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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR - 2019 INSTITUTO INGLES 1 DE MARZO DE 2019 INSTITUO INGLES SANTA FE #671

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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR - 2019

INSTITUTO INGLES

1 DE MARZO DE 2019 INSTITUO INGLES

SANTA FE #671

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INSTITUO INGLES MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR - 2019

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ÍNDICE

Contenidos

1. Aspectos Fundamentales

1.1 Presentación .................................................................................................................................. 3

1.2 Encargado de Convivencia ............................................................................................................. 4

1.3 Funciones del Encargado de Convivencia....................................................................................... 4

1.4 Fundamentación ............................................................................................................................. 4

1.5 Objetivos ......................................................................................................................................... 5

1.6 Marco Legal .................................................................................................................................... 5

1.7 Definición de Conceptos ................................................................................................................. 7

1.8 Derechos y Responsabilidades de los integrantes de la Comunidad Educativa .............................. 8 1.8.1 Derechos de Estudiantes.................................................................................................. 9

1.8.2 Deberes de Estudiantes ................................................................................................... 10

1.8.3 De las estudiantes embarazadas o que son madres......................................................... 12

1.8.4 Derechos de los Padres y Apoderados ............................................................................. 12

1.8.5 Deberes de los Padres y Apoderados ............................................................................. 13

1.8.6 Derechos de los' Docentes y Asistentes de la Educación, administrativos y directivos.….15

1.8.7 Deberes de los docentes y Asistentes de la Educación, administrativos y directivos….….16

2. Aspectos Normativos

2.1 Normas de Funcionamiento

2.1.1 De la inscripción y admisión de los estudiantes .............................................................. 17

2.1.2 Horario ............................................................................................................................ 17

2.1.3 Asistencia y Puntualidad.................................................................................................. 17

2.1.4 Presentación personal, higiene y representación pública ................................................ 18

2.1.5 Uso de agenda ................................................................................................................ 19

2.1.6 Uso, orden y cuidado de la infraestructura; y equipamiento del establecimiento ............ 19

2.1.7 En casos de Accidentes Escolares .................................................................................. 19

2.2 Normas de Interacción

2.2.1 Comportamientos esperados entre estudiantes y profesores durante el desarrollo de las clases, en

salas, biblioteca, gimnasio, laboratorios de computación y/u otros espacios ............................ 20

2.2.2 Comportamientos esperados entre estudiantes y otros miembros de la comunidad educativa durante

el desarrollo de la jornada escolar o al término de ésta ............................................................ 21

2.2.3 Comportamientos esperados entre estudiantes y personal a cargo, durante el desarrollo de los

recreos, y al término de éstos.................................................................................................... 21

2.2.4 Comportamientos esperados entre estudiantes y docentes, durante las salidas .............. 22

2.2.5 Comportamientos esperados entre docentes, padres y apoderados ................................ 23

3. Reconocimientos, faltas, medidas disciplinarias y reparatorias

3.1 Criterios de aplicación para Ia entrega de estímulos…………………………………………………….24

3.2 Criterios para la aplicación de las Faltas…………………………………………………………………..24

3.3 Tipificación y graduación dé las Faltas…………………………………………………………………….25

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3.4 Descripción de comportamientos categorizados en Faltas Leves, Graves y Gravísimas…………...26 3.5 Procedimiento formativo para las faltas…………………………………………………………………….27 3.5.1 Intención Formativa…………………………………………………………………………………….27 3.5.2 Procedimiento a seguir según falta…………………………………………………………………. 27 3.5.3 Funciones de los miembros de la comunidad educativa frente a faltas graves o gravísimas..29 3.5.4 Procedimiento Abreviado……………………………………………………………………………...29 3.6 De las Amonestaciones………………………………………………………………………………………30 3.7 Condicionalidad de Matrícula………………………………………………………………………………..30 3.8 Cancelación de Matrícula…………………………………………………………………………………….30 3.9 Criterios de excepcionalidad………………………………………………………………………………….31

4. Procedimientos para la Resolución de Conflictos……………………………………………………...32

5. Criterios Generales sobre los Protocolos de actuación

5.1 Protocolos de actuación ..................................................................................................... 32

5.2 Deber de protección ............................................................................................................ 32

5.3 Notificación a los apoderados .............................................................................................. 32

5.4 Investigación ...................................................................................................................... 32

5.5 Citación a Entrevista ........................................................................................................... 33

5.6 Resolución ......................................................................................................................... 33

5.7 Medidas de reparación ....................................................................................................... 33

5.8 Recursos ............................................................................................................................ 33

6. Disposiciones Finales ..................................................................................................................... 33

7. Bibliografía ....................................................................................................................................... 34

8. Anexos

Protocolo de Actuación y Prevención frente a Maltrato Infantil, Violencia Escolar y Bullying. Protocolo de Actuación y Prevención frente al Abuso Sexual

Protocolo de Actualización y prevención frente al Abuso Sexual.

Protocolo de Actuación y Prevención Frente al maltrato Infantil, Violencia Escolar y Bullying.

Protocolo de acción frente a embarazos, maternidad y paternidad adolescente.

Protocolo de consumo o tráfico de drogas.

Protocolo de acción en caso de accidentes escolares.

Protocolo de salidas pedagógicas

Acta Toma de Razón para nombramiento de encargado de Convivencia Escolar

Protocola de Aula Segura

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ASPECTOS FUNDAMENTALES

1.1 Presentación

El reglamento de convivencia escolar constituye una fuente de reflexión y debate interno de la institución educativa

al momento de establecer y evaluar el Proyecto Educativo, convirtiéndose en un marco básico de orientaciones

comunes sobre las cuales se conjugará la diversidad de situaciones que ocurrirán dentro de la comunidad escolar;

además constituye una carta de derechos y deberes a asumir por todas las personas que componen este Instituto,

espacio donde las y los estudiantes desarrollan el ejercicio responsable de su libertad, a través de la estimulación

de su participación personal y reflexiva, para asimilar pautas de convivencia con vista a su inserción a la vida

ciudadana.

La escuela cumple una función socializadora de gran impacto en las personas, considerando, la trayectoria

escolar, el tiempo que los estudiantes pasan en la escuela y las relaciones sociales y afectivas que allí se

construyen. Desde esa perspectiva no es extraño endosar a la educación, el modelamiento y construcción de

determinados tipos de individuos sociales, intencionando en las y los estudiantes aprendizajes relacionados con

habilidades, actitudes y conocimientos acordes a los requerimientos económicos, políticos y culturales de la

sociedad, entonces, los procedimientos y dispositivos que regulan y abordan las diferentes dimensiones de la

convivencia escolar, también deben inscribirse en ésta perspectiva, relevando además la importancia de la

dimensión curricular. En la exigencia de formar personas pacíficas, constructivas y amorosas, que reviertan Ios

ribetes de violencia instaurados en la sociedad, es que la escuela debe resignificar su orientación hacia programas

y estrategias focalizadas en el desarrollo de habilidades blandas, su repercusión en aprendizajes de orden

cognitivo y su ascendencia hacia la sociedad.

El presente Manual presenta un conjunto de normas y procedimientos que, van en apoyo de labor socializadora y

educativa de nuestro establecimiento, en la intención de educar en un clima social nutritivo y saludable para cada

uno de los integrantes de la comunidad educativa.

La ley obliga a todos los establecimientos subvencionados por el estado a normar, regular y tipificar los hechos que

puedan generar conflicto, a través de la elaboración de un Manual de Convivencia. Contiene además un plan de

gestión de la convivencia donde se identifican los principales nudos críticos recabados desde la propia opinión de

cada uno de los integrantes de comunidad educativa y se proponen acciones y metas orientadas a la prevención y

resolución de conflictos. Por último se presentan los protocolos de actuación ante los casos de acoso escolar y

abuso sexual infantil. en donde se detallan los procedimientos que determina la ley en caso de que alguno de

nuestros estudiantes sea víctima de cualquiera de las situaciones que allí se detallan.

Las normas propuestas en este manual de convivencia pretenden ser una ayuda para que cada estudiante se

forme en valores y actitudes, asuma y supere sus limitaciones y contribuya desde una mirada crítica pero

comprometida a fortalecer la escuela como espacio de encuentro y crecimiento individual y colectivo. Estas tienen

un carácter de obligatoriedad para todos los miembros de la comunidad educativa, en sentido de compartir las

aspiraciones que esta comunidad en conjunto ha construido para cada uno de sus educandos, de los cuales se

espera que avancen progresivamente hacía niveles de auto exigencia, que sean capaces de comprometerse con

su quehacer educativo y se relacionen positivamente con los demás.

La difusión y promoción de este Manual de Convivencia se realizará a través de instancias como: reuniones de

padres y apoderados, consejos de curso, consejo de profesores, paneles informativos, libreta de comunicaciones

del estudiante o agenda Escolar, página web finalmente a través de la entrega de circular con los puntos más

significativos, bajo firma de recepción del apoderado.

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Se entregará a cada apoderado, en el momento de la matrícula o primera reunión de apoderados, una circular con

los puntos más significativos del Manual de Convivencia bajo firma de recepción del documento, quedando a

disposición de cualquier integrante de la Comunidad Educativa, el documento completo, para su consulta.

1.2 Del Encargado de Convivencia

La Comunidad Escolar del establecimiento Instituto Inglés, ha determinado que las funciones de encargado de

convivencia escolar se refieren a la implementación de los planes, acuerdos, decisiones y medidas que determinen

el Consejo Escolar respecto de la buena convivencia. por tanto, el establecimiento deberá contar con un Plan de

Gestión específico de las sugerencias o iniciativas del Consejo Escolar relativas a éste ámbito de acción; articular,

desplegar e implementar dicho Plan de Gestión de la Convivencia Escolar, mediante el trabajo en equipo de todos

los miembros de la comunidad educativa. A la vez, deberá investigar en el caso correspondiente e informar a la

Dirección del establecimiento y/o al Consejo Escolar, sobre cualquier asunto que ataña o afecte lo relativo a la

buena convivencia.

1.3 Funciones del Encargado de Convivencia y Consejo Escolar.

Asumir el rol primario en la implementación de las medidas o de convivencia escolar que determine el Consejo

Escolar.

Promover la participación de los diferentes estamentos de la comunidad educativa en el Consejo Escolar.

Promover el trabajo colaborativo en torno a la convivencia escolar en el Consejo Escolar.

Disponer la implementación de las medidas sobre convivencia escolar que' disponga el Consejo Escolar.

Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la buena convivencia y manejo de situaciones de

conflicto, entre los diversos estamentos de la comunidad educativa.

Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la comunidad educativa en la elaboración,

'implementación y difusión de políticas de prevención, medidas pedagógicos y disciplinarias que fomenten la

buena convivencia escolar.

LA LEY 20536 SOBRE VIOLENCIA ESCOLAR, QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, AGREGA UN INCISO AL ART. 15, DONDE SE HACE OBLIGATORIO PARA TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS DEL PAÍS, CONTAR CON UN/A ENCARGADO/A DE CONVIVENCIA ESCOLAR.)

