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MANUAL NORMATIVO DE PERSONAL Nº001-92- DNP “CONTROL DE ASISTENCIA Y PERMANENCIA” Resolución Directoral Nº 010- 92-INAP/DNP Jhon H. Meléndez Ordóñez

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Page 1: Manual Normativo: "Control de Asistencia y Permanencia"

MANUAL NORMATIVO DE PERSONAL Nº001-92-DNP“CONTROL DE ASISTENCIA Y PERMANENCIA”

Resolución Directoral Nº 010-92-INAP/DNP

Jhon H. Meléndez Ordóñez

Page 2: Manual Normativo: "Control de Asistencia y Permanencia"

DISPOSICIÓN GENERAL

El Control de Asistencia y Permanencia es el proceso mediante el cual se regula la asistencia y permanencia de los funcionarios y servidores en su centro de trabajo, de acuerdo a la jornada laboral y horarios establecidos.

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REGISTRO Y CONTROL DE ASISTENCIA DEL PERSONAL

-Las Oficinas de Personal son las responsables de organizar y mantener actualizado el registro de control de asistencia.-El Control de Asistencia sustenta la formulación de la Planilla Única de Pagos.

-El trabajador es responsable de concurrir puntualmente, debe registrar obligatoriamente su ingreso y salida al centro de labores.

-Para exonerar el registro debe ser autorizada por Resolución del Jefe de la Entidad.-El Control de Permanencia en el lugar de trabajo es responsabilidad del jefe inmediato.

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TARDANZAS E INASISTENCIAS

Tardanza: Es el ingreso al centro de labor después de la hora establecida. Es importante precisar el tiempo de tolerancia.

Inasistencia: Es la no concurrencia al centro de trabajo, el retiro del personal antes de la hora de salida, omitir el registro y el ingreso excediendo el término de la tolerancia.

La inasistencia injustificada da lugar al descuento correspondiente y es considerada como falta de carácter disciplinario.

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TARDANZAS E INASISTENCIAS

Las tardanzas e inasistencias injustificadas son descontadas del ingreso total que percibe el trabajador.

Los descuentos por tardanzas e inasistencias injustificadas son ingresos para el FAE.

Los descuentos por licencias sin goce de remuneraciones, sanciones disciplinarias y paralización de labores se revierten al Tesoro Público.

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LICENCIAS Y PERMISOS

La Licencia: Es la autorización para no asistir al Centro de Trabajo uno o mas días. Se inicia a petición de parte y está condicionada a la conformidad institucional.

Las licencias se otorgan por:a) Licencias con goce de remuneraciones:* Por Enfermedad* Por gravidez* Por fallecimiento de conyugue, padres, hijos o hermanos.* Por capacitación oficializada.* Por citación expresa: Judicial, militar y policial.

* Por función edil.

Page 7: Manual Normativo: "Control de Asistencia y Permanencia"

LICENCIAS Y PERMISOS

b) Licencias sin goce de remuneraciones:* Por motivos particulares.* Por capacitación No Oficializada.(Derogada D.S 009-2010-PCM)

c) Licencias a cuenta del periodo vacacional:* Por matrimonio.* Por enfermedad grave del cónyuge, padres e hijos.

d) Otros:* Servicio Militar Obligatorio.* Representatividad deportiva o cultural.* Etc.

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LICENCIAS Y PERMISOSAspectos importantes sobre la Licencia:

- Cuando la licencia es mayor a 10 días, el trabajador tiene que entregar cargo.

- Para la licencia sin goce de remuneraciones o a cuenta del periodo vacacional se debe contar con mas de un año de labor (nombrado o contratado).

- - Se inicia con solicitud del interesado.

- Debe contar con VºBº del Jefe Inmediato.

- La sola presentación de la solicitud no da derecho al

goce de la licencia.

Page 9: Manual Normativo: "Control de Asistencia y Permanencia"

LICENCIAS Y PERMISOSAspectos importantes sobre la Licencia:El trabajador puede solicitar la variación de su periodo vacacional o acumulación de este hasta por dos periodos.Los periodos sin goce de remuneraciones no son computables como tiempo de servicio.El periodo de licencias acumulará por cada cinco (05) días, consecutivos o no, los días sábados y domingos, igual será en los días feriados no laborables.

