Carmen Nieto Muñoz-Casillas, Consejera Técnica de la Subdirección General de Relaciones con las Confesiones.

Page 26: Memoria de actividades de la Subdirección General de

26

de la Permanente de la Comisión Asesora de Libertad Religiosa celebrada el 20

de junio de 2013, y otro punto dedicado al informe del Presidente de la Comisión

Asesora de Libertad Religiosa y en el que se da por reproducido lo expuesto en

el Pleno.

d) Sesión constitutiva del Pleno de la CALR en fecha 26 de noviembre de 2014. Abre la sesión el Sr. Ministro de Justicia y Presidente de la Comisión Asesora,

dando la bienvenida en primer lugar a los Vocales de la CALR y, a continuación,

a los restantes convocados a esta sesión constitutiva, mencionando al Director

General de Asuntos Religiosos de la Generalitat de Cataluña y a la Directora

General de Políticas Locales de la Federación Española de Municipios y

Provincias.

Tras estos saludos, expresa que es para él un honor ser el primer Ministro de

Justicia que preside el Pleno de la CALR, órgano consultivo del Gobierno en

materia de libertad religiosa, y que tras la aprobación del Real Decreto

932/2013, de 29 de noviembre, cuenta con una regulación jurídica en la que se

le atribuyen nuevas funciones y formas de trabajo.

Por lo que respecta a su composición, destaca que es la primera vez que este

órgano consultivo cuenta con una Vicepresidencia y que los representantes de

la Administración General del Estado han de tener la categoría de Director

General o asimilado.

Asimismo destaca que, por razones de eficacia, los tres sectores que forman la

CALR tienen igual número de votos pero no igual número de miembros,

permitiéndose a las confesiones religiosas, que gozan de notorio arraigo en

España y que han querido formar parte de la misma, una mayor voz en el marco

de las competencias que ostenta la Comisión.

A continuación hace referencia a la nueva organización de la CALR, que actuará

en Pleno, en Comisión Permanente y en Grupos de trabajo, así como a las

funciones de la misma, entre las que subraya la elaboración de un informe anual

en materia de libertad religiosa que permitirá presentar al Gobierno la situación

real y retos de la libertad religiosa en España; la de emitir informes sobre las

normas dictadas por las Comunidades Autónomas que incidan en el ejercicio del derecho de libertad religiosa y la de recabar información sobre actuaciones de

Page 27: Memoria de actividades de la Subdirección General de

27

todas las Administraciones Públicas relacionadas con el desarrollo y ejercicio del

derecho de libertad religiosa.

Tras esta exposición relativa a la CALR, menciona las diversas iniciativas

legislativas que se han puesto en marcha en esta legislatura en materia de

lugares de culto, efectos civiles del matrimonio religioso, Registro de Entidades

Religiosas, declaración de notorio arraigo y fundaciones.

Finalmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2.g) del Real

Decreto 932/2013, de 29 de noviembre, el Sr. Ministro de Justicia y Presidente

de la Comisión Asesora da posesión a los Vocales de la Comisión.

e) Reunión del Pleno de la CALR en fecha 26 de noviembre de 2014.

Una vez constituida la CALR se reúne el Pleno de la misma con el siguiente

orden del día:

1. Aprobación, si procede, del Acta de la reunión del Pleno de la Comisión

Asesora de Libertad Religiosa celebrado el día 16 de enero de 2014 (se

aprueba).

2. Designación de los Vocales integrantes de la Comisión Permanente,

aprobándose por unanimidad la siguiente composición:

o En representación de la Administración General del Estado por:

Doña Edelmira Barreira Diz, Directora Adjunta del Gabinete de la

Vicepresidencia del Gobierno y Ministerio de la Presidencia.

Doña Cristina Díaz Márquez, Directora General de Política Interior, del

Ministerio de Interior.

Don José Ignacio Sánchez Pérez, Director General de Evaluación y

Cooperación Territorial, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

o En representación de las Iglesias, Confesiones, Comunidades

Religiosas o las Federaciones de las Mismas por:

Don Silverio Nieto Núñez, en representación de la Iglesia católica.

Page 28: Memoria de actividades de la Subdirección General de

28

Don Mariano Blázquez Burgo, en representación de la Federación de

Entidades Religiosas Evangélicas de España.

Don Isaac Querub Caro, en representación de la Federación de

Comunidades Israelitas de España.

