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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA 1 MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE Documento integrado de comentarios a la consulta pública

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

1

MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN

LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE

Documento integrado de comentarios a la consulta pública

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

2

INDICE

1 OBJETO ...................................................................................................................................................................................................................................... 3

2 RESUMEN DE COMENTARIOS .................................................................................................................................................................................................... 4

3 COMENTARIOS DE DETALLE .................................................................................................................................................................................................. 102

4 EJEMPLO DE AFECCIÓN AL PRECIO DE REFERENCIA………………………………………………………………………………………………………………………………………………….…. 103

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

3

OBJETO

El Apartado Undécimo de la Disposición final primera de la Circular 2/2015, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la

Competencia, por la que se establecen las normas de balance en la red de transporte del sistema gasista, establece que:

“ […] tras haber sido sometido a consulta pública, el Gestor Técnico del Sistema presentará a la Comisión Nacional de los Mercados y la

Competencia un mecanismo de incentivo a la eficiencia en la selección y empleo de las acciones de balance, […]”

Dando cumplimiento a dicho mandato, el Gestor Técnico del Sistema sometió a consulta pública durante el periodo comprendido entre el

21 y el 31 de enero de 2016, el precitado mecanismo.

Considerando que para una correcta comprensión del mismo resultaba necesario conocer los criterios y principios de actuación por los que

se iban a regir las acciones de balance, el Gestor Técnico del Sistema consideró conveniente someter también a consulta pública dichos

criterios y principios.

En el presente documento se recojen los comentarios recibidos por el Gestor Técnico del Sistema a la mencionada consulta pública así

como un resumen comentado de los mismos.

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4

RESUMEN DE COMENTARIOS

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5

PRODUCTO NORMALIZADO CON TRANSFERENCIA DE TITULO DE PROPIEDAD DE GAS EN PVB

Apartados Propuesta de redacción Justificación Análisis GTS

1. OBJETO

2. ANTECEDENTES REGULATORIOS

COM1

A continuación, se indican

las principales referencias

normativas para el

desarrollo de la presente

metodología:

REGLAMENTO (UE) Nº

312/2014 DE LA

COMISIÓN de 26 de marzo

de 2014 por el que se

establece un código de red

sobre el balance del gas en

las redes de transporte,

destacando los capítulos II

(Sistema de Balance), III

(Balance operativo) y VII

(Disposiciones de

Neutralidad)

Circular 2/2015, de 22 de

julio, de la Comisión

Nacional de los Mercados y

la Competencia, por la que

se establecen las normas de

balance en la red de

transporte del Sistema

Se debería reescribir este apartado

haciendo mención, únicamente y de

forma general, a la regulación de

referencia, es decir, el reglamento UE

312/2014 y la Circular 2/2015,

mencionando, si acaso, los títulos de los

artículos de referencia significativos.

La selección de algunos apartados de los

artículos puede ser parcial y les otorgaría

más importancia cuando la realidad es

que todos ellos tienen significación

particular en la metodología propuesta.

En este sentido, en el desarrollo de los

apartados de la metodología es cuando se

pueden/deben detallar los antecedentes

regulatorios específicos para evitar

redundancias y/o argumentaciones

parciales.

Se somete a consulta pública los

criterios y principios generales de

actuación del Gestor Técnico del

Sistema mediante acciones de

balance y no el documento en el

que se presentan los mismos.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

6

Gasista, destacando los

artículos Cuarto (Principios

generales), y Séptimo

(Balance operativo y

acciones de balance)

3. CRITERIOS GENERALES

DE LA METODOLOGÍA

4. PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN COM1

Los usuarios de red serán

responsables de equilibrar

sus carteras de balance para

minimizar la necesidad de

que los

gestores de redes de

transporte tomen las

acciones de balance

establecidas en virtud del

presente Reglamento.

El primer aspecto de los principios de

actuación debería hacer mención a los

principios generales del Reglamento (UE)

312/2014, que sintetiza las

responsabilidades de los usuarios para

minimizar la necesidad de actuación de

los gestores de las redes de transporte.

“Cuarto.

2. Los usuarios serán responsables

de equilibrar su balance en el área

de balance en PVB. Para ello,

durante el día de gas podrán

incrementar o reducir sus entradas

y/o salidas de gas en el área de

balance en PVB [..]”

1. El Gestor Técnico del

Sistema desarrollará, antes

del 1 de enero de 2016,

previa consulta pública,

procedimientos que

permitan establecer el

estado de la red de

transporte.

Estos procedimientos

formarán parte de las

Normas de Gestión Técnica

del Sistema y definirán la

metodología de cálculo de:

El primer punto del apartado propuesto,

debe incluir los apartados 1 y 2 del

artículo 7 de la Circular 2/2015 ya que

introducen tanto los procedimientos que

permiten establecer el estado de la red de

transporte y condiciones para una

operación eficiente y económica como la

obligación de información periódica sobre

el estado de la red de transporte,

elementos clave para las actuaciones y a

los que siempre se debe referenciar

cuando se menciona la operación eficiente

y económica.

Se somete a consulta pública los

criterios y principios generales de

actuación del Gestor Técnico del

Sistema mediante acciones de

balance y no el documento en el

que se presentan los mismos.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

7

1) Los parámetros y valores

técnicos que determinan la

operación normal de la red

de transporte y límites

máximo y mínimo de la

cantidad de gas en la red de

transporte para una

operación eficiente y

económica de la misma.

2) Los parámetros y valores

técnicos de la red de

transporte que definen la

existencia de riesgo de

condiciones de operación

distintas a las condiciones de

operación normal o que

precisen de servicios de

balance y que requieren una

actuación de balance por

parte del Gestor Técnico del

Sistema.

2. El Gestor Técnico del

Sistema dará periódicamente

información sobre el estado

de la red de transporte y los

parámetros y valores

técnicos de las instalaciones

que determinan las

condiciones de operación de

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

8

la misma.

El Gestor Técnico del

Sistema dará la oportunidad

a los usuarios para que

actúen con antelación a la

toma de acción de balance a

realizar.

Eliminar el párrafo relativo a la

oportunidad que otorga el GTS a los

usuarios, ya que el GTS se debe limitar a

cumplir sus obligaciones regulatorias.

La referencias mencionadas

anteriormente al apartado 2 del artículo 7

(información periódica sobre el estado de

la red) y al principio general del

reglamento UE, ya indican la

responsabilidad de los usuarios para

anticiparse y minimizar la necesidad de

acciones de balance.

“Cuarto.

2. Los usuarios serán

responsables de equilibrar su

balance en el área de

balance en PVB. Para ello,

durante el día de gas podrán

incrementar o reducir sus

entradas y/o salidas de gas

en el área de balance en PVB

[..]”

Se somete a consulta pública

los criterios y principios

generales de actuación del

Gestor Técnico del Sistema

mediante acciones de

balance y no el documento

en el que se presentan los

mismos.

No afectar, en la medida de

lo posible, a la

determinación en el Mercado

Organizado del Precio de

Referencia Diario.

Eliminar el párrafo relativo a la no

afectación al precio de referencia diarios

ya que no encontramos referencia

regulatoria a esta necesidad.

Ver ejemplo de afección al Precio de

Referencia Diario

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9

4. PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN COM2

En el empleo de acciones de

balance, el Gestor Técnico

del Sistema dará prioridad a

la adquisición de productos

normalizados a corto plazo

frente a servicios de

balance, de acuerdo con lo

establecido en los apartados

séptimo y octavo de la

Circular 2/2015.

Puesto que la normativa establece

específicamente la prioridad en el uso de

los productos e instrumentos para llevar a

cabo las acciones de balance,

consideramos que debe incluirse en los

principios de actuación.

Se somete a consulta pública los

criterios y principios generales de

actuación del Gestor Técnico del

Sistema mediante acciones de

balance y no el documento en el

que se presentan los mismos.

4. PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN COM3

[…]

“No afectar, en la medida de

lo posible, a la

determinación en el Mercado

diario del Precio de

Referencia Diario.“

Consideramos que las acciones del GTS,

como agente que hace transacciones en el

mercado, pueden afectar al Precio de

Referencia Diario.

Asimismo, consideramos que el Precio de

referencia diario debería considerar las

acciones de balance del GTS y las

operaciones intradía, con el objeto de que

el índice recoja el coste real de las

transacciones en el día de gas.

El cálculo del Precio de referencia

diario está fuera del ámbito de esta

consulta pública.

4. PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN COM4

[Añadir nuevos puntos]

Minimizar el número de

acciones de balance

realizadas.

Minimizar el saldo

negativo derivado de las

acciones de balance del

Gestor Técnico del

Sistema.

Las acciones de balance del GTS deben

limitarse a aquellos momentos en los que

sea estrictamente necesario para no

comprometer el correcto funcionamiento

del sistema.Y, entre los principios, debería

recogerse un incentivo a minimizar los

saldos negativos derivados de sus

actuaciones, ya que de lo contrario

suponen uno mayores costes para el

conjunto del sistema.

No se propone un modelo

concreto de incentivo a

minimizar los “saldos

negativos”

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

10

Por su parte, otro aspecto colateral pero

de gran relevancia y que condicionara la

aplicación de esta normativa asociada a

las acciones de balance del GTS, será la

disponibilidad de información de

calidad en el intradia, tanto individual

como asociado al conjunto del sistema, ya

que será la que permitirá una correcta

gestión del balance por parte de los

agentes, un menor DBU, y así unas

menores necesidades de actuación.

La disponibilidad de

información y su calidad está

fuera del ámbito de esta

consulta pública.

5. BANDAS DE STOCK OPERATIVO COM1

ELIMINAR APARTADO

COMPLETO

Eliminar este apartado ya que es en los

protocolos a desarrollar conforme al

apartado 1 del artículo 7 de la Circular

2/2015 dónde se especifica cómo se

establece el estado de la red de

transporte y condiciones para una

operación eficiente y económica

Se somete a consulta pública los

criterios y principios generales de

actuación del Gestor Técnico del

Sistema mediante acciones de

balance y no el documento en el

que se presentan los mismos.

5.BANDAS DE STOCK OPERATIVO COM4

[Añadir]

“El GTS pondrá a

disposición de los

agentes una explicación

detallada del cálculo de

las bandas. Asimismo, la

CNMC supervisará tanto

el cálculo como la

actualización de los

valores que determinan

las bandas”.

En línea con lo adelantado en procesos de

consulta anteriores, desde

COMERCIALIZADORA valoramos de

manera positiva la utilización de un

sistema de bandas como base para la

determinación de la operación normal del

sistema gasista, y por extensión, para la

determinación de si el GTS debe actuar o

no en un momento dado para mantener el

sistema dentro de las variables de normal

funcionamiento.

Dicho lo anterior, la relevancia se

La propuesta está fuera del ámbito

de esta consulta pública.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

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centra en el cálculo de las citadas

bandas. Así, unas bandas excesivamente

estrechas aumentan las necesidades de

participación del GTS para mantener los

stocks dentro de las mismas, y con ello

aumentan los costes finales tanto para el

conjunto de comercializadores como de

consumidores finales.

Por ello, consideramos que se debe dotar

de total transparencia el cálculo de estas

bandas, donde deberían considerarse

todas la flexibilidades no ofertadas a los

usuarios del sistema con el objeto de

amplir la zona central de las bandas.

Asimismo, si en el cálculo de las bandas

nos basamos en situaciones extremas y/o

con una probabilidad de ocurrencia muy

baja, podemos estar limitando las bandas

en exceso. Y si a lo anterior, le añadimos

que dentro de estas bandas a priori “muy

conservadoras” desglosamos la zona

central planteándose actuaciones desde

una zona denominada de indifirencia,

podemos estar provocando un exceso de

intervención del Gestor que puede no

justificarse por una realidad y provocar

gastos innecesarios al conjunto del

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

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sistema, y nos aleja del objetivo que

deriva de la normativa europea.

En este sentido, a modo de ejemplo

podemos ver que el “ancho” asociado a la

bandas es bastante inferior a la capacidad

de almacenamiento que se da a los

ususarios en base a su capacidad de

acceso contratada (ej. Si a una capacida

de entrada de 2.000 GWh/día le

aplicamos el 0,5 vigente hasta diciembre

la capacidad de almacenamiento en el

AOC asendia a 1.000 GWh/día, que queda

lejos de los valores considerados por el

GTS.

Por último, dada la relevancia de las

bandas su cálculo y sucesivas

actualizaciones deberían ser supervisados

por el regulador.

5.BANDAS DE STOCK OPERATIVO COM5

En el punto 3 “Definición del estado de la

red de transporte en función de la Banda

de Stock Operativo (BSO)” del PD

“Parámetros y valores técnicos que

determinan la operación normal de la red

de transporte” se estable que:

“Esta BSO permite operar de forma

segura, de manera que el hecho de que el

stock del gasoducto se sitúe dentro de

La propuesta en la práctica supone

el establecimiento de un nuevo

valor de referencia.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

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dicha banda constituye un indicador de

que las variables de control de la red de

transporte se encuentran dentro de

valores adminsisbles, permitiendo que los

usuarios puedan hacer uso de las

capacidades técnicas en los dintintos

puntos de entrada a la red de transporte,

en función de sus necesidades de

balance”.

Teniendo en cuenta que el BSO ya

permite una operación correcta de la red,

se considera necesario disponer del

criterio empleado para hacer una nueva

clasificación de bandas operativas de

stock que implicará actuaciones del GTS

con coste para el conjunto del sistema.

Desde nuestro punto de vista, puede

tener sentido que se mantengan tres

bandas pero redefiniendo su razón de

existir:

Banda de indiferencia: dentro

de la que debe terminar cada

día de gas.

Banda de aviso: Banda que alerta

a los comercializadores en

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

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desbalance de que el sistema se

está desviando y deben tomar

acciones.

Banda de alerta: Banda en la cual

el GTS debe tomar acciones

independientemente del momento

del día de gas.

5.BANDAS DE STOCK OPERATIVO COM6

Las bandas deberían reducirse ya que

los valores definidos pueden poner en

riesgo al sistema ya que retrasan

intervención del GTS.

A valorar por la CNMC dado

su impacto en el

funcionamiento del mercado.

Existen propuestas en

sentido contratrio.

5.BANDAS DE STOCK OPERATIVO COM8

Banda de Indiferencia: Se define como la banda de VR ± 49 553GWh

Banda de Aviso: Se define como la banda de VR ± [49,98] 553,8GWh

Banda de Alerta: Se define como la banda de VR ± [98,147110] GWh

Consideramos que la banda de indiferencia debiera ser más ancha, del orden que vemos en otros transportistas europeos (GRT), para reducir las operaciones de GTS en el Mercado Organizado, manteniendo la seguridad operativa. Por otro lado, dado que la banda de Alerta, equivale a la banda en la el GTS va a actuar en el mercado sea a la hora que sea y con alta probabilidad de marcar el precio marginal, creemos que debiera reconsiderarse su valor al alza dado que, en la práctica lo que se está limitando es el valor de la banda operativa a VR±98,174 Por ejemplo en los valores de stock elevados equivaldría:

A valorar por la CNMC dado

su impacto en el

funcionamiento del mercado.

