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  • INDICE

    i. PRESENTACION 1

    1. INTRODUCCIN

    1.1 La antropologa forense dentro de la investigacin penal 3

    1.2 El contexto histrico 6 1.2.1 El desarrollo de la antropologa forense 6 1.2.2 La magnitud del trabajo y su significado 8

    2. EL MARCO LEGAL

    2.1 Introduccin 9

    2.2 De la necesidad del peritaje antropolgico forense

    (Arts. 24 Bis y 309 CPP) 10

    2.3 De la observancia de los artculos 195 y 196 CPP 10

    2.4 De la razn de los impedimentos, excusas y recusaciones

    (Arts. 212, 225, 228 y 229 CPP); de los peritos 11

    2.5 De la calidad e idoneidad del perito (Arts. 226 y 227 CPP) 11

    2.6 De la inspeccin previa y la orden de peritaje (Arts.187 y 230 CPP) 12

    2.7 De la prueba anticipada 12

    2.8 Del dictamen (Arts. 234 y 235 CPP) 13

    2.9 De los aspectos relativos al Cdigo de Salud en materia de

    manej o de cadveres 14

    2.10 De los honorarios y viticos 16

    3. PROCEDIMIENTOS DE LA INVESTIGACIN

    3.1 Las etapas de la investigacin antropolgico forense 17

    3.2 El inicio de la investigacin penal: la accin penal pblica

    y la denuncia 18

    3.3 La participacin de los agraviados en la investigacin 19

    3.4 La inspeccin previa 20

    3.5 De la orden del peritaje y las designaciones de los peritos 21

  • 3.6 De los trmites y sus plazos 21

    3.7 La excavacin y el traslado 22

    3.8 El papel del perito, el nombramiento y el discernimiento de cargo 22 3.8.1 El nombramiento 23 3.8.2 El discernimiento de cargo 23 3.8.3 La revocacin del mandato 24 3.8.3.1 Las razones personales 24 3.8.3.2 Las razones no personales 24 3.8.4 Los impedimentos segn artculo 228 CPP 24 3.8.5 La ampliacin del nombramiento o discernimiento 25

    3.9 La sustitucin de Peritos 25

    3.10 La aceptacin del cargo 25

    3.11 El procedimiento en el caso de la alteracin de la escena del crimen 26

    3.12 La custodia y el manejo de los vestigios 27

    3.13 El transporte 28

    3.14 La duracin y suspensin de una investigacin antropolgico forense 29

    3.15 La identificacin de las vctimas 30 3.16 Las interconsultas que podrn hacer los peritos con otros

    profesionales 31

    3.17 Los requisitos mnimos de un informe 32

    3.18 Las recomendaciones 33

    3.19 Las actas de defuncin 33

    3.20 La entrega de los indicios, la evidencia y el dictamen 33

    3.21 La exposicin de ropa 33

    3.22 La inhumacin 33

    4. ANEXO

    4.1 Los Articulos Citados 4.1.1 Cdigo Penal 34 4.1.2 Cdigo Procesal Penal 34 4.1.3 Cdigo de Salud 41

    4.2 Glosario 45

  • 1

    i. PRESENTACION Las investigaciones antropolgico forenses, se vienen desarrollando en Guatemala desde principios de la dcada de los 90s; inicialmente fueron efectuadas por mdicos forenses del Organismo Judicial, quienes en su momento eran los peritos idneos. Con el transcurso del tiempo y debido a que se trataba de restos humanos esqueletizados, estas investigaciones las realizaron especialistas extranjeros, como el Doctor Clyde Snow y el Equipo Argentino de Antropologa Forense (EAAF). Ante la magnitud del trabajo a desarrollarse en Guatemala, con base en la cantidad de cementerios clandestinos denunciados por los familiares de los desaparecidos; el Doctor Clyde Colllins Snow, plante la urgente necesidad de formar un equipo guatemalteco. Por lo que en 1992 surgi el Equipo de Antropologa Forense de Guatemala (EAFG), que luego se constituy como la Fundacin de Antropologa Forense de Guatemala (FAFG). Con el paso de los aos y debido al incremento de las denuncias, los peritajes antropolgico forenses han demostrado ser un apoyo para los administradores de justicia, en lo que se refiere a la recuperacin, anlisis y presentacin de resultados en el marco de una investigacin criminal de este tipo. Derivado de esto y en la prctica, se ha evidenciado una serie de procedimientos vinculados a estos peritajes, los cuales son aplicados bajo diversos criterios; no existiendo uniformidad en las distintas Fiscalas de la Repblica. Durante 1997, la FAFG y el Ministerio Pblico plantearon la creacin de un instrumento que homogenizara los procesos en la investigacin; como resultado de ello se desarroll un primer manual, el cual fue elaborado por fiscales del Ministerio Pblico y antroplogos forenses. Sin embargo, el mismo no entr en vigencia, aunque siempre se mantuvo la comunicacin entre estas dos instituciones para tratar de validar el documento. Actualmente, varias instituciones adems de la FAFG, practican peritajes antropolgico forenses; siendo estas, los equipos del Centro de Anlisis Forenses y Ciencias Aplicadas (CAFCA) y el Proyecto de Exhumaciones de la Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala (ODHAG). Con el afn, de mejorar el trabajo que se realiza a travs de la homogenizacin de metodologas de trabajo, estas tres organizaciones se reunieron a partir de diciembre del 2001.

