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25 EL NUEVO SIGLO CLASIFICADOS JUDICIALES MARTES 6 DE OCTUBRE DE 2020 LICENCIAS CURADURIA URBANA 2 Arq. MAURO BAQUERO CASTRO CURADOR Referencia: 11001-2-20-0770 Expedición: 01-oct-20 El Curador Urbano 2 de Bogotá, arquitecto MAU- RO BAQUERO CASTRO, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Adminis- trativo y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido a: GARCIA PIÑEROS MARIA TERESA - PROPIETARIA POSEEDORA CC:51559181, LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN PARA OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, me- diante acto administrativo 11001-2-20-2078 del 01-oct-20 para el predio ubicado en la DG 17 C S 29 A 39 (ACTUAL): Para una edificación en tres (3) pisos de altura destinada a tres (3) unidades de Vivienda Multifamiliar (V.I.S). Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Ordinal K, artículo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los terceros interesados del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. CURADURIA URBANA 2 Arq. MAURO BAQUERO CASTRO CURADOR Referencia: 11001-2-20-1151 Expedición: 01-oct-20 El Curador Urbano 2 de Bogotá, arquitecto MAU- RO BAQUERO CASTRO, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Adminis- trativo y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido a: RODRIGUEZ BENITEZ MARTHA CARLOTA CC:41628681, MODIFICA- CIÓN LICENCIA (VIGENTE) DE CONSTRUCCIÓN, mediante acto administrativo 11001-2-20-2082 del 01-oct-20 para el predio ubicado en la AC 153 7 H 26 (ACTUAL): Para modificar la totalidad de la edificación aprobada, ampliar y reducir parcialmente la totalidad de los pisos aprobados en gestión anterior, quedando una edificación de- sarrollada en cinco pisos donde el segundo nivel se considera no habitable, destinado a estacio- namientos y equipamiento comunal privado, para seis (6) unidades de Vivienda Multifamiliar (NO V.I.S) con tres (3) estacionamientos privados y dos (2) bicicleteros y una (1) unidad de Comercio Vecinal A. Los demás aspectos contenidos en la Licencia de Construcción No. LC 18-4-0711 del 13-08-18 (fecha ejecutoria), se mantienen. Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Ordinal K, artículo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los terceros interesados del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. *P1-1-06 CURADURIA URBANA 3 Arq. ANA MARIA CADENA TOBON CURADORA RADICACIÓN: 11001-3-20-0618 La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-20-0618 de fecha 2020- 07-01 16:00:16, el(los) Señor(es) en calidad de : GONZALEZ TORRES CATHERIN, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urbana LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, Modalidad(es) OBRA NUEVA, para el(los) predio(s) localizado(s) KR 63 57B 58 S(ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. La presente publicación se efectúa a vecinos y/o terceros interesados en el trámite según consta anexo al expediente, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación debera hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto antes citado, radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte - Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX:5336672 CURADURIA URBANA 3 Arq. ANA MARIA CADENA TOBON CURADORA RADICACIÓN: 11001-3-20-0638 La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-20-0638 de fecha 2020- 07-07 16:08:23, el(los) Señor(es) en calidad de : HERRERA DE SALINAS CONCEPCION, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urbana LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, Modalidad(es) OBRA NUE- VA, DEMOLICIÓN TOTAL, para el(los) predio(s) localizado(s) CL 40C S 86F 14(ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. La presente publicación se efectúa a vecinos y/o terceros interesados en el trámite según consta anexo al expediente, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación debera hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto antes citado, radicando el escrito correspondien- te en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte - Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX:5336672 CURADURIA URBANA 3 Arq. ANA MARIA CADENA TOBON CURADORA RADICACIÓN: 11001-3-20-0712 La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-20-0712 de fecha 2020- 07-29 11:11:57, el(los) Señor(es) en calidad de PROPIETARIO: GARCIA SALAZAR LUCILA, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urbana LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, Modalidad(es) AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN, DEMOLICIÓN PARCIAL, REFORZAMIENTO DE ESTRUCTURAS, para el(los) predio(s) localizado(s) KR 74G 57A 63 S(ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIEN- DA UNIFAMILIAR. La presente publicación se efectúa a vecinos y/o terceros interesados en el trámite según consta anexo al expediente, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación debera hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto antes citado, radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte - Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX:5336672 CURADURIA URBANA 3 Arq. ANA MARIA CADENA TOBON CURADORA RADICACIÓN: 11001-3-20-0728 La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-20-0728 de fecha 2020- 07-30 15:11:54, el(los) Señor(es) en calidad de PROPIETARIO: FONTECHA SANCHEZ BLANCA LUCERO, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urba- na LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, Modalidad(es) OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, para el(los) predio(s) localizado(s) KR 67 4D 45(ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIENDA MULTIFA- MILIAR / COMERCIO. La presente publicación se efectúa a vecinos y/o terceros interesados en el trámite según consta anexo al expediente, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación debera hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto antes citado, radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte - Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX:5336672 CURADURIA URBANA 3 Arq. ANA MARIA CADENA TOBON CURADORA RADICACIÓN: 11001-3-20-0753 La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-20-0753 de fecha 2020- 08-14 10:05:28, el(los) Señor(es) en calidad de PROPIETARIO: PARRA RONCANCIO FREDY ALBERTO / PARRA RONCANCIO MAURICIO ALEJANDRO / PARRA RONCANCIO OSCAR JAVIER / RONCANCIO SUSPES MARIA LUCIA, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urbana RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIONES, LICENCIA DE CONSTRUCCION, Modalidad(es) AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN, DEMOLICIÓN PARCIAL, REFORZAMIENTO DE ESTRUCTURAS, para el(los) predio(s) localizado(s) KR 14 95 05 S(ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR / COMERCIO. La presente publicación se efectúa a vecinos y/o terceros interesados en el trámite según consta anexo al expediente, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación debera hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto antes citado, radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte - Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX:5336672 CURADURIA URBANA 3 Arq. ANA MARIA CADENA TOBON CURADORA RADICACIÓN: 11001-3-20-0799 La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-20-0799 de fecha 2020- 08-25 15:18:52, el(los) Señor(es) en calidad de PROPIETARIO: FIDUCIARIA COLPATRIA, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urbana LICENCIA DE URBANISMO, Modalidad(es) DESARROLLO, para el(los) predio(s) localizado(s) AK 3 129 51 S(ACTUAL) / UG 1 LT 1(ACTUAL) / UG 1 LT2(ACTUAL) / UG 1 PARQUE (ACTUAL) / UG 1 VIA USMINIA (ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIENDA UNIFAMILIAR. La presente publicación se efectúa a vecinos y/o terceros interesados en el trámite según consta anexo al expediente, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación debera hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la soli- citud, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto antes citado, radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte - Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX:5336672 CURADURIA URBANA 3 Arq. ANA MARIA CADENA TOBON CURADORA RADICACIÓN: 11001-3-20-0802 La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-20-0802 de fecha 2020- 08-25 16:13:18, el(los) Señor(es) en calidad de PROPIETARIO: FIDUCIARIA COLPATRIA, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urbana LICENCIA DE URBANISMO, Modalidad(es) DESARROLLO, para el(los) predio(s) localizado(s) AK 3 129 51 S(ACTUAL) / UG 1 LT 1(ACTUAL) / UG 1 LT 2(ACTUAL) / UG 1 PARQUE (ACTUAL) / UG 1 USMINIA(ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIENDA UNIFAMILIAR / COMERCIO Y SER- VICIOS. La presente publicación se efectúa a vecinos y/o terceros interesados en el trámite según consta anexo al expediente, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación debera hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la soli- citud, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto antes citado, radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte - Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX:5336672 CURADURIA URBANA 3 Arq. ANA MARIA CADENA TOBON CURADORA RADICACIÓN: 11001-3-20-0844 La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-20-0844 de fecha 2020- 09-02 09:51:06, el(los) Señor(es) en calidad de : AGUILLON GUTIERREZ LUIS ANTONIO / PUERTAS ECHEVERRI MARIA CECILIA, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urbana LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, Modalidad(es) OBRA NUE- VA, DEMOLICIÓN TOTAL, para el(los) predio(s) localizado(s) DG 45 B SUR 51 D 68(ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. La presente publicación se efectúa a vecinos y/o terceros interesados en el trámite según consta anexo al expediente, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación debera hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto antes citado, radicando el escrito correspondien- te en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte - Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX:5336672 CURADURIA URBANA 3 Arq. ANA MARIA CADENA TOBON CURADORA RADICACIÓN: 11001-3-20-0635 La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-20-0635 de fecha 2020- 07-07 11:02:50, el(los) Señor(es) en calidad de : GOMEZ PARADA NOE, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urbana LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, Modalidad(es) OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, para el(los) predio(s) localizado(s) KR 57 162A 52(ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. La presente pu- blicación se efectúa en virtud de la calidad de POSEEDOR del peticionario, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación deberá hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito corres- pondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte – Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX: 5336672. *P1-2-06 CURADURIA URBANA 4 Arq. ADRIANA LOPEZ MONCAYO CURADORA PUBLICACIÓN 4200456 La Curadora Urbana No.4 de Bogotá D.C., ARQ. ADRIANA LÓPEZ MONCAYO , en ejercicio de las facultades legales que le confieren la Ley 388 de Julio 18 de 1997, su Decreto reglamentario 1077 