Don Riay Tatary Bakry, en representación de la Comisión Islámica de

España.

o En representación de los expertos en materia de Libertad Religiosa

por:

Doña Zoila Combalía Solís.

Don Raúl Armando Sandoval López.

3. Informe del Sr. Vicepresidente de la CALR sobre el borrador del Proyecto

de Real Decreto por el que se regula la declaración de notorio arraigo de

las confesiones religiosas en España, y estudio e informe por parte del

Pleno de la Comisión del citado texto normativo.

Como resultado de la reunión, el Pleno de la Comisión acuerda informar

favorablemente el texto del citado proyecto de Real Decreto con algunas

observaciones que se incluyen en el mismo:

o En el párrafo tercero de la parte expositiva se añade “Tras la declaración de notorio arraigo en España del Protestantismo (1984), el Judaísmo (1984) y de la Religión Islámica (1989)”, antes de la referencia a los Acuerdos de cooperación.

o En el artículo 3.a) se especifica cuál es el plazo menor de inscripción

en el Registro de Entidades Religiosas, fijándose en quince años. o En el artículo 3.b) cuando se exige la presencia de la confesión

religiosa en el ámbito territorial de, al menos, diez Comunidades Autónomas, se añade “y/o Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla”.

o El segundo inciso del artículo 4.2 se elimina, toda vez que en el

Registro de Entidades Religiosas consta la información de las entidades federadas, sus números registrales y la relación de sus representantes legales.

Page 29: Memoria de actividades de la Subdirección General de

29

o Se sustituye la expresión “pérdida de la declaración de notorio arraigo”

por la de “pérdida de la condición de notorio arraigo”, tanto en la parte

expositiva como en el articulado.

4. Informe del Sr. Vicepresidente de la CALR sobre el borrador del Proyecto

de Real Decreto por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas.

Estudio e informe por parte del Pleno de la Comisión del citado texto

normativo.

Como resultado de la reunión, el Pleno de la Comisión acuerda informar

favorablemente el texto del citado proyecto de Real Decreto con algunas

observaciones que se incluyen en el mismo:

o En el artículo 1 se añade, como segundo inciso, que “El Registro de Entidades Religiosas radica en el Ministerio de Justicia con carácter de registro general y público”.

o En el artículo 18 se especifica que sólo las entidades “inscritas” podrán

anotar en el Registro de Entidades Religiosas a sus ministros de culto. o En el apartado 5 del artículo 30, relativo a las certificaciones parciales

en las que ha de expresarse siempre obligatoriamente que en lo omitido no hay nada que amplíe, restrinja, modifique o condicione lo inserto, se añade “según se desprende de los asientos del Registro”.

o En la Disposición Transitoria Segunda, relativa a las fundaciones

religiosas de la Iglesia Católica, se añade como segundo inciso que “Hasta entonces, el Registro mantendrá la Sección de Fundaciones prevista en dicho Real Decreto”.

5. Información sobre las solicitudes de notorio arraigo presentadas por la

Comunidad Odinista de España-Asatru y por la Comunidad Bahá’í de

España.

6. Presentación de la memoria de actividad de la Subdirección General de

Relaciones de Confesiones 2013-2014.

7. Ruegos y preguntas.

Page 30: Memoria de actividades de la Subdirección General de

30

4.2 Nombramiento de los miembros de la CALR y constitución de la misma.

Tras la aprobación del Real Decreto 932/2013, de 29 de noviembre, por el que

se regula la Comisión Asesora de Libertad Religiosa, se inicia la tramitación del

expediente que culmina con el nombramiento de los Vocales de la misma.

Respecto a los Vocales, el artículo 8 del citado Real Decreto fija en ocho el

número de miembros representantes de la Administración General del Estado,

en doce el número de miembros representantes de las confesiones religiosas y

en seis el número de personas de reconocida competencia.

El nombramiento de los Vocales en concepto de personas de reconocida

competencia en el campo de la libertad religiosa, de conformidad con lo

dispuesto en los artículos 8.c) y 11.1 del reiterado Real Decreto, se efectúa por

Acuerdo del Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Justicia. A dicho

Acuerdo se le da publicidad mediante la Orden JUS/1704/2014, de 22 de septiembre (BOE de 24 de septiembre de 2014).

