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1 INSTITUCION EDUCATIVA COLEGIO CLAUDIA MARIA PRADA MANUAL DE CONVIVENCIA

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INSTITUCION EDUCATIVA COLEGIO CLAUDIA MARIA PRADA

MANUAL DE

CONVIVENCIA

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PRESENTACION

La sociedad colombiana vive unos cambios sociales muy profundos, acelerados y rápidos: El acceso a la información, el reto de la interculturalidad, la creciente expresión de rechazo ante la violencia, la influencia del mundo globalizado, las cada vez más frecuentes expresiones de libertad e independencia, etc., La escuela y la familia se tienen que adaptar a estos cambios, pero lo hacen con lentitud. De cualquier forma, la puesta en marcha de herramientas que favorezcan la cooperación familia-escuela es fundamental porque uno de los problemas más graves que tenemos es que un creciente número de niños, niñas y adolescentes muestran dificultades para respetar los límites. Nadie les ha enseñado esos límites. El respeto a los límites es la gran asignatura pendiente, en la familia y en la escuela. El manual de convivencia más que un reglamento, es un texto para la vida, para la participación, para opinar, decidir y vivir en comunidad. Es por ello que con la construcción de este Manual se pretende:

Favorecer en los niños niñas y jóvenes la construcción de valores para lograr la sana convivencia en la sociedad y de esta manera permitirle ser democrático.

Aportar en la formación de ciudadanos participativos vinculando la familia y la comunidad a los proyectos escolares.

Establecer y poner en práctica normas de comportamiento que apunten a tolerar y respetar al otro.

Generar un espacio permanente de reflexión y construcción de acuerdos para la convivencia.

Construir normas de convivencia que les permita ser capaces de actuar con criterios propios y de interactuar con los demás.

El esfuerzo de la institución educativa Colegio CLAUDIA MARIA PRADA, por realizar acciones educativas en torno al proceso de formación de nuevos y mejores ciudadanos, ha estado siempre presente en todos los proyectos educativos; desde la construcción de espacios para el encuentro y la interacción con la diversión, la cultura y la educación, hasta la inter-relación próxima entre los estamentos que la conforman. Podríamos hablar de grandes esfuerzos por generar ambientes y programas en torno al mejoramiento de la calidad de vida del grupo familiar; buscando con ello aportar positivamente en la resolución de problemas de orden estructural, pero también tratando de promover en la cultura valores de sana convivencia desde la cotidianidad, para influir en el contexto regional con acciones tendientes a la resolución pacífica de conflictos. La educación tiene un papel fundamental que cumplir en la formación del ciudadano para convivir en paz, para ello se hace necesaria una reflexión constante por parte del maestro acerca de la labor que está desempeñando, es necesario manejar adecuadamente la autoridad y el poder que la sociedad nos ha confiado. Mas que formar hombres que trasmitan y repitan conocimientos, el país requiere la formación integral de personas que amen la democracia, que defiendan la paz, por lo tanto, la educación Colombiana en todos sus niveles deberá favorecer entonces, por la formación de esa calidad de ser humano. Este proceso de construcción del Manual de Convivencia, conlleva a definir principios orientadores: Convivencia, condición y circunstancia de vivir con otros. Demanda una comunicación permanente y la

expresión de sentidos y saberes que puestos en escena junto con procesos de conciliación conducen a la relación armónica entre los distintos miembros de la comunidad educativa. La moral, ha sido una constante del hombre desde siempre, porque el hombre en cuanto ser social siempre

ha actuado de acuerdo con ciertas normas o principios que han orientado su forma de vivir e interactuar, pasando por un proceso que se desarrolla desde la heteronomía hacia la autonomía. Ética, es el estudio de la conducta humana. Surgió cuando el ser humano empezó a preguntarse si tal

acción era justa o no. Estímulos, ambientes tranquilos y amorosos, personas creativas, respetuosas, críticas y participativas.

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Correctivos pedagógicos, surgirán de los comités de convivencia. Serán una construcción colectiva durante

todo el año. En ella se establecerán los acuerdos y compromisos que quedaran consignados en las actas de cada comité, para ser ejecutados en la cotidianidad. Derechos, facultad inherente al hombre que permite hacer uso para el desarrollo de personal e individual.

Conducta, manifestación de comportamiento con características definitivas que indican claramente que se ha

adquirido un hábito. Autonomía, es la capacidad que tiene el ser humano de gobernarse a sí mismo como fruto del ejercicio de la

voluntad. Compromisos, obligaciones para lograr los acuerdos y mejorar las relaciones. Surgirán de los comités de

Convivencia. En este manual de convivencia la Institución educativa Colegio CLAUDIA MARIA PRADA, propone a la comunidad educativa una normatividad básica mediante la cual se cumplan los lineamientos generales en su propósito de educar a los niños, niñas y adolescentes cuyos padres comparten la manera particular de conducir su proceso de formación, sobre todo cuando se aspira ofrecer una formación integral que contemple el desarrollo de su autonomía, de su capacidad de tomar decisiones compartidas. De su sentido crítico o de su capacidad para convivir e integrarse socialmente.

CAPITULO 1 FUNDAMENTOS

1.1. MARCO LEGAL

La Institución educativa Colegio CLAUDIA MARIA PRADA, es un establecimiento de carácter público y cuyo representante es el (la) rector (a). Se encuentra creada por Resolución 002028 de 16 de Noviembre de 2007, registro de inscripción del P.E.I., No. 296 de 03 de Noviembre de 2004, registro de la S.E.M. Libro 1 Folio 156. La Institución Educativa CLAUDIA MARIA PRADA, está conformada por las Sede Principal, Claudia María Prada, ubicada en la calle 2 No. 7-44 Br. Niña Ceci; Sede Hermano Rodulfo Eloy, ubicada en la calle 9 No. 15-64 Br. Belisario y la Sede San Vicente de Paul, ubicada en la calle 15 No. 12.70 Br. Belisario. Otorga el título de Bachiller Técnico en modalidades desarrolladas a través de convenios interinstitucionales con el Centro Auxiliar de Servicios Docentes (CASD), y de acuerdo al Sistema Nacional de Ocupaciones SENA. 1.2 FILOSOFIA

La Institución Educativa Colegio CLAUDIA MARIA PRADA, se rige por los principios de la Educación colombiana, consagrados en la Constitución Política de 1991 y la Ley general de Educación (Ley 115 de 1994, los cuales contemplan que la educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral del ser humano, de su dignidad, de sus derechos y sus deberes, y cuya finalidad esta expresada en el Art. 5 de la Ley 115 de 1994, en concordancia con el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia. La acción educativa está caminada a hacer de la convivencia democrática una forma y un estilo de vida institucional, a través del desarrollo de estrategias metodológicas y formas de concertación que propicien la formación integral y permanente de los actores que la conforman. En consecuencia, se propone y desarrolla una propuesta que exalta la vida, dignifica la persona, fortalece la convivencia escolar y mejora la calidad de vida. El modelo pedagógico está inspirado en propuestas modernas de una pedagogía activa, dinámica, humanizante, desarrollista y constructivista, pertinente en lo académico, político y cultural, de tal manera que el estudiante asuma la responsabilidad de su propia formación y desarrollo.