de 2015, el Decreto Distrital 415 de 2015 ,y en virtud de lo consagrado en el Artículo 65 de la ley 9 de 1989, en concordancia con el Artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica a los terceros interesados que se puedan ver afectados con la expedición del acto administrativo que para el expediente en referen- cia este despacho expidió el Acto Administrativo número 11001-4-20-3251 cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: RESUELVE: Otorgar RECONOCIMIENTO DE LA EDIFICA- CIÓN Y LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de DEMOLICIÓN PARCIAL, AM- PLIACIÓN, MODIFICACIÓN, REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL en el predio urbano, estrato: 2 localizado en la dirección KR 149 B 143 B 39 Actual - Chip:AAA0152NMDE - Matrícula Inmobiliaria:50N20052523 de la localidad de Suba-para reconocimiento de una edificación en tres (3) pisos. En la propuesta arquitectónica se modifica para ajustar la edificación a la nor- matividad vigente, de manera que el proyecto quedara así: una edificación en tres (3) pisos de altura destinada a una (1) unidad de Vivienda (No VIS). Titulares: JIMENEZ SOLER ILDA MARIA / ANGEL ENEAS JIMENEZ ARIAS, Constructor Responsable JOSE CAMILO CHAVES ANGULO CC 19150722. Urbanización: BILBAO SEGUNDO SECTOR SECCIONES A B-C-D-E, Manzana: 9 Lote(s): 13Se informa a los terceros interesados que contra el presente acto administrativo pro- cede recurso de reposición ante esta Curaduría y en subsidio de apelación ante la Subsecretaría Distrital de Planeación, dentro de los diez(10) días hábiles siguientes a la presente publicación. *P1-3-06 CURADURIA URBANA 5 Ing. Mariano Pinilla Poveda Bogotá D.C. CURADURIA URBANA 5 Ing. MARIANO PINILLA POVEDA CURADOR COMUNICACIÓN A VECINOS, POSEEDORES, COMUNEROS, TERCEROS INTERESADOS Y ACREEDOR HIPOTECARIO: CURADOR URBANO N.º 5 ING. MARIANO PINILLA POVEDA PORTA 100: TV 22 98-82/26. De conformidad a lo dispuesto en el Artículo 2.2.6.1.2.2.1 del De- creto 1077 de 2015, comunica a los propietarios, acreedores hipotecarios, poseedores o tenedores de los inmuebles colindantes a los predios objeto de las solicitudes, que ante esta Curaduría Urbana se han presentado las siguientes solicitudes de licencia. (Se indican en orden N.º de expediente, tipo de trámite, Dirección, Uso, Titular y fecha de radicación). 11001-5-20-0266: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, APROBACIÓN PLANOS ALINDERAMIEN- TO Y CUADRO ÁREAS PH, CERRAMIENTO para el predio ubicado en CL 32 S 52 A 54 (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. Propietario (a): JAIRO ENRIQUE RUIZ MORENO (Identificado (a) con el c.c. /NIT: 17161629). Fecha Radicación marzo 06 de 2020. 11001-5-20-0614: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la modalidad de MODIFICACIÓN, AMPLIA- CIÓN, DEMOLICIÓN PARCIAL para el predio ubicado en KR 122 D 129 B 60 (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. Propietario (a): AGRUPACION DE VIVIENDA LAS GAVIOTAS SEGUNDA ETAPA PH (Identificado (a) con el c.c. /NIT: 830088870-0). Fecha Radicación agosto 03 de 2020. Lo anterior con el fin de que si lo desea se haga parte dentro del trámite mencionado y haga valer sus derechos de acuerdo con los Artículos 29 y 30 del Decreto 1469 de 2010 compilado por el de- creto 1077 de 2015, hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Conforme con el Parágrafo del Artículo 30 del Decreto 1469 de 2010 compilado por el decreto 1077 de 2015, “Las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanís- ticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas Observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud.” *P1-4-06 NOTARIAS EDICTO El suscrito Notario Cuarenta y Uno (41) Encar- gado del Círculo de Bogotá D.C., EMPLAZA a todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el trámite notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA POR CAUSA DE MUERTE del cau- sante ARTURO GUTIERREZ TORRES, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 10.062.783 expedida en Pereira, quien falleció el veintitrés (23) de mayo de dos mil veinte (2.020) teniendo su último domicilio y asiento principal de negocios en la ciudad de Bogotá, Distrito Capital, (Departamento de Cundinamarca). Mediante Acta Inicial cero treinta y siete I dos mil veinte (037 I / 2020) del veintinueve (29) de septiembre de dos mil veinte (2020), donde se aprobó el trámite, se ordenó publicar este EDICTO por una vez en un periódico de circulación Nacional; difundirlo igualmente a través de una emisora Local y; fijarlo por el término de DIEZ (10) DÍAS en sitio visible de la Notaría. El presente EDICTO se fija a las ocho y treinta de la mañana (8:30 a.m.) del día treinta (30) de septiembre de dos mil veinte (2020). MARIO ALBEIRO MOLINA DIAZ Notario 41 Encargado Resolución 06953 del 31 de agosto de 2020, la cual modifico la Resolución 06814 del 27 de agosto de 2020 de la Supernotariado. Acta de Posesión 660/2020. HAY UN SELLO *P1-1-06 EDICTO LA NOTARIA SESENTA Y SIETE (67) ENCARGADA DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral del (la) (los) causante(s) LEONOR SALGAR DE SILVA, quien en vida se identificó con C.C. No. 20.208.757 de Bogotá, D.C., quien falleció el día 11 de Mayo del año 2010 en la ciudad de Bogotá D. C., siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D. C. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número 0082 de fecha 3 de Octu- bre del año 2020 se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora, en cumplimiento de lo dispues- to por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 3 de Octubre del año 2020 a las 8:30 a.m. ANA LUCIA JOJOA JOJOA NOTARIA SESENTA Y SIETE (67) ENCARGADA DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. Según resolución número 08079 de fecha primero (1) de Octubre de dos mil veinte (2020) expedida por la Super- intendencia de Notariado y Registro. HAY UN SELLO *J2-1-06 NOTARIA 47 DEL CIRCULO DE BOGOTA ALAIN DUPORT JARAMILLO NOTARIO EDICTO El Notario Cuarenta y Siete (47) da inicio al trámite notarial de liquidación de la herencia y liquidación de la sociedad conyugal de el cau- sante ANGELO CARMELO ROVIDA IANNINI, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 17.199.231 de Bogotá D.C.. cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Bogotá, D.C., quien falleció el día tres (13) de Noviembre de dos mil diecisiete (2017), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. Del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el dia treinta (30) de sep- tiembre de dos mil veinte (2020) a las 08:00 a.m. ALAIN DUPORT JARAMILLO NOTARIA CUARENTA Y SIETE (47) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. Decreto 479 de 2020 El presente se desfija hoy catorce (14) de Octubre del año Dos mil veinte (2020) por el(la) suscrito(a) Notario(a), a las 5:30 p.m. HAY UN SELLO *J2-2-06 NOTARIA 9 ELSA VILLALOBOS SARMIENTO Notaria EDICTO LA NOTARIA NOVENA (9a) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro del trámite notarial de liquidación de herencia intestada del Causante IVAN OLANO HENAO, quien en vida se identifica- ba con cédula de ciudadanía número 16.606.550, fallecido el veintiuno (21) de julio del año dos mil once (2011) en el corregimiento de Cherry Hill, estado de New Jersey (Estados Unidos de Norte América), siendo la ciudad de Bogotá D.C, el asiento principal de sus negocios, para que lo hagan dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de este edicto, y cuyo trámite sucesoral fue aceptado mediante ACTA NÚMERO 53 de fecha dos (2) de octubre del año dos mil veinte (2020). Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una emisora de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su publicación en un lugar visible de la notaría por el término de diez (10) días. ELSA VILLALOBOS SARMIENTO NOTARIA NOVENA (9a) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, D.C. Se fija hoy, dos (2) de octubre del año dos mil veinte (2020) Desfijado el día catorce (14) de octubre del año dos mil veinte (2020) HAY UN SELLO *J2-3-06 EDICTO EL NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE MOSQUERA CUND EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el Trámite Notarial del causante ALEXANDER JUNCO MONTAÑA, quien en vida se identificó con la Cédula de Ciudadanía No 80.441.290 DE BOGOTÁ D.C., fallecido el día 24 de Abril de 2.020 en la ciudad de Bogotá D.C., siendo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios el Municipio de Mosquera – Cundinamarca. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante ACTA No. 0022/2020 de fecha VEIN- TINUEVE (29) días del mes de SEPTIEMBRE del año DOS MIL VEINTE (2.020). Se ordena la publicación del presente Edicto en un Periódico de amplia circulación nacional y en la Radiodifusora de esta localidad, conforme a lo dispuesto en el ART. 3° DEL DECRETO 902 DE 1.988, y además, su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de DIEZ (10) DIAS. El presente Edicto SE FIJA HOY a los TREINTA (30) día del mes de SEPTIEMBRE del año DOS MIL VEINTE (2.020), siendo las OCHO DE LA MAÑANA (8:00 A.M.) WILLIAM ORLANDO ZAMBRANO ROJAS NOTARIO HAY UN SELLO *P1-4-06 EDICTO EL NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE MOS- QUERA CUND EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el Trámite de la causante STELLA FRANCO SUSATAMA quien en vida se identificó con la Cédula de Ciudadanía No. 41.532.669 expedida en Bogotá D.C., fallecida el día siete (07) de febrero de dos mil veinte (2020) en el Municipio de Madrid - Cundinamarca, siendo su ultimo domicilio y el asiento principal de los negocios el Municipio de Mosquera - Cundinamarca. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA No. 023/2020 de fecha VEIN- TINUEVE (29) de SEPTIEMBRE del año DOS MIL VEINTE (2.020). Se ordena la publicación del presente Edicto en un Periódico de amplia circulación nacional y en la Radiodifusora de esta localidad, conforme a lo dispuesto en el ART. 3° DEL DECRETO 902 DE 1.988, y además, su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de DIEZ (10) DÍAS. El presente Edicto SE FIJA HOY a los TREINTA (30) dias del mes de SEPTIEMBRE del año DOS MIL VEINTE (2.020), siendo las OCHO DE LA MAÑANA (8:00 A.M.) WILLIAM ORLANDO ZAMBRANO ROJAS NOTARIO HAY UN SELLO *P1-5-06 EDICTO EL NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE MOSQUERA CUND EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el Trámite Notarial de la causante MARIA DEL CARMEN DELGADO DE FORERO, quien en vida se identificó con la Cédula de Ciudadanía No 41.768.956 DE BOGOTA D.C., fallecida el dia 12 de Noviembre de 2.018 en la ciudad de Bogotá D.C., siendo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios el Municipio de Mosquera - Cundinamarca. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA No. 0021/2020 de fecha VEIN- TINUEVE (29) días del mes de SEPTIEMBRE del año DOS MIL VEINTE (2.020). Se ordena la publicación del presente Edicto en un Periódico de amplia circulación nacional y en la Radiodifusora de esta localidad, conforme a lo dispuesto en el ART. 3° DEL DECRETO 902 DE 1.988, y además, su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de DIEZ (10) DÍAS. El presente Edicto SE FIJA HOY a los TREINTA (30) día del mes de SEPTIEMBRE del año DOS MIL VEINTE (2.020), siendo las OCHO DE LA MAÑANA (8:00 A.M.) WILLIAM ORLANDO ZAMBRANO ROJAS NOTARIO HAY UN SELLO *P1-6-06