El nombramiento de los representantes de la Administración General del

Estado, así como de las Iglesias, Confesiones y Comunidades religiosas o

Federaciones de las mismas, propuestos respectivamente por los

Departamentos Ministeriales y las respectivas confesiones religiosas,

corresponde al Ministro de Justicia, mediante Orden ministerial, de conformidad

con lo dispuesto en los artículos 8.a) y b) y 11.1 del reiterado Real Decreto,

aprobándose al respecto la Orden JUS/1705/2014, de 22 de septiembre (BOE

de 24 de septiembre de 2014), publicándose una corrección de errores en el

BOE de 1 de octubre de 2014. Posteriormente, como consecuencia de que el

Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación propone un nuevo Vocal en

sustitución del inicialmente nombrado, se aprueba la Orden JUS/2266/2014, de 25 de noviembre, por la que se modifica la Orden JUS/1705/2014, de 22 de septiembre (BOE de 4 de diciembre de 2014).

Tras estos nombramientos, la nueva Comisión Asesora de Libertad Religiosa

está compuesta por:

Presidente:

o Don Rafael Catalá Polo, Ministro de Justicia.

Page 31: Memoria de actividades de la Subdirección General de

31

Vicepresidente:

o Don Javier Herrera García-Canturri, Director General de Cooperación Jurídica

Internacional y Relaciones con las Confesiones del Ministerio de Justicia.

Vocales representantes de la Administración General del Estado:

o Doña Edelmira Barreira Diz, Directora Adjunta del Gabinete de la

Vicepresidencia del Gobierno y Ministerio de la Presidencia.

o Don Enrique Ignacio Mora Benavente, Director General de Política Exterior y

de Seguridad del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

o Don David Mellado Ramírez, Secretario General Técnico del Ministerio de

Hacienda y Administraciones Públicas.

o Doña Cristina Díaz Márquez, Directora General de Política Interior del

Ministerio de Interior.

o Don José Ignacio Sánchez Pérez, Director General de Evaluación y

Cooperación Territorial del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

o Don Aurelio Miras Portugal, Director General de Migraciones del Ministerio de

Empleo y Seguridad Social.

o Doña Carmen Plaza Martín, Directora del Instituto de la Mujer y para la

Igualdad de Oportunidades del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e

Igualdad.

Vocales representantes de las Iglesias, Confesiones y Comunidades religiosas o

sus Federaciones:

o Don Silverio Nieto Núñez, por la Iglesia Católica.

o Don Joaquín Mantecón Sancho, por la Iglesia Católica.

o Don Jesús Miguel López Nieto, por la Iglesia Católica.

o Doña Lourdes Ruano Espina, por la Iglesia Católica.

o Don Mariano Blázquez Burgo, por la Federación de Entidades Religiosas

Evangélicas de España.

o Doña Silvia Grau Beltrán, por la Federación de Entidades Religiosas

Evangélicas de España.

o Don Isaac Querub Caro, por la Federación de Comunidades Israelitas de

España.

o Don Riay Tatary Bakry, por la Comisión Islámica de España.

o Don Mounir Benjelloun Andaloussi Azhari, por la Comisión Islámica de

España.

Page 32: Memoria de actividades de la Subdirección General de

32

o Don Faustino López Requena, por la Iglesia de Jesucristo de los Santos de

los Últimos Días.

o Don Luis Morente Leal, por la Federación de Comunidades Budistas de

España.

o Don Teofíl Moldovan, por la Iglesia Ortodoxa de España.

Vocales de reconocida competencia en materia de libertad religiosa:

o Don Ricardo Alonso García, Catedrático de Derecho Administrativo y de la Unión Europea, Universidad Complutense de Madrid.

o Don José María Coello de Portugal Martínez del Peral, Profesor Ayudante Doctor de Derecho Constitucional, Universidad Complutense de Madrid.

o Doña Zoila Combalía Solís, Catedrática de Derecho Eclesiástico del Estado,

Universidad de Zaragoza.

o Don Jaime Rossell Granados, Profesor titular de Derecho Eclesiástico del

Estado, Universidad de Extremadura.

o Doña María Elena Olmos Ortega, Catedrática de Derecho Eclesiástico del

Estado, Universidad de Valencia.

o Don Raúl Armando Sandoval López, Abogado del Ilustre Colegio de

Abogados de Madrid.

Secretaria:

o Doña Mª del Carmen Nieto Muñoz-Casillas, Consejera Técnica de la Subdirección General de Relaciones con las Confesiones.

