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MANUAL DE FUNCIONES 2013

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MANUAL DE FUNCIONES 2013

Manual de funciones Corporación Escuela Tecnológica del Oriente 2013

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CONTENIDO Pag.

Nivel directivo

Alta Dirección

Consejo superior

Rector

Consejo académico

Secretaría general

Asesores

Revisor fiscal

Director de calidad

Asesor de planeación y desarrollo

Asesor jurídico

Vicerrectorías

Vicerrector administrativo, financiero y de gestión internacional

Vicerrector Académica

Vicerrector de investigación, extensión y proyección social

Nivel ejecutivo Directores

Director escuela de ingenierías y tecnologías

Director de escuela de educación, arte y humanidades

Director escuela ciencias administrativas, contables y de negocios

Director escuela ciencias de la salud y el medio ambiente

Director educación virtual y a distancia

Director de mercadeo y publicidad

Director de bienestar

Director financiero

Director de investigación

Director de extensión y proyección social

Director de infraestructura física y tecnológica

Docentes

Docente investigador

Docente

Nivel auxiliar Auxiliares

Auxiliar de talento humano y presupuesto (1)

Auxiliar de registro y control (1)

Auxiliar de admisiones (1)

Auxiliar de biblioteca (1)

Auxiliar de contabilidad general (1)

Auxiliar de cartera (1)

Auxiliar de recepción y correspondencia (1)

Auxiliar de infraestructura física y tecnológica (1)

Auxiliar de Vicerrectoría académica (1)

Auxiliar de Bienestar (1)

Manual de funciones Corporación Escuela Tecnológica del Oriente 2013

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El Manual de Funciones de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente, presenta tres niveles de actuación, el nivel directivo, nivel ejecutivo y nivel auxiliar.

NIVEL DIRECTIVO

CONSEJO SUPERIOR

Denominación CONSEJO SUPERIOR

Nivel DIRECTIVO

Dependencia SALA DE JUNTAS

Jefe inmediato ASAMBLEA GENERAL DE CORPORADOS

No. de cargos (1) UNO

Manual de funciones Corporación Escuela Tecnológica del Oriente 2013

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Descripción de funciones: Los actos emanados del Consejo Superior son: ACUERDOS. Providencias de carácter general y normativo que hacen referencia a los fines de la Institución, a su estructura y a su funcionamiento. Son funciones permanentes del Consejo Superior: 1. Definir las políticas académicas y administrativas y la planeación institucional, que sirvan de marco

de referencia para la creación de planes y programas académicos en la Institución. 2. Velar porque la marcha de la Corporación esté acorde con las disposiciones y estatutos. De

manera especial, preocuparse por mantener vigente la vocación tecnológica de la Corporación. 3. Definir la organización académica, administrativa y financiera de la Institución. 4. Autorizar la apertura de sedes en otros sitios del Departamento o del País. 5. Estudiar y aprobar los planes generales de desarrollo que debe presentarle el rector y fijar al

respecto las políticas específicas a corto, mediano y largo plazo en los campos de la academia, la investigación, la docencia, la extensión, los servicios y el bienestar.

6. Proponer las reformas estatutarias que juzgue convenientes y someterlas a consideración de la asamblea de Corporados.

7. Expedir o modificar los Estatutos de la Institución. 8. Expedir o modificar los reglamentos generales del personal docente, administrativo y estudiantil y

el reglamento de bienestar universitario. 9. Aprobar, previa presentación del Rector, el presupuesto anual y tomar las medidas necesarias para

garantizar su adecuada financiación. 10. Examinar y aprobar anualmente los estados financieros. 11. Expedir los marcos normativos para la creación y funcionamiento de las Divisiones, Direcciones,

Departamentos, Institutos, Centros, Grupos de Trabajo Académico, Laboratorios y Sedes Regionales.

12. Expedir los reglamentos sobre la propiedad intelectual de patentes y creaciones, de conformidad con la ley.

13. Expedir y modificar los reglamentos de estímulos académicos, de conformidad con los reglamentos vigentes.

14. Crear o suprimir los órganos académicos y administrativos, lo mismo que los cargos de dirección, docencia, investigación y administración que se requieran para el funcionamiento de la Corporación.

15. Constituir los comités asesores de carácter académico administrativos que sean necesarios y designar a sus integrantes.

16. Aprobar mediante proyecto, presentado por el rector, las escalas de remuneración para el personal docente, administrativo y directivo.

17. Autorizar al rector para celebrar convenios y contratos de orden académico y administrativo y fijar la cuantía de esta autorización.

18. Fijar las cuantías de los derechos pecuniarios que por razones académicas puede cobrar la Corporación de acuerdo con las normas vigentes.

Manual de funciones Corporación Escuela Tecnológica del Oriente 2013

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19. Actuar como tribunal de última instancia ajustándose a la constitución y a la ley. 20. Decidir sobre el ejercicio de acciones judiciales y transigir cualquier litigio que tenga la Corporación

o someterlo a arbitramiento autorizando al representante legal para tal efecto. 21. Evaluar las posibles causas para la disolución de la corporación y emitir concepto la asamblea

general. 22. Estar atento para que en los demás órganos de dirección o coordinación académica y de asesoría

se de la participación activa de estudiantes y profesores en términos de la ley 30 de 1992 y de las normas que la reglamentan.

23. Otorgar títulos honoríficos y condecoraciones especiales y conceder las distinciones académicas. 24. Reglamentar este Estatuto.

Requisitos: Educación: Experiencia:

CONSEJO ACADÉMICO

Denominación CONSEJO ACADÉMICO

Nivel DIRECTIVO

Dependencia SALA DE CONSEJOS

Jefe inmediato CONSEJO SUPERIOR

No. de cargos (1) UNO

Descripción de funciones: 1. Formular y proponer al Consejo Superior la política académica derivada del Proyecto Educativo

Institucional (PEI) 2. Decidir sobre el desarrollo académico de la Corporación, referente a los programas académicos,

docencia, investigación, extensión y proyección social y bienestar universitario. 3. Diseñar las políticas académicas en lo referente al personal docente y estudiantil. 4. Recomendar la creación, modificación o supresión de programas de pregrado y postgrado al

Consejo Superior. 5. Considerar el presupuesto preparado por la gestión financiera y recomendarlo al Consejo Superior. 6. Conceptuar sobre distinciones académicas e investigativas y otorgar las que le correspondan, de

acuerdo con los estatutos y reglamentos. 7. Aprobar y modificar la programación académica de la Corporación. 8. Otorgar títulos y distinciones honoríficas a iniciativa propia o por recomendación del Rector. 9. Rendir informes periódicos al Consejo Superior. 10. Darse su propio reglamento. 11. Las demás que señale la ley y le asignen las normas específicas.