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1.3. MISION

LA INSTITUCION EDUCATIVA CLAUDIA MARIA PRADA FORMA PERSONAS INTEGRALES CON ESPIRITU CRITICO E INVESTIGATIVO, DESTACADAS POR SU CAPACIDAD PARA LIDERAR PROYECTOS SOCIALES Y EMPRESARIALES, OBTENER UNA VIDA DE CALIDAD A FAVOR PROPIO Y DEL ENTORNO, EN ARMONIA CON EL MEDIO AMBIENTE, PRACTICANTES DE LOS PRINCIPIOS Y VALORES DE CONVIVENCIA PACIFICA. 1.4. VISION

EN EL 2013 LA INSTITUCION EDUCATIVA CLAUDIA MARIA PRADA SE POSICIONARÁ COMO INSTITUCION RELEVANTE, MOTOR DE DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL EN LA CIUDADELA DE JUAN ATALAYA, CON CARÁCTER ACADEMICO Y TECNICO, GENERADORA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CRITICOS E INVESTIGATIVOS, RESPETUOSOS DE LOS DERECHOS HUMANOS, PROPOSITIVOS Y EMPRENDEDORES CON PROYECTOS DE VIDA VIABLES, MEDIBLES Y ALCANZABLES EN CONCORDANCIA CON LA DEFENSA DEL MEDIO AMBIENTE.

1.5 PRINCIPIOS

Amor: actitudes positivas y constructivas entre los miembros de la comunidad educativa.

Democracia: la participación activa de la toma de decisiones.

Sentido de pertenencia: implica responsabilidad consigo mismo y con respecto a los demás, ser el uno para

el otro.

Liderazgo: vocación en equipo y trabajo en equipo.

1.6 VALORES

Fe:

Fraternidad:

Solidaridad:

Justicia:

Tolerancia:

CAPITULO 2. INGRESO DE ESTUDIANTES

2.1 PROCESO DE ADMISIONES

Articulo 1. Para ser admitido, el aspirante debe adquirir el formulario de inscripción y cumplir con el proceso estipulado en el circular informativa adjunta, hasta obtener la orden de matrícula.

Si el estudiante es admitido retirará en las fechas indicadas la orden de matrícula.

2.2 LEGALIZACIÓN DE MATRICULA

Articulo 2. La matrícula es el mecanismo por el cual se oficializa la vinculación de estudiantes a la institución.

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El procedimiento a seguir una vez obtenido la orden de matricula debe presentar la documentación exigida por la institución tramitada por el alumno y sus padres o acudiente en la fecha indicada.

PARAGRAFO: los estudiantes de estrato 1, 2, 3 presentaran además de la documentación exigida, el sisben

que los exonera de los costos educativos, hasta el grado 9o. los estudiantes de 10 y 11 cancelarán los derechos y/o costos de matrícula en concordancia con las normas establecidas por la S.E.M.

Los estudiantes que no posean carnet del sisben presentaran además de la documentación exigida el recibo de pago de matrícula.

La firma de la matricula por parte de el estudiante y sus padres o acudientes implica la aceptación de la filosofía, políticas y reglamentos de la institución.

2.3 RENOVACIÓN DE MATRÍCULA.

Articulo 3. La renovación de la matricula de estudiantes antiguos de la institución educativa será definida por el consejo directivo y previo concepto por el consejo de profesores, con base en la evaluación de comportamiento y rendimiento académico al terminar el año escolar.

PARAGRAFO: Si la matricula no se efectúa en las fechas establecidas por el colegio, no se garantiza la reserva del cupo. Cuando por circunstancias familiares o de fuerza mayor no pueda ser matriculado el estudiante, esta situación debe ser comunicada por escrito al rector (a) antes de su vencimiento para reservar cupo.

Articulo 4. La renovación de matrícula de estudiantes con observaciones disciplinarias o académicas será definida por el consejo directivo, teniendo en cuenta el concepto emitido por el consejo de profesores.

PARAGRAFO: los alumnos recibidos con compromisos académicos y/o disciplinario podrán perder el cupo

den la institución en el transcurso del año si incumplen el mismo. Esta decisión debe ser avalada por el Consejo Directivo.

Articulo 5. El colegio se reserva el derecho de conceder la renovación de la matricula en aquellos casos en el que el estudiante, al finalizar el año lectivo, no se encuentre a paz y salvo o cuando los padres se niegan a asumirlo las acciones de mejoramiento por el beneficio de la formación de sus hijos recomiende la institución, en los términos expresados por el art. 7 de la Ley 115.

Articulo 6. El estudiante que tenga necesidad de suspender sus estudios y desee conservar su cupo por el año siguiente, presentara ante el rector (a) una carta firmada por los padres o acudiente, salvo que se encuentre con observación para matricula y/o compromiso disciplinario o académico.

Articulo 7. En los casos de cancelación de matricula cualquiera que sea el motivo es responsabilidad del estudiante y los padres o acudientes, entregar el paz y salvo general y el carnet estudiantil. El estudiante, junto con los padres de familia o acudiente, firmaran la cancelación de matrícula.

CAPITULO 3 PERFILES

Los perfiles del docente y padres de familia estarán enmarcados dentro del Código de infancia y adolescencia de acuerdo con los artículos 39, 42, 43, y 44.

3.1 DEL ESTUDIANTE

Enmarcado en la Ley General de Educación y la institución educativa asume como propio su desarrollo y logro del perfil señalado en los artículos 5, 91 y 92 de la Ley 115 de 1994.

Siendo el estudiante le centro del proceso educativo debe participar en su formación integral que lo caracterice por:

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Su autonomía, solidaridad, tolerancia, equilibrio y felicidad lo llevan a valorarse a sí mismo, a sus semejantes, a recabar sus virtudes y corregir sus defectos

Vivir en armonía consigo mismo, con dios, con los demás y con la naturaleza

Tener liderazgo, sensibilidad y compromiso social, con sentido de identidad y pertenencia a la familia, la región, y el país.

Ser constructor y generador de paz.

Ser gestor de su propio aprendizaje utilizando su natural curiosidad y las herramientas que el medio brinda.

3.2 DE LOS DOCENTES

Poseer vocación de servicio y equilibrio emocional; abiertos al cambio, que vivan en armonía consigo mismo, con dios, con los demás y con la naturaleza.

Desarrollar plenamente sus talentos y sean ejemplo con sus actitudes y convicciones.

Tener sentido de pertenencia con sus creencias religiosas, comprendiendo el sentido trascendental en de la existencia de dios como ser superior.

Poseer sensibilidad y compromiso social, sentido de identidad y pertenencia a su familia, empresa, ciudad, país y obrar de acuerdo a los principios democráticos.

Tener capacidad y disposición para el trabajo en equipo, escuchar, dialogar y construir participativamente el concepto institucional, su relevancia y mejoramiento continuo.

Desarrollar el proceso formativo de los alumnos con idoneidad, eficiencia y creatividad.

Validar su acción formativa y trabajo de aula por medio de proyectos de investigación pedagógica, didáctica, curricular.

Estar siempre dispuesto a participar activamente en los procesos de construcción institucional, teniendo puentes de intercambio, solidaridad y respeto por los demás incluyendo a sus superiores.

