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~ 1 ~ LICEO TOMAS BURGOS PURRANQUE MANUAL DE CONVIVENCIA y REGLAMENTO INTERNO 2017

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LICEO TOMAS BURGOS

PURRANQUE

MANUAL DE

CONVIVENCIA y REGLAMENTO

INTERNO

2017

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MARCO LEGAL

El presente manual se fundamenta en un conjunto de normas legales vigentes en la República de Chile, entre las que destacan como más importantes las siguientes:

• Constitución Política de la república de Chile

• Declaración Universal de los Derechos Humanos

• Convención sobre los Derechos del Niño

• Ley General de educación.

• Marco para la Buena Enseñanza

• Ley de Responsabilidad Penal Juvenil 20.004,

• Decretos supremos de Educación Nº 220 y 240 en lo que refiere a OFT

• Instructivo presidencial sobre participación ciudadana

• Política de participación de Padres, Madres y Apoderados en el sistema

• educativo (Política convivencia, Pág. 10)

• Ley 18.962, Ley 19.688 alumnas en situación de embarazo y sobre Estudiantes embarazadas y madres lactantes

• 20.000, ley de drogas, Ley de alcoholes, Ley del tabaco

• Ley de protección de las personas con discapacidad

• Ley indígena

• Ley de subvención escolar preferencial

• Ley 20609 establece medidas sobre la discriminación

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El Liceo Tomas Burgos de Purranque fue creado un 31 de julio de 1971 con el nombre de liceo Fiscal de Hombres de Purranque, en el año 1979 paso a denominarse Liceo B – 23 y en el año 1987 se le agregó el nombre de Liceo B – 23 “Luis Bísquet Sumarte”, desde su creación hasta el año 1987 funcionó en el local de la actual Escuela Básica “Purranque” en el sector de Población Carrasco, trasladándose ese año a su actual ubicación en Aníbal Pinto Nº 735. Lo que siempre fue un Liceo Humanista – Científico en el año 1993 se transforma en un Liceo Polivalente entregando además enseñanza Técnico Profesional, contando en la actualidad con las especialidades de Técnico en Administración, técnico en Contabilidad y Técnico Industrial en Elaboración de Alimentos. En el año 1993 adopta su actual nombre, “Liceo Tomás Burgos” en honor y recuerdo al fundador de la ciudad de Purranque. En su compromiso con la diversidad, el año 2006 se presenta al Mineduc un Proyecto para atender las Necesidades Educativas Especiales de los alumnos y alumnas que lo requieran. Iniciando este Proyecto de Integración Educativa el Año 2007, acogiendo alumnos y alumnas con Necesidades Educativas Especiales provenientes de PIE de la Comuna con el objeto de proporcionar continuidad educativa. El año 2008 se crea un nuevo grupo ampliando de esta forma la atención a 30 estudiantes. El Decreto colaborador de Educación que nos rige es el Nº 9726 de 1981.- Misión: Somos una Institución educativa de carácter laico y pluralista que acoge la diversidad, cuyo principal esfuerzo es brindar a sus estudiantes las herramientas necesarias en lo académico y socio afectivo para enfrentar responsablemente la educación superior y/o el mundo del trabajo respetando las normas y valores establecidas por el medio social. PRINCIPIOS QUE RIGEN EL ESTABLECIMIENTO: La no discriminación en cualquiera de sus formas y para todos los miembros de la comunidad educativa, ya se por raza, origen, nacionalidad, condición social, religión, tendencia política, orientación sexual, o cualquier otra forma de discriminación. Expresamos nuestro compromiso con toda concepción curricular que tenga por meta el desarrollo del educando como persona integral. En este arduo proceso de personalización, se entenderá que los alumnos y alumnas avanzan en el sentido deseado en la medida que sean capaces de expresar las siguientes conductas y valores: Reconocer que la bondad, el saber, la belleza, la justicia y el trabajo constante son valores supremos del ser humano, esforzándose por alcanzarlas y desarrollarlas en cada uno de sus actos. Demostrar en todas sus acciones, que poseen responsabilidad, honestidad, respeto y solidaridad. Manifestar respeto por los valores patrios y acatamiento consciente y disciplinario a las normas y autoridades institucionales, fomentado a través de actividades cívicas permanentes. Defender, mantener y acrecentar el prestigio del Liceo Tomas Burgos”, usando como elemento primario de identificación y presentación pública, el uniforme oficial.

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Corresponderá a todos los estamentos, departamentos técnicos y de asignatura el operacionalizar estas ideas directrices llevándolas a la practica curricular cotidiana Integrando a padres, madres y apoderados, exalumnos, instituciones, empresas y amigos de la unidad educativa. Implementando un currículo destinado a atender en forma real, efectiva y eficiente las necesidades individuales de alumnas y alumnos. PERFIL DEL ALUMNO: Los estudiantes del Liceo Tomas Burgos de Purranque se caracterizarán por ser: Alumnos y alumnas con personalidades estables, protagónicas de su propio desarrollo integral. Personas comprometidas con ellos mismos y el entorno que los rodea. Respetuosas de sí mismos y de los demás, responsables de su propio bienestar y el de los demás adaptables al medio que les circunda creativos (as) PROCESO DE INGRESO DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS Para ingresar al Liceo Tomas Burgos se debe cumplir con los siguientes requisitos: Contar con la Documentación requerida en el proceso de Matrícula, acorde a los lineamientos dados por el Mineduc. Para los alumnos de Primeros Medios y Traslados a cursos superiores se solicitará Informe de Conducta y/o Fotocopia de la Hoja de Vida del Libro de Clases del curso del cual es trasladado. Contar con un apoderado(a) Madre o padre o un tutor (mayor de 18 años) responsable del quehacer educativo de su pupilo (a) y un Apoderado Suplente en el caso que el alumno (a) viva fuera de la ciudad, para ello el Apoderado suplente debe vivir obligatoriamente en Purranque. El Apoderado Suplente será requerido sólo en aquellas situaciones de índole general, En aquellas de carácter disciplinario o académico debe presentarse el apoderado oficial. Acreditar Situaciones de Salud, mediante Certificado Médico en los casos que lo amerite. Los alumnos y alumnas que ingresen al PIE, deben contar con un diagnostico psicológico que acredite sus Necesidades Educativas Especiales. PROTOCOLO DE CAMBIO DE CURSO. Para optar a un cambio de curso se establecerá el mes de marzo como el período para realizar traslados, previa solicitud (de apoderado y alumno(a)) y justificación en la unidad técnica. Los Apoderados de los alumnos(as) que soliciten un cambio, posterior a la fecha indicada, deberán presentarse en la Unidad Técnica, junto al alumno(a), donde se entrevistarán con la Orientadora del Establecimiento y la Jefe de UTP, a la cuál le expresaran las razones por las cuales solicita el cambio. La respuesta a esta solicitud será evaluada por el Equipo de Gestión, quienes pueden consultar con profesores jefes u otros profesionales (sicólogos, encargado de Convivencia) la conveniencia del cambio. La decisión será informada al estudiante y de ser favorable éste, junto al apoderado, deberá firmar compromiso de asistencia, de actualización académica, rendimiento y respeto por las normas de convivencia establecidas. Las fechas límite para optar a cambios de curso, habiendo seguido el protocolo, será la primera semana de ABRIL. Posterior a esta fecha no se realizarán cambios de cursos, salvo alguna situación excepcional respaldada con informes sicológicos u de otro profesional que acredite que la excepción es pertinente.

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EL UNIFORME COMO ELEMENTO UNIFICADOR Para mantener la buena convivencia, es importante sentirse y ser aceptado por los demás. Una de las formas en que esta convivencia se manifiesta, es a través de la presentación personal. Para este efecto la Dirección del Liceo, Centro de Padres y el Centro de Alumnos (as) han acordado como uniforme el siguiente: Varones: pantalón gris o plomo de paño tradicional (sin bolsillos laterales o elasticado a la cintura), zapatos negros, polera institucional y parca o polar del establecimiento, como complemento a la polera se podrá utilizar el polerón de buzo. Damas: Parca del establecimiento, falda gris o ploma con un pliegue en la parte delantera, zapatos negros, calcetas plomas o gris, polera del liceo, como complemento a la polera se podrá utilizar el polerón de buzo. Pueden Usar pantalón de paño gris o jeans gris clásico, sin adornos o accesorios entre los meses de Abril y Agosto (exceptuando días de lluvia). En el caso que la alumna deba usar pantalón durante todo el año escolar debe certificarlo por un medico. El buzo de Educación física es obligatorio para todo el alumnado, este incluye la polera. Para los Primeros Años y alumnos nuevos de otros niveles el plazo para su adquisición es el 30 de mayo de cada año lectivo. El Uso del Uniforme implica una adecuada presentación personal por lo que los varones deberán usar el pelo corto y aseado (corte parejo, sin estilos como moicano o similares), sin aros o accesorios ajenos al establecido en el uniforme. Las damas no deben usar maquillaje exagerado, esmalte, polainas, brazaletes, bufandas, cintillos u otros accesorios, los que no están contemplados en este manual. El alumno deberá presentarse con uniforme completo sea este el oficial o el buzo del establecimiento cuando se indique por cambio de actividades. El buzo esta autorizado sólo para realizar actividad física, ya sea en el subsector de Educación Física o Talleres JEC. Del Horario y Funcionamiento del Establecimiento En Agosto del Año 2002 se da inicio a la Jornada Escolar Completa con el siguiente horario de clases para los alumnos:

HORAS 1º 8.15 – 9.00 2º 9.00 – 9.45 Recreo 9.45– 10.05 3º 10.05 – 10.50 4º 10.50 – 11.35 Recreo 11.35 – 11.50 5º 11.50 – 12.35 6º 12.35 – 13.20 Colación 13.20 – 14.05 7º 14.05 – 14.50

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8º 14.50 – 15.35 Recreo 15.35 – 15.45 9º 15.45 – 16.30

La hora pedagógica será de 45 minutos. El ingreso de los alumnos(as) será a las 8.15 Hrs. El ingreso de alumnos(as) atrasados del área urbana quedaran registrados en el Libro de Atrasos. Los estudiantes del sector rural contarán con un Pase de Ingreso otorgado por Inspectoría General a petición del apoderado(a), indicando el lugar de procedencia, Hora de Ingreso y medio de transporte que utiliza para trasladarse al Liceo. Los atrasos posteriores a las 9:40 hrs. Serán considerados como inasistencia y serán tramitados como tales por Inspectoria, no obstante, el Alumno(a) ingresará a clases. Dicha consideración no se aplicará si el apoderado se presenta a dejar al alumno. Si el alumno(a) llega atrasado dentro de la jornada de clases, luego de cambios de hora, (recreos o colación) el profesor de la asignatura permitirá el ingreso dejando constancia de esta situación en la Hoja de Vida del Alumno(a), la reincidencia de esta actitud será considerada una Falta Leve y corresponderá al Profesor Jefe sancionar dicha falta. DE LAS INASISTENCIAS A CLASES Y RETIROS DURANTE LA JORNADA: Toda inasistencia a clases deberá ser justificada personalmente por el apoderado, el mismo día que se incorpore. Si el alumno se presenta sin su apoderado, ingresará a clases previa citación por escrito y telefónicamente de éste para el día siguiente; si nuevamente no se presenta el apoderado a justificar la inasistencia, el alumno permanecerá fuera de la sala de clases, hasta que el apoderado se presente. El retiro de los alumnos dentro de la jornada de clases deberá hacerse personalmente por el apoderado. No obstante, Inspectoría General podrá autorizar situaciones especiales como controles médicos, alumnos enfermos, entre otros. Resguardando que el apoderado tome conocimiento de la situación. En situaciones especiales, autorizadas por la Dirección, se podrá despachar cursos completos con la debida comunicación por escrito al apoderado.

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DIRECTOR

U.T.P. INSPECTORÍA GENERAL

INTERNADO

EQUIPO DE GESTIÓN

CONSEJO DE PROFESORES CENTRO GRAL PADRES

CENTRO DE ALUMNOS

ORIENTACIÓN

DEPTOS.

ASIGNATURA

G.P.T.

C.R.A

ENLACES

PERSONAL

AUXILIAR PERSONAL

DOCENTE PERSONAL

PARADOCENTE

ALUMNOS COORDINACIOIN

AREA TECNICO

PROFESIONAL

Consejo Escolar

PIE

SECRETARIA

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1.- Organización Administrativa: Administrativamente el Liceo Tomas Burgos esta conformado por los siguientes estamentos: Dirección: El Director es el docente que, como Jefe del Establecimiento Educacional es responsable de la Dirección, organización y funcionamiento del mismo. De acuerdo a las normas legales vigentes. Son deberes del Director:

• Dirigir el Establecimiento de acuerdo a los principios de la administración educacional, teniendo presente que la principal función del establecimiento es educar.

• Autorizar la Matrícula fuera del plazo establecido por Calendario Escolar.

• Determinar los objetivos propios del Establecimiento en concordancia con los requerimientos legales de la comunidad escolar y local en que se encuentre.

• Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo, propiciando condiciones favorables para un buen intercambio de ideas y comunicación expedita.

• Proponer la estructura organizativa que estime conveniente a este Plantel debiendo salvaguardar los niveles básicos de Dirección, Planificación y Ejecución.

• Propiciar un ambiente educativo en el Establecimiento estimulante al trabajo del personal, creando condiciones favorables para la obtención de los objetivos del plantel.

• Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización, funcionamiento y evaluación del currículo del Establecimiento, procurando una eficiente distribución de los recursos existentes o asignados.

• Presidir los diversos consejos de Profesores y delegar funciones en el profesional de la educación que corresponda según este Manual.

• Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad dentro del Establecimiento Educacional, establecidas en el Plan Operativo Seguridad Interna.

• Cumplir las normas o instrucciones emanadas de las autoridades educacionales competentes o del Consejo de Profesores en materias propias de su resolución y velar por el cumplimiento de ellas al interior de la Unidad Educativa.

• Arbitrar las medidas necesarias para que se realice normalmente la supervisión y la inspección del Ministerio de Educación, conforme a las instrucciones que emanan de la superioridad.

• Remitir al Departamento Administrativo de Educación Municipal (D.A.E.M.), los informes, actas, estadísticas y toda otra documentación que requiera el Director de ese organismo por intermedio de sus representantes.

• Delegar en el Inspector General el control de las actividades propias del Establecimiento que estructura la rutina escolar.

• Remitir a las autoridades competentes del Ministerio de Educación las Actas, Estadísticas y otros documentos que le sean exigibles a la legislación y reglamentación vigente.

• Informar oportunamente a la respectiva jefatura, las necesidades y carencias que se vayan presentando en el establecimiento.

• Conceder o denegar permisos para ausentarse de sus labores a los profesionales de la educación que lo solicitaren oportunamente al Inspector General, en conformidad a lo establecido en el Art. N º 36 del estatuto.

• Efectuar citaciones a Consejos de Profesores ordinarios y extraordinarios conforme a este Reglamento.

• Cautelar la existencia de recursos humanos idóneos para ejercer la función correspondiente.

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• Implementar un sistema de evaluación e información acorde a normativa vigente que de cuenta del desempeño del personal bajo su cargo.

• Vincular a los organismos de la comunidad con el Establecimiento en materias educativas, culturales, vacacionales o de beneficio para el plantel.

• Mantener actualizado el inventario del Establecimiento.

• Llevar los documentos y registros que acrediten la calidad de cooperador de Función Educativa del D.A.E.M., y aquellos que se requieren impetrar la subvención estatal.

Inspectoría General: El Inspector General es el Docente que tiene como responsabilidad velar porque las actividades del Establecimiento se desarrollen en un ambiente de disciplina, bienestar y sana convivencia. Son deberes del Inspector General:

1. Asistir a los Consejos de Profesores. 2. Subrogar al Director en su ausencia. 3. Cautelar que el alumnado mantenga las condiciones higiénicas de todas las dependencias e

instalaciones del Establecimiento en forma adecuada. 4. Controlar la disciplina del alumnado exigiendo hábitos de puntualidad, respeto y

presentación personal. 5. Vincular al Establecimiento Educacional con organismos de la comunidad, previa

autorización del Director. 6. Controlar el cumplimiento de los horarios de los Docentes en sus clases sistemáticas y horas

de colaboración. 7. Velar por situaciones como: Enfermedad, accidentes escolares. 8. Apoyar al funcionamiento de la Comisión de Bienestar de los Docentes. 9. Mantener contacto con los apoderados en relación a situaciones disciplinarias y de asistencia

de los alumnos(as), citándolos oportunamente e indicando el motivo que genera dicha citación.

10. Entregar Informe Mensual al Director de inasistencias, atrasos y permisos administrativos de los Docentes.

11. Detectar a tiempo problemas de inasistencias y salidas sin aviso de los alumnos, ejerciendo control sobre ellos.

12. Llevar los libros de Asistencia del Personal, Bitácora o Registro de Observaciones Generales, Libro Registro de Especificaciones de Anotaciones, Registro de Justificaciones, atrasos, Documentos de seguimiento de los alumnos (as), siendo su responsabilidad que estén al día y bien llevados.

13. Autorizar la salida extraordinaria de alumnos, conforme a normativa vigente sobre el particular.

14. Controlar la realización de actividades culturales, sociales, cívicas, deportivas, de bienestar estudiantil y promover la interacción entre Centro de Padres y Apoderados y ex alumnos del Establecimiento.

15. Controlar y supervisar Formaciones y presentaciones del Establecimiento. 16. Controlar la correcta distribución del beneficio de meriendas, como así mismo el correcto

funcionamiento de la manipuladora de alimentos, que el servicio este en el tiempo fijado en el horario y en el lugar que corresponda.

17. Supervisar que la preparación del alimento sea hecho conforme a las dietas, minutas, recetas, etc. Establecidas.

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18. Exigir que el recinto en que se guardan y preparan los alimentos y utensilios cumplan con todas las exigencias higiénicas.

19. Llevar documentación al día en relación a las meriendas entregadas al Establecimiento por la JUNAEB. (PAE).

20. Confeccionar Boletín de Subvención Mensual. 21. Programar y coordinar las labores del Personal Auxiliar del Establecimiento Controlando la

calidad del trabajo y el cumplimiento de horario del Personal auxiliar. 22. Programar y coordinar las labores del Personal Paradocente del Establecimiento Controlando

la calidad del trabajo y el cumplimiento de los horarios establecidos. 23. Coordinar, Planificar y Evaluar Plan Operativo de Seguridad Interna.

Unidad Técnico Pedagógica: El Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica es el docente del nivel correspondiente, responsable de asesorar al Director en la programación, organización, supervisión y evaluación del desarrollo de las actividades curriculares. Dependiendo de esta Unidad, esta Orientación, El Centro de Recursos para el Aprendizaje (CRA), Los Coordinadores de ACLE (Extraescolar), Enlaces y Área Técnico Profesional. Son Deberes del Jefe de la Unidad Técnica:

1. Programar, organizar, supervisar y evaluar junto con los integrantes de la Unidad Técnica Pedagógica las actividades correspondientes del proceso de enseñanza – aprendizaje.

2. Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar de los alumnos procurando el mejoramiento permanente del proceso enseñanza aprendizaje y de los índices de medición como Simce, P.S.U. SNED y otros.

3. Propiciar la integración entre los diversos programas de estudios de las diferentes Sectores, subsectores, Módulos y planes.

4. Asesorar al Director en el proceso de elaboración y ejecución del plan de actividades curriculares del Establecimiento Educacional.

5. Asesorar y supervisar a los Docentes en la organización, programación y desarrollo de las actividades de evaluación y en la aplicación de planes y programas de estudio.

6. Programar, coordinar, supervisar y evaluar la realización de la función Docente de aula y actividades curriculares no lectivas señaladas en el Art. N º 06 del Estatuto.

7. Contribuir al perfeccionamiento del Personal Docente del Establecimiento en materias de evaluación y currículo. Dirigir Consejos Técnicos que le competan previo acuerdo con el Director.

8. Planificar, supervisar y evaluar los planes y programas especiales acorde a las necesidades y características de la comunidad escolar y conforme a la normativa vigente.

9. Informar oportunamente al personal Docente de las normas legales del ámbito Técnico – Pedagógico, en especial aquellas referidas a planes, programas, sistemas de evaluación y promoción escolar, supervisando su correcta aplicación.

10. Planificar, coordinar, supervisar y evaluar los procesos de pruebas y exámenes de validación de estudios y para fines laborales.

11. Asesorar a los Docentes en la organización, programación y desarrollo de las actividades de evaluación del proceso de enseñanza – aprendizaje, conforme a las disposiciones legales vigentes.

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12. Velar por la confiabilidad y valides de los instrumentos de evaluación de técnicas, instrumentos y metodologías utilizadas.

13. Asesorar a los Docentes en la implementación de diseños de aula, su ejecución, interpretación de datos en materias de evaluación.

14. Mantener un banco de pruebas al servicio del Docente. 15. Mantener una información actualizada del proceso evaluativo al servicio del Docente y de la

Dirección del Plantel, que oriente los resultados obtenidos en forma oportuna. 16. Asesorar y supervisar la adecuada aplicación de Planes y Programas de estudio. 17. Asesorar el proceso de elaboración del Plan de actividades Curriculares del Establecimiento. 18. Colaborar en la planificación escolar, distribución de los alumnos, cursos y Docentes por

asignaturas, áreas, niveles y especialidades. 19. Estudiar y proponer estrategias de implementación de recursos metodológicos y medios

audiovisuales adecuados a la realidad del Plantel. 20. Asesorar y supervisar la aplicación experimental de técnicas de aprendizaje dentro del

Establecimiento Educacional. 21. Supervisar las adecuaciones de los programas a la realidad del plantel y del grupo curso. 22. Asesorar al nivel correspondiente, en la adquisición o confección de textos y material

didáctico necesario. 23. Colaborar o sugerir en la investigación de técnicas, métodos y material de enseñanza. 24. Realizar estudios que permitan determinar necesidades en aspectos metodológicos, con el fin

de contribuir al perfeccionamiento de ellos. 25. Realizar visitas estructuradas al aula, una por Semestre, con el objetivo de observar el

desarrollo de las clases, brindando apoyo a la labor docente, considerando para ello una Pauta de Observación elaborada en conjunto en el Consejo de Profesores.

*** Se anexa Pauta de Observación al Aula. La Unidad Técnica Pedagógica estará integrada por especialistas o profesores con cursos de perfeccionamiento para cumplir funciones de Orientación y de Coordinación Extraescolar (Coordinador ACLE), Coordinador Especialidades Técnico Profesional, Coordinador Centro de Recursos para el Aprendizaje, Coordinador de Enlaces en conformidad a reglamentación y disposiciones legales vigentes. Orientación: El (La) Orientador (a) es el Docente, con Post Titulo en Orientación, responsable de planificar, coordinar, supervisar y evaluar las actividades de Orientación Educacional y vocacional, vinculadas con la Orientación y atención de problemas Bio-Psico-Socio-Afectivos a nivel grupal e individual. SON DEBERES DEL ORIENTADOR:

1. Planificar y coordinar las actividades de Orientación Educacional, Vocacional y Profesional del Establecimiento, de acuerdo con el Jefe de la Unidad Técnica Pedagógica.

2. Atender y/o citar a los Apoderados de alumnos(as) con problemas de carácter socio-afectivo, de salud, psicológicos o de rendimiento.

3. Asesorar específicamente a los profesores Jefes en su función de guía del alumno a través de la Jefatura y Consejo de Curso proporcionándoles material de apoyo a su labor.

4. Asesorar técnicamente a profesores de asignaturas, cursos y especialidades, en materias de orientación y rendimiento escolar.

5. Coordinar y asesorar la programación de las actividades propias de los programas especiales (Escuela para padres, alcoholismo, drogadicción).

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6. Contribuir al perfeccionamiento del personal del Establecimiento en materias de orientación. 7. Asesorar a padres y apoderados para que contribuyan eficazmente al proceso de orientación

de sus hijos. 8. Desarrollar y programar adecuadamente sesiones de estudio de caso, o actividades en

relación directa con el alumno. 9. Coordinar las actividades de orientación del Establecimiento con las que se realizan en otros

Establecimientos de la comuna. 10. Colaborar en los programas de salud de los alumnos programados por los organismos

oficiales (Mineduc, salud, Comse, Conace, etc.) o por el propio Establecimiento. 11. Cautelar que los documentos de seguimientos de los alumnos estén al día y bien llevados. 12. Asistir o presidir los Consejos Técnicos de su competencia. 13. Responsabilizarse por la adecuada y oportuna elaboración de la Electividad de los alumnos

en los planes electivos. 14. Velar para que los Objetivos Fundamentales Transversales estén desarrollados en las

actividades de orientación. 15. Coordinar los Programas de Asistencialidad existente en el Establecimiento. 16. Coordinar y programar Visitas de Instituciones de Educación Superior y Organismos de las

Fuerzas Armadas y de Orden.

DE LOS DEBERES DE OTROS FUNCIONARIOS DEL PERSONAL DOCENTE. Son Derechos de los docentes:

1. Trabajar en espacios adecuados requeridos por las necesidades de los docentes, considerando condiciones de Higiene, Calefacción e iluminación.

2. Contar con espacios privados para realizar actividades como Reuniones y atención de apoderados, trabajo administrativo y pedagógico, colación y recreos.

3. Ser respetados en su diversidad religiosa, sexual, política y étnica. 4. Ser respetados y escuchados por todos los estamentos de la unidad educativa. 5. Solicitar permiso y licencias médicas conforme a la legislación vigente. 6. Nombrar un representante para el Equipo de Gestión, Colegio de Profesores u otros

organismos que lo requieran, acorde a normativa vigente. SON DEBERES DE LOS DOCENTES:

1. Cumplir con los horarios asignados sean en aula o de colaboración (Atención de apoderados, asistencia a Consejos y otros), tomando los cursos según horario establecido.

2. Avisar oportunamente ausencia por permiso o Licencia Médica. 3. Informar a Inspectoría General o Dirección cualquier daño detectado o situaciones que

pudiesen derivar en accidentes o perjuicios a las personas o al inmueble. 4. Promover el desarrollo de una sana convivencia. 5. Cumplir con informar al apoderado(a) de las situaciones de rendimiento (Informe de Notas),

disciplina y otros que involucren a los alumnos(as) que están bajo su jefatura de curso y/o sector o subsector de aprendizaje.

6. Cumplir con la entrega de documentación requerida por Dirección, Inspectoría General U.T.P., Orientación, u otro Estamento del Liceo, en los plazos establecidos. El no cumplimiento será causal de una amonestación por escrito.

7. Cumplir con la atención de apoderados fijada por horario.

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8. Mantener la disciplina y orden al interior del aula, favoreciendo así el aprendizaje de todos los alumnos y alumnas. No ausentándose de la sala sin antes solicitar un paradocente para que se quede con los alumnos(as).

9. Participar activamente en las actividades liceanas planificadas en el Calendario Escolar. Colaborando en el desarrollo del proyecto Educativo Institucional.