Finalmente y como se ha comentado anteriormente, se celebra el día 26 de noviembre de 2014 la sesión constitutiva del Pleno de la Comisión Asesora

de Libertad Religiosa, presidido por el Sr. Ministro de Justicia y Presidente de la

misma.

Page 33: Memoria de actividades de la Subdirección General de

33

5. ACCIÓN CON LAS CONFESIONES a) Celebración del XX aniversario de los Acuerdos de Cooperación del Estado español con la FEREDE, la FCJE y la CIE. Bajo el título “Los Acuerdos en el pasado. La firma de los Acuerdos de

cooperación con la FEREDE, CIE y FCIE. Cómo se llegó a su firma y el proceso

negociador” y organizada por el Ministerio de Justicia, se conmemora el XX

aniversario de los Acuerdos de Cooperación del Estado español con la

FEREDE, la FCJE y la CIE, mediante una jornada que tiene lugar el día 31 de

enero de 2013, en el Auditorio de los Jardines de Cecilio Rodríguez de Madrid,

con la asistencia del Ministro de Justicia y de las diferentes confesiones

religiosas, así como de representantes del Ministerio de Asuntos Exteriores y de

Cooperación, de diferentes Embajadas y del Ayuntamiento de Madrid.

b) Reuniones con las confesiones. Entre otras, cabe destacar:

- Con los representantes de la FEREDE.

- Con los Secretarios Generales de la CIE, así como con los presidentes de

otras Federaciones Islámicas.

- Con la FCJE.

- Con la Iglesia Católica.

- Con las Iglesias Ortodoxas.

- Con representantes de la Iglesia de Jesucristo de los Últimos Días

(mormones).

- Con representantes de la Federación de Comunidades Budistas de España.

- Con representantes de los Testigos de Jehová.

- Con representantes de la comunidad Baha’i en España.

- Con representantes de las Antiguas religiones hispánicas.

- Con el presidente de la Iglesia de la Cienciología.

- Etc…

Page 34: Memoria de actividades de la Subdirección General de

34

Se han mantenido reuniones de trabajo con todas las Iglesias, Confesiones,

Comunidades Religiosas, y sus Federaciones que, han solicitado mantener

cualquier tipo de reunión de trabajo.

Además se asiste a los actos que convocan las propias confesiones, entre otras

muchas, la Semana cultural sefardí, el Congreso de la FEERI, el Desayuno

nacional de oración de la FEREDE o la Gala de Premios DIACONÍA.

c) Participación en Congresos, Jornadas e iniciativas de las confesiones religiosas o de otras instituciones.

Entre los actos en los que ha participado la Subdirección General de Relaciones

con las Confesiones para la divulgación del modelo español de libertad religiosa,

o bien la promoción y desarrollo de este derecho fundamental, cabe destacar los

siguientes:

Fecha: 25/11/2014 Título: Marco normativo y supuestos de igualdad de oportunidades. Jornada de Formación: Igualdad de oportunidades. Lugar celebración: Madrid. Ministerio de Justicia. Organiza: Ministerio de Justicia.

Fecha: 24/11/2014 Título: Diálogo entre un musulmán y un cristiano. Lugar celebración: Madrid. Ministerio de Justicia. Organizan: Ministerio de Justicia, FEREDE y CIE

Fecha: 20/11/2014 Título: Pluralismo Religioso y Gestión Municipal. Encuentro formativo entre las entidades religiosas y el Ayuntamiento de Guadalajara. Lugar celebración: Guadalajara Organizan: Ayuntamiento de Guadalajara y Fundación pública Pluralismo y Convivencia.

Fecha: 17/11/2014 Título: Pluralismo Religioso y Gestión Municipal. Encuentro formativo entre las entidades religiosas y el Ayuntamiento de Burgos. Lugar celebración: Burgos

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Organizan: Ayuntamiento de Burgos y Fundación pública Pluralismo y Convivencia.

