manual de convivencia escolar - · el proceso de internalización de valores, actitudes y estilos...
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Manual de
Convivencia Escolar
Escuela Presidente José Manuel
Balmaceda
Curicó, 2018
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 2
1. ASPECTOS FUNDAMENTALES
1.1 Presentación
Establecer espacios pedagógicos nutritivos y adecuados para desarrollar y
potenciar aprendizajes, es quizás uno de los mayores anhelos de cada
comunidad escolar, por los beneficios que crea al estudiar en un espacio
acogedor, en el caso de los educandos, y desde los docentes, trabajar en
ambientes sanos que propician el crecimiento profesional, siendo estas partes de
la fundamentación de este documento.
El presente Manual de Convivencia, es un instrumento que orienta y establece
normas de interacción social pro pendientes a crear y/o consolidar un clima de
relaciones humanas distendido, cordial y nutritivo en seguridad, favorable a un
buen ambiente para el aprendizaje. Ha sido un trabajo realizado considerando
como base el Manual de Convivencia que ha estado vigente, dando así
continuidad en el proceso educativo e integrando los aspectos que son más
representativos para la Escuela Presidente José Manuel Balmaceda y que son los
que imprescindiblemente deben estar en este documento para dar cuenta de la
significancia que por tantos años ha tenido a este establecimiento con una vida
comunitaria activa e impactante en el medio en que se encuentra.
Según la normativa vigente, cada establecimiento educacional debe contar
también con un Plan de Gestión de la Convivencia Escolar, el que operacionaliza
el trabajo a desarrollarse por la Escuela en este ámbito.
El presente Manual de Convivencia ha sido preparado por el Equipo de Gestión,
Profesores Asesores, Centro de Padres y Centro de Alumnos y/o representantes
de éstos.
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La Comunidad Escolar del establecimiento Escuela Presidente José Manuel
Balmaceda ha determinado que las funciones del encargado de convivencia
escolar se refieran a la implementación de los planes, capacitaciones, acuerdos,
decisiones y medidas que determinen el Consejo Escolar respecto de la buena
convivencia y el debido manejo de situaciones de conflicto, por tanto, el
establecimiento deberá contar con un Plan de Gestión específico de las
sugerencias o iniciativas del Consejo Escolar relativas a éste ámbito de acción;
articular, desplegar e implementar dicho Plan de Gestión de la Convivencia
Escolar, mediante el trabajo en equipo de todos los miembros de la comunidad
educativa. A la vez, deberá investigar en los casos correspondientes e informar a
la Dirección del establecimiento y/ o al Consejo Escolar, sobre cualquier asunto
que ataña o afecte lo relativo a la buena convivencia.
En los establecimientos que reciben subvención y por tanto rinden cuenta
pública, se requiere que esté la nominación, dedicación y asignación de horas
para una persona como Encargado de Convivencia.
El nombre de la persona encargada de convivencia escolar se explicita en el
acta de toma de razón expuesta en la página 6 de este Manual de Convivencia.
La difusión y promoción de este Manual de Convivencia se realizará a través de
distintas instancias como: reuniones de padres y apoderados, consejos de curso,
consejo de profesores, paneles informativos, libreta de comunicaciones del
estudiante o agenda Escolar, página web finalmente a través de la entrega de
circular con los puntos más significativos, bajo firma de recepción del
apoderado.
Se entregará a cada apoderado, en la primera reunión de apoderados, una
copia del Manual de Convivencia, bajo firma de recepción del documento,
quedando a disposición de cualquier integrante de la Comunidad Educativa, el
documento completo, para su consulta.
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1.2 Acta de toma de razón sobre el nombramiento del encargado de
Convivencia Escolar de la Escuela Presidente José Manuel Balmaceda
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1.3 Fundamentación.
Dotar a los estudiantes de competencias para convivir en armonía ha sido una
de las preocupaciones del Estado, de ello dan cuenta diferentes políticas
institucionales a través de la vida de nuestro país, llegándose a dictar la Ley N°
20.536 Sobre Violencia Escolar (LSVE) del 17 septiembre de 2011.
Impulsado por esta Ley surge el imperativo de contar con instrumentos que
normen o regulen aspectos de la convivencia escolar, pero a la vez, promueve la
implementación de acciones educativas orientadas a la generación de espacios
armónicos que conlleven a crear un clima tranquilo, amable, distendido donde
el aprendizaje encuentre su mejor canal para nutrir a los estudiantes en sus
propias vivencias como en el interactuar con nuevos conocimientos.
Siendo la escuela un importante espacio de socialización, lo que allí ocurra
impactará en la vida de sus integrantes, por tanto se destaca la importancia de
gestionar una buena convivencia, por tanto, las normas de convivencia, están
fundamentadas en la búsqueda del bien común, en la que se conjuga la libertad
personal y la responsabilidad. Son un medio que favorece en nuestros estudiantes
el proceso de internalización de valores, actitudes y estilos de vida que
colaboren en su inserción escolar, familiar y social, preparándoles para
establecer relaciones armónicas y fructíferas entre las personas.
Acogiendo también lo planteado respecto de la Convivencia Escolar, el
establecimiento educacional Escuela Presidente José Manuel Balmaceda, define
su posición ante esta temática expresando a través de su Proyecto Educativo
Institucional, lo que es su Visión y Misión:
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Visión:
“Ser una institución reconocida como una gran familia educativa y formadora
de personas integrales, con un sólido patrimonio cultural , valórico, histórico,
académico y respetuosos de las diferencias individuales existentes en la
comunidad “.
Misión:
“Ser una escuela abierta a la diversidad cognitiva, social, afectiva y cultural,
donde se desarrollen las habilidades y saberes de cada uno de nuestros
estudiantes, proporcionándoles aprendizajes significativos e integrales.
Sello:
• Identidad Cultural
Valores:
Compromiso, empatía, responsabilidad, respeto, tolerancia, solidaridad,
patriotismo, lealtad, justicia y perseverancia.
Para estos efectos la comunidad de la Escuela Presidente José Manuel
Balmaceda, ha desarrollado una línea de trabajo en la que sus diferentes
integrantes se han involucrado para construir en conjunto un documento que
oriente el quehacer de la escuela en el ámbito de la convivencia, estableciendo
desde el marco legal existente, la respectiva normativa y disposiciones para que
ello así se cumpla, dando también forma a su Plan de Gestión de Convivencia
Escolar.
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Desde el desafío de lograr una sana Convivencia Escolar, al Consejo Escolar, le
corresponde:
• Estimular y canalizar la participación de la Comunidad Educativa, tomando las
medidas que permitan fomentar una Sana Convivencia Escolar, dentro del
ámbito de su competencia.
• Promover acciones, medidas y estrategias que fortalezcan la Convivencia
Escolar en el Establecimiento.
• Conocer el Proyecto Educativo Institucional y participar de su elaboración y
actualización, considerando la Convivencia Escolar como eje central.
• Participar en la elaboración de la programación anual y actividades
extracurriculares del establecimiento, incorporando la Convivencia Escolar.
• Participar en la elaboración y actualización del Reglamento de Convivencia,
de acuerdo al criterio formativo planteado en la Política Nacional de
Convivencia Escolar.
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1.4 Objetivos.
El presente Manual tiene por finalidad:
• Cautelar el ejercicio del derecho a la educación de todos y cada uno de los
niños(as) en un ambiente respetuoso y promotor de la dignidad humana sin
distinción de género, etnia, religión, sexual o estado de maternidad.
• Promover orientaciones pedagógicas al interior de la escuela que contribuyan
al mejoramiento progresivo de la convivencia escolar.
• Integrar el proceso de convivencia en el Proyecto Educativo Institucional y en
todo aspecto de la vida escolar.
• Cautelar el ejercicio del derecho a la educación de todos y cada uno de
los niños y niñas en un ambiente respetuoso y promotor de la dignidad humana.
• Instaurar a través de diversas acciones en el Plan de Mejoramiento
Educacional, propuestas tendientes a mejorar la convivencia, estableciendo
trabajo con los estudiantes y con sus padres y/o apoderados, aproximándoles
a temáticas que lo requieren como es el caso del bullying, drogadicción,
consumo de alcohol.
• Articular acciones de prevención tales como Talleres de Habilidades Socio –
afectivas, Habilidades para la Vida, Prevención de Consumo de Drogas y
Alcohol, Bullying, Competencias Parentales, entre otros, teniendo en cuenta
especialmente el Proyecto Educativo Institucional.
• Establecer protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los que
deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto.
En caso necesario derivar a la institución pertinente cuando la Escuela haya
agotado los medios de solución.
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• Promover en todos los integrantes de la comunidad educativa los principios y
lineamientos que construyan una sana convivencia escolar, con especial
énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de
violencia o agresión.
• Establecer protocolos de actuación frente a cualquier hecho que interfiera en
el desarrollo de la sana convivencia, que deberán aportar al entendimiento de
las partes en conflicto e implementar acciones reparatorias para los
afectados.
• Instaurar protocolos para los casos de acoso escolar (bullying) y abuso sexual
infantil (ASI).
• Facilitar la adquisición y fortalecimiento de los valores en la Comunidad
educativa.
• Desarrollar estrategias pedagógicas innovadoras orientadas a crear nuevas
condiciones de trabajos colectivos, respetando las diversidades de los
estudiantes.
1.5 Marco legal
• Declaración Universal de los derechos Humanos.
La Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948,
proclama la DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal
común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que
tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en
ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos
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derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter
nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y
efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de
los territorios colocados bajo su jurisdicción.
• La Convención Internacional de los Derechos del Niño.
Chile ratificó la Convención de Derechos del Niño en 1990, y ésta se rige por
cuatro principios fundamentales; la no discriminación, el interés superior del
niño, su supervivencia, desarrollo y protección, además de su participación en
las decisiones que los afecten.
• La Constitución Política de la República, en lo que se relaciona a los siguientes
aspectos: igualdad ante la ley, derecho a defensa, respeto y protección de la
vida privada, libertad de conciencia, derecho a vivir en un medio ambiente
libre de contaminación, derecho a la educación, obligatoriedad de la
educación básica y media, libertad de enseñanza, libertad de emitir opinión,
derecho a reunirse y /o asociarse, derecho a presentar peticiones a la
autoridad, derecho a sindicarse y derecho de propiedad.
• Ley General de Educación N° 20.370
La LGE, en su Artículo 2°, se refiere a la formación en convivencia escolar, al
definir educación, la que
“tiene como finalidad alcanzar el desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo,
intelectual, artístico y físico [de los y las estudiantes], mediante la transmisión y
el cultivo de valores, conocimientos y destrezas. Se enmarca en el respeto y
valoración de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, de la
diversidad multicultural y de la paz, y de nuestra identidad nacional,
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capacitando a las personas para conducir su vida en forma plena, para
convivir y participar en forma responsable, tolerante, solidaria, democrática y
activa en la comunidad, y para contribuir al desarrollo del país” (L.G.E, 2009
citado por MINEDUC, 2013 p. 16)
• Ley Nº19.070 de 1997, Estatuto Docente. Título Nº 2. Aspectos profesionales.
• Ley N° 20.536 de 2011, sobre Violencia Escolar, (LSVE), que promueve la buena
convivencia escolar y prevenir toda forma de violencia física o psicológica,
agresiones u hostigamientos.
• Ley Nº 19.284 de 1994, sobre integración social de personas con discapacidad
Capítulo IV, de la equiparación de oportunidades.
• Ley Nº 20.084 de 2005, establece Sistema de Responsabilidad de los
adolescentes por infracciones a la Ley Penal.
• Ley Nº 20.609 de 2012; sobre No Discriminación Arbitraria.
• Código del Trabajo, Decreto Fuerza de Ley de 2002.
• Decreto Fuerza Ley N° 2 de 1998, sobre subvención del Estado a
establecimientos educacionales.
• Decreto 24. Reglamenta Consejos Escolares.
• Decreto Nº 215 de 2009, reglamenta uso de uniformes.
• Decreto Nº170 de 2009. Normas para estudiantes con NEE, beneficiarios de
subvención especial.
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• Decretos Supremos de Educación Nº 240 y 220 en lo que respecta a los O.F.T.
• Decreto Nº 565 de 1990. Reglamento de Centro General de Padres y
Apoderados
• Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar de Enseñanza Básica.
• Reglamento sobre Seguro de Accidentes Escolares según Ley Nº 16.744 de
1972.
• Circular Nº 247 de 1991 sobre alumnas embarazadas y madres.
• Circular Nº 1 Superintendencia de la Educación 2013, que entre otros aspectos
instruye sobre clases de religión.
• Ley 20.248/2008 establece ley de subvención escolar preferencial.
• Política de Convivencia escolar 2015-2018 (2015)
• Ley Nº20.845 de Inclusión
La ley de inclusión escolar regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el
financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales
que reciben aportes del Estado. Esta ley permite que las familias tengan la
posibilidad de elegir el establecimiento que más les guste sin que eso dependa de
su capacidad económica. Ahora es el Estado quien aportará recursos para
reemplazar gradualmente la mensualidad que pagan las familias. Elimina el lucro
en los establecimientos que reciben aportes del Estado, lo que significa que todos
los recursos públicos deben ser invertidos para mejorar la calidad de la educación
que reciben nuestros niños, niñas, jóvenes y adultos. Termina con la selección
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arbitraria, lo que permitirá que los padres y apoderados puedan elegir con libertad
el colegio y el proyecto educativo que prefieran para que sus hijos e hijas estudien.
• Ley 20.248 de Subvención Escolar Preferencial, 2008.
La ley de subvención escolar, está destinada al mejoramiento de la calidad de la
educación de los establecimientos educacionales subvencionados, que se
impetrará por los alumnos prioritarios y alumnos preferentes que estén cursando
primer y segundo nivel de transición de la educación parvularia, educación
general básica y enseñanza media. Se entenderá por alumnos prioritarios a los
alumnos para quienes por su situación socioeconómica de sus hogares dificulte
sus posibilidades de enfrentar el proceso educativo.
• Ley SAC, de aseguramiento de la calidad. 20.529
Establece el diseño de una nueva institucionalidad en educación que
comprende dos nuevos organismos: la Agencia de Calidad de la Educación y la
Superintendencia de Educación. La Agencia de Calidad tiene como fin evaluar
los logros de aprendizaje, los Otros Indicadores de Calidad y el desempeño de
las escuelas, para poder orientarlas en su quehacer institucional y pedagógico
e informar a la comunidad escolar de estos procesos.
Esta ley también redefine algunas funciones del Ministerio de Educación, las que
pasaron a ser desempeñadas íntegramente por la Agencia de Calidad y la
Superintendencia de Educación Escolar.
La Superintendencia tiene la tarea de fiscalizar el uso de los recursos y el
cumplimiento de la normativa educacional, atender denuncias y reclamos, y
establecer sanciones, de manera que las escuelas cumplan con las necesidades
mínimas que los estudiantes requieren.
Este sistema busca asegurar el acceso a una educación de calidad con equidad
para todos los estudiantes del país, mediante el apoyo y orientación constante a los
establecimientos, así como la evaluación, y la fiscalización.
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• Política de convivencia Escolar 2015-2018.
La política de convivencia escolar entrega un marco orientador aplicable a
distintas realidades. Es una política flexible, que facilita la autorreflexión de
las comunidades
educativas al examinar sus propias prácticas y el sentido formativo de las mismas, al
revisar la utilidad y uso de los instrumentos diseñados y el rol de los actores
involucrados en los procesos de construcción y reconstrucción de la Convivencia
Escolar.
Es a partir de la participación de los distintos integrantes de la comunidad
educativa, que las instituciones escolares pueden enseñar y aprender a convivir y
propiciar la conformación de una población activa, respetuosa de la diversidad,
inclusiva y socialmente responsable en el ejercicio de la ciudadanía y el
fortalecimiento de la democracia.
1.6 Definición de Conceptos Básicos
A. Comunidad Educativa: concepto referido a todas las personas: estudiantes,
padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la educación,
pertenecientes a una establecimiento educacional, que unidos por un objetivo
común establecen relaciones en torno al proceso escolar que allí se desarrolle.
B. Convivencia escolar: se entiende como tal la “interacción entre los diferentes
miembros de un establecimiento educacional que tiene incidencia significativa
en el desarrollo ético, socio afectivo e intelectual de alumnos y alumnas. Esta
concepción no se limita a la relación entre las personas sino que incluye las
formas de interacción entre los diferentes estamentos que conforman una
comunidad educativa”.
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(MINEDUC)
“Es un aprendizaje que forma para la vida en sociedad, es decir, es una
dimensión fundamental de la formación ciudadana, que apunta al desarrollo de
mujeres y hombres libres, sensibles, solidarios y socialmente responsables en el
ejercicio de la ciudadanía y el fortalecimiento de la democracia, capaces de
respetar a las personas y al medio ambiente, de manera que puedan iniciarse en
la tarea de participar, incidir y mejorar la vida de su grupo, su comunidad y su
país. La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los
miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad
de las personas y el respeto que éstas se deben.
C. Agresividad: respuesta de resguardo personal que fluye de manera
espontánea al sentir que se está en riesgo o al enfrentar una situación que se
estima de peligro y se orienta a disminuir al oponente. Siendo tan inherente como
respuesta, es la idea que se adapte a la convivencia a través de mecanismos de
autorregulación, autocontrol y/o autoformación.
D. Conflicto: situación en la que dos o más personas ven en el otro a un oponente
que interfiere en el logros de sus propósitos. Siendo una situación inherente a la
convivencia, pueden ser resueltos a través de la mediación, la negociación o el
arbitraje.
E. Violencia escolar: son actos que se ejercen en el seno de la escuela con la
intención de lograr una cosa a través del uso de la fuerza. La conducta violenta,
por lo tanto, busca dañar física o mentalmente a otra persona para someterla.
Puede desarrollarse dentro de la escuela (en un aula, un pasillo, un patio, etc.) o
en otros sitios que están vinculados a ella. Sus víctimas pueden ser estudiantes,
docentes, trabajadores de la escuela o familiares de los alumnos.
En el plano de la violencia escolar se pueden distinguir tres tipos:
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1. De alumnos hacia otros alumnos.
2. Alumnos sobre el personal docente.
3. El propio personal docente hacia otros compañeros, hacia alumnos,
padres de estudiantes o incluso miembros del colegio que trabajen en el ámbito
de la administración o de los servicios.
Al establecerse comportamientos en que se ejerce violencia, los que resultan
afectados son: las víctimas, los agresores y todo aquel que es observador y que
en muchos casos no siente que puede intervenir y modificar los hechos o que no
le interesa hacerlo.
F. Maltrato Escolar: conducta aislada o sistemática de agresión física (peleas,
daño físico) y/o psicológica que un alumno o alumna, o grupo de alumnos,
ejerce sobre otro a través de reiterados ataques, realizada en forma escrita,
verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos en contra de cualquier
integrante de la comunidad educativa con independencia del lugar en que se
cometa, destacando la asiduidad de la conducta. Este comportamiento, implica
además, intimidación y victimización, a través de insultos, rumores, vejaciones,
aislamiento social, amenazas verbales inclusive hasta con armas blancas. En esta
relación, se establecen comportamientos intimidatorios hacia alguien a quien se
percibe en posición de desventaja.
Episodios de maltrato escolar, crean ambiente hostil, intimidatorio, humillante o
abusivo; dificultando en los integrantes de esa comunidad su desarrollo o
desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.
G. Bullying: manifestación de violencia, en la que un estudiante es agredido y se
convierten en víctima al ser expuesto, de forma repetida y durante un tiempo, a
acciones negativas por parte de uno o más compañeros. Se puede manifestar
como maltrato psicológico, verbal o físico, que puede ser presencial, es decir
directo; o no presencial, es decir indirecto, mediante el uso de medios
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tecnológicos como celulares y/o redes sociales, entre otros. El bullying posee tres
características, que lo diferencian de otras expresiones de violencia: se produce
entre pares, existe asimetría de poder entre los involucrados existiendo abuso de
poder e imposición de criterios de los demás; además se produce de manera
sostenida en el tiempo, es decir se repite durante un periodo indefinido.
