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MEDIDAS CAUTELARES QUINTA VISITADURÍA GENERAL
ENERO-DICIEMBRE 2018
PROGRAMA ATENCIÓN A PERSONAS MIGRANTES
N° Número de Expediente
/ Folio Autoridad a la que se dirige
N° de Oficios y Fecha de Envió
Aceptada o
No aceptada
Medias solicitadas Estatus de Cumplimiento
1
Sin expediente
Comisionado Nacional de Seguridad
QVG/2550/2018 24-01-2018
ACEPTADA
Única: Que de manera coordinadora, en el ámbito competencial que les corresponda, se realicen las acciones necesarias para localizar el paradero del señor Samier Sabrey Amein Alnajar y salvaguardar su integridad, así como su seguridad personal y su vida.
Cumplidas
2 Comisionado del Instituto Nacional
de Migración ACEPTADA Cumplidas
3
Sin expediente
Subprocuradora de Derechos Humanos, Prevención del Delito y
Servicios a la Comunidad de la Procuraduría General de la
República. QVG/06445/2018 07-
02-2018
ACEPTADA
Única: Que de manera coordinada, en el ámbito de sus competencias, se realicen las acciones necesarias para localizar el paradero del señor Kevin Alexander Izaguirre Padilla, y salvaguardar su integridad, así como su seguridad personal y su vida, brindándole la protección y cuidados necesarios en atención a su calidad de víctima de delito
Cumplidas
4 Secretario General de Gobierno del
Estado de Tamaulipas. ACEPTADA
Cumplidas
5 Procurador General de Justicia del
Estado de Tamaulipas ACEPTADA
Cumplidas
6 Sin
expediente Secretario de Gobierno del Estado
de Tlaxcala.
CNDH/QVG/13569
07-03-2018 ACEPTADA
PRIMERA: De manera coordinada, en el ámbito de sus competencias, se establezcan las medidas que sean necesarias a fin de brindar seguridad y protección a las personas en contexto de migración que viajan y transitan por las vías de comunicación dentro del Estado de Tlaxcala. Asimismo, de
Cumplidas
7 Procurador General de Justicia del
Estado del Tlaxcala. ACEPTADA
aquellas que se encuentran alojadas en el albergue "La Sagrada Familia", y de sus colaboradores y voluntarios, para evitar que se pongan en riesgo su integridad física e incluso su vida, y puedan seguir realizando de manera ordinaria su labor de defensa de los derechos humanos en el Estado de Tlaxcala. SEGUNDA: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias se realicen las acciones de prevención que resulten pertinentes en el caso, con el objeto de evitar nuevos actos de violencia y ataques armados hacia las personas migrantes. TERCERA: De manera particular, la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tlaxcala, tomando en cuenta los hechos delictivos de conocimiento oficioso, inicie la investigación que conforme a derecho corresponda. CUARTA: Igualmente, se hace énfasis a la Presidencia Municipal de Apizaco, que los elementos adscritos a la Policía Municipal, se abstengan de ingresar sin autorización u orden debidamente emitida por autoridad competente de por medio a las instalaciones del albergue "La Sagrada Familia" en ese Municipio, con el objeto de respetar la privacidad, integridad psicológica y física, tanto de las personas en contexto de migración que ahí se alojan así como de las que colaboran con ellas, garantizando que estos últimos puedan seguir ejerciendo su labor ordinaria de
Cumplidas
8 Comisado Estatal de Seguridad del
Estado de Tlaxcala ACEPTADA
Cumplidas
9 Presidente Municipal de Apizaco,
Tlaxcala ACEPTADA
Cumplidas
asistencia, protección y defensa de los derechos humanos de las personas en contexto de migración que transitan por el municipio de Apizaco, Tlaxcala.
10
Sin expediente
Secretario General de Gobierno del Estado de Chiapas
CNDH/QVG/17960/2018
22-03-2018
ACEPTADA
PRIMERA: Que, de manera inmediata, de acuerdo a sus competencias y de forma coordinada entre distintas autoridades estatales y municipales se les garantice la satisfacción de las necesidades básicas de alimentación, salud y alojamiento de las familias que tuvieron que desplazarse de manera forzada, debido a los actos de violencia cometidos en su contra por pertenecer a la comunidad religiosa Adventista del Séptimo Día. SEGUNDA: Que de manera inmediata, de acuerdo a sus competencias y de forma coordinada, entre las distintas autoridades estatales y municipales, para que no sean nuevamente víctimas de agresiones ni hostigamientos por parte de otras personas de la comunidad de de San Miguel Chiptic, debido a sus decisión de pertenecer a la comunidad religiosa Adventista del Séptimo Día, así como garantizar su derecho a la integridad física, e incluso, la vida.
Parcialmente cumplido
11 Secretario de Protección Civil del
Estado de Chiapas. ACEPTADA
Parcialmente cumplido
12 Secretario de Protección y
Seguridad Ciudadana del Estado de Chiapas.
ACEPTADA
Parcialmente cumplido
13 Presidente municipal de
Altamirano, Chiapas ACEPTADA
Parcialmente cumplido
14
Sin expediente
Comisionado del Instituto Nacional de Migración CNDH/QVG/1751
3/2018 24-03-2018
ACEPTADA PRIMERA: En el ámbito de sus competencias y de manera coordinada se determine el inmediato traslado al Centro de Asistencia Social, adecuado a las necesidades de los adolescentes Jorge Alberto Ramírez Dubon, Juana
Cumplidas
15 Coordinadora General de la
Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados
ACEPTADA
Cumplidas
16 Procurador Federal de Protección
de Niñas, Niños y Adolescentes ACEPTADA
Nohemí Santos López y Stanley Edison Rodríguez Perdido. SEGUNDA. Que la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, con la participación de la Procuraduría Estatal de Protección de la Familia y de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en Tabasco, determinen el interés superior de los adolescentes Jorge Alberto Ramírez Dubon, Juana Nohemí Santos López y Stanley Edison Rodríguez Perdido, y dicten las medidas de protección especiales que requieren, atendiendo a la situación específica de cada uno de ellos. TERCERA: Que el Instituto Nacional de Migración en coordinación con la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, emita, en su caso, las tarjetas de residentes permanentes a favor de los adolescentes Jorge Alberto Ramírez Dubon y Juana Nohemí Santos López, y la tarjeta de visitante por razones humanitarias al adolescente Stanley Edison Rodríguez Perdido. CUARTA: Que la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados priorice la resolución de la solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado presentada por el adolescente Stanley Edilson Rodríguez Perdido.
Cumplidas
17
Procuradora Estatal de Protección de la Familia y los Derechos Humanos e Niñas, Niños y
Adolescentes
ACEPTADA
Cumplidas
18 Directora de Enlace Institucional del
Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia en Tabasco
ACEPTADA
Cumplidas
19 Coordinador General del Sistema
Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia en Tenosique, Tabasco.
ACEPTADA
Cumplidas
20 Sin
expediente
Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de
Gobernación.
CNDH/QVG/20825/2018
05-04-2018 ACEPTADA
PRIMERA: Que, de manera inmediata, de acuerdo a sus competencias y de forma coordinada entre distintas
Parcialmente cumplido
21 Comisionado Ejecutivo de la
Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.
ACEPTADA
autoridades estatales y municipales, se realice un censo de las personas víctimas de DFI, por los hechos de violencia generados desde el mes de diciembre en varias comunidades del municipio de Aldama, Chiapas, y se les garantice la satisfacción de sus necesidades básicas de alimentación, salud y alojamiento. SEGUNDA: Que de manera inmediata de acuerdo a sus competencias y de forma coordinada, brinden la protección y resguardo de las personas víctimas de DFI, por los hechos de violencia generados en los últimos días en la comunidad de Santa Martha, ubicada entre los municipios de Chenalhó y Aldama, Chiapas, ante el estado de vulnerabilidad en el que se encuentran, y garantizar su derecho a la integridad física, incluso, su vida.
Parcialmente cumplido
22 Secretario General de Gobierno del
Estado de Chiapas. ACEPTADA
Parcialmente cumplido
23 Secretario de Protección Civil del
Estado de Chiapas ACEPTADA
Parcialmente cumplido
24 Secretario de Protección y
Seguridad Ciudadana del Estado de Chiapas.
ACEPTADA Parcialmente cumplido
25 Presidenta del Municipio de
Aldama, Chiapas. ACEPTADA
Parcialmente cumplido
26
Sin expediente
Comisionado Nacional de Seguridad
CNDH/QVG/24449/2018
20-04-2018
ACEPTADA Única: De manera coordinada, en el
ámbito de sus facultades y competencias territoriales, realicen acciones urgentes y necesarias que
permitan brindar seguridad y protección a las personas en contexto de migración del "Viacrucis Migrante" 2018" que transitan en los Estados de
Sinaloa, Sonora y Baja California.
