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MANUAL PRÁCTICO SOBRE INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD DE LAS ACTUACIONES COFINANCIADAS CON EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER). Mayo de 2011

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MANUAL PRÁCTICO SOBRE INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD DE LAS ACTUACIONES COFINANCIADAS CON EL FONDO EUROPEO

DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER).

Mayo de 2011

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Manual Práctico sobre Información y Publicidad. Modelo 01/Mayo 2011

ÍNDICE DE REFERENCIA

1. Introducción……………………………………………………………………..3 Pág.

2. Normas Generales De Uso Del Emblema De La Unión Europea, Y Del Lema Y Logotipo "Andalucía Se Mueve Con Europa"

2.1 Del emblema de la Unión Europea

2.1.1 Reproducción en cuatricromía……………………………………7 Pág.

2.1.2 Reproducción en monocromía…………..……..………………………7 Pág.

2.1.3 Reproducción en Internet………………………………………….7 Pág.

2.1.4 Reproducción sobre fondo de color………...……………………….7 Pág.

2.1.5 Uso por terceros…………………………………………………..8 Pág.

2.2 Del lema y logotipo "Andalucía se mueve con Europa"

2.2.1 Cómo Reproducirlo en Blanco y Negro......................................................9 Pág.

2.2.2 Cómo Reproducirlo sobre Fondos de Color…..……..…………….9 Pág.

2.2.3 Del uso conjunto…...……………………………………………10 Pág.

3. Normas Generales Para La Aplicación De Los Distintos Instrumentos De Información Y Publicidad, En Las Actividades De Los Fondos Estructurales.

3.1 Instrumentos De Información Y Publicidad.

3.1.1 Carteles (Anexo I)……………………………………………………..13 Pág.

3.1.2 Placas explicativas permanentes (Anexo II)…………………………...14 Pág.

3.1.3 Actividades Informativas y Formativas……………………………….14 Pág.

3.1.4 Información Electrónica o Audiovisual………………………………..14 Pág.

3.1.5 Otros medios de información y difusión……………………………….14 Pág.

3.1.6 Otros materiales (Merchandising).………………………………….…14 Pág.

3.2 Documentación Administrativa.

3.2.1 Ayudas Cofinanciadas…………………………………………………..16 Pág.

3.2.2 Contratación………….…………………………………………………19 Pág.

3.2.3 Convenios de Colaboración……………………….……………………16 Pág.

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Manual Práctico sobre Información y Publicidad. Modelo 01/Mayo 2011

4. Normativa y documentos de referencia en materia de Información y Publicidad.

4.1 Nivel Comunitario………………………………………………………23 Pág.

4.2 Nivel Nacional…………………………………………………………...23 Pág.

4.3 Nivel autonómico………………………………………………………..23 Pág.

5. ANEXOS

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Manual Práctico sobre Información y Publicidad. Modelo 01/Mayo 2011

1. Introducción

El presente manual pretende dotar a la comunidad universitaria de una serie de orientaciones y pautas, al objeto de contribuir a una mejor interpretación y puesta en marcha de los principios de información, comunicación y publicidad de las actividades cofinanciadas por los Fondos Estructurales de la Unión Europea, en nuestro caso de los Fondos Estructurales de Desarrollo Regional (FEDER), para el periodo 2007-2013.

El objetivo del FEDER es: “Contribuir al fortalecimiento de la cohesión económica y social, reduciendo las disparidades regionales. Dicha contribución se lleva a cabo a través del apoyo al desarrollo y a la adaptación estructural de las economías regionales, incluida la reconversión de las regiones industriales en declive” Reglamento (CE) nº 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de

5 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y por el que se deroga el Reglamento

(CE) nº 1783/1999.

Se establece dos tipos distintos de ámbitos dentro de la información y publicidad; la publicidad general, destinada a la ciudadanía, que estará constituida por todas aquellas acciones, tales como carteles, placas, páginas web, publicaciones, trípticos, material didáctico, diplomas etc… y la información a nivel de documentación administrativa que se genera en la gestión de los expedientes cofinanciados.

