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  • NUEVO MANUAL ILUSTRADO DEL

    PEQUEO DETENIDO

    * Nadie tiene obligacin legal de llevar sus documentos, menos

    an un menor de edad. Sin embargo, como la falta de documentos es

    una excusa habitual para detenerte, trat de llevarlos.

    LO QUE HAY QUE SABER SI TE DETIENEN

    Cuando nos enteramos que alguien est detenido, generalmente no

    sabemos qu hacer. Pensamos en llamar a un abogado, pero la

    hora o la distancia hacen que pase mucho tiempo, y mientras tanto,

    el detenido puede estar siendo golpeado. Hay mucho que podemos

    hacer, si sabemos algunas cosas sencillas y estamos organizados

    para defendernos rpido.

    * Si te detienen, la polica tiene obligacin de dejarte hablar por

    telfono con un familiar, un abogado o una persona de tu confianza.

    Tambin tienen que decirte, a vos y a quien pregunte por vos en la

    comisara, si la detencin es porque te acusan de un delito, de una

    falta o contravencin, o "para identificar" o "averiguar tus

    antecedentes". Claro que slo cumplen esas obligaciones cuando

    sienten que no tienen ms remedio, porque tienen enfrente alguien

    que sabe y puede generarles un problema si no lo hacen.

    Ellos esperan de nosotros dos actitudes: que temblemos de miedo, o

    que bardeemos. En cualquier de las dos situaciones, su poder

    crece. Es importante cmo nos paramos frente al polica en la calle

    o en la comisara. Tenemos que hablar con firmeza y seguridad, con

    frases completas, mirando a los ojos, porque as los descolocamos,

    y ya ganamos terreno.

    Le todo lo que sigue para saber cmo manejarte en cada caso.

    PRIMERAS ACCIONES

    Lo primero que tenemos que hacer cuando nos enteramos que

    alguien est detenido es llamar o ir a la comisara. Si somos

    varios, mejor. Es muy importante que nos expresemos con

    seguridad y con las palabras apropiadas. Los policas nos van a

    mirar muy distinto si ven que hablan con una persona que sabe de

    qu se trata y a la que no pueden confundir. Tenemos que saber qu

    preguntar y a quin preguntrselo, y entender lo que nos dicen.

    Siempre tenemos que saber antes de ir o llamar el nombre de la

    persona y si es mayor o menor de 18 aos. Si es menor es

    imprescindible que alguno de los padres o la persona adulta a

    cargo del chico vaya a la comisara con la partida de nacimiento.

    EN LA COMISARA

    El primer jefe de la comisara es el comisario, el segundo y el

    tercero son dos subcomisarios (administrativo y operativo). Pero el

    que maneja la comisara es el Jefe de Servicio u Oficial de

    Servicio, generalmente un oficial inspector o subinspector.

    Siempre tenemos que pedir que nos atienda l.

    El suboficial que nos va a recibir en el mostrador es el Ayudante de

    Guardia. A l le tenemos que decir que queremos hablar con el

    oficial de servicio, para conocer la situacin de una persona

    detenida.

    La primera pregunta es:

    Tenemos informacin de que fulano est detenido en esta

    dependencia, me lo puede confirmar, por favor?

    Si nos dice que s, seguimos con cul es la causa de la detencin?

    UNA PERSONA PUEDE SER DETENIDA

    - por AVERIGUACIN DE IDENTIDAD o de

    ANTECEDENTES (doble A o AA).

    - por el CDIGO CONTRAVENCIONAL o el

    CDIGO DE FALTAS.

    - por un DELITO.

    1. LOS MENORES DE 18 AOS pueden ser detenidos si estn

    cometiendo un delito o por orden judicial, pero no deberan serlo

    "en averiguacin de identidad" o "para identificar". Claro que igual

    pasa, entonces, si te detienen "por estar en la calle despus de las

    22:00", o porque s, record que:

    1- No te deberan esposar, ni llevar en un auto que no se

    identifique como policial. Si lo hacen, al salir pods denunciarlos.

    2-Tampoco te deberan encerrar en un calabozo, ni tenerte junto a

    mayores de edad, ni quitarte los cordones y/o cinturn, ni hacerte

    "tocar el pianito", ni incomunicarte.