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Requisitos: Educación: Experiencia:

RECTOR DE INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Denominación RECTOR DE INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Nivel DIRECTIVO

Dependencia OFICINA DE RECTORÍA

Jefe inmediato CONSEJO SUPERIOR

No. de cargos (1) UNO

Los actos emanados de la Oficina del Rector son: RESOLUCIONES. Providencias que se dictan para aplicar y ejecutar las disposiciones generales contenidas en el Estatuto General y en los Acuerdos que expida el Consejo Superior. Descripción de funciones: Además de las funciones generales establecidas en el Estatuto General, el Rector de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrá las siguientes: 1. Evaluar y controlar el funcionamiento general de la institución e informar al Consejo Superior al

respecto proponiendo las acciones que considere convenientes. 2. Cumplir y hacer cumplir las normas legales, estatutarias y reglamentarias vigentes y las decisiones

del Consejo Superior y del Consejo Académico. 3. Suscribir los contratos y expedir las actas que sean necesarias para el cumplimiento de los

objetivos de la Institución, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. 4. Someter el proyecto de presupuesto a consideración del Consejo Superior y ejecutarlo una vez

aprobado, presentando los proyectos y planes de inversión ante el Consejo Superior, controlando la ejecución presupuestal e informar trimestralmente al Consejo Superior.

5. Nombrar y remover el personal de la Institución con sujeción al Estatuto General de la Institución u otro, según el caso.

6. Expedir los manuales de funciones y requisitos y los procedimientos administrativos. 7. Convocar a elección de egresados, estudiantes, docentes y demás miembros que de conformidad

con las normas estatutarias hacen parte de las diferentes corporaciones, lo mismo que a elección de las directivas que contemplen el Estatuto General de la Institución.

8. Presentar al Consejo Superior propuestas sobre los reglamentos de personal docente, administrativo, estudiantes, de bienestar universitario o sus modificaciones, previa recomendación del Consejo Académico, para el caso de los reglamentos de personal docente y estudiantil.

9. Expedir las resoluciones mediante las cuales la Institución otorga los títulos, autorizar éstos con su firma y suscribir la correspondiente acta de grado.

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10. Asegurar el desarrollo de los procedimientos necesarios para la acreditación de los programas de la Institución, de acuerdo con las normas y reglamentaciones vigentes.

11. Las demás señaladas que determinen la organización de la entidad o dependencia a su cargo.

Requisitos: Educación:La establecida en el estatuto general; título de postgrado a nivel de maestría o doctorado. Experiencia:La establecida en el estatuto general; acreditar como mínimo 5 años de experiencia académica institucional y tres años de experiencia administrativa.

SECRETARIO GENERAL

Denominación SECRETARIO GENERAL

Nivel DIRECTIVO

Dependencia SECRETARÍA GENERAL

Jefe inmediato RECTOR DE LA CORPORACIÓN

No. de cargos (1) UNO

Descripción de funciones: Además de las funciones generales establecidas en el Estatuto General, el Secretario General de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrá las siguientes:

1. Actuar como secretario en los Consejos Superior y Académico, así como efectuar el seguimiento y el

control sobre el cumplimiento de la programación y decisiones que se tomen en los Consejos Superior y Académico.

2. Elaborar y refrendar con su firma las actas, los acuerdos y demás actos expedidos por los Consejos Superior y Académico.

3. Expedir conjuntamente con el Rector y los Directores de Escuela los respectivos diplomas, las correspondientes actas de grado, así como custodiar su archivo y certificar sobre la existencia de las mismas.

4. Dar fe sobre la autenticidad de los documentos que expida y que reposan en la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente.

5. Notificar en los términos legales y reglamentarios, los actos que expida el Rector y los de los consejos de los cuales sea secretario.

6. Dirigir y coordinar las actividades relacionadas con la ejecución y control de los Contratos y Convenios que suscriba la Institución.

7. Representar al Rector cuando éste lo determine, en los actos o asuntos de carácter oficial, técnico y administrativo.

8. Velar por el cumplimiento de normas legales, convenios, disposiciones y procedimientos vigentes. 9. Coordinar el Sistema de quejas y reclamos, de acuerdo con lo establecido para este efecto. 10. Diseñar y aplicar mecanismos de control para salvaguardar la información.

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11. Informar oportunamente al superior inmediato las irregularidades e inconsistencias encontradas en el ejercicio de sus funciones y las formuladas por los usuarios.

12. Desempeñar las demás funciones o disposiciones que determinen la organización de la entidad o de la dependencia a su cargo.

Requisitos: Educación: Título universitario en una de las áreas de Administración, Derecho, Ciencias Sociales, Ingeniería, Economía o Ciencias de la Educación. Experiencia: La establecida en el estatuto general; acreditar como mínimo 2 años de experiencia académica institucional y tres años de experiencia administrativa.

ASESOR DE INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Denominación ASESOR

Nivel ASESOR

Dependencia

- REVISOR FISCAL

- OFICINA JURÍDICA

- OFICINA DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO

- DIRECCIÓN DE CALIDAD

Jefe inmediato RECTOR DE LA CORPORACIÓN

No. de cargos (4) CUATRO

FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL REVISOR FISCAL

El Revisor Fiscal es elegido por el Consejo Superior. Son funciones del Revisor Fiscal: 1. Supervisar las operaciones que se realicen por parte de la institución y asegurarse de que se

ajusten a las prescripciones del Estatuto, normas legales vigentes, reglamentos y decisiones de los organismos de dirección y administración.

2. Velar por la correcta aplicación de principios y procedimientos de contabilidad, Plan de cuentas, así como de los aspectos normativos fiscales, y por la conservación de la correspondencia, actas, comprobantes y archivos de la institución.

3. Efectuar el examen financiero de la institución y presentar su análisis y recomendaciones a la Asamblea General.

4. Refrendar con su firma el balance con su dictamen e informe correspondiente. 5. Informar al Consejo Superior y al Rector de las irregularidades que observe en el

funcionamiento de la institución. 6. Las demás que señala la ley, los estatutos y las que siendo compatibles con las anteriores, le

encomiende la Asamblea General, de acuerdo con el nivel, la naturaleza, el área de desempeño y el perfil del empleo.

Manual de funciones Corporación Escuela Tecnológica del Oriente 2013

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FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL ASESOR JURÍDICO

Asistir y asesorar a la Rectoría y a las demás dependencias en el trámite y solución de los asuntos relacionados con los procesos jurídicos de la Corporación. 1. Asistir al Rector y por su conducto a las dependencias de la Corporación, en el conocimiento y

trámite de conceptos, fallos y asesorías de los asuntos jurídicos que les corresponda resolver, bien por ser de su directa competencia, o por delegación de funciones y en general en todas las actuaciones que comprometan la posición institucional jurídica de la entidad.

2. Revisar los proyectos de actos administrativos que la Rectoría que deba firmar y conceptuar sobre su constitucionalidad y legalidad.

3. Absolver las consultas que sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales que le formulen las dependencias internas.

4. Compilar y concordar las normas legales relacionadas con los asuntos de los que debe conocer la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente, manteniendo actualizado el archivo de las mismas y prestando los apoyos de consulta que requieran en el campo jurídico los funcionarios de la Corporación.

5. Orientar a las dependencias de la Corporación en la correcta aplicación de las normas que rigen en las distintas materias de su competencia.

6. Representar judicialmente al Rector ante las autoridades competentes cuando la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente sea parte.