Para ello es importante tener claro estos conceptos:

Pautas generales:

1. Mensajes claros y breves

La visibil idad de los mensajes también depende de la manera en que éstos aparecen en las herramientas de información. Algunas herramientas de comunicación (carteles, placas) están destinadas a una lectura muy rápida. Los mensajes sobre el papel de la Unión Europea que aparecen en dichas herramientas deberán ser expuestos de forma clara y sintética . Esto facil itará una lectura clara y aumentará las posibil idades de que éstos sean memorizados. Por eso es obl igatorio, en las placas o carteles , reservar un 25% del espacio para esa información.

Información Comunicación Publicidad

Contenido de la comunicación

Proceso de transmisión de la información

Herramienta específica de la comunicación

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Manual Práctico sobre Información y Publicidad. Modelo 01/Mayo 2011

2. Colocar el logotipo en el lugar apropiado

El logotipo de la Unión Europea recuerda la implicación de ésta en las actividades cofinanciadas por los Fondos Europeos. A menudo aparece este logotipo en un lugar donde puede pasar desapercibido (por ejemplo en un rincón perdido de la contraportada de una publicación) .La ubicación del logotipo condiciona tanto su visibil idad como la de la presencia de la Unión Europea. Un logotipo debe ser visible , sin esfuerzo. Al poner este logotipo en una publicación, se ha de pensar en la actitud del lector. Es raro que éste preste atención a una contraportada. En cambio, la portada constituye la tarjeta de visita de una publicación.

3. Disponer las herramientas en un lugar apropiado

La visibil idad de algunas herramientas de comunicación y por tanto de los mensajes que transmiten depende de su emplazamiento. Si se destinan estas herramientas al público en general , se instalarán en los lugares donde ese público lo pueda ver sin esfuerzo.

Los carteles, las placas o los paneles se instalan a veces en lugares donde su visibi l idad es reducida o prácticamente nula . Para que estas herramientas sean visibles, deben colocarse en lugares donde resulte imposible no verlas, por ejemplo en zonas de tránsito obligado. Así , tanto la herramienta como su contenido se benefician de un alto grado de visibil idad.

4. La bandera y la Unión, una pareja inseparable

Se util iza cada vez más la bandera de la Unión Europea con propósitos comerciales que no tienen ningún vínculo con las f inalidades de ésta. Para indicar la presencia de la Unión Europea, es indispensable no separar la bandera de la mención "Unión Europea". La función del logotipo no va más allá .

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Manual Práctico sobre Información y Publicidad. Modelo 01/Mayo 2011

5. Demasiada información desinforma

Demasiados datos expuestos de una vez perturban al destinatario y le impiden asimilar la información. La comunicación sobre el papel de la Unión Europea debe tomar en cuenta estos factores. Se asiste a veces a una abundancia de logotipos y mensajes que representan papeles y funciones diferentes. En esos casos, la visibil idad de la Unión resulta disminuida, porque el destinatario no local iza el logotipo de la Unión con facil idad.

Las autoridades nacionales, regionales y locales , así como la Unión Europea, son los agentes principales de la pol ít ica estructural . Esto debe reflejarse en el grafismo de sus publicaciones conjuntas, para que sus logos puedan reconocerse fácilmente. Entre estos logos debe mantenerse una adecuada proporción de tamaños.

Estas pautas generales, a seguir en la apl icación de las distintas herramientas de comunicación, han sido tomas de la Web Pol ít ica Regional-Inforegio.

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Manual Práctico sobre Información y Publicidad. Modelo 01/Mayo 2011

2. Normas Generales De Uso Del Emblema De La Unión Europea, Y Del Lema Y Logotipo "Andalucía Se Mueve Con Europa"

2.1 Del emblema de la Unión Europea

La util ización del emblema de la Unión Europea es obligatoria en todas las acciones visuales de información y publicidad sobre la partic ipación de los Fondos Estructurales y de Cohesión.

El emblema consiste en una bandera rectangular de color azul, cuya longitud equivale a una vez y media la altura de la misma. Doce estrellas doradas equidistantes forman un círculo imaginario , cuyo centro se sitúa en el punto de intersección de las diagonales del rectángulo.

El radio del círculo equivale a un tercio de la altura de la bandera.

Cada una de las estrellas de cinco puntas se inscribe en un círculo imaginario cuyo radio equivale a un decimoctavo de la altura de la bandera.

Todas las estrellas están en posición vertical , con una punta dirigida hacia arriba y otras dos apoyándose sobre una l ínea recta imaginaria , perpendicular al asta de la bandera.