“Toda acción u omisión constitutiva de agresión y hostigamiento reiterado fuera
o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma
individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello
de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que
provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse
expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o
cualquier otro medio tomando en cuenta su edad y condición”
(Ley 20.536, sobre Violencia Escolar, 2011)
H. Discriminación: Forma de violencia que consiste en dar un trato desfavorable
o de desprecio a una persona por causas: racial o étnica, social, religiosa, de
género, política, sexual, por diferente nivel económico y cultural, por
discapacidad, por edad etcétera.
i. Abuso sexual: Se considera abuso sexual infantil a toda conducta en la que un
menor es utilizado como objeto sexual por parte de un adulto para obtener
gratificación sexual manteniendo una relación de desigualdad, ya sea en
cuanto a la edad, la madurez o el poder Supone una interferencia en el
desarrollo evolutivo del niño y puede dejar secuelas que no siempre remiten con
el paso del tiempo.
J. Clima escolar: Es la manera en que la escuela es vivida por la comunidad
educativa y por ello incide sobre las actitudes de todos los implicados. Al
concretar, podemos observar que el clima escolar incluye tanto una dimensión
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estructural (referida a la organización de los roles y las expectativas de los
estudiantes en la clase y al hecho de compartir como grupo normas de
conducta), como una dimensión afectiva (o formas concretas mediante las que
cada personalidad individual satisface sus necesidades). Algunos investigadores
también hablan de cuatro componentes del clima escolar: académico (normas,
creencias y prácticas de la escuela), social (comunicación e interacción entre
personas), físico (aspectos físicos y materiales y su mantenimiento) y afectivo
(sentimientos y actitudes compartidas en la escuela).
k. Protocolo de actuación: Un Protocolo de Actuación es un documento que
establece, de manera clara y organizada, los pasos a seguir y los responsables de
implementar las acciones necesarias para actuar frente a una situación de
violencia escolar. Este Protocolo debe formar parte del Reglamento Interno y ser
complementado con políticas de promoción de la convivencia escolar y
prevención de la violencia, incorporadas en las actividades curriculares y
extracurriculares del establecimiento.
El Protocolo de Actuación debe ser conocido por todos los miembros de la
comunidad educativa.
L. Plan de Gestión de la Convivencia: Un Plan de Gestión es una planificación
táctica para formalizar determinadas acciones de una organización o institución,
con la finalidad de cumplir con una meta. Debe establecerse por escrito, ser
conocido por todos los estamentos de la comunidad educativa y contener las
tareas necesarias para promover la convivencia y prevenir la violencia escolar,
estableciendo responsables, prioridades, plazos de tiempo, recursos y formas de
evaluación, con el fin de alcanzar el o los objetivos que el Consejo Escolar han
definido como relevantes.
El Plan de Gestión no es un instrumento aislado, sino que debe ser elaborado en
coherencia y relación directa con las normas de convivencia establecidas en el
Reglamento Interno, los principios y valores consagrados en el Proyecto
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Educativo Institucional y las acciones que determine el establecimiento para el
diagnóstico e implementación del Plan de Mejoramiento Institucional en el
ámbito de la convivencia escolar.
M. Suspensión de Clases: Desde el punto de vista pedagógico, la suspensión de
clases de un estudiante es considerada una medida de carácter excepcional. La
suspensión de clases no puede aplicarse por períodos que superen los 5 días, sin
perjuicio que de manera excepcional se pueda prorrogar una vez por igual
período.
N. Condicionalidad de la matrícula: La condicionalidad de matrícula es un
llamado de atención que la dirección del establecimiento hace a un alumno(a)
y a su familia, por causales que ameritan la adopción de esta medida según el
reglamento interno
Ñ. Cancelación de Matrícula: La no renovación de matrícula es una sanción que se
puede aplicar a los alumnos si el o los hechos que la originan se encuentran
calificados como falta(s) en el Reglamento Interno, si además se establece
claramente como sanción en dicho Reglamento y, si se ha llevado a cabo
mediante un proceso justo que considere el derecho a apelación por parte del
alumno(a).
O. Expulsión: Es la medida disciplinaria utilizada para desvincular al alumno(a) del
establecimiento y no podrá aplicarse en un periodo del año escolar que haga
imposible que el estudiante pueda ser matriculado en otro establecimiento, salvo
que se trate de una conducta que atente directamente contra la integridad
física o psicológica de alguno de los miembros de la comunidad escolar
P. Debido proceso: Es un principio legal por el cual el Estado debe respetar todos
los derechos legales que posee una persona según la ley. El debido proceso es
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un principio jurídico procesal según el cual toda persona tiene derecho a
ciertas garantías mínimas, tendientes a asegurar un resultado justo y equitativo
dentro del proceso, a permitirle tener oportunidades de ser oído y hacer valer sus
pretensiones ante un juez.
1.7 Derechos y responsabilidades de los integrantes de la comunidad educativa.
Vivir con el otro implica un aprendizaje continuo y complejo, más aún en la vida
escolar, donde personas de distintas edades, sexos, creencias, roles, expectativas
coexisten en un mismo tiempo y espacio en torno a un propósito común,
estableciéndose entre ellos relaciones simétricas fundadas en la igualdad en
cuanto a su dignidad y derechos y, también, relaciones asimétricas, en función
de las responsabilidades diferenciadas que le competen a cada persona,
teniendo siempre presente el principio del Interés Superior del Niño, establecido
en la Convención sobre los Derechos del Niño, que sitúa a los y las estudiantes
como sujetos de protección especial.
Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un
ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En
caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes
tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas
sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a
colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre
cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento
de los hechos denunciados.
1.7.1 Derechos de los y las estudiantes en la Escuela Presidente José Manuel
Balmaceda.
1. Recibir una educación que asegure su desarrollo integral.
2. Ser respetado en su integridad y dignidad personal.
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3. Vivir y convivir en un ambiente escolar de tolerancia, respeto y seguridad.
4. Ser valorado como una persona en proceso de desarrollo y formación por
todos los miembros de la comunidad escolar.
5. Ser informado oportunamente del Reglamento Interno y Manual de
Convivencia vigente en su establecimiento, como de los cambios que sufriere de
ser requeridos.
6. Todo estudiante debe tener un apoderado titular y otro suplente, de
preferencia sus padres, abuelos o personas que estén a su cuidado.
7. Potenciar sus capacidades, habilidades, aptitudes, intereses y opiniones.
8. Recibir la ayuda y atención profesional y/o espiritual para resolver situaciones
conflictivas.
9. A que se aplique el Manual de Convivencia y a la vez ser asistido por medio de
redes de apoyo externas y recibir ayuda (si no se cuenta con los profesionales
requeridos en la escuela), para enmendar su actuación, si es sorprendido o se
sabe de situaciones de consumo de droga, alcohol, hurto u otras relacionadas a
la vulnerabilidad.
10. Recibir atención de primeros auxilios en caso de accidente escolar u
enfermedad y a ser apoyado para gestionar los seguros que en pertinencia
correspondan.
11. Conocer los objetivos, contenidos programáticos y criterios de evaluación de
cada Subsector acorde con los Planes y Programas planteados por el Ministerio
de Educación.
12. Recibir información de su rendimiento y situación escolar por lo menos una vez al
mes.
13. Valorar con objetividad su rendimiento escolar considerando sus diferentes
ritmos y estilos de aprendizajes.
14. Recibir orientación y seguimiento en aquellos casos donde su
rendimiento académico y comportamiento sean deficientes.
15. A no ser excluido del colegio, de clases o actividades sin justa causa.
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16. Destacar en la hoja de vida de cada estudiante las conductas
positivas en su desempeño escolar.
17. Presentar sus observaciones frente a tratos o evaluaciones que
considere inadecuadas ante las diversas instancias del colegio, siguiendo
el conducto regular: Profesor de asignatura, Profesor Jefe, Dirección.
18 Disponer de espacios y apoyos que permitan fortalecer su participación en su
futura vida ciudadana
19. Elegir y ser elegido en el Centro de Alumnos, de acuerdo a sus estatutos y
participar en él.
20. Participar en actividades extra programáticas cumpliendo con las exigencias
que corresponden.
21. Otorgar espacios que les permitan el acceso a actividades culturales y
deportivas.
22. Permanecer en un ambiente físico limpio, en orden, ornamentado
pedagógicamente según la edad de los estudiantes.
23. Utilizar responsablemente las instalaciones de la escuela y sus recursos, previa
aprobación del profesor a cargo.
24. Ser atendidos por los servicios de apoyo que disponga la escuela cuando
existan las necesidades específicas.
25. Tener un debido proceso cuando caiga en falta (ser escuchado,
26. Derecho a Apelación
1.7.2 Responsabilidades y/o Deberes de los estudiantes de la Escuela Presidente
José Manuel Balmaceda.
1. Participar con responsabilidad en todas las actividades curriculares y extra
programáticas.
2. Asistir a clases sistemática y puntualmente, cumpliendo los horarios
permanentes a su jornada escolar.
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3. Portar en forma diarias agenda escolar.
4. No usar teléfonos celulares en clases si no es con fines pedagógicos durante la
clase.
5. Cuidar y utilizar adecuadamente los bienes e instalaciones que la escuela pone
a su disposición para sus aprendizajes (material didáctico, infraestructura, Tics,
laboratorio, inmobiliario), bienestar y comodidad.
6. Respetar la normativa e indicaciones establecidas en el Reglamento Interno y
el Manual de Convivencia en vigencia.
7. Cumplir con las normas establecidas en relación a la presentación personal y
uso del uniforme.
9. Ser respetuoso(a) en el modo de expresarse, utilizando un lenguaje adecuado
al contexto e interlocutor.
10.Mantener una conducta correcta tanto dentro como fuera del
establecimiento.
11. Cumplir con los plazos establecidos en las distintas asignaturas.
12. Mantener el orden y limpieza en las salas, patios y entorno del colegio.
13. Preocuparse del cuidado del medio ambiente que rodea al contexto escolar.
14. Mantener una conducta adecuada y de buen trato en el Bus de
acercamiento, libre de riñas, agresiones y destrozos.
1.7.3 De las estudiantes embarazadas o que son madres.
1. Una vez confirmado el embarazo, el apoderado deberá acercarse al
establecimiento con la documentación que indique el estado de la alumna en
cuanto a la evolución de su embarazo emitido por el médico tratante.
2. Dependiendo del avance y estado de salud de la madre adolescente se
dispondrá un programa de estudios flexibles que le otorgue la facilidad para
asistir a sus controles médicos y exámenes pertinentes, a cargo de la U.T.P.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 24
3. Dependiendo del estado de salud de la estudiante, la clase de educación
física se ajustará a sus necesidades. De presentar problemas para realizar
ejercicios físicos, previa documentación médica, realizará trabajos de
investigación para que el subsector sea evaluado.
4. Los períodos de reposo anteriores y posteriores al parto deberán ser
certificados por su médico tratante y entregados oportunamente por su
apoderado al profesor jefe y Dirección de la escuela.
5. Si la alumna tiene a su hijo(a) durante el período de clases tendrá derecho a
salir del establecimiento para amamantarlo en un período de tiempo de una
hora. No se incluirá en este lapso, el tiempo que demore en llegar a su domicilio o
jardín infantil.
❖ El horario fijado para el amamantamiento deberá ser comunicado a la
Dirección y U.T.P. para su posterior información al profesor jefe y docentes de
aula.
6. La alumna quedará sin la obligatoriedad de usar uniforme durante su etapa de
gestación, sin embargo debe presentarse con un vestuario adecuado y acorde
a una institución educativa.
7. Toda salida del establecimiento por parte de la alumna deberá ser registrada
en secretaría, asimismo su regreso a éste.
8. Si la alumna no respetara los permisos ofrecidos para su atención médica y no
regresara a sus clases se le considerará la inasistencia, asimismo la alumna
deberá volver a clases una vez terminada su licencia maternal otorgada por el
médico tratante. Todos los permisos deberán ser justificados por el médico, de lo
contrario la alumna quedará ausente.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 25
1.7.4 Derechos de los padres y apoderados (as).
La familia es el primer núcleo educativo y por lo tanto los padres y apoderados
son los primeros responsables de su formación integral. Su acción se refleja en el
comportamiento y actuar de sus hijos, por lo tanto es fundamental que los
testimonios de vida entregados por la familia se sustenten en valores compartidos
con los entregados en el establecimiento. Son apoderados quienes tienen un
niño/a que estudia en el establecimiento y del cual están responsable y/o
legalmente a cargo.
1. Ser oídos y atendidos por la Dirección y Profesores de Curso en forma deferente
y respetuosa en horario previamente establecido. Como lo son horarios de
atención a apoderados, destinados en cada profesor jefe y/o de asignatura.
2. Elegir y ser elegido para cualquier cargo dentro del Sub centro de Padres del
Curso o Centro General, siempre que sea en forma voluntaria y responsable y de
no existir objeción por el Equipo de Gestión del Establecimiento en caso que
haya contravenido el Reglamento de Convivencia Escolar.
3. Participar en la elaboración del Proyecto Educativo Institucional de la escuela,
previa selección correspondiente a su estamento y comprometerse con el
establecimiento.
Sugerir modificaciones al presente Reglamento, a título personal o en
representación de su Sub centro, o a través del Centro General de Padres para
ser consideradas al término del año escolar respectivo.
4. Usar toda dependencia, material audiovisual, deportivo y/o pedagógico que
el establecimiento posea sin más limitación que, en el caso de los materiales, su
uso sea dentro del establecimiento, el cuidado de los mismos y la responsabilidad
con que la solicitud y entrega ameritan.
5. En el caso de Padres cuyos hijos son alumnos prioritarios aportar
voluntariamente a sufragar gastos de las actividades que correspondan en sus
respectivos cursos.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 26
6. Elegir y ser elegido(a) para representar a su estamento ante el Comité de
Seguridad Escolar.
7. Ser informados para conocer los reglamentos por los cuales se rige el
establecimiento: Proyecto Educativo Institucional, Reglamento Interno, Manual
de Convivencia Escolar y Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar.
8. Que en la escuela se imparta el tipo de educación definido por el proyecto
educativo, dentro del marco de las leyes vigentes.
9. Recibir por parte del colegio diversas instancias de formación personal como:
Jornadas de reflexión, reuniones, charlas, etc.
10. Ser recibidos por los profesores de la escuela en los horarios establecidos y
recibir información periódica sobre la situación de su hijo(a), en los aspectos
académicos y en el proceso de formación efectiva y comportamiento
emocional
11. Recibir ayuda, asesoría u orientación de distintos estamentos: Dirección, UTP y
jefaturas que le permitan resolver situaciones y/o problemas puntuales con
respecto a su pupilo siguiendo el conducto regular. En Caso de reclamos y/o
sugerencias debe dirigirse en Primera instancia al Prof. Jefe o de asignatura, en
Segunda Instancia al Inspector o Encargado de Convivencia Escolar y en última
instancia al Equipo directivo.
12. Recibir información sobre el rendimiento y situación escolar a través de
informes mensuales y/o entrevista con el profesor jefe y/o de asignatura.
13. Recibir oportunamente el informe escolar de calificaciones, personalidad u
otro informe que emita el establecimiento.
14. A retirar personalmente a su pupilo (a) en casos justificados del
establecimiento durante su jornada escolar.
15. A recibir una atención cordial y de buen trato a sus inquietudes y de solución
a los conflictos que presente.
16. Derecho a apelar ante una sanción que considere injusta.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 27
1.7.5 Responsabilidades y/o Deberes de los Padres/Apoderados.
1. Dejar a sus hijos o pupilos sólo hasta la puerta de entrada de la escuela.
2. Justificar personalmente las inasistencias y atrasos reiterados de sus pupilos.
3. Responder con prontitud y obligatoriamente ante cualquier citación,
comunicación escrita o llamado que la Dirección o Profesor(a) le formule.
4. Avisar oportunamente en caso de enfermedad o ausencia prolongada de su
pupilo.
6. Velar por la asistencia de su pupilo(a) a clases.
7. Retirar oportunamente a sus hijos(as) en las horas de salida.
8. Asistir obligatoriamente a las reuniones del Centro General de Padres y/o
Curso cada vez que se le requiera evitando presentarse a ellas con menores de
edad.
9. Informarse, retirar personalmente y/o firmar documentos que solicite el
Establecimiento en el plazo de una semana,
10. Asumir con responsabilidad todas las tareas encomendadas, tanto del Centro
de Padres del Curso como del Centro General y/o las que la Escuela le
encomiende.
11. Responder por la destrucción material a bienes del establecimiento.
12. Entregar información fidedigna cada vez que le sea solicitada por la
Dirección o Profesor(a) Jefe.
13. Respetar y cumplir el Reglamento de Convivencia Escolar y el de Evaluación.
14. Presentar una actitud de respeto hacia la comunidad educativa.
15. Mantener actualizado la dirección de domicilio y teléfonos en caso de
cambio.
16. Conocer, compartir y apoyar el proyecto educativo, normas y
procedimientos disciplinarios del establecimiento.
17. Seguir y respetar el conducto regular al realizar observaciones, sugerencias y
reclamos.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 28
18. Será responsabilidad de los padres y/o apoderados entregar y esperar a los
estudiantes en los puntos de parada de los buses de acercamiento.
18. Participar activa y positivamente en todas las intancias de formación que
organice la escuela.
19. Respetar horarios de entrada y salida de la Jornada Escolar.
20. Revisar diariamente la agenda escolar se su pupilo.
21. El apoderado debe fomentar, incentivar, cautelar y exigir a su pupilo una
actitud de respeto hacia sus profesores, compañeros y demás funcionarios del
establecimiento.
22. El apoderado debe hacerse responsable y reponer cualquier destrozo que
ocasione su pupilo dentro de los siguientes 10 días ocurrido el incidente.
23. Presentarse sobrio cuando acuda al Establecimiento.
24. Hablar con respeto y deferencia con cualquier miembro de la Comunidad
Educativa.
25. Reforzar hábitos de higiene, aseo y orden de su pupilo.
26. Marcar debidamente los utensilios y/o ropa escolar de su pupilo(a).
27. No fumar dentro del Establecimiento.
28. No ingerir, consumir, no comercializar drogas y bebidas alcohólicas dentro del
Establecimiento.
29. Presentar certificado médico en caso de embarazo de su pupila.
30. Ingresar a dependencias de la Escuela sólo con autorización de la dirección.
1.7.6 Se considerará falta de los padres y/o apoderados en los siguientes casos:
1. Inasistencia a tres reuniones, citaciones personales, no justificadas.
2. Cuestionar sin fundamento la labor profesional de la Dirección y los Docentes.
3. Mostrar predisposición negativa al Proceso Enseñanza Aprendizaje de su pupilo
(a).
4. Descalificaciones o comentarios dañinos que atenten contra la integridad
de cualquier miembro de la comunidad educativa, dentro o fuera del
establecimiento.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 29
5. Trato irrespetuoso a cualquier miembro de la comunidad educativa, ya sea
amenazas directas o indirectas, usando cualquier medio de comunicación que
pone en peligro la integridad de la persona.
6. Agredir física o verbalmente a cualquier miembro de la comunidad educativa
Procedimiento a seguir ante las faltas de los padres y/o apoderados
• Citación por parte del Profesor Jefe, Profesor de Asignatura o Dirección.
• En caso de trato irrespetuoso, agresión física o verbal el afectado informará
a la Dirección de la Escuela quién resolverá el conflicto.
Sanciones en caso de agresión por parte de los padres y/o apoderados:
• Pedir disculpas.
• Pérdida de la titularidad como apoderado.
1.7.7 Derechos de los Docentes Directivos, Técnicos, de Aula y Asistentes de la
Educación.
El trabajo de los profesores, está regido por el Estatuto Docente y otros cuerpos
legales, donde se establece la normativa de contratación, responsabilidades,
funciones y evaluaciones; a su vez, los Asistentes de la Educación, cuentan
también con su marco legal. Sin embargo, en la intención de generar una mayor
precisión sobre el trabajo de docentes y asistentes de la educación de esta
escuela, se estiman relevantes como Derechos:
1. Ser escuchado ante cualquier situación que se le presente en el desempeño
de sus funciones y con presencia de los actores eventualmente involucrados.