3.3. DE LOS PADRES DE FAMILIA

Vivir en armonía con ellos mismos y con Dios, con los demás y con la naturaleza.

Ser apoyo y guía para sus hijos, dándoles buen ejemplo.

Participar responsablemente en la formación integral de sus hijos.

Promover y vivenciar valores espirituales, morales y éticos en sus hijos.

CAPITULO 4 PLAN DE ESTUDIOS

Articulo 8. El plan de estudios es el esquema estructurado de las áreas obligatorias y fundamentales y optativas con sus respectivas asignaturas, que forman parte del currículo consignado en el Proyecto Educativo Institucional de la Institución Educativa Claudia María Prada. Esta organizado de conformidad con lo establecido en la Ley 115 de 1994, especialmente los artículos 14,23,31,76 al 79; el Decreto 1869, artículos 34,35 y 36; la Resolución 2343, articulo 16; articulo 65, Ley 397 de 1997; Ley 1014 de 2006. Las áreas obligatorias y fundamentales que se trabajan en el Colegio Claudia María Prada para la Educación Básica y la Educación Media son:

Ciencias naturales y educación ambiental

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Ciencias sociales, historia, geografía, Constitución política y democracia

Educación artística y cultural

Educación ética y en valores humanos

Educación religiosa

Educación física, recreación y deportes

Humanidades, lengua castellana e idiomas extranjeros

Matemáticas

Tecnología e informática

Filosofía

Articulo 9. Las áreas están conformadas por asignaturas, cuyo estudio es de carácter obligatorio para los estudiantes. 4.1 TITULO TECNICO Y REQUISITOS DE GRADO

Articulo 10. El titulo es el reconocimiento expreso de carácter académico otorgado a una persona natural por haber recibido una formación en el sistema de educación formal por niveles y grados acumulados y reúna los saberes definidos por el Proyecto Educativo Institucional. Tal reconocimiento se hará constar de un diploma. Articulo 11. La Institución Educativa Colegio Claudia María Prada, expedirá título de Bachiller Técnico modalidades, de acuerdo con el convenio interinstitucional con el Centro Auxiliar de Servicios Docentes (CASD) en nombre de la República de Colombia y con autorización del Ministerio de Educación Nacional, a los estudiantes de undécimo grado que hayan cumplido a cabalidad con los requisitos del Plan de Estudios, del Proyecto Educativo Institucional y de la Ley General de educación. Articulo 12. El estudiante de undécimo grado, con el propósito de compartir con su comunidad más próxima el conocimiento adquirido durante todos sus años de formación, prestará el servicio social del estudiantado, de acuerdo con los proyectos diseñados por el colegio y a las disposiciones legales en estas materias consignadas en el reglamento del servicio Social del estudiantado. Cabe advertir que según la Resolución 4210/96 por la cual se reglamenta el Servicio Social Obligatorio Estudiantil y que en su artículo 4 dice “El servicio social atenderá prioritariamente, necesidades educativas, culturales, sociales y de aprovechamiento del tiempo libre, identificadas en la comunidad del área de influencia del establecimiento educativo, tales como la alfabetización, la promoción de la salud y prevención de la enfermedad, la educación ambiental, la educación ciudadana, la organización de grupos juveniles y de prevención de factores socialmente relevantes, la recreación dirigida y el fomento de actividades físicas e intelectuales”. PARAGRAFO: Los estudiantes que no hayan participado y aprobado los programas de servicio social que

ofrece el Colegio, deberán buscar por medios propios otros programas que sean aprobados por la Secretaria de Educación, previa autorización y aprobación del proyecto por parte de la coordinación. Articulo 13. El estudiante de undécimo grado aspirante al título presentara en la Secretaria del Colegio el Paz y Salvo del Servicio Social del estudiantado y los demás documentos exigidos para el grado. El plazo máximo se extiende hasta quince (15) días antes de la fecha prevista para la proclamación de bachilleres según calendario académico. 4.2. EVALUACION Y PROMOCION

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Articulo 14. La evaluación es un proceso sistemático de reflexión sobre el que hacer educativo que nos proporciona información acerca de cómo se va desarrollando el proceso de enseñanza-aprendizaje, con el fin de ajustar -si fuera necesario- la actuación docente y los aprendizajes de los (as) niños, niñas y adolescentes. La evaluación en tal sentido debe considerar el cambio de conducta, el crecimiento intelectual, la adquisición de destreza y habilidades y el desarrollo mental del estudiante frente a la construcción de conocimientos; pero al mismo tiempo la metodología, las técnicas de enseñanza y los instrumentos para determinar resultados. La evaluación se realiza fundamentalmente por comparación del estado de desarrollo formativo y cognitivo de un (a) estudiante, en relación con los indicadores de logro u se expresa en informes descriptivos que respondan a esta características de tal manera que permita al estudiante el autoconocimiento de sus procesos y la toma de decisiones para el mejoramiento de su formación integral. En concordancia con lo dispuesto en las normas vigentes, el Colegio entregara al finalizar cada uno de los periodos del año escolar un informe escrito de evaluación que refleje el desempeño de los estudiantes en cada una de las Áreas y asignaturas del plan de estudios. Además, al finalizar el año escolar se entregara un informe que incluye una síntesis general del rendimiento del educando y se determinen las condiciones de promoción. PARAGRAFO: La evaluación se hará de acuerdo con el Sistema Institucional de Evaluación de los

estudiantes, expresado en el artículo 8 del Decreto 1290 de 2009.

4.2.1 Valoración

Articulo 15. Los informes mostraran para cada Área o asignatura un juicio de valor sobre el desempeño del estudiante, dentro del marco del decreto 1290 de 2009. Articulo 16. Las actividades de refuerzo y recuperación, se realizaran conforme a parámetros establecidos en el Sistema de Evaluación aplicado por la institución. Articulo 17. La promoción consiste en el avance del estudiante según sus capacidades y aptitudes personales demostradas en su desempeño académico y satisfactorio en concordancia con los logros esperados para el curso en el cual se encuentre matriculado. Articulo 18. No se promueve a un estudiante, si su situación se encuentra establecida en las causales para el reinicio del grado tal como lo contempla el Sistema de Evaluación Institucional. Articulo 19. Los niños, niñas y adolescentes se promoverán de acuerdo a los parámetros establecidos en el Sistema de Evaluación aplicados por la Institución Educativa. Articulo 20. Los profesores dispondrán de un máximo de ocho (8) días hábiles contados a partir de la fecha de realización de una evaluación, para dar a conocer a los estudiantes, en forma directa o por medio de publicaciones, los resultados obtenidos. Articulo 21. Los reclamos sobre evaluaciones definitivas de asignaturas y/o Áreas en un periodo académico se harán dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la entrega de boletines de dicho periodo ante la coordinación académica mediante solicitud escrita. PARAGRAFO: En caso de no utilizarse este recurso de rectificación, las evaluaciones quedaran como

aparecen en el boletín. No se aceptaran posteriores reclamaciones. Articulo 22. Los estudiantes de undécimo, para su proclamación de bachilleres deben tener la aprobación completa de Áreas, asignaturas y demás requisitos.