1.4 Fundamentación

Dotar a los estudiantes de competencias para convivir en armonía ha sido una de las preocupaciones del Estado,

de ello dan cuenta diferentes políticas institucionales a través de la vida de nuestro país, llegándose a dictar la Ley

N° 20.536 sobre Violencia Escolar (LSVE) del 17 septiembre de 2011. Impulsado por esta Ley surge el imperativo

de contar con instrumentos que normen o regulen aspectos de la convivencia escolar, pero a la vez, promueve la

implementación de acciones educativas orientadas a la generación de espacios armónicos que conlleven a crear

un clima tranquilo, amable, distendido donde el aprendizaje encuentre su mejor canal para nutrir a los estudiantes

en sus propias vivencias como en el interactuar con nuevos conocimientos.

Siendo la escuela un importante espacio de socialización, lo que allí ocurra impactará en la vida de sus

integrantes, por tanto se destaca la importancia de gestionar una buena convivencia. Una sana convivencia escolar

es fundamental para el desarrollo de la vida en sociedad por lo cual todos los miembros de la comunidad educativa

son responsables de ella.

En el ámbito pedagógico debe estar intencionada por los docentes, tanto en el aula como fuera de ella, pues

constituye un aprendizaje presente transversalmente en el currículum nacional

( MINEDUC, 2013 ).

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El Instituto Inglés es un establecimiento con principios laicos que apoya la inclusión y la diversidad. En este

contexto las normas de convivencia, están fundamentadas en la búsqueda del bien común, en la que se conjuga la

libertad personal y la responsabilidad. Son un medio que favorece en nuestros estudiantes el proceso de

internalización de valores, actitudes y estilos de vida que colaboren en su inserción escolar, familiar y social,

preparándoles para establecer relaciones armónicas y fructíferas entre las personas. Entre los valores que se

promueven en nuestro establecimiento están : el respeto por la vida humana, respeto hacia los profesores y

funcionarios, respeto y tolerancia con sus compañeros y frente a la diversidad de toda índole, respeto al entorno

natural, respeto a su propio cuerpo, respeto a la convivencia democrática, respeto a los valores patrios, capacidad

de cumplir con sus compromisos, responsable, solidario, alegre, optimista, con capacidad de crítica constructiva.

1.5 Objetivos

• Promover en todos los integrantes de la comunidad educativa los principios y lineamientos que construye1n una

sana convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de

violencia o agresión.

• Otorgar un marco regulatorio a los problemas de convivencia que pudieron surgir en la comunidad educativa,

en el cual participan como protagonistas principales todos los estamentos de nuestra comunidad educativa

tales como: alumnos, padres y apoderados, profesor y otros profesionales de la educación.

• Establecer protocolos de actuación frente a cualquier hecho que interfiera en el desarrollo de la sana

convivencia, que deberán aportar al entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones

reparatorias para los afectados.

• Instaurar protocolos para los casos de acoso escolar (bullying) y abuso sexual infantil (ASI)

• Impulsar acciones de prevención tales como talleres de habilidades socio- afectivas, habilidades para la vida,

alfabetización emocional, competencias parentales, entre otros, teniendo en cuenta especialmente el Proyecto

Educativo Institucional.

1.6 Marco legal

1. Declaración Universal de los Derechos Humanos. La Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de

diciembre de 1948, proclama la DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común

por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las

instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el

respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e

internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados

Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

2. La Convención Internacional de los Derechos del Niño. Chile ratificó la Convención de Derechos del Niño en

1990, y ésta se rige por cuatro principios fundamentales; la no discriminación, el interés superior del niño, su

supervivencia, desarrollo y protección, además de su participación en las decisiones que los afecten.

3. La Constitución Política de la República, en lo que se relaciona a los siguientes aspectos: igualdad ante la ley,

derecho a defensa, respeto y protección de la vida privada, libertad de conciencia, derecho a vivir eh un medio

ambiente libre de contaminación, derecho a la educación, obligatoriedad de la educación básica y media,

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libertad de enseñanza, libertad de emitir opinión, derecho a reunirse y /o asociarse, derecho a presentar

peticiones a la autoridad, derecho a sindicarse y derecho de propiedad.

4. Ley General de Educación N° 20.370. la LGE, en su Artículo 2°, se refiere a la formación en convivencia

escolar, al definir educación, la que “ tiene como finalidad alcanzar el desarrollo espiritual, ético, moral,

afectivo, intelectual, artístico y físico de los y las estudiantes, mediante la transmisión y el cultivo de valores,

conocimientos y destrezas. Se enmarca en el respeto y valoración de los derechos humanos y de las

libertades fundamentales, de la diversidad multicultural y de la paz, y de nuestra identidad nacional,

capacitando a las personas para conducir su vida en forma plena, para convivir y participar en forma

responsable, tolerante, solidaria, democrática y activa en la comunidad, y para contribuir al desarrollo del país"

(L.G.E, 2009 citado por MINEDUC, 2013 p. 16). Ley N°19 .070 de 1997, Estatuto Docente. Título N° 2.

Aspectos profesionales.

5. Ley N° 19.070 de 1997, estatuto docente. Titulo N°2. Aspectos profesionales.

6. Ley N° 20.536 de 2011, sobre Violencia Escolar, (LSVE), que promueve la buena convivencia escolar y

prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos.

7. Ley N° 19.284 de 1994, sobre integración social de personas con discapacidad Capítulo N° 2, de la

equiparación de oportunidades.

8. Ley N° 20.084 de 2005, establece Sistema de Responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la Ley

Penal.

9. Ley N° 20.609 de 2012 sobre NO Discriminación Arbitraria.

10. Código del Trabajo, Decreto Fuerza de Ley de 2002.

11. Decreto Fuerza Ley N° 2 de 1998, sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales.

12. Decreto N° 024. Reglamenta Consejos Escolares.

13. Decreto N° 215 de 2009. Reglamenta uso de uniformes.

14. Decreto N° 170 de 2009. Normas para estudiantes con NEE, beneficiarios de subvención especial.

15. Decretos Supremos de Educación Nº240 y 220 en lo que respecta a los O.F.T.

16. Decreto N° 565 de 1990. Reglamento de Centro General de Padres y Apoderados

17. Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar de Enseñanza Media.

18. Reglamento sobre Seguro de Accidentes Escolares según Ley N° 16.744 de 1972 .

19. Circular N° 247 de 1991 sobre alumnas embarazadas y madres.

20. Circular N° 1 Superintendencia de la Educación 2013, que entre otros aspectos instruye sobre clases de

religión.

1.7 Definición de Conceptos Básicos

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Comunidad Educativa: agrupación de personas que, inspiradas en un propósito común, integran la institución

educacional, incluyendo a estudiantes, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de

la educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales.

Convivencia escolar: es un aprendizaje que forma para la vida en sociedad, es decir, es una dimensión

fundamental de la formación ciudadana, que apunta al desarrollo de mujeres y hombres libres, sensibles, solidarios

y socialmente responsables en el ejercicio de la ciudadanía y el fortalecimiento de la democracia, capaces de

respetar a las personas y al medio ambiente, de manera que puedan iniciarse en la tarea de participar, incidir y

mejorar la vida de su grupo, su comunidad y su país. La sana convivencia escolar es un derecho y una

responsabilidad que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la

dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. (FUNDACIÓN PROBONO).

Agresividad: comportamiento defensivo natural, es una forma de enfrentar situaciones de riesgo ; es esperable en

toda persona que se ve enfrentada a una amenaza que eventualmente podría afectar su integridad. Es una

condición natural de las personas, por lo que los impulsos agresivos deben modulados, orientados y canalizados

mediante la autorregulación, el autocontrol y la' autoformación

Conflicto: involucra, a dos o más personas que están en oposición o desacuerdo debido a intereses diferentes. Es

un hecho social. Debe ser abordado y resuelto, no ignorado, y para ello existen mecanismos como la mediación, la

negociación y el arbitraje.

Violencia escolar: situación de desborde y trasgresión más allá de la agresión. A veces es un acto imprevisible de

fuerza desmesurada y automática. Todas las definiciones de violencia tienen en común dos ideas básicas, el luso

ilegítimo del poder y/o fuerza física o psicológica y el daño a otro como una consecuencia.

Maltrato Escolar: cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita,

verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos en contra de cualquier integrante de la comunidad

educativa con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda : producir el temor razonable de

sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros

derechos fundamentales; crear un ambiente escolar hostil, intimida torio, humillante o abusivo; dificultar o impedir

de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

Bullying: manifestación de violencia; en la que un estudiante es agredido y se convierten en víctima al ser

expuesto, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones negativas por parte de uno o más compañeros. Se

puede manifestar como maltrato psicológico, verbal o físico, que puede ser presencial,es decir directo; o no

presencial, es decir indirecto, mediante el uso de medios tecnológicos como celulares y/o redes sociales, entre

otros. El bullying posee tres características, que lo diferencian de otras expresiones de violencia: se produce entre

pares, existe asimetría de poder entre los involucrados existiendo abuso de poder e imposición de criterios de los

demás; además se produce de manera sostenida en el tiempo, es decir se repite durante un periodo indefinido.

Toda acción u omisión constitutivo de agresión y hostigamiento reiterado fuera o dentro del establecimiento

educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante,

valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión l del estudiante afectado, que

provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter

grave, ya sea por medios tecnológicos o: cualquier otro medio tomando en cuenta su

edad y condición ( Ley 20.536, sobre Violencia Escolar, 2011, p. 1).

Discriminación: asignar trato de inferioridad a una persona por motivos de carácter racial, étnica, social, religiosa,

de género, política, opción sexual, por diferente nivel económico y , cultural, por discapacidad, por edad etcétera.

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Abuso sexual: cualquier contacto sexual entre un adulto y un niño , niña o adolescente sexualmente inmaduro (la

madurez sexual se define social y fisiológicamente ), con el propósito de obtener gratificación sexual por parte del

adulto, o cualquier contacto sexual de un niño por medio del uso de la fuerza, amenaza o engaño para asegurar la

participación del niño o el contacto sexual donde el niño es incapaz de consentir ya sea por su edad, diferencias de

poder y/o por la naturaleza de la relación con el adulto.

Clima social escolar: se refiere a la apreciación que los distintos miembros de la comunidad educativa tienen, sobre el ambiente en el cual desarrollan sus actividades habituales y ocurren las distintas interacciones sociales. Esta apreciación incluye la forma en que los integrantes del sistema escolar perciben las normas, creencias y expectativas que caracterizan al clima escolar (Aron y Milicic, 999). Protocolo de actuación: documento que establece, de manera clara y organizada, los pasos a seguir y los responsables de implementar las acciones necesarias para actuar frente a una situación de violencia escolar. Este Protocolo debe formar parte del Reglamento Interno y ser complementado con políticas de promoción de la convivencia escolar y prevención de la violencia, incorporadas en las actividades curriculares y extracurriculares del establecimiento. El Protocolo de Actuación debe ser conocido por todos los miembros de la comunidad educativa. Plan de Gestión de la Convivencia: planificación táctica para formalizar determinadas acciones de una organización o institución, con la finalidad de cumplir con una meta. Debe establecerse por escrito, ser conocido por todos los estamentos de la comunidad educativa y contener las tareas necesario para promover la convivencia y prevenir la violencia escolar, estableciendo responsables, prioridades, plazos de tiempo, recursos y formas de evaluación, con el fin de alcanzar el o los objetivos que el Consejo Escolar han definido como relevantes. El Plan de Gestión 'no es un instrumento aislado, sino que debe ser elaborado en coherencia y relación directa con las normas de convivencia establecidas en el Reglamento Interno, los principios y valores consagrados en el Proyecto Educativo Institucional y las acciones que determine el establecimiento para el diagnóstico e implementación del Plan de Mejoramiento Institucional en el ámbito de la convivencia escolar. 1.8 Derechos y responsabilidades de los integrantes de la comunidad Vivir con el otro implica un aprendizaje continuo y complejo, más aún en la vida escolar, donde personas de distintas edades, sexos, creencias, roles y expectativas, coexisten en un mismo tiempo y espacio entorno a un propósito común, estableciéndose entre ellos relaciones simétricas fundadas en la igualdad en cuanto a dignidad y derechos y, también, relaciones asimétricas, en función de las irresponsabilidades diferenciadas que le competen a cada persona, teniendo siempre presente el principio del interés Superior del Niño, establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño, que sitúa a los y las estudiantes como sujetos de protección especial.

Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la

formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus

integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en

resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de

conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los

hechos denunciados.

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1.8.1 Derechos de los estudiantes en El Instituto Inglés: Todo estudiante1 es sujeto de derecho y deberes en razón de su dignidad como ser humano. En consecuencia, tienen derecho a: 1. Recibir la educación establecida por la política de estado. 2. Recibir una educación que permita el desarrollo de sus potencialidades y formación como persona, de acuerdo a los

planes y programas establecidos por el Ministerio de Educación. 3. Ser informado por las autoridades del colegio y representantes del centro de alumnos, de los asuntos propios del colegio. 4. Ser respetado como personas en su libertad de conciencia o según sus convicciones religiosas, sexuales o ideológica 5. Ser respetado en su vida privada en la honra de su persona y familia, además de la reserva sobre toda la información

que el establecimiento disponga, tanto de índole familiar como personal. 6. Poder emitir su opinión sobre situaciones que l afecten y ser escuchado en los descargos y explicaciones siguiendo un

conducto regular, partiendo por el profesor jefe. 7. Conocer la pauta de evaluación aplicada en todos los instrumentos utilizados como formas de evaluación. 8. Ser informado de los resultados de cualquier tipo de evaluación realizada dentro de los 10 días hábiles siguientes. 9. Recibir atención de primeros auxilios en caso de sufrir algún tipo de accidente escolar o enfermedad, comunicando de

inmediato a la familia de la situación. 10. Recibir evaluación especial, los alumnos destacados en el ámbito deportivo y cultural, tanto a nivel comunal provincial,

regional, nacional y/o internacional. 11. Recibir evaluación especial, alumnos con Necesidades Educativas Especiales, debidamente diagnosticados. 12. Ser escuchado con respeto, en un clima constructivo de diálogo y empatía, por todos los integrantes de la Comunidad

Educativa. 13. Ser considerado inocente, mientras no se pruebe lo contrario 14. Solicitar ayuda a quien corresponda en caso de necesitarla y ser atendido oportunamente, según protocolo pertinente. 15. Participar de las actividades que el Establecimiento organice y proponga (academias deportivas, culturales y

recreativas). 16. Conocer las observaciones que son registradas en su hoja de vida al momento de ser consignadas 17. Vivir y convivir en un ambiente de tolerancia, respeto y seguridad. 18. Participar libre, voluntaria y responsablemente en el Centro de Alumnos y/u otras agrupaciones similares constituidas

dentro del marco legal del establecimiento. 1.8.2 Deberes de los estudiantes en El Instituto Inglés: Como personas formadas en libertad, mediante un desarrollo pleno y armónico, sujetos de derechos pero también de responsabilidades que deben asumir. Los deberes de los estudiantes del Instituto Inglés son: 1. Cuidar y mantener el aseo e higiene personal. Respetar las normas de presentación personal establecidos por el

Instituto. 2. Asistir puntual y regularmente a todas las clases, manteniéndose al interior del aula durante el transcurso de la hora

pedagógica. 3. Participar y colaborar activamente en el desarrollo de la clase de educación física en forma responsable. 4. Desarrollar al máximo sus capacidades y habilidades. 5. Participar activamente en las actividades que el Instituto requiera. 6. Respetar a todos los miembros de la comunidad escolar, evitando bromas ofensivas, violencia, descalificaciones,

apodos, garabatos, insultos, etc. A través de cualquier medio de comunicación, presencial o virtual. 7. Propender a su superación personal a través de la auto exigencia y la auto disciplina. 8. Mantener su sala de clases y resto de las dependencias, limpio y ordenado, cuidando y utilizando correctamente los

bienes muebles del colegio y además respetando las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. 9. Representar dignamente al colegio ante la comunidad en todo momento y circunstancia. 10. Respetar la libertad de conciencia. 11. No contaminar el medio ambiente. 12. Facilitar la comunicación entre los padres y/o apoderados y el colegio. 13. Asistir al establecimiento con los materiales exigidos en cada asignatura y portar siempre su agenda escolar. 14. Acatar las medidas administrativas y de disciplina que el instituto decida tomar, considerando el debido proceso.

1 En el presente Manual de Convivencia, se utilizan en forma inclusiva términos como' "el estudiante", "el alumno" "el profesor", "el compañero" y "el docente", para referirse a hombres y mujeres. La razón obedece a que no existe acuerdo universal respecto de cómo aludir conjuntamente a ambos sexos en el idioma español.

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15. Manifestar en todo instante tanto dentro como fuera del establecimiento, una actitud de justicia, lealtad, honestidad y

solidaridad que los distinga como alumnos acordes a su formación o principios de este Instituto. 16. Mostrar una actitud de respeto, participación, y colaboración durante el desarrollo de todo acto o evento y en especial

frente a los símbolos patrios. 17. No difamar, calumniar, burlar, ridiculizar o levantar falso testimonio ya sea en forma escrita u oral (empleando cualquier

medio de comunicación), a cualquier miembro de la comunidad educativa, dentro o fuera del establecimiento. 18. Mantener un aprendizaje y uso frecuente, en todas las instancias educativas, del idioma inglés. 19. Respetar todos los derechos de los alumnos. 20. Poner al día sus materias y rendir sus evaluaciones cuando no asista a clases por cualquier circunstancia o motivo. 21. Asumir la responsabilidad por pérdida de dinero y objetos de valor que no son solicitados para actividades lectivas en la

Escuela, no haciéndose este responsable por su pérdida o deterioro. 1.8.3 Derechos de los padres y apoderados de El Instituto Inglés. Son apoderados quienes tienen a un niño/a o adolescente que estudia en el establecimiento y del cual son responsables y/o legalmente a cargo. Sus derechos son:

1. Conocer los reglamentos oficiales del Establecimiento. 2. Recibir información oportuna y veraz en relación con rendimiento, disciplina y asistencia de su pupilo/a. 3. Plantear o dar a conocer sus inquietudes a las instancias pertinentes del establecimiento, de acuerdo al problema

suscitado, considerando el conducto regular. 4. Conocer las razones de las medidas disciplinarias que se tomen en relación a su pupilo/a. 5. Solicitar modificación de actividades específicas de asignaturas en la UTP, previa presentación del informe médico u

de otro profesional competente. 6. Solicitar y recibir información en relación a los movimientos de dinero recaudados por el Centro General de Padres y

Apoderados del establecimiento, una vez al semestre. 7. Participar activamente en actividades artístico-culturales programadas por el establecimiento, Centro General de

Padres y Apoderados, diferentes subsectores y otros. 8. Ser informados oportunamente del Reglamento de evaluación, promoción y convivencia escolar del establecimiento. 9. Tener conocimiento de las actividades extraescolares en la cual participa su pupilo/a, nombre del docente y hora de

funcionamiento. 10. Ser escuchado en las reuniones del centro general de padres e inquietudes o dudas, en relación al proceso de

formación con el propósito de buscar en forma armónica las soluciones. 11. Ser atendidos por profesores y directivos en los horarios estipulados para ello. 12. Integrarse al sub-centro de apoderados, de cada curso. 13. A participar de las actividades de la escuela, diseñadas para y con la participación de los apoderados. 14. Apelar frente a una sanción que considere injusta, dada a su pupilo, dentro de los plazos estipulados por el

reglamento de convivencia escolar. 15. Usar redes de apoyo en beneficio de su pupilo cuando éste lo requiera. 16. Ser considerado como apoderado con todos sus derechos, sean estos los padres de los alumnos o alumnas, como

también su tutor legal, hogar de menores, etc. 1.8.4 Deberes de los padres y apoderados de El Instituto Inglés: Los padres y/o apoderados son representantes de los estudiantes ante el establecimiento, por tanto son sujetos de derechos y responsabilidades frente a éste. Sus deberes son:

1. Informarse del nombre del Profesor Jefe y curso al que asiste a su hija o hijo 2. Ser el padre, madre o tutor (a), es decir la persona con la que vive la alumna o alumno. El tutor debe presentar al

Profesor Jefe el documento que lo avala como tal.

3. Manifestar con su actitud, respeto y confianza en los profesionales de la Educación que atienden a su hija e hijo.

4. Enviar diariamente y a la hora establecida a su hija/o a clases, retirándose en el horario informado por el Profesor/a. El Instituto no se responsabiliza de situaciones provocadas por los estudiantes fuera de su jornada de estudio.

5. Acompañar a su pupila/o, sólo hasta la puerta de entrada, salvo situaciones puntuales deberá dirigirse a hablar con él o la paradocente (Enfermedad, Medicamento, etc.) y con el Profesor Jefe sólo en horario establecido para atención de apoderados.

6. Solicitar toda consulta o información, en la oficina de Secretaría de Dirección. 7. Entrevistarse con el Profesor/a Jefe, en horario entregado oportunamente. 8. Justificar atrasos o inasistencias de su pupilo, personalmente en Inspectoría, en el momento en que el alumno o

alumna se reincorpore a clases.

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9. Ante inasistencias prolongadas por enfermedad o accidente, debe ser informado a su profesor jefe, entregando el

correspondiente Certificado Médico a secretaría de Dirección. 10. Responder con prontitud a cualquier situación o llamado que Dirección o Profesorado formule, todo ello relacionado

con su hija/o o pupila/o, en un plazo de 24 horas. 11. Asumir con altísima responsabilidad su rol de padre, madre o apoderado, preocupándose del rendimiento,

comportamiento y proveer de útiles y materiales que requiera su pupila/o en cada sector o sub sector del plan de estudios.

12. Tomar conocimiento oportuno de los resultados de evaluaciones obtenidas por su hija/o en el proceso educativo. 13. Solicitar personalmente la autorización para que la alumna o alumno se retire durante las horas de clases, en casos

estrictamente justificados, los cuales serán retirados de las salas de clases sólo por personal del Instituto, debiendo permanecer el apoderado en el hall de entrada.

14. Asistir puntual y regularmente a la reunión ordinaria mensual de Sub centro de Padres y Apoderados de su curso y reuniones extraordinarias, de lo contrario se dejará establecido en la hoja de vida del estudiante.