2. Gozar del respeto y consideración a su persona y a la función que desempeña.
3. Tener un horario asignado, avisándosele con anticipación de los cambios, con
la excepción de situaciones emergentes.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 30
4. Favorecer en el establecimiento un ambiente estimulante al trabajo,
promoviendo relaciones humanas basadas el respeto, la confianza y el
compromiso, permitiendo una relación armónica y un trabajo en equipo.
5. Ser atendido cuando sufre un accidente en la escuela y ser derivado a un
centro médico si la situación así lo amerita.
6. Ser notificado con anticipación de los consejos y/o reuniones. Salvo
casos excepcionales.
7. Conocer el contenido de acusaciones, quejas o denuncias planteadas en
forma oral o por escrito de apoderados o terceros, previa investigación del
Director del establecimiento
8. Participar de las actividades, eventos, celebraciones programadas por la
escuela.
9. Solicitar al director permiso administrativo por seis días durante el año, con goce
de remuneraciones, quien cautelará que esto no interfiera en el normal
funcionamiento de la escuela.
10. Constituir y participar en organizaciones gremiales y de bienestar.
11. Respeto por los horarios, de trabajo y de descanso estipulados según contrato.
12. Participar en la elaboración y adecuaciones de los reglamentos vigentes por
los cuales se rige el establecimiento.
13. Estar informados de los acuerdos y decisiones que les involucre.
14. Opinar y que se respete su opinión en los consejos técnicos y técnico
administrativos.
15. Conocer las funciones inherentes a su cargo dentro del establecimiento.
16. Proporcionar espacios para compartir experiencias pedagógicas exitosas y
recibir orientaciones técnico pedagógicas.
17. Recibir apoyo frente a situaciones conflictivas que atenten contra el buen
desempeño personal y profesional.
18. Trabajar en un ambiente de higiene, limpieza y sana convivencia, donde se
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 31
respeten las diferencias individuales.
19. A regirse por la normativa establecida en el Estatuto docente y Código del
trabajo.
1.7.8 Responsabilidades y/o Deberes de los Docentes Directivos, Técnicos , de
Aula y Asistentes de la Educación.
Directivos, Docentes, Técnico y Asistentes de Aula
1. Cumplir con el horario de clases para el cual ha sido contratado.
2. Desarrollar las actividades de colaboración para las que se le solicite o sea
asignado por la autoridad del Establecimiento.
3. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de índole técnico-pedagógica
impartidas por el MINEDUC. y transmitidas por la Dirección del Establecimiento.
4. Asistir a actos culturales y cívicos que la Dirección le convoque fuera del
establecimiento y de su horario habitual. Este tiempo servido será descontado en
su horario de completación.
5. Cuidar y hacer cuidar los bienes generales de la Escuela, la conservación del
edificio y responsabilizarse de los bienes que se le confíe por inventario.
6. Mantener al día los libros y documentos relacionados con su función,
actualización de Carpetas con información de alumnos regulares y prioritarios y,
entregar en forma precisa, fidedigna y oportuna toda información que la
Dirección y/o UTP le solicite en forma escrita y/o digital.
7. Mantener comunicación permanente con los Padres y Apoderados y sus
Alumnos proporcionándoles información sobre el desarrollo del proceso
enseñanza - aprendizaje y orientación de sus hijos o pupilos. Para tal efecto
deberá dejar constancia en el Libro de Clases respectivo o Registro de
Entrevistas.
8. Mantener en todo momento o circunstancia una actitud ética-profesional en
el desempeño de sus funciones, evitando toda situación que entorpezca o
interfiera en el desarrollo normal del Establecimiento. Se prohíbe estrictamente la
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 32
comunicación no pedagógica con los alumnos y/o apoderados a través de las
diferentes redes sociales. (Facebook, WhatsApp, Messenger, etc.).
9. Participar en los Consejos que le competan asumiendo en plenitud los
acuerdos que de él emanen democráticamente.
10. El docente asumirá la atención del curso que eventualmente se encuentre sin
la presencia del docente correspondiente, en períodos u horas libres que su
horario considere. Para velar por la equidad sobre esta materia el Profesor(a)
Encargado(a) de UTP llevará un Registro al respecto.
11. Escuchar e informar a los Padres y Apoderados de sus Alumnos en horario
previamente establecido e informado en reunión de Apoderados del respectivo
curso.
12. Implementar en sus respectivos cursos o desarrollo de actividades curriculares
una adecuada y efectiva política de resolución no violenta de los conflictos que
se pudieran presentar.
13. Velar por la integridad, higiene, presentación personal y disciplina de los
alumnos de sus respectivos cursos con motivo de actos cívicos, culturales, desfiles
y presentación del establecimiento programados durante el año escolar.
14. Despedir a los alumnos al término de la jornada respectiva en la puerta
interna del establecimiento.
15.Cumplir con las responsabilidades que le corresponda, según programación
entregada por el Equipo Directivo oportunamente.
16.. Orientar a los alumnos que en su Asignatura se encuentren descendidos
pedagógicamente que expresamente lo soliciten, durante el horario
corresponde.
17. Velar por el orden en el mobiliario y aseo de la sala de clases que ocupe, al
comienzo y finalización de las actividades curriculares.
20. Cumplir y contribuir al cumplimiento y difusión del presente Reglamento.
23. Escuchar y opinar con el debido respeto en los Consejos y reuniones que
participe.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 33
24. Utilizar un vocabulario que este de acuerdo a la labor que desempeñan libre
de bromas comparaciones, malos tratos, amenazas, etc.
25. Ser puntuales a todos los compromisos adquiridos con el establecimiento,
manteniendo una presentación personal adecuada para cada actividad. En
actos oficiales deberán usar tenida formal.
26. Los profesores deberán mantener informada a UTP de todo su trabajo
pedagógico con anticipación, tanto el trabajo en el aula, salida pedagógica y
de las reuniones con los padres.
27. No fumar ni consumir bebidas alcohólicas en dependencias del
Establecimiento en Jornada Laboral.
28. Actualizar su perfeccionamiento profesional acorde a su función.
29. Cumplir, ordenadamente, con las formalidades emanadas del MINEDUC;
en lo relativo del libro de clases, firmas, registro de materias o actividades
impartidas; de igual manera con lo relativo a la legislación laboral.
30. Tanto profesores como asistentes de la educación, están obligados a
comunicar a la Dirección del establecimiento toda actitud o hecho delictual que
observen o tengan conocimiento y que ocurra dentro del establecimiento, tanto
de los alumnos, apoderados o personal que labora en él; el abstenerse les
asignará la calidad de cómplices. Se considerarán delito las siguientes
conductas: Agresión física, agresión verbal, maltrato emocional y amenazas;
hurto, acoso sexual, o laboral, pornografía, consumo o tráfico de drogas y todas
aquellas explicitadas en el Código Penal Chileno.
31. Confidencialidad.
Asistentes de Educación
1. Cumplir con el horario de clases para el cual ha sido contratado.
2. Desarrollar las actividades de colaboración para las que se le solicite o sea
asignado por la autoridad del Establecimiento
3.. Cuidar y hacer cuidar los bienes generales de la Escuela, la conservación del
edificio y responsabilizarse de los bienes que se le confíe por inventario.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 34
4. Asistir a actos culturales y cívicos que la Dirección le convoque fuera del
establecimiento y de su horario habitual. Este tiempo servido será descontado en
su horario de completación.
5. Apoyar la labor del Inspector durante los recreos de los estudiantes.
6. Asistir a reuniones que la Dirección del Establecimiento determine.
7. Mantener al día libros y documentos relacionados con su función y entregar en
forma precisa, fidedigna y oportuna la información que la Dirección le solicite.
8. Entregar documentos solicitados por apoderados y/o ex alumnos dentro de un
plazo máximo de 48 horas.
9. Contribuir a implementar en los casos y situaciones que le corresponda
presenciar una adecuada y efectiva política de resolución no violenta de los
conflictos que en el interior del establecimiento se pudiesen presentar.
10. Utilizar un vocabulario que esté de acuerdo a la labor que desempeñan libre
de bromas comparaciones, malos tratos, amenazas, etc.
11. Ser puntuales a todos los compromisos adquiridos con el establecimiento,
manteniendo una presentación personal adecuada para cada actividad. En
actos oficiales deberán usar tenida formal.
12. No fumar ni consumir bebidas alcohólicas en dependencias del
Establecimiento en Jornada Laboral.
13. Actualizar su perfeccionamiento profesional acorde a su función.
14. Tanto profesores como asistentes de la educación, están obligados a
comunicar a la Dirección del establecimiento toda actitud o hecho delictual que
observen o tengan conocimiento y que ocurra dentro del establecimiento, tanto
de los alumnos, apoderados o personal que labora en él; el abstenerse les
asignará la calidad de cómplices. Se considerarán delito las siguientes
conductas: Agresión física, agresión verbal, maltrato emocional y amenazas;
hurto, acoso sexual, o laboral, pornografía, consumo o tráfico de drogas y todas
aquellas explicitadas en el Código Penal Chileno.
15. Confidencialidad.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 35
2. ASPECTOS NORMATIVOS
2.1 Normas de Funcionamiento:
Las normas de funcionamiento interno se refieren a todas aquellas pautas que
permiten la organización eficiente de gran parte de las actividades que se
desarrollan al interior del establecimiento. La implementación y formalización de
éstas posibilitan un mejor desarrollo de los procesos educativos, en un ambiente
de mayor calidad y con una comunidad comprometida con el quehacer
educativo.
2.2 De la inscripción e ingreso /cierre de matrícula de los estudiantes.
La inscripción de los alumnos/as regulares se efectuará en la época establecida
por las autoridades correspondientes, a fin de tener una aproximación de los
estudiantes que continuarán en el establecimiento en el siguiente año.
La matrícula es el acto administrativo mediante el cual el apoderado y el
alumno/a ejercen el derecho a la educación. En dicho acto el apoderado y el
estudiante se comprometen a acatar las disposiciones del Reglamento Interno y
el Manual de Convivencia del Establecimiento. El proceso de matrícula se
efectuará en Diciembre de cada año, en conformidad a las normas e
instrucciones emanadas del Ministerio de Educación y a los criterios que orientan
a la comunidad Educativa.
INGRESO DE ALUMNOS: Ley General de Educación en su Art. 13.
La solicitud de ingreso de los alumnos la efectúan los padres y apoderados, los
cuales deberán ser mayor de edad y contar con la autorización escrita de los
padres en caso de no ser familiares directo. Este ingreso quedará sujeto a que
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 36
exista cupo en el curso solicitado. Los apoderados deberán presentar la siguiente
documentación:
I. Certificado de nacimiento del alumno
II. Informe de Personalidad.
III. Certificado de Estudio años anteriores en original
IV. Carpeta completa de Integración en caso que perteneciera al PIE.
V. Certificado de traslado.
RETIRO DE ALUMNOS: (con cierre de Matrícula)
Los padres y apoderados deberán dar aviso del retiro de su pupilo, cuyas razones
que se dejan por escrito y bajo firma del apoderado en un libro encontrado en
inspectoría entregando la documentación completa original.
2.1.2 Asistencia y Puntualidad.
Uno de los principales valores presentes en este Manual de Convivencia Escolar,
tiene relación con la responsabilidad, la que está presente en los horarios
establecidos por la comunidad educativa y es fundamental que estos sean
respetados por los alumnos (as), con el fin de proyectarlos en su desarrollo
personal.
1. Los estudiantes tienen la obligación de asistir a todas las clases del Plan de
Estudio del respectivo curso. El requisito de asistencia está regulado por las
normas de Evaluación y Promoción Escolar emanadas por el Ministerio de
Educación. Todo aquel que no cumpla con el requerimiento mínimo de un 85%
de asistencia a clases queda expuesto a una repitencia de curso, salvo que,
presente certificado médico.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 37
2. La inasistencia a clases debe ser justificada personalmente por el
apoderado, antes del reingreso a clases.
Si el apoderado no puede justificar previo aviso el plazo de justificación será
hasta el día siguiente previa autorización del encargado de los justificativos.
Este plazo quedará registrado en el libro y al día siguiente el profesor respectivo
solicitará el justificativo correspondiente, en el caso de no tenerlo será enviado
donde el encargado quien resolverá su situación.
3. Si algún alumno(a) necesita ser retirado antes del término de la jornada y en
casos muy justificados, solo el apoderado podrá hacerlo y para ello deberá
solicitar la autorización personalmente en secretaría. Este retiro debe quedar
consignado en el libro de Registro de Salidas de los estudiantes y anotado en el
libro de clases.
4. Los alumnos y alumnas deberán presentarse puntualmente a clase dentro los
horarios establecidos
En cualquier tipo de atraso el profesor será el responsable de dejar constancia en
la hoja de registro de atrasos que se encuentra en el libro de clases. Al tercer
atraso, el profesor jefe, citará al apoderado con su hijo para analizar la causa de
ellos y poder así concretar compromisos con la finalidad de solucionar el
problema.
5. El alumno(a) que haga abandono del colegio durante la jornada escolar sin
autorización, deberá obligatoriamente presentarse con su apoderado al día
siguiente a las 8:15 horas además, deberá acatar las sanciones que se
determinen según lo establecido en el manual de Convivencia.
6. Las condicionalidades o cancelación de matrículas serán resueltas por la
Dirección y el Consejo de profesores, de acuerdo a los establecido por
Superintendencia.
7. Los estudiantes deben asistir a los actos oficiales que programen el colegio,
DAEM o MINEDUC según calendario escolar y podrán ir a actividades de
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 38
representación pública, no obstante para hacerlo, deberán tener una
autorización firmada de los padres.
2.1.3 Horario
La escuela tendrá el siguiente horario de clases:
Horario Jornada Mañana de 5° a 6°
Lunes, miércoles y viernes de: 8:15 a 13:10 hrs.
Martes y jueves de 8:15 a 14:00 hrs.
Horario Jornada Mañana de 7° a 8°
Lunes y viernes de: 8:15 a 13:10 hrs.
Martes, miércoles y jueves de 8:15 a 14:00 hrs
Horario Jornada Tarde de 1° a 4°
Lunes, Miércoles y Viernes de: 14:00 a 18:50 hrs.
Martes y jueves de 14:00 a 19:40 hrs.
NT1 – NT2
Lunes, miércoles y Viernes de 14:00 a 18:20 hrs.
Martes y jueves de 14:00 a 18:30 hrs.
2.1.4 Presentación personal, higiene y representación pública.
La ropa que se usa debe adecuarse al espacio, circunstancias y objetivos de la
vida escolar. De acuerdo a lo señalado en el Manual de Convivencia, la
exigencia del uniforme, como aspectos de la presentación personal, corte de
pelo, peinado, tiene como objetivo evitar discriminaciones entre los/las
alumnos/as por diferencias en la calidad de sus indumentarias que usan. Las
vestimentas uniformes, promueven un sentido de igualdad frente a la presión
social externa por el consumismo y las modas contingentes, por tanto:
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 39
• El uniforme establecido para los y las estudiantes:
Damas: Falda tableada azul, polera blanca, chomba azul, zapatos negros
colegiales (sin tacos ni terraplén), calcetas azules, polar o casaca del
establecimiento, pantalón azul, delantal cuadrille azul con blanco. La medida de
la falda será de 4 cms. máximo sobre la rodilla. usar pelo tomado
Las joyas o adornos no corresponden al uniforme, se permitirá solamente aquellos
que son sobrios, ejemplos: aros pequeños, no se permitirán cabellos teñidos, el
pinche o cole en el pelo puede ser blanco, negro o azul.
Varones: Pantalón gris con corte recto, polera blanca, chomba azul, polar o
casaca del establecimiento, cotona beige y zapatos negros. El corte de cabello
será el colegial sin tinturas y /o dreadlocks y sin aros.
La presentación personal de los alumnos debe ser intachable.
• El responsable del cumplimiento sobre el uso del uniforme será el profesor
jefe de cada curso, quien realizara revisiones periódicas y citando
apoderados para cuando la situación lo amerite.
• Para damas y varones no se permitirá el uso de tatuajes visibles, aros
colgantes, collares, piercing, etc.
• Las uñas deberán permanecer cortas en damas y varones, y sin esmalte.
• No está permitido el maquillaje exagerado.
• Las clases de educación física se realizarán con el buzo oficial del
establecimiento, las zapatillas deportivas serán planas, sin terraplén. Podrán
ser de color blanco, azul o negro.
• Al interior del establecimiento las alumnas deberán permanecer con
delantal y los alumnos con cotona o en el caso de tener educación física
con su buzo completo.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 40
• Los alumnos que no asistan con su uniforme como corresponde o que
ingresen con una vestimenta ajena al uniforme sin autorización por parte
de dirección el profesor jefe se comunicará con el apoderado.
• En caso de alumnos extranjeros, podrán venir con ropa de color hasta que
el establecimiento le gestione y entregue su uniforme completo.
• En caso de alumnos cuya situación socioeconómica no permita cumplir
con el uniforme requerido (previo informe social) podrán venir con ropa de
color hasta que el establecimiento le gestione y entregue su uniforme
completo.
2.1.5 Del rendimiento.
1. Todo alumno matriculado se deberá regir por los reglamentos existentes dentro
de la unidad educativa.
2. El alumno debe cumplir con sus responsabilidades escolares ya sean tareas y
trabajos asignados; materiales, presentación a pruebas, disertaciones, etc.
3. Las pruebas atrasadas deben ser justificadas con certificado médico 48 horas
después de su falta, de lo contrario para la evaluación se aplicará una escala de
un 60% de exigencia con una nota máxima de 4.0. El alumno deberá rendir la
prueba en la clase siguiente.
4. La suspensión por conducta en períodos o fecha de evaluaciones implicará
que el alumno(a) rinda dicha evaluación en la próxima clase, al regreso de la
suspensión.
5. Las tareas y trabajos enviados al hogar podrán ser evaluados y calificados por
el profesor, si éste así lo determina, de acuerdo a la planificación de la clase y
pauta de evaluación previamente conocida por el alumno.
6. La asignatura de Orientación Valórica deberá ser aprobado por S (Suficiente),
B (Bueno) o MB (Muy Bueno).
7. Cuando el alumno falte a la honradez en las evaluaciones escritas se tomarán
las siguientes medidas: Se retirará el instrumento y se evaluará con nota dos (2.0),
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 41
el alumno debe firmar su prueba, en caso de negarse a realizar la acción, se
informara de manera inmediata al apoderado.
2.1.6 Uso de agenda escolar o libreta de comunicaciones.
La agenda escolar o libreta de comunicaciones, es el principal medio de
comunicación entre el hogar y la escuela, por lo que los estudiantes, deben tener
registrados sus datos personales y el de su apoderado, portándola diariamente.
Desde el establecimiento, se informará respecto de las novedades que puedan
generarse en él y desde el hogar, se enviará lo relevante que pueda haberle
acontecido al niño/a, como las justificaciones ante atrasos o inasistencias.
Siendo éste un nexo comunicativo, debe ser revisado a diario por el apoderado
y actualizado.
2.1.7 Uso, orden de materiales y útiles escolares como del cuidado de
infraestructura y equipamiento del establecimiento
La mantención de la adecuada implementación para el desarrollo de los
procesos pedagógicos requieren que tanto los estudiantes como los adultos que
se involucran en los diferentes momentos, cautelen por el buen logro de estas
instancias, es decir desde la importancia de que el estudiante disponga de un
lápiz para registrar contenidos o hacer sus ejercicios, que el profesor cuente con
su plumón u otro para desarrollar su clase o espacios limpios y acogedores que
han requerido de materiales para su aseo, se potencian en el hacer de todos los
integrantes de la comunidad educativa, aportándoles bienestar y un ambiente
que contribuye a generar una mejor convivencia y favorecer el proceso
pedagógico. Por tanto, es responsabilidad de
Todos los miembros de la comunidad escolar cuidar y velar por contar con sus
materiales, útiles, implementos en buen estado y disponibles para ser usados
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 42
Por tanto:
1. El alumno deberá presentarse todos los días con sus útiles escolares, según
horario,
2. Responsabilizarse de sus útiles escolares, libros, vestuario, dinero y otros objetos
personales.