    3- Lo primero que tiene que hacer el polica que te detuvo al entrar a

    la comisara es avisar al Juez de Menores de turno. Pregunt si le

    dieron intervencin. Por una parte, es la mejor manera de asegurarte

    que lo hagan para "blanquear" tu detencin, y por otra, demuestra

    que sabs cosas que normalmente los pibes no conocen, con lo que

    se van a cuidar un poco ms de prepotearte, por si sos "el hijo de

    alguien...".

    4- Tens derecho a llamar de inmediato por telfono a una persona

    de confianza.

    5- Si te quieren hacer firmar cualquier cosa que no sea clara y no

    pods negarte, trat de leerlo para poder informar despus de qu se

    trata.

    6- El nico que puede revisarte es un mdico. Aunque tenga

    guardapolvo, pedile su matrcula (es como un carnet). Nadie ms

    tiene derecho a hacerte quitar la ropa.

    7- Una persona mayor de edad que sea responsable por vos tiene

    que ir de inmediato a la comisara, porque el Juez de Menores

    slo ordena la "entrega" del menor a los padres o tutores. Si no hay

    un mayor responsable puede decidir que ests "en situacin de

    abandono o desamparo" y mandarte a un instituto de menores,

    donde con seguridad vas a estar abandonado y desamparado.

    Record que no sos Rambo, y que las armas y bastones los tienen

    ellos. Tom nota de todo lo que dicen y hacen, mostr que ests

    informado, sin ponerte innecesariamente en ms riesgo del que ya

  • ests. Confi en tus amigos y familiares, que estarn confrontando

    en la sala de guardia.

    FAMILIARES DEL MENOR:

    Si el detenido es un menor de 18 aos, la primera pregunta debe ser:

    Dieron ya intervencin al juez de menores?.

    Si contestan que s, seguimos con Qu dispuso?

    Generalmente el juez ordena la entrega a los padres, previo

    constatar domicilio y visita del mdico. Como esto suele demorar,

    conviene quedarse en la guardia, y cada tanto preguntar si hay

    noticias del mdico. A veces cuando no hay mdico llevan el

    detenido al hospital. El domicilio lo pueden constatar con la persona

    que se presenta a la comisara.

    Y si nos contestan que no, podemos exigir que lo hagan de

    inmediato, diciendo:

    Cmo que no le avisaron al juez de menores? Quiere que vaya a

    hacer un habeas corpus porque tiene un menor sin intervencin

    judicial?

    Las leyes sobre rgimen penal de menores nacional y de la

    provincia los obligan a notificar enseguida al juez de menores. El

    menor no puede estar en el mismo calabozo que un mayor.

    DETENCIN POR AVERIGUACIN DE ANTECEDENTES

    La ley, tanto en provincia como en la Capital, dice, palabras ms,

    palabras menos, que la polica est facultada a detener a alguien

    Cuando sea necesario conocer su identidad, en circunstancias que

    razonablemente lo justifiquen, y se niega a identificarse o no tiene

    la documentacin que la acredita."

    Si tenemos documento, o estamos en la puerta de nuestra casa y

    podemos entrar a buscarlo, la polica no podra detenernos.

    Tampoco si no hay circunstancias que razonablemente lo

    justifiquen, que es una forma elegante de decir sospechoso. Pero

    ya sabemos que para la polica sospechosos somos los pobres, los

    negros, los jvenes. As que, con o sin documento, si para ellos

    estamos en actitud sospechosa, nos pueden levantar.

    Este tipo de detencin slo puede durar 12 horas en la Provincia de

    Buenos Aires y 10 horas en Capital.

    En ese tiempo, la polica tiene que pedir los antecedentes, constatar

    el domicilio, hacernos ver por un mdico, y dejarnos hacer una

    llamada telefnica. (Antecedentes, en este caso, quiere decir

    impedimentos, es decir, slo importa si tenemos una orden de

    captura, comparendo o rebelda dictada por un juez. No importa si

    hay condenas viejas cumplidas, o causas cerradas sin condena).

    No nos pueden poner en el mismo calabozo que detenidos con

    causa.

    Que alguien llegue enseguida a la comisara en estos casos es

    fundamental, porque el tiempo se cuenta desde que la polica anota

    en su libro de detenidos, y a veces lo demoran a propsito. Pero a

    partir de que alguien pregunta, tienen que blanquear la

    detencin.

