marco legal general telec

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    MARCO LEGAL DE LAS TELECOMUNICACIONES EN EL PERU A inicios de la dcada de los noventa, el Estado Peruano asign la prestacin de los servicios pblicos de telecomunicaciones al sector privado reservndose para s el rol de regulador del mercado y de supervisin del cumplimiento de las obligaciones asumidas por las empresas operadoras. En este contexto, el 12 de enero de 1994 se promulg la Ley N 26285, que estableci la desmonopolizacin progresiva de los servicios pblicos de telecomunicaciones de telefona fija local y portadores de larga distancia nacional e internacional, fijando un perodo de concurrencia limitada no mayor de cinco aos. El 16 de mayo de 1994 el Estado Peruano y, de otro lado, la Compaa Peruana de Telfonos S.A. y la Empresa Nacional de Telecomunicaciones del Per S.A. que posteriormente conformaron Telefnica del Per S.A.A.-, suscribieron los contratos de concesin para la prestacin de los servicios pblicos de telecomunicaciones portador y telefnico local y de larga distancia nacional e internacional y, portador y telefnico local en las ciudades de Lima y Callao, respectivamente. Encontrndose prxima la culminacin del perodo de concurrencia limitada y dada la necesidad de contar con un marco normativo que estableciera polticas y reglas claras para promover la competencia en el sector, se cre la Comisin Tcnica de Telecomunicaciones CTT, mediante Resolucin Suprema N 564-97-PCM del 30 de octubre de 1997. Culminado el proceso de evaluacin del estado del sector y de sus principales indicadores realizado por la Comisin, se aprobaron los Lineamientos de Poltica de Apertura del Mercado de las Telecomunicaciones mediante Decreto Supremo No. 020-98-MTC del 5 de agosto de 1998. En estos lineamientos se establecieron metas de expansin, modernizacin, inversin y acceso universal a los servicios pblicos de telecomunicaciones y pautas que guiaran este proceso de apertura. De igual forma se identificaron polticas especficas referidas a tarifas, concesiones, interconexin, acceso final al portador de larga distancia, facturacin, cobranza, fraude y acceso a la informacin del usuario, acceso universal, asignacin de recursos escasos espectro y numeracin- y polticas sobre libre y leal competencia en telecomunicaciones. Posteriormente, mediante Decreto Supremo N 021-98-MTC se modificaron los contratos de concesin suscritos con Telefnica del Per S.A.A., establecindose la finalizacin anticipada del perodo de concurrencia limitada del servicio de telefona fija local al 1 de agosto de 1998 y dndose inicio a la apertura del mercado de las telecomunicaciones en el Per. El modelo regulatorio adoptado en el Per se ha ido definiendo con la aprobacin de numerosos dispositivos legales emitidos luego de la culminacin del perodo de concurrencia limitada. As, el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones ha sido modificado incorporndose disposiciones dirigidas a incentivar las inversiones y el desarrollo de las telecomunicaciones. Similarmente, el OSIPTEL ha emitido normas sobre interconexin,

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    condiciones de uso, acceso del usuario final al portador de larga distancia, tarifas, entre otros. En esta medida se citan los principales dispositivos legales que se han emitido con el fin de promover la competencia y la expansin de los servicios durante estos ltimos tres aos: 1. Decreto Supremo N 030-2005-MTC (publicado el 31 de diciembre de 2005)

    que modifica el Texto nico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones1:

    Beneficios de la norma: i) Establece la interconexin de redes automtica, ii) Adecua los plazos para la interconexin conforme a lo establecido en la Resolucin 432 de la Comunidad Andina, iii) Uniformiza las obligaciones de pago por derecho de concesin para los distintos servicios pblicos de telecomunicaciones, iv) Establece mecanismos en el otorgamiento de concesiones que aseguren el cumplimiento de obligaciones por parte de los concesionarios, v) Incentiva el acceso de los operadores independientes al mercado, vi) Establece mecanismos que facilitan a los concesionarios del servicio telefnico en la modalidad de telfonos pblicos la comercializacin de sus servicios, vii) Modifica el clculo del canon a fin de incentivar el desarrollo de los servicios mviles, teniendo en cuenta que el incentivo de la penetracin debe sustentarse en una rebaja del monto del canon, pero adicionado a un mecanismo de relacin inversa que premie la mayor penetracin y viii) Reconoce la libertad de los usuarios para decidir entre recurrir a los operadores del mercado o establecer una red privada para satisfacer sus propias necesidades de comunicacin.