Cumplidas
27 Secretario General de Gobierno del
Estado de Sinaloa ACEPTADA
Cumplidas
28 Secretario General de Gobierno del
Estado de Sonora ACEPTADA
Cumplidas
29 Secretario General de Gobierno del
Estado de Baja California ACEPTADA
Cumplidas
30
Sin expediente
Comisionado del Instituto Nacional de Migración
CNDH/QVG/33093/2018
28-05-2018
ACEPTADA
PRIMERO: Que de manera inmediata y coordinada, en el ámbito de sus competencias, sean trasladados los adolescentes Luisa Fernanda Centeno López, Sherlin Deniceth Navarro Valle, Willians Alexander Mejía Bonilla, Edin Gabriel García Soriano, Yordis Aaron Escobar Morales, Dimer Sais Garmendia Pineda, Erickson Asiel Padilla Berrios,
Cumplidas
31 Procurador de Protección de Niñas,
Niños y Adolescentes en San Luis Potosí
ACEPTADA Cumplidas
Jimy Arnaldo García Enríquez, Keneth Isaac Rosales Castillo, Mayra Fidencia Graciela Choc Caal, Jasmin Edith Mejía Ramos, Edgar lván Fernández Chacón, Byron Bertzain Díaz de León, Alex Neptali Reyes Díaz, Jonathan Mendoza Rojas, Anderson Rocael Banegas Guzmán, Eddy Geovany Banegas Guzmán, Mario Adolfo Ventura Gómez, y el niño Jayden Eduardo Antoneo Pop Choc, a un Centro de Asistencia Social (CAS) o alberge adecuado para su estancia y se les otorgue la asistencia y protección especializada que requieren. SEGUNDO: Que la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en San Luis Potosí, de manera inmediata determine el interés superior de los adolescentes Luisa Fernanda Centeno López, Sherlin Deniceth Navarro Valle, Willians Alexander Mejía Bonilla, Edin Gabriel García Soriano, Yordis Aaron Escobar Morales, Dimer Sais Garmendia Pineda, Erickson Asiel Padilla Berrios, Jimy Arnaldo García Enríquez, Keneth Isaac Rosales Castillo, Mayra Fidencia Graciela Choc Caal, Jasmin Edith Mejía Ramos, Edgar lván Fernández Chacón, Byron Bertzain Díaz de León, Alex Neptali Reyes Díaz, Jonathan Mendoza Rojas, Anderson Rocael Banegas Guzmán, Eddy Geovany Banegas Guzmán, Mario Adolfo Ventura Gómez, y el niño Jayden Eduardo Antoneo Pop Choc, y se dicte el plan de restitución de derechos que requieren, atendiendo a la situación específica de cada uno de ellos.
32 Sin
expediente Comisionado del Instituto Nacional
de Migración
CNDH/QVG/34151/2018
31-05-2018 ACEPTADA
PRIMERO: De manera inmediata se giren las instrucciones que correspondan para que se lleven a cabo las reparaciones necesarias al mobiliario de los baños en el área femenil y varonil adulta de la estación migratoria de Acayucan, Veracruz, a fin de garantizar el correcto funcionamiento en las instalaciones hidráulicas. SEGUNDO: De manera inmediata se giren las instrucciones que correspondan para que se lleven a cabo acciones necesarias de fumigación a efecto de erradicar la fauna nociva que se ubica en las coladeras de la Estación Migratoria de Acayucan, Veracruz. TERCERA. De manera inmediata se giren las instrucciones que correspondan para que realicen las acciones necesarias con la finalidad de entregar a las personas migrantes alojadas en la estación migratoria de Acayucan, Veracruz, cobijas y colchonetas limpias y recién lavadas. CUARTA: De manera inmediata se giren las instrucciones que correspondan para que la calidad de los alimentos suministrados sea la adecuada, ración suficiente, en el horario establecido y con la dieta necesaria con el fin de que la salud de los extranjeros, principalmente niñas, niños y adolescentes, no se vea afectada en tanto sea. definida su situación migratoria."
Cumplidas
33
Sin expediente
Comisionado del Instituto Nacional de Migración
CNDH/QVG/36015/2018
06-06-2018
ACEPTADA
PRIMERA. Que, de manera inmediata y coordinada, en el ámbito de sus competencias, sean trasladados tanto el adolescente Maydi Obel Hernández Calderón y su señor padre Pedro Oliverio Hernández Deras, a un Centro de Asistencia Social (CAS) o alberge, garantizando en todo momento su unidad familiar, y que sea adecuado para la asistencia y protección especializada que el adolescente requiere. SEGUNDA: Que de manera inmediata se giren instrucciones para que, en tanto se concretiza el traslado del adolescente Maydi Obel Hernández Calderón y su señor padre Pedro Oliverio Hernández Deras, se garantice por el Instituto Nacional de Migración la integridad física y psicológica de dichas personas, brindando la protección y seguridad que requieren. TERCERA: Que de manera inmediata personal especializado de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en Tlaxcala, determine el interés superior del adolescente Maydi Obel Hernández Calderón, y se dicte el plan de restitución de derechos que requiere, atendiendo a su situación de vulnerabilidad en la que se encuentran. CUARTA: Que de manera inmediata se giren las instrucciones correspondientes para que al adolescente Maydi Obel Hernández
Cumplidas
34 Protección de Niñas, Niños y
Adolescentes en Tlaxcala ACEPTADA Cumplidas
Calderón y al señor Pedro Oliverio Hernández Deras, se les brinde la atención médica y psicológica que requieran, por lo hechos sucedidos en la estación migratoria de Tlaxcala.
35
Sin expediente
Comisionado del Instituto Nacional de Migración
CNDH/QVG/38668/201820/06/20
18
ACEPTADA
PRIMERA: En el ámbito de sus competencias y de manera coordinada se determine el inmediato traslado al Centro de Asistencia Social, adecuado a las necesidades de los niños Jonni Alexander Padilla Martínez, Britney Natalia Matute Guerra y Samara Belem Aguirre Guerra, en compañía de sus padres, los señores Jonny Giovanni Padilla Acosta, Denis Javier Aguirre Murillo y Rosibel Guerra Vazquez y se les brinde la atención médica y psicológica que requieran. SEGUNDA: Que la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, determine el interés superior de los niños Jonni Alexander Padilla Martínez, Britney Natalia Matute Guerra y Samara Belem Aguirre Guerra, y dicten las medidas de protección especiales que requieren,
Cumplidas
36 Coordinadora General de la
Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados
ACEPTADA
Cumplidas
37 Procurador Federal de Protección
de Niñas, Niños y Adolescentes ACEPTADA
Cumplidas
38 Director General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en
la Ciudad de México ACEPTADA
atendiendo a la situación específica de cada uno de ellos. TERCERA: Que el Instituto Nacional de Migración en coordinación con la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, emita, en su caso, las tarjetas de visitantes por razones humanitarias a favor del señor Jonny Giovanni Padilla Acosta, su hijo el niño Jonni Alexander Padilla Martínez. CUARTA. Que el Instituto Nacional de Migración, emita, en su caso, las tarjetas de Residentes Permanentes a favor de Denis Javier Aguirre Murillo, Rosibel Guerra Vazquez, y su hija la niña Britney Natalia Matute Guerra, toda vez que cuentan con vínculo familiar con una persona mexicana, que es la lactante Samara Belem Aguirre Guerra.
Cumplidas
39
Sin expediente
Consejero Presidente del Instituto Nacional Electoral
CNDH/QVG/40252/2018
20/06/2018 ACEPTADA
Único. Que de manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, de forma inmediata se lleven a cabo las acciones necesarias para la implementación de las medidas preventivas y de seguridad que se requieran a fin de garantizar la integridad física del grupo de personas desplazadas del municipio de Chenalhó, Chiapas, y puedan acudir a ejercer su derecho e emitir su sufragio en la casilla extraordinaria que para tal efecto instalarán las autoridades electorales federales y estatal, el 1 de julio del año en curso en el campamento referido. Tales acciones deberán ejecutarse antes, durante y después de verificarse la jornada electoral.