15. Nombrar un apoderado suplente cuando el titular no pueda cumplir con esta responsabilidad (casos justificados). 16. Prestar su cooperación de acuerdo a sus posibilidades, al establecimiento cuando este se lo solicite (asistencia a

actos, Colaboración con el Centro de Padres, actos cívicos, culturales, artísticos y presentaciones públicas, aun cuando estas se realicen en días festivos, etc.).

17. Responder oportunamente por destrozos o deterioros que su pupila o pupilo ocasione en el Establecimiento (mobiliario, Servicios Higiénicos, etc.) asumiendo los costos que éstos ocasionen.

18. Informar al profesor jefe cualquier cambio de domicilio, teléfono o situaciones familiares graves que afecten el desempeño escolar y emocional de su pupilo.

19. Contribuir y colaborar, eficazmente en la formación valórica que El Instituto inicia a favor de su hijo/a, como son: Respeto (Derecho) Responsabilidad (Deber).

20. Preocuparse diariamente de la excelente presentación personal de su hija o hijo de acuerdo a reglamente interno de presentación personal.

21. Frente a cualquier situación problemática correspondiente al ámbito pedagógico o conductual que experimente la alumna o alumno en el colegio, deberá respetar el siguiente conducto regular, según corresponda: Profesor Jefe, Profesor de Asignatura, Convivencia Escolar y Dirección.

22. Ante enfermedades infectocontagiosas de los (as) alumnos (as), los apoderados deberán informar al Instituto de esta situación, y harán permanecer a éstos en sus domicilios hasta su total recuperación (Pestes. pediculosis, etc.)

23. Cautelar que su pupila no porte joyas de valor, adornos, equipo musical., máquinas fotográficas, celulares, mp3, mp4 u otros, ya que El Instituto no se hace responsable de su pérdida o destrozo.

24. Retirar personalmente artefactos tecnológicos que hubiesen sido requisados en caso que la alumna o alumno hiciere uso en horas de clases sin autorización del profesor(a).

25. Tomar conocimiento en forma responsable, de los artículos estipulados en el Reglamento Interno del Instituto Inglés.

1.8.5 Derechos de los Docentes, Asistentes de la educación, Administrativos y Directivos de El Instituto

Inglés.

Todo trabajador de este establecimiento tiene derecho a recibir respeto y consideración hacia su persona y hacia

la labor que desempeña. En consecuencia, tienen derecho a :

1. Participar en la Vida y actividades del Colegio de acuerdo a su rol y a los canales establecidos.

2. Hacer uso, mediante protocolo establecido, de los días otorgados por la institución en caso de matrimonio

del trabajador o muerte pe un familiar cercano.

3. Recibir oportunamente la remuneración establecida por contrato.

4. Ser escuchados con respeto, considerando todos los medios de prueba, cuando exista una denuncia o

situación que afecte a un trabajador de este establecimiento.

5. Los Profesionales de la educación, directivos y docentes propiamente tales tendrán los derechos y

deberes establecidos en el Estatuto Docente Ley N° 19.070, Decreto 453 /91

Los Paradocentes y Auxiliares, serán regidos por el decreto N° 2.200 del Código del Trabajo.

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6. Utilizar los medios pedagógicos, tecnológicos e instalaciones del Establecimiento para una mejor

realización de su labor docente, como asimismo, a poder proponer al Equipo Directivo la realización de

actividades extracurriculares o complementarias para su mejor quehacer pedagógico.

7. A ser informados de todo lo relativo a reglamentaciones educativas, administrativas, legales y

profesionales que afecten el ejercicio de sus funciones.

1.8.6 Deberes de los Docentes, Asistentes de la educación, Administrativos y Directivos de El Instituto

Inglés.

1. Todo el personal de esta institución deberá relacionarse de manera cordial y respetuosa.

2. Atender a las necesidades especificas de los estudiantes de acuerdo a su rol.

3. Favorecer un ambiente de compañerismo y trabajo en equipo.

4. Cumplir con las funciones asociadas al rol y con las normativas, horarios, reglamentos y disposiciones en

el ámbito de su competencia.

5. Justificar oportunamente las inasistencias al trabajo.

6. Mostrar respeto hacia todos los miembros de la Comunidad Educativa, sin excepciones.

7. Colaborar con el mantenimiento del orden, cuidado del material, medios e infraestructura del colegio, como

también con el correcto comportamiento de los estudiantes dentro del recinto escolar.

8. No fumar ni consumir bebidas alcohólicas en dependencias del colegio.

9. Profesores se rigen por la normativa establecida en el Estatuto Docente.

10. Profesores deben cumplir en los plazos establecidos con planificaciones, procesos de evaluación de los

estudiantes, reuniones individuales y grupales con padres y apoderados, turnos de reemplazo en caso

necesario, y labores administrativas inherentes a su cargo.

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2. ASPECTOS NORMATIVOS

2.1 Normas de Funcionamiento

Se refieren a todas aquellas pautas que permiten la organización eficiente de gran parte de las actividades

que se desarrollan al interior del establecimiento. La implementación y formalización de éstas posibilitan un mejor

desarrollo de los procesos educativos, en un ambiente de mayor calidad y con una comunidad comprometida con

el quehacer educativo.

2.1.1 De la inscripción y admisión de los alumnos

La inscripción de los alumnos/as regulares se efectuará en la época establecida por las autoridades a cargo. La matrícula es el acto administrativo mediante el cual el apoderado y el alumno/a ejercen el derecho a la educación. En dicho acto el apoderado y el estudiante se comprometen a acatar las disposiciones del reglamento interno y el Manual de Convivencia del establecimiento.

Para la admisión se considera los antecedentes escolares de promoción y conducta expresados en el certificado anual de estudios e informe de desarrollo personal. El proceso de matrícula se efectuará en conformidad a las normas e instrucciones emanadas del Ministerio de Educación (SAE) y a los criterios que orientan a la comunidad Educativa.

Sólo los padres o tutores legales pueden ejercer el derecho de matricula, casos especiales deben ser revisados por Dirección, siempre con autorización de los padres o tutores legales a través de documento formal (poder notarial)

2.1.2 Horario

Es deber de los alumnos y alumnas presentarse puntualmente, al inicio de la jornada escolar de clases y retirarse

una vez que esta haya terminado.

Los alumnos y alumnas deben respetar, los toques de timbre tanto para salir a recreo como para reintegrarse a

clases.

2.1.3 Asistencia y Puntualidad

De la asistencia e inasistencia a clases

Con el propósito de formar personas responsables y que logren los aprendizajes esperados, los estudiantes del

Instituto Inglés tienen la obligación de asistir a todas las clases del Plan de Estudio del respectivo curso. El

requisito de asistencia está regulado por las normas de Evaluación y Promoción Escolar emanadas por el

Ministerio de Educación. Aquellos alumnos que no cumplan con el requerimiento mínimo de un 85% de asistencia

a clases quedan expuestos a una repitencia de curso, salvo que, presenten certificado médico. Su asistencia a

clases será de lunes a viernes en forma regular.

Los alumnos/as deben asistir a los actos oficiales que programe el colegio, DAEM ó MINEDUC según calendario

escolar.

• Los estudiantes atrasados, ingresarán a clases con la autorización de Inspectoría, se dejará una

constancia en la agenda del alumno(a) y será el profesor que se encuentre en la sala de clases, el que

realice registro del mismo en el libro de clases.

• El alumno/a que no presente el registro de atraso en la libreta de comunicaciones, al momento de ingresar

a la sala de clases, no podrá ser admitido por el profesor que se encuentre en ese momento impartiendo la

clase. Éste lo derivará a Inspectoría a registrar el atraso respectivo.

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• Al tercer atraso Inspectoría general, citará al apoderado para firmar el registro correspondiente, informar de

la situación y recordar el compromiso de responsabilidad adquirido con la escuela y establecido en el

presente Manual de Convivencia. Esta situacion será informada al profesor jefe del alumno y de no

producirse un cambio de conducta, el apoderado deberá firmar un compromiso disciplinario.

• Todo atraso injustificado a clases, estando en la escuela, ya sea después de los recreos o cambio de hora,

será registrado por Inspectoría.

• Las salidas de alumnos/as del Instituto sólo podrán ser autorizadas por la Dirección de la Escuela.

• Las inasistencias a clases serán justificadas por el apoderado ante Inspector General del establecimiento.

2.1.4 Presentación personal, higiene y representación pública

La vestimenta debe adecuarse al espacio, circunstancias y objetivos de la vida escolar, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento de Convivencia, la exigencia del uniforme, como aspectos de la presentación personal, corte de pelo, peinado, tiene como objetivo evitar discriminaciones entre los alumnos, por diferencias en la calidad de las vestimentas que usan. Las vestimentas uniformes, promueven un sentido de igualdad frente a la presión social externa por el consumismo y las modas contingentes. Es importante señalar, de que en caso de que el apoderado no pueda cumplir con esta exigencia de uniforme señala, esta situación debe ser justificada e informada a Inspectoría General, y este derivará al Asistente social del establecimiento para su consideración, por tanto:

• Cuando el clima lo requiera, se podrá usar chaquetones, casaca del instituto, parkas o polar azul marino o gris (sin estampados), bufanda y/o gorro azul marino, gris o rojo italiano. Se excluye cualquier prenda de vestir ajeno al uniforme, como, asimismo, el uso de barba y bigote, además de atuendos que no correspondan al uniforme.

• El cabello debe usarse limpio y peinado, sin tinturas de fantasía o diferentes a colores naturales. El cabello en los varones, debe usarse corto, peinado y no se admitirá cortes de fantasía u otros informales.

• No se admitirá el uso de piercing, expansiones u otros similares.

• Se exige limpieza, higiene y orden al portar el uniforme del Instituto.

• Se prohíbe el uso excesivo de maquillaje.

• El buzo deportivo del colegio, sólo podrá ser usado en la asignatura de Educación Física o cuando la situación particular del alumno lo amerite, o cuando el establecimiento lo determine el cual deberá ceñirse a lo estipulado por el establecimiento.

• Los alumnos asistirán diariamente rasurados, sin barba, bigotes y patillas largas.

• Los alumnos/as no usarán gorros, viseras, jockey en la sala de clases.

**Es importante señalar que estas consideraciones estarán afectas a respetar las creencias culturales y/o religiosas de cada alumno, siendo informadas oportunamente por la familia al profesor jefe y socializadas con el resto de los adultos de la institución.

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UNIFORME

2.1.5. Uso de agenda

La agenda esc

olar es el principal medio de comunicación entre el hogar y el Instituto, por lo que los estudiantes, deben tener registrados sus datos personales y el de su apoderado, portándola diariamente. Desde el establecimiento, se informará respecto de las novedades que puedan generarse en él y desde el hogar, se enviará lo relevante que pueda haberle acontecido al niño/a, como las justificaciones ante atrasos o inasistencias. Siendo éste un nexo comunicativo, debe ser revisado a diario por el apoderado.

2.1.6. Uso, orden y cuidado de infraestructura y equipamiento del establecimiento

La mantención de espacios limpios y acogedores beneficia a todos los integrantes de la comunidad

educativa, aportándoles bienestar y un ambiente que contribuye a generar una mejor convivencia y favorecer el

proceso pedagógico. Por tanto, es responsabilidad de todos los miembros de la comunidad escolar cuidar y velar

por el buen estado y uso de los bienes de El Instituto, en caso contrario, se deberá avisar al Inspector General, o a

quien corresponda, para que evalúe la situación y aplique el procedimiento correspondiente.

