mejias garcia rosa milagros auxiliar

3
MEJIAS GARCIA ROSA MILAGROS AUXILIAR. S/. 460.00 CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO FIJO EN REGIMEN DE TIEMPO PARCIAL Conste por el presente documento el Contrato de Trabajo a Plazo Fijo en Régimen de Tiempo Parcial, que celebran, al amparo del Art. 4° Texto Único Ordenado del D. Leg. Nº 728, Ley De Productividad Y Competitividad Laboral aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 001-96-TR, y normas complementarias, que de una parte celebran la INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARROQUIAL NAZARETH, con RUC No. 000000000000 con domicilio en la Av. LLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLL, Distrito KKKKKKKKKKKK, Provincia Constitucional del Callao debidamente representada por su Directora General Lic. IDANIA CASTRO SUAREZ identificada con DNI N° 0000000000 de acuerdo a las facultades establecidas en el artículo 8° de la Ley N° 26549, Ley de los Centros Educativos Privados y en el artículo 32° del Reglamento de las Instituciones Privadas de Educación Básica y Técnico Productiva aprobado por Decreto Supremo N° 009-2006 a quien en adelante se le denominará EL EMPLEADOR; y de la otra parte doña MEJIAS GARCIA ROSA MILAGROS identificada con D.N.I. N° 07549712 domiciliada en la =====================================, Provincia Constitucional del Callao, a quien en adelante se le denominará LA TRABAJADORA; en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO.- ANTECEDENTES: EL EMPLEADOR es una Institución Educativa Parroquial que brinda servicios educativos conforme al Decreto Legislativo Nº 882, Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, en el nivel de Inicial. Para el desarrollo de sus actividades requiere contratar en la modalidad de contrato a “Plazo Fijo en Régimen de Tiempo Parcial”, los servicios de un personal auxiliar para el nivel inicial. SEGUNDO.- OBJETO DEL CONTRATO: Por el presente documento, EL EMPLEADOR contrata, bajo la modalidad descrita en la cláusula anterior los servicios de LA TRABAJADORA, que brindará servicios como auxiliar del nivel de inicial a la I. E. P. NAZARETH. TERCERO.- VIGENCIA DEL CONTRATO El presente contrato tendrá una vigencia desde el 02 de marzo hasta el 18 de diciembre de 2015. CUARTO.- CARACTERÍSTICAS DE LAS LABORES: LA TRABAJADORA desempeñará sus labores como auxiliar del nivel inicial, debiendo someterse al cumplimiento de la labor para lo cual

Upload: erzell

Post on 30-Sep-2015

213 views

Category:

Documents


1 download

DESCRIPTION

derecho

TRANSCRIPT

MEJIAS GARCIA ROSA MILAGROS AUXILIAR.S/. 460.00CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO FIJO EN REGIMEN DE TIEMPO PARCIAL

Conste por el presente documento el Contrato de Trabajo a Plazo Fijo en Rgimen de Tiempo Parcial, que celebran, al amparo del Art. 4 Texto nico Ordenado del D. Leg. N 728, Ley De Productividad Y Competitividad Laboral aprobado por el Decreto Supremo N 003-97-TR, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N 001-96-TR, y normas complementarias, que de una parte celebran la INSTITUCIN EDUCATIVA PARROQUIAL NAZARETH, con RUC No. 000000000000 con domicilio en la Av. LLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLL, Distrito KKKKKKKKKKKK, Provincia Constitucional del Callao debidamente representada por su Directora General Lic. IDANIA CASTRO SUAREZ identificada con DNI N 0000000000 de acuerdo a las facultades establecidas en el artculo 8 de la Ley N 26549, Ley de los Centros Educativos Privados y en el artculo 32 del Reglamento de las Instituciones Privadas de Educacin Bsica y Tcnico Productiva aprobado por Decreto Supremo N 009-2006 a quien en adelante se le denominar EL EMPLEADOR; y de la otra parte doa MEJIAS GARCIA ROSA MILAGROS identificada con D.N.I. N 07549712 domiciliada en la =====================================, Provincia Constitucional del Callao, a quien en adelante se le denominar LA TRABAJADORA; en los trminos y condiciones siguientes:

PRIMERO.- ANTECEDENTES:EL EMPLEADOR es una Institucin Educativa Parroquial que brinda servicios educativos conforme al Decreto Legislativo N 882, Ley de Promocin de la Inversin en la Educacin, en el nivel de Inicial. Para el desarrollo de sus actividades requiere contratar en la modalidad de contrato a Plazo Fijo en Rgimen de Tiempo Parcial, los servicios de un personal auxiliar para el nivel inicial.