Fecha: 16/10/2014 a 17/10/2014 Título: España y Colombia, modelos comparados de libertad religiosa Simposio Internacional: Seminario CULTURA, ETNIA Y RELIGIÓN Lugar celebración: COLOMBIA, Santa Marta Univ. Sergio Arboleda Organizan: Univ. Sergio Arboleda, AEXCID Agencia Extremeña de Cooperación al Desarrollo, Proyecto de Investigación I+D, Ministerio de Economía y Competitividad (HAR 2012-38611-C02)

Fecha: 14/10/2014 a 15/10/2014 Título: España y Colombia, modelos comparados de libertad religiosa Simposio Internacional: Foro DERECHO, ETNIA Y RELIGIÓN Lugar celebración: COLOMBIA, Bogotá Univ. Sergio Arboleda Organizan: Univ. Sergio Arboleda, AEXCID Agencia Extremeña de Cooperación al Desarrollo, Proyecto de Investigación I+D, Ministerio de Economía y Competitividad (HAR 2012-38611-C02)

Fecha: 9/10/2014 a 10/10/2014 Título: Comparative Strategies for fostering Freedom on Religion and Belief Simposio Internacional: Transatlantic Cooperation in Religion, International Relations, and Fostering Freedom of Religion or Belief Lugar celebración: USA. Washington, D.C. Sponsored by: The International Center for Law and Religion Studies of Brigham Young University Organized in Cooperation with: Religious Freedom Project of the Berkley Center for Religion, Peace & World Affairs of Georgetow University; The interdisciplinary Program on Law and Religion of Catholic University of America; Brunel Law and Religion Research Group, Brunel Law School; Religion, Law and International Relations Program, Regents Park College, Oxford

Fecha: 5/10/2014 a 7/10/2014 Título: European perspectives on secularism Simposio Internacional: The twenty-first annual International Law and Religion Symposium. “Varieties of Secularism, Religion and the Law”. Lugar celebración: USA. Brigham Young University, Provo, Utah

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Fecha: 26/09/2014 Título: La libertad religiosa en España. Jornada: 34 años arraigando. Aniversario de la Iglesia de la Cienciología en España Lugar celebración: Sede en España de la Iglesia de la Cienciología Organiza: Iglesia de la Cienciología

Fecha: 22/09/2014 al 23/09/2014 Título: Los Acuerdos Iglesia-Estado en la actualidad Simposio ‘XXXV aniversario acuerdos Iglesia-Estado’, Lugar celebración: Valencia. Universidad Cardenal Herrera, CEU. Organiza: Facultad de Derecho, Empresa y Ciencias Políticas de la Universidad Cardenal Herrera CEU

Fecha: 14/07/2014 al 16/07/2014 Título: Violencia y religión. Congreso: Nuevas realidades sociales: Delitos de odio, violencia, racismo y xenofobia. Lugar celebración: Universidad Rey Juan Carlos (Madrid) Organizan: Instituto de altos estudios policiales del Cuerpo Nacional de Policía (Ministerio del Interior) y la Fundación Universidad Rey Juan Carlos.

Fecha: 02/07/2014 al 04/07/2014 Título: Los nuevos retos en la gestión de la diversidad religiosa en España Congreso: La gestión pública de la diversidad religiosa en Iberoamérica y el Magreb Lugar celebración: Cuacos de Yuste (Cáceres) Organiza: XV Edición de los Cursos Internacionales de Verano de la Universidad de Extremadura

Fechas: Curso III: 25/06/2014 Curso II: 18/06/2014 Curso I: 11/06/2014

Título: Marco normativo y competencial de la libertad religiosa en España. Curso de Gestión de Entidades Religiosa. Plan de Formación de la Fundación Pluralismo y Convivencia Lugar celebración: Madrid Organiza: Fundación pública Pluralismo y Convivencia.

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Fecha: 11/06/2014 Título: El modelo español: de los principios a los instrumentos para la construcción de la convivencia social. Congreso: Pluralismo religiosos y convivencia en Europa. Lugar celebración: Salón Polisón del Teatro de Burgos. Organizan: Ayuntamiento de Burgos y la Fundación pública Pluralismo y Convivencia .

