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MEMORIA ANUAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA 2011
I. INTRODUCCIÓN
II. ESTADO Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS JUDICIALES 2. 1. Panorama global 2. 2. Salas del Tribunal Superior de Justicia
2.2.1. Sala de lo Civil y Penal 2.2.2. Sala de lo Contencioso-Administrativo 2.2.3. Sala de lo Social
2. 3. AUDIENCIAS PROVINCIALES 2.3.1. Audiencia Provincial de Almería 2.3.2. Audiencia Provincial de Cádiz 2.3.3. Audiencia Provincial de Córdoba 2.3.4. Audiencia Provincial de Granada 2.3.5. Audiencia Provincial de Huelva 2.3.6. Audiencia Provincial de Jaén 2.3.7. Audiencia Provincial de Málaga 2.3.8. Audiencia Provincial de Sevilla
2. 4. JUZGADOS 2.4.1. Primera Instancia 2.4.2. Familia 2.4.3. Instrucción 2.4.4. Primera Instancia e Instrucción 2.4.5. Violencia sobre la Mujer
2.4.6. Mercantil 2.4.7. Penal 2.4.8. Contencioso-Administrativo 2.4.9. Social 2.4.10. Vigilancia Penitenciaria 2.4.11. Menores
III. ANÁLISIS Y CONCLUSIONES 3. 1. Disfunciones de la Justicia
3.1.1 La Justicia y el plazo razonable
3.1.2 Suspensiones
3.1.3 Juicios de conformidad
3.1.4 Ejecutar lo juzgado 3. 2. Incidencia de la crisis en los órganos judiciales 3. 3. Nuevas plazas judiciales 3. 4. Nueva oficina judicial 3. 5. Medios personales e infraestructuras 3. 6. Informatización judicial (Lexnet) 3. 7. Órganos judiciales objeto de seguimiento y refuerzo 3. 8. Jueces de paz y registros civiles IV. ACTIVIDAD GUBERNATIVA Y COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL 4. 1. Sala de Gobierno 4. 2. 2011: Actos más relevantes 4. 3. Servicio de Biblioteca judicial
I. INTRODUCCIÓN Un año más analizamos la situación actual de la justicia en la Comunidad
Autónoma de Andalucía y en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, ámbito
al que extiende su jurisdicción este Tribunal Superior de Justicia. Con ello se
responde a la previsión del artículo 152.1.9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial
(LOPJ), cuando recoge la elaboración de la Memoria anual expositiva sobre el
funcionamiento del Tribunal Superior de Justicia, con expresión detallada del
número y clase de asuntos iniciados y terminados, así como de los que se
hallaren pendientes, debiendo contener la Memoria, en todo caso, la indicación de
las medidas que se consideren necesarias para la corrección de las deficiencias
advertidas.
El mensaje inicial revela que 2011 ha vuelto a ser un año muy complicado
en materia de administración de justicia, con un alto porcentaje de litigiosidad
(algo más de 1.900.000 asuntos en el ámbito de este Tribunal Superior) que,
afortunadamente, no supone incremento respecto a la anualidad anterior, pero
que, implica una tasa de ingresos demasiado elevada para rebajar el volumen de
asuntos pendientes con la actual planta judicial. Por tener una comparativa, la
tasa anual nacional ronda los 9 millones de asuntos, mientras que países de
nuestro entorno europeo con más habitantes no llegan a seis millones de asuntos
ingresados al año en sus tribunales.
En esta línea, la primera reflexión es que seguimos donde nos
encontrábamos al inicio de la anterior Memoria, esto es, con la dificultad, por no
decir imposibilidad, de aproximarnos a la meta del “rendimiento óptimo de la
justicia”, que cada órgano (unipersonal o colegiado) resuelva dentro de los plazos
que las leyes procesales establecen todos los asuntos atribuidos a su
competencia, con la máxima calidad y precisión exigibles. La falta de aumento de
plazas judiciales, las medidas de refuerzo inadecuadas o insuficientes y, en fin, la
demora en reformas en la organización del sistema de trabajo, son, sin duda,
factores que inciden en este resultado o percepción negativa, pese al general
esfuerzo y laboriosidad.
Ello origina, como después se analiza con detenimiento, un claro deterioro
de la garantía de que el proceso judicial, incluida la ejecución de las resoluciones,
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se ajuste en su desarrollo a adecuadas pautas temporales, con los derivados
perjuicios personales y económicos para los ciudadanos y justiciables.
La segunda reflexión exterioriza de forma patente la insostenibilidad del
actual sistema organizativo, cuya reforma -indiscutible e indiscutida- está
perfectamente diagnosticada en distintos apartados en cuanto a los objetivos
futuros, muy lejos de alcanzarse.
Desde esta perspectiva, se impone volver a recordar aquellas metas
reseñadas en la Memoria-2010, que aseguran la necesaria transformación de
nuestro sistema judicial y atienden demandas continuas de modernización e
incremento de los niveles de servicio que deben ser ofrecidos a los justiciables.
Se trata de profundos cambios organizativos y estructurales, que mejoran la
contribución de la justicia al progreso social y económico y a la satisfacción de los
derechos de los ciudadanos, ideal al que debemos consagrar todos nuestros
esfuerzos, pues hay que implicarse definitivamente en la eficacia, atributo del
servicio público (la justicia en una sociedad democrática avanzada debe ser
contemplada no sólo como poder judicial sino también como servicio público).
Hay que seguir reivindicando la modernización y transformación radical del
actual sistema de administrar justicia, que exige soluciones rápidas y
consensuadas para garantizar la tutela judicial efectiva, todo ello en una triple
dirección: a) transformación tecnológica, b) transformación organizativa/funcional,
c) dimensionar/racionalizar el volumen de entrada de asuntos.
Además, en tiempos complicados como el presente, es obligado recordar que
la justicia forma parte del “clima” en el que se desenvuelven las actividades
económicas y sociales. Su importancia es tan grande que resulta central trabajar
en la mejora de la administración de justicia, que constituye una verdadera
“infraestructura social”. Se dice, con razón, que la justicia está en el punto de mira
de la economía: una justicia ágil, de calidad, es un valor económico. De ahí, la
importancia de apoyarla y fortalecerla, aspiración, si cabe, más acuciante en
tiempos de crisis económica y financiera, con un impacto significativo en el sistema
judicial, ante el aumento de litigiosidad y la menor capacidad presupuestaria para
articular medios de respuesta.
La conclusión final es obvia: no se ha cumplido mínimamente el deseo
expresado el pasado año, ni “podemos felicitarnos por ahora de encontrarnos
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plenamente inmersos en el auténtico camino que lleva a la real modernización y
transformación radical de la justicia”.
Así, pues, se impone “hacer memoria”, valga la redundancia, y recordar de
nuevo, de forma muy sintética, las demandas exteriorizadas en la Memoria Anual
2010, que mantienen plena vigencia y actualidad:
PRIMERA.- TRANSFORMACION TECNOLOGICA. Hemos avanzado en generalizar Lex-Net en los órganos judiciales y, por
tanto, la transmisión telemática de notificaciones, aunque todavía está muy lejos
su extensión a todo el territorio judicial andaluz. Ahora bien, seguimos teniendo a
la vista retos y objetivos inabordados, que nos obligan a salir del retraso secular
de la justicia, obsesionada todavía con el papel.
Se impone una administración de justicia digital, que se relacione mediante
los nuevos canales, de los que Internet es la estrella, acercando los servicios a los
despachos de los profesionales y a los hogares de los ciudadanos. Eso supone
que los trámites abandonen el formato papel y pasen a realizarse en un fichero
electrónico (digitalización de procedimientos judiciales y gestión documental a
través del expediente electrónico), única forma de no burocratizar aún más la
administración de justicia.
Además, hay que insistir en la necesidad de hacerlo con carácter piramidal,
comenzando a nivel de los Juzgados de instancia, no al contrario, y, por supuesto,
con plena compatibilidad de los sistemas electrónicos en todas las
Administraciones.
En esta línea, se ha publicado la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del
uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración
de Justicia. El problema, como suele ocurrir demasiado a menudo, es que no se
cumplan los plazos establecidos... el tiempo transcurre muy rápido.
SEGUNDA.- TRANSFORMACION ORGANIZATIVA / FUNCIONAL. Es, sin duda, la medida que más reclaman todos los jueces andaluces. Se
habla ya, abiertamente, de un modelo agotado, que no permite rentabilizar los
recursos: “el problema de fondo es que el modelo actual es anacrónico, rígido y
obsoleto”. Hay una disfuncionalidad organizativa evidente, que exige modernizar y
racionalizar nuestros recursos para superar una organización arcaica que permite,
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a menudo, que la inversión en justicia se pierda por las rendijas de la
organización.
Por ello, conviene salir de una vez por todas de las inercias imperantes.
Esta Sala de Gobierno sigue apuntando cuatro ideas claves:
1. Romper la rigidez y actuales distorsiones de nuestra organización de
trabajo, asegurar, a la mayor brevedad posible, una correcta redistribución del
personal y adoptar medidas ejecutivas para garantizar una gestión eficaz y
eficiente de los actuales recursos humanos al servicio de la Administración de
Justicia.
Durante 2011 no hemos conseguido contar con el anunciado Decreto
Marco del Ejecutivo andaluz por el que se regula la “Estructura y Organización de
la Oficina Judicial en Andalucía (ni otros Decretos paralelos de relaciones de
puestos de trabajo en determinadas unidades judiciales), que hubiera permitido
iniciar su esperado despliegue y frenar la actual dispersión organizativa a través
de una nueva fórmula mucho más racional y eficiente, al tiempo que un mejor
aprovechamiento de los actuales recursos humanos y medios materiales.
2. Potenciar los Servicios Comunes, así como la forma colegiada de
trabajo.
Tampoco ha habido suerte con la implantación de Servicios Comunes de
Ejecutorias, básicos en determinadas ciudades ante el deterioro y aumento
alarmante de las ejecuciones pendientes, como después veremos, al tiempo que
se ha visto frenado el proceso de implantación de los Servicios Comunes de
Partido Judicial durante 2011, año en que no se ha puesto en marcha ninguno.
3. Revisar el concepto de Juzgado, ya que éstos suponen un coste muy
elevado que no se corresponde con su rentabilidad. No se trata de clonar
Juzgados, extendiendo un sistema de islotes que impide compartir recursos e
información, reducir costes, duplicidades y tiempo.
Recordemos que España está por debajo de la media europea en número
de jueces por cien mil habitantes, pero, en cambio, está por encima de la media
de órganos judiciales, con más de 4 Juzgados por cada cien mil habitantes,
cuanto Alemania está en uno. Esto significa, como argumentan voces
autorizadas, que no se trata de crear más órganos judiciales, sino de incrementar
el número de jueces que resuelvan los conflictos de los ciudadanos.
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En esta línea, siguen de plena actualidad tres datos de la justicia española,
según la Comisión Europea para la eficacia de la justicia (CEPEJ): elevada
dispersión organizativa-territorial (de sedes), elevado nivel de empleo público no
judicial (alto número de funcionarios) y un número de jueces relativamente
reducido. Con tales premisas, se concluye en la más que evidente debilidad de la
justicia española, producto de una inadecuada organización que impide obtener la
eficiencia esperada del importante esfuerzo presupuestario de los últimos años.
4. Reformar demarcaciones judiciales obsoletas, reagrupar partidos,
profundizar en la comarcalización de ciertos Juzgados, con la consiguiente y
beneficiosa especialización jurisdiccional, ampliamente demandada en Juzgados
de Violencia contra la Mujer, Familia e Incapacidades.
En definitiva, una nueva Planta y Demarcación, que contemple el aumento
de la población española, sus modernas infraestructuras, la complejidad y
características de los asuntos.
TERCERA.- DIMENSIONAR / RACIONALIZAR EL VOLUMEN DE ENTRADA DE ASUNTOS.
Se han dado ya algunos pasos en esa dirección, como el que supone la
publicación de la Ley 37/2011, de 10 de octubre, cuyo objeto es incorporar
determinadas medidas de agilización procesal en los órdenes civil, social y
contencioso-administrativo. Durante el presente año será obligado examinar su
incidencia y repercusión práctica en nuestros órganos judiciales.
No obstante, seguimos insistiendo en la necesidad inmediata de introducir
reformas procesales en el orden jurisdiccional penal, ámbito especialmente
sensible con un porcentaje de litigiosidad superior al 70 % sobre el total de
asuntos, con dilaciones palpables. Desde esta Sala de Gobierno se considera
imprescindible y urgente introducir reformas procesales en el orden jurisdiccional
penal, sin esperar a una futura reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal,
lejana en cuanto a su materialización efectiva y entrada en vigor. Es necesaria la
iniciativa legislativa inmediata para medidas efectivas y prontas, que agilizarían
los procedimientos y evitarían dilaciones indebidas.
No nos resistimos a apuntar algunas imperiosas: 1. extraer del ámbito
judicial los procedimientos sin autor conocido que conllevan automáticamente el
sobreseimiento provisional, sin ninguna diligencia judicial, lo que evitaría un
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enorme trabajo improductivo en la oficina, 2. unificar el trámite de los recursos
contra los autos del Juez de instrucción y del Juez de lo penal, 3. unificación del
trámite procesal en la fase de formalización de los recursos de apelación penal, 4.
unificar el trámite procesal del sumario y del procedimiento abreviado, 5. prever
una sola instancia de revisión judicial en ciertas materias de escasa entidad o
gravedad, 6. facilitar soluciones autocompositivas con la puesta en práctica de
medidas y programas de mediación dentro del proceso penal (recordemos, de
conformidad con el artículo 17 de la Decisión Marco del Consejo de la Unión
Europea de 15 de marzo de 2001, que tales medidas deberían ya estar en vigor -
a más tardar el 22 de marzo de 2006-, lo que significa que se han cumplido ya
seis años de retraso).
En otro orden de consideraciones, no podemos dejar de citar las propuestas
ministeriales encaminadas a “potenciar soluciones extrajudiciales, que reduzcan
la litigiosidad y profundicen en vías de resolución alternativas”. Así, se anuncian
proyectos para “sacar de los Juzgados casos sin conflicto como medida de mejora
de la administración de justicia”, sobre cuyo calado y materialización debemos
estar atentos: matrimonios, divorcios de mutuo acuerdo, adopción, declaraciones
de herederos, intervención y administración de herencias, protocolización de
testamentos, declaración de ausencia y fallecimiento, partición de bienes,
consignaciones de pago, expedientes de dominio, de deslinde, de rectificación de
errores registrales, subastas, ciertos procedimientos de derecho mercantil o
marítimo, etc.
En principio, esta Sala de Gobierno es proclive al debate sobre la
oportunidad de tales reformas, partiendo de la base del uso racional del proceso y
que, en principio, la justicia debe operar cuando hay intereses contrapuestos y
conflicto evidente entre las partes; eso sí, ponderando siempre todos los intereses
en conflicto y las necesidades de conexión entre Derecho público y privado.
Esto mismo puede decirse del llamado copago o tasa judicial, del que
pueden predicarse argumentos de equidad y eficiencia para disuadir de una
demanda innecesaria o artificial. La adopción de la tasa en determinados
supuestos no tiene por qué limitar el acceso a la justicia de quienes carecen de
medios, cuyas necesidades se satisfacen de forma más eficiente con la
prestación por justicia gratuita; además, las tasas pueden cumplir un papel
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racionalizador de los litigios y del gasto en justicia, pues el principio general en
nuestras sociedades conlleva que, si el disfrute de un beneficio por un usuario
supone un coste, el usuario pague un precio para compensar es coste; esto es
socialmente adecuado, desincentiva un consumo abusivo y evita la injusticia de
que otros paguen por ello, tal y como se contempla en numerosos países de
nuestro entorno.
En fin, no hay varitas mágicas ni inmediatas para acabar con los males de
nuestro sistema. Ahora bien, nuestra justicia necesita mejores leyes, al tiempo
que pueden ser eficaces y razonables ciertas medidas y cambios de futuro, por lo
que, a nuestro juicio, lo importante es la voluntad política sostenida durante un
horizonte temporal que permita, de una vez por todas, mejorar la eficacia y
eficiencia del modelo de justicia en España, con pleno respeto a los derechos
constitucionales en juego.
Granada, a 10 de abril de 2012
Fdo. Lorenzo del Río Fernández
Presidente Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía, Ceuta y Melilla
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II. ESTADO Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS JUDICIALES DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
En este apartado se presenta una visión general de la justicia en
Andalucía, Ceuta y Melilla, en base a los datos procesados sobre la actividad
judicial desarrollada en el año 2011 en cada uno de los órganos judiciales
incluidos en el ámbito territorial de este Tribunal Superior de Justicia.
Se comienza por distintas estadísticas y gráficos, tanto generales como por
provincias, que resumen la actividad en todas las jurisdicciones durante el año
2011, que permiten una comparativa final de la litigiosidad durante los dos años
precedentes.
Seguidamente, se analiza la actividad en 2011 de todos los órganos
judiciales de este Tribunal Superior de Justicia, así como la evolución que han
seguido a lo largo de los últimos cinco años, haciendo uso para ello de los datos
recogidos por el Consejo General del Poder Judicial a través de los boletines
estadísticos trimestrales que rellenan.
En primer lugar, se analizan las Salas que conforman este Tribunal
Superior; luego se presenta la información de las distintas Audiencias Provinciales
de Andalucía; y, a continuación, se analiza y configura el mapa de actividad de los
órganos unipersonales de Andalucía, Ceuta y Melilla, mediante un estudio
pormenorizado por los distintos órdenes jurisdiccionales dentro de cada partido
judicial.
Como suele ser habitual, el análisis de los datos incluye diferentes tasas
que resumen la actividad desarrollada por cada órgano judicial.
La tasa de resolución se calcula dividiendo la cantidad de asuntos
resueltos por la cantidad de asuntos ingresados, relaciona estos dos valores. Si
esta tasa es mayor que 1 quiere decir que la pendencia ha disminuido a lo largo
del año en ese órgano judicial.
La tasa de pendencia relaciona la cantidad de asuntos pendientes a final
de año con los resueltos (se calcula dividiendo la pendencia por la resolución). De
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esta manera se obtiene una estimación del tiempo que se va a tardar en resolver
dichos asuntos pendientes. La tasa de pendencia multiplicada por 12 nos da este
tiempo en meses.
La tasa de congestión indica qué porcentaje de asuntos se resuelve a lo
largo del año de la carga total de trabajo del órgano (asuntos pendientes del año
anterior más los ingresados), ya que se obtiene dividiendo los asuntos resueltos
por la carga de trabajo.
Por otra parte, el análisis de los órganos judiciales que se realiza atiende a
los llamados “Módulos de Entrada” establecidos hace tiempo por el CGPJ, que
son objeto de intenso debate y están sometidos en la actualidad a una profunda
revisión para determinar la carga de trabajo realmente asumible por los distintos
órganos judiciales. Al respecto, conviene poner de manifiesto la conveniencia de
que el CGPJ, en el ejercicio de su capacidad de autoorganización para el
cumplimiento de sus fines1, elabore y apruebe cuanto antes unos módulos que
determinen la dedicación razonablemente exigible a los Jueces y Magistrados,
entendida como la carga de trabajo que la prudencia aconseje para ofrecer una
respuesta judicial de calidad. Ello permitirá valorar la adecuación de la planta
judicial a las necesidades reales y determinar las actuaciones que requiere la
prestación eficaz y de calidad del servicio de la justicia a los ciudadanos.
Mientras no tengamos otra referencia valorativa o interpretativa,
utilizaremos aquellos índices o módulos, únicos existentes en la actualidad, con el
fin de hacernos una idea de la carga competencial en Andalucía, Ceuta y Melilla y
argumentar dónde aflora una sobrecarga de trabajo que revela la necesidad de
ampliar la planta judicial.
Sin perjuicio de lo expuesto, también es obligado comentar la necesidad de
contar cuanto antes con una estadística totalmente fiable e igualitaria en su
tratamiento en todo el territorio judicial, con idénticas pautas en el control y forma
de registro de entrada de asuntos, a efectos de evitar asuntos duplicados en
número, con la consiguiente distorsión a la hora de lograr el mejor diagnóstico del
estado de nuestros órganos jurisdiccionales.
1 El art. 110.2.r) LOPJ atribuye competencia al Consejo para dictar Reglamentos sobre “sistemas de racionalización, organización y medición del trabajo que se estimen convenientes con los que determinar la carga de trabajo que puede soportar un órgano jurisdiccional”.
MEMORIA 2011 9
2.1 PANORAMA GLOBAL Un resumen de la actividad en todas las jurisdicciones durante el año 2011
en Andalucía, Ceuta y Melilla, a través de los gráficos y estadísticas que siguen a
continuación, tanto generales como por provincias, permite una comparativa final
del volumen de registro durante los dos años precedentes y la consiguiente
valoración general.
Un dato positivo en todas las jurisdicciones durante el ejercicio 2011 es que
no se ha incrementado el volumen de registro; al contrario, los asuntos ingresados
en 2011 experimentaron una leve disminución, en torno al tres por ciento, en
relación con el 2010, primer año en el que se rompió la tendencia (en 2008 había
aumentado en un 10% y en 2009 había subido un 4%).
Por órdenes jurisdiccionales, los procedimientos penales suponen más de
siete de cada diez asuntos que se reciben en los Juzgados, en concreto un 77%
de total, que se corresponde con tres cuartas partes de los ingresos. En el otro
extremo, se sitúa la tasa de ingreso relativa a la jurisdicción social y contencioso
administrativo (social con un 4% y contencioso administrativo con un 3%),
mientras que la jurisdicción civil supone un 16% del total de asuntos ingresados.
Ahora bien, pese a reconocer esta Sala de Gobierno el general esfuerzo
resolutivo de Jueces y Magistrados, la situación final no es satisfactoria ante la
dificultad de bajar la tasa de asuntos pendientes, que había ido aumentando
progresivamente en las anualidades anteriores. A ello contribuye, sin duda, la falta
de aumento de plazas judiciales, las medidas de refuerzo inadecuadas o
insuficientes y, en fin, la demora en reformas en la organización del sistema de
trabajo.
Lo expuesto, como después se comenta y visualiza en el apartado III al
hablar de las disfunciones de la justicia y la incidencia de la crisis en los órganos
judiciales, genera un quebranto de la finalidad específica y la garantía de que el
proceso judicial, incluida la ejecución de las resoluciones, se ajuste a pautas
temporales razonables, al tiempo que el resultado final implica en muchos casos
un grave daño para los justiciables, en ocasiones irreparable, lo que obliga a
recordar la gravísima situación que existe en muchas jurisdicciones, con distinta
incidencia en unas u otras sedes del ámbito de este Tribunal Superior de Justicia.
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AÑO 2011 Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final Sentencias Magistrados Sentencias / Magistrado
CIVIL 264.671
310.148
(-9%) 312.984
(-1%) 258.488
(-2%) 87.112
559
156
Juzgados de Menores
319 5 167 133 47 18 3 Juzgados de Primera Instancia
131.890 162.772 170.886 121.580 43.201 128 338 Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
113.511 117.154 114.639 115.037 27.791 203 137 Juzgados de Violencia sobre Mujer
2.301 4.253 4.214 2.296 1.916 101 19 Juzgados de lo Mercantil
9.635 8.578 7.415 10.694 3.757 12 313 Audiencias Provinciales
7.010 17.334 15.621 8.733 10.397 94 111 Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia
5 52 42 15 3 3 1 PENAL
200.607
1.461.091 (-2%)
1.446.498 (-2%)
206.906 (3%)
149.168
601
249
Juzgados de Menores
4.679 7.333 8.264 3.665 5.353 18 297 Juzgados de Vigilancia Penitenciaria
6.178 55.643 57.124 4.695 13 0 Juzgados de lo Penal
26.126 39.937 38.164 28.495 34.604 71 487 Juzgados de Instrucción
59.331 781.922 781.368 59.404 50.537 93 543 Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
90.218 502.727 488.667 96.516 40.775 203 201 Juzgados de Violencia sobre Mujer
8.741 42.604 42.253 8.593 4.208 101 42 Audiencias Provinciales
5.316 30.790 30.524 5.519 13.669 99 138 Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia
18 135 134 19 22 3 7 SOCIAL
49.540
78.095 (2%)
70.395 (-2%)
56.915 (15%)
38.267
83
461
Juzgados de lo Social
45.121 68.574 61.316 52.054 29.418 56 525 Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
4.419 9.521 9.079 4.861 8.849 27 328 CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO 88.364
58.367 (0%)
63.730 (4%)
82.424 (-7%)
41.502
93
446
Juzgados Contencioso-Administrativo
51.324 44.180 45.516 50.547 27.503 52 529 Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia 37.040 14.187 18.214 31.877 13.999 41 341 TOTAL GENERAL 603.182
1.907.701
(-3%) 1.893.607
(-2%) 604.733
(0%) 316.049
Entre paréntesis se indica la variación porcentual con respecto al año anterior
MEMORIA 2011 11
En los siguientes gráficos se puede ver la situación de cada provincia por
jurisdicciones.
ASUNTOS CIVILES POR PROVINCIAS. AÑO 2011
0
20.000
40.000
60.000
80.000
Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final
ALMERIA CADIZ CORDOBA GRANADA HUELVA JAEN MALAGA SEVILLA
ASUNTOS PENALES. POR PROVINCIAS. AÑO 2011
0
100.000
200.000
300.000
400.000
Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final
ALMERIA CADIZ CORDOBA GRANADA HUELVA JAEN MALAGA SEVILLA
12 MEMORIA 2011
ASUNTOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO POR PROVINCIAS. AÑO 2011
05.000
10.00015.00020.00025.00030.000
Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final
ALMERIA CADIZ CORDOBA GRANADA HUELVA JAEN MALAGA SEVILLA
ASUNTOS SOCIALES POR PROVINCIAS. AÑO 2011
0
5.000
10.000
15.000
20.000
25.000
Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final
ALMERIA CADIZ CORDOBA GRANADA HUELVA JAEN MALAGA SEVILLA
MEMORIA 2011 13
En los siguientes gráficos podemos apreciar la evolución que en los seis
últimos años, se ha producido con respecto a los asuntos que se han registrado y
resuelto, así como la pendencia al final del ejercicio.
JURISDICCIÓN CIVIL
050.000
100.000150.000200.000250.000300.000350.000400.000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al final
JURISDICCIÓN PENAL
0200.000400.000600.000800.000
1.000.0001.200.0001.400.0001.600.000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al final
14 MEMORIA 2011
JURISDICCIÓN SOCIAL
010.00020.00030.00040.00050.00060.00070.00080.00090.000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al final
JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
010.00020.00030.00040.00050.00060.00070.00080.00090.000
100.000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al final
MEMORIA 2011 15
2.2. SALAS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA 2.2.1. SALA DE LO CIVIL Y PENAL JURISDICCIÓN CIVIL
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
Ceuta y Melilla, que tiene su sede en Granada, ha resuelto un total de 42 asuntos
civiles durante el año 2011, de los cuales 34 se refieren a cuestiones de
competencia. Se han dictado 3 sentencias civiles y 38 autos, todos ellos
resolviendo sobre el fondo del recurso. A fecha 31 de diciembre de 2011 quedan
quince asuntos civiles pendientes de resolución en esta Sala. La tasa de
resolución es del 0,8, con una pendencia de 0,4.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TSJA. AÑO 2011
RECURSOS Y PROCESOS Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final Recursos de casación Recursos extraordinarios de revisión Procesos de resp. civil contra magistrados Restantes procesos de resp. civil Cuestiones de competencia 5 33 34 4 Otros (laudos arbitrales, etc.) 19 8 11 Total 5 52 42 15
EVOLUCIÓN CIVIL EN LOS ÚLTIMOS AÑOS
Se puede observar en el gráfico adjunto que la actividad civil de la Sala de
lo Civil y Penal de este Tribunal ha experimentado un leve descenso en el último
año.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TSJA.
SERIES TEMPORALES 2006 - 2011
0102030405060
2006 2007 2008 2009 2010 2011
RegistradosResueltosPendientes al final
16 MEMORIA 2011
JURISDICCIÓN PENAL
En materia penal se han ingresado 135 asuntos y la Sala ha resuelto un
total de 134 asuntos, 19 más que el año anterior, situándose la pendencia a final
de año en 19 asuntos.
Por materias, se han registrado 30 procesos de la Ley del Jurado. De las
26 apelaciones contra sentencias que se han registrado, hubo 1 relativas a
violencia sobre la mujer y 1 sobre violencia domestica. Los asuntos penales
relativos a Cuestiones de Competencia han sufrido un incremento del 30%
respecto al año anterior. Como suele ser habitual el mayor número de ingresos se
produjo en causas contra Jueces, Magistrados y Fiscales, en total 52 asuntos.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TSJA. 2011
ASUNTOS PENALES Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final PROCESOS LEY JURADO 5 30 28 7 Apelaciones contra sentencias 1 26 21 6 Restantes recursos 4 4 7 1 RESTANTES PROCESOS 13 105 106 12 Contra jueces, magistrados y fiscales 7 52 53 6 Estatutos de autonomía 3 13 14 2 Cuestiones de competencia 3 39 38 4 Otros 0 1 1 0 TOTAL 18 135 134 19
En 2011 se han dictado 22 sentencias penales. Los procesos de la Ley del
Jurado que terminaron en sentencia, fueron 10 estimando y 11 desestimando. Se
han dictado también 110 autos penales, todos resolviendo sobre el fondo del
recurso.
EVOLUCIÓN PENAL EN LOS ÚLTIMOS AÑOS
Se observa en el gráfico adjunto que la actividad penal en la Sala ha
llegado a una situación de estabilidad en los últimos cuatro años, donde se han
ingresado y resuelto en torno a 109 asuntos penales de media por año, con una
cantidad de asuntos pendientes a final de año que no supera los 18 asuntos.
MEMORIA 2011 17
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TSJA.
SERIES TEMPORALES 2006-2011
0
50
100
150
2006 2007 2008 2009 2010 2011
RegistradosResueltosPendientes al final
El gráfico siguiente muestra una clasificación temporal por materias. Se
puede observar que los procesos de la Ley del Jurado han experimentado un
ascenso desde el año 2007, que registraron un valor mínimo por debajo de los 20
asuntos. En este último año han vuelto a aumentar un 20% respecto al año
anterior. Históricamente los procesos contra Jueces, Magistrados y Fiscales han
fluctuado mucho, aunque en el último año se han mantenido estables. Las
cuestiones de competencia han llegado a 39 ingresos al año. Los procesos
relativos al Estatuto de Autonomía han aumentado hasta 13 asuntos en 2011.
Además, en la Sala de lo Civil y Penal en el año 2011 se han devuelto 9
recursos penales de casación, 5 confirmando totalmente la sentencia y 2
revocándola parcialmente.
ASUNTOS PENALES REGISTRADOS. SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TSJA. SERIES TEMPORALES 2006-2011
010203040506070
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Procesos Ley Jurado
Contra jueces, mag. y f isc.
Estat. Autonomía
Cuest. Competencia
18 MEMORIA 2011
2.2.2. SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía, Ceuta y Melilla, tiene tres sedes, ubicadas territorialmente en las
ciudades de Granada, Málaga y Sevilla. Para fijar la concreta competencia de
cada una dentro del ámbito territorial del TSJA se aprobaron el 16 de febrero de
2005 por la Sala de Gobierno las específicas normas de distribución de asuntos,
que se hicieron públicas por el CGPJ en virtud de Acuerdo de la Comisión
Permanente de fecha 1 de marzo de 2005 (BOE del 19 de marzo).
Tales normas están basadas fundamentalmente en un sistema de
distribución en base a la procedencia administrativa del acto o disposición
impugnado, esto es, según provenga de Presidencia, Consejo de Gobierno y las
distintas Consejerías Autonómicas. Tal sistema se ha vuelto con el tiempo poco
equilibrado y, en cierto modo, distorsionante y poco estable, por lo que debe ser
objeto de revisión a corto plazo buscando otro más lógico, cuya base fundamental
sea la distribución y reparto por materias litigiosas.
De igual modo, ante la doctrina equívoca y diferente sobre cuestiones
idénticas dictadas por las Salas (por ejemplo, suspensiones cautelares de
normas, nulidad de agencias públicas, etc.), parece razonable buscar canales de
comunicación previa a nivel de Presidentes de cada Sala que aseguren, en la
medida de lo posible, la mayor uniformidad interpretativa y seguridad jurídica
derivada.
La Sala de lo Contencioso Administrativo de Granada cuenta con 12
Magistrados, estando actualmente sin cubrir una de las cuatro plazas de
especialista, si bien actúa en sustitución de adscripción un Magistrado suplente.
Se divide en tres Secciones funcionales, cuyas competencias quedan
determinadas en virtud del Acuerdo de la Comisión Permanente del CGPJ de 6
de abril de 2006 en base al Acuerdo de la Sala de Gobierno del TSJA en su
reunión de 14-3-2006.
La Sala de lo Contencioso Administrativo de Sevilla cuenta con 20
Magistrados, estando actualmente sin cubrir una plaza de especialista, y se divide
en cuatro Secciones funcionales, que se reparten los recursos en aplicación del
Acuerdo adoptado por el CGPJ el 21-3-2006.
MEMORIA 2011 19
La Sala de lo Contencioso Administrativo de Málaga está dotada de 9
Magistrados, estando actualmente sin cubrir dos plazas de especialista, y se
divide en tres Secciones funcionales, si bien no están especializadas ni existen
normas de reparto de los recursos entre las mismas por razón de la materia o por
el órgano administrativo del que emane la disposición general o el acto
administrativo objeto del recurso contencioso administrativo, repartiéndose los
procedimientos entre todos los Magistrados por número de entrada.
De lo expuesto, se destaca que las tres sedes, Granada, Málaga y Sevilla,
de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía, Ceuta y Melilla, operan conforme a diferentes y diversas normas de
reparto interno de asuntos. Así, en Granada se establece una gran
especialización por materias, siendo atribuidos, por ejemplo, todos los recursos en
materia de tributos a una sola de las Secciones, o todos los recursos en materia
de personal a otra Sección. En Sevilla existe también especialización, pero no tan
aguda como en Granada, ya que los recursos en materia de tributos o de personal
se distribuyen entre prácticamente todas las Secciones, atendiendo para su
distribución, no tanto a la materia como al órgano administrativo del que emanan
las resoluciones administrativas impugnadas. Y en Málaga, no existe
especialización porque todos los Magistrados que integran la Sala conocen de
todas las materias, obteniendo con ello un conocimiento integral y global de las
cuestiones litigiosas suscitadas en el ámbito de la jurisdicción contenciosa
administrativa.
Durante este año 2011 se ha conseguido unificar la estadística de la Sala
de lo Contencioso Administrativo de Granada, por más que funcionalmente esté
separada en tres Secciones, ya que era contraproducente el mantenimiento de
una estadística independiente y separada por cada Sección funcional.
Es necesario que se mejore el sistema “ADRIANO” para contar con un
buen registro informático de los asuntos existentes vivos que permita una mayor
eficacia, de forma que aparezca especificada la materia de cada uno de los
recursos y así obtener listados de pendencia fiables y adecuados a la realidad del
órgano, así como compatibles con las exigencias del Consejo General del Poder
Judicial para la confección de alardes.
20 MEMORIA 2011
En otro orden de consideraciones, ha continuado un plan de apoyo o
refuerzo en las Salas de Granada y Málaga. En la sede de Málaga se ha seguido
prorrogando el ya existente, integrado tanto por Magistrados de la propia Sala
como Magistrados de otros órganos jurisdiccionales. En Granada, se trata de un
refuerzo interno iniciado el mes de septiembre de 2010 en el que sólo participan la
mitad de los Magistrados existentes en plantilla, lo que ha supuesto cierta
reducción de la pendencia, pero su resultado no ha podido calificarse de
extraordinario. Por ello, a finales de 2011 se ha promovido y aprobado un plan de
refuerzo mucho más ambicioso en esta Sala para conseguir mayores y
significativos resultados. Así, aparte del refuerzo interno, incluye apoyos externos
mediante la formación de Secciones de Refuerzo con inclusión de Magistrados
suplentes y en comisión de servicio, con experiencia en el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo, todo ello con el horizonte temporal de dos años de
duración y con el objetivo final de reducir significativamente la pendencia y
normalizar en cierta manera su funcionamiento.
Finalmente, conviene recordar la consideración general que se apuntaba
en la Memoria del pasado año, con mayor afectación para una u otra sede, para
una mayor eficacia de la jurisdicción contencioso-administrativa ante las bolsas de
asuntos pendientes, ahora reforzada por las Conclusiones-Propuestas del Pleno
del CGPJ, en su sesión del pasado 26 de enero de 2012. En este sentido, el
CGPJ se hace eco de la excesiva e inadmisible demora en cuanto a la fecha en
que se remontan determinados señalamientos o se produce la resolución de
asuntos en la jurisdicción contencioso administrativa, insistiendo en la prioridad de
atajar la actual situación mediante la progresiva utilización de los instrumentos
legales previstos por la Ley 29/1998 para facilitar la fluidez del trámite en los
supuestos de identidad entre pretensiones o de concurrencia de reclamaciones en
masa, tales como las acumulaciones de procedimientos, ya sea de oficio o a
instancia de parte, el pleito-testigo, la extensión de efectos, la formulación de
demandas y recursos colectivos. Singularmente, llama la atención el escaso uso
que se hace de la posibilidad procesal de inadmitir los recursos “a limine litis”
cuando se hubieren desestimado en el fondo otros procedimientos
sustancialmente iguales (Arts. 37, 38 y 51.2 de la LJCA), figura que debe
MEMORIA 2011 21
potenciarse para evitar bolsas innecesarias de asuntos pendientes y trabajo
improductivo o carente de sentido en la oficina.
En definitiva, se considera necesario caminar hacia el mejor rendimiento y
eficacia productiva de las Salas de lo Contencioso-Administrativo del TSJA. Al
respecto, parece prudente que la labor resolutiva de los Magistrados no quede
residenciada de forma permanente e inalterable en un criterio siempre
cuantitativo, rígido o de máximos, y atemporal, de forma que se valoren también
otros posibles factores o razones. Así, por ejemplo, procedimientos repetitivos o
de escasa entidad y dificultad, etc., que permiten emplear fórmulas de reparto
entre ponentes que atiendan al tiempo efectivo empleado en la deliberación y
redactado de la resolución, evitando que sean permanentemente computados
como asuntos individuales. Ello permitiría la consiguiente fluctuación numérica y
el dictado de un número global superior de resoluciones en el entorno de la
jurisdicción contencioso administrativa.
Sin perjuicio de todo lo expuesto, ante la actual bolsa de pendencia y
antigüedad de los asuntos, parece razonable también que se discriminen y
establezcan en las Salas unos criterios de señalamientos preferentes sobre
cuestiones más sensibles y con mayor repercusión o incidencia (p. ej.,
expropiaciones, impuestos, etc.), sin perjuicio, claro está, de continuar con los
Planes de Refuerzo como medida efectiva y puntual que permita ir normalizando
las Salas de lo Contencioso de este Tribunal Superior y reducir la cantidad de
asuntos pendientes.
RESUMEN GENERAL La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, en sus tres sedes, ha
ingresado en el año 2011 un total de 14.187 asuntos, habiéndose resuelto un total
de 18.214, lo que significa que disminuye la pendencia de recursos a final de año
(siguiendo la tendencia de años anteriores) y se han resuelto más asuntos de los
que han ingresado. A pesar de este buen dato, ha de destacarse que el número
de asuntos pendientes de resolver ante los órganos colegiados de la jurisdicción
contenciosa administrativa andaluza se sitúa por encima de los 31.000 asuntos.
A continuación, en el cuadro adjunto, se enmarca el número de asuntos
pendientes al inicio del año 2011 y los pendientes al final del referido año,
22 MEMORIA 2011
distinguiendo el concreto número de asuntos registrados o incoados en 2011 y el
número de asuntos resueltos a lo largo del mismo, según sean asuntos de los que
la Sala (aglutinando las tres sedes de Granada, Málaga y Sevilla) haya de
conocer en única instancia (que se interponen directamente ante la Sala y que
pueden ser o no susceptible de recurso de casación ante la Sala de lo
Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo) o en segunda instancia (que se
interponen frente a resolución judicial adoptada por órgano jurisdiccional
unipersonal y se resuelven definitivamente por la Sala, sin que sean susceptibles
de recurso de casación ante el Tribunal Supremo).
Además, dentro de cada uno de los bloques señalados, recursos en única
instancia o en segunda instancia, se distinguen materias en base al objeto del
recurso contencioso administrativo o del rollo de apelación.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALAS DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO DEL TSJA. 2011
Pendientes al
inicio Registrados Resueltos Pendientes al
final ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA 24.701 8.296 11.001 21.037 Urbanismo y ordenación del territorio 1.275 290 489 1.026 Expropiación forzosa 1.569 425 414 1.576 Contratos Administrativos 185 136 84 237 Administración Tributaria 8.092 2.469 3.360 6.901 Medio Ambiente 158 78 10 226 Función Pública 7.537 2.540 3.515 6.362 Administración Laboral y Seg. Social 392 195 60 527 Extranjería 325 5 305 25 Actividad Administrativa Sancionadora 1.590 269 546 1.263 Electoral 0 5 5 0 Dominio Público y Propiedades Especiales 604 446 349 701 Responsabilidad Patrimonial 477 297 262 362 Otras materias 2.497 1.141 1.602 1.831 ASUNTOS EN SEGUNDA INSTANCIA 12.339 5.891 7.213 10.840 Recursos de apelación 12.273 5.800 7.089 10.807 Contra sentencias 8.275 3.936 4.119 8.015 Contra autos 3.998 1.864 2.970 2.792 Recursos de queja 60 55 95 18 Recursos de revisión 3 8 8 5 Recursos de casación 3 7 3 7 Unificación de doctrina 2 7 3 6 Interés de ley 1 0 0 1 Cuestiones de competencia 0 21 18 3 TOTAL 37.040 14.187 18.214 31.877
MEMORIA 2011 23
PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA Atendiendo a los datos estadísticos anteriormente desglosados, ha de
destacarse que la mayoría de los asuntos en única instancia iniciados en el año
2011 son procesos en materia de Función Pública (un 31%) y de Tributos (un
30%).
El porcentaje de recursos en única instancia en otras materias es menor,
como los relativos a expropiación forzosa o dominio publico y propiedades
especiales (5%), responsabilidad patrimonial (4%), urbanismo y ordenación del
territorio o actividad administrativa sancionadora (3%). El motivo de este menor
ingreso de asuntos en estas materias (situación que no es novedad de este año
2011, sino que se viene reproduciendo durante años precedentes), se encuentra
en la modificación operada por L.O. 19/2003, de 23 de diciembre, que afectó,
entre otros, a los Arts. 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción
contenciosa administrativa, reguladores, respectivamente, de las competencias de
los Juzgados y de las Salas de lo Contencioso Administrativo. Así, por ejemplo,
en materia de urbanismo y ordenación del territorio quedan sólo para competencia
directa de las Salas, esto es, en única instancia, los recursos que tienen por
objeto la impugnación de los instrumentos de planeamiento urbanístico.
A continuación, se destacan en un gráfico los asuntos ingresados en la
Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA, distinguiendo por materias el
concreto porcentaje que representan en el cómputo total.
ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA INGRESADOSSALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA.
AÑO 2011
3% 5%
2%
30%
1%31%
2%
3%
5%
4%
14% Urbanismo y ordenación del territorio Expropiación forzosa Contratos Administrativos Administración Tributaria Medio Ambiente Función Pública Administración Laboral y S.Social Extranjería Actividad Administrativa Sancionadora Electoral Dominio Público y Propiedades Especiales Responsabilidad Patrimonial Otras materias
24 MEMORIA 2011
La reducción de entrada de asuntos en única instancia, que se ha
referenciado anteriormente, ha operado no sólo por la citada minoración de
competencias de las Salas, a resultas de la modificación operada en la LJCA por
L.O. 19/2003, que entró en vigor el 15 de enero de 2004, sino también por la
eficacia de los diversos planes de refuerzo secundados por los órganos
colegiados. Así se deduce del gráfico siguiente, en el que se presenta la continua
reducción de asuntos pendientes en la Sala analizada.
PRIMERA INSTANCIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL
TSJASERIES TEMPORALES 2006-2011
0
10.000
20.000
30.000
40.000
50.000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al final
PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Los asuntos en segunda instancia de las Salas de lo Contencioso-
Administrativo son en su mayoría recursos de apelación (el 98%), aunque también
se han registrado 55 recursos de queja. En este mismo apartado van a
computarse 8 recursos de revisión, 7 recursos de casación y 21 cuestiones de
competencia.
Desde que se pusieran en funcionamiento los Juzgados de lo Contencioso-
Administrativo en el año 1999 (creados por la propia LJCA de 13 de julio de 1998)
y, sobre todo, con la modificación de las competencias en las Salas por la ya
citada reforma de la Ley Contencioso-Administrativa en el año 2003, la cantidad
de recursos ingresados en la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA ha
crecido de manera prácticamente constante; hasta 2010 año en el que se invierte
la tendencia, llegando en 2011 a disminuir hasta los 5.891 ingresos, un 13%
menos que el año anterior.
MEMORIA 2011 25
Aunque cada vez es mayor la cantidad de recursos en segunda instancia
que se resuelven, ha sido imposible contener la pendencia que se ha venido
incrementando desde 2005 hasta 2009, como se destaca con la línea verde del
gráfico adjunto. Sin embargo, en los dos últimos años se ha roto esta tendencia al
alza y se ha conseguido reducir el número de asuntos en segunda instancia
pendientes en la Sala.
RECURSOS SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA
SERIES TEMPORALES 2006-2011
02.0004.0006.0008.000
10.00012.00014.000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Regis trados Resueltos Pendientes al final
EVOLUCIÓN
La actividad de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se ha
caracterizado siempre por la gran pendencia de asuntos, pero ha de reseñarse
que el número de asuntos resueltos es mayor al número de asuntos registrados,
lo que ha permitido que en el período analizado en el gráfico siguiente (2006-
2011) la pendencia de asuntos se ha reducido.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS EN LAS SALAS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. SERIES TEMPORALES
2006-2011
0
10.000
20.000
30.000
40.000
50.000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ
26 MEMORIA 2011
Además, ha de señalarse que tanto el número de asuntos resueltos como
el de los asuntos ingresados excede del módulo referencial fijado por el CGPJ
para los asuntos que deben incoarse en la Sala.
RESOLUCIONES
En las Salas de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior se han
dictado 19.037 resoluciones que se distribuyen, tal y como se visualiza en el
gráfico adjunto, en un 74% de sentencias, un 7% de autos sobre medidas
cautelares y un 19% de otros autos (dentro de los que se pueden destacar los
autos de desistimiento, de caducidad, de competencia, los dictados en resolución
de incidentes de ejecución o en materia de ejecución provisional de sentencias).
RESOLUCIONES DICTADAS EN LAS SALAS DE LOCONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. AÑO 2011
74%
7%
19%Sentencias
Autos Med. Cautelares
Otros autos
ACTIVIDAD POR SALAS La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía, Ceuta y Melilla, como ya se ha referido, se encuentra dividida
territorialmente en tres sedes: Granada, Málaga y Sevilla. Ello exige deslindar el
número de asuntos que estaban pendientes al inicio del año 2011 y los que
estaban pendientes al finalizar el mismo, en cada una de las sedes de la Sala. De
igual forma, es necesario delimitar el número de asuntos registrados y resueltos
en el 2011 en cada sede, para poder calcular la tasa de resolución, de pendencia
y de congestión operante en cada una de ellas. Todos estos datos se extractan en
el siguiente cuadro.
MEMORIA 2011 27
MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR SEDE. SALA de lo CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. AÑO 2011
Pendientes
al inicio Registrados ResueltosPendientes
al final tasa
resolucióntasa
pendencia tasa de
congestionGRANADA 18.728 4.264 6.204 15.652 1,45 2,52(30m) 27% MÁLAGA 9.611 3.139 4.902 7.848 1,56 1,60(19m) 38% SEVILLA 8.701 6.784 7.108 8.377 1,05 1,18(14m) 46% TOTAL 37.040 14.187 18.214 31.877 1,28 1,75 36%
De este cuadro se destaca que la Sala de Granada ha registrado en 2010
un total de 4.264 asuntos, la de Málaga ingresó 3.139 asuntos, la de Sevilla 6.784
asuntos.
Por otro lado, la Sala de Granada ha resuelto 6.204 procesos en 2011 (un
22% más que el año anterior), la Sala de Málaga ha resuelto 4.902 asuntos (un
17% menos que en 2010) y la Sala de Sevilla ha resuelto 7.108 asuntos (un 6%
menos que el año anterior).
La pendencia al final del año 2011 en la Sala de Granada es de 15.652
asuntos, en la Sala de Málaga la cantidad de asuntos pendientes al final del año
asciende a 7.848 y en la Sala en Sevilla la pendencia llega a 8.377 asuntos.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR MAGISTRADO. SALAS DE LOCONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. AÑO 2011
0
500
1.000
1.500
2.000
2.500
Granada Málaga Sevilla
Registrados Resueltos Pendientes al final
Analizando la conceptualización de tasa de resolución, tasa de pendencia y
tasa de congestión, se destaca:
La tasa de resolución hace referencia a la cantidad de asuntos que se
resuelven en función de los que se ingresan. Las cantidades mayores de 1
indican que la pendencia ha disminuido a lo largo del año. Esto ha ocurrido en las
tres Salas.
28 MEMORIA 2011
La tasa de pendencia relaciona la cantidad de asuntos pendientes a final
de año con los resueltos, con lo que se calcula una estimación del tiempo de
resolución de esta pendencia. Dicha cantidad multiplicada por 12 nos da los
meses que se tardarían en eliminar esta pendencia. Al mismo tiempo hay que
tener en cuenta que en la Sala se siguen registrando asuntos así que se irían
acumulando a ese valor. En concreto en Granada se estima que la pendencia
actual a final de año se eliminaría en dos años y medio (unos 30 meses), en
Málaga algo más de un año y medio (19 meses), y en Sevilla en algo más de un
año (14 meses).
La tasa de congestión indica qué porcentaje de asuntos se resuelve a lo
largo del año de la carga total de trabajo de la Sala (asuntos pendientes del año
anterior más los ingresados). En Granada se ha resuelto el 27% de la carga de
trabajo total, en Málaga el 38% y en Sevilla el 46%.
MÓDULO DEL CONSEJO El Módulo de Entrada de asuntos fijado por el Consejo General del Poder
Judicial para las Salas de lo Contencioso-Administrativo de Tribunales Superiores
de Justicia, que indica la carga de trabajo razonable, es de 325 asuntos por
Magistrado y año. La tasa de asuntos ingresados por Magistrado de plantilla en
cada una de las Salas de este Tribunal es ligeramente superior a esta cantidad;
en concreto en Granada se han ingresado en el último año 355 asuntos por cada
Magistrado (un 9% más que el módulo del CGPJ), en Málaga 349 asuntos
(supera el módulo en un 7%) y en Sevilla 339 asuntos (un 4% mayor que el
módulo).
SALA DE LO CONTENCIOSO -ADMIN. DEL TSJA
Ingresos en 2011
Magistrados en 2011
Media de ingresos por Magistrado
Variación respecto al
Módulo
Estimación nuevos
Magistrados necesarios
MÓDULO: 325 ASUNTOS GRANADA 4.264 12 355 9,3% MÁLAGA 3.139 9 349 7,3% SEVILLA 6.784 20 339 4,4%
A la vista de lo expuesto, no se considera perentorio ampliar el número de
Magistrados, si bien, para reducir la pendencia acumulada a lo largo de años, es
MEMORIA 2011 29
imprescindible continuar con los Planes de Refuerzo como medida efectiva y
puntual que reduzca esa cantidad, al tiempo que acudir al llamamiento de
Magistrados suplentes, con experiencia en dicho orden jurisdiccional, máxime
cuando la plantilla no está totalmente cubierta.
SALA EN GRANADA La Sala de Granada ha ingresado 4.264 asuntos en el año 2011 (un 5%
menos que el año anterior) y ha resuelto 6.204 asuntos (un 23% más que en
2010). Así, la pendencia a final de año ha disminuido un 16% con respecto al año
anterior, siendo su valor de 15.652 asuntos a 31 de diciembre. Del total de
asuntos iniciados en el año, el 64% corresponde a asuntos en primera instancia y
el 36% a recursos. MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN GRANADA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. 2011
Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA 13.152 2.736 3.942 10.987 Urbanismo y ord. del territorio 536 46 188 344 Expropiación forzosa 702 202 60 840 Contratos Administrativos 105 25 24 106 Administración Tributaria 4.985 734 1.113 4.306 Medio Ambiente 68 30 4 94 Función Pública 3.436 1.112 1.427 2.921 Admón. Laboral y S.Social 158 39 26 171 Extranjería 300 0 300 0 Actividad Administrativa Sancionadora 697 87 280 454 Electoral 0 2 2 0 Dominio Público y Prop. Especiales 415 94 60 449 Responsabilidad Patrimonial 357 88 148 147 Otras materias 1.393 277 310 1.155 ASUNTOS EN SEGUNDA INSTANCIA 5.576 1.528 2.262 4.665 Recursos de apelación 5.517 1.497 2.188 4.649 Contra sentencias 3.386 997 924 3.382 Contra autos 2.131 500 1.264 1.267 Recursos de queja 53 16 63 4 Recursos de revisión 3 8 8 5 Recursos de casación 3 7 3 7 Unificación de doctrina 2 7 3 6 Interés de ley 1 0 0 1 Cuestiones de competencia 0 0 0 0 TOTAL 18.728 4.264 6.204 15.652
30 MEMORIA 2011
El módulo que indica la carga de trabajo razonable para estas Salas, es,
como ya se ha indicado, de 325 asuntos por Magistrado y año. Desde diciembre
de 2007 la Sala de Granada cuenta con 12 Magistrados de plantilla, por lo que la
carga de trabajo en 2011 para cada uno de ellos fue de 355 asuntos de media,
cifra que supera el módulo del CGPJ en un 9%.
Ante esta situación, sin perjuicio de valorar, en un futuro más o menos
cercano, el aumento de la plantilla y dotar a la Sala de una plaza más de
Magistrado, en el momento actual ha de destacarse la necesidad de mantener
planes de refuerzo, integrados tanto por Magistrados de la propia Sala como
Magistrados de otros órganos jurisdiccionales, única forma de ir eliminando la
ingente bolsa de pendencia de esta Sala.
PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA Por materias, la mayoría de los asuntos en primera instancia iniciados en
esta Sala corresponde a procesos relativos a Función Publica (41%). Además hay
un 27% de procesos contra la Administración Tributaria y un 7% de asuntos de
Expropiación Forzosa. La actividad Administrativa Sancionadora, los asuntos de
Dominio Publico y Propiedades Especiales y Responsabilidad Patrimonial un 3%
respectivamente. Los temas de Urbanismo y Ordenación del territorio suman un
2%. Contratos Administrativos, Medio Ambiente y Administración Laboral y
Seguridad Social suponen un 1% cada uno.
ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA INGRESADOS EN LA SALA EN GRANADA.SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. AÑO 2011
2% 7%
1%
27%
1%42%
1%
3%
3%10%3%
Urbanismo y ord. del territorio Expropiación forzosa Contratos Administrativos Administración Tributaria Medio Ambiente Función Pública Admón. Laboral y S.Social Extranjería Actividad Administrativa Sancionadora Electoral Dominio Público y Prop. Especiales Responsabilidad Patrimonial Otras materias
MEMORIA 2011 31
Como ya se ha explicado en años anteriores, el principal problema en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA en Granada, relativo a los asuntos en primera instancia es la enorme pendencia que subyace desde hace años. Esta pendencia en 2011 ha disminuido un 16%, como consecuencia de una reducción en el número de asuntos ingresados y el incremento de asuntos resueltos, como se puede observar en el gráfico siguiente. Sin embargo, son indispensables medidas de refuerzo para eliminar esta pendencia, en la forma antes expuesta, todo ello unido a la línea también comentada que impulsa a utilizar medios complementarios de agilización, en aras a la mayor eficacia productiva, singularmente la inadmisión de los recursos “a limine litis” cuando se hubieren desestimado en el fondo otros procedimientos sustancialmente iguales.
PRIMERA INSTANCIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SALA EN GRANADA. SERIES TEMPORALES 2006-2011
05000
100001500020000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al f inal
PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA
Los procesos en segunda instancia iniciados en 2011 corresponden en un
98% a Recursos de Apelación, de los cuales 997 son contra sentencias y 500
contra autos. Además se han ingresado 16 Recursos de Queja, 8 Recursos de
Revisión y 7 Recursos de Casación.
RECURSOS SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SALA EN GRANADA. SERIES TEMPORALES 2006-2011
0
2000
4000
6000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al f inal
32 MEMORIA 2011
Como se observa en el gráfico, se ha roto la tendencia de los últimos años, disminuyendo en un 13% el número de asuntos registrados y aumentando en un 76% los resueltos, lo que sitúa los recursos pendientes de resolución en 5.576 asuntos pendientes a final de 2011.
EVOLUCIÓN EN LOS ÚLTIMOS AÑOS La cantidad de asuntos pendientes de resolución, ha frenado en 2011 la
tendencia ascendente de los últimos tres años. Por un lado han disminuido los ingresos totales y por otro ha aumentado la cantidad de asuntos resueltos. Sin embargo, como ya se ha dicho anteriormente existe en esta Sala una enorme bolsa de asuntos pendientes a la que actualmente no pueden hacer frente los Magistrados de la Sala.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN GRANADA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. SERIES
TEMPORALES 2006-2011
010000
2000030000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ
RESOLUCIONES En la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada se han dictado
6.269 resoluciones (un 19% más que el año anterior) que se distribuyen en 4.271 sentencias, 360 autos sobre medidas cautelares y 1.638 autos de otro tipo (como son autos de caducidad, desistimiento, competencia, en resolución de incidentes de ejecución, liquidación de intereses, en materia de ejecución provisional de sentencias, en procedimientos de apremio, en preparación de recurso de casación), tal y como muestra el gráfico adjunto.
RESOLUCIONES DICTADAS EN LA SALA DE GRANADA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA.
AÑO 2011
68%6%
26%
Sentencias Autos Med. Cautelares Otros autos
MEMORIA 2011 33
Por otro lado, el 59% de las sentencias corresponde a procesos en única
instancia y el 41% restante a recursos de apelación, extraordinarios de casación y
de casación para unificación de la doctrina. De las sentencias dictadas son
estimatorias en un 26% de los casos. Además, dos de cada tres de los autos
dictados en piezas de medidas cautelares acceden a la adopción de tales
medidas.
