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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL H. AYUNTAMIENTO DE IXMIQUILPAN HIDALGO 2016-2020 Elaboro: Contraloría Municipal

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL H. AYUNTAMIENTO

DE IXMIQUILPAN HIDALGO

2016-2020

Elaboro:

Contraloría Municipal

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ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN……………………………………………………………..…………………….2

2. DIRECTORIO……………………………………………………………..………………………….3

3. ANTECEDENTES HISTÓRICOS…………………………………..……………………………8

4. FUNDAMENTO LEGAL…………………………………………………………………………10

5. MISIÓN……………………………………………………………..……………………………….12

6. VISIÓN……………………………………………………………..……………………………..…12

7. OBJETIVO………………………………………………………..………………………………...12

8. OBJETIVOS ESPECIFICOS………………………………..………………………………..…13

9. ÁMBITO DE APLICACIÓN…………………………….……………………………………. 13

10. VALORES………………………………………………….…………………………………………14

11. POLITICAS……………………………………………….……………………………..............15

12. ORGANOGRAMA………………………………….……………………………………….…. 17

13. FACULTADES DEL H. AYUNATAMIENTO

DE IXMIQUILPAN 2016-2020…………………………..………………………………….40

14. CONTRALORÍA MUNICIPAL…………………………..…………………………………….52

15. SECRETARIA GENERAL MUNICIPAL……………………………………………………..65

16. SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL…….…………………………………………144

17. SECRETARIA DE DESARROLLO

ECONOMICO Y TURISMO………………………………………………………………….233

18. SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS.……………………………………………………262

19. SECRETARIA DE FINANZAS …….…………………………………………………………344

20. SECRETARIA DE SEGURIDAD

PUBLICA Y TRANSITO MUNICIPAL…………………….………………………………379

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1. INTRODUCCIÓN

DR. PASCUAL CHARREZ PEDRAZA, Presidente Municipal constitucional de

Ixmiquilpan Hidalgo; Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 115 fracción

II, de la constitución política de los estados unidos Mexicanos; 141 fracción II y 144

de la constitución política del estado de Hidalgo, 3, 7, 8, 56, fracción I, 59, 60

fracción I a), y demás relativos aplicables de la Ley Orgánica

Municipal de Ixmiquilpan Hidalgo.

El manual de organización constituye un instrumento de apoyo al proceso de

modernización organizacional del H. Ayuntamiento de ixmiquilpan hidalgo, al

proporcionar información sobre la estructura orgánica, atribuciones, objetivos y

funciones que realizan cada uno de los órganos administrativos que la integran así

como a aquellas personas que en un futuro se integren. Por lo anterior, resulta

necesario que cada uno de los elementos y los futuros que se integren conozcan

de manera clara la administración en su etapa de organización.

El personal adscrito al H. Ayuntamiento de Ixmiquilpan deberá estar identificado,

dispuesto y comprometido a dar cumplimiento a los lineamientos referidos y a

expresar en cualquier momento, las medidas conducentes para su mejor eficiencia

y eficacia en el desempeño de su puesto.

Dicho manual toma en consideración las facultades y obligaciones de las diversas

Secretarias, que integran al Ayuntamiento, estableciendo a detalle cada uno de los

puestos de su estructura Orgánica, siendo así éste, una herramienta primordial

que permite conocer la integración y funcionamiento de la misma. Asimismo, y con

el propósito de fomentar un entorno de respeto e igualdad entre el personal

considere los principios básicos de igualdad y equidad, que deben existir entre

hombres y mujeres para su óptimo desarrollo personal y profesional, toda

referencia, incluyendo los cargos y puestos en este Manual.

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2. DIRECTORIO

CARGO O ÁREA NOMBRE NÚMERO

TELEFÓNICO CORREO ELECTRÓNICO OFICIAL

Presidente Municipal Constitucional

Dr. Pascual Chárrez Pedraza

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 200

[email protected]

Síndica Hacendaria C. Marisol González

Mendoza

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 200 [email protected]

Síndica Procuradora C. Carolina Marcelo

Valera

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 200 [email protected]

Regidora C. Lizbeth Ramirez

Clemente.

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 200 [email protected]

Regidor C. Eusebio Acosta

Martín

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 200 [email protected]

Regidor C. Guillermo Almaraz

Martín

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 200 [email protected]

Regidora Lic. Areli González

Escamilla

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 200 [email protected]

Regidor C. Miguel Ángel Ortiz

Mayorga

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 200 [email protected]

Regidora L. C. Judith Sonia

López Olguí En Licencia

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 200 [email protected]

Regidor C. Efraín Corona

Manuel

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 200 [email protected]

Regidora Lic. Claudia Berenice

Gutiérrez Romero

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 200 [email protected]

Regidor C. Fernando Callejas

Nopal.

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 200 [email protected]

Regidor Lic. Yoel Hernández

Torres.

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 200 [email protected]

Regidor C. Roberto Chávez

Hernández.

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 200 [email protected]

Regidora Lic. Eva Estela

Arciniega Martínez.

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 200 [email protected]

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Regidor T.S. U. Luis Isaac

Miranda Rodríguez.

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 200 [email protected]

Regidor Lic. Rosalio Torres

Chavarría

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 200 [email protected]

Regidora Lic. Paola Chávez

Martínez

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 200 [email protected]

Coordinador de Secretarias

Lic. Vicente Charrez Pedraza

01 759 72 3 19 40 01 (759) 723 01 93

Ext. 200

Secretario General Municipal

Profr. Victoriano de la Cruz Rivera

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 204

Oficial Mayor de la H. Asamblea

Lic. Michael Evangelista Virgen

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 200 [email protected]

Secretario Particular Prof. Valente

Mendosa Monrroy

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 202

Jefa de Departamento de Audiencias

P.T.S Juana Martínez Rivera

01 759 72 3019 Ext. 201

Subsecretario Particular del

Secretario Municipal

Prof. Andrés Flores Cruz

01 759 72 3 4089 Ext. 111

Director de Gobierno Municipal

Lic. José Charrez Pedraza

01 759 72 3 08 10 01 (759) 723 01 93

Ext. 200

Oficial de Registro del Estado Familiar

Lic. Juliana Torres Dothe

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 213

Dirección Comunicación Social

Lic. Erik Benítez Zamudio

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 213

Director Jurídico Municipal

Lic. Itzel García García

01 759 7230193 Ext. 110

Juez Menor Conciliador

Lic. Enrique Ventura Martin

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 200

Director de Educación y Cultura

Profr. Federico Pedro González

Monroy

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 231

Director de Reglamentos y Espectáculos

C. Miguel Mundo Cervantes

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 220

Oficialía Mayor C. Ana Isabel Trejo

Elizalde 01 759 723 04 03

Titular de la Junta Municipal de

Reclutamiento

Lic. Jaime Trejo Yañez

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 231

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Jefe de Departamento de Informática

Lic. Alberto Chávez Garza

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 213

Titular de la Unidad de Transparencia

Ing. Elizabeth Olguín Dajui

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 209

Encargada de Archivo Municipal

Lic. Alma Edith Roacho Ramírez

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 200

Contralor Municipal Lic. Maricela García

González

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93

Ext. 213

Tesorera Municipal L.C. Carlos Alberto Ramírez Martínez

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93 Ext. 214-215-216-

217

[email protected]

Director de Cuenta Pública

M.A. Ricardo Ríos Badillo

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93 Ext. 214-215-216-

217

Director de Ingresos y Egresos

C.P. Protacio Abreu Quijano

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93 Ext. 214-215-216-

217

Director de Comprobaciones

T.S.U. Marissa García Mendiola

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93 Ext. 214-215-216-

217

Director Administrativo Ing. José de Jesús Martínez Reséndiz

01 759 72 3 40 89 01 (759) 723 01 93 Ext. 214-215-216-

217

Secretario de Desarrollo Social

Arq. Edith Domínguez Pedraza

01 759 723 15 94

Directora de Desarrollo Social

Dra. María Elena García González

01 759 723 15 94

Director Administrativo de Desarrollo Social

Ing. Juan Daniel Hernández Arrollo

01 759 723 15 94

Directora de Programas

Sociales

C. Rolando Mejay Silverio

01 759 723 15 94

Directora de la Instancia de la

Mujer

Mtra. María Evelia García Ramos

01 759 723 15 94

Director Salud T.R. Mario Charrez

Yeso 01 759 723 15 94

Director del Deporte y Juventud

C. Rutilio Rello Paredes

01 759 723 15 94

Administradora del Mercado “José Ma. Morelos y Pavón”

Ing. Leopoldo Vargas Álvarez

01 759 723 15 94

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Administrador del Rastro Municipal

C. Alberto Cruz Martínez

01 759 723 15 94

Coordinadora de Bibliotecas Municipal

Profr. Alejandro Nemesio Secundino

01 759 723 15 94

Administrador del Parque

"Benito Juárez"

P.L.D. Jorge Humberto Huerta

Cruz 01 759 723 15 94

Encargado del control canino

C. Rosalio Ortega Cruz

01 759 723 15 94

Área Técnica Ing. Erik Rebolledo

Roque 01 759 723 15 94

Secretario de Obras Públicas

Ing. Ana Lilia Pioquinto Romero

01 759 72 3 0584 01 759 723 01 93

Ext.221-222

Director de Obras Publicas

Ing. Víctor Hernández Salvador

01 759 72 3 0584 01 759 723 01 93

Ext.221-222

Director Administrativo P.I.S.C. María

Beatriz Muñoz López

01 759 72 3 0584 01 759 723 01 93

Ext.221-222

Director de Desarrollo Urbano y Ecología

C. José Aguazul Macedo

01 759 72 3 0584 01 759 723 01 93

Ext.221-222

Subdirectora de Desarrollo Urbano y

Ecología

01 759 72 3 0584 01 759 723 01 93

Ext.221-222

Encargado de Servicios Públicos

Municipales

C. Alfonso Corona Ramirez

01 759 72 3 0584 01 759 723 01 93

Ext.221-222

Departamento de Alumbrado Publico

Ing. Uriel González Barquera

01 759 72 3 0584 01 759 723 01 93

Ext.221-222

Departamento de Bacheo Parques y

Jardines

C. Roberto Corona Corona

01 759 72 3 0584 01 759 723 01 93

Ext.221-222

Encargado del Área de Parque Vehicular de

Pipas y Volteos

C. Bartolomé Cornejo Hernández

01 759 72 3 0584 01 759 723 01 93

Ext.221-222

Encargado de Área de limpias

Publicas C. Roberto Ruiz Vega

01 759 72 3 0584 01 759 723 01 93

Ext.221-222

Director de Parque Vehicular y Maquinaria

Pesada

C. Antonio Labra Mendoza

01 759 72 3 0584 01 759 723 01 93

Ext.221-222

Secretario de Desarrollo

Económico y Turismo

C. Juan Omar Cruz Nopal

01 759 72 3 0584 01 759 723 01 93

Ext. 229

Subsecretario de Turismo

C. Heriberto Pantoja Montoya

01 759 72 3 0584 01 759 723 01 93

Ext. 229

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Director de Promoción Turística

Lic. Roberto Escamilla Leiva

01 759 72 3 0584 01 759 723 01 93

Ext. 229

Subdirector de Promocion Turistica

01 759 72 3 0584 01 759 723 01 93

Ext. 229

Subsecretario de Desarrollo Económico

Lic. Valente Mendoza Monrroy

01 759 72 3 0584 01 759 723 01 93

Ext. 229

Director de Proyectos Productivos y agropecuarios

Ing. Edith Baxcajay Bolteada

01 759 72 3 40 89 Ext. 135

Secretario de Seguridad

Pública y Tránsito Municipal

CMDTE. Maximino Alejandro Martínez

Villa

01 759 72 30193 Ext. 126

Director de Protección Civil y

Bomberos

CMDTE: Marcelino Capula Martinez

01 759 7288081

Enlace FORTASEG C. Socorro Suarez

Marin 01 759 72 3 0193

Ext. 125

Auxiliar Administrativa Lic. Elizabeth Ibarra

Martin 01 759 72 30193

Ext. 126

Director Operativo CMDTE Marcelo López

Manzanares 01 759 72 30193

Ext. 126

Unidad de Análisis Emanuel Juárez

Obregón 01 759 72 3 0193

Ext. 125

Prevención Delito Lic. Laura Sánchez

Hernández 01 759 72 3 0193

Ext. 127

Dirección Jurídica Lic. Víctor Escandón

Callejas

Jefe de Inteligencia Policial

CMDTE Antonio Juárez Florentino

01 759 72 30193 Ext. 128, 129

Comandante de Turno 1

Roberto Parra Aguilar

01 759 72 30193 Ext. 128, 129

Comandante de Turno 2

Mario Bautista Pérez 01 759 72 30193

Ext. 128, 129

Jefe de Grupo de Turno 1

CMDTE Marco Antonio Bautista Escobar

01 759 72 30193 Ext. 128, 129

Jefe de Grupo de Turno 2

CMDTE Arturo Olguín García

01 759 72 30193 Ext. 128, 129

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3. ANTECEDENTES HISTÓRICOS

La presidencia municipal fue edificada para celebrar el primer centenario de la independencia de México, Entre los años de 1906 a 1910, se construyó el actual palacio municipal, con su fachada esplendorosa, siendo uno de los iniciadores el Alcalde Don Marín Yánez, la construcción del inmueble y la del teatro Hidalgo que se Encuentra a un costado, tardó cuatro años, pues se inauguró antes de las fiestas del Centenario de la independencia.

El escudo o emblema del Municipio y su nombre son su signo de identidad y su símbolo representativo. Está formado por un triángulo isósceles, limitado por una franja color ocre claro conteniendo el nombre de Ixmiquilpan con las tres formas de evolución que ha sufrido. En el interior, un triángulo con la citada conformación conteniendo un rectángulo Dividido en cuatro fracciones que contiene escritos jeroglíficos indescifrados, superpuesto a éste una planta herbácea conocida con el nombre de quelite y sobre Ésta un tecpal de pedernal tinto en rojo, teniendo en el fondo como parte superior del Triángulo un águila parada sobre un nopal devorando una serpiente. Siendo la etimología del nombre original la siguiente: Iztli: Cuchillo o navaja de pedernal Milly: Tierra cultivada Quilitl: Hierba comestible Pan: Sobre De lo anterior, se concluye que Ixmiquilpan significa “Lugar Cultivado de Hierbas Semejantes al Pedernal” El nombre y escudo del municipio será utilizado exclusivamente por los Órganos de Gobierno del H. Ayuntamiento de Ixmiquilpan, Hgo., para tal efecto deberá exhibirse En forma ostensible dicho escudo, tanto en las oficinas gubernamentales municipales Como en todo tipo de documentos oficiales y bienes del patrimonio público municipal.

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PRESIDENTES MUNICIPALES DE IXMIQUILPAN

NOMBRE PERIODO

C. Alberto Hinojosa. Abril a Diciembre de 1925.

C. Eduardo Mayida. Enero de 1926 a Septiembre de 1929.

C. José C. Cadena. Enero de 1930 a Mayo de 1930.

C. Alfonso Rello T. Mayo a Diciembre de 1931

C. Mauro Trejo. Septiembre a Diciembre de 1932.

C. Rutilio Ramírez T. Diciembre de 1932 a Diciembre de 1933.

C. Martiniano Martin. Enero de 1934 a Diciembre a 1935.

C. Luis de la Concha Martín. Enero de 1936 a Diciembre de 1937.

C. José Acosta Castell. Enero 1938 a Diciembre de 1939.

C. Baldomero Romero. Enero a Diciembre de 1940.

C. Abelardo Olguín S. Enero a Diciembre de 1943.

C. Alberto Benítez R. Enero 1949 a Diciembre 1951.

C. Anatolio Romero Trejo. Enero de 1952 a Diciembre de 1954.

C. Donato Simón Martín. Enero de 1955 a Agosto de 1956.

C. J Merced Rello. Agosto de 1956 a Diciembre de 1957.

C. Luis de la Concha García. Enero de 1958 a Diciembre a 1960.

C. Fernando Violante. Enero de 1961 a Diciembre de 1963.

C. José Trejo Cadena. Enero de 1964 a Diciembre 1966.

C. Carlos Ramírez Rubio. Enero de 1967 a Diciembre de 1967.

Dr. Abelardo Olguín Ramírez. Enero de 1970 a Diciembre a 1972.

Prof. José Francisco Bravo Olguín. Enero de 1973 a Diciembre a 1975.

C. Porfirio Chávez González. Enero de 1976 a Diciembre 1975

Lic. Porfirio Chávez González. Enero de 1976 a Diciembre 1978.

Lic. Alfonso López Sánchez. Enero de 1976 a Diciembre de 1981.

C. Alfonso Martín Lozano. Enero de 1982 a Diciembre de 1984.

Lic. Facundo Guerrero Trejo. Enero de 1985 a Diciembre de 1987.

C. Luciano Lomelí Gaitán. Enero a 1988 a Diciembre de 1990.

C. Roberto Pedraza. Enero de 1991 a Diciembre de 1993.

C. Jorge Rocha Trejo. Enero de 1994 a Diciembre 1996.

C.P Manuel Hermilo Bravo Olguín. Enero 1997 a Diciembre de 1999.

C. Cirilo Hernández Quezada. Enero del 2000 a Diciembre de 2002.

Prof. Carlos Felipe Hernández. Enero del 2003 a Diciembre 2005.

Prof. José Manuel Zúñiga Guerrero. Enero 2006 a Diciembre 2008.

C. Heriberto Lugo González. Enero 2009 a Diciembre del 2011.

M.C. Cipriano Chárrez Pedraza. Enero 2009 a Diciembre del 2011.

Dr. Pascual Charrez Pedraza Septiembre 2016 a Septiembre 2020.

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4. FUNDAMENTO LEGAL

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

o Constitución Publicada en El Diario Oficial de La Federación El 05 de Febrero de 1917.

o Última reforma publicada DOF 15-08-2016.

Constitución Política del Estado de Hidalgo.

o Ley Publicada en el periódico oficial, EL 01 DE OCTUBRE DE 1920.

o Última reforma publicada en alcance al periódico oficial, del 5 de

Septiembre del 2016.

Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo.

o Ley publicada en el alcance al Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, El lunes 16 de abril del 2001.

o Última Reforma publicada en alcance del Periódico Oficial del 1 de

Agosto del 2016.

Bando de Policía y Gobierno de Ixmiquilpan, Hidalgo.

o Publicado en el Diario Oficial del Estado el día 30 de Mayo del año 2011.

Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo.

o Código publicado en el alcance al Periódico Oficial, el 31 de diciembre de 1982.

o Ultima reforma publicada el 02 de febrero del 2015.

Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado de Hidalgo.

o Ley publicada en el Periódico Oficial, viernes 08 de junio de 1984.

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o Última Reforma publicada en el Periódico Oficial: 16 de Mayo del 2016.

Ley de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos Estatal y Municipal así como los organismos descentralizados.

o Ley publicada en el Periódico Oficial, jueves 31 de diciembre de 1987.

o Última Reforma publicada en el Periódico Oficial: 15 de Agosto del 2016.

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de Hidalgo.

o Ley publicada en el Periódico Oficial, el 25 de Marzo de 2013.

Ley de Archivos del Estado de Hidalgo.

o Ley publicada en el Periódico Oficial, lunes 07 de Mayo de 2007.

Ley de Catastro del Estado de Hidalgo.

o Ley publicada en el Periódico Oficial, 2 de Septiembre del 2013.

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental para el Estado de Hidalgo.

o Ley publicada en el Periódico Oficial, viernes 4 de Mayo del 2016.

Ley de Asentamientos humanos, desarrollo urbano y ordenamiento territorial del estado de Hidalgo.

o Ley publicada en el alcance al Periódico Oficial, El lunes 17 de septiembre de 2007.

o Ultima Reforma publicada en el Periódico Oficial el 31 de Diciembre

de 2015.

Archivo Municipal de Ixmiquilpan, Hidalgo.

5. MISIÓN

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En espera al plan de desarrollo Municipal, ya que deben ser los mismos. 6. VISIÓN En espera al plan de desarrollo Municipal, ya que deben ser los mismos.

7. OBJETIVO El manual de organización es un documento que se elabora para proporcionar, de manera ordenada, la información básica de este H Ayuntamiento como una referencia obligada para lograr el aprovechamiento de los recursos y el desarrollo de las funciones encomendadas oficial cuyo propósito es describirla estructura de funciones y departamentos de una organización, así como tareas específicas.

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8. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Presentar una visión de conjunto de la organización.

Precisar las funciones encomendadas a cada unidad orgánica para deslindar responsabilidades, evitar duplicidad y detectar omisiones.

Coadyuvar a la ejecución correcta de las labores encomendadas al personal y propiciar la uniformidad en el trabajo.

Permitir el ahorro de tiempo y esfuerzo en la ejecución del trabajo, evitando repetición de instrucciones.

Facilitar el reclutamiento y selección de personal.

Servir como orientación al personal de nuevo ingreso, facilitando su incorporación a las distintas unidades orgánicas.

Propiciar el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales.

9. ÁMBITO DE APLICACIÓN El Manual de Organización es producto de la planeación organizacional y abarca toda la entidad, indicando la organización formal y definiendo su estructura funcional, refleja el objetivo y funciones de las unidades administrativas que la componen.

El presente manual de organización describe brevemente la organización, su información y su estructura. Este Manual se aplica a la totalidad de la organización es decir desde el presidente municipal y para todas las áreas.

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VALORES

Los valores que distinguen a los funcionarios públicos que integran la Presidencia Municipal de Ixmiquilpan Hidalgo son los siguientes:

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10. POLITICAS

o Hora de entrada para el personal de confianza; el empleado tendrá la Obligación de realizar su registro, a través de la huella digital, en un lapso de 8:00 a 8:30 horas y la hora de salida de 16:30 a 19:00, horas.

o La entrada para el personal de base, el empleado tendrá la obligación de

realizar su registro a través de su huella digital en un lapso de: 8:00 a 9:00 horas, y su hora de salida será de 16:00 horas a 19:00, horas.

o Dentro de la circular el reloj checador estará activado en el horario antes

indicado, sino registran su horario de entrada y salida correctamente se reflejará como inasistencia. Posteriormente tres días antes de la quincena se realizará el reporte para los descuentos correspondientes.

o Solamente a quienes no se les reconozca su huella en el reloj checador

informarlo inmediatamente a la oficialía mayor para que así no se considere como falta, en virtud de lo anterior el personal podrá registrarse hasta las 8:45 am de lunes a viernes y los sábados hasta las 9:00 horas, los sindicalizados de lunes a viernes hasta las 9:15 horas, posterior a este horario será considerado como falta.

o Se justificarán inasistencias únicamente con el debido respaldo documental

(favor de enviar copia legible del pliego de comisión en el que se precise el nombre o nombres de quienes acudieron a la comisión (quienes se agreguen a la lista sin haber acudido serán reportados a contraloría municipal), receta médica con diagnóstico e indicaciones médicas precisas de los días de reposo.

o No se justificarán días en los que el trabajador haya omitido checar por haber

llegado cuando se considera falta, cuando registran la salida antes de tiempo, salvo comisiones con pliego respectivo con sello del lugar al que se acudió o comprobante de la misma, o por causas de fuerza mayor que deberán ser especificadas en el oficio que elaboren y sea entregado a la oficialía mayor inmediatamente (al día siguiente y máximo hasta el día señalado en la circular).

o Todos los oficios de justificación enviados por los secretarios de este H.

Ayuntamiento, serán puestos a consideración del secretario general para su visto bueno y/o autorización, quien en todo caso puede negar alguna por motivos notoriamente improcedentes y ordenar el descuento correspondiente.

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o Por ningún motivo se reembolsarán días descontados, ya que es obligación del trabajador estar al pendiente de sus asistencias en tiempo y forma.

o No debe olvidarse que en caso de tres ausencias injustificadas en el mes,

será causa de la rescisión del contrato (art. 40, fracción v, inciso b de la ley de los trabajadores a los servicios de los gobiernos estatales y municipales, así como de organismos descentralizados del estado de hidalgo).

o El secretario que remita justificaciones o permisos deberá contabilizarlos

en cada oficio que remita.

o Todos los permisos que otorguen los secretarios solo autorizan el día faltado para que el trabajador no incurra en motivo para la rescisión de su contrato, sin embargo, será el secretario general municipal quien autorice si el permiso es con o sin goce de sueldo.

o Si el reloj checador no registra asistencia por no reconocer la huella, deberán

hacerlo del conocimiento inmediato de su jefe a efecto de que lleve un control de las personas que el reloj no les reconoce la huella sin que esto los exima de acudir a checar diariamente porque no todos los días la huella estará afectada.

o Deberán llevar un registro personal, cada trabajador se deberá

responsabilizar de anotar la hora de entrada, salida, comisión, permiso personal, omisión de checar que por cualquier motivo pudiera generar en el sistema una inasistencia.

o La oficialía mayor y el área de informática y atención ciudadana no

proporcionarán al personal los días que tengan falta. Por lo cual deberán hacer hincapié a su personal para que se abstengan de insistir en solicitar dicha información.

o Para el personal sindicalizado, aplican como justificación los días

económicos a que tengan derecho por lo que deberá precisarse en cada oficio qué número de días solicitados lleva subsecuentemente.

o Los oficios deberán ser firmados por el jefe inmediato, secretario que

corresponda y el trabajador, de tal forma que, nadie más podrá autorizar permisos o justificaciones.

o Es obligación del personal estar al pendiente de justificar sus inasistencias

por los motivos referidos, ya que cualquier descuento que efectúe la tesorería es atribuible a la conducta del propio trabajador.

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11. ORGANIGRAMA

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Organigrama del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Ixmiquilpan 2016-2020.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

DR. PASCUAL CHARREZ

PEDRAZA

DR

SÍNDICOS

HACENDARIA PROCURADORA

C. MARISOL

GONZÁLEZ MENDOZA

C. CAROLINA

MARCELO VALERA

REGIDORES

C. LIZBETH RAMIREZ CLEMENTE. C. EUSEBIO ACOSTA MARTÍN C. GUILLERMO ALMARAZ

MARTÍN LIC. ARELI GONZÁLEZ ESCAMILLA C. MIGUEL ÁNGEL ORTIZ

MAYORGA L. C. JUDITH SONIA LÓPEZ

OLGUÍN LICENCIA C. EFRAÍN CORONA MANUEL LIC. CLAUDIA BERENICE

GUTIÉRREZ ROMERO C. FERNANDO CALLEJAS NOPAL. LIC. YOEL HERNÁNDEZ TORRES. C. ROBERTO CHÁVEZ

HERNÁNDEZ. LIC. ELVA ESTELA ARCINIEGA

MARTÍNEZ. T.S. U. LUIS ISAAC MIRANDA

RODRÍGUEZ. LIC. ROSALIO TORRES

CHAVARRÍA LIC. PAOLA CHÁVEZ MARTÍNEZ

ASESOR DEL H. AYUNTAMIENTO

JULIO ÓSCAR HERNÁNDEZ JERÓNIMO

OFICIAL MAYOR DE LA H. ASAMBLEA

LIC. Michael Evangelista

Virgen

SECRETARIA JUANA MARTÍNEZ RIVERA

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Presidente Constitucional Municipal Del H. Ayuntamiento de Ixmiquilpan 2016-2020.

PUESTO PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

Áreas Subordinadas

Todas

Relaciones Internas

Con Todas las Áreas

Relaciones Externas

Gobierno Federal Gobierno del Estado Congreso del Estado Auditoria Superior del Estado Auditoria Superior de la Federación Organizaciones No Gubernamentales Toda la Ciudadanía en General

Facultad General

El Presidente Municipal ajustará su actuación a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado, en esta Ley, en sus reglamentos internos y en los bandos de policía y gobierno correspondientes. En caso de facultades no exclusivas, podrá delegarlas en términos de la normatividad municipal. El Presidente Municipal, asumirá la representación jurídica del Ayuntamiento en los litigios en que éste fuera parte, cuando el Síndico esté impedido legalmente para ello, o no la asuma por cualquier causa, quien, de ser necesario, podrá nombrar apoderados.

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FACULTADES ESPECÍFICAS

I. Promulgar y ejecutar los bandos, reglamentos, acuerdos y demás normatividad municipal, aprobados por el Ayuntamiento;

II. Presidir y participar en las sesiones del Ayuntamiento, con voto de calidad en caso de empate, conforme a su normatividad interna;

III. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones contenidas en las leyes y reglamentos federales, estatales y municipales; así como los acuerdos del Ayuntamiento;

IV. Rendir anualmente al Ayuntamiento, el día 5 de septiembre de cada año, un informe detallado sobre el estado que guarda la Administración Pública Municipal y las labores realizadas. Cuando por causas de fuerza mayor no fuere posible en esta fecha, se hará en otra, previa autorización del Ayuntamiento que expedirá el acuerdo, señalando fecha y hora para este acto, sin que exceda del 20 de septiembre;

V. Vigilar la recaudación en todas las ramas de la Hacienda Municipal, conforme a las disposiciones que expida el Ayuntamiento;

VI. Autorizar a la Tesorería Municipal, las órdenes de pago, conforme al Presupuesto aprobado por el Ayuntamiento;

VII. Constituir el Comité de Planeación del Desarrollo Municipal, con la participación de representantes de los sectores público, social y privado, y de profesionistas y técnicos que residan dentro de su territorio; así como el Comité de Desarrollo Urbano Municipal, en los términos del Reglamento respectivo;

VIII. Cumplir con el Plan Estatal de Desarrollo, el del Municipio y los programas sectoriales, regionales y especiales aprobados, respecto a lo que se refiere a su Municipio. A más tardar, noventa días después de tomar posesión de su cargo, el Presidente Municipal deberá presentar un Plan Municipal de Desarrollo Urbano que contenga los Planes de Desarrollo Rural para los Pueblos y Comunidades Indígenas en caso de contar con población indígena reconocida, congruentes con el Plan Estatal; Asimismo, contará hasta con ciento ochenta días para presupuestar, gestionar lo conducente y ordenar la elaboración

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del Atlas de Riesgos correspondiente o en su caso, actualizarlo a su gestión.

IX. Coadyuvar con las Autoridades Federales en la aplicación y cumplimiento de

las disposiciones previstas en los artículos 27 y 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo a su normatividad interna;

X. Vigilar que los funcionarios y comisiones encargadas de los diferentes servicios municipales, cumplan puntualmente con su cometido, de acuerdo con los reglamentos municipales correspondientes;

XI. Mandar fijar las placas distintivas en las calles, jardines, plazas y paseos públicos, cuya nomenclatura haya sido aprobada por el Ayuntamiento;

XII. Tener, bajo su mando, los cuerpos de seguridad para la conservación del orden público, con excepción de las facultades que se reservan al Presidente de la República y al Gobernador del Estado, conforme a lo establecido por la fracción VII del Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

XIII. Solicitar la autorización del Ayuntamiento para ausentarse del Municipio, hasta por treinta días, si el plazo excediere de este término, conocerá y resolverá el Congreso del Estado;

XIV. Promover lo necesario para que los oficiales y funcionarios por delegación del Registro del Estado Familiar, desempeñen en el Municipio los servicios que les competen, en los términos establecidos en la Constitución Política del Estado y demás leyes de la materia, y vigilar su cumplimiento;

XV. Obligar crediticiamente al Municipio en forma mancomunada con el Secretario General y el Tesorero Municipal. Cuando el pago de estas obligaciones vaya más allá del período de su ejercicio, el Acuerdo deberá ser aprobado por las dos terceras partes de los integrantes del Ayuntamiento;

XVI. Solicitar la expropiación de bienes por causa de utilidad pública, como lo previene la Constitución Política del Estado;

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XVII. Formular anualmente, con apoyo de la Tesorería Municipal, la iniciativa de la Ley de Ingresos y remitirla al Congreso del Estado para su aprobación, a más tardar en la primera quincena del mes de Noviembre;

XVIII. Formular anualmente el Presupuesto de Egresos;

XIX. Publicar mensualmente, el balance de los ingresos y egresos del Ayuntamiento;

XX. Proporcionar los servicios de seguridad, protección civil y de bomberos a la población en general y mantener el orden en espectáculos, festividades, paseos y lugares públicos;

XXI. Ejercitar, en casos urgentes, las acciones judiciales que competan al Municipio;

XXII. Imponer administrativamente a los servidores públicos municipales, respetando la garantía de audiencia, las correcciones disciplinarias que fijen las leyes y reglamentos, con motivo de las faltas y responsabilidades administrativas en que incurran en el desempeño de sus funciones;

XXIII. Ejercer las funciones del Registro del Estado Familiar o delegarlas en el funcionario idóneo que designe;

XXIV. Ejercer las funciones de Presidente de la Junta Municipal de Reclutamiento y proceder a la inscripción de los jóvenes en edad militar, organizar el sorteo correspondiente y entregar el personal a las autoridades militares el primer domingo del mes de enero, de acuerdo con la Ley del Servicio Militar Nacional;

XXV. Elaborar, en coordinación con el Síndico y por conducto del personal responsable, un inventario minucioso de todos los bienes municipales, muebles e inmuebles;

XXVI. Cuidar la conservación del orden público, para lo cual dictará las medidas que

a su juicio requieran las circunstancias;

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XXVII. Reunir los datos estadísticos del municipio;

XXVIII. Cuidar la conservación y eficacia de los servicios públicos, de conformidad con los reglamentos respectivos;

XXIX. Exigir a los funcionarios y empleados municipales, el cumplimiento de sus obligaciones;

XXX. Calificar las infracciones por violaciones a las leyes, reglamentos y demás disposiciones legales, en términos de dichos ordenamientos;

XXXI. Resolver los recursos administrativos que sean de su competencia;

XXXII. Celebrar contratos y convenios, con particulares e instituciones oficiales, sobre asuntos de interés público, previa autorización del Ayuntamiento;

XXXIII. Presentar ante la Auditoría Superior del Congreso del Estado, su declaración patrimonial inicial, dentro de los sesenta días hábiles siguientes a la toma de posesión; de modificación anual, durante el mes de mayo de cada año; y de conclusión de encargo, dentro de los treinta días hábiles siguientes a ésta.

XXXIV. Tratándose de municipios pertenecientes a Zonas Metropolitanas, elaborar un Programa Municipal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial que contenga proyectos y programas congruentes con el Plan de Desarrollo Estatal y Municipal en materia metropolitana y que deberá ser presentado a más tardar noventa días después de tomar posesión de su cargo.

XXXV. Promover la armonización normativa en materia de derechos humanos;

XXXVI. Establecer programas de sensibilización y capacitación dirigido a las y los servidores públicos municipales y a la población en general dirigidos a modificar los roles y estereotipos sociales que reproduzcan la violencia de género, difundir los derechos humanos de mujeres y hombres y la resolución pacífica de conflictos; y

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XXXVII. Elaborar, en concordancia con la legislación y programas nacionales y

estatales, el Programa Municipal para la Igualdad y No Discriminación, considerando las disposiciones específicas en materia de prevenir, atender y eliminar la discriminación, así como en materia de igualdad entre mujeres y hombres, dentro de los tres primeros meses del inicio de la Administración Municipal, en concordancia con la respectiva presentación del Plan de Desarrollo.

XXXVIII. Nombrar y remover libremente a los servidores públicos municipales que refiere la Constitución Política del Estado;

XXXIX. Nombrar y remover a los alcaldes y al personal de seguridad y administrativo de acuerdo con las disposiciones aplicables, así como, cuidar que las dependencias y oficinas municipales se integren y funcionen con eficiencia;

XL. Crear, o en su caso, modificar y suprimir las dependencias necesarias para el desempeño de los asuntos del orden administrativo para la eficaz prestación de los servicios públicos municipales, previo acuerdo del Ayuntamiento y en los términos del reglamento correspondiente;

XLI. Proponer al Ayuntamiento, la división administrativa del territorio municipal en Delegaciones, Subdelegaciones, Sectores, Secciones, Fraccionamientos y Manzanas o la modificación de la existente, así como, reconocer la denominación política de las poblaciones y solicitar la declaratoria de nuevas categorías políticas al Congreso del Estado;

XLII. Otorgar o denegar, en su ámbito de competencia, licencias y permisos de uso del suelo, construcción y alineamiento, con observancia de los ordenamientos respectivos;

XLIII. Vigilar y fijar, en su caso, las condiciones que deban reunir todos los establecimientos industriales, comerciales y de servicios, verificando que se ajusten a lo establecido por el inciso k) de la fracción II del artículo 56 de esta Ley; En los establecimientos donde se consuman bebidas alcohólicas, denegar, autorizar, suspender o clausurar su licencia por razones de orden público;

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XLIV. Otorgar o denegar permisos para el establecimiento de mercados, tianguis, ferias y cualquier actividad mercantil que se realice en la vía pública, conforme a su normatividad interna;

XLV. Otorgar o denegar permisos, de acuerdo con el reglamento respectivo, para la realización de actividades mercantiles en la vía pública y designar su ubicación;

XLVI. Conceder licencias y autorizar los precios a las empresas que promuevan espectáculos públicos, de conformidad con las leyes y reglamentos internos y de la materia;

XLVII. Destinar los bienes del Municipio a los fines de la administración pública municipal;

XLVIII. Proveer la prestación de los servicios municipales, de conformidad con los reglamentos respectivos;

XLIX. Disponer las transferencias de partidas que reclamen los servicios municipales, de conformidad con el Presupuesto de Egresos;

L. Conceder, renovar y cancelar licencias y autorizaciones municipales para el funcionamiento de giros industriales, comerciales, turísticos y de servicios profesionales, de acuerdo con los reglamentos expedidos por el Ayuntamiento;

LI. Proporcionar informes al Ayuntamiento, sobre cualquiera de los ramos de la Administración Municipal, cuando fuese requerido para ello, en términos del reglamento Interior respectivo;

LII. Recibir y dar trámite a renuncias o licencias de los funcionarios y empleados municipales;

LIII. Realizar las obras necesarias en el Municipio, de acuerdo con el Plan de Desarrollo Municipal y los programas respectivos, en la inteligencia de que antes de principiar cualquier obra nueva, deberá terminar o continuar las que haya recibido de la administración anterior como inconclusas o iniciadas, salvo

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que, por circunstancias especiales, fundadas o motivadas, se estime conveniente que dichas obras no se terminen o continúen;

LIV. Expedir constancias de vecindad;

LV. Conceder permisos para manifestaciones públicas, de conformidad con el Bando de Policía y Gobierno;

LVI. Promover los programas y acciones necesarias para la preservación, conservación, mitigación del daño y restauración del medio ambiente; y

LVII. Promover las acciones y ejecutar los programas sociales necesarios para la recuperación de espacios públicos, a fin de fortalecer la seguridad jurídica, mantenimiento, sostenibilidad, control y la aprobación social de éstos;

LVIII. Las demás que le señalen el ordenamiento jurídico aplicable.

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PUESTO

SÍNDICO HACENDARIO

Áreas Subordinadas

Ninguna

Relaciones Internas

Con Todas las Áreas

Relaciones Externas

Gobierno Federal Gobierno del Estado Organizaciones de Fiscalización Superior

del Congreso del Estado. Toda la Ciudadanía en General

Facultad General

Vigilar la debida aplicación de los programas de Control de patrimonio municipal y hacienda.

FACULTADES ESPECÍFICAS

I. Revisar y firmar la cuenta pública, que deberá remitirse al Congreso del Estado conforme a la legislación vigente e informar al Ayuntamiento, vigilando y preservando el acceso a la información que sea requerida por los miembros del Ayuntamiento;

II. Revisar y firmar los cortes de caja de la tesorería municipal y cuidar que la aplicación de los gastos se haga con todos los requisitos legales y conforme al presupuesto respectivo;

III. Participar en la formación del inventario general de los bienes que integran el

patrimonio municipal, a que se refiere el artículo 93 de esta Ley;

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IV. Intervenir en la formulación y actualización del inventario general de bienes muebles e inmuebles propiedad del municipio y hacer que se inscriban en un libro especial con expresión de sus valores y características de identificación, así como el destino de los mismos;

V. Vigilar que las multas que impongan las autoridades municipales, se hagan de

acuerdo a las tarifas establecidas e ingresen a la tesorería previo el

comprobante que debe expedirse en cada caso;

VI. Presentar ante la Auditoría Superior del Estado, su declaración patrimonial inicial, dentro de los sesenta días hábiles siguientes a la toma de posesión; de modificación anual, durante el mes de mayo de cada año; y de conclusión de encargo, dentro de los treinta días hábiles siguientes a ésta;

VII. El síndico concurrirá a las sesiones del ayuntamiento, con voz y voto; percibirá su dieta de asistencia que señale el presupuesto de egresos del municipio y no podrá, en ningún caso, desempeñar cargos, empleos o comisiones remuneradas en la administración pública municipal.

VIII. El síndico está impedido para desistirse, transigir, comprometer en arbitrajes, hacer

cesión de bienes o arbitrios, salvo autorización expresa que, en cada caso, le otorguen las dos terceras partes de los integrantes del ayuntamiento: Y

IX. Las demás que le concedan o le impongan la Ley, los reglamentos y acuerdos

del Ayuntamiento.

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PUESTO

SÍNDICO JURÍDICO

Áreas Subordinadas

Ninguna

Relaciones Internas

Con Todas las Áreas

Relaciones Externas

Gobierno Federal Gobierno del Estado Organizaciones de Fiscalización Superior

del Congreso del Estado. Toda la Ciudadanía en General

Facultad General

Procuración, defensa y promoción de los intereses Municipales.

FACULTADES ESPECÍFICAS

I. Vigilar, procurar y defender los intereses municipales;

II. Representar jurídicamente al Ayuntamiento y en su caso nombrar apoderados; III. Cuidar que se observen escrupulosamente las disposiciones de esta Ley, para

el efecto de sancionar cualquier infracción que se cometa;

IV. Asistir a los remates públicos que se verifiquen, en los que tenga interés el municipio, para procurar que se finquen al mejor postor y que se cumplan los términos y demás formalidades previstas por la Ley;

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V. Tramitar las expropiaciones que por causa de utilidad pública fueren necesarias, por los medios que estimen convenientes y previa autorización del Ayuntamiento;

VI. Dar cuenta al Presidente y al Ayuntamiento del arreglo definitivo que se hubiese

logrado en los asuntos y del estado que guarden los mismos, a fin de dictar las providencias necesarias; y

VII. Asistir a los remates públicos que se verifiquen, en los que tenga interés el

municipio, para procurar que se finquen al mejor postor y que se cumplan los términos y demás formalidades previstas por la Ley;

VIII. Tramitar las expropiaciones que por causa de utilidad pública fueren necesarias, por los medios que estimen convenientes y previa autorización del Ayuntamiento;

IX. Dar cuenta al Presidente y al Ayuntamiento del arreglo definitivo que se hubiese

logrado en los asuntos y del estado que guarden los mismos, a fin de dictar las providencias necesarias; y

X. Presentar ante la Auditoría Superior del Estado, su declaración patrimonial inicial, dentro de los sesenta días hábiles siguientes a la toma de posesión; de modificación anual, durante el mes de mayo de cada año; y de conclusión de encargo, dentro de los treinta días hábiles siguientes a ésta; y

XI. Las demás que le concedan o le impongan la Ley, los reglamentos y acuerdos

del Ayuntamiento.

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PUESTO

REGIDOR

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas

Relaciones Externas

Gobierno Federal Gobierno del Estado Organizaciones de Fiscalización Superior

del Congreso del Estado. Toda la Ciudadanía en General

Facultad General

Procuración, defensa y promoción de los Intereses Municipales.