CAPITULO 5 INSTANCIAS DE PARTICIPACION DEMOCRATICA

5.1 GOBIERNO ESCOLAR

Articulo 23. La Institución Educativa Colegio Claudia María Prada, como ente educativo de carácter oficial, se rige por los principios del gobierno escolar contemplados en la Ley 115 de 1994 y su Decreto 1860 de agosto 03 de 1994. En consecuencia alberga dentro de su organización gubernamental los siguientes órganos:

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El Consejo Directivo. Es la instancia principal de participación de la comunidad Educativa, órgano

asesor y de colaboración del rector (a) para la buena marcha de la institución.

Está integrado por el Rector (a), quien lo preside, dos (2) representantes de los docentes, dos (2) representante de los padres de familia, un (1) representante de los estudiantes, un (1) representante de los exalumnos, y un (1) representante del sector productivo.

El Consejo Académico. Como instancia académica para participar en la orientación pedagógica del

colegio. Es convocado y presidido por el Rector y estará integrado por los Directivos Docentes, y un docente por cada Área definida en el Plan de Estudios. (Art. 145 Ley 115 y 24 del Decreto 1860 de 1994).

El Rector. Como representante del Establecimiento ante las autoridades Educativa y ejecutor de las

decisiones del Gobierno Escolar.

El Personero Estudiantil. Estudiante de undécimo grado encargado de promover el ejercicio de los

deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la constitución política, el Código del Menor, las Leyes educativas y el presente Pacto de Convivencia y de convertirse en un mediador entre los conflictos de sus compañeros y los demás miembros de la comunidad educativa. Por ello, debe ser una persona con capacidad de convocatoria, liderazgo y conciliación.

El Consejero Estudiantil. Como órgano que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la

participación por parte de los educandos. Está integrado por los representantes de aula de cada curso.

El estudiante que aspire a los cargos de personero estudiantil o representante estudiantil ante el consejo directivo, deberá cumplir con los requisitos consignados en el Reglamento del Gobierno Escolar.

El Consejo de Profesores. Es un órgano asesor de la rectoría del Colegio para asegurar la

evaluación integral periódica de los estudiantes, los grupos y el plan de estudios, e instancia previa para el análisis de casos que posteriormente serán estudiados por el Consejo Disciplinario y la Comisión de Evaluación y Promoción. Sesiona periódicamente para el seguimiento del Plan de Estudios y está integrado por el Rector o su delegado, Coordinador Académico, el tutor de grupo y el quipo docente de cada grado.

Asociación de Padres de Familia. Como ente de participación que promueve la integración de

padres para facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores, propiciar acciones para mejorar la formación integral y la participación en actividades y programas que involucren a los asociados en el desarrollo responsable de la crianza, cuidado de los hijos, de su comunidad y del proceso educativo.

CAPITULO 6

DE LOS ESTUDIANTES 6.1 DERECHOS

Articulo 24. El estudiante es el sector fundamental del proceso educativo y en este sentido posee unos derechos y unos compromisos como participante activo de su propia formación, en concordancia con la constitución política y las leyes que regulan el derecho a la Educación, el PEI de la institución educativa en su pacto de Convivencia. En consecuencia, hace un reconocimiento pleno de sus derechos y compromisos que como estudiantes asume. Articulo 25. Los estudiantes matriculados en la Institución Educativo Colegio Claudia María Prada, tendrá los siguientes derechos:

a. Recibir y conocer el manual de Convivencia. b. Recibir oportunamente el carnet estudiantil.

c. Ser respetado y escuchado por todos los miembros de la comunidad educativa.

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d. Conocer el Plan de Asignaturas con sus núcleos temáticos, estándares, competencias, logros e indicadores, evaluación de rendimiento escolar y las valoraciones de su desempeño académico en lo referente a los diferentes saberes (conocer, hacer y ser), antes que cada profesor registre los resultados obtenidos.

e. Ser escuchado cuando haya cometido alguna falta y así fijar de común acuerdo los correctivos del

caso.

f. Recibir educación adecuada que garantice una formación integral de acuerdo con los programas académicos y objetivos institucionales.

g. Hacer reclamos y solicitudes personales de orden académico y disciplinario, utilizando los conductos

regulares de cada situación enmarcados en la veracidad, respeto por la institución y por las personas vinculadas a ella. Apoyándose en mecanismos que le brinda la Constitución Nacional.

h. Que se le lleve el debido proceso, para sus descargos.

i. Solucionar las dificultades en sana convivencia mediante la conciliación.

j. Solicitar y obtener constancias y certificados de estudio en horarios previamente establecidos.

k. Recibir estímulos como reconocimiento a su desempeño académico, disciplinario, deportivo, artístico,

etc.

l. Conocer los registros que sobre su comportamiento y desempeño escolar hagan los directivos y profesores en el observador del alumno.

m. Elegir y ser elegido para el Consejo Estudiantil, Personero, representante al Consejo Directivo,

monitorias y otros, respetando sus reglamentos y normas internas.

n. Recibir apoyo en caso de abuso sexual y violencia intrafamiliar.

o. Recibir ayuda cordial y oportuna en necesidades académicas y personales.

p. Participar en todas las actividades programadas para su nivel, ya sean culturales, académicas, deportiva y/o de cualquier otro índole.

q. Ausentarse de la institución cuando por causa justa y debidamente sustentada, la solicite a las

autoridades institucionales pertinentes.

r. Sugerir en forma oportuna propuestas de actividades que puedan realizarse para mejorar el logro de los objetivos de la comunidad educativa.

s. Expresar libremente sus opiniones a cualquier miembro de la comunidad educativa sobre cualquier

tema en forma breve y dentro del marco de la tolerancia.

t. Al respeto por las diferencias: posición social, sexo, opiniones, política, raza o religión.

u. A exigir calidad, puntualidad e idoneidad de los profesores, directivos y personal administrativo de la institución.

v. A un ambiente sano, higiénico y descontaminado.

w. A que en la cafetería escolar se ofrezcan alimentos nutritivos para su salud.

x. A participar en proyectos de aprovechamiento del tiempo libre.

6.2. COMPROMISOS

Articulo 26. Son compromisos de los estudiantes matriculados en la institución educativa Colegio Claudia María Prada:

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6.2.1 En el orden académico

a. Asistir puntualmente a clases y a las demás actividades programadas por la institución. b. Participar activamente en la generación y conservación de un proceso pedagógico adecuado para el

aprendizaje y la formación integral.

c. Adquirir los textos, elementos y útiles necesarios que faciliten el logro de los objetivos pedagógicos y formativos de la institución.

d. Responder como estudiante con tareas, lecciones y trabajos señalados por los profesores dentro de

los términos establecidos en el calendario académico.

e. Dedicar el tiempo oportuno y necesario al afianzamiento de su conocimiento mediante la consulta, investigación que permitan el fortalecimiento de las áreas de dominio humano.

f. Seguir el conducto regular en forma oportuna, cortes y respetuosa en la solución de problemas

académicos.

g. Ser responsable, honrado y puntual con la presentación de trabajos y evaluaciones.

h. Presenta en fechas programadas evaluaciones parciales o de periodo.