SALA EN MÁLAGA La Sala de Málaga de lo Contencioso-Administrativo ha ingresado 3.139
asuntos en 2011 (un 29% menos que el año anterior) y ha resuelto 4.902 (un 17%
menos que en 2010) por lo que la cantidad de asuntos pendientes de resolución a
final de año ha disminuido un 18%.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN MÁLAGA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO DEL TSJA. 2011
Pendientes al
inicio Registrados Resueltos Pendientes al
final ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA 4.803 1.344 2.358 3.789 Urbanismo y ordenación del territorio 640 189 193 636 Expropiación forzosa 444 63 148 359 Contratos Administrativos 24 24 4 44 Administración Tributaria 1.563 375 843 1.095 Medio Ambiente 89 48 5 132 Función Pública 1.618 336 605 1.349 Administración Laboral y Seg. Social 36 29 25 40 Extranjería 2 1 1 2 Actividad Administrativa Sancionadora 3 69 59 13 Electoral 0 1 1 0 Dominio Público y Propiedades Especiales 1 10 7 4 Responsabilidad Patrimonial 26 58 5 79 Otras materias 357 141 462 36 ASUNTOS EN SEGUNDA INSTANCIA 4.808 1.795 2.544 4.059 Recursos de apelación 4.805 1.779 2.533 4.051 Contra sentencias 3.549 1.237 1.646 3.140 Contra autos 1.256 542 887 911 Recursos de queja 3 12 7 8 Recursos de revisión 0 0 0 0 Recursos de casación 0 0 0 0 Unificación de doctrina 0 0 0 0 Interés de ley 0 0 0 0 Cuestiones de competencia 0 4 4 0 TOTAL 9.611 3.139 4.902 7.848
34 MEMORIA 2011
Esta Sala cuenta desde finales de 2007 con 9 Magistrados de plantilla, que
han ingresado en total en el último año una media de 349 procesos por
Magistrado y año. El Módulo de Entrada de asuntos del Consejo para las Salas de
lo Contencioso-Administrativo es de 325 asuntos lo que indica que en Málaga los
Magistrados han soportado una carga de trabajo un 7% por encima de lo que
indica el referido módulo.
Ante esta situación, sin perjuicio de valorar, en un futuro más o menos
cercano, el aumento de la plantilla, en el momento actual ha de destacarse la
necesidad de mantener planes de refuerzo para ir eliminando la bolsa de
pendencia de esta Sala, máxime ante la existencia de dos plazas vacantes y el
correcto resultado obtenido por esta Sala con el Plan de refuerzo secundado a
partir del año 2010. Sin perjuicio de lo anterior, hay que insistir en la necesidad,
también comentada antes, de utilizar medios complementarios de agilización
procesal, en aras a la mayor eficacia productiva.
PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA Por materias, la mayoría de los procesos en única instancia iniciados en la
Sala de Málaga son relativos a Administración Tributaria (28% del total) y Función
Pública (25% del total) Urbanismo y Ordenación del Territorio (14% del total).
ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA INGRESADOS EN LA SALA EN MÁLAGA. SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA.
AÑO 2011
14%
28%
4%
25%
10%
5%
2%
2%5%
4%
Urbanismo y ordenación del territorio Expropiación forzosa Contratos Administrativos Administración Tributaria Medio Ambiente Función Pública Administración Laboral y S.Social Extranjería Actividad Administrativa Sancionadora Electoral Dominio Público y Propiedades Especiales Responsabilidad Patrimonial Otras materias
MEMORIA 2011 35
En los últimos años, la tendencia más llamativa en la Sala de Málaga en
relación con los asuntos de primera instancia es la gran reducción de la cantidad
de asuntos pendientes que se ha producido a lo largo de los últimos ocho años,
gracias principalmente a la existencia de los planes de refuerzo. En el último año
la reducción ha sido del 21%, como se puede observar en el gráfico siguiente.
PRIMERA INSTANCIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SALA EN MÁLAGA. SERIES TEMPORALES 2006-2011
02000400060008000
10000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al final
PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Salvo 12 Recursos de Queja y 4 Cuestiones de Competencia, todos los
procesos de segunda instancia incoados en 2011 en la sala de Málaga son
Recursos de Apelación (el 70% contra sentencias). Al igual que en la Sala de
Granada la tendencia más significativa en los asuntos en segunda instancia es el
enorme crecimiento que han sufrido los asuntos pendientes de resolución que,
siguiendo una tendencia prácticamente exponencial, han aumentado su valor año
tras año. Sin embargo desde 2010 se ha roto esta tendencia, disminuyendo el
número de asuntos pendientes.
RECURSOS SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SALA EN MÁLAGA. SERIES TEMPORALES 2006-2011
0
2000
4000
6000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al f inal
36 MEMORIA 2011
EVOLUCIÓN EN LOS ÚLTIMOS AÑOS Los asuntos ingresados en la Sala en Málaga de lo Contencioso-
Administrativo han disminuido considerablemente respecto al año anterior. En el
siguiente gráfico podemos apreciar que el número de asuntos registrados se
aproxima al módulo del CGPJ.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN MÁLAGA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA.
SERIES TEMPORALES 2006-2011
02000400060008000
1000012000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al f inal Módulo CGPJ
RESOLUCIONES En la Sala de Málaga de lo Contencioso-Administrativo se han dictado
5.202 resoluciones, que según el gráfico adjunto se distribuyen en 4.178
sentencias, 341 autos sobre medidas cautelares y 683 autos restantes.
RESOLUCIONES DICTADAS EN LA SALA EN MÁLAGA DE LO CONTENCIOSO -
ADMINISTRATIVO DEL TSJA. AÑO 2011
80%
7%13%
Sentencias Autos Med. Cautelares Otros autos
Más de la mitad de las sentencias dictadas corresponde a recursos de
apelación (de ellas el 18% son estimatorias) y el 40% corresponde a procesos en
única instancia (de las que el 33% son estimatorias). Además se han dictado 4
sentencias desestimatorias atendiendo a restantes recursos.
MEMORIA 2011 37
SALA EN SEVILLA La Sala de Sevilla de lo Contencioso-Administrativo ha registrado en 2011,
en total en sus cuatro Secciones, 6.784 procesos (un 2% menos que el año
anterior) y ha resuelto 7.108 (un 6% menos que en 2010). La cantidad de asuntos
pendientes a final de año ha seguido disminuyendo (un 4% en el último año) y su
valor a final de 2011 está en 8.377 asuntos, manteniendo la tendencia a la baja
iniciada hace siete años. De todos los asuntos registrados, el 62% se corresponde
con asuntos en única instancia y el 38% a asuntos en segunda instancia.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN SEVILLA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO DEL TSJA. AÑO 2011
Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA 6.746 4.216 4.701 6.261 Urbanismo y ordenación del territorio 99 55 108 46 Expropiación forzosa 423 160 206 377 Contratos Administrativos 56 87 56 87 Administración Tributaria 1.544 1.360 1.404 1.500 Medio Ambiente 1 0 1 0 Función Pública 2.483 1.092 1.483 2.092 Administración Laboral y S.Social 198 127 9 316 Extranjería 23 4 4 23 Actividad Administrativa Sancionadora 890 113 207 796 Electoral 0 2 2 0 Dominio Público y Propiedades Especiales 188 342 282 248 Responsabilidad Patrimonial 94 151 109 136 Otras materias 747 723 830 640 ASUNTOS EN SEGUNDA INSTANCIA 1.955 2.568 2.407 2.116 Recursos de apelación 1.951 2.524 2.368 2.107 Contra sentencias 1.340 1.702 1.549 1.493 Contra autos 611 822 819 614 Recursos de queja 4 27 25 6 Recursos de revisión 0 0 0 0 Recursos de casación 0 0 0 0 Unificación de doctrina 0 0 0 0 Interés de ley 0 0 0 0 Cuestiones de competencia 0 17 14 3 TOTAL 8.701 6.784 7.108 8.377
La Sala de Sevilla, con 20 Magistrados de plantilla desde finales de 2007,
tuvo una carga de trabajo estimada de 339 asuntos por Magistrado en el año
38 MEMORIA 2011
2011. El módulo establecido por el CGPJ (325 asuntos en las Salas de lo
Contencioso-Administrativo) se superó en el último año en 14 asuntos por
Magistrado, es decir, en un 4%, por lo que la actual plantilla de Magistrados es
suficiente. PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA Los procesos en única instancia iniciados en la Sala de Sevilla en mayor
número son los relativos a Administración Tributaria (que suman el 32% del total)
y a Función Pública (26%), como muestra el gráfico siguiente.
ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA INGRESADOS EN LA SALA EN SEVILLA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. AÑO
2011
4%
2%
32%
26%
3%
3%
8%
4%
17%1%
Urbanismo y ordenación del territorioExpropiación forzosaContratos AdministrativosAdministración TributariaMedio AmbienteFunción PúblicaAdministración Laboral y S.SocialExtranjeríaActividad Administrativa SancionadoraElectoralDominio Público y Propiedades EspecialesResponsabilidad PatrimonialOtras materias
La Sala de Sevilla ha logrado disminuir la pendencia de los procesos en
única instancia durante los últimos años, a lo que, sin duda, ha contribuido la
modificación de las competencias en las Salas de lo Contencioso-Administrativo
operada en la LJCA por L.O. 19/03.
PRIMERA INSTANCIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SALA EN SEVILLA. SERIES TEMPORALES 2006-2011
0
5.000
10.000
15.000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al f inal
MEMORIA 2011 39
PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA
Los procesos en segunda instancia incoados en la Sala de Sevilla en el
último año son en un 98% recursos de apelación. Además, se han elevado a esta
Sala 27 recursos de queja y 17 cuestiones de competencia.
El hecho destacable en los últimos años, dentro de la actividad en segunda
instancia de la Sala en Sevilla, es la tendencia decreciente de la cantidad de
asuntos pendientes a final de año. Sin embargo, en 2011 se ha roto esta
tendencia y la pendencia ha aumentado un 8%, debido en gran manera a la
disminución, en un 21%, de los asuntos resueltos.
RECURSOS SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SALA EN SEVILLA. SERIES TEMPORALES 2006-2011
01.0002.0003.0004.000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al final
EVOLUCIÓN EN LOS ÚLTIMOS AÑOS Haciendo un análisis del conjunto de la Sala de Sevilla, se destaca en los
últimos años el aumento en el número de asuntos resueltos hasta 2099 y,
consecuentemente, la reducción de la tasa de pendencia. Sin embargo, en los
dos últimos años el número de asuntos resueltos ha ido disminuyendo, de forma
que, a finales de 2011, la cantidad de asuntos pendientes de resolución es de
8.377, por lo que se debe insistir en la necesidad de mantener el esfuerzo de
años anteriores en aras a la mayor eficacia productiva, aparte de utilizar medios
complementarios de agilización procesal, comentados más arriba.
40 MEMORIA 2011
MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN SEVILLA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. SERIES TEMPORALES
2006-2011
02.0004.0006.0008.000
10.00012.00014.00016.000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al f inal Módulo CGPJ
RESOLUCIONES
En la Sala de Sevilla de lo Contencioso-Administrativo se han dictado en el
último año 7.566 resoluciones (un 7% menos que el año anterior), que se
distribuyen en 5.550 sentencias, 699 autos sobre medidas cautelares y 1.317
autos restantes.
RESOLUCIONES DICTADAS EN LA SALA EN SEVILLA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
DEL TSJA. AÑO 2011
74%
9%
17%
Sentencias Autos Med. Cautelares Otros autos
En porcentaje, el 58% de las sentencias dictadas en la Sala de Sevilla
corresponde a procesos en única instancia (el 44% estimatorias) y el resto a
recursos de apelación (de las cuales el 23% son estimatorias).
MEMORIA 2011 41
2.2.3. SALA DE LO SOCIAL La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y
Melilla tiene tres sedes situadas en Granada, Málaga y Sevilla, respectivamente.
Ha de destacarse que las tres sedes no operan conforme a idénticas
normas de reparto interno de asuntos. Así, en Granada y Málaga no existe
especialización porque los Magistrados que integran la Sala conocen de todas las
materias, obteniendo con ello un conocimiento integral y global de las cuestiones
litigiosas suscitadas en el ámbito de la jurisdicción social, con independencia de
su naturaleza laboral o de Seguridad Social, lo que permite una flexibilidad en el
reparto de asuntos, si bien exige un mayor esfuerzo de control de las resoluciones
para evitar pronunciamientos contradictorios.
Por el contrario, en Sevilla se establece una especialización por materias,
con Secciones y Sub-Secciones funcionales. Así, la Sección primera se dedica a
todos los asuntos de Derecho del Trabajo y funciona con dos Subsecciones,
mientras que la Sección Segunda se dedica a los temas de Seguridad Social y
funciona igualmente con dos Subsecciones, sin perjuicio de ciertos turnos de
reparto entre todos los Magistrados para materiales específicas derivadas de
procedimientos en única instancia, procesos de conflictos colectivos y tutela de
derechos fundamentales y libertad sindical.
En otro orden de consideraciones, se considera necesaria la
interoperabilidad plena a nivel informático entre las tres sedes de la Sala de lo
Social del TSJA, con la finalidad de que cada Magistrado, con independencia de
la sede donde preste sus servicios, pueda acceder en tiempo real en el marco del
Programa Adriano a los pronunciamientos de las otras dos Salas, lo que asegura
una doctrina más unificada sobre todo en aquellos asuntos de los que conocen
las tres sedes en primera instancia. No obstante es justo reconocer el avance
conseguido con la implantación por la Secretaria General para la Justicia de una
base de datos (Aplicación Himilcon Social) que contiene los pronunciamientos de
las tres Salas de lo Social, si bien su efectividad queda mermada al basarse en un
criterio de búsqueda por palabras y no por número de recurso.
Asimismo, hay que mejorar la recepción informática desde los Juzgados de
primera instancia, que se realiza a través del sistema Nautius.
42 MEMORIA 2011
RESUMEN GENERAL La Sala de lo Social del TSJA ha ingresado en el conjunto de sus tres
sedes un total de 9.521 asuntos en el año 2011 (prácticamente igual que el año
anterior). La mayor parte de estos ingresos fueron recursos de suplicación contra
resoluciones de Juzgados de lo Social. Además se resolvieron 9.079 asuntos. La
cantidad de asuntos pendientes de resolución a final de año se mantiene en 4.861
asuntos (10% más que el año anterior).
MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALAS DE LO SOCIAL DEL TSJA. AÑO 2011
Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final
Procesos en única instancia 28 55 58 25 Rec. suplicación juzgados de lo Social 4.365 9.362 8.915 4.812 Rec. suplicación juzgados de lo Mercantil 0 6 3 3 Audiencia al rebelde 3 6 7 2 Cuestiones de competencia 0 1 1 0 Recursos de queja 21 80 83 18 Recursos de súplica 0 1 1 0 Otros 2 10 11 1
TOTAL 4.419 9.521 9.079 4.861 Registrados = Registrados + Reabiertos
Por otro lado se han devuelto 717 recursos de casación, de los cuales el
94% confirmaban totalmente la sentencia, el 5% la revocaban y el 1% la anulaba.
EVOLUCIÓN EN LOS ÚLTIMOS AÑOS La cantidad de asuntos ingresados en la Sala de lo Social de este Tribunal
Superior de Justicia ha estado siempre por encima del Módulo de Entrada que
establece el Consejo para este tipo de órganos, si bien en los dos últimos años se
ha aproximado al mismo.
En cuanto a la cantidad de asuntos resueltos, se ha roto la tendencia
menguante iniciada en 2006, resultando un total de 4.861 asuntos pendientes al
final del ejercicio, algo superior al año anterior.
MEMORIA 2011 43
Desde el año 2000 no ha habido modificación de la plantilla en ninguna de
las tres Salas de lo Social del Tribunal de Andalucía, por lo tanto la cantidad de
asuntos resueltos (línea rosa) ha fluctuado dependiendo de los planes de refuerzo
que estaban funcionando.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALAS DE LO SOCIAL DEL TSJA. SERIES TEMPORALES 2006-2011
02.0004.0006.0008.000
10.00012.00014.000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Ingresados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ
RESOLUCIONES En las Salas de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
Ceuta y Melilla se han dictado un total de 8.849 sentencias; 8.815 en recursos, de
las cuales, el 26% son estimatorias, el 74% son desestimatorias y sólo 6 son
anulatorias. Se han dictado también 195 autos, de los cuales el 89% resolvían
sobre el fondo del asunto.
ACTIVIDAD POR SALA En el año 2011 la Sala de Granada ha registrado 3.122 asuntos, la de
Málaga 2.289 asuntos y la de Sevilla 4.110 asuntos. La Sala de Granada ha
resuelto 3.086 asuntos, la de Málaga 2.235 asuntos, y la de Sevilla 3.758 asuntos,
siendo ésta última la que resulta con menor media en el dictado de resoluciones
por Magistrado y año, lo que repercute, como en seguida veremos, en la bolsa de
asuntos pendientes, ya preocupante.
La pendencia a final del año 2011 se cifra en 654 asuntos en la Sala de
Granada, 854 asuntos en la de Málaga y 3.353 asuntos en la de Sevilla.
44 MEMORIA 2011
MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR SEDE. SALA SOCIAL DEL TSJA. AÑO 2011
Pendientes
al inicio Registrados ResueltosPendientes
al final tasa
resolución tasa
pendencia tasa de
congestiónGRANADA 618 3.122 3.086 654 0,99 0,21 (3m) 83% MÁLAGA 800 2.289 2.235 854 0,98 0,38 (5m) 72% SEVILLA 3.001 4.110 3.758 3.353 0,91 0,89 (11m) 53% TOTAL 4.419 9.521 9.079 4.861 0,95 0,54 (6m) 65%
La tasa de resolución establece que en todas las Salas de lo social ha
aumentado la pendencia, si bien en mayor medida en la de Sevilla.
La tasa de pendencia relaciona la cantidad de asuntos pendientes a final
de año con los resueltos, con lo que se calcula una estimación del tiempo de
resolución de esta pendencia. Dicha cantidad multiplicada por 12 nos da los
meses que se tardarían en resolver estos asuntos. Se calcula una estimación en
tiempo medio para resolver la pendencia existente de 3 meses en la Sala de
Granada, 5 meses en Málaga y 11 meses en Sevilla.
La tasa de congestión indica qué porcentaje de asuntos se resuelve a lo
largo del año de la carga total de trabajo de la Sala (asuntos pendientes del año
anterior más los ingresados). En Granada se ha resuelto el 83% de la carga de
trabajo total, en Málaga el 72% y en Sevilla el 53%.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR MAGISTRADO.
SALAS DE LO SOCIAL DEL TSJA. AÑO 2011
0
200
400
600
800
1.000
Granada Málaga SevillaRegistrados Resueltos Pendientes al final
MÓDULO DEL CONSEJO El Módulo de Entrada de asuntos establecido por el CGPJ para las Salas
de lo Social de Tribunales Superiores de Justicia es de 350 asuntos por
Magistrado y año. La media de asuntos ingresados por Magistrado de plantilla en
MEMORIA 2011 45
cada una de las Salas de lo Social de este Tribunal es de 347 asuntos en
Granada (no supera el módulo), de 382 asuntos en Málaga (un 9% por encima del
módulo) y 343 asuntos en Sevilla (no supera el módulo).
SALA DE LO SOCIAL DEL TSJA Ingresos Magistrados
Ingresos por Mag.
Var. resp.
módulo
Estimación nuevos
Magistrados necesarios
MÓDULO: 350 ASUNTOS GRANADA 3.122 9 347 -0,9% MÁLAGA 2.289 6 382 9,0% SEVILLA 4.110 12 343 -2,1%
Con los actuales datos de ingreso, no sería necesario aumentar la plantilla
de estas Salas de lo Social, sin perjuicio de lo que deparen los avatares
económicos y la derivada litigiosidad social, así como la incidencia de la nueva
Ley de la Jurisdicción Social, que entró en vigor en el mes de diciembre pasado y
concentra en dicho orden jurisdiccional todos los litigios relativos a accidentes
laborales, seguridad e higiene en el trabajo, prestaciones públicas y vulneración
de los derechos fundamentales, especialmente el acoso y la discriminación -sin
incluir los de materia penal-, asuntos sobre recaudación de la Seguridad Social y
las excepciones concursales, lo que se traduciría lógicamente en un incremento
del número de asuntos a resolver, sin posible concreción por el momento. Por lo
mismo, habrá que estar pendientes de la incidencia en el orden jurisdiccional
social del Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para
la reforma del mercado laboral.
SALA EN GRANADA La Sala de Granada de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía, Ceuta y Melilla ha ingresado en el último año 3.122 asuntos. Se
resolvieron 3.086 procesos y la pendencia es de 654 asuntos. El 98% de los
asuntos iniciados corresponde a recursos de suplicación provenientes de los
Juzgados de lo Social. Además se incoaron 27 procesos en única instancia (los
únicos que exigen la celebración de juicio), 15 recursos de queja y 4 recursos de
46 MEMORIA 2011
suplicación de los Juzgados de lo Mercantil. Por otro lado se han devuelto 225
recursos de casación de los cuales el 95% confirmaba la sentencia, el 4% la
revocaba y el 1% la anulaba. Además no queda en la Sala ningún asunto
pendiente exclusivamente de sentenciar a final de año.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN GRANADA DE LO SOCIAL DEL TSJA. AÑO 2011
Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final
Procesos en única instancia 4 27 23 8 Rec. suplicación juzgados de lo Social 609 3.068 3.033 644 Rec. suplicación juzgados de lo Mercantil 0 4 3 1 Audiencia al rebelde 0 0 0 0 Cuestiones de competencia 0 0 0 0 Recursos de queja 5 15 19 1 Recursos de súplica 0 1 1 0 Otros 0 7 7 0 TOTAL 618 3.122 3.086 654 Registrados = Registrados + Reabiertos
El Módulo de Entrada designado por el Consejo General del Poder Judicial
para las Salas de lo Social de Tribunales Superiores de Justicia es de 350
asuntos por Magistrado y año. La Sala de Granada, con nueve Magistrados de
plantilla, ha ingresado en 2011 un total de 347 asuntos en media por cada uno de
ellos. Por lo tanto, prácticamente se ha alcanzado el módulo del Consejo en el
último año. En concreto en los dos últimos años la cantidad de asuntos incoados
ha descendido al nivel del Módulo de Entrada del CGPJ, hecho que no ocurría
desde 1997.
EVOLUCIÓN EN LOS ÚLTIMOS AÑOS A lo largo de los últimos años el hecho más destacable en la Sala de lo
Social de Granada es la enorme reducción de la cantidad de asuntos pendientes
a final de año, que ha pasado de los casi 1.682 en 2006 a los actuales 654. Esto
ha sido posible gracias a la laboriosidad y nivel resolutivo de la Sala, así como a
la trayectoria descendente en la entrada de recursos que se inició a partir del año
2007.
La tasa de pendencia (que relaciona la cantidad de asuntos pendientes con
los resueltos) es una de las más bajas de Andalucía, en lo que incide, sin duda, el
MEMORIA 2011 47
número de ponencias repartidas por Magistrado, al igual que al Presidente, que
se ha mantenido a lo largo del año a razón de 9 ponencias semanales, sin
perjuicio de las que puedan corresponder por recursos de queja o procedimientos
de especial urgencia, como tutela de derechos fundamentales o conflictos
colectivos.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALAS DE LO SOCIAL DEL TSJA. SERIES TEMPORALES 2006-2011
02.0004.0006.0008.000
10.00012.00014.000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Ingresados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ
RESOLUCIONES Se han dictado en la Sala de Granada 3.030 sentencias (11 relativas a
procesos en única instancia) y 48 autos de los que el 98% resuelven sobre el
fondo del asunto.
SENTENCIAS SOBRE RECURSOS DICTADAS EN LA SALA EN GRANADA DE LO SOCIAL
DEL TSJA. AÑO 2011
23%
77%
0%
EstimandoDesestimandoAnulando
El gráfico anterior muestra la distribución porcentual de las sentencias
sobre recursos dictadas en esta Sala en el año 2011. Se observa que el 23% de
estas sentencias fueron estimatorias y el 77% desestimatorias.
48 MEMORIA 2011
SALA EN MÁLAGA La Sala de lo Social en Málaga de este Tribunal Superior de Justicia ha
iniciado en el último año un total de 2.289 asuntos (un 5% más que el año
anterior). En total se han resuelto 2.235 asuntos (prácticamente lo mismo que en
2010).
MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN MÁLAGA DE LO SOCIAL DEL TSJA. 2011
Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final Proc en única instancia 4 9 5 8 Rec. suplicación juzgados Social 795 2.252 2.206 841 Rec. suplicación juzgados Mercantil 0 0 0 0 Audiencia al rebelde 0 5 4 1 Cuestiones de competencia 0 0 0 0 Recursos de queja 1 22 20 3 Recursos de súplica 0 0 0 0 Otros 0 1 0 1 TOTAL 800 2.289 2.235 854 Registrados = Registrados + Reabiertos
El 98% de los registros corresponde a recursos de suplicación de Juzgados
de lo Social. Además, se han iniciado 9 procesos en única instancia, 22 recursos
de queja y 5 audiencias al rebelde. Por otro lado, se han devuelto 132 recursos de
casación, de los cuales el 91% confirmaba la sentencia, el 7% la revocaba y el 2%
restante la anulaba.
La Sala de Málaga, con seis Magistrados de plantilla, ha superado el
módulo del Consejo General del Poder Judicial, establecido en 350 asuntos por
Magistrado y año. En concreto en 2011, el ingreso de asuntos ha sido un 9%
superior al referido módulo de entrada para este tipo de órganos.
EVOLUCIÓN EN LOS ÚLTIMOS AÑOS Los asuntos resueltos de la Sala (línea rosa en el gráfico) han seguido una
tendencia ascendente hasta 2007 gracias a los planes de refuerzo que se venían
desarrollando desde el año 2003, así como la buena laboriosidad y número de
ponencias repartidas.
MEMORIA 2011 49
MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN MÁLAGA DE LO SOCIAL DEL TSJA. SERIES TEMPORALES 2006-2011
0
1000
2000
3000
4000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al f inal Módulo CGPJ
Por segundo año consecutivo el valor de la pendencia (número de asuntos
pendientes de resolución a final de año) se sitúa por debajo de los 1.000 asuntos.
Al igual que la Sala de Granada, la tasa de pendencia (que relaciona la cantidad
de asuntos pendientes con los resueltos) es una de las más bajas de Andalucía,
en lo que incide, sin duda, el número de ponencias repartidas por Magistrado, al
igual que al Presidente, que se ha mantenido a lo largo del año a razón de un
mínimo de 9 ponencias semanales.
No se considera necesaria la ampliación del número de Magistrados, como
antes se comentó, si bien habrá que valorar en su momento la evolución de la
Sala y las reformas legislativas ya comentadas.
RESOLUCIONES En total en la Sala en Málaga de lo Social se han dictado 2.184 sentencias
(sólo 8 relativas a procesos en única instancia) y 51 autos (el 61% resuelve sobre
el fondo del asunto).
SENTENCIAS SOBRE RECURSOS DICTADAS EN LA SALA EN MÁLAGA DE LO SOCIAL DEL
TSJA. AÑO 2011
17%
83%
0%
EstimandoDesestimandoAnulando
50 MEMORIA 2011
En el gráfico se puede comprobar la distribución de las sentencias sobre
recursos que se han dictado en la Sala en Málaga de lo Social. Se observa que el
17% son estimatorias, el 83% desestimatorias.
SALA EN SEVILLA La Sala en Sevilla de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía, Ceuta y Melilla ha ingresado en 2011 un total de 4.110 asuntos. Se
han resuelto 3.758 asuntos, por lo que la pendencia a final de año ha aumentado
un 12%, hasta los 3.353 asuntos, cifra preocupante. Se han devuelto 360
recursos de casación, de los cuales el 94% confirmaba totalmente la sentencia, el
5% la revocaba totalmente y un 1% la anulaba.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN SEVILLA DE LO SOCIAL DEL TSJA. AÑO 2011
Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final
Procesos en única instancia 20 19 30 9
Rec. suplicación juzgados de lo Social 2.961 4.042 3.676 3.327
Rec. suplicación juzgados de lo Mercantil 0 2 0 2
Audiencia al rebelde 3 1 3 1
Cuestiones de competencia 0 1 1 0
Recursos de queja 15 43 44 14
Recursos de súplica 0 0 0 0
Otros 2 2 4 0
TOTAL 3.001 4.110 3.758 3.353 Registrados = Registrados + Reabiertos
La Sala de lo Social de Sevilla tiene 12 Magistrados de plantilla, que han
ingresado cada uno 343 asuntos en media a lo largo de 2011. Como antes se dijo,
el módulo de entrada de asuntos establecido por el CGPJ es de 350 asuntos por
Magistrado y año, por lo que en el último año la entrada de asuntos en la Sala de
Sevilla no ha superado dicho valor referencial para un órgano de este tipo.
MEMORIA 2011 51
EVOLUCIÓN EN LOS ÚLTIMOS AÑOS
MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN SEVILLA DE LO SOCIAL DEL TSJA. SERIES TEMPORALES 2006-2011
0100020003000400050006000
2005 2006 2007 2008 2009 2010
Registrados Resueltos Pendientes al f inal Módulo CGPJ
Después de cuatro años en los que los ingresos se habían estabilizado en
torno al Módulo de Entrada del CGPJ y la resolución de asuntos había
aumentado, el año 2011 revela que el número de asuntos registrados continúa en
niveles cercanos al referido módulo pero el número de asuntos resueltos
desciende, con lo que se produce un repunte de la pendencia del 12%, por
segundo año consecutivo.
A la vista de estos datos se considera necesario caminar hacia el mejor
rendimiento y eficacia productiva de la Sala. En ese sentido parece prudente que
la labor resolutiva de los Magistrados no quede residenciada de forma
permanente e inalterable en un criterio siempre cuantitativo, rígido o de máximos,
y atemporal, de forma que se valoren también otros posibles factores o razones.
Así, por ejemplo, procedimientos repetitivos o similares, tales como reclamaciones
salariales o pluses, asuntos de escasa entidad y dificultad, etc., que permiten
emplear fórmulas de reparto entre ponentes que atiendan al tiempo efectivo
empleado en la deliberación y redactado de la resolución, evitando que sean
permanentemente computados como asuntos individuales. Ello permitiría la
consiguiente fluctuación numérica y el dictado de un número global superior de
resoluciones en el entorno de la jurisdicción social.
52 MEMORIA 2011
En esta línea, deben reproducirse las conclusiones del propio Servicio de
Inspección del CGPJ tras su visita a dicha Sala el pasado mes de febrero:
“En cuanto a los asuntos repetitivos, deberán ser acumulados si procede o
cuidar de emplear con los mismos fórmulas de reparto entre ponentes que
atiendan al tiempo efectivo empleado en la deliberación y redactado de la
resolución, especialmente si por la Sala, en Pleno o no, se ha adoptado ya un
criterio unitario al respecto, evitando en todo caso que sean computados como
asuntos individuales de la clase correspondiente.”
Sin perjuicio de todo lo expuesto, debe plantearse, de forma simultánea y
paralela, una medida de refuerzo para reducir la bolsa de pendencia.
RESOLUCIONES En el año 2011 en total se han dictado en esta Sala 3.635 sentencias (15
en procesos en única instancia) y 96 autos (todos resolviendo sobre el fondo del
asunto).
SENTENCIAS SOBRE RECURSOS DICTADAS EN LA SALA EN SEVILLA DE LO S OCIAL DEL
TSJA. AÑO 2011
34%
66%
0%
Estim andoDeses tim andoAnulando
El 34% de las sentencias sobre recursos dictadas en la Sala de Sevilla son
estimatorias, el 66% desestimatorias y no hay ninguna anulatoria.
MEMORIA 2011 53
2.3 AUDIENCIAS PROVINCIALES Las Audiencias Provinciales de la Comunidad Autónoma Andaluza han
ingresado en 2011 un total de 48.124 asuntos, cantidad muy similar a la de año
anterior (46.410 asuntos). Los procesos resueltos han sido 46.145 en total, cifra
también muy parecida a la del año anterior (45.049 asuntos). Los asuntos
pendientes a final de año se sitúan en la cifra de 14.252 asuntos.
Atendiendo a una clasificación por órdenes jurisdiccionales, el 64% de los
asuntos ingresados en las Audiencias Provinciales de Andalucía son procesos
penales, si bien la pendencia de éstos es el 39% del total de asuntos pendientes.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS. AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA. 2011
Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final JURISDICCIÓN PENAL 5.316 30.790 30.524 5.519 Procesos en única instancia 1.293 2.467 2.469 1.235 Recursos 4.023 28.323 28.055 4.284 JURISDICCIÓN CIVIL 7.010 17.334 15.621 8.733 Procesos en única instancia 230 823 861 192 Recursos 6.780 16.511 14.760 8.541 TOTAL 12.326 48.124 46.145 14.252 Registrados=Registrados+Reabiertos Resueltos=Resueltos+Devueltos al instructor
Los procesos en única instancia iniciados en las Audiencias Provinciales de
Andalucía equivalen al 8% del total de ingresos en el orden penal y al 5% del total
de ingresos en el orden civil.
RESOLUCIONES Se han dictado en total 44.332 resoluciones en el conjunto de las
Audiencias Provinciales de Andalucía; en concreto, 13.669 sentencias penales,
10.397 sentencias civiles, 15.983 autos penales y 4.283 autos civiles.
54 MEMORIA 2011
RESOLUCIONES DICTADAS EN LAS AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA AÑO 2011
0
10.000
20.000
30.000
40.000
PENALES CIVILES
Sentencias Autos
EVOLUCIÓN PENAL EN LOS ÚLTIMOS AÑOS La actividad penal de las Audiencias Provinciales de Andalucía ha seguido
una evolución creciente en los últimos cinco años. La cantidad de asuntos
penales ingresados ha aumentado cada año; sin embargo la resolución de
asuntos también, por lo que la pendencia no ha aumentado de manera muy
notable, aunque ésta se va haciendo cada vez más preocupante ya que se
encuentra en torno a los 5.500 asuntos.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA.
SERIES TEMPORALES 2006-2011
05000
100001500020000250003000035000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al final
EVOLUCIÓN CIVIL EN LOS ÚLTIMOS AÑOS La actividad civil se caracteriza por cierto equilibrio entre el número asuntos
ingresados (línea azul) y resueltos (línea rosa), si bien se detecta un incremento
paulatino de la pendencia (línea verde), que este año vuelto a crecer un 18%,
MEMORIA 2011 55
situándose en 8.733 asuntos pendientes a final de 2011, cifra también
preocupante.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA.
SERIES TEMPORALES 2006-2011
0
5000
10000
15000
20000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al final
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR PROVINCIAS Las Audiencias Provinciales que ingresan una mayor cantidad de asuntos
penales son las de Málaga, Sevilla y Cádiz, por encima de 4.000 procesos al año.
Las que tienen una mayor cantidad de asuntos penales pendientes de resolución
a 31 de diciembre de 2011 son las Audiencias de Granada, Sevilla, Málaga y
Almería, por ese orden. Por otro lado, las Audiencias Provinciales de Almería,
Córdoba, Huelva y Jaén han visto reducida su pendencia penal a final de año.
ASUNTOS PENALES POR PROVINCIA. AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA, CEUTA Y
MELILLA. AÑO 2011
0
5.000
10.000
15.000
20.000
Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla
Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final
56 MEMORIA 2011
MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR PROVINCIAS
ASUNTOS CIVILES POR PROVINCIAS.AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA, CEUTA Y
MELILLA. AÑO 2011
02.0004.0006.0008.000
10.00012.00014.00016.000
GranadaHuelva
Sevilla
Pendientes al finalResueltosRegistradosPendientes al inic io
En la jurisdicción civil las Audiencias que han incoado más procesos son
Málaga, Sevilla, Cádiz y Granada, por encima de 2.000 asuntos. La cantidad de
asuntos pendientes de resolución a final de año ha disminuido en las Audiencias
de Córdoba y Huelva.
RESUMEN
En la tabla siguiente se presenta el resumen de la actividad de las distintas
Audiencias Provinciales de Andalucía atendiendo a las tasas calculadas con los
datos anteriores.
RESUMEN PENAL. AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA.AÑO 2011
tasa
resolucióntasa
pendenciameses de resolución
tasa de congestión
ALMERÍA 1,17 0,45 5,4 69,5 CÁDIZ 0,98 0,12 1,5 88,8 CÓRDOBA 1,00 0,04 0,4 96,5 GRANADA 0,90 0,48 5,8 67,3 HUELVA 1,03 0,06 0,7 94,5 JAÉN 1,01 0,02 0,3 98,0 MÁLAGA 1,02 0,13 1,5 88,8 SEVILLA 0,94 0,20 2,5 82,3 TOTAL 0,99 0,18 2,2 84,5 Tasa de resolución: asuntos resueltos / asuntos ingresados Tasa de pendencia: asuntos pendientes / asuntos resueltos Tasa de congestión: asuntos resueltos / (pendientes inicio+asuntos ingresados)
MEMORIA 2011 57
La tasa de resolución indica que la pendencia penal ha disminuido sólo en
Almería, Córdoba, Huelva, Jaén y Málaga, aumentando en las demás Audiencias.
La tasa de pendencia permite calcular una estimación del tiempo de
resolución de los asuntos pendientes. Las Secciones penales de las Audiencias
Provinciales de Andalucía tardarán en resolver los asuntos pendientes una media
que va desde los más de cinco meses de Almería y Granada a los escasos días
que tardarán en Jaén o Córdoba.
La tasa de congestión indica el porcentaje de asuntos que se resuelve a
lo largo del año respecto de la carga total de trabajo de la Sala (asuntos
pendientes del año anterior más los ingresados). Los resultados reflejan que en
todas las Audiencias Provinciales de Andalucía se resuelve un alto porcentaje de
la carga de trabajo penal, siendo las de Córdoba, Jaén y Huelva las que superan
el 90%.
RESUMEN CIVIL. AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA.AÑO 2011
tasa
resolucióntasa
pendenciameses de resolución
tasa de congestion
ALMERÍA 0,87 1,27 15,3 44,1 CÁDIZ 0,91 0,40 4,8 71,3 CÓRDOBA 1,03 0,12 1,5 89,0 GRANADA 0,93 0,33 4,0 74,9 HUELVA 1,11 0,17 2,0 85,7 JAÉN 0,98 0,12 1,4 89,5 MÁLAGA 0,77 1,25 15,0 44,4 SEVILLA 0,91 0,43 5,2 69,9 TOTAL 0,90 0,56 6,7 64,2 Tasa de resolución: asuntos resueltos / asuntos ingresados Tasa de pendencia: asuntos pendientes / asuntos resueltos Tasa de congestión: asuntos resueltos / (pendientes inicio+asuntos ingresados)
En el orden jurisdiccional civil los resultados se muestran en la tabla
anterior. La tasa de resolución revela que la pendencia ha aumentado en las
Audiencias de Almería, Cádiz, Granada, Jaén, Málaga y Sevilla.
La tasa de pendencia muestra unos tiempos de resolución civil que van
desde algo más de un mes en la Audiencia de Córdoba y Jaén, a los quince
meses en la de Almería y Málaga.
58 MEMORIA 2011
La tasa de congestión indica que Córdoba y Jaén ha resuelto en torno al
90% de la carga de trabajo civil y que Málaga y Almería han resuelto por debajo
del 50%.
2.3.1. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA La Audiencia Provincial de Almería está compuesta por tres Secciones
mixtas desde el año 2001. En el año 2011 en esta Audiencia se han ingresado en
total 2.883 asuntos, que se distribuyen en 1.761 penales y 1.122 civiles.
En un análisis global de la actividad de la Audiencia Provincial de Almería
en los últimos años destaca el aumento de la pendencia desde 2004, si bien en el
último año la pendencia ha disminuido en un 6%.
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA SERIES TEMPORALES 2006-2011
0500
100015002000250030003500
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados ResueltosPendientes al final Modulo CGPJ
El módulo de entrada de asuntos establecido por el Consejo General del
Poder Judicial para las Secciones mixtas de Audiencias es de 325 asuntos por
Magistrado y año. Desde finales de 2010 cuenta con 10 Magistrados, por lo que la
entrada de asuntos (línea azul en el gráfico) debería estar como máximo en 3.250
por año. Esta cantidad (línea discontinua en el gráfico) no ha sido superada en la
Audiencia de Almería en el último año.
JURISDICCIÓN PENAL En el último año se han ingresado un total de 1.761 asuntos penales y se
han resuelto 2.069, la pendencia penal ha descendido hasta los 927 asuntos a
MEMORIA 2011 59
final de año. De los asuntos penales iniciados en 2011 el 16% corresponde a
procesos en única instancia y el 84% a recursos, tal y como muestra la tabla
siguiente.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. 2011
Pendientes al
inicio Registrados Resueltos Pendientes al
final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 203 289 270 222 Sumarios 60 117 105 72 Procesos ley jurado 2 17 10 9 Proc. abreviados 141 155 155 141 RECURSOS 1.015 1.472 1.799 705 Apel. delito juicios rápidos 304 272 359 171 Apel. Restantes delitos 210 264 325 193 Apel. falta juicios rápidos 19 76 83 12 Apel. Restantes falta 41 196 177 60 Apel. juz. violencia sobre mujer 5 9 11 3 Apel. juz. menores 17 34 44 7 Apel. juz. vigilancia penit. 15 36 45 6 Recursos de queja 2 7 6 3 Restantes recursos 402 578 749 250 TOTAL 1.218 1.761 2.069 927 Registrados=Registrados+Reabiertos Resueltos=Resueltos+Devueltos al instructor
De los 289 Procesos en Única Instancia ingresados en la Audiencia de
Almería el 40% corresponde a Sumarios, el 54% a Procedimientos Abreviados, y
el 6% restante a Procesos de la Ley del Jurado. Se han interpuesto también 1.472
recursos, que principalmente son Apelaciones en Procedimientos por Delito, el
36%, y Apelaciones en Juicios de Faltas, el 18%.
RECURSOS INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. AÑO
2011
19%
18%
5%13%
40%
2% 1%2%
Apel. delito juicios rápidos
Apel. restantes delitosApel. falta juicios rápidos
Apel. restantes faltaApel. juz. violencia sobre mujer
Apel. juz. menoresApel. juz. vigilancia penit.
Recursos de quejaRestantes recursos
60 MEMORIA 2011
La Audiencia Provincial del Almería ha resuelto el 69% del total de la carga
de trabajo penal (pendientes del año anterior más registrados en el año).
RESOLUCIONES PENALES
En las tres Secciones de la Audiencia de Almería se han dictado 1.982
resoluciones penales que se distribuyen en 1.103 sentencias (sólo el 4% previa
conformidad del acusado) y 879 autos (el 86% resolviendo sobre el fondo del
recurso).
EVOLUCIÓN PENAL TEMPORAL En 2011, por primera vez en los últimos siete años, ha disminuido el
número de asuntos penales pendientes de resolución en la Audiencia Provincial
de Almería. La cantidad de asuntos ingresados ha disminuido mientras que los
asuntos resueltos han aumentado en un 15% respecto al año anterior. Este
fenómeno se puede explicar como consecuencia de la estabilización del número
de Juzgados tanto en la capital como en la provincia que ha hecho que no
crezcan los recursos interpuestos ante esta Audiencia.
ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA.
SERIES TEMPORALES 2006-2011
0400800
1200160020002400
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al f inal
LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES Las tres Secciones de la Audiencia Provincial de Almería han disminuido
en el último año la cantidad de asuntos pendientes de resolución. En la Sección
primera se ha registrado mayor número de asuntos, lógicamente al contar con un
Magistrado más de plantilla.
MEMORIA 2011 61
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. 2011
Pendientes
al inicio Registrados ResueltosPendientes
al final tasa
resolucióntasa
pendencia tasa de
congestionSECCIÓN 1ª 406 721 812 315 1,13 0,39 (5m) 72%
SECCIÓN 2ª 421 522 627 316 1,20 0,50 (6m) 66%
SECCIÓN 3ª 391 518 630 296 1,22 0,47 (6m) 69%
TOTAL 1.218 1.761 2.069 927 1,17 0,45 (5m) 69%
Los tiempos medios de resolución de asuntos penales, que se calculan a
partir de la tasa de pendencia, son de 5 meses en la Sección Primera y 6 meses
para las Secciones Segunda y Tercera. Además la Sección primera ha resuelto el
72% de la carga de trabajo, la segunda ha resuelto el 66% y tercera el 69%.
0
200
400
600
800
1.000
SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª
AUSUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. AÑO 2011
Pendientes al inicioRegistradosResueltosPendientes al final
JURISDICCIÓN CIVIL
En la Audiencia Provincial de Almería se han registrado un total de 1.122
asuntos civiles y han resuelto 977, con lo que la pendencia a final de año ha
aumentado y tiene un valor a finales de 2011 que supera los 1.200 asuntos
civiles.
62 MEMORIA 2011
MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. 2011
Pendientes al
inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 10 13 13 10 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0 Medidas cautelares 1 1 2 0 Incidentes Art. 241.1 LOPJ 0 0 0 0 Resto de incidentes 0 1 1 0 Otros 9 11 10 10 RECURSOS 1.083 1.109 964 1.234 Anteriores LEC 1/2000 3 0 1 3 De juicios ordinarios 522 477 390 600 De juicios verbales 159 163 129 178 Apel de juz. menores 0 0 0 0 Apel de juz. violencia mujer 11 13 15 9 De restantes procesos 161 131 122 154 Contra res. juz. mercantil 14 37 14 37 Otros 213 288 293 253 TOTAL 1.093 1.122 977 1.244 Registrados=Registrados+Reiniciados
RECURSOS CIVILES REGISTRADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DEL
ALMERÍA. AÑO 2011
15%
26%
1%12%
3%
43%Anteriores LEC 1/2000De juicios ordinariosDe juicios verbalesApel de juz. violencia mujerDe restantes procesosContra res. juz. mercantilOtros
Los 1.109 recursos registrados se distribuyen en un 43% de recursos de
juicios ordinarios, un 15% de juicios verbales.
Del total de la carga de trabajo civil (pendientes del año anterior más
registrados en el año) en el año 2011 se ha resuelto el 44%.
MEMORIA 2011 63
RESOLUCIONES CIVILES Se han dictado en total 857 resoluciones civiles que se distribuyen en 552
sentencias y 305 autos civiles. De éstos 282 resuelven recursos con lo que se
pueden clasificar en 56% estimando, 43% desestimando y 1% anulando.
EVOLUCIÓN CIVIL TEMPORAL La cantidad de asuntos civiles pendientes (línea verde en el gráfico) lleva
varios años aumentando ya que se resuelven menos asuntos de los que se
ingresan cada año. Hasta tal punto, que ha sobrepasado la cantidad de los
asuntos registrados, como se puede ver en el siguiente gráfico. Con el actual nivel
de resolución se calcula un tiempo de respuesta de 15 meses para los recursos y
9 meses para los procesos en única instancia.
ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. SERIES TEMPORALES 2006-2011
0200400600800
100012001400
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al final
LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES La actividad civil en las tres Secciones de la Audiencia de Almería refleja
diferencias destacadas en cada una de ellas como viene siendo habitual en los
últimos años. La cantidad de asuntos pendientes ha aumentado en todas las
Secciones. La Sección primera ha aumentado el valor de su pendencia en un
23%, la segunda en un 14% y la Sección tercera en un 7%, siendo su valor el
mayor de los últimos años.
64 MEMORIA 2011
MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. 2011
Pendientes
al inicio Registrados ResueltosPendientes
al final tasa
resolucióntasa
pendencia tasa de
congestionSECCIÓN 1ª 316 465 391 390 0,84 1,00 (12m) 50% SECCIÓN 2ª 300 334 291 343 0,87 1,18 (14m) 46% SECCIÓN 3ª 477 323 295 511 0,91 1,73 (21m) 37% TOTAL 1.093 1.122 977 1.244 0,87 1,27 (15m) 44%
La Sección primera tarda una media de 12 meses en resolver los procesos
civiles que ingresa, la segunda lo hace en 14 meses y la tercera en 21 meses. La
Sección primera ha resuelto el 50% de la carga civil total. La Sección segunda ha
resuelto el 46% y la tercera el 37%.
0
200
400
600
SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª
ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. AÑO 2011
Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final
MÓDULO DEL CONSEJO
El Módulo de Entrada de asuntos establecido por el Consejo General del
Poder Judicial es de 325 asuntos por Magistrado y año para las Secciones mixtas
de Audiencias Provinciales. En total en Almería se han ingresado 2.883 asuntos:
1.186 en la Sección primera, 856 en la Sección segunda y 841 en la Sección
tercera. En 2011 las tres Secciones han ingresado asuntos un 12% por debajo del
Módulo, en valor medio. Por lo tanto, considerando que acaba de ampliarse la
plantilla a finales de diciembre de 2010 con un plaza de Magistrado, parecería
ajustada la actual planta.
Ahora bien, como reflejan los gráficos del movimiento de asuntos penales y
recordaba la Memoria del año anterior, existe una indudable peculiaridad y
MEMORIA 2011 65
especial conflictividad de algunos procedimientos de esta provincia, singularmente
en el ámbito penal con mayor incidencia y tasa de ingresos en juicios de única
instancia o ley de jurado. Con tal peculiaridad, puede ser razonable la necesidad
de contar con un nuevo Magistrado más, lo que así se hará constar.
Con independencia de ello, y posibles medidas de refuerzo transitorias, se
propone iniciar el camino de la separación de jurisdicciones en la Audiencia
Provincial de Almería para desdoblarse, por el momento, en una Sección civil
integrada por cuatro Magistrados y dos Secciones penales integradas por tres
Magistrados cada una.
A.P. ALMERÍA (MIXTA)
Ingresos en 2011
Magistrados en 2011
Media de ingresos por Magistrado
Variación respecto al
Módulo
Estimación nuevos
Magistrados necesarios
MÓDULO: 325 ASUNTOS 1
SECCIÓN 1ª 1.186 4 297 -8,8%
SECCIÓN 2ª 856 3 285 -12,2%
SECCIÓN 3ª 841 3 280 -13,7%
2.3.2. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ La Audiencia Provincial de Cádiz, con ocho Secciones, tiene sedes no solo
en la capital de la provincia sino también en Algeciras, Ceuta y Jerez de la
Frontera. Desde el 1 de abril de 2006 las Secciones de esta Audiencia con sede
en Cádiz capital pasaron a especializarse en Secciones exclusivamente penales
(primera, tercera y cuarta) y exclusivamente civiles (segunda y quinta).
En el año 2011 esta Audiencia ha ingresado un total de 7.268 asuntos,
4.687 penales y 2.581 civiles. En un análisis global de la actividad de la Audiencia
Provincial de Cádiz en los últimos años se ven reflejadas diferencias significativas
entre las distintas Secciones que la componen.
66 MEMORIA 2011
SECCIONES 1ª, 2ª, 3ª, 4ª y 5ªAUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZSERIES TEMPORALES 2006-2011
0100020003000400050006000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ
En las Secciones de Cádiz capital la actividad experimentaba un
crecimiento notable, como se puede observar en el gráfico anterior, aunque en
este último año se ha producido un descenso en el número de ingresos del 5%. El
Módulo de Entrada establecido por el Consejo General de Poder Judicial para las
Secciones penales es de 345 asuntos y para las Secciones civiles es de 300
asuntos. Todas las Secciones de la capital tienen un volumen global inferior a
dicho módulo referencial.
La Sección 6ª con sede en Ceuta, con 3 Magistrados, presenta una línea
de ingresos que ha fluctuado a lo largo de los años. En éste último continúa con
un volumen de entrada de asuntos inferior al módulo referencial de entrada, que
se sitúa para las Secciones mixtas en 325 asuntos por Magistrado.
SECCIÓN 6ª - CEUTAAUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZSERIES TEM PORALES 2006-2011
0200400600800
10001200
2006 2007 2008 2009 2010 2011Regis trados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ
MEMORIA 2011 67
La Sección 7ª, con sede en Algeciras, tiene 4 Magistrados, aunque
materialmente ha funcionado con una plantilla de 3 Magistrados durante 2011 por
tener a uno de ellos en servicios especiales, si bien a finales de dicho año cuenta
con un cuarto Magistrado en comisión de servicio. Esta Sección ha
experimentado un aumento en el número de asuntos registrados y supera los
1.300 asuntos.
SECCIÓ N 7ª - ALG ECIRASAUDIENCIA PRO VINCIAL DE CÁDIZSERIES TEM PO RALES 2006-2011
0200400600800
100012001400
2006 2007 2008 2009 2010 2011
R e g is trad os R e s u e lto sPen d ien te s a l fin a l Mó du lo C GPJ
La Sección 8ª, con sede en Jerez de la Frontera, tiene cuatro Magistrados
desde el año 2005. Esta Sección ha experimentado un incremento del 23% en el
número de ingresos durante 2011, superando así el módulo referencial de entrada
establecido por el Consejo General del Poder Judicial. Durante este año se han
resuelto un 17% más de asuntos que en el año anterior. La pendencia continúa
baja, aunque se ha incrementado ligeramente.
SECCIÓN 8ª - JEREZ DE LA FRONTERAAUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZSERIES TEM PORALES 2006-2011
0
500
1000
1500
2000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
R egis trados R es ue ltosPend ientes a l fina l Módulo CGPJ
68 MEMORIA 2011
En general, todas las Secciones de la Audiencia Provincial de Cádiz
mantienen un correcto ritmo resolutivo y mantienen un razonable nivel de asuntos
pendientes.
JURISDICCIÓN PENAL En el año 2011 se ingresaron en la Audiencia Provincial de Cádiz un total
de 4.687 asuntos penales y se resolvieron 2.088, por lo que la cantidad de
asuntos pendientes a final de año ha aumentado un 15%. De los asuntos penales
iniciados en 2011 el 9% corresponde a procesos en única instancia y el 91%
restante a recursos.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. 2011
Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes al
final
PROCESOS EN ÚNICA NSTANCIA 215 434 463 186
Sumarios 69 101 95 75
Procesos ley jurado 3 9 7 5
Proc. abreviados 143 324 361 106
RECURSOS 284 4.253 4.141 373
Apel. delito juicios rápidos 14 290 288 15
Apel. restantes delitos 62 508 510 60
Apel. Falta juicios rápidos 3 167 164 6
Apel. restantes falta 56 785 760 83
Apel. juz. violencia sobre mujer 0 18 18 0
Apel. juz. menores 17 72 66 5
Apel. juz. vigilancia penit. 17 224 234 6
Recursos de queja 1 15 13 3
Restantes recursos 114 2.174 2.088 195
TOTAL 499 4.687 4.604 559 Registrados=Registrados+Reabiertos Resueltos=Resueltos+Devueltos al instructor
De los 434 procesos en única instancia ingresados en la Audiencia de
Cádiz el 75% son Procedimientos Abreviados, el 23% son Sumarios y el 2%
MEMORIA 2011 69
restante son Procesos de la Ley del Jurado. Además, se han elevado en el último
año 4.253 recursos que en su mayoría son Apelaciones en Juicios de Faltas
(22%), Apelaciones en Procesos por Delito (el 19%) y Apelaciones de los
Juzgados de Vigilancia Penitenciaria (5%).
RECURSOS PENALES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ.
AÑO 20117%
12%
4%
18%
2%
5%
52% A pel. delito juic ios rápidos
A pel. restantes delitos
A pel. f alta juic ios rápidos
A pel. restantes falta
A pel. juz . v iolenc ia sobre mujer
A pel. juz . menores
A pel. juz . v igilanc ia penit.
Recursos de queja
Restantes recursos
Del total de asuntos penales pendientes de resolución en el año 2011
(asuntos pendientes del año anterior más asuntos ingresados en el año) la
Audiencia de Cádiz ha resuelto el 89%.
RESOLUCIONES PENALES En la Audiencia Provincial de Cádiz se dictaron un total de 4.555
resoluciones penales: 2.191 sentencias (el 8% previa conformidad del acusado) y
2.364 autos finales (el 97% resolviendo sobre el fondo del recurso).
EVOLUCIÓN PENAL TEMPORAL Una tendencia constante que se observa al analizar la actividad penal de la
Audiencia Provincial de Cádiz es que desde hace cuatro años la cantidad de
asuntos ingresados (línea azul en el gráfico) y con ella la cantidad de asuntos
resueltos (línea rosa) se ha estabilizado en torno a los 4.600 asuntos.
70 MEMORIA 2011
ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ.
SERIES TEMPORALES 2006-2011
0100020003000400050006000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al final
En este último año la pendencia ha aumentado ligeramente, un 12%,
situándose en 559 asuntos pendientes a finales de 2011.
LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES Desde abril de 2006 las Secciones primera, tercera y cuarta de la
Audiencia Provincial de Cádiz han pasado a especializarse en orden penal. La
cantidad de asuntos pendientes ha aumentado en la Sección sexta, séptima y
octava, y ha disminuido en el resto de Secciones penales.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. 2011
Pendientes
al inicio Registrados ResueltosPendientes
al final tasa
resolucióntasa
pendencia tasa de
congestionSECCIÓN 1ª 84 709 734 53 1,04 0,07 (1m) 93% SECCIÓN 3ª 63 870 879 54 1,01 0,06 (1m) 94% SECCIÓN 4ª 80 769 782 49 1,02 0,06 (1m) 92% SECCIÓN 6ª (Ceuta) 59 487 448 98 0,92 0,22 (3m) 82% SECCIÓN 7ª (Algeciras) 93 860 780 173 0,91 0,22 (3m) 82% SECCIÓN 8ª (Jerez) 120 992 981 132 0,99 0,13 (2m) 88% TOTAL 499 4.687 4.604 559 0,98 0,12 (1m) 89%
Estos asuntos pendientes se resolverán en un tiempo medio de 3 meses en
la Sección sexta y séptima, de 2 meses en la sección octava y de 1 mes en el
resto de las Secciones penales. Todas las Secciones han resuelto por encima del
MEMORIA 2011 71
82% de la carga total de trabajo penal, siendo la Sección tercera la que ha puesto
fin a una mayor proporción del trabajo pendiente.
0
200
400
600
800
1.000
SECCIÓN 1ª SECCIÓN 3ª SECCIÓN 4ª SECCIÓN 6ª (Ceut a) SECCIÓN 7ª (Algeciras) SECCIÓN 8ª (Jerez)
ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. AÑO 2011
Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final
MÓDULO DEL CONSEJO El Módulo de Entrada de asuntos para las Secciones con competencia
exclusivamente penal de las Audiencias Provinciales lo estableció el Consejo
General del Poder Judicial en 345 asuntos por Magistrado y año. Las tres
Secciones Penales de la Audiencia Provincial de Cádiz, con tres Magistrados
cada una, tienen una carga de trabajo al menos un 16% inferior al límite
referencial antes señalado, por lo que no se estima necesaria la ampliación de
plantilla en ninguna de estas Secciones.
A.P. CÁDIZ (PENAL)
Ingresos en 2011
Magistrados en 2011
Media de ingresos
por Magistrado
Variación respecto al Módulo
Estimación nuevos
Magistrados necesarios
MÓDULO: 345 ASUNTOS SECCIÓN 1ª 709 3 236 -31% SECCIÓN 3ª 870 3 290 -16% SECCIÓN 4ª 769 3 256 -26%
72 MEMORIA 2011
JURISDICCIÓN CIVIL En el último año se han registrado en la Audiencia de Cádiz 2.581 asuntos
civiles y resuelto 2.350, aumentando la pendencia un 32%. La Audiencia de Cádiz
ha tenido una carga de trabajo civil de 3.294 asuntos (pendientes a principios de
año más registrados) y ha resuelto el 71% del total de ésta.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. 2011
Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final
PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 18 173 182 9 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0
Medidas cautelares 0 1 1 0
Incidentes Art. 241.1 LOPJ 0 3 3 0
Resto de incidentes 14 150 156 8
Otros 4 19 22 1
RECURSOS 695 2.408 2.168 935 Anteriores LEC 1/2000 0 0 0 0
De juicios ordinarios 324 925 785 464
De juicios verbales 95 457 409 143
Apel de juz. menores 0 0 0 0
Apel de juz. violencia mujer 14 39 33 20
De restantes procesos 159 580 566 173
Contra res. juz. mercantil 3 29 18 14
Otros 100 378 357 121
TOTAL 713 2.581 2.350 944 Registrados=Registrados+Reiniciados
De los 2.408 procesos en segunda instancia civiles iniciados a lo largo del
año 2011 en la Audiencia de Cádiz, el 38% corresponde a juicios ordinarios, el
19% a recursos de juicios verbales y ninguno a procesos anteriores a la LEC
1/2000.
MEMORIA 2011 73
RECURSOS CIVILES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. AÑO 2011
38%
19%24%
1%
16%
2%
Anteriores LEC 1/2000
De juicios ordinarios
De juicios verbales
Apel de juz. menores
RESOLUCIONES CIVILES Se han dictado en todas las Secciones de la Audiencia de Cádiz 2.091
resoluciones civiles que corresponden a 1.524 sentencias y 567 autos. De éstos,
458 resuelven recursos clasificándose en 45% estimatorios, 53% desestimatorios
y 2% de autos anulatorios.
EVOLUCIÓN CIVIL TEMPORAL La cantidad de asuntos civiles registrados en la Audiencia Provincial de
Cádiz ha estado en los cinco últimos años por encima de la cantidad de asuntos
resueltos, por ello la pendencia a final de año ha aumentado, situándose a final de
2011 en 944 asuntos pendientes, un 32% más que el año anterior.
ASUNTOS CIV ILES. AUDIENCIA PROV INCIAL DE CÁDIZ . SERIES TEM PORALES 2006-2011
0500
10001500200025003000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Regis trados Resueltos P endientes al final
74 MEMORIA 2011
LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES La Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Cádiz registra más asuntos que
la 2ª, ambas con sede en la capital, ya que aquella cuenta con un Magistrado más
de plantilla. La cantidad de asuntos civiles pendientes de resolución aumentó en
todas las Secciones de la Audiencia de Cádiz menos en la Sección sexta, con
sede en Ceuta.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. 2011
Pendientes
al inicio Registrados ResueltosPendientes
al final tasa
resolucióntasa
pendencia tasa de
congestionSECCIÓN 2ª 138 591 568 161 0,96 0,28 (3m) 78% SECCIÓN 5ª 245 827 783 289 0,95 0,37 (4m) 73% SECCIÓN 6ª (Ceuta) 47 136 147 36 1,08 0,24 (3m) 80% SECCIÓN 7ª (Algeciras) 205 455 340 320 0,75 0,94 (11m) 52% SECCIÓN 8ª (Jerez) 78 572 512 138 0,90 0,27 (3m) 79% TOTAL 713 2.581 2.350 944 0,91 0,40 (5m) 71%
La tasa de pendencia que multiplicada por 12 nos da una estimación del
tiempo de resolución de dicha pendencia oscila entre los 11 meses que tardaría la
Sección séptima, a los 3 que tardaría la segunda, sexta y octava en resolver los
asuntos pendientes.
0
200
400
600
800
1.000
SECCIÓN 2ª SECCIÓN 5ª SECCIÓN 6ª (Ceuta)
SECCIÓN 7ª (Algeciras)
SECCIÓN 8ª (Jerez)
ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. AÑO 2011
Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal
MEMORIA 2011 75
MÓDULOS DEL CONSEJO
Para las Secciones civiles de las Audiencias Provinciales el módulo de
entrada de asuntos establecido por el Consejo General del Poder Judicial es de
300 asuntos por Magistrado y año. Las dos Secciones civiles de la Audiencia de
Cádiz, es decir la 2ª y la 5ª, que cuentan con tres y cuatro Magistrados de plantilla
cada una respectivamente, ingresan un 34% y un 31% de asuntos,
respectivamente, por debajo del referido módulo.
A.P. CÁDIZ
(CIVIL) Ingresos en 2011
Magistrados en 2011
Media de ingresos
por Magistrado
Variación respecto al Módulo
Estimación nuevos
Magistrados necesarios
MÓDULO: 300 ASUNTOS SECCIÓN 2ª 591 3 197 -34% SECCIÓN 5ª 827 4 207 -31%
Las Secciones sexta, séptima y octava, al tener competencias tanto en
materia civil como en materia penal se les aplica el Módulo de Entrada de las
Secciones mixtas evaluado en 325 asuntos en total por Magistrado y año. La
Sección 6ª, con sede en Ceuta, ingresó en 2011 por cada Magistrado un 36%
menos que lo indicado por el Consejo General del Poder Judicial. La Sección
séptima se han ingresado un 35% más de asuntos que los establecidos por dicho
módulo, mientras que la Sección 8ª, con sede en Jerez de la Frontera, registró un
20% más con respecto al mismo.
A.P. CÁDIZ (MIXTA)
Ingresos en 2011
Magistrados en 2011
Media de ingresos por Magistrado
Variación respecto al
Módulo
Estimación nuevos
Magistrados necesarios
MÓDULO: 325 ASUNTOS SECCIÓN 6ª (Ceuta) 623 3 208 -36%
SECCIÓN 7ª (Algeciras) 1.315 3 438 35%
SECCIÓN 8ª (Jerez) 1.564 4 391 20%
76 MEMORIA 2011
2.3.3. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA La Audiencia Provincial de Córdoba está compuesta por tres Secciones
mixtas con sede en la capital. En el año 2011 esta Audiencia ha ingresado un total
de 4.220 asuntos, 2.886 penales y 1.334 civiles.
La cantidad de asuntos pendientes en la Audiencia Provincial de Córdoba
se ha mantenido siempre en niveles muy bajos a pesar del paulatino aumento de
la cantidad de asuntos ingresados, que en los seis últimos años ha superado el
Módulo de Entrada del Consejo General del Poder Judicial. Ello ha sido posible
gracias al esfuerzo de los Magistrados que siempre han resuelto tantos asuntos
como se ingresaban en el año.
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBASERIES TEMPORALES 2006-2011
0
1000
2000
3000
4000
5000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Resueltos Pendientes al final Módulo CGPJ
La plantilla de Magistrados de esta Audiencia no ha variado en los últimos
años, siendo ésta de 10 Magistrados. Así, el Módulo de Entrada para las
Secciones mixtas de Audiencias que es de 325 asuntos por Magistrado y año,
establece un margen de 3.250 asuntos por año en la Audiencia de Córdoba. En
los últimos cinco años se ha superado el Módulo de Entrada del Consejo, en un
15% de media.
JURISDICCIÓN PENAL En la Audiencia de Córdoba se han registrado 2.886 asuntos penales, un
9% más que el año anterior, y se han resuelto 2.890 (8% más que en 2010) por lo
MEMORIA 2011 77
que la pendencia continúa en los 106 asuntos. De todos los asuntos penales
iniciados, el 5% corresponde a procesos en única instancia.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA. 2011
Pendientes al
inicio Registrados Resueltos Pendientes al
final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 65 146 159 52
Sumarios 33 58 68 23
Procesos ley jurado 2 3 4 1
Proc. abreviados 30 85 87 28
RECURSOS 45 2.740 2.731 54
Apel. delito juicios rápidos 2 205 203 4
Apel. restantes delitos 11 321 318 14
Apel. falta juicios rápidos 0 71 68 3
Apel. restantes falta 4 276 273 7
Apel. juz. violencia sobre mujer 1 51 52 0
Apel. juz. menores 3 46 45 4
Apel. juz. vigilancia penit. 13 633 638 8
Recursos de queja 0 5 4 1
Restantes recursos 11 1.132 1.130 13 TOTAL 110 2.886 2.890 106 Registrados=Registrados+Reabiertos Resueltos=Resueltos+Devueltos al instructor
De los 146 procesos penales en única instancia registrados en la Audiencia
de Córdoba el 40% corresponde a sumarios, el 58% a procedimientos abreviados
y el 2% restante a procesos de la Ley del Jurado. Por otro lado los 2.740 recursos
iniciados en esta Audiencia son en un 23% apelaciones de Juzgados de Vigilancia
Penitenciaria, en un 19% apelaciones en procedimientos por delito y en un 13%
apelaciones en juicios de faltas.
78 MEMORIA 2011
RECURSOS PENALES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA. AÑO
20117%
12%
3%
10%
2%
2%23%
41%
A pel. delito juic ios rápidosA pel. res tantes delitosA pel. f alta juic ios rápidosA pel. res tantes f altaA pel. juz . v iolenc ia sobre mujerA pel. juz . menoresA pel. juz . v igilanc ia penit.Recursos de quejaRes tantes recursos
Del total de la carga de trabajo penal (asuntos pendientes a principio de
año más asuntos registrados) que había en el año 2011 en la Audiencia de
Córdoba se ha resuelto el 96%.
RESOLUCIONES PENALES Se han dictado un total de 2.887 resoluciones penales en la Audiencia de
Córdoba, que son 1.063 sentencias (sólo el 4% previa conformidad del acusado) y
1.824 autos finales (el 98% resolviendo sobre el fondo del recurso).
EVOLUCIÓN PENAL TEMPORAL La actividad penal desarrollada en la Audiencia Provincial de Córdoba ha
seguido una evolución paralela a lo largo del tiempo, es decir se han ido
resolviendo la misma cantidad de asuntos que se iban ingresando, lo que ha
provocado que la pendencia penal se mantenga durante mucho tiempo en torno al
mismo valor, no superando nunca los 200 asuntos.
ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA.
SERIES TEMPORALES 2006-2011
0500
100015002000250030003500
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al final
MEMORIA 2011 79
Por otro lado, se observa en el gráfico precedente que la cantidad de
asuntos ingresados, y por lo dicho antes, también la cantidad de asuntos
resueltos, ha seguido una línea ascendente en los últimos años, tendencia más
acusada desde 2008. En 2011 se han superado los valores máximos alcanzados
en el año anterior, llegando a 2.886 ingresos.
LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES La actividad penal desarrollada por las distintas Secciones de la Audiencia
Provincial de Córdoba se presenta en la siguiente tabla. La Sección Segunda
presenta una cantidad de asuntos ingresados mayor que las otras dos.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DECÓRDOBA. 2011
Pendientes
al inicio Registrados ResueltosPendientes
al final tasa
resolucióntasa
pendencia tasa de
congestionSECCIÓN 1ª 25 875 877 23 1,00 0,03(0m) 97% SECCIÓN 2ª 47 1147 1156 38 1,01 0,03(0m) 97% SECCIÓN 3ª 38 864 857 45 0,99 0,05(1m) 95% TOTAL 110 2.886 2.890 106 1,00 0,04(1m) 96%
Las tres Secciones han resuelto, en total, más asuntos de los que han
ingresado como indican los valores en torno a uno de la tasa de resolución. El
tiempo de resolución de los asuntos pendientes es de un mes escaso en todas las
Secciones de la Audiencia Provincial de Córdoba.
0
500
1000
1500
SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª
AUSUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA. 2011
Pendientes al inicio
Registrados
Resueltos
Pendientes al final
80 MEMORIA 2011
La tasa de congestión indica el porcentaje de asuntos que se han resuelto
con respecto a la carga total de trabajo. Las tres Secciones han resuelto por
encima del 95% de la carga de trabajo total.
JURISDICCIÓN CIVIL
En la Audiencia de Córdoba en 2011 se registraron 1.334 asuntos en
materia civil (un 4% más que en 2010) y se resolvieron 1.372 (un 14% más que el
año anterior) por lo que la pendencia civil a final de año ha disminuido su valor
con respecto a principios de año en un 18%.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA. 2011
Pendientes al
inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 0 26 26 0 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0 Medidas cautelares 0 0 0 0 Incidentes Art. 241.1 LOPJ 0 0 0 0 Resto de incidentes 0 25 25 0 Otros 0 1 1 0 RECURSOS 208 1.308 1.346 170 Anteriores LEC 1/2000 0 3 2 1 De juicios ordinarios 81 515 533 63 De juicios verbales 24 265 269 20 Apel de juz. menores 0 0 0 0 Apel de juz. violencia mujer 8 28 31 5 De restantes procesos 79 304 330 53 Contra res. juz. mercantil 6 39 35 10 Otros 10 154 146 18 TOTAL 208 1.334 1.372 170 Registrados=Registrados+Reiniciados
La carga de trabajo civil de la Audiencia de Córdoba en el año 2011 fue de
1.542 asuntos (pendientes a principio de año más registrados) y de ella se ha
resuelto el 89% a lo largo del año.
De los 1.334 recursos civiles iniciados en la Audiencia de Córdoba, el 39%
corresponde a juicios ordinarios y el 20% a juicios verbales.
MEMORIA 2011 81
RECURSOS CIV ILES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROV INCIAL DE CÓRDOBA.
AÑO 2011
20%2%
23%
3%
12%40%
A nteriores LEC 1/2000
De juic ios ordinarios
De juic ios verbales
A pel de juz . menores
RESOLUCIONES CIVILES
Se han dictado en la Audiencia de Córdoba un total de 1.265 resoluciones
civiles, que se distribuyen en 965 sentencias y 300 autos. De éstos, 297 resuelven
recursos clasificándose en 38% estimatorios, 55% desestimatorios y 7%
anulatorios.
EVOLUCIÓN CIVIL TEMPORAL La jurisdicción civil en la Audiencia Provincial de Córdoba ha seguido una
pauta de comportamiento muy similar a la experimentada en jurisdicción penal ya
que se resuelve la misma cantidad de asuntos que se ingresan, por lo que la
pendencia apenas varía. Después del repunte de la pendencia ocurrido en 2010,
en el último año ha vuelto a bajar en un 18%.
LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES La Sección que presentó más actividad en el pasado año 2011 fue la
Sección segunda y la menor la tercera, como se resume en la tabla siguiente.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DECÓRDOBA. 2011
Pendientes
al inicio Registrados ResueltosPendientes
al final tasa
resolucióntasa
pendencia tasa de
congestionSECCIÓN 1ª 30 466 449 47 0,96 0,10 (1m) 91% SECCIÓN 2ª 146 483 554 75 1,15 0,14 (2m) 88% SECCIÓN 3ª 32 385 369 48 0,96 0,13 (2m) 88% TOTAL 208 1.334 1.372 170 1,03 0,12 (1m) 89%
82 MEMORIA 2011
La cantidad de asuntos civiles pendientes se resolverá en la Sección
primera en una media de un mes y en la segunda y tercera en dos meses. Del
total de la carga de trabajo civil la Sección primera ha resuelto el 91% y la
segunda y tercera, el 88%.
0
200
400
600
SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª
ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA. 2011
Pendientes al inicio
Registrados
Resueltos
Pendientes al f inal
MÓDULO DEL CONSEJO
En la Audiencia de Córdoba se han registrado un total de 4.220 asuntos. El
módulo del Consejo para las Secciones mixtas de las Audiencias Provinciales es
de 325 asuntos por Magistrado y año. En todas las Secciones se supera,
destacando la Sección segunda con un 67% de variación sobre el módulo. Por lo
tanto, se considera necesario ampliar la plantilla con un plaza de Magistrado y, al
mismo tiempo, en aras a profundizar en los principios de especialización y mejor
eficacia, se propone la separación de jurisdicciones en la Audiencia Provincial de
Córdoba para desdoblarse en una Sección civil integrada por cinco Magistrados y
dos Secciones penales integradas por tres Magistrados cada una.
A.P. CÓRDOBA (MIXTA)
Ingresos en 2011
Magistrados en 2011
Media de ingresos
por Magistrado
Variación respecto al Módulo
Estimación nuevos
Magistrados necesarios
MÓDULO: 325 ASUNTOS 1
SECCIÓN 1ª 1.341 4 335 3%
SECCIÓN 2ª 1.630 3 543 67%
SECCIÓN 3ª 1.249 3 416 28%
MEMORIA 2011 83
2.3.4. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA La Audiencia Provincial de Granada está formada por cinco Secciones, dos
con competencia exclusivamente penal y las otras tres con competencia
exclusivamente civil. En el año 2011 estas cinco Secciones han ingresado un total
de 5.841 asuntos, 3.437 en las Secciones penales y 2.404 en las Secciones
civiles.
JURISDICCIÓN PENAL Las Secciones Primera y Segunda de la Audiencia Provincial de Granada
han ingresado durante el año 2011 3.437 asuntos y resuelto 3.102; esto sumado a
los 1.169 asuntos pendientes del año anterior ha provocado un aumento en la
cantidad de asuntos pendientes, que supone un 28% en el último año. Los
asuntos penales iniciados se distribuyen en un 10% de procesos en única
instancia y 90% de recursos.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA. 2011
Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 242 331 345 228 Sumarios 99 190 197 92 Procesos ley jurado 7 4 7 4 Proc. Abreviados 136 137 141 132 RECURSOS 927 3.106 2.757 1.272 Apel. delito juicios rápidos 159 246 234 171 Apel. restantes delitos 146 641 561 226 Apel. falta juicios rápidos 102 167 147 122 Apel. restantes falta 84 382 330 136 Apel. juz. violencia sobre mujer 1 20 14 7 Apel. juz. menores 7 53 40 20 Apel. juz. vigilancia penit. 39 114 121 32 Recursos de queja 9 19 18 6 Restantes recursos 380 1.464 1.292 552 TOTAL 1.169 3.437 3.102 1.500 Registrados=Registrados+Reabiertos Resueltos=Resueltos+Devueltos al instructor
De los 331 procesos penales en única instancia iniciados, el 57%
corresponde a sumarios, el 41% a procedimientos abreviados y el 2% restante a
84 MEMORIA 2011
procesos de la Ley del Jurado. En lo que se refiere a procesos en segunda
instancia, el 17% apelaciones en juicios de faltas, el 29% apelaciones en
procedimientos por delito y el 4% apelaciones de Juzgados de Vigilancia
Penitenciaria. Los Juzgados de Menores son el 2% y el Juzgado de Violencia
sobre la Mujer, así como los recursos de queja sólo suponen el 1%
respectivamente.
RECURSOS PENALES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA DE GRANADA. AÑO 2011
8%
21%
5%
12%4%
46%
2%1%1%
Apel. delito juicios rápidos
Apel. restantes delitos
Apel. falta juicios rápidos
Apel. restantes falta
Apel. juz. violencia sobre mujer
Apel. juz. menores
Apel. juz. vigilancia penit.
Recursos de queja
Restantes recursos
Del total de la carga de trabajo penal de la Audiencia de Granada (asuntos
penales pendientes del año anterior más registrados en el año) se ha resuelto el
67% a lo largo de 2011.
RESOLUCIONES PENALES Las Secciones Primera y Segunda de la Audiencia Provincial de Granada
han dictado en conjunto 3.049 resoluciones, que se distribuyen en 1.504
sentencias (sólo el 3% previa conformidad del acusado) y 1.545 autos (el 91%
resolviendo sobre el fondo del recurso).
EVOLUCIÓN PENAL TEMPORAL La actividad penal desarrollada en las Secciones Primera y Segunda de la
Audiencia Provincial de Granada ha estado marcada por el constante aumento en
la cantidad de asuntos ingresados (línea azul en el gráfico) a lo largo de los
últimos años.
Por otra parte, también ha aumentado la cantidad de asuntos resueltos
(línea rosa) con la ampliación de plantilla en 2005 y 2007. En 2011 ha descendido
MEMORIA 2011 85
el número de asuntos registrados respecto al año anterior en un 4%. Sin embargo
esto no ha sido suficiente para contener la cantidad de asuntos pendientes, que
en el último año ha vuelto a ascender un 28%.
ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA.
SERIES TEMPORALES 2006-2011
0
1000
2000
3000
4000
2006 2007 2008 2009 2010 2011Registrados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ
LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES Durante el año 2011, ambas Secciones penales de la Audiencia Provincial
de Granada han registrado y resuelto una cantidad muy similar de asuntos. Sin
embargo, en ambas Secciones la cantidad de asuntos pendientes de resolución a
final de año ha aumentado.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA. 2011
Pendientes
al inicio Registrados ResueltosPendientes
al final tasa
resolucióntasa
pendencia tasa de
congestionSECCIÓN 1ª 571 1.721 1.562 730 0,91 0,47 (6m) 68%
SECCIÓN 2ª 598 1.716 1.540 770 0,90 0,50 (6m) 67%
TOTAL 1.169 3.437 3.102 1.500 0,90 0,48 (6m) 67%
La estimación del tiempo medio de resolución de los asuntos en trámite es
de 6 meses en ambas Secciones. De la carga total de trabajo la Sección primera
ha resuelto el 68% y la Sección segunda el 67%.
86 MEMORIA 2011
0
1.000
2.000
SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª
AUSUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA. 2011
Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal
MÓDULO DEL CONSEJO El Módulo de Entrada establecido por el Consejo General del Poder
Judicial para las Secciones de las Audiencias Provinciales con competencia
exclusivamente penal es de 345 asuntos por Magistrado y año. Actualmente hay
en las Secciones penales de la Audiencia Provincial de Granada 8 Magistrados
repartidos entre las dos. Sin embargo, la media del número de asuntos
ingresados por Magistrado supera en ambas Secciones el módulo de entrada; en
concreto ha sido un 25% y un 24% respectivamente.
Por ello, se considera imprescindible, tal y como se manifestó en la
Memoria del pasado año, el incremento de plantilla en dos Magistrados más del
orden jurisdiccional penal para la Audiencia Provincial de Granada, a fin de
redistribuir funcionalmente el trabajo en tres Secciones penales (se da por
reproducido lo expuesto en las Memorias aprobadas por esta Sala de Gobierno,
relativas a los años 2008 (pág. 216), 2009 (pág. 242) y 2010 (pág. 110).
Sin perjuicio de ello y hasta que se convierta en una realidad tal ampliación
de plantilla, es necesaria una medida de refuerzo interno consistente en la
adscripción de dos Magistrados que permitan colaborar conjuntamente con el
resto de la plantilla en un plan de actuación cuyo objetivo es reducir la pendencia
en el orden penal.
A.P. GRANADA (PENAL)
Ingresos en 2011
Magistrados en 2011
Media de ingresos
por Magistrado
Variación respecto al Módulo
Estimación nuevos
Magistrados necesarios
MÓDULO: 345 ASUNTOS 2 SECCIÓN 1ª 1.721 4 430 25% SECCIÓN 2ª 1.716 4 429 24%
MEMORIA 2011 87
JURISDICCIÓN CIVIL Las Secciones con competencia civil en la Audiencia de Granada son la
tercera, la cuarta y la quinta. Éstas han ingresado en el último año 2.404 asuntos
(un 11% más que el año anterior) y han resuelto 2.229 (similar al 2010) por lo
tanto la cantidad de asuntos civiles pendientes de resolución ha aumentado un
30% a final de año. Sólo el 7% de los procesos iniciados corresponde a procesos
en única instancia.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA. 2011
Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final
PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 51 165 170 46 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0
Medidas cautelares 0 2 2 0
Incidentes Art. 241.1 LOPJ 1 7 6 2
Resto de incidentes 17 96 87 26
Otros 33 60 75 18
RECURSOS 519 2.239 2.059 699 Anteriores LEC 1/2000 1 3 2 2
De juicios ordinarios 262 988 957 293
De juicios verbales 93 494 415 172
Apel de juz. menores 0 0 0 0
Apel de juz. violencia mujer 5 23 18 10
De restantes procesos 124 505 455 174
Contra res. juz. mercantil 6 39 30 15
Otros 28 187 182 33
TOTAL 570 2.404 2.229 745
La carga de trabajo civil en la Audiencia de Granada ha sido de 2.974
asuntos (pendientes a principio de año más registrados) y se ha resuelto a lo
largo de 2011 el 75% de ésta.
Los 2.239 recursos iniciados en el último año se distribuyen en un 44% de
juicios ordinarios, un 22% de juicios verbales, y sólo 3 de procesos anteriores a la
nueva Ley de Enjuiciamiento Civil.
88 MEMORIA 2011
RECURSOS CIVILES INGRESADOSAUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA. AÑO 2011
22%
1%
23%
2%8%
44%
Anteriores LEC 1/2000
De juicios ordinarios
De juicios verbales
Apel de juz. menores
Apel de juz. violencia mujer
De restantes procesos
Contra res. juz. mercantil
Otros
RESOLUCIONES CIVILES Se han dictado 2.076 resoluciones civiles que corresponden a 1.618
sentencias y 458 autos. De éstos, 415 son autos resolviendo recursos que se
clasifican en 45% estimando, 47% desestimando y 8% anulando.
EVOLUCIÓN CIVIL TEMPORAL La cantidad de asuntos registrados (línea azul) ha crecido paulatinamente a
lo largo de los últimos años, aunque no ha llegado a la línea marcada por el
Módulo de Entrada del Consejo.
ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA.
SERIES TEMPORALES 2006-2011
0500
1.0001.5002.0002.5003.000
2006 2007 2008 2009 2010 2011Registrados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ
MEMORIA 2011 89
LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES La actividad desarrollada en 2011 por las Secciones civiles de la Audiencia
Provincial de Granada es muy similar entre ellas, pues las tres han resuelto
menos asuntos de los que se han ingresado por lo cual, han aumentado la
cantidad de asuntos pendientes de resolución en el último año.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DEGRANADA. 2011
Pendientes
al inicio Registrados ResueltosPendientes
al final tasa
resolucióntasa
pendencia tasa de
congestionSECCIÓN 3ª 154 818 751 221 0,92 0,29 (4m) 77% SECCIÓN 4ª 213 809 735 287 0,91 0,39 (5m) 72% SECCIÓN 5ª 203 777 743 237 0,96 0,32 (4m) 76%
TOTAL 570 2.404 2.229 745 0,93 0,33 (4m) 75%
El tiempo medio para resolver esta pendencia, con la actual productividad,
sería de 4 meses en la Sección tercera, de 5 en la cuarta y de 4 en la quinta. De
la carga total de trabajo, asuntos pendientes del año anterior más asuntos
ingresados en el año, la Sección tercera ha resuelto el 77%, la Sección cuarta el
72% y la Sección quinta el 76%.
0
500
1.000
SECCIÓN 3ª SECCIÓN 4ª SECCIÓN 5ª
ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA. 2011
Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final
MÓDULO DEL CONSEJO
El módulo del Consejo General del Poder Judicial para las Secciones de
Audiencia Provincial con competencia exclusivamente civil está valorado en 300
asuntos por Magistrado y año. Cada uno de los nueve Magistrados de las
Secciones civiles de la Audiencia Provincial de Granada ha tenido 267 asuntos de
90 MEMORIA 2011
nuevo ingreso de media en el año 2011, por lo que no se supera el Módulo de
Entrada del Consejo.
A.P. GRANADA (CIVIL)
Ingresos en 2011
Magistrados en 2011
Media de ingresos
por Magistrado
Variación respecto al Módulo
Estimación nuevos
Magistrados necesarios
MÓDULO: 300 ASUNTOS SECCIÓN 3ª 818 3 273 -9%
SECCIÓN 4ª 809 3 270 -10%
SECCIÓN 5ª 777 3 259 -14%
2.3.5 AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA La Audiencia Provincial de Huelva está compuesta por tres Secciones
mixtas con sede en la capital. Entre las tres han ingresado en el último año 2.732
asuntos, 1.808 penales y 924 civiles.
Analizando la actividad de la Audiencia Provincial de Huelva en los últimos
años se observa que hasta 2006, ha tenido la cantidad de asuntos pendientes
más bajas de Andalucía, por debajo de los 150 asuntos.
AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. SERIES TEMPORALES 2006-2011
0
1000
2000
3000
4000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Regis trados Res ueltosPendientes al final Módulo CGPJ
El Módulo de Entrada de asuntos (línea discontinua en el gráfico)
establecido por el Consejo General del Poder Judicial en 325 asuntos por
MEMORIA 2011 91
Magistrado para las Secciones mixtas de Audiencia, ha estado siempre, en los
últimos años, por encima de la entrada de asuntos (línea azul) en la Audiencia de
Huelva. Los Magistrados de ésta han resuelto siempre la misma cantidad de
asuntos que se ingresaban por lo que la cantidad de asuntos pendientes ha
permanecido prácticamente constante hasta 2006. Entre los años 2007 y 2009 se
resolvieron menos asuntos de los que se ingresaron por lo que la pendencia
aumentó. En los dos últimos años se han resuelto más asuntos de los ingresados,
por lo que la pendencia ha disminuido hasta los 277 asuntos.
JURISDICCIÓN PENAL En el año 2011, la Audiencia Provincial de Huelva ha ingresado 1.808
asuntos penales y ha resuelto 1.862 por lo que la cantidad de asuntos penales
pendientes de resolución a final de año es 106. De los asuntos penales
registrados el 6% corresponde a procesos en única instancia y la pendencia de
éstos equivale a la tercera parte de la pendencia penal.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. 2011
Pendientes al
inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 40 116 122 32 Sumarios 13 26 23 14 Procesos ley jurado 2 6 7 1 Proc. abreviados 25 84 92 17 RECURSOS 122 1.692 1.740 74 Apel. delito juicios rápidos 12 110 111 11 Apel. restantes delitos 27 275 289 13 Apel. falta juicios rápidos 6 62 68 0 Apel. restantes falta 13 231 234 10 Apel. juz. violencia sobre mujer 1 4 5 0 Apel. juz. menores 1 13 12 2 Apel. juz. vigilancia penit. 16 263 271 8 Recursos de queja 0 6 6 0 Restantes recursos 46 728 744 30 TOTAL 162 1.808 1.862 106 Registrados=Registrados+Reabiertos Resueltos=Resueltos+Devueltos al instructor
92 MEMORIA 2011
De los 116 procesos penales en única instancia ingresados el 72% se
refiere a procedimientos abreviados y el 22% a sumarios, habiéndose registrado
sólo 6 procesos de la Ley del Jurado. Se han iniciado además 1.692 recursos,
que principalmente son apelaciones de sentencias de Juzgados de Vigilancia
Penitenciaria (el 16%), apelaciones en juicios de falta (el 18%) y apelaciones de
sentencias por delito (el 23%).
RECURSOS PENALES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. AÑO
20117%
16%
4%
14%
16%
42%
1%
Apel. delito juicios rápidos
Apel. restantes delitos
Apel. falta juicios rápidos
Apel. restantes falta
Del total de la carga de trabajo penal de la Audiencia Provincial de Huelva
(asuntos pendientes de resolución del año anterior más asuntos registrados en el
año) se ha resuelto el 95% durante el año 2011.
RESOLUCIONES PENALES Se han dictado en total 1.852 resoluciones penales en la Audiencia de
Huelva: 829 sentencias (el 3% previa conformidad del acusado) y 1.023 autos (el
97% resolviendo sobre el fondo del recurso).
EVOLUCIÓN PENAL TEMPORAL El hecho más destacable a la hora de analizar el gráfico con los datos de la
evolución de la actividad penal en la Audiencia Provincial de Huelva, es el
crecimiento que ha sufrido la entrada de asuntos en los últimos años, si bien
gracias al alto grado de resolución de asuntos ha sido posible que la pendencia se
mantenga baja.
MEMORIA 2011 93
ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA.
SERIES TEMPORALES 2006-2011
0
500
1000
1500
2000
2500
2006 2007 2008 2009 2010 2011Registrados Resueltos Pendientes al final
LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES La cantidad de asuntos ingresados en la Sección Segunda es
notablemente superior a los ingresados en las Secciones Primera y Tercera ya
que a aquella corresponde en exclusividad la resolución de recursos en materia
de Vigilancia Penitenciaria. La cantidad de asuntos pendientes ha aumentado en
la Sección Tercera y disminuido en la Primera y Segunda.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. 2011
Pendientes
al inicio Registrados ResueltosPendientes
al final tasa
resolucióntasa
pendencia tasa de
congestionSECCIÓN 1ª 108 587 629 66 1,07 0,10 (1m) 91% SECCIÓN 2ª 38 653 667 22 1,02 0,03 (0m) 97% SECCIÓN 3ª 16 568 566 18 1,00 0,03 (0m) 97% TOTAL 162 1.808 1.862 106 1,03 0,06 (1m) 95%
El tiempo medio de respuesta es de apenas unos días en la Sección
segunda y tercera y de aproximadamente un mes en la primera. Además del total
de la carga penal de trabajo de cada Sección de la Audiencia Provincial de
Huelva, se ha resuelto en la primera el 91% y en la segunda y tercera el 97%.
94 MEMORIA 2011
0
200
400
600
800
SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª
AUSUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. 2011
Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final
JURISDICCIÓN CIVIL
En 2011, la Audiencia de Huelva ha iniciado 924 asuntos civiles y ha
resuelto 1.028, por lo que la pendencia se sitúa en 171 asuntos pendientes a final
de año.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. 2011
Pendientes al
inicio Registrados Resueltos Pendientes al
final
PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 0 45 45 0 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0 Medidas cautelares 0 0 0 0 Incidentes Art. 241.1 LOPJ 0 0 0 0 Resto de incidentes 0 41 41 0 Otros 0 4 4 0 RECURSOS 275 879 983 171 Anteriores LEC 1/2000 0 0 0 0 De juicios ordinarios 116 345 389 72 De juicios verbales 34 188 200 22 Apel de juz. menores 0 0 0 0 Apel de juz. violencia mujer 1 8 8 1 De restantes procesos 81 206 232 55 Contra res. juz. mercantil 23 8 28 3 Otros 20 124 126 18 TOTAL 275 924 1.028 171 Registrados=Registrados+Reiniciados
Los 879 recursos registrados en esta Audiencia son en el 40% de los casos
de juicios ordinarios y en un 21% de juicios verbales.
MEMORIA 2011 95
RECURSOS CIVILES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. AÑO 2011
21%
1%14%
23%1%
40%Anteriores LEC 1/2000De juicios ordinariosDe juicios verbalesApel de juz. menoresApel de juz. violencia mujerDe restantes procesosContra res. juz. mercantilOtros
Esta Audiencia Provincial ha tenido a lo largo de 2011 una carga de trabajo
civil (total de asuntos pendientes de resolver del año anterior más registrados en
el año) de 1.199 asuntos, habiendo resuelto durante el año el 86% de éstos.
RESOLUCIONES CIVILES
Se han dictado en la Audiencia de Huelva 961 resoluciones civiles: 720
sentencias y 241 autos. Se han dictado un total de 206 autos resolviendo recursos
siendo el 37% estimatorios, el 57% desestimatorios y el 6% anulando el recurso.
EVOLUCIÓN CIVIL TEMPORAL Por segundo año consecutivo, vemos que se han resuelto más asuntos
(línea rosa en el gráfico), de los que se han ingresado (línea azul), lo que ha
provocado que el número de asuntos pendientes a final de año (línea verde)
continúe disminuyendo hasta los 171 asuntos.
ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA.
SERIES TEMPORALES 2006-2011
0
500
1000
1500
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al final
96 MEMORIA 2011
LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES Las tres secciones tienen una actividad muy similar en materia civil. El
número de asuntos pendientes a final de año ha disminuido en todos los casos,
siendo la Sección segunda, la que tiene una pendencia menor.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. 2011
Pendientes
al inicio Registrados ResueltosPendientes
al final tasa
resolucióntasa
pendencia tasa de
congestionSECCIÓN 1ª 110 296 336 70 1,14 0,21 (3m) 83% SECCIÓN 2ª 56 318 330 44 1,04 0,13 (2m) 88% SECCIÓN 3ª 109 310 362 57 1,17 0,16 (2m) 86% TOTAL 275 924 1.028 171 1,11 0,17 (2m) 86%
El tiempo medio de resolución de la pendencia se estima en dos meses
para la Sección segunda y tercera y tres meses para la primera. La carga de
trabajo civil que han resuelto en 2011 asciende al 83% en la Sección primera, al
88% en la segunda y al 86% en la tercera.
0
200
400
SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª
AUSUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. 2011
Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal
MÓDULO DEL CONSEJO El Módulo de Entrada de Asuntos del Consejo General del Poder Judicial
para las Secciones mixtas de las Audiencias Provinciales es de 325 asuntos por
Magistrado y año. Las tres Secciones con tres Magistrados de plantilla cada una,
han ingresado una media de 294 asuntos por Magistrado, 324 y 293
respectivamente, así que no sería perentorio ampliar la plantilla de la Audiencia
Provincial de Huelva. En cualquier caso, sí se considera razonable una
especialización de las Secciones en dos penales y una civil para hacer frente de
manera más eficaz a la actual carga de trabajo.
MEMORIA 2011 97
A.P. HUELVA (MIXTA)
Ingresos en 2011
Magistrados en 2011
Media de ingresos
por Magistrado
Variación respecto al Módulo
Estimación nuevos
Magistrados necesarios
MÓDULO: 325 ASUNTOS SECCIÓN 1ª 883 3 294 -9% SECCIÓN 2ª 971 3 324 0% SECCIÓN 3ª 878 3 293 -10%
2.3.6. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN La Audiencia Provincial de Jaén tiene tres Secciones mixtas con sede en la
capital. En el año 2011 se han ingresado 3.058 asuntos; 1.725 penales y 1.333
civiles.
Si analizamos la actividad de la Audiencia de Jaén en los últimos años, que
se muestra en el gráfico siguiente, podemos ver que el número de asuntos
registrados ha ido elevándose suavemente (línea azul en el gráfico), mientras que
el número de asuntos pendientes se ha mantenido muy bajo, siendo actualmente
una de las Audiencias con menos asuntos pendientes.
AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉNSERIES TEMPORALES 2006-2011
0500
100015002000250030003500
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ
El Módulo de Entrada de asuntos establecido por el Consejo General del
Poder Judicial para las Secciones mixtas de Audiencias es de 325 asuntos por
Magistrado y año. La Audiencia de Jaén cuenta con 9 Magistrados por lo que la
98 MEMORIA 2011
entrada de asuntos debería estar como máximo en 2.925 por año. En 2011 se ha
sobrepasado por segundo año consecutivo, la cantidad establecida por el Consejo
General del Poder Judicial en el Módulo de Entrada, como carga máxima (línea
discontinua en el gráfico).
JURISDICCIÓN PENAL En 2011 en la Audiencia Provincial de Jaén se han ingresado 1.725
asuntos penales y se han resuelto 1.739 (similar al año anterior), así que la
cantidad de asuntos penales pendientes de resolución ha disminuido un 22%, y
sigue siendo una de las más bajas de todas las Secciones penales de Andalucía.
Sólo el 4% de los registros penales de esta Audiencia son procesos en única
instancia.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. 2011
Pendientes al
inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 16 69 75 10 Sumarios 7 12 17 2
Procesos ley jurado 2 4 6 0
Proc. abreviados 7 53 52 8
RECURSOS 33 1.656 1.664 28 Apel. delito juicios rápidos 0 59 59 0
Apel. restantes delitos 17 302 305 13
Apel. falta juicios rápidos 0 41 38 3
Apel. restantes falta 4 221 223 2
Apel. juz. violencia sobre mujer 1 5 6 0
Apel. juz. menores 0 41 41 0
Apel. juz. vigilancia penit. 0 69 67 1
Recursos de queja 0 6 6 0
Restantes recursos 11 912 919 9
TOTAL 49 1.725 1.739 38 Registrados=Registrados+Reabiertos Resueltos=Resueltos+Devueltos al instructor
Los 69 procesos en única instancia que se han registrado son en su
mayoría procedimientos abreviados (el 77%), pero también hay un 17% de
MEMORIA 2011 99
sumarios y un 6% de procesos de la Ley del Jurado. Los procesos en segunda
instancia son principalmente apelaciones de procesos por delito (el 22%) y
apelaciones a resoluciones en juicios de falta (el 16%). Los recursos del Juzgado
de Vigilancia Penitenciaria suman el 4% del total de procesos en segunda
instancia y los del Juzgado de Menores suponen el 2%.
RECURSOS PENALES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. AÑO 2011
4% 19%
56% 13%
2%
2%4%
Apel. delito juicios rápidosApel. restantes delitosApel. falta juicios rápidosApel. restantes faltaApel. juz. violencia sobre mujerApel. juz. menoresApel. juz. vigilancia penit.Recursos de quejaRestantes recursos
Del total de la carga de trabajo penal de la Audiencia Provincial de Jaén,
que se calcula sumando el total de asuntos pendientes a principio de año más los
que se ingresan a lo largo de éste, se ha resuelto el 98%.
RESOLUCIONES PENALES La Audiencia de Jaén ha dictado un total de 1.735 resoluciones penales;
727 sentencias (sólo el 4% previa conformidad del acusado) y 1018 autos (el 99%
fueron autos resolviendo sobre el fondo del recurso).
EVOLUCIÓN PENAL TEMPORAL Como se ha dicho antes, la Audiencia Provincial de Jaén es una de las que
tiene una cantidad de asuntos penales pendientes más bajas de Andalucía. Como
se observa en el gráfico adjunto, esta pendencia no crece a lo largo del tiempo ya
que siempre se resuelve el mismo número de asuntos que se ingresan. Incluso en
los cinco últimos años, que la entrada de asuntos ha sido mayor, la pendencia
apenas ha variado y en los dos últimos años ha disminuido.
100 MEMORIA 2011
ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. SERIES TEMPORALES 2006-2011
0
500
1000
1500
2000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al final
LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES Las tres Secciones de la Audiencia Provincial de Jaén muestran una
actividad muy similar, destacando que la Sección tercera es la que tiene más
asuntos pendientes de resolución a final de año, aunque dicha cantidad no supera
los 30 asuntos a final de 2011.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. AÑO 2011
Pendientes
al inicio Registrados ResueltosPendientes
al final tasa
resolucióntasa
pendencia tasa de
congestion
SECCIÓN 1ª 3 595 595 3 1,00 0,01(0m) 99%
SECCIÓN 2ª 27 543 561 12 1,03 0,02(0m) 98%
SECCIÓN 3ª 19 587 583 23 0,99 0,04(0m) 96%
TOTAL 49 1.725 1.739 38 0,99 0,04(0m) 98%
La cantidad de asuntos pendientes de resolución se resolverá en unos días
en las tres secciones. El porcentaje de asuntos de la carga total de trabajo que
han resuelto en las tres Secciones de la Audiencia de Jaén alcanza el 99% en la
Sección primera, el 98% en la Sección segunda y el 96% en la Sección tercera.
MEMORIA 2011 101
0
200
400
600
SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª
AUSUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. AÑO 2011
Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final
JURISDICCIÓN CIVIL
La Audiencia de Jaén ha registrado en 2011 un total de 1.333 asuntos
civiles (un 3% más que el año anterior) y ha resuelto 1.301 (un 3% más que en
2010).
MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. 2011
Pendientes al
inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final
PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 12 70 69 13 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0 Medidas cautelares 0 0 0 0 Incidentes Art. 241.1 LOPJ 0 0 0 0 Resto de incidentes 4 55 54 5 Otros 8 15 15 8
RECURSOS 109 1.263 1.232 144 Anteriores LEC 1/2000 0 0 0 0 De juicios ordinarios 61 547 551 50 De juicios verbales 17 272 270 29 Apel de juz. menores 0 0 0 0 Apel de juz. violencia mujer 3 16 16 3 De restantes procesos 21 207 196 32 Contra res. juz. mercantil 1 40 40 1 Otros 6 181 159 29
TOTAL 121 1.333 1.301 157 Registrados=Registrados+Reiniciados
102 MEMORIA 2011
Los 1.263 procesos civiles en segunda instancia ingresados a lo largo del
año, se distribuyen en 43% de recursos de juicios ordinarios, 22% de recursos de
juicios verbales.
RECURSOS CIVILES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. AÑO 2011
44%3%
22%
16%
14%
1%
Anteriores LEC 1/2000De juicios ordinariosDe juicios verbalesApel de juz. menoresApel de juz. violencia mujerDe restantes procesosContra res. juz. mercantilOtros
La carga de trabajo civil para la Audiencia Provincial de Jaén se calcula en
1.454 asuntos (total de asuntos pendientes al inicio del año más registrados) y
durante el año 2011 se ha dado resolución al 89% de esos procesos.
RESOLUCIONES CIVILES La Audiencia de Jaén ha dictado 1.164 resoluciones civiles; 924 sentencias y
240 autos. Los que resolvían recursos fueron 218 autos que en un 36% de los casos
fueron estimatorios, en un 63% desestimatorios y sólo 2 anulatorios.
EVOLUCIÓN CIVIL TEMPORAL Al igual que en el orden penal, la cantidad de asuntos civiles pendientes en la
Audiencia de Jaén es de las más bajas de Andalucía. En el año 2011, como se
puede apreciar en el gráfico, la cantidad de asuntos registrados ha aumentado y con
ello ha provocado un ligero aumento de la pendencia, pero continúa siendo una
cantidad mínima. La cantidad de asuntos que se resuelven suele ser paralela a la
cantidad de asuntos que se ingresan.
MEMORIA 2011 103
ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. SERIES TEMPORALES 2006-2011
0200400600800
100012001400
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados Resueltos Pendientes al final
LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES
MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN.AÑO 2011
Pendientes
al inicio Registrados ResueltosPendientes
al final tasa
resolucióntasa
pendencia tasa de
congestionSECCIÓN 1ª 20 430 429 21 1,00 0,05 (1m) 95% SECCIÓN 2ª 41 404 398 51 0,99 0,13 (2m) 89% SECCIÓN 3ª 60 499 474 85 0,95 0,18 (2m) 85% TOTAL 121 1.333 1.301 157 0,98 0,12(1m) 89%
El tiempo de resolución de los asuntos pendientes es de aproximadamente
dos meses en la Sección segunda y tercera y de un mes en la primera. De la carga
de trabajo total de cada Sección, la primera ha resuelto prácticamente el 95%, la
segunda el 89% y la tercera el 85%.
0
200
400
600
SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª
ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. AÑO 2011
Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal
104 MEMORIA 2011
MÓDULO DEL CONSEJO
El Consejo General del Poder Judicial ha establecido como Módulo de
Entrada de asuntos en las Secciones mixtas de las Audiencias Provinciales la
cantidad de 325 asuntos por Magistrado y año. Las tres Secciones de la Audiencia
de Jaén, con tres Magistrados de plantilla cada una, se encuentra en el año 2011 en
torno a la cantidad indicada por el Consejo, por lo que, en principio, la actual
configuración de las tres Secciones de esta Audiencia se considera adecuada para
asumir la carga competencial existente. No obstante, en aras a profundizar en los
principios de especialización y mejor eficacia, se propone la separación de
jurisdicciones en la Audiencia Provincial de Jaén para desdoblarse en una Sección
civil y dos Secciones penales, lo que hace aconsejable ampliar la plantilla con un
plaza de Magistrado para quedar integrada la Sección civil por cuatro Magistrados y
las dos Secciones penales por tres Magistrados cada una.
A.P. JAÉN (MIXTA)
Ingresos en 2011
Magistrados en 2011
Media de ingresos
por Magistrado
Variación respecto
al Módulo
Estimación nuevos
Magistrados necesarios
MÓDULO: 325 ASUNTOS 1 SECCIÓN 1ª 1.025 3 342 5% SECCIÓN 2ª 947 3 316 -3% SECCIÓN 3ª 1.086 3 362 11%
2.3.7. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA La Audiencia Provincial de Málaga está formada por nueve Secciones desde
2008, la Séptima con competencia civil y penal, tiene su sede en Melilla. Las otras
están ubicadas en la capital y de ellas, tres tienen competencia exclusivamente civil
(la cuarta, quinta y sexta) y las cinco restantes competencia exclusivamente penal
(la primera, segunda, tercera, octava y novena). Todas ellas en conjunto han
ingresado en 2011 un total de 12.106 asuntos; 8.054 penales y 4.052 civiles.
MEMORIA 2011 105
En el siguiente gráfico se puede observar la actividad de las Secciones
penales de la Audiencia Provincial de Málaga con sede en su capital. Los asuntos
ingresados (línea azul en el gráfico) en las Secciones con competencia
exclusivamente penal de la Audiencia de Málaga no han dejado de crecer
paulatinamente, en concreto un 23% en los últimos seis años. Aun así la cantidad de
asuntos resueltos (línea rosa) ha ido creciendo también a lo largo del tiempo, lo que
ha permitido que la pendencia no se dispare de manera alarmante e incluso
disminuya. El Módulo de Entrada de asuntos que establece el Consejo General del
Poder Judicial para este tipo de órganos se ha superado ampliamente en los últimos
años.
SECCIONES PENALES DE MÁLAGA CAPITALAUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA
SERIES TEMPORALES 2006-2011
010002000300040005000600070008000
2006 2007 2008 2009 2010 2011Registrados Resueltos Pendientes al f inal Módulo CGPJ
A continuación se muestra la actividad de las Secciones civiles de la
Audiencia Provincial de Málaga con sede en su capital. En los últimos cuatro años
ha aumentado la pendencia como consecuencia de la finalización del Plan de
Refuerzo que mantenía la actividad de la Audiencia en unos niveles aceptables. Los
ingresos, que paulatinamente llevan varios años aumentando su valor en los dos
últimos años han superado el límite establecido por el Módulo de Entrada.
106 MEMORIA 2011
SECCIONES CIVILES DE MÁLAGA CAPITALAUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA
SERIES TEMPORALES 2006-2011
0
1000
2000
3000
4000
5000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ
La actividad de la Sección Séptima con sede en Melilla presenta unos
ingresos cercanos al Módulo de Entrada establecido por el Consejo General del
Poder Judicial para las Secciones mixtas de Audiencia.
SECCIÓN 7ª - MELILLAAUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA
SERIES TEMPORALES 2006-2011
0200400600800
10001200
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Regis trados ResueltosPendientes al final M ódulo CGPJ
JURISDICCIÓN PENAL
En la Audiencia Provincial de Málaga se han ingresado 8.054 asuntos
penales, se han resuelto 8.202 y la cantidad de asuntos pendientes a final de año es
de 1.043. El 7% de los ingresos de 2011 correspondieron a procesos en única
instancia, sin embargo la pendencia de éstos equivale a una cuarta parte de los
asuntos penales pendientes.
MEMORIA 2011 107
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. 2011
Pendientes al
inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 279 567 574 283 Sumarios 102 115 118 110 Procesos ley jurado 8 17 19 6 Proc. abreviados 169 435 437 167 RECURSOS 901 7.487 7.628 760 Apel. delito juicios rápidos 49 681 638 92 Apel. restantes delitos 182 1.005 1.094 93 Apel. falta juicios rápidos 45 474 443 76 Apel. restantes falta 34 984 963 55 Apel. juz. violencia sobre mujer 16 46 61 1 Apel. juz. menores 20 176 164 32 Apel. juz. vigilancia penit. 10 70 70 10 Recursos de queja 6 32 29 9 Restantes recursos 539 4.019 4.166 392 TOTAL 1.180 8.054 8.202 1.043 Registrados=Registrados+Reabiertos Resueltos=Resueltos+Devueltos al instructor
El 77% de los procesos penales en única instancia ingresados en la Audiencia
Provincial de Málaga fueron procedimientos abreviados, pero también se ingresaron
un 20% de sumarios y 3% procesos de la Ley del Jurado. En lo referente a procesos
en segunda instancia, el 19% de los ingresos fueron apelaciones en juicios de faltas,
el 23% apelaciones en juicios por delito, el 2% apelaciones de resoluciones de
juzgado de Menores y el 1% de juzgado de Vigilancia Penitenciaria y Violencia sobre
la Mujer.
RECURSOS PENALES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROV INCIAL DE M ÁLAGA. AÑO 2011
13%55%
13%
6%
9%
1%2%1%
A pel. delito juic ios rápidosA pel. res tantes delitosA pel. f alta juic ios rápidosA pel. res tantes f altaA pel. juz . v iolenc ia s obre mujerA pel. juz . menoresA pel. juz . v igilanc ia penit.Rec urs os de quejaRes tantes rec urs os
108 MEMORIA 2011
La carga penal de trabajo para la Audiencia de Málaga asciende a 9.234
asuntos (es el total de asuntos pendientes de resolución del año anterior más los
registrados en el año) y de ella se ha resuelto a lo largo de 2011 el 89%.
RESOLUCIONES PENALES Se han dictado en la Audiencia de Málaga 7.741 resoluciones penales; 3.778
sentencias (sólo el 5% previa conformidad del acusado) y 3.963 autos finales (el
98% resolviendo sobre el fondo del recurso).
LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES La actividad desarrollada en las Secciones penales de la capital malagueña
es similar entre ellas, en comparación con la actividad de la Sección séptima en
Melilla. Ésta tiene una carga de trabajo penal muy por debajo del Módulo de Entrada
del CGPJ actualmente vigente y, como corolario lógico, una de las pendencias
penales más bajas de toda Andalucía.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. 2011
Pendientes
al inicio Registrados ResueltosPendientes
al final tasa
resolución tasa
pendencia tasa de
congestionSECCIÓN 1ª 380 1.639 1.936 83 1,18 0,04 (1m) 96% SECCIÓN 2ª 289 1.396 1.371 314 0,98 0,23 (3m) 81% SECCIÓN 3ª 130 1.394 1.391 137 1,00 0,10 (1m) 91% SECCIÓN 7ª (Melilla) 71 795 760 106 0,96 0,14 (2m) 88% SECCIÓN 8ª 281 1.500 1.474 314 0,98 0,21 (3m) 83% SECCIÓN 9ª 29 1.330 1.270 89 0,95 0,07 (1m) 93% TOTAL 1.180 8.054 8.202 1.043 1,02 0,13 (2m) 89%
La tasa de pendencia indica el tiempo medio que tardarían en resolver esta
pendencia, en relación con la actividad del último año, que va desde el mes escaso
en las Secciones primera, tercera y novena, los tres meses en las Secciones
segunda y octava y dos meses de la Sección séptima. De la carga total de trabajo
penal la Sección primera ha resuelto un 96% en el año 2011, la Sección segunda un
81%, la tercera un 91%, la séptima un 88%, la octava un 83% y la novena un 93%.
MEMORIA 2011 109
0
500
1.000
1.500
2.000
SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª SECCIÓN 7ª (Melilla) SECCIÓN 8ª SECCIÓN 9ª
AUSUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. 2011
Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final
MÓDULO DEL CONSEJO El Módulo de Entrada de asuntos para las Secciones de las Audiencias
Provinciales con competencia exclusivamente penal está calculado en 345 asuntos
por Magistrado y año.
A. P. MÁLAGA (PENAL)
Ingresos en 2011
Magistrados en 2011
Media de ingresos
por Magistrado
Variación respecto al Módulo
Estimación nuevos
Magistrados Necesarios
MÓDULO: 345 ASUNTOS 3 SECCIÓN 1ª 1.639 3 546 58% SECCIÓN 2ª 1.396 3 465 35% SECCIÓN 3ª 1.394 3 465 35% SECCIÓN 8ª 1.500 3 500 45% SECCIÓN 9ª 1.330 3 443 29%
A finales de 2008 se hizo efectiva la dotación con tres nuevas plazas de
Magistrado, por lo que se creó la Sección novena de la Audiencia Provincial de
Málaga con competencia en materia penal. Con ello ha sido posible que la carga de
trabajo sea menor que el año anterior para el resto de Secciones. Sin embargo,
como se puede comprobar en la tabla anterior, la cantidad de asuntos ingresados ha
seguido superando el Módulo de Entrada del Consejo establecido para este tipo de
órganos. A la vista de los datos, sería necesario ampliar en tres Magistrados más la
actual plantilla, ya que con los 15 Magistrados que tienen a día de hoy las Secciones
penales de Málaga, les correspondería a cada uno 484 asuntos de media, lo que
supone un 40% por encima del módulo referencial de entrada.
110 MEMORIA 2011
JURISDICCIÓN CIVIL En la Audiencia de Málaga se han ingresado 4.052 asuntos civiles, se han
resuelto 3.120. La pendencia se sitúa próxima a los 4.000 asuntos. Sólo el 6% de los
asuntos civiles iniciados en esta Audiencia correspondieron a procesos en única
instancia.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. 2011
Pendientes al
inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 100 237 256 81 Rescisión de sentencias firmes 1 0 1 0 Medidas cautelares 0 2 2 0 Incidentes Art. 241.1 LOPJ 0 12 10 2 Resto de incidentes 91 209 226 74 Otros 8 14 17 5 RECURSOS 2.870 3.815 2.864 3.821 Anteriores LEC 1/2000 6 1 5 2 De juicios ordinarios 1.515 1.678 1.197 1.996 De juicios verbales 675 1.078 821 932 Apel de juz. menores 0 0 0 0 Apel de juz. violencia mujer 46 77 57 66 De restantes procesos 78 96 96 78 Contra res. juz. mercantil 38 102 29 111 Otros 512 783 659 636 TOTAL 2.970 4.052 3.120 3.902 Registrados=Registrados+Reiniciados
Se han incoado 3.815 nuevos recursos civiles en la Audiencia Provincial de
Málaga, el 43% de ellos de procedentes de juicios ordinarios, el 28% de juicios
verbales y sólo 1 de resoluciones en procesos anteriores a la modificación de la Ley
de Enjuiciamiento Civil, por la Ley 1/2000, de 7 de enero.