Fecha: 10/06/2014 Título: Religious Liberty & Religious Minorities – Developing a Holistic Framework. Congreso: Worldwide human rights, religious liberty and religious minorities Lugar celebración: ONU, Geneva, Palais des Nations, Conference Room VIII Organiza: International Association for the Defense of Religious Liberty (AIDLR) Council of Europe, Canadá, Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, Permanent Mission of Norway

Fecha: 31/05/2014 Título: FEERI 25 años de historia. Intervención Inaugural del Congreso Nacional de la FEERI Lugar celebración: Madrid. Organiza: Federación Española de Entidades Religiosas Islámicas (FEERI)

Fecha: 22/05/2014 Título: Religión, cultura y gobernanza. Congreso: Primeras Jornadas sobre Gobernanza. Lugar celebración: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales Organizan: Oficina de asuntos públicos Comunidad Bahà`i de España; ARESIMA, Fundación Nahal

Fecha: 8 y 9/05/2014 Título: Relaciones de Cooperación entre la Administración y el Islam en España: Retos actuales y futuro. Congreso: II Congreso Internacional de Derecho Islámico e Interculturalidad. Lugar celebración: Univ. De Zaragoza

Fecha: 26/04/2014. Título: Intervención en el acto “III Desayuno evangélico de oración por las Fuerzas Armadas Españolas”. Asistencia religiosa en las FAS. Jornada: Desayuno evangélico de oración por las Fuerzas Armadas Españolas Lugar celebración: Base Aérea de Torrejón (Madrid)

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Fecha: 10 y 11/04/2014. Título: Spain`s answers to hate speech and intolerance Congreso Internacional: Exploring Jews and Muslims in Spain: history, discrimination and coexitence. Organizado por: Universidad de Alcalá de Henares. This act is part of a research Project I+D+I, Ministery of Economy and Competitiveness of Spain, HAR2012-38611-CO2-01/02. Directec by the coordinators. Lugar celebración: Rectorado de la Univ. De Alcalá de Henares

Fecha: 28/03/2014 Título: Gestión Pública del hecho religioso ¿para qué? Congreso “Poder y Religión en las sociedades democráticas” Lugar celebración: Madrid. Universidad Complutense Organizan: Universidad Complutense, UNED, Universidad Pablo Olavide, Sociedad Española de Ciencias de las Religiones y el Instituto Universitario de Ciencias de las Religiones.

Fecha: 21/03/2014 Título: Herramientas para la gestión de la diversidad religiosa. Jornada de prevención de la discriminación interétnica, la xenofobia y el racismo. Lugar celebración: Valencia Organiza: Consejería de Bienestar Social de la Generalitat Valenciana.

Fecha: 11 y 12/02/2014. Título: Comisiones, Comisiones Mixtas: Órganos de cogestión, debate y participación. Congreso: VIII Jornada de Estudio e Información. Patrimonio Cultural de la Iglesia y Marco Legislativo Estatal y Autonómico. Lugar celebración: Conferencia Episcopal Española. Organiza: Comisión Episcopal para el Patrimonio Cultural.

Fecha: 30 y 31/01/2014. Título: La visión de las confesiones sobre la gestión pública municipal del derecho de libertad religiosa Congreso: Congreso Internacional sobre Gestión del Pluralismo Religioso Organiza: Fundación pública Pluralismo y Convivencia con la colaboración de Casa Árabe, KAICIID, Fundación Canadá, Embajada Canadá, Embajada USA y Ministerio de Justicia. Lugar celebración: Casa Árabe.

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Fecha: 17/01/2014. Título: Informe del Subdirector General de Relaciones con las Confesiones, Ministerio de Justicia Congreso: Conferencia internacional “A la luz del Edicto de Milán (313-2013), Libertad Religiosa y Religiones Minoritarias: Entre el Equilibrio y los Desafíos” Organizado por Instituto de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Complutense de Madrid (UCM) y la Internacional Associaton for the Defense of Religious Liberty (LADLR). Lugar celebración: Madrid. Sala de Juntas de la Facultad de Derecho de la UCM.

Fecha: 16/12/2013 Título: Lucha contra el racismo. El modelo español. (Representante Español, Ministerio de Justicia) Congreso: Reunión del grupo de Expertos en el seno de la Comisión Europea, de su Dirección General de Justicia en el marco del VII Seminario con Israel para la lucha contra el antisemitismo, racismo y Xenofobia. Organizado por Comisión Europea- Israel Lugar celebración: Bruselas. Edificio Berlaymont, de la Comisión Europea. DG Justicia.