La disposición de las estrellas se corresponde con la de las horas en la esfera de un reloj y su número es invariable.

Los colores reglamentarios son los siguientes:

Pantone Yellow: las estrel las

Descarga oficial emblema UE: http://ec.europa.eu/regional_policy/sources/graph/graph_es.htm

Pantone Reflex Blue: La superficie del rectángulo.

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Manual Práctico sobre Información y Publicidad. Modelo 01/Mayo 2011

2.1.1 Reproducción en cuatricromía

Cuando se imprime en cuatricromía, no se dispone de los dos colores normalizados, por lo que es preciso obtenerlos a partir de los cuatro colores de la cuatricromía.

El Pantone Yellow se obtiene utilizando un 100% de «Process Yellow».

El Pantone Reflex Blue se obtiene mezclando un 100% de «Process Cyan» con un 80% de «Process Magenta».

2.1.2 Reproducción en Monocromía

Si se utiliza el negro, se rodeará la superficie del rectángulo con un borde negro y se colocarán las estrellas en negro, sobre un fondo blanco (1). Si se utiliza el azul (REFLEX BLUE), deberá emplearse al 100%, con las estrellas en negativo blanco (2). Si se utiliza sobre un fondo de color, se rodeará la superficie del rectángulo con un borde blanco y se colocarán las estrellas en blanco (3).

2.1.3 Reproducción en Internet

Pantone Reflex Blue: corresponde al color RGB:0/0/153 (hexadecimal: 000099)

Pantone Yellow: corresponde al color al RGB:255/204/0 (hexadecimal: FFCC00).

2.1.4 Reproducción sobre fondo de color

El emblema debe reproducirse preferentemente sobre fondo blanco. Deben evitarse fondos de varios colores, especialmente los que no combinen bien con el azul. Cuando no sea posible evitar un fondo de color, se rodeará el rectángulo del emblema con un borde blanco de grosor equivalente a 1/25 de la altura del rectángulo.

Borde (grosor marco) = 1/25 de la altura. Color: blanco.

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2.1.5 Uso por terceros

El emblema europeo podrá utilizarse únicamente cuando:

• no pueda inducir a confusión entre el usuario y la Unión Europea o el Consejo de Europa; • no esté asociado a objetivos o actividades incompatibles con los principios y objetivos de la

Comunidad Europea o el Consejo de Europa.

La autorización para utilizar el emblema europeo no confiere a quienes la obtiene derecho alguno de exclusividad, ni permite la apropiación, mediante registro o cualquier otro procedimiento, de dicho emblema ni de ninguna otra marca o logotipo similar. Cada caso se examinará individualmente a fin de determinar si satisface los criterios anteriormente expuestos. Dichos criterios no se cumplirán cuando el emblema europeo se utilice, con fines comerciales, conjuntamente con el logotipo, nombre o marca de una empresa.

Esta información viene regulada en el Reglamento (CE) 1828/2006 de la Comisión, de 8 de Diciembre de 2006, por la que se fijan las Normas de Desarrollo del Reglamento 1083/2006 en su ANEXO I (Instrucciones para la construcción del emblema y la definición de los colores normalizados).

Para más información:

http://europa.eu/abc/symbols/emblem/index_es.htm

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2.2 Del lema y logotipo "Andalucía se mueve con Europa"

Los colores utilizados en el logotipo son los siguientes:

.

Descarga oficial:

Para más información: http://www.juntadeandalucia.es/economiainnovacionyciencia/fondoseuropeosenandalucia/manual.php

2.2.1 Cómo Reproducirlo en Blanco y Negro

Si el negro o el blanco es el único color disponible: Sobre fondo blanco, tanto el logotipo como el lema “Andalucía se mueve con Europa” se reproducirán en negro, mientras que sobre fondo negro, tanto el logotipo como el lema “Andalucía se mueve con Europa” se reproducirán en blanco.

2.2.2 Cómo Reproducirlo sobre Fondos de Color

El emblema debe reproducirse preferentemente sobre fondo blanco. Cuando no sea posible evitar un fondo de color, el lema “Andalucía se mueve con Europa” irá en blanco, y en el logotipo se distinguirán las tres franjas de la bandera de Andalucía.

