manual normas administracion recursos humanos sep
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7/13/2019 Manual Normas Administracion Recursos Humanos Sep
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711-NO-PO-001-04 Revisin 4Fecha de vigencia del formato: 23-07-04
Autoriz formato: Direccin de Normatividad y Evaluacin
OFICIALA MAYORDIRECCIN GENERAL DE PERSONALDIRECCIN DE NORMATIVIDAD YEVALUACIN
Manual de Normas para la Administracin de
Recursos Humanos en la Secretara de Educacin
Pblica.
Junio 2009
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OFICIALA MAYORDIRECCIN GENERAL DE PERSONALDIRECCIN DE NORMATIVIDAD YEVALUACIN
NDICE
CONTENIDO
INTRODUCCIN
OBJETIVO
BASE LEGAL
DISPOSICIONES GENERALES
FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE RECURSOSHUMANOS EN LA DEPENDENCIA.
I. PRE-EMPLEO
1. ASPECTOS GENERALES
2. RECLUTAMIENTO
3. SELECCIN
II. PROCESO DE CONTROL DE PLAZAS
4. ASPECTOS GENERALES
5. CREACIN DE PLAZAS
6. CONVERSIN DE PLAZAS
7. REUBICACIN DE PLAZAS
PGINA
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III. EMPLEO
8. ASPECTOS GENERALES
9. NOMBRAMIENTO
10. LIMITES DE COMPETENCIA PARA AUTORIZARMOVIMIENTOS DE PERSONAL
10.1 ASPECTOS GENERALES
10.2 LMITES DE COMPETENCIA PARAAUTORIZAR MOVIMIENTOS DEPERSONAL
11. CONTRATO POR HONORARIOS
12. COMPATIBILIDAD DE EMPLEOS
13. INDUCCIN
14. REGISTROS DE PERSONAL14.1 EXPEDIENTE
14.2 REGISTRO DE CONTROL DEPLAZAS/PUESTOS
14.3 PLANTILLA DE PERSONAL
15. SERVICIOS AL PERSONAL
15.1 REGISTRO FEDERAL DECONTRIBUYENTES (RFC)
15.2 REGISTRO NICO DE SERVIDORESPBLICOS (RUSP)
15.3 CLAVE NICA DE REGISTRO DEPOBLACIN (C.U.R.P.)
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OFICIALA MAYORDIRECCIN GENERAL DE PERSONALDIRECCIN DE NORMATIVIDAD YEVALUACIN
15.4 CREDENCIAL DE IDENTIFICACIN TIPO SEP
15.5 CREDENCIAL DE IDENTIFICACIN TIPOCARNET
15.6 CREDENCIAL DE IDENTIFICACION PARAPRESTADORES DE SERVICIOS PORHONORARIOS
15.7 CREDENCIAL DE IDENTIFICACIN PARA
EL COBRO DE PENSIN ALIMENTICIA
15.8 TARJETA DE AFILIACIN AL ISSSTE
15.9 REGISTRO DE SERVIDORES PBLICOSSANCIONADOS
15.10 CONSTANCIA DE SERVICIOS
15.11 CONSTANCIA DE PERCEPCIONES YDEDUCCIONES PARA EFECTOS DE LA
DECLARACIN ANUAL DEL IMPUESTOSOBRE LA RENTA.
15.12 HOJA NICA DE SERVICIOS
15.13 VERIFICACIN DE CARTA PODER
15.14 CERTIFICACIN DE SOLICITUDES DEPRESTAMOS ANTE EL ISSSTE
15.15 REPORTE PARA LA RECUPERACIN DEL
5% DEL FONDO DE LA VIVIENDA(FOVISSSTE)
15.16 CONSTANCIA PARA EL COBRO DESUBSIDIO DEL ISSSTE
15.17 CONSTANCIA DE LTIMO PAGO
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15.18 INFORME DE PERCEPCIONES YDEDUCCIONES PARA EL TRMITE DEPENSIN ALIMENTICIA
15.19 CONSTANCIA DE EVOLUCIN SALARIAL
15.20 AVISO OFICIAL DE BAJA O AVISO DECAMBIO DE SITUACIN DE PERSONALFEDERAL
16. PROMOCIN16.1 POR DICTAMEN ESCALAFONARIO
16.2 POR CARRERA MAGISTERIAL
16.3 CAMBIO DE PUESTO
16.4 PROMOCION DEL PERSONAL DOCENTEDEL MODELO DE EDUCACION MEDIASUPERIOR Y SUPERIOR
16.5 PROMOCION PROVISIONAL
17. ASIGNACIN DE HORAS ADICIONALES
18. BAJAS Y SUSPENSIONES
18.1 BAJAS
18.2 SUSPENSIONES
IV. REMUNERACIONES
19. ASPECTOS GENERALES
20. PROCESO DE PAGO
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20.1 CALENDARIZACIN DEL PROCESO DELPAGO
20.2 INCORPORACIN DE MOVIMIENTOS DEPERSONAL
20.3 MEDIOS DE PAGO
20.4 ADMINISTRACIN DE FORMAS PARAPAGO
20.5 INCORPORACIN DE DESCUENTOS AFAVOR DE TERCEROS
20.6 CALCULO DE NMINA
20.7 DISTRIBUCIN Y CONCILIACIN DENMINA Y CHEQUES
20.8 REGULARIZACIN DEL PAGO
20.9 CANCELACION, REEXPEDICION YREPOSICION DE CHEQUES BANCARIOS,EXPEDIDOS POR LA SEP YCOMPROBANTES DE PERCEPCIONES YDEDUCCIONES
20.10 RECUPERACIN Y REINTEGROS
REINTEGROS A PARTIDASPRESUPUESTALES A/C (C-19)REINTEGROS A PARTIDASPRESUPUESTALES A/A (C-20)
20.11 REPOSICIN DE TARJETA DE DBITO
20.12 REPOSICIN DE CHEQUES
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20.13 ENVO DE INFORMACIN PARA LACONCILIACIN Y CONSOLIDACIN DELPAGO
20.14 REVISIN Y GLOSA DE NMINA
20.15 REA PREVENTIVA DE PAGO
21. PERCEPCIONES Y DEDUCCIONES
PERCEPCIONES21.1 ASPECTOS GENERALES
21.2 SUELDOS BASE (C-07)
21.3 PRESTACIONES GENRICAS
21.3.1 AYUDA DE DESPENSA (C-38)
21.3.2 MATERIAL DIDCTICO (C-39)
21.3.3 PREVISIN SOCIAL MLTIPLE(C-44)
21.3.4 AYUDA POR SERVICIOS (C-46)
21.3.5 ASIGNACIN DOCENTEGENRICA (C-E9)
21.3.6 ASIGNACIN POR SERVICIOSCOCURRICULARES (C-SC)
21.3.7 COMPENSACIN PROVISIONALCOMPACTABLE YCOMPENSACIN TEMPORALCOMPACTABLE (C-CC)
21.3.8 ASIGNACIN DE APOYO A LADOCENCIA (C-79)
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21.3.9 AYUDA POR SERVICIOS A LADOCENCIA (C-SD)
21.3.10 EFICIENCIA EN EL TRABAJO(C-ET)
21.3.11 COMPENSACIN GARANTIZADA(C-06)
21.3.12 COMPENSACIN POR
ACTUACIN Y PRODUCTIVIDAD(C-CA)
21.4 PRESTACIONES ESPECFICAS
21.4.1 ACREDITACIN POR AOS DEESTUDIO DE LICENCIATURA(C-L1-LT)
21.4.2 ACREDITACIN POR AOS DESERVICIO EN LA DOCENCIA(C-Ql-Q5)
21.4.3 ACREDITACIN PORTITULACIN EN LA DOCENCIA(C-Tl-T3)
21.4.4 ASIGNACIN DOCENTEESPECFICA (C-E5)
21.4.5 ASIGNACIN PEDAGGICAESPECFICA (C-E2)
21.4.6 ASIGNACIN POR LADIRECCIN ESCOLAR (C-DE)
21.4.7 ASIGNACIN POR LAORGANIZACIN DEL CURSOESCOLAR (C-OE)
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21.4.8 ASIGNACIN POR LASUPERVISIN ESCOLAR (C-SE)
21.4.9 AYUDA PARA ACTIVIDADES DESUPERVISIN (C-40)
21.4.10 ASIGNACIN POR ACTIVIDADESCULTURALES DEL MAGISTERIODE EDUCACIN BSICA (C-CL)
ASIGNACIN POR ACTIVIDADESCULTURALES AL PERSONAL DEAPOYO Y ASISTENCIA A LAEDUCACIN (C-CL)
21.4.11 COMPENSACION A SUSTITUTOSDE PROFESORAS EN ESTADOGRAVIDO (C-14)
21.4.12 COMPENSACIN A SUSTITUTOSDE PROFESORES CON LICENCIA
PREPENSIONARIA (C-15)21.4.13 COMPENSACIN ADICIONAL A
INSPECTORES, SUPERVISORESY JEFES DE ENSEANZA DEPOSTPRIMARIAS YCOORDINADORES DE LOSCENTROS DE FORMACIN PARAEL TRABAJO (C-I2)
21.4.14 COMPENSACIN ADICIONAL ALPERSONAL CON FUNCIONESESPECFICAS DE DIRECTOR DEDOBLE TURNO (C-I4)
21.4.15 COMPENSACIN AL SUSTITUTODEL BECARIO (C-48)
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21.4.16 COMPENSACIN DOCENTE DEFIN DE AO (PERSONALDOCENTE DE EDUCACINBSICA) (C-FA)
ASIGNACIN DE FIN DE AOPOR APOYO A LA DOCENCIA(PERSONAL DE APOYO Y
ASISTENCIA A LA EDUCACINDEL CATLOGO INSTITUCIONAL
DE PUESTOS) (C-FA)COMPENSACIN DE FIN DE AO(PERSONAL ADSCRITO A LOSSUBSISTEMAS CENTRALES DELMODELO DE EDUCACIN MEDIASUPERIOR Y SUPERIOR) (C-FA)
21.4.17 COMPENSACIN POR CARGASADMINISTRATIVAS (C-I8)
21.4.18 COMPENSACIN PORACTIVIDADES DIRECTIVAS ALPERSONAL DIRECTIVO DEPLANTEL DE LOS CENTROS DEFORMACIN PARA EL TRABAJO(C-I9)