3. La sustracción o destrozo de material dentro del establecimiento son
consideradas faltas graves e incluso delito. Todo material existente de uso
individual o comunitario se debe cuidar. Todo alumno comunicará de cualquier
destrozo de material al profesor o inspectoría . El apoderado se hará cargo por
daños, pérdidas o deterioros de material que ocasionen sus hijos, en un plazo que
no exceda los 10 días.
4. Las prendas de vestir (uniforme) que no sean recuperadas al término del año
escolar, serán donadas a familias de escasos recursos.
5. Durante las actividades escolares queda prohibido utilizar artefactos o
materiales que interrumpan el normal desarrollo de la clase. Para esto el Profesor
que corresponda pedirá todo artefacto tecnológico a través de una caja la cual
se mantendrá la hora de clases en el escritorio del profesor y luego al toque de
campana el alumno lo podrá retirar. Ej.: juguetes, radios, mp3, mp4, celulares,
alisadores de pelo, cargadores de pilas, máquinas fotográficas notebook,
Netbook u otros similares. Todo elemento ajeno a la actividad escolar pierde
valor una vez que ingresa al establecimiento por lo que el colegio no responde
por pérdida de ellos y se libera de todo tipo de responsabilidades.
6. También quedan prohibidos objetos que puedan atentar contra la integridad
física de alumnos(as), profesores y personal del colegio, como manoplas,
encendedores, punzones, cuchillos, cortaplumas, cartoneras, armas de fuego
auténticas o imitaciones de estas.
7. Es deber de los alumnos devolver en los plazos estipulados los préstamos de
biblioteca, equipos deportivos (camisetas, pantalones, balones, etc.) u otros
implementos que han recibido prestados y son propiedad de la Escuela. En caso
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 43
de no hacer efectiva la devolución, el apoderado deberá responsabilizarse con
la entrega de un implemento nuevo o el costo de éste.
8. No se recibirá materiales o trabajos con los que el alumno (a) debió haber
ingresado a clases, siendo su responsabilidad concurrir al establecimiento con
ellos.
Son conductas reñidas a un buen ambiente:
• Botar basuras, rayar o pintar, ensuciar deliberadamente paredes o muros.
• Romper vidrios, puertas, chapas, muebles, inodoros, etc.
• Dañar material pedagógico de la escuela como libros, mapas,
implementos tecnológicos, etc.
2.1.8 En caso de Accidentes Escolares
Si el accidente ocurre fuera del colegio, lo debe denunciar al establecimiento el
propio accidentado o quien lo represente antes de 24 horas. Para acreditar un
accidente de trayecto directo, de ida o regreso, entre la casa y el Establecimiento
Educacional, servirá el Parte de Carabineros, la declaración de testigos
presenciales o cualquier otro medio de prueba igualmente fehaciente
Estará obligado a denunciar el accidente escolar, el Director del Establecimiento
Educacional, tan pronto como tenga conocimiento de su ocurrencia, mediante
los formularios vigentes.
Si el accidente es en el establecimiento, se adoptarán los siguientes
procedimientos generales:
• Ante lesiones graves que puedan involucrar peligro vital como caídas y
golpes en la cabeza: el personal del establecimiento a cargo de estas
situaciones será informado de la situación y debe mantener al
accidentado en forma horizontal, cómodo y no moverlo hasta constatar
que no tenga problemas de conciencia u otros (hemorragia, fractura, etc.),
en cuyo caso se llamará inmediatamente a una ambulancia.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 44
• Personal a cargo confeccionará el parte correspondiente de accidente
escolar, se comunicará con el apoderado del estudiante afectado para
indicar que el menor será derivado al servicio de urgencias donde deberá
esperarlo .El menor será acompañado por el Inspector del Establecimiento
hasta el hospital, para ser entregado al apoderado o adulto responsable
que se encuentre en el recinto hospitalario.
2.2 Normas de Interacción:
Son aquellas medidas destinadas a cautelar la convivencia armónica entre los
distintos miembros de la comunidad educativa, con el propósito de generar
espacios escolares provistos de un clima nutritivo, aptos para la convivencia y
desarrollo de la enseñanza y el aprendizaje.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 45
2.2.1 Comportamientos esperados de estudiantes y profesores2durante el
desarrollo de las clases en salas, biblioteca, gimnasio, sala de computación y/u
otros espacios.
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2.2.2 Comportamientos esperados entre estudiantes y otros miembros de la
comunidad educativa durante el desarrollo de la jornada escolar o al término de
ésta.
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2.2.3 Comportamientos esperados de estudiantes y miembros de la comunidad
educativa, durante el desarrollo de los recreos, colaciones y al término de éstos.
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2.2.4 Comportamientos esperados de estudiantes y docentes, durante las salidas
de carácter pedagógico, paseos o giras de estudio.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 49
2.2.5 Comportamientos esperados entre docentes, padres y apoderados.
Nota: La transgresión del comportamiento esperado de los estudiantes se asume
como una falta tipificada según lo establecido en este Establecimiento.
Si se trata de un docente se aplicará sanción de acuerdo al estatuto docente.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 50
Si se trata de un asistente de la educación (profesional o no profesional) se
aplicará sanción según estatuto administrativo.
3. RECONOCIMIENTOS, FALTAS Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y REPARATORIAS
3.1 Criterios de aplicación para la entrega de estímulos
Como un modo de reforzar y consolidar las conductas positivas en los
estudiantes, el comportamiento destacado de ellas se reconocerá en forma
adecuada ante la comunidad educativa para que sean un ejemplo digno a
seguir.
Los reconocimientos que recibirán las/los estudiantes por sus conductas
destacadas son:
• Anotación positiva en el Libro de Clases. El alumno/a que tenga cinco o
más anotaciones positivas y/o aquellos que fueren destacadas por el
Consejo recibirán una carta de reconocimiento por sus logros al término de
cada semestre. El Profesor Jefe tendrá una carta tipo, con la que hará las
distinciones a los/as estudiantes de su curso que lo ameriten.
• Al término de cada semestre, las/los estudiantes que se destaquen por sus
condiciones personales (esfuerzo, rendimiento, mejor compañero,
deportivo y artístico) de cada curso recibirán un diploma de
reconocimiento.
• Una vez por semestre se premiará al curso con mejor conducta.
• Al término del año escolar las/los estudiantes de 8ª Año podrán ser
reconocidos en las áreas: excelencia académica, científica, artística, y
deportiva, siendo además destacados por su esfuerzo, compañerismo y
trayectoria en el Establecimiento.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 51
3.2 Criterios para la aplicación de las faltas
Entendiéndose por falta la transgresión a las normas acordadas en el presente
manual de Convivencia, las cuales han sido difundidas y aceptadas por la
comunidad.
Se han de aplicar procedimientos claros y justos: conocer la versión de todos los
involucrados y respetar el debido proceso, es decir, que sean escuchados,
considerados, que se presuma su inocencia y se reconozca su derecho a
apelación, además de considerar factores agravantes o atenuantes.
Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos
los involucrados y para la comunidad en su conjunto, Será impuesta conforme a
la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y
procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del
responsable.
Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los
siguientes criterios:
a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas;
b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado;
c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como:
• La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores;
• El carácter vejatorio o humillante del maltrato;
• Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el
rostro;
• Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa;
• Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento;
d) La conducta anterior del responsable;
e) El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra;
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 52
f) La discapacidad o indefensión del afectado.
El propósito de la aplicación de sanciones es que estas revistan un carácter
formativo que respeten los derechos humanos y la dignidad de las personas:
pudiendo orientarse hacia el servicio comunitario y/o el servicio pedagógico.
Consideraciones técnicas para la resolución de conflictos:
Arbitraje pedagógico: Es el procedimiento de resolución del conflicto, guiado por
un adulto con atribuciones en la institución escolar, quien a través de un dialogo
franco, respetuoso y seguro, escucha atenta y reflexivamente de la posición e
intereses de las partes, antes de determinar una salida justa a la situación
planteada.
Mediación: Es una técnica de resolución pacífica de conflictos en la cual una
persona o grupo que no es parte del conflicto, ayuda a las partes en conflicto a
llegar a un acuerdo y/o resolución del problema.
Negociación: La Negociación es una técnica de resolución pacífica de
conflictos, que se ejecuta a través de dos o más partes involucradas que
dialogan cara a cara, analizando la discrepancia y buscando un acuerdo que
resulte mutuamente aceptable, para alcanzar así una solución a la controversia.
Obligación de denuncia de delitos: Los directores, inspectores y profesores
deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y
que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones,
amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas,
tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de
Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los
tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome
conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y
176 del Código Procesal Penal.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 53
3.3 Tipificación y graduación de las Faltas
Falta Leve: actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no
involucren daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad.
Ejemplos: atrasos, olvidar un material, uso del celular en clases, no entrar a tiempo
a la sala de clases, quitarle la pelota o los juegos a los más pequeños, etc.
Falta Grave: actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad
psicológica y física de otro miembro de la comunidad educativa y del bien
común, así como acciones deshonestas que afecten la convivencia. Ejemplos:
dañar el bien común, agredir a otro miembro de la comunidad educativa,
ofender o intimidar a un docente o asistente de la educación, falsear o corregir
calificaciones, etc.
Falta Gravísima: actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad
física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, agresiones
sostenidas en el tiempo en que se manifiesten consecuencias físicas o
psicológicas en otro miembro de la comunidad educativa y conductas
tipificadas como delito y Ejemplos: robos, abuso sexual, tráfico de drogas, o el
acoso escolar.
3.4 Descripción de comportamientos categorizados en Faltas Leves, Graves y Gravísimas.
A continuación se presenta la Tabla Nº 1, en la cual se registran los distintos tipos de conductas que son
considerados como faltas, al interior de este establecimiento educacional y que son categorizados o tipificados
en distintos grados de importancia, es decir, en Faltas de carácter Leve, Grave y Gravísima.
Faltas Leves. Faltas Graves. Faltas Gravísimas.
1. Reiteración de atrasos sin
justificación (tres veces consecutivas)
2.No respetar las normas de
presentación personal.
3. Incumplimiento de deberes
escolares: Tareas, trabajos, materiales,
etc. (tres veces reiteradas)
4. Falta de firma de los apoderados en
las comunicaciones enviadas.(tres
veces reiteradas )
5. Negación en la toma de apuntes,
realización de actividades durante el
1. Indisciplina o conductas
disruptivas, tales como: gritar,
pataletas, salir sin autorización de
la sala, lanzar objetos.
2. Atacar, ofender o agraviar los
símbolos patrios.
3. Fumar, ingerir bebidas
alcohólicas dentro del
establecimiento.
4. Rayar paredes o muros, baños
con grafitis u ofensas.
5. Realizar apuestas por dinero o
con objetos de valor, aunque sea
1. Destruir o deteriorar las instalaciones
y/o material de la Escuela (muebles,
equipos electrónicos, material
didáctico y deportivo, paredes, mesas
sillas, etc.).
2. Consumir drogas ilícitas y/o
medicamentos sin prescripción médica
exhibirlas, promocionar su consumo y/o
comercializarlas al interior o exterior del
establecimiento.
3. Tenencia y/o porte de armas de
cualquier tipo, incluidas el corto
punzante.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 55
desarrollo de la clase.
7. Tirar basura al suelo.
8. El no cumplimiento del uniforme de
acuerdo a los horarios establecidos.
9. Mascar chicle, comer o consumir
líquidos (como gaseosas o jugos) en
horas de clases.
justificado como juego.
6. Retirarse de clases, talleres o
actividades del Establecimiento sin
autorización de la Dirección.
7. Falsificar cualquier tipo de
Documento o Firma.
8. Promover y /o participar en
desórdenes dentro o fuera de la
Escuela utilizando el uniforme.
9. Portar literatura y/o visitar
páginas web cuyo contenido sea
de carácter erótico o
pornográfico.
10. Denostar (Insultar u ofender
verbalmente)
11. Interrumpir el normal desarrollo
4. Hurtar o robar dinero, especies o
artefactos a miembros de la
comunidad Educativa.
5. Realizar Bullying amedrentar,
amenazar, chantajear, intimidar,
hostigar, ofender o burlarse y golpear
reiteradamente a sus pares u otro
miembro de la institución, o realizar un
acto de discriminación en su contra, ya
sea por su condición social, religión,
pensamiento político o filosófico, raza,
ascendencia étnica, nombre,
nacionalidad, orientación sexual,
discapacidad o cualquier otra
circunstancia.
6. Realizar actos de erotismo y
pornografía, portar literatura y/o visitar
página web que la contengan.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 56
de la clase con conductas tales
como: gritos, portazo , lanzar
objetos a compañeros, molestar a
los compañeros
12. Utilizar un nivel de lenguaje de
carácter grosero al interior de la
sala de clases (garabatos, y/o
gestos obscenos)
7. Realizar actos y/o manifestaciones
de erotismo al interior de la escuela
con otras personas o a si mismo
(exploración).
8. Hacer uso de internet dentro o
fuera del Establecimiento para
ofender, amenazar, injuriar o
desprestigiar a un alumno o cualquier
otro integrante de la comunidad
escolar, así como para exhibir o
difundir cualquiera de estas
conductas, ya sea mediante redes
sociales (Facebook, Instagram,
whatsapp, entre otras.) mensajes de
texto que almacenan videos o
fotografías correo electrónico, foros,
servidores, páginas webs, teléfonos y
cualquier otro medio tecnológico,
virtual o electrónico.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 57
9. Ausentarse de las clases sin permiso
en reiteradas ocasiones y/o
reiterándose en diferentes asignatura.
10. Fugarse del Establecimiento.
11. Poner, adulterar y/o borrar notas
o información en el libro de clases.
12. Agresiones físicas, verbales y/o
psicológicas a cualquier miembro de
la comunidad escolar, tales como:
empujar, realizar zancadillas,
mechoneo, entre otras.
3.5 Descripción de sanciones y medidas reparatorias para el aprendizaje de la convivencia escolar por parte de los
estudiantes.
Medidas disciplinarias y/o reparatorias
para Faltas leves
Medidas disciplinarias y/o
reparatorias para Falta Grave
Medidas disciplinarias y/o reparatorias
para Faltas Gravísimas.
1. Amonestación verbal: Su finalidad es
hacer reflexionar al alumno acerca de
la falta cometida para evitar la
reincidencia. Podrá ejecutarla
cualquier miembro de la comunidad
educativa, siempre y cuando el
alumno no esté cargo de un docente.
2. Amonestación escrita: se aplicará en
caso de reincidencia de falta leve,
dejando constancia en la hoja de vida
del alumno de su conducta. Enviando
comunicación de citación al
apoderado donde se tomarán
medidas y se realizará un compromiso
de cambio positivo.
1. Amonestación con constancia
escrita: Se aplicará en caso de
una falta grave . Su finalidad es
registrar en el libro de clases la
falta seguido de comunicación al
apoderado y citación a entrevista
(según la asignatura). Podrán
aplicarla el profesor de asignatura,
profesor jefe , inspectoría y/o
asistentes de la educación.(
problemas presentados en
biblioteca o comedores)
2. Desarrollar actividades posterior
a la jornada escolar para reparar
posibles daños ocasionados como
1. Derivación inmediata a Equipo de
convivencia escolar.
2. Aplicación de protocolo de
actuación, de acuerdo a la situación
presentada.
3. Derivación a redes de apoyo.
4. Suspensión de clases con un
máximo de 5 días, donde deberá
llevar trabajos o guías de asignaturas
cuando la situación sea reiterada(1*).
5. De la cancelación: lo decide la
directora en casos graves y extremos
de disciplina en que se ponga en
riesgo la seguridad de la comunidad
educativa, sin de un año para otro.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 59
3. Derivación al especialista del
Establecimiento en caso de reiteración
de falta leve.
puede ser tutorías a alumnos
menores, etc. Previo
consentimiento del apoderado.
3. Derivación a Equipo de
Convivencia Escolar.
4. Derivación a especialistas de
redes de apoyo.
4. Suspensión de clases con un
máximo de 3 días, donde deberá
llevar trabajos o guías de
asignaturas cuando la situación
sea reiterada.
5. Condicionalidad de matrícula.
6. Expulsión. (2*)
(1*) Solo tendran facultad para suspender si y solo si no se cumplieron partes del procedimiento del plan de convivencia escolar, el equipo directivo
(2*) La ley de Inclusión establece un procedimiento común aplicable a la medida de expulsión y la de cancelación de matrícula, pudiéndose aplicar cuando cuando: - Sus causales estén
claramente descritas en el reglamento interno, afecten gravemente la convivencia escolar, o atente directamente contra la integridad física o psicológica de alguno de los miembros de la
comunidad escolar.
Procedimientos: 1. La decisión de expulsar o cancelar la matrícula será adoptada por el Director.. 2. Notificar por escrito al estudiante afectado y a su apoderado. 3. En un plazo de quince
días apoderado podrá apelar.4. El Consejo de Profesores se pronuncia por escrito.. 5. El Director del establecimiento, una vez que haya aplicado la medida de expulsión o cancelación de
matrícula, deberá informar de aquella a la Dirección Regional respectiva de la Superintendencia de Educación, dentro del plazo de cinco días hábiles, a fin de que és ta revise, el
cumplimiento del procedimiento contemplado en la ley.
3.6 Regulación de las medidas disciplinarias.
1. Devolución de alumnos a la casa: Ningún alumno puede ser devuelto a su
hogar como medida disciplinaria, puesto que este tipo de medidas
representan un riesgo para la integridad física y psicológica del estudiante.
2. Suspensión de Clases: Desde el punto de vista pedagógico, la suspensión de
clases de un estudiante es considerada una medida de carácter excepcional.
La suspensión de clases no puede aplicarse por períodos que superen los 5 días,
sin perjuicio que de manera excepcional se pueda prorrogar una vez por igual
período.
3. Suspensión Indefinida y Reducción de Jornada Escolar: Aplicar medidas
como suspensiones indefinidas, reducciones de jornada escolar o asistencia a
sólo rendir evaluaciones, se encuentran prohibidas por la normativa
educacional, y sólo podrán aplicarse excepcionalmente si existe un peligro real
(no potencial) para la integridad física o psicológica de algún miembro de la
comunidad educativa, lo que deberá ser debidamente acreditado.
4. Suspensión asistencia a ceremonia de Graduación: En caso que la medida
de suspensión de graduación estuviera contemplada en el Reglamento
Interno, deberá adoptarse de conformidad al debido proceso, y en ningún
caso esta medida se podría aplicar en base a criterios discriminatorios. La Ley
de Inclusión Escolar señala que: No se podrá suspender, cancelar la matrícula
o expulsar a un alumno por causales que se deriven de su situación
socioeconómica o del rendimiento académico, o vinculadas a la presencia de
necesidades educativas especiales de carácter permanente y transitorio que
se presenten durante sus estudios.
3.7 Condicionalidad de la matrícula
Para aplicar la medida disciplinaria de condicionalidad de matrícula, ésta
debe estar contemplada en el Reglamento Interno del establecimiento, en el
cual se establezca claramente las causales que amerita la adopción de esta
medida, los momentos en que se evaluará, los avances del estudiante respecto
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 61
a los compromisos asumidos y a una fecha cierta de levantamiento si la
evaluación es positiva.
Será aplicada luego del incumplimiento del compromiso del estudiante y/o
apoderado. Tendrá una duración mínima de un semestre y máxima de un año.
Después de este periodo, puede ser levantada o se aplicará la cancelación de
matrícula para el año escolar siguiente, si existen agravantes de la situación
que así lo indiquen.
La condicionalidad puede ser sometida a discusión ya sea para su aplicación o
evaluación, ante el comité de convivencia escolar, consejo de profesores y/o
consejo escolar, sin perjuicio que la responsabilidad de aplicar la medida recae
en el director del establecimiento, quien notifica al estudiante y su apoderado
por escrito, conviniendo en ello los acuerdos de ambas partes.
