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2013

COLEGIO

BRASILIA USME

MANUAL DE CONVIVENCIA

Colegio Brasilia Usme 2013

Contenido

1- Presentación institucional2- Reseña histórica del Colegio Brasilia Usme.3- Horizonte institucional

2.1 Visión

2.2 Misión

2.3 Factores claves de éxito

2.4 principios y valores

2.5 Política y objetivos de calidad.

2.6 Perfiles

2.7 Metas estratégicas por factores claves de éxito

4- Estrategia pedagógica5- Organización del plan de estudio.6- Criterios para la evaluación del rendimiento académico.7- Proyectos Institucionales8- Manual de Convivencia9- Gobierno escolar

10-Procedimientos para la relación con otras organizaciones, medios de comunicación.

11-Recursos humanos, físicos, económicos y tecnológicos disponibles.12-Criterios de organización administrativa y de evaluación de la

gestión

12.1 Mapa de procesos

12.2 Red de procesos.

13- Programas educativos de carácter formal e informal.

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8- Manual de Convivencia

MANUAL DE CONVIVENCIA 2013.

Presentación

La concepción del Estado Social de derecho se fundamenta en la doctrina de los derechos humanos según la cual todos los hombres sin distinción de raza, sexo, credo y condición social tienen unos derechos fundamentales como: el derecho el a la vida, a su intimidad personal y familiar, el debido proceso, al libre desarrollo de la personalidad, a difundir su pensamiento y opiniones, derechos todos, que se convierten en un puntal en las aspiraciones de población escolar.

Los frecuentes problemas que aquejan el mundo escolar son el resultado de una realidad general social. En la vida de la escuela se reflejan los problemas de la actual sociedad. La constitución del 91 al concederle un papel predominante a la escuela como Institución garante por excelencia de los derechos fundamentales, la ha dotado de posibilidades para que a partir de su cultura sea un referente en la construcción de un proyecto de sociedad democrática.

En este sentido la convivencia escolar se convierte en un espacio de comunicación, caracterizado por el reconocimiento de las particularidades del otro para llegar a la autoformación, la autoestima, el autocontrol y a las posibilidades de convivencia, que permitan identificar intereses compartidos, que pueden ser dialogados y transformados al interior de nuestra Institución Educativa.

El Manual de convivencia es un instrumento normativo que permite regular las relaciones de los estudiantes entre sí y con los demás miembros de la comunidad educativa.

El Manual de Convivencia del Colegio Brasilia Usme trata de responder entonces por una organización escolar centrada en los intereses sociales, culturales, políticos de los alumnos y profesores, y adelantar proyectos institucionales en donde los intereses de los miembros de la comunidad educativa se vean reflejados y sean la expresión de la participación y el convenio.

El Manual de convivencia del Colegio Brasilia Usme da cabida a una comunicación horizontal, al diálogo permanente, a la participación, al respeto mutuo, a la práctica, a la estructuración de la autonomía, la conducta de la madurez y de la personalidad de los educandos. Así mismo recupera para nuestra comunidad el papel de defensor irrestricto de los derechos fundamentales, legitimando las acciones y prácticas de la comunidad educativa, que busquen el respeto de las normas y la autorregulación como principios básicos para la convivencia.

Manual de Convivencia es el conjunto de deberes, derechos y procedimientos que vivencial cotidianamente los estamentos de la Institución. En su conceptualización el manual expresa la misión, la filosofía, los principios y valores de la Institución.

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El Manual de Convivencia trata de una serie de reglas voluntariamente establecidas que estimulan la autonomía, la responsabilidad y el saber vivir en comunidad. El propósito del Colegio Brasilia Usme, es que los principios y valores institucionales se interrelacionen y arraiguen en el pensar y actuar de la comunidad educativa, de tal suerte que el manual se convierta en un verdadero instrumento de formación ciudadana.

Es anotar que nuestro Manual de Convivencia constituye las reglas de juego o pautas de acción de todos y cada uno de los miembros de la comunidad. La experiencia de la construcción de una cultura de la convivencia, la mediación y la solución de conflictos, son unos de los principios orientadores del reglamento escolar Brasilista.

Nuestro manual de convivencia surgió de los "pactos de aula" que los estudiantes establecieron al interior de su salón de clase, cuya presentación básica fue identificar sus principales conflictos y la manera de solucionarlos pacíficamente. Posteriormente el Comité de Convivencia como órgano encargado de orientar los principios de Convivencia institucional acordó dentro de sus funciones:

1 Tomar decisiones y resolver en primera instancia, los conflictos de convivencia entre los alumnos y padres de familia, docentes y demás estamentos de la comunidad educativa.

2 Recomendar acciones pedagógicas conducentes a fortalecer los valores de convivencia infringidos o quebrantados por los alumnos y sus representantes

3 Aplicar los correctivos de disciplina, de conformidad con el presente Manual de Convivencia y el Proyecto Educativo Institucional (PEI).

El presente Reglamento pretende afianzar las relaciones entre los miembros de la comunidad Brasilista y garantizar el ejercicio de los derechos de los estudiantes, así como el cumplimiento de sus deberes, con criterios amplios que faciliten la convivencia en el colegio.

FUNDAMENTOS LEGALES.

Constitución Política de Colombia.

Algunas disposiciones constitucionales con relación a la educación son:

Artículo 16: Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.

Artículo .29: EL DEBIDO PROCESO se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas. Nadie podrá ser juzgado sino conforme a las leyes pre-existentes al acto que se le imputa.

Artículo 44: SON DERECHOS FUNDAMENTALES de los niños: vida, salud, alimentación el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión, entre otros.

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Artículo 45: EL ADOLESCENTE tiene derecho a la protección y a la formación integral. El estado y la sociedad garantizan la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud.