FACULTADES ESPECÍFICAS

I. Vigilar y atender el ramo de la administración municipal que conforme a sus

disposiciones reglamentarias, les sea encomendado por el Ayuntamiento;

II. Vigilar que los actos de la Administración Municipal, se desarrollen en apego a lo dispuesto por las leyes y normas de observancia municipal;

III. Recibir y analizar los asuntos que les sean sometidos y emitir su voto, particularmente en las materias siguientes:

a. Los proyectos de acuerdo para la aprobación de los bandos, reglamentos, decretos y circulares de observancia general en el Municipio, que les sean presentados por el Presidente Municipal, los Síndicos, o los vecinos del municipio, cuidando que las disposiciones no invadan las competencias reservadas para el Estado o la Federación;

b. Las solicitudes de expropiación por causa de utilidad pública, así como disponer la indemnización a sus propietarios, en cumplimiento a lo

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dispuesto por la fracción V del Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la fracción XVII del Artículo 141 de la Constitución Política del Estado y por la Ley de la materia;

c. La enajenación de bienes inmuebles del dominio privado del Municipio y observar las previsiones establecidas por la Constitución Política del Estado;

d. Los proyectos de acuerdo para celebrar contratos que comprometan el patrimonio del Municipio u obliguen económicamente al Ayuntamiento, en los términos de esta Ley;

e. Los proyectos de acuerdo para la firma de convenios de asociación con los municipios del Estado, cuyo objeto sea el mejor cumplimiento de sus fines. Cuando la asociación se establezca para el mismo propósito con municipios de otras entidades federativas, el Ayuntamiento deberá turnar el Acuerdo de referencia al Congreso del Estado, para su autorización;

f. Los proyectos de acuerdo para convenir con el Estado, el cobro de determinadas contribuciones o la administración de servicios municipales, cuando los motivos sean de carácter técnico o financiero y cuya finalidad sea obtener una mayor eficacia en la función administrativa;

g. Los proyectos de acuerdo para la municipalización de servicios públicos, o para concesionarlos;

h. Las propuestas de modificación de categorías correspondientes a los poblados y localidades del Municipio; y

i. Las propuestas para el nombramiento de los titulares de las unidades técnicas de las dependencias de la Administración Pública Municipal.

IV. Solicitar al Presidente Municipal, información sobre los proyectos de desarrollo

regional y metropolitano de las zonas conurbadas, convenidos con el Estado, o

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los que, a través de él, se convengan con la Federación y los que se realicen por coordinación o asociación con otros municipios;

V. Vigilar que las peticiones realizadas realizadas a la Administración Pública Municipal, se resuelvan oportunamente;

VI. Solicitar información a los Síndicos, respecto de los asuntos de su competencia, cuando lo consideren necesario;

VII. Vigilar que el Presidente Municipal cumpla con los acuerdos y resoluciones del Ayuntamiento;

VIII. Recibir y analizar el Informe Anual que rinda el Presidente Municipal o el Presidente del Concejo Municipal y emitir su voto respecto de su aprobación;

IX. Cumplir con las funciones inherentes a sus comisiones e informar al

Ayuntamiento de sus resultados;

X. Realizar sesiones de audiencia pública, para recibir peticiones y propuestas de la comunidad;

XI. Formular, con la participación de las instancias competentes del Ayuntamiento y de los sectores social y privado, el conocimiento y estudio de los asuntos en materia de Derechos Humanos, para lo cual se deberán atender las necesidades y características particulares de su Municipio, impulsar y fortalecer en todas las actividades que desarrolle el propio Ayuntamiento la protección y promoción de los derechos humanos; y

XII. Presentar ante la Auditoría Superior del Estado, su declaración patrimonial inicial, dentro de los sesenta días hábiles siguientes a la toma de posesión; de modificación anual, durante el mes de mayo de cada año; y de conclusión de encargo, dentro de los treinta días hábiles siguientes a ésta;

XIII. Formular propuestas de estudio, acciones y proyectos en materia de zonas metropolitanas congruentes con el Programa Municipal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial;

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XIV. Asegurar que las Comunidades y Pueblos Indígenas avecindadas en su territorio, gocen de los programas de desarrollo e infraestructura comunitaria y de asistencia social, estableciendo presupuestos específicos destinados a ellos, de conformidad con la normatividad aplicable;

XV. Crearán en coordinación los Delegados Municipales y de las instancias competentes y los sectores social y privado los reglamentos internos propios de cada localidad a fin de que coadyuven al mejoramiento, establecimiento, limitación y regulación de los usos y costumbres con la participación de la comunidad; y

XVI. Las demás que les otorguen las leyes y reglamentos.

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PUESTO

ASESOR JURÍDICO DEL H. AYUNTAMIENTO

Áreas Subordinadas

Ninguna

Relaciones Internas

Con Todas las Áreas

Relaciones Externas

Gobierno Federal Gobierno del Estado Organizaciones de Fiscalización Superior

del Congreso del Estado. Toda la Ciudadanía en General

Facultad General

Suministrar la asistencia de Carácter Legal.

FUNCIONES ESPECÍFICAS

I. Coordinar con la H. Asamblea las acciones a tomar relacionadas con la materia.

II. Asesorar a la H. Asamblea sobre soluciones Legales a los problemas y demás asuntos que se presenten en la gestión diaria, especialmente en las diferentes Comisiones de la H. Asamblea como lo estipula en el Capítulo segundo del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de Ixmiquilpan, Hidalgo.

III. Asesorar a la H. Asamblea Municipal de los procedimientos correspondientes y demás fuentes Legales y doctrinas que le requiera.

IV. Asesorar a la H. Asamblea Municipal sobre la interpretación de textos legales y contractuales, y sobre la elaboración de Normativas Internas.

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V. Evaluar las consultas que no sean formuladas en Materia Jurídica.

VI. Mantener relación con la H. Asamblea Municipal y con el resto de la Administración Pública Municipal.

VII. Emitir opiniones y dictámenes de Naturaleza Jurídica, requeridos por la H.

Asamblea Municipal.

VIII. Y las demás que les otorguen las Leyes y Reglamentos.

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PUESTO

OFICIAL MAYOR DE LA H. ASAMBLEA

Áreas Subordinadas

Ninguna

Relaciones Internas

Con Todas las Áreas

Relaciones Externas

Gobierno Federal Gobierno del Estado Organizaciones de Fiscalización Superior

del Congreso del Estado. Toda la Ciudadanía en General

Facultad General

Circular en tiempo y en forma a los integrantes del H. Ayuntamiento, el proyecto del orden del día de las sesiones, en atención a los asuntos que conforme a las disposiciones del reglamento interior deban de Agendarse.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Circular en tiempo y en forma a los integrantes del H Ayuntamiento el proyecto del orden de día de las sesiones a realizarse.

II. Preparar los proyectos de acuerdo y/o dictamen.

III. Cuidar que se reproduzcan y circulen con toda oportunidad, entre los

integrantes del H Ayuntamiento, los documentos y anexos necesarios para el estudio y discusión de los asuntos contenidos en el orden del día.

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IV. Levantar el Acta de la Sesión, formando el apéndice correspondiente en la elaboración del acta se tomarán en cuenta las observaciones realizadas a la misma por los miembros del H. Ayuntamiento.

V. Atender la correspondencia recibida.

VI. Llevar el archivo, registro de expedientes, de actas y resoluciones emitidas por el H. Ayuntamiento.

VII. Publicar y notificar en el estrado notificador del H. Ayuntamiento, los acuerdos

y resoluciones emitidos por este.

VIII. Vigilar los preparativos de las sesiones. IX. Notificar personalmente en su caso, los acuerdos y resoluciones emitidos por el

H. Ayuntamiento.

X. Grabar las sesiones del H. Ayuntamiento. XI. Levantar y redactar las Actas de Sesión.

XII. Auxiliar y asesorar a las comisiones de este H. Ayuntamiento en el ejercicio de

sus funciones.

XIII. Atender a la ciudadanía que acude ante la oficina.

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XIV. Establecer los lineamientos, normas y políticas mediante las cuales el oficial mayor proporcionara informes, datos y cooperación técnica cuando le sea requerida por alguna otra área correspondiente.

XV. Determinar con la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información los

Lineamientos que habrá de seguir la para la difusión del mismo.

XVI. Determinar con la dirección de comunicación social los lineamientos que habrán de regir para la difusión de las actividades y funciones propias de la H. Asamblea Municipal.

XVII. Representar al Secretario General Municipal en las Comisiones, Congresos, Consejos Organizacionales, Instituciones, que este le encomiende.

XVIII. Proporcionar los datos de las labores desarrolladas de la H. Asamblea Municipal para la formulación del informe del Presidente Municipal.

XIX. Las demás, que las Leyes confieran a la H. Asamblea Municipal le señale.

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FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL H. AYUNTAMIENTO De acuerdo al artículo 56 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo Son facultades y obligaciones del H. Ayuntamiento:

I. Proveer en la esfera administrativa, conforme a sus capacidades y recursos, lo necesario para el mejor desempeño de las funciones que le señalen ésta u otras leyes, bandos y reglamentos. El Ayuntamiento y sus comisiones, podrán ser asistidos por los órganos administrativos municipales a fin de cumplir con sus atribuciones;

II. Elaborar y aprobar, de acuerdo con esta Ley y las demás que en materia municipal expida la Legislatura del Estado, el bando de gobierno y policía, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen el funcionamiento del Ayuntamiento y de la Administración Pública Municipal; regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación de la sociedad.

A. En lo conducente y de conformidad a los fines señalados en el párrafo tercero del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, expedirán los reglamentos y disposiciones administrativas que fueran necesarios;

III. Los reglamentos que expidan los Ayuntamientos podrán, según sus

necesidades y recursos con que cuenten, contemplar el establecimiento de unidades de apoyo técnico en cada una de sus principales dependencias y tendrán como referente las que dispone la presente Ley.

A. Así mismo, podrán establecer un sistema de profesionalización de recursos humanos, a través del desarrollo de metodologías de selección, capacitación y evaluación de funcionarios, a efecto de propiciar una mayor eficiencia y eficacia en el cumplimiento de sus funciones;

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IV. Proponer, ante el Congreso del Estado, iniciativas de Ley o de decreto;

V. Aprobar o no, en su carácter de constituyente permanente, las minutas proyecto de decreto que le remita el Congreso del Estado respecto de reformas a la Constitución Política del Estado;

VI. Administrar su Hacienda en los términos de Ley de Ingresos y demás relativas,

así como, controlar la aplicación correcta del presupuesto de egresos del Municipio;

VII. Proveer y prestar, por conducto del Presidente Municipal, los servicios públicos a su cargo;

VIII. Presentar a la Auditoría Superior del Estado, a más tardar el treinta y uno de marzo de cada año, la cuenta pública del año anterior, con excepción a la correspondiente al último ejercicio, que deberá presentar a más tardar el 15 de febrero;

IX. Ejercer en forma directa los recursos que integran la Hacienda Municipal, o bien

por quien ellos autoricen, conforme a la Ley;

X. Desahogar, por conducto del Tesorero Municipal los procedimientos administrativos de ejecución del Municipio, a fin de asegurar la recuperación de los adeudos a favor de la Hacienda Municipal, en los términos de la Ley de la materia;

XI. Auxiliar a las autoridades sanitarias en la ejecución de sus disposiciones;

XII. Cuidar del mantenimiento y aseo de las calles, calzadas, avenidas, lugares

públicos y de su relleno sanitario y promover la cultura de la limpieza, de acuerdo al reglamento correspondiente;

XIII. Cuidar que las vías públicas se mantengan expeditas para el tránsito de peatones y vehículos;

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XIV. Auxiliar a las autoridades de la Federación y del Estado en las medidas que adopten para hacer cumplir las disposiciones del Artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de monopolios;

XV. Administrar su patrimonio conforme a la Ley;

XVI. Formular, aprobar y administrar, en su ámbito territorial, la zonificación y planes de desarrollo urbano yrural, conforme a la Ley de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial del Estado de Hidalgo y a lo previsto en los planes y programas vigentes aplicables;

XVII. Analizar y aprobar, en su caso, la iniciativa de Ley de Ingresos, la que será enviada al Congreso del Estado para su aprobación;

XVIII. Proponer al Congreso del Estado, en el ámbito de su competencia, las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, productos, aprovechamientos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria; así como las tasas de las contribuciones adicionales. Los Ayuntamientos y, en su caso, el Congreso del Estado, podrán solicitar los criterios técnicos de las dependencias del Poder Ejecutivo Estatal, a fin de respaldar sus proyectos y resoluciones;

XIX. Analizar y en su caso aprobar anualmente su presupuesto de egresos, el cual deberá ser aprobado por las dos terceras partes del Ayuntamiento; en caso de ser necesario realizar adecuaciones presupuestales, éstas deberán ser aprobadas en los términos señalados dentro del ejercicio fiscal al que correspondan y antes del gasto.

XX. Autorizar al Presidente Municipal, la celebración de contratos con particulares e

instituciones oficiales, sobre asuntos de interés público, en los términos de Ley. Al efecto, los Ayuntamientos están facultados para obligarse crediticiamente a través del Presidente Municipal; en este caso, se deberán observar los criterios de aprobación establecidos en esta Ley, así como en las disposiciones de la materia.

Los municipios, sólo podrán contraer deuda pública cuando esta se destine a inversión pública productiva en términos de la legislación aplicable. No

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constituirán deuda pública, las obligaciones directas a corto plazo que contraigan los municipios y que reúnan los requisitos exigidos por la legislación vigente.

XXI. Autorizar la nomenclatura de las calles, jardines, plazas y paseos públicos, así como instrumentar las medidas necesarias para que estás y sus topónimos, sean inscritos en español y en las lenguas indígenas de uso en el territorio, de acuerdo a su disponibilidad presupuestaria;

XXII. Prevenir y sancionar, con el auxilio de las autoridades competentes, el alcoholismo, la prostitución, la adicción a las drogas y toda actividad que signifique perjuicio a la sociedad o sean considerados delitos federales o comunes;

XXIII. Autorizar al Presidente Municipal para solicitar al Gobernador, la expropiación de bienes por causa de utilidad pública que previene la Constitución Política del Estado;

XXIV. Prevenir y combatir, en proporción, a la posibilidad de sus recursos, la contaminación ambiental;

XXV. Designar al Regidor o Regidores que deban suplir al Presidente Municipal y a los Síndicos, en caso de falta absoluta de éstos y de sus suplentes;

XXVI. Asumir las facultades y obligaciones derivadas de la Ley de Deuda Pública, particularmente para el efecto de contraer obligaciones o celebrar empréstitos o créditos que deriven del crédito público y que, en términos de la Ley de la materia, constituyan deuda pública, así como lo relativo a su administración, registro y control.

XXVII. Instrumentar y articular, en concordancia con la política nacional y estatal, la política municipal orientada a erradicar la violencia contra las mujeres y el logro de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres; y

XXVIII. Incorporar la perspectiva de género en los planes, programas y acciones municipales.

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Asimismo, podrán:

XXIX. Convenir con el Estado, Instituciones de Educación Superior, otros municipios,

organismos especializados y de consultoría, el diseño y realización de programas y acciones para el desarrollo y profesionalización de su personal; a fin de cumplir con este propósito, también deberán dotar a las dependencias de la Administración Pública Municipal de manuales de organización, servicios y procedimientos y otros instrumentos para mejorar el desempeño de la administración;

XXX. Promover la integración de los miembros de los Consejos de Colaboración Municipal;

XXXI. Adquirir bienes, en cualquiera de las formas previstas por la Ley dentro de su jurisdicción. Si los Ayuntamientos se encontraren en posesión de bienes vacantes, operará en su favor la prescripción positiva en los términos que señala el Código Civil vigente en el Estado;

XXXII. Acrecentar los bienes patrimoniales y promover el desenvolvimiento material, cívico, social, económico, cultural, artístico, deportivo, científico, tecnológico y educativo en general, en la municipalidad, defender y preservar el medio ambiente a través de programas concretos; así como trabajos que estarán encaminados a la recuperación, documentación y difusión de elementos que constituyen el patrimonio cultural indígena;

XXXIII. Enajenar, a título gratuito u oneroso, los inmuebles de dominio privado del Municipio, únicamente cuando así lo aprueben las dos terceras partes de los integrantes del Ayuntamiento, previa localización y medición de la propiedad y avalúo por peritos; la venta se efectuará en los términos de la autorización y conforme a lo previsto por la Ley de la materia;

XXXIV. Formular las estadísticas de productividad del Municipio, con toda clase de datos relacionados con la actividad comercial, industrial y agropecuaria de su circunscripción;

XXXV. Conceder o no licencias a los miembros del Ayuntamiento, hasta por 30 días y llamar en su caso a quienes deban sustituirlos;

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XXXVI. Establecer en el territorio del Municipio, las Delegaciones y Subdelegaciones que sean necesarias, y poner en conocimiento de ello a los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado, para los efectos de la planeación y el desarrollo regional;

XXXVII. Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales;

XXXVIII. Proceder conforme a Ley Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas con auxilio del organismo correspondiente, así como, de acuerdo con las leyes estatales y Decretos relativos a la suspensión provisional de las obras de restauración y conservación de bienes declarados monumentos y que se ejecuten sin autorización, permiso o cumplimiento de los requisitos establecidos en las leyes y Decretos correlativos;

XXXIX. Regular, de acuerdo a su competencia, el funcionamiento de espectáculos y giros industriales, comerciales, turísticos y de servicios profesionales;

XL. Normar el establecimiento de mercados, tianguis y ferias, en su ámbito de

competencia;

XLI. Reglamentar, conforme a su competencia, las actividades mercantiles en la vía pública;

XLII. Vigilar que las obras públicas, acciones o servicios, se ejecuten de acuerdo a la Ley y el programa establecido;

XLIII. Aprobar o desechar las propuestas realizadas por el Presidente Municipal, respecto a la designación de comisiones de gobierno y administración.

XLIV. Nombrar al Cronista Municipal, quien tendrá a su cargo la investigación histórica y cultural que preserve y fomente la identidad de los pobladores con su municipio y con el Estado, así como la integración, conservación y enriquecimiento del archivo histórico del Municipio.

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El Ayuntamiento de cada Municipio, previa consulta a las asociaciones e

instituciones educativas, culturales y sociales que existan en el Municipio,

determinará la forma mediante la cual será nombrado el Cronista encargado de

rescatar y preservar la historia local, quien en todo caso deberá haberse

distinguido por sus méritos y aportaciones a la cultura lugareña y a fin de alentar

la objetividad de sus estudios e investigaciones, su encargo deberá tener el

carácter de vitalicio y honorífico. Esta misma fórmula se observará para

designar a quien deba sustituir al Cronista que fallezca o renuncie

voluntariamente a su encargo.

El Ayuntamiento, de acuerdo con su disponibilidad presupuestaria, podrá,

asignar la partida que juzgue conveniente para apoyar investigaciones, estudios

y publicaciones de su Cronista.

Será atribución del Cronista Municipal, entre otras, el registro literario y documental de los personajes y acontecimientos históricos más relevantes del municipio; así como el estudio y rescate de las costumbres y tradiciones y la descripción de las transformaciones urbanas del municipio. Para el cumplimiento de sus tareas, el Cronista Municipal contará con los recursos que se deriven del trabajo coordinado con las instituciones públicas y privadas, que tengan injerencia en la investigación, acervo y difusión de las culturas populares;

XLV. Proponer y elaborar acciones y proyectos estratégicos enfocados al desarrollo en zonas metropolitanas en el Estado de manera concurrente con los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal cuando así lo consideren;

XLVI. En el caso de municipios con población indígena reconocida elaborarán reglamentos internos propios de cada localidad a fin de que coadyuven al mejoramiento, establecimiento, limitación y regulación de los usos y costumbres con la participación de la comunidad;

XLVII. Preservar la cultura, derechos lingüísticos y tradiciones de los pueblos y comunidades indígenas, su protección legal y tomar en cuenta su opinión para

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la formulación de los Planes Municipales de Desarrollo y en los asuntos y acuerdos municipales que les afecten; y

XLVIII. A más tardar, noventa días hábiles posteriores a la toma posesión, podrá solicitar al Congreso del Estado la modificación al Catálogo de Pueblos y Comunidades Indígenas, para lo cual se deberá aplicar la metodología de una Cédula Antropológica como un instrumento técnico.

XLIX. Las demás que le concedan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado y las leyes que de ellas emanen. A tal efecto y en el ámbito de su competencia, la Legislatura del Estado, tomará en cuenta las condiciones territoriales y socioeconómicas del Municipio y su capacidad técnica, administrativa y financiera.

L. Los municipios, en el desempeño de las funciones o la prestación de los servicios a su cargo y sin demérito de las atribuciones que le otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado, deberán observar lo dispuesto por las leyes federales y estatales.

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ORGANIGRAMA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL 2016-2020.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIO

PARTICULAR

SECRETARIA GENERAL MUNICIPAL

PROF. VICTORIANO DE LA CRUZ

RIVERA

SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS

ING. ANA LILIA PIOQUINTO ROMERO

SECRETARIA DE FINANZAS

L.C. CARLOS ALBERTO RAMIREZ

MARTINEZ

CONTRALORIA MUNICIPAL

LIC. MARICELA GARCIA GONZALEZ

SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA

CMDTE. MAXIMINO ALEJANDRO

MARTINEZ VILLA

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

ARQ. EDITH DOMINGUEZ PEDRAZA

SECRETARIA DE DESARROLLLO ECONOMICO Y TURISMO

C. JUAN OMAR CRUZ NOPAL

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DETALLE DE LAS FUNCIONES Y ACTIVIDADES DE LAS Y LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS MUNICIPALES.

SECRETARÍAS Para un adecuado funcionamiento de la Administración Pública Municipal, las Direcciones, Subdirecciones, departamentos y áreas subordinadas se agruparán en Secretarías, sus titulares coordinarán las dependencias. FUNCIÓN DE LOS SECRETARIOS Coordinarlas funciones de las direcciones y departamentos a su cargo, cuidando que el trabajo sea desempeñado en plena observancia de planes, programas y presupuestos, manteniendo la visión y conducción integral y de largo plazo de las Políticas públicas del área de su competencia. PARTICULARIDADES Si las necesidades o tamaño de una secretaría o dirección lo llegara a requerir, se Podrá expedir un reglamento interior particular de esa dependencia, el cual deberá ser aprobado por el H. Ayuntamiento. OBLIGACIONES GENERALES DE LOS SECRETARIOS. Los Secretarios Municipales vigilarán y coadyuvaran en el ámbito de su competencia, para el cumplimiento de las Leyes Federales, Estatales y Municipales, así como de los planes, programas y todas aquellas disposiciones y acuerdos que emanen del H. Ayuntamiento, además de tener las obligaciones q ue se relacionan ante el Presidente Municipal, sin detrimento de las asociadas a su cargo y responsabilidad:

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A. Rendir informe mensual de la actividad y tarea que desempeña su dependencia.

B. Proporcionar a éste o al H. Ayuntamiento en su caso, la información que al momento se requiera sobre cualquier asunto que sea de su interés.

C. Brindarle el apoyo, asesoría y/o asistencia técnica en el momento que sea requerida.

D. Atención a la ciudadanía en el momento en que presenten quejas por deficiencia en la prestación de los Servicios Públicos o en su caso, por violación a los derechos humanos, informando clara y oportunamente sobre el seguimiento de sus quejas.

E. Facilitarla comunicación intersecretarial, aportando información, apoyo y la asesoría que los secretarios requieran para efectos de seguimiento, coordinación y supervisión de acciones de cada dependencia en la búsqueda del mejoramiento y cumplimiento de los Servicios Públicos y del plan de Desarrollo Municipal.

Así mismo y con la idea de aportar eficiencia y eficacia en el despacho de los asuntos de la Administración Pública Municipal, las dependencias quedan Obligadas a coordinarse entre sí cuando la naturaleza de sus funciones así lo requiera, como también proporcionar la información que entre ellas se soliciten.

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PUESTO

SECRETARIO PARTICULAR

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal Constitucional

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas

Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal Gobierno del Estado Congreso del Estado Organizaciones No Gubernamentales Toda la Ciudadanía en General

Función General

El secretario particular, atenderá la correspondencia oficial y el turno de asuntos previo acuerdo con el presidente municipal, en coordinación con el departamento de audiencias llevará la agenda oficial del presidente municipal, las demás que expresamente le determine el presidente municipal; al mismo tiempo es encargado de dar seguimiento a las acciones y los programas del gabinete municipal, así como de coordinar las actividades desarrolladas por el Presidente municipal con los titulares de las dependencias que integran la administración pública Municipal.

Presidente Municipal Constitucional

Secretario particular

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ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Informar al presidente municipal los asuntos de atención prioritaria, Proponiendo alternativas de solución.

II. Recibir, analizar y darle el trámite correspondiente a todas las peticiones ciudadanas que son dirigidas al presidente municipal.

III. Registrar y dar seguimiento a los asuntos específicos de los acuerdos en que

el presidente municipal instruya a las dependencias municipales. IV. Integrar, formular y dar seguimiento al plan municipal de desarrollo, en

coordinación con las entidades y dependencias de la administración pública municipal.

V. Coordinar la organización general de las reuniones de trabajo que el presidente sostenga con las diferentes dependencias de la administración pública municipal.

VI. Tendrá y controlará las bitácoras mensuales de uso de cada unidad y

determinará indicadores de rendimiento en el consumo de combustible, mantenimiento y uso de cada unidad vehicular que tenga a su cargo.

VII. Las demás que le encomienden el ayuntamiento, el presidente municipal y las

que expresamente le señalen los ordenamientos legales aplicables.

VIII. La injerencia en toda consultoría y asistencia técnica a sindicatura y a las dependencias municipales que requieran del servicio.

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IX. Brindar el apoyo a la audiencia, ciudadanía en general y a los diferentes

sectores; tanto nacionales, estatales y municipales.

X. Otorgar el apoyo y seguimiento de las diferentes problemáticas.

Presidente Municipal Constitucional

Contraloría Municipal

Titular de Responsabilidades y Situación Patrimonial.

Encargado de Auditoría Contable, de Obras, Concursos y Licitaciones.

Auxiliar Administrativo

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PUESTO

CONTRALOR MUNICIPAL

Jefe Inmediato Superior

Presidente Municipal Constitucional

Áreas Subordinadas

Ninguna

Relaciones Internas

Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal Gobierno del Estado Congreso del Estado Organizaciones No Gubernamentales Toda la Ciudadanía en General

Función General

Es el órgano que tiene por objeto la vigilancia y evaluación del desempeño de las distintas áreas de la administración municipal, para promover la productividad, eficiencia y eficacia, a través de la implantación de sistemas de control interno, adecuado a las circunstancias, así como vigilar, en su ámbito, el cumplimiento de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos.

FACULTADES ESPECÍFICAS

I. Vigilar el cumplimiento de las políticas, programas y demás disposiciones legales y reglamentarias del Ayuntamiento;

II. Planear, organizar y coordinar el sistema de control y evaluación municipal;

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III. Inspeccionar el ejercicio del gasto público municipal en congruencia con el presupuesto de Egresos;

IV. Implementar las normas de control, fiscalización, contabilidad y auditoría que deben observar las dependencias, órganos, organismos municipales y municipales descentralizados, previa consulta con la Auditoria Superior del Estado y la Secretaría de Contraloría de la Administración Pública Estatal;

V. Auditar a las diversas dependencias, órganos, organismos municipales y municipales descentralizados que manejen fondos y valores, verificando el destino de los que de manera directa o transferida realice el Municipio a través de los mismos;

VI. Ejercer la vigilancia y el control del gasto público municipal, procurando el máximo rendimiento de los recursos y el equilibrio presupuestal;

VII. Supervisar las acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, contratación, gasto y control de las adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles y servicios, de cualquier naturaleza que se realicen con fondos municipales, en términos de las disposiciones aplicables en la materia;

VIII. Cumplir con las obligaciones que en su caso, le impongan los convenios o acuerdos de coordinación que en materia de inspección y control suscriba el Municipio con el Estado;

IX. Inspeccionar que las obras que en forma directa o en participación con otros organismos realice el Municipio y que se ajusten a las especificaciones previamente fijadas;

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X. Recepcionar y registrar las declaraciones patrimoniales que deban presentar los servidores públicos del gobierno municipal; verificar y practicar las investigaciones que fueren pertinentes respecto del cumplimiento de esta obligación, de acuerdo con las leyes y reglamentos;

XI. Substanciar los procedimientos administrativos que resulten con motivo de la falta de presentación de las declaraciones patrimoniales a que se encuentran obligados los servidores públicos municipales, conforme a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado;

XII. Designar a los auditores externos y comisarios de los organismos que integran la administración pública municipal descentralizada;

XIII. Informar al Presidente Municipal el resultado de las evaluaciones realizadas y proponer las medidas correctivas que procedan;

XIV. Fincar las responsabilidades administrativas que previene la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado, en contra de los servidores públicos municipales, para lo cual deberá:

a. Conocer e investigar los actos, omisiones o conductas de los servidores públicos que puedan constituir responsabilidades administrativas:

b. Iniciar y desahogar el procedimiento administrativo disciplinario correspondiente;

c. Pronunciar si existe responsabilidad del servidor público sujeto a procedimiento;

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d. Someter el asunto a la decisión del Presidente Municipal, para que en su carácter de superior jerárquico, imponga la sanción que corresponda;

e. Aplicar las sanciones que imponga el Presidente Municipal, en los términos que las leyes señalen; y

f. Utilizar las medidas de apremio que marca la Ley de Responsabilidades, para el debido cumplimiento de las sanciones impuestas;

XV. Interponer las denuncias correspondientes ante el Ministerio Público cuando, de las investigaciones realizadas, se desprenda la comisión de uno o más delitos perseguibles de oficio;

XVI. Proponer e instrumentar los mecanismos necesarios en la gestión pública para el desarrollo administrativo en las dependencias y entidades, a fin de que los recursos humanos y materiales, así como los procedimientos técnicos, sean aprovechados y aplicados con criterios de eficacia, descentralización, desconcentración y simplificación administrativa.

Al efecto, realizará las investigaciones, estudios y análisis sobre estas materias y aplicará las disposiciones administrativas que resulten necesarias;

XVII. Verificar que se cumplan las disposiciones legales, normas, políticas y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos, desincorporación de activos, servicios y obras públicas de la administración pública municipal;

XVIII. Vigilar que los recursos y aportaciones, federales y estatales asignados al Municipio, se apliquen en los términos estipulados en las leyes, reglamentos y convenios respectivos;

XIX. Colaborar con la Secretaría de Contraloría del Gobierno del Estado y con la Auditoría Superior del Estado para el cumplimiento de las atribuciones que les competan;

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XX. Participar en la entrega-recepción de las unidades administrativas de las dependencias y entidades del Municipio, conjuntamente con el Síndico;

XXI. Revisar los estados financieros de la Tesorería y verificar que los informes sean remitidos en tiempo y forma al Auditor Superior del Estado. Al efecto, podrá auxiliarse de profesionales en la materia, previa autorización del Cabildo;

XXII. Revisar los inventarios de bienes muebles e inmuebles propiedad del Ayuntamiento; y

XXIII. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos en la materia.

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PUESTO

ENCARGADO DE AUDITORÍA CONTABLE, DE OBRAS CONCURSOS Y LICITACIONES.

Jefe Inmediato Superior Contralor Municipal

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal Gobierno del Estado Órgano de Fiscalización Superior

del H. Congreso del Estado Toda la Ciudadanía en General

Función General

Ejecutar el programa anual de auditoría a las dependencias de la administración. Supervisar a través de la realización de auditorías, que las dependencias y entidades de la administración pública municipal, cumplan con las normas de disposiciones en materia de sistema de registro de contabilidad, contratación y pago de personal, registro de proveedores y contratistas de servicio, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, destino, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles, almacenes y demás activos y recursos del gobierno municipal.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Supervisar a través de la realización de auditorías, que las dependencias y entidades de la administración pública municipal, cumplan con las normas de disposiciones en materia de sistema de registro de contabilidad, contratación y pago de personal, registro de proveedores y contratistas de servicio, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, destino, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles, almacenes y demás activos y recursos del gobierno municipal.

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II. Auditar en coordinación con el contralor municipal el ejercicio del gasto público a cargo de las dependencias y entidades de la administración pública municipal y determinar su congruencia y racionalidad con el presupuesto de egresos y programas autorizados.

III. Revisar la aplicación de los recursos que la federación y el estado transfieran al

municipio, así como los recursos propios. IV. Remitir al departamento de responsabilidades y situación patrimonial, los

resultados de las auditorias en las que se haya detectado presuntas responsabilidades a cargo de servidores públicos u otras personas que ameriten las sanciones señaladas en la normatividad correspondiente.

V. Inspeccionar y vigilar el ejercicio del gasto de inversión, el gasto corriente y su congruencia con el presupuesto de egresos.

VI. Vigilar que la obra se realice de acuerdo a los planes, programas, proyectos y

presupuestos aprobados, supervisándolas directamente. VII. Inspeccionar y vigilar el ejercicio de los recursos transferidos de la federación o

del estado al municipio, para las acciones y obras públicas, con el fin de evaluar su cumplimiento de acuerdo con la programación establecida.

VIII. Supervisar la entrega-recepción de las obras. IX. Remitir al departamento de responsabilidades y situación patrimonial, los

resultados de las inspecciones en que se hayan detectado presuntas responsabilidades a cargo de servidores públicos, contratistas y proveedores; y de obras y servicios públicos).

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PUESTO

TITULAR DE RESPONSABILIDADES Y SITUACIÓN PATRIMONIAL.

Jefe Inmediato Superior Contralor Municipal

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal Gobierno del Estado Órgano de Fiscalización Superior

del H. Congreso del Estado Toda la Ciudadanía en General

Función General

Recibir las quejas y denuncias que se presentan por incumplimiento a los servicios públicos del municipio, así como sustanciar el procedimiento administrativo correspondiente en los términos de la ley de responsabilidades de los servidores públicos, así como Recibir, analizar y registrar las declaraciones iniciales, anuales y de conclusión, de la situación patrimonial de los servidores públicos municipales que por ley estén obligados a presentarla (de acuerdo en su artículo 80 fracción III de la ley de responsabilidades de los servidores públicos).

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Expedir las normas y los formatos bajo los cuales los servidores públicos, deberán presentar su declaración patrimonial, así como los manuales e instructivos que indique lo que es obligatorio declarar.

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II. Recibir las quejas y denuncias que se presentan por incumplimiento a los servicios públicos del municipio.

III. Sustanciar el procedimiento administrativo correspondiente en los términos de

la ley de responsabilidades de los servidores públicos. IV. Llevar el registro de los bienes a que se refiere el artículo 89 de la ley de

responsabilidades de los servidores públicos del estado de Hidalgo.

V. Sustanciar los procedimientos administrativos, relativos a inconformidades que en materia de adquisiciones interpongan proveedores del estado y coadyuvar con dependencias federales y estatales, cuando las inconformidades en materia de adquisiciones y obra pública en el municipio se relacionen con recursos de origen federal o estatal, total o parcial.

VI. Revisar la funcionalidad del sistema de movimientos e incidencias de personal.

VII. Las demás que le señalen las leyes, reglamentos y acuerdos del ayuntamiento,

e instrucciones del presidente municipal.

VIII. Comparecer ante el ayuntamiento, cuando se le requiera.

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PUESTO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Jefe Inmediato Superior

Contralor Municipal

Áreas Subordinadas

Ninguna

Relaciones Internas

Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Toda la Ciudadanía en General

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a la contraloría interna municipal.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos.

II. Recibir documentos. III. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

IV. Manejo y control de expedientes.

V. Atender llamadas telefónicas, tomar recados. VI. Tomar notas y recados.

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VII. Atención al público en general.

VIII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran. IX. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

X. Elaborar reportes solicitados. XI. Atender los asuntos y desempeñar las comisiones que le encomiende el

contralor interno municipal. XII. Acordar con el contralor el despacho de los asuntos encomendados y

mantenerlo informado de las actividades que se realicen, así como, coordinarse con los titulares de las unidades administrativas de la contraloría, para darles a conocer instrucciones.

XIII. Llevar el registro, control y seguimiento de las solicitudes y planteamientos, formulados al contralor interno municipal.

XIV. Ser el enlace entre el contralor y los servidores públicos de las dependencias y entidades municipales, estatales y federales, para la organización de audiencias, reuniones y demás actos relacionados con sus actividades.

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Estructura Funcional Secretaria General Municipal

DIRECTOR DE GOBIERNO

MUNICIPAL

OFICIAL MAYOR

MUNICIPAL

JEFE DE DEPARTAMENTO DE

INFORMÁTICA OFICIAL DEL REGISTRO

DEL ESTADO FAMILIAR

DIRECTOR DE

COMUNICACIÓN SOCIAL

DIRECTOR JURÍDICO

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA GENERAL

MUNICIPAL

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Secretaria

DEPARTAMENTO DE

AUDIENCIAS

TITULAR DE LA UNIDAD

DE TRANSPARENCIA

ENCARGADA DE

ARCHIVO MUNICIPAL

DIRECTOR DE REGLAMENTOS Y

ESPECTACULOS

JUEZ MENOR

CONCILIADOR

DIRECTOR DE

EDUCACION Y CULTURA

SECRETARIA (ENCARGADA DE CONSTANCIAS)

JUNTA DE RECLUTAMIENTO

MUNICIPAL

DIRECTORA DE RELACIONES

EXTERIORES

SECRETARIA (ENCARGADA

OFICIALIA DE PARTES)

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PUESTO

SECRETARIO GENERAL MUNICIPAL

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal Constitucional

Áreas Subordinadas

Dirección de Gobierno Municipal. Dirección Jurídica Municipal. Oficial del Registro del Estado Familiar. Dirección de Comunicación Social. Oficialía Mayor Municipal. Jefe del Departamento de Informática. Dirección de Relaciones Exteriores. Jefa de Departamento de Audiencias. Dirección de Educación y Cultura. Dirección de Reglamentos y Espectáculos. Juez Menor Conciliador. Titular de la Unidad de Transparencia. Encargada de Archivo Municipal. Junta de Reclutamiento Municipal.

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal Gobierno del Estado H. Congreso del Estado Organizaciones No Gubernamentales Toda la Ciudadanía en General

Función General

Despacho de los Asuntos del ayuntamiento de carácter Administrativo y político, para auxiliar en sus funciones al Presidente Municipal.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA GENERAL

MUNICIPAL

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ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Tener a su cargo el despacho y dirección de la Secretaría General y el Archivo del Ayuntamiento;

II. Controlar la correspondencia oficial y dar cuenta de los asuntos al Presidente para acordar el trámite y darle seguimiento;

III. Estar presente en todas las sesiones del Ayuntamiento con derecho a voz;

IV. Expedir las copias, credenciales y demás certificaciones y documentos que acuerde el Presidente Municipal;

V. Refrendar con su firma los documentos oficiales suscritos por el Presidente Municipal;

VI. Formular y presentar al Presidente Municipal la relación mensual de expedientes resueltos en dicho plazo, o que se encuentren pendientes de resolución, con mención sucinta del asunto en cada caso;

VII. Con la intervención del Síndico, elaborar el inventario general y registro en libros especiales de los bienes muebles e inmuebles, propiedad del Municipio, de dominio público y de dominio privado, expresando todos los datos de identificación, valor y destino de los mismos;

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VIII. Conformar y mantener actualizada una colección de leyes, decretos, reglamentos, circulares, periódicos oficiales del Estado, y en general de todas las disposiciones legales de aplicación en el Municipio y en el Estado;

IX. Desempeñar la función de Secretario de la Junta Municipal de Reclutamiento;

X. Suplir las faltas del Presidente Municipal, en los términos de esta Ley;

XI. Distribuir entre los empleados de la Secretaría a su cargo, las labores que deban desempeñar;

XII. Desempeñar los cargos y comisiones oficiales, que le confiera el Presidente;

XIII. Cuidar que los empleados municipales, concurran a las horas de despacho y realicen sus labores con prontitud, exactitud y eficacia;

XIV. Cumplir y hacer cumplir en la esfera de su competencia, los Bandos de Gobierno y Policía, el Reglamento Interior de la Administración y los Reglamentos de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, el de Protección Civil y todas las normas legales establecidas y los asuntos que le encomiende el Presidente Municipal, para la conservación del orden, la protección de la población y el pronto y eficaz despacho de los asuntos administrativos municipales; y

XV. Comparecer ante el Ayuntamiento, cuando se le requiera.

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PUESTO

ENCARGADA DE CONSTANCIAS SECRETARIA

Jefe Inmediato Secretario General Municipal.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Toda la Ciudadanía en General

Función General

Elaborar constancias que sean requeridas por la ciudadanía en general, verificando que cumplan con los requisitos necesarios que se requieran. Control de archivo General.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Recibir y resguardar los documentos para la elaboración de diversas constancias.

II. Elaborar las diferentes constancias de radicación, identidad, identidad con datos generales, ingresos, ingresos para beca, domicilio, dependencia económica, origen, escasos recursos económicos, buena conducta, terminación de servicio social, recomendación, infraestructura etc.

III. Clasificar y archivar los documentos de constancias enviados y recibidos.

IV. Manejo y control de constancias.

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V. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax.

VI. Tomar notas y recados.

VII. Atención al público en general.

VIII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran. IX. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

X. Elaborar reportes solicitados. XI. Atender los asuntos y desempeñar las comisiones que le encomiende el

Secretario General Municipal. XII. Archivar y clasificar documentación de las diferentes dependencias en general.

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PUESTO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Jefe Inmediato Secretario General Municipal.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Toda la ciudadanía en general

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas en la Secretaría General Municipal.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos.

II. Recibir documentos. III. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

IV. Manejo y Control de expedientes.

V. Atender llamadas telefónicas, tomar recados.

VI. Atención al público en general.

VII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran.

VIII. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo. IX. Atender los asuntos y desempeñar las comisiones que le encomiende el

Secretario General Municipal.

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72

PUESTO

DIRECTOR DE GOBIERNO MUNICIPAL

Jefe Inmediato Secretario General Municipal.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal Gobierno del Estado Instituciones No Gubernamentales Toda la Ciudadanía en General

Función General

Controlar, Inspeccionar, revisar, y supervisar los actos tendientes a garantizar el cumplimiento de los reglamentos municipales; dentro de su competencia, Cumplir y hacer cumplir las disposiciones contenidas en las leyes y reglamentos federales, estatales y municipales así como los acuerdos del ayuntamiento.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA GENERAL

MUNICIPAL

DIRECTOR DE GOBIERNO

MUNICIPAL

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ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Captar, regular y proyectar la información y datos generados por los habitantes del municipio, con el propósito de garantizar la participación de estos en los mecanismos de gobernabilidad democrática y planeación demográfica.

II. Garantizar la correcta vinculación de los componentes de la Dirección con la Secretaría general municipal y el resto de la administración.

III. Informar oportunamente al Secretario General Municipal de las acciones y

cumplimiento de metas y problemas que se susciten con la dirección; y en vinculación directa con la ciudadanía.

IV. Acudir oportunamente a las reuniones convocadas por el Secretario General

Municipal.

V. Informar al Secretario general municipal sobre la correspondencia turnada al área.

VI. Proporcionar información que le sea requerida por otras dependencias de

acuerdo a las políticas establecidas con la previa autorización del Secretario general municipal.

VII. Las demás funciones inherentes a su puesto o es su caso asigne el Presidente municipal o Secretario general municipal.

VIII. A través del trabajo en equipo, evitar la duplicidad de funciones turnando a las diferentes áreas asuntos que no sean de correspondencia de ésta Dirección, tanto con la Dirección Jurídica y El Juzgado Menor Conciliador.

IX. Promover la participación de la comunidad y de los grupos organizados en los

programas y acciones del municipio.

X. Implementar los mecanismos de comunicación y organización entre el gobierno

municipal y su comunidad, procurando que éstos sean adecuados, oportunos y suficientes.

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PUESTO DIRECTOR JURÍDICO MUNICIPAL

Jefe Inmediato Secretario general municipal.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Auxiliares jurídicos

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. Organizaciones No Gubernamentales. Poder Judicial del Estado. Poder Judicial de la Federación. Toda la Ciudadanía en General.

Función General

La Dirección Jurídica, tendrá a su cargo la asesoría, asistencia técnica de los intereses y asuntos Jurídicos y Patrimoniales del ayuntamiento.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA GENERAL

MUNICIPAL

DIRECTOR JURIDÍCO

MUNICIPAL

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ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Coordinar los asuntos en materia jurídica que requiera el Ayuntamiento.

II. Acordar e informar a la Sindicatura Jurídica y a la Secretaria General Municipal de los asuntos en materia jurídica del Ayuntamiento.

