manual de convivencia eudoro granada 2011

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MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓGICA _ EDUDORO GRANADA _________________________________________________________________________________ 1 MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓGICA “TODOS POR LA EXCELENCIA” 2011

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Manual de convivencia de la Institución Educativa Eudoro Granada de Armenia, Quindío

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MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓG ICA _ EDUDORO GRANADA _________________________________________________________________________________

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MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA

Y/O ACTITUD PEDAGÓGICA

“TODOS POR LA EXCELENCIA”

2011

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ÍNDICE

PRESENTACIÓN 3 Misión, Visión, Filosofía 4 Justificación, Definición 5 Marco legal 6 Objetivos 8 Capítulo 1 PERFIL DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA 9 Capítulo 2 INGRESO DE ESTUDIANTES Y RETIRO DE LOS ESTUDIANTES 11 Capítulo 3 DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES DE LOS ESTUDIANTES 14 Capítulo 4 NORMAS DE SALUD PÚBLICA, HIGIENE PERSONA L, CONSERVACIÓN DE LOS BIENES Y DEL MEDIO AMBIENTE ESC OLAR 19

Capítulo 5 NORMAS QUE REGULAN LA CONVIVENCIA 25 Capítulo 6 ADMINISTRACION DE LOS ESTUDIANTES 28 Capítulo 7 PROCESO DE EVALUACION 41 Capítulo 8 DE LOS PADRES DE FAMLIA Y ACUDIENTES 45 Capítulo 9 DISPOSICIONES ESPECIALES 49 Capítulo 10 OTRAS DISPOSICIONES 52

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PRESENTACIÓN

Nuestro quehacer educativo se inscribe dentro de un marco jurídico general como es el de la Constitución Nacional de 1.991, y es de ella que parte precisamente la consagración de la Educación como Derecho Fundamental. De igual manera se apoya en la ley 1098 de 2.006, mediante la cual se expide el código de “ la infancia y la adolescencia” en los artículos8, 9, 10, 11, 12, 15, 17, 18, 19, 26, 28, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 40, 42, 43, 45,…. Y especial, en el numeral 9 del artículo 41 del código de la infancia y la adolescencia: “Formar a los niños, las niñas y los adolescentes y a las familias en la cultura del respeto a la dignidad, el reconocimiento de los der echos de los demás, la convivencia democrática y los valores humanos y en la solución pacífica de los conflictos” el cual tiene una plena identificación de nuestro quehacer educativo, al reconocer que somos formadores de seres humanos para que sean capaces de ser constructores positivos de una mejor sociedad. Por eso ante la esperanza de un mundo nuevo, dinámico, crítico, comunitario y solidario, se hace necesaria una educación humanizada, personalizante, socializante, solidaria y liberadora donde la persona se desarrolle, se consolide y logre su verdadera identidad, fundamentada en que "EL HOMBRE NO ES UNA REALIDAD ACABADA, SINO QUE SIEMPRE ESTA ANTE LA POSIBILIDAD DE SER MAS CADA DÍ A". La nueva convivencia humana que pretendemos construir en nuestra INSTITUCIÓN EDUCATIVA EUDORO GRANADA tiene como base una serie de valores y actitudes personales que todos y cada uno debemos esforzarnos en cultivar. "La Institución Educativa Eudoro Granada no aplicar á sanciones que impliquen escarnio para el estudiante o que en alguna manera lesionen su dignidad personal. Toda falta o prohibición cometida tendrá el debido proceso formativo y educativo teniendo en cuenta la correcta orientación de sus a ctos por medio de la transformación de la personalidad. Toda sanción a u n estudiante siempre debe ser una oportunidad para aprender a ser mejor. Por otro lado para el cumplimiento de las normas contempladas en el presente Manual de convivencia se procederá a través del diálogo formativo y constructivo como base de la convivencia pacífica lo cual significa potenciar en los integrantes de la comunidad educativa el diálogo, la tolerancia, la responsabilidad, el cumplimiento de normas, el reconocimiento de la autoridad, el servicio a los demás, el respeto a la vida y las personas, la institución y su entorno, el amor por la preparación y formación como persona activa de la sociedad.

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MISIÓN

La institución educativa Eudoro Granada es una entidad de carácter oficial que propende por la formación humana y académica de los estudiantes a través de procesos de calidad e inclusión, para que sean ciudadanos competentes en tecnología, informática y una segunda lengua que les permita desempeñarse en lo social, ambiental y laboral.

VISIÓN

En el año 2.015, la institución educativa Eudoro Granada será reconocida en el contexto regional por la calidad demostrada en los procesos de inclusión, pertinencia, relevancia, mejoramiento continuo en el ámbito social y laboral.

FILOSOFÍA

La sociedad es dinámica y se transforma constantemente. La Institución Educativa Eudoro Granada forma seres críticos, innovadores, creativos con valores para apropiarse del conocimiento y proyectarlo al servicio de la sociedad. Formamos para “LA INCLUSION, LA CONVIVENCIA Y LA SUPERACION PERSONAL”

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JUSTIFICACIÓN

Siguiendo los lineamientos de la Ley General de Educación y el Código de la infancia y la adolescencia, el Consejo Directivo divulgará el MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓGICA , DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EUDORO GRANADA. El MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓG ICA, propende por la formación integral del alumno, procurando que obre por convicción, con responsabilidad y libertad, de manera armónica con su medio social y natural.

DEFINICIÓN

Se entiende por MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓGICA , al conjunto de pautas y acuerdos que la Institución tiene como principios para regular las relaciones de todos sus miembros entre sí y que son la base para el desarrollo y crecimiento personal e institucional. Garantiza el desarrollo de la academia enmarcada en los principios constitucionales, en las leyes y normas que orientan la educación, en la filosofía, los principios y en las disposiciones dadas para beneficio de los (as) estudiantes.

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MARCO LEGAL

El MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓG ICA, será interpretado en conformidad con el Proyecto Educativo Institucional, La Constitución Política de Colombia, Ley 1098 de la infancia y la adolescencia, la Ley 115 General de Educación, el Decreto 1860 del 3 de agosto de 1994 y las disposiciones reglamentarias vigentes, así como por la jurisprudencia de los diferentes tribunales que administran justicia. En especial se inspira en:

• Constitución Política Colombiana (C.P.C.), Artículo 13 "Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley…".

• Ley 1098 de la infancia y la adolescencia. • Concepción del Derecho-Deber. Artículos 16, 20, 23, 29, 37, 44 de la C.P.C.

entre otros. • Jurisprudencias de la Corte Constitucional (T492 DE 1992, T519 del 992,

T429 de 1992, entre otras). • Artículo 87 Ley 115 de 1994. Reglamento o Manual de Convivencia. Los

establecimientos educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia social, en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes y sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa

• Artículo 91 Ley 115 /94: El alumno es el centro del proceso educativo y debe participar activamente en su propia formación integral.

• Artículo 92 Ley 115/94; Formación del Estudiante. La educación debe favorecer el pleno desarrollo de la personalidad del educando, dar acceso a la cultura, al logro del conocimiento científico y técnico y a la formación de valores éticos, estéticos, morales, ciudadanos y religiosos, que faciliten la realización de una actividad útil para el desarrollo socioeconómico de la ciudad y la región.

• Decreto 1290 de 2009. Sistema de evaluación institucional. La reglamentación propuesta en este MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓGICA, tiene obligatorio cumplimiento, una vez los padres de familia han firmado la matricula de su hijo en la Institución. En cumplimiento de los artículos 26, 27, 67, 70 de la Constitución Nacional. Los artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994 y de acuerdo con las pautas fijadas en el artículo 17 del Decreto 1860 del 3 de agosto de 1994, todos los establecimientos

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educativos deben tener como parte integrante del PEÍ un reglamento o MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓGICA que defina los derechos y deberes de los alumnos y sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa. El CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EUDORO GRANADA, en uso de sus atribuciones legales y en especial de las que le confiere el artículo 144 de la citada ley,

CONSIDERANDO

1. Que es función del Consejo Directivo proponer criterios y mecanismos para la administración y participación de alumnos y profesores.

2. Que para la correcta administración y participación de los alumnos se hace necesario establecer un MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓGICA, que contenga normas que regulen aspectos tales como: derechos, deberes, estímulos y correctivos de los alumnos.

ACUERDA

Establecer como norma el MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓGICA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EUDORO GRANADA de Armenia Quindío, tal y como se indica a continuación:

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OBJETIVOS

Se establecen como objetivos del presente MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓGICA, los mismos FINES DE LA EDUCACIÓN consagrada en la Ley General de Educación:

� Ofrecer a la comunidad un servicio educativo inclusivo de calidad que

responda a la demanda del sector a sus necesidades académicas, tecnológicas y sociales con el propósito de vincular al estudiante al desarrollo socio-económico cultural de la región.

� Formar integralmente a los estudiantes en principios constitucionales y derechos humanos para su pleno desarrollo y progreso dentro de la sociedad.

� Propiciar un clima favorable para el aprendizaje, se le brinda tiempo, se establece relaciones basadas en el afecto, la educación en valores y la maduración personal.

� Capacitar estudiantes para la consolidación de una cultura de investigación participativa, convivencia y tecnología.

� Ofrecer a la comunidad educativa una formación humana y académica de calidad con pertinencia y relevancia para su mejoramiento continuo.

� Facilitar acciones, creando espacios en los cuales los estudiantes actúen como buenos ciudadanos, en el ejercicio de sus derechos, el respeto por sus deberes.

� Aprovechar los recursos que ofrece la Institución Educativa proyectándolos en beneficio de la sociedad.

� Ofrecer un servicio educativo de calidad mediante un modelo pedagógico propio C.C.C. (Cognitivo, Conceptual y Constructivista).

� Crear espacios democráticos para que la comunidad participe activamente en los procesos administrativos, académicos, pedagógicos y de convivencia pacífica.

� Gestionar proyectos de orden económico, social y pedagógico en busca de recursos para el logro en forma eficiente de las políticas institucionales.

� Establecer convenios con Instituciones públicas y privadas para coadyuvar el desarrollo y mejoramiento de la comunidad educativa.

� Desarrollar proyectos de extensión y servicio a la comunidad de acuerdo a las necesidades, expectativas y requerimientos del contexto.

� Fortalecer y desarrollar el proyecto Escolar PRAE. � Integrar la comunidad educativa en el desarrollo y ejecución de los proyectos

pedagógicos institucionales. � Fortalecer la media académica en tecnología e informática y el manejo de una

segunda lengua Inglés, ofreciendo una propuesta curricular coherente y una gestión pedagógica eficiente.

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CAPITULO 1

PERFIL DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

ARTICULO 1. Perfiles: Los perfiles de los integrantes de esta Comunidad estarán orientados al cumplimiento de los objetivos de la institución. PARÁGRAFO 1 . Perfil del ser humano que se desea formar : La Institución Educativa “Eudoro Granada” aspira a tener egresados con las siguientes características:

1. Un ser pensador, crítico, analítico, que contribuya al mejoramiento de su país. 2. Un ser con alto grado de autoestima, eficiente y responsable, que busque la

excelencia y la ética en todas las áreas en que se desempeña, como persona con futuro profesional, como integrante de una sociedad y de una familia.

3. Capaz de identificar todo aquello que es necesario transformar o reemplazar 4. Desarrollar habilidades del pensamiento que le posibiliten el desempeño

laboral y social. 5. Capacitado para ingresar a la Universidad y esté en condiciones de lograr un

buen rendimiento en su desempeño. 6. Con gran sentido de solidaridad social. 7. Demostrar con cada uno de sus actos que puede ser de voluntad firme,

respetuosa, honesta, sencilla, austera, solidaria, fraternal, valiente, estudiosa y honrada.

8. Descubrir el sentido de la vida, amarla, respetarla y valorarla. 9. Que tenga un conocimiento real del mundo en que vive, de aceptación de sí

mismo y de los demás, acatando los derechos humanos, eligiendo opciones rectas y libres en la vida para obrar democráticamente.