7. Atender y vigilar las tutelas, acciones de cumplimiento, conciliaciones y cumplimiento de sentencias en coordinación con las dependencias comprometidas para su adecuada resolución y por las que deba responder o sea parte la Corporación, sin perjuicio del ejercicio de estas funciones por los responsables o competentes.

8. Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas, las que reciba por delegación y aquellas inherentes al nivel, la naturaleza de la dependencia y del cargo.

FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL ASESOR DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO

Asistir y asesorar a la Rectoría y a las demás dependencias en el trámite y solución de los asuntos relacionados con la planeación y el desarrollo de la Corporación. 1. Dirigir la programación y presentación del Anteproyecto Anual de presupuesto de la

Corporación, los Planes Operativos, el Programa Anual de Caja y demás requerimientos de conformidad con las normas legales sobre la materia.

2. Organizar y coordinar en forma integral la gestión del grupo a su cargo en lo concerniente a las labores de planeación de la Corporación.

3. Asesorar al Rector en la fijación de políticas Institucionales acorde con las necesidades reales y potenciales del desarrollo en materia de Planificación.

4. Coordinar con el grupo de informática y comunicaciones la implantación y mantenimiento de una base de datos con información interna y externa actualizada (relevante, confiable y oportuna).

5. Recomendar las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos y metas propuestas

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en el Plan de Desarrollo Institucional. 6. Aportar los elementos de juicio para la toma de decisiones, relacionada con los programas

propios de la Corporación, a través de estudios y análisis diversos. 7. Establecer procedimientos para las diferentes fases del proceso de planeación en forma tal que

se logre la efectiva participación de todas las dependencias. 8. Desempeñar las demás funciones señaladas en los Estatutos y las demás disposiciones que

determinen la organización de la entidad o de la dependencia a su cargo.

FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL DIRECTOR DE CALIDAD

Asistir y asesorar a la Rectoría y a las demás dependencias en el trámite y solución de los asuntos relacionados con el sistema de gestión de la calidad y el mejoramiento continuo de la Corporación.

1. Verificar que los controles asociados con todas y cada una de las actividades de la organización,

estén adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente. 2. Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas,

proyectos y metas de la organización y recomendar los ajustes necesarios. 3. Evaluar la utilidad de los parámetros e indicadores de eficiencia y eficacia de la Gestión

establecidos para medir el rendimiento y la productividad de las dependencias. Evaluar procesos, métodos y procedimientos de la institución en relación con su eficiencia y eficacia. Ser responsable de la correcta aplicación de los procesos, procedimientos y métodos para el mejoramiento continuo.

4. Asesorar a la Rectoría y dependencias en la adopción de procesos y procedimientos que permitan el logro de la calidad en la prestación de los servicios y el cumplimiento de los objetivos institucionales.

5. Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas, las que reciba por delegación y aquellas inherentes al nivel, la naturaleza de la dependencia y del cargo.

Requisitos: Educación: Asesor Jurídico: Titulo universitario en Derecho. Tarjeta o matrícula profesional. Asesor planeación y desarrollo: Título de formación profesional o universitaria en Economía, Ingeniería Industrial, Administración de Empresas o Administración Pública. Asesor de calidad: Ciencias de la Educación o Ingeniería Industrial. Formación en Normas de Calidad. Experiencia:

VICERRECTOR DE INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Denominación VICERRECTOR

Nivel DIRECTIVO

Dependencia VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA, FINANCIERA Y DE GESTIÓN INTERNACIONAL

Manual de funciones Corporación Escuela Tecnológica del Oriente 2013

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VICERRECTORÍA ACADÉMICA

VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN, EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN SOCIAL

Jefe inmediato RECTOR DE LA CORPORACIÓN

No. de cargos (3) TRES

FUNCIONES ESPECÍFICAS VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA, FINANCIERA Y DE GESTIÓN INTERNACIONAL

Además de las funciones generales establecidas en el Estatuto General, el Vicerrector Administrativo, financiero y de gestión internacional de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrá las siguientes:

1. Asesorar a la Rectoría en la formación, dirección, ejecución y evaluación de las políticas administrativas y financieras.

2. Dirigir, coordinar y controlar la administración de los Recursos Humanos, la prestación de los Servicios Administrativos y las actividades presupuéstales y financieras de la Institución conforme a las normas legales y reglamentarias vigentes.

3. Dirigir y supervisar los procesos de almacenamiento, custodia y distribución de los elementos.

4. Dirigir y supervisar los procesos de manejo y actualización de inventarios, muebles y enseres de la Institución.

5. Preparar anualmente los programas de mantenimiento y compras dándoles cumplimiento oportuno.

6. Asistir y participar en reuniones, consejos, juntas o comités cuando sea convocado o delegado por la autoridad competente.

7. Preparar y presentar los informes a la Rectoría sobre las actividades desarrolladas.Elaborar el informe trimestral de actividades y proyectos de la dependencia, el cual hará parte del informe institucional que el Rector debe rendir ante el consejo superior.

8. Celebrar las reuniones a que haya lugar, conforme a las disposiciones o instrucciones correspondientes.

9. Velar por el cumplimiento de los términos y condiciones establecidos para la ejecución de las políticas, objetivos y planes generales.

10. Dirigir y controlar las actividades de archivo y correspondencia de la Institución. 11. Velar por el cumplimiento de las normas orgánicas de la Entidad y de las demás

disposiciones que regulan los procedimientos y los trámites internos. 12. Coordinar las relaciones interinstitucionales e internacionales entre las dependencias de la

Corporación y las instituciones externas e internacionales con las cuales exista cooperación. 13. Asesorar y efectuar el seguimiento a los estudiantes de la Corporación, con relación a los

requerimientos que soliciten con respecto a información de universidades en el exterior. 14. Asesorar a la Rectoría en la formulación, desarrollo e implementación de los acuerdos,

convenios y contratos, que la Corporación suscriba con entidades nacionales y extranjeras en cuanto a la integración de servicios y el intercambio o apoyo en el que hacer universitario en todos sus órdenes, acordes con la naturaleza y objetivos de la Corporación.

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15. Desempeñar las demás funciones señaladas en los estatutos y las demás disposiciones que determinen la organización de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente.

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LA VICERRECTORÍA ACADÉMICA

Además de las funciones generales establecidas en el Estatuto General, el Vicerrector Académico de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrán las siguientes: 1. Desarrollar procesos de seguimiento y evaluación de los programas académicos y planes de

estudio respectivos, en procura del mejoramiento de la calidad y eficiencia de éstos. 2. Velar por el cumplimiento de los acuerdos y disposiciones que adopten el Consejo Superior, la

Rectoría y el Consejo Académico sobre los asuntos académicos y de investigación. 3. Promover, orientar y coordinar la investigación formativa desde los diferentes espacios

académicos. 4. Establecer criterios y dirigir los procesos para la selección, capacitación, promoción y evaluación

del personal académico. 5. Coordinar y orientar la evaluación permanente de los sistemas y estrategias empleados en el

proceso de enseñanza. 6. Supervisar la producción de materiales educativos. 7. Coordinar y orientar la formulación de los procesos de evaluación académica de la Institución. 8. Presentar informes periódicos a la Rectoría y al Consejo Académico sobre el desarrollo de sus

actividades. 9. Asesorar a la Rectoría en la formulación, ejecución y evaluación de políticas específicas

relacionadas con la función social de la Institución. 10. Planificar, ejecutar y evaluar diferentes proyectos comunitarios interinstitucionales que

contribuyan a la realización de la misión desde los espacios académicos. 11. Orientar y evaluar la aplicación de los encuadres pedagógicos en cada uno de los programas

ofertados. 12. Responder por los procesos de planificación, dirección, registro y control de las actividades,

proyectos y recursos de la Vicerrectoría, así como por los informes evaluativos de la gestión, de acuerdo con las orientaciones e instrucciones de la Rectoría.

