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MEMORIA ANUAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA 2011 I. INTRODUCCIÓN II. ESTADO Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS JUDICIALES 2. 1. Panorama global 2. 2. Salas del Tribunal Superior de Justicia 2.2.1. Sala de lo Civil y Penal 2.2.2. Sala de lo Contencioso-Administrativo 2.2.3. Sala de lo Social 2. 3. AUDIENCIAS PROVINCIALES 2.3.1. Audiencia Provincial de Almería 2.3.2. Audiencia Provincial de Cádiz 2.3.3. Audiencia Provincial de Córdoba 2.3.4. Audiencia Provincial de Granada 2.3.5. Audiencia Provincial de Huelva 2.3.6. Audiencia Provincial de Jaén 2.3.7. Audiencia Provincial de Málaga 2.3.8. Audiencia Provincial de Sevilla 2. 4. JUZGADOS 2.4.1. Primera Instancia 2.4.2. Familia 2.4.3. Instrucción 2.4.4. Primera Instancia e Instrucción 2.4.5. Violencia sobre la Mujer

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MEMORIA ANUAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA 2011

I. INTRODUCCIÓN

II. ESTADO Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS JUDICIALES 2. 1. Panorama global 2. 2. Salas del Tribunal Superior de Justicia

2.2.1. Sala de lo Civil y Penal 2.2.2. Sala de lo Contencioso-Administrativo 2.2.3. Sala de lo Social

2. 3. AUDIENCIAS PROVINCIALES 2.3.1. Audiencia Provincial de Almería 2.3.2. Audiencia Provincial de Cádiz 2.3.3. Audiencia Provincial de Córdoba 2.3.4. Audiencia Provincial de Granada 2.3.5. Audiencia Provincial de Huelva 2.3.6. Audiencia Provincial de Jaén 2.3.7. Audiencia Provincial de Málaga 2.3.8. Audiencia Provincial de Sevilla

2. 4. JUZGADOS 2.4.1. Primera Instancia 2.4.2. Familia 2.4.3. Instrucción 2.4.4. Primera Instancia e Instrucción 2.4.5. Violencia sobre la Mujer

2.4.6. Mercantil 2.4.7. Penal 2.4.8. Contencioso-Administrativo 2.4.9. Social 2.4.10. Vigilancia Penitenciaria 2.4.11. Menores

III. ANÁLISIS Y CONCLUSIONES 3. 1. Disfunciones de la Justicia

3.1.1 La Justicia y el plazo razonable

3.1.2 Suspensiones

3.1.3 Juicios de conformidad

3.1.4 Ejecutar lo juzgado 3. 2. Incidencia de la crisis en los órganos judiciales 3. 3. Nuevas plazas judiciales 3. 4. Nueva oficina judicial 3. 5. Medios personales e infraestructuras 3. 6. Informatización judicial (Lexnet) 3. 7. Órganos judiciales objeto de seguimiento y refuerzo 3. 8. Jueces de paz y registros civiles IV. ACTIVIDAD GUBERNATIVA Y COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL 4. 1. Sala de Gobierno 4. 2. 2011: Actos más relevantes 4. 3. Servicio de Biblioteca judicial

I. INTRODUCCIÓN Un año más analizamos la situación actual de la justicia en la Comunidad

Autónoma de Andalucía y en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, ámbito

al que extiende su jurisdicción este Tribunal Superior de Justicia. Con ello se

responde a la previsión del artículo 152.1.9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial

(LOPJ), cuando recoge la elaboración de la Memoria anual expositiva sobre el

funcionamiento del Tribunal Superior de Justicia, con expresión detallada del

número y clase de asuntos iniciados y terminados, así como de los que se

hallaren pendientes, debiendo contener la Memoria, en todo caso, la indicación de

las medidas que se consideren necesarias para la corrección de las deficiencias

advertidas.

El mensaje inicial revela que 2011 ha vuelto a ser un año muy complicado

en materia de administración de justicia, con un alto porcentaje de litigiosidad

(algo más de 1.900.000 asuntos en el ámbito de este Tribunal Superior) que,

afortunadamente, no supone incremento respecto a la anualidad anterior, pero

que, implica una tasa de ingresos demasiado elevada para rebajar el volumen de

asuntos pendientes con la actual planta judicial. Por tener una comparativa, la

tasa anual nacional ronda los 9 millones de asuntos, mientras que países de

nuestro entorno europeo con más habitantes no llegan a seis millones de asuntos

ingresados al año en sus tribunales.

En esta línea, la primera reflexión es que seguimos donde nos

encontrábamos al inicio de la anterior Memoria, esto es, con la dificultad, por no

decir imposibilidad, de aproximarnos a la meta del “rendimiento óptimo de la

justicia”, que cada órgano (unipersonal o colegiado) resuelva dentro de los plazos

que las leyes procesales establecen todos los asuntos atribuidos a su

competencia, con la máxima calidad y precisión exigibles. La falta de aumento de

plazas judiciales, las medidas de refuerzo inadecuadas o insuficientes y, en fin, la

demora en reformas en la organización del sistema de trabajo, son, sin duda,

factores que inciden en este resultado o percepción negativa, pese al general

esfuerzo y laboriosidad.

Ello origina, como después se analiza con detenimiento, un claro deterioro

de la garantía de que el proceso judicial, incluida la ejecución de las resoluciones,

MEMORIA 2011 1

se ajuste en su desarrollo a adecuadas pautas temporales, con los derivados

perjuicios personales y económicos para los ciudadanos y justiciables.

La segunda reflexión exterioriza de forma patente la insostenibilidad del

actual sistema organizativo, cuya reforma -indiscutible e indiscutida- está

perfectamente diagnosticada en distintos apartados en cuanto a los objetivos

futuros, muy lejos de alcanzarse.

Desde esta perspectiva, se impone volver a recordar aquellas metas

reseñadas en la Memoria-2010, que aseguran la necesaria transformación de

nuestro sistema judicial y atienden demandas continuas de modernización e

incremento de los niveles de servicio que deben ser ofrecidos a los justiciables.

Se trata de profundos cambios organizativos y estructurales, que mejoran la

contribución de la justicia al progreso social y económico y a la satisfacción de los

derechos de los ciudadanos, ideal al que debemos consagrar todos nuestros

esfuerzos, pues hay que implicarse definitivamente en la eficacia, atributo del

servicio público (la justicia en una sociedad democrática avanzada debe ser

contemplada no sólo como poder judicial sino también como servicio público).

Hay que seguir reivindicando la modernización y transformación radical del

actual sistema de administrar justicia, que exige soluciones rápidas y

consensuadas para garantizar la tutela judicial efectiva, todo ello en una triple

dirección: a) transformación tecnológica, b) transformación organizativa/funcional,

c) dimensionar/racionalizar el volumen de entrada de asuntos.

Además, en tiempos complicados como el presente, es obligado recordar que

la justicia forma parte del “clima” en el que se desenvuelven las actividades

económicas y sociales. Su importancia es tan grande que resulta central trabajar

en la mejora de la administración de justicia, que constituye una verdadera

“infraestructura social”. Se dice, con razón, que la justicia está en el punto de mira

de la economía: una justicia ágil, de calidad, es un valor económico. De ahí, la

importancia de apoyarla y fortalecerla, aspiración, si cabe, más acuciante en

tiempos de crisis económica y financiera, con un impacto significativo en el sistema

judicial, ante el aumento de litigiosidad y la menor capacidad presupuestaria para

articular medios de respuesta.

La conclusión final es obvia: no se ha cumplido mínimamente el deseo

expresado el pasado año, ni “podemos felicitarnos por ahora de encontrarnos

2 MEMORIA 2011

plenamente inmersos en el auténtico camino que lleva a la real modernización y

transformación radical de la justicia”.

Así, pues, se impone “hacer memoria”, valga la redundancia, y recordar de

nuevo, de forma muy sintética, las demandas exteriorizadas en la Memoria Anual

2010, que mantienen plena vigencia y actualidad:

PRIMERA.- TRANSFORMACION TECNOLOGICA. Hemos avanzado en generalizar Lex-Net en los órganos judiciales y, por

tanto, la transmisión telemática de notificaciones, aunque todavía está muy lejos

su extensión a todo el territorio judicial andaluz. Ahora bien, seguimos teniendo a

la vista retos y objetivos inabordados, que nos obligan a salir del retraso secular

de la justicia, obsesionada todavía con el papel.

Se impone una administración de justicia digital, que se relacione mediante

los nuevos canales, de los que Internet es la estrella, acercando los servicios a los

despachos de los profesionales y a los hogares de los ciudadanos. Eso supone

que los trámites abandonen el formato papel y pasen a realizarse en un fichero

electrónico (digitalización de procedimientos judiciales y gestión documental a

través del expediente electrónico), única forma de no burocratizar aún más la

administración de justicia.

Además, hay que insistir en la necesidad de hacerlo con carácter piramidal,

comenzando a nivel de los Juzgados de instancia, no al contrario, y, por supuesto,

con plena compatibilidad de los sistemas electrónicos en todas las

Administraciones.

En esta línea, se ha publicado la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del

uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración

de Justicia. El problema, como suele ocurrir demasiado a menudo, es que no se

cumplan los plazos establecidos... el tiempo transcurre muy rápido.

SEGUNDA.- TRANSFORMACION ORGANIZATIVA / FUNCIONAL. Es, sin duda, la medida que más reclaman todos los jueces andaluces. Se

habla ya, abiertamente, de un modelo agotado, que no permite rentabilizar los

recursos: “el problema de fondo es que el modelo actual es anacrónico, rígido y

obsoleto”. Hay una disfuncionalidad organizativa evidente, que exige modernizar y

racionalizar nuestros recursos para superar una organización arcaica que permite,

MEMORIA 2011 3

a menudo, que la inversión en justicia se pierda por las rendijas de la

organización.

Por ello, conviene salir de una vez por todas de las inercias imperantes.

Esta Sala de Gobierno sigue apuntando cuatro ideas claves:

1. Romper la rigidez y actuales distorsiones de nuestra organización de

trabajo, asegurar, a la mayor brevedad posible, una correcta redistribución del

personal y adoptar medidas ejecutivas para garantizar una gestión eficaz y

eficiente de los actuales recursos humanos al servicio de la Administración de

Justicia.

Durante 2011 no hemos conseguido contar con el anunciado Decreto

Marco del Ejecutivo andaluz por el que se regula la “Estructura y Organización de

la Oficina Judicial en Andalucía (ni otros Decretos paralelos de relaciones de

puestos de trabajo en determinadas unidades judiciales), que hubiera permitido

iniciar su esperado despliegue y frenar la actual dispersión organizativa a través

de una nueva fórmula mucho más racional y eficiente, al tiempo que un mejor

aprovechamiento de los actuales recursos humanos y medios materiales.

2. Potenciar los Servicios Comunes, así como la forma colegiada de

trabajo.

Tampoco ha habido suerte con la implantación de Servicios Comunes de

Ejecutorias, básicos en determinadas ciudades ante el deterioro y aumento

alarmante de las ejecuciones pendientes, como después veremos, al tiempo que

se ha visto frenado el proceso de implantación de los Servicios Comunes de

Partido Judicial durante 2011, año en que no se ha puesto en marcha ninguno.

3. Revisar el concepto de Juzgado, ya que éstos suponen un coste muy

elevado que no se corresponde con su rentabilidad. No se trata de clonar

Juzgados, extendiendo un sistema de islotes que impide compartir recursos e

información, reducir costes, duplicidades y tiempo.

Recordemos que España está por debajo de la media europea en número

de jueces por cien mil habitantes, pero, en cambio, está por encima de la media

de órganos judiciales, con más de 4 Juzgados por cada cien mil habitantes,

cuanto Alemania está en uno. Esto significa, como argumentan voces

autorizadas, que no se trata de crear más órganos judiciales, sino de incrementar

el número de jueces que resuelvan los conflictos de los ciudadanos.

4 MEMORIA 2011

En esta línea, siguen de plena actualidad tres datos de la justicia española,

según la Comisión Europea para la eficacia de la justicia (CEPEJ): elevada

dispersión organizativa-territorial (de sedes), elevado nivel de empleo público no

judicial (alto número de funcionarios) y un número de jueces relativamente

reducido. Con tales premisas, se concluye en la más que evidente debilidad de la

justicia española, producto de una inadecuada organización que impide obtener la

eficiencia esperada del importante esfuerzo presupuestario de los últimos años.

4. Reformar demarcaciones judiciales obsoletas, reagrupar partidos,

profundizar en la comarcalización de ciertos Juzgados, con la consiguiente y

beneficiosa especialización jurisdiccional, ampliamente demandada en Juzgados

de Violencia contra la Mujer, Familia e Incapacidades.

En definitiva, una nueva Planta y Demarcación, que contemple el aumento

de la población española, sus modernas infraestructuras, la complejidad y

características de los asuntos.

TERCERA.- DIMENSIONAR / RACIONALIZAR EL VOLUMEN DE ENTRADA DE ASUNTOS.

Se han dado ya algunos pasos en esa dirección, como el que supone la

publicación de la Ley 37/2011, de 10 de octubre, cuyo objeto es incorporar

determinadas medidas de agilización procesal en los órdenes civil, social y

contencioso-administrativo. Durante el presente año será obligado examinar su

incidencia y repercusión práctica en nuestros órganos judiciales.

No obstante, seguimos insistiendo en la necesidad inmediata de introducir

reformas procesales en el orden jurisdiccional penal, ámbito especialmente

sensible con un porcentaje de litigiosidad superior al 70 % sobre el total de

asuntos, con dilaciones palpables. Desde esta Sala de Gobierno se considera

imprescindible y urgente introducir reformas procesales en el orden jurisdiccional

penal, sin esperar a una futura reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal,

lejana en cuanto a su materialización efectiva y entrada en vigor. Es necesaria la

iniciativa legislativa inmediata para medidas efectivas y prontas, que agilizarían

los procedimientos y evitarían dilaciones indebidas.

No nos resistimos a apuntar algunas imperiosas: 1. extraer del ámbito

judicial los procedimientos sin autor conocido que conllevan automáticamente el

sobreseimiento provisional, sin ninguna diligencia judicial, lo que evitaría un

MEMORIA 2011 5

enorme trabajo improductivo en la oficina, 2. unificar el trámite de los recursos

contra los autos del Juez de instrucción y del Juez de lo penal, 3. unificación del

trámite procesal en la fase de formalización de los recursos de apelación penal, 4.

unificar el trámite procesal del sumario y del procedimiento abreviado, 5. prever

una sola instancia de revisión judicial en ciertas materias de escasa entidad o

gravedad, 6. facilitar soluciones autocompositivas con la puesta en práctica de

medidas y programas de mediación dentro del proceso penal (recordemos, de

conformidad con el artículo 17 de la Decisión Marco del Consejo de la Unión

Europea de 15 de marzo de 2001, que tales medidas deberían ya estar en vigor -

a más tardar el 22 de marzo de 2006-, lo que significa que se han cumplido ya

seis años de retraso).

En otro orden de consideraciones, no podemos dejar de citar las propuestas

ministeriales encaminadas a “potenciar soluciones extrajudiciales, que reduzcan

la litigiosidad y profundicen en vías de resolución alternativas”. Así, se anuncian

proyectos para “sacar de los Juzgados casos sin conflicto como medida de mejora

de la administración de justicia”, sobre cuyo calado y materialización debemos

estar atentos: matrimonios, divorcios de mutuo acuerdo, adopción, declaraciones

de herederos, intervención y administración de herencias, protocolización de

testamentos, declaración de ausencia y fallecimiento, partición de bienes,

consignaciones de pago, expedientes de dominio, de deslinde, de rectificación de

errores registrales, subastas, ciertos procedimientos de derecho mercantil o

marítimo, etc.

En principio, esta Sala de Gobierno es proclive al debate sobre la

oportunidad de tales reformas, partiendo de la base del uso racional del proceso y

que, en principio, la justicia debe operar cuando hay intereses contrapuestos y

conflicto evidente entre las partes; eso sí, ponderando siempre todos los intereses

en conflicto y las necesidades de conexión entre Derecho público y privado.

Esto mismo puede decirse del llamado copago o tasa judicial, del que

pueden predicarse argumentos de equidad y eficiencia para disuadir de una

demanda innecesaria o artificial. La adopción de la tasa en determinados

supuestos no tiene por qué limitar el acceso a la justicia de quienes carecen de

medios, cuyas necesidades se satisfacen de forma más eficiente con la

prestación por justicia gratuita; además, las tasas pueden cumplir un papel

6 MEMORIA 2011

racionalizador de los litigios y del gasto en justicia, pues el principio general en

nuestras sociedades conlleva que, si el disfrute de un beneficio por un usuario

supone un coste, el usuario pague un precio para compensar es coste; esto es

socialmente adecuado, desincentiva un consumo abusivo y evita la injusticia de

que otros paguen por ello, tal y como se contempla en numerosos países de

nuestro entorno.

En fin, no hay varitas mágicas ni inmediatas para acabar con los males de

nuestro sistema. Ahora bien, nuestra justicia necesita mejores leyes, al tiempo

que pueden ser eficaces y razonables ciertas medidas y cambios de futuro, por lo

que, a nuestro juicio, lo importante es la voluntad política sostenida durante un

horizonte temporal que permita, de una vez por todas, mejorar la eficacia y

eficiencia del modelo de justicia en España, con pleno respeto a los derechos

constitucionales en juego.

Granada, a 10 de abril de 2012

Fdo. Lorenzo del Río Fernández

Presidente Tribunal Superior de Justicia

de Andalucía, Ceuta y Melilla

MEMORIA 2011 7

II. ESTADO Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS JUDICIALES DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

En este apartado se presenta una visión general de la justicia en

Andalucía, Ceuta y Melilla, en base a los datos procesados sobre la actividad

judicial desarrollada en el año 2011 en cada uno de los órganos judiciales

incluidos en el ámbito territorial de este Tribunal Superior de Justicia.

Se comienza por distintas estadísticas y gráficos, tanto generales como por

provincias, que resumen la actividad en todas las jurisdicciones durante el año

2011, que permiten una comparativa final de la litigiosidad durante los dos años

precedentes.

Seguidamente, se analiza la actividad en 2011 de todos los órganos

judiciales de este Tribunal Superior de Justicia, así como la evolución que han

seguido a lo largo de los últimos cinco años, haciendo uso para ello de los datos

recogidos por el Consejo General del Poder Judicial a través de los boletines

estadísticos trimestrales que rellenan.

En primer lugar, se analizan las Salas que conforman este Tribunal

Superior; luego se presenta la información de las distintas Audiencias Provinciales

de Andalucía; y, a continuación, se analiza y configura el mapa de actividad de los

órganos unipersonales de Andalucía, Ceuta y Melilla, mediante un estudio

pormenorizado por los distintos órdenes jurisdiccionales dentro de cada partido

judicial.

Como suele ser habitual, el análisis de los datos incluye diferentes tasas

que resumen la actividad desarrollada por cada órgano judicial.

La tasa de resolución se calcula dividiendo la cantidad de asuntos

resueltos por la cantidad de asuntos ingresados, relaciona estos dos valores. Si

esta tasa es mayor que 1 quiere decir que la pendencia ha disminuido a lo largo

del año en ese órgano judicial.

La tasa de pendencia relaciona la cantidad de asuntos pendientes a final

de año con los resueltos (se calcula dividiendo la pendencia por la resolución). De

8 MEMORIA 2011

esta manera se obtiene una estimación del tiempo que se va a tardar en resolver

dichos asuntos pendientes. La tasa de pendencia multiplicada por 12 nos da este

tiempo en meses.

La tasa de congestión indica qué porcentaje de asuntos se resuelve a lo

largo del año de la carga total de trabajo del órgano (asuntos pendientes del año

anterior más los ingresados), ya que se obtiene dividiendo los asuntos resueltos

por la carga de trabajo.

Por otra parte, el análisis de los órganos judiciales que se realiza atiende a

los llamados “Módulos de Entrada” establecidos hace tiempo por el CGPJ, que

son objeto de intenso debate y están sometidos en la actualidad a una profunda

revisión para determinar la carga de trabajo realmente asumible por los distintos

órganos judiciales. Al respecto, conviene poner de manifiesto la conveniencia de

que el CGPJ, en el ejercicio de su capacidad de autoorganización para el

cumplimiento de sus fines1, elabore y apruebe cuanto antes unos módulos que

determinen la dedicación razonablemente exigible a los Jueces y Magistrados,

entendida como la carga de trabajo que la prudencia aconseje para ofrecer una

respuesta judicial de calidad. Ello permitirá valorar la adecuación de la planta

judicial a las necesidades reales y determinar las actuaciones que requiere la

prestación eficaz y de calidad del servicio de la justicia a los ciudadanos.

Mientras no tengamos otra referencia valorativa o interpretativa,

utilizaremos aquellos índices o módulos, únicos existentes en la actualidad, con el

fin de hacernos una idea de la carga competencial en Andalucía, Ceuta y Melilla y

argumentar dónde aflora una sobrecarga de trabajo que revela la necesidad de

ampliar la planta judicial.

Sin perjuicio de lo expuesto, también es obligado comentar la necesidad de

contar cuanto antes con una estadística totalmente fiable e igualitaria en su

tratamiento en todo el territorio judicial, con idénticas pautas en el control y forma

de registro de entrada de asuntos, a efectos de evitar asuntos duplicados en

número, con la consiguiente distorsión a la hora de lograr el mejor diagnóstico del

estado de nuestros órganos jurisdiccionales.

1 El art. 110.2.r) LOPJ atribuye competencia al Consejo para dictar Reglamentos sobre “sistemas de racionalización, organización y medición del trabajo que se estimen convenientes con los que determinar la carga de trabajo que puede soportar un órgano jurisdiccional”.

MEMORIA 2011 9

2.1 PANORAMA GLOBAL Un resumen de la actividad en todas las jurisdicciones durante el año 2011

en Andalucía, Ceuta y Melilla, a través de los gráficos y estadísticas que siguen a

continuación, tanto generales como por provincias, permite una comparativa final

del volumen de registro durante los dos años precedentes y la consiguiente

valoración general.

Un dato positivo en todas las jurisdicciones durante el ejercicio 2011 es que

no se ha incrementado el volumen de registro; al contrario, los asuntos ingresados

en 2011 experimentaron una leve disminución, en torno al tres por ciento, en

relación con el 2010, primer año en el que se rompió la tendencia (en 2008 había

aumentado en un 10% y en 2009 había subido un 4%).

Por órdenes jurisdiccionales, los procedimientos penales suponen más de

siete de cada diez asuntos que se reciben en los Juzgados, en concreto un 77%

de total, que se corresponde con tres cuartas partes de los ingresos. En el otro

extremo, se sitúa la tasa de ingreso relativa a la jurisdicción social y contencioso

administrativo (social con un 4% y contencioso administrativo con un 3%),

mientras que la jurisdicción civil supone un 16% del total de asuntos ingresados.

Ahora bien, pese a reconocer esta Sala de Gobierno el general esfuerzo

resolutivo de Jueces y Magistrados, la situación final no es satisfactoria ante la

dificultad de bajar la tasa de asuntos pendientes, que había ido aumentando

progresivamente en las anualidades anteriores. A ello contribuye, sin duda, la falta

de aumento de plazas judiciales, las medidas de refuerzo inadecuadas o

insuficientes y, en fin, la demora en reformas en la organización del sistema de

trabajo.

Lo expuesto, como después se comenta y visualiza en el apartado III al

hablar de las disfunciones de la justicia y la incidencia de la crisis en los órganos

judiciales, genera un quebranto de la finalidad específica y la garantía de que el

proceso judicial, incluida la ejecución de las resoluciones, se ajuste a pautas

temporales razonables, al tiempo que el resultado final implica en muchos casos

un grave daño para los justiciables, en ocasiones irreparable, lo que obliga a

recordar la gravísima situación que existe en muchas jurisdicciones, con distinta

incidencia en unas u otras sedes del ámbito de este Tribunal Superior de Justicia.

10 MEMORIA 2011

AÑO 2011 Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final Sentencias Magistrados Sentencias / Magistrado

CIVIL 264.671

310.148

(-9%) 312.984

(-1%) 258.488

(-2%) 87.112

559

156

Juzgados de Menores

319 5 167 133 47 18 3 Juzgados de Primera Instancia

131.890 162.772 170.886 121.580 43.201 128 338 Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

113.511 117.154 114.639 115.037 27.791 203 137 Juzgados de Violencia sobre Mujer

2.301 4.253 4.214 2.296 1.916 101 19 Juzgados de lo Mercantil

9.635 8.578 7.415 10.694 3.757 12 313 Audiencias Provinciales

7.010 17.334 15.621 8.733 10.397 94 111 Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia

5 52 42 15 3 3 1 PENAL

200.607

1.461.091 (-2%)

1.446.498 (-2%)

206.906 (3%)

149.168

601

249

Juzgados de Menores

4.679 7.333 8.264 3.665 5.353 18 297 Juzgados de Vigilancia Penitenciaria

6.178 55.643 57.124 4.695 13 0 Juzgados de lo Penal

26.126 39.937 38.164 28.495 34.604 71 487 Juzgados de Instrucción

59.331 781.922 781.368 59.404 50.537 93 543 Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

90.218 502.727 488.667 96.516 40.775 203 201 Juzgados de Violencia sobre Mujer

8.741 42.604 42.253 8.593 4.208 101 42 Audiencias Provinciales

5.316 30.790 30.524 5.519 13.669 99 138 Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia

18 135 134 19 22 3 7 SOCIAL

49.540

78.095 (2%)

70.395 (-2%)

56.915 (15%)

38.267

83

461

Juzgados de lo Social

45.121 68.574 61.316 52.054 29.418 56 525 Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia

4.419 9.521 9.079 4.861 8.849 27 328 CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO 88.364

58.367 (0%)

63.730 (4%)

82.424 (-7%)

41.502

93

446

Juzgados Contencioso-Administrativo

51.324 44.180 45.516 50.547 27.503 52 529 Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia 37.040 14.187 18.214 31.877 13.999 41 341 TOTAL GENERAL 603.182

1.907.701

(-3%) 1.893.607

(-2%) 604.733

(0%) 316.049

Entre paréntesis se indica la variación porcentual con respecto al año anterior

MEMORIA 2011 11

En los siguientes gráficos se puede ver la situación de cada provincia por

jurisdicciones.

ASUNTOS CIVILES POR PROVINCIAS. AÑO 2011

0

20.000

40.000

60.000

80.000

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

ALMERIA CADIZ CORDOBA GRANADA HUELVA JAEN MALAGA SEVILLA

ASUNTOS PENALES. POR PROVINCIAS. AÑO 2011

0

100.000

200.000

300.000

400.000

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

ALMERIA CADIZ CORDOBA GRANADA HUELVA JAEN MALAGA SEVILLA

12 MEMORIA 2011

ASUNTOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO POR PROVINCIAS. AÑO 2011

05.000

10.00015.00020.00025.00030.000

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

ALMERIA CADIZ CORDOBA GRANADA HUELVA JAEN MALAGA SEVILLA

ASUNTOS SOCIALES POR PROVINCIAS. AÑO 2011

0

5.000

10.000

15.000

20.000

25.000

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

ALMERIA CADIZ CORDOBA GRANADA HUELVA JAEN MALAGA SEVILLA

MEMORIA 2011 13

En los siguientes gráficos podemos apreciar la evolución que en los seis

últimos años, se ha producido con respecto a los asuntos que se han registrado y

resuelto, así como la pendencia al final del ejercicio.

JURISDICCIÓN CIVIL

050.000

100.000150.000200.000250.000300.000350.000400.000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al final

JURISDICCIÓN PENAL

0200.000400.000600.000800.000

1.000.0001.200.0001.400.0001.600.000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al final

14 MEMORIA 2011

JURISDICCIÓN SOCIAL

010.00020.00030.00040.00050.00060.00070.00080.00090.000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al final

JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA

010.00020.00030.00040.00050.00060.00070.00080.00090.000

100.000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al final

MEMORIA 2011 15

2.2. SALAS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA 2.2.1. SALA DE LO CIVIL Y PENAL JURISDICCIÓN CIVIL

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,

Ceuta y Melilla, que tiene su sede en Granada, ha resuelto un total de 42 asuntos

civiles durante el año 2011, de los cuales 34 se refieren a cuestiones de

competencia. Se han dictado 3 sentencias civiles y 38 autos, todos ellos

resolviendo sobre el fondo del recurso. A fecha 31 de diciembre de 2011 quedan

quince asuntos civiles pendientes de resolución en esta Sala. La tasa de

resolución es del 0,8, con una pendencia de 0,4.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TSJA. AÑO 2011

RECURSOS Y PROCESOS Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final Recursos de casación Recursos extraordinarios de revisión Procesos de resp. civil contra magistrados Restantes procesos de resp. civil Cuestiones de competencia 5 33 34 4 Otros (laudos arbitrales, etc.) 19 8 11 Total 5 52 42 15

EVOLUCIÓN CIVIL EN LOS ÚLTIMOS AÑOS

Se puede observar en el gráfico adjunto que la actividad civil de la Sala de

lo Civil y Penal de este Tribunal ha experimentado un leve descenso en el último

año.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TSJA.

SERIES TEMPORALES 2006 - 2011

0102030405060

2006 2007 2008 2009 2010 2011

RegistradosResueltosPendientes al final

16 MEMORIA 2011

JURISDICCIÓN PENAL

En materia penal se han ingresado 135 asuntos y la Sala ha resuelto un

total de 134 asuntos, 19 más que el año anterior, situándose la pendencia a final

de año en 19 asuntos.

Por materias, se han registrado 30 procesos de la Ley del Jurado. De las

26 apelaciones contra sentencias que se han registrado, hubo 1 relativas a

violencia sobre la mujer y 1 sobre violencia domestica. Los asuntos penales

relativos a Cuestiones de Competencia han sufrido un incremento del 30%

respecto al año anterior. Como suele ser habitual el mayor número de ingresos se

produjo en causas contra Jueces, Magistrados y Fiscales, en total 52 asuntos.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TSJA. 2011

ASUNTOS PENALES Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final PROCESOS LEY JURADO 5 30 28 7 Apelaciones contra sentencias 1 26 21 6 Restantes recursos 4 4 7 1 RESTANTES PROCESOS 13 105 106 12 Contra jueces, magistrados y fiscales 7 52 53 6 Estatutos de autonomía 3 13 14 2 Cuestiones de competencia 3 39 38 4 Otros 0 1 1 0 TOTAL 18 135 134 19

En 2011 se han dictado 22 sentencias penales. Los procesos de la Ley del

Jurado que terminaron en sentencia, fueron 10 estimando y 11 desestimando. Se

han dictado también 110 autos penales, todos resolviendo sobre el fondo del

recurso.

EVOLUCIÓN PENAL EN LOS ÚLTIMOS AÑOS

Se observa en el gráfico adjunto que la actividad penal en la Sala ha

llegado a una situación de estabilidad en los últimos cuatro años, donde se han

ingresado y resuelto en torno a 109 asuntos penales de media por año, con una

cantidad de asuntos pendientes a final de año que no supera los 18 asuntos.

MEMORIA 2011 17

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TSJA.

SERIES TEMPORALES 2006-2011

0

50

100

150

2006 2007 2008 2009 2010 2011

RegistradosResueltosPendientes al final

El gráfico siguiente muestra una clasificación temporal por materias. Se

puede observar que los procesos de la Ley del Jurado han experimentado un

ascenso desde el año 2007, que registraron un valor mínimo por debajo de los 20

asuntos. En este último año han vuelto a aumentar un 20% respecto al año

anterior. Históricamente los procesos contra Jueces, Magistrados y Fiscales han

fluctuado mucho, aunque en el último año se han mantenido estables. Las

cuestiones de competencia han llegado a 39 ingresos al año. Los procesos

relativos al Estatuto de Autonomía han aumentado hasta 13 asuntos en 2011.

Además, en la Sala de lo Civil y Penal en el año 2011 se han devuelto 9

recursos penales de casación, 5 confirmando totalmente la sentencia y 2

revocándola parcialmente.

ASUNTOS PENALES REGISTRADOS. SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TSJA. SERIES TEMPORALES 2006-2011

010203040506070

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Procesos Ley Jurado

Contra jueces, mag. y f isc.

Estat. Autonomía

Cuest. Competencia

18 MEMORIA 2011

2.2.2. SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia

de Andalucía, Ceuta y Melilla, tiene tres sedes, ubicadas territorialmente en las

ciudades de Granada, Málaga y Sevilla. Para fijar la concreta competencia de

cada una dentro del ámbito territorial del TSJA se aprobaron el 16 de febrero de

2005 por la Sala de Gobierno las específicas normas de distribución de asuntos,

que se hicieron públicas por el CGPJ en virtud de Acuerdo de la Comisión

Permanente de fecha 1 de marzo de 2005 (BOE del 19 de marzo).

Tales normas están basadas fundamentalmente en un sistema de

distribución en base a la procedencia administrativa del acto o disposición

impugnado, esto es, según provenga de Presidencia, Consejo de Gobierno y las

distintas Consejerías Autonómicas. Tal sistema se ha vuelto con el tiempo poco

equilibrado y, en cierto modo, distorsionante y poco estable, por lo que debe ser

objeto de revisión a corto plazo buscando otro más lógico, cuya base fundamental

sea la distribución y reparto por materias litigiosas.

De igual modo, ante la doctrina equívoca y diferente sobre cuestiones

idénticas dictadas por las Salas (por ejemplo, suspensiones cautelares de

normas, nulidad de agencias públicas, etc.), parece razonable buscar canales de

comunicación previa a nivel de Presidentes de cada Sala que aseguren, en la

medida de lo posible, la mayor uniformidad interpretativa y seguridad jurídica

derivada.

La Sala de lo Contencioso Administrativo de Granada cuenta con 12

Magistrados, estando actualmente sin cubrir una de las cuatro plazas de

especialista, si bien actúa en sustitución de adscripción un Magistrado suplente.

Se divide en tres Secciones funcionales, cuyas competencias quedan

determinadas en virtud del Acuerdo de la Comisión Permanente del CGPJ de 6

de abril de 2006 en base al Acuerdo de la Sala de Gobierno del TSJA en su

reunión de 14-3-2006.

La Sala de lo Contencioso Administrativo de Sevilla cuenta con 20

Magistrados, estando actualmente sin cubrir una plaza de especialista, y se divide

en cuatro Secciones funcionales, que se reparten los recursos en aplicación del

Acuerdo adoptado por el CGPJ el 21-3-2006.

MEMORIA 2011 19

La Sala de lo Contencioso Administrativo de Málaga está dotada de 9

Magistrados, estando actualmente sin cubrir dos plazas de especialista, y se

divide en tres Secciones funcionales, si bien no están especializadas ni existen

normas de reparto de los recursos entre las mismas por razón de la materia o por

el órgano administrativo del que emane la disposición general o el acto

administrativo objeto del recurso contencioso administrativo, repartiéndose los

procedimientos entre todos los Magistrados por número de entrada.

De lo expuesto, se destaca que las tres sedes, Granada, Málaga y Sevilla,

de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de

Andalucía, Ceuta y Melilla, operan conforme a diferentes y diversas normas de

reparto interno de asuntos. Así, en Granada se establece una gran

especialización por materias, siendo atribuidos, por ejemplo, todos los recursos en

materia de tributos a una sola de las Secciones, o todos los recursos en materia

de personal a otra Sección. En Sevilla existe también especialización, pero no tan

aguda como en Granada, ya que los recursos en materia de tributos o de personal

se distribuyen entre prácticamente todas las Secciones, atendiendo para su

distribución, no tanto a la materia como al órgano administrativo del que emanan

las resoluciones administrativas impugnadas. Y en Málaga, no existe

especialización porque todos los Magistrados que integran la Sala conocen de

todas las materias, obteniendo con ello un conocimiento integral y global de las

cuestiones litigiosas suscitadas en el ámbito de la jurisdicción contenciosa

administrativa.

Durante este año 2011 se ha conseguido unificar la estadística de la Sala

de lo Contencioso Administrativo de Granada, por más que funcionalmente esté

separada en tres Secciones, ya que era contraproducente el mantenimiento de

una estadística independiente y separada por cada Sección funcional.

Es necesario que se mejore el sistema “ADRIANO” para contar con un

buen registro informático de los asuntos existentes vivos que permita una mayor

eficacia, de forma que aparezca especificada la materia de cada uno de los

recursos y así obtener listados de pendencia fiables y adecuados a la realidad del

órgano, así como compatibles con las exigencias del Consejo General del Poder

Judicial para la confección de alardes.

20 MEMORIA 2011

En otro orden de consideraciones, ha continuado un plan de apoyo o

refuerzo en las Salas de Granada y Málaga. En la sede de Málaga se ha seguido

prorrogando el ya existente, integrado tanto por Magistrados de la propia Sala

como Magistrados de otros órganos jurisdiccionales. En Granada, se trata de un

refuerzo interno iniciado el mes de septiembre de 2010 en el que sólo participan la

mitad de los Magistrados existentes en plantilla, lo que ha supuesto cierta

reducción de la pendencia, pero su resultado no ha podido calificarse de

extraordinario. Por ello, a finales de 2011 se ha promovido y aprobado un plan de

refuerzo mucho más ambicioso en esta Sala para conseguir mayores y

significativos resultados. Así, aparte del refuerzo interno, incluye apoyos externos

mediante la formación de Secciones de Refuerzo con inclusión de Magistrados

suplentes y en comisión de servicio, con experiencia en el orden jurisdiccional

contencioso-administrativo, todo ello con el horizonte temporal de dos años de

duración y con el objetivo final de reducir significativamente la pendencia y

normalizar en cierta manera su funcionamiento.

Finalmente, conviene recordar la consideración general que se apuntaba

en la Memoria del pasado año, con mayor afectación para una u otra sede, para

una mayor eficacia de la jurisdicción contencioso-administrativa ante las bolsas de

asuntos pendientes, ahora reforzada por las Conclusiones-Propuestas del Pleno

del CGPJ, en su sesión del pasado 26 de enero de 2012. En este sentido, el

CGPJ se hace eco de la excesiva e inadmisible demora en cuanto a la fecha en

que se remontan determinados señalamientos o se produce la resolución de

asuntos en la jurisdicción contencioso administrativa, insistiendo en la prioridad de

atajar la actual situación mediante la progresiva utilización de los instrumentos

legales previstos por la Ley 29/1998 para facilitar la fluidez del trámite en los

supuestos de identidad entre pretensiones o de concurrencia de reclamaciones en

masa, tales como las acumulaciones de procedimientos, ya sea de oficio o a

instancia de parte, el pleito-testigo, la extensión de efectos, la formulación de

demandas y recursos colectivos. Singularmente, llama la atención el escaso uso

que se hace de la posibilidad procesal de inadmitir los recursos “a limine litis”

cuando se hubieren desestimado en el fondo otros procedimientos

sustancialmente iguales (Arts. 37, 38 y 51.2 de la LJCA), figura que debe

MEMORIA 2011 21

potenciarse para evitar bolsas innecesarias de asuntos pendientes y trabajo

improductivo o carente de sentido en la oficina.

En definitiva, se considera necesario caminar hacia el mejor rendimiento y

eficacia productiva de las Salas de lo Contencioso-Administrativo del TSJA. Al

respecto, parece prudente que la labor resolutiva de los Magistrados no quede

residenciada de forma permanente e inalterable en un criterio siempre

cuantitativo, rígido o de máximos, y atemporal, de forma que se valoren también

otros posibles factores o razones. Así, por ejemplo, procedimientos repetitivos o

de escasa entidad y dificultad, etc., que permiten emplear fórmulas de reparto

entre ponentes que atiendan al tiempo efectivo empleado en la deliberación y

redactado de la resolución, evitando que sean permanentemente computados

como asuntos individuales. Ello permitiría la consiguiente fluctuación numérica y

el dictado de un número global superior de resoluciones en el entorno de la

jurisdicción contencioso administrativa.

Sin perjuicio de todo lo expuesto, ante la actual bolsa de pendencia y

antigüedad de los asuntos, parece razonable también que se discriminen y

establezcan en las Salas unos criterios de señalamientos preferentes sobre

cuestiones más sensibles y con mayor repercusión o incidencia (p. ej.,

expropiaciones, impuestos, etc.), sin perjuicio, claro está, de continuar con los

Planes de Refuerzo como medida efectiva y puntual que permita ir normalizando

las Salas de lo Contencioso de este Tribunal Superior y reducir la cantidad de

asuntos pendientes.

RESUMEN GENERAL La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, en sus tres sedes, ha

ingresado en el año 2011 un total de 14.187 asuntos, habiéndose resuelto un total

de 18.214, lo que significa que disminuye la pendencia de recursos a final de año

(siguiendo la tendencia de años anteriores) y se han resuelto más asuntos de los

que han ingresado. A pesar de este buen dato, ha de destacarse que el número

de asuntos pendientes de resolver ante los órganos colegiados de la jurisdicción

contenciosa administrativa andaluza se sitúa por encima de los 31.000 asuntos.

A continuación, en el cuadro adjunto, se enmarca el número de asuntos

pendientes al inicio del año 2011 y los pendientes al final del referido año,

22 MEMORIA 2011

distinguiendo el concreto número de asuntos registrados o incoados en 2011 y el

número de asuntos resueltos a lo largo del mismo, según sean asuntos de los que

la Sala (aglutinando las tres sedes de Granada, Málaga y Sevilla) haya de

conocer en única instancia (que se interponen directamente ante la Sala y que

pueden ser o no susceptible de recurso de casación ante la Sala de lo

Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo) o en segunda instancia (que se

interponen frente a resolución judicial adoptada por órgano jurisdiccional

unipersonal y se resuelven definitivamente por la Sala, sin que sean susceptibles

de recurso de casación ante el Tribunal Supremo).

Además, dentro de cada uno de los bloques señalados, recursos en única

instancia o en segunda instancia, se distinguen materias en base al objeto del

recurso contencioso administrativo o del rollo de apelación.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALAS DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO DEL TSJA. 2011

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA 24.701 8.296 11.001 21.037 Urbanismo y ordenación del territorio 1.275 290 489 1.026 Expropiación forzosa 1.569 425 414 1.576 Contratos Administrativos 185 136 84 237 Administración Tributaria 8.092 2.469 3.360 6.901 Medio Ambiente 158 78 10 226 Función Pública 7.537 2.540 3.515 6.362 Administración Laboral y Seg. Social 392 195 60 527 Extranjería 325 5 305 25 Actividad Administrativa Sancionadora 1.590 269 546 1.263 Electoral 0 5 5 0 Dominio Público y Propiedades Especiales 604 446 349 701 Responsabilidad Patrimonial 477 297 262 362 Otras materias 2.497 1.141 1.602 1.831 ASUNTOS EN SEGUNDA INSTANCIA 12.339 5.891 7.213 10.840 Recursos de apelación 12.273 5.800 7.089 10.807 Contra sentencias 8.275 3.936 4.119 8.015 Contra autos 3.998 1.864 2.970 2.792 Recursos de queja 60 55 95 18 Recursos de revisión 3 8 8 5 Recursos de casación 3 7 3 7 Unificación de doctrina 2 7 3 6 Interés de ley 1 0 0 1 Cuestiones de competencia 0 21 18 3 TOTAL 37.040 14.187 18.214 31.877

MEMORIA 2011 23

PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA Atendiendo a los datos estadísticos anteriormente desglosados, ha de

destacarse que la mayoría de los asuntos en única instancia iniciados en el año

2011 son procesos en materia de Función Pública (un 31%) y de Tributos (un

30%).

El porcentaje de recursos en única instancia en otras materias es menor,

como los relativos a expropiación forzosa o dominio publico y propiedades

especiales (5%), responsabilidad patrimonial (4%), urbanismo y ordenación del

territorio o actividad administrativa sancionadora (3%). El motivo de este menor

ingreso de asuntos en estas materias (situación que no es novedad de este año

2011, sino que se viene reproduciendo durante años precedentes), se encuentra

en la modificación operada por L.O. 19/2003, de 23 de diciembre, que afectó,

entre otros, a los Arts. 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción

contenciosa administrativa, reguladores, respectivamente, de las competencias de

los Juzgados y de las Salas de lo Contencioso Administrativo. Así, por ejemplo,

en materia de urbanismo y ordenación del territorio quedan sólo para competencia

directa de las Salas, esto es, en única instancia, los recursos que tienen por

objeto la impugnación de los instrumentos de planeamiento urbanístico.

A continuación, se destacan en un gráfico los asuntos ingresados en la

Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA, distinguiendo por materias el

concreto porcentaje que representan en el cómputo total.

ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA INGRESADOSSALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA.

AÑO 2011

3% 5%

2%

30%

1%31%

2%

3%

5%

4%

14% Urbanismo y ordenación del territorio Expropiación forzosa Contratos Administrativos Administración Tributaria Medio Ambiente Función Pública Administración Laboral y S.Social Extranjería Actividad Administrativa Sancionadora Electoral Dominio Público y Propiedades Especiales Responsabilidad Patrimonial Otras materias

24 MEMORIA 2011

La reducción de entrada de asuntos en única instancia, que se ha

referenciado anteriormente, ha operado no sólo por la citada minoración de

competencias de las Salas, a resultas de la modificación operada en la LJCA por

L.O. 19/2003, que entró en vigor el 15 de enero de 2004, sino también por la

eficacia de los diversos planes de refuerzo secundados por los órganos

colegiados. Así se deduce del gráfico siguiente, en el que se presenta la continua

reducción de asuntos pendientes en la Sala analizada.

PRIMERA INSTANCIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL

TSJASERIES TEMPORALES 2006-2011

0

10.000

20.000

30.000

40.000

50.000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al final

PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Los asuntos en segunda instancia de las Salas de lo Contencioso-

Administrativo son en su mayoría recursos de apelación (el 98%), aunque también

se han registrado 55 recursos de queja. En este mismo apartado van a

computarse 8 recursos de revisión, 7 recursos de casación y 21 cuestiones de

competencia.

Desde que se pusieran en funcionamiento los Juzgados de lo Contencioso-

Administrativo en el año 1999 (creados por la propia LJCA de 13 de julio de 1998)

y, sobre todo, con la modificación de las competencias en las Salas por la ya

citada reforma de la Ley Contencioso-Administrativa en el año 2003, la cantidad

de recursos ingresados en la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA ha

crecido de manera prácticamente constante; hasta 2010 año en el que se invierte

la tendencia, llegando en 2011 a disminuir hasta los 5.891 ingresos, un 13%

menos que el año anterior.

MEMORIA 2011 25

Aunque cada vez es mayor la cantidad de recursos en segunda instancia

que se resuelven, ha sido imposible contener la pendencia que se ha venido

incrementando desde 2005 hasta 2009, como se destaca con la línea verde del

gráfico adjunto. Sin embargo, en los dos últimos años se ha roto esta tendencia al

alza y se ha conseguido reducir el número de asuntos en segunda instancia

pendientes en la Sala.

RECURSOS SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA

SERIES TEMPORALES 2006-2011

02.0004.0006.0008.000

10.00012.00014.000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Regis trados Resueltos Pendientes al final

EVOLUCIÓN

La actividad de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se ha

caracterizado siempre por la gran pendencia de asuntos, pero ha de reseñarse

que el número de asuntos resueltos es mayor al número de asuntos registrados,

lo que ha permitido que en el período analizado en el gráfico siguiente (2006-

2011) la pendencia de asuntos se ha reducido.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS EN LAS SALAS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. SERIES TEMPORALES

2006-2011

0

10.000

20.000

30.000

40.000

50.000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ

26 MEMORIA 2011

Además, ha de señalarse que tanto el número de asuntos resueltos como

el de los asuntos ingresados excede del módulo referencial fijado por el CGPJ

para los asuntos que deben incoarse en la Sala.

RESOLUCIONES

En las Salas de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior se han

dictado 19.037 resoluciones que se distribuyen, tal y como se visualiza en el

gráfico adjunto, en un 74% de sentencias, un 7% de autos sobre medidas

cautelares y un 19% de otros autos (dentro de los que se pueden destacar los

autos de desistimiento, de caducidad, de competencia, los dictados en resolución

de incidentes de ejecución o en materia de ejecución provisional de sentencias).

RESOLUCIONES DICTADAS EN LAS SALAS DE LOCONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. AÑO 2011

74%

7%

19%Sentencias

Autos Med. Cautelares

Otros autos

ACTIVIDAD POR SALAS La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia

de Andalucía, Ceuta y Melilla, como ya se ha referido, se encuentra dividida

territorialmente en tres sedes: Granada, Málaga y Sevilla. Ello exige deslindar el

número de asuntos que estaban pendientes al inicio del año 2011 y los que

estaban pendientes al finalizar el mismo, en cada una de las sedes de la Sala. De

igual forma, es necesario delimitar el número de asuntos registrados y resueltos

en el 2011 en cada sede, para poder calcular la tasa de resolución, de pendencia

y de congestión operante en cada una de ellas. Todos estos datos se extractan en

el siguiente cuadro.

MEMORIA 2011 27

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR SEDE. SALA de lo CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. AÑO 2011

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionGRANADA 18.728 4.264 6.204 15.652 1,45 2,52(30m) 27% MÁLAGA 9.611 3.139 4.902 7.848 1,56 1,60(19m) 38% SEVILLA 8.701 6.784 7.108 8.377 1,05 1,18(14m) 46% TOTAL 37.040 14.187 18.214 31.877 1,28 1,75 36%

De este cuadro se destaca que la Sala de Granada ha registrado en 2010

un total de 4.264 asuntos, la de Málaga ingresó 3.139 asuntos, la de Sevilla 6.784

asuntos.

Por otro lado, la Sala de Granada ha resuelto 6.204 procesos en 2011 (un

22% más que el año anterior), la Sala de Málaga ha resuelto 4.902 asuntos (un

17% menos que en 2010) y la Sala de Sevilla ha resuelto 7.108 asuntos (un 6%

menos que el año anterior).

La pendencia al final del año 2011 en la Sala de Granada es de 15.652

asuntos, en la Sala de Málaga la cantidad de asuntos pendientes al final del año

asciende a 7.848 y en la Sala en Sevilla la pendencia llega a 8.377 asuntos.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR MAGISTRADO. SALAS DE LOCONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. AÑO 2011

0

500

1.000

1.500

2.000

2.500

Granada Málaga Sevilla

Registrados Resueltos Pendientes al final

Analizando la conceptualización de tasa de resolución, tasa de pendencia y

tasa de congestión, se destaca:

La tasa de resolución hace referencia a la cantidad de asuntos que se

resuelven en función de los que se ingresan. Las cantidades mayores de 1

indican que la pendencia ha disminuido a lo largo del año. Esto ha ocurrido en las

tres Salas.

28 MEMORIA 2011

La tasa de pendencia relaciona la cantidad de asuntos pendientes a final

de año con los resueltos, con lo que se calcula una estimación del tiempo de

resolución de esta pendencia. Dicha cantidad multiplicada por 12 nos da los

meses que se tardarían en eliminar esta pendencia. Al mismo tiempo hay que

tener en cuenta que en la Sala se siguen registrando asuntos así que se irían

acumulando a ese valor. En concreto en Granada se estima que la pendencia

actual a final de año se eliminaría en dos años y medio (unos 30 meses), en

Málaga algo más de un año y medio (19 meses), y en Sevilla en algo más de un

año (14 meses).

La tasa de congestión indica qué porcentaje de asuntos se resuelve a lo

largo del año de la carga total de trabajo de la Sala (asuntos pendientes del año

anterior más los ingresados). En Granada se ha resuelto el 27% de la carga de

trabajo total, en Málaga el 38% y en Sevilla el 46%.

MÓDULO DEL CONSEJO El Módulo de Entrada de asuntos fijado por el Consejo General del Poder

Judicial para las Salas de lo Contencioso-Administrativo de Tribunales Superiores

de Justicia, que indica la carga de trabajo razonable, es de 325 asuntos por

Magistrado y año. La tasa de asuntos ingresados por Magistrado de plantilla en

cada una de las Salas de este Tribunal es ligeramente superior a esta cantidad;

en concreto en Granada se han ingresado en el último año 355 asuntos por cada

Magistrado (un 9% más que el módulo del CGPJ), en Málaga 349 asuntos

(supera el módulo en un 7%) y en Sevilla 339 asuntos (un 4% mayor que el

módulo).

SALA DE LO CONTENCIOSO -ADMIN. DEL TSJA

Ingresos en 2011

Magistrados en 2011

Media de ingresos por Magistrado

Variación respecto al

Módulo

Estimación nuevos

Magistrados necesarios

MÓDULO: 325 ASUNTOS GRANADA 4.264 12 355 9,3% MÁLAGA 3.139 9 349 7,3% SEVILLA 6.784 20 339 4,4%

A la vista de lo expuesto, no se considera perentorio ampliar el número de

Magistrados, si bien, para reducir la pendencia acumulada a lo largo de años, es

MEMORIA 2011 29

imprescindible continuar con los Planes de Refuerzo como medida efectiva y

puntual que reduzca esa cantidad, al tiempo que acudir al llamamiento de

Magistrados suplentes, con experiencia en dicho orden jurisdiccional, máxime

cuando la plantilla no está totalmente cubierta.

SALA EN GRANADA La Sala de Granada ha ingresado 4.264 asuntos en el año 2011 (un 5%

menos que el año anterior) y ha resuelto 6.204 asuntos (un 23% más que en

2010). Así, la pendencia a final de año ha disminuido un 16% con respecto al año

anterior, siendo su valor de 15.652 asuntos a 31 de diciembre. Del total de

asuntos iniciados en el año, el 64% corresponde a asuntos en primera instancia y

el 36% a recursos. MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN GRANADA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. 2011

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA 13.152 2.736 3.942 10.987 Urbanismo y ord. del territorio 536 46 188 344 Expropiación forzosa 702 202 60 840 Contratos Administrativos 105 25 24 106 Administración Tributaria 4.985 734 1.113 4.306 Medio Ambiente 68 30 4 94 Función Pública 3.436 1.112 1.427 2.921 Admón. Laboral y S.Social 158 39 26 171 Extranjería 300 0 300 0 Actividad Administrativa Sancionadora 697 87 280 454 Electoral 0 2 2 0 Dominio Público y Prop. Especiales 415 94 60 449 Responsabilidad Patrimonial 357 88 148 147 Otras materias 1.393 277 310 1.155 ASUNTOS EN SEGUNDA INSTANCIA 5.576 1.528 2.262 4.665 Recursos de apelación 5.517 1.497 2.188 4.649 Contra sentencias 3.386 997 924 3.382 Contra autos 2.131 500 1.264 1.267 Recursos de queja 53 16 63 4 Recursos de revisión 3 8 8 5 Recursos de casación 3 7 3 7 Unificación de doctrina 2 7 3 6 Interés de ley 1 0 0 1 Cuestiones de competencia 0 0 0 0 TOTAL 18.728 4.264 6.204 15.652

30 MEMORIA 2011

El módulo que indica la carga de trabajo razonable para estas Salas, es,

como ya se ha indicado, de 325 asuntos por Magistrado y año. Desde diciembre

de 2007 la Sala de Granada cuenta con 12 Magistrados de plantilla, por lo que la

carga de trabajo en 2011 para cada uno de ellos fue de 355 asuntos de media,

cifra que supera el módulo del CGPJ en un 9%.

Ante esta situación, sin perjuicio de valorar, en un futuro más o menos

cercano, el aumento de la plantilla y dotar a la Sala de una plaza más de

Magistrado, en el momento actual ha de destacarse la necesidad de mantener

planes de refuerzo, integrados tanto por Magistrados de la propia Sala como

Magistrados de otros órganos jurisdiccionales, única forma de ir eliminando la

ingente bolsa de pendencia de esta Sala.

PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA Por materias, la mayoría de los asuntos en primera instancia iniciados en

esta Sala corresponde a procesos relativos a Función Publica (41%). Además hay

un 27% de procesos contra la Administración Tributaria y un 7% de asuntos de

Expropiación Forzosa. La actividad Administrativa Sancionadora, los asuntos de

Dominio Publico y Propiedades Especiales y Responsabilidad Patrimonial un 3%

respectivamente. Los temas de Urbanismo y Ordenación del territorio suman un

2%. Contratos Administrativos, Medio Ambiente y Administración Laboral y

Seguridad Social suponen un 1% cada uno.

ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA INGRESADOS EN LA SALA EN GRANADA.SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. AÑO 2011

2% 7%

1%

27%

1%42%

1%

3%

3%10%3%

Urbanismo y ord. del territorio Expropiación forzosa Contratos Administrativos Administración Tributaria Medio Ambiente Función Pública Admón. Laboral y S.Social Extranjería Actividad Administrativa Sancionadora Electoral Dominio Público y Prop. Especiales Responsabilidad Patrimonial Otras materias

MEMORIA 2011 31

Como ya se ha explicado en años anteriores, el principal problema en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA en Granada, relativo a los asuntos en primera instancia es la enorme pendencia que subyace desde hace años. Esta pendencia en 2011 ha disminuido un 16%, como consecuencia de una reducción en el número de asuntos ingresados y el incremento de asuntos resueltos, como se puede observar en el gráfico siguiente. Sin embargo, son indispensables medidas de refuerzo para eliminar esta pendencia, en la forma antes expuesta, todo ello unido a la línea también comentada que impulsa a utilizar medios complementarios de agilización, en aras a la mayor eficacia productiva, singularmente la inadmisión de los recursos “a limine litis” cuando se hubieren desestimado en el fondo otros procedimientos sustancialmente iguales.

PRIMERA INSTANCIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SALA EN GRANADA. SERIES TEMPORALES 2006-2011

05000

100001500020000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al f inal

PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA

Los procesos en segunda instancia iniciados en 2011 corresponden en un

98% a Recursos de Apelación, de los cuales 997 son contra sentencias y 500

contra autos. Además se han ingresado 16 Recursos de Queja, 8 Recursos de

Revisión y 7 Recursos de Casación.

RECURSOS SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SALA EN GRANADA. SERIES TEMPORALES 2006-2011

0

2000

4000

6000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al f inal

32 MEMORIA 2011

Como se observa en el gráfico, se ha roto la tendencia de los últimos años, disminuyendo en un 13% el número de asuntos registrados y aumentando en un 76% los resueltos, lo que sitúa los recursos pendientes de resolución en 5.576 asuntos pendientes a final de 2011.