    2. Decreto Supremo N 007-2005-MTC (publicado el 11 de marzo de 2005)

    que modifica los Lineamientos de Poltica de Apertura del Mercado de Telecomunicaciones2.

    Beneficios de la norma: i) Establece el plazo para efectuar la revisin peridica de los cargos de interconexin tope y ii) Establece precisiones sobre la participacin en concursos pblicos.

    3. Decreto Supremo N 040-2005-MTC (publicado el 22 de diciembre de 2004)

    que modifica el Texto nico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones

    Beneficios de la norma: i) Se permite el uso de las bandas de 5150 - 5250 y 5250 - 5350 MHz, exentas del permiso para la instalacin, operacin y asignacin de espectro radioelctrico, y del pago del canon, ii) Se da un tratamiento temporal para el pago del canon a fin de incentivar el desarrollo

    1 El Texto nico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones se aprob por Decreto Supremo N 027-2004-MTC 2 Los Lineamientos de poltica de apertura del mercado de telecomunicaciones en el Per se aprobaron por Decreto Supremo N 020-98-MTC (publicado el 5 de agosto de 1998).

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    de los servicios pblicos mviles; iii) Se establecen las polticas que faciliten la asignacin de los recursos del Fondo de Inversin en Telecomunicaciones (FITEL) de manera eficiente y iv) Se establecen los mecanismos para asegurar el cumplimiento de las obligaciones contractuales y proteger con ello a los usuarios de este mercado.

    4. Resolucin Ministerial N 903-2005-MTC/03 (publicada el 2 de diciembre de

    2005)

    La norma dispone la realizacin del concurso pblico que permita el ingreso de un nuevo operador de los servicios pblicos mviles, al cual se asignar la banda D: (1865-1870 MHz/1945-1950 MHz) y banda E: (1882,5-1895 MHz/1962,5-1975MHz), estando a la fecha en proceso la realizacin del citado concurso a cargo de la Agencia de Promocin de la Inversin Privada - PROINVERSION.

    5. Resolucin Ministerial N 759-2005-MTC/03 (publicada el 31 de octubre de

    2005) La norma dispone la realizacin del concurso pblico que permita el ingreso de un operador en telefona fija en la banda 3 400 3 600 MHz, al cual se asignar 25 + 25 MHz correspondiente a las bandas D1, D2, D3, D4, D5, H1, H2, H3, H4 y H5 y otorgar la concesin para la prestacin del servicio pblico de telefona fija local en la modalidad de abonados y telfonos pblicos y portador local en el rea que comprende la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, estando a la fecha en proceso la realizacin del citado concurso a cargo de la Agencia de Promocin de la Inversin Privada - PROINVERSION.

    6. Resolucin Ministerial N 777-2005-MTC/03 (publicada el 5 de noviembre

    de 2005)

    Se aprueban las condiciones de operacin de los servicios cuyos equipos utilizan las bandas 902 - 928 MHz, 2 400 2 483,5 MHz, 5 150 5 250 MHz, 5 250 5 350 MHz, 5 470 - 5 725 MHz y 5 725 5 850 MHz, a fin de promover el desarrollo de los servicios de telecomunicaciones y garantizar la coexistencia.