13. Desempeñar las demás funciones señaladas en los estatutos y las demás disposiciones que determinen la organización de la Corporación.

FUNCIONES ESPECÍFICAS VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN, EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN SOCIAL

Además de las funciones generales establecidas en el Estatuto General, el Vicerrector de investigación, extensión y proyección social, de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrán las siguientes: 1. Asesorar a la Rectoría, a la Vicerrectoría Académica y a las demás dependencias de la

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Corporación en materia de políticas de investigación. 2. Velar por la concordancia entre las políticas de investigación de la Corporación y las

dimensiones y propósitos de los planes, programas, campos y líneas de investigación de las dependencias encargadas.

3. Centralizar la información sistematizada de los proyectos de investigación y contribuir con los procesos de divulgación correspondientes a cada uno.

4. Supervisar la gestión de los convenios interinstitucionales para la investigación con el fin de que las dependencias, de las cuales dependen los investigadores, desarrollen armónicamente sus labores en función de estos acuerdos académicos y financieros.

5. Realizar el seguimiento a las acciones de investigación formativa dentro del desarrollo de convenios para pasantías y proyectos de grado con el fin de optimizar las relaciones interinstitucionales en tal sentido.

6. Establecer las formas de coordinación para la realización de los proyectos de investigación dentro del campo socio-educativo, en especial las de perfeccionamiento institucional.

7. Gestionar las acciones para la creación y entrega de estímulos a la investigación. 8. Asesorar a la Rectoría en la formulación, ejecución y evaluación de políticas específicas

relacionadas con la función social de la Institución, la participación comunitaria y el desarrollo educativo regional.

9. Planificar, ejecutar y evaluar diferentes proyectos comunitarios interinstitucionales que contribuyan a la realización de la misión de la Corporación y a la prestación de servicios a la comunidad.

10. Dirigir y supervisar los procesos de innovación pedagógica y organizacional necesarios para la prestación de servicios educativos, técnicos y académicos que la institución puede ofrecer a la población de los municipios y ciudades menores que lo requieren.

11. Dirigir y supervisar el diseño y la aplicación de estrategias organizacionales y comunitarias para el desarrollo y la consolidación de estrategias de impacto social en la región.

12. Definir y orientar el desarrollo de estrategias de promoción, organización y consolidación de formas asociativas de participación social y productividad, que dinamicen la interacción entre la Corporación y la comunidad y contribuyan a articular los programas educativos con los sectores básicos de la actividad regional.

13. Orientar la sistematización científica de las experiencias de trabajo con la comunidad así como su publicación y aprovechamiento institucional, de manera que contribuya a la consolidación de los propósitos de la Corporación.

14. Definir y aplicar criterios para el desarrollo de los procesos de cooperación y concentración interinstitucional, así como la búsqueda de fuentes de financiamiento de las actividades institucionales relacionadas con los procesos de formación comunitaria y desarrollo regional. Diseñar, orientar y evaluar mecanismos de capacitación para los diferentes estamentos de la comunidad educativa.

15. Desempeñar las demás funciones señaladas los estatutos y las demás disposiciones que determinen la organización de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente.

Requisitos: Educación: Formación Académica Vicerrector Administrativo, financiero y de gestión internacional: Título

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profesional en las áreas del Derecho, Administración de Empresas, Administración Pública, Economía e Ingeniería. Formación Académica Vicerrector Académico: Título de formación universitaria en áreas relacionadas con la educación superior. Formación Académica Vicerrector de investigación, extensión y proyección social: Título de formación universitaria en o áreas relacionadas falta Experiencia:

NIVEL EJECUTIVO

DIRECTOR DE LA INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Manual de funciones Corporación Escuela Tecnológica del Oriente 2013

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Denominación DIRECTOR

Nivel EJECUTIVO

Dependencia

- DIRECTOR ESCUELA DE INGENIERÍAS Y TECNOLOGÍAS

- DIRECTOR DE ESCUELA DE EDUCACIÓN, ARTE Y HUMANIDADES

- DIRECTOR ESCUELA CIENCIAS ADMINISTRATIVAS, CONTABLES Y DE NEGOCIOS

- DIRECTOR ESCUELA CIENCIAS DE LA SALUD Y EL MEDIO AMBIENTE

- DIRECCIÓN EDUCACIÓN VIRTUAL Y A DISTANCIA

- DIRECCIÓN DE MERCADEO Y PUBLICIDAD

- DIRECCIÓN DE BIENESTAR

- DIRECCIÓN FINANCIERA

- DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN

- DIRECCIÓN DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN SOCIAL

- DIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA Y TECNOLÓGICA

- DOCENTES

Jefe inmediato VICERRECTOR ADMINISTRATIVO, FINANCIERO Y DE GESTIÓN INTERNACIONAL

No. de cargos (12) DOCE

DIRECCIÓN DE MERCADEO Y PUBLICIDAD

El Director de mercadeo y publicidad de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrá las siguientes funciones: 1. Trazar metas de mercadeo para asegurarle a la Corporación un mayor volumen de matrículas en los

programas ofertados. 2. Supervisar el desarrollo y ejecución de las actividades promocionales y la publicidad de la

Corporación tales como impresos, publicidad directa, por correo, comerciales de televisión y radio. 3. Formular, dirigir y coordinar las actividades y políticas de mercadeo para promocionar la

Corporación. 4. Identificar, desarrollar y evaluar una estrategia de mercadeo basada en el conocimiento de los

objetivos de la Corporación. 5. Iniciar investigaciones de mercadeo para luego analizar los hallazgos y así asegurar los más altos

niveles de efectividad en la publicidad. Coordinar las acciones tendientes a consolidar la imagen institucional y establecer estrategias que propendan el mercadeo y promoción institucional de los programas que ofrece la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente.

6. Establecer Vínculos con nichos de mercado específicos para promocionar los programas que suplan la demanda que ellos en particular requieren.