EVOLUCIÓN EN LOS ÚLTIMOS AÑOS La cantidad de asuntos pendientes de resolución, ha frenado en 2011 la

tendencia ascendente de los últimos tres años. Por un lado han disminuido los ingresos totales y por otro ha aumentado la cantidad de asuntos resueltos. Sin embargo, como ya se ha dicho anteriormente existe en esta Sala una enorme bolsa de asuntos pendientes a la que actualmente no pueden hacer frente los Magistrados de la Sala.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN GRANADA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. SERIES

TEMPORALES 2006-2011

010000

2000030000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ

RESOLUCIONES En la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada se han dictado

6.269 resoluciones (un 19% más que el año anterior) que se distribuyen en 4.271 sentencias, 360 autos sobre medidas cautelares y 1.638 autos de otro tipo (como son autos de caducidad, desistimiento, competencia, en resolución de incidentes de ejecución, liquidación de intereses, en materia de ejecución provisional de sentencias, en procedimientos de apremio, en preparación de recurso de casación), tal y como muestra el gráfico adjunto.

RESOLUCIONES DICTADAS EN LA SALA DE GRANADA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA.

AÑO 2011

68%6%

26%

Sentencias Autos Med. Cautelares Otros autos

MEMORIA 2011 33

Por otro lado, el 59% de las sentencias corresponde a procesos en única

instancia y el 41% restante a recursos de apelación, extraordinarios de casación y

de casación para unificación de la doctrina. De las sentencias dictadas son

estimatorias en un 26% de los casos. Además, dos de cada tres de los autos

dictados en piezas de medidas cautelares acceden a la adopción de tales

medidas.

SALA EN MÁLAGA La Sala de Málaga de lo Contencioso-Administrativo ha ingresado 3.139

asuntos en 2011 (un 29% menos que el año anterior) y ha resuelto 4.902 (un 17%

menos que en 2010) por lo que la cantidad de asuntos pendientes de resolución a

final de año ha disminuido un 18%.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN MÁLAGA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO DEL TSJA. 2011

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA 4.803 1.344 2.358 3.789 Urbanismo y ordenación del territorio 640 189 193 636 Expropiación forzosa 444 63 148 359 Contratos Administrativos 24 24 4 44 Administración Tributaria 1.563 375 843 1.095 Medio Ambiente 89 48 5 132 Función Pública 1.618 336 605 1.349 Administración Laboral y Seg. Social 36 29 25 40 Extranjería 2 1 1 2 Actividad Administrativa Sancionadora 3 69 59 13 Electoral 0 1 1 0 Dominio Público y Propiedades Especiales 1 10 7 4 Responsabilidad Patrimonial 26 58 5 79 Otras materias 357 141 462 36 ASUNTOS EN SEGUNDA INSTANCIA 4.808 1.795 2.544 4.059 Recursos de apelación 4.805 1.779 2.533 4.051 Contra sentencias 3.549 1.237 1.646 3.140 Contra autos 1.256 542 887 911 Recursos de queja 3 12 7 8 Recursos de revisión 0 0 0 0 Recursos de casación 0 0 0 0 Unificación de doctrina 0 0 0 0 Interés de ley 0 0 0 0 Cuestiones de competencia 0 4 4 0 TOTAL 9.611 3.139 4.902 7.848

34 MEMORIA 2011

Esta Sala cuenta desde finales de 2007 con 9 Magistrados de plantilla, que

han ingresado en total en el último año una media de 349 procesos por

Magistrado y año. El Módulo de Entrada de asuntos del Consejo para las Salas de

lo Contencioso-Administrativo es de 325 asuntos lo que indica que en Málaga los

Magistrados han soportado una carga de trabajo un 7% por encima de lo que

indica el referido módulo.

Ante esta situación, sin perjuicio de valorar, en un futuro más o menos

cercano, el aumento de la plantilla, en el momento actual ha de destacarse la

necesidad de mantener planes de refuerzo para ir eliminando la bolsa de

pendencia de esta Sala, máxime ante la existencia de dos plazas vacantes y el

correcto resultado obtenido por esta Sala con el Plan de refuerzo secundado a

partir del año 2010. Sin perjuicio de lo anterior, hay que insistir en la necesidad,

también comentada antes, de utilizar medios complementarios de agilización

procesal, en aras a la mayor eficacia productiva.

PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA Por materias, la mayoría de los procesos en única instancia iniciados en la

Sala de Málaga son relativos a Administración Tributaria (28% del total) y Función

Pública (25% del total) Urbanismo y Ordenación del Territorio (14% del total).

ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA INGRESADOS EN LA SALA EN MÁLAGA. SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA.

AÑO 2011

14%

28%

4%

25%

10%

5%

2%

2%5%

4%

Urbanismo y ordenación del territorio Expropiación forzosa Contratos Administrativos Administración Tributaria Medio Ambiente Función Pública Administración Laboral y S.Social Extranjería Actividad Administrativa Sancionadora Electoral Dominio Público y Propiedades Especiales Responsabilidad Patrimonial Otras materias

MEMORIA 2011 35

En los últimos años, la tendencia más llamativa en la Sala de Málaga en

relación con los asuntos de primera instancia es la gran reducción de la cantidad

de asuntos pendientes que se ha producido a lo largo de los últimos ocho años,

gracias principalmente a la existencia de los planes de refuerzo. En el último año

la reducción ha sido del 21%, como se puede observar en el gráfico siguiente.

PRIMERA INSTANCIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SALA EN MÁLAGA. SERIES TEMPORALES 2006-2011

02000400060008000

10000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al final

PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Salvo 12 Recursos de Queja y 4 Cuestiones de Competencia, todos los

procesos de segunda instancia incoados en 2011 en la sala de Málaga son

Recursos de Apelación (el 70% contra sentencias). Al igual que en la Sala de

Granada la tendencia más significativa en los asuntos en segunda instancia es el

enorme crecimiento que han sufrido los asuntos pendientes de resolución que,

siguiendo una tendencia prácticamente exponencial, han aumentado su valor año

tras año. Sin embargo desde 2010 se ha roto esta tendencia, disminuyendo el

número de asuntos pendientes.

RECURSOS SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SALA EN MÁLAGA. SERIES TEMPORALES 2006-2011

0

2000

4000

6000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al f inal

36 MEMORIA 2011

EVOLUCIÓN EN LOS ÚLTIMOS AÑOS Los asuntos ingresados en la Sala en Málaga de lo Contencioso-

Administrativo han disminuido considerablemente respecto al año anterior. En el

siguiente gráfico podemos apreciar que el número de asuntos registrados se

aproxima al módulo del CGPJ.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN MÁLAGA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA.

SERIES TEMPORALES 2006-2011

02000400060008000

1000012000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al f inal Módulo CGPJ

RESOLUCIONES En la Sala de Málaga de lo Contencioso-Administrativo se han dictado

5.202 resoluciones, que según el gráfico adjunto se distribuyen en 4.178

sentencias, 341 autos sobre medidas cautelares y 683 autos restantes.

RESOLUCIONES DICTADAS EN LA SALA EN MÁLAGA DE LO CONTENCIOSO -

ADMINISTRATIVO DEL TSJA. AÑO 2011

80%

7%13%

Sentencias Autos Med. Cautelares Otros autos

Más de la mitad de las sentencias dictadas corresponde a recursos de

apelación (de ellas el 18% son estimatorias) y el 40% corresponde a procesos en

única instancia (de las que el 33% son estimatorias). Además se han dictado 4

sentencias desestimatorias atendiendo a restantes recursos.

MEMORIA 2011 37

SALA EN SEVILLA La Sala de Sevilla de lo Contencioso-Administrativo ha registrado en 2011,

en total en sus cuatro Secciones, 6.784 procesos (un 2% menos que el año

anterior) y ha resuelto 7.108 (un 6% menos que en 2010). La cantidad de asuntos

pendientes a final de año ha seguido disminuyendo (un 4% en el último año) y su

valor a final de 2011 está en 8.377 asuntos, manteniendo la tendencia a la baja

iniciada hace siete años. De todos los asuntos registrados, el 62% se corresponde

con asuntos en única instancia y el 38% a asuntos en segunda instancia.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN SEVILLA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO DEL TSJA. AÑO 2011

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA 6.746 4.216 4.701 6.261 Urbanismo y ordenación del territorio 99 55 108 46 Expropiación forzosa 423 160 206 377 Contratos Administrativos 56 87 56 87 Administración Tributaria 1.544 1.360 1.404 1.500 Medio Ambiente 1 0 1 0 Función Pública 2.483 1.092 1.483 2.092 Administración Laboral y S.Social 198 127 9 316 Extranjería 23 4 4 23 Actividad Administrativa Sancionadora 890 113 207 796 Electoral 0 2 2 0 Dominio Público y Propiedades Especiales 188 342 282 248 Responsabilidad Patrimonial 94 151 109 136 Otras materias 747 723 830 640 ASUNTOS EN SEGUNDA INSTANCIA 1.955 2.568 2.407 2.116 Recursos de apelación 1.951 2.524 2.368 2.107 Contra sentencias 1.340 1.702 1.549 1.493 Contra autos 611 822 819 614 Recursos de queja 4 27 25 6 Recursos de revisión 0 0 0 0 Recursos de casación 0 0 0 0 Unificación de doctrina 0 0 0 0 Interés de ley 0 0 0 0 Cuestiones de competencia 0 17 14 3 TOTAL 8.701 6.784 7.108 8.377

La Sala de Sevilla, con 20 Magistrados de plantilla desde finales de 2007,

tuvo una carga de trabajo estimada de 339 asuntos por Magistrado en el año

38 MEMORIA 2011

2011. El módulo establecido por el CGPJ (325 asuntos en las Salas de lo

Contencioso-Administrativo) se superó en el último año en 14 asuntos por

Magistrado, es decir, en un 4%, por lo que la actual plantilla de Magistrados es

suficiente. PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA Los procesos en única instancia iniciados en la Sala de Sevilla en mayor

número son los relativos a Administración Tributaria (que suman el 32% del total)

y a Función Pública (26%), como muestra el gráfico siguiente.

ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA INGRESADOS EN LA SALA EN SEVILLA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. AÑO

2011

4%

2%

32%

26%

3%

3%

8%

4%

17%1%

Urbanismo y ordenación del territorioExpropiación forzosaContratos AdministrativosAdministración TributariaMedio AmbienteFunción PúblicaAdministración Laboral y S.SocialExtranjeríaActividad Administrativa SancionadoraElectoralDominio Público y Propiedades EspecialesResponsabilidad PatrimonialOtras materias

La Sala de Sevilla ha logrado disminuir la pendencia de los procesos en

única instancia durante los últimos años, a lo que, sin duda, ha contribuido la

modificación de las competencias en las Salas de lo Contencioso-Administrativo

operada en la LJCA por L.O. 19/03.

PRIMERA INSTANCIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SALA EN SEVILLA. SERIES TEMPORALES 2006-2011

0

5.000

10.000

15.000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al f inal

MEMORIA 2011 39

PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA

Los procesos en segunda instancia incoados en la Sala de Sevilla en el

último año son en un 98% recursos de apelación. Además, se han elevado a esta

Sala 27 recursos de queja y 17 cuestiones de competencia.

El hecho destacable en los últimos años, dentro de la actividad en segunda

instancia de la Sala en Sevilla, es la tendencia decreciente de la cantidad de

asuntos pendientes a final de año. Sin embargo, en 2011 se ha roto esta

tendencia y la pendencia ha aumentado un 8%, debido en gran manera a la

disminución, en un 21%, de los asuntos resueltos.

RECURSOS SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SALA EN SEVILLA. SERIES TEMPORALES 2006-2011

01.0002.0003.0004.000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al final

EVOLUCIÓN EN LOS ÚLTIMOS AÑOS Haciendo un análisis del conjunto de la Sala de Sevilla, se destaca en los

últimos años el aumento en el número de asuntos resueltos hasta 2099 y,

consecuentemente, la reducción de la tasa de pendencia. Sin embargo, en los

dos últimos años el número de asuntos resueltos ha ido disminuyendo, de forma

que, a finales de 2011, la cantidad de asuntos pendientes de resolución es de

8.377, por lo que se debe insistir en la necesidad de mantener el esfuerzo de

años anteriores en aras a la mayor eficacia productiva, aparte de utilizar medios

complementarios de agilización procesal, comentados más arriba.

40 MEMORIA 2011

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN SEVILLA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. SERIES TEMPORALES

2006-2011

02.0004.0006.0008.000

10.00012.00014.00016.000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al f inal Módulo CGPJ

RESOLUCIONES

En la Sala de Sevilla de lo Contencioso-Administrativo se han dictado en el

último año 7.566 resoluciones (un 7% menos que el año anterior), que se

distribuyen en 5.550 sentencias, 699 autos sobre medidas cautelares y 1.317

autos restantes.

RESOLUCIONES DICTADAS EN LA SALA EN SEVILLA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

DEL TSJA. AÑO 2011

74%

9%

17%

Sentencias Autos Med. Cautelares Otros autos

En porcentaje, el 58% de las sentencias dictadas en la Sala de Sevilla

corresponde a procesos en única instancia (el 44% estimatorias) y el resto a

recursos de apelación (de las cuales el 23% son estimatorias).

MEMORIA 2011 41

2.2.3. SALA DE LO SOCIAL La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y

Melilla tiene tres sedes situadas en Granada, Málaga y Sevilla, respectivamente.

Ha de destacarse que las tres sedes no operan conforme a idénticas

normas de reparto interno de asuntos. Así, en Granada y Málaga no existe

especialización porque los Magistrados que integran la Sala conocen de todas las

materias, obteniendo con ello un conocimiento integral y global de las cuestiones

litigiosas suscitadas en el ámbito de la jurisdicción social, con independencia de

su naturaleza laboral o de Seguridad Social, lo que permite una flexibilidad en el

reparto de asuntos, si bien exige un mayor esfuerzo de control de las resoluciones

para evitar pronunciamientos contradictorios.

Por el contrario, en Sevilla se establece una especialización por materias,

con Secciones y Sub-Secciones funcionales. Así, la Sección primera se dedica a

todos los asuntos de Derecho del Trabajo y funciona con dos Subsecciones,

mientras que la Sección Segunda se dedica a los temas de Seguridad Social y

funciona igualmente con dos Subsecciones, sin perjuicio de ciertos turnos de

reparto entre todos los Magistrados para materiales específicas derivadas de

procedimientos en única instancia, procesos de conflictos colectivos y tutela de

derechos fundamentales y libertad sindical.

En otro orden de consideraciones, se considera necesaria la

interoperabilidad plena a nivel informático entre las tres sedes de la Sala de lo

Social del TSJA, con la finalidad de que cada Magistrado, con independencia de

la sede donde preste sus servicios, pueda acceder en tiempo real en el marco del

Programa Adriano a los pronunciamientos de las otras dos Salas, lo que asegura

una doctrina más unificada sobre todo en aquellos asuntos de los que conocen

las tres sedes en primera instancia. No obstante es justo reconocer el avance

conseguido con la implantación por la Secretaria General para la Justicia de una

base de datos (Aplicación Himilcon Social) que contiene los pronunciamientos de

las tres Salas de lo Social, si bien su efectividad queda mermada al basarse en un

criterio de búsqueda por palabras y no por número de recurso.

Asimismo, hay que mejorar la recepción informática desde los Juzgados de

primera instancia, que se realiza a través del sistema Nautius.

42 MEMORIA 2011

RESUMEN GENERAL La Sala de lo Social del TSJA ha ingresado en el conjunto de sus tres

sedes un total de 9.521 asuntos en el año 2011 (prácticamente igual que el año

anterior). La mayor parte de estos ingresos fueron recursos de suplicación contra

resoluciones de Juzgados de lo Social. Además se resolvieron 9.079 asuntos. La

cantidad de asuntos pendientes de resolución a final de año se mantiene en 4.861

asuntos (10% más que el año anterior).

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALAS DE LO SOCIAL DEL TSJA. AÑO 2011

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

Procesos en única instancia 28 55 58 25 Rec. suplicación juzgados de lo Social 4.365 9.362 8.915 4.812 Rec. suplicación juzgados de lo Mercantil 0 6 3 3 Audiencia al rebelde 3 6 7 2 Cuestiones de competencia 0 1 1 0 Recursos de queja 21 80 83 18 Recursos de súplica 0 1 1 0 Otros 2 10 11 1

TOTAL 4.419 9.521 9.079 4.861 Registrados = Registrados + Reabiertos

Por otro lado se han devuelto 717 recursos de casación, de los cuales el

94% confirmaban totalmente la sentencia, el 5% la revocaban y el 1% la anulaba.

EVOLUCIÓN EN LOS ÚLTIMOS AÑOS La cantidad de asuntos ingresados en la Sala de lo Social de este Tribunal

Superior de Justicia ha estado siempre por encima del Módulo de Entrada que

establece el Consejo para este tipo de órganos, si bien en los dos últimos años se

ha aproximado al mismo.

En cuanto a la cantidad de asuntos resueltos, se ha roto la tendencia

menguante iniciada en 2006, resultando un total de 4.861 asuntos pendientes al

final del ejercicio, algo superior al año anterior.

MEMORIA 2011 43

Desde el año 2000 no ha habido modificación de la plantilla en ninguna de

las tres Salas de lo Social del Tribunal de Andalucía, por lo tanto la cantidad de

asuntos resueltos (línea rosa) ha fluctuado dependiendo de los planes de refuerzo

que estaban funcionando.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALAS DE LO SOCIAL DEL TSJA. SERIES TEMPORALES 2006-2011

02.0004.0006.0008.000

10.00012.00014.000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Ingresados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ

RESOLUCIONES En las Salas de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,

Ceuta y Melilla se han dictado un total de 8.849 sentencias; 8.815 en recursos, de

las cuales, el 26% son estimatorias, el 74% son desestimatorias y sólo 6 son

anulatorias. Se han dictado también 195 autos, de los cuales el 89% resolvían

sobre el fondo del asunto.

ACTIVIDAD POR SALA En el año 2011 la Sala de Granada ha registrado 3.122 asuntos, la de

Málaga 2.289 asuntos y la de Sevilla 4.110 asuntos. La Sala de Granada ha

resuelto 3.086 asuntos, la de Málaga 2.235 asuntos, y la de Sevilla 3.758 asuntos,

siendo ésta última la que resulta con menor media en el dictado de resoluciones

por Magistrado y año, lo que repercute, como en seguida veremos, en la bolsa de

asuntos pendientes, ya preocupante.

La pendencia a final del año 2011 se cifra en 654 asuntos en la Sala de

Granada, 854 asuntos en la de Málaga y 3.353 asuntos en la de Sevilla.

44 MEMORIA 2011

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR SEDE. SALA SOCIAL DEL TSJA. AÑO 2011

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolución tasa

pendencia tasa de

congestiónGRANADA 618 3.122 3.086 654 0,99 0,21 (3m) 83% MÁLAGA 800 2.289 2.235 854 0,98 0,38 (5m) 72% SEVILLA 3.001 4.110 3.758 3.353 0,91 0,89 (11m) 53% TOTAL 4.419 9.521 9.079 4.861 0,95 0,54 (6m) 65%

La tasa de resolución establece que en todas las Salas de lo social ha

aumentado la pendencia, si bien en mayor medida en la de Sevilla.

La tasa de pendencia relaciona la cantidad de asuntos pendientes a final

de año con los resueltos, con lo que se calcula una estimación del tiempo de

resolución de esta pendencia. Dicha cantidad multiplicada por 12 nos da los

meses que se tardarían en resolver estos asuntos. Se calcula una estimación en

tiempo medio para resolver la pendencia existente de 3 meses en la Sala de

Granada, 5 meses en Málaga y 11 meses en Sevilla.

La tasa de congestión indica qué porcentaje de asuntos se resuelve a lo

largo del año de la carga total de trabajo de la Sala (asuntos pendientes del año

anterior más los ingresados). En Granada se ha resuelto el 83% de la carga de

trabajo total, en Málaga el 72% y en Sevilla el 53%.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR MAGISTRADO.

SALAS DE LO SOCIAL DEL TSJA. AÑO 2011

0

200

400

600

800

1.000

Granada Málaga SevillaRegistrados Resueltos Pendientes al final

MÓDULO DEL CONSEJO El Módulo de Entrada de asuntos establecido por el CGPJ para las Salas

de lo Social de Tribunales Superiores de Justicia es de 350 asuntos por

Magistrado y año. La media de asuntos ingresados por Magistrado de plantilla en

MEMORIA 2011 45

cada una de las Salas de lo Social de este Tribunal es de 347 asuntos en

Granada (no supera el módulo), de 382 asuntos en Málaga (un 9% por encima del

módulo) y 343 asuntos en Sevilla (no supera el módulo).

SALA DE LO SOCIAL DEL TSJA Ingresos Magistrados

Ingresos por Mag.

Var. resp.

módulo

Estimación nuevos

Magistrados necesarios

MÓDULO: 350 ASUNTOS GRANADA 3.122 9 347 -0,9% MÁLAGA 2.289 6 382 9,0% SEVILLA 4.110 12 343 -2,1%

Con los actuales datos de ingreso, no sería necesario aumentar la plantilla

de estas Salas de lo Social, sin perjuicio de lo que deparen los avatares

económicos y la derivada litigiosidad social, así como la incidencia de la nueva

Ley de la Jurisdicción Social, que entró en vigor en el mes de diciembre pasado y

concentra en dicho orden jurisdiccional todos los litigios relativos a accidentes

laborales, seguridad e higiene en el trabajo, prestaciones públicas y vulneración

de los derechos fundamentales, especialmente el acoso y la discriminación -sin

incluir los de materia penal-, asuntos sobre recaudación de la Seguridad Social y

las excepciones concursales, lo que se traduciría lógicamente en un incremento

del número de asuntos a resolver, sin posible concreción por el momento. Por lo

mismo, habrá que estar pendientes de la incidencia en el orden jurisdiccional

social del Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para

la reforma del mercado laboral.

SALA EN GRANADA La Sala de Granada de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de

Andalucía, Ceuta y Melilla ha ingresado en el último año 3.122 asuntos. Se

resolvieron 3.086 procesos y la pendencia es de 654 asuntos. El 98% de los

asuntos iniciados corresponde a recursos de suplicación provenientes de los

Juzgados de lo Social. Además se incoaron 27 procesos en única instancia (los

únicos que exigen la celebración de juicio), 15 recursos de queja y 4 recursos de

46 MEMORIA 2011

suplicación de los Juzgados de lo Mercantil. Por otro lado se han devuelto 225

recursos de casación de los cuales el 95% confirmaba la sentencia, el 4% la

revocaba y el 1% la anulaba. Además no queda en la Sala ningún asunto

pendiente exclusivamente de sentenciar a final de año.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN GRANADA DE LO SOCIAL DEL TSJA. AÑO 2011

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

Procesos en única instancia 4 27 23 8 Rec. suplicación juzgados de lo Social 609 3.068 3.033 644 Rec. suplicación juzgados de lo Mercantil 0 4 3 1 Audiencia al rebelde 0 0 0 0 Cuestiones de competencia 0 0 0 0 Recursos de queja 5 15 19 1 Recursos de súplica 0 1 1 0 Otros 0 7 7 0 TOTAL 618 3.122 3.086 654 Registrados = Registrados + Reabiertos

El Módulo de Entrada designado por el Consejo General del Poder Judicial

para las Salas de lo Social de Tribunales Superiores de Justicia es de 350

asuntos por Magistrado y año. La Sala de Granada, con nueve Magistrados de

plantilla, ha ingresado en 2011 un total de 347 asuntos en media por cada uno de

ellos. Por lo tanto, prácticamente se ha alcanzado el módulo del Consejo en el

último año. En concreto en los dos últimos años la cantidad de asuntos incoados

ha descendido al nivel del Módulo de Entrada del CGPJ, hecho que no ocurría

desde 1997.

EVOLUCIÓN EN LOS ÚLTIMOS AÑOS A lo largo de los últimos años el hecho más destacable en la Sala de lo

Social de Granada es la enorme reducción de la cantidad de asuntos pendientes

a final de año, que ha pasado de los casi 1.682 en 2006 a los actuales 654. Esto

ha sido posible gracias a la laboriosidad y nivel resolutivo de la Sala, así como a

la trayectoria descendente en la entrada de recursos que se inició a partir del año

2007.

La tasa de pendencia (que relaciona la cantidad de asuntos pendientes con

los resueltos) es una de las más bajas de Andalucía, en lo que incide, sin duda, el

MEMORIA 2011 47

número de ponencias repartidas por Magistrado, al igual que al Presidente, que

se ha mantenido a lo largo del año a razón de 9 ponencias semanales, sin

perjuicio de las que puedan corresponder por recursos de queja o procedimientos

de especial urgencia, como tutela de derechos fundamentales o conflictos

colectivos.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALAS DE LO SOCIAL DEL TSJA. SERIES TEMPORALES 2006-2011

02.0004.0006.0008.000

10.00012.00014.000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Ingresados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ

RESOLUCIONES Se han dictado en la Sala de Granada 3.030 sentencias (11 relativas a

procesos en única instancia) y 48 autos de los que el 98% resuelven sobre el

fondo del asunto.

SENTENCIAS SOBRE RECURSOS DICTADAS EN LA SALA EN GRANADA DE LO SOCIAL

DEL TSJA. AÑO 2011

23%

77%

0%

EstimandoDesestimandoAnulando

El gráfico anterior muestra la distribución porcentual de las sentencias

sobre recursos dictadas en esta Sala en el año 2011. Se observa que el 23% de

estas sentencias fueron estimatorias y el 77% desestimatorias.

48 MEMORIA 2011

SALA EN MÁLAGA La Sala de lo Social en Málaga de este Tribunal Superior de Justicia ha

iniciado en el último año un total de 2.289 asuntos (un 5% más que el año

anterior). En total se han resuelto 2.235 asuntos (prácticamente lo mismo que en

2010).

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN MÁLAGA DE LO SOCIAL DEL TSJA. 2011

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final Proc en única instancia 4 9 5 8 Rec. suplicación juzgados Social 795 2.252 2.206 841 Rec. suplicación juzgados Mercantil 0 0 0 0 Audiencia al rebelde 0 5 4 1 Cuestiones de competencia 0 0 0 0 Recursos de queja 1 22 20 3 Recursos de súplica 0 0 0 0 Otros 0 1 0 1 TOTAL 800 2.289 2.235 854 Registrados = Registrados + Reabiertos

El 98% de los registros corresponde a recursos de suplicación de Juzgados

de lo Social. Además, se han iniciado 9 procesos en única instancia, 22 recursos

de queja y 5 audiencias al rebelde. Por otro lado, se han devuelto 132 recursos de

casación, de los cuales el 91% confirmaba la sentencia, el 7% la revocaba y el 2%

restante la anulaba.

La Sala de Málaga, con seis Magistrados de plantilla, ha superado el

módulo del Consejo General del Poder Judicial, establecido en 350 asuntos por

Magistrado y año. En concreto en 2011, el ingreso de asuntos ha sido un 9%

superior al referido módulo de entrada para este tipo de órganos.

EVOLUCIÓN EN LOS ÚLTIMOS AÑOS Los asuntos resueltos de la Sala (línea rosa en el gráfico) han seguido una

tendencia ascendente hasta 2007 gracias a los planes de refuerzo que se venían

desarrollando desde el año 2003, así como la buena laboriosidad y número de

ponencias repartidas.

MEMORIA 2011 49

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN MÁLAGA DE LO SOCIAL DEL TSJA. SERIES TEMPORALES 2006-2011

0

1000

2000

3000

4000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al f inal Módulo CGPJ

Por segundo año consecutivo el valor de la pendencia (número de asuntos

pendientes de resolución a final de año) se sitúa por debajo de los 1.000 asuntos.

Al igual que la Sala de Granada, la tasa de pendencia (que relaciona la cantidad

de asuntos pendientes con los resueltos) es una de las más bajas de Andalucía,

en lo que incide, sin duda, el número de ponencias repartidas por Magistrado, al

igual que al Presidente, que se ha mantenido a lo largo del año a razón de un

mínimo de 9 ponencias semanales.

No se considera necesaria la ampliación del número de Magistrados, como

antes se comentó, si bien habrá que valorar en su momento la evolución de la

Sala y las reformas legislativas ya comentadas.

RESOLUCIONES En total en la Sala en Málaga de lo Social se han dictado 2.184 sentencias

(sólo 8 relativas a procesos en única instancia) y 51 autos (el 61% resuelve sobre

el fondo del asunto).

SENTENCIAS SOBRE RECURSOS DICTADAS EN LA SALA EN MÁLAGA DE LO SOCIAL DEL

TSJA. AÑO 2011

17%

83%

0%

EstimandoDesestimandoAnulando

50 MEMORIA 2011

En el gráfico se puede comprobar la distribución de las sentencias sobre

recursos que se han dictado en la Sala en Málaga de lo Social. Se observa que el

17% son estimatorias, el 83% desestimatorias.

SALA EN SEVILLA La Sala en Sevilla de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de

Andalucía, Ceuta y Melilla ha ingresado en 2011 un total de 4.110 asuntos. Se

han resuelto 3.758 asuntos, por lo que la pendencia a final de año ha aumentado

un 12%, hasta los 3.353 asuntos, cifra preocupante. Se han devuelto 360

recursos de casación, de los cuales el 94% confirmaba totalmente la sentencia, el

5% la revocaba totalmente y un 1% la anulaba.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN SEVILLA DE LO SOCIAL DEL TSJA. AÑO 2011

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

Procesos en única instancia 20 19 30 9

Rec. suplicación juzgados de lo Social 2.961 4.042 3.676 3.327

Rec. suplicación juzgados de lo Mercantil 0 2 0 2

Audiencia al rebelde 3 1 3 1

Cuestiones de competencia 0 1 1 0

Recursos de queja 15 43 44 14

Recursos de súplica 0 0 0 0

Otros 2 2 4 0

TOTAL 3.001 4.110 3.758 3.353 Registrados = Registrados + Reabiertos

La Sala de lo Social de Sevilla tiene 12 Magistrados de plantilla, que han

ingresado cada uno 343 asuntos en media a lo largo de 2011. Como antes se dijo,

el módulo de entrada de asuntos establecido por el CGPJ es de 350 asuntos por

Magistrado y año, por lo que en el último año la entrada de asuntos en la Sala de

Sevilla no ha superado dicho valor referencial para un órgano de este tipo.

MEMORIA 2011 51

EVOLUCIÓN EN LOS ÚLTIMOS AÑOS

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN SEVILLA DE LO SOCIAL DEL TSJA. SERIES TEMPORALES 2006-2011

0100020003000400050006000

2005 2006 2007 2008 2009 2010

Registrados Resueltos Pendientes al f inal Módulo CGPJ

Después de cuatro años en los que los ingresos se habían estabilizado en

torno al Módulo de Entrada del CGPJ y la resolución de asuntos había

aumentado, el año 2011 revela que el número de asuntos registrados continúa en

niveles cercanos al referido módulo pero el número de asuntos resueltos

desciende, con lo que se produce un repunte de la pendencia del 12%, por

segundo año consecutivo.

A la vista de estos datos se considera necesario caminar hacia el mejor

rendimiento y eficacia productiva de la Sala. En ese sentido parece prudente que

la labor resolutiva de los Magistrados no quede residenciada de forma

permanente e inalterable en un criterio siempre cuantitativo, rígido o de máximos,

y atemporal, de forma que se valoren también otros posibles factores o razones.

Así, por ejemplo, procedimientos repetitivos o similares, tales como reclamaciones

salariales o pluses, asuntos de escasa entidad y dificultad, etc., que permiten

emplear fórmulas de reparto entre ponentes que atiendan al tiempo efectivo

empleado en la deliberación y redactado de la resolución, evitando que sean

permanentemente computados como asuntos individuales. Ello permitiría la

consiguiente fluctuación numérica y el dictado de un número global superior de

resoluciones en el entorno de la jurisdicción social.

52 MEMORIA 2011

En esta línea, deben reproducirse las conclusiones del propio Servicio de

Inspección del CGPJ tras su visita a dicha Sala el pasado mes de febrero:

“En cuanto a los asuntos repetitivos, deberán ser acumulados si procede o

cuidar de emplear con los mismos fórmulas de reparto entre ponentes que

atiendan al tiempo efectivo empleado en la deliberación y redactado de la

resolución, especialmente si por la Sala, en Pleno o no, se ha adoptado ya un

criterio unitario al respecto, evitando en todo caso que sean computados como

asuntos individuales de la clase correspondiente.”

Sin perjuicio de todo lo expuesto, debe plantearse, de forma simultánea y

paralela, una medida de refuerzo para reducir la bolsa de pendencia.

RESOLUCIONES En el año 2011 en total se han dictado en esta Sala 3.635 sentencias (15

en procesos en única instancia) y 96 autos (todos resolviendo sobre el fondo del

asunto).

SENTENCIAS SOBRE RECURSOS DICTADAS EN LA SALA EN SEVILLA DE LO S OCIAL DEL

TSJA. AÑO 2011

34%

66%

0%

Estim andoDeses tim andoAnulando

El 34% de las sentencias sobre recursos dictadas en la Sala de Sevilla son

estimatorias, el 66% desestimatorias y no hay ninguna anulatoria.

MEMORIA 2011 53

2.3 AUDIENCIAS PROVINCIALES Las Audiencias Provinciales de la Comunidad Autónoma Andaluza han

ingresado en 2011 un total de 48.124 asuntos, cantidad muy similar a la de año

anterior (46.410 asuntos). Los procesos resueltos han sido 46.145 en total, cifra

también muy parecida a la del año anterior (45.049 asuntos). Los asuntos

pendientes a final de año se sitúan en la cifra de 14.252 asuntos.

Atendiendo a una clasificación por órdenes jurisdiccionales, el 64% de los

asuntos ingresados en las Audiencias Provinciales de Andalucía son procesos

penales, si bien la pendencia de éstos es el 39% del total de asuntos pendientes.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA. 2011

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final JURISDICCIÓN PENAL 5.316 30.790 30.524 5.519 Procesos en única instancia 1.293 2.467 2.469 1.235 Recursos 4.023 28.323 28.055 4.284 JURISDICCIÓN CIVIL 7.010 17.334 15.621 8.733 Procesos en única instancia 230 823 861 192 Recursos 6.780 16.511 14.760 8.541 TOTAL 12.326 48.124 46.145 14.252 Registrados=Registrados+Reabiertos Resueltos=Resueltos+Devueltos al instructor

Los procesos en única instancia iniciados en las Audiencias Provinciales de

Andalucía equivalen al 8% del total de ingresos en el orden penal y al 5% del total

de ingresos en el orden civil.

RESOLUCIONES Se han dictado en total 44.332 resoluciones en el conjunto de las

Audiencias Provinciales de Andalucía; en concreto, 13.669 sentencias penales,

10.397 sentencias civiles, 15.983 autos penales y 4.283 autos civiles.

54 MEMORIA 2011

RESOLUCIONES DICTADAS EN LAS AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA AÑO 2011

0

10.000

20.000

30.000

40.000

PENALES CIVILES

Sentencias Autos

EVOLUCIÓN PENAL EN LOS ÚLTIMOS AÑOS La actividad penal de las Audiencias Provinciales de Andalucía ha seguido

una evolución creciente en los últimos cinco años. La cantidad de asuntos

penales ingresados ha aumentado cada año; sin embargo la resolución de

asuntos también, por lo que la pendencia no ha aumentado de manera muy

notable, aunque ésta se va haciendo cada vez más preocupante ya que se

encuentra en torno a los 5.500 asuntos.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA.

SERIES TEMPORALES 2006-2011

05000

100001500020000250003000035000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al final

EVOLUCIÓN CIVIL EN LOS ÚLTIMOS AÑOS La actividad civil se caracteriza por cierto equilibrio entre el número asuntos

ingresados (línea azul) y resueltos (línea rosa), si bien se detecta un incremento

paulatino de la pendencia (línea verde), que este año vuelto a crecer un 18%,

MEMORIA 2011 55

situándose en 8.733 asuntos pendientes a final de 2011, cifra también

preocupante.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA.

SERIES TEMPORALES 2006-2011

0

5000

10000

15000

20000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al final

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR PROVINCIAS Las Audiencias Provinciales que ingresan una mayor cantidad de asuntos

penales son las de Málaga, Sevilla y Cádiz, por encima de 4.000 procesos al año.

Las que tienen una mayor cantidad de asuntos penales pendientes de resolución

a 31 de diciembre de 2011 son las Audiencias de Granada, Sevilla, Málaga y

Almería, por ese orden. Por otro lado, las Audiencias Provinciales de Almería,

Córdoba, Huelva y Jaén han visto reducida su pendencia penal a final de año.

ASUNTOS PENALES POR PROVINCIA. AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA, CEUTA Y

MELILLA. AÑO 2011

0

5.000

10.000

15.000

20.000

Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

56 MEMORIA 2011

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR PROVINCIAS

ASUNTOS CIVILES POR PROVINCIAS.AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA, CEUTA Y

MELILLA. AÑO 2011

02.0004.0006.0008.000

10.00012.00014.00016.000

GranadaHuelva

Sevilla

Pendientes al finalResueltosRegistradosPendientes al inic io

En la jurisdicción civil las Audiencias que han incoado más procesos son

Málaga, Sevilla, Cádiz y Granada, por encima de 2.000 asuntos. La cantidad de

asuntos pendientes de resolución a final de año ha disminuido en las Audiencias

de Córdoba y Huelva.

RESUMEN

En la tabla siguiente se presenta el resumen de la actividad de las distintas

Audiencias Provinciales de Andalucía atendiendo a las tasas calculadas con los

datos anteriores.

RESUMEN PENAL. AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA.AÑO 2011

tasa

resolucióntasa

pendenciameses de resolución

tasa de congestión

ALMERÍA 1,17 0,45 5,4 69,5 CÁDIZ 0,98 0,12 1,5 88,8 CÓRDOBA 1,00 0,04 0,4 96,5 GRANADA 0,90 0,48 5,8 67,3 HUELVA 1,03 0,06 0,7 94,5 JAÉN 1,01 0,02 0,3 98,0 MÁLAGA 1,02 0,13 1,5 88,8 SEVILLA 0,94 0,20 2,5 82,3 TOTAL 0,99 0,18 2,2 84,5 Tasa de resolución: asuntos resueltos / asuntos ingresados Tasa de pendencia: asuntos pendientes / asuntos resueltos Tasa de congestión: asuntos resueltos / (pendientes inicio+asuntos ingresados)

MEMORIA 2011 57

La tasa de resolución indica que la pendencia penal ha disminuido sólo en

Almería, Córdoba, Huelva, Jaén y Málaga, aumentando en las demás Audiencias.

La tasa de pendencia permite calcular una estimación del tiempo de

resolución de los asuntos pendientes. Las Secciones penales de las Audiencias

Provinciales de Andalucía tardarán en resolver los asuntos pendientes una media

que va desde los más de cinco meses de Almería y Granada a los escasos días

que tardarán en Jaén o Córdoba.

La tasa de congestión indica el porcentaje de asuntos que se resuelve a

lo largo del año respecto de la carga total de trabajo de la Sala (asuntos

pendientes del año anterior más los ingresados). Los resultados reflejan que en

todas las Audiencias Provinciales de Andalucía se resuelve un alto porcentaje de

la carga de trabajo penal, siendo las de Córdoba, Jaén y Huelva las que superan

el 90%.

RESUMEN CIVIL. AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA.AÑO 2011

tasa

resolucióntasa

pendenciameses de resolución

tasa de congestion

ALMERÍA 0,87 1,27 15,3 44,1 CÁDIZ 0,91 0,40 4,8 71,3 CÓRDOBA 1,03 0,12 1,5 89,0 GRANADA 0,93 0,33 4,0 74,9 HUELVA 1,11 0,17 2,0 85,7 JAÉN 0,98 0,12 1,4 89,5 MÁLAGA 0,77 1,25 15,0 44,4 SEVILLA 0,91 0,43 5,2 69,9 TOTAL 0,90 0,56 6,7 64,2 Tasa de resolución: asuntos resueltos / asuntos ingresados Tasa de pendencia: asuntos pendientes / asuntos resueltos Tasa de congestión: asuntos resueltos / (pendientes inicio+asuntos ingresados)

En el orden jurisdiccional civil los resultados se muestran en la tabla

anterior. La tasa de resolución revela que la pendencia ha aumentado en las

Audiencias de Almería, Cádiz, Granada, Jaén, Málaga y Sevilla.

La tasa de pendencia muestra unos tiempos de resolución civil que van

desde algo más de un mes en la Audiencia de Córdoba y Jaén, a los quince

meses en la de Almería y Málaga.

58 MEMORIA 2011

La tasa de congestión indica que Córdoba y Jaén ha resuelto en torno al

90% de la carga de trabajo civil y que Málaga y Almería han resuelto por debajo

del 50%.

2.3.1. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA La Audiencia Provincial de Almería está compuesta por tres Secciones

mixtas desde el año 2001. En el año 2011 en esta Audiencia se han ingresado en

total 2.883 asuntos, que se distribuyen en 1.761 penales y 1.122 civiles.

En un análisis global de la actividad de la Audiencia Provincial de Almería

en los últimos años destaca el aumento de la pendencia desde 2004, si bien en el

último año la pendencia ha disminuido en un 6%.

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA SERIES TEMPORALES 2006-2011

0500

100015002000250030003500

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados ResueltosPendientes al final Modulo CGPJ

El módulo de entrada de asuntos establecido por el Consejo General del

Poder Judicial para las Secciones mixtas de Audiencias es de 325 asuntos por

Magistrado y año. Desde finales de 2010 cuenta con 10 Magistrados, por lo que la

entrada de asuntos (línea azul en el gráfico) debería estar como máximo en 3.250

por año. Esta cantidad (línea discontinua en el gráfico) no ha sido superada en la

Audiencia de Almería en el último año.

JURISDICCIÓN PENAL En el último año se han ingresado un total de 1.761 asuntos penales y se

han resuelto 2.069, la pendencia penal ha descendido hasta los 927 asuntos a

MEMORIA 2011 59

final de año. De los asuntos penales iniciados en 2011 el 16% corresponde a

procesos en única instancia y el 84% a recursos, tal y como muestra la tabla

siguiente.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. 2011

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 203 289 270 222 Sumarios 60 117 105 72 Procesos ley jurado 2 17 10 9 Proc. abreviados 141 155 155 141 RECURSOS 1.015 1.472 1.799 705 Apel. delito juicios rápidos 304 272 359 171 Apel. Restantes delitos 210 264 325 193 Apel. falta juicios rápidos 19 76 83 12 Apel. Restantes falta 41 196 177 60 Apel. juz. violencia sobre mujer 5 9 11 3 Apel. juz. menores 17 34 44 7 Apel. juz. vigilancia penit. 15 36 45 6 Recursos de queja 2 7 6 3 Restantes recursos 402 578 749 250 TOTAL 1.218 1.761 2.069 927 Registrados=Registrados+Reabiertos Resueltos=Resueltos+Devueltos al instructor

De los 289 Procesos en Única Instancia ingresados en la Audiencia de

Almería el 40% corresponde a Sumarios, el 54% a Procedimientos Abreviados, y

el 6% restante a Procesos de la Ley del Jurado. Se han interpuesto también 1.472

recursos, que principalmente son Apelaciones en Procedimientos por Delito, el

36%, y Apelaciones en Juicios de Faltas, el 18%.

RECURSOS INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. AÑO

2011

19%

18%

5%13%

40%

2% 1%2%

Apel. delito juicios rápidos

Apel. restantes delitosApel. falta juicios rápidos

Apel. restantes faltaApel. juz. violencia sobre mujer

Apel. juz. menoresApel. juz. vigilancia penit.

Recursos de quejaRestantes recursos

60 MEMORIA 2011

La Audiencia Provincial del Almería ha resuelto el 69% del total de la carga

de trabajo penal (pendientes del año anterior más registrados en el año).

RESOLUCIONES PENALES

En las tres Secciones de la Audiencia de Almería se han dictado 1.982

resoluciones penales que se distribuyen en 1.103 sentencias (sólo el 4% previa

conformidad del acusado) y 879 autos (el 86% resolviendo sobre el fondo del

recurso).

EVOLUCIÓN PENAL TEMPORAL En 2011, por primera vez en los últimos siete años, ha disminuido el

número de asuntos penales pendientes de resolución en la Audiencia Provincial

de Almería. La cantidad de asuntos ingresados ha disminuido mientras que los

asuntos resueltos han aumentado en un 15% respecto al año anterior. Este

fenómeno se puede explicar como consecuencia de la estabilización del número

de Juzgados tanto en la capital como en la provincia que ha hecho que no

crezcan los recursos interpuestos ante esta Audiencia.

ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA.

SERIES TEMPORALES 2006-2011

0400800

1200160020002400

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al f inal

LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES Las tres Secciones de la Audiencia Provincial de Almería han disminuido

en el último año la cantidad de asuntos pendientes de resolución. En la Sección

primera se ha registrado mayor número de asuntos, lógicamente al contar con un

Magistrado más de plantilla.

MEMORIA 2011 61

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. 2011

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 1ª 406 721 812 315 1,13 0,39 (5m) 72%

SECCIÓN 2ª 421 522 627 316 1,20 0,50 (6m) 66%

SECCIÓN 3ª 391 518 630 296 1,22 0,47 (6m) 69%

TOTAL 1.218 1.761 2.069 927 1,17 0,45 (5m) 69%

Los tiempos medios de resolución de asuntos penales, que se calculan a

partir de la tasa de pendencia, son de 5 meses en la Sección Primera y 6 meses

para las Secciones Segunda y Tercera. Además la Sección primera ha resuelto el

72% de la carga de trabajo, la segunda ha resuelto el 66% y tercera el 69%.

0

200

400

600

800

1.000

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª

AUSUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. AÑO 2011

Pendientes al inicioRegistradosResueltosPendientes al final

JURISDICCIÓN CIVIL

En la Audiencia Provincial de Almería se han registrado un total de 1.122

asuntos civiles y han resuelto 977, con lo que la pendencia a final de año ha

aumentado y tiene un valor a finales de 2011 que supera los 1.200 asuntos

civiles.

62 MEMORIA 2011

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. 2011

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 10 13 13 10 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0 Medidas cautelares 1 1 2 0 Incidentes Art. 241.1 LOPJ 0 0 0 0 Resto de incidentes 0 1 1 0 Otros 9 11 10 10 RECURSOS 1.083 1.109 964 1.234 Anteriores LEC 1/2000 3 0 1 3 De juicios ordinarios 522 477 390 600 De juicios verbales 159 163 129 178 Apel de juz. menores 0 0 0 0 Apel de juz. violencia mujer 11 13 15 9 De restantes procesos 161 131 122 154 Contra res. juz. mercantil 14 37 14 37 Otros 213 288 293 253 TOTAL 1.093 1.122 977 1.244 Registrados=Registrados+Reiniciados

RECURSOS CIVILES REGISTRADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DEL

ALMERÍA. AÑO 2011

15%

26%

1%12%

3%

43%Anteriores LEC 1/2000De juicios ordinariosDe juicios verbalesApel de juz. violencia mujerDe restantes procesosContra res. juz. mercantilOtros

Los 1.109 recursos registrados se distribuyen en un 43% de recursos de

juicios ordinarios, un 15% de juicios verbales.

Del total de la carga de trabajo civil (pendientes del año anterior más

registrados en el año) en el año 2011 se ha resuelto el 44%.

MEMORIA 2011 63

RESOLUCIONES CIVILES Se han dictado en total 857 resoluciones civiles que se distribuyen en 552

sentencias y 305 autos civiles. De éstos 282 resuelven recursos con lo que se

pueden clasificar en 56% estimando, 43% desestimando y 1% anulando.

EVOLUCIÓN CIVIL TEMPORAL La cantidad de asuntos civiles pendientes (línea verde en el gráfico) lleva

varios años aumentando ya que se resuelven menos asuntos de los que se

ingresan cada año. Hasta tal punto, que ha sobrepasado la cantidad de los

asuntos registrados, como se puede ver en el siguiente gráfico. Con el actual nivel

de resolución se calcula un tiempo de respuesta de 15 meses para los recursos y

9 meses para los procesos en única instancia.

ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. SERIES TEMPORALES 2006-2011

0200400600800

100012001400

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al final

LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES La actividad civil en las tres Secciones de la Audiencia de Almería refleja

diferencias destacadas en cada una de ellas como viene siendo habitual en los

últimos años. La cantidad de asuntos pendientes ha aumentado en todas las

Secciones. La Sección primera ha aumentado el valor de su pendencia en un

23%, la segunda en un 14% y la Sección tercera en un 7%, siendo su valor el

mayor de los últimos años.

64 MEMORIA 2011

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. 2011

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 1ª 316 465 391 390 0,84 1,00 (12m) 50% SECCIÓN 2ª 300 334 291 343 0,87 1,18 (14m) 46% SECCIÓN 3ª 477 323 295 511 0,91 1,73 (21m) 37% TOTAL 1.093 1.122 977 1.244 0,87 1,27 (15m) 44%

La Sección primera tarda una media de 12 meses en resolver los procesos

civiles que ingresa, la segunda lo hace en 14 meses y la tercera en 21 meses. La

Sección primera ha resuelto el 50% de la carga civil total. La Sección segunda ha

resuelto el 46% y la tercera el 37%.

0

200

400

600

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª

ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. AÑO 2011

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

MÓDULO DEL CONSEJO

El Módulo de Entrada de asuntos establecido por el Consejo General del

Poder Judicial es de 325 asuntos por Magistrado y año para las Secciones mixtas

de Audiencias Provinciales. En total en Almería se han ingresado 2.883 asuntos:

1.186 en la Sección primera, 856 en la Sección segunda y 841 en la Sección

tercera. En 2011 las tres Secciones han ingresado asuntos un 12% por debajo del

Módulo, en valor medio. Por lo tanto, considerando que acaba de ampliarse la

plantilla a finales de diciembre de 2010 con un plaza de Magistrado, parecería

ajustada la actual planta.

Ahora bien, como reflejan los gráficos del movimiento de asuntos penales y

recordaba la Memoria del año anterior, existe una indudable peculiaridad y

MEMORIA 2011 65

especial conflictividad de algunos procedimientos de esta provincia, singularmente

en el ámbito penal con mayor incidencia y tasa de ingresos en juicios de única

instancia o ley de jurado. Con tal peculiaridad, puede ser razonable la necesidad

de contar con un nuevo Magistrado más, lo que así se hará constar.

Con independencia de ello, y posibles medidas de refuerzo transitorias, se

propone iniciar el camino de la separación de jurisdicciones en la Audiencia

Provincial de Almería para desdoblarse, por el momento, en una Sección civil

integrada por cuatro Magistrados y dos Secciones penales integradas por tres

Magistrados cada una.

A.P. ALMERÍA (MIXTA)

Ingresos en 2011

Magistrados en 2011

Media de ingresos por Magistrado

Variación respecto al

Módulo

Estimación nuevos

Magistrados necesarios

MÓDULO: 325 ASUNTOS 1

SECCIÓN 1ª 1.186 4 297 -8,8%

SECCIÓN 2ª 856 3 285 -12,2%

SECCIÓN 3ª 841 3 280 -13,7%

2.3.2. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ La Audiencia Provincial de Cádiz, con ocho Secciones, tiene sedes no solo

en la capital de la provincia sino también en Algeciras, Ceuta y Jerez de la

Frontera. Desde el 1 de abril de 2006 las Secciones de esta Audiencia con sede

en Cádiz capital pasaron a especializarse en Secciones exclusivamente penales

(primera, tercera y cuarta) y exclusivamente civiles (segunda y quinta).

En el año 2011 esta Audiencia ha ingresado un total de 7.268 asuntos,

4.687 penales y 2.581 civiles. En un análisis global de la actividad de la Audiencia

Provincial de Cádiz en los últimos años se ven reflejadas diferencias significativas

entre las distintas Secciones que la componen.

66 MEMORIA 2011

SECCIONES 1ª, 2ª, 3ª, 4ª y 5ªAUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZSERIES TEMPORALES 2006-2011

0100020003000400050006000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ

En las Secciones de Cádiz capital la actividad experimentaba un

crecimiento notable, como se puede observar en el gráfico anterior, aunque en

este último año se ha producido un descenso en el número de ingresos del 5%. El

Módulo de Entrada establecido por el Consejo General de Poder Judicial para las

Secciones penales es de 345 asuntos y para las Secciones civiles es de 300

asuntos. Todas las Secciones de la capital tienen un volumen global inferior a

dicho módulo referencial.

La Sección 6ª con sede en Ceuta, con 3 Magistrados, presenta una línea

de ingresos que ha fluctuado a lo largo de los años. En éste último continúa con

un volumen de entrada de asuntos inferior al módulo referencial de entrada, que

se sitúa para las Secciones mixtas en 325 asuntos por Magistrado.

SECCIÓN 6ª - CEUTAAUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZSERIES TEM PORALES 2006-2011

0200400600800

10001200

2006 2007 2008 2009 2010 2011Regis trados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ

MEMORIA 2011 67

La Sección 7ª, con sede en Algeciras, tiene 4 Magistrados, aunque

materialmente ha funcionado con una plantilla de 3 Magistrados durante 2011 por

tener a uno de ellos en servicios especiales, si bien a finales de dicho año cuenta

con un cuarto Magistrado en comisión de servicio. Esta Sección ha

experimentado un aumento en el número de asuntos registrados y supera los

1.300 asuntos.

SECCIÓ N 7ª - ALG ECIRASAUDIENCIA PRO VINCIAL DE CÁDIZSERIES TEM PO RALES 2006-2011

0200400600800

100012001400

2006 2007 2008 2009 2010 2011

R e g is trad os R e s u e lto sPen d ien te s a l fin a l Mó du lo C GPJ

La Sección 8ª, con sede en Jerez de la Frontera, tiene cuatro Magistrados

desde el año 2005. Esta Sección ha experimentado un incremento del 23% en el

número de ingresos durante 2011, superando así el módulo referencial de entrada

establecido por el Consejo General del Poder Judicial. Durante este año se han

resuelto un 17% más de asuntos que en el año anterior. La pendencia continúa

baja, aunque se ha incrementado ligeramente.

SECCIÓN 8ª - JEREZ DE LA FRONTERAAUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZSERIES TEM PORALES 2006-2011

0

500

1000

1500

2000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

R egis trados R es ue ltosPend ientes a l fina l Módulo CGPJ

68 MEMORIA 2011

En general, todas las Secciones de la Audiencia Provincial de Cádiz

mantienen un correcto ritmo resolutivo y mantienen un razonable nivel de asuntos

pendientes.

JURISDICCIÓN PENAL En el año 2011 se ingresaron en la Audiencia Provincial de Cádiz un total

de 4.687 asuntos penales y se resolvieron 2.088, por lo que la cantidad de

asuntos pendientes a final de año ha aumentado un 15%. De los asuntos penales

iniciados en 2011 el 9% corresponde a procesos en única instancia y el 91%

restante a recursos.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. 2011

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final

PROCESOS EN ÚNICA NSTANCIA 215 434 463 186

Sumarios 69 101 95 75

Procesos ley jurado 3 9 7 5

Proc. abreviados 143 324 361 106

RECURSOS 284 4.253 4.141 373

Apel. delito juicios rápidos 14 290 288 15

Apel. restantes delitos 62 508 510 60

Apel. Falta juicios rápidos 3 167 164 6

Apel. restantes falta 56 785 760 83

Apel. juz. violencia sobre mujer 0 18 18 0

Apel. juz. menores 17 72 66 5

Apel. juz. vigilancia penit. 17 224 234 6

Recursos de queja 1 15 13 3

Restantes recursos 114 2.174 2.088 195

TOTAL 499 4.687 4.604 559 Registrados=Registrados+Reabiertos Resueltos=Resueltos+Devueltos al instructor

De los 434 procesos en única instancia ingresados en la Audiencia de

Cádiz el 75% son Procedimientos Abreviados, el 23% son Sumarios y el 2%

MEMORIA 2011 69

restante son Procesos de la Ley del Jurado. Además, se han elevado en el último

año 4.253 recursos que en su mayoría son Apelaciones en Juicios de Faltas

(22%), Apelaciones en Procesos por Delito (el 19%) y Apelaciones de los

Juzgados de Vigilancia Penitenciaria (5%).

RECURSOS PENALES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ.

AÑO 20117%

12%

4%

18%

2%

5%

52% A pel. delito juic ios rápidos

A pel. restantes delitos

A pel. f alta juic ios rápidos

A pel. restantes falta

A pel. juz . v iolenc ia sobre mujer

A pel. juz . menores

A pel. juz . v igilanc ia penit.

Recursos de queja

Restantes recursos

Del total de asuntos penales pendientes de resolución en el año 2011

(asuntos pendientes del año anterior más asuntos ingresados en el año) la

Audiencia de Cádiz ha resuelto el 89%.

RESOLUCIONES PENALES En la Audiencia Provincial de Cádiz se dictaron un total de 4.555

resoluciones penales: 2.191 sentencias (el 8% previa conformidad del acusado) y

2.364 autos finales (el 97% resolviendo sobre el fondo del recurso).

EVOLUCIÓN PENAL TEMPORAL Una tendencia constante que se observa al analizar la actividad penal de la

Audiencia Provincial de Cádiz es que desde hace cuatro años la cantidad de

asuntos ingresados (línea azul en el gráfico) y con ella la cantidad de asuntos

resueltos (línea rosa) se ha estabilizado en torno a los 4.600 asuntos.

70 MEMORIA 2011

ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ.

SERIES TEMPORALES 2006-2011

0100020003000400050006000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al final

En este último año la pendencia ha aumentado ligeramente, un 12%,

situándose en 559 asuntos pendientes a finales de 2011.

LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES Desde abril de 2006 las Secciones primera, tercera y cuarta de la

Audiencia Provincial de Cádiz han pasado a especializarse en orden penal. La

cantidad de asuntos pendientes ha aumentado en la Sección sexta, séptima y

octava, y ha disminuido en el resto de Secciones penales.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. 2011

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 1ª 84 709 734 53 1,04 0,07 (1m) 93% SECCIÓN 3ª 63 870 879 54 1,01 0,06 (1m) 94% SECCIÓN 4ª 80 769 782 49 1,02 0,06 (1m) 92% SECCIÓN 6ª (Ceuta) 59 487 448 98 0,92 0,22 (3m) 82% SECCIÓN 7ª (Algeciras) 93 860 780 173 0,91 0,22 (3m) 82% SECCIÓN 8ª (Jerez) 120 992 981 132 0,99 0,13 (2m) 88% TOTAL 499 4.687 4.604 559 0,98 0,12 (1m) 89%

Estos asuntos pendientes se resolverán en un tiempo medio de 3 meses en

la Sección sexta y séptima, de 2 meses en la sección octava y de 1 mes en el

resto de las Secciones penales. Todas las Secciones han resuelto por encima del

MEMORIA 2011 71

82% de la carga total de trabajo penal, siendo la Sección tercera la que ha puesto

fin a una mayor proporción del trabajo pendiente.

0

200

400

600

800

1.000

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 3ª SECCIÓN 4ª SECCIÓN 6ª (Ceut a) SECCIÓN 7ª (Algeciras) SECCIÓN 8ª (Jerez)

ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. AÑO 2011

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

MÓDULO DEL CONSEJO El Módulo de Entrada de asuntos para las Secciones con competencia

exclusivamente penal de las Audiencias Provinciales lo estableció el Consejo

General del Poder Judicial en 345 asuntos por Magistrado y año. Las tres

Secciones Penales de la Audiencia Provincial de Cádiz, con tres Magistrados

cada una, tienen una carga de trabajo al menos un 16% inferior al límite

referencial antes señalado, por lo que no se estima necesaria la ampliación de

plantilla en ninguna de estas Secciones.

A.P. CÁDIZ (PENAL)

Ingresos en 2011

Magistrados en 2011

Media de ingresos

por Magistrado

Variación respecto al Módulo

Estimación nuevos

Magistrados necesarios

MÓDULO: 345 ASUNTOS SECCIÓN 1ª 709 3 236 -31% SECCIÓN 3ª 870 3 290 -16% SECCIÓN 4ª 769 3 256 -26%

72 MEMORIA 2011

JURISDICCIÓN CIVIL En el último año se han registrado en la Audiencia de Cádiz 2.581 asuntos

civiles y resuelto 2.350, aumentando la pendencia un 32%. La Audiencia de Cádiz

ha tenido una carga de trabajo civil de 3.294 asuntos (pendientes a principios de

año más registrados) y ha resuelto el 71% del total de ésta.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. 2011

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final

PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 18 173 182 9 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0

Medidas cautelares 0 1 1 0

Incidentes Art. 241.1 LOPJ 0 3 3 0

Resto de incidentes 14 150 156 8

Otros 4 19 22 1

RECURSOS 695 2.408 2.168 935 Anteriores LEC 1/2000 0 0 0 0

De juicios ordinarios 324 925 785 464

De juicios verbales 95 457 409 143

Apel de juz. menores 0 0 0 0

Apel de juz. violencia mujer 14 39 33 20

De restantes procesos 159 580 566 173

Contra res. juz. mercantil 3 29 18 14

Otros 100 378 357 121

TOTAL 713 2.581 2.350 944 Registrados=Registrados+Reiniciados

De los 2.408 procesos en segunda instancia civiles iniciados a lo largo del

año 2011 en la Audiencia de Cádiz, el 38% corresponde a juicios ordinarios, el

19% a recursos de juicios verbales y ninguno a procesos anteriores a la LEC

1/2000.

MEMORIA 2011 73

RECURSOS CIVILES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. AÑO 2011

38%

19%24%

1%

16%

2%

Anteriores LEC 1/2000

De juicios ordinarios

De juicios verbales

Apel de juz. menores

RESOLUCIONES CIVILES Se han dictado en todas las Secciones de la Audiencia de Cádiz 2.091

resoluciones civiles que corresponden a 1.524 sentencias y 567 autos. De éstos,

458 resuelven recursos clasificándose en 45% estimatorios, 53% desestimatorios

y 2% de autos anulatorios.

EVOLUCIÓN CIVIL TEMPORAL La cantidad de asuntos civiles registrados en la Audiencia Provincial de

Cádiz ha estado en los cinco últimos años por encima de la cantidad de asuntos

resueltos, por ello la pendencia a final de año ha aumentado, situándose a final de

2011 en 944 asuntos pendientes, un 32% más que el año anterior.

ASUNTOS CIV ILES. AUDIENCIA PROV INCIAL DE CÁDIZ . SERIES TEM PORALES 2006-2011

0500

10001500200025003000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Regis trados Resueltos P endientes al final

74 MEMORIA 2011

LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES La Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Cádiz registra más asuntos que

la 2ª, ambas con sede en la capital, ya que aquella cuenta con un Magistrado más

de plantilla. La cantidad de asuntos civiles pendientes de resolución aumentó en

todas las Secciones de la Audiencia de Cádiz menos en la Sección sexta, con

sede en Ceuta.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. 2011

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 2ª 138 591 568 161 0,96 0,28 (3m) 78% SECCIÓN 5ª 245 827 783 289 0,95 0,37 (4m) 73% SECCIÓN 6ª (Ceuta) 47 136 147 36 1,08 0,24 (3m) 80% SECCIÓN 7ª (Algeciras) 205 455 340 320 0,75 0,94 (11m) 52% SECCIÓN 8ª (Jerez) 78 572 512 138 0,90 0,27 (3m) 79% TOTAL 713 2.581 2.350 944 0,91 0,40 (5m) 71%

La tasa de pendencia que multiplicada por 12 nos da una estimación del

tiempo de resolución de dicha pendencia oscila entre los 11 meses que tardaría la

Sección séptima, a los 3 que tardaría la segunda, sexta y octava en resolver los

asuntos pendientes.

0

200

400

600

800

1.000

SECCIÓN 2ª SECCIÓN 5ª SECCIÓN 6ª (Ceuta)

SECCIÓN 7ª (Algeciras)

SECCIÓN 8ª (Jerez)

ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. AÑO 2011

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal

MEMORIA 2011 75

MÓDULOS DEL CONSEJO

Para las Secciones civiles de las Audiencias Provinciales el módulo de

entrada de asuntos establecido por el Consejo General del Poder Judicial es de

300 asuntos por Magistrado y año. Las dos Secciones civiles de la Audiencia de

Cádiz, es decir la 2ª y la 5ª, que cuentan con tres y cuatro Magistrados de plantilla

cada una respectivamente, ingresan un 34% y un 31% de asuntos,

respectivamente, por debajo del referido módulo.

A.P. CÁDIZ

(CIVIL) Ingresos en 2011

Magistrados en 2011

Media de ingresos

por Magistrado

Variación respecto al Módulo

Estimación nuevos

Magistrados necesarios

MÓDULO: 300 ASUNTOS SECCIÓN 2ª 591 3 197 -34% SECCIÓN 5ª 827 4 207 -31%

Las Secciones sexta, séptima y octava, al tener competencias tanto en

materia civil como en materia penal se les aplica el Módulo de Entrada de las

Secciones mixtas evaluado en 325 asuntos en total por Magistrado y año. La

Sección 6ª, con sede en Ceuta, ingresó en 2011 por cada Magistrado un 36%

menos que lo indicado por el Consejo General del Poder Judicial. La Sección

séptima se han ingresado un 35% más de asuntos que los establecidos por dicho

módulo, mientras que la Sección 8ª, con sede en Jerez de la Frontera, registró un

20% más con respecto al mismo.

A.P. CÁDIZ (MIXTA)

Ingresos en 2011

Magistrados en 2011

Media de ingresos por Magistrado

Variación respecto al

Módulo

Estimación nuevos

Magistrados necesarios

MÓDULO: 325 ASUNTOS SECCIÓN 6ª (Ceuta) 623 3 208 -36%

SECCIÓN 7ª (Algeciras) 1.315 3 438 35%

SECCIÓN 8ª (Jerez) 1.564 4 391 20%

76 MEMORIA 2011

2.3.3. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA La Audiencia Provincial de Córdoba está compuesta por tres Secciones

mixtas con sede en la capital. En el año 2011 esta Audiencia ha ingresado un total

de 4.220 asuntos, 2.886 penales y 1.334 civiles.

La cantidad de asuntos pendientes en la Audiencia Provincial de Córdoba

se ha mantenido siempre en niveles muy bajos a pesar del paulatino aumento de

la cantidad de asuntos ingresados, que en los seis últimos años ha superado el

Módulo de Entrada del Consejo General del Poder Judicial. Ello ha sido posible

gracias al esfuerzo de los Magistrados que siempre han resuelto tantos asuntos

como se ingresaban en el año.

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBASERIES TEMPORALES 2006-2011

0

1000

2000

3000

4000

5000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Resueltos Pendientes al final Módulo CGPJ

La plantilla de Magistrados de esta Audiencia no ha variado en los últimos

años, siendo ésta de 10 Magistrados. Así, el Módulo de Entrada para las

Secciones mixtas de Audiencias que es de 325 asuntos por Magistrado y año,

establece un margen de 3.250 asuntos por año en la Audiencia de Córdoba. En

los últimos cinco años se ha superado el Módulo de Entrada del Consejo, en un

15% de media.

JURISDICCIÓN PENAL En la Audiencia de Córdoba se han registrado 2.886 asuntos penales, un

9% más que el año anterior, y se han resuelto 2.890 (8% más que en 2010) por lo

MEMORIA 2011 77

que la pendencia continúa en los 106 asuntos. De todos los asuntos penales

iniciados, el 5% corresponde a procesos en única instancia.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA. 2011

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 65 146 159 52

Sumarios 33 58 68 23

Procesos ley jurado 2 3 4 1

Proc. abreviados 30 85 87 28

RECURSOS 45 2.740 2.731 54

Apel. delito juicios rápidos 2 205 203 4

Apel. restantes delitos 11 321 318 14

Apel. falta juicios rápidos 0 71 68 3

Apel. restantes falta 4 276 273 7

Apel. juz. violencia sobre mujer 1 51 52 0

Apel. juz. menores 3 46 45 4

Apel. juz. vigilancia penit. 13 633 638 8

Recursos de queja 0 5 4 1

Restantes recursos 11 1.132 1.130 13 TOTAL 110 2.886 2.890 106 Registrados=Registrados+Reabiertos Resueltos=Resueltos+Devueltos al instructor

De los 146 procesos penales en única instancia registrados en la Audiencia

de Córdoba el 40% corresponde a sumarios, el 58% a procedimientos abreviados

y el 2% restante a procesos de la Ley del Jurado. Por otro lado los 2.740 recursos

iniciados en esta Audiencia son en un 23% apelaciones de Juzgados de Vigilancia

Penitenciaria, en un 19% apelaciones en procedimientos por delito y en un 13%

apelaciones en juicios de faltas.

78 MEMORIA 2011

RECURSOS PENALES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA. AÑO

20117%

12%

3%

10%

2%

2%23%

41%

A pel. delito juic ios rápidosA pel. res tantes delitosA pel. f alta juic ios rápidosA pel. res tantes f altaA pel. juz . v iolenc ia sobre mujerA pel. juz . menoresA pel. juz . v igilanc ia penit.Recursos de quejaRes tantes recursos

Del total de la carga de trabajo penal (asuntos pendientes a principio de

año más asuntos registrados) que había en el año 2011 en la Audiencia de

Córdoba se ha resuelto el 96%.

RESOLUCIONES PENALES Se han dictado un total de 2.887 resoluciones penales en la Audiencia de

Córdoba, que son 1.063 sentencias (sólo el 4% previa conformidad del acusado) y

1.824 autos finales (el 98% resolviendo sobre el fondo del recurso).

EVOLUCIÓN PENAL TEMPORAL La actividad penal desarrollada en la Audiencia Provincial de Córdoba ha

seguido una evolución paralela a lo largo del tiempo, es decir se han ido

resolviendo la misma cantidad de asuntos que se iban ingresando, lo que ha

provocado que la pendencia penal se mantenga durante mucho tiempo en torno al

mismo valor, no superando nunca los 200 asuntos.

ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA.

SERIES TEMPORALES 2006-2011

0500

100015002000250030003500

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al final

MEMORIA 2011 79

Por otro lado, se observa en el gráfico precedente que la cantidad de

asuntos ingresados, y por lo dicho antes, también la cantidad de asuntos

resueltos, ha seguido una línea ascendente en los últimos años, tendencia más

acusada desde 2008. En 2011 se han superado los valores máximos alcanzados

en el año anterior, llegando a 2.886 ingresos.

LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES La actividad penal desarrollada por las distintas Secciones de la Audiencia

Provincial de Córdoba se presenta en la siguiente tabla. La Sección Segunda

presenta una cantidad de asuntos ingresados mayor que las otras dos.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DECÓRDOBA. 2011

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 1ª 25 875 877 23 1,00 0,03(0m) 97% SECCIÓN 2ª 47 1147 1156 38 1,01 0,03(0m) 97% SECCIÓN 3ª 38 864 857 45 0,99 0,05(1m) 95% TOTAL 110 2.886 2.890 106 1,00 0,04(1m) 96%

Las tres Secciones han resuelto, en total, más asuntos de los que han

ingresado como indican los valores en torno a uno de la tasa de resolución. El

tiempo de resolución de los asuntos pendientes es de un mes escaso en todas las

Secciones de la Audiencia Provincial de Córdoba.

0

500

1000

1500

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª

AUSUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA. 2011

Pendientes al inicio

Registrados

Resueltos

Pendientes al final

80 MEMORIA 2011

La tasa de congestión indica el porcentaje de asuntos que se han resuelto

con respecto a la carga total de trabajo. Las tres Secciones han resuelto por

encima del 95% de la carga de trabajo total.

JURISDICCIÓN CIVIL

En la Audiencia de Córdoba en 2011 se registraron 1.334 asuntos en

materia civil (un 4% más que en 2010) y se resolvieron 1.372 (un 14% más que el

año anterior) por lo que la pendencia civil a final de año ha disminuido su valor

con respecto a principios de año en un 18%.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA. 2011

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 0 26 26 0 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0 Medidas cautelares 0 0 0 0 Incidentes Art. 241.1 LOPJ 0 0 0 0 Resto de incidentes 0 25 25 0 Otros 0 1 1 0 RECURSOS 208 1.308 1.346 170 Anteriores LEC 1/2000 0 3 2 1 De juicios ordinarios 81 515 533 63 De juicios verbales 24 265 269 20 Apel de juz. menores 0 0 0 0 Apel de juz. violencia mujer 8 28 31 5 De restantes procesos 79 304 330 53 Contra res. juz. mercantil 6 39 35 10 Otros 10 154 146 18 TOTAL 208 1.334 1.372 170 Registrados=Registrados+Reiniciados

La carga de trabajo civil de la Audiencia de Córdoba en el año 2011 fue de

1.542 asuntos (pendientes a principio de año más registrados) y de ella se ha

resuelto el 89% a lo largo del año.

De los 1.334 recursos civiles iniciados en la Audiencia de Córdoba, el 39%

corresponde a juicios ordinarios y el 20% a juicios verbales.

MEMORIA 2011 81

RECURSOS CIV ILES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROV INCIAL DE CÓRDOBA.

AÑO 2011

20%2%

23%

3%

12%40%

A nteriores LEC 1/2000

De juic ios ordinarios

De juic ios verbales

A pel de juz . menores

RESOLUCIONES CIVILES

Se han dictado en la Audiencia de Córdoba un total de 1.265 resoluciones

civiles, que se distribuyen en 965 sentencias y 300 autos. De éstos, 297 resuelven

recursos clasificándose en 38% estimatorios, 55% desestimatorios y 7%

anulatorios.

EVOLUCIÓN CIVIL TEMPORAL La jurisdicción civil en la Audiencia Provincial de Córdoba ha seguido una

pauta de comportamiento muy similar a la experimentada en jurisdicción penal ya

que se resuelve la misma cantidad de asuntos que se ingresan, por lo que la

pendencia apenas varía. Después del repunte de la pendencia ocurrido en 2010,

en el último año ha vuelto a bajar en un 18%.

LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES La Sección que presentó más actividad en el pasado año 2011 fue la

Sección segunda y la menor la tercera, como se resume en la tabla siguiente.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DECÓRDOBA. 2011

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 1ª 30 466 449 47 0,96 0,10 (1m) 91% SECCIÓN 2ª 146 483 554 75 1,15 0,14 (2m) 88% SECCIÓN 3ª 32 385 369 48 0,96 0,13 (2m) 88% TOTAL 208 1.334 1.372 170 1,03 0,12 (1m) 89%

82 MEMORIA 2011

La cantidad de asuntos civiles pendientes se resolverá en la Sección

primera en una media de un mes y en la segunda y tercera en dos meses. Del

total de la carga de trabajo civil la Sección primera ha resuelto el 91% y la

segunda y tercera, el 88%.

0

200

400

600

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª

ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA. 2011

Pendientes al inicio

Registrados

Resueltos

Pendientes al f inal

MÓDULO DEL CONSEJO

En la Audiencia de Córdoba se han registrado un total de 4.220 asuntos. El

módulo del Consejo para las Secciones mixtas de las Audiencias Provinciales es

de 325 asuntos por Magistrado y año. En todas las Secciones se supera,

destacando la Sección segunda con un 67% de variación sobre el módulo. Por lo

tanto, se considera necesario ampliar la plantilla con un plaza de Magistrado y, al

mismo tiempo, en aras a profundizar en los principios de especialización y mejor

eficacia, se propone la separación de jurisdicciones en la Audiencia Provincial de

Córdoba para desdoblarse en una Sección civil integrada por cinco Magistrados y

dos Secciones penales integradas por tres Magistrados cada una.

A.P. CÓRDOBA (MIXTA)

Ingresos en 2011

Magistrados en 2011

Media de ingresos

por Magistrado

Variación respecto al Módulo

Estimación nuevos

Magistrados necesarios

MÓDULO: 325 ASUNTOS 1

SECCIÓN 1ª 1.341 4 335 3%

SECCIÓN 2ª 1.630 3 543 67%

SECCIÓN 3ª 1.249 3 416 28%

MEMORIA 2011 83

2.3.4. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA La Audiencia Provincial de Granada está formada por cinco Secciones, dos

con competencia exclusivamente penal y las otras tres con competencia

exclusivamente civil. En el año 2011 estas cinco Secciones han ingresado un total

de 5.841 asuntos, 3.437 en las Secciones penales y 2.404 en las Secciones

civiles.

JURISDICCIÓN PENAL Las Secciones Primera y Segunda de la Audiencia Provincial de Granada

han ingresado durante el año 2011 3.437 asuntos y resuelto 3.102; esto sumado a

los 1.169 asuntos pendientes del año anterior ha provocado un aumento en la

cantidad de asuntos pendientes, que supone un 28% en el último año. Los

asuntos penales iniciados se distribuyen en un 10% de procesos en única

instancia y 90% de recursos.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA. 2011

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 242 331 345 228 Sumarios 99 190 197 92 Procesos ley jurado 7 4 7 4 Proc. Abreviados 136 137 141 132 RECURSOS 927 3.106 2.757 1.272 Apel. delito juicios rápidos 159 246 234 171 Apel. restantes delitos 146 641 561 226 Apel. falta juicios rápidos 102 167 147 122 Apel. restantes falta 84 382 330 136 Apel. juz. violencia sobre mujer 1 20 14 7 Apel. juz. menores 7 53 40 20 Apel. juz. vigilancia penit. 39 114 121 32 Recursos de queja 9 19 18 6 Restantes recursos 380 1.464 1.292 552 TOTAL 1.169 3.437 3.102 1.500 Registrados=Registrados+Reabiertos Resueltos=Resueltos+Devueltos al instructor

De los 331 procesos penales en única instancia iniciados, el 57%

corresponde a sumarios, el 41% a procedimientos abreviados y el 2% restante a

84 MEMORIA 2011

procesos de la Ley del Jurado. En lo que se refiere a procesos en segunda

instancia, el 17% apelaciones en juicios de faltas, el 29% apelaciones en

procedimientos por delito y el 4% apelaciones de Juzgados de Vigilancia

Penitenciaria. Los Juzgados de Menores son el 2% y el Juzgado de Violencia

sobre la Mujer, así como los recursos de queja sólo suponen el 1%

respectivamente.

RECURSOS PENALES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA DE GRANADA. AÑO 2011

8%

21%

5%

12%4%

46%

2%1%1%

Apel. delito juicios rápidos

Apel. restantes delitos

Apel. falta juicios rápidos

Apel. restantes falta

Apel. juz. violencia sobre mujer

Apel. juz. menores

Apel. juz. vigilancia penit.

Recursos de queja

Restantes recursos

Del total de la carga de trabajo penal de la Audiencia de Granada (asuntos

penales pendientes del año anterior más registrados en el año) se ha resuelto el

67% a lo largo de 2011.

RESOLUCIONES PENALES Las Secciones Primera y Segunda de la Audiencia Provincial de Granada

han dictado en conjunto 3.049 resoluciones, que se distribuyen en 1.504

sentencias (sólo el 3% previa conformidad del acusado) y 1.545 autos (el 91%

resolviendo sobre el fondo del recurso).

EVOLUCIÓN PENAL TEMPORAL La actividad penal desarrollada en las Secciones Primera y Segunda de la

Audiencia Provincial de Granada ha estado marcada por el constante aumento en

la cantidad de asuntos ingresados (línea azul en el gráfico) a lo largo de los

últimos años.

Por otra parte, también ha aumentado la cantidad de asuntos resueltos

(línea rosa) con la ampliación de plantilla en 2005 y 2007. En 2011 ha descendido

MEMORIA 2011 85

el número de asuntos registrados respecto al año anterior en un 4%. Sin embargo

esto no ha sido suficiente para contener la cantidad de asuntos pendientes, que

en el último año ha vuelto a ascender un 28%.

ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA.

SERIES TEMPORALES 2006-2011

0

1000

2000

3000

4000

2006 2007 2008 2009 2010 2011Registrados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ

LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES Durante el año 2011, ambas Secciones penales de la Audiencia Provincial

de Granada han registrado y resuelto una cantidad muy similar de asuntos. Sin

embargo, en ambas Secciones la cantidad de asuntos pendientes de resolución a

final de año ha aumentado.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA. 2011

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 1ª 571 1.721 1.562 730 0,91 0,47 (6m) 68%

SECCIÓN 2ª 598 1.716 1.540 770 0,90 0,50 (6m) 67%

TOTAL 1.169 3.437 3.102 1.500 0,90 0,48 (6m) 67%

La estimación del tiempo medio de resolución de los asuntos en trámite es

de 6 meses en ambas Secciones. De la carga total de trabajo la Sección primera

ha resuelto el 68% y la Sección segunda el 67%.

86 MEMORIA 2011

0

1.000

2.000

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª

AUSUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA. 2011

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal

MÓDULO DEL CONSEJO El Módulo de Entrada establecido por el Consejo General del Poder

Judicial para las Secciones de las Audiencias Provinciales con competencia

exclusivamente penal es de 345 asuntos por Magistrado y año. Actualmente hay

en las Secciones penales de la Audiencia Provincial de Granada 8 Magistrados

repartidos entre las dos. Sin embargo, la media del número de asuntos

ingresados por Magistrado supera en ambas Secciones el módulo de entrada; en

concreto ha sido un 25% y un 24% respectivamente.

Por ello, se considera imprescindible, tal y como se manifestó en la

Memoria del pasado año, el incremento de plantilla en dos Magistrados más del

orden jurisdiccional penal para la Audiencia Provincial de Granada, a fin de

redistribuir funcionalmente el trabajo en tres Secciones penales (se da por

reproducido lo expuesto en las Memorias aprobadas por esta Sala de Gobierno,

relativas a los años 2008 (pág. 216), 2009 (pág. 242) y 2010 (pág. 110).

Sin perjuicio de ello y hasta que se convierta en una realidad tal ampliación

de plantilla, es necesaria una medida de refuerzo interno consistente en la

adscripción de dos Magistrados que permitan colaborar conjuntamente con el

resto de la plantilla en un plan de actuación cuyo objetivo es reducir la pendencia

en el orden penal.

A.P. GRANADA (PENAL)

Ingresos en 2011

Magistrados en 2011

Media de ingresos

por Magistrado

Variación respecto al Módulo

Estimación nuevos

Magistrados necesarios

MÓDULO: 345 ASUNTOS 2 SECCIÓN 1ª 1.721 4 430 25% SECCIÓN 2ª 1.716 4 429 24%

MEMORIA 2011 87

JURISDICCIÓN CIVIL Las Secciones con competencia civil en la Audiencia de Granada son la

tercera, la cuarta y la quinta. Éstas han ingresado en el último año 2.404 asuntos

(un 11% más que el año anterior) y han resuelto 2.229 (similar al 2010) por lo

tanto la cantidad de asuntos civiles pendientes de resolución ha aumentado un

30% a final de año. Sólo el 7% de los procesos iniciados corresponde a procesos

en única instancia.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA. 2011

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final

PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 51 165 170 46 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0

Medidas cautelares 0 2 2 0

Incidentes Art. 241.1 LOPJ 1 7 6 2

Resto de incidentes 17 96 87 26

Otros 33 60 75 18

RECURSOS 519 2.239 2.059 699 Anteriores LEC 1/2000 1 3 2 2

De juicios ordinarios 262 988 957 293

De juicios verbales 93 494 415 172

Apel de juz. menores 0 0 0 0

Apel de juz. violencia mujer 5 23 18 10

De restantes procesos 124 505 455 174

Contra res. juz. mercantil 6 39 30 15

Otros 28 187 182 33

TOTAL 570 2.404 2.229 745

La carga de trabajo civil en la Audiencia de Granada ha sido de 2.974

asuntos (pendientes a principio de año más registrados) y se ha resuelto a lo

largo de 2011 el 75% de ésta.

Los 2.239 recursos iniciados en el último año se distribuyen en un 44% de

juicios ordinarios, un 22% de juicios verbales, y sólo 3 de procesos anteriores a la

nueva Ley de Enjuiciamiento Civil.

88 MEMORIA 2011

RECURSOS CIVILES INGRESADOSAUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA. AÑO 2011

22%

1%

23%

2%8%

44%

Anteriores LEC 1/2000

De juicios ordinarios

De juicios verbales

Apel de juz. menores

Apel de juz. violencia mujer

De restantes procesos

Contra res. juz. mercantil

Otros

RESOLUCIONES CIVILES Se han dictado 2.076 resoluciones civiles que corresponden a 1.618

sentencias y 458 autos. De éstos, 415 son autos resolviendo recursos que se

clasifican en 45% estimando, 47% desestimando y 8% anulando.

EVOLUCIÓN CIVIL TEMPORAL La cantidad de asuntos registrados (línea azul) ha crecido paulatinamente a

lo largo de los últimos años, aunque no ha llegado a la línea marcada por el

Módulo de Entrada del Consejo.

ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA.

SERIES TEMPORALES 2006-2011

0500

1.0001.5002.0002.5003.000

2006 2007 2008 2009 2010 2011Registrados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ

MEMORIA 2011 89

LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES La actividad desarrollada en 2011 por las Secciones civiles de la Audiencia

Provincial de Granada es muy similar entre ellas, pues las tres han resuelto

menos asuntos de los que se han ingresado por lo cual, han aumentado la

cantidad de asuntos pendientes de resolución en el último año.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DEGRANADA. 2011

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 3ª 154 818 751 221 0,92 0,29 (4m) 77% SECCIÓN 4ª 213 809 735 287 0,91 0,39 (5m) 72% SECCIÓN 5ª 203 777 743 237 0,96 0,32 (4m) 76%

TOTAL 570 2.404 2.229 745 0,93 0,33 (4m) 75%

El tiempo medio para resolver esta pendencia, con la actual productividad,

sería de 4 meses en la Sección tercera, de 5 en la cuarta y de 4 en la quinta. De

la carga total de trabajo, asuntos pendientes del año anterior más asuntos

ingresados en el año, la Sección tercera ha resuelto el 77%, la Sección cuarta el

72% y la Sección quinta el 76%.

0

500

1.000

SECCIÓN 3ª SECCIÓN 4ª SECCIÓN 5ª

ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA. 2011

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

MÓDULO DEL CONSEJO

El módulo del Consejo General del Poder Judicial para las Secciones de

Audiencia Provincial con competencia exclusivamente civil está valorado en 300

asuntos por Magistrado y año. Cada uno de los nueve Magistrados de las

Secciones civiles de la Audiencia Provincial de Granada ha tenido 267 asuntos de

90 MEMORIA 2011

nuevo ingreso de media en el año 2011, por lo que no se supera el Módulo de

Entrada del Consejo.

A.P. GRANADA (CIVIL)

Ingresos en 2011

Magistrados en 2011

Media de ingresos

por Magistrado

Variación respecto al Módulo

Estimación nuevos

Magistrados necesarios

MÓDULO: 300 ASUNTOS SECCIÓN 3ª 818 3 273 -9%

SECCIÓN 4ª 809 3 270 -10%

SECCIÓN 5ª 777 3 259 -14%

2.3.5 AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA La Audiencia Provincial de Huelva está compuesta por tres Secciones

mixtas con sede en la capital. Entre las tres han ingresado en el último año 2.732

asuntos, 1.808 penales y 924 civiles.

Analizando la actividad de la Audiencia Provincial de Huelva en los últimos

años se observa que hasta 2006, ha tenido la cantidad de asuntos pendientes

más bajas de Andalucía, por debajo de los 150 asuntos.

AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. SERIES TEMPORALES 2006-2011

0

1000

2000

3000

4000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Regis trados Res ueltosPendientes al final Módulo CGPJ

El Módulo de Entrada de asuntos (línea discontinua en el gráfico)

establecido por el Consejo General del Poder Judicial en 325 asuntos por

MEMORIA 2011 91

Magistrado para las Secciones mixtas de Audiencia, ha estado siempre, en los

últimos años, por encima de la entrada de asuntos (línea azul) en la Audiencia de

Huelva. Los Magistrados de ésta han resuelto siempre la misma cantidad de

asuntos que se ingresaban por lo que la cantidad de asuntos pendientes ha

permanecido prácticamente constante hasta 2006. Entre los años 2007 y 2009 se

resolvieron menos asuntos de los que se ingresaron por lo que la pendencia

aumentó. En los dos últimos años se han resuelto más asuntos de los ingresados,

por lo que la pendencia ha disminuido hasta los 277 asuntos.

JURISDICCIÓN PENAL En el año 2011, la Audiencia Provincial de Huelva ha ingresado 1.808

asuntos penales y ha resuelto 1.862 por lo que la cantidad de asuntos penales

pendientes de resolución a final de año es 106. De los asuntos penales

registrados el 6% corresponde a procesos en única instancia y la pendencia de

éstos equivale a la tercera parte de la pendencia penal.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. 2011

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 40 116 122 32 Sumarios 13 26 23 14 Procesos ley jurado 2 6 7 1 Proc. abreviados 25 84 92 17 RECURSOS 122 1.692 1.740 74 Apel. delito juicios rápidos 12 110 111 11 Apel. restantes delitos 27 275 289 13 Apel. falta juicios rápidos 6 62 68 0 Apel. restantes falta 13 231 234 10 Apel. juz. violencia sobre mujer 1 4 5 0 Apel. juz. menores 1 13 12 2 Apel. juz. vigilancia penit. 16 263 271 8 Recursos de queja 0 6 6 0 Restantes recursos 46 728 744 30 TOTAL 162 1.808 1.862 106 Registrados=Registrados+Reabiertos Resueltos=Resueltos+Devueltos al instructor

92 MEMORIA 2011

De los 116 procesos penales en única instancia ingresados el 72% se

refiere a procedimientos abreviados y el 22% a sumarios, habiéndose registrado

sólo 6 procesos de la Ley del Jurado. Se han iniciado además 1.692 recursos,

que principalmente son apelaciones de sentencias de Juzgados de Vigilancia

Penitenciaria (el 16%), apelaciones en juicios de falta (el 18%) y apelaciones de

sentencias por delito (el 23%).

RECURSOS PENALES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. AÑO

20117%

16%

4%

14%

16%

42%

1%

Apel. delito juicios rápidos

Apel. restantes delitos

Apel. falta juicios rápidos

Apel. restantes falta

Del total de la carga de trabajo penal de la Audiencia Provincial de Huelva

(asuntos pendientes de resolución del año anterior más asuntos registrados en el

año) se ha resuelto el 95% durante el año 2011.

RESOLUCIONES PENALES Se han dictado en total 1.852 resoluciones penales en la Audiencia de

Huelva: 829 sentencias (el 3% previa conformidad del acusado) y 1.023 autos (el

97% resolviendo sobre el fondo del recurso).

EVOLUCIÓN PENAL TEMPORAL El hecho más destacable a la hora de analizar el gráfico con los datos de la

evolución de la actividad penal en la Audiencia Provincial de Huelva, es el

crecimiento que ha sufrido la entrada de asuntos en los últimos años, si bien

gracias al alto grado de resolución de asuntos ha sido posible que la pendencia se

mantenga baja.

MEMORIA 2011 93

ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA.

SERIES TEMPORALES 2006-2011

0

500

1000

1500

2000

2500

2006 2007 2008 2009 2010 2011Registrados Resueltos Pendientes al final

LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES La cantidad de asuntos ingresados en la Sección Segunda es

notablemente superior a los ingresados en las Secciones Primera y Tercera ya

que a aquella corresponde en exclusividad la resolución de recursos en materia

de Vigilancia Penitenciaria. La cantidad de asuntos pendientes ha aumentado en

la Sección Tercera y disminuido en la Primera y Segunda.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. 2011

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 1ª 108 587 629 66 1,07 0,10 (1m) 91% SECCIÓN 2ª 38 653 667 22 1,02 0,03 (0m) 97% SECCIÓN 3ª 16 568 566 18 1,00 0,03 (0m) 97% TOTAL 162 1.808 1.862 106 1,03 0,06 (1m) 95%

El tiempo medio de respuesta es de apenas unos días en la Sección

segunda y tercera y de aproximadamente un mes en la primera. Además del total

de la carga penal de trabajo de cada Sección de la Audiencia Provincial de

Huelva, se ha resuelto en la primera el 91% y en la segunda y tercera el 97%.

94 MEMORIA 2011

0

200

400

600

800

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª

AUSUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. 2011

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

JURISDICCIÓN CIVIL

En 2011, la Audiencia de Huelva ha iniciado 924 asuntos civiles y ha

resuelto 1.028, por lo que la pendencia se sitúa en 171 asuntos pendientes a final

de año.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. 2011

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final

PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 0 45 45 0 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0 Medidas cautelares 0 0 0 0 Incidentes Art. 241.1 LOPJ 0 0 0 0 Resto de incidentes 0 41 41 0 Otros 0 4 4 0 RECURSOS 275 879 983 171 Anteriores LEC 1/2000 0 0 0 0 De juicios ordinarios 116 345 389 72 De juicios verbales 34 188 200 22 Apel de juz. menores 0 0 0 0 Apel de juz. violencia mujer 1 8 8 1 De restantes procesos 81 206 232 55 Contra res. juz. mercantil 23 8 28 3 Otros 20 124 126 18 TOTAL 275 924 1.028 171 Registrados=Registrados+Reiniciados

Los 879 recursos registrados en esta Audiencia son en el 40% de los casos

de juicios ordinarios y en un 21% de juicios verbales.

MEMORIA 2011 95

RECURSOS CIVILES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. AÑO 2011

21%

1%14%

23%1%

40%Anteriores LEC 1/2000De juicios ordinariosDe juicios verbalesApel de juz. menoresApel de juz. violencia mujerDe restantes procesosContra res. juz. mercantilOtros

Esta Audiencia Provincial ha tenido a lo largo de 2011 una carga de trabajo

civil (total de asuntos pendientes de resolver del año anterior más registrados en

el año) de 1.199 asuntos, habiendo resuelto durante el año el 86% de éstos.

RESOLUCIONES CIVILES

Se han dictado en la Audiencia de Huelva 961 resoluciones civiles: 720

sentencias y 241 autos. Se han dictado un total de 206 autos resolviendo recursos

siendo el 37% estimatorios, el 57% desestimatorios y el 6% anulando el recurso.

EVOLUCIÓN CIVIL TEMPORAL Por segundo año consecutivo, vemos que se han resuelto más asuntos

(línea rosa en el gráfico), de los que se han ingresado (línea azul), lo que ha

provocado que el número de asuntos pendientes a final de año (línea verde)

continúe disminuyendo hasta los 171 asuntos.

ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA.

SERIES TEMPORALES 2006-2011

0

500

1000

1500

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al final

96 MEMORIA 2011

LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES Las tres secciones tienen una actividad muy similar en materia civil. El

número de asuntos pendientes a final de año ha disminuido en todos los casos,

siendo la Sección segunda, la que tiene una pendencia menor.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. 2011

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 1ª 110 296 336 70 1,14 0,21 (3m) 83% SECCIÓN 2ª 56 318 330 44 1,04 0,13 (2m) 88% SECCIÓN 3ª 109 310 362 57 1,17 0,16 (2m) 86% TOTAL 275 924 1.028 171 1,11 0,17 (2m) 86%

El tiempo medio de resolución de la pendencia se estima en dos meses

para la Sección segunda y tercera y tres meses para la primera. La carga de

trabajo civil que han resuelto en 2011 asciende al 83% en la Sección primera, al

88% en la segunda y al 86% en la tercera.

0

200

400

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª

AUSUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. 2011

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal

MÓDULO DEL CONSEJO El Módulo de Entrada de Asuntos del Consejo General del Poder Judicial

para las Secciones mixtas de las Audiencias Provinciales es de 325 asuntos por

Magistrado y año. Las tres Secciones con tres Magistrados de plantilla cada una,

han ingresado una media de 294 asuntos por Magistrado, 324 y 293

respectivamente, así que no sería perentorio ampliar la plantilla de la Audiencia

Provincial de Huelva. En cualquier caso, sí se considera razonable una

especialización de las Secciones en dos penales y una civil para hacer frente de

manera más eficaz a la actual carga de trabajo.

MEMORIA 2011 97

A.P. HUELVA (MIXTA)

Ingresos en 2011

Magistrados en 2011

Media de ingresos

por Magistrado

Variación respecto al Módulo

Estimación nuevos

Magistrados necesarios

MÓDULO: 325 ASUNTOS SECCIÓN 1ª 883 3 294 -9% SECCIÓN 2ª 971 3 324 0% SECCIÓN 3ª 878 3 293 -10%

2.3.6. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN La Audiencia Provincial de Jaén tiene tres Secciones mixtas con sede en la

capital. En el año 2011 se han ingresado 3.058 asuntos; 1.725 penales y 1.333

civiles.

Si analizamos la actividad de la Audiencia de Jaén en los últimos años, que

se muestra en el gráfico siguiente, podemos ver que el número de asuntos

registrados ha ido elevándose suavemente (línea azul en el gráfico), mientras que

el número de asuntos pendientes se ha mantenido muy bajo, siendo actualmente

una de las Audiencias con menos asuntos pendientes.

AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉNSERIES TEMPORALES 2006-2011

0500

100015002000250030003500

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ

El Módulo de Entrada de asuntos establecido por el Consejo General del

Poder Judicial para las Secciones mixtas de Audiencias es de 325 asuntos por

Magistrado y año. La Audiencia de Jaén cuenta con 9 Magistrados por lo que la

98 MEMORIA 2011

entrada de asuntos debería estar como máximo en 2.925 por año. En 2011 se ha

sobrepasado por segundo año consecutivo, la cantidad establecida por el Consejo

General del Poder Judicial en el Módulo de Entrada, como carga máxima (línea

discontinua en el gráfico).

JURISDICCIÓN PENAL En 2011 en la Audiencia Provincial de Jaén se han ingresado 1.725

asuntos penales y se han resuelto 1.739 (similar al año anterior), así que la

cantidad de asuntos penales pendientes de resolución ha disminuido un 22%, y

sigue siendo una de las más bajas de todas las Secciones penales de Andalucía.

Sólo el 4% de los registros penales de esta Audiencia son procesos en única

instancia.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. 2011

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 16 69 75 10 Sumarios 7 12 17 2

Procesos ley jurado 2 4 6 0

Proc. abreviados 7 53 52 8

RECURSOS 33 1.656 1.664 28 Apel. delito juicios rápidos 0 59 59 0

Apel. restantes delitos 17 302 305 13

Apel. falta juicios rápidos 0 41 38 3

Apel. restantes falta 4 221 223 2

Apel. juz. violencia sobre mujer 1 5 6 0

Apel. juz. menores 0 41 41 0

Apel. juz. vigilancia penit. 0 69 67 1

Recursos de queja 0 6 6 0

Restantes recursos 11 912 919 9

TOTAL 49 1.725 1.739 38 Registrados=Registrados+Reabiertos Resueltos=Resueltos+Devueltos al instructor

Los 69 procesos en única instancia que se han registrado son en su

mayoría procedimientos abreviados (el 77%), pero también hay un 17% de

MEMORIA 2011 99

sumarios y un 6% de procesos de la Ley del Jurado. Los procesos en segunda

instancia son principalmente apelaciones de procesos por delito (el 22%) y

apelaciones a resoluciones en juicios de falta (el 16%). Los recursos del Juzgado

de Vigilancia Penitenciaria suman el 4% del total de procesos en segunda

instancia y los del Juzgado de Menores suponen el 2%.

RECURSOS PENALES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. AÑO 2011

4% 19%

56% 13%

2%

2%4%

Apel. delito juicios rápidosApel. restantes delitosApel. falta juicios rápidosApel. restantes faltaApel. juz. violencia sobre mujerApel. juz. menoresApel. juz. vigilancia penit.Recursos de quejaRestantes recursos

Del total de la carga de trabajo penal de la Audiencia Provincial de Jaén,

que se calcula sumando el total de asuntos pendientes a principio de año más los

que se ingresan a lo largo de éste, se ha resuelto el 98%.

RESOLUCIONES PENALES La Audiencia de Jaén ha dictado un total de 1.735 resoluciones penales;

727 sentencias (sólo el 4% previa conformidad del acusado) y 1018 autos (el 99%

fueron autos resolviendo sobre el fondo del recurso).

EVOLUCIÓN PENAL TEMPORAL Como se ha dicho antes, la Audiencia Provincial de Jaén es una de las que

tiene una cantidad de asuntos penales pendientes más bajas de Andalucía. Como

se observa en el gráfico adjunto, esta pendencia no crece a lo largo del tiempo ya

que siempre se resuelve el mismo número de asuntos que se ingresan. Incluso en

los cinco últimos años, que la entrada de asuntos ha sido mayor, la pendencia

apenas ha variado y en los dos últimos años ha disminuido.

100 MEMORIA 2011

ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. SERIES TEMPORALES 2006-2011

0

500

1000

1500

2000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al final

LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES Las tres Secciones de la Audiencia Provincial de Jaén muestran una

actividad muy similar, destacando que la Sección tercera es la que tiene más

asuntos pendientes de resolución a final de año, aunque dicha cantidad no supera

los 30 asuntos a final de 2011.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. AÑO 2011

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestion

SECCIÓN 1ª 3 595 595 3 1,00 0,01(0m) 99%

SECCIÓN 2ª 27 543 561 12 1,03 0,02(0m) 98%

SECCIÓN 3ª 19 587 583 23 0,99 0,04(0m) 96%

TOTAL 49 1.725 1.739 38 0,99 0,04(0m) 98%

La cantidad de asuntos pendientes de resolución se resolverá en unos días

en las tres secciones. El porcentaje de asuntos de la carga total de trabajo que

han resuelto en las tres Secciones de la Audiencia de Jaén alcanza el 99% en la

Sección primera, el 98% en la Sección segunda y el 96% en la Sección tercera.

MEMORIA 2011 101

0

200

400

600

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª

AUSUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. AÑO 2011

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

JURISDICCIÓN CIVIL

La Audiencia de Jaén ha registrado en 2011 un total de 1.333 asuntos

civiles (un 3% más que el año anterior) y ha resuelto 1.301 (un 3% más que en

2010).

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. 2011

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final

PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 12 70 69 13 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0 Medidas cautelares 0 0 0 0 Incidentes Art. 241.1 LOPJ 0 0 0 0 Resto de incidentes 4 55 54 5 Otros 8 15 15 8

RECURSOS 109 1.263 1.232 144 Anteriores LEC 1/2000 0 0 0 0 De juicios ordinarios 61 547 551 50 De juicios verbales 17 272 270 29 Apel de juz. menores 0 0 0 0 Apel de juz. violencia mujer 3 16 16 3 De restantes procesos 21 207 196 32 Contra res. juz. mercantil 1 40 40 1 Otros 6 181 159 29

TOTAL 121 1.333 1.301 157 Registrados=Registrados+Reiniciados

102 MEMORIA 2011

Los 1.263 procesos civiles en segunda instancia ingresados a lo largo del

año, se distribuyen en 43% de recursos de juicios ordinarios, 22% de recursos de

juicios verbales.

RECURSOS CIVILES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. AÑO 2011

44%3%

22%

16%

14%

1%

Anteriores LEC 1/2000De juicios ordinariosDe juicios verbalesApel de juz. menoresApel de juz. violencia mujerDe restantes procesosContra res. juz. mercantilOtros

La carga de trabajo civil para la Audiencia Provincial de Jaén se calcula en

1.454 asuntos (total de asuntos pendientes al inicio del año más registrados) y

durante el año 2011 se ha dado resolución al 89% de esos procesos.

RESOLUCIONES CIVILES La Audiencia de Jaén ha dictado 1.164 resoluciones civiles; 924 sentencias y

240 autos. Los que resolvían recursos fueron 218 autos que en un 36% de los casos

fueron estimatorios, en un 63% desestimatorios y sólo 2 anulatorios.

EVOLUCIÓN CIVIL TEMPORAL Al igual que en el orden penal, la cantidad de asuntos civiles pendientes en la

Audiencia de Jaén es de las más bajas de Andalucía. En el año 2011, como se

puede apreciar en el gráfico, la cantidad de asuntos registrados ha aumentado y con

ello ha provocado un ligero aumento de la pendencia, pero continúa siendo una

cantidad mínima. La cantidad de asuntos que se resuelven suele ser paralela a la

cantidad de asuntos que se ingresan.

MEMORIA 2011 103

ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. SERIES TEMPORALES 2006-2011

0200400600800

100012001400

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados Resueltos Pendientes al final

LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN.AÑO 2011

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 1ª 20 430 429 21 1,00 0,05 (1m) 95% SECCIÓN 2ª 41 404 398 51 0,99 0,13 (2m) 89% SECCIÓN 3ª 60 499 474 85 0,95 0,18 (2m) 85% TOTAL 121 1.333 1.301 157 0,98 0,12(1m) 89%

El tiempo de resolución de los asuntos pendientes es de aproximadamente

dos meses en la Sección segunda y tercera y de un mes en la primera. De la carga

de trabajo total de cada Sección, la primera ha resuelto prácticamente el 95%, la

segunda el 89% y la tercera el 85%.

0

200

400

600

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª

ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. AÑO 2011

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal

104 MEMORIA 2011

MÓDULO DEL CONSEJO

El Consejo General del Poder Judicial ha establecido como Módulo de

Entrada de asuntos en las Secciones mixtas de las Audiencias Provinciales la

cantidad de 325 asuntos por Magistrado y año. Las tres Secciones de la Audiencia

de Jaén, con tres Magistrados de plantilla cada una, se encuentra en el año 2011 en

torno a la cantidad indicada por el Consejo, por lo que, en principio, la actual

configuración de las tres Secciones de esta Audiencia se considera adecuada para

asumir la carga competencial existente. No obstante, en aras a profundizar en los

principios de especialización y mejor eficacia, se propone la separación de

jurisdicciones en la Audiencia Provincial de Jaén para desdoblarse en una Sección

civil y dos Secciones penales, lo que hace aconsejable ampliar la plantilla con un

plaza de Magistrado para quedar integrada la Sección civil por cuatro Magistrados y

las dos Secciones penales por tres Magistrados cada una.

A.P. JAÉN (MIXTA)

Ingresos en 2011

Magistrados en 2011

Media de ingresos

por Magistrado

Variación respecto

al Módulo

Estimación nuevos

Magistrados necesarios

MÓDULO: 325 ASUNTOS 1 SECCIÓN 1ª 1.025 3 342 5% SECCIÓN 2ª 947 3 316 -3% SECCIÓN 3ª 1.086 3 362 11%

2.3.7. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA La Audiencia Provincial de Málaga está formada por nueve Secciones desde

2008, la Séptima con competencia civil y penal, tiene su sede en Melilla. Las otras

están ubicadas en la capital y de ellas, tres tienen competencia exclusivamente civil

(la cuarta, quinta y sexta) y las cinco restantes competencia exclusivamente penal

(la primera, segunda, tercera, octava y novena). Todas ellas en conjunto han

ingresado en 2011 un total de 12.106 asuntos; 8.054 penales y 4.052 civiles.

MEMORIA 2011 105

En el siguiente gráfico se puede observar la actividad de las Secciones

penales de la Audiencia Provincial de Málaga con sede en su capital. Los asuntos

ingresados (línea azul en el gráfico) en las Secciones con competencia

exclusivamente penal de la Audiencia de Málaga no han dejado de crecer

paulatinamente, en concreto un 23% en los últimos seis años. Aun así la cantidad de

asuntos resueltos (línea rosa) ha ido creciendo también a lo largo del tiempo, lo que

ha permitido que la pendencia no se dispare de manera alarmante e incluso

disminuya. El Módulo de Entrada de asuntos que establece el Consejo General del

Poder Judicial para este tipo de órganos se ha superado ampliamente en los últimos

años.

SECCIONES PENALES DE MÁLAGA CAPITALAUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA

SERIES TEMPORALES 2006-2011

010002000300040005000600070008000

2006 2007 2008 2009 2010 2011Registrados Resueltos Pendientes al f inal Módulo CGPJ

A continuación se muestra la actividad de las Secciones civiles de la

Audiencia Provincial de Málaga con sede en su capital. En los últimos cuatro años

ha aumentado la pendencia como consecuencia de la finalización del Plan de

Refuerzo que mantenía la actividad de la Audiencia en unos niveles aceptables. Los

ingresos, que paulatinamente llevan varios años aumentando su valor en los dos

últimos años han superado el límite establecido por el Módulo de Entrada.

106 MEMORIA 2011

SECCIONES CIVILES DE MÁLAGA CAPITALAUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA

SERIES TEMPORALES 2006-2011

0

1000

2000

3000

4000

5000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ

La actividad de la Sección Séptima con sede en Melilla presenta unos

ingresos cercanos al Módulo de Entrada establecido por el Consejo General del

Poder Judicial para las Secciones mixtas de Audiencia.

SECCIÓN 7ª - MELILLAAUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA

SERIES TEMPORALES 2006-2011

0200400600800

10001200

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Regis trados ResueltosPendientes al final M ódulo CGPJ

JURISDICCIÓN PENAL

En la Audiencia Provincial de Málaga se han ingresado 8.054 asuntos

penales, se han resuelto 8.202 y la cantidad de asuntos pendientes a final de año es

de 1.043. El 7% de los ingresos de 2011 correspondieron a procesos en única

instancia, sin embargo la pendencia de éstos equivale a una cuarta parte de los

asuntos penales pendientes.

MEMORIA 2011 107

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. 2011

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 279 567 574 283 Sumarios 102 115 118 110 Procesos ley jurado 8 17 19 6 Proc. abreviados 169 435 437 167 RECURSOS 901 7.487 7.628 760 Apel. delito juicios rápidos 49 681 638 92 Apel. restantes delitos 182 1.005 1.094 93 Apel. falta juicios rápidos 45 474 443 76 Apel. restantes falta 34 984 963 55 Apel. juz. violencia sobre mujer 16 46 61 1 Apel. juz. menores 20 176 164 32 Apel. juz. vigilancia penit. 10 70 70 10 Recursos de queja 6 32 29 9 Restantes recursos 539 4.019 4.166 392 TOTAL 1.180 8.054 8.202 1.043 Registrados=Registrados+Reabiertos Resueltos=Resueltos+Devueltos al instructor

El 77% de los procesos penales en única instancia ingresados en la Audiencia

Provincial de Málaga fueron procedimientos abreviados, pero también se ingresaron

un 20% de sumarios y 3% procesos de la Ley del Jurado. En lo referente a procesos

en segunda instancia, el 19% de los ingresos fueron apelaciones en juicios de faltas,

el 23% apelaciones en juicios por delito, el 2% apelaciones de resoluciones de

juzgado de Menores y el 1% de juzgado de Vigilancia Penitenciaria y Violencia sobre

la Mujer.

RECURSOS PENALES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROV INCIAL DE M ÁLAGA. AÑO 2011

13%55%

13%

6%

9%

1%2%1%

A pel. delito juic ios rápidosA pel. res tantes delitosA pel. f alta juic ios rápidosA pel. res tantes f altaA pel. juz . v iolenc ia s obre mujerA pel. juz . menoresA pel. juz . v igilanc ia penit.Rec urs os de quejaRes tantes rec urs os

108 MEMORIA 2011

La carga penal de trabajo para la Audiencia de Málaga asciende a 9.234

asuntos (es el total de asuntos pendientes de resolución del año anterior más los

registrados en el año) y de ella se ha resuelto a lo largo de 2011 el 89%.

RESOLUCIONES PENALES Se han dictado en la Audiencia de Málaga 7.741 resoluciones penales; 3.778

sentencias (sólo el 5% previa conformidad del acusado) y 3.963 autos finales (el

98% resolviendo sobre el fondo del recurso).

LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES La actividad desarrollada en las Secciones penales de la capital malagueña

es similar entre ellas, en comparación con la actividad de la Sección séptima en

Melilla. Ésta tiene una carga de trabajo penal muy por debajo del Módulo de Entrada

del CGPJ actualmente vigente y, como corolario lógico, una de las pendencias

penales más bajas de toda Andalucía.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. 2011

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolución tasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 1ª 380 1.639 1.936 83 1,18 0,04 (1m) 96% SECCIÓN 2ª 289 1.396 1.371 314 0,98 0,23 (3m) 81% SECCIÓN 3ª 130 1.394 1.391 137 1,00 0,10 (1m) 91% SECCIÓN 7ª (Melilla) 71 795 760 106 0,96 0,14 (2m) 88% SECCIÓN 8ª 281 1.500 1.474 314 0,98 0,21 (3m) 83% SECCIÓN 9ª 29 1.330 1.270 89 0,95 0,07 (1m) 93% TOTAL 1.180 8.054 8.202 1.043 1,02 0,13 (2m) 89%

La tasa de pendencia indica el tiempo medio que tardarían en resolver esta

pendencia, en relación con la actividad del último año, que va desde el mes escaso

en las Secciones primera, tercera y novena, los tres meses en las Secciones

segunda y octava y dos meses de la Sección séptima. De la carga total de trabajo

penal la Sección primera ha resuelto un 96% en el año 2011, la Sección segunda un

81%, la tercera un 91%, la séptima un 88%, la octava un 83% y la novena un 93%.

MEMORIA 2011 109

0

500

1.000

1.500

2.000

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª SECCIÓN 7ª (Melilla) SECCIÓN 8ª SECCIÓN 9ª

AUSUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. 2011

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

MÓDULO DEL CONSEJO El Módulo de Entrada de asuntos para las Secciones de las Audiencias

Provinciales con competencia exclusivamente penal está calculado en 345 asuntos

por Magistrado y año.

A. P. MÁLAGA (PENAL)

Ingresos en 2011

Magistrados en 2011

Media de ingresos

por Magistrado

Variación respecto al Módulo

Estimación nuevos

Magistrados Necesarios

MÓDULO: 345 ASUNTOS 3 SECCIÓN 1ª 1.639 3 546 58% SECCIÓN 2ª 1.396 3 465 35% SECCIÓN 3ª 1.394 3 465 35% SECCIÓN 8ª 1.500 3 500 45% SECCIÓN 9ª 1.330 3 443 29%

A finales de 2008 se hizo efectiva la dotación con tres nuevas plazas de

Magistrado, por lo que se creó la Sección novena de la Audiencia Provincial de

Málaga con competencia en materia penal. Con ello ha sido posible que la carga de

trabajo sea menor que el año anterior para el resto de Secciones. Sin embargo,

como se puede comprobar en la tabla anterior, la cantidad de asuntos ingresados ha

seguido superando el Módulo de Entrada del Consejo establecido para este tipo de

órganos. A la vista de los datos, sería necesario ampliar en tres Magistrados más la

actual plantilla, ya que con los 15 Magistrados que tienen a día de hoy las Secciones

penales de Málaga, les correspondería a cada uno 484 asuntos de media, lo que

supone un 40% por encima del módulo referencial de entrada.

110 MEMORIA 2011

JURISDICCIÓN CIVIL En la Audiencia de Málaga se han ingresado 4.052 asuntos civiles, se han

resuelto 3.120. La pendencia se sitúa próxima a los 4.000 asuntos. Sólo el 6% de los

asuntos civiles iniciados en esta Audiencia correspondieron a procesos en única

instancia.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. 2011

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 100 237 256 81 Rescisión de sentencias firmes 1 0 1 0 Medidas cautelares 0 2 2 0 Incidentes Art. 241.1 LOPJ 0 12 10 2 Resto de incidentes 91 209 226 74 Otros 8 14 17 5 RECURSOS 2.870 3.815 2.864 3.821 Anteriores LEC 1/2000 6 1 5 2 De juicios ordinarios 1.515 1.678 1.197 1.996 De juicios verbales 675 1.078 821 932 Apel de juz. menores 0 0 0 0 Apel de juz. violencia mujer 46 77 57 66 De restantes procesos 78 96 96 78 Contra res. juz. mercantil 38 102 29 111 Otros 512 783 659 636 TOTAL 2.970 4.052 3.120 3.902 Registrados=Registrados+Reiniciados

Se han incoado 3.815 nuevos recursos civiles en la Audiencia Provincial de

Málaga, el 43% de ellos de procedentes de juicios ordinarios, el 28% de juicios

verbales y sólo 1 de resoluciones en procesos anteriores a la modificación de la Ley

de Enjuiciamiento Civil, por la Ley 1/2000, de 7 de enero.