    Que llegue la planilla de antecedentes y venga el mdico o lo lleven

    al hospital es importante para acelerar la salida del detenido, y por

    eso mismo la polica se demora en hacerlo. Lo que tenemos que

    hacer es insistir constantemente con que pidan la planilla y que el

    mdico vea al detenido. Cuanto ms insistamos, cuanta ms gente

    pregunte por el detenido, se acerque a la comisara o permanezca

    afuera apoyando a los familiares o amigos del detenido, ms

    posibilidades hay de que salga rpido y de que no le peguen adentro,

    o que dejen de pegarle si lo estaban haciendo.

    Pasadas las 12 horas en Provincia y 10 horas en Capital, la persona

    est ilegalmente detenida, hayan llegado los antecedentes o no.

    Si la persona no es liberada, cualquiera (mayor o menor, pariente o

    no, con o sin documento) puede interponer un habeas corpus ante

    el juzgado de garantas de turno (provincia) o de turno para habeas

    corpus (Capital). Ver al final.

    DETENCIN POR FALTAS O CONTRAVENCIONES

    Las contravenciones son conductas que, sin ser delitos, se castigan

    como si lo fueran, con penas de multa y arresto.

    El que interviene en este caso es el Juzgado de Paz o el Juez

    Correccional en provincia, y el Fiscal y Juez Contravencional en

    la Ciudad de Buenos Aires.

    En estos casos, las preguntas son:

    Qu juzgado/fiscala tom intervencin? Ya hicieron la

    consulta? Qu instrucciones dio el juez/fiscal?

    EL CDIGO DE FALTAS DE LA PROVINCIA (LEY 8031):

    Es como los viejos edictos policiales, y no se debera aplicar a

    menores entre 16 y 18 aos, pese a lo cual son cotidianas las

    detenciones de chicos por faltas. Tiene penas de prisin de hasta 30

    das.

    1- Si te detienen por una "contravencin" o "falta", ojo con lo que

    firms: a veces, sin darte cuenta, pons la firma en una "declaracin

    indagatoria" que ni leste, en la que reconocs la falta supuestamente

    cometida (escndalo, desorden, ebriedad, vagabundeo, etc.). Tens

    derecho a llamar un abogado que te asista en la declaracin

    indagatoria. Tambin tens derecho a negarte a declarar.

    2- Cuando te aplican una contravencin, interviene el Juez de Paz o

    el Juez Correccional, segn el partido de que se trate. La polica

    tiene 48 horas para darle intervencin, y el juez tiene 4 das para

    resolver la excarcelacin. Durante este tiempo, mientras no se

    deroguen el cdigo de faltas y este procedimiento arbitrario, no se

    puede hacer nada para lograr la libertad, salvo presionar al juzgado

    yendo constantemente a preguntar si orden la excarcelacin.

    3- El mismo juez de paz o correccional es el que dicta sentencia,

    declarndote culpable o inocente de la contravencin. Puede aplicar

    penas de multa o prisin hasta 90 das. A veces te notifican de la

    sentencia antes de dejarte ir de la comisara; otras veces te llega una

    cdula de notificacin a tu casa, o te citan para que vayas a la

    comisara a notificarte.

    4- Desde el momento en que te notifics de la resolucin tens nada

    ms que 3 das corridos para apelarla, si te condenaron. Si te

    notifics sin apelar, la sentencia "queda firme", es decir, consentida

    (aceptada) y te queda un antecedente.

  • 5- El plazo para apelar es tan corto que no pods perder el tiempo

    (se cuentan sbados, domingos y feriados). Basta con poner

    "APELO" antes de la firma, o mandar un telegrama al salir (ver

    modelo al final).

    6- Al apelar la sancin impuesta por el Juzgado Correccional o de

    Paz, pasa todo a la Cmara Penal que corresponda, donde te van a

    citar para declarar y defenderte. Si la polica no puede probar que te

    detuvo legalmente, se revoca la pena y te declara inocente.

    7- Es importante apelar las condenas por contravenciones aunque ya

    ests en libertad. Si quedan firmes se computan en el Registro de

    Reincidencias y si te vuelven a detener en el lapso de 6 meses sos

    "reincidente" y las penas son mayores. Adems, en la mayora de los

    casos, las Cmaras estn demasiado ocupadas con las causas

    criminales (robos, homicidios, etc.) y "cajonean" los expediente

    contravencionales. Si pasa un ao desde la detencin sin que la

    Cmara se ocupe del asunto, la pena prescribe, es decir que queda

    sin efecto como si te hubieran absuelto.