7. Diseño de Plan estratégico de Marketing y Medios para desarrollar durante el año

Manual de funciones Corporación Escuela Tecnológica del Oriente 2013

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DIRECCIÓN DE BIENESTAR

El Director de bienestar de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrá las siguientesfunciones: 1. Elaborar los reglamentos de Bienestar y someterlo a la aprobación del consejo académico. 2. Estudiar y proponer el presupuesto de Bienestar de acuerdo a necesidades y requerimientos. 3. Evaluar los programas realizados por esta dependencia y presentar un informe de gestión

indicando el grado de cumplimiento de las metas propuestas en su plan de desarrollo. 4. Participar en el comité Paritario de Salud Ocupacional COPASO, como miembro activo de

acuerdo con la reglamentación institucional. 5. Implementar herramientas de caracterización socioeconómica, a partir de la evaluación de

aspectos demográficos, sociales, culturales, económicos y de vivienda y su incidencia en el desarrollo de la actividad académica, que permitan identificar la población estudiantil vulnerable o en riesgo,posibilitando así el direccionamiento de las acciones de bienestar.

6. Adelantar estudios que permitan la identificación de factores de riesgo psicosocial y la intervención en estudiantes, con el respaldo de las unidades académicas, de forma tal que sea posible proporcionar un acompañamiento temprano que desestimule la deserción académica y permita a los estudiantes adquirir mayores herramientas para asumir su vida universitaria.

7. Poner en marcha programas de optimización de desempeño académico que, apoyen el trabajo de las unidades académicas y refuercen las destrezas y capacidades cognitivas, lingüísticas y comunicativas de los estudiantes, disminuyendo sus dificultades yfavoreciendo su éxito académico, participación y calidad de vida.

8. Implementar un modelo integral de atención y promoción de salud que favorezca la participación de estudiantes, docentes y personal administrativo y que permita el desarrollo de habilidades sociales y personales que mejoren su calidad de vida y proporcionen un adecuado bienestar.

9. Promover programas de protección específica en temas como la prevención en el uso y el abuso del alcohol, tabaco y sustancias psicoactivas, y campañas de educación responsable en salud sexual y reproductiva, basados en principios de amor y respeto.

10. Desarrollar programas de apoyo a estudiantes pertenecientes a diferentes etnias y culturas, así como a otros grupos en condición de vulnerabilidad y/o discapacidad, facilitando su ingreso e incorporación a la vida universitaria y su permanencia en la institución.

11. Motivar el desarrollo de los estudiantes, en coordinación con las unidades académicas y la Dirección de Egresados, a través de programas de Enlace Laboral y Servicios a la Comunidad que propicien la adquisición de conocimientos prácticos, competencias y aptitudes que faciliten su inserción al mundo laboral.

12. Apoyar los procesos de formación ciudadana e identidad institucional, así como la formación artística y cultural de la comunidad universitaria, a partir del desarrollo de aptitudes y talentos, mediante actividades extracurriculares de carácter científico, técnico, cultural y artístico que promuevan la creatividad, el análisis y la discusión.

13. Orientar el esparcimiento mediante actividades de carácter deportivo, recreativo y ecológico que permitan valorar y preservar el medio ambiente, además de generar hábitos de vida saludable que fomenten la actividad física, el desarrollo de habilidades deportivas y que estimulen el espíritu de superación, a través de la sana competencia, la formación y la

Manual de funciones Corporación Escuela Tecnológica del Oriente 2013

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participación activa de los diferentes estamentos universitarios.

DIRECCIÓN FINANCIERA

El Director financiero de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrá las siguientes funciones:

1. Elaborar la información financiera que refleja el resultado de la gestión de las diferentes dependencias de la Corporación.

2. Evaluar los resultados y expresar una opinión objetiva sobre los estados financieros y la gestión que los generó.

3. Diseñar sistemas de información (contable y gerencial) mejorándolos y documentándolos. 4. Analizar los resultados económicos, detectando áreas críticas y señalando cursos de acción que

permitan lograr mejoras. 5. Llevar a cabo estudios de los problemas económicos y financieros que aquejen la Corporación. 6. Asesorar a la gerencia en planes económicos y financieros, tales como Presupuestos.

DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN

El Director de investigación de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrá las siguientes funciones: Analizar, evaluar, dictaminar y aconsejar sobre laproyección de la aplicación de la política y la estrategiacientífica de la Corporación. Diseñar, evaluar y coordinar políticas acordes con las líneas de investigación de la Corporación. Fomentar, promover, registrar, evaluar y facilitar eldesarrollo de las actividades de investigación en los trabajos de grado desarrollados en los diferentes programas académicos de pregrado y postgrado. Evalúa las propuestas y resultados de los proyectos deinvestigación, desarrollo e innovación tecnológica de launiversidad en sus niveles correspondientes. f)Apoyar financieramente los proyectos de investigación dentro de las disponibilidades presupuestarias. g) Otorgar incentivos económicos a los docentes investigadores calificados para estimular las actividades de investigación h)Analiza evalúa y dictamina sobre las carreras profesionales y segundas especialidades que se propone desarrollar la universidad. i)Analiza, evalúa y dictamina sobre los programas de doctorados, especialidades, maestrías, segundas especialidades, especializaciones y diplomados a

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desarrollarse en la universidad. j)Propone el otorgamiento de las investiduras de títulos honoríficos y propuestas de premios a convocatorias de alto prestigio. k)Recibe solicitudes, previa presentación de proyectos de investigación y recomienda la concesión del goce de años sabáticos. l)Fomenta en coordinación con la oficina correspondiente de relaciones internacionales y cooperación, los convenios y otras vinculaciones orientadas a la investigación o a la capacitación con el mismo propósito. m) Proponer normas para el desarrollo y publicación de investigaciones efectuadas en la UPT así como producción intelectual a través de la gestión de la editora de la universidad. n)Coordinar la cooperación técnica y económica necesaria para la ejecución y difusión de los proyectos de investigación. o)Evalúa otras propuestas y proyecciones de trascendencia y connotación para la universidad que no estén contempladas explícitamente en las funciones anteriormente planteadas. - 6 - p)La Oficina de Investigación trabajará en estrecha coordinación con la Escuela de Post Grado de la UPT, en particular, a fin de integrar la investigación a ese nivel. q)Promover y apoyar la ejecución de eventos relacionados con la investigación. r) Implementar el sistema de información documentación científica y tecnológica de la universidad. s)Otras que le sean asignadas por Vicerrectorado Académico.

DIRECCIÓN DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN SOCIAL

El Director de extensión y proyección social de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrá las

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siguientes funciones:

14. Proponer políticas, estrategias y acciones de Proyección Social Institucional. 15. Estudiar y aprobar el plan de Proyección Social de la Institución. 16. Apoyar acciones de integración e interacción con instituciones y organizaciones para el

cumplimiento de la misión institucional. 17. Estudiar y distribuir el presupuesto de Proyección Social de la Institución. 18. Estudiar y aprobar los proyectos y acciones institucionales de Proyección Social. Egresados 19. Proponer los mecanismos que permitan la integración de los egresados con la institución. 20. Servir de vínculo para canalizar las iniciativas que fortalezcan la participación activa de los

egresados y ex alumnos en las actividades de la institución. 21. Promover el mejoramiento académico de los egresados y ex alumnos con base en sus

expectativas y sugerencias para el desarrollo de programas de educación avanzada, educación continua y capacitación.