3.8 Cancelación de Matrícula y Expulsión
1. Definición.
Cancelación de Matrícula: Medida disciplinaria en la que se da aviso al padre,
madre o apoderado de la no continuidad en el proceso de matrícula del o la
estudiante para el año siguiente.
Expulsión: Medida disciplinaria que se aplica durante el transcurso del año y
que implica que el o la estudiante debe irse del establecimiento, una vez
afinado el proceso de expulsión. Entiéndase por afinado el proceso, una vez
que ha habido pronunciamiento de la Superintendencia de Educación.-
La responsabilidad de aplicar las medidas, cancelación o expulsión, recae
exclusivamente en el director del establecimiento, o docente encargado.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 62
2. Requisitos aplicación medidas de expulsión y/o cancelación de matrícula.
2.1. El reglamento interno debe contener descritas de manera clara, las
causales y medidas.-
2.2. Se aplicará ante hechos que afecten gravemente la convivencia
escolar.-
2.3. Debe garantizar un procedimiento racional y justo, en proporcionalidad a
la falta cometida, que no implique discriminación arbitraria, resguarde el bien
superior del niño, y gradualidad.-
3. Acciones previas a la aplicación de medidas.
3.1. Representar al apoderado/a la inconveniencia de conducta del
estudiante, advirtiendo posible aplicación de medidas.-
3.2. Implementar a favor del estudiante medidas de apoyo pedagógico y
psicosocial.- Las medidas psicosociales buscan que el estudiante aprenda a
responder de manera adecuada en situaciones futuras comparables a la que
ha generado el conflicto. Su objetivo es reconocer y reparar la situación
generada.
A lo anterior, agregar que éstas deben ser pertinentes a la entidad y
gravedad de la infracción cometida y resguardar el interés superior del niño.
Serán reconocidas como medidas de apoyo las siguientes:
• Diagnóstico de la situación del estudiante.
• Plan de trabajo.
• Seguimiento y evaluación de las acciones adoptadas.
• Compromisos del estudiante y el Establecimiento.
Estas medidas y su aplicación serán de responsabilidad del equipo
psicosocial, vale decir, Psicólogos/as y Trabajadores/as Sociales. En caso de
no existir el recurso humano en el establecimiento, deberán gestionar los
apoyos con las redes institucionales del intersector más próximas.-
3.3. Hechos que atenten directamente contra la integridad física o
psicológica de alguno de los miembros de la comunidad educativa.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 63
4. Pasos del debido proceso.
4.1. Conocer a qué se enfrenta.-
4.2. Conocer la conducta por la que se le pretende sancionar.-
4.3. Derecho a hacer descargos, ser oído y acompañar prueba.-
4.4. Derecho a esperar una resolución en un plazo razonable.-
4.5. Derecho a solicitar la revisión de la medida.-
6. Antecedentes que deben acompañar el expediente del alumno/a en
causal de cancelación de matrícula o expulsión.
6.1. Reglamento interno.
6.2. Documentos que acrediten haber representado a los padres, madres o
apoderados, la inconveniencia de las conductas del alumno y la advertencia
de la posible aplicación de sanciones.-
5 . Etapas del procedimiento. -
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 64
6.3. Documentos que acrediten la implementación de medidas de apoyo
pedagógico o psicosocial a favor del estudiante, pertinentes a la entidad y
gravedad de la infracción cometida.-
6.4. Documentos o pruebas que acrediten que el estudiante no modificó su
comportamiento tras haber implementado dichas medidas.-
6.5. Documentos o pruebas que acrediten que el estudiante ha cometido la
infracción de la que se acusa.-
6.6. Todo antecedente pertinente en relación al caso.-
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 65
4. PROCEDIMIENTOS PARA LA RESOLUCIÓN DE LOS CONFLICTOS.
Entendiéndose “conflicto” como discrepancia, disputa, pelea, intereses
opuestos, desavenencia, separación, etcétera, suele dársele diversos sinónimos,
no obstante y la idea subyacente es que todo conflicto es negativo e implica
una pérdida y, gran parte de la problemática se genera desde la propia
percepción de cada una de las partes.
La Escuela delimita las buenas relaciones, señalando que sus miembros deben
presentar un comportamiento de acuerdo a las normas establecidas en el
Manual de Convivencia del establecimiento y en caso de no tener mejoras al
respecto, se deberán evaluar las situaciones conflictivas para resolver y aplicar
las sanciones pertinentes en cada caso.
Por tanto, todo alumno está llamado a:
1. Explicar personalmente, con un vocabulario y tono adecuado, y por escrito
la razón de la falta cometida al profesor jefe y Dirección del establecimiento,
dejando registro de la acción en la hoja de vida del alumno.
2. Cuando la falta ocasionada involucre a un curso, el profesor que atienda el
caso dará espacios dentro de la sala de clases para aclarar la falta y
solucionar el conflicto en forma comunitaria guiados por el profesor de
asignatura.
3. Cuando la falta sea cometida por alumnos (as) de dos o más cursos,
Dirección en conjunto con el equipo de convivencia escolar, reunirá a los
alumnos(as) implicados con sus respectivos profesores jefes para abordar el
conflicto y buscar soluciones formativas e integrales.
4. Cuando el alumno incurra, en más de una vez, en un mismo tipo de falta
gravísima su conducta será evaluada por el consejo de profesores, equipo de
convivencia escolar y equipo directivo para buscar una solución y sus posibles
sanciones.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 66
5. Toda falta leve o grave que el alumno (a) cometa dentro del
establecimiento será consignada en la hoja de vida del alumno, el profesor jefe
o de asignatura, será el responsable de citar al apoderado para que éste tome
conocimiento y firme el registro en la hoja de vida del estudiante, consignando
acuerdos y eventuales compromisos.
6. Los casos de bullying y grooming, serán abordados en primera instancia
por el profesor jefe y el encargado de convivencia de la escuela con los
alumnos involucrados y sus respectivos apoderados. De persistir la conducta,
éstos y sus apoderados, serán derivados a la Dirección del establecimiento,
para abordar el caso con los profesionales competentes.
7. Cuando la falta sea tipificada como delito, crimen u otra según el Código
Procesal Penal Adolescente; la Dirección denunciará ante el organismo
competente y se le comunicará al Consejo Escolar.
NOTA:
Grooming: hace referencia a una serie de conductas y acciones
deliberadamente emprendidas por un adulto con el objetivo de ganarse la
amistad de un menor de edad, creando una conexión emocional con el
mismo, con el fin de disminuir las inhibiciones del niño y poder abusar
sexualmente de él. En algunos casos, se puede buscar la introducción del
menor al mundo de la prostitución infantil o la producción de material
pornográfico.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 67
5. CRITERIOS GENERALES SOBRE LOS PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN.
5.1 Protocolos de actuación
a) Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el
discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las
partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y
honra.
b) De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los
instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro
individual de cada reclamo. No se podrá tener acceso a dichos
antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la
autoridad pública competente.
c) En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los
involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación
de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas.
5.2 Deber de protección
a) Si el afectado fuese un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e
información durante todo el proceso.
b) Si el afectado fuese un profesor o funcionario del establecimiento, se le
deberá otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda
desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en
peligro su integridad.
5.3 Notificación a los apoderados
Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar
a sus padres o apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier
medio idóneo, pero deberá quedar constancia de esta. (registro con firma del
apoderado)
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5.4 Investigación.
El encargado de convivencia escolar deberá llevar adelante la investigación
de los reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o
disponiendo cualquier otra medida que estime necesaria para su
esclarecimiento.
Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotada la
investigación, el encargado deberá presentar un informe ante el Consejo
Escolar proponiendo una medida o sanción si procediere, o bien para que se
recomiende su aplicación a la Dirección o autoridad competente del
establecimiento.
5.5 Citación a Entrevista
a) Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la
Dirección o quien la represente deberá citar a las partes y, en su caso, a los
padres o apoderados del estudiante o los estudiantes involucrados, a una
reunión que tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo entre las
partes. Para esta entrevista, se considerará el tipo de tópicos que convenga
tratar en presencia de los alumnos o sólo entre adultos.
b) En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la
indagación, exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas
condiciones por un período de tiempo convenido. Si se cumplen íntegramente
las condiciones impuestas se dará por cerrado el reclamo, dejándose
constancia de esta circunstancia.
c) Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes
deberán presentar todos los antecedentes que estimen necesarios. También se
podrá citar a un profesional en la materia, quien podrá aconsejar o
pronunciarse al respecto.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 69
5.6 Resolución.
La autoridad competente deberá resolver si se cumplen los requisitos para
imponer una sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá
quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada.
Dicha resolución debe ser notificada a todas las partes.
5.7 Medidas de reparación
En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a
favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo
cumplimiento. Tales medidas podrán consistir, por ejemplo, en disculpas
privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales, cambio de curso u
otras que la autoridad competente determine.
5.8 Recursos
Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de
la resolución adoptada por la autoridad competente, dentro de un plazo
razonable.
5.9 Mediación.
El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros
mecanismos de similar naturaleza como alternativa para la solución pacífica y
constructiva de los conflictos de convivencia escolar. Este sistema incluirá la
intervención de alumnos, docentes, orientadores, otros miembros de la
comunidad educativa y especialistas.
5.10 Publicidad.
El establecimiento deberá adoptar las acciones necesarias para la correcta,
oportuna y completa difusión acerca de las normas y planes relativos a la
buena convivencia escolar a través de todos los medios disponibles,
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 70
6. DISPOSICIONES FINALES
El presente Manual de Convivencia Escolar, entra en vigencia para toda la
Comunidad Escolar de este Establecimiento el día de su aprobación por el
Consejo Escolar, siendo válido mientras no sea modificado por acuerdo del
Consejo Escolar. Su revisión será permanente y cualquier otra situación no
contemplada en el presente Reglamento de Convivencia Escolar será
evaluada por la Dirección del establecimiento, Consejo de Profesores y/o
Consejo Escolar acogiéndose toda modificación correspondiente por
aplicación de Ley, Decreto, Dictamen u otras de carácter regional, provincial,
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 71
7. BIBLIOGRAFÍA
MINEDUC (2011). Orientaciones para elaboración y revisión de reglamentos de
convivencia escolar.
MINEDUC (2013) Programa de apoyo a la gestión del clima y la convivencia
escolar.
FUNDACIÓN PRO-BONO (2013) Reglamento de Convivencia Escolar.
Llaña Mena, Mónica. La convivencia en los espacios escolares. Una incursión
hacia su invisibilidad. Departamento de Educación. Facultad de Ciencias
Sociales. Universidad de Chile. Bravo y Allende Editores. Santiago de Chile. 2011.
Carafi Ávalos, Eric y otros. Guía metodológica. Para trabajar la convivencia
escolar en reuniones de apoderadas y apoderados. Departamento de
Sociología. Facultad de Ciencias Sociales. Universidad de Chile. Santiago de
Chile. 2009.
Sitios WEB:
www.convivenciaescolar.cl
www.escuelasegura.mineduc.cl
www.bcn.cl Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 72
ANEXOS
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 73
PROTOCOLO DE DISCRIMINACIÓN, HOSTIGAMIENTO Y/O BULLYING.-
Discriminación, Hostigamiento y/o Bullying.-
Discriminación: en el contexto escolar, se resume principalmente en
toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación
razonable en particular cuando se funden en motivos tales como la
raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el
idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, el
sexo, la orientación sexual, la identidad de género, la apariencia
personal y la enfermedad o discapacidad.
Bullying (también llamado matonaje, acoso escolar, hostigamiento):
hecho de violencia o de acoso que se repite en el tiempo,
empleada por uno o más pares en contra de otro (s) similares, en
donde exista abuso de poder de una de las partes respecto al otro,
el que se siente indefenso frente a la agresión.
Normativa legal
El presente protocolo tiene como referente las Leyes 20.422, y N°
20.609, las que establecen medidas contra la discriminación.
También aportan elementos relevantes para promover la buena
convivencia escolar, reforzando los principios de diversidad,
integración, sustentabilidad e interculturalidad planteados en la Ley
General de Educación y lo establecido en su Artículo 5º, donde se
señala que es deber del Estado fomentar una cultura de no
discriminación arbitraria en el sistema educativo.-
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 74
Procedimiento a seguir en caso de posible Discriminación entre alumnos
Procedimiento Medidas Responsable (S) Plazos
Denuncia. • Denuncia inmediata de la
discriminación observada o
conocida previamente, por
parte de cualquier miembro
de la institución: docente,
asistente de la educación,
apoderado (a) o alumno (a).
• Al recibir una denuncia por
discriminación, el directivo,
docente o asistente
educativo, deberá dejar
constancia por escrito, la cual
deberá ser firmada por el
denunciante.
• Director (a).
• Encargado
(a) de
• Convivencia
Escolar.
• Profesor (a)
jefe.
• Inspector (a).
• Cualquier
otro adulto
funcionario
del
establecimie
nto.
Denuncia
inmediata
Proceso de
recopilación de
antecedentes
• El encargado recopila
información de los hechos.
Paralelamente, se cita a los
adultos y/o niños involucrados
en el hecho. Involucrados
que podrán hacer sus
descargos en forma individual
y privada, ante los hechos
que arrojo la recogida de
información y su posible
participación.
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar.
2 días
hábiles
Derivación • De acuerdo a la recopilación
de antecedentes y resultados
• Encargado
(a) de
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 75
de esta, se derivará el caso a
la dupla psicosocial del
establecimiento. De no
contar con este recurso, y si la
situación reviste
características de vulneración
de derechos, se derivará a
Oficina De Protección de
Derechos OPD Curicó.
Convivencia
Escolar.
Citación y/o
información al
apoderado si la
situación lo
requiere.
• Se informa a los apoderados
(as) de los alumnos
involucrados. Llevándose a
cabo un acompañamiento
de carácter orientador hacia
los implicados. Dejando
registro de ello en acta de
entrevista y de ser necesario
también en la hoja de vida
del alumno denunciado.
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar.
Monitoreo y
cierre
• Mediante entrevista con los
apoderados involucrados, se
evaluará continuidad de la
situación, en el que si se
reiterará la acción de
discriminación por parte del
alumno, se procederá a
aplicar sanciones formativas
y/o reparatorias estipuladas
en el manual de convivencia
escolar. De no existir
• Director (a).
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar.
Monitoreo
mensual
durante el
primer
trimestre.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 76
antecedentes se levantará
acta, danto termino a dicho
procedimiento.
Procedimiento a seguir en caso de posible Hostigamiento o Bullying
Procedimiento Medidas Responsable
(s)
Plazos
Denuncia
o detección/
Proceso de
recopilación de
antecedentes
• Se debe denunciar el hostigamiento
observado o conocido
previamente, por parte de cualquier
miembro de la institución: docente,
asistente de la educación,
apoderado (a) o alumno (a).
• La denuncia debe ser por escrito y
firmada por el denunciante.
• Se deben recopilar todos los
antecedentes, por medio de
entrevistas y observación.
• Director (a).
• Encargado (a)
de
Convivencia
Escolar.
• Profesor (a)
jefe.
• Inspector (a).
5 días
hábiles
Acogida y
protección a los
afectados
• El adulto que acoge al alumno
intimidado, deja claramente
indicado que la escuela no
acepta este tipo de
situaciones, y que se le prestará
el apoyo necesario.
• Encargado (a)
de
Convivencia
Escolar
• Dupla
psicosocial
Entrevista con
el alumno
agresor
• El encargado debe mantener
entrevista con el alumno
sindicado como causante de la
intimidación o agresión, para
conocer su versión de los
hechos y evaluar el grado de
conciencia de lo ocurrido.
Dejando de manifiesto que no
se aceptan ni amparan
conductas de malos tratos y
agresiones en el
establecimiento.
• Se les indican claramente las
consecuencias de sus actos.
• Encargado (a)
de
Convivencia
Escolar
• Psicólogo
Citación de
apoderados
• Se contactará inmediatamente con
los padres del niño (a) afectado y
del posible victimario, informando la
situación e indicando la etapa en la
que se encuentra el proceso y que
se les mantendrá informados.
• Si la situación lo requiere, solicitar la
intervención de un especialista
externo para ayudar efectivamente
al afectado.
• Encargado (a)
de
Convivencia
Escolar
• Dupla
psicosocial
Confirmación de
Acoso Escolar en
el
establecimiento.
• Una vez informada la situación
de bullying se deben elaborar
estrategias para enfrentar la
situación en forma oportuna.
Involucrando a la dupla
psicosocial del establecimiento.
De no contar con este recurso,
se solicitará apoyo de talleres
preventivos a algún miembro
de la red intersectorial.
• Director (a).
• Encargado (a)
de
Convivencia
Escolar
• Dupla
psicosocial
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 77
Reportar y
determinar
medidas a
tomar frente a
las situación
ocurrida
• De existir sanciones, se
aplicarán solo las
expresamente detalladas en el
manual de convivencia
escolar. De ser necesario,
derivar a tratamientos de
reeducación del agresor (a)
con los profesionales de
apoyo sugeridos: Psicólogo,
Neurólogo, Psiquiatra Infantil,
entre otros).
• Director (a).
• Encargado (a)
de
Convivencia
Escolar
Monitoreo • Mediante entrevista con los
apoderados involucrados, se
evaluará continuidad de la
situación, en el que si se reiterará la
acción de Hostigamiento o Bullying
por parte del alumno, se procederá
a aplicar medidas disciplinarias
estipuladas en el manual de
convivencia escolar. De no existir
antecedentes se levantará acta,
danto termino a dicho
procedimiento.
• Director
• Encargado (a)
de
Convivencia
Escolar
Monitoreo
mensual
durante el
primer
trimestre.
PROTOCOLO FRENTE A MALTRATO Y/O ABUSO SEXUAL INFANTIL.-
Maltrato y/o Abuso Sexual Infantil.-
Indicadores de posible abuso sexual infantil.-: no posee un único
indicador determinante, sino un conjunto de ellos que finalmente
pueden ayudar a los adultos a descubrir si un niño(a) o adolescente
se encuentra ante un peligro inminente, o es víctima de abuso. Un
adulto debe actuar ante las siguientes situaciones:
• Cuando la propia víctima es quien revela el o los hechos.-
• Un tercero, ya sea compañero de escuela o un adulto da cuenta
que el niño(a) o adolescente está siendo abusado.-
• El adulto detecta que un menor puede ser víctima de abuso
cuando evidencia algunas señales o conductas que antes no
presentaba. Cambios de comportamiento, hábitos o formas de
relacionarse con los demás.-
Maltrato Infantil: Violencia que subyace sobre la concepción que desconoce al
niño (a) como sujeto de derechos, por lo que es sometido a relaciones de
arbitrariedad, autoritarismo y ejercicio del poder, causando algún tipo de daño
en éste ya sea físico, psicológico o emocional.
Normativa legal
El artículo 175 del Código Procesal Penal, del 2005 (CPP), establece que el
adulto (Director, encargado de convivencia, inspector, profesor) que tome
conocimiento de una situación de abuso, está obligado a denunciar el
hecho ante la Fiscalía, Carabineros, Policía de Investigaciones o Ministerio
Público. En un plazo de máximo de 24 horas desde conocido el hecho. A su
vez, si la familia no garantiza la protección y cuidado del niño/a, se debe
efectuar un Requerimiento de Protección dentro de las 48 horas siguiente de
acaecido el hecho (art.176). En tanto, las personas indicadas en el artículo 175,
que omitieran hacer la denuncia que en él se prescribe, incurrirán en la pena
prevista en el art. 494 del código penal, la que señala una multa que oscila
entre 1 y 4 UTM.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 79
Procedimientos frente a sospecha o certeza abuso sexual.
Procedimiento Medidas Responsable (S) Plazos
Denuncia • Denuncia de la sospecha o
certeza del posible abuso
sexual infantil, observado o
conocido previamente, por
parte de cualquier miembro
de la institución: docente,
asistente de la educación,
apoderado (a) o alumno (a).