RECURSOS CIVILES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. AÑO 2011
43%
28%2%
3%
3%
21%
Anteriores LEC 1/2000De juicios ordinariosDe juicios verbalesApel de juz. violencia mujerDe restantes procesosContra res. juz. mercantilOtros
MEMORIA 2011 111
La carga total de trabajo civil en la Audiencia de Málaga fue de 7.022 asuntos
(total de asuntos pendientes de resolución del año anterior más registrados en el
año) y en el año 2011 se dio resolución al 44% de ellos.
RESOLUCIONES CIVILES Se han dictado en la Audiencia de Málaga un total de 2.670 resoluciones;
2.004 sentencias (el 0.2% en recursos anteriores a la nueva Ley de Enjuiciamiento
Civil) y 666 autos. De éstos, 603 ponían fin a un recurso y se distribuyen en 49%
estimando, 50% desestimando y 1% anulando.
LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES La cantidad de asuntos pendientes de resolución aumentó considerablemente
en el último año en todas las Secciones civiles de la Audiencia Provincial de Málaga
con sede en su capital.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. 2011
Pendientes
al inicio Registrados ResueltosPendientes
al final tasa
resolucióntasa
pendencia tasa de
congestionSECCIÓN 4ª 983 1.417 1.074 1.326 0,76 1,23 (15m) 45%
SECCIÓN 5ª 1.031 1.247 936 1.342 0,75 1,43 (17m) 41%
SECCIÓN 6ª 920 1.214 943 1.191 0,78 1,26 (15m) 44% SECCIÓN 7ª (Melilla) 36 174 167 43 0,96 0,26 (3m) 80%
TOTAL 2.970 4.052 3.120 3.902 0,77 1,25 (15m) 44%
El tiempo medio de resolución de esta pendencia es de tres meses en la
Sección séptima, quince meses para las Secciones cuarta y sexta y 17 meses para
la quinta. De la carga total de trabajo civil la Sección cuarta ha resuelto el 45%, la
quinta el 41%, la sexta el 44% y la séptima el 80%.
A la vista de estos datos, se considera necesario caminar hacia el mejor
rendimiento y eficacia productiva de la jurisdicción civil. En ese sentido parece
prudente que la labor resolutiva de los Magistrados no quede residenciada de forma
permanente e inalterable en un criterio siempre cuantitativo, rígido o de máximos, y
atemporal, de forma que se valoren también otros posibles factores o razones. Así,
112 MEMORIA 2011
por ejemplo, procedimientos repetitivos o de escasa entidad y dificultad, etc., que
permiten emplear fórmulas de reparto entre ponentes que atiendan al tiempo
efectivo empleado en la deliberación y redactado de la resolución, evitando que sean
permanentemente computados como asuntos individuales. Ello permitiría la
consiguiente fluctuación numérica y el dictado de un número global superior de
resoluciones en el entorno de la jurisdicción civil.
Sin perjuicio de ello, puede plantearse, de forma simultánea y paralela, una
medida de refuerzo para reducir la bolsa de pendencia civil.
0500
1.0001.500
SECCIÓN 4ª SECCIÓN 5ª SECCIÓN 6ª SECCIÓN 7ª (Melilla)
AUSUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. AÑO 2011
Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal
MÓDULOS DEL CONSEJO Para las Secciones civiles de las Audiencias Provinciales el Módulo de
Entrada de asuntos establecido por el Consejo General del Poder Judicial es de 300
asuntos por Magistrado y año. Desde el año 2005 cada Sección exclusivamente civil
de la Audiencia de Málaga cuenta con cuatro Magistrados de plantilla que han tenido
unos ingresos medios por cada uno de ellos que apenas superan los 300 asuntos
por Magistrado. Por lo tanto se estima adecuada la actual planta judicial en las
Secciones civiles de la Audiencia Provincial de Málaga.
A. P. MÁLAGA (CIVIL)
Ingresos en 2011
Magistrados en 2011
Media de ingresos
por Magistrado
Variación respecto al
Módulo
Estimación nuevos
Magistrados necesarios
MÓDULO: 300 ASUNTOS SECCIÓN 4ª 1.417 4 354 18%
SECCIÓN 5ª 1.247 4 312 4%
SECCIÓN 6ª 1.214 4 304 1%
MEMORIA 2011 113
La Sección séptima, al tener competencias tanto en materia civil como en
materia penal se le aplica el Módulo de Entrada de Secciones mixtas evaluado en
325 asuntos en total por Magistrado y año. La Sección con sede en Melilla ha
ingresado en 2011 por cada Magistrado 223 asuntos.
A. P. MÁLAGA (MIXTA)
Ingresos en 2011
Magistrados en 2011
Media de ingresos por Magistrado
Variación respecto al
Módulo
Estimación nuevos
Magistradosnecesarios
MÓDULO: 325 ASUNTOS
SECCIÓN 7ª (Melilla) 969 3 323 -1%
2.3.8. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA La Audiencia de Sevilla está formada por cuatro Secciones con competencia
exclusivamente penal (la Primera, Tercera, Cuarta y Séptima) y otras cuatro con
competencia exclusivamente civil (la Segunda, Quinta, Sexta y Octava). Se han
ingresado en Sevilla en el último año 10.016 asuntos en total; 6.432 en las
Secciones penales y 3.584 en las Secciones civiles.
JURISDICCIÓN PENAL
La Audiencia Provincial de Sevilla ha registrado en 2011 un total de 6.432
asuntos penales (un 10% más que el año anterior) ha resuelto 6.056 (un 2% más
que en 2010) así que la pendencia se ha aumentado un 33%. La mayoría de los
procesos iniciados son recursos, el 92%.
114 MEMORIA 2011
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA.AÑO 2011
Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 233 515 461 222 Sumarios 76 231 165 77 Procesos ley jurado 1 17 14 4 Proc. abreviados 156 267 282 141 RECURSOS 696 5.917 5.595 1.018 Apel. delito juicios rápidos 60 353 278 135 Apel. restantes delitos 178 909 815 272 Apel. falta juicios rápidos 31 200 205 27 Apel. restantes falta 178 774 800 153 Apel. juz. violencia sobre mujer 3 37 31 9 Apel. juz. menores 18 53 58 11 Apel. juz. vigilancia penit. 1 624 610 15 Recursos de queja 3 29 26 6 Restantes recursos 224 2.938 2.772 390 TOTAL 929 6.432 6.056 1.240 Registrados=Registrados+Reabiertos Resueltos=Resueltos+Devueltos al instructor
Se han iniciado 515 procesos penales en primera instancia, la mayoría (un
52%) son procedimientos abreviados, pero también hay un 45% de sumarios y un
3% de procesos de la Ley del Jurado. Se interpusieron además 5.917 recursos, en
su mayoría apelaciones en procesos por delito (el 21%) y apelaciones de juicios de
faltas (el 16%). Las apelaciones de sentencias del Juzgado de Vigilancia
Penitenciaria suponen el 6% de todas las apelaciones de la Audiencia.
RECURSOS PENALES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. AÑO
20116%
15%
3%
13%
50%
1%
1%11%
Apel. delito juicios rápidosApel. restantes delitosApel. falta juicios rápidosApel. restantes faltaApel. juz. violencia sobre mujerApel. juz. menoresApel. juz. vigilancia penit.Recursos de quejaRestantes recursos
MEMORIA 2011 115
La carga de trabajo penal de la Audiencia de Sevilla durante el año 2011 (total
de asuntos pendientes de resolución del año anterior más registrados en el año) fue
de 7.361 asuntos penales y de ellos se ha resuelto el 82%.
RESOLUCIONES PENALES
Las Secciones penales de la Audiencia Provincial de Sevilla han dictado en
conjunto 5.851 resoluciones; 2.474 sentencias (el 4% previa conformidad del
acusado) y 3.377 autos (el 99% resolviendo sobre el fondo del recurso).
EVOLUCIÓN PENAL TEMPORAL En 2011 las Secciones penales de la Audiencia de Sevilla han contado con
dieciséis Magistrados para poder hacer frente a la gran carga de trabajo que soporta
este órgano. En el último año continuamos con la tendencia creciente en la cantidad
de asuntos ingresados, que venía ocurriendo hasta 2009. Igualmente, la cantidad de
asuntos pendientes de resolución ha vuelto ha aumentar ya que se han resuelto
menos asuntos de los que se han ingresado.
ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. SERIES TEMPORALES 2006-2011
01000200030004000500060007000
2006 2007 2008 2009 2010 2011Registrados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ
LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES La cantidad de asuntos pendientes de resolución a final de año ha aumentado
en todas las Secciones.
116 MEMORIA 2011
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DESEVILLA. AÑO 2011
Pendientes
al inicio Registrados ResueltosPendientes
al final tasa
resolucióntasa
pendencia tasa de
congestionSECCIÓN 1ª 127 1.581 1.463 226 0,93 0,15(2m) 86% SECCIÓN 3ª 318 1.575 1.466 406 0,93 0,28(3m) 77% SECCIÓN 4ª 258 1.798 1.748 298 0,97 0,17(2m) 85% SECCIÓN 7ª 226 1.478 1.379 310 0,93 0,22(3m) 81% TOTAL 929 6.432 6.056 1.240 0,94 0,20(2m) 82%
La cantidad de asuntos pendientes de resolución se resolvería en dos meses
en la Sección primera y cuarta y en tres meses en la tercera y séptima. Del total de
la carga de trabajo las Secciones penales de la Audiencia Provincial de Sevilla han
resuelto el 86% la primera, el 77% la tercera, el 85% la cuarta y el 81% la séptima.
0
500
1.000
1.500
2.000
SECCIÓN 1ª SECCIÓN 3ª SECCIÓN 4ª SECCIÓN 7ª
AUSUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. AÑO 2011
Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal
MÓDULO DEL CONSEJO El Módulo de Entrada establecido por el Consejo General del Poder Judicial
para las Secciones penales de las Audiencias Provinciales es de 345 asuntos por
Magistrado y año. En 2011 el Módulo del Consejo se supera en todas las Secciones
penales de la Audiencia de Sevilla, destacando la Sección cuarta con un 30% de
variación. Parece, pues, llegado el momento de solicitar el incremento de la plantilla,
cuando menos, en un Magistrado del orden jurisdiccional penal para esta Audiencia
Provincial y redistribuir funcionalmente el trabajo, con creación, en su caso, de otra
Sección funcional.
MEMORIA 2011 117
A.P. SEVILLA (PENAL)
Ingresos en 2011
Magistrados en 2011
Media de ingresos
por Magistrado
Variación respecto al Módulo
Estimación nuevos
Magistradosnecesarios
MÓDULO: 345 ASUNTOS 1 SECCIÓN 1ª 1.581 4 395 14,6% SECCIÓN 3ª 1.575 4 394 14,1% SECCIÓN 4ª 1.798 4 450 30,3% SECCIÓN 7ª 1.478 4 370 7,1%
JURISDICCIÓN CIVIL La Audiencia Provincial de Sevilla ha presentado una actividad en el orden
jurisdiccional civil que se resume en la tabla siguiente. Ha ingresado 3.584 asuntos y
ha resuelto 3.244 (un 5% más que el año anterior). La cantidad de asuntos
pendientes a final de año ha aumentado un 32%.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA.2011
Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 39 94 100 33 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0 Medidas cautelares 0 0 0 0 Incidentes Art. 241.1 LOPJ 0 2 2 0 Resto de incidentes 32 72 78 26 Otros 7 20 20 7 RECURSOS 1.021 3.490 3.144 1.367 Anteriores LEC 1/2000 1 0 0 1 De juicios ordinarios 547 1.290 1.241 596 De juicios verbales 196 712 605 303 Apel de juz. menores 0 0 0 0 Apel de juz. violencia mujer 8 47 43 12 De restantes procesos 103 826 747 182 Contra res. juz. mercantil 59 129 104 84 Otros 107 486 404 189 TOTAL 1.060 3.584 3.244 1.400 Registrados=Registrados+Reabiertos
118 MEMORIA 2011
Se registraron un total de 3.490 procesos civiles en segunda instancia en la
Audiencia de Sevilla de los que un 37% de los casos son recursos de juicios
ordinarios y en un 20% recursos de juicios verbales.
RECURSOS CIVILES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. AÑO 2011
37%
20%1%24%
4%
14%Anteriores LEC 1/2000De juicios ordinariosDe juicios verbalesApel de juz. menoresApel de juz. violencia mujerDe restantes procesosContra res. juz. mercantilOtros
La carga civil de trabajo de la Audiencia de Sevilla fue de 4.644 asuntos (total
de asuntos pendientes de resolución al principio del año más registrados) de los que
se ha resuelto un 70%.
RESOLUCIONES CIVILES En las Secciones civiles de la Audiencia de Sevilla se han dictado un total de
2.842 resoluciones; 2.090 sentencias y 752 autos. De éstos, 736 fueron autos
resolviendo recursos que se pueden clasificar además en 44% estimatorios, 55%
desestimatorios y sólo el 1% anulatorios.
EVOLUCIÓN CIVIL TEMPORAL La actividad en los últimos años en las Secciones civiles de la Audiencia de
Sevilla se resume en el gráfico siguiente. Por un lado se observa un repunte en el
ingreso de asuntos tras varios años. La cantidad de asuntos ingresados en los
últimos seis años oscila en torno a los 3.300 asuntos, manteniéndose en un 20% de
media, por debajo del Módulo de Entrada del CGPJ. En el último año se puede
apreciar un incremento en el número de ingresos del 9% respecto al año anterior.
MEMORIA 2011 119
ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. SERIES TEMPORALES 2006-2011
010002000300040005000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados ResueltosPendientes al final Módulo CGPJ
La pendencia en el último año ha sufrido un incremento del 32%, elevándose
a los 1.400 asuntos pendientes a final de año, debido principalmente a que se han
resuelto menos asuntos de los ingresados.
LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES La cantidad de asuntos civiles pendientes de resolución ha aumentado su
valor en todas las Secciones civiles, excepto en la octava. La cantidad de asuntos
pendientes se resolvería, a este ritmo de trabajo, en unos ocho meses en la Sección
sexta, en siete meses en la Sección quinta, en cuatro meses en la Sección segunda
y en un mes en la octava.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DESEVILLA. AÑO 2011
Pendientes
al inicio Registrados ResueltosPendientes
al final tasa
resolucióntasa
pendencia tasa de
congestionSECCIÓN 2ª 279 875 840 314 0,96 0,37(4m) 73%
SECCIÓN 5ª 395 1.049 903 541 0,86 0,60(7m) 63%
SECCIÓN 6ª 297 892 709 480 0,79 0,68(8m) 60%
SECCIÓN 8ª 89 768 792 65 1,03 0,08(1m) 92%
TOTAL 1.060 3.584 3.244 1.400 0,91 0,43(5m) 70%
Del total de la carga de trabajo civil las Secciones de la Audiencia Provincial
de Sevilla se ha resuelto el 70% de media, oscilando entre el 60% de la Sección
sexta y el 92% de la Sección octava.
120 MEMORIA 2011
A la vista de estos datos se considera necesario caminar hacia el mejor
rendimiento y eficacia productiva de la jurisdicción civil. En ese sentido parece prudente
que la labor resolutiva de los Magistrados no quede residenciada de forma permanente
e inalterable en un criterio siempre cuantitativo, rígido o de máximos, y atemporal, de
forma que se valoren también otros posibles factores o razones. Así, por ejemplo,
procedimientos repetitivos o de escasa entidad y dificultad, etc., que permiten emplear
fórmulas de reparto entre ponentes que atiendan al tiempo efectivo empleado en la
deliberación y redactado de la resolución, evitando que sean permanentemente
computados como asuntos individuales. Ello permitiría la consiguiente fluctuación
numérica y el dictado de un número global superior de resoluciones en el entorno de la
jurisdicción civil.
0500
1.0001.500
SECCIÓN 2ª SECCIÓN 5ª SECCIÓN 6ª SECCIÓN 8ª
AUSUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. AÑO 2011
Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal
MÓDULO DEL CONSEJO
El Módulo de Entrada del Consejo General del Poder Judicial para las Secciones
exclusivamente civiles de las Audiencias Provinciales está calculado en 300 asuntos por
Magistrado y año. Ninguna de las Secciones civiles de la Audiencia de Sevilla, con tres
Magistrados de plantilla la octava y cuatro Magistrados el resto, supera esa cantidad en
media, por lo que no se considera necesario ampliar la planta judicial.
A. P. SEVILLA (CIVIL)
Ingresos en 2011
Magistrados en 2011
Media de ingresos
por Magistrado
Variación respecto al Módulo
Estimación nuevos
Magistrados necesarios
MÓDULO: 300 ASUNTOS SECCIÓN 2ª 875 4 219 -27,1% SECCIÓN 5ª 1.049 4 262 -12,6% SECCIÓN 6ª 892 4 223 -25,7% SECCIÓN 8ª 768 3 256 -14,7%
MEMORIA 2011 121
2.4 JUZGADOS Un análisis de los datos estadísticos que arrojan los órganos judiciales
unipersonales radicados en el territorio de este Tribunal Superior de Justicia permite
concluir un constante incremento de la tasa de pendencia, de distinta intensidad
según los diferentes órdenes jurisdiccionales y tipos de órganos, tendencia que, de
no lograr invertir, es seguro generará graves consecuencias en este primer peldaño
de la Administración de Justicia.
El apuntado incremento de la pendencia -obsérvese a continuación que es
muy generalizada en los distintos Juzgados la situación de sobrecarga de trabajo
con relación al módulo de entrada de asuntos establecido por el CGPJ- responde a
un desmedido aumento de la litigiosidad en los últimos años, de modo que resulta
muy difícil que el índice de resolución de los asuntos de nuevo ingreso sobrepase el
100% de los mismos, aún cuando normalmente se sitúa próximo a él.
El estado de los órganos judiciales unipersonales radicados en el territorio de
este Tribunal Superior de Justicia es el siguiente:
2.4.1. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA
MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR PARTIDOS JUDICIALES. (1) JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011
Pendientes al
inicio Registrados Resueltos Pendientes al
final ALMERÍA 10.435 10.044 10.048 9.377
CÁDIZ 2.768 3.468 3.698 2.538
ALGECIRAS 3.326 4.374 4.988 2.712
JEREZ FTRA. 4.510 6.641 6.520 4.631
CÓRDOBA 7.366 9.950 10.282 6.863
GRANADA 12.867 17.000 19.533 10.075
HUELVA 4.167 6.498 7.431 2.961
JAÉN 3.695 5.168 5.580 3.283
MÁLAGA 18.027 22.885 25.683 14.594
FUENGIROLA 7.618 5.548 5.479 7.557
MARBELLA 9.540 7.884 8.505 8.877
TORREMOLINOS 5.223 5.721 5.700 5.260
SEVILLA 31.239 31.047 32.002 30.756
TOTAL 120.781 136.228 145.449 109.484 (1) Excluidos los asuntos de Familia y Jurisdicción Voluntaria
122 MEMORIA 2011
Actualmente existen en el ámbito jurisdiccional de este Tribunal Superior de
Justicia 69 Juzgados de Primera Instancia que no tienen competencias en Derecho
de Familia y 42 Juzgados que comparten competencias con Familia. Desde el
pasado junio, con la creación de los Juzgados de Primera Instancia nº 8 de Marbella
y nº 5 de Fuengirola, son 111 los Juzgados de Primera Instancia.
Han tenido medidas de refuerzo los Juzgados de Primera Instancia nº 11 de
Granada y nº 3, 4, 9, 12 y 14 de Málaga.
Los Juzgados de Primera Instancia de Andalucía han ingresado en el año
2011 un total de 136.228 asuntos de jurisdicción contenciosa y resuelto 145.449, por
lo que la cantidad de asuntos contenciosos pendientes de resolución a final de año
es 109.484. Los partidos judiciales de Sevilla, Málaga y Granada son los que más
asuntos han ingresado.
La pendencia de asuntos en los Juzgados de Primera Instancia de Andalucía
ha descendido durante 2011 un 9%, ya que la tasa de resolución, con relación a los
asuntos nuevos ingresados durante dicho año, ha sido superior al 100%; es decir se
han resuelto más asuntos de los ingresados.
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA Ingresos
en 2011 Órganos en 2011
Media de ingresos
por órgano
Variación respecto al Módulo
Estimación nuevas plazas
judiciales MÓDULO: 720 ASUNTOS 31
ALMERÍA 11.792 7 1.685 134,0% 3
CÁDIZ 4.648 5 930 29,1% ALGECIRAS 6.102 4 1.526 111,9% 1 JEREZ FTRA. 8.757 5 1.751 143,3% 2 CÓRDOBA 11.123 8 1.390 93,1% 2 GRANADA 19.022 15 1.268 76,1% 3 HUELVA 8.070 6 1.345 86,8% 1 JAÉN 7.491 5 1.498 108,1% 1 MÁLAGA 25.429 16 1.589 120,7% 6
FUENGIROLA 6.973 5
(a partir de junio de 2011) 1.395 93,7% 1
MARBELLA 9.514 8
(a partir de junio de 2011) 1.189 65,2% 1
TORREMOLINOS 7.195 5 1.439 99,9% 1 SEVILLA 34.779 22 1.581 119,6% 9
MEMORIA 2011 123
El Módulo de Entrada establecido por el Consejo General del Poder Judicial
para los Juzgados de Primera Instancia es de 720 asuntos contenciosos, incluyendo,
a los solos efectos del cálculo de aquel, las ejecuciones hipotecarias y las
ejecuciones de otros títulos no judiciales. En los Juzgados de Primera Instancia que
también tengan competencias en materia de Familia y en materia Mercantil estos
asuntos se sumarán también para el cálculo del citado módulo.
Como llevamos observando en los tres últimos años, es evidente que la
situación en los Juzgados de Primera Instancia de Andalucía ha llegado a un punto
crítico, ya que la litigiosidad ha aumentado de forma alarmante, sobrecargando en
exceso tales Juzgados.
Con los datos de 2011, el Módulo de Entrada del CGPJ (720 asuntos
contenciosos) es superado en todos los partidos judiciales con Juzgados de Primera
Instancia. En concreto en Jerez de la Frontera se supera en un 143%, seguida de
Almería, Málaga, Sevilla, Algeciras y Jaén que superan el 100%.
Dada la compleja situación que atraviesan los órganos de esta clase, debe
plantearse la creación de nuevas plazas de Magistrado de Primera Instancia en
todos los partidos judiciales con este tipo de jurisdicción separada, a excepción de
Cádiz. Es de destacar la amplia necesidad que, en ese sentido, existe en Málaga y
Sevilla, donde es muy grande el déficit de Magistrados para que la carga de trabajo
pueda situarse en parámetros más razonables, aún cuando siga excediendo del
módulo de entrada previsto. Ese déficit puede resultar menos llamativo en cifras
absolutas en el resto de los partidos judiciales, si bien proporcionalmente alcanza
similares dimensiones, ya que, a excepción de Cádiz, Fuengirola y Marbella (en
estos dos últimos partidos se crearon órganos nuevos en 2010), en los demás
partidos judiciales sería necesario aumentar la dotación de Magistrados, al menos,
en un 50%.
No obstante, una propuesta que pueda considerarse viable a corto plazo en
orden a solventar paulatinamente la excesiva carga que soportan estos Juzgados,
partiendo de una ponderación del número de asuntos ingresados en los tres últimos
años, de la consideración del porcentaje de exceso sobre el módulo de entrada
fijado por el Consejo General del Poder Judicial, más un factor de corrección del
20% de ese módulo, que permita adaptarse a la tendencia descendente en cuanto al
124 MEMORIA 2011
ingreso de asuntos que se viene produciendo desde el año 2009, aconseja instar la
creación de un Juzgado más en Algeciras, Jaén, Huelva, Fuengirola, Marbella y
Torremolinos, dos más en Jerez de la Frontera y Córdoba, tres más en Almería y
Granada, seis más en Málaga y nueve más en Sevilla.
Media de ingresos por órgano. Juzgados de Primera Instancia. Año 2011
0
500
1.000
1.500
2.000
ALMERÍA CÁDIZ ALGECIRAS JEREZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA FUENGIR MARBELLA TORREM SEVILLA
Media de ingresos por organo Módulo del CGPJ
2.4.2. JUZGADOS DE FAMILIA En Andalucía contamos con diecisiete Juzgados exclusivos de Familia. En los
partidos donde no hay Juzgados exclusivos, los Juzgados de Primera Instancia
absorben estas competencias. El Juzgado de familia de Almería (1ª Instancia nº 6)
ha contado con una medida de refuerzo.
En 2011 se han ingresado en estos Juzgados 26.547 asuntos y resuelto
25.437, quedando 12.116 pendientes al final del ejercicio, lo que supone un aumento
de la pendencia de un 9,06% respecto al año 2010.
La mayoría de estos asuntos corresponden a divorcios consensuados (24%),
y divorcios no consensuados (18%), seguidos de modificación de medidas no
consensuadas y medidas coetáneas (9% respectivamente) y capacidades (6%).
MEMORIA 2011 125
ASUNTOS DE FAMILIA Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final
Nulidades Matrimoniales 20 33 34 21
Divorcios consensuados 1.055 6.460 6.403 1.102
Divorcios no consensuados 2.890 4.778 4.518 3.105
Separación consensuada 120 543 530 131
Separación no consensuada 170 251 246 175
Separación, disolución o nulidad 17 27 29 15
Medidas Previas 205 561 577 178
Medidas Coetáneas 752 2.432 2.373 816
Medidas posteriores 15 22 31 6
Modificación medidas cons. 152 596 513 238
Modificación medidas no cons. 1.487 2.464 2.170 1.766
J. Ordinarios 22 28 26 23
J. Verbales 326 645 607 358
Capacidades 1.022 1.677 1.700 930
Liquidación reg. Económico 652 825 812 660
Guarda, custodia o alimentos 184 907 857 238
Menores no matrimoniales 1.041 1.917 1.697 1.269
Incidentes 3 10 8 5
Resto incidentes 560 1.797 1.744 624
Otros 416 574 562 456
Total 11.109 26.547 25.437 12.116
El Módulo de Entrada del Consejo General del Poder Judicial para los
Juzgados de Familia es de 1.000 asuntos por año, sin contar jurisdicción voluntaria
ni ejecutorias. Esta cifra es superada en todos los partidos judiciales donde hay este
tipo de Juzgados especializados en familia.
126 MEMORIA 2011
JUZGADOS DE FAMILIA
Ingresos en 2011
Órganos exclusivos
en 2011
Media de ingresos
por órgano
Variación respecto
del Módulo
Estimación nuevas plazas
judiciales
MÓDULO: 1000 ASUNTOS DE FAMILIA
ALMERÍA 1.385 1 1.385 38,5%
JEREZ FRA. 1.295 1 1.295 29,5%
CÓRDOBA 2.725 2 1.363 36,3%
GRANADA 3.304 3 1.101 10,1%
HUELVA 1.470 1 1.470 47,0% Especializar
JAEN 1.143 1 1.143 14,3% Especializar
MÁLAGA 4.500 3 1.500 50,0%
SEVILLA 6.032 5 1.206 20,6%
Media de ingresos por órgano. Juzgados de Familia. Año 2011
0200400600800
1000120014001600
ALMERIA JEREZ FRA. CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAEN MÁLAGA SEVILLA
Media de registros por órgano Módulo del CGPJ
Como se observa en el gráfico anterior, se supera el Módulo de Entrada
establecido por el Consejo como carga de trabajo normal para este tipo de Juzgados
en todas las provincias. De esos datos se desprende la conveniencia de especializar
los Juzgados de Jaén y Huelva, donde se insta la creación de una nueva plaza de
Primera Instancia, sin perjuicio de valorar puntuales medidas de refuerzo en el resto
de partidos judiciales. En Málaga hay que estar pendientes de la evolución del
registro de asuntos para valorar, a corto plazo, la posible ampliación de la planta
judicial.
MEMORIA 2011 127
2.4.3. JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN
A partir del 30 de junio de 2011, con la creación 30 de junio de 2011 del
Juzgado de Instrucción número 8 de Córdoba, contamos con 93 los órganos
judiciales de este tipo en la Comunidad Autónoma Andaluza. Por distintos motivos,
durante el año 2011 han contado con medidas de refuerzo los Juzgados de
Instrucción nº 2 de Almería, nº 2 de Córdoba, nº 1 de Marbella y nº 6 de Sevilla.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR PARTIDOS JUDICIALES. JUZGADOSDE INSTRUCCIÓN DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011
Pendientes al
inicio Registrados Resueltos Pendientes al final Almería 4.219 50.130 49.861 4.366
Cádiz 2.085 13.567 13.886 1.704
Algeciras 4.956 25.404 25.737 3.880
Jerez 4.018 24.857 25.501 3.359
Córdoba 5.259 57.515 58.251 4.598
Granada 4.468 120.580 121.101 3.947
Huelva 4.539 27.546 27.708 4.377
Jaén 1.696 24.319 24.316 1.710
Málaga 7.165 148.926 147.998 8.093
Fuengirola 2.585 29.596 30.014 2.167
Marbella 3.582 36.456 36.996 2.946
Torremolinos 2.154 29.257 29.342 2.541
Sevilla 12.605 193.769 190.657 15.716
Total 59.331 781.922 781.368 59.404
En total los Juzgados de Instrucción bajo jurisdicción de este Tribunal han
ingresado 781.922 asuntos penales, han resuelto 781.368, por lo que la cantidad de
asuntos pendientes a final de año es de 59.404 (22.709 asuntos menos que en el
año 2010), han resuelto 781.368, siendo la cantidad de asuntos pendientes a final de
año es de 59.404, manteniéndose, por tanto, una pendencia similar al año anterior.
128 MEMORIA 2011
JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN Ingresos
en 2011 Órganos en 2011
Media de ingresos por
órgano
Variación respecto
del Módulo
Estimación nuevas plazas
judiciales MÓDULO DE ENTRADA: 6.000 DILIGENCIAS PREVIAS, 700 JUICIOS DE FALTASALMERÍA Diligencias previas 40.337 6 6.723 12% Juicios de faltas 6.226 1.038 48% CÁDIZ Diligencias previas 7.907 4 1.977 -67% Juicios de faltas 4.481 1.120 60% ALGECIRAS Diligencias previas 16.401 4 4.100 -32% Juicios de faltas 5.769 1.442 106% JEREZ DE LA FRA. Diligencias previas 13.472 5 2.694 -55% Juicios de faltas 9.333 1.867 167% CÓRDOBA Diligencias previas 48.943 8 6.118 2% Juicios de faltas 5.429 679 -3% GRANADA 2 Diligencias previas 102.709 9 11.412 90% Juicios de faltas 13.160 1.462 109% HUELVA Diligencias previas 17.339 5 3.468 -42% Juicios de faltas 8.325 1.665 138% JAÉN Diligencias previas 18.442 4 4.611 -23% Juicios de faltas 4.721 1.180 69% MÁLAGA 1 Diligencias previas 123.181 14 8.799 47% Juicios de faltas 15.877 1.134 62% FUENGIROLA Diligencias previas 22.783 4 5.696 -5% Juicios de faltas 4.268 1.067 52% MARBELLA Diligencias previas 30.250 5 6.050 1% Juicios de faltas 3.795 759 8% TORREMOLINOS Diligencias previas 23.274 5 4.655 -22% Juicios de faltas 4.220 844 21% SEVILLA 2 Diligencias previas 159.840 20 7.992 33% Juicios de faltas 25.168 1.258 80%
MEMORIA 2011 129
El Módulo del Consejo General del Poder Judicial para los Juzgados de
Instrucción establece como máximo el ingreso de 6.000 diligencias previas y 700
juicios de faltas por órgano y año. En muchos de los partidos judiciales de
Andalucía, Ceuta y Melilla se ha superado este Módulo de Entrada,
fundamentalmente respecto a los juicios de faltas.
Media de Juicios de Faltas ingresados por órgano. Juzgados de Instrucción. Año 2011
0
500
1.000
1.500
2.000
ALMERÍA CÁDIZ ALGECIRAS J EREZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA J AÉN MÁLAGA FUENGIROLA MARBELLA TORREMOL. S EVILLA
Diligencias Previas ingresadas por órgano Modulo del CGPJ
Media de Diligencias Previas ingresadas por órgano. Juzgados de Instrucción. Año 2011
0
2.000
4.000
6.000
8.000
10.000
12.000
ALMERÍA CÁDIZ ALGECIRAS J EREZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA J AÉN MÁLAGA FUENGIROLA MARBELLA TORREMOL. S EVILLA
Diligencias Previas ingresadas por órgano Modulo del CGPJ
Ponderada la entrada de asuntos en los tres últimos años, teniendo en cuenta
que la acumulación de pendencia se está produciendo en los procedimientos
abreviados y en los juicios de faltas, donde el avance en la tramitación depende en
buena medida de factores externos al órganos judicial (formulación de los escritos
130 MEMORIA 2011
de acusación y defensa, comparecencia de partes y testigos, suspensiones de
señalamientos, etc.), considerando un factor de corrección del 20% sobre el módulo
establecido por el Consejo General del Poder Judicial que permita adaptarse a la
tendencia descendente en cuanto al ingreso de asuntos, se propone la creación de
una nueva plaza judicial en los partidos judiciales de Málaga y dos plazas más en
Granada y Sevilla.
En Almería, Huelva y Jerez de la Frontera (Cádiz) hay que estar pendientes
de la evolución del registro de asuntos para valorar, a corto plazo, la posible
ampliación de la planta judicial.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR MATERIAS. JUZGADOS DEINSTRUCCIÓN DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011
Pendientes al
inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final Diligencias urgentes 55 19.850 19.850 50
Sumarios 221 451 480 195
Diligencias previas 29.431 624.878 625.025 27.972
Procedimientos abreviados 12.001 25.483 24.827 13.069
Juicios de faltas 17.578 110.772 110.694 18.077
Habeas corpus 3 445 448 0
Ley orgánica 5/95 (jurado) 42 43 44 41
TOTAL 59.331 781.922 781.368 59.404
Por materias, el 80% de los asuntos que se ingresaron en los Juzgados de
Instrucción fueron Diligencias Previas, el 14% corresponde a Juicios de Faltas, el 3%
a Procedimientos Abreviados y a Diligencias Urgentes. Se dictaron en estos
juzgados un total de 39.549 sentencias en juicio de faltas, el 45% condenatorias, y
10.988 sentencias en procesos por delito.
2.4.4. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Andalucía, Ceuta y Melilla
son 203 desde el 30 de junio de 2011, que entraron en funcionamiento los Juzgados
de Primera Instancia e Instrucción nº 5 en Ayamonte y en Linares. Han contado con
medidas de refuerzo los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de
MEMORIA 2011 131
Chiclana de la Frontera (Cádiz), nº 3 de Vélez-Málaga (Málaga), nº 2 de Sanlúcar La
Mayor (Sevilla) y nº 1 de Utrera (Sevilla).
MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR ORDEN JURISDICCIONAL. JUZGADOS DEPRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA.AÑO 2011
Pendientes al
inicio Registrados ResueltosPendientes al
final ASUNTOS CIVILES 113.511 117.154 114.639 115.037
Juris. contenciosa 100.757 97.158 96.046 101.201 Procesos de Familia 12.754 19.996 18.593 13.836
ASUNTOS PENALES 90.218 502.727 488.667 96.516 Total 203.729 619.881 603.306 211.553
Estos órganos han ingresado en el último año 619.881 asuntos y resuelto
603.306, por lo que la cantidad de asuntos pendientes de resolución a final de año
es de 211.553, un 3,8% más que en el año 2010.
El Módulo del Consejo vigente para los Juzgados de Primera Instancia e
Instrucción es de 380 asuntos contenciosos en jurisdicción civil y de 2.500 asuntos
penales. Las tablas siguientes muestran la media de carga de trabajo por órgano
judicial y año en cada partido judicial, en una clasificación por provincias.
Ingresos en 2011
Ingresos medios por
juzgado
JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Civil Penal
Juzgados en 2011 Civil Penal
Variación media
respecto al Módulo
Estimación nuevas plazas
judiciales MODULO DE ENTRADA: 380 ASUNTOS CONTENCIOSOS; 2.500 ASUNTOS PENALES ALMERÍA Berja 1.951 5.113 2 1.018 2.470 83,3% 1 El Ejido 3.274 14.381 5 815 2.997 67,2% 1 Huércal-Overa 1.779 6.237 3 599 1.889 16,6% Purchena 883 1.794 1 877 1.465 44,7% Roquetas de Mar 4.281 12.823 5 1.070 2.602 92,8% 2 Vélez-Rubio 240 915 1 246 913 -49,4% Vera 3.274 6.485 3 1.025 2.354 81,9% 1
Actualmente la provincia de Almería cuenta con 20 Juzgados de Primera
Instancia e Instrucción. Es notoria la sobrecarga de asuntos de nuevo ingreso que
132 MEMORIA 2011
soportan los Juzgados de Berja, El Ejido, Roquetas de Mar y Vera, partidos
judiciales en los que debería incrementarse la dotación de plazas judiciales en una
más en cada uno de ellos, a excepción de Roquetas de Mar, donde el aumento
debiera ser de dos plazas.
Ingresos en 2011
Ingresos medios por
juzgado
JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Civil Penal
Juzgados en 2011 Civil Penal
Variación media
respecto al Módulo
Estimación nuevas plazas
judiciales MODULO DE ENTRADA: 380 ASUNTOS CONTENCIOSOS; 2.500 ASUNTOS PENALES CÁDIZ Arcos de la Frontera 1.819 7.803 3 606 2.601 31,8% Barbate 766 6.235 2 383 3.118 12,7% Chiclana de la Frontera 3.369 15.919 5 674 3.184 52,3% 1 El Puerto de Santa María 3.329 12.297 5 666 2.459 36,8% La Línea de la Concepción 1.764 12.094 4 441 3.024 18,5% Puerto Real 1.138 4.204 2 569 2.102 16,9% Rota 770 2.902 2 385 1.451 -20,3% San Fernando 1.874 9.402 3 625 3.134 44,9% 1 San Roque 1.629 5.213 2 815 2.607 59,3% 1 Sanlúcar de Barrameda 2.723 9.177 4 681 2.294 35,5% Ubrique 568 1.598 1 568 1.598 6,7%
En la provincia de Cádiz, los Juzgados de Chiclana de la Frontera, San
Fernando y San Roque superaron el Módulo de Entrada del Consejo por encima del
50% y desde hace años viene detectándose la necesidad de un aumento de las
plazas judiciales en dichos partidos. Por lo tanto, se considera prioritaria la creación
de una plaza judicial más en Chiclana de la Frontera, San Fernando y San Roque, si
bien en El Puerto de Santa María habrá que estar pendiente de la evolución de la
litigiosidad para valorar, a corto plazo, la posible ampliación de la planta judicial.
En el partido judicial de Chiclana de la Frontera se aconseja, además, elevar
las plazas judiciales a la categoría de Magistrado, ya que las características
poblaciones y de litigiosidad de dicho partido en nada desmerecen a otras
localidades con categoría judicial de Magistrado.
MEMORIA 2011 133
La planta actual de Juzgados de Primera Instancia e Instrucción en la
provincia de Córdoba es de 21. Prácticamente todos ellos se sitúan dentro de los
parámetros del módulo de entrada fijado por el Consejo General del Poder Judicial
para asuntos penales, si bien, por el contrario, también todos ellos, a excepción de
Cabra, Peñarroya-Pueblonuevo y Pozoblanco, superan el módulo de entrada en
asuntos civiles.
No obstante, una ponderación de la carga soportada en los tres últimos años
arroja una correcta dotación de plazas judiciales en los órganos de Primera Instancia
e Instrucción en la provincia de Córdoba.
Ingresos en 2011
Ingresos medios por
Juzgado JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Civil Penal
Juzgados en 2011 Civil Penal
Variación media
respecto al Módulo
Estimación nuevas plazas
judicialesMODULO DE ENTRADA: 380 ASUNTOS CONTENCIOSOS; 2.500 ASUNTOSPENALES CORDOBA Aguilar de la Frontera 479 1.514 1 479 1.514 -6,7% Baena 552 2.065 1 552 2.065 13,9% Cabra 591 3.179 2 296 1.590 -29,3% Lucena 2.046 6.043 3 682 2.014 30,0% Montilla 1.126 4.232 2 563 2.116 16,4% Montoro 1.066 3.205 2 533 1.603 2,2% Peñarroya-Pueblonuevo 642 3.306 2 321 1.653 -24,7% Posadas 1.593 6.574 3 531 2.191 13,7% Pozoblanco 649 2.937 2 325 1.469 -27,9% Priego de Córdoba 509 1.611 1 509 1.611 -0,8% Puente Genil 1.044 3.785 2 522 1.893 6,5%
La provincia de Granada cuenta con 19 Juzgados de Primera Instancia e
Instrucción. En 2011 los juzgados de Santa Fe y Loja superaron en más del 40% el
Módulo de Entrada en media. Sin embargo, un cálculo ponderado de la carga de
trabajo durante el período 2009-2011 pone de manifiesto únicamente la necesidad
de aumentar las plazas judiciales del partido judicial de Santa Fe, ya que viene
manteniendo durante varios años una carga excesiva de asuntos de nuevo ingreso.
Sería, por tanto, prioritario aumentar en una más la dotación de plazas judiciales en
dicho partido.
134 MEMORIA 2011
Ingresos en 2011
Ingresos medios por
Juzgado JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Civil Penal
Juzgados en 2011 Civil Penal
Variación media
respecto al Módulo
Estimación nuevas plazas
judicialesMODULO DE ENTRADA: 380 ASUNTOS CONTENCIOSOS; 2.500 ASUNTOSPENALES GRANADA Almuñécar 1.129 5.304 2 565 2.652 27,3% Baza 892 4.146 2 446 2.073 0,1% Guadix 947 5.162 2 474 2.581 13,9% Huéscar 253 1.033 1 253 1.033 -46,1% Loja 1.198 6.106 2 599 3.053 39,9% Motril 3.090 10.875 5 618 2.175 24,8% Órgiva 390 3.073 2 195 1.537 -43,6% Santa Fe 2.737 7.707 3 912 2.569 71,4% 1
Ingresos en 2011
Ingresos medios por
Juzgado JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Civil Penal
Juzgados en 2011 Civil Penal
Variación media
respecto al Módulo
Estimación nuevas plazas
judicialesMODULO DE ENTRADA: 380 ASUNTOS CONTENCIOSOS; 2.500 ASUNTOSPENALES HUELVA Aracena 783 2.598 2 392 1.299 -22,5% Ayamonte 3.156 15.772 5 631 3.154 46,1% 1 La Palma del Condado 1.648 10.018 3 549 3.339 39,1% Moguer 1.191 5.427 2 596 2.714 32,6% Valverde del Camino 859 3.561 2 430 1.781 -7,9%
En la provincia de Huelva, con los datos de 2011, los módulos de entrada se
superan en media por encima del 30% en los partidos judiciales de Ayamonte,
Moguer y La Palma del Condado. El número de plazas judiciales debe aumentarse
en una más en el partido judicial de Ayamonte, de acuerdo con el criterio de
ponderación de entrada de asuntos 2009-2011, que venimos utilizando, sin perjuicio
de estar pendientes a corto plazo sobre un posible incremento de la dotación de
plazas judiciales en La Palma del Condado, a la vista de la ponderación de la carga
de trabajo durante los últimos tres años.
MEMORIA 2011 135
Ingresos en 2011
Ingresos medios por
Juzgado
JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Civil Penal
Juzgados en 2011 Civil Penal
Variación media
respecto al Módulo
Estimación nuevas plazas
judicialesMODULO DE ENTRADA: 380 ASUNTOS CONTENCIOSOS; 2.500 ASUNTOS PENALES JAEN Alcalá la Real 770 3.418 2 385 1.709 -15,2% Andújar 1.700 8.494 3 567 2.831 31,2% Baeza 559 2.160 1 559 2.160 16,8% Cazorla 725 1.964 2 363 982 -32,7% La Carolina 1.034 4.507 2 517 2.254 13,1% Linares 2.604 16.216 5 521 3.243 33,4% Martos 1.197 3.883 2 599 1.942 17,6% Úbeda 1.598 6.164 3 533 2.055 11,2% Villacarrillo 1.016 3.320 2 508 1.660 0,0%
La provincia de Jaén cuenta con 22 Juzgados de Primera Instancia e
Instrucción, desde el 30 de junio de 2011, con la creación del quinto Juzgado en
Linares. No resulta necesario el aumento de plazas judiciales en esta provincia,
teniendo en cuenta la media de entrada de asuntos en los tres últimos años.
Ingresos en 2011
Ingresos medios por
Juzgado JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Civil Penal
Juzgados en 2011 Civil Penal
Variación media
respecto al Módulo
Estimación nuevas plazas
judicialesMODULO DE ENTRADA: 380 ASUNTOS CONTENCIOSOS; 2.500 ASUNTOSPENALES MALAGA Antequera 2.239 7.878 3 746 2.626 50,7% Archidona 459 1.927 1 459 1.927 -1,1% Coín 1.268 7.899 3 423 2.633 8,3% Estepona 4.279 15.295 5 856 3.059 73,8% 2 Ronda 1.314 6.651 3 438 2.217 2,0% Torrox 1.373 6.084 2 687 3.042 51,2% Vélez-Málaga 3.030 21.955 5 606 4.391 67,6% 2
Respecto a la provincia de Málaga, hay actualmente un total de 22 Juzgados
de Primera Instancia e Instrucción. El Módulo de Entrada establecido por el Consejo
General del Poder Judicial, actualmente vigente, se ha superado en los últimos seis
años una media superior al 60% en los partidos judiciales de Estepona y Vélez-
136 MEMORIA 2011
Málaga, por lo que sería necesaria la creación de dos nuevas plazas judiciales, una
de ellas de forma inmediata. También habrá que estar pendientes a corto plazo
sobre un posible incremento de la dotación de plazas judiciales en Antequera y
Torrox, a la vista de la ponderación de la carga de trabajo durante los últimos tres
años.
Por otro lado, en el partido judicial de Estepona parece conveniente, además,
elevar las plazas judiciales a la categoría de Magistrado, ya que las características
poblaciones y de litigiosidad de dicho partido en nada desmerecen a otras
localidades del entorno cercano con categoría judicial de Magistrado.
Ingresos en 2011
Ingresos medios por
Juzgado JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Civil Penal
Juzgados en 2011 Civil Penal
Variación media
respecto al Módulo
Estimación nuevas plazas
judicialesMODULO DE ENTRADA: 380 ASUNTOS CONTENCIOSOS; 2.500 ASUNTOSPENALES SEVILLA Alcalá de Guadaira 2.708 10.484 4 677 2.621 41,5% 1 Carmona 1.648 7.200 3 549 2.400 20,3% Cazalla de la Sierra 401 1.652 1 401 1.652 -14,2% Coria del Río 1.778 6.588 3 593 2.196 21,9% Dos Hermanas 4.410 25.739 7 630 3.677 56,4% 2 Écija 1.459 3.901 2 730 1.951 35,0% Estepa 846 2.989 2 423 1.495 -14,5% Lebrija 1.499 3.544 2 750 1.772 34,1% Lora del Río 1.799 9.120 3 600 3.040 39,7% Marchena 818 3.888 2 409 1.944 -7,3% Morón de la Frontera 720 5.324 2 360 2.662 0,6% Osuna 602 2.895 2 301 1.448 -31,4% Sanlúcar la Mayor 3.277 11.602 4 819 2.901 65,8% 1 Utrera 2.284 9.644 4 571 2.411 23,4%
En la provincia de Sevilla han superado el Módulo de Entrada en más del 40%
los partidos judiciales de Alcalá de Guadaira, Dos Hermanas y Sanlúcar la Mayor.
Los datos que arrojan los tres últimos años también ponen de manifiesto la
sobrecarga de entrada de asuntos en esos partidos judiciales. En consecuencia,
sería necesaria una plaza más en Alcalá de Guadaira y Sanlúcar la Mayor, y dos
plazas en Dos Hermanas.
MEMORIA 2011 137
Ingresos en 2011
Ingresos medios por
Juzgado JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Civil Penal
Juzgados en 2011 Civil Penal
Variación media
respecto al Módulo
Estimación nuevas plazas
judicialesMODULO DE ENTRADA: 380 ASUNTOS CONTENCIOSOS; 2.500 ASUNTOS PENALES CEUTA 1.842 12.125 6 307 2.021 -19,2% MELILLA 1.897 14.392 5 379 2.878 7,5%
Como revela la gráfica, sólo los Juzgados mixtos de Melilla superan el Módulo
de Entrada establecido por el Consejo General del Poder Judicial, pero no en un
porcentaje significativo.
2.4.5. JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER Bajo jurisdicción de este Tribunal Superior de Justicia ya existen 18 Juzgados
de Violencia sobre la Mujer exclusivos. En los partidos judiciales donde no existe
Juzgado exclusivo el de Primera Instancia e Instrucción o un Juzgado de Instrucción
tiene asignadas competencias en esta materia.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS. JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJERDE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011
Pendientes al
inicio Registrados ResueltosPendientes al
final
Asuntos Civiles 2.301 4.253 4.214 2.296
Asuntos Penales 8.741 42.604 42.253 8.593
TOTAL 11.042 46.857 46.467 10.889
Estos Juzgados de Andalucía, Ceuta y Melilla han ingresado en 2011 un total
de 46.857 asuntos y han resuelto 46.467, así que la pendencia a final de año es de
10.889 asuntos.
Por provincias la actividad penal se muestra en la tabla siguiente.
138 MEMORIA 2011
ASUNTOS PENALES POR PROVINCIA. JUZGADOS DE VIOLENCIASOBRE LA MUJER DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011
Pendientes
al inicio Registrados ResueltosPendientes
al final ALMERÍA 617 3.796 3.899 504 CÁDIZ 1.392 5.537 5.278 1.525 CÓRDOBA 314 2.866 2.804 376 GRANADA 601 3.819 3.970 463 HUELVA 556 2.184 2.090 645 JAÉN 530 2.012 1.966 555 MÁLAGA 1.557 10.897 10.707 1.477 SEVILLA 3.174 11.493 11.539 3.048 8.741 42.604 42.253 8.593
Como ya se indicó en Memorias anteriores, dada la escasa entrada de
asuntos que han tenido algunos órganos de esta clase, se estima conveniente que
los Juzgados de Violencia sobre la Mujer tengan un ámbito competencial que
comprenda varios partidos judiciales. De esta manera, se potenciaría una mayor
especialización y se liberaría a buena parte de esa carga competencial a los
Juzgados Mixtos que ahora asumen el conocimiento de estos asuntos.
2.4.6. JUZGADOS DE LO MERCANTIL Bajo jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y
Melilla, hay actualmente 12 Juzgados de lo Mercantil, 8 de ellos con competencias
exclusivas en esta materia: uno en los partidos judiciales de Almería, Cádiz,
Córdoba, Granada y dos en los de Málaga y Sevilla.
Durante el año 2011 todos los Juzgados de lo Mercantil han estado con
medidas de refuerzo: Así, el de Cádiz, el número Uno de Málaga y número Dos de
Sevilla, cuentan, respectivamente, con la adscripción como refuerzo de un Juez de
Adscripción Territorial de los destinados en dichas provincias. Asimismo, los
Juzgados de lo Mercantil número Uno de Sevilla y Dos de Málaga han contado con
la adscripción permanente de un Juez sustituto. Por su parte, en el Juzgado de lo
Mercantil de Córdoba el refuerzo ha consistido en la adscripción de un Juez titular
mediante comisión de servicio, sin relevación de funciones. Durante este año 2011
se ha tramitado la aprobación de una medida de refuerzo para el Juzgado de lo
Mercantil de Huelva, consistente en la adscripción de un Juez titular en comisión de
MEMORIA 2011 139
servicio con relevación de funciones y que ha tenido efectividad en el mes de enero
de 2012.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR MATERIAS. JUZGADOS DE LOMERCANTIL DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. 2011
Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final Concurso de acreedores 1.667 965 356 2.338 Incidente concursal 3.787 4.319 4.192 3.750 Asuntos en materia concursal 96 354 156 294 Asuntos en materia civil 4.053 2.815 2.594 4.274 Asuntos en materia laboral 32 125 117 38
TOTAL 9.635 8.578 7.415 10.694
MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR PARTIDOS JUDICIALES.JUZGADOS DE LO MERCANTIL DE ANDALUCÍA, CEUTA YMELILLA. 2011
Pendientes
al inicio Registrados ResueltosPendientes
al final Almería 464 468 308 625 Cádiz 938 981 806 1.124 Ceuta 16 13 9 20 Córdoba 713 859 520 1.053 Granada 1.299 781 822 1.100 Huelva 302 713 335 680 Jaén 349 585 482 452 Málaga 3.572 1.950 1.975 3.547 Melilla 9 11 11 13 Sevilla 1.973 2.217 2.147 2.080
TOTAL 9.635 8.578 7.415 10.694 Los datos de la tabla anterior muestran la actividad desarrollada por partido
judicial en cada uno de estos Juzgados.
140 MEMORIA 2011
ASUNTOS INGRESADOS EN LOS JUZGADOS DE LO MERCANTIL
DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011
468981
859
781
1.950
2.217
713
11
13
585
AlmeríaCádizCeutaCórdobaGranadaHuelvaJaénMálagaMelillaSevilla
Como se puede apreciar en el gráfico anterior la mayor actividad se ha
presentado en Sevilla y Málaga.
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial de fecha 8 de febrero de
2006 aprobó los Módulos de Entrada para los Juzgados de lo Mercantil, cuyo valor
alcanza los 350 asuntos por año, límite que se considera aceptable dentro de la
carga de trabajo normal de este tipo de Juzgados. La siguiente tabla resume la
actividad desarrollada en 2011 en base al referido módulo.
JUZGADOS DE LOMERCANTIL
Asuntos ingresados
Juzgados exclusivos
Ingresos por órgano
exclusivo Var. resp. módulo
Estimación nuevas plazas judiciales
MÓDULO: 350 ASUNTOS 9 Almería 468 1 468 33,7% Cádiz 981 1 981 180,3% 1 Ceuta 13 -96,3% Córdoba 859 1 859 145,4% 1 Granada 781 1 781 123,1% 1 Huelva 713 103,7% 1 Jaén 585 67,1% 1 Málaga 1.950 2 975 178,6% 2 Melilla 11 -96,9% Sevilla 2.217 2 1108,5 216,7% 2
MEMORIA 2011 141
Teniendo en cuenta que los partidos judiciales de Almería, Cádiz, Córdoba,
Granada, Málaga y Sevilla cuentan con Juzgados exclusivos, en base a los datos del
año 2011 resumidos en el gráfico anterior y una ponderación de la media de ingreso
de asuntos en los últimos tres años, se plantea la necesidad de crear un Juzgado de
lo Mercantil exclusivo en Jaén y Huelva, así como la ampliación de las plazas
judiciales en una más en Cádiz, Córdoba y Granada, dos en Málaga y Sevilla,
respectivamente, donde se lleva ingresando un porcentaje de carga de trabajo muy
superior a lo razonable. Mientras esto no suceda, desde esta Sala de Gobierno
deberá atenderse las necesidades de los Juzgados de lo Mercantil con medidas de
refuerzo permanentes.
2.4.7. JUZGADOS DE LO PENAL A finales de 2010 comenzaron su actividad los Juzgados de lo Penal nº 14 de
Málaga y nº 15 de Sevilla, mientras que el día 30 de junio de 2011 lo hizo el Juzgado
de lo Penal nº 2 de Motril, por lo que en la actualidad hay 71 Juzgados de lo Penal
bajo jurisdicción de este Tribunal.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR PARTIDO JUDICIAL.JUZGADOS DE LO PENAL DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. 2011
Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final Almería 1.542 3.316 3.343 1.515
Cádiz 1.293 2.580 2.427 1.426
Algeciras 339 1.912 1.855 396
Jerez Fr. 1.187 2.036 1.367 1.856
Ceuta 103 1.019 872 250
Córdoba 937 2.790 2.673 1.223
Granada 1.740 3.499 3.210 2.029
Motril 812 749 858 703
Huelva 557 1.837 2.109 693
Jaén 2.380 2.191 2.096 2.492
Málaga 7.219 8.726 8.850 7.095
Melilla 178 994 810 360
Sevilla 7.839 8.288 7.694 8.457
Total 26.126 39.937 38.164 28.495
142 MEMORIA 2011
Estos Juzgados de lo Penal en el último año han ingresado 39.937 asuntos y
resuelto 38.164 asuntos. Por otra parte, se han dictado un total de 34.604 sentencias
(el 73% condenatorias) y 2.123 autos finales.
Del total de ingresos un 30% corresponde a juicios rápidos. Se han ingresado
1.265 asuntos en materia de violencia doméstica y 6.776 asuntos de violencia sobre
la mujer, lo que supone el 20% del total de asuntos que se registran.
La pendencia a final de año ha llegado a los 28.495 asuntos. Además, hay en
los Juzgados de lo Penal un total de 63.701 ejecutorias en trámite, cifra alarmante y
que choca con el doble objetivo de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado.
JUZGADOS DE LO PENAL
Ingresos en 2011
Órganos en 2011
Ingresos por
órgano
Variación respecto al
Módulo
Estimación nuevas plazas
judiciales MÓDULO: 450 ASUNTOS 3 ALMERÍA 3.316 5 663 47% 1 CÁDIZ 2.580 5 516 15% ALGECIRAS 1.912 4 478 6% JEREZ FTRA. 2.036 3 679 51% CEUTA 1.019 2 510 13% CÓRDOBA 2.790 5 558 24% GRANADA 3.499 6 583 30% 1
MOTRIL 749 2
(desde junio de 2011) 499 11%
HUELVA 1.837 4 459 2% JAÉN 2.191 4 548 22% MÁLAGA 8.726 14 623 39% 1 MELILLA 994 2 497 10% SEVILLA 8.288 15 553 23% * 20% SOBRE MÓDULO. * MEDIA PONDERADA 2009-2011. * PROPUESTA DE ESTIMACIÓN DE NUEVAS PLAZAS.
El Módulo de Entrada del Consejo General del Poder Judicial para los
Juzgados de lo Penal es de 450 asuntos, que en el pasado año se superó en todos
los partidos judiciales, lo que exige el aumento de plantilla en los más significativos.