Son conductas reñidas a un buen ambiente:

1. Botar basuras, rayar o pintar, ensuciar deliberadamente paredes o muros.

2. Romper vidrios, puertas, chapas, muebles, inodoros ...

3. Dañar material pedagógico de El Instituto como libros, mapas, implementos tecnológicos

2.1.7 En caso de Accidentes Escolares

Accidente escolar es toda lesión que un estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios, o de la

realización de su Práctica Profesional o Educacional y que le provoque incapacidad o muerte; también se

considera los accidentes de trayecto directo de ida o regreso que sufran los alumnos, entre su casa, y el

Establecimiento Educacional. Si el alumno(a) sufre un accidente, tanto en trayecto (ida al establecimiento o

regreso al hogar) como al interior del mismo, debe regirse según “protocolo de Accidente escolar” del

establecimiento.

Si el accidente ocurre fuera del colegio, lo debe denunciar al establecimiento el propio accidentado o quien

lo represente antes de 24 horas.

Para acreditar un accidente de trayecto directo, de ida o regreso, entre la casa y el Establecimiento

Educacional, servirá el parte de Carabineros, la declaración de testigos presenciales o cualquier otro medio de

prueba igualmente fehaciente, estará obligado a denunciar el accidente escolar, el Director del Establecimiento

Educacional, tan pronto como tenga conocimiento de su ocurrencia, mediante los formularios vigentes.

2.2 Normas de Interacción

DAMAS VARONES

• Falda modelo Instituto

• Blusa blanca

• Corbata

• Polera piqué institucional

• Chaleco gris

• Calcetas o medias gris

• Zapatos negros.

• Pantalón azul.

• Buzo para educación física (unisex), modelo instituto con polera blanca.

• Pantalón de tela color gris

• Camisa blanca / polera piqué institucional

• Corbata

• Sweater gris

• Zapatos negros

• Buzo para educación física (unisex), modelo instituto con polera blanca.

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Son aquellas medidas destinadas a cautelar la convivencia armónica entre los distintos miembros de la

comunidad educativa, con el propósito de generar espacios escolares provistos de un clima nutritivo, aptos para la

convivencia y el desarrollo de la enseñanza y el aprendizaje.

2.2.1 Comportamientos esperados entre estudiantes y profesores durante el desarrollo de las clases, en

salas, biblioteca, gimnasio, laboratorios de computación y/u otros espacios.

2.2.2 Comportamientos esperados entre estudiantes y otros miembros de la Comunidad Educativa

durante el desarrollo de la jornada escolar o al término de ésta.

Estudiantes Profesores

❖ Establecer relaciones respetuosas con sus compañeros (as) y profesores (as), contribuyendo a la creación de un clima

acogedor y ayudando a mantener un

ambiente grato y limpio.

❖ Participar oportuna y correctamente en clases, expresando sus ideas y manteniendo un adecuado registro de sus materias o apuntes en sus cuadernos u otros los que podrán ser supervisado en cualquier momento.

❖ Cumplir con las normas de comportamiento establecidas por la Autoridad Pedagógica de los docentes a cargo y solucionar sus conflictos en forma pacífica y mediante el diálogo.

❖ Respetar y cuidar los bienes y útiles de sus compañeros, los propios y los del Establecimiento, asumiendo los costos q de reparación o reposición de todo bien dañado.

❖ Asistir a clases con el material solicitado por el o los profesores para el buen desarrollo de las actividades planificadas .

❖ Se observará tolerancia ante la diversidad de sus pares u otros miembros de la comunidad educativa, asumiendo una actitud no discriminatoria.

❖ Generar un clima de relaciones interpersonales respetuosas y empáticas con sus estudiantes, promoviendo en éstos actitudes de compromiso y solidaridad.

❖ Proporcionar a todos sus estudiantes oportunidades de participación,

presentando

situaciones de aprendizaje desafiantes,

motivadoras y apropiadas para éstos.

❖ Establecer normas de comportamiento conocidas y comprensibles para sus

estudiantes, basadas en el ejercicio de una

Autoridad pedagógica que promueve la

enseñanza de una convivencia para la paz.

❖ Utilizar estrategias para monitorear y abordar educativamente el cumplimiento de las normas de convivencia y generar respuestas asertivas y efectivas frente a conflictos o quiebres de éstas.

❖ Favorecer el desarrollo de la autonomía responsabilidad de los estudiantes en

situaciones de aprendizaje.

❖ Se observará tolerancia ante la diversidad de sus estudiantes, asumiendo una actitud no discriminatoria.

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2.2.3 Comportamientos esperados entre estudiantes y docentes, durante las salidas de carácter

pedagógico, paseos o giras de estudio.

Estudiantes Comunidad Educativa

❖ Establecer relaciones respetuosas con todos los integrantes de su Comunidad Educativa .

❖ Respetar las Normas de Funcionamiento y de Interacción definidas en el Manual de Convivencia Escolar del establecimiento.

❖ Manifestar tolerancia ante la diversidad de sus pares u otros miembros , de la Comunidad Educativa, asumiendo una actitud no discriminatoria

❖ Solucionar discrepancias entre los pares y con los adultos de la comunidad escolar a partir del diálogo.

❖ Entregar todo objeto que encuentre y que no me pertenezca.

❖ Comunicarse en forma respetuosa entre todos los miembros de la Comunidad Educativa.

❖ Respetar las Normas de Funcionamiento y de Interacción definidas en el Manual de Convivencia escolar del establecimiento.

❖ Para el personal contratado por el colegio, respetar las funciones descritas en el

Reglamento Interno del establecimiento.

❖ Se observará tolerancia ante la diversidad asumiendo una actitud no discriminatoria .

❖ El personal contratado por el establecimiento deberá velar por la seguridad de los estudiantes, monitoreando el ingreso de personas extrañas al establecimiento.

❖ Mantener un clima de respeto con sus compañeros, profesores y todas las personas

con las cuales se relacionen en el transcurso

de la visita pedagógica.

❖ Presentarse correctamente uniformado.

❖ Como una forma de prevenir lesiones personales, se debe cumplir con las normas

de comportamiento establecidas por la

Autoridad Pedagógica de los docentes a

cargo.

❖ Contar con la autorización escrita de su apoderado para realizar la visita pedagógica. Mantener un clima de respeto con sus compañeros, profesores y todas las personas con las cuales se relacionen en el transcurso de la visita pedagógica.

❖ Mantener un clima de respeto con sus estudiantes y todas las personas con las

cuales se relacionen en el transcurso de la

visita pedagógica.

❖ Establecer normas de comportamiento, congruentes con las necesidades de la

visita pedagógica y con una convivencia

armónica, las cuales sean conocidas y

comprensibles para los estudiantes.

❖ Monitorear y abordar educativa mente el cumplimiento de las normas de convivencia

y generar respuestas asertivas y efectivas

frente al quiebre de las normas de

convivencia.

❖ Velar por la integridad física y psicológica de los estudiantes.

Estudiantes Docentes a cargo

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2.2.4 Comportamientos esperados entre estudiantes y personal a cargo, durante el desarrollo de los

recreos, colaciones y al término de éstos.

2.2.5 Comportamientos esperados entre docentes, padres y apoderados.

Personal a cargo Estudiantes

❖ Promover un clima de respeto entre los distintos miembros de la comunidad.

❖ Supervisar los juegos desarrollados por los estudiantes cautelando que estos no sean de carácter brusco y dañen su integridad.

❖ Fomentar actividades de carácter recreativo que promuevan una sana convivencia escolar.

❖ Velar por la formación de hábitos sociales y nutricionales que se propician en la instancia de la colación y almuerzo.

❖ Abandonar la sala, dejando mobiliario y ordenado respetando la circulación de los demás.

❖ Evitar permanecer en la sala de clases en el período de recreo o colación sin la presencia de una persona responsable, salvo enfermedad o imposibilidad física del estudiante para salir al patio.

❖ Como una forma de prevenir lesiones Personales, se debe evitar la práctica de

juegos bruscos o la utilización de objetos que

puedan representar un peligro para los

demás cuidando compartir adecuadamente

en los espacios de recreación.

❖ Evitar correr en escaleras o pisos superiores para prevenir accidentes.

❖ No subirse a vallas. escaleras. barandillas o sitios que revistan peligro. Así como comunicarse o intercambiar objetos por las vallas con personas ajenas al establecimiento.

❖ Mantener actitudes 'sociales adecuadas al proceso de alimentación valorando la importancia de la nutrición y el compartir con sus compañeros/as este momento de la jornada.

❖ Dirigirse de inmediato a la sala de clases, al finalizar el recreo, evitando los atrasos en horas intermedias.

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3. DE LOS RECONOCIMIENTOS, FALTAS Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS

Docentes Apoderados

❖ Establecer comunicación clara y respetuosa con los apoderados del Instituto.

❖ Identificar, respetar e informar a los apoderados sobre los derechos y

responsabilidades de todos los miembros

de la comunidad educativa, estipulados

en el Manual de Convivencia Escolar.

❖ Cautelar el cumplimento de los derechos y deberes de la comunidad educativa.

❖ Cumplir y exigir el respeto de las Normas de Funcionamiento e Interacción definidas en el Manual de Convivencia Escolar.

❖ Conocer y cumplir las funciones establecidas en el Reglamento Interno del Colegio.

❖ Reconocer los lineamientos principales del Proyecto Educativo Institucional.

❖ Entregar en forma oportuna toda clase de información emanada del establecimiento a sus padres y/o apoderado.

❖ Mantenerse informado sobre el Plan de Gestión para una buena convivencia elaborado en su establecimiento educacional y dar a conocer esta información a los apoderados, con el propósito de informarles las acciones que el colegio ejecuta en beneficio de un clima escolar apto para el aprendizaje de todos los estudiantes.

❖ Cautelar el adecuado cumplimiento de los Protocolos de Actuación y Prevención en caso de Maltrato Infantil, Violencia Escolar, Bullying y Abuso sexual. Junto a esto mantener a la Comunidad Educativa informada sobre éstos.

❖ Comunicarse en forma respetuosa con los profesores del establecimiento.

❖ Reconocer y respetar los derechos y responsabilidades de todos los miembros

de la Comunidad Educativa, estipulados

en el Manual de Convivencia Escolar.

❖ Respetar Normas de Funcionamiento e Interacción, definidas en el Manual de Convivencia Escolar.

❖ Respetar los procedimientos definidos en los Protocolos de Actuación y Prevención en caso de Maltrato Infantil. Violencia Escolar, Bullying y Abuso sexual.

❖ Asistir a las reuniones de padres y apoderados y contribuir con la participación al éxito de las clases regulares y las actividades extracurriculares del Establecimiento.

❖ Apoyar a sus hijos o pupilos cautelando que éstos refuercen en sus, casas, los aprendizajes entregados por la El Instituto.

❖ Verificar que sus hijos(as) o pupilos se presenten al colegio con los cuadernos, libros y material requerido para el trabajo pedagógico de El Instituto.