Parcialmente cumplidas
40 Secretario General de Gobierno de
Chiapas
Parcialmente cumplidas
41 Consejero Presidente del Instituto
de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas
Parcialmente cumplidas
42
Sin expediente
Secretario General de Gobierno del Estado de Veracruz
CNDH/QVG/53089/201831/08/20
18 ACEPTADA
Primero: De manera coordinada, en el ámbito de sus competencias, se establezcan las medidas que sean necesarias a fin de brindar seguridad y protección a los integrantes y colaboradores del albergue Monseñor Guillermo Ranzahuer González, y de las personas en contexto de migración que ahí se alojan, para evitar que se ponga en riesgo su integridad física e incluso su vida. Segundo: De manera coordinada, en el ámbito de sus competencias, realicen las actividades correspondientes para brindar seguridad y vigilancia en las inmediaciones del albergue “Monseñor Guillermo Ranzahuer González” de Oluta, Veracruz, a efecto de que pueda continuar operando en favor de las personas en contexto de migración. Tercero. De manera coordinada, en el ámbito de sus competencias realicen las labores de prevención que resulten pertinentes en el caso, con el objeto de evitar todo acto intimidatorio que tenga como consecuencia impedir que el albergue “Monseñor Guillermo Ranzahuer González” de Oluta, Veracruz, deje de prestar sus servicios, y que sus integrantes, continúen ejerciendo su actividad como defensores de derechos humanos de los migrantes
Cumplidas
43 Secretario de Seguridad Pública del
Estado de Veracruz
Cumplidas
44 Presidenta municipal de Villa de
Oluta, Veracruz
Cumplidas
45 Sin
expediente Comisionado Nacional de Migración
CNDH/QVG/56689/201814/09/20
18 ACEPTADA
Primero: A todas las autoridades para que de manera coordinada en el ámbito de sus competencias, se establezcan las
Cumplidas
46 Procurador Federal de Protección
de Niñas, Niños y Adolescentes
medidas que sean necesarias a fin de que de manera inmediata seas trasladados los NNA junto con sus familiares que los acompañan, cuyos nombre se indican en el presente oficio, a las instalaciones del DIF nacional, del sistema DIF Tamaulipas, o bien del DIF Reynosa, Tamaulipas, o un Centro de Asistencia Social, o albergue adecuado para su estancia y puedan recibir la atención especializada integral que requieran. Segunda: Que de manera inmediata personal especializado de la Procuraduría Federal de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes, así como de la Procuraduría de Atención a Niños, Niños y Adolescentes en Tamaulipas, determinen el interés superior de los NNA mencionados, y se dicte el plan de restitución de derechos que se requieren, atendiendo la situación de vulnerabilidad en que se encuentran. Tercera: Al Comisionado Nacional de Migración, para que gire las instrucciones que correspondan a fin de que se repare de manera inmediata las instalaciones sanitarias, así como el aire acondicionado para generar condiciones de alojamiento dignas para los extranjeros que sean alojados en la estación migratoria de Reynosa, Tamaulipas.
Cumplidas
47 Secretario General de Gobierno del
Estado de Tamaulipas.
Cumplidas
48 Presidenta Municipal de Reynosa,
Tamaulipas
Cumplidas
49 Encargado de Despacho de la
Procuraduría de Atención a Niñas, Niños y Adolescentes en Tamaulipas
Cumplidas
50 Directora General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia
del Estado de Tamaulipas
Cumplidas
51 Sin
expediente
Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de
Gobernación.
CNDH/QVG/63485/2018
16/10/2018 ACEPTADA
A todas las autoridades: Primera: Que de manera coordinada y de acuerdo a sus competencias,
Parcialmente Cumplidas
52 Subsecretaria de Población,
Migración y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación
instruya a quien corresponda para que de forma inmediata se implementen las medidas humanitarias necesarias y se proporcionen protección y auxilio a las niñas, niños, y adolescentes, mujeres embarazadas, personas mayores, con discapacidad, y a todas aquellas que requieran de una atención especial. Segunda: Que de manera coordinada y de acuerdo a sus competencias, se implementen acciones inmediatas para que en los lugares que se habiliten para el alojamiento proporcionen a las personas beneficiadas de estas medidas alimentación, atención médica-psicológica, a fin de brindar el cuidado adecuado, priorizando en todo momento a las niñas, niños, y adolescentes, personas mayores y con discapacidad, con pleno respeto a su dignidad y derechos humanos. Al Instituto Nacional de Migración. Primera: En caso de que en el ámbito de sus facultades, ese instituto realice acciones de verificación migratoria, las mismas se practiquen en el marco del respeto a los derechos humanos de las personas en contexto de migración, tomando en consideración a las que presenten especial vulnerabilidad como lo son niñas, niños, adolescentes, personas mayores, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, y a cualquier otra persona que presente algún condición que requiera de una atención especializada.
Parcialmente Cumplidas
53 Subsecretario de Prevención y
Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud.
Parcialmente Cumplidas
54 Comisionado Nacional de Seguridad Parcialmente Cumplidas
55 Comisionado del Instituto Nacional
de Migración Parcialmente Cumplidas
56 Titular del Sistema Nacional DIF Parcialmente Cumplidas
57 Procurador Federal de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes. Parcialmente Cumplidas
58 Secretario General de Gobierno del
Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas
59
Encargado de Despacho de la Secretaría de Seguridad y
Protección Ciudadana del Estado de Chiapas
Parcialmente Cumplidas
60 Secretario de Protección Civil del
Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas
61 Encargada del Despacho de la
Secretaría de Salud del Estado de Chiapas
Parcialmente Cumplidas
62 Director General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del
Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas
63 Procuradora de Protección de
Niñas, Niños y Adolescente y la Familia del DIF Chiapas
Segunda: Gire sus instrucciones a quien corresponda, a efecto de que atendiendo el principio de no devolución se realicen las acciones correspondientes para que las personas que pretendan solicitar refugio les sea respetado dicho derecho. Tercera: Gire sus instrucciones a quien corresponda, a efecto de que, en caso de realizar labores de supervisión migratoria, con apoyen o no de otras instancias federales, estatales o municipales, se lleven con estricto respeto a los derechos humanos. Cuarta: Que de manera coordinada y de acuerdo a sus competencias, se implementen acciones inmediatas a efecto de brindar a las personas en contexto de migración, la seguridad necesaria en los lugares de pernocta y durante la espera para ser atendidos por la autoridad migratoria. A la Policía Federal, a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado de Chiapas, Presidente Municipal de Tapachula, y Presidenta Municipal de Suchiate, Chiapas. Única: Cualquier actividad que realicen en relación con la "caminata del migrante", se efectúe en el marco irrestricto del respeto a los derechos humanos de todas las personas en contexto de migración, atendiendo de manera específica las particularidades de cada grupo o persona.
Parcialmente Cumplidas
64 Presidente Municipal de Tapachula,
Chiapas Parcialmente Cumplidas
65 Presidenta Municipal de Suchiate,
Chiapas Parcialmente Cumplidas
66
Sin expediente
Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de
Gobernación.
CNDH/QVG/64303/2018
20/10/2018 ACEPTADA
Primera: Que de manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar la atención humanitaria de urgencia, de manera especial, agua, suero hidratante, alimentación que contenga cítricos, cereales, personal médico, medicamentos, ambulancias, para conducciones a hospital, especialistas que brinden atención psicológica, instrumentos de aseo personales, pañales desechables, entre otras, a las personas que se encuentren en el puente internacional Rodolfo Robles, y en albergues temporales habilitados o que se habiliten en favor de las personas que se encuentran a la espera de ser atendidas por la autoridad migratoria mexicana. Segunda: Que de manera coordinada y ante la situación de urgencia que se ha presentado por el arribo extraordinario de personas en contexto de migración, especialmente de niñas, niños y adolescentes, las Procuradurías de Protección de los Derechos de Niñas, Niños, Adolescentes y los Sistemas DIF de los tres niveles de Gobierno, determinen el interés superior de la niñez que han ingresado a territorio nacional, y dicten las medidas de protección especiales que requieran, atendiendo a la situación específica de cada uno de ellos y a su interés superior y la unidad familiar.
Parcialmente Cumplidas
67 Subsecretaria de Población,
Migración y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación
Parcialmente Cumplidas
68 Subsecretaría de Prevención y
Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud
Parcialmente Cumplidas
69 Comisionado Nacional de Seguridad Parcialmente Cumplidas
70 Comisionado del Instituto Nacional
de Migración Parcialmente Cumplidas
71 Titular del Sistema Nacional DIF Parcialmente Cumplidas
72 Procurador Federal de Protección
de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas
73
Encargado de Despacho de la Secretaría de Seguridad y
Protección Ciudadana del Estado de Chiapas
Parcialmente Cumplidas
74 Secretario de Protección Civil del
Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas
75 Encargado de Despacho d ela
Secretaría de Salud del Estado de Chiapas
Parcialmente Cumplidas
76 Director General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del
Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas
77 Procurado de Protección de Niñas,
Niños y Adolescentes y la Familia en el Estado de Chiapas
Parcialmente Cumplidas
78 Presidente Municipal de Tapachula,
Chiapas Parcialmente Cumplidas
79 Presidente Municipal de Suchiate,
Chiapas Parcialmente Cumplidas
80
Sin expediente
Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de
Gobernación.