Fechas: 29/11/2013 a 30/11/2013. Título: La relación del Estado español con las minorías religiosas y la importancia de la labor social de las mismas. Congreso: XXIX aniversario de la Iglesia de la Cienciología Organizado por Internacional Asociation Scentology. Lugar celebración: Clearwater. (Florida)

Fechas: 26/11/2013 a 27/11/2013. Título: VI Foro Minorías Religiosas en Naciones Unidas. Participación en: Issues in Religion Freedom. Diálogo Interreligioso y lucha contra delitos de odio Congreso/Curso: VI Foro Minorías Religiosas en Naciones Unidas Organizado por ONU Lugar celebración: ONU. Ginebra

Fecha: 21/11/2013. Título: Desafíos actuales de la gestión pública de la religión. Tipo de participación: PONENTE Seminario Permanente: Instituto Madrileño de Antropología. Organizado por Instituto Madrileño de Antropología. Grupo temático de religión y espiritualidad ARESIMA Lugar celebración: Universidad de Comillas (Madrid).

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Fechas: 15/11/2013 a 16/11/2013. Título: Mesa Redonda: Protestantismo y la esfera pública. Congreso/Curso: Protestantismo: aspectos culturales y de gestión. Organizado por la UNED y FEREDE. Lugar celebración: UNED (Barcelona)

Fechas: 29/10/2013 y 30/10/2013. Título: Asistencia Religiosa en Instituciones Penitenciarias. El modelo Español. Tipo de participación: Delegación Española. Congreso: Workshop on the Role of Religious Scholars & other ideological experts in Deradicalization in Prisons Organizado por: Foro Global de Lucha contra el Terrorismo (GCTF) UNICRI (ONU), Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Ministerio de Justicia y Ministerio del Interior. Lugar celebración: Escuela de Administración Pública (INAP). Madrid.

Fechas: 13/10/2013 a 16/10/2013. Título: Observador Internacional. Congreso: International Catholic and Jewish Liaison Committee Organizado por la Santa Sede y la Conferencia Episcopal Española y el Arzobispado de Madrid, y de otra parte, el Estado de Israel y la Federación de Comunidades Judías de España. Lugar celebración: Hotel Intercontinental

Fecha: 10/07/2013 a 11/07/2013. Título: Violencia y Religión. Prevención de crímenes de odio. La respuesta del Derecho. Organizado por la Subdirección General de Relaciones con las Confesiones. Congreso: Curso sobre Violencias Sociales y Grupos de Odio Lugar celebración: Centro de Estudios Jurídicos. Ministerio de Justicia (Madrid) .

Fecha: 04/07/2013. Título: Religiâo e Estado de Direito Congreso: I Curso de verâo da Nova Direito. Tema 2º. DIREITO, RELIGIÂO E SOCIEDADE. Lugar celebración: Universidade da Nova Lisboa. Faculdade de Direito. (Lisboa).

Fecha: 27/06/2013. Título: El uso de símbolos como ejercicio del derecho de libertad religiosa en el ordenamiento jurídico italiano

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Presentación del libro con el mismo título, autora: Rebeca Vázquez Gómez Lugar celebración: Librería CIVITAS

Fecha: 21/05/2013. Título: Día Mundial de la diversidad cultural para el diálogo y el desarrollo Congreso: Coloquio interreligioso. Lugar celebración: Secretaria General Iberoamericana, Madrid.

Fecha: 18/05/2013. Título: Padrino de la Promoción de Graduados en Derecho y de la Promoción de Master en acceso a la Abogacía de la Universidad Católica de Murcia. Congreso: Acto de graduación de grado en Derecho y de Master de acceso a la abogacía de la UCAM Lugar celebración: Salón de actos de la UCAM. (Murcia).

Fecha: 11/05/2013 a 12/05/2013. Título: La libertad religiosa en España tras 20 años de la firma del Acuerdo de Cooperación de la CIE con el Estado en el año 1992. Congreso: Congreso Nacional de la FEERI “La unión ante un proyecto y el compromiso con él”. Lugar celebración: Salón de actos de la Comunidad Religiosa Islámica Mezquita Al-Fath de Leganés (Madrid).

Fecha: 20/04/2013. Título: Intervención en el acto “Desayuno evangélico de oración por las Fuerzas Armadas Españolas”. Asistencia religiosa en las FAS. Jornada: Desayuno evangélico de oración por las Fuerzas Armadas Españolas Lugar celebración: Brigada de Infantería Acorazada “GUADARRAMA”. Base Militar El Goloso (Madrid).

Fecha: 15/04/2013 a 19/04/2013. Título: Iniciativas y futuros cambios en la lucha contra la radicalización (Libertad religiosa) Congreso: Congreso EUROMED POLICE IIII “Counterterrorism and Counterradicalizacion” Lugar celebración: Madrid.