    CMO APELAR

    Puede mandarse por telegrama o llevarse personalmente a la

    Cmara. Si al salir de la comisara no te dieron el nmero de causa,

    pon solamente la fecha de la detencin y la comisara:

    Excma. Cmara: FULANO DE TAL, DNI N........., por s y con

    domicilio real en ............ ......., en la causa contravencional n

    ............ iniciada el da .......... a las ....hs., ante la Cra. n ..... de la

    localidad de .........., vengo por el presente a APELAR la

    resolucin dictada. Proveer Conforme, Ser Justicia.

    EL CDIGO CONTRAVENCIONAL DE LA CIUDAD: Desde

    1998 reemplaza a los viejos edictos policiales. En algunos casos

    cada vez menos, con las sucesivas reformas- no te detienen y te

    llevan a la comisara, sino que la polica labra un acta en el lugar,

    donde dice qu te imputan, y que te tens que presentar dentro de

    los cinco das ante el fiscal de turno. Casi siempre, en cambio, te

    llevan a la comisara para hacer el acta, supuestamente demorado,

    no "detenido" (aunque no hay ninguna diferencia, ests privado de

    tu libertad), o con el argumento de que intimado a hacerlo, no

    cesaste la contravencin. Hay un defensor oficial de turno al que

    pods pedir que llamen las 24 horas. En las comisaras tienen el

    telfono del defensor oficial de turno y te tienen que comunicar. Si

    no lo hacen, al salir tens que ir a la fiscala que intervino (eso s te

    lo informan, porque est en el acta que te dan) y denunciarlo.

    Cuando te presents ante el fiscal pods pedir que te represente el

    defensor de oficio o llevar un abogado particular.

    DETENCIN POR UN DELITO (O CON CAUSA)

    Si te acusan de un delito (robo, tenencia de drogas, resistencia a la

    autoridad o lo que sea), hay un juez (generalmente en la ciudad de

    Buenos Aires) o un fiscal (generalmente en la provincia de Buenos

    Aires) que intervienen enseguida. Aunque ellos hayan ordenado tu

    incomunicacin (la polica no puede incomunicarte sin orden

    judicial), igual tienen obligacin de informarte a vos y de informar a

    quien se acerque a la comisara los siguientes datos:

    1- Qu delito te imputan.

    2- A disposicin de qu juez o fiscal ests.

    3- Qu instrucciones dieron el juzgado o la fiscala a la comisara

    (verificar domicilio, antecedentes, si se orden la soltura o si te

    llevan al da siguiente para prestar declaracin indagatoria).

    Como suelen contestar que todava "no tienen instrucciones" o que

    "tienen que concurrir en nueva consulta", hay que insistir cada tanto

    hasta que te lo digan.

    En cualquier caso de detencin porque te acusan de haber cometido

    un delito, necesits un abogado, que puede ser el funcionario

    pblico llamado Defensor Oficial o un abogado particular que

    proponga tu familia. Si el juez ordena el traslado para indagarte, de

    inmediato tu familia o amigos tienen que ir al juzgado y averiguar

    qu defensor oficial est de turno e ir a verlo antes de la audiencia

    (para que no se olvide de estar presente). Si te liberan sin llevarte a

    tribunales para que declares, no te olvides del asunto. Ni bien

    puedas acercate al juzgado o fiscala, averigu quin es tu defensor

    oficial y and a verlo. A veces pasa que mucho tiempo despus

    (meses y hasta aos) te enters de la peor manera que te procesaron,

    o peor, que te llevan a juicio. Y si no ests en contacto con el

    tribunal o te mudaste, te pueden librar una captura.

    Si la persona queda detenida, un familiar tiene que presentarse en

    el despacho del defensor oficial para darle todos los elementos que

    sirvan para la defensa y tratar que pida la excarcelacin. Suele ser

    difcil que nos atiendan de entrada, por eso hay que ir temprano e

    insistir. El horario de tribunales en Capital es de 7:30 a 13:30, y en

    provincia, de 8:00 a 14:00.

    QU HACEMOS SI NOS DICEN QUE LA PERSONA NO

    ESTA DETENIDA, O NO NOS DICEN LA CAUSA DE LA

    DETENCIN?