10. Capaz de compartir con el otro con sinceridad y generosidad, asumir compromiso con la patria, consigo mismo y respetando el mundo en que vive y sus recursos naturales.

PARAGRAFO 2. Perfil del educador. Atendiendo a las necesidades del nuevo siglo, el educador es un profesional indispensable, cuya formación especial y personal debe apuntar hacia una nueva historia de la humanidad, convirtiéndose para ello más que en educador maestro. Por esto la Institución educativa “Eudoro Granada” requiere un maestro con el siguiente perfil:

1. Que sea ético en todo accionar. 2. Con identidad en su profesión de educar. 3. Que no se sienta producto terminado. 4. Que tenga una visión de ser docente.

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5. Que sea capaz de desaprender y aprender. 6. Que sea capaz de producir conocimiento. 7. Que sea un buen lector y adquiera la cultura del escribir. 8. Que no sea un repetidor más. 9. Que sea un recontextualizador. 10. Que ame la institución educativa y sea un buen embajador de ella. 11. Que tenga sentido de pertenencia 12. Que sea crítico, analítico y pensante. 13. Investigador. 14. Preocupado por su actualización. 15. Que sea un referente de comportamiento para con sus estudiantes, teniendo

presente que se educa más con el ejemplo que con la palabra. 16. Respetuoso con las diferencias individuales de sus estudiantes para estar

atento a ayudarlos en sus dificultades dentro y fuera del aula. PARÁGRAFO 3 . Perfil del padre de familia : La familia de hoy, necesita que las Instituciones tengan interrelación con los padres de familia, para que sirvan de agentes dinamizadores, en la realización del trabajo de ésta, con sus hijos, así entonces el perfil que logren los padres sería:

1. Padres que eduquen con amor y respeto. Conociendo a sus hijos en el hogar, para que den testimonio del bien y promuevan sus valores.

2. Padres que estén en contacto permanente y continuo con la institución, haciendo un seguimiento académico y disciplinario al estar al día con su marcha y participando en las acciones de mejoramiento.

3. Padres que colaboren en la solución de problemas, presentando alternativas adecuadas en situaciones difíciles.

4. Padres que sean constructores del desarrollo social, intelectual y formativo de sus hijos, complementando la enseñanza y aprendizaje de sus hijos.

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CAPITULO 2

INGRESO Y RETIRO DE LOS ESTUDIANTES

ARTICULO 2 . La matricula es el acto mediante el cual el aspirante se convierte oficialmente en alumno (a) de la institución educativa. Es protocolizada con la firma del estudiante y del padre de familia o acudiente de los menores de edad; estas firmas constituyen la garantía de aceptación y cumplimiento del manual de convivencia por parte del alumno (a) y del padre de familia o acudiente del menor. PARAGRAFO1 . Los (as) estudiantes que presenten dificultades sucesivas de comportamiento social deben firmar en el momento de la matricula EL ACTA PRIORITARIA DE COMPROMISO , la cual implica que si en el nuevo año escolar persisten en su mal comportamiento se aplicará el debido proceso a partir del acta No.3. PARAGRAFO 2: Los(as) estudiantes nuevos deben presentar la documentación requerida, la respectiva autorización de matrícula y no tener insuficiencias académicas en ninguna de sus áreas. PARAGRAFO 3: Los (as) estudiantes que ingresen a la institución educativa con N.E.E. (necesidades educativas especiales) deberán cumplir con los compromisos y valoraciones especializadas que exigen las adaptaciones curriculares propias de cada población. ARTICULO 3 . Todo estudiante sin distingo de sexo, raza, credo, cultura, posición social o económica tiene derecho a ser legalmente matriculado en la institución educativa EUDORO GRANADA; pero ésta se reserva el derecho de admisión de aquellos estudiantes que previas verificaciones del caso, presenten un comportamiento social que pueda poner en peligro la estabilidad moral del plantel, la integridad física propia o de la comunidad educativa y la conservación de la planta física, equipos y materiales. PARAGRAFO : La solicitud se presenta a coordinación, la cual una vez analizada y verificada se le da el curso correspondiente. ARTICULO 4. En el momento de la matrícula deben estar presentes tanto el alumno (a) como su padre o la madre en caso de ser menor de edad. Un acudiente distinto, solo se acepta en casos de fuerza mayor debidamente justificada, en ningún caso podrá ser menor de edad.

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ARTICULO 5. Los costos educativos a que hubiera lugar, serán fijados por la Secretaría de Educación Municipal, los estudiante que demuestren pertenecer al SIBEN 1 o 2 no deben cancelar ningún costo, en los demás casos y los mayores de edad cancelan los costos de ley en la totalidad en al momento de la matricula. ARTICULO 6 . Cuando el (la) estudiante desee cancelar matrícula debe presentarse el padre de familia o acudiente a firmar el libro de cancelaciones. ARTICULO 7. REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN DE ESTUDIAN TES NUEVOS. La Institución Educativa EUDORO GRANADA tendrá en cuenta las siguientes condiciones para admitir un (a) alumno (a) al NIVEL DE PREESCOLAR:

a. Que cumpla la edad reglamentaria de cinco (5) años antes de finalizar la fecha designada por el Ministerio de Educación Nacional para el año lectivo.

b. Fotocopia de registro civil de nacimiento. c. Recibo de pago de derechos complementarios (SISBEN 1 y 2 no pagan) d. Fotocopia de la E.P.S, a la que esté afiliado el estudiante, si la tiene. e. Fotocopia de grupo sanguíneo.

PARA LOS (LAS) ALUMNOS (AS) DEL NIVEL PRIMARIA:

a. Fotocopia de registro civil de nacimiento b. Fotocopia de grupo sanguíneo c. Fotocopia de la tarjeta de identidad d. Recibo de pago de los derechos complementarios (SISBEN 1 y 2 no pagan) e. Informe de seguimiento de procesos académicos y comportamentales del

año anterior. f. Fotocopia de la E.P.S a la que esté afiliado el estudiante, si la tiene.

PARA LOS (AS) ALUMNOS(AS) DEL NIVEL SECUNDARIA:

a. Informe de seguimiento de los procesos académicos y de convivencia desde el grado 5o. Ciclo básica primaria.

b. Fotocopia de registro civil de nacimiento c. Fotocopia de tarjeta de identidad d. Recibo de pago de derechos complementarios (SISBEN 1 y 2 no pagan) e. Fotocopia de grupo sanguíneo f. Fotocopia de la E.P.S. a la que esté afiliado el estudiante, si la tiene.

ARTICULO 8. ESTUDIANTES ANTIGUOS: Se entiende por estudiantes antiguos, aquellos que han cursado en la Institución el año lectivo inmediatamente anterior al que pretende renovar la matrícula.

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ARTICULO 9. REQUISITOS PARA LA RENOVACIÓN DE LA MAT RICULA

a. Haber alcanzado los logros propuestos en el Proyecto Educativo institucional del grado anterior al cual aspira.

b. Hacerse acreedores a la renovación de la matrícula por su respuesta a las exigencias del El MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓGICA , y a la filosofía de la Institución.

c. Solicitar personalmente el cupo de la renovación de la matrícula en las fechas determinadas por la institución.

ARTICULO 10. MATRÍCULA: La matrícula formaliza la calidad de estudiante de la Institución. Esta se legaliza con la firma del Rector, secretaria, representante legal del estudiante (Padre o acudiente) y con la del (la) estudiante. Con la firma de la matrícula, los estudiantes, padres y acudientes aceptan los principios y objetivos de la institución educativa, a la vez que se comprometen a respetar y acoger las normas establecidas en El MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓGICA . ARTICULO 11. PERDIDA DE LA CONDICIÓN DE ESTUDIANTE. La calidad de estudiante de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA EUDORO GR ANADA se pierde cuando:

a. Se completa el ciclo de estudios ofrecidos por la institución. b. No se haya hecho uso del derecho de matrícula de la misma dentro de los

plazos fijados. c. El Consejo Directivo lo determine, una vez aplicado el debido proceso

académico, disciplinario y para prevenir comportamientos que vayan en contra del bienestar de todo el grupo, de manera temporal o definitiva, previo análisis del seguimiento realizado en lo referente a:

• Mal comportamiento dentro y/o fuera de la Institución. • Incumplimiento frecuente del MANUAL DEL PACTO DE

CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓGICA por parten del estudiante.

• Falta de apoyo de los padres de familia en las exigencias establecidas en El MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓGICA.

• Incumplimiento a uno o varios compromisos por parte de los padres o acudientes

• Por retiro voluntario, decidido por el estudiante o su acudiente.

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CAPITULO 3

DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES DE LOS ESTUDIANTE S

ARTICULO 12. Además de los consagrados en la Constitución Nacional y el Código de la Infancia y la Adolescencia (ley 1098 de noviembre del 2006), las alumnas y los alumnos que en adelante se denominarán “los (as) estudiantes”, debidamente matriculados en la institución educativa o aquellos que temporalmente tengan el carácter de “asistentes” gozarán de los siguientes DERECHOS:

1. Participar en todas las actividades y organismos institucionales, académicos, culturales y sociales.

2. Recibir una educación formativa y actualizada acorde con las políticas del Ministerio de Educación Nacional, objetivos y filosofía de la institución.

3. Ser evaluado objetivamente en todo y cada uno de los aspectos de la formación integral.

4. Seguir el debido proceso en situaciones académicas y disciplinarias, utilizando los recursos de reposición y apelación siguiendo el conducto regular.

5. Ser respetado su derecho a la defensa siendo orientado oportunamente ante sus debilidades académicas y disciplinarias.

6. Conocer oportunamente los resultados de trabajos y evaluaciones. 7. Recibir estímulos concedidos por la Institución. 8. Solicitar por escrito, autorización para presentar evaluaciones, dentro de

los 5 días hábiles siguientes a su ausencia debidamente justificada. 9. Participar en la solución de conflictos grupales en calidad de integrante del

equipo conciliador. 10. Participar en la planeación, y evaluación institucional; así como en la

revisión y reestructuración del presente manual, conforme a la ley. 11. Conocer previamente los logros que debe alcanzar en los procesos

académicos y de formación. 12. Tener alternativas para el cumplimiento de sus responsabilidades

ordinarias, cuando sus condiciones físico-psíquicas así lo requieran. 13. Disfrutar del descanso y las diferentes formas de recreación en los tiempos

previstos para ello. 14. Utilizar las instalaciones, los materiales, recursos didácticos, dotaciones y

servicios que posea la institución, cumpliendo los horarios y las normas establecidas para ello y bajo la supervisión de la persona responsable.

15. Permanecer en un ambiente limpio y organizado. 16. Solicitar certificados, calificaciones y demás documentos que se expidan en

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la institución y ser despachados oportunamente, dentro de los plazos que la ley fija para ello

17. Prevención y protección contra el uso de sustancias psicotrópicas. 18. Que se le expida carné estudiantil que lo acredite como alumno de la

Institución Educativa Eudoro Granada. 19. Conocer oportunamente las medidas preventivas y demás actividades

propuestas en el Proyecto de Prevención y Atención de Desastres. 20. Conocer y realizar la programación de actividades individuales o grupales

que se requieran para superar las fallas o limitaciones en la consecución de los logros y, en caso de persistencia, actividades especiales de recuperación propuestas por la comisión de evaluación y promoción respectiva.

21. Ser representados por sus padres o acudientes en caso de un debido proceso académico o comportamental.

PARÁGRAFO: El Personero Estudiantil hace parte de esta representación y, en todos los casos, debe estar informado de la evolución del proceso y de las decisiones adoptadas. ARTICULO 13. DEBERES: Todos los alumnos deberán:

1. Cumplir con el Plan de estudios del grado que cursan y con las actividades especiales prescritas por el personal docente, para los casos particulares, que tienen como propósito superar deficiencias o consolidar logros académicos.