21.4.19 COMPENSACIN PORACTIVIDADES DIRECTIVAS DEEDUCACIN MEDIA SUPERIOR YSUPERIOR (C-I9)
21.4.20 COMPENSACIN POR LADIRECCIN Y SUPERVISIN DE
ACTIVIDADES DEFORTALECIMIENTOCURRICULAR (C-FC)
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21.4.21 DIFERENCIAL FIJO (C-DF)(DOCENTE BSICO)
COMPENSACIN PORREGULARIZACIN
ADMINISTRATIVA (C-DF)(CATLOGO INSTITUCIONAL DEPUESTOS Y APOYO Y
ASISTENCIA A LA EDUCACINDEL MODELO DE EDUCACIN
MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR)21.4.22 DOCTORADO (C-DO)
21.4.23 LIQUIDACIONES PORINDEMNIZACIONES Y PORSUELDOS Y SALARIOS CAIDOS(C-52)
21.4.24 MAESTRA (C-MA)
21.4.25 PRIMA VACACIONAL (C-32)21.4.26 REGULARIZACIN POR
ANTIGEDAD (C-RA)
21.4.27 AGUINALDO O GRATIFICACINDE FIN DE AO (C-24)
21.4.28 ASIGNACIN POR APOYO YASISTENCIA A LOS SERVICIOSEDUCATIVOS (C-75)
21.4.29 PAGO POR PERMANENCIA ENAPOYO A LA EDUCACIN (C-DP)
21.4.30 PRIMA DOMINICAL (C-DD)
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21.4.31 PRIMA QUINQUENAL POR AOSDE SERVICIOS EFECTIVOSPRESTADOS EN LAFEDERACIN (C-A1-A5)
21.4.32 CUOTA FIJA PARA EL PERSONALDE ASIGNATURA DEL MODELODE EDUCACIN MEDIASUPERIOR Y SUPERIOR (C-34)
21.4.33 PRIMA DE ANTIGEDAD(PERSONAL DOCENTE DELMODELO DE EDUCACIN MEDIASUPERIOR Y SUPERIOR (QA-QZ,PA-PZ)
(PERSONAL DE APOYO YASISTENCIA A LA EDUCACINDEL MODELO DE EDUCACINMEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR)(AA-AZ)
21.4.34 PAGO EXTRAORDINARIO PORSERVICIOS COCURRICULARES(C-ES)
21.4.35 AYUDA PARA LA ADQUISICINDE ANTEOJOS NACIONALES,LENTES DE CONTACTO YLENTES INTRAOCULARES(CATLOGO INSTITUCIONAL DEPUESTOS) (C-OL)
ANTEOJOS O LENTES DECONTACTO (MODELO DEEDUCACIN MEDIA SUPERIORY SUPERIOR) (C-OL)
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21.4.36 AYUDA PARA LA COMPRA DEAPARATOS ORTOPDICOS,AUDITIVOS Y/O SILLAS DERUEDAS (CATLOGOINSTITUCIONAL DE PUESTOS)(C-OA)
APARATOS ORTOPDICOS,AUDITIVOS, SILLAS DE RUEDASY PRTESIS (MODELO DE
EDUCACIN MEDIA SUPERIOR YSUPERIOR) (C-OA)
21.4.37 AYUDA PARA GASTOSESCOLARES (C-UE)
21.4.38 AYUDA PARA IMPRESIN DETESIS (CATLOGOINSTITUCIONAL DE PUESTOS)(C-OT)
AYUDA PARA TESIS (MODELODE EDUCACIN MEDIASUPERIOR Y SUPERIOR) (C-OT)
21.4.39 DEFENSA EN CASO DEACCIDENTE AUTOMOVILSTICO(CATLOGO INSTITUCIONAL DEPUESTOS)
DEFENSA EN CASO DEACCIDENTE EN VEHICULO,EMBARCACIN Y/O VIAJE
OFICIALES (MODELO DEEDUCACIN MEDIA SUPERIORY SUPERIOR)
21.4.40 LICENCIA DE MANEJO
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21.4.41 PAGO EXTRAORDINARIO PORSERVICIOS DE APOYO A LADOCENCIA (C-74).
21.4.42 PREMIO "EL SERVIDOR PBLICODEL MES" (C-VM)
21.4.43 AJUSTE DE CALENDARIO (C-65)
21.4.44 CANASTILLA MATERNAL (C-70)
21.4.45 ESTMULO POR ANTIGEDAD(C-68)
21.4.46 ESTMULO POR PUNTUALIDAD YASISTENCIA (C-69)
21.4.47 EXENCIN DEL PAGO PORINSCRIPCIN PARATRABAJADORES, HIJOS YCNYUGE EN PLANTELES DE
LOS SUBSISTEMAS DEL SECTORCENTRAL DE LA SEP DEEDUCACIN MEDIA SUPERIOR YSUPERIOR
21.4.48 GRATIFICACIN PORJUBILACIN (C-63)
21.4.49 PAGO DE DAS DE DESCANSOOBLIGATORIO (C-67)
21.4.50 PAGO DE DAS ECONMICOSNO DISFRUTADOS (C-66)
21.4.51 PAGO POR DEFUNCIN (C-DN)
21.4.52 PAGO POR INVALIDEZ (C-64)
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21.4.53 PAGO POR RENUNCIA(GRATIFICACIN PORTERMINACIN DE LOS EFECTOSDEL NOMBRAMIENTO) (C-62)
21.4.54 SERVICIO DE GUARDERA (C-43)
21.4.55 AYUDA PARA LA ADQUISICINDE LIBROS POR EL DA DELMAESTRO (C-36)
21.4.56 HORAS EXTRAORDINARIAS DETRABAJO (C-19)
21.4.57 PAGO DE REMUNERACIONES ENEL PERIODO DE RECESOESCOLAR DE FIN DE CURSOS
21.4.58 DIFERENCIAL DEL TABULADORNICO PARA EL PERSONALDIRECTIVO (C-DT)
21.4.59 ESTMULOS AL DESEMPEODEL PERSONAL DOCENTE DEEDUCACIN MEDIA SUPERIORY SUPERIOR (C-49)
21.4.60 APOYO ECONMICO MENSUAL(C-TS).
21.4.61 COMPENSACIN ECONMICAPARA EL SISTEMA DEDESARROLLO PROFESIONALDE CARRERA (C- N1-N6)
DEDUCCIONES
21.5 ASPECTOS GENERALES
261
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21.6 DEDUCCIONES OBLIGATORIAS
21.6.1 IMPUESTO SOBRE LA RENTA(C-01)
21.6.2 SEGUROS ISSSTE (C-1L), (C-2L),(C-3L)
21.6.3 SEGURO DE SALUD (C-4L)
21.6.4 FONDO DE GARANTA PARAREINTEGROS AL ERARIOFEDERAL (C-26)
21.6.5 CUOTA SINDICAL (C-58)
21.6.6 SEGURO DEL MAESTRO (C-53)
21.6.7 SEGURO COLECTIVO DE RETIRO(C-77)
21.7 DEDUCCIONES PERSONALES
21.7.1 PENSIN ALIMENTICIA (C-62)
21.7.2 DESCUENTOS PORINASISTENCIAS Y SUSPENSIONESPOR ACUMULACIN DERETARDOS Y/O FALTAS DE
ASISTENCIA INJUSTIFICADAS(C-17) Y (C-18)
21.7.3 ADEUDOS POR SERVICIOSMDICOS (C-12)
21.7.4 FONDO DE RETIRO DE LOSTRABAJADORES DE LASECRETARA DE EDUCACINPBLICA (FORTE) (C-21)
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21.7.5 PRSTAMOS HIPOTECARIOSFOVISSSTE. FONDO DE LAVIVIENDA (C-64)
21.7.6 PRSTAMOS ISSSTE
21.7.7 SEGUROS DE VIDA INDIVIDUAL YADICIONAL, COMPAA DESEGUROS QUE PRESTE LOSSERVICIOS PARA LA
DEPENDENCIA (C-51) Y (C-57)21.7.8 SEGURO DE GASTOS
FUNERARIOS (C-80)
21.7.9 SEGURO DE VIDA INSTITUCIONAL(C-50)
22. PREMIOS, ESTMULOS Y RECOMPENSAS
22.1 PREMIO MAESTRO IGNACIO MANUEL
ALTAMIRANO22.2 PREMIO MAESTRO RAFAEL RAMREZ
22.3 RECONOCIMIENTO IGNACIO MANUELALTAMIRANO AL DESEMPEO EN LACARRERA MAGISTERIAL
22.4 ESTMULOS Y RECOMPENSAS POR AOSDE SERVICIOS PARA EL PERSONAL DE
APOYO Y ASISTENCIA A LA EDUCACIN
22.5 PREMIO SECRETARA DE EDUCACINPBLICA
22.6 ESTMULOS Y RECOMPENSASPOR EL DESEMPEO DESTACADODE FUNCIONES
311
312
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22.7 CANDIDATO DE LA SECRETARADE EDUCACIN PBLICA ALPREMIO NACIONAL DE
ADMINISTRACIN PBLICA
22.8 EL SERVIDOR PBLICO DEL MES
V. DESARROLLO DE PERSONAL
23. ASPECTOS GENERALES24. CAPACITACIN
25. LICENCIAS Y REANUDACIONES
25.1 LICENCIAS
25.2 CON GOCE DE SUELDO
25.3 SIN GOCE DE SUELDO
26. REANUDACIN DE LABORES
27. CAMBIOS DE ADSCRIPCIN
27.1 ASPECTOS GENERALES
27.2 CAMBIOS INTERESTATALES
27.3 POR PERMUTA INTERESTATAL
27.4 POR TRANSFERENCIAS DE PERSONAL
28. COMISIONES DE PERSONAL
29. ACTAS ADMINISTRATIVAS
30. DE LA ACTUALIZACIN DEL MANUAL
325
326
327
327328
329
329
334
338
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VI. DISPOSICIONES TRANSITORIAS
ANEXOS
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Cdigo: N-N-0105-01
Rev: 6
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INTRODUCCIN
Es importante para la Dependencia, contar con un documento normativo en
materia de administracin de recursos humanos, que contenga los procesos y
conceptos derivados de la relacin laboral de la Dependencia y sus
trabajadores, acorde a cada modelo educativo.