    7. Decreto Supremo N 022-2005-MTC (publicado el 24 de agosto de 2005)

    Se aprueba la norma que regula la provisin de capacidad satelital a travs de satlites geoestacionarios a los titulares de concesiones y autorizaciones de servicios de telecomunicaciones que operan en el Per.

    La norma permite garantizar el correcto desenvolvimiento de los proveedores de capacidades satelitales, a fin de lograr un mejor desarrollo en los servicios de telecomunicaciones y contar con una regulacin acorde y consistente con normas, acuerdos y tendencias internacionales.

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    8. Resolucin Viceministerial N 268-2005-MTC/03 (publicada el 29 de mayo de 2005) se aprueba las disposiciones de radiocanales (canalizaciones) para los servicios de telecomunicaciones (1. Parte)

    9. Resolucin Ministerial N 204-2005-MTC/03 (publicada el 13 de abril de

    2005)

    Se aprueba la norma tcnica de los equipos registradores de llamadas (ERLL) a ser utilizados por los abonados. La norma establece las caractersticas, condiciones de operacin e instalacin y el tipo de informacin generada por el ERLL.

    10. Ley N 28493, Ley que regula el uso del correo electrnico comercial no

    solicitado SPAM (publicado el 12 de abril de 2005) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 031-2005-MTC (publicado el 4 de enero de 2005).

    La norma regula el envo de comunicaciones comerciales publicitarias o promocionales no solicitados, realizadas por correo electrnico.

    11. Resolucin Ministerial N 187-2005-MTC/033 (publicada el 3 de abril de

    2005) Se aprueba el Plan Nacional de Atribucin de Frecuencias-PNAF, documento tcnico normativo que contiene los cuadros de atribucin de frecuencias y la clasificacin de usos de espectro radioelctrico, as como las normas tcnicas generales para la utilizacin del espectro radioelctrico.

    12. Decreto Supremo N 011-2005-MTC (publicado el 1 de abril de 2005)

    Se fija los topes de asignacin de espectro radioelctrico para los servicios troncalizado, telefona mvil y servicio de comunicaciones personales, a fin de salvaguardar la competencia evitando el acaparamiento del espectro radioelctrico.

    13. Documento de Trabajo N 1 sobre Implementacin de la Portabilidad

    Numrica, (publicado el 15 de diciembre de 2004).

    Dicho documento contiene el anlisis de los comentarios y apreciaciones de las empresas operadoras, referencias internacionales, situacin del mercado en los servicios de telefona fija local y servicios mviles, identificacin tcnica por tipo de llamada, el manejo de base de datos, procesos administrativos, un cronograma de actividades y los costos del sistema de portabilidad estimados por los mismos operadores.

    14. Resolucin Ministerial N 859-2004-MTC/03 (publicada el 23 de noviembre

    de 2004)

    3 Modificada por Resoluciones Ministeriales N 734-2005-MTC/03 (publicada el 24 de octubre de 2005), 777-2005-MTC/03 (publicada el 5 de noviembre de 2005) y 585-2005-MTC/03 (publicada el 30 de agosto de 2005).

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    Se establece la obligacin de las concesionarias del servicio pblico de telefona fija local de instalar en sus redes de telefona, la sealizacin de lnea que permita detectar, en el lado del abonado llamante, el inicio o instante en que el abonado llamado descuelga el auricular, y por lo tanto iniciar la medicin de la duracin de la llamada. La norma permite al usuario la posibilidad, mediante equipos adicionales, de verificar en su propio domicilio las llamadas cursadas, es decir contar con una indicacin inmediata y simultnea del inicio de la comunicacin.

    15. Resolucin Ministerial N 604-2004-MTC/034 (publicada el 13 de agosto de

    2004).

    Se facilita al usuario el reconocimiento de la numeracin a ser utilizada para el servicio de telefona fija local en las reas rurales y lugares de preferente inters social.