Existen propuestas en

sentido contratrio.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

15

Valor stock Ref. (2. 850) + valor alerta( 98) = 2.948 GWh, cuando en el 2015 hubo días de stock final de 3.100 GWh (+152 GWh sobre el nivel al que el GTS comprará en alerta a cualquier precio). Recodar que por encima de valor de 2.850 + 147 GWh todavía está la banda de seguridad operativa de BVD (Banda variabilidad de la demanda). Por ello, si bien es fundamental que el GTS cuente con bandas de seguridad operativa, creemos que su valor debe ser tal que no propicie acciones en el Mercado del GTS a cualquier precio, si no son realmente necesarias. El valor sugerido de entre 110 GWh y 147 GWh, para la banda de Alerta se encuntra basdao en el de otros transportistas.

6. DESCRIPCIÓN DE LA METODOLOGÍA COM1

La decisión de realizar una

acción de balance, tendrá en

consideración el valor del

IDQ de dicho día. Las

acciones de balance se

ejecutarán, con carácter

general, por una cantidad de

gas que restituya el valor del

IDQ a cero a +/-5GWh

dentro de banda.

La normativa indica que la operación se

debe realizar de forma económica y

eficiente y para ello mantener la red de

transporte dentro de los límites normales

de operación conforme a las condiciones

predefinidas en los protocolos

correspondientes.

El realizar acciones de balance para

restituir el valor de IDQ a cero implica

anticipar situaciones que puede que no

sucedan (que el sistema se siga saliendo

de la operación normal por no

intervención de los usuarios), realizar más

No justifica el establecimiento

del valor +/- 5 GWh.

La propuesta en la práctica

supone el establecimiento de un

nuevo valor de referencia.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

16

actuaciones de las estrictamente

necesarias (que se deberían minimizar), e

interferir de algún modo en las

responsabilidades de los usuarios

contraviniendo el primer principio general

del Reglamento (UE) 312/2014 e incluso

no dar preferencia al uso de productos

dentro del día de gas al comprar gas de

forma anticipada en las condiciones

“intrabanda normal de operación”

mencionadas.

Adicionalmente, la compra/venta de

grandes volúmenes de gas, especialmente

en mercados con poca liquidez, puede dar

lugar a precios de mercado no

representativos.

Si acaso se podría especificar un valor no

estrictamente igual al límite, por ejemplo

un % pequeño dentro de banda (por

ejemplo 1 ó 2% no más de 5 GWh de

los estrictamente necesarios para entrar

en banda)

6.DESCRIPCIÓN DE LA METODOLOGÍA COM3

“La decisión de realizar una

acción de balance, tendrá en

consideración el valor del

IDQ de dicho día. Las

acciones de balance se

ejecutarán, con carácter

general, por una cantidad de

gas que restituya el valor del

IDQ a cero dentro de la

Se considera que tratar de reducir el IDQ

a cero de forma diaria podría provocar un

exceso de transacciones del GTS.

Transacciones, en ocasiones,

innecesarias, y que podrían afectar de

forma negativa a la liquidez del mercado.

Proponemos que mientras el IDQ esté

dentro de la banda de indiferencia, el

GTS no realice acciones de balance,

La propuesta en la práctica supone

el establecimiento de un nuevo

valor de referencia.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

17

banda de indiferencia. El

GTS podrá realizar varias

ofertas dentro de la ventana

hasta restituir el IDQ dentro

de la banda de inderencia,

evitando ser penalizado por

la compra de todo el

volumen en una única

oferta.”

de forma análoga a lo establecido en

zonas de balance de países de

nuestro entorno, como en el caso de

Francia.

6.DESCRIPCIÓN DE LA METODOLOGÍA COM4

“Las acciones de balance se

ejecutarán, con carácter

general, por una cantidad de

gas que lleve restituya el

valor del IDQ al interior de la

banda de indiferencia a

cero”

En línea con el planteamiento realizado en

sistemas vecinos, como el Frances,

consideramos que se deberían limitar las

actuaciones del GTS no sólo en número

de ventanas si non que también en la

cantidad máxima de sus actuaciones.

Además, la normativa lo que establece es

que el GTS actuará para “llevar” el

sistema al estado de operación normal

pero no que el desvío sea cero.

Asimismo, considerando que la banda de

aviso va hasta los 98 GWh, una actuación

del GTS por un volumen como el señalado

es muy probable que genere distorsiones

en el mercado organizado de un día

concreto.

La propuesta en la práctica supone

el establecimiento de un nuevo

valor de referencia.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

18

6.DESCRIPCIÓN DE LA METODOLOGÍA COM5

La decisión de realizar una

acción de balance, tendrá

en consideración el valor

del IDQ de dicho día. Las

acciones de balance se

ejecutarán, con carácter

general, por una cantidad de

gas que restituya mantenga

el valor del IDQ a cero

dentro de la Banda de Stock

Operativo (BSO) de

indiferencia.

En el apartado Séptimo de la Circular

2/2015 se establece que:

“El Gestor Técnico del Sistema podrá

realizar acciones de balance para el día de

gas con vistas a mantener la red de

transporte dentro de las condiciones de

operación normal, o bien conseguir al

final del día una cantidad distinta de

gas en la red conforme a una

operación eficiente y económica de la

misma”.

Desde nuestro punto de vista y

atendiento al criterio de operación

eficiente y económica, consideramos que

la obligación del GTS de mantener la red

de transporte dentro de las condiciones

de operación normal no debiera implicar

la ejecución de acciones de balance cuyo

objetivo sea mantener el valor del IDQ a

cero, es decir, en el Valor de Referencia

de Stock (VRS), sino dentro de una banda

que asegure la correcta operación del

Sistema.

Desde nuestro punto de vista, debe

ejecutar estas acciones únicamente:

en cualquier momento durante el

La propuesta en la práctica

supone el establecimiento de

un nuevo valor de referencia.

En las tres ultimas horas

resulta imposible realizar

acciones de balance

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

19

día de gas siempre que el sistema

se situe en una situación de alerta

o,

en las tres últimas horas del

día de gas cuando el sistema esté

en situación de aviso

en ambos casos para situarlo en la banda

de indiferencia.

6.DESCRIPCIÓN DE LA METODOLOGÍA COM8

La decisión de realizar una acción de balance, tendrá en consideración el valor del IDQ a final de dicho día. Las acciones de balance se ejecutarán, con carácter general, por una cantidad de gas que restituya el valor del IDQ a cero dentro de la banda de indiferencia.

Mantener el IDQ dentro de la banda

de indiferencia en lugar de en cero,

reduce la necesidad de participación del

GTS en MIBGAS, mientras que mantiene

la seguridad de operación del Sistema.

La propuesta en la práctica supone

el establecimiento de un nuevo

valor de referencia.

7. CRITERIOS DE ACTUACIÓN COM1

SUSTITUIR TODO EL

APARTADO POR:

La decisión de realizar una

acción de balance se tomará

en función de los siguientes

criterios:

El IDQ al final del día se

sitúa fuera de banda

durante más de tres horas

consecutivas

Se han superado las

primeras 12 horas del

día de gas

Bajo el principio anterior de limitar las

acciones de balance a restituir el IDQ

dentro de banda (a un %

predeterminado), este apartado se debe

simplificar indicando en qué momento se

deben lanzar las acciones de balance,

desde nuestro punto de vista en caso de

persistencia de situación del IDQ

previsto al final del día fuera de banda

durante un periodo prolongado y que

pudiera poner al sistema en riesgo grave

de salir de la operación normal al finalizar

el día.

EL IDQ siempre refleja la

evoución prevista al final del día

de gas.

No acompaña ningún análisis

técnico de la propuesta.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

20

En este sentido, este periodo podría ser

de 2/3 horas y a partir de un número de

horas determinadas del día de gas (por

ejemplo 12 horas), a especificar en

función de análisis técnico más

detallado y revisable a futuro en función

de la evolución del mercado. 7.CRITERIOS DE ACTUACIÓN COM3

“La decisión de realizar una

acción de balance se tomará

en función de los siguientes

criterios:

La banda de stock

operativo en la que se

encuentre el IDQd y de

su evolución prevista.

La evolución del precio

del gas en el Mercado

Organizado, a lo largo

del transcurso del día.

En función de dichos

criterios, el Gestor Técnico

del Sistema valorará la

realización de la acción

de balance la probabilidad

de que la acción de balance

determine el Precio Marginal

de Compra/Venta de dicho

día en el Mercado

Organizado, realizando la

acción de balance según la

siguiente tabla:”

Consideramos que la decisión de

realizar una acción de balance por

parte del GTS no se puede tomar en

función del precio del gas en el

Mercado Organizado. El GTS no se debe

dedicar a hacer trading, sino a mantener

el sistema dentro de los límites de

operación normal.

Consideramos que el GTS debe

realizar acciones de balance sólo

cuando el IDQ se encuentre (o se

prevea que vaya a acabar) en las

bandas de Aviso o de Alerta.

“Séptimo. Balance operativo y

acciones de balance

5. Las acciones de balance se

realizarán de forma no

discriminatoria, siempre con el

fin de operar las infraestructuras

de forma eficiente y económica”

La propuesta en la práctica

supone el establecimiento de un

nuevo valor de referencia.

EL IDQ siempre refleja la

evoución prevista al final del día

de gas.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

21

El Gestor Técnico del

Sistema realizará la

acciones de balance sólo

si el IDQ se encuentra en

las bandas de Aviso o de

Alerta.

Si el IDQ se encuentra

dentro de la Banda de

Indiferencia, el Gestor

Técnico del Sistema realizará

la acción de balance,

únicamente si la

probabilidad estimada de

determinar el Precio

Marginal de dicho día es

baja.

Si el IDQ se encuentra

dentro de la Banda de Aviso,

el Gestor Técnico del

Sistema realizará la acción

de balance si la probabilidad

estimada de determinar el

Precio Marginal de dicho día

es baja, valorará la

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

22

realización de la acción de

balance en caso de que

dicha probabilidad sea media

y no la tomará en caso de

que ésta sea alta.

Si el IDQ se encuentra

dentro de la Banda de

Alerta, el Gestor Técnico del

Sistema realizará la acción

de balance

independientemente de la

probabilidad estimada de

determinar el Precio

Marginal de dicho día.

7.CRITERIOS DE ACTUACIÓN COM4

[Añadir siguiente párrafo]

“Las acciones de balance

se podrán canalizar tanto

a través de operaciones

intradiarias como

operaciones para el día

siguiente”.

Ver comentario a punto 5 sobre cálculo de

bandas.

Considerando que en tanto en

cuanto no se comprometa la

operación normal del sistema, se

deben minimizar las acciones de

balance del Gestor, entendemos

que no debería actuar en

ningún caso cuando este

situada en la zona de

indiferencia

independientemente de la

probabilidad asociada.

Asimismo, para valorar una posible

actuación además de las

nominaciones deberían

La propuesta en la práctica

supone el establecimiento de un

nuevo valor de referencia.

“Septimo.

6.[…] Al comerciar con

productos normalizados a corto

plazo, el Gestor Técnico del

Sistema dará prioridad al uso de

productos dentro del día de gas

sobre productos del día

siguiente.[…]”.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

23

considerarse las renominación

confimadas, independiemente de

que este pendiente de inicio el

periodo de ejecución de la misma.

Considerando que la gestión del

stock que afecta a la operación

normal del sistema, y con ello a las

posibles acciones de balance del

GTS, se realiza de manera

acumulada sin poner el stock en el

sistema a cero, desde

COMERCIALIZADORA entendemos

que se podrían plantear

procesos de adquisición/venta

de gas para el día siguiente (a

través de producto day ahead)

pensando que este esquema puede

ayudar a que exista una mayor

participación de agentes y con ello

se pueda obtener un mejor precio

EL IDQ tiene en cuenta las

renominaciones confirmadas.

Las acciones de Balance

intentarán no afectar, en la

medida de lo posible, a la

determinación del Precio de

Referencia Diario.

7.CRITERIOS DE ACTUACIÓN COM5

La decisión de realizar una

acción de balance se tomará

en función de llos siguientes

criterios:

• La banda de stock

operativo en la que se

encuentre el IDQd: .

No podemos valorar este apartado porque

necesitamos conocer qué criterios se han

tenido en cuenta y cuáles son los valores

de la probabilidad (baja, media y alta) de

que la casación de la oferta de acción de

balance determine del Precio Marginal de

“Cuarto.

2. Los usuarios serán

responsables de equilibrar su

balance en el área de

balance en PVB. Para ello,

durante el día de gas podrán

incrementar o reducir sus

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

24

.

• La evolución del precio

del gas en el Mercado

Organizado, a lo largo del

transcurso del día.

En función de dichos este

criterios, el Gestor Técnico

del Sistema realizará las

accionesvalorará la

probabilidad de que la

acción de balance

determine el Precio

Marginal deCompra/Venta

de dicho día en el

Mercado Organizado,

realizando la acción

debalance según la siguiente

tabla::

• Si el IDQ se

encuentra dentro de la

Banda de Indiferencia o

Aviso, el Gestor Técnico

del Sistema realizará la

acción de balance dentro

de la ventana definida.,

únicamente si la

probabilidad estimada

dedeterminar el Precio

Marginal de dicho día es

baja.

Si el IDQ se encuentra

dentro de la Banda de

Aviso,el Gestor Técnico del

Compra/Venta del día en el Mercado

Organizado para tener toda la información

sobre los criterios de actuación que usará

el GTS para tomar la decisión de realizar

una acción de balance.

No obstante, como ya hemos dicho en los

apartados anteriores, consideramos que

el criterio de actuación que se ha

propuesto puede implicar un sobrecoste

para el Sistema, por eso se propone el

criterio alternativo. Este criterio se basa

en el posicionamiento del IDQ en el BSO:

En la banda de alerta, el GTS

podrá actuar en cualquier

momento.

En la banda de aviso y en la banda

de indiferencia, es el usuario

desbalanceado quien debe

actuar para reequilibrarse. El

GTS únicamente debería adoptar la

acción de balance cuando el

usuario no pueda realizar modificar

sus nominaciones, es decir, al final

del ciclo de renominaciones.

entradas y/o salidas de gas

en el área de balance en PVB

[..]”

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

25

Sistemarealizará la acción

de balance si la

probabilidad estimada de

determinar el

PrecioMarginal de dicho

día es baja, valorará la

realización de la acción de

balance encaso de que

dicha probabilidad sea media

y no la tomará en caso de

que ésta seaalta.

• Si el IDQ se

encuentra dentro de la

Banda de Alerta, el Gestor

Técnico del Sistema realizará

la acción de balance.

independientemente de la

probabilidad estimada

dedeterminar el Precio

Marginal de dicho día.

7.CRITERIOS DE ACTUACIÓN COM6

La actuación del GTS tiene que regirse

por la seguridad de suministro y no

tener en cuenta la determinación del

precio marginal.

El decisión de actuación debe establecerse

por tanto exclusivamente en base a

criterios técnicos.

Séptimo .

“3. El Gestor Técnico del Sistema

podrá realizar acciones de balance

para el día de gas con vistas a

mantener la red de transporte

dentro de las condiciones de

operación normal, o bien conseguir

al final del día una cantidad distinta

de gas en la red conforme a una

operación eficiente y económica

de la misma.”

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

26

8. VENTANAS DE ACTUACIÓN COM1

SUSTITUIR TODO EL

APARTADO POR:

El Gestor Técnico del

Sistema realizará las

acciones de balance siempre

que se den las condiciones

descritas en el apartado

anterior mediante

mecanismo de subasta o

mercado continuo en función

de las condiciones de

liquidez del mercado, a

revisar anualmente por la

CNMC.