10. Cumplir con la entrega de Plan Anual y Planificación por Unidad en los plazos establecidos en Calendario Escolar.

11. Cumplir con el proceso y reglamento de Evaluación: aplicando Evaluación Diagnostica y Evaluación de Procesos, utilizando para ello procedimientos e instrumentos indicados en el Reglamento de Evaluación.

12. Participar activamente en reuniones, jornadas, GPT como instancia de reflexión de la Práctica Docente.

13. Cumplir con el Reglamento de Evaluación y el Manual de Convivencia, su incumplimiento en alguna de sus partes amerita una amonestación por escrito.

14. Promover el trabajo en Equipo y la interacción entre pares. 15. Cautelar la utilización de los tiempos pedagógicos. 16. Utilizar diversas metodologías haciendo uso de los recursos pedagógicos existentes en el

establecimiento. DOCENTES PIE: Las Docentes de Educación Especial, deben atender a los alumnos y alumnas con Necesidades Educativas Especiales que integran el Proyecto, en el horario establecido y en relación a las necesidades particulares que cada uno de ellos presente. Del Personal Paradocente: Será el personal contratado para servir de apoyo a la labor docente y colaboraran directamente con Inspectoría General. Sus funciones serán establecidas por Inspectoría General, considerando lo siguiente:

1. Atención de apoderados en lo relativo a justificaciones de inasistencia, atrasos, solicitud de Salidas Anticipadas, Licencias Médicas y otros.

2. Atender cursos ante la ausencia del Profesor de Asignatura, según horario entregado por Inspectoría General.

3. Mantener al día Registro de Licencias Médicas. 4. Controlar atrasos. 5. Revisión de Uniforme. 6. Apoyar la labor administrativa de la Inspectoría en lo relacionado a Subvenciones, PAE,

Registros de Suspensiones y otros. 7. Control de la disciplina en recreos, hora de colación, representación del Liceo hacia la

comunidad, actividades extra programáticas entre otros. 8. Dar cumplimiento a las normas de convivencia interna establecidas en este Manual.

CORRESPONDE AL PERSONAL DE SECRETARIA: Cumplir deberes que les impone su respectivo contrato y las tareas que les asigne el Director del Liceo o la persona que sea su Jefe directo.

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Cumplir labores de Secretaria apoyando la labor administrativa del colegio, con la mayor cortesía y corrección. Llevar al día la documentación del colegio que se encomiende ejecutar y mantener la reserva debida sobre su contenido Clasificar, ordenar y archivar la documentación. Atender en forma expedita al público que requiera información. Mantener al día la Agenda de Trabajo de su Jefe Directo, recordando reuniones, citaciones, visitas programadas u otros. Mantener al día Libro de Registro de Matriculas de las diversas Áreas y Especialidades, atendiendo a los apoderados en lo relativo a las Altas y Bajas que se produzcan durante el Año Escolar, posterior al proceso de matrícula. Del Personal de Servicio o Auxiliar: Se considera personal de Servicio o Auxiliar a las personas que cumplan las siguientes funciones: Aseadores, júnior, manipuladoras, jardinero, calderero, etc.

1. Tener siempre presente, al igual que todo trabajador del Liceo, que ellos también contribuyen a la educación de los alumnos (as).

2. Cumplir las órdenes de quien sea asignado como jefe. 3. Colaborar para que el proceso educativo se desarrolle en un ambiente sano, de armonía,

orden, agrado y seguridad. 4. Mantener el orden de las dependencias y sus implementos y el aseo de todo lugar. 5. Cumplir y hacer cumplir las normas de seguridad e higiene contempladas en la

reglamentación y leyes vigentes. 6. Informar a Inspectoría General o Dirección respecto de cualquier situación anómala.

Cuidar los bienes generales del Plantel, conservación del local y mobiliario y responsabilidad en aquellos que le sean confiados a su cargo Corresponde al Bibliotecario (a):

1. Responsabilizarse de la Biblioteca y de todo cuanto a ella sea ingresado, en conformidad a instrucciones impartidas por la Dirección o su Jefe Directo.

2. Brindar una atención de calidad al público usuario de la biblioteca. 3. Organizar la biblioteca en distintas secciones de acuerdo a normas y técnicas de uso corriente

u otras que la hagan funcionar en forma eficiente. 4. Mantener un archivo – inventario ordenado y actualizado de toda obra, documento u objeto

que reciba como patrimonio de este recinto. 5. Llevar en perfecto orden el registro de préstamos y devoluciones, pérdidas y reposiciones.

Su gestión será supervisada por el coordinador del CRA El COORDINADOR ACLE (EXTRAESCOLAR): El Coordinador Extraescolar del Plantel, es el Docente con alguna capacitación en esta especialidad, responsable de planificar, coordinar, supervisar y evaluar las actividades no lectivas pertinentes a las tareas de acción de este Departamento. Así también es el Docente responsable de la coordinación de las actividades paracadémicas en las cuales el Establecimiento participe.

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SERAN FUNCIONES EXTRAESCOLARES LAS SIGUIENTES:

1. Establecer una adecuada y permanente interacción entre los grupos extraescolares y sus áreas de acción, entre el Establecimiento y la Comunidad.

2. Administrar los planes, programas y proyectos generales por cada una de las áreas del Departamento de Educación Extraescolar.

3. Fomentar la creación y funcionamiento de Talleres de Libre Elección para los alumnos (as). 4. Motivar y organizar la participación del alumnado y profesorado en todas las actividades

extraescolares y paracadémicas. 5. Proyectar el resultado de las actividades realizadas dentro del Liceo a los eventos comunales,

provinciales y regionales programadas por el Establecimiento o por el Departamento de Educación Municipal en su área Extraescolar.

Coordinador CRA (Centro de Recursos para el Aprendizaje): El Centro de Recursos para el Aprendizaje es el lugar del Liceo donde se reúne, en un espacio dinámico y de encuentro, una diversidad de recursos educativos, que contienen información actualizada y apoyan, a través de múltiples servicios, el proceso de enseñanza aprendizaje. El coordinador pedagógico del CRA será un docente, cuya labor principal es promover y fortalecer los vínculos entre el CRA y las definiciones curriculares y pedagógicas del Liceo. Deberes del coordinador CRA:

1. Divulgar en beneficio de alumnos y profesores el material existente en el Centro de Recursos para el Aprendizaje.

2. Promover actividades orientadas a desarrollar la cultura al interior del Liceo. 3. Facilitar información y difusión sobre los recursos disponibles. 4. Velar por el buen funcionamiento de los recursos e implementación existentes, informando a

U.T.P. o Dirección para realizar las reparaciones cuando fuere necesario. 5. Integrar efectivamente la biblioteca con el currículo. 6. Desarrollar la biblioteca como un lugar de encuentro, intercambio y cooperación de toda la

comunidad. 7. Supervisar la gestión de la biblioteca.

Coordinador de Enlaces: Enlaces es un proyecto implementado por el Mineduc cuyo objetivo central es facilitar la incorporación de la Informática educativa al quehacer pedagógico del establecimiento.

Para lograr un mejor desarrollo de este Proyecto se nombrará un Docente a cargo de el, al cual se le asignarán horas de contrato acorde a los lineamientos fijados por DAEM, cuyas funciones serán:

1. Motivar a los docentes a la innovación de nuevas metodologías educativas, entendiendo a la informática educativa como una eficiente herramienta de innovación y apoyo a su labor docente en el aula como en el trabajo administrativo.

2. Garantizar el acceso de profesores(as) y estudiantes al Laboratorio. 3. Apoyar el trabajo desarrollado tanto por profesores como por alumnos(as) al interior de la

sala. 4. Apoyar a los docentes y estudiantes en la búsqueda de información y sitios educativos.

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5. Apoyar el trabajo administrativo en lo relacionado al uso de la Informática o Internet de U.T.P., Orientación u otros.

6. Garantizar y velar por el buen funcionamiento de los equipos que conforman el laboratorio. 7. Llevar un Registro Escrito de las actividades desarrolladas al interior de la sala. 8. Mantener actualizado el inventario de los Programas y Software Educativos con que cuenta el

Laboratorio. 9. Informar a U.T.P. desperfectos, pérdidas u otras situaciones que escapen a la normalidad del

funcionamiento del Laboratorio. Coordinador Área Técnico Profesional: Es el Docente que estará a cargo de coordinar el área Técnico Profesional en sus diferentes especialidades. Sus funciones serán:

1. Coordinar las Practicas Profesionales y el proceso de Titulación. 2. Asesorar a los docentes en la planificación y aplicación de los módulos de la enseñanza

Técnico Profesional en cada una de sus especialidades. 3. Estudiar y proponer estrategias de implementación de recursos metodológicos y medios

audiovisuales adecuados a la enseñanza Técnico Profesional. 4. Establecer un registro actualizado de los alumnos egresados y titulados. 5. Velar por la realización de la Practica Profesional en cada uno de los alumnos egresados. 6. Coordinar bajo la supervisión del Jefe de U.T.P. los G.P.T. del área Técnico Profesional.

DEL CUMPLIMIENTO FUNCIONARIO: Para estos efectos en relación a los docentes, estarán sujetos a lo estipulado en el Estatuto Docente y los demás funcionarios a lo estipulado en el Código del trabajo y las estipulaciones especificas del Contrato de trabajo. No obstante, y con el propósito de objetivar y transparentar los procesos de evaluación de los funcionarios a contrata y la emisión de cualquier informe solicitado, se implementará una hoja de vida para cada funcionario en la que se dejará constancia de las situaciones funcionarias relevantes, sean estas positivas o negativas.

Internado Liceo Tomas Burgos: El Liceo desde al año 1993 cuenta con un Internado con capacidad para 120 estudiantes, 80 damas y 40 varones, el que está a cargo de un Docente nombrado por la Dirección para coordinar. planificar y resguardar las actividades propias del Internado, sirviendo de nexo entre el internado y el liceo. El Internado apoya la labor pedagógica que el Liceo brinda, acogiendo a los alumnos(as) de sectores rurales de la comuna que por su lejanía a establecimientos de Educación Media para continuar sus estudios deben Internarse. De allí la importancia del trabajo en conjunto, el horario de funcionamiento del internado estará sujeto al horario de funcionamiento del liceo. El Internado depende en lo administrativo del Director del Liceo Tomas Burgos. Sin embargo, el encargado(a) del Internado junto con el personal que allí labora establecerán un Manual de Convivencia el que deberá ser presentado y aprobado por la Dirección, Equipo de Gestión y Consejo

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de Profesores, quienes podrán sugerir, modificar o complementar considerando las características y la realidad del Internado. El referido Manual de Convivencia es parte integral de este. (Se anexa al final) Los alumnos(as) del Liceo que deseen ingresar al Internado deberán cumplir con los requisitos establecidos y en el caso de los estudiantes egresados de 8º Básico deberán postular completando una Ficha de Postulación luego de matricularse en el establecimiento. Ante la ausencia del Encargado del Internado le subrogara en la coordinación de las actividades el Inspector General o quien la Dirección nombre para este efecto. Considerando la importancia de la Convivencia Interna y la relación existente entre el Liceo – Internado se debe tener presente que:

• Una falta cometida en el Internado o Liceo no necesariamente estarán relacionadas en la sanción aplicada.

• La sanción aplicada a una falta cometida en el Liceo o Internado no necesariamente afectara el desempeño del estudiante en uno u otro lugar.

• La suspensión del Internado no necesariamente afectará la asistencia al Liceo, sin embargo, la Suspensión de clases trae consigo la pérdida del Internado por los días de suspensión.

• En el caso de aquellas faltas consideradas Medianamente Graves o Graves, la sanción será aplicada previo acuerdo entre Encargado de Internado e Inspector General, tanto en el Internado como en el Liceo.

3.- Gobierno Escolar: Es el Director el encargado de dirigir el Establecimiento de acuerdo a los principios de la administración educacional. En ausencia del Director le subrogará el Inspector General, asumiendo todos los deberes de este. En ausencia del Inspector General le subrogara el Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica y en ausencia de este el Orientador. En el caso que no se encuentre ningún docente directivo asumirá la subrogancía el profesor (a) de mayor antigüedad docente. En el caso de ausencia de algunos de los Docentes Directivos subrogará el que corresponda de acuerdo a organigrama. Para un mejor manejo de la organización escolar se debe tener presente que el Director será asesorado y apoyado en su gestión por: 1.- Consejo Escolar: compuesto, al menos, por los siguientes integrantes: el/la director/a, el/la sostenedor/a o su representante, un/a docente elegido por sus pares, el/la presidente/a del Centro de Alumnos y el/la presidente/a del Centro de Padres.