RECURSOS CIVILES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. AÑO 2011

43%

28%2%

3%

3%

21%

Anteriores LEC 1/2000De juicios ordinariosDe juicios verbalesApel de juz. violencia mujerDe restantes procesosContra res. juz. mercantilOtros

MEMORIA 2011 111

La carga total de trabajo civil en la Audiencia de Málaga fue de 7.022 asuntos

(total de asuntos pendientes de resolución del año anterior más registrados en el

año) y en el año 2011 se dio resolución al 44% de ellos.

RESOLUCIONES CIVILES Se han dictado en la Audiencia de Málaga un total de 2.670 resoluciones;

2.004 sentencias (el 0.2% en recursos anteriores a la nueva Ley de Enjuiciamiento

Civil) y 666 autos. De éstos, 603 ponían fin a un recurso y se distribuyen en 49%

estimando, 50% desestimando y 1% anulando.

LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES La cantidad de asuntos pendientes de resolución aumentó considerablemente

en el último año en todas las Secciones civiles de la Audiencia Provincial de Málaga

con sede en su capital.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. 2011

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 4ª 983 1.417 1.074 1.326 0,76 1,23 (15m) 45%

SECCIÓN 5ª 1.031 1.247 936 1.342 0,75 1,43 (17m) 41%

SECCIÓN 6ª 920 1.214 943 1.191 0,78 1,26 (15m) 44% SECCIÓN 7ª (Melilla) 36 174 167 43 0,96 0,26 (3m) 80%

TOTAL 2.970 4.052 3.120 3.902 0,77 1,25 (15m) 44%

El tiempo medio de resolución de esta pendencia es de tres meses en la

Sección séptima, quince meses para las Secciones cuarta y sexta y 17 meses para

la quinta. De la carga total de trabajo civil la Sección cuarta ha resuelto el 45%, la

quinta el 41%, la sexta el 44% y la séptima el 80%.

A la vista de estos datos, se considera necesario caminar hacia el mejor

rendimiento y eficacia productiva de la jurisdicción civil. En ese sentido parece

prudente que la labor resolutiva de los Magistrados no quede residenciada de forma

permanente e inalterable en un criterio siempre cuantitativo, rígido o de máximos, y

atemporal, de forma que se valoren también otros posibles factores o razones. Así,

112 MEMORIA 2011

por ejemplo, procedimientos repetitivos o de escasa entidad y dificultad, etc., que

permiten emplear fórmulas de reparto entre ponentes que atiendan al tiempo

efectivo empleado en la deliberación y redactado de la resolución, evitando que sean

permanentemente computados como asuntos individuales. Ello permitiría la

consiguiente fluctuación numérica y el dictado de un número global superior de

resoluciones en el entorno de la jurisdicción civil.

Sin perjuicio de ello, puede plantearse, de forma simultánea y paralela, una

medida de refuerzo para reducir la bolsa de pendencia civil.

0500

1.0001.500

SECCIÓN 4ª SECCIÓN 5ª SECCIÓN 6ª SECCIÓN 7ª (Melilla)

AUSUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. AÑO 2011

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal

MÓDULOS DEL CONSEJO Para las Secciones civiles de las Audiencias Provinciales el Módulo de

Entrada de asuntos establecido por el Consejo General del Poder Judicial es de 300

asuntos por Magistrado y año. Desde el año 2005 cada Sección exclusivamente civil

de la Audiencia de Málaga cuenta con cuatro Magistrados de plantilla que han tenido

unos ingresos medios por cada uno de ellos que apenas superan los 300 asuntos

por Magistrado. Por lo tanto se estima adecuada la actual planta judicial en las

Secciones civiles de la Audiencia Provincial de Málaga.

A. P. MÁLAGA (CIVIL)

Ingresos en 2011

Magistrados en 2011

Media de ingresos

por Magistrado

Variación respecto al

Módulo

Estimación nuevos

Magistrados necesarios

MÓDULO: 300 ASUNTOS SECCIÓN 4ª 1.417 4 354 18%

SECCIÓN 5ª 1.247 4 312 4%

SECCIÓN 6ª 1.214 4 304 1%

MEMORIA 2011 113

La Sección séptima, al tener competencias tanto en materia civil como en

materia penal se le aplica el Módulo de Entrada de Secciones mixtas evaluado en

325 asuntos en total por Magistrado y año. La Sección con sede en Melilla ha

ingresado en 2011 por cada Magistrado 223 asuntos.

A. P. MÁLAGA (MIXTA)

Ingresos en 2011

Magistrados en 2011

Media de ingresos por Magistrado

Variación respecto al

Módulo

Estimación nuevos

Magistradosnecesarios

MÓDULO: 325 ASUNTOS

SECCIÓN 7ª (Melilla) 969 3 323 -1%

2.3.8. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA La Audiencia de Sevilla está formada por cuatro Secciones con competencia

exclusivamente penal (la Primera, Tercera, Cuarta y Séptima) y otras cuatro con

competencia exclusivamente civil (la Segunda, Quinta, Sexta y Octava). Se han

ingresado en Sevilla en el último año 10.016 asuntos en total; 6.432 en las

Secciones penales y 3.584 en las Secciones civiles.

JURISDICCIÓN PENAL

La Audiencia Provincial de Sevilla ha registrado en 2011 un total de 6.432

asuntos penales (un 10% más que el año anterior) ha resuelto 6.056 (un 2% más

que en 2010) así que la pendencia se ha aumentado un 33%. La mayoría de los

procesos iniciados son recursos, el 92%.

114 MEMORIA 2011

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA.AÑO 2011

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 233 515 461 222 Sumarios 76 231 165 77 Procesos ley jurado 1 17 14 4 Proc. abreviados 156 267 282 141 RECURSOS 696 5.917 5.595 1.018 Apel. delito juicios rápidos 60 353 278 135 Apel. restantes delitos 178 909 815 272 Apel. falta juicios rápidos 31 200 205 27 Apel. restantes falta 178 774 800 153 Apel. juz. violencia sobre mujer 3 37 31 9 Apel. juz. menores 18 53 58 11 Apel. juz. vigilancia penit. 1 624 610 15 Recursos de queja 3 29 26 6 Restantes recursos 224 2.938 2.772 390 TOTAL 929 6.432 6.056 1.240 Registrados=Registrados+Reabiertos Resueltos=Resueltos+Devueltos al instructor

Se han iniciado 515 procesos penales en primera instancia, la mayoría (un

52%) son procedimientos abreviados, pero también hay un 45% de sumarios y un

3% de procesos de la Ley del Jurado. Se interpusieron además 5.917 recursos, en

su mayoría apelaciones en procesos por delito (el 21%) y apelaciones de juicios de

faltas (el 16%). Las apelaciones de sentencias del Juzgado de Vigilancia

Penitenciaria suponen el 6% de todas las apelaciones de la Audiencia.

RECURSOS PENALES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. AÑO

20116%

15%

3%

13%

50%

1%

1%11%

Apel. delito juicios rápidosApel. restantes delitosApel. falta juicios rápidosApel. restantes faltaApel. juz. violencia sobre mujerApel. juz. menoresApel. juz. vigilancia penit.Recursos de quejaRestantes recursos

MEMORIA 2011 115

La carga de trabajo penal de la Audiencia de Sevilla durante el año 2011 (total

de asuntos pendientes de resolución del año anterior más registrados en el año) fue

de 7.361 asuntos penales y de ellos se ha resuelto el 82%.

RESOLUCIONES PENALES

Las Secciones penales de la Audiencia Provincial de Sevilla han dictado en

conjunto 5.851 resoluciones; 2.474 sentencias (el 4% previa conformidad del

acusado) y 3.377 autos (el 99% resolviendo sobre el fondo del recurso).

EVOLUCIÓN PENAL TEMPORAL En 2011 las Secciones penales de la Audiencia de Sevilla han contado con

dieciséis Magistrados para poder hacer frente a la gran carga de trabajo que soporta

este órgano. En el último año continuamos con la tendencia creciente en la cantidad

de asuntos ingresados, que venía ocurriendo hasta 2009. Igualmente, la cantidad de

asuntos pendientes de resolución ha vuelto ha aumentar ya que se han resuelto

menos asuntos de los que se han ingresado.

ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. SERIES TEMPORALES 2006-2011

01000200030004000500060007000

2006 2007 2008 2009 2010 2011Registrados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ

LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES La cantidad de asuntos pendientes de resolución a final de año ha aumentado

en todas las Secciones.

116 MEMORIA 2011

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DESEVILLA. AÑO 2011

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 1ª 127 1.581 1.463 226 0,93 0,15(2m) 86% SECCIÓN 3ª 318 1.575 1.466 406 0,93 0,28(3m) 77% SECCIÓN 4ª 258 1.798 1.748 298 0,97 0,17(2m) 85% SECCIÓN 7ª 226 1.478 1.379 310 0,93 0,22(3m) 81% TOTAL 929 6.432 6.056 1.240 0,94 0,20(2m) 82%

La cantidad de asuntos pendientes de resolución se resolvería en dos meses

en la Sección primera y cuarta y en tres meses en la tercera y séptima. Del total de

la carga de trabajo las Secciones penales de la Audiencia Provincial de Sevilla han

resuelto el 86% la primera, el 77% la tercera, el 85% la cuarta y el 81% la séptima.

0

500

1.000

1.500

2.000

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 3ª SECCIÓN 4ª SECCIÓN 7ª

AUSUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. AÑO 2011

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal

MÓDULO DEL CONSEJO El Módulo de Entrada establecido por el Consejo General del Poder Judicial

para las Secciones penales de las Audiencias Provinciales es de 345 asuntos por

Magistrado y año. En 2011 el Módulo del Consejo se supera en todas las Secciones

penales de la Audiencia de Sevilla, destacando la Sección cuarta con un 30% de

variación. Parece, pues, llegado el momento de solicitar el incremento de la plantilla,

cuando menos, en un Magistrado del orden jurisdiccional penal para esta Audiencia

Provincial y redistribuir funcionalmente el trabajo, con creación, en su caso, de otra

Sección funcional.

MEMORIA 2011 117

A.P. SEVILLA (PENAL)

Ingresos en 2011

Magistrados en 2011

Media de ingresos

por Magistrado

Variación respecto al Módulo

Estimación nuevos

Magistradosnecesarios

MÓDULO: 345 ASUNTOS 1 SECCIÓN 1ª 1.581 4 395 14,6% SECCIÓN 3ª 1.575 4 394 14,1% SECCIÓN 4ª 1.798 4 450 30,3% SECCIÓN 7ª 1.478 4 370 7,1%

JURISDICCIÓN CIVIL La Audiencia Provincial de Sevilla ha presentado una actividad en el orden

jurisdiccional civil que se resume en la tabla siguiente. Ha ingresado 3.584 asuntos y

ha resuelto 3.244 (un 5% más que el año anterior). La cantidad de asuntos

pendientes a final de año ha aumentado un 32%.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA.2011

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 39 94 100 33 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0 Medidas cautelares 0 0 0 0 Incidentes Art. 241.1 LOPJ 0 2 2 0 Resto de incidentes 32 72 78 26 Otros 7 20 20 7 RECURSOS 1.021 3.490 3.144 1.367 Anteriores LEC 1/2000 1 0 0 1 De juicios ordinarios 547 1.290 1.241 596 De juicios verbales 196 712 605 303 Apel de juz. menores 0 0 0 0 Apel de juz. violencia mujer 8 47 43 12 De restantes procesos 103 826 747 182 Contra res. juz. mercantil 59 129 104 84 Otros 107 486 404 189 TOTAL 1.060 3.584 3.244 1.400 Registrados=Registrados+Reabiertos

118 MEMORIA 2011

Se registraron un total de 3.490 procesos civiles en segunda instancia en la

Audiencia de Sevilla de los que un 37% de los casos son recursos de juicios

ordinarios y en un 20% recursos de juicios verbales.

RECURSOS CIVILES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. AÑO 2011

37%

20%1%24%

4%

14%Anteriores LEC 1/2000De juicios ordinariosDe juicios verbalesApel de juz. menoresApel de juz. violencia mujerDe restantes procesosContra res. juz. mercantilOtros

La carga civil de trabajo de la Audiencia de Sevilla fue de 4.644 asuntos (total

de asuntos pendientes de resolución al principio del año más registrados) de los que

se ha resuelto un 70%.

RESOLUCIONES CIVILES En las Secciones civiles de la Audiencia de Sevilla se han dictado un total de

2.842 resoluciones; 2.090 sentencias y 752 autos. De éstos, 736 fueron autos

resolviendo recursos que se pueden clasificar además en 44% estimatorios, 55%

desestimatorios y sólo el 1% anulatorios.

EVOLUCIÓN CIVIL TEMPORAL La actividad en los últimos años en las Secciones civiles de la Audiencia de

Sevilla se resume en el gráfico siguiente. Por un lado se observa un repunte en el

ingreso de asuntos tras varios años. La cantidad de asuntos ingresados en los

últimos seis años oscila en torno a los 3.300 asuntos, manteniéndose en un 20% de

media, por debajo del Módulo de Entrada del CGPJ. En el último año se puede

apreciar un incremento en el número de ingresos del 9% respecto al año anterior.

MEMORIA 2011 119

ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. SERIES TEMPORALES 2006-2011

010002000300040005000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ

La pendencia en el último año ha sufrido un incremento del 32%, elevándose

a los 1.400 asuntos pendientes a final de año, debido principalmente a que se han

resuelto menos asuntos de los ingresados.

LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES La cantidad de asuntos civiles pendientes de resolución ha aumentado su

valor en todas las Secciones civiles, excepto en la octava. La cantidad de asuntos

pendientes se resolvería, a este ritmo de trabajo, en unos ocho meses en la Sección

sexta, en siete meses en la Sección quinta, en cuatro meses en la Sección segunda

y en un mes en la octava.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DESEVILLA. AÑO 2011

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 2ª 279 875 840 314 0,96 0,37(4m) 73%

SECCIÓN 5ª 395 1.049 903 541 0,86 0,60(7m) 63%

SECCIÓN 6ª 297 892 709 480 0,79 0,68(8m) 60%

SECCIÓN 8ª 89 768 792 65 1,03 0,08(1m) 92%

TOTAL 1.060 3.584 3.244 1.400 0,91 0,43(5m) 70%

Del total de la carga de trabajo civil las Secciones de la Audiencia Provincial

de Sevilla se ha resuelto el 70% de media, oscilando entre el 60% de la Sección

sexta y el 92% de la Sección octava.

120 MEMORIA 2011

A la vista de estos datos se considera necesario caminar hacia el mejor

rendimiento y eficacia productiva de la jurisdicción civil. En ese sentido parece prudente

que la labor resolutiva de los Magistrados no quede residenciada de forma permanente

e inalterable en un criterio siempre cuantitativo, rígido o de máximos, y atemporal, de

forma que se valoren también otros posibles factores o razones. Así, por ejemplo,

procedimientos repetitivos o de escasa entidad y dificultad, etc., que permiten emplear

fórmulas de reparto entre ponentes que atiendan al tiempo efectivo empleado en la

deliberación y redactado de la resolución, evitando que sean permanentemente

computados como asuntos individuales. Ello permitiría la consiguiente fluctuación

numérica y el dictado de un número global superior de resoluciones en el entorno de la

jurisdicción civil.

0500

1.0001.500

SECCIÓN 2ª SECCIÓN 5ª SECCIÓN 6ª SECCIÓN 8ª

AUSUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. AÑO 2011

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal

MÓDULO DEL CONSEJO

El Módulo de Entrada del Consejo General del Poder Judicial para las Secciones

exclusivamente civiles de las Audiencias Provinciales está calculado en 300 asuntos por

Magistrado y año. Ninguna de las Secciones civiles de la Audiencia de Sevilla, con tres

Magistrados de plantilla la octava y cuatro Magistrados el resto, supera esa cantidad en

media, por lo que no se considera necesario ampliar la planta judicial.

A. P. SEVILLA (CIVIL)

Ingresos en 2011

Magistrados en 2011

Media de ingresos

por Magistrado

Variación respecto al Módulo

Estimación nuevos

Magistrados necesarios

MÓDULO: 300 ASUNTOS SECCIÓN 2ª 875 4 219 -27,1% SECCIÓN 5ª 1.049 4 262 -12,6% SECCIÓN 6ª 892 4 223 -25,7% SECCIÓN 8ª 768 3 256 -14,7%

MEMORIA 2011 121

2.4 JUZGADOS Un análisis de los datos estadísticos que arrojan los órganos judiciales

unipersonales radicados en el territorio de este Tribunal Superior de Justicia permite

concluir un constante incremento de la tasa de pendencia, de distinta intensidad

según los diferentes órdenes jurisdiccionales y tipos de órganos, tendencia que, de

no lograr invertir, es seguro generará graves consecuencias en este primer peldaño

de la Administración de Justicia.

El apuntado incremento de la pendencia -obsérvese a continuación que es

muy generalizada en los distintos Juzgados la situación de sobrecarga de trabajo

con relación al módulo de entrada de asuntos establecido por el CGPJ- responde a

un desmedido aumento de la litigiosidad en los últimos años, de modo que resulta

muy difícil que el índice de resolución de los asuntos de nuevo ingreso sobrepase el

100% de los mismos, aún cuando normalmente se sitúa próximo a él.

El estado de los órganos judiciales unipersonales radicados en el territorio de

este Tribunal Superior de Justicia es el siguiente:

2.4.1. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR PARTIDOS JUDICIALES. (1) JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final ALMERÍA 10.435 10.044 10.048 9.377

CÁDIZ 2.768 3.468 3.698 2.538

ALGECIRAS 3.326 4.374 4.988 2.712

JEREZ FTRA. 4.510 6.641 6.520 4.631

CÓRDOBA 7.366 9.950 10.282 6.863

GRANADA 12.867 17.000 19.533 10.075

HUELVA 4.167 6.498 7.431 2.961

JAÉN 3.695 5.168 5.580 3.283

MÁLAGA 18.027 22.885 25.683 14.594

FUENGIROLA 7.618 5.548 5.479 7.557

MARBELLA 9.540 7.884 8.505 8.877

TORREMOLINOS 5.223 5.721 5.700 5.260

SEVILLA 31.239 31.047 32.002 30.756

TOTAL 120.781 136.228 145.449 109.484 (1) Excluidos los asuntos de Familia y Jurisdicción Voluntaria

122 MEMORIA 2011

Actualmente existen en el ámbito jurisdiccional de este Tribunal Superior de

Justicia 69 Juzgados de Primera Instancia que no tienen competencias en Derecho

de Familia y 42 Juzgados que comparten competencias con Familia. Desde el

pasado junio, con la creación de los Juzgados de Primera Instancia nº 8 de Marbella

y nº 5 de Fuengirola, son 111 los Juzgados de Primera Instancia.

Han tenido medidas de refuerzo los Juzgados de Primera Instancia nº 11 de

Granada y nº 3, 4, 9, 12 y 14 de Málaga.

Los Juzgados de Primera Instancia de Andalucía han ingresado en el año

2011 un total de 136.228 asuntos de jurisdicción contenciosa y resuelto 145.449, por

lo que la cantidad de asuntos contenciosos pendientes de resolución a final de año

es 109.484. Los partidos judiciales de Sevilla, Málaga y Granada son los que más

asuntos han ingresado.

La pendencia de asuntos en los Juzgados de Primera Instancia de Andalucía

ha descendido durante 2011 un 9%, ya que la tasa de resolución, con relación a los

asuntos nuevos ingresados durante dicho año, ha sido superior al 100%; es decir se

han resuelto más asuntos de los ingresados.

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA Ingresos

en 2011 Órganos en 2011

Media de ingresos

por órgano

Variación respecto al Módulo

Estimación nuevas plazas

judiciales MÓDULO: 720 ASUNTOS 31

ALMERÍA 11.792 7 1.685 134,0% 3

CÁDIZ 4.648 5 930 29,1% ALGECIRAS 6.102 4 1.526 111,9% 1 JEREZ FTRA. 8.757 5 1.751 143,3% 2 CÓRDOBA 11.123 8 1.390 93,1% 2 GRANADA 19.022 15 1.268 76,1% 3 HUELVA 8.070 6 1.345 86,8% 1 JAÉN 7.491 5 1.498 108,1% 1 MÁLAGA 25.429 16 1.589 120,7% 6

FUENGIROLA 6.973 5

(a partir de junio de 2011) 1.395 93,7% 1

MARBELLA 9.514 8

(a partir de junio de 2011) 1.189 65,2% 1

TORREMOLINOS 7.195 5 1.439 99,9% 1 SEVILLA 34.779 22 1.581 119,6% 9

MEMORIA 2011 123

El Módulo de Entrada establecido por el Consejo General del Poder Judicial

para los Juzgados de Primera Instancia es de 720 asuntos contenciosos, incluyendo,

a los solos efectos del cálculo de aquel, las ejecuciones hipotecarias y las

ejecuciones de otros títulos no judiciales. En los Juzgados de Primera Instancia que

también tengan competencias en materia de Familia y en materia Mercantil estos

asuntos se sumarán también para el cálculo del citado módulo.

Como llevamos observando en los tres últimos años, es evidente que la

situación en los Juzgados de Primera Instancia de Andalucía ha llegado a un punto

crítico, ya que la litigiosidad ha aumentado de forma alarmante, sobrecargando en

exceso tales Juzgados.

Con los datos de 2011, el Módulo de Entrada del CGPJ (720 asuntos

contenciosos) es superado en todos los partidos judiciales con Juzgados de Primera

Instancia. En concreto en Jerez de la Frontera se supera en un 143%, seguida de

Almería, Málaga, Sevilla, Algeciras y Jaén que superan el 100%.

Dada la compleja situación que atraviesan los órganos de esta clase, debe

plantearse la creación de nuevas plazas de Magistrado de Primera Instancia en

todos los partidos judiciales con este tipo de jurisdicción separada, a excepción de

Cádiz. Es de destacar la amplia necesidad que, en ese sentido, existe en Málaga y

Sevilla, donde es muy grande el déficit de Magistrados para que la carga de trabajo

pueda situarse en parámetros más razonables, aún cuando siga excediendo del

módulo de entrada previsto. Ese déficit puede resultar menos llamativo en cifras

absolutas en el resto de los partidos judiciales, si bien proporcionalmente alcanza

similares dimensiones, ya que, a excepción de Cádiz, Fuengirola y Marbella (en

estos dos últimos partidos se crearon órganos nuevos en 2010), en los demás

partidos judiciales sería necesario aumentar la dotación de Magistrados, al menos,

en un 50%.

No obstante, una propuesta que pueda considerarse viable a corto plazo en

orden a solventar paulatinamente la excesiva carga que soportan estos Juzgados,

partiendo de una ponderación del número de asuntos ingresados en los tres últimos

años, de la consideración del porcentaje de exceso sobre el módulo de entrada

fijado por el Consejo General del Poder Judicial, más un factor de corrección del

20% de ese módulo, que permita adaptarse a la tendencia descendente en cuanto al

124 MEMORIA 2011

ingreso de asuntos que se viene produciendo desde el año 2009, aconseja instar la

creación de un Juzgado más en Algeciras, Jaén, Huelva, Fuengirola, Marbella y

Torremolinos, dos más en Jerez de la Frontera y Córdoba, tres más en Almería y

Granada, seis más en Málaga y nueve más en Sevilla.

Media de ingresos por órgano. Juzgados de Primera Instancia. Año 2011

0

500

1.000

1.500

2.000

ALMERÍA CÁDIZ ALGECIRAS JEREZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA FUENGIR MARBELLA TORREM SEVILLA

Media de ingresos por organo Módulo del CGPJ

2.4.2. JUZGADOS DE FAMILIA En Andalucía contamos con diecisiete Juzgados exclusivos de Familia. En los

partidos donde no hay Juzgados exclusivos, los Juzgados de Primera Instancia

absorben estas competencias. El Juzgado de familia de Almería (1ª Instancia nº 6)

ha contado con una medida de refuerzo.

En 2011 se han ingresado en estos Juzgados 26.547 asuntos y resuelto

25.437, quedando 12.116 pendientes al final del ejercicio, lo que supone un aumento

de la pendencia de un 9,06% respecto al año 2010.

La mayoría de estos asuntos corresponden a divorcios consensuados (24%),

y divorcios no consensuados (18%), seguidos de modificación de medidas no

consensuadas y medidas coetáneas (9% respectivamente) y capacidades (6%).

MEMORIA 2011 125

ASUNTOS DE FAMILIA Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final

Nulidades Matrimoniales 20 33 34 21

Divorcios consensuados 1.055 6.460 6.403 1.102

Divorcios no consensuados 2.890 4.778 4.518 3.105

Separación consensuada 120 543 530 131

Separación no consensuada 170 251 246 175

Separación, disolución o nulidad 17 27 29 15

Medidas Previas 205 561 577 178

Medidas Coetáneas 752 2.432 2.373 816

Medidas posteriores 15 22 31 6

Modificación medidas cons. 152 596 513 238

Modificación medidas no cons. 1.487 2.464 2.170 1.766

J. Ordinarios 22 28 26 23

J. Verbales 326 645 607 358

Capacidades 1.022 1.677 1.700 930

Liquidación reg. Económico 652 825 812 660

Guarda, custodia o alimentos 184 907 857 238

Menores no matrimoniales 1.041 1.917 1.697 1.269

Incidentes 3 10 8 5

Resto incidentes 560 1.797 1.744 624

Otros 416 574 562 456

Total 11.109 26.547 25.437 12.116

El Módulo de Entrada del Consejo General del Poder Judicial para los

Juzgados de Familia es de 1.000 asuntos por año, sin contar jurisdicción voluntaria

ni ejecutorias. Esta cifra es superada en todos los partidos judiciales donde hay este

tipo de Juzgados especializados en familia.

126 MEMORIA 2011

JUZGADOS DE FAMILIA

Ingresos en 2011

Órganos exclusivos

en 2011

Media de ingresos

por órgano

Variación respecto

del Módulo

Estimación nuevas plazas

judiciales

MÓDULO: 1000 ASUNTOS DE FAMILIA

ALMERÍA 1.385 1 1.385 38,5%

JEREZ FRA. 1.295 1 1.295 29,5%

CÓRDOBA 2.725 2 1.363 36,3%

GRANADA 3.304 3 1.101 10,1%

HUELVA 1.470 1 1.470 47,0% Especializar

JAEN 1.143 1 1.143 14,3% Especializar

MÁLAGA 4.500 3 1.500 50,0%

SEVILLA 6.032 5 1.206 20,6%

Media de ingresos por órgano. Juzgados de Familia. Año 2011

0200400600800

1000120014001600

ALMERIA JEREZ FRA. CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAEN MÁLAGA SEVILLA

Media de registros por órgano Módulo del CGPJ

Como se observa en el gráfico anterior, se supera el Módulo de Entrada

establecido por el Consejo como carga de trabajo normal para este tipo de Juzgados

en todas las provincias. De esos datos se desprende la conveniencia de especializar

los Juzgados de Jaén y Huelva, donde se insta la creación de una nueva plaza de

Primera Instancia, sin perjuicio de valorar puntuales medidas de refuerzo en el resto

de partidos judiciales. En Málaga hay que estar pendientes de la evolución del

registro de asuntos para valorar, a corto plazo, la posible ampliación de la planta

judicial.

MEMORIA 2011 127

2.4.3. JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN

A partir del 30 de junio de 2011, con la creación 30 de junio de 2011 del

Juzgado de Instrucción número 8 de Córdoba, contamos con 93 los órganos

judiciales de este tipo en la Comunidad Autónoma Andaluza. Por distintos motivos,

durante el año 2011 han contado con medidas de refuerzo los Juzgados de

Instrucción nº 2 de Almería, nº 2 de Córdoba, nº 1 de Marbella y nº 6 de Sevilla.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR PARTIDOS JUDICIALES. JUZGADOSDE INSTRUCCIÓN DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al final Almería 4.219 50.130 49.861 4.366

Cádiz 2.085 13.567 13.886 1.704

Algeciras 4.956 25.404 25.737 3.880

Jerez 4.018 24.857 25.501 3.359

Córdoba 5.259 57.515 58.251 4.598

Granada 4.468 120.580 121.101 3.947

Huelva 4.539 27.546 27.708 4.377

Jaén 1.696 24.319 24.316 1.710

Málaga 7.165 148.926 147.998 8.093

Fuengirola 2.585 29.596 30.014 2.167

Marbella 3.582 36.456 36.996 2.946

Torremolinos 2.154 29.257 29.342 2.541

Sevilla 12.605 193.769 190.657 15.716

Total 59.331 781.922 781.368 59.404

En total los Juzgados de Instrucción bajo jurisdicción de este Tribunal han

ingresado 781.922 asuntos penales, han resuelto 781.368, por lo que la cantidad de

asuntos pendientes a final de año es de 59.404 (22.709 asuntos menos que en el

año 2010), han resuelto 781.368, siendo la cantidad de asuntos pendientes a final de

año es de 59.404, manteniéndose, por tanto, una pendencia similar al año anterior.

128 MEMORIA 2011

JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN Ingresos

en 2011 Órganos en 2011

Media de ingresos por

órgano

Variación respecto

del Módulo

Estimación nuevas plazas

judiciales MÓDULO DE ENTRADA: 6.000 DILIGENCIAS PREVIAS, 700 JUICIOS DE FALTASALMERÍA Diligencias previas 40.337 6 6.723 12% Juicios de faltas 6.226 1.038 48% CÁDIZ Diligencias previas 7.907 4 1.977 -67% Juicios de faltas 4.481 1.120 60% ALGECIRAS Diligencias previas 16.401 4 4.100 -32% Juicios de faltas 5.769 1.442 106% JEREZ DE LA FRA. Diligencias previas 13.472 5 2.694 -55% Juicios de faltas 9.333 1.867 167% CÓRDOBA Diligencias previas 48.943 8 6.118 2% Juicios de faltas 5.429 679 -3% GRANADA 2 Diligencias previas 102.709 9 11.412 90% Juicios de faltas 13.160 1.462 109% HUELVA Diligencias previas 17.339 5 3.468 -42% Juicios de faltas 8.325 1.665 138% JAÉN Diligencias previas 18.442 4 4.611 -23% Juicios de faltas 4.721 1.180 69% MÁLAGA 1 Diligencias previas 123.181 14 8.799 47% Juicios de faltas 15.877 1.134 62% FUENGIROLA Diligencias previas 22.783 4 5.696 -5% Juicios de faltas 4.268 1.067 52% MARBELLA Diligencias previas 30.250 5 6.050 1% Juicios de faltas 3.795 759 8% TORREMOLINOS Diligencias previas 23.274 5 4.655 -22% Juicios de faltas 4.220 844 21% SEVILLA 2 Diligencias previas 159.840 20 7.992 33% Juicios de faltas 25.168 1.258 80%

MEMORIA 2011 129

El Módulo del Consejo General del Poder Judicial para los Juzgados de

Instrucción establece como máximo el ingreso de 6.000 diligencias previas y 700

juicios de faltas por órgano y año. En muchos de los partidos judiciales de

Andalucía, Ceuta y Melilla se ha superado este Módulo de Entrada,

fundamentalmente respecto a los juicios de faltas.

Media de Juicios de Faltas ingresados por órgano. Juzgados de Instrucción. Año 2011

0

500

1.000

1.500

2.000

ALMERÍA CÁDIZ ALGECIRAS J EREZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA J AÉN MÁLAGA FUENGIROLA MARBELLA TORREMOL. S EVILLA

Diligencias Previas ingresadas por órgano Modulo del CGPJ

Media de Diligencias Previas ingresadas por órgano. Juzgados de Instrucción. Año 2011

0

2.000

4.000

6.000

8.000

10.000

12.000

ALMERÍA CÁDIZ ALGECIRAS J EREZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA J AÉN MÁLAGA FUENGIROLA MARBELLA TORREMOL. S EVILLA

Diligencias Previas ingresadas por órgano Modulo del CGPJ

Ponderada la entrada de asuntos en los tres últimos años, teniendo en cuenta

que la acumulación de pendencia se está produciendo en los procedimientos

abreviados y en los juicios de faltas, donde el avance en la tramitación depende en

buena medida de factores externos al órganos judicial (formulación de los escritos

130 MEMORIA 2011

de acusación y defensa, comparecencia de partes y testigos, suspensiones de

señalamientos, etc.), considerando un factor de corrección del 20% sobre el módulo

establecido por el Consejo General del Poder Judicial que permita adaptarse a la

tendencia descendente en cuanto al ingreso de asuntos, se propone la creación de

una nueva plaza judicial en los partidos judiciales de Málaga y dos plazas más en

Granada y Sevilla.

En Almería, Huelva y Jerez de la Frontera (Cádiz) hay que estar pendientes

de la evolución del registro de asuntos para valorar, a corto plazo, la posible

ampliación de la planta judicial.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR MATERIAS. JUZGADOS DEINSTRUCCIÓN DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final Diligencias urgentes 55 19.850 19.850 50

Sumarios 221 451 480 195

Diligencias previas 29.431 624.878 625.025 27.972

Procedimientos abreviados 12.001 25.483 24.827 13.069

Juicios de faltas 17.578 110.772 110.694 18.077

Habeas corpus 3 445 448 0

Ley orgánica 5/95 (jurado) 42 43 44 41

TOTAL 59.331 781.922 781.368 59.404

Por materias, el 80% de los asuntos que se ingresaron en los Juzgados de

Instrucción fueron Diligencias Previas, el 14% corresponde a Juicios de Faltas, el 3%

a Procedimientos Abreviados y a Diligencias Urgentes. Se dictaron en estos

juzgados un total de 39.549 sentencias en juicio de faltas, el 45% condenatorias, y

10.988 sentencias en procesos por delito.

2.4.4. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Andalucía, Ceuta y Melilla

son 203 desde el 30 de junio de 2011, que entraron en funcionamiento los Juzgados

de Primera Instancia e Instrucción nº 5 en Ayamonte y en Linares. Han contado con

medidas de refuerzo los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de

MEMORIA 2011 131

Chiclana de la Frontera (Cádiz), nº 3 de Vélez-Málaga (Málaga), nº 2 de Sanlúcar La

Mayor (Sevilla) y nº 1 de Utrera (Sevilla).

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR ORDEN JURISDICCIONAL. JUZGADOS DEPRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA.AÑO 2011

Pendientes al

inicio Registrados ResueltosPendientes al

final ASUNTOS CIVILES 113.511 117.154 114.639 115.037

Juris. contenciosa 100.757 97.158 96.046 101.201 Procesos de Familia 12.754 19.996 18.593 13.836

ASUNTOS PENALES 90.218 502.727 488.667 96.516 Total 203.729 619.881 603.306 211.553

Estos órganos han ingresado en el último año 619.881 asuntos y resuelto

603.306, por lo que la cantidad de asuntos pendientes de resolución a final de año

es de 211.553, un 3,8% más que en el año 2010.

El Módulo del Consejo vigente para los Juzgados de Primera Instancia e

Instrucción es de 380 asuntos contenciosos en jurisdicción civil y de 2.500 asuntos

penales. Las tablas siguientes muestran la media de carga de trabajo por órgano

judicial y año en cada partido judicial, en una clasificación por provincias.

Ingresos en 2011

Ingresos medios por

juzgado

JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Civil Penal

Juzgados en 2011 Civil Penal

Variación media

respecto al Módulo

Estimación nuevas plazas

judiciales MODULO DE ENTRADA: 380 ASUNTOS CONTENCIOSOS; 2.500 ASUNTOS PENALES ALMERÍA Berja 1.951 5.113 2 1.018 2.470 83,3% 1 El Ejido 3.274 14.381 5 815 2.997 67,2% 1 Huércal-Overa 1.779 6.237 3 599 1.889 16,6% Purchena 883 1.794 1 877 1.465 44,7% Roquetas de Mar 4.281 12.823 5 1.070 2.602 92,8% 2 Vélez-Rubio 240 915 1 246 913 -49,4% Vera 3.274 6.485 3 1.025 2.354 81,9% 1

Actualmente la provincia de Almería cuenta con 20 Juzgados de Primera

Instancia e Instrucción. Es notoria la sobrecarga de asuntos de nuevo ingreso que

132 MEMORIA 2011

soportan los Juzgados de Berja, El Ejido, Roquetas de Mar y Vera, partidos

judiciales en los que debería incrementarse la dotación de plazas judiciales en una

más en cada uno de ellos, a excepción de Roquetas de Mar, donde el aumento

debiera ser de dos plazas.

Ingresos en 2011

Ingresos medios por

juzgado

JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Civil Penal

Juzgados en 2011 Civil Penal

Variación media

respecto al Módulo

Estimación nuevas plazas

judiciales MODULO DE ENTRADA: 380 ASUNTOS CONTENCIOSOS; 2.500 ASUNTOS PENALES CÁDIZ Arcos de la Frontera 1.819 7.803 3 606 2.601 31,8% Barbate 766 6.235 2 383 3.118 12,7% Chiclana de la Frontera 3.369 15.919 5 674 3.184 52,3% 1 El Puerto de Santa María 3.329 12.297 5 666 2.459 36,8% La Línea de la Concepción 1.764 12.094 4 441 3.024 18,5% Puerto Real 1.138 4.204 2 569 2.102 16,9% Rota 770 2.902 2 385 1.451 -20,3% San Fernando 1.874 9.402 3 625 3.134 44,9% 1 San Roque 1.629 5.213 2 815 2.607 59,3% 1 Sanlúcar de Barrameda 2.723 9.177 4 681 2.294 35,5% Ubrique 568 1.598 1 568 1.598 6,7%

En la provincia de Cádiz, los Juzgados de Chiclana de la Frontera, San

Fernando y San Roque superaron el Módulo de Entrada del Consejo por encima del

50% y desde hace años viene detectándose la necesidad de un aumento de las

plazas judiciales en dichos partidos. Por lo tanto, se considera prioritaria la creación

de una plaza judicial más en Chiclana de la Frontera, San Fernando y San Roque, si

bien en El Puerto de Santa María habrá que estar pendiente de la evolución de la

litigiosidad para valorar, a corto plazo, la posible ampliación de la planta judicial.

En el partido judicial de Chiclana de la Frontera se aconseja, además, elevar

las plazas judiciales a la categoría de Magistrado, ya que las características

poblaciones y de litigiosidad de dicho partido en nada desmerecen a otras

localidades con categoría judicial de Magistrado.

MEMORIA 2011 133

La planta actual de Juzgados de Primera Instancia e Instrucción en la

provincia de Córdoba es de 21. Prácticamente todos ellos se sitúan dentro de los

parámetros del módulo de entrada fijado por el Consejo General del Poder Judicial

para asuntos penales, si bien, por el contrario, también todos ellos, a excepción de

Cabra, Peñarroya-Pueblonuevo y Pozoblanco, superan el módulo de entrada en

asuntos civiles.

No obstante, una ponderación de la carga soportada en los tres últimos años

arroja una correcta dotación de plazas judiciales en los órganos de Primera Instancia

e Instrucción en la provincia de Córdoba.

Ingresos en 2011

Ingresos medios por

Juzgado JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Civil Penal

Juzgados en 2011 Civil Penal

Variación media

respecto al Módulo

Estimación nuevas plazas

judicialesMODULO DE ENTRADA: 380 ASUNTOS CONTENCIOSOS; 2.500 ASUNTOSPENALES CORDOBA Aguilar de la Frontera 479 1.514 1 479 1.514 -6,7% Baena 552 2.065 1 552 2.065 13,9% Cabra 591 3.179 2 296 1.590 -29,3% Lucena 2.046 6.043 3 682 2.014 30,0% Montilla 1.126 4.232 2 563 2.116 16,4% Montoro 1.066 3.205 2 533 1.603 2,2% Peñarroya-Pueblonuevo 642 3.306 2 321 1.653 -24,7% Posadas 1.593 6.574 3 531 2.191 13,7% Pozoblanco 649 2.937 2 325 1.469 -27,9% Priego de Córdoba 509 1.611 1 509 1.611 -0,8% Puente Genil 1.044 3.785 2 522 1.893 6,5%

La provincia de Granada cuenta con 19 Juzgados de Primera Instancia e

Instrucción. En 2011 los juzgados de Santa Fe y Loja superaron en más del 40% el

Módulo de Entrada en media. Sin embargo, un cálculo ponderado de la carga de

trabajo durante el período 2009-2011 pone de manifiesto únicamente la necesidad

de aumentar las plazas judiciales del partido judicial de Santa Fe, ya que viene

manteniendo durante varios años una carga excesiva de asuntos de nuevo ingreso.

Sería, por tanto, prioritario aumentar en una más la dotación de plazas judiciales en

dicho partido.

134 MEMORIA 2011

Ingresos en 2011

Ingresos medios por

Juzgado JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Civil Penal

Juzgados en 2011 Civil Penal

Variación media

respecto al Módulo

Estimación nuevas plazas

judicialesMODULO DE ENTRADA: 380 ASUNTOS CONTENCIOSOS; 2.500 ASUNTOSPENALES GRANADA Almuñécar 1.129 5.304 2 565 2.652 27,3% Baza 892 4.146 2 446 2.073 0,1% Guadix 947 5.162 2 474 2.581 13,9% Huéscar 253 1.033 1 253 1.033 -46,1% Loja 1.198 6.106 2 599 3.053 39,9% Motril 3.090 10.875 5 618 2.175 24,8% Órgiva 390 3.073 2 195 1.537 -43,6% Santa Fe 2.737 7.707 3 912 2.569 71,4% 1

Ingresos en 2011

Ingresos medios por

Juzgado JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Civil Penal

Juzgados en 2011 Civil Penal

Variación media

respecto al Módulo

Estimación nuevas plazas

judicialesMODULO DE ENTRADA: 380 ASUNTOS CONTENCIOSOS; 2.500 ASUNTOSPENALES HUELVA Aracena 783 2.598 2 392 1.299 -22,5% Ayamonte 3.156 15.772 5 631 3.154 46,1% 1 La Palma del Condado 1.648 10.018 3 549 3.339 39,1% Moguer 1.191 5.427 2 596 2.714 32,6% Valverde del Camino 859 3.561 2 430 1.781 -7,9%

En la provincia de Huelva, con los datos de 2011, los módulos de entrada se

superan en media por encima del 30% en los partidos judiciales de Ayamonte,

Moguer y La Palma del Condado. El número de plazas judiciales debe aumentarse

en una más en el partido judicial de Ayamonte, de acuerdo con el criterio de

ponderación de entrada de asuntos 2009-2011, que venimos utilizando, sin perjuicio

de estar pendientes a corto plazo sobre un posible incremento de la dotación de

plazas judiciales en La Palma del Condado, a la vista de la ponderación de la carga

de trabajo durante los últimos tres años.

MEMORIA 2011 135

Ingresos en 2011

Ingresos medios por

Juzgado

JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Civil Penal

Juzgados en 2011 Civil Penal

Variación media

respecto al Módulo

Estimación nuevas plazas

judicialesMODULO DE ENTRADA: 380 ASUNTOS CONTENCIOSOS; 2.500 ASUNTOS PENALES JAEN Alcalá la Real 770 3.418 2 385 1.709 -15,2% Andújar 1.700 8.494 3 567 2.831 31,2% Baeza 559 2.160 1 559 2.160 16,8% Cazorla 725 1.964 2 363 982 -32,7% La Carolina 1.034 4.507 2 517 2.254 13,1% Linares 2.604 16.216 5 521 3.243 33,4% Martos 1.197 3.883 2 599 1.942 17,6% Úbeda 1.598 6.164 3 533 2.055 11,2% Villacarrillo 1.016 3.320 2 508 1.660 0,0%

La provincia de Jaén cuenta con 22 Juzgados de Primera Instancia e

Instrucción, desde el 30 de junio de 2011, con la creación del quinto Juzgado en

Linares. No resulta necesario el aumento de plazas judiciales en esta provincia,

teniendo en cuenta la media de entrada de asuntos en los tres últimos años.

Ingresos en 2011

Ingresos medios por

Juzgado JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Civil Penal

Juzgados en 2011 Civil Penal

Variación media

respecto al Módulo

Estimación nuevas plazas

judicialesMODULO DE ENTRADA: 380 ASUNTOS CONTENCIOSOS; 2.500 ASUNTOSPENALES MALAGA Antequera 2.239 7.878 3 746 2.626 50,7% Archidona 459 1.927 1 459 1.927 -1,1% Coín 1.268 7.899 3 423 2.633 8,3% Estepona 4.279 15.295 5 856 3.059 73,8% 2 Ronda 1.314 6.651 3 438 2.217 2,0% Torrox 1.373 6.084 2 687 3.042 51,2% Vélez-Málaga 3.030 21.955 5 606 4.391 67,6% 2

Respecto a la provincia de Málaga, hay actualmente un total de 22 Juzgados

de Primera Instancia e Instrucción. El Módulo de Entrada establecido por el Consejo

General del Poder Judicial, actualmente vigente, se ha superado en los últimos seis

años una media superior al 60% en los partidos judiciales de Estepona y Vélez-

136 MEMORIA 2011

Málaga, por lo que sería necesaria la creación de dos nuevas plazas judiciales, una

de ellas de forma inmediata. También habrá que estar pendientes a corto plazo

sobre un posible incremento de la dotación de plazas judiciales en Antequera y

Torrox, a la vista de la ponderación de la carga de trabajo durante los últimos tres

años.

Por otro lado, en el partido judicial de Estepona parece conveniente, además,

elevar las plazas judiciales a la categoría de Magistrado, ya que las características

poblaciones y de litigiosidad de dicho partido en nada desmerecen a otras

localidades del entorno cercano con categoría judicial de Magistrado.

Ingresos en 2011

Ingresos medios por

Juzgado JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Civil Penal

Juzgados en 2011 Civil Penal

Variación media

respecto al Módulo

Estimación nuevas plazas

judicialesMODULO DE ENTRADA: 380 ASUNTOS CONTENCIOSOS; 2.500 ASUNTOSPENALES SEVILLA Alcalá de Guadaira 2.708 10.484 4 677 2.621 41,5% 1 Carmona 1.648 7.200 3 549 2.400 20,3% Cazalla de la Sierra 401 1.652 1 401 1.652 -14,2% Coria del Río 1.778 6.588 3 593 2.196 21,9% Dos Hermanas 4.410 25.739 7 630 3.677 56,4% 2 Écija 1.459 3.901 2 730 1.951 35,0% Estepa 846 2.989 2 423 1.495 -14,5% Lebrija 1.499 3.544 2 750 1.772 34,1% Lora del Río 1.799 9.120 3 600 3.040 39,7% Marchena 818 3.888 2 409 1.944 -7,3% Morón de la Frontera 720 5.324 2 360 2.662 0,6% Osuna 602 2.895 2 301 1.448 -31,4% Sanlúcar la Mayor 3.277 11.602 4 819 2.901 65,8% 1 Utrera 2.284 9.644 4 571 2.411 23,4%

En la provincia de Sevilla han superado el Módulo de Entrada en más del 40%

los partidos judiciales de Alcalá de Guadaira, Dos Hermanas y Sanlúcar la Mayor.

Los datos que arrojan los tres últimos años también ponen de manifiesto la

sobrecarga de entrada de asuntos en esos partidos judiciales. En consecuencia,

sería necesaria una plaza más en Alcalá de Guadaira y Sanlúcar la Mayor, y dos

plazas en Dos Hermanas.

MEMORIA 2011 137

Ingresos en 2011

Ingresos medios por

Juzgado JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Civil Penal

Juzgados en 2011 Civil Penal

Variación media

respecto al Módulo

Estimación nuevas plazas

judicialesMODULO DE ENTRADA: 380 ASUNTOS CONTENCIOSOS; 2.500 ASUNTOS PENALES CEUTA 1.842 12.125 6 307 2.021 -19,2% MELILLA 1.897 14.392 5 379 2.878 7,5%

Como revela la gráfica, sólo los Juzgados mixtos de Melilla superan el Módulo

de Entrada establecido por el Consejo General del Poder Judicial, pero no en un

porcentaje significativo.

2.4.5. JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER Bajo jurisdicción de este Tribunal Superior de Justicia ya existen 18 Juzgados

de Violencia sobre la Mujer exclusivos. En los partidos judiciales donde no existe

Juzgado exclusivo el de Primera Instancia e Instrucción o un Juzgado de Instrucción

tiene asignadas competencias en esta materia.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJERDE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011

Pendientes al

inicio Registrados ResueltosPendientes al

final

Asuntos Civiles 2.301 4.253 4.214 2.296

Asuntos Penales 8.741 42.604 42.253 8.593

TOTAL 11.042 46.857 46.467 10.889

Estos Juzgados de Andalucía, Ceuta y Melilla han ingresado en 2011 un total

de 46.857 asuntos y han resuelto 46.467, así que la pendencia a final de año es de

10.889 asuntos.

Por provincias la actividad penal se muestra en la tabla siguiente.

138 MEMORIA 2011

ASUNTOS PENALES POR PROVINCIA. JUZGADOS DE VIOLENCIASOBRE LA MUJER DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final ALMERÍA 617 3.796 3.899 504 CÁDIZ 1.392 5.537 5.278 1.525 CÓRDOBA 314 2.866 2.804 376 GRANADA 601 3.819 3.970 463 HUELVA 556 2.184 2.090 645 JAÉN 530 2.012 1.966 555 MÁLAGA 1.557 10.897 10.707 1.477 SEVILLA 3.174 11.493 11.539 3.048 8.741 42.604 42.253 8.593

Como ya se indicó en Memorias anteriores, dada la escasa entrada de

asuntos que han tenido algunos órganos de esta clase, se estima conveniente que

los Juzgados de Violencia sobre la Mujer tengan un ámbito competencial que

comprenda varios partidos judiciales. De esta manera, se potenciaría una mayor

especialización y se liberaría a buena parte de esa carga competencial a los

Juzgados Mixtos que ahora asumen el conocimiento de estos asuntos.

2.4.6. JUZGADOS DE LO MERCANTIL Bajo jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y

Melilla, hay actualmente 12 Juzgados de lo Mercantil, 8 de ellos con competencias

exclusivas en esta materia: uno en los partidos judiciales de Almería, Cádiz,

Córdoba, Granada y dos en los de Málaga y Sevilla.

Durante el año 2011 todos los Juzgados de lo Mercantil han estado con

medidas de refuerzo: Así, el de Cádiz, el número Uno de Málaga y número Dos de

Sevilla, cuentan, respectivamente, con la adscripción como refuerzo de un Juez de

Adscripción Territorial de los destinados en dichas provincias. Asimismo, los

Juzgados de lo Mercantil número Uno de Sevilla y Dos de Málaga han contado con

la adscripción permanente de un Juez sustituto. Por su parte, en el Juzgado de lo

Mercantil de Córdoba el refuerzo ha consistido en la adscripción de un Juez titular

mediante comisión de servicio, sin relevación de funciones. Durante este año 2011

se ha tramitado la aprobación de una medida de refuerzo para el Juzgado de lo

Mercantil de Huelva, consistente en la adscripción de un Juez titular en comisión de

MEMORIA 2011 139

servicio con relevación de funciones y que ha tenido efectividad en el mes de enero

de 2012.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR MATERIAS. JUZGADOS DE LOMERCANTIL DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. 2011

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final Concurso de acreedores 1.667 965 356 2.338 Incidente concursal 3.787 4.319 4.192 3.750 Asuntos en materia concursal 96 354 156 294 Asuntos en materia civil 4.053 2.815 2.594 4.274 Asuntos en materia laboral 32 125 117 38

TOTAL 9.635 8.578 7.415 10.694

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR PARTIDOS JUDICIALES.JUZGADOS DE LO MERCANTIL DE ANDALUCÍA, CEUTA YMELILLA. 2011

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final Almería 464 468 308 625 Cádiz 938 981 806 1.124 Ceuta 16 13 9 20 Córdoba 713 859 520 1.053 Granada 1.299 781 822 1.100 Huelva 302 713 335 680 Jaén 349 585 482 452 Málaga 3.572 1.950 1.975 3.547 Melilla 9 11 11 13 Sevilla 1.973 2.217 2.147 2.080

TOTAL 9.635 8.578 7.415 10.694 Los datos de la tabla anterior muestran la actividad desarrollada por partido

judicial en cada uno de estos Juzgados.

140 MEMORIA 2011

ASUNTOS INGRESADOS EN LOS JUZGADOS DE LO MERCANTIL

DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011

468981

859

781

1.950

2.217

713

11

13

585

AlmeríaCádizCeutaCórdobaGranadaHuelvaJaénMálagaMelillaSevilla

Como se puede apreciar en el gráfico anterior la mayor actividad se ha

presentado en Sevilla y Málaga.

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial de fecha 8 de febrero de

2006 aprobó los Módulos de Entrada para los Juzgados de lo Mercantil, cuyo valor

alcanza los 350 asuntos por año, límite que se considera aceptable dentro de la

carga de trabajo normal de este tipo de Juzgados. La siguiente tabla resume la

actividad desarrollada en 2011 en base al referido módulo.

JUZGADOS DE LOMERCANTIL

Asuntos ingresados

Juzgados exclusivos

Ingresos por órgano

exclusivo Var. resp. módulo

Estimación nuevas plazas judiciales

MÓDULO: 350 ASUNTOS 9 Almería 468 1 468 33,7% Cádiz 981 1 981 180,3% 1 Ceuta 13 -96,3% Córdoba 859 1 859 145,4% 1 Granada 781 1 781 123,1% 1 Huelva 713 103,7% 1 Jaén 585 67,1% 1 Málaga 1.950 2 975 178,6% 2 Melilla 11 -96,9% Sevilla 2.217 2 1108,5 216,7% 2

MEMORIA 2011 141

Teniendo en cuenta que los partidos judiciales de Almería, Cádiz, Córdoba,

Granada, Málaga y Sevilla cuentan con Juzgados exclusivos, en base a los datos del

año 2011 resumidos en el gráfico anterior y una ponderación de la media de ingreso

de asuntos en los últimos tres años, se plantea la necesidad de crear un Juzgado de

lo Mercantil exclusivo en Jaén y Huelva, así como la ampliación de las plazas

judiciales en una más en Cádiz, Córdoba y Granada, dos en Málaga y Sevilla,

respectivamente, donde se lleva ingresando un porcentaje de carga de trabajo muy

superior a lo razonable. Mientras esto no suceda, desde esta Sala de Gobierno

deberá atenderse las necesidades de los Juzgados de lo Mercantil con medidas de

refuerzo permanentes.

2.4.7. JUZGADOS DE LO PENAL A finales de 2010 comenzaron su actividad los Juzgados de lo Penal nº 14 de

Málaga y nº 15 de Sevilla, mientras que el día 30 de junio de 2011 lo hizo el Juzgado

de lo Penal nº 2 de Motril, por lo que en la actualidad hay 71 Juzgados de lo Penal

bajo jurisdicción de este Tribunal.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR PARTIDO JUDICIAL.JUZGADOS DE LO PENAL DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. 2011

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final Almería 1.542 3.316 3.343 1.515

Cádiz 1.293 2.580 2.427 1.426

Algeciras 339 1.912 1.855 396

Jerez Fr. 1.187 2.036 1.367 1.856

Ceuta 103 1.019 872 250

Córdoba 937 2.790 2.673 1.223

Granada 1.740 3.499 3.210 2.029

Motril 812 749 858 703

Huelva 557 1.837 2.109 693

Jaén 2.380 2.191 2.096 2.492

Málaga 7.219 8.726 8.850 7.095

Melilla 178 994 810 360

Sevilla 7.839 8.288 7.694 8.457

Total 26.126 39.937 38.164 28.495

142 MEMORIA 2011

Estos Juzgados de lo Penal en el último año han ingresado 39.937 asuntos y

resuelto 38.164 asuntos. Por otra parte, se han dictado un total de 34.604 sentencias

(el 73% condenatorias) y 2.123 autos finales.

Del total de ingresos un 30% corresponde a juicios rápidos. Se han ingresado

1.265 asuntos en materia de violencia doméstica y 6.776 asuntos de violencia sobre

la mujer, lo que supone el 20% del total de asuntos que se registran.

La pendencia a final de año ha llegado a los 28.495 asuntos. Además, hay en

los Juzgados de lo Penal un total de 63.701 ejecutorias en trámite, cifra alarmante y

que choca con el doble objetivo de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado.

JUZGADOS DE LO PENAL

Ingresos en 2011

Órganos en 2011

Ingresos por

órgano

Variación respecto al

Módulo

Estimación nuevas plazas

judiciales MÓDULO: 450 ASUNTOS 3 ALMERÍA 3.316 5 663 47% 1 CÁDIZ 2.580 5 516 15% ALGECIRAS 1.912 4 478 6% JEREZ FTRA. 2.036 3 679 51% CEUTA 1.019 2 510 13% CÓRDOBA 2.790 5 558 24% GRANADA 3.499 6 583 30% 1

MOTRIL 749 2

(desde junio de 2011) 499 11%

HUELVA 1.837 4 459 2% JAÉN 2.191 4 548 22% MÁLAGA 8.726 14 623 39% 1 MELILLA 994 2 497 10% SEVILLA 8.288 15 553 23% * 20% SOBRE MÓDULO. * MEDIA PONDERADA 2009-2011. * PROPUESTA DE ESTIMACIÓN DE NUEVAS PLAZAS.

El Módulo de Entrada del Consejo General del Poder Judicial para los

Juzgados de lo Penal es de 450 asuntos, que en el pasado año se superó en todos

los partidos judiciales, lo que exige el aumento de plantilla en los más significativos.

Los datos que ofrece el período 2009-2011 ponen de manifiesto la necesidad

de aumentar en una las plazas judiciales en Almería, Granada y Málaga, conclusión

a la que se llega considerando los asuntos ingresados en 2011 en relación con la

media ponderada durante los tres últimos años. También habrá que estar pendientes

MEMORIA 2011 143

a corto plazo sobre un posible incremento de la dotación de plazas judiciales en

Jerez de la Frontera (Cádiz).

En realidad, el mayor problema que presentan los Juzgados de lo Penal es la

enorme pendencia de ejecutorias, cuya solución pasaría, en buena medida, por una

implantación generalizada de Servicios Comunes de Ejecutorias Penales.