III. Llevar los juicios y controversias, que al efecto le instruya la Secretaría General

Municipal y Sindicatura Jurídica. IV. Revisar y representar al ayuntamiento en los contratos, acuerdos y convenios,

ajustándose a las órdenes e instrucciones que en cada caso, reciba de la Secretaría General Municipal.

V. Asesorar y representar a los órganos de la Administración Pública Municipal, tanto centralizada como descentralizada y a sus titulares; mantenerlos actualizados respecto a las leyes, decretos, acuerdos o reglamentos, que regulan sus funciones.

VI. Redactar los documentos que requieran para el cumplimiento de sus

atribuciones. VII. Asesorar gratuitamente a los habitantes de escasos recursos del municipio.

VIII. Vigilar que los actos de la Administración Pública Municipal se realicen con estricto apego a derecho.

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IX. Tramitar los recursos administrativos necesarios, en defensa del municipio conforme lo previsto en los reglamentos municipales.

X. Formular los informes previos y justificados para los incidentes de suspensión y los juicios de amparo, respectivamente, que los particulares presentan en contra de actos de las distintas autoridades municipales, en los asuntos que le instruya la Secretaria General Municipal y Sindicatura Jurídica.

XI. Formular contestaciones, con ofrecimiento de pruebas en los juicios de nulidad

que se presentan por los particulares en el tribunal de lo contencioso administrativo en contra de diversas autoridades municipales, en los asuntos que le instruya la Secretaria General Municipal y Sindicatura Jurídica.

XII. Asistir como delegados de las autoridades municipales a las audiencias

incidentales y constitucionales en los juicios de amparo seguidos ante los juzgados de distrito y a las audiencias que se celebran ante el tribunal federal de justicia fiscal y administrativa, así como los juzgados y tribunales del estado de hidalgo, agencia del ministerio público de la federación y del fuero común, en los asuntos que le instruya la Secretaria General Municipal y Sindicatura Jurídica.

XIII. Atender y tramitar, los recursos administrativos que presentan los particulares en contra de diversas autoridades municipales.

XIV. Elaborar proyectos de acuerdos y oficios que requieren algunas de las dependencias municipales.

XV. Asesorías, revisión y elaboración de contratos y diversos actos en que

intervenga el ayuntamiento o las dependencias de la Administración Pública Municipal.

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XVI. Atención de consultas y opiniones que se le soliciten y provengan de las diversas dependencias municipales.

XVII. Auxiliar en los estudios y proyectos para la reglamentación municipal.

XVIII. Prestar asesoría jurídica a las dependencias de la administración pública municipal en las áreas administrativa, laboral, civil, penal y fiscal.

XIX. Defender jurídicamente al H. Ayuntamiento, a los servidores públicos, así como el patrimonio de la administración municipal, en los asuntos que le instruya la Secretaria General Municipal y la Sindicatura Jurídica.

XX. Elaborar los informes previos y justificados que deban rendir las autoridades

municipales en juicios de amparo requeridos por los juzgados de la federación, en los asuntos que le instruya la Secretaria General Municipal y Sindicatura Jurídica.

XXI. Asesorías y patrocinios en las controversias en que tenga interés jurídico el Ayuntamiento y las diversas dependencias de la administración municipal, en los ámbitos civil, penal, laboral, amparo y el contencioso administrativo.

XXII. Asesoría y asistencia técnica en favor del sistema para el Desarrollo Integral de la Familia DIF del municipio, cuando dicho organismo lo solicite.

XXIII. La injerencia en toda consultoría y asistencia técnica a la Sindicatura Jurídica y a las dependencias municipales que requieran del servicio jurídico.

XXIV. Y las demás que le determine el Ayuntamiento, el Presidente Municipal y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

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PUESTO AUXILIAR JURÍDICO

Jefe Inmediato Director Jurídico

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Auxiliares Jurídicos

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. Organizaciones No Gubernamentales. Poder Judicial del Estado. Poder Judicial de la Federación. Toda la Ciudadanía en General.

Función General

Asistencia técnica de los intereses y asuntos Jurídicos y patrimoniales del ayuntamiento.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Auxiliar en todas las actividades que realiza la Dirección Jurídica.

II. Llevar los juicios y controversias, que al efecto les instruya la Secretaría General municipal y Sindicatura Jurídica, previo acuerdo del ayuntamiento.

III. Revisar y representar al ayuntamiento en los contratos, acuerdos y convenios,

ajustándose a las órdenes e instrucciones que en cada caso, reciba de la Secretaría General Municipal y Sindicatura Jurídica.

IV. Tramitar los recursos administrativos necesarios, en defensa del municipio

conforme lo previsto en los reglamentos municipales.

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V. Formular los informes previos y justificados para los incidentes de suspensión

y los juicios de amparo, respectivamente, que los particulares presentan en contra de actos de las distintas autoridades municipales, en los asuntos que le instruya la Secretaria General Municipal y Sindicatura Jurídica.

VI. Formular contestaciones, con ofrecimiento de pruebas en los juicios de nulidad

que se presentan por los particulares en el tribunal de lo contencioso administrativo en contra de diversas autoridades municipales en los asuntos que le instruya la Secretaria General Municipal y Sindicatura Jurídica.

VII. Asistir como delegados de las autoridades municipales a las audiencias

incidentales y constitucionales en los juicios de amparo seguidos ante los juzgados de distrito y a las audiencias que se celebran ante el tribunal federal de justicia fiscal y administrativa, así como los juzgados y tribunales del estado de hidalgo, agencia del ministerio público de la federación y del fuero común, en los asuntos que le instruya la Secretaria General Municipal y Sindicatura Jurídica.

VIII. Atender y tramitar, los recursos administrativos que presentan los particulares en contra de diversas autoridades municipales, en los asuntos que le instruya la Secretaria General Municipal y Sindicatura Jurídica.

IX. Elaborar proyectos de acuerdos y oficios que requieren algunas de las

dependencias municipales.

X. Revisar y formular contratos y convenios en los que el municipio figura como parte.

XI. Las demás que le determine el Ayuntamiento, el Presidente Municipal y las

disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

XII. Comparecer ante el Ayuntamiento, cuando se le requiera.

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PUESTO OFICIAL DEL REGISTRO DEL ESTADO

FAMILIAR

Jefe Inmediato Secretario general municipal.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. Toda la Ciudadanía en General.

Función General

Contará con facultades, atribuciones obligaciones y derechos para constatar y autorizar los actos del estado familiar y extender las actas relativas a nacimiento, matrimonio, concubinato, divorcio, tutela, emancipación y muerte de los mexicanos y los extranjeros residentes en la demarcación mencionada, inscribir las ejecutorias que declaren la ausencia, la presunción de muerte, la de haber perdido la capacidad legal para administrar bienes y las resoluciones definitivas del estado familiar de las personas, las cuales se asentarán en documentos especiales que se denominarán “formas del registro del estado familiar” de las que se llevará un duplicado en el registro del estado familiar.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA GENERAL

MUNICIPAL

OFICIAL DEL REGISTRO

DEL ESTADO FAMILIAR

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ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Cotejar, revisar y firmar certificaciones de actas.

II. Asentará las actas, las oficinas del registro del estado familiar tendrán las siguientes formas: de nacimiento, de reconocimiento de hijos, de tutela, de matrimonio, de concubinato, de divorcio, tutela, emancipación de defunción y el de las inscripciones de las ejecutorias que declaren la ausencia, la presunción de muerte o que se ha perdido la capacidad legal para administrar bienes.

III. Toda acta deberá asentarse en las formas que se mencionan en el párrafo

anterior, por duplicado. IV. En los casos en que se requiera, el oficial del registro del estado familiar, está

obligado a registrar en el acta de nacimiento, el nombre de un individuo, con los caracteres pertenecientes a las lenguas indígenas o algún otro idioma distinto al español.

V. Las actas del registro del estado familiar se asentarán en hojas especiales que se denominarán "formas del registro del estado familiar".

VI. Si se perdiere o destruyere alguna de las formas del registro del estado familiar,

se sacará inmediatamente copia de alguno de los otros ejemplares, para cuyo efecto el funcionario que tenga conocimiento de las pérdidas, dará aviso a la dirección del registro del estado familiar del poder ejecutivo del estado quien ordenará de inmediato el trámite de reposición.

VII. El estado familiar sólo se comprueba con las constancias relativas del registro

del estado familiar. ningún otro documento, ni medio de prueba es admisible para comprobarlo, salvo los casos expresamente exceptuados por la ley.

VIII. Cuando no hayan existido registros, se hayan perdido, estuvieren ilegibles o faltaren hojas en que se pueda suponer se encontraba la inscripción; se podrá recibir prueba del acto para su constitución o reposición. Pero si uno de los

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registros se ha inutilizado y existen los otros ejemplares, de éstos deberán tomarse las pruebas, sin admitir las de otra clase.

IX. Con las formas del registro del estado familiar se irán integrando volúmenes de

acuerdo con el acto del registro del estado familiar de que se trate, los cuales serán visados en su primera y última hojas por la dependencia competente del poder ejecutivo del estado, y se pondrá el sello de la misma en cada volumen. Los volúmenes se integrarán cada año debiendo quedar el original en la oficina del registro del estado familiar, así como los documentos que le correspondan; se remitirá un ejemplar de las formas a la dependencia correspondiente del poder ejecutivo del estado.

X. Sólo podrá asentarse en las actas del estado familiar, lo que deba ser declarado por el acto preciso a que ellas se refieren y lo expresamente prevenido por la ley, bajo pena de nulidad que hará valer todo interesado dentro de los seis meses de haber tenido conocimiento del acto aludido y de responsabilidad del oficial del registro correspondiente, en los términos del artículo 395 de la ley para la familia del estado de Hidalgo.

XI. El oficial del registro del estado familiar, observará las siguientes reglas:

A. Los testigos que intervengan en las actas del registro del estado familiar, serán mayores de edad, prefiriéndose los que designen los interesados, aun cuando sean sus parientes.

B. Asentada el acta en las formas, será leída por el oficial del registro del estado familiar a los interesados y dos testigos; la firmarán todos, y si algunos no pueden hacerlo, se expresará la causa. También se expresará que el acta fue leída y quedaron conformes los interesados en su contenido.

C. Si alguno de los interesados quisiere imponerse por sí mismo, del tenor del acta, podrá hacerlo, y si no supiera leer, uno de los testigos designados por él, leerá aquella y la firmará si el interesado no supiera hacerlo.

D. Si un acto comenzado se entorpeciere porque las partes se nieguen a continuarlo o por cualquier otro motivo, se inutilizará el acta marcándola con dos

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líneas transversales y expresándose el motivo porque se suspendió, razón que deberán firmar oficial del registro y en su caso los interesados y los testigos.

E. Las actas se numerarán con el folio que les corresponda y no se podrá dejar ningún espacio en blanco; salvo los casos exceptuados por la ley.

F. Tanto el número ordinal de las actas, como las de las fechas o cualquier otro, serán escritos en cifras aritméticas.

G. En ninguna frase se emplearán abreviaturas.

H. No se hará raspadura alguna, ni tampoco se permitirá borrar lo escrito. Cuando sea necesario testar alguna palabra, se pasará sobre ella una línea, de manera que quede legible, salvándose al final con toda precisión el error cometido. La infracción de las disposiciones contenidas en esta fracción y las tres anteriores se castigará con multa por valor de un día de salario mínimo vigente en el estado.

I. Los datos proporcionados por los interesados y los documentos que presenten, se anotarán poniéndoles el número de acta y el sello del registro y se reunirán y depositarán en el archivo correspondiente, formándose un índice de ellos en las últimas hojas de los libros.

J. La falsificación de las actas y la inserción en ellas de circunstancias o declaraciones prohibidas por la ley, generan responsabilidad del oficial del registro del estado familiar conforme a la ley aplicable, así como la nulidad de las mismas.

K. Los errores o defectos de las actas, obligan al oficial del registro del estado familiar, a hacer las correcciones que señale el reglamento respectivo, pero cuando no sean substanciales, no producirán la nulidad del acto, excepto que judicialmente se pruebe la falsedad de éste.

L. Emitirá copia certificada o extracto de las actas del registro del estado familiar, así como de los apuntes y documentos con ellas relacionados, y los oficiales del registro estarán obligados a darlo, así como la dependencia del poder ejecutivo correspondiente, con las excepciones que la misma ley señale.

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M. Los actos y actas del estado familiar relativas al oficial del registro del estado familiar, a su consorte y a los ascendientes o descendientes de cualquiera de ellos, no podrán autorizarse por el mismo oficial, pero se asentarán en las formas correspondientes y se autorizarán por el secretario general municipal asentándose razón de este hecho.

N. Llevar a cabo los actos que le correspondan de conformidad con la ley de la materia y deberá observar las formalidades, el protocolo y los requisitos que se establecen para ello.

O. Celebrar ceremonias de matrimonio dentro de su jurisdicción.

P. Por la falta de remisión de los ejemplares anteriormente señalados, se sancionará con un día de salario mínimo vigente en el estado, al oficial del registro del estado familiar por cada ejemplar.

Q. Autorizar anotaciones marginales de correcciones administrativas de actas, acorde a la legislación familiar vigente.

R. Dar cumplimiento a las resoluciones dictadas por autoridades judiciales.

S. Ordenar la reposición de actas que se deterioren, destruyan, mutilen o extravíen, certificando su autenticidad.

T. Cuidar que las formas de registro en donde inscriben los actos del estado familiar de las personas, no lleven tachaduras, enmendaduras o raspaduras.

XII. Comparecer ante el ayuntamiento, cuando se le requiera.

XIII. Orientar y atender a las personas que así lo soliciten en relación a trámites propios del registro.

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PUESTO SECRETARIA

Jefe Inmediato Oficial del Registro del Estado Familiar

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Toda la Ciudadanía en General.

Función General

Brindar el Apoyo en todas las Actividades relacionadas en el ámbito administrativo en el Registro del Estado Familiar de Ixmiquilpan, Hidalgo.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos.

II. Recibir documentos. III. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

IV. Manejo y control de libros de registro.

V. Atender llamadas telefónicas, tomar recados. VI. Tomar notas.

VII. Atención al público en general.

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VIII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran. IX. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

X. Atender los asuntos y desempeñar las comisiones que le encomiende el oficial del registro del estado familiar.

XI. Acordar con el oficial del registro del estado familiar el despacho de los asuntos

encomendados y mantenerlo informado de las actividades que se realicen. XII. Llevar el registro, control y seguimiento de las solicitudes y planteamientos,

formulados al oficial del registro del estado familiar.

XIII. Ser el enlace entre el oficial del registro del estado familiar y los servidores públicos de las dependencias, entidades municipales para la organización de audiencias, reuniones y demás actos relacionados con sus actividades.

XIV. Elaborar reportes solicitados. XV. Y las demás que le sean inherentes al puesto y las que determine su jefe

inmediato.

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PUESTO DIRECTOR DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Jefe Inmediato Secretario General Municipal.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. Instituciones No Gubernamentales Medios de Comunicación Delegaciones Municipales Toda la Ciudadanía en General.

Función General

La Dirección de Comunicación social tiene como objetivo definir y aplicar estrategias de comunicación entre gobierno, comunidad y la sociedad, difundir a través de los medios masivos de comunicación, organismos intermedios y otros canales alternativos, la misión, acciones, avances y resultados del quehacer gubernamental. Igualmente le corresponde impulsar el diálogo social. Propiciar la participación ciudadana, prever y recoger la propuesta social e interpretarla para coadyuvar en la toma de decisiones del gobierno municipal.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA GENERAL

MUNICIPAL

DIRECTOR DE

COMUNICACIÓN SOCIAL

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ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Crear canales fluidos de comunicación entre titulares de las dependencias y los responsables de la difusión.

II. Definir, con los titulares de las dependencias, las estrategias de comunicación e imagen para su aplicación.

III. Recabar, analizar y canalizar la información para coadyuvar en la toma de

decisiones del gobierno. IV. Recabar, producir y difundir información de las acciones de gobierno a través

de los canales adecuados de comunicación.

V. Informar y relacionar permanentemente al gobierno municipal con organismos intermedios.

VI. Fomentar el diálogo social.

VII. Establecer los mecanismos de comunicación interna y externa.

VIII. Coadyuvar en la redacción y presentación de los informes de gobierno y su difusión estratégica.

IX. Le corresponde el diseño de imagen institucional y la elaboración de los medios

gráficos requeridos y la propuesta de medios alternativos; en coordinación en el área de informática.

X. Levantar la imagen gráfica y audiovisual de los programas y actividades municipales y la constitución del acervo respectivo, para su uso con fines de promoción, difusión, información y prevención en las diferentes estrategias de comunicación aplicadas por la dependencia, a través de los diferentes canales de comunicación.

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XI. Establecer las estrategias y técnicas adecuadas con el fin de llevar a cabo las buenas relaciones internas y externas de la administración municipal, apegándose a su área de injerencia.

XII. La elaboración de todo tipo de comunicados y textos, el establecimiento de una

unidad estilística y supervisión de su aplicación.

XIII. Coadyuvar en la organización de los actos oficiales y protocolarios en que participe el presidente y/o el secretario general municipal y el h. ayuntamiento.

XIV. Apoyar las actividades que realicen las diferentes secretarias, direcciones, áreas y departamentos de la administración pública municipal.

XV. Propiciar e incrementar las relaciones nacionales e internacionales del el

ayuntamiento, a través del uso adecuado de los medios de comunicación autorizados por el presidente municipal.

XVI. Y en general aquellas que el presidente municipal; y/o el secretario general municipal le encomienden.

XVII. Informar diariamente de las noticias más relevantes a los secretarios de ayuntamiento.

XVIII. Definir estrategias de comunicación entre gobierno y sociedad.

XIX. Recabar información de impacto municipal, e importancia que deba ser difundida a través de boletines y notas informativas a los medios masivos de comunicación, organismos intermedios, página web y canales alternativos (redes sociales).

XX. Transmitir resultados del quehacer gubernamental.

XXI. Impulsar el diálogo social y propiciar la participación ciudadana.

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XXII. Crear canales fluidos de comunicación entre los titulares de las dependencias y la población.

XXIII. Informar y analizar lo generado en los medios masivos de comunicación al c. presidente y funcionarios públicos municipales.

XXIV. Realizar las réplicas correspondientes a las publicaciones efectuadas por los medios que involucren a la administración.

XXV. Coadyuvar en la redacción y presentación de lo que se externa a la ciudadanía.

XXVI. Contribuir a la imagen institucional.

XXVII. Selección de imagen gráfica de los programas y actividades municipales y constitución de acervo respectivo, para su promoción, difusión, permanencia e información respectiva de cada área.

XXVIII. Apoyo logístico en realización de eventos especiales.

XXIX. Atender, canalizar y crear vínculos con periodistas y empresas de difusión.

XXX. Realización de guiones radiofónicos y textos de publicidad.

XXXI. Solicitar y transmitir la agenda municipal.

XXXII. Revisión, manejo y respuestas de las diferentes redes sociales oficiales del ayuntamiento.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA GENERAL

MUNICIPAL

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PUESTO OFICIALÍA MAYOR

Jefe Inmediato Secretario General Municipal.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. Auditoria Superior del Estado de Hidalgo Toda la Ciudadanía en General.

Función General

Tiene por objeto la aplicación y control de los procedimientos de apoyos a la operación de los servicios municipales como son: administración del personal, mantenimiento y servicios generales e inventario físico, con el fin de promover la productividad, eficiencia y eficacia en coordinación con los secretarios.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

SECRETARIA

INTENDENTE

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I. Difundir las normas de control y disciplina aplicables al personal del gobierno Secretaria municipal.

II. Registrar en el inventario los equipos de cómputo además de los bienes muebles e inmuebles, propiedad del H. ayuntamiento municipal adquiridos por el gobierno municipal.

III. Proponer a la contraloría las normas políticas administrativas para el manejo de personal en el gobierno municipal.

IV. Levantar y mantener actualizado el inventario de bienes muebles propiedad del municipio, así como los resguardos individuales y conciliar con las cifras contables.

V. Llevará un registro de los bienes adquiridos una vez que la tesorería municipal le informe de nuevas adquisiciones.

VI. Tendrá a su cargo el levantamiento del inventario de bienes muebles que

forman el patrimonio del gobierno municipal y su actualización una vez que cuente con el informe de la tesorería municipal de las adquisiciones.

VII. Elaborará los resguardos individuales de cada uno de los bienes.

VIII. Actualización permanente del inventario en cuanto a altas, bajas y modificaciones de responsables e informará a las diferentes áreas según corresponda.

IX. Elaborará y actualizará los resguardos de vehículos.

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X. Realizar inventario físico y remitir a la tesorería municipal para su conciliación contable.

XI. Marcar con nomenclatura cada uno de los bienes de acuerdo con el sistema de

identificación que se autorice para tal efecto. XII. Realizar los contratos del personal que se contrate, difundir las normas de

control y disciplina aplicables al personal del gobierno municipal previamente autorizadas por las áreas correspondientes.

XIII. Administrará del control del personal, altas, bajas, remociones e incapacidades del personal, trámite de licencias, dictar las medidas necesarias para contrataciones de personal, asistencias, faltas y retardos de todo el personal que labora en la presidencia municipal, así como todos aquellos trámites que deriven de las leyes, reglamentos y procedimientos aplicables.

XIV. Apoyo con las demás dependencias municipales para la elaboración de manuales de organización, de administración de bienes y servicios.

XV. Comparecer ante el ayuntamiento, cuando se le requiera.

PUESTO SECRETARIA

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Jefe Inmediato Oficial Mayor

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Ninguna

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas en la oficialía mayor.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos.

II. Recibir documentos. III. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

IV. Manejo y control de expedientes.

V. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax. VI. Administrar correo electrónico institucional de la oficialía mayor.

VII. Tomar notas y recados.

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VIII. Atención al público en general. IX. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran.

X. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

XI. Elaborar reportes solicitados; y las demás que le sean inherentes al puesto y

las que determinen.

PUESTO INTENDENTE

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Jefe Inmediato Coordinador de Bibliotecas

Jefe Inmediato Superior Secretario de Desarrollo Social

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Ninguna

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Realizar las labores de limpieza y aseo en general, en forma eficiente y oportuna a todas las áreas, mobiliario y equipo que requieran de ello.

II. Reportar diariamente a su jefe inmediato, sobre los desperfectos y deterioros detectados en las áreas, equipos o mobiliario asignado para su limpieza.

III. Barrer, trapear, sacudir, lavar, encerar, pulir y desinfectar las instalaciones,

equipos y mobiliario que forman parte del balneario para mantenerlas en óptimas condiciones de uso y acceso.

IV. Solicitar en los días establecidos, los materiales necesarios para llevar a cabo

en forma óptima sus labores. V. Realizar de acuerdo al rol asignado, el aseo de las oficinas o áreas que le sean

asignados.

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VI. Llevar correspondencia a las diferentes dependencias que se le indique.

VII. Auxiliar en las labores de oficina que le sean encomendadas.

VIII. Mantener limpios las herramientas de trabajo.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

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PUESTO JEFE DE DEPARTAMENTO DE

INFORMATICA

Jefe Inmediato Secretario general municipal.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. Órgano de fiscalización superior del H.

Congreso del Estado. A Toda la Ciudadanía En General

Función General

Planear y ejecutar los mecanismos de tecnología de información para fortalecer la administración municipal, así como también diseñar y programar alternativas de mejoras de atención a la ciudadanía.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

SECRETARIA GENERAL

MUNICIPAL

JEFE DE DEPARTAMENTO

DE INFORMATICA

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I. Brindar asesoría y soporte técnico a las dependencias del ayuntamiento en

materia de informática.

II. Implementar los proyectos inherentes a la red local de computadoras y telecomunicaciones del ayuntamiento, así como asegurar su óptimo funcionamiento a través del mantenimiento, mejoras y configuraciones.

III. Diseñar, programar y mantener las aplicaciones de software para las diversas

áreas del ayuntamiento. IV. Coordinar los requerimientos de modificación y mejora de los sistemas.

V. Elaborar y ejecutar los programas de mantenimiento al equipo de cómputo. VI. Planear y ejecutar los mecanismos de resguardo y respaldo de la información

de base de datos y demás información crítica. VII. Realizar actividades referentes a los sistemas electrónicos de comunicación:

sitio web, correo electrónico, sistemas de mensajería digital.

VIII. Elaborar y actualizar el diseño de imagen institucional. IX. Todas las demás tareas y actividades derivadas de las instrucciones del

presidente municipal y del secretario general municipal.

X. Tendrá a su cargo la planeación, programación y coordinación del desarrollo de la infraestructura informática y de comunicación de las dependencias municipales.

XI. Atender los servicios de informática solicitados por las dependencias del

gobierno municipal, control del flujo de información de los sistemas computarizados.

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PUESTO OPERADOR DE SISTEMAS

Jefe Inmediato Jefe de Departamento de Informática.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. Órgano de Fiscalización Superior

del H. Congreso del Estado.

Función General

Planear y ejecutar los mecanismos de tecnología de información para fortalecer la administración municipal, así como también diseñar y programar alternativas de mejoras de atención a la ciudadanía.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Brindar asesoría y soporte técnico a las dependencias del ayuntamiento en materia de informática.

II. Apoyo en implementación de los proyectos inherentes a la red local de computadoras y telecomunicaciones del ayuntamiento, así como asegurar su óptimo funcionamiento a través del mantenimiento, mejoras y configuraciones.

III. Elaborar y ejecutar los programas de mantenimiento al equipo de cómputo.

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IV. Planear y ejecutar los mecanismos de resguardo y respaldo de la información de los equipos de cómputo.

V. Las actividades referentes a los sistemas electrónicos de comunicación: sitio web, correo electrónico, sistemas de mensajería digital.

VI. Elaborar y actualizar el diseño de imagen institucional.

VII. Brindar el servicio de telefonía, encargándose para ello del soporte técnico, la

administración y el mantenimiento del sistema telefónico.

VIII. Todas las demás tareas y actividades derivadas de las instrucciones del presidente municipal y del secretario general municipal.

IX. Apoyo técnico de la planeación, programación y coordinación del desarrollo de

la infraestructura informática y de comunicación de las dependencias municipales.

X. Atender los servicios de informática solicitados por las dependencias del gobierno municipal, control del flujo de información de los sistemas computarizado

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PUESTO RELACIONES EXTERIORES

Jefe Inmediato Secretario General Municipal.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. Tribunal Superior de Justicia Secretaria de Relaciones Exteriores

Delegación Hidalgo Consulados Mexicanos en el Extranjero A Toda la Ciudadanía En General

Función General

Ser enlace ante las diferentes instituciones, dependencias y organismos en materia de asuntos internacionales, relaciones exteriores y de migración, para la correcta atención a migrantes dentro y fuera del país, a fin coadyuvar en su bienestar social.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA GENERAL

MUNICIPAL

JEFA DE DEPARTAMENTO

RELACIONES

EXTERIORES

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ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Atender y proporcionar información necesaria y oportuna a la ciudadanía en general.

II. Asesorar, informar y apoyar a migrantes nacidos en el extranjero de padres mexicanos para la obtención de la doble nacionalidad (acta, apostilla y traducción certificada).

III. Orientar, informar y apoyar en el trámite de obtención de pasaportes (mexicano,

americano). IV. Apoyo en trámites de actas expedidas por los consulados mexicanos en el

extranjero.

V. Orientar, apoyar y canalizar ante las dependencias correspondientes en trámites de traslado de restos, migrantes extraviados y localización de presos.

VI. Asesorar y apoyar en el trámite de obtención de visas para la Unión americana.

VII. Ser enlace del Instituto Nacional de Migración para operativos del Programa

Paisano.

VIII. Brindar asesoramiento y apoyo a extranjeros para la regularización del estatus migratorio ante las dependencias correspondientes.

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IX. Intervenir en los diferentes asuntos que le competen al municipio en materia de relaciones exteriores y migración.

X. Coordinar eventos referentes al área. XI. Recabar información relativa al índice de migración del municipio.

XII. Elaborar reportes mensuales, diversos oficios y demás documentos que sean

inherentes al área.

XIII. Expedir constancias de documentos en trámite correspondientes al área.

XIV. Las demás que le sean encomendadas por el H. Ayuntamiento, el Presidente Municipal o el Secretario General Municipal.

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PUESTO JEFA DE DEPARTAMENTO DE AUDIENCIAS

Jefe Inmediato Secretario General Municipal.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Oficialía de Partes

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. Asociaciones No Gubernamentales A Toda la Ciudadanía En General

Función General

Coordinar, organizar y acordar las audiencias que a solicitud de la ciudadanía atiende el C. Presidente Municipal.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA GENERAL

MUNICIPAL

JEFA DE DEPARTAMENTO

DE AUDIENCIAS

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ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Deberá brindar a toda persona que acuda a solicitar audiencia un trato respetuoso y amable, sin importar clase social ni afiliación política o credo.

II. Atención a la ciudadanía para el registro de audiencia, tomando nota de los datos personales y el asunto a tratar.

III. Orientar y atender a las personas que así lo soliciten, al área correspondiente

que atenderá su solicitud, y en su caso, dar seguimiento en el proceso hasta haber planteado la problemática al funcionario responsable.

IV. Participar en la programación de la agenda de actividades del presidente

municipal.

V. Coordinar y supervisar los procesos de recepción, clasificación, análisis, captura, seguimiento y archivo de las invitaciones y solicitudes de audiencia formuladas al presidente municipal.

VI. Proporcionar al secretario particular la relación de invitaciones y solicitudes de

audiencias recibidas. VII. Asegurar que las invitaciones y solicitudes de audiencia, se atiendan de acuerdo

con las instrucciones del presidente y/o en su caso, con las que determine el secretario particular.

VIII. Coordinar la elaboración de reportes e informes de actividades del presidente municipal.

IX. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia.

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PUESTO OFICIALIA DE PARTES

Jefe Inmediato Secretario General Municipal.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. Asociaciones No Gubernamentales A Toda la Ciudadanía En General

Función General

Recepción, registro y entrega al área correspondiente la documentación dirigida a la Presidencia Municipal de Ixmiquilpan. Control de archivo de Comunidades.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA GENERAL

MUNICIPAL

JEFA DE DEPARTAMENTO

DE AUDIENCIAS

OFICIALIA

DE PARTES

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ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Recibir la documentación dirigida a la presidencia municipal de Ixmiquilpan, Hidalgo. Acusar de recibo cada uno de los documentos asentando en el original y en la copia correspondiente, con el sello oficial, indicando la fecha y la hora de su recepción; el folio, numero de fojas que integren el documento; las copias que corran agregadas al original y en su caso, la precisión del número de anexos que se acompañen.

Registrar de manera consecutiva la documentación, recibida, mediante el sistema asignado en donde se asentara la información relativa a la fecha y hora de recepción número de folio, datos del remitente; asunto o descripción del documento y el nombre del destinario, consignando la fecha y firma de recepción.

II. Entregar en tiempo y forma al área correspondiente la documentación recibida, previo acuse de recibo.

III. Elaborar los informes y reportes estadísticos que le sean requeridos, por la

Secretaría General Municipal. IV. Mantener Actualizado; en el ámbito de su competencia, el sistema electrónico

de consulta interna y externa.

V. Archivar y clasificar las solicitudes de las diferentes comunidades.

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PUESTO DIRECTOR DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Jefe Inmediato Secretario General Municipal.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. A Toda la Ciudadanía En General

Función General

Promover y difundir la cultura del municipio con el fin de brindar oportunidades al desarrollo creativo e intelectual, así como vigilar que en el municipio se cumpla con el sistema educativo que señala la constitución general de la república, la constitución política del estado, las leyes federales, la ley de educación para el estado, y demás disposiciones legales aplicables;

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA GENERAL

MUNICIPAL

DIRECTOR DE

EDUCACION Y CULTURA

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ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diagnósticos sobre la demanda social d servicios educativos en el municipio.

II. Colaborar con las dependencias gubernamentales y organismos del sector privado y social en el fomento de la educación básica en el municipio.

III. Impulsar esquemas y procesos institucionales que fortalezcan la participación

de los sectores públicos, social y privado en la integración de diagnósticos y la implementación de programas de educación en el ámbito profesional.

IV. Fomentar el desarrollo promoción difusión y estimulación de la creación artística

y la investigación cultural.

V. Extender y difundir los valores culturales y los beneficios de la cultura entre las clases populares e todo el territorio del estado.

VI. Crear talleres especializados d educación artística, procurando que su beneficio

trascienda principalmente a los sectores populares. VII. Organizar certámenes e instituir estímulos y distinciones a fin de fomentar la

creación artística y la investigación.

VIII. Promover las actividades artísticas e impulsar la investigación científica y tecnológica, mediante la creación de grupos especializaos.

IX. Las demás asignadas por otros ordenamientos legales que le sean aplicables.

PUESTO SUBDIRECTOR DE EDUCACIÓN Y CULTURA

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Jefe Inmediato Director de Educación y Cultura

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. A Toda la Ciudadanía En General

Función General

Llevar a todas las comunidades de nuestro municipio arte y cultura; abarcando todos los grupos sociales; niños, jóvenes, y adultos.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Estar en contacto y exhortar a personas interesadas en expresar algún tipo de arte en nuestro municipio.

II. Trabajar en coordinación con las autoridades culturales en sus diferentes niveles, en la aplicación de programas, proyectos, organización de eventos, etc.

III. Participar activamente en la integración, organización y actividades del consejo

ciudadano de cultura en el municipio. IV. Gestionar ante las dependencias correspondientes el otorgamiento de recursos

para satisfacer las necesidades, apoyos requeridos y mantenimiento de espacios culturales.

V. Participar en la organización de desfiles y ceremonias cívicas municipales.

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VI. Atender solicitudes de apoyo que realicen las instituciones educativas o asociaciones civiles en eventos.

VII. Desempeñar eficientemente las comisiones, propias del cargo, que asigne la

autoridad.

VIII. Informar oportunamente al jefe inmediato de las actividades realizadas por la dirección.

IX. Promover el conocimiento y desarrollo de la lengua hnahñú dentro y fuera del

municipio.

X. Promover la vinculación de las instituciones educativas del municipio con el sector productivo.

XI. Asistir a los niños y niñas con grado de pobreza extrema, gestionando la

adquisición de material educativo. XII. Coordinar y vigilar la operación de los programas de becas de acuerdo con los

reglamentos operativos.

XIII. Conocer y ejecutar lo que las leyes le atribuyan, Reglamentos, decretos, convenios, acuerdos y otras Disposiciones aplicables vigentes en coordinación con el estado y federación.

XIV. Ejecutar los actos cívicos de acuerdo al calendario oficial y las demás inherentes.

PUESTO AUXILIAR ADMINISTRATIVO

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Jefe Inmediato Director de Educación y Cultura

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

A Toda la Ciudadanía En General

Función General

Bridar el apoyo en todas las actividades a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes áreas de este centro.

II. Recibir documentos. III. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

IV. Manejo y control de expedientes.

V. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax. VI. Tomar notas y recados.

VII. Atención al público en general.

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VIII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran. IX. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

X. Elaborar reportes solicitados. XI. Atender los asuntos y desempeñar las comisiones que le encomiende el director

de educación y cultura. XII. Y las demás que le sean inherentes al puesto y las que determinen.

PUESTO INTENDENTE

Jefe Inmediato Director de Educación y Cultura

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Ninguna

Función General

Bridar el apoyo en todas las actividades a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

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I. Realizar las labores de limpieza y aseo en general, en forma eficiente y oportuna a todas las áreas, mobiliario y equipo que requieran de ello.

II. Barrer, trapear, sacudir, lavar, encerar, pulir y desinfectar las instalaciones, equipos y mobiliario que forman parte del balneario para mantenerlas en óptimas condiciones de uso y acceso.

III. Reportar diariamente a su jefe inmediato, sobre los desperfectos y deterioros

detectados en las áreas, equipos o mobiliario asignado para su limpieza. IV. Solicitar en los días establecidos, los materiales necesarios para llevar a cabo

en forma óptima sus labores.

V. Realizar de acuerdo al rol asignado, el aseo de las oficinas o áreas que le sean asignados.

VI. Llevar correspondencia a las diferentes dependencias que se le indique.

VII. Auxiliar en las labores de oficina que le sean encomendadas.

VIII. Mantener limpios las herramientas de trabajo. PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

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PUESTO DIRECTOR DE REGLAMENTOS Y

ESPECTÁCULOS

Jefe Inmediato Secretario General Municipal.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. A Toda la Ciudadanía En General

Función General

Regular toda la actividad de comercio establecido en el municipio de Ixmiquilpan, Hgo. Así como verificar y autorizar los espectáculos públicos en el municipio, de acuerdo en lo establecido en el artículo 121 de la Ley Orgánica Municipal, y lo estipulado en el Bando de Policía y Gobierno Municipal y demás disposiciones aplicables a la materia.

FACULTADES ESPECÍFICAS

SECRETARIA GENERAL

MUNICIPAL

DIRECTOR DE

REGLAMENTOS Y

ESPECTACULOS

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I. Controlar y regular por medio de verificaciones en horario ordinario y extraordinario a establecimientos comerciales, principalmente los giros comerciales que realicen espectáculos públicos y diversiones con la venta de bebidas alcohólicas, verificando que no se permita la entrada y venta de alcohol a menores de edad, así como también queden libres de humo (salvo aquellos que cuenten con los dispositivos técnicos adecuados o con los sitios destinados para ellos, de conformidad con la ley en la materia.

II. Corresponde llevar el control de todos los actos de comercio (establecido e informal), que tengan su zona de trabajo dentro del territorio municipal.

III. Coordinar con los representantes de agrupaciones o asociaciones de

comerciantes que en cada área existan, debidamente registrados y reconocidos por el ayuntamiento, quedando plenamente establecida la representatividad de las y los comerciantes que ocupen determinada área, reconociendo la agrupación que esté debidamente constituida por la mayoría de las y los comerciantes, enviándose así la dualidad de acuerdos, así como la pugna interna entre ellos mismos.

IV. Evitar que se coloquen o ubiquen comerciantes en las calles, banquetas,

jardines, plazas cívicas, camellones de bulevares y pasajes de edificios públicos.

V. Autorizar los permisos donde deberán colocar las mercancías procurando no entorpecer la vialidad de peatones y la colocación de mantas o atajadizos para protegerse del sol o de la lluvia, lo efectuarán de una manera adecuada evitando que se causen daños a la propiedad privada o a la infraestructura urbana.

VI. Controlar, coordinara y verificará que los comerciantes que expendan

alimentos, cuenten con tarjetas de salud autorizada, y además deberá de cerciorarse de que cuenten con la vestimenta adecuada y contar con los elementos necesarios para el buen funcionamiento de acuerdo en lo estipulado en el artículo 115 del bando de policía y gobierno de Ixmiquilpan.

VII. Implementar las estrategias adecuadas de control para que los tianguis con los

mercados sobre ruedas se ubiquen igualmente un día a la semana en territorio

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municipal quedando a disposición y aplicando las contenidas en el bando de policía y gobierno de Ixmiquilpan.

VIII. Prohibir la venta de carne cruda en los tianguis para el consumo humano así como verificar el paso de la secretaría de salud y rastro municipal.

IX. Implementar estrategias para la actividad en la vía pública, los días de plaza o

tianguis, en coordinación con la secretaria de seguridad pública.

X. Los lugares en donde se efectué espectáculos públicos, el Director de Reglamentos se coordinará con la Dirección de Protección Civil, para su funcionamiento y horario.

XI. Regular la colocación de todo tipo de propagandas para su debida autorización.

XII. Regular el horario de funcionamiento de los establecimientos mercantiles a

efecto de preservar el orden.

XIII. Reportar lo recaudado mensualmente ante la tesorería municipal.

XIV. Llevar a cabo el procedimiento administrativo para imponer sanciones por incumplimiento o violación a las disposiciones aplicables en la esfera de su competencia.

PUESTO Subdirector de control y vigilancia

Jefe Inmediato

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Director de Reglamentos

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Inspectores Cobradores

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

A Toda la Ciudadanía En General

Función General

Controlar y vigilar la actividad comercial establecida en el municipio de Ixmiquilpan, así como vigilar la autorización de espectáculos públicos en el municipio.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Realizar las visitas de verificación físico ocular, a los establecimientos mercantiles, levantando el acta circunstanciada correspondiente,

II. Llevar a cabo la aplicación y observancia de los reglamentos municipales expedidos por el ayuntamiento y las leyes que expida la legislatura del estado y levantar las infracciones que corresponda.

III. Verificar que en los lugares donde se desarrolle todo tipo de espectáculos o

diversiones, no se falte a la moral y las buenas costumbres; así mismo le corresponde autorizar los permisos y cuidar que se paguen las contribuciones respectivas al municipio.

IV. Calificar las infracciones cometidas al reglamento de establecimientos y horarios mercantiles y espectáculos públicos e impondrá las sanciones a través del director de reglamentos correspondientes a las mismas.

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V. Mantener actualizado el padrón de registro y la base de datos de todos los establecimientos mercantiles en este municipio.

VI. Conocer y resolver los problemas relacionados con los establecimientos

mercantiles y espectáculos públicos y hacerle del conocimiento al director de reglamentos.

VII. Cuando el caso así lo requiera, ordenar en coordinación con el director de

reglamentos la suspensión de actividades para el público en los establecimientos mercantiles en fechas u horas determinadas, con el objeto de preservar el orden y la seguridad pública.

VIII. Podrá coordinarse con representantes de agrupaciones o asociaciones de comerciantes que en cada área existan, debidamente registrados y reconocidos por el ayuntamiento, quedando plenamente establecida la representatividad de las y los comerciantes que ocupen determinadas área, evitándose así la dualidad de acuerdos, así como la pugna interna entre ellos mismos.

IX. Llevar acabo la supervisión, aplicación y cumplimiento, de las disposiciones

relativas del bando de policía y gobierno municipal de Ixmiquilpan, Hidalgo.

X. Comparecer ante el ayuntamiento, cuando se le requiera.

PUESTO SECRETARIA

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Jefe Inmediato Director de Reglamentos

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

A Toda la Ciudadanía En General

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a la Dirección de Reglamentos, brindar atención a comerciantes y a la ciudadanía proporcionando información y orientación de todo tramite a realizar.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos.

II. Recibir documentos. III. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

IV. Manejo y control de expedientes.

V. Atender llamadas telefónicas, tomar recados. VI. Administración de correo electrónico institucional de la Dirección de

Reglamentos y espectáculos.

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VII. Tomar notas y recados.

VIII. Atención al público en general. IX. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran.

X. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

XI. Elaborar reportes financieros y de actividades demás que le sean inherentes al

puesto.

PUESTO INSPECTOR

Jefe Inmediato Subdirector de Control y Vigilancia

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

A Toda la Ciudadanía En General

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a la dirección de reglamentos y espectáculos en la verificación en calles, barrios y colonias de comercio establecido, semifijo y ambulante.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

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I. Realizar las visitas de verificación físico y ocular en horario a los establecimientos mercantiles y levantando el acta circunstanciada correspondiente.

El inspector deberá contar con una credencial o gafete que tenga su fotografía en la que constará su nombre, cargo, firma y vigencia, con la cual tendrá libre

II. Acceso a todo los mercados, vía pública y edificios, para cuya supervisión hayan sido debidamente comisionados, mediante la orden respectiva para el desempeño de sus responsabilidades.

III. Deberán cerciorarse de que el permiso o concesión respectiva este autorizado,

por la autoridad competente. IV. Comprobar que la fecha, local, sitio, giro o ruta sea precisamente, autorizado.

V. Verificar que los locales o sitios autorizados funcionen de conformidad a lo establecido en el bando de policía y gobierno municipal de Ixmiquilpan, Hidalgo.

VI. Verificar que los comerciantes cumplan con las obligaciones establecidas en el

mismo. VII. Realizar recorridos de verificación en calles pasajes y banquetas, evitando así

se ubiquen comerciantes, obstruyendo el paso de la ciudadanía.