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El consejo tendrá atribuciones de tipo consultivo, informativo y propositivo. Solo en caso de que el Sostenedor, expresamente en la primera reunión anual, se las otorgue tendrá atribuciones resolutivas. Deben ser informados sobre: Informes de las visitas inspectivas del Ministerio de Educación. El informe de ingresos efectivamente percibidos y gastos efectuados (cada 4 meses). El presupuesto anual de todos los ingresos y gastos del establecimiento (en los municipales). Los resultados de los concursos de contratación de su personal (en los establecimientos municipales). Deben ser consultados sobre: El programa anual y las actividades extracurriculares. Las metas del establecimiento y sus proyectos de mejoramiento. El informe anual de la gestión educativa del establecimiento, antes de ser presentado por el/la director/a a la comunidad educativa. La elaboración y modificaciones al Reglamento Interno y la aprobación del mismo si se le hubiesen otorgado esta atribución. 2.- Un Equipo de Gestión integrado por Inspector General, Jefe de U.T.P., Orientador, Coordinador Cra, Encargado del Internado y un representante del Consejo de Profesores, todos ellos como integrantes estables de este organismo, en aquellos casos que lo ameriten serán citados Presidente del Centro de Alumnos y Presidente del Centro de Padres u otros integrantes de la comunidad liceana según sea la situación a tratar. El Equipo de Gestión contará con un horario de reunión establecido equivalente a dos horas cronológicas semanales y llevará registro escrito de cada una de sus reuniones para ello entre sus integrantes nombrará un Secretario. Sus funciones serán: Programar, supervisar y coordinar las actividades generales del Establecimiento. Estudiar las disposiciones técnicas y / o administrativas emanadas de los niveles superiores de dependencia, para su mejor interpretación y aplicación. Estudiar iniciativas y factibilidad en beneficio de la comunidad escolar. Analizar las diferentes evaluaciones que presentan los diversos organismos del Liceo. 3.- El Consejo de Profesores, este será un organismo asesor de la Dirección del Establecimiento, su finalidad es servir de instancia de análisis y proyección de las diversas tareas que contempla el Proyecto Educativo del Liceo. Funcionaran en el Establecimiento los siguientes tipos de Consejos de Profesores: General de Profesores. De Profesores Jefes. De Profesores de Curso.

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Para el Funcionamiento del Consejo de Profesores, se asignará dos horas de actividades curriculares no lectivas fijadas por horario. Por ello, para los efectos legales se entenderá que estas reuniones se efectuaran en horario normal de funcionamiento del Plantel. Todo Consejo de Profesores considerara para su funcionamiento los siguientes criterios: La asistencia de los integrantes será obligatoria fijada por horario. Se nombrará un Secretario de Actas, quien llevará un Libro de Actas y un archivo con el material que el Consejo determine. El Secretario de Actas será elegido por la mayoría de los miembros del Consejo General, y por esta actividad le será rebajada una hora de colaboración de su jornada de trabajo. Serán integrados por derecho propio a cualquier Consejo el Director del Establecimiento y el Jefe de la Unidad Técnica Pedagógica. A los Consejos podrán ser invitados otros funcionarios del Establecimiento cuyo quehacer e interés este relacionado con algún tema especifico a tratar, previo acuerdo del Consejo o por iniciativa de la Dirección. El Consejo General de Profesores elegirá anualmente mediante votación al representante que integrará el equipo de Gestión, al inicio del año escolar DEL CONSEJO GENERAL DE PROFESORES: El Consejo General de Profesores estará integrado por los Docentes y Directivos del Establecimiento y será presidido por el Director de preferencia, aun cuando puede ser coordinado por cualquier profesor titulado que se encuentre en conocimiento de la tabla. Habrá Consejos Ordinarios y Extraordinarios. Los Consejos Ordinarios se realizarán de acuerdo a horario establecido, Extraordinariamente el Consejo se reunirá en los casos que la Dirección lo establezca y fuera del horario establecido. El Consejo General de Profesores será convocado para analizar situaciones de índole general o particular referidas al funcionamiento del Liceo u otros que afecten directa o indirectamente la vida escolar pudiendo tener un carácter técnico cuando se trate expresamente situaciones de evaluación, planes y programas, orientación educacional, incluyendo los problemas de adaptación y rendimiento de los alumnos, así como también las actividades extraescolares y paracadémicas. FUNCIONES DEL CONSEJO GENERAL: Serán funciones propias del Consejo General de Profesores las siguientes:

1. Coordinar, programar y evaluar las actividades que se desarrollen en el Liceo. 2. Participar en la planificación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional. 3. Analizar documentos y asuntos técnicos sugiriendo y /o adaptando las medidas que se

estiman procedentes para el mejoramiento del proceso educativo. 4. Promover e impulsar medidas tendientes a mejorar el proceso educativo, acentuando su

acción en la formación de los valores humanistas. 5. Analizar los resultados del proceso educativo y proponer acciones pedagógicas de refuerzo o

correctivas.

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6. Adecuar su correcta aplicación, las disposiciones vigentes que afectan la vida del Establecimiento.

7. Analizar situaciones específicas referidas al alumnado y proponer soluciones. 8. Establecer criterios de unidad en la aplicación de métodos y técnicas pedagógicas. 9. Coordinar e integrar las asignaturas del Plan de Estudio. 10. Difundir y apoyar las experiencias del valor educativo. 11. Estudiar y proponer medidas formativas para solucionar problemas de adaptación de los

alumnos al medio escolar. 12. Recomendar acciones y procedimientos a seguir para adoptar la medida de expulsión o

cancelación de matrícula. 13. Analizar problemas individuales de adaptación y rendimiento y proponer soluciones

pedagógicas y disciplinarias, no obstante, se podrá sugerir la suspensión, traslado o cancelación de la matrícula en caso que sean considerados como falta grave en conformidad a las disposiciones reglamentarias de los alumnos.

14. Cautelar las actividades planificadas para ser desarrolladas por los alumnos u otras en que estos participen, tengan significación educativa.

15. Garantizar la integración y participación democrática de todos los componentes de la comunidad escolar.

16. Proponer e impulsar acciones que promuevan al perfeccionamiento del proceso educativo. 17. Proponer el perfeccionamiento profesional del personal docente del Establecimiento.

DEL CONSEJO DE PROFESORES JEFES: El Consejo de Profesores tendrá un carácter técnico y estará integrado por todos los Profesores Jefes del Liceo y el Orientador, quien presidirá, o quien se le delegue esta función. Sesionara el Consejo de Profesores Jefes de acuerdo a Calendarización entregada por el Orientador utilizando para ello las horas asignadas para Consejo de acuerdo a Horario previamente establecido. El Consejo de Profesores Jefes cumplirá las siguientes funciones:

• Elaborar un plan operativo tendiente a diagnosticar, planificar, realizar y evaluar acciones destinadas a facilitar la adaptación de los alumnos a la vida escolar, incorporar a los apoderados a la vida escolar, incorporar a los apoderados a la acción formativa del Establecimiento, mejorar el rendimiento, formar buenos hábitos, adquirir y preservar valores, fortalecer la salud mental y física del educando y de su familia.

• Organizar y coordinar la acción de los Profesores Jefes de acuerdo a objetivos comunes y a procedimientos acordes con la etapa de desarrollo de los alumnos.

• Planificar y desarrollar en conjunto actividades que inicien y fortalezcan la orientación vocacional del alumno.

Proponer perfeccionamiento Docente en materias propias de la Jefatura de curso u otras de carácter técnico pedagógicas que estimen necesarias. DEL CONSEJO DE PROFESORES DE CURSO: El Consejo de Profesores de curso tendrá un carácter técnico y estará integrado por:

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Los Profesores de asignaturas y actividades curriculares que atienden a un determinado curso. El jefe de U.T.P. y Orientador, y será presidido por el Profesor Jefe de curso. Se reunirá ordinariamente cuando sea solicitado por el Profesor Jefe de curso, por la Unidad Técnica Pedagógica o por la Dirección. Son funciones del Consejo de Profesores de curso:

• Analizar las características generales del curso y de los casos individuales que el Profesor Jefe Considere.

• Organizar, coordinar la acción de los diferentes profesores del curso para sumar criterios con respecto a los objetivos y procedimientos utilizados.

• Evaluar el proceso educativo del curso y administrar medidas para su mejoramiento.

• Participar en la acción y evaluación formativa de los alumnos y colaborar con el Profesor Jefe entregando los antecedentes para la elaboración de informes Educacionales.

3.- Los Grupos Profesionales de Trabajo: se constituyen como un grupo organizado de profesores y profesoras que se reúnen sistemáticamente para potenciar los elementos profesionales, personales y sociales de la acción docente con la finalidad de mejorar la calidad de los aprendizajes. Los G.P.T. crean oportunidades de dialogo y conversación sobre las Práctica Pedagógicas: indagando, objetivándolas y sistematizándolas, promoviendo el trabajo colaborativo, la libre expresión de opiniones y la concreción de proyectos comunes participando con iniciativas concretas en el desarrollo curricular del Liceo. Se establecerán 2 horas cronológicas semanales en la carga horaria del docente, estableciendo un horario fijo semanal para el desarrollo del G.P.T. Los docentes podrán trabajar en conjunto, por subsectores o áreas de enseñanza (T-P / H-C) acorde a las necesidades y planificación existente. De las reuniones y acuerdos se deberá llevar un Registro detallado. Serán funciones del G.P.T.

• Aunar criterios comunes en cuanto a objetivos terminales, de acuerdo al perfil del educando proyectado por la Unidad Educativa.

• Planear, coordinar y evaluar el trabajo anual de cada asignatura, Sector, Subsector o Módulo.

• Estudiar la coherencia de los contenidos de las asignaturas Sector, Subsector o Módulo, y su correlación con otras disciplinas de los alumnos, como también reforzar el proceso formativo.

• Asesorar la labor de los docentes nuevos o sin experiencia profesional.

• Incentivar al perfeccionamiento profesional de los docentes.

• Generar innovaciones metodológicas tendientes a desarrollar, las potencialidades y aptitudes de los alumnos (as).

4.- Centro General de Alumnos y Alumnas: El Centro de Alumnos es la máxima organización representativa del Universo Estudiantil del Liceo “Tomas Burgos” y es de carácter democrático y representativo. Sus Estatutos están regulados por el Decreto 524 del 02 de mayo de 1990.

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Sus Objetivos se centran en:

• Promover en el alumnado, la mayor dedicación a su trabajo escolar, procurando que se desarrolle y fortalezca un ambiente adecuado y una estrecha relación humana entre sus integrantes.

• Designar sus representantes ante las organizaciones estudiantiles con las cuales el Centro de Alumnos se relacione de acuerdo a sus Estatutos.

• Proponer y patrocinar ante las autoridades del Liceo y otras, iniciativas surgidas del alumnado, en beneficio de los mismos.

• Mantener una relación fluida con el alumnado mediante reuniones periódicas con la Asamblea de representantes de curso.

• Promover las relaciones sociales, culturales, artísticas y deportivas entre los diferentes establecimientos y de la comunidad en general.

• Fomentar y desarrollar el pensamiento reflexivo, el juicio critico y la voluntad de acción para formar parte de la vida democrática y prepararles para participar en los cambios culturales y sociales.

*** Se anexa a este Manual Estatuto del Centro General de Alumnos del Liceo Tomas Burgos, entendiéndose como parte integral de este. 5.- El Centro General de Padres, Madres y Apoderados: Constituyese como una organización Comunitaria Funcional de duración indefinida, regida por Ley 19.418 y otros Estatutos denominada como Centro de Padres y Apoderados del Liceo Tomas Burgos de la Comuna de Purranque. Décima Región de los Lagos. El Centro General de Padres y Apoderados se organizará y funcionará de acuerdo a normas establecidas en Estatuto creado y aceptado por los Apoderados del Liceo Tomas Burgos, el que se ajustará a las normas generales contempladas en el Decreto Nº 565/90 y a la Ley Nº 19.418 y responderá a las características de la realidad escolar del liceo. Sus Funciones estarán adscritas a:

• Fomentar la preocupación de sus miembros por la formación y desarrollo personal de sus hijos, hijas y pupilos. Promoviendo para esto las acciones de estudio y capacitación que sean convenientes para el mejor logro de las responsabilidades educativas de la familia integrándose activamente para establecer un fuerte vinculo hogar – Liceo.

• Apoyar la labor educativa del establecimiento, aportando esfuerzos y recursos para favorecer el desarrollo integral de los estudiantes del liceo Tomas Burgos.

• Proponer y patrocinar dentro del respectivo establecimiento y en la comunidad, iniciativas que favorezcan la formación de los estudiantes, en especial, aquellas relacionadas con el mejoramiento de las condiciones económicas, culturales, sociales y de salud que puedan afectar las oportunidades y el normal desarrollo de los alumnos(as).

• Mantener comunicación permanente con niveles directivos y docentes del establecimiento, teniendo presente su función de difusión, motivación y sugerencias al proceso educativo.

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*** Se anexa a este Manual Estatuto del Centro General de Padres y Apoderados del Liceo Tomas Burgos. Comuna de Purranque. 6.- LAS REDES DE APOYO: El Liceo establecerá relaciones con otras instituciones y organismos externos al Liceo, los que colaborarán en la acción formadora y de apoyo socio afectivo que el Liceo brinda a sus educandos. Por lo anterior el Liceo establecerá redes de apoyo con: Instituciones de Educación superior. Ramas de las Fuerzas Armadas y de Orden. Organismos de Salud (Consultorio – Hospital, Otros) Liceos Afines (Pares) Empresas Privadas y del Estado (Sedes para Practicas Profesionales / Visitas en Terreno) Municipalidad. ONG. Y otras que pudiesen colaborar con el Liceo. La relación de apoyo debe darse de acuerdo a una planificación acordada entre el Liceo y el organismo externo, establecerá el contacto Dirección o a quien este designe en su representación. El apoyo otorgado debe ser concreto y estar acorde a las reglamentaciones vigentes en este Manual.