❖ Respetar y valorar el trabajo que en beneficio de los estudiantes realizan Profesores, Administrativos, Personal de servicio y otros profesionales del colegio.

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3.1 Criterios de aplicación para la entrega de estímulos

Como un modo de reforzar y consolidar las conductas positivas de los estudiantes, el comportamiento

destacado de ellos se reconocerá en forma adecuada ante la comunidad educativa para que sean un ejemplo

digno a seguir. Estas conductas positivas tendrán incidencia en el Informe de Personalidad.

Los reconocimientos que recibirán los estudiantes por sus conductas destacadas son anotación positiva en

el libro de clases.

Los alumnos que tengan cinco o más anotaciones positivas y/o aquellas que fueren destacadas por el

Consejo de Profesores, recibirán una carta de reconocimiento por sus logros al término de cada semestre.

(Profesor Jefe deberá tener una carta tipo).

Al término del año escolar, los estudiantes de cada curso con mejor asistencia, rendimiento y aquéllos que

se destaquen por sus condiciones personales y valores como esfuerzo, cortesía y entrega a los recibirán un

diploma de reconocimiento por parte de la Dirección.

Además, los estudiantes destacados podrán recibir otros reconocimientos, definidos por la Dirección,

Profesoras/es Jefes, Departamentos y/o Profesor/a de Asignatura, siendo ratificados en Consejo de Profesores,

según pauta previamente discutida y consensuada.

3.2 Criterios para la aplicación de las Faltas

Frente a las faltas cometidas por estudiantes; en relación a los principios de convivencia que rigen al

Instituto Inglés, se consideran medidas disciplinarias y formativas que respeten los derechos humanos y la

dignidad de los estudiantes, reparen el daño causado por éstos, en la medida de lo posible, pero por sobre todo

que signifiquen una instancia de aprendizaje sobre el valor de la responsabilidad, el desarrollo de habilidades

sociales como la empatía y el refuerzo sobre la capacidad de resolver conflictos devolviendo la confianza a la

comunidad educativa.

Con respecto a las medidas de carácter reparatorio, el inicio para su aplicación es el reconocimiento de

haber provocado daño a un tercero lo que implica una instancia de diálogo, mediada por un adulto/a de la

comunidad educativa establecido previamente. La acción reparatoria debe ser absolutamente voluntaria. La

obligatoriedad en este tipo de medida la hace perder su sentido, dado que lo que se pretende es que una de las

partes se responsabilice de su acción. El acto de restitución debe estar relacionado y ser proporcional con el daño

causado. Por ejemplo, restituir un bien o pedir disculpas públicas, si el daño fue causado por un rumor o

comentario mal intencionado.

Para cautelar el debido' proceso, es decir, el respeto por los derechos de todos los involucrados, el

establecimiento educacional, seguirá los siguientes procedimientos:

• Presumir la inocencia del o los involucrados, en la ejecución de la falta. • Conocer la versión: de todos los involucrados considerando el contexto y las circunstancias que rodearon

la falta, que se presuma su inocencia y se reconozca su derecho a apelación. • Atender los factores agravantes o atenuantes, considerando la edad, función y jerarquía de los

involucrados. Se contextualizarán las circunstancias en las que se cometió la falta, como la existencia de problemas familiares que afecten la situación emocional del estudiante pues éstas pueden alterar su comportamiento. En tales casos, no se tratará de ignorar o justificar la falta, sino de resignificarla de acuerdo con las circunstancias y encargados de aplicar los protocolos de actuación en El Instituto.

• Reconocer el derecho a apelación de los involucrados. • Aplicar criterios de graduación de faltas. • Denunciar frente a delitos2 : Según lo establece el Código Procesal Penal en su artículo 175, el Director

de la Unidad Educativa, Inspector General y Profesores tienen la obligatoriedad de denunciar cualquier

2 Serán consideradas como delito, las violaciones a las Leyes vigentes establecidas por el Estado Chileno. Pueden ser objeto de investigación de delitos, los mayores de 18 años y también, los adolescentes mayores de 14 años, según la tipificación de delitos impugnables a éstos, descritos en la Ley N° 20.084 en que se establece un sistema de responsabilidad por infracciones a la Ley Penal.

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acción u omisión que revista de carácter de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa o que hubieren tenido lugar en el establecimiento. Estos pueden ser: lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros: Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e y 176 del Código Procesal Penal. Para cumplir con lo anterior se deben realizar los siguientes procedimientos:

o Cuando las autoridades del establecimiento educacional tomen conocimiento de este tipo de

hecho, que tiene el carácter de delito, es necesario que cuenten con la mayor cantidad de

antecedentes que permitan fundamentar la denuncia.

o El director del establecimiento u otro miembro de la comunidad debe realizar la denuncia a

Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, fiscalías del Ministerio Público o los Tribunales

competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, según el

artículo 176 del Código Procesal Penal.

o Se comunica el hecho al apoderado (a) del o la estudiante involucrado(a) en el acto delictivo por

parte del Director del Establecimiento Educacional y/o Inspector General.

o Se comunica el hecho al Daem, Departamento Provincial de Educación o a la Superintendencia de

Educación.

o Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción

disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.

o Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas

correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto

por su dignidad y honra.

o Portería no debe permitir el ingreso, ni entregar información a medios de comunicación ni a

personas ajenas a la Unidad Educativa sin la autorización expresa de la Dirección.

3.3 Tipificación y graduación de las Faltas

Un sistema adecuado de disciplina en el establecimiento, que promueva el ejercicio de la libertad responsable y la

capacidad de autogobierno, con plena participación de los alumnos/as en la definición de normas de convivencia y

de su protagonismo en la vida del Instituto, constituye una dimensión crucial de la formación ética y el desarrollo

personal definidos en los Objetivos Fundamentales Transversales.

En el marco de un Reglamento de Convivencia de un colegio como en toda institución existen normas y reglas que

deben ser internalizadas por toda la comunidad escolar. Pero en ciertas situaciones algunas de ellas se

trasgreden, y ante este tipo de situación, se debe reglamentar el tipo de falta.

Falta Leve: actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no involucren daño físico o

psicológica a otros miembros de la comunidad. Ejemplos: atrasos, olvidar un material, uso del celular en clases, no

entrar a tiempo a la sala de clases, quitarle la pelota o los juegos a los más pequeños, etc.

Falta Grave: actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica y física de otro miembro de

la comunidad educativa y del bien común, así como acciones deshonestas que afecten la convivencia. Ejemplos:

dañar el bien común, agredir a otro miembro de la comunidad educativa, ofender o intimidar a un docente o

asistente de la educación, falsear o corregir calificaciones, etc.

Falta Gravísima: actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otros

miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo en que se manifiesten consecuencias

físicas o psicológicas en otro miembro de la comunidad educativa y conductas tipificadas como delito y Ejemplos:

robos, abuso sexual, tráfico de drogas, o el acoso escolar, quema de muebles o daños importantes en la

infraestructura del establecimieto

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3.4 Descripción de comportamientos: categorizados en Faltas Leves, Graves y Gravísimas

A continuación se presenta los distintos tipos de conductas que son considerados como faltas, al interior del

establecimiento educacional y que son categorizados o tipificados en distintos grados de importancia, es decir, en

Faltas de carácter Leve, Grave y Gravísimo.

FALTAS LEVES

1. Atrasos, sea éste al inicio de la jornada lectiva o después de los recreos. 2. Falta de responsabilidad en los deberes asignados por los docentes y asistentes de la educación. 3. El no portar los útiles necesarios para las clases. (vestuario, implementos deportivos, materiales…) 4. Realizar acciones que ensucien o que provoquen daño remedial en el establecimiento (Lanzar papeles,

ensuciar el establecimiento, entre otras). 5. Uso incorrecto del uniforme: pantalones caídos, uso de atuendos que no corresponden al uniforme. 6. Faltas a la presentación personal: falta de higiene personal, cabello tinturado, peinados y cortes

extravagantes; además de piercing y modificaciones corporales, que atenten contra la seguridad e higiene de los estudiantes. Siendo responsabilidad de los padres, de velar por las consecuencias de no acatar esta norma.

7. Presentarse al colegio sin la agenda escolar. 8. No obedecer a mantener el aseo y ornato de su sala y de su colegio. 9. No presentar justificación por las inasistencias a clases. 10. Utilizar vocabulario de corte grosero o vulgar. 11. Las manifestaciones exageradas de caricias (entiéndase como aquellas que afectan la moral y las buenas

costumbres; conductas sexualizadas).

FALTAS GRAVES

1. Interrupción al normal desarrollo de la clase. 2. Faltar a las evaluaciones fijadas con anterioridad, sin justificación. 3. Provocar situaciones que pongan en riesgo su integridad física y/o la de los demás. 4. Falta de respeto a los valores patrios. 5. Destrucción de vestimenta y/o útiles escolares, de compañeros del Instituto. 6. No acatar órdenes del personal del establecimiento. 7. Salir del colegio sin la autorización respectiva del Inspector General, considerado “fuga”. 8. Rayar y/o escribir en los baños o en cualquier lugar del Instituto. 9. No participar de las actividades de la clase como: escribir, leer, salir al pizarrón, trabajos grupales, etc.

Cuando estas no atenten contra el bienestar emocional de los estudiantes. 10. Retirarse de clases sin la autorización del profesor. 11. Faltar el respeto a cualquier funcionario del Establecimiento, que imparta órdenes o instrucciones a los

alumnos. 12. Presentarse al establecimiento bajo el consumo de drogas, no detectándose el porte.

FALTAS GRAVISIMAS

1. Falsificación de firmas, pruebas y notas. 2. La agresión verbal, física o psicológica, a compañeros, docentes y personal del Instituto, de manera verbal o a

través de medios de comunicación masivos o redes sociales. 3. Porte, consumo y/o venta de alcohol, estupefacientes, droga, dentro del Instituto. 4. Fumar dentro del Instituto o fuera de éste, vistiendo uniforme 5. Uso no autorizado de celular u otro medio de difusión en clase; o utilizarlo para copiar o enviar mensajes

durante una prueba. 6. Utilizar el celular o cualquier otro elemento tecnológico dentro de una clase, sin autorización. 7. Portar, mostrar y/o difundir material pornográfico. 8. Destrucción irremedial y mal uso de cualquier elemento, mueble o inmueble, correspondiente a la

infraestructura del Instituto. 9. Provocar, deliberadamente un accidente a compañeros.

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10. Difundir por cualquier medio, material o información, que dañe la imagen del colegio, la honra y/o la moral de algún integrante de la comunidad educativa.

11. Robar y/o hurtar dentro del establecimiento. 12. Acoso sexual a sus compañeros(as) de curso y/o del colegio (Ver protocolo de abuso sexual). 13. Adulterar o cambiar notas en documentos oficiales: certificados de estudio, planillas de notas, libros de clases,

etc. 14. Hacer daño intencional o premeditadamente, en lo moral, físico o material, que afecten a personas, objetos o

instalaciones del colegio. 15. Agresión de hecho o de palabra a cualquier integrante del Establecimiento. 16. Portar cualquier tipo de arma (blanca, fuego, entre otras) que pueda ocasionar daño físico a algún integrante

de la comunidad educativa. 17. Agresión física con cualquier tipo de arma (blanca, corto punzante, de fuego u otra) a un compañero (a), o a

cualquier miembro de la comunidad educativa. 18. Cualquier acto u acción que revista el carácter de delito, se procederá según el protocolo de actuación frente

a un delito (ver manual de convivencia escolar), y aplicar las medidas de expulsión y/o cancelación de matrícula (Ley 20.845).