CNDH/QVG/64762 23/10/2018
ACEPTADA
Primera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, tomando en consideración la ruta a seguir de dicha Caminata Migrante, se prevean con tiempo suficiente todas aquellas acciones necesarias, suficientes, y efectivas, para garantizar la atención humanitaria de urgencia, a las personas en contexto de migración internacional que conforman a la "Caravana Migrante", de manera especial, sin ser limitativas, alimentación, agua, atención médica y psicológica, privilegiando aquellas personas que se encuentran en especial situación de vulnerabilidad como NNA, mujeres embarazadas, y lactantes, personas mayores, y con discapacidad. Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, las Procuradurías de Protección, tanto Federal, Estatal, y Municipal, conformen un grupo multidisciplinario, compuesto por médicos, psicólogos, trabajadores sociales, abogados, entre otros, para brindar protección integral a las niñas, niños y adolescentes, que conforman la "Caravana Migrante", y así coadyuvar, con su protección integral tomando en consideración que antes de ser personas migrantes, independientemente de su situación migratoria, son niñas, niños y adolescentes, ante quienes todas las autoridades tienen la obligación de
Parcialmente Cumplidas
81 Subsecretaria de Población,
Migración y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación
Parcialmente Cumplidas
82 Subsecretario de Prevención y
Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud.
Parcialmente Cumplidas
83 Titular del Sistema Nacional DIF Parcialmente Cumplidas
84 Procurador Federal de Protección
de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas
85 Secretario General de Gobierno del
Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas
86 Secretario de Protección Civil de
Chiapas Parcialmente Cumplidas
87 Secretario de Salud del Estado de
Chiapas Parcialmente Cumplidas
88 Procuradora de Protección de
Niñas, Niños y Adolescente y la Familia del DIF Chiapas
Parcialmente Cumplidas
89 Presidente Municipal de Escuintla,
Chiapas Parcialmente Cumplidas
90 Presidente Municipal de
Mapastepec, Chiapas Parcialmente Cumplidas
91 Presidente Municipal de Pijijiapan,
Chiapas Parcialmente Cumplidas
92 Presidente Municipal de Tonalá,
Chiapas Parcialmente Cumplidas
93 Presidente Municipal de Arriaga,
Chiapas
velar por el respeto a sus derechos humanos. Parcialmente Cumplidas
94
Sin expediente
Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de
Gobernación.
CNDH/QVG/64763/2018
23/10/2018 ACEPTADA
Primera: Que de manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, tomando en consideración la ruta a seguir de dicha Caminata Migrante, se prevea con tiempo suficiente todas aquellas acciones necesarias, suficientes y efectivas, para garantizar la atención humanitaria de urgencia, a las personas en contexto de migración internacional que conforman a la "Caravana Migrante", de manera especial, sin ser limitativas, alimentación, agua, atención médica y psicológica, privilegiando aquellas personas que se encuentran en especial situación de vulnerabilidad como NNA, mujeres embarazadas y lactantes, personas mayores con discapacidad. Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, las Procuradurías de Protección, tanto Federal, Estatal y Municipal, conformen un grupo multidisciplinario, compuesto por médicos, psicólogos, trabajadores sociales, abogados, entre otros, para brindar protección integral a las niñas, niños y adolescentes, que conforman la "Caravana Migrante", y así coadyuvar con su protección integral tomando en consideración que antes que ser personas migrantes, independientemente de su situación migratoria, son niñas, niños,
Parcialmente Cumplidas
95 Subsecretaria de Población,
Migración y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación
Parcialmente Cumplidas
96 Subsecretario de Prevención y
Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud.
Parcialmente Cumplidas
97 Titular del Sistema Nacional DIF Parcialmente Cumplidas
98 Procurador Federal de Protección
de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas
99 Secretario General de Gobierno del
Estado de Oaxaca Parcialmente Cumplidas
100 Secretario de Salud del Estado de
Oaxaca Parcialmente Cumplidas
101 Presidente Municipal de Ciudad
Ixtepec, Oaxaca
adolescentes ante quienes todas las autoridades tienen la obligación de velar por el respeto a sus derechos humanos
Parcialmente Cumplidas
102
Sin expediente
Presidenta Municipal de Juchitán de Zaragoza, Oaxaca
CNDH/QVG/65282/2018
25/10/2018 ACEPTADA
Única: De manera coordinada con las autoridades federales y estatales, y en el ámbito de sus competencias, tomando en consideración la ruta a seguir de dicha Caminata Migrante, se prevean con tiempo suficiente todas aquellas acciones necesarias, suficientes y efectivas, para garantizar la atención humanitaria de urgencia, a las personas en contexto de migración internacional que conforman a la "Caravana Migrante", de manera especial, sin ser limitativas, alimentación, agua, atención médica y psicológica, privilegiando aquellas personas que se encuentran en especial situación de vulnerabilidad como NNA, mujeres embarazadas y lactantes, personas mayores y con discapacidad.
Parcialmente Cumplidas
103 Presidente Municipal de Ixtepec,
Oaxaca Parcialmente Cumplidas
104
Sin expediente
Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de
Gobernación.
CNDH/QVG/65626/2018
26/10/2018 ACEPTADA
Primera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se otorgue inmediatamente una alternativa de alojamiento adecuado a las NNA y sus familiares, quienes se encuentran en el "Recinto Federal", de la ciudad de Tapachula, Chiapas, y que, al mismo tiempo, sean solicitantes de la condición de refugiado, con la finalidad de otorgar su protección integral y el pleno respeto a los derechos humanos. Segunda: Que de manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se
Parcialmente Cumplidas
105 Subsecretaria de Población,
Migración y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación
Parcialmente Cumplidas
106 Comisionado del Instituto Nacional
de Migración Parcialmente Cumplidas
107 Titular del Sistema Nacional DIF Parcialmente Cumplidas
108 Procurador Federal de Protección
de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas
109 Encargada de la Coordinación
General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados
Parcialmente Cumplidas
110 Procuradora de Protección de
Niñas, Niños y Adolescente y la Familia del DIF Chiapas
llevan a cabo acciones conjuntas con alguna organización o institución, como puede ser la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), para generar espacios de alojamiento alternativo en distintos albergues de la Sociedad Civil en el Estado de Chiapas, a donde pueden ser canalizadas las personas migrantes solicitantes de refugio del "Recinto Ferial" de Tapachula, Chiapas.
Parcialmente Cumplidas
111 Sin
expediente Comisionado del Instituto Nacional
de Migración
CNDH/QVG/65627/2018
26/10/2018 ACEPTADA
Primera: Se brinde protección, seguridad y atención médica, a la persona que fue asegurada por el INM el 25 de octubre de 2018, garantizándole el respeto a sus derechos humanos. Segunda: Se realice una investigación exhaustiva sobre los hechos sucedidos, y, en su momento, de ser el caso, se establezcan las responsabilidades correspondientes. Tercera: En tanto se deslindan las responsabilidades correspondientes, el personal del INM, que participó en el aseguramiento de las personas en contexto de migración, y que se identifican en el video de la citada nota periodística, se abstenga de realizar funciones de verificación migratoria o de contacto con personas migrantes, en tanto se resuelve la investigación que por dichos hechos se realice al interior de dicho instituto.
Parcialmente Cumplidas
112 Sin
expediente Comisionado del Instituto Nacional
de Migración
CNDH/QVG/65639/2018
28/10/2018 ACEPTADA
Primera: Que de manera coordinada y de acuerdo con sus competencias, se realicen las acciones inmediatas para
Parcialmente Cumplidas
113 Titular del Sistema Nacional DIF
alojar a las personas migrantes detenidas, referidas en el presente documento, a un espacio digno en que se les pueda brindar la atención necesaria en materia de salud, alimentación, información clara y verídica sobre su situación migratoria y los programas a los que se puede acceder, dentro del respeto a sus derechos humanos.
Segunda: Que de manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, especialistas de atención a la niñez de las Procuradurías de Protección referidas, establezcan las acciones necesarias a seguir, para brindar a las niñas, niños y adolescentes migrantes localizados en la referida estancia provisional y a las afueras de la misma, así como a sus familiares, la atención integral que requieren, y la alternativa de alojamiento. Tercera: Que el personal del INM informe correctamente a las personas en contexto de migración su situación jurídica y los programas que existen para regularizar su estancia, así como el derecho a solicitar la condición de refugiado, sin confundirlos respecto a un posible permiso para transitar libremente por el país.