En este marco de referencia, la Oficiala Mayor por conducto de la Direccin
General de Personal, elabor el Manual de Normas para la Administracin de
Recursos Humanos en la Secretara de Educacin Pblica.
Este Manual tiene como propsito, facilitar y orientar la administracin de
recursos humanos en las reas reguladas por las Direcciones de Personal dela Dependencia, por tanto incorpora procesos y conceptos que se deben
considerar en cada modelo educativo.
La Dependencia cuenta con el personal siguiente:
Docente de Educacin Bsica,
Docente de Educacin Media Superior y Superior, Apoyo y asistencia a la educacin del Catlogo Institucional de Puestos, y
Apoyo y asistencia a la educacin del Modelo de Educacin Media Superior
y Superior.
Servidores Pblicos de Mando y Enlace.
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OFICIALA MAYORDIRECCIN GENERAL DE PERSONALDIRECCIN DE NORMATIVIDAD YEVALUACIN
OBJETIVO
Proporcionar a las Unidades Administrativas de la Dependencia, el marco
normativo en materia de administracin de recursos humanos, que facilite yoriente la operacin en su mbito de competencia.
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711-NO-PO-001-04 Revisin 4Fecha de vigencia del formato: 23-07-04Autoriz formato: Direccin de Normatividad y Evaluacin
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BASE LEGAL
Leyes y Reglamentos
- Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos.
- Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del
Apartado B) del Artculo 123 Constitucional. D.O.F 28 de diciembre de
1963.
- Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del
Estado.D.O.F, 31 de marzo de 2007.
- Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los ServidoresPblicos.D.O.F. 13 de marzo de 2002.
- Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.D.O.F. 30 de
marzo de 2006.
- Ley del Impuesto Sobre la Renta.D.O.F. 1 de enero de 2002.
- Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica
Gubernamental. D.O.F. 11 de junio de 2002.
- Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal. D.O.F. 29 de diciembre
de 1976.
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OFICIALA MAYORDIRECCIN GENERAL DE PERSONALDIRECCIN DE NORMATIVIDAD YEVALUACIN
- Ley del Servicio de Tesorera de la Federacin.D.O.F. 31 de diciembre de
1985.
- Ley de Premios, Estmulos y Recompensas Civiles.D.O.F. 31 de diciembre
de 1975.
- Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia;
D.O.F. del 01 de febrero de 2007.
- Ley Reglamentaria del artculo 5. Constitucional, relativo al ejercicio de las
profesiones en el Distrito Federal. D.O.F 26 de mayo de 1945.
- Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administracin Pblica
Federal. D.O.F. 10 de abril de 2003.
- Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administracin Pblica Federal. D.O.F. 6 de septiembre de 2007.
- Reglamento Interior de la Secretara de Educacin Pblica. D.O.F. 21 de
enero de 2005.
- Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de laSecretara de Educacin Pblica.D.O.F. 29 de enero de 1946.
- Reglamento de Prestaciones Econmicas y Vivienda del Instituto de
Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.D.O.F. 28
de junio de 1988.
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711-NO-PO-001-04 Revisin 4Fecha de vigencia del formato: 23-07-04Autoriz formato: Direccin de Normatividad y Evaluacin
OFICIALA MAYORDIRECCIN GENERAL DE PERSONALDIRECCIN DE NORMATIVIDAD YEVALUACIN
- Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria.D.O.F. 28 de junio de 2006
- Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorera de la Federacin.D.O.F. 15
de marzo de 1999.
- Reglamento de Escalafn de los Trabajadores al Servicio de la Secretara
de Educacin Pblica.D.O.F. 14 de diciembre de 1973.
- Reglamento de Afiliacin, Vigencia de Derechos y Cobranza del ISSSTE.
D.O.F. 19 de noviembre de 1990.
- Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin
Pblica Gubernamental. D.O.F. 11 de junio de 2002.
Decretos y Acuerdos
- Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federacin de cada ejercicio
fiscal.
- Decreto para la celebracin de convenios en el marco del Acuerdo Nacionalpara la Modernizacin de la Educacin Bsica. D.O.F. 19 de mayo de 1995
- Acuerdo para la adopcin y uso por la Administracin Pblica Federal de la
Clave nica de Registro de Poblacin.D.O.F. del 23 de octubre de 1996.
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711-NO-PO-001-04 Revisin 4Fecha de vigencia del formato: 23-07-04Autoriz formato: Direccin de Normatividad y Evaluacin
OFICIALA MAYORDIRECCIN GENERAL DE PERSONALDIRECCIN DE NORMATIVIDAD YEVALUACIN
- Acuerdo Presidencial No. 529.D.O.F. 22 de abril de 1953.
- Acuerdo Presidencial No. 754.D.O.F. 27 de marzo de 1947.
- Acuerdo por el que se instituye la medalla Maestro Rafael Ramrez, que se
otorgar anualmente como reconocimiento a la labor de los maestros que,
en forma perseverante y distinguida, hayan prestado treinta aos de
servicios a la Secretara de Educacin Pblica. D.O.F. del 28 de noviembre
de 1973.
- Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos a que se sujetar la
guarda, custodia y plazo de conservacin del Archivo Contable
Gubernamental; D.O.F. del 25 de agosto de 1998.
- Acuerdo que dispone las acciones concretas que las dependencias y
entidades de la administracin pblica federal debern instrumentar para lasimplificacin administrativa a fin de reducir, agilizar y dar transparencia a
los procedimientos y trmites que se realizan ante ellas. D.O.F. del 8 de
agosto de 1984.
- Acuerdo por el que se instituye el reconocimiento Ignacio Manuel
Altamirano al desempeo en la Carrera Magisterial. D.O.F. del 12 de
febrero de 1993.
- Acuerdo No. 351 por el que se adscriben orgnicamente las Unidades
Administrativas de la Secretara de Educacin Pblica que se mencionan
D.O.F. del 4 de febrero de 2005.
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711-NO-PO-001-04 Revisin 4Fecha de vigencia del formato: 23-07-04Autoriz formato: Direccin de Normatividad y Evaluacin
OFICIALA MAYORDIRECCIN GENERAL DE PERSONALDIRECCIN DE NORMATIVIDAD YEVALUACIN
- Acuerdo mediante el cual se expide el Manual de Percepciones de los
Servidores Pblicos de las Dependencias y Entidades de la Administracin
Pblica Federal. D.O.F. del 30 de mayo de 2008.
- Acuerdo No. 395 por el que se delegan facultades al Director General de
Personal. D.O.F. del 13 de marzo de 2007.
- Acuerdo Nacional para la Modernizacin de la Educacin Bsica. D.O.F. 19
de mayo de 1992.
- Decreto por el que la Secretara de Programacin y Presupuesto formular
el programa conforme al cual las Dependencias de la Administracin
Pblica Centralizada, se responsabilizarn directamente de las funciones
relacionadas con el pago por concepto de Remuneraciones a los
trabajadores adscritos a cada una de ellas. D.O.F. del 23 de enero de 1981.
- Decreto que crea la Orden Mexicana y condecoracin Maestro Altamirano.
D.O.F. del 16 de marzo de 1940.
Oficio-Circular
- Oficio-Circular 307.A.-1305 de fecha 08 de julio de 2008, mediante el cual
se informa que el servicio del Seguro Colectivo de Retiro, ser
proporcionado por la aseguradora Grupo Nacional Provincial S.A.B. del 16
de julio de 2008 al 31 de diciembre de 2009.