Media de ingresos por órgano. Juzgados de lo Penal. Año 2011

0

100

200

300

400

500

600

700

800

900

Almería Cádiz AlgecirasJerez Fr. Ceuta Córdoba Granada Motril Huelva Jaén Málaga Melilla Sevilla

Media de Registros por órgano Módulo del CGPJ

2.4.8. JUZGADOS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Bajo jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y

Melilla existen 52 Juzgados de lo Contencioso-Administrativo. En el conjunto de

estos Juzgados se ingresaron en el año 2011 un total de 44.180 asuntos (1580

asuntos más que en el año 2010), se resolvieron 45.516 asuntos (2740 asuntos más

que en el año 2010), por lo que la cantidad de asuntos pendientes a final de año

asciende a 50.547, experimentando un descenso del 1,52%. Durante el año 2011, han contado con medidas de refuerzo los Juzgados de

lo Contencioso-administrativo nº 1 de Algeciras; nº 2 de Almería; nº 1, 2 y 3 de Cádiz

nº, 1, 2, 3, 4 y 5 de Granada; nº 2 de Huelva; nº 1, 2, 3 y 4 de Málaga; y nº 1, 2, 3, 4,

5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12 de Sevilla. Como se desprende de los datos que figuran en la tabla siguiente, la

efectividad de las medidas de refuerzo ha sido notable en los Juzgados de Algeciras

144 MEMORIA 2011

y Granada, en los que ha descendido significativamente la pendencia de asuntos. En

los Juzgados de Huelva y Sevilla ha servido para invertir la tendencia creciente del

número de asuntos pendientes, disminuyendo ligeramente la cifra total a final del

año, en tanto que en los Juzgados de Almería, Cádiz y Málaga, la pendencia ha

seguido aumentando pese a los refuerzos establecidos.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR PARTIDO JUDICIAL. JUZGADOS DE LOCONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA.AÑO 2011

Pendientes al

inicio Registrados ResueltosPendientes

al final Almería 3.971 3.734 3.348 4.357

Cádiz 4.981 4.004 3.220 5.765

Algeciras 1.912 1.083 1.596 1.399

Jerez de la Frontera 1.049 1.226 1.168 1.107

Ceuta 258 794 809 243

Córdoba 3.066 3.510 3.565 3.011

Granada 6.544 4.961 6.558 4.947

Huelva 3.722 3.305 3.379 3.635

Jaén 1.543 2.904 2.425 2.022

Málaga 9.046 6.670 6.875 9.447

Melilla 970 1.188 1.705 419

Sevilla 14.262 10.801 10.868 14.195

Total 51.324 44.180 45.516 50.547

En el gráfico siguiente se puede apreciar la evolución de la actividad de los

Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en los últimos años. La línea discontinua

indica el Módulo de Entrada del Consejo General del Poder Judicial, calculada en

relación con la planta judicial de cada año. Se observa que desde 2006 la cantidad

de asuntos ingresados ha estado siempre por encima del referido módulo. Los

Juzgados han respondido con efectividad y, con todo, no ha sido posible detener el

crecimiento de la cantidad de asuntos pendientes a final de año, que en los tres

últimos años ha superado el techo de los 50.000 asuntos en toda Andalucía, Ceuta y

Melilla.

Sin perjuicio de lo expuesto, para una mayor eficacia de la jurisdicción

contencioso-administrativa ante las bolsas de asuntos pendientes, conviene recordar

las Conclusiones-Propuestas del Pleno del CGPJ, en su sesión del pasado 26 de

MEMORIA 2011 145

enero de 2012, con mayor incidencia o afectación en unos u otros Juzgados. En este

sentido, el CGPJ se hace eco de la excesiva e inadmisible demora en cuanto a la

fecha en que se remontan determinados señalamientos o se produce la resolución

de asuntos en la jurisdicción contencioso administrativa, insistiendo en la prioridad

de atajar la actual situación mediante la progresiva utilización de los instrumentos

legales previstos por la Ley 29/1998 para facilitar la fluidez del trámite en los

supuestos de identidad entre pretensiones o de concurrencia de reclamaciones en

masa, tales como las acumulaciones de procedimientos, ya sea de oficio o a

instancia de parte, el pleito-testigo, la extensión de efectos, la formulación de

demandas y recursos colectivos o, en fin, la posibilidad procesal de inadmitir “a

limine litis” cuando se hubieren desestimado en el fondo otros procedimientos

sustancialmente iguales (arts. 37, 38 y 51.2 de la LJCA), figura que debe potenciarse

para evitar bolsas innecesarias de asuntos pendientes y trabajo improductivo o

carente de sentido en la oficina.

Asimismo, se consta la existencia de escasos órganos unipersonales en los

que existan normas de reparto especializadas por materias, cuya experiencia en

ciertas capitales ofrece resultados razonablemente aceptables por el momento.

En definitiva, se considera necesario caminar hacia el mejor rendimiento y

eficacia productiva, de forma que se valoren también otros posibles factores o

razones (p. ej., procedimientos repetitivos o de escasa entidad y dificultad, etc.), que

permiten la consiguiente fluctuación numérica y el dictado de un número global

superior de resoluciones en el entorno de la jurisdicción contencioso administrativa.

JUZGADOS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA.

SERIES TEMPORALES 2006-2011

010.000

20.00030.000

40.00050.000

60.000

2006 2007 2008 2009 2010 2011

Registrados ResueltosPendientes al f inal Módulo CGPJ

146 MEMORIA 2011

Por lo mismo, ante la actual bolsa de pendencia y antigüedad de los asuntos,

es razonable que se establezcan unos criterios de señalamientos preferentes sobre

cuestiones más sensibles y con mayor repercusión o incidencia (p. ej.,

expropiaciones, impuestos, etc.), sin perjuicio, claro está, de continuar con los

Planes de Refuerzo como medida efectiva y puntual que permita ir normalizando los

Juzgados de lo Contencioso Administrativo de este Tribunal Superior y reducir la

cantidad de asuntos pendientes.

La cantidad de asuntos ingresados, que en 2007 y 2008 había ido

disminuyendo paulatinamente, en los tres últimos años ha experimentado un

aumento por encima de los 40.000 asuntos ingresados, alcanzando su valor máximo

desde que se crearon los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.

Por materias, en el año 2011 la mayor proporción de ingresos correspondió a

procesos relativos a Función Pública (el 35%), a Extranjería (el 16%) y a Sanciones

Administrativas (el 15%). Según la procedencia del acto o resolución impugnada, el

29% de los asuntos registrados en el año 2011 provenía de entidades locales y el

39% de la Comunidad Autónoma. Además se han dictado en total 27.503 sentencias

(el 42% desestimando la demanda) y 21.493 autos (el 35% en piezas de medidas

cautelares).

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR MATERIAS. JUZGADOS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011

MATERIAS Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final Urbanismo y ordenación territorio 3.298 1.685 2.193 2.806 Expropiación forzosa 117 49 56 106 Contratos administrativos 2.361 2.494 1.620 3.213 Dom. público y prop. Especiales 259 340 194 404 Administración tributaria 1.903 1.483 1.505 1.821 Medio ambiente 285 192 212 265 Función pública 17.853 15.623 17.041 16.553 Administración laboral y seg. social 1.514 968 846 1.551 Extranjería 4.659 6.956 7.573 4.126 Act. administrativa sancionadora 8.526 6.545 6.233 8.861 Electoral 1 69 68 2 Autoriz. entradas en domicilio 167 588 572 171 Responsabilidad patrimonial 4.808 3.518 3.152 5.151 Disciplina deportiva materia dopaje 18 16 16 1 Otras 5.555 3.654 4.235 5.516 TOTAL 51.324 44.180 45.516 50.547

MEMORIA 2011 147

El Consejo General del Poder Judicial ha tasado el Módulo de Entrada de

asuntos para los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en 600 ingresos al año.

JUZGADOS DE LO CONTEN.-ADMINIST.

Ingresos en 2011 Órganos

Media de ingresos

por órgano

Variación respecto al Módulo

Estimación nuevas plazas

judiciales MODULO: 600 ASUNTOS 10 ALMERÍA 3.734 3 1.245 107,4% 2 CÁDIZ 4.004 4 1.001 66,8% 1 ALGECIRAS 1.083 2 542 -9,8% JEREZ DE LA FRONTERA 1.226 1 1.226 104,3% 1 CEUTA 794 2 397 -33,8% CÓRDOBA 3.510 5 702 17,0% GRANADA 4.961 5 992 65,4% 1 HUELVA 3.305 3 1.102 83,6% 1 JAÉN 2.904 3 968 61,3% 1 MÁLAGA 6.670 7 953 58,8% 2 MELILLA 1.188 3 396 -34,0% SEVILLA 10.801 14 772 28,6% 1

Después del aumento de las competencias en este tipo de órganos en el año

2004 en casi todos los partidos judiciales la carga de trabajo ha estado siempre por

encima del Módulo de Entrada establecido por el Consejo General del Poder

Judicial. En el último año el Juzgado de Almería y Jerez de la Frontera han

ingresado más del doble de esta cantidad y por encima del 50% han registrado los

Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz, Granada, Huelva, Jaén y

Málaga. Teniendo en cuenta la tendencia que reflejan los datos estadísticos de los

últimos cinco años, referentes al número de asuntos que anualmente ingresan estos

Juzgados, las cifras de pendencia anuales que, con mínimos descensos,

prácticamente permanecen invariables, y la carga de trabajo que soportan los

distintos órganos unipersonales de este orden jurisdiccional, se estima necesaria la

creación de dos plazas judiciales más en Almería y Málaga, y una más en Cádiz,

Jerez de la Frontera, Granada, Huelva, Jaén y Sevilla.

Por el contrario, debería prescindirse de uno de los Juzgados de lo

Contencioso-Administrativo en las dos Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla,

como ya se apuntaba en la Memoria del año 2010, sin perjuicio de su reconversión

148 MEMORIA 2011

en Juzgados de Primera Instancia e Instrucción para, seguidamente, proceder a la

división de jurisdicciones en ambas ciudades.

Media de ingresos por órgano. Juzgados de lo contencioso-Administrativo. Año 2011

0

200

400

600

800

1.000

1.200

1.400

ALM ERÍA CÁDIZ ALGECIRAS JEREZ DELA

FRONTERA

CEUTA CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN M ÁLAGA M ELILLA SEVILLA

Registros por Organo (media) Módulo del CGPJ

2.4.9. JUZGADOS DE LO SOCIAL Bajo jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y

Melilla hay 56 Juzgados de lo Social. Durante el año 2011 han contado con una

medida de refuerzo los Juzgados de lo Social nº 1 y 2 de Jerez de la Frontera y el

Juzgado de lo Social nº 1 de Sevilla.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR PARTIDO JUDICIAL. JUZGADOS DELO SOCIAL DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final Almería 4.885 5.606 4.285 6.206 Cádiz 1.419 3.139 2.656 1.902 Algeciras 1.920 1.393 1.505 1.497 Jerez Frontera 4.166 3.351 2.822 4.523 Ceuta 408 645 622 431 Córdoba 1.600 6.157 5.936 1.821 Granada 5.139 8.132 8.318 4.953 Motril 734 1.017 901 850 Huelva 1.990 4.032 3.295 2.727 Jaén 1.166 3.550 3.119 1.597 Málaga 11.397 14.797 14.939 11.462 Melilla 304 627 418 496 Sevilla 9.993 16.128 12.500 13.589 Total 45.121 68.574 61.316 52.054

MEMORIA 2011 149

En el pasado año estos Juzgados ingresaron 68.574 asuntos (1.749 asuntos

más que en el año 2010) y resuelto 61.316 asuntos (1.036 asuntos menos que en el

año 2010), quedando pendientes a final de año 52.054 asuntos (6.933 asuntos más

que en el año 2010), lo que supone un incremento de la pendencia en un 15,36%.

La forma en la que terminaron los asuntos resueltos son en un 55% por

sentencia, en un 14% por conciliación y en un 21% por desistimiento. Se han dictado

un total de 29.418 sentencias (66% estimando la demanda) y 881 autos. Además, se

han devuelto 8.858 recursos de suplicación, el 76% confirmando la sentencia, el

16% revocándola totalmente, el 6% revocándola parcialmente y el 2% restante

anulándola.

JUZGADOS DE LO SOCIAL

Ingresos en 2011 Órganos

Media de ingresos

por órgano

Variación respecto al Módulo

Estimación

nuevas plazas

judiciales

MÓDULO: 850 ASUNTOS 9 Almería 5.606 4 1.402 64,9% 1 Cádiz 3.139 3 1.046 23,1% Algeciras 1.393 1 1.393 63,9% 1 Jerez de la Fr. 3.351 3 1.117 31,4% Ceuta 645 1 645 -24,1% Córdoba 6.157 4 1.539 81,1% 2 Granada 8.132 7 1.162 36,7% 1 Motril 1.017 1 1.017 19,6% Huelva 4.032 3 1.344 58,1% 1 Jaén 3.550 4 888 4,4% Málaga 14.797 13 1.138 33,9% 1 Melilla 627 1 627 -26,2% Sevilla 16.128 11 1.466 72,5% 2

150 MEMORIA 2011

Media de ingresos por órgano. Juzgados de lo Social. Año 2011

0

200

400

600

800

1.000

1.200

1.400

1.600

1.800

Almería Cádiz Algeciras Jerez dela Fr.

Ceuta Córdoba Granada M otril Huelva Jaén M álaga M elilla Sevilla

Media de Ingresos por organo Módulo CGPJ

El Módulo de Entrada establecido por el Consejo General del Poder Judicial

para los Juzgados de lo Social es de 850 procesos por año. El último año ese valor

se ha superado por encima del 30% en los partidos judiciales de Almería (ha

ingresado un 65% más que el Módulo), Algeciras (64%), Córdoba (supera al Módulo

en un 81%), Granada (un 36% mayor que el Módulo), Huelva (58%), Málaga (34%),

y Sevilla (72%). Esta circunstancia, junto a la consideración de media de asuntos

ingresados en los tres últimos años, ponen de manifiesto la necesidad crear una

nueva plaza judicial en Algeciras (Cádiz), Almería, Huelva, Granada y Málaga, y dos

plazas más en Córdoba y Sevilla, donde la sobrecarga respecto al módulo es más

acusada.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS LABORALES POR MATERIAS. JUZGADOS DELO SOCIAL DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011

MATERIAS Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final Conflictos colectivos 176 627 603 193

Despidos 4.233 20.081 18.097 6.224

Cantidades 24.047 28.785 26.229 26.520

Seg. Social 13.466 14.447 12.650 15.278

Otra índole 3.199 4.634 3.737 3.839

Total 45.121 68.574 61.316 52.054

Por materias, los asuntos registrados en los Juzgados de lo Social de

Andalucía, Ceuta y Melilla se distribuyen en 42% de reclamaciones de cantidades,

22% de reclamaciones en materia de Seguridad Social y el 29% de procesos

MEMORIA 2011 151

relacionados con despidos. Los conflictos colectivos no llegan al 1% del total de

ingresos.

2.4.10. JUZGADOS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA Con la entrada en funcionamiento el día 30 de diciembre de 2010 del Juzgado

número 11 en Sevilla y el 30 de junio de 2011 del Juzgado número 10 con sede en

el Puerto de Santa María, hay 13 Juzgados de Vigilancia Penitenciaria bajo la

jurisdicción de este Tribunal Superior de Justicia. Estos Juzgados han ingresado en

2011 un total de 55.643 asuntos y resuelto 57.124 asuntos por lo que la pendencia a

final de año ha disminuido un 24%. En el total de los centros penitenciarios de

Andalucía, Ceuta y Melilla había a final de 2011 un total de 16.842 internos. Con

respecto a los registros, el mayor número de ingresos ha tenido lugar en Sevilla y

Huelva.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR ÓRGANO. JUZGADOS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011

Pendientes al

inicio Registrados ResueltosPendientes

al final Media de internos

Almería 474 4.101 4.183 392 934 Algeciras 1.676 4.791 5.990 477 1.543 El Pto. Sta. María 468 7.147 6.663 952 2.548 Ceuta 51 600 600 49 260 Córdoba 557 4.671 4.832 396 1.673 Granada 308 5.040 5.128 220 2.100 Huelva 322 8.249 8.330 241 1.777 Jaén 227 3.424 3.471 180 749 Málaga 742 5.240 5.581 401 1.803 Melilla 51 649 642 58 294 Sevilla 1.302 11.731 11.704 1.329 3.161 TOTAL 6.178 55.643 57.124 4.695 16.842

Por materias, como muestra la siguiente tabla, de los 55.643 registros en los

Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, el 21% corresponde a trabajos en beneficio de

la comunidad, el 29% a permisos de salida, las medidas coercitivas el 6% y la

libertad condicional el 7%; refundición de condena y recursos contra sanciones

disciplinarias abarcan el 5%, respectivamente.

152 MEMORIA 2011

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR MATERIAS. JUZGADOS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final Permisos de salida 1.762 16.370 16.935 1.197 A petición del centro penitenciario 560 9.910 10.077 393

Por recurso/queja del interno contra deneg. permiso 1.202 5.989 6.406 785

Suspensiones del permiso de salida 0 471 452 19

Recursos contra sanciones disciplinarias 296 2.895 2.920 271

Recursos sobre clasificación en grado 420 1.786 1.874 332

Aprobación de propuestas del art. 100.2 16 284 277 23

Libertad condicional 130 3.725 3.731 124 Anticipada (art.196 RP) 24 181 192 13

Régimen de los art.90 y 91 del CP 100 2.735 2.741 94

Extranjeros (art.197 RP) 3 42 43 2

Revocaciones de libertad condicional 0 190 189 1

Modificaciones de cond. lib. condicional 1 277 276 2

Otros 2 300 290 12

Beneficios penitenciarios 4 96 92 8 Redenciones ordinarias 1 25 22 4

Redenciones extraordinarias 3 71 70 4 Quejas contra la intervención de lascomunidades 43 665 666 42

Expedientes sobre arrestos fin de semana 2 5 7 0 Exped. sobre seguimientos medidas deseguridad 15 321 323 11 Internamientos en centros 6 136 133 9

Tratamiento ambulatorio 6 18 21 1

Propuestas realizadas en relación med. seguridad 3 167 169 1

Refundición de condena Art. 193.2 R.P. 180 2.783 2.817 146

Limitaciones de régimen Art. 75 R.P. 211 1.067 1.202 76

Medidas coercitivas Art. 72 R.P. 413 3.464 3.678 199

Trabajos en beneficio de la comunidad 1.046 11.466 11.574 938

Resoluciones art. 60 del CP 5 23 18 10 Resoluciones sobre aplicación del régimengeneral penitenciario (art. 36 CP) 0 3 2 1

Abono prisión preventiva 87 222 269 40

Otras quejas 1.548 10.468 10.739 1.277

TOTAL 6.178 55.643 57.124 4.695

MEMORIA 2011 153

De los permisos de salida solicitados, el 61% fueron a petición del centro

penitenciario. De las 3.725 solicitudes de libertad condicional, el 5% era anticipada.

Además los beneficios penitenciarios hacían referencia a redenciones

extraordinarias en un 74% de los casos.

El Módulo de Entrada del Consejo General del Poder Judicial para los

Juzgados de Vigilancia Penitenciaria es de 1.000 internos órgano jurisdiccional.

Todos los Juzgados de este tipo en el ámbito de este Tribunal Superior de Justicia

superan esta cantidad, salvo los de Jaén, Almería, Ceuta y Melilla.

A corto plazo, habrá que valorar la conveniencia de crear nuevas plazas

judiciales en Granada y Málaga (en esta última provincia se prevé pronto un nuevo

establecimiento penitenciario), ya que la media de internos es bastante superior a la

estimable como carga normal derivada para un órgano de este tipo.

Por otro lado, llama la atención la escasa carga de trabajo que existe en la

Ciudad Autónoma de Ceuta para optimizar y justificar un Juzgado de Vigilancia

Penitenciaria, con carácter único y especializado, servido por un Magistrado en

régimen de exclusividad. Lo lógico sería que otro Juzgado del orden penal

compartiera y asumiera también las funciones de Vigilancia Penitenciaria, tal y como

sucede en la otra Ciudad Autónoma de Melilla.

JUZGADO VIGILANCIA PENITENCIARIA

Media de internos Órganos

Media de Internos

por órgano

Var. resp.

módulo

Estimación nuevas plazas

judiciales MÓDULO: 1000 INTERNOS

Almería 934 1 934 -6,6%

Algeciras 1.543 1 1543 54,3%

El Puerto 2.548 2 1274 27,4%

Ceuta 260 1 260 -74,0%

Córdoba 1.673 1 1673 67,3%

Granada 2.100 1 2100 110,0%

Huelva 1.777 1 1777 77,7%

Jaén 749 1 749 -25,1%

Málaga 1.803 1 1803 80,3%

Melilla 294 1 294 -70,6%

Sevilla 3.161 2 1580,5 58,1%

154 MEMORIA 2011

MEDIA DE INTERNOS POR ÓRGANO. JUZGADOS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA. AÑO 2011

0

500

1000

1500

2000

2500

Almería Algeciras El Puerto Ceuta Córdoba Granada Huelva Jaén M álaga M elilla Sevilla

Número de internos Módulo CGPJ

2.4.11. JUZGADOS DE MENORES Existen 18 Juzgados de Menores bajo jurisdicción de este Tribunal Superior

de Justicia, que han ingresado en 2011 un total de 7.333 asuntos penales y resuelto

8.264 asuntos. La cantidad de asuntos penales pendientes a final de año

actualmente supera los 3.600 asuntos.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR PARTIDOS JUDICIALES. JUZGADOS DE MENORES DE ANDALUCÍA, CEUTA YMELILLA. 2011

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final Almería 320 900 961 259 Cádiz 343 560 662 241 Algeciras 343 345 367 178 Jerez de Fr. 231 419 497 153 Ceuta 34 266 293 7 Córdoba 584 733 907 408 Granada 451 776 882 346 Huelva 303 348 292 359 Jaén 277 413 475 215 Málaga 1.191 1.232 1.519 899 Melilla 163 215 320 58 Sevilla 439 1.126 1.089 542 TOTAL 4.679 7.333 8.264 3.665

MEMORIA 2011 155

Se han dictado 5.353 sentencias penales (más de la mitad de ellas previa

conformidad del acusado) y 2.822 autos finales. Se han enjuiciado a 6.719 menores,

los cuales tienen en su mayoría entre 16 y 17 años, en concreto el 71%. Las

medidas cautelares adoptadas son en un 48% de los casos internamientos y en un

33% libertad vigilada. Las medidas impuestas en sentencia son, en su mayoría,

internamiento en régimen semiabierto, el 43%, libertad vigilada, el 25% de los casos

y prestación de servicios en beneficio de la comunidad, el 9%.

Por otro lado, se han ingresado 5 asuntos civiles independientes y hay

pendientes de resolución 133. Del total de piezas de responsabilidad civil, el 4%

están pendientes de resolución vía penal y el 91% en trámite efectivo civil.

El CGPJ implanta el módulo de entrada para los Juzgados de Menores en

650 asuntos por año y establece que está al límite de su carga razonable cuando,

sobre un registro general de 650 asuntos, al menos 450 expedientes tienen escrito

de alegaciones del Ministerio Fiscal y en 350 piezas civiles se ha dado inicio formal

al procedimiento.

JUZGADOS DE MENORES

Asuntos ingresados

en 2011 Órganos

Media de ingresos

por órgano

Variación respecto

del Módulo

Estimación nuevas plazas

judiciales MÓDULO: 650 ASUNTOS ALMERÍA 900 1 900 38% CÁDIZ 562 1 562 -14% ALGECIRAS 345 1 345 -47% JEREZ DE FR. 419 1 419 -36% CEUTA 266 1 266 -59% CÓRDOBA 736 2 368 -43% GRANADA 776 2 388 -40% HUELVA 348 1 348 -46% JAÉN 413 1 413 -36% MÁLAGA 1.232 3 411 -37% MELILLA 215 1 215 -67% SEVILLA 1.126 3 375 -42%

156 MEMORIA 2011

Media de ingresos penales por órgano. Juzgados de Menores. Año 2011

0100200300400500600700800900

1000

Almería Cádiz Algeciras Jerez dela

Frontera

Ceuta Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Melilla Sevilla

Registros penales por órgano Modulo Consejo

Con los datos del año 2011, tal y como se muestra en el gráfico anterior, es el

Juzgado de Almería el único que supera el módulo referencial establecido por el

Consejo General del Poder Judicial (en un 38%), si bien no supera el número de

asuntos con escrito de alegaciones del Fiscal en este Juzgado (es inferior a los 450)

y no ha ingresado ninguna pieza civil durante el año 2011.

No se considera necesario, por tanto, aumentar la planta en los Juzgados de

Menores; antes, al contrario, algunas demarcaciones están muy por debajo del

porcentaje razonable y rentabilidad para un Juzgado exclusivo.

MEMORIA 2011 157

III. ANÁLISIS Y CONCLUSIONES 3.1 DISFUNCIONES DE LA JUSTICIA 3.1.1. LA JUSTICIA Y EL PLAZO RAZONABLE.

Nuestra Constitución reconoce el derecho de todas las personas a obtener la

tutela efectiva de los Tribunales dentro de un proceso público sin dilaciones

indebidas y con todas las garantías. Este mandato de efectividad tiene plasmación

en su artículo 9.2, que impone a los poderes públicos, y señaladamente a la

Administración competente, la obligación de disponer los medios necesarios, tanto

normativos como materiales y personales para que el derecho a la tutela judicial se

garantice a todos los ciudadanos.

El retraso acumulado en la tramitación de los procedimientos, por causas

diversas, junto a la crisis que atraviesa el país, que ha ido provocando en años

anteriores un incremento de la litigiosidad, especialmente en el orden jurisdiccional

civil y social, nos alejan de una justicia ágil, moderna y eficaz y, en consecuencia, de

la efectividad del derecho a la tutela judicial sin dilaciones indebidas.

Es obvio que el mayor estigma de la administración de justicia es su lentitud,

la duración de los procesos, cuya indeterminación provoca arbitrariedad y exige

asentar la cultura del plazo razonable.

Son varias las causas que inciden en la sustanciación de los procesos dentro

de márgenes temporales razonables. En cualquier caso el parámetro de normalidad,

en principio, ha de ser el establecido en las leyes procesales, de forma que otros

distintos factores con incidencia en la duración temporal del proceso sólo han de ser

considerados cuando permitan justificar la necesidad de una aplicación más flexible.

La meta, pues, es acercarse al “rendimiento óptimo de la justicia”, de forma

que cada órgano (unipersonal o colegiado) resuelva dentro de los plazos que las

leyes procesales establecen todos los asuntos atribuidos a su competencia, con la

necesaria calidad. Si no sucede así, sólo puede ser debido a diversos factores: a

que el número de órganos judiciales y su demarcación -la planta judicial- está mal

diseñada y exige inmediata corrección; a que los instrumentos procesales son

obsoletos o bien las leyes procesales establecen plazos de actuaciones no

adecuados a la realidad social; a que la oficina judicial no funciona correctamente o

158 MEMORIA 2011

la plantilla es inadecuada (en términos cualitativos o cuantitativos); o, en fin, a que

hay conductas inadmisibles que han de ser corregidas y, llegado el caso,

sancionadas.

Mientras no se aborden con decisión (con decisión y estudio, claro está) estos

postulados, toda solución será estéril, sino perjudicial.

La situación actual es justamente la contraria. La pendencia acumulada y el

nivel de litigiosidad durante los últimos años determinan que el cumplimiento de los

plazos procesales sea realmente excepcional. Es algo que tenemos socialmente

asumido desde hace tiempo, no obstante lo cual constituye una constante

preocupación que puede decirse supera, incluso, a la que provoca la calidad de las

resoluciones judiciales.

Sin embargo, con ello se quebranta la finalidad específica y la garantía de que

el proceso judicial, incluida la ejecución de las resoluciones, se ajuste en su

desarrollo a adecuadas pautas temporales. Se trata de un derecho prestacional que

obliga a que los jueces y tribunales resuelvan y hagan ejecutar lo resuelto en un

plazo razonable, lo que supone cumplir su función jurisdiccional de garantizar la

libertad, la justicia y la seguridad con la rapidez que permita la duración normal de

los procesos, evitando dilaciones indebidas que quebranten la efectividad de la

tutela.

Este contenido prestacional afecta, singularmente, a los poderes del Estado,

pues éste ha de comprometerse a prestar una justicia ágil y rápida, lo que «lleva

implícita la dotación a los órganos judiciales de las necesarias medidas personales y

materiales». Ajeno, pues, al derecho fundamental a un proceso sin dilaciones

indebidas resulta el «estándar de funcionamiento de la Administración de Justicia»

como elemento integrante del plazo razonable porque, como recordaba el TC, «la

frecuente tardanza excesiva del servicio de justicia no puede reputarse como

normal pues lo normal es lo ajustado a la norma y no lo contrario a ella, aunque sea

lo más frecuente; y, en segundo término, porque, si continuase in crescendo el

tiempo y la generalización del incumplimiento en el rendimiento del servicio de

justicia, y hubiese que tomar como regla para medir el respeto o la violación de un

derecho a un proceso sin dilaciones indebidas ese mismo hecho anormal, pero

general, ello equivaldría a dejar vacío de su contenido esencial el derecho

fundamental».

MEMORIA 2011 159

Con tales parámetros, la obligación de garantizar un proceso dentro de un

plazo razonable en todas sus instancias obliga, ciertamente, a los miembros del

poder judicial y demás integrantes de la oficina judicial, cumpliendo con su

obligación procesal para evitar la inactividad y acelerar el curso del proceso. Ahora

bien, corresponde especialmente al Estado, creando las obligaciones del poder

ejecutivo y legislativo de incrementar y ajustar notablemente el número de plantillas

orgánicas, de dotar a la justicia de los necesarios medios materiales y de realizar en

nuestros Códigos procesales las reformas oportunas, tendentes a la consagración

del principio de aceleración del procedimiento. Y, por qué no decirlo, asimismo

afecta a las partes procesales y compromete a los propios ciudadanos justiciables y

profesionales, porque también es una obligación la que tienen de prestar su

colaboración en el curso del proceso (Art. 118 CE) y porque la justicia es un valor

superior que informa a todo nuestro ordenamiento (Art. 1.1 CE).

A este respecto, la doctrina de nuestro Tribunal Constitucional y del Tribunal

Europeo de Derechos Humanos, sin desconocer la responsabilidad de los titulares

de la jurisdicción, exige al Estado que reaccione ante situaciones de incumplimiento

de los plazos razonables, bien mejorando la estructura, organización y gestión de los

órganos judiciales, bien adoptando soluciones puntuales ante situaciones

coyunturales en aquellos. Entre las primeras, cobran especial relevancia en el

momento actual la implantación y desarrollo del nuevo modelo de oficina judicial, la

adecuación de las demarcaciones judiciales a la realidad social y geográfica actual,

así como una decidida apuesta por nuevas formas organizativas, como puede ser el

trabajo colegiado. Entre las segundas, ha de destacarse la implementación de

políticas eficientes de refuerzo puntual de aquellos órganos judiciales

coyunturalmente mermados en su capacidad resolutiva.

La tardanza en la respuesta judicial y en la excesiva duración de los procesos

deriva, por tanto, de distintos factores: unos intrínsecos, imputables a los titulares de

la jurisdicción; otros extrínsecos, afectantes a la responsabilidad de la

Administración prestacional, sea estatal o autonómica, pues la organización y la

provisión de medios es su competencia exclusiva. Así, a la sobrecarga de trabajo

que padecen prácticamente todos los órganos judiciales, se contrapone la mala

gestión de muchos Juzgados que origina suspensiones no justificadas de vistas y

160 MEMORIA 2011

juicios, acumulaciones de señalamientos y retrasos llamativos en el trámite de los

procedimientos.

Son frecuentes las suspensiones debidas a que los distintos actores

procesales atienden varias causas al mismo tiempo. El calendario de señalamientos

muchas veces es poco realista y la puntualidad, a menudo, brilla por su ausencia.

Las excesivas rotaciones e interinidades de todo el personal de la Administración de

Justicia no resultan un problema menor en este sentido.

Las reflexiones plasmadas tienen un alto grado de autocrítica, puesto que

constatan una ausencia de controles de calidad y de protocolos de actuación en las

distintas oficinas judiciales. Hay demasiados tiempos muertos y no pocos trámites

superfluos. Cada órgano está estructurado y es gestionado de un modo distinto, en

no pocas ocasiones, a conveniencia de sus integrantes.

La distinta amalgama de todos estos factores permite explicar los distintos

tiempos de respuesta que se ofrecen en los diferentes órdenes jurisdiccionales y,

dentro de ellos, en cada una de las provincias andaluzas, alcanzando la variedad a

los distintos órganos judiciales pertenecientes al mismo orden jurisdiccional y

radicados en el mismo partido judicial, sin que aflore justificación por esas

diferencias temporales de órganos de idéntica jurisdicción y localización geográfica.

Reflejo de esas diferencias son los tiempos de respuesta, que no cabe

calificar de aceptables en muchos casos y sedes judiciales, ni dar lugar a pasividad

o indiferencia, aunque puedan estar en consonancia con la pendencia acumulada y

el desbordante nivel de litigiosidad generado en años precedentes, que provoca que

la capacidad resolutiva de los órganos judiciales apenas sea capaz de absorber el

número de asuntos nuevos que se presenta ante ellos cada anualidad.

En cualquier caso, el resultado final implica un grave quebranto para los

justiciables en la doble vertiente de juzgar y ejecutar lo juzgado, al tiempo que un

posible daño irreparable, que debe alertar de la gravísima situación que existe en

muchas jurisdicciones, con distinta incidencia en unas u otras sedes del ámbito de

este Tribunal Superior.

Veamos una simple muestra:

JURISDICCIÓN SOCIAL: En los Juzgados de lo Social de Algeciras o Jerez

de la Frontera (Cádiz) los señalamientos se demoran entre dos y tres años; en

MEMORIA 2011 161

Cádiz, la demora se sitúa en un año. En las demás provincias, los tiempos son

dispares: en Málaga, de uno a dos años; en Sevilla, los señalamientos tardan entre 6

y 12 meses; en Huelva, entre 10 y 15 meses; en Granada, un año; o en Jaén y

Córdoba, no más de 7 y 8 meses, respectivamente, en tanto, que en Almería sólo

dos Juzgados de lo Social demoran los señalamientos hasta 18 meses.

Como hemos dicho hace un momento, esta diferencia temporal origina a los

justiciables un grave quebranto, en ocasiones irreparable, ante los intereses en

juego (despidos y extinciones de contrato, reclamaciones salariales, prestaciones de

Seguridad Social, etc.), lo que nos obliga a reducir sensiblemente, en la mayor

medida posible, el tiempo de respuesta entre la entrada de los asuntos en ciertas

materias y su señalamiento o fallo ulterior.

PLAZO DE SEÑALAMIENTOS JURISDICCIÓN SOCIAL

0

10

20

30

40

Almería Cádiz Algeciras Jerez Fr. Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla

PLAZO INFERIOR PLAZO SUPERIOR

JURISDICCION CIVIL: el tiempo de demora de los señalamientos ronda los

6-8 meses en órganos unipersonales de Almería, pero cercano a dos años en

Secciones de la Audiencia Provincial; entre 4 y 11 meses en Córdoba; en Granada,

entre 6 y 10 meses; entre 1 y 3 meses en Huelva; en Jaén, 4-5 meses, excepto uno

de los Juzgados de Primera Instancia de esa capital; en Málaga, en torno a los ocho

meses; entre seis meses y 1 año, en Sevilla. Por resultar sumamente llamativo el

tiempo de demora, debe citarse el partido judicial de Estepona, cuya sobrecarga de

trabajo, pendencia acumulada y las serias deficiencias de toda índole existentes (p.

ej., demoras en el registro), hacen que los señalamientos sobrepasen el año y se

remonten a los tres años en casos más extremos.

162 MEMORIA 2011

PLAZO DE SEÑALAMIENTOS JURISDICCIÓN CIVIL

05

10152025303540

AlmeríaUnipersonales

AlmeríaAudiencia

Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Estepona Sevilla

PLAZO INFERIOR PLAZO SUPERIOR

JURISDICCION PENAL: los plazos máximos de los señalamientos oscilan

entre el año y medio de Cádiz y Sevilla y los seis meses de Huelva, si bien la

incidencia de las suspensiones, con el nuevo lapso temporal, y la tardanza en

instruir los procesos para su remisión al órgano encargado de celebrar el juicio oral

provoca un claro y llamativo desajuste temporal entre la fecha de comisión de los

hechos y su enjuiciamiento, con excepción, claro está, de los juicios rápidos, cuya

generalización debería ser mucho mayor en la práctica diaria de nuestros Juzgados

y Tribunales.

PLAZO DE SEÑALAMIENTOS JURISDICCIÓN PENAL

0

5

10

15

20

Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla

PLAZO INFERIOR PLAZO SUPERIOR

JURISDICCION CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA: presenta demoras más

significativas en los señalamientos. Así, en Algeciras se realizan a un año; a dos en

MEMORIA 2011 163

Cádiz y Almería; entre 6 y 13 meses en Córdoba; entre 2 y 3 años en Granada; entre

18 y 22 meses, en Huelva; 6 meses en Jaén, y de 1 a 2 años en Sevilla.

PLAZO DE SEÑALAMIENTOS JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA

0

10

20

30

40

Almería Cádiz Algeciras Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla

PLAZO INFERIOR PLAZO SUPERIOR

La Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal tiene

como objetivo precisamente paliar esta situación incorporando determinadas

medidas de agilización procesal en los órdenes civil, social y contencioso-

administrativo que obedecen al propósito común de suministrar a nuestros tribunales

instrumentos procesales óptimos para la gestión procesal, estando orientados unos

a suprimir trámites procesales innecesarios o a sustituirlos por otros más breves, y

otros, en cambio, a limitar el uso abusivo de las instancias judiciales. La efectividad

de tales medidas, dada la reciente vigencia de esta norma, sólo podrá establecerse,

paradójicamente, dentro de un tiempo razonable, si bien el orden jurisdiccional

penal, el más sensible y con mayor incidencia numérica, sigue ajeno a tales medidas

de agilización.

En cualquier caso, como reflexión final, conscientes del compromiso que

todos los jueces adquirimos con la sociedad, que nos confiere la alta responsabilidad

de administrar justicia, esta Sala de Gobierno lanza el mensaje de que la sobrecarga

de trabajo, premisa obligada y claramente expuesta, no excluya el derecho a una

justicia lo menos gravosa posible, de forma que todos los jueces nos esforcemos

para que los déficits funcionales u organizativos no repercutan con mayor intensidad

en el justiciable, sin renunciar a prestar una justicia más ágil y de calidad, en la

medida de nuestras posibilidades y control, incluso con medios inadecuados e

insuficientes ante el volumen de litigiosidad actual.

164 MEMORIA 2011

3.1.2 SUSPENSIONES Las suspensiones de los juicios y vistas constituyen otra de las vicisitudes

procesales determinantes de la prolongación del tiempo de finalización del proceso.

Son, sin duda, una de las disfunciones más graves que se producen en el proceso,

ya que a la problemática existente en relación al constante incremento de

procedimientos, la suspensión del juicio o vista señalada conlleva que el hueco que

estaba previsto para ese día no pueda cubrirse con la inclusión de otro juicio

señalamiento, con el consiguiente perjuicio para la buena marcha del Juzgado.

La suspensión de la vista o juicio es obligada en aquellos supuestos en que

concurra causa legal para ello, si bien la Ley de Enjuiciamiento Civil, de aplicación

supletoria en todos los demás procesos, es rigurosa en cuanto a la necesidad de

acreditación suficiente de la concurrencia de causa para suspender la vista,

debiendo seguirse un criterio en el que se guarde el equilibrio entre el derecho de la

parte a que se suspenda la vista por concurrir causa legal con el de la tutela judicial

efectiva de la otra parte a que no se suspenda el juicio por conllevar una dilación

indebida si no está suficientemente acreditada la existencia de causa legal.

EVOLUCION DE SUSPENSIONES POR JURISDICCIONES. ANDALUCIA, CEUTA Y MELILLA

0%

5%

10%

15%

20%

25%

30%

AÑO 2009 AÑO 2010 AÑO 2011

JURISDICCION CIVIL JURISDICCION PENALJURISDICCION CONT. ADMVO JURISDICCION SOCIAL

La situación que presentan los Juzgados en Andalucía se muestra en la

gráfica anterior, donde se aprecia una tendencia a la baja, excepto en la jurisdicción

contencioso-administrativa, en que existe un leve incremento en el último año, si

bien este orden jurisdiccional es el que cuenta con menor porcentaje de

suspensiones (el 15%), frente a las demás jurisdicciones que se sitúan por encima

del 20%. Las jurisdicciones penal y social mantienen un número de suspensiones

MEMORIA 2011 165

similar al año 2010, en tanto que la jurisdicción civil continua con su tendencia

descendente.

Detallando este estudio por provincias podemos apreciar, en Almería, un

descenso pronunciado en el número de suspensiones excepto en los Juzgados de lo

Social, donde después de un descenso en 2010, ha vuelto a sufrir un repunte.

AlmeriaSuspensiones

0%5%

10%15%20%25%30%35%40%45%

JURISDICCION CIVIL JURISDICCION PENAL JURISDICCION CONT.ADMVO JURISDICCION SOCIAL

Suspensiones 2009 Suspensiones 2010 Suspensiones 2011

En Cádiz, sin embargo el porcentaje de suspensiones se ha incrementado

con respecto al año anterior.

CadizSuspensiones

0%5%

10%15%20%25%30%35%40%

JURISDICCION CIVIL JURISDICCION PENAL JURISDICCION CONT.ADMVO JURISDICCION SOCIAL

Suspensiones 2009 Suspensiones 2010 Suspensiones 2011

En Córdoba se ha producido un incremento en el porcentaje de suspensiones

frente a señalamientos realizados en todas las jurisdicciones excepto en la civil.

166 MEMORIA 2011

CórdobaSuspensiones

0%

5%

10%

15%

20%

25%

30%

35%

JURISDICCION CIVIL JURISDICCION PENAL JURISDICCION CONT.ADMVO JURISDICCION SOCIAL

Suspensiones 2009 Suspensiones 2010 Suspensiones 2011

En Granada, el porcentaje de suspensiones sobre señalamientos ha

descendido en 2011, excepto en la jurisdicción social.

GranadaSuspensiones

0%

5%

10%

15%

20%

25%

30%

JURISDICCION CIVIL JURISDICCION PENAL JURISDICCION CONT.ADMVO JURISDICCION SOCIAL

Suspensiones 2009 Suspensiones 2010 Suspensiones 2011

En Huelva, el porcentaje de suspensiones ha disminuido en la jurisdicción

penal y ha ascendido en las restantes.

MEMORIA 2011 167

HuelvaSuspensiones

0%

5%

10%

15%

20%

25%

30%

JURISDICCION CIVIL JURISDICCION PENAL JURISDICCION CONT.ADMVO JURISDICCION SOCIAL

Suspensiones 2009 Suspensiones 2010 Suspensiones 2011

En Jaén la suspensiones han aumentado en todas las jurisdicciones, menos

en la penal.

JaénSuspensiones

0%5%

10%15%20%25%30%35%40%

JURISDICCION CIVIL JURISDICCION PENAL JURISDICCION CONT.ADMVO JURISDICCION SOCIAL

Suspensiones 2009 Suspensiones 2010 Suspensiones 2011

En Málaga, las jurisdicciones civil y penal han descendido y han aumentado

las suspensiones en lo social y lo contencioso administrativo.

168 MEMORIA 2011

MálagaSuspensiones

0%

5%

10%

15%

20%

25%

30%

35%

JURISDICCION CIVIL JURISDICCION PENAL JURISDICCION CONT.ADMVO JURISDICCION SOCIAL

Suspensiones 2009 Suspensiones 2010 Suspensiones 2011

En Sevilla, por último, la jurisdicción penal ha sufrido un aumento en el

número de suspensiones frente a señalamientos, mientras que han disminuido en el

resto de jurisdicciones.

SevillaSuspensiones

0%5%

10%15%20%25%30%35%40%45%

JURISDICCION CIVIL JURISDICCION PENAL JURISDICCION CONT.ADMVO JURISDICCION SOCIAL

Suspensiones 2009 Suspensiones 2010 Suspensiones 2011

3.1.3 JUICIOS DE CONFORMIDAD.

La conformidad es un instituto que permite a las partes participar con su

voluntad en la determinación de la sanción penal, que posibilita una abreviación de

los trámites procesales y permite al Juez dictar inmediatamente la sentencia, siendo

la vista innecesaria. La conformidad, por tanto, acelera y asegura el resultado del

proceso, evitando la celebración del juicio.

MEMORIA 2011 169

En el siguiente gráfico se puede apreciar un incremento del número de

sentencias previa conformidad en el año 2011, en los Juzgados Penales de

Andalucía. El porcentaje de sentencias previa conformidad supera el 60% en todas

las provincias.

JUZGADOS DE LO PENAL. SENTENCIAS PREVIA CONFORMIDAD.

30% 30%

61%

35%45%

64%57%

39%46%

34%

50%

26%

39%38%

58%

33%44%

61%

79% 78%

67%61%

72%61%

0%10%20%30%40%50%60%70%80%90%

ALMERIA

CADIZ

CORDOBA

GRANADA

HUELVAJA

EN

MALAGA

SEVILLA

2009 2010 2011

En los Juzgados de Menores también tenemos un porcentaje alto de

sentencias previa conformidad, (por encima del 60% en todas las provincias), si

bien, es más parecido al comportamiento de años anteriores.

JUZGADOS DE MENORES. SENTENCIAS PREVIA CONFORMIDAD.

65%

84%

62%

80%

56%

74%62% 65%64%

63%

79%65%

78%

54%

73%

62% 61%

79%

61%61% 61%

78%

67%72%

0%10%20%30%40%50%60%70%80%90%

ALMERIA

CADIZ

CORDOBA

GRANADA

HUELVAJA

EN

MALAGA

SEVILLA

2009 2010 2011

170 MEMORIA 2011

Pues bien, con tal estadística, desde el punto de vista de la celeridad de la

respuesta judicial, en este caso penal, las posibilidades que ofrece la institución de

la conformidad no están en absoluto aprovechadas. En efecto, la conformidad está

infrautilizada en su función de evitar el juicio, ya que, prácticamente en todos los

casos, únicamente evita su celebración, pero no así todas las actuaciones que

configuran lo que conocemos como preparación del juicio oral. Nos encontramos

ante la desconocida y relevante “disfuncionalidad de la justicia”, con sus

repercusiones o efectos, tanto económicos como de otro orden personal: son los

llamados “costes del mal funcionamiento de la justicia”.

Por ejemplo, si la cifra aproximada de suspensiones de juicios es superior al

20%, imagínense el coste personal y económico del número de ciudadanos

(particulares, profesionales, policías) que se desplazan a los Juzgados

innecesariamente. Pues bien, en línea similar de disfunción y perjuicios debidos a

deficiencias de organización y gestión parecidos, me parece significativo recordar el

significativo porcentaje de juicios de conformidad, superior al 60% como hemos

expuesto. En este contexto, ante el enorme porcentaje de juicios de conformidad,

para evitar perjuicios innecesarios para testigos y peritos, al tiempo que agilizar el

trabajo de la oficina y, también, acortar el tiempo del resto de señalamientos, se

impone potenciar en el ámbito del TSJA el tratamiento de las conformidades en el

orden jurisdiccional penal con base en el Protocolo de Actuación para juicios de

conformidad, suscrito entre la Fiscalía General del Estado y el Consejo General de la

Abogacía Española con fecha 1 de abril de 2009.

Por ello, a la mayor brevedad, se promoverán mediante convocatoria al efecto

por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia y, con posterioridad, de los

Presidentes de las Audiencias Provinciales, reuniones sobre estudio y tratamiento de

las conformidades en los Juzgados de lo Penal y de Menores para consensuar el

procedimiento y trámite a seguir para la agilización procesal en materia de

conformidades en dichos Juzgados para la consecución del objetivo señalado,

respondiendo a la filosofía del Protocolo de Conformidades suscrito entre la Fiscalía

General del Estado y el Consejo de la Abogacía Española, otorgando la oportuna

formalidad a lo acordado, con representantes de todas las instituciones implicadas,

Jueces, Fiscales, Abogados y Secretarios.

MEMORIA 2011 171

El funcionamiento del procedimiento puede ser excelente y permitirá una

notable agilidad en aquellas causas en que fuera posible aplicar la conformidad, por

lo que es importante implicarse y poner en práctica una fórmula que puede ayudar

bastante, al tiempo que contribuye a agilizar muchas causas y, en definitiva, mejora

el funcionamiento de nuestra justicia.

Por tanto, valorando otras iniciativas similares, debe intensificarse en el

ámbito del TSJA el uso del mecanismo procesal de la conformidad, y hacerlo en

modo y contexto procesal distinto al que habitualmente estamos acostumbrados,

porque daría lugar a un resultado más efectivo y práctico. Por ello, desde estas

líneas se lanza el mensaje de que sería muy conveniente establecer siempre una

comparecencia previa para conformidad en aquellos procedimientos de gran

complejidad o número elevado de acusados. Como experiencia puede resultar

efectivo al objeto de disminuir sensiblemente los señalamientos y evitar las

disfunciones que supone citar a testigos que, por alcanzar una conformidad las

partes, no llegan a entrar a juicio con los inconvenientes, personales y económicos,

que ello acarrea en el día a día de las oficinas judiciales.

3.1.4 EJECUTAR LO JUZGADO La ejecución de las sentencias y resoluciones firmes forma parte del complejo

contenido del derecho a la tutela efectiva de los jueces y tribunales que recoge el

Art. 24 de nuestra Constitución. Así lo ha venido manteniendo nuestro Tribunal

Constitucional, al sostener que uno de los contenidos esenciales del derecho a

obtener una tutela judicial efectiva de los órganos jurisdiccionales es el derecho a la

ejecución de las resoluciones que estos últimos dicten, considerando la ejecución de

las sentencias cuestión de esencial importancia para dotar de efectividad los

postulados del Estado Democrático de Derecho.

El Derecho carece de sentido y virtualidad práctica si los pronunciamientos de

los órganos judiciales no pueden hacerse efectivos a través de la coacción. Por ello,

la ejecución de las sentencias forma parte del derecho constitucional a la tutela

judicial efectiva y la actividad de hacer ejecutar lo juzgado integra la potestad

jurisdiccional.

La satisfacción de ese derecho sólo tiene lugar cuando los Juzgados y

Tribunales a quienes corresponde ejecutar lo juzgado, de acuerdo con el art. 117.3

172 MEMORIA 2011

de la Constitución y según las normas de competencia y procedimiento aplicables,

adoptan las medidas oportunas para el estricto cumplimiento del fallo, sin alterar el

contenido y sentido del mismo.

Por su parte, en el artículo 18 de la Ley Orgánica del Poder Judicial se

dispone que las sentencias se ejecuten en sus propios términos, debiendo el órgano

jurisdiccional adoptar las medidas necesarias que aseguren la mayor efectividad de

la ejecutoria en el caso de que ésta resultase de imposible cumplimiento. La misma

LOPJ impone a todas las personas y entidades públicas y privadas la obligación de

prestar la colaboración requerida por los Jueces y Tribunales en el curso del proceso

y en la ejecución de lo resuelto y expresamente determina que “las Administraciones

Públicas, las Autoridades y funcionarios, las corporaciones y todas las entidades

públicas y privadas, y los particulares, respetarán y, en su caso, cumplirán las

sentencias y las demás resoluciones judiciales que hayan ganado firmeza o sean

ejecutables de acuerdo con las Leyes.”

La importancia de dar cumplimiento efectivo a las resoluciones judiciales, de

ejecutar lo juzgado, queda patente en la observación de Montesquieu: cuando visito

un país no me paro a examinar si hay buenas leyes, sino si se cumplen las que

haya, pues leyes buenas en todas partes hay.

La situación que presentan los Juzgados y Tribunales de Andalucía en

materia de ejecución de sentencias debe preocuparnos muy seriamente ante su

elevada pendencia. El total de asuntos pendientes de ejecución, sumadas todas las

jurisdicciones, asciende a 449.543. De ellos, 342.232 son asuntos civiles pendientes

de ejecución, 92.757 asuntos penales, de los cuales 63.501 son ejecutorias en

trámite en los Juzgados de lo Penal y 9.226 corresponden a sentencias dictadas en

juicios de faltas por los Juzgados de Instrucción.

Así, pues, las ejecuciones civiles pendientes representan el 76,12 % del total.

Las ejecuciones penales suponen el 20,63%. Las jurisdicciones social y

contencioso-administrativa tienen, por tanto, una pendencia que representa menos

del 4 % del total.

MEMORIA 2011 173

EJECUTORIAS PENALES.

Procesos por delito.

MOVIMIENTO GENERAL EJECUTORIAS PENALES 2009

PENDIENTES AL INICIO REGISTRADAS RESUELTAS

PENDIENTES AL FINAL

ALMERÍA 4.150 5.996 5.538 4.608 JEREZ FRA. 14.591 16.541 16.847 14.346 CÓRDOBA 2.819 5.885 5.659 3.137 GRANADA 4.968 7.675 7.011 5.632 HUELVA 3.129 4.570 3.851 3.916 JAEN 2.249 3.368 3.291 2.246 MÁLAGA 17.303 13.504 11.935 18.872 SEVILLA 9.966 13.598 13.016 12.261 TOTAL 59.175 71.137 67.148 65.018

MOVIMIENTO GENERAL EJECUTORIAS PENALES 2010

PENDIENTES AL INICIO REGISTRADAS RESUELTAS

PENDIENTES AL FINAL

ALMERÍA 4.608 4.547 4.471 4.684 JEREZ FRA. 14.346 15.882 16.468 15.203 CÓRDOBA 3.137 5.926 6.586 2.497 GRANADA 5.632 8.079 8.568 5.143 HUELVA 3.916 4.047 4.303 4.081 JAEN 2.246 3.648 3.718 2.364 MÁLAGA 18.872 11.529 11.953 20.830 SEVILLA 12.261 11.052 11.708 12.399 TOTAL 65.018 64.710 67.775 67.201

MOVIMIENTO GENERAL EJECUTORIAS PENALES 2011

PENDIENTES AL INICIO REGISTRADAS RESUELTAS

PENDIENTES AL FINAL

ALMERÍA 4.684 5.084 5.818 3.950 JEREZ FRA. 15.203 16.350 15.421 13.571 CÓRDOBA 2.497 6.006 6.259 2.030 GRANADA 5.143 7.377 7.779 4.741 HUELVA 4.081 4.453 4.929 3.605 JAEN 2.364 3.948 3.796 2.703 MÁLAGA 20.830 14.519 15.182 20.300 SEVILLA 12.399 11.954 12.331 12.601 TOTAL 67.201 69.691 71.515 63.501

174 MEMORIA 2011

Movimiento general de ejecutorias penales. Juzgados de lo Penal de Andalucía, Ceuta y Melilla

580006000062000640006600068000700007200074000

2009 2010 2011

INGRESADOS RESUELTOS PENDIENTES AL FINAL

El número de ejecutorias ingresadas en los Juzgados de lo Penal sufrió un

descenso en 2010, pero en este último año ha vuelto a valores similares al 2009,

aumentando un 7,69%. Las ejecutorias resueltas siguen una tendencia al alza (se

han resuelto 3.740 más que en 2010), con la consecuencia de que la pendencia ha

disminuido, situándose en 63.501 las ejecutorias pendientes, un 5,61% menos que

el año anterior.

No obstante, la situación de los Juzgados de lo Penal en este aspecto sigue

siendo preocupante, puesto que el nivel de pendencia, pese al descenso en cifras

absolutas, es similar al existente en los años 2009 y 2010. El esfuerzo resolutivo ha

de resaltarse, pero parece cada vez más evidente que la puesta en marcha de

Servicios Comunes de Ejecución de forma generalizada en los partidos judiciales

que cuentan con Juzgados de lo Penal es, casi con toda probabilidad, la medida que

puede resultar más efectiva de cara a reducir esa elevada pendencia de ejecuciones

penales, sin perjuicio de buscar, con carácter transitorio, medidas de refuerzo

puntuales, cuya efectividad exige una mejor respuesta y asignación de funcionarios

de la que se obtiene muchas veces de la Administración prestacional, según se

expone en otro apartado de esta Memoria.

MEMORIA 2011 175

Variación de la pendencia. Juzgados de lo Penal

0

5.000

10.000

15.000

20.000

25.000

ALMERIA CADIZ CORDOBA GRANADA HUELVA JAEN MALAGA SEVILLA

AÑO 2009 AÑO 2010 AÑO 2011

Jaén es la única provincia andaluza donde la pendencia ha aumentado.

Málaga ha experimentado un descenso no demasiado significativo, manteniéndose

en un nivel similar al del año 2010. Sevilla tiene un leve aumento de la pendencia en

los Juzgados de lo Penal, de 12.399 asuntos pendientes en 2010 a 12.601 en 2011

En ambas provincias, junto con Jerez de la Frontera, es donde existe un

mayor número de ejecutorias penales pendientes: suman en conjunto el 73,18% del

total de pendencia en Andalucía.

Juicios de Faltas.

En el siguiente gráfico vemos la evolución de la pendencia en la ejecución de

Juicios de Faltas.

PENDENCIA DE EJECUCION DE JUICIOS FALTAS. JUZGADOS DE INSTRUCCION

0

200400

600800

1000

12001400

16001800

2000

ALMERIA

CADIZ

ALGECIR

AS

JEREZ F

RONTERA

CORDOBA

GRANADA

HUELVA

JAEN

MALAGA

FUENGIR

OLA

MARBELLA

TORREMOLIN

OS

SEVILLA

AÑO 2009 AÑO 2010 AÑO 2011

176 MEMORIA 2011

Los partidos judiciales donde la pendencia ha crecido más son Jerez de la

Frontera (20% más que en 2010), debido al incremento del número de ejecuciones

ingresadas (un 56% más que en 2010). En Huelva se ha incrementado en un 50%,

también debido al incremento de ingresadas y el descenso en el número de

ejecuciones resueltas. Y, por último, en Torremolinos crece la pendencia un 36%,

pese a haber resuelto en 2011 un 14% más de ejecuciones de juicios de faltas.

Málaga y Sevilla son las que tienen una mayor pendencia a final de 2011, con

1.819 y 1.717 asuntos pendientes al final del ejercicio, respectivamente. También

son las que más ejecuciones de Juicios de Faltas ingresan.