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25EL NUEVO SIGLO clasificados JUdicialEsmartes 6 de octubre de 2020

LICENCIAS

CURADURIA URBANA 2Arq. MAURO BAQUERO CASTRO

CURADORReferencia: 11001-2-20-0770

Expedición: 01-oct-20El Curador Urbano 2 de Bogotá, arquitecto MAU-RO BAQUERO CASTRO, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Adminis-trativo y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido a: GARCIA PIÑEROS MARIA TERESA - PROPIETARIA POSEEDORA CC:51559181, LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN PARA OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, me-diante acto administrativo 11001-2-20-2078 del 01-oct-20 para el predio ubicado en la DG 17 C S 29 A 39 (ACTUAL): Para una edificación en tres (3) pisos de altura destinada a tres (3) unidades de Vivienda Multifamiliar (V.I.S).Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Ordinal K, artículo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los terceros interesados del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado.

CURADURIA URBANA 2Arq. MAURO BAQUERO CASTRO

CURADORReferencia: 11001-2-20-1151

Expedición: 01-oct-20El Curador Urbano 2 de Bogotá, arquitecto MAU-RO BAQUERO CASTRO, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Adminis-trativo y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido a: RODRIGUEZ BENITEZ MARTHA CARLOTA CC:41628681, MODIFICA-CIÓN LICENCIA (VIGENTE) DE CONSTRUCCIÓN, mediante acto administrativo 11001-2-20-2082 del 01-oct-20 para el predio ubicado en la AC 153 7 H 26 (ACTUAL): Para modificar la totalidad de la edificación aprobada, ampliar y reducir parcialmente la totalidad de los pisos aprobados en gestión anterior, quedando una edificación de-sarrollada en cinco pisos donde el segundo nivel se considera no habitable, destinado a estacio-namientos y equipamiento comunal privado, para seis (6) unidades de Vivienda Multifamiliar (NO V.I.S) con tres (3) estacionamientos privados y dos (2) bicicleteros y una (1) unidad de Comercio Vecinal A. Los demás aspectos contenidos en la Licencia de Construcción No. LC 18-4-0711 del 13-08-18 (fecha ejecutoria), se mantienen.Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Ordinal K, artículo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los terceros interesados del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado.

*P1-1-06

CURADURIA URBANA 3Arq. ANA MARIA CADENA TOBON

CURADORARADICACIÓN: 11001-3-20-0618

La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-20-0618 de fecha 2020-07-01 16:00:16, el(los) Señor(es) en calidad de : GONZALEZ TORRES CATHERIN, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urbana LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, Modalidad(es) OBRA NUEVA, para el(los) predio(s) localizado(s) KR 63 57B 58 S(ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. La presente publicación se efectúa a vecinos y/o terceros interesados en el trámite según consta anexo al expediente, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación debera hacerla hasta antes de la

expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto antes citado, radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte - Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX:5336672

CURADURIA URBANA 3Arq. ANA MARIA CADENA TOBON

CURADORARADICACIÓN: 11001-3-20-0638

La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-20-0638 de fecha 2020-07-07 16:08:23, el(los) Señor(es) en calidad de : HERRERA DE SALINAS CONCEPCION, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urbana LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, Modalidad(es) OBRA NUE-VA, DEMOLICIÓN TOTAL, para el(los) predio(s) localizado(s) CL 40C S 86F 14(ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. La presente publicación se efectúa a vecinos y/o terceros interesados en el trámite según consta anexo al expediente, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación debera hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto antes citado, radicando el escrito correspondien-te en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte - Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX:5336672

CURADURIA URBANA 3Arq. ANA MARIA CADENA TOBON

CURADORARADICACIÓN: 11001-3-20-0712

La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-20-0712 de fecha 2020-07-29 11:11:57, el(los) Señor(es) en calidad de PROPIETARIO: GARCIA SALAZAR LUCILA, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urbana LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, Modalidad(es) AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN, DEMOLICIÓN PARCIAL, REFORZAMIENTO DE ESTRUCTURAS, para el(los) predio(s) localizado(s) KR 74G 57A 63 S(ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIEN-DA UNIFAMILIAR. La presente publicación se efectúa a vecinos y/o terceros interesados en el trámite según consta anexo al expediente, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación debera hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto antes citado, radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte - Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX:5336672

CURADURIA URBANA 3Arq. ANA MARIA CADENA TOBON

CURADORARADICACIÓN: 11001-3-20-0728

La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-20-0728 de fecha 2020-07-30 15:11:54, el(los) Señor(es) en calidad de PROPIETARIO: FONTECHA SANCHEZ BLANCA LUCERO, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urba-na LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, Modalidad(es) OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, para el(los) predio(s) localizado(s) KR 67 4D 45(ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIENDA MULTIFA-MILIAR / COMERCIO. La presente publicación se efectúa a vecinos y/o terceros interesados en el trámite según consta anexo al expediente, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación debera hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto antes citado, radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte - Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX:5336672

CURADURIA URBANA 3Arq. ANA MARIA CADENA TOBON

CURADORARADICACIÓN: 11001-3-20-0753

La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-20-0753 de fecha 2020-08-14 10:05:28, el(los) Señor(es) en calidad de PROPIETARIO: PARRA RONCANCIO FREDY ALBERTO / PARRA RONCANCIO MAURICIO ALEJANDRO / PARRA RONCANCIO OSCAR JAVIER / RONCANCIO SUSPES MARIA LUCIA, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urbana RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIONES, LICENCIA DE CONSTRUCCION, Modalidad(es) AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN, DEMOLICIÓN PARCIAL, REFORZAMIENTO DE ESTRUCTURAS, para el(los) predio(s) localizado(s) KR 14 95 05

S(ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR / COMERCIO. La presente publicación se efectúa a vecinos y/o terceros interesados en el trámite según consta anexo al expediente, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación debera hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto antes citado, radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte - Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX:5336672

CURADURIA URBANA 3Arq. ANA MARIA CADENA TOBON

CURADORARADICACIÓN: 11001-3-20-0799

La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-20-0799 de fecha 2020-08-25 15:18:52, el(los) Señor(es) en calidad de PROPIETARIO: FIDUCIARIA COLPATRIA, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urbana LICENCIA DE URBANISMO, Modalidad(es) DESARROLLO, para el(los) predio(s) localizado(s) AK 3 129 51 S(ACTUAL) / UG 1 LT 1(ACTUAL) / UG 1 LT2(ACTUAL) / UG 1 PARQUE (ACTUAL) / UG 1 VIA USMINIA (ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIENDA UNIFAMILIAR. La presente publicación se efectúa a vecinos y/o terceros interesados en el trámite según consta anexo al expediente, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación debera hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la soli-citud, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto antes citado, radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte - Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX:5336672

CURADURIA URBANA 3Arq. ANA MARIA CADENA TOBON

CURADORARADICACIÓN: 11001-3-20-0802

La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-20-0802 de fecha 2020-08-25 16:13:18, el(los) Señor(es) en calidad de PROPIETARIO: FIDUCIARIA COLPATRIA, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urbana LICENCIA DE URBANISMO, Modalidad(es) DESARROLLO, para el(los) predio(s) localizado(s) AK 3 129 51 S(ACTUAL) / UG 1 LT 1(ACTUAL) / UG 1 LT 2(ACTUAL) / UG 1 PARQUE (ACTUAL) / UG 1 USMINIA(ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIENDA UNIFAMILIAR / COMERCIO Y SER-VICIOS. La presente publicación se efectúa a vecinos y/o terceros interesados en el trámite según consta anexo al expediente, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación debera hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la soli-citud, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto antes citado, radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte - Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX:5336672

CURADURIA URBANA 3Arq. ANA MARIA CADENA TOBON

CURADORARADICACIÓN: 11001-3-20-0844

La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-20-0844 de fecha 2020-09-02 09:51:06, el(los) Señor(es) en calidad de : AGUILLON GUTIERREZ LUIS ANTONIO / PUERTAS ECHEVERRI MARIA CECILIA, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urbana LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, Modalidad(es) OBRA NUE-VA, DEMOLICIÓN TOTAL, para el(los) predio(s) localizado(s) DG 45 B SUR 51 D 68(ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. La presente publicación se efectúa a vecinos y/o terceros interesados en el trámite según consta anexo al expediente, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación debera hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto antes citado, radicando el escrito correspondien-te en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte - Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX:5336672

CURADURIA URBANA 3Arq. ANA MARIA CADENA TOBON

CURADORARADICACIÓN: 11001-3-20-0635

La Curadora Urbana 3 de Bogotá, arquitecta ANA MARÍA CADENA TOBÓN en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, comunica a vecinos y

terceros interesados en el trámite, que mediante la radicación 11001-3-20-0635 de fecha 2020-07-07 11:02:50, el(los) Señor(es) en calidad de : GOMEZ PARADA NOE, ha(n) radicado ante esta Curaduría Urbana LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, Modalidad(es) OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, para el(los) predio(s) localizado(s) KR 57 162A 52(ACTUAL), con uso(s) propuesto(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. La presente pu-blicación se efectúa en virtud de la calidad de POSEEDOR del peticionario, para que en caso de así considerarlo puedan hacerse parte del trámite la(s) persona(s) que considere(n) que se puede(n) ver afectada(s) por la decisión tomada por este despacho, su participación deberá hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito corres-pondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 3, ubicada en la Autopista Norte – Av. Cra. 45 No. 95-31/45 Teléfono 5190660 FAX: 5336672.

*P1-2-06

CURADURIA URBANA 4Arq. ADRIANA LOPEZ MONCAYO

CURADORAPUBLICACIÓN 4200456

La Curadora Urbana No.4 de Bogotá D.C., ARQ. ADRIANA LÓPEZ MONCAYO , en ejercicio de las facultades legales que le confieren la Ley 388 de Julio 18 de 1997, su Decreto reglamentario 1077 de 2015, el Decreto Distrital 415 de 2015 ,y en virtud de lo consagrado en el Artículo 65 de la ley 9 de 1989, en concordancia con el Artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica a los terceros interesados que se puedan ver afectados con la expedición del acto administrativo que para el expediente en referen-cia este despacho expidió el Acto Administrativo número 11001-4-20-3251 cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: RESUELVE: Otorgar RECONOCIMIENTO DE LA EDIFICA-CIÓN Y LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de DEMOLICIÓN PARCIAL, AM-PLIACIÓN, MODIFICACIÓN, REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL en el predio urbano, estrato: 2 localizado en la dirección KR 149 B 143 B 39 Actual - Chip:AAA0152NMDE - Matrícula Inmobiliaria:50N20052523 de la localidad de Suba-para reconocimiento de una edificación en tres (3) pisos. En la propuesta arquitectónica se modifica para ajustar la edificación a la nor-matividad vigente, de manera que el proyecto quedara así: una edificación en tres (3) pisos de altura destinada a una (1) unidad de Vivienda (No VIS). Titulares: JIMENEZ SOLER ILDA MARIA / ANGEL ENEAS JIMENEZ ARIAS, Constructor Responsable JOSE CAMILO CHAVES ANGULO CC 19150722. Urbanización: BILBAO SEGUNDO SECTOR SECCIONES A B-C-D-E, Manzana: 9 Lote(s): 13Se informa a los terceros interesados que contra el presente acto administrativo pro-cede recurso de reposición ante esta Curaduría y en subsidio de apelación ante la Subsecretaría Distrital de Planeación, dentro de los diez(10) días hábiles siguientes a la presente publicación.

*P1-3-06

CURADURIA URBANA 5Ing. mariano Pinilla Poveda

bogotá d.c.