OTRAS CONSIDERACIONES DE LA FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO La formación de los profesionales de la educación corresponderá a las instituciones de la Educación Superior, de acuerdo a lo establecido con la ley orgánica constitucional (Art. N º 10). - Los profesionales de la educación tienen derecho al perfeccionamiento docente. El objetivo de este perfeccionamiento es contribuir al mejoramiento del desempeño profesional de los docentes, mediante la actualización de conocimientos relacionados con su formación profesional, así como la adquisición de nuevas técnicas y medios que signifiquen un mejor cumplimiento de sus funciones, especialmente en esta Unidad Educativa El Departamento de Administración de la Educación del Municipio (D.A.E.M) podrá colaborar a los procesos de perfeccionamiento planificados por esta Unidad Educativa. Será responsabilidad del Director del Liceo proponer las materias de perfeccionamiento que la Unidad Educativa necesita, estableciendo prioridades, conforme a la implementación de nuevos planes y programas, Modalidad de Educación adoptada por el Liceo, y otras. En todo caso, el

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Consejo de Profesores podrá proponer a la Dirección que aquellas materias de perfeccionamiento sean de interés particular. Los profesionales de la educación que postulen a los programas, cursos, actividades o becas de perfeccionamiento, que realice o establezca el Ministerio de Educación (conforme al Art. N º 12 del Estatuto) deberán cumplir con los criterios y requisitos establecidos en el Art. N º 13 de la mencionada ley. DE LAS LICENCIAS Y PERMISOS Los Docentes del Establecimiento podrán solicitar permisos y licencias conforme a la legislación vigente y a este Manual de Convivencia (Art. N º 36 del Estatuto Docente). Los permisos deberán ser solicitados al Director del Establecimiento vía Inspectoría General con lo menos 24 horas de anticipación a fin de que se tomen las medidas del caso para dejar cubierta la ausencia del Docente. Excepcionalmente, y en casos de fuerza mayor, el Docente podrá comunicar telefónicamente alguna situación especial que le afecte, o impida su llegada al Establecimiento. El Director del Plantel o el Inspector General, cautelaran que una vez superada la contingencia, el Docente presente los documentos probatorios que justifiquen su proceder y permitan tomar las medidas administrativas pertinentes. Así también, el Director del Plantel en situaciones especiales en los que se apliquen Permisos Administrativos como fallecimientos de parientes cercanos (padre, madre, hijo, hermano y cónyuge), situaciones de accidente, fenómenos naturales, etc., en estos casos no se solicitara un periodo de aviso anticipado. No se autorizarán permisos programados por dos o más días juntos, excepto situaciones accidentales o de fuerza mayor señaladas anteriormente. No se darán permisos por enfermedad del personal, procediendo en dichos casos la Licencia Medica, la que deberá ser presentada en el Liceo dentro de las 24 primeras horas de la ausencia del funcionario, Dirección a través de Secretaria hará llegar la Licencia al Departamento de Educación Municipal. De las Salidas a Terreno y/o Giras de Estudio: Los profesores podrán planificar con fines pedagógicos Salidas a Terreno, y/o realizar Giras de Estudio, para lo cual se deberá cumplir con los siguientes requisitos: El Profesor del Sector, Subsector o Modulo deberá entregar con anticipación a U.T.P. la planificación de la Salida a Terreno o la Gira de Estudio, (considerando el lugar de la salida) indicando objetivos a cumplir, lugar o lugares de la visita, fecha, horario de salida y regreso. Deberá contar con las respectivas autorizaciones de los apoderados titulares, las que deben contener nombre del apoderado(a), Cedula de Identidad, Número de Teléfono y Firma. En las autorizaciones debe indicarse con claridad el Lugar de la visita, horarios de salida y regreso. Entregar a Inspectoría General las autorizaciones de los apoderados antes de la salida, dejando el Registro en el Libro de Salidas. (Los alumnos(as) que no cuenten con autorización firmada no podrán salir del establecimiento).

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Los alumnos(as) participante de las Salidas a Terreno y/o Giras de Estudio para todos los efectos legales quedarán presentes en el Libro de Clases. Las salidas a terreno y/o giras de Estudio están cubiertas por el Seguro Escolar de allí la importancia de contar con todos los permisos legales, para hacer valido los Seguros en el caso de ser necesario. En el caso de necesitar locomoción para el traslado de los alumnos(as) el Profesor deberá presentar junto con la planificación los antecedentes del vehículo y chofer que trasladará a los estudiantes. En el caso que la salida de terreno sea fuera de la Comuna, se deberá contar con autorización de la Dirección Provincial de Educación, a quién se le presentaran los antecedentes de acuerdo a reglamentación ministerial vigente con un mes de anticipación, en el caso que el viaje sea fuera de la Provincia se procederá de igual forma, pero solicitando la autorización a la Secretaria Regional Ministerial de Educación. El Profesor(a) deberá velar por la correcta presentación personal de los alumnos(as) y del buen uso del uniforme. De las representaciones en Eventos: Los Funcionarios del Liceo (as) y/o estudiantes podrán participar en eventos culturales, deportivos, científicos, etc. en representación del Liceo, esta representación debe ser: Oficializada mediante la documentación reglamentaria exigida en estos casos, sean Decretos, Resoluciones u otros. En el caso de los funcionarios debe quedar constancia en el Libro de Firmas y Registro de Ausencias de la situación mencionada indicándola como Comisión de Servicio. En el caso de los estudiantes estos deberán quedar presentes, pero con la observación correspondiente en el Libro de Clases. Los alumnos(as) que participen en eventos en representación del Liceo deben contar con Autorización escrita del Apoderado(a) la que debe contener las mismas indicaciones que las Autorizaciones exigidas para las Salidas a Terreno. Los Profesores(as) y estudiantes que representen al Liceo en diversos eventos y que cuenten con las autorizaciones exigidas para ello gozaran del beneficio de Seguros Laboral y Seguro Escolar. ACTIVIDADES ESPECIALES PLANIFICADAS POR LOS DIVERSOS ESTAMENTOS QUE CONFORMAN LA UNIDAD EDUCATIVA: Los diversos estamentos que conforman la comunidad liceana (Centro de Alumno y Alumnas; C. de Padres, Internado; Orientación, Área T-P; etc.) podrán realizar diversas actividades acordes a los lineamientos establecidos en la Misión del Establecimiento, para ello deberán cumplir las siguientes exigencias: Presentar la Planificación de la actividad con la debida anticipación a la Dirección y/o Equipo de Gestión quien analizará la factibilidad de realizarla en la fecha y lugar establecido en la programación. Indicar en la planificación entregada objetivos de la actividad, nombre de las personas responsables de coordinar. Indicar fecha, lugar y hora de la(s) actividades a realizar. Señalar los recursos materiales y humanos necesarios para realizar la actividad planificada. Indicar los mecanismos de difusión que se utilizaran para promover la actividad.

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El Equipo de Gestión analizará la propuesta y la presentará al consejo de Profesores. No se podrá realizar actividad alguna sin ser visada y autorizada por la Dirección. III.- RELACIONES ENTRE EL ESTABLECIMIENTO, LAS FAMILIAS Y LOS ESTUDIANTES: 1.- Responsabilidades del Establecimiento.

1. Garantizar el derecho a la Educación, para que accedan a los conocimientos, capacidades y valores necesarios para su desarrollo personal y su bienestar social.

2. Velar por la seguridad, integridad física y mental de los alumnos y alumnas. 3. Difundir oportunamente la información respecto de las postulaciones a beneficios como:

Becas, Residencias Escolares, Internado y otros que puedan surgir al interior del establecimiento.

4. Hacer cumplir los procedimientos relacionados con el Seguro Escolar. 5. Preocuparse de los alumnos y alumnas que presenten algún problema de salud durante la

jornada escolar para ser derivados a sus domicilios, la salida debe quedar registrada en el Libro establecido para ello, enviando comunicación al apoderado o llamado telefónico según corresponda, en casos de urgencia mayor el alumno (a) será trasladado a un Centro Asistencial por algún miembro del personal del Liceo informando al apoderado.

6. Mantener informada a la comunidad educativa de los acontecimientos ocurridos en el transcurso del Año Escolar (Cuenta Anual, Balances, Rendimiento escolar, disciplina, modificaciones a los Reglamentos, Etc.)

7. Velar por la buena Mantención de la Infraestructura, previniendo situaciones de riesgo. Informando a las autoridades correspondientes.

8. Mantener y acrecentar las Redes de Apoyo Externa para la labor educativa. 9. Informar por escrito al apoderado/a de la aplicación de una sanción que implique una

sanción de extrema gravedad, indicando las razones de esta decisión. 10. El Liceo velara por el cumplimiento de la reglamentación vigente en lo concerniente a Salidas

a Terreno, Representaciones y/o Giras de Estudio. 11. El liceo velara y brindara las facilidades establecidas por el Mineduc para que las alumnas

embarazadas terminen su año escolar. Contemplando para ello un Calendario Especial de Evaluaciones, Flexibilizando la exigencia reglamentaria de Asistencia para Promoción. Otorgando facilidades en el Uso de Uniforme para comodidad y seguridad. Permisos para Controles Médicos durante la Jornada Escolar previa presentación Certificado de Atención. Posterior al embarazo se regula un horario para amamantar.

12. Acorde a los principios que rigen al Establecimiento anualmente se reconocerán y premiarán a los alumnos que reflejen en su actuar como liceanos estos principios.

2.- Responsabilidades de los Padres, madres y/o Apoderados:

1. Cumplir con los requerimientos del Establecimiento como apoderados: Reuniones de apoderados, citaciones de profesores jefes u otros, Justificaciones de inasistencias y atrasos.

2. Velar por que su pupilo(a) se presente en buenas condiciones de salud al establecimiento. 3. Justificar oportunamente las inasistencias a Reuniones u otras citaciones emanadas del

establecimiento, debiendo concurrir posteriormente para informarse. 4. Apoyar a sus pupilos en el proceso de enseñanza –Aprendizaje.

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5. Velar por el bienestar de su (s) pupilo (s) en lo afectivo, salud y social, informando oportunamente al establecimiento cualquier situación anómala.

6. Velar por el cumplimiento de los Reglamentos y normas del Establecimiento por parte de su pupilo.

7. Reforzar permanentemente hábitos, valores en sus pupilos como: Respeto, Responsabilidad, Honestidad, Solidaridad, entre otros.

8. Comunicar por escrito la ausencia a una citación indicando fecha en la cual acudiría al establecimiento. El alumno no ingresara a clases en cuanto el apoderado no regularice dicha situación.

9. Apoyar el uso de uniforme para lograr una mejor presentación personal y evitar algún tipo de discriminación entre los alumnos (as).

10. Avisar personalmente y en forma oportuna a Inspectoría General la inasistencia de su pupilo(a) a una evaluación fijada con anterioridad y en un plazo de 48 horas.

11. Solicitar personalmente autorización para el retiro anticipado de su pupilo(a) firmando el Registro correspondiente.

12. Justificar personalmente inasistencias en Inspectoría al momento del reintegro del alumno(a) a clases.

13. Justificar atrasos del alumno(a), considerando que al tercer atraso el apoderado será citado al establecimiento.

Son derechos del Apoderado:

1. Recibir información oportuna del rendimiento y comportamiento de su hijo (a) en reunión de apoderados.

2. Recibir copia integra del Manual de Convivencia al momento de matricular a su hijo (a) en el Liceo, el cual deberá se aceptado por escrito por el Apoderado Recibir información sobre normas y criterios de evaluación en marzo de cada año, en reunión de apoderados.

3. Recibir Informe de calificaciones parciales que indique el estado de avance educacional de sus hijos o pupilos en los meses de mayo y octubre de cada año escolar, en dichos informes irán registradas a lo menos 2 ó 3 calificaciones como mínimo, dependiendo del número de horas, en reunión de apoderados.

4. Recibir Informe de Calificaciones Semestrales y de Desarrollo Personal (OFT) si lo solicita, el que se entregará en los meses de julio y diciembre, en reunión de apoderados.

5. Pre Informe Anual en la última quincena de noviembre en el que se registre el 80% de las calificaciones en reunión de apoderados.

6. Certificado Anual de Estudios, al término del año escolar. El que permanecerá en el establecimiento hasta que el alumno(a) este en él.

7. Ser recibidos y atendidos por los Profesores Jefes o de Asignatura en sus horas de Atención de apoderados.

8. Recibir información sobre el uso de los aportes realizados a Centro de Padres, Sub centros u otros si los hubiera. (Material Didáctico – Cuotas Internas, etc.)

9. Integrarse y formar parte de los Centros de Padres de Curso, organizándose a través de una Directiva conformada por un Presidente, un vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y dos Delegados como representantes al Centro General de Padres, este Centro de Padres de curso debe servir de apoyo al Profesor Jefe en su labor educativa y formadora.

10. Integrar y formar parte de la Directiva del Centro General de Padres, organismo creado para servir de apoyo a la labor educativa que el Liceo imparte.

11. Manifestar inquietudes, reclamos o felicitaciones hacia algún funcionario del Liceo dejando constancia por escrito en el Libro de Reclamos.

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durante la jornada de clases, el apoderado sólo tendrá acceso al área administrativa del colegio, con el objetivo de no alterar el normal desarrollo de las actividades académicas. PARA UN MEJOR FUNCIONAMIENTO Y CLARIDAD EN EL DESEMPEÑO DE LOS ROLES LOS FUNCIONARIOS DEL LICEO QUEDARAN INHABILITADOS PARA SERVIR COMO APODERADOS O APODERADOS SUPLENTES, A MENOS QUE LO SEAN DE SUS HIJOS O HERMANOS. 3.- Derechos y Deberes de los Estudiantes: Tienen Derecho a:

1. Recibir una educación con equidad y calidad. 2. No ser discriminado por su etnia, situación socioeconómica, religión, embarazo u otros. 3. Postular a los beneficios para los que cumpla con los requisitos. 4. Utilizar los recursos didácticos disponibles para su uso en el establecimiento. 5. Ser informado oportunamente de su situación académica y disciplinaria. 6. Ser evaluado en igualdad de condiciones de acuerdo al Reglamento Vigente. 7. Contar con una infraestructura adecuada para el desarrollo normal del Proceso de enseñanza

Aprendizaje. 8. Ser tratado con respeto y dignidad acorde a su condición de ser humano, evitando los apodos

o sobrenombres. 9. A ser escuchados y a expresar sus opiniones respetuosamente ante situaciones que

consideren injustas, arbitrarias o cuando requieran apoyo pedagógico, por sí o mediante sus representantes de Consejo de Curso y/o Centro General de Alumnos.

