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MANUAL Liquidación de Prestaciones Dinerarias - Página 1 de 17

http://www.rrhh.gba.gov.ar

Manual Liquidación de Prestaciones Dinerarias

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MANUAL Liquidación de Prestaciones Dinerarias - Página 2 de 17

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN.- ................................................................................................................. 3

PRESTACIONES DINERARIAS. ................................................................................................ 4

1. Apartado superior de la pantalla principal.- .................................................................. 4

Filtrar.- ................................................................................................................................ 4

Ordenar.- ............................................................................................................................ 5

2. Apartado central de la pantalla principal.- .................................................................... 5

Liquidaciones.- .................................................................................................................... 6

3. Apartado inferior de la pantalla principal.- .................................................................... 9

Legajo digital.- ..................................................................................................................... 9

Ventanilla (sólo para DIRECCIÓN DE AUTOSEGURO).- ......................................................... 10

Dictamen.- ........................................................................................................................ 11

Visar (sólo para la DIRECCIÓN DE AUTOSEGURO).- .............................................................. 11

Remuneraciones.- .............................................................................................................. 12

Calcular.- ........................................................................................................................... 15

Liquidación y pago.- ........................................................................................................... 16

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INTRODUCCIÓN.-

Este manual tiene como objetivo la familiarización de los usuarios con el uso

del nuevo módulo SIAPE/Prestaciones_Dinerarias/Administración destinado al registro,

seguimiento y liquidación de las prestaciones dinerarias por incapacidad laboral permanente

derivadas del régimen de autoseguro.

En el contexto del nuevo régimen de autoseguro, las oficinas encargadas de las

liquidaciones en cada jurisdicción (en adelante “Unidades de Liquidación” o “UL”), deberán

calcular los montos indemnizatorios correspondientes a las resultas de los dictámenes de

incapacidad realizados por la Superintendencia de Riesgos de Trabajo.

El nuevo módulo SIAPE/Prestaciones_Dinerarias/Administración tendrá como

función asistir a la Unidad de Liquidación para el cálculo de los valores indemnizatorios en

consonancia con la normativa de riesgos del trabajo. Asimismo, facilitará el flujo de información

entre las Unidades de Liquidación y la Dirección de Control del Autoseguro de riesgos del Trabajo,

facilitando el cumplimiento de los plazos perentorios.

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PRESTACIONES DINERARIAS.

En primer lugar deberá acceder a Prestaciones Dinerarias/Administración, lo

que le permitirá visualizar la siguiente pantalla:

La pantalla puede considerarse dividida conceptualmente en tres apartados:

Uno superior, destinado al filtrado y/u organización de la información; el central, que muestra los

datos siniestrales; y el inferior, destinado a las potenciales acciones a realizar.

1. Apartado superior de la pantalla principal.-

Filtrar.-

En relación a filtrar, se podrá consultar el siniestro por “Organismo”, “Apellido

y Nombre” del agente, “Cuit-Cuil” del mismo, “Dictamen Rectificado”, “Estado” y/o “Fecha”.

Dentro del filtro “Estado” se encuentran las categorías “INICIADA”, “VISADA”,

“CALCULANDO”, “LIQUIDADA”, “PAGADA”, “RECHAZADA” e “HISTÓRICA”.

“INICIADA”: Se corresponde con el estado por defecto en sistema, el cual se muestra cuando en

relación al siniestro no hay novedad luego del dictamen de incapacidad.

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“VISADA”: Este estado surge por la intervención de la DIRECCIÓN DE AUTOSEGURO luego de la

recepción del dictamen homologatorio de incapacidad enviado por la SRT a través de la ventanilla

electrónica. El visado consiste en la ratificación o rectificación, por parte de la Dirección

mencionada, de la información enviada por la SRT en contraposición con aquella remitida por

Provincia ART.

“CALCULANDO”: Es el estado al que pasa el siniestro luego de que el usuario comienza a

interactuar con la pantalla “REMUNERACIONES”.

“LIQUIDADA”: Se produce luego de la registración de la liquidación en la pantalla emergente

correspondiente al botón “LIQUIDACIÓN Y PAGO” (ver punto c).-7.-).

“PAGADA”: Es el que aparece luego de registrar el pago de la prestación dineraria liquidada en la

pantalla emergente correspondiente al botón “LIQUIDACIÓN Y PAGO” (ver punto c).-7.-).

“PAGO PROVART”: Este estado identifica a los siniestros anteriores a la utilización del aplicativo de

autoseguro, pero que ya fueron abonados por Provincia ART.

“HISTÓRICA”: Significa que el siniestro en pantalla fue subido al sistema antes de la entrada en

vigencia del nuevo régimen del autoseguro y de la utilización de este aplicativo.

“RECHAZADA”: Es el estado que se visualizará cuando la prestataria médica desestime un siniestro

por no considerarlo accidente laboral. Se producirá en los casos de fallecimiento.

Una vez configurados los filtros, sólo resta hacer click en botón “CONSULTAR”.

Ordenar.-

Desde el recuadro ordenar se pueden aplicar tres criterios para la organización

de la información que se muestra en el apartado central de la pantalla, estipulando un orden de

prelación entre ellos.

Las opciones de ordenado son “FECHA DE VENCIMIENTO” en orden ascendente

o descendente, “APELLIDO Y NOMBRE”, y “ORGANISMO” para aquellas UL que liquiden a más de

un organismo.

2. Apartado central de la pantalla principal.-

En el centro de la pantalla se mostrará la información relativa al siniestro. Se

podrá ver, en relación al agente, organismo de pertenencia, C.U.I.T.-C.U.I.L. y nombre completo;

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asimismo se mostrará el número de siniestro, el estado, la fecha de recepción del dictamen, si ha

sido visada, y la fecha de vencimiento (fecha límite para el pago).

Asimismo, el sistema muestra con señaladores cromáticos de acuerdo a

diferentes situaciones, indicadas en las referencias situadas debajo de los renglones:

-El color maíz indica que la SRT ha auditado el siniestro resaltado.

-El color gris indica aquellos infortunios laborales del que deriva el fallecimiento del agente.

-El color verde indica aquellos siniestros que, por padecer el agente siniestrado una incapacidad

entre el 50% y el 66%, se les abonará una renta periódica.

-El color rojo indica que el siniestro tiene un dictamen rectificado.

-El color negro indica los casos de sucesión de siniestros. Se configuran en aquellas situaciones en

las que el trabajador padece sucesivas contingencias que le van generando diferentes grados de

incapacidad.

-El color amarillo indica que con relación a ese siniestro, la liquidación definitiva ha sido una

realizada a través de este aplicativo.

-El color azul indica que con relación a ese siniestro, la liquidación definitiva ha sido una realizada

por PROVART.

-El color violeta indica que la Dirección de Control del Autoseguro de Riesgos del Trabajo ha

verificado la corrección de los datos del dictamen enviado por la SRT a la Ventanilla Electrónica. En

el mismo renglón a la derecha se indica la fecha de visado.

Liquidaciones.-

A través del botón “PROV.ART.” situado a la derecha de cada renglón, se podrá

acceder a las liquidaciones enviadas por esa entidad, junto con información de interés como el

porcentaje de incapacidad.

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En idéntico sentido y ubicado en el extremo opuesto, se encuentra el botón

“SIAPE”, a través del cual puede ingresarse a la liquidación realizada previamente en el aplicativo.

A través de los dos accesos, podrán cotejarse ambas liquidaciones y detectar

cualquier inconsistencia o yerro al realizar la operación.

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3. Apartado inferior de la pantalla principal.-

Legajo digital.-

La documentación podrá ser consultada a través de la solapa PRESTACIONES

DINERARIAS – LEGAJO DIGITAL.

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Ventanilla (sólo para DIRECCIÓN DE AUTOSEGURO).-

Ingresando al botón “VENTANILLA” puede acceder a la siguiente pantalla.

A través de esta pantalla se podrá cargar la información contenida en los

dictámenes de homologación de incapacidad remitidos por la SRT a la Ventanilla Electrónica.1

1 Servicio de establecido por la Superintendencia de Riesgos de Trabajo para empleadores, implementado por

Resolución SRT N° 635/08 y modificado por Resolución SRT N° 365/09: Por su intermedio se reciben las notificaciones y

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Dictamen.-

Mediante el botón “Dictamen”, podrá visualizarse la información relativa al

dictamen homologatorio de incapacidad remitido a la Ventanilla Electrónica de la DIRECCIÓN DE

AUTOSEGURO.

En la pantalla emergente podrá verse un resumen del dictamen, o bien hacer

click en el botón “Dictamen Digital” para obtener el dictamen completo en formato PDF; para que

este acceso funcione deberá estar habilitada la aparición de ventanas emergentes en el explorador

de internet que se esté utilizando.

Visar (sólo para la DIRECCIÓN DE AUTOSEGURO).-

El botón “VISAR”, permite a la DIRECCIÓN DE AUTOSEGURO controlar la

información siniestral enviada por Provincia ART y el dictamen homologatorio de incapacidad

comunicaciones emitidas por ese organismo. En el marco del nuevo régimen de Autoseguro de Riesgos del Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, la Dirección de Control del Autoseguro de Riesgos del Trabajo tendrá la misión de recibir las novedades por esa vía

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remitido por la SRT a la Ventanilla Electrónica. Al hacer click en él surge un cuadro de diálogo en el

cual se confirma el visado.

Remuneraciones.-

Al posicionarse sobre un siniestro visado, se habilitan los botones

“REMUNERACIONES”, “IMPRIMIR” y “CALCULAR”.

A través del primero se mostrarán los antecedentes salariales del agente,

correspondientes al año anterior a la fecha del siniestro, previo accionar el botón “OBTENER

ÚLTIMAS DOCE REMUNERACIONES”. Si la información salarial no ha sido previamente subida a la

base de datos del SIAPE mediante la remisión del archivo “SALARIO_TXT” (Ver “Manual Aplicativo

NÓMINA”), deberán cargarse los datos correspondientes manualmente en la misma pantalla

Sobre el margen derecho podrá verse la información siniestral (incapacidad y

fechas de interés) y la discriminación de conceptos integrantes de las prestaciones dinerarias de

riesgos del trabajo (SAC, IB, VMIB, remunerativos y no).

Importante: es menester como primer paso al ingresar a esta pantalla la carga

de la fecha de inicio de actividades del agente, caso contrario de poseer menos de un año de

antigüedad a la hora del siniestro podrá observarse cálculos erróneos.

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MANUAL Liquidación de Prestaciones Dinerarias - Página 13 de 17

Con la información de esta pantalla completada (en forma automática o

manual), se hará click en el botón “CALCULAR”. Esto arrojará en el apartado derecho el cálculo de

SAC (sueldo anual complementario), IB (Ingreso Base) y VMIB (Valor Mensual del Ingreso Base),

estos dos últimos remunerativos y no. Se presta conformidad a estos valores a través del

accionado del botón “CONFIRMAR IMPORTES CALCULADOS”.

Asimismo, podrá consultar el detalle de los conceptos incluidos en cada

periodo mensual declarado a través del botón situado inmediatamente a la derecha de los

montos, en las categorías “remunerativos” y “no remunerativos”.

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MANUAL Liquidación de Prestaciones Dinerarias - Página 14 de 17

Una vez dentro del detalle, podrá variar el monto del periodo eligiendo los

conceptos que se considere deben estar incluidos, y/o modificando las sumas correspondientes a

cada ítem en particular. En la parte inferior de la pantalla auxiliar se le mostrará la variación del

monto del periodo indicando la suma total anterior y la resultante de las modificaciones.

El botón “IMPRIMIR” arrojará un PDF como el que se muestra a continuación,

con la información previamente cargada en la pantalla que podrá obtener a modo de consulta del

cálculo realizado:

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MANUAL Liquidación de Prestaciones Dinerarias - Página 15 de 17

Calcular.-

Una vez confirmados los cálculos de SAC, IB y VMIB, se hará click en el botón

“CALCULAR” de la pantalla principal. Esta acción realizará la liquidación de la prestación dineraria

por incapacidad laboral permanente, cuyos conceptos se mostrarán en el apartado derecho.

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Nótese que en el apartado superior de la pantalla (de color gris en la imagen),

existe un campo con la leyenda en color rojo “Fecha de Nacimiento según Nómina”. Se destaca

este dato por el impacto que tiene en el cálculo de las prestaciones dinerarias, a efectos de que se

constate su veracidad en caso de discordancia.

Por último, a través de los botones intitulados “FÓRMULA”, podrán verse las

ecuaciones del régimen de riesgos de trabajo que utilizó el sistema para liquidar la prestación

dineraria.

Liquidación y pago.-

Por último, a través del botón “LIQUIDACIÓN Y PAGO”, se podrá dejar

constancia en sistema de la erogación de la prestación dineraria al agente siniestrado o bien de la

puesta a disposición del monto indemnizatorio en una cuenta del organismo.

La siguiente pantalla puede considerarse dividida conceptualmente en tres

apartados: En primer lugar la indicación de la liquidación que se utilizará, luego la registración de

la liquidación y finalmente la registración del pago. Se podrá ingresar a esta ventana a realizar las

registraciones de a una por vez agregando el dato y presionando el botón REGISTRAR en cada

caso.

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MANUAL Liquidación de Prestaciones Dinerarias - Página 17 de 17

En primer lugar se dejará constancia de qué liquidación se utilizará: Podrá

optarse entre la enviada por Provincia ART o bien por la realizada a través del aplicativo del SIAPE.

Una vez registrada la opción con la cual se pagará aparecerá la fecha correspondiente en la

liquidación elegida. Realizada esta opción se impide cualquier modificación ulterior.

A continuación deberá registrarse la liquidación, en los casos en que no hay

constancia de la conformidad del agente en aceptar la indemnización tarifada (conforme el art. 4°

de Ley 26.773). Se ingresará la fecha de transferencia a la cuenta SINIESTRO y el número de

expediente respectivo (Ver “Autoseguro - Procedimiento Prestaciones Dinerarias en concepto de

Incapacidad Laboral Permanente y Fallecimiento”).

En caso de que el agente hubiese optado por aceptar la indemnización tarifada,

deberá registrarse el pago indicando sucursal del Banco Provincia y número de cuenta a donde se

depositará la prestación dineraria; de igual manera se consignará la fecha de pago al agente.

Finalmente en el margen derecho se podrá visualizar y completar las fechas

de: el dictamen, la recepción en la Dirección de Autoseguro, del Visado, del Cálculo de la

prestación dineraria, del vencimiento, de la liquidación de la prestación, de la aceptación del

cobro, del pedido de fondos, de la orden de pago, de la imputación de pago, de la cuenta

siniestro y del efectivo pago. Todos estos datos son relevantes para una posible auditoria de

Superintendencia de Riesgos del Trabajo.