Similar al anterior, simplificación del

apartado realizando el lanzamiento de

acciones de balance, en cualquier

momento en que se den las condiciones

del apartado anterior, dejando abierto el

mecanismo (mercado continuo o

subasta) en función de las condiciones

de liquidez del mercado

No hay mecanismos de subasta en

las acciones de balance.

8.VENTANAS DE ACTUACIÓN COM4

En línea con el comentario al apartado 7,

en la ventana de las 18 además de

plantear actuaciones para el mismo día

podrían plantearse actuaciones a

través del producto day ahead.

El texto debería recoger expliciatamente

el método de negociación utilizado.

Valoración positiva

“Septimo.

6.[…] Al comerciar con productos

normalizados a corto plazo, el

Gestor Técnico del Sistema dará

prioridad al uso de productos dentro

del día de gas sobre productos del

día siguiente.[…]”

8.VENTANAS DE ACTUACIÓN COM5

El Gestor Técnico del

Sistema realizará las

acciones de balance dentro

de los periodos de tiempo

determinados por las

siguientes ventanas de

actuación: dentro del

periodo comprendrido entra

Debido a que la previsión de la demanda

de gas para generación eléctrica es poco

estable y supone una parte importante

del consumo total de gas, el encaje de los

horarios de ambos sectores en el que se

incluye:

Es imposible realizar una acción de

balance a partir de las 03:00 h.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

27

lass 03:00 h-06:00 h

(ventana general)

• Ventana General:

Comprendida entre las

18:00 h-19:00 h.

• Ventana Adicional:

Comprendida entre las

23:30 h-24:00 h.

Los criterios de actuación

serán los siguientes:

• Criterio general: Dar

la oportunidad para que

los usuarios actúen con

antelación a la acción de

balance realizada por el

Gestor Técnico del

Sistema. En consecuencia

se realizará, si procede, una

acción de balance en la

Ventana General.

• En el caso de que el

IDQ se sitúe en la Banda de

Aviso el Gestor Técnico del

Sistema podrá realizar una

acción de balance en la

Ventana Adicional. (1)

• y la probabilidad de

determinar el precio

marginal es bajo, el GTS

podrá actuar en alquier

momento.

• El Gestor Técnico del

Horarios de los ciclos de

renominación,

subastas intradiaria de

contratación de capacidad,

sesión de negociación intradiaria

del Mercado Organizado,

publicación de información del

Mercado Eléctrico según el

Protocolo de Operación P.O. 3.1

“Programación de la generación”,

publicación de información del GTS

sobre la posición de balance del

usuario en el día.

Teniendo en cuenta todos estos procesos

mencionados, y que hasta las 3, los

comercializadores puedan renominar para

equilibrarse, proponemos retrasar la

Ventana General de la que dispone el

GTS desde las 03:00 hasta las 6:00.

En la imagen se puede comprar el

horizonte que se está proponiendo por el

sector y el que proponemos desde

COMERCIALIZADORA.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

28

Sistema podrá actuar en

cualquier momento si el IDQ

se sitúa en la Banda de

Alerta.

8.VENTANAS DE ACTUACIÓN

COM6

La ventana general debería

comenzar media hora más

tarde de la publicación de la

v2 del reparto.

Enviar un mensaje vía

correo electrónico a los

comercializadores con 30’ de

antelación para comunicar

que el GTS va a llevar a

cabo una actuación en PVB,

y adicional a la posible

publicación en la plataforma

MIBGAS.

En los Grupos de Trabajo de las NGTS

se está valorando adelantar las

publicaciones de las dos versiones de

los repartos 1,5 horas respecto al

horario actual, por lo que es preferible

definir las ventanas con horarios relativos

a éstas.

Valoración positiva, se adaptarán

los horarios a la última versión de

las NGTS.

8.VENTANAS DE ACTUACIÓN COM7

Duda: si se quiere dar oportunidad a los

usuarios a actuar con antelación a una

acción de balance realizada por el GTS y

ésta se hará en la Ventana General,

¿cuándo y durante cuánto tiempo se

dará esa oportunidad a los usuarios?

Durante todo el día de gas hasta

03.00 h.

8.VENTANAS DE ACTUACIÓN COM8

Modificación 1

Ventana General: Comprendida

entre las 165

8:00 h-1769:00 h

Modificación 1

Si la hora de esta ventana es las 18:00 h

porque es la hora a la que se publica el

reparto diario provisional del d-1, y la

hora al el GTS por tanto conoce el valor

de DQA, proponemos su adelanto ya

que el GTS ha propuesto modificar las

NGTS para la publicación del reparto a las

Valoración positiva, se

adaptarán los horarios a la

última versión de las NGTS.

Se está desarrollando en

detalle el proceso de emails

informativos

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

29

Modificación 2

Criterio general: Dar la oportunidad para que los usuarios actúen con antelación a la acción de balance realizada por el Gestor Técnico del Sistema. En consecuencia se realizará, si procede, una acción de balance en la Ventana General. Si en las horas previas a la Ventana General , la previsión de stock se sitúa fuera de la banda de indiferencia, el GTS enviará un email informativo a todos los agentes para que reconsideren sus nominaciones.

14:00 h en lugar de las 18:00 h.

Cuanto más centrado en el horario laboral

estén las compras del GTS, más liquidez

habrá y mejor precio conseguirá el GTS

en el Mercado Organizado.

Modificación 2

Es práctica habitual en otros Sistemas

que el transportista envíe este tipo de

emails informativos y consideramos

que es muy útil para reducir la necesidad

de compra del GTS en el mercado, dado

que puede ocurrir que algún agente no

esté monitorizando la posición en la web

del GTS y sin embargo el mail sí se lee

de forma más continuada.

9. ANEXO I: CÁLCULO DEL IDQ COM1

La utilización del IDQ es compleja y no

intuitiva pero admitimos el criterio

propuesto por el GTS por su mayor

experiencia y conocimiento.

9.ANEXO I: CÁLCULO DEL IDQ COM3

“Desbalance diario de los

usuarios del Sistema

(DBD): Suma de los DBUd

en el día d.”

Se propone modificar el nombre para que

quede más claro.

Se somete a consulta pública los

criterios y principios generales de

actuación del Gestor Técnico del

Sistema mediante acciones de

balance y no el documento en el

que se presentan los mismos.

9.ANEXO I: CÁLCULO DEL IDQ COM4

A nuestro entender la utilización de los

desbalances diarios de usuario

únicamente complica el cálculo de manera

La simplificación propuesta es

errónea.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

30

innecesaria ya que cara a calcular el

desvío que tiene el sistema es suficiente

con conocer el desvio agregado para un

día concreto. Asimismo, teniendo el

desvio global del sistema entre entradas y

salidas del día no hace falta, salvo error,

tener que esta analizando los repartos

m+3/m+15.

Por ello, entendemos que se podría

simplificar su redactado haciendo mención

al saldo derivado de “Entrada-salidas +

existencias del día anterior”.

COMENTARIOS GENERALES COM1

Comercializador quiere manifestar que, tanto el plazo disponible para la evacuación de comentarios a esta propuesta, como la falta de algunas referencias del marco regulatorio con incidencia en la regulación de las acciones de balance, no permite dar por cumplido el trámite

de audiencia pública de esta propuesta, debiendo tenerse estos comentarios por meramente provisionales y sujetos a cambios, una vez se pueda realizar un análisis más detallado de la

propuesta, así como de los elementos regulatorios pendientes.

COMENTARIOS GENERALES COM2

Comercializador: Creemos que debe establecerse de forma clara qué criterios

objetivos se van a fijar para optar por un tipo de acción de balance u otra (PVB,

producto local, servicio de balance).

La propuesta está

fuera del ámbito de

esta consulta

pública.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

31

COMENTARIOS GENERALES COM5

10.

6 7 8 30 9 30 50 10 11 12 13 14 15 16 17 45 18 19 20 21 22 23 30 24 1 2 3 4 5

Ciclo de Renominaciones CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR

Subastas Intradiaria de

Capacidad* I1 I2 I3

Sesión Negociación

IntradiariaAUC MAT CON CON CON CON CON CON CON CON CON CON CON

Ventanas actuación GTS

(Producto PVB)*

V.

GralV.Adic.

Inf. Ba lance Usuario

Inf. Mercado EléctricoPubl.

PDBC Publ. PDBF

Rva.

Sub. Secun. Terc

6 7 8 30 9 30 50 10 11 12 13 14 15 16 17 45 18 19 20 21 22 23 30 24 30 1 2 3 4 5

Ciclo de Renominaciones CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR CR

Subastas Intradiaria de

Capacidad* I1 I2 I3

Sesión Negociación

IntradiariaMAT CON CON CON CON CON CON CON CON CON CON CON CON CON CON CON CON CON CON

Ventanas actuación GTS

(Producto PVB)*

Inf. Ba lance Usuario

Inf. Mercado EléctricoPubl.

PDBC Publ. PDBF

Rva.

Sub. Secun. Terc

* Pte de aprobación Secun.- Asignación de secundaria

Rva. Sub.- Asociación de reserva de potencia adicional a subir Terc.- Presentación de Ofertas de regularización terciaria

V. General

Posición del

Usuario

(18:00h)

Posición del

Usuario

(11:00h)

Posición del

Usuario

(11:00h)

HORIZONTE DIARIO DE PROGRAMACIÓN (horas)

Posición del

Usuario

(18:00h)

PROPUESTA DE HORIZONTE DIARIO DE PROGRAMACIÓN (horas)

AUC CON CON

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

32

PRODUCTO NORMALIZADO CON TRANSFERENCIA DE TITULO DE PROPIEDAD DE GAS

LOCAL

Apartados Propuesta de redacción Justificación Análisis GTS

1. OBJETO

2. DEFINICIÓN DE PRODUCTO LOCAL COM1

A continuación, se indican

las principales referencias

normativas para el

desarrollo de la presente

metodología:

REGLAMENTO (UE) Nº

312/2014 DE LA

COMISIÓN de 26 de marzo

de 2014 por el que se

establece un código de red

sobre el balance del gas en

las redes de transporte,

destacando los capítulos II

(Sistema de Balance), III

(Balance operativo) y VII

(Disposiciones de

Neutralidad)

Circular 2/2015, de 22 de

julio, de la Comisión

Nacional de los Mercados y

la Competencia, por la que

se establecen las normas de

balance en la red de

Proponemos una mayor coherencia

en estructura, títulos y contenidos

entre las metodologías de los distintos

productos. Sugerimos sustituir este

apartado por Antecedentes regulatorios.

En este sentido, entendemos que se

debería escribir este apartado haciendo

mención únicamente y de forma general a

la regulación de referencia; es decir, el

reglamento UE 312/2014 y la Circular

2/2015, mencionando si acaso los títulos

de los artículos de referencia

significativos.

La selección de algunos apartados de los

artículos puede ser parcial y les otorgaría

más importancia cuando la realidad es

que todos ellos tienen significación

particular en la metodología propuesta.

En este sentido, en el desarrollo de los

apartados de la metodología es cuando se

pueden/deben detallar los antecedentes

regulatorios específicos para evitar

redundancias y/o argumentaciones

Se somete a consulta pública los

criterios y principios generales de

actuación del Gestor Técnico del

Sistema mediante acciones de

balance y no el documento en el

que se presentan los mismos.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

33

transporte del Sistema

Gasista, destacando los

artículos Cuarto (Principios

generales), y Séptimo

(Balance operativo y

acciones de balance)

parciales.

2, DEFINICIÓN DE

PRODUCTO LOCAL

COM1

Titulo del punto:

“DEFINICIÓN DE PRODUCTO

LOCAL”. Comercializador

propone el título

“ANTECEDENTES

REGULATORIOS”

Se somete a consulta pública los

criterios y principios generales de

actuación del Gestor Técnico del

Sistema mediante acciones de

balance y no el documento en el

que se presentan los mismos.

3. PARÁMETROS DEL PRODUCTO LOCAL COM4

[Añadir]

“El análisis de la

necesidad de adquirir

productos locales o no

debe considerar todas las

flexiblidades del sistema

entre ellas la capacidad

de almacenamiento de la

red.”

En línea con el esquema planteado para el

conjunto del sistema, en análisis de la

necesidad de optar por la adquisición

de productos locales debe considerar

todas las flexiblidades del sistema entre

ellas la capacidad de almacenamiento de

la red.

La propuesta está fuera del ámbito

de esta consulta pública.

4. SUSPENSIÓN DE LOS DERECHOS DE RENOMINACIÓN COM1

La Circular 2/2015, de 22 de

julio, de la Comisión

Nacional de los Mercados y

la Competencia, por la que

se establecen las normas de

balance en la red de

transporte del sistema

gasista, establece al

respecto de la suspensión de

los derechos de nominación:

“Séptimo. Balance operativo

y acciones de balance.

Nos parece abusiva esta suspensión,

entendiendo que puede dar lugar a una

limitación de herramientas para que los

usuarios puedan atender su demanda y

gestionar los desbalances generados por

comportamientos imprevistos intradía en

sus puntos de consumo.

Consideramos que, como mínimo, se

pudieran permitir renominaciones que no

empeorasen la situación que dio lugar a la

acción de balance (renominaciones en

Septimo.

8. Cuando el Gestor Técnico del

Sistema adquiera un producto

normalizado de transferencia de

título de propiedad de gas local,

quedarán suspendidos los derechos

de renominación de los usuarios de

aquellos puntos donde se haya

solicitado dicha oferta de producto

local”.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

34

8. Cuando el Gestor Técnico

del Sistema adquiera un

producto normalizado de

transferencia de título de

propiedad de gas local,

quedarán suspendidos los

derechos de renominación

de los usuarios de aquellos

puntos donde se haya

solicitado dicha oferta de

producto local”.

La suspensión de derechos

de renominación asociada a

este tipo de acciones de

balance establecida por la

Circular 2/2015, de 22 de

julio, de la Comisión

Nacional de los Mercados y

la Competencia, aplicará

sólo a aquéllas

renominaciones que, en caso

de que fueran aceptadas,

empeorasen la situación que

dio origen a tal acción de

balance (renominaciones en

sentido contrario).

En caso de aplicar un

bloqueo a una renominación,

el usuario quedará exento de

la penalización con respecto

al Precio Medio Ponderado

por desbalance en el día de

sentido contrario).

Adicionalmente, no se debería ni penalizar

el desbalance, ni cobrar la capacidad que

hubiese quedado inutilizada por el

bloqueo de renominaciones.

Además este bloqueo de derechos puede

tener importantes repercusiones en el

conjunto del sistema y al ser una

limitación muy restrictiva, puede provocar

que las entradas en áreas de limitación

“conflictivas” queden infracontratadas,

agravando el problema inicial.

Además, puede suponer una barrera de

entrada a nuevos comercializadores al

tener éstos que evitar operar en zonas

con posibles restricciones o al obligarles

a tener contratos activos en varias áreas

de limitación para poder operar con

flexibilidad en el caso de que se diese el

bloqueo de nominaciones en una zona.

Entendemos que el mecanismo propuesto,

que se orienta a reducir posibles

situaciones de posición dominante en el

área, es demasiado restrictivo y tiene

más inconvenientes que ventajas,

pudiendo evitarse estas situaciones con

una adecuada supervisión expost de los

órganos reguladores y con un régimen

sancionador adecuado.

La propuesta está fuera del

ámbito de esta consulta

pública.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

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gas.

Asimismo, el usuario

quedará exento del pago de

la parte de los derechos

bloqueados de utilización de

la capacidad contratada de

entrada correspondiente.