3.5 PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS PARA LAS FALTAS

3.5.1 INTENCIÓN FORMATIVA

Frente a las faltas cometidas por estudiantes; en relación a los principios de convivencia que rigen al Instituto

Inglés, se consideran medidas disciplinarias y formativas que respeten los derechos humanos y la dignidad de los

estudiantes, reparen el daño causado por éstos, en la medida de lo posible, pero por sobre todo que signifiquen

una instancia de aprendizaje sobre el valor de la responsabilidad, el desarrollo de habilidades sociales como la

empatía y el refuerzo sobre la capacidad de resolver conflictos devolviendo la confianza a la comunidad educativa.

3.5.2 PROCEDIMIENTOS A SEGUIR SEGÚN FALTA

a) LEVE 1. Amonestación verbal, por parte del profesor asignatura, profesor jefe, u otro funcionario del establecimiento. 2. Registro por escrito, en la hoja de vida del estudiante del libro de clases. 3. Informar al apoderado por medio de una comunicación y/o entrevista personal. 4. Asignación de trabajo comunitario, dentro o fuera de la sala de clases, aseo, diario mural, informe y/o exposición sobre

un tema de acuerdo a la asignatura. Esta asignación debe quedar registrada en la hoja de vida del estudiante.

b) GRAVE O GRAVÍSIMA

Fase 1. Detección de la falta y conversación con el (la) estudiante

1. Cuando la falta ocurra al interior de la sala de clase, en el período lectivo y el docente lo considera

pertinente, procederá de la siguiente forma:

a) Registrar el hecho en la hoja de vida del estudiante;

b) Solicitar la presencia de un asistente de la educación a objeto de que este acompañe al estudiante a

inspectoría general, con el libro de clases donde está registrado el hecho;

c) El estudiante podrá reintegrarse al aula previa autorización del docente, de lo contrario, el alumno

esperará en inspectoría, hasta el cambio de hora. El Inspector General llamará al apoderado para que

se presente en el establecimiento y comunicarle lo ocurrido.

2. Cuando la falta ocurra fuera del aula y ajeno al período lectivo, se procederá de la siguiente forma:

El miembro de la unidad educativa que observe, presencie o se entera de un hecho grave o gravísimo por

otro miembro de la comunidad, informa oralmente al Inspector General. Éste se entrevista con el o los

alumnos involucrados, para investigar la situación, y si es confirmada, registra el hecho en documento

“Entrevista Inspectoría”, luego el Inspector General comunica y deriva la situación al Encargado(a) de

Convivencia.

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3. El miembro de la unidad educativa (Inspector o profesor, quien haya sido testigo del hecho en primera

instancia) debe registrar el hecho en la hoja de observaciones del o la estudiante.

4. El Inspector General se comunica de inmediato con el apoderado y lo cita, dejando registro de la citación

en documento “Entrevista Inspectoría” y la hoja de observaciones del o la estudiante. Si el hecho lo

amerita, el inspector solicitará al apoderado que se presente a la brevedad posible en el establecimiento y

tomará las medidas disciplinarias respectivas (Suspensión hasta cinco días, según lo amerite. ORD.:476, n°

8 letra K).

5. Si el hecho corresponde a un delito, se actuará según lo indica el manual de convivencia escolar, en el

punto 3: “De los reconocimientos de las faltas”, en el apartado 3.2 “criterios para la aplicación de

faltas”, página 42-43 (Ver anexo), y aplicar expulsión y/o cancelación de matrícula (Ley 20.845).

Fase 2. Conversación con apoderado y estudiante

Inspectoría General, Encargado (a) de Convivencia escolar, Profesor(a) Jefe y/o Asistente de la educación,

conversan con el apoderado(a) y el estudiante para conocer las causas de su comportamiento e informan

sobre una medida disciplinaria y/o formativa. Asimismo, el apoderado y el alumno deben ser informados que

si las faltas se reiteran originarán suspensiones de clases o condicionalidad de matrícula, siendo esta última

evaluada al final de cada semestre. El Apoderado firma constancia y compromiso de un cambio de conducta

para su pupilo donde se registran de manera objetiva los aspectos centrales de la conversación en el

documento “Entrevista Apoderado/Alumno”. Se hará distinción entre falta grave y gravísima para la sanción

o medida.

Fase 3. Determinación de las medidas formativas

a) El Encargado(a) de Convivencia, Profesor(a) Jefe y/o orientación analizan la información recogida y evalúan

la situación. Para ello, se deberá tener en cuenta las circunstancias del momento de los hechos, la edad y las

características personales, familiares o sociales de los estudiantes involucrados.

b) Determinación de medidas formativas por parte del Encargado(a) de Convivencia y Profesor(a) Jefe.

Elaboran un plan de acción común de apoyo al estudiante con medidas redentoras y formativas. Si fuese

pertinente, se aconsejará al alumno/a que voluntariamente decida disculparse con la o las personas a quien

produjo el daño y/o compense con una acción concreta el objeto dañado. Así también derivar a los

especialistas que corresponda.

Las medidas formativas pueden ser:

- Firmas de carta compromiso en conjunto con el apoderado - Devolución de tiempo, en caso de atrasos, en el periodo de la tarde, bajo supervisión. - Pago o reposición de material dañado - Disculpas públicas o por escrito - Trabajo voluntario - Trabajos de investigación de temática acorde - Exposiciones al consejo de profesores - Desarrollo de actividad para el cambio de actitud (talleres fuera del horario de clases). - Otras que se acuerden en conjunto con el alumno y su apoderado.

El Encargado de Convivencia Escolar informará de las medidas formativas para el estudiante a las

autoridades del establecimiento (Dirección, Inspector General, U.T.P, Orientación, profesor jefe o de asignatura)

según corresponda.

Fase 4. Cierre de Protocolo.

a) Si corresponde, elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de aplicación medidas formativas de apoyo al estudiante por parte del Encargado(a) de Convivencia.

b) De no ser necesario el informe, se informara a profesor jefe y apoderado de las acciones realizadas. c) Firma del informe final por parte del apoderado(a).

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d) Encargado de Convivencia Escolar archivará dicho informe en Carpeta de Antecedentes del estudiante.

3.5.3 FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD EDUCATIVAFRENTE A FALTAS GRAVES Y/O

GRAVÍSIMAS.

3.5.4.- Procedimiento Abreviado

Leve 1. Amonestación verbal, por parte del profesor asignatura, profesor jefe, u otro funcionario del

establecimiento. 2. Registro por escrito, en la hoja de vida del estudiante del libro de clases. 3. Informar al apoderado por medio de una comunicación. 4. Asignación de trabajo comunitario, dentro o fuera de la sala de clases, aseo, diario mural, informe sobre un

tema de acuerdo a la asignatura. Esta asignación debe quedar registrada en la hoja de vida del estudiante. 5. En caso de acumulación de tres faltas leves, se considerará falta grave y se procederá según dicha falta.

Grave o Gravísima:

a) Al interior del aula, en período lectivo.

1. Identificación de la falta.

2. Registro en la hoja de vida del estudiante(es) (Libro de clase).

3. Solicitar la presencia de un inspector, entregarle el libro de clase con el registro del hecho y el o la

estudiante (es) junto al inspector se dirigen a Inspectoría general.

4. El o la estudiante ingresa a la sala de clase, con la venia del profesor; de lo contrario vuelve a

inspectoría hasta el cambio de hora.

5. Comunicación con el apoderado y citación.

6. Entrevista con el Apoderado y Estudiante. Derecho del estudiante a ser oído y/o presentar descargos.

(Firmar documento “Entrevista apoderado/Alumno).

7. Derivación a Convivencia Escolar. (Apoyo dupla psico.social)

8. Determinación de las medidas (formativas, suspensión, Condicionalidad de matrícula, Expulsión y/o

Cancelación de matrícula, según el caso).

9. Informe Final, Archivar y cierre del protocolo.

b) Fuera del aula, ajeno al período lectivo.

1) Detección de la falta

• Miembro de la comunidad educativa.

• Investigación y conversación con el estudiante.

• Citar Apoderado por Inspector General.

2) Conversación con estudiante y apoderado(a)

• Profesor(a) Jefe o de asignatura/ Inspector.

• Inspector General.

• Encargado(a) de convivencia.

3) Determinación de medidas formativas y monitoreo.

• Profesor(a) jefe.

• Encargado(a) de convivencia.

• Orientación.

4) Elaboración y entrega informe final y cierre del protocolo.

• Encargado(a) de convivencia.

• Autoridades directivas técnicas.

• Profesor(a) jefe.

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1. Identificación de la falta.

2. Se informa al Inspector General.

3. Inspector General se entrevista con el o la estudiante(es) para investigar y corroborar la falta.

4. Registro en la hoja de vida del estudiante(es) (Libro de clase).

5. Comunicación con el apoderado y citación.

6. Entrevista con el Apoderado y Estudiante. Derecho del estudiante a ser oído y/o presentar descargos.

(Firmar documento “Entrevista apoderado/Alumno).

7. Derivación a Convivencia Escolar. (Apoyo dupla psico.social)

8. Determinación de las medidas (formativas, suspensión, Condicionalidad de matrícula, Expulsión y/o

Cancelación de matrícula, según el caso).

9. Informe Final, Archivar y cierre del protocolo.

3.6 DE LAS AMONESTACIONES

1. Estas pueden ser, de carácter verbal o escrita. 2. La amonestación verbal, puede ser realizada por el personal directivo, profesores, asistentes de la educación,

administrativos y auxiliares. 3. La amonestación escrita, será si el alumno persiste en su falta. Esta puede ser realizada, por el personal

directivo, docentes y asistentes de la educación. 4. Cuando un alumno, registre tres anotaciones en su hoja de vida, de carácter negativo, el profesor jefe, citará

por escrito al apoderado, quien deberá firmar la hoja de vida. 5. Cuando el alumno, registre cuatro anotaciones de carácter relevante, se citará al apoderado comunicando la

situación, acordando con éste, una tarea formativa a desarrollar por el alumno. 6. En caso que el alumno, reincida en las anotaciones, rige la suspensión de clases de uno a tres días, según el

carácter de la falta cometida. Esta medida, será coordinada entre el profesor jefe y el Inspector General.