2. Presentarse puntualmente a cada una de las clases con los útiles y libros previstos en la programación del curso.

3. Preparar y presentar todas las pruebas y tareas previstas en el Plan de estudios para medir el logro de los objetivos o para contribuir en el proceso de aprendizaje activo.

4. Comunicar oportunamente al profesor del área o al director del grupo que se cursa, las dificultades de comprensión, concentración o participación que hayan surgido en el proceso de aprendizaje, con el fin de que éstas puedan ser superadas.

5. Cumplir con El MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓGICA , durante actividades institucionales realizadas dentro o fuera del plantel.

6. Abstenerse de cualquier actividad de compraventa en el ámbito de la Institución.

7. Los(as) estudiantes tendrán en cuenta que la reputación de la institución depende tanto de su comportamiento dentro y fuera del establecimiento como de su formación personal, por lo que no deben intervenir en actos que riñan

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con la moral, las leyes y las buenas costumbres vigentes, que atenten contra la salud mental y física de sí mismo y de los demás.

8. Deben participar en forma respetuosa en las actividades educativas, culturales y deportivas que organice la institución.

9. Deben reconocer la autoridad de todos los estamentos y deben respetar todas las personas que trabajan en la institución, atendiendo las indicaciones que éstas les hicieren.

10. Deben respetar y ayudar a sus compañeros (as) para crear un ambiente de convivencia y bienestar.

11. Deben respetar el conducto regular en la solución de sus problemas. 12. Los comunicados de la Institución deben ser entregados inmediatamente a

sus padres o acudientes. 13. Los (as) estudiantes deben respetar las pertenencias de los demás, usar las

instalaciones de la institución con cuidado y entregar objetos encontrados a la recepción.

14. Deben ser responsables con sus labores académicas y su comportamiento disciplinario, llevar completos y en perfecto orden y aseo los uniformes establecidos por la institución durante la jornada de estudio y en eventos donde lleve la representación de ésta, teniendo en cuenta los principios básicos de aseo y buena presentación.

15. Deben permanecer en la institución durante toda la jornada escolar y asistir puntualmente a las actividades que les correspondan. Solo podrán retirarse anticipadamente mediante solicitud escrita por sus padres, la cual estará debidamente justificada y autorizada oportunamente por el coordinador.

16. Las tardanzas e inasistencias también deben ser justificadas por los padres o acudientes cada día inmediatamente por teléfono a la Secretaría y por escrito al profesor director de curso a más tardar dentro de los tres días siguientes

17. Los(as) alumnos(as) no deben traer artículos de lujo a la Institución (reproductores de música, celulares de gama alta, altas sumas de dinero, etc.). En el caso de traerlos, la Institución no se hace responsable. En ningún caso se puede hacer uso de dichos durante las clases y actividades escolares sin la autorización del profesor.

ARTICULO 14. PROHIBICIONES

1. Incumplir los deberes o abusar de los derechos. 2. Ejecutar actos de violencia física o verbal contra directivos, docentes,

administrativos, compañeros (as) o personal de servicio. 3. Omitir, retardar o no suministrar debida y oportunamente respuesta a

solicitudes hechas por directivos o docentes. 4. Ejecutar en la institución actos que atenten contra la moral o las

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buenas costumbres. 5. Comportamiento inadecuado en sus manifestaciones afectivas. 6. Utilización de artefactos electrónicos tales como celulares, reproductores

musicales, radios, juegos, que interfieran en el normal desarrollo de las clases, reuniones o actos de comunidad. Su pérdida corre bajo su propia responsabilidad.

7. Daños en bienes de la institución, compañeros, docentes y de la comunidad en general.

8. Apropiación y/o uso indebido o sin autorización, de bienes materiales y recursos de la institución o comunidad educativa.

9. Utilización de sustancias o artefactos que alteren las actividades de la institución.

10. Incitación, tenencia o consumo de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas, dentro o fuera de la institución.

11. Consumo de bebidas alcohólicas, ingresar en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias prohibidas a la institución.

12. Corrupción de menores y toda la acción que atente contra la dignidad humana.

13. Actos cometidos dentro y fuera de la institución y que atenten en forma grave contra la buena imagen.

14. Sustraer para si o terceros, elementos, equipos o pertenencias de propiedad de la institución, funcionarios o compañeros de estudio.

15. Portar o guardar en sitios, bolsos o prendas personales, objetos o elementos de los compañeros o del inventario de la institución con el propósito de hurtarlos o no.

16. La destrucción vandálica de todo mueble o inmueble de la institución o de cualquier miembro de la comunidad.

17. Alterar, falsificar o desaparecer documentos de carácter institucional o público tales como los registros de evaluación, asistencia, certificados de estudio, excusas y demás documentos de seguimiento y control.

18. La obstrucción de chapas de puertas, maltrato a puertas, muebles y demás enseres como interruptores y tomacorrientes.

19. Utilizar dinero falso para el pago de deudas, contribuciones, aportes o cancelación de comestibles y demás en la cafetería.

20. Atentar contra la propiedad ajena en cualquiera de sus formas. 21. Destruir mallas, puertas y otros para ingresar o salir de la institución, de

modo irregular. 22. Portar, guardar o vender armas de cualquier tipo dentro de la institución. 23. Vender todo tipo de comestibles, dulcería y artículos por parte de

alumnos docentes o personas diferentes a las autorizadas.

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La Institución Educativa Eudoro Granada propende por una clara cultura del respeto a los bienes ajenos, concibe los bienes de la institución como bienes del estado colombiano para el servicio educativo, atentar contra ellos es atentar contra el estado. Por lo tanto todos los miembros de la comunidad educativa deben usar y tratar con esmero y de modo adecuado, con base en las instrucciones pertinentes, los equipos, bienes, muebles e inmuebles que la institución ha puesto a su servicio y bien común. Deben velar por su cuidado y denunciar las anomalías que contra ellos se cometan por indebido uso o por hurto. Todos los bienes personales de cada miembro de la comunidad deben ser respetados y en casos de hurto o daño se adelanta la respectiva investigación, imponiéndose las sanciones y correctivos de acuerdo a la clasificación de la falta.

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CAPITULO 4

NORMAS DE SALUD PÚBLICA, HIGIENE PERSONAL,

CONSERVACIÓN DE LOS BIENES Y DEL MEDIO AMBIENTE ESC OLAR ARTICULO 15. SALUD PÚBLICA

1. Al firmar la matricula los padres de familia llenan la hoja de vida del (la) estudiante con todos los datos referentes a las enfermedades sufridas por sus hijos(as), tratamientos especiales, drogas no autorizadas, recomendaciones especiales y procedimientos en caso de emergencia.

2. Los(as) estudiantes enfermos deben abstenerse de asistir a clases, especialmente si se trata de enfermedades infectocontagiosas

3. En caso de accidentes o enfermedad imprevista del (la) estudiante debe informar en primera instancia el director del grupo, para que preste los primeros auxilios. En caso de gravedad se informará a los padres y de ser necesario se autorizará la salida de la institución.

4. A ningún (a) alumno (a) se le suministrará medicamentos sin la autorización de los padres o el médico.

5. Si un(a) alumno(a) estuviere bajo tratamiento médico con drogas estimulantes o antidepresivos, sus padres deben informar a la dirección de la institución y al director de grupo.

6. Los(as) alumnos (as) infectados por virus contagiosos son enviados a casa hasta cuando sanen completamente.

7. Por razones y normas de salud pública, está prohibido para todos los miembros de la comunidad fumar en el interior del la institución.

ARTICULO 16. CONDUCTAS DE HIGIENE Y SALUD Cada estudiante cuida de su propia identidad, ama la vida y respeta a los demás, por eso debe velar diariamente por presentarse a la institución cumpliendo las normas mínimas de higiene personal tales como:

1. Baño diario del cuerpo. 2. Portar el cabello con un corte moderado, limpio y ordenado. 3. Mantener las uñas cortas y limpias. 4. Cuidar el uniforme para que permanezca pulcro. 5. Cambiar las medias diariamente. 6. Mantener los zapatos limpios y lustrados. 7. Después de utilizar un baño dejarlo limpio. 8. El agua y el papel higiénico son para su servicio, hacer buen uso de ellos.

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9. No consumir alimentos que otro esté degustando, así evitará el contagio de posibles virus y bacterias.

10. Si tiene alguna enfermedad infectocontagiosa, que le impida vivir en comunidad, deberá avisar oportunamente al coordinador y aislarse del grupo para evitar contagio y epidemias.

11. Evitar acciones peligrosas que afecten su salud o la de sus compañeros cuando realice actividades deportivas o de cualquier otra índole.

12. Atender y participar en las campañas de salud ambiental y prevención de desastres.

13. Llevar limpio y adecuadamente el uniforme para todos/as los/as estudiantes de la Institución.

14. No masticar goma de mascar por cuanto puede causar daño a su salud y a los bienes comunitarios.

15. No mostrar conductas que pongan en peligro la vida, como por ejemplo, transitar por techos y sitios peligrosos, jugar en zonas por donde transitan vehículos.

16. Manejar adecuadamente los residuos de acuerdo a lo aprendido en los proyectos y campaña de reciclaje.

17. Desparasitar los niños constantemente.

ARTICULO 17. PAUTAS DE COMPORTAMIENTO EN RELACIÓN C ON EL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE ESCOLAR

1. Deberes para la conservación del ambiente. Dada la situación ambiental y actualmente el deterioro del planeta tierra, se hace necesario crear en todos los miembros de la comunidad educativa, una conciencia ecológica que le permita, ahora y en el futuro, preservar el ambiente.

a. Velar por la conservación del medio ambiente a través del proyecto PEGER de la institución.

b. Colaborar con el medio ambiente de la comunidad educativa: evitando arrojar papeles y desechos, está prohibido hacer quemas, y traer artefactos pirotécnicos, componentes químicos y otros.

c. Preservar las zonas verdes, jardines y árboles. d. Evitar ruidos y sonidos exagerados, que perjudican la buena marcha

de las labores académicas y ambiente comunitario. e. Evitar el uso inútil o indebido del agua. f. Los docentes, administrativos y empleados de servicio generales se

abstengan de fumar en recintos cerrados. g. Compromiso en el cuidado y mantenimiento del aula. h. Realizar procesos de reciclaje continuo.

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2. Derechos para la conservación del ambiente. a. A una formación integral respecto a lo que es el ambiente, su

conservación, rescate y transformación en los siguientes aspectos: agua, arborización, basuras, contaminación, aire y ruido

b. A realizar visitas científicas, ecológicas y culturales en los lugares de la región, el país y la ciudad.

c. A programación de prácticas ecológicas, dentro de las actividades académicas, en procura de lograr el desarrollo del proyecto del PRAE.

ARTICULO 18. PREVENCIÓN AL CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS Para la prevención y tratamiento del consumo de sustancias psicotrópicas, la Institución Educativa Eudoro Granada, implementará y aplicará acciones a nivel interno y externo, con la colaboración de entidades especializadas en la prevención.

1. Acciones de prevención e información acerca de los tipos de sustancias factibles de consumo al interior de la institución.

2. Charlas, foros y seminarios de promoción a la salud y el bienestar de la juventud, donde se muestren los efectos y consecuencias del consumo de sustancias psicotrópicas

3. Identificación, seguimiento y ofrecimiento de atención al toxicómano en primera fase por la institución, con programas experimentales.

4. Convenio con entidades para extensión de la atención del consumidor con vinculación de los padres de familia

5. Proyectos de sensibilización a la comunidad sobre la problemática y apoyo a la reinserción del toxicómano.

ARTICULO 19. UTILIZACIÓN Y CONSERVACIÓN DE BIENES P ERSONALES Y DE USO COLECTIVO Además de lo dispuesto en los derechos y deberes de los (las) alumnos (as), se establece:

1. El (la) alumno(a) tiene derecho a utilizar y el deber de conservar los bienes de uso colectivo, quien cause daños en la planta física o bienes muebles o inmuebles de la institución o en los bienes de los compañeros (as), tiene la obligación de reponer el bien o cubrir los costos causados por la reparación a la mayor brevedad posible.

