marco general

2
Gobierno Municipal de la Ciudad de Tarija y la Provincia Cercado Plan de Ordenamiento Urbano: Reglamento de Conservación Áreas Patrimoniales Ciudad de Tarija 4 CAPITULO I. MARCO JURÍDICO Y GENERALIDADES Articulo 1. Marco Jurídico La elaboración del uso del suelo urbano se circunscribe en un Marco Jurídico compuesto por leyes y normas dictadas para el efecto, con preferencia orientadas a mejorar la calidad de la vida de la población sobre todo en la creación de mecanismos necesarios que permitan el acceso de la población a zonas en condiciones urbanizables dando preferencia a grupos sociales de bajos ingresos económicos. a. Ley de Participacion Popular Reglamentaciones complementarias de la Ley de Participación Popular asignan a los municipios en su artículo 26 la tarea, mediante la elaboración de los planes de uso del suelo, de la delimitación de superficies para cada una de las áreas urbanas definidas como también las categorías del uso del suelo urbano en función de las previsiones sobre asentamientos de población. Dentro de esta misma reglamentación los artículos 31 y 32, se refieren a aprobación y vigencia de las área urbanas atribuidas a Ordenanzas Municipales. b. Ley de Medio Ambiente. La Ley del Medio Ambiente Nº 1333, en su artículo 5.4, estipula que dentro del mejoramiento de la calidad de vida de la población se debe tener como base la optimización y racionalización del uso de aguas, aire, suelo y otros recursos garantizando su disponibilidad a largo plazo c. Ley de Municipalidades. Por su parte la Ley de Municipalidades 2028 expresa en su artículo 79, la asignación de usos del suelo como la determinación de patrones de asentamiento, normas de edificación, urbanización y fraccionamiento y la delimitación de las áreas urbanas que cuenten con los servicios básicos de energía eléctrica, saneamiento básico, educación y salud como así también la identificación de otras áreas como las de gobierno, grandes centros comerciales, industriales, cementerios , depósito de residuos sólidos y otros servicios colectivos. d. Ley de Procedimiento Administrativo. Articulo 2. Ámbito de Aplicación Las disposiciones del Plan de Uso del Suelo Urbano, son de aplicación y observancia obligatoria para todas las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, en todo el municipio de la provincia cercado y la ciudad de Tarija. Articulo 3. De los Principios del Plan La formulación y gestión del plan de ordenamiento territorial está orientada bajo los principios que ante cualquier tipo de ambigüedad con el plan de ocupación del territorio deberán prevalecer: Gestión del Plan Ordenamiento Territorial, urbano y rural, basada en la democracia, la participación y la transparencia informativa. Control social permanente en la asignación de usos del suelo y la ocupación del territorio.

Upload: sergio-loayza

Post on 13-Sep-2015

212 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

marco general mun tarija

TRANSCRIPT

  • Gobierno Municipal de la Ciudad de Tarija y la Provincia Cercado Plan de Ordenamiento Urbano: Reglamento de Conservacin reas Patrimoniales Ciudad de Tarija

    4

    CAPITULO I. MARCO JURDICO Y GENERALIDADES

    Articulo 1. Marco Jurdico La elaboracin del uso del suelo urbano se circunscribe en un Marco Jurdico compuesto por leyes y normas dictadas para el efecto, con preferencia orientadas a mejorar la calidad de la vida de la poblacin sobre todo en la creacin de mecanismos necesarios que permitan el acceso de la poblacin a zonas en condiciones urbanizables dando preferencia a grupos sociales de bajos ingresos econmicos. a. Ley de Participacion Popular Reglamentaciones complementarias de la Ley de Participacin Popular asignan a los municipios en su artculo 26 la tarea, mediante la elaboracin de los planes de uso del suelo, de la delimitacin de superficies para cada una de las reas urbanas definidas como tambin las categoras del uso del suelo urbano en funcin de las previsiones sobre asentamientos de poblacin. Dentro de esta misma reglamentacin los artculos 31 y 32, se refieren a aprobacin y vigencia de las rea urbanas atribuidas a Ordenanzas Municipales. b. Ley de Medio Ambiente. La Ley del Medio Ambiente N 1333, en su artculo 5.4, estipula que dentro del mejoramiento de la calidad de vida de la poblacin se debe tener como base la optimizacin y racionalizacin del uso de aguas, aire, suelo y otros recursos garantizando su disponibilidad a largo plazo c. Ley de Municipalidades. Por su parte la Ley de Municipalidades 2028 expresa en su artculo 79, la asignacin de usos del suelo como la determinacin de patrones de asentamiento, normas de edificacin, urbanizacin y fraccionamiento y la delimitacin de las reas urbanas que cuenten con los servicios bsicos de energa elctrica, saneamiento bsico, educacin y salud como as tambin la identificacin de otras reas como las de gobierno, grandes centros comerciales, industriales, cementerios , depsito de residuos slidos y otros servicios colectivos. d. Ley de Procedimiento Administrativo. Articulo 2. mbito de Aplicacin Las disposiciones del Plan de Uso del Suelo Urbano, son de aplicacin y observancia obligatoria para todas las personas naturales y jurdicas, pblicas y privadas, en todo el municipio de la provincia cercado y la ciudad de Tarija. Articulo 3. De los Principios del Plan La formulacin y gestin del plan de ordenamiento territorial est orientada bajo los principios que ante cualquier tipo de ambigedad con el plan de ocupacin del territorio debern prevalecer:

    Gestin del Plan Ordenamiento Territorial, urbano y rural, basada en la democracia, la participacin y la transparencia informativa.

    Control social permanente en la asignacin de usos del suelo y la ocupacin del territorio.

  • Gobierno Municipal de la Ciudad de Tarija y la Provincia Cercado Plan de Ordenamiento Urbano: Reglamento de Conservacin reas Patrimoniales Ciudad de Tarija

    5

    Las tareas de la gestin del territorio1 deben privilegiar en todo momento el inters pblico al inters privado.

    Preservar las reas protegidas y no urbanizables con fines de uso pblico.

    1 Gestin del territorio: Asignacin de usos del suelo y ejecucin de infraestructura en la ocupacin del territorio.