El conducto regular será el siguiente: . Profesor de Asignatura . Profesor Jefe . Inspectoría General (si la problemática es de convivencia o disciplina) . Unidad Técnico-Pedagógica (si la problemática es de calificaciones, pruebas, eximiciones, cierres de año anticipados y casos especiales) . Dirección. En el caso de los alumnos(as) de la Enseñanza Técnico Profesional el Liceo debe procurarle un lugar para realizar su Práctica Profesional. Al reconocimiento público: para ello se realizará semestralmente un acto de reconocimiento y premiación a los alumnos que destaquen en el quehacer liceano, particularmente en los aspectos que se indica: Mejor alumno(a) por nivel; será propuesto por los profesores jefes del nivel aquel alumno que destaque por su actitud positiva y cumplimiento de deberes académicos y disciplinarios, no necesariamente por rendimiento. Mejor promedio por curso; corresponderá al alumno(a) que registre el mejor promedio general de cada curso, en caso de empate se tendrá en cuenta otros aspectos como responsabilidad y disciplina según registros de su hoja de vida. Hará la nominación el profesor jefe de cada curso.

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Mejor promedio por nivel en las siguientes asignaturas: Lenguaje, Matemática, Historia e inglés. Hará la nominación el departamento de cada asignatura. Mejor deportista destacado a nivel comunal, regional o nacional: la obtención de este reconocimiento deberá estar asociado al cumplimiento de normas conductuales y valores de respeto y responsabilidad. Hará la nominación el departamento de educación Física. Premio extraescolar: se reconocerá al alumno(a) que haya destacado en alguna actividad extraescolar Nomina encargado del departamento extraescolar. Premio de ciencias: se reconocerá al alumno(a) que haya tenido alguna participación destacada en el área: Nomina el departamento de ciencias Premio al esfuerzo: se reconocerá al alumno(a) que a pesar de las dificultades en su cotidiano vivir sea capaz de mantener un rendimiento y cumplimiento de normas adecuado. Nominará el consejo de profesores y profesores jefes de 1 a 3 Mejor asistencia: se destacará a los alumnos que cumplan con un 100% de asistencia. Premio SIMCE por curso: este premio será otorgado al curso que obtenga el mejor promedio aritmético en el SIMCE, en las asignaturas de lenguaje y matemática. Nomina U.T.P.

EMBARAZADAS MADRES Y PADRES ADOLESCENTES La ley N° 20.370/2009

Ley General de Educación Art. 11 señala: “el embarazo y la maternidad en ningún caso constituirá impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel, debiendo estos últimos otorgar las facilidades académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de ambos objetivos.

RESPONSABILIDADES D EL ESTABLECIMIENTO EN RELACIÓN A ALUMNAS

EMBARAZADAS Y/O MADRES ADOLESCENTES

• Una vez que se entregue la información, el Director, la Orientadora son responsable de

informarle sobre sus derechos y obligaciones tanto del /la estudiante, como de la familia y el

establecimiento educacional.

• Deben ser tratadas con respeto por todas las personas que trabajan en el establecimiento donde

estudian.

• Se deben informar que se encuentran cubierta por el Seguro Escolar al igual que todas las

estudiantes matriculadas en un establecimiento educativo reconocido por el Estado.

• Facilitar durante los recreos, que las alumnas embarazadas puedan utilizar las dependencias de

la biblioteca u otros espacios del establecimiento, para evitar estrés o posibles accidentes.

• En caso de alumna embarazada se debe velar, por el derecho de asistir al baño tantas veces lo

requiera, sin tener que reprimirse por ello, previniendo el riesgo de producir una infección

urinaria, (primera causa de síntomas de aborto).

• Se deberá elaborar un calendario flexible que resguarde el derecho a la educación de estas

alumnas y alumnos, brindándoles un apoyo pedagógico necesario en conjunto con la Unidad

Técnico Pedagógica del establecimiento.

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RESPONSABILIDADES DE ALUMNAS EMBARAZADAS Y/O MADRES ADOLESCENTES

RESPECTO AL PERIODO DE EMBARAZO

• La alumna debe Informar en el establecimiento educacional, que la o el estudiante se

encuentra en esta condición.

• Pueden participar en organizaciones estudiantiles y en todo tipo de eventos, como en la

graduación o en actividades extra programáticas

• Pueden adaptar su uniforme escolar a su condición de embarazo o usar el buzo Institucional.

• Ser responsable de asistir a los controles de embarazo, post-parto y Control Sano de tu

hijo/a, en el Centro de Salud Familiar o consultorio correspondiente.

• Se podrá firmar un compromiso de acompañamiento a la adolescente que señale que:

- Que señale su consentimiento para que el/o la alumna.

- Que asista responsablemente a sus controles y exámenes médicos y otras instancias que

demanden atención de salud.

- Compromiso de cuidados en el embarazo y cuidado del hijo/a nacido, que implique la

ausencia parcial del/la estudiante durante la jornada de clases.

RESPECTO AL PERIODO DE MATERNIDAD O PATERNIDAD

• Pueden ser promovidas de curso con un % de asistencia menor a lo establecido, siempre que

sus inasistencias hayan sido debidamente justificadas por los/as médicos y matronas

tratantes, carné de control de salud y tenga las notas adecuadas, establecidas en el

reglamento de evaluación.

• Pueden realizar su práctica profesional si está en un Liceo de Enseñanza Media Técnico-

Profesional, siempre que no contravenga las indicaciones de tu médico o matrona tratante.

• Cuando su hijo o hija nazca, debe amamantar, para esto puedes salir del establecimiento

educacional en tus recreos o en los horarios que te indiquen en tu centro de salud, que

corresponderá como máximo a una hora de tu jornada diaria de clases.

• Notificar al establecimiento si existiese cambio de domicilio o si el hijo/a en condición de

embarazo, maternidad o paternidad quedara bajo la tutela o responsabilidad de otra persona.

• Justificar tus controles de embarazo y Control de Niño Sano con el carné de control de salud

o certificado del médico tratante y/o matrona.

• Justificar tus inasistencias a clases por problemas de salud, con certificado médico y

mantener informado/a tu profesor/a jefe e Inspectoría General y UTP.

• Informar en el liceo con certificado del médico y/o matrona tratante, si estás en condiciones

de salud para realizar tu práctica profesional.

• Debe realizar todos los esfuerzos para terminar su año escolar, como asistir a clases y cumplir

con el calendario de evaluaciones, especialmente si estás con tutorías y/o recalendarización

de pruebas y trabajos.

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Son deberes del alumno (a)

1. Promover, mantener, y apoyar un ambiente de sana convivencia entre los miembros que conforman la comunidad educativa. Queda estrictamente prohibido el ingreso de bebidas alcohólicas, drogas, armas u otro elemento que pueda atentar contra la integridad física de quienes forman la comunidad liceana.

2. Cumplir con el uso del uniforme establecido, sea este el oficial o el buzo en los casos que corresponda.

3. Cumplir con los horarios de ingreso, justificando atrasos e inasistencias de acuerdo a normativa vigente.

4. Contar con la Libreta de Comunicaciones, elemento indispensable para cualquier trámite en Inspectoría.

5. Cuidar y mantener en las mejores condiciones la infraestructura, mobiliario y material didáctico, responsabilizándose de reponer los bienes que el alumno o alumna dañare.

6. Mantener una conducta de respeto hacia los valores patrios, étnicos y morales, manteniendo un lenguaje adecuado carente de groserías, gestos obscenos, apodos y/u ofensas hacia las personas que componen la comunidad educativa. Evitando manifestaciones amorosas efusivas como besos en la boca, tocaciones que atenten contra la moral y las buenas costumbres.

7. Utilizar los medios audiovisuales con el único objetivo de potenciar su proceso de Enseñanza – Aprendizaje.

8. Hacer buen uso de los beneficios que le otorgue el establecimiento o instituciones del Estado, cumpliendo de manera responsable y comprometida con los acuerdos establecidos para su asignación que lo hagan merecedor de mantener dicho beneficio.

9. En el caso de las alumnas embarazadas, deberán cumplir con el calendario de evaluaciones fijados por U.T.P. y con un mínimo de asistencia semestral, indicado en lo concerniente a evaluación.

10. Mantener un comportamiento adecuado en la sala de clases respondiendo a las actividades planificadas por el profesor a cargo.

11. Cumplir con no portar objetos de valor o que distraigan el normal desarrollo de la clase (joyas, celulares, mp3, u otros objetos tecnológicos). Ante la perdida o robo de estos objetos el Liceo no se hará responsable.

IV.- NORMAS DE CONVIVENCIA: Definición de las Faltas contra la Disciplina: Para los efectos de este Manual de Convivencia, las faltas deberán ser debidamente acreditadas para su sanción, principalmente por los registros objetivos y detallados en la hoja de vida del alumno, adicionalmente se utilizará cualquier otro medio de prueba con que se cuente, tales como registros audiovisuales, registro de entrevistas a terceros, entre otros. Se clasificarán en leves, medianamente graves y graves. Según la situación en la que se cometan: 1.- Faltas Leves: Se entenderán como faltas leves aquellas que se producen ordinariamente durante el desarrollo regular de las horas de clases, durante los recreos, en general durante la permanencia de los estudiantes en el establecimiento, y que no dañan la integridad física ni la autoridad establecida, pero que están alterando el normal desarrollo de la clase.

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Corresponderá a cada Profesor la corrección de las faltas calificadas como leves, mediante advertencia, recomendación, reprimenda, amonestación verbal o retiro del alumno de la sala de clases, dando aviso a inspectoría General haciendo el respectivo registro en la Hoja de Vida. La reincidencia de una falta considerada leve se considerará medianamente grave, lo que faculta al Profesor Jefe para citar al apoderado acompañado del alumno (a) y si se requiere al Profesor de Asignatura donde la falta se ha reiterado, comprometiendo al alumno (a) bajo firma y en conjunto con el apoderado a un cambio de actitud, En el caso que no se observe un cambio de actitud será derivado a Inspectoría, U.T.P. u Orientación según corresponda quienes y en conjunto con el Profesor Jefe y Apoderado aplicaran las medidas necesarias para obtener un cambio de comportamiento. FALTAS LEVES

1. Llegar atrasado al Liceo sin justificación 2. Ingresar atrasado a la clase luego del recreo, cambio de hora u hora de colación. 3. Observar modales displicentes ante requerimientos de docentes o paradocentes. 4. Desordenes en la sala de clases. 5. Copiar en las pruebas, trabajos u otros. 6. Ocasionar daños en vidrios, puertas u otros no premeditado. 7. Permanecer sin autorización en la sala de clases durante los recreos. 8. No cooperar a la formación del curso a comienzos de la jornada y términos de recreos. 9. Desatender al desarrollo de un subsector por realizar actividades de otro. 10. No contribuir a la mantención del aseo de la sala de clases ni a la limpieza del mobiliario y de

las dependencias del establecimiento. 11. No dar a conocer al apoderado(a) las comunicaciones enviadas por el Liceo. 12. Perdida o descuido de la Agenda Escolar. 13. Ingerir alimentos en la sala clases 14. El utilizar sin autorización objetos o elementos que distraigan el normal desarrollo de la

clase, tales como celulares audífonos tablet, etc. será considerado una falta leve y el profesor(a) requisara el objeto entregándolo en Inspectoría General, quien sólo lo devolverá al alumno(a) ante la presencia del apoderado(a) en la próxima reunión de apoderados. La negativa del alumno a entregar el objeto en cuestión se considera falta medianamente grave y se procederá en consecuencia.

15. Otras que se presenten y que no estén consideradas en esta lista pero que al ser considerada por el Consejo puedan incluirse.