2. En caso de que el (la) alumno(a) deba pagar daños causados, el director de grupo informa a los padres en forma escrita para que se responsabilicen de los gastos. Para tal efecto se firma con los padres o acudientes un acuerdo o compromiso de cancelación con plazo fijo.

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ARTICULO 20. REGLAS DE COMPORTAMIENTO EN LUGARES ES PECÍFICOS 1. Uso de la biblioteca

Horario: Los (las) estudiantes pueden utilizar los servicios de la biblioteca durante el siguiente horario: de 8:00 A. M. A 12:00 M. y de 2:00 P.M. a 6.00 P.M.

Procedimiento para prestar libros: Los(las) alumnos(as) pueden prestar hasta dos libros a la vez para ser utilizados dentro de la biblioteca, previa presentación del carné estudiantil o documento de identidad y deben devolverse antes de retirarse de la misma.

Libros perdidos o devueltos en mal estado: Los (las) usuarios (as) deben responder por libros que hayan perdido o dañado. Los (las) estudiantes que hayan perdido libros y no los hubieren pagado no pueden retirar ningún otro material de la biblioteca. Al final de cada bimestre se pasara una lista al director de grupo de los (las) estudiantes que deben materiales. 2. Comportamiento en la biblioteca

a. Presentar una actitud respetuosa, con las manos limpias y utilizando

todos los materiales necesarios para consulta y realización del trabajo b. Abstenerse de ingresar alimentos o bebidas de cualquier tipo. c. Dejar las mesas y asientos organizados sin arrojar al suelo papeles o

basura. d. Dirigirse respetuosamente a la persona encargada, teniendo en cuenta sus

sugerencias e indicaciones para ubicar los temas de interés. e. Utilizar un tono de voz bajo evitando molestar o interrumpir el trabajo de

otras personas f. Tratar los textos y materiales de uso común, con el máximo cuidado y

consideración. g. Respetar los horarios establecidos y no darle usos diferentes a los de

investigación, lectura y consulta bibliográfica. h. Acatar las normas de préstamo de libros, devolviéndolos puntualmente, en

caso contrario aceptar las sanciones previstas, i. Enmendar mediante pago, los daños por pérdida o deterioro de libros,

muebles, equipos o cualquier otro implemento de uso común. Este procedimiento es requisito para la expedición del paz y salvo correspondiente.

j. Abstenerse de rayar sillas, paredes, libros y mesas de la biblioteca, k. Conservar en buen estado los libros, las mesas, los asientos y demás

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implementos. Por ningún motivo rayarlos o perforarlos.

3. Comportamiento en las salas de tecnología e info rmática

a. Conservar en buen estado los equipos, las mesas, los asientos y demás implementos. Por ningún motivo rayarlos o perforarlos.

b. Pagar cualquiera de los implementos que allí se encuentran en caso de pérdida o deterioro, siempre y cuando haya participado en la situación presentada.

c. Abstenerse de ingresar alimentos o bebidas de cualquier tipo. d. Mantener el salón limpio, utilizar las canecas de basura para depositar los

papeles. e. Evitar ingresar a las salas cuando este ocupada por otro grupo. f. Utilizar un tono de voz moderado sin molestar o interrumpir el trabajo de

otros. g. Ocupar el lugar asignado para favorecer el avance del trabajo. h. Responder por el cuidado de los elementos que se manejan en estas. i. Utilizar los implementos de apoya adecuadamente. j. Realizar las actividades con esmero y dedicación procurando terminar el

trabajo asignado con éxito.

4. Servicio de restaurante escolar El comedor es un sitio especial por lo tanto el comportamiento y actitud debe ser la adecuada.

a. Cada estudiante debe mantener en perfecto estado, aseado y ordenado en las mesas, las sillas y pisos del local.

b. Mostrar buenos modales en el comedor. c. El ingreso y permanencia en el comedor debe ser estrictamente con el

uniforme completo, sin otras prendas que no sean del uniforme que corresponde al día.

d. El uniforme debe estar en perfecto estado de limpieza y orden. e. Esperar el turno mostrando orden y disciplina para el ingreso al comedor. f. Los(as) estudiantes esperan afuera, en fila por orden de grados, el profesor o

persona encargado será quien invite a seguir a tomar el almuerzo de acuerdo a un horario de ingreso establecido.

g. Los (las) estudiantes llevan la vajilla completa que hayan usado hasta el sitio indicado, dejando el lugar de la mesa en orden y aseo.

h. Finalizado el almuerzo los (as) estudiantes deben retirarse inmediatamente del comedor y así permitir el buen desarrollo del siguiente turno,

i. La comunicación con el personal de servicio del comedor será a través del

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profesor encargado del restaurante y director del curso. j. Los(as) estudiantes deben acatar instrucciones dadas por un profesor o

de algún directivo, k. Utilizar un vocabulario adecuado y dar excelente trato a las personas

encargadas de colaborar en la prestación de servicio del restaurante, l. Los(as)usuarios (ias) deben velar por el bienestar, buen uso y cuidado

de los elementos e instalaciones del comedor, m. El comportamiento en el comedor deberá estar enmarcado en las normas

de convivencia respectiva.

5. Correctivos por mal comportamiento en lugares es pecíficos

• Primera vez. Se le llama la atención al (la) estudiante, verbalmente. • Segunda vez. Se le retira al (la) estudiante del sitio y se notifica al director

del grupo para que sea citado su acudiente. • Tercera vez. Se envía al (la) estudiante a coordinación con el informe

correspondiente para la sanción respectiva.

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CAPITULO 5

NORMAS QUE REGULAN LA CONVIVENCIA

La institución Educativa Eudoro Granada garantiza el ejercicio de los derechos y exige el cumplimiento de los deberes plasmados en el presente MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓGICA , a todos los miembros de la comunidad educativa. En consecuencia, la comunidad educativa acuerda las siguientes normas:

ARTICULO 21. Procedimientos para resolver conflicto s con el diálogo y la conciliación. Consideramos la educación como un proceso, una práctica de interacción comunicativa. Por ello creemos que el diálogo orientado al entendimiento, al acuerdo mutuo, es el vehículo más apropiado para el logro de una educación integral y para la formación del criterio de una conciencia individual basado en la responsabilidad. Por lo tanto, en todos los procesos disciplinarios debe recurrirse siempre en primera instancia al diálogo entre los agentes del proceso educativo implicados, con el fin de lograr el entendimiento, la conciliación, un ambiente de aceptación o cumplimiento de las normas, deberes y derechos. De este modo se procederá por convicción, no por coacción y se motivará al cumplimento de las responsabilidades. ARTICULO 22. CRITERIOS QUE GUÍAN LAS RELACIONES. Entre estudiantes y docentes Las relaciones entre estudiantes y docentes se guiarán por los siguientes procesos:

a. Los/as docentes que guíen el proceso formativo, deben respetar el ritmo personal, la individualidad del (la) estudiante, y además deben cumplir la cabalidad con sus deberes profesionales: puntualidad, preparación de clases y actividades, implementación de la evaluación cualitativa y/o cuantitativa y responsable en la devolución oportuna de trabajos y evaluaciones debidamente revisadas.

b. Los/as estudiantes deben prestar atención permanentemente en la clase y a sus docentes en las orientaciones y actividades que se propongan.

c. El/la estudiante debe mantener trato respetuoso y cordial con la comunidad educativa (profesores/as, directivas, estudiantes, padres y madres de familia y

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empleados). d. Los/as docentes ante todo son formadores de personas y por lo mismo,

educan en los valores y en normalización a todos los/as estudiantes de la institución, no sólo a los que le da clase.

e. Los/as docentes deben dar a conocer los resultados de las evaluaciones del proceso de aprendizaje y normalización, con posibilidad de que los/as estudiantes puedan objetar y pueden ser escuchados/as antes de informar a la dirección académica el resultado de todo proceso.

Entre docentes, directivos, personal administrativo y de servicio: Las relaciones deben estar fundamentadas en la sana convivencia, la tolerancia y el respeto a la vida íntima de las personas evitando los comentarios injuriosos, la intriga y la calumnia. El equipo de gestión de la calidad, fomentará la convivencia y velará porque el clima laboral sea agradable y fundamental en la armonía y el entendimiento. ARTICULO 23. NORMAS PARA PRESERVAR EL MUTUO RESPETO Toda persona miembro de la comunidad educativa de la institución educativa Eudoro Granada procura:

1. Ser cortés y respetuoso de palabra y de hechos con los demás en todo momento y lugar.

2. Ser puntual en el cumplimiento de horarios y costumbres de la Institución. 3. Ser delicado con los demás, evitando el trato brusco y agresivo. 4. Respetar la fila o el turno en todos los lugares o circunstancias. 5. Abstenerse de consumir alimentos sin previa autorización durante las

actividades curriculares, o extracurriculares. 6. Permanecer en clases durante el tiempo señalado, o en los lugares que se

estipulen actividades programadas. 7. Solicitar permiso y esperar respuesta de ello para ausentarse de las

actividades o responsabilidades ordinarias. 8. Conservar el orden, aseo, buenos modales en todos los lugares y

situaciones que así lo exijan. 9. Utilizar racionalmente los lugares de servicio, tales como cafetería, baños, etc.

de tal manera que no afecten el uso por parte de los demás. 10. Hacer uso respetuoso de los bienes muebles e inmuebles de la institución,

procurando su conservación y buen estado. 11. Guardar compostura y respeto durante el horario de desarrollo de las clases

y dentro de las aulas conservar la correcta postura y el orden asignado de las sillas.

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ARTICULO 24. PROCEDIMIENTO PARA FORMULAR QUEJAS Y R ECLAMOS Todos y cada uno de los miembros de la comunidad tienen el derecho de formular reclamos y quejas siempre que consideren un derecho lesionado, o sugerir propuestas de mejoras en procesos educativos, siguiendo el conducto y procedimientos establecidos como regulares. La formulación de quejas o reclamos se hará siguiendo el conducto regular en línea teniendo en cuenta la gravedad de la misma, así: 1. Los reclamos o quejas formulados ante el profesor (a), director(a) de grupo,

coordinador(a) o rector de la Institución deben hacerse por escrito citando el derecho presuntamente lesionado y describiendo el evento y circunstancias en que ocurrió la lesión.

2. En todo caso, conviene tener en cuente la naturaleza o materia de la queja o reclamo y su gravedad, para determinar el conducto.

3. El conducto requerido dispone de un máximo de cinco días hábiles para responder al interesado. Pero si se trata de una decisión que compete al Consejo Directivo, estos responden en el término de la reunión ordinaria que siga al reclamo o queja, al menos que se trate de un asunto de urgencia, en dicho caso se cita a reunión extraordinaria para atender el reclamo o queja.

ARTICULO 25. CORRECTIVOS DISCIPLINARIOS Y DERECHO A LA DEFENSA Teniendo en cuenta el artículo 29 de la Constitución Política de Colombia y los señalados en el presente manual, se reconoce EL DERECHO A LA DEFENSA . Toda persona integrante de la comunidad educativa Eudoro Granada tiene derecho a formular reclamos o quejas según los procedimientos, a ser escuchado antes de ser sancionado, de escuchar y aceptar el diálogo y la conciliación como fórmula para resolver los conflictos y cuando se dé con estudiantes, a ser acudido o asistido por su acudiente. El tratamiento de una falta de disciplina debe tener como propósito el mejoramiento en el comporta miento de la persona del alumno. Con base en los artículos 44, 45 y 67 de la Constitución Política de Colombia, la Institución Educativa Eudoro Granada se compromete a orientar el comportamiento de los educandos a su cargo hacia una toma de conciencia de sus responsabilidades y deberes y a poner todos los medios a su alcance, para tal fin.