Parcialmente Cumplidas
114 Procurador Federal de Protección
de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas
115 Procuradora de Protección de
Niñas, Niños y Adolescente y la Familia del DIF Oaxaca
Parcialmente Cumplidas
116 Presidenta del DIF del Municipio de
San Pedro Tapanatepec, Oaxaca Parcialmente Cumplidas
117 Sin
expediente
Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de
Gobernación. CNDH/QVG/6682
5/2018 02/11/2018
ACEPTADA
Primera: Que de manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar la atención humanitaria de urgencia a las personas
Parcialmente Cumplidas
118 Subsecretaria de Población,
Migración y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación
Parcialmente Cumplidas
119 Subsecretario de Prevención y
Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud.
integrantes de la "Caminata Migrante", en especial la provisión de agua, suero hidratante, y alimentación balanceada; así como personal médico, medicamentos, y especialistas en atención psicológicas; ambulancias para conducciones a hospitales, incluida una que permanezca las 24 horas del día para esos mismos efectos, enseres o utensilios, de aseo personal, y pañales, desechables, asimismo, la instalación de sanitarios suficientes, que permitan brindar servicio a más de 3 mil personas, y la instalación de lonas, carpas, o toldos, que aseguren a la población permanecer resguardada de las inclemencias del clima. Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen acciones urgentes y necesarias que permitan brindar seguridad y protección perimetral a las personas en contexto de migración de la "Caminata Migrante" que transita en México. Tercera: De manera coordinada, y ante la situación de urgencia que se ha presentado por el arribo extraordinario de personas en contexto de migración, especialmente de niñas, niños y adolescentes que han ingresado a territorio nacional, las Procuradurías de los Derechos de Niñas, Niños, y Adolescentes, así como los Sistemas DIF de los tres niveles de Gobierno, determinen el interés superior de la
Parcialmente Cumplidas
120 Comisionado Nacional de Seguridad Parcialmente Cumplidas
121 Titular del Sistema Nacional DIF Parcialmente Cumplidas
122 Procurador Federal de Protección
de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas
123 Secretario de Gobierno del Estado
de Veracruz Parcialmente Cumplidas
124 Secretario de Protección Civil del
Estado de Veracruz Parcialmente Cumplidas
125 Secretario de Salud y Director
General de Servicios de Salud del Estado de Veracruz
Parcialmente Cumplidas
126 Fiscal General del Estado de
Veracruz Parcialmente Cumplidas
127 Directora General del Sistema DIF
del Estado de Veracruz Parcialmente Cumplidas
128
Procuradora Estatal de Protección de la Familia y los Derechos Humanos e Niñas, Niños y
Adolescentes del Estado de Veracruz
Parcialmente Cumplidas
129 Presidente Municipal de Sayula de
Alemán, Veracruz Parcialmente Cumplidas
130 Presidente Municipal de Acayucan,
Veracruz Parcialmente Cumplidas
131 Presidente Municipal de Oluta,
Veracruz Parcialmente Cumplidas
132 Presidente Municipal de Hueyapan
de Ocampo, Veracruz Parcialmente Cumplidas
133 Presidente Municipal de Juan
Rodríguez Clara, Veracruz Parcialmente Cumplidas
134 Presidente Municipal de San Juan
Evangelista, Veracruz Parcialmente Cumplidas
135 Presidente Municipal de
Cosamaloapan de Carpio, Veracruz Parcialmente Cumplidas
136 Presidente Municipal de Isla,
Veracruz.
niñez, y dicten las medidas de protección especiales que requieran, atendiendo a la situación específica de cada uno de ellos, y a su interés superior y la unidad familiar.
Parcialmente Cumplidas
137 Presidente Municipal de José
Azueta, Veracruz Parcialmente Cumplidas
138 Presidente Municipal de Cotaxtla,
Veracruz Parcialmente Cumplidas
139 Presidente Municipal de Tierra
Blanca, Veracruz Parcialmente Cumplidas
140 Presidente Municipal de Cuitláhuac,
Veracruz Parcialmente Cumplidas
141 Presidente Municipal de Yanga,
Veracruz Parcialmente Cumplidas
142 Presidente Municipal de Córdoba,
Veracruz Parcialmente Cumplidas
143 Presidenta Municipal de Amatlán de
los Reyes, Veracruz Parcialmente Cumplidas
144 Presidente Municipal de Fortín de
las Flores, Veracruz Parcialmente Cumplidas
145 Presidente Municipal de Orizaba,
Veracruz Parcialmente Cumplidas
146 Presidente Municipal de Ixtaczoquitlán, Veracruz
Parcialmente Cumplidas
147 Presidente Municipal de Río Blanco Parcialmente Cumplidas
148 Presidente Municipal de Nogales,
Veracruz Parcialmente Cumplidas
149 Presidente Municipal de Camerino
Mendoza, Veracruz Parcialmente Cumplidas
150 Presidenta Municipal de Aquila,
Veracruz Parcialmente Cumplidas
151
Sin expediente
Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de
Gobernación. CNDH/QVG/6682
7/2018 03/11/2018
ACEPTADA
Único: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar la seguridad y vigilancia en las rutas y lugares por donde las personas que integran la "Caminata Migrante" transitan, durante su trayecto a la Ciudad de México, así
Parcialmente Cumplidas
152 Comisionado Nacional de Seguridad Parcialmente Cumplidas
153 Secretario de Gobierno del Estado
de Veracruz Parcialmente Cumplidas
154 Secretario de Seguridad Pública del
Estado de Veracruz Parcialmente Cumplidas
155 Secretario General de Gobierno del
Estado de Puebla como en los sitios en los que de manera visible se ubican para descansar o pernoctar, tomando en cuenta la situación de extrema vulnerabilidad en que se encuentran, para ello en todo momento se deben de respetar sus derechos humanos.
Parcialmente Cumplidas
156 Secretario de Seguridad Pública del
Estado de Puebla
157 Secretario General de Gobierno de
la Ciudad de México Parcialmente Cumplidas
158 Secretario de Seguridad Pública de
la Ciudad de México Parcialmente Cumplidas
159
Sin expediente
Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de
Gobernación.
CNDH/QVG/66828/2018
03/11/2018 ACEPTADA
Única: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar la seguridad y vigilancia en las rutas y lugares por donde las personas defensoras de derechos humanos y organizaciones de la sociedad civil, brindan acompañamiento y asesoría a los integrantes de la "Caminata Migrante", durante su trayecto a la Ciudad de México, así como en los sitios en los que de manera visible se ubican para descansar o pernoctar, respetando sus derechos humanos y el libre ejercicio de la labor o defensa que realizan.
Parcialmente Cumplidas
160 Comisionado Nacional de Seguridad Parcialmente Cumplidas
161 Secretario de Gobierno del Estado
de Veracruz Parcialmente Cumplidas
162 Secretario de Seguridad Pública del
Estado de Veracruz Parcialmente Cumplidas
163 Secretario General de Gobierno del
Estado de Puebla Parcialmente Cumplidas
164 Secretario de Seguridad Pública del
Estado de Puebla Parcialmente Cumplidas
165 Secretario General de Gobierno de
la Ciudad de México Parcialmente Cumplidas
166 Secretario de Seguridad Pública de
la Ciudad de México Parcialmente Cumplidas
167
Sin expediente
Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de
Gobernación.
CNDH/QVG/66829/2018
04/11/2018 ACEPTADA
Primera: En el ámbito de sus competencias, se lleven a cabo todas aquellas acciones de manera coordinada para proporcionar la atención humanitaria de las personas en contexto de migración internacional que conforman a la "Caminata Migrante", de manera especial alimentación, agua, así como atención médica y psicológica permanente, durante su estancia en la Ciudad de México.
Segunda: En el ámbito de sus competencias, de manera coordinada
Parcialmente Cumplidas
168 Procurador Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
Parcialmente Cumplidas
169 Secretario General de Gobierno de
la Ciudad de México Parcialmente Cumplidas
170 Secretario de Seguridad Pública de
la Ciudad de México Parcialmente Cumplidas
171 Secretario de Salud de la Ciudad de
México Parcialmente Cumplidas
172 Secretario de Protección Civil de la
Ciudad de México Parcialmente Cumplidas
173 Secretario de Desarrollo Social de la
Ciudad de México Parcialmente Cumplidas
174 Titular del Sistema para el
Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México
mediante un grupo multidisciplinario, se brinde de manera permanente las condiciones básicas de salud, higiene, y estancia digna a los integrantes de la "Caminata Migrante", especialmente a las niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas mayores para un pleno respeto de sus derechos humanos. Tercera: Se establezcan de manera coordinada reuniones de diálogo interinstitucional, con la finalidad de que exista una adecuada organización en la ayuda humanitaria hacia las personas que integran la "Caminata Migrante", a fin de garantizar el pleno respeto a sus derechos humanos.