4.SUSPENSIÓN DE LOS DERECHOS DE RENOMINACIÓN COM4

En línea con lo avanzado en ocasiones

anteriores, no entendemos como no se

puede permitir una renominación que

vaya en el sentido de ayudar a solucionar

un hipotético problema en el sistema y

reducir los costes derivados de su

resolución.

Considemos oportuno señalar que

aquellos sujetos adjudicatarios, será los

responsables de ajustar sus

renominaciones.

Septimo.

8. Cuando el Gestor Técnico del

Sistema adquiera un producto

normalizado de transferencia de

título de propiedad de gas local,

quedarán suspendidos los derechos

de renominación de los usuarios de

aquellos puntos donde se haya

solicitado dicha oferta de producto

local”.

4.SUSPENSIÓN DE LOS DERECHOS DE RENOMINACIÓN COM7

TOTALMENTE DE ACUERDO CON

COMENTARIOS DE OTRO

COMERCIALIZADOR, DEBERÍAN

PERMITIRSE NOMINACIONES

SIEMPRE QUE FUERAN EN EL SENTIDO

DE LA ACCIÓN DE BALANCE DECIDIDA.

En cualquier caso, si un usuario, por

necesidades de su propio balance,

necesitase renominar e ir en contra de la

Septimo.

8. Cuando el Gestor Técnico del

Sistema adquiera un producto

normalizado de transferencia de

título de propiedad de gas local,

quedarán suspendidos los derechos

de renominación de los usuarios de

aquellos puntos donde se haya

solicitado dicha oferta de producto

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

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acción de balance, al no dejar que lo

haga, se le aboca a pagar un desbalance

que podría haber evitado y no estamos de

acuerdo. Se está haciendo de este modo

una intervención sobre el balance ddel

usuario y se le elimina el derecho de

balancearse, independientemente de que

vaya en sentido de la acción de balance o

no.

local”.

5. ORDEN DE MÉRITO COM1

La Circular 2/2015, de 22 de

julio, de la Comisión

Nacional de los Mercados y

la Competencia, por la que

se establecen las normas de

balance en la red de

transporte del sistema

gasista, establece al

respecto al empleo de los

Productos normalizados con

transferencia de título de

propiedad de gas local

Servicios de Balance:

“Octavo. Servicio de balance

2. En el empleo de servicios

de balance, el Gestor

Técnico del Sistema tendrá

en cuenta lo siguiente:

1) La manera en que los

servicios de balance

mantendrán el sistema

dentro de sus límites

operativos.

2) El tiempo de respuesta de

Consideramos que el orden de mérito

debe hacer referencia al conjunto de

acciones de balance y a los plazos de

negociación de los productos,

establecido en el Reglamento (UE)

312/2014 (art. 9) y en la Circular de

Balance (art. 7º)

“Octavo. Servicio de balance

2. En el empleo de servicios de

balance, el Gestor Técnico del

Sistema tendrá en cuenta lo

siguiente:

1) La manera en que los servicios

de balance mantendrán el sistema

dentro de sus límites operativos.

2) El tiempo de respuesta de los

servicios de balance en comparación

con el de los productos

normalizados a corto plazo.

3) El coste estimado del uso de los

servicios de balance respecto al de

cualquiera de los productos

normalizados a corto plazo.

4) El punto de entrega/retirada del

gas.

5) En qué medida el uso del servicio

de balance afecta a la liquidez del

mercado de gas a corto plazo”.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

37

los servicios de balance en

comparación con el de los

productos normalizados a

corto plazo.

3) El coste estimado del uso

de los servicios de balance

respecto al de cualquiera de

los productos normalizados a

corto plazo.

4) El punto de

entrega/retirada del gas.

5) En qué medida el uso del

servicio de balance afecta a

la liquidez del mercado de

gas a corto plazo”.

6. Las acciones de balance

consistirán preferentemente

en transacciones realizadas

por el Gestor Técnico del

Sistema en la plataforma de

comercio de productos de

balance normalizados a corto

plazo, con el siguiente orden

de mérito:

a) Producto normalizado con

transferencia de título de

propiedad de gas en PVB: El

Gestor Técnico del Sistema

adquiere gas de los usuarios

o vende gas a los usuarios

en el PVB.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

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b) Producto normalizado con

transferencia de título de

propiedad de gas local: El

Gestor Técnico del Sistema

adquiere gas de los usuarios

o vende gas a los usuarios

en un punto o conjunto de

puntos determinados de

entrada o de salida de la red

de transporte.

Al comerciar con productos

normalizados a corto plazo,

el Gestor Técnico del

Sistema dará prioridad al

uso de productos dentro del

día de gas sobre productos

del día siguiente.

El Gestor Técnico del

Sistema empleará productos

locales sólo si son necesarios

cambios de flujo de gas en

puntos específicos, o

agrupaciones de puntos, de

entrada y/o salida de gas.

5.ORDEN DE MÉRITO COM2

1. Con carácter puntual, y

cuando se prevea que la

adquisición de productos

normalizados a corto

plazo no es posible, o que

no es probable que

impidan que la red de

transporte salga de sus

Al describir el orden de mérito, se debe

tener en cuenta la prioridad que tiene el

uso de productos normalizados a corto

plazo frente a los servicios de balance, tal

y como se establece en el artículo 8.1

de la Circular 2/2015 de la CNMC.

Octavo. Servicios de balance.

1. Con carácter puntual, y cuando

se prevea que la adquisición de

productos normalizados a corto

plazo no es posible, o que no es

probable que impidan que la red de

transporte salga de sus límites

operativos, el Gestor Técnico del

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

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límites operativos, el

Gestor Técnico del

Sistema podrá realizar

acciones de balance

empleando servicios de

balance.

Sistema podrá realizar acciones de

balance empleando servicios de

balance.

6. USO DE LOS PRODUCTOS LOCALES COM1

La adquisición de un

producto local no dará lugar

a un desbalance del usuario

adjudicatario, llevando

asociada una renominación

en el punto de entrada

correspondiente.

Asimismo, la adquisición de

la cantidad equivalente de

signo opuesto en PVB

asociada al producto local no

tendrá la consideración de

acción de balance de

producto normalizado con

transferencia de título de

propiedad de gas en PVB, a

efectos de imputación de su

coste.

Entendemos necesario aclarar que la

adquisición de un producto local no dará

lugar a un desbalance del usuario

adjudicatario (si es una compra se

considera una venta equivalente en el

punto virtual de balance local de ese

mismo usuario), y que el recuadre en PVB

(cantidad equivalente de signo opuesto)

no tendrá la consideración de acción

de balance de producto normalizado con

transferencia de título de propiedad de

gas en PVB, a efectos de imputación

de su coste.

La adjudicación a un usuario

de un producto local no da

lugar un riesgo de

desbalance de dicho usuario

en el sistema de transporte.

La propuesta está fuera del

ámbito de esta consulta

pública.

6.USO DE LOS PRODUCTOS LOCALES COM6

Si no se puede llegar a hacer el

recuadre (adquisicón de producto en

sentido contrario al local en PVB) ¿se

desharía el producto local con el agente

adjudicatario o no se le llega a confirmar

la nominación? Se solicita explicación más

detallada del funcionamiento del circuito

completo.

Si no se puede llegar a hacer el

recuadre no se puede activar la

necesidad de un producto local.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

40

7. ADQUISICIÓN DEL PRODUCTO COM1

[…]

El GTS determinará

previamente a la negociación

del producto el punto o

grupo de puntos de

entrada/salida que pueden

utilizarse para la acción de

balance

Aclarar que el GTS, según la Código de

Red de Balance (7º. 4.a), determinará

el punto o grupo de puntos de

entrada/salida que pueden utilizarse.

De acuerdo.

Creemos que debe procedimentarse el

plazo de anuncio, ventana y mecanismo

de negociación (subasta o mercado

continuo), adjudicación, precio,

comunicación, etc.

Se transmite al operador de

mercado

7, ADQUISICIÓN DEL PRODUCTO

COM6

No limitar la publicación y

negociación de los productos de gas

local a la plataforma MIBGAS.

Contemplar otras plataformas en las que

pudieran aparecer estos productos

La propuesta está fuera del ámbito

de esta consulta pública.

8, CALIFICACIÓN DE SUJETOS

COM1

Podrán optar a estas

acciones de balance todos

los usuarios que participan

en el sistema, sujetos al

régimen sancionador

específico descrito en el

apartado […]

Una vez declarada la

necesidad de activación de

un Producto Local, el Gestor

Técnico del Sistema realizará

el proceso de Calificación

Para una mayor concurrencia y eficiencia

en términos de coste de la acción de

balance, entendemos que la calificación

debería ser menos restrictiva, no

teniendo que disponer exante el usuario

de capacidad contratada firme de

regasificación y entrada.

Sería más eficiente que ésta pudiera

contratarse a posteriori bajo un

régimen sancionador específico y

diferenciado con respecto al del MO y ATR

en caso de incumplimiento.

A valorar por la CNMC la necesidad

del desarrollo de un régimen

sancionador específico.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

41

Sujetos en el que se

determinará qué Sujetos y

con qué cantidad máxima

éstos pueden participar en la

negociación del Producto

Local.

Las condiciones a cumplir

por los Sujetos Habilitados

para adquirir la

consideración de Sujetos

Calificados y la

determinación de la cantidad

máxima a ofertar, serán las

siguientes:

Producto Local

Adquisición de gas por

parte del Gestor Técnico

del Sistema

Requisitos de Calificación:

- Disponibilidad de capacidad

contratada firme de

Regasificación.

- Disponibilidad de capacidad

contratada firme de entrada

a Red de Transporte.

Determinación de la

Cantidad máxima a ofertar:

- Será igual o menor que la

capacidad contratada no

utilizada en el ciclo de

renominación previo a la

Nos parece, en todo caso, más relevante,

como condición previa, la disponibilidad

de GNL en tanques.

También para una mayor concurrencia y

evitar discriminaciones (dado que se

prevé un bloqueo de los derechos de

renominación) de aquellos usuarios que

únicamente incorporen gas al sistema vía

GNL, proponemos que estas acciones de

balance no se realicen solamente desde

las plantas de regasificación, si no que se

amplíen a todos los puntos de entrada de

la zona.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

42

Activación del Producto

Local.

Producto Local Cesión de gas

por parte del Gestor Técnico

del Sistema

Requisitos de Calificación:

- Disponibilidad de

nominaciones confirmadas

en el punto sobre el que se

solicita el Producto Local.

Determinación de la

Cantidad máxima a ofertar:

- Será igual o menor que

nominación confirmada en el

ciclo de renominación previo

a la Activación de Producto

Local.

8, CALIFICACIÓN DE SUJETOS

COM1

Aclarar el proceso por el que se

publicará/comunicará a los usuarios

la adjudicación de la acción de

balance

Ver presentación MIBGAS

8. CALIFICACIÓN DE SUJETOS COM3

“Producto Local Adquisición

de gas por parte del Gestor

Técnico del Sistema

Requisitos de Calificación:

- Disponibilidad de capacidad

contratada firme de

Regasificación.

- Disponibilidad de capacidad

contratada firme de entrada

Consideramos que permitir ofertar

sólo a los agentes con capacidad

contratada no utilizada limita

inecesariamente tanto el número de

agentes a participar en el proceso de

venta del producto local como la cantidad

de capacidad que los agentes pueden

ofertar. Se propone que se permita, por

tanto, una asignación implícita de

capacidad entre los agentes con gas en la

Podrán ofertar solo aquellos agentes

que dispongan de derechos de

nominación de acuerdo con lo

establecido en la regulación de

contratación de capacidad

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

43

a Red de Transporte.

o

- Disponibilidad de gas en

la planta de GNL y que

exista capacidad

disponible de

regasificación y de

entrada a la red de

transporte.

Determinación de la

Cantidad máxima a ofertar:

- Será igual o menor que la

capacidad contratada no

utilizada en el ciclo de

renominación previo a la

Activación del Producto

Local.

o

- Será igual o menor a la

capacidad disponible de

regasificación y de

entrada a la red de

transporte.”

planta de regasificación. Esto

incrementaría la presión competitiva

permitiría obtener precios más bajos para

la adquisión del producto. Destacar que

los agentes que potencialmente pueden

dar estos servicios son limitados, por lo

que debería evitarse restringirlos más el

número de ofertantes.

Ejemplos:

No es eficiente que un agente que tenga

gas almacenado en una planta de

regasificación y un nivel de utilización de

sus contratos del 100% no pueda ofertar.

Se limita artificialmente en número de

potenciales ofertantes.

Tampoco es eficiente que la asignación

del producto determine la capacidad

mensual a facturar al agente. Los agentes

tendrán que incrementar su oferta para

recuperar el coste de la punta mensual de

los contratos.

8.CALIFICACIÓN DE SUJETOS COM4

Producto Local

Adquisición de gas por

parte del Gestor Técnico

del Sistema

En relación a la calificación de los sujetos

para “Producto Local Adquisición de gas

por parte del Gestor Técnico del Sistema”

entendemos que también deberían ser

considerados aquellos sujetos que

teniendo gas en las plantas no tienen un

Podrán ofertar solo aquellos agentes

que dispongan de derechos de

nominación de acuerdo con lo

establecido en la regulación de

contratación de capacidad

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

44

Requisitos de Calificación:

- Disponibilidad de capacidad

contratada firme de

Regasificación o de AASS si

los hubiera en la zona en

la que se da el problema

- Disponibilidad de capacidad

contratada firme de entrada

a Red de Transporte.

En el caso de que

existiera capacidad libre

tanto de regasificación

como de entrada a la red

de transporte, los

agentes con gas en la

planta afectada por el

producto local podrán

adquirir capacidad de

regasificación/extracción/e

ntrada a la red de transporte

de carácter

diario/intradiario para poder

participar en el proceso.

En este sentido, una vez

comunicada la necesidad de

productos locales en una

zona determinada, se abriria

contrato vigente de regasificación,

pero si existe capacidad de regasificación

y entreada a la red de transporte

excedentaria. No podemos olvidar que el

sistema permite un patrón de

contratación basado en cortos plazos.El

supuesto aplicaría en los casos en los que

existiendo capacidad de

regasificación/entrada a la red de

transporte ociosa, existan agentes con

GNL en tanques sin contrato de

regasificación/entrada o que teniendo

capacidad pudieran “adicionar” capacidad

adicional de corto plazo para ir con mayor

capacidad al proceso de adquisición del

producto loca.

Esta medida ayudaría a aumentar, en los

que casos en los que se dieran las

circunstacias señaladas, el portfolio de

empresas calificadas y con ello la

posibilidad de obtener un precio mas

competitivo asociado al producto local que

necesita el GTS. Lo que redunda en bene

ficio del conjunto del sistema.

Existenciendo zonas en las que además

de las entradas por planta de

regasificación, existen entradas desde el

AASS, desde COMERCIALIZADORA

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

45

una ventana de contratación

de la capacidad no asignada,

como paso previo al proceso

de mercado gestionado por

Mibgas.

Determinación de la

Cantidad máxima a ofertar:

- Será igual o menor que la

capacidad contratada no

utilizada en el ciclo de

renominación previo a la

Activación del Producto

Local,

entendemos que no se debería limitar

esta opción.

8.CALIFICACIÓN DE SUJETOS COM5

Producto Local Adquisición

de gas por parte del Gestor

Técnico del Sistema

Requisitos de Calificación:

- Disponibilidad de

capacidad contratada

GNL en la Planta de

firme de Regasificación.

