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ESCUELA RURAL “EL MIRADOR”
MANUAL Y REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Teniendo como base los principios que sustenta la actual
Reforma Educacional y el Proyecto Educativo Institucional, la Escuela Rural
“El Mirador ha dispuesto la instauración del Manual de Convivencia Escolar,
el cual cuenta con la aprobación de todos los elementos que conforman la
Unidad Educativa.
Este Reglamento intenta apoyar y dar forma a lo que es
Misión y Visión de la Escuela, vale decir, lograr en los alumnos (as) una
excelente formación valórica, de hábitos y actitudes sociales, que unido a una
buena formación académica, consolidando así el desarrollo de una personali
dad Integral en que prime su Autovaloración y Autoestima.
La premisa “Una educación de calidad para todos presentada
por el Ministerio de Educación, es entendida en esta Unidad Educativa, no
tan solo como una situación donde todos los alumnos (as) aprendan dentro de
un marco valórico, de hábitos y actitudes sociales positivas, que den fuerza y
sentido a este aprendizaje.
ANTECEDENTES GENERALES DEL ESTABLECIMIENTO
La Escuela Rural “EL Mirador”, es un Establecimiento Municipal
Subvencionado ubicado en el Km 50 camino a Cancura, sector de Loma Alta
perteneciente a la comuna de Puyehue , región de Los Lagos, Provincia de
Osorno.
El alumnado que atiende el establecimiento corresponde a un nivel
socioeconómico de características y estratificación “Bajo”, lo que se comprueba
a través del Indice de Vulnerabilidad .
El Establecimiento desde el año 2007 se encuentra incorporado al régimen de
Jornada Completa con los cursos de 1° a 6° año Básico.
A contar del año 2008, y con proyección hacia el 2012 el establecimiento se
encuentra incorporado el Proyecto de Mejoramiento Educativo, en función de
Ley de Subvención Preferencial (SEP), estando clasificado en la categoría de
“EMERGENTE”.
TITULO PRELIMINAR
El presente Manual de Convivencia contiene normas y especificaciones de
orden, higiene y seguridad de deberes, derechos, y prohibiciones, como
también la resolución pacífica de conflictos a que deben sujetarse el personal
de la escuela, alumnos y apoderados, en relación a las tareas y/o funciones de
sus integrantes, con la finalidad expresa lograr una convivencia necesaria para
el desarrollo del proceso educativo en la escuela, en función de optimizar el
logro de los aprendizajes esperados.
Los principios en que está basado el presente
manual son las siguientes:
Resolución pacífica de conflictos
Educación para la Paz
Construcción de valores en los alumnos de acuerdo a la Visión y
Misión formulada en el PEI del establecimiento.
Desarrollo de una gestión de calidad por parte del directivo.
Logro de Niveles óptimos de rendimiento académico de los alumnos.
OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
Conocer y practicar las normas de convivencia escolar establecidas
en el siguiente manual.
Conocer las funciones e interrelaciones de los distintos estamentos de
de la escuela con el propósito de lograr los objetivos propuestos en el
PEI .
Desarrollar y practicar valores de respeto, responsabilidad personal,
honestidad, personalidad, orden, lealtad ,tolerancia y solidaridad.
Propender a la reflexión crítica y autocrítica, armonía y cuidado del
Medio Ambiente Natural.
Promover y fortalecer el desarrollo de las habilidades sociales en los
alumnos y alumnas como también padres y apoderados.
Propiciar y regular las relaciones entre el establecimiento y la
comunidad organizada en función del logro de los propósitos
educativos.
VISION DEL ESTABLECIMIENTO
Se pretende que la Unidad Educativa, se consolide como
un plantel, que, en un ambiente democrático, ofrezca al alumno
una educación de excelencia, afianzando en él las competencias
adecuadas y necesarias para resolver de acuerdo a su nivel, los
problemas que surgen de una sociedad por el cambio constante.
MISION DEL ESTABLECIMIENTO
La Escuela Rural “El Mirador”, se caracterizará por gestionar
una educación de calidad, que propenda a elevar sus rendimientos.
CAPITULO I
NORMAS GENERALES DE ÍNDOLE TÉCNICO - PEDAGÓGICO
Art. N° 1.- DE LA CONCEPCIÓN CURRICULAR.
Con el fin de prevenir los conflictos y trabajar por una buena
convivencia, cada uno de los integrantes de esta comunidad escolar
deberá estar consiente que nuestro compromiso se desarrolla en relación
a los demás y a nosotros mismos, y que los derechos humanos básicos, son
los pilares en cualquier relación social.
PERFIL DEL DOCENTE.
Ser un docente comprometido con el aprendizaje de todos sus alumnos.
Ser facilitador del aprendizaje.
Ser innovador en sus prácticas pedagógicas.
Ser capaces de trabajar en equipo.
Ser un líder pedagógico.
Poseer un carisma que le permita despertar en el alumno y apoderados
deseos de hacer cosas y aprender.
Ser flexible, tolerante y dispuesto a la reflexión crítica y autocrítica.
Ser transparente en su conducta, honesto, leal, solidario y respetuoso
consigo mismo.
PERFIL DE LOS ESTUDIANTES.
Responsable y auto disciplinado.
Valorar el estudio y trabajo como medios sólidos para alcanzar la
realización personal y mejorar su calidad de vida.
Respetuoso de sí mismo y de los demás.
Honesto, leal y solidario.
Expresar con fluidez y claridad sus ideas, razonamiento, anhelos y
deseos, tanto verbalmente como en forma escrita.
Ser amante de los valores Patrios y de sus historia.
Valorar la familia.
PERFIL DE LOS APODERADOS
Ser respetuoso de las normas establecidas en el colegio.
Ser un constante colaborador del proceso de enseñanza –aprendizaje.
Relacionarse positivamente con la escuela.
Comprometerse con todas las actividades que lleva a cabo la escuela.
Tales como : reuniones, apoyo a sus hijos y/o pupilos tanto en el
apoyo pedagógico y disciplinario, actos. Etc.
Art. N° 2.- DEL FUNCIONAMIENTO.
El presente manual entrará en vigencia PLENA el año 2012, funcionando
el establecimiento bajo la modalidad de JORNADA ESCOLAR COMPLETA.