22. Diseñar y proponer programas a los organismos de dirección y gobierno que permitan canalizar las experiencias y logros de los egresados y ex alumnos para beneficio de la institución.

23. Llevar y mantener actualizados los registros de los egresados sobre su ubicación, desarrollo y su experiencia profesional y demás información concerniente.

24. Adelantar investigaciones que permitan identificar las principales causas de deserción o impedimentos para graduarse.

25. Propiciar el desarrollo de actividades de integración de los egresados y ex alumnos en eventos de naturaleza cultural, deportiva, social y académica.

26. Ofrecer servicios de bolsa de empleos para los egresados. 27. Organización de la base de datos de los egresados clasificados según programa. 28. Organización y activación de la bolsa de empleo, la cual mantiene contacto con algunas

empresas de la ciudad. 29. Se ofrece el servicio de recepción de documentos para la tramitación posterior de la tarjeta

profesional.

DIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA Y TECNOLÓGICA

El Director de infraestructura física y tecnológica de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrá las siguientes funciones: 30. Asesorar a la Rectoría en la formulación de políticas, metodologías y estrategias informáticas de

comunicación, producción de materiales educativos, desarrollo y mantenimiento de sistemas de información de la Corporación.

31. Diseñar e implementar el Sistema de Información y la Red de Sistemas de la Corporación, proponiendo las áreas de desarrollo prioritario, mantener y administrar las bases de datos derivadas de estos sistemas de información.

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32. Asesorar a la Rectoría en la celebración de contratos, acuerdos, convenios y demás actos necesarios

para la prestación de los servicios internos y/o externos de telecomunicaciones requeridos por la Corporación.

33. Asesorar a las Escuelas, en el diseño de políticas y estrategias para la divulgación, desarrollo, difusión y comunicación de paquetes instruccionales (audiovisuales, multimedia y software educativo).

34. Responder por las políticas de seguridad y control necesarios para garantizar la eficacia, eficiencia y confiabilidad de los recursos informáticos de la Corporación.

35. Participar en los procesos de definición de requerimientos, licitación, adquisición y puesta en marcha de nuevas instalaciones de soporte lógico (software) y físico (hardware), estándares y metodologías en informática, comunicación, multimedia, audiovisuales y sistemas de información.

36. Diseñar y ejecutar el control de inventarios y de los equipos de cómputo.

37. Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas, las que reciba por delegación y aquellas inherentes al nivel, la naturaleza de la dependencia y del cargo.

DOCENTE INVESTIGADOR

DOCENTE TITULAR

Coordinar la planeación, desarrollo y evaluación de una área curricular en un plan de estudios y desarrollar asignaturas y cursos de los distintos niveles de formación universitaria.

Dirigir proyectos de investigación y coordinar su ejecución con los Centros o Institutos de

investigación.

Adelantar el intercambio interinstitucional que la universidad establezca con fines de asesoría, extensión o servicio.

Cooperar en la búsqueda y formulación de soluciones a problemas de orden local, regional o nacional, en los que la Institución comprometa sus acciones.

Representar a la Universidad ante organismos nacionales o Internacionales de carácter

académico o en eventos científicos o técnicos, con estudios, trabajos y proyectos de Investigación.

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Formar parte de los comités de evaluación en los casos en que la Universidad lo requiera.

Dirigir y evaluar los trabajos de grado, tesis o monografías.

Asesorar a los profesores auxiliares y profesores asistentes en la dirección de asignaturas y

cursos.

Dirigir en cada período académico seminarios o cursos para profesores de la Universidad u

ofrecer conferencias a la comunidad en general.

Otras establecidas por la ley.

DOCENTE CATEDRÁTICO (AUXILIAR)

FUNCIÓN DOCENTE:

La función docente es aquella de carácter profesional que implica la realización directa de

los procesos sistemáticos de enseñanza - aprendizaje, lo cual incluye el diagnóstico, la

planificación, la ejecución y la evaluación de los mismos procesos y sus resultados, y de

otras actividades educativas dentro del marco del proyecto educativo institucional de los

establecimientos educativos.

La función docente, además de la asignación académica, comprende también las actividades

curriculares no lectivas, el servicio de orientación estudiantil, la atención a la comunidad, en

especial de los padres de familia de los educandos; las actividades de actualización y

perfeccionamiento pedagógico; las actividades de planeación y evaluación institucional;

otras actividades formativas, culturales y deportivas, contempladas en el proyecto educativo

institucional; y las actividades de dirección, planeación, coordinación, evaluación,

administración y programación relacionadas directamente con el proceso educativo.

Las personas que ejercen la función docente se denominan genéricamente educadores, y son

docentes y directivos docentes.( Art. 4 Decreto 1278 de 2002).

Requisitos: Educación:

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Director escuela de ingenierías y tecnologíasFormación académica: Título de formación universitaria en el área de conocimiento de la Escuela.Experiencia: Experiencia en el campo docente y/o investigativo.Experiencia específica docente a nivel universitario no inferior a xxxmeses.Acreditar producción intelectual en las áreas relacionadas con la escuela que va a orientar. Dirección de mercadeo y publicidadFormación académica: Título de formación universitaria.Experiencia: Experiencia en el campo docente y/o investigativo. Dirección de bienestarFormaciónacadémica:Título de formación universitaria. .Experiencia: Experiencia en el campo docente y/o investigativo. Dirección financieraFormaciónacadémica:Título de formación universitaria. .Experiencia: Experiencia en el campo docente y/o investigativo. Dirección de investigaciónFormaciónacadémica:Título de formación universitaria. .Experiencia: Experiencia en el campo docente y/o investigativo. Dirección de extensión y proyección socialFormaciónacadémica:Título de formación universitaria. Experiencia: Experiencia en el campo docente y/o investigativo. Docentes: Experiencia:

NIVEL AUXILIAR

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AUXILIARES DE APOYO A LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

Denominación AUXILIARES DE APOYO

Nivel AUXILIAR

Dependencia

AUXILIAR DE TALENTO HUMANO Y PRESUPUESTO (1)

AUXILIAR DE REGISTRO Y CONTROL (1)

AUXILIAR DE ADMISIONES (1)

AUXILIAR DE BIBLIOTECA (1)

AUXILIAR DE CONTABILIDAD GENERAL (1)

AUXILIAR DE CARTERA (1)

AUXILIAR DE RECEPCIÓN Y CORRESPONDENCIA (1)

AUXILIAR DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA Y TECNOLÓGICA (1)

AUXILIAR DE VICERRECTORÍA ACADÉMICA (1)

AUXILIAR DE BIENESTAR (1)

Jefe inmediato VICERRECTOR ADMINISTRATIVO, FINANCIERO Y DE GESTIÓN INTERNACIONAL

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No. de cargos (8) OCHO

Descripción de funciones del nivel auxiliar:

- Cumple con las normas y procedimientos en materia de seguridad integral, establecidos por la Corporación.

- Mantiene en orden equipo y sitio de trabajo, reportando cualquier anomalía.

- Elabora informes periódicos de las actividades realizadas.

- Realiza cualquier otra tarea afín que le sea asignada.