    Si sabemos que una persona fue detenida, pero en la comisara nos

    niegan informacin o dicen que ellos no lo tienen, tenemos que

    presentar URGENTE un HABEAS CORPUS.

    En cada lugar donde hay tribunales hay un juzgado de turno para

    Habeas Corpus, no importa la hora del da o de la noche.

    El que presenta el recurso no necesita tener documentos, ni ser

    pariente del detenido. Tampoco hace falta hacerlo por escrito, ni se

    necesita un abogado. CUALQUIERA, MAYOR O MENOR, PUEDE

    HACER UN HABEAS CORPUS SI CREE QUE ALGUIEN ESTA

    ILEGALMENTE DETENIDO.

    El juez tiene que comunicarse con todas las comisaras (o con la que

    vos le digas) hasta encontrarlo, saber por qu lo detuvieron, y te lo

    tiene que informar. Si la detencin es tcnicamente ilegal, tiene que

    ordenar la libertad.

    En todos los casos, si durante la detencin o en la comisara le

    pegaron al detenido, al salir hay que llevarlo a un hospital y

    hacerlo revisar bien. La constancia que queda en el libro de guardia

    sirve para probar la fecha y hora de la revisacin y las lesiones que

    tena. No hace falta decirle al mdico que fue la polica la que te

    peg (a veces, los mdicos parecen policas). Lo importante es que

  • se consigne la fecha y hora de la consulta, y la descripcin de las

    lesiones.

    Despus de ir al hospital, se pueden denunciar las torturas

    DIRECTAMENTE A LA JUSTICIA. La denuncia judicial se hace

    en forma oral, y no hace falta ir con abogado.

    En la ciudad de Buenos Aires, las denuncias se presentan ante la

    Cmara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, Viamonte

    1153, planta baja, de 7:30 a 13:30. Basta con llevar tu documento,

    la fecha y la comisara interviniente. En la provincia de Buenos

    Aires tens que ir a la fiscala de turno ("UFI": Unidad Funcional

    de Instruccin) del departamento judicial que corresponda, de 8:00

    a 14:00.

    Todas estas tcnicas ayudan para acelerar la soltura y aliviar la

    situacin del detenido. No es lo mismo estar solo en manos de la

    polica que saber que alguien est afuera marcando presencia,

    haciendo preguntas y mostrando que la persona presa tiene quin se

    preocupe y moleste.

    No son una solucin de fondo, pero en el caso concreto ayudan.

    Muchas veces, a la larga, cuando una comisara ve que en lugar de

    lograr que la gente les tenga miedo, aparecen para defender al

    detenido, y saben qu hacer, se preocupan y aflojan la presin en el

    barrio.

    Mostrarles que no les tenemos miedo, que sabemos qu derechos

    tenemos y cmo exigir que los respeten, les mete miedo a ellos,

    porque a nada temen ms que a los pobres organizados y

    conscientes.

    Desde 1996 la CORREPI y los familiares de vctimas de la

    represin policial recopilamos la informacin disponible respecto de

    personas muertas por las fuerzas de seguridad del Estado desde

    1983.

    En 2009 la cantidad de muertes supera los 2.800, de los cuales 1.200

    fueron asesinados en los ltimos 5 aos, a un promedio de uno por

    da en el ltimo ao. Casi todos los casos ocurridos en comisaras

    corresponden a DETENCIONES ARBITRARIAS, es decir

    detenciones por averiguacin de antecedentes, faltas o

    contravenciones. Buena parte de los casos registrados corresponden

    a la muerte ocurrida en ocasin de la aplicacin de tormentos, pero

    menos de una docena han tenido condena por el delito de tortura

    seguida de muerte en la Argentina desde 1983 (casos Bouchn de

    San Nicols, Sargiotti de Crdoba, Figueredo de Santa Fe, Pazos de

    Ro Negro, Durn, Campos y Bru de la Pcia. de Buenos Aires, De

    Monty en la Ciudad de Buenos Aires).

    DETENCIONES

    ARBITRARIAS

    GATILLO FACIL ES REPRESION

    MANO DURA ES TORTURA

    Nuevo Manual

    Ilustrado del

    Pequeo Detenido CORREPI

    Coordinadora Contra la Represin Policial e Institucional

    correpi@fibertel. com.ar

    Blog: http:/www.correpidifusion.blogspot.com

    Sitio: http:/correpi.lahaine.org