VIII. Regularizar el comercio informal.

PUESTO COBRADOR

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Jefe Inmediato Subdirector de Control y Vigilancia

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

A Toda la Ciudadanía En General

Función General

Realizar el cobro correspondiente a las actividades de comercio.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Realizar adecuadamente los cobros municipales.

II. Llevar estricto control de talonarios. III. Reportar lo recaudado diariamente ante la Dirección de Reglamentos.

IV. Cualquier otra actividad que le asigne el director de reglamentos y espectáculo.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

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PUESTO JUEZ MENOR CONCILIADOR

Jefe Inmediato Secretario General Municipal.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas 1er Secretario de Acuerdos; y Comisarios

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Secretaría de Seguridad Pública del Estado. Secretaría de Seguridad Pública Municipal. Coordinación de Investigación Ministerial. Desarrollo Integral para la Familia Municipal. Agencias del Ministerio Público. A toda la ciudadanía en general.

Función General

Tiene por objeto mantener la tranquilidad, la seguridad y el orden público, así como procurar el cumplimiento de los ordenamientos legales, administrativos y reglamentarios del Municipio de acuerdo a los artículos 160, 161, 162 y 163 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

SECRETARIA GENERAL

MUNICIPAL

JUEZ MENOR

CONCILIADOR

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I. Levantar actas informativas.

II. Conciliar a los habitantes de su adscripción en los conflictos que no sean constitutivos de delito, ni de responsabilidades de los servidores públicos, ni de la competencia de los órganos jurisdiccionales o de otras autoridades.

III. Redactar, revisar y en su caso aprobar, los acuerdos o convenios a que lleguen

los particulares a través de la conciliación, los cuales deberán ser firmados por ellos y autorizados por el conciliador.

IV. Conocer, calificar e imponer las sanciones administrativas que procedan por

faltas e infracciones al bando municipal, reglamentos y demás disposiciones de carácter general expedidas por los ayuntamientos, excepto los de carácter fiscal.

V. Apoyar a la autoridad municipal que corresponda, en la conservación del orden público y en la verificación de daños que, en su caso, se causen a los bienes propiedad del municipio, haciéndolo saber a la autoridad competente.

VI. Dar a conocer a las autoridades competentes los hechos y poner a disposición

a las personas que aparezcan involucradas, en los casos en que existan indicios de que éstos sean delictuosos.

VII. Expedir a petición de autoridad o de parte interesada, certificaciones de hechos

de las actuaciones que realicen.

VIII. Llevar un libro de registro, en el cual se asiente lo actuado en cada caso.

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IX. Mantener informado al presidente municipal y/o secretario general municipal de

lo ocurrido durante el ejercicio de sus funciones.

X. Procurará siempre del arreglo conciliatorio entre las partes involucradas en los problemas que le hagan de su conocimiento, siempre y cuando no sean competencia de los órganos jurisdiccionales, con excepción de violencia de género.

XI. Levantar actas por extravío de documentos personales como: licencias para

conducir, tarjetas facturas y otros. XII. Calificar la presunta responsabilidad de los probables infractores puestos a su

disposición, tanto por los elementos de policía, como aquellos que con motivo de queja, deban ser sujetos a procedimiento; y remitir a la autoridad competente a los presuntos responsables de hechos ilícitos.

XIII. Calificar y sancionar las faltas administrativas y aplicar las sanciones de acuerdo a lo establecido en el bando de policía y gobierno del municipio de Ixmiquilpan Hidalgo.

XIV. Expedir a petición de autoridad o parte interesada, certificaciones de hechos de las actuaciones.

XV. Atender a los ciudadanos asegurados por elementos de la secretaría de

seguridad pública y protección civil municipal u otras autoridades, por cometer faltas administrativas.

XVI. Remitir a la Tesorería Municipal a la parte interesada para efectuar los pagos correspondientes. Fuera de los horarios de atención de Tesorería Municipal, recibirá el cobro, entregando recibo oficial.

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XVII. Realizar deslindes de predios a petición de las partes en coordinación con personal de Obras Públicas.

XVIII. Expedir certificaciones, constancias y/o trámites de documentos internos que obren en los archivos del Conciliador Municipal.

XIX. Comparecer ante el ayuntamiento, cuando se le requiera. XX. Las demás que le determine el ayuntamiento, el Presidente Municipal y las

disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PUESTO 1ER SECRETARIO DE ACUERDOS

Jefe Inmediato Juez Menor Conciliador.

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Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas comisarios

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Comisión Nacional de Derechos Humanos. Policía Federal Preventiva. Secretaría de Seguridad Pública del Estado. Secretaría de Seguridad Pública Municipal. Coordinación de Investigación Ministerial. Desarrollo Integral para la Familia Municipal. Agencias del Ministerio Público. A toda la ciudadanía en general.

Función General

Brindar el apoyo en la redacción de las actas del Conciliador Municipal.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Redactar actas informativas.

II. Dar cuenta diariamente al Conciliador Municipal de los escritos, promociones y correspondencia recibidos.

III. Practicar las diligencias agendadas que con anterioridad hayan sido recibidas.

IV. Dar cuenta con su firma de los acuerdos, diligencias, actas, convenios,

consignaciones, recibos.

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V. Remitir a la Secretaría General del H. Ayuntamiento los Informes correspondientes de las actividades realizadas diariamente, bajo supervisión y firma del Conciliador municipal.

VI. Expedir y autorizar copias y constancias de las actas, convenios y demás

documentos, en los casos que así se lo permita la ley.

VII. Remitir al archivo los documentos, actas, convenios y demás concluido,

transcurrido un periodo de seis meses.

VIII. Redactar con claridad y precisión los documentos, actas, convenios y demás trámites que se realicen dentro del área.

IX. Consultar la legislación aplicable, la ley orgánica de la administración pública

municipal para el estado de hidalgo y demás que para tal efecto se apeguen al marco normativo vigente.

X. Conservar bajo su responsabilidad el sello del conciliador municipal XI. En ausencia del conciliador municipal, llevar a cabo las diligencias de los

habitantes de su adscripción en los conflictos que no sean constitutivos de delito, ni de responsabilidades de los servidores públicos, ni de la competencia de los órganos jurisdiccionales o de otras autoridades.

XII. Redactar, revisar, los acuerdos o convenios a que lleguen los particulares a

través de la conciliación, los cuales deberán ser firmados por ellos y autorizados por el conciliador y el secretario.

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XIII. Conocer, e imponer las sanciones administrativas que procedan por faltas e infracciones al bando municipal, reglamentos y demás disposiciones de carácter general expedidas por los ayuntamientos, excepto los de carácter fiscal.

XIV. Apoyar a la autoridad municipal que corresponda, en la conservación del orden público y en la verificación de daños que, en su caso, se causen a los bienes propiedad del municipio, haciéndolo saber a la autoridad competente.

XV. Dar a conocer a las autoridades competentes los hechos y poner a disposición

a las personas que aparezcan involucradas, en los casos en que existan indicios de que éstos sean delictuosos.

XVI. Llevar un libro de registro, en el cual se asiente lo actuado en cada caso.

XVII. Levantar actas por extravío de documentos personales como: licencias para conducir, tarjetas facturas y otros.

XVIII. Calificar las faltas administrativas y aplicar las sanciones de acuerdo a lo establecido en el bando de policía y gobierno.

XIX. Expedir a petición de autoridad o parte interesada, certificaciones de hechos de las actuaciones.

XX. Atender a los ciudadanos asegurados por elementos de la secretaría de seguridad pública y protección civil municipal y otra autoridad, por cometer faltas administrativas.

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XXI. Remitir a la Tesorería Municipal a la parte interesada para efectuar los pagos correspondientes. Fuera de los horarios de atención de Tesorería Municipal, recibirá el cobro, entregando recibo oficial.

XXII. Comparecer ante el ayuntamiento, cuando se le requiera.

XXIII. Las demás que le determine el ayuntamiento, el presidente municipal y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PUESTO COMISARIO MUNICIPAL

Jefe Inmediato Juez Menor Conciliador.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

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Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Comisión Nacional de Derechos Humanos. Policía Federal Preventiva. Secretaría de Seguridad Pública del Estado. Secretaría de Seguridad Pública Municipal. Coordinación de Investigación Ministerial. Desarrollo Integral para la Familia Municipal. Agencias del Ministerio Público. A toda la ciudadanía en general.

Función General

Brindar el apoyo que sea necesario al Conciliador Municipal.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos.

II. Recibir documentos. III. Clasificar los documentos enviados y recibidos.

IV. Control de libros de registro.

V. Atención al público en general.

VI. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

VII. Elaborar reportes solicitados.

VIII. Atender los asuntos y desempeñar las comisiones que le encomiende el Conciliador Municipal.

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IX. Acordar con el Conciliador Municipal los asuntos encomendados y mantenerlo

informado de las actividades que se realicen.

X. Llevar el registro, control y seguimiento de las solicitudes y planteamientos, formulados ante el área.

XI. Ser el enlace entre el Conciliador Municipal y los Servidores Públicos de las

dependencias, Municipios aledaños para la organización de audiencias, reuniones y demás actos relacionados con sus actividades.

XII. Deberá organizar, coordinar y supervisar la documentación, desarrollada en la

oficina del Conciliador Municipal, a fin de contribuir a la impartición de justicia en forma expedita y eficiente.

XIII. Resguardar copias, actas, convenios y demás documentos, que se les confían.

XIV. Examinar detalladamente las constancias y diligencias que realicen dando cuenta.

XV. Las demás que le señalen esta Ley Orgánica Municipal del estado de Hidalgo

y otras disposiciones aplicables.

PUESTO SECRETARIA

Jefe Inmediato Juez Menor Conciliador.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

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Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

A toda la ciudadanía en general.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas en el Conciliador Municipal.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos.

II. Recibir documentos. III. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

IV. Manejo y control de libros de registro.

V. Atender llamadas telefónicas, tomar recados. VI. Tomar notas y recados.

VII. Atención al público en general.

VIII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran.

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IX. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

X. Elaborar reportes solicitados.

XI. Atender los asuntos y desempeñar las comisiones que le encomiende el Conciliador Municipal.

XII. Acordar con el Conciliador Municipal los asuntos encomendados y mantenerlo

informado de las actividades que se realicen.

XIII. Llevar el registro, control y seguimiento de las solicitudes y planteamientos, formulados ante el área.

XIV. Ser el enlace entre el Conciliador Municipal y los Servidores Públicos de las dependencias, Municipios aledaños para la organización de audiencias, reuniones y demás actos relacionados con sus actividades.

XV. Y las demás que le sean inherentes al puesto y las que determinen.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA GENERAL

MUNICIPAL

TITULAR DE LA UNIDAD DE

TRANSPARENCIA

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PUESTO TITULAR DE LA UNIDAD DE

TRANSPARENCIA

Jefe Inmediato Secretario General Municipal.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Instituto de Acceso a la Información pública gubernamental.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta área, canalizando las solicitudes de los ciudadanos a las áreas correspondientes, recepcionadas a través del sistema INFOMEX, correo electrónico institucional y oficios.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Realizar y entregar los reportes mensuales al instituto de acceso a la información pública.

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II. Garantizará la información, promoverá la transparencia a toda persona el ejercicio del derecho a la información, promoviendo la transparencia y la rendición de cuentas.

III. Entregará la información pública gubernamental que corresponda, en los

términos previstos en la ley de transparencia y acceso a la información pública gubernamental.

IV. Convocar al comité de acceso a la información pública y gubernamental en caso

de requerirse.

V. Proporcionará por conducto de la unidad de información pública gubernamental que corresponda, en los términos de la ley de transparencia y acceso a la información gubernamental, la información, documentos y expedientes que le solicite el instituto de acceso a la información pública.

VI. Se coordinará con los servidores públicos sujetos de responsabilidad en caso

de no cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias que establece el ordenamiento de la ley de transparencia, así como las políticas que cada sujeto obligado establezca con el objeto de formular, producir, procesar, administrar, sistematizar, actualizar, archivar, resguardar y facilitar el acceso a la información pública.

VII. Mantener actualizado el sistema INFOMEX.

VIII. Deberá preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados, y publicar a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos.

IX. Deberá garantizar la protección de los datos personales en posesión de los

sujetos obligados.

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PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA GENERAL

MUNICIPAL

ENCARGADA DE

ARCHIVO MUNICIPAL

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140

PUESTO ENCARGADA DE ARCHIVO MUNICIPAL

Jefe Inmediato Secretario General Municipal.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. Órgano de Fiscalización Superior

del H. Congreso del Estado. Archivo de la Nación. Archivo del Estado de Hidalgo, A toda la ciudadanía en general.

Función General

Llevar a cabo las operaciones de archivo de organización documental que incluye clasificación, orden, descripción, selección, depuración, diseminación, control, distribución, control, distribución, almacenaje, recuperación, protección por su carácter confidencial, difusión y conservación de la documentación que se genera en el H. ayuntamiento municipal, de acuerdo a la Ley de Archivos para el Estado de Hidalgo.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Custodiar el archivo documental.

II. Implementar estrategias de control, administración y conservación de la formación pública municipal.

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III. Organizar y controlar la correspondencia oficial y al archivo municipal e

histórico, vigilando que este último se cumplan las disposiciones legales de orden federal, estatal y municipal.

IV. Control de ingreso de la documentación.

V. Organización del fondo documental (clasificar, ordenar, describir). VI. Descripción (inventarios e indización).

VII. Aplicación de las normas de descripción archivística.

VIII. Gestión documental. IX. Creación de un sistema de información para el control.

X. Localización y digitalización de la información estratégica. XI. Conservación.

XII. Servicio y control de préstamo del archivo selección, traslado de la

documentación.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA GENERAL

MUNICIPAL

JUNTA DE

RECLUTAMIENTO

MUNICIPAL

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PUESTO JUNTA DE RECLUTAMIENTO MUNICIPAL

Jefe Inmediato Secretario General Municipal.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. SEDENA. 18 ª. Zona Militar. 5º Batallón de Infantería del Municipio de

Zimapan A Toda la Ciudadanía en General.

Función General

La inscripción de reclutas para el servicio militar nacional, expedición de cartillas a reclutas, remisos y anticipados, y en general, la organización de los actos relativos al reclutamiento militar hasta sus consecuencias finales, procediendo siempre de acuerdo con los lineamientos e instrucciones de la Secretaria de la Defensa Nacional, de acuerdo en lo estipulado en la ley del Servicio Militar Nacional, y cumpliendo con los lineamientos y estatutos de la 18ª. Zona Militar.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Proporcionar la información en cuanto a: cartilla del Servicio Militar Nacional, reposición de cartilla del Servicio Militar Nacional, constancia de exento mayor de 40 años, excepción por ser mayor de 40 años, corrección de datos base en la cartilla del Servicio Militar Nacional, liberación de cartilla personal que causo baja del instituto armado, cambio de domicilio, incapacidad física y mental, no

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aptos, enfermedad o padecimiento, entre otros; así como los requisitos que se requieren para la cartilla.

II. Proporcionar información necesaria y oportuna a los conscriptos que soliciten de los trámites que conciernen, en los términos que dispone la ley del Servicio Militar Nacional y su reglamento.

III. Convocar oportunamente a los jóvenes de la clase, anticipados y remisos del

Municipio, al alistamiento. IV. Gestionar y dar seguimiento para la asignación del número de la matrícula que

le corresponde a cada interesado y sorteo, así como la obligación inaudible;

V. Hacer llegar a la 18ª. Zona militar, durante los días del 25 al 28 de cada mes, en la ciudad de Pachuca, Hidalgo, las cartillas del Servicio Militar Nacional (hojas azules y amarillas) duplicadas y triplicadas para su revisión.

VI. Programar la entrega de cartillas de identidad militar en el menor tiempo posible;

logrando así la eficiencia y calidad que merece cada joven en edad militar. VII. Entrega de informe mensual al c. Presidente Municipal y/o Secretario General

Municipal.

VIII. Acompañamiento y seguimiento al trámite de reposición de cartillas. Estructura Funcional Secretaria de Desarrollo Social

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE

DESARROLLO SOCIAL

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PUESTO SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

AREA TECNICA

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE

DESARROLLO SOCIAL

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Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal Constitucional

Áreas Subordinadas

Director de Desarrollo Social. Director de Administración. Director de Programas Sociales. Director de la Instancia de Atención a la Mujer. Director de Salud. Directora del Deporte y Juventud. Administrador del Rastro Municipal. Administrador del Mercado. Coordinador de Bibliotecas Municipales. Administrador del Parque. Encargado del Control Canino.

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal Gobierno del Estado H. Congreso del Estado Organizaciones Civiles y Políticas.

Función General

Establecer los mecanismos necesarios para elevar el nivel de vida de los habitantes del municipio. Promoviendo el desarrollo integral de Ixmiquilpan, (poniendo especial atención en los grupos vulnerables y en situación de riesgo), a través de la dotación de servicios públicos de calidad, el fortalecimiento de la salud, la educación y la generación de Autoempleos y creación de condiciones que aseguren a toda persona el disfrute de los derechos sociales, individuales y colectivos. Se garantizara el acceso a los programas sociales y la igualdad de oportunidades, en un ambiente que promueva la cohesión social; así mismo proponer las estrategias que promuevan la participación ciudadana y corresponsabilidad social, promover la igualdad de género.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Identificación de proyectos productivos en base a las necesidades inmediatas dé cada comunidad, observando las reglas de operación de los mismos para su formulación y operación.

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II. Elaborar los planes y programas tendientes a apoyar el desarrollo del Municipio mediante el aprovechamiento de sus recursos.

III. Plantear al ejecutivo la celebración de convenios de coordinación con los

Municipios, el Estado, la Federación, organizaciones no gubernamentales e instituciones para la realización de obras sociales.

IV. Gestionar el apoyo necesario al Ayuntamiento por parte de las Instancias

Federales y Estatales para generar y/o fortalecer los Programas Sociales.

V. Promover la comunicación y la construcción de alianzas entre los sectores públicos, social y privado, para la realización de obras y servicios que impulsen el desarrollo social integral del municipio.

VI. Realizar la asignación, coordinación y movilización de los recursos con los que

cuenta la Secretaría de Desarrollo Social. VII. Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el servicio que ofrece

la Secretaría de Desarrollo Social.

VIII. Promover, en el ámbito de su competencia, acuerdos, pactos, consensos con otras instituciones u organizaciones de la comunidad para generar desarrollo social en las zonas urbanas y rurales.

IX. Cuidar y mejorar el entorno propiciando la cohesión del tejido social, así como un desarrollo ordenado y equilibrado del territorio.

X. Implementar una política social incluyente. XI. Promover la generación de empleos temporales en localidades rurales.

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XII. Promover políticas públicas que garanticen la reducción de las brechas de

desigualdades de las localidades de alta marginación.

XIII. Promoción de los valores cívicos y políticos en la juventud Ixmiquilpenses.

XIV. Impulsar programas de infraestructura, rehabilitación y equipamiento en las unidades médicas rurales y acceso a los servicios de salud que ofrece el estado.

XV. Generación de espacios de atención, participación y ejecución hacia la mujer,

para el desarrollo de sus capacidades.

XVI. Mejoramiento de las bibliotecas rurales y urbanas del municipio.

XVII. Fomentar una cultura de recreación física que promueva que todos los Ixmiquilpenses realicen algún ejercicio físico o deporte de manera regular y sistemática.

XVIII. Propiciar el desarrollo de infraestructura deportiva.

XIX. Obtendrá y controlará las bitácoras mensuales de uso de cada unidad y determinará indicadores de rendimiento en el consumo de combustible, mantenimiento y uso de cada unidad vehicular que tenga a su cargo.

XX. Establecer los lineamientos, normas y políticas mediante las cuales la secretaria

proporcionara informes, datos y cooperación técnica cuando le sea requerida por alguna otra área correspondiente.

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XXI. Proporcionará por conducto de la unidad de información pública gubernamental

que corresponda, en los términos previstos en la presente ley de transparencia la información, documentos y expedientes que le sean solicitados.

XXII. Determinar con la dirección de comunicación social municipal los lineamientos que habrán de regir para la difusión de las actividades y funciones propias de la secretaria.

XXIII. Resolver, para efectos administrativos, las dudas que se susciten con motivo de la interpretación y aplicación de los ordenamientos fiscales y administrativos, en los casos no previstos en los mismos.

XXIV. Representar al Presidente Municipal en las comisiones congresos, consejos organizacionales instituciones, que este le encomiende.

XXV. Proporcionar los datos de las labores desarrolladas de la secretaria para la formulación del informe del presidente municipal.

XXVI. Las demás que le confieran el cabildo, el presidente Municipal y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PUESTO SECRETARIA

Jefe Inmediato Secretario de Desarrollo Social

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

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Relaciones Externas

Ninguna

Función General

Brindar el apoyo administrativo en todas las actividades relacionadas a esta secretaría, dirección y/o subdirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes áreas.

II. Atender los asuntos y desempeñar las comisiones que le encomiende el Secretario.

III. Acordar con el Secretario el despacho de los asuntos encomendados y

mantenerlo informado de las actividades que se realicen: así como, coordinarse con los titulares de las unidades administrativas de la secretaria, para dar a conocer instrucciones.

IV. Llevar el registro, control y seguimiento de las solicitudes y planteamientos,

formulados al Secretario.

V. Ser el enlace entre el Secretario y los servidores públicos de las dependencias, entidades municipales para la organización de audiencias, reuniones y demás actos relacionados con sus actividades.

VI. Recibir documentos.

VII. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

VIII. Manejo y control de expedientes.

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IX. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax, correos electrónicos.

X. Tomar notas y recados. XI. Atención al público en general.

XII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran.

XIII. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

XIV. Elaborar reportes solicitados. XV. Las demás que le confieran el cabildo, el presidente Municipal y las

disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

Presidente Municipal

Constitucional

Secretaria de Desarrollo

Social

Director de Desarrollo Social Director de Administración

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Proyectista Operador de

Sistemas

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE

DESARROLLO SOCIAL

DIRECTOR DE

DESARROLLO SOCIAL

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PUESTO DIRECTOR DE DESARROLLO SOCIAL

Jefe Inmediato Secretario de Desarrollo Social

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Operador de Sistemas. Proyectista

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal Gobierno del Estado Organismos No Gubernamentales y Políticos

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta secretaría, reforzando y coordinando a cada una de las diferentes áreas administrativas de Desarrollo Social; así como, los diferentes programas a cargo de la misma.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Dar seguimiento a la aplicación y evaluación de los programas de Vivienda, Oportunidades, Hábitat, 70 y más, Pisos Firmes, Programas de Empleo Temporal y Proyectos Productivos.

II. Atender los asuntos y desempeñar las comisiones que le encomiende el

secretario. III. Atender las reuniones de trabajo designadas diariamente por el secretario de

desarrollo social.

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IV. Reforzar a cada una de las áreas administrativas que integran la Secretaría de Desarrollo Social, en los eventos públicos o internos que realizan de acuerdo a sus funciones.

V. Coordinar a las diferentes áreas de la Secretaría de Desarrollo Social para la entrega de informes quincenales, mensuales, trimestrales o semestrales que sean requeridos.

VI. Sistematización, planeación y reorganización de las actividades que

desempeñan las unidades administrativas de la Secretaría de Desarrollo Social. VII. Redactar y presentar ejecutivamente los informes requeridos por el Secretario

de Desarrollo Social.

VIII. Gestionar todo aquello que delega el Secretario de Desarrollo Social. IX. Atender a las personas que soliciten audiencias con el Secretario de Desarrollo

Social.

X. Dar seguimiento y evaluar los resultados de los programas de Desarrollo Social. XI. Atender de manera directa a la ciudadanía.

XII. Generar respuestas institucionales a la correspondencia que ingresa a la

Secretaría de Desarrollo Social.

XIII. Coordinar reuniones informativas periódicas para conocer la situación financiera y laboral de cada área administrativa.

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XIV. Gestionar las herramientas materiales, financieras y humanas necesarias para

la ejecución de los trabajos a realizar en cada una de las áreas administrativas. XV. Proponer y coordinar las políticas y programas públicos municipales que genere

la Secretaria de Desarrollo Social.

XVI. Coordinar y vigilar que las áreas administrativas de la secretaría de desarrollo social, cumplan con los programas encomendados.

XVII. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PUESTO OPERADOR DE SISTEMAS

Jefe Inmediato Director de Desarrollo Social

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

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Relaciones Externas Ninguna

Función General Brindar apoyo en todas las actividades administrativas y operativas relacionadas a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes áreas de este centro.

II. Atender los asuntos y desempeñar las comisiones que le encomiende el secretario y la directora de la Secretaria de Desarrollo Social.

III. Acordar con el Director de Desarrollo Social, los asuntos encomendados y

mantenerlo informado de las actividades que se realicen, así como, coordinarse con los titulares de las unidades administrativas de la Secretaria, para darles a conocer instrucciones.

IV. Llevar el registro, control y seguimiento de las solicitudes y planteamientos,

formulados al Secretario.

V. Atender solicitudes, para proyectos productivos, ya sea, ingreso a las instituciones federales, la elaboración o simple asesoramiento.

VI. Soporte en búsqueda de convocatorias para el ingreso de proyectos ante las

diferentes instituciones.

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VII. Elaborar proyectos productivos.

VIII. Apoyar técnicamente a la ciudadanía sobre las reglas de operación y los requisitos para el ingreso de proyectos productivos.

IX. Manejo y control de expedientes.

X. Atención al público en general. XI. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran.

XII. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

XIII. Elaborar reportes solicitados.

XIV. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PUESTO PROYECTISTA

Jefe Inmediato Director de Desarrollo Social

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

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Relaciones Externas Ninguna

Función General Brindar apoyo en todas las actividades administrativas y operativas relacionadas a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes áreas de este centro.

II. Atender los asuntos y desempeñar las comisiones que le encomiende la directora.

III. Acordar con el Secretario el despacho de los asuntos encomendados y mantenerlo informado de las actividades que se realicen, así como, coordinarse con los titulares de las unidades administrativas de la secretaria, para darles a conocer instrucciones.

IV. Atender solicitudes, turnadas al área de Desarrollo Social, para ingresar Proyectos Productivos, a las instituciones federales, la elaboración o simple asesoramiento.

V. Elaborar proyectos productivos para la atención ciudadana.

VI. Soporte en búsqueda de convocatorias de cuáles son las fechas para el ingreso de proyectos ante las diferentes instituciones.

VII. Apoyar técnicamente a la ciudadanía de las reglas de operación y los requisitos para el ingreso de proyectos productivos.

VIII. Coordinar, supervisar y dar seguimiento de las obras que lleve la secretaría de desarrollo social.

IX. Recibir documentos.

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X. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

XI. Manejo y control de expedientes.

XII. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax.

XIII. Tomar notas y recados.

XIV. Atención al público en general.

XV. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran.

XVI. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

XVII. Elaborar reportes solicitados.

XVIII. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE

DESARROLLO SOCIAL

DIRECTOR DE

ADMINISTRACIÓN

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PUESTO DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN

Jefe Inmediato Secretario de Desarrollo Social

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Secretaria

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas A Toda la Ciudadanía en General.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta Secretaría.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Adquirir y suministrar los bienes y servicios que requiera el funcionamiento de la Secretaria y sus diferentes direcciones.

II. Registrar y administrar las entradas y salidas de materiales y mobiliario; en coordinación con el Secretario y directores de las diferentes áreas.

III. La actualización permanente del inventario en cuanto a altas, bajas en coordinación con la oficialía mayor.

IV. Inventariar ante la secretaria y direcciones la responsabilidad por resguardo de bienes muebles; en coordinación con la oficialía mayor.

V. Se encargará de vigilar la correcta administración de los recursos materiales de las dependencias municipales.

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VI. Asignar bienes y servicios que deban ser utilizados por los departamentos administrativos del municipio.

VII. Acatar las políticas de adquisición de bienes y servicios requeridos por las dependencias municipales.

VIII. Coordinar la integración de los manuales de organización de las distintas áreas, con la Secretaría de Desarrollo Social, la Oficialía Mayor y la Contraloría Municipal.

IX. Promover la capacitación y el desarrollo del personal.

X. Vigilar el cumplimiento de las leyes y normas laborales en materia de trabajo, seguridad e higiene.

XI. Llevar el registro de nombramientos, remociones, incapacidades, renuncias, cambios de adscripción y demás incidencias del personal de la secretaria en coordinación con la oficialía mayor.

XII. Controlar y vigilar el uso de las unidades vehiculares asignada a la secretaría de desarrollo social.

XIII. Generar políticas internas que permitan optimizar el consumo de energía eléctrica, telefonía, redes de telecomunicación interna, internet, etc.

XIV. Controlar el consumo de recursos como papelería, impresión de documentos, artículos de limpieza, consumibles de equipo de cómputo y aplicar medidas de racionalidad.

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XV. Garantizar el suministro de combustibles y lubricantes al parque vehicular bajo resguardo de la secretaría de desarrollo social.

XVI. Programar las reparaciones y mantenimiento preventivo de las unidades vehiculares.

XVII. Asegurar el correcto funcionamiento del parque vehicular, gestionando tarjetas de circulación, placas, verificaciones vehiculares y pagos de tenencias.

XVIII. Elaborar los formatos mensuales del consumo de combustibles y lubricantes.

XIX. Las demás que le confieran el cabildo, el secretario de desarrollo social, el presidente municipal y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE

DESARROLLO SOCIAL

DIRECTOR DE

PROGRAMAS SOCIALES

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PUESTO DIRECTOR PROGRAMAS SOCIALES

Jefe Inmediato Secretario de Desarrollo Social

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Jefe de Departamento de Oportunidades

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. Dependencias y Organizaciones Sociales

y Políticas.

Función General

Se encargará y coordinará el proceso para identificación de familias que pueden ser incorporadas a los diferentes programas federales de oportunidades, adulto mayor, programa de hábitat, Programa de Vivienda, así como las diferentes reuniones informativas así como la entrega de los apoyos.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Promover y garantizar el registro del mayor número de población Ixmiquilpense en pobreza extrema al programa federal oportunidades.

II. Promover políticas públicas para la atención de las personas adultas mayores.

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III. Diseñar programas de atención integral para las personas adultas mayores. IV. Aplicación y en su caso, diseño de la cedula de identificación socioeconómica.

V. Fomentar la participación de las familias en la práctica de acciones preventivas para preservar la salud y, en general, de conductas saludables y educativas que instruye el programa oportunidades.

VI. Otorgar apoyos para superar la pobreza urbana y hacer de las ciudades y sus

barrios espacios ordenados, seguros y habitables. VII. Ofrecer subsidios a los hogares en situación de pobreza patrimonial para

adquirir, construir, ampliación o mejorar sus viviendas (pisos y losas de concreto).

VIII. Las demás que le confiera el Cabildo, el Secretario de Desarrollo social, el Presidente Municipal y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PUESTO SECRETARIA

Jefe Inmediato Director de Programas Sociales

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

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Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Ninguna

Función General Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta Secretaría y dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Recibir documentos.

II. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos. III. Manejo y control de expedientes.

IV. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax.

V. Tomar notas y recados. VI. Atención al público en general.

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VII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran.

VIII. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo. IX. Elaborar reportes solicitados.

X. Y las demás que le sean inherentes al puesto y las que determinen.

PUESTO OPERADOR DE SISTEMAS

Jefe Inmediato Director de Programas Sociales

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

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Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Ninguna

Función General Brindar apoyo en todas las actividades administrativas y operativas relacionadas a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes áreas de este centro.

II. Atender los asuntos y desempeñar las comisiones que le encomiende el secretario y la directora de la Secretaria de Desarrollo Social.

III. Acordar con el Director de Desarrollo Social, los asuntos encomendados y

mantenerlo informado de las actividades que se realicen, así como, coordinarse con los titulares de las unidades administrativas de la Secretaria, para darles a conocer instrucciones.

IV. Llevar el registro, control y seguimiento de las solicitudes y planteamientos,

formulados al Secretario.

V. Atender solicitudes, para proyectos productivos, ya sea, ingreso a las instituciones federales, la elaboración o simple asesoramiento.

VI. Soporte en búsqueda de convocatorias para el ingreso de proyectos ante las

diferentes instituciones.

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VII. Elaborar proyectos productivos.

VIII. Apoyar técnicamente a la ciudadanía sobre las reglas de operación y los requisitos para el ingreso de proyectos productivos.

IX. Manejo y control de expedientes.

X. Atención al público en general. XI. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran.

XII. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

XIII. Elaborar reportes solicitados.

XIV. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PUESTO PROYECTISTA

Jefe Inmediato Director de Programas Sociales

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Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Ninguna

Función General Brindar apoyo en todas las actividades administrativas y operativas relacionadas a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes áreas de este centro.

II. Atender los asuntos y desempeñar las comisiones que le encomiende la directora.

III. Acordar con el Secretario el despacho de los asuntos encomendados y

mantenerlo informado de las actividades que se realicen, así como, coordinarse con los titulares de las unidades administrativas de la secretaria, para darles a conocer instrucciones.

IV. Atender solicitudes, turnadas al área de Desarrollo Social, para ingresar

Proyectos Productivos, a las instituciones federales, la elaboración o simple asesoramiento.

V. Elaborar proyectos productivos para la atención ciudadana.

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VI. Soporte en búsqueda de convocatorias de cuáles son las fechas para el ingreso

de proyectos ante las diferentes instituciones.

VII. Apoyar técnicamente a la ciudadanía de las reglas de operación y los requisitos

para el ingreso de proyectos productivos.

VIII. Coordinar, supervisar y dar seguimiento de las obras que lleve la secretaría de desarrollo social.

IX. Recibir documentos.

X. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos. XI. Manejo y control de expedientes.

XII. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax.

XIII. Tomar notas y recados.

XIV. Atención al público en general. XV. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran.

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XVI. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

XVII. Elaborar reportes solicitados.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE

DESARROLLO SOCIAL

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PUESTO DIRECTORA DE LA INSTANCIA DE

ATENCIÓN A LA MUJER

Jefe Inmediato Secretario de Desarrollo Social

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas

Subdirectora Secretaria Subdirectora Asesoría Legal

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. Congreso del Estado. Organizaciones No Gubernamentales. Instituto Estatal Para el Desarrollo de las

Mujeres (IHDM) Instituto Nacional de las Mujeres

Función General

Impulsar proyectos, diseñar e implementar programas de investigación, capacitación, difusión, diagnóstico y asesoría, para incorporar en todos los sectores la equidad de género como políticas públicas en los diferentes rubros con el propósito de favorecer el avance de las mujeres, generar espacios de atención, participación y ejecución hacia la mujer, para el desarrollo de sus capacidades y derechos.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Realizar el plan anual de trabajo.

DIRECTORA DE LA

INSTANCIA DE ATENCIÓN

A LA MUJER

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II. Elaborar programas de participación ciudadana que propicien la igualdad de género.

III. Establecer un sistema de seguimiento de los programas federales y estatales

que tengan injerencia en el municipio, conforme a las leyes y acuerdos de coordinación, así mismo con los tratados internacionales.

IV. Participar en reuniones de trabajo, foros, coloquios y eventos, con organismos

especializados sobre los temas de las mujeres, para el intercambio de experiencias e información.

V. Privilegiar apoyos para mujeres indígenas (grupos de proyectos productivos de alta marginación).

VI. Coordinar esfuerzos institucionales de organizaciones públicas y privadas, para

potenciar el desarrollo en general de la mujer en el municipio de Ixmiquilpan, Hidalgo.

VII. Proveer los espacios necesarios para atender las necesidades de la mujer en

el municipio.

VIII. Difundir una cultura de institucionalización de equidad de género e igualdad. IX. Desarrollar una infraestructura adecuada para cumplir con las funciones.

X. Apoyar a mujeres en situaciones de riesgo, víctimas de maltratos y violencia.

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XI. Desarrollar capacidades, habilidades y actitudes en mujeres en plenitud. XII. Crear, promover, divulgar y ejecutar acciones para impulsar el desarrollo

integral de las mujeres del municipio, tendientes a incrementar su integración y participación plena y eficaz en la vida económica, laboral, política, cultural, científica, familiar y social, buscando que la equidad de género sea un eje transversal en todos los ámbitos de la vida social.

XIII. Establecer programas, proyectos, defensa y cumplimiento de los derechos de las mujeres de manera integral y permanente en el municipio, en observancia dentro del plan municipal de desarrollo.

XIV. Contribuir al impulso y concreción de políticas públicas favorables a los derechos de las mujeres y su ciudadanía.

XV. Respetar y promover el respeto a las normas jurídicas, que se encuentran de

manera jerárquica, en la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, en las leyes federales y locales, así como las normas municipales.

XVI. Proponer la inclusión de la perspectiva de género, de manera transversal, en el desarrollo, ejecución seguimiento, evaluación de planes y programas con el propósito de mejorar las condiciones de vida para las mujeres en un ámbito de igualdad, libre de discriminación y violencia.

XVII. Apoyar el proceso de formulación de las políticas públicas, locales en los planes, programas y proyectos a partir del reconocimiento de la diversidad económica, cultura y territorial del municipio.

XVIII. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

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PUESTO SUBDIRECTORA

Jefe Inmediato Directora de la Instancia de Atención a la Mujer

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Secretaria

Subdirectora de Asesoría Legal

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Función General

Dar seguimiento y evaluar el impacto de las acciones para la equidad de género, así como respaldar en la toma de decisiones de la directora, que promuevan el mejoramiento de las condiciones y calidad de vida de las mujeres.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Promover la planeación, implementación y ejecución de programas para el desarrollo integral de las mujeres en el municipio.

II. Promover la participación de las mujeres a la definición de las acciones planes

y programas. III. Fomentar acciones de apoyo a los valores, la prevención de la violencia y la

deserción escolar.

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IV. Impulsar y promover jornadas de expresión cultural para las mujeres del municipio.

V. Llevar a cabo programas de combate a la pobreza y el rezago social, otorgando especial atención a las mujeres indígenas, rurales y trabajadoras.

VI. Presentar informes bimestrales, semestrales y anuales de trabajo.

VII. Llevar acabo la organización y logística de eventos que conmemoren fechas de

relevancia para las mujeres.

VIII. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PUESTO SUBDIRECTOR DE ASESORÍA JURÍDICA

Jefe Inmediato Directora de la Instancia de Atención a la Mujer

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

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Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. Congreso del Estado. Organizaciones No Gubernamentales. Instituto Estatal Para el Desarrollo de las

Mujeres (IHDM) Instituto Nacional de las Mujeres

Función General

Coordinar y supervisar las actividades Jurídicas, así mismo de orientar e instruir acerca de los temas o tramites que le competen la directora.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaboración y revisión de documentos Jurídicos.

II. Llevar expedientes sobre los asuntos Jurídicos.

III. Atención y seguimiento a los diferentes asuntos Jurídicos con otras dependencias municipales y estatales.

IV. Revisar y participar en la elaboración de todos los acuerdos, convenios y contratos.

V. Proporcionar asesoría jurídica para pensión alimenticia, divorcio, maltratos psicológico y físico.

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VI. Brindar el apoyo jurídico y asesoría jurídica en las diferentes ramas del derecho; a su vez canalizar a las áreas correspondientes; en cuanto se trate de violencia física, moral, económica, psicológica

VII. Brindarle el apoyo y darle el seguimiento a través del control de expedientes.

VIII. Aportar conocimientos jurídicos a todas las áreas para mejorar la aplicación de las leyes vigentes.

IX. Proporcionar asesoría jurídica a las áreas del que así lo requieran y en su caso realizar convenios.

X. Llevar el control y registros de los procedimientos legales consistentes en renuncias, contratos, negociaciones y demás procedimientos legales y administrativos.

XI. Participar en reuniones de trabajo, foros, coloquios y eventos, con organismos especializados sobre los temas de las mujeres, para el intercambio de experiencias e información.

XII. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de

Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PUESTO PSICÓLOGA

Jefe Inmediato Directora de la Instancia de Atención a la Mujer

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

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Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

A Toda la Ciudadanía en General

Función General

Proporcionar atención psicológica, así como la impartición de pláticas, conferencias y talleres con perspectiva de género.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Brindar terapia psicológica.

II. Intervenir en situaciones de crisis emocional. III. Intervenir en casos que requiera atención de emergencia por eventos

relacionados con violencia. IV. Impartir pláticas, conferencias y talleres en el municipio con el fin de atender y

erradicar la violencia de género.

V. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PUESTO SECRETARIA

Jefe Inmediato Directora de la Instancia de Atención a la Mujer

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Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

A Toda la Ciudadanía en General

Función General Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a la instancia de la mujer.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos.

II. Recibir, clasificar, y archivar los documentos enviaos y recibidos.

III. Manejo y control de expedientes.

IV. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax.

V. Atención al público en general. VI. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran.

VII. Recepción y registro de visitas a la dirección.

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VIII. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

IX. Elaborar reportes solicitados.

X. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE

DESARROLLO SOCIAL

COORDINADO DE

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PUESTO COORDINADOR DE BIBLIOTECAS

Jefe Inmediato Secretario de Desarrollo Social.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

Áreas Subordinadas

Operador de sistemas Auxiliar administrativo Bibliotecarias (os)

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. Instituciones No Gubernamentales A Toda la Ciudadanía en General

Función General

Operatividad en el desarrollo de las actividades tanto internas como externas, la vinculación con la ciudadanía y dependencias públicas para desarrollar e implantar programas culturales y recreativos que enriquezcan la vida cotidiana de los Ixmiquilpenses, así como el fomento al hábito de la lectura en las bibliotecas municipales difundiéndolas en los diferentes programas que se realicen en las diferentes comunidades del Municipio.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Fomentar el hábito a la lectura y ampliar el servicio de bibliotecas municipales.

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II. La organización y coordinación con los gobiernos estatal y federal en forma permanente, para la realización de festivales artísticos que estimulen la cultura popular a realizarse en plazas, parques, jardines y edificios públicos.

III. Edición de libros y folletos del ayuntamiento en apoyo a los valores de la cultura

regional. IV. Coordinar el personal de bibliotecas municipales.

V. Comparecer ente el ayuntamiento, cuando se le requiera. VI. Administrar y vigilar el buen funcionamiento de la biblioteca central “Dr. Carlos

Fuentes Macías” y de las bibliotecas comunitarias. VII. Garantizar la conservación y el mantenimiento del predio, equipo e instalaciones

de la biblioteca central “Dr. Carlos Fuentes Macías” y de las bibliotecas comunitarias.

VIII. La planeación de nuevas adquisiciones para la mejora y ampliaciones de las bibliotecas “Dr. Carlos Fuentes Macías” y de las bibliotecas comunitarias.

IX. Promover actividades educativas y culturales como: conferencias, mesas

redondas, exposiciones, etc. X. Generar espacios de información para la población mediante periódicos,

revistas, enciclopedias y diccionarios. XI. Coordinar el inventario y descarte del mobiliario.

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XII. Colaborar con todos los centros culturales, recreativos y sociales del municipio.

XIII. Elaborar y actualizar el reglamento interno de la Biblioteca.

XIV. Prever las necesidades de dotación tomando en cuenta las solicitudes de los usuarios.

XV. Establecer los mecanismos para la conservación, protección resguardo,

catalogación, estudio, restauración, exhibición difusión ordenada de sus bienes y colecciones.

XVI. La organización periódica de exposiciones, conforme a los criterios técnicos y científicos pertinentes, de acuerdo con la naturaleza de la biblioteca.

XVII. Proponer el desarrollo de actividades didácticas a partir de sus contenidos con el fin de acercar principalmente a la población infantil al conocimiento de su acervo.

XVIII. La elaboración de catálogos y monografías de sus bienes, colecciones y fondos bibliográficos.

XIX. Establecer mecanismos, incluyendo la obtención de donaciones en especie, con el fin d incrementar sus acervos, dando la intervención que corresponda a la secretaria de finanzas.

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XX. Diseñar la metodología para llevar a cabo una adecuada planeación diagnóstico, promoción, difusión, capacitación, organización, coordinación, comunicación, utilización de nuevas tecnologías y la evaluación de las actividades que se realicen, con el fin de elevar la calidad de los servicios otorgados.

XXI. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PUESTO BIBLIOTECARIO (A)

Jefe Inmediato Coordinador de Biblioteca

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal.