Elaborar anualmente el proyecto de presupuesto para su dependencia

1. Elaborar y presentar los informes que sean solicitados por el superior inmediato o autoridad

competente, relacionados con sus funciones. 2. Realizar la autoevaluación de la dependencia, identificar las áreas críticas y elaborar el plan de

mejoramiento, según las directrices trazadas por el comité técnicodegestión de la calidad. 3. Rendir informes semestrales al inmediato superior o sobre la ejecución del plan de desarrollo

de la dependencia, señalando los logros en los indicadores de proceso y de resultado, según sea el caso, en los formatos que para el efecto se expidan.

1. Realizar y recibir los pedidos de papelería para el departamento. 2. Elaborar y revisar el inventario de los elementos de la dependencia.

- Mantener discreción sobre todo lo que respecta a la empresa.

- Evitar hacer comentarios innecesarios sobre cualquier funcionario o departamentos dentro

de la empresa.

AUXILIAR DE TALENTO HUMANO

El auxiliar de talento humano de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrá las siguientes funciones: 1. Aplica instrumentos de registro de información de cargo, para el análisis de cargos. 2. Verifica las referencias de los aspirantes a los cargos. 3. Mantiene actualizados los archivos del personal y el registro de las actividades de capacitación.

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4. Actualiza y registra en los expedientes del personal, permisos, inasistencias y demás información

relacionada con el personal de la institución. 5. Participa con el analista en la elaboración, organización y ejecución de programas y/o actividades de

previsión social, higiene y seguridad en el trabajo. 6. Diseña y elabora cartelera de información general y de capacitación continua para el personal.

AUXILIAR DE REGISTRO Y CONTROL

El auxiliar de registro y control de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrá las siguientes funciones: Proponer a la Vicerrectoría Académica procedimientos de inscripción, admisión, registro y control académico. 1. Desarrollar los procesos de inscripción, admisión y matrícula de nuevos alumnos, transferencias y

reingresos y llevar el archivo de los documentos de admisión. 2. Publicar fechas de inscripción y requisitos de admisión a través de correo electrónico, carteleras y

solicitar la publicación en el sitio web de la Corporación. 3. Registrar y mantener actualizada toda la información académica de los estudiantes, aplicando

reglamentos y medidas de seguridad.

4. Carnetizar al personal docente, administrativo y estudiantil de la Corporación.

AUXILIAR DE BIBLIOTECA

El auxiliar de biblioteca de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrá las siguientes funciones: 1. Suministra al usuario información sobre el uso del servicio, manejo del catálogo público o fichero y

sobre el material existente. 2. Mantiene ordenado el material bibliográfico en la estantería. 3. Controla según las normas establecidas, el material bibliográfico solicitado en préstamo. 4. Vela por el orden y disciplina del salón de lectura. 5. Realiza inventario general de la Biblioteca.

6.

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AUXILIAR DE CONTABILIDAD GENERAL

El auxiliar de contabilidad general de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrá las siguientes funciones: 1. Recibe, examina, clasifica, codifica y efectúa el registro contable de documentos.

2. Revisa y compara lista de pagos, comprobantes, cheques y otros registros con las cuentas

respectivas.

3. Archiva documentos contables para uso y control interno.

4. Elabora y verifica relaciones de gastos e ingresos.

5. Totaliza las cuentas de ingreso y egresos y emite un informe de los resultados.

6. Participa en la elaboración de inventarios.

AUXILIAR DE CARTERA

El auxiliar de cartera de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrá las siguientes funciones: 1. Revisar y controlar el proceso de pagos que realizan los estudiantes por concepto de los

diferentes servicios que brinda la corporación.

4. Controlar y verificar la cartera a favor de la Corporación y velar por su recaudo oportuno.

5. Remitir oportunamente a registro y control los listados de los estudiantes a quienes se les aprueba el crédito.

6. Grabar, controlar y revisar el registro sistematizado de los pagos recibidos por diferentes conceptos, para el reporte oportuno al departamento de contabilidad.

7. Verificar y controlar los intereses de cobros de cartera morosa y reportarlos a la Vicerrectoría administrativa, a la dirección financiera, a la revisoría fiscal y a contabilidad.

8. Expedir mensualmente los estados de cuenta y paz y salvos por conceptos de la cartera.

9. Las demás funciones que correspondan a la naturaleza de la dependencia y las que les asigne el rector.

AUXILIAR DE INFORMACIÓN Y RECEPCIÓN

El auxiliar de información y recepción de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrá las

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siguientes funciones: 1. Atender de manera eficaz y eficiente a las personas que solicitan información y a los estudiantes.

2. Atraer a los clientes de manera servicial y atenta actuando en representación de la Corporación.

3. Llevar periódicamente los formatos de requisición a los diferentes movimientos. 4. Mantener de forma ordenada, clara y honesta los archivos.

5. Realizar un informe semanal de las actividades realizadas.

AUXILIAR DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA Y TECNOLÓGICA

El auxiliar de infraestructura física y tecnológica de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrá las siguientes funciones: Prestar el servicio de sistematización y procesamiento de datos en las áreas académicas, administrativas, financieras e investigativas primordialmente a la institución y adicionalmente a la comunidad, para la agilización y efectividad de los procesos internos y externos de la Institución. Son funciones del Director de Comunicaciones y de TICS:

Coordinar la prestación del servicio de sistematización y procesamiento de datos a todas

las áreas, que permita mantener actualizada la base de datos de los sistemas de información de la institución.

Coordinar efectivamente al interior de la Dirección la realización de los trabaos asignados con base en la programación de actividades, cumpliendo con los procedimientos administrativos.

Coordinar la prestación de los servicios de sistematización y procesamiento de datos a otras entidades o empresas que mediante convenios o contratos requieran de estos servicios, que permitan la gestión institucional, dando cumplimiento al reglamento de la Institución.

Presentar anualmente los requerimientos técnicos y operativos para reposición, renovación y actualización de equipos, software, necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la dependencia.

Procurar el desarrollo de nuevas aplicaciones al interior de la dependencia en relación con la informática y la aplicación de nuevas tecnologías que permitan el desarrollo de la institución.

Planear, coordinar y garantizar la ejecución de los planes, proyectos y actividades que corresponden a la dependencia.

Poner en conocimiento la información que llegue a la Institución que sea del interés de la

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Comunidad Educativa. Garantizar la difusión de la información que generen los tres estamentos de la institución, a

través de los medios de comunicación. Absolver las consultas y emitir conceptos en los asuntos que de su competencia. Producir los informes solicitados por las directivas o por otras dependencias u organismos

autorizados. Coordinar la elaboración e implementación del Plan de Acción Anual de la dependencia

acorde con el Plan de Desarrollo Institucional, el presupuesto y las funciones de la misma. Preparar el Plan anual de compras de la dependencia a su cargo en las fechas estipuladas

para ello. Participar activamente en los Comités que sea designado. Planear, organizar, dirigir, controlar y evaluar las actividades y labores del personal

administrativo bajo su inmediata responsabilidad. Cumplir y hacer cumplir las normas establecidas por la Institución sobre el sistema de

archivo y correspondencia. Propender por la seguridad de elementos, documentos y registros de carácter manual,

mecánico o electrónico y adoptar mecanismos para su conservación y buen uso y responder por el inventario de elementos y equipos a su cargo.