3.7 CONDICIONALIDAD DE MATRÍCULA

Si él o la estudiante, reincide en una falta grave y/o gravísima, no comprometiéndose con las medidas formativas propuestas por la unidad de convivencia escolar, se procederá a la condicionalidad de matrícula como una medida última para resignificar las conductas del estudiante. El procedimiento se llevará a cabo de la siguiente manera:

1. En reunión de coordinación, la unidad de convivencia escolar, en conjunto con el profesor jefe y dirección, analizará el caso particular del alumno, considerando los registros en la hoja de vida del estudiante, registros propios de la unidad y conducta manifestada que afecten gravemente la sana convivencia al interior del establecimiento. 2. La unidad de convivencia escolar citará al alumno y a su apoderado para informar de la condicionalidad de matrícula y estos firman la carta de aceptación y compromiso respecto de los cambios en la conducta que el alumno se comprometerá a realizar. 3. Se informa al consejo de profesores para su conocimiento. 4. Se realiza informe dirigido a unidad de Convivencia Escolar DAEM. 5. Al finalizar el semestre, independiente de la fecha en la cual fue tomada la medida, el caso será revisado por la unidad de convivencia escolar en conjunto con el profesor jefe y dirección para determinar la revocación de la medida o si se continuará con el protocolo de cancelación de matrícula.

3.8 CANCELACIÓN DE MATRÍCULA Y/O EXPULSIÓN

El presente protocolo establece, de manera clara y organizada, los pasos a seguir para actuar frente a situaciones de:

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a) Cancelación de matrícula: Habiendo agotado todas las instancias anteriores no produciéndose ningún cambio en él o ella, la Dirección, previa consulta al Consejo de Profesores, y agotando todas las instancias y procedimientos se verá en la necesidad de cancelar la matrícula, enviando los antecedentes a la Superintendencia Regional de Educación. Es una medida que deriva del proceso de condicionalidad de matrícula, adoptada para el año escolar siguiente, es decir, sus efectos se producen al término del año escolar; a diferencia de la expulsión cuyos efectos son inmediatos. b) Expulsión de un estudiante por problemas conductuales la cual es considerada una medida extrema, excepcionalísima y última, legítima sólo cuando sus causales estén claramente descritas en el reglamento interno; y además Afecten gravemente la convivencia escolar, o Se trate de una conducta que atente directamente contra la integridad física o psicológica de alguno de los miembros de la comunidad escolar, medida que siempre se debe aplicar conforme a un justo proceso. Una vez notificado el apoderado por escrito de la expulsión o cancelación de matrícula, éste estará en su derecho de apelar a tal decisión, después de quince días de haber sido notificado, ante la dirección. (Ley 20.845) 3.9 CRITERIO DE EXCEPCIONALIDAD

Realizandose las medidas correctivas, disciplinarias o remediales anteriormente mencionadas y estando el estudiante reinicidiendo en una conducta que atenta directamente o pueda ser considerada como amenaza a la integridad física y psicológica de los miembros de la comunidad educativa, se considerará como medida ultima y alternativa la reducción de la jornada académica del estudiante. A saber media jornada o exámenes libres, previo acuerdo del apoderado, la dirección y el equipo de convivencia escolar con el alumno.

Esta medida se adoptará como respuesta al impedimento del estudiante de adecuarse a un contexto de aula saludable y respetuoso; y también, como consideración al resguardo de la integridad de la comunidad educativa asi como también del proceso de aprendizaje de los estudiantes.

Esto será considerado además, como medida previa y ultima a una cancelación de matricula o expulsión. TODA SITUACIÓN NO PREVISTA EN ESTE REGLAMENTO, SERÁ ANALIZADA Y RESUELTA POR LA DIRECCIÓN, EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y EQUIPO DE GESTIÓN DEL ESTABLECIMIENTO.

Lo descrito en el párrafo anterior, no será aplicable cuando el acto u acción provocada por el estudiante atente reviste carácter de delito y “esta conducta atente directamente contra la

integridad física o psicológica de alguno de los miembros de la comunidad escolar, de conformidad al párrafo 3° del título I del decreto con fuerza de ley n°2, de 2009, del ministerio de

educación” (ley 20845).

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4. PROCEDIMIENTO PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTO

Entendiendo que el conflicto es un rasgo inevitable de las relaciones sociales, se abordará de manera constructiva

a través de estrategias de carácter colaborativo que faciliten el acuerdo entre las partes y se constituya en un

proceso de enriquecimiento personal.

El manejo adecuado del conflicto lleva intrínseco el fortalecimiento de habilidades sociales como la empatía, la

asertividad, el respeto y la tolerancia, por lo que éstas serán abordadas en forma transversal en el currículum y en

todo el quehacer del establecimiento bajo los lineamientos del Plan de Gestión de la Convivencia Escolar.

Nuestro El Instituto potenciará las dinámicas de convivencia pacífica con un sistema abierto a la búsqueda de

soluciones negociadas, que promueva la toma de conciencia de parte de los involucrados, desarrolle

interrelaciones sanas y perdurables y comprometa a la comunidad a resolver sus problemas en forma dialogada,

excluyendo la agresividad y violencia como forma de abordaje de los conflictos.

5. CRITERIOS SOBRE LOS PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN.

5.1 Protocolos de actuación

Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas

correspondientes, .se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad

y honra.

De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del establecimiento,

debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por

terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente.

En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el derecho de todas las

partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas.

5.2 Deber de protección

Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e información durante todo el proceso.

Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección y se tomarán

todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en

peligro su integridad.

5.3 Notificación a los apoderados

Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus padres o apoderados. Dicha

notificación podrá, por cualquier medio idóneo, quedando constancia de ésta.

5.4 Investigación

El encargado de convivencia escolar deberá llevar adelante la investigación de los reclamos entrevistando a las

partes, solicitando información la terceros o disponiendo cualquier otra medida que estime necesaria para su

esclarecimiento.

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Una vez recopilados los antecedentes correspondiente o agotada la investigación, el encargado presentará un

informe ante la Dirección del establecimiento o quien la represente, y seguir los procedimientos estipulados: en los

protocolos correspondientes.

5.5 Citación a Entrevista

Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la Dirección o quien la represente deberá citar a

las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del estudiante o los estudiantes involucrados, a una reunión

que tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo entre las partes. Para esta entrevista, se considerará el tipo

de tópicos que convenga tratar en presencia de los alumnos o sólo entre adultos.

En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la indagación, exigiendo a cambio el

cumplimiento de determinadas condiciones por un período de tiempo convenido. Si se cumplen íntegramente las

condiciones impuestas se dará por cerrado el reclamo, dejándose constancia de esta circunstancia.

Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán presentar todos los antecedentes

que estimen necesarios. También se podrá citar a un profesional en la materia, quien podrá aconsejar o

pronunciarse al respecto.

5.6 Resolución

La autoridad competente deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción, o bien si el

reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la adoptada. Dicha

resolución debe ser notificada a todas las partes y, en su caso, al Comité de la Sana Convivencia Escolar.

5.7 Medidas de reparación

En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como la

forma en que supervisará su efectivo cumplimiento. Tales medidas podrán consistir, por ejemplo, en privadas o

públicas, restablecimiento de efectos personales, cambio de curso u otras que la autoridad competente determine.

5.8 Recursos

Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución adoptada por el

Comité o autoridad competente, dentro de un plazo razonable.

6. DISPOSICIONES FINALES

El presente Manual de Convivencia Escolar, entró en vigencia para toda la Comunidad Escolar de este

Establecimiento desde el año escolar 2014 hasta la fecha, siendo válido mientras no sea modificado por acuerdo

del Consejo Escolar. Su revisión será permanente y cualquier otra situación no contemplada en el presente Manual

de Convivencia Escolar será evaluada por la Dirección del establecimiento, Consejo de Profesores y/o Consejo

Escolar acogiéndose toda modificación correspondiente por aplicación de ley, decreto, dictamen u otras de

carácter regional, provincial, comunal o particular de este Establecimiento Educacional.

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7. Bibliografía

MINEDUC (2011). Orientaciones para elaboración y revisión de reglamentos de convivencia escolar.

MINEDUC (2013) Programa de apoyo a la gestión del clima y la convivencia escolar.

SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN

LEY 20.845 DE INCLUSIÓN ESCOLAR

Fundación PRO-BONO (2013) Reglamento de Convivencia Escolar.

LLAÑA MENA, MÓNICA. La convivencia en los espacios escolares. Una incursión hacia su invisibilidad.

Departamento de Educación. Facultad de Ciencias Sociales. Universidad de Chile.

BRAVO y ALLENDE EDITORES. Santiago de Chile. 2011.

CARAFI ÁVALOS, ERIC y OTROS. Guía metodológica. Para trabajar la convivencia escolar en reuniones de

apoderadas y apoderados. Departamento de Sociología. Facultad de Ciencias Sociales. Universidad de Chile.

Santiago de Chile. 2009.

Sitios WEB:

www.convivenciaescolar.cl ,

www.Ellnstitutoseaura.mineduc.cI

www.bcn.cI Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.

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A N E X OS

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Protocolo Aula Segura

Modificaciones entregadas por Aula Segura (Ley 21.128)

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1. Hechos que constituyen afectación grave a la convivencia escolar del establecimiento

a) Daño a la integridad física y psíquica de miembros de la comunidad o terceros en el

EE.

• Agresiones sexuales

• Agresiones físicas que produzcan lesiones b) Uso, porte , posesión y tenencia de armas o artefactos incendiarios c) Atentado contra la infraestructura esencial del EE.

2. Obligación del Directo de iniciar un procedimiento disciplinario, siempre que

concurra una conducta grave o gravísima “El director deberá iniciar un procedimiento sancionatorio en los casos que algún miembro de la comunidad educativa incurriere en alguna conducta grave o gravísima establecida como tal en los reglamentos internos de cada establecimiento, o que afecte gravemente la convivencia escolar, conforme a lo dispuesto en la ley.”

3. Incorpora la facultad de suspender como medida cautelar dentro del procedimiento “El Director tendrá la facultad de suspender, como mediad cautelar y mientras dure el procedimiento sancionatorio, a los alumnos y miembros de la comunidad escolar que en el EE hubieren incurrido en alguna de las faltas graves o gravísimas establecidas como tales en el R.I, y que con lleven como sanción en los mismos la expulsión o cancelación de la matrícula, o afecten gravemente la convivencia escolar, conforme a lo dispuesto en la ley”

4. Aplicación de la suspensión como medida cautelar “El Director deberá notificar la decisión de suspensión, junto a sus fundamentos por escrito al estudiante afectado y a su madre, padre o apoderado, según corresponda. En los procedimientos sancionatorios en los que se haya utilizado la medida cautelar de suspensión, habrá un plazo máximo de 10 días hábiles para resolver, desde la respectiva notificación de la medida cautelar”. Contra la resolución que imponga el procedimiento establecido en los párrafos anteriores se podrá pedir reconsideración de la medida dentro del plazo de 5 días contando desde la respectiva consideración, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al consejo de profesores, él que deberá pronunciarse por escrito. La interposición de la referida reconsideración ampliará el plazo de suspensión del alumno hasta culminar su tramitación” 5. Obligación del MINEDUC, a través de SEREMI, a la reubicación del estudiante

sancionado e informar del proceso a la Defensoría de la niñez “El Mineduc, a través del SEREMI respectivo, velará por la reubicación del estudiante sancionado, en establecimientos que cuenten con profesionales que presten apoyo psicosocial, y adoptará las medidas para su adecuada inserción en la comunidad escolar. Además, se informará cada procedimiento sancionatorio que derive en una expulsión, a la defensoría de los derechos de la niñez, cuando se trate de menores de edad.”

6. Se extienden las causales legales y el procedimiento aula segura para que el EE tenga conocimiento y se impartan en los niveles de educación.