2.- Faltas Medianamente Graves: son aquellas que comprometen los principios vigentes en la Educación Chilena y las normas de sana convivencia caracterizada por una resistencia a participar en actividades planificadas sin dar una excusa razonable, daño a la imagen del Liceo y situaciones de relaciones humanas que afecten la convivencia interna. Las Faltas Medianamente Graves serán sancionadas de la siguiente manera: Registro de la observación en la Hoja de Vida, citación del Apoderado y suspensión hasta por cinco días de clases, la medida será tomada por Inspectoría General considerando lo informado por el Profesor Jefe, Profesor de Asignatura. Si el alumno (a) persiste en este tipo de acciones serán derivados a Inspectoría, U.T.P. u Orientación según corresponda quienes aplicarán las medidas necesarias para provocar un cambio en la conducta del alumno (a), de no existir este cambio se procederá a aplicar Condicionalidad de la Matrícula,

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FALTAS MEDIANAMENTE GRAVES: 1. Reincidencia de faltas leves. 2. Negativa a entregar elementos distractores de la clase cuando el profesor lo solicita. 3. Fumar fuera del establecimiento durante actos que impliquen representación del Liceo. 4. Fumar en el establecimiento o en su entorno. 5. Observar un comportamiento irrespetuoso o descortés con sus compañeros y cualquier otro

miembro de la comunidad educativa, manifestando un lenguaje o modales inadecuados. 6. Usar agenda escolar de otro estudiante. 7. Demostrar resistencia o negarse a participar en representaciones oficiales del Liceo en una

actividad determinada, sin dar razones convincentes. 8. Comercializar todo tipo de Alimentos o golosinas u otras especies sin la autorización

correspondiente. 9. Uso de lenguaje oral o escrito de carácter grosero. 10. No asistir a clases encontrándose en el Liceo o retirarse de la sala antes del término de la

clase, sin autorización. 3.- Faltas Graves: Son todas aquellas que atentan contra la integridad física, bienes personales y fiscales, adulteración o falsificación de documentación oficial y todo aquello que por su naturaleza provoquen alarma o conspiren al normal funcionamiento del Liceo. Las Faltas Graves serán sancionadas Registrando la observación en la Hoja de Vida, citación del Apoderado y suspensión de hasta por cinco días hábiles, que podrán ser prorrogables hasta por cinco días hábiles más. Toma la decisión Inspectoría General, Profesor Jefe. Informando a la Dirección. Tratándose de faltas estipuladas como causal de expulsión se atenderá al procedimiento particular para ello establecido Al considerar la Falta Grave o la reiteración de esta se aplicará Condicionalidad de Matrícula. Todo lo anterior sin perjuicio de las denuncias que deban realizarse cuando corresponda. FALTAS GRAVES:

1. Agresiones físicas o verbales a cualquier integrante de la comunidad educativa. 2. Fuga del Liceo o Salida y entrada por donde no corresponde. 3. Hurto de Dinero o especies valiosas. 4. Actitudes; gestos o acciones inmorales. 5. Destrozo intencional de bienes materiales del Liceo, compañeros, profesores u otros

integrantes de la comunidad liceana. 6. Adulterar calificaciones y/o falsificar documentos oficiales, como Libreta de Comunicaciones,

Libro de Clases, etc. 7. Hurtar o no devolver material bibliográfico pedido en biblioteca. 8. Introducir y/o ingerir alcohol o drogas dentro o fuera del Liceo. Se considerará especialmente

grave la comercialización de estos elementos. 9. Portar armas, elementos contundentes, drogas u otro objeto prohibido, situación que será

informada a Carabineros acorde a la ley vigente. 10. Publicar ofensas contra compañeros, funcionarios y profesores del Liceo en cualquier medio

escrito, oral o digital, incluidas Internet en cualquiera de sus formas. 11. Grabar y/o filmar haciendo uso malicioso y sin autorización hechos y/o acciones que ocurran

al interior del Liceo con cámaras de video, elementos TIC, celulares u otro artefacto mecánico o electrónico.

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12. Instalar en cualquier sitio web, acciones hechos que ocurren al interior del Liceo si la autorización correspondiente.

13. Otras que por su naturaleza provoquen alarma o conspiren al normal funcionamiento o prestigio del Liceo.

Las suspensiones quedarán establecidas por Inspectoría General, dejando constancia en la Hoja de Vida del alumno (a). Las sanciones aplicadas considerarán la edad y el desarrollo del estudiante y su permanencia en el establecimiento considerando que a mayor permanencia en el Liceo mayor es el conocimiento del Reglamento existente. Un alumno (a) tiene el derecho a ser escuchado junto a su apoderado(a) antes de determinar la sanción a la falta cometida, sólo podrá aplicarse la suspensión u otra sanción al alumno(a) previo conocimiento del apoderado(a). PROTOCOLO DE ACCION: Frente a una situación disciplinaria que no permita el desarrollo normal de la clase, el profesor informará la situación al inspector de pasillo correspondiente, quien retirará al alumno de la sala y aplicará la medida correctiva según las estipulaciones del presente manual de convivencia. LA CONDICIONALIDAD DE MATRICULA: Se entenderá como un estado administrativo, previo a la cancelación de matrícula, en que se encuentra un estudiante, que ha trasgredido reiteradamente las normas de convivencia establecidas por este Manual y/o a cometido una Falta considerada Grave que amerita esta condición y es establecida por el consejo General de Profesores. La Condicionalidad se formalizará mediante un documento escrito en el que quedará constancia del compromiso del alumno(a) para lograr un cambio de actitud favorable que le permita continuar en el Liceo, para ello el Establecimiento le brindará el apoyo necesario mediante un Tutor Asignado y el apoderado se compromete a apoyar a su pupilo y asistir regularmente a entrevistas con el tutor. Este documento debe ser firmado por el Director del establecimiento, el Alumno(a) y el Apoderado. El no cumplimiento de los compromisos de cambio de conducta suscritos por el alumno(a) tendrá como resultado la Cancelación de la Matrícula. Según procedimiento establecido para ello. El Liceo se compromete a designar un tutor para el alumno(a) Condicional. Las Tutorías de Condicionalidad serán asumidas por los Docentes Directivos del Establecimiento o un Profesor con horas asignadas a Inspectoría, su labor se centrará en brindar apoyo al alumno(a), realizando entrevistas al menos cada quince días, derivándolo a las instancias correspondientes y a las que tenga acceso el Liceo, si es necesario (Orientador, Psicólogo, Asistente Social, redes de apoyo, etc.). Deberá citar periódicamente al apoderado del alumno (a) manteniéndolo informado de los cambios o reincidencias, aplicando las medidas disciplinarias mencionadas en este Manual. De su actuar deberá llevar un Registro e informar a Inspectoría General para ratificar las medidas aplicadas. La Condicionalidad implicara para el estudiante: La NO participación en actividades extraescolares como Aniversario o de representación del Liceo. La Condicionalidad de la matrícula será evaluada por el Consejo de Profesores Semestralmente; para determinar si se levanta, mantiene; en la evaluación de fin de año se podrá proponer la cancelación de matrícula.

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LA EXPULSIÓN Y CANCELACIÓN DE LA MATRICULA Esta es considerada una medida extrema, excepcionalísima y última, y en el caso del Liceo Tomas Burgos la causal de expulsión o cancelación de la matrícula se centrará en aspectos conductuales que violan valores como el respeto a las normas establecidas, al prójimo y sus bienes; la tolerancia y la honestidad. Esta acción se legitima cuando la situación implica un riesgo real y actual y este es el único modo de garantizar la seguridad o protección de los restantes miembros de la comunidad escolar tanto del daño físico como psíquico. Para aplicar esta medida se deberá considerar el siguiente procedimiento: Establecer las causales que dan origen a la expulsión como son:

• Daño a la propiedad pública con alevosía y premeditación.

• Agresión a terceros con lesiones graves.

• Porte y/o uso de arma blanca o corto punzante.

• Robos reiterados comprobados (dos o más) a la propiedad pública o a terceros.

• Violencia sexual aplicada a terceros o actos reñidos con la moral.

• Trafico de drogas u otras sustancias ilícitas.

• Otras Faltas consideradas graves o su reincidencia.

• Incumplimiento de compromisos adquiridos al establecerse la condicionalidad de matrícula. En Primer término, la Dirección nombrará un investigador, quien se apegará al siguiente procedimiento: Establecer la conducta manifestada por el alumno(a), describiendo la situación de modo especifico y objetivo, indicando el valor o principio vulnerado. Que motiva la medida de expulsión, dejando constancia por escrito en Libro de Clases y Libro de Observaciones de Inspectoría General. Citación por escrito en Libreta de Comunicaciones al apoderado y al alumno(a), informando de la conducta a sancionar, indicando fecha y hora de la citación. De no asistir el apoderado(a) se establecerá comunicación telefónica o se enviará citación al hogar. Realizada la investigación y habiendo escuchado a las personas involucradas el investigador emitirá un informe a Inspectoría General con copia a la dirección, quien determinará si procede la medida. El alumno(a) junto a su Apoderado(a) tendrán derecho a apelar a esta sanción a la Dirección del Establecimiento. Dicha Apelación deberá ser en forma escrita y firmada responsablemente por el reclamante. La Dirección conocerá de ella y resolverá, en un plazo de cinco días hábiles, se comunicará por escrito al apoderado(a). Una última instancia de apelación, en la forma anterior, será el Consejo Escolar, quien resolverá definitivamente. Durante el periodo que dure el procedimiento, el alumno se entenderá suspendido, según preceptuado en N°8 letra k del Ordinario N°476 de 2013 de la Superintendencia de Educación Escolar. MECANISMOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Los conflictos están presentes en todo grupo humano de hecho “no podemos evitarlos, pero sí podemos aprender a manejarlos, la comunidad liceana debe desarrollar esa habilidad, lo que se transformará en una oportunidad para crecer y convivir mejor, respetando las diferencias y desacuerdos”, de allí la importancia de buscar mecanismos para su resolución, como Liceo hemos establecido tres formulas de resolución basados en:

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Arbitraje: Regulación de un litigio o conflicto, en el cual se nombra un arbitro, quien conocido el motivo del conflicto dictamina una sentencia o resolverá de acuerdo a los antecedentes existentes, la que será inapelable, ambas partes deben validar la autoridad del arbitro y aceptar su dictamen. Mediación: Se busca una persona de la comunidad liceana de igual o superior autoridad, que cuente con la confianza de los actores involucrados en el conflicto, la mediación funciona cuando las partes en conflicto recurren a una tercera para que los ayude a encontrar una solución por medio del dialogo. ACTORES TIPO DE

CONFLICTO MECANISMO DE RESOLUCION

QUIEN RESUELVE

Alumno – Alumno y otros integrantes de la comunidad educativa

Disciplinario Agresión Robo Discusiones otros

Arbitraje Mediación

Profesor Prof. Jefe. I. General. Dirección

PROTOCOLOS DE ACCION FRENTE A MALTRATO ESCOLAR Y/O ABUSOS SEXUALES EN EL LICEO TOMAS BURGOS

INTRODUCCION: En virtud de lo dispuesto en la Ley 20.370 sobre violencia escolar, en el sentido de incorporar en sus manuales de convivencia protocolos de acción frente al acoso escolar, Bull ying y abusos sexuales, en este contexto el Liceo Tomas Burgos introduce en su manual de convivencia los siguientes acápites: DEFINICION DE CONCEPTOS:

Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda:

• Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales;

• Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo. • Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo,

moral, intelectual, espiritual o físico.

Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un integrante de la comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante. Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas:

• Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;

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• Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa;

• Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa; • Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno

u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres, mofarse de características físicas, etc.);

• Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia;

• Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico;

• Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar; • Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de

delito; • Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o

contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos; o

• Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.

Se entenderá por bullying todo acto de agresión u hostigamiento reiterado y prolongado en el tiempo, realizado por estudiantes o cualquier miembro de la unidad Educativa, que atenten en contra de otro estudiante o miembro de la comunidad escolar, valiéndose de una situación de superioridad o de indefensión de la víctima, que le provoque maltrato, humillación o temor fundado de verse expuesta a un mal de carácter grave. Estos actos agresivos pueden ser cometidos por un solo estudiante o por un grupo, y puede ser tanto dentro como fuera del establecimiento educacional.

Se entenderá por acoso u hostigamiento sexual la manifestación de una serie de conductas compulsivas de solicitudes, de favores sexuales con distintas formas de manifestación dirigidas a un(a) receptor(a) sin tener su consentimiento. Se puede aplicar a ambos sexos o personas del mismo sexo. El acoso sexual puede ocurrir como una pauta de comentarios sexuales degradantes o acción que varía entre molestias o distracciones verbales o físicas a intimidación deliberada y amenazas reales o exigencias sexuales. Tal conducta puede constituir acoso sexual, sin importar la orientación sexual real o percibida de la persona. Las formas de acoso sexual incluyen, pero no están limitadas a lo siguiente: acoso verbal, acoso físico, acoso visual, solicitud de favores sexuales no deseadas.

Se entenderá por Obligación de denuncia de delitos a la responsabilidad jurídica y moral de los directores, inspectores, profesores y todo trabajador del Liceo, de denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho.

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN No obstante, el principio de prevención como el pilar fundamental de la buena convivencia

escolar, una vez que en el liceo se tiene conocimiento de una posible situación de acoso, bien a través del propio alumno bien a través de una observación directa, es preciso adoptar una serie de medidas que deben considerar: recogida de información, análisis y adopción de medidas, seguimiento periódico

1. Por disposición de la Ley antes señalada deberá existir en el establecimiento un encargado de

convivencia escolar, el cual será la persona encargada de comunicarse con todos los sujetos

implicados, de recabar la información necesaria y comunicarla a los efectos de tomar las

medidas necesarias.

Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra. De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada caso. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente. En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas, se le deberá además otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad. Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus padres o apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo, pero deberá quedar constancia de ella.

2. Citar al alumno acosado en una entrevista individual. Es importante que en esta primera toma de contacto se genere en un clima de confianza, por lo que, si es necesario, deberá repetirse hasta que el alumno se encuentre en disposición de trasladar el alcance del problema. 3. Citar al alumno/a acosador/a en una entrevista individual. 4. Citar a los demás alumnos implicados en entrevista individual. 5. Citar, en entrevista individual, a la familia de acosador y acosado. 6. Convocar al Equipo Docente, al Departamento de Orientación y a la Comisión de Convivencia: El objetivo de esta convocatoria es explicar la situación, de forma que todo el profesorado se encuentre implicado y pueda manifestar si es conocedor de alguna circunstancia, especialmente aquellos que se encuentran en contacto más directo con el alumno. Igualmente resulta conveniente solicitar colaboración al adoptar medidas consensuadas. 7. Solicitar el apoyo técnico del Departamento de Orientación. 8. Una vez recabada toda la información sobre los hechos acontecidos, deberá convocarse un nuevo consejo de Profesores, en el que se valorará si los mismos realmente son constitutivos de acoso y, en su caso, se acordarán las medidas a adoptar, siempre de acuerdo con las previsiones recogidas en el manual de convivencia del establecimiento, por el que se regulan los derechos y deberes del alumnado y las correspondientes sanciones. Entre las medidas que se adopten, debemos distinguir entre aquellas tendientes a la protección de la víctima, las medidas correctoras de los agresores y la comunicación de la situación a los organismos correspondientes. 8.1 Medidas de protección a la víctima: Las posibilidades de protección son múltiples y variarán en función de las necesidades peculiares del alumno en concreto, si bien podemos sugerir las siguientes: a) Cambio de grupo.