• Comunicar la situación al
director/a, inspector
general o quien esté a
cargo del establecimiento
en el momento de que se
tiene conocimiento de la
situación. A su vez,
desde el establecimiento
se deberá informar la
situación a DAEM, esto una
vez avanzada la
investigación.-
• Todo lo anterior registrado
en actas con firma por
parte del denunciante.
• Director (a).
• Encargado
(a) de
• Convivencia
Escolar.
• Profesor (a)
jefe.
• Inspector (a).
• Cualquier
otro adulto
funcionario
del
establecimie
nto.
Denuncia
Inmediata
Proceso de
investigación/
acogida del
posible niño
• Generar un clima de
acogida y confianza
frenta al posible niño (a)
vulnerado (a), através de
• Director (a).
• Encargado
(a) de
Convivencia
2 días
hábiles
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 80
vulnerado una
• Entrevista en un lugar
tranquilo y privado.
Siempre se debe derivar a
un profesional
especializado en la
materia.
Escolar
• Psicólogo o
Trabajador
social
Citación y/o
información al
apoderado si
la situación lo
requiere.
• Comunicar a la familia y/o
apoderado y/o adulto
protector la situación de
posible vulneración,
señalando la
obligatoridad de
denunciar los hechos
según los articulos
175,176,177 del Código
Procesal Penal, del 2005
(CPP), indicando plazos y
organismos frente a los
cuales denunciar Plazo: 24
horas
• Director (a).
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar.
• Dupla
psicosocial
• Profesor (a)
jefe.
Reportar y
determinar las
medidas a
tomar frente a
la situación
de sospecha
y/o posible
certeza de
maltrato y/o
• En caso de sospecha de
abuso sexual, realizar una
derivación externa hacía
una red de apoyo local,
comunal o nacional: red
SENAME, Servicio de
Salud, y/o Tribunal de
Familia (últimos según
correponda).
• Director (a).
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar.
• Psicólogo
• Trabajador
social
24 horas
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 81
A considerar: En caso que el abusador sea un funcionario del
establecimiento, este debe ser apartado inmediatamente de sus
funciones y se debe presentar la denuncia a los organismos
abuso sexual
infantil
• En caso de certeza del
abuso sexual, ya que las
lesiones son atribuibles a
una agresión, o es
relatada por el niño, o un
tercero fue testigo ocular
del hecho, se debe
trasladar al menor, al servicio
de salud de urgencia más
cercano o al servicio médico
legal a fin de constatar
lesiones. En este mismo lugar,
se podrá interponer la
denuncia ante carabineros o
policía de investigaciones
que este destinado en el
lugar. En su defecto
denunciar ante fiscalia local
• Plazo: 24 horas
Cierre y
monitoreo
• Se realiza acompañamiento,
seguimiento académico y
coordinación con equipo de
atención al que fuese
derivado, desde efectuada la
denuncia hasta culminar el
proceso de atención del
alumno (a) en la institución
correspondiente.
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar.
• Dupla
Psicosocial
Mensual
y/o
trimestal
según
reportes.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 82
pertinentes, en este caso, Ministerio Público. No obstante lo anterior
la presunción de inocencia de la cual goza todo ciudadano, la sola
denuncia, no es argumento suficiente para terminar la relación
laboral. Se debe establecer una investigación sumaria interna.
Fijando plazos, investigador y condiciones para que el sumario sea
pronto y efectivo.
En caso que el o los abusadores sean pares del o las posibles
víctimas se cita a los padres de la víctima y del victimario por
separado para comunicarle la situación ocurrida con sus hijos. De
estar frente a la sospecha de un delito existe la obligación de
denunciar a carabineros, fiscalía o PDI en un plazo de 24 horas.
Como medida de protección se sugiere que mientras se recaban los
antecedentes se suspenda a los alumnos involucrados mientras se
investiga la situación, así como la aplicación de otras medidas en
base al Manual de Convivencia existente (charlas, reuniones,
orientaciones). En caso que el agresor tenga menos de 14 años se
habla de conductas de connotación sexual y no constituye delito e
implica solo medidas de protección, la cual se solicita a organismos
colaboradores de red SENAME, según el perfil del alumno o Tribunal
De Familia local, este ultimo según las caracteristicas del caso, en el
supuesto de otras vulneraciones asociadas.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 83
Procedimiento a seguir en caso de sospecha o certeza de posible maltrato
infantil realizado por familiar o persona externa al establecimiento.
Procedimiento Medidas Responsable (S) Plazos
Denuncia.
• Informar sobre la detección o
sospecha de maltrato infantil
realizado por un familiar o
persona externa al
establecimiento, conocida
previamente, por parte de
cualquier miembro de la
institución: docente, asistente
de la educación, apoderado
(a) o alumno (a).
• La denuncia debe quedar
por escrito y firmada por el
denunciante
• Director (a).
• Encargado
(a) de
• Convivencia
Escolar.
• Profesor (a)
jefe.
• Inspector (a).
• Cualquier
otro adulto
funcionario
del
establecimie
nto.
Denuncia
inmediata
Citación de
apoderado u
otro familiar.
Sin embargo,
bajo ninguna
circunstancia
se debe citar
a los posibles
agresores.
• En caso de sospecha: citar al
apoderado del alumno(a)
para informar los
antecedentes, y determinar
en conjunto la posible
derivación a especialista
interno o externo.
• En caso certeza: Citar a los
apoderados del alumno(a)
para informar los
antecedentes conocidos por
personal de la escuela que
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar.
• Dupla
Psicosocial
24 horas
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 84
afectarían a su hijo (a) y
notificarles que por la
normativa vigente el
establecimiento esta en
obligación de poner al tanto
a las instituciones
correspondientes los
antecedentes del caso
(SENAME, centros de salud,
justicia)
Derivar a red de
apoyo.
Se elabora informe de
derivación, entregando los
antecedentes recopilados en el
establecimiento a la institución
que corresponda (SENAME o
Tribunal de Familia).
• Director/a
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar
• Dupla
Psicosocial
Monitoreo.
• Se realiza acompañamiento,
seguimiento académico y
coordinación con equipo de
atención al que fuese
derivado, desde efectuada
la denuncia hasta culminar el
proceso de atención del
alumno (a) en la institución
correspondiente.
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar
• Dupla
Psicosocial
Semanal,
mensual,
y/o
trimestral
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 85
A condiderar:
• En casos de lesiones físicas de moderadas a graves, se realizará
constatación de lesiones en El Centro asistencial más cercano, en
compañía de personal policial o con posterior informe a estos.
• Los antecedentes deben ser entregados a las instituciones correspondientes
(SENAME, JUSTICIA)
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 86
PROTOCOLO DE ACCIDENTES ESCOLARES
Accidentes Escolares.
Beneficiarios: Son beneficiarios los y las estudiantes que tengan la calidad de
alumnos regulares de establecimientos subvencionados o particulares, del nivel
de transición de la educación parvularia, de enseñanza básica, media, técnico
profesional, universitario, institutos profesionales, centros de formación técnica
dependientes del Estado o reconocidos por él.
Clasificación de los accidentes escolares.-
Leves: son aquellos que solo requieren de la atención primaria de heridas
superficiales o golpes suaves. Atendidos por el líder de primeros auxilios del
establecimiento, registrando la atención y comunicando a los apoderados por
vía telefonica o nota escrita.
Menos Graves: son aquellos que necesitan de asistencia médica Como heridas
o golpes en la cabeza u otra parte del cuerpo. El docente o educadora que se
encuentra a cargo deberá avisar en forma inmediata al Responsable de
Primeros Auxilios o Coordinador para evaluar atención interna o traslado a
centro medico local. Siendo necesario registar la atención e informar o
contactar a los apoderados.
Graves: son aquellas que requieren de atención inmediata de asistencia
médica, como lo son caídas de altura, golpes fuertes en la cabeza u otra parte
del cuerpo, heridas sangrantes por cortes profundos, quebraduras de
extremidades, pérdida del conocimiento, quemaduras, atragantamientos con
comida u otros objetos
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 87
Nota:
• Las atenciones necesarias frente a un accidente grave o menos grave
son siempre cubiertas en forma gratuita por cualquier servicio de salud
público, cubriendo gastos de hospitalizaciones, medicamentos, prótesis y
aparatos ortopédicos y su reparación; rehabilitación física y reeducación
professional y gastos de traslado para el otorgamiento de las
prestaciones (garante: Sistema Nacional de Servicios de Salud). En el
caso de aplicación de Pensiones por invalidez o cuota mourtoria, el
garante de estos derechos es el Instituto de Previsión Social.
• Las salidas pedagógicas tambien se encuentran cubiertas por el Seguro
Escolar de acuerdo a las disposiciones de la Ley N°16.744 D.S.N°313, al
igual que los accidentes de trayecto del estudiante
Procedimiento a seguir en caso de accidentes escolares graves y menos
graves
Procedimiento Medidas Responsable (s) Plazos
Denuncia del
accidente
• Se efectúa en el servicio de
salud público, por medio del
Formulario de Declaración
Individual de Accidente
Escolar, disponible en los sitios
www.escuelasegura.mineduc.
cl o
www.convivenciaescolar.cl.
Documento llenado por
funcionario del establecimiento
designado para aquello.
• Director (a).
• Médico
tratante
• Accidentad
o o
apoderado
hasta 1 día
posterior al
accidente
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 88
Citación y/o
información al
apoderado.
• Se mantendrá un registro
actualizado de los padres y
apoderados del
establecimiento, con la
finalidad de establecer rápido
contacto con ellos, a través de
sus teléfonos.
• Director
• Inspector
• Otro
funcionario
del
establecimie
nto
desigando
Inmediata
mente
ocurrido el
accidente.
Necesidad de
traslado a
urgencia
• Si un/a estudiante requiere ser
trasladado de urgencia, la
Escuela deberá hacerlo y
esperará en el servicio de salud
hasta que el apoderado se
haga presente. Siendo
necesario contar con carta
formato que respalde la salida
de quien traslade al alumno,
asi como una lista de
funcionarios quienes puedan
trasladar al alumno.
• Director (a).
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar.
• Otro
funcionario
del
establecimie
nto
desigando
Inmediata
mente
ocurrido el
accidente.
Cierre y
monitoreo
• Todo procedimiento debe ser
registrado en la declaración
individual del accidente
Escolar y Bitácora del
establecimiento.
• Director (a).
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar.
• Otro
funcionario
del
establecimie
nto
desigando
Monitoreo
diario o
semanal
en el caso
de
accidente
s graves.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 89
.
PROTOCOLO DE SALIDAS PEDAGÓGICAS Y VIAJES DE ESTUDIO
Salidas pedagógicas y viajes de estudio.
Salidas pedagógicas: Las salidas pedagógicas son actividades de aprendizaje
desarrolladas fuera del establecimiento que se vinculan directamente con el
desarrollo de uno o varios de los subsectores. Se desarrollan en horario de clases
y deben contar siempre con la supervisión del docente del subsector
respectivo. Por ejemplo, salidas a museos, zoológicos, teatros, cines,
excursiones, visitas a lugares históricos, entre otros.
Giras de estudio o paseo de curso: Son actividades recreativas y de
esparcimiento que se desarrollan fuera del establecimiento no utilizando el
horario normal de clases. Éstas deberán contar con el respaldo y supervisión de
uno o más apoderadas/os y el profesor/a jefe del curso respectivo. Por ejemplo,
paseos a la playa o al campo, campamentos, picnic, etc.
Protocolo y/o reglamento para toda salida pedagógica.
Procedimiento Medidas Responsable (s) Plazos
Gestión de
solicitud
• El docente a cargo de la
salida presentará la
solicitud a la dirección,
con copia al jefe
técnico del
establecimiento.
Indicando, curso, lugar,
objetivo, participantes,
horarios de salida y
llegada, y medidas de
seguridad del viaje.
• Director (a).
• UTP
• Docente
Salida
pedagógica:
15 días
Gira de
estudio o
paseo de
curso: 15 días
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 90
Autorización,
información al
apoderado.
• Enviar el documento de
autorización de salida a
los apoderados, los
cuales deberán
devolverla firmada. El/la
alumno/a que no
presente dicha
autorización, no podrá
salir del establecimiento.
• Director
• UTP
• Docente
2 días
Suspensión de
la salida
• El profesor a cargo
deberá informar a la
dirección del
establecimiento, así
como a todos los
participantes, la
suspensión de la salida
pedagógica. Se
aceptará la suspensión
sin previo aviso, solo en
casos de emergencia
y/o motivos de fuerza
mayor no regulados
desde establecimiento.
• Director
• UTP
• Docente
2 días
Cierre de la
salida
pedagógica.
• El docente a cargo,
deberá entregar un
informe escrito con lo
desarrollado en la salida
pedagógica, y una
evaluación de la misma.
• Director
• UTP
Docente
2 días
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 91
Importante: las salidas fuera de la comuna siguen el mismo protocolo antes
presentado, sin embargo, son autorizadas por la Dirección Provincial de
Educación por petición de la dirección del establecimiento, quien vía oficio
adjunta la nómina de estudiantes con Rut, la autorización de los padres y los
datos de la locomoción y chofer que los transporta; documentos y datos que
deben ser recabados por el profesor a cargo de la salida.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 92
PROTOCOLO DE ATENCIÓN DE PADRES, APODERADOS Y/O ADULTOS
RESPONSABLES
Procedimiento Medidas Responsable (S)
Citación ✓ Los apoderados podrán recibir o solicitar
una entrevista con profesor/a jefe,
profesor/a de asignatura, profesionales y
directivos del establecimiento, vía agenda
escolar y con formato institucional de
citación. A su vez, podrán hacerlo vía
telefónica o presencial, dejando evidencia
escrita del acuerdo convenido. La persona
que haya citado atenderá al apoderado
en el horario que citó o en el horario que
ambos acordaron.-
• Directivos
• Docentes
• Inspectores
• Profesionales
Coordinación
y registros de
asistencia a la
entrevista
✓ El apoderado debe confirmar su asistencia
o reagendar la entrevista vía agenda
escolar o al teléfono de la escuela.
✓ Los apoderados deberán comunicar en la
entrada del establecimiento con la persona
que esté de turno en portería y luego se le
dará aviso a la persona que ha realizado la
citación.-
✓ Quien cito, deberá dirigirse a la entrada del
establecimiento para recibir al
apoderado/a y conducirlo al lugar de la
entrevista.-
✓ Cada entrevista quedará registrada en el
cuaderno del docente, donde se debe
completar toda información allí solicitada y
debe ser firmada por el apoderado y la
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 93
Consideraciones sobre las entrevistas a apoderados que desarrollan docentes,
profesionales y directivos.-
Aspectos a considerar por parte del entrevistador:
✓ Preparar el material de apoyo que sea necesario (informes, notas,
observaciones en hoja de vida, recolectar información con otros docentes,
etc.)
✓ Buscar o adecuar un lugar para la entrevista, que en lo posible sea tranquilo,
cómodo, sin interrupciones y confidencial.
✓ Dar a conocer características y acciones positivas del alumno/a y
manifestarlas antes de lo negativo. Transmitiendo ideas para la solución de
los últimos.
✓ Tener un orden prefijado en la entrevista: escolar, personal, social.
✓ Establecer compromisos y acuerdos con los padres al finalizar la entrevista.
persona que realizó la entrevista.-
No asistencia
a la entrevista
✓ Si el apoderado no se presenta a la
entrevista, ya sea con o sin justificación,
esto deberá ser registrado en el cuaderno
del profesor, adjuntando justificativo en
caso de que exista.
Otros a
considerar
✓ Cualquier tema relevante que necesite
atención inmediata se le debe informar al
director.
✓ En el caso de los docentes jefes y familia, se
sugiere realizar como mínimo una entrevista
por semestre, con el objetivo de cautelar el
proceso y trayectoria educativa del
estudiante
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 94
PROTOCOLO DE CANCELACIÓN DE MATRICULA Y EXPULSIÓN
Protocolo De Cancelación De Matricula Y Expulsión
Cancelación de Matrícula: Medida disciplinaria en la que se da aviso al
padre, madre o apoderado de la no continuidad en el proceso de matrícula
del o la estudiante para el año siguiente.
Expulsión: Medida disciplinaria que se aplica durante el transcurso del año y
que implica que el o la estudiante debe irse del establecimiento.
Condicionalidad de la matrícula: medida disciplinaria que se aplica durante
el trascurso del año, como medida de alerta previa a otras más complejas
como lo son la cancelación de matrícula y/o expulsión. Existiendo periodos de
evaluación, respecto a los compromisos asumidos y a una fecha cierta de
levantamiento si la evaluación es positiva.
Importante: La responsabilidad de aplicar las medidas de condicionalidad,
cancelación o expulsión, recaen exclusivamente en el director del
establecimiento, o docente encargado. Debiendo estar estas medidas,
contempladas en el reglamento interno de convivencia escolar, con sus
respectivas causales, procesos declarados y culminados (evidencia por
escrito). No pudiendo aplicarse estas medidas en un periodo del año que
haga imposible poder matricular al estudiante en otro establecimiento.
Etapas y procedimientos a seguir en caso de posible expulsión y/o cancelación
de matrícula
Procedimiento Medidas Responsable (s) Plazos
Requisitos para
aplicar las
medidas
• Se aplicará ante hechos que
afecten gravemente la
convivencia escolar.
• Debe garantizar un
procedimiento racional y
justo.
• Director
• Encargado
de
Convivencia
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 95
Acciones previas
• Representado la
inconveniencia de las
conductas, advirtiendo la
eventual aplicación de
sanciones.
• Implementar Medidas de
Apoyo pedagógico y/o
psicosocial: diagnóstico,
plan de trabajo, seguimiento
y evaluación de las
acciones adoptadas,
compromisos del
estudiante y el
establecimiento.
• Aplicar medida de
condicionalidad de
matrícula, informando la
posible cancelación del
cupo para el estudiante en
el año siguiente. Situación
que debe ser expuesta al
apoderado(a), y firmada
por este (a)
• Director
• Encargado
de
Convivencia
Escolar
• Dupla
psicosocial
Excepcionalidad
• Cuando la Medida se deriva
de una Conducta que
atenta directamente contra
la integridad física o
psicológica de algún
miembro de la comunidad
educativa. Sólo en este caso
no es necesaria la existencia
• Director
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 96
de la gradualidad y podrá
aplicarse en cualquier
período del año (expulsión).
Proceso de
cancelación en
base a evidencias
existentes
• Existencia de procedimiento
previo
• Decisión adoptada por el
director
• Notificada por escrito a los
interesados (apoderado y
alumno)
• Director
• Encargado
de
Convivencia
Escolar
• Dupla
psicosocial
• Solicitud por escrito de
reconsideración de la
medida, por parte de los
involucrados al Director.
• Director
• Apoderado
15 días
• Previa consulta a consejo de
profesores (en base a
informes que evidencien la
realización de acciones
previas). El director resolverá
si presentar o no la medida
frente a la Superintendencia
De Educación, quienes
deben dar respuesta del
caso.
• Director
• Consejo de
profesores
5 días
Cierre • Hasta la pronunciación de
superintendencia, el alumno
continúa como alumno del
establecimiento.
• Superintende
ncia de
Educación
5 días
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 97
PROTOCOLO DE VIOLENCIA FISICO Y/O PSICOLOGICA
Violencia física o psicológica
Importante: La activación de este protocolo se realizara una vez que se realice
la denuncia, ya sea por sospecha y/o por certeza de alguna situación que
revista carácter de violencia.
Violencia Psicológica: Insultos, amenazas, burlas, rumores mal intencionado,
aislamiento, discriminación en base a la orientación sexual, creencia religiosa,
origen étnico, etc. (Orientaciones sobre LSVE).
Violencia Física: Es toda agresión que provoca daño o malestar; patadas,
empujones, cachetadas, manotazos, mordidas, arañazos, etc., que pueden ser
realizadas con el cuerpo o con algún objeto (Orientaciones sobre LSVE).