- Disponibilidad de

capacidad contratada

firme de entrada a Red

de Transporte.

Determinación de la

Teniendo en cuenta que el producto

necesario es el GNL, se considera que le

criterio para calificación debe ser la

disponibilidad del propio GNL. Además

cuando se active este producto, se

congela el derecho de renominación por

tanto la disponibilidad de capacidad no es

de utilidad.

Teniendo en cuenta lo anterior,

proponemos que se califique a los Sujetos

en función de si disponen o no de GNL

con el que prestar el servicio requerido

por el GTS. En el caso que el usuario

disponga de capacidad disponible de

regasificación y/o entrada a la red de

Transporte se utilizaría esta capacidad. En

Podrán ofertar solo aquellos agentes

que dispongan de derechos de

nominación de acuerdo con lo

establecido en la regulación de

contratación de capacidad.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

46

Cantidad máxima a

ofertar:

- Será igual o menor que

la cantidad de GNL

almacenado capacidad

contratada no nominado

utilizado en el ciclo de

renominación previo a la

Activación del Producto

Local.

caso contrario se reasignaría de forma

automática capacidad al usuario

adjudicatarío del producto local (por

supuesto esta capacidad debería ser

abonada por el usuario).

8.CALIFICACIÓN DE SUJETOS COM7

Según la consideración de sujetos

calificados, se excluyen, en Aquisición de

Producto Local, aquellos, por ejemplo,

sólo con contrato de transporte por

Conexión Internacional, lo que limita

innecesariamente las posibilidades de

encontrar adjudicatario y aumentar la

competencia

Esta propuesta esta fuera del

ámbito de esta consulta pública.

8.CALIFICACIÓN DE SUJETOS COM8

Producto Local

Adquisición de gas

AASS

Requisitos de Calificación:

- Disponibilidad de capacidad

contratada firme de

extracción en el AASS y

existencias de gas.

Determinación de la

Cantidad máxima a ofertar:

En las plantas de regasificación, el único

requisito, siempre que haya capacidad de

regasificación y transporte disponible,

debiera ser que el agente cuente con GNL

en las en las que se vaya a solicitar el

producto local dado que siempre va ser

más económico que el agente contrate

capacidad de regasificación y transporte

en base diaria que aumentar la

nominación de sus contratos de largo

plazo:

- Por ejemplo, si el agente tienen

• Podrán ofertar solo aquellos

agentes que dispongan de

derechos de nominación de

acuerdo con lo establecido en la

regulación de contratación de

capacidad.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

47

Será igual o menor que la

capacidad de extracción

contratada no utilizada en el

ciclo de renominación previo

a la Activación del Producto

Local

Regasificación

1)Si hay capacidad de

regasificación y

transporte disponible en

las plantas de regasificación

para las que es necesario el

producto local:

Requisitos de Calificación:

Tener GNL en propiedad en

el tanque.

Determinación de la

Cantidad máxima a ofertar:

- Será igual o menor que la

diferencia entre el stock de

GNL del agente y última

cantidad denominada por el

nominado sus contratos al 85%, el

subir el contrato al 100% supone

un extracoste como si hubiera

regasificado el 100% los 30 días

del mes (coste que incluirá en su

oferta de producto localizado).

- Además, limitar la participación

de los agentes en base a tener

capacidad contratada sin usar,

limita también el número de

agentes que van a poder ofrecer el

servicio, reduciendo el número de

ofertantes y encareciendo el

precio.

- Por ello, consideramos que debe

permirse la contratación de

capacidad de regasificación y

transporte spot al agente

adjudicatario.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

48

agente previo a la Activación

del Producto Local.

2)Si no hay capacidad de

regasificación y

transporte disponible en

las plantas de regasificación

para las que es necesario el

producto local:

Requisitos de Calificación:

- Disponibilidad de capacidad

contratada firme de

Regasificación.

- Disponibilidad de capacidad

contratada firme de entrada

a Red de Transporte.

Determinación de la

Cantidad máxima a ofertar:

- Será igual o menor que la

capacidad contratada no

utilizada en el ciclo de

renominación previo a la

Activación del Producto

Local.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

49

9. MECANISMO DE NEGOCIACIÓN COM1

Sin opinión, sujeta al desarrollo de la

propuesta normativa correspondiente

9, MECANISMO DE NEGOCIACIÓN COM4

Cara a la emisión de comentarios,

consideramos oportuno que se

somenta a consulta un documento

completo que recoja y detalle el

procedimiento propuesta por el

Operador del mercado para la

utilización de los productos

locales.

Dicho lo anterior,

Consideramos que la no identificación

de la fecha de entrega, además de

generar incertidumbre puede limitar la

participación de los agentes en la

resolución del problema, y con ello, se

mermaría la posibilidad de alcanzar

una solución económicamente

eficiente. Por lo tanto, proponemos

que se elimine.

Valoramos posivamente que se

establezca un comunicación de aviso

por parte del Operador del mercado ya

que puede incentivar la participación

de un mayor numero de agentes en la

resolución del problema, permitien la

Se transmite al operador de

mercado

Objetivo de la consulta

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

50

participación de aquellos que no

teniendo capacidad contratada pero si

gas en forma de GNL puedan contratar

en spot para poder tener la calificación

de sujetos calificados.

En realción al procedimiento de

negociación consideramos que el

“sobre cerrado” puede ayudar a

que existe una mayor

participación y con ello se pueda

conseguir un precio más competitivo.

9.MECANISMO DE NEGOCIACIÓN

COM5

Opinamos que el mecanismo de

negociación a través del cual se asignan

los productos locales de

adquisición/cesión de gas por parte del

GTS debiera ser la subasta.

Objetivo de la consulta

9.MECANISMO DE NEGOCIACIÓN

COM6

Los productos locales que deben

publicarse por el GTS deben ser sólo de

tipo intradiario, y no diario, con objeto

de responder al siguiente criterio en la

Circular de Balance:

‘Al comerciar con productos normalizados

a corto plazo, el Gestor Técnico del

Sistema dará prioridad al uso de

productos dentro del día de gas sobre

productos del día siguiente’.

“Al comerciar con productos

normalizados a corto plazo, el

Gestor Técnico del Sistema dará

prioridad al uso de productos

dentro del día de gas sobre

productos del día siguiente’.”

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

51

9, MECANISMO DE NEGOCIACIÓN COM8

Subasta

Creemos que el mecanismo de

subasta fomentará la participación de

más agentes y será más líquido.

Proponemos que el GTS envíe un email a

todos los agentes informando de la

convocatoria de la subasta.

Objetivo de la consulta

10. Comercializador

propone nuevo

punto con el título

“REGIMEN

SANCIONADOR”

COM1

Sugerimos incorporar un apartado con

el régimen sancionador al que nos

referimos en el apartado 8.

A valorar por la CNMC la necesidad

del desarrollo de un régimen

sancionador específico.

COMENTARIOS GENERALES

COM8

Comentario general,

Consideramos que las conexiones internacionales también han de poder

participar en las ofertas de producto local y también han de quedar

congeladas sus renominaciones como en el resto de puntos de entrada

de las áreas afectadas. Primero porque en las conexiones internacionales

hay multitud de agentes y fomentará la liquidez del producto, y por otro,

porque de lo contrario, los agentes que estén recibiendo gas de tubo

estarían en ventaja frente a los usuarios de las plantas de regasificación;

ventaja que podría agravar las limitaciones en las zonas.

La propuesta está fuera del ámbito

de esta consulta pública.

Pregunta: nos gustaría que se aclarara cómo se solucionaría un

problema de stock local, si el GTS acude al mercado y no tiene

ofertas para poder solucionarlo.

Mediante un servicio de balance

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

52

SERVICIOS DE BALANCE

Apartados Propuesta de redacción Justificación Análisis GTS

1. OBJETO COM6

Incluir un servicio de balance global

para dar soporte a todo el sistema, es

decir, se trata de disponer de una

garantía de entradas físicas o salidas para

el sistema y que, por tanto, su alcance se

extendría, además de a plantas de

regasificación, a otros puntos: AASS,

CCII, etc. Servicio de back-up del

sistema.

Se incluirá en el caso de que el

Gestor Técnico del Sistema lo

considere necesario.

2. ANTECEDENTES REGULATORIOS COM1

A continuación, se indican

las principales referencias

normativas para el

desarrollo de la presente

metodología:

REGLAMENTO (UE) Nº

312/2014 DE LA

COMISIÓN de 26 de marzo

de 2014 por el que se

establece un código de red

sobre el balance del gas en

las redes de transporte,

destacando los capítulos II

(Sistema de Balance), III

(Balance operativo) y VII

(Disposiciones de

Neutralidad)

Circular 2/2015, de 22

de julio, de la Comisión

Se debería reescribir este apartado

haciendo mención únicamente y de forma

general a la regulación de referencia es

decir el reglamento UE 312/2014 y la

Circular 2/2015, mencionando si acaso los

títulos de los artículos de referencia

significativos.

La selección de algunos apartados de los

artículos puede ser parcial y les otorgaría

más importancia cuando la realidad es

que todos ellos tienen significación

particular en la metodología propuesta.

En este sentido, en el desarrollo de los

apartados de la metodología es cuando se

pueden/deben detallar los antecedentes

regulatorios específicos para evitar

redundancias y/o argumentaciones

parciales.

Se somete a consulta pública los

criterios y principios generales de

actuación del Gestor Técnico del

Sistema mediante acciones de

balance y no el documento en el

que se presentan los mismos.

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53

Nacional de los Mercados y

la Competencia, por la que

se establecen las normas

de balance en la red de

transporte del Sistema

Gasista, destacando los

artículos Cuarto (Principios

generales), Séptimo

(Balance operativo y

acciones de balance) y

Octavo (Servicios de

balance)

2 ANTECEDENTES REGULATORIOS

COM6

La duración del servicio de balance no

debería exceder los 3 meses con objeto

de conseguir un servicio más competitivo.

Octavo. Servicios de balance

“4. La duración del servicio de

balance no podrá ser superior a un

año, y la fecha de comienzo del

mismo estará dentro de un periodo

de doce meses a partir del

compromiso vinculante para las

partes contratantes.”

3 BASES DEL SERVICIO DE BALANCE COM1

El Servicio de Balance

consistirá en el

compromiso por parte del

Adjudicatario de garantizar

un flujo incrementar /

reducir el previamente

nominado hasta el máximo

valor adjudicado y para un

día de gas determinado, las

nominaciones en un punto

o conjunto de puntos de

entrada una Planta de

Regasificación, dentro del

Entendemos que el servicio de balance

debe consistir en garantizar un flujo

(que pude darse motu proprio por el

comercializador) o disminuir la

nominación realizada hasta el valor

adjudicado, esto último de forma similar a

los productos locales.

Entendemos que esta posibilidad de que

el operador “internalice” en su operativa

regular la emisión requerida, implicará

una rebaja de coste del servicio de

balance, dado que se utilizará la

El Servicio de Balance

consiste en garantizar un

incremento de flujo con

respecto al que se produce

en el momento de activarlo.

No se tiene previsto solicitar

servicios de balance para

disminuir una nominación

realizada.

A valorar por la CNMC la

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54

periodo para el que el GTS

solicite este Servicio. Todo

ello, previa disposición por

parte del Adjudicatario en

dicha Planta de

Regasificación:

de existencias de gas

almacenadas en Planta

de Regasificación

(expresadas en días

equivalentes a la

cantidad adjudicada).

de contratación (con la

antelación establecida)

de capacidad firme tanto

de regasificación desde

Planta como de acceso al

PVB desde la red de

transporte (por un valor

igual a la cantidad

adjudicada).

El usuario que resulte

adjudicatario estará

obligado al cumplimiento

de entrega del producto,

sujeto al régimen

sancionador específico

descrito en el apartado […]

capacidad contratada, de forma regular,

no quedando “reservada e inutilizada” a la

espera de la solicitud del GTS.

Adicionalmente, para una mayor

concurrencia y evitar discriminaciones de

aquellos usuarios que únicamente

incorporen gas al sistema vía GNL,

proponemos que estas acciones de

balance no se realicen solamente

desde las plantas de regasificación.

Además, creemos que debería tener

por objeto no sólo aumentar, sino

también disminuir las nominaciones.

Entendemos así el diseño del producto

más completo, aunque no parezca

previsible a corto plazo.

Para una mayor concurrencia y eficiencia

en términos de coste del servicio de

balance, entendemos que es mejor que

no existan unos requisitos previos tan

restrictivos para que el usuario pueda

prestar el servicio, (existencias de GNL y

capacidad contratada firme de

regasificación y entrada). Sería más

competitivo y haría el servicio más barato

que el usuario no tuviera que tener la

obligación de disponer de estas

capacidades contratadas exante, y que

estuviera sometido a un régimen

sancionador específico y diferenciado con

necesidad de desarrollo de

un régimen sancionador

específico.

Podrán ofertar solo aquellos

agentes que dispongan de

derechos de nominación de

acuerdo con lo establecido

en la regulación de

contratación de capacidad

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

55

respecto al del MO y ATR en caso de

incumplimiento.

3. BASES DEL SERVICIO DE BALANCE COM3

“La Adjudicación de un

Servicio de Balance se

realizará mediante un

proceso de Oferta Pública

objetivo, transparente y no

discriminatorio.

El Servicio de Balance

consistirá en el

compromiso por parte del

Adjudicatario de

incrementar hasta el

máximo adjudicado y para

un día de gas determinado,

las nominaciones en una

las Plantas de

Regasificación

pertenecientes a una

misma área de

limitación de transporte,

dentro del periodo para el

que el GTS solicite este

Servicio. Todo ello, previa

disposición por parte del

Adjudicatario en dicha

Planta de Regasificación:

de existencias de gas

almacenadas en Planta

de Regasificación

- Según comentado en la reunión,

debería adaptarse el documento para

que el servicio de balance se pueda

dar desde cualquier planta de un

área de limitación.

- Mismo razonamiento que el punto 8

PRODUCTO NORMALIZADO CON

TRANSFERENCIA DE TITULO DE

PROPIEDAD DE GAS LOCAL sobre la

necesidad de tener capacidad

contratada.

Adicionalmente:

No se recoge cuanto tiempo tiene un

comercialiador, una vez activado el

servicio de balance, para reponer el stock

mínimo de almacenamiento. El borrador

de cotrato de Servicio de Balance recoge

que el agente tiene que mantener los

stocks en todo momento, no tendría

sentido mantener una obligación de 15

días si, una vez se active el servicio, no se

puede disminuir de ese nivel.

Se debería incluirse que las obligaciones

de almacenamiento de GNL debidas al

servicio de balance, estén exentas de la

penalización establecida en la NGTS-03,

Valoración positiva

“El Servicio de Balance consistirá en

el compromiso por parte del

Adjudicatario de incrementar hasta

el máximo adjudicado y para un día

de gas determinado, las

nominaciones en una las Plantas de

Regasificación pertenecientes a

una misma área de limitación de

transporte,”

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56

(expresadas en días

equivalentes a la cantidad adjudicada).

de contratación (con la antelación establecida) de capacidad firme tanto de regasificación desde Planta como de acceso al PVB desde la red de transporte (por un valor igual a la cantidad adjudicada).”

apartado 3.6.1

3 BASES DEL SERVICIO DE BALANCE COM5

En general, se considera que el

documento debería describir los tipos

de servicio de balance a utilizar por el

GTS para mantener el sistema en las

adecuadas condiciones de seguridad ya

que consideramos que el descrito en este

documento es solo uno de los que

deberían existir.