Parcialmente Cumplidas
175
Directora Ejecutiva de la Procuraduría de Protección de
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de
México
Parcialmente Cumplidas
176 Secretaria de Desarrollo Rural y
Equidad para las Comunidad de la Ciudad de México
Parcialmente Cumplidas
177 Sin
expediente Encargado de Despacho de la Fiscalía del Estado de Puebla
CNDH/QVG/66863/2018
05/11/2018 ACEPTADA
Primera: Se realicen todas aquellas acciones necesarias y suficientes para agilizar la búsqueda y localización de las personas en contexto de migración internacional, integrantes de la "Caminta Migrante", que fueron conducidas con rumbo desconocido por una mujer que les ofreció trabajo y vivienda en el Estado de Sonora, tal como consta en la carpeta de investigación CDI 16771/2018/ZC. Segunda: Se efectúen todas aquellas diligencias que sean necesarias para agilizar la investigación de los hechos que dieron origen a la citada carpeta de investigación, para garantizar el derecho de acceso a la justica en su modalidad de procuración de las personas en contexto de migración internacional posibles víctimas de delito
Parcialmente Cumplidas
denunciado en la referida carpeta de investigación. Tercera: Gire instrucciones a quien corresponda a efecto de que lleven a cabo las diligencias necesarias para garantizar el resguardo de las videograbaciones del 1, 2, y 3 de noviembre de 2018, tomadas dentro de las instalaciones de la gasolinera ubicada en la autopista México-Puebla, colonia La María, así como de todas aquellas cámaras localizadas en las inmediaciones de dicha gasolinera, para en su momento ser incluidas dentro de la carpeta de investigación referida.
178
Sin expediente
Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de
Gobernación.
CNDH/QVG/66866/2018
05/11/2018 ACEPTADA
Primera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar seguridad y vigilancia en las vías carreteras o lugares por donde transitan las personas que integran la caminata migrante y las otras dos caravanas, tomando en cuenta la situación de extrema vulnerabilidad en que se encuentran y que los hace propensos a ser víctimas de delitos en su contra. Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de su competencia, se generen acciones desde una perspectiva humanitaria y de respeto a los derechos humanos de cualquier persona, que permitan, en particular a mujeres, niñas, niños y adolescentes acompañados y no acompañados, personas con discapacidad, personas
Parcialmente Cumplidas
179 Comisionado Nacional de Seguridad Parcialmente Cumplidas
180 Subsecretaria de Transporte de la Secretaría de Comunicaciones y
Transportes Parcialmente Cumplidas
181 Procurador Federal de Protección
de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas
182 Secretario General de Gobierno del
Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas
183
Encargado de Despacho de la Secretaría de Seguridad y
Protección Ciudadana del Estado de Chiapas
Parcialmente Cumplidas
184 Secretario de Transportes del
Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas
185 Procuradora de Protección de
Niñas, Niños y Adolescentes y la Familia del DIF Chiapas
Parcialmente Cumplidas
186 Secretario de Gobierno del Estado
de Veracruz Parcialmente Cumplidas
187 Secretario de Seguridad Pública del
Estado de Veracruz mayores, que integran la caminata migrante y las otras dos caravanas, acceder a un traslado humanitario adecuado, tomando en cuenta la situación de vulnerabilidad en que se encuentran, así como el interés superior de la niñez que obliga a toda autoridad a priorizar la protección integral de la misma. Tercera: Con independencia de las acciones que cada autoridad pueda realizar en lo individual, que la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación coordine y articule las acciones que realicen las autoridades federales y locales, para la implementación efectiva de las presentes medidas cautelares.
Parcialmente Cumplidas
188 Secretaria de Infraestructura y
Obras Públicas de Veracruz Parcialmente Cumplidas
189 Procuradora Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del
Estado de Veracruz Parcialmente Cumplidas
190 Secretario General de Gobierno del
Estado de Puebla Parcialmente Cumplidas
191 Secretario de Seguridad Pública del
Estado de Puebla Parcialmente Cumplidas
192
Procuraduría de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y Dirección de
Asistencia Jurídica del Estado de Puebla
Parcialmente Cumplidas
193 Secretario General de Gobierno del
Estado de México Parcialmente Cumplidas
194 Secretaria de Seguridad del Estado
de México Parcialmente Cumplidas
195 Secretario de Movilidad del Estado
de México Parcialmente Cumplidas
196 Procuraduría de Protección de
Niñas, Niños y Adolescentes Sistema DIF Estado de México
Parcialmente Cumplidas
197 Secretario General de Gobierno de
la Ciudad de México Parcialmente Cumplidas
198 Secretario de Seguridad Pública de
la Ciudad de México Parcialmente Cumplidas
199 Secretario de Movilidad de la
Ciudad de México Parcialmente Cumplidas
200
Directora Ejecutiva de la Procuraduría de Protección de
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de
México
Parcialmente Cumplidas
201
Sin expediente
Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de
Gobernación.
CNDH/68934/2018
08/11/2018 ACEPTADA
Primera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar la atención humanitaria de urgencia, de las personas en contexto de migración internacional que conforman las caravanas, de manera especial alimentación adecuada, agua, así como atención médica y psicológica permanente, durante su trayecto por México. Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, las Procuradurías de Protección, asignen un grupo multidisciplinario, compuesto por médicos, psicólogos, trabajadores sociales, abogados, entre otros, que se encuentre de manera permanente brindando protección integral a las niñas, niños y adolescentes, que conforman las caravanas. Tercera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar seguridad y vigilancia en las vías carreteras o lugares por donde transitan las personas que integran la caravana, así como en los lugares en los que pernoctan, tomando en cuenta la situación de extrema vulnerabilidad en que se encuentran y que los hace propensos a ser víctimas de delitos en su contra. Cuarta: De manera coordinada y en el ámbito de su competencia, se generen acciones desde una perspectiva
Parcialmente Cumplidas
202 Comisionado Nacional de Seguridad Parcialmente Cumplidas
203 Subsecretaria de Transporte de la Secretaría de Comunicaciones y
Transportes Parcialmente Cumplidas
204 Procurador Federal de Protección
de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas
205 Secretario de Gobierno del Estado
de Querétaro Parcialmente Cumplidas
206 Secretario de Seguridad Ciudadana
del Estado de Querétaro Parcialmente Cumplidas
207 Secretario de Salud del Estado de
Querétaro Parcialmente Cumplidas
208 Director General del Sistema Estatal
para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Querétaro
Parcialmente Cumplidas
209 Procurador de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de
Querétaro Parcialmente Cumplidas
210 Presidente Municipal de
Tequisquiapan, Querétaro Parcialmente Cumplidas
211 Presidente Municipal de San Juan
del Río, Querétaro Parcialmente Cumplidas
212 Presidente Municipal de Querétaro Parcialmente Cumplidas
213 Secretario General de Gobierno del
Estado de Guanajuato Parcialmente Cumplidas
214 Secretario de Seguridad Pública del
Estado de Guanajuato Parcialmente Cumplidas
215 Secretario de Salud del Estado de
Guanajuato Parcialmente Cumplidas
216 Director General del Sistema Estatal
para el Desarrollo Integral de la Familia de Guanajuato
Parcialmente Cumplidas
217
Encargada de Despacho de la Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del
Estado de Guanajuato
Parcialmente Cumplidas
218 Presidente Municipal de Apaseo El
Grande humanitaria y de respeto a los derechos humanos de cualquier persona, que permitan, en particular a mujeres, niñas, niños y adolescentes acompañados y no acompañados, personas con discapacidad, personas mayores, que integran las caravanas, acceder a un traslado humanitario adecuado, tomando en cuenta la situación de vulnerabilidad en que se encuentran, así como el interés superior de la niñez que obliga a toda autoridad a priorizar la protección integral de la misma. Quinta: Con independencia de las acciones que cada autoridad pueda realizar en lo individual, que la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación coordine y articule las acciones que realicen las autoridades federales y locales, para la implementación efectiva de las presentes medidas cautelares
Parcialmente Cumplidas
219 Presidenta Municipal de Celaya,
Guanajuato Parcialmente Cumplidas
220 Presidente Municipal de Irapuato,
Guanajuato Parcialmente Cumplidas
221
Sin expediente
Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de
Gobernación
CNDH/QVG/68982/2018
09/11/2018 ACEPTADA
Primera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar la atención humanitaria de urgencia, de las personas en contexto de migración internacional que conforman las dos caravanas, de manera especial alimentación adecuada, agua, así como atención médica y psicológica permanente, durante su trayecto por México. Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, las
Parcialmente Cumplidas
222 Comisionado Nacional de Seguridad Parcialmente Cumplidas
223 Subsecretaria de Transporte de la Secretaría de Comunicaciones y
Transportes Parcialmente Cumplidas
224 Procurador Federal de Protección
de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas
225 Secretario General de Gobierno del
Estado de Oaxaca Parcialmente Cumplidas
226 Encargado de Despacho de la
Secretaría de Salud del Estado de Oaxaca
Parcialmente Cumplidas
227
Procuradora Estatal de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños
y Adolescentes del Estado de Oaxaca
Procuradurías de Protección asignen un grupo multidisciplinario, compuesto por médicos, psicólogos, trabajadores sociales, abogados, entre otros, que se encuentre de manera permanente brindando protección integral a las niñas, niños y adolescentes, que conforman las dos caravanas. Tercera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar seguridad y vigilancia en las vías carreteras o lugares por donde transitan las personas que integran las dos caravanas, así como en los lugares en los que pernoctan, tomando en cuenta la situación de extrema vulnerabilidad en que se encuentran y que los hace propensos a ser víctimas de delitos en su contra. Cuarta: De manera coordinada y en el ámbito de su competencia, se generen acciones desde una perspectiva humanitaria y de respeto a los derechos humanos de cualquier persona, que permitan, en particular a mujeres niñas, niños y adolescentes acompañados y no acompañados, personas con discapacidad, personas mayores, que integran las dos caravanas, acceder a un traslado humanitario adecuado, tomando en cuenta la situación de vulnerabilidad en que se encuentran, así como el interés superior de la niñez obliga a toda autoridad a priorizar la protección integral de la misma. Quinta: Con independencia de las acciones que cada autoridad pueda
Parcialmente Cumplidas
228 Presidente Municipal de Matías
Romero, Oaxaca Parcialmente Cumplidas
229 Presidente Municipal de Loma
Bonita, Oaxaca Parcialmente Cumplidas
230 Secretario de Gobierno de Veracruz Parcialmente Cumplidas
231 Secretario de Seguridad Pública del
Estado de Veracruz Parcialmente Cumplidas
232 Secretaria de Infraestructura y
Obras Públicas de Veracruz Parcialmente Cumplidas
233 Procuradora Estatal de Protección
de Niñas, Niños, y Adolescentes del Estado de Veracruz
Parcialmente Cumplidas
234 Presidente Municipal de Sayula de
Alemán, Veracruz Parcialmente Cumplidas
235 Presidente Municipal de Oluta,
Veracruz Parcialmente Cumplidas
236 Presidente Municipal de Isla,
Veracruz.