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711-NO-PO-001-04 Revisin 4Fecha de vigencia del formato: 23-07-04Autoriz formato: Direccin de Normatividad y Evaluacin
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Lineamientos
- Lineamientos para la celebracin de contratos para la prestacin de
servicios profesionales por honorarios, suscritos por el C. Oficial Mayor,
emitidos a travs del oficio No. 224-1/0402/2008 de fecha 09 de abril de
2008.
Licitacin Pblica Nacional Electrnica consolidada No. 00006004-009/2007
Condiciones Generales que Integran el Seguro de Vida Institucional.
Otras Disposiciones
- Norma para la celebracin de contratos de servicios por honorarios y
modelo de contrato. D.O.F.11 de abril de 2006.
- Instructivo que establece las Reglas para la Compatibilidad de Empleos.
D.O.F. 23 de julio de 1990.
- Clasificador por Objeto del Gasto. D.O.F. 13 de octubre de 2000.
- Relacin de entidades paraestatales de la Administracin Pblica Federal
sujetas a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento.D.O.F. 15 de agosto de 2008.
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711-NO-PO-001-04 Revisin 4Fecha de vigencia del formato: 23-07-04Autoriz formato: Direccin de Normatividad y Evaluacin
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Legislacin Supletoria.
- Ley Federal del Trabajo.
- Cdigo Federal de Procedimientos Civiles.
- Leyes del Orden Comn.
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711-NO-PO-001-04 Revisin 4Fecha de vigencia del formato: 23-07-04Autoriz formato: Direccin de Normatividad y Evaluacin
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DISPOSICIONES GENERALES
Para efectos del presente Manual se entiende por:
mbito de aplicacin: Las Unidades Administrativas.
Dependencia: Secretara de Educacin Pblica.
Direcciones de Personal: La Coordinacin Sectorial de Personal de la
Subsecretara de Educacin Media Superior y la Direccin de Administracin
de Personal del Sector Central.
FOVISSSTE: Fondo de la Vivienda ISSSTE.
ISSSTE: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del
Estado.
- Manual: Manual de Normas para la Administracin de Recursos Humanos
en la Secretara de Educacin Pblica.
Movimientos de Personal: Operaciones que se realizan con motivo de
incidencias o situaciones que se derivan de la relacin laboral entre el
trabajador y el titular de la Dependencia, tales como altas, bajas, licencias,prrroga, cambios, promocin, regularizacin, reanudacin de labores, etc.
Personal de Educacin Bsica: Personal docente que se encuentra en
centro de trabajo administrativo, as como el personal adscrito en la
Direccin General de Centros de Formacin para el Trabajo.
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711-NO-PO-001-04 Revisin 4Fecha de vigencia del formato: 23-07-04Autoriz formato: Direccin de Normatividad y Evaluacin
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Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo: Reglamento de las
Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la Secretara de
Educacin Pblica.
SNTE: Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacin.
Unidades Administrativas: Las Direcciones Generales y a las
Coordinaciones Generales de la Secretara de Educacin Pblica.
Clasificador por objeto del Gasto: al Clasificador por objeto del Gasto para la
Administracin Pblica Federal.
Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado: a la Ley Federal de
los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del
Artculo 123 Constitucional.
Ley del ISSSTE: a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de
los Trabajadores del Estado.
Dependencias Globalizadoras: Aqullas que emiten disposiciones de
cumplimiento general para las dems Dependencias y Entidades de la
Administracin Pblica Federal.
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711-NO-PO-001-04 Revisin 4Fecha de vigencia del formato: 23-07-04Autoriz formato: Direccin de Normatividad y Evaluacin
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FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE RECURSOS HUMANOS EN LA
DEPENDENCIA
De acuerdo a la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal, sta se
conforma por:
La Administracin Pblica Centralizada:
Presidencia de la Repblica
Secretaras de Estado
Departamentos Administrativos
Consejera Jurdica del Ejecutivo Federal
La Administracin Pblica Paraestatal:
Organismos Descentralizados
Organizaciones Auxiliares Nacionales de Crdito
Empresas de Participacin Estatal
Instituciones Nacionales de Crdito
Instituciones Nacionales de Seguros y de Fianzas
Fideicomisos.
En este contexto, el Sector Educativo lo integran la Dependencia que forma
parte de la Administracin Pblica Centralizada y las Entidades Paraestatales
que se encuentran agrupadas a ella, de acuerdo con la Relacin de Entidades
Paraestatales publicada por la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico.
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La Dependencia, para dar cumplimiento a las atribuciones que le confiere el
Artculo 38 de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal y conforme
a su Reglamento Interior, cuenta con una estructura orgnica que est
integrada de la siguiente manera:
1 Secretara del Despacho
3 Subsecretaras: Educacin Superior
Educacin Media Superior.
Educacin Bsica.
1 Oficiala Mayor
1 Unidad de Planeacin y Evaluacin de Polticas Educativas.
1 Unidad de Coordinacin Ejecutiva.
26 Direcciones Generales
3 Coordinaciones Generales
1 Coordinacin Nacional de Carrera Magisterial
1 Coordinacin de rganos Desconcentrados y del Sector Paraestatal
Oficinas de Servicios Federales de Apoyo a la Educacin en los Estados de
la Repblica(anexo No. 1).
Asimismo, con base en el Artculo 17 de la citada Ley, la Dependencia cuenta
con 9 rganos Desconcentrados a saber:
Administracin Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal
(AFSEDF).
Comisin de Apelacin y Arbitraje del Deporte (CAAD).
Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (CNCA).
http://localhost/var/www/apps/conversion/tmp/scratch_8/ANEXO1-L.ppthttp://localhost/var/www/apps/conversion/tmp/scratch_8/ANEXO1-L.ppthttp://localhost/var/www/apps/conversion/tmp/scratch_8/ANEXO1-L.ppthttp://localhost/var/www/apps/conversion/tmp/scratch_8/ANEXO1-L.ppt -
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Instituto Nacional de Antropologa e Historia (INAH).
Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL).
Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDA).
Instituto Politcnico Nacional (IPN).
Radio Educacin (RE).
Universidad Pedaggica Nacional (UPN).
Estos rganos estn jerrquicamente subordinados y tienen facultades
especficas para resolver los asuntos del mbito de su competencia.
Por ltimo, contar con un rgano Interno de Control que se regir conforme a
lo dispuesto en los artculos 47, 48, 49, 50 y 51 del Reglamento Interior de la
Dependencia.
Por otra parte, conforme al Artculo 45 de la Ley Orgnica de la Administracin
Pblica Federal, los Organismos Descentralizados que integran la
Administracin Pblica Paraestatal, son entidades creadas por Ley o Decreto
del Congreso de la Unin o por Decreto del Ejecutivo Federal, con
personalidad jurdica y patrimonio propios, cualquiera que sea la estructura
legal que adopten, los cuales se regulan por la Ley Federal de Entidades
Paraestatales.
De acuerdo con la Relacin de Entidades Paraestatales emitida por la
Secretara de Hacienda y Crdito Pblico, en el sector educativo se tienen:
17 Organismos Descentralizados
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711-NO-PO-001-04 Revisin 4Fecha de vigencia del formato: 23-07-04Autoriz formato: Direccin de Normatividad y Evaluacin
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6 Empresas de Participacin Estatal Mayoritaria
2 Fideicomisos Pblicos (anexo No. 2).
La Dependencia, por conducto de la Direccin General de Personal coordina a
estas entidades del sector, en materia de tabuladores de sueldos y
prestaciones, y asesora en materia laboral.
Adicionalmente, el 18 de mayo de 1992, el Gobierno Federal, los Gobiernos de
cada una de las Entidades Federativas de la Repblica Mexicana y el Sindicato
Nacional de Trabajadores de la Educacin, firmaron elAcuerdo Nacional para
la Modernizacin de la Educacin Bsica(ANMEB).
Con este Acuerdo, el Gobierno Federal transfiri a los Gobiernos Estatales los
servicios de educacin preescolar, primaria, secundaria y para la formacin de
maestros, as como la educacin normal, la educacin indgena y los deeducacin especial. Asimismo, transfiri los establecimientos, bienes muebles
e inmuebles, y los recursos financieros utilizados en la operacin de los
servicios educativos.
Cada Gobierno Estatal sustituy al titular de la Dependencia, en las relaciones
jurdicas con los trabajadores adscritos a los planteles y dems servicios que
se incorporaron al sistema educativo estatal, adems de reconocer y proveer lo
necesario para respetar ntegramente todos sus derechos laborales.
Por otra parte, la Dependencia por conducto de la Oficiala Mayor, brinda
asesora en materia de administracin de recursos humanos y laboral a las
autoridades educativas de las Entidades Federativas, para apoyarlas en la
elaboracin de sus propias normas.
http://localhost/var/www/apps/conversion/tmp/scratch_8/ANEXO2-L.dochttp://localhost/var/www/apps/conversion/tmp/scratch_8/ANEXO2-L.dochttp://localhost/var/www/apps/conversion/tmp/scratch_8/ANEXO2-L.dochttp://localhost/var/www/apps/conversion/tmp/scratch_8/ANEXO2-L.doc -
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De igual manera, en la Dependencia se cuenta con trabajadores de base y
confianza, conforme al Artculo 4 de la Ley Federal de los Trabajadores al
Servicio del Estado.