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CAPITULO 6

ADMINISTRACIÓN DE ESTUDIANTES

La administración de estudiantes se entiende como el manejo de las relaciones entre estos y los distintos estamentos de la comunidad Educativa. La misma está regulada por la ley 115, las disposiciones del Ministerio de Educación Nacional, el Código de la infancia y la adolescencia, las normas de urbanidad, de convivencia pacífica y democrática, las relaciones humanas, las buenas costumbres y ciudadanía. ARTICULO 26. CONTROL DE ASISTENCIA Cada docente lleva un estricto control de la asistencia a su área o asignatura por parte de los (as) estudiantes. Los directores (as) de grupo llevan un control diario de la asistencia de los (as) estudiantes. La institución educativa controla la asistencia de los(as) estudiantes por medio de un formato especial, cuyo diligenciamiento está a cargo de los docentes y director de grupo, quien lo reclama en la coordinación al comienzo de la jornada y lo devuelve al final de la misma. Los coordinadores exigen permanentemente a los docentes el cumplimiento de lo dispuesto en este artículo. Parágrafo 1. Ausencias colectivas. En casos de ausencias colectivas o parciales de un grupo sin causa justificada, se orientan las clases a los (as) estudiantes que se presenten y a los demás se le aplica falla, además de las acciones disciplinarias a que diera lugar. Parágrafo 2. Fugas Cuando un (a) estudiante se ausente de la institución o de clase sin causa justificada y sin el debido permiso, se le inicia o continúa el proceso correctivo según el caso. Parágrafo 3. Cuando un (a) estudiante se ausente o fugue de la institución sin autorización alguna, la institución educativa salva toda responsabilidad sobre lo que eventualmente pudiese ocurrirle. Parágrafo 4. La fuga a la que se refiere el presente artículo será falta de especial gravedad en caso de reincidencia.

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Parágrafo 5. Permiso para ausentarse de la instituc ión educativa. Los permisos para ausentarse de la institución en horas de clase, sólo son concedidos por los coordinadores. En ausencia de éste, por el disciplinario encargado. Parágrafo 6. Los permisos de salida se darán en forma escrita y deberán entregarse al portero de turno quien los devolverá a la coordinación para efectos de control. Parágrafo 7. Excusas. Las excusas por ausencias a la institución deben ser presentadas personalmente por padre de familia o acudiente al día siguiente. Si transcurrido ese tiempo no la presenta, el (la) alumno(a) será retirado(a) de clase mientras se hace presente el acudiente y asumirá las consecuencias académicas; el (la) estudiante deberá permanecer en el sitio asignado por la coordinación realizando actividades de nivelación de los días que dejó de asistir. ARTICULO 27. UNIFORMES Son de uso obligatorio y se conforman de la siguiente manera: Uniforme de diario para los hombres: Camisa blanca tipo camibuzo, pantalón en tela de color azul oscuro, zapatos de color negro, medias azul oscuro o negras. Uniforme de diario para las mujeres: La misma camisa descrita para el uniforme de los hombres, falda verde a cuadros de color azul a una altura máxima de cuatro dedos arriba de la rodilla, medias azules oscuras (a media pierna) y zapatos negros. Uniforme de Educación física: Este será igual para hombres y mujeres, el cual consta de una camiseta tipo camibuzo con ribetes de color verde en el cuello y mangas, pantaloneta verde con líneas amarillas, sudadera color verde con líneas amarillas a lo largo de la pierna, medias blancas y zapatos tenis color blanco. Para el uniforme de diario y de educación física, e l saco o chaqueta debe ser de color negro. Parágrafo 1. El no vestir los uniformes o llevarlos inadecuadamente constituye falta disciplinaria y genera correctivos de acuerdo a lo establecido en el presente manual. Parágrafo 2. La presentación personal de los(as) estudiantes incluye porte adecuado y oportuno del uniforme completo, aseo diario, zapatos lustrados o bien

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limpios y no portar elementos que no correspondan al uniforme. Parágrafo 3. Los (las) estudiantes que sin causa plenamente justificada, se presenten al colegio sin el uniforme completo, será citado el padre de familia o acudiente a coordinación donde se levantará el acta respectiva de lo acordado y en caso de renuencia sistemática a no portar el uniforme asume las consecuencias que se deriven de su conducta. ARTICULO 28. CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS Para efectos legales relacionados con el proceso formativo las faltas se clasifican como leves, graves y gravísimas. Para determinar si una falta es leve o grave se procederá de acuerdo con los siguientes criterios:

1. El grado de culpabilidad. 2. El grado de perturbación en la institución. 3. El nivel de escolaridad del estudiante. 4. La trascendencia social de la falta o perjuicio causado. 5. Las circunstancias en que se cometió la falta, posible premeditación. 6. El grado de participación en la comisión de la falta, si fue inducido por un

compañero o superior a cometerla, si la cometió en estado de ofuscación originado en circunstancias o condiciones de difícil prevención y gravedad extrema debidamente comprobadas.

7. Los motivos determinantes del comportamiento. 8. Si en la comisión de la falta hubo participación de varios estudiantes.

ARTICULO 29. DEBIDO PROCESO De acuerdo a los principios de convivencia es deber de los docentes y directores de grupo establecer con los estudiantes a su cargo acuerdos o pactos de convivencia que permitan mejorar durante el proceso educativo las relaciones y acciones del convivir cada día. Para aquellos estudiantes que interfieran en la convivencia institucional será necesaria la intervención directa, con el apoyo de la orientación escolar , los padres de familia y el equipo de convivencia institucional de acuerdo al debido proceso:

1. Cuando un integrante de la comunidad tenga conocimiento de por si o por otra persona, de hechos violatorios a las prohibiciones contempladas en el presente MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD

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PEDAGÓGICA, deberá trasladar la información por escrito en los formatos establecidos y siguiendo el conducto regular: Docente, director de grupo, coordinación de procesos y rectoría.

2. Una vez obtenida la información, se procederá a dialogar con el estudiante para que dé su declaración de los hechos y realice sus descargos.

3. El director de grupo una vez conocida la información procederá a calificar la falta como leve, grave o gravísimas.

4. Escuchados los descargos al estudiante y establecida el tipo de falta, el director de grupo iniciará el proceso de intervención a través del diálogo formativo , citación del padre si lo amerita, quedando por escrito constancia de todo lo actuado y de la versión del estudiante en compañía de su representante legal.

5. El director de grupo puede en ocasiones especiales remitir al alumno a estancias diferentes de acuerdo a la falta y sus características así:

a. Envío a comisión de mediación. b. Remisión del alumno a coordinación con el fin de continuar el

proceso una vez agotadas todas las medidas con citación del acudiente.

c. Continuación del proceso formativo por parte de la coordinación dejando actas respectivas.

6. Autorización de la coordinación de la permanencia o no del alumno en clase mientras se realizan las indagaciones respectivas.

7. El director de grupo será informado permanentemente sobre el proceso desarrollado con el estudiante.

8. En cualquier instancia del proceso el estudiante podrá controvertir, apelar y sustentar por escrito y con su representante legal, las decisiones tomadas hasta el momento.

ARTICULO 30 . PROCESO FORMATIVO Por el incumplimiento a las prohibiciones contempladas en el manual de convivencia y una vez clasificado el tipo de falta se aplicara el proceso formativo a todos los estudiantes de la institución dependiendo del grado de escolaridad y de la falta cometida, de acuerdo a los siguientes pasos: 1. Intervención directa al estudiante por parte de docentes o directores de grupo

a través del diálogo formativo y acciones de transformación personal , dejando constancia de lo actuado en el historial pedagógico .

2. Remisión del estudiante al director de grupo mediante la elaboración de un acta de comportamiento. Cada director de grupo deberá llevar un archivo de las intervenciones realizadas y del proceso formativo de cada estudiante para efectos y orientación del estudiante y posterior evaluación de su

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comportamiento escolar. 3. Diligenciamiento del acta A por parte del director de grupo. 4. Remisión a la coordinación, anexando los informes correspondientes, para la

elaboración del acta B. 5. Remisión a la orientación con formato especial. 6. Remisión del estudiante a la rectoría, con todo lo actuado en las diferentes

instancias que intervinieron en el proceso, para la elaboración de la amonestación escrita.

7. Expulsión de la institución mediante resolución motivada y con el visto bueno del consejo de Padres de familia y del Consejo Directivo.

Parágrafo 1. Todo informe, documento y actas deben estar correctamente diligenciadas y firmadas por las personas que intervienen además de cumplir el propósito de diálogo formativo y constructivo entre docentes y directivos docentes y el estudiante. Parágrafo 2. El comportamiento escolar del estudiante será determinado por las actuaciones del mismo en los aspectos moral y disciplinario, cumplimiento de normas, la convivencia pacífica y el manejo de las relaciones interpersonales con los demás miembros de la comunidad. La valoración de este comportamiento escolar para cada uno de los períodos escolares se hará con base en la información que al respecto que posea el director de grupo y docentes en cuanto a actas y sanciones que el estudiante haya presentado afectándose la valoración negativamente, si no hay actas e informes la valoración no resultará afectada. Parágrafo 3. La comisión de mediación definida en el proyecto institucional de convivencia podrá intervenir en cualquier momento, a solicitud de docentes, directores de grupo o estudiantes líderes de convivencia, en la solución de conflictos, independientemente de las acciones a que hubiere lugar en caso de iniciarse el PROCESO FORMATIVO. Si en la intervención de la comisión el conflicto se soluciona con aceptación y conciliación de las partes, la coordinación queda facultada para suspender la iniciación del PROCESO FORMATIVO. De lo actuado por la Comisión de Mediación frente a la solución de conflictos, deberá levantarse el ACTA respectiva y un informe de compromisos asumidos por las partes a la coordinación. Parágrafo 4. Para los estudiantes de BÁSICA PRIMARIA se les aplicará el proceso formativo como esta estipulado, considerando las faltas leves y graves y

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un tratamiento especial con las gravísimas. ARTICULO 31. FALTAS LEVES Se consideraran faltas leves todas aquellas contravenciones no reiteradas a los deberes y que no afectan sustancialmente a otros y a la comunidad.

1. Llegar tarde a la Institución Educativa, a las clases y a las actividades

programadas, siempre y cuando tales retardos no sean reiterados y sin justificación.

2. No justificar por escrito, la ausencia a la jornada escolar. 3. Mala presentación personal, no llevar bien puesto, completo y oportuno el

uniforme dentro y fuera de la Institución Educativa. 4. Ausentarse del salón de clase sin previa autorización del profesor

responsable, o ausentarse de la Institución Educativa sin la autorización de la autoridad respectiva.

5. Permanecer o entrar en las aulas durante las horas lúdicas o descansos pedagógicos.

6. Descuido con los útiles y enseres de la Institución Educativa y de sus compañeros.

7. Masticar chicles en las horas de clase. 8. Gritar dentro del aula de clase o en cualquier actividad cultural, recreativa, o

extra clase, dentro o fuera de la Institución. 9. Hacer uso de la tienda escolar en las horas de clases. 10. Esperar al profesor fuera del aula de clase. 11. Llegar tarde al colegio y a las actividades programadas, siempre y cuando

tales retardos no sean reiterados. 12. Arrojar basura al piso en cualquier lugar de la institución. 13. Desobedecer a las recomendaciones de los docentes y el personal

administrativo y de apoyo de la institución. 14. Burlarse de los compañeros y colocarles apodos ofensivos. 15. Malgastar el agua de los baños y la mala utilización de los mismos. 16. Incumplimiento de las tareas y trabajos asignados. 17. La utilización de vocabulario soez. 18. El ingreso al a sala de profesores y oficinas sin autorización. 19. Las ventas de comestibles rifas u otros objetos no autorizados dentro de la

institución, por parte del estudiantado. 20. El consumo de alimentos en los salones de clases. 21. La interrupción de las actividades académicas, culturales con situaciones

que impidan el normal desarrollo (charla continuada, gritos, silbidos, risas...) 22. La inadecuada utilización de los materiales de trabajo, circulares,

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comunicados. 23. El ingreso tarde a los salones después de finalizados los descansos y

cambio de clase. 24. No llevar y no entregar a los padres de familia y/o acudientes las circulares

y demás comunicados de la Institución. 25. Además de las anteriores, todas aquellas que se pueden deducir del

presente manual, y que produzcan algún trastorno en el buen funcionamiento en la institución o en la dignidad de las personas.