Procedimiento a seguir en caso de posible violencia física o psicológica entre
alumnos (as):
Procedimiento Medidas Responsable (s) Plazos
Denuncia. • Denuncia inmediata de la
agresión física o
psicológica observada o
conocida previamente,
por parte de cualquier
miembro de la institución:
docente, asistente de la
educación, apoderado
(a) o alumno (a).
• La denuncia debe quedar
por escrito y firmada por el
denunciante
• Director (a).
• Encargado
(a) de
• Convivencia
Escolar.
• Profesor (a)
jefe.
• Inspector (a).
• Cualquier
otro adulto
funcionario
del
establecimie
Denuncia
inmediata
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 98
nto.
Acudir al
lugar del
conflicto.
• Funcionarios acuden a la
sala, patio, etc., e intervienen
en la situación conflictiva.
• Director (a).
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar
• Profesor (a)
jefe.
• Inspector (a).
Proceso de
investigación
entrevistar a
involucrados
(as) y testigos.
• Se recopila información de los
hechos
• Paralelamente a la
recopilación de
antecedentes, se cita a
apoderados y alumnos /as
involucrados en el hecho.
• Se solicita a los involucrados
hagan sus descargos ante los
hechos que arrojo la
recogida de información y su
posible participación.
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar.
2 días
hábiles.
Citación y/o
información al
apoderado si
la situación lo
requiere.
• Apoderado (a) toma
conocimiento y firma
documento de mediación
y/o sanción de carácter
formativa de los o las
estudiantes.
• Se procederá en primera
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 99
instancia a un acuerdo de
mediación en caso que la
agresión sea leve.
• Si la agresión es grave se
establece medida
disciplinaria de acuerdo al
Manual de Convivencia
escolar.
Cierre • Mediante entrevista con los
apoderados involucrados, se
evaluará continuidad de la
situación, en el que si se
reiterará la acción de
violencia, por parte del
alumno sindicado como
agresor, se aplicarán nuevas
medidas disciplinarias
estipuladas en el manual de
convivencia escolar. De no
existir antecedentes se
levantará acta, danto
termino a dicho
procedimiento.
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar.
30 días
luego de
ocurrido el
hecho.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 100
Procedimiento a seguir en caso de de posible maltrato, violencia o agresión por
parte de un adulto miembro de la comunidad escolar a alumnos. (as)
Procedimiento Medidas Responsable (s) Plazos
Denuncia. • Denuncia inmediata al
superior jerárquico
inmediato, de la agresión
física o psicológica de un
adulto a un estudiante,
observada o conocida
previamente, por parte
de cualquier miembro de
la institución: docente,
asistente de la educación,
apoderado (a) o alumno
(a).
• La denuncia debe quedar
por escrito y firmada por
el denunciante.
• Director (a).
• Encargado (a)
de
• Convivencia
Escolar.
• Profesor (a) jefe.
• Inspector (a).
• Cualquier otro
adulto
funcionario del
establecimiento
.
Denuncia
inmediata
Proceso de
recopilación
de
antecedentes
• Se recaba información de los
hechos.
De manera preventiva se
apartará el funcionario/a,
durante la recolección de los
antecedentes.
• Director (a).
• Encargado (a)
de Convivencia
Escolar.
• Profesor (a).
• Inspector (a).
2 días
hábiles.
Citación
apoderado.
• Se informa al apoderado (a)
los hechos recopilados y
medidas a considerar, estas
• Director/a
• Encargado (a)
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 101
según el manual de
convivencia escolar
existente.
de Convivencia
Escolar
Sanciones • En el caso de contar con
todos los elementos
necesarios para acreditarse
la responsabilidad de un
funcionario en el actos de
maltrato, violencia física o
psicológica que afecten a un
alumno (a) de la comunidad
escolar, se procederá a
imponer las medidas que
contemplan en reglamento
del estatuto docente articulo
53 y siguiente (denuncia
judicial según el mérito del
caso).
• Director/a
• Encargado (a)
de Convivencia
Escolar
Apelación. • Las partes tendrán la
posibilidad de apelar en
contra de la resolución
ofrecida por el
establecimiento. La
apelación se presentará por
escrito a la Dirección.
• Director/a
• Encargado (a)
de Convivencia
Escolar
5 días
hábiles
Mediación
entre alumno
(a) y adulto.
• De tratarse de hechos de
menor relevancia, se
procederá a realizar un
acuerdo entre alumno (a) y
• Director/a
• Encargado (a)
de Convivencia
Escolar
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 102
adulto involucrado con el
objetivo fomentar la buena
convivencia y prevenir que
ocurran situaciones similares.
Monitoreo de
los acuerdos.
• Se revisará el cumplimiento
de acuerdos realizados entre
el alumno (a) y adulto de la
comunidad educativa
involucrado, mediante
entrevista con ambos
• Director/a
• Encargado (a)
de Convivencia
Escolar
Monitoreo
mensual
durante el
primer
trimestre
❖ A considerar: En el caso de violencia física, la persona agredida será
derivada a atención médica para primeros auxilios y/o constatación de
lesiones al servicio de salud más cercano, paralelamente se informará a
las familias involucradas y según el caso a la/s instituciones pertinentes
(DAEM, Carabineros, PDI, ETC).
Procedimiento frente la agresión física o psicológica de un o una estudiante a un
adulto de la comunidad educativa.
Procedimiento Medidas Responsables Plazos
Denuncia • Cualquier miembro de la
comunidad educativa informa
sobre agresión de las o los
estudiantes a un adulto de la
comunidad educativa.
• Se comunica vía telefónica al
apoderado y se solicita su
presencia inmediata en el
establecimiento.
• Director (a).
• Encargado
(a) de
• Convivencia
Escolar.
• Profesor (a)
jefe.
Denunci
a
inmedia
ta
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 103
• Inspector (a).
• Cualquier otro
adulto
funcionario
del
establecimien
to.
Proceso de
recopilación
de
antecedentes
• Se recopila información
respecto a los hechos, por
medio de entrevistas a los
involucrados y testigos
• Se registra situación en hoja de
vida del estudiante.
• Involucrar a la dupla psicosocial
del establecimiento. De no
contar con este recurso, se
evaluará la solicitud de apoyo
a organismos de Red SENAME.
• Encargado(a)
de
Convivencia
escolar
• Dupla
psicosocial
2 días
hábiles
Determinar
mediación y/o
Sanción según
corresponda.
• Se determina sanción formativa
o disciplinaria considerando
agravantes y atenuantes.
• Director
• Encargado
(a) de
Convivencia.
Entrevista al
apoderado.
• Se informa conducta del
alumno (a) y las medidas
formativas y/o disciplinarias
establecidas para subsanar el
daño causado. Pudiendo según
la gravedad de los hechos,
pudiesen aplicarse procesos
• Encargado
(a) de
Convivencia.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 104
A considerar:
En caso de ser reiteradas las agresiones del alumno (a) a las o los funcionarios
del establecimiento se adoptarán las siguientes acciones:
• Se realizará derivación a la unidad de psicología del establecimiento
donde se entregarán habilidades sociales y normas de convivencia.
• Si el alumno pernota en dependencias del internado del Establecimiento,
se informara al apoderado de la posible pérdida de ese beneficio.
• En caso de continuar la conducta se realizará derivación a red de apoyo
(salud, justicia, red SENAME).
• Se aplicarán otras medidas disciplinarias y formativas según protocolo de
faltas leves, graves y gravísimas del establecimiento, pudiendo incluso
llegar a la expulsión o cancelación de la matrícula.
para las sanciones de expulsión
y/o cancelación de matrícula
Monitoreo de
los acuerdos.
• En caso de desestimarse la
medida de expulsión y/o
cancelación de matrícula. Se
realizará seguimiento del
cumplimiento de acuerdos
realizados entre el alumno (a) y
adulto de la comunidad
educativa involucrados.
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar
Monitor
eo
mensual
durante
el
primer
trimestre
.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 105
PROTOCOLO DE DE ESTUDIANTES EMBARAZADAS, MADRES O PADRES
Protocolos de estudiantes embarazadas, madres o padres
Descripción: La Ley Nº 20.370 General de Educación de 2009 da protección a la
embarazada y madre adolescente, y está por sobre los reglamentos internos
de los establecimientos educacionales.
Un establecimiento educacional protector de trayectorias educacionales
debe cumplir con las características, sustentadas en ley n° 20.370 general de
educación de 2009 (artículos n° 11°, 15°, 16° y 46°); decreto supremo de
educación n° 79 de 2004; ley n° 20.418 de salud de 2010; convención de los
derechos del niño (menores de 18 años de 1989).
Procedimiento para estudiantes embarazadas, madres o padres.-
Procedimiento Medidas Responsable (s)
Informar al
establecimient
o
El o la estudiante, de ser posible
junto a su apoderado/a debe
Informar su situación, y definir en
conjunto cómo va a seguir tu
proceso escolar para completar el
año.
• Directivos
• Encargado
Covivencia
Escolar
• Profesor jefe
Derechos Ley Nº 20.370/2009 (LGE) General de
Educación, Art. 11, señala: “El
embarazo y la maternidad en
ningún caso constituirán
impedimento para ingresar y
permanecer en los establecimientos
de educación de cualquier nivel,
debiendo estos últimos otorgar las
facilidades académicas y
administrativas que permitan el
• Directivos
• Encargado
Covivencia
Escolar
• Profesor jefe
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 106
cumplimiento de ambos objetivos”
Rol de los
padres
apoderados
Cumplir el rol de acompañamiento y
de comunicación con el
establecimiento. Mediante firmas de
acuerdos y compromisos, asi como
cambios durante el proceso.
• Encargado
Covivencia
Escolar
Rol del
establecimient
o
Orientar y asegurarse de que los
alumnos y las alumnas en condición
de futuros padres, accedan a los
beneficios que entrega el ministerio
de educación y otros que ofrece el
Estado.
• Director
• Encargado
Convivencia
escolar
• Dupla
psicosocial
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 107
PROTOCOLO DE PORTE DE ARMAS.-
Descripción: En todo establecimiento educacional está prohibido portar todo
tipo de armas (blancas y/o de fuego), instrumentos, utensilios u objetos
cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia
de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos.-
(ley N° 19.975 que modifica el Código Penal en materia de uso y porte de armas,
y que tiene por finalidad agravar la sanción de los delitos cometidos con armas,
sean éstas de fuego o blancas)
Procedimiento por porte de armas de fuego, blanca o corto-punzante dentro
del establecimiento.
Procedimiento Medidas Responsable (s) Plazos
Denuncia. • Cualquier miembro adulto
del establecimiento que
observe a algún menor de 14
años que este portando un
arma blanca corto-punzante
deberá solicitar al alumno
que haga entrega del arma
y se requisa inmediatamente.
• En el caso de mayores de 14
años, quien sorprenda al
alumno-a debe llevarlo a
Inspectoría y/o convivencia
escolar.
• En el caso de armas de
fuego, siempre será la policía
quien proceda en la requisa
del arma.
• Director (a).
• Encargado (a)
de
• Convivencia
Escolar.
• Profesor (a)
jefe.
• Inspector (a).
• Cualquier otro
adulto
funcionario del
establecimient
o.
24 horas
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 108
Proceso de
recopilación
de
antecedentes
• El encargado tomará nota
de los hechos, los cuales
serán escritos y leídos al
estudiante para que luego
los firme.
• Se llamará al Apoderado
para informar el hecho
ocurrido y solicitar que se
presente en el
establecimiento.
• Encargado (a)
de
Convivencia
Escolar
• Psicólogo y/o
trabajador
social
• Profesor jefe
24 horas
Medidas • Se aplicará la sanción
correspondiente de acuerdo
al Manual de Convivencia
Escolar.
• Se informará a OPD (Oficina
de Protección de Derechos)
u otra red colaboradora de
red SENAME según el perfil
del alumno, para
conocimiento y fines
En caso de amenaza o uso del
arma
• Se denunciará el hecho a
Carabineros, solicitando
apoyo policial, y según el
caso, de existir algún
lesionado o herido, el apoyo
de un paramédico o técnico
en enfermería, bomberos o
apoyo de cualquier otra
• Director (a).
• Encargado (a)
de
• Convivencia
Escolar.
• Psicólogo y/o
trabajador
social
24 horas
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 109
*En casos de porte y uso de armas, el establecimiento realizará la denuncia ante
fiscalía y coordinará la investigación a requerimiento de la autoridad.
índole pertinente. En estos
casos, la requisa y custodia
del arma, la debe realizar la
autoridad policial.
• Aplicar la evacuación
parcial o total si fuera
necesario, en el entendido
de que lo más importante es
la protección e integridad de
las personas.
• Se aplicará medida de
expulsión
Cierre • Se deberá dejar registro de
la fecha y hora de cada uno
de los puntos enumerados
anteriormente.
• Monitoreo interno, o con la
red a la que se derivo, en el
caso de permanencia del
alumno en el
establecimiento
• Encargado (a)
de
Convivencia
Escolar.
Monitoreo
mensual
durante
el primer
trimestre
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 110
PROTOCOLO DE PORTE Y CONSUMO DE DROGAS.-
PORTE Y CONSUMO DE DROGAS.-
Drogas: La Organización Mundial de la Salud (OMS) define a la droga como
cualquier sustancia natural o sintética que al ser introducida en el organismo es
capaz, por sus efectos en el sistema nervioso central, de alterar y/o modificar la
actividad psíquica, emocional y el funcionamiento del organismo. Se entiende
por drogas ilícitas aquellas cuya producción, porte, transporte y
comercialización está legalmente prohibida o que son usadas sin prescripción
médica. Se distinguen según su origen en drogas naturales (provenientes de
alguna planta) o sintéticas (elaboradas a partir de sustancias químicas).
Normativa legal
De acuerdo a la Ley Nº 20.000, el consumo de drogas es una falta (no un delito),
por lo que no tiene penas privativas de libertad.
Plan de acción frente a la situación de consumo de alcohol y drogas por parte
de un estudiante.
Procedimiento Medidas Responsable (s)
Plazos
Acciones previas • Coordinar acciones
preventivas con organismos
competentes (SENDA,
CESFAM, Carabineros,
entre otros), orientadas en
la prevención del consumo
de alcohol y drogas;
detección precoz del
consumo de drogas; ley
de drogas y
responsabilidad penal
• Director (a).
• Encargado
(a) de
• Convivencia
Escolar.
• Psicólogo y/o
trabajador
social
En
cualquier
periodo
del año
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 111
adolescente.
• Actividades con SENDA, al
menos una vez al año, más
aplicación de material
continuo preventivo.
Denuncia. • Todo miembro adulto de la
comunidad educativa
debe informar a los
Directivos o Dpto. de
Convivencia escolar,
situación de sospecha o
consumo de drogas por
parte de un estudiante que
ocurra dentro o fuera del
establecimiento
educacional.
• En el caso de los alumnos;
estos pueden dirigirse a su
profesor jefe y/o profesor
de mayor confianza a
denunciar la situación, y
este encargarse de
informar a Dirección.
• Director (a).
• Encargado
(a) de
• Convivencia
Escolar.
• Profesor (a)
jefe.
• Inspector (a).
• Cualquier
otro adulto
funcionario
del
establecimie
nto.
• Apoderados
y alumnos
24 horas
de
Proceso de
recopilación de
antecedentes
• Realización de entrevistas a
testigos.
• Evaluación de la situación
con equipo técnico y de
convivencia escolar
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar
• Dupla
48 horas
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 112
• Entrevista con el
apoderado para informar
la situación y medidas a
aplicar de acuerdo al
reglamento de
Convivencia Escolar.
psicosocial
Medidas • Aplicacion de sancion
según Manual De
Convivencia Escolar.
• Ejecutar acciones de
prevención en el grupo
curso, a cargo de SENDA
Previene, con apoyo del
establecimiento
educacional.
• Se deriva a las instituciones
de apoyo tales como
CESFAM
• En el caso de micro tráfico
se realizará la denuncia a
PDI y Carabineros de Chile.
• Se informará a OPD u otra
red colaboradora de
SENAME, según perfil del
caso.
• Directivos.
• Encargado
(a) de
• Convivencia
Escolar.
• Dupla
psicosocial
3 días
habiles
Seguimiento y
acompañamiento
• Monitoreo del estudiante
posterior a la denuncia, por
medio de reporte y
• Encargado
(a) de
Convivencia
mensual
y/o
trimestral
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 113
MICRO TRÁFICO
El micro tráfico: es un delito, que puede darse en los establecimientos
educacionales. Se configura por el acto de poseer (que es tener en calidad
de dueño); portar (llevar drogas consigo independiente de quién sea el dueño);
transportar (entendido como el traslado en algún medio de transporte) o
guardar pequeñas cantidades de drogas, a menos que justifique que están
destinadas a la atención de tratamiento médico o a su uso o consumo
personal y exclusivo y próximo en el tiempo.
Normativa legal
La Ley Nº 20.000, publicada en el Diario Oficial el 16 de febrero de 2005,
sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas,
sustituyendo la Ley 19.366.
Plan de acción frente a la situación de tráfico o posible microtrafico de drogas al
interior del establecimiento
acompañamiento por
parte de profesor Jefe y
profesionales del área
psicosocial dispuestos para
aquello.
• Coordinación con
instituciones que
investigan el caso y otras
redes de apoyo.
Escolar.
• Dupla
psicosocial
según
reportes
Procedimiento Medidas
Responsable (s)
Plazos
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 114
Acciones
previas a la
denuncia
• Los docentes y personal del
establecimiento, que
detecten o sean informados
de una situación de posible
tráfico de drogas, deben
informar inmediamtamente a
los directivos del
establecimiento, aportando
antecedentes de manera
reservada y oportuna.
Resguardando el principio de
inocencia.
• Director (a).
• Encargado
(a) de
• Convivencia
Escolar.
• Director (a).
• Cualquier
adulto
funcionario
del
establecimie
nto
Denuncia
inmediata
Proceso de
recopilación
de
antecedentes
• Es fundamental que los
encargados indaguen en
cada caso para determinar si
se trata de consumo personal
o de microtrafico.
• Director (a).
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar.
• Dupla
Psicosocial
48 horas
Medidas • Aplicacion de sancion según
manual de convivencia
• Tomar contacto con SENDA
Previene
• Se informará a OPD u otra
red colaboradora de SENAME,
según perfil del caso.
• Directivos
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar.
24 horas
Denuncia • Una vez en conocimiento, el • Director (a). 24 horas
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 115
director como funcionario
público, tiene la obligación de
denunciar al Ministerio
Público, a las policías o
directamente al juez, bajo
pena de presidio en el
caso que no lo haga.
• El director y/o sostenedor del
establecimiento educacional,
podrá solicitar la
participación de la Unidad
de Víctimas Testigos del
Ministerio Público, quienes
podrán decretar distintas
medidas que tiendan a la
protección de los
denunciantes y los testigos.
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar.
Seguimiento • Monitorear estado del
estudiante posterior a la
denuncia, por medio de la
coordinación con
instituciones que investigan
el caso y otras redes de
apoyo.
• Encargado
(a) de
• Convivencia
Escolar.
• Psicólogo
y/o
trabajador
social
Semanal,
mensual
y/o
trimestral
según
reportes.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 116
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE ROBOS, DE HURTOS Y
FALSIFICACIONES EN EL COLEGIO
Robos, hurtos y falsificaciones .-
ROBO: Apropiación de un bien ajeno, contra la voluntad de su dueño, mediante
algún tipo de fuerza o acción intimidaría y de violencia en contra del afectado.
HURTO: Apropiación de un bien ajeno, en desconocimiento de su dueño y sin
mediar acción violenta alguna.
FALSIFICACIÓN: Cualquier adulteración o modificación efectuada en
instrumentos públicos o privados, tales como agendas, libros de clases, actas u
otros.
Procedimiento a seguir en caso de Robos, hurtos y falsificaciones entre
estudiantes.-
Procedimiento Medidas Responsable (s) Plazos
Denuncia. • La persona que recibe la
denuncia, debe acogerla y
proceder con diligencia y
rapidez. Informando al Dpto
de Convivencia Escolar.