En la Dependencia, el Sistema de Administracin de Recursos Humanos
cuenta con cinco modelos de personal con caractersticas propias para atender
la funcin educativa, los cuales son:
Personal docente de Educacin Bsica;
Personal docente de Educacin Media Superior y Superior;
Personal de apoyo y asistencia a la educacin del Catlogo Institucional de
Puestos;
Personal de apoyo y asistencia a la educacin del Modelo de Educacin
Media Superior y Superior; y
Servidores Pblicos de Mando.
Para el personal de base de la dependencia, su relacin laboral se encuentra
regulada por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado;
asimismo, en materia de seguridad social el personal que presta sus servicios
en la Dependencia tiene derecho a los beneficios que otorga la Ley del Instituto
de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
El ejercicio del presupuesto para servicios personales, se realiza conforme lo
indica la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su
Reglamento, y el Presupuesto de Egresos de la Federacin.
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Conforme al artculo 7, fraccin III delReglamento Interior de la Secretara de
Educacin Pblica, es competencia del C. Oficial Mayor de la Dependencia
establecer, con la aprobacin del Titular del Ramo, polticas, normas, sistemas
y procedimientos para la ptima administracin de los recursos humanos,
materiales y financieros de las Unidades Administrativas.
Asimismo, la Direccin General de Personal conforme a la fraccin I del
artculo 34 del referido Reglamento, propone normas para regular el Sistema
de Administracin y Desarrollo de Personal, difunde las aprobadas y vigila su
cumplimiento en las Unidades Administrativas de la Dependencia.
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I. PRE-EMPLEO
1. ASPECTOS GENERALES
1.1. Es la etapa de la administracin de recursos humanos previa al
ingreso de personal a la Dependencia que comprende el
reclutamiento y seleccin del mismo, consiste en obtener, ubicar y
evaluar al personal que se considera adecuado para ocupar un
puesto dentro de la Dependencia.
1.2 Las Unidades Administrativas deben apegarse a los lineamientos de
reclutamiento y seleccin de personal que emita la Direccin General
de Personal y a la normatividad emitida por la Secretara de
Hacienda y Crdito Pblico y la Secretara de la Funcin Pblica.
2. RECLUTAMIENTO
2.1. Es el proceso que permite proveer a la Dependencia de candidatos
internos y/o externos, para someterlos al proceso de seleccin
conforme a los requisitos establecidos por la normatividad respectiva.
2.2. Para el reclutamiento de personal docente, los niveles educativos que
lo requieran deben contar con los mecanismos de seleccin, que les
permitan identificar a los candidatos para ocupar una categora
vacante.
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2.3 Para los nuevos ingresos, las Unidades Administrativas deben
verificar la autenticidad de los documentos de preparacin acadmica
presentados por los aspirantes, ante la Direccin General de
Profesiones o Institucin Educativa que los haya emitido.
2.4 Para los puestos sujetos al servicio profesional de carrera, el medio
oficial en la dependencia para reclutar candidatos mediante concurso
debe ser la pgina electrnica www.trabajaen.gob.mx, misma que
administra la Secretara de la Funcin Pblica, o bien, por aquel
medio que esta ltima determine.
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3. SELECCIN
3.1 Es el proceso para evaluar las cualidades, intereses, conocimientos,
habilidades, aptitudes, actitudes y personalidad de los candidatos a
ocupar un puesto vacante, con base en los requerimientos y perfil del
puesto.
Personal Docente.
3.2 El personal docente debe ser seleccionado conforme a los requisitos
y perfiles establecidos por cada nivel educativo.
3.3 La seleccin para incorporarse al servicio en la Dependencia, se
puede realizar a travs de la Asignacin de Nombramiento a
Egresados Regulares de Escuelas Normales Federales y conforme alos Artculos 62 y 63 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio
del Estado, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el
proceso de seleccin.
Personal de apoyo y asistencia a la educacin.
3.4 Los candidatos a ocupar un puesto vacante deben presentar ladocumentacin que acredite que cumplen con el perfil indicado en el
Catlogo Institucional de Puestos del personal de apoyo y asistencia
a la educacin.
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Los candidatos propuestos deben cumplir con los requisitos
establecidos en el proceso de seleccin.
Personal sujeto al Servicio Profesional de Carrera
3.5 Los candidatos a ocupar puestos sujetos al Servicio Profesional de
Carrera deben participar en los concursos que la dependencia
publique, a travs de una Convocatoria en el Diario Oficial de la
Federacin, o bien, a travs del medio que las instancias
correspondientes sealen.
3.6 El proceso de ingreso que se aplique a los aspirantes de concurso
para ocupar una plaza vacante de la dependencia deber apegarse a
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administracin Pblica
Federal, el Reglamento de la misma, a la normatividad del ServicioProfesional de Carrera que emitan las instancias correspondientes, a
la convocatoria publicada y a los procedimientos que establezca la
Direccin General de Personal.
3.7 Para publicar un puesto a concurso se debe solicitar a la Direccin
General de Personal mediante oficio firmado por el Titular de la
Unidad Administrativa, acompaado por la copia simple del perfil delpuesto autorizado por el Comit Tcnico de Profesionalizacin. En
caso de que el concurso se declare desierto, el Titular de la Unidad
Administrativa deber solicitar nuevamente la publicacin del
concurso como en su inicio.
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Cuando el puesto est ocupado por nombramiento temporal por
artculo 34 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera, la Direccin
General de Personal deber publicar el concurso dentro del periodo
de tiempo que establece la normatividad en la materia, as como
cuando el concurso se declara desierto.
3.8 Los aspirantes a ocupar un puesto mediante concurso, debern
cumplir los requisitos legales que seala la normatividad del Servicio
Profesional de Carrera y la convocatoria respectiva.
EVALUACIN DEL DESEMPEO
Personal sujeto al Servicio Profesional de Carrera
1. El titular de la Unidad Administrativa deber establecer y evaluar las
metas de la Unidad, de acuerdo al tiempo y forma que establezca la
normatividad del Servicio Profesional de Carrera, as como los
procedimientos determinados por el Comit Tcnico de
Profesionalizacin de la dependencia y la Direccin General de
Personal. Las metas deben estar parametrizadas de acuerdo a la
metodologa establecida por el Comit Tcnico de Profesionalizacin.
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2. Las metas de la Unidad Responsable debern formar parte de la
evaluacin del desempeo de los servidores pblicos sujetos al
Servicio Profesional de Carrera. Las metas deben estar
parametrizadas de acuerdo a la metodologa establecida por el
Comit Tcnico de Profesionalizacin.
3. Las metas individuales de los servidores pblicos sujetos al Servicio
Profesional de Carrera debern ser establecidos mediante dilogos
de desarrollo con su superior jerrquico y su evaluacin del
desempeo deber realizarse en el tiempo y forma que seala la
normatividad de dicho servicio, as como a los procedimientos que
establezca la Direccin General de Personal.
4. La evaluacin del desempeo deber identificar por parte del
evaluador, un plan de accin para mejorar el desempeo de losservidores pblicos y la capacitacin requerida, en caso de que el
resultado no sea satisfactorio.
5. La evaluacin del desempeo deber ser firmada por el evaluador,
que es el superior jerrquico y por el servidor pblico evaluado. El
superior jerrquico deber conservar las evidencias objetivas que den
soporte al resultado de la evaluacin realizada.
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II. PROCESO DE CONTROL DE PLAZAS
4. ASPECTOS GENERALES
4.1 Es el acto administrativo consistente en actualizar el analtico de
puestos-plaza derivado de la creacin, cancelacin, conversin o
reubicacin de plazas, conforme a las necesidades del servicio de
cada Unidad Administrativa.
4.2 La Direccin General de Administracin Presupuestal y Recursos
Financieros debe informar en cada ejercicio presupuestal, el analtico
de puestos-plaza autorizado por la Secretara de Hacienda y Crdito
Pblico a las Direcciones de Personal y a cada Unidad Administrativa
y posteriormente notificar las modificaciones a dicho analtico para la
actualizacin del registro correspondiente.
4.3 Para actualizar el control de plazas de Servidores Pblicos de
Mando, el dictamen de la estructura bsica y no bsica ser emitido
por la Oficiala Mayor, por conducto de la Direccin General de
Innovacin, Calidad y Organizacin, previa autorizacin y registro de
la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico, y de la Secretara de la
Funcin Pblica.
4.4 Las Direcciones de Personal, deben instrumentar mecanismos que
les permitan tener el control de las plazas, a travs del Krdex y del
banco de plazas y horas, de manera complementaria al control que
sobre la base de datos establezca la Direccin General de Personal.
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5. CREACIN DE PLAZAS
5.1 Es el acto administrativo mediante el cual se autoriza la asignacin
de recurso presupuestal para el pago en un puesto-plaza
determinado.
5.2 Slo se crearn plazas que sean estrictamente indispensables desde
el punto de vista tcnico, funcional, organizacional u operacional, y
que los recursos presupuestales estn previstos en el presupuesto
autorizado en el captulo de Servicios Personales.
5.3 Las Direcciones de Personal, asignarn el nmero de plaza
correspondiente y operarn los movimientos en la base de datos,
para realizar las adecuaciones a los registros y controles del analtico
de puestos-plazas de la Unidad Administrativa respectiva.