Centrándonos en el servicio de balance

que se describe (entrega a la red desde

planta de regasificación), consideramos

que deben ampliarse los detalles. Además

de incluir el calendario de publicación de

los requerimientos, la antelación de las

convocatorias respecto a la fecha de inicio

del servicio, etc, debería recogerse que

hay dos tipos de situaciones en las que

En una primera fase no se

tiene previsto solicitar otro

tipo de servicios de balance

Los productos locales y los

servicios de balance pueden

coexistir en un mismo

punto/agregación de puntos,

en dicho caso, se aplicará el

órden de mérito establecido

en la Circular 2/2015.

A valorar por la CNMC la

necesidad de desarrollo de

un régimen sancionador

específico.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

57

convocar este servicio:

Cuando una acción de balance con

producto local no se resuelve.

Cuando hay que regasificar gas en

una planta para mantener el

sistema dentro de los valores de

seguridad.

En cada uno de los casos, la operativa

debería ser diferente.

En el primero se debería actuar como en

el caso del producto local, es decir, el GTS

debería realizar las modificaciones

requeridas en las nominaciones para que

el sujeto quede balanceado (por la acción

realizada).

En el segundo, que coincide con el

descrito en el documento propuesto, la

operativa es diferente ya que el sujeto

queda desbalanceado lo que hace que el

coste del posible desbalance deba

incluirse en la oferta.

Esta particularidad hace que el servicio

descrito sea discriminatorio ya que los

comercializadores con contratos en

diferentes entradas al Sistema tienen

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

58

capacidad propia de anular su desbalance

mientras que los que no cumplen dicha

premisa tienen que acudir al mercado y

esperar a que otro sujeto le permita

reequilibrarse. Esto es una barrera a la

prestación del servicio, disminuye la

posible competencia entre sujetos y por

tanto redunda negativamente en los

costes del sistema.

También, consideramos que se debiera

incluir en el contrato propuesto para la

contratación del Servicio la penalización

ante incumplimiento del mismo.

Recordamos que en la claúsula 6 del

contrato se indica que:

“1. Las Partes responderán frente a la

otra en caso de incumplimiento de las

obligaciones y Servicios asumidos

mediante el presente Contrato, de

conformidad con lo dispuesto en el

mismo, así como en la legislación

vigente.”

Sin embargo, este producto se está

establececiendo en la actualizadad y no

hay legislación que soporte esta parte.

Además, resulta complicado poder

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59

valorar el servicio cuando no se

dispone de información como si se va

a mantener en el esquema actual de

peajes (metodología de asignación de

costes, contratos, etc).

4. PARAMETROS QUE DEFINENE EL SERVICIO COM1

Los parámetros que

definen un Servicio de

Balance son los indicados a

continuación:

Punto de Entrega: Punto

de entrega a la Red de

Transporte desde Planta

de Regasificación.

Duración del Servicio:

(expresado en días y con

duración máxima un año)

Cantidad de incremento

de nominaciones

solicitada por el GTS

(CTOT).

Cantidad de incremento

de nominaciones

adjudicada por el GTS

(CADJ).

Número de días

equivalentes a la

cantidad Adjudicada de

mantenimiento de

existencias en Planta de

Regasificación: 15 días.

Número de Días de

Antelación con los que

Mismas justificaciones del apartado

anterior

Ver comentarios anteriores

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60

tienen que estar

contratadas la Capacidad

Firme tanto de acceso al

PVB desde la Red de

Transporte como de

Regasificación: 15 días.

4 PARAMETROS QUE DEFINENE EL SERVICIO COM2

Consideramos que durante la fase de

monitorización, la duración de los

contratos debería ser muy inferior a un

año (mensuales o trimestrales), con

objeto de ganar experiencia en su uso.

Valoración positiva

4 PARAMETROS QUE DEFINENE EL SERVICIO

COM4

[Añadir]

“Con el objeto de posibilitar un mayor número de participantes en el proceso de adjudicación,

el GTS distruirá su necesidad en bloques cuyo periodo no excederá de 6 meses.”

Con el objeto de lograr una mayor

participación de los agentes y con

ello unos mejores precios

asociados a la prestación del

servicio de balance que necesita el

GTS, desde COMERCIALIZADOR

consideramos que debería

permitirse a los agentes

“pujar” por cubrir parte de la

necesidad tanto en términos de

cuantía como de duración.

Asimismo, en la misma línea del

párrafo anterior, debería

plantearse la posibilidad de

que el GTS pueda cubrir su

necesidades adquiriendo gas

No se describe en detalle el

modelo concreto de puja

tanto de cuantía como de

duración.

La propuesta no respeta el

modelo de que el Gestor

Técnico del Sistema no

adquiere gas cuando

solicita un servicio de

balance. En consecuencia,

resulta además incompatible

con el mecanismo de

asignación de los costes a los

usuarios.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

61

en los tanques o en la brida de

descarga de la planta y gestione

directamente la regasificación y

entrada a la red de transporte.

Esta práctica estaría en línea con

la utilizada para el

aprovisionamiento de gas colchón.

4 PARAMETROS QUE DEFINENE EL SERVICIO COM5

Número de días

equivalentes a la

cantidad Adjudicada de

mantenimiento de

existencias en Planta de

Regasificación ->15 7

días.

Número de Días de

Antelación con los que

tienen que estar

contratadas la Capacidad

Firme tanto de acceso al

PVB desde la Red de

Transporte como de

Regasificación ->15 7 días.

Para poder valorar por completo este

punto se necesitaría ampliar el detalle de

cómo se calculará el número de días

equivalentes, si el mantenimiento de esta

energía debe ser constante a lo largo del

periodo o se tendrá en cuenta la media

durante el mismo, etc, y con qué objeto

se debe contratar el servicio de la

capacidad con una antelación de 15 días.

Desde nuestro puento de vista, se

propone fijar estos parámetros a 7

días ya que con este valor también se

asegura el servicio del balance.

Asimismo, también sería necesario

conocer si se mantendrá el Plan

Invernal una vez se implanten el uso

de los Servicios de Balance para poder

realizar el cálculo económico del ejercicio

global de la actividad de la

comercialización y determinar si se puede

ofertar este servicio y en qué cantidad.

Objeto de la consulta pública:

el valor final se determinará

por la CNMC

La propuesta está fuera del

ámbito de esta consulta

pública.

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62

NUEVO APARTADO COM1

La Circular 2/2015, de 22

de julio, de la Comisión

Nacional de los Mercados y

la Competencia, por la que

se establecen las normas

de balance en la red de

transporte del sistema

gasista, establece al

respecto al empleo de

Servicios de Balance:

1. Con carácter puntual,

y cuando se prevea que la

adquisición de productos

normalizados a corto plazo

no es posible, o que no es

probable que impidan que

la red de transporte salga

de sus límites operativos,

el Gestor Técnico del

Sistema podrá realizar

acciones de balance

empleando servicios de

balance.

2. En el empleo de

servicios de balance, el

Gestor Técnico del Sistema

tendrá en cuenta lo

siguiente:

Sugerimos incluir el orden de mérito

para el empleo de servicios de balance,

por su importancia y coherencia con la

metodología del producto local

Se somete a consulta pública los

criterios y principios generales de

actuación del Gestor Técnico del

Sistema mediante acciones de

balance y no el documento en el

que se presentan los mismos.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

63

1) La manera en que

los servicios de balance

mantendrán el sistema

dentro de sus límites

operativos.

2) El tiempo de

respuesta de los servicios

de balance en comparación

con el de los productos

normalizados a corto plazo.

3) El coste estimado del

uso de los servicios de

balance respecto al de

cualquiera de los productos

normalizados a corto plazo.

4) El punto de

entrega/retirada del gas.

5) En qué medida el

uso del servicio de

balance afecta a la

liquidez del mercado de

gas a corto plazo.

5. ACTIVACIÓN DEL SERVICIO COM1

En cualquier momento

dentro del periodo de

Duración del Servicio, el

GTS podrá solicitar al

Adjudicatario un

Incremento/decremento de

las Nominaciones (ΔNr) a

realizar en el Punto de

Entrega, para un Día de

Gas determinado.

Creemos que el servicio de balance puede

tener por objeto no sólo aumentar, sino

también disminuir las nominaciones

No se tiene previsto solicitar

servicios de balance para

disminuir una nominación

realizada

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64

El Adjudicatario se

compromete a atender

dicha solicitud hasta el

valor máximo establecido

en la Cantidad Adjudicada

(CADJ) MWh/día.

Los mecanismos de

comunicación para la

activación del Servicio por

parte del GTS, así como de

incremento de las

nominaciones confirmadas

al Adjudicatario, serán los

establecidos en las Normas

de Gestión Técnica del

Sistema

5. ACTIVACIÓN DEL SERVICIO COM1

Aclarar dónde se encuentran los

mecanismos de comunicación para la

activación del servicio

La propuesta está fuera del ámbito

de esta consulta pública.

“En cualquier momento

dentro del periodo de

Duración del Servicio, con

el preaviso recogido en

el contrato de

prestación de servicio, el

GTS podrá solicitar…..”

Entendemos que se debería de establecer

unos periodo de preaviso de

activación de la prestación del

servicio de balance, recogiéndose los

mismos en el cuerpo del contrato.

Todo ello con el objeto de que el agentes

adjudicatario también pueda rehacer su

organización logística asociada al día en el

que se activa un servicio de balance.

A valorar por parte de la CNCM los

mecanismos antiabuso.

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65

5. ACTIVACIÓN DEL SERVICIO COM6

Limitar / acotar los horarios de

solicitud al adjudicatario de incremento

de las nominaciones.

Hacer referencia explícita/indicar las

NGTS/Protocolos de Detalle donde

están establecidos mecanismos de

comunicación para la activación del

servicio e incremento de nominaciones

confirmadas. Si está pendiente de

desarrollo indicarlo en esta redacción.

La necesidad de activación

de un servicio de balance

puede suceder en

cualquier momento del

día

La propuesta está fuera del

ámbito de esta consulta

pública.

6 VALORACIÓN DEL SERVICIO COM1

El coste asociado a los

servicios de balance tendrá

la consideración de coste

liquidable en el sistema de

liquidaciones de las

actividades reguladas del

sector gasista.

Nos parece muy relevante definir el

procedimiento de imputación de

costes y liquidación de los servicios de

balance. El apartado 14º 8 de la Circular

de Balance dice que el GTS ha de

proponer un procedimiento a la CNMC

para su aprobación. Consideramos que

este coste, por su propia naturaleza y

causalidad, que nada tiene que ver con la

actuación de los usuarios, ha de

imputarse como un coste liquidable del

sistema, tal y como se recogía en los

borradores de trabajo de la circular de

balance.

Puesto que, según lo establecido en la

Circular de balance (8º.2.3), para el

empleo de los servicios de balance hay

que tener en cuenta su coste con respecto

a cualquiera de los productos

normalizados a corto plazo, consideramos

necesario indicar cómo se van a

comparar.

La propuesta está fuera del ámbito

de esta consulta pública.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

66

6 VALORACIÓN DEL SERVICIO COM1

Definir y especificar qué es el precio

de referencia diario para el producto

intradiario y cómo se calcula

La propuesta está fuera del ámbito

de esta consulta pública.

6, VALORACIÓN DEL SERVICIO

COM2

Aumentar el ajuste menor

hasta un mínimo del 5%.

El término variable del servicio de

balance es muy bajo, por lo que los

sujetos internalizarán la práctica la sus

costes (capacidad, regasificación, etc.) en

el coste fijo, lo que conlleva:

cio de balance tenga un

coste fijo muy elevado. Al ser un coste

‘hundido’, no sirve para compararlo con el

coste de los productos locales (que

solamente tienen coste variable).

servicio de balance establece de facto un

límite superior a las oferta del producto

local. El producto local (un coste variable)

no podrá competir con el coste variable

del servicio de balance, y equivale a

dejarlo como un instrumento sin utilidad.

A valorar por la CNMC

6. VALORACIÓN DEL SERVICIO COM3

Solicitamos que se explicite que el pago

de la prima por disponibilidad es para

todos los días de prestación del servicio.

Valoración positiva a desarrollar en

el contrato.

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67

6, VALORACIÓN DEL SERVICIO

COM6

Término variable, en caso de que no

hubiera un precio de referencia diario

para el producto intradiario publicado ese

día se debería usar para la variable ‘P’ el

último precio publicado en MIBGAS.

A valorar por la CNMC

7. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL PROCESO DE OFERTA PÚBLICA COM1

Adicionalmente, se hará

público el resultado de los

datos no confidenciales de

la Oferta Pública en la

página Web del GTS,

incluyendo entre otros las

cantidades adjudicadas, el

número de rondas (si las

hubiere) y el número de

adjudicatarios.

Información a publicar por coherencia

con otros procesos de oferta y

adjudicación

El Gestor publicará en su pagina

Web, lo establecido en la regulación

vigente

Sugerimos incorporar en este

apartado o en otro el régimen

sancionador al que nos referimos en el

apartado 3, así como los plazos,

garantías, etc., del proceso de oferta

A valorar por la CNMC la necesidad

de desarrollo de un régimen

sancionador específico.

7, CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL PROCESO DE OFERTA PÚBLICA

COM6

Debería incluirse la forma de liquidar este

servicio, modo de liquidación y quién

lo paga en última instancia.

La propuesta está fuera del ámbito

de esta consulta pública.

8. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LAS OFERTAS COM3

Consideramos que la subasta continua

resta certidumbre al GTS y podría

minorar los costes de este tipo de

productos. En consecuencia proponemos

que los productos locales se asignen

medianta mercado continuo. Dicho esto,

consideramos que al igual que el resto de

productos de MIBGAS, por defecto las

ofertas deben expiarar al finalizar el

No existe subasta continua en

servicios de balance.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

68

sesión/día de negociación. Siendo

opcional para los agentes, que las ofertas

sean validas para sesiones/días futuros.

9. PROCESO DE VALORACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS

COMENTARIOS GENERALES COM2

Comentario general

Aunque en la normativa se obligue a priorizar el uso de productos

locales, con el modelo planteado se puede llegar a relegar la prioridad

en su uso.

El producto local y el servicio de balance son productos heterogéneos,

difícilmente comparables en una valoración económica, y por tanto es

complicado justificar una elección. Deben diseñarse preferentemente

instrumentos que puedan compararse.

El término variable del servicio de balance establece de facto un límite

superior a las oferta del producto local (por el ajuste menor establecido

sobre el precio de referencia). El producto local (un coste variable puro)

no podrá competir con el coste variable del servicio de balance en los

términos establecidos, y equivale a relegarlo como un instrumento sin

utilidad.

Este problema de competencia desigual entre productos se añade a las

incertidumbres sobre la liquidez del producto local o la rapidez de

respuesta para resolver el problema, por lo que el producto local nace

con claras penalizaciones.

Por este motivo, se incluye una propuesta alternativa al

mecanismo del servicio de balance, por la que los adjudicatarios en

la subasta del servicio, en lugar de incrementar sus nominaciones,

estarán obligados a ofertar en el producto local, con un precio y

cantidad determinados.

A valorar por la CNMC.