En el siguiente gráfico se puede apreciar la evolución de ejecuciones de

Juicios de Faltas ingresados en los tres últimos años.

EJECUCIONES DE JUICIOS FALTAS INGRESADOS. JUZGADOS DE INSTRUCCION

0500

10001500200025003000350040004500

ALMERIA

CADIZ

ALGECIR

AS

JEREZ F

RONTERA

CORDOBA

GRANADA

HUELVA

JAEN

MALAGA

FUENGIR

OLA

MARBELLA

TORREMOLIN

OS

SEVILLA

AÑO 2009 AÑO 2010 AÑO 2011

EJECUCIONES CIVILES.

La incoación de ejecutorias civiles ha experimentado un descenso en el año

2011 del 5,60% respecto del año 2010.

MEMORIA 2011 177

MOVIMIENTO GENERAL EJECUTORIAS CIVILES 2009 REGISTRADAS RESUELTAS

PENDIENTES AL FINAL

ALMERÍA 13.756 5.819 27.414 CADIZ 18.478 10.556 40.085 CÓRDOBA 10.952 6.454 19.385 GRANADA 16.483 11.421 31.077 HUELVA 7.747 3.993 15.908 JAEN 9.128 6.505 15.453 MÁLAGA 29.455 14.470 59.337 SEVILLA 26.413 17.445 54.947 TOTAL 132.412 76.663 263.606

MOVIMIENTO GENERAL EJECUTORIAS CIVILES 2010 REGISTRADAS RESUELTAS

PENDIENTES AL FINAL

ALMERÍA 13.486 6.411 34.709 CADIZ 18.292 11.346 47.427 CÓRDOBA 11.385 6.762 24.485 GRANADA 15.622 12.131 35.988 HUELVA 8.094 4.763 19.186 JAEN 8.931 6.821 18.225 MÁLAGA 28.765 19.423 67.207 SEVILLA 27.447 18.049 65.879 TOTAL 132.022 85.706 313.106

MOVIMIENTO GENERAL EJECUTORIAS CIVILES 2011 REGISTRADAS RESUELTAS

PENDIENTES AL FINAL

ALMERÍA 12.438 6.454 40.690 CADIZ 18.091 14.120 51.410 CÓRDOBA 10.574 8.988 26.768 GRANADA 14.658 12.811 38.697 HUELVA 7.352 5.558 21.101 JAEN 8.009 8.937 17.745 MÁLAGA 27.436 21.500 72.861 SEVILLA 26.072 20.858 72.960 TOTAL 124.630 99.226 342.232

La pendencia de asuntos civiles en ejecución ha experimentado en 2011,

como se decía, un aumento del 9,3% respecto al año 2010 y del 30% respecto al

año 2009. Significativo es el caso de Almería donde, en el período 2009-2011, la

pendencia ha crecido más de un 48%. No obstante, Málaga y Sevilla son las

provincias con mayor número de ejecutorias civiles en trámite, con prácticamente

178 MEMORIA 2011

73.000 ejecuciones. En estas dos provincias se concentra el 42,60% de los asuntos

civiles de ejecución en Andalucía. Siguen a distancia Cádiz, 51.410, Almería,

40.690, y Granada, 38.697.

Variación de la pendencia. Jurisdicción Civil

010.00020.00030.00040.00050.00060.00070.00080.000

ALMERIA CADIZ CORDOBA GRANADA HUELVA JAEN MALAGA SEVILLA

AÑO 2009 AÑO 2010 AÑO 2011

Por órganos judiciales la situación es la siguiente:

• Juzgados de Primera Instancia, 172.551 asuntos (50,41%).

• Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, 155.996 asuntos (45,58%).

• Juzgados de lo Mercantil, 2.764 asuntos (0,80%).

• Juzgados de Familia, 8.318 asuntos (2,43%).

020.00040.00060.00080.000

100.000120.000140.000160.000180.000

1ª Instancia Jdos. Mercantil Jdos. Violenciacontra la mujer

Familia 1ª Instª. e Instr.

DISTRIBUCIÓN DE EJECUCIONES CIVILES. AÑO 2011

MEMORIA 2011 179

Los efectos de la crisis económica están detrás, sin duda, del constante

aumento de ejecuciones civiles pendientes que se viene produciendo desde el año

2008 y que en la anualidad a que va referida la presente Memoria ha alcanzado el

porcentaje del 9,3%.

Las soluciones para conseguir rebajar tal índice de pendencia se antojan

difíciles, precisamente como consecuencia también de esa propia crisis económica.

El numero de órganos judiciales de Primera Instancia y de Primera Instancia e

Instrucción es, prácticamente, el mismo que en el año 2009, como también lo es el

número de funcionarios que en ellos prestan servicio. Los medios de toda índole no

han sido mejorados. Sólo quedan las medidas de refuerzo puntuales en aquellos

casos en que la situación se torna del todo insostenible, medidas cuya efectividad

exige una mejor respuesta y asignación de funcionarios de la que se obtiene muchas

veces de la Administración prestacional.

La puesta en marcha de Servicios Comunes de Ejecución de forma

generalizada es, casi con toda probabilidad, al igual que en la ejecución penal, la

medida que puede resultar más efectiva de cara a reducir esa elevada pendencia de

ejecuciones, ya que, aunque existe una importante implantación de Servicios

Comunes de partido judicial, no están enfocados a tales funciones, aparte de su

infradotación respecto a la carga de trabajo.

La situación actual es, pues, gravísima y, lo que está fuera de dudas, el grave

quebranto del contenido del Art. 24 CE en su vertiente del derecho a la ejecución de

lo juzgado.

3.2 INCIDENCIA DE LA CRISIS EN LOS ÓRGANOS JUDICIALES El clima de desasosiego entre los ciudadanos ante la importante crisis

económica que nos afecta viene asentado fundamentalmente sobre elementos

económicos y laborales, más que jurídicos. Ahora bien, la trascendencia que todo

ello comporta tiene un reflejo directo e inmediato, como así está ocurriendo, en la

carga de trabajo de los órganos judiciales, efecto que, al mantenerse en el tiempo,

180 MEMORIA 2011

ha generado una preocupante elevación del número de asuntos pendientes en los

tribunales.

Se constata, así, un dato evidente, ya reflejado en anteriores Memorias: los

Juzgados y Tribunales se han visto desbordados por un enorme incremento de

asuntos en los años precedentes, especialmente los relacionados con determinados

tipos de procedimientos, como pueden ser los desahucios, los procesos monitorios y

cambiarios, o las ejecuciones civiles. Ese considerable incremento de la litigiosidad

también ha afectado a los órganos judiciales especializados en materia mercantil, al

tiempo que ha creado importantes disfunciones en el orden jurisdiccional social.

La consideración de este efecto derivado de la actual coyuntura económica

tiene interés no sólo con la finalidad de poder adoptar las medidas necesarias para

mitigar el impacto que genera en el funcionamiento de los órganos judiciales, sino

también desde una perspectiva sociológica, puesto que muestra cuál es la realidad

social existente.

En Andalucía ha sido necesario adoptar medidas de refuerzo en diferentes

Juzgados, como consecuencia de ese inasumible aumento de la carga de asuntos a

resolver. Así, durante 2011 han estado reforzados los Juzgados de lo Mercantil de

Cádiz, Córdoba, Málaga y Sevilla. También han contado con refuerzo los Juzgados

de lo Social nº 1 de Sevilla y nº 1 y 2 de Jerez de la Frontera. Por otra parte, se han

gestionado refuerzos para el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Huelva, que asume la

competencia en materia mercantil, y para los Juzgados de lo Social de Algeciras y nº

3 de Jerez de la Frontera, que serán efectivos en el año 2012.

En las próximas páginas va a exponerse la situación que, desde el punto de

vista que venimos comentado, presentan los órganos judiciales andaluces. Se ha

realizado una comparativa con relación a determinados tipos de procedimiento

durante los años 2009 a 2011, que muestra la evolución del registro de asuntos, la

pendencia existente y el número de casos resueltos, ofreciéndose así la visión del

estado actual de los desahucios, procedimientos monitorios, procesos cambiarios,

concursos de acreedores y despidos.

DESAHUCIOS El número de ingresos de juicios verbales de desahucio ha sufrido un

descenso en 2011, menos en Málaga, Almería y Jaén, donde se han incrementado

MEMORIA 2011 181

levemente. Es significativo el número de desahucios que se han solicitado en los

Juzgados de la provincia de Málaga, muy superior a Sevilla y Cádiz, que destacan,

asimismo, respecto a las demás provincias.

DESAHUCIOS INGRESADOS POR PROVINCIAS

0

500

1000

1500

2000

2500

3000

3500

ALMERIA

CADIZ

CORDOBA

GRANADA

HUELVAJA

EN

MALAGA

SEVILLA

AÑO 2009AÑO 2010AÑO 2011

La pendencia, como se puede ver, ha descendido también en todas las

provincias, a excepción de Huelva, Jaén y Sevilla, aunque este incremento ha sido

inferior al 7% en los tres casos. El número de desahucios pendientes es

especialmente alto en Málaga y Sevilla.

PENDENCIA DE DESAHUCIOS POR PROVINCIAS

0200400600800

10001200140016001800

ALMERIA

CADIZ

CORDOBA

GRANADA

HUELVAJA

EN

MALAGA

SEVILLA

AÑO 2009AÑO 2010AÑO 2011

182 MEMORIA 2011

Pese a que el número de nuevos desahucios ha descendido, siguen siendo

considerables los asuntos de este tipo pendientes, lo que revela que el número de

desalojos permanecerá en niveles elevados.

Año 2011 Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final ALMERIA 513 770 781 501 CADIZ 671 1.441 1.478 621 CORDOBA 308 633 667 261 GRANADA 552 1.125 1.165 471 HUELVA 272 476 436 312 JAEN 200 458 415 246 MALAGA 1.272 2.948 3.025 1.193 SEVILLA 1.271 2.065 1.941 1.358 ANDALUCIA 5.059 9.916 9.908 4.963

Los datos estadísticos del año 2011 no permiten todavía valorar la incidencia

de las reformas introducidas por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de

agilización procesal. Sin embargo, la nueva redacción que dicha Ley da al Art. 440

de la Ley de Enjuiciamiento Civil, es seguro que determinará un descenso de la

pendencia de los juicios verbales de desahucio, que provocará un correlativo

incremento del número de desalojos -lanzamientos- pendientes, que agravará la

situación, ya sumamente preocupante, en que se encuentra la ejecución de asuntos

civiles.

CAMBIARIOS

Año 2011 Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final ALMERIA 2.505 1.042 1.355 2.172 CADIZ 1.828 1.100 1.218 1.625 CORDOBA 1.370 828 890 1.255 GRANADA 2.069 963 1.469 1.451 HUELVA 1.126 533 581 985 JAEN 789 541 671 638 MALAGA 3.136 1.301 1.686 2.663 SEVILLA 5.940 2.150 2.422 5.521 ANDALUCIA 18.763 8.458 10.292 16.310

En el año 2011 han ingresado en los Juzgados andaluces un total de 8.458

nuevos asuntos cambiarios, con un descenso considerable del 30% respecto a 2010

y, mayor aún, del 62,5%, respecto a 2009. Este descenso está justificado por el

MEMORIA 2011 183

corto plazo en que han de ser atendidas las obligaciones que incorporan los títulos

que sirven de base para el inicio de este tipo de procedimientos, lo que provoca un

importante incremento de éstos en los inicios de la crisis económica que

progresivamente va mitigándose en la medida en que la actividad económica se ve

afectada por una deceleración.

CAMBIARIOS INGRESADOS POR PROVINCIAS

0

1000

2000

3000

4000

5000

6000

ALMERIA

CADIZ

CORDOBA

GRANADA

HUELVAJA

EN

MALAGA

SEVILLA

AÑO 2009AÑO 2010AÑO 2011

La pendencia, como puede apreciarse en el siguiente gráfico, ha descendido

también en todas las provincias, aunque el descenso es menos acusado que en el

caso de los ingresos. El descenso ha sido del 13,1% con relación a 2010 y del

21,5%, respecto de 2009. La cifra absoluta de procedimientos cambiarios en trámite

es de 16.310.

PENDENCIA DE CAMBIARIOS POR PROVINCIAS

0

1000

2000

3000

4000

5000

6000

7000

ALMERIA

CADIZ

CORDOBA

GRANADA

HUELVAJA

EN

MALAGA

SEVILLA

AÑO 2009AÑO 2010AÑO 2011

184 MEMORIA 2011

MONITORIOS

Este tipo de procedimientos ha sufrido también un descenso generalizado en

el número de ingresos en 2011, que se cifra en 132.323 procedimientos monitorios,

lo que supone un 18% menos que en el año 2010.

Año 2011 Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final ALMERIA 16.472 15.314 14.268 17.638 CADIZ 14.452 17.284 19.292 12.394 CORDOBA 5.875 10.095 10.310 5.646 GRANADA 10.157 13.934 16.744 7.458 HUELVA 5.212 7.709 7.981 4.807 JAEN 4.712 7.697 8.597 3.606 MALAGA 30.599 30.161 32.442 27.712 SEVILLA 28.350 30.129 29.946 29.095 ANDALUCIA 115.829 132.323 139.580 108.356

MONITORIOS INGRESADOS POR PROVINCIAS

05000

10000150002000025000300003500040000

ALMERIA

CADIZ

CORDOBA

GRANADA

HUELVAJA

EN

MALAGA

SEVILLA

AÑO 2009AÑO 2010AÑO 2011

La pendencia ha descendido también. Es un 16,5% menor que en 2010, pero

ha crecido un 4,99% con relación a la existente en el año 2009.

MEMORIA 2011 185

PENDENCIA DE MONITORIOS POR PROVINCIAS

0

5000

10000

15000

20000

25000

30000

35000

ALMERIA

CADIZ

CORDOBA

GRANADA

HUELVAJA

EN

MALAGA

SEVILLA

AÑO 2009AÑO 2010AÑO 2011

CONCURSOS DE ACREEDORES En los Juzgados de lo Mercantil se puede apreciar un incremento general de

los concursos de acreedores. Málaga, Sevilla y Cádiz, son las tres provincias donde

hay un mayor número de ingresos.

MOVIMIENTO DE CONCURSOS DE ACREEDORES POR PROVINCIAS

0

50

100

150

200

250

300

ALMERIA

CADIZ

CORDOBA

GRANADA

HUELVA

JAEN

MALAGA

SEVILLA

AÑO 2009 AÑO 2010 AÑO 2011

186 MEMORIA 2011

En Almería se mantiene constante el nivel de ingresos y se incrementa el

nivel de resoluciones, aunque muy por debajo del nivel de ingresos. La pendencia

crece un 32%.

ALMERIA. EVOLUCION CONCURSO ACREEDORES

020406080

100120140160180

ingresos resueltos pendientes al f inal

2009 2010 2011

La tercera ciudad en nivel de ingresos es Cádiz, donde los asuntos

ingresados y resueltos han aumentado. La pendencia aumenta un 34% respecto al

año anterior.

CADIZ. EVOLUCION CONCURSO ACREEDORES

0

100

200

300

400

500

ingresos resueltos pendientes al final

2009 2010 2011

MEMORIA 2011 187

En Córdoba, la pendencia también sigue creciendo (un 30% respecto a

2010). El número de asuntos resueltos aumenta ligeramente, pero sigue por debajo

del nivel de asuntos ingresados.

CORDOBA. EVOLUCION CONCURSO ACREEDORES

0

50

100

150

200

250

ingresos resueltos pendientes al final

2009 2010 2011

En Granada, se mantiene el nivel de ingresos. Los asuntos resueltos han

descendido en un 21% respecto al año anterior. La pendencia ha aumentado un

42%.

GRANADA. EVOLUCION CONCURSO ACREEDORES

0

50

100150

200

250

300

ingresos resueltos pendientes al f inal

2009 2010 2011

188 MEMORIA 2011

En Huelva, los asuntos resueltos se incrementan con relación a 2010, pero

inferiores a los asuntos ingresados. La pendencia se eleva un 44%.

HUELVA. EVOLUCION CONCURSO ACREEDORES

0

20

40

60

80

100

120

ingresos resueltos pendientes al f inal

2009 2010 2011

Jaén tiene un nivel de asuntos resueltos e ingresados más proporcionado

que en las demás provincias. No obstante en el último año se han resuelto menos

asuntos que en años anteriores. La pendencia es un 41% mayor.

JAÉN. EVOLUCION CONCURSO ACREEDORES

010203040506070

ingresos resueltos pendientes al f inal

2009 2010 2011

MEMORIA 2011 189

En Málaga, donde el nivel de ingresos en concursos de acreedores es el más

alto de Andalucía, se ha vuelto a elevar en el último año, incrementándose el

número en un 31% respecto al año anterior. El nivel de resolución es un 55% mayor

que en 2010, fruto, sin duda, de las medidas de refuerzo implementadas en los dos

Juzgados de lo Mercantil. No obstante, la pendencia sigue creciendo y aumenta un

34% en 2011.

MALAGA. EVOLUCION CONCURSO ACREEDORES

0

100

200

300

400

500

600

ingresos resueltos pendientes al f inal

2009 2010 2011

La segunda provincia en volumen de ingresos es Sevilla, aunque se

mantiene estable el número respecto al año anterior. Pese a que ambos Juzgados

de lo Mercantil de Sevilla han contado también con medidas de refuerzo durante

2011, se ha producido un descenso del 24% en el número de asuntos resueltos. La

pendencia ha aumentado un 47% respecto al año anterior.

SEVILLA. EVOLUCION CONCURSO ACREEDORES

0

100

200

300

400

500

600

700

ingresos resueltos pendientes al f inal

2009 2010 2011

190 MEMORIA 2011

MEMORIA 2011 191

El incremento de los concursos está creando serias dificultades en los

Juzgados de lo Mercantil andaluces, pese al refuerzo, casi general, con que cuentan

los mismos. Sin embargo, la dotación de sus plantillas es claramente insuficiente

para poder absorber el exceso de asuntos a tramitar y las medidas de refuerzo

normalmente no implican un aumento de la dotación de funcionarios o bien es

mínimo, de modo que, en la actual situación, son notoriamente insuficientes para la

atención ordenada o razonablemente abarcable del número de asuntos que ingresan

en estos Juzgados, sin que el pronóstico de la evolución económica del país

acompañe a mejorar las expectativas inmediatas. Se impone con urgencia la

adopción de medidas coyunturales y estructurales que corrijan este estado de cosas.

DESPIDOS Como se puede apreciar en el gráfico siguiente, los despidos en los Juzgados

de lo Social de Andalucía, Ceuta y Melilla, muestran un descenso en el número de

asuntos resueltos. Al mismo tiempo, el número de ingresos ha aumentado en el

último año un 9%, por lo que la pendencia sigue una tendencia alcista (47% con

respecto al año anterior).

EVOLUCION DE LOS DESPIDOS. JUZGADOS DE LO SOCIAL 2009 A 2011

0

1000

2000

3000

4000

5000

6000

DESPIDOS 2009 DESPIDOS 2010 DESPIDOS 2011

ALMERIACADIZ

ALGECIRASJEREZ FRA

CEUTACORDOBA

GRANADAMOTRIL

HUELVAJAEN

MALAGAMELILLA

SEVILLA

INGRESOS DE DESPIDOS. JUZGADOS DE LO SOCIAL

0

1000

2000

3000

4000

5000

6000

ALMERIA

CADIZ

ALGECIR

AS

JEREZ FRONTERA

CEUTA

CORDOBA

GRANADA

MOTRIL

HUELVA

JAEN

MALAGA

MELILLA

SEVILLA

AÑO 2009 AÑO 2010 AÑO 2011

Por provincias, los despidos han aumentando en Cádiz y Sevilla,

manteniéndose en cifras muy similares a las de 2010 en Algeciras, Jerez de la

Frontera, Ceuta, Córdoba, Motril y Melilla, descendiendo en las restantes. El mayor

número de ingresos en despidos lo presentan Sevilla (4.626 despidos) y Málaga

(4.134 despidos).

La pendencia ha crecido, con distinta intensidad, en los Juzgados de lo Social

de Almería, Cádiz, Jerez de la Frontera, Ceuta, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén,

Málaga, Melilla y Sevilla. Únicamente han reducido el número de despidos

pendientes los Juzgados de Algeciras y Motril.

PENDENCIA DE DESPIDOS. JUZGADOS DE LO SOCIAL

0

500

1000

1500

2000

2500

ALMERIA

CADIZ

ALGECIR

AS

JEREZ FRONTERA

CEUTA

CORDOBA

GRANADA

MOTRIL

HUELVA

JAEN

MALAGA

MELILLA

SEVILLA

AÑO 2009 AÑO 2010 AÑO 2011

192 MEMORIA 2011

El importante incremento en el número de despidos ingresados en 2011,

situándose por encima, incluso, del nivel de ingresos del año 2009, junto con la

pendencia acumulada durante estos últimos años (superior a 4.000 despidos en

2009 y que se sitúa por encima de los 6.200 asuntos en 2011), pone de manifiesto

una preocupante saturación en este tipo de procedimientos, cuya tramitación es

considerada preferente por la Ley procesal, máxime cuando la capacidad resolutiva

desciende cada año.

3.3 NUEVAS PLAZAS JUDICIALES Al igual que decíamos en referencia al año 2011, la Comisión Mixta de

Cooperación y Coordinación de la Consejería de Justicia y Administración Pública y

el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, no ha podido realizar

propuesta de creación de nuevos órganos judiciales para el año 2012, ya que no

existen previsiones económicas y presupuestarias al respecto por parte del

Ministerio de Justicia. Lo anterior no nos exime, sin embargo, de resaltar cuáles son

las necesidades mínimas de dotación de plazas judiciales en Andalucía en base a la

carga de trabajo y volumen de litigiosidad descrito en apartados anteriores.

En este contexto de duro ajuste presupuestario y con previsión de una, más

que probable, reforma legislativa en torno a los llamados tribunales de instancia,

entendemos que el rumbo a tomar debe ser el de la creación de plazas individuales

de Magistrados o Jueces en vez de unidades judiciales completas. Por ello, con

base en los datos expuestos en esta Memoria, desde el ámbito de este Tribunal

Superior de Justicia se hace necesario formular una propuesta en tal sentido para el

año 2012, aún a sabiendas de las serias dificultades existentes para que pueda ser

considerada y atendida, pero que, en cualquier caso, debe servir para conocer las

necesidades mínimas judiciales en el territorio de este Tribunal Superior.

Para la propuesta que se recoge a continuación se ha valorado la carga de

trabajo que soportaron los distintos órganos judiciales durante el período 2009-2011,

así como la entrada total de asuntos en este último año, puesta en relación con el

módulo de entrada fijado por el Consejo General del Poder Judicial, con una

ponderación que se ha situado en el 20% y cuya razón de ser estriba en corregir la

desviación que resulta de considerar los asuntos entrantes de modo absoluto, sin

MEMORIA 2011 193

distinción de materias. El tercer factor que se ha considerado es la pendencia

existente. Con este proceder, pretende evitarse un sesgo de los datos provocado por

puntuales aumentos de la litigiosidad, de modo que la estimación de las necesidades

se ajuste lo máximo posible a la realidad estructural de los órganos judiciales

andaluces.

Partimos, además, de dos apreciaciones generales ya referidas en la

Memoria del año anterior. Respecto de los Juzgados de lo Mercantil, la desbordante

carga de trabajo que deben soportar como consecuencia de la crisis económica ha

hecho necesario adoptar y mantener medidas de refuerzo en prácticamente todos

los Juzgados de este tipo radicados en Andalucía, con la excepción de Almería y

Jaén. Pese a ello y a que el nivel resolutivo en el año 2011 se ha situado en un

86,44% (en 2010 era del 63%), la pendencia ha crecido un 10,99% esta anualidad.

Debe, por tanto, consignarse la necesidad de un aumento también generalizado de

las plazas judiciales y la definitiva creación de Juzgados exclusivos de lo Mercantil

en Huelva y Jaén.

En cuanto a los Juzgados de Primera Instancia es tan generalizada la

sobrecarga de trabajo en todos ellos, con excesos que superan ampliamente el

100% del módulo establecido o están próximos a alcanzar ese porcentaje, situación

de incremento en el número de asuntos nuevos cada año que se mantiene desde el

año 2007, que puede repetirse un año más que nos hallamos ante una situación

sumamente preocupante. Debe añadirse, además, como se expone en otro apartado

de esta Memoria, la elevadísima pendencia existente en materia de ejecuciones

civiles, que igualmente viene creciendo cada año. Todo ello dibuja una situación en

la que no es irreal ni alarmista hablar de posible colapso. Es innecesario, por tanto,

justificar más la amplia, aunque mínima, propuesta de creación de nuevas plazas

que se realiza para estos Juzgados.

Por último, cabe reseñar que somos conscientes que la propuesta contiene un

posible margen de error y puede tildarse de incompleta e insuficiente en algunos

territorios y/o jurisdicciones, pero, cuando menos, permite hacer una radiografía

general de las necesidades básicas o mínimas en el momento presente, sin perjuicio

de su posible o segura variabilidad en atención a los posibles vaivenes y cambios

futuros, que serán más reveladores cuando empiecen a verse los frutos de reformas

legislativas u organizativas, que ojalá lleguen cuanto antes.

194 MEMORIA 2011

En definitiva, a nuestro juicio, se trata de una propuesta mínimamente válida y

asumible en la actualidad, que nos servirá de guía y parámetro valorativo para

Planes de Actuación o adjudicación de destinos a los Jueces de Refuerzo o de

Adscripción Territorial, a aras a responder a las necesidades coyunturales de los

órganos judiciales.

ORGANOS COLEGIADOS

Almería 1 PLAZA DE MAGISTRADO AUDIENCIA PROVINCIAL (separar jurisdicciones)Córdoba 1 PLAZA DE MAGISTRADO AUDIENCIA PROVINCIAL (separar jurisdicciones)Granada 2 PLAZAS DE MAGISTRADO AUDIENCIA PROVINCIAL (Jurisdicción Penal) Jaén 1 PLAZA DE MAGISTRADO AUDIENCIA PROVINCIAL (separar jurisdicciones)Málaga 3 PLAZAS DE MAGISTRADO AUDIENCIA PROVINCIAL (Jurisdicción Penal) Sevilla 1 PLAZA DE MAGISTRADO AUDIENCIA PROVINCIAL (Jurisdicción Penal) Total 9

ORGANOS UNIPERSONALES

Juzgados de Primera Instancia Juzgados en la

actualidad Plazas a crear Almería 7 3 Algeciras 4 1 Jerez de La Frontera 5 2 Córdoba 8 2 Granada 15 3 Huelva 6 1 Jaén 5 1 Málaga 16 6 Fuengirola 5 1 Marbella 8 1 Torremolinos 5 1 Sevilla 22 9 Total Primera Instancia 31

Juzgados de Familia Juzgados exclusivos en

la actualidad Plazas a crear Huelva 0 Especializar Jaén 0 Especializar Total Familia 0

Juzgados de Instrucción Juzgados en la

actualidad Plazas a crear Granada 9 2 Málaga 14 1 Sevilla 20 2 Total Instrucción 5

MEMORIA 2011 195

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Juzgados en la actualidad Plazas a crear

Berja 2 1 El Ejido 5 1 Roquetas de Mar 5 2 Vera 3 1 Chiclana de la Frontera 5 1 San Fernando 3 1 San Roque 2 1 Santa Fe 3 1 Ayamonte 5 1 Estepona 5 2 Vélez-Málaga 5 2 Alcalá de Guadaira 4 1 Dos Hermanas 7 2 Sanlúcar La Mayor 4 1 Total Primera Instancia e Instrucción 18

Juzgados de lo Mercantil Juzgados exclusivos en

la actualidad Plazas a crear Cádiz 1 1 Córdoba 1 1 Granada 1 1 Huelva 0 1 Jaén 0 1 Málaga 2 2 Sevilla 2 2 Total Mercantil 9

Juzgados de lo Penal Juzgados en la

actualidad Plazas a crear Almería 5 1 Granada 6 1 Málaga 14 1 Total Penal 3

Juzgados de lo Contencioso-Administrativo

Juzgados en la actualidad Plazas a crear

Almería 3 2 Cádiz 4 1 Jerez de la Frontera 1 1 Granada 5 1 Huelva 3 1 Jaén 3 1 Málaga 7 2 Sevilla 14 1 Total Contencioso-Administrativo 10

196 MEMORIA 2011

Juzgados de lo Social Juzgados en la

actualidad Plazas a crear Almería 4 1 Algeciras 1 1 Córdoba 4 2 Granada 7 1 Huelva 3 1 Málaga 13 1 Sevilla 11 2 Total Social 9

Total plazas judiciales propuestas 94

3.4 NUEVA OFICINA JUDICIAL En líneas precedentes comentábamos que durante 2011 no se ha iniciado el

demandado despliegue en Andalucía de la nueva oficina judicial. No hemos

conseguido contar con el anunciado Decreto Marco del Ejecutivo andaluz por el que

se regula la “Estructura y Organización de la Oficina Judicial en Andalucía (ni otros

Decretos paralelos de relaciones de puestos de trabajo en determinadas unidades

judiciales), que hubiera permitido frenar la actual dispersión organizativa a través de

una nueva fórmula mucho más racional y eficiente, al tiempo que un mejor

aprovechamiento de los actuales recursos humanos y medios materiales.

Tampoco ha habido suerte, por lo mismo, con la implantación de Servicios

Comunes de Ejecutorias, básicos ante el deterioro y aumento alarmante de las

ejecuciones pendientes en los órganos judiciales del territorio.

Por tanto, la falta de impulso durante 2011 perpetúa la rigidez y actuales

distorsiones de nuestra organización de trabajo, al tiempo que impide asentar la

nueva cultura de oficina judicial y trabajo colegiado, que debe funcionar con criterios

de “agilidad, eficacia, eficiencia, racionalización, responsabilidad por la gestión” (art.

435.3 LOPJ) para dar a los ciudadanos un servicio de mayor calidad.

Al respecto, esta Sala de Gobierno no puede hacer oídos sordos a la medida

que más reclaman todos los jueces andaluces, que se quejan amargamente de las

distorsiones en materia de recursos personales, reclamando su pronta solución,

máxime cuando son ampliamente conocidas desde años atrás y denunciadas

MEMORIA 2011 197

reiteradamente, si bien se siguen perpetuando: 1. órganos con plantillas muy

escasas y otros, en cambio, con exceso de personal, 2. ausencia absoluta de

movilidad en el inmediato entorno laboral, 3. alto número de interinos, 4. falta de

especialización, 5. cambios constantes en la plantilla de los Juzgados, 6. comisiones

de servicio injustificadas, y, en fin, 7. falta de control horario y responsabilidad por la

gestión.

Toda esta problemática, no abordada con seriedad, decisión y rigor, deja en

entredicho la eficaz gestión de la oficina judicial y pone en tela de juicio la eficacia y

eficiencia del actual sistema.

A partir de ello, se impone, sin mayores dilaciones, el despliegue en Andalucía

de la nueva oficina judicial, medida que debe suponer un profundo cambio en la

Administración de Justicia y alumbrará una nueva organización y métodos de trabajo

mucho más racionales y eficientes. Recordemos, al respecto, que este nuevo diseño

nació con el propósito claro de “garantizar con su funcionamiento la independencia

del poder al que sirve, la racionalización del trabajo y un mejor aprovechamiento de

los recursos humanos y medios materiales”.

Asimismo, la estructuración de la oficina judicial exige adecuarse a la realidad

de las necesidades de los órganos jurisdiccionales, lo que implica necesariamente

tomar en consideración las peculiaridades propias de los mismos, así como las

relativas al territorio en que se asientan. Sugerimos, por tanto, un proceso de

gradual implantación del nuevo sistema de trabajo, con carácter individualizado,

flexible y singularizado (Art. 436.3 LOPJ), máxime teniendo en cuenta las

experiencias iniciales de otros territorios, que detectan claras distorsiones al

implantar simultáneamente todos los Servicios Comunes Procesales (SCP).

Esta Sala de Gobierno sigue apostando, en un primer nivel, por potenciar y

generalizar en todos los órganos judiciales Servicios Comunes Procesales

Generales (SCGP), en especial de Registro, Reparto y Comunicaciones 2,

haciendo

2 Los Servicios Comunes de Partido Judicial que se han implantando en Andalucía, según datos de la Junta de Andalucía, ascienden a untotal de 47. En el año 2011 no se ha creado ningun

o. En 2010 se implantaron en los partidos judiciales de Arcos de la Frontera, San Fernando

la

s,

irola, Alcalá de Guadaira, Dos Hermanas y Carmona.

y Sanlúcar de Barrameda, en Cádiz; Baza (Granada); Antequera, Coín, Ronda y Vélez-Málaga, en Málaga; y Lora del Río, Morón de Frontera, Sanlúcar la Mayor y Utrera, en Sevilla. Los anteriores vienen a sumarse a los Servicios Comunes que ya estaban en funcionamiento en El Ejido, Roquetas de Mar, Berja, Huércal-Overa, Cádiz, Algeciras, Jerez de la Frontera, Puerto de Santa María, Chiclana de la Frontera, Lucena, Montilla, Posada

Pozoblanco, Peñarroya-Pueblonuevo, Puente Genil, Motril, Guadix, Santa Fe, Ayamonte, Moguer, La Palma del Condado, La Carolina, Úbeda, Andújar, Linares, Estepona, Torremolinos, Marbella, Fueng

198 MEMORIA 2011

especial hincapié en el Servicio Común de Ejecutorias, ampliamente demandado en

capitales de provincia (léase, Málaga y Sevilla), que mejoraría, sin lugar a dudas, el

tratamiento de la pendencia en dicha fase ejecutiva.

El Servicio Común de Ordenación Procesal (SCOP) debería ser el último en su

puesta en funcionamiento, además de forma progresiva y escalonada, atendiendo

singularmente a la diversidad de partidos y órdenes jurisdiccionales -de menor a

mayor complejidad-. Es más, debería valorarse la exclusión de Servicios de este tipo

en Juzgados y procedimientos no aptos para un trabajo en cadena y con continua

intervención directa del juez (por ej., Juzgados de lo Mercantil, de Menores, de

Instrucción).

Se reclama el nuevo modelo organizativo, a la mayor brevedad, en las

Audiencias Provinciales, donde produciría menos distorsiones a la vista de su

funcionamiento colegiado y reducida tramitación procedimental (singularmente en la

segunda instancia civil o penal). Además, la razonable reducción de personal en

dichos órganos colegiados, singularmente en las Secciones civiles, permitiría contar

con funcionarios necesarios en otros destinos judiciales de las capitales afectadas,

que tienen una singular y mayor carga de trabajo, o bien necesitan medidas de

refuerzo.

Finalmente, esta Sala de Gobierno desea hacerse eco, en este momento de

conclusiones, de foros sobre el nuevo entorno organizativo judicial que alertan sobre

la ausencia de gestores en la administración de justicia, figura existente en otros

países de Europa y que pueden gestionar de manera más eficaz las unidades

judiciales. En España, contamos con los Secretarios judiciales, pero asumen más

funciones de juristas y fedatarios públicos, sin que la actual normativa refleje

claramente que se trata de verdaderos gestores de la oficina judicial con

responsabilidad directa sobre todo lo concerniente al personal y trabajo afectante a

la misma.

Como es sabido, la nueva oficina judicial se define expresamente como la

“organización de carácter instrumental que sirve de soporte y apoyo a la actividad

jurisdiccional de Jueces y Tribunales”. Por el momento, sin embargo, se ha originado

una especie de “despotismo ilustrado”, ya que el juez carece de poder alguno de

Sin perjuicio de la conveniencprioritaria la inmediata creación de e

ia de una extensión generalizada de los Servicios Comunes en el resto de partidos judiciales, se considera ste Servicio Común en Loja.

MEMORIA 2011 199

organ

se atribuye a

los S

es y penales), quedando marginados los jueces de tareas de organización

del tr

ue aflora una especie de “responsabilidad difusa”, un

vacío

xistencia de situaciones bien distintas y enfrentadas: una

corre

ización o efectiva dirección sobre esa organización instrumental y sobre el

personal adscrito.

Surge, así, la gran novedad organizativa: desvincular la gestión de la oficina

judicial del control de los Jueces y Magistrados. En sintonía con ello,

ecretarios Judiciales la dirección del personal integrante de la oficina

judicial, pero, curiosamente, sólo “en el aspecto técnico-procesal”.

La voluntad legislativa parece ser clara: “permitir a los Jueces desligarse de

labores burocráticas para dedicarse a su función esencial de dictar resoluciones y

resolver litigios, al tiempo que, por su parte, el Secretario judicial se convierte en la

pieza angular de la nueva oficina judicial, de forma que será quien la dirija”. A partir

de ahora, como se ha dicho gráficamente, el Juez va a decidir lo que hay que hacer,

pero será el Secretario el que diga cómo ha de hacerse (e incluso, cuándo ha de

hacerse, al tener también competencia expresa para hacer los señalamientos de

juicios civil

abajo, sin competencias sobre el personal y sin facultades en la dirección de los

servicios.

Pues bien, aparte de que todo el plan de implantación ha sufrido una gravísima

demora y al día de hoy no se ha podido avanzar decididamente en esta materia, nos

enfrentamos a la cruda realidad actual: surgen significativos interrogantes y

problemática diaria con el diseño de la LOPJ, todavía incompleto. Uno de los más

llamativos, sin duda, es q

de poder, como si no existiera responsabilidad profesional por la eficaz

gestión de la oficina judicial.

En el actual momento, transitorio para muchos (con los llamativos y duraderos

períodos transitorios de la justicia española), cualquiera que desarrolle sus funciones

en los órganos jurisdiccionales contempla, descorazonado, la actual descoordinación

y lagunas sobre “quién dirige” a los funcionarios, quién reparte las tareas y está

pendiente de su pronta realización, quién controla el horario y cumplimiento de la

jornada de trabajo, quién exige responsabilidades, etc. Todo ello provoca en la

práctica diaria la coe

cta laboriosidad, digna de resaltar, pero también un claro descontrol, dejadez

laboral o absentismo.

200 MEMORIA 2011

Sigue patente la problemática de la responsabilidad por la eficaz gestión en la

oficina, así como la potestad sobre el personal, singularmente respecto a las

UPADs, máxime ante la vigencia del artículo 174 LOPJ. Conscientes de que en la

actua

aminos futuros: a través de los propios Secretarios, que

deben tener facultades añadidas y complementarias a la exclusiva actual de

odelo de la

llama

trabajo el actual modelo hace tiempo que es obsoleto e

adecuado, pero el paso del tiempo ha convertido esa certeza en evidencia,

agudiz

gestión procesal.

, en todas

lidad el Juez no es superior jerárquico del personal, sin embargo es básico fijar

las consecuencias y potestades ante el incumplimiento de las decisiones y acuerdos

de los Jueces y Magistrados en el ámbito de sus competencias y responsabilidades.

Concluimos. Se impone tomar conciencia de todo lo expuesto y encontrar la

fórmula para residenciar, de forma precisa y concreta, la responsabilidad directa y

permanente en la organización, inspección y dirección del personal y servicio judicial

encomendado. Salvo que queramos volver al sistema anterior de jefatura y dirección

del Juez, sólo hay dos c

“gestores procesales” (dirección técnico-procesal del personal), o bien a través de

otros gestores externos.

Nuestros legisladores deben tomar una decisión definitiva sobre la dirección

que ha de tomar la justicia y dar el impulso necesario para el nuevo m

da oficina judicial, evaluando y afrontando los problemas de organización, de

estructura, de personal, de medios, para mejorar nuestros órganos judiciales,

incorporando técnicas y modelos modernos de organización del trabajo.

Al final de lo que se trata es que la justicia pueda ir adaptando ciertas formas

de gestión privada a su estructura y organización. Desde la óptica de las técnicas de

organización del

in

ada en los momentos actuales de sobrecarga de trabajo y déficit evidente de

3.5 MEDIOS PERSONALES E INFRAESTRUCTURAS 3.5.1 MEDIOS PERSONALES Las competencias respecto de todo el personal al servicio de la

Administración de Justicia, corresponden en los términos establecidos por la Ley

Orgánica del Poder Judicial, según determina su art. 471, al Ministerio de Justicia o,

en su caso, a las Comunidades Autónomas con competencias asumidas

MEMORIA 2011 201

mación, previa y continuada, elaborar las

ateriales por parte de la Administración Autonómica

las materias relativas a su estatuto y régimen jurídico, comprendidas la selección,

formación inicial y continuada, provisión de destinos, ascensos, situaciones

administrativas, jornada laboral, horario de trabajo y régimen disciplinario.

Por su parte el Art. 80 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma

del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece que “la Comunidad Autónoma

tiene competencias compartidas en materia de administración de justicia, de acuerdo

con lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial, que incluyen, entre otras, la

gestión de los recursos materiales, la organización de los medios humanos al

servicio de la Administración de Justicia o las demarcaciones territoriales de los

órganos jurisdiccionales”. Con carácter general, el Art. 147 del referido Estatuto de

Autonomía atribuye a la Junta de Andalucía la competencia ejecutiva y de gestión en

materia de personal no judicial al servicio de la Administración de Justicia,

competencia que incluye impartir la for

relaciones de puestos de trabajo y ejercer todas las demás funciones que sean

necesarias para garantizar una gestión eficaz y eficiente de los recursos humanos al

servicio de la Administración de Justicia.

Así, pues, las competencias en materia de personal corresponden en

exclusiva a la Junta de Andalucía, y de su ejercicio depende garantizar la

continuidad en la prestación del servicio con la eficacia, la celeridad y la calidad que

demandan y merecen los ciudadanos. Tales objetivos, sin la adecuada dotación de

medios personales y m

responsable, difícilmente pueden ser logrados por los Jueces y Magistrados en

general y, en particular, por los destinados en los órganos judiciales que más

adelante se mencionan.

En este contexto, una aproximación a los medios personales disponibles no

puede reducirse sólo al aspecto cuantitativo. La consecución de los objetivos de

eficaci

entes: órganos con exceso de personal, otros con carencias

a, celeridad y calidad precisan, no sólo de una mayor, sino también, de una

mejor gestión de los medios personales que, como ya recordaba la Memoria del año

2010, remedie la rigidez y distorsiones que presenta nuestra organización de trabajo.

Las disfunciones que todos los jueces denuncian día a día a esta Sala de

Gobierno son elocu

manifiestas en este aspecto, inamovilidad absoluta en el inmediato entorno laboral,

202 MEMORIA 2011

cias. Por tanto, se

impon

n eficaz y eficiente de los recursos humanos al servicio de la

la movilidad funcionarial mediante el sistema de las comisiones de

servici

iones

civiles

e una adecuada relación de puestos

de trab

igiosos.

introducir parámetros sobre la cualificación profesional de estos funcionarios, para

alto número de interinos, ausencia de especialización y, en fin, falta de gestión,

control horario, etc.

Las líneas de actuación que hace un año se sugerían como imprescindibles e

inaplazables, deben ser de nuevo enunciadas con idénticas urgen

e adoptar medidas ejecutivas en materia de personal, que incluyan, entre otras

materias, jornada laboral, horario de trabajo, ordenación de la actividad profesional y

períodos de descanso (licencias, permisos y vacaciones), formación inicial y

continua, comisiones de servicio y responsabilidad por la gestión.

Se trata, en definitiva, de medidas organizativas necesarias para garantizar

una gestió

Administración de Justicia, entre las cuales debería darse prioridad a aquellas que

condujesen a un efectivo cumplimiento del horario de trabajo establecido y a una

racionalización de

os.

Si descendemos a ámbitos más concretos, mantienen plena validez las

conclusiones generales que se formularon en la anterior Memoria y se concretan en

cinco apartados.

Así, en primer lugar, la plantilla funcionarial existente en las Audiencias

Provinciales es excesiva y debería reducirse ya, singularmente en las Secc

, dado el escaso trámite civil de la segunda instancia y que las sentencias, por

regla general, se entregan directamente confeccionadas vía informática por los

propios Magistrados. Ello permitiría, a través d

ajo, que otros Juzgados contaran con personal del que ahora adolecen.

Por el contrario, en otras sedes, singularmente órganos unipersonales, hay

que dotar correctamente las plantillas, ya que en muchos Juzgados no están en

consonancia al volumen de asuntos lit

Especial mención merecen tanto los Juzgados con la nueva tarea compartida

en materias de violencia sobre la mujer, necesitados en general de aumento o

refuerzo de plantilla, como también los Juzgados de lo Mercantil, donde esa

necesidad es sumamente acuciante.

En tercer lugar, es repetitiva la denuncia de los continuos cambios, bajas no

cubiertas en tiempo, idas y venidas de funcionarios interinos. Resulta imprescindible

MEMORIA 2011 203

re la escasa preparación de

cuenta con seis

partido

e

se est

tado efectivo se va obtener del gasto

realiza

ograr la mejora de la

situaci

evitar que se cubran plantillas con personal de desempleo o sin conocimiento alguno

de la dinámica judicial. Son muy elevadas las quejas sob

quienes se incorporan como interinos por primera vez a los órganos judiciales.

Además, las bolsas de interinos deberían funcionar sobre sistemas de

especialización en los distintos órdenes jurisdiccionales.

Debe revisarse la dotación de funcionarios en diversos partidos judiciales de

las provincias, singularmente en sedes fuera de la capital, pues en muchos de ellos

puede ser preciso ampliar la plantilla en uno o dos funcionarios. Llamativo continúa

siendo el caso de la provincia de Córdoba, única de Andalucía que

s judiciales dotados con una plantilla de cuatro funcionarios (un gestor, dos

tramitadores y un auxiliar judicial), lo que complica el correcto funcionamiento del

órgano judicial y exige un gran sobreesfuerzo para los funcionarios.

Por último, es absolutamente necesario dotar de funcionarios en las medidas

de refuerzo de órganos judiciales que pone en marcha el Consejo General del Poder

Judicial, previo informe de esta Sala de Gobierno. De nada (o de bien poco) sirve,

por ejemplo, la adscripción de un Juez de refuerzo, si no viene acompañada con la

asignación de funcionarios por la Administración prestacional, en la proporción qu

ime razonable, que hagan posible avanzar en la normalización del Juzgado

afectado por la medida, que generalmente no sólo consiste en el dictado de

resoluciones, sino en mayor tramitación de asuntos, celebración de juicios y vistas.

Al respecto, la ya asumida tardanza en la designación de esos funcionarios ha

pasado este último año a convertirse frecuentemente en negativa, con el argumento

de la falta de disponibilidad de medios económicos. El ahorro propio convierte en

dispendio la inversión ajena, pues escaso resul

do por el Ministerio de Justicia para retribuir al Juez y, en su caso, al

Secretario de refuerzo, si éstos no avanzan y realizan mayor trabajo por falta de

dotación de los medios personales necesarios.

En este sentido, es de destacar la función que vienen desempeñando los

denominados Servicios de Apoyo de Extensión Territorial Variable, creados en 1996

en las ocho provincias andaluzas, con el propósito de “l

ón de los Juzgados y Tribunales sobre los que pesa un alto nivel de carga de

trabajo” motivada por causas excepcionales sobrevenidas o por déficits transitorios

en su plantilla y que precisan ser reforzados temporalmente.

204 MEMORIA 2011

os servicios comunes sometidos al

régime

ante circunstancias

excepc

l, van surgiendo en los órganos

judicia

Estos Servicios de Apoyo se configuran en las “Normas reguladoras de los

Servicios de Apoyo Provinciales”, aprobadas por la Junta de Andalucía (Dirección

General de Gestión de Recursos de la Consejería de Justicia y Administración

Pública) en enero de 2002, como dependientes del Presidente de la Audiencia

Provincial respectiva e integrado por funcionarios de la Administración de Justicia

(gestores, tramitadores y auxiliares), que desempeñarán su cometido en todos los

centros de trabajo comprendidos en su ámbito provincial, mediante comisión de

servicio acordada por resolución de la Delegación provincial de la Consejería de la

Junta de Andalucía a propuesta del Presidente de la Audiencia Provincial. Los

Servicios de Apoyo provinciales son considerad

n que establece el Art. 272 de la LOPJ y el Reglamento CGPJ de Aspectos

Accesorios de las Actuaciones Judiciales y están bajo la dependencia funcional de

los Presidentes de las Audiencias Provinciales.

Su importancia es grande por cuanto están integrados, normalmente, por

funcionarios con una dilatada trayectoria profesional, experiencia y preparación,

circunstancias que les hacen ser idóneos para prestar ese refuerzo temporal en los

Juzgados que lo precisan, que generalmente son los radicados en los partidos

judiciales fuera de las capitales de provincia. Por otra parte, estos Servicios han

dotado de flexibilidad y celeridad a la capacidad de respuesta

ionales, frente a la rigidez que esa capacidad presenta en el actual sistema

administrativo de cobertura de las vacantes de funcionarios, de dotación de las

medidas de refuerzo o de ampliación temporal de las plantillas.

Como regla general, hasta el momento estos Servicios han proporcionado

una respuesta ágil y eficaz a las necesidades de refuerzo de plantilla en los órganos

judiciales radicados fuera de las capitales de provincia, en los que más escasa es la

dotación de las plantillas, así como en órganos judiciales en que puntualmente ha

sido necesario proporcionar apoyo por muy diversas circunstancias. Por ello, esta

Sala de Gobierno aboga por el mantenimiento de estos Servicios de Apoyo con su

actual configuración, ya que constituyen el mejor mecanismo corrector de las

disfunciones que, en materia de dotación de persona

les andaluces, fundamentalmente en los radicados fuera de las capitales de

provincia (la plantilla en éstos suele ser más amplia y estable), e incluso las que

presentan algunos de ellos con carácter estructural.

MEMORIA 2011 205

ablece la “normativa reguladora” y el

estable

humanos con que cuenta la Administración de Justicia, que

brilla por su ausencia; y, en fin, si las medidas de refuerzo que permitirían, al menos,

tapona por falta de dotación de los medios

person

aban las necesidades en infraestructuras más

aprem

necesidad acuciante en el ámbito judicial andaluz. Conscientes, claro está, de la

Todo lo expuesto, claro está, no excluye una mayor ponderación de la

necesidad y efectividad de las propuestas de intervención de los Servicios de Apoyo,

en función del coste económico que puedan suponer, mediante la observancia del

procedimiento de actuación que est

cimiento de medidas de seguimiento y control adecuadas que garanticen una

plena efectividad de los objetivos propuestos con el refuerzo, de forma que esté

totalmente justificado el gasto realizado.

Concluimos. Difícilmente cabe mejorar nuestro sistema judicial si no se

producen avances en la transformación de la desfasada estructura organizativa de

los actuales Juzgados; si no se establecen correcciones en el actual sistema de

gestión de los recursos

r vías de agua, no resultan efectivas

ales necesarios.

3.5.2 INFRAESTRUCTURAS

La Memoria del pasado año mencionaba los avances que se han venido

produciendo en cuanto a dotación y adecuación de las infraestructuras judiciales en

el ámbito territorial de este TSJA, en ejecución del Plan de Infraestructuras

Judiciales con los correspondientes Programas de Actuación que elaboró la

Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía en el año

2006. También, es cierto, se añadía la existencia de deficiencias y serias carencias

en este ámbito, así como el incompleto desarrollo del aludido Plan de

Infraestructuras. Por ello, se record

iantes y llamativas, que afectaban a edificios judiciales dispersos e

inadecuados, con costosos alquileres en paralelo y servicios duplicados, lo que

incidía en costes, calidad y servicio.

Esta situación, salvo excepciones puntuales, se mantiene tras el transcurso

de un año y obliga a reproducir aquella demanda de dotación de nuevas

infraestructuras y mejora de muchas de las existentes. La construcción de nuevas

sedes, la adaptación y reforma, en su caso, de algunas de las existentes, es una

206 MEMORIA 2011

nte puede

ofrece

te, construcción definitiva de nuevas sedes judiciales en localidades como

Algeci

o mal funcionamiento

de los existentes, escáneres para digitalizar documentos, problemas de archivos

judicia

s necesidades más acuciantes que se detectan en cuanto a sedes

judiciales, serían las siguientes:

a sede de la Audiencia Provincial precisa de una remodelación y

odernización de algunas de sus instalaciones, así como dotación de medidas de

eguridad.

actual situación de crisis y ajuste económico, con sus condicionantes negativos, la

actuación en este campo debe, sin embargo, ser constante, pues difícilme

rse una justicia de calidad, atenta y cercana, en parte de las actuales sedes

judiciales, todo ello sin referirse a la propia imagen como servicio público.

Con carácter general, debe acometerse con decisión la unificación y,

consiguien

ras (Cádiz), Jerez de la Frontera (Cádiz), Cádiz, Ceuta, Córdoba, Huelva, Jaén

y Sevilla.

De otro lado, se imponen mejoras en muchas sedes con serias carencias y/o

deficiencias. Cada Presidencia o Decanato ha puesto en conocimiento de esta Sala

de Gobierno necesidades comunes, o muy similares y extendidas, que se citan a

continuación sin ánimo de exhaustividad y pondrán en conocimiento de las

respectivas Delegaciones Provinciales y Gerencia Territorial: humedades y goteras,

defectos de ventilación y/o refrigeración, cortes en el suministro de energía eléctrica

o deficiencias en las instalaciones de ese tipo, existencia de barreras

arquitectónicas, tanto para el acceso a los edificios como para desplazarse por su

interior; insuficiencia de Salas de Vistas (p. ej., en los Juzgados de lo Mercantil de

Sevilla), problemas informáticos, falta de medios de grabación

les, medidas de seguridad en acceso a los edificios, etc.

La

ALMERIA. Tras el acierto del nuevo y excelente edificio judicial de la capital almeriense

para ubicar los órganos unipersonales, así como para los Juzgados de El Ejido,

resulta necesario dotar de una sede a los Juzgados de Huercal-Overa, dadas las

deficiencias de espacio, seguridad y salubridad de la actual. Asimismo, es necesaria

una nueva sede judicial en el partido de Roquetas de Mar, dada la dispersión

existente. L

m

s

MEMORIA 2011 207

n y defectuosa ubicación de algún órgano judicial (muy criticable, y

por to

ete la esperada y anunciada sede judicial

nica, es imprescindible buscar nueva ubicación para la sede del Juzgado de

Menores y de Vigilancia Penitenciaria.

n dicha Ciudad Autónoma, con consenso sobre su ubicación, para

ejorar las deficiencias, defectuosa ubicación y suprimir la dispersión de las

actuale

siete, dispersas),

posibil

s para el desarrollo de la actividad judicial en la capital.

Por otro lado, son defectuosas las instalaciones de los Juzgados de Lucena y

Montill

CADIZ. Resulta necesario materializar en el más breve tiempo posible la tan esperada

y anunciada Ciudad de la Justicia en la capital para mejorar las deficiencias, suprimir

la actual dispersió

dos asumida, sigue siendo la sede del Juzgado de Menores en una céntrica

calle comercial).

También se necesita un nuevo edificio judicial en La Línea de la Concepción y

San Fernando.

En Algeciras, mientras se acom

ú

CEUTA. Resulta conveniente materializar en el más breve tiempo posible el esperado

edificio judicial e

m

s sedes.

CORDOBA.

Ojalá veamos pronto la Ciudad de la Justicia, cuyo inicio de obras debe ser

inminente ante la anunciada formalización del contrato público con una Unión

Temporal de Empresas. Al respecto, son conocidas las actuales deficiencias que

presentan, en general, algunas de las actuales sedes (hasta

itando así la concentración de las mismas y la dotación de espacios

suficiente

a.

GRANADA. Se vuelve a reiterar lo dicho el pasado año. Es imperioso culminar la

reestructuración de los órganos judiciales de la capital y trasladar los Juzgados

208 MEMORIA 2011

que presentan servicios básicos como el

Juzgad

corosas, al tiempo que

liberar

dencias se hayan

uñecar

sultaría conveniente una nueva sede judicial, sin perjuicio de acometer, entretanto,

obras de conservación y mantenimiento generalizados en ambos Juzgados.

directa de

transp

as en la capital para los órganos unipersonales.

En el ámbito de la provincia, presentan serias deficiencias las sedes judiciales

e Ayamonte y Moguer.

unipersonales de Granada al edificio de La Caleta, evitando la actual dispersión que

desaparecería en gran parte con un adecuado aprovechamiento del edificio ubicado

en La Caleta, con plantas vacías e inutilizadas, lo que se compadece mal con la falta

de espacio y dotaciones insuficientes

o de guardia, Registro Civil, Unidades de policía Judicial, Decanato y

Atención al Ciudadano y profesionales.

Lo anterior permitiría el traslado de las Secciones de la Audiencia Provincial

de Granada al edificio judicial de Plaza Nueva, logrando así reunificar este tribunal

provincial (único en Andalucía que tiene ubicadas sus Secciones civiles y penales en

sedes diferentes), así como solventar las carencias endémicas de las Secciones

penales, desprovistas de dependencias funcionales y de

totalmente un edificio alquilado para las Secciones civiles, con el consiguiente

ahorro económico. Es, por tanto, una necesidad prioritaria.

Finalmente, ello facilitaría, además, la distribución conveniente de la Sala de

lo Contencioso-Administrativo en la Real Chancillería, cuyas depen

dispersas en siete ubicaciones distintas, sin espacio para archivos ni condiciones

adecuadas para la conservación y custodia de los procedimientos.

En el ámbito de la provincia, debe procurarse en Órgiva la reunificación de las

sedes judiciales, tanto tiempo anunciada y dilatada. De igual modo, en Alm

re

HUELVA. Resulta necesario que vea la luz en el más breve tiempo posible la Ciudad de

la Justicia en la capital, máxime cuando las obras llevadas a cabo en el actual

Palacio de Justicia eran transitorias y no han servido para paliar todas las

deficiencias existentes en un edificio muy poco operativo para las exigencias de las

oficinas judiciales, dotado de vestíbulos minúsculos, sin entrada

orte de detenidos a calabozos. Todo ello, por no hablar de la existencia de

sedes variadas y dispers

d

MEMORIA 2011 209

Igualmente se impone también un único edificio judicial en la capital ante la

dispersión y deficiencias de algunas de las actuales sedes.

os, Marbella y Estepona, ante la

ecesidad de reunificar las distintas sedes (hay tres ubicaciones judiciales distintas

en cada uno de ellos) y las deficiencias derivadas.

r un año más la necesidad de impulsar definitivamente

la prom

iencia Provincial. En

igual s

n mejor control y circulación de las

person

n el diseño actual para albergar los Juzgados de lo Social,

Merc

l de las

JAEN.