CURADURIA URBANA 5Ing. MARIANO PINILLA POVEDA

CURADORCOMUNICACIÓN A VECINOS, POSEEDORES, COMUNEROS, TERCEROS INTERESADOS Y ACREEDOR HIPOTECARIO:CURADOR URBANO N.º 5 ING. MARIANO PINILLA POVEDAPORTA 100: TV 22 98-82/26. De conformidad a lo dispuesto en el Artículo 2.2.6.1.2.2.1 del De-creto 1077 de 2015, comunica a los propietarios, acreedores hipotecarios, poseedores o tenedores de los inmuebles colindantes a los predios objeto de las solicitudes, que ante esta Curaduría Urbana se han presentado las siguientes solicitudes de licencia. (Se indican en orden N.º de expediente, tipo de trámite, Dirección, Uso, Titular y fecha de radicación).11001-5-20-0266: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, APROBACIÓN PLANOS ALINDERAMIEN-TO Y CUADRO ÁREAS PH, CERRAMIENTO para el predio ubicado en CL 32 S 52 A 54 (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. Propietario (a): JAIRO ENRIQUE RUIZ MORENO (Identificado (a) con el c.c. /NIT: 17161629). Fecha Radicación marzo 06 de 2020.11001-5-20-0614: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la modalidad de MODIFICACIÓN, AMPLIA-CIÓN, DEMOLICIÓN PARCIAL para el predio ubicado en KR 122 D 129 B 60 (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. Propietario (a): AGRUPACION DE VIVIENDA LAS GAVIOTAS SEGUNDA ETAPA PH (Identificado (a) con el c.c. /NIT: 830088870-0). Fecha Radicación agosto 03 de 2020.Lo anterior con el fin de que si lo desea se haga parte dentro del trámite mencionado y haga valer sus derechos de acuerdo con los Artículos 29 y 30 del Decreto 1469 de 2010 compilado por el de-creto 1077 de 2015, hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud.Conforme con el Parágrafo del Artículo 30 del Decreto 1469 de 2010 compilado por el decreto 1077 de 2015, “Las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanís-

ticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas Observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud.”

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NOTARIASEDICTO El suscrito Notario Cuarenta y Uno (41) Encar-gado del Círculo de Bogotá D.C., EMPLAZA a todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el trámite notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA POR CAUSA DE MUERTE del cau-sante ARTURO GUTIERREZ TORRES, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 10.062.783 expedida en Pereira, quien falleció el veintitrés (23) de mayo de dos mil veinte (2.020) teniendo su último domicilio y asiento principal de negocios en la ciudad de Bogotá, Distrito Capital, (Departamento de Cundinamarca). Mediante Acta Inicial cero treinta y siete I dos mil veinte (037 I / 2020) del veintinueve (29) de septiembre de dos mil veinte (2020), donde se aprobó el trámite, se ordenó publicar este EDICTO por una vez en un periódico de circulación Nacional; difundirlo igualmente a través de una emisora Local y; fijarlo por el término de DIEZ (10) DÍAS en sitio visible de la Notaría. El presente EDICTO se fija a las ocho y treinta de la mañana (8:30 a.m.) del día treinta (30) de septiembre de dos mil veinte (2020). MARIO ALBEIRO MOLINA DIAZ Notario 41 Encargado Resolución 06953 del 31 de agosto de 2020, la cual modifico la Resolución 06814 del 27 de agosto de 2020 de la Supernotariado. Acta de Posesión 660/2020.

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EDICTO LA NOTARIA SESENTA Y SIETE (67) ENCARGADA DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral del (la) (los) causante(s) LEONOR SALGAR DE SILVA, quien en vida se identificó con C.C. No. 20.208.757 de Bogotá, D.C., quien falleció el día 11 de Mayo del año 2010 en la ciudad de Bogotá D. C., siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D. C. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número 0082 de fecha 3 de Octu-bre del año 2020 se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora, en cumplimiento de lo dispues-to por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 3 de Octubre del año 2020 a las 8:30 a.m. ANA LUCIA JOJOA JOJOA NOTARIA SESENTA Y SIETE (67) ENCARGADA DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. Según resolución número 08079 de fecha primero (1) de Octubre de dos mil veinte (2020) expedida por la Super-intendencia de Notariado y Registro.

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NOTARIA 47 DEL CIRCULO DE BOGOTAALAIN DUPORT JARAMILLONOTARIOEDICTO El Notario Cuarenta y Siete (47) da inicio al trámite notarial de liquidación de la herencia y liquidación de la sociedad conyugal de el cau-sante ANGELO CARMELO ROVIDA IANNINI, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 17.199.231 de Bogotá D.C.. cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Bogotá, D.C., quien falleció el día tres (13) de Noviembre de dos mil diecisiete (2017), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. Del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el dia treinta (30) de sep-tiembre de dos mil veinte (2020) a las 08:00 a.m. ALAIN DUPORT JARAMILLO NOTARIA CUARENTA Y SIETE (47) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.Decreto 479 de 2020 El presente se desfija hoy catorce (14) de Octubre del año Dos mil veinte (2020) por el(la) suscrito(a) Notario(a), a las 5:30 p.m.

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NOTARIA 9 ELSA VILLALOBOS SARMIENTO Notaria EDICTO LA NOTARIA NOVENA (9a) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro del trámite notarial de liquidación de herencia intestada del Causante

IVAN OLANO HENAO, quien en vida se identifica-ba con cédula de ciudadanía número 16.606.550, fallecido el veintiuno (21) de julio del año dos mil once (2011) en el corregimiento de Cherry Hill, estado de New Jersey (Estados Unidos de Norte América), siendo la ciudad de Bogotá D.C, el asiento principal de sus negocios, para que lo hagan dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de este edicto, y cuyo trámite sucesoral fue aceptado mediante ACTA NÚMERO 53 de fecha dos (2) de octubre del año dos mil veinte (2020). Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una emisora de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su publicación en un lugar visible de la notaría por el término de diez (10) días. ELSA VILLALOBOS SARMIENTO NOTARIA NOVENA (9a) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, D.C. Se fija hoy, dos (2) de octubre del año dos mil veinte (2020) Desfijado el día catorce (14) de octubre del año dos mil veinte (2020)

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EDICTO EL NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE MOSQUERA CUND EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el Trámite Notarial del causante ALEXANDER JUNCO MONTAÑA, quien en vida se identificó con la Cédula de Ciudadanía No 80.441.290 DE BOGOTÁ D.C., fallecido el día 24 de Abril de 2.020 en la ciudad de Bogotá D.C., siendo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios el Municipio de Mosquera – Cundinamarca. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante ACTA No. 0022/2020 de fecha VEIN-TINUEVE (29) días del mes de SEPTIEMBRE del año DOS MIL VEINTE (2.020). Se ordena la publicación del presente Edicto en un Periódico de amplia circulación nacional y en la Radiodifusora de esta localidad, conforme a lo dispuesto en el ART. 3° DEL DECRETO 902 DE 1.988, y además, su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de DIEZ (10) DIAS. El presente Edicto SE FIJA HOY a los TREINTA (30) día del mes de SEPTIEMBRE del año DOS MIL VEINTE (2.020), siendo las OCHO DE LA MAÑANA (8:00 A.M.) WILLIAM ORLANDO ZAMBRANO ROJAS NOTARIO

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EDICTO EL NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE MOS-QUERA CUND EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el Trámite de la causante STELLA FRANCO SUSATAMA quien en vida se identificó con la Cédula de Ciudadanía No. 41.532.669 expedida en Bogotá D.C., fallecida el día siete (07) de febrero de dos mil veinte (2020) en el Municipio de Madrid - Cundinamarca, siendo su ultimo domicilio y el asiento principal de los negocios el Municipio de Mosquera - Cundinamarca. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA No. 023/2020 de fecha VEIN-TINUEVE (29) de SEPTIEMBRE del año DOS MIL VEINTE (2.020). Se ordena la publicación del presente Edicto en un Periódico de amplia circulación nacional y en la Radiodifusora de esta localidad, conforme a lo dispuesto en el ART. 3° DEL DECRETO 902 DE 1.988, y además, su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de DIEZ (10) DÍAS. El presente Edicto SE FIJA HOY a los TREINTA (30) dias del mes de SEPTIEMBRE del año DOS MIL VEINTE (2.020), siendo las OCHO DE LA MAÑANA (8:00 A.M.) WILLIAM ORLANDO ZAMBRANO ROJAS NOTARIO

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EDICTO EL NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE MOSQUERA CUND EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el Trámite Notarial de la causante MARIA DEL CARMEN DELGADO DE FORERO, quien en vida se identificó con la Cédula de Ciudadanía No 41.768.956 DE BOGOTA D.C., fallecida el dia 12 de Noviembre de 2.018 en la ciudad de Bogotá D.C., siendo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios el Municipio de Mosquera - Cundinamarca. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA No. 0021/2020 de fecha VEIN-TINUEVE (29) días del mes de SEPTIEMBRE del año DOS MIL VEINTE (2.020). Se ordena la publicación del presente Edicto en un Periódico de amplia circulación nacional y en la Radiodifusora de esta localidad, conforme a lo dispuesto en el ART. 3° DEL DECRETO 902 DE 1.988, y además, su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de DIEZ (10) DÍAS. El presente Edicto SE FIJA HOY a los TREINTA (30) día del mes de SEPTIEMBRE del año DOS MIL VEINTE (2.020), siendo las OCHO DE LA MAÑANA (8:00 A.M.) WILLIAM ORLANDO ZAMBRANO ROJAS NOTARIO

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Page 2: martes 6 de octubre clasificados JUdicialEs L UEVO IGLO 25€¦ · 2 days ago  · hay un sello diego giraldo samper propietario del *v1-2-06 notarÍa cuarta (4ª) del cÍrculo de

clasificados JUdicialEs26 EL NUEVO SIGLO martes 6 de octubre de 2020

LA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE VILLAPIN-ZÓN EN PROPIEDAD, POR EL PRESENTE EDICTO CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite de liquidación de sucesión intestada de los cau-santes LUIS CARDENAS GUEVARA y CARMEN RODRÍGUEZ DE CARDENAS, quienes en vida se identificaron con las cédulas de ciudadanía números 447.847 y 21.099.565, fallecidos los días 30 de Septiembre de 1991 y 07 de Mayo de 2007 en el Municipio de Villapinzón, quienes tuvieron como lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Villapinzón. Aceptado el trámite en esta Notaría mediante acta número 012 de fecha treinta (30) de septiembre del año dos mil veinte (2020) y reconociendo a los señores: MIGUEL DARIO RODRÍGUEZ, identificado con la cédula de ciudadanía numero 79.270.923 y DIEGO MARIN ROJAS RODRÍGUEZ, identificado con la cédula de ciudadanía número 80.376.981, quienes actúan en su calidad de cesionarios de derechos herenciales; se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora de cobertura en el municipio de Villapinzón Cundinamarca y se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo por el término de diez (10) días. – Hoy primero (01) d e Octubre del año dos mil veinte (2020) siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). La Notaria, EDDY JAZMÍN CASTELLANOS BONILLA Notaria Única del Círculo de Villapinzón - En Propiedad

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EDICTO EL NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE TABIO EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación herencial DEL CAUSANTE, JUSTO PASTOR CHISCO GON-ZALEZ (Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con la ce ciudadanía número 407.420. Siendo, según solicitud, el último domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Tabio, Cundinamarca. Aceptado el tramite respectivo en esta notaria, mediante acta número setenta y nueve (79) de fecha dieciocho (18) de septiembre del año dos mil veinte (2020), se ordena la publicación del EDICTO en un periódico de amplia circulación, y en la radiodifusora local en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3 del decreto 902 de 1988 y, además, su fijación en lugar visible de la notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy veintidós (22) de septiembre del dos mil veinte (2020) a las siete y treinta de la mañana, El Notario, NESTOR OMAR MARTINEZ MELO NOTARIO UNICO DE TABIO

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EDICTO EL NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE TABIO ENTRUM EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación herencial DE LA CAUSANTE, ELVIA LOURDES MARCHAN ALBARRACIN, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 51.574.020. Siendo, según solicitud, el último domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Tabio, Cundinamarca. Aceptado el trámite respectivo en esta notaria, mediante acta número ochenta (80) de fecha veinticuatro (24) de septiembre del dos mil veinte (2020), se ordena la publicación del EDICTO en un periódico de amplia circulación, y en la radiodifusora local en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3 del decreto 902 de 1988 y, además, su fijación en lugar visible de la notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy veinticinco (25) de septiembre del dos mil veinte (2020) a las siete y treinta de la mañana. El Notario, NESTOR OMAR MARTINEZ MELO NOTARIO UNICO DE TABIO

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EDICTO EL NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE TABIO EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación herencial DEL

CAUSANTE, JORGE OMAR ORTEGA GUTIERREZ, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 19.281.296., siendo, según solicitud, su último domicilio y asiento principal de sus negocios en el municipio de Tabio, Cundinamarca. Aceptado el trámite respectivo en esta notaria, mediante acta número ochenta y uno (81) del veinticinco (25) de septiembre del dos mil veinte (2020), se ordena la publicación del EDICTO en un periódico de amplia circulación, y en la radio-difusora local en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3 del decreto 902 de 1988 y, además, su fijación en lugar visible de la notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy veintinueve (29) de septiembre del dos mil veinte (2020) a las siete y treinta de la mañana. El Notario, NESTOR OMAR MARTINEZ MELO NOTARIO UNICO DE TABIO

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EDICTO EL NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE TABIO EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación herencial DE LA CAUSANTE, LIGIA MARIA FORERO DE SANCHEZ, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 20.327.272, siendo, según solicitud, su último domicilio y asiento principal de sus negocios en el municipio de Tabio, Cundinamarca. Aceptado el trámite respectivo en esta notaria, mediante acta número ochenta y tres (83) del treinta (30) de septiembre del dos mil veinte (2020), se ordena la publicación del EDICTO en un periódico de amplia circulación, y en la radio-difusora local en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3 del decreto 902 de 1988 y, además, su fijación en lugar visible de la notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy primero (01) de octubre del dos mil veinte (2020) a las siete y treinta de la mañana. El Notario, NESTOR OMAR MARTINEZ MELO NOTARIO UNICO DE TABIO

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EDICTO EL NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE TABIO EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación herencial DEL CAUSANTE, DIDASIO CRISTANCHO MENDEZ, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 3.014.329. siendo, según solicitud, su último domicilio y asiento principal de sus negocios en el municipio de Tabio, Cundinamarca, Aceptado el trámite respectivo en esta notaria, mediante acta número ochenta y cuatro (84) del treinta (30) de septiembre del dos mil veinte (2020), se ordena la publicación del EDICTO en un periódico de amplia circulación, y en la radio-difusora local en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3 del decreto 902 de 1988 y, además, su fijación en lugar visible de la notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy primero (01) de octubre del dos mil veinte (2020) a las siete y treinta de la mañana. El Notario, NESTOR OMAR MARTINEZ MELO NOTARIO UNICO DE TABIO

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NOTARIA CINCUENTA Y UNO (51) NOTARIA DEL CÍRCULO NOTARIAL DE BOGOTA D.C. DEL CIRCULO DE BOGOTÁ Nit. 19.383.901-3 EDICTO No. 164/2020 EL SUSCRITO NOTARIO CINCUENTA Y UNO (51) DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10): días siguientes a la publicación de este Edicto en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia Intes-tada del causante CARLOS HERNANDO TORRES LEAL quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 19.147.152 de Bogotá D.C., quien falleció en Bogotá D.C., el día cuatro (04) de Marzo del año dos mil veinte (2020), siendo su ultimo domicilio y el asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C. Aceptado el trámite notarial mediante Acta No. 068 de fecha 30 de Septiembre de 2020 se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de circulación nacional, editado en Bogotá y en una Emisora de reconocida sintonía,

también de esta capital, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 ordenándose además, su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días hábiles. Y en cumplimiento de lo anterior, se fija el pre-sente Edicto en lugar público de la Notaria hoy primero (1o) de Octubre del año dos mil veinte (2020) siendo las ocho de la mañana (08:00 a.m.) RUBÉN DARIO ACOSTA GONZALEZ NOTARIO CINCUENTA Y UNO (51) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. FECHA DE DESFIJACION -----SIENDO ART 324 DE C.P.C. DIAS NO HABILES: Rad.

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LA NOTARÍA SESENTA Y NUEVE (69) DEL CÍR-CULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA Todas las personas que se consideren con de-recho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en este despacho, en el trámi-te notarial de liquidación conjunta de sociedad conyugal y de .... herencia del causante: PEDRO PABLO CORDOBA CAMACHO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 4.605.959 expedida en Popayán (Cauca), fallecido en la ciudad de Villavicencio (Meta), el dia primero (01) de septiembre de dos mil : (2000); Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número CERO TREINTA Y SIETE (037) de fecha veinticinco (25) de septiembre de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988 y .. Artículo 3o del Decreto 1729 de 1989, ordenándose además se fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veinticinco (25) de septiembre de dos mil veinte (2020) a las 8:00 a.m. CARLOS ALBERTO RAMIREZ PARDO – NOTARIO SESENTA Y NUEVE (69) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.

HAY UN SELLO *H1-7-06

NOTARÍA CUARTA (4) DEL CÍRCULO DE BO-GOTÁ D.C. EDICTO EMPLAZA: Por el Término de Diez (10) Días a Todas las personas que se consideren con Derecho a Intervenir en el Trámite de la LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y HERENCIA del señor GABRIEL HERNANDEZ FERNANDEZ quien se identificaba con Cédula de Ciudadanía Numero 3.071.796. Quien Falleció en BOGOTÁ D.C. CUNDINAMARCA COLOMBIA el Día Diez (10) de Enero del año Dos Mil Veinte (2020) y Siendo la Ciudad de Bogotá D.C. el Lugar de su último Domicilio y Asiento Principal de sus Negocios. Igualmente se informa que fue Aceptado el Trámite Respectivo de la LIQUIDACION DE LA SO-CIEDAD CONYUGAL Y HERENCIA en esta Notaría Mediante Acta Mediante Acta Número ciento treinta y nueve (139) del Día primero (1º.) del Mes de Octubre del Año Dos Mil Veinte (2020). Se Ordena la Publicación del Presente EDICTO en un Periódico de Amplia Circulación Nacional y en una Radiodifusora de Audición Local. En cumplimiento de lo previsto en el Artíc ulo Tercero (3o) del Decreto Ley 902 de 1988. Ordénese Además su Fijación en un lugar Visible de la Notaría por el Término de Diez (10) Días. El Presente EDICTO se Fija Hoy primero (1o) del Mes de Octubre del Año Dos Mil Veinte (2020). VIDAL AUGUSTO MARTINEZ VELASQUEZ NOTARIO (4o) ENCARGADO DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C.

HAY UN SELLO *U1-1-06R

EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE UBATÉ EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante EDUARDO ANTONIO SOLER POVEDA, quien en vida se identifico con la cédula de ciudadanía número 3.221.980, falleció en la ciudad de Bogotà el día 30 de Julio de 2017, siendo su asiento principal de sus negocios el Municipio de Ubaté, para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto se hagan presentes con el fin de que sean reconocidos sus derechos herenciales. Se aceptó el trámite respectivo mediante acta número 57 de fecha 26 de Septiembre del año dos mil veinte (2020). Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional, y en la emisora local, cumpliendo lo dispuesto por el artículo 30, del decreto 902 de 1988. Ordenándose además

su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez días hábiles. Si después de publicado este Edicto no se hubiere formulado oposición por algún interesado se continuará el trámite y el notario procederá a extender la escritura pública correspondiente. El presente Edicto se fija hoy veintiocho (28) de Septiembre del año dos mil veinte (2020) siendo las 8:00 am. NOTARIA SEGUNDA CIELO HORMIGA PAZ Notaria Segunda

HAY UN SELLO *U3-1-06

NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA TERCERA (E) DEL CIRCULO DE IBAGUE, CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del señor JOSE DEL CARMEN BRIÑEZ LOZANO Y/O JOSE DEL CARMEN BRIÑEZ, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 19.179.572 expedida en Bogotá D.C., fallecido el día dieciséis (16) de diciembre de dos mil dieciocho (2.018) en la Ciudad de Ibagué, lugar que tuvo como su último domicilio; trámite que ha sido aceptado en esta Notaría mediante acta número 2076 del primero (19) de octubre del año dos mil veinte (2.020). --- Se ordena la publi-cación de este edicto en un periódico de amplia circulación Nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o del Decreto 902 de 1988 y Decretos 1729 de 1988 y 2651 de 1991, además de su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy a los dos (02) días del mes de octubre del año dos mil veinte (2.020), a las 8.00 A.M. El Notario, JANNETH RUBIO LOPEZ NOTARIA TERCERA (E) DEL CÍRCULO DE IBA-GUE - TOLIMA

HAY UN SELLO *I2-1-06

NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE IBAGUE EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA TERCERA (E) DEL CIRCULO DE IBAGUE, CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del señor NINFA BERRIO RODRIGUEZ, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 38.220.996 expedida en Ibagué, fallecida el día ocho (08) de septiembre del año dos mil dieciséis (2.016) en la Ciudad de Ibagué, lugar que tuvo como su último domicilio; trámite que ha sido aceptado en esta Notaría mediante acta número 2025 del veintiocho (28) de septiembre del año dos mil veinte (2.020). --- Se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación Nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o del Decreto 902 de 1988 y Decretos 1729 de 1988 y 2651 de 1991, además de su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. -- - El presente edicto se fija hoy a los dos (02) días del mes de octubre del año dos mil veinte (2.020), a las 8.00 A.M. El Notario, JANNETH RUBIO LOPEZ NOTARIA TERCERA (E) DEL CÍRCULO DE IBA-GUE – TOLIMA

HAY UN SELLO *I2-2-06

EDICTO LA NOTARÍA QUINTA DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ, EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico y la radiodifusión en emisora, en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante MARIO LONDOÑO, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía 6.490.003 de Tuluá, fallecido el 19 de Mayo de 2009 en la ciudad de Ibagué, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el tramite respectivo ante esta Notaría, mediante acta Número 014 del 01 de Octubre de 2020, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación Nacional (EL NUEVO SIGLO, LA REPUBLICA, EL ESPECTADOR, EL TIEMPO) y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o del Decreto 902 de 1988 y Decretos 1729 de 1988 y 2651 de 1991, además de su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. === Ibagué, 02 de Octubre

de 2020. === El presente edicto se fija hoy 02 de Octubre de 2020, a las 8.00 A.M. LA NOTARIA (E), MARIA ALEJANDRA CORTES SALAZAR NOTARIA QUINTA (E) DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ ENCARGADA

HAY UN SELLO *I2-3-06

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEXTO DEL CIRCULO DE IBAGUE EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A INTERVENIR, DENTRO DE LOS DIEZ (10) DIAS, SIGUIENTES A LA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO EN EL PERIODICO, DENTRO DEL TRAMITE NOTARIAL DE LA LIQUI-DACIÓN Y PARTICIÓN DE HERENCIA INTESTADA DE LA CAUSANTE MARIA CECILIA GUARNIZO (Q.E.P.D.) QUIEN ES VIDA SE IDENTIFICABA CON C.C N° 28.528.672 DE IBAGUÉ, QUIEN FALLECIÓ EL DIEZ (10) DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE (2019), EN LA CIUDAD DE IBAGUÉ TOLIMA, LUGAR DE SU ÚLTIMO DOMICILIO Y ASIENTO PRINCIPAL DE SUS NEGOCIOS, SIN OTORGAR TESTAMENTO ALGUNO, INICIADO MEDIANTE ACTA NUMERO 72 DE FECHA DOS (02) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE (2020). SE ORDENA LA PUBLICACION DE ESTE EDICTO EN UN PERIODICO DE CIRCULACION NACIONAL Y EN UNA RADIODIFUSORA LOCAL, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 3o. DEL DECRETO 902 DE 1988. ADEMAS DE SU FIJACION EN LUGAR VISIBLE DE LA NOTARIA POR EL TERMINO DE DIEZ (10) DIAS. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY DOS (02) DE OCTUBRE DEL ANO DOS MIL VEINTE (2020), SIENDO LAS OCHO DE LA MAÑANA (8:00 a.m.).-- TERESA DE JESUS ALDANA ORTIZ NOTARIA SEXTA DEL CIRCULO DE IBAGUE

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NOTARIA 5a CARRERA 5 NUMERO 31- 136 BARRIO CADIZ Teléfonos 2766027 EDICTO LA NOTARIA QUINTA DEL CIRCULO DE IBAGUE, EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la publica-ción del presente edicto, en el trámite notarial de Constitución de Patrimonio de Familia Inembargable de NANCY CAROLINA RODRIGUEZ ANGEL, titular de la cédula de ciudadanía número 65.763.423 expedida en Ibague (Tol), a favor suyo, y sus hijas menores ISABELLA TORRES RODRIGUEZ, Registrada bajo en indicativo serial 33766241 de la Notaria Quinta de Ibague y SARA RODRIGUEZ ANGEL, Registrada bajo en indicativo serial N°42084474 de la Notaria Quinta de Ibague, trámite que ha sido aceptado en esta Notaría. === Se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación Nacional, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 5o del Decreto 2817 de 2006, además de su fijación en lugar visible de la Notaría por el térmi-no de quince (15) días hábiles. === Ibagué, 01 de Octubre de 2020. === El presen-te edicto se fija hoy 01 de Octubre de LA NOTARIA (E); MARIA ALEJANDRA CORTES SALAZÁR.NOTARIA QUINTA (E) DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ ENCARGADA

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NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA TERCERA (E) DEL CIRCULO DE IBAGUE, CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del señor MARIA DE JESUS URUEÑA ARIZA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 28.519.440, fallecida el día quince (15) de abril del año dos mil dieciocho (2.018) en la Ciudad de Cali; pero quien tuvo como asiento principal de sus negocios la ciudad de Ibagué, trámite que ha sido aceptado en esta Notaría mediante acta número 1939 del dieciocho (18) de septiembre del año dos mil veinte (2.020). --- Se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación Nacional y en una radiodifusora local, en cum-plimiento de lo dispuesto por el artículo 3o del Decreto 902 de 1988 y Decretos 1729 de 1988 y 2651 de 1991, además de su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. --- El presente edicto se fija hoy a los veintitrés (23) días del mes de septiembre del año dos mil veinte (2.020), a las 8.00 A.M. El Notario,

JANNETH RUBIO LÓPEZ NOTARIA TERCERA () DEL CÍRCULO DE IBAGUE TOLIMA

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REPUBLICA DE COLOMBIA NOTARIA SEGUNDA DE IBAGUE Calle 9 NO. 3-50 PBX 5153505 EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE IBAGUEEMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) dias siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el tramite notarial de liquidación de herencia del causante del causante JOSE ELUBIN OSPITIA, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 5.826.656 de Iba-gué, quien falleció en Ibagué, el tres (03) de julio del año dos mil veinte (2020), siendo el último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Ibagué.. Aceptado el trámite respectivo e iniciado me-diante acta número 57 de fecha 02 de octubre de 2.020, se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación Nacional y una radio difusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989 Artículo 3o, además de su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy cinco (05) de octubre de dos mil veinte (2.020) a las ocho de la mañana (08:00 a.m.) El Notario, CESAR AUGUSTO ALVARADO GAITAN Notario Segundo de Ibagué

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NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA TERCERA (E) DEL CIRCULO DE IBAGUE, CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación su-cesoral del señor FELIX VALDERRAMA LOPERA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 5.802.437 expedida en Ibagué, fallecido el día dieciséis (16) de diciembre de dos mil dieciocho (2.018) en la Ciudad de Ibagué, lugar que tuvo como su último domicilio; trámite que ha sido aceptado en esta Notaría mediante acta número 2072 del primero (1°) de octubre del año dos mil veinte (2.020). --- Se ordena la publica-ción de este edicto en un periódico de amplia circulación Nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o del Decreto 902 de 1988 y Decretos 1729 de 1988 y 2651 de 1991, además de su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. -- - El presente edicto se fija hoy a los dos (02) días del mes de octubre del año dos mil veinte (2.020), a las 8.00 A.M. El Notario, JANNETH RUBIO LOPEZ NOTARIA TERCERA (E) DEL CÍRCULO DE IBA-GUE - TOLIMA

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REPUBLICA DE COLOMBIA NOTARIA SEGUNDA DE IBAGUE Calle 9 NO. 3-50 PBX 5153505 EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE IBAGUE EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante del cau-sante FABIO LOZANO, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 5.816.086 de Ibagué, quien falleció en Ibagué, el veinticinco (25) de julio del año dos mil veinte (2020), siendo el último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Ibagué. Aceptado el trámite respectivo e iniciado mediante acta número 56 de fecha 02 de octubre de 2.020, se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación Nacional y una radio difusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 30 del Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989 Artículo 3o, además de su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) dias. El presente edicto se fija hoy cinco (05) de octubre de dos mil veinte (2.020) a las ocho de la mañana (08:00 a.m.) El Notario, CESAR AUGUSTO ALVARADO GAITAN Notario Segundo de Ibagué

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27EL NUEVO SIGLO clasificados JUdicialEsmartes 6 de octubre de 2020

Notaria 17 EDICTO - CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO 167 LA NOTARIA DIECISIETE (17) ENCARGADA DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C., DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 5° DEL DECRETO LEY 2817 DE 2.006 EM-PLAZA REF.: Constitución del patrimonio de familia inembargable A todas las personas que crean y puedan tener derecho a opo-nerse a la constitución del patrimonio de familia, inembargable por ser lesivo de sus derechos como acreedores de la constitu-yente ZULMA LICETH GÓMEZ CIFUENTES, mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía número 52.530.927 expedida en Bogotá D.C., para que lo hagan dentro de los quince (15) primeros días hábiles siguientes a la última publicación de este edicto en los distintos medios, ante este despacho, situado en la Carrera 10ª No. 16 - 22 Sur de Bogotá D.C. Se fija este Edicto en lugar público de la Notaría, el veintiocho (28) de septiembre del año dos mil veinte (2020) a las 8:00 A.M. MIRIAN SUÁREZ SUÁREZ NOTARIA DIECISIETE (17) ENCARGADA DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C.

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LA NOTARÍA 59 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a inter-venir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquida-ción sucesoral de la (los) señor(a)(es), JAIME BONILLA LONDOÑO C.C. # 12.099.301, quien falleció en Bogotá D.C., el dia doce (12) de Abril de dos mil catorce (2.014). Aceptado el tramite sucesoral mediante Acta número SESENTA Y DOS (62) de fecha Octubre tres (03) de dos mil veinte (2020), se ordena la publicación del presente Edicto en un diario y emisora de circulación nacional, de esta ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaria por el término de diez (10) días, como en la fecha acatamos. El presente Edicto se fija hoy siendo el día tres (03) del mes de Octubre de (2020), a las 09:00 A.M LUIS HERNANDO RAMIREZ ACOSTA NOTARIO (E ) El presente edicto se desfija el día quince (15) del mes de Octubre de (2020), a las 05:30 pm.

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EDICTO EMPLAZATORIO LA SUSCRITA NOTA-RIA PRIMERA ENCARGADA DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C. EMPLAZA: A todas las perso-nas que se crean con derecho a intervenir en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral intestada de(la) causante: CARMEN ROSA MOLINA BELLO, quien en vida se identifi-caba con la cédula de ciudadanía número 41.474.678 de Bogotá, D.C., siendo el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá, D.C. quien falleció en Bogotá D.C. – Cundinamarca (Colombia), el dia 13 de febrero de 2.020. Aceptado el trámite respectivo en ésta No-taria, mediante Acta No. 041 de fecha DOS (2) DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINȚE (2020). Se ordena la publicación de éste Edicto en un Diario de amplia circulación y en una Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término legal de DIEZ (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy DOS (2) DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTE (2020), a las 8:30 A.M. LUZ AMANDA GARAVITO RODRIGUEZ NOTARIA PRIMERA (E)

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NOTARÍA CUARTA (4ª) DEL CÍRCULO DE BO-GOTÁ D.C. CARRERA 8 N° 17-30 TELÉFONOS: 7519617 -7519602 EDICTO EMPLAZA: Por el Término de Diez (10) Días a Todas las personas que se consideren con Derecho a Intervenir en el Trámite de la LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y HERENCIA del señor JOSE GILBERTO OSORIO MEJIA quien se identificaba con Cédula de Ciudadanía Número 753.560. Quien Falleció en BOGOTÁ D.C.,- COLOMBIA el Día treinta (30) de Diciembre del año Dos Mil dieciocho (2018) y Siendo la Ciudad de Bogotá D.C. el Lugar de su último Domicilio y Asiento Prin-cipal de sus Negocios. Igualmente se informa que fue Aceptado el Trámite Respectivo de la LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y HERENCIA en esta Notaría Mediante Acta Mediante Acta Número ciento cuarenta y tres (143) del Día dos (02) del Mes de Octubre del Año Dos Mil Veinte (2020). Se Ordena la Publicación del Presente EDICTO en un Periódico de Amplia Circulación Nacio-nal y en una Radiodifusora de Audición Local. En cumplimiento de lo previsto en el Artículo Tercero (3°) del Decreto Ley 902 de 1988. Ordénese Además su Fijación en un lugar Vi-sible de la Notaría por el Término de Diez (10) Días. El Presente EDICTO se Fija Hoy dos (02) del Mes de Octubre del Año Dos Mil Veinte (2020). VIDAL AUGUSTO MARTINEZ VELAS-QUEZ NOTARIO CUARTO (4°) ENCARGADO DEL CÍRCULO DE BOGOTȚ D.C. Quien firma designado por Resolución N°8061 del 01 de Octubre del año 2020 de la Superintendencia de Notariado y Registro.