Administrar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas y actividades de la división y del personal a cargo, garantizando el cumplimiento de los resultados propuestos anualmente a través de los planes de acción.

Las demás que le sean asignadas por norma legal o autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza, el área de desempeño y el perfil del empleo.

AUXILIAR DE VICERRECTORÍA ACADÉMICA

El auxiliar de Vicerrectoría académica de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrá las siguientes funciones: 1. Elaborar las comunicaciones internas y externas a solicitud del jefe inmediato.

2. Brindar atención telefónica de la dependencia.

3. Realizar las acciones necesarias para la generación de órdenes de pago de matrícula de aspirantes

nuevos a ingresar a pregrado. 4. Enviar de las consignaciones de las inscripciones al departamento de contabilidad y tramitar las

solicitudes de devoluciones de dinero por concepto de matrículas.

5. Las demás que correspondan a la naturaleza de la dependencia y las que les asigne el superior inmediato.

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AUXILIAR DE BIENESTAR

El auxiliar de bienestar de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrá las siguientes funciones:

Requisitos: Educación: Experiencia:

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Descripción de funciones: Además de las funciones generales establecidas en el Estatuto General, el Asesor de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrán las siguientes: 1. Apoyar a las directivas en la formulación, la coordinación y la ejecución de las políticas y los planes

generales.

2. Asesorar y planificar el funcionamiento administrativo y técnico del área de desempeño y efectuar el seguimiento para garantizar el cumplimiento de las normas que rigen la institución.

3. Asistir y participar en representación del organismo a reuniones consejos, juntas o comités de carácter oficial, cuando sea convocado o delegado.

4. Asesorar a la Rectoría en las labores propias del área de desempeño de acuerdo a los lineamientos dados por el Consejo Superior.

5. Velar por la actualización del archivo de normas legales y técnicas relacionadas con el área de desempeño.

6. Informar oportunamente al superior inmediato las irregularidades e inconsistencias encontradas en el ejercicio de sus funciones y las formuladas por los usuarios.

7. Obtener y analizar la información necesaria para resolver asuntos relacionados con el área de desempeño y emitir conceptos sobre aspectos de interés para la entidad y realizar estudios especiales cuando así lo soliciten los Corporados.

8. Absolver consultas, prestar asistencia técnica, emitir conceptos y aportar elementos de juicio para la toma de decisiones relacionadas con la adopción, la ejecución y el control de los programas propios de la entidad.

9. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.

10. Ser responsable de la correcta aplicación de los procedimientos y métodos en el desarrollo de sus funciones, propendiendo por fomentar la cultura del autocontrol.

11. Diseñar y aplicar mecanismos de control para salvaguardar la información.

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Descripción de funciones: Además de las funciones generales establecidas en el Estatuto General, los Vicerrectores de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrán las siguientes: 1. Dirigir, controlar y velar por el cumplimiento de los objetivos de la entidad, en concordancia con los planes

de desarrollo y las políticas trazadas. 2. Analizar los indicadores de gestión de la Vicerrectoría a su cargo para detectar problemas. 3. Participar en la elaboración del plan de desarrollo de la Corporación y controlar su ejecución, en la

Vicerrectoría a su cargo. 4. Elaborar, de acuerdo con los lineamientos de la Rectoría y el grupo de Planeación, la programación de la

Vicerrectoría a su cargo, incluidos los requerimientos de talento humano, físicos y financieros. 5. Definir los contratos que el área requiera adelantar con terceros, coordinar la elaboración de los términos

del contrato y efectuar seguimiento general a su desarrollo una vez se encuentren en ejecución. 6. Asistir en representación de la entidad a reuniones y demás actividades oficiales, cuando medie

delegación ó designación. 7. Recomendar las acciones que deban aplicarse para el logro de los objetivos y las metas institucionales. 8. Adelantar las gestiones necesarias para asegurar el oportuno cumplimiento de los planes, programas y

proyectos y adoptar sistemas o canales de información para la ejecución y seguimiento de los planes de la Corporación.

9. Evaluar y responder por la calidad y oportunidad de los trabajos realizados por el personal a su cargo. 10. Rendir los informes que le sean solicitados, además de los que normalmente deben presentarse acerca de

la marcha del trabajo de la Vicerrectoría. 11. 12. Ser responsable de la correcta aplicación de los procedimientos y métodos en el desarrollo de sus

funciones, propendiendo por fomentar la cultura del autocontrol. 13. Diseñar y aplicar mecanismos de control para salvaguardar la información. 14. Informar oportunamente al superior inmediato las irregularidades e inconsistencias encontradas en el

ejercicio de sus funciones y las formuladas por los usuarios. Descripción de funciones:

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Además de las funciones generales establecidas en el Estatuto General, el Director de Escuela de la Corporación Escuela Tecnológica del Oriente tendrán las siguientes: 1. Cumplir y hacer cumplir en su Facultad las disposiciones legales vigentes y las órdenes del Rector, así

como los actos emanados del Consejo Superior, del Consejo Académico y del Consejo de Escuela. 2. Convocar extraordinariamente al Consejo de Escuela y presidir sus reuniones. 3. Asistir a las sesiones del Consejo Académico. 4. Asesorar al Rector en la selección de personal docente y en lo relativo a renovación o terminación de su

vinculación laboral, previa consulta con el Consejo de Escuela y de acuerdo con el reglamento respectivo. 5. Presentar al Consejo Académico los nombres de las personas que a juicio del Consejo de Escuela sean

merecedores de distinciones. 6. Firmar los diplomas correspondientes a los títulos que otorgue la Escuela. 7. Presentar a las instancias correspondientes los planes de Desarrollo de la Escuela. 8. Coordinar el diseño y la oferta de los programas académicos en concordancia con las políticas y objetivos

de la institución, velando por el cumplimiento de las disposiciones vigentes. 9. Presentar al grupo de Planeación, el proyecto de presupuesto anual y hacer un estricto control del mismo. 10. Promover las actividades académicas de investigación y de extensión acordes con la naturaleza de los

programas académicos que ofrece la Escuela. 11. Asesorar a la Rectoría y a la Vicerrectoría Académica en los asuntos propios de su área. 12. Coordinar con la Vicerrectoría Administrativa la prestación de los servicios requeridos para la buena

marcha de la Escuela. 13. Rendir los informes de actividades a los órganos de Gobierno de la Institución y demás dependencias que

así lo requieran en razón a sus funciones. 14. Ser responsable de la correcta aplicación de los procedimientos y métodos de control interno en el

desarrollo de sus funciones, propendiendo por fomentar la cultura del autocontrol. 15. Diseñar y aplicar mecanismos de control para salvaguardar la información. 16. Informar oportunamente al superior inmediato las irregularidades e inconsistencias encontradas en el

ejercicio de sus funciones y las formuladas por los usuarios.

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17. Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas, las que reciba por delegación y aquellas

inherentes al nivel, la naturaleza de la dependencia y del cargo.