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    Como seguimiento a estas iniciativas, la FAFG present a la Embajada de Canad en Guatemala un proyecto que comprenda la creacin, validacin e impresin del Manual de Procedimientos para las Investigaciones Antropolgico Forenses en Guatemala; y capacitacin de personal en torno al mismo. La misin referida brind el apoyo y el financiamiento necesario para el efecto, el cual cont con el aval del Seor Fiscal General de la Repblica y Jefe del Ministerio Pblico. En el proceso de creacin de este manual fue fundamental la participacin de diversas organizaciones de la sociedad civil que estn vinculadas a los procesos relacionados a la investigacin antroplogo forense de cementerios clandestinos. As mismo, este proceso pudo llegar a buen termino gracias a los importantes aportes de organizaciones especializadas en antropologa forense, como CAFCA y la ODHAG que aportaron valiosa informacin acerca de su experiencia; tambin, fue vital la intervencin del asesor legal del proyecto, los fiscales y mdicos forenses del Ministerio Pblico, con quienes se valid el instrumento que aqu se presenta.

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    1. INTRODUCCION

    1.1 La antropologa forense dentro de la investigacin penal Los procedimientos sobre el tema de la investigacin antropolgico forense, consensuados en este documento pretenden facilitar, tanto el trabajo de los operadores de justicia como el de los peritos encargados de ella, a travs de la promocin de la cooperacin entre las diferentes profesiones y visiones con base en procedimientos unificados y compartidas dentro del marco legal y social guatemalteco. Este Manual guiar los pasos alrededor de la investigacin antropolgico forense, de tal manera, que los trmites legales sean garanta y no un obstculo para la obtencin de justicia pronta y cumplida. Este proceso surge ante la necesidad de que los operadores de justicia conozcan lo esencial del trabajo antropolgico forense, sus normas y criterios profesionales y, por supuesto, sus alcances y limitaciones. El hallazgo de un cadver en circunstancias no claras, y sobretodo, la inhumacin de ste en un cementerio ilegal o clandestino, configura siempre una situacin que razonablemente hace a la muerte sospechosa de un acto criminal. Por ello, conforme a la ley, en los casos en que las autoridades respectivas tienen conocimiento de tales situaciones, deben de:

    a) Levantar el o los cadveres. b) Realizar las investigaciones para determinar la existencia de un hecho

    constitutivo de delito o no; en su caso, habra que realizar las investigaciones correspondientes a las siguientes preguntas: Qu?, Cmo?, Cundo?, Quin?, Por qu?, Con qu? Dnde?

    c) Concluir la investigacin y tomar la decisin correspondiente conforme a derecho.

    El antroplogo forense generalmente participa en la investigacin penal, en el momento en que el sistema de justicia solicite sus conocimientos especiales para establecer, si la muerte de una persona fue violenta o no, y/o para apoyar en la realizacin de identificacin de personas desconocidas, sea cual fuere la causa de su deceso.

  • 4

    Hasta aqu, no existe diferencia entre mdicos y antroplogos forenses. Los dos apoyan al agente de justicia, a travs de peritajes, a determinar si existe delito y a reunir informacin que determine la identidad del fallecido, circunstancias, posibles causas de muerte, etctera. El campo de accin de los dos difiere en cuanto al material a investigar: el mdico analiza un cadver con tejido blando y el antroplogo un esqueleto. Es el tejido blando que hace la diferencia y que normalmente permite al mdico reunir informacin detallada para la identificacin y determinacin de la causa de muerte. Pero esta diferencia no impide al antroplogo forense reunir gran cantidad de informacin y conclusiones imprescindibles para la investigacin penal de muertes no recientes1. La frontera entre estas dos profesiones no siempre es clara. Por el proceso de descomposicin del cuerpo humano, existen muchos casos en los cuales mdicos y antroplogos forenses deben coordinarse y cooperar, porque slo entre las dos profesiones se puede obtener una conclusin completa de lo que pas alrededor de la muerte de la persona y/o de su identidad.

    En el caso de los restos en estado esqueletizado, el material para el proceso de anlisis es reducido. En el lugar (fosas, pozos con agua, cuevas, superficie, etc.) se concluye sobre la situacin arqueolgica (circunstancias del entierro), y en el laboratorio sobre la caracterizacin biolgica de las vctimas a travs del material seo encontrado (sexo, edad, traumas