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EDICTO EL NOTARIO SEGUNDO DEL CIR-CULO DE CHIA (CUNDINAMARCA) ENCAR-GADO EMPLAZA: A todas las personas

que se crean con el derecho de intervenir en el trámite de liquidación notarial de la sucesión INTESTADA de la causante JUAN CRISOSTOMO FORERO GUABA, quien en vida se identificó con cedula de ciudadanía número 215.384 expedida en Chía, fallecido el día: VEINTITRES (23) DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECINUEVE (2.019) en la ciudad de Bogotá D.C., siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios en el municipio de Chía (Cundinamarca), para que se presenten a hacer valer sus derechos, dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en un periódico de amplia circulación y la emisora LUNA STEREO, aceptado el trámite respecti-vo en esta Notaría, mediante Acta Número CERO CUARENTA Y NUEVE (049) de fecha veintinueve (29) de septiembre de dos mil veinte (2.020). Para efectos del Artículo 490 del Código General del Proceso y del numeral 2. del Artículo 3°. Del Decreto 902 de 1.988, modificado por el decreto 1729 de 1.989, se ordena fijar el presente EDICTO en un lugar público y visible de la Secretaría de la Nota-ría, por el término de Diez (10) días. Hoy a los veintinueve (29) días del mes de septiembre de dos mil veinte (2.020) LUIS ALEXANDER ARIAS BETANCOURT NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE CHÍA GUNDINAMARCA (E) Según Resolución No. 07077 de fecha 02 de septiembre de 2020 emitida por la S.N.R.

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EDICTO EL NOTARIO 56 DEL CIRCUITO DE BO-GOTA, D.C (Carrera 73 No. 59-12 Sur Locales 221 y 222) EMPLAZA: A todas las personas que se crean con el decreto de invertir, en el trámite de Liquidación Notarial de la Sucesión Intestada de MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ MUÑOZ quien (es) en vida se identificaba (n) con la (s) cédula (s) de ciudadanía No. (s) de 79.459.442 expedida en Bogotá y tuvo (ieron) su último domicilio en Bogotá, D.C., aceptada en esta Notaría mediante ACTA No. 056 de septiembre 28 de 2020. Para efectos del artículo 589 de Código de procedimiento civil y del numeral 2º. Artículo 3º. del Decreto 902 de 1988, se fija el presente EDICTO en un lugar público de la Secretaria de la Notaria por el término de diez (10) días, se entrega las copias de él para sus respectivas publicaciones y se fija hoy VEINTIOCHO (28) DE SEPTIEMBRE DE 2020 a las ocho de la mañana (8:00 A.M.). EL NOTARIO CINCUENTA Y SEIS (56) DE BOGO-TA BERNI FRANCISCO ESCALONA CASTILLA

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NOTARÍA CUARTA (4ª) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. CARRERA 8 N° 17-30 TELÉFO-NOS: 7519617 -7519602 EDICTO EMPLAZA: Por el Término de Diez (10) Días a Todas las personas que se consideren con Derecho a Intervenir en el Trámite de la LIQUIDACION DE HERENCIA del Señor RAFAEL ACOSTA SANCHEZ quien se identificaba con Cédula de Ciudadanía Número 2.905.612. Quien Falleció en BOGOTÁ D.C., CUNDINAMARCA., COLOMBIA el Día Doce (12) de Marzo del año Dos Mil diecinueve (2019) y Siendo la Ciudad de Bogotá D.C. el Lugar de su último Domicilio y Asiento Principal de sus Negocios. Igualmente se informa que fue Aceptado el Trámite Respectivo de la LIQUIDACION DE HERENCIA en esta Notaría Mediante Acta Mediante Acta Número ciento trece (113) del Día Veintiocho (28) del Mes de Agosto del Año Dos Mil Veinte (2020). Se Ordena la Publicación del Presente EDICTO en un Periódico de Amplia Circulación Nacional y en una Radiodifusora de Audición Local. En cum-plimiento de lo previsto en el Artículo Tercero (3°) del Decreto Ley 902 de 1988. Ordénese Además su Fijación en un lugar Visible de la Notaría por el Término de Diez (10) Días. El Presente EDICTO se Fija Hoy Veintiocho (28) del Mes de Agosto del Año Dos Mil Veinte (2020). EDUARDO MONGUI ORTIZ NOTARIO CUARTO (4°) ENCARGADO DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ Quien firma designado por Resolu-ción N°4944 del 24 de Junio del año 2020 de la Superintendencia de Notariado y Registro.

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NOTARIA VEINTIUNA DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. ADRIANA CUELLAR ARANGO NOTARIA EDICTO TRAMITE DE LIQUIDACION DE HERENCIA EL SUSCRITO NOTARIO VEINTIUNO (21°) ENCARGADO DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C.EMPLAZA A todas las personas que se consideran con derecho a intervenir en el trámite notarial de Liquidación de herencia del causante CARLOS EDUARDO CARRION AHUMADA identificado con la cédula de ciudadanía No 45.256 expedida en Bogotá D.C., fallecido el treinta (30) de enero de dos mil veinte (2020) en Bogotá D.C. El trámite respectivo fue aceptado por ésta Notaría mediante Acta No. 039 de fecha 28 de septiembre de 2020, en la cual se ordena la publicación de éste Edicto en un periódico de circulación nacional de Bogotá, Distrito Capital, y en una emisora de reconocida sintonía, también de ésta capital, en cumpli-miento de lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además, su fijación en lugar visible de esta Notaría por el Término de Diez (10) días hábiles. Si des-pués de publicado éste Edicto no se hubiere formulado oposición por algún interesado se continuará el trámite y el notario procederá a extender la escritura pública correspondiente.

El presente EDICTO se fija hoy veintiocho (28) de septiembre de 2020. MAURICIO VILLA OSORIO Notario Veintiuno (21) Encargado Resolución No. 6838 del 27 de agosto de 2020 El presente EDICTO se desfija 9 de octubre de 2020 a las 5:00 P.M.

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EDICTO LA NOTARIA DIECISÉIS (16) ENCARGADA DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. Notaria código No. 11001016 EMPLAZA POR EL TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS HÁBILES A todas la personas que se consideren con derecho a intervenir en el Trámite Notarial de Liquidación de Herencia Intestada de la causante LADY VIVIANA RAMIREZ CALLE, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 52.954.097, fallecida en la ciudad de Bogotá D.C., el dia Cinco (05) de Octubre de Dos Mil Diecinueve (2019), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C. Aceptado el trámite en esta Notaría, mediante Acta número Veintinueve (29) del Veinticuatro (24) de Septiembre de Dos Mil Veinte (2020), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y en una Radiodifusora Local en cumplimiento a lo dis-puesto por el artículo tercero (3º) del Decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988) y el Decreto 1.729 de mil novecientos ochenta y nueve (1989), ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día Veinticuatro (24) de Septiembre de Dos Mil Veinte (2020) siendo las Ocho de la mañana (08:00 am) JANNETH ROCIO SANTACRUZ MARTINEZ NOTARIA DIECISÉIS (16) (E) DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C.

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NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE CAQUE-ZA CUND. ALFONSO LEON GARCIA NIT. 19.196.660-1 NOTARIO EDICTO COMO NO-TARIO UNICO E. DEL CIRCULO DE CÀQUEZA, CUNDINAMARCA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguien-tes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite de liquidación sucesoral de el(la) (los) causante(s): ROSALBA HERNANDEZ CLAVIJO, con C.C. No 20.440.131 de Càque-za, quien(es) falleció(eron) en CAQUEZA, el 02 de Noviembre de 2.018. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, la cual se inició mediante acta No. 37 del 01 de Octubre de 2.020, se ordena la publicación del presente Edicto en un periódico y Emisora de amplia circulación a nivel Nacional, en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija a los primer (01) día del mes de Octubre del año dos mil veinte (2.020), a las 8.00 AM EL NOTARIO ÚNICO E. BLANCA LUCIA GUTIERREZ REYES

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NPF NOTARIA PRIMERA DE FACATATIVA NORBY FERNANDO MORA SANCHEZ NOTA-RIO EDICTO El Notario Primero del Círculo de Facatativá Departamento de Cundinamarca, EMPLAZA: a todas las personas que se con-sideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de la causante HEIDY PEÑARREDONDA DE PARDO, identificada con la cédula de ciuda-danía número 41.385.906 de Bogotá D.C., cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Facatativá (Cund.), quien falleció en la ciudad de Santa Marta el veinticinco (25) de julio de dos mil veinte (2.020). Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria mediante acta número cero treinta y siete (037) del veinticuatro (24) de septiembre de dos mil veinte (2.020), se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de amplia circulación nacional y en la Emisora que elijan los interesados, en cum-plimiento de lo dispuesto por el Artículo 3°, del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veinticinco (25) de septiembre de dos mil veinte (2.020). NORBY FERNANDO MORA SANCHEZ NOTARIO PRIMERO DEL CIRCULO DE FACATATIVA (CUND.).

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NPF NOTARIA PRIMERA DE FACATATIVA NORBY FERNANDO MORA SANCHEZ NOTA-RIO EDICTO El Notario Primero del Círculo de Facatativá Departamento de Cundinamarca, EMPLAZA: a todas las personas que se con-sideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada del causante JOSE EVELIO HINCAPIE SANCHEZ, identificado con la cédula de ciudadanía nú-mero 2.896.140 de Santa Isabel, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Facatativá (Cund.), quien falleció en la ciudad de Bogotá D.C el tres (3) de agosto de dos mil veinte (2.020). Acep-tado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta número cero treinta y cuatro (034) del catorce (14) de septiembre de dos mil veinte (2.020), se ordena la publicación

de este Edicto en un Periódico de amplia circulación nacional y en la Emisora que elijan los interesados, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3°, del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy quince (15) de septiembre de dos mil veinte (2.020). NORBY FERNANDO MORA SANCHEZ NOTARIO PRIMERO DEL CIRCULO DE FACATATIVA (CUND.).