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Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

A Toda la Ciudadanía en General

Función General Orientar al lector, tener el control de las colecciones y organización de actividades culturales.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Atención a los usuarios.

II. Elaboración del periódico mural. III. Elaborar el inventario y descarte de mobiliario y de servo.

IV. Dar información personalizada a usuarios tanto internos como externos, con el

fin de apoyarles en sus requerimientos e información utilizando para ello los recursos documentales impresos o electrónicos de la biblioteca o bibliotecas, incluyendo la realización de búsquedas en medios electrónicos e impresos, la conducción de visitas guiadas a la biblioteca para alumnos y personal de nuevo ingreso, la atención personalizada para dar respuesta a las preguntas concretas, y la compilación de bibliografías utilizando las normas internacionalmente aceptadas; y en identificar, buscar, localizar y recuperar información requerida en fuentes manuales y/o automatizados, nacionales o extranjeras.

V. Dar orientación sobre el uso adecuado de los recursos, servicios y equipo que ofrece la biblioteca.

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VI. Otorgar al usuario interno el derecho para la utilización de los materiales fuera

de la biblioteca, pudiendo ser a domicilio o para uso en aulas. VII. Establecer convenios con diversas instituciones afines para obtener la

posibilidad de utilizar recursos documentales existentes en otras bibliotecas y unidades de información.

VIII. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PUESTO OPERADOR DE SISTEMAS

Jefe inmediato Coordinador de Biblioteca

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Jefe inmediato superior Presidente Municipal.

Áreas subordinadas Ninguna

Relaciones internas Con Todas las Bibliotecas del Municipio.

Relaciones Externas

Gobierno del Estado

Función general Responsable de las redes de sistema y equipo de cómputo, aplica procedimientos administrativos.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar y entregar mensualmente las estadísticas a la dirección de bibliotecas del Estado de Hidalgo; así como a la Secretaría de Desarrollo Social del Municipio de Ixmiquilpan.

II. Apoyar en la elaboración del periódico mural. III. Recibir, clasificar, archivar los documentos.

IV. Instalar y configurar el software al equipo de cómputo de la Biblioteca.

V. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax. VI. Mantener y controlar el uso de los mariales informáticos.

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VII. Atención al público en general.

VIII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran. IX. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

X. Elaborar reportes solicitados. XI. Redacta y trascribe correspondencia y diversos documento.

XII. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de

Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia

PUESTO AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Jefe inmediato Coordinador de Biblioteca

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Jefe inmediato superior Presidente Municipal.

Áreas subordinadas Ninguna

Relaciones internas Con Todas las Bibliotecas del Municipio.

Relaciones Externas

Gobierno del Estado

Función general Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes áreas de este centro.

II. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos. III. Manejo y control de expedientes.

IV. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax.

V. Atención al público en general. VI. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran.

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VII. Mantener el registro de los datos estadísticos de servicio Bibliotecario.

VIII. Elaborar reportes solicitados.

IX. Préstamos a los usuarios de libros, aparatos y equipos de cómputo.

X. Orientar y promover el uso de las fuentes de información y demás materiales disponibles.

XI. Realizar el inventario anual bajo la supervisión del coordinador.

XII. Preparar físicamente los materiales bibliográficos: sellar, rotular, etc.

XIII. Supervisar el buen uso conservación de la colección, mobiliario y equipo.

XIV. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE

DESARROLLO SOCIAL

DIRECTOR DEL DEPORTE

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PUESTO DIRECTOR DEL DEPORTE Y JUVENTUD

Jefe inmediato Secretario de Desarrollo Social

Jefe inmediato superior Presidente Municipal.

Áreas subordinadas

Sub-director del Deporte y la Juventud Operador de sistemas Auxiliar Velador Intendente

Relaciones internas Con Todas las Bibliotecas del Municipio.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado Instituciones educativas Asociaciones y/o equipos Grupos deportivos

Función general

Promover el bienestar físico de la población sin distinción de sexo, edad o destreza a través del ejercicio y el deporte.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

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I. Organizar eventos, torneos, competencias y festivales deportivos municipales.

II. Implementar centros de iniciación y capacitación deportiva en los que se impartan clínicas a la comunidad en general en diferentes disciplinas deportivas.

III. Apoyar y colaborar con las ligas municipales y clubes deportivos del municipio

en programas de orientación y apoyo en sus distintas actividades y eventos, especialmente cuando se propongan desarrollar en el municipio, para participar en competencias en el ámbito estatal, nacional e internacional.

IV. Gestionar con patrocinios apoyos al deporte como una forma efectiva de

promover la salud integral con la adecuada utilización del tiempo libre, la prevención de la delincuencia y drogadicción.

V. Establecer medidas de seguridad, horarios y usos de las distintas instalaciones deportivas.

VI. Fomentar actividades deportivas y educativas como método de prevención de

las adicciones. VII. Ejecutar y promover campañas de activación física que promueva que todos los

Ixmiquilpense realicen algún ejercicio físico o deporte de manera regular y sistemática.

VIII. Coordinar el uso adecuado y programado de todas las instalaciones deportivas del municipio.

IX. Gestionar apoyo de las autoridades deportivas nacionales y estatales, para que

se apoye al deporte local con entrenadoras y entrenadores.

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X. Promover los deportes de competición que incluyan categorías femeninas. XI. Impulsar, generar y coordinar esfuerzos con los sectores público, privado y

social para el fomento de las diversas actividades que propicien la superación de la juventud en el municipio.

XII. Implementar cursos de verano e invierno en la unidad deportiva dirigido

principalmente a niños y jóvenes que estén de vacaciones escolares.

XIII. Promover cursos de tenis.

XIV. Supervisar el inventario de herramientas y refacciones a cargo de sus subordinados.

XV. Vigilar que se envíen oportunamente los informes mensuales, semestrales y

anuales requeridos.

PUESTO

SUBDIRECTOR DEL DEPORTE Y JUVENTUD

Jefe inmediato Director del Deporte y Juventud.

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Jefe Inmediato Superior Secretario de Desarrollo Social

Áreas subordinadas

Operador de Sistemas. Auxiliar. Velador. Intendente.

Relaciones internas Con todas las áreas.

Relaciones externas

Gobierno Federal Gobierno del Estado Instituciones Educativas. Asociaciones y/o Equipos. Grupos Deportivos.

Función General

Planificar las actividades deportivas, coordinando, supervisando que se lleven a cabo conjuntamente con el director del Deporte y Juventud.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Organizar y llevar a cabo la logística de eventos, torneos, competencias y festivales deportivos municipales.

II. Elaborar programas de las actividades deportivas de las diferentes facultades.

III. Informar al director de las actividades de las solicitudes que formula la ciudadanía, así como para la gestión de recursos.

IV. Apoyar y colaborar con las ligas municipales y clubes deportivos del municipio en programas de orientación y apoyo en sus distintas actividades y eventos,

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especialmente cuando se propongan desarrollar en el municipio, para participaren competencias en el ámbito estatal, nacional e internacional.

V. Gestionar con patrocinios conjuntamente con el director, apoyos al deporte como una forma efectiva de promover la salud integral con la adecuada utilización del tiempo libre, la prevención de la delincuencia y drogadicción.

VI. Administrar y vigilar el buen funcionamiento de las instalaciones deportivas a cargo del ayuntamiento municipal.

VII. Garantizar la conservación y el mantenimiento del predio, equipo e instalaciones deportivas.

VIII. Fomentar actividades deportivas y educativas como un método de prevención de las adicciones.

IX. Ejecutar campañas de activación física que promueva que todos los Ixmiquilpenses realicen algún ejercicio físico o deporte de manera regular y sistemática.

X. Coordinar el uso adecuado y programado de todas las instalaciones deportivas del municipio.

XI. Gestionar apoyo de las autoridades deportivas nacionales y estatales, para que se apoye al deporte local con entrenadoras y entrenadores.

XII. Promover los deportes de competición que incluyan categorías femeninas.

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XIII. Impulsar, generar y coordinar esfuerzos con los sectores público, privado y

social para el fomento de las diversas actividades que propicien la superación de la juventud en el municipio.

XIV. Realizar cualquier otra función a fin que se le sea asignada.

PUESTO

OPERADOR DE SISTEMAS.

Jefe inmediato Sub- Director del Deporte y Juventud.

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Jefe Inmediato Superior Director del Deporte y Juventud

Áreas subordinadas

Ninguna.

.

Relaciones internas

Con todas las áreas.

Relaciones externas

Con toda la ciudadanía.

Función General

Aplicar procedimientos de administración y configuración de software y hardware, así como solucionar las incidencias que se puedan producir.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Instalar y configurar el software.

II. Ejecutar procedimientos de administración y mantenimiento en el equipo de cómputo.

III. Participar en el estudio y análisis de nuevos procedimientos y métodos de trabajo.

IV. Llenar formatos de trabajo. V. Redactar y transcribir correspondencias y diversos documentos.

VI. Brindar apoyo logística en actividades especiales.

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VII. Archivar, clasificar y llevar el control de los documentos. VIII. Elaborar informes periódicos de las actividades. IX. Realizar cualquier otra función a fin que le sea asignada.

X. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PUESTO

AUXILIAR

Jefe inmediato Sub- Director del Deporte y Juventud.

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Jefe Inmediato Superior Director del Deporte y Juventud

Áreas subordinadas

Ninguna.

.

Relaciones internas

Con todas las áreas.

Relaciones externas

Ninguna.

Función General

Realizar actividades de carácter administrativo, respaldando las actividades y gestiones que realizan sus superiores.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Atender las órdenes de trabajo que gire el sub director del deporte y la juventud, ya sean verbales o por escrito que implique realizar cualquier tarea en las instalaciones de la unidad.

II. Elaborar informes de actividades en forma mensual, semestral y anual requerido por la dirección.

III. Organizar y llevar una memoria de eventos realizados en la unidad deportiva.

IV. Diagnosticar y evaluar la magnitud de los desperfectos presentados en las instalaciones y equipo que requieran mantenimiento.

PUESTO

INTENDENTE

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200

Jefe inmediato Sub- Director del Deporte y Juventud.

Jefe Inmediato Superior Director del Deporte y Juventud

Áreas subordinadas

Ninguna.

.

Relaciones internas

Con todas las áreas.

Relaciones externas

Ninguna.

Función General

Proporcionar los servicios de aseo, mantenimiento y vigilancia que requieran las instalaciones. .

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Barrer, trapear, sacudir, lavar, y desinfectar las instalaciones, equipos y mobiliario que forman parte de la unidad deportiva para mantenerlas en óptimas condiciones.

II. Reportar diariamente a su jefe inmediato, sobre los desperfectos y deterioros detectados en las áreas, equipos o mobiliario asignado para su limpieza.

III. Solicitar en los días establecidos, los materiales necesarios para llevar a cabo

en forma óptima sus labores. IV. Llevar correspondencia a las diferentes dependencias que se le indique.

V. Mantener limpios las herramientas de trabajo.

PUESTO

VELADOR

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201

Jefe inmediato Sub- Director del Deporte y Juventud.

Jefe Inmediato Superior Director del Deporte y Juventud

Áreas subordinadas

Ninguna.

.

Relaciones internas

Con todas las áreas.

Relaciones externas

Ninguna.

Función General

Salvaguardar los bienes que se encuentren en las instalaciones de la unidad deportiva. .

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Informar a la dirección de los desperfectos e irregulares que observe.

II. Controlar la admisión de personas ajenas en las instalaciones de la unidad deportiva.

III. Recorrer, cuidar y dar seguridad a las instalaciones.

IV. Vigilar que ninguna persona sin autorización permanezca en las instalaciones

en determinado horario.

V. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE

DESARROLLO SOCIAL

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PUESTO

ENCARGADO DE CONTROL CANINO

Jefe inmediato Secretario de Desarrollo Social.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal Constitucional

Áreas subordinadas

Ninguna.

Relaciones internas

Jurisdicción Sanitaria.

Relaciones externas

Gobierno del Estado.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a ésta área al promover campañas de esterilización, vacunación antirrábica, aseguramiento y captura de mascotas en desamparo del municipio.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

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203

I. Promover campañas de esterilización, vacunación antirrábica, aseguramiento y

captura de perros callejeros en el municipio.

II. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones técnicas y administrativas que establezca la secretaría de salud, así como las que determine el ayuntamiento.

III. Gestionar ante las instituciones privadas y públicas recursos financieros, materiales y humanos para el mejoramiento de las instalaciones con las que cuenta el centro de control canino.

IV. Coordinarse con las autoridades federales y estatales en todos aquellos

asuntos inherentes a su competencia.

V. Informar mensualmente y cuando lo requiera el ayuntamiento, de las actividades realizadas.

VI. Vigilar en coordinación con el área de epidemiología del centro de salud, el

seguimiento de personas en tratamiento antirrábico. VII. Trabajar conjuntamente con el personal de los servicios de salud en el supuesto

de un foco rábico en las primeras 72 horas de confirmado éste por laboratorio, y reportar al ayuntamiento municipal de las actividades realizadas.

VIII. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE

DESARROLLO SOCIAL

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204

PUESTO

ADMINISTRADOR DEL PARQUE

Jefe inmediato Secretario de Desarrollo Social.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal Constitucional

Áreas subordinadas

Encargado de Jardinería Intendencia.

Relaciones internas

Con todas las áreas.

Relaciones externas

Gobierno del Estado. Órgano de Fiscalización Superior del H. Congreso

del Estado. Gobierno Federal. A toda la ciudadanía en general.

Función General

Atender la operación, conservación, mantenimiento de las obras, instalaciones, infraestructura y administración del parque. Mantener en buenas condiciones de salud y cuidado a los animales que viven en cautiverio dentro del parque.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

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I. Realizar las actividades operativas y de mantenimiento propias del parque municipal “Lic. Benito Juárez”

II. Vigilar la conservación de áreas verdes y jardines del parque municipal. III. Formular programas y proyectos para la adecuada administración,

conservación, mantenimiento y vigilancia del parque municipal. IV. Elabora el calendario de actividades para el personal del parque, calendarizar,

programar, proyectar actividades, mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones que garantice la seguridad de los visitantes.

V. Participar en la elaboración del programa operativo anual del parque. VI. Planear, organizar, dirigir y controlar las actividades vinculadas con los recursos

humanos, materiales y financieros del organismo, estableciendo y ejecutando estrategias de administración, que permitan desarrollar esquemas encaminados a la eficiencia orgánica.

VII. Implementar y administrar una política cultural del parque mediante la gestión,

promoción de actividades y desarrollo de proyectos culturales.

VIII. Y las demás que le confiera el Presidente Municipal, el Secretario de Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PUESTO

ENCARGADO DE JARDINERIA

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Jefe inmediato Administrador del Parque.

Jefe Inmediato Superior Secretario de Desarrollo Social

Áreas subordinadas

Ninguna.

Relaciones internas

Con todas las áreas.

Relaciones externas

Ninguna.

Función general

Mantener los jardines y áreas verdes del parque, utilizando técnicas, equipos y materiales necesarios para garantizar el ornato de dichas zonas.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Podar los árboles del parque municipal Benito Juárez.

II. Cortar el césped y regar los prados. III. Podar las áreas verdes.

IV. Trasplantar plantas de acuerdo al ecosistema del municipio, fumigación de

plantas.

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207

V. Acondicionarla tierra para la reforestación. VI. Suministrar abonos y fertilizantes a las plantas que se encuentran en las zonas

verdes. VII. Fumigar y aplicar tratamiento con productos químicos a plantas y árboles para

protegerlos de hongos y plagas.

VIII. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PUESTO

INTENDENCIA

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208

Jefe inmediato Administrador del Parque.

Jefe Inmediato Superior Secretario de Desarrollo Social

Áreas subordinadas

Ninguna.

Relaciones internas

Con todas las áreas.

Relaciones externas

Ninguna.

Función general

Mantener aseados los espacios del parque.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Cumplir y permanecer en su jornada de trabajo apegado a los principios de responsabilidad y pulcritud en el área que se le haya asignado.

II. Cuidar que no se sustraiga objeto o material sin la autorización correspondiente. III. Asear las aceras de las calles adyacentes al parque.

IV. Ejecutar dentro de las horas de servicio y de acuerdo con sus habilidades, algunos

trabajos urgentes de carpintería, albañilería, plomería, electricidad, jardinería.

V. Cubrir las tareas de aseo de los espacios que corresponden al trabajador que no asista a sus labores.

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209

VI. Dar aviso al encargado del parque o a las autoridades municipales, de cualquier

desperfecto e irregularidad que adviertan en los espacios que les correspondan.

PUESTO ADMINISTRADOR DEL RASTRO

Jefe inmediato Secretario de Desarrollo Social

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE

DESARROLLO SOCIAL

ADMINISTRADOR DEL

RASTRO MUNICIPAL

MEDICO VERIFICADOR INTENDENTE

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210

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal Constitucional

Áreas subordinadas

Medico verificador. Intendente.

Relaciones internas

Con todas las áreas.

Relaciones externas

Gobierno del Estado.

Función general

Prestar el servicio de sacrificio de animales previa revisión de procedencia que se efectué por las autoridades competentes en la materia, brindar el servicio a la población de ganado bovino y porcino, para la recepción, estancia y sacrificio, garantizando la salud de la población cumpliendo con las normas necesarias de seguridad e higiene aplicables, así como garantizar el consumo de los habitantes del municipio.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Mantener el control de los productos cárnicos que ingresen al municipio (documentación).

II. Suministrar el servicio de enfriado de canales. III. Proveer de espacio adecuado en el rastro municipal para la compra-venta de

ganado en pie y de carne en canal. IV. Cumplir y hacer cumplir la reglamentación y normatividad específica aplicable

en cuanto al funcionamiento del rastro municipal.

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V. Administrar y vigilar el buen funcionamiento del rastro municipal.

VI. Garantizar la conservación y el mantenimiento del predio, equipo e instalaciones del rastro municipal.

VII. La planeación de nuevas adquisiciones para la mejora y ampliaciones del rastro

municipal.

VIII. Regular la introducción del ganado y abastecimiento de carnes propias para el consumo humano.

IX. Prestará a los usuarios del rastro los servicios generales del mismo que se

especificarán a continuación.

X. Recibir en los corrales el ganado en pie y guardarlo por el tiempo reglamentario. XI. Lavado de los animales.

XII. Vigilar y coordinar la matanza en el rastro y en los centros de matanza que

funcionen dentro del municipio.

XIII. Prestar a los usuarios de este, todos los servicios de que se disponga de acuerdo con las instalaciones del rastro que son: recibir el ganado destinado al sacrificio y guardarlos en los corrales de encierro por el tiempo reglamentario para su inspección sanitaria y comprobación de su legal procedencia.

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212

XIV. Negar el permiso correspondiente para que salgan del rastro las carnes

enfermas que estén marcadas oficialmente como toxicas o transmisibles de enfermedades a la salud pública.

XV. Distribuir las distintas labores del rastro entre el personal a sus órdenes en

forma equitativa y de acuerdo a su especialidad y con las necesidades del servicio.

XVI. Presentar la denuncia o querella ante el ministerio público en los casos previstos en la ley de ganadería del estado.

XVII. Recaudar todos los ingresos provenientes de los derechos que corresponden al municipio.

XVIII. Vigilar que los introductores y tablajeros no sacrifiquen mayor cantidad de animales, que los manifestados y que sujeten estrictamente al rol de matanza.

XIX. En coordinación con la dirección de reglamentos, jurisdicción sanitaria monitorear el debido procedimiento de venta de carne porcina y bovina.

XX. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de

Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PUESTO

MEDICO VERIFICADOR

Jefe inmediato Administrador del Rastro

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213

Jefe Inmediato Superior Secretario de Desarrollo Social

Áreas subordinadas

Ninguna.

Relaciones internas

Con todas las áreas.

Relaciones externas

Gobierno del Estado.

Función general

Identificar las deficiencias y procesos del rastro, mediante la evaluación de riesgo para detectar las necesidades y proponer acciones de mejora, orientadas a obtener carne de calidad.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Inspeccionar diariamente el ganado destinado a la matanza al término de la matanza del día, los canales, viseras y demás productos de la misma.

II. Revisar la documentación que acredite la procedencia legal del ganado destinado a sacrificio.

III. Impedir el sacrificio de animales enfermos y determinar si deben destruirse

parcial o total las carnes, viseras y demás productos que resulten nocivos para la salud pública.

IV. Autorizar con el sello correspondiente el consumo de las carnes que resulten

sanas y aprobadas.

V. Rendir informe semanal de las actividades al administrador.

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VI. Garantizar la conservación y el mantenimiento del predio, equipo e instalaciones

del rastro municipal. VII. La planeación de nuevas adquisiciones para la mejora y ampliaciones del rastro

municipal.

VIII. Regular la introducción del ganado y abastecimiento de carnes propias para el consumo humano.

IX. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de

Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PUESTO

INTENDENTE

Jefe inmediato Administrador del Rastro

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215

Jefe Inmediato Superior Secretario de Desarrollo Social

Áreas subordinadas

Ninguna.

Relaciones internas

Con todas las áreas.

Relaciones externas

Ninguna.

Función general

Mantener aseados los espacios que se encuentran en el Rastro Municipal.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Cumplir y permanecer en su jornada de trabajo apegado a los principios de responsabilidad y pulcritud en el área que se le haya asignado.

II. Cuidar que no se sustraiga objeto o material sin la autorización correspondiente. III. Asear las aceras de las calles adyacentes.

IV. Ejecutar dentro de las horas de servicio y de acuerdo con sus habilidades,

algunos trabajos urgentes de carpintería, albañilería, plomería, electricidad.

V. Cubrir las tareas de aseo de los espacios que corresponden al trabajador que no asista a sus labores.

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216

VI. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de

Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE

DESARROLLO SOCIAL

DIRECTOR

DE SALUD

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217

PUESTO

DIRECTOR DE SALUD

Jefe inmediato Secretario de Desarrollo Social

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal Constitucional

Áreas Subordinadas

Auxiliar Administrativo.

Relaciones Internas

Con todas las áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno Estatal. Organizaciones no gubernamentales Instituciones Publicas Instituciones Privadas A toda la ciudadanía en general

Función General

Promover políticas públicas en la cuestión de salud dirigidas a la población de Ixmiquilpan.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. En coordinación con salud estatal ejecutar programas y campañas de prevención a la salud.

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218

II. Impulsar programas de infraestructura, rehabilitación y equipamiento de las unidades médicas rurales y acceso a los servicios de salud que ofrece el estado de Hidalgo.

III. Garantizar el traslado de pacientes a instituciones de salud, públicas y privadas.

IV. Gestionar descuentos en medicamentos y gastos de hospitalización en

instituciones públicas y privadas.

V. Ofertar vales de descuento para estudios de laboratorio, clínicos y radiológicos, a la población que así lo requiera.

VI. Asesorar a los pacientes para la gestión de apoyos y descuentos en

instituciones de salud privadas. VII. Gestionar bolsas de líquido para diálisis a personas con padecimiento de

insuficiencia renal; así como, descuentos para realizar estudios protocolarios para el trasplante de riñón.

VIII. Proporcionar apoyo para traslados especiales, tales como: terapia intensiva, aérea o terrestre con bajos costos.

IX. Asesorar a la población que acuda a solicitar apoyo para soluciones médicas.

X. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PUESTO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Jefe Inmediato Director de Salud

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Jefe Inmediato Superior Secretario de Desarrollo Social

Áreas Subordinadas

Ninguna.

Relaciones Internas

Con todas las áreas.

Relaciones Externas

Ninguna.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes áreas de este centro.

II. Recibir documentos. III. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

IV. Manejo y control de expedientes.

V. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax.

VI. Atención al público en general (orientación a los ciudadanos para algún trámite

en instituciones de salud.

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VII. Realizar las visitas domiciliarias.

VIII. Aplicación de estudios socioeconómicos. IX. Remitir informes sobre la prestación de servicios.

X. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran. XI. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

XII. Elaborar reportes solicitados.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE

DESARROLLO SOCIAL

ADMINISTRADOR DEL

MERCADO

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221

PUESTO

ADMINISTRADOR DEL MERCADO MUNICIPAL

Jefe Inmediato Secretario de Desarrollo Social

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal

Áreas Subordinadas

Encargada de contabilidad Inspector

Relaciones Internas

Con todas las áreas.

Relaciones Externas

Locatarios Secretaria de Salud Instituciones Educativas Dependencias Federales y Estatales A la ciudadanía en General

Función General

Vigilar la administración y funcionamiento del mercado municipal, estableciendo los programas de construcción y mantenimiento así mismo coordinar y dirigir las actividades del mercado.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Realizar las actividades operativas y de mantenimiento cotidianas propias del mercado municipal “José María Morelos y Pavón”.

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II. Rendir al ayuntamiento cuando menos una vez al mes, un informe detallado del ejercicio del presupuesto, especificado ingresos y egresos.

III. Formular y presentar al ayuntamiento los programas de operación, inversión y

presupuesto. IV. Vigilar el buen funcionamiento de los servicios básicos del mercado.

V. Vigilar que el comercio se realice con estricto apego a la ley.

VI. Enterar a la tesorería municipal las utilidades que resulten de la operación y

funcionamiento del servicio. VII. Verificar que los locatarios que manejen alimentos cuenten con una licencia

sanitaria.

VIII. Programar y coordinar el mantenimiento de las instalaciones a su cargo. IX. Verificar que los locatarios estén al corriente de sus aportaciones pago de

derechos y cuotas.

X. Cumplir las disposiciones y ordenamientos emanados del H. Ayuntamiento. XI. Empadronar y registrar a los comerciantes del mercado.

XII. Elaborar y/o aplicar el proyecto del reglamento interior del mercado.

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XIII. Representar al mercado en su relación interna y externa.

XIV. Agrupar los puestos del mercado de acuerdo a sus giros. XV. Ordenar la instalación, al lineamiento, reparación y modificación de los puestos.

XVI. Garantizar las condiciones higiénicas de las instalaciones del mercado “José María Morelos y Pavón”.

XVII. Formular programas y proyectos para la adecuada administración del Mercado Municipal.

XVIII. La planeación y gestión ante instancias públicas y privadas de nuevas adquisiciones para la mejora y ampliaciones del mercado municipal “José María Morelos y Pavón”.

XIX. Controlar, efectuar y reportar el seguimiento de los movimientos contables de las cuentas del mercado municipal, a la secretaría de finanzas de la presidencia municipal.

XX. Las demás que le confiera el Presidente Municipal, Secretario de Desarrollo

Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a la materia.

PUESTO

ENCARGADA DE CONTABILIDAD

Jefe inmediato Administrador del Mercado Municipal

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Jefe Inmediato Superior Secretario de Desarrollo Social

Áreas subordinadas

Ninguna

Relaciones internas

Con todas las áreas.

Relaciones externas

Ninguna

Función general

Llevar el registro contable diario, revisión de reportes y control de las cuentas de gastos.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Visitar y vigilar el buen funcionamiento de los locatarios.

II. Hacer una evaluación constante de los locatarios atrasados en sus aportaciones e invitarlos a que se regularicen a la brevedad posible, recordándoles los beneficios de mantenerse al corriente los cuales están establecidos en el reglamento interno.

III. Hacer el cobro respectivo del piso periódicamente de los diferentes locatarios.

IV. Efectuar el cobro respectivo de los días lunes.

V. Elaborar los tarjetones.

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VI. Efectuar los diferentes requerimientos del material de limpieza ante la

Secretaría de Desarrollo Social. VII. Llevar a cabo la contabilidad y los estados financieros de sanitarios y efectuar

el corte diariamente.

VIII. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos. IX. Manejo y control de expedientes.

X. Atención al público en general.

XI. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran. XII. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

XIII. Elaborar reportes solicitados.

PUESTO

INSPECTOR

Jefe inmediato Administrador del Mercado Municipal

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Jefe Inmediato Superior Secretario de Desarrollo Social

Áreas subordinadas

Ninguna

Relaciones internas

Con todas las áreas.

Relaciones externas

Público en General

Función general

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a la administración del mercado municipal.

RACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Vigilar todas y cada una de las áreas de limpias así como su respectivo orden.

II. Vigilar el buen funcionamiento del mercado en el interior y fuera del mismo. III. Reportar semanalmente las actividades realizadas.

IV. Dar un informe diariamente de las irregularidades que se presenten dentro del

mismo.

V. Supervisar y en su caso invitar a los locatarios a colocar sus mercancías a la venta únicamente en el espacio que ocupa su local o puesto asignado.

VI. Verificar y mantener libre de obstáculos los pasillos, andadores banquetas y

corredores. VII. Verificar en invitar a los locatarios a mantener limpios sus puestos y el frente de

los mismos.

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227

VIII. Vigilar y coadyuvar con la secretaria de seguridad pública los días lunes, sobre la vialidad y los automóviles que obstruyan el paso.

IX. Garantizar las condiciones higiénicas de las instalaciones del mercado “José

María Morelos y Pavón”.

X. Las demás que le confieran el Cabildo, el Presidente Municipal, el Secretario de Desarrollo Social y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE

DESARROLLO SOCIAL

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE

DESARROLLO SOCIAL

DIRECTOR DE

AREA TECNICA

SUBDIRECTOR DE

AREA TECNICA

ENCARGADO DE DISEÑO

DE EDIFICACION

PROYECTISTA

PROYECTISTA

PROYECTISTA

PROYECTISTA

ENCARGADO DE

PRECIOS UNITARIOS

ENCARGADO DE DISEÑO

DE EDIFICACION

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228

PUESTO

DIRECTOR DE AREA TECNICA

Jefe Inmediato Secretario de Desarrollo Social

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal

Áreas Subordinadas

Subdirección de área técnica Encargado de diseño de edificación Encargado de precios unitarios Proyectistas

Relaciones Internas

Con todas las áreas.

Relaciones Externas

SEDATU HABITAD CONTRATISTAS

Función General

Elaboración de proyectos en áreas de educación y ecoturismo, elaboración de los precios unitarios y números generadores, levantamientos topográficos en base a las necesidades inmediatas de cada comunidad,etc.

RACTIVIDADES ESPECÍFICAS

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I. Identificación de proyectos productivos en base a las necesidades inmediatas de cada comunidad, observando las reglas de operación de los mismos para su formulación y operación.

II. Elaborar los planes y programas tendientes a apoyar el desarrollo del municipio mediante el aprovechamiento de sus recursos

III. Plantear al ejecutivo, la celebración de convenios de coordinación con los municipios, el estado, la federación, organizaciones no gubernamentales e instituciones para la realización de obras sociales.

IV. Gestionar el apoyo necesario al ayuntamiento, por parte de las instancias federales y estatales para generar y/o fortalecer los programas sociales.

V. Promover la comunicación y la construcción de alianzas entre los sectores públicos, social y privado, para la realización de obras y servicios que impulsan el desarrollo social integral del municipio.

VI. Realizar la asignación coordinación y movilización de los recursos con los que cuenta la secretaria de desarrollo social.

VII. Planificar organizar y dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el servicio que ofrece la secretaria de desarrollo social.

VIII. Promover, en el ámbito de su competencia, acuerdos, pactos, concesiones con otras instituciones u organizaciones de la comunidad para generar desarrollo social en las zonas urbanas y rurales.

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IX. Obtendrá y controlara las bitácoras mensuales de uso de cada unidad y determinara indicadores de rendimiento en el consumo de combustible, mantenimiento y uso de cada unidad vehicular que tenga a su cargo.

X. Establecer los lineamientos, normas y políticas mediante las cuales la secretaria proporciona informes, datos y cooperación técnica cuando le sea requerida por alguna otra área correspondiente.

XI. Proporcionará por conducto de la unidad de información pública gubernamental que corresponda, en los términos previstos en la presente ley de transparencia a la información, documentos y expedientes que le sean solicitados.

XII. Determinar con la dirección de comunicación social municipal los lineamientos que habrán de regir para la difusión de las actividades y funciones propias de la secretaria.

XIII. Resolver, para efectos administrativos, las dudas que se susciten con motivo de la interpretación y aplicación de los ordenamientos fiscales y administrativos, en los casos no previstos en los mismos.

XIV. Representar al presidente municipal en las comisiones, congresos, consejos, organizaciones e instituciones que este le encomiende.

XV. Proporcionar los datos de las labores desarrolladas de la secretaria para la formulación del informe del presidente municipal.

XVI. Las demás que le confiera el cabildo, presidente municipal y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PUESTO

TOPOGRAFO

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231

Jefe Inmediato Director de Área Técnica

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal

Áreas Subordinadas

Ninguna

Relaciones Internas

Con todas las áreas.

Relaciones Externas

SEDATU HABITAD CONTRATISTAS

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Supervisor de obra.

II. Elaboración de proyectos.

III. Elaboración de precios unitarios y números generadores.

IV. Levantamiento topográfico, manejo de estación total.

V. Elaboración de cálculos estructurales.

VI. Especialista en imagen urbana.

VII. Diseño de proyectos arquitectónicos.

VIII. Calculo y diseño estructural.

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232

IX. Calculo y diseño de instalaciones eléctricas, hidrosanitarias, gas y especiales.

X. Creación de foto realismo y recorridos virtuales en 3D.

PUESTO

ENCARGADO DE DISEÑO DE EDIFICACION

Jefe Inmediato Director de Área Técnica

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal

Áreas Subordinadas

Ninguna

Relaciones Internas

Con todas las áreas.

Relaciones Externas

SEDATU HABITAD CONTRATISTAS

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Encargado del programa de vivienda del programa de la SEDATU.

II. Elaboración de proyectos.

III. Elaboración de precios unitarios y números generadores.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE

DESARROLLO ECONÓMICO Y

TURISMO

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233

PUESTO

SECRETARIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y TURISMO

Jefe inmediato Presidente Municipal Constitucional

Áreas subordinadas

Subsecretaria de Desarrollo Económico. Dirección de Proyectos Productivos Subdirector de Proyectos Agropecuarios Subsecretaria de Turismo. Dirección de Promoción Turística Subdirector de Promoción Turística Secretaria

Relaciones internas Con todas las áreas.

Relaciones externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. Congreso del Estado. Empresas de Iniciativa Privada. Asociaciones Relacionadas al Turismo

y la Economía. A Toda la Ciudadanía en General.

Promover un marco regulador eficaz y eficiente para que las actividades económicas que se realicen en el municipio, contribuyan a la generación de empleos, además es la responsable de conducir y consolidar la atracción de la oferta turística, promoviendo la sustentabilidad en la creación de nuevos centros de desarrollo turístico municipal, mediante la planeación, organización y difusión de las mismas así como de las

SECRETARIA

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234

Función general

actividades socioculturales, en apoyo a la operación de los prestadores, generadores de servicios y de productos turísticos; por consiguiente, en el sector económico es la dependencia del gobierno municipal que promueva la creación de más y mejores empleos de calidad. Atraer industrias de transformación generadoras de empleos bien remunerados con el objetivo de elevar la calidad de vida de la población.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Participar en coordinación con las entidades y dependencias, en la promoción y ejecución de programas para regular el desarrollo económico municipal.

II. Coadyuvar con los prestadores de servicios para implementar los mecanismos necesarios para la creación, conservación, mejoramiento, protección, promoción y aprovechamiento de los recursos y los atractivos turísticos preservando el equilibrio ecológico y social de su entorno.

III. Promover las zonas de desarrollo turístico sustentable en el municipio y formular

en conjunto con los organismos rectores en materia de desarrollo regional urbano.

IV. Promover el intercambio turístico dentro del estado, así como con otras

entidades federativas y del extranjero.

V. Fomentar el desarrollo de nuevos productos turísticos que coadyuven en la generación de nuevos empleos, así como la preservación del entorno natural cultural e histórico de las comunidades del municipio.

VI. Vincular a los prestadores de servicios turísticos con la industria

cinematográfica nacional y extranjera, gestionando algunos beneficios para el desarrollo de sus actividades dentro del municipio.

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235

VII. Aprobar las capacitaciones talleres y conferencias de mercadotecnia,

publicidad, comercialización, atención al cliente, relaciones humanas, imagen, motivación, pago de contribuciones a los diversos giros comerciales del municipio para ofrecer un mejor servicio al público consumidor tanto turistas así como locales.

VIII. Crear dentro del marco de la ley de turismo sustentable los marcos normativos que den certeza a la inversión y a la prestación de servicios en el sector.

IX. Coordinar y promover, conforme a lo establecido en la ley orgánica, el bando y

demás ordenamientos aplicables, las alternativas para simplificar la normatividad en materia de establecimiento de empresas y unidades económicas, así como el fortalecimiento de las ya existentes en la jurisdicción del municipio.

X. Solicitar a la secretaria de finanzas, a través de la dirección de reglamentos municipal, previo cumplimiento de requisitos, el otorgamiento de cédulas de empadronamiento y licencias para el funcionamiento de los giros comerciales, industriales y de servicios que pretendan establecerse en el municipio.

XI. Realizar y conducir los estudios técnicos necesarios para actualizar la

información relativa al desarrollo económico municipal. XII. Formular, en coordinación con las autoridades correspondientes, los proyectos

de programas de desarrollo económico, en sus diversas modalidades, dentro del ámbito municipal.

XIII. Promover y fomentar, en los términos de las leyes de la materia, la inversión, las coinversiones y la instalación de empresas convenientes para el municipio y que generen fuentes de empleo.

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236

XIV. Planear, coordinar y promover las actividades artesanales propias del municipio, a través del apoyo y la organización de los artesanos.

XV. Generar y mantener una infraestructura eficiente en la administración de los

mercados, centrales de abasto, tianguis, plazas, bazares y demás espacios en donde se realice el comercio en lugares abiertos, centros comerciales, rastros y centrales de abasto.

XVI. Promover la creación de micros, pequeñas y medianas empresas, generadoras de fuentes de empleo.

XVII. Promover la reactivación de la economía rural, para elevar el nivel de ingresos de la población rural que habita en el municipio.

XVIII. Desarrollar y mantener un programa permanente de ferias y festivales de orientación comercial, industrial, cultural y de servicios.

XIX. Elaborar su programa operativo anual. XX. Las demás que le encomienden el ayuntamiento, el presidente municipal y las

que expresamente le señalen los ordenamientos legales aplicables.

XXI. Supervisar, coordinar y asignar las funciones enfocadas a cada subsecretaría.

XXII. Trabajar de forma conjunta con las dependencias de gobierno municipal, estatal, federal, de iniciativa privada, asociaciones relacionadas al turismo y economía, instituciones educativas e instituciones de apoyo que realcen la actividad del sector económico y turístico.

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XXIII. Promover convenios a beneficio del municipio.

XXIV. Revisar y promover la creación de proyectos sustentables para nuevos desarrollos que impulsen la actividad turística de Ixmiquilpan.

XXV. Ofrecer la variedad de servicios que existen en el municipio en encuentros, talleres, y eventos de gran relevancia para atraer eventos que tengan una captación de la clase media-superior para generar una derrama notable en el municipio.

XXVI. Aprobar las capacitaciones, talleres y conferencias de educación turística a los habitantes del municipio para ofrecer un mejor servicio de información cuando el turista lo solicite.

XXVII. Realizar las gestiones necesarias ante las diferentes instituciones, dependencias, asociaciones y centros de desarrollo e instancias gubernamentales para la obtención de apoyos en eventos que se lleven a cabo.

XXVIII. Obtendrá y controlará las bitácoras mensuales de uso de cada unidad y determinará indicadores de rendimiento en el consumo de combustible, mantenimiento y uso de cada unidad vehicular que tenga a su cargo.

XXIX. Revisar y aprobar las gestiones realizadas por las direcciones de la subsecretaría de turismo para la actualización de las diversas certificaciones (distintivo H, moderniza, punto limpio y bandera blanca).

XXX. Establecer los lineamientos, normas y políticas mediante las cuales la secretaria proporcionara informes, datos y cooperación técnica cuando le sea requerida por alguna otra área correspondiente.

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238

XXXI. Representar al presidente municipal en las comisiones congresos, consejos organizacionales, instituciones, que este le encomiende.

XXXII. Determinar con la dirección de comunicación social municipal los lineamientos

que habrán de regir para la difusión de las actividades y funciones propias de la secretaria.

XXXIII. Resolver, para efectos administrativos, las dudas que se susciten con motivo de la interpretación y aplicación de los ordenamientos administrativos, en los casos no previstos en los mismos.

XXXIV. Proporcionar los datos de las labores desarrolladas de la secretaria para la formulación del informe del presidente municipal.

XXXV. Las demás que las leyes confieran a la secretaria o le señale el presidente municipal.

PUESTO

SECRETARIA

Jefe inmediato Secretario de Desarrollo Económico y Turismo

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal Constitucional

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Áreas subordinadas Ninguna

Relaciones internas

Con todas las áreas.

Relaciones externas

A toda la ciudadanía en general

Función general

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta Secretaria, Dirección y/o Subdirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes

áreas de este centro.

II. Atender los asuntos y desempeñar las comisiones que le encomiende el secretario.

III. Acordar con el secretario el despacho de los asuntos encomendados y

mantenerlo informado de las actividades que se realicen, así como, coordinarse con los titulares de las unidades administrativas de la secretaria, para darles a conocer instrucciones.

IV. Llevar el registro, control y seguimiento de las solicitudes y planteamientos,

formulados al secretario.

V. Ser el enlace entre el secretario y los servidores públicos de las dependencias, entidades municipales para la organización de audiencias, reuniones y demás actos relacionados con sus actividades.

VI. Recibir documentos.

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240

VII. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

VIII. Manejo y control de expedientes. IX. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax.

X. Tomar notas y recados. XI. Atención al público en general.

XII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran.

XIII. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

XIV. Elaborar reportes solicitados. XV. Y las demás que le sean inherentes al puesto y las que determinen.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

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241

PUESTO

SUBSECRETARIO DE TURISMO

Jefe inmediato Secretario de Desarrollo Económico y Turismo

SECRETARIA DE

DESARROLLO ECONOMICO Y

TUSIMO

SUBSECRETARIO DE

TURISMO

DIRECTOR DE PROMOCION

TURISTICA

SUBDIRECTOR DE

PROMOCION TURISTICA

PROYECTISTAS

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242

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal Constitucional

Áreas subordinadas

Dirección de promoción turística. Subdirector de promoción turística. Proyectista

Relaciones internas

Con todas las áreas.

Relaciones externas

Instancias Gubernamentales. Instancias Gubernamentales. Congreso del Estado Empresas de Iniciativa Privada. Asociaciones Relacionadas con el Turismo. A Toda la Ciudadanía en General

Función general

Es responsable de promover la cultura empresarial turística fortaleciendo los desarrollos actuales y promoviendo los de nueva creación, así mismo potenciar la capacidad de atracción de la oferta turística, cultural y natural del valle del mezquital, con base en el talento, el esfuerzo y la convicción de su comunidad social, empresarial y el apoyo de los niveles de gobierno, para desarrollar productos turísticos competitivos que satisfagan a sus visitantes y se y se contribuya a mejorar el nivel de vida de sus habitantes.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Coordinar todas las actividades que realiza la sub-secretaría de turismo como: área artesanal, promoción, publicidad, proyectos, eventos, capacitaciones,

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243

talleres, cursos, exposiciones y módulos de información que coadyuven a la actividad turística de Ixmiquilpan.

II. Dar a conocer la identidad cultural del municipio mediante la realización de eventos socioculturales contribuya a mejorar el nivel de vida de sus habitantes.

III. Fomentar el turismo natural del sector local mediante la promoción de cada uno

de sus atractivos. IV. Difundir la actividad gastronómica de la región en eventos y ferias del municipio

así como de cada una de sus comunidades.

V. Promover la gestión para la actualización de las diversas certificaciones (distintivo h y moderniza, punto limpio y bandera blanca.

VI. Fijar módulos de información turística en la región para coadyuvar al turista a

seleccionar un mejor destino de diversión. VII. Detonar la actividad artesanal mediante la gestión de expo ventas.

VIII. Organizar campañas de promoción para nuevos centros turísticos. IX. Gestionar nuevos espacios de esparcimiento para la ciudadanía en general.

X. Promover la industria, el comercio, los servicios turísticos, y las artesanías de la región en los mercados locales, estatales, regionales, nacionales e internacionales.