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LICENCIAS Y PERMISOS

Permisos: Es la autorización para ausentarse por horas del Centro de Trabajo. Solicita el interesado y lo autoriza el jefe inmediato.Los permisos se otorgan por:a) Permiso con goce de remuneraciones

- Por enfermedad- Por Gravidez- Por Capacitación Oficializada.- Por citación expresa:judicial, militar o policial.- Por función edil.

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Licencias y Permisos- Casos Especiales:

* Por docencia o estudios universitarios * Por representatividad sindical. * Por lactancia. * Por refrigerio (si no hay cafetín) * Otros.

b) Permisos sin goce de remuneraciones:- Por motivos particulares- Por capacitación no oficializada

c) Permisos a cuenta de vacaciones:- Por matrimonio.- Enfermedad grave de conyuge,padres o

hijos

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LICENCIAS Y PERMISOS

Aspectos importantes sobre el Permiso:

Se iniciará después de la hora de ingreso.No registra si anticipó 24 horas antes.En caso de emergencia los permisos serán autorizados por el Jefe de Personal.Los permisos acumulados durante un mes debidamente justificados no podrán exceder del equivalente a un día de trabajo.

Page 13: Manual Normativo: "Control de Asistencia y Permanencia"

VACACIONES ANUALES

Es el descanso físico de 30 días consecutivos a que tienen derecho los trabajadores, con goce integro de sus remuneraciones, se genera después de 12 meses de servicio remunerado.

Las licencias, permisos y sanciones sin goce de remuneraciones ocasionará la postergación de uso de vacaciones por el mismo periodo.Puede acumularse hasta por 2 años..

Se programa de acuerdo a la necesidad del servicio e interés del trabajador, al acumular 12 meses efectivos de servicios.

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VACACIONES ANUALES

El rol de vacaciones se aprueba en el mes de noviembre del año anterior.

Las vacaciones se inicia el primer día del mes y puede ser suspendido por necesidad de servicio o emergencia.

Los permisos y licencias a cuenta del periodo vacacional se deducen de los últimos días del mes programado

Antes de salir de vacaciones se debe hacer entrega de cargo.

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VACACIONES ANUALES

En casos excepcionales y debidamente justificados (necesidades del servicio) el trabajador podrá hacer uso del periodo vacacional en forma fraccionada (quincenalmente), en cuyo caso el cómputo se efectuará de igual forma que el de las licencias.

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FALTAS Y SANCIONES

Falta disciplinaria es toda acción u omisión voluntaria o no, que contravenga las obligaciones, prohibiciones y demás normas. sobre deberes de funcionarios y servidores. La comisión de una falta da lugar a la aplicación de la sanción correspondiente

La calificación de la falta es atribución de la autoridad o de la CPAD.

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FALTAS Y SANCIONES

Constituyen faltas:

* Las tardanzas e inasistencias injustificadas

* Abandonar el puesto de trabajo, sin autorización

* Registrar y/o firmar indebidamente la tarjeta de

Control.

* El incumplimiento al Reg. Control de Asistencia.

* Las faltas según su gravedad pueden ser sancionadas con cese temporal o con destitución previo proceso administrativo

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FALTAS Y SANCIONES

La ley prescribe las sanciones siguientes:Amonestación verbal o escrita, a propuesta del jefe inmediato.

Suspensión sin goce de remuneraciones hasta por treinta (30) días, a propuesta del jefe inmediato y VºBº del superior jerárquico.

Cese temporal sin goce de remuneraciones mayor de 30 días, previo proceso administrativo, con Resolución Directoral a propuesta de la CPAD.

Destitución, previo proceso administrativo con Resolución Directoral a propuesta de la CPAD.

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ESTÍMULOS

Por la Puntualidad

Se puede conceder permisos a los trabajadores mas destacados promoviendo su autorealización personal.

Se puede felicitar de manera escrita y la cual deberá ser archivada en el legajo personal constituyendo mérito para el trabajador.

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Nuestra gloria más grande no consiste en no haberse caído nunca, sino en haberse levantado después de cada caída. (Confucio)