237 Presidente Municipal de Tierra
Blanca, Veracruz Parcialmente Cumplidas
238 Presidente Municipal de Córdoba,
Veracruz Parcialmente Cumplidas
239 Presidente Municipal de Fortín de
las Flores, Veracruz Parcialmente Cumplidas
240 Secretario General de Gobierno de
Puebla Parcialmente Cumplidas
241 Secretario de Seguridad Pública de
Puebla Parcialmente Cumplidas
242 Secretario de Infraestructura,
Movilidad, y Transporte del Estado de Puebla
Parcialmente Cumplidas
243 Procuradora de Protección de los
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y Dirección de
Parcialmente Cumplidas
Asistencia Jurídica del Estado de Puebla
realizar en lo individual, que la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, coordine y articule las acciones que realicen las autoridades federales y locales, para la implementación efectiva de las presentes medidas cautelares.
244 Secretario General de Gobierno del
Estado de México Parcialmente Cumplidas
245 Secretario de Seguridad del Estado
de México Parcialmente Cumplidas
246 Secretario de Movilidad del Estado
de México Parcialmente Cumplidas
247 Procuradora de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes
Sistema DIF Estado de México Parcialmente Cumplidas
248 Presidente Municipal de Chalco,
Estado de México Parcialmente Cumplidas
249 Presidente Municipal de Valle de
Chalco, Estado de México Parcialmente Cumplidas
250 Presidente Municipal de
Nezahualcóyotl, Estado de México Parcialmente Cumplidas
251 Secretario General de Gobierno de
la Ciudad de México Parcialmente Cumplidas
252 Secretario de Seguridad Pública de
la Ciudad de México Parcialmente Cumplidas
253 Secretario de Movilidad de la
Ciudad de México Parcialmente Cumplidas
254
Directora Ejecutiva de la Procuraduría de Protección de
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de
México
Parcialmente Cumplidas
255
Sin expediente
Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de
Gobierno
CNDH/5VG/68983/2018
09/11/2018 ACEPTADA
Primera: De manera coordinad y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones para garantizar la atención humanitaria de urgencia, de las personas en contexto de migración internacional que conforman las caravanas, de manera especial alimentación adecuada, agua, así como atención médica y psicológica
Parcialmente Cumplidas
256 Comisionado Nacional de Seguridad Parcialmente Cumplidas
257 Subsecretaria de Transporte de la Secretaría de Comunicaciones y
Transportes Parcialmente Cumplidas
258 Procurador Federal de Protección
de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas
259 Secretario General de Gobierno del
Estado de Jalisco permanente, durante su trayecto por México. Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, las Procuradurías de Protección asignen un grupo multidisciplinario, compuesto por médicos, psicólogos, trabajadores sociales, abogados, entre otros, que se encuentren de manera permanente brindando protección integral a las niñas, niños y adolescentes, que conforman las caravanas. Tercera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar seguridad y vigilancia en las vías carreteras o lugares por donde las personas que integran las caravanas transitan, así como en los lugares en los que pernoctan, tomando en cuenta la situación de extrema vulnerabilidad en que se encuentran y que los hace propensos a ser víctimas de delitos en su contra. Cuarta: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se generen acciones desde una perspectiva humanitaria y de respeto a los derechos humanos de cualquier persona, que permitan, en particular a mujeres, niñas, niños y adolescentes acompañados y no acompañados, personas con discapacidad, personas mayores, que integran las caravanas, acceder un traslado humanitario adecuado, tomando en cuenta la
Parcialmente Cumplidas
260 Comisionado de Seguridad Pública
del Estado de Jalisco Parcialmente Cumplidas
261 Secretario de Salud del Estado de
Jalisco Parcialmente Cumplidas
262 Directora General del Sistema DIF
del Estado de Jalisco Parcialmente Cumplidas
263 Titular de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y
Adolescentes del estado de Jalisco Parcialmente Cumplidas
264 Presidente Municipal de
Guadalajara, Jalisco Parcialmente Cumplidas
265 Presidente Municipal de Tepatitlán,
Jalisco Parcialmente Cumplidas
266 Presidente Municipal de Atotonilco
el Alto, Jalisco Parcialmente Cumplidas
267 Secretario General de Gobierno del
Estado de Nayarit Parcialmente Cumplidas
268 Secretaría de Seguridad Pública del
Estado de Nayarit Parcialmente Cumplidas
269 Secretario de Salud del Estado de
Nayarit Parcialmente Cumplidas
270 Director General del Sistema
Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Nayarit
Parcialmente Cumplidas
271 Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de
Nayarit Parcialmente Cumplidas
272 Presidente Municipal de Tepic,
Nayarit Parcialmente Cumplidas
273 Secretario de Gobierno del Estado
de Sinaloa Parcialmente Cumplidas
274 Secretario de Seguridad Pública de
Sinaloa Parcialmente Cumplidas
275 Secretario de Salud y Director
General de los Servicios de Salud del Estado de Sinaloa
Parcialmente Cumplidas
276 Presidente del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia
del Estado de Sinaloa
situación de vulnerabilidad en que se encuentran, así como el interés superior de la niñez que obliga a toda autoridad a priorizar la protección integral de la misma. Quinta: Con independencia de las acciones que cada autoridad pueda realizar en lo individual, que la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación coordine y articule las acciones que realicen las autoridades federales y locales, para la implementación efectiva de las presentes medidas cautelares.
Parcialmente Cumplidas
277 Procuraduría de Protección de
Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sinaloa
Parcialmente Cumplidas
278 Presidente Municipal de Culiacán,
Sinaloa Parcialmente Cumplidas
279 Presidente Municipal de Mazatlán,
Sinaloa Parcialmente Cumplidas
280 Presidente Municipal de Ahome,
Sinaloa Parcialmente Cumplidas
281 Secretario de gobierno del Estado
de Sonora Parcialmente Cumplidas
282 Encargado de Despacho de la
Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Sonora
Parcialmente Cumplidas
283 Directora General del Sistema
Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia de Sonora
Parcialmente Cumplidas
284 Procurador de Protección de Niñas,
Niños, y Adolescentes de Sonora Parcialmente Cumplidas
285 Presidente Municipal de Hermosillo,
Sonora Parcialmente Cumplidas
286 Presidente Municipal de Nogales,
Sonora Parcialmente Cumplidas
287 Presidente Municipal de Caborca,
Sonora Parcialmente Cumplidas
288 Secretario General de Gobierno de
Baja California Parcialmente Cumplidas
289 Secretario de Seguridad Pública de
Baja California Parcialmente Cumplidas
290 Secretario de Salud y Director
General de ISESALUD del Estado de Baja California
Parcialmente Cumplidas
291 Director General del Sistema Estatal
para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Baja California
Parcialmente Cumplidas
292 Procuraduría para la Defensa de los Menores y la Familia del Estado de
Baja California Parcialmente Cumplidas
293 Presidente Municipal de Mexicali,
Baja California Parcialmente Cumplidas
294 Presidente Municipal de Tijuana,
Baja California Parcialmente Cumplidas
295
Sin expediente
Secretaria General de Gobierno del Estado de Baja California
CNDH/5VG/69291/2018
13/11/2018 ACEPTADA
Única: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para salvaguardar la vida, integridad y seguridad personal de Nakai Flotte y de los integrantes del colectivo "Diversidad Sin Fronteras" que se encuentran en Tijuana, Baja California, que puedan estar en condición de riesgo durante su permanencia en esa ciudad de Tijuana.