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244

XI. Promover convenios entre hoteles, restaurantes y parques acuáticos para la

realización de magno-eventos. XII. Evaluar la gestión de nuevos centros o desarrollos turísticos.

PUESTO

DIRECTOR DE PROMOCION TURISTICA

Jefe inmediato Sub secretario de Turismo

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245

Jefe Inmediato Superior Secretario de Desarrollo Económico y Turismo

Áreas subordinadas Subdirector de promoción turística.

Relaciones internas Con todas las áreas.

Relaciones externas

Instituciones públicas y privadas del municipio,

estado y país. A toda la ciudadanía en general.

Función general

Es responsable de promover difundir, elaborar y organizar la publicidad turística del municipio, entre ellos; parques acuáticos, balnearios, centros eco turísticos, hoteles y restaurantes, lugares históricos y culturales así como espacios de esparcimiento y diversión.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar y diseñar la impresión de una guía turística general, que incluya un mapa referenciando la ubicación de los espacios turísticos, históricos, culturales, además de la gastronomía y artesanías del lugar.

II. Promover la implementación de la página web de turismo municipal con link a cada uno de las páginas de los atractivos turísticos del municipio.

III. La instalación de módulos de información turística en periodos vacacionales.

IV. La organización de cursos y talleres para los prestadores de servicios turísticos.

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246

V. Establecer convenios con parques acuáticos, balnearios, hoteles y restaurantes en relación a cortesías, descuentos y paquetes dirigidos al turismo nacional y locales.

VI. Propuesta de exposiciones gastronómicas y artesanales.

PUESTO

SUBDIRECTOR DE PROMOCION TURISTICA

Jefe inmediato Director de Promoción Turística

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Jefe Inmediato Superior Secretario de Desarrollo Económico y Turismo

Áreas subordinadas Proyectistas.

Relaciones internas Con todas las áreas.

Relaciones externas

Gobierno federal. Empresas privadas. Instancias no gubernamentales. A toda la ciudadanía en general

Función general

Es la responsable de promover los espacios turísticos en un marco eficaz y eficiente para que las actividades que se realicen el municipio contribuyan a la generación de nuevos y mejores empleos.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Coordinar los diferentes programas en materia de sensibilización y comercialización en cultura turística.

II. Investigar y desarrollar la oferta turística en busca de la diferenciación y especialización de destino regional. innovar y diversificar la oferta de productos y servicios turísticos.

III. Gestionar cursos de capacitación para servidores públicos para la mejora en el

servicio de calidad al turista.

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248

IV. Consolidar productos y servicios turísticos mediante la planificación integral de destinos turísticos y calidad en el servicio, la utilización de instrumentos de fomento para el desarrollo turístico.

V. Fomentar el turismo como herramienta de desarrollo municipal. VI. Planificar y gestionar la promoción de espacios turísticos.

VII. Programar la formación para la organización de eventos socioculturales, ferias

y otros.

VIII. Elaborar la capacitación el programa y formación de expertos en la organización de eventos con una perspectiva local, estatal y nacional proporcionando los elementos de reflexión e instrumentos prácticos necesarios.

IX. Desarrollar programas a la micro, pequeña y mediana empresa.

X. Facilitar los marcos teóricos, metodologías de trabajo y herramientas en el ámbito de la organización de eventos artesanales, encuentros de parques acuáticos, turismo de reuniones.

XI. Desarrollar estrategias para la difusión de espacios turísticos por medio de

módulos de información al turista. XII. Desarrollar programas de formación en técnicas de marketing y promoción de

turismo interno.

XIII. Proporcionar, desde el conocimiento teórico y la experiencia práctica, el dominio de las técnicas de promoción turística.

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249

XIV. Integrar los beneficios derivados de la promoción turística en el seno de las estrategias turísticas y de las políticas de marketing operativo de un destino o de una empresa turística.

XV. Aportar las herramientas para establecer las jerarquías y prioridades en las

inversiones destinadas a la promoción turística de un destino, institución o empresa.

XVI. Diseñar productos de comercialización y promoción para los sectores enfocados al turismo.

XVII. Plantear programas de formación en promoción de destinos turísticos a través de plataformas digitales.

XVIII. Aplicar las nuevas tecnologías de la información, diferenciando las especificidades de la promoción en el sector público y en el sector privado.

XIX. Conocer y manejar la promoción en diferentes canales de distribución como los más actuales. redes sociales; Facebook, páginas web etc.

XX. Promover la comercialización a través de plataformas e impresos digitales.

PUESTO

PROYECTISTAS

Jefe inmediato Subsecretario de Turismo

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250

Jefe Inmediato Superior Secretario de Desarrollo Económico y Turismo

Áreas subordinadas Ninguna.

Relaciones internas

Dirección de Proyectos Turísticos

Relaciones externas

Parques Acuáticos Hoteles Restaurantes. Centros Eco turísticos. SECTUR Hidalgo. Organismos Privados. A Toda la Ciudadanía en General

Función general

Es la responsable de promover los espacios turísticos en un marco eficaz y eficiente para que las actividades que se realicen el municipio contribuyan a la generación de nuevos y mejores empleos.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Analizar las tendencias prospectivas de los mercados nacional e internacional para el diseño de estrategias y campañas de promoción turística.

II. Brindar asesoría a los particulares que soliciten asistencia para el desarrollo de sus actividades de promoción, publicidad y relaciones públicas en materia de turismo.

III. Coordinar y conducir la participación de la subsecretaría en ferias, congresos,

exposiciones y demás eventos que se celebren a nivel regional, nacional e internacional, en los que se promueva turísticamente el municipio.

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251

IV. Coadyuvar en la promoción y difusión de los segmentos, productos, destinos y servicios turísticos del municipio.

V. Coordinar las acciones de comercialización entre operadores de turismo, hoteles y prestadores de servicios turísticos en general, para conformar programas regionales, rutas y circuitos turísticos comercializables.

VI. Fomentar la promoción, difusión y comercialización de servicios, atractivos,

actividades, destinos y productos, en coordinación con organismos privados y sociales.

VII. Diseño e instrumentación de los convenios y acciones que impulse la promoción

del segmento de congresos, convenciones, exposiciones y en general para el desarrollo del turismo de negocios en el municipio.

VIII. Promocionar y difundir las actividades, servicios y atractivos turísticos de

Ixmiquilpan, al interior de la república mexicana. IX. Promover la realización de eventos que contribuyan a la difusión de la oferta

turística de Ixmiquilpan.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE

DESARROLLO ECONOMICO Y

TUSIMO

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252

PUESTO

SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONOMICO

Jefe inmediato Secretario de Desarrollo Económico y Turismo

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal Constitucional

Áreas subordinadas

Dirección de Proyectos Productivos Subdirector de Proyectos Agropecuarios

Relaciones internas Con Todas las Áreas

Relaciones externas

Gobierno Federal Gobierno Estatal

Función general

Promover un marco regulador eficaz y eficiente para que las actividades económicas que se realicen en el Municipio, contribuyan a la generación de empleos.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Participar en la coordinación con las entidades y dependencias federales y estatales en la promoción y ejecución de programas para regularizar el desarrollo económico municipal.

SUBSECRETARIO DE

DESARROLLO

ECONOMICO Y TURISMO

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253

II. Coordinar y promover, conforme a lo establecido en la ley orgánica, el bando de policía y gobierno municipal y demás ordenamientos aplicables, las alternativas para simplificar la normativa en materia de establecimiento de empresas y unidades económicas, así como el fortalecimiento de las ya existentes en la jurisdicción del municipio.

III. Solicitar a la secretaria de finanzas municipal, previo cumplimiento de requisitos,

el otorgamiento de cedulas de empadronamiento y licencias para el funcionamiento de los giros comerciales industriales y de servicios que pretendan establecerse en el municipio.

IV. Realizar y conducir los estudios técnicos necesarios para actualizar la

información relativa al desarrollo económico municipal.

V. Formular en coordinación con las autoridades correspondientes, los proyectos de programas de desarrollo económico, en sus diversas modalidades, dentro del ámbito municipal.

VI. Promover y fomentar, en los términos de las leyes de la materia, la inversión,

las coinversiones y la instalación de industrias de transformación convenientes para el municipio y que generen fuentes de empleo.

VII. Promover la reactividad de la economía rural, para elevar el nivel de orientación

comercial, industrial, y de servicios.

VIII. Y las demás que le encomiende el ayuntamiento, el presidente municipal, el

secretario de desarrollo económico y turismo y las que expresamente le señalen

los ordenamientos legales aplicables.

PUESTO

DIRECTOR DE PROYECTOS PRODUCTIVOS

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Jefe inmediato Subsecretario de Desarrollo Económico

Jefe Inmediato Superior Secretario de Desarrollo Económico y Turismo

Áreas subordinadas Subdirector de proyectos Agropecuarios

Relaciones internas Con todas las áreas

Relaciones externas

Gobierno Federal Gobierno Estatal

Función general

Organizar, distribuir y coordinar los diferentes programas existentes en los diferentes niveles de gobierno principalmente a zonas marginadas, así como la vinculación con las demás direcciones.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Informar sobre los avances de los programas como, SEDESOL, SAGARPA entre otros al subsecretario de desarrollo económico.

II. Supervisar, coordinar y dar seguimiento a los programas que se manejen. III. Verificar la correcta asignación del presupuesto para el mantenimiento del área.

IV. Asistir a las diferentes reuniones de trabajo, eventos cívicos y culturales, y

entrega de obras, cuando le sean encomendadas dichas actividades.

PUESTO

SUBDIRECTOR DE PROYECTOS AGROPECUARIOS

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255

Jefe inmediato Director de Proyectos Productivos y Agropecuarios

Jefe Inmediato Superior Subsecretario de Desarrollo Económico y Turismo

Áreas subordinadas

Operador de sistemas Auxiliar técnico Proyectista

Relaciones internas

Con todas las áreas

Relaciones externas

Gobierno Federal Gobierno Estatal

Función general

Fomentar la inversión local, nacional e internacional para generar puestos de trabajo y elevar la calidad de vida de los ciudadanos.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Vincular a los prestadores de servicios y productores a foros, exposiciones, cámaras de comercio, cursos, fundaciones nacionales e internacionales.

II. Informar sobre los programas de: secretaria de economía y servicio nacional de empleo.

III. Vincular a los prestadores de servicios y productores con mercados externos.

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IV. Realizar y dar mantenimiento al padrón de comercios, empresas y prestadores de servicios en el municipio.

V. Coordinar el servicio bolsa de trabajo, vincular a los buscadores de empleo con los comercios, empresas e instituciones educativas en la región.

VI. Asistir a las diferentes reuniones de trabajo, eventos cívicos y culturales, y

entrega de obras. VII. Y las demás que le encomiende el ayuntamiento, el presidente municipal, el

secretario de desarrollo económico y turismo, el director de proyectos productivos, las que expresamente les señalen los ordenamientos legales aplicables.

PUESTO

OPERADOR DE SISTEMAS

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Jefe inmediato Subdirector de Proyectos Agropecuarios

Jefe Inmediato Superior Director de Proyectos Productivos

Áreas subordinadas Ninguna

Relaciones internas

Con todas las áreas

Relaciones externas

A toda la Ciudadanía

Función general

Administrar las bases de datos existentes, la bolsa de trabajo y el censo económico del área urbana, así como mantener, instalar y reparar equipos de cómputo de la secretaría y apoyo en las demás oficinas de presidencia municipal.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Sera el enlace entre buscadores de empleo y empresas.

II. Hacer la respectiva canalización de acuerdo a las solicitudes y al perfil según las empresas.

III. Administrar la base de datos del empleo con la información de buscadores de

empleo y de las empresas, y conocer cuál es el estatus de cada de una de ellas. IV. Administrar la base de datos del censo económico.

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258

V. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes áreas de este centro.

VI. Recibir documentos.

VII. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

PUESTO

PROYECTISTA

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259

Jefe inmediato Subdirector de Proyectos Agropecuarios

Jefe Inmediato Superior Director de Proyectos Productivos

Áreas subordinadas Ninguna

Relaciones internas

Con todas las áreas

Relaciones externas

A toda la Ciudadanía

Función general

Elaboración de proyectos productivos, asesorar y capacitar a los beneficiarios para el manejo de sus proyectos una vez autorizados. Obtener recursos de los diferentes programas federales para apoyar a las familias del municipio.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar el proyecto técnico de acuerdo a las reglas de operación de acuerdo a los distintos programas federales.

II. Elaborar expedientes de las personas beneficiadas. III. Asesoramiento técnico.

IV. Acudir a las reuniones del consejo distrital para el desarrollo rural sustentable

del municipio.

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V. Asistir a los diferentes cursos que proporcionan las diferentes instituciones y

proyectarlo al municipio. VI. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes

áreas de este centro. VII. Recibir documentos.

VIII. Clasificar y archivar los documentos enviado y recibidos. IX. Manejo y control de expedientes.

X. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax. XI. Tomar notas y recados.

XII. Atención al público en general.

PUESTO ASESORIA TECNICA

Jefe inmediato Subdirector de Proyectos Agropecuarios

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Jefe Inmediato Superior Director de Proyectos Productivos

Áreas subordinadas Ninguna

Relaciones internas

Con todas las áreas

Relaciones externas A toda la Ciudadanía

Función general

Brindar asesoría técnica especializada a la población, así como la capacitación en el ámbito agrícola y ganadero acompañado del uso de la tecnología y los recursos con los que se cuenten.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Asesorar a la ciudadanía Ixmiquilpense en el ámbito agrícola y pecuario, para la mejora de sus unidades de producción.

II. Dar a conocer las diferentes reglas de operación que manejan las dependencias federales, estatales en las cuales se pueden elaborar los diferentes proyectos.

III. Elaborar, diseñar y formular los proyectos productivos en los diferentes ámbitos

de producción, agrícola, pecuario, industria, comercio, y servicios. IV. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes

áreas de este centro.

V. Elaborar reportes solicitados. VI. Recibir documentos.

VII. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos. VIII. Manejo y control de expedientes.

ESTRUCTURA FUNCIONAL SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS

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PUESTO

SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE OBRAS

PÚBLICAS

Secretaria

DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO Y

ECOLOGÍA

DIRECTORA DE

ADMINISTRACIÓN

DIRECTOR DE OBRAS

PÚBLICAS

DIRECTOR DE SERVICIOS

PÚBLICOS

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Jefe inmediato Presidente Municipal Constitucional

Áreas subordinadas

Dirección de obras públicas. Dirección de administración Dirección de desarrollo urbano y

Ecología. Dirección de servicios públicos. Dirección de agua potable.

Relaciones internas Con todas las áreas.

Relaciones externas

Gobierno del estado. Gobierno federal. Órgano de fiscalización superior del

H. Congreso del estado. Ciudadanía en general.

Función general

Es responsable de la obra pública municipal y lo relativo a las licencias de construcción de obras por particulares, uso de suelo, ordenamiento territorial, avalúos, alineamientos, asentamientos humanos e urbanismo.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Llevará cabo las obras que deba llevar el ayuntamiento.

II. Vigilar que la planeación, programación, presupuestación, adjudicación, contratación, ejecución, conservación, mantenimiento, demolición, gasto y control de las obras públicas que deba realizar el ayuntamiento y que los servicios relacionados con las mismas se realicen en términos de la ley de obras públicas del estado, no se contrapongan a los ordenamientos constitucionales que rigen a los municipios.

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III. Hacer los estudios y presupuestos de las obras a cargo del municipio.

IV. Intervenir en el ámbito de su competencia, en las obras que el municipio realice

por sí, con participación del estado o la federación o en coordinación o asociación con otros municipios.

V. Autorizar el uso del suelo y licencias de fraccionamiento que deba extender el presidente municipal, en los términos de las leyes federales, estatales y demás disposiciones aplicables en la materia.

VI. Expedir permisos para la demolición, construcción, ampliación o remodelación

de casas, edificios, banquetas, bardas, conexiones de drenaje y otros análogos. VII. Substanciar y resolver el procedimiento administrativo correspondiente a las

personas que, sin permiso o sin observar alguno de los requisitos, se encuentren relacionados con obras en construcción.

VIII. Realizar avalúos. IX. Expedir constancia de alineamiento y números oficiales.

X. Responder por las deficiencias que tengan las obras municipales que bajo su dirección se ejecuten.

XI. Intervenir en la elaboración de los estudios y proyectos para el establecimiento

y administración de las reservas territoriales del municipio.

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XII. Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra y preservar el entorno ecológico, en las obras que se realicen.

XIII. Elaborar la propuesta de valores unitarios a que se refiere el artículo 58 de ley orgánica municipal.

XIV. Proponer al ayuntamiento conforme a la ley de la materia y en el ámbito de su competencia, los planes y programas de urbanismo, así como, formular la zonificación y el plan de desarrollo urbano.

XV. Participar en la formulación de planes de desarrollo urbano y regional o

metropolitanos sustentables, en los que intervenga la federación, el estado u otros municipios, en concordancia con los planes generales de la materia.

XVI. Realizar estudios, recabar información y opiniones, respecto a la elaboración de los planes municipales sobre asentamientos humanos.

XVII. Gestionar ante el ayuntamiento, la expedición de los reglamentos y las disposiciones administrativas tendientes a regular el funcionamiento de su dependencia y dar operatividad a los planes de desarrollo municipal, en concordancia con la legislación federal y estatal en la materia.

XVIII. Responder por las deficiencias que tengan las obras municipales.

XIX. Formular y conducir el programa general de obras a cargo del ayuntamiento, que deberá tener congruencia con los objetivos y prioridades del plan municipal de desarrollo.

XX. Hacer los estudios y presupuestos de las obras a cargo del municipio.

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XXI. Intervenir en la forma que el presidente municipal indique, en las obras que el municipio realice con participación del estado o la federación.

XXII. Responder personalmente por las deficiencias que tengan las obras municipales que bajo su dirección se lleven a cabo.

XXIII. Obtendrá y controlará las bitácoras mensuales de uso de cada unidad y determinará indicadores de rendimiento en el consumo de combustible, mantenimiento y uso de cada unidad vehicular que tenga a su cargo.

XXIV. Inspeccionar y verificar las edificaciones uso, destino y reserva de los predios municipales.

XXV. Coadyuvar con el ayuntamiento en la elaboración del plan de desarrollo municipal.

XXVI. Asistir al presidente municipal, en las funciones técnicas del comité de planeación para el desarrollo municipal.

XXVII. Establecer los lineamientos, normas y políticas mediante las cuales la secretaria proporcionara informes, datos y cooperación técnica cuando le sea requerida por alguna otra área correspondiente.

XXVIII. Proporcionará por conducto de la unidad de información pública gubernamental

que corresponda, en los términos previstos en la ley de transparencia la información, documentos y expedientes que le sean solicitados.

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XXIX. Proporcionar los datos de las actividades desarrolladas por la secretaria para la formulación del informe del presidente municipal.

XXX. Determinar con la dirección de comunicación social municipal los lineamientos que habrán de regir para la difusión de las actividades y funciones propias de la secretaria.

XXXI. Resolver, para efectos administrativos, las dudas que se susciten con motivo de la interpretación y aplicación de los ordenamientos administrativos, en los casos no previstos en los mismos.

XXXII. Representar al presidente municipal en las comisiones congresos, consejos organizacionales instituciones, que este le encomiende;

XXXIII. Las demás que las leyes confieran a la secretaria o le señale el presidente municipal.

PUESTO SECRETARIA

Jefe Inmediato Secretario de Obras Publicas

Áreas Subordinadas Ninguna.

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Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

Ciudadanía en general.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a la secretaría de obras públicas.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes áreas de este centro.

II. Atender los asuntos y desempeñar las comisiones que le encomiende el secretario.

III. Acordar con el secretario el despacho de los asuntos encomendados y

mantenerlo informado de las actividades que se realicen, así como, coordinarse con los titulares de las unidades administrativas de la secretaria, para darles a conocer instrucciones.

IV. Llevar el registro, control y seguimiento de las solicitudes y planteamientos,

formulados al secretario.

V. Ser el enlace entre el secretario y los servidores públicos de las dependencias, entidades municipales para la organización de audiencias, reuniones y demás actos relacionados con sus actividades.

VI. Recibir documentos.

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VII. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

VIII. Manejo y control de expedientes. IX. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax además de

correos electrónicos.

X. Administrar correo electrónico institucional de la secretaria de obras públicas. XI. Tomar notas y recados.

XII. Atención al público en general.

XIII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran.

XIV. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo. XV. Elaborar reportes solicitados.

XVI. Y las demás que le sean inherentes al puesto y las que determinen.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE OBRAS

PÚBLICAS

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PUESTO

DIRECTOR DE OBRAS PUBLICAS

Jefe inmediato Secretario de Obras Publicas

Áreas subordinadas

Estudios y Proyectos Diseño de Edificación Apoyos Comunitarios Topógrafo Residentes de Obra Enlace Hábitat

Relaciones internas Con Todas las Áreas.

Relaciones externas

Gobierno del Estado. Gobierno Federal. Órgano de Fiscalización Superior del H. Congreso

del Estado Ciudadanía en General.

Función general

Seguimiento físico y financiero de las obras que se realicen con recursos propios del ayuntamiento, así como fondos federales y estatales.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Revisión e integración de los expedientes técnicos de obra.

II. Tramitar la validación de los proyectos técnicos.

DIRECTOR DE OBRAS

PÚBLICAS

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III. A partir de la validación la obtención de los oficios de autorización.

IV. Concluida la obra llevar a cabo su entrega-recepción.

V. Integrar y operar el sistema de información para el seguimiento físico y financiero de las obras que se realicen con recursos propios del ayuntamiento, así como los provenientes de partidas presupuestales federales y estatales.

VI. Planear, ejecutar y supervisar la construcción de los edificios públicos

municipales. VII. Planear, proyectar ejecutar las obras públicas que estén comprendidas en el

programa de inversión aprobado.

VIII. Vigilar el cumplimiento de la normatividad aplicable a los diversos programas que se lleven a cabo dentro de la secretaria;

IX. Coadyuvar con la secretaria de obras públicas, contraloría municipal y

diferentes dependencias estatales y municipales la atención de auditorías.

X. Proponer al secretario de obras públicas, mejoras a los sistemas de información de administración.

XI. Formular los controles que se consideren convenientes.

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XII. Las demás que expresamente le señalen el ayuntamiento y otras disposiciones legales o reglamentarias vigentes.

PUESTO

ENCARGADO DE ESTUDIOS Y PROYECTOS (ANALISTA DE PRECIOS UNITARIOS Y

TOPOGRAFIA)

Jefe inmediato Director de Obras Publicas

Áreas subordinadas

Ninguna

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Relaciones internas Con todas las áreas.

Relaciones externas

Ciudadanía en general.

Función general

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a la dirección de obras públicas.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Validar precios unitarios de obra.

II. Llevar acabo la generación de presupuestos de obras: agua, drenaje, edificación, pavimentaciones.

III. Realizar la generación de información para las validaciones técnicas de las

obras así como para la obtención de los oficios de autorización. IV. Realizar proyectos de infraestructura básica (drenaje, pavimentación hidráulica,

asfáltica).

V. Llevar acabo la generación del expediente técnico de obra (cálculos, proyecciones, generadores, planos y presupuestario).

VI. Integración documental del expediente técnico (solicitud, actas, permisos).

VII. Supervisión de ejecución de obra y en el suministro de materiales.

VIII. Comprobación de los recursos económicos ejercidos.

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IX. Concluida la obra llevar a cabo la entrega- recepción de obra obteniendo el acta de la misma.

X. Llevar acabo el levantamiento topográfico. XI. Llevar a cabo la elaboración del expediente técnico de obra.

XII. Integrar la documentación del expediente técnico.

XIII. Elaborar el presupuesto de obra.

XIV. Verificar la validación y autorización de obra. XV. Supervisar la ejecución de obra y el suministro de materiales.

XVI. Comprobación de los recursos económicos ejercidos.

XVII. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

XVIII. Elaborar reportes solicitados.

PUESTO

ENCARGADO DE APOYOS COMUNITARIOS

Jefe Inmediato Director de Obras Publicas

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Áreas Subordinadas

Ninguna

Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

Ciudadanía en general.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a la dirección de obras públicas.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Proyectar edificaciones y/o construcciones y generar montos de material requerido para los diferentes apoyos comunitarios de los que han sido previamente autorizados.

II. Elaborar las fichas técnicas que contengan la información de la obra o acción a realizarse, ubicación, tipo de obra, montos en material y costo, el cual por considerarse como apoyo no rebasara un monto económico máximo.

III. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

IV. Elaborar reportes solicitados.

V. Atención al público en general.

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VI. Validar precios unitarios de obra.

VII. Llevar acabo los presupuestos de obras: agua, drenaje, edificación,

pavimentaciones.

VIII. Generar información para las validaciones técnicas de las obras así como para la obtención de los oficios de autorización.

IX. Y las demás que le sean inherentes al puesto y las que determinen.

PUESTO

TOPOGRAFO

Jefe Inmediato Director de Obras Publicas

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Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

Ciudadanía en general.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a la dirección de obras públicas en trabajo de campo y empleando el equipo de topografía. Recabar datos precisos como: medidas, niveles, áreas y longitudes requeridas para generar los expedientes técnicos de obra: de agua potable, caminos y edificaciones.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Recabar datos precisos como: medidas, niveles, áreas y longitudes requeridas para generar los expedientes técnicos de obra: de agua potable, caminos y edificaciones.

II. Generar del expediente técnico de obra (cálculos, proyecciones, generadores, planos y presupuestarios).

III. Integración documental del expediente técnico (solicitud, actas, permisos). IV. Supervisión de ejecución de obra y en el suministro de materiales.

V. Comprobación de los recursos económicos ejercidos.

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VI. Concluida la obra llevar a cabo la entrega- recepción de obra obteniendo el acta

de la misma. VII. Elaborar reportes solicitados.

VIII. Atención al público en general.

IX. Y las demás que le sean inherentes al puesto.

PUESTO RESIDENTE DE OBRA

Jefe inmediato Director de Obras Publicas

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Áreas subordinadas Ninguna

Relaciones internas Con todas las áreas.

Relaciones externas

Ciudadanía en general.

Función general

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a la dirección de obras públicas.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaboración del expediente técnico de obra (generadores, planos, presupuestos).

II. Integración documental del expediente técnico (solicitud, actas, permisos). III. Supervisión de ejecución de obra y en el suministro de materiales.

IV. Comprobación de los recursos económicos ejercidos.

V. Concluida la obra llevar a cabo la entrega- recepción de obra obteniendo el acta de la misma.

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VI. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

VII. Elaborar reportes solicitados.

VIII. Atención al público en general.

PUESTO

ENLACE HABITAT

Jefe Inmediato Director de Obras Publicas

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Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

Ciudadanía en general.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a la dirección de obras públicas.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Realización de la propuesta de obra, elaboración de proyectos ejecutivos, generadores, levantamientos topográficos, captura de la propuesta en el sistema SIIPSO.

II. Elaboración del oficio de autorización. III. Recabar documentación de beneficiarios, integrar las contralorías sociales y

llevar a cabo su capacitación. IV. Durante la ejecución de obra la supervisión de la misma.

V. Una vez concluida la obra integrar el expediente unitario de obra con toda la documentación requerida para ser firmada por la contraloría social.

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VI. Presentar el expediente unitario de obra ante secretaría de desarrollo social (convenio de desarrollo social con el gobierno del estado) para su comprobación.

VII. Suscribir el acta de entrega de recepción con la participación de instituciones de gobierno federal, estatal y municipal.

PUESTO AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Jefe Inmediato Director de Obras Publicas

Áreas Subordinadas Ninguna

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Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

Ciudadanía en general.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a la dirección de obras públicas.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Realizar el armado de los expedientes técnicos.

II. Integrar la documentación de los diferentes oficios de validación y autorización a los expedientes técnicos.

III. Realizar dentro del proceso de licitación, la elaboración los oficios

correspondientes en tanto a la invitación a proveedores y/o contratistas, comité de adquisiciones, funcionarios públicos municipales e instituciones gubernamentales.

IV. Elaborar las actas de juntas de aclaraciones, presentación y apertura de

propuestas técnica y económica y acta de fallo.

V. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes áreas de este centro.

VI. Elaborar la gestión y el seguimiento de trámites de documentación ante diversas

instituciones de gobierno estatal (finanzas, SEDESO, CEAA) y federal (CDI, SCT, CONAGUA, SEMARNAT, SEDESOL).

VII. Cotización con proveedores y casas de materiales de los precios de insumos

para la construcción.

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VIII. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos. IX. Manejo y control de expedientes.

X. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax. XI. Administrar correo electrónico institucional de la dirección de obras públicas.

XII. Tomar notas y recados.

XIII. Atención al público en general.

XIV. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran. XV. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

XVI. Elaborar reportes solicitados.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE OBRAS

PÚBLICAS

SECRETARIA

DIRECTOR

ADMINISTRATIVO

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PUESTO

DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN

Jefe Inmediato Secretario de Obras Públicas.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

Ciudadanía en general.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a la dirección de obras públicas.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Adquirir y suministrar los bienes y servicios que requiera el funcionamiento de la secretaria y sus diferentes direcciones.

II. Registrar y administrar las entradas y salidas de materiales y mobiliario; en coordinación con el secretario y directores de las diferentes áreas.

III. La actualización permanente del inventario en cuanto a altas, bajas y

modificaciones responsables en coordinación con la oficialía mayor.

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IV. Inventariar ante la secretaria y direcciones la responsabilidad por resguardo de bienes muebles; en coordinación con la oficialía mayor.

V. Se encargará de vigilar la correcta administración de los recursos materiales de las dependencias municipales.

VI. Asignar bienes y servicios que deban ser utilizados por los departamentos

administrativos del municipio. VII. Acatar las políticas de adquisición de bienes y servicios requeridos por las

dependencias municipales.

VIII. Elaboración, gestión, archivo y evaluación del programa operativo anual. IX. En coordinación con la dirección de obras la parte documental y económica del

proceso de validación, licitación, contratación y ejecución de obra pública.

X. Registro y administración de bitácora electrónica de obra pública.

XI. Remisión de información requerida a instituciones internas y externas

gubernamentales. XII. Y las demás que le sean inherentes al puesto y las que determinen.

PUESTO

SECRETARIA

Jefe Inmediato Director de Administración

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Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

Ciudadanía en general.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes áreas de este centro.

II. Recibir documentos.

III. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

IV. Manejo y control de expedientes.

V. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax.

VI. Tomar notas y recados.

VII. Atención al público en general.

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VIII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran.

IX. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

X. Elaborar reportes solicitados.

XI. Atención a la ciudadanía en general.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE OBRAS

PÚBLICAS

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PUESTO

DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA

Jefe Inmediato Secretario de Obras Publicas

JARDINERO

AUXILIAR

ADMINISTRATIVO

DIRECTOR DE DESARROLLO

URBANO Y ECOLOGÍA

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Áreas Subordinadas

Alumbrado publico Jardinería y bacheo Valuador

Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal Gobierno del Estado Órgano de Fiscalización del H.

Congreso del Estado. CFE Ciudadanía en General.

Función General

Atender la preservación y restauración del ambiente en zonas de jurisdicción municipal. En el ámbito de alumbrado público es responsable de la planeación, Programación, supervisión y dirección del buen funcionamiento y la eficiente presentación del servicio de alumbrado público.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Extender las licencias de fraccionamiento

II. Otorgar los permisos de construcción. III. Realización de avalúos.

IV. Constancias de alineamiento y números oficiales.

V. Administración de las reservas territoriales del municipio.

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291

VI. Regulación y reglamentación de los fraccionamientos.

VII. Es la dependencia responsable de ejecutar las determinaciones del

ayuntamiento en materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano de los centros de población, en los términos de la ley orgánica y demás ordenamientos federales, estatales, el bando y reglamentos municipales en la materia.

VIII. Formular, en coordinación con las autoridades federales y estatales, cuando sea necesario, los proyectos de programas de desarrollo urbano en sus diferentes modalidades, dentro del ámbito municipal.

IX. Asegurar la congruencia de los programas y planes a que se refiere la fracción

anterior con el programa estatal de desarrollo urbano y los planes regionales, haciendo las propuestas que se estimen pertinentes.

X. Coordinar las propuestas de las consultas, las solicitudes y las peticiones para incluir las procedentes en los proyectos de modificación o revisión de planes de desarrollo urbano, determinando usos, destinos y reservas de áreas y predios.

XI. Dar difusión al programa municipal de desarrollo urbano y a los subprogramas

del mismo. XII. Solicitar a la dependencia estatal correspondiente, la asesoría y el apoyo

técnico que requiera para elaborar sus programas y planes de desarrollo urbano, evaluarlos y revisarlos, conforme a convenios de coordinación que se celebren con el titular del poder ejecutivo estatal.

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292

XIII. Participar, en coordinación con otras entidades y unidades administrativas del ayuntamiento, así como federales y estatales, en la promoción y ejecución de programas para la regularización de la tenencia de la tierra.

XIV. Promover y vigilar el desarrollo urbano del municipio mediante una adecuada administración de la zonificación establecida en los programas municipales de desarrollo urbano.

XV. Promover el reordenamiento urbano e incorporación al régimen municipal de

las colonias de procedencia ejidal, manteniendo actualizado el padrón de las mismas.

XVI. Proponer al ayuntamiento los proyectos de limitaciones y estímulos a la propiedad privada que establezcan los planes parciales de desarrollo urbano y de urbanización, sus documentos gráficos y demás políticas, disposiciones y acciones relativas.

XVII. Elaborar, evaluar y revisar en forma coordinada con el gobierno del estado, los planes parciales que se expidan para la utilización parcial o total de la reserva territorial y de las zonas sujetas a conservación ecológica.

XVIII. Planear inversiones y acciones que tiendan a conservar, mejorar y regular el crecimiento de los centros de población.

XIX. Promoverla participación y recibir las opiniones de los grupos sociales que integren la comunidad, respecto de la formulación, evaluación y revisión de los programas y planes de desarrollo urbano y de urbanización.

XX. Promover la adecuada distribución de la población y de las actividades

económicas, de acuerdo con las condiciones de cada zona.

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XXI. Alentar la radicación de los habitantes de las zonas, barrios, colonias o unidades urbanas en su respectivo medio, mejorando las condiciones de su hábitat.

XXII. Conducir y realizar los estudios técnicos necesarios para actualizar la información relativa al ordenamiento territorial y el desarrollo urbano del municipio.

XXIII. Elaborar el inventario de suelo disponible para diferentes fines en el municipio y promover su uso.

XXIV. Llevar un padrón actualizado de las vecindades, los lotes baldíos y las fincas ruinosas e inmuebles protegidos que existan en el municipio, procurando que los propietarios de los mismos los mantengan en buen estado.

XXV. Participar con los particulares en la localización, el diseño y la promoción de desarrollos habitacionales acordes con lo que determina el plan municipal de desarrollo.

XXVI. Controlar la edificación y urbanización en el municipio, así como vigilar e inspeccionar la correcta ejecución de obras de pavimentación en fraccionamientos y conjuntos habitacionales en el territorio municipal.

XXVII. Controlar y mantener actualizado el padrón de peritos responsables de obras debidamente autorizados que ejercen en el municipio.

XXVIII. Emitir dictámenes técnicos para la autorización y la recepción de fraccionamientos.

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XXIX. Llevar a cabo las acciones necesarias, con el fin de corroborar que los promotores y fraccionadores cumplan con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en materia de desarrollos inmobiliarios, fraccionamientos, fusiones, subdivisiones, regularización de predios y regímenes de condominio, verificando para ello que los documentos que acrediten la ejecución de dichas obras se encuentren apegados a la reglamentación vigente.

XXX. Cuidar que la nomenclatura de las calles y las avenidas de la ciudad sea la correcta y que tenga la placa nominativa correspondiente.

XXXI. Llevar un control de la numeración de cada predio, en coordinación con la unidad de catastro adscrita a la dirección de ingresos.

XXXII. Asignar los números oficiales que le hayan sido solicitados por la población, previo pago de los derechos correspondientes.

XXXIII. Llevará cabo recorridos periódicos en los predios del municipio, para verificar el orden numérico oficial y hacerlas correcciones que sean necesarias, actuando coordinadamente con la unidad de catastro de la dirección de ingresos.

XXXIV. Participar en los programas de regularización de fraccionamientos.

XXXV. Llevar a cabo la investigación de campo de los proyectos arquitectónicos y constructivos, así como del uso y destino de los inmuebles municipales para el equipamiento urbano.

XXXVI. Coordinar a las diferentes dependencias para la expedición de los dictámenes de trazos, usos y destinos del suelo, así como los dictámenes particulares de obras y acciones.

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XXXVII. Otorgar los permisos y licencias de construcción, siempre y cuando el solicitante cumpla con los requisitos exigidos en el reglamento de la materia, previo pago de los derechos correspondientes en la tesorería municipal.

XXXVIII. Solicitar la suspensión y la clausura de obras en los casos previstos en los ordenamientos legales de la materia.

XXXIX. Dictar las medidas necesarias con relación a los lotes baldíos, para que los propietarios los cerquen debidamente y los limpien.

XL. Coordinar, supervisar, calificar e imponerlas sanciones por infracciones que se

cometan a los reglamentos de la materia y a los demás ordenamientos cuya aplicación sea de su competencia, auxiliándose, en su caso, de la fuerza pública para hacer cumplir sus determinaciones.

XLI. Elaborar su programa operativo anual.

XLII. Expedir los certificados catastrales que le soliciten, así como los informes, planos y copias de documentos de los predios enclavados en el municipio, cuidar que las actividades catastrales que tiene encomendadas, se lleven a cabo en estricto apego a las disposiciones legales y reglamentarios aplicables en materia fiscal y administrativa.

XLIII. Presentar propuestas al ayuntamiento para la elaboración de planes y

programas de urbanismo y desarrollo urbano.

XLIV. Establecer la regulación de planificación urbana construcciones y uso de suelo.

XLV. Realizar estudios y aceptar información y opiniones de los grupos sociales que Integren la comunidad, respecto de los planes municipales sobre asentamientos humanos.

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XLVI. Expedir licencias para la ocupación de la vía pública con motivo de construcción, rotura o reparación de pavimentos.

XLVII. Expedir licencias para la instalación de anuncios de cualquier clase sobre la vía pública y negar aquellas que puedan afectarlos intereses de la población.

XLVIII. Establecer normas, políticas y acciones para lograr un equilibrio ecológico, así como definir propuestas de educación ambiental, conservación y desarrollo sustentable, vinculando este enfoque con las demás áreas afines del ayuntamiento.

XLIX. Recibir, evaluar y resolver las solicitudes de licencias ambientales en obras y actividades de competencia municipal como: obra civil, comercio y servicios, funcionamiento de talleres, forestación, generación de ruido en vía pública, manifestación de impacto ambiental, informe preventivo, transporte de agua residual, transporte de residuos no peligrosos y transporte de residuos industriales no peligrosos.

L. Recibir, inspeccionar y resolver las denuncias ciudadanas de competencia municipal como: escurrimientos de agua residual, aguas negras, basura tirada y acumulada en lotes baldíos, en vía pública, problemas con mascotas, con animales de granja en centro de población, problemas de contaminación al ambiente.

LI. Vigilancia del cumplimiento a la reglamentación ambiental para el control de la

calidad ambiental del municipio. LII. Fomentar la creación de áreas naturales protegidas de competencia municipal.

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LIII. Promover la firma de organizaciones para la administración de parques

urbanos, zonas de conservación ambiental y áreas naturales de competencia municipal.

LIV. Promover la educación ambiental a la comunidad. LV. Difundir los programas ambientales tendientes a la preservación y conservación

del medio ambiente del municipio.

LVI. Establecer convenios de colaboración con instituciones y organizaciones no gubernamentales en proyectos específicos.

LVII. Fomentar la participación de la ciudadanía en la resolución de los problemas ambientales.

LVIII. Implementar programas de trabajo que involucren a los diferentes sectores de la población y de gobierno para la resolución de la problemática ambiental.

LIX. Estudiar, responder y dar seguimiento a las solicitudes y requerimientos en materia de los servicios municipales de alumbrado público que la ciudadanía.

LX. Elaborar los informes y hacer el análisis estadístico que permitan medir la

capacidad de respuesta de la dependencia y generar los indicadores para evaluar su operación.

LXI. Dar mantenimiento preventivo y correctivo a la red de alumbrado público municipal.

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LXII. Llevar a cabo la supervisión, calificar y realizar avalúos por los daños ocasionados a la infraestructura de la red del alumbrado público.

LXIII. Vigilar que no se utilice la infraestructura para la colocación de propaganda y publicidad.

LXIV. Dar contestación a las solicitudes de los particulares en lo relativo a la elaboración de dictámenes técnicos de movimientos de la red de alumbrado público municipal.

LXV. Revisar y aprobar los planos de alumbrado público que se establecen en los proyectos de fraccionamientos y unidades habitación.

LXVI. Llevar a cabo concursos, contrataciones y supervisión en las obras relacionadas con el crecimiento y mejoras efectuadas a la red de alumbrado público y electrificación, en los cuales intervengan contratistas externos.

LXVII. Revisar la facturación que se elabore por concepto del cobro de energía eléctrica y formar un histórico por recibo, con el fin de efectuar los análisis estadísticos del costo de la red de alumbrado público que sean necesarios; detectar errores de cobro en los recibos de consumo de energía eléctrica; así como validar técnicamente la información sobre los recibos que sean expedidos de consumo de energía eléctrica.

LXVIII. Proponer la celebración de convenios y cambios de contratación ante la comisión federal de electricidad por concepto de modificaciones realizadas en la red de alumbrado público, ya sea por el personal operativo o por contratistas externos que el ayuntamiento haya empleado.

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LXIX. Proponer la celebración de convenios para la eficaz prestación y conservación del sistema de alumbrado público o la ampliación de la red eléctrica.

LXX. Vigilar el cumplimiento de las normas técnicas, referentes a la construcción e instalación de la red de alumbrado público municipal, ejecutadas por organismos tanto particulares como gubernamentales.

LXXI. Propiciar el aprovechamiento de la infraestructura del alumbrado público, la reducción de contaminación visual y el ahorro de los recursos municipales.

LXXII. Dar atención a las solicitudes y demandas que en el rubro de alumbrado público presenten al ayuntamiento los ciudadanos; así como llevar acabo las acciones que sean necesarias para satisfacer tales requerimientos.

LXXIII. Llevar a cabo las acciones necesarias para el despeje y liberación de postes, luminarias y cable.

LXXIV. Ejecutar, de acuerdo a sus posibilidades, las obras de infraestructura que sean necesarias para cumplir con las obligaciones que en materia de red eléctrica y alumbrado público tiene el ayuntamiento.

LXXV. Elaborar su programa operativo anual; y las demás que le encomienden el

ayuntamiento, el presidente municipal y que expresamente le señalen los ordenamientos legales aplicables.

LXXVI. Revisión, rehabilitación, instalación y mantenimiento del alumbrado público en barrios, colonias y comunidades del municipio.

LXXVII. Dar seguimiento a las solicitudes en materia de alumbrado.

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LXXVIII. Modernizar los sistemas de riego de las áreas verdes comunes del municipio.

LXXIX. Conservar y mantener las fuentes del municipio.

LXXX. Dar mantenimiento y suministrar agua a las áreas verdes del panteón municipal

y edificios públicos.

LXXXI. Administrar, mantener y conservar los parques municipales.

LXXXII. Autorizar a la ciudadanía las podas y derribos de los árboles que causen riesgos a las y los ciudadanos, a la infraestructura urbana o los bienes particulares.

LXXXIII. Llevar acabo un registro periódico en bitácora de los servicios proporcionados a delegaciones municipales, instituciones y particulares.

LXXXIV. A partir de las solicitudes recibidas programar su atención.

PUESTO

SUBDIRECTOR DE ALUMBRADO PÚBLICO

Jefe Inmediato Director de Desarrollo Urbano y Ecología

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con todas las áreas.

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Relaciones Externas

Ciudadanía en general.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Asignar y coordinar rutas de trabajadores.

II. Una vez autorizado el material, se programa fecha de colocación de material. III. Atención a delegados y ciudadanía en general.