Artículo 67. LA EDUCACIÓN es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y a los valores de la cultura.

La educación formará al colombiano en el respecto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia: y en la práctica del trabajo y a la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.

Artículo 79: TODAS LAS PERSONAS tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizara la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.

Artículo 86: LA ACCIÓN DE TUTELA como mecanismo jurídico, para reclamar ante los jueces o para la protección inmediata de los derechos fundamentales, cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública.

Artículo 87: Toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento de una ley o un acto administrativo.

Declaración de los derechos del niño

Artículo 6: EL NIÑO tendrá derecho a recibir educación que será gratuita; a la institución que permita la cultura general y oportunidades para desarrollar sus actitudes y su sentido de oportunidad moral y social que sea un miembro útil a su familia.

La Ley General de Educación.

Artículo 73.-PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL. El reglamento para estudiantes debe ser uno de los aspectos a contemplar en el Proyecto Educativo Institucional que cada establecimiento debe elaborar y poner en práctica.

Artículo 87.-REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA. Los establecimientos educativos tendrán un Reglamento o Manual de Convivencia, en el cual se definen los derechos y obligaciones de los estudiantes. Los padres o tutores y los educandos al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando el mismo.

Artículo 91.-EL ALUMNO O EDUCANDO: Es el centro del proceso educativo y debe participar activamente en su propia formación integral. El Proyecto Educativo Institucional reconocerá este carácter.

Artículo 92.- FORMACIÓN DEL EDUCANDO. La educación debe favorecer el pleno desarrollo de la personalidad del educando, dar acceso a la cultura, al logro del conocimiento científico y técnico y a la formación de los valores éticos, es téticos, morales, ciudadanos y religiosos que le faciliten la realización de una actividad útil para el desarrollo socioeconómico del país.

Los establecimientos educativos incorporaran en el Proyecto Educativo Institucional acciones pedagógicas para favorecer el desarrollo equilibrado y armónico de las

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habilidades de los educandos, en especial las capacidades para la toma de decisiones, la adquisición de criterios, el trabajo en equipo, la administración eficiente del tiempo, la asunción de responsabilidades, la solución de conflictos y problemas y las habilidades para la comunicación, la negociación y la participación.

Artículo 93.-REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES. En los Consejos Directivos de los establecimientos de educación básica y media del Estado, habrá un representante de los estudiantes de los tres (3) últimos grados, escogido por ellos mismos, de acuerdo con el reglamento de cada institución.

Artículo 94.-PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES. En todos los establecimientos de educación básica y de educación media, y en cada año lectivo, los estudiantes elegirán a un alumno de último grado que ofrezca el establecimiento, para que actúe como personero de los estudiantes y promotor de sus derechos y deberes.

Artículo 95.-MATRICULA. La matrícula es el acto que formaliza la vinculación del educando al servicio educativo. Se realizara por una sola vez, al ingresar el alumno a un establecimiento educativo pudiéndose establecer renovaciones para cada periódico académico.

Artículo 96.-PERMANENCIA EN EL ESTABLECIMIENTO. El reglamento interno de la institución educativa establecerá las condiciones de permanencia del alumno en el plantel y el procedimiento de exclusión.

La reprobación por primera vez en un determinado grado por parte del alumno, no será causal de exclusión del respectivo establecimiento, cuando no esté asociada a otra causal expresamente contemplada en el reglamento institucional o manual de convivencia.

El Decreto 1860 de1994.

Reglamenta parcialmente la ley 115 de 1994 en los aspectos pedagógicos y organizativos generales.

Artículo 17:.REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA. Establece en particular los aspectos que deben contemplar el reglamento o manual de convivencia.

1. Reglas de higiene personal y de la salud pública que preservan el bienestar de la comunidad educativa, la conservación individual de la salud, la prevención frente al consumo de sustancias psicotrópicas.

2. Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales de uso colectivo, tales como equipos, instalaciones e implementos.

3. Pautas de comportamientos en relación con el cuidado del medio ambiente escolar.

4. Normas de conductas de alumnos y profesores que garanticen el mutuo respeto, incluyendo la identificación de claros procedimientos para formular las quejas o reclamos al respecto.

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5. Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad, incluyendo instancias de diálogo y de conciliación.

6. Pautas de presentación personal que preserven a los alumnos de la discriminación por razones de apariencia.

7. Definición de sanciones disciplinarias aplicables a los alumnos incluyendo el derecho a la defensa.

8. Reglas para la elección de representantes al consejo directivo y para la escogencia de voceros en los demás consejos previstos en el decreto 1860, incluyendo el proceso de elección del personero de los estudiantes.

9. Calidades y condiciones de los servicios de tienda escolar, refrigerio, transporte, recreación dirigida y demás conexos con el servicio de educación que ofrezca la institución a los alumnos.

10. Funcionamiento y operación de los medios de comunicación interna del establecimiento, para el caso la emisora escolar, periódicos revistas o emisiones radicales que sirvan de instrumentos efectivos a la libre expresión.

Reglas para el uso biblio-banco y la biblioteca escolar.

DECRETO 120 DEL 21 DE ENERO DE 2010: PROGRAMAS EDUCATIVOS PARA EVITAR EL CONSUMO DE ALCOHOL

Se deben implementar cursos de prevención del alcoholismo.

El menor de edad que sea hallado consumiendo bebidas embriagantes o en estado de ebriedad o beodez, deberá asistir con sus padres o acudientes a un curso sobre prevención del alcoholismo al ICBF o a la entidad que haga sus veces.

Ley 1098 de 2006: Código de la infancia y la adolescencia

Artículo 1: FINALIDAD: Este código tiene por finalidad garantizar a los niños, niñas y adolecentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y la comunidad, en un ambiente de la felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el conocimiento a la igualdