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European Commission, B-1049 Brussels - Belgium. Telephone: (32-2) 299 11 11. Office: SPA-3 8/17. Telephone: direct line (32-2) 2985687. Fax: (32-2) 2961242. Marco para las ayudas estatales a la investigación, el desarrollo y la innovación Documento de consulta El objetivo de la presente consulta es invitar tanto a los Estados miembros como a otros interesados a que presenten sus observaciones sobre la aplicación del Marco comunitario sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación y sobre la política de investigación, desarrollo e innovación en general. La Comisión invita por lo tanto a los Estados miembros y a las partes interesadas a que formulen sus observaciones a la Dirección General de Competencia antes del 24 de febrero de 2012. 1. Introducción El fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación (en lo sucesivo, I+D+i) es un importante objetivo de interés común. El artículo 179, apartado 1, del TFUE establece lo siguiente: «La Unión tendrá por objetivo fortalecer sus bases científicas y tecnológicas, mediante la realización de un espacio europeo de investigación en el que los investigadores, los conocimientos científicos y las tecnologías circulen libremente, y favorecer el desarrollo de su competitividad, incluida la de su industria, así como fomentar las acciones de investigación que se consideren necesarias en virtud de los demás capítulos de los Tratados (…)». En su comunicación Europa 2020 1 , la Comisión sitúa la política de I+D+i entre los componentes esenciales de su estrategia para el crecimiento y el empleo. En su Comunicación «Unión por la innovación» 2 , una de las siete iniciativas emblemáticas contempladas en la estrategia Europa 2020, la Comisión hace hincapié en la importancia de mejorar las condiciones generales y el acceso a la financiación de la investigación y la innovación, a fin de garantizar que las ideas innovadoras puedan convertirse en productos y servicios que generen crecimiento y empleo. En paralelo a las políticas de la UE, las políticas públicas nacionales pueden contribuir decisivamente al fomento de la I+D+i dentro de las condiciones marco antes mencionadas. Una ayuda financiera con unos destinatarios bien definidos puede también servir para potenciar la inversión privada en R+I+i. En determinadas circunstancias, la ayuda financiera entra en la categoría de ayuda estatal, momento a partir del cual queda sujeta a las normas del Tratado con el fin de asegurar unas condiciones equitativas para todas las empresas y todos los Estados miembros. 1 Comunicación de la Comisión «Europa 2020 – Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador», COM(2010) 2020 final, 3.3.2010. http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2010:0726:FIN:ES:PDF. 2 Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones - Iniciativa emblemática de Europa 2020 «Unión por la innovación», COM (2010) 546 final, 6.10.2010. http://ec.europa.eu/research/innovation-union/pdf/innovation-union- communication_en.pdf#view=fit&pagemode=none

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European Commission, B-1049 Brussels - Belgium. Telephone: (32-2) 299 11 11. Office: SPA-3 8/17. Telephone: direct line (32-2) 2985687. Fax: (32-2) 2961242.

Marco para las ayudas estatales a la investigación, el desarrollo y la innovación

Documento de consulta

El objetivo de la presente consulta es invitar tanto a los Estados miembros como a otros interesados a que presenten sus observaciones sobre la aplicación del Marco comunitario sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación y sobre la política de investigación, desarrollo e innovación en general.

La Comisión invita por lo tanto a los Estados miembros y a las partes interesadas a que formulen sus observaciones a la Dirección General de Competencia antes del 24 de febrero de 2012.

1. Introducción

El fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación (en lo sucesivo, I+D+i) es un importante objetivo de interés común. El artículo 179, apartado 1, del TFUE establece lo siguiente: «La Unión tendrá por objetivo fortalecer sus bases científicas y tecnológicas, mediante la realización de un espacio europeo de investigación en el que los investigadores, los conocimientos científicos y las tecnologías circulen libremente, y favorecer el desarrollo de su competitividad, incluida la de su industria, así como fomentar las acciones de investigación que se consideren necesarias en virtud de los demás capítulos de los Tratados (…)».

En su comunicación Europa 20201, la Comisión sitúa la política de I+D+i entre los componentes esenciales de su estrategia para el crecimiento y el empleo. En su Comunicación «Unión por la innovación»2, una de las siete iniciativas emblemáticas contempladas en la estrategia Europa 2020, la Comisión hace hincapié en la importancia de mejorar las condiciones generales y el acceso a la financiación de la investigación y la innovación, a fin de garantizar que las ideas innovadoras puedan convertirse en productos y servicios que generen crecimiento y empleo.

En paralelo a las políticas de la UE, las políticas públicas nacionales pueden contribuir decisivamente al fomento de la I+D+i dentro de las condiciones marco antes mencionadas. Una ayuda financiera con unos destinatarios bien definidos puede también servir para potenciar la inversión privada en R+I+i. En determinadas circunstancias, la ayuda financiera entra en la categoría de ayuda estatal, momento a partir del cual queda sujeta a las normas del Tratado con el fin de asegurar unas condiciones equitativas para todas las empresas y todos los Estados miembros.

1 Comunicación de la Comisión «Europa 2020 – Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador», COM(2010) 2020 final, 3.3.2010.

http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2010:0726:FIN:ES:PDF.

2 Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones - Iniciativa emblemática de Europa 2020 «Unión por la innovación», COM (2010) 546 final, 6.10.2010.

http://ec.europa.eu/research/innovation-union/pdf/innovation-union-communication_en.pdf#view=fit&pagemode=none

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De conformidad con el artículo 107, apartado 3, del TFUE, determinadas categorías de ayudas concedidas por los Estados miembros pueden considerarse compatibles con el mercado interior, en especial cuando la ayuda persigue el objetivo de «facilitar el desarrollo de determinadas actividades económicas o de determinadas regiones económicas, siempre que esa ayuda no altere las condiciones de los intercambios en una medida contraria al interés común» (artículo 107, apartado 3, letra c). El artículo 108 especifica los aspectos procedimentales de las normas sobre ayudas estatales de la UE.

La comunicación Europa 2020 hace una referencia explícita al papel de las ayudas estatales: «La política de ayudas estatales también puede contribuir activa y positivamente a los objetivos de Europa 2020 impulsando y apoyando iniciativas para unas tecnologías más innovadoras, eficaces y verdes, pero al mismo tiempo facilitando el acceso de las inversiones al apoyo público, al capital de riesgo y a la financiación para investigación y desarrollo.».

La Comisión ha determinado los criterios que aplica a la hora de evaluar la compatibilidad de las ayudas estatales para I+D+i en su Marco comunitario sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación3 (en lo sucesivo: Marco de I+D+i). Desde el 29.8.2008, un amplio número de categorías de I+D+i han quedado exentas de la obligación de notificación previa cuando cumplen las condiciones establecidas en el Reglamento general de exención por categorías (RGEC)4.

En consonancia con la prueba de sopesamiento formulada en el Plan de acción de ayudas estatales de 20055, las ayudas estatales de I+ D+i pueden ser declaradas compatibles con el mercado interior cuando traten de subsanar una deficiencia de I+D+i del mercado y sean necesarias para incrementar el nivel de I+D+i, siempre que el falseamiento de la competencia y el efecto sobre el comercio consiguientes no resulten contrarios al interés común. El objetivo del Marco de R+D+i es garantizar la consecución de ese objetivo y facilitar a los Estados miembros una mejor canalización de las ayudas para corregir las posibles deficiencias del mercado.

El Marco de I+D+i reconoce que, a falta de ayudas públicas, las actividades de I+D+i podrían situarse por debajo del nivel recomendable para la sociedad. Al mismo tiempo, pone de relieve los posibles riesgos de distorsiones de la competencia entre empresas y en la localización de las inversiones en toda la Unión. Una ayuda estatal para I+D+i que no estuviera bien enfocada podría excluir a los competidores, reduciendo de ese modo la cantidad total de productos de innovación presentes en el mercado (al reducir los incentivos de los demás actores del mercado para proseguir sus actividades de I+D), manteniendo una estructura de mercado ineficiente (al apoyar

3 DOUE C 323/1, de 30.12.2006; http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CELEX:52006XC1230(01):ES:NOT

4 DOUE L 214/3 de 9.8.2008; http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CELEX:32008R0800:ES:NOT

EL RGEC permite a los Estados miembros conceder ayudas para PYME, investigación y desarrollo, innovación, desarrollo regional, formación, empleo, capital riesgo y protección del medio ambiente, así como medidas de ayuda para fomentar el espíritu empresarial, como las destinadas a las empresas jóvenes e innovadoras, las empresas de nueva creación en regiones destinatarias de ayuda y las empresarias.

5 Plan de acción de ayudas estatales – Menos ayudas estatales con unos objetivos mejor definidos: programa de trabajo para la reforma de las ayudas estatales 2005-2009. Véase también la prueba de sopesamiento definida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales en favor del medio ambiente, Diario Oficial C 82 de 1.4.2008, página 1.

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artificialmente la presencia en el mercado de las empresas ya en el mercado) y/o aumentando o manteniendo el poder de mercado del beneficiario de la ayuda.

Ante la expiración del Marco de R+D+i y del RGEC en diciembre de 2013 y como primer paso preparatorio para las nuevas normas, la Comisión publicó el 10 de agosto de 2011 un informe intermedio sobre la aplicación del Marco de I+D+i6, cumpliendo con ello el compromiso nº 13 de la Comunicación sobre la Unión por la innovación. Ahora, como segundo paso, solicita de los Estados miembros y las partes interesadas nuevas reflexiones acerca de la aplicación de las normas de I+D+i y contribuciones sustanciales para su revisión.

2. Método de participación en la consulta

Se invita a los Estados miembros y demás partes interesadas a que respondan al cuestionario adjunto. Las respuestas pueden enviarse en todas las lenguas oficiales de la UE7.

Si bien algunas de las preguntas se destinan específicamente a las autoridades públicas, otras se dirigen tanto a las autoridades públicas como a otras partes interesadas. Para su comodidad, las preguntas están clasificadas en fundón de sus destinatarios principales. Si alguna pregunta concreta no le afecta, le rogamos responda «no procede».

Las preguntas que hagan referencia a «su Estado miembro», «las autoridades de su país» u otras expresiones similares podrán ser interpretadas por las entidades internacionales no pertenecientes a ningún Estado miembro como alusivas a «los Estados miembros» y «las autoridades de los Estados miembros».

El plazo de presentación de las respuestas concluye el 24 de febrero de 2012. Las respuestas deben enviarse a la dirección siguiente: Comisión Europea, DG COMP, Registro de Ayudas Estatales, 1049 Bruselas, con la referencia «HT 618» o, preferentemente, por correo electrónico a: [email protected].

Los servicios de la Comisión se proponen publicar las respuestas al presente cuestionario en su página web http://ec.europa.eu/competition/consultations/open.html. Por tanto, si los encuestados no desean que se divulgue su identidad o parte de sus respuestas, deberán indicar claramente ese extremo y presentar al mismo tiempo una versión no confidencial. Si no se señala la existencia de datos confidenciales, la DG COMP dará por supuesto que la respuesta no contiene ninguno y puede publicarse en su totalidad.

6 http://ec.europa.eu/competition/state_aid/legislation/rdi_mid_term_review_en.pdf

7 Habida cuenta de las demoras que puede acarrear la traducción a ciertas lenguas, se agradecería una traducción al inglés.

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CUESTIONARIO

PERFIL DEL PARTICIPANTE

Para las normas sobre protección de datos personales en la página web EUROPA, véase: http://ec.europa.eu/geninfo/legal_notices_es.htm#personaldata

Declaración específica de confidencialidad: Las contribuciones recibidas y la identidad de su autor se publicarán en Internet, a menos que el autor se oponga a ello por considerar que la publicación de sus datos personales podría resultar perjudicial para sus legítimos intereses. En tal caso, la contribución podría publicarse de forma anónima. En otro caso, la contribución no se publicará ni se tendrá en cuenta –en principio– su contenido.

Indique a continuación sus datos:

Nombre y apellidos PALMA MUÑOZ MORQUILLA Organización representada AGENCIA DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO DE

ANDALUCÍA, IDEA Lugar (país) ANDALUCÍA (ESPAÑA) Dirección electrónica [email protected]

Describa las principales actividades de su empresa/organización/asociación.

1. LA AGENCIA DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO DE ANDALUCÍA

La Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía IDEA es la agencia de desarrollo regional desde 1989. Es un instrumento especializado fundamentalmente en el fomento de la innovación en la sociedad andaluza. Para ello, está realizando un gran esfuerzo en la labor de apoyo al empresariado andaluz: desde la gestión y concesión de incentivos a las empresas, a la gestión de proyectos y programas de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, así como a la construcción de infraestructuras industriales y tecnológicas y la prestación de servicios tecnológicos avanzados.

1.1. Los objetivos

La situación del contexto en un momento de transición y de salida de la crisis hace necesario combinar objetivos dirigidos a dar respuesta inmediata a las necesidades del tejido productivo, con otros orientados al futuro y a una nueva situación post-crisis. En este sentido los objetivos generales que plantea la Agencia IDEA para 2012 son dos:

� La creación y el mantenimiento de la actividad y el empleo. � El cambio de modelo productivo.

Para ello se establecen una serie de objetivos específicos y además muy operativos, centrados en las posibilidades de acción de la Agencia IDEA y del nuevo esquema organizativo del que se dotó en 2010. Estos objetivos son:

1. Fomento Empresarial, poniendo a disposición de los emprendedores y empresarios andaluces incentivos para la innovación y el desarrollo regional y articulando y coordinando la utilización de diversos instrumentos de apoyo a los proyectos empresariales.

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2. Promoción de la Innovación y Sostenibilidad en el tejido productivo andaluz, fomentando la incorporación de conocimiento y la generación de valor añadido, y apostando por un desarrollo regional sostenible alineando a la Agencia con los compromisos adquiridos por el Gobierno de la Junta de Andalucía en el marco del VII Acuerdo de Concertación Social y en el Programa Andalucía Sostenible.

3. Realización y captación de Inversiones Estratégicas dirigidas a aprovechar las oportunidades y evitar los problemas que pudieran aparecer en determinados sectores y territorios, y el tejido empresarial en general.

4. Mejora de la integración exterior de las empresas andaluzas, a través de la detección de oportunidades, la participación en Programas Europeos y la Cooperación Internacional, así como la adaptación para los nuevos escenarios financieros posteriores a 2013. Especialmente mediante el desarrollo de experiencias piloto en el desarrollo de programas de incentivos a la empresa con enfoque innovador.

5. Dotación de Infraestructuras y Espacios Productivos para dar respuesta a las necesidades del tejido productivo y favorecer la mejora de su entorno productivo desde un punto de vista tecnológico, energético y ambiental.

6. Apuesta por el desarrollo territorial, tanto a nivel provincial con la ejecución en el territorio de las actuaciones programadas, con a nivel subregional con la intervención en diferentes ámbitos por sus condiciones especiales.

7. Aumento de la coordinación interdepartamental, favoreciendo la toma de decisiones basada en el análisis y sistematización de la información, la apuesta por la planificación, y la evaluación y mejora de productos, procesos y servicios de la Agencia.

8. Mejora de la organización interna de la Agencia para dar respuesta a las necesidades del tejido productivo andaluz, mediante:

� La gestión eficaz de los recursos de la Agencia, tanto humanos como materiales.

� La eficiencia en la administración y gestión económica financiera de los recursos y actuaciones de la Agencia.

� La adaptación a la realidad normativa y legal que afecta a la Agencia. � La mejora de la comunicación interna de la Agencia y su proyección

mediática hacia el exterior.

1.2. Principales áreas de actuación

Las competencias de la Agencia IDEA son:

� Impulso de los principales clústeres de Andalucía

� Atracción de inversiones y empresas nacionales e internacionales.

� Gestión estratégica de la cartera de inversiones de la Agencia IDEA.

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� Actuaciones singulares en el apoyo a los grandes proyectos empresariales de inversión y a

empresas que atraviesen dificultades coyunturales de carácter financiero, de mercado,

tecnológico, etc.

� Orden de incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial.

� Creación de un marco y un mecanismo de apoyo para la potenciación de empresas de alto

crecimiento.

� Desarrollo y mejora de suelo e infraestructuras productivas.

� Prestación de servicios tecnológicos avanzados en materia de protección de la innovación, la transferencia de conocimiento, la cooperación en el Sistema Ciencia-Tecnología-Empresa andaluz, el asesoramiento en materia de financiación y el acceso a redes regionales, nacionales, e internacionales vinculadas a la I+D+i.

SECCIÓN A: PREGUNTAS GENERALES SOBRE POLÍTICA DE I+D+ I EN GENERAL

A.1. Política de I+D+i - Datos

Preguntas destinadas a las autoridades públicas:

1. Describa las medidas adoptadas por las autoridades de su país en favor de la I+D+i. Le rogamos presente una breve panorámica histórica de la política de I+D+i junto con los instrumentos jurídicos en los que se basan las intervenciones públicas. ¿En qué medida se ejecuta esa política a nivel nacional, regional o local?

El año 2011 se aprobó la Ley 14/2011 de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, derogándose la anterior (Ley de Investigación Científica y Tecnológica de 1986), y estableciendo un marco general para el fomento y la coordinación de la investigación científica y técnica con el fin de contribuir al desarrollo sostenible y al bienestar social mediante la generación y difusión del conocimiento y la innovación.

Actualmente, se está desarrollando la Estrategia Estatal de Innovacion E2I que pretende para 2015 duplicar la actividad innovadora de la economía española, así como, se está trabajando en una nueva edición del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2012 – 2016).

En las nuevas actuaciones en materia de I+D+i por parte de la Administración Central del Estado se ha producido una modificación de la desarrollada hasta la fecha, con dos indicadores claros:

• La reducción de 743 millones de euros en el presupuesto destinado a créditos y subvenciones a actividades de I+D+i.

• Las competencias en materia de investigación e innovación, que hasta la fecha contaban con un Ministerio propio, se integran en un Ministerio más amplio, pasando a formar parte, como Secretaría de Estado, del Ministerio de Economía.

En cualquier caso, se debe comentar que la nueva política de I+D+I del estado Español se consolidará a lo largo del presente año.

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Política de I+D+I del Estado Español La política de I+D+I del Estado Español se fundamenta en los Ministerios, tradicionalmente, relacionados con de Industria, la Innovación, la Educación, la Sanidad y la Defensa. Existe una Comisión Interministerial, la Comisión Interministerial para la Ciencia y la Tecnología, CICYT, que coordina las políticas de investigación de los diferentes departamentos del Estado. A pesar de que el Gobierno Central es el principal actor de la política de innovación, el proceso de descentralización política en España, acompañado de una transferencia de competencias (y financiación) cada vez mayor a las Comunidades Autónomas, ha incrementado la complejidad del sistema de innovación. Los gobiernos autonómicos juegan un papel cada vez más importante en la estrategia nacional para estimular la innovación, y la mayoría de las Comunidades Autónomas desarrollan sus propias estrategias y planes de innovación. Como se ha mencionado, a nivel nacional, la herramienta principal a través de la que se ejecutan las políticas de ciencia y tecnología establecidas por el ejecutivo, es el Plan Nacional de I+D+I 2008 – 2011. En él se establecen los objetivos y prioridades de estas políticas, según se recoge en la Ley 13/1986, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, vigente actualmente. El Plan se constituye como un elemento de planificación y programación financiera plurianual de las actuaciones a realizar. Este Plan se inscribe en el marco de referencia de la Estrategia Nacional de Ciencia y Tecnología (ENCYT), que se aprobó en la III Conferencia de presidentes autonómicos que tuvo lugar el 11 de enero de 2007. En ella quedaron recogidos los grandes principios y objetivos generales por los que deben regirse las políticas de ciencia y tecnologías, tanto Nacionales como Regionales, en el período 2007 – 2015. Los tres principios básicos de la ENCYT son:

� Poner la I+D+I al servicios de la ciudadanía. � Hacer de la I+D+I un factor de mejora de la competitividad empresarial. � Reconocer y promover la I+D como un elemento esencial para la

generación de nuevos conocimientos.

� Política de I+D+I de Andalucía La Consejería de Economía, Innovación y Ciencia.

Es el área del Gobierno Andaluz encargado del diseño y ejecución de las políticas de fomento y promoción de la I+D+i en Andalucía, estando entre sus competencias las siguientes:

� Economía. � Cultura Emprendedora y Economía Social. � Tecnologías de la Información y la Comunicación. � Energía. � Política Industrial. � Investigación y Desarrollo. � Universidades.

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La Estrategia de Competitividad de Andalucía (207-2013), parte del VI Acuerdo de Concertación firmado entre el gobierno de la Junta de Andalucía y los agentes sociales tiene los siguientes objetivos:

� Desarrollo de la Sociedad del Conocimiento. � Desarrollo e innovación empresarial. � Medio ambiente, entorno natural, recursos hídricos y prevención de riesgos. � Accesibilidad, equilibrio territorial y energía. � Desarrollo sostenible local y urbano. � Cohesión social. � Aumento y mejora del capital humano. � Complejo agroalimentario-pesquero y desarrollo rural.

En el ámbito del capital tecnológico y la I+D+i, estos son los objetivos fundamentales:

� Promover la inversión empresarial en investigación, desarrollo e innovación. � Impulsar la investigación y su aplicación a las iniciativas empresariales. � Facilitar la adopción de las tecnologías de la información y la comunicación. � Favorecer la competencia, mejorar la regulación y aumentar la eficiencia de las

Administraciones. Los planes estratégicos de Innovación e I+D en Andalucía El Plan de Innovación y Modernización de Andalucía, PIMA, se establece, en 2005, un nuevo marco normativo para el fomento de la investigación de excelencia, la innovación y el desarrollo empresarial de Andalucía, que reconduce la clásica orientación de corte subvencionador hacia una nueva fórmula promotora de iniciativas emprendedoras, en la que el factor común representado por la aplicación del conocimiento generado para producir innovación actúa como núcleo integrador de los apoyos a través de una herramienta única. En éste marco normativo destacan la Orden de 24 de mayo de 2005 de la CICE de Incentivos a la innovación y al desarrollo empresarial en Andalucía gestionada por la Agencia IDEA y la Orden de 5 de julio de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de incentivos a proyectos de investigación de excelencia en equipos de investigación y a la actividad interanual de los grupos de investigación y desarrollo tecnológico andaluces, de las Universidades Públicas y Organismos de Investigación de Andalucía. El Plan de Innovación y Modernización de Andalucía, PIMA, es el marco estratégico donde se inserta el Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación de Andalucía, PAIDI. En éste contexto surge un nuevo concepto de Sistema Andaluz del Conocimiento (I+D+i), que se concibe como un conjunto que integra a todos los agentes y organizaciones involucrados en los procesos de producción de conocimiento y tecnología, de transferencia de estos recursos a los sectores productivo, social y cultural, y de aplicación de los mismos para generar riqueza a través de la innovación.

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El Plan Andaluz de Desarrollo Industrial, PADI, es otro de los instrumentos implicados en la política de apoyo y fomento de la I+D+I y se encuentra también, al igual que el PAIDI dentro del marco político global que representa el PIMA.

El PADI hace énfasis en el análisis y diagnóstico de la industria en Andalucía define un

modelo de referencia para la industria andaluza y determina una estrategia para el desarrollo de la industria en Andalucía

Los planes estratégicos de Innovación e I+D en Andalucía se dotan con fondos que

provienen de la propia Junta de Andalucía, del Estado Español y de la Unión Europea, principalmente, a través de la Subvención Global FEDER Innovación – Tecnología – Empresa en Andalucía 2007-2013. La Subvención Global de Andalucía para la Innovación-Tecnología-Empresa 2007-2013- FEDER.

En el marco de los objetivos generales del Programa Operativo, tiene el objetivo específico de apoyar la innovación, y el desarrollo de la empresa en Andalucía, preferentemente de las pequeñas y medianas, mediante un conjunto integrado de incentivos orientados a facilitar la creación de nuevas empresas, la consolidación de las ya existentes y a promover la cooperación empresarial, como elementos básicos para la mejora del bienestar social y económico de la población andaluza, así como con otras actuaciones complementarias destinadas a reforzar el Sistema Ciencia-Tecnología-Empresa.

Las actuaciones que se incorporan a la Subvención Global se integran en las siguientes categorías de gastos de los Ejes 1 y 2 de la siguiente tabla:

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EJE 1: DESARROLLO DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO ( I+D+I, EDUCACIÓN, SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y TIC).

03 Transferencia de tecnología y mejora de las redes de cooperación entre pequeñas empresas (PYME), así como entre éstas y otras empresas y universidades, centros de enseñanza postsecundaria de todo tipo, autoridades regionales, centros de investigación y enclaves científicos y tecnológicos (parques científicos y tecnológicos, etc.)

04 Ayudas para I+DT, en particular para las PYME (incluido el acceso a los servicios de IDT en los centros de investigación).

05 Servicios avanzados de asistencia a empresas y grupos de empresas 07 Inversión en empresas directamente relacionadas con la investigación y la innovación

(tecnologías innovadoras, creación de nuevas empresas por parte de las universidades, centros y empresas de I+DT existentes.etc.).

11 Tecnologías de la información y la comunicación (acceso, seguridad, interoperabilidad, prevención de los riesgos, investigación, innovación, contenidos electrónicos etc.)

14 Servicios y aplicaciones para las PYME (comercio electrónico, enseñanza y formación, establecimiento de redes, etc.).

15 Otras medidas para la mejora del acceso a las TIC por parte de las PYME y para su uso eficiente por parte de éstas.

EJE 2. DESARROLLO E INNOVACIÓN EMPRESARIAL

08 Otras inversiones en empresas 09 Otras medidas destinadas a fomentar la investigación e innovación y el espíritu empresarial en

las PYME

Las actuaciones que se desarrollan en ambos ejes consisten en:

� Un programa de incentivos para la creación, modernización, cooperación competitiva e I+D gestionado por la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, IDEA.

� La participación, dinamización y actuación mediante fondos de capital riesgo, préstamos, garantías o microcréditos, que se hace conforme a las disposiciones del artículo 44, del Reglamento (CE) Nº 1083/2006 del Consejo y de las normas de desarrollo contenidas en la Sección 8 ‘Instrumentos de ingeniería financiera’ del Reglamento 1828/2006 de la Comisión contemplando la posibilidad de instrumentar una parte de la Subvención Global en actuaciones llevadas a cabo en el marco de la iniciativa JEREMIE.

A estos efectos, la Iniciativa JEREMIE se instrumenta a través de un protocolo de entendimiento suscrito con el Fondo Europeo de Inversiones que define los mecanismos de funcionamiento, y las actuaciones a desarrollar para la ejecución con cargo a este Programa Operativo.

Un conjunto de actuaciones destinadas a las empresas llevadas a cabo directamente por la Agencia (servicios avanzados de asistencia a empresas y grupos de empresas, auditorías tecnológicas, planes de acción, campañas de sensibilización y difusión, etc.).

El montante financiero para la Subvención Global asciende a 959.032.978,75 euros suponiendo la financiación comunitaria un total de 767.226.383,00 euros. En la siguiente tabla se distribuye dicho importe por ejes.

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Tabla 1. Subvención Global Innovacion-Tecnología-Empresa de Andalucía 2007-2013

COMPARATIVA EJES FINANCIACIÓN COMUNITARIA

FINANCIACION REGIONAL

TASA FEDER

FINANC. TOTAL

Datos iniciales Eje 1 66.780.000,00 16.695.000,00 80% 83.475.000,00

Eje 2 519.180.069,00 222.505.743,86 70% 741.685.812,86

Total 585.960.069,00 239.200.743,86 825.160.812,86

Reprogramación Eje 1 134.603.470,00 33.650.867,50 80% 168.254.337,50

Eje 2 632.622.913,00 158.155.728,25 80% 790.778.641,25

Total 767.226.383,00 191.806.595,75 959.032.978,75

Diferencia Eje 1 67.823.470,00 16.955.867,50 84.779.337,50

Eje 2 113.442.844,00 -64.350.015,61 49.092.828,39

Total 181.266.314,00 -47.394.148,11 133.872.165,89

2. Describa la estructura del presupuesto financiero global comprometido en su Estado miembro para el desarrollo de la política de I+D+i a lo largo de los últimos 5 años. Le rogamos desglose esta información por:

Las previsiones económicas para el cumplimiento de los objetivos de la política de I+D+i en Andalucía y la realización de las acciones necesarias se recogen en el Plan Andaluz de Investigación, PAIDI. Estas acciones vienen determinadas por la política de Investigación, Desarrollo e Innovación cuyas previsiones presupuestarias se recogen anualmente en el “Informe Económico y Financiero del Proyecto de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía” (disponible en la web de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía http://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica)

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PRESUPUESTOS POLÍTICA I+D+I DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

SIMULACIÓN

PROGRAMAS 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012

51G Investigación, Desarrollo e Innovación en

materia de agua

- 5.954.373,00 € 7.878.373,00 € 9.935.506,00 € - - - -

54A Investigación Científica e Innovación

121.344.823,00 € 178.810.837,00 € 205.094.732,00 € 249.360.197,00 € 285.222.134,00 € 313.498.658,00 € 324.055.917,00 € 355.239.219,00 €

54B Servicios tecnológicos y para la Sociedad de la

Información

82.474.222,00 € 101.189.754,00 € 110.228.119,00 € 142.023.190,00 € 153.712.062,00 € 136.560.863,00 € 35.022.142,00 € 41.881.637,00 €

54D Investigación, Desarrollo y Formación

Agraria y Pesquera

56.917.270,00 € 64.234.992,00 € 67.083.555,00 € 72.798.349,00 € 75.478.035,00 € 76.531.109,00 € 75.023.936,00 € 70.869.746,00 €

54E Cartografía y Sistemas de Información

Geográfica

5.943.342,00 € 6.316.280,00 € 6.590.177,00 € 7.585.604,00 € 7.818.797,00 € 6.583.560,00 € 4.672.118,00 € 16.875.943,00 €

54F Elaboración y Difusión Estadística

10.918.062,00 € 11.711.620,00 € 12.216.986,00 € 13.777.970,00 € 13.870.886,00 € 12.779.337,00 € 12.645.586,00 € -

Total 277.597.719,00 € 368.217.856,00 € 409.091.942,00 € 495.480.816,00 € 536.101.914,00 € 545.953.527,00 € 451.419.699,00 € 484.866.545,00 €

Fuente: Informe Económico y Financiero del Proyecto de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía

Estos presupuestos representan el gasto estimado anualmente, por la Junta de Andalucía, para las Consejerías que disponen de un programa presupuestario destinado a actividades de I+D+I (PAIDI y Programas sectoriales). a) Tipos de ayuda:

- nº de medidas de ayuda regional - Andalucía:

� Programa de Incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial en

Andalucía. Este programa de incentivos se ha regulado a través de tres ORDENES desde abril de 2005 a hoy día. La ORDEN actual tiene de fecha 18 de enero de 2012 y se efectúa su convocatoria para los años 2012 y 2013. (En adelante, Orden de Incentivos a la Innovación y el Desarrollo Empresarial).

� Programa de Incentivos a los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y se efectúa su convocatoria para el período 2008-2013 gestionada por la Consejería de Economía. Este programa se ha regulado a través de la ORDEN de 11 de diciembre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras del Innovación y Ciencia que fue modificada por la Orden de 17 de Noviembre de 2008, BOJA nº 240 de 3 de Diciembre de 2008 y por la ORDEN 18 de Diciembre de 2009, BOJA Nº2 de 5 de enero de 2010. (En adelante, Orden de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento).

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- Iniciativas de I+D+i generales no dirigidas a empresas (por ejemplo educación).

� Alguna de las actuaciones dentro de la Orden de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento

- Ayuda financiera a las empresas por debajo del umbral de minimis

� Programa de Creación de Empresa de Base Tecnológica (Programa Campus) � Algunas ayudas a la I+D en periodo transitorio entre Marcos

- Medidas generales 8por ejemplo desgravaciones fiscales para las inversiones en I+D+I de

las empresas)

� No aplica a Andalucía por tratarse de una competencia estatal.

- Ayudas estatales: regímenes, ayudas ad hoc (al margen de los regímenes) � Se obtuvieron mediante el Programa Estatal INGENIO 2010, el Programa Nacional

de I+D+I, y programas para empresas localizadas en Parques Tecnológicos (Parquetazo, Artepac, etc.).

b) objetivos de I+D+i a escala nacional (también regional y local, cuando así proceda). Objetivos como, por ejemplo, financiación de organismos de investigación y proyectos de I+D, infraestructuras de investigación y promoción de agrupaciones y de transferencia de conocimientos;

� Según la Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento (BOJA nº 20 de 23/01/2008) el Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI) “integrará y desarrollará los objetivos estratégicos que sobre investigación, desarrollo e innovación de la Comunidad Autónoma recoja la planificación general de la Junta de Andalucía, y se armonizará respecto a los objetivos nacionales y europeos en estas materias” (artículo 29.3) por lo que los objetivos de I+D+I del Plan pueden ser considerados como los objetivos de I+D+I de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

� VII. OBJETIVOS GENERALES DEL PAIDI (BOJA nº 72 de 27/03/2007)

Como objetivos generales del PAIDI se plantean los siguientes: a) Generar conocimiento y ponerlo en valor. � Para lograrlo deberían ser evidentes para todos los beneficios que se derivan de lo uno

y lo otro, no sólo en el plano tangible, sino también en el plano más inmaterial y personal.

� El placer que provoca el conocimiento, la situación de ventaja que proporciona el saber, o el modo en que cambian las perspectivas a medida que aumenta el conocimiento resultan potentes motores para nuestro trabajo.

� Pero también es necesario poner en valor el conocimiento, es decir, desarrollar innovación aplicando lo que se conoce para cambiar los métodos y los procedimientos, así como los productos y servicios y poner de manifiesto las ventajas que se derivan de ello.

b) Desarrollar una cultura emprendedora y de innovación en Universidades, organismos de investigación y empresas.

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� La actitud emprendedora es clave para el logro de un mayor nivel de desarrollo. Sin embargo, asumir los riesgos, aceptar los retos y desarrollar las líneas de mejora que esta actividad comporta son ideas necesarias pero con frecuencia alejadas de la práctica cotidiana en estas organizaciones.

� Por ello, es necesario establecer condiciones que potencien el surgimiento de iniciativas emprendedoras en todos los ámbitos del Sistema Andaluz del Conocimiento (I+D+i), desde el reconocimiento de que el logro de metas cada vez más altas comporta no sólo mayores niveles de satisfacción personal, sino también mayores expectativas de desarrollo social y económico, y mejores niveles de bienestar.

c) Mejorar los cauces de intercambio del Conocimiento favoreciendo el desarrollo tecnológico y la innovación.

� Se trata de entender mejor dos cuestiones esenciales: Qué es el conocimiento que fluye entre dos organizaciones, y cuáles son sus efectos sobre ambas. Es evidente que tal flujo puede dar lugar a unas determinadas corrientes financieras, pero no es menos cierto que el proceso de transferencia requiere y produce relaciones interpersonales que incrementan el capital social de personas e instituciones. Al generarse capital social (entendido aquí como una serie de lazos que se convierten en recursos presentes y futuros para los nodos de la red) aparecerán extensos y variados efectos que normalmente no se recogen en las estadísticas al uso. d) Implicar la participación de la iniciativa privada en el Sistema Andaluz del Conocimiento a través de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación.

� Es necesario reforzar los instrumentos ya existentes, o promover otros nuevos, para estimular la participación privada en investigación y desarrollo, con el fin de crear mayores sinergias entre lo público y lo privado.

� Se promueven así condiciones idóneas para estimular la creación de empresas, las inversiones de capital de riesgo, y la incorporación de más mujeres y hombres investigadores y técnicos por parte de las empresas.

� (...) El PAIDI, como estrategia de desarrollo de dicho sistema, habrá de organizar y articular, en forma de red operacional, a dichos agentes. A tal efecto y con el fin de una mejor comprensión de los mismos, se propone a continuación una clasificación y descripción de los agentes del PAIDI que, atendiendo a la función principal que desempeñan dentro del sistema, se agrupan en las siguientes categorías:

� Espacios Tecnológicos y del Conocimiento. • Entidades orientadas a la Generación del Conocimiento: Centros de Generación

del Conocimiento. • Entidades orientadas a la aplicación y transferencia del Conocimiento y la

Tecnología. • Entidades de apoyo a la coordinación y gestión del Conocimiento y la Tecnología”

c) tipos de medidas, siempre que sea posible conforme a lo dispuesto en el Marco de I+D+i (ayuda a los proyectos de I+D; ayuda para estudios de viabilidad técnica; ayuda destinada a sufragar parte de los costes de los derechos de propiedad industrial de las PYME; ayuda a empresas innovadoras de reciente creación; ayuda a la innovación en los procesos y la organización de los servicios; ayuda para servicios de asesoramiento innovadores y de apoyo a la innovación; ayuda para el préstamo de personal altamente cualificado; ayuda a las agrupaciones de innovación);

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Dentro de las líneas estratégicas I y II, y como medidas de apoyo se deben mencionar los siguientes programas de ayudas a la I+D:

� Orden de Incentivos a la Innovación y el Desarrollo Empresarial

� Orden de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento. Las categorías de los incentivos en función del objeto incentivado son los siguientes:

1. Proyectos de Investigación:

� Proyectos de investigación de excelencia. � Proyectos de Aplicación del Conocimiento (I+D+i) � Incentivos a la participación en proyectos de investigación internacionales.

2. Formación de investigadores e impulso de la actividad científica:

� Incentivos a actividades científicas y tecnológicas individuales: o Publicaciones de carácter científico. o Organización de Congresos. o Estancias de personal investigador andaluz en el exterior. o Estancias breves de personal investigador no andaluz en Andalucía.

� Incentivos para formación del Personal Investigador. � Programa para la incorporación de Tecnólogos. � Programa de Captación del Conocimiento para Andalucía

3. Mejora de Infraestructuras y funcionamiento de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento

� Incentivos para la mejora de infraestructuras, equipamiento y funcionamiento: o Financiación del Plan Anual de actividades. o Proyectos de implantación o mejora de infraestructuras y equipamiento científico

tecnológicas, en sus fases de definición y de ejecución. o Acciones complementarias.

� Incentivos a grupos de investigación

d) sectores (a efectos del desglose sectorial, puede utilizar los códigos NACE o los epígrafes propuestos por la función «Seleccionar» de la herramienta de búsqueda de las ayudas estatales: http://ec.europa.eu/competition/elojade/isef/index.cfm?clear=1&policy_area_id=3).

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A los efectos de la ORDEN de 18 de enero de 2012, se definen como sectores preferentes:

� Aeroespacial. � Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. � Metalmecánico. � Agroindustrial. � Biotecnología. � Sectores emergentes. � Sector energético y medioambiental (solo para proyectos de I+D+I). � Industrias culturales.

Por su parte el Plan Andaluz de Desarrollo Industrial 2008-2013 recoge las principales

aglomeraciones industriales en Andalucía, sobre los que se realizan planes específicos de actuación y son considerados como prioritarios en la política de incentivos empresariales de la comunidad autónoma.

Se dividen en dos: � Consolidadas (aquellas centradas en territorios específicos) � Especializadas de carácter policéntrico. De igual forma, el PAIDI identifica Áreas de Investigación Científico Técnicas (AICT)

que son las materias de especial relevancia en la creación, gestión e integración del conocimiento., pudiendo ser de tipo disciplinar o plataformas temáticas.

e) tamaño (pequeñas, medianas y grandes empresas8) y naturaleza de los beneficiarios (empresa, organismo de investigación -incluidos los centros de enseñanza superior-, entidad sin ánimo de lucro, otros);

En Andalucía, en el ámbito de la I+D, existen dos órdenes diferenciadas:

1. La dirigida a las empresas, Orden de Incentivos a la Innovación y el Desarrollo Empresarial, donde los beneficiarios son con carácter general, las empresas, especialmente las Pymes, que no estando expresamente excluidas en esta Orden, tengan establecimiento operativo en Andalucía. También podrán ser beneficiarias las agrupaciones o asociaciones de empresas y las fundaciones que tengan relación con el ámbito empresarial.

2. La dirigida a los organismos de investigación, los llamados Agentes Andaluz del Conocimiento, según registro oficial, en la que los beneficiarios son los agentes registrados.

f) tipos de instrumentos de ayuda (por ejemplo, subvenciones directas, anticipos

reembolsables, préstamos, préstamos blandos, incentivos fiscales, puesta a disposición de capital, garantías, garantías de compensación por encima de los precios de mercado de bienes o servicios, asesoría, formación, provisión de infraestructuras, política de contratación pública, reducción de las cuotas de la seguridad social, condonación de deuda, etc.).

8 Cuando sea posible y pertinente, pueden establecerse subcategorías.

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Aunque el abanico de instrumento es amplio, para las actividades de I+D+I se suele usar principalmente el incentivo directo.

3. Aplicación y asimilación de los regímenes de ayudas estatales para I+ D+i

a) Proporcione una lista de los actuales regímenes de apoyo a la I+D+i en su Estado miembro.

A nivel andaluz en lo referente a los regímenes de aplicación: En general las ayudas de Estado que se conceden se aprueban con cargo a las Directrices de Ayudas Regionales y Pymes, Investigación y Desarrollo, y Medio Ambiente.

En particular para I+D+I se aprueban bajo la regulación del DECRETO 400/2008, de 8 de julio, por el que se establece el marco regulador de las ayudas de Investigación y Desarrollo Tecnológico e Innovación que se concedan por la Administración de la Junta de Andalucía.

Para circunstancias excepcionales (ausencia de regímenes de ayuda9 se otorgan incentivos atendiendo al Régimen de Mínimis.

b) Especifique, para cada uno de esos regímenes, si tiene un objetivo de I+D, un objetivo de

innovación9 u objetivos mixtos (I+D+i). Las ayudas reguladas en el Decreto 400/2008 tienen como objetivo general promover la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación de empresas y entidades que desarrollen su actividad económica en la Comunidad Autónoma de Andalucía para contribuir al fortalecimiento de la competitividad, al fomento del empleo, al desarrollo sostenible y a la mejora del medio ambiente, a la creación y desarrollo de empresas tecnológicamente avanzadas y al crecimiento de la economía regional, promoviendo, de esta forma, la vinculación con el tejido empresarial andaluz en el Plan de Innovación y Modernización de Andalucía y el Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación.

c) ¿Qué proporción del compromiso presupuestario global inicial de cada régimen ha sido efectivamente absorbida (es decir, desembolsado)?

La Junta de Andalucía dispone anualmente de un presupuesto para actividades de I+D+I procedente de la política de Investigación, Desarrollo e Innovación cuya información nos

9 Por régimen con objetivo de innovación se entienden las siguientes medidas de apoyo a la innovación contempladas en el Marco de I+D+i (ayudas a empresas jóvenes e innovadoras; ayudas a la innovación en los procesos y la organización de los servicios; ayudas para servicios de asesoramiento y de apoyo a la innovación, ayudas para el préstamo de personal altamente cualificado, ayudas a las agrupaciones (clusters) de innovación).

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proporciona el “Informe Económico y Financiero del Proyecto de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía” (ver columna presupuesto total I+D+I).

Por otra parte, a través del Instituto Nacional de Estadística (INE), podemos conocer el gasto en I+D interna10 por sectores de ejecución entre los que se encuentra el gasto o inversión realizado por la Administración pública (ver columna gasto o inversión Admón. en I+D), dado que el gasto en I+D+I (gasto en innovación, según datos INE) únicamente se proporciona para las empresas porque el Manual de Oslo (OCDE, 2005) considera que la innovación solamente se realiza en el seno empresarial razón por la cual no se encuesta a los restantes sectores de ejecución en esta materia.

ANDALUCÍA PRESUPUESTO TOTAL I+D+I

GASTO ó INVERSIÓN ADMÓN. EN I+D

Sólo Inversión I+D / Presupuesto I+D+I

2000 n.d. 103.092.994,60 € n.d.

2001 n.d. 119.113.000,00 € n.d.

2002 n.d. 106.936.350,00 € n.d.

2003 n.d. 154.231.000,00 € n.d.

2004 212.715.013,00 € 179.568.000,00 € 84,42%

2005 277.597.719,00 € 243.434.000,00 € 87,69%

2006 362.263.483,00 € 283.184.000,00 € 78,17%

2007 401.213.569,00 € 336.946.000,00 € 83,98%

2008 485.545.310,00 € 361.330.000,00 € 74,42%

2009 536.101.914,00 € 390.855.000,00 € 72,91%

2010 545.953.527,00 € 382.958.000,00 € 70,14%

d) Fuente: INE, Presupuestos Junta de Andalucía y elaboración propia de la Secretaría del PAIDI

Más concretamente al amparo de cada uno de los regímenes las cantidades desembolsadas son las siguientes:

10 Según la Encuesta estadística sobre actividades de I+D del INE (http://www.ine.es/metodologia/t14/t1430057_cues.htm) se entiende por “Gastos en actividades de I+D interna” a los

gastos corrientes y de capital incurridos en la realización de actividades de I+D entendidas éstas según las definiciones del Manual de Frascati http://www.ine.es/daco/daco43/metoi+d.htm).

European Commission, B-1049 Brussels - Belgium. Telephone: (32-2) 299 11 11. Office: SPA-3 8/17. Telephone: direct line (32-2) 2985687. Fax: (32-2) 2961242.

� DECRETO 400/2008

• Orden de Incentivos a la Innovación y el Desarrollo Empresarial (2005 - 2013): Datos desde 2005

LINEA Nº PROYECTOS

INVERSIÓN TOTAL

BASE INCENTIVABLE

INCENTIVO APROBADO

EMPLEO_A_CREAR

IDI 1.294 429.330.111,40 € 404.345.839,50 € 119.298.474,01 € 1.833

Datos I+D+I desde 2005 por instrumentos

CATEGORIA Nº PROYECTOS INVERSIÓN TOTAL

BASE INCENTIVABLE

INCENTIVO APROBADO

EMPLEO A CREAR

Estudios de viabilidad técnica previos a los proyectos de I+D+I 44 4.346.238,15 € 3.722.876,97 € 869.944,25 € 11

Incentivos para los servicios de asesoramiento en innovación (Cheque Innovación)

472 1.736.641,00 € 1.739.000,00 € 1.731.500,00 € 41

Proyectos de aplicación del conocimiento existente 435 220.354.993,89 € 201.846.664,75 € 55.778.876,21 € 1.258

Proyectos de Innovación, de la Investigación y el Desarrollo. 189 108.027.356,03 € 93.134.028,79 € 24.777.324,12 € 403

Proyectos para el desarrollo de agrupaciones (clusters) innovadoras 1 - € 37.527,50 € 15.761,55 € 1

Proyectos para la generación de nuevo conocimiento 153 94.864.882,33 € 103.865.741,49 € 36.125.067,88 € 119

1.294 429.330.111,40 € 404.345.839,50 € 119.298.474,01 € 1.833

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• Orden de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento (2008-2013):

CONCEPTO

2.007 2.008 2.009 2.010

Nº € Nº € Nº € Nº €

MACROORDEN

1. Proyectos de Investigación

Proyectos de excelencia

Proyectos de excelencia 347 39.088.536,47

€ 245

17.253.353,26 €

249 19.850.171,00

€ 287 20.959.370,38 €

Contratos Proyectos Excelencia PRE-DOCTORAL

150 14.650.200,00

€ 150

16.188.552,00 €

144 15.541.009,92

€ 101 10.932.947,00 €

Contratos Proyectos Excelencia POST-DOCTORAL

84 10.342.500,00

€ 71 6.510.000,00 € 88 7.017.473,00 € 89 7.290.660,00 €

Contratos proyectos de excelencia de PERSONAL DE APOYO

192 11.512.887,69

€ 103 6.439.250,79 € 118 5.070.450,00 € 82 3.868.965,00 €

Contratos proyectos de excelencia de INVESTIGADORES DE RECONOCIDA VALIA

2 504.000,00 € 3 1.008.000,00 € 2 589.824,00 € 0 0,00 €

Proyectos de Aplicación del Conocimiento (I+D+i) 0 0,00 € 15

11.646.415,76 €

25 12.827.607,54

€ 20 7.571.987,72 €

Incentivos a la participación en Proyectos Internacionales

Elaboración y presentación de proyectos

0 0,00 € 0 0,00 € 7 43.577,83 € 7 37.000,00 €

Cofinanciación coste proyectos internacionales

0 0,00 € 9 810.725,53 € 9 387.324,00 € 8 404.796,00 €

TOTAL 1. Proyectos de Investigación 347 76.098.124,16

€ 269 59.856.297,33

€ 290 61.327.437,29

€ 322 51.065.726,10 €

2. Formación de investigadores e impulso de la actividad científica

Incentivos a Actividades Científica (IAC)

Publicaciones y Congresos 289 1.099.874,56 € 323 1.256.523,18 € 314 1.230.505,45 € 142 646.770,26 €

Estancias 531 1.430.574,52 € 556 1.550.549,90 € 552 1.772.346,79 € 370 1.251.432,17 €

Incentivos a la formación de Personal Investigador

FPI vinculado a proyectos de investigación

0 0,00 € 327 30.145.802,79

€ 352

28.218.756,92 €

272 22.092.572,00 €

FPDU en áreas deficitarias 0 0,00 € 154 16.620.246,72

€ 158

17.051.941,44 €

0 0,00 €

Programa de Captación de Conocimiento para Andalucía (C2A)

0 0,00 € 1 791.000,00 € 2 1.397.128,00 € 0 0,00 €

TOTAL 2. Formación de investigadores e impulso de la actividad científica 820 2.530.449,08 € 1.361

50.364.122,59 €

1.378

49.670.678,60 € 784 23.990.774,43 €

3. Mejora de

Incentivos para la mejora de infraestructuras, Plan anual de actividades 0 0,00 € 28

15.292.220,96 €

49 10.740.316,70

€ 50 42.385.431,19 €

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infraestructuras y funcionamiento de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento

equipamiento y funcionamiento

Proyectos de implantación o mejoras de infraestructura y equipamiento científico-tecnológico

9 18.003.502,72

€ 21

19.703.973,84 €

81 49.644.385,54

€ 37 23.705.170,73 €

Acciones complementarias 9 2.914.300,00 € 6 1.118.969,61 € 24 4.442.451,00 € 12 2.876.030,33 €

Incentivos a grupos de investigación

NO universitarios 213 2.091.456,08 € 198 1.761.727,09 € 225 1.855.284,47 € 289 910.311,75 €

Universitarios 1.52

8 12.015.007,84

€ 1.76

4 11.778.682,78

€ 1.81

9 12.437.803,21

€ 1.86

4 5.391.397,26 €

TOTAL 3. Mejora de infraestructura y funcionamiento de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento

1.759

35.024.266,64 €

2.017

49.655.574,28 €

2.198

79.120.240,92 €

2.252 75.268.341,26 €

TOTAL INCENTIVOS MACRO-ORDEN 2.926

113.652.839,88 €

3.647

159.875.994,20 € 3.86

6 190.118.356,81 €

3.358

150.324.841,79 €

Correspondencia con Plan Nacional:

Proyectos I+D+I

Infraestructura, Instalaciones y Centros científicos y tecnológicos

Fortalecimiento institucional

Utilización del Conocimiento

Articulación e internacionalización del sistema

Otras acciones de I+D+I (divulgación)

RR.HH. Formación

RR.HH. Contratación e incorporación

RR.HH. Movilidad personal investigador

European Commission, B-1049 Brussels - Belgium. Telephone: (32-2) 299 11 11. Office: SPA-3 8/17. Telephone: direct line (32-2) 2985687. Fax: (32-2) 2961242.

� Por el régimen de mínimis:

LINEA CATEGORIA Nº PROY.

SOLICITADO INCENTIVABLE APROBADO

CRE Proyectos de Empresas de Base Tecnológica

56 15.246.484,02 € 13.713.893,49 € 9.376.653,92 €

MOD Proyectos de Empresas de Base Tecnológica

10 2.454.612,28 € 2.238.814,58 € 1.444.628,41 €

66 17.701.096,30 € 15.952.708,07 € 10.821.282,33 €

d) ¿Qué proporción del presupuesto de cada régimen ha sido absorbida por PYME, grandes empresas y otros beneficiarios?

La relación puede ser aproximadamente la siguiente: NO PYME (60%), PYME (40%)

4. Describa la importancia de los programas y los fondos de la UE para la estrategia de I+D+i de su Estado miembro. ¿Podría, si es posible, indicar la importancia relativa de los siguientes programas y fondos de la UE:

– Programas Marco de la UE (el actual Séptimo Programa Marco11);

Los programas de apoyo a la I+D+i internacional, como el Programa Marco, son de especial importancia para la política de promoción de la investigación y la innovación en Andalucía, pues se fundamentan en tres ejes estratégicos: Internacionalización, Innovación y Cooperación. La competitividad de las empresas andaluzas pasa irremediablemente por la internacionalización de sus actividades y la incorporación del paradigma de innovación abierta. El Programa Marco de I+D contribuye, a través de la realización de proyectos de I+D internacionales en cooperación, al cumplimiento de estos objetivos. No obstante, el PM de la UE presenta para algunas empresas, especialmente las pymes, barreras de entrada de difícil superación, por lo que desde Andalucía se implementan otras actuaciones que faciliten la consecución de los objetivos anteriormente mencionados. Estas actuaciones son, entre otras, el desarrollo de ERA NETs y la prestación de servicios (búsqueda de socios, asistencia técnica) y participación en redes internacionales. La aplicación de criterios de descentralización a favor de las regiones podría contribuir de igual forma a la superación de las barreras de entrada del PM para las pymes. De esta forma se pueden aplicar criterios de convergencia, además de los criterios de excelencia propios del programa.

El Programas Marco de la UE es también muy importante para la estrategia de I+D+i de Andalucía al suponer una fuente de ingresos importante para las organizaciones andaluzas.

En relación a este tema es conveniente indicar que el

Una breve descripción de la importancia de la participación de Andalucía en los durante el pasado VI Programa Marco y el actual VII programa Marco en Andalucía:

Andalucía, en su participación en el VI Programa Marco se situó en el 5,6% (52,83 MM€€) del total nacional lo que suponía, aproximadamente, la mitad de su peso en la I+D+I nacional (11,1%, es decir, 104,77 MM€€).

11 http://ec.europa.eu/research/fp7/index_en.cfm.

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A final de 2009, durante el VII Programa Marco, el retorno económico obtenido por Andalucía fue superior al obtenido en todo el 6PM (2003-2006) y ascendía a 52,86 MM€€ frente a los 52,83 MM€€ del 6PM. A final de 2010, el retorno obtenido aumentaba significativamente hasta la cifra acumulada de 80,4 MM€€, es decir, 27,57 MM€€ más y el 6,10% del total español.

Siendo significativo el incremento de los retornos de las empresas que fue un 253% superior al del VI PM y destacando en el sector de la energía.

Actualmente, España ha recibido 1.688,7 millones de euros del VII Programa Marco de la Unión a final del 2011, el cuarto receptor de retornos de la UE. La participación de Andalucía se estima en el 6,3% del Estado situándose en 106,4 MM€€.

ANDALUCÍA 2007-2009 2010 2011 2012 2013

VII PM 52,83 80,4 106,4 - -

(*) Resultado esperado estimando una participación del 6,3 %

– el Programa marco para la innovación y la competitividad12; Su contribución económica a la estrategia de I+D+I de Andalucía no es excesivamente

relevante pues supone aproximadamente 10 MM€€ pero si es un programa importante por el reto de nuestra Región en lo referente a proyectos de I+D+i en colaboración internacional.

– El Instituto Europeo de Innovación y Tecnología13; Prácticamente no aplica a Andalucía

- la política de cohesión, en particular a través de la financiación de los Fondos Estructurales para I+D+ innovación, espíritu empresarial, TIC y desarrollo del capital humano14;

Con creces es el instrumento más importante para la estrategia de I+D+I habida cuenta la cantidad de fondos que aporta y las grandes posibilidades y flexibilidad que aporta que para el desarrollo de instrumentos de apoyo a la I+D+I.

12 http://ec.europa.eu/cip/ 13 http://eit.europa.eu/ 14 http://ec.europa.eu/regional_policy/activity/research/index_es.cfm

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- el Banco Europeo de Inversiones (BEI), en particular mediante el Mecanismo de Financiación del Riesgo Compartido (IFRC)15.

Este instrumento es muy interesante para el apoyo a los proyectos de inversiones en Innovación, de hecho, la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, IDEA actúa como intermediario financiero en los créditos concedidos por el BEI. En relación a su importancia se debe mencionar que instrumento muy usado Innovación y menos en I+D.

Algunos ejemplos de uso de Fondos de Capital Riesgo, relacionados eminentemente con la Innovación, y que cuentan también con el apoyo del BEI y FEI son:

� ANDALUCIA XXI (18 M€) � ANDALUCIA CAPITAL DESARROLLO (36 M€) � GED IBERIA GESTION (50 M€)

Preguntas dirigidas tanto a las autoridades públicas como a otras partes interesadas

5. ¿Cuál es la importancia del nivel de financiación privada para el desarrollo de la política de I+D+i en su Estado miembro? ¿Puede indicar la importancia relativa de las distintas fuentes de financiación privada tales como financiación de préstamos por los bancos, recursos de capital propios, accionistas existentes, capital riesgo (inversión en sociedades no cotizadas por parte de fondos de inversión) e inversión de capital riesgo (financiación mediante capital y cuasi-capital a sociedades durante sus primeras fases)?

A nivel de inversiones en infraestructuras o grandes instalaciones la inversión privada no representa mucho, quizás no llegue al 10% por lo que se hace imprescindible el apoyo público.

En lo relativo a la financiación privada en los proyectos empresariales de I+D+I se encuentra próxima al 50%, por lo que se podría decir se moviliza el doble de lo concedido.

Normalmente los proyectos son financiados con fondos propios de la empresa, préstamos y ayudas. El montante relativo a préstamos suele estar en alrededor de un 20% del presupuesto.

Por tanto, el proyecto tipo medio en Andalucía puede tener la siguiente estructura financiera:

%

* RECURSOS PROPIOS 30 % * PRÉSTAMOS 20 % * OTRAS FUENTES (AYUDAS) 50%

TOTAL 100%

Aunque, habitualmente, en el caso de NO PYME, no suelen usar préstamos.

15 El MFRC está cofinanciado por la UE (a través del 7º PM) y el BEI y se destina a fomentar la inversión, esencialmente del sector privado, en investigación, desarrollo tecnológico, demostración e innovación en toda Europa. Véanse los enlaces http://www.eib.org/products/loans/special/rsff/?lang=en y http://ec.europa.eu/invest-in-research/funding/funding02_en.htm.

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6. ¿En qué medida la actual crisis económica y financiera ha repercutido en:

– la política pública general de I+D+i;

En lo relativo a ayudas de I+D+I, en Andalucía, se ha seguido con la política de apoyo a los proyectos mediante el uso del incentivo directo desembolsado mediante hitos técnico – económicos. A nivel nacional se ha usado el reembolsable y el incentivo directo de manera combinada, y para algunos casos, principalmente pymes y micro-pymes, se han flexibilizado los requisitos de contragarantías para los préstamos reembolsables, no siendo necesario el uso de avales. Se podría decir, que en general se han aumentado los tramos reembolsables de las ayudas aumentando los porcentajes de financiación de las operaciones.

– la concesión de ayudas estatales para I+D+i en su Estado miembro;

La crisis ha afectado a la disponibilidad de financiación por las empresas y a las ayudas públicas a la I+D+i. Durante 2010-2011 las condiciones de financiación se mejoraron, mediante anticipos de las ayudas financieras y exención de garantías para los préstamos, ello en coherencia con lo dispuesto en la Estrategia Estatal de Innovación, pero no ha sido suficiente en el contexto nacional dada la evolución que en el párrafo siguiente arrojan los datos del INE de la Encuesta Estatal de Innovación. Sin embargo, el nuevo gobierno de la nación ha anunciado en enero de 2012 un recorte de las ayudas estatales a empresas para I+D+i de 600 mill€ durante el año en curso. Esta medida tendrá un impacto negativo importante.

Según la encuesta nacional de innovación, durante 2010 el Gasto (público-privado) Nacional en I+D+i creció apenas 0,1%, el año anterior 2009 descendió un 11,5%. En Andalucía durante 2010 el gasto total en I+D+i, público-privado, creció un 9,4%, aunque el anterior, 2009 descendió un 5,6%.

– el nivel de gasto privado en I+ D+ i?

El gasto en I+D+I ha aumentado incluso en periodo de crisis debido a la gran oferta de ayudas, a los instrumentos usados y a la convicción de la empresas de ser la I+D+I un factor clave para supervivencia.

Más concretamente, en lo que respecta a las empresas el gasto en 2010 a nivel nacional descendió un 8,3%, debido en gran parte a la merma en la disponibilidad de financiación privada para apoyar estas medidas. El gasto en I+D+i de las empresas en Andalucía creció un 9,4% en 2010, gracias al esfuerzo presupuestario realizado por la administración regional que decidió priorizar este gasto, y apostó por el mantenimiento de estas medidas de estímulo a la I+D+i. También contribuyó a esto la continuidad en la ejecución de Fondo Tecnológico FEDER desde la administración central ya que existía disponibilidad presupuestaria pendiente de aplicación procedente de este P.O. El Estado por tanto mantuvo abiertas las líneas de apoyo en las regiones de convergencia entre las que se encuentra Andalucía.

En caso de haberse registrado tales repercusiones, ¿puede describirlas e indicar si las autoridades de su país han adaptado a esas circunstancias, y cómo, su política general de I+D+i y, en particular, la concesión de ayudas estatales? ¿Cómo se proponen las autoridades de su país garantizar la financiación de las actividades de I+D+i de las PYME, que se han visto especialmente afectadas por el impacto de la crisis financiera en los préstamos bancarios?

1. En cierta manera se podría decir que hasta 2011 las autoridades públicas se han adaptado a la situación de crisis en lo referente a la I+D pues ésta no ha afectado

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demasiado a los fondos provistos para la I+D+I. El panorama de recortes anunciado por el gobierno estatal puede afectar a Andalucía en un futuro próximo.

2 Para garantizar la financiación se propone un mayor uso de fondos reembolsables y una buena política de garantías. Además, la creación de estructuras Público – Privadas tipo Corporación Tecnológica de Andalucía, CTA, también pueden ayudar en este sentido.

La respuesta reciente a nivel estatal ha sido eliminar ayudas, y a nivel regional intensificar y priorizar estas medidas como eje sobre el que pilotar la salida a la crisis y facilitar el cambio de patrón de crecimiento. Pero esta apuesta regional, en un contexto europeo y nacional en el que se prioriza por encima de todo la diminución del déficit público, llevará a su agotamiento en poco tiempo por eso es importante que la política de I+D+i sea declarada cuestión de Estado, a nivel de la UE, de cada Estado miembro y por supuesto regional.

A.2. Justificación de la política de I+D+i

Preguntas destinadas a las autoridades públicas:

7. ¿Cuáles han sido los principales objetivos políticos de la política de I+D+i de su Estado miembro (por ejemplo, aumento de las inversiones en I+D+i, mejor asignación de los recursos, desarrollo de un sector, actividad o región concretos, creación de empleo, protección del medio ambiente)? Si considera que las medidas correspondientes no estaban orientadas a la consecución de ningún objetivo específico, ¿puede indicar por qué?

A nivel nacional, la herramienta principal a través de la que se ejecutan las políticas de ciencia y tecnología establecidas por el ejecutivo, es el Plan Nacional de I+D+I 2008 – 2011. Ley de Economía Sostenible, la Estrategia Estatal de Innovación, y la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. En él se establecen los objetivos y prioridades de estas políticas, según se recoge en la Ley 13/1986, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, vigente actualmente. El Plan se constituye como un elemento de planificación y programación financiera plurianual de las actuaciones a realizar.

Este Plan se inscribe en el marco de referencia de la Estrategia Nacional de Ciencia y Tecnología (ENCYT), que se aprobó en la III Conferencia de presidentes autonómicos que tuvo lugar el 11 de enero de 2007. En ella quedaron recogidos los grandes principios y objetivos generales por los que deben regirse las políticas de ciencia y tecnologías, tanto nacionales como regionales, en el período 2007 – 2015.

8. ¿Considera que los objetivos de I+D+i perseguidos por su Estado miembro varían según si esta actividad carece de ayuda o es objeto de ayudas estatales? En caso afirmativo, ¿puede identificar esas diferencias?

Los objetivos perseguidos por Andalucía de creación y consolidación de un Sistema Ciencia-Tecnología-Empresa se ven muy influidos por los recursos presupuestarios disponibles, en este sentido, se debe mencionar que Andalucía ha contado con los recursos para poner en marcha el Plan necesario. Por otra parte, en cuanto a los objetivos de gasto, patentes, doctores, etc., se entiende que no pues existe una gran variedad de ayudas a la I+D+I por tipología de proyectos y tipos de beneficiarios con lo que, aunque mejorable, existe un sistema equitativo y accesible de ayudas.

Hay que destacar que la actividad de I+D+i de los sistemas Ciencia-Tecnología-Empresa es muy elástica a la oferta de ayudas públicas. Nos remitimos a los datos que se han aportado en la

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cuestión 4. A mayor medidas de apoyo y estímulo, mayores logros en los objetivos de I+D+i. A menor apoyo, menores logros. La realidad nos dicta eso.

9. ¿Cómo busca su Estado miembro, en sus políticas de I+D+i, el equilibrio entre las intervenciones que implican ayudas estatales y las demás políticas de fomento de la I+D+i? En su concepto, ¿dónde radica la contribución principal de las medidas de ayuda estatal que rebasan el marco de las medidas horizontales generales?

El equilibrio se busca mediante la creación y fomento de un Sistema de Ciencia e Innovación que promueva un sistema armonizado en los siguientes ejes:

� Políticas e instrumentos para fortalecer la base científica y Tecnológica

� Políticas e instrumentos de apoyo a la I+D+I en le empresa

� Políticas e instrumentos para promover vínculos entre Ciencia e Industria

� Políticas e instrumentos para fortalecer los recursos humanos.

� Gobernanza y Evaluación La contribución principal de las medidas de ayuda estatal que rebasan el marco de las

medidas horizontales generales radican en las políticas para fortalecer la base científica, y tecnológica y de apoyo a la I+D+I Empresarial.

10. ¿Cómo evalúa la eficacia de su política de I+D+i? ¿Lleva a cabo análisis de evaluación de medidas individuales o de programas?

� Estudios de la Orden de Incentivos

Evaluación de impacto de la Orden de Incentivos, realizada en 2007, así como un posterior.

Informe de Seguimiento de la Orden de Incentivos a la Innovación y Desarrollo Empresarial en el año 2010. En estos informes se analizan cuestiones tan diversas como la naturaleza de los proyectos apoyados, el impacto sobre la creación de empleo, su distribución provincial hasta, por ejemplo, la satisfacción del cliente y la funcionalidad de la herramienta de tramitación.

� Informes de seguimiento

Se realizan de manera periódica informes de seguimiento de la Orden de Incentivos de manera mensual, trimestral, semestral y al finalizar el año. En este sentido se analizan los proyectos de innovación presentados, aprobados y denegados, se analizan las inversiones e incentivos y se sacan estadísticas por categoría de proyecto, y de manera provincializada para ver el impacto territorial.

� PADI

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De manera anual se realiza un amplio trabajo de análisis y seguimiento del Plan Andaluz de Desarrollo Industrial, analizando aspectos como el apoyo a los proyectos empresariales y el impulso emprendedor, así como la calidad y excelencia empresarial.

� PAIDI

Se hace un análisis pormenorizado por programas, instrumentos y agentes del Sistema Ciencia y Tecnología. También se usan indicadores de gestión y ejecución. (continuar con lo que ya pone el borrador)

Preguntas dirigidas tanto a las autoridades públicas como a otras partes interesadas:

11. ¿Qué evolución prevé para su política de I+D+i a la vista de la Estrategia Europa 2020 anteriormente indicada y de su aplicación?

Esperamos una evolución positiva habida cuenta el compromiso del Gobierno de Andalucía con la I+D+I y el nuevo entorno Europeo de apoyo al crecimiento sostenible basados en la competitividad y la I+D+I como uno de sus factores clave. En cuanto a evolución cuantitativa se espera seguir creciendo en la cifra clave de gasto en I+D+I respecto al PIB, más, si cabe esperar, que la economía va a sufrir una fase contractiva y, sin embargo, los fondos para la I+D+I se van a mantener o subir ligeramente.

Andalucía, en cumplimiento de la condicionalidad ex ante para el acceso a Fondos de Cohesión ya prevista en los actuales borradores de los reglamentos que articularán el próximo marco de 2014-2020, en particular para atender al objetivo temático 1 “Reforzar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación”, habrá de diseñar una Estrategia Regional de Especialización Inteligente (RIS3) que ha de ser la que enmarque la política regional de I+D+I. El concepto de RIS3 se deriva de los principios de la E2020, aparece en la iniciativa emblemática “Unión por la Innovación” y se explicita en la Comunicación de la Comisión “Contribución de la Política Regional al crecimiento inteligente en el marco de Europa 2020”.

La Estrategia Regional de Especialización Inteligente se define como una estrategia integrada, de transformación económica basada en el territorio, que concentra recursos públicos en innovación y en las prioridades, los retos y las necesidades de desarrollo basadas en el conocimiento; esboza medidas para estimular la inversión privada en I+D+I y se construye sobre las capacidades, las competencias, las ventajas competitivas y el potencial para la excelencia de la región en el ámbito de cadenas de valor global europeas y globales. Enfatiza la implicación de los actores y anima a la innovación en la gobernanza de la innovación y la experimentación.

Dado que la futura estrategia, y por lo tanto las políticas de I+D+I, contemplan la convergencia de todos los recursos y programas, estará alineada con los principios de los futuros programas HORIZONTE 2020 y COSME y tendrá presente las oportunidades que pueda generar para Andalucía el Instituto Europeo de Innovación y Tecnología, así como la participación de actores andaluces en las Asociaciones Europeas para la Innovación

A.3. Impacto del Marco de I+D+i en la política de I+D+i

Preguntas destinadas a las autoridades públicas:

12. ¿Han influido en la concepción global de su política de I+D+i las disposiciones del marco de I+D+i (por ejemplo, las categorías de ayuda subvencionables o la evaluación del efecto

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incentivador)? ¿Existen ejemplos de medidas de apoyo cuya concepción haya sido modificada para ajustarla a los requisitos del Marco de I+D+ i? En caso afirmativo, ¿puede explicar por qué?

Evidentemente sí, pues la política de I+D+I de Andalucía se regula a través del DECRETO 400/2008, de 8 de julio, por el que se establece el marco regulador de las ayudas de Investigación y Desarrollo Tecnológico e Innovación que se concedan por la Administración de la Junta de Andalucía, el cual está en armonía con el Marco Comunitario sobre Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo, establecido mediante Comunicación de la Comisión 2006/C 323/01, publicada el 30 de diciembre de 2006.

Éste Decreto establece el marco regulador de las ayudas en favor de la investigación, el

desarrollo tecnológico y la innovación que la Administración de la Junta de Andalucía y las entidades instrumentales de la Junta de Andalucía puedan conceder a personas físicas o jurídicas que realicen algunas de las actividades incluidas en el ámbito de aplicación del Decreto.

Las ayudas concebidas se han diseñado con las premisas de este DECRETO para que se

ajusten a éste por lo que no existen modificaciones sustanciales de especial mención con respecto al Marco de I+D+I.

Preguntas dirigidas tanto a las autoridades públicas como a otras partes interesadas:

13. ¿Considera que el actual Marco de I+D+i ha ofrecido a los Estados miembros directrices para concebir grandes ayudas individuales de I+D mejor orientadas a subsanar las deficiencias del mercado que las anteriores normas sobre ayudas estatales para I+D?

El actual Marco de I+D+i ha dado nuevas posibilidades, como los incentivos a empresas innovadora de reciente creación, apoyo a clusters, etc., con estas directrices se ha podido concebir ayudas mejor orientadas a las necesidades pero aún se necesita dar nuevos pasos de impulso, con unos nuevos instrumentos adecuados a los actuales momentos de crisis con una mayor énfasis en la Creación de Empresa de Base Tecnológica, los Servicios de Innovación, la financiación, el impulso de la I+D transnacional, etc.

SECCIÓN B: PREGUNTAS GENERALES SOBRE LAS AYUDAS ESTATALES PARA I+D+ I

B.1. Eficacia de las ayudas estatales para I+D+i

Preguntas destinadas a las autoridades públicas:

14. Si su Estado miembro ha logrado objetivos de I+D+i a través de medidas que, en determinadas condiciones, pueden no entrañar ayudas estatales, indique si esas medidas se recogen en alguno de los siguientes apartados y cómo se garantiza que no incluyen ayuda estatal alguna:

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- ayuda de minimis16

Las ayudas de mínimis han sido utilizadas en varias ocasiones, entre las que se destacan:

a) Programa de Creación de Empresas de Base Tecnológica CAMPUS

b) Financiación de proyectos de I+D+i para empresas No PYME en ausencia de régimen de ayudas

c) Para la implantación del Cheque Innovación, un instrumento especialmente destinado a la innovación en pymes y micropymes, con objeto de incrementar la intensidad máxima de ayuda y salvar el obstáculo de la falta de financiación para acceder a estos servicios.

En todos los casos la propia consideración de ayuda de mínimis acreditaba su carácter de “no ayuda de estado”, por lo que se acreditaba el cumplimiento de las condiciones necesarias para otorgar la ayuda mínimis.

- infraestructura de I+D+i

- política de derechos de propiedad industrial (DPI)

Se ha desarrollado una notable actuación de promoción y asesoramiento en materia de propiedad industrial, con evidente logros formativos e informativos, a través de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía. Se trata de un servicio público y gratuito que se presta de manera no selectiva y no discrecional, no supone ventaja económica ni repercusión sobre las transacciones comerciales.

- educación y formación

En lo relativo a educación y formación en I+D+I se han obtenido logros a través de las Universidades, las Oficinas de Transferencia y Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, IDEA.

- movilidad de personal cualificado

- transferencia de conocimientos y tecnología

Buena parte de la política de transferencia y conocimiento se ha canalizado a través de la prestación de servicios tecnológicos avanzados provisto por la Agencia IDEA, formando parte de diferentes estructuras europeas, como la Enterprise Europe Network (CESEAND nodo Andaluz). La prestación de estos servicios es no selectiva y no discrecional y no tiene efectos sobre la competencia y los intercambios comerciales.

- incentivos fiscales generales

16 Las pequeñas ayudas (o ayudas de minimis) a las empresas, es decir, las inferiores a 200 000 EUR que se extiendan a lo largo de un periodo de tres ejercicios fiscales y cumplan determinadas condiciones no constituyen ayudas estatales según la acepción del artículo 107, apartado 1, del Tratado, pues se considera que no afectan al comercio ni falsean la competencia. Las condiciones aplicables a las ayudas de minimis se establecen en el Reglamento (CE) nº 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis, DO L 379 de 28.12.2006, p. 5.

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La política de incentivos fiscales a la innovación es competencia de la Administración General del Estado.

- política de contratación pública

Se han diseñado varias iniciativas de compra pública innovadora, en colaboración con el Ministerio de Ciencia e Innovación de la Administración Central del Estado. Entre otras se ha firmado un acuerdo de adhesión al Programa Innocompra con los siguientes objetivos:

� Promocionar la Compra Pública Innovadora y la realización de estas actuaciones

por parte de los organismo públicos de la Comunidad Autónoma Andaluza

� Intercambiar información relativa a la Compra Pública Innovadora

� Alcanzar el objetivo de destinar el 3% del presupuesto autonómico a actuaciones de

Compra Pública innovadora.

En dicho acuerdo se definen diferentes proyectos de interés estratégico para Andalucía que serán impulsados a través de la adquisición de bienes y servicios innovadores.

- campañas de información

- otras medidas generales

15. ¿Qué repercusión ha tenido el Marco de I+D+i en la eficacia general de su política de I+D+ i?

Ha marcado los instrumentos con los que construir la hoja de ruta de la política de I+D+I.

Preguntas dirigidas tanto a las autoridades públicas como a otras partes interesadas:

16. Le rogamos nos facilite todos los estudios o informes pertinentes en los que se describa la eficacia de la ayuda estatal para I+D+i en su país.

a. Informe anual COTEC de la Tecnología e Innovación en España

b. Informe de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT)

c. Informe anual del Plan Nacional de I+D

d. Informe anual del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación.

e. Informe de la Oficina Española de Patentes y Marcas

f. Evaluación del Sistema Andaluz de Innovación (EOI)

17. En su experiencia, ¿qué tipos de instrumentos de ayuda estatal son los más apropiados para fomentar efectivamente la I+D+i (por ejemplo, subvenciones directas, anticipos reembolsables, préstamos, préstamos blandos, incentivos fiscales, puesta a disposición de capital, garantías, garantías de compensación por encima de los precios de mercado de bienes o servicios, asesoría, formación, provisión de infraestructuras, política de contratación pública, reducción de las cuotas de la seguridad social, condonación de deuda, etc.)? Justifique su respuesta.

Los incentivos podrán revestir alguna de las modalidades siguientes:

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a. Incentivos directos en forma de subvenciones.

b. Incentivos reembolsables

c. Bonificaciones de tipos de interés.

d. Préstamos participativos.

Otras alternativas de instrumentos podrían ir en la línea de las política de Garantías accesible a las PYMES, la contratación y compra pública innovadora y los incentivos fiscales a la I+D+I.

18. En su experiencia, ¿qué instrumentos considera especialmente eficaces para ofrecer apoyo a las empresas de nueva creación y PYME innovadoras?

Préstamos blandos, política de contratación púbica e incentivos fiscales.

B.2. Efectos positivos de las ayudas estatales para I+D+i

Preguntas destinadas a las autoridades públicas:

19. Al conceder ayudas de I+D+i ¿cómo comprueban las autoridades de su país la existencia de un efecto incentivador? ¿Suele analizarse la hipótesis de contraste (es decir, el comportamiento de la empresa interesada en caso de no existir ayudas)? Proporcione ejemplos. ¿Se mide el efecto del gasto público adicional en la obtención de gasto privado para I+D+ i? En caso afirmativo, ¿con qué resultados?

En el caso de la financiación de proyectos de I+D+i en las que los gastos elegibles no contemplan inversiones el cumplimiento del efecto incentivador se verifica con una declaración de que el proyecto no se ha iniciado antes de la fecha de la presentación de la solicitud formal, y su verificación posterior.

Para empresas PYME el requisito anterior da por cumplido el efecto incentivador.

En el caso de empresa NO PYME se verifica además el cumplimiento de alguno de los ratios de efecto del proyecto en la I+D+I de la empresa según indica el Marco Europeo y el Decreto 400/2088:

Indicadores del efecto de incentivador de las ayudas

R1=A/B > 1

A: Media anual de gasto total en I+D+I de la empresa en los años de duración del proyecto

B: Media anual de gasto total en I+D+I de la empresa en los tres últimos años anteriores a la iniciación del proyecto

R2=C/D > 1

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C: Media anual de inversiones en I+D+I de la empresa en los años de duración del proyecto

D: Media anual de inversiones en I+D+I de la empresa en los tres últimos años anteriores a la iniciación del proyecto

R3=E/F > 1

E: Total de inversiones + Gastos en I+D+I

F: Valor producción comercial

R4=G/H > 1

G: Media mensual de horas trabajadas en I+D+I en la empresa en el tiempo de realización del proyecto

H: Media mensual de horas trabajadas en I+D+I en la empresa en los 24 meses anteriores a la iniciación del proyecto

R5=I/J > 1

I: Media del número del personal destinado a actividades de I+D+i en los años de duración del proyecto

J: Media del número del personal destinado a actividades de I+D+i en los tres últimos años anteriores a la iniciación del proyecto

Con el cumplimiento de estos requisitos se entiendo que la ayuda induce a un comportamiento por parte del beneficiario que redunde en un aumento de la actividad de I+D.

� No se suele analizar la hipótesis de contraste (es decir, el comportamiento de la empresa interesada en caso de no existir ayudas).

� Sí se mide en el entorno de lanzamiento de nuevos programas de apoyo a la I+D+I empresarial o mediante la creación de colaboraciones público privadas como la Corporación Tecnológica de Andalucía.

Preguntas dirigidas tanto a las autoridades públicas como a otras partes interesadas:

20. ¿En qué circunstancias consideraría que la ayuda estatal para I+D+i es necesaria? Indique los efectos positivos de las ayudas estatales para I+D+i y, en particular, las deficiencias del mercado que deberían subsanarse mediante ayudas estatales para I+D+i, u otras razones que justifiquen el recurso a esas ayudas.

La intervención pública se hace necesaria por la existencia de fallos en el mercado para las capacidades de I+D disponibles, especialmente en los siguientes casos:

a) La existencia de externalidades positivas, es decir, efectos beneficiosos para terceros por la ejecución del proyecto.

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b) Fallos de coordinación, sobre todo en la asunción de costes de transacción por las empresas, como por ejemplo en los proyectos de I+D+i.

c) El alto grado de incertidumbre y riesgo asumido por las empresas que impide una asignación eficiente de los recursos, sobre todo financieros y humanos.

En cualquier caso, existen algunos tipos de actividades de I+D donde se entiende necesaria la ayuda estatal de I+D:

1. Generación de conocimiento científico base de gran tiempo de maduración

2. Generación de conocimiento científico con fines sociales

3. Proyectos de alto riesgo

4. Desarrollo tecnológicos que provoquen nuevos procesos o productos de difícil adopción o aceptación por parte del mercado

5. Desarrollos tecnológicos en línea con las políticas EUROPA 2020 de manera que se obtengan los objetivos prefijados en estas.

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Beneficios:

El efecto positivo de las ayudas es el de aminorar riesgos y acelerar el proceso de desarrollo económico perseguido en las políticas de desarrollo. Este efecto acelerador junto con una correcta puesta en valor de los conocimientos científicos lleva a la creación de un círculo virtuoso en el ámbito del uso y desarrollo de la I+D como medio para obtener mayor competitividad, mercado y crecimiento.

Deficiencias:

Las deficiencias que deberían arreglar las ayudas de estado están en la línea de la obtención de financiación para la tarea investigadora, sobretodo, en la actual crisis financiera. También, y en línea con las políticas previstas, en el apoyo a la creación de mercado donde existen fallos de éste.

21 ¿En qué circunstancias considera que las medidas de ayuda estatal tienen un efecto incentivador, es decir, que estimulan una actividad suplementaria de I+D+i por parte del beneficiario de la ayuda? En su opinión, ¿la ayuda estatal se necesita principalmente para eliminar limitaciones de financiación (por ejemplo, incapacidad de las empresas para atraer fondos externos de I+D+i) o para contrarrestar la baja rentabilidad de la I+D+i (por ejemplo, incapacidad de las empresas para cosechar los beneficios de la innovación)?

Entendemos que tiene especial relevancia ante fallos de coordinación y de red (proyectos de cooperación), asignación de recursos humanos y financieros y transferencia de conocimiento ente Centros de Investigación y tejido empresarial. También cuando el tamaño y el poder de mercado es una barrera para el acceso a la I+D, como en muchos casos se produce en las Pyme.

El factor tiempo, tan relevante para la llegada de un producto al mercado con éxito, cobre también importancia, pues gracias a las ayudas de I+D+i las empresas, especialmente las PYME, pueden desarrollar en un tiempo adecuado a la dinámica del mercado sus proyectos de I+D+i, lo que sería imposible sin un entorno adecuado de ayudas.

Las ayudas a la I+D+I estimulan una actividad suplementaria de I+D+I en tanto en cuanto reducen el riesgo financiero y de mercado a asumir por parte de las empresas.

B.3. Efectos negativos de las ayudas estatales para I+D+ i

Preguntas dirigidas tanto a las autoridades públicas como a otras partes interesadas:

22. ¿Cuáles son, en su concepto, los principales efectos negativos potenciales de las ayudas estatales para I+D+i, por ejemplo, falseamientos de la competencia y repercusiones en el comercio? En su opinión, ¿qué circunstancias podrían acarrear un elevado riesgo de falseamiento de la competencia/repercusiones en el comercio como consecuencia de una ayudas para I+D+i? Le rogamos considere en su respuesta las siguientes circunstancias: proximidad del mercado de la actividad de I+D+ i subvencionada; importe de la ayuda; tamaño del beneficiario; peso en el mercado del beneficiario; nivel de externalidades positivas; estructura del mercado correspondiente.

Las ayudas a la I+D pueden afectar a la competencia cuando se financian actividades vinculadas al ciclo de explotación de las empresas, y que por tanto no tiene carácter pre-comercial. En ese caso estaríamos ante la financiación encubierta de actividades de

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producción, con el consiguiente efecto sobre los precios de los productos y la interferencia en las relaciones comerciales. Los elementos anteriormente mencionados han considerarse teniendo en cuenta los s

sectores y el tamaño de las empresas. Los procesos de ayudas en régimen de concurrencia competitiva pueden estar en la línea de lo más eficaz pero debe combinarse de otros factores que hagan accesible las ayudas a las PYMES y Micro-pymes Las ayudas a la I+D pueden suponer también ayudas a actividades ineficientes desde el punto de vista comercial, aún cuando cuenten con una adecuada valoración técnica.

23. ¿En qué circunstancias consideraría la posibilidad de ayudas incluso por debajo de los

umbrales a partir de los cuales el Marco de I+D+i requiere una evaluación detallada de la ayuda por existir un alto riesgo de falseamiento de la competencia? ¿Recogen las normas actuales adecuadamente el efecto potencial combinado («efecto acumulativo», positivo o negativo) de las diversas medidas de ayuda concedidas al amparo de los distintos regímenes de ayuda?

En el caso de proyectos en las fronteras del conocimiento que den lugar a innovaciones radicales y cambio sociales.

Sí, el efecto acumulativo se recoge en el capítulo 8

24. ¿Qué salvaguardias deben implantarse para evitar que los efectos distorsionadores y perjudiciales de la intervención a través de ayudas estatales anulen los efectos positivos? ¿Deberían las normas insistir en la utilización de medios menos falseadores siempre que sea posible?

Sobre todo, las relativas a la difusión y explotación de los resultados evitando el secreto industrial o la posibilidad de éste en beneficio propio. Esto no quiere decir que no se respete el derecho de Propiedad Industrial e Intelectual.

Incentivar actividades exclusivamente con carácter pre-comercial.

Evitar el efecto exclusión y el aumento del poder de mercado.

Sí, se debería insistir en las norma la utilización de medios no falseadores.

25. ¿Considera que se necesitan restricciones territoriales en lo que respecta al beneficiario y/o a las actividades de I+D+i subvencionables (por ejemplo, el requisito de que las actividades subvencionables se lleven a cabo en un Estado miembro o en una región determinados) a fin de alcanzar el objetivo perseguido por las medidas de ayudas estatales para I+D+i? En caso afirmativo, explique por qué e indique el grado de limitación que aplica o consideraría necesario. En caso negativo, ¿considera que este tipo de restricciones territoriales podría tener consecuencias negativas, por ejemplo en cuanto a los incentivos de los beneficiarios potenciales para implantar actividades de I+D+i en la UE?

Las restricciones geográficas se deben fundamentar en un ámbito geográfico a la hora de verificar el impacto regional, nacional o europeo de una ayuda. Este impacto es más fácil de verificar en la medida de lo concreto, es decir, realización del proyecto en una localización, generación de resultados en una localización, explotación de resultados en una localización.

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Dependiendo del tipo de programas de ayudas se podrá ser más o menos flexible en el aspecto geográfico.

De esta manera, y teniendo en cuenta los propósitos de cada programa de ayudas el ámbito geográfico se debe tener en cuenta con la flexibilidad adecuada.

SECCIÓN C: MARCO DE I+D+ I

C.1. Preguntas generales sobre el Marco de I+D+i

1. Preguntas dirigidas tanto a las autoridades públicas como a otras partes interesadas:

26. ¿Cuál es su valoración general del marco actual de I+D+i? ¿Qué es lo que ha funcionado correctamente y lo que no ha funcionado tan bien? Justifique su respuesta.

El actual Marco de I+D+I cubre, en su generalidad, la mayor parte de las necesidades tradicionales de proyectos de I+D+I, o esquemas de financiación de estos, con lo que se pude decir que el resultado a este respecto ha sido positivo si crear incertidumbre ni contradicciones.

Respecto a los nuevos instrumentos o aquellos menos usualmente usados, al actual Marco de I+D+I no ha dado la información suficiente en lo relativo a garantías jurídicas para la correcta implementación de los programas y para el correcto desarrollo y buena explotación de éstos. Más concretamente nos referimos a los instrumentos siguientes: Ayudas para los derechos de propiedad industrial: Ayudas para empresas jóvenes e innovadoras; ayudas para los procesos e innovaciones de organización en los servicios; Ayudas para servicios de apoya a la innovación; Ayuda de préstamos de personal de alta cualificación; Ayudas para Clusters innovadores.

Existe un aspecto en el Reglamento de Exención que por no venir determinado en el Marco Temporal, da lugar a cierto desequilibrio y trato a favor de los regímenes exentos -cuando su compatibilidad no ha quedado acreditada por medio de una decisión de la Comisión, como es el caso de los regímenes notificados- y que, en consecuencia, debería ser corregido en el futuro.

En concreto, nos estamos refiriendo al Art. 44,3del Reglamento 800/2008 que señala que: “Al término del periodo de vigencia del presente Reglamento, los regímenes de ayudas exentos en virtud del mismo seguirán estándolo durante un periodo de adaptación de seis meses, con la excepción de los regímenes de ayudas regionales. La exención de los regímenes de ayudas regionales finalizará en la fecha de vencimiento de los mapas de ayudas regionales aprobados.”

Frente a este beneficio, los regímenes notificados no podrán exceder su duración del 31.12.2013, como señala el epígrafe 10.3 del Marco. Lo cual implica que un régimen exento, de facto, pueda estar aplicándose hasta el 30 de junio de 2014 y un régimen notificado, no pueda aplicarse más allá del 31.01.2013.

Lo anterior se agrava, por el hecho de que serán los primeros meses del año 2014 aquellos en los que seguramente se cierre el texto definitivo del nuevo Marco de ayudas a la I+D, y no será hasta su definitiva aprobación, hasta cuando los Estados podrán realizar una nueva notificación para su autorización, lo que en la práctica puede conllevar la adopción de un nuevo régimen ocho o nueve meses después del fin de vigencia del Marco.

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Si bien se es consciente de que este problema no tiene solución en la redacción actual del presente Marco, salvo que en el marco de una Comunicación la Comisión al prorrogar el Marco vigente establezca esta cláusula, convendría que en el Marco futuro, se articulase un régimen transitorio similar al del Reglamento de Exención.

27. ¿Considera adecuado el equilibrio general de la arquitectura de las normas, es decir, el equilibrio entre medidas de exención por categorías, evaluación de los regímenes de ayuda y medidas individuales sujetas a una evaluación pormenorizada? ¿Admite mejoras la estructura actual? En caso afirmativo, especifique las mejoras que considera convenientes.

Se estima que las tres categorías identificadas sobres las que se sustenta la arquitectura de la norma se ajustan al espectro posible: exención; evaluación de regímenes; medidas individuales.

Otra cosa es lo relativo al equilibrio en el uso de estas categorías. Lo ideal sería contribuir a un proceso sencillo de evaluación de regímenes o aumentar las medidas de exenciones usando sólo cuando sea necesario las evaluaciones pormenorizadas.

Convendría que las medidas sometidas a Evaluación Detallada conforme al futuro Marco tuvieran un umbral de notificación superior al que establece el Reglamento de Exención. Efectivamente, no parece adecuada la remisión al RGEC que realiza el punto 7,1 del Marco, ya que ha de tenerse en cuenta, que a diferencia de un régimen exento, un régimen que se acoge al Marco ha sido objeto de examen por la Comisión Europea que ha acreditado su compatibilidad con el Mercado Común por medio de una Decisión. Por tanto, debería existir un umbral superior para los regímenes notificados y autorizados respecto de los regímenes exentos, ya que el análisis que de estos hace la Comisión los hace potencialmente menos lesivos que las ayudas exentas.

Igualmente, podría considerarse excesivas las obligaciones de información que en relación con el informe Anual se hace en el punto 10.1 del Marco en relación con las obligaciones que marca el Art. 11 del Reglamento 800/2008 para los regímenes exentos. Debería buscarse un equilibrio en este extremo.

C.2. Concepto de ayuda en el contexto del Marco de I+D+i

En general, se considera ayuda estatal toda financiación que cumpla los criterios establecidos en el artículo 107, apartado 1, del TFUE. En el ámbito de la I+D+i, la noción de ayuda estatal plantea algunas cuestiones específicas. Los organismos de investigación pueden entrar en la categoría de empresas según la acepción del artículo 107, apartado 1, del TFUE si realizan una actividad económica. Si la financiación pública de esas actividades económicas se efectúa en condiciones normales de mercado, no implica ayuda estatal. Ahora bien, podría concederse ayuda indirecta a las empresas a través de organismos de investigación financiados con fondos públicos.

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Preguntas destinadas a las autoridades públicas:

28. Por lo que respecta a los instrumentos financieros, ¿considera necesario aclarar la noción de ayudas transparentes y proporcionar directrices suplementarias para cuantificar la parte de ayuda de esos instrumentos? En caso afirmativo, ¿qué elementos considera necesarios con ese fin?

Sí, se debe dejar claro la definición de ayuda transparente y los métodos que deben ser usados para el cálculo exacto del Equivalente de Subvención Bruta y, así, poder dirimir si una ayuda es transparente o no.

La definición de ayuda transparente debe limitarse al Reglamento de Exención y a las ayudas a la I+D que se acojan al mismo. En consecuencia, en el futuro Marco de ayudas a la I+D no se debería exigir que la ayuda sea transparente, al igual que no se exige en el vigente.

29. Indique si ha encontrado alguna dificultad a la hora de evaluar la existencia de posibles elementos de ayuda estatal en los contratos públicos que promueven la I+D+ i, incluidos tanto los contratos públicos de I+D (como la contratación precomercial17) como los contratos públicos para productos y servicios innovadores. En caso afirmativo, describa esas dificultades. ¿Qué hace o haría para resolverlas? ¿Considera necesario aclarar estas cuestiones en el Marco de I+D+i? ¿Dispone de mecanismos a nivel nacional o regional que permitan evitar solapamientos y/o incompatibilidades en la financiación de la I+D+i procedente de las medidas de ayuda a la I+D+i con respecto a la contratación pública?

Sería necesario aclarar estas cuestiones en el Marco de I+D+I toda vez que la compra pública innovadora se prevé como un instrumento en auge y sería necesario determinar bajo qué circunstancias se van a considerar ayudas de estado.

30. ¿Ha encontrado alguna dificultad en relación con la aplicación de las normas sobre ayudas estatales a la financiación pública de infraestructuras de I+D+ i, incluidas las infraestructuras concebidas para su uso dual (económico y no económico)? En caso afirmativo, describa esas dificultades. ¿Cómo las ha abordado? ¿Considera necesario aclarar estas cuestiones en el Marco de I+D+i? En caso afirmativo, ¿qué elementos considera necesarios con ese fin?

Sólo en el caso de solapamiento relativo a proyectos que conlleven la creación o uso de infraestructuras que por otra parte hayan sido apoyadas desde los Estados Miembros. Se debería aclarar las compatibilidades, los conceptos de gasto elegible, los instrumentos financieros, el cálculo del equivalente de subvención bruta y la intensidad permitida.

Preguntas dirigidas tanto a las autoridades públicas como a otras partes interesadas:

31. ¿Le parecen adecuados los actuales criterios y directrices aplicables a la colaboración entre organismos de investigación y empresas, por lo que se refiere a:

– la ayuda indirecta a las empresas a través de la colaboración con organismos de investigación financiados con fondos públicos;

17 Para más información sobre la contratación precomercial, véase http://cordis.europa.eu/fp7/ict/pcp/home_en.html

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Si en cuanto se mantenga y se verifique que las contrataciones de contratación del organismo de investigación han de hacerse en condiciones de mercado.

– las disposiciones aplicables a la investigación bajo contrato realizada por organismos públicos de investigación por cuenta de empresas;

Nos parecen correctas pero habría que aclarar mejor el caso donde se produce ayuda de estado, pues el texto menciona los casos donde no se produce ayuda de estado y dice que lo que está fuera de estos casos se considera que recibe ayuda de estado. Se entendería mejor explicando cuando sí se recibe ayuda de estado, además, exponiendo un ejemplo y, además, explicando el su método de medida de la ayuda para valorara el alcance en ESB.

– las condiciones en las que los organismos de investigación y las empresas colaboran, por ejemplo, en lo que respecta a las condiciones para la cesión de la propiedad intelectual? En caso negativo, ¿cuáles serían, en su opinión, los elementos más apropiados a tomar en consideración a este respecto? ¿Considera que hay otros ámbitos en los que deben mejorarse los criterios y directrices actualmente aplicables a la colaboración entre los organismos de investigación y las empresas?

Sí parecen adecuados en general, pero en el caso de cesión de la propiedad industrial a un tercero el texto dice que puede no haber ayudas de estado lo cual es un poco ambiguo y debería concretarse más en la casuística que habitualmente se da y además decir casos en los que sí se considera ayuda de estado.

32. En su opinión, ¿cuál es el método más eficaz para establecer el precio de mercado de los servicios prestados o los derechos de propiedad intelectual generados por organismos de investigación financiados con fondos públicos? ¿Qué método sigue su Estado miembro/su organización?

En Andalucía, se exige un mínimo de participación de equipo investigador para los proyectos de investigación fundamental, investigación industrial y de desarrollo experimental, y en lo relativo a precio se deja a la negociación de las partes contratantes.

Sin embargo, el coste atribuido a los servicios prestados o los derechos de propiedad intelectual generados son objeto de estudio en la valoración de los proyectos de manera que se verifican las tareas realizadas por los equipos de investigación y su coste. La manera de valorarlo es en coherencia con el proyecto y los paquetes de trabajo asumidos contabilización de todos los costes directos e indirectos en los que incurre el equipo de investigación en el desarrollo del paquete de trabajo (personal, amortizaciones de equipos, etc.…), también a través de la identificación de transacciones comparables.

33. ¿Hay otros aspectos referentes al concepto de ayuda que necesiten una mayor aclaración? En caso afirmativo, expóngalos y justifique su respuesta.

Sí, en lo relativo a compra pública, deducciones fiscales, ayudas indirectas en general, sectores protegidos, situaciones especiales, etc.

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C.3. Definiciones recogidas en el Marco de I+D+i

Preguntas dirigidas tanto a las autoridades públicas como a otras partes interesadas:

34. Según su experiencia en la aplicación del Marco de I+D+i, ¿existen definiciones (p. ej., organismos de investigación, procesos e innovación organizativa, agrupaciones (clusters) de innovación), que necesitan más aclaraciones o algún tipo de cambio? En caso afirmativo, ¿cuáles deberían ser los principales elementos a tener en cuenta?

Sí, aunque normalmente los técnicos que trabajan con el Marco de I+D+I están habituados a este tipo de conceptos, no vendría mal un glosario o anexo al final de la norma con las definiciones de los conceptos más contradictorios o novedosos.

Determinados conceptos son difícilmente trasladables a una aplicación concreta, como el caso de “productos, procesos tecnológicamente novedosos o sustancialmente mejorados con respecto al estado tecnológico de la comunidad”.

35. ¿Considera, en particular, que las definiciones actuales de «investigación industrial» y «desarrollo experimental» (punto 2.2., letras f) y g), del Marco de I+D+i) son lo suficientemente claras en lo que respecta a las actividades recogidas por el Marco de I+D+i?

Sí, aunque se puede explicar mejor que se entiende por el uso comercial de prototipos y hacer más énfasis en la fase de prueba, adaptación, demostración, hasta el lanzamiento del producto.

Sería necesaria una aclaración sobre el desarrollo de prototipos y plantas piloto cuando es el producto comercial final, y como puede definirse la existencia o no de costes de explotación.

Este elemento es especialmente importante en los casos de productos o servicios donde la llegada a una fase de prototipo no es evidente, como por ejemplo el Desarrollo de Software y en general el sector TIC.

No está clara tampoco como se interpreta la utilización comercial posterior de un prototipo o planta piloto

36. ¿Considera que el alcance de la definición de «organismo de investigación» (punto 2.2., letra d), del Marco de I+D+i) basta para incluir a las entidades dedicadas a actividades de I+D+ i no económicas y/o a actividades de innovación intermedias?

No, quizás mencionar que tipo de entidades y ejemplos.

La reinversión plena de los beneficios hace suponer que la entidad no tiene, con independencia de su forma jurídica, ánimo de lucro.

No quedan suficientemente representadas las entidades dedicadas a la transferencia e interface de tecnología, tipo Centro de Innovación.

No queda claro que se entiende por “acceso preferente” en el caso de empresas accionistas o miembros.

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C.4. Alcance del Marco de I+D+i

Preguntas dirigidas tanto a las autoridades públicas como a otras partes interesadas:

37. ¿Existen, en su opinión, diferencias fundamentales entre las actividades de I+D+i realizadas en diferentes sectores y/o áreas de conocimiento que requerirían un tratamiento diferenciado bajo las normas sobre ayudas estatales? En caso afirmativo, justifique su respuesta.

Sí, en sectores especialmente significados por estar protegidos o ser preferentes y sólo si se quiere hacer una especial mención o consideración. También, en sectores donde, a veces, cuesta ver las fronteras entre las tareas de investigación y las tareas de trabajo productivo habitual como el sector de las TICs.

Existen diferencias sustanciales basadas en dos cuestiones:

a) Dificultad para separar las actividades de I+D+i y las productivas ejemplo sector TIC)

b) Actividades con elevados efectos externos positivos, como por ejemplo la biotecnología o la defensa.

38. En la medida en que las normas vigentes regulan ya actividades que rebasan la I+D+i meramente tecnológica y, por lo tanto, permiten financiar también formas nuevas e incipientes de actividades de I+D+i, ¿considera que persisten todavía deficiencias del mercado que impiden la innovación social (en relación, por ejemplo, con el envejecimiento de la sociedad, la movilidad o la integración de las minorías) o la innovación en la producción y distribución de contenidos culturales en un entorno digitalizado que merecerían recibir ayuda pública y que no se han tenido suficientemente en cuenta en las normas actuales? En caso afirmativo, expóngalas y justifique su respuesta.

El propio concepto de I+D reflejado en el marco supone la existencia de un reto tecnológico de carácter industrial, lo que de facto deja fuera determinadas actividades, especialmente las relacionadas con las industrias creativo-culturales y las humanidades, ya que en estos casos es menos evidente la existencia de riesgo técnico.

39. Las actividades de I+D+i no siguen necesariamente un enfoque lineal desde la I+D hasta las aplicaciones de mercado (innovación), y en este proceso pueden materializarse otras formas de innovación (colaboración a través de las fronteras organizativas mediante redes o plataformas de innovación, agrupaciones, co-creación, crowd-sourcing (tercerización masiva), innovación abierta, gestión de la innovación, cooperación multidisciplinar para la innovación, etc.). Basándose en su experiencia, ¿considera que hay alguna necesidad de intervención pública específica en apoyo de estas formas de procesos de innovación además de las actuales disposiciones del Marco de I+D+i? Las definiciones actuales que contiene el Marco de I+D+i, ¿recogen adecuadamente estas formas de procesos de innovación?

1. El enfoque y todas las definiciones que recoge el actual marco de I+D+i responden a una concepción lineal de la I+D+i, procedente siempre y en cualquier caso de los avances científicos.

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Este enfoque presupone que a mayor producción científica, mayor innovación y éxito en el mercado. Sin embargo es evidente que el proceso de innovación no es secuencial y por tanto se quedan fuera enfoques tan necesarios con la participación del usuario en el proceso de innovación. Sobre este supuesto, la intervención pública puede ayudar a remediar fallos de coordinación y red, asunción de costes de transacción (elección de los socios, gestión del proceso de cooperación, negociación, etc.…). Se requiere también la intervención pública para asignar adecuadamente los derechos de propiedad y uso en proyectos colaborativos, sobre todo en situaciones de innovación abierta y no exclusión. Por otro lado la aparición del “usuario temprano” en los proyectos de I+D plantea problemas ante la dificultad de financiar actividades no precomerciales. En definitiva, el actual marco tiene un enfoque lineal del proceso de I+D y no recoge otras formas de innovación que cada vez más se producen.

2. Este tipo de procesos de innovación están más relacionados con las innovaciones de organización, marketing y de servicios que con las de producto o procesos por lo que se podría hacer hincapié en la definición de este tipo de conceptos una relación sobre este tipo de innovaciones.

40. ¿Debería el Marco de I+D+i ser más específico en relación con actividades como la innovación y el diseño orientados a los usuarios? ¿Debería incluir algunos tipos de actividades de mercadotecnia?

1. Las actividades de innovación y diseño tienen un efecto más directo y claro sobre la competitividad de las PYME, por lo que el fomento de estas actividades mejoraría de manera directa su situación competitiva. Sin embargo la financiación de estas actividades puede crear problemas de interpretación, tanto por la ausencia del riesgo y la relevancia técnica requerida como por la cercanía de las actividades comerciales. Por otro lado, el actual marco de I+D+i recoge de manera restrictiva estas actividades, estableciendo unas limitaciones que en la práctica las hacen poco aplicables.

2. Sí, se deben explicar mejor las fronteras, entendiendo que se deben basar en la clara separación de los aspectos técnicos (producción) y lo aspectos comerciales (mercadotecnia) que conlleva el diseño.

C.5. Objetivos específicos de las ayudas estatales recogidos en el Marco de I+D+i C.5.1. Medidas de apoyo a la innovación

Preguntas dirigidas tanto a las autoridades públicas como a otras partes interesadas:

41. Basándose en su experiencia (por ejemplo, evaluación de las medidas de ayuda e informes elaborados por los beneficiarios y la industria del sector), ¿considera eficaz la ayuda a la innovación (ayudas a empresas jóvenes e innovadoras; ayudas a la innovación en los procesos y la organización de los servicios; ayudas para servicios de asesoramiento y de apoyo a la innovación, ayudas para el préstamo de personal altamente cualificado, ayudas a las agrupaciones (clusters) de innovación)? Si no puede evaluar su eficacia, ¿por qué motivo?

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Actualmente, no queda suficientemente claro la definición de este tipo de empresas en sus características por lo que habría que hacer un ejercicio para clarificarlo. Las ayudas a la innovación no están bien definidas y en algunos casos se basan en supuesto poco realistas o muy restrictivos, lo que en la práctica dificultan su aplicación.

Con mayor detalle podemos indicar lo siguiente:

Salvo para los proyectos de I+D, no queda claro cuáles son los gastos y costes que pueden subvencionarse para el resto de la tipología de proyectos.

a) Ayudas a empresas Jóvenes e Innovadoras: Se exige una novedad tecnológica excesiva “superior al estado tecnológico actual del sector correspondiente en la Comunidad”, lo que limita el acceso a estas ayudas a empresas de base tecnológica e innovadora con gran potencial de crecimiento.

b) Ayudas a la innovación en materia de procesos y organización en actividades de servicios: No parece razonable que en el Marco Comunitario (5.5.a.) se establezca como condición imprescindible que estas innovaciones estén siempre relacionadas con las Tecnologías de la Información.

Es también demasiado restrictivo, por irreal, que todos los resultados de este tipo de proyectos deban ser el desarrollo de una norma o modelo empresarial, que pueda reproducirse sistemáticamente y patentarse. La principal característica del sector servicios, su intangibilidad, hacen de difícil aplicación estos requisitos.

El nivel de novedad requerido (mejora sustancial con respecto al estado actual en la Comunidad) lo alejan significativamente de las pymes.

c) Ayudas para servicios de asesoramiento y apoyo a la innovación:

¿Qué se entiende por la exigencia de que los proveedores de servicios deban poseer certificación nacional o europea?

Por otro lado, el problemático el cálculo del precio de mercado cuando la entidad prestataria es una entidad sin ánimo de lucro (lo que se da en muchas circunstancias, p.e. con los CCTT), ya que hay que determinar lo que es un “margen razonable”.

d) Ayudas a las Agrupaciones Clúster Innovadoras.

Sería necesario aclarar el concepto de ayudas de funcionamiento a la animación de agrupaciones.

En resumen, el conjunto de ayudas a las que hace referencia la pregunta son esenciales para la ejecución de las políticas y estrategia de I+D+i, pues amplían el concepto de innovación a actividades fundamentales para la competitividad de las empresas, especialmente las PYME. Sin embargo hasta la fecha muchas de ellas son de difícil aplicación, bien por la dificultad de interpretación, bien por establecer unos requisitos poco realistas para las Pyme. En la práctica se piden unos requisitos más complejos y exigentes que en las ayudas a los proyectos de I+D, pese a que teóricamente son ayudas destinadas a empresas de menor tamaño.

42. ¿Hay alguna necesidad específica que aconseje revisar las normas sobre ayudas estatales para aumentar la eficacia de la ayuda a la innovación? ¿En qué ámbitos? Justifique su respuesta.

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Desdoblar la definición de “experimental development” en dos estadios: el que llega hasta el desarrollo del prototipo y el que llega hasta el lanzamiento del producto al mercado.

C.5.2. Ayuda a las agrupaciones (clusters) de innovación

Preguntas dirigidas tanto a las autoridades públicas como a otras partes interesadas:

43. El actual Marco de I+D+i contempla el fomento de agrupaciones (clusters) de innovación. Basándose en su experiencia, ¿son adecuadas las condiciones para el fomento de las agrupaciones (clusters) de innovación? En caso negativo, explique por qué.

Se entiende que son adecuadas porque el fomento de Clusters de innovación contribuye al fomento de la innovación a través de la innovación tecnológica y no tecnológica.

44. ¿En lo que respecta a la ayuda a la inversión, cuál es su experiencia y qué recomendaciones formularía a la entidad jurídica encargada de gestionar una agrupación de innovación con En lo que respecta a la ayuda a la inversión, cuál es su experiencia y qué recomendaciones formularía a la entidad jurídica encargada de gestionar una agrupación de innovación con vistas al establecimiento, la expansión y la promoción de actividades conjuntas (a menudo denominada «organización de clusters»)?

No queda claro en el Marco de I+D+ el tipo de ayudas a la inversión que son elegibles ni tampoco lo referente a los otros conceptos de gasto incentivables. Se entiende que se debería dar el mismo tratamiento que a los proyecto de investigación y experimentación. También, se debería dejar más claro el tipo de beneficiario esperado para este tipo de proyectos.

45. ¿Cuál es su experiencia y qué recomendaciones formularía en relación con la ayuda al funcionamiento de organizaciones de clusters y, en particular, con el régimen de financiación consistente en la reducción progresiva de la ayuda hasta su supresión al cabo de 5 años?

Se entiende que un periodo de ayuda de 5 años debe ser suficiente para el lanzamiento y primer estadio de desarrollo del cluster aunque se debe definir bien que se entiende por los primeros 5 años de actividad.

C.5.3. Ayudas para estudios de viabilidad técnica

Preguntas dirigidas tanto a las autoridades públicas como a otras partes interesadas:

46. Basándose en su experiencia, ¿considera que la actual limitación de la ayuda a estudios «técnicos» es adecuada? Explique su respuesta.

En lo relativo al montante de ayuda menor a 7,5 MM€€ se entiende que es más que suficiente. También, en lo relativo a las intensidades dedicadas a los estudios de viabilidad.

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C.5.4. Derechos de propiedad industrial

Preguntas dirigidas tanto a las autoridades públicas como a otras partes interesadas:

47. Basándose en su experiencia, ¿considera que las actuales normas sobre ayudas para derechos de propiedad industrial son apropiadas? Explique su respuesta.

Se consideran suficientes y adecuadas porque se cubren todo los posibles gastos en los que se pueden incurrir para obtener, renovar y defender un derecho de propiedad industrial.

No obstante, la propiedad industrial no recoge todos los mecanismos de protección necesarios en las nuevas formas de “innovación abierta”, por lo que sería necesario ampliar a otras formas de protección-difusión de resultados.

De igual forma, para determinados sectores o actividades (industrias creativo-culturales) sería necesario potenciar la utilización de propiedad intelectual y contenidos.

Por otro lado sería muy importante, en un entorno globalizado, eliminar las barreras de la protección de innovaciones a nivel, al menos, europeo. La traducción de las solicitudes de patentes, así como su coste, es un obstáculo que podría resolverse por un lado aceptando el idioma originario en las mismas, y por otro reduciendo el coste de las traducciones.

C.5.5. Ayuda a prototipos/proyectos piloto

Preguntas dirigidas tanto a las autoridades públicas como a otras partes interesadas:

48. Basándose en su experiencia, ¿considera necesario algún tipo de intervención pública específica para apoyar el desarrollo de prototipos que sean «el primero de un género determinado»? En caso afirmativo, justifique su respuesta.

Sí, lo que significa que se mantenga la actual situación. Esta tipo de ayuda tiene un claro efecto incentivador, sobretodo, en las PYMES

No obstante el concepto de prototipo es de difícil catalogación, pues es difícil definir cuando es el “primero de su género”.

49. ¿Son esos prototipos considerados «primeros de un género determinado» típicos de determinados sectores y/o áreas de conocimiento y, en caso afirmativo, cuáles? ¿Existen sectores específicos (además del sector de la construcción naval) donde los prototipos «primeros de un género determinado» coinciden necesariamente con el producto comercial final? ¿Cómo determinaría que un prototipo merece la calificación «primero de un género determinado»?

Se entiende que no pues se da la existencia de prototipos físicos y virtuales por igual, aunque sí que es importante adoptar algún criterio para la verificación su comercialización o no, sobretodo, en el caso de los prototipos virtuales relacionados, principalmente, con la industria del software, bioinformática, simulación, etc.

Hay especiales dificultades de interpretación en varios casos: industrias del software y tic, desarrollo de procesos de producción, etc.

El concepto de versión beta en algunos sectores no es equiparable al prototipo, al integrase sus costes de desarrollo en los costes de producción.

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50. ¿Cuál es o sería el impacto sobre la competencia de la financiación de tales prototipos y proyectos piloto, y cómo sería posible fomentar este tipo de innovaciones o tecnologías de vanguardia garantizando al mismo tiempo la igualdad de condiciones entre empresas y en los distintos Estados miembros?

Determinar de manera clara cuando se están financiación costes de producción.

La financiación de prototipos considerados «primeros de un género determinado» sobre la competencia no debe tener un efecto nocivo sino todo lo contrario a menos que se lleve a cabo una comercialización del prototipo que implique que se ha obtenido una ventaja de mercado gracias a la ayuda recibida.

C.5.6. Proyectos importantes de interés común europeo

Preguntas destinadas a las autoridades públicas:

51. ¿Ha considerado alguna vez la posibilidad de que las medidas de apoyo a la I+D+i se destinen a satisfacer necesidades de interés común de la UE, en consonancia con las disposiciones del artículo 107, apartado 3, letra b)?

Sí, y parece lo correcto.

52. ¿Qué experiencia tiene en cuanto a la aplicación de las normas de compatibilidad de las ayudas contempladas en el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE (parte 4 del Marco de I+D+i)?

Ninguna, pues no se han dado las condiciones de aplicación adecuadas.

Preguntas dirigidas tanto a las autoridades públicas como a otras partes interesadas:

53. ¿Para qué tipo de proyectos considera justificado crear un enfoque basado en el interés común de la UE?

Para situaciones que representen peligros inminentes u oportunidades claras en líneas con las políticas de la UE. Por ejemplo: Investigación en asuntos de salud o alimenticios con foco en la UE; Oportunidades causadas por la puesta en valor de recursos existentes en la UE

54. Basándose en su experiencia, ¿hay alguna necesidad específica de revisar las normas actuales? Justifique su respuesta.

Sí, en consonancia con todo proceso de mejora pues las condiciones externas e internas con cambiantes.

C.6. Criterios de compatibilidad del Marco de I+D+i

Las ayudas estatales para I+D+i deberán dirigirse a subsanar una deficiencia concreta del mercado y generar en el beneficiario de la ayuda un cambio de comportamiento que aumente su número de proyectos o actividades de I+D+ i. Las ayudas solo pueden declararse compatibles con el mercado interior si el falseamiento consiguiente de la competencia no se considera contrario al interés común.

C.6.1. Evaluación estándar (Capítulos 5 y 6 del Marco de I+D+i)

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Para todas las preguntas de esta sección correspondiente a la evaluación estándar le rogamos tenga en cuenta la distinción entre los regímenes y las ayudas ad hoc.

Preguntas dirigidas tanto a las autoridades públicas como a otras partes interesadas:

C.6.1.a) Intensidades de las ayudas, importes de las ayudas y primas

55. ¿Cuál es su experiencia en relación con las intensidades de las ayudas, los importes de las ayudas y las primas contempladas por el actual Marco de I+D+ i? ¿En qué medida los considera:

– bien excesivos dado que la deficiencia del mercado se subsana por lo general con ayudas de intensidad/importe inferiores al máximo autorizado,

Se entiende, que actualmente, las intensidades máximas del marco de I+D+I no son excesivas toda vez que el riesgo inherente a las actividades de I+D+I es superior al de otras actividades empresariales, es más, tampoco es tan fácil su puesta en valor comercial en lo referente a explotación de resultados. Si además comparamos con otros regímenes de ayudas con el de PYMES se ve incluso poco generoso por los razonamientos anteriores.

– bien demasiado limitados dado que la intensidad/el importe de la ayuda no es suficiente para superar las deficiencias del mercado?

En línea con lo dicho anteriormente, sí parece que se puede alcanzar mayor nivel en la intensidad de las ayudas sin que se menoscabe la competencia en el mercado o se creen grandes deficiencias en éste.

La filosofía que rige los criterios de intensidad establece qué a mayor distancia del mercado menor es la posible interferencia de la ayuda en la competencia. Sin embargo este criterio perjudica notablemente a las PYME que, salvo excepciones de determinados sectores, no realizan investigación industrial sino desarrollo experimental, lo que implica menor intensidad de ayuda. Esta situación pude provocar un desequilibrio a favor de las grandes empresas y por tanto un incremento de su poder de mercado.

Parece razonable que la intensidad de ayuda se incremente para proyectos de cooperación (actualmente es un plus del 15%, pero podría ser superior), pues en este caso si se produce un fallo de coordinación de mercado.

56. ¿En qué medida existe una necesidad específica de simplificar las actuales condiciones referentes a las intensidades de las ayudas, los importes de las ayudas y las primas (por ejemplo, armonizando las intensidades de las ayudas para estudios de viabilidad previos a la investigación industrial y el desarrollo experimental)? Justifique su respuesta.

Las primas a los proyectos de I+D es excesivamente compleja y en ocasiones no se hace evidente aquellas características de los proyectos que reportan mayor incentivación.

Por otro lado, la división entre Investigación Industrial y Desarrollo Experimental en muchas ocasiones no es evidente y puede llegar a ser artificial.

Se debe hacer menos casuística, con definiciones más amplias, e ir a tramos de ayuda de mayor recorrido. También se debe ser más generoso en el tramo correspondiente a PYMES.

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57. Prima regional: ¿Considera que una prima regional (como la prevista actualmente en concepto de ayuda a empresas jóvenes e innovadoras y a agrupaciones (clusters) innovadoras) está justificada o no, y por qué?

La prima regional es algo que contribuye a la supervivencia de este tipo de empresas toda vez que la situación geográfica de las empresas tiene todavía gran influencia en su acceso al mercado a pesar de que estemos en un mundo y mercado global. En cualquier caso la prima regional no debería basarse tanto en el montante máximo de ayuda a percibir por parte de las empresas como en la intensidad que se les pueda aplicar.

La prima regional subraya el enfoque de convergencia de las ayudas europeas, frente a un enfoque de excelencia.

58. Cláusula de equivalencia: El actual Marco de I+D+i tiene en cuenta la dimensión internacional de la competencia: su «cláusula de equivalencia» permite, en determinadas condiciones, rebasar los límites de ayuda admisibles cuando un Estado miembro puede demostrar que un competidor ha recibido o va a recibir ayuda de mayor intensidad para un proyecto comparable fuera de la UE. Sin embargo, la cláusula de equivalencia no ha sido nunca invocada.

a) ¿Sigue considerando necesaria/pertinente la cláusula de equivalencia en su forma actual? En caso afirmativo, justifique su respuesta.

Sí es una clausula que hay que mantener sobretodo en este momento donde China, Corea y el Sudeste Asiático son economías más dinámicas que la Europea. Además esta clausula tiene un concepto defensivo y no excluyente.

Puede ser necesaria, de manera excepcional, en determinados sectores.

b) ¿Considera necesario un mecanismo diferente que permita tener mejor en cuenta la dimensión internacional de la competencia en el sector de I+D+i? En caso afirmativo, justifique su respuesta.

Sí incluso, no sólo se debería tener en cuenta la distorsión del mercado global que se produce por el hecho de que en terceros países ciertos sectores reciban ayudas adicionales sino que se debería ir a un planteamiento más agresivo de apuesta por los sectores que configuran la apuesta política de la Europa 2020.

C.6.1.b) Costes subvencionables y otros criterios de compatibilidad

59. Basándose en su experiencia, ¿cuál es su punto de vista acerca de los demás criterios de compatibilidad (por ejemplo, costes subvencionables, edad de las jóvenes empresas innovadoras, y definición de personal altamente cualificado) establecidos por el Marco de I+D+i en función de los distintos objetivos de las ayudas? Justifique su respuesta.

Los criterios de compatibilidad establecidos por el Marco de I+D+i en función de los distintos objetivos de las ayudas parecen basarse en el principio de compartir el riesgo de las actividades apoyadas y adecuar los conceptos subvencionables a aquellos que más claramente se identifican con las actividades (proyectos) a apoyar. En este sentido el planteamiento es correcto en el caso de las actividades (`proyectos) clásicos (Investigación Industrial, Desarrollo Experimental, etc.,) no siendo tan claro en los nuevos instrumentos (apoyo a empresas innovadoras de reciente creación, préstamos de personal, clusters), etc. En este caso sí parece necesario el replanteamiento de los criterios de ayuda que se debatan y se actualicen a las actuales circunstancias previa valoración del impacto que hayan tenido.

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60. Costes subvencionables: En su opinión, ¿debería el concepto de costes subvencionables referirse a los costes totales del proyecto o más bien a los costes incrementales (costes adicionales en comparación con el proyecto hipotético)?

Se entiende que el concepto de coste subvencionable referido a los costes totales es más claro que referido a los costes incrementales toda vez que el coste hipotético del proyecto no se basa en costes reales de mercado sino en hipótesis con lo que, en general, será menos realista.

El criterio de los costes incrementales es de difícil aplicación, y requeriría una revisión de las intensidades.

C.6.1.c) Efecto incentivador

61. Basándose en su experiencia, ¿considera que las condiciones para demostrar el efecto incentivador de la ayuda (Capítulo 6 del Marco de I+D+i) son lo suficientemente claras y adecuadas? Le rogamos establezca en su respuesta una distinción entre:

– el aspecto formal del efecto incentivador (la actividad de I+D+i no deberá haber comenzado antes de la presentación de la solicitud de ayuda a las autoridades nacionales por parte del beneficiario);

Este aspecto no indica otra cosa que el beneficiario tiene interés en la ayuda que hipotéticamente pueda recibir pero no es un criterio que de una clara respuesta a la pregunta pero sí es fácilmente analizable y verificable.

Criterio de verificación objetiva pero que no acredita el cambio de comportamiento al que hace referencia el efecto multiplicador y que es el buscado por la ayuda pública.

– los aspectos materiales del efecto incentivador, en particular el análisis del proyecto hipotético de R+D+i (rentabilidad, valor neto); análisis de riesgo; análisis de las limitaciones financieras.

El análisis de ratios e indicadores sobre dos escenarios (con y sin proyecto) se realiza “ex ante” por lo que tiene la validez de una previsión.

Este análisis si puede dar una más clara respuesta al efecto incentivador de las ayudas de estado pero representaría la necesidad de realización y valoración previa de un estudio de viabilidad económica de realización del proyecto incorporando el correspondiente análisis de sensibilidad.

Si se realizara “ex post” iría en detrimento de la seguridad jurídica.

C.6.2. Evaluación detallada (Capítulo 7 del Marco de I+D+i)

62. Indique su opinión, basándose en su experiencia, acerca de la evaluación detallada de las medidas individuales de ayuda, en particular, la conveniencia de:

– los umbrales de ayuda a partir de los cuales es obligatoria la evaluación detallada,

Parecen suficientemente amplios para hacer una discriminación razonable.

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– la metodología: análisis de fallos del mercado, efecto incentivador, falseamiento de la competencia y comercio,

Los criterios objeto de estudio, todos los criterios a valorar según el capítulo 7 de la norma parecen suficientes y necesarios.

– posible impacto en las iniciativas políticas nacionales.

Si el mercado europeo es único se entiende que con los criterios analizados dentro del capítulo 7 sería suficiente y por tanto este nuevo análisis no sería necesario.

63. ¿Considera que, cuando hay serios indicios de que el mercado no presenta deficiencias (por ejemplo, el mercado emprende ya proyectos de I+D+i que son idénticos o muy similares al proyecto notificado), la distorsión de la competencia y el comercio podría resultar especialmente elevada, y las ayudas deberían por lo tanto ser prohibidas?

Sí, en este caso la novedad inventiva es algo crucial además de los criterios del capítulo 7.

64. ¿Considera que los criterios desarrollados en el Marco de I+D+i son lo suficientemente precisos como para analizar y equilibrar los efectos positivos y negativos de las ayudas estatales? Argumente su respuesta en lo que se refiere a ambas evaluaciones: la del Capítulo 5 (evaluación estándar) y la del Capítulo 7 (evaluación detallada) del Marco de I+D+i.

El ejercicio que se propone es difícil debido a la casuística que puede darse, en cualquier caso, parece que los análisis son lo suficientemente exhaustivos para obtener una buena respuesta al mayor porcentaje de los casos.

C.7. Obligaciones de notificación y seguimiento impuestas por el Marco de I+D+i

Preguntas destinadas a las autoridades públicas:

65. ¿Cuál es su experiencia en cuanto al seguimiento/cumplimiento de las disposiciones del Marco de I+D+i en materia de acumulación de las ayudas estatales para I+D+i con otras ayudas (Capítulo 8 del Marco de I+D+i)?

Tendríamos que decir que bueno pues este es un factor a tener en cuenta en el momento de la concesión de las ayudas, aunque la no información o detección de otras ayudas podría causar fallos los cuales sólo podrían ser verificados en el estadio de justificación y control de los proyectos.

66. ¿Cuál es su experiencia de elaboración de informes y actividades de supervisión (Sección 10.1 del Marco de I+D+i)?

El control que la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, IDEA lleva a cabo en el ámbito de los programas de ayudas a la I+D+I que se acogen al DECRETO 400/2008 y por tanto al Marco de I+D+I son comparables e incluso más exhaustivos que los llevado a cabo por parte del VII Programa Marco de I+D por poner un ejemplo.

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SECCIÓN D: REGLAMENTO GENERAL DE EXENCIÓN POR CATEGORÍAS (RGEC) MEDIDAS DE I+D+ I

Una gran parte del Marco de I+D+i se ha incluido en el RGEC, lo que permite a los Estados miembros respaldar la mayoría de las inversiones en I+D+i sin necesidad de notificación previa a la Comisión. No obstante, el importe total de ayuda para I+D+i concedida a través de medidas correspondientes a la exención por categorías es todavía relativamente bajo (en 2009, se acogió a una exención por categorías el 9 % del total de ayudas para I+D+i).

Preguntas destinadas a las autoridades públicas:

67. ¿En qué medida ha hecho uso su Estado miembro de las posibilidades brindadas por el RGEC? ¿Qué proporción de las ayudas para I+D+i se concedió con arreglo al RGEC en comparación con las concedidas dentro del Marco de I+D+i (indique el número de medidas de ayuda con arreglo al RGEC y el importe de ayuda del RGEC como porcentaje del total de la ayuda para I+D+i)? ¿Qué categorías de ayuda para I+D+i utilizó su Estado miembro con arreglo al RGEC (le rogamos cuantifique el número de medidas e importes de ayuda)?

Andalucía cuenta con el DECRETO 400/2008 para ayudas de I+D+I que está autorizado por la Comisión Europea con lo que no se hace muy necesario hacer uso del Reglamento general de exención por categorías. Actualmente, este reglamento eleva a 26 el número de categorías de ayudas estatales que no necesitan ser notificadas a la Comisión.

68. ¿Existen factores concretos que impidan a las autoridades de su país conceder una mayor proporción de ayudas para I+D+i a través de las medidas de exención por categorías? En caso afirmativo, indique cuáles.

En Andalucía no se conceden ayudas a la I+D+ basándose en las medidas de exención. Todas las ayudas se conceden conforme al DECRETO 400/2008

Preguntas dirigidas tanto a las autoridades públicas como a otras partes interesadas:

69. ¿Considera que el nivel de los umbrales de notificación de las medidas de I+D+i es apropiado?

Sí, son suficientemente amplios.

70. ¿Considera que el alcance de las medidas de I+ D+ i cubiertas por el RGEC es apropiado? En caso negativo, ¿podría explicar qué modificaciones consideraría convenientes y por qué?

Actualmente, el Reglamento general de exención por categorías (REGC) cubre las siguientes ayudas:

� Ayudas a proyectos de investigación y desarrollo. � Ayudas a estudios de viabilidad técnica. � Ayudas a los costes de derechos de propiedad industrial para las PYME. � Ayudas a empresas jóvenes e innovadoras. � Ayudas para servicios de asesoramiento en innovación y de apoyo a la innovación. � Ayudas para la cesión de personal altamente cualificado.

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� Ayudas de investigación y el desarrollo en los sectores agrícola y pesquero.

En principio es suficientemente amplio pero Andalucía ha decidido tener un decreto propio (DECRETO 400/2008) para obtener mayor amplitud y seguridad jurídica.

71. Basándose en su experiencia, ¿considera que los criterios de compatibilidad (por ejemplo, intensidades de la ayuda, importes de la ayuda, costes subvencionables) establecidos por el RGEC deberían corresponderse exactamente con los establecidos en el Marco de I+D+i para todas las categorías de ayudas diferentes? Justifique su respuesta si es negativa.

Entendemos que si para que no existan diferencias que puedan crear distorsión en la competencia y el libre mercado.

SECCIÓN E: VARIOS Preguntas dirigidas tanto a las autoridades públicas como a otras partes interesadas:

72. ¿Desea hacer algún otro comentario sobre la aplicación del Marco de I+D+i, refiriéndose incluso a temas distintos de los cubiertos por las preguntas anteriores?

No.

73. Le rogamos nos facilite copias de cualquier documento o estudio que pueda resultar pertinente para evaluar la aplicación del actual Marco de I+D+i y contribuir a la reflexión sobre su futura revisión.

Indique si los servicios de la Comisión pueden ponerse en contacto con Usted para obtener más precisiones sobre la información facilitada, en caso necesario. ���� X sí ���� no

GRACIAS POR RESPONDER A ESTE CUESTIONARIO.