HAY UN SELLO *R1-5-06

NPF NOTARIA PRIMERA DE FACATATIVA NORBY FERNANDO MORA SANCHEZ NOTA-RIO EDICTO El Notario Primero del Círculo de Facatativá Departamento de Cundinamarca, EMPLAZA: a todas las personas que se con-sideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada del causante GERMAN MANRIQUE, identificado con la cédula de ciudadanía número 233.999, cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Facatativá (Cund.), quien falleció en el municipio de Faca-tativa el treinta y uno (31) de diciembre de dos mil diecinueve (2.019). Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta número cero treinta y ocho (038) del primero (1°) de Octubre de dos mil veinte (2.020), se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de amplia circulación nacional y en la Emisora que elijan los interesados, en cum-plimiento de lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy dos (2) de Octubre de dos mil veinte (2.020). JIMMY ALEXANDER ARCILA MORA NOTARIO PRIMERO (E) DEL CIRCULO DE FACATATIVA (CUND.). DEC. 198 DEL 02 DE OCTUBRE DE 2.020 DE LA ALCALDIA DE FACATATIVA

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LICENCIASALCALDIA MUNICIPAL DI CHIASecretaria de PlaneaciónPublicación Citación a VecinosALCALDIA MUNICIPAL DE CHIA SECRETARIA DE PLANEACION Dirección de UrbanismoHACE SABERA GRACIELA CASTILLO ARENAS propietario del predio ubicado en la VEREDA BOJACA PREDIO EL PINO LOTE C, C.C. 00-00-0004-1541-000 (vecino costado Norte): DIEGO GIRALDO SAMPER propietario del predio ubicado en la VEREDABOJACA PREDIO CHINU C.C 00-00-0004-0606-000 (vecino costado Oriental)Que ESPERANZA PABON DE LUNA Y VICTOR EDGARD LUNA GORDILLO, Presentó solicitud para obtención de Licencia de construcción en la modalidad de Ampliación y modificación a ON. En el predio Identificado con la cédula catastral 00-00-0004-0605-000 ubicado en el LOTE condominio campestre Luna Llena Vereda Bojaca- Int 1 Chia, bajo la radicación No 20199999911079.La anterior citación dando cumplimiento a lo preceptuado en el Articulo 2.2.6.1.2.2.1 del decreto 1077 de 2015 por cuanto los lotes se encuentran vacios y se desconoce su dirección de correspondencia, con el fin que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechosSe expide la presente en la fecha: jueves, 30 de julio de 2020. Cordialmente, Arq.: KAREN SABOGAL D. Profesional Universitario

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ALCALDIA MUNICIPAL DE CHIA Secretaría de PlaneaciónPublicación Citación a VecinosALCALDIA MUNICIPAL DE CHIA SECRETARIA DE PLANEACION Dirección de UrbanismoPropietario poseedor o tenedor del predio ubicado en la Vereda Bojaca, camino a la floresta predio frutales parcela #22 CC. 00-00-0004-0650-000 costado sur, Propietario poseedor o tenedor del predio ubicado en la Vereda Bojaca camino a la floresta conjunto las margaritas CC. 00-00-0004-0832-832 costado occidental.HACE SABER A:Que Sandra Samudio Bustos, actuando como representante legal de MAPAZ SAS presento solicitud para la obtención de Licencia de construcción en la modalidad de Obra Nueva en la parcela 21 del predio Identificado con la cédula catastral 00-00-0004-0650-000 ubicado en la Vereda Bojaca, camino a la floresta predio frutales bajo la radicación 20209999913418 La anterior citación dando cumplimiento a lo preceptuado en el Articulo 2.2.6.1.2.2.1 del decreto 1077 de 2015 por cuanto los lotes se encuentran vacios y se desconoce su dirección de correspondencia, con el fin que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos.Se expide la presente en la fecha: Cordial-mente, Arq.: JOSE A RODRIGUEZ.FECHA DE FIJACION:______ HORA DE FIJACION: ______FECHA DE DESFIJA-CION:____HORA DE DESFIJACION:_____

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ALCALDIA MUNICIPAL DE CHÍASecretaria de PlaneaciónPublicación Citación a VecinosALCALDIA MUNICIPAL DE CHIA DEPARTA-MENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIONDirección de Urbanismo

HACE SABER A:BUENAVENTURA RODRIGUEZ DELGADO, propietaria del predio ubicado en CALLE 1 S TA 66 - LOTE 1. C.C. 01-00-0154-0232-000 (vecino sur): PATRICIO ORTIZ HERRERA, propietario del predio ubicado en CALLE 1 S 2-60, C.C. 01-00-0154-0007-000 (vecino norte) MANDAL CONSTRUCCIONES SAS propietario del predio ubicado en CALLE 2 No 2A - 79. C.C. 00-00-0007-2634-000 (vecino occidental): BAZAR INMOBILIARIO & CIA LTDA. propietario del predio ubicado en CALLE 2 N° 0 -98 UNIDAD PRIVADA 6. C.C. 01-00-0154-0172-909 (vecino sur), ZAHIRA BIBIANA RAVAGLY Y MOLINA, propietaria del predio ubicado en CALLE 2 N° 0 - 98 UNIDAD PRIVADA 7, C.C. 01-00-0154-0173-909 (vecino sur): ZAHIRA BIBIANA RAVAGLY Y MOLINA, propietaria del predio ubicado en CALLE 2 N° 0 - 98 UNIDAD PRIVADA 8, C.C. 01-00-0154-0174-909 (vecino sur). ZAHIRA BIBIANA RAVAGLY Y MOLINA, propietaria del predio ubicado en CALLE 2 N° 0 -98 UNIDAD PRIVADA 9. C.C. 01-00-0154-0175-909 (vecino sur).Que JARDINES DE FREDONIA SAS EN LI-QUIDACIÓN, CARLOS FERNANDO NAVARRO DUARTE Y PROMOTORA INMOBILIARIA PARADISE SAS presentaron solicitud para la obtención de Licencia de Construcción en la Modalidad de Obra Nueva y Cerramiento, en el predio Identificado con las cédulas catastrales 00-000-007-2635-000; 00-000-007-2638-000; 00-000-007-2637-000 y 00-000-007-2636-000 ubicado en VEREDA LA BALSA LOTE SANTA ROSA C2 N° 1A -71. VEREDA LA BALSA LOTE SANTA HELENA CARRERA 21A 61: VEREDA LA BALSA LOTE SAN LUIS; VEREDA LA BALSA LOTE SAN JUANITO, bajo la radicación número N° 20199999918749.La anterior citación dando cumplimiento a lo preceptuado en el Articulo 2.2.6.1.2.2.1 del decreto 1077 de 2015 por cuanto no fue posible notificar a propietario, arrendatario, poseedor o persona alguna que tenga relación con los inmuebles objeto de la comunicación, y se desconoce otra dirección de correspon-dencia, con el fin que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos.Cordialmente Arq. JOHN COLORADO G. Profesional Universitario Dirección Urbanismo

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CURADURA URBANA No1- TUNJA ARO MARTIA DONUL A ARREA AVISO NOTI-FICACIÓN VECINOS COLINDANTES AVISA A LOS VECINOS COLINDANTES DEL PREDIO UBICADO EN LA CARRERA 11 No. 60-15 Int. 72 DE LA CIUDAD DE TUNJA. En cumplimiento a lo señalado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, en los términos establecidos en la ley 1437 de 2011 (C.P.A.C.A). la suscrita Curadora Urbana No. 1 se permite in-formar a los interesados que el señor WILSON OSWALDO MOYA HERNANDEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.832.421 expedida en Bogotá, en su condición de propietarios del predio No. 010205760084000 Localizado en la carrera 11 No. 60-158 Int. 72 Urbanización Filadelfia de la ciudad de Tunja, radicó bajo el número 15001-1-20-0309VNU-056 la solicitud de licencia de construcción en la modalidad de obra nueva Por lo anterior, la Curaduria Urbana No. 1 se permite citar a los vecinos colindantes del predio en mención, para que comparezcan si así lo consideran a este despacho ubicado en la Carrera 9 No. 19 - 92 Oficinas 101 - 102 de la ciudad de Tunja, dentro de los cinco (5) días contados a partir de esta comunicación de citación, para conocer personalmente del proyecto en mención y manifiesten por escrito sus observaciones sobre el proyecto. La presente citación se hace en la ciudad de Tunja, a los 25 de septiembre de 2020 NOTA: Con ocasión a la Emergencia Sanitaria decretada por el Gobierno Nacional y Local, y en atención a la resolución conjunta C1C2-006 de 2020, para consultar el proyecto objeto de citación podrá realizarla de manera virtual a través de cualquiera de los medios tecnológicos que posee la Curaduría, para lo cual le solicitamos que manifieste su interés en hacerse parte en el proceso de licenciamiento comunicándose con la cura-duría a los teléfonos celulares 3153970889 - 3153449335, al teléfono fijo 7438000 o a los correos electrónicos [email protected] - [email protected], con el fin de poder coordinar la presentación y así usted conozca el proyecto. Cordialmente, Arq. MARTHA LIGIA BONILLA CURREA Curadora Urbana No.1 de Tunja

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Edicto

SEGUNDO EDICTO

La empresa Coopcasur Ltda.

emplaza a: Los Herederos del señor

CARLOS ALBERTO SANIN BERMUDEZ (Q.D.E.P)

La empresa COOPCASUR LTDA con NIT: 800098092-0 domiciliada en la calle 58 N 12-35 La Despensa, Soacha (Cundinamarca) Tel 9013254 actuando en conformidad con lo indicado en el art. 212 del código sustantivo del trabajo. Hace saber que el señor CARLOS ALBERTO SANIN BERMUDEZ falleció en la ciudad de Soacha el día 14 julio de 2020.

Se presentó a reclamar con prueba siquiera sumaria la señora YEIMI ASTRID LOSADA URREA con cedula de ciudad 1.018.426.966 de Bogotá, en calidad de compañera permanente del señor ALBERTO SANIN BERMUDEZ (Q.E.P.D)

Se presentó a reclamar la señora YEIMI ASTRID LOSADA URREA con cedula de ciudad 1.018.426.966 de Bogotá, quien actúa en calidad de progenitora del menor CARLOS ALBER-TO SANIN LOSADA identificado con Tarjeta de Identidad No 1.023.166.308 hijo del señor ALBERTO SANIN BERMUDEZ (Q.E.P.D).

Se les informa a todas aquellas personas que se crean con el derecho a reclamar las presta-ciones sociales Liquidación del ex trabajador fallecido que deberán presentarse en la dirección aquí anunciada dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de esta publicación con el fin de acreditar su derecho.

Por favor notificarse en el horario de lunes a viernes De 8.00am a 2.00pm

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RECURSIVOS SERVIAYUDA S.A.S.

Domiciliada en la Ciudad de Bogotá, Cra. 49 No. 94-50, en conformidad con el Artículo 112 del C.S.T, hace saber que el trabajador JUSTO PASTOR BARON VARGAS, falleció en la Ciudad de Bogotá, el 01 de Agosto de 2020, era trabajador de la empresa desde el 01 de Junio de 2018.

Quienes crean tener derecho a reclamar sus acreencias laborales deben presentarse a la Cra. 49 No. 94-50, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de esta publicación con el fin de acreditar sus derechos.

SEGUNDO AVISO.

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EDICTO

A los herederos del señor JOSE ANTONIO PEREZ FRANCO, la COOPERATIVA COOPETROL, con domicilio principal en Bogotá, D.C., se permite informar que el señor JOSE ANTONIO PEREZ FRANCO con cédula de ciudadanía número 19379261 afiliado a nuestra Cooperativa hasta el día de su fallecimiento, agosto 28 de 2020, por lo que la Cooperativa tiene los dineros de aportes y reclamar tales dineros se convoca a los herederos y las personas que se consideren con igual o mejor derecho.

Primer Aviso

CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR

Datos del interesado:KASORI RODRIGUEZ RYOCHI C.C. No. 1.125.119.038Motivo de la publicación: PERDIDAPretensión: REPOSICIÓN DEL TÍTULOS VALORDatos del Título:Tipo de Títulos: CDTS Número: 5100731287Titular y Beneficiario:KASORI RODRIGUEZ RYOCHI- C.C. No. 1.125.119.038Otorgante:BANCO FINANDINA S.A.Oficina: PEPE SIERRAFecha de Expedición: 04-09-2017Fecha de Vencimiento: 04-09-2018Tasa Nominal: 4.9000%Plazo: 360 DIASValor: SIETE MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS M/Cte. ($7.700.000.00).