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6. CONVERSIN DE PLAZAS
6.1 Consiste en cancelar una o varias plazas para la creacin de otra,
acorde a las necesidades del servicio de cada Unidad Administrativa.
6.2 Es improcedente hacer la conversin de plazas docentes a plazas de
personal de apoyo y asistencia a la educacin, y viceversa.
6.3 La conversin de plazas proceder con plazas de diferente
naturaleza y dentro de diferente techo financiero autorizado a cada
Unidad Administrativa, previo estudio y autorizacin de la Direccin
General de Personal, considerando los siguientes requisitos:
Que no afecte de manera importante el servicio educativo.
Que no afecte la lnea escalafonaria.
Que no afecte plazas de nivel directivo y de supervisin.
Presentar la justificacin tcnica funcional, organizacional u
operacional de la solicitud de conversin de plazas cuando el
movimiento implique plazas operativas y sea mayor a tres niveles
cuando se trate de puestos de enlace o de mando.
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6.4 Las Unidades Administrativas deben remitir a las Direcciones de
Personal, las solicitudes de movimientos de conversin de plazas,
operativas para enviarlas a la Direccin General de Personal o a la
Direccin General de Organizacin, Innovacin y Calidad, cuando
sean plazas de enlace y de mando, a fin de que stas determinen la
procedencia o improcedencia; dichas solicitudes deben enviarse a
ms tardar 30 das naturales antes del cierre presupuestal que
efecta la Direccin General de Administracin Presupuestal y
Recursos Financieros.
Con la finalidad de verificar la situacin de las plazas que involucren
conversin de plazas de mando y de enlace, la Direccin General de
Organizacin, Innovacin y Calidad, deber solicitar a la Direccin
General de Personal la validacin de las plazas a cancelar para
constatar la viabilidad del movimiento.
6.5 La Direccin General de Administracin Presupuestal y Recursos
Financieros debe emitir los folios de adecuacin presupuestaria
autorizados de los movimientos de conversin de plazas
dictaminados por la Direccin General de Personal y la Direccin
General de Innovacin, Calidad y Organizacin.
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6.6 La Direccin General de Personal debe dar a conocer el informe de
plazas y afectacin presupuestal que actualice los registros del banco
de plazas-horas, derivado del trmite de la conversin de plazas
solicitado por las Direcciones de Personal y la Direccin General de
Innovacin, Calidad y Organizacin.
6.7 Las Direcciones de Personal, asignarn el nmero de plaza
correspondiente y operarn los movimientos en la base de datos para
cancelar y/o crear las plazas involucradas e informarn a la Direccin
General de Personal.
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7. REUBICACIN DE PLAZAS
7.1 Es el proceso mediante el cual se reasigna presupuestalmente una
plaza de una Unidad Administrativa a otra.
7.2 La reubicacin de plazas de las Unidades Administrativas de reas
Centrales hacia cualquiera de los rganos Desconcentrados y/o
Entidades Paraestatales del Sector o viceversa, procedern de
manera excepcional previa justificacin.
7.3 Las Unidades Administrativas involucradas en la reubicacin de
plazas, sern responsables de mantener el equilibrio de sus
estructuras ocupacionales, de modo que no afecten el ejercicio de las
atribuciones, ni el desarrollo de sus funciones que por Ley o
Reglamento les competen.
7.4 Solo procedern las reubicaciones de plazas del mismo nivel
educativo y de su misma naturaleza, dentro del Modelo de Educacin
Bsica o de Educacin Media Superior y Superior.
7.5 Las Unidades Administrativas deben remitir a las Direcciones de
Personal, las solicitudes de movimientos de reubicacin de plazas,para que sean enviadas a la Direccin General de Personal, para que
sta determine la procedencia o improcedencia.
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Las solicitudes deben enviarse a ms tardar 30 das naturales antes
del cierre presupuestal que hace la Direccin General de
Administracin Presupuestal y Recursos Financieros
7.6 La Direccin General de Administracin Presupuestal y Recursos
Financieros debe emitir las afectaciones presupuestarias autorizadas,
de los movimientos de reubicacin de plazas dictaminadas por la
Direccin General de Personal.
7.7 La Direccin General de Personal, debe enviar a las Direcciones de
Personal, el informe de plazas y afectacin presupuestal del trmite
de reubicacin de plazas solicitado y a la Direccin General de
Innovacin, Calidad y Organizacin, cuando involucre puestos de
mando.
7.8 Las Direcciones de Personal, asignarn el nmero de plaza y
operarn la cancelacin y/o creacin de las plazas involucradas en la
base de datos e informarn de estos movimientos a la Direccin
General de Personal.
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III. EMPLEO
8. ASPECTOS GENERALES
8.1 Es la etapa de la administracin de recursos humanos que
comprende el inicio y desarrollo de la relacin laboral entre el
trabajador y el titular de la Dependencia, el cual consiste en:
Otorgar un nombramiento al personal,
Ubicarlo en su rea de trabajo,
Tener un registro de los datos personales y laborales.
9. NOMBRAMIENTO
9.1 Es la accin de asignar una plaza al personal que se encuentra al
servicio de la Dependencia, mediante la Constancia de
Nombramiento que formaliza la relacin de trabajo entre el Titular de
la Dependencia y el trabajador, la cual debe estar suscrita por la
autoridad facultada para autorizar el nombramiento, por el trabajador,
as como por el servidor pblico facultado para verificar los datos
contenidos en la misma.
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9.2 Los nombramientos del personal se expedirn conforme a lo
siguiente:
a) Docente de Educacin Bsica en Plantel: Durante el ciclo escolar
fijado en el calendario escolar de cada ao lectivo, excepto en los
periodos vacacionales de primavera e invierno y en el receso
escolar de fin de cursos.
b) Docente de Educacin Media Superior y Superior en Plantel: De
enero a diciembre; excepto el periodo vacacional de primavera e
invierno fijados en el calendario escolar de cada ao lectivo, as
como el receso escolar de fin de cursos que fijen las autoridades
de cada uno de los Subsistemas.
c) Docente en Centro de Trabajo Administrativo: De enero a
diciembre, siempre y cuando las plazas estn ubicadas en centro
de trabajo administrativo para desempear funciones de carcter
tcnico pedaggicas, excepto en los periodos vacacionales; en
este caso, el pago a este personal se realizar de manera
quincenal, durante el periodo de receso escolar.
d) De Apoyo y Asistencia a la Educacin ubicado en Centro de
Trabajo Sustantivo (plantel): De conformidad con lo establecido
en los incisos a) y b) anteriores.
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e) De Apoyo y Asistencia a la Educacin ubicado en Centro de
Trabajo Administrativo: De enero a diciembre, excepto en los
periodos vacacionales.
f) Servidores Pblicos de Mando y Enlace: De enero a diciembre.
9.3 Los nombramientos no podrn asignarse con una retroactividad
mayor a la fecha en que el trabajador inicie sus labores, adems slose dar posesin del empleo, hasta que el nombramiento haya sido
autorizado y establecida la fecha de su vigencia.
9.4 Es improcedente autorizar o permitir el ingreso de aspirantes al
servicio con carcter "meritorio"; es decir, personas que sin
nombramiento formalizado presten gratuitamente su servicio a la
Dependencia, con la promesa o sin ella de otorgarles posteriormente
el nombramiento.
9.5 Las Unidades Administrativas para la asignacin de los
nombramientos, deben tener plazas vacantes que cuenten con
soporte presupuestal.
9.6 Para tramitar los nombramientos del personal, debe acreditarse que
se cumpli con el proceso de seleccin que aplique para cada tipo depersonal.
9.7 El personal debe desempear sus funciones, de acuerdo a la
naturaleza de la categora y/o puesto que se le asigne.
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Ser improcedente asignar plazas docentes, al personal que realice
funciones administrativas y viceversa.
Las plazas docentes slo se asignarn al personal que cubra el perfil
correspondiente y:
Desempee su funcin frente a grupo en el dictado de clases;
Personal directivo y de supervisin de plantel;
Personal que realice funciones de carcter tcnico pedaggica.
9.8 Todo aspirante a ocupar un cargo, puesto o comisin en la
Dependencia, debe manifestar bajo protesta de decir verdad que no
se encuentra inhabilitado y si desempea o no otro empleo dentro de
la misma o en otra Dependencia o Entidad del Gobierno Federal; en
caso de desempear otro empleo, debe tramitar la compatibilidad deempleos correspondiente, dicha protesta de Ley se pondr en la
Constancia de Nombramiento.
En caso de que el trabajador declare falsedad, se har acreedor a las
sanciones que dicten las disposiciones vigentes aplicables en la
materia.
9.9 La propuesta de nombramiento para los trabajadores de nacionalidad
extranjera, debe acompaarse de la autorizacin de la Secretara de
Gobernacin para trabajar en el territorio nacional.
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9.10 El nombramiento se otorgar mediante la Constancia de
Nombramiento, debiendo las Unidades Administrativas entregar al
trabajador la copia correspondiente.
Los movimientos que deben operarse a travs de la Constancia de
Nombramiento son los siguientes:
Altas:
Por necesidades de servicio.
Reinstalacin.
Prrroga.
Sustitucin.
Cambios:
Cambio por plaza.
Cambio por plaza adicional.
Cambio de adscripcin.
Basificacin.