MÁLAGA. En la provincia de Málaga parece urgente la dotación de nuevos edificios

judiciales en los partidos de Fuengirola, Torremolin

n

SEVILLA. Ocioso resulta comenta

etida y anhelada Ciudad de la Justicia en la capital, con consenso político

sobre su ubicación definitiva.

Mientras tanto, se imponen obras de adaptación y reforma de las actuales

sedes judiciales, singularmente en los dos edificios sitos en El Prado de San

Sebastián. Así, precisan reforma las sedes de la Sala de lo Contencioso-

administrativo y de la Sala de lo Social (obras que estaban previstas para el año

2007), así como las instalaciones del vetusto edificio de la Aud

entido, es preciso acometer obras de reforma en el edificio de los Juzgados,

con carencias acusadas para su utilización como sede judicial.

Es muy conveniente también establecer una verja o barrera de seguridad en

el entorno de ambos edificios, que permita u

as que desean acceder al interior de las sedes judiciales, asegurando una

mejor vigilancia y seguridad de todo el recinto.

Igualmente habrán de realizarse obras de adecuación en el Edificio Noga, que

resulta poco operativo co

antil y Penal, debiendo ubicarse también en su interior el Juzgado de lo Penal

nº 15, sito en otra sede.

En la provincia, se necesita cuanto antes la reunificación de las sedes judiciales

en Alcalá de Guadaira y el acometimiento urgente de una reforma integra

210 MEMORIA 2011

sedes judiciales de Cazalla de la Sierra y Osuna, al tiempo que conviene buscar

cuanto antes otra ubicación más adecuada a los Juzgados de Lora del Río.

Junta de Andalucía (actualmente Consejería de

Gober

dió al resto de los 18 Juzgados de

Primer

imiento: La versión Lexnet 3.0. El 9 de mayo comienza

la imp

as de la semana, las 24 horas del día,

mayor capacidad, posibilidad de que los realicen Auditorias y

mayor agilidad en el envío de notificaciones.

3.6 INFORMATIZACIÓN JUDICIAL (LEXNET)

Dentro del Plan de Modernización de la Administración de Justicia,

enmarcado en el Convenio entre el Ministerio de Justicia y la Consejería de Justicia

y Administración Pública de la

nación y Justicia), suscrito el 16 de febrero de 2009, se lleva a cabo el

despliegue del sistema Lexnet.

Se comenzó a implantar esta herramienta en Andalucía el 19 de octubre de

2009, comenzando como experiencia piloto en el Juzgado de Primera Instancia nº

11 de Granada. A partir de junio de 2010 se exten

a Instancia de esta capital. Tras el éxito en Granada, la experiencia se

extendió progresivamente al resto de provincias.

El año 2011 el Ministerio de Justicia lanza una nueva versión del sistema, con

más capacidad y mejor rend

lantación del programa piloto en Melilla y posteriormente el despliegue en el

resto de órganos judiciales.

La nueva versión incorpora entre otras mejoras, una nueva interfaz más

sencilla e intuitiva, disponibilidad todos los dí

Secretarios Judiciales

Notificacio realizadas nes en 11

BA

MELILLA 112.326

el año 20ALMERIA 170 CADIZ 33 CEUTA 103.208 CORDO 68.433 GRANADA 545.641 HUELVA 10.752 JAEN 149.008 MALAGA 65.940

SEVILLA 147.864 TOTAL 1.203.375

MEMORIA 2011 211

aciones telemáticas. Se puede observar que en

2011

n el siguiente gráfico se puede ver el aumento exponencial en el uso de

Lexnet desde su implantación en 2009.

Los datos de Lexnet durante el año 2011, organizados por provincias, se

muestran en la anterior tabla, donde puede apreciarse que Granada es la provincia

con más notificaciones enviadas, debido a que ha sido la primera en la que se ha

implantado este sistema de notific

se han realizado en Andalucía, Ceuta y Melilla un total de 1.203.375

notificaciones a través de Lexnet.

E

EVOLUCIÓN DEL USO DE LEXNET EN ANDALUCIA

0

200.000

400.000

600.000

800.000

1.000.000

1.200.000

AÑO 2009 AÑO 2010 AÑO 2011

3.7 ÓRGANOS JUDICIALES OBJETO DE SEGUIMIENTO Y REFUERZO

compr

de

consis

3.7.1 SEGUIMIENTOS En este apartado se relacionan aquellos órganos judiciales que han sido

objeto de control por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, a fin de

obar la evolución de su actividad y, en concreto, la de aquellos aspectos en

los que se apreciaron ciertas irregularidades.

En numerosas ocasiones el seguimiento es una previsión de futuro: se

adoptan medidas de control para evitar que aparezcan problemas venideros

tencia y gravedad. No obstante, también es evidente que en otras veces

supone un control de la corrección de deficiencias ya manifiestas y enquistadas.

212 MEMORIA 2011

En total han sido 103 los órganos judiciales con medidas de seguimiento

durante el año 2011: 13 en la provincia de Almería, 24 en la provincia de Cádiz, 8 en

la prov

más

han archivo 57 y continúan en trámite 65. Su

l año de su incoación sería la siguiente:

tallan por provincias cuáles han sido los órganos

judiciales sometidos a seguimiento, las líneas de actuación que se han seguido y el

resulta

LMERÍA

incia de Córdoba, 7 en la provincia de Granada, 3 en la provincia de Huelva, 4

en la provincia de Jaén, 25 en la provincia de Málaga y 19 en la provincia de Sevilla.

El número de expedientes de seguimiento tramitados durante el año 2011

ha sido un total de 122 (respecto de algunos órganos judiciales se ha tramitado

de un expediente), de los cuales se

distribución, tomando como referencia e

• Año 2008: 1 seguimiento.

• Año 2009: 14 seguimientos.

• Año 2010: 42 seguimientos.

• Año 2011: 65 seguimientos.

A continuación se de

do de ese expediente.

1. Provincia de AJuzgado de lo Penal Nº 4 de Almería. Seguimiento Nº 8/11 sobre ejecutorias

pendientes. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia Nº 5 de Almería. Seguimiento Nº 34/11 sobre

escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Berja. Seguimiento Nº 28/11

sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Berja. Seguimiento Nº 36/10

sobre

onal civil. Archivado.

procedimientos civiles en trámite y en ejecución y los escritos pendientes de

proveer en el orden jurisdicci

Seguimiento Nº 57/11 sobre demandas de juicios monitorios pendientes de

incoar. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de El Ejido. Seguimiento Nº

40/10 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 5 de El Ejido. Seguimiento Nº

64/10 sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución y escritos

pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.

MEMORIA 2011 213

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Huercal-Overa. Seguimiento

Nº 19/11 sobre procedimientos civiles en trámite y en ejecución y escritos pendientes

de proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Huercal-Overa. Seguimiento

Nº 68/10 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil.

Archivado.

Seguimiento Nº 89/10 sobre los procedimientos civiles en trámite y en

ejecución, escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil y demandas

pendientes de incoación. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Roquetas de Mar. Seguimiento Nº 29/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional

civil. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 4 de Roquetas de Mar. Seguimiento Nº 17/11 sobre escritos de ejecución pendientes de proveer en el orden

jurisdiccional civil. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Vera. Seguimiento Nº 76/09

sobre los procedimientos civiles en trámite. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Vera. Seguimiento Nº 16/10

sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución y los escritos pendientes

de proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Vera. Seguimiento Nº 75/10

sobre procedimientos civiles en trámite y en ejecución y escritos pendientes de

proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa en trámite.

2. Provincia de CÁDIZ

Juzgado de Menores Nº 1 de Cádiz. Seguimiento Nº 26/10 sobre los

procedimientos en trámite previo a sentencia o resolución de fondo. Archivado.

Juzgado de lo Penal Nº 4 de Cádiz. Seguimiento Nº 29/10 sobre los

procedimientos abreviados y ejecutorias. Archivado.

Seguimiento Nº 54/11 sobre asuntos pendientes de registrar, asuntos

registrados y pendientes de señalamiento y asuntos señalados, celebrados y

suspendidos. Continúa en trámite.

214 MEMORIA 2011

Juzgado de Instrucción Nº 1 de Algeciras. Seguimiento Nº 41/11 sobre

juicios de faltas pendientes de celebrar y ejecutorias de juicios de faltas. Continúa en

trámite.

Juzgado de Instrucción Nº 4 de Algeciras. Seguimiento Nº 39/11 sobre

juicios de faltas. Continúa en trámite.

Juzgado de Menores Nº 2 de Cádiz con sede en Algeciras. Seguimiento

Nº 69/10 sobre ejecuciones penales. Archivado.

Juzgado de lo Penal Nº 2 de Algeciras. Seguimiento Nº 38/11 sobre el

dictado de las sentencias o de las resoluciones de fondo correspondientes a los

procedimientos pendientes de este trámite. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia Nº 4 de Algeciras. Seguimiento Nº 56/11 sobre

escritos de ejecución pendientes de proveer y aclaración del estado de la ejecución

de titulo no judicial número 1868/09, instada la ejecución el 14/10/09. Continúa en

trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Chiclana de la Frontera.

Seguimiento Nº 11/11 sobre procedimientos civiles en trámite y en ejecución y juicios

de faltas. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Chiclana de la Frontera.

Seguimiento Nº 56/10 sobre diligencias previas y juicios de faltas. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Chiclana de la Frontera.

Seguimiento Nº 43/10 sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución,

diligencias previas, juicios de faltas y el dictado de las sentencias o de las

resoluciones de fondo correspondientes a los procedimientos pendientes de este

trámite. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de El Puerto de Santa María.

Seguimiento Nº 2/10 sobre diligencias previas, el sumario pendiente a fecha del

referido alarde y las sentencias de juicios de faltas pendientes de notificar. Continúa

en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de El Puerto de Santa María.

Seguimiento Nº 50/11 en relación a las causas penales complejas que el propio

Magistrado ha calificado como tales en el anexo IV de la documentación aportada a

la visita de inspección nº 23/11. Continúa en trámite.

MEMORIA 2011 215

Juzgado de Instrucción Nº 4 de Jerez de la Frontera. Seguimiento Nº

32/11 sobre juicios de faltas pendientes de celebrar y de las sentencias de juicios de

faltas pendientes de notificar. Archivado.

Juzgado de lo Penal Nº 1 de Jerez de la Frontera. Seguimiento Nº 1/11

sobre procedimientos abreviados pendientes de señalar. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia Nº 5 de Jerez de la Frontera. Seguimiento Nº 6/11

sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de La Línea de la Concepción.

Seguimiento Nº 30/11 sobre escritos de ejecución pendientes de proveer en el

orden jurisdiccional civil y exhortos en el orden jurisdiccional penal. Archivado.

Seguimiento Nº 60/11 sobre diligencias previas y juicios de faltas. Continúa en

trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de San Fernando. Seguimiento

Nº 59/11 sobre el dictado de las sentencias o de las resoluciones de fondo

correspondientes a los procedimientos pendientes de este trámite. Continúa en

trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de San Fernando. Seguimiento

Nº 4/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil.

Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de San Roque. Seguimiento Nº

62/10 sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución, escritos pendientes

de proveer en el orden jurisdiccional civil, diligencias previas y procedimientos

abreviados. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de San Roque. Seguimientos

Nº 65/10 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil y

diligencias previas. Archivado.

Seguimiento Nº 18/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden

jurisdiccional civil y procedimientos abreviados. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Sanlúcar de Barrameda.

Seguimiento Nº 27/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional

civil y juicios de faltas. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Ubrique. Seguimiento Nº 74/10

sobre los escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil, el dictado de

216 MEMORIA 2011

las sentencias o de las resoluciones de fondo correspondientes a los procedimientos

pendientes de este trámite, diligencias previas, procedimientos abreviados y juicios

de faltas. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Ceuta. Seguimiento Nº 77/10

sobre el dictado de la sentencia o de la resolución de fondo correspondiente al

procedimiento pendiente de este trámite. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 4 de Ceuta. Seguimientos Nº

86/10 sobre las diligencias previas y procedimientos abreviados. Continúa en

trámite.

Seguimiento 31/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden

jurisdiccional civil. Continúa en trámite.

3. Provincia de CÓRDOBA Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Aguilar de la Frontera.

Seguimiento Nº 52/10 sobre procedimientos civiles en trámite y en ejecución y

escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Baena. Seguimientos Nº 67/09

sobre las demandas pendientes de admitir a trámite, los procedimientos civiles en

trámite y en ejecución y escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional

civil. Continúa en trámite.

Seguimiento Nº 42/11 sobre asuntos pendientes de incoar, escritos

pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil y ejecutorias de juicios de

faltas. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Montilla. Seguimiento Nº

15/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Montoro. Seguimiento Nº

5/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa

en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Posadas. Seguimiento Nº

66/10 sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución y escritos

pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.

Seguimiento Nº 24/11 sobre procedimientos civiles en ejecución y escritos

pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa en trámite.

MEMORIA 2011 217

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Posadas. Seguimiento Nº

67/10 sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución y escritos

pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Priego de Córdoba. Seguimiento

Nº 79/09 sobre las demandas pendientes de admitir a trámite, procedimientos civiles

en trámite y en ejecución, escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional

civil y el dictado de las sentencias o de las resoluciones de fondo correspondientes a

los procedimientos pendientes de este trámite. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Puente Genil. Seguimiento

Nº 13/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil y

demandas pendientes de admitir a trámite, incluidos los asuntos de jurisdicción

voluntaria. Archivado.

Seguimiento Nº 36/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden

jurisdiccional civil y demandas pendientes de admitir a trámite. Archivado.

4. Provincia de GRANADA Juzgado de 1ª Instancia Nº 4 de Granada. Seguimiento Nº 12/11 sobre

escritos de ejecución pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil.

Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Almuñecar. Seguimiento Nº

62/08 sobre los procedimientos civiles en ejecución, los escritos pendientes de

proveer en el orden jurisdiccional civil y, respecto a la Cuenta de Depósitos y

Consignaciones, actuar lo necesario en orden a normalizar la situación de los 241

expedientes o asientos con cuenta abierta e ingresos realizados en cada uno de

ellos sin haber realizado órdenes de entrega o devoluciones. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Guadix. Seguimiento Nº

21/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Loja. Seguimientos Nº 42/10

sobre los escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil y las

diligencias previas. Archivado.

Seguimiento Nº 88/10 sobre escritos pendientes de proveer en el orden

jurisdiccional civil y diligencias previas. Continúa en trámite.

218 MEMORIA 2011

Seguimiento 33/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden

jurisdiccional civil y sumarios. Continúa en trámite.

Juzgado de lo Penal Nº 1 de Motril. Seguimientos Nº 18/10 sobre los

procedimientos pendientes de señalar y las ejecutorias pendientes de incoar a la

fecha del alarde. Archivado.

Seguimiento Nº 51/11 sobre juicios señalados, celebrados y suspendidos.

Continúa en trámite.

Registro Civil de Motril. Seguimiento Nº 58/09 sobre los procedimientos

gubernativos en trámite de dicho órgano a fecha del segundo trimestre de 2009.

Archivado

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Santa Fe. Seguimiento Nº

27/10 sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución, escritos pendientes

de proveer en el orden jurisdiccional civil y dictado de las sentencias o de las

resoluciones de fondo correspondientes a los procedimientos pendientes de este

trámite. Archivado.

5. Provincia de HUELVA Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Ayamonte. Seguimiento Nº

58/11 sobre escritos civiles de trámite y ejecución. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de La Palma del Condado.

Seguimiento Nº 55/11 sobre los procedimientos que destacan especialmente por la

tardanza en su tramitación e impulso procesal. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Valverde del Camino.

Seguimiento Nº 39/10 sobre los procedimientos civiles en ejecución y los escritos

pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.

6. Provincia de JAÉN Juzgado de lo Penal Nº 1 de Jaén. Seguimiento Nº 65/11 sobre la Cuenta de

Depósitos y Consignaciones. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia Nº 5 de Jaén. Seguimiento Nº 32/09 sobre los

procedimientos civiles en ejecución. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia Nº 6 de Jaén. Seguimiento Nº 46/11 sobre el

dictado de las sentencias o de las resoluciones de fondo correspondientes a los

MEMORIA 2011 219

procedimientos pendientes de este trámite y demandas declarativas y ejecutivas

pendientes de incoar. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Villacarrillo. Seguimiento Nº

79/10 sobre la situación de los procedimientos terminados en 1, 7, 8 y 9. Archivado.

7. Provincia de MÁLAGA Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Málaga. Seguimiento Nº

61/10 sobre sentencias pendientes. Archivado.

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 3 de Málaga. Seguimiento

Nº 50/10 sobre los escritos pendientes de proveer y el dictado de las sentencias o de

las resoluciones de fondo correspondientes a los procedimientos pendientes de este

trámite. Archivado.

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 4 de Málaga. Seguimiento el

Nº 82/09 el dictado de las sentencias o de las resoluciones de fondo

correspondientes a los procedimientos pendientes de este trámite. Archivado.

Juzgado de lo Penal Nº 2 de Málaga. Seguimiento Nº 25/09 sobre las

ejecutorias. Juzgado de lo Penal Nº 4 de Málaga. Seguimiento Nº 7/11 sobre ejecutorias

pendientes a la fecha del alarde, con especial atención a la incoación de las

correspondientes al año 2010. Continúa en trámite.

Juzgado de lo Penal Nº 8 de Málaga. Seguimiento Nº 16/11 sobre asuntos

pendientes de incoar, tanto en trámite como en ejecución. Continúa en trámite.

Juzgado de lo Penal Nº 10 de Málaga. Seguimiento Nº 48/09 sobre los

procedimientos en trámite, las ejecutorias, y el dictado de las sentencias o de las

resoluciones de fondo correspondientes a los procedimientos pendientes de este

trámite. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia Nº 3 de Málaga. Seguimiento Nº 83/10 sobre los

escritos pendientes de proveer y el dictado de las sentencias o de las resoluciones

de fondo correspondientes a los procedimientos pendientes de este trámite.

Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia Nº 4 de Málaga. Seguimiento Nº 21/10 sobre los

escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil, los procedimientos

civiles en trámite y en ejecución y el dictado de las sentencias o de las resoluciones

220 MEMORIA 2011

de fondo correspondientes a los procedimientos pendientes de este trámite.

Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia Nº 10 de Málaga. Seguimiento Nº 9/11 sobre los 50

procedimientos que se encontraban pendientes de sentenciar a fecha 23 de

diciembre de 2010. Archivado.

Seguimiento 25/11 sobre el dictado de las sentencias o de las resoluciones de

fondo correspondientes a los procedimientos pendientes de este trámite. Continúa

en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Estepona. Seguimientos Nº

55/09 sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución pendientes a la

fecha de dicha visita, y sobre los escritos civiles pendientes de proveer en el orden

jurisdiccional civil. Continúa en trámite.

Seguimiento Nº 37/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden

jurisdiccional civil y demandas pendientes de admitir a trámite. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Estepona. Seguimiento Nº

38/10 sobre diligencias previas, procedimientos abreviados y escritos pendientes de

proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 4 de Estepona. Seguimiento Nº

40/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa

abierto.

Juzgado de Instrucción Nº 1 de Fuengirola. Seguimiento Nº 49/11 sobre

juicios de faltas pendientes de celebrar. Continúa en trámite.

Juzgado de Instrucción Nº 2 de Fuengirola. Seguimiento Nº 3/11 sobre

juicios de faltas. Archivado.

Juzgado de Instrucción Nº 4 de Fuengirola. Seguimiento Nº 62/11 sobre

sentencias de juicios de faltas pendientes de notificar. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia Nº 3 de Fuengirola. Seguimiento Nº 26/11 sobre

escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil y demandas

pendientes de admitir a trámite. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia Nº 4 de Fuengirola. Seguimiento Nº 58/10 sobre

los procedimientos civiles en trámite y en ejecución y escritos pendientes de proveer

en el orden jurisdiccional civil. Continúa en trámite. Continúa en trámite.

MEMORIA 2011 221

Juzgado de 1ª Instancia Nº 2 de Marbella. Seguimiento Nº 2/11 sobre el

dictado de las sentencias o de las resoluciones de fondo correspondientes a los

procedimientos pendientes de este trámite. Continúa en trámite.

Seguimiento Nº 47/11 sobre las demandas declarativas y de ejecución

admitidas a trámite y proveidas en forma, con indicación del número pendiente a fin

de determinar y valorar su minoración cuantitativa y progresiva. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia Nº 4 de Marbella. Seguimiento Nº 84/10 sobre los

procedimientos civiles en trámite y en ejecución, los escritos pendientes de proveer

en el orden jurisdiccional civil y procedimientos abreviados. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia Nº 5 de Marbella. Seguimiento Nº 33/09 sobre los

procedimientos civiles en trámite y en ejecución y escritos pendientes de proveer en

el orden jurisdiccional civil. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Ronda. Seguimiento Nº

72/10 sobre procedimientos civiles en trámite y en ejecución. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Torrox. Seguimiento Nº

35/11 sobre escritos de ejecución pendientes de proveer en el orden jurisdiccional

civil. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Vélez-Málaga. Seguimiento

Nº 87/10 sobre los escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil.

Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 4 de Vélez-Málaga. Seguimiento

Nº 10/11 sobre el dictado de las sentencias o de las resoluciones de fondo

correspondientes a los procedimientos pendientes de este trámite. Archivado.

8. Provincia de SEVILLA Juzgado de lo Penal Nº 5 de Sevilla. Seguimiento Nº 85/10 sobre las

ejecutorias pendientes de incoar. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia Nº 21 de Sevilla. Seguimiento Nº 22/10 sobre

procedimientos civiles en trámite y en ejecución y escritos pendientes de proveer en

el orden jurisdiccional civil. Continúa en trámite.

Juzgado de lo Social Nº 2 de Sevilla. Seguimiento Nº 61/11 sobre las

razones de el señalamiento tan tardío de los conflictos colectivos 1235/09 y 1204/10,

222 MEMORIA 2011

y del despido 1407/09, e igualmente sobre el estado en que se encuentran las

ejecutorias 166/06, 52/10 y 8/10. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Alcalá de Guadaira.

Seguimiento Nº 56/09 sobre las diligencias previas terminadas en número par y los

procedimientos abreviados de ellas dimanantes, así como sobre los procedimientos

civiles en ejecución. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Alcalá de Guadaira.

Seguimiento Nº 57/09 sobre los juicios de faltas, los procedimientos civiles en

ejecución y los escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil.

Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Alcalá de Guadaira.

Seguimiento Nº 22/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional

civil y procedimientos abreviados. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Carmona. Seguimientos Nº

83/09 sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución, escritos pendientes

de proveer en el orden jurisdiccional civil y demandas de juicios monitorios

pendientes de admitir a trámite. Archivado.

Seguimiento Nº 52/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden

jurisdiccional civil. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Carmona. Seguimiento Nº

53/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil,

procedimientos civiles en trámite y en ejecución y asuntos pendientes de incoación.

Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Cazalla de la Sierra. Seguimiento

Nº 20/11 sobre diligencias previas, juicios de faltas y escritos pendientes de proveer

en el orden jurisdiccional civil. Archivado.

Seguimiento Nº 48/11 sobre demandas de los asuntos de familia pendientes

de admitir a trámite, asuntos de jurisdicción voluntaria, escritos pendientes de

proveer en el orden jurisdiccional civil, diligencias previas, procedimientos

abreviados y juicios de faltas. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Dos Hermanas. Seguimiento Nº 43/11 sobre procedimientos civiles en ejecución. Continúa en

trámite.

MEMORIA 2011 223

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Dos Hermanas.

Seguimiento Nº 44/11 sobre procedimientos civiles en ejecución. Continúa en

trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Écija. Seguimientos Nº 48/10

sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución, los escritos pendientes de

proveer en el orden jurisdiccional civil y el dictado de las sentencias o de las

resoluciones de fondo correspondientes a los procedimientos pendientes de este

trámite. Continúa en trámite.

Seguimiento Nº 14/11 sobre escritos de ejecución pendientes de proveer en el

orden jurisdiccional civil. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Lebrija. Seguimiento Nº

49/10 sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución y los escritos

pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Lora del Río. Seguimiento

Nº 33/10 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil, los

procedimientos civiles en ejecución y las diligencias previas. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Lora del Río. Seguimiento

Nº 76/10 sobre la evolución de los procedimientos civiles pendientes de incoar,

escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil, diligencias previas,

procedimientos abreviados y juicios de faltas, procedimientos de ejecución

hipotecaria pendientes de resolver mediante decreto de adjudicación tras la subasta

celebrada y la Cuenta de Depósitos y Consignaciones. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Lora del Río. Seguimiento

Nº 64/11 sobre diligencias previas y demandas declarativas y ejecutivas pendientes

de incoación. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Osuna. Seguimiento Nº

63/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa

en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Osuna. Seguimiento Nº

23/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil y

diligencias previas. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Sanlúcar la Mayor. Seguimiento Nº 14/09 sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución, las

224 MEMORIA 2011

diligencias previas, juicios de faltas y escritos pendientes de proveer en el orden

jurisdiccional civil. Continúa en trámite.

3.7.2 MEDIDAS DE REFUERZO Durante el año 2011 se han registrado 21 expedientes de medidas de

refuerzo si bien se mantienen abiertos varios de anualidades anteriores hasta un

total de 41 expedientes en trámite, que se describen a continuación.

De los expedientes registrados, en 2011, dos (2) de ellos lo han sido sobre

programas concretos de actuación por objetivos (nº 9/11 y 20/11) para las Salas de

lo Contencioso-Administrativo en Granada y Sevilla respectivamente; dieciséis (16)

han tenido por objeto adscripciones permanentes de Magistrados Eméritos o

Suplentes o Jueces Sustitutos (3 expedientes para Salas del Tribunal, 1 para

Secciones de Audiencia y 12 para órganos unipersonales); y tres (3) han estado

referidos a comisiones de servicio: una sin relevación de funciones (nº 11/11, para el

Juzgado de lo Mercantil de Córdoba); y dos con relevación de funciones (nº 13/11

para los Juzgados de lo Penal nº 12 y nº 13 de Málaga, con competencias en

materia de Violencia Sobre la Mujer, y nº 14/11 para el Juzgado de Primera instancia

nº 4 y Mercantil de Huelva 3 ).

Entre los expedientes archivados, seis (6) afectaban a órganos colegiados,

todos relativos a adscripciones permanentes de magistrados suplentes o eméritos;

quince (15) a órganos unipersonales, incluyendo aquellos con archivo anotado en

2011, pero que finalizaron en 2010 al expirar el periodo de nombramiento, y de ellos

dos (2) consistieron en comisiones de servicio sin relevación de funciones y doce

(12) en adscripciones permanentes de jueces sustitutos, archivándose otro

expediente sin llegar a configurarse la medida.

Las medidas de refuerzo que se han desarrollado durante el año 2011 han

sido las siguientes:

3 La efectividad de esta medida no se ha producido hasta el mes de enero de 2012.

MEMORIA 2011 225

ÓRGANOS COLEGIADOS

Almería.

• Adscripción a la Audiencia Provincial de Almería de los magistrados suplentes

DON JOSÉ L. CASTELLANO TREVILLA y DON ÁNGEL VILLANUEVA

CALLEJA.

Granada.

• Adscripción temporal de forma continuada de la Magistrada-Suplente Dª

PILAR BENSUSAN MARTÍN, a la Sección Funcional 3ª de la Sala de lo

Contencioso-Administrativo en Granada de este Tribunal, sustituida en la

adscripción tras su renuncia por la Magistrada Suplente Dª CRISTINA PÉREZ

PIAYA.

• Adscripción a la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Granada

de este Tribunal, del Magistrado Suplente DON ERNESTO ESEVERRI

MARTÍNEZ

• Adscripción temporal de forma continuada del Magistrado emérito DON JULIO

ENRÍQUEZ BRONCANO a la Sala de lo Social en Granada.

• Adscripción temporal de forma continuada del Magistrado Emérito DON

EMILIO LEÓN SOLÁ a la Sala de lo Social en Granada de este Tribunal.

Finalizada por cumplimiento de la edad máxima del emérito.

• Adscripción temporal de forma continuada del Magistrado Suplente DON

PEDRO RAMOS ALMENARA a la Sección Segunda de la Audiencia

Provincial de Granada.

• Plan de Actuación por Objetivos para la Sala de lo Contencioso-

Administrativo, con sede en Granada de este Tribunal.

Málaga.

• Formación de una Sección Bis de Apoyo a la Sección 5ª de la Audiencia

Provincial de Málaga, con motivo del enjuiciamiento del “Caso Ballena

Blanca”, consistente en comisión de servicio, con relevación de funciones, al

Magistrado D. FRANCISCO ONTIVEROS RODRÍGUEZ, Titular del Juzgado

226 MEMORIA 2011

de lo Penal nº 8 de Málaga, y adscripción de la Magistrada-Suplente Dª.

MARÍA JOSÉ TORRES CUELLAR.

• Adscripción temporal de forma continuada del Magistrado emérito DON JOSÉ

Mª MUÑOZ CAPARRÓS a la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de

Málaga.

• Constitución de la Sección 1ª Bis de la Audiencia Provincial de Málaga, con

motivo del enjuiciamiento del llamado “Caso Malaya”, consistente en comisión

de servicios, con relevación de funciones de DOÑA MARÍA ÁNGELES

SERRANO SALAZAR, Titular del Juzgado nº 1 Fuengirola y adscripción

permanente del Magistrado Suplente DON DIEGO ENRIQUE BUENO

MEILAN

• Medida de refuerzo interno y externo para la Sala de lo Contencioso-

Administrativo en Málaga del Tribunal. ¿¿

Sevilla.

• Adscripción temporal de forma continuada a la Sala de lo Social en Sevilla de

este Tribunal del Magistrado Emérito D. BENITO RECUERO SALDAÑA.

Finalizada por cumplimiento edad máxima del emérito.

• Adscripción temporal de forma continuada del Magistrado Emérito DON

MIGUEL CORONADO BENITO a la Sala de lo Social en Sevilla de este

Tribunal. Finalizada por cumplimiento edad máxima del emérito.

• Programa Concreto de Actuación para la Sala de lo Social en Sevilla.

ÓRGANOS UNIPERSONALES.

Almería.

• Adscripción al Juzgado de Instrucción nº 2 de Almería, de la Juez Sustituta

DOÑA MARCELINA BELTRÁN BLÁZQUEZ.

• Adscripción al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Almería, de

la Juez Sustituta DOÑA OTILIA FORNIELES MELERO, que en la renovación

de la medida se hace del Juez Sustituto D. ANTONIO LUIS GARCÍA

VALVERDE.

MEMORIA 2011 227

• Adscripción al Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Almería de la Juez de

Adscripción Territorial Dª CLARA EUGENIA HERNÁNDEZ VALVERDE.

Cádiz.

• Adscripción al Juzgado de lo Mercantil de Cádiz de la Juez sustituta Dª Luz

María Bonilla Vallejo. El 11 de marzo continuó la medida con la adscripción de

la Juez de Adscripción Territorial Dª MARÍA DEL PILAR SEBASTIÁN

BENITO.

• Adscripción al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Algeciras, de

la Juez Sustituta DOÑA RAQUEL SÁNCHEZ MORENO

• Adscripción al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Chiclana de

la Frontera (Cádiz), de la Juez Sustituta DOÑA RAQUEL DEL RIO BEDIA.

• Adscripción a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo nº 1, nº 2 y nº 3

de Cádiz, de la Juez Sustituta Doña ANA JESÚS RODRÍGUEZ MESA.

• Adscripción a los Juzgados de lo Social nº 1 y nº 2 de Jerez de la Frontera, de

la Juez Sustituta DOÑA FLORA ALCÁZAR BENOT.

Córdoba.

• Adscripción al Juzgado de Instrucción nº 2 de Córdoba, del Juez Sustituto

DON BENAISA SAID MOHAND, con motivo del expediente de especial

dificultad D. Previas nº 5629/05, sobre delito urbanístico.

• Comisión de servicios, sin relevación de funciones, del Magistrado de la

Audiencia Provincial de Córdoba DON PEDRO ROQUE VILLAMOR

MONTORO, al Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Córdoba.

Granada.

• Adscripción al Juzgado de lo Penal nº 1 Motril (Granada), del Juez Sustituto

DON ANTONIO ILLANA CONDE. Finalizada por expiración de la adscripción

con motivo de la entrada en funcionamiento del Juzgado de lo Penal nº 2 de

Motril.

• Comisión de Servicios, sin relevación de funciones para asumir el 40% de los

asuntos del Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Granada, cuyo Titular es

228 MEMORIA 2011

el Decano de Granada, a favor de DON BORJA ARANGÜENA PAZOS, Titular

del Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Granada.

• Adscripción a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo nº 1, nº 2, nº 3 y

nº 4 de Granada, de la Juez Sustituta DOÑA MARÍA VICTORIA MOTOS

RODRÍGUEZ.

• Adscripción los Juzgados de lo Contencioso-administrativo números 1, 2, 3, 4

y 5 de Granada, de la Juez de Adscripción Territorial Dª MARÍA BARRAGÁN

LADRÓN DE GUEVARA.

Huelva.

• Adscripción Permanente al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de

Huelva, de la Juez Sustituta DOÑA MARÍA JESÚS HERMOSO AYUSO.

Málaga.

• Adscripción al Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga del Juez Sustituto DON

ALFREDO ELÍAS MONDEJAR. Con motivo de finalizar la adscripción el 5 de

septiembre de 2011, al haberle sido concedida licencia por estudios al haber

superado la primera fase de las pruebas de acceso a la Carrera Judicial

continuó la medida con la adscripción de la Juez de Adscripción Territorial Dª

MARÍA JESÚS DEL PILAR MÁRQUEZ.

• Adscripción al Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Málaga de la Juez Sustituta Dª

MARÍA JOSÉ GALIANO NIEVES.

• Adscripción al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Estepona,

en calidad de refuerzo, con motivo de la tramitación del caso “ASTAPA”, de la

Juez Sustituta Dª VIRTUDES MOLINA PALMA.

• Adscripción al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Vélez

Málaga (Málaga) de la Juez Sustituta, Dª CARMEN MORENO BERENGUER.

• Adscripción al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Málaga de la

Juez Sustituta Dª BELÉN SÁNCHEZ VALLEJO.

• Medida de refuerzo nº 2/10, Adscripción Permanente al Juzgado de

Instrucción nº 1 de Marbella, de la Juez Sustituta, Dª SUSANA GARCÍA RUIZ.

• Adscripción al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Málaga, del

Juez Sustituto, D. JORGE DEL VALLE GÁLVEZ.

MEMORIA 2011 229

• Adscripción al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Málaga, del

Juez Sustituto, D. CARLOS JAVIER CASTILLO RODRÍGUEZ.

• Adscripción al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Málaga, de

la Juez Sustituta Dª CONCEPCIÓN ELENA ALMEIDA.

• Adscripción al Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Málaga, de la Juez

Sustituta Dª CRISTINA PASCUAL ARRABAL.

• Adscripción al Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Málaga de la Juez de

Adscripción Territorial, Dª MARÍA CRISTINA INFANTE ARESE, desde el 15

de junio al 14 de diciembre.

• Adscripción al Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Málaga de la Juez de

Adscripción Territorial, Dª MARÍA CRISTINA INFANTE ARESE, desde el 15

de diciembre.

• Adscripción al Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Málaga de la Juez de

Adscripción Territorial, Dª LIDIA BERMÚDEZ MARTÍN, desde el 10 de mayo

al 9 de diciembre.

• Adscripción al Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Málaga de la Juez de

Adscripción Territorial, Dª LIDIA BERMÚDEZ MARTÍN, desde el 9 de

diciembre.

Sevilla.

• Comisión de Servicios, sin relevación de funciones, al Juzgado de Primera

Instancia e Instrucción nº 1 de Utrera de DON ÁLVARO M. MARTÍN GÓMEZ,

Titular del juzgado de lo Penal nº 2 de Sevilla. Finalizada por expiración de la

comisión de servicios, sin relevación de funciones.

• Medida de refuerzo nº 9/09, para el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de

Sevilla. Finalizada por expiración de la comisión de servicios, sin relevación

de funciones, del Magistrado de la Audiencia Provincial de Sevilla, DON

JOAQUÍN SÁNCHEZ UGENA.

• Adscripción al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Sanlúcar la

Mayor (Sevilla), del Juez Sustituto DON ENRIQUE EMILIO MARTÍNEZ

FERNÁNDEZ.

230 MEMORIA 2011

• Adscripción al Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla, de la Juez Sustituta, Dª

MARÍA DOLORES CUESTA CASTRO.

• Adscripción al Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla, del Juez de

Adscripción Territorial, D. ROGELIO REYES PÉREZ.

• Comisión de Servicios, sin relevación de funciones, al Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo nº 8 de Sevilla, de DON ÁLVARO M. MARTÍN

GÓMEZ, Titular del juzgado de lo Penal nº 2 de Sevilla.

• Adscripción a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo nº 4 y nº 5 de

Sevilla, de la Juez Sustituta, DOÑA MARÍA DE LA CRUZ FERNÁNDEZ-

ARAGÓN SÁNCHEZ.

• Adscripción a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo nº 1, 2, 3, 6, 7,

9, 10, 11 y 12 de Sevilla, del Juez Sustituto, DON JOSÉ LUQUE TERUEL.

• Adscripción parcial al Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla, de Juez

Sustituto para la celebración de juicios de faltas, en turno rotatorio.

• Adscripción al Juzgado de lo Social nº 1 de Sevilla de la Juez de Adscripción

Territorial, Dª ISABEL DE LUQUE PIÑANA, desde el 9 de diciembre.

3.8 JUECES DE PAZ Y REGISTROS CIVILES El Art. 122 de la Constitución Española confía a una Ley Orgánica del Poder

Judicial la determinación de la constitución, funcionamiento y gobierno de los

Juzgados y Tribunales, a quienes el Art. 117.3 de la misma encomienda el ejercicio

de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar

lo juzgado.

En cumplimento de tal mandato constitucional, el Art. 26 de la Ley Orgánica

6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial determina los Juzgados y Tribunales a los

que atribuye ese ejercicio de la potestad jurisdiccional, enumerando, en primer lugar,

los Juzgados de Paz. Con ello, se mantiene en la organización judicial española un

órgano judicial cuyos antecedentes se remontan a la Constitución de 1812, cuyo

bicentenario celebramos, en la que se estableció que el Alcalde de cada pueblo

ejercería el oficio de conciliador y ante él debería presentarse todo aquél que tuviera

que demandar “por negocios civiles o por injurias”.

MEMORIA 2011 231

No obstante, la denominación Juez de Paz aparece en nuestro ordenamiento

jurídico con la promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1855 que dispuso

que en todos los pueblos de la Monarquía en que hubiese Ayuntamiento habría

Jueces de Paz, a los que atribuyó, entre otras competencias, el conocimiento de

juicios verbales de menos de seiscientos reales y la celebración de actos de

conciliación. La denominación Jueces de Paz desaparece en la Ley Orgánica

provisional de 1870, así como en la Ley de Justicia Municipal de 1907, para volver a

aparecer con la Ley de Bases para la Justicia Municipal, de 19 de Julio de 1944,

manteniéndose en nuestra vigente regulación.

Desde ese momento histórico inicial reseñado, la Justicia de Paz ha sido

objeto de una regulación legal oscilante, en función de la consideración que en cada

momento han merecido aspectos claves de su configuración, tales como su efectiva

separación de potestades ejecutivas, con atribución de su ejercicio a un órgano

ajeno a la estructura del gobierno municipal; la determinación de sus competencias;

los requisitos de capacitación y formación jurídica de esos titulares; o el

procedimiento de designación y nombramiento de los mismos.

Los Juzgados de Paz, en su configuración actual, se encuentran regulados

por los artículos 99 a 103 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder

Judicial, que integran el Capítulo VI del Título IV del Libro I de la misma, bajo la

rúbrica, precisamente, “De los Juzgados de Paz”. En desarrollo de tal normativa y en

uso de la potestad reglamentaria que le atribuye el artículo 110.2.k) de esa Ley

Orgánica, el Consejo General del Poder Judicial aprobó el 7 de junio de 1995 el

Reglamento número 3/1995, “De los Jueces de Paz”.

Los Juzgados de Paz constituyen el primer escalón en la estructura judicial

del Estado y se encuentran configurados como órganos servidos por jueces legos,

no profesionales, que llevan a cabo funciones jurisdiccionales y mientras

desempeñan su cargo integran el Poder Judicial, gozando de inamovilidad temporal.

Los Jueces de Paz son elegidos por el Pleno de los respectivos

Ayuntamientos, con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus miembros, y

nombrados por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, entre quienes,

aun no siendo licenciados en derecho, reúnan los requisitos establecidos en la Ley

Orgánica para el ingreso en la carrera judicial, y no estén incursos en ninguna de las

causas de incapacidad o de incompatibilidad prevista para el desempeño de las

232 MEMORIA 2011

funciones judiciales, a excepción del ejercicio de actividades profesionales o

mercantiles.

La Ley de Demarcación y Planta Judicial contiene las previsiones sobre los

medios personales, materiales y económicos con que han de funcionar los Juzgados

de Paz, disponiendo que en los Juzgados de Paz se prestará servicio por personal

dependiente del Ayuntamiento, sin perjuicio de la normativa aplicable al ejercicio de

su función. No obstante, en los Juzgados de Paz de poblaciones de más de 7.000

habitantes y en aquellos otros Juzgados de Paz en los que la carga de trabajo lo

justifique prestarán servicio funcionarios de los Cuerpos de la Administración de

Justicia, con arreglo a las plazas que se prevean en la plantilla respectiva. Las

instalaciones y medios instrumentales del Juzgado de Paz, salvo cuando fuere

conveniente su gestión total o parcial por el Ministerio de Justicia o por la

Comunidad Autónoma respectiva, estará a cargo del Ayuntamiento respectivo y en

los Presupuestos Generales del Estado se establecerá un crédito para subvencionar

a los Ayuntamientos por la atención de los conceptos a que se refieren los dos

artículos anteriores. La subvención se modulará en función del número de habitantes

de derecho del municipio.

Desde el año 1997 la Comunidad Autónoma de Andalucía tiene asumidas las

competencias que ostentaba la Administración del Estado para la provisión de los

medios personales, materiales y económicos necesarios para el funcionamiento de

la Administración de Justicia, incluidos los Juzgados de Paz, con la excepción del

suministro de material normalizado con destino a los Registros Civiles, que es

precisamente una de las funciones de mayor relevancia de entre las que

desempeñan los Juzgados de Paz. Conforme al Art. 152 de Ley Orgánica 2/2007, de

19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, la Junta de

Andalucía tiene competencia sobre la justicia de paz en los términos que establezca

la Ley Orgánica del Poder Judicial. En estos mismos términos corresponde al

Consejo de Justicia de Andalucía el nombramiento de los Jueces. La Junta de

Andalucía también se hace cargo de sus indemnizaciones y es la competente para

la provisión de los medios necesarios para el ejercicio de sus funciones. Le

corresponde también la creación de las secretarías y su provisión.

La inclusión en la presente Memoria de un apartado específico dedicado a

estos órganos judiciales responde a la preocupación que genera, tanto a la

MEMORIA 2011 233

Presidencia como a la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia, la

actual situación de los mismos, cuya precariedad tiene un constante reflejo en el

ejercicio diario de las facultades gubernativas que legalmente tienen atribuidas.

Esta preocupación no es, sin embargo, nueva ni exclusiva de este Tribunal

Superior. Tampoco responde al momento económico, especialmente delicado, en

que nos encontramos, aunque el mismo esté determinando un agudo agravamiento

de patologías ya existentes. En efecto, el Libro Blanco de la Justicia elaborado por el

Consejo General del Poder Judicial en 1997 ya dedicaba un Capítulo específico a la

Justicia de Paz y en él se decía que no constituía el problema más acuciante de la

Justicia, pero no por ello debía quedar al margen de toda consideración o reflexión.

En noviembre de 2003, el Defensor del Pueblo Andaluz, presentó al Parlamento un

informe especial sobre la situación de los Juzgados de Paz en esta Comunidad

Autónoma, que sería asumible hoy en su mayor parte y cuyas recomendaciones, en

líneas generales mantienen su vigencia.

Por otra parte, esta misma Sala de Gobierno viene haciéndose eco de la

problemática que suscitan los Juzgados de Paz desde hace varios años, a propósito

de la elaboración cada año de la correspondiente Memoria. Así en la del año 1995,

se decía:

“La problemática de estos órganos judiciales es muy variada, aunque

fundamentalmente siempre viene a confluir en que se pretende de los mismos una

actuación, que, por su propia configuración y peculiaridad les desborda. El Juez de

Paz no es un técnico en derecho. Su misión será fundamentalmente la de lograr lo

justo mediante la equidad, esto es, teniendo, por supuesto, a la vista el

ordenamiento jurídico en la esfera de su competencia, hará una valoración de

hecho, o de la norma que le sea aplicable, según su leal saber y entender.

[…] La Justicia de Paz, así lo creemos, es la postergada en el orden de

prioridades. Los Ayuntamientos deben afrontar, con rigor, su responsabilidad de

facilitar a los Juzgados de su municipio de los medios instrumentales necesarios e

instalaciones adecuadas. Sólo así contaremos con una Justicia de Paz más eficaz,

más racional y más real, al mismo tiempo.”

En sucesivas Memorias anuales esta Sala de Gobierno ha hecho referencia al

horario de los Juzgados de Paz y al cumplimiento del mismo por parte de los

funcionarios destinados en esos Juzgados; a la puesta en marcha del proceso de

234 MEMORIA 2011

informatización de los Juzgados de Paz; al proyecto de Reglamento que en materia

de Justicia de Paz elaboró en su día la Junta de Andalucía y que no llegó a obtener

plasmación positiva; a las limitaciones que, con relación a la práctica preexistente,

ya acotada por la Instrucción del Consejo General del Poder Judicial 4/2001,

imponía en materia de auxilio judicial, la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000; ……..

Viene de antaño, por tanto, el interés por el estado en que se halla el primer

escalón de la organización judicial española, compuesto por Jueces que no forman

parte de la Carrera Judicial, en su mayor parte legos en Derecho, pero que están

investidos por el Estado de potestad jurisdiccional y que, por consiguiente, en el

ejercicio de las competencias que legalmente tienen atribuidas, juzgan y hacen

ejecutar lo juzgado con idéntica legitimación y afectación constitucional que el resto

de los órganos judiciales en que se residencia esa potestad jurisdiccional. De ahí,

que el marco en el que han de desempeñar sus funciones cobre especial relieve

desde el momento en que es susceptible de condicionar la efectividad de los

derechos que el Art. 24 de nuestra Constitución reconoce a todos los ciudadanos,

condicionamiento que adquiere singular relieve porque se trata de los Juzgados más

próximos al justiciable y donde, en consecuencia y pese a la menor entidad de las

materias que son objeto de su competencia, resulta igualmente imprescindible el

sometimiento de su actuación a todas las garantías que lleva incorporada la

Jurisdicción.

En las páginas siguientes se van a reflejar los datos de la actividad llevada a

cabo por los Juzgados de Paz de Andalucía y de esta Sala de Gobierno, así como a

reflexionar sobre la actualidad de las consideraciones que se han venido exponiendo

en torno a la Justicia de Paz, actualidad que determina la necesidad de recordarlas

en este momento, matizadas y adaptadas por la singularidad de la situación

económica que atravesamos y, sobre todo, por el replanteamiento de la actual

organización judicial y reasignación de competencias a los Juzgados y Tribunales

que esa situación está forzando, al poner en total evidencia el cúmulo de carencias y

deficiencias que presenta nuestro modelo judicial y del que la Justicia de Paz forma

parte.

MEMORIA 2011 235

ACTIVIDAD DE LOS JUZGADOS DE PAZ EN ANDALUCÍA

Los datos sobre la actividad de los Juzgados de Paz no son recopilados por el

Consejo General del Poder Judicial ni por los Tribunales Superiores de Justicia.

Esos datos son recogidos y publicados por el Instituto Nacional de Estadística, que

realiza esa operación estadística en colaboración con el Consejo General del Poder

Judicial en virtud del convenio suscrito entre ambos organismos el 14 de febrero de

1995.

La última estadística publicada es la correspondiente al año 2010. La

siguiente tabla refleja el número de asuntos civiles y penales resueltos por los

Juzgados de Paz de Andalucía en su conjunto y en cada una de sus ocho

provincias.

ASUNTOS CIVILES. AÑO 2010

Total asuntos

resueltos Juicios

Verbales Actos de

conciliación Exhortos

civiles Resto de asuntos

Almería 14.398 43 530 11.885 1.940

Cádiz 7.613 0 247 6.704 662

Córdoba 12.173 79 315 11.110 669

Granada 40.079 111 859 33.438 5.671

Huelva 18.279 53 317 15.271 2.638

Jaén 20.717 193 614 17.964 1.946

Málaga 23.242 111 552 21.539 1.040

Sevilla 50.901 239 1.640 46.866 2.156

ANDALUCÍA 187.402 829 5.074 164.777 16.722

ASUNTOS PENALES. AÑO 2010

Total asuntos resueltos

Juicios de faltas

Exhortos penales

Resto de asuntos

Almería 9.578 463 7.529 429

Cádiz 13.902 360 11.497 525

Córdoba 14.362 453 9.839 1.454

Granada 26.441 1.026 23.012 1.547

Huelva 18.852 994 14.464 2.412

Jaén 23.671 609 18.671 2.315

Málaga 21.095 600 15.253 3.122

Sevilla 45.242 1.130 28.054 9.912

ANDALUCÍA 173.143 5.635 128.319 21.716

236 MEMORIA 2011

Los datos muestran la importancia cuantitativa que el auxilio judicial tiene en

el volumen de asuntos total que tramitan los Juzgados de Paz, tanto en el orden civil

como en el penal. Esta importancia del volumen de trabajo que las peticiones de

auxilio judicial comportan para los Juzgados de Paz no lo es sólo desde el punto de

vista cuantitativo. También por la complejidad que todavía hoy comportan muchas

de estas diligencias para personas legas como los Jueces de Paz y los Secretarios

idóneos, que son la mayor parte de quienes ostentan las Secretarías de los

Juzgados de Paz.

Asimismo, la función de mediación que desempeñan los Jueces de Paz, sin

alcanzar la importancia de otras épocas, sobresale ampliamente sobre la función

jurisdiccional en materia civil, aunque se equilibra con la consideración del ejercicio

jurisdiccional en el plano penal, dado el número de juicios de faltas que se

celebraron en el año 2010.

Hay que resaltar el considerable aumento de las actuaciones jurisdiccionales

llevadas a cabo por los Jueces de Paz andaluces en el período 2005-2010. Mientras

en el año 2005 se celebraron en Andalucía 78 juicios verbales y fueron resueltos

3187 juicios de faltas, en el año 2010 fueron 829 los juicios verbales resueltos y

5.635, los juicios de faltas. Las cifras (siempre según el INE) denotan una

generalizada asunción de las competencias atribuidas, frente a épocas anteriores en

que la resistencia de ciertos Juzgados de Paz a realizar determinadas actuaciones

jurisdiccionales convivía con una clara reticencia de los Juzgados de Primera

Instancia e Instrucción a declinarlas. Sin duda, el punto de inflexión en este aspecto

vino dado por la sentencia del Tribunal Constitucional 35/2000, de 14 de Febrero,

constituyendo hoy una excepción los supuestos en que algún Juez de Paz resiste la

celebración de un juicio de faltas o de un juicio verbal civil, pese a las deficiencias de

medios y de formación que suelen presentar.

MEMORIA 2011 237

ASUNTOS CIVILES.

2007 2008 2009 2010

Asuntos

ingresadosAsuntos resueltos

Asuntos ingresados

Asuntos resueltos

Asuntos ingresados

Asuntos resueltos

Asuntos ingresados

Asuntos resueltos

Almería 11.148 11.052 15.641 15.430 14.420 14.294 14.783 14.398

Cádiz 6.163 6.128 7.261 7.306 8.364 8.206 7.485 7.613

Córdoba 6.887 6.679 9.114 9.182 11.009 10.807 12.220 12.173

Granada 33.277 33.082 35.232 34.529 38.867 38.646 40.481 40.079

Huelva 13.272 13.657 15.823 15.428 20.128 19.772 18.962 18.279

Jaén 17.312 17.284 17.598 17.411 19.508 19.571 20.863 20.717

Málaga 21.556 21.582 19.253 18.949 22.036 21.162 23.368 23.242

Sevilla 38.406 37.460 43.711 43.487 53.690 51.570 51.669 50.901

ANDALUCÍA 148.021 146.924 163.633 161.722 188.022 184.028 189.831 187.402

ASUNTOS PENALES.

2007 2008 2009 2010

Asuntos

ingresadosAsuntos resueltos

Asuntos ingresados

Asuntos resueltos

Asuntos ingresados

Asuntos resueltos

Asuntos ingresados

Asuntos resueltos

Almería 12.876 12.787 11.395 11.327 10.584 10.497 9.652 9.578

Cádiz 12.741 13.041 14.748 14.694 14.633 14.693 14.066 13.902

Córdoba 11.759 11.524 12.861 13.203 13.545 13.431 14.589 14.362

Granada 26.207 25.988 25.599 25.180 27.275 27.340 26.633 26.441

Huelva 15.671 16.122 16.407 15.905 19.803 19.502 18.745 18.852

Jaén 21.336 21.242 20.417 20.285 21.086 21.053 23.816 23.671

Málaga 20.196 20.328 20.486 20.214 20.630 20.231 21.053 21.095

Sevilla 32.977 32.345 36.254 36.113 41.637 41.289 45.149 45.242

ANDALUCÍA 153.763 153.377 158.167 156.921 169.193 168.036 173.703 173.143

ACTIVIDAD DE LA SALA DE GOBIERNO CON RELACIÓN A LOS JUZGADOS DE PAZ

- Nombramientos de Jueces de Paz Durante el año 2011 se han realizado 263 nombramientos de Jueces de Paz,

entre titulares y sustitutos. No obstante, los Juzgados de Paz vacantes en Andalucía

ascendían a 115 al finalizar el año, sobre un total de 685 Juzgados de Paz

238 MEMORIA 2011

existentes en el ámbito territorial de este Tribunal Superior de Justicia. El retraso en

la iniciación del proceso de elección por parte de los Ayuntamientos, así como la

demora en su conclusión, constituye, sin duda, la principal causa de la existencia de

ese número de vacantes, pues relativamente escasos son los supuestos en que la

Sala de Gobierno solicita algún tipo de informe con carácter previo al nombramiento

(22 en el año 2011), como también lo son, proporcionalmente, las renuncias (64,

entre jueces de paz titulares y sustitutos).

- Quejas En el año 2011, han sido incoados 61 expedientes de queja con relación a

Juzgados de Paz (lo que representa un 19,24% del total de quejas registradas –317-

), de los cuales 51 (83,60%) lo han sido a instancia de otros órganos judiciales

(Juzgados de instrucción, de primera instancia y de primera instancia e instrucción,

señaladamente) por retraso o incumplimiento de las peticiones de auxilio judicial que

éstos últimos han remitido a aquellos. El objeto de los restantes expedientes ha sido

la actuación del Juez de Paz en dos ocasiones; la demora en la celebración de un

acto de conciliación; la no apertura de las dependencias del Juzgado de Paz; la falta

de suministro de energía eléctrica en el Juzgado; la necesidad de compartir las

dependencias del juzgado con una asistencia social; o la situación del Juzgado en

otras dos ocasiones.

Las quejas han afectado a un total de 34 Juzgados de Paz andaluces.

Aún cuando desconocemos los datos estadísticos del año 2011, partiendo de

una gestión de peticiones de auxilio judicial durante el año 2010 superior a las

293.000, la existencia de 51 quejas por incumplimiento o retraso en la devolución de

exhortos supone, afortunadamente, un porcentaje no significativo.

REFLEXIONES SOBRE LA JUSTICIA DE PAZ La actividad de los Juzgados de Paz está fundamentalmente orientada a la

prestación de auxilio judicial a los demás órganos integrantes del Poder Judicial. Así

lo revela el número total de peticiones gestionadas, tanto en el ámbito civil como en

el penal, y que refleja la importancia que en ese aspecto tiene la Justicia de Paz.

Sin embargo, su contribución desde el punto de vista de la tramitación y

resolución de asuntos contenciosos, tanto civiles como penales, es poco

significativa, aún haciendo salvedad de la escasa atribución competencial que

MEMORIA 2011 239

ostentan. Así, frente a los 1.924.384 asuntos resueltos por los Jueces y Tribunales

andaluces en el año 2010, los Jueces de Paz de Andalucía resolvieron 67449

asuntos, excluidos los exhortos civiles y penales, lo que representa un 3,5 % de

aquella cifra. Bien es cierto que menos cómoda sería la situación de los primeros, de

sumar un 3,5% más de asuntos a la desmedida carga de entrada que ahora

soportan.

El planteamiento de la posible supresión de los Juzgados de Paz por su

escasa rentabilidad y eficacia o el aumento de sus competencias, es algo que ya

cuestionó el Libro Blanco sobre la Justicia. En ese momento, la apuesta fue el

reforzamiento de la Justicia de Paz mediante la adopción de una serie de medidas

reformadoras de la misma, atinentes fundamentalmente a la potenciación de sus

funciones en el ámbito del auxilio judicial, manteniendo las competencias en materia

civil y las de Registro Civil4; la preparación del personal que sirve en estos Juzgados

–jueces de paz incluidos; o al sistema de elección de los mismos, primando la

condición de licenciado en derecho de los candidatos. También se apuntaba a la

superación de la tradicional diferenciación entre poblaciones de más y menos de

7000 habitantes a la hora de resolver los problemas de estructuras y medios, así

como la generalización de las agrupaciones de las secretarias de los Juzgados de

Paz, como medio de poder dotar a todos ellos de personal funcionario de los

Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.