IV. Archivar copias de documentación de apoyos autorizados.

V. Visitar comunidades para la revisión de solicitudes. VI. Supervisar la bitácora de trabajo.

VII. Realizar la instalación de alumbrado, previa autorización de material eléctrico.

VIII. Reparación de lámparas en barrios y colonias que lo soliciten.

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IX. Revisión de alumbrado en instituciones educativas y delegaciones municipal, que lo soliciten.

X. Dar mantenimiento a la red eléctrica de este H. Ayuntamiento, cuando es requerido.

XI. Apoyo a las comunidades en los días en que celebran su feria anual.

XII. Comprobación de combustible mediante: requerimiento de gasolina y pliego de

comisión, firmado y sellado por quien solicita el apoyo.

XIII. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

XIV. Elaborar reportes solicitados. XV. Y las demás que le sean inherentes al puesto y las que determinen.

PUESTO

ELECTRICISTA

Jefe Inmediato Director de Desarrollo Urbano y Ecología

Áreas Subordinadas Ninguna

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Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

Ciudadanía en general.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta dirección.

Puesto

. ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Visitar comunidades para la revisión de solicitudes.

II. Elaborar bitácora de trabajo. III. Instalación de alumbrado, previa autorización de material eléctrico.

IV. Reparación de lámparas en barrios y colonias que lo soliciten.

V. Revisión de alumbrado en instituciones educativas y delegaciones municipal, que lo soliciten.

VI. Dar mantenimiento a la red eléctrica de este H. Ayuntamiento, cuando es

requerido. VII. Apoyo a las comunidades en los días en que celebran su feria anual.

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VIII. Realizar la comprobación de combustible mediante: requerimiento de gasolina y pliego de comisión, firmado y sellado por quien solicita el apoyo.

PUESTO

OPERADOR DE GRUA

Jefe Inmediato Director de Desarrollo Urbano y Ecología

Áreas Subordinadas Ninguna

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Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

Ciudadanía en general.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Visitar comunidades para la revisión de solicitudes.

II. Elaborar bitácora de trabajo. III. Instalación de alumbrado, previa autorización de material eléctrico.

IV. Reparación de lámparas en barrios y colonias que lo soliciten.

V. Revisión de alumbrado en instituciones educativas y delegaciones municipal, que lo soliciten.

VI. Dar mantenimiento a la red eléctrica de este H. Ayuntamiento, cuando es

requerido.

VII. Apoyo a las comunidades en los días en que celebran su feria anual.

PUESTO

JEFE DE DEPARTAMENTO DE JARDINERIA Y BACHEO

Jefe Inmediato Director de Desarrollo Urbano y Ecología

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Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

Ciudadanía en general.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Realizar la limpieza y conservación de las áreas verdes públicas, en instituciones educativas y gubernamentales.

II. Bacheo a calles y avenidas en colonias y comunidades del municipio. III. Conservar y mantener las fuentes del municipio.

IV. Poda y derribo de árboles que causen riesgo a la ciudadanía e infraestructura

urbana.

V. Comprobación de combustible mediante: requerimiento de gasolina y pliego de comisión, firmado y sellado por quien solicita el apoyo.

VI. Asignar y coordinar rutas de trabajadores.

PUESTO

COLECTOR

Jefe Inmediato Jefe de Jardinería y Bacheo

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Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

Ciudadanía en general.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta área.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Control de herramienta de trabajo.

II. Mantenimiento de jardín principal y boulevard (poda de árboles y riego de los mismos, poda o siembra de pasto).

III. Limpieza sobre el arroyo pallares y rio tula (retirar carrizo, poda de pasto, de ser

requerido poda de árboles). IV. Limpieza de la fuente de la “Diana Cazadora”

V. Mantenimiento de los jardines de DIF, CAIC, atrio de la parroquia “San Miguel Arcángel” y jardines de instituciones educativas.

VI. Llevar acabo la pinta de guarniciones y paso peatonal de zona urbana.

VII. Apoyo para poda de árboles del parque “Benito Juárez” y de las principales

calles de la ciudad.

PUESTO

VALUADOR

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Jefe Inmediato Director de Desarrollo Urbano y Ecología

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

Ciudadanía en general.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta dirección y/o subdirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Realizar deslindes de predios urbanos y rústicos.

II. Efectuar avalúos catastrales. III. Checar números oficiales.

IV. Notificar construcciones.

V. Notificar materiales en vía pública.

VI. Clausura de obras irregulares.

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VII. Checar constancias de no afectación de áreas verdes.

VIII. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo. IX. Elaborar reportes solicitados.

PUESTO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

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310

Jefe Inmediato Director de Desarrollo Urbano y Ecología

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

Ciudadanía en general.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta secretaría, dirección y/o subdirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes áreas de este centro.

II. Recibir documentos. III. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

IV. Manejo y control de expedientes.

V. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax. VI. Tomar notas y recados.

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VII. Atención al público en general.

VIII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran. IX. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

X. Elaborar reportes solicitados.

XI. Recepción y elaboración de: deslindes de predios urbanos y rústicos, números oficiales, constancias de no afectación de áreas verdes, permisos de subdivisión.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

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312

PUESTO

DIRECTOR DE SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

VELADOR

SECRETARIA DE OBRAS

PÚBLICAS

DIRECTOR DE SERVICIOS

PÚBLICOS

ENCARGADO DE

LIMPIA PÚBLICA

OPERADOR DE BARREDORA

BARRENDEROS

COLECTORES

RESPONSABLE DE

PIPAS Y VOLTEOS

CHOFER DE VOLTEO

CHOFER DE PIPA

SECRETARIA

RESPONSABLE DE

MAQUINARIA

OPERADOR DE RETROEXCAVADORA

OPERADOR DE MOTO CONFORMADORA

OPERADOR TRACTOR DE ORUGA D-8R

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

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Jefe Inmediato Secretario de Obras Publicas

Áreas Subordinadas Encargados de Limpias, Pipas y Volteos, Maquinaria y Parque Vehicular.

Relaciones Internas Dirección de Administración. Dirección de Desarrollo Urbano y ecología.

Relaciones Externas

Gobierno del Estado. Órgano de Fiscalización Superior

Del H. Congreso del Estado. Secretaria de Finanzas Municipal. A toda la Ciudadanía en General.

Función General

Planear, implementar, coordinar, abastecer, controlar y Supervisar la correcta, oportuna y eficaz prestación de los servicios públicos.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Coordinar y supervisar la limpieza, recolección, traslado y disposición final de los residuos sólidos.

II. Vigilar que las direcciones y áreas que integran la dirección general, realicen su trabajo eficientemente cuidando que se esmere la atención prestada al ciudadano.

III. Vigilar el correcto manejo de las solicitudes ciudadanas presentadas a las direcciones que integran la dirección de servicios públicos, verificando la adecuada atención en el menor tiempo posible.

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IV. Supervisar constantemente los trabajos que se realizan tanto de maquinaria, limpia pública, suministro de agua potable (pipas) y el servicio de volteos y parque vehicular de la dirección de servicios públicos.

V. Supervisar que el manejo de la maquinaria pesada sea de manera adecuada procurando el constante mantenimiento.

VI. Revisar de manera permanente la correcta operación del relleno sanitario.

VII. La revisión, firma y control de los convenios por uso del servicio de recolección de basura o por uso del relleno sanitario.

VIII. Diseñar e implementar los programas de separación de residuos sólidos

urbanos en escuelas, casa habitación, establecimientos, empresas e industrias.

IX. Supervisar el diseño, la implementación y la difusión de los programas de concientización ciudadana para el correcto manejo de los residuos sólidos por parte de los ciudadanos.

X. Disponer de lo necesario para que todos los espacios públicos se conserven en estado de limpieza y saneamiento.

XI. Vigilar que se cumpla con la legislación, reglamentación y normatividad ambiental vigente en materia de recolección, traslado, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos urbanos, así como de los residuos que se generan en el municipio.

XII. Supervisar que la operación del relleno sanitario instalado en el municipio, se lleve a cabo dentro del marco legal y reglamentario vigente.

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XIII. Vigilar que los desechos y desperdicios que se generen en los tianguis,

mercados y espacios públicos sean recolectados oportunamente por quienes los generen.

XIV. Proponer al ayuntamiento, para su aprobación, los mecanismos que otorguen a

los particulares el servicio de aseo contratado y verificar su cumplimiento.

XV. Llevará cabo los operativos de limpieza en días festivos, manifestaciones y festividades cívicas.

XVI. Supervisar que las empresas o entidades cumplan con las obligaciones que se

les hayan establecido en los contratos de concesión o convenios de gestión en materia de aseos públicos celebrados con el ayuntamiento, así como con las relativas al manejo de residuos sólidos domiciliarios.

XVII. Atender y dar seguimiento a los reportes que en materia de aseo público sean

recibidos por el ayuntamiento. XVIII. Supervisar el saneamiento de lotes baldíos, con cargo a sus propietarios o

poseedores; así como la limpia de vasos reguladores, canales y pasos a desnivel del municipio.

XIX. Ordenar que se lleve a cabo el fondeo de bardas y retiro de cualquier tipo de

propaganda adosada, adherida y colgante que se instale en el municipio.

XX. Realizar las actividades de hidro limpieza en pisos y muros de plazas, monumentos y edificios públicos municipales.

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XXI. Supervisar que las vías públicas municipales se encuentren libres de

obstáculos. XXII. Elaborar su programa operativo anual. XXIII. Las demás que le encomienden el ayuntamiento, el presidente municipal y las

que expresamente le señalen los ordenamientos legales aplicables.

XXIV. Los demás que le otorguen las leyes, reglamentos y manuales de organización. XXV. Supervisara el estado de operación de los vehículos oficiales y maquinaria a su

cargo y coordinará la asignación de talleres de servicio.

XXVI. Obtendrá y controlará las bitácoras mensuales de uso de cada unidad y determinará indicadores de rendimiento en el consumo de combustible, mantenimiento y uso de cada unidad vehicular que tenga a su cargo.

XXVII. Velar por la correcta utilización de la maquinaria, equipo y materiales asignados.

XXVIII. Atender a las diferentes comunidades del municipio, que soliciten servicios de: maquinaria, agua potable, volteos y limpia pública.

XXIX. Coordinar, supervisar y aplicar mecanismos de suministro de agua potable a través de pipas.

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XXX. Supervisar constantemente los trabajos que se realizan en las diversas áreas: limpia pública, maquinaria, suministro de agua potable (pipas) y el servicio de volteos y parque vehicular.

XXXI. Supervisar la correcta operación del relleno sanitario.

PUESTO

SECRETARIA

Jefe Inmediato Director de Servicios Públicos Municipales

Áreas Subordinadas Ninguna.

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Relaciones Internas Con todas las áreas..

Relaciones Externas

A toda la Ciudadanía en General.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta área.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes áreas de este centro.

II. Recibir documentos. III. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

IV. Manejo y control de expedientes.

V. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax. VI. Tomar notas y recados.

VII. Atención al público en general.

VIII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran.

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IX. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

X. Elaborar reportes solicitados.

XI. Y las demás que le sean inherentes al puesto y las que determinen.

PUESTO

ENCARGADO DEL PARQUE VEHICULAR

Jefe Inmediato Director de Servicios Públicos Municipales

Áreas Subordinadas Ninguna.

Relaciones Internas Con todas las áreas

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Relaciones Externas

A toda la Ciudadanía en General.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta área.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Coordinar, programar y supervisar los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo de los vehículos oficiales y maquinaria del ayuntamiento.

II. Llevar un registro en bitácora de los servicios de mantenimiento proporcionados al parque vehicular.

III. En coordinación con el director de servicios públicos y este a su vez en

coordinación con finanzas la asignación de talleres de servicio mecánico, eléctrico y de torno a donde se envíen a reparación las unidades y la maquinaria.

IV. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

V. Elaborar reportes solicitados. VI. Y las demás que le sean inherentes al puesto y las que determinen.

PUESTO

VELADOR

Jefe Inmediato Director de Servicios Públicos Municipales

Áreas Subordinadas Ninguna.

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Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

A toda la Ciudadanía en General.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta área.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Recibir diariamente, a la hora indicada las llaves de las instalaciones y hacerse cargo de la seguridad del mismo.

II. Realizar durante la noche, recorridos de inspección por las instalaciones.

III. Impedir la entrada a personas extrañas, sin autorización correspondiente.

IV. No permitir la salida de artículos de las instalaciones sin autorización

correspondiente.

V. Dar aviso inmediato a las autoridades de servicios municipales en caso de algún incidente que violente el equilibrio de la institución.

VI. Verificar al inicio y durante la jornada de trabajo que los espacios permanezcan

cerrados a fin de evitar situaciones anómalas.

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322

VII. Registrar en la bitácora la situación en que recibe y entrega las instalaciones en cada jornada de trabajo.

VIII. Cumplir con la limpieza e higiene del área asignada.

IX. Participar en las comisiones que se asignen y que incidan en el mejoramiento institucional.

PUESTO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Jefe Inmediato Director de Servicios Públicos Municipales

Áreas Subordinadas Ninguna.

Relaciones Internas Con todas las áreas..

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323

Relaciones Externas

A toda la Ciudadanía en General.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta área.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes áreas de este centro.

II. Recibir documentos. III. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

IV. Manejo y control de expedientes.

V. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax. VI. Tomar notas y recados.

VII. Atención al público en general.

VIII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran.

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324

IX. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

X. Elaborar reportes solicitados.

XI. Y las demás que le sean inherentes al puesto y las que determinen.

PUESTO

RESPONSABLE DE PIPAS Y VOLTEOS

Jefe Inmediato Director de Servicios Públicos Municipales

Áreas Subordinadas Ninguna.

Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

A toda la Ciudadanía en General.

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325

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta área.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Programar, coordinar y supervisar el suministro de agua potable a través de pipas.

II. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo. III. Programar, coordinar y supervisar el servicio de acarreo de material para

construcción, a través de volteos.

IV. Llevar un registro mensual en bitácora de los servicios proporcionados a

delegaciones municipales, instituciones y particulares.

V. Supervisar diariamente, que el manejo de las unidades sea de manera adecuada, supervisando preventivo y correctivo de la unidad a partir de la información requerida; procurando su constante mantenimiento en coordinación con el área de mantenimiento de parque vehicular.

VI. Revisar y registrar las distancias recorridas marcadas en el odómetro.

VII. Elaborar reportes solicitados. VIII. Y las demás que le sean inherentes al puesto y las que determinen.

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326

PUESTO

CHOFER DE VOLTEO

Jefe Inmediato Director de Servicios Públicos Municipales

Áreas Subordinadas Ninguna.

Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

A toda la Ciudadanía en General.

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327

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta área.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Conducir la unidad vehicular que le ha sido asignada para el suministro de material para construcción a la ciudadanía, delegaciones o comités que lo soliciten en comunidades y colonias.

II. Recabar en sus hojas de requerimiento de combustible y pliegos de comisión las firmas y/o sellos del servicio proporcionado.

III. Revisar y registrar las distancias recorridas marcadas en el odómetro.

IV. Apoyar al encargado del parque vehicular con el mantenimiento preventivo y

correctivo de la unidad a partir de la información requerida.

PUESTO

CHOFER DE PIPA

Jefe Inmediato Director de Servicios Públicos Municipales

Áreas Subordinadas Ninguna.

Relaciones Internas Con todas las áreas.

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328

Relaciones Externas

A toda la Ciudadanía en General.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta área.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Conducir la unidad vehicular que le ha sido asignada para el suministro de agua potable a la ciudadanía que lo solicita en comunidades, colonias e instituciones educativas y gubernamentales.

II. Recabar en sus hojas de requerimiento de combustible y pliegos de comisión las firmas y/o sellos del servicio proporcionado.

III. Revisar y registrar las distancias recorridas marcadas en el odómetro.

IV. Apoyar al encargado de parque vehicular con el mantenimiento preventivo y

correctivo de la unidad a partir de la información requerida.

PUESTO

SECRETARIA

Jefe Inmediato Responsable de Pipas y Volteos

Áreas Subordinadas Ninguna.

Relaciones Internas Con todas las áreas.

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329

Relaciones Externas

A toda la Ciudadanía en General.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta área.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Recibir documentos.

II. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes áreas de este centro.

III. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

IV. Manejo y control de expedientes.

V. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax. VI. Tomar notas y recados.

VII. Atención al público en general.

VIII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran. IX. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

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330

X. Elaborar reportes solicitados.

XI. Y las demás que le sean inherentes al puesto y las que determinen.

PUESTO

RESPONSABLE DE MAQUINARIA

Jefe Inmediato Director de Servicios Públicos Municipales

Áreas Subordinadas Ninguna.

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331

Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

A toda la Ciudadanía en General.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Coordinar, programar y supervisar los trabajos realizados por la maquinaria del municipio solicitado por las comunidades.

II. Llevar un registro periódico en bitácora de los servicios proporcionados a delegaciones municipales, instituciones y particulares.

III. Supervisar que el manejo de la maquinaria pesada sea de manera adecuada

procurando su constante mantenimiento. IV. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

V. Elaborar reportes solicitados. VI. Y las demás que le sean inherentes al puesto y las que determinen.

PUESTO

MAQUINISTA DE MOTOCONFORMADORA

Jefe Inmediato Director de Servicios Públicos Municipales

Áreas Subordinadas Ninguna.

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332

Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

A toda la Ciudadanía en General.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Conducir y operar la maquina a fin de llevar a cabo trabajos específicos que puede realizar.

II. Recabar firmas y/o sellos en su documentación de trabajo por parte de los beneficiarios como parte de la comprobación por el apoyo proporcionado.

III. Apoyar al encargado del área y al encargado del parque vehicular para el

correcto funcionamiento mecánico de la maquina a través de su mantenimiento preventivo y correctivo.

IV. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

V. Elaborar reportes solicitados.

VI. Y las demás que le sean inherentes al puesto y las que determinen.

PUESTO

OPERADOR DE RETROEXCAVADORA

Jefe Inmediato Director de Servicios Públicos Municipales

Áreas Subordinadas Ninguna.

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333

Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

A toda la Ciudadanía en General.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Conducir y operar la maquina a fin de llevar a cabo trabajos específicos que puede realizar.

II. Recabar firmas y/o sellos en su documentación de trabajo por parte de los beneficiarios como parte de la comprobación por el apoyo proporcionado.

III. Apoyar al encargado del área y al encargado del parque vehicular para el

correcto funcionamiento mecánico de la maquina a través de su mantenimiento preventivo y correctivo.

IV. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

V. Elaborar reportes solicitados.

PUESTO

MAQUINISTA D – 8R/ D – 5M

Jefe Inmediato Director de Servicios Públicos Municipales

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334

Áreas Subordinadas Ninguna.

Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

A toda la Ciudadanía en General.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Conducir y operar la maquina a fin de llevar a cabo trabajos específicos que puede realizar.

II. Recabar firmas y/o sellos en su documentación de trabajo por parte de los beneficiarios como parte de la comprobación por el apoyo proporcionado.

III. Apoyar al encargado del área y al encargado del parque vehicular para el

correcto funcionamiento mecánico de la maquina a través de su mantenimiento preventivo y correctivo.

IV. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

V. Elaborar reportes solicitados.

PUESTO

ENCARGADO DE LIMPIAS

Jefe inmediato Director de Servicios Públicos Municipales

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335

Áreas subordinadas Ninguna.

Relaciones internas

Con todas las áreas.

Relaciones externas

A toda la Ciudadanía en General.

Función general

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Coordinar y supervisar la limpieza, recolección, traslado y disposición final de los residuos sólidos.

II. Diseñar e implementar programa de separación de residuos sólidos. III. Realizar actividades de hidro limpieza en pisos y muros de las plazas,

monumentos y edificios públicos. IV. Supervisar que el manejo de las unidades sea de manera adecuada procurando

su constante mantenimiento en coordinación con el encargado de parque vehicular.

V. Operar una unidad vehicular cuando se requiere para cubrir las rutas programadas.

VI. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

VII. Elaborar reportes solicitados.

PUESTO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

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336

Jefe Inmediato Encargado de Limpias

Áreas Subordinadas Ninguna.

Relaciones Internas .

Con todas las áreas. .

Relaciones Externas

A toda la Ciudadanía en General.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes áreas de este centro.

II. Recibir documentos. III. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

IV. Manejo y control de expedientes.

V. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax. VI. Tomar notas y recados.

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337

VII. Atención al público en general.

VIII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran. IX. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

X. Elaborar reportes solicitados.

PUESTO

CHOFER

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338

Jefe Inmediato Encargado de Limpias

Áreas Subordinadas Ninguna.

Relaciones Internas .

Con todas las áreas. .

Relaciones Externas

A toda la Ciudadanía en General.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Conducir la unidad vehicular que le ha sido asignada para cubrir por día laboral su ruta de recorrido en colonias y/o comunidades a fin de que con el apoyo de los colectores se levante la basura y se vierta en los vehículos y posteriormente trasladarse y depositarse en el relleno sanitario del que sea asignado.

II. Recopilar en sus hojas de requerimiento de combustible y pliegos de comisión las firmas y sellos del servicio proporcionado cuando se traten de instituciones educativas o gubernamentales.

III. Revisar y registrar las distancias recorridas marcadas en el odómetro.

IV. Apoyar al encargado de parque vehicular con el mantenimiento preventivo y

correctivo de la unidad a partir de la información requerida.

V. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo. VI. Elaborar reportes solicitados.

PUESTO

COLECTOR

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339

Jefe Inmediato Director de Servicios Públicos y/o Encargado de Limpias

Áreas Subordinadas Ninguna.

Relaciones Internas .

Con todas las áreas. .

Relaciones Externas

A toda la Ciudadanía en General.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Acudir junto con los operadores de las unidades recolectoras a fin de ir depositando la basura en el vehículo, acomodándola y separándola por tipo de material.

II. Apoyar al operador de la unidad en la realización de sus actividades. III. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

IV. Elaborar reportes solicitados.

PUESTO

OPERADOR DE BARREDORA

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340

Jefe Inmediato Encargado de Limpias

Áreas Subordinadas Ninguna.

Relaciones Internas .

Con todas las áreas. .

Relaciones Externas

A toda la Ciudadanía en General.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Cubrir por día laboral su ruta de recorrido limpiando las calles depositando la basura en sus carritos y llevarla hasta las unidades vehiculares o bien los depósitos de concentración para su posterior traslado al relleno sanitario.

II. Hacer la limpieza de las diferentes áreas del que ha sido designado. III. Barrer los principales lugares que le sean designados.

IV. Participar en las comisiones que se asignen y que incidan en el mejoramiento

institucional.

V. Cumplir y permanecer en su jornada de trabajo apegado a los principios de responsabilidad y pulcritud en el área que se le haya asignado.

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341

VI. Registrar su puntualidad y asistencia diariamente en el reloj checador.

VII. Cuidar que no se sustraiga objeto o material del edificio sin la autorización

correspondiente.

VIII. Mantener aseadas espacios que tengan bajo su responsabilidad. IX. Cubrir las tareas de aseo de los espacios que corresponden al trabajador que

no asista a sus labores.

X. Dar aviso al encargado de limpias y/o director de servicios públicos, de cualquier desperfecto e irregularidad que adviertan en los espacios que les correspondan.

PUESTO

BARRENDERO

Jefe Inmediato Encargado de Limpias

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342

Áreas Subordinadas Ninguna.

Relaciones Internas .

Con todas las áreas. .

Relaciones Externas

A toda la Ciudadanía en General.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Cubrir por día laboral su ruta de recorrido limpiando las calles depositando la basura en sus carritos y llevarla hasta las unidades vehiculares o bien los depósitos de concentración para su posterior traslado al relleno sanitario.

II. Hacer la limpieza de las diferentes áreas del que ha sido designado. III. Barrer los principales lugares que le sean designados.

IV. Participar en las comisiones que se asignen y que incidan en el mejoramiento

institucional.

V. Cumplir y permanecer en su jornada de trabajo apegado a los principios de responsabilidad y pulcritud en el área que se le haya asignado.

VI. Registrar su puntualidad y asistencia diariamente en el reloj checador.

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343

VII. Cuidar que no se sustraiga objeto o material del edificio sin la autorización correspondiente.

VIII. Mantener aseadas espacios que tengan bajo su responsabilidad. IX. Cubrir las tareas de aseo de los espacios que corresponden al trabajador que

no asista a sus labores.

X. Dar aviso al encargado de limpias y/o director de servicios públicos, de cualquier desperfecto e irregularidad que adviertan en los espacios que les correspondan.

Estructura Funcional Secretaria de Finanzas

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA

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344

PUESTO

SECRETARIO DE FINANZAS

Jefe Inmediato Presidente Municipal Constitucional

DIRECTOR DE CUENTA

PÚBLICA

DIRECTOR DE CATASTRO

DIRECTORA DE

COMPROBACIONES

DIRECTOR DE INGRESOS Y

EGRESOS

DIRECTOR ADMINISTRATIVO

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345

Áreas Subordinadas

Dirección de Cuenta Publica Dirección de ingresos y egresos Dirección de comprobaciones Dirección administrativa

Relaciones Internas .

Con todas las áreas. .

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. Órgano de Fiscalización Superior

del H. Congreso del Estado. Auditoria Superior del Estado de Hidalgo. Auditoria Superior de la Federación. Ciudadanía en General.

Función General

Es el órgano de recaudación de los recursos financieros municipales, con las excepciones expresamente señaladas por la ley.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Recaudar, vigilar, administrar, concentrar, custodiar, verificar y situar las contribuciones y toda clase de ingresos municipales, conforme a la ley de la materia y demás ordenamientos aplicables.

II. Cobrar los créditos que correspondan a la administración pública municipal, de acuerdo con las disposiciones legales.

III. Cuidar que se haga en tiempo y forma oportunos el cobro de los créditos fiscales

municipales, con exactitud las liquidaciones, con prontitud el despacho de los asuntos de su competencia, en orden y debida comprobación las cuentas de ingresos y egresos.

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346

IV. Tener al día los libros de caja, diario, cuentas corrientes y los auxiliares y de registro que sean necesarios para la debida comprobación de los ingresos y egresos.

V. Llevar la caja de la tesorería, cuyos valores estarán siempre bajo su inmediato cuidado y exclusiva responsabilidad.

VI. Cobrar los adeudos a favor del municipio, con la debida eficiencia, cuidando que

los rezagos no aumenten. VII. Participar con el ayuntamiento en la formulación de la ley de ingresos

municipales y del presupuesto de egresos, apegándose a los ordenamientos legales aplicables y proporcionando oportunamente los datos e informes necesarios para esos fines.

VIII. Verificar que las multas impuestas por las autoridades municipales ingresen a la tesorería municipal.

IX. Gestionar visitas de inspección o auditoria a la secretaria de finanzas municipal.

X. Glosar oportunamente las cuentas del ayuntamiento. XI. Proponer al ayuntamiento, estrategias, medidas o disposiciones que tiendan a

sanear y aumentar la hacienda pública del municipio. XII. Dar cabal cumplimiento a los acuerdos y disposiciones que le sean emitidos por

el ayuntamiento y/o el presidente municipal.

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347

XIII. Cuando el ayuntamiento o el presidente municipal, ordene algún gasto que no

reúna los requisitos legales, el secretario de finanzas se abstendrá de pagarlo, fundando y motivando por escrito su abstención.

XIV. Realizar junto con el síndico hacendario, las gestiones oportunas en los asuntos en que tenga interés el erario municipal.

XV. Remitir a la auditoría superior del estado, los informes presupuestales,

contables, financieros y de gestión que ésta requiera.

XVI. Presentar mensualmente al ayuntamiento, el corte de caja de la secretaria de finanzas con el visto bueno del síndico hacendario.

XVII. Contestar oportunamente, las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas por la auditoría superior del estado, en los términos de la legislación vigente.

XVIII. Comunicar al presidente municipal, las irregularidades en que incurran los empleados a su cargo.

XIX. Preservar y conservar los inmuebles, muebles, archivos, mobiliario, equipo de oficina, de cómputo y parque vehicular.

XX. Expedir copias certificadas de los documentos a su cuidado, en los términos y

condiciones que señale el acuerdo expreso del ayuntamiento, o del presidente municipal.

XXI. Informar oportunamente al ayuntamiento y al presidente municipal, sobre las partidas que estén próximas a agotarse, para los efectos que procedan.

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348

XXII. Conformar y mantener actualizado el padrón de contribuyentes municipales.

XXIII. Proporcionar al ayuntamiento y al presidente municipal los datos que éstos le soliciten respecto de las contribuciones que tienen.

XXIV. Comparecer ante el ayuntamiento, cuando sea requerido

XXV. Practicar diariamente, corte de caja de primera operación en el libro respectivo e informar al presidente municipal.

XXVI. Ejercer la facultad económico-coactiva, para hacer efectivos los créditos fiscales.

XXVII. Vigilar que las acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, contratación, gasto y control de las adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles y servicios de cualquier naturaleza se realicen conforme a la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público en lo que no se contraponga a los ordenamientos constitucionales que rigen a los municipios.

XXVIII. Proporcionar al ayuntamiento y al presidente municipal los datos que éstos le soliciten respecto de las contribuciones que tienen.

XXIX. Podrá delegar sus facultades en los servidores públicos de la secretaría a su cargo, sin perder por ello la posibilidad de su ejercicio directo, a excepción de las que deban de ser ejercidas directamente por él por ser indelegables.

XXX. Determinar las políticas de la administración de la hacienda pública del estado, así como planear, coordinar y evaluar las actividades de la secretaria en los

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349

términos de la legislación aplicable, a fin de dar cumplimiento a los objetivos, contenidos en el plan municipal de desarrollo.

XXXI. Someter al acuerdo del presidente los asuntos encomendados a la secretaria, e informarles sobre el desarrollo de las actividades, de las unidades administrativas adscritas a esta, y de los fideicomisos; así como el desempeño de las comisiones y funciones que le sean conferidas.

XXXII. Suscribir mancomunadamente con el presidente o con quien este designe, convenios, contratos o cualquier documento mercantil relacionados con algún tipo de ingresos, mediante las cuales otorgue cualquier garantía o fuente de pago, que constituyan obligaciones a cargo del erario municipal de los términos que establezcan las leyes aplicadas.

XXXIII. Apertura de cuentas bancarias, y suscribir mancomunada toda la clase de títulos de crédito en los términos que establezcan las leyes aplicadas.

XXXIV. Autorizar y fijar políticas y lineamentos para el otorgamiento de avales a los ayuntamientos, organismos, entidades y fideicomisos municipales.

XXXV. Obtendrá y controlará las bitácoras mensuales de uso de cada unidad y determinará indicadores de rendimiento en el consumo de combustible, mantenimiento y uso de cada unidad vehicular que tenga a su cargo.

XXXVI. Formalizar la contratación de asesorías, estudios y proyectos de investigación para la adecuada operación de las secretarias.

XXXVII. Establecer los lineamientos, normas y políticas mediante las cuales la secretaria proporcionara informes, datos y cooperación técnica cuando le sea requerida por alguna otra área correspondiente.

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350

XXXVIII. Proporcionará por conducto de la unidad de información pública gubernamental que corresponda, en los términos previstos en la presente ley de transparencia la información, documentos y expedientes que le sean solicitados.

XXXIX. Determinar con la dirección de comunicación social municipal los lineamientos que habrán de regir para la difusión de las actividades y funciones propias de la secretaria.

XL. Resolver, para efectos administrativos, las dudas que se susciten con motivo

de la interpretación y aplicación de los ordenamientos fiscales y administrativos, en los casos no previstos en los mismos.

XLI. Representar al presidente municipal en las comisiones congresos, consejos organizacionales instituciones, que este le encomiende.

XLII. Proporcionar los datos de las labores desarrolladas de la secretaria para la formulación del informe del presidente municipal.

XLIII. Las demás que las leyes confieran a la secretaria o le señale el presidente municipal.

PUESTO

SECRETARIA

Jefe Inmediato Secretario de Finanzas

Áreas Subordinadas Ninguna.

Relaciones Internas Con todas las áreas.

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351

Relaciones Externas

Ninguna.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a la secretaria de finanzas.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes áreas de la secretaria de finanzas.

II. Atender los asuntos y desempeñar las comisiones que le encomiende el secretario.

III. Acordar con el secretario el despacho de los asuntos encomendados y

mantenerlo informado de las actividades que se realicen, así como, coordinarse con los titulares de las unidades administrativas de la secretaria, para darles a conocer instrucciones.

IV. Llevar el registro, control y seguimiento de las solicitudes y planteamientos,

formulados al secretario.

V. Ser el enlace entre el secretario y los servidores públicos de las dependencias y entidades municipales para la organización de audiencias, reuniones y demás actos relacionados con sus actividades.

VI. Recibir documentos.

VII. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

VIII. Manejo y control de expedientes. IX. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax.

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352

X. Administrar correo electrónico institucional de la secretaria de finanzas.

XI. Tomar notas y recados.

XII. Atención al público en general.

XIII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran.

XIV. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

XV. Elaborar reportes solicitados.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA

DE FINANZAS

DIRECTOR DE CUENTA PÚBLICA

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PUESTO

DIRECTOR DE CUENTA PÚBLICA

Jefe Inmediato Secretario de Finanzas

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas .

Con todas las áreas. .

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno Estatal. Auditoria Superior del Estado de Hidalgo. Auditoria Superior de la Federación. Secretaria de Contraloría y Transparencia

Gubernamental.

Función General

Hacer la aplicación estricta de la ley de ingresos municipal a los causantes, dentro de los cuatro rubros: impuestos, productos, derechos y aprovechamientos.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Formulación de presupuesto de egresos.

II. Registro de operaciones de ingresos y egresos; (responsable del sistema informático de contabilidad COI).

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III. Registro de operaciones en los fondos que se asigne por parte del secretario de finanzas; (ejercicios anteriores, FOFIM, SUBSEMUN, coparticipación SUBSEMUN).

IV. Realización de las conciliaciones bancarias de los fondos correspondiente.

V. Buscar proporcionar la capacitación del personal que tiene a su cargo, coordinar con los responsables de los demás fondos, la integración de los expedientes unitarios de las acciones.

VI. Control de los presupuestos de ingresos y egresos; (informes presupuestables,

financieros y contables). VII. Elaboración de la cuenta pública y la glosa para que el ayuntamiento pueda

cumplir con sus obligaciones.

VIII. Elaboración de estados financieros. IX. Conciliación de inventario con el registro contable en coordinación con la

oficialía mayor.

X. Proporcionar en conjunto con el secretario de finanzas, todo lo que se publique en el portal de transparencia en coordinación con el titular de transparencia y acceso a la información gubernamental.

XI. Dar seguimiento a la ley general de contabilidad gubernamental y al consejo

nacional de administración contable. XII. Coordinar con los responsables de los fondos para contestar las observaciones

y recomendaciones hechas por la auditoria superior de estado.

XIII. Controlar el archivo contable.

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XIV. Llevar a cabo la coordinación con los responsables de los fondos para la entrega recepción de acciones.

XV. Las demás que determine el secretario de finanzas municipal y las

disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

XVI. Comparecer ante el ayuntamiento, cuando se le requiera.

XVII. Atender los asuntos y desempeñar las comisiones que le encomiende el secretario de finanzas.

PUESTO DIRECTOR DE INGRESOS Y EGRESOS

Jefe Inmediato Secretario de Finanzas

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas .

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA

DE FINANZAS

Encargada de Caja General

DIRECTOR DE INGRESOS Y

EGRESOS

Encargada de Departamento

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Con todas las áreas. .

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. Organizaciones No Gubernamentales. Congreso del Estado. Auditoria Superior del Estado de Hidalgo. Auditoria Superior de la Federación.

Función General

Hacer la aplicación estricta de la ley de ingresos del municipal a los causantes, dentro de los cuatro rubros: impuestos, derechos, aprovechamientos, y productos; así como recaudar directamente o por conducto de las oficinas autorizadas, el importe de las contribuciones, aprovechamientos y productos a cargo de los contribuyentes; catastrales se lleven a cabo en estricto apego a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en materia fiscal y administrativa.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Hacer aplicación estricta de la ley de ingresos del municipio a los causantes, dentro de los cuatro rubros: impuestos, productos, derechos y aprovechamientos.

II. Registro de operaciones en los fondos que se asigne por parte del secretario. III. Realización de las conciliaciones bancarias del fondo correspondiente.

IV. Organizar y llevar las estadísticas de los ingresos municipales que permita

analizar el comportamiento de recaudación y proponer en su caso medidas necesarias para incrementar la capacitación de los ingresos.

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V. Integrar y mantener actualizado el padrón de contribuyentes.

VI. Elaborar y establecer los sistemas, procedimientos y estudios idóneos para una

mejor capacitación de ingresos y un eficiente control. VII. Formular anualmente el anteproyecto de presupuesto de ingresos y ponerlo a

consideración para su análisis revisión y aprobación.

VIII. Recaudar los impuestos, derechos, aprovechamientos y productos de acuerdo a la ley de ingresos, así como las participaciones, aportaciones estatales y federales e ingresos extraordinarios.

IX. Vigilar que el total de la recaudación diaria sea depositada en la institución

bancaria designada por la secretaria de finanzas del h. Ayuntamiento municipal; así como la revisión y firma de la póliza diaria de ingresos.

X. Vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de carácter municipal por parte de los contribuyentes.

XI. Mantener un padrón fiscal de contribuyentes confiable y actualizado.

XII. Llevar a cabo en términos de la legislación fiscal el procedimiento administrativo

de ejecución para hacer efectivos los créditos fiscales a cargo de los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados.

XIII. Dirigir y supervisar que el funcionamiento de las cajas recaudadoras bajo su adscripción, se realice conforme a las disposiciones legales, normas lineamientos y metodología aprobada.

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XIV. Establecer programas con el fin de fomentar en el contribuyente el cumplimiento

de sus obligaciones fiscales, ofreciendo facilidades, que previamente sean autorizados por el presidente municipal, por conducto del secretario de finanzas.

XV. Proponer y promover programas de modernización, simplificación y

desconcentración, así como medidas de mejoramiento de la organización y administración en materia tributaria.

XVI. Aplicar sanciones que correspondan a los infractores de los ordenamientos fiscales municipales así como ejercer la facultad económico- coactivo conforme a lo que establece la legislación vigente.

XVII. Elaborar o participar en la elaboración de proyectos de reglamentos municipales o acuerdos cuyas materias correspondan dentro de las atribuciones.

XVIII. Registrar y custodiar los documentos que constituyan garantías de interés fiscal en los términos que establece la ley de hacienda municipal.

XIX. Llevar el inventario de los bienes que se encuentren bajo su custodia debiendo estar registrados en el patrimonio del h. Ayuntamiento municipal.

XX. Buscar la capacitación del personal de las diferentes áreas de recaudación.

XXI. Solicitar a la dirección de catastro los actos de inspección y verificación que considere necesario para el exacto cumplimiento de las obligaciones fiscales respecto de las contribuciones por concepto de impuesto predial.

XXII. Coordinarse con las demás direcciones que no pertenecen a la secretaria de finanzas, pero tienen relación con la dirección de ingresos en la prestación de sus servicios para una adecuada recaudación.

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XXIII. Implementar sistemas y procedimientos más adecuados para una mayor eficiencia en materia de recepción de pagos en los registro de contribuyentes, control de obligaciones y cobranza de los ingresos municipales.

XXIV. Realizar con previo acuerdo con el presidente municipal y secretario de finanzas conceder descuentos, prorrogas y autorizaciones para el pago de contribuciones y accesorios, cuando proceda.

XXV. Resolver, con el apoyo del departamento jurídico del h. Ayuntamiento, de los recursos administrativos que se presenten, en el ámbito de su competencia.

XXVI. Requerir a los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados. cuando se incumpla con los créditos fiscales dentro del plazo que para el efecto señalen las disposiciones fiscales, exigiendo su pago mediante la aplicación de procedimiento administrativo de ejecución, en los términos previstos por la ley de hacienda.

XXVII. Buscar proporcionar la capacitación del personal que tiene a su cargo.

XXVIII. Hacer aplicación estricta de la ley de ingresos del municipio a los causantes dentro de los cuatro rubros: impuestos, productos, derechos y aprovechamientos.

XXIX. Autorización, control y movimiento de los padrones fiscales.

XXX. Ordena y emite requerimientos a los contribuyentes morosos o infractores.

XXXI. Lleva control de las cajas recaudadoras.

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XXXII. Programa y controla el presupuesto municipal.

XXXIII. Elaboración de informes acerca de desviaciones al presupuesto.

XXXIV. Control de los padrones fiscales (en general).

XXXV. Aportar información para la elaboración del presupuesto de ingresos.

XXXVI. Las demás que le determinen el secretario de finanzas municipal y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.

PUESTO

ENCARGADA DE CAJA GENERAL

Jefe Inmediato Director de Ingresos y Egresos.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas .

Con todas las áreas. .

Relaciones Externas

Ninguna.

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Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta dirección, en tanto a realizar el cobro de los conceptos marcados de la ley de ingresos vigentes, así como el impuesto predial, a su vez el corte de caja diario, pegar recibos y archivar.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Recepción de los cortes de cajas

II. Revisión de depósitos para su envío a los bancos. III. Actualizaron diaria de reportes de ingresos y predial

IV. Manejo de la caja chica de tesorería

V. Revisión y firma de notas de traslación de dominio pagadas. VI. Efectuar los cierres de oficinas diarios.

VII. Recepción y revisión de reportes de t.p.v. (tarjetas de crédito)

VIII. Recepción y revisión reportes de Internet

IX. Recepción y revisión de reportes de entidades externas.

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PUESTO

ENCARGADA DE DEPARTAMENTO

Jefe Inmediato Director de Ingresos y Egresos.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas .

Con todas las áreas. .

Relaciones Externas

Ninguna.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta dirección.

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ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Realizar el cobro de impuesto predial y demás conceptos marcados en la ley de ingresos vigente para el municipio.

II. Efectuar corte de caja diariamente. III. Ordenar, clasificar y pegar los recibos cobrados de impuesto predial

mensualmente. IV. A fin de mes foliar hojas donde fueron pegados los recibos de impuesto predial,

para la integración de la cuenta de impuesto predial.

V. Revisión y en su caso realización de traslados de dominio. VI. Revisión y en su caso realización de manifestaciones de predios ocultos a la

acción fiscal. VII. Realizar anotaciones correspondientes sobre todos los movimientos de predios.

VIII. Realización de constancias relativas a dominio de predios.

Constancias de no adeudo. Constancias de cuentas prediales. Constancias de fechas de registro.

IX. Archivar traslados de dominio, manifestaciones de predios ocultos al fisco, constancias y recibos de impuesto predial.

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PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA

DE FINANZAS

DIRECTOR DE

COMPROBACIONES

OPERADOR DE SISTEMAS

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PUESTO

DIRECTOR DE COMPROBACIONES

Jefe Inmediato Secretario de Finanzas.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas .

Con todas las áreas. .

Relaciones Externas

Gobierno federal. Organizaciones no gubernamentales. Congreso del estado. Auditoria superior del estado. Auditoria superior de la federación.

Función General

Controlar y revisar minuciosamente la documentación comprobatoria que forma parte de los pagos a realizar, para que ésta cumpla con la normatividad vigente.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. La recepción de comprobantes de pago.

II. Controlar y revisar minuciosamente la documentación comprobatoria que forma parte de los pagos a realizar, para que ésta cumpla con la normatividad vigente.

III. Elaboración de contratos de prestación de servicios que amparen las

operaciones realizadas por este concepto. IV. Elaboración y pago de cheques autorizados, y su debido control.

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V. Elaboración y pago mediante transferencias bancarias de fondos a proveedores y acreedores del ayuntamiento.

VI. Generación de los archivos Lay Out y aplicación de dispersiones de nómina en

el portal bancario correspondiente, así como del pago en efectivo de sueldos y salarios, pensiones y listas de raya.

VII. Control de saldos de las diversas cuentas bancarias que maneja la secretaría

de finanzas.

VIII. Gestión de servicios bancarios que requiera la secretaría. IX. Controlar los diferentes cheques y chequeras correspondientes a las cuentas

bancarias que maneja la secretaría de finanzas.