Promocin (por plaza adicional, cambio de nivel y/o grado).
Bajas:
Por renuncia.
Defuncin.
Trmino de interinato, o de nombramiento provisional.
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Abandono de Empleo.
Insubsistencia de Nombramiento.
Sentencia Judicial.
Resolucin del Tribunal Federal de Conciliacin y Arbitraje.
Dictamen escalafonario.
Retiro, Cesanta en edad avanzada o Vejez.
Resolucin del rgano Interno de Control. Prdida de Confianza.
Invalidez total y permanente dictaminada por el ISSSTE.
9.11 El nombramiento para el personal de base podr ser:
Interino.
Provisional.
Definitivo.
9.12 Los nombramientos para el personal que ocupe un puesto de
confianza, se podrn expedir conforme al Artculo 5o. de la Ley
Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
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9.13 TIPOS DE NOMBRAMIENTO
Tipo deNombramiento
Definicin Criterios para suOtorgamiento
CdigoConstancia deNombramiento
FundamentoLegal
Inicial Se expide a favor de untrabajador para ocupar unaplaza de base inicial denueva creacin o que hayaquedado definitivamentevacante por las causassealadas en la Ley.
Cuando sea plaza de baseinicial de nueva creacin ovacante definitiva se otorgauna alta inicial durante losprimeros 6 meses de servicio.
09AltaInicial
Arts. 15 y 16 delReglamento delas CondicionesGenerales deTrabajo.
Interino Se expide en favor de untrabajador para ocupar unaplaza de base vacantetemporal por un periodo queno exceda de 6 meses
Este nombramiento dependedel Titular de la Dependencia ode los funcionarios facultadospara ello, quienes nombrarn yremovern libremente encualquier momento altrabajador interino.
20Alta
Interina
Art. 63 de la LeyFederal de losTrabajadores alServicio delEstado
Arts. 17 y 18 delReglamento delas CondicionesGenerales deTrabajo
Provisional Se otorga al personal quecubre una plaza de basevacante temporal mayor de6 meses
a) Cuando la plaza tengatitular, la vigencia delnombramiento se podrotorgar hasta por elperiodo por el que seotorgue la licenciarespectiva.
b) Cuando se trate de unavacante sin titular en plaza
escalafonaria, la vigenciadel nombramientoprovisional se podrotorgar con efectosabiertos hasta que seexpida el dictamen de lacomisin nacional mixta deescalafn.
95Alta
Provisional
Art. 64 de la LeyFederal de losTrabajadores alServicio delEstado.
Art. 23 delReglamento delas CondicionesGenerales deTrabajo.
Art. 20 delReglamento de
las CondicionesGenerales deTrabajo.
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9.13 TIPOS DE NOMBRAMIENTO
Tipo deNombramiento
Definicin Criterios para suOtorgamiento
CdigoConstancia deNombramiento
FundamentoLegal
c) Las plazas escalafonariasvacantes sern ocupadaspor riguroso escalafn, portal motivo, si quien disfrutade una licencia reanudalabores, automticamentese correr el escalafn enforma inversa, por lo que elltimo trabajadordesignado dejar deprestar sus servicios, sinresponsabilidad para laDependencia.
d) Para que el trabajadorprovisional pueda seguircon la plaza sin necesidadde hacer la baja y el altadel movimiento respectivo,se har en la base dedatos un movimiento dealta mediante una prrrogade nombramiento, en lamisma filiacin-plaza y sininterrupcin en el servicio.
97Prrroga de
Nombramiento
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9.13 TIPOS DE NOMBRAMIENTO
Tipo deNombramiento
Definicin Criterios para suOtorgamiento
CdigoConstancia deNombramiento
FundamentoLegal
Definitivo Se expide al trabajadordespus de 6 meses deservicio en plaza inicial, sinnota desfavorable en suexpediente o por dictamenescalafonario.
a) Se otorgar alta definitivaal trabajador, una veztranscurridos los primeros6 meses de su ingreso a laDependencia, en plaza debase inicial de nuevacreacin o vacantedefinitiva, sin notadesfavorable en suexpediente.
b) Cuando se trate devacantes definitivas enplazas escalafonarias, elmovimiento se otorgarcuando el personalobtenga una promocin deascenso por dictamen de laComisin Nacional Mixtade Escalafn o porresolucin de la ComisinDictaminadora de losplanteles del Modelo deEducacin Media Superiory Superior.
c) En el caso de EducacinMedia Superior y Superiorcuando se trate de unapromocin por concursocerrado o cancelacin-creacin con base en lasnormas especficasaplicables en cadaDireccin General.
10Alta
Definitiva
10Alta
Definitiva
Art. 6 de la LeyFederal de losTrabajadores alServicio delEstado.
Art. 19 delReglamento delas CondicionesGenerales deTrabajo.
Reglamento depromocin delpersonal:
- Doc. de la Dir.Gral. de Educ.Tecnolgica
Agropecuaria- Doc. de la Dir.Gral. de Educ.TecnolgicaIndustrial.
- Doc. delSubsistema deCiencia y
Tecnologa delMar.
- Doc. de losInstitutosTecnolgicos
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9.13 TIPOS DE NOMBRAMIENTO
Tipo deNombramiento
Definicin Criterios para suOtorgamiento
CdigoConstancia deNombramiento
FundamentoLegal
- -Doc. de losCentros deEstudio deBachillerato
- Doc. de laEscuelaPreparatoriaFederal LzaroCrdenas.
- Doc. de laEscuelaNacional deBiblioteconomay Archivonoma.
Confianza Se otorga al personal al quehace referencia el Artculo5o. de la Ley Federal de losTrabajadores al Servicio delEstado.
El nombramiento para eldesempeo de un puesto deconfianza se otorgarconforme al Artculo 5. de laLey Federal de losTrabajadores al Servicio del
Estado.
96Alta en Confianza
Art. 5o. de la LeyFederal de losTrabajadores alServicio delEstado
Art. 4o. delReglamento delas CondicionesGenerales deTrabajo.
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10. LMITES DE COMPETENCIA PARA AUTORIZAR MOVIMIENTOS
DE PERSONAL.
10.1 ASPECTOS GENERALES.
10.1.1 El Titular del Ramo tiene la facultad indelegable de nombrar a los
Servidores Pblicos de Mandos Superiores de la Dependencia, para
tal efecto autorizar los nombramientos, mediante la Constancia de
Nombramiento.
10.1.2 El C. Oficial Mayor tiene la facultad de autorizar movimientos de
personal, o puede delegarla a los servidores pblicos que se
mencionan en el presente apartado, formalizndose dichos
movimientos en la Constancia de Nombramiento.
10.1.3 El movimiento de personal debe estar autorizado y verificado por el
Servidor Pblico facultado, mediante su firma autgrafa en la
Constancia de Nombramiento.
10.1.4 En ausencia del Servidor Pblico facultado para autorizar
movimientos, la responsabilidad ser del Servidor Pblico de nivel
Jerrquico Superior, y en ausencia de este ltimo, corresponder al
C. Oficial Mayor.
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Rev: 6
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711-NO-PO-001-04 Revisin 4Fecha de vigencia del formato: 23-07-04Autoriz formato: Direccin de Normatividad y Evaluacin
OFICIALA MAYORDIRECCIN GENERAL DE PERSONALDIRECCIN DE NORMATIVIDAD YEVALUACIN
10.1.5 Es responsabilidad de los Servidores Pblicos sealados en el
numeral 10.2, verificar que los datos de la Constancia de
Nombramiento sean correctos, as como la documentacin que
soporta los movimientos efectuados.
10.1.6 Los trmites de autorizacin de movimientos se encuentran en el
numeral 10.2 del presente Manual.
10.1.7 Los lmites de competencia se consideran en tres apartados, de
acuerdo a la ubicacin del personal en el centro de trabajo y
jerarqua, conforme a lo siguiente:
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Rev: 6
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711-NO-PO-001-04 Revisin 4Fecha de vigencia del formato: 23-07-04Autoriz formato: Direccin de Normatividad y Evaluacin
OFICIALA MAYORDIRECCIN GENERAL DE PERSONALDIRECCIN DE NORMATIVIDAD YEVALUACIN
10.2LMITES DE COMPETENCIA PARA AUTORIZAR MOVIMIENTOS DE PERSONAL
Personal Docente y de Apoyo y Asistencia a la Educacin en Centro de Trabajo Docente
Nivel Educativo Tipo de Movimiento de Personal Servidor Pblico facultadopara Autorizar
Servidor Pblico facultadopara Verificar
Direccin General de Centros deFormacin para el Trabajo
NombramientoPromocinPlaza adicional
LicenciaPrrroga de licenciaReanudacin de laboresBaja
Director General
Coordinador Administrativo
Coordinador Administrativo parael caso de los planteles.
Responsable del rea deRecursos Humanos para el casode la Direccin General.
Responsable del rea deRecursos Humanos.
Direccin General de EducacinTecnolgica Industrial
NombramientoPromocinPlaza adicional
LicenciaPrrroga de licenciaReanudacin de laboresBaja
Director General
Coordinador Administrativo
Coordinador Administrativo parael caso de los planteles.
Responsable del rea deRecursos Humanos para el casode la Direccin General.
Responsable del rea deRecursos Humanos.