ARTICULO 32. CORRECTIVOS ANTE LAS FALTAS LEVES Frente a la ocurrencia de una falta calificada como leve en el presente manual, se tomarán las siguientes medidas en manera progresiva: 1. Amonestación verbal. 2. Amonestación escrita, que se consignará en el historial pedagógico del

estudiante y se le comunicará al acudiente del correctivo , dejando constancia por escrito.

3. Firma del acta de compromiso. Para ello se seguirá el siguiente procedimiento: frente a la acumulación de faltas leves, se citará al acudiente a una reunión con el director de grupo y el estudiante; en ella se trataran de establecer los motivos determinantes del comportamiento inadecuado y se firmará el acta de compromiso.

Parágrafo 1. Incumplimiento del compromiso . El incumplimiento por parte del estudiante de los acuerdos adquiridos en el acta de compromiso, da lugar a la aplicación de una de las medidas por faltas graves. ARTICULO 33. FALTAS GRAVES Son aquellas que además de reunir las características anteriores, afecten de manera grave la institución y/o en el orden físico, psicológico o moral de cualquier persona. La acumulación de faltas leves sin atender a las medidas correctivas, se considera falta grave entre otras:

1. La acumulación o reincidencia en faltas leves y el incumplimiento de los compromisos acordados en los distintos llamados de atención.

2. La acumulación de tres (3) o más llegadas tarde a la Institución Educativa y/o a las clases sin justificación.

3. No justificar por escrito, la ausencia a la jornada escolar, en tres (3) oportunidades o más.

4. Actitudes de irrespeto como: gestos, palabras soeces entre otras, en la

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Institución Educativa o cualquier lugar. 5. Colocar o decir apodos a compañeros o cualquier persona de la institución. 6. Utilizar las vías de entrada o salida diferentes a las asignadas para los

estudiantes. 7. Incumplir el reglamento establecido para la biblioteca, sala de cómputo, tienda

escolar, sala de tecnología entre otros. 8. No participar de las actividades propuestas por la institución: actos cívicos,

culturales, deportivos, salidas a lugares turísticos y culturales. 9. Usar radios, grabadoras, celulares, ataris beeper, láser, reproductores

portátiles de CD, audífonos, juguetes o cualquier otro elemento distractor durante las clases.

10. Usar gorros pasamontañas, cachuchas, dentro de la institución. 11. Esconder maletas o utensilios de los compañeros o de otras personas. 12. No informar oportunamente a los padres o acudientes las fechas de reuniones

o citaciones que les haga el plantel y entregar las circulares pertinentes. 13. Transitar en bicicleta, patineta, motos o cualquier otro tipo de vehículo dentro

de la institución. 14. Traer objetos a la institución que no sean indispensables para llevar a cabo

actividades académicas u otras similares. 15. Arrojar objetos o sustancias desde las ventanas. 16. Negociar tareas o trabajos por dinero, 17. Realizar juegos de azar dentro de la institución. 18. Realizar juegos bruscos y agresiones en los descansos o cualesquiera otras

actividades. 19. Manifestar conductas antideportivas cuando se trata de ganar o perder. 20. Entrar sin autorización a sala de profesores. 21. Romper y tirar evaluaciones, trabajos o enseres con gestos que expresan

irrespeto. 22. Permanecer en los patios, corredores, o cualquier otro lugar durante las horas

de clase. 23. Realizar durante las clases y demás actos culturales, recreativos y

académicos, asuntos diferentes a los que corresponden en cada caso. 24. Hacer uso inadecuado y/o inmoral del Internet dentro de la Institución. 25. Desperdiciar los servicios públicos: agua, luz, teléfono público. Jugar con el

agua y mojar a sus compañeros. 26. Vender o comprar artículos o alimentos, en lugares o a personas diferentes a

las autorizadas por la Institución. 27. Celebrar festejos y cumpleaños, utilizando agua, huevo, harina, entre otros,

tanto dentro o fuera de la Institución, portando el uniforme y afectando así la integridad física o la buena.

28. El consumo de cigarrillos y bebidas alcohólicas cuando se porta el

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uniforme, dentro o fuera de la institución. 29. El reiterado porte inadecuado del uniforme. 30. El mal comportamiento en la calle o en lugares públicos, cuando se porta

el uniforme o se está representando a la institución. 31. Los daños que intencionalmente se causen en paredes, puertas, baños,

pupitres, implementos deportivos y demás bienes y enseres de la institución. 32. Los daños a la integridad física y /o moral, dentro o fuera de la institución,

ocasionados a cualquier miembro de la comunidad, cuando se compruebe previa intencionalidad.

33. Las actividades que conlleven agresiones físicas, verbales y psicológicas dentro y fuera de la institución y que afectan el buen nombre de está.

34. El irrespeto, burla o mofa de los símbolos patrios, cívicos y/o religiosos. 35. Los hechos que atenten contra el pudor, la integridad sexual y que se

constituya en mal ejemplo para la comunidad estudiantil 36. Hacer fraude en evaluaciones, trabajos y tareas. Cuando exista un indicio

fundando de fraude, el profesor de la respectiva asignatura podrá exigir la sustentación individual de la evaluación, el trabajo o la tarea.

37. Incitar a la inasistencia colectiva o al incumplimiento de los derechos y deberes establecidos en este manual de convivencia.

38. Encubrir faltas de cualquier miembro de la comunidad educativa. 39. La inasistencia o evasión sin justificación o excusa médica a las

convivencias, jornadas deportivas, salidas de campo, las clases o actos comunitarios organizados por la institución.

40. El descrédito, la calumnia o la difamación de la institución, su filosofía, o cualquier miembro de la comunidad educativa.

41. Indisciplina y/o reiterado bajo rendimiento académico, no obstante los compromisos adquiridos.

42. El arrojar a la calle o al interior de la institución basura y elementos contundentes, a través de las ventanas.

ARTICULO 34. CORRECTIVOS ANTE LAS FALTAS GRAVES Partiendo de asegurar el debido proceso, la institución usará como elementos definitorios de formación y convivencia los siguientes:

1. Amonestación escrita mediante la elaboración de un acta de comportamiento, por parte del docente o directivo docente que tuvo conocimiento de la falta.

2. Amonestación escrita mediante la elaboración del acta A por parte del director de grupo.

3. Citación escrita a padres de familia y/o acudientes por parte del director de grupo, para que se establezca un compromiso de las partes y la asistencia

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periódica del padre de familia a la institución. 4. Al estudiante que incumpla con sus compromisos o que haya hecho caso

omiso de los correctivos ofrecidos por la institución, se elaborará el acta B por parte de la coordinación.

ARTICULO 35. FALTAS GRAVÍSIMAS Son aquellos que sobrepasen de manera significativa tanto las faltas leves como las graves, debido a que afectan directamente la razón de ser de la institución y el sano desarrollo la integridad de las personas y de la comunidad.

1. La reincidencia o acumulación de faltas graves y el incumplimiento de los compromisos adquiridos.

2. Hurto o robo de útiles, enseres u objetos propios de la Institución Educativa, de alumnos, profesores o empleados.

3. Promover desórdenes en cualquier sitio de la Institución Educativa, o actividad donde se pueda identificar como alumno o alumna de la institución, por ejemplo las peleas callejeras.

4. Agredir de hecho, de palabras o por escrito a un superior, un compañero(a), o a cualquier persona de la institución.

5. Todo acto contra la moral y las buenas costumbres tales como: exhibicionismo, acoso sexual, violación carnal, intento de violación carnal, actos sexuales y otros que a juicio de profesores y directivas se consideren como tales.

6. Alterar documentos, informes de evaluaciones, registros de asistencia, certificados de estudio o falsificar firmas de sus padres.

7. Hacer o intentar hacer fraude en las evaluaciones. 8. Traficar con sustancias que produzcan dependencia, alcohol, droga. 9. Guardar, portar, traficar armas, explosivos o combustibles. 10. Atentados contra el derecho a la vida o a la paz con acciones como

amenazas, boleteo, grafiti, letreros degradantes contra profesores o cualquiera otra persona de la institución, el chantaje y demás abusos de confianza o “guerra de nervios” (rumores).

11. El camuflarse o “encapucharse” para ocultar su identidad dentro de la Institución.

12. Adoptar una actitud cómplice ante situaciones o comportamientos que vayan en contra de los valores morales, físicos e intelectuales de la comunidad.

13. Atraco a mano armada. 14. Secuestro o sicarito comprobado. 15. Prostitución o corrupción de menores. 16. Atentar contra el patrimonio cultural, ecológico y medio ambiente. 17. Injuria o calumnia.

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18. Toda práctica de espiritismo, hechicería, magia, superstición, esoterismo o satanismo.

19. Retención de personas contra su voluntad en los salones o dentro de la institución.

20. Préstamo de prendas o documentos de uso institucional a personas extrañas o desvinculadas de la institución para ingresar a ella.

21. Negociar, cambiar o traficar con los beneficios y estímulos que les da la Institución Educativa como tiquetes, refrigerios, uniformes entre otras.

22. Escupir, manchar o rayar: pupitres, tableros, paredes, u otros espacios de la Institución Educativa.

23. Sustraer objetos o causar daños en aulas, laboratorios, baños, biblioteca, o en cualquier sitio que frecuente durante la actividad académica, o de las pertenencias de cualquier persona de la Institución.

24. Destruir carteleras y quemar basuras. 25. Fumar, consumir o vender bebidas alcohólicas, alucinógenos, psicotrópicos

dentro de la Institución Educativa o presentarse a él bajo sus efectos. 26. La sustracción, alteración o deterioro de documentos, sellos, libros

reglamentarios, calificaciones o cualquier otro documento oficial de la institución o que sea requerido por ella.

27. Suplantar a compañeros o personas en el llamado a lista, en la entrega de deberes escolares, firmas, excusas, o documentos de identidad.

28. Utilizar el chantaje, soborno o extorsión para obtener beneficio académico, disciplinario, económico o sexual.

29. Crear falsas alarmas tendientes a provocar el pánico colectivo. 30. Portar, difundir o comercializar material pornográfico y utilizar la Internet para

bajar dicho material. 31. Formar barras, pandillas con fines ilícitos. 32. Seducir, exhibirse, pervertir o acosar sexualmente a cualquier persona de la

Institución. 33. Utilizar el nombre de la Institución sin autorización de Rectoría para efectuar

rifas, paseos, bailes u otras actividades. PARÁGRAFO 1: Quien sea sorprendido en el consumo de cualquier sustancia alucinógena o psicotrópica, o bebidas alcohólicas, deberá someterse a tratamiento de recuperación o aportar el correspondiente certificado de la Institución de Atención Integral del Problema, Oficial o Privada. Si se niega a ello o continúa el consumo, se remitirá al Comité Superior de Disciplina para que tome las medidas pertinentes de acuerdo a la normatividad vigente para cada caso en particular.