Fecha: 19/03/2013 a 20/03/2013. Título: Religion and Belief in Europe. Workshops

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Seminario/Congreso: Fair Treatment for all: Religion and Belief, Law and Equalities in Europe. Lugar celebración: Bruselas. Parlamento Europeo.

Fecha: 12/03/2013 a 13/03/2013. Título: La libertad de conciencia como punto de partida para la actuación de la Iglesia Congreso: España y la Iglesia Católica. La posición de la Iglesia en el ordenamiento español. Lugar celebración: Univ. De Valladolid. Fac. Derecho

Fecha: 02/03/2013. Título: La lacra de la islamofobia Jornada: Encuentro de reflexión contra la islamofobia Lugar celebración: Valencia Salón de actos del Colegio Mayor Rector Peset.

Fecha: 01/03/2013. Título: 50 aniversario Asambleas de Dios en España Jornada: 50 aniversario Asambleas de Dios en España Lugar celebración: Ciudad de Gandía (FEREDE)

d) Entrevistas en el programa de TV2 Islam hoy y en otros medios de comunicación, como Radio Onda Cero, Agencia Efe, Radio Nacional de

España, programas religiosos de TVE y Córdoba TV .

6. ACCIONES CONJUNTAS CON OTROS MINISTERIOS a) Plan de prevención contra la radicalización y asistencia religiosa en las prisiones.

Se ha trabajado junto al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, la

D.G. de Instituciones Penitenciarias y el CNCA en la celebración los días 29 y

30 de octubre de 2013 de un taller internacional sobre el papel de los líderes

religiosos en las prisiones.

b) Convocatoria de las Comisiones Mixtas entre FEREDE, FCJE y CIE para el desarrollo de la LOMCE.

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En el primer semestre del año 2014 se han convocado y levantado actas de las

Comisiones Mixtas entre la FEREDE, la FCJE y la CIE y el Ministerio de

Educación, Cultura y Deporte, con el objeto de resolver y avanzar en cuestiones

de interés para las confesiones religiosas. Dichas reuniones han sido

promovidas por el Ministerio de Justicia a petición de las Federaciones. En este

momento, se continúa trabajando en esta materia por parte del Ministerio de

Educación, Cultura y Deporte.

c) Los Roma En abril de cada año se asiste al Pleno extraordinario del Consejo Estatal del

Pueblo Gitano y a diversos actos del día internacional del Pueblo Gitano, así

como en abril de 2013 a la presentación de la campaña del Consejo de Europa

“Dosta”.

Por parte de la Subdirección General de Relaciones con las Confesiones, se

está promoviendo la creación de un Grupo de trabajo, en el seno del Consejo

del Pueblo Gitano, para el conocimiento y la conmemoración del holocausto del

pueblo Gitano durante la Segunda Guerra Mundial.

d) Comisión Nacional V Centenario Santa Teresa de Jesús

La Comisión Nacional, creada mediante Real Decreto 816/2013, de 18 de

octubre, para impulsar las distintas actividades que se celebren para el

centenario y de la que es miembro el Director General de Cooperación Jurídica

Internacional y Relaciones con las Confesiones, se constituyó en Pleno el 17 de

diciembre de 2013 en la ciudad de Ávila.

La Comisión Ejecutiva tiene encomendadas como principales funciones las de

llevar a cabo los programas de actividades aprobados por el Pleno, así como

proponer a este órgano los estudios económicos para determinar la viabilidad de

las actuaciones conmemorativas. Del mismo modo, velará por el cumplimiento

de los acuerdos adoptados por el Pleno y elaborará proyectos del programa de

actividades para su elevación a esta sesión plenaria.

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7. ACCIÓN EXTERIOR

a) KAICIID España es uno de los Estados miembros, junto a Austria y Arabia Saudí,

además de la Santa Sede como observador.

A finales de mayo de 2013 el Ministerio de Justicia presenta ante dicha

organización la experiencia española en materia de Derecho Eclesiástico del

Estado, de normalización de las minorías religiosas, la gestión de la

fenomenología de la libertad religiosa y el papel de la Fundación Pluralismo y

Convivencia y del Observatorio de Religión.

Y los días 18 y 19 de noviembre de 2013 miembros de la DGCJIRC asisten en

Viena a la presentación del foro global del KAICIID “La mirada del Otro”.