Los datos que ofrece el período 2009-2011 ponen de manifiesto la necesidad
de aumentar en una las plazas judiciales en Almería, Granada y Málaga, conclusión
a la que se llega considerando los asuntos ingresados en 2011 en relación con la
media ponderada durante los tres últimos años. También habrá que estar pendientes
MEMORIA 2011 143
a corto plazo sobre un posible incremento de la dotación de plazas judiciales en
Jerez de la Frontera (Cádiz).
En realidad, el mayor problema que presentan los Juzgados de lo Penal es la
enorme pendencia de ejecutorias, cuya solución pasaría, en buena medida, por una
implantación generalizada de Servicios Comunes de Ejecutorias Penales.
Media de ingresos por órgano. Juzgados de lo Penal. Año 2011
0
100
200
300
400
500
600
700
800
900
Almería Cádiz AlgecirasJerez Fr. Ceuta Córdoba Granada Motril Huelva Jaén Málaga Melilla Sevilla
Media de Registros por órgano Módulo del CGPJ
2.4.8. JUZGADOS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Bajo jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y
Melilla existen 52 Juzgados de lo Contencioso-Administrativo. En el conjunto de
estos Juzgados se ingresaron en el año 2011 un total de 44.180 asuntos (1580
asuntos más que en el año 2010), se resolvieron 45.516 asuntos (2740 asuntos más
que en el año 2010), por lo que la cantidad de asuntos pendientes a final de año
asciende a 50.547, experimentando un descenso del 1,52%. Durante el año 2011, han contado con medidas de refuerzo los Juzgados de
lo Contencioso-administrativo nº 1 de Algeciras; nº 2 de Almería; nº 1, 2 y 3 de Cádiz
nº, 1, 2, 3, 4 y 5 de Granada; nº 2 de Huelva; nº 1, 2, 3 y 4 de Málaga; y nº 1, 2, 3, 4,
5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12 de Sevilla. Como se desprende de los datos que figuran en la tabla siguiente, la
efectividad de las medidas de refuerzo ha sido notable en los Juzgados de Algeciras
144 MEMORIA 2011
y Granada, en los que ha descendido significativamente la pendencia de asuntos. En
los Juzgados de Huelva y Sevilla ha servido para invertir la tendencia creciente del
número de asuntos pendientes, disminuyendo ligeramente la cifra total a final del
año, en tanto que en los Juzgados de Almería, Cádiz y Málaga, la pendencia ha
seguido aumentando pese a los refuerzos establecidos.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR PARTIDO JUDICIAL. JUZGADOS DE LOCONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA.AÑO 2011
Pendientes al
inicio Registrados ResueltosPendientes
al final Almería 3.971 3.734 3.348 4.357
Cádiz 4.981 4.004 3.220 5.765
Algeciras 1.912 1.083 1.596 1.399
Jerez de la Frontera 1.049 1.226 1.168 1.107
Ceuta 258 794 809 243
Córdoba 3.066 3.510 3.565 3.011
Granada 6.544 4.961 6.558 4.947
Huelva 3.722 3.305 3.379 3.635
Jaén 1.543 2.904 2.425 2.022
Málaga 9.046 6.670 6.875 9.447
Melilla 970 1.188 1.705 419
Sevilla 14.262 10.801 10.868 14.195
Total 51.324 44.180 45.516 50.547
En el gráfico siguiente se puede apreciar la evolución de la actividad de los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en los últimos años. La línea discontinua
indica el Módulo de Entrada del Consejo General del Poder Judicial, calculada en
relación con la planta judicial de cada año. Se observa que desde 2006 la cantidad
de asuntos ingresados ha estado siempre por encima del referido módulo. Los
Juzgados han respondido con efectividad y, con todo, no ha sido posible detener el
crecimiento de la cantidad de asuntos pendientes a final de año, que en los tres
últimos años ha superado el techo de los 50.000 asuntos en toda Andalucía, Ceuta y
Melilla.
Sin perjuicio de lo expuesto, para una mayor eficacia de la jurisdicción
contencioso-administrativa ante las bolsas de asuntos pendientes, conviene recordar
las Conclusiones-Propuestas del Pleno del CGPJ, en su sesión del pasado 26 de
MEMORIA 2011 145
enero de 2012, con mayor incidencia o afectación en unos u otros Juzgados. En este
sentido, el CGPJ se hace eco de la excesiva e inadmisible demora en cuanto a la
fecha en que se remontan determinados señalamientos o se produce la resolución
de asuntos en la jurisdicción contencioso administrativa, insistiendo en la prioridad
de atajar la actual situación mediante la progresiva utilización de los instrumentos
legales previstos por la Ley 29/1998 para facilitar la fluidez del trámite en los
supuestos de identidad entre pretensiones o de concurrencia de reclamaciones en
masa, tales como las acumulaciones de procedimientos, ya sea de oficio o a
instancia de parte, el pleito-testigo, la extensión de efectos, la formulación de
demandas y recursos colectivos o, en fin, la posibilidad procesal de inadmitir “a
limine litis” cuando se hubieren desestimado en el fondo otros procedimientos
sustancialmente iguales (arts. 37, 38 y 51.2 de la LJCA), figura que debe potenciarse
para evitar bolsas innecesarias de asuntos pendientes y trabajo improductivo o
carente de sentido en la oficina.
Asimismo, se consta la existencia de escasos órganos unipersonales en los
que existan normas de reparto especializadas por materias, cuya experiencia en
ciertas capitales ofrece resultados razonablemente aceptables por el momento.
En definitiva, se considera necesario caminar hacia el mejor rendimiento y
eficacia productiva, de forma que se valoren también otros posibles factores o
razones (p. ej., procedimientos repetitivos o de escasa entidad y dificultad, etc.), que
permiten la consiguiente fluctuación numérica y el dictado de un número global
superior de resoluciones en el entorno de la jurisdicción contencioso administrativa.
JUZGADOS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA.
SERIES TEMPORALES 2006-2011
010.000
20.00030.000
40.00050.000
60.000
2006 2007 2008 2009 2010 2011
Registrados ResueltosPendientes al f inal Módulo CGPJ
146 MEMORIA 2011
Por lo mismo, ante la actual bolsa de pendencia y antigüedad de los asuntos,
es razonable que se establezcan unos criterios de señalamientos preferentes sobre
cuestiones más sensibles y con mayor repercusión o incidencia (p. ej.,
expropiaciones, impuestos, etc.), sin perjuicio, claro está, de continuar con los
Planes de Refuerzo como medida efectiva y puntual que permita ir normalizando los
Juzgados de lo Contencioso Administrativo de este Tribunal Superior y reducir la
cantidad de asuntos pendientes.
La cantidad de asuntos ingresados, que en 2007 y 2008 había ido
disminuyendo paulatinamente, en los tres últimos años ha experimentado un
aumento por encima de los 40.000 asuntos ingresados, alcanzando su valor máximo
desde que se crearon los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
Por materias, en el año 2011 la mayor proporción de ingresos correspondió a
procesos relativos a Función Pública (el 35%), a Extranjería (el 16%) y a Sanciones
Administrativas (el 15%). Según la procedencia del acto o resolución impugnada, el
29% de los asuntos registrados en el año 2011 provenía de entidades locales y el
39% de la Comunidad Autónoma. Además se han dictado en total 27.503 sentencias
(el 42% desestimando la demanda) y 21.493 autos (el 35% en piezas de medidas
cautelares).
MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR MATERIAS. JUZGADOS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011
MATERIAS Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes al
final Urbanismo y ordenación territorio 3.298 1.685 2.193 2.806 Expropiación forzosa 117 49 56 106 Contratos administrativos 2.361 2.494 1.620 3.213 Dom. público y prop. Especiales 259 340 194 404 Administración tributaria 1.903 1.483 1.505 1.821 Medio ambiente 285 192 212 265 Función pública 17.853 15.623 17.041 16.553 Administración laboral y seg. social 1.514 968 846 1.551 Extranjería 4.659 6.956 7.573 4.126 Act. administrativa sancionadora 8.526 6.545 6.233 8.861 Electoral 1 69 68 2 Autoriz. entradas en domicilio 167 588 572 171 Responsabilidad patrimonial 4.808 3.518 3.152 5.151 Disciplina deportiva materia dopaje 18 16 16 1 Otras 5.555 3.654 4.235 5.516 TOTAL 51.324 44.180 45.516 50.547
MEMORIA 2011 147
El Consejo General del Poder Judicial ha tasado el Módulo de Entrada de
asuntos para los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en 600 ingresos al año.
JUZGADOS DE LO CONTEN.-ADMINIST.
Ingresos en 2011 Órganos
Media de ingresos
por órgano
Variación respecto al Módulo
Estimación nuevas plazas
judiciales MODULO: 600 ASUNTOS 10 ALMERÍA 3.734 3 1.245 107,4% 2 CÁDIZ 4.004 4 1.001 66,8% 1 ALGECIRAS 1.083 2 542 -9,8% JEREZ DE LA FRONTERA 1.226 1 1.226 104,3% 1 CEUTA 794 2 397 -33,8% CÓRDOBA 3.510 5 702 17,0% GRANADA 4.961 5 992 65,4% 1 HUELVA 3.305 3 1.102 83,6% 1 JAÉN 2.904 3 968 61,3% 1 MÁLAGA 6.670 7 953 58,8% 2 MELILLA 1.188 3 396 -34,0% SEVILLA 10.801 14 772 28,6% 1
Después del aumento de las competencias en este tipo de órganos en el año
2004 en casi todos los partidos judiciales la carga de trabajo ha estado siempre por
encima del Módulo de Entrada establecido por el Consejo General del Poder
Judicial. En el último año el Juzgado de Almería y Jerez de la Frontera han
ingresado más del doble de esta cantidad y por encima del 50% han registrado los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz, Granada, Huelva, Jaén y
Málaga. Teniendo en cuenta la tendencia que reflejan los datos estadísticos de los
últimos cinco años, referentes al número de asuntos que anualmente ingresan estos
Juzgados, las cifras de pendencia anuales que, con mínimos descensos,
prácticamente permanecen invariables, y la carga de trabajo que soportan los
distintos órganos unipersonales de este orden jurisdiccional, se estima necesaria la
creación de dos plazas judiciales más en Almería y Málaga, y una más en Cádiz,
Jerez de la Frontera, Granada, Huelva, Jaén y Sevilla.
Por el contrario, debería prescindirse de uno de los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo en las dos Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla,
como ya se apuntaba en la Memoria del año 2010, sin perjuicio de su reconversión
148 MEMORIA 2011
en Juzgados de Primera Instancia e Instrucción para, seguidamente, proceder a la
división de jurisdicciones en ambas ciudades.
Media de ingresos por órgano. Juzgados de lo contencioso-Administrativo. Año 2011
0
200
400
600
800
1.000
1.200
1.400
ALM ERÍA CÁDIZ ALGECIRAS JEREZ DELA
FRONTERA
CEUTA CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN M ÁLAGA M ELILLA SEVILLA
Registros por Organo (media) Módulo del CGPJ
2.4.9. JUZGADOS DE LO SOCIAL Bajo jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y
Melilla hay 56 Juzgados de lo Social. Durante el año 2011 han contado con una
medida de refuerzo los Juzgados de lo Social nº 1 y 2 de Jerez de la Frontera y el
Juzgado de lo Social nº 1 de Sevilla.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR PARTIDO JUDICIAL. JUZGADOS DELO SOCIAL DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011
Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes al
final Almería 4.885 5.606 4.285 6.206 Cádiz 1.419 3.139 2.656 1.902 Algeciras 1.920 1.393 1.505 1.497 Jerez Frontera 4.166 3.351 2.822 4.523 Ceuta 408 645 622 431 Córdoba 1.600 6.157 5.936 1.821 Granada 5.139 8.132 8.318 4.953 Motril 734 1.017 901 850 Huelva 1.990 4.032 3.295 2.727 Jaén 1.166 3.550 3.119 1.597 Málaga 11.397 14.797 14.939 11.462 Melilla 304 627 418 496 Sevilla 9.993 16.128 12.500 13.589 Total 45.121 68.574 61.316 52.054
MEMORIA 2011 149
En el pasado año estos Juzgados ingresaron 68.574 asuntos (1.749 asuntos
más que en el año 2010) y resuelto 61.316 asuntos (1.036 asuntos menos que en el
año 2010), quedando pendientes a final de año 52.054 asuntos (6.933 asuntos más
que en el año 2010), lo que supone un incremento de la pendencia en un 15,36%.
La forma en la que terminaron los asuntos resueltos son en un 55% por
sentencia, en un 14% por conciliación y en un 21% por desistimiento. Se han dictado
un total de 29.418 sentencias (66% estimando la demanda) y 881 autos. Además, se
han devuelto 8.858 recursos de suplicación, el 76% confirmando la sentencia, el
16% revocándola totalmente, el 6% revocándola parcialmente y el 2% restante
anulándola.
JUZGADOS DE LO SOCIAL
Ingresos en 2011 Órganos
Media de ingresos
por órgano
Variación respecto al Módulo
Estimación
nuevas plazas
judiciales
MÓDULO: 850 ASUNTOS 9 Almería 5.606 4 1.402 64,9% 1 Cádiz 3.139 3 1.046 23,1% Algeciras 1.393 1 1.393 63,9% 1 Jerez de la Fr. 3.351 3 1.117 31,4% Ceuta 645 1 645 -24,1% Córdoba 6.157 4 1.539 81,1% 2 Granada 8.132 7 1.162 36,7% 1 Motril 1.017 1 1.017 19,6% Huelva 4.032 3 1.344 58,1% 1 Jaén 3.550 4 888 4,4% Málaga 14.797 13 1.138 33,9% 1 Melilla 627 1 627 -26,2% Sevilla 16.128 11 1.466 72,5% 2
150 MEMORIA 2011
Media de ingresos por órgano. Juzgados de lo Social. Año 2011
0
200
400
600
800
1.000
1.200
1.400
1.600
1.800
Almería Cádiz Algeciras Jerez dela Fr.
Ceuta Córdoba Granada M otril Huelva Jaén M álaga M elilla Sevilla
Media de Ingresos por organo Módulo CGPJ
El Módulo de Entrada establecido por el Consejo General del Poder Judicial
para los Juzgados de lo Social es de 850 procesos por año. El último año ese valor
se ha superado por encima del 30% en los partidos judiciales de Almería (ha
ingresado un 65% más que el Módulo), Algeciras (64%), Córdoba (supera al Módulo
en un 81%), Granada (un 36% mayor que el Módulo), Huelva (58%), Málaga (34%),
y Sevilla (72%). Esta circunstancia, junto a la consideración de media de asuntos
ingresados en los tres últimos años, ponen de manifiesto la necesidad crear una
nueva plaza judicial en Algeciras (Cádiz), Almería, Huelva, Granada y Málaga, y dos
plazas más en Córdoba y Sevilla, donde la sobrecarga respecto al módulo es más
acusada.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS LABORALES POR MATERIAS. JUZGADOS DELO SOCIAL DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011
MATERIAS Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final Conflictos colectivos 176 627 603 193
Despidos 4.233 20.081 18.097 6.224
Cantidades 24.047 28.785 26.229 26.520
Seg. Social 13.466 14.447 12.650 15.278
Otra índole 3.199 4.634 3.737 3.839
Total 45.121 68.574 61.316 52.054
Por materias, los asuntos registrados en los Juzgados de lo Social de
Andalucía, Ceuta y Melilla se distribuyen en 42% de reclamaciones de cantidades,
22% de reclamaciones en materia de Seguridad Social y el 29% de procesos
MEMORIA 2011 151
relacionados con despidos. Los conflictos colectivos no llegan al 1% del total de
ingresos.
2.4.10. JUZGADOS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA Con la entrada en funcionamiento el día 30 de diciembre de 2010 del Juzgado
número 11 en Sevilla y el 30 de junio de 2011 del Juzgado número 10 con sede en
el Puerto de Santa María, hay 13 Juzgados de Vigilancia Penitenciaria bajo la
jurisdicción de este Tribunal Superior de Justicia. Estos Juzgados han ingresado en
2011 un total de 55.643 asuntos y resuelto 57.124 asuntos por lo que la pendencia a
final de año ha disminuido un 24%. En el total de los centros penitenciarios de
Andalucía, Ceuta y Melilla había a final de 2011 un total de 16.842 internos. Con
respecto a los registros, el mayor número de ingresos ha tenido lugar en Sevilla y
Huelva.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR ÓRGANO. JUZGADOS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011
Pendientes al
inicio Registrados ResueltosPendientes
al final Media de internos
Almería 474 4.101 4.183 392 934 Algeciras 1.676 4.791 5.990 477 1.543 El Pto. Sta. María 468 7.147 6.663 952 2.548 Ceuta 51 600 600 49 260 Córdoba 557 4.671 4.832 396 1.673 Granada 308 5.040 5.128 220 2.100 Huelva 322 8.249 8.330 241 1.777 Jaén 227 3.424 3.471 180 749 Málaga 742 5.240 5.581 401 1.803 Melilla 51 649 642 58 294 Sevilla 1.302 11.731 11.704 1.329 3.161 TOTAL 6.178 55.643 57.124 4.695 16.842
Por materias, como muestra la siguiente tabla, de los 55.643 registros en los
Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, el 21% corresponde a trabajos en beneficio de
la comunidad, el 29% a permisos de salida, las medidas coercitivas el 6% y la
libertad condicional el 7%; refundición de condena y recursos contra sanciones
disciplinarias abarcan el 5%, respectivamente.
152 MEMORIA 2011
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR MATERIAS. JUZGADOS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2011
Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final Permisos de salida 1.762 16.370 16.935 1.197 A petición del centro penitenciario 560 9.910 10.077 393
Por recurso/queja del interno contra deneg. permiso 1.202 5.989 6.406 785
Suspensiones del permiso de salida 0 471 452 19
Recursos contra sanciones disciplinarias 296 2.895 2.920 271
Recursos sobre clasificación en grado 420 1.786 1.874 332
Aprobación de propuestas del art. 100.2 16 284 277 23
Libertad condicional 130 3.725 3.731 124 Anticipada (art.196 RP) 24 181 192 13
Régimen de los art.90 y 91 del CP 100 2.735 2.741 94
Extranjeros (art.197 RP) 3 42 43 2
Revocaciones de libertad condicional 0 190 189 1
Modificaciones de cond. lib. condicional 1 277 276 2
Otros 2 300 290 12
Beneficios penitenciarios 4 96 92 8 Redenciones ordinarias 1 25 22 4
Redenciones extraordinarias 3 71 70 4 Quejas contra la intervención de lascomunidades 43 665 666 42
Expedientes sobre arrestos fin de semana 2 5 7 0 Exped. sobre seguimientos medidas deseguridad 15 321 323 11 Internamientos en centros 6 136 133 9
Tratamiento ambulatorio 6 18 21 1
Propuestas realizadas en relación med. seguridad 3 167 169 1
Refundición de condena Art. 193.2 R.P. 180 2.783 2.817 146
Limitaciones de régimen Art. 75 R.P. 211 1.067 1.202 76
Medidas coercitivas Art. 72 R.P. 413 3.464 3.678 199
Trabajos en beneficio de la comunidad 1.046 11.466 11.574 938
Resoluciones art. 60 del CP 5 23 18 10 Resoluciones sobre aplicación del régimengeneral penitenciario (art. 36 CP) 0 3 2 1
Abono prisión preventiva 87 222 269 40
Otras quejas 1.548 10.468 10.739 1.277
TOTAL 6.178 55.643 57.124 4.695
MEMORIA 2011 153
De los permisos de salida solicitados, el 61% fueron a petición del centro
penitenciario. De las 3.725 solicitudes de libertad condicional, el 5% era anticipada.
Además los beneficios penitenciarios hacían referencia a redenciones
extraordinarias en un 74% de los casos.
El Módulo de Entrada del Consejo General del Poder Judicial para los
Juzgados de Vigilancia Penitenciaria es de 1.000 internos órgano jurisdiccional.
Todos los Juzgados de este tipo en el ámbito de este Tribunal Superior de Justicia
superan esta cantidad, salvo los de Jaén, Almería, Ceuta y Melilla.
A corto plazo, habrá que valorar la conveniencia de crear nuevas plazas
judiciales en Granada y Málaga (en esta última provincia se prevé pronto un nuevo
establecimiento penitenciario), ya que la media de internos es bastante superior a la
estimable como carga normal derivada para un órgano de este tipo.
Por otro lado, llama la atención la escasa carga de trabajo que existe en la
Ciudad Autónoma de Ceuta para optimizar y justificar un Juzgado de Vigilancia
Penitenciaria, con carácter único y especializado, servido por un Magistrado en
régimen de exclusividad. Lo lógico sería que otro Juzgado del orden penal
compartiera y asumiera también las funciones de Vigilancia Penitenciaria, tal y como
sucede en la otra Ciudad Autónoma de Melilla.
JUZGADO VIGILANCIA PENITENCIARIA
Media de internos Órganos
Media de Internos
por órgano
Var. resp.
módulo
Estimación nuevas plazas
judiciales MÓDULO: 1000 INTERNOS
Almería 934 1 934 -6,6%
Algeciras 1.543 1 1543 54,3%
El Puerto 2.548 2 1274 27,4%
Ceuta 260 1 260 -74,0%
Córdoba 1.673 1 1673 67,3%
Granada 2.100 1 2100 110,0%
Huelva 1.777 1 1777 77,7%
Jaén 749 1 749 -25,1%
Málaga 1.803 1 1803 80,3%
Melilla 294 1 294 -70,6%
Sevilla 3.161 2 1580,5 58,1%
154 MEMORIA 2011
MEDIA DE INTERNOS POR ÓRGANO. JUZGADOS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA. AÑO 2011
0
500
1000
1500
2000
2500
Almería Algeciras El Puerto Ceuta Córdoba Granada Huelva Jaén M álaga M elilla Sevilla
Número de internos Módulo CGPJ
2.4.11. JUZGADOS DE MENORES Existen 18 Juzgados de Menores bajo jurisdicción de este Tribunal Superior
de Justicia, que han ingresado en 2011 un total de 7.333 asuntos penales y resuelto
8.264 asuntos. La cantidad de asuntos penales pendientes a final de año
actualmente supera los 3.600 asuntos.
MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR PARTIDOS JUDICIALES. JUZGADOS DE MENORES DE ANDALUCÍA, CEUTA YMELILLA. 2011
Pendientes
al inicio Registrados ResueltosPendientes
al final Almería 320 900 961 259 Cádiz 343 560 662 241 Algeciras 343 345 367 178 Jerez de Fr. 231 419 497 153 Ceuta 34 266 293 7 Córdoba 584 733 907 408 Granada 451 776 882 346 Huelva 303 348 292 359 Jaén 277 413 475 215 Málaga 1.191 1.232 1.519 899 Melilla 163 215 320 58 Sevilla 439 1.126 1.089 542 TOTAL 4.679 7.333 8.264 3.665
MEMORIA 2011 155
Se han dictado 5.353 sentencias penales (más de la mitad de ellas previa
conformidad del acusado) y 2.822 autos finales. Se han enjuiciado a 6.719 menores,
los cuales tienen en su mayoría entre 16 y 17 años, en concreto el 71%. Las
medidas cautelares adoptadas son en un 48% de los casos internamientos y en un
33% libertad vigilada. Las medidas impuestas en sentencia son, en su mayoría,
internamiento en régimen semiabierto, el 43%, libertad vigilada, el 25% de los casos
y prestación de servicios en beneficio de la comunidad, el 9%.
Por otro lado, se han ingresado 5 asuntos civiles independientes y hay
pendientes de resolución 133. Del total de piezas de responsabilidad civil, el 4%
están pendientes de resolución vía penal y el 91% en trámite efectivo civil.
El CGPJ implanta el módulo de entrada para los Juzgados de Menores en
650 asuntos por año y establece que está al límite de su carga razonable cuando,
sobre un registro general de 650 asuntos, al menos 450 expedientes tienen escrito
de alegaciones del Ministerio Fiscal y en 350 piezas civiles se ha dado inicio formal
al procedimiento.
JUZGADOS DE MENORES
Asuntos ingresados
en 2011 Órganos
Media de ingresos
por órgano
Variación respecto
del Módulo
Estimación nuevas plazas
judiciales MÓDULO: 650 ASUNTOS ALMERÍA 900 1 900 38% CÁDIZ 562 1 562 -14% ALGECIRAS 345 1 345 -47% JEREZ DE FR. 419 1 419 -36% CEUTA 266 1 266 -59% CÓRDOBA 736 2 368 -43% GRANADA 776 2 388 -40% HUELVA 348 1 348 -46% JAÉN 413 1 413 -36% MÁLAGA 1.232 3 411 -37% MELILLA 215 1 215 -67% SEVILLA 1.126 3 375 -42%
156 MEMORIA 2011
Media de ingresos penales por órgano. Juzgados de Menores. Año 2011
0100200300400500600700800900
1000
Almería Cádiz Algeciras Jerez dela
Frontera
Ceuta Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Melilla Sevilla
Registros penales por órgano Modulo Consejo
Con los datos del año 2011, tal y como se muestra en el gráfico anterior, es el
Juzgado de Almería el único que supera el módulo referencial establecido por el
Consejo General del Poder Judicial (en un 38%), si bien no supera el número de
asuntos con escrito de alegaciones del Fiscal en este Juzgado (es inferior a los 450)
y no ha ingresado ninguna pieza civil durante el año 2011.
No se considera necesario, por tanto, aumentar la planta en los Juzgados de
Menores; antes, al contrario, algunas demarcaciones están muy por debajo del
porcentaje razonable y rentabilidad para un Juzgado exclusivo.
MEMORIA 2011 157
III. ANÁLISIS Y CONCLUSIONES 3.1 DISFUNCIONES DE LA JUSTICIA 3.1.1. LA JUSTICIA Y EL PLAZO RAZONABLE.
Nuestra Constitución reconoce el derecho de todas las personas a obtener la
tutela efectiva de los Tribunales dentro de un proceso público sin dilaciones
indebidas y con todas las garantías. Este mandato de efectividad tiene plasmación
en su artículo 9.2, que impone a los poderes públicos, y señaladamente a la
Administración competente, la obligación de disponer los medios necesarios, tanto
normativos como materiales y personales para que el derecho a la tutela judicial se
garantice a todos los ciudadanos.
El retraso acumulado en la tramitación de los procedimientos, por causas
diversas, junto a la crisis que atraviesa el país, que ha ido provocando en años
anteriores un incremento de la litigiosidad, especialmente en el orden jurisdiccional
civil y social, nos alejan de una justicia ágil, moderna y eficaz y, en consecuencia, de
la efectividad del derecho a la tutela judicial sin dilaciones indebidas.
Es obvio que el mayor estigma de la administración de justicia es su lentitud,
la duración de los procesos, cuya indeterminación provoca arbitrariedad y exige
asentar la cultura del plazo razonable.
Son varias las causas que inciden en la sustanciación de los procesos dentro
de márgenes temporales razonables. En cualquier caso el parámetro de normalidad,
en principio, ha de ser el establecido en las leyes procesales, de forma que otros
distintos factores con incidencia en la duración temporal del proceso sólo han de ser
considerados cuando permitan justificar la necesidad de una aplicación más flexible.
La meta, pues, es acercarse al “rendimiento óptimo de la justicia”, de forma
que cada órgano (unipersonal o colegiado) resuelva dentro de los plazos que las
leyes procesales establecen todos los asuntos atribuidos a su competencia, con la
necesaria calidad. Si no sucede así, sólo puede ser debido a diversos factores: a
que el número de órganos judiciales y su demarcación -la planta judicial- está mal
diseñada y exige inmediata corrección; a que los instrumentos procesales son
obsoletos o bien las leyes procesales establecen plazos de actuaciones no
adecuados a la realidad social; a que la oficina judicial no funciona correctamente o
158 MEMORIA 2011
la plantilla es inadecuada (en términos cualitativos o cuantitativos); o, en fin, a que
hay conductas inadmisibles que han de ser corregidas y, llegado el caso,
sancionadas.
Mientras no se aborden con decisión (con decisión y estudio, claro está) estos
postulados, toda solución será estéril, sino perjudicial.
La situación actual es justamente la contraria. La pendencia acumulada y el
nivel de litigiosidad durante los últimos años determinan que el cumplimiento de los
plazos procesales sea realmente excepcional. Es algo que tenemos socialmente
asumido desde hace tiempo, no obstante lo cual constituye una constante
preocupación que puede decirse supera, incluso, a la que provoca la calidad de las
resoluciones judiciales.
Sin embargo, con ello se quebranta la finalidad específica y la garantía de que
el proceso judicial, incluida la ejecución de las resoluciones, se ajuste en su
desarrollo a adecuadas pautas temporales. Se trata de un derecho prestacional que
obliga a que los jueces y tribunales resuelvan y hagan ejecutar lo resuelto en un
plazo razonable, lo que supone cumplir su función jurisdiccional de garantizar la
libertad, la justicia y la seguridad con la rapidez que permita la duración normal de
los procesos, evitando dilaciones indebidas que quebranten la efectividad de la
tutela.
Este contenido prestacional afecta, singularmente, a los poderes del Estado,
pues éste ha de comprometerse a prestar una justicia ágil y rápida, lo que «lleva
implícita la dotación a los órganos judiciales de las necesarias medidas personales y
materiales». Ajeno, pues, al derecho fundamental a un proceso sin dilaciones
indebidas resulta el «estándar de funcionamiento de la Administración de Justicia»
como elemento integrante del plazo razonable porque, como recordaba el TC, «la
frecuente tardanza excesiva del servicio de justicia no puede reputarse como
normal pues lo normal es lo ajustado a la norma y no lo contrario a ella, aunque sea
lo más frecuente; y, en segundo término, porque, si continuase in crescendo el
tiempo y la generalización del incumplimiento en el rendimiento del servicio de
justicia, y hubiese que tomar como regla para medir el respeto o la violación de un
derecho a un proceso sin dilaciones indebidas ese mismo hecho anormal, pero
general, ello equivaldría a dejar vacío de su contenido esencial el derecho
fundamental».
MEMORIA 2011 159
Con tales parámetros, la obligación de garantizar un proceso dentro de un
plazo razonable en todas sus instancias obliga, ciertamente, a los miembros del
poder judicial y demás integrantes de la oficina judicial, cumpliendo con su
obligación procesal para evitar la inactividad y acelerar el curso del proceso. Ahora
bien, corresponde especialmente al Estado, creando las obligaciones del poder
ejecutivo y legislativo de incrementar y ajustar notablemente el número de plantillas
orgánicas, de dotar a la justicia de los necesarios medios materiales y de realizar en
nuestros Códigos procesales las reformas oportunas, tendentes a la consagración
del principio de aceleración del procedimiento. Y, por qué no decirlo, asimismo
afecta a las partes procesales y compromete a los propios ciudadanos justiciables y
profesionales, porque también es una obligación la que tienen de prestar su
colaboración en el curso del proceso (Art. 118 CE) y porque la justicia es un valor
superior que informa a todo nuestro ordenamiento (Art. 1.1 CE).
A este respecto, la doctrina de nuestro Tribunal Constitucional y del Tribunal
Europeo de Derechos Humanos, sin desconocer la responsabilidad de los titulares
de la jurisdicción, exige al Estado que reaccione ante situaciones de incumplimiento
de los plazos razonables, bien mejorando la estructura, organización y gestión de los
órganos judiciales, bien adoptando soluciones puntuales ante situaciones
coyunturales en aquellos. Entre las primeras, cobran especial relevancia en el
momento actual la implantación y desarrollo del nuevo modelo de oficina judicial, la
adecuación de las demarcaciones judiciales a la realidad social y geográfica actual,
así como una decidida apuesta por nuevas formas organizativas, como puede ser el
trabajo colegiado. Entre las segundas, ha de destacarse la implementación de
políticas eficientes de refuerzo puntual de aquellos órganos judiciales
coyunturalmente mermados en su capacidad resolutiva.
La tardanza en la respuesta judicial y en la excesiva duración de los procesos
deriva, por tanto, de distintos factores: unos intrínsecos, imputables a los titulares de
la jurisdicción; otros extrínsecos, afectantes a la responsabilidad de la
Administración prestacional, sea estatal o autonómica, pues la organización y la
provisión de medios es su competencia exclusiva. Así, a la sobrecarga de trabajo
que padecen prácticamente todos los órganos judiciales, se contrapone la mala
gestión de muchos Juzgados que origina suspensiones no justificadas de vistas y
160 MEMORIA 2011
juicios, acumulaciones de señalamientos y retrasos llamativos en el trámite de los
procedimientos.
Son frecuentes las suspensiones debidas a que los distintos actores
procesales atienden varias causas al mismo tiempo. El calendario de señalamientos
muchas veces es poco realista y la puntualidad, a menudo, brilla por su ausencia.
Las excesivas rotaciones e interinidades de todo el personal de la Administración de
Justicia no resultan un problema menor en este sentido.
Las reflexiones plasmadas tienen un alto grado de autocrítica, puesto que
constatan una ausencia de controles de calidad y de protocolos de actuación en las
distintas oficinas judiciales. Hay demasiados tiempos muertos y no pocos trámites
superfluos. Cada órgano está estructurado y es gestionado de un modo distinto, en
no pocas ocasiones, a conveniencia de sus integrantes.
La distinta amalgama de todos estos factores permite explicar los distintos
tiempos de respuesta que se ofrecen en los diferentes órdenes jurisdiccionales y,
dentro de ellos, en cada una de las provincias andaluzas, alcanzando la variedad a
los distintos órganos judiciales pertenecientes al mismo orden jurisdiccional y
radicados en el mismo partido judicial, sin que aflore justificación por esas
diferencias temporales de órganos de idéntica jurisdicción y localización geográfica.
Reflejo de esas diferencias son los tiempos de respuesta, que no cabe
calificar de aceptables en muchos casos y sedes judiciales, ni dar lugar a pasividad
o indiferencia, aunque puedan estar en consonancia con la pendencia acumulada y
el desbordante nivel de litigiosidad generado en años precedentes, que provoca que
la capacidad resolutiva de los órganos judiciales apenas sea capaz de absorber el
número de asuntos nuevos que se presenta ante ellos cada anualidad.
En cualquier caso, el resultado final implica un grave quebranto para los
justiciables en la doble vertiente de juzgar y ejecutar lo juzgado, al tiempo que un
posible daño irreparable, que debe alertar de la gravísima situación que existe en
muchas jurisdicciones, con distinta incidencia en unas u otras sedes del ámbito de
este Tribunal Superior.
Veamos una simple muestra:
JURISDICCIÓN SOCIAL: En los Juzgados de lo Social de Algeciras o Jerez
de la Frontera (Cádiz) los señalamientos se demoran entre dos y tres años; en
MEMORIA 2011 161
Cádiz, la demora se sitúa en un año. En las demás provincias, los tiempos son
dispares: en Málaga, de uno a dos años; en Sevilla, los señalamientos tardan entre 6
y 12 meses; en Huelva, entre 10 y 15 meses; en Granada, un año; o en Jaén y
Córdoba, no más de 7 y 8 meses, respectivamente, en tanto, que en Almería sólo
dos Juzgados de lo Social demoran los señalamientos hasta 18 meses.
Como hemos dicho hace un momento, esta diferencia temporal origina a los
justiciables un grave quebranto, en ocasiones irreparable, ante los intereses en
juego (despidos y extinciones de contrato, reclamaciones salariales, prestaciones de
Seguridad Social, etc.), lo que nos obliga a reducir sensiblemente, en la mayor
medida posible, el tiempo de respuesta entre la entrada de los asuntos en ciertas
materias y su señalamiento o fallo ulterior.
PLAZO DE SEÑALAMIENTOS JURISDICCIÓN SOCIAL
0
10
20
30
40
Almería Cádiz Algeciras Jerez Fr. Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla
PLAZO INFERIOR PLAZO SUPERIOR
JURISDICCION CIVIL: el tiempo de demora de los señalamientos ronda los
6-8 meses en órganos unipersonales de Almería, pero cercano a dos años en
Secciones de la Audiencia Provincial; entre 4 y 11 meses en Córdoba; en Granada,
entre 6 y 10 meses; entre 1 y 3 meses en Huelva; en Jaén, 4-5 meses, excepto uno
de los Juzgados de Primera Instancia de esa capital; en Málaga, en torno a los ocho
meses; entre seis meses y 1 año, en Sevilla. Por resultar sumamente llamativo el
tiempo de demora, debe citarse el partido judicial de Estepona, cuya sobrecarga de
trabajo, pendencia acumulada y las serias deficiencias de toda índole existentes (p.
ej., demoras en el registro), hacen que los señalamientos sobrepasen el año y se
remonten a los tres años en casos más extremos.
162 MEMORIA 2011
PLAZO DE SEÑALAMIENTOS JURISDICCIÓN CIVIL
05
10152025303540
AlmeríaUnipersonales
AlmeríaAudiencia
Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Estepona Sevilla
PLAZO INFERIOR PLAZO SUPERIOR
JURISDICCION PENAL: los plazos máximos de los señalamientos oscilan
entre el año y medio de Cádiz y Sevilla y los seis meses de Huelva, si bien la
incidencia de las suspensiones, con el nuevo lapso temporal, y la tardanza en
instruir los procesos para su remisión al órgano encargado de celebrar el juicio oral
provoca un claro y llamativo desajuste temporal entre la fecha de comisión de los
hechos y su enjuiciamiento, con excepción, claro está, de los juicios rápidos, cuya
generalización debería ser mucho mayor en la práctica diaria de nuestros Juzgados
y Tribunales.
PLAZO DE SEÑALAMIENTOS JURISDICCIÓN PENAL
0
5
10
15
20
Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla
PLAZO INFERIOR PLAZO SUPERIOR
JURISDICCION CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA: presenta demoras más
significativas en los señalamientos. Así, en Algeciras se realizan a un año; a dos en
MEMORIA 2011 163
Cádiz y Almería; entre 6 y 13 meses en Córdoba; entre 2 y 3 años en Granada; entre
18 y 22 meses, en Huelva; 6 meses en Jaén, y de 1 a 2 años en Sevilla.
PLAZO DE SEÑALAMIENTOS JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
0
10
20
30
40
Almería Cádiz Algeciras Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla
PLAZO INFERIOR PLAZO SUPERIOR
La Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal tiene
como objetivo precisamente paliar esta situación incorporando determinadas
medidas de agilización procesal en los órdenes civil, social y contencioso-
administrativo que obedecen al propósito común de suministrar a nuestros tribunales
instrumentos procesales óptimos para la gestión procesal, estando orientados unos
a suprimir trámites procesales innecesarios o a sustituirlos por otros más breves, y
otros, en cambio, a limitar el uso abusivo de las instancias judiciales. La efectividad
de tales medidas, dada la reciente vigencia de esta norma, sólo podrá establecerse,
paradójicamente, dentro de un tiempo razonable, si bien el orden jurisdiccional
penal, el más sensible y con mayor incidencia numérica, sigue ajeno a tales medidas
de agilización.
En cualquier caso, como reflexión final, conscientes del compromiso que
todos los jueces adquirimos con la sociedad, que nos confiere la alta responsabilidad
de administrar justicia, esta Sala de Gobierno lanza el mensaje de que la sobrecarga
de trabajo, premisa obligada y claramente expuesta, no excluya el derecho a una
justicia lo menos gravosa posible, de forma que todos los jueces nos esforcemos
para que los déficits funcionales u organizativos no repercutan con mayor intensidad
en el justiciable, sin renunciar a prestar una justicia más ágil y de calidad, en la
medida de nuestras posibilidades y control, incluso con medios inadecuados e
insuficientes ante el volumen de litigiosidad actual.
164 MEMORIA 2011
3.1.2 SUSPENSIONES Las suspensiones de los juicios y vistas constituyen otra de las vicisitudes
procesales determinantes de la prolongación del tiempo de finalización del proceso.
Son, sin duda, una de las disfunciones más graves que se producen en el proceso,
ya que a la problemática existente en relación al constante incremento de
procedimientos, la suspensión del juicio o vista señalada conlleva que el hueco que
estaba previsto para ese día no pueda cubrirse con la inclusión de otro juicio
señalamiento, con el consiguiente perjuicio para la buena marcha del Juzgado.
La suspensión de la vista o juicio es obligada en aquellos supuestos en que
concurra causa legal para ello, si bien la Ley de Enjuiciamiento Civil, de aplicación
supletoria en todos los demás procesos, es rigurosa en cuanto a la necesidad de
acreditación suficiente de la concurrencia de causa para suspender la vista,
debiendo seguirse un criterio en el que se guarde el equilibrio entre el derecho de la
parte a que se suspenda la vista por concurrir causa legal con el de la tutela judicial
efectiva de la otra parte a que no se suspenda el juicio por conllevar una dilación
indebida si no está suficientemente acreditada la existencia de causa legal.
EVOLUCION DE SUSPENSIONES POR JURISDICCIONES. ANDALUCIA, CEUTA Y MELILLA
0%
5%
10%
15%
20%
25%
30%
AÑO 2009 AÑO 2010 AÑO 2011
JURISDICCION CIVIL JURISDICCION PENALJURISDICCION CONT. ADMVO JURISDICCION SOCIAL
La situación que presentan los Juzgados en Andalucía se muestra en la
gráfica anterior, donde se aprecia una tendencia a la baja, excepto en la jurisdicción
contencioso-administrativa, en que existe un leve incremento en el último año, si
bien este orden jurisdiccional es el que cuenta con menor porcentaje de
suspensiones (el 15%), frente a las demás jurisdicciones que se sitúan por encima
del 20%. Las jurisdicciones penal y social mantienen un número de suspensiones
MEMORIA 2011 165
similar al año 2010, en tanto que la jurisdicción civil continua con su tendencia
descendente.
Detallando este estudio por provincias podemos apreciar, en Almería, un
descenso pronunciado en el número de suspensiones excepto en los Juzgados de lo
Social, donde después de un descenso en 2010, ha vuelto a sufrir un repunte.
AlmeriaSuspensiones
0%5%
10%15%20%25%30%35%40%45%
JURISDICCION CIVIL JURISDICCION PENAL JURISDICCION CONT.ADMVO JURISDICCION SOCIAL
Suspensiones 2009 Suspensiones 2010 Suspensiones 2011
En Cádiz, sin embargo el porcentaje de suspensiones se ha incrementado
con respecto al año anterior.
CadizSuspensiones
0%5%
10%15%20%25%30%35%40%
JURISDICCION CIVIL JURISDICCION PENAL JURISDICCION CONT.ADMVO JURISDICCION SOCIAL
Suspensiones 2009 Suspensiones 2010 Suspensiones 2011
En Córdoba se ha producido un incremento en el porcentaje de suspensiones
frente a señalamientos realizados en todas las jurisdicciones excepto en la civil.
166 MEMORIA 2011
CórdobaSuspensiones
0%
5%
10%
15%
20%
25%
30%
35%
JURISDICCION CIVIL JURISDICCION PENAL JURISDICCION CONT.ADMVO JURISDICCION SOCIAL
Suspensiones 2009 Suspensiones 2010 Suspensiones 2011
En Granada, el porcentaje de suspensiones sobre señalamientos ha
descendido en 2011, excepto en la jurisdicción social.
GranadaSuspensiones
0%
5%
10%
15%
20%
25%
30%
JURISDICCION CIVIL JURISDICCION PENAL JURISDICCION CONT.ADMVO JURISDICCION SOCIAL
Suspensiones 2009 Suspensiones 2010 Suspensiones 2011
En Huelva, el porcentaje de suspensiones ha disminuido en la jurisdicción
penal y ha ascendido en las restantes.
MEMORIA 2011 167
HuelvaSuspensiones
0%
5%
10%
15%
20%
25%
30%
JURISDICCION CIVIL JURISDICCION PENAL JURISDICCION CONT.ADMVO JURISDICCION SOCIAL
Suspensiones 2009 Suspensiones 2010 Suspensiones 2011
En Jaén la suspensiones han aumentado en todas las jurisdicciones, menos
en la penal.
JaénSuspensiones
0%5%
10%15%20%25%30%35%40%
JURISDICCION CIVIL JURISDICCION PENAL JURISDICCION CONT.ADMVO JURISDICCION SOCIAL
Suspensiones 2009 Suspensiones 2010 Suspensiones 2011
En Málaga, las jurisdicciones civil y penal han descendido y han aumentado
las suspensiones en lo social y lo contencioso administrativo.
168 MEMORIA 2011
MálagaSuspensiones
0%
5%
10%
15%
20%
25%
30%
35%
JURISDICCION CIVIL JURISDICCION PENAL JURISDICCION CONT.ADMVO JURISDICCION SOCIAL
Suspensiones 2009 Suspensiones 2010 Suspensiones 2011
En Sevilla, por último, la jurisdicción penal ha sufrido un aumento en el
número de suspensiones frente a señalamientos, mientras que han disminuido en el
resto de jurisdicciones.
SevillaSuspensiones
0%5%
10%15%20%25%30%35%40%45%
JURISDICCION CIVIL JURISDICCION PENAL JURISDICCION CONT.ADMVO JURISDICCION SOCIAL
Suspensiones 2009 Suspensiones 2010 Suspensiones 2011
3.1.3 JUICIOS DE CONFORMIDAD.
La conformidad es un instituto que permite a las partes participar con su
voluntad en la determinación de la sanción penal, que posibilita una abreviación de
los trámites procesales y permite al Juez dictar inmediatamente la sentencia, siendo
la vista innecesaria. La conformidad, por tanto, acelera y asegura el resultado del
proceso, evitando la celebración del juicio.
MEMORIA 2011 169
En el siguiente gráfico se puede apreciar un incremento del número de
sentencias previa conformidad en el año 2011, en los Juzgados Penales de
Andalucía. El porcentaje de sentencias previa conformidad supera el 60% en todas
las provincias.
JUZGADOS DE LO PENAL. SENTENCIAS PREVIA CONFORMIDAD.
30% 30%
61%
35%45%
64%57%
39%46%
34%
50%
26%
39%38%
58%
33%44%
61%
79% 78%
67%61%
72%61%
0%10%20%30%40%50%60%70%80%90%
ALMERIA
CADIZ
CORDOBA
GRANADA
HUELVAJA
EN
MALAGA
SEVILLA
2009 2010 2011
En los Juzgados de Menores también tenemos un porcentaje alto de
sentencias previa conformidad, (por encima del 60% en todas las provincias), si
bien, es más parecido al comportamiento de años anteriores.
JUZGADOS DE MENORES. SENTENCIAS PREVIA CONFORMIDAD.
65%
84%
62%
80%
56%
74%62% 65%64%
63%
79%65%
78%
54%
73%
62% 61%
79%
61%61% 61%
78%
67%72%
0%10%20%30%40%50%60%70%80%90%
ALMERIA
CADIZ
CORDOBA
GRANADA
HUELVAJA
EN
MALAGA
SEVILLA
2009 2010 2011
170 MEMORIA 2011
Pues bien, con tal estadística, desde el punto de vista de la celeridad de la
respuesta judicial, en este caso penal, las posibilidades que ofrece la institución de
la conformidad no están en absoluto aprovechadas. En efecto, la conformidad está
infrautilizada en su función de evitar el juicio, ya que, prácticamente en todos los
casos, únicamente evita su celebración, pero no así todas las actuaciones que
configuran lo que conocemos como preparación del juicio oral. Nos encontramos
ante la desconocida y relevante “disfuncionalidad de la justicia”, con sus
repercusiones o efectos, tanto económicos como de otro orden personal: son los
llamados “costes del mal funcionamiento de la justicia”.
Por ejemplo, si la cifra aproximada de suspensiones de juicios es superior al
20%, imagínense el coste personal y económico del número de ciudadanos
(particulares, profesionales, policías) que se desplazan a los Juzgados
innecesariamente. Pues bien, en línea similar de disfunción y perjuicios debidos a
deficiencias de organización y gestión parecidos, me parece significativo recordar el
significativo porcentaje de juicios de conformidad, superior al 60% como hemos
expuesto. En este contexto, ante el enorme porcentaje de juicios de conformidad,
para evitar perjuicios innecesarios para testigos y peritos, al tiempo que agilizar el
trabajo de la oficina y, también, acortar el tiempo del resto de señalamientos, se
impone potenciar en el ámbito del TSJA el tratamiento de las conformidades en el
orden jurisdiccional penal con base en el Protocolo de Actuación para juicios de
conformidad, suscrito entre la Fiscalía General del Estado y el Consejo General de la
Abogacía Española con fecha 1 de abril de 2009.
Por ello, a la mayor brevedad, se promoverán mediante convocatoria al efecto
por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia y, con posterioridad, de los
Presidentes de las Audiencias Provinciales, reuniones sobre estudio y tratamiento de
las conformidades en los Juzgados de lo Penal y de Menores para consensuar el
procedimiento y trámite a seguir para la agilización procesal en materia de
conformidades en dichos Juzgados para la consecución del objetivo señalado,
respondiendo a la filosofía del Protocolo de Conformidades suscrito entre la Fiscalía
General del Estado y el Consejo de la Abogacía Española, otorgando la oportuna
formalidad a lo acordado, con representantes de todas las instituciones implicadas,
Jueces, Fiscales, Abogados y Secretarios.
MEMORIA 2011 171
El funcionamiento del procedimiento puede ser excelente y permitirá una
notable agilidad en aquellas causas en que fuera posible aplicar la conformidad, por
lo que es importante implicarse y poner en práctica una fórmula que puede ayudar
bastante, al tiempo que contribuye a agilizar muchas causas y, en definitiva, mejora
el funcionamiento de nuestra justicia.
Por tanto, valorando otras iniciativas similares, debe intensificarse en el
ámbito del TSJA el uso del mecanismo procesal de la conformidad, y hacerlo en
modo y contexto procesal distinto al que habitualmente estamos acostumbrados,
porque daría lugar a un resultado más efectivo y práctico. Por ello, desde estas
líneas se lanza el mensaje de que sería muy conveniente establecer siempre una
comparecencia previa para conformidad en aquellos procedimientos de gran
complejidad o número elevado de acusados. Como experiencia puede resultar
efectivo al objeto de disminuir sensiblemente los señalamientos y evitar las
disfunciones que supone citar a testigos que, por alcanzar una conformidad las
partes, no llegan a entrar a juicio con los inconvenientes, personales y económicos,
que ello acarrea en el día a día de las oficinas judiciales.
3.1.4 EJECUTAR LO JUZGADO La ejecución de las sentencias y resoluciones firmes forma parte del complejo
contenido del derecho a la tutela efectiva de los jueces y tribunales que recoge el
Art. 24 de nuestra Constitución. Así lo ha venido manteniendo nuestro Tribunal
Constitucional, al sostener que uno de los contenidos esenciales del derecho a
obtener una tutela judicial efectiva de los órganos jurisdiccionales es el derecho a la
ejecución de las resoluciones que estos últimos dicten, considerando la ejecución de
las sentencias cuestión de esencial importancia para dotar de efectividad los
postulados del Estado Democrático de Derecho.
El Derecho carece de sentido y virtualidad práctica si los pronunciamientos de
los órganos judiciales no pueden hacerse efectivos a través de la coacción. Por ello,
la ejecución de las sentencias forma parte del derecho constitucional a la tutela
judicial efectiva y la actividad de hacer ejecutar lo juzgado integra la potestad
jurisdiccional.
La satisfacción de ese derecho sólo tiene lugar cuando los Juzgados y
Tribunales a quienes corresponde ejecutar lo juzgado, de acuerdo con el art. 117.3
172 MEMORIA 2011
de la Constitución y según las normas de competencia y procedimiento aplicables,
adoptan las medidas oportunas para el estricto cumplimiento del fallo, sin alterar el
contenido y sentido del mismo.
Por su parte, en el artículo 18 de la Ley Orgánica del Poder Judicial se
dispone que las sentencias se ejecuten en sus propios términos, debiendo el órgano
jurisdiccional adoptar las medidas necesarias que aseguren la mayor efectividad de
la ejecutoria en el caso de que ésta resultase de imposible cumplimiento. La misma
LOPJ impone a todas las personas y entidades públicas y privadas la obligación de
prestar la colaboración requerida por los Jueces y Tribunales en el curso del proceso
y en la ejecución de lo resuelto y expresamente determina que “las Administraciones
Públicas, las Autoridades y funcionarios, las corporaciones y todas las entidades
públicas y privadas, y los particulares, respetarán y, en su caso, cumplirán las
sentencias y las demás resoluciones judiciales que hayan ganado firmeza o sean
ejecutables de acuerdo con las Leyes.”
La importancia de dar cumplimiento efectivo a las resoluciones judiciales, de
ejecutar lo juzgado, queda patente en la observación de Montesquieu: cuando visito
un país no me paro a examinar si hay buenas leyes, sino si se cumplen las que
haya, pues leyes buenas en todas partes hay.
La situación que presentan los Juzgados y Tribunales de Andalucía en
materia de ejecución de sentencias debe preocuparnos muy seriamente ante su
elevada pendencia. El total de asuntos pendientes de ejecución, sumadas todas las
jurisdicciones, asciende a 449.543. De ellos, 342.232 son asuntos civiles pendientes
de ejecución, 92.757 asuntos penales, de los cuales 63.501 son ejecutorias en
trámite en los Juzgados de lo Penal y 9.226 corresponden a sentencias dictadas en
juicios de faltas por los Juzgados de Instrucción.
Así, pues, las ejecuciones civiles pendientes representan el 76,12 % del total.
Las ejecuciones penales suponen el 20,63%. Las jurisdicciones social y
contencioso-administrativa tienen, por tanto, una pendencia que representa menos
del 4 % del total.
MEMORIA 2011 173
EJECUTORIAS PENALES.
Procesos por delito.
MOVIMIENTO GENERAL EJECUTORIAS PENALES 2009
PENDIENTES AL INICIO REGISTRADAS RESUELTAS
PENDIENTES AL FINAL
ALMERÍA 4.150 5.996 5.538 4.608 JEREZ FRA. 14.591 16.541 16.847 14.346 CÓRDOBA 2.819 5.885 5.659 3.137 GRANADA 4.968 7.675 7.011 5.632 HUELVA 3.129 4.570 3.851 3.916 JAEN 2.249 3.368 3.291 2.246 MÁLAGA 17.303 13.504 11.935 18.872 SEVILLA 9.966 13.598 13.016 12.261 TOTAL 59.175 71.137 67.148 65.018
MOVIMIENTO GENERAL EJECUTORIAS PENALES 2010
PENDIENTES AL INICIO REGISTRADAS RESUELTAS
PENDIENTES AL FINAL
ALMERÍA 4.608 4.547 4.471 4.684 JEREZ FRA. 14.346 15.882 16.468 15.203 CÓRDOBA 3.137 5.926 6.586 2.497 GRANADA 5.632 8.079 8.568 5.143 HUELVA 3.916 4.047 4.303 4.081 JAEN 2.246 3.648 3.718 2.364 MÁLAGA 18.872 11.529 11.953 20.830 SEVILLA 12.261 11.052 11.708 12.399 TOTAL 65.018 64.710 67.775 67.201
MOVIMIENTO GENERAL EJECUTORIAS PENALES 2011
PENDIENTES AL INICIO REGISTRADAS RESUELTAS
PENDIENTES AL FINAL
ALMERÍA 4.684 5.084 5.818 3.950 JEREZ FRA. 15.203 16.350 15.421 13.571 CÓRDOBA 2.497 6.006 6.259 2.030 GRANADA 5.143 7.377 7.779 4.741 HUELVA 4.081 4.453 4.929 3.605 JAEN 2.364 3.948 3.796 2.703 MÁLAGA 20.830 14.519 15.182 20.300 SEVILLA 12.399 11.954 12.331 12.601 TOTAL 67.201 69.691 71.515 63.501
174 MEMORIA 2011
Movimiento general de ejecutorias penales. Juzgados de lo Penal de Andalucía, Ceuta y Melilla
580006000062000640006600068000700007200074000
2009 2010 2011
INGRESADOS RESUELTOS PENDIENTES AL FINAL
El número de ejecutorias ingresadas en los Juzgados de lo Penal sufrió un
descenso en 2010, pero en este último año ha vuelto a valores similares al 2009,
aumentando un 7,69%. Las ejecutorias resueltas siguen una tendencia al alza (se
han resuelto 3.740 más que en 2010), con la consecuencia de que la pendencia ha
disminuido, situándose en 63.501 las ejecutorias pendientes, un 5,61% menos que
el año anterior.
No obstante, la situación de los Juzgados de lo Penal en este aspecto sigue
siendo preocupante, puesto que el nivel de pendencia, pese al descenso en cifras
absolutas, es similar al existente en los años 2009 y 2010. El esfuerzo resolutivo ha
de resaltarse, pero parece cada vez más evidente que la puesta en marcha de
Servicios Comunes de Ejecución de forma generalizada en los partidos judiciales
que cuentan con Juzgados de lo Penal es, casi con toda probabilidad, la medida que
puede resultar más efectiva de cara a reducir esa elevada pendencia de ejecuciones
penales, sin perjuicio de buscar, con carácter transitorio, medidas de refuerzo
puntuales, cuya efectividad exige una mejor respuesta y asignación de funcionarios
de la que se obtiene muchas veces de la Administración prestacional, según se
expone en otro apartado de esta Memoria.
MEMORIA 2011 175
Variación de la pendencia. Juzgados de lo Penal
0
5.000
10.000
15.000
20.000
25.000
ALMERIA CADIZ CORDOBA GRANADA HUELVA JAEN MALAGA SEVILLA
AÑO 2009 AÑO 2010 AÑO 2011
Jaén es la única provincia andaluza donde la pendencia ha aumentado.
Málaga ha experimentado un descenso no demasiado significativo, manteniéndose
en un nivel similar al del año 2010. Sevilla tiene un leve aumento de la pendencia en
los Juzgados de lo Penal, de 12.399 asuntos pendientes en 2010 a 12.601 en 2011
En ambas provincias, junto con Jerez de la Frontera, es donde existe un
mayor número de ejecutorias penales pendientes: suman en conjunto el 73,18% del
total de pendencia en Andalucía.
Juicios de Faltas.
En el siguiente gráfico vemos la evolución de la pendencia en la ejecución de
Juicios de Faltas.