PARAGRAFO: El estudiante que por diferentes motivos no presente evaluaciones oportunamente,

dispondrá de cinco días hábiles a partir de la fecha de expedición de la autorización dada por el Coordinador académico para presentar las evaluaciones correspondientes.

6.2.2 En el orden disciplinario

a. Presentarse puntualmente a la institución de acuerdo a los horarios establecidos.

PARAGRAFO: Cuando el estudiante por enfermedad o calamidad domestica falta a clases es necesario que

presente el mismo día o al día siguiente, la excusa firmada por el padre de familia o acudiente; cuando el alumno llega tarde debe presentarse en la oficina de Coordinación, junto con su acudiente, a objeto de hacer el registro y autorizar el ingreso al aula.

b. Utilizar correctamente los libros de la biblioteca y devolverlos en buen estado. c. Denunciar toda falta que atente contra el bienestar individual o comunitario, los valores institucionales

y el pacto de convivencia escolar.

d. Velar por la integridad física y la de sus compañeros evitando arrojar ya sea en juego o por otra circunstancia, objetos que puedan causar daño a alguien; practicar juegos bruscos, subirse en las estructuras de las canchas de baloncesto, arcos de futbol; correr o empujarse por las escaleras, etc.

e. Utilizar el agua adecuadamente, no desperdiciándola.

f. Portar correctamente los uniformes reglamentarios (diario y educación física) limpios ordenados y

con decoro. PARAGRAFO: el estudiante podrá presentarse en ropa informal solo cuando sea autorizado por el

Coordinador o Rector (a) para actividades recreativas o culturales.

g. Permanecer en la institución debidamente aseado (a) y bien vestido (a). h. Permanecer dentro del plantel en los sitios programados para cada actividad, durante la jornada

escolar. PARAGRAFO: El estudiante que requiera ausentarse de la Institución durante la jornada escolar debe

presentar en Coordinación una autorización escrita firmada por los padres de familia o acudientes, en caso de enfermedad se informara al padre de familiar o acudiente para que lleve al alumno. En cada caso se harán

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los registros pertinentes y se informara de la situación al profesorado correspondiente sobre la situación, de igual forma se dará autorización a portería para salida del estudiante.

i. Guardar el debido comportamiento en cada una de las dependencias de la institución, aulas de clase, patios para recreación, biblioteca, corredores, cafetería, laboratorios, sanitarios.

j. Manifestar una actitud de respeto en los actos cívicos y culturales organizados por la institución como

izadas de bandera, jornadas culturales y deportivas.

k. Respetar el trabajo de los compañeros, tanto en el aula como en los demás escenarios de clase y actividades recreativas o culturales.

l. Emplear responsablemente los espacios, medios de comunicación del colegio y recursos didácticos dispuestos en su proceso de aprendizaje y formación.

m. Entregar oportunamente al padre, madre de familia o tutor las comunicaciones e informes que el colegio envié.

n. Interesarse y responsabilizarse por el uso correcto y conservación de las aulas de clase, pupitres, baños, material didáctico, computadores, implementos deportivos, zonas deportivas y demás instalaciones del colegio, evitando arrojar basura en los pisos y fomentando que haya perfecto estado de orden y aseo. PARAGRAFO: Los estudiantes que causen algún daño en la planta física, el mobiliario, la biblioteca,

laboratorios, equipos de multimedia, enseres o pertenencias de sus compañeros, están obligados a reparar o hacer reparar a la mayor brevedad posible el daño causado.

o. Utilizar solo y exclusivamente los servicios de cafetería de la Institución en el horario establecido. PARAGRAFO: Los estudiantes podrán recibir de sus familias alimentos en la respectiva

hora de descanso, a través del portero de turno. 6.2.3 En el orden moral

a. Fortalecer los valores institucionales: respeto, tolerancia, honestidad, responsabilidad y solidaridad

como pilares fundamentales de la sociedad.

b. Asumir actitudes de autocontrol que conduzcan al fortalecimiento de su voluntad y al comportamiento autónomo, libre, consciente y responsable como medio para asumir la construcción de su proyecto de vida en forma asertiva.

c. Manifestar respeto en sus conversaciones, escrito, lecturas, expresiones musicales, artísticas, dentro y fuera de la institución.

d. Utilizar dentro y fuera de la institución un lenguaje respetuoso y digno que excluya toda palabra descortés, gesto o acto vulgar que afecte la dignidad de sus compañeros, personal docente, directivo, administrativo y de servicios.

e. Mantener relaciones cordiales que propendan por el respeto a la dignidad humana y bienestar común, evitando las expresiones de afecto que riñan con el trato normal que debe existir entre compañeros, profesores y directivos.

f. Respetar los símbolos patrios, del colegio y religiosos.

Articulo 27. Los estudiantes de la Institución Educativa Claudia María Prada deben abstenerse de:

a. Realizar actividades financieras: rifas, recolectas, ventas, bazares y negocios con los compañeros, sin permiso de la rectoría de la institución.

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b. Portar, expender y/o consumir drogas, alcohol, cigarrillos u otra sustancias psicoactivas.

c. Adulterar documentos o hacer uso de los documentos de identificación ajenos.

d. Realizar o intentar cualquier tipo de fraude, engaño o suplantación.

e. Utilizar el nombre de la institución para cualquier actividad diferente a las labores académicas, culturales, artísticas, recreativas y deportivas sin autorización de la rectoría del colegio.

f. Traer a la institución objetos de valor, joyas, teléfono celular, artículos eléctricos, electrónicos, radios, reproductores de música, juegos de azar o cualquier otro tipo de elemento que interfieran en el proceso de aprendizaje. PARAGRAFO: La institución y el personal docente y administrativo no se responsabiliza por la

pérdida de objetos y materiales que los estudiantes ingresen sin autorización o que sean retenidos. Tampoco por la pérdida de dinero.

g. Ejercer o proporcionar cualquier género de violencia o irrespeto entre las personas o propiedades de la institución.

h. Conformar grupos de presión que puedan influir en las decisiones que alteren la formación integral.

i. Causar daño a vehículos como bicicletas, motos o automóviles, procurando estar aislados de estos.

j. Usar peinados, o cortes de cabello que desluzcan la uniformidad.

k. Traer libros, folletos, revistas de divulgación pornográfica.

l. Utilizar los equipos de sistemas para fines diferentes a los académicos.

m. Sustraer o retener elementos que no sean de su propiedad o encubrir a los compañeros que los realicen.

Ante el incumplimiento de los aspectos anteriormente descritos, se seguirá el procedimiento estipulado sobre el proceso disciplinario y ejercido por los docentes, director de grupo, Coordinador, Consejo de Profesores, Consejo Disciplinario, Rectoría y/o Consejo Directivo, según el caso, el estado del proceso y la competencia del mismo. Articulo 28. El comportamiento del estudiante tendrá una evaluación cualitativa periódica que se inicia con la autoevaluación y continua con las instancias competentes, respetando el debido proceso. Articulo 29. La escala de valoración del comportamiento será el contemplado en el Sistema de Evaluación de la Institución Educativa. Articulo 30. La Institución educativa Colegio Claudia María Prada, considera como comportamientos inadecuados, todos aquellos que atenten contra la dignidad del ser humano, que impidan el normal desarrollo de las actividades académicas o que se constituyan en incumplimiento a las obligaciones que el estudiante tiene de acuerdo con el perfil institucional, el Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia y el compromiso que el estudiante firma en el momento de la matricula. El colegio considera que estos deben tratarse aplicando las medidas según el caso, lo cual implica un proceso de análisis y reflexión con el estudiante que le permitan evaluar el alcance de su comportamiento y afrontar sus consecuencias. Para tal fin establece el siguiente procedimiento:

1. Llamado de atención. Cuando un profesor o administrativo observan comportamientos inadecuados

dialogara y hará las respectivas recomendaciones al estudiante para lograr un cambio de actitud y evitar la reincidencia en comportamientos semejantes.