Esta Sala de Gobierno también apostó en su momento5 por el reforzamiento

de la Justicia de Paz, en línea con el posicionamiento realizado por el Consejo

General del Poder Judicial, realizando una serie de propuestas básicamente

coincidentes con las apuntadas por éste: programa de formación continua del

personal no funcionario, así como estabilidad y mejora de su retribución; necesidad

de que los Jueces de Paz fueran licenciados en Derecho, o se les adscribiera algún

técnico que les pudiera asesorar en los casos en que fuera necesario; una racional

agrupación de las Secretarías de los Juzgados de Paz; una financiación con el

mismo origen que la cubre las necesidades de los demás órganos jurisdiccionales.

4 Se partía de la necesidad de suprimir los juicios de faltas. 5 Informe de la Presidencia de este Tribunal Superior aprobado por la Sala de Gobierno en su reunión de 29 de abril de 2003.

240 MEMORIA 2011

El transcurso del tiempo evidencia que muy pocas de aquellas propuestas

reformadoras ha alcanzado éxito. El sistema de elección de los Jueces de Paz

continúa siendo el mismo y en él, en principio, no tiene cabida la consideración de

un mayor mérito o capacidad, ni la condición de licenciado en Derecho: el Pleno del

Ayuntamiento elige por mayoría absoluta y la Sala de Gobierno nombra al elegido

previa comprobación de la regularidad del procedimiento seguido o, en su caso, de

la petición de algún informe. La formación, tanto de los Jueces de Paz como de los

Secretarios idóneos, se reduce a la impartición de esporádicos cursos, con escaso

éxito de convocatoria.

Las competencias de los Juzgados de Paz permanecen invariables y la

potenciación de las funciones de auxilio judicial que se preconizaba fue sustituida

por la limitación de los actos de cooperación judicial que impuso la vigente Ley de

Enjuiciamiento Civil en el año 2001 y que la Instrucción del Consejo General del

Poder Judicial 4/2001, generalizó para todos los demás órdenes jurisdiccionales. El

Art. 50 de la Ley de Demarcación y Planta Judicial, sobre la agrupación de

Secretarías, no ha sido objeto de desarrollo por la Comunidad Autónoma ni en

cuanto al procedimiento a seguir para la formación de Agrupaciones, ni en lo relativo

a los criterios que deberán ser tenidos en cuenta para acceder a su constitución.

En materia de financiación, el avance que supuso el programa de

subvenciones a los Ayuntamientos para mejora de infraestructuras y equipamientos

básicos en los Juzgados de Paz, instaurado por la Junta de Andalucía mediante la

Orden de 18 de Enero de 2002, que el Defensor del Pueblo Andaluz recomendaba

mantener y consolidar, así como el establecimiento de las cantidades que en

concepto de indemnización deben percibir las personas idóneas que ejercen las

Secretarías de los Juzgados en población de menos de siete mil habitantes,

competencias ambas heredadas del Ministerio de Justicia que las ejecutaba a través

de las Gerencias Territoriales, puede haberse visto definitivamente truncado a raíz

de la publicación de la Ley 5/10, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía,

cuyo Art. 9, dentro del marco de competencias propias de los municipios andaluces,

contempla la “provisión de medios materiales y humanos para el ejercicio de las

funciones de los juzgados de paz”. Ahora, los Ayuntamientos deberán detraer las

cantidades necesarias para la provisión de las necesidades de los Juzgados de Paz,

de los fondos incondicionados que reciban en función del número de habitantes del

MEMORIA 2011 241

municipio, en los términos que prevé la Ley 6/2010, de 11 de junio, reguladora de la

participación de las entidades locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de

Andalucía.

Esta nueva regulación ha generado ya numerosas quejas por falta de abono

por parte de los Ayuntamientos de las indemnizaciones establecidas para los

secretarios idóneos, así como por falta de provisión de las necesidades materiales

de los respectivos Juzgados de Paz, circunstancia que es de esperar sea fruto del

inicial desconcierto que, en algunos casos, haya podido motivar el cambio de la

regulación legal al respecto, haciendo desaparecer la afectación de cantidades

determinadas a los Juzgados de Paz, y no una repetición de situaciones que esta

Sala de Gobierno denunciaba en su Memoria del año 1995, en la que constataba

que “… con relativa frecuencia han llegado quejas a la Sala de Gobierno de que los

Ayuntamientos, en general, incumplen su obligación de dotar a sus Juzgados de Paz

de los medios materiales, también personales, para cumplir su función dignamente”.

En materia de gestión de medios materiales, la Ley de Demarcación y Planta,

en su artículo 51.3, sigue atribuyendo a los Ayuntamientos la responsabilidad de las

instalaciones y medios instrumentales, aunque las determinaciones del edificio que

le ha de servir de sede corresponde a la Administración Central o Autonómica, en el

caso de la Comunidad que tenga transferidas estas competencias, como ocurre en

Andalucía, si bien dicha “determinación” se hará a propuesta del propio

Ayuntamiento. En este sentido es fundamental la dignificación de las instalaciones,

procurando accesibilidad de los edificios, condiciones de seguridad y conservación

para los Libros del Registro Civil e informatización, si bien el primer paso ha de ser la

exclusividad de las mismas, dejando de ser compartidas con otros servicios

municipales.

Llegados a este punto, se plantea una clara disyuntiva de futuro. Podemos

seguir preconizando una línea de reforzamiento de la Justicia de Paz, si bien ello se

antoja utópico en el actual estado de las cosas: crisis económica, replanteamiento

de las actuales demarcaciones judiciales, implantación de un nuevo modelo de

oficina judicial, etc. El mantenimiento de la Justicia de Paz no resultará posible sin

una integración real y efectiva de la misma en la estructura jurisdiccional y una

redefinición de sus competencias. Sin una nueva configuración de la misma, en

definitiva.

242 MEMORIA 2011

Parece evidente que los antiguos argumentos acerca de las ventajas de los

jueces legos en derecho no sirven en el momento actual para justificar la necesidad

de su existencia. Tampoco las razones siempre aducidas sobre el acercamiento de

la Justicia al justiciable, el desempeño de funciones conciliadoras y pacificadoras o

la necesidad de imponer la autoridad moral en los pequeños núcleos de población

parecen responder a las nuevas situaciones jurídicas y sociológicas, pues muchas

de esas circunstancias, como la provocada por la distancia, ha desaparecido con los

actuales medios de comunicación, mientras que otras no corresponden a las

actuales relaciones humanas y complejidad de las mismas. Es más, la existencia de

un juez de paz rural no parece estar en gran consonancia con las formas de

agrupación humana existentes en la actualidad.

La Justicia de Paz precisa ser servida por personas que cuenten con una

debida preparación jurídica. La necesidad de que el primer escalón de la

organización judicial contribuya en mucha mayor medida a solventar el problema

que genera el ingente número de asuntos que cada año tiene entrada en los

Juzgados y Tribunales, así lo impone. De ese modo, sería factible un incremento de

los asuntos civiles atribuidos a su competencia y también de las faltas, siempre que

no resulte finalmente desjudicializada la respuesta sancionadora para tales

infracciones.

La exigencia de una determinada preparación técnica en el Juez de Paz

posibilitaría en mayor grado la potenciación de las funciones mediadoras o

conciliadoras que tradicionalmente viene desempeñando. Las actuales relaciones

sociales, su complejidad y la intensidad y alcance de los conflictos que generan,

aconseja el empleo de técnicas de comunicación y de resolución de conflictos y

negociación, para lo que se requiere poseer los conocimientos precisos. El Juez de

Paz ha de poseer o serle proporcionada la formación necesaria en ese sentido.

El sistema de elección de los Jueces de Paz debe ser modificado en una

doble dirección: para introducir en el mismo los principios de mérito y capacidad de

acuerdo con la cualificación jurídica antes apuntada; y para dotarle, sin sombra de

duda alguna, de los imprescindibles atributos de imparcialidad e independencia,

como titular de un órgano que forma parte del Poder Judicial, lo que no sucede con

el actual sistema. Paralelamente, su retribución ha de ser acorde a las funciones

desempeñadas y la provisión de los medios materiales necesarios para ello ha de

MEMORIA 2011 243

llevarse a cabo por la misma Administración que la realiza para los demás órganos

judiciales. En definitiva, la Justicia de Paz debe superar su tradicional dependencia

municipal.

En la misma línea de agrupación de partidos judiciales que se apunta a

propósito de la remodelación de la actual demarcación judicial, ha de abordarse de

forma decidida la agrupación de las secretarías de los Juzgados de Paz con la

finalidad de que todos ellos puedan estar dotados del número necesario de

funcionarios de la Administración de Justicia. Incluso pudiera ser conveniente

estudiar la posibilidad de promover la agrupación de Juzgados de Paz, pues así lo

facilita la propuesta de cambio tanto en el perfil como en el sistema de elección del

Juez de Paz y ofrece indudables economías en todos los aspectos.

Concluimos. No es posible desconocer que oscuras sombras parecen

cernirse sobre la viabilidad futura de la Justicia de Paz. Así, junto a la propuesta de

despenalización de las faltas, recientemente retomada desde diversas instancias,

aunque venía formulada en el Libro Blanco de la Justicia, la cada vez más acuciante

necesidad de descargar a los Juzgados de instancia del cúmulo de asuntos que se

ven avocados a resolver, hace frecuente el planteamiento de la oportunidad de

reinstaurar tribunales de base o de primer grado, lo que supondría la abolición de los

Juzgados de Paz 6.

Ha de añadirse, además, la progresiva implantación y desarrollo de los

Servicios Comunes de actos de comunicación que irá privando a los Juzgados de

Paz de una de sus principales funciones: el auxilio judicial. La segunda, exclusión de

funciones en temas de Registro Civil, tiene ya fecha: 22 de julio de 2014.

La materialización de tales proyectos eliminará buena parte de las razones

que justifican la existencia de la Justicia de Paz 7, al tiempo que la tradicional

problemática que presentan por la precariedad de sus medios, por el déficit de

formación de sus servidores y por su vinculación con el poder municipal, parece

6 Recomendación que efectúa el informe emitido por la Comisión Institucional sobre Demarcación y Planta. 7 Dejamos al margen el debate sobre la justificación de la Justicia de Paz como forma de participación ciudadana en la Administración de la Justicia, que es defendida por unos autores y rechazada por otros, considerando que no tiene base en el art. 125 de nuestra Constitución. El art. 154 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía trata de la participación de los andaluces en la Administración de Justicia, haciendo referencia únicamente a la institución del Jurado, en tanto que la Justicia de paz y de proximidad es regulada en otro precepto, el art. 152.

244 MEMORIA 2011

conducir inexorablemente a su desaparición o, cuando menos, a una profunda

transformación de la Justicia de Paz tal y como hoy es conocida.

EL REGISTRO CIVIL Establece el Art. 100 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que los Jueces de

Paz “cumplirán también funciones de Registro Civil”. Esta misma Ley determina en

su Art. 86.1 que “el Registro Civil estará a cargo de los Jueces de Primera Instancia

y, por delegación de éstos, de los de Paz, de conformidad con lo que establezca la

ley,….”.

Las funciones registrales que, por delegación y de conformidad con lo

determinado por la Ley y el Reglamento del Registro Civil vigentes, llevan a cabo los

Jueces de Paz son muy amplias tanto en lo relativo a la calificación de los hechos a

inscribir como en la tramitación de algunos tipos de procedimientos registrales,

especialmente los de fe de vida y estado y los expedientes previos a la celebración

de los matrimonios civiles, así como la celebración de éstos, en su caso.

Estas funciones suponen el mayor porcentaje de la actividad en la mayoría de

los Juzgados de Paz, sobre todo en los de pequeñas poblaciones, siendo para el

Secretario del Juzgado especialmente intensas las labores de inscripción y de

expedición de las certificaciones correspondientes, además de las necesidades de

atención al público, normalmente numeroso, que acude a los Juzgados y de las

derivadas de la llevanza y custodia de los Libros Oficiales. El desempeño de las

mismas ofrece no pocas dificultades: en los Juzgados de Paz de más 7000

habitantes porque, aunque cuentan con personal funcionario de los Cuerpos al

servicio de la Administración de Justicia, generalmente existe una infradotación de

su plantilla con relación volumen de trabajo que genera la función registral; y en las

poblaciones de menos de 7000 habitantes, precisamente porque no se cuenta con

ese personal funcionario, el Juez de Paz y el Secretario idóneo no cuentan muchas

veces con la formación registral necesaria ni con el tiempo para una dedicación

adecuada a las necesidades de la llevanza del Registro Civil.

Sin embargo, como se decía anteriormente, el ejercicio de las funciones

registrales a que venimos refiriéndonos tiene fecha de extinción: el 22 de julio de

2014, en que está prevista la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del

Registro Civil. Esta Ley diseña un Registro Civil único para toda España,

MEMORIA 2011 245

informatizado y accesible electrónicamente, que configura como una base de datos

única que permite compaginar la unidad de la información con la gestión

territorializada y la universalidad en el acceso, posibilitando la superación del

Registro físicamente articulado en libros custodiados en oficinas distribuidas por toda

España. Ello obliga a un replanteamiento de toda la estructura organizativa, que se

configura con el objetivo principal eximir al ciudadano de la carga de tener que

acudir presencialmente a las oficinas del Registro.

De este modo, junto a las Oficinas Central y Consulares, se establecen las

llamadas Oficinas Generales, de las que existirá una al menos en cada Comunidad

Autónoma, con la posibilidad de crear en ellas una Oficina General más por cada

500.000 habitantes y hasta tres Oficinas Generales más por Comunidad Autónoma,

como máximo, por razones de agrupamiento de población o peculiaridades del

territorio. El acceso de los ciudadanos al Registro se posibilita mediante la

presentación de las solicitudes y documentación pertinente ante cualquier Oficina del

Registro Civil o remitirla electrónicamente, previéndose que puedan hacerlo también

en los Ayuntamientos. La Ley 20/2011 asigna la llevanza del registro a funcionarios

públicos, relevando de esa tarea a los miembros del Poder Judicial del Estado que

hasta ahora la llevaban a cabo. Serán las Comunidades Autónomas las que

designen a los Encargados de las Oficinas Generales.

La nueva regulación registral no menciona a los Jueces de Paz ni les asigna,

en consecuencia, cometido registral alguno. La administrativización del Registro que

preconiza y pretende la nueva regulación, hace pensar que el único cometido de los

Ayuntamientos, de recepción de las solicitudes y documentación que puedan

presentar ante ellos los ciudadanos, se ejercerá por la oficina, dependencia o

sección administrativa que aquellos establezcan y no por los Jueces de Paz,

integrantes del Poder Judicial que resulta relevado, en su conjunto, del ejercicio de

estas funciones registrales.

En fin, se presenta en materia de Registro Civil un escenario totalmente

nuevo y ello supone un factor más para el cuestionamiento de la actual Justicia de

Paz, ante la desaparición de una de sus tradicionales y más importantes funciones.

246 MEMORIA 2011

LOS REGISTROS CIVILES DURANTE 2011 El Art. 58 del vigente Reglamento de la Ley del Registro Civil, aprobado por

Decreto de 14 de noviembre de 1958, atribuye la inspección ordinaria de los

Registros Municipales al Presidente del Tribunal Superior de Justicia respectivo o al

Magistrado en quien delegue para cada provincia, estableciendo que la inspección

se hará personalmente y una vez al año.

En cumplimiento del referido mandato legal, se ha llevado a cabo durante el

año 2011 la inspección ordinaria de los Registros Civiles comprendidos en el

territorio de este Tribunal Superior de Justicia, cuyo resultado permite concluir, con

carácter general, una correcta llevanza de los libros inspeccionados y una buena

práctica de los asientos y tramitación de los expedientes y legajos. No obstante, en

aquellos Registros en que se han observado defectos se han dado las instrucciones

oportunas para su debida corrección.

Se han detectado problemas y disfunciones derivados de la implantación del

nuevo sistema informático “inforeg4” en algunos Registros Civiles de la provincia de

Almería, singularmente en Huércal-Overa y en el Registro Civil de Martos (Jaén). En

Ceuta, ha sido el programa informático “Regius” el que los ha generado.

Esa actividad inspectora ha constatado también una preocupante carencia de

medios personales y materiales en una gran parte de los Registros Civiles

inspeccionados, conforme se exponía en la Memoria de 2010 y se viene reiterando

año tras año.

De forma esquemática, debe significarse que presentan especiales

deficiencias en cuanto a medios personales y materiales, con diferente intensidad y

alcance, los siguientes Registros civiles:

• Huércal-Overa, Roquetas de Mar y Almería.

• Algeciras, Barbate, Chiclana de la Frontera, Jerez de la Frontera, La Línea de

la Concepción, Puerto de Santa María, Puerto Real, San Fernando, Sanlúcar

de Barrameda y Ubrique.

• Ceuta.

• Almuñécar, Órgiva y Granada.

• Chilluevar, Úbeda, Pozo Alcón y Jaén.

• Estepona, Manilva, Marbella, Fuengirola y Málaga.

MEMORIA 2011 247

• Lebrija, Utrera, Cazalla de la Sierra y Sevilla.

Debe destacarse de forma singular que:

• El Registro Civil de Málaga no ha experimentado variación de plantilla en los

últimos 14 años y en él se necesita una redistribución de espacios y avance

en la informatización, con dotación de una herramienta informática de gestión

propia para los numerosos expedientes que se tramitan.

• En el Registro Civil de Chilluevar (Jaén) presenta una carga de trabajo

imposible de asumir por la secretaria idónea del Juzgado de Paz, dado el

escaso tiempo de dedicación que puede prestarle.

• El Registro Civil de Cazalla de la Sierra (Sevilla) presenta humedades en

muros y mobiliario, precisándose urgente reparación y mantenimiento.

Además debe ser dotado de una equipación informática adecuada y

reprográfica, de la que carece.

• El Registro Civil de Lebrija necesita de forma perentoria el aumento de su

plantilla. Sólo un funcionario, que compatibiliza esta función, atiende este

Registro.

• El Registro Civil de Marbella se ubica en unas dependencias inadecuadas con

la consiguiente repercusión en la imagen de la Administración de Justicia que

se transmite.

Por último, se ha detectado un estado deficiente de conservación de los

Libros en los Registros Civiles de Algeciras y Rota, en Cádiz; Almuñécar y distintos

Registros del partido judicial de Órgiva, en Granada; Arjona, Arjonilla, Beas de

Segura, Chilluevar, La Carolina, Lopera, Martos, Porcuna, Villardompardo, Peal de

Becerro y Sabiote, en Jaén; Algatocín, Antequera, Benaladid, Benarrabá, Coín,

Cortes de la Frontera, Gaucín, Parauta, Vélez-Málaga y Villanueva de Alagaidas, en

Málaga; y Carmona, El Saucejo, Estepa, Osuna y Viso del Alcor, en Sevilla. En el

Registro Civil de Sevilla también sería conveniente la restauración periódica de los

libros de inscripciones anteriores al año 1950, dado el deterioro que sufren por su

continuado uso.

248 MEMORIA 2011

IV. ACTIVIDAD GUBERNATIVA Y COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL

4.1 SALA DE GOBIERNO A la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y

Melilla, corresponde el gobierno interno de los Juzgados y Tribunales, dentro de su

ámbito territorial, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo General del

Poder Judicial en todo el territorio nacional.

La Sala de Gobierno se integra en la actualidad por treinta y dos miembros,

de los que diecisiete son natos y quince electivos, y por la Secretaria de Gobierno.

Por tanto, la composición de la Sala de Gobierno es la siguiente:

Miembros natos. Excmo. Sr. Don Lorenzo del Río Fernández, Presidente del

Tribunal Superior de Justicia; Ilmo. Sr. Don Antonio Moreno Andrade, Presidente de

la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla; Ilmo. Sr. Don Francisco Javier

Vela Torres, Presidente de la Sala de lo Social en Málaga; Ilmo. Sr. Don Antonio

Reinoso Reino, Presidente de la Sala de lo Social en Sevilla; Ilmo. Sr. Don Rafael

Toledano Cantero, Presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en

Granada; Ilmo. Sr. Don José Manuel González Viñas, Presidente de la Sala de lo

Social en Granada; Ilmo. Sr. Don Manuel López Agulló, Presidente de la Sala de lo

Contencioso-Administrativo en Málaga; Ilmo. Sr. Don Eduardo Baena Ruiz,

Presidente de la Audiencia Provincial de Córdoba; Ilmo. Sr. Don José Requena

Paredes, Presidente de la Audiencia Provincial de Granada; Ilmo. Sr. Don Jesús

Fernández Entralgo, Presidente de la Audiencia Provincial de Huelva; Ilmo. Sr. Don

Manuel Damián Álvarez García, Presidente de la Audiencia Provincial de Sevilla;

Ilma. Sra. Doña Elena Arias Salgado Robsy, Presidenta de la Audiencia Provincial

de Jaén; Ilma. Sra. Dª. María Lourdes Molina Romero, Presidenta de la Audiencia

Provincial de Almería; Ilmo. Don Manuel Estrella Ruiz, Presidente de la Audiencia

Provincial de Cádiz; Ilmo. Sr. D. Antonio Alcalá Navarro, Presidente de la Audiencia

Provincial de Málaga; Ilmo. Sr. Don José María Páez Martínez-Virel, Decano de los

MEMORIA 2011 249

Juzgados de Málaga y Ilmo. Sr. Don Federico Jiménez Ballester, Decano de los

Juzgados de Sevilla.

Miembros electos: Ilma. Sra. Doña Adela Juana Frias Román, Magistrada-

Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 18 de Granada, Ilma. Sra. Doña Patricia

Fernández Franco, Magistrada-Juez del Juzgado de Instrucción nº 3 de Sevilla, Ilma.

Sra. Doña María Fernanda García Pérez, Magistrada de la Sección 2ª de la

Audiencia Provincial de Jaén, Ilma. Sra. Doña Nuria Auxiliadora Orellana Cano,

Magistrada Juez del Juzgado de lo Mercantil de Cádiz, Ilmo. Sr. Don Esteban Brito

López, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción nº 2 de Huelva, Ilmo. Sr. Don

Saturnino Regidor Martínez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1

de Jaén, Ilmo. Sr. Don Álvaro Marcos Martín Gómez, Magistrado-Juez del Juzgado

de lo Penal nº 2 de Sevilla, Ilma. Sra. Doña Celia Belhadj Ben Gómez, Magistrada-

Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Sevilla, Ilma. Sra. Doña María

Cristina Martínez de Páramo, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº

12 de Granada, Ilma. Sra. Doña María del Rosario Flores Arias, Magistrada-Juez del

Juzgado de lo Social nº 4 de Córdoba, Ilmo. Sr. Don Fernando de La Torre Deza,

Magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga, Ilmo. Sr. Don

Ricardo Puyol Sánchez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 4 de Málaga,

Ilmo. Sr. Don Juan José Parra Calderón, Magistrado Juez del Juzgado de lo Penal nº

2 de Jerez de La Frontera (Cádiz), Ilmo. Don Rafael Rodero Frías, Magistrado Juez

del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Granada y Ilma. Doña Elena

Gómez Calasanz, Jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de

Moguer (Huelva).

En orden a su funcionamiento, debe recordarse que la Sala de Gobierno

funciona en Pleno y en Comisión, aparte de múltiples sesiones con tres integrantes

para tomas de posesión.

En Comisión se reúne, como regla general, semanalmente, permitiendo una

rápida respuesta a los problemas y cuestiones que diariamente se van suscitando en

el devenir funcional de los Juzgados y Tribunales, asuntos que, obviamente, serán

trasladados a la consideración del Pleno.

Los integrantes de la Comisión durante el pasado año 2011 han sido, además

del Presidente del TSJA, D. Lorenzo del Río Fernández, los Sres. Don Francisco

Javier Vela Torres, Presidente de la Sala de lo Social en Málaga, Don Antonio

250 MEMORIA 2011

Reinoso Reino, Presidente de la Sala de lo Social en Sevilla, Doña Elena Arias

Salgado Robsy, Presidenta de la Audiencia Provincial de Jaén, Doña Adela Juana

Frias Román, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 18 de Granada,

Don Alvaro Marcos Martín Gómez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 2 de

Sevilla, Don Juan José Parra Calderón, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº

2 de Jerez de la Frontera (Cádiz) y Don Jose María Páez Martínez Virel, Magistrado-

Juez Decano de los Juzgados de Málaga.

El Pleno se reúne al menos una vez cada tres meses, y además de tomar

conocimiento y ratificar, en su caso, decisiones y acuerdos adoptados en Comisión,

se encarga de la consideración y decisión de otros asuntos de especial

trascendencia que no hayan requerido la urgencia temporal. La Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia ha celebrado cuatro

sesiones plenarias a lo largo del año 2011 y se ha reunido en Comisión Permanente

en veintiocho ocasiones, aparte de 34 sesiones para actos de juramento (o

promesa) y tomas de posesión.

A continuación se puede ver el estado numérico de los asuntos que ha

conocido la Sala de Gobierno durante el año 2011.

COMISIÓN de Sala de Gobierno

1.-Composición de Salas y Secciones 14

2.-Quejas 227

3.-Magistrados Suplentes, Jueces Sustitutos 1.349

4.-Jueces de Paz 375

5.-Control presos preventivos 78

6.-Procuradores de los Tribunales 12

7.-Diligencias Informativas, Informaciones Previas y Informaciones Sumarias 144

8.-Autorizaciones de actuación para dictar sentencia y Comisiones de Servicio 842

9.-Actas de Juntas de Jueces, Normas de Reparto y Normas de Sustitución 142

10.-Medidas de Refuerzo 359

11.-Alardes y Seguimientos 284

12.-Asuntos varios 848

MEMORIA 2011 251

PLENO de Sala de Gobierno

1.- Jubilación por incapacidad, composiciones 4

2.- Diligencias Informativas 2

3.- Expedientes de Corrección Disciplinaria 0

4.- Propuestas e Informes 1

5.- Actas de Juntas de Jueces, Normas de Reparto y Normas de Sustitución 06.- Nombramientos de Magistrados Suplentes, Jueces Sustitutos y Secretarios en Régimen de Provisión Temporal 0

7.- Visitas de Inspección y Alardes 49

8.- Recursos Ordinarios y Recursos de Alzada 11

9.- Memoria Anual 1

10.- Asuntos Varios 10

El siguiente cuadro muestra el resumen final de la actividad de la Sala de

Gobierno durante el año 2011.

SESIONES ASUNTOS COMISIÓN 28 4674

PLENO 4 78 JURAS Y/O

POSESIONES 34 0

TOTAL 66 4752

A continuación se muestra una comparativa de la actividad de la Sala de

Gobierno con el año 2010:

AÑO 2010 AÑO 2011 SALA DE

GOBIERNO

SESIONES

ASUNTOS

SESIONES

ASUNTOS

COMISIÓN 34 5464 28 4674

PLENO 4 84 4 78

TOTAL 38 5548 32 4752

Igualmente, puede verse la relación de asuntos registrados durante los dos

últimos años:

252 MEMORIA 2011

RELACIÓN DE ASUNTOS AÑO 2010 AÑO 2011

a) Registro de Entrada 28767 37076 b) Registro de Salida 37707 40994

c) Otros Libros Registro: 1.- Diligencias Informativas 16 6 2.- Informaciones Previas 110 50 3.- Informaciones Sumarias 12 5 4.- Quejas 189 316 5.- Exp. Corrección Disciplinaria 2 1 6.- Alardes 168 152 7.- Juntas de Jueces 178 136 8.- Incidentes de Recusación 6 6 9- Aut. Para dictar sentencia 688 801 10.- Control de Presos Preventivos 21 30 11.- Recursos de Alzada 22 53 12.- Visitas de Inspección 46 48 13.- Exhortos 1 3 14.- Comisiones Rogatorias 102 71 14.1.- C.R. Activas 83 60 14.2.- C.R. Pasivas 19 11 15.- Apostillas 18597 17799 16.- Legalizaciones 2607 2537 17.- Repartos Salas de lo Social 32 43 18.- Juntas de Secretarios 6 14 19.- Circulares 92 89 20.- Medidas de refuerzo 26 21 21.- Medidas de refuerzo secretarios 13 15 22.- Seguimientos 89 65 23.- Llamamientos Jueces Sustitutos 809 971 24.-Llamamientos Magistrados Suplentes 198 155 25.- Cruces S. Raimundo Magistrados 7 9 26.- Comisiones Servicio Secretarios 28 20 27.- Asuntos Varios: Comisiones Servicio Jueces 5 15 Composición Salas y Secciones 13 18 Incidencias Medios Personales 30 Incidencias Medios Materiales 79 60 Prórrogas de Jurisdicción 65 60 Servicios de Apoyo 27 44 Otros 124 109 TOTAL ASUNTOS VARIOS 200 167

MEMORIA 2011 253

4.2 ACTOS MÁS RELEVANTES-2011 TOMA POSESIÓN PRESIDENTES AUDIENCIAS CÁDIZ Y MÁLAGA El 18 de marzo tomó posesión del cargo de Presidente de la Audiencia

Provincial de Cádiz Manuel Estrella Ruiz, que también juró como miembro nato de la

Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla.

El acto de toma de posesión, que por

primera vez tuvo lugar en la ciudad de Cádiz,

estuvo presidido por el Presidente del Tribunal

Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y

Melilla, Lorenzo del Río Fernández, y asistieron

los vocales territoriales para Andalucía del

Consejo General del Poder Judicial, Miguel

Carmona, Antonio Dorado y Manuel Torres Vela, así como el vocal Manuel Almenar.

El 18 de noviembre tomó posesión de su cargo –y juró como miembro nato de

la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía- el nuevo

Presidente de la Audiencia Provincial de Málaga, Antonio Alcalá. Al acto, que estuvo

presidido por el Presidente de este Tribunal Superior de Justicia y se celebró en

Málaga, asistieron los vocales territoriales

para Andalucía del Consejo General del

Poder Judicial, Manuel Torres Vela y Pío

Aguirre, así como los vocales Manuel

Almenar y Concepción Espejel. Además,

acudió el magistrado del Tribunal

Constitucional, Ramón Rodríguez Arribas, y el magistrado del Tribunal Supremo,

Francisco Arroyo.

Entre otras autoridades también asistió el Fiscal jefe de la Fiscalía Provincial

de Málaga, el Secretario General para la Justicia de la Junta de Andalucía, la

Delegada de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía en Málaga, el Alcalde

de Málaga, el Presidente la Diputación de Málaga, el Subdelegado del Gobierno en

Málaga, así como distintas autoridades militares y policiales.

254 MEMORIA 2011

15 NUEVOS JUECES SE INCORPORAN A ÓRGANOS JUDICIALES ANDALUCES El 26 de mayo tuvo lugar la jura de los nuevos Jueces de la LXI promoción.

Un total de 15 jueces, procedentes de la Escuela Judicial, juraron o prometieron en

sus cargos ante la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,

Ceuta y Melilla.

Los 15 jueces fueron los aspirantes

que superaron el curso teórico-

práctico de selección,

correspondiente a las oposiciones de

ingreso a la carrera judicial. Tras

adjudicarles destino el Pleno

Permanente del Consejo General del

Poder Judicial, los nuevos jueces

pasaron a servir el cargo en

diferentes órganos unipersonales de

la Comunidad Autónoma de

Andalucía con la siguiente

distribución: Almería ( 3 ), Cádiz ( 1 ),

Córdoba ( 5 ), Granada ( 1 ), Málaga (

2 ), Melilla ( 1 ) y Sevilla ( 2 ).

Con la incorporación de esta promoción se reforzó el trabajo en diferentes

órganos judiciales unipersonales de la Comunidad Autónoma. De la nueva

promoción que se incorporó a los órganos judiciales de Andalucía, 8 fueron mujeres

y otros 7 hombres.

ENCUENTROS CON MAGISTRADOS Durante los primeros meses del año 2011, el Presidente del Tribunal Superior

de Justicia se reunió con los jueces y magistrados de toda Andalucía. Esos

encuentros se enmarcaron en el objetivo que se marcó el nuevo Presidente para

conocer, de primera mano, las sugerencias, inquietudes, necesidades y proyectos

que plantearon los jueces y magistrados de cada territorio.

En este contexto, se celebraron reuniones con los magistrados de las Sala

Social y Contencioso-Administrativo del TSJA, con los magistrados de todas las

MEMORIA 2011 255

Audiencias de Andalucía y con los magistrados de los juzgados unipersonales de

cada provincia. Los encuentros con magistrados comenzaron en Granada, para

seguir después con Sevilla, Huelva, Córdoba, Jaén, Almería, Málaga y Cádiz.

Durante el año también mantuvo sendas reuniones con los presidentes de la

Audiencias Provinciales.

Además, en esas visitas también se produjeron reuniones con los

representantes de los Colegios de Abogados y Procuradores de todas las provincias,

para que pudieran exponer al Presidente sus inquietudes y necesidades respecto al

funcionamiento de la Administración de Justicia en cada territorio.

Por su parte, los alumnos de la Escuela Judicial que se encontraban

realizando prácticas en los Juzgados de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

Ceuta y Melilla también acudieron al TSJA para mantener una reunión con el

Presidente.

VISITA DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL Y DEL TRIBUNAL

SUPREMO A SEVILLA El Presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo,

Carlos Dívar, realizó el 11 de mayo una visita institucional a las sedes judiciales de

Sevilla para conocer, de primera mano, las sugerencias, inquietudes, necesidades y

proyectos que plantean los jueces y magistrados del territorio.

El presidente del CGPJ, que fue recibido por el presidente del TSJA, los

presidentes de las Salas de Sevilla del TSJA y el presidente de la Audiencia

Provincial, se reunió con los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de

Andalucía con sede en Sevilla; con los magistrados de la Audiencia Provincial; con

la fiscal jefe de la Audiencia; con magistrados y jueces de Sevilla; con la secretaria

coordinadora, así como con los decanos de los Colegios profesionales de abogados,

procuradores y graduados sociales.

Además, durante 2011, el presidente del TSJA y los vocales territoriales del

Consejo General del Poder Judicial acudieron a distintos territorios de la Comunidad

Autónoma para mantener encuentros con jueces y magistrados. El 3 de febrero

visitaron Torremolinos y Málaga el presidente del TSJA y los cinco vocales

territoriales -Miguel Carmona, Manuel Torres Vela, Pío Aguirre, Antonio Dorado e

Inmaculada Montalbán-, ciudad en la que mantuvieron encuentros con los jueces y

256 MEMORIA 2011

magistrados de la provincia y con diferentes profesionales de la Justicia de Málaga.

Un mes más tarde, el presidente del TSJA acompañó a los cinco vocales en su visita

a Baza y Granada con el mismo objetivo: conocer los problemas e inquietudes de los

jueces y magistrados granadinos.

REUNIÓN DE LA SALA DE GOBIERNO CON EL CGPJ Y EL CONSEJERO Como cada año, el pleno de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de

Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla se reunió en diciembre con los vocales

territoriales del

Consejo General

del Poder

Judicial y el

consejero de

Gobernación y

Justicia de la

Junta de

Andalucía. El 19 de diciembre el Pleno del Tribunal Superior de Justicia de

Andalucía mantuvo un encuentro con cuatro de los vocales territoriales –Miguel

Carmona, Pío Aguirre, Manuel Torres Vela e Inmaculada Montalbán- y el Consejero

de Gobernación y Justicia, Francisco Menacho, reunión en la que se intercambiaron

pareceres entre los responsables de las distintas facetas de la Administración de

Justicia.

VISITAS INSTITUCIONALES Tras su toma de posesión como Presidente del

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,

Ceuta y Melilla, Lorenzo del Río realizó distintas

visitas institucionales a las máximas autoridades

de la Comunidad Autónoma y de la provincia de

Granada, visitas que se enmarcan en la propia

representación del Poder Judicial en la

Comunidad Autónoma.

En este sentido, se reunió, entre otros,

MEMORIA 2011 257

con el Presidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán, en el Palacio de

San Telmo; con la Presidenta del Parlamento de Andalucía, Fuensanta Coves; con

el entonces Consejero de

Gobernación y Justicia,

Luis Pizarro y más tarde

con Francisco Menacho,

que le relevó en el cargo;

con el Alcalde de

Granada, José Torres

Hurtado; con el

Presidente del Consejo Consultivo de Andalucía, Juan Cano Bueso; con el Delegado

del Gobierno en Andalucía, Luis García Garrido; con el Presidente de la Diputación

de Granada, Antonio Martínez Caler; con el Presidente de la Ciudad Autónoma de

Ceuta, Juan Jesús Vivas; o con el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla,

Juan José Imbroda.

II RONDA DE TALLERES DE LA XVI CUMBRE JUDICIAL IBEROAMERICANA

El Presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo,

Carlos Dívar, inauguró el 14 de noviembre en Cádiz la III Ronda de Talleres de la

Cumbre Judicial Iberoamericana, organización que reúne a todos los poderes

judiciales iberoamericanos de ambos lados del Atlántico, entre los que están

incluidos Brasil, Portugal y Andorra.

Magistrados y representantes judiciales de 20 países analizaron durante tres

días en Cádiz, capital del constitucionalismo español, los ocho proyectos sobre los

258 MEMORIA 2011

que están trabajando en la Cumbre Judicial Iberoamericana: brecha tecnológica de

la Justicia, la calidad de la Justicia, Justicia en materia medioambiental,

modernización de la capacitación judicial, el plan iberoamericano de estadística

judicial, plataforma de servicios de atención a la víctima, portal iberoamericano del

conocimiento jurídico y transparencia.

No en vano, los cuatro ejes que inspiran la XVI Cumbre Judicial

Iberoamericana, que tendrá lugar en Argentina son la modernización, la confianza

pública en la justicia, las nuevas tecnologías y la transparencia.

PRESENTACIÓN DE LA MEMORIA ANUAL El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,

Ceuta y Melilla, a través de su Presidente,

presentó la Memoria Anual del Tribunal de 2010.

Como en años anteriores, la memoria valoraba y

analizaba la marcha de la Administración de

Justicia en la Comunidad Autónoma de

Andalucía y en las ciudades Autónomas de

Ceuta y Melilla. Como novedad, la memoria de

2010 fue entregada en formato digital a todas

las instituciones nacionales y autonómicas y

publicada en su integridad en la página web del

TSJA, Ceuta y Melilla.

(http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder_Judicial/Tribunales_Superiores_de_Justic

ia/TSJ_Andalucia__Ceuta_y_Melilla)

El Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla,

también presentó la memoria ante el Parlamento de Andalucía y expuso ante los

parlamentarios que forman la Comisión de Gobernación y Justicia los análisis y

valoraciones de la situación de la Administración de Justicia en Andalucía recogidos

en dicho documento.

MEMORIA 2011 259

APERTURA DEL AÑO JUDICIAL El 22 de septiembre tuvo lugar la recepción con motivo de la apertura del año

judicial en la Comunidad Autónoma de Andalucía y las Ciudades Autónomas de

Ceuta y Melilla. Por primera vez, el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de

Andalucía presidió el acto al que asistieron los miembros del Pleno de la Sala de

Gobierno del alto tribunal andaluz, vocales del Consejo General del Poder Judicial,

el Consejero de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, así como

personalidades de la sociedad granadina y andaluza.

PÁGINA WEB El Consejo General del Poder Judicial puso en marcha durante 2011 un

nuevo portal en la que los Tribunales Superiores de Justicia tienen su propia página

web. Con esta página, se

pretende acercar la labor de

la Justicia a todos los

ciudadanos y dar a conocer

la actividad de los

Tribunales. A través de la

página web del Tribunal

Superior de Justicia se

pueden conocer documentos con la memoria anual, sentencias y autos de

relevancia social, notas de prensa, fotografías de actos así como estadística y

documentación.

260 MEMORIA 2011

http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder_Judicial/Tribunales_Superiores_de_Ju

sticia/TSJ_Andalucia__Ceuta_y_Melilla

El portal recoge, además, la base de datos del Centro de Documentación

Judicial en la que se pueden encontrar las resoluciones de los órganos judiciales de

la Comunidad Autónoma de Andalucía. Con la potenciación de la página web del

TSJA se pretende fomentar la incorporación de la Administración de Justicia a las

nuevas tecnologías.

VISITAS A LA REAL CHANCILLERÍA Durante 2011, una delegación del Ministerio de Justicia del Gobierno de

Turquía, con el Secretario de Estado de Justicia y el presidente del Consejo Superior

de Jueces y

Fiscales, acudió a

España para conocer

de primera mano el

funcionamiento del

sistema judicial

español. De esa

manera, visitaron los

Juzgados de Primera

Instancia de Málaga para conocer la ejecución civil en España, la Audiencia de

Córdoba para informarse sobre las competencias en materia de apelación penal y

civil en las Audiencias y por último, acudieron al Tribunal Superior de Justicia para

conocer las competencias de los altos tribunales.

También en este año acudió a la Real Chancillería una delegación del

Gobierno de Arabia Saudí con el Ministro de Justicia al frente, con el fin de conocer

el funcionamiento del sistema judicial español.

PUESTA EN MARCHA DE LA CIUDAD DE LA JUSTICIA DE ALMERÍA A lo largo del año, la nueva Ciudad de la Justicia de Almería completó el

traslado de todos los órganos judiciales a las nuevas instalaciones. El nuevo edificio

MEMORIA 2011 261

judicial ha permitido agrupar en una sola sede todos los juzgados de la capital

almeriense, lo que facilita el trabajo de todos los profesionales de la Administración

de Justicia. A final de año, en la visita institucional que realizó el Presidente del

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía junto al Presidente de la Junta de

Andalucía, la nueva sede judicial se encontraba ya a pleno rendimiento.

COMISIONES MIXTAS La presidencia del Tribunal Superior de Justicia ha mantenido, durante 2011 y

como en años anteriores, un diálogo constante con la Administración Pública en los

asuntos relacionados con la Justicia que se desarrollan en la Comunidad Autónoma.

Dicho diálogo resulta particularmente interesante para afrontar con garantías la

fijación de objetivos comunes entre Poder Judicial y Administración Pública y el

establecimiento de los medios adecuados para alcanzarlo.

En este diálogo se encuadran las comisiones mixtas de trabajo entre la

Administración Autonómica y el Poder Judicial, celebradas en Sevilla y en Granada

para tratar asuntos como la Oficina Judicial, refuerzo de tribunales, servicios de

apoyo, optimización de recursos y comisiones de expurgo.

GABINETE DE COMUNICACIÓN El objetivo general en materia de comunicación del Tribunal Superior de

Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla es la transparencia en la actuación judicial,

mediante el establecimiento de canales de comunicación estables y adecuados para

transmitir a los ciudadanos las decisiones y resoluciones de la actividad

262 MEMORIA 2011

jurisdiccional. Por este motivo, la apuesta del Gabinete de Comunicación, siempre

con el impulso de la Presidencia, no ha sido sólo la transmisión de la información

jurisdiccional, sino también el modo en que se proyecta la imagen pública del TSJA y

de todos los órganos judiciales de la Comunidad Autónoma, Ceuta y Melilla.

El Gabinete de Comunicación es un servicio del Tribunal Superior de Justicia

de Andalucía para todos los Jueces y Magistrados del territorio. Se debe convertir en

el cauce natural de enlace entre los Jueces y Magistrados con la sociedad a través

de los medios de comunicación. Y no sólo con la transmisión de información o

resoluciones. También pueden considerar oportuno la elaboración de notas de

prensa, aclaraciones ante informaciones aparecidas en los medios, preparación de

posibles comparecencias ante los medios de comunicación o planificación de juicios

que puedan tener mayor interés mediático, entre otros.

Como en años anteriores, durante 2011 los periodistas de todas las provincias

de Andalucía han acudido y contado con el Gabinete como fuente oficial tanto para

contrastar datos de procesos que se encuentran en instrucción, estadísticos o,

simplemente cuestiones procesales, como para recabar sentencias o autos

judiciales de los distintos órganos judiciales de Andalucía.

En este sentido, desde el Gabinete de Comunicación se ha atendido

especialmente a las Audiencias Provinciales en las que se han celebrado juicios con

gran interés mediático. Tal y como señala el Protocolo de Comunicación,

MEMORIA 2011 263

“corresponderá a los Gabinetes de Comunicación la organización y control del

acceso de los medios audiovisuales a las salas de vistas”.

Durante este año 2011 ha habido distintos juicios que han trascendido

especialmente desde el punto de vista de los medios de comunicación. En esos

casos, el Gabinete se ha desplazado hasta los lugares en los que se celebran para

organizar y controlar el acceso de los medios audiovisuales.

El proceso seguido en todos ellos fue, en primer lugar, la comunicación con el

presidente del tribunal o del titular del Juzgado para acordar la mejor manera de

organización y control, con desplazamiento a la ciudad si fuera necesario. En

segundo lugar, el Gabinete de Comunicación realizó las acreditaciones a todos los

medios de comunicación que querían asistir, sin la cual era imposible entrar en la

sala de vistas. Y por último, atender diariamente el desarrollo del juicio.

Pero si algo puede caracterizar a este 2011 es por la celebración de algunos

de los juicios que más interés han suscitado en los medios de comunicación a nivel

nacional. A principio de año comenzó el juicio del menor del caso Marta del Castillo

en el juzgado de menores número 1 de Sevilla. Al tratarse de un menor, las jornadas

del juicio se celebraron a puerta cerrada, pero se habilitó un sala para que los

periodistas pudieran trabajar, todos ellos debidamente acreditados por el propio

Gabinete. Los medios de comunicación audiovisuales no tuvieron ningún acceso al

Palacio de Justicia donde se celebraba el juicio para preservar al menor.

Pocas semanas después comenzó el juicio en la Audiencia Provincial de Huelva por

la muerte de la niña Mari Luz. Más de 200 profesionales de medios de comunicación

de prensa, agencias, radio, televisión e internet dieron cobertura informativa al juicio

264 MEMORIA 2011

del asesinato de la niña Mari Luz Cortés que comenzó el 16 de febrero. La

organización del juicio, que llevó semanas de trabajo, pretendió facilitar el trabajo de

los profesionales de los medios de comunicación que iban a realizar la cobertura del

juicio, teniendo presente siempre la necesidad de preservar las garantías del

proceso.

En abril comenzó el juicio de la denominada Operación Karlos, en la

Audiencia Provincial de Cádiz, vista oral para la que también se acreditaron más de

100 profesionales de los medios de comunicación.

En el último trimestre del año comenzó el juicio de Marta del Castillo en la

Audiencia Provincial de Sevilla. En total, se acreditaron casi 150 profesionales de 40

medios de comunicación locales, regionales, nacionales de prensa, agencias, radio,

televisión e Internet. La organización del juicio tenía como objetivo que la cobertura

de este juicio se llevara a cabo de una forma ordenada y eficaz, preservando

siempre las garantías del proceso.

En todos esos juicios, el Gabinete coordinó, siempre bajo la supervisión de los

órganos juzgadores, tanto lo que se refiere a la acreditación de periodistas,

disposición de medios técnicos, organización de los mismos, atención personalizada

a los periodistas, etc. No en vano, se habilitaron en todos los casos salas de prensa

para que los medios de comunicación, debido a la escasez de espacio en las salas

de vistas, pudieran seguir el juicio a través de una señal institucional, aunque en

todos ellos se prohibió taxativamente la emisión en directo de la vista oral.

MEMORIA 2011 265

Además, en la Audiencia Provincial de Málaga continuó durante todo el año el

juicio del caso Malaya. Se trata del juicio por corrupción de mayor envergadura

celebrado nunca en España, con un total de 95 procesados. Más de 350 periodistas

de 60 medios de comunicación –locales, regionales, nacionales e internacionales- se

acreditaron para el juicio. Durante todo el año, en la sala de vistas número 4 tiene

lugar de lunes a miércoles las sesiones del juicio del caso Malaya.

También en Málaga se celebraron otros juicios con gran interés mediático

como la operación Troya, el final del caso Minutas, y el juicio por la lotería nigeriana,

en el que el primer día de vista oral hubo sentados en el banquillo más de cien

acusados.

266 MEMORIA 2011

4.3 SERVICIO BIBLIOTECA JUDICIAL La Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla,

continuando en su labor de apoyo e información jurídica a Jueces y Magistrados de

los distintos órganos judiciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, da a

conocer los datos de gestión y funcionamiento durante el año 2011.

DATOS DE USUARIOS En las siguientes tablas se muestran los datos de los usuarios de la Biblioteca

por provincias.

Entendiendo por Usuarios, los Jueces /Magistrados y Secretarios Judiciales

que reciben los Boletines de Información Jurídica Digitales elaborados por la

Biblioteca y que solicitaron, al menos una vez, el envío de documentación a la

Biblioteca del TSJA-Granada durante 2011.

Usuarios totales

Jueces y Magistrados

Secretarios Judiciales

ALMERÍA 31 18 13 CÁDIZ 90 61 29 CÓRDOBA 50 31 19 GRANADA 114 79 35 HUELVA 41 28 13 JAÉN 37 18 19 MÁLAGA 115 64 51 SEVILLA 139 102 37 Total Andalucía 617 401 216

Aumenta el número de usuarios que utilizan el Servicio de Información y

Documentación de la Biblioteca del TSJA-Granada, tanto en lo que respecta a

Secretarios Judiciales como a Jueces y Magistrados, pasando de 476 usuarios

durante 2010 a 617 durante 2011, destacando el incremento de estos últimos,

contabilizándose 141 nuevos usuarios, de los cuales 128 son Jueces y Magistrados.

En la siguiente tabla, exponemos los datos ordenados por Órgano Judicial.

MEMORIA 2011 267

ORGANOS JUDICIALES Usuarios TSJA Superior de Justicia Andalucía 50 Audiencias Provinciales 102 Juzgados Contencioso-Administrativo 39 Juzgados de lo Penal 48 Juzgados de lo Social 48 Juzgados de 1ª Instancia 120 Juzgados de Instrucción 58 Juzgados 1ª Instancia e Instrucción 106 Juzgados de lo Mercantil 11 Juzgados de Violencia Mujer 16 Juzgados de Menores 14 Juzgados Vigilancia Penitenciaria 5 TOTAL ANDALUCIA 617

DATOS DE USO DE LA BIBLIOTECA En las siguientes tablas exponemos las entradas totales de la biblioteca en

2011 por tipo de usuario, por provincias y por modo de acceso:

ENTRADA DE JUECES Y

MAGISTRADOS Entrada @ Teléfono Presencial Total

ALMERÍA 88 2 0 90 CÁDIZ 249 3 2 254 CÓRDOBA 75 0 0 75 GRANADA 168 21 57 246 HUELVA 43 0 0 43 JAÉN 38 0 0 38 MÁLAGA 97 5 0 102 SEVILLA 239 9 1 249 Total Andalucía 997 40 60 1.097

Se recibieron por parte de los Jueces y Magistrados Andaluces un total de 997

correos, solicitando (artículos doctrinales, comentarios de jurisprudencia, legislación,

etc.) incluidos en los Boletines que elabora la Biblioteca del TSJA. En 60 ocasiones

se dirigieron presencialmente a la Biblioteca y se recibieron 40 peticiones por

teléfono, con lo que se registraron 1.097 usos totales.

268 MEMORIA 2011

ENTRADA SECRETARIOS

JUDICIALES Entrada @ Teléfono Presencial Total

ALMERÍA 105 0 3 108 CÁDIZ 53 1 0 54 CÓRDOBA 36 0 0 36 GRANADA 87 15 28 130 HUELVA 6 0 0 6 JAÉN 105 0 0 105 MÁLAGA 193 0 0 193 SEVILLA 158 0 0 158 Total Andalucía 743 16 31 790

En cuanto a Secretarios Judiciales, se atendieron 16 peticiones por teléfono; en

31 ocasiones lo hicieron presencialmente y se recibieron por correo electrónico 743

mensajes. Durante el año 2011 se registraron 790 usos totales.

ENTRADAS OTROS USUARIOS Entrada @ Teléfono Presencial Total RED CENDOJ 23 12 0 35 OTROS 85 19 18 122 TOTAL OTROS USUARIOS 108 31 18 157

De usuarios de otras bibliotecas de la Red del CENDOJ, Fiscales, personal de

la Administración de Justicia, etc. Se atendieron 31 peticiones por teléfono; en 18

ocasiones lo hicieron presencialmente y se recibieron por correo electrónico 108

mensajes solicitando información sobre fondos de la biblioteca. Se contabilizan 157

usos totales de la Biblioteca del TSJA por parte de otros usuarios.

TOTAL ENTRADAS Entrada @ Teléfono Presencial Total

JUECES Y MAGISTRADOS 997 40 60 1.097 SECRETARIOS JUDICIALES 743 16 31 790 TOTAL OTROS USUARIOS 108 31 18 157 TOTAL 1.848 87 109 2.044

Durante 2011 la biblioteca atendió 87 peticiones por teléfono; en 106 ocasiones

recibió y atendió presencialmente a los usuarios, y por correo electrónico se

recibieron 1.848 mensajes. En el capítulo de entradas, en el año 2011 se registraron

2.044 usos totales, aumentando en 378 el número de peticiones a este servicio con

respecto al año anterior.

MEMORIA 2011 269

En las siguientes tablas exponemos las salidas totales de la Biblioteca en 2011

por tipo de usuario, por provincias y por modo de envío:

SALIDAS DE JUECES Y

MAGISTRADOS Salida @ Préstamo Sala/Papel Total

ALMERÍA 857 3 5 865 CÁDIZ 705 12 11 728 CÓRDOBA 173 6 3 182 GRANADA 595 42 51 688 HUELVA 93 3 1 97 JAÉN 85 5 0 90 MÁLAGA 243 8 7 258 SEVILLA 589 17 15 621 Total Andalucía 3.340 96 93 3.529

SALIDAS DE SECRETARIOS

JUDICIALES Salida @ Préstamo Sala/Papel Total

ALMERÍA 250 3 0 253 CÁDIZ 205 4 0 209 CÓRDOBA 52 0 3 55 GRANADA 209 7 15 231 HUELVA 6 0 0 6 JAÉN 290 3 1 294 MÁLAGA 454 5 8 467 SEVILLA 499 8 12 519 Total Andalucía 1.965 30 39 2.034

SALIDAS DE OTROS USUARIOS Salida @ Préstamo Sala/Papel Total

RED CENDOJ 15 10 1 26 OTROS 275 0 0 275 TOTAL OTROS 290 10 1 301

TOTAL SALIDAS Salida @ Préstamo Sala/Papel Total JUECES Y MAGISTRADOS 3.340 96 93 3.529 SECRETARIOS JUDICIALES 1.965 30 39 2.034 TOTAL OTROS 290 10 1 301

TOTAL 5.595 136 133 5.864

270 MEMORIA 2011

La Biblioteca del TSJA, tuvo en 2011 unos movimientos totales de salida de

5.864 documentos. De esa documentación, los Jueces y Magistrados circularon un

total de 3.529 documentos de la Biblioteca del TSJA, los Secretarios Judiciales

2.034 documentos y otros usuarios 301 documentos.

Para contestar a las peticiones de información planteadas por los usuarios, la

Biblioteca prestó 136 libros, fotocopió y entregó en mano (a los usuarios

presenciales) o envió por mensajería a la dirección del órgano correspondiente

(usuarios virtuales), 133 documentos y envió 5.595 documentos por correo

electrónico.

Con estos datos de salida, el incremento es de 1.366 documentos con respecto

al año 2010.

DATOS DE CONSULTAS Y BÚSQUEDAS

A continuación mostramos una tabla con las peticiones de búsqueda sobre

artículos doctrinales, bibliografía, jurisprudencia, legislación etc. Que han realizado

los Jueces/ Magistrados y los Secretarios Judiciales de Andalucía durante 2011 y

que no están incluidas en los apartados anteriores por ser una documentación

personalizada y que no ha tenido una elaboración previa.

Para estas búsquedas se han utilizado principalmente las siguientes bases de

datos : El Derecho internet, La Ley Digital, Tirantonline, Westlaw premium, Base de

datos del Sepin, Fondo Documental del Cendoj y Catálogo Colectivo de Bibliotecas

JUDICIALES.

Búsquedas Realizadas

JUECES Y MAGISTRADOS 105

SECRETARIOS JUDICIALES 33

OTROS USUARIOS 21

TOTAL 159

En 159 ocasiones se dirigieron a la Biblioteca del TSJA-Granada para solicitar

información y documentación sobre temas específicos del interés de nuestros

usuarios. Estas consultas son personalizadas y adaptadas a lo que el usuario nos

pide.

MEMORIA 2011 271

ADQUISICIONES

En 2011 la biblioteca recibió del Consejo General del Poder Judicial 6.000

euros para la adquisición de nuevas monografías.

Total de entradas de monografías en la Biblioteca: 172

Títulos adquiridos por compra a través del CENDOJ: 147

Títulos recibidos por donación: 25

Durante 2011 la Biblioteca del TSJA ha elaborado y enviado a sus usuarios los

siguientes Boletines Informativos:

- 49 Boletines Informativos Digitales con periodicidad semanal (legislación

aparecida en el BOE y BOJA, Diario Oficial de la Unión Europea, comentarios de

jurisprudencia, sentencias de actualidad, artículos doctrinales, etc.)

- Para responder a las peticiones de información sobre estos boletines, se han

vaciado un total de 1.715 artículos

CONCLUSIONES

Un año más, sigue aumentando la población informada y el número de

usuarios que se dirigen a la Biblioteca para satisfacer sus necesidades de

información. También aumenta el número de peticiones y de salidas de

documentación. Como consecuencia de este crecimiento, algunos servicios que se

venían ofreciendo, no se han podido realizar durante este año.

Como en años anteriores, tanto el modo de acceso a la Biblioteca, como el

envío de documentación, se realiza preferentemente por correo electrónico. Es un

servicio que se basa principalmente en la difusión electrónica de la documentación e

información.

El presupuesto para adquisiciones (6.000 euros) aportados por el CGPJ a

través del Centro de Documentación Judicial es insuficiente, provocando un

crecimiento muy por debajo de las necesidades para la población que atiende esta

Biblioteca.

Continuar formando parte de la Red de Bibliotecas Judiciales del CGPJ es

fundamental para el desarrollo de nuestro trabajo.

La Biblioteca sigue consolidándose como un Servicio de Información en

expansión, cada vez más conocido y utilizado.

272 MEMORIA 2011