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ARTICULO 36. PROCEDIMIENTO ANTE LAS FALTAS GRAVÍSIM AS Cuando se presente una falta gravísima el estudiante será suspendido de sus clases de manera inmediata, aunque debe permanecer dentro de las instalaciones de la institución ; entre tanto, el coordinador o el rector citarán a los padres o acudientes. De todas las acciones realizadas deberá dejarse constancia escrita firmada por el coordinador o el rector, los padres de familia o acudientes y el estudiante. La coordinación tendrá un plazo de tres días hábiles contados a partir de día siguiente del retiro de clases del estudiante, para elaborar el informe, reunir pruebas o realizar las indagaciones necesarias si fuera el caso y comunicar los resultados a la rectoría. Todo esto sin perjuicio de la acción civil o legal a que hubiere lugar. Parágrafo 1. Mientras el estudiante esté por fuera de las clases como consecuencia de lo establecido en el presente articulo, le serán contabilizadas las fallas y en caso de actividades académicas con carácter evaluativo, asumirá las respectivas consecuencias. Parágrafo 2. El coordinador o el rector dispondrán de máximo cinco días hábiles para tomar una decisión definitiva. Parágrafo 3. El tiempo que el estudiante permanezca por fuera del aula mientras se resuelve la situación, le será descontado del tiempo de la sanción en caso de que ésta consista en un retiro temporal. ARTICULO 37. CORRECTIVOS ANTE LAS FALTAS GRAVÍSIMAS La institución podrá aplicar alguna de las siguientes sanciones cuando se cometa una falta gravísima:

1. Retiro temporal de clases de uno a cinco días hábiles. 2. Cancelación inmediata de la matrícula. 3. Negación del cupo para el año lectivo siguiente.

Parágrafo 1. El estudiante sancionado con el retiro temporal de clases deberá hacerse presente en el colegio a la hora oficial de entrada y estará bajo la intervención del director de grupo y la coordinación en el sitio asignado por ellos. Si falta durante uno o más días de la sanción, éstos no le serán tenidos en cuenta para los efectos pertinentes.

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ARTICULO 38. RECURSOS Por regla general, contra los actos que pongan fin a las actuaciones administrativas procederán los siguientes recursos: 1. El de reposición, ante el mismo funcionario que tomó la decisión, para que la aclare, modifique o revoque. 2. El de apelación, para ante el inmediato superior administrativo, con el mismo propósito. Parágrafo 1 : De los recursos de reposición y apelación habrá de hacerse uso, por escrito, en la diligencia de notificación personal, o dentro de los cinco (5) días siguientes a ella. ARTICULO 39. La cancelación de la matricula por faltas de especial gravedad puede efectuarse en cualquier época del año lectivo

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CAPITULO 7

EL PROCESO DE EVALUACIÓN

ARTICULO 40. CRITERIOS DE PROMOCION. La promoción es un acto administrativo y no académico. Es un estimulo. La promoción de un grado a otro superior es un indicador del desarrollo de competencias, metas institucionales y personales. PARAGRAFO 1. Promoción en Preescolar . En este nivel no se pierde grados, actividades, el rendimiento se expresará en logros descriptivos sobre el desarrollo de todos. Las dimensiones a saber: CORPORAL, COMUNICATIVA, SOCIO AFECTIVA, ÉTICA, ESTETICA. PARAGRAFO 2. Promoción en Básica Primaria. Habrá promoción automática en los grados 1°,2° y 4°, salvo casos de inasistencia injustificada y evidente falta de compromiso. En los grados 3° y 5° se hará un corte que impedirá el avance de estudiantes que hayan acumulado logros perdidos en grados anteriores y sobre todo Lenguaje y matemáticas. PARAGRAFO 3. Promoción Básica Secundaria y Décimo G rado. Se promoverán los estudiantes que hayan obtenido desempeño superior, alto y/o básico en TODAS las áreas. ARTICULO 41.CRITERIOS DE NO PROMOCION Se considerarán para el reinicio del mismo grado los siguientes aspectos: 1. Estudiantes con desempeño bajo (menor a 3.5) con tres o más áreas para el caso

de básica secundaria y media. Estudiantes con desempeño bajo (menor a 3.5) en 2 áreas (Matemáticas y

español) durante dos años consecutivos y/o más de 3 áreas durante el año lectivo, en el caso de básica primaria.

2. Inasistencia injustificada del 15% de las actividades de la institución y las áreas. En estas últimas la valoración será (1.0)

3. Los estudiantes de educación media académica no serán promovidos al grado 11° y/o graduados si no aprueban las 2 áreas de profundización, Tecnología e inglés.

PARAGRAFO 1 y 2. Toda inasistencia a actividades académicas e institucionales debe ser justificada por escrito y con evidencias dentro de los cinco (5) días

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siguientes. Al finalizar cada periodo el docente de área o aula debe reportar el número de fallas, retardos y/o fugas que quedarán consignadas en el boletín. ARTICULO 42. HORARIO ACADEMICO Transición: Cuatro (4) periodos de clase sesenta (60) minutos y un (1) descanso de veinte (20) minutos. Básica primaria: Cinco (5) periodos de clase de sesenta (60) minutos y descanso de veinte (20) minutos. Básica secundaria y Media : Seis (6) periodos de clase de sesenta (60) minutos y descanso de veinte (20) minutos. ARTICULO 43. ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL y su respectiva equivalencia con la escala nacional. DESEMPEÑO SUPERIOR: 4.7 a 5.0 Alcanza la valoración de sus procesos cognitivos, formativos y sociales, sin actividades de recuperación. Asiste puntualmente, no presenta dificultades en su comportamiento, desarrolla actividades que exceden lo esperado, es creativo y propositivo, manifiesta sentido de pertenencia. DESEMPEÑO ALTO: 4.1 a 4.6 Alcanza la valoración de sus procesos formativos y cognitivos con alguna actividad de recuperación, justifica sus inasistencias, reconoce y supera dificultades, desarrolla actividades, manifiesta sentido de pertenencia, acata la normatividad. DESEMPEÑO BÁSICO: 3.5 a 4.0 Supera desempeños necesarios en las áreas fundamentales, alcanza logros mínimos con actividades de recuperación, presenta fallas de asistencia justificadas e injustificadas, presenta algunas dificultades de comportamiento, desarrolla un mínimo de actividades requeridas, evidencia algunas dificultades en la obtención de logros, algunas veces manifiesta sentido de pertenencia. DESEMPEÑO BAJO: 1.0 a 3.4 No alcanza la superación de los desempeños necesarios, no alcanza los indicadores de logro mínimos o las insuficiencias persisten después de realizadas las actividades de recuperación, presenta fallas de asistencia y retardos injustificados, presenta dificultades de comportamiento, no desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas, inexistente sentido de pertenecía. PARÁGRAFO 1: La escala de valoración cuantitativa y su equivalencia, regirá para la básica primaria (excepto el programa de aceleración del aprendizaje), básica

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secundaria y media académica.

PARÁGRAFO 2: Para el nivel de preescolar la evaluación continuará siendo igual a la del decreto 0230, cualitativa, descriptiva y su equivalencia en la escala nacional ARTICULO 44. SITUACION DE ESTUDIANTES CON ÁRES Y/O ASIGNATURAS PENDIENTES. En las áreas fundamentales a saber: CIENCIAS SOCIALES , LENGUA CASTELLANA , INGLÉS y MATEMÁTICAS , se hará el promedio ponderado entre sus asignaturas, a excepción de CIENCIAS NATURALES con sus respectivas asignaturas FÍSICA y QUÍMICA que tendrán una valoración independiente. • Durante la primera semana de planeación institucional, los estudiantes pendientes

con 1 o 2 áreas o asignaturas deben presentar la respectiva recuperación, que será aprobada con desempeño BÁSICO , ALTO o SUPERIOR. Si persiste el desempeño bajo en las 2 áreas y/o asignaturas, deben reiniciar el año; si persiste el desempeño BAJO en una (1) sola asignatura o área, puede ser promovido al año siguiente y debe ser condicionado su buen desempeño en el grado siguiente.

Para el caso del grado 11°, los estudiantes pendientes tendrán plazo hasta la primera semana de inicio de labores del año siguiente, para el lleno de todos los requisitos, SIN QUE SEA OBJETO DE CEREMONIA ESPECIAL. Si el estudiante no se presenta en las fechas acordadas para su recuperación, se considerará NO PROMOVIDO. ARTICULO 45. RECUPERACION PERIODICA DE LOGROS Los estudiantes que obtengan desempeño bajo e incluso desempeño básico en 1 o varias áreas deben recibir un programa de refuerzo por parte del docente de área o grupo, con la colaboración del equipo de apoyo.

Las comisiones de evaluación y seguimiento informarán periódicamente sobre los avances y dificultades a los padres de familia y recomendarán actividades formativas, cognitivas y ante todo que interesen a los estudiantes. ARTICULO 46. INSTANCIAS NORMATIVIDAD PARA GARANTIZA R LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE EVALUACION . La institución adoptará acciones participativas que garanticen la equidad. PARAGRÁFO 1 : Comisiones evaluación Y seguimiento. PARAGRÁFO 2 : Instancias y mecanismos para los reclamos.

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PARAGRÁFO 3 : Segundo evaluador. PARAGRÁFO 4 : Garantías para ejecución del sistema. PARAGRÁFO 5 : Mecanismos de participación de la comunidad. ARTICULO 47. DE LA ENTREGA DE INFORMES Y ACTIVIDADE S DE CULMINACION. GRADUACIÓN . La institución hará ceremonia de graduación para los estudiantes de grado 11°. En los otros grados se hará ceremonia de clausura. ARTICULO 48. REQUISITOS PARA OPTAR EL TITULO DE BAC HILLER

1. El título de bachiller se otorga a los estudiantes de grado 11° que hayan superado con desempeño básico, alto o superior los estándares, logros e indicadores de todo el ciclo escolar.

2. Se les otorgará el título de bachiller académico, con la respectiva profundización.

ARTICULO 49. ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES Son aquellos reconocimientos que la institución confiere a sus estudiantes para valorar sus esfuerzos, desempeño académico y de convivencia, solidaridad, responsabilidad (aptitudes, actitudes sobresalientes) y que constituyen ejemplo digno de exaltar ante la comunidad educativa con el propósito de incentivar la superación académica, personal y social. Los estímulos que se otorgan son:

a) Podrán izar bandera los estudiantes que sobresalgan por su rendimiento académico, su comportamiento social y otros valores científicos, artísticos, deportivos y culturales.

b) Apoyo en la participación activa en la realización de eventos académicos, artísticos y deportivos internos y externos liderados por las diferentes áreas.

c) Beca del municipio de armenia para la universidad al (la) mejor estudiante de grado once.

d) Mención de honor en la “Noche de los mejores” al estudiante con mejor rendimiento en cada uno de los grados.

e) Beca del municipio de armenia para ingresar a la universidad al (la) estudiante con mejor puntaje en las pruebas de estado.

f) Entrega de informe académico – convivencial con carta de reconocimiento al estudiante que apruebe todas las asignaturas, como estimulo por su buen desempeño.

g) En la “Noche de los Mejores” se reconocerán los estudiantes que se destacaron en lo científico, deportivo, artístico, social y cultural.

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CAPITULO 8

PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES

Adquiere el título de acudiente el padre o madre de familia o la persona mayor de edad, delegada por escrito por los responsables del (la) estudiante. Dicha persona firmará en el momento de la matrícula firmará como responsable del estudiante frente a la institución, con sujeción a lo estipulado en el manual de convivencia. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA ARTICULO 50. DERECHOS de los padres de familia.

1. A conocer el manual de convivencia social 2. Participar activamente en las actividades programadas, elegir y ser elegidos

en la Asociación de Padres, Consejo Directivo, en cargos del gobierno escolar y demás comités y asociaciones contempladas en la Ley General de Educación.

3. Ser atendido con amabilidad y respeto por parte de todos los miembros de la comunidad educativa.

4. Presentar inquietudes y sugerencias ante las directivas que contribuyan al mejoramiento y bienestar de la comunidad educativa.