PENDENCIA DE EJECUCION DE JUICIOS FALTAS. JUZGADOS DE INSTRUCCION
0
200400
600800
1000
12001400
16001800
2000
ALMERIA
CADIZ
ALGECIR
AS
JEREZ F
RONTERA
CORDOBA
GRANADA
HUELVA
JAEN
MALAGA
FUENGIR
OLA
MARBELLA
TORREMOLIN
OS
SEVILLA
AÑO 2009 AÑO 2010 AÑO 2011
176 MEMORIA 2011
Los partidos judiciales donde la pendencia ha crecido más son Jerez de la
Frontera (20% más que en 2010), debido al incremento del número de ejecuciones
ingresadas (un 56% más que en 2010). En Huelva se ha incrementado en un 50%,
también debido al incremento de ingresadas y el descenso en el número de
ejecuciones resueltas. Y, por último, en Torremolinos crece la pendencia un 36%,
pese a haber resuelto en 2011 un 14% más de ejecuciones de juicios de faltas.
Málaga y Sevilla son las que tienen una mayor pendencia a final de 2011, con
1.819 y 1.717 asuntos pendientes al final del ejercicio, respectivamente. También
son las que más ejecuciones de Juicios de Faltas ingresan.
En el siguiente gráfico se puede apreciar la evolución de ejecuciones de
Juicios de Faltas ingresados en los tres últimos años.
EJECUCIONES DE JUICIOS FALTAS INGRESADOS. JUZGADOS DE INSTRUCCION
0500
10001500200025003000350040004500
ALMERIA
CADIZ
ALGECIR
AS
JEREZ F
RONTERA
CORDOBA
GRANADA
HUELVA
JAEN
MALAGA
FUENGIR
OLA
MARBELLA
TORREMOLIN
OS
SEVILLA
AÑO 2009 AÑO 2010 AÑO 2011
EJECUCIONES CIVILES.
La incoación de ejecutorias civiles ha experimentado un descenso en el año
2011 del 5,60% respecto del año 2010.
MEMORIA 2011 177
MOVIMIENTO GENERAL EJECUTORIAS CIVILES 2009 REGISTRADAS RESUELTAS
PENDIENTES AL FINAL
ALMERÍA 13.756 5.819 27.414 CADIZ 18.478 10.556 40.085 CÓRDOBA 10.952 6.454 19.385 GRANADA 16.483 11.421 31.077 HUELVA 7.747 3.993 15.908 JAEN 9.128 6.505 15.453 MÁLAGA 29.455 14.470 59.337 SEVILLA 26.413 17.445 54.947 TOTAL 132.412 76.663 263.606
MOVIMIENTO GENERAL EJECUTORIAS CIVILES 2010 REGISTRADAS RESUELTAS
PENDIENTES AL FINAL
ALMERÍA 13.486 6.411 34.709 CADIZ 18.292 11.346 47.427 CÓRDOBA 11.385 6.762 24.485 GRANADA 15.622 12.131 35.988 HUELVA 8.094 4.763 19.186 JAEN 8.931 6.821 18.225 MÁLAGA 28.765 19.423 67.207 SEVILLA 27.447 18.049 65.879 TOTAL 132.022 85.706 313.106
MOVIMIENTO GENERAL EJECUTORIAS CIVILES 2011 REGISTRADAS RESUELTAS
PENDIENTES AL FINAL
ALMERÍA 12.438 6.454 40.690 CADIZ 18.091 14.120 51.410 CÓRDOBA 10.574 8.988 26.768 GRANADA 14.658 12.811 38.697 HUELVA 7.352 5.558 21.101 JAEN 8.009 8.937 17.745 MÁLAGA 27.436 21.500 72.861 SEVILLA 26.072 20.858 72.960 TOTAL 124.630 99.226 342.232
La pendencia de asuntos civiles en ejecución ha experimentado en 2011,
como se decía, un aumento del 9,3% respecto al año 2010 y del 30% respecto al
año 2009. Significativo es el caso de Almería donde, en el período 2009-2011, la
pendencia ha crecido más de un 48%. No obstante, Málaga y Sevilla son las
provincias con mayor número de ejecutorias civiles en trámite, con prácticamente
178 MEMORIA 2011
73.000 ejecuciones. En estas dos provincias se concentra el 42,60% de los asuntos
civiles de ejecución en Andalucía. Siguen a distancia Cádiz, 51.410, Almería,
40.690, y Granada, 38.697.
Variación de la pendencia. Jurisdicción Civil
010.00020.00030.00040.00050.00060.00070.00080.000
ALMERIA CADIZ CORDOBA GRANADA HUELVA JAEN MALAGA SEVILLA
AÑO 2009 AÑO 2010 AÑO 2011
Por órganos judiciales la situación es la siguiente:
• Juzgados de Primera Instancia, 172.551 asuntos (50,41%).
• Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, 155.996 asuntos (45,58%).
• Juzgados de lo Mercantil, 2.764 asuntos (0,80%).
• Juzgados de Familia, 8.318 asuntos (2,43%).
020.00040.00060.00080.000
100.000120.000140.000160.000180.000
1ª Instancia Jdos. Mercantil Jdos. Violenciacontra la mujer
Familia 1ª Instª. e Instr.
DISTRIBUCIÓN DE EJECUCIONES CIVILES. AÑO 2011
MEMORIA 2011 179
Los efectos de la crisis económica están detrás, sin duda, del constante
aumento de ejecuciones civiles pendientes que se viene produciendo desde el año
2008 y que en la anualidad a que va referida la presente Memoria ha alcanzado el
porcentaje del 9,3%.
Las soluciones para conseguir rebajar tal índice de pendencia se antojan
difíciles, precisamente como consecuencia también de esa propia crisis económica.
El numero de órganos judiciales de Primera Instancia y de Primera Instancia e
Instrucción es, prácticamente, el mismo que en el año 2009, como también lo es el
número de funcionarios que en ellos prestan servicio. Los medios de toda índole no
han sido mejorados. Sólo quedan las medidas de refuerzo puntuales en aquellos
casos en que la situación se torna del todo insostenible, medidas cuya efectividad
exige una mejor respuesta y asignación de funcionarios de la que se obtiene muchas
veces de la Administración prestacional.
La puesta en marcha de Servicios Comunes de Ejecución de forma
generalizada es, casi con toda probabilidad, al igual que en la ejecución penal, la
medida que puede resultar más efectiva de cara a reducir esa elevada pendencia de
ejecuciones, ya que, aunque existe una importante implantación de Servicios
Comunes de partido judicial, no están enfocados a tales funciones, aparte de su
infradotación respecto a la carga de trabajo.
La situación actual es, pues, gravísima y, lo que está fuera de dudas, el grave
quebranto del contenido del Art. 24 CE en su vertiente del derecho a la ejecución de
lo juzgado.
3.2 INCIDENCIA DE LA CRISIS EN LOS ÓRGANOS JUDICIALES El clima de desasosiego entre los ciudadanos ante la importante crisis
económica que nos afecta viene asentado fundamentalmente sobre elementos
económicos y laborales, más que jurídicos. Ahora bien, la trascendencia que todo
ello comporta tiene un reflejo directo e inmediato, como así está ocurriendo, en la
carga de trabajo de los órganos judiciales, efecto que, al mantenerse en el tiempo,
180 MEMORIA 2011
ha generado una preocupante elevación del número de asuntos pendientes en los
tribunales.
Se constata, así, un dato evidente, ya reflejado en anteriores Memorias: los
Juzgados y Tribunales se han visto desbordados por un enorme incremento de
asuntos en los años precedentes, especialmente los relacionados con determinados
tipos de procedimientos, como pueden ser los desahucios, los procesos monitorios y
cambiarios, o las ejecuciones civiles. Ese considerable incremento de la litigiosidad
también ha afectado a los órganos judiciales especializados en materia mercantil, al
tiempo que ha creado importantes disfunciones en el orden jurisdiccional social.
La consideración de este efecto derivado de la actual coyuntura económica
tiene interés no sólo con la finalidad de poder adoptar las medidas necesarias para
mitigar el impacto que genera en el funcionamiento de los órganos judiciales, sino
también desde una perspectiva sociológica, puesto que muestra cuál es la realidad
social existente.
En Andalucía ha sido necesario adoptar medidas de refuerzo en diferentes
Juzgados, como consecuencia de ese inasumible aumento de la carga de asuntos a
resolver. Así, durante 2011 han estado reforzados los Juzgados de lo Mercantil de
Cádiz, Córdoba, Málaga y Sevilla. También han contado con refuerzo los Juzgados
de lo Social nº 1 de Sevilla y nº 1 y 2 de Jerez de la Frontera. Por otra parte, se han
gestionado refuerzos para el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Huelva, que asume la
competencia en materia mercantil, y para los Juzgados de lo Social de Algeciras y nº
3 de Jerez de la Frontera, que serán efectivos en el año 2012.
En las próximas páginas va a exponerse la situación que, desde el punto de
vista que venimos comentado, presentan los órganos judiciales andaluces. Se ha
realizado una comparativa con relación a determinados tipos de procedimiento
durante los años 2009 a 2011, que muestra la evolución del registro de asuntos, la
pendencia existente y el número de casos resueltos, ofreciéndose así la visión del
estado actual de los desahucios, procedimientos monitorios, procesos cambiarios,
concursos de acreedores y despidos.
DESAHUCIOS El número de ingresos de juicios verbales de desahucio ha sufrido un
descenso en 2011, menos en Málaga, Almería y Jaén, donde se han incrementado
MEMORIA 2011 181
levemente. Es significativo el número de desahucios que se han solicitado en los
Juzgados de la provincia de Málaga, muy superior a Sevilla y Cádiz, que destacan,
asimismo, respecto a las demás provincias.
DESAHUCIOS INGRESADOS POR PROVINCIAS
0
500
1000
1500
2000
2500
3000
3500
ALMERIA
CADIZ
CORDOBA
GRANADA
HUELVAJA
EN
MALAGA
SEVILLA
AÑO 2009AÑO 2010AÑO 2011
La pendencia, como se puede ver, ha descendido también en todas las
provincias, a excepción de Huelva, Jaén y Sevilla, aunque este incremento ha sido
inferior al 7% en los tres casos. El número de desahucios pendientes es
especialmente alto en Málaga y Sevilla.
PENDENCIA DE DESAHUCIOS POR PROVINCIAS
0200400600800
10001200140016001800
ALMERIA
CADIZ
CORDOBA
GRANADA
HUELVAJA
EN
MALAGA
SEVILLA
AÑO 2009AÑO 2010AÑO 2011
182 MEMORIA 2011
Pese a que el número de nuevos desahucios ha descendido, siguen siendo
considerables los asuntos de este tipo pendientes, lo que revela que el número de
desalojos permanecerá en niveles elevados.
Año 2011 Pendientes al
inicio Registrados Resueltos Pendientes al
final ALMERIA 513 770 781 501 CADIZ 671 1.441 1.478 621 CORDOBA 308 633 667 261 GRANADA 552 1.125 1.165 471 HUELVA 272 476 436 312 JAEN 200 458 415 246 MALAGA 1.272 2.948 3.025 1.193 SEVILLA 1.271 2.065 1.941 1.358 ANDALUCIA 5.059 9.916 9.908 4.963
Los datos estadísticos del año 2011 no permiten todavía valorar la incidencia
de las reformas introducidas por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de
agilización procesal. Sin embargo, la nueva redacción que dicha Ley da al Art. 440
de la Ley de Enjuiciamiento Civil, es seguro que determinará un descenso de la
pendencia de los juicios verbales de desahucio, que provocará un correlativo
incremento del número de desalojos -lanzamientos- pendientes, que agravará la
situación, ya sumamente preocupante, en que se encuentra la ejecución de asuntos
civiles.
CAMBIARIOS
Año 2011 Pendientes al
inicio Registrados Resueltos Pendientes al
final ALMERIA 2.505 1.042 1.355 2.172 CADIZ 1.828 1.100 1.218 1.625 CORDOBA 1.370 828 890 1.255 GRANADA 2.069 963 1.469 1.451 HUELVA 1.126 533 581 985 JAEN 789 541 671 638 MALAGA 3.136 1.301 1.686 2.663 SEVILLA 5.940 2.150 2.422 5.521 ANDALUCIA 18.763 8.458 10.292 16.310
En el año 2011 han ingresado en los Juzgados andaluces un total de 8.458
nuevos asuntos cambiarios, con un descenso considerable del 30% respecto a 2010
y, mayor aún, del 62,5%, respecto a 2009. Este descenso está justificado por el
MEMORIA 2011 183
corto plazo en que han de ser atendidas las obligaciones que incorporan los títulos
que sirven de base para el inicio de este tipo de procedimientos, lo que provoca un
importante incremento de éstos en los inicios de la crisis económica que
progresivamente va mitigándose en la medida en que la actividad económica se ve
afectada por una deceleración.
CAMBIARIOS INGRESADOS POR PROVINCIAS
0
1000
2000
3000
4000
5000
6000
ALMERIA
CADIZ
CORDOBA
GRANADA
HUELVAJA
EN
MALAGA
SEVILLA
AÑO 2009AÑO 2010AÑO 2011
La pendencia, como puede apreciarse en el siguiente gráfico, ha descendido
también en todas las provincias, aunque el descenso es menos acusado que en el
caso de los ingresos. El descenso ha sido del 13,1% con relación a 2010 y del
21,5%, respecto de 2009. La cifra absoluta de procedimientos cambiarios en trámite
es de 16.310.
PENDENCIA DE CAMBIARIOS POR PROVINCIAS
0
1000
2000
3000
4000
5000
6000
7000
ALMERIA
CADIZ
CORDOBA
GRANADA
HUELVAJA
EN
MALAGA
SEVILLA
AÑO 2009AÑO 2010AÑO 2011
184 MEMORIA 2011
MONITORIOS
Este tipo de procedimientos ha sufrido también un descenso generalizado en
el número de ingresos en 2011, que se cifra en 132.323 procedimientos monitorios,
lo que supone un 18% menos que en el año 2010.
Año 2011 Pendientes
al inicio Registrados Resueltos Pendientes
al final ALMERIA 16.472 15.314 14.268 17.638 CADIZ 14.452 17.284 19.292 12.394 CORDOBA 5.875 10.095 10.310 5.646 GRANADA 10.157 13.934 16.744 7.458 HUELVA 5.212 7.709 7.981 4.807 JAEN 4.712 7.697 8.597 3.606 MALAGA 30.599 30.161 32.442 27.712 SEVILLA 28.350 30.129 29.946 29.095 ANDALUCIA 115.829 132.323 139.580 108.356
MONITORIOS INGRESADOS POR PROVINCIAS
05000
10000150002000025000300003500040000
ALMERIA
CADIZ
CORDOBA
GRANADA
HUELVAJA
EN
MALAGA
SEVILLA
AÑO 2009AÑO 2010AÑO 2011
La pendencia ha descendido también. Es un 16,5% menor que en 2010, pero
ha crecido un 4,99% con relación a la existente en el año 2009.
MEMORIA 2011 185
PENDENCIA DE MONITORIOS POR PROVINCIAS
0
5000
10000
15000
20000
25000
30000
35000
ALMERIA
CADIZ
CORDOBA
GRANADA
HUELVAJA
EN
MALAGA
SEVILLA
AÑO 2009AÑO 2010AÑO 2011
CONCURSOS DE ACREEDORES En los Juzgados de lo Mercantil se puede apreciar un incremento general de
los concursos de acreedores. Málaga, Sevilla y Cádiz, son las tres provincias donde
hay un mayor número de ingresos.
MOVIMIENTO DE CONCURSOS DE ACREEDORES POR PROVINCIAS
0
50
100
150
200
250
300
ALMERIA
CADIZ
CORDOBA
GRANADA
HUELVA
JAEN
MALAGA
SEVILLA
AÑO 2009 AÑO 2010 AÑO 2011
186 MEMORIA 2011
En Almería se mantiene constante el nivel de ingresos y se incrementa el
nivel de resoluciones, aunque muy por debajo del nivel de ingresos. La pendencia
crece un 32%.
ALMERIA. EVOLUCION CONCURSO ACREEDORES
020406080
100120140160180
ingresos resueltos pendientes al f inal
2009 2010 2011
La tercera ciudad en nivel de ingresos es Cádiz, donde los asuntos
ingresados y resueltos han aumentado. La pendencia aumenta un 34% respecto al
año anterior.
CADIZ. EVOLUCION CONCURSO ACREEDORES
0
100
200
300
400
500
ingresos resueltos pendientes al final
2009 2010 2011
MEMORIA 2011 187
En Córdoba, la pendencia también sigue creciendo (un 30% respecto a
2010). El número de asuntos resueltos aumenta ligeramente, pero sigue por debajo
del nivel de asuntos ingresados.
CORDOBA. EVOLUCION CONCURSO ACREEDORES
0
50
100
150
200
250
ingresos resueltos pendientes al final
2009 2010 2011
En Granada, se mantiene el nivel de ingresos. Los asuntos resueltos han
descendido en un 21% respecto al año anterior. La pendencia ha aumentado un
42%.
GRANADA. EVOLUCION CONCURSO ACREEDORES
0
50
100150
200
250
300
ingresos resueltos pendientes al f inal
2009 2010 2011
188 MEMORIA 2011
En Huelva, los asuntos resueltos se incrementan con relación a 2010, pero
inferiores a los asuntos ingresados. La pendencia se eleva un 44%.
HUELVA. EVOLUCION CONCURSO ACREEDORES
0
20
40
60
80
100
120
ingresos resueltos pendientes al f inal
2009 2010 2011
Jaén tiene un nivel de asuntos resueltos e ingresados más proporcionado
que en las demás provincias. No obstante en el último año se han resuelto menos
asuntos que en años anteriores. La pendencia es un 41% mayor.
JAÉN. EVOLUCION CONCURSO ACREEDORES
010203040506070
ingresos resueltos pendientes al f inal
2009 2010 2011
MEMORIA 2011 189
En Málaga, donde el nivel de ingresos en concursos de acreedores es el más
alto de Andalucía, se ha vuelto a elevar en el último año, incrementándose el
número en un 31% respecto al año anterior. El nivel de resolución es un 55% mayor
que en 2010, fruto, sin duda, de las medidas de refuerzo implementadas en los dos
Juzgados de lo Mercantil. No obstante, la pendencia sigue creciendo y aumenta un
34% en 2011.
MALAGA. EVOLUCION CONCURSO ACREEDORES
0
100
200
300
400
500
600
ingresos resueltos pendientes al f inal
2009 2010 2011
La segunda provincia en volumen de ingresos es Sevilla, aunque se
mantiene estable el número respecto al año anterior. Pese a que ambos Juzgados
de lo Mercantil de Sevilla han contado también con medidas de refuerzo durante
2011, se ha producido un descenso del 24% en el número de asuntos resueltos. La
pendencia ha aumentado un 47% respecto al año anterior.
SEVILLA. EVOLUCION CONCURSO ACREEDORES
0
100
200
300
400
500
600
700
ingresos resueltos pendientes al f inal
2009 2010 2011
190 MEMORIA 2011
MEMORIA 2011 191
El incremento de los concursos está creando serias dificultades en los
Juzgados de lo Mercantil andaluces, pese al refuerzo, casi general, con que cuentan
los mismos. Sin embargo, la dotación de sus plantillas es claramente insuficiente
para poder absorber el exceso de asuntos a tramitar y las medidas de refuerzo
normalmente no implican un aumento de la dotación de funcionarios o bien es
mínimo, de modo que, en la actual situación, son notoriamente insuficientes para la
atención ordenada o razonablemente abarcable del número de asuntos que ingresan
en estos Juzgados, sin que el pronóstico de la evolución económica del país
acompañe a mejorar las expectativas inmediatas. Se impone con urgencia la
adopción de medidas coyunturales y estructurales que corrijan este estado de cosas.
DESPIDOS Como se puede apreciar en el gráfico siguiente, los despidos en los Juzgados
de lo Social de Andalucía, Ceuta y Melilla, muestran un descenso en el número de
asuntos resueltos. Al mismo tiempo, el número de ingresos ha aumentado en el
último año un 9%, por lo que la pendencia sigue una tendencia alcista (47% con
respecto al año anterior).
EVOLUCION DE LOS DESPIDOS. JUZGADOS DE LO SOCIAL 2009 A 2011
0
1000
2000
3000
4000
5000
6000
DESPIDOS 2009 DESPIDOS 2010 DESPIDOS 2011
ALMERIACADIZ
ALGECIRASJEREZ FRA
CEUTACORDOBA
GRANADAMOTRIL
HUELVAJAEN
MALAGAMELILLA
SEVILLA
INGRESOS DE DESPIDOS. JUZGADOS DE LO SOCIAL
0
1000
2000
3000
4000
5000
6000
ALMERIA
CADIZ
ALGECIR
AS
JEREZ FRONTERA
CEUTA
CORDOBA
GRANADA
MOTRIL
HUELVA
JAEN
MALAGA
MELILLA
SEVILLA
AÑO 2009 AÑO 2010 AÑO 2011
Por provincias, los despidos han aumentando en Cádiz y Sevilla,
manteniéndose en cifras muy similares a las de 2010 en Algeciras, Jerez de la
Frontera, Ceuta, Córdoba, Motril y Melilla, descendiendo en las restantes. El mayor
número de ingresos en despidos lo presentan Sevilla (4.626 despidos) y Málaga
(4.134 despidos).
La pendencia ha crecido, con distinta intensidad, en los Juzgados de lo Social
de Almería, Cádiz, Jerez de la Frontera, Ceuta, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén,
Málaga, Melilla y Sevilla. Únicamente han reducido el número de despidos
pendientes los Juzgados de Algeciras y Motril.
PENDENCIA DE DESPIDOS. JUZGADOS DE LO SOCIAL
0
500
1000
1500
2000
2500
ALMERIA
CADIZ
ALGECIR
AS
JEREZ FRONTERA
CEUTA
CORDOBA
GRANADA
MOTRIL
HUELVA
JAEN
MALAGA
MELILLA
SEVILLA
AÑO 2009 AÑO 2010 AÑO 2011
192 MEMORIA 2011
El importante incremento en el número de despidos ingresados en 2011,
situándose por encima, incluso, del nivel de ingresos del año 2009, junto con la
pendencia acumulada durante estos últimos años (superior a 4.000 despidos en
2009 y que se sitúa por encima de los 6.200 asuntos en 2011), pone de manifiesto
una preocupante saturación en este tipo de procedimientos, cuya tramitación es
considerada preferente por la Ley procesal, máxime cuando la capacidad resolutiva
desciende cada año.
3.3 NUEVAS PLAZAS JUDICIALES Al igual que decíamos en referencia al año 2011, la Comisión Mixta de
Cooperación y Coordinación de la Consejería de Justicia y Administración Pública y
el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, no ha podido realizar
propuesta de creación de nuevos órganos judiciales para el año 2012, ya que no
existen previsiones económicas y presupuestarias al respecto por parte del
Ministerio de Justicia. Lo anterior no nos exime, sin embargo, de resaltar cuáles son
las necesidades mínimas de dotación de plazas judiciales en Andalucía en base a la
carga de trabajo y volumen de litigiosidad descrito en apartados anteriores.
En este contexto de duro ajuste presupuestario y con previsión de una, más
que probable, reforma legislativa en torno a los llamados tribunales de instancia,
entendemos que el rumbo a tomar debe ser el de la creación de plazas individuales
de Magistrados o Jueces en vez de unidades judiciales completas. Por ello, con
base en los datos expuestos en esta Memoria, desde el ámbito de este Tribunal
Superior de Justicia se hace necesario formular una propuesta en tal sentido para el
año 2012, aún a sabiendas de las serias dificultades existentes para que pueda ser
considerada y atendida, pero que, en cualquier caso, debe servir para conocer las
necesidades mínimas judiciales en el territorio de este Tribunal Superior.
Para la propuesta que se recoge a continuación se ha valorado la carga de
trabajo que soportaron los distintos órganos judiciales durante el período 2009-2011,
así como la entrada total de asuntos en este último año, puesta en relación con el
módulo de entrada fijado por el Consejo General del Poder Judicial, con una
ponderación que se ha situado en el 20% y cuya razón de ser estriba en corregir la
desviación que resulta de considerar los asuntos entrantes de modo absoluto, sin
MEMORIA 2011 193
distinción de materias. El tercer factor que se ha considerado es la pendencia
existente. Con este proceder, pretende evitarse un sesgo de los datos provocado por
puntuales aumentos de la litigiosidad, de modo que la estimación de las necesidades
se ajuste lo máximo posible a la realidad estructural de los órganos judiciales
andaluces.
Partimos, además, de dos apreciaciones generales ya referidas en la
Memoria del año anterior. Respecto de los Juzgados de lo Mercantil, la desbordante
carga de trabajo que deben soportar como consecuencia de la crisis económica ha
hecho necesario adoptar y mantener medidas de refuerzo en prácticamente todos
los Juzgados de este tipo radicados en Andalucía, con la excepción de Almería y
Jaén. Pese a ello y a que el nivel resolutivo en el año 2011 se ha situado en un
86,44% (en 2010 era del 63%), la pendencia ha crecido un 10,99% esta anualidad.
Debe, por tanto, consignarse la necesidad de un aumento también generalizado de
las plazas judiciales y la definitiva creación de Juzgados exclusivos de lo Mercantil
en Huelva y Jaén.
En cuanto a los Juzgados de Primera Instancia es tan generalizada la
sobrecarga de trabajo en todos ellos, con excesos que superan ampliamente el
100% del módulo establecido o están próximos a alcanzar ese porcentaje, situación
de incremento en el número de asuntos nuevos cada año que se mantiene desde el
año 2007, que puede repetirse un año más que nos hallamos ante una situación
sumamente preocupante. Debe añadirse, además, como se expone en otro apartado
de esta Memoria, la elevadísima pendencia existente en materia de ejecuciones
civiles, que igualmente viene creciendo cada año. Todo ello dibuja una situación en
la que no es irreal ni alarmista hablar de posible colapso. Es innecesario, por tanto,
justificar más la amplia, aunque mínima, propuesta de creación de nuevas plazas
que se realiza para estos Juzgados.
Por último, cabe reseñar que somos conscientes que la propuesta contiene un
posible margen de error y puede tildarse de incompleta e insuficiente en algunos
territorios y/o jurisdicciones, pero, cuando menos, permite hacer una radiografía
general de las necesidades básicas o mínimas en el momento presente, sin perjuicio
de su posible o segura variabilidad en atención a los posibles vaivenes y cambios
futuros, que serán más reveladores cuando empiecen a verse los frutos de reformas
legislativas u organizativas, que ojalá lleguen cuanto antes.
194 MEMORIA 2011
En definitiva, a nuestro juicio, se trata de una propuesta mínimamente válida y
asumible en la actualidad, que nos servirá de guía y parámetro valorativo para
Planes de Actuación o adjudicación de destinos a los Jueces de Refuerzo o de
Adscripción Territorial, a aras a responder a las necesidades coyunturales de los
órganos judiciales.
ORGANOS COLEGIADOS
Almería 1 PLAZA DE MAGISTRADO AUDIENCIA PROVINCIAL (separar jurisdicciones)Córdoba 1 PLAZA DE MAGISTRADO AUDIENCIA PROVINCIAL (separar jurisdicciones)Granada 2 PLAZAS DE MAGISTRADO AUDIENCIA PROVINCIAL (Jurisdicción Penal) Jaén 1 PLAZA DE MAGISTRADO AUDIENCIA PROVINCIAL (separar jurisdicciones)Málaga 3 PLAZAS DE MAGISTRADO AUDIENCIA PROVINCIAL (Jurisdicción Penal) Sevilla 1 PLAZA DE MAGISTRADO AUDIENCIA PROVINCIAL (Jurisdicción Penal) Total 9
ORGANOS UNIPERSONALES
Juzgados de Primera Instancia Juzgados en la
actualidad Plazas a crear Almería 7 3 Algeciras 4 1 Jerez de La Frontera 5 2 Córdoba 8 2 Granada 15 3 Huelva 6 1 Jaén 5 1 Málaga 16 6 Fuengirola 5 1 Marbella 8 1 Torremolinos 5 1 Sevilla 22 9 Total Primera Instancia 31
Juzgados de Familia Juzgados exclusivos en
la actualidad Plazas a crear Huelva 0 Especializar Jaén 0 Especializar Total Familia 0
Juzgados de Instrucción Juzgados en la
actualidad Plazas a crear Granada 9 2 Málaga 14 1 Sevilla 20 2 Total Instrucción 5
MEMORIA 2011 195
Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
Juzgados en la actualidad Plazas a crear
Berja 2 1 El Ejido 5 1 Roquetas de Mar 5 2 Vera 3 1 Chiclana de la Frontera 5 1 San Fernando 3 1 San Roque 2 1 Santa Fe 3 1 Ayamonte 5 1 Estepona 5 2 Vélez-Málaga 5 2 Alcalá de Guadaira 4 1 Dos Hermanas 7 2 Sanlúcar La Mayor 4 1 Total Primera Instancia e Instrucción 18
Juzgados de lo Mercantil Juzgados exclusivos en
la actualidad Plazas a crear Cádiz 1 1 Córdoba 1 1 Granada 1 1 Huelva 0 1 Jaén 0 1 Málaga 2 2 Sevilla 2 2 Total Mercantil 9
Juzgados de lo Penal Juzgados en la
actualidad Plazas a crear Almería 5 1 Granada 6 1 Málaga 14 1 Total Penal 3
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo
Juzgados en la actualidad Plazas a crear
Almería 3 2 Cádiz 4 1 Jerez de la Frontera 1 1 Granada 5 1 Huelva 3 1 Jaén 3 1 Málaga 7 2 Sevilla 14 1 Total Contencioso-Administrativo 10
196 MEMORIA 2011
Juzgados de lo Social Juzgados en la
actualidad Plazas a crear Almería 4 1 Algeciras 1 1 Córdoba 4 2 Granada 7 1 Huelva 3 1 Málaga 13 1 Sevilla 11 2 Total Social 9
Total plazas judiciales propuestas 94
3.4 NUEVA OFICINA JUDICIAL En líneas precedentes comentábamos que durante 2011 no se ha iniciado el
demandado despliegue en Andalucía de la nueva oficina judicial. No hemos
conseguido contar con el anunciado Decreto Marco del Ejecutivo andaluz por el que
se regula la “Estructura y Organización de la Oficina Judicial en Andalucía (ni otros
Decretos paralelos de relaciones de puestos de trabajo en determinadas unidades
judiciales), que hubiera permitido frenar la actual dispersión organizativa a través de
una nueva fórmula mucho más racional y eficiente, al tiempo que un mejor
aprovechamiento de los actuales recursos humanos y medios materiales.
Tampoco ha habido suerte, por lo mismo, con la implantación de Servicios
Comunes de Ejecutorias, básicos ante el deterioro y aumento alarmante de las
ejecuciones pendientes en los órganos judiciales del territorio.
Por tanto, la falta de impulso durante 2011 perpetúa la rigidez y actuales
distorsiones de nuestra organización de trabajo, al tiempo que impide asentar la
nueva cultura de oficina judicial y trabajo colegiado, que debe funcionar con criterios
de “agilidad, eficacia, eficiencia, racionalización, responsabilidad por la gestión” (art.
435.3 LOPJ) para dar a los ciudadanos un servicio de mayor calidad.
Al respecto, esta Sala de Gobierno no puede hacer oídos sordos a la medida
que más reclaman todos los jueces andaluces, que se quejan amargamente de las
distorsiones en materia de recursos personales, reclamando su pronta solución,
máxime cuando son ampliamente conocidas desde años atrás y denunciadas
MEMORIA 2011 197
reiteradamente, si bien se siguen perpetuando: 1. órganos con plantillas muy
escasas y otros, en cambio, con exceso de personal, 2. ausencia absoluta de
movilidad en el inmediato entorno laboral, 3. alto número de interinos, 4. falta de
especialización, 5. cambios constantes en la plantilla de los Juzgados, 6. comisiones
de servicio injustificadas, y, en fin, 7. falta de control horario y responsabilidad por la
gestión.
Toda esta problemática, no abordada con seriedad, decisión y rigor, deja en
entredicho la eficaz gestión de la oficina judicial y pone en tela de juicio la eficacia y
eficiencia del actual sistema.
A partir de ello, se impone, sin mayores dilaciones, el despliegue en Andalucía
de la nueva oficina judicial, medida que debe suponer un profundo cambio en la
Administración de Justicia y alumbrará una nueva organización y métodos de trabajo
mucho más racionales y eficientes. Recordemos, al respecto, que este nuevo diseño
nació con el propósito claro de “garantizar con su funcionamiento la independencia
del poder al que sirve, la racionalización del trabajo y un mejor aprovechamiento de
los recursos humanos y medios materiales”.
Asimismo, la estructuración de la oficina judicial exige adecuarse a la realidad
de las necesidades de los órganos jurisdiccionales, lo que implica necesariamente
tomar en consideración las peculiaridades propias de los mismos, así como las
relativas al territorio en que se asientan. Sugerimos, por tanto, un proceso de
gradual implantación del nuevo sistema de trabajo, con carácter individualizado,
flexible y singularizado (Art. 436.3 LOPJ), máxime teniendo en cuenta las
experiencias iniciales de otros territorios, que detectan claras distorsiones al
implantar simultáneamente todos los Servicios Comunes Procesales (SCP).
Esta Sala de Gobierno sigue apostando, en un primer nivel, por potenciar y
generalizar en todos los órganos judiciales Servicios Comunes Procesales
Generales (SCGP), en especial de Registro, Reparto y Comunicaciones 2,
haciendo
2 Los Servicios Comunes de Partido Judicial que se han implantando en Andalucía, según datos de la Junta de Andalucía, ascienden a untotal de 47. En el año 2011 no se ha creado ningun
o. En 2010 se implantaron en los partidos judiciales de Arcos de la Frontera, San Fernando
la
s,
irola, Alcalá de Guadaira, Dos Hermanas y Carmona.
y Sanlúcar de Barrameda, en Cádiz; Baza (Granada); Antequera, Coín, Ronda y Vélez-Málaga, en Málaga; y Lora del Río, Morón de Frontera, Sanlúcar la Mayor y Utrera, en Sevilla. Los anteriores vienen a sumarse a los Servicios Comunes que ya estaban en funcionamiento en El Ejido, Roquetas de Mar, Berja, Huércal-Overa, Cádiz, Algeciras, Jerez de la Frontera, Puerto de Santa María, Chiclana de la Frontera, Lucena, Montilla, Posada
Pozoblanco, Peñarroya-Pueblonuevo, Puente Genil, Motril, Guadix, Santa Fe, Ayamonte, Moguer, La Palma del Condado, La Carolina, Úbeda, Andújar, Linares, Estepona, Torremolinos, Marbella, Fueng
198 MEMORIA 2011
especial hincapié en el Servicio Común de Ejecutorias, ampliamente demandado en
capitales de provincia (léase, Málaga y Sevilla), que mejoraría, sin lugar a dudas, el
tratamiento de la pendencia en dicha fase ejecutiva.
El Servicio Común de Ordenación Procesal (SCOP) debería ser el último en su
puesta en funcionamiento, además de forma progresiva y escalonada, atendiendo
singularmente a la diversidad de partidos y órdenes jurisdiccionales -de menor a
mayor complejidad-. Es más, debería valorarse la exclusión de Servicios de este tipo
en Juzgados y procedimientos no aptos para un trabajo en cadena y con continua
intervención directa del juez (por ej., Juzgados de lo Mercantil, de Menores, de
Instrucción).
Se reclama el nuevo modelo organizativo, a la mayor brevedad, en las
Audiencias Provinciales, donde produciría menos distorsiones a la vista de su
funcionamiento colegiado y reducida tramitación procedimental (singularmente en la
segunda instancia civil o penal). Además, la razonable reducción de personal en
dichos órganos colegiados, singularmente en las Secciones civiles, permitiría contar
con funcionarios necesarios en otros destinos judiciales de las capitales afectadas,
que tienen una singular y mayor carga de trabajo, o bien necesitan medidas de
refuerzo.
Finalmente, esta Sala de Gobierno desea hacerse eco, en este momento de
conclusiones, de foros sobre el nuevo entorno organizativo judicial que alertan sobre
la ausencia de gestores en la administración de justicia, figura existente en otros
países de Europa y que pueden gestionar de manera más eficaz las unidades
judiciales. En España, contamos con los Secretarios judiciales, pero asumen más
funciones de juristas y fedatarios públicos, sin que la actual normativa refleje
claramente que se trata de verdaderos gestores de la oficina judicial con
responsabilidad directa sobre todo lo concerniente al personal y trabajo afectante a
la misma.
Como es sabido, la nueva oficina judicial se define expresamente como la
“organización de carácter instrumental que sirve de soporte y apoyo a la actividad
jurisdiccional de Jueces y Tribunales”. Por el momento, sin embargo, se ha originado
una especie de “despotismo ilustrado”, ya que el juez carece de poder alguno de
Sin perjuicio de la conveniencprioritaria la inmediata creación de e
ia de una extensión generalizada de los Servicios Comunes en el resto de partidos judiciales, se considera ste Servicio Común en Loja.
MEMORIA 2011 199
organ
se atribuye a
los S
es y penales), quedando marginados los jueces de tareas de organización
del tr
ue aflora una especie de “responsabilidad difusa”, un
vacío
xistencia de situaciones bien distintas y enfrentadas: una
corre
ización o efectiva dirección sobre esa organización instrumental y sobre el
personal adscrito.
Surge, así, la gran novedad organizativa: desvincular la gestión de la oficina
judicial del control de los Jueces y Magistrados. En sintonía con ello,
ecretarios Judiciales la dirección del personal integrante de la oficina
judicial, pero, curiosamente, sólo “en el aspecto técnico-procesal”.
La voluntad legislativa parece ser clara: “permitir a los Jueces desligarse de
labores burocráticas para dedicarse a su función esencial de dictar resoluciones y
resolver litigios, al tiempo que, por su parte, el Secretario judicial se convierte en la
pieza angular de la nueva oficina judicial, de forma que será quien la dirija”. A partir
de ahora, como se ha dicho gráficamente, el Juez va a decidir lo que hay que hacer,
pero será el Secretario el que diga cómo ha de hacerse (e incluso, cuándo ha de
hacerse, al tener también competencia expresa para hacer los señalamientos de
juicios civil
abajo, sin competencias sobre el personal y sin facultades en la dirección de los
servicios.
Pues bien, aparte de que todo el plan de implantación ha sufrido una gravísima
demora y al día de hoy no se ha podido avanzar decididamente en esta materia, nos
enfrentamos a la cruda realidad actual: surgen significativos interrogantes y
problemática diaria con el diseño de la LOPJ, todavía incompleto. Uno de los más
llamativos, sin duda, es q
de poder, como si no existiera responsabilidad profesional por la eficaz
gestión de la oficina judicial.
En el actual momento, transitorio para muchos (con los llamativos y duraderos
períodos transitorios de la justicia española), cualquiera que desarrolle sus funciones
en los órganos jurisdiccionales contempla, descorazonado, la actual descoordinación
y lagunas sobre “quién dirige” a los funcionarios, quién reparte las tareas y está
pendiente de su pronta realización, quién controla el horario y cumplimiento de la
jornada de trabajo, quién exige responsabilidades, etc. Todo ello provoca en la
práctica diaria la coe
cta laboriosidad, digna de resaltar, pero también un claro descontrol, dejadez
laboral o absentismo.
200 MEMORIA 2011
Sigue patente la problemática de la responsabilidad por la eficaz gestión en la
oficina, así como la potestad sobre el personal, singularmente respecto a las
UPADs, máxime ante la vigencia del artículo 174 LOPJ. Conscientes de que en la
actua
aminos futuros: a través de los propios Secretarios, que
deben tener facultades añadidas y complementarias a la exclusiva actual de
odelo de la
llama
trabajo el actual modelo hace tiempo que es obsoleto e
adecuado, pero el paso del tiempo ha convertido esa certeza en evidencia,
agudiz
gestión procesal.
, en todas
lidad el Juez no es superior jerárquico del personal, sin embargo es básico fijar
las consecuencias y potestades ante el incumplimiento de las decisiones y acuerdos
de los Jueces y Magistrados en el ámbito de sus competencias y responsabilidades.
Concluimos. Se impone tomar conciencia de todo lo expuesto y encontrar la
fórmula para residenciar, de forma precisa y concreta, la responsabilidad directa y
permanente en la organización, inspección y dirección del personal y servicio judicial
encomendado. Salvo que queramos volver al sistema anterior de jefatura y dirección
del Juez, sólo hay dos c
“gestores procesales” (dirección técnico-procesal del personal), o bien a través de
otros gestores externos.
Nuestros legisladores deben tomar una decisión definitiva sobre la dirección
que ha de tomar la justicia y dar el impulso necesario para el nuevo m
da oficina judicial, evaluando y afrontando los problemas de organización, de
estructura, de personal, de medios, para mejorar nuestros órganos judiciales,
incorporando técnicas y modelos modernos de organización del trabajo.
Al final de lo que se trata es que la justicia pueda ir adaptando ciertas formas
de gestión privada a su estructura y organización. Desde la óptica de las técnicas de
organización del
in
ada en los momentos actuales de sobrecarga de trabajo y déficit evidente de
3.5 MEDIOS PERSONALES E INFRAESTRUCTURAS 3.5.1 MEDIOS PERSONALES Las competencias respecto de todo el personal al servicio de la
Administración de Justicia, corresponden en los términos establecidos por la Ley
Orgánica del Poder Judicial, según determina su art. 471, al Ministerio de Justicia o,
en su caso, a las Comunidades Autónomas con competencias asumidas
MEMORIA 2011 201
mación, previa y continuada, elaborar las
ateriales por parte de la Administración Autonómica
las materias relativas a su estatuto y régimen jurídico, comprendidas la selección,
formación inicial y continuada, provisión de destinos, ascensos, situaciones
administrativas, jornada laboral, horario de trabajo y régimen disciplinario.
Por su parte el Art. 80 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma
del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece que “la Comunidad Autónoma
tiene competencias compartidas en materia de administración de justicia, de acuerdo
con lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial, que incluyen, entre otras, la
gestión de los recursos materiales, la organización de los medios humanos al
servicio de la Administración de Justicia o las demarcaciones territoriales de los
órganos jurisdiccionales”. Con carácter general, el Art. 147 del referido Estatuto de
Autonomía atribuye a la Junta de Andalucía la competencia ejecutiva y de gestión en
materia de personal no judicial al servicio de la Administración de Justicia,
competencia que incluye impartir la for
relaciones de puestos de trabajo y ejercer todas las demás funciones que sean
necesarias para garantizar una gestión eficaz y eficiente de los recursos humanos al
servicio de la Administración de Justicia.
Así, pues, las competencias en materia de personal corresponden en
exclusiva a la Junta de Andalucía, y de su ejercicio depende garantizar la
continuidad en la prestación del servicio con la eficacia, la celeridad y la calidad que
demandan y merecen los ciudadanos. Tales objetivos, sin la adecuada dotación de
medios personales y m
responsable, difícilmente pueden ser logrados por los Jueces y Magistrados en
general y, en particular, por los destinados en los órganos judiciales que más
adelante se mencionan.
En este contexto, una aproximación a los medios personales disponibles no
puede reducirse sólo al aspecto cuantitativo. La consecución de los objetivos de
eficaci
entes: órganos con exceso de personal, otros con carencias
a, celeridad y calidad precisan, no sólo de una mayor, sino también, de una
mejor gestión de los medios personales que, como ya recordaba la Memoria del año
2010, remedie la rigidez y distorsiones que presenta nuestra organización de trabajo.
Las disfunciones que todos los jueces denuncian día a día a esta Sala de
Gobierno son elocu
manifiestas en este aspecto, inamovilidad absoluta en el inmediato entorno laboral,
202 MEMORIA 2011
cias. Por tanto, se
impon
n eficaz y eficiente de los recursos humanos al servicio de la
la movilidad funcionarial mediante el sistema de las comisiones de
servici
iones
civiles
e una adecuada relación de puestos
de trab
igiosos.
introducir parámetros sobre la cualificación profesional de estos funcionarios, para
alto número de interinos, ausencia de especialización y, en fin, falta de gestión,
control horario, etc.
Las líneas de actuación que hace un año se sugerían como imprescindibles e
inaplazables, deben ser de nuevo enunciadas con idénticas urgen
e adoptar medidas ejecutivas en materia de personal, que incluyan, entre otras
materias, jornada laboral, horario de trabajo, ordenación de la actividad profesional y
períodos de descanso (licencias, permisos y vacaciones), formación inicial y
continua, comisiones de servicio y responsabilidad por la gestión.
Se trata, en definitiva, de medidas organizativas necesarias para garantizar
una gestió
Administración de Justicia, entre las cuales debería darse prioridad a aquellas que
condujesen a un efectivo cumplimiento del horario de trabajo establecido y a una
racionalización de
os.
Si descendemos a ámbitos más concretos, mantienen plena validez las
conclusiones generales que se formularon en la anterior Memoria y se concretan en
cinco apartados.
Así, en primer lugar, la plantilla funcionarial existente en las Audiencias
Provinciales es excesiva y debería reducirse ya, singularmente en las Secc
, dado el escaso trámite civil de la segunda instancia y que las sentencias, por
regla general, se entregan directamente confeccionadas vía informática por los
propios Magistrados. Ello permitiría, a través d
ajo, que otros Juzgados contaran con personal del que ahora adolecen.
Por el contrario, en otras sedes, singularmente órganos unipersonales, hay
que dotar correctamente las plantillas, ya que en muchos Juzgados no están en
consonancia al volumen de asuntos lit
Especial mención merecen tanto los Juzgados con la nueva tarea compartida
en materias de violencia sobre la mujer, necesitados en general de aumento o
refuerzo de plantilla, como también los Juzgados de lo Mercantil, donde esa
necesidad es sumamente acuciante.
En tercer lugar, es repetitiva la denuncia de los continuos cambios, bajas no
cubiertas en tiempo, idas y venidas de funcionarios interinos. Resulta imprescindible
MEMORIA 2011 203
re la escasa preparación de
cuenta con seis
partido
e
se est
tado efectivo se va obtener del gasto
realiza
ograr la mejora de la
situaci
evitar que se cubran plantillas con personal de desempleo o sin conocimiento alguno
de la dinámica judicial. Son muy elevadas las quejas sob
quienes se incorporan como interinos por primera vez a los órganos judiciales.
Además, las bolsas de interinos deberían funcionar sobre sistemas de
especialización en los distintos órdenes jurisdiccionales.
Debe revisarse la dotación de funcionarios en diversos partidos judiciales de
las provincias, singularmente en sedes fuera de la capital, pues en muchos de ellos
puede ser preciso ampliar la plantilla en uno o dos funcionarios. Llamativo continúa
siendo el caso de la provincia de Córdoba, única de Andalucía que
s judiciales dotados con una plantilla de cuatro funcionarios (un gestor, dos
tramitadores y un auxiliar judicial), lo que complica el correcto funcionamiento del
órgano judicial y exige un gran sobreesfuerzo para los funcionarios.
Por último, es absolutamente necesario dotar de funcionarios en las medidas
de refuerzo de órganos judiciales que pone en marcha el Consejo General del Poder
Judicial, previo informe de esta Sala de Gobierno. De nada (o de bien poco) sirve,
por ejemplo, la adscripción de un Juez de refuerzo, si no viene acompañada con la
asignación de funcionarios por la Administración prestacional, en la proporción qu
ime razonable, que hagan posible avanzar en la normalización del Juzgado
afectado por la medida, que generalmente no sólo consiste en el dictado de
resoluciones, sino en mayor tramitación de asuntos, celebración de juicios y vistas.
Al respecto, la ya asumida tardanza en la designación de esos funcionarios ha
pasado este último año a convertirse frecuentemente en negativa, con el argumento
de la falta de disponibilidad de medios económicos. El ahorro propio convierte en
dispendio la inversión ajena, pues escaso resul
do por el Ministerio de Justicia para retribuir al Juez y, en su caso, al
Secretario de refuerzo, si éstos no avanzan y realizan mayor trabajo por falta de
dotación de los medios personales necesarios.
En este sentido, es de destacar la función que vienen desempeñando los
denominados Servicios de Apoyo de Extensión Territorial Variable, creados en 1996
en las ocho provincias andaluzas, con el propósito de “l
ón de los Juzgados y Tribunales sobre los que pesa un alto nivel de carga de
trabajo” motivada por causas excepcionales sobrevenidas o por déficits transitorios
en su plantilla y que precisan ser reforzados temporalmente.
204 MEMORIA 2011
os servicios comunes sometidos al
régime
ante circunstancias
excepc
l, van surgiendo en los órganos
judicia
Estos Servicios de Apoyo se configuran en las “Normas reguladoras de los
Servicios de Apoyo Provinciales”, aprobadas por la Junta de Andalucía (Dirección
General de Gestión de Recursos de la Consejería de Justicia y Administración
Pública) en enero de 2002, como dependientes del Presidente de la Audiencia
Provincial respectiva e integrado por funcionarios de la Administración de Justicia
(gestores, tramitadores y auxiliares), que desempeñarán su cometido en todos los
centros de trabajo comprendidos en su ámbito provincial, mediante comisión de
servicio acordada por resolución de la Delegación provincial de la Consejería de la
Junta de Andalucía a propuesta del Presidente de la Audiencia Provincial. Los
Servicios de Apoyo provinciales son considerad
n que establece el Art. 272 de la LOPJ y el Reglamento CGPJ de Aspectos
Accesorios de las Actuaciones Judiciales y están bajo la dependencia funcional de
los Presidentes de las Audiencias Provinciales.
Su importancia es grande por cuanto están integrados, normalmente, por
funcionarios con una dilatada trayectoria profesional, experiencia y preparación,
circunstancias que les hacen ser idóneos para prestar ese refuerzo temporal en los
Juzgados que lo precisan, que generalmente son los radicados en los partidos
judiciales fuera de las capitales de provincia. Por otra parte, estos Servicios han
dotado de flexibilidad y celeridad a la capacidad de respuesta
ionales, frente a la rigidez que esa capacidad presenta en el actual sistema
administrativo de cobertura de las vacantes de funcionarios, de dotación de las
medidas de refuerzo o de ampliación temporal de las plantillas.
Como regla general, hasta el momento estos Servicios han proporcionado
una respuesta ágil y eficaz a las necesidades de refuerzo de plantilla en los órganos
judiciales radicados fuera de las capitales de provincia, en los que más escasa es la
dotación de las plantillas, así como en órganos judiciales en que puntualmente ha
sido necesario proporcionar apoyo por muy diversas circunstancias. Por ello, esta
Sala de Gobierno aboga por el mantenimiento de estos Servicios de Apoyo con su
actual configuración, ya que constituyen el mejor mecanismo corrector de las
disfunciones que, en materia de dotación de persona
les andaluces, fundamentalmente en los radicados fuera de las capitales de
provincia (la plantilla en éstos suele ser más amplia y estable), e incluso las que
presentan algunos de ellos con carácter estructural.
MEMORIA 2011 205
ablece la “normativa reguladora” y el
estable
humanos con que cuenta la Administración de Justicia, que
brilla por su ausencia; y, en fin, si las medidas de refuerzo que permitirían, al menos,
tapona por falta de dotación de los medios
person
aban las necesidades en infraestructuras más
aprem
necesidad acuciante en el ámbito judicial andaluz. Conscientes, claro está, de la
Todo lo expuesto, claro está, no excluye una mayor ponderación de la
necesidad y efectividad de las propuestas de intervención de los Servicios de Apoyo,
en función del coste económico que puedan suponer, mediante la observancia del
procedimiento de actuación que est
cimiento de medidas de seguimiento y control adecuadas que garanticen una
plena efectividad de los objetivos propuestos con el refuerzo, de forma que esté
totalmente justificado el gasto realizado.
Concluimos. Difícilmente cabe mejorar nuestro sistema judicial si no se
producen avances en la transformación de la desfasada estructura organizativa de
los actuales Juzgados; si no se establecen correcciones en el actual sistema de
gestión de los recursos
r vías de agua, no resultan efectivas
ales necesarios.
3.5.2 INFRAESTRUCTURAS
La Memoria del pasado año mencionaba los avances que se han venido
produciendo en cuanto a dotación y adecuación de las infraestructuras judiciales en
el ámbito territorial de este TSJA, en ejecución del Plan de Infraestructuras
Judiciales con los correspondientes Programas de Actuación que elaboró la
Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía en el año
2006. También, es cierto, se añadía la existencia de deficiencias y serias carencias
en este ámbito, así como el incompleto desarrollo del aludido Plan de
Infraestructuras. Por ello, se record
iantes y llamativas, que afectaban a edificios judiciales dispersos e
inadecuados, con costosos alquileres en paralelo y servicios duplicados, lo que
incidía en costes, calidad y servicio.
Esta situación, salvo excepciones puntuales, se mantiene tras el transcurso
de un año y obliga a reproducir aquella demanda de dotación de nuevas
infraestructuras y mejora de muchas de las existentes. La construcción de nuevas
sedes, la adaptación y reforma, en su caso, de algunas de las existentes, es una
206 MEMORIA 2011
nte puede
ofrece
te, construcción definitiva de nuevas sedes judiciales en localidades como
Algeci
o mal funcionamiento
de los existentes, escáneres para digitalizar documentos, problemas de archivos
judicia
s necesidades más acuciantes que se detectan en cuanto a sedes
judiciales, serían las siguientes:
a sede de la Audiencia Provincial precisa de una remodelación y
odernización de algunas de sus instalaciones, así como dotación de medidas de
eguridad.
actual situación de crisis y ajuste económico, con sus condicionantes negativos, la
actuación en este campo debe, sin embargo, ser constante, pues difícilme
rse una justicia de calidad, atenta y cercana, en parte de las actuales sedes
judiciales, todo ello sin referirse a la propia imagen como servicio público.
Con carácter general, debe acometerse con decisión la unificación y,
consiguien
ras (Cádiz), Jerez de la Frontera (Cádiz), Cádiz, Ceuta, Córdoba, Huelva, Jaén
y Sevilla.
De otro lado, se imponen mejoras en muchas sedes con serias carencias y/o
deficiencias. Cada Presidencia o Decanato ha puesto en conocimiento de esta Sala
de Gobierno necesidades comunes, o muy similares y extendidas, que se citan a
continuación sin ánimo de exhaustividad y pondrán en conocimiento de las
respectivas Delegaciones Provinciales y Gerencia Territorial: humedades y goteras,
defectos de ventilación y/o refrigeración, cortes en el suministro de energía eléctrica
o deficiencias en las instalaciones de ese tipo, existencia de barreras
arquitectónicas, tanto para el acceso a los edificios como para desplazarse por su
interior; insuficiencia de Salas de Vistas (p. ej., en los Juzgados de lo Mercantil de
Sevilla), problemas informáticos, falta de medios de grabación
les, medidas de seguridad en acceso a los edificios, etc.
La
ALMERIA. Tras el acierto del nuevo y excelente edificio judicial de la capital almeriense
para ubicar los órganos unipersonales, así como para los Juzgados de El Ejido,
resulta necesario dotar de una sede a los Juzgados de Huercal-Overa, dadas las
deficiencias de espacio, seguridad y salubridad de la actual. Asimismo, es necesaria
una nueva sede judicial en el partido de Roquetas de Mar, dada la dispersión
existente. L
m
s
MEMORIA 2011 207
n y defectuosa ubicación de algún órgano judicial (muy criticable, y
por to
ete la esperada y anunciada sede judicial
nica, es imprescindible buscar nueva ubicación para la sede del Juzgado de
Menores y de Vigilancia Penitenciaria.
n dicha Ciudad Autónoma, con consenso sobre su ubicación, para
ejorar las deficiencias, defectuosa ubicación y suprimir la dispersión de las
actuale
siete, dispersas),
posibil
s para el desarrollo de la actividad judicial en la capital.
Por otro lado, son defectuosas las instalaciones de los Juzgados de Lucena y
Montill
CADIZ. Resulta necesario materializar en el más breve tiempo posible la tan esperada
y anunciada Ciudad de la Justicia en la capital para mejorar las deficiencias, suprimir
la actual dispersió
dos asumida, sigue siendo la sede del Juzgado de Menores en una céntrica
calle comercial).
También se necesita un nuevo edificio judicial en La Línea de la Concepción y
San Fernando.
En Algeciras, mientras se acom
ú
CEUTA. Resulta conveniente materializar en el más breve tiempo posible el esperado
edificio judicial e
m
s sedes.
CORDOBA.
Ojalá veamos pronto la Ciudad de la Justicia, cuyo inicio de obras debe ser
inminente ante la anunciada formalización del contrato público con una Unión
Temporal de Empresas. Al respecto, son conocidas las actuales deficiencias que
presentan, en general, algunas de las actuales sedes (hasta
itando así la concentración de las mismas y la dotación de espacios
suficiente
a.
GRANADA. Se vuelve a reiterar lo dicho el pasado año. Es imperioso culminar la
reestructuración de los órganos judiciales de la capital y trasladar los Juzgados
208 MEMORIA 2011
que presentan servicios básicos como el
Juzgad
corosas, al tiempo que
liberar
dencias se hayan
uñecar
sultaría conveniente una nueva sede judicial, sin perjuicio de acometer, entretanto,
obras de conservación y mantenimiento generalizados en ambos Juzgados.
directa de
transp
as en la capital para los órganos unipersonales.
En el ámbito de la provincia, presentan serias deficiencias las sedes judiciales
e Ayamonte y Moguer.
unipersonales de Granada al edificio de La Caleta, evitando la actual dispersión que
desaparecería en gran parte con un adecuado aprovechamiento del edificio ubicado
en La Caleta, con plantas vacías e inutilizadas, lo que se compadece mal con la falta
de espacio y dotaciones insuficientes
o de guardia, Registro Civil, Unidades de policía Judicial, Decanato y
Atención al Ciudadano y profesionales.
Lo anterior permitiría el traslado de las Secciones de la Audiencia Provincial
de Granada al edificio judicial de Plaza Nueva, logrando así reunificar este tribunal
provincial (único en Andalucía que tiene ubicadas sus Secciones civiles y penales en
sedes diferentes), así como solventar las carencias endémicas de las Secciones
penales, desprovistas de dependencias funcionales y de
totalmente un edificio alquilado para las Secciones civiles, con el consiguiente
ahorro económico. Es, por tanto, una necesidad prioritaria.
Finalmente, ello facilitaría, además, la distribución conveniente de la Sala de
lo Contencioso-Administrativo en la Real Chancillería, cuyas depen
dispersas en siete ubicaciones distintas, sin espacio para archivos ni condiciones
adecuadas para la conservación y custodia de los procedimientos.