2. Registro en el observador. Por reincidencia en el comportamiento inadecuado. El registro lo realiza

el profesor, director de grupo o coordinador respectivo, previo dialogo y reflexión sobre la situación.

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Esta anotación en el observador será firmada por el estudiante y el profesor o representante de la Institución que registra la falta.

3. Citación al padre de familia o acudiente. Cuando el estudiante persiste en el comportamiento

inadecuado y no asume los compromisos adquiridos, el director de grupo registrara en el observador del alumno la falta, los motivos que la originaron y las alternativas de cambio de comportamiento en que este se compromete, sustentando ese compromiso con su firma. A los padres de familia o acudientes se les dará a conocer los hechos y situaciones referidas y firmaran el observador quedando enterados de la situación. A partir de ese momento, el Colegio espera la máxima colaboración de ellos para ayudar a un cambio de comportamiento del estudiante y evitar tener que acudir a sanciones más drásticas.

4. Acta de compromiso. La cual se firma en Rectoría o Coordinación y está dirigida a aquellos

estudiantes que agoten los numerales anteriores y aun persisten en fomentar la indisciplina, la cual afecta el normal desempeño de las labores escolares, perjudicando de manera significativa el ambiente del aula, de la institución y el normal desarrollo de las actividades escolares; también está dirigida para los estudiantes que cometan faltas graves que afecten la normal convivencia. El acta contendrá el lugar, fecha, nombre de la situación o hecho, explicación de los hechos o situaciones, sanción si fuera del caso; el estudiante puede ser suspendido por un máximo de tres (3) días hábiles, durante los cuales se le suspenden los beneficios de tipo académico, también se establecerán en la misma los compromisos, conceptos, tanto estudiante como padre de familia y o acudiente, y finalmente las respectivas firmas del estudiante, acudiente, rector o coordinador y titular.

5. Matricula en observación. Cuando hay incumplimiento del compromiso formal y de actitud

adquirido por el estudiante, la Coordinación remitirá el caso a Psicorientación y este al comité de disciplina, última instancia que impone la Matricula de Observación. Esta medida será notificada al estudiante y a los padres de familia y registrada con sus firmas en el observador del alumno.

6. Matricula condicional. La reincidencia en las faltas al pacto de convivencia y el incumplimiento a la

carta de compromiso, se remitirá el caso al Consejo de profesores, instancia que impone la matricula condicional.

7. Cancelación de cupo. Se procederá cuando:

a. Un estudiante haya sido sancionado con matricula condicional y no se le haya levantado durante el año.

b. Reinciden en las faltas que motivaron la matricula condicional, previo Consejo de Profesores.

8. Cancelación de Matricula. Si una vez agotados todos los procedimientos anteriores no hay

cambios de comportamiento en el estudiante, se le cancelara la matricula. La cancelación de matricula se aplicara previo concepto favorable de la totalidad o mayoría simple del Consejo Directivo y en las condiciones en que este lo determine. Este Consejo no podrá tomar la decisión sin la presencia de los representantes de los padres de familia (en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 319 del Código del Menor párrafo 2.) Articulo 31. En el análisis del comportamiento inadecuado se tendrá en cuenta las circunstancias agravantes del mismo. Serán agravantes del comportamiento inadecuado:

a. La reincidencia.

b. El incumplimiento del Acta de Compromiso.

c. Afectar el bienestar físico, moral y/o intelectual de otros miembros de la comunidad educativa.

d. Afectar el buen nombre o prestigio de la institución.

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e. Ser un miembro directivo del gobierno escolar.

f. Ser estudiante del grado décimo o undécimo, dado que sus actitudes y actuaciones deben ser ejemplo.

Articulo 32. El comportamiento inadecuado que involucre cualquiera de los agravantes mencionados en el artículo anterior, será tratado de acuerdo con el siguiente procedimiento:

a. Análisis del caso por parte de la Psicorientación, el director del grupo el personero de los estudiantes, que recogerán a información pertinente y la registraran en el observador junto con las descargas del estudiante y sus firmas.

b. Remisión al consejo disciplinario, que estudiara el caso y emitirá un concepto.

c. Si las circunstancias del caso conllevan a la cancelación de matrícula, este será remitido al Consejo

Directivo para realizar un último estudio y tomar una decisión definitiva. Artículo 33. El estudiante que haga, intente o facilite fraude en cualquier tipo de trabajo, prueba o examen, se hará acreedor de las siguientes sanciones:

a. La primera vez que cometa el fraude se califica el área o asignatura con nota mínima para el periodo y se impondrá la matricula de observación.

b. la segunda vez que incurra en esta falta cualquiera que sea el trabajo, prueba o examen se calificara

el área asignatura con la nota mínima y se cancelara la matricula del estudiante. Artículo 34. El consumo y tráfico de estupefacientes será sancionado de acuerdo con lo establecido por las leyes vigentes en esta materia, que señalan un tratamiento clínico especializado, responsabilidad de la familia de (el) (la) estudiante implicado (a) y del cual la institución deberá recibir informes periódicos. La reincidencia en este comportamiento acarreará la cancelación de la matrícula. PARAGRAFO: Igual tratamiento se dará a los estudiantes que cometan hurtos en la Institución, denunciando

el caso a las autoridades competentes. Artículo 35. El estudiante a quien se le inicie un estudio disciplinario tiene derecho a ser escuchado personalmente por la instancia que corresponda, según sea el caso, en cado uno de los pasos establecidos anteriormente y acompañado por el personero de los estudiantes. Igualmente, antes de la decisión de cancelar la matrícula deberá ser escuchado(a) en psico-orientación y en rectoría, para buscar alternativas posibles de cambio por parte del estudiante. Artículo 36. Los estudiantes de la sección primaria en los grados 4º y 5º estarán sujetos a todo lo contemplado en esta sección. Los estudiantes de preescolar y los grados primero, segundo y tercero de primaria tendrán un tratamiento disciplinario que se ajuste a las condiciones particulares de cada caso.

6.3 UNIFORMES 6.3.1 Diario Mujeres: Camibuso blanco con el escudo impreso del Colegio en la parte superior izquierda; falda azul según

modelo establecido por la Ordenanza de la Asamblea departamental; zapatos negros; medias azul oscuro. Hombres: Camibuso blanco con el escudo impreso del Colegio en la parte superior izquierda; pantalón azul

oscuro según modelo establecido por la Ordenanza de el Asamblea departamental; zapatos negros; medias azul oscuro.