La Jornada Escolar Completa y se regirá por el siguiente horario.
Mañana: 8:30 a 16:00
Colación: 13:00
El proceso educativo se desarrollara semestralmente, rigiéndose por el
Calendario Escolar Provincial en cuanto a todas las normas emanadas y
especificadas en correspondiente Calendario Anual del Establecimiento.
Art. N° 3.- DE LOS PLANES Y PROGRAMAS.
Los sectores y/o subsectores de aprendizaje serán impartidos según nivel
y decreto que corresponda siendo estos los siguientes:
NB 1 Decreto N° 545 / 1996 ( 1° Y 2° Año Básico)
NB 2 Decreto N° 552 / 1997 ( 3° y 4° Año Básico)
NB 3 Decreto N° 220 / 1999 ( 5° Año Básico)
NB 4 Decreto N° 81 / 2000 ( 6° Año Básico)
Art. N° 4 DE LA EVALUACIÓN.
La Unidad Educativa se rige por el decreto de Evaluación N° 511 de
Evaluación y Promoción , además de las normas y disposiciones contenidas
en su propio “ REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN”.
REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACION.
I.- FUNDAMENTACIÓN.
1.- El presente Reglamento Interno está fundamentado en la normativa
expresada en el Decreto N° 511 de Evaluación y en función de los Planes
y Programas vigentes.
2.- El establecimiento funciona en la modalidad de Jornada Escolar
Completa de NB1 A NB 4.
II.- DE LA ORGANIZACIÓN Y MODALIDAD DE EVALUACIÓN.
1.- El establecimiento cuenta con REGIMEN DE EVALUACION SEMESTRAL,
En función del respectivo Decreto 511.
2.- Para la Evaluación de los Desempeños de Logros y Aprendizajes Alcanzados,
se efectúan los correspondientes Consejos de Evaluación del Microcentro.
* Al finalizar cada semestre lectivo.
* Al término de cada año lectivo.
3.- Al mediar cada semestre lectivo, se efectúa una Evaluación Parcial de los
Desempeños de Logros y Aprendizajes Alcanzados.
4.- En ambas evaluaciones se hace entrega de los resultados a los Padres
y Apoderados.
5.- Dicha modalidad se encuentra establecida en el correspondiente
CALENDARIO ESCOLAR.
III.- DEL SISTEMA DE EVALUACION A LOS ESTUDIANTES.
1.- Todos los alumnos del establecimiento son evaluados en los diferentes
Subsectores del Plan de Estudio, en forma cuantitativa, con sus valores
expresados en cifras numéricas.
2.- Como consecuencia de que el establecimiento funciona en la modalidad de
Jornada Escolar Completa, además se efectúa una evaluación correspondiente a
través de los TALLERES JEC, los que son programados y desarrollados en función
de las Aptitudes, Aspiraciones ,Intereses y Habilidades de los educandos, en las
áreas Artísticas y Recreación.
3.- La evaluación correspondiente a los Talleres JEC, será en forma de conceptos.
Los Talleres JEC, están organizadas de la siguiente forma.
* Dos horas pedagógicas destinadas a desarrollo efectivo de Talleres JEC,en
función de Actividades ARTISTICO, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS, como se
fundamente el propósito de los talleres, en función de los intereses, Aptitudes,
Habilidades y Destrezas de los Alumnos.
* Seis horas pedagógicas destinadas REFUERZO EDUCATIVO ,con énfasis en los
subsectores de Lenguaje y Comunicación, y Educación Matemáticas .
*Lo anterior específicamente con la finalidad de MEJORAR LOS APRENDIZAJES
ESPERADOS.
4.- La propuesta de MEJORAMIEENO DE LOS APRENDIZAJES ESPERADOS, se
focaliza en los Subsectores mencionados según los siguientes OBJETIVOS
ESPECÍFICOS:
* Subsector LENGUAJE: Reforzamiento de Funciones Lingüísticas Básicas a
través del Proceso de Lecto – Escritura, Redacción y Comprensión Lectora.
* Subsector MATEMATICAS: Reforzamiento para el Desarrollo de la Operatoria y
Calculo Operacional, y Aplicación del Razonamiento Lógico Matemático a través
de la Aplicación y Resolución de Problemas.
ESPECIFICACIONES Y CARACTERISTICAS DE LA MODALIDAD DE
EVALUACION.
1.- Existirán las siguientes modalidades de Evaluación para los alumnos:
* Los Alumnos(as) con N.E.E. serán evaluados de acuerdo a su nivel de
rendimiento ,previa Dignóstico del Psicólogo del D.A.EM.y en todos los
subsectores que corresponda.
* Todos los Subsectores serán evaluados en forma cuantitativa a través de
notas expresadas hasta con 2 decimales.
* Los Subsectores con más de 4 horas pedagógicas de clases semanales serán
calificados con al menos 4 notas al momento de la entrega del Primer Informe a
los Apoderados, al mediar cada semestre.
* Finalizado cada semestre, en dichos Subsectores, los alumnos, deberán
registrar al menos 8 notas a fin de obtener su promedio semestral.
* Los Subsectores con hasta 4 horas pedagógicas de clases semanales,
deberán registrar al menos 3 notas al momento de la entrega del Primer Informe
a los Apoderados, al mediar cada semestre.
* Al finalizar cada semestre, en dichos Subsectores los alumnos deberán
registrar al menos 6 notas a fin de obtener su promedio semestral.
2.- Las calificaciones que se contemplen en los Subsectores específicos de
Lenguaje y Matemáticas, desarrolladas en Horario JEC, en la modalidad de
Refuerzo Educativo, podrán ser adicionadas para efectos de promedios de notas
a los mismos Subsectores calificados normalmente como Clases Sistemáticas.
3.- La cantidad de calificaciones a estipular en cada semestre en el punto dos
precedentes quedarán a criterio de cada docente que desarrolle las actividades,
dependiendo de éstas y su tiempo de duración.
V.- DE LAS TECNICAS Y RECURSOS DE EVALUACION.
1.- Al finalizar cada semestre, deberá tenerse contemplada al menos una
Evaluación Coeficiente 2 correspondiente a una Unidad de Trabajo con Tiempo
Específico y Logro de Objetivos Determinados.
2.- Se contemplarán Evaluaciones Acumulativas y Sumativas.
3.- Se contemplarán Evaluaciones Acumulativas y Sumativas.
4.- Deberá contemplarse además la modalidad de AUTOEVALUACION Y
CCOEVALUACION en los alumnos.
5.- En relación con la EVALUACION DE NIVELES DE LOGROS, contemplados en el
PLAN DE MEJORAMIENTO “SEP”, deberá considerarse las siguientes opciones de
evaluación:
* Fichas de Seguimiento Individual, para el Proceso Lector.
* Medición de Rangos de Actitudes y Habilidades en función de OFT, para los
diferentes Subsectores.
* Se contemplará además la actual modalidad de Evaluación a través de MAPAS
DE PROGRESO, específicamente para Lenguaje y Matemáticas.
VI.- DE LAS CALIFICACIONES FINALES,PROMOCIONES Y/O REPITENCIAS.
1.- Para la obtención de la CALIFICACION ANUAL , se procederá a la sumatoria
de ambos semestres lectivos, considerándose el promedio correspondiente,
teniendo presente la aproximación de la segunda décima de la nota para el
PROMEDIO FINAL.
2.- Las modalidades y procedimientos para determinar las PROMOCIONES Y/O
REPITENCIAS, serán las especificadas técnicamente en el DECRETO 511
actualmente en vigencia.
VII.- DE LAS CONSIDERACIONES GENERALES.
1.- El presente instrumento será sometido a CONSIDERACION,MODIFICACIONES,
SUGERENCIAS Y/O APROBACION ,por el correspondiente CONSEJO ESCOLAR .
2.- Medición y Rangos de Actitudes y Habilidades en función de OFT, para los
diferentes Subsectores.
3.- Se contemplará además la actual modalidad de Evaluación a través de Mapas
de Progreso, específicamente para Lenguaje y Matemáticas.
VIII.- DE LAS CALIFICACIONES FINALES,PROMOCIONES Y /O REPITENCIAS.
1.- Para la obtención de la CALIFICACION ANUAL, se procederá a la sumatoria de
ambos semestres lectivos, considerándose el promedio correspondiente,
teniendo presente la aproximación de la segunda décima de la nota para el
PROMEDIO FINAL.
2.- Las modalidades y procedimientos para determinar las PROMOCIONES
Y/OREPITENCIAS, serán las especificadas técnicamente en el DECRETO 511
actualmente en vigencia.
IX.- DE LAS CONSIDERACIONES GENERALES.
1.- El presente instrumento con sus respectivas sugerencias, modificaciones y/o
aprobación, entrará en vigencia a contar de la fecha que se determine en los
respectivos Consejos.
FECHA APROBACION PARA SU APLICACIÓN ………………………………………………
V°B° Representante del Consejo Escolar ……………………………………………………
Director Establecimiento ……………………………………………………………………………
Modificaciones y sugerencias al Reglamento de Evaluacción.
Otros Aspectos:
El Establecimiento aceptará en calidad de alumno regular al inicio del segundo
semestre aquellos alumnos que por motivos debidamente fundamentados, no
hubieran podido matricularse al inicio del período lectivo y no hayan asistido al
primer semestre. Para este efecto se les aplicará una prueba diagnóstica en el
área de Lenguaje y Comunicación y Educación Matemáticas, considerando
objetivos correspondiente al curso que ingresa el alumno.
Si el resultado de la evaluación fuera satisfactoria se le incorporará de inmediato
al curso como alumno regular.
Si el resultado de la evaluación no fuera satisfactoria, el alumno (a) será
igualmente aceptado,debiendo el Apoderado firmar una carta mediante el cual
libera al establecimiento de la responsabilidad en el resultado académico de su
pupilo. Se consideraran las calificaciones acumuladas al primer semestre. Si
faltare para complementar el mínimo, el profesor realizará las evaluaciones
necesarias.
DE LA SUPERVISION EN EL AULA.
La supervisión debe ser entendida como la entrega de asesoría y apoyo
técnico del DAEM hacia el docente, teniendo como finalidad contribuir al
mejoramiento de la calidad del proceso educativo.
La Supervisión en el Aula es entendida como un “ACOMPAÑAMIENTO EN EL
AULA”, habiéndose establecido a través de un SISTEMA CONCENSUADO con
todos los integrantes de la Unidad Educativa.
Esta función será ejercida por el Director del establecimiento y el Jefe
Técnico del DAEM acción que se enmarca de acuerdo a lo establecido en el
párrafo IV “Autonomía y Responsabilidad” de la Ley 19.070,Art.16-17-18.
CONSEJO ESCOLAR.
Es una organización interna de funcionamiento del establecimiento, que
permite la participación organizada de toda la comunidad educativa.
Constituído en el establecimiento de conformidad a lo estipulado en la Ley
N° 19979 en sus Art. N° 7, 8, y 9 y reglamentado por Decreto N° 24 del 2005. Y
está conformado por :
El Director del Establecimiento, quien lo preside.
Un representante del Empleador (DAEM).
Un representante del Centro General de Padres.
REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESCOLAR.
I.- DE LA FUNDAMENTACION Y MARCO TEORICO.
Los Consejos Escolares son organizaciones internas de los
establecimientos educacionales.
Los Consejos Escolares permiten la participación organizada de toda la
Comunidad Educativa con un carácter informativo, consultivo, propositivo y
asesor del establecimiento ,salvo que el Sostenedor le dé carácter Resolutivo.
Se encuentran regidos por la Ley N° 19979 (JEC), en sus Artículos 7°,8° y
9°, y el Decreto N° 24 DE 2005, quien reglamenta su constitución y
funcionamiento.
II.- DE SU CONSTITUCION Y FUNCIONAMIENTO.
1.- De conformidad a lo establecido en el Art 3° del Decreto N° 24/05, el
Consejo Escolar estará constituido por :
A).- El Director del Establecimiento, quien lo preside.
B).- El Sostenedor o un representante del DAEM designado mediante
documento escrito.
D).- El Presidente del Centro General de Padres y Apoderados.
A petición de cualquier miembro del Consejo, el Director, en su calidad de
Presidente, deberá someter a consideración de este organismo, la incorporación
de nuevos miembros. Asimismo, el Director por propia iniciativa podrá
determinar la incorporación de otros miembros. El Consejo resolverá sobre ésta
petición. De acuerdo al procedimiento previamente establecido.
III.- DEL FUNCIONAMIENTO.
1.- El Consejo Escolar funcionará al menos 4 veces en el año, con intervalo de 3
meses en cada sesión.
2.- El Sostenedor deberá determinar si le concede facultades decisorias o
resolutivas al Consejo, especificando sobre que materias y/o asuntos.
3.- Será responsabilidad del Director citar a primera reunión. La que tendrá el
carácter de consultiva.
4.- Dentro de un plazo no superior a 10 días hábiles, a partir de la fecha de
constitución, el Sostenedor hará llegar al Departamento Provincial de Educación,
una copia del Acta de Constitución.
IV.- DE LOS ROLES Y FUNCIONES ESPECIFICOS.
1.- El Director del establecimiento, informará por escrito al Consejo Escolar de
Gestión Anual, antes de ser presentado dicho informe a la Comunidad Educativa.
2.- El Consejo no podrá intervenir en funciones que sean competencias de otros
órganos del establecimiento.
3.- El Consejo deberá ser informado a lo menos de las siguientes materias:
* Logros de aprendizajes de los alumnos.
* Informes de Visitas de Fiscalización del Ministerio, de conformidad a
Ley 18962, DFL.2/98.
* Deberá tomar conocimiento del PEI del establecimiento, de los Programas
Anuales y Curriculares, de la Metas y Proyectos de Mejoramiento propuestos.
V.- DE LAS DISPOSICIONES ESPECIFICAS.
1.- El Consejo Escolar de la Escuela Rural El Mirador sesionará al menos 4 veces
en el año, y será responsabilidad del Director efectuar las correspondiente.
2.- Deberá contemplarse la nominación de un Secretario y la existencia de un
Libro de Actas.
3.- Cualquier otra disposición y/o funcionamiento del Consejo, deberá estar
contenida en el Decreto N°24 del 2005 del Ministerio de Educación.
ACTA DE CONSTITUCION DEL CONSEJO ESCOLAR
En Loma Alta, Provincia de Osorno, Comuna de Puyehue, con fecha
…………………………………………………………………………………………………………………. Se
constituye el CONSEJO ESCOLAR DE LA ESCUELA “EL MIRADOR”.
Los abajo firmantes, constituidos como CONSEJO ESCOLAR, se comprometen a
realizar sus mejores esfuerzos para favorecer la participación responsable de
todos sus elementos al interior del establecimiento, y contribuir al
mejoramiento continuo de la Calidad de la Educación.
Para el cumplimiento de lo anterior se ha acordado establecer un Plan de
Trabajo. Definir las Líneas de Acción que le orienten y reglamenten su modo de
funcionamiento.
“DECLARACION INICIAL Y COMPROMISO DE GESTION”
1.- Mejorar los Niveles de Rendimiento Pedagógico de los alumnos.
2.- Mejorar los Niveles de Rendimiento SIMCE.
3.- Mejorar la calidad de la Gestión Pedagógica.
Para constancia firman por el Consejo Escolar:
SOSTENEDOR DIRECTOR
DOCENTE CEENTRO DE PADRES
FICHA DE REGISTRO CONSEJO ESCOLAR
Nombre Establecimiento ……………………………………………..
Comuna ………………………………………………
Región ……………………………………………..
Departamento Provincial ……………………………………………….
Nombre Consejero Sostenedor ……………………………………………….
Nombre Consejero Director ………………………………………………..
Nombre Consejero Centro de Padres ………………………………………………..
FORMATO ACTA DE CONSEJO ESCOLAR
Siendo las ………………… hrs. del día ………………………………………………………. Se
reúnen los integrantes del Consejo Escolar de la Escuela Rural “El Mirador” de
Loma Alta, debidamente citados por el Director del Establecimiento, sesión
de carácter ………………………………………….. (ordinaria o extraordinaria), para tratar
la siguiente Tabla.
TABLA DE LA REUNION:
1.- …………………………………………………………………………………………………………….
2.- ……………………………………………………………………………………………………………
3.- ……………………………………………………………………………………………………………
4.- …………………………………………………………………………………………………………..
5.- …………………………………………………………………………………………………………..
6.- ……………………………………………………………………………………………………………
ASISTENTES JUSTIFICAN INASISTENCIA
……………………………………………………… ………………………………………………
…………………………………………………….. ………………………………………………
…………………………………………………….. ………………………………………………
ASUNTOS TRATADOS RESPONSABLES
………………………………………………… ……………………………………………….
………………………………………………… ………………………………………………
………………………………………………… …………………………………………………
La próxima reunión queda calendarizada para fecha ……………………………………
En el local del establecimiento , para lo cual el Director cursará las respectivas
citaciones.
PLAN ANUAL DE TRABAJO CONSEJO ESCOLAR AÑO 2012
OBJETIVOS ACTIVIDADES RESPONSABLE RECURSOS FECHA EJECUCION
1.- Informar a la comunidad Educativa los propósitos, estructura y conformación del Consejo Escolar
1.- Constitución del Consejo Escolar. 2.- Realización de Taller Participativo con docentes, Padres y alumnos.
Integrantes del Consejo Escolar.
Material fungible y Folletos Informativos.
Primera Quincena Abril 2012.
1.- Tomar Conocimiento
1.- Rvisar y Analizar
Todos los Integrantes
Material fungible
Antes de finalizar el
de PLANES, Programas y Proyectos de la Escuela.
PEI,MANUAL DE CONVIVENCIA PLAN DE MEJORA.
del C. Escolar. Documentos Oficiales impresos. Medios audiovisuales.
Primer semestre.
1.- Tomar conocimiento de los Niveles de rendimiento académico de los alumnos y resultados SIMCE.
Analizar y comentar resultados y difundirlos a los Apoderados.
Todos los integrantes del C. Escolar .
Material Impreso.
Una vez en cada semestre y al comienzo de cada año escolar.
1.- Informarse de la Cuenta de Gestión.
1.- Sostener reunión con El C. Escolar.
Todo el Consejo Escolar.
Medios audiovisuales material impreso.
Antes de finalizar el Primer semestre.
1.- Informarse Sobre el Manual de Convivencia Escolar.
1.- Participar con el Consejo Escolar.
Todo el Consejo Escolar .
Material impreso. Medios audiovisuales.
Una vez en cada semestre.
1.- Evaluación del trabajo anual.
Desarrollar unTaller a fin de evaluar en forma generalizada las acciones del año.
Todo el Consejo Escolar.
Material impreso. Medios audiovisuales.
Antes de finalizar el año escolar.
COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR.
Integrado por el Director quién lo preside, un coordinador, un
representante de los alumnos, padre o apoderado. Su objetivo
principal es prevenir todo tipo de situaciones que afecten negativamente
la seguridad del alumno.
PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR
(Basado en Operación Deyse” a partir de 1997)
I.- OBJETIVO GENERAL.
Perfeccionar el Sistema de Seguridad a nivel de la Unidad Educativa
con proyección a la formación de una Cultura Nacional de Prevención.
II.- OBJETIVOS ESPECIFICOS.
1.- Generar en el establecimiento una actitud de autoprotección
asumiendo una responsabilidad colectiva frente a la seguridad.
2.- Proporcionar a la unidad educativa un efectivo ambiente de seguridad
integral, para el desarrollo de las actividades normales.
3.- Diseñar en la Escuela un modelo de protección replicable en el hogar y
en el barrio.
III.- DE LA CONFORMACION DEL PLAN.
1.- La Unidad Educativa deberá conformar su “Propio Plan Específico”, en
el que participan:
ALUMNOS
APODERADOS
DIRECTOR
PERSONAL (MANIPULADORA)
2.- El Plan deberá contar con representantes de las diferentes REDES DE
APOYO, conformadas por :
- Unidades de Salud, Carabineros, Bomberos.
3.- La primera acción será la Constitución del COMITÉ DE SEGURIDAD
ESCOLAR .
4.- Serán integrantes del Comité de Seguridad:
* Director
* Representantes de Instituciones
5.- Se deberá determinar específicamente la MISION del Plan
6.- Se deberá determinar las Funciones y Roles de cada uno de los integrantes
del Plan.
7.- Se determinarán ACCIONES ESPECIFICAS:
> Determinar situaciones de riesgo y peligros potenciales en la escuela y
medio circundante.
> Se deberá especificar la disponibilidad y necesidad de Recursos.
8.- Se deberá configurar un CRONOGRAMA DE ACCION Y
RESPONSABILIDADES.
9.- El Plan de Acción deberá estar basado en las siguientes etapas:
> PROGRAMACION > EJECUCION
>PLANIFICACION
IV.- DE LA ESTRUCTURACION DEL COMITÉ DE SEGURIDAD.
En la Unidad Educativa se conformará un comité integrado por
Director
1 Apoderado
1 manipuladora
V.- DE LAS ACCIONES ESPECIFICAS.
1.- Se programaran simulacros de acciones preventivas, en situaciones de
riesgo latente al menos una en cada semestre.
2.- Se realzarán talleres sobre temáticas preventivas y de riesgo, con
participación de alumnos, apoderados, profesor y personal de la escuela.
PRINCIPALES REGLAS DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL
ESTABLECIMIENTO
La Escuela Rural “El Mirador”, funcionará en Jornada Escolar Completa
para los cursos de 1° a 6° año básico.
El horario de funcionamiento será de las 8:00 a 18:00 Horas
La atención administrativa se efectuará de 08:30 a 12:30 y de 14:00 a
16.00.
Los recreos serán vigilados por la Profesora de la Escuela.
CAPITULO III
NORMAS TÉCNICO ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y
FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO.
Art. N°1 .- DE LAS OBLIGACIONES GENALES DEL PERSONAL DEL
ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL.
Realizar el trabajo convenido con el fin de lograr que el establecimiento
pueda cumplir adecuadamente los fines de la educación.
Realizar personalmente la labor convenida de acuerdo con la normas e
instrucciones del Ministerio de Educación y Empleador, según
corresponda.
Desempeñar su labor con diligencia y colaborar a la mejor marcha del
proceso educacional del establecimiento.
Guardar la debida lealtad y respeto hacia el establecimiento y hacia el
empleador y sus representantes.
Dar aviso oportuno al empleador o a quien corresponda, de su ausencia
por causa justificada.
Respetar y cumplir los horarios de entrada y salida.
Art.N°2.- DE LAS PROHIBICIONES GENERALES DEL PERSONAL DEL
ESTABLECIMIENTO.
Faltar al trabajo o abandonarlo en horas de labor, sin la debida
autorización.
Presentarse al trabajo en estado de intemperancia, bajo la influencia del
alcohol, droga, y/o estupefaciente.
Efectuar comercio dentro del establecimiento para beneficio personal.
DE LOS DEBERES Y DERECHOS ESPECIFICOS DEL PERSONAL
ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL.
Art.N° 3 .- DEL DIRECTOR.
El Director es el docente, que como jefe del establecimiento
educacional, es responsable de dirigir, coordinar, supervisar y evaluar el
trabajo de sus distintos organismos, de manera que funcionen armónica y
eficientemente.
En el cumplimiento de sus funciones deberá tener presente que la
función de la escuela es EDUCAR por lo tanto dedicara toda su energía y
capacidad para cumplir en la mejor forma posible dicha función
fundamental.
Corresponde al Director cumplir con las siguientes funciones:
Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la administración
teniendo siempre presente que la principal función es educar, la que
debe prevalecer sobre la administrativa u otra en cualquier circunstancia y
lugar.
Propiciar un ambiente educativo en el establecimiento.
Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y
seguridad dentro del establecimiento educacional.
Cumplir las normas e instrucciones emanadas de las autoridades
educacionales competencias.
Remitir a las autoridades competentes del Ministerio de Educación y/o
DAEM las actas, estadísticas y otros documentos que le sean exigibles
conforme a la reglamentación y legislación vigente.
Arbitrar las medidas necesarias para que se realiza normalmente la
supervisión y la inspección del Ministerio de Educación conforme a las
instrucciones que emanen de la superioridad.
Coordinar y supervisar tareas y responsabilidades de la escuela.
Procurar la existencia de material didáctico suficiente y adecuado al nivel
y modalidad de enseñanza que imparte el establecimiento.
Facilitar el funcionamiento a los organismos vinculados de la comunidad
con el establecimiento.
Art. N° 5.- DE LOS DEBERES DE LA MANUPULADORA DE ALIMENTOS.
Cumplir sus funciones de manipulación de alimentos son esmero,
diligencia y buena atención, dada la importancia que esto tiene para la
salud y bienestar del alumno.
Mantener ordenada y limpia la cocina, despensa y comedor de acuerdo a
las características del local.
Cumplir los horarios de llegada, salida y de comidas.
Mantener una buena presentación personal, higiene y aseo.
Manejar y almacenar correctamente los productos.
Preparar la comida y guisos de acuerdo a los manuales de preparación y
medidas prácticas(uso de uniforme completo, especialmente mascarilla y
cofia).
Art.N° 6.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS.
DERECHOS.
Recibir una formación y educación de acuerdo a lo que estipula la misión
de la escuela y el perfil del alumno.
Que su rendimiento y comportamiento escolar sea evaluado con
objetividad.
Recibir información relacionada con su actividad escolar sea evaluado con
objetividad.
Recibir atención del seguro escolar en caso de accidente.
Recibir un reconocimiento positivo que será registrado en su hoja de vida,
cuando desarrolle o tenga comportamiento digno de ser destacado
positivamente.
Ser atendidas sus situaciones individuales de carácter pedagógicas y
personales como: Enfermedad y/o accidente, situaciones de embarazo etc
que requieran de un largo período de ausencia escolar.
Para lo cual tendrán derecho a cumplir con sus obligaciones escolares,
mediante un sistema personalizado y calendarizado.
A rendir una prueba fuera de plazo estipulado por calendario, previa
inasistencia justificada.
DEBERES.
Adoptar un comportamiento que esté de acuerdo con el Reglamento
Interno de la escuela.
Respetar a todos los componentes del sistema escolar.
Participar activamente en el trabajo escolar, cumplir sus obligaciones
escolares, horarios y orientaciones dadas por el profesor.
Aceptar y cumplir las responsabilidades que el profesor le asigne.
Usar un lenguaje digno y respetuoso .
Usar con corrección las instalaciones. mobiliario y material didáctico.
Art.N° 7.- DE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD DE LOS ALUMNOS.
La asistencia es de carácter obligatoria para las clases, actividades
extraescolares ,citaciones por compromisos oficiales, beneficios de
alimentación y salud escolar. Debe ser puntual en la hora de llegada.
En caso de inasistencias el alumno deberá justificarlas con certificado
médico y/o justificativo extendido y firmado por el apoderado en la
libreta de comunicaciones, caso contrario se dejará constancia en la hoja
de vida del alumno con una observación negativa.
Toda inasistencia a una prueba previamente fijada, deberá ser justificada
personalmente por el apoderado. El alumno al incorporarse a clases, estrá
en condiciones de rendir la prueba.
Art. N° 8 DEL UNIFORME ESCOLAR DE LOS ALUMNOS.
El uniforme escolar consistirá en :
Todos los alumnos deben presentarse con su vestuario limpio y
ordenado, evitando las tenidas de colores zapatillas y otras que sean
contraria a su condición de estudiante.
Los varones usarán el cabello moderado y peinado, no se permitirá el uso
de aros y/o distintos llamativos dentro del establecimiento.
Las niñas deben abstenerse de sus cosméticos y cualquier tipos de joyas.
Art. N° 9 DEL CUMPLIMIENTO Y OBLIGACIONES ESCOLARES DEL
ALUMNO.
Cada alumno deberá contar con sus útiles y materiales necesarios.que
exigen para cumplir en cada asignatura del plan de estudio. Será su
responsabilidad mantenerlos en buenas condiciones de uso y aseo.
La escuela no se responsabiliza por pérdidas de ningún tipo de material o
útiles.
Será obligación del alumno cumplir con sus deberes escolares.Poner
atención,participar y trabajar en clases según lo ordenado por el profesor.
El alumno deberá portar diariamente su libreta de comunicaciones y
manejarla en buen estado.
El alumno deberá participar obligatoriamente de actividades
extraescolares y todas aquellas que la escuela programe (desfile, actos)
Toda inasistencia a una prueba previamente fijada, deberá ser justificada
personalmente por el apoderado.El alumno al incorporarse a clases,
estará en condiciones de rendir la prueba, y/o ser interrogado oralmente
sin previo aviso.
En caso de inasistencia a una prueba, podrá ser evaluado en la clase
siguiente o en el momento que el profesor determine.
Aquellos deterioros causados por alumnos al local escolar, mobiliario,
artefactos, equipos, etc. Y que no corresponden a un uso normal y
racional, deberán ser reparados ,reemplazados o repuestos por el
apoderados del alumno en forma inmediata.
Art. N° 10.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS APODERADOS.
DERECHOS.
Requerir información respecto del rendimiento y conductas de su pupilo.
Integrar directivas en el Centro de Padres y Apoderados.
Ser atendidos con amabilidad y respeto por lo profesores en horarios
establecidos para ello.
Proponer ideas que tengan como finalidad mejorar aspectos y/o
procesos que entrega el establecimiento.
Colaborar con propuestas que fortalezcan el proceso educativo .
DEBERES.
Comprometerse con su rol colaborador del proceso educativo e
integrarse activamente al proceso educativo.
Ser responsable de la presentación personal e higiene de su pupilo.
Cumplir con los compromisos y/o responsabilidades que le son
encomendadas por la escuela.
Informarse y cumplir lo dispuesto en el Reglamento Interno de la escuela.
Evitar interrumpir las horas de clases.
Justificar en forma oral o escrita las inasistencias o atrasos de su pupilo.
Controlar periódicamente el rendimiento y conducta de su pupilo,
tomando conocimiento bajo firma en hoja de vida del apoderado.
Reforzar mediante la práctica en casa, la formación valórica, hábitos y
actitudes sociales de su pupilo.
Solicitar por escrito en la libreta de comunicaciones los permisos de su
pupilo.
Actuar con respeto, prudencia y honestidad, con el fin de establecer
buenas relaciones humanas.
Relacionarse permanentemente con la escuela.
Comprometerse con todas las actividades que lleve a cabo la escuela,
tales como: reuniones, citaciones y actos.
Respetar , cuidar y defender la buena imagen del establecimiento,
evitando efectuar comentarios y/o actitudes que la perjudiquen.
CAPITULO IV
DE LAS PROHIBICIONES GENERALES Y PROCEDIMIENTOS DE
DISCIPLINA.
Se prohíbe :
Art. N° 11.- Interrumpir las clases por parte de los padres y/o apoderados
por cualquier razón, motivo o circunstancia que exiga su presencia en el
colegio, deberá concertar una entrevista con el profesor quien tomará las
medidas del caso para entregar una esmerada atención al apoderado .
Art.N° 12.- Traer celulares, juegos electrónicos u otros objetos de valor
por parte de los alumnos y alumnas de la escuela,durante la jornada de
clases, excepto medicamentos que el apoderado expresamente informe a
la profesora.
Art. N° 13.- Para la formación integral del alumno se establecerá el siguiente
procedimiento de disciplina.
COMPORTAMIENTOS POSITIVOS.
Actuar con respeto, responsabilidad, orden, honestidad, lealtad,
responsabilidad, autoestima, y en general todos aquellos valores, hábitos
y actitudes sociales que contribuyen a formar el perfil de nuestros
alumnos y alumnas.
Tener comportamientos que contribuyan al fortalecimiento de los
valores patrios, compromiso e identidad con su familia, escuela y amigos
Demostrar hábitos de asistencia y puntualidad.
Participar en las actividades extraescolares en representación de la
escuela comuna o provincia.
COMPORTAMIENTOS NEGATIVOS.
1.- COMPORTAMIENTOS LEVES.
> No cumplir con las tareas por parte de los alumnos.
>No traer firmadas las comunicaciones que se le envían al hogar.
> Presentarse atrasado al inicio de las clases, y al comienzo de una clase
después del recreo.
> No traer firmada por el apoderado la evaluación enviada al hogar.
> No traer su libreta de comunicaciones.
>No presentar el justificativo de inasistencia a clases.
2.- COMPORTAMIENTOS GRAVES.
> Agredir físicamente a la Profesora y/o funcionario de la escuela.
>Provocar intencionalmente daño físico al local escolar y que pongan en peligro
la seguridad de las personas.
> Robar, o destruir documentos públicos, tales como Libro de clases, actas, libro
de crónicas u otro de uso habitual en la escuela.
> Agredir físicamente a un compañero provocándole lesiones de gravedad.
> Ser sorprendido bajo los efectos del alcohol.
> Adulterar notas en libros de clases.
> Incurrir en peleas dentro o fuera del establecimiento en forma reiterada.
> Hacer abandono del establecimiento sin la autorización correspondiente.
> Negarse a rendir una prueba o examen.
> Portar objetos considerados peligrosos, tales como: cuchillos,estoque,armas
de fuego, cortaplumas, etc.
>Cometer una falta menos grave estando en calidad de condicional.
> Falsificar comunicaciones y/o firma del apoderado.
> Si la falta fuere aún considerada de mayor gravedad, acompañada de
conductas negativas previas y reiteradas, no manifestando la intencionalidad de
mejorar dicho comportamiento, se podrá solicitar el retiro del establecimiento
del alumno por parte del apoderado.
Art.N° 15 Una vez aplicada la sanción por falta leve y grave el apoderado podrá
apelar través de una presentación formal al Establecimiento en un plazo de 24
horas. La escuela podrá cambiar, anular o ratificar la medida establecida.
Durante el proceso de apelación la medida no se aplicará hasta conocer la
decisión del consejo.
CAPITULO V
DE LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Art. N° 16.- En caso de surgir una queja o denuncia en contra del Director o
auxiliar de servicios menores(manipuladora de alimentos) del establecimiento
por parte de un padre o apoderado, se buscará la solución a través del siguiente
procedimiento:
Conversar para esclarecer y lograr solución a la problemática presentada
por la persona afectada.
Si de esta conversación el afectado considere no satisfactoria la
explicación dada por la otra parte podrá dirigirse a la Dirección del
establecimiento, quien ofrecerá su mediación para encontrar la solución al
conflicto planteado.
Si no se logra solucionar el conflicto con la mediación el Director
procederá a solicitar que la queja o denuncia se formule por escrito
refrendada con la firma correspondiente.
El escrito será conocido por el afectado quién dispondrá de tres días
hábiles desde el momento de recibida la comunicación, para presentar
por escrito sus descargos o defensa a la dirección.
El Director procederá a darle curso al trámite administrativo que establece
la normativa vigente para estos casos.
Si no se superé el conflicto en la instancia de mediación el afectado podrá
presentar por escrito su queja o denuncia dirigida al Sr. Director del
Departamento Administrativo de Educación Municipal para su trámite
correspondiente.
CAPITULO VI
NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS, HIGIENE Y SEGURIDAD
INTRODUCCIÓN:
Las autoridades del Ministerio de Educación , conscientes que es deber
del estado velar por la salud e integridad física de los educandos y con el objeto
de orientar la aplicación de la Normativa Contemplada en el Art.7° Ley 18.602
mediante circulares ha emitido una serie de instrucciones destinadas a evitar
accidentes escolares.
Art.N° 18.- DE LA ESTRUCTURA DEL ESTABLECIMIENTO.
Sostenedor.
Director.
Alumnos.
Padres y/o Apoderados.
DEL SOSTENEDOR.
Art. N° 19.- Proporcionar oportunamente los recursos adecuados y necesarios
en cantidad y calidad al establecimiento educacional, con el fin de evitar
accidentes que puedan lesionar a los alumnos y personal y/o producir daños
materiales.
DEL DIRECTOR.
Art. N° 20.- Orientar a la comunidad escolar sobre la correcta interpretación y
aplicación de las normas que imparte el Ministerio de Educación sobre
Prevención de Riesgos en los escolares.