    16. La Ley que regula el acceso y uso compartido de infraestructura de uso

    pblico para la prestacin de los servicios pblicos de telecomunicaciones; Ley N 28295, (publicada el 21 de julio de 2004) y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 009-2005-MTC (publicado el 21 de marzo de 2005)

    La norma permitir (i) Dar un uso ptimo a la infraestructura de uso pblico tanto del sector de telecomunicaciones como el de energa y aqulla que sea determinada por OSIPTEL, de acuerdo a las facultades conferidas en la Ley, (ii) garantizar el crecimiento ordenado de la infraestructura, mitigando la afectacin del paisaje urbanstico y (iii) promover el desarrollo de los servicios de telecomunicaciones, a travs de procedimientos eficientes y del pago de una contraprestacin razonable.

    17. Decreto Supremo N 062-2003-MTC5 (publicado el 27 de noviembre de

    2003) Se regula los servicios especiales con interoperabilidad y que permite a los usuarios ejercer libremente su derecho a elegir al proveedor que ofrezca las mejores condiciones en precio y calidad en los servicios al poder efectuar comunicaciones desde cualquier terminal fijo o mvil a travs del cdigo de interoperabilidad 15XX que se elija. Resolucin Ministerial N 605-2004-MTC/03 (publicada el 14 de agosto

    de 2004)

    Se define como servicios especiales con interoperabilidad: i) servicio que permite el acceso a servicios de informacin y de telegestin comercial, ii) servicio que permite el acceso a comunicaciones libres o compartidas

    4 Modificada por Resoluciones Ministeriales N 141-2005-MTC/03 (publicada el 5 de marzo de 2005) y 854-2005-MTC/03 (publicada el 24 de noviembre de 2005) 5 Modificado por Decretos Supremos N 029-2004-MTC (publicado el 13 de agosto de 2004) y 039-2004-MTC (publicado el 22 de diciembre de 2004)

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    de pago para el usuario que las origina, previa aceptacin del pago por el usuario de destino, consultado en la comunicacin.

    Resolucin Ministerial N 284-2004-MTC/036 (publicada el 20 de abril de 2004)

    Se aprueban las normas complementarias sobre obligaciones que debern cumplir operadores que brinden servicios pblicos de telefona fija a travs de tarjetas de pago.

    Resolucin Ministerial N 1042-2003-MTC/03 (publicada el 12 de

    diciembre de 2003)

    Se define como servicios especiales con interoperabilidad: Al servicio que permite el acceso a los servicios pblicos de telecomunicaciones mediante el uso de tarjetas de pago en sus diversas modalidades.

    18. Lineamientos de polticas para promover un mayor acceso a los servicios de

    telecomunicaciones en reas rurales y lugares de preferente inters social, aprobados por Decreto Supremo N 049-2003-MTC (publicado el 17 de agosto de 2003).

    La norma permitir incorporar a las reas rurales y lugares de preferente inters social a las tecnologas de la informacin y comunicacin (TICs), mediante su integracin a la red pblica de telecomunicaciones; promover el ingreso de nuevos operadores de telecomunicaciones a las reas rurales y fomentar la competencia y lograr el acceso de las grandes mayoras de las reas rurales a los servicios de telecomunicaciones.

    19. Decreto Supremo N 038-2003-MTC (publicado el 6 de julio de 2003) Se establecen lmites mximos permisibles de radiaciones no ionizantes en telecomunicaciones, los cuales constituyen un instrumento de gestin ambiental prioritario para prevenir y controlar contaminacin generada por actividades comprendidas en el subsector telecomunicaciones, sobre la base de una estrategia destinada a proteger la salud, mejorarla competitividad del pas y promover el desarrollo sostenible.

    Normas tcnicas que garantizan el cumplimiento de lmites mximos permisibles de radiaciones no ionizantes en telecomunicaciones:

    Resolucin Ministerial N 965-2005-MTC/03 (publicada el 29 de

    diciembre de 2005) que aprueba la Directiva de Certificacin de Equipos de Medicin de Radiaciones No Ionizantes.