En el ámbito de la provincia, debe procurarse en Órgiva la reunificación de las
sedes judiciales, tanto tiempo anunciada y dilatada. De igual modo, en Alm
re
HUELVA. Resulta necesario que vea la luz en el más breve tiempo posible la Ciudad de
la Justicia en la capital, máxime cuando las obras llevadas a cabo en el actual
Palacio de Justicia eran transitorias y no han servido para paliar todas las
deficiencias existentes en un edificio muy poco operativo para las exigencias de las
oficinas judiciales, dotado de vestíbulos minúsculos, sin entrada
orte de detenidos a calabozos. Todo ello, por no hablar de la existencia de
sedes variadas y dispers
d
MEMORIA 2011 209
Igualmente se impone también un único edificio judicial en la capital ante la
dispersión y deficiencias de algunas de las actuales sedes.
os, Marbella y Estepona, ante la
ecesidad de reunificar las distintas sedes (hay tres ubicaciones judiciales distintas
en cada uno de ellos) y las deficiencias derivadas.
r un año más la necesidad de impulsar definitivamente
la prom
iencia Provincial. En
igual s
n mejor control y circulación de las
person
n el diseño actual para albergar los Juzgados de lo Social,
Merc
l de las
JAEN.
MÁLAGA. En la provincia de Málaga parece urgente la dotación de nuevos edificios
judiciales en los partidos de Fuengirola, Torremolin
n
SEVILLA. Ocioso resulta comenta
etida y anhelada Ciudad de la Justicia en la capital, con consenso político
sobre su ubicación definitiva.
Mientras tanto, se imponen obras de adaptación y reforma de las actuales
sedes judiciales, singularmente en los dos edificios sitos en El Prado de San
Sebastián. Así, precisan reforma las sedes de la Sala de lo Contencioso-
administrativo y de la Sala de lo Social (obras que estaban previstas para el año
2007), así como las instalaciones del vetusto edificio de la Aud
entido, es preciso acometer obras de reforma en el edificio de los Juzgados,
con carencias acusadas para su utilización como sede judicial.
Es muy conveniente también establecer una verja o barrera de seguridad en
el entorno de ambos edificios, que permita u
as que desean acceder al interior de las sedes judiciales, asegurando una
mejor vigilancia y seguridad de todo el recinto.
Igualmente habrán de realizarse obras de adecuación en el Edificio Noga, que
resulta poco operativo co
antil y Penal, debiendo ubicarse también en su interior el Juzgado de lo Penal
nº 15, sito en otra sede.
En la provincia, se necesita cuanto antes la reunificación de las sedes judiciales
en Alcalá de Guadaira y el acometimiento urgente de una reforma integra
210 MEMORIA 2011
sedes judiciales de Cazalla de la Sierra y Osuna, al tiempo que conviene buscar
cuanto antes otra ubicación más adecuada a los Juzgados de Lora del Río.
Junta de Andalucía (actualmente Consejería de
Gober
dió al resto de los 18 Juzgados de
Primer
imiento: La versión Lexnet 3.0. El 9 de mayo comienza
la imp
as de la semana, las 24 horas del día,
mayor capacidad, posibilidad de que los realicen Auditorias y
mayor agilidad en el envío de notificaciones.
3.6 INFORMATIZACIÓN JUDICIAL (LEXNET)
Dentro del Plan de Modernización de la Administración de Justicia,
enmarcado en el Convenio entre el Ministerio de Justicia y la Consejería de Justicia
y Administración Pública de la
nación y Justicia), suscrito el 16 de febrero de 2009, se lleva a cabo el
despliegue del sistema Lexnet.
Se comenzó a implantar esta herramienta en Andalucía el 19 de octubre de
2009, comenzando como experiencia piloto en el Juzgado de Primera Instancia nº
11 de Granada. A partir de junio de 2010 se exten
a Instancia de esta capital. Tras el éxito en Granada, la experiencia se
extendió progresivamente al resto de provincias.
El año 2011 el Ministerio de Justicia lanza una nueva versión del sistema, con
más capacidad y mejor rend
lantación del programa piloto en Melilla y posteriormente el despliegue en el
resto de órganos judiciales.
La nueva versión incorpora entre otras mejoras, una nueva interfaz más
sencilla e intuitiva, disponibilidad todos los dí
Secretarios Judiciales
Notificacio realizadas nes en 11
BA
MELILLA 112.326
el año 20ALMERIA 170 CADIZ 33 CEUTA 103.208 CORDO 68.433 GRANADA 545.641 HUELVA 10.752 JAEN 149.008 MALAGA 65.940
SEVILLA 147.864 TOTAL 1.203.375
MEMORIA 2011 211
aciones telemáticas. Se puede observar que en
2011
n el siguiente gráfico se puede ver el aumento exponencial en el uso de
Lexnet desde su implantación en 2009.
Los datos de Lexnet durante el año 2011, organizados por provincias, se
muestran en la anterior tabla, donde puede apreciarse que Granada es la provincia
con más notificaciones enviadas, debido a que ha sido la primera en la que se ha
implantado este sistema de notific
se han realizado en Andalucía, Ceuta y Melilla un total de 1.203.375
notificaciones a través de Lexnet.
E
EVOLUCIÓN DEL USO DE LEXNET EN ANDALUCIA
0
200.000
400.000
600.000
800.000
1.000.000
1.200.000
AÑO 2009 AÑO 2010 AÑO 2011
3.7 ÓRGANOS JUDICIALES OBJETO DE SEGUIMIENTO Y REFUERZO
compr
de
consis
3.7.1 SEGUIMIENTOS En este apartado se relacionan aquellos órganos judiciales que han sido
objeto de control por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, a fin de
obar la evolución de su actividad y, en concreto, la de aquellos aspectos en
los que se apreciaron ciertas irregularidades.
En numerosas ocasiones el seguimiento es una previsión de futuro: se
adoptan medidas de control para evitar que aparezcan problemas venideros
tencia y gravedad. No obstante, también es evidente que en otras veces
supone un control de la corrección de deficiencias ya manifiestas y enquistadas.
212 MEMORIA 2011
En total han sido 103 los órganos judiciales con medidas de seguimiento
durante el año 2011: 13 en la provincia de Almería, 24 en la provincia de Cádiz, 8 en
la prov
más
han archivo 57 y continúan en trámite 65. Su
l año de su incoación sería la siguiente:
tallan por provincias cuáles han sido los órganos
judiciales sometidos a seguimiento, las líneas de actuación que se han seguido y el
resulta
LMERÍA
incia de Córdoba, 7 en la provincia de Granada, 3 en la provincia de Huelva, 4
en la provincia de Jaén, 25 en la provincia de Málaga y 19 en la provincia de Sevilla.
El número de expedientes de seguimiento tramitados durante el año 2011
ha sido un total de 122 (respecto de algunos órganos judiciales se ha tramitado
de un expediente), de los cuales se
distribución, tomando como referencia e
• Año 2008: 1 seguimiento.
• Año 2009: 14 seguimientos.
• Año 2010: 42 seguimientos.
• Año 2011: 65 seguimientos.
A continuación se de
do de ese expediente.
1. Provincia de AJuzgado de lo Penal Nº 4 de Almería. Seguimiento Nº 8/11 sobre ejecutorias
pendientes. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia Nº 5 de Almería. Seguimiento Nº 34/11 sobre
escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Berja. Seguimiento Nº 28/11
sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Berja. Seguimiento Nº 36/10
sobre
onal civil. Archivado.
procedimientos civiles en trámite y en ejecución y los escritos pendientes de
proveer en el orden jurisdicci
Seguimiento Nº 57/11 sobre demandas de juicios monitorios pendientes de
incoar. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de El Ejido. Seguimiento Nº
40/10 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 5 de El Ejido. Seguimiento Nº
64/10 sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución y escritos
pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.
MEMORIA 2011 213
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Huercal-Overa. Seguimiento
Nº 19/11 sobre procedimientos civiles en trámite y en ejecución y escritos pendientes
de proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Huercal-Overa. Seguimiento
Nº 68/10 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil.
Archivado.
Seguimiento Nº 89/10 sobre los procedimientos civiles en trámite y en
ejecución, escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil y demandas
pendientes de incoación. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Roquetas de Mar. Seguimiento Nº 29/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional
civil. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 4 de Roquetas de Mar. Seguimiento Nº 17/11 sobre escritos de ejecución pendientes de proveer en el orden
jurisdiccional civil. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Vera. Seguimiento Nº 76/09
sobre los procedimientos civiles en trámite. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Vera. Seguimiento Nº 16/10
sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución y los escritos pendientes
de proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Vera. Seguimiento Nº 75/10
sobre procedimientos civiles en trámite y en ejecución y escritos pendientes de
proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa en trámite.
2. Provincia de CÁDIZ
Juzgado de Menores Nº 1 de Cádiz. Seguimiento Nº 26/10 sobre los
procedimientos en trámite previo a sentencia o resolución de fondo. Archivado.
Juzgado de lo Penal Nº 4 de Cádiz. Seguimiento Nº 29/10 sobre los
procedimientos abreviados y ejecutorias. Archivado.
Seguimiento Nº 54/11 sobre asuntos pendientes de registrar, asuntos
registrados y pendientes de señalamiento y asuntos señalados, celebrados y
suspendidos. Continúa en trámite.
214 MEMORIA 2011
Juzgado de Instrucción Nº 1 de Algeciras. Seguimiento Nº 41/11 sobre
juicios de faltas pendientes de celebrar y ejecutorias de juicios de faltas. Continúa en
trámite.
Juzgado de Instrucción Nº 4 de Algeciras. Seguimiento Nº 39/11 sobre
juicios de faltas. Continúa en trámite.
Juzgado de Menores Nº 2 de Cádiz con sede en Algeciras. Seguimiento
Nº 69/10 sobre ejecuciones penales. Archivado.
Juzgado de lo Penal Nº 2 de Algeciras. Seguimiento Nº 38/11 sobre el
dictado de las sentencias o de las resoluciones de fondo correspondientes a los
procedimientos pendientes de este trámite. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia Nº 4 de Algeciras. Seguimiento Nº 56/11 sobre
escritos de ejecución pendientes de proveer y aclaración del estado de la ejecución
de titulo no judicial número 1868/09, instada la ejecución el 14/10/09. Continúa en
trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Chiclana de la Frontera.
Seguimiento Nº 11/11 sobre procedimientos civiles en trámite y en ejecución y juicios
de faltas. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Chiclana de la Frontera.
Seguimiento Nº 56/10 sobre diligencias previas y juicios de faltas. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Chiclana de la Frontera.
Seguimiento Nº 43/10 sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución,
diligencias previas, juicios de faltas y el dictado de las sentencias o de las
resoluciones de fondo correspondientes a los procedimientos pendientes de este
trámite. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de El Puerto de Santa María.
Seguimiento Nº 2/10 sobre diligencias previas, el sumario pendiente a fecha del
referido alarde y las sentencias de juicios de faltas pendientes de notificar. Continúa
en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de El Puerto de Santa María.
Seguimiento Nº 50/11 en relación a las causas penales complejas que el propio
Magistrado ha calificado como tales en el anexo IV de la documentación aportada a
la visita de inspección nº 23/11. Continúa en trámite.
MEMORIA 2011 215
Juzgado de Instrucción Nº 4 de Jerez de la Frontera. Seguimiento Nº
32/11 sobre juicios de faltas pendientes de celebrar y de las sentencias de juicios de
faltas pendientes de notificar. Archivado.
Juzgado de lo Penal Nº 1 de Jerez de la Frontera. Seguimiento Nº 1/11
sobre procedimientos abreviados pendientes de señalar. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia Nº 5 de Jerez de la Frontera. Seguimiento Nº 6/11
sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de La Línea de la Concepción.
Seguimiento Nº 30/11 sobre escritos de ejecución pendientes de proveer en el
orden jurisdiccional civil y exhortos en el orden jurisdiccional penal. Archivado.
Seguimiento Nº 60/11 sobre diligencias previas y juicios de faltas. Continúa en
trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de San Fernando. Seguimiento
Nº 59/11 sobre el dictado de las sentencias o de las resoluciones de fondo
correspondientes a los procedimientos pendientes de este trámite. Continúa en
trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de San Fernando. Seguimiento
Nº 4/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil.
Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de San Roque. Seguimiento Nº
62/10 sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución, escritos pendientes
de proveer en el orden jurisdiccional civil, diligencias previas y procedimientos
abreviados. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de San Roque. Seguimientos
Nº 65/10 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil y
diligencias previas. Archivado.
Seguimiento Nº 18/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden
jurisdiccional civil y procedimientos abreviados. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Sanlúcar de Barrameda.
Seguimiento Nº 27/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional
civil y juicios de faltas. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Ubrique. Seguimiento Nº 74/10
sobre los escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil, el dictado de
216 MEMORIA 2011
las sentencias o de las resoluciones de fondo correspondientes a los procedimientos
pendientes de este trámite, diligencias previas, procedimientos abreviados y juicios
de faltas. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Ceuta. Seguimiento Nº 77/10
sobre el dictado de la sentencia o de la resolución de fondo correspondiente al
procedimiento pendiente de este trámite. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 4 de Ceuta. Seguimientos Nº
86/10 sobre las diligencias previas y procedimientos abreviados. Continúa en
trámite.
Seguimiento 31/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden
jurisdiccional civil. Continúa en trámite.
3. Provincia de CÓRDOBA Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Aguilar de la Frontera.
Seguimiento Nº 52/10 sobre procedimientos civiles en trámite y en ejecución y
escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Baena. Seguimientos Nº 67/09
sobre las demandas pendientes de admitir a trámite, los procedimientos civiles en
trámite y en ejecución y escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional
civil. Continúa en trámite.
Seguimiento Nº 42/11 sobre asuntos pendientes de incoar, escritos
pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil y ejecutorias de juicios de
faltas. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Montilla. Seguimiento Nº
15/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Montoro. Seguimiento Nº
5/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa
en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Posadas. Seguimiento Nº
66/10 sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución y escritos
pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.
Seguimiento Nº 24/11 sobre procedimientos civiles en ejecución y escritos
pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa en trámite.
MEMORIA 2011 217
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Posadas. Seguimiento Nº
67/10 sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución y escritos
pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Priego de Córdoba. Seguimiento
Nº 79/09 sobre las demandas pendientes de admitir a trámite, procedimientos civiles
en trámite y en ejecución, escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional
civil y el dictado de las sentencias o de las resoluciones de fondo correspondientes a
los procedimientos pendientes de este trámite. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Puente Genil. Seguimiento
Nº 13/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil y
demandas pendientes de admitir a trámite, incluidos los asuntos de jurisdicción
voluntaria. Archivado.
Seguimiento Nº 36/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden
jurisdiccional civil y demandas pendientes de admitir a trámite. Archivado.
4. Provincia de GRANADA Juzgado de 1ª Instancia Nº 4 de Granada. Seguimiento Nº 12/11 sobre
escritos de ejecución pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil.
Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Almuñecar. Seguimiento Nº
62/08 sobre los procedimientos civiles en ejecución, los escritos pendientes de
proveer en el orden jurisdiccional civil y, respecto a la Cuenta de Depósitos y
Consignaciones, actuar lo necesario en orden a normalizar la situación de los 241
expedientes o asientos con cuenta abierta e ingresos realizados en cada uno de
ellos sin haber realizado órdenes de entrega o devoluciones. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Guadix. Seguimiento Nº
21/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Loja. Seguimientos Nº 42/10
sobre los escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil y las
diligencias previas. Archivado.
Seguimiento Nº 88/10 sobre escritos pendientes de proveer en el orden
jurisdiccional civil y diligencias previas. Continúa en trámite.
218 MEMORIA 2011
Seguimiento 33/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden
jurisdiccional civil y sumarios. Continúa en trámite.
Juzgado de lo Penal Nº 1 de Motril. Seguimientos Nº 18/10 sobre los
procedimientos pendientes de señalar y las ejecutorias pendientes de incoar a la
fecha del alarde. Archivado.
Seguimiento Nº 51/11 sobre juicios señalados, celebrados y suspendidos.
Continúa en trámite.
Registro Civil de Motril. Seguimiento Nº 58/09 sobre los procedimientos
gubernativos en trámite de dicho órgano a fecha del segundo trimestre de 2009.
Archivado
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Santa Fe. Seguimiento Nº
27/10 sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución, escritos pendientes
de proveer en el orden jurisdiccional civil y dictado de las sentencias o de las
resoluciones de fondo correspondientes a los procedimientos pendientes de este
trámite. Archivado.
5. Provincia de HUELVA Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Ayamonte. Seguimiento Nº
58/11 sobre escritos civiles de trámite y ejecución. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de La Palma del Condado.
Seguimiento Nº 55/11 sobre los procedimientos que destacan especialmente por la
tardanza en su tramitación e impulso procesal. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Valverde del Camino.
Seguimiento Nº 39/10 sobre los procedimientos civiles en ejecución y los escritos
pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.
6. Provincia de JAÉN Juzgado de lo Penal Nº 1 de Jaén. Seguimiento Nº 65/11 sobre la Cuenta de
Depósitos y Consignaciones. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia Nº 5 de Jaén. Seguimiento Nº 32/09 sobre los
procedimientos civiles en ejecución. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia Nº 6 de Jaén. Seguimiento Nº 46/11 sobre el
dictado de las sentencias o de las resoluciones de fondo correspondientes a los
MEMORIA 2011 219
procedimientos pendientes de este trámite y demandas declarativas y ejecutivas
pendientes de incoar. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Villacarrillo. Seguimiento Nº
79/10 sobre la situación de los procedimientos terminados en 1, 7, 8 y 9. Archivado.
7. Provincia de MÁLAGA Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Málaga. Seguimiento Nº
61/10 sobre sentencias pendientes. Archivado.
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 3 de Málaga. Seguimiento
Nº 50/10 sobre los escritos pendientes de proveer y el dictado de las sentencias o de
las resoluciones de fondo correspondientes a los procedimientos pendientes de este
trámite. Archivado.
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 4 de Málaga. Seguimiento el
Nº 82/09 el dictado de las sentencias o de las resoluciones de fondo
correspondientes a los procedimientos pendientes de este trámite. Archivado.
Juzgado de lo Penal Nº 2 de Málaga. Seguimiento Nº 25/09 sobre las
ejecutorias. Juzgado de lo Penal Nº 4 de Málaga. Seguimiento Nº 7/11 sobre ejecutorias
pendientes a la fecha del alarde, con especial atención a la incoación de las
correspondientes al año 2010. Continúa en trámite.
Juzgado de lo Penal Nº 8 de Málaga. Seguimiento Nº 16/11 sobre asuntos
pendientes de incoar, tanto en trámite como en ejecución. Continúa en trámite.
Juzgado de lo Penal Nº 10 de Málaga. Seguimiento Nº 48/09 sobre los
procedimientos en trámite, las ejecutorias, y el dictado de las sentencias o de las
resoluciones de fondo correspondientes a los procedimientos pendientes de este
trámite. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia Nº 3 de Málaga. Seguimiento Nº 83/10 sobre los
escritos pendientes de proveer y el dictado de las sentencias o de las resoluciones
de fondo correspondientes a los procedimientos pendientes de este trámite.
Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia Nº 4 de Málaga. Seguimiento Nº 21/10 sobre los
escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil, los procedimientos
civiles en trámite y en ejecución y el dictado de las sentencias o de las resoluciones
220 MEMORIA 2011
de fondo correspondientes a los procedimientos pendientes de este trámite.
Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia Nº 10 de Málaga. Seguimiento Nº 9/11 sobre los 50
procedimientos que se encontraban pendientes de sentenciar a fecha 23 de
diciembre de 2010. Archivado.
Seguimiento 25/11 sobre el dictado de las sentencias o de las resoluciones de
fondo correspondientes a los procedimientos pendientes de este trámite. Continúa
en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Estepona. Seguimientos Nº
55/09 sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución pendientes a la
fecha de dicha visita, y sobre los escritos civiles pendientes de proveer en el orden
jurisdiccional civil. Continúa en trámite.
Seguimiento Nº 37/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden
jurisdiccional civil y demandas pendientes de admitir a trámite. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Estepona. Seguimiento Nº
38/10 sobre diligencias previas, procedimientos abreviados y escritos pendientes de
proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 4 de Estepona. Seguimiento Nº
40/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa
abierto.
Juzgado de Instrucción Nº 1 de Fuengirola. Seguimiento Nº 49/11 sobre
juicios de faltas pendientes de celebrar. Continúa en trámite.
Juzgado de Instrucción Nº 2 de Fuengirola. Seguimiento Nº 3/11 sobre
juicios de faltas. Archivado.
Juzgado de Instrucción Nº 4 de Fuengirola. Seguimiento Nº 62/11 sobre
sentencias de juicios de faltas pendientes de notificar. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia Nº 3 de Fuengirola. Seguimiento Nº 26/11 sobre
escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil y demandas
pendientes de admitir a trámite. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia Nº 4 de Fuengirola. Seguimiento Nº 58/10 sobre
los procedimientos civiles en trámite y en ejecución y escritos pendientes de proveer
en el orden jurisdiccional civil. Continúa en trámite. Continúa en trámite.
MEMORIA 2011 221
Juzgado de 1ª Instancia Nº 2 de Marbella. Seguimiento Nº 2/11 sobre el
dictado de las sentencias o de las resoluciones de fondo correspondientes a los
procedimientos pendientes de este trámite. Continúa en trámite.
Seguimiento Nº 47/11 sobre las demandas declarativas y de ejecución
admitidas a trámite y proveidas en forma, con indicación del número pendiente a fin
de determinar y valorar su minoración cuantitativa y progresiva. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia Nº 4 de Marbella. Seguimiento Nº 84/10 sobre los
procedimientos civiles en trámite y en ejecución, los escritos pendientes de proveer
en el orden jurisdiccional civil y procedimientos abreviados. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia Nº 5 de Marbella. Seguimiento Nº 33/09 sobre los
procedimientos civiles en trámite y en ejecución y escritos pendientes de proveer en
el orden jurisdiccional civil. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Ronda. Seguimiento Nº
72/10 sobre procedimientos civiles en trámite y en ejecución. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Torrox. Seguimiento Nº
35/11 sobre escritos de ejecución pendientes de proveer en el orden jurisdiccional
civil. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Vélez-Málaga. Seguimiento
Nº 87/10 sobre los escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil.
Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 4 de Vélez-Málaga. Seguimiento
Nº 10/11 sobre el dictado de las sentencias o de las resoluciones de fondo
correspondientes a los procedimientos pendientes de este trámite. Archivado.
8. Provincia de SEVILLA Juzgado de lo Penal Nº 5 de Sevilla. Seguimiento Nº 85/10 sobre las
ejecutorias pendientes de incoar. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia Nº 21 de Sevilla. Seguimiento Nº 22/10 sobre
procedimientos civiles en trámite y en ejecución y escritos pendientes de proveer en
el orden jurisdiccional civil. Continúa en trámite.
Juzgado de lo Social Nº 2 de Sevilla. Seguimiento Nº 61/11 sobre las
razones de el señalamiento tan tardío de los conflictos colectivos 1235/09 y 1204/10,
222 MEMORIA 2011
y del despido 1407/09, e igualmente sobre el estado en que se encuentran las
ejecutorias 166/06, 52/10 y 8/10. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Alcalá de Guadaira.
Seguimiento Nº 56/09 sobre las diligencias previas terminadas en número par y los
procedimientos abreviados de ellas dimanantes, así como sobre los procedimientos
civiles en ejecución. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Alcalá de Guadaira.
Seguimiento Nº 57/09 sobre los juicios de faltas, los procedimientos civiles en
ejecución y los escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil.
Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Alcalá de Guadaira.
Seguimiento Nº 22/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional
civil y procedimientos abreviados. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Carmona. Seguimientos Nº
83/09 sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución, escritos pendientes
de proveer en el orden jurisdiccional civil y demandas de juicios monitorios
pendientes de admitir a trámite. Archivado.
Seguimiento Nº 52/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden
jurisdiccional civil. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Carmona. Seguimiento Nº
53/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil,
procedimientos civiles en trámite y en ejecución y asuntos pendientes de incoación.
Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Cazalla de la Sierra. Seguimiento
Nº 20/11 sobre diligencias previas, juicios de faltas y escritos pendientes de proveer
en el orden jurisdiccional civil. Archivado.
Seguimiento Nº 48/11 sobre demandas de los asuntos de familia pendientes
de admitir a trámite, asuntos de jurisdicción voluntaria, escritos pendientes de
proveer en el orden jurisdiccional civil, diligencias previas, procedimientos
abreviados y juicios de faltas. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Dos Hermanas. Seguimiento Nº 43/11 sobre procedimientos civiles en ejecución. Continúa en
trámite.
MEMORIA 2011 223
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Dos Hermanas.
Seguimiento Nº 44/11 sobre procedimientos civiles en ejecución. Continúa en
trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Écija. Seguimientos Nº 48/10
sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución, los escritos pendientes de
proveer en el orden jurisdiccional civil y el dictado de las sentencias o de las
resoluciones de fondo correspondientes a los procedimientos pendientes de este
trámite. Continúa en trámite.
Seguimiento Nº 14/11 sobre escritos de ejecución pendientes de proveer en el
orden jurisdiccional civil. Archivado.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Lebrija. Seguimiento Nº
49/10 sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución y los escritos
pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Lora del Río. Seguimiento
Nº 33/10 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil, los
procedimientos civiles en ejecución y las diligencias previas. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Lora del Río. Seguimiento
Nº 76/10 sobre la evolución de los procedimientos civiles pendientes de incoar,
escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil, diligencias previas,
procedimientos abreviados y juicios de faltas, procedimientos de ejecución
hipotecaria pendientes de resolver mediante decreto de adjudicación tras la subasta
celebrada y la Cuenta de Depósitos y Consignaciones. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Lora del Río. Seguimiento
Nº 64/11 sobre diligencias previas y demandas declarativas y ejecutivas pendientes
de incoación. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Osuna. Seguimiento Nº
63/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa
en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Osuna. Seguimiento Nº
23/11 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil y
diligencias previas. Continúa en trámite.
Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Sanlúcar la Mayor. Seguimiento Nº 14/09 sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución, las
224 MEMORIA 2011
diligencias previas, juicios de faltas y escritos pendientes de proveer en el orden
jurisdiccional civil. Continúa en trámite.
3.7.2 MEDIDAS DE REFUERZO Durante el año 2011 se han registrado 21 expedientes de medidas de
refuerzo si bien se mantienen abiertos varios de anualidades anteriores hasta un
total de 41 expedientes en trámite, que se describen a continuación.
De los expedientes registrados, en 2011, dos (2) de ellos lo han sido sobre
programas concretos de actuación por objetivos (nº 9/11 y 20/11) para las Salas de
lo Contencioso-Administrativo en Granada y Sevilla respectivamente; dieciséis (16)
han tenido por objeto adscripciones permanentes de Magistrados Eméritos o
Suplentes o Jueces Sustitutos (3 expedientes para Salas del Tribunal, 1 para
Secciones de Audiencia y 12 para órganos unipersonales); y tres (3) han estado
referidos a comisiones de servicio: una sin relevación de funciones (nº 11/11, para el
Juzgado de lo Mercantil de Córdoba); y dos con relevación de funciones (nº 13/11
para los Juzgados de lo Penal nº 12 y nº 13 de Málaga, con competencias en
materia de Violencia Sobre la Mujer, y nº 14/11 para el Juzgado de Primera instancia
nº 4 y Mercantil de Huelva 3 ).
Entre los expedientes archivados, seis (6) afectaban a órganos colegiados,
todos relativos a adscripciones permanentes de magistrados suplentes o eméritos;
quince (15) a órganos unipersonales, incluyendo aquellos con archivo anotado en
2011, pero que finalizaron en 2010 al expirar el periodo de nombramiento, y de ellos
dos (2) consistieron en comisiones de servicio sin relevación de funciones y doce
(12) en adscripciones permanentes de jueces sustitutos, archivándose otro
expediente sin llegar a configurarse la medida.
Las medidas de refuerzo que se han desarrollado durante el año 2011 han
sido las siguientes:
3 La efectividad de esta medida no se ha producido hasta el mes de enero de 2012.
MEMORIA 2011 225
ÓRGANOS COLEGIADOS
Almería.
• Adscripción a la Audiencia Provincial de Almería de los magistrados suplentes
DON JOSÉ L. CASTELLANO TREVILLA y DON ÁNGEL VILLANUEVA
CALLEJA.
Granada.
• Adscripción temporal de forma continuada de la Magistrada-Suplente Dª
PILAR BENSUSAN MARTÍN, a la Sección Funcional 3ª de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo en Granada de este Tribunal, sustituida en la
adscripción tras su renuncia por la Magistrada Suplente Dª CRISTINA PÉREZ
PIAYA.
• Adscripción a la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Granada
de este Tribunal, del Magistrado Suplente DON ERNESTO ESEVERRI
MARTÍNEZ
• Adscripción temporal de forma continuada del Magistrado emérito DON JULIO
ENRÍQUEZ BRONCANO a la Sala de lo Social en Granada.
• Adscripción temporal de forma continuada del Magistrado Emérito DON
EMILIO LEÓN SOLÁ a la Sala de lo Social en Granada de este Tribunal.
Finalizada por cumplimiento de la edad máxima del emérito.
• Adscripción temporal de forma continuada del Magistrado Suplente DON
PEDRO RAMOS ALMENARA a la Sección Segunda de la Audiencia
Provincial de Granada.
• Plan de Actuación por Objetivos para la Sala de lo Contencioso-
Administrativo, con sede en Granada de este Tribunal.
Málaga.
• Formación de una Sección Bis de Apoyo a la Sección 5ª de la Audiencia
Provincial de Málaga, con motivo del enjuiciamiento del “Caso Ballena
Blanca”, consistente en comisión de servicio, con relevación de funciones, al
Magistrado D. FRANCISCO ONTIVEROS RODRÍGUEZ, Titular del Juzgado
226 MEMORIA 2011
de lo Penal nº 8 de Málaga, y adscripción de la Magistrada-Suplente Dª.
MARÍA JOSÉ TORRES CUELLAR.
• Adscripción temporal de forma continuada del Magistrado emérito DON JOSÉ
Mª MUÑOZ CAPARRÓS a la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de
Málaga.
• Constitución de la Sección 1ª Bis de la Audiencia Provincial de Málaga, con
motivo del enjuiciamiento del llamado “Caso Malaya”, consistente en comisión
de servicios, con relevación de funciones de DOÑA MARÍA ÁNGELES
SERRANO SALAZAR, Titular del Juzgado nº 1 Fuengirola y adscripción
permanente del Magistrado Suplente DON DIEGO ENRIQUE BUENO
MEILAN
• Medida de refuerzo interno y externo para la Sala de lo Contencioso-
Administrativo en Málaga del Tribunal. ¿¿
Sevilla.
• Adscripción temporal de forma continuada a la Sala de lo Social en Sevilla de
este Tribunal del Magistrado Emérito D. BENITO RECUERO SALDAÑA.
Finalizada por cumplimiento edad máxima del emérito.
• Adscripción temporal de forma continuada del Magistrado Emérito DON
MIGUEL CORONADO BENITO a la Sala de lo Social en Sevilla de este
Tribunal. Finalizada por cumplimiento edad máxima del emérito.
• Programa Concreto de Actuación para la Sala de lo Social en Sevilla.
ÓRGANOS UNIPERSONALES.
Almería.
• Adscripción al Juzgado de Instrucción nº 2 de Almería, de la Juez Sustituta
DOÑA MARCELINA BELTRÁN BLÁZQUEZ.
• Adscripción al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Almería, de
la Juez Sustituta DOÑA OTILIA FORNIELES MELERO, que en la renovación
de la medida se hace del Juez Sustituto D. ANTONIO LUIS GARCÍA
VALVERDE.
MEMORIA 2011 227
• Adscripción al Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Almería de la Juez de
Adscripción Territorial Dª CLARA EUGENIA HERNÁNDEZ VALVERDE.
Cádiz.
• Adscripción al Juzgado de lo Mercantil de Cádiz de la Juez sustituta Dª Luz
María Bonilla Vallejo. El 11 de marzo continuó la medida con la adscripción de
la Juez de Adscripción Territorial Dª MARÍA DEL PILAR SEBASTIÁN
BENITO.
• Adscripción al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Algeciras, de
la Juez Sustituta DOÑA RAQUEL SÁNCHEZ MORENO
• Adscripción al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Chiclana de
la Frontera (Cádiz), de la Juez Sustituta DOÑA RAQUEL DEL RIO BEDIA.
• Adscripción a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo nº 1, nº 2 y nº 3
de Cádiz, de la Juez Sustituta Doña ANA JESÚS RODRÍGUEZ MESA.
• Adscripción a los Juzgados de lo Social nº 1 y nº 2 de Jerez de la Frontera, de
la Juez Sustituta DOÑA FLORA ALCÁZAR BENOT.
Córdoba.
• Adscripción al Juzgado de Instrucción nº 2 de Córdoba, del Juez Sustituto
DON BENAISA SAID MOHAND, con motivo del expediente de especial
dificultad D. Previas nº 5629/05, sobre delito urbanístico.
• Comisión de servicios, sin relevación de funciones, del Magistrado de la
Audiencia Provincial de Córdoba DON PEDRO ROQUE VILLAMOR
MONTORO, al Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Córdoba.
Granada.
• Adscripción al Juzgado de lo Penal nº 1 Motril (Granada), del Juez Sustituto
DON ANTONIO ILLANA CONDE. Finalizada por expiración de la adscripción
con motivo de la entrada en funcionamiento del Juzgado de lo Penal nº 2 de
Motril.
• Comisión de Servicios, sin relevación de funciones para asumir el 40% de los
asuntos del Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Granada, cuyo Titular es
228 MEMORIA 2011
el Decano de Granada, a favor de DON BORJA ARANGÜENA PAZOS, Titular
del Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Granada.
• Adscripción a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo nº 1, nº 2, nº 3 y
nº 4 de Granada, de la Juez Sustituta DOÑA MARÍA VICTORIA MOTOS
RODRÍGUEZ.
• Adscripción los Juzgados de lo Contencioso-administrativo números 1, 2, 3, 4
y 5 de Granada, de la Juez de Adscripción Territorial Dª MARÍA BARRAGÁN
LADRÓN DE GUEVARA.
Huelva.
• Adscripción Permanente al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de
Huelva, de la Juez Sustituta DOÑA MARÍA JESÚS HERMOSO AYUSO.
Málaga.
• Adscripción al Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga del Juez Sustituto DON
ALFREDO ELÍAS MONDEJAR. Con motivo de finalizar la adscripción el 5 de
septiembre de 2011, al haberle sido concedida licencia por estudios al haber
superado la primera fase de las pruebas de acceso a la Carrera Judicial
continuó la medida con la adscripción de la Juez de Adscripción Territorial Dª
MARÍA JESÚS DEL PILAR MÁRQUEZ.
• Adscripción al Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Málaga de la Juez Sustituta Dª
MARÍA JOSÉ GALIANO NIEVES.
• Adscripción al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Estepona,
en calidad de refuerzo, con motivo de la tramitación del caso “ASTAPA”, de la
Juez Sustituta Dª VIRTUDES MOLINA PALMA.
• Adscripción al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Vélez
Málaga (Málaga) de la Juez Sustituta, Dª CARMEN MORENO BERENGUER.
• Adscripción al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Málaga de la
Juez Sustituta Dª BELÉN SÁNCHEZ VALLEJO.
• Medida de refuerzo nº 2/10, Adscripción Permanente al Juzgado de
Instrucción nº 1 de Marbella, de la Juez Sustituta, Dª SUSANA GARCÍA RUIZ.
• Adscripción al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Málaga, del
Juez Sustituto, D. JORGE DEL VALLE GÁLVEZ.
MEMORIA 2011 229
• Adscripción al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Málaga, del
Juez Sustituto, D. CARLOS JAVIER CASTILLO RODRÍGUEZ.
• Adscripción al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Málaga, de
la Juez Sustituta Dª CONCEPCIÓN ELENA ALMEIDA.
• Adscripción al Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Málaga, de la Juez
Sustituta Dª CRISTINA PASCUAL ARRABAL.
• Adscripción al Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Málaga de la Juez de
Adscripción Territorial, Dª MARÍA CRISTINA INFANTE ARESE, desde el 15
de junio al 14 de diciembre.
• Adscripción al Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Málaga de la Juez de
Adscripción Territorial, Dª MARÍA CRISTINA INFANTE ARESE, desde el 15
de diciembre.
• Adscripción al Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Málaga de la Juez de
Adscripción Territorial, Dª LIDIA BERMÚDEZ MARTÍN, desde el 10 de mayo
al 9 de diciembre.
• Adscripción al Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Málaga de la Juez de
Adscripción Territorial, Dª LIDIA BERMÚDEZ MARTÍN, desde el 9 de
diciembre.
Sevilla.
• Comisión de Servicios, sin relevación de funciones, al Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción nº 1 de Utrera de DON ÁLVARO M. MARTÍN GÓMEZ,
Titular del juzgado de lo Penal nº 2 de Sevilla. Finalizada por expiración de la
comisión de servicios, sin relevación de funciones.
• Medida de refuerzo nº 9/09, para el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de
Sevilla. Finalizada por expiración de la comisión de servicios, sin relevación
de funciones, del Magistrado de la Audiencia Provincial de Sevilla, DON
JOAQUÍN SÁNCHEZ UGENA.
• Adscripción al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Sanlúcar la
Mayor (Sevilla), del Juez Sustituto DON ENRIQUE EMILIO MARTÍNEZ
FERNÁNDEZ.
230 MEMORIA 2011
• Adscripción al Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla, de la Juez Sustituta, Dª
MARÍA DOLORES CUESTA CASTRO.
• Adscripción al Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla, del Juez de
Adscripción Territorial, D. ROGELIO REYES PÉREZ.
• Comisión de Servicios, sin relevación de funciones, al Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo nº 8 de Sevilla, de DON ÁLVARO M. MARTÍN
GÓMEZ, Titular del juzgado de lo Penal nº 2 de Sevilla.
• Adscripción a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo nº 4 y nº 5 de
Sevilla, de la Juez Sustituta, DOÑA MARÍA DE LA CRUZ FERNÁNDEZ-
ARAGÓN SÁNCHEZ.
• Adscripción a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo nº 1, 2, 3, 6, 7,
9, 10, 11 y 12 de Sevilla, del Juez Sustituto, DON JOSÉ LUQUE TERUEL.
• Adscripción parcial al Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla, de Juez
Sustituto para la celebración de juicios de faltas, en turno rotatorio.
• Adscripción al Juzgado de lo Social nº 1 de Sevilla de la Juez de Adscripción
Territorial, Dª ISABEL DE LUQUE PIÑANA, desde el 9 de diciembre.
3.8 JUECES DE PAZ Y REGISTROS CIVILES El Art. 122 de la Constitución Española confía a una Ley Orgánica del Poder
Judicial la determinación de la constitución, funcionamiento y gobierno de los
Juzgados y Tribunales, a quienes el Art. 117.3 de la misma encomienda el ejercicio
de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar
lo juzgado.
En cumplimento de tal mandato constitucional, el Art. 26 de la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial determina los Juzgados y Tribunales a los
que atribuye ese ejercicio de la potestad jurisdiccional, enumerando, en primer lugar,
los Juzgados de Paz. Con ello, se mantiene en la organización judicial española un
órgano judicial cuyos antecedentes se remontan a la Constitución de 1812, cuyo
bicentenario celebramos, en la que se estableció que el Alcalde de cada pueblo
ejercería el oficio de conciliador y ante él debería presentarse todo aquél que tuviera
que demandar “por negocios civiles o por injurias”.
MEMORIA 2011 231
No obstante, la denominación Juez de Paz aparece en nuestro ordenamiento
jurídico con la promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1855 que dispuso
que en todos los pueblos de la Monarquía en que hubiese Ayuntamiento habría
Jueces de Paz, a los que atribuyó, entre otras competencias, el conocimiento de
juicios verbales de menos de seiscientos reales y la celebración de actos de
conciliación. La denominación Jueces de Paz desaparece en la Ley Orgánica
provisional de 1870, así como en la Ley de Justicia Municipal de 1907, para volver a
aparecer con la Ley de Bases para la Justicia Municipal, de 19 de Julio de 1944,
manteniéndose en nuestra vigente regulación.
Desde ese momento histórico inicial reseñado, la Justicia de Paz ha sido
objeto de una regulación legal oscilante, en función de la consideración que en cada
momento han merecido aspectos claves de su configuración, tales como su efectiva
separación de potestades ejecutivas, con atribución de su ejercicio a un órgano
ajeno a la estructura del gobierno municipal; la determinación de sus competencias;
los requisitos de capacitación y formación jurídica de esos titulares; o el
procedimiento de designación y nombramiento de los mismos.
Los Juzgados de Paz, en su configuración actual, se encuentran regulados
por los artículos 99 a 103 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, que integran el Capítulo VI del Título IV del Libro I de la misma, bajo la
rúbrica, precisamente, “De los Juzgados de Paz”. En desarrollo de tal normativa y en
uso de la potestad reglamentaria que le atribuye el artículo 110.2.k) de esa Ley
Orgánica, el Consejo General del Poder Judicial aprobó el 7 de junio de 1995 el
Reglamento número 3/1995, “De los Jueces de Paz”.
Los Juzgados de Paz constituyen el primer escalón en la estructura judicial
del Estado y se encuentran configurados como órganos servidos por jueces legos,
no profesionales, que llevan a cabo funciones jurisdiccionales y mientras
desempeñan su cargo integran el Poder Judicial, gozando de inamovilidad temporal.
Los Jueces de Paz son elegidos por el Pleno de los respectivos
Ayuntamientos, con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus miembros, y
nombrados por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, entre quienes,
aun no siendo licenciados en derecho, reúnan los requisitos establecidos en la Ley
Orgánica para el ingreso en la carrera judicial, y no estén incursos en ninguna de las
causas de incapacidad o de incompatibilidad prevista para el desempeño de las
232 MEMORIA 2011
funciones judiciales, a excepción del ejercicio de actividades profesionales o
mercantiles.
La Ley de Demarcación y Planta Judicial contiene las previsiones sobre los
medios personales, materiales y económicos con que han de funcionar los Juzgados
de Paz, disponiendo que en los Juzgados de Paz se prestará servicio por personal
dependiente del Ayuntamiento, sin perjuicio de la normativa aplicable al ejercicio de
su función. No obstante, en los Juzgados de Paz de poblaciones de más de 7.000
habitantes y en aquellos otros Juzgados de Paz en los que la carga de trabajo lo
justifique prestarán servicio funcionarios de los Cuerpos de la Administración de
Justicia, con arreglo a las plazas que se prevean en la plantilla respectiva. Las
instalaciones y medios instrumentales del Juzgado de Paz, salvo cuando fuere
conveniente su gestión total o parcial por el Ministerio de Justicia o por la
Comunidad Autónoma respectiva, estará a cargo del Ayuntamiento respectivo y en
los Presupuestos Generales del Estado se establecerá un crédito para subvencionar
a los Ayuntamientos por la atención de los conceptos a que se refieren los dos
artículos anteriores. La subvención se modulará en función del número de habitantes
de derecho del municipio.
Desde el año 1997 la Comunidad Autónoma de Andalucía tiene asumidas las
competencias que ostentaba la Administración del Estado para la provisión de los
medios personales, materiales y económicos necesarios para el funcionamiento de
la Administración de Justicia, incluidos los Juzgados de Paz, con la excepción del
suministro de material normalizado con destino a los Registros Civiles, que es
precisamente una de las funciones de mayor relevancia de entre las que
desempeñan los Juzgados de Paz. Conforme al Art. 152 de Ley Orgánica 2/2007, de
19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, la Junta de
Andalucía tiene competencia sobre la justicia de paz en los términos que establezca
la Ley Orgánica del Poder Judicial. En estos mismos términos corresponde al
Consejo de Justicia de Andalucía el nombramiento de los Jueces. La Junta de
Andalucía también se hace cargo de sus indemnizaciones y es la competente para
la provisión de los medios necesarios para el ejercicio de sus funciones. Le
corresponde también la creación de las secretarías y su provisión.
La inclusión en la presente Memoria de un apartado específico dedicado a
estos órganos judiciales responde a la preocupación que genera, tanto a la
MEMORIA 2011 233
Presidencia como a la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia, la
actual situación de los mismos, cuya precariedad tiene un constante reflejo en el
ejercicio diario de las facultades gubernativas que legalmente tienen atribuidas.
Esta preocupación no es, sin embargo, nueva ni exclusiva de este Tribunal
Superior. Tampoco responde al momento económico, especialmente delicado, en
que nos encontramos, aunque el mismo esté determinando un agudo agravamiento
de patologías ya existentes. En efecto, el Libro Blanco de la Justicia elaborado por el
Consejo General del Poder Judicial en 1997 ya dedicaba un Capítulo específico a la
Justicia de Paz y en él se decía que no constituía el problema más acuciante de la
Justicia, pero no por ello debía quedar al margen de toda consideración o reflexión.
En noviembre de 2003, el Defensor del Pueblo Andaluz, presentó al Parlamento un
informe especial sobre la situación de los Juzgados de Paz en esta Comunidad
Autónoma, que sería asumible hoy en su mayor parte y cuyas recomendaciones, en
líneas generales mantienen su vigencia.
Por otra parte, esta misma Sala de Gobierno viene haciéndose eco de la
problemática que suscitan los Juzgados de Paz desde hace varios años, a propósito
de la elaboración cada año de la correspondiente Memoria. Así en la del año 1995,
se decía:
“La problemática de estos órganos judiciales es muy variada, aunque
fundamentalmente siempre viene a confluir en que se pretende de los mismos una
actuación, que, por su propia configuración y peculiaridad les desborda. El Juez de
Paz no es un técnico en derecho. Su misión será fundamentalmente la de lograr lo
justo mediante la equidad, esto es, teniendo, por supuesto, a la vista el
ordenamiento jurídico en la esfera de su competencia, hará una valoración de
hecho, o de la norma que le sea aplicable, según su leal saber y entender.
[…] La Justicia de Paz, así lo creemos, es la postergada en el orden de
prioridades. Los Ayuntamientos deben afrontar, con rigor, su responsabilidad de
facilitar a los Juzgados de su municipio de los medios instrumentales necesarios e
instalaciones adecuadas. Sólo así contaremos con una Justicia de Paz más eficaz,
más racional y más real, al mismo tiempo.”
En sucesivas Memorias anuales esta Sala de Gobierno ha hecho referencia al
horario de los Juzgados de Paz y al cumplimiento del mismo por parte de los
funcionarios destinados en esos Juzgados; a la puesta en marcha del proceso de
234 MEMORIA 2011
informatización de los Juzgados de Paz; al proyecto de Reglamento que en materia
de Justicia de Paz elaboró en su día la Junta de Andalucía y que no llegó a obtener
plasmación positiva; a las limitaciones que, con relación a la práctica preexistente,
ya acotada por la Instrucción del Consejo General del Poder Judicial 4/2001,
imponía en materia de auxilio judicial, la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000; ……..
Viene de antaño, por tanto, el interés por el estado en que se halla el primer
escalón de la organización judicial española, compuesto por Jueces que no forman
parte de la Carrera Judicial, en su mayor parte legos en Derecho, pero que están
investidos por el Estado de potestad jurisdiccional y que, por consiguiente, en el
ejercicio de las competencias que legalmente tienen atribuidas, juzgan y hacen
ejecutar lo juzgado con idéntica legitimación y afectación constitucional que el resto
de los órganos judiciales en que se residencia esa potestad jurisdiccional. De ahí,
que el marco en el que han de desempeñar sus funciones cobre especial relieve
desde el momento en que es susceptible de condicionar la efectividad de los
derechos que el Art. 24 de nuestra Constitución reconoce a todos los ciudadanos,
condicionamiento que adquiere singular relieve porque se trata de los Juzgados más
próximos al justiciable y donde, en consecuencia y pese a la menor entidad de las
materias que son objeto de su competencia, resulta igualmente imprescindible el
sometimiento de su actuación a todas las garantías que lleva incorporada la
Jurisdicción.
En las páginas siguientes se van a reflejar los datos de la actividad llevada a
cabo por los Juzgados de Paz de Andalucía y de esta Sala de Gobierno, así como a
reflexionar sobre la actualidad de las consideraciones que se han venido exponiendo
en torno a la Justicia de Paz, actualidad que determina la necesidad de recordarlas
en este momento, matizadas y adaptadas por la singularidad de la situación
económica que atravesamos y, sobre todo, por el replanteamiento de la actual
organización judicial y reasignación de competencias a los Juzgados y Tribunales
que esa situación está forzando, al poner en total evidencia el cúmulo de carencias y
deficiencias que presenta nuestro modelo judicial y del que la Justicia de Paz forma
parte.
MEMORIA 2011 235
ACTIVIDAD DE LOS JUZGADOS DE PAZ EN ANDALUCÍA
Los datos sobre la actividad de los Juzgados de Paz no son recopilados por el
Consejo General del Poder Judicial ni por los Tribunales Superiores de Justicia.
Esos datos son recogidos y publicados por el Instituto Nacional de Estadística, que
realiza esa operación estadística en colaboración con el Consejo General del Poder
Judicial en virtud del convenio suscrito entre ambos organismos el 14 de febrero de
1995.
La última estadística publicada es la correspondiente al año 2010. La
siguiente tabla refleja el número de asuntos civiles y penales resueltos por los
Juzgados de Paz de Andalucía en su conjunto y en cada una de sus ocho
provincias.
ASUNTOS CIVILES. AÑO 2010
Total asuntos
resueltos Juicios
Verbales Actos de
conciliación Exhortos
civiles Resto de asuntos
Almería 14.398 43 530 11.885 1.940
Cádiz 7.613 0 247 6.704 662
Córdoba 12.173 79 315 11.110 669
Granada 40.079 111 859 33.438 5.671
Huelva 18.279 53 317 15.271 2.638
Jaén 20.717 193 614 17.964 1.946
Málaga 23.242 111 552 21.539 1.040
Sevilla 50.901 239 1.640 46.866 2.156
ANDALUCÍA 187.402 829 5.074 164.777 16.722
ASUNTOS PENALES. AÑO 2010
Total asuntos resueltos
Juicios de faltas
Exhortos penales
Resto de asuntos
Almería 9.578 463 7.529 429
Cádiz 13.902 360 11.497 525
Córdoba 14.362 453 9.839 1.454
Granada 26.441 1.026 23.012 1.547
Huelva 18.852 994 14.464 2.412
Jaén 23.671 609 18.671 2.315
Málaga 21.095 600 15.253 3.122
Sevilla 45.242 1.130 28.054 9.912
ANDALUCÍA 173.143 5.635 128.319 21.716
236 MEMORIA 2011
Los datos muestran la importancia cuantitativa que el auxilio judicial tiene en
el volumen de asuntos total que tramitan los Juzgados de Paz, tanto en el orden civil
como en el penal. Esta importancia del volumen de trabajo que las peticiones de
auxilio judicial comportan para los Juzgados de Paz no lo es sólo desde el punto de
vista cuantitativo. También por la complejidad que todavía hoy comportan muchas
de estas diligencias para personas legas como los Jueces de Paz y los Secretarios
idóneos, que son la mayor parte de quienes ostentan las Secretarías de los
Juzgados de Paz.
Asimismo, la función de mediación que desempeñan los Jueces de Paz, sin
alcanzar la importancia de otras épocas, sobresale ampliamente sobre la función
jurisdiccional en materia civil, aunque se equilibra con la consideración del ejercicio
jurisdiccional en el plano penal, dado el número de juicios de faltas que se
celebraron en el año 2010.
Hay que resaltar el considerable aumento de las actuaciones jurisdiccionales
llevadas a cabo por los Jueces de Paz andaluces en el período 2005-2010. Mientras
en el año 2005 se celebraron en Andalucía 78 juicios verbales y fueron resueltos
3187 juicios de faltas, en el año 2010 fueron 829 los juicios verbales resueltos y
5.635, los juicios de faltas. Las cifras (siempre según el INE) denotan una
generalizada asunción de las competencias atribuidas, frente a épocas anteriores en
que la resistencia de ciertos Juzgados de Paz a realizar determinadas actuaciones
jurisdiccionales convivía con una clara reticencia de los Juzgados de Primera
Instancia e Instrucción a declinarlas. Sin duda, el punto de inflexión en este aspecto
vino dado por la sentencia del Tribunal Constitucional 35/2000, de 14 de Febrero,
constituyendo hoy una excepción los supuestos en que algún Juez de Paz resiste la
celebración de un juicio de faltas o de un juicio verbal civil, pese a las deficiencias de
medios y de formación que suelen presentar.
MEMORIA 2011 237
ASUNTOS CIVILES.
2007 2008 2009 2010
Asuntos
ingresadosAsuntos resueltos
Asuntos ingresados
Asuntos resueltos
Asuntos ingresados
Asuntos resueltos
Asuntos ingresados
Asuntos resueltos
Almería 11.148 11.052 15.641 15.430 14.420 14.294 14.783 14.398
Cádiz 6.163 6.128 7.261 7.306 8.364 8.206 7.485 7.613
Córdoba 6.887 6.679 9.114 9.182 11.009 10.807 12.220 12.173
Granada 33.277 33.082 35.232 34.529 38.867 38.646 40.481 40.079
Huelva 13.272 13.657 15.823 15.428 20.128 19.772 18.962 18.279
Jaén 17.312 17.284 17.598 17.411 19.508 19.571 20.863 20.717
Málaga 21.556 21.582 19.253 18.949 22.036 21.162 23.368 23.242
Sevilla 38.406 37.460 43.711 43.487 53.690 51.570 51.669 50.901
ANDALUCÍA 148.021 146.924 163.633 161.722 188.022 184.028 189.831 187.402
ASUNTOS PENALES.
2007 2008 2009 2010
Asuntos
ingresadosAsuntos resueltos
Asuntos ingresados
Asuntos resueltos
Asuntos ingresados
Asuntos resueltos
Asuntos ingresados
Asuntos resueltos
Almería 12.876 12.787 11.395 11.327 10.584 10.497 9.652 9.578
Cádiz 12.741 13.041 14.748 14.694 14.633 14.693 14.066 13.902
Córdoba 11.759 11.524 12.861 13.203 13.545 13.431 14.589 14.362
Granada 26.207 25.988 25.599 25.180 27.275 27.340 26.633 26.441
Huelva 15.671 16.122 16.407 15.905 19.803 19.502 18.745 18.852
Jaén 21.336 21.242 20.417 20.285 21.086 21.053 23.816 23.671
Málaga 20.196 20.328 20.486 20.214 20.630 20.231 21.053 21.095
Sevilla 32.977 32.345 36.254 36.113 41.637 41.289 45.149 45.242
ANDALUCÍA 153.763 153.377 158.167 156.921 169.193 168.036 173.703 173.143
ACTIVIDAD DE LA SALA DE GOBIERNO CON RELACIÓN A LOS JUZGADOS DE PAZ
- Nombramientos de Jueces de Paz Durante el año 2011 se han realizado 263 nombramientos de Jueces de Paz,
entre titulares y sustitutos. No obstante, los Juzgados de Paz vacantes en Andalucía
ascendían a 115 al finalizar el año, sobre un total de 685 Juzgados de Paz
238 MEMORIA 2011
existentes en el ámbito territorial de este Tribunal Superior de Justicia. El retraso en
la iniciación del proceso de elección por parte de los Ayuntamientos, así como la
demora en su conclusión, constituye, sin duda, la principal causa de la existencia de
ese número de vacantes, pues relativamente escasos son los supuestos en que la
Sala de Gobierno solicita algún tipo de informe con carácter previo al nombramiento
(22 en el año 2011), como también lo son, proporcionalmente, las renuncias (64,
entre jueces de paz titulares y sustitutos).
- Quejas En el año 2011, han sido incoados 61 expedientes de queja con relación a
Juzgados de Paz (lo que representa un 19,24% del total de quejas registradas –317-
), de los cuales 51 (83,60%) lo han sido a instancia de otros órganos judiciales
(Juzgados de instrucción, de primera instancia y de primera instancia e instrucción,
señaladamente) por retraso o incumplimiento de las peticiones de auxilio judicial que
éstos últimos han remitido a aquellos. El objeto de los restantes expedientes ha sido
la actuación del Juez de Paz en dos ocasiones; la demora en la celebración de un
acto de conciliación; la no apertura de las dependencias del Juzgado de Paz; la falta
de suministro de energía eléctrica en el Juzgado; la necesidad de compartir las
dependencias del juzgado con una asistencia social; o la situación del Juzgado en
otras dos ocasiones.
Las quejas han afectado a un total de 34 Juzgados de Paz andaluces.
Aún cuando desconocemos los datos estadísticos del año 2011, partiendo de
una gestión de peticiones de auxilio judicial durante el año 2010 superior a las
293.000, la existencia de 51 quejas por incumplimiento o retraso en la devolución de
exhortos supone, afortunadamente, un porcentaje no significativo.
REFLEXIONES SOBRE LA JUSTICIA DE PAZ La actividad de los Juzgados de Paz está fundamentalmente orientada a la
prestación de auxilio judicial a los demás órganos integrantes del Poder Judicial. Así
lo revela el número total de peticiones gestionadas, tanto en el ámbito civil como en
el penal, y que refleja la importancia que en ese aspecto tiene la Justicia de Paz.
Sin embargo, su contribución desde el punto de vista de la tramitación y
resolución de asuntos contenciosos, tanto civiles como penales, es poco
significativa, aún haciendo salvedad de la escasa atribución competencial que
MEMORIA 2011 239
ostentan. Así, frente a los 1.924.384 asuntos resueltos por los Jueces y Tribunales
andaluces en el año 2010, los Jueces de Paz de Andalucía resolvieron 67449
asuntos, excluidos los exhortos civiles y penales, lo que representa un 3,5 % de
aquella cifra. Bien es cierto que menos cómoda sería la situación de los primeros, de
sumar un 3,5% más de asuntos a la desmedida carga de entrada que ahora
soportan.