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6.3.2 Educación física

Es igual para hombres y mujeres. Consta de camibuso con el escudo del Colegio, sudadera y short conforme al modelo establecido por la Ordenanza de la Asamblea departamental; zapatos tenis blancos, medias azul oscuro.

CAPITULO 7

RECONOCIMIENTOS Y ESTIMULOS

Artículo 37. Los alumnos que se esfuercen por superarse personalmente acercándose al perfil del Colegio, serán estimulados de la siguiente manera: a. Reconocimiento público en izadas de bandera y actos culturales, b. Anotaciones positivas y motivadoras en el observador del alumno. c. Asumir monitorias especiales y responsabilidades dentro del grupo y en el Colegio. d. Participación en clubes y comités de apoyo. Artículo 38. La Institución educativa Colegio Claudia María Prada, concede el premio a la FIDELIDAD al estudiante de último grado que hubiese cursado sus estudios desde el preescolar hasta culminar el bachillerato en la Institución, cuyo comportamiento y excelencia académica refleje la formación integral que el colegio ofrece. Artículo 39. Hacer reconocimiento al MEJOR BACHILLER DE LA PROMOCION que haya obtenido excelente promedio académico, resultados muy superior en las Pruebas de Estado y reflejen en sus valores y actitudes los rasgos del perfil Colclama. El estudiante será seleccionado entre los mejores bachilleres de cada grupo. Artículo 40. El consejo de Profesores de último grado propone los candidatos a obtener MENCION DE EXCELENCIA ACADEMICA a los alumnos que en su concepto se hayan destacado por su rendimiento académico, responsabilidad, compromiso y excelentes calidades humanas. Artículo 41. Recibirá MENCION DE HONOR al finalizar el año escolar un (a) estudiante de cada grupo que

sobresalga por su promedio académico, valores y actitudes y refleje de manera clara los rasgos del perfil Colclama. Artículo 42. Exaltar con la DISTINCION AL LIDERAZGO a los estudiantes que durante el año se hayan

destacado en su grupo, por actuar con espíritu colaborativo, emprendedor y democrático. Artículo 43. El Colegio reconoce a los estudiantes que durante el año se destacan por su persistencia y tenacidad para el logro de metas individuales académicas y/o comportamentales con la MENCION DE SUPERACION PERSONAL. Artículo 44. Recibirá una MENCION DE HONOR AL MERITO DEPORTIVO, al finalizar el año escolar, el estudiante que mejor se haya desempeñado en cada una de las disciplinas deportivas que se practican en la Institución. Para obtener esta distinción el estudiante buen deportista debe haber cumplido con los compromisos académicos y de comportamiento. Artículo 45. Recibirá una MENCION DE HONOR AL MERITO DEPORTIVO el estudiante de último grado

que al finalizar el año lectivo se destaque como el mejor deportista de la promoción de bachilleres.

CAPITULO 8

DERECHOS DE DEFENSA, RECURSOS Y PROCEDIMIENTOS 8.1 DEFENSA

Artículo 46. Cuando algún miembro de la comunidad educativa sienta lesionados sus derechos o desee expresar su inquietud u opinión, debe acudir a las instancias establecidas, mediante el siguiente conducto regular:

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a. Para los niveles de Preescolar y Básica Primaria se debe recurrir inicialmente al Director de grupo.

Para el nivel de Básica Secundaria, se debe recurrir inicialmente al docente del área que se requiera, luego al Director de grupo y posteriormente al Coordinador.

b. Se acudirá al Consejo Académico y/o disciplinario según el caso.

c. Se acudirá a Psico-orientación, si la dificultad es de orden psicológico.

d. Se acudirá a Rectoría como última instancia, si en las instancias anteriores no se resolvió la

dificultad. PARAGRAFO: Todas las instancias anteriores fundamentarán su acción en el diálogo y la conciliación.

Artículo 47. Se consideran derechos de defensa: a. Recibir información sobre sus derechos. b. Observar el debido proceso c. Presumir que sus actuaciones están ceñidos al postulado de buena fe. d. Rectificar en condiciones de equidad. 8.2 RECURSOS

Artículo 48. Toda sanción podrá ser objeto de reclamación o recurso de apelación interpuesto directamente por el estudiante, el padre de familia o acudiente, ante la persona o instancia que define la sanción. Todo recurso debe interponerse durante los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sanción y será resuelto en un término máximo de 15 días hábiles. PARAGRAFO: Tanto la apelación como el recurso se hacen por escrito.

CAPITULO 9. DE LOS DOCENTES

9.1 DERECHOS

Artículo 49. El docente vinculado laboralmente a la Institución educativa Colegio Claudia María Prada, además de los derechos fundamentales otorgados por la Constitución Política de Colombia, la Ley General de Educación, el Código Sustantivo del Trabajo y demás legislación vigente, tendrá derecho a:

a. Recibir por parte de los estudiantes, directivos, padres de familia, personal administrativo, de servicios generales y compañeros de trabajo, un trato respetuoso en su vida, honra y bienes, acorde con su dignidad e integridad como persona, dentro y fuera de la Institución

b. A expresar libremente y con respeto sus opiniones.

c. A recibir información sobre los aspectos generales del Proyecto Educativo Institucional, Áreas

académicas y planes de la (s) asignatura (s) a su cargo, el pacto de convivencia y demás aspectos de orden académico y disciplinario relacionados con su quehacer como docente al interior de la Institución.

d. A tener a su disposición los recursos físicos, tecnológicos y didácticos necesarios para la realización

de las actividades curriculares y extracurriculares.

e. A participar activamente en convivencias, celebraciones, actos deportivos y culturales programados por la Institución para lograr una mayor integración.

f. Conocer oportunamente los resultados de las evaluaciones docentes realizadas periódicamente por

los estudiantes, la evaluación de compañeros, coordinadores y rectoría, posibilitando así la cualificación progresiva y continua de su proceso integral de formación personal y profesional.

g. A participar de cursos de actualización y profesionalización, sin detrimento del cumplimiento de sus

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funciones y de la jornada laboral.

h. Elegir y ser elegido en los cargos de representación docente del Gobierno escolar y otras instancias institucionales, respetando su organización y normas internas.

9.2 COMPROMISOS

Artículo 50. Son compromisos de los docentes vinculados a la Institución educativa Colegio Claudia María Prada:

a. Cumplir con la Constitución Política y las leyes que en materia educativa emana el Estado Colombiano.

b. Conocer, cumplir y hacer cumplir el Pacto de Convivencia de la Institución educativa Colegio

Claudia María Prada, el reglamento interno de Trabajo vigente.

c. Orientar el proceso formativo de los estudiantes con base en la misión, la visión, los principios y valores de la Institución.

d. Orientar la acción pedagógica hacia el cumplimiento del plan de estudios establecido para cada

área del conocimiento, según el nivel y grado que le corresponda, con excelente calidad y profesionalismo.

e. Poseer idoneidad Ética y pedagógica que le permita actuar en correspondencia con el actual

momento social y científico-cultural, proyectando así a sus estudiantes un futuro exitoso en el desarrollo personal y productivo.

f. Orientar acciones que permitan a los estudiantes el ejercicio de la participación, la convivencia

pacífica, la democracia y el desarrollo de la autonomía y la inteligencia.

g. Evaluar el proceso formativo de los alumnos según los parámetros exigidos por la Ley.