X. Control y administración de cuentas por pagar. XI. Controlar y tener bajo su resguardo la caja chica.

XII. Presentación de declaraciones y pagos provisionales mensuales de impuestos

federales y estatales a cargo del municipio.

XIII. Expedición de vales de materiales para cubrir los apoyos autorizados por el presidente municipal, así como revisión de la documentación comprobatoria correspondiente.

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XIV. Expedición de vales de materiales y servicios solicitados por las diferentes áreas del ayuntamiento.

XV. Buscar proporcionar la capacitación del personal que tiene a su cargo.

XVI. Recibir documentación comprobatoria que forma parte de erogaciones realizadas por la presidencia municipal.

XVII. Las demás que le determine el secretario de finanzas municipal y las disposiciones legales y reglamentarias.

PUESTO

OPERADOR DE SISTEMAS

Jefe Inmediato Director de Comprobaciones.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas .

Con todas las áreas. .

Relaciones Externas

Ninguna.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a la dirección de comprobaciones

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

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I. Elaboración de cheques.

II. Registro de operaciones de egresos. III. Anexar comprobación a pólizas de cheques y transferencias.

IV. Elaboración recibo de valores para los apoyos o pagos en efectivo.

V. Elaboración de vales para los apoyo a comunidades. VI. Control de los estados de cuenta por cheque y transferencias.

VII. Control de apoyos a comunidades otorgados.

VIII. Envío de informe semanal de los apoyos. IX. Control de relación de erogaciones de cuentas.

X. Conciliación bancaria de cada una de las cuentas.

XI. Elaboración de contratos a proveedores.

XII. Requisita documentos, llenado de formatos para apoyos.

XIII. Respaldar información de las máquinas de finanzas.

XIV. Recepción de fichas técnicas.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA

DE FINANZAS

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PUESTO

DIRECTOR ADMINISTRATIVO

Jefe Inmediato Secretario de Finanzas.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas .

Con todas las áreas. .

Relaciones Externas

Ninguna.

Función General

Cotizar bienes y servicios adquiridos por las dependencias municipales, vigilar el sistema de adquisiciones, autorizar cuadros comparativos de precios, a diferentes dependencias, establecer y mantener al corriente un padrón general de proveedores municipales, vigilar las entregas de materiales y cumplimiento en la prestación de los servicios solicitados, en base al cuadro comparativo de precios/cotizaciones, llevar ante el secretario de finanzas, la autorización de cada compra, resguardar y otorgar salidas de manera provisional y coordinación con

AUXILIAR DE FISCALIZACION

CONTABLE-ADMINISTRATIVA

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la oficialía mayor las adquisiciones de los bienes de consumo y equipo, mobiliario y otros que les sean asignados a las dependencias municipales.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Adquirir y suministrar los bienes y servicios que requiera el funcionamiento de la secretaria y sus diferentes direcciones.

II. Registrar y administrar las entradas y salidas de materiales y mobiliario; en coordinación con el secretario y directores de las diferentes áreas.

III. La actualización permanente del inventario en cuanto a altas, bajas y

modificaciones responsables en coordinación con la oficialía mayor.

IV. Inventariar ante la secretaria y direcciones la responsabilidad por resguardo de

bienes muebles; en coordinación con la oficialía mayor. V. Se encargará de vigilar la correcta administración de los recursos materiales de

las dependencias municipales. VI. Asignar bienes y servicios que deban ser utilizados por las diferentes

direcciones y secretaria. VII. Acatar las políticas de adquisición de bienes y servicios requeridos por las

dependencias municipales.

VIII. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales que regulen la adquisición de bienes, arrendamientos y servicios relacionados con bienes muebles y la contratación de obra pública.

IX. Registro de operaciones en los fondos que se asigne por parte del secretario.

X. Supervisión de contabilización de (FUPI Y FUPO) de las conciliaciones

bancarias de los fondos correspondientes. XI. Tendrá a su cargo la recepción, control y suministro de las requisiciones de

bienes y servicios solicitados por las dependencias del gobierno municipal. XII. Buscar proporcionar la capacitación del personal que tiene a su cargo.

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XIII. Vigilar la funcionalidad de sistema de adquisiciones.

XIV. Establecerá y mantendrá un padrón de proveedores municipales.

XV. Verificar la entrega de materiales y el cumplimiento de servicios adquiridos.

XVI. Autorizar pedidos de compras y requisición de servicios.

XVII. Actualizar los sistemas de control de materiales de correspondencia entre secretarias y direcciones.

XVIII. Llevar un inventario de expedientes de correspondencia.

XIX. Realizar la solicitud de los materiales al proveedor elegido de acuerdo a la

cotización. XX. Recepción de requerimientos solicitados.

XXI. Entrega de los materiales al área que solicitó de acuerdo a las requisiciones.

XXII. Supervisión de nómina.

XXIII. Cotización de los materiales y/o servicios de requerimientos y apoyos solicitados; (papelería, consumibles de equipo de cómputo, ferretería; etc.)

XXIV. Proveer el servicio de fotocopiado e impresión de documentos.

XXV. Las demás que le determine el secretario de finanzas municipal y las disposiciones legales y reglamentarias.

PUESTO

SECRETARIA

Jefe Inmediato Director de administración (de finanzas y suministros).

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas .

Con todas las áreas. .

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Relaciones Externas

Ninguna.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a la dirección de administración.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Revisar las diferentes facturas que se encuentren fiscalmente requisitadas.

II. Verificar que los datos que requiere dicha factura coincida con los del requerimiento.

III. Analizar las diferentes sumas, proporción del IVA, de los productos gravados,

totales. IV. Revisar que los requerimientos solicitados sean originales y contenga su

comprobación; (así como el gasto, nombres, firmas y sellos de quien solicita).

V. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes áreas de este centro.

VI. Recibir documentos, tomar notas y recados.

VII. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

VIII. Manejo y control de expedientes. IX. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax.

X. Administrar correo electrónico institucional de la dirección de administración.

XI. Atención al público en general.

XII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran.

XIII. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

PUESTO

AUXILIAR DE FISCALIZACION CONTABLE.ADMINISTRATIVO

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Jefe Inmediato Director de Ingresos y Egresos

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas .

Con todas las áreas. .

Relaciones Externas

Ninguna.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a la dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Registro de operaciones de ingresos y egresos fondos (FORTAMUN); FAISM, FOPAED, HABITAD y en general con las obras que se incluyen en las diferentes fondos.

II. Integrar las pólizas contables con la justificación suficiente y necesaria. III. Realización de las conciliaciones bancarias.

IV. Coordinarse con el director de cuenta pública para contestar las observaciones

y recomendaciones hechas por la auditoria superior del estado.

V. Llevar acabo la integración de los expedientes unitarios de las obras que correspondan al fondo.

VI. Coordinarse con el director de comprobación de fondos para diversas

funciones. VII. Llenado de los formatos que establezca la auditoria superior del estado, como

son los avances de gestión financiera de erogaciones, bitácoras; así como los que resulten necesarios para las correcta integración de la cuenta pública.

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VIII. Enlace con la secretaria de obras públicas para la solicitud de requerimientos

de obra pública. IX. Registro contable de los fondos FAISM, FOPAED, HABITAD, y REPO egresos.

X. Y las demás que le sean inherentes al puesto y las que determinen.

PUESTO

DIRECTOR DE CATASTRO

Jefe Inmediato Director de Ingresos y Egresos

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas .

Con todas las áreas. .

Relaciones Externas

Gobierno del Estado. Con Toda la Ciudadanía.

Función General

Identificar en la cartografía catastral los predios ubicados en el territorio del municipio. Integrar y mantener actualizada la información relativa a las características cuantitativas y cualitativas de los predios ubicados en el territorio. Mantener actualizada la cartografía catastral de los predios ubicados en el territorio Ixmiquipense. Obtener la información técnica que auxilie a la autoridad competente en la determinación de límites del territorio del municipio. Promover el uso de la información catastral.

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ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Inscribir en el Padrón Catastral del Municipio, los predios que se ubiquen dentro de su circunscripción territorial y asignarles la respectiva clave única catastral.

II. Integrar, administrar y mantener actualizado el Padrón Catastral de su

Municipio, de conformidad con los procedimientos previstos en esta Ley y demás disposiciones aplicables.

III. Registrar los cambios que se operen en los predios ubicados en la

circunscripción del Municipio y que por cualquier concepto modifiquen los datos contenidos en el Padrón Catastral.

IV. Producir y conservar la información catastral con apego a la normatividad

establecida en esta Ley y demás legislación aplicable. así como realizar coordinar y supervisar las operaciones catastrales en el ámbito de su jurisdicción.

V. Solicitar a las dependencias y entidades federales, estatales y municipales, así

como a los propietarios o poseedores de predios, los datos, documentos e informes que sean necesarios para coadyuvar a la integración y actualización del Padrón Catastral.

VI. Recibir de los propietarios o poseedores, las solicitudes de inscripción de

predios en el Padrón Catastral Municipal correspondiente atendiendo los avisos que señale el Reglamento de esta Ley.

VII. Celebrar Convenios de Coordinación y Colaboración Administrativa con el

Gobierno del Estado, el Gobierno Federal y los municipios de la Entidad, de conformidad con esta Ley y demás disposiciones aplicables, para el ejercicio de las atribuciones conferidas en esta Ley.

VIII. Proponer anualmente al Congreso del Estado las tablas de valores unitarios de

suelo y construcciones. IX. En base a las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones aprobados

por el Congreso del Estado, determinar y asignar los valores catastrales correspondientes a cada predio y ante la ausencia de estos últimos los de carácter provisional.

X. Localizar cada predio mediante su deslinde y medida e incorporarlo al Padrón

Catastral.

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XI. Elaborar y actualizar permanentemente la cartografía catastral del territorio de su Municipio.

XII. Llevar a cabo la inspección de los predios ubicados en la circunscripción

territorial de su Municipio, con el objeto de obtener información para conformar y actualizar su Padrón Catastral.

XIII. Efectuar la investigación de valores del mercado inmobiliario, así como de la

infraestructura, equipamiento urbano y costos de construcciones que servirán de base para la elaboración de la propuesta de tablas de valores unitarios de suelo y construcciones.

XIV. Solicitar al Instituto el apoyo y asesoría técnica que requieran, para la

elaboración de tablas de valores unitarios de suelo y construcciones. XV. Elaborar los anteproyectos de las tablas de valores unitarios del suelo y

construcciones para su remisión al Ayuntamiento. XVI. Expedir avalúos catastrales, cédulas catastrales y constancias de información

de los predios ubicados en su circunscripción territorial a quienes acrediten interés legítimo.

XVII. Proporcionar al Instituto, en términos de esta Ley, la información y

documentación necesaria para integrar y mantener actualizado el Catastro del Estado.

XVIII. Conocer y resolver sobre la aclaración y el recurso de revocación.

XIX. Expedir certificaciones a solicitud de los interesados que acrediten el interés

legítimo, copias de los planos, y demás documentos relacionados con los predios inscritos en el Catastro de su Municipio.

XX. Imponer las sanciones por infracciones.

XXI. Proteger y resguardar la información catastral que se integra en el Sistema de Información Territorial bajo su custodia, a fin de garantizar su entrega a la siguiente administración municipal.

XXII. Las demás que en materia de su competencia les señalen esta Ley, su

Reglamento y otras disposiciones aplicables a la materia.

PUESTO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

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Jefe Inmediato Director de Catastro

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas .

Con todas las áreas. .

Relaciones Externas

A Toda la Ciudadanía en General.

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas con la dirección.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos.

II. Recibir documentos. III. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

IV. Manejo y control de expedientes.

V. Atender llamadas telefónicas, tomar recados. VI. Tomar notas y recados.

VII. Atención al público en general.

VIII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran.

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IX. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

X. Elaborar reportes solicitados. XI. Atender los asuntos y desempeñar las comisiones que le encomiende el director

de catastro.

Estructura Funcional Secretaria de Seguridad Pública y Tránsito Municipal

DIRECTOR OPERATIVO

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIO DE SEGURIDAD

PÚBLICA Y TRÁNSITO

MUNICIPAL

UNIDAD DE ANÁLISIS

PREVENCIÓN DEL DELITO

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PUESTO

SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNITO MUNICIPAL.

Jefe Inmediato Presidente Municipal Constitucional.

Áreas Subordinadas

Área operativa. Área administrativa Protección civil y bomberos Prevención del delito. Unidad de análisis Enlace SUBSEMUN

Relaciones Internas .

Con todas las áreas. .

Relaciones Externas

Gobierno federal. Gobierno del estado. Con otros municipios

Función General

Ejercer el mando de la secretaría de seguridad y tránsito del municipio de Ixmiquilpan. Programar acciones de Seguridad Pública, tendientes a la prevención del delito, combate a la delincuencia, capacitación y profesionalización de los elementos y fomento a la participación ciudadana

DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN

CIVIL Y BOMBEROS ENLACE SUBSEMUN

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ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Ejecutar las órdenes que dicte el presidente municipal en materia de seguridad pública.

II. Aplicar y vigilar el cumplimiento de la ley, reglamentos, convenios, acuerdos y demás disposiciones legales sobre la materia de policía y tránsito.

III. Establecer los programas tendentes a fomentar la cultura de la denuncia, de

observancia de la legalidad y de respeto a los derechos humanos. IV. Dictar las disposiciones necesarias para garantizar el orden público.

V. Proteger a las personas, sus bienes, sus derechos y la tranquilidad de estas.

VI. Prevenir la comisión de delitos e infracciones administrativas.

VII. Apoyar a la población en casos de siniestro o desastres.

VIII. Ejercer el mando de la secretaría de seguridad pública y tránsito del municipio de Ixmiquilpan.

IX. Organizar la fuerza pública municipal, con el objeto de eficientizar los servicios

de policía preventiva y tránsito, especialmente en los días, eventos y lugares que requieran mayor vigilancia y auxilio.

X. Coordinar operativos conjuntos con las instancias de seguridad pública estatal y federal, con la finalidad de alcanzar los fines de la seguridad pública.

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XI. Rendir diariamente al presidente municipal un parte de policía y de los accidentes de tránsito, de daños y lesiones originadas, así como de las personas detenidas e indicar la hora exacta de la detención y la naturaleza de la infracción.

XII. Proponer al presidente municipal los convenios, programas y acciones

estratégicas tendentes a mejorar y ampliar la prevención del delito.

XIII. Proponer al presidente municipal la creación de instancias de coordinación interinstitucional, programas, reformas y acciones para alcanzar los fines de la seguridad pública.

XIV. Suscribir los convenios, contratos, acuerdos, bases y demás documentos de carácter legal relacionados con la seguridad pública del municipio, que conforme a derecho sean procedentes.

XV. Analizar la congruencia que deban tener los proyectos de los programas de

seguridad pública preventiva municipal con el programa estatal en materia de seguridad.

XVI. Evaluar los programas y sus resultados en materia de seguridad.

XVII. Vigilar permanentemente el uso, existencia, condiciones y resguardo de las armas que se encuentran registradas al amparo de la licencia oficial colectiva para la portación de armas de fuego que tiene otorgada en comodato el ayuntamiento.

XVIII. Coordinar los cuerpos de seguridad pública con la federación, con el estado y con los municipios circunvecinos, con fines de cooperación, reciprocidad y ayuda mutua e intercambio con los mismos, de datos estadísticos, bases de datos criminalísticos, fichas y demás información que tienda a prevenir la delincuencia, en cumplimiento a los convenios de coordinación suscritos por el ayuntamiento y de conformidad con lo establecido en los párrafos cinco, seis y siete del artículo 21 de la constitución política de los estados unidos mexicanos, la ley general del sistema nacional de seguridad pública, la ley de seguridad nacional, la constitución política del estado y demás normatividad.

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XIX. Promover la participación ciudadana y de los diversos sectores de la sociedad en el análisis de la problemática en materia de seguridad pública, así como en el diseño de medidas para combatirla y evaluar los programas que al efecto se establezcan.

XX. Establecer las medidas necesarias para regular el sistema de tránsito en las

vías públicas del municipio, preservando el medio ambiente, la salvaguarda de las personas, sus bienes y el orden público.

XXI. Dotar al cuerpo de policía y tránsito de recursos y elementos técnicos que le permitan actuar sobre bases científicas en la prevención y combate de infracciones y delitos.

XXII. Organizar un sistema de capacitación y profesionalización institucional, así como los programas de actualización, adiestramiento y especialización para su personal, o celebrar convenios para mejorar el nivel cultural, así como técnicas de investigación y demás actividades encaminadas a ese fin.

XXIII. Obtendrá y controlará las bitácoras mensuales de uso de cada unidad y determinará indicadores de rendimiento en el consumo de combustible, mantenimiento y uso de cada unidad vehicular que tenga a su cargo.

XXIV. Vigilar que los cuerpos policiacos bajo su mando, realicen sus funciones con estricto apego al respeto de los derechos humanos establecidos en la constitución política de los estados unidos mexicanos.

XXV. Proporcionará por conducto de la unidad de información pública gubernamental que corresponda, en los términos previstos en la presente ley de transparencia la información, documentos y expedientes que le sean solicitados.

XXVI. Determinar con la dirección de comunicación social municipal los lineamientos que habrán de regir para la difusión de las actividades y funciones propias de la secretaria.

XXVII. Resolver, para efectos administrativos, las dudas que se susciten con motivo de la interpretación y aplicación de los ordenamientos, en los casos no previstos en los mismos.

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XXVIII. Representar al presidente municipal en las comisiones congresos, consejos organizacionales instituciones, que este le encomiende.

XXIX. Proporcionar los datos de las labores desarrolladas de la secretaria para la formulación del informe del presidente municipal.

XXX. Las demás que las leyes confieran a la secretaria o le señale el presidente municipal.

XXXI. Comparecer ente el ayuntamiento, cuando se le requiera.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE SEGURIDAD

PÚBLICA Y TRÁNSITO

MUNICIPAL

MEDICO LEGISTA

DIRECTOR

OPERATIVO

SOBRE GUARDIAN

RADIO OPERADOR

MEDICO LEGISTA

DEPOSITARIO JEFE DE

INTELIGENCIA

POLICIA POLICIA

TERCERO POLICIA

SEGUNDO POLICIA

PRIMERO JEFE DE GRUPO

COMANDANTE

EN TURNO

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PUESTO DIRECTOR OPERATIVO

Jefe Inmediato Secretario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.

Áreas Subordinadas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. A Toda la Ciudadanía en General.

Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

Gobierno federal. Gobierno del estado. Con otros municipios

Función General

Supervisar que todas las áreas operativas cumplan con eficacia cada una de las actividades que se le designe facilitando la acción coordinada del policía preventivo con los demás cuerpos policiacos, diseñar los procedimientos sistemáticos para operar, así como los lineamientos, consignas y estrategias para el mejor funcionamiento de la secretaría.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

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I. Contar con estrategias para mejorar el tiempo de reacción y preservar la seguridad pública.

II. Cooperar con la investigación de los delitos que se cometan. III. Operar con el personal de seguridad para detectar a las personas que alteren

el orden público y los que causen delitos o infracciones poniéndolas a disposición de la autoridad competente.

IV. Cumplir, hacer cumplir y aplicar las disposiciones en materia, contenidas en las

leyes, reglamentos, normas y demás disposiciones aplicables dentro del marco jurídico.

V. Detención de infractores en fragancia.

VI. Preservar el orden y tranquilidad social.

VII. Contribuir a los diferentes operativos que se llevan a cabo para la prevención

del delito.

VIII. Apoyar a los demás cuerpos policíacos llevando a cabo actividades conjuntas para el buen desempeño de la secretaría durante operativos.

IX. Ejecutar las medidas disciplinarias que correspondan a las faltas del personal

operativo.

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X. Supervisar que el personal de la corporación utilice adecuadamente el equipo asignado.

XI. Velar por la libertad y el respeto de las garantías individuales que la constitución

otorga. XII. Tiene la obligación de hacer cumplir exactamente y hacer cumplir a sus

inferiores las órdenes que hayan recibido.

PUESTO JEFE DE INTELIGENCIA

Jefe Inmediato Director Operativo.

Jefe Inmediato Superior Secretario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.

Áreas Subordinadas

Comandante de Turno 1 Comandante de Turno 2

Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. A Toda la Ciudadanía en General.

Función General

Es la encargada de obtener y procesar información de grupos de personas vinculadas en actividades ilícitas, diseñar y planear los operativos policíacos, utilización de agentes encubiertos y mapas georreferenciados del delito y tendrá a su cargo, con auxilio de sus Unidades, el despacho de los siguientes asuntos:

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Participar en la elaboración del Programa Municipal de Seguridad Pública.

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II. Brindar apoyo técnico a los programas y proyectos de las dependencias de la

Secretaría. III. Dar seguimiento al Programa Municipal de Seguridad Pública.

IV. Formular y proponer lineamientos que orienten los programas y acciones de las

dependencias de la Secretaría y el mejoramiento de su eficiencia.

V. Coordinar los trabajos del área de análisis de criminalidad, proporcionando apoyo a las distintas unidades y dependencias de la Secretaría.

VI. Realizar estudios de las causas de la incidencia delictiva.

VII. Promover, en coordinación con las demás dependencias, unidades y

departamentos de la Secretaría, la realización de estudios de percepción ciudadana sobre la calidad del servicio de seguridad pública.

VIII. Promover la participación ciudadana en la planeación, ejecución y evaluación de programas de prevención.

IX. Planear, organizar y operar programas de prevención del delito.

X. Atenderá el Sistema de Información Estadístico y Geográfico de la Secretaría, mismo que operará de acuerdo al manual correspondiente.

XI. Las demás que, que en el marco de la Ley y los Reglamentos, le encomiende

el Secretario, o el Gabinete de sector.

PUESTO COMANDANTE DE TURNO

Jefe Inmediato Director Operativo.

Jefe Inmediato Superior Secretario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.

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Áreas Subordinadas Jefe de Grupo.

Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. A Toda la Ciudadanía en General.

Función General

Establecer estrategias y planes que ayuden a coordinar las comandancias, para otorgar un mejor servicio de atención y seguridad a la ciudadanía.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Coordinar los planes de trabajo que sean encomendados a los Comandantes.

II. Recabar diariamente los acuerdos del Subcoordinador. III. Supervisar que los comandantes cumplan con las obligaciones y facultades que

se les señale. IV. Informar al Subcoordinador de las faltas u omisiones que en que incurra el

personal de la Coordinación de Investigación.

V. Vigilar la puntual asistencia de los subalternos a sus labores y distribuir el trabajo entre ellos.

PUESTO JEFE DE GRUPO

Jefe Inmediato Comandante

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Jefe Inmediato Superior Director Operativo

Áreas Subordinadas Policías de Proximidad.

Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

A Toda la Ciudadanía en General.

Función General

Supervisar que los agentes de investigación bajo su cargo, cumplan con las facultades y obligaciones en el estricto apego a la legalidad.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Investigar los delitos del orden común regido bajo los principios de legalidad, eficacia, honradez, objetividad y respeto a los derechos humanos, actuando bajo el mando del Ministerio Publico.

II. Dar cumplimiento a los mandamientos ministeriales y judiciales, sustentando su actuación en el marco jurídico.

III. Proporcionar auxilio a las personas amenazadas por algún peligro o que hayan

sido víctimas de algún delito. IV. Brindar protección a los bienes, derechos e integridad física de la sociedad.

V. Participar en operativos con otras corporaciones policiales y brindarles en su caso el apoyo que conforme a derecho proceda.

PUESTO POLICIA

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Jefe Inmediato Policía Primero.

Jefe Inmediato Superior Secretario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.

Relaciones Internas Con todas las áreas.

Relaciones Externas

A Toda la Ciudadanía en General.

Función General

Mantener el orden y la paz pública, así como el bienestar y tranquilidad de las comunidades.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Vigilancia, a fin de mantener estable el orden público. II. Prevención del delito

III. Detención de infractores y auxilio al Ministerio Público en la persecución de

presuntos delincuentes. IV. Protección de la ciudadanía.

V. Protección de los bienes, recursos materiales y medio ambiente del Municipio. VI. Custodia de los Centros de Detención Municipales.

VII. Orientación de la ciudadanía con relación al cumplimiento de las normas y

disposiciones que rigen en el Municipio.

VIII. Vigilancia de la circulación de vehículos y peatones en el Municipio.

PUESTO MÉDICO LEGISTA

Jefe Inmediato

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Jefe Inmediato Superior Secretario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado

Función General

Tendrá a su cargo brindar asistencia técnica a las direcciones de seguridad pública, tránsito y vialidad, en la expedición de certificados de esencia, derivados de los infractores al reglamento de tránsito, que presenten intoxicación alcohólica en sus diferentes niveles, así como revisión médica a los infractores del reglamento de policía y buen gobierno.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Realizar dictámenes médicos, interroga y explorar a las personas aseguradas.

II. Curaciones y sutura de heridas, inicio de medicamentos en padecimientos crónicos de recientes diagnósticos.

III. Atención medica primaria.

IV. Auxiliar a las diferentes coordinaciones de seguridad pública en cuestiones

médicas.

PUESTO SOBRE GUARDIA

Jefe Inmediato Secretario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.

Jefe Inmediato Superior Presidente Municipal

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas.

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Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. A toda la Ciudadanía en General.

Función General

Capturar datos de los detenidos.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Recibir al detenido

II. Recabar datos del detenido III. Recoger Pertenencias IV. Poner a disposición de las autoridades correspondiente.

V. Control de placas. VI. Cobro de placas después del servicio que hay en tesorería.

VII. Servicio operativo.

PUESTO DEPOSITARIO

Jefe Inmediato Comandante.

Jefe Inmediato Superior Secretario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas.

Relaciones Externas

Ninguna

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Función General

Fungir como depositario de las armas y municiones asignadas a la institución.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Vigilar el cumplimiento de los lineamientos establecidos en la licencia Oficial Colectiva de Portación de Armas de Fuego.

II. Elaborar el Estado de Fuerza del armamento e informar diariamente al Director de la Policía Preventiva Municipal sobre el estado que este guarda.

III. Observar que los resguardos individuales por usuario se encuentren

actualizados. IV. Elaborar las actas de inspección, visitas y supervisión que se realicen al

depósito por cualquier autoridad.

V. Tramitar la actualización y supervisar la vigencia de las Licencias Individuales del personal inscrito en la Licencia Oficial Colectiva de Portación de armas de Fuego.

PUESTO RADIO OPERADOR

Jefe Inmediato Comandante.

Jefe Inmediato Superior Secretario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado.

A toda la ciudadanía en general.

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394

Función General

Controlar el resguardo de radios, saber; ¿qué personas los tienen asignados?, y ¿en qué condición se encuentran? Optimizar los recursos informáticos, de transmisión de mensajes como información de eventos relevantes, estadísticas, así como ubicación de la unidad de sistema GPS y circuito cerrado, de tal manera que se puedan satisfacer las necesidades de la Secretaria de Seguridad Publica.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Verificar que los equipos de radios, GPS, se encuentren en buen estado. Mantener resguardos vigentes de todo el equipo.

II. Canalizar la reparación de equipos.

III. Recabar información de incidentes anteriores y sacar estadísticas de

accidentes, decesos, robos, riñas, manifestaciones, incendios, y hechos relevantes.

IV. Atender a la ciudadanía de solicitud de informes o apoyos requeridos.

V. Recopilar información para elaborar estadísticas de índice delincuencial.

VI. Recibir y transmitir mensajes por medio del radio MATRA.

VII. Capturar todos los incidentes.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE SEGURIDAD

PÚBLICA Y TRÁNSITO

MUNICIPAL

UNIDAD

DE ANALISIS

POLICÍA DE UNIDAD

DE ANALISIS

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395

PUESTO UNIDAD DE ANÁLISIS

Jefe Inmediato Superior Secretario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado.

A toda la ciudadanía en general.

Función General

Encargado de la investigación a través de sistemas homologados de recolección, clasificación, registro, análisis, evaluación y explotación de Información.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Investigación de las directrices de prevención al delito.

II. Análisis de investigación e incidencia delictiva.

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III. Referenciarían de la información criminal.

IV. Recabar información del IPH.

V. Actividades de acopio de información de la vía pública para la persecución de delitos.

VI. Mantener en orden los tableros de plataforma México.

VII. Actualizar la red de vínculos del sistema delincuencial de plataforma México.

VIII. Reportar información derivado de acontecimientos relevantes directamente al

comisario. IX. Mantener en buenas condiciones equipo tecnológico de su área.

X. Generar políticas de resguardo de información.

XI. Tomar conocimientos de todos los IPH generados durante el día.

PUESTO POLICÍA DE UNIDAD DE ANÁLISIS

Jefe Inmediato Director Operativo.

Jefe Inmediato Superior Secretario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado.

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Función General

Dirigir el área de prevención del delito, las adicciones y participación ciudadana, diseñar los procedimientos, estrategias, políticas, programas y acciones para el mejoramiento de su área, formular, coordinar las políticas y programas relacionados con la prevención delito, conductas antisociales, prevención de adicciones y participación ciudadana.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Coordinar y realizar los programas de prevención de delitos.

II. Promover e impartir cursos de educación vial dentro del municipal. III. Promover e impartir cursos de prevención del deliro dentro del municipal. IV. Promover e impartir cursos de prevención de las adicciones dentro del

municipal.

V. Preparar información referente a su área en trípticos. VI. Participar en la operativa mochila.

VII. Promover la participación ciudadana en el municipio.

VIII. Realizar reuniones vecinales en los diferentes barrios, colonias y comunidades del municipio para revenir el delito y fomentar la participación ciudadana.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIA DE SEGURIDAD

PÚBLICA Y TRÁNSITO

MUNICIPAL

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PUESTO PREVENCIÓN DEL DELITO

Jefe Inmediato Secretario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. A Toda la Ciudadanía en General.

Función General

Formular, coordinar y evaluar políticas y programas relacionados con la prevención del delito y conductas antisociales.

Planear, coordinar y dirigir programas de actuación preventiva, trámites, deficiencias y anomalías en vía y espacios públicos, en

PREVENCIÓN

DEL DELITO

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patrullajes alternativos, en visitas a escuelas, comercios y espacios comunes.

Coordinar el área de educación para la prevención, teniendo como enfoque fundamentalmente capacitar a la población en diferentes cursos.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Guiar los programas de prevención del delito y participación ciudadana.

II. Coordinador de actividades de educación vial. III. Organizar y atender reuniones en comunidades.

IV. Asistir a audiencias públicas y reuniones vecinales.

V. Realizar formatos y trípticos informativos.

VI. Agilizar el flujo de información.

VII. Apoyar y gestionar operativo mochila y escuela segura.

VIII. Reportar los objetivos y metas logradas estadísticamente.

PUESTO JEFE DEL SITE

Jefe Inmediato Secretario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.

Áreas Subordinadas Auxiliar del SITE.

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. A Toda la Ciudadanía en General.

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Función General

Mantener actualizada la información de la cedula única de identificación personal para que permita identificar con mayor eficiencia y eficacia a los servidores públicos que laboran en las instituciones de seguridad pública o privada del municipio.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Mantener actualizada base de datos de los policías en sistema nacional.

II. Recopilar datos que la cédula única identifique. III. Mantener en buen estado equipo de cómputo de la corporación.

IV. Dar mantenimiento a los enlaces dedicados que conectan al sistema nacional.

V. Generar documentos de investigación del personal de la corporación. VI. Validar y actualizar los listados nominales de la corporación.

VII. Tramitar el CUIP al personal administrativo y operativo de la corporación.

VIII. Digitalización de documentos. IX. Toma de huellas digitales.

X. Captura de bajas de elementos en el sistema nacional. XI. Hacer cruce de información del personal adscrito a la plantilla de la Secretaría

de Seguridad Pública y del personal adscrito al Sistema Nacional de personal de Seguridad Pública para generar el reporte del personal que falta darse de alta y/o de baja y actualizar los datos del Sistema Nacional de personal de Seguridad Pública.

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XII. Elaboración de oficios y tarjetas informativas competentes al área.

XIII. Elaboración de oficio dirigido al secretario de seguridad pública, mediante el cual se haga justificación de las consultas, cuyo resulta fue HIT positivo de robo, las cuales fueron realizadas al registro nacional de vehículos robados y recuperados.

XIV. Llevar un control de manera eficiente y exacta de todos aquellos expedientes y documentación que se genere del área.

XV. Impresión de CUIP (Clave Única de Identificación Personal) así como hojas de

servicio de los elementos activos en el sistema nacional de personal de seguridad pública.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIO DE SEGURIDAD

PÚBLICA Y TRÁNSITO

MUNICIPAL

ÁREA ADMINISTRATIVA

JURÍDICO SECRETARIA

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402

PUESTO ÁREA ADMINISTRATIVA

Jefe Inmediato Secretario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.

Áreas Subordinadas Director Jurídico Secretaria

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. A Toda la Ciudadanía en General.

Función General

Apoyar a que los objetivos de la corporación se cumplan, realizando las actividades delegadas por el secretario de seguridad pública, aplicando su iniciativa y criterios propios, acordes a la normatividad del reglamento interno de la secretaría y en función de los procedimientos establecidos.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Llevar control de las incidencias del personal.

II. Tener conocimiento y seguimiento a los resultados obtenidos de la aplicación de las normas que rigen al personal operativo y administrativo.

III. Llevar control de oficios, informes y reportes, distribuir y/o elaborar las

peticiones y apoyos en formatos correspondientes. IV. Colaborar en la realización de procesos y documentación necesaria con base

en las incidencias del personal operativo de la dirección.

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V. Asimismo, dar el seguimiento apropiado a las medidas administrativas por implementar.

VI. Atención a la ciudadanía.

VII. Administración del control vehicular.

VIII. Administración de recursos materiales.

IX. Coordinación en procesos del Policía de Carrera.

PUESTO DIRECTOR JURÍDICO

Jefe Inmediato Área Administrativa

Jefe Inmediato Superior Secretario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. A Toda la Ciudadanía en General.

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404

Función General

Apoyar a que los objetivos de la corporación se cumplan, realizando las actividades delegadas por el secretario de seguridad pública, aplicando su iniciativa y criterios propios, acordes a la normatividad del reglamento interno de la secretaría y en función de los procedimientos establecidos.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Promover la cultura de la legalidad.

II. Asesoría jurídica al personal de la Secretaría de Seguridad cuando por motivo del ejercicio de sus funciones se genere procedimientos legales ante los tribunales.

III. Seguimiento a los asuntos y expedientes que tengan relación con las

detenciones por motivos de algún delito. IV. Trámite y seguimiento a los juicios que promueve la secretaría de seguridad

pública.

V. Formular demandas, denuncias, reclamaciones o querellas sobre actos ilícitos que se cometan en contra de la corporación.

VI. Representar a la Corporación en términos de poderes que se le otorguen.

VII. Coordinar y coadyuvar las actividades desempeñadas por el juez calificador.

VIII. Realizar funciones de conciliador en controversias particulares mediante la propuesta de convenios entre las partes involucradas.

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405

PUESTO SECRETARIA

Jefe Inmediato Superior Secretario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Ninguna

Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta secretaría municipal.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes áreas de este centro.

II. Recibir documentos. III. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

IV. Manejo y control de expedientes. V. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax.

VI. Tomar notas y recados.

VII. Atención al público en general.

VIII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran.

IX. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

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406

X. Elaborar reportes solicitados. XI. Atender los asuntos y desempeñar las comisiones que le encomiende el

secretario general municipal. XII. Acordar con el secretario el despacho de los asuntos encomendados y

mantenerlo informado de las actividades que se realicen, así como, coordinarse con los titulares de las unidades administrativas de la secretaria, para darles a conocer instrucciones.

XIII. Llevar el registro, control y seguimiento de las solicitudes y planteamientos, formulados al secretario de seguridad pública.

XIV. Ser el enlace entre el secretario de seguridad pública y los servidores públicos de las dependencias, entidades municipales para la organización de audiencias, reuniones y demás actos relacionados con sus actividades.

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL

SECRETARIO DE SEGURIDAD

PÚBLICA Y TRÁNSITO

MUNICIPAL

DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN

CIVILY BOMBEROS

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PUESTO DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL Y

BOMBEROS

Jefe Inmediato Superior Secretario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado. A Toda la Ciudadanía en General.

Función General

Incorporar y adecuar permanentemente mecanismos, instrumentos y procedimientos de carácter técnico operativo, de servicios y logística que permitan prevenir y atender la eventualidad de un desastre.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Ordena el inicio de las acciones de prevención, auxilio o recuperación e informar de inmediato a las instancias del sistema estatal y del nacional de protección civil.

II. Elabora, instrumenta, opera, coordina difunde y promueve el Programa de Protección Civil en el Municipio.

III. Elaborar el Plan Municipal de Contingencias.

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IV. Elaborar programas y campañas en materia de protección civil dentro del Municipio.

V. Promover la realización de simulacros en establecimientos comerciales, edificios públicos, escuelas, empresas y en general, en todo aquel lugar susceptible de acontecer cualquier riesgo, siniestro o desastre.

PUESTO BOMBERO Y COMANDANTE

Jefe Inmediato Superior Dirección de Protección Civil.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado.

Función General

Realizar labores de extinción de incendios, búsqueda, salvamento, rescate y siniestros y otras actividades tales como: receptoría, vigilancia, enfermería, cocina, conducción de las unidades bomberiles etc, cumpliendo con las normas y procedimientos que rigen dentro del cuerpo de bomberos universitarios, a fin de garantizar la Protección y seguridad de los recursos humanos y materiales de la institución.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Realiza labores de extinción de incendios en edificaciones, vehículos, vegetación, etc. En las zonas que comprenden el área y otras donde se requiera su participación.

II. Gestionar mejores capaciones para el cuerpo de bomberos del municipio de Ixmiquilpan.

III. Realiza labores de rescate, búsqueda y salvamento de personas en situaciones

de siniestros.

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IV. Instala la bomba en caso y cuando hay incendios.

V. Lanza y conecta la manguera en casos de incendios. VI. Opera equipos radio-transmisores estableciendo comunicación con el personal

solicitado y con las unidades bomberiles que están fuera del cuerpo de bomberos universitarios.

VII. Conduce las unidades contra incendios y/o de emergencia.

VIII. Aplica los primeros auxilios a personas afectadas. IX. Toma signos vitales a personas afectadas.

X. Registra en el libro de parte diario las novedades diarias ocurridas y la entrada y salida de unidades bomberiles cuando realiza labores de receptor.

XI. Monta guardia en la central de comunicaciones.

XII. Custodia equipo contra incendios de las unidades bomberiles y de las

instalaciones del cuerpo de bomberos. XIII. Realiza guardias nocturnas.

XIV. Realiza guardias de vigilancia de las unidades bomberiles guardadas en el estacionamiento.

XV. Realiza trabajos de aseo general en los sitios señalados, ubicados en el cuerpo

de bomberos.

XVI. Atiende al público en general, suministrándoles la información requerida que esté a su alcance.

XVII. Acude al sitio del siniestro al escuchar la llamada de emergencia.

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XVIII. Realiza trabajos de mecánica básica y mantenimiento preventivo de las unidades bomberiles tales como: revisión de lubricantes, agua, cauchos, baterías, frenos, etc.

XIX. Realiza rondas de vigilancia a las unidades bomberiles. XX. Realiza la revisión general del material bomberil en las unidades de emergencia.

XXI. Realiza la limpieza general de las unidades contra incendios y/o de emergencias del cuerpo de bomberos universitarios.

XXII. Maneja los diferentes tipos de mangueras y chorros en situación de incendios.

XXIII. Remueve los escombros producto del incendio.

XXIV. Clasifica y ordena los equipos y materiales recibidos en los sitios destinados para tal fin.

XXV. Entrega materiales y equipos dejados bajo su cuidado, con la autorización de su superior.

XXVI. Cumple con las normas y procedimientos en materia de seguridad integral, establecidos por la organización.

XXVII. Mantiene en orden equipo y sitio de trabajo, reportando cualquier anomalía.

XXVIII. Elabora informes periódicos de las actividades realizadas.

XXIX. Realiza cualquier otra tarea afín que le sea asignada.

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PUESTO BOMBERO

Jefe Inmediato Superior Dirección de Protección Civil.

Relaciones Externas

Gobierno Federal. Gobierno del Estado.

Función General

Realizar labores de extinción de incendios, búsqueda, salvamento, rescate y siniestros y otras actividades tales como: receptoría, vigilancia, enfermería, cocina, conducción de las unidades bomberiles etc, cumpliendo con las normas y procedimientos que rigen dentro del cuerpo de bomberos universitarios, a fin de garantizar la Protección y seguridad de los recursos humanos y materiales de la institución.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Realiza labores de extinción de incendios en edificaciones, vehículos, vegetación, etc. En las zonas que comprenden el área y otras donde se requiera su participación.

II. Realiza labores de rescate, búsqueda y salvamento de personas en situaciones de siniestros.

III. Instala la bomba en caso y cuando hay incendios.

IV. Lanza y conecta la manguera en casos de incendios.

V. Opera equipos radio-transmisores estableciendo comunicación con el personal solicitado y con las unidades bomberiles que están fuera del cuerpo de bomberos universitarios.

VI. Conduce las unidades contra incendios y/o de emergencia.

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VII. Aplica los primeros auxilios a personas afectadas.

VIII. Toma signos vitales a personas afectadas. IX. Registra en el libro de parte diario las novedades diarias ocurridas y la entrada

y salida de unidades bomberiles cuando realiza labores de receptor.

X. Monta guardia en la central de comunicaciones. XI. Custodia equipo contra incendios de las unidades bomberiles y de las

instalaciones del cuerpo de bomberos. XII. Realiza guardias nocturnas.

XIII. Realiza guardias de vigilancia de las unidades bomberiles guardadas en el estacionamiento.

XIV. Realiza trabajos de aseo general en los sitios señalados, ubicados en el cuerpo de bomberos.

XV. Atiende al público en general, suministrándoles la información requerida que

esté a su alcance.

XVI. Acude al sitio del siniestro al escuchar la llamada de emergencia.

XVII. Realiza trabajos de mecánica básica y mantenimiento preventivo de las unidades bomberiles tales como: revisión de lubricantes, agua, cauchos, baterías, frenos.

XVIII. Realiza rondas de vigilancia a las unidades bomberiles.

XIX. Realiza la revisión general del material bomberil en las unidades de emergencia.

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XX. Realiza la limpieza general de las unidades contra incendios y/o de emergencias del cuerpo de bomberos universitarios.

XXI. Maneja los diferentes tipos de mangueras y chorros en situación de incendios.

XXII. Remueve los escombros producto del incendio.

XXIII. Clasifica y ordena los equipos y materiales recibidos en los sitios destinados para tal fin.

XXIV. Entrega materiales y equipos dejados bajo su cuidado, con la autorización de su superior.

XXV. Cumple con las normas y procedimientos en materia de seguridad integral, establecidos por la organización.

XXVI. Mantiene en orden equipo y sitio de trabajo, reportando cualquier anomalía.

XXVII. Elabora informes periódicos de las actividades realizadas.

XXVIII. Realiza cualquier otra tarea afín que le sea asignada.

PUESTO AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Jefe Inmediato Superior Director de Protección Civil.

Áreas Subordinadas Ninguna

Relaciones Internas Con Todas las Áreas.

Relaciones Externas

Ninguna

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Función General

Brindar el apoyo en todas las actividades relacionadas a esta secretaría municipal.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

I. Elaborar diversos oficios, circulares y demás documentos para las diferentes áreas de este centro.

II. Recibir documentos. III. Clasificar y archivar los documentos enviados y recibidos.

IV. Manejo y control de expedientes.

V. Atender llamadas telefónicas, tomar recados, enviar y recibir fax.

VI. Tomar notas y recados.

VII. Atención al público en general.

VIII. Recabar las firmas para los documentos que así lo requieran. IX. Capturar datos de acuerdo a las necesidades de trabajo.

X. Elaborar reportes solicitados. XI. Atender los asuntos y desempeñar las comisiones que le encomiende el director

de protección civil.

XII. Y las demás que le sean inherentes al puesto y las que determinen.

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