La propuesta alternativa, no

respeta el principio de que los

servicios de balance no se

adquiere gas

En consecuencia la propuesta

no es compatible con el modelo

de asignación de costes de

estos servicios a los usuarios

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

69

COMENTARIOS GENERALES COM6

El contrato de Servicio de Balance tiene pendiente de desarrollar el

Anexo II, por lo que no enviamos comentarios en este momento ya que

sería una opinión parcial.

COMENTARIOS GENERALES COM8

Contrato de Prestación del Servicios de Balance

Propuesta de redacción 2. OBJETO a) En el momento en el que el Gestor Técnico del Sistema active la utilización del Servicio de Balance, se suspenderá, para todo el día de gas para el que se solicita el uso del Servicio para los sujetos adjudicatarios del servicio de Balance y para todos los usuarios, adjudicatarios o no del Servicio de Balance , los derechos de renominación de regasificación desde la Planta de «Planta».

Esta medida está incluida en la

circular de Balance sólo para el

caso de los productos locales y

no para los servicios de

Balance, por lo que proponemos

su eliminación.

Además la lógica de suspensión de

los derechos de renominación de

todos los agentes radica en la

reducción de las posibilidad de

comportamientos abusivos por

parte de los agentes, lo cual puede

tener sentido en el caso de los

Productos Locales que se

adjudican en el momento en que

el GTS determina su necesidad,

según un proceso de concurrencia,

pero no tiene el mismo sentido en

el caso de los servicios de balance

Septimo.

8. Cuando el Gestor Técnico del

Sistema adquiera un producto

normalizado de transferencia de

título de propiedad de gas local,

quedarán suspendidos los derechos

de renominación de los usuarios de

aquellos puntos donde se haya

solicitado dicha oferta de producto

local”.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

70

que están contratados con

antelación por el GTS, por ello, el

usuario de la planta que no tiene

un contrato de Servicios de

Balance en vigor, sí debería poder

renominar con posterioridad a la

activación de la utilización del

Servicio de Balance, al menos, en

el sentido en el que ayuda a la

reducción del desbalance.

Además, y en todo caso, desde el

punto de vista formal, esta

condición no debería estar incluida

en un contrato entre el GTS y el

adjudicatario , si no en la

propuesta sobre lolas

Características del Servicio de

Balance (donde no se dice nada al

respecto).

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

71

METODOLOGÍA PARA EL DESARROLLO DE UN MECANISMO DE INCENTIVOS A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE

Apartados Propuesta de redacción Justificación Análisis GTS

1. OBJETO

2. ANTECEDENTES REGULATORIOS COM1

De la misma manera, el

artículo 11 2 establece

que:”El gestor de la red de

transporte puede presentar

a la autoridad reguladora

nacional, para su

aprobación, un mecanismo

de incentivos que sea

coherente con los principios

generales establecidos en el

presente Reglamento”

En este sentido, el art 4.1

del Reglamento fija como

uno de los principios

generales: “Los usuarios de

red serán responsables de

equilibrar sus carteras de

balance para minimizar la

necesidad de que los

gestores de redes de

transporte tomen las

acciones de balance

Incluir que el mecanismo de

incentivos debe ser coherente con los

principios generales del Reglamento

312/2014.

Siendo uno de los mismos el principio de

mínima intervención del GTS en el

sistemas mediante el empleo de acciones

de balance.

Se somete a consulta pública los

criterios y principios generales de

actuación del Gestor Técnico del

Sistema mediante acciones de

balance y no el documento en el

que se presentan los mismos.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

72

establecidas en virtud del

presente Reglamento”.

3. REQUISITOS DEL MECANISMO

4. PRINCIPIOS GENERALES COM1

Estamos de acuerdo con los principios

generales citados.

No obstante, entendemos que no son

los aplicados en el mecanismo de

incentivos propuesto.

No propone ningún mecanismo de

incentivos alternativo

4, PRINCIPIOS GENERALES

COM2

Se debe incluir la prioridad que se le

debe dar a los diferentes mecanismos

para llevar a cabo la acción de balance

(PVB, producto local, servicio de balance),

de acuerdo a los artículos 7 y 8 de la

Circular de la CNMC.

Artículos 7 y 8 de la Circular de la

CNMC.

4, PRINCIPIOS GENERALES COM4

[Añadir nuevo punto]

“Minimizar las ocasiones

en las que las acciones de

balance afecten a la

determinación en el

Mercado Organizado del

Precio de Referencia

Diario.”

En línea con lo recogido en la propuesta

de “Metodología para la selección y

empleo de acciones de balance mediante

la transacción de productos normalizados

a corto plazo con transferencia de título

de propiedad de gas en PVB” dentro de

los principales generales debería estar la

de minimizar las ocasiones en las que

las acciones de balance afecten a la

determinación en el Mercado

Organizado del Precio de Referencia

Diario.

Es la base de la propia metodología

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

73

5.1, FASES DE IMPLEMENTACIÓN

COM1

REVISIÓN EN SU

TOTALIDAD

Entendemos que los incentivos a

aplicar al GTS deben iniciarse en el

mismo momento en el que se exijan

responsabilidades a los usuarios por

el desarrollo de las acciones de balance

que él tome (pago a prorrata por el valor

absoluto de los desbalances en PVB y a

prorrata por las entradas a red de

transporte en el caso de productos

locales).

Por este motivo, se solicita que, bien se

retrasen estas responsabilidades a los

comercializadores hasta que el GTS haya

concluido su “aprendizaje” en el empleo

de acciones de balance, teniendo hasta

ese momento la consideración de costes

liquidables del sistema, o bien, se

implementen los incentivos al GTS desde

el 1 de octubre de 2016.

A valorar por la CNCM

Existen propuestas en sentido

contrario.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

74

5.1, FASES DE IMPLEMENTACIÓN

COM4

Fase de Desarrollo: fase

inicial de tres dieciocho

añosmeses de duración, la

cual se encuentra dividida en

tres etapas de un año de

duración cada una:

1) Etapa de

Monitorización: durante la

cual se realizará el

seguimiento y análisis de los

indicadores I1 e I2, definidos

posteriormente, y

fundamentales para el

desarrollo de etapas y fases

posteriores de la presente

metodología.

2) Etapa de Aprendizaje:

durante la cual se analizará

la evolución del Indicador de

Eficiencia, (Ie), definido para

esta etapa de la fase de

desarrollo, y que permitirá al

Gestor Técnico del Sistema,

adquirir la necesaria

experiencia en la toma de

Si bien consideramos que la presentada

por el GTS obedece a una pretensión

entendible como sujeto “juzgado”, como

operador entendemos que en tanto en

cuanto las actuaciones del GTS derivan en

costes adicionales para los

comercializadores y consumidores del

sistema se debe establecer un

régimen incentivador desde un inicio.

De lo contrario, solicitaríamos que los

posibles costes de neutralidad sean

considerados como costes del

sistema en tanto en cuanto se mantenga

los periodos de monitorización y

aprendizaje.

Asimismo la duración de cada una de las

etapas no debería exceder de 6 meses, de

tal forma que pasado año y medio

estuviéramos en la fase definitiva

A valorar por la CNCM

Existen propuestas en sentido

contratrio.

La propuesta está fuera del

ámbito de esta consulta

pública.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

75

este tipo de acciones de

balance, que le permita

minimizar el coste de las

mismas.

3) Etapa de

Consolidación: durante la

cual se realizará el

seguimiento de un nuevo

Indicador de Eficiencia, (Ie),

definido para esta etapa.

Fase Definitiva: esta

fase se desarrollará en base

a las conclusiones obtenidas

del análisis de la Fase de

Desarrollo, para su

aplicación a partir del

decimonoveno mes

cuarto año, una vez

finalizada la etapa de

Consolidación.

“Durante los periodos de

Monitorización,

Aprendizaje y

consolidación, los saldos

negativos que puedan

derivarse de la cuenta de

neutralidad tendrán

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

76

consideración de costes

del sistema.”

5,2 INDICADORES

COM1

REVISIÓN EN SU

TOTALIDAD

El diseño de indicadores planteado no nos

parece adecuado, dado que entendemos

que el GTS no debe plantear acciones

de balance mientras el sistema se

halle en una banda de operación

normal según el PD xx de acciones de

balance, por lo que no deberían darse

operaciones en las bandas definidas como

de indiferencia ni de aviso, tal y como

hemos señalado en nuestros comentarios

a la descripción de la metodología del

producto normalizado en PVB.

Entendemos que un indicador

fundamental que mide la actuación del

GTS en este aspecto es el facilitar a los

usuarios una provisión de

información de demanda en plazo y

fiable que permita a los agentes

balancearse correctamente en el día de

gas, minimizando la necesidad de

acciones de balance del GTS, tal y como

indican los principios generales del

Reglamento 312/2014.

Asimismo, otro indicador relevante para

Ver comentarios anteriores

La propuesta está fuera del

ámbito de esta consulta

pública.

A valorar por la CNMC

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

77

medir el desempeño del GTS es el saldo

de cobros y pagos al conjunto del sistema

® definido en el documento. Siendo

importante que al emplearlo para

determinar los incentivos del GTS se

utilicen los mismos periodos

temporales que se emplearán para la

liquidación de los costes de las

acciones de balance para los usuarios

(mensual) dado que si se fuera a periodos

más largos de liquidación como el

propuesto en el documento (anual)

podrían establecerse incentivos para

compensar pagos de unos meses con

otros lo que no se considera adecuado.

5.2, INDICADORES COM3

Consideramos que debería suprimirse el

indicador I1:

- Tal y como hemos indicado

anteriormente, consideramos que el

GTS no debería realizar acciones

de balance mientras el IDQ esté

dentro de la banda de

indiferencia. Por tanto, este

indicador carece de sentido.

- Por otro lado, el índice I1 siempre

debería ser 100 ya que el GTS no

debería asumir ningún riesgo a la hora

de operar dentro de la banda de

indiferencia. En caso de que se

quisiera utilizar este indicador, debería

ser sólo para penalizar al GTS.

Por tanto I2 e Ie deberían coincidir.

Ver comentarios anteriores

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

78

5.2, INDICADORES COM4

Fase de Desarrollo:

Etapa de Monitorización:

se realizará la monitorización

de los indicadores I1 e I2,

expresados en %:

I1= (m1/n1) x 100

I2= (m2/n2) x 100

Donde,

𝐧𝟏: Número de acciones

de balance realizadas

durante el añomes,

mediante la transacción de

productos normalizados a

corto plazo con transferencia

de título de propiedad de gas

en el PVB, encontrándose el

Índice de Desequilibrio (IDQ)

dentro de la Banda de Aviso

Considerando la relación directa

existente entre la neutralidad y las

acciones de balance realizadas por el

Gestor, consideramos oportuno que

la candencia utilizada para obtener

el resultado derivado de los

mecanismos de incentivo debe ser

la misma, es decir, mensual en

lugar de anual.

Entendemos que los indicadores

considerados en la etapa de

Aprendizaje, deben ser los mismos que

los utilizados en la de monitorización,

ya que priori no entendemos que se

reduzca el ámbito de análisis única y

exclusivamente a una de las bandas.

Con el objeto de valorar el grado de

consecución del principio de

minimización de costes y valorar la

eficiencia económica de las acciones de

GTS, proponermos valorar también los

siguientes indicadores:

o Con frecuencia diaria, Nº de

transacciones con precio mejor (si

A valorar por la CNMC

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

79

Indiferencia alerta.

𝐦𝟏: Número de acciones

de balance realizadas

durante el añomes,

mediante la transacción de

productos normalizados a

corto plazo con transferencia

de título de propiedad de gas

en el PVB, encontrándose el

Índice de Desequilibrio (IDQ)

dentro de la Banda de

Indiferencia alerta, que no

han determinado el Precio

Marginal de Compra/Venta

de esos días.

𝐧𝟐: Número de acciones

de balance realizadas

durante el añomes,

mediante la transacción de

productos normalizados a

corto plazo con transferencia

de título de propiedad de gas

en el PVB, encontrándose el

Índice de Desequilibrio (IDQ)

esta en posición compradora más

baratos, y si esta en posición

vendedoras más caros) al obtenido

por el Gestor.

o Con frecuencia diaria, diferencial

en relación al mejor precio (si esta

en posición compradora más

baratos, y si esta en posición

vendedoras más caros) entre el

precio medio del día.

El desvío mensual se cáculara de manera

poderada tomando como referencia el

volumen de las operaciones diarias del

GTS.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

80

dentro de la Banda de Aviso.

𝐦𝟐: Número de acciones

de balance realizadas

durante el añomes,

mediante la transacción de

productos normalizados a

corto plazo con transferencia

de título de propiedad de gas

en el PVB, encontrándose el

Índice de Desequilibrio (IDQ)

dentro de la Banda de Aviso,

que no han determinado el

Precio Marginal de

Compra/Venta de esos días.

Indicadores de eficiencia

de gestión económica:

o Con frecuencia

diaria, Nº de

transacciones con

precio mejor (si

esta en posición

compradora más

baratos, y si esta

en posición

vendedoras más

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

81

caros) al obtenido

por el Gestor,

dividido por el

número de

transacciones.

o Con frecuencia

diaria, diferencial

en relación al

mejor precio (si

esta en posición

compradora más

baratos, y si esta

en posición

vendedoras más

caros) entre el

precio medio del

día.

El desvío mensual

se cáculara de

manera poderada

tomando como

referencia el

volumen de las

operaciones diarias

del GTS.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

82

Etapa de Aprendizaje: se

realizará el seguimiento del

Indicador de Eficiencia, (Ie),

expresado en %:

Ie1= (m1/n1) x 100

Donde,

𝐧𝟏: Número de acciones

de balance realizadas

durante el añomes,

mediante la transacción de

productos normalizados a

corto plazo con transferencia

de título de propiedad de gas

en el PVB, encontrándose el

Índice de Desequilibrio (IDQ)

dentro de la Banda de

Indiferencia alerta.

𝐦𝟏: Número de acciones

de balance realizadas

durante el añomes,

mediante la transacción de

productos normalizados a

corto plazo con transferencia

de título de propiedad de gas

Page 83: MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE ...³n Técnica del... · 2016. 2. 3. · MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN

MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

83

en el PVB, encontrándose el

Índice de Desequilibrio (IDQ)

dentro de la Banda de

Indiferencia alerta, que no

han determinado el Precio

Marginal de Compra/Venta

de esos días.

I2= (m2/n2) x 100

𝐧𝟐: Número de acciones

de balance realizadas

durante el añomes,

mediante la transacción de

productos normalizados a

corto plazo con transferencia

de título de propiedad de gas

en el PVB, encontrándose el

Índice de Desequilibrio (IDQ)

dentro de la Banda de Aviso.

𝐦𝟐: Número de acciones

de balance realizadas

durante el añomes,

mediante la transacción de

productos normalizados a

corto plazo con transferencia

de título de propiedad de gas

en el PVB, encontrándose el

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

84

Índice de Desequilibrio (IDQ)

dentro de la Banda de Aviso,

que no han determinado el

Precio Marginal de

Compra/Venta de esos días.

Indicadores de eficiencia

de gestión económica:

o Con frecuencia

diaria, Nº de

transacciones con

precio mejor (si

esta en posición

compradora más

baratos, y si esta

en posición

vendedoras más

caros) al obtenido

por el Gestor,

dividido por el

número de

transacciones.

o Con frecuencia

diaria, diferencial

en relación al

mejor precio (si

esta en posición

Page 85: MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE ...³n Técnica del... · 2016. 2. 3. · MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN

MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

85

compradora más

baratos, y si esta

en posición

vendedoras más

caros) entre el

precio medio del

día.