h. Orientar a la familia sobre los criterios, métodos y procedimientos pedagógicos empleados para lograr el desarrollo integral de los alumnos.

i. Ser un permanente receptor, transmisor y creador de innovaciones teórico-pedagógicas, abierto al

cambio y actuar como agente dinámico en los diferentes procesos de formación y desarrollo académico y disciplinario propuestos por la Institución.

j. Cumplir los turnos o controles de disciplina o vigilancia para observar las interrelaciones escolares y

asumir las acciones pertinentes (de carácter formativo) cuando observe comportamientos inadecuados en cualquier zona o momento de las actividades escolares.

k. Mantener una actitud abierta, cordial y de diálogo con los padres de familia sobre las características

particulares de los estudiantes, brindando orientaciones tendientes a mejorar su desempeño académico y comportamental.

l. Diligenciar en forma cuidadosa, adecuada y oportuna los materiales que se constituyen en libros

reglamentarios del quehacer del docente: Control diario de Clase, Planeador de Clase, Planes de Asignatura, formato de logros, formato de Actas de Evaluación, Boletines e Informes, formato de seguimiento del estudiante, etc.

m. Diligenciar y entregar oportunamente los resultados de las evaluaciones aplicadas a los estudiantes,

en un plazo máximo de ocho (8) días hábiles a partir del día en que se realizaron.

n. Cumplir con los encargos que le sean encomendados por rectoría o Coordinación.

o. Dirigirse a sus superiores, compañeros y subalternos con respeto y diligencia, guardando la distancias y preservando la línea de autoridad, en cualquier momento y circunstancia.

En el caso de aquellos profesores que han sido designados por la Institución como Directores de grupo:

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coordinar el proceso educativo y el trabajo de los docentes para lograr el seguimiento cuidadoso de todos y cada uno de los estudiantes de su grupo, tanto en aspectos académicos como disciplinarios y formativos. Así mismo, mantener una comunicación frecuente con los Padres de Familia, especialmente en aquellos casos de estudiantes que presentan dificultades.

CAPITULO 10 DE LOS PADRES DE FAMILIA

Artículo 51. La familia es el núcleo fundamental de la sociedad y la principal institución social responsable de la formación de los hijos y de la educación en Colombia, junto con el Estado y la sociedad. Por consiguiente, el presente pacto de convivencia reconoce sus derechos en el proceso educativo y los compromisos que por naturaleza debe asumir. 10.1 Derechos

Artículo 52. Los padres de familia o acudientes en la Institución Educativa Colegio Claudia María Prada, tendrán derecho:

a. A conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características del establecimiento educativo, los principios que orientan el Proyecto Educativo Institucional, el Pacto de Convivencia, el Plan de estudios, las estrategias pedagógicas, el sistema de evaluación escolar y el Plan de mejoramiento institucional.

b. A expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del proceso

educativo de sus hijos y sobre el grado de idoneidad del personal docente y directivo del establecimiento educativo.

c. Recibir un trato cordial, respetuoso y ser atendidos oportunamente por parte de los demás miembros

de la comunidad educativa.

d. Conocer los procesos disciplinarios en que se encuentran involucrados sus hijos o acudidos y expresar respetuosamente, siguiendo los lineamientos establecidos en el presente Pacto de Convivencia, sus sugerencias o reclamos al respecto.

e. Solicitar y recibir información sobre la asistencia, disciplina, rendimiento académico y demás

aspectos que involucren el desempeño general de sus hijos o acudidos.

f. A recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento y comportamiento de sus hijos.

g. Recibir asesoría y orientación oportunas en relación con la formación de sus hijos para involucrarse,

participar e incidir en forma efectiva en el proceso de su formación.

h. A elegir y ser elegidos para representar a los padres de familia en los órganos del Gobierno escolar, en los términos previstos en la Ley General de Educación y en sus reglamentos.

i. A ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos educativos, la

capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y al desarrollo armónico de sus hijos.

j. A ser atendidos, cuando así lo requiera, en los horarios establecidos por la Institución.

k. A beneficiarse de la Escuela de Padres y demás actividades de proyección a la comunidad

programadas por la Institución.

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10.2 Compromisos

Artículo 53. Los padres de familia o acudiente al matricular a su (s) hijo(s) en forma voluntaria y autónoma, asume los siguientes compromisos:

a. Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y el cumplimiento de sus fines sociales y legales.

b. Cumplir con las obligaciones contraídas en el proceso de matrícula y en el Pacto de convivencia,

para facilitar el proceso educativo.

c. Mantener una comunicación abierta y constante con la Institución.

d. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa.

e. Asistir puntualmente a las reuniones programadas para entrega de informes, citas individuales,

talleres, escuela de padres, etc. PARAGRAFO: En caso de inasistencia a la reunión el director de grupo enviará una citación por escrito al

padre de familia o acudiente para que se presente en fecha próxima. Cuando persistentemente el padre, madre o acudiente deje de acudir a las citas hechas por la Institución, se remitirá el informe o se entregará el hijo a la Comisaría de familia para a través del Bienestar familiar cumpla con la misión de ofrecer la debida protección al menor. (Código del Menor. Art. 296, 299, 314)

f. Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos.

g. Informarse sobre el rendimiento académico y comportamiento de sus hijos y participar en las

acciones de mejoramiento.

h. Proporcionar a sus hijos o acudidos un ambiente de afecto, comprensión, apoyo y respeto dentro del hogar, que les permita desarrollarse en forma adecuada.

i. Facilitar a los hijos los elementos necesarios para la realización de diferentes actividades

académicas (cuadernos, libros, lápices….) y para su correcta presentación e higiene personal.

j. Apoyar a la Institución en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento.

k. Comunicar oportunamente y en primer lugar a las autoridades del Colegio las irregularidades de que

tengan conocimiento sobre drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta, acudir a las autoridades competentes.

l. Enviar por escrito y en el tiempo establecido para tal fin, las excusas firmadas por fallas o retardos

de sus hijos o acudidos. Igualmente, devolver firmadas las notificaciones que el colegio les envía.

m. Informar oportunamente las ausencias de sus hijos o acudidos a la Institución. PARAGRAFO: Las excusas y solicitudes de permiso deben enviarse por escrito, con firma, número telefónico

en el que se pueda localizar a quien la envía. Con tres (3) ausencias sin excusa se citará a padres o acudientes que justifiquen.

n. Educar a través de sus actos y actitudes y formar en sus hijos unas bases morales sólidas y perdurables. En este mismo sentido, deberán abstenerse de ocultar, encubrir y patrocinar

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comportamientos de sus hijos o acudidos que disten de las buenas costumbres.

o. Utilizar los conductos regulares en caso de alguna dificultad.

p. Solicitar con antelación las citas que requiera.

q. Formar parte de la Asociación de Padres de Familia y participar activamente en los eventos y programas que se organicen para bienestar de la comunidad educativa.

r. Responder por los daños o deterioros que sus hijos o acudidos hayan causado en la institución,

previa comprobación de su autoría. San José de Cúcuta, Junio 12 de 2009 Digitó: Golivaresz, Técnico Operativo 314-08, Colclaudiamariaprada. Septiembre 2011.

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