    Resolucin Ministerial N 584-2005-MTC/03 (publicada el 29 de agosto de 2005) que aprueba la Normas Tcnicas de Proteccin para las Estaciones de Comprobacin Tcnica Fijas pertenecientes al Sistema Nacional de Gestin del Espectro Radioelctrico

    6 Modificada por Resolucin Ministerial N 605-2004-MTC/03 (publicada el 14 de agosto de 2004)

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    Resolucin Ministerial N 120-2005-MTC/03 (publicada el 28 de febrero de 2005) que aprueba norma tcnica sobre restricciones radioelctricas en reas de uso pblico.

    Resolucin Ministerial N 613-2004-MTC/03 (publicada el 19 de agosto de 2004) que aprueba norma tcnica sobre protocolos de medicin de radiaciones no ionizantes.

    Resolucin Ministerial N 612-2004-MTC/03 (publicada el 18 de agosto de 2004) que aprueba norma tcnica lineamientos para el desarrollo de los estudios tericos de radiaciones no ionizantes

    Resolucin Ministerial N 610-2004-MTC/03 (publicada el 17 de agosto de 2004) que aprueba la directiva sobre procedimientos de supervisin y control de lmites mximos permisibles de radiaciones no ionizantes.

    20. Resolucin Suprema N 011-2003-MTC (publicada el 6 de mayo de 2003)

    Se aprueba el Plan Tcnico Fundamental de Sealizacin - PTFS.

    El objetivo del PTFS es definir el sistema de sealizacin a utilizarse entre las redes pblicas de telecomunicaciones, previendo el avance tecnolgico, y propiciando una ptima interconexin en un ambiente de libre competencia y en beneficio de los usuarios y concesionarios de servicios pblicos de telecomunicaciones.

    Resolucin Suprema N 032-2005-MTC (publicada el 20 de octubre de

    2005), modifica el PTFS.

    La norma facilita al prestador del servicio de larga distancia orientar al usuario que efectu una marcacin errada, ii) brindar al usuario la informacin del progreso de su comunicacin mediante los tonos y anuncios grabados que se transmiten en el servicio telefnico y iii) promover el desarrollo de los servicios de telecomunicaciones en beneficio de los usuarios.

    21. Resolucin Suprema N 022-2002-MTC (publicada el 2 de setiembre de 2002)

    Se aprueba el Plan Tcnico Fundamental de Numeracin - PTFN.

    Entre los objetivos del referido Plan Tcnico est el establecer las bases para una adecuada administracin, supervisin y uso de la numeracin, considerada un recurso escaso, a travs de una eficiente asignacin, as como definir las estructuras de numeracin para la prestacin de los servicios pblicos de telecomunicaciones.

    22. Modificacin de los Lineamientos de poltica de apertura del mercado de

    telecomunicaciones en el Per, aprobada mediante Decreto Supremo N 015-2003-MTC (publicado el 25 de marzo de 2003).

    La norma permite promover el uso racional de infraestructura, promover el trfico telefnico saliente en las ciudades que formen parte del plan mnimo de expansin de los servicios portadores de larga distancia en la modalidad

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    conmutada, incentivar la entrada de empresas con redes de pequeas escala sobre todo en reas rurales o no atendidas y promover el despliegue de las cabinas de acceso a Internet.

    23. Ley 28278 (publicada el 16 de julio de 2004)

    Aprob la Ley de Radio y Televisin estableciendo el nuevo marco jurdico para el desarrollo de los servicios de radiodifusin sonora y de televisin en el pas. Entre otros aspectos la norma regula la clasificacin de servicios, la participacin extranjera, la programacin de los servicios de radiodifusin, el Consejo Consultivo de Radio y Televisin, las obligaciones econmicas de los radiodifusores y las sanciones en caso de infracciones. Su Reglamento fue aprobado mediante Decreto Supremo N 005-2005-MTC del 15 de febrero de 2005.

    Actualizacin a Enero de 2006. __________________________