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b) Vigilancia específica de acosador y acosado. c) Tutoría individualizada con el equipo de orientación del acosado, dándole pautas de autoprotección. d) Asignación de una “persona de confianza” dentro del equipo docente. e) Solicitud de colaboración de la familia de víctima y agresor, manteniéndoles en todo momento informados de la situación. f) Sesiones grupales. g) Recomendar la asistencia del agredido a un profesional externo al Establecimiento con el fin de reforzar la labor efectuada por el equipo docente. 8.2 - Medidas correctoras de los agresores: a) Tramitación del oportuno expediente sancionador e imposición de las sanciones correspondientes. b) Petición de disculpas a la víctima y reposición del daño causado. c) Realización de una labor de toma de conciencia de lo ocurrido y sus consecuencias. d) Tutoría individualizada, con enseñanzas de técnicas de autocontrol. e) Mostrarle estrategias de resolución de conflictos, dándole a conocer soluciones alternativas a la agresión. 8.3- Otras medidas: a) En aquellos casos en que el acoso no haya consistido en agresiones físicas, se deberá iniciar un proceso de mediación. b) Igualmente, se informará a la autoridad educativa de la situación detectada y de las medidas adoptadas. Nota: es necesario documentar por escrito todas y cada unas de las medidas y de los acuerdos adoptados, así como el calendario de aplicación de los mismos y sus resultados. 9.- Seguimiento. Una vez adoptadas todas las medidas previstas anteriormente, es importante continuar llevando a cabo, a través del departamento de orientación, un seguimiento de la situación, de forma que la misma no vuelva a producirse, quedando totalmente erradicada cualquier conducta agresiva.

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Anexo N° 1

MEDIDAS DE PREVENCION DE RIESGOS EN LA IMPPLEMENTACION DEPORTIVOS

DEL LICEO TOMAS BURGOS AÑO 2017 El Liceo Tomas Burgos preocupados por el Bienestar y Seguridad del Estudiante fija el siguiente protocolo de Medidas de Prevención de Riesgos en la Implementación Deportiva y Espacios de Recreación, considerando que cuenta con los siguientes espacios recreativos y deportivos, tales como: Gimnasio, Patio techado, Cancha en patio abierto. 1.- CONCEPTO DE ACCIDENTE En base a esto, se podría decir que un accidente es una situación imprevisible y sorpresiva que provoca una alteración en alguna de las estructuras corporales, causando un daño físico o mental. 2.- LOS ACCIDENTES EN POBLACIONES ESCOLARES

Un accidente siempre es dramático y de no ser bien tratados, podrían convertirse en algo grave, en especial si las víctimas son niños y/o Estudiantes. Los profesores jugamos un papel fundamental en la prevención de lesiones y accidentes en la práctica de Actividades Física. Por lo anterior que se establecen las medidas de seguridad oportunas para cada tarea, actividad y lugar, para así minimizar riesgos, y a la vez conocer los procedimientos de intervención en caso de que suceda un accidente.

El tipo de actividades y tareas a realizar. Podemos destacar: Ejercicio físico y salud (acondicionamiento físico)

➢ Realizar un adecuado calentamiento previo. ➢ Realización de ejercicios de estiramiento muscular y movilidad articular ➢ Partir de lo simple a lo complejo. ➢ Demostración y explicación de las tareas a realizar y del espacio físico que se utilizará ➢ Respetar y cumplir los principios de la actividad física: Adaptación, progresión continuidad y

alternancia. ➢ Velar por el adecuado uso de los materiales y por la seguridad de los espacios seleccionados

para las actividades. ➢ Monitoreo permanente de las actividades que están realizando los estudiantes ➢ Adecuar las actividades al nivel físico y etario del alumnado. ➢ Realizar estiramiento al finalizar la sesión. ➢ Uso habitual de bloqueador solares en lugares de exposición. ➢ Fomentar en los alumnos el autocontrol y el autocuidado, basado en el respeto por sus pares

y por sí mismo.

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Deporte de gran contacto físico: Son muchos los deportes que una de sus principales características es el contacto físico, como es el caso del juego con balón que no son ajenos a golpes y encontronazos que pueden desencadenar un accidente. Proponemos las siguientes recomendaciones para evitar percances.

➢ Realizar un correcto calentamiento. ➢ Equipamiento adecuado con protecciones si fuese necesario utilizar balones blandos y de

tamaño adecuado. ➢ Terreno de juego en buenas condiciones (sin charcos, desniveles, piedras u otros objetos que

pudieran dañar al deportista) ➢ Materiales en buen estado y con los anclajes de seguridad pertinentes ➢ Control de la agresividad, sancionando los comportamientos violentos o antideportivos y

generando conversaciones y acercamientos frente a las acciones deportivas que pudieran tener algún tipo de consecuencia.

➢ Permanentemente poner en práctica las normas que aseguren un buen clima de convivencia escolar.

➢ Fomentar el juego sobre la competencia. ➢ Uso habitual de bloqueador solar en periodos y espacios de exposición.

3.- PRINCIPALES RIESGOS EN LAS ACTIVIDADES FÍSICO-DEPORTIVAS

Para evitar accidentes, el primer paso es prevenirlos, por tanto es debe conocer los riesgos específicos de cada actividad y entorno físico-deportivo donde habitualmente de desarrollan actividades físicas escolares.

Hemos seleccionado los lugares donde los escolares realizan estas actividades, analizando los accidentes potenciales e indicando las recomendaciones básicas para prevenirlos y evitarlos.

Estos espacios son:

➢ El aula común ➢ Patio Cubierto ➢ Actividades en espacio abierto.

3.1 En la sala común en clases de físico-motor: Las circunstancias que determinan la accidentabilidad en las clases de físico-motor dependen principalmente de tres factores.

1. El tipo de actividades y tareas a realizar: debe cautelar la realización de actividades de acuerdo a las condiciones de cada estudiante.

2. La organización del material: antes de iniciar la clase se debe organizar los materiales de manera que no interfieran el desarrollo de la actividad.

3. Accidentes provocados por mal uso de los implementos: se debe cautelar la revisión previa de cada uno de los implementos como asimismo conocer el uso adecuado de cada uno de ellos.

Otras sugerencias e indicaciones:

➢ Revisar el estado de los espacios a ocupar antes de comenzar la actividad.

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➢ Comprobar el buen estado de todo el material que se va a utilizar antes de que los niños lo manipulen.

➢ Prestar en todo momento atención al desarrollo de la actividad. A veces el material puede fallar, aún comprobándolo con anterioridad. Debemos ser capaces de detectar esas situaciones.

➢ Utilizar material de protección complementariamente a los aparatos que se utilicen para la sesión.

➢ Explicar a los estudiantes el uso del material antes de ser manipulado, en lo posible modelar el ejercicio a realizar.

➢ El profesor será el último en abandonar el espacio de trabajo, así se asegurará que no suceda nada al finalizar la clase.

➢ El profesor además, luego de terminar su clase, debe cautelar que no quede ningún tipo de material deportivo al alcance de los estudiantes, lo que frente a la ausencia de un adulto pudiera provocar algún tipo de accidente.

3.2 Las actividades en espacios abiertos se encuentran en auge dentro de la educación psicomotriz pre escolar.

Las consideraciones a tener en cuenta son:

➢ La Indumentaria: Tiene que ser apropiada al lugar donde se va a desarrollar la actividad. Se privilegiara el uso de unas buenas zapatillas de deporte, si el clima es frio, usar una polera manga larga, gorro y uso constante de bloqueador solar si es época de calor.

➢ Uso habitual de bloqueador solar: Si se realizaran actividades en espacios abiertos donde existía exposición al sol, se deberá utilizar bloqueador solar como elemento de protección.

3.3 Actividades en espacios cerrados (Gimnasio - Patio cubierto)

Las actividades en el gimnasio y patio cubierto son los que mas se realizan en el Liceo, debido a las condiciones climatológicas de la zona.

Las consideraciones a tener en cuenta son:

➢ La Indumentaria: Los estudiantes deben usar el buzo del Liceo y calzado adecuado para la actividad.

4.- COMO INTERVENIR EN CASO DE ACCIDENTE EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS-FISICAS-RECREATIVAS.

Normalmente un accidente genera una situación muy confusa. La ansiedad del momento puede provocar que tomemos decisiones erróneas o simplemente quedarnos en blanco y sin reacción. Para intentar evitar que nos ocurra algo así, debemos memorizar y entrenar mentalmente las siguientes recomendaciones (T.A.V.I.)

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1.- TRANQUILIZARSE: intentar tranquilizarse y realizar una composición de lugar (qué está ocurriendo / qué ha ocurrido / qué puede ocurrir).

2.- AYUDA: indicar a alguien que pida ayuda según corresponda (avisar a profesores, dirección, asistentes, etc)

3.- VALORAR: realizar rápidamente una valoración del accidentado, comprobando el nivel de consciencia, la respiración y el pulso, inflamación de segmentos, grado de longitud o profundidad de la herida.

4.- INVERVENIR: Llamar a urgencia del Hospital si la situación es grave, avisar a los padres inmediatamente y prestar las ayuda de primeros auxilio si fuese necesario. Si la situación no es de mayor consideración, se debe prestar las ayudas de primeros auxilios, llamar al apoderado para su retiro del colegio si es que fuese necesario.

NUMEROS DE EMERGENCIA

AMBULANCIA 131

BOMBERO 132

CARABINEROS 133

COMISARIA PURRANQUE 64 2 664091

HOSPITAL DE PURRANQUE 64 2 335888

CESFAM 64 2 350159

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Anexo N° 2

PROTOCOLO DE ACCION EN CASO DE ACCIDENTES ESCOLARES Antecedentes. Ley 16.744 Art.3°, dispone que estarán protegidos todos los alumnos de establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios, o en la realización de su práctica profesional.

Un accidente escolar es toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo

de actividades escolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia incapacidad o daño. Dentro de esta categoría se considera también los accidentes que puedan sufrir los estudiantes en el trayecto desde y hasta sus establecimientos educacionales. En caso de accidente escolar todos los/as estudiantes están afectos al Seguro Escolar desde el instante en que se matriculen en el colegio. En caso de accidente o de enfermedad repentina de un alumno(a) durante la actividad escolar, se procederá de la siguiente manera:

1- En caso de enfermedad o accidente menos graves: ° El alumno será llevado a enfermería y

se realizarán los primeros auxilios, o en su efecto se le dará agua de hierbas. Importante recordar que el colegio NO está autorizado para administrar ningún tipo de medicamentos. Inspectoría llamará a los padres y enviará una comunicación si fuese necesario.

2- En caso de accidentes leves: En los casos que el accidente requiera atención médica, se

llamará a los padres y/o apoderados, para que sean ellos quienes trasladan al alumno al centro de salud que estimen conveniente e Inspectoría entrega el seguro de salud estatal con que todo alumno está cubierto.

3- En caso de accidentes graves: En todos los casos que el accidente sea grave, (determinado

por encargada de enfermería, quien cuenta con cursos de primeros auxilios), se llamará inmediatamente al servicio de urgencia de la comuna, quienes lo trasladarán en ambulancia a la urgencia del hospital. Simultáneamente se dará aviso a los padres y ellos podrán tomar la decisión de trasladar a otro servicio. Los alumnos que cuenten con seguros particulares de salud, deben mantener la información actualizada en su agenda y ficha personal, para que el colegio se comunique directamente con ellos. Es importante completar todos los datos personales y teléfonos de emergencia en la agenda y ficha personal. Es responsabilidad de los padres y apoderados mantener estos datos actualizados.

PROTOCOLO EN CASO DE ACCIDENTE O LESIÓN EN EL COLEGIO 1.- ACCIDENTE, LESIÓN O INCIDENTE: - GUARDAR LA CALMA - SE DA AVISO A UN DOCENTE O INSPECTOR - EVALUACIÓN Y TOMA DE DECISIÓN 2.- LESIÓN LEVE: - PRIMEROS AUXILIOS - REGRESO A CLASES

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3.- MENOS GRAVE: -AVISO A LOS PADRES - PRIMEROS AUXILIOS - AVISO AL SISTEMA DE EMERGENCIA A – B – C 4.- LESIÓN GRAVE: - PRIMEROS AUXILIOS - AVISO AL SISTEMA DE EMERGENCIA A – B – C - TRASLADO A CENTRO DE URGENCIA - TRATAMIENTO - TRASLADO AL DOMICILIO

CONSIDERACIONES FINALES: Este Manual de Convivencia será difundido y revisado anualmente por la Comunidad Liceana, quien propondrá modificaciones si lo considera necesario. Los docentes y otros funcionarios realizaran esta revisión en Consejo General al iniciar cada Año Escolar, para los Padres y Apoderados se entregará un ejemplar completo de este Manual en el período de matrícula para su posterior análisis en la primera reunión de padres y apoderados, los estudiantes analizaran este manual al inicio del año escolar. EL PRESENTE MANUAL SE ENCUENTRA ACTUALIZADO PARA EL AÑO 2017 Y VALIDADO POR EL CONSEJO ESCOLAR DEL LICEO TOMAS BURGOS, MEDIANTES LAS FORMALIDADES EXIGIDAS POR LA LEGISLACIÓN VIGENTE.