SEGUNDO.- OBJETO DEL CONTRATO: Por el presente documento, EL EMPLEADOR contrata, bajo la modalidad descrita en la clusula anterior los servicios de LA TRABAJADORA, que brindar servicios como auxiliar del nivel de inicial a la I. E. P. NAZARETH.

TERCERO.- VIGENCIA DEL CONTRATOEl presente contrato tendr una vigencia desde el 02 de marzo hasta el 18 de diciembre de 2015.

CUARTO.- CARACTERSTICAS DE LAS LABORES:LA TRABAJADORA desempear sus labores como auxiliar del nivel inicial, debiendo someterse al cumplimiento de la labor para lo cual ha sido contratada y a las directivas que emanen del personal directivo, sin embargo EL EMPLEADOR est facultado a efectuar las modificaciones razonables en funcin a la capacidad, aptitud de LA TRABAJADORA y a las necesidades y requerimientos de la Institucin, sin que dichas variaciones signifiquen menoscabo de la categora o remuneracin.

Queda entendido que la prestacin del servicio deber ser efectuada de manera personalsima.

QUINTO.- BENEFICIOS SOCIALES Y PRESTACIN DEL SERVICIO:Se entiende que por la modalidad del contrato, LA TRABAJADORA slo tendr derecho a los beneficios de gratificaciones y asignacin familiar, ste ltimo cuando corresponda. Y que las labores de LA TRABAJADORA se realizarn en la I. E. P. NAZARETH.

SEXTO.- PERIODO DE PRUEBA:LA TRABAJADORA estar sujeta a un periodo de prueba de tres meses contados a partir de la fecha de suscripcin del contrato. Durante el periodo de prueba, EL EMPLEADOR podr resolver el contrato laboral, mediante carta simple, expresando nicamente que LA TRABAJADORA "no supera el periodo de prueba por no cumplir con los objetivos institucionales".

SEPTIMO.- JORNADA DE TRABAJO:Las partes convienen en que la jornada laboral ser de lunes a viernes en el horario de 8:30 a.m. a 12 .m.; EL EMPLEADOR queda facultado de efectuar modificaciones razonables en la jornada de trabajo de acuerdo a las necesidades de la I.E.P. NAZARETH, dentro de la modalidad de este contrato.

OCTAVO.- REMUNERACIN:EL EMPLEAOR abonar a LA TRABAJADORA la cantidad de S/. 460.00 (Cuatrocientos Sesenta y 00/100 Nuevos Soles), como remuneracin mensual de la cual se deducirn los descuentos que ley que resulten aplicables.

NOVENO.- CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES LABORALES:LA TRABAJADORA deber cumplir con las normas establecidas en el Reglamento Interno

DECIMO.- EXTINCIN DEL CONTRATO:Queda entendido que EL EMPLEADOR no est obligado a dar aviso alguno referente a la extincin del presente contrato, operando su extincin de manera automtica sin necesidad de comunicacin escrita u oral, en la fecha de su vencimiento conforme la clusula tercera.

DECIMO PRIMERA.- DEL DOMICILIO:Las partes sealan como sus respectivos domicilios los sealados en la introduccin del presente contrato, por lo que se reputarn vlidas todas las comunicaciones y notificaciones dirigidas a las mismas con motivo de la ejecucin del presente contrato. El cambio de domicilio de cualquiera de las partes surtir efecto desde la fecha de la comunicacin por medio escrito. Sin perjuicio del domicilio sealado, LA TRABAJADORA autoriza a EL EMPLEADOR a cursarle las notificaciones que estime pertinente, sin restriccin alguna, en la I.E.P. NAZARETH.

DECIMO SEGUNDA.- NORMAS SUPLETORIAS:Este contrato queda sujeto a las disposiciones de conformidad con el Art. 9 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por D.S. N 003-97-TR, y dems normas legales que lo regulan o que sean dictadas durante la vigencia del contrato.

Conforme con todas las clausulas anteriores, firman las partes, por triplicado el Dos (2) de marzo del ao dos mil quince.

____________________________MEJIAS GARCIA ROSA MILAGROS D.N.I. N 25715243El EMPLEADOR LA TRABAJADORA