Direccin General de EducacinTecnolgica Agropecuaria
NombramientoPromocinPlaza adicional
LicenciaPrrroga de licenciaReanudacin de laboresBaja
Director General
Coordinador Administrativo
Coordinador Administrativo parael caso de los planteles.
Responsable del rea deRecursos Humanos para el casode la Direccin General.
Responsable del rea deRecursos Humanos
Direccin General de EducacinSuperior Tecnolgica
NombramientoPromocinPlaza adicional
LicenciaPrrroga de licenciaReanudacin de laboresBaja
Director General
Coordinador Administrativo
Coordinador Administrativo parael caso de los planteles.
Responsable del rea de
Recursos Humanos para el casode la Direccin General.
Responsable del rea deRecursos Humanos.
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OFICIALA MAYORDIRECCIN GENERAL DE PERSONALDIRECCIN DE NORMATIVIDAD YEVALUACIN
10.2 LMITES DE COMPETENCIA PARA AUTORIZAR MOVIMIENTOS DE PERSONAL
Personal Docente y de Apoyo y Asistencia a la Educacin en Centro de Trabajo Docente
Nivel Educativo Tipo de Movimiento de Personal Servidor Pblico facultadopara Autorizar
Servidor Pblico facultadopara Verificar
Direccin General de Educacinen Ciencia y Tecnologa del Mar
NombramientoPromocinPlaza adicional
Licencia
Prrroga de licenciaReanudacin de laboresBaja
Director General
Coordinador administrativo
Coordinador Administrativo parael caso de los planteles.
Responsable del rea deRecursos Humanos para el casode la Direccin General.
Responsable del rea de
Recursos Humanos.
Direccin General delBachillerato
NombramientoPromocinPlaza adicional
LicenciaPrrroga de licenciaReanudacin de laboresBaja
Director General
Coordinador Administrativo
Coordinador Administrativo parael caso de los planteles.
Responsable del rea deRecursos Humanos para el casode la Direccin General.
Responsable del rea deRecursos Humanos.
Direccin General de EducacinSuperior Universitaria
NombramientoPromocinPlaza adicional
LicenciaPrrroga de licenciaReanudacin de laboresBaja
Director General
Coordinador Administrativo
Coordinador Administrativo parael caso de los planteles.
Responsable del rea deRecursos Humanos para el casode la Direccin General.
Responsable del rea deRecursos Humanos.
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OFICIALA MAYORDIRECCIN GENERAL DE PERSONALDIRECCIN DE NORMATIVIDAD YEVALUACIN
10.2 LMITES DE COMPETENCIA PARA AUTORIZAR MOVIMIENTOS DE PERSONAL
Personal Docente y de Apoyo y Asistencia a la Educacin en Centro de Trabajo Administrativo
Unidad Administrativa Tipo de Movimiento de Personal Servidor Pblico facultadopara Autorizar
Servidor Pblico facultadopara Verificar
Oficina de los CC. Secretario,Subsecretario y Oficial Mayor
NombramientoPromocinBaja
LicenciaPrrroga de licenciaReanudacin de labores
Coordinador Administrativo.
Subdirector de RecursosHumanos o CoordinadorAdministrativo (en el caso de laSubsecretara de Educacin
Media Superior).
Coordinador Administrativo oresponsable del rea deRecursos Humanos.
Coordinador Administrativo oresponsable del rea deRecursos Humanos.
Direcciones Generales NombramientoPromocinPlaza adicional
LicenciaPrrroga de licenciaReanudacin de laboresBaja
Director General.
Coordinador Administrativo.
Coordinador Administrativo oResponsable del rea deRecursos Humanos.
Responsable del rea deRecursos Humanos o Jefe delDepartamento de RecursosHumanos.
Consejo del Sistema Nacionalde Educacin Tecnolgica
NombramientoPromocinPlaza adicional
LicenciaPrrroga de licenciaReanudacin de laboresBaja
Secretario Ejecutivo del Consejodel Sistema Nacional deEducacin Tecnolgica.
Secretario Ejecutivo del Consejodel Sistema Nacional deEducacin Tecnolgica.
Coordinador Administrativo.
Coordinador Administrativo.
Coordinacin Sectorial dePersonal de la Subsecretara deEducacin Media Superior
NombramientoPromocinPlaza adicional
LicenciaPrrroga de licenciaReanudacin de laboresBaja
Coordinador Sectorial dePersonal de la Subsecretara deEducacin Media Superior.
Coordinador Sectorial dePersonal de la Subsecretara deEducacin Media Superior.
Coordinador Administrativo.
Coordinador Administrativo.
Coordinacin General de
Administracin y Finanzas de laSubsecretara de EducacinMedia Superior
Nombramiento
PromocinPlaza adicional
LicenciaPrrroga de licenciaReanudacin de laboresBaja
Coordinador General de
Administracin y Finanzas de laSubsecretara de EducacinMedia Superior.
Coordinador General deAdministracin y Finanzas de laSubsecretara de EducacinMedia Superior.
Coordinador Administrativo.
Coordinador Administrativo.
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OFICIALA MAYORDIRECCIN GENERAL DE PERSONALDIRECCIN DE NORMATIVIDAD YEVALUACIN
10.2 LMITES DE COMPETENCIA PARA AUTORIZAR MOVIMIENTOS DE PERSONAL
Servidores Pblicos de Mando
Puesto Tipo de Movimiento de Personal Servidor Pblico facultadopara Autorizar
Servidor Pblico facultadopara Verificar
C. Secretario del Ramo Nombramiento
Baja
C. Oficial Mayor *
Coordinador Administrativo delC. Secretario.
Coordinador administrativo oresponsable del rea derecursos humanos del c.Secretario.
Responsable del rea deRecursos Humanos del C.Secretario.
CC. Subsecretarios NombramientoCambio de plaza/puesto
Baja
C. Secretario del Ramo.
Coordinador Administrativo delC. Subsecretario.
Coordinador Administrativo oResponsable del rea deRecursos Humanos o dePersonal del C. Subsecretario
Responsable del rea deRecursos Humanos o dePersonal del C. Subsecretario
C. Oficial Mayor NombramientoCambio de plaza/puesto
Baja
C. Secretario del ramo.
Coordinador Administrativo delC. Oficial Mayor.
Coordinador Administrativo oResponsable del rea deRecursos Humanos del C.Oficial Mayor.
Responsable del rea deRecursos Humanos del C.Oficial Mayor.
Jefe de Unidad, DirectorGeneral, o Coordinador Generaly Homlogos
NombramientoCambio de plaza/puesto
Baja
C. Secretario del Ramo.
Coordinadores Administrativosde las reas de los CC.Secretario, Subsecretario uOficial Mayor.
Coordinador Administrativo oResponsable del rea deRecursos Humanos o dePersonal de los CC. Secretario,Subsecretarios u Oficial Mayor.
Responsable del rea deRecursos Humanos o Personalde los CC. Secretario,Subsecretarios u Oficial Mayor.
Coordinador Sectorial o DirectorGeneral Adjunto y Homologo
NombramientoCambio de plaza/puesto
Baja
Subsecretarios, Oficial Mayor,Jefe de Unidad, CoordinadoresGenerales o DirectoresGenerales, segn corresponda.
Coordinadores Administrativosde los CC. Subsecretarios,Oficial Mayor, Jefe de Unidad,Coordinadores Generales oDirectores Generales.
Coordinador Administrativo oResponsable del rea deRecursos Humanos o dePersonal de los CC.Subsecretarios u Oficial Mayor,
Jefe de Unidad, CoordinadoresGenerales o DirectoresGenerales.
Responsable del rea deRecursos Humanos o dePersonal de los CC.Subsecretarios, Oficial Mayor,Jefe de Unidad, CoordinadoresGenerales o DirectoresGenerales.
* En el caso del nombramiento del C. Secretario, el C. Oficial Mayor tendr la facultad de formalizar el nombramiento queefecte el Titular del Ejecutivo Federal, mediante la Constancia de Nombramiento, firmando en el recuadro de Autoriza.
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Cdigo: N-N-0105-01
Rev: 6
Pgina: 47 de 352
711-NO-PO-001-04 Revisin 4Fecha de vigencia del formato: 23-07-04Autoriz formato: Direccin de Normatividad y Evaluacin
OFICIALA MAYORDIRECCIN GENERAL DE PERSONALDIRECCIN DE NORMATIVIDAD YEVALUACIN
10.2 LMITES DE COMPETENCIA PARA AUTORIZAR MOVIMIENTOS DE PERSONALServidores Pblicos de Mando
Puesto Tipo de Movimiento de Personal Servidor Pblico facultadopara Autorizar
Servidor Pblico facultadopara Verificar
Director de rea y Homlogo NombramientoCambio de plaza/puesto
Baja
Directores Generales o Titularde la Unidad Administrativa,segn corresponda.
Coordinadores Administrativosde los Directores Generales oTitulares de las UnidadesAdministrativas.
Coordinador Administrativo oResponsable del rea deRecursos Humanos de losDirectores Generales o Titularesde las Unidades Administrativas,segn corresponda.
Responsable del rea deRecursos Humanos de losDirectores Generales o Titularesde las Unidades Administrativas.
Subdirector y Homlogo NombramientoCambio de plaza/puesto
Baja
Directores Generales o Titularde la Unidad Administrativasegn corresponda.
Coordinadores administrativosde los directores generales otitulares de las unidadesadm