Pantone Yellow: las estrellas

Pantone Reflex Blue: las letras

Pantone 356 C: las bandas de la bandera

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2.2.3 Del uso conjunto

Cuando la Junta de Andalucía y/o el Ministerio de Ciencia e Innovación, incluyan su emblema en el soporte publicitario de la ejecución de una actuación que cofinancien, junto con el Fondo FEDER, deberá existir una adecuada proporcionalidad con el de la Unión Europea y aparecer preferentemente alineados. No obstante, el logo "Andalucía se mueve con Europa" no deberá colocarse alineado con los anteriores.

La disposición de los logotipos de las instituciones o entidades que, en cada caso participen en el proyecto, actuación o intervención de que se trate, se situarán de acuerdo con la pauta de representación institucional protocolaria de mayor importancia y más cercana en el ámbito de la Comunidad Autónoma, según se recoge en el Anexo II de la Guía básica de orientaciones sobre la

presencia del emblema de la Unión Europea y de los lemas “Andalucía se mueve con Europa” y “Europa

invierte en zonas rurales” en las medidas de información y publicidad de actuaciones cofinanciadas con Fondos

Europeos.

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3. Normas Generales Para La Aplicación De Los Distintos Instrumentos De Información Y Publicidad, En Las Actividades De Los Fondos Estructurales.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Sección 1 del Reglamento (CE) nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre modificado por el Reglamento (CE) nº 846/2009 de la Comisión de 1 de septiembre, en todas las medidas de información y publicidad de intervenciones cofinanciadas con Fondos Estructurales, se incluirán los siguientes elementos:

a) El emblema de la Unión Europea, de conformidad con las normas gráficas mencionadas, así como la referencia a la Unión Europea.

b) La referencia al Fondo en cuestión: en nuestro caso, Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

c) una declaración elegida por la autoridad de gestión, en la que se destaque el valor añadido de la intervención de la Comunidad. La declaración elegida por la Comunidad Autónoma de Andalucía, es: "Andalucía se mueve con Europa", junto con su logotipo.

Los punto b) y c) no será de aplicación en el caso de artículos promocionales de pequeño tamaño.

Cuando una medida de información o publicidad promueva varias operaciones cofinanciadas por más de un Fondo, no se exigirá la referencia establecida.

En el caso de que el fondo figure en el título o contenido del elemento de información y publicidad, no sería estrictamente necesario incorporarlo al emblema europeo.

Sin pretender ofrecer un listado exhaustivo, se presentan algunas actuaciones y herramientas de las que se pueden servir

los agentes de información, con el fin de fomentar un mayor conocimiento por parte de los ciudadanos en general y de la

comunidad universitaria en particular sobre el papel que desempeña la Unión Europea.

Productos: publicaciones en distintos soportes de papel y electrónico (CDs, vídeos, películas); vallas y carteles; material

de difusión; material publicitario; expositores; documento administrativo utilizado en las tramitaciones (encabezados de

cartas, certificados, impresos y formularios, notificaciones, informes, tarjetas...); diplomas de alumnos; publicación

en boletines oficiales autonómicos; mensajes publicitarios en distintos medios de información (anuncios en prensa y

revistas spots en televisión, cuñas publicitarias en radio o banners en internet);etc

Actos: comunicados y ruedas de prensa; seminarios; jornadas; conferencias; reuniones; convocatorias; cursos; ferias;

concursos; premios; visitas, etc.

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Instrumentos de Información Y Publicidad

Ubicación en el Documento

Actuaciones/Herramientas

Carteles Pág. 13/Anexo I

Placas explicativas permanentes/Adhesivo

Pág. 14 AnexoII/AnexoIII

Actividades Informativas y Formativas

Pág. 14

Actos públicos: conferencias, seminarios, ferias, exposiciones,

ruedas de prensa, etc.

Elementos de decoración o señalización: fondos de sala,

directorios, pancartas, banderolas, expositores, stands, paneles

informativos, etc.

Información Electrónica o Audiovisual Pág. 14 CD, DVD, Página Web, etc.

Otros medios de información y difusión

Pág. 14 Publicaciones, folletos, trípticos,

anuncios, etc.,

Otros materiales (Merchandising) Pág. 14 Carpetas, carteras, blocs de notas, bolígrafos, marcadores, memorias

USB, etc.

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3.1 Instrumentos De Información Y Publicidad.