El desvío mensual

se caculará de

manera poderada

tomando como

referencia el

volumen de las

operaciones diarias

del GTS.

Etapa de Consolidación:

se realizará el seguimiento

del Indicador de Eficiencia,

Ie, expresado en %:

Ie= (𝐦𝟏+𝐦𝟐)(𝐧𝟏+𝐧𝟐) x 100

Donde,

𝐧𝟏: Número de acciones

de balance realizadas

durante el añomes,

mediante la transacción de

productos normalizados a

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

86

corto plazo con transferencia

de título de propiedad de gas

en el PVB, encontrándose el

Índice de Desequilibrio (IDQ)

dentro de la Banda de

Indiferencia.

𝐦𝟏: Número de acciones

de balance realizadas

durante el añomes,

mediante la transacción de

productos normalizados a

corto plazo con transferencia

de título de propiedad de gas

en el PVB, encontrándose el

Índice de Desequilibrio (IDQ)

dentro de la Banda de

Indiferencia, que no han

determinado el Precio

Marginal de Compra/Venta

de esos días.

𝐧𝟐: Número de acciones de

balance realizadas durante el

añomes, mediante la

transacción de productos

normalizados a corto plazo

con transferencia de título

de propiedad de gas en el

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

87

PVB, encontrándose el Índice

de Desequilibrio (IDQ)

dentro de la Banda de Aviso.

𝐦𝟐: Número de acciones

de balance realizadas

durante el añomes,

mediante la transacción de

productos normalizados a

corto plazo con transferencia

de título de propiedad de gas

en el PVB, encontrándose el

Índice de Desequilibrio (IDQ)

dentro de la Banda de Aviso,

que no han determinado el

Precio Marginal de

Compra/Venta de esos días.

Indicadores de eficiencia

de gestión económica:

o Con frecuencia

diaria, Nº de

transacciones con

precio mejor (si

esta en posición

compradora más

baratos, y si esta

en posición

Page 88: MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE ...³n Técnica del... · 2016. 2. 3. · MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN

MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

88

vendedoras más

caros) al obtenido

por el Gestor,

dividido por el

número de

transacciones.

o Con frecuencia

diaria, diferencial

en relación al

mejor precio (si

esta en posición

compradora más

baratos, y si esta

en posición

vendedoras más

caros) entre el

precio medio del

día.

El desvío mensual

se cáculara de

manera poderada

tomando como

referencia el

volumen de las

operaciones diarias

del GTS.

Fase Definitiva: el

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

89

indicador de eficiencia a

aplicar en esta fase se

desarrollará una vez

finalizada la evaluación de la

fase de desarrollo.

5,3 OBJETIVO DE DESEMPEÑO COM1

Entendemos que los objetivos de

desempeño deben tener en cuenta que el

GTS debería recibir incentivos (cobrar) si:

Realiza en tiempo y forma la

provisión de información de demanda

a los comercializadores prevista en el art

16 de la Circular con una calidad

adecuada que permita a éstos equilibrar

por sí mismos su cartera de balance, lo

que traería consigo la mínima

intervención del GTS mediante el uso de

acciones de balance.

El índice R (liquidado en el mismo periodo

que se liquiden los costes por acciones de

balance a los comercializadores) refleje

un cobro del sistema.

En caso contrario los incentivos

deberían ser negativos y significar un

pago del GTS a los comercializadores

que son los que habrían soportado el

hipotético desempeño ineficiente del GTS,

tal y como se señala en el art 29.2 b) del

La propuesta está fuera del

ámbito de esta consulta

pública.

Los incentivos son negativos

cuando R es negativo

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90

Reglamento 312/2014.

Adicionalmente, otro de los indicadores

señalado en la circular de Balance para

evaluar la actuación del GTS es la

valoración que de su actuación hagan

los usuarios, por lo que obtener una

buena valoración de los mismos debe ser

otro de los objetivos de desempeño del

GTS. 5,3 OBJETIVO DE DESEMPEÑO COM3

Se considera que deberían simularse el

efecto de diferentes valores de

de K1 y K2.

A valorar por la CNMC

5,3 OBJETIVO DE DESEMPEÑO COM4

Fase de Desarrollo:

Etapa de Monitorización:

Durante esta etapa no se

aplicará ningún objetivo de

desempeño a la toma de

acciones de balance del

Gestor Técnico del Sistema.

Al finalizar la etapa de

Monitorización, el Gestor

Técnico del Sistema realizará

una propuesta de los valores

a aplicar a los distintos

parámetros contemplados en

las etapas y fases

A valorar por la CNCM

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

91

posteriores.

Etapas de Aprendizaje y

Consolidación: según el

valor (%) del Índice de

Eficiencia (Ie) así como del

resultado de los índices

económicos de cada fase,

el objetivo de desempeño

tendrá distinta

consideración:

- Si el valor (%) del Índice

de Eficiencia (Ie) así como

del resultado de los

índices económicos de

cada fase, es mayor que un

valor 𝐊𝟏, el objetivo de

desempeño del Gestor

Técnico del Sistema será

considerado alto.

- Si el valor (%) del Índice

de Eficiencia (Ie) así como

del resultado de los

índices económicos de

cada fase, es mayor que un

valor 𝐊𝟏 y menor que un

valor 𝐊𝟐, el objetivo de

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

92

desempeño del Gestor

Técnico del Sistema será

considerado medio.

- Si el valor (%) del Índice

de Eficiencia (Ie) así como

del resultado de los

índices económicos de

cada fase, es menor que un

valor 𝐊𝟐, el objetivo de

desempeño del Gestor

Técnico del Sistema será

considerado bajo.

Fase Definitiva: el

objetivo de desempeño de

esta fase, se desarrollará

una vez finalizada la

evaluación de la fase de

desarrollo.

5,3 OBJETIVO DE DESEMPEÑO COM7

El objetivo principal de minimizar los

costes de servicios de balance creemos

que choca con la obligación de de

mantener 15 días equivalentes de

existencias de GNL en planta, que

supone un coste de inmovilizado para el

usuario que acabará repercutiendo en el

sistema

Los servicios de balance resultan

imprescindibles

5,4 REGIMEN DE COBROS Y PAGOS

COM1

La realización de cobros y pagos

debería realizarse teniendo en cuenta

los objetivos de desempeño citados

Es el objetivo de la metodología

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

93

anteriormente.

5,4 REGIMEN DE COBROS Y PAGOS

COM3

Se considera que no tiene sentido que el

GTS tenga una cantidad de incentivo

proporcional a: 1) El Saldo neto de los

desbalances individuales de los usuarios,

o 2) El Saldo neto de la compra/venta de

productos en el PVB. Esto supondría un

incentivo perverso para el GTS.

El GTS no puede tener incentivo a que el

“Resultado económico neto del GTS” ®

sea alto.

Proponemos que el incentivo del GTS

(la cantidad anual a cobrar o a pagar)

sea un % de su retribución anual

reconocida.

Justificación:

Se considera que no tiene sentido que el

GTS tenga una cantidad de incentivo

proporcional al saldo neto de los

desbalances individuales de los usuarios

ya que supondría un incentivo

perverso para el GTS. El GTS tendría

incentivo a que el saldo fuera elevado y,

por tanto, incentivo a realizar malas

previsiones de demanda a los usuarios o

a dar peor información. Además, este

A valorar por la CNMC

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

94

saldo siempre será positivo (nunca

negativo).

Adicionalmente, no tiene sentido que el

GTS tenga una cantidad de incentivo

proporcional al saldo neto de la

compra/venta de productos en el PVB ya

que supondría un incentivo perverso para

el GTS. El GTS tendría incentivo a realizar

muchas compraventas de productos y a

no ser eficiente.

5,4 REGIMEN DE COBROS Y PAGOS

COM4

Si el objetivo de desempeño

es alto:

Económico Neto Anual del

GTS”, ®, es superior a

XXXXXXXpositivo, el

Gestor Técnico del Sistema

recibirá el cobro anual, en

concepto de incentivo a la

eficiencia en la selección y

empleo de las acciones de

balance mediante la

transacción de productos

normalizados a corto plazo

Considerando el propio “diseño” del

sisetma de balance (ej.aplicación del

precio más extremo de compra o venta a

los desbalances individuales), es muy

poco probable y realista en un entorno de

gestión eficiente que el parámetro R

tenga un valor negativo. En este sentido,

consideramos que el planteamiento

debería basarse en el resultado total del

parámetro R, y considerando que

practicamente siempre va a tener un

valor positivo. Así, debería plantearse

un sistema de rangos de valor del

parámetro R (en millones de euros),

y en función del rango en el que se

A valorar por la CNCM

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

95

con transferencia de título

de propiedad de gas en el

PVB, de una cantidad

equivalente a un X% del

“Resultado Económico Neto

Anual del GTS”, ®.

Económico Neto Anual del

GTS”, ®, es menor a

XXXXXXX nulo o

negativo, el Gestor Técnico

del Sistema no recibirá cobro

anual alguno en concepto de

incentivo a la eficiencia en la

selección y empleo de las

acciones de balance

mediante la transacción de

productos normalizados a

corto plazo con transferencia

de título de propiedad de gas

en el PVB.

Si el objetivo de desempeño

es medio: El Gestor Técnico

del Sistema no

recibirá/realizará cobro/pago

anual alguno en concepto de

incentivo a la eficiencia en la

sitúe la “R” correpondiente al periodo

analizado resultaría en un incentivo o

penalización o efecto económico nulo.

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

96

selección y empleo de las

acciones de balance

mediante la transacción de

productos normalizados a

corto plazo con transferencia

de título de propiedad de gas

en el PVB.

Si el objetivo de desempeño

es bajo:

Neto Anual del GTS”, ®, es

nulo o positivo mayor a

XXXXX, el Gestor Técnico

del Sistema no recibirá cobro

anual alguno en concepto de

incentivo a la eficiencia en la

selección y empleo de las

acciones de balance

mediante la transacción de

productos normalizados a

corto plazo con transferencia

de título de propiedad de gas

en el PVB.

ultado Económico

Neto Anual del GTS”, ®, es

negativomenor a XXXXX,

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

97

el Gestor Técnico del

Sistema realizará el pago

anual, en concepto de

incentivo a la eficiencia en la

selección y empleo de las

acciones de balance

mediante la transacción de

productos normalizados a

corto plazo con transferencia

de título de propiedad de gas

en el PVB, de una cantidad

equivalente a un X% del

“Resultado Económico Neto

Anual del GTS”, ®.

6.1 ETAPAS DE IMPLEMENTACIÓN COM1

REVISIÓN EN SU

TOTALIDAD

IDEM 5.1 anterior

Ver comentarios anteriores

6.2 OBJETIVO DE DESEMPEÑO COM1

REVISIÓN EN SU

TOTALIDAD

No entendemos adecuado el

establecimiento de un índice de

desempeño que mida en términos

absolutos las desviaciones respecto a los

costes por productos locales/servicios de

balance del año anterior, dado que estas

variaciones pueden deberse a motivos

ajenos al desempeño del GTS, como por

ejemplo: la puesta en marcha de nuevas

infraestructuras que eliminen áreas de

A valorar por la CNCM

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

98

limitación del sistema, una contratación

más ordenada de las entradas por los

comercializadores, cambios en la

localización de la demanda, etc.

Nos parece más oportuno un diseño de

objetivos que trate de mitigar en

cualquier circunstancia en primer lugar

que se tengan que tomar estas acciones y

en segundo término sus costes asociados

para lo que se deberían considerar otros

elementos (como p ej. el uso que se

haga de estaciones de compresión o

de las entradas agrupadas en la zona

(VIPs AASS etc.)

Para la elección del empleo de productos

locales o de la activación de los servicios

de balance, entendemos que debería

hacerse un análisis de los costes

asociados a ambos productos y elegirse el

de mínimo coste para el sistema

6.3 RÉGIMEN DE COBROS Y PAGOS

COM1

REVISIÓN EN SU

TOTALIDAD

Entendemos que tal y como establece el

art 11.1 se la Circular el mecanismos de

cobros y pagos debe: “Establecer un

objetivo de desempeño determinado, de

manera que según sea el desempeño real

del Gestor Técnico del Sistema, superior o

inferior al objetivo predeterminado, se

conformará un cobro del Gestor Técnico

La propuesta incluye cobros y

pagos por parte del GTS

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

99

del Sistema o un pago por el mismo”

Por lo tanto, no se está de acuerdo con

el criterio planteado en el documento

del que sólo se podrán derivar cobros

por parte del GTS.

6.3 RÉGIMEN DE COBROS Y PAGOS COM3

Se considera que el incentivo del GTS (la

cantidad anual a cobrar o a pagar) a la

eficiencia en la selección y empleo de las

acciones de balance realizadas mediante

la transacción de productos locales y/o

servicios de balance debe ser un % de su

retribución anual reconocida.

Justificación:

La propuesta actual supone un incentivo

sólo a cobrar (no a pagar) lo que supone

un incentivo asimétrico que no penaliza el

rendimiento bajo.

Asimismo, el cálculo del valor de EFIC

supone un incentivo (perverso) a

realizar una muy mala gestión el primer

año o en cualquier otro año y cobrar el

complemento de eficiencia en los años

siguientes mediante mejoras sucesivas de

la eficiencia.

A valorar por la CNMC

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MECANISMO DE INCENTIVO A LA EFICIENCIA EN LA SELECCIÓN Y EMPLEO DE LAS ACCIONES DE BALANCE DOCUMENTO DE COMENTARIOS A LA CONSULTA PÚBLICA

100

6.3 RÉGIMEN DE COBROS Y PAGOS

COM4

“El Cobro anual © a recibir

por el Gestor Técnico del

Sistema, en concepto de

incentivo a la eficiencia en la

toma de acciones de balance

mediante la transacción de

productos locales y/o

servicios de balance, será

calculado en función del

Coste Anual de los Productos

y/o Servicios de Balance

(CANLOC), que determina el

valor de EFIC (Euros), y el

Factor de Eficiencia (FEFIC,

cuyo valor estará

comprendido entre 0 y 1),

siendo de aplicación

únicamente a partir de la

Etapa de Consolidación. El

CANLOC considerado en

ningún caso debería de

ser superior al coste del

transporte marítimo

asociado a llevar gas a la

planta situada en la zona

con problemas desde la

planta de regasificación

más cercana. Anualmente

la CNMC cálculara este

valor de referencia.

En primer lugar consideramos que dada la

relevancia del parámetro FEFIC en el

régimen de cobros y pagos establecido, el

documento debería incorporar la formula

de cálculo o parámetros que se utilizará

para su determinación.

Por su parte, los costes inclurridos en la

gestión de problemas locales o por la

contratación de servicios de balance,

consideramos que en ningún caso

deberían de ser superiores a los

costes de transporte marítimo en los

que se hubiera incurrido para llevar

el gas desde una terminal a otra.

A valorar por la CNMC

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101

7. REVISIÓN DE LA METODOLOGÍA

COMENTARIOS GENERALES

1. Creemos que debe establecerse de forma clara qué criterios objetivos se van a fijar para optar por un

tipo de acción de balance u otra (PVB, producto local, servicio de balance).

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102

COMENTARIOS DE DETALLE

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103

EJEMPLO DE AFECCIÓN AL PRECIO DE

REFERENCIA