Parcialmente Cumplidas
296 Secretario de Seguridad Pública de
Baja California Parcialmente Cumplidas
297 Presidente Municipal de Tijuana,
Baja California Parcialmente Cumplidas
298 Sin
expediente Presidente Municipal de Guaymas,
Sonora
CNDH/5VG/69938/2018
15/11/2018 ACEPTADA
Primera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar la atención humanitaria de urgencia, de las personas en contexto de migración internacional que conforman las caravanas, de manera especial alimentación adecuada, agua, así como atención médica y psicológica permanente, durante su trayecto por México. Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se asigne un grupo multidisciplinario, compuesto
Parcialmente Cumplidas
299 Presidente Municipal de Navojoa,
Sonora
por médicos, psicológicos, trabajadores sociales, abogados, entre otros, que se encuentre de manera permanente brindando protección integral a las niñas, niños, y adolescentes, que conforman las caravanas. Tercera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar seguridad y vigilancia en las vías carreteras o lugares por donde las personas que integran las caravanas transitan, así como en los lugares en los que pernoctan, tomando en cuenta la situación de extrema vulnerabilidad en que se encuentran y que los hace propensos a ser víctimas de delitos en su contra. Cuarta: De manera coordinada y en el ámbito de su competencia, se generen acciones desde una perspectiva humanitaria y de respeto a los derechos humanos de cualquier persona, que permitan, en particular a mujeres, niñas, niños, y adolescentes acompañados y no acompañados, personas con discapacidad, personas mayores, que integran la caravana, acceder a un traslado humanitario adecuado, tomando en cuenta la situación de vulnerabilidad en que se encuentran, así como el interés superior de la niñez que obliga a toda autoridad a priorizar la protección integral de la misma
Parcialmente Cumplidas
300
Sin expediente
Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de
Gobernación
CNDH/5VG/69940/2018
15/11/2018 ACEPTADA
Primera: En el ámbito de sus competencias, y de manera coordinada con el Gobierno del Estado de Baja California, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar durante su permanencia en Tijuana, Baja California, sus alrededores, y otros lugares en dicha entidad federativa, la atención humanitaria de urgencia, de las personas en contexto de migración internacional, que conforman las caravanas, de manera especial con el apoyo logístico y material para las cuestiones de alimentación adecuada, agua, lugar de pernocta, así como atención médica y psicológica permanente, durante su estancia. Segunda: Con independencia de las acciones que cada autoridad pueda realizar en lo individual, que la Subsecretaría de Derechos humanos de la Secretaría de Gobernación, coordine y articule las acciones que realicen las autoridades federales y locales, para la implementación efectiva de las presentes medidas cautelares.
Parcialmente Cumplidas
301 Comisionado del Instituto Nacional
de Migración Parcialmente Cumplidas
302
Sin expediente
Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de
Gobernación
CNDH/QVG/71914/2018
23/11/2018 ACEPTADA
Primera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar la atención humanitaria de urgencia, de las personas que conforman la Caravana de Indígenas Desplazados, denominada "Pies Cansados" de manera especial alimentación adecuada, agua, así como atención médica y psicológica, en tanto subsista el desplazamiento.
Parcialmente Cumplidas
303 Comisionado Nacional de Seguridad Parcialmente Cumplidas
304 Procurador Federal de Protección
de Niñas, Niños y Adolescentes Parcialmente Cumplidas
305 Secretario General de Gobierno del
Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas
306
Encargado de Despacho de la Secretaría de Seguridad y
Protección Ciudadana del Estado de Chiapas
Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, las Procuradurías de Protección asignen un grupo multidisciplinario, compuesto por médicos, psicológicos, trabajadores sociales, abogados, entre otros, que se encuentren de manera permanente brindando protección integral a las niñas, niños y adolescentes, que conforman la Caravana de Indígenas Desplazados, denominada "Pies Cansados", en tanto subsista el desplazamiento. Tercera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar seguridad y vigilancia en las vías carreteras o lugares por donde las personas que integran la caravana transitan, así como en los lugares en los que pernoctan tomando en cuenta la situación de extrema vulnerabilidad en que se encuentran y que los hace propensos a ser víctimas de delitos en su contra. Cuarta: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias se lleven a cabo las acciones necesarias dentro del marco jurídico, que permitan dar solución a los hechos generados en los municipios de Chenalhó, Zinacantán, y Ocosingo, Chiapas, privilegiando el diálogo y mediación entre las partes para evitar hechos de violencia, con la finalidad de que en el menor tiempo posible las víctimas de desplazamiento forzado interno, puedan tener un
Parcialmente Cumplidas
307 Secretario de Protección Civil del
Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas
308 Secretario de Desarrollo Social del
Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas
309 Secretario de Educación del Estado
de Chiapas Parcialmente Cumplidas
310 Director General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del
Estado de Chiapas Parcialmente Cumplidas
311 Procuradora de Protección de
Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia del DIF Chiapas
Parcialmente Cumplidas
312 Presidente Municipal de Chenalhó,
Chiapas Parcialmente Cumplidas
313 Presidente Municipal de Zinacantán,
Chiapas Parcialmente Cumplidas
314 Presidente Municipal de Ocosingo,
Chiapas Parcialmente Cumplidas
retorno seguro y duradero a sus comunidades.
315
Sin expediente
Procuradora Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes
V5/78416 /2018 16/12/2018
ACEPTADA
Primera: el ámbito de sus competencias y de manera coordinada, se realicen todas aquellas acciones necesarias para garantizar la seguridad y protección personal de José Salomón Ortez Núñez, así como la atención médica y psicológica que requiera acorde a su situación, tomando en cuenta la extrema vulnerabilidad en que se encuentra y su ·interés superior. Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realicen todas aquellas acciones indispensables y necesarias para lograr la localización de Jaysson Ricardo Acuña Polanco y Jorge Alexander Ruiz Suban, privilegiando en todo momento el interés superior de la niñez que obliga a toda autoridad a priorizar su protección integral. Tercera: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se realice una investigación exhaustiva, profesional y efectiva, que lleve a esclarecer lo sucedido a José Salomón Ortez Núñez, Jaysson Ricardo Acuña Polanco y Jorge Alexander Ruiz Suban, y para que los responsables de estos hechos sean presentados ante las instancias impartidoras de justicia y reciban la sanción que conforme a derecho corresponda.
Parcialmente Cumplidas
316 Secretario General de Gobierno del
Estado de Baja California Parcialmente Cumplidas
317 Procuradora General de Justicia del
Estado de Baja California Parcialmente Cumplidas
318 Secretario de Seguridad Pública del
Estado de Baja California Parcialmente Cumplidas
319 Procurador para la Defensa de los Menores y la Familia del Estado de
Baja California Parcialmente Cumplidas
320
Sin expediente
Procuradora Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes
V5/78551 /2018 17/12/2018
ACEPTADA
Primera: De manera coordinada, en el ámbito de sus competencias, se establezcan las medidas que sean necesarias a fin de brindar seguridad y protección a los integrantes y colaboradores del albergue "Casa YMCA para Menores Migrantes", y de las personas en contexto de migración que ahí se alojan, para evitar que se ponga en riesgo su integridad física e incluso su vida. Segunda: De manera coordinada y en el ámbito de sus competencias, se brinde seguridad y vigilancia en las inmediaciones del albergue "Casa YMCA para Menores Migrantes", a efecto de que pueda continuar operando dicho albergue en apoyo de las personas en contexto de migración. Tercera: De manera coordinada, en el ámbito de sus competencias realicen las labores de prevención que resulten pertinentes en el caso, con el objeto de evitar todo acto que tenga como consecuencia impedir que el albergue "Casa YMCA para Menores Migrantes" en Tijuana, Baja California, deje de prestar sus servicios, y que sus integrantes , continúen ejerciendo su actividad como defensores de derechos humanos de los migrantes.
Parcialmente Cumplidas
321 Secretario General de Gobierno del
Estado de Baja California Parcialmente Cumplidas
322 Procuradora General de Justicia del
Estado de Baja California Parcialmente Cumplidas