• Si la situación afecta a un
docente o asistente
educativo, se debe informar
directamente al Director.
• Director (a).
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar.
• Profesor (a)
jefe.
• Inspector
• Cualquier
otro adulto
del
establecimie
nto
24 horas
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 117
Proceso de
recopilación
de
antecedentes
• El encargado deberá dejar
constancia escrita del
hecho, señalando lo más
explícito posible los siguientes
antecedentes: fecha, hora,
lugar, tipo de especie
sustraída, detalles del
momento en que descubre
el hecho.
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar.
24 horas
Citación y/o
información al
apoderado
• Se citara al apoderado para
informar al apoderado/a de
las acciones y sanciones a
tomar (según normas del
manual de convivencia)
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar.
Medidas • Se deberá registrar en la Hoja
de Vida del estudiante el
hecho.
• Educar al alumno a través de
función orientadora respecto
al tema. En caso de visualizar
la necesidad, Involucrar a la
dupla psicosocial del
establecimiento, de no existir
el recurso, evaluar necesidad
de solicitar apoyo a la red
intersectorial.
• Aplicación de medida
reparatoria (devolver objeto
o sustituirlo). En el caso de
falsificación, reconocer y
• Director (a).
• Encargado
(a) de
• Convivencia
• Dupla
psicosocial
24 horas
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 118
pedir disculpas respecto al
hecho, asumir trabajo
colaborativo.
• Suspensión de clases
• Dependiendo de la
gravedad de la situación,
objeto sustraído y certeza del
hurto, se requerirá
inmediatamente la presencia
de Carabineros.
Seguimiento y
Cierre
• En el caso de hurtos, si la
denuncia fuera fundada con
responsables, se realizará
seguimiento de que aquellas
conductas sean erradicadas,
mediante entrevistas con el
docente jefe del alumno (a),
el o la estudiante, y su
apoderado (a), director o
funcionario según
corresponda.
• Si la denuncia fuera
infundada, se levantará
acta, informara a DAEM, y se
desestimara la denuncia.
• Encargado
(a) de
Convivencia
Escolar.
Monitoreo
mensual
durante
el primer
trimestre.
hh
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 119
PROTOCOLO DE RECREOS
Horario de recreos
Primer Ciclo Básico Segundo Ciclo Básico
Lunes – Miércoles –Viernes
15:30 a 15:40 / 17:10 a 17:20
Martes –Jueves
15:30 a 15:40 / 17:10 a 17:20
18:50 a 18:55
Lunes –Miércoles – Viernes
09:45 a 10:00 / 11:30 – 11:40
Martes - Jueves
09:45 a 10:00 / 11:30 – 11:40
13:10 – 13:15
Procedimiento Medidas Responsable (s)
La salida del
alumnado debe
realizarse de forma
ordenada y fluida.
Cada Profesor se hará
responsable de que los
estudiantes salgan de manera
ordenada de la sala de clases.
• Profesor de
asignatura.
Todas las salas de
clases deben
quedar cerradas
El profesor se encargará al final de
cada período cerrar la sala de
clases mientras los estudiantes
estén en recreo.
• Profesor de
asignatura.
Los alumnos deben
sacar lo necesario
para el recreo
(colaciones,
juegos, remedios,
etc.).
Si durante el recreo, ocurriera
cualquier situación anómala
como: accidentes, problemas de
convivencia u otros. Deberá ser
informado en forma inmediata a
la Encargada de Cruz Roja o
Encargada de Convivencia según
corresponda.
• Encargado
Convivencia
Escolar
• Encarga de
Cruz Roja.
Al toque de
campana de
retorno a clases
Al término del recreo, al toque de
campana, los profesores serán los
encargados de abrir las puertas
• Profesor de
asignatura.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 120
PROPROTOCOLO BUS DE ACERCAMIENTO
cada profesor se
hace cargo de
formar a los
estudiantes para
que ingresen de
forma ordenada.
de las salas de clases y esperar a
los estudiantes para formarlos y
que ingresen de forma ordenada.
PROCEDIMIENTO MEDIDAS RESPONSABLE PLAZO
Beneficiarios Los alumnos que pertenezcan a
los sectores establecidos o
cercanos al recorrido (Santa Fé
, Bombero Garrido, Aguas
Negras y Vaticano) que no
puedan acceder a locomoción
colectiva o particular.
Asistente
Social
Puntos de
entrega y retiro
de los
alumnos/as
Transportista coordina con
apoderados responsables los
lugares donde entregarán y
recibirán a sus hijos o pupilos.
Chofer
Asistente del
bus
Apoderados
Suspensión
temporal del
servicio
En caso de no ocupar el
servicio durante una semana
sin justificar en inspectoría.
Faltas de respeto en forma
reiterada hacia el chofer y/o
compañeros
Inspector
Enc
Convivencia
48 hrs.
Cancelación del
servicio
En caso de faltas graves
cometidas por los alumnos:
agresiones a compañeros , a
chofer . En caso de agresiones
o insultos cometidos por
apoderados
Enc
Convivencia
Director (a)
Inmediata
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 121
Importante: En caso de reclamos (apoderados, alumnos o chofer) por
situaciones ocurridas en el bus de traslado se exigirá que se haga llegar a
Dirección por escrito la problemática ocurrida con respaldo de firma.
PROTOCOLO DE VISITAS DOMICILIARIAS/ TRABAJO EN TERRENO
VISITAS DOMICILIARIAS/ TRABAJO EN TERRENO
Objetivo y Alcances: El protocolo de trabajo en terreno, especialmente en lo
referido a las visitas domiciliarias, tiene como objetivo establecer la metodología
para la protección de la integridad física de todos los profesionales del área
psicosocial y encargados de Convivencia Escolar (C.E) que trabajan en
educación, y que debido a sus funciones de apoyo familiar de los alumnos,
realizan trabajos en terreno a cuenta de la institución, y/o en representación de
ella.
Respecto a la protección de la integridad física de los profesionales referidos, se
hace necesario definir el concepto “Accidente del Trabajo”: el que señala que
es, “toda lesión que sufra un trabajador a causa o con ocasión del trabajo y que
le produzca incapacidad o la muerte. Éstos pueden ocurrir en actividades
gremiales, de capacitación ocupacional o en el desarrollo de cualquier
actividad en el ámbito del trabajo. Ley 16.744.
Visita domiciliaria: Es la técnica privativa del Servicio Social que se aplica en el
domicilio del usuario, a través de la entrevista y observación, con fines de
diagnóstico e intervención y con el propósito de vincular el problema del
“cliente”, en este caso el alumno, al sistema socio-familiar. No obstante, tanto
en el sistema educativo, salud, jurídico, como en otras áreas de trabajo. Se ha
hecho necesaria también la ejecución de visitas domiciliarias por parte de otros
profesionales, que debido a su quehacer a favor de sus usuarios, han debido
instaurar esta técnica.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 122
Aspectos a considerar por parte del entrevistador:
✓ Preparar el material de apoyo que sea necesario (informes, notas,
observaciones en hoja de vida, recolectar información con otros docentes,
etc.)
✓ Dar a conocer características y acciones positivas del alumno/a y
manifestarlas antes de lo negativo. Transmitiendo ideas para la solución de
los últimos.
✓ Tener un orden prefijado en la entrevista: escolar, personal, social.
✓ Establecer compromisos y acuerdos con la familia al finalizar la entrevista.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 123
Procedimiento Medidas Responsable (S)
Visita
domiciliaria
✓ Realización: Solicitada por la familia o
sugerida por el equipo, debido a la
necesidad de identificar elementos
relevantes del entorno o de la dinámica
familiar.
✓ Los apoderados podrán solicitar una visita
domiciliaria por medio de la agenda
escolar, vía telefónica o presencial,
dejando evidencia escrita quien reciba la
solicitud, del acuerdo convenido.
✓ Los profesionales psicosociales, encargados
de convivencia escolar u otro profesional
designado por la Dirección del
Establecimiento para realizar visitas
domiciliarias. Podrán hacerlo con o sin
previo aviso al apoderado a visitar.
✓ Los profesionales designados para realizar
visitas domiciliarias. Podrán efectuar la visita
en compañía de uno o más expertos del
establecimiento asociados al caso.
• Directivos
• Equipo
psicosocial
• Encargado
de C.E.
Objetivos ✓ Conocer dinámica familiar y contexto en el
que se desarrolla el alumno.
✓ Recopilación información (Establecer
diagnóstico familiar)
✓ Realizar acciones preventivas, tratamiento y
orientación familiar.
✓ Centrar la observación en el
funcionamiento y organización familiar
(Estimar y valorar los recursos familiares,
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 124
PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN Y REGULACIÓN DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS.
Un Protocolo de Actuación es un documento que establece, de manera clara y
organizada, los pasos a seguir y los responsables de implementar las acciones
necesarias para actuar frente a una situación de violencia escolar. Este
Protocolo debe formar parte del Reglamento Interno y ser complementado con
políticas de promoción de la convivencia escolar y prevención de la violencia,
incorporadas en las actividades curriculares y extracurriculares del
establecimiento.
❖ El Protocolo de Actuación debe ser conocido por todos los miembros de la
comunidad educativa.
“fortalezas y debilidades” en conjunto con
la familia).
Registros
asociados a la
visita.
✓ Cada visita domiciliaria quedará registrada
en pauta o acta designada para aquello.
En donde se debe completar toda
información allí solicitada, y debe ser
firmada por el apoderado y la persona que
realizó la entrevista domiciliaria.-
Otros a
considerar
✓ Cualquier tema relevante que necesite
atención inmediata (visita) se le debe
informar al Director (a).
✓ Se sugiere realizar visitas domiciliarias frente
a casos con características de posible
riesgo psicosocial (ej: vulneraciones de
derecho).
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 125
Contenidos mínimos de los distintos protocolos de actuación:
• Procedimiento mediante el cual se recibirán y resolverán este tipo de
situaciones
• Los responsables de activar el protocolo y ejecutar las acciones
contenidas en él
• Los plazos para la resolución de este tipo de conflictos
• Las medidas que se aplicarán
En tanto, la definición de orden en que se presentan los procedimientos
estipulados en los protocolos de actuación, es referencial y está en directa
relación con la tipificación que se le da a las faltas enunciadas en el Manual de
Convivencia Escolar (leves, graves, gravísimas). Faltas que según su clasificación
y naturaleza, serán abordadas en primera instancia con sanciones formativas
y/o reparatorias, pudiendo llegar a la aplicación de sanciones disciplinarias en
ascenso.
Triplicación de Faltas
• Falta leve: actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero
que no involucren daño físico o psicológico a otros miembros de la
comunidad. Ejemplos: atrasos, olvidar un material, uso del celular en
clases, no entrar a tiempo a la sala de clases, quitarle la pelota o los
juegos a los más pequeños, etc.
• Falta grave: actitudes y comportamientos que atenten contra la
integridad psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del
bien común, así como acciones deshonestas que afecten la convivencia.
Ejemplos: dañar el bien común, agredir a otro miembro de la comunidad
educativa, ofender o intimidar a un docente o asistente de la educación,
falsear o corregir calificaciones, etc.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 126
• Falta gravísima: actitudes y comportamientos que atenten contra la
integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad
educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas
como delito. Ejemplos: robos, abuso sexual, tráfico de drogas, o el acoso
escolar, entre otras.
Tipos de sanciones
Sanciones formativas:
- Realización de trabajo de investigación respecto a temáticas de
convivencia.
- Exposición de trabajo de investigación a su curso.
- Realización de diario mural con temáticas de convivencia.
Sanciones reparatorias:
- Pedir disculpas privadas o en publico
- Reparar o sustituir pertenencias a terceros
- Limpiar espacio físico que haya deteriorado
Sanciones disciplinarias:
- Suspensión de clases
- cancelación de la matrícula
A considerar
• Las sanciones anteriormente señaladas serán supervisadas Encargada de
Convivencia Escolar.
• En casos de conflictos entre terceros, se deberá resguardar la identidad
del denunciante.
• En casos de lesiones físicas de moderadas a graves, se realizará
constatación de lesiones en el centro asistencial más cercano.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 127
Respecto a las suspensiones
Se debe tener en cuenta los siguientes aspectos antes de aplicar este tipo de
Medidas Disciplinarias. Puesto de lo contario, afectan el Derecho a la
Educación.
• Devolución de alumnos a la casa: Ningún alumno puede ser devuelto a su
hogar como medida disciplinaria, puesto que este tipo de medidas
representan un riesgo para la integridad física y psicológica del estudiante.
• Suspensión de Clases: Desde el punto de vista pedagógico, la suspensión
de clases de un estudiante es considerada una medida de carácter
excepcional. La suspensión de clases no puede aplicarse por períodos que
superen los 5 días, sin perjuicio que de manera excepcional se pueda
prorrogar una vez por igual período.
• Suspensión Indefinida y Reducción de Jornada Escolar: Aplicar medidas
como suspensiones indefinidas, reducciones de jornada escolar o
asistencia a sólo rendir evaluaciones, se encuentran prohibidas por la
normativa educacional, y sólo podrán aplicarse excepcionalmente si
existe un peligro real (no potencial) para la integridad física o psicológica
de algún miembro de la comunidad educativa, lo que deberá ser
debidamente acreditado.
• Suspensión asistencia a ceremonia de Graduación: En caso que la medida
de suspensión de graduación estuviera contemplada en el Reglamento
Interno, deberá adoptarse de conformidad al debido proceso, y en
ningún caso esta medida se podría aplicar en base a criterios
discriminatorios. La Ley de Inclusión Escolar señala que:
“No se podrá suspender, cancelar la matrícula o expulsar a un alumno por
causales que se deriven de su situación socioeconómica o del rendimiento
académico, o vinculadas a la presencia de necesidades educativas especiales
de carácter permanente y transitorio que se presenten durante sus estudios.
Tampoco se puede, ni directa ni indirectamente, ejercer cualquier forma de
presión dirigida a los estudiantes que presenten dificultades de aprendizaje, o a
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 128
sus padres, madres o apoderados, tendientes a que opten por otro
establecimiento, en razón de dichas dificultades”
FISCALIZACIÓN DE LA NORMATIVA DE CONVIVENCIA ESCOLAR
La Superintendencia de Educación, en el marco de la atribución otorgada por
la Ley N° 20.529, que crea el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad
de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización, y en el contexto de
la ejecución de su Plan Anual de Fiscalización 2017, se encuentra ejecutando el
Programa de Fiscalización “Establecimientos Focalizados”, que se enmarca en el
trabajo que están realizando las instituciones que forman parte del SAC con
aquellos establecimientos categorizados como Insuficientes por la Agencia de
Calidad de la Educación.
El objetivo es Generar conocimiento y competencias en la comunidad
educativa que apoyen el cumplimiento normativa. Entre ellas, las estipuladas en
los Manuales De Convivencia Escolar, en este contexto, la Ley General de
Educación establece Derechos y Deberes de la comunidad educativa (Art. 10
del DFL N° 2/2009)
Estudiantes
• Derecho a que se respeten sus tradiciones y costumbres.
• Deber de respetar las normas de convivencia y el Reglamento Interno
Padres, madres y apoderados
• Derecho a ser informados y escuchados.
• Deber de los padres, madres y apoderados a informarse y respetar
las normas de convivencia
Docentes y asistentes de la educación
• Derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.
• Deber de respetar las normas de convivencia.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 129
Todos los mencionados, tienen derecho a la participación y a asociarse
libremente a través de:
• Funcionamiento del Centro de Alumnos (Decreto 524, Art. 1, 10 y 11)
• Funcionamiento del Centro General de Padres, madres y Apoderados
(Decreto 565/Art 7 letra b Ley 20248 )
• Funcionamiento del Consejo de Profesores (Art. 15 DFL N°1/ Art 7 letra
b Ley 20248)
IMPORTANTE: Al respecto deben existir actas de sesiones, en las cuales deben
constar fechas, nombres y firma de los asistentes.
En tanto, en el ámbito de la prevención, La normativa educacional establece
que, tanto el personal directivo como la comunidad educativa en general,
deberán propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia, de
manera de prevenir todo tipo de acoso escolar (art. 16C DFL N°2/2009).
SIENDO MATERIA DE FISCALIZACIÓN:
✓ La existencia y funcionamiento del consejo escolar o bien el comité
para la buena convivencia.
✓ Existencia del encargado de convivencia escolar, con su respectivo
nombramiento en documento formal. Con estipulación de horas en su
contrato de trabajo designadas para esa función.
✓ Existencia del plan de gestión para la buena convivencia, el que
debe contener la planificación de las acciones específicas o
iniciativas que realizará el establecimiento para trabajar la
Convivencia, como su cronograma de realización y debe existir
evidencia de su ejecución.
✓ Reglamento interno, contenido en el manual de convivencia escolar,
fiscalizándose su Existencia- Contenido-Difusión- Aplicación- y
Actualización.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 130
CONTENIDOS MINIMOS DEL REGLAMENTO INTERNO
❖ Derechos y deberes de la comunidad educativa
❖ Normas técnico-administrativas sobre estructura y funcionamiento del
establecimiento
❖ Normas sobre uso del uniforme escolar
❖ Normas de Convivencia
❖ Faltas, medidas disciplinarias y procedimientos para su aplicación
❖ Protocolo de maltrato entre pares (Art. 16B DFL N°2/2009
❖ Protocolo de maltrato de Adulto a Alumno (Art. 16D DFL N°2/2009)
❖ Persona que detenta una posición de autoridad frente al alumno
❖ Protocolo frente a hechos de connotación sexual y agresiones sexuales
❖ Protocolo de Apoyo a estudiantes embarazadas
❖ Protocolo de Accidentes Escolares tanto dentro del establecimiento como
en salidas pedagógicas.
❖ Procedimiento de Revisión del Reglamento Interno
❖ Plan Integral de Seguridad Escolar (PISE). Puede estar contenido en
Reglamento Interno o en un documento aparte.
IMPORTANTE:
Se debe tener presente que existe la OBLIGACIÓN LEGAL de los directores,
inspectores y profesores de los establecimientos educacionales de todo nivel, de
denunciar ante la autoridad competente todo hecho del que en el ejercicio de
su cargo tomaren conocimiento y revistan el carácter de delitos que afectaren a
los alumnos o que hubieren tenido lugar en el establecimiento. La denuncia
debe realizarse en el plazo de 24 horas desde que tomaron conocimiento del
hecho. (Art. 175 letra e y 176 del Código Procesal Penal.)
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 131
POR TANTO, PARA QUE UN REGLAMENTO INTERNO SE ENCUENTRE AJUSTADO A LA
NORMATIVA, DEBERÁ ESTAR SUJETO AL ART. 11 DFL N°2/2009. ES DECIR:
✓ Sujeto al Principio de No discriminación arbitraria
✓ Incorporar Medidas pedagógicas y formativas
✓ Protocolos de actuación ante conductas que constituyan faltas,
graduándolas de acuerdo a su menor o mayor gravedad.
✓ Establecer las medidas disciplinarias correspondientes a las faltas o los
reconocimientos por un destacado cumplimiento.
✓ Establecer los procedimientos para determinarán las conductas que las
ameritan,
✓ Contemplar las instancias de revisión o apelación correspondientes, de
manera de cautelar el Debido Proceso
Respecto a los protocolos de actuación, para su revisión y aprobación según la
normativa, deben declarar:
• Procedimiento mediante el cual se recibirán y resolverán este tipo de
situaciones
• Los responsables de activar el protocolo y ejecutar las acciones
contenidas en él
• Los plazos para la resolución de este tipo de conflictos
• Las medidas que se aplicarán
ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO
❖ Deberá existir la participación de la comunidad educativa en su
modificación y actualización.
❖ Deberá ser informado y notificado a la comunidad educativa cada vez
que sufra modificaciones, dejando constancia de ello.
ESCUELA PRESIDENTE JOSÉ MANUEL BALMACEDA 132
❖ Las modificaciones y/o adecuaciones en su caso, deben comenzar a regir
a contar del próximo año escolar.