El planteamiento de la posible supresión de los Juzgados de Paz por su
escasa rentabilidad y eficacia o el aumento de sus competencias, es algo que ya
cuestionó el Libro Blanco sobre la Justicia. En ese momento, la apuesta fue el
reforzamiento de la Justicia de Paz mediante la adopción de una serie de medidas
reformadoras de la misma, atinentes fundamentalmente a la potenciación de sus
funciones en el ámbito del auxilio judicial, manteniendo las competencias en materia
civil y las de Registro Civil4; la preparación del personal que sirve en estos Juzgados
–jueces de paz incluidos; o al sistema de elección de los mismos, primando la
condición de licenciado en derecho de los candidatos. También se apuntaba a la
superación de la tradicional diferenciación entre poblaciones de más y menos de
7000 habitantes a la hora de resolver los problemas de estructuras y medios, así
como la generalización de las agrupaciones de las secretarias de los Juzgados de
Paz, como medio de poder dotar a todos ellos de personal funcionario de los
Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.
Esta Sala de Gobierno también apostó en su momento5 por el reforzamiento
de la Justicia de Paz, en línea con el posicionamiento realizado por el Consejo
General del Poder Judicial, realizando una serie de propuestas básicamente
coincidentes con las apuntadas por éste: programa de formación continua del
personal no funcionario, así como estabilidad y mejora de su retribución; necesidad
de que los Jueces de Paz fueran licenciados en Derecho, o se les adscribiera algún
técnico que les pudiera asesorar en los casos en que fuera necesario; una racional
agrupación de las Secretarías de los Juzgados de Paz; una financiación con el
mismo origen que la cubre las necesidades de los demás órganos jurisdiccionales.
4 Se partía de la necesidad de suprimir los juicios de faltas. 5 Informe de la Presidencia de este Tribunal Superior aprobado por la Sala de Gobierno en su reunión de 29 de abril de 2003.
240 MEMORIA 2011
El transcurso del tiempo evidencia que muy pocas de aquellas propuestas
reformadoras ha alcanzado éxito. El sistema de elección de los Jueces de Paz
continúa siendo el mismo y en él, en principio, no tiene cabida la consideración de
un mayor mérito o capacidad, ni la condición de licenciado en Derecho: el Pleno del
Ayuntamiento elige por mayoría absoluta y la Sala de Gobierno nombra al elegido
previa comprobación de la regularidad del procedimiento seguido o, en su caso, de
la petición de algún informe. La formación, tanto de los Jueces de Paz como de los
Secretarios idóneos, se reduce a la impartición de esporádicos cursos, con escaso
éxito de convocatoria.
Las competencias de los Juzgados de Paz permanecen invariables y la
potenciación de las funciones de auxilio judicial que se preconizaba fue sustituida
por la limitación de los actos de cooperación judicial que impuso la vigente Ley de
Enjuiciamiento Civil en el año 2001 y que la Instrucción del Consejo General del
Poder Judicial 4/2001, generalizó para todos los demás órdenes jurisdiccionales. El
Art. 50 de la Ley de Demarcación y Planta Judicial, sobre la agrupación de
Secretarías, no ha sido objeto de desarrollo por la Comunidad Autónoma ni en
cuanto al procedimiento a seguir para la formación de Agrupaciones, ni en lo relativo
a los criterios que deberán ser tenidos en cuenta para acceder a su constitución.
En materia de financiación, el avance que supuso el programa de
subvenciones a los Ayuntamientos para mejora de infraestructuras y equipamientos
básicos en los Juzgados de Paz, instaurado por la Junta de Andalucía mediante la
Orden de 18 de Enero de 2002, que el Defensor del Pueblo Andaluz recomendaba
mantener y consolidar, así como el establecimiento de las cantidades que en
concepto de indemnización deben percibir las personas idóneas que ejercen las
Secretarías de los Juzgados en población de menos de siete mil habitantes,
competencias ambas heredadas del Ministerio de Justicia que las ejecutaba a través
de las Gerencias Territoriales, puede haberse visto definitivamente truncado a raíz
de la publicación de la Ley 5/10, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía,
cuyo Art. 9, dentro del marco de competencias propias de los municipios andaluces,
contempla la “provisión de medios materiales y humanos para el ejercicio de las
funciones de los juzgados de paz”. Ahora, los Ayuntamientos deberán detraer las
cantidades necesarias para la provisión de las necesidades de los Juzgados de Paz,
de los fondos incondicionados que reciban en función del número de habitantes del
MEMORIA 2011 241
municipio, en los términos que prevé la Ley 6/2010, de 11 de junio, reguladora de la
participación de las entidades locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
Esta nueva regulación ha generado ya numerosas quejas por falta de abono
por parte de los Ayuntamientos de las indemnizaciones establecidas para los
secretarios idóneos, así como por falta de provisión de las necesidades materiales
de los respectivos Juzgados de Paz, circunstancia que es de esperar sea fruto del
inicial desconcierto que, en algunos casos, haya podido motivar el cambio de la
regulación legal al respecto, haciendo desaparecer la afectación de cantidades
determinadas a los Juzgados de Paz, y no una repetición de situaciones que esta
Sala de Gobierno denunciaba en su Memoria del año 1995, en la que constataba
que “… con relativa frecuencia han llegado quejas a la Sala de Gobierno de que los
Ayuntamientos, en general, incumplen su obligación de dotar a sus Juzgados de Paz
de los medios materiales, también personales, para cumplir su función dignamente”.
En materia de gestión de medios materiales, la Ley de Demarcación y Planta,
en su artículo 51.3, sigue atribuyendo a los Ayuntamientos la responsabilidad de las
instalaciones y medios instrumentales, aunque las determinaciones del edificio que
le ha de servir de sede corresponde a la Administración Central o Autonómica, en el
caso de la Comunidad que tenga transferidas estas competencias, como ocurre en
Andalucía, si bien dicha “determinación” se hará a propuesta del propio
Ayuntamiento. En este sentido es fundamental la dignificación de las instalaciones,
procurando accesibilidad de los edificios, condiciones de seguridad y conservación
para los Libros del Registro Civil e informatización, si bien el primer paso ha de ser la
exclusividad de las mismas, dejando de ser compartidas con otros servicios
municipales.
Llegados a este punto, se plantea una clara disyuntiva de futuro. Podemos
seguir preconizando una línea de reforzamiento de la Justicia de Paz, si bien ello se
antoja utópico en el actual estado de las cosas: crisis económica, replanteamiento
de las actuales demarcaciones judiciales, implantación de un nuevo modelo de
oficina judicial, etc. El mantenimiento de la Justicia de Paz no resultará posible sin
una integración real y efectiva de la misma en la estructura jurisdiccional y una
redefinición de sus competencias. Sin una nueva configuración de la misma, en
definitiva.
242 MEMORIA 2011
Parece evidente que los antiguos argumentos acerca de las ventajas de los
jueces legos en derecho no sirven en el momento actual para justificar la necesidad
de su existencia. Tampoco las razones siempre aducidas sobre el acercamiento de
la Justicia al justiciable, el desempeño de funciones conciliadoras y pacificadoras o
la necesidad de imponer la autoridad moral en los pequeños núcleos de población
parecen responder a las nuevas situaciones jurídicas y sociológicas, pues muchas
de esas circunstancias, como la provocada por la distancia, ha desaparecido con los
actuales medios de comunicación, mientras que otras no corresponden a las
actuales relaciones humanas y complejidad de las mismas. Es más, la existencia de
un juez de paz rural no parece estar en gran consonancia con las formas de
agrupación humana existentes en la actualidad.
La Justicia de Paz precisa ser servida por personas que cuenten con una
debida preparación jurídica. La necesidad de que el primer escalón de la
organización judicial contribuya en mucha mayor medida a solventar el problema
que genera el ingente número de asuntos que cada año tiene entrada en los
Juzgados y Tribunales, así lo impone. De ese modo, sería factible un incremento de
los asuntos civiles atribuidos a su competencia y también de las faltas, siempre que
no resulte finalmente desjudicializada la respuesta sancionadora para tales
infracciones.
La exigencia de una determinada preparación técnica en el Juez de Paz
posibilitaría en mayor grado la potenciación de las funciones mediadoras o
conciliadoras que tradicionalmente viene desempeñando. Las actuales relaciones
sociales, su complejidad y la intensidad y alcance de los conflictos que generan,
aconseja el empleo de técnicas de comunicación y de resolución de conflictos y
negociación, para lo que se requiere poseer los conocimientos precisos. El Juez de
Paz ha de poseer o serle proporcionada la formación necesaria en ese sentido.
El sistema de elección de los Jueces de Paz debe ser modificado en una
doble dirección: para introducir en el mismo los principios de mérito y capacidad de
acuerdo con la cualificación jurídica antes apuntada; y para dotarle, sin sombra de
duda alguna, de los imprescindibles atributos de imparcialidad e independencia,
como titular de un órgano que forma parte del Poder Judicial, lo que no sucede con
el actual sistema. Paralelamente, su retribución ha de ser acorde a las funciones
desempeñadas y la provisión de los medios materiales necesarios para ello ha de
MEMORIA 2011 243
llevarse a cabo por la misma Administración que la realiza para los demás órganos
judiciales. En definitiva, la Justicia de Paz debe superar su tradicional dependencia
municipal.
En la misma línea de agrupación de partidos judiciales que se apunta a
propósito de la remodelación de la actual demarcación judicial, ha de abordarse de
forma decidida la agrupación de las secretarías de los Juzgados de Paz con la
finalidad de que todos ellos puedan estar dotados del número necesario de
funcionarios de la Administración de Justicia. Incluso pudiera ser conveniente
estudiar la posibilidad de promover la agrupación de Juzgados de Paz, pues así lo
facilita la propuesta de cambio tanto en el perfil como en el sistema de elección del
Juez de Paz y ofrece indudables economías en todos los aspectos.
Concluimos. No es posible desconocer que oscuras sombras parecen
cernirse sobre la viabilidad futura de la Justicia de Paz. Así, junto a la propuesta de
despenalización de las faltas, recientemente retomada desde diversas instancias,
aunque venía formulada en el Libro Blanco de la Justicia, la cada vez más acuciante
necesidad de descargar a los Juzgados de instancia del cúmulo de asuntos que se
ven avocados a resolver, hace frecuente el planteamiento de la oportunidad de
reinstaurar tribunales de base o de primer grado, lo que supondría la abolición de los
Juzgados de Paz 6.
Ha de añadirse, además, la progresiva implantación y desarrollo de los
Servicios Comunes de actos de comunicación que irá privando a los Juzgados de
Paz de una de sus principales funciones: el auxilio judicial. La segunda, exclusión de
funciones en temas de Registro Civil, tiene ya fecha: 22 de julio de 2014.
La materialización de tales proyectos eliminará buena parte de las razones
que justifican la existencia de la Justicia de Paz 7, al tiempo que la tradicional
problemática que presentan por la precariedad de sus medios, por el déficit de
formación de sus servidores y por su vinculación con el poder municipal, parece
6 Recomendación que efectúa el informe emitido por la Comisión Institucional sobre Demarcación y Planta. 7 Dejamos al margen el debate sobre la justificación de la Justicia de Paz como forma de participación ciudadana en la Administración de la Justicia, que es defendida por unos autores y rechazada por otros, considerando que no tiene base en el art. 125 de nuestra Constitución. El art. 154 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía trata de la participación de los andaluces en la Administración de Justicia, haciendo referencia únicamente a la institución del Jurado, en tanto que la Justicia de paz y de proximidad es regulada en otro precepto, el art. 152.
244 MEMORIA 2011
conducir inexorablemente a su desaparición o, cuando menos, a una profunda
transformación de la Justicia de Paz tal y como hoy es conocida.
EL REGISTRO CIVIL Establece el Art. 100 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que los Jueces de
Paz “cumplirán también funciones de Registro Civil”. Esta misma Ley determina en
su Art. 86.1 que “el Registro Civil estará a cargo de los Jueces de Primera Instancia
y, por delegación de éstos, de los de Paz, de conformidad con lo que establezca la
ley,….”.
Las funciones registrales que, por delegación y de conformidad con lo
determinado por la Ley y el Reglamento del Registro Civil vigentes, llevan a cabo los
Jueces de Paz son muy amplias tanto en lo relativo a la calificación de los hechos a
inscribir como en la tramitación de algunos tipos de procedimientos registrales,
especialmente los de fe de vida y estado y los expedientes previos a la celebración
de los matrimonios civiles, así como la celebración de éstos, en su caso.
Estas funciones suponen el mayor porcentaje de la actividad en la mayoría de
los Juzgados de Paz, sobre todo en los de pequeñas poblaciones, siendo para el
Secretario del Juzgado especialmente intensas las labores de inscripción y de
expedición de las certificaciones correspondientes, además de las necesidades de
atención al público, normalmente numeroso, que acude a los Juzgados y de las
derivadas de la llevanza y custodia de los Libros Oficiales. El desempeño de las
mismas ofrece no pocas dificultades: en los Juzgados de Paz de más 7000
habitantes porque, aunque cuentan con personal funcionario de los Cuerpos al
servicio de la Administración de Justicia, generalmente existe una infradotación de
su plantilla con relación volumen de trabajo que genera la función registral; y en las
poblaciones de menos de 7000 habitantes, precisamente porque no se cuenta con
ese personal funcionario, el Juez de Paz y el Secretario idóneo no cuentan muchas
veces con la formación registral necesaria ni con el tiempo para una dedicación
adecuada a las necesidades de la llevanza del Registro Civil.
Sin embargo, como se decía anteriormente, el ejercicio de las funciones
registrales a que venimos refiriéndonos tiene fecha de extinción: el 22 de julio de
2014, en que está prevista la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del
Registro Civil. Esta Ley diseña un Registro Civil único para toda España,
MEMORIA 2011 245
informatizado y accesible electrónicamente, que configura como una base de datos
única que permite compaginar la unidad de la información con la gestión
territorializada y la universalidad en el acceso, posibilitando la superación del
Registro físicamente articulado en libros custodiados en oficinas distribuidas por toda
España. Ello obliga a un replanteamiento de toda la estructura organizativa, que se
configura con el objetivo principal eximir al ciudadano de la carga de tener que
acudir presencialmente a las oficinas del Registro.
De este modo, junto a las Oficinas Central y Consulares, se establecen las
llamadas Oficinas Generales, de las que existirá una al menos en cada Comunidad
Autónoma, con la posibilidad de crear en ellas una Oficina General más por cada
500.000 habitantes y hasta tres Oficinas Generales más por Comunidad Autónoma,
como máximo, por razones de agrupamiento de población o peculiaridades del
territorio. El acceso de los ciudadanos al Registro se posibilita mediante la
presentación de las solicitudes y documentación pertinente ante cualquier Oficina del
Registro Civil o remitirla electrónicamente, previéndose que puedan hacerlo también
en los Ayuntamientos. La Ley 20/2011 asigna la llevanza del registro a funcionarios
públicos, relevando de esa tarea a los miembros del Poder Judicial del Estado que
hasta ahora la llevaban a cabo. Serán las Comunidades Autónomas las que
designen a los Encargados de las Oficinas Generales.
La nueva regulación registral no menciona a los Jueces de Paz ni les asigna,
en consecuencia, cometido registral alguno. La administrativización del Registro que
preconiza y pretende la nueva regulación, hace pensar que el único cometido de los
Ayuntamientos, de recepción de las solicitudes y documentación que puedan
presentar ante ellos los ciudadanos, se ejercerá por la oficina, dependencia o
sección administrativa que aquellos establezcan y no por los Jueces de Paz,
integrantes del Poder Judicial que resulta relevado, en su conjunto, del ejercicio de
estas funciones registrales.
En fin, se presenta en materia de Registro Civil un escenario totalmente
nuevo y ello supone un factor más para el cuestionamiento de la actual Justicia de
Paz, ante la desaparición de una de sus tradicionales y más importantes funciones.
246 MEMORIA 2011
LOS REGISTROS CIVILES DURANTE 2011 El Art. 58 del vigente Reglamento de la Ley del Registro Civil, aprobado por
Decreto de 14 de noviembre de 1958, atribuye la inspección ordinaria de los
Registros Municipales al Presidente del Tribunal Superior de Justicia respectivo o al
Magistrado en quien delegue para cada provincia, estableciendo que la inspección
se hará personalmente y una vez al año.
En cumplimiento del referido mandato legal, se ha llevado a cabo durante el
año 2011 la inspección ordinaria de los Registros Civiles comprendidos en el
territorio de este Tribunal Superior de Justicia, cuyo resultado permite concluir, con
carácter general, una correcta llevanza de los libros inspeccionados y una buena
práctica de los asientos y tramitación de los expedientes y legajos. No obstante, en
aquellos Registros en que se han observado defectos se han dado las instrucciones
oportunas para su debida corrección.
Se han detectado problemas y disfunciones derivados de la implantación del
nuevo sistema informático “inforeg4” en algunos Registros Civiles de la provincia de
Almería, singularmente en Huércal-Overa y en el Registro Civil de Martos (Jaén). En
Ceuta, ha sido el programa informático “Regius” el que los ha generado.
Esa actividad inspectora ha constatado también una preocupante carencia de
medios personales y materiales en una gran parte de los Registros Civiles
inspeccionados, conforme se exponía en la Memoria de 2010 y se viene reiterando
año tras año.
De forma esquemática, debe significarse que presentan especiales
deficiencias en cuanto a medios personales y materiales, con diferente intensidad y
alcance, los siguientes Registros civiles:
• Huércal-Overa, Roquetas de Mar y Almería.
• Algeciras, Barbate, Chiclana de la Frontera, Jerez de la Frontera, La Línea de
la Concepción, Puerto de Santa María, Puerto Real, San Fernando, Sanlúcar
de Barrameda y Ubrique.
• Ceuta.
• Almuñécar, Órgiva y Granada.
• Chilluevar, Úbeda, Pozo Alcón y Jaén.
• Estepona, Manilva, Marbella, Fuengirola y Málaga.
MEMORIA 2011 247
• Lebrija, Utrera, Cazalla de la Sierra y Sevilla.
Debe destacarse de forma singular que:
• El Registro Civil de Málaga no ha experimentado variación de plantilla en los
últimos 14 años y en él se necesita una redistribución de espacios y avance
en la informatización, con dotación de una herramienta informática de gestión
propia para los numerosos expedientes que se tramitan.
• En el Registro Civil de Chilluevar (Jaén) presenta una carga de trabajo
imposible de asumir por la secretaria idónea del Juzgado de Paz, dado el
escaso tiempo de dedicación que puede prestarle.
• El Registro Civil de Cazalla de la Sierra (Sevilla) presenta humedades en
muros y mobiliario, precisándose urgente reparación y mantenimiento.
Además debe ser dotado de una equipación informática adecuada y
reprográfica, de la que carece.
• El Registro Civil de Lebrija necesita de forma perentoria el aumento de su
plantilla. Sólo un funcionario, que compatibiliza esta función, atiende este
Registro.
• El Registro Civil de Marbella se ubica en unas dependencias inadecuadas con
la consiguiente repercusión en la imagen de la Administración de Justicia que
se transmite.
Por último, se ha detectado un estado deficiente de conservación de los
Libros en los Registros Civiles de Algeciras y Rota, en Cádiz; Almuñécar y distintos
Registros del partido judicial de Órgiva, en Granada; Arjona, Arjonilla, Beas de
Segura, Chilluevar, La Carolina, Lopera, Martos, Porcuna, Villardompardo, Peal de
Becerro y Sabiote, en Jaén; Algatocín, Antequera, Benaladid, Benarrabá, Coín,
Cortes de la Frontera, Gaucín, Parauta, Vélez-Málaga y Villanueva de Alagaidas, en
Málaga; y Carmona, El Saucejo, Estepa, Osuna y Viso del Alcor, en Sevilla. En el
Registro Civil de Sevilla también sería conveniente la restauración periódica de los
libros de inscripciones anteriores al año 1950, dado el deterioro que sufren por su
continuado uso.
248 MEMORIA 2011
IV. ACTIVIDAD GUBERNATIVA Y COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
4.1 SALA DE GOBIERNO A la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y
Melilla, corresponde el gobierno interno de los Juzgados y Tribunales, dentro de su
ámbito territorial, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo General del
Poder Judicial en todo el territorio nacional.
La Sala de Gobierno se integra en la actualidad por treinta y dos miembros,
de los que diecisiete son natos y quince electivos, y por la Secretaria de Gobierno.
Por tanto, la composición de la Sala de Gobierno es la siguiente:
Miembros natos. Excmo. Sr. Don Lorenzo del Río Fernández, Presidente del
Tribunal Superior de Justicia; Ilmo. Sr. Don Antonio Moreno Andrade, Presidente de
la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla; Ilmo. Sr. Don Francisco Javier
Vela Torres, Presidente de la Sala de lo Social en Málaga; Ilmo. Sr. Don Antonio
Reinoso Reino, Presidente de la Sala de lo Social en Sevilla; Ilmo. Sr. Don Rafael
Toledano Cantero, Presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en
Granada; Ilmo. Sr. Don José Manuel González Viñas, Presidente de la Sala de lo
Social en Granada; Ilmo. Sr. Don Manuel López Agulló, Presidente de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo en Málaga; Ilmo. Sr. Don Eduardo Baena Ruiz,
Presidente de la Audiencia Provincial de Córdoba; Ilmo. Sr. Don José Requena
Paredes, Presidente de la Audiencia Provincial de Granada; Ilmo. Sr. Don Jesús
Fernández Entralgo, Presidente de la Audiencia Provincial de Huelva; Ilmo. Sr. Don
Manuel Damián Álvarez García, Presidente de la Audiencia Provincial de Sevilla;
Ilma. Sra. Doña Elena Arias Salgado Robsy, Presidenta de la Audiencia Provincial
de Jaén; Ilma. Sra. Dª. María Lourdes Molina Romero, Presidenta de la Audiencia
Provincial de Almería; Ilmo. Don Manuel Estrella Ruiz, Presidente de la Audiencia
Provincial de Cádiz; Ilmo. Sr. D. Antonio Alcalá Navarro, Presidente de la Audiencia
Provincial de Málaga; Ilmo. Sr. Don José María Páez Martínez-Virel, Decano de los
MEMORIA 2011 249
Juzgados de Málaga y Ilmo. Sr. Don Federico Jiménez Ballester, Decano de los
Juzgados de Sevilla.
Miembros electos: Ilma. Sra. Doña Adela Juana Frias Román, Magistrada-
Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 18 de Granada, Ilma. Sra. Doña Patricia
Fernández Franco, Magistrada-Juez del Juzgado de Instrucción nº 3 de Sevilla, Ilma.
Sra. Doña María Fernanda García Pérez, Magistrada de la Sección 2ª de la
Audiencia Provincial de Jaén, Ilma. Sra. Doña Nuria Auxiliadora Orellana Cano,
Magistrada Juez del Juzgado de lo Mercantil de Cádiz, Ilmo. Sr. Don Esteban Brito
López, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción nº 2 de Huelva, Ilmo. Sr. Don
Saturnino Regidor Martínez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1
de Jaén, Ilmo. Sr. Don Álvaro Marcos Martín Gómez, Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Penal nº 2 de Sevilla, Ilma. Sra. Doña Celia Belhadj Ben Gómez, Magistrada-
Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Sevilla, Ilma. Sra. Doña María
Cristina Martínez de Páramo, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº
12 de Granada, Ilma. Sra. Doña María del Rosario Flores Arias, Magistrada-Juez del
Juzgado de lo Social nº 4 de Córdoba, Ilmo. Sr. Don Fernando de La Torre Deza,
Magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga, Ilmo. Sr. Don
Ricardo Puyol Sánchez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 4 de Málaga,
Ilmo. Sr. Don Juan José Parra Calderón, Magistrado Juez del Juzgado de lo Penal nº
2 de Jerez de La Frontera (Cádiz), Ilmo. Don Rafael Rodero Frías, Magistrado Juez
del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Granada y Ilma. Doña Elena
Gómez Calasanz, Jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de
Moguer (Huelva).
En orden a su funcionamiento, debe recordarse que la Sala de Gobierno
funciona en Pleno y en Comisión, aparte de múltiples sesiones con tres integrantes
para tomas de posesión.
En Comisión se reúne, como regla general, semanalmente, permitiendo una
rápida respuesta a los problemas y cuestiones que diariamente se van suscitando en
el devenir funcional de los Juzgados y Tribunales, asuntos que, obviamente, serán
trasladados a la consideración del Pleno.
Los integrantes de la Comisión durante el pasado año 2011 han sido, además
del Presidente del TSJA, D. Lorenzo del Río Fernández, los Sres. Don Francisco
Javier Vela Torres, Presidente de la Sala de lo Social en Málaga, Don Antonio
250 MEMORIA 2011
Reinoso Reino, Presidente de la Sala de lo Social en Sevilla, Doña Elena Arias
Salgado Robsy, Presidenta de la Audiencia Provincial de Jaén, Doña Adela Juana
Frias Román, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 18 de Granada,
Don Alvaro Marcos Martín Gómez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 2 de
Sevilla, Don Juan José Parra Calderón, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº
2 de Jerez de la Frontera (Cádiz) y Don Jose María Páez Martínez Virel, Magistrado-
Juez Decano de los Juzgados de Málaga.
El Pleno se reúne al menos una vez cada tres meses, y además de tomar
conocimiento y ratificar, en su caso, decisiones y acuerdos adoptados en Comisión,
se encarga de la consideración y decisión de otros asuntos de especial
trascendencia que no hayan requerido la urgencia temporal. La Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia ha celebrado cuatro
sesiones plenarias a lo largo del año 2011 y se ha reunido en Comisión Permanente
en veintiocho ocasiones, aparte de 34 sesiones para actos de juramento (o
promesa) y tomas de posesión.
A continuación se puede ver el estado numérico de los asuntos que ha
conocido la Sala de Gobierno durante el año 2011.
COMISIÓN de Sala de Gobierno
1.-Composición de Salas y Secciones 14
2.-Quejas 227
3.-Magistrados Suplentes, Jueces Sustitutos 1.349
4.-Jueces de Paz 375
5.-Control presos preventivos 78
6.-Procuradores de los Tribunales 12
7.-Diligencias Informativas, Informaciones Previas y Informaciones Sumarias 144
8.-Autorizaciones de actuación para dictar sentencia y Comisiones de Servicio 842
9.-Actas de Juntas de Jueces, Normas de Reparto y Normas de Sustitución 142
10.-Medidas de Refuerzo 359
11.-Alardes y Seguimientos 284
12.-Asuntos varios 848
MEMORIA 2011 251
PLENO de Sala de Gobierno
1.- Jubilación por incapacidad, composiciones 4
2.- Diligencias Informativas 2
3.- Expedientes de Corrección Disciplinaria 0
4.- Propuestas e Informes 1
5.- Actas de Juntas de Jueces, Normas de Reparto y Normas de Sustitución 06.- Nombramientos de Magistrados Suplentes, Jueces Sustitutos y Secretarios en Régimen de Provisión Temporal 0
7.- Visitas de Inspección y Alardes 49
8.- Recursos Ordinarios y Recursos de Alzada 11
9.- Memoria Anual 1
10.- Asuntos Varios 10
El siguiente cuadro muestra el resumen final de la actividad de la Sala de
Gobierno durante el año 2011.
SESIONES ASUNTOS COMISIÓN 28 4674
PLENO 4 78 JURAS Y/O
POSESIONES 34 0
TOTAL 66 4752
A continuación se muestra una comparativa de la actividad de la Sala de
Gobierno con el año 2010:
AÑO 2010 AÑO 2011 SALA DE
GOBIERNO
SESIONES
ASUNTOS
SESIONES
ASUNTOS
COMISIÓN 34 5464 28 4674
PLENO 4 84 4 78
TOTAL 38 5548 32 4752
Igualmente, puede verse la relación de asuntos registrados durante los dos
últimos años:
252 MEMORIA 2011
RELACIÓN DE ASUNTOS AÑO 2010 AÑO 2011
a) Registro de Entrada 28767 37076 b) Registro de Salida 37707 40994
c) Otros Libros Registro: 1.- Diligencias Informativas 16 6 2.- Informaciones Previas 110 50 3.- Informaciones Sumarias 12 5 4.- Quejas 189 316 5.- Exp. Corrección Disciplinaria 2 1 6.- Alardes 168 152 7.- Juntas de Jueces 178 136 8.- Incidentes de Recusación 6 6 9- Aut. Para dictar sentencia 688 801 10.- Control de Presos Preventivos 21 30 11.- Recursos de Alzada 22 53 12.- Visitas de Inspección 46 48 13.- Exhortos 1 3 14.- Comisiones Rogatorias 102 71 14.1.- C.R. Activas 83 60 14.2.- C.R. Pasivas 19 11 15.- Apostillas 18597 17799 16.- Legalizaciones 2607 2537 17.- Repartos Salas de lo Social 32 43 18.- Juntas de Secretarios 6 14 19.- Circulares 92 89 20.- Medidas de refuerzo 26 21 21.- Medidas de refuerzo secretarios 13 15 22.- Seguimientos 89 65 23.- Llamamientos Jueces Sustitutos 809 971 24.-Llamamientos Magistrados Suplentes 198 155 25.- Cruces S. Raimundo Magistrados 7 9 26.- Comisiones Servicio Secretarios 28 20 27.- Asuntos Varios: Comisiones Servicio Jueces 5 15 Composición Salas y Secciones 13 18 Incidencias Medios Personales 30 Incidencias Medios Materiales 79 60 Prórrogas de Jurisdicción 65 60 Servicios de Apoyo 27 44 Otros 124 109 TOTAL ASUNTOS VARIOS 200 167
MEMORIA 2011 253
4.2 ACTOS MÁS RELEVANTES-2011 TOMA POSESIÓN PRESIDENTES AUDIENCIAS CÁDIZ Y MÁLAGA El 18 de marzo tomó posesión del cargo de Presidente de la Audiencia
Provincial de Cádiz Manuel Estrella Ruiz, que también juró como miembro nato de la
Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla.
El acto de toma de posesión, que por
primera vez tuvo lugar en la ciudad de Cádiz,
estuvo presidido por el Presidente del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y
Melilla, Lorenzo del Río Fernández, y asistieron
los vocales territoriales para Andalucía del
Consejo General del Poder Judicial, Miguel
Carmona, Antonio Dorado y Manuel Torres Vela, así como el vocal Manuel Almenar.
El 18 de noviembre tomó posesión de su cargo –y juró como miembro nato de
la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía- el nuevo
Presidente de la Audiencia Provincial de Málaga, Antonio Alcalá. Al acto, que estuvo
presidido por el Presidente de este Tribunal Superior de Justicia y se celebró en
Málaga, asistieron los vocales territoriales
para Andalucía del Consejo General del
Poder Judicial, Manuel Torres Vela y Pío
Aguirre, así como los vocales Manuel
Almenar y Concepción Espejel. Además,
acudió el magistrado del Tribunal
Constitucional, Ramón Rodríguez Arribas, y el magistrado del Tribunal Supremo,
Francisco Arroyo.
Entre otras autoridades también asistió el Fiscal jefe de la Fiscalía Provincial
de Málaga, el Secretario General para la Justicia de la Junta de Andalucía, la
Delegada de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía en Málaga, el Alcalde
de Málaga, el Presidente la Diputación de Málaga, el Subdelegado del Gobierno en
Málaga, así como distintas autoridades militares y policiales.
254 MEMORIA 2011
15 NUEVOS JUECES SE INCORPORAN A ÓRGANOS JUDICIALES ANDALUCES El 26 de mayo tuvo lugar la jura de los nuevos Jueces de la LXI promoción.
Un total de 15 jueces, procedentes de la Escuela Judicial, juraron o prometieron en
sus cargos ante la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
Ceuta y Melilla.
Los 15 jueces fueron los aspirantes
que superaron el curso teórico-
práctico de selección,
correspondiente a las oposiciones de
ingreso a la carrera judicial. Tras
adjudicarles destino el Pleno
Permanente del Consejo General del
Poder Judicial, los nuevos jueces
pasaron a servir el cargo en
diferentes órganos unipersonales de
la Comunidad Autónoma de
Andalucía con la siguiente
distribución: Almería ( 3 ), Cádiz ( 1 ),
Córdoba ( 5 ), Granada ( 1 ), Málaga (
2 ), Melilla ( 1 ) y Sevilla ( 2 ).
Con la incorporación de esta promoción se reforzó el trabajo en diferentes
órganos judiciales unipersonales de la Comunidad Autónoma. De la nueva
promoción que se incorporó a los órganos judiciales de Andalucía, 8 fueron mujeres
y otros 7 hombres.
ENCUENTROS CON MAGISTRADOS Durante los primeros meses del año 2011, el Presidente del Tribunal Superior
de Justicia se reunió con los jueces y magistrados de toda Andalucía. Esos
encuentros se enmarcaron en el objetivo que se marcó el nuevo Presidente para
conocer, de primera mano, las sugerencias, inquietudes, necesidades y proyectos
que plantearon los jueces y magistrados de cada territorio.
En este contexto, se celebraron reuniones con los magistrados de las Sala
Social y Contencioso-Administrativo del TSJA, con los magistrados de todas las
MEMORIA 2011 255
Audiencias de Andalucía y con los magistrados de los juzgados unipersonales de
cada provincia. Los encuentros con magistrados comenzaron en Granada, para
seguir después con Sevilla, Huelva, Córdoba, Jaén, Almería, Málaga y Cádiz.
Durante el año también mantuvo sendas reuniones con los presidentes de la
Audiencias Provinciales.
Además, en esas visitas también se produjeron reuniones con los
representantes de los Colegios de Abogados y Procuradores de todas las provincias,
para que pudieran exponer al Presidente sus inquietudes y necesidades respecto al
funcionamiento de la Administración de Justicia en cada territorio.
Por su parte, los alumnos de la Escuela Judicial que se encontraban
realizando prácticas en los Juzgados de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
Ceuta y Melilla también acudieron al TSJA para mantener una reunión con el
Presidente.
VISITA DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL Y DEL TRIBUNAL
SUPREMO A SEVILLA El Presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo,
Carlos Dívar, realizó el 11 de mayo una visita institucional a las sedes judiciales de
Sevilla para conocer, de primera mano, las sugerencias, inquietudes, necesidades y
proyectos que plantean los jueces y magistrados del territorio.
El presidente del CGPJ, que fue recibido por el presidente del TSJA, los
presidentes de las Salas de Sevilla del TSJA y el presidente de la Audiencia
Provincial, se reunió con los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía con sede en Sevilla; con los magistrados de la Audiencia Provincial; con
la fiscal jefe de la Audiencia; con magistrados y jueces de Sevilla; con la secretaria
coordinadora, así como con los decanos de los Colegios profesionales de abogados,
procuradores y graduados sociales.
Además, durante 2011, el presidente del TSJA y los vocales territoriales del
Consejo General del Poder Judicial acudieron a distintos territorios de la Comunidad
Autónoma para mantener encuentros con jueces y magistrados. El 3 de febrero
visitaron Torremolinos y Málaga el presidente del TSJA y los cinco vocales
territoriales -Miguel Carmona, Manuel Torres Vela, Pío Aguirre, Antonio Dorado e
Inmaculada Montalbán-, ciudad en la que mantuvieron encuentros con los jueces y
256 MEMORIA 2011
magistrados de la provincia y con diferentes profesionales de la Justicia de Málaga.
Un mes más tarde, el presidente del TSJA acompañó a los cinco vocales en su visita
a Baza y Granada con el mismo objetivo: conocer los problemas e inquietudes de los
jueces y magistrados granadinos.
REUNIÓN DE LA SALA DE GOBIERNO CON EL CGPJ Y EL CONSEJERO Como cada año, el pleno de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla se reunió en diciembre con los vocales
territoriales del
Consejo General
del Poder
Judicial y el
consejero de
Gobernación y
Justicia de la
Junta de
Andalucía. El 19 de diciembre el Pleno del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía mantuvo un encuentro con cuatro de los vocales territoriales –Miguel
Carmona, Pío Aguirre, Manuel Torres Vela e Inmaculada Montalbán- y el Consejero
de Gobernación y Justicia, Francisco Menacho, reunión en la que se intercambiaron
pareceres entre los responsables de las distintas facetas de la Administración de
Justicia.
VISITAS INSTITUCIONALES Tras su toma de posesión como Presidente del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
Ceuta y Melilla, Lorenzo del Río realizó distintas
visitas institucionales a las máximas autoridades
de la Comunidad Autónoma y de la provincia de
Granada, visitas que se enmarcan en la propia
representación del Poder Judicial en la
Comunidad Autónoma.
En este sentido, se reunió, entre otros,
MEMORIA 2011 257
con el Presidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán, en el Palacio de
San Telmo; con la Presidenta del Parlamento de Andalucía, Fuensanta Coves; con
el entonces Consejero de
Gobernación y Justicia,
Luis Pizarro y más tarde
con Francisco Menacho,
que le relevó en el cargo;
con el Alcalde de
Granada, José Torres
Hurtado; con el
Presidente del Consejo Consultivo de Andalucía, Juan Cano Bueso; con el Delegado
del Gobierno en Andalucía, Luis García Garrido; con el Presidente de la Diputación
de Granada, Antonio Martínez Caler; con el Presidente de la Ciudad Autónoma de
Ceuta, Juan Jesús Vivas; o con el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla,
Juan José Imbroda.
II RONDA DE TALLERES DE LA XVI CUMBRE JUDICIAL IBEROAMERICANA
El Presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo,
Carlos Dívar, inauguró el 14 de noviembre en Cádiz la III Ronda de Talleres de la
Cumbre Judicial Iberoamericana, organización que reúne a todos los poderes
judiciales iberoamericanos de ambos lados del Atlántico, entre los que están
incluidos Brasil, Portugal y Andorra.
Magistrados y representantes judiciales de 20 países analizaron durante tres
días en Cádiz, capital del constitucionalismo español, los ocho proyectos sobre los
258 MEMORIA 2011
que están trabajando en la Cumbre Judicial Iberoamericana: brecha tecnológica de
la Justicia, la calidad de la Justicia, Justicia en materia medioambiental,
modernización de la capacitación judicial, el plan iberoamericano de estadística
judicial, plataforma de servicios de atención a la víctima, portal iberoamericano del
conocimiento jurídico y transparencia.
No en vano, los cuatro ejes que inspiran la XVI Cumbre Judicial
Iberoamericana, que tendrá lugar en Argentina son la modernización, la confianza
pública en la justicia, las nuevas tecnologías y la transparencia.
PRESENTACIÓN DE LA MEMORIA ANUAL El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
Ceuta y Melilla, a través de su Presidente,
presentó la Memoria Anual del Tribunal de 2010.
Como en años anteriores, la memoria valoraba y
analizaba la marcha de la Administración de
Justicia en la Comunidad Autónoma de
Andalucía y en las ciudades Autónomas de
Ceuta y Melilla. Como novedad, la memoria de
2010 fue entregada en formato digital a todas
las instituciones nacionales y autonómicas y
publicada en su integridad en la página web del
TSJA, Ceuta y Melilla.
(http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder_Judicial/Tribunales_Superiores_de_Justic
ia/TSJ_Andalucia__Ceuta_y_Melilla)
El Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla,
también presentó la memoria ante el Parlamento de Andalucía y expuso ante los
parlamentarios que forman la Comisión de Gobernación y Justicia los análisis y
valoraciones de la situación de la Administración de Justicia en Andalucía recogidos
en dicho documento.
MEMORIA 2011 259
APERTURA DEL AÑO JUDICIAL El 22 de septiembre tuvo lugar la recepción con motivo de la apertura del año
judicial en la Comunidad Autónoma de Andalucía y las Ciudades Autónomas de
Ceuta y Melilla. Por primera vez, el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía presidió el acto al que asistieron los miembros del Pleno de la Sala de
Gobierno del alto tribunal andaluz, vocales del Consejo General del Poder Judicial,
el Consejero de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, así como
personalidades de la sociedad granadina y andaluza.
PÁGINA WEB El Consejo General del Poder Judicial puso en marcha durante 2011 un
nuevo portal en la que los Tribunales Superiores de Justicia tienen su propia página
web. Con esta página, se
pretende acercar la labor de
la Justicia a todos los
ciudadanos y dar a conocer
la actividad de los
Tribunales. A través de la
página web del Tribunal
Superior de Justicia se
pueden conocer documentos con la memoria anual, sentencias y autos de
relevancia social, notas de prensa, fotografías de actos así como estadística y
documentación.
260 MEMORIA 2011
http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder_Judicial/Tribunales_Superiores_de_Ju
sticia/TSJ_Andalucia__Ceuta_y_Melilla
El portal recoge, además, la base de datos del Centro de Documentación
Judicial en la que se pueden encontrar las resoluciones de los órganos judiciales de
la Comunidad Autónoma de Andalucía. Con la potenciación de la página web del
TSJA se pretende fomentar la incorporación de la Administración de Justicia a las
nuevas tecnologías.
VISITAS A LA REAL CHANCILLERÍA Durante 2011, una delegación del Ministerio de Justicia del Gobierno de
Turquía, con el Secretario de Estado de Justicia y el presidente del Consejo Superior
de Jueces y
Fiscales, acudió a
España para conocer
de primera mano el
funcionamiento del
sistema judicial
español. De esa
manera, visitaron los
Juzgados de Primera
Instancia de Málaga para conocer la ejecución civil en España, la Audiencia de
Córdoba para informarse sobre las competencias en materia de apelación penal y
civil en las Audiencias y por último, acudieron al Tribunal Superior de Justicia para
conocer las competencias de los altos tribunales.
También en este año acudió a la Real Chancillería una delegación del
Gobierno de Arabia Saudí con el Ministro de Justicia al frente, con el fin de conocer
el funcionamiento del sistema judicial español.
PUESTA EN MARCHA DE LA CIUDAD DE LA JUSTICIA DE ALMERÍA A lo largo del año, la nueva Ciudad de la Justicia de Almería completó el
traslado de todos los órganos judiciales a las nuevas instalaciones. El nuevo edificio
MEMORIA 2011 261
judicial ha permitido agrupar en una sola sede todos los juzgados de la capital
almeriense, lo que facilita el trabajo de todos los profesionales de la Administración
de Justicia. A final de año, en la visita institucional que realizó el Presidente del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía junto al Presidente de la Junta de
Andalucía, la nueva sede judicial se encontraba ya a pleno rendimiento.
COMISIONES MIXTAS La presidencia del Tribunal Superior de Justicia ha mantenido, durante 2011 y
como en años anteriores, un diálogo constante con la Administración Pública en los
asuntos relacionados con la Justicia que se desarrollan en la Comunidad Autónoma.
Dicho diálogo resulta particularmente interesante para afrontar con garantías la
fijación de objetivos comunes entre Poder Judicial y Administración Pública y el
establecimiento de los medios adecuados para alcanzarlo.
En este diálogo se encuadran las comisiones mixtas de trabajo entre la
Administración Autonómica y el Poder Judicial, celebradas en Sevilla y en Granada
para tratar asuntos como la Oficina Judicial, refuerzo de tribunales, servicios de
apoyo, optimización de recursos y comisiones de expurgo.
GABINETE DE COMUNICACIÓN El objetivo general en materia de comunicación del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla es la transparencia en la actuación judicial,
mediante el establecimiento de canales de comunicación estables y adecuados para
transmitir a los ciudadanos las decisiones y resoluciones de la actividad
262 MEMORIA 2011
jurisdiccional. Por este motivo, la apuesta del Gabinete de Comunicación, siempre
con el impulso de la Presidencia, no ha sido sólo la transmisión de la información
jurisdiccional, sino también el modo en que se proyecta la imagen pública del TSJA y
de todos los órganos judiciales de la Comunidad Autónoma, Ceuta y Melilla.
El Gabinete de Comunicación es un servicio del Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía para todos los Jueces y Magistrados del territorio. Se debe convertir en
el cauce natural de enlace entre los Jueces y Magistrados con la sociedad a través
de los medios de comunicación. Y no sólo con la transmisión de información o
resoluciones. También pueden considerar oportuno la elaboración de notas de
prensa, aclaraciones ante informaciones aparecidas en los medios, preparación de
posibles comparecencias ante los medios de comunicación o planificación de juicios
que puedan tener mayor interés mediático, entre otros.
Como en años anteriores, durante 2011 los periodistas de todas las provincias
de Andalucía han acudido y contado con el Gabinete como fuente oficial tanto para
contrastar datos de procesos que se encuentran en instrucción, estadísticos o,
simplemente cuestiones procesales, como para recabar sentencias o autos
judiciales de los distintos órganos judiciales de Andalucía.
En este sentido, desde el Gabinete de Comunicación se ha atendido
especialmente a las Audiencias Provinciales en las que se han celebrado juicios con
gran interés mediático. Tal y como señala el Protocolo de Comunicación,
MEMORIA 2011 263
“corresponderá a los Gabinetes de Comunicación la organización y control del
acceso de los medios audiovisuales a las salas de vistas”.
Durante este año 2011 ha habido distintos juicios que han trascendido
especialmente desde el punto de vista de los medios de comunicación. En esos
casos, el Gabinete se ha desplazado hasta los lugares en los que se celebran para
organizar y controlar el acceso de los medios audiovisuales.
El proceso seguido en todos ellos fue, en primer lugar, la comunicación con el
presidente del tribunal o del titular del Juzgado para acordar la mejor manera de
organización y control, con desplazamiento a la ciudad si fuera necesario. En
segundo lugar, el Gabinete de Comunicación realizó las acreditaciones a todos los
medios de comunicación que querían asistir, sin la cual era imposible entrar en la
sala de vistas. Y por último, atender diariamente el desarrollo del juicio.
Pero si algo puede caracterizar a este 2011 es por la celebración de algunos
de los juicios que más interés han suscitado en los medios de comunicación a nivel
nacional. A principio de año comenzó el juicio del menor del caso Marta del Castillo
en el juzgado de menores número 1 de Sevilla. Al tratarse de un menor, las jornadas
del juicio se celebraron a puerta cerrada, pero se habilitó un sala para que los
periodistas pudieran trabajar, todos ellos debidamente acreditados por el propio
Gabinete. Los medios de comunicación audiovisuales no tuvieron ningún acceso al
Palacio de Justicia donde se celebraba el juicio para preservar al menor.
Pocas semanas después comenzó el juicio en la Audiencia Provincial de Huelva por
la muerte de la niña Mari Luz. Más de 200 profesionales de medios de comunicación
de prensa, agencias, radio, televisión e internet dieron cobertura informativa al juicio
264 MEMORIA 2011
del asesinato de la niña Mari Luz Cortés que comenzó el 16 de febrero. La
organización del juicio, que llevó semanas de trabajo, pretendió facilitar el trabajo de
los profesionales de los medios de comunicación que iban a realizar la cobertura del
juicio, teniendo presente siempre la necesidad de preservar las garantías del
proceso.
En abril comenzó el juicio de la denominada Operación Karlos, en la
Audiencia Provincial de Cádiz, vista oral para la que también se acreditaron más de
100 profesionales de los medios de comunicación.
En el último trimestre del año comenzó el juicio de Marta del Castillo en la
Audiencia Provincial de Sevilla. En total, se acreditaron casi 150 profesionales de 40
medios de comunicación locales, regionales, nacionales de prensa, agencias, radio,
televisión e Internet. La organización del juicio tenía como objetivo que la cobertura
de este juicio se llevara a cabo de una forma ordenada y eficaz, preservando
siempre las garantías del proceso.
En todos esos juicios, el Gabinete coordinó, siempre bajo la supervisión de los
órganos juzgadores, tanto lo que se refiere a la acreditación de periodistas,
disposición de medios técnicos, organización de los mismos, atención personalizada
a los periodistas, etc. No en vano, se habilitaron en todos los casos salas de prensa
para que los medios de comunicación, debido a la escasez de espacio en las salas
de vistas, pudieran seguir el juicio a través de una señal institucional, aunque en
todos ellos se prohibió taxativamente la emisión en directo de la vista oral.
MEMORIA 2011 265
Además, en la Audiencia Provincial de Málaga continuó durante todo el año el
juicio del caso Malaya. Se trata del juicio por corrupción de mayor envergadura
celebrado nunca en España, con un total de 95 procesados. Más de 350 periodistas
de 60 medios de comunicación –locales, regionales, nacionales e internacionales- se
acreditaron para el juicio. Durante todo el año, en la sala de vistas número 4 tiene
lugar de lunes a miércoles las sesiones del juicio del caso Malaya.
También en Málaga se celebraron otros juicios con gran interés mediático
como la operación Troya, el final del caso Minutas, y el juicio por la lotería nigeriana,
en el que el primer día de vista oral hubo sentados en el banquillo más de cien
acusados.
266 MEMORIA 2011
4.3 SERVICIO BIBLIOTECA JUDICIAL La Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla,
continuando en su labor de apoyo e información jurídica a Jueces y Magistrados de
los distintos órganos judiciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, da a
conocer los datos de gestión y funcionamiento durante el año 2011.
DATOS DE USUARIOS En las siguientes tablas se muestran los datos de los usuarios de la Biblioteca
por provincias.
Entendiendo por Usuarios, los Jueces /Magistrados y Secretarios Judiciales
que reciben los Boletines de Información Jurídica Digitales elaborados por la
Biblioteca y que solicitaron, al menos una vez, el envío de documentación a la
Biblioteca del TSJA-Granada durante 2011.
Usuarios totales
Jueces y Magistrados
Secretarios Judiciales
ALMERÍA 31 18 13 CÁDIZ 90 61 29 CÓRDOBA 50 31 19 GRANADA 114 79 35 HUELVA 41 28 13 JAÉN 37 18 19 MÁLAGA 115 64 51 SEVILLA 139 102 37 Total Andalucía 617 401 216
Aumenta el número de usuarios que utilizan el Servicio de Información y
Documentación de la Biblioteca del TSJA-Granada, tanto en lo que respecta a
Secretarios Judiciales como a Jueces y Magistrados, pasando de 476 usuarios
durante 2010 a 617 durante 2011, destacando el incremento de estos últimos,
contabilizándose 141 nuevos usuarios, de los cuales 128 son Jueces y Magistrados.
En la siguiente tabla, exponemos los datos ordenados por Órgano Judicial.
MEMORIA 2011 267
ORGANOS JUDICIALES Usuarios TSJA Superior de Justicia Andalucía 50 Audiencias Provinciales 102 Juzgados Contencioso-Administrativo 39 Juzgados de lo Penal 48 Juzgados de lo Social 48 Juzgados de 1ª Instancia 120 Juzgados de Instrucción 58 Juzgados 1ª Instancia e Instrucción 106 Juzgados de lo Mercantil 11 Juzgados de Violencia Mujer 16 Juzgados de Menores 14 Juzgados Vigilancia Penitenciaria 5 TOTAL ANDALUCIA 617
DATOS DE USO DE LA BIBLIOTECA En las siguientes tablas exponemos las entradas totales de la biblioteca en
2011 por tipo de usuario, por provincias y por modo de acceso:
ENTRADA DE JUECES Y
MAGISTRADOS Entrada @ Teléfono Presencial Total
ALMERÍA 88 2 0 90 CÁDIZ 249 3 2 254 CÓRDOBA 75 0 0 75 GRANADA 168 21 57 246 HUELVA 43 0 0 43 JAÉN 38 0 0 38 MÁLAGA 97 5 0 102 SEVILLA 239 9 1 249 Total Andalucía 997 40 60 1.097
Se recibieron por parte de los Jueces y Magistrados Andaluces un total de 997
correos, solicitando (artículos doctrinales, comentarios de jurisprudencia, legislación,
etc.) incluidos en los Boletines que elabora la Biblioteca del TSJA. En 60 ocasiones
se dirigieron presencialmente a la Biblioteca y se recibieron 40 peticiones por
teléfono, con lo que se registraron 1.097 usos totales.
268 MEMORIA 2011
ENTRADA SECRETARIOS
JUDICIALES Entrada @ Teléfono Presencial Total
ALMERÍA 105 0 3 108 CÁDIZ 53 1 0 54 CÓRDOBA 36 0 0 36 GRANADA 87 15 28 130 HUELVA 6 0 0 6 JAÉN 105 0 0 105 MÁLAGA 193 0 0 193 SEVILLA 158 0 0 158 Total Andalucía 743 16 31 790
En cuanto a Secretarios Judiciales, se atendieron 16 peticiones por teléfono; en
31 ocasiones lo hicieron presencialmente y se recibieron por correo electrónico 743
mensajes. Durante el año 2011 se registraron 790 usos totales.
ENTRADAS OTROS USUARIOS Entrada @ Teléfono Presencial Total RED CENDOJ 23 12 0 35 OTROS 85 19 18 122 TOTAL OTROS USUARIOS 108 31 18 157
De usuarios de otras bibliotecas de la Red del CENDOJ, Fiscales, personal de
la Administración de Justicia, etc. Se atendieron 31 peticiones por teléfono; en 18
ocasiones lo hicieron presencialmente y se recibieron por correo electrónico 108
mensajes solicitando información sobre fondos de la biblioteca. Se contabilizan 157
usos totales de la Biblioteca del TSJA por parte de otros usuarios.
TOTAL ENTRADAS Entrada @ Teléfono Presencial Total
JUECES Y MAGISTRADOS 997 40 60 1.097 SECRETARIOS JUDICIALES 743 16 31 790 TOTAL OTROS USUARIOS 108 31 18 157 TOTAL 1.848 87 109 2.044
Durante 2011 la biblioteca atendió 87 peticiones por teléfono; en 106 ocasiones
recibió y atendió presencialmente a los usuarios, y por correo electrónico se
recibieron 1.848 mensajes. En el capítulo de entradas, en el año 2011 se registraron
2.044 usos totales, aumentando en 378 el número de peticiones a este servicio con
respecto al año anterior.
MEMORIA 2011 269
En las siguientes tablas exponemos las salidas totales de la Biblioteca en 2011
por tipo de usuario, por provincias y por modo de envío:
SALIDAS DE JUECES Y
MAGISTRADOS Salida @ Préstamo Sala/Papel Total
ALMERÍA 857 3 5 865 CÁDIZ 705 12 11 728 CÓRDOBA 173 6 3 182 GRANADA 595 42 51 688 HUELVA 93 3 1 97 JAÉN 85 5 0 90 MÁLAGA 243 8 7 258 SEVILLA 589 17 15 621 Total Andalucía 3.340 96 93 3.529
SALIDAS DE SECRETARIOS
JUDICIALES Salida @ Préstamo Sala/Papel Total
ALMERÍA 250 3 0 253 CÁDIZ 205 4 0 209 CÓRDOBA 52 0 3 55 GRANADA 209 7 15 231 HUELVA 6 0 0 6 JAÉN 290 3 1 294 MÁLAGA 454 5 8 467 SEVILLA 499 8 12 519 Total Andalucía 1.965 30 39 2.034
SALIDAS DE OTROS USUARIOS Salida @ Préstamo Sala/Papel Total
RED CENDOJ 15 10 1 26 OTROS 275 0 0 275 TOTAL OTROS 290 10 1 301
TOTAL SALIDAS Salida @ Préstamo Sala/Papel Total JUECES Y MAGISTRADOS 3.340 96 93 3.529 SECRETARIOS JUDICIALES 1.965 30 39 2.034 TOTAL OTROS 290 10 1 301
TOTAL 5.595 136 133 5.864
270 MEMORIA 2011
La Biblioteca del TSJA, tuvo en 2011 unos movimientos totales de salida de
5.864 documentos. De esa documentación, los Jueces y Magistrados circularon un
total de 3.529 documentos de la Biblioteca del TSJA, los Secretarios Judiciales
2.034 documentos y otros usuarios 301 documentos.
Para contestar a las peticiones de información planteadas por los usuarios, la
Biblioteca prestó 136 libros, fotocopió y entregó en mano (a los usuarios
presenciales) o envió por mensajería a la dirección del órgano correspondiente
(usuarios virtuales), 133 documentos y envió 5.595 documentos por correo
electrónico.
Con estos datos de salida, el incremento es de 1.366 documentos con respecto
al año 2010.
DATOS DE CONSULTAS Y BÚSQUEDAS
A continuación mostramos una tabla con las peticiones de búsqueda sobre
artículos doctrinales, bibliografía, jurisprudencia, legislación etc. Que han realizado
los Jueces/ Magistrados y los Secretarios Judiciales de Andalucía durante 2011 y
que no están incluidas en los apartados anteriores por ser una documentación
personalizada y que no ha tenido una elaboración previa.
Para estas búsquedas se han utilizado principalmente las siguientes bases de
datos : El Derecho internet, La Ley Digital, Tirantonline, Westlaw premium, Base de
datos del Sepin, Fondo Documental del Cendoj y Catálogo Colectivo de Bibliotecas
JUDICIALES.
Búsquedas Realizadas
JUECES Y MAGISTRADOS 105
SECRETARIOS JUDICIALES 33
OTROS USUARIOS 21
TOTAL 159
En 159 ocasiones se dirigieron a la Biblioteca del TSJA-Granada para solicitar
información y documentación sobre temas específicos del interés de nuestros
usuarios. Estas consultas son personalizadas y adaptadas a lo que el usuario nos
pide.
MEMORIA 2011 271
ADQUISICIONES
En 2011 la biblioteca recibió del Consejo General del Poder Judicial 6.000
euros para la adquisición de nuevas monografías.
Total de entradas de monografías en la Biblioteca: 172
Títulos adquiridos por compra a través del CENDOJ: 147
Títulos recibidos por donación: 25
Durante 2011 la Biblioteca del TSJA ha elaborado y enviado a sus usuarios los
siguientes Boletines Informativos:
- 49 Boletines Informativos Digitales con periodicidad semanal (legislación
aparecida en el BOE y BOJA, Diario Oficial de la Unión Europea, comentarios de
jurisprudencia, sentencias de actualidad, artículos doctrinales, etc.)
- Para responder a las peticiones de información sobre estos boletines, se han
vaciado un total de 1.715 artículos
CONCLUSIONES
Un año más, sigue aumentando la población informada y el número de
usuarios que se dirigen a la Biblioteca para satisfacer sus necesidades de
información. También aumenta el número de peticiones y de salidas de
documentación. Como consecuencia de este crecimiento, algunos servicios que se
venían ofreciendo, no se han podido realizar durante este año.
Como en años anteriores, tanto el modo de acceso a la Biblioteca, como el
envío de documentación, se realiza preferentemente por correo electrónico. Es un
servicio que se basa principalmente en la difusión electrónica de la documentación e
información.
El presupuesto para adquisiciones (6.000 euros) aportados por el CGPJ a
través del Centro de Documentación Judicial es insuficiente, provocando un
crecimiento muy por debajo de las necesidades para la población que atiende esta
Biblioteca.
Continuar formando parte de la Red de Bibliotecas Judiciales del CGPJ es
fundamental para el desarrollo de nuestro trabajo.
La Biblioteca sigue consolidándose como un Servicio de Información en
expansión, cada vez más conocido y utilizado.
272 MEMORIA 2011