5. Colaborar con la institución educativa en los procesos de formación de sus hijos brindando apoyo y ejerciendo control en las actividades que realiza el estudiante.

6. Recibir reconocimiento público y estímulos por su compromiso y sentido de pertenencia con la institución.

7. Conocer los horarios establecidos para la jornada escolar, reuniones ordinarias y extraordinarias, programadas por el establecimiento.

8. Diálogo y orientación en forma constante para facilitar el proceso educativo y formativo del estudiante.

9. Recibir información periódica sobre la destinación de recurso financieros, donaciones y contribuciones materiales, didácticas y audiovisuales que se ejecuten con aportes o actividades de los padres de familia a través de las asociaciones existentes en la institución.

10. Conoce, difundir y hacer sugerencias sobre la funcionalidad de la convivencia armónica en la institución.

11. Que sus hijos o acudidos sean objeto de un trato digno, amable, respetuoso justo y cordial por parte de todos los integrantes de la comunidad educativa.

12. Que sus hijos reciban instrucción sólida y completa de acuerdo a los programas académicos y el horario de la jornada escolar diaria.

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13. A ser informados puntual, veraz y responsablemente sobre el rendimiento académico y comportamental de sus hijos.

14. Solicitar constancias, certificados, y documentos de sus hijos. 15. A diálogos directos con directivas y profesores siempre que las

circunstancias lo ameriten. 16. A participar a través de sus representantes en los comités establecidos por

la legislación escolar. 17. A participar en las reuniones ordinarias de padres de familia. 18. A hacer uso de las atribuciones que le confiere el Código de la Infancia y la

Adolescencia (Ley 1098 de 2006 y normas que lo modifiquen). 19. A ser parte activa en la consecución de los objetivos de la institución. 20. A recibir charlas informativas.

DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA ARTÍCULO 51. DEBERES de los padres de familia

1. Matricula personalmente a sus hijos (as) y representados(as). 2. Asistir a las reuniones generales y extraordinarias programadas por la

institución. 3. Presentarse al colegio cuando sea citado por las autoridades del mismo. 4. Hacer las reclamaciones que se consideré necesarias, en forma

respetuosa. 5. Proveer a sus hijos(as) o representados(as), permanentemente, los

elementos necesarios para el normal cumplimiento de sus deberes de estudiante, tales como materiales de estudio, útiles y uniformes.

6. Preguntar con frecuencia sobre el comportamiento académico y social del (la) estudiante.

7. Colaboración con la institución y los docentes en el acompañamiento del proceso de formación de sus representados, brindando apoyo, ejerciendo permanentemente control y orientación en sus actividades como estudiante.

8. Respetar y acatar las normas de la institución. 9. Inculcar y promover valores de convivencia, de ciudadanía y modales de

buena conducta en sus hijos(as), procurando que estos los cumplan no sólo en la institución, sino en cualquier situación social.

10. Enviar a sus hijos(as) puntualmente y justificar oportunamente por escrito las ausencias con certificación médica en caso de enfermedad.

11. Solicitar los permisos necesarios para retirar al (la) estudiante del plantel. 12. Responder por los daños materiales que ocasionen sus hijos(as) en la

institución. 13. Seguir y cumplir el conducto regular para la solución de problemas e

inquietudes.

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14. Conformar el Consejo de Padres de acuerdo a lo dispuesto en el decreto 1289 de 27 de abril de 2005.

15. Cumplir las normas para preservar el mutuo respeto. 16. Cumplir y hacer cumplir a sus hijos(as) el manual de convivencia. 17. Responder por la formación de sus hijos(as) en concordancia con los

lineamientos establecidos por la constitución política, art. 17 ley115, Código de la Infancia y la Adolescencia (ley 1098 de 2006), y por el presente manual de convivencia.

18. Solicitar y recibir información sobre las normas generales y de funcionamiento interno del plantel.

19. Asistir puntualmente a las reuniones programadas por la institución o cuando se requiera su presencia, justificando cualquier inasistencia.

20. En caso de reincidencia por la inasistencia a las reuniones, la institución estudiará su poco interés por su representado y reservará el derecho de admisión para el año siguiente.

21. Proporcionar al alumno un ambiente de comprensión y respeto dentro del hogar y no recargarle el trabajo que le impida el cumplimiento de sus labores escolares.

22. Promover la conformación de asociación de padres de familia. 23. Estar a paz y salvo con la institución al finalizar el año escolar. 24. Contribuir al mejoramiento de la institución y apoyar iniciativas en este sentido. 25. Velar por el cumplimiento del proyecto educativo institucional y su continua

evaluación. 26. Participar activamente en programas de formación de escuela de padres para

cumplir adecuadamente la tarea educativa que le corresponde. 27. Participar en el proceso de conformación del consejo de padres de familia

como apoyo a la función pedagógica que le compete. La junta directiva de la asociación de padres de familia conformará el consejo de padres y elegirá de manera democrática dos (2) representantes para el consejo directivo.

28. Velar por el buen nombre de la institución. 29. Respetar el conducto regular para facilitar los procesos académico y

comportamentales. 30. Vigilar para contrarrestar los factores que atenten contra la comunidad

educativa y su integridad moral. 31. Abstenerse de realizar transacciones, negocios, préstamos u otro tipo de

actividad comercial con miembros de la comunidad educativa que involucren el nombre de la institución.

32. Preocuparse por el bienestar físico y mental de sus hijos(as). 33. Dar un trato digno y humano a sus hijos (as), sin utilizar la violencia física para

reprenderlos. La institución ante alguna evidencia denunciará estos casos a las autoridades competentes.

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34. Presentarse en forma correcta a la institución. 35. Matricular a sus hijos en las fechas programadas por la institución; de lo

contrario la rectoría no reservará cupos de admisión. 36. Responder económicamente por los daños causados por sus hijos a las

instalaciones, equipo, útiles y materiales de la institución. 37. Acreditar desde el momento de la matrícula la inscripción de sus hijos (as) o

acudidos en el registro civil y en una entidad prestadora de servicios de salud. ARTICULO 52. CONSECUENCIAS DE UN COMPORTAMIENTO INA DECUADO POR PARTE DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE LEGA L. Cuando los padres o acudientes, como miembros de la comunidad educativa de la Institución, no cumplan con los compromisos de la formación integral de sus hijos, o respalden comportamiento que atente contra el presente manual o no asista a los requerimientos hechos por la institución el caso será estudiado por el Consejo Directivo y presentado al Consejo de Padres de Familia o en su defecto, y si el asunto es muy grave será estudiado y decidido por la comisaria de familia, de acuerdo con las previsiones del código de Infancia y adolescencia.

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CAPITULO 9

DISPOSICIONES ESPECIALES

ARTÍCULO 53 . ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES “Si el (la) estudiante no puede aprender por el camino en el que se le enseña, el maestro debe enseñar atendiendo el camino por el que el estudiante aprende” La institución debe optar por un currículo flexible y abierto dentro de un ambiente escolar normalizado que atienda a las particularidades de los(as) estudiantes con necesidades educativas especiales. Es deber de la Institución, del grupo administrativo, de los docentes atender a los(as) estudiantes con necesidades educativas especiales que fueron admitidos con los parámetros de edad establecido por la ley, diseñando las adaptaciones curriculares correspondientes. PARAGRAFO 1:

a. El (la) alumno(a) con necesidades especiales debe manejar sus esfínteres y acatar normas básicas de comportamiento que favorezcan la convivencia en el aula.

b. El padre de familia debe estar dispuesto y pendiente a los llamados requeridos por la institución y la unidad de apoyo.

c. El padre de familia debe presentar el historial médico del estudiante al momento de realizar la matricula.

d. Es fundamental que el (la) estudiante con necesidades educativas especiales disfrute de los mismos derechos y cumpla los deberes como los demás.

e. Los(as) estudiantes con necesidades educativas especiales son responsabilidad de toda la comunidad propendiendo por el respeto a la diferencia.

f. La institución cuenta con una maestra de apoyo lo cual brinda acompañamiento al (la) estudiante con alguna limitación.

ARTICULO 54. EL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES. Es un(a) estudiante de grado undécimo, destacado(a) por su buen rendimiento académico y convivencia, elegido de acuerdo con los requisitos establecidos por el Comité de Elecciones. Es responsable de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes. ARTICULO 55. CONDICIONES PARA SER ELEGIBLE. El (la) estudiante, debe: 1. Estar cursando el último grado que ofrezca la institución. 2. Haberse destacado por su rendimiento académico, buen ejemplo y liderazgo

positivo.

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3. Gozar de reconocido prestigio en la comunidad educativa y no haber sido sancionado por faltas graves o gravísimas.

4. Haber cursado en la institución los dos (2) últimos años de estudio. 5. Conservar buena presentación personal, portando el uniforme tal como lo

establece el MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓGICA.

6. Haber participado en un taller de liderazgo organizado por la orientación escolar. 7. Las anteriores condiciones deben permanecer durante el tiempo que dure su

personería. ARTICULO 56 . Son FUNCIONES DEL PERSONERO: 1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los (las) estudiantes, para lo cual puede utilizar los medios de comunicación interna de la Institución, pedir la colaboración al Consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación. 2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los (las) estudiantes sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes. 3. Presentar a la Rectoría y al Consejo Directivo las solicitudes orientadas a facilitar el cumplimiento de los deberes de los estudiantes y la protección de sus derechos. PARÁGRAFO: El (la) perfil del personero y el (la) estudiante representante así como las causas de su destitución, son definidos por el Comité de Elecciones y se consignan en el Acta de posesión. ARTICULO 57. MECANISMOS DE ELECCION DEL PERSONERO

1. Los (as) estudiantes del grado once, escogen los candidatos con asesoría del director de grupo, proyecto de Derechos Humanos, Orientación escolar y directivos de la institución.

2. Los(as) candidatos(as) a la personería organizan su equipo de trabajo y elabora su propuesta.

3. Presentan a los (as) estudiantes su propuesta de trabajo. 4. Se establece el día de elecciones, en el cual participan todos los estudiantes. 5. Una vez terminada la votación de hace el escrutinio, en el cual se conoce el

ganador(a). 6. Frente a la comunidad se elabora acta y se da posesión al nuevo

personero(a).

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ARTÍCULO 58 . EL CONSEJO DE ESTUDIANTES Es un organismo de participación de los (las) estudiantes tiene como fin escuchar, analizar y hacer propuestas de carácter general, a favor de todo la Institución. ARTÍCULO 59 . El Consejo de estudiantes está integrado por un vocero de los (las) estudiantes de transición a tercero y un representante por grado de cuarto a undécimo. ARTÍCULO 60. SON FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANT ES

1. Elegir el (la) representante ante el Consejo Directivo y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.

2. Escuchar, analizar y hacer propuestas de carácter general, a favor de todo la Institución.

3. Invitar a sus deliberaciones a los estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.

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CAPITULO 10

OTRAS DISPOSICIONES

ARTICULO 61 . El presente MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓGICA fue aprobado por el Consejo Directivo de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA EUDORO GRANADA en reunión ordinaria, estando la mayoría de sus miembros presentes, previa reforma realizada y aprobada por cada uno de los estamentos de la comunidad educativa. ARTICULO 62 . REFORMA AL MANUAL DE CONVIVENCIA: Este MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓGICA, puede ser reformado por la mayoría de los miembros del Consejo Directivo presentes en reunión ordinaria, previa consulta de los demás estamentos. Este MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA Y/O ACTITUD PEDAGÓ GICA fue discutido y aprobado en reunión del mes de Febrero de 2011. HENRY HUMBERTO CÓRDOBA Presidente MARIA DE JESUS OROZCO RICARD O PARDO RUIZ Representante Docentes Representante Docentes SANDRA PATRICIA ROMERO BEATRIZ ELENA VALENCIA Representante Padres de Familia Representante Padres de Familia TATIANA BEDOYA VERANO Representante Estudiantes 2011

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