Art.N° 21.- Planificar y organizar anualmente las acciones de prevención de
riesgos en los escolares en el establecimiento, de acuerdo a las instrucciones
impartidas por el Ministerio de Educación.
Art.N° 22.- Informar y hacer participar activamente a los Padres y Apoderados
en el Plan de Prevención de Riesgos adoptado por la Comunidad Escolar.
Art.N° 23.- Informar al Sostenedor del establecimiento educacional sobre los
resultados de las acciones de funcionamiento de los recursos asignados para
esta labor, a objeto de mantener su nivel operativo en forma eficiente.
Art.N° 24.- Tomar las medidas para la aplicación de la Operación Deyse en la
escuela.
Art.N° 25.- Velar por la mantención de un botiquín de primeros auxilios para la
atención de los alumnos que sufrieren pequeños accidentes durante su
permanencia en el establecimiento.
Art.N° 26.- Tomar las medidas para la mantención de basureros en lugares
estratégicos para fomentar normas de higiene en la escuela.
CAPITULO VII
NORMAS MINIMAS DE SEGURIDAD QUE DEBE IMPERAR EN
ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL.
Art. N° 27.- La distribución del mobiliario escolar ,y equipos en diferentes
recintos de la escuela debe estar bien distribuidas teniendo presente el libre
desplazamiento de los alumnos y el camino expedito hacia el exterior,como una
medida de seguridad en caso de una emergencia.
Art.N° 28.- La superficie de trabajo y recreación de los alumnos deben estar
libres de elementos que alteren el normal desarrollo de sus actividades y juegos
(cáscaras, piedras, tablas, escombros, basura etc.).
Art.N° 29.- Los vidrios quebrados, muebles deteriorados, tazas de baño y
lavamanos trizados, puertas y ventanas en mal estado, interruptores y enchufes
eléctricos; alambres y cables eléctricos con aislación deficiente o sin ella,
constituyen un serio peligro de accidente para el alumno y personal en general.
El director deberá velaar por corregir las condiciones inseguras antes señaladas.
Art. N° 30.- Loa servicios higiénicos y duchas deberán ser revisadas y
desinfectadas periódicamente, para su correcto funcionamiento.
Art.N° 31.- Los lugares donde se manipulan alimentos, como asimismo bodegas,
deberán reunir las condiciones mínimas sanitarias.
Art.N° 32.- El personal encargado de la cocina no podrá vaciar detergentes u
otros elementos de aseo en envases de alimentos o bebidas, para evitar
lamentables equivocaciones.
Art.N° 33.- Al producirse un accidente en el cual el alumno resulte con una
herida de sangre, es necesario adoptar todo tipo de precauciones .
Art. N° 35.- En la eventualidad de sismos , lloviznas de cenizas volcánicas, alerta
de incendio, y cualquier situación de catástrofe que ocurra en la Escuela, la
Directora solicitará autorización telefónica y/o radial con el D.A.E.M , Oficina del
Direcprov de Osorno, para que los alumnos hagan abandono del Establecimiento
antes del horario de término de la jornada o si el Apoderado lo solicita
personalmente, y deje una constancia escrita en la Escuela.
Art.N° 36.- La emergencia relacionada con los embates de la naturaleza, se irá
monitoriando como lo indique la Onemi, Municipalidad ,Daem.
CAPITULO VIII.
NORMAS BASICAS DE SEGURIDAD PARA PREVENIR ACCIDENTES
ESCOLARES.
Art. N° 37.- Todo lo concerniente a seguridad escolar será liderado por el
Director y sus acciones estarán dirigidas especialmente a lo que es la prevención
de accidentes.
Las normas de seguridad que deben cumplir los alumnos son las siguientes:
Mantener una actitud seria y responsable en la locomoción
escolar,evitando toda actitud que pueda causar accidentes,tales como
sacar la cabeza por las ventanas,jugar dentro del bus.
No apoyarse en las ventanas, ni asomar el cuerpo por estas.
No jugar con objetos cortantes o contundentes como por ejemplo. Reglas
metálicas,palos,piedras,etc. Con las cuales puedan herir a sus
compañeros.
Evitar bromas como ser empujones o golpes a sus compañeros, sacarle la
silla cuando este se va a sentar, etc.
Tener especial cuidado cuando se está transitando por el camino.
No jugar con interruptores, enchufes o cualquier otro elemento eléctrico.
Participar en los ejercicios del plan Deyse u otros.
CAPITULO IX.
DE LA MATRICULA DE LOS ALUMNOS.
Art. N° 38.- La matrícula es el acto administrativo mediante el cual apoderado y
alumno ejercen el derecho a la educación. En dicho acto el apoderado y el
alumno se comprometen a acatar las disposiciones del presente reglamento.
Art.N° 39.- El proceso de matrícula se efectuará de conformidad a las normas e
instrucciones estipuladas o que estipule el Mineduc.
Se deja establecido que la Escuela no cobrará matricula y no realizará cobros
adicionales de ningún tipo.
CAPITULO X
DE LAS RELACIONES CON LA COMUNIDAD
Art. N° 40.- El vínculo con la comunidad familiar, organizaciones e
instituciones comunitarias permitirá a la Unidad Educativa desarrollar el sentido
de pertenencia, abriendo canales de apoyo y participación que servirá para dar
mayor relevancia a las acciones de la Escuela.
Se desarrollarán acciones referidas a la comunidad, como por ejemplo:
>Taller de Prevención de consumo de Drogas y Alcohol.
> Educación Ambiental
ESCUELA RURAL “EL MIRADOR”
DOCENTE – DIRECTIVO: ROSARIO COLIPAN FILGUEIRA
D O C U M E N T O E S C U E L A
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR.
REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN ESCOLAR.
SUPERVISION EN EL AULA.
REGLAMENTO INTERNO DEL CON SEJO ESCOLAR.
ACTA DE CONSTITUCIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR.
FICHA CONSEJO ESCOLAR.
FORMATO DE ACTA.
PLAN ANUAL DE TRABAJO DEL CONSEJO ESCOLAR.
PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR.
A Ñ O DE ACTUALIZACION : 2012 – 2013- 2014 – 2015
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