3.1.1 Carteles (Anexo I)

Cuándo Deben Utilizarse

De acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Sección 1 del Reglamento (CE) nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre modificado por el Reglamento (CE) nº 846/2009 de la Comisión de 1 de septiembre, durante la ejecución de una actuación cofinanciada que se refiera a una infraestructura o a trabajos de construcción, y siempre que la contribución pública total a la financiación de la misma supere los 500.000 euros, es obligatorio instalar carteles informativos. Los carteles deben permanecer instalados durante todo el período de ejecución del proyecto.

Los carteles se retirarán, a más tardar, seis meses después del final de las obras y se sustituirán por placas explicativas permanentes, visibles y de gran tamaño.

Cuál Debe Ser Su Tamaño y Contenido

La información a la que se refiere el artículo 9 de la Sección 1 del Reglamento (CE) nº 1828/2006 ocupará, al menos, el 25% de la superficie total del cartel.

Deberán incluir con carácter obligatorio:

a) El emblema de la Unión Europea, de conformidad con las normas gráficas mencionadas, así como la referencia a la Unión Europea.

b) Mención al “Fondo de Desarrollo Regional" (FEDER) En el caso de actuaciones cofinanciadas sólo por un Ministerio del Gobierno de España el Lema a contemplar sería “Una manera de hacer Europa”.

c) La declaración elegida por la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la que se destaca el valor añadido de la intervención de la Comunidad: "Andalucía se mueve con Europa", junto con el logotipo correspondiente

Asimismo, deberá figurar el emblema del Ministerio de Ciencia e Innovación, como responsable de la gestión de los fondos que cofinancian la actuación, incluyendo el escudo normalizado y su nombre completo, según se recoge en el documento: “Instrucciones para el cumplimiento del Plan de Comunicación FEDER 2007-2013 para proyectos cofinanciados”.

En los carteles de construcción se detallará el proyecto o intervención a realizar junto con la partida presupuestaria, Arquitecto, Director Técnico de la obra y otros datos que procedan.

En el caso de que las autoridades competentes renuncien a instalar un cartel para dar a conocer su propia intervención en la financiación de un proyecto dado, se instalará un cartel especial para anunciar la participación de la Unión Europea. Es este supuesto las normas antes enunciadas se aplicaran por analogía.

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3.1.2 Placas explicativas permanentes (Anexo II)

Cuándo Deben Utilizarse

Las placas explicativas permanentes se colocarán, a más tardar, transcurridos seis meses desde la finalización de cualquier proyecto financiado, siempre que sobrepase los 500.000 euros de contribución pública total y consista en la compra de un objeto físico, en la financiación de una infraestructura o en trabajos de construcción.

Esta placa se puede colocar, de manera global, sin particularizar por equipo, en aquellos laboratorios en los que la dotación de equipamiento supere la cuantía indicada. En el resto de equipos, es obligatoria la colocación en un lugar visible del mismo, de un adhesivo de pequeño tamaño. (Anexo III)

Cuando no sea posible colocar una placa explicativa permanente sobre un objeto físico se tomarán otras medidas oportunas para dar publicidad a la contribución comunitaria (art. 1.1 .b del Reglamento (CE) Nº 846/2009 de la Comisión de 1 de septiembre de 2009).

Contenido

Deberán incluir con carácter obligatorio:

a) El tipo y nombre del proyecto financiado.

b) El emblema de la Unión Europea, de conformidad con las normas gráficas mencionadas, así como la referencia a la Unión Europea.”.

c) La referencia al Fondo en cuestión: en nuestro caso, Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). Lema: “Una manera de hacer Europa”

d) La declaración elegida por la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la que se destaca el valor añadido de la intervención de la Comunidad: "Andalucía se mueve con Europa", junto con el logotipo correspondiente

Se aplicará de igual modo lo establecido para carteles, referente al Ministerio de Ciencia e Innovación.

3.1.3 Actividades Informativas y Formativas

En la organización de actos públicos (conferencias, seminarios, ferias, exposiciones, ruedas de prensa, etc.) de actuaciones cofinanciadas con el FEDER se debe cubrir un objetivo básico, que todos los convocados y asistentes sean conscientes de la intervención de este fondo.

Se cuidará la utilización del emblema, nombre de fondo y lema adecuado en todos los materiales gráficos.

Asimismo contendrán esta referencia todos los elementos de decoración o señalización: fondos de sala, directorios, pancartas, banderolas, expositores, stands, paneles informativos.

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Cuando en estas actividades se haga referencia directamente a las infraestructuras científico-tecnológicas cofinanciadas por el FEDER, los organizadores deberán dejar constancia de la participación comunitaria mediante la colocación de la bandera europea y la utilización del emblema europeo en el material correspondiente. En los casos en que sea necesaria la expedición de algún diploma o certificado de asistencia a cursos de formación, jornadas, seminarios, etc., cofinanciados con Fondos FEDER, deberá figurar el emblema europeo, la referencia al Fondo y la declaración Andalucía se mueve con Europa junto con su logotipo.

3.1.4 Información Electrónica o Audiovisual

Si la información se realiza por vía electrónica o mediante material audiovisual (CD, DVD, etc.), deberá tenerse en cuenta que debe figurar obligatoriamente el emblema europeo, la referencia al Fondo y la declaración “Andalucía se mueve con Europa” junto con su logotipo y que deberá aparecer en la carátula del CD, DVD, etc, en su interior así como en el propio anuncio o película.

En el caso concreto de páginas web: se mencionará la participación de la Unión Europea en la página de presentación, junto a la referencia al Fondo en cuestión, y la declaración "Andalucía se mueve con Europa", junto con su logotipo. Así mismo, se creará un vínculo (hyperlink) hacia las páginas web de la Dirección General de Política Regional de la Unión Europea.

3.1.5 Otros medios de información y difusión

En la utilización de cualquier otro medio para dar cumplimiento a las obligaciones de información y publicidad (publicaciones, folletos, trípticos, anuncios, etc.), deberá tenerse en cuenta que debe figurar obligatoriamente el emblema europeo, la referencia al Fondo y la declaración “Andalucía se mueve con Europa” junto con su logotipo.

Los dos últimos no serán de aplicación en los artículos promocionales de pequeño tamaño.

3.1.6 Otros materiales (Merchandising)

En el caso de las carpetas, carteras, blocs de notas y otros similares se dispone de espacio para rotularlos con el conjunto completo de emblema de la Unión, tipo de fondo y lema. Aquí el criterio es el mismo que para los otros materiales gráficos: atención a las pautas generales en cuanto a legibilidad, ubicación, etc y respeto a las normas.

En el caso de objetos y obsequios como bolígrafos, marcadores, memorias USB, etc. en los que el espacio es muy limitado, se puede utilizar solo el emblema de la Unión. Recordar que la bandera y el logotipo forman un todo indivisible, en ningún caso se deben separar.

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3.2 Documentación administrativa:

En la gestión de los expedientes cofinanciados se incluirá una mención a la cofinanciación de la Unión Europea y del FEDER “Fondo Europeo de Desarrollo Regional”. Esta obligación se referirá, entre otros, a:

3.2.1 Ayudas cofinanciadas • Convocatorias de ayudas • Formularios de solicitudes de ayudas • Notificación de concesión de ayudas

3.2.2 Contratación • Anuncios de licitación • Pliegos de Cláusulas Administrativas • Prescripciones Técnicas • Contratos administrativos • Trabajos presentados por el contratista, tales como estudios, informes o encuestas.

3.2.3 Convenios de colaboración.

3.2.1 Ayudas cofinanciadas

a) En las Órdenes de convocatoria de ayudas, en los Formularios de solicitud de ayudas y en la Notificación de concesión de ayudas cofinanciadas por los Fondos Estructurales deberá mencionarse en las primeras cláusulas una referencia de la participación de la Unión Europea (Ejemplos 1, 2 y 3), que contendrá:

o El Fondo que participa. o El porcentaje de cofinanciación. o El Programa Operativo, Eje y Tema prioritario en que se enmarca.

Para garantizar la visibilidad de la Unión Europea se recomienda que en el título de la Orden de convocatoria, en el título del Formulario de solicitud y en el título de la Notificación de concesión de ayudas figuren asimismo el Fondo y el Programa Operativo. b) La utilización de los emblemas de la Unión Europea, de la Junta de Andalucía, así como del Ministerio se hará según los requisitos exigidos en el apartado 2 de esta guía. c) Si se trata de la Orden de convocatoria de ayudas, además de lo establecido en los apartados a) y b) anteriores, se deberá incluir en el articulado la siguiente frase (u otra similar):

“Las propuestas que resulten seleccionadas pasarán a formar parte de la lista pública de beneficiarios prevista en los artículos 6 y 7.2.d) del Reglamento (CE) Nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006”.

d) Si se trata de los Formularios de solicitud de ayudas, además de lo establecido en los apartados a) y b) anteriores, se deberá incluir la siguiente frase (u otra similar):

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“De conformidad con los artículos 6 y 7.2.d) del reglamento (CE) Nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, si su solicitud de ayuda resulta aprobada, el nombre del beneficiario, la operación y el importe de la ayuda será objeto de publicación en la lista pública de beneficiarios”. e) Y si se trata de la Notificación de concesión de ayudas, además de lo establecido en los apartados a) y b) anteriores, se deberá incluir las siguientes dos frases (u otras similares): “La concesión de la presente ayuda supone su aceptación a ser incluido en la lista pública de beneficiarios prevista en los artículos 6 y 7.2.d) del Reglamento (CE) Nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006”. “Así mismo, como beneficiario de una ayuda cofinanciada, deberá cumplir las obligaciones de información y publicidad comunitaria establecidas en los artículos 8 y 9 del Reglamento (CE) Nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, y en el artículo 1, apartados 1) y 2), del Reglamento (CE) Nº 846/2009 de la Comisión, de 1 de septiembre de 2009”.

Ejemplo 1. Orden de convocatoria de ayudas

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Ejemplo 2. Formulario de solicitud de ayudas

Ejemplo 3. Notificación de concesión de ayudas

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3.2.2 Contratación.

a) En la Resolución de los anuncios de licitación, en el Pliego de cláusulas administrativas particulares, en el Pliego de prescripciones técnicas y en los contratos administrativos de la contratación cofinanciados por los Fondos Estructurales (Ejemplos 4, 5, 6 y 7), figurará claramente en las primeras cláusulas una referencia de la participación de la Unión Europea, que contendrá:

o Los Fondos que participan, en nuestro caso Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)

o Los porcentajes de cofinanciación. o Los Programas Operativos, Ejes y Temas Prioritarios en que se enmarcan.

Para garantizar la visibilidad de la Unión Europea se recomienda que en el título de la Resolución del anuncio de licitación y en el título de los Pliegos de la contratación figuren asimismo los Fondos y los Programas Operativos.

b) La utilización de los emblemas de la Unión Europea y de la Junta de Andalucía, así como del Ministerio se hará según los requisitos exigidos en el apartado 2 de esta guía.

c) En el Pliego de prescripciones técnicas y en el texto del contrato, además de lo establecido en los apartados a) y b) anteriores, se hará constar expresamente las obligaciones del adjudicatario relativas a la información y publicidad comunitaria, a través de la siguiente frase (u otra similar):

o “El adjudicatario de la contratación estará obligado a cumplir las obligaciones de información y publicidad comunitaria establecidas en los artículos 8 y 9 del Reglamento (CE) Nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006 y en el artículo 1, apartados 1) y 2), del Reglamento (CE) Nº 846/2009 de la Comisión, de 1 de septiembre de 2009”.

d) En los trabajos realizados a través de la contratación cofinanciada (ejemplo 8) figurará el emblema de la Unión Europea y de la Junta de Andalucía, así como del Ministerio se hará según los requisitos exigidos en el apartado 2 de esta guía.

Ejemplo 4. Resolución del anuncio de licitación

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Ejemplo 5. Pliego de cláusulas administrativas particulares

Ejemplo 6. Pliego de Prescripciones técnicas

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Manual Práctico sobre Información y Publicidad. Modelo 01/Mayo 2011

Ejemplo 7. Contrato

Ejemplo 8. Trabajo presentado en el marco de un contrato cofinanciado

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3.2.3 Convenios de colaboración.

a) En los Convenios de colaboración que se refieran a actuaciones cofinanciadas por los Fondos Estructurales (ejemplo 9), figurará claramente en una de las primeras cláusulas una referencia de la participación de la Unión Europea, que contendrá:

o Los Fondos que participan. o Los porcentajes de cofinanciación. o Los Programas Operativos, Ejes y Temas Prioritarios en que se enmarcan.

Para garantizar la visibilidad de la Unión Europea se recomienda que en el título del Convenio figuren los Fondos y los Programas Operativos en que se enmarcan. b) Así mismo, se hará constar expresamente las obligaciones que adquiere la institución con la que se convenia sobre Información y Publicidad comunitaria establecidas en el Reglamento (CE) Nº 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006, a través de la siguiente frase (u otra similar):

o “El / La… (denominación de la institución con la que se convenia) estará obligada a cumplir las obligaciones de información y publicidad comunitaria establecidas en los artículos 8 y 9 del Reglamento (CE) Nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, y en el artículo 1, apartados 1) y 2), del Reglamento (CE) Nº 846/2009 de la Comisión, de 1 de septiembre de 2009”.

c) La utilización de los emblemas de la Unión Europea y de la Junta de Andalucía, así como del Ministerio se hará según los requisitos exigidos en el apartado 2 de esta guía.

Ejemplo 9. Convenio

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4. Normativa y documentos de referencia en materia de Información y Publicidad .

4.1 Nivel Comunitario

• Reglamento (CE) nº 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1783/1999.

• Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) nº 1260/1999

• Reglamento (CE) nº 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006 que fija normas de desarrollo para el Reglamento (CE) no 1083/2006 del Consejo, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, y el Reglamento (CE) no 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional

• Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, que fija normas de desarrollo para el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, y el Reglamento (CE) nº 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional

• Reglamento (CE) nº 846/2009 de la Comisión, de 1 de septiembre de 2009, que modifica el Reglamento (CE) nº 1828/2006, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo

4.2 Nivel Nacional

• Instrucciones para el cumplimiento del Plan de Comunicación FEDER 2007-2013 para proyectos cofinanciados.

• Instrucciones para el cumplimiento del Plan de Comunicación FEDER 2007-2013 para proyectos cofinanciados a través de FEDER de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) y Centros Singulares (CCSS)

4.3 Nivel Autonómico

• Plan de Comunicación PO FEDER - PO FSE 2007/13 de Andalucía

• Programa Operativo FEDER de Andalucía 2007-2013.

• Manual de Información y Publicidad, para las intervenciones cofinanciadas por Fondos Europeos en el ámbito de la Junta de Andalucía.

• Guía rápida sobre Información y Publicidad de las operaciones cofinanciadas con los Fondos Estructurales y de Cohesión.

• Manual de Identidad Corporativa de la Junta de Andalucía.

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ANEXO I

Fuente: Instrucciones para el cumplimiento del

Plan Comunicación FEDER 2007-2013

para proyectos cofinanciados, del Ministerio

de Ciencia e Innovación, de Mayo 2010.)

Fuente: Anexo V, Guía básica de orientaciones sobre la presencia del emblema de la Unión Europea y de los

lemas “Andalucía se mueve con Europa” y “Europa invierte en zonas rurales” en las medidas de información y

publicidad de actuaciones cofinanciadas con Fondos Europeo.

Si quisiéramos incluir el emblema de la Universidad de Huelva, como beneficiaria de la intervención de que se trate, la opción más correcta sería el margen superior derecho, tal y como indica el cartel de ámbito nacional.

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ANEXO II

Ejemplos de placas explicativas para la identificación de proyectos cofinanciados con FEDER:

Fuente: Instrucciones para el

cumplimiento del Plan Comunicación

FEDER 2007-2013 para proyectos

cofinanciados, del Ministerio de

Ciencia e Innovación, de Mayo 2010.)

Fuente: Anexo V, Guía Básica de

orientaciones sobre la presencia del

emblema de la Unión Europea y de

los lemas “Andalucía se mueve con

Europa” y “Europa invierte en

zonas rurales” en las medidas de

información y publicidad de la

actuaciones cofinanciadas con

Fondos Europeos.

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ANEXO III

Ejemplos de adhesivos para la identificación de proyectos cofinanciados con FEDER:

Ministerio de Ciencia e Innovación:

Fuente: Instrucciones para el cumplimiento del Plan Comunicación FEDER 2007-2013 para proyectos cofinanciados, del Ministerio de Ciencia e Innovación, de Mayo 2010.)

En el caso de que quisiéramos poner el emblema de la Universidad de Huelva (beneficiario) quedaría según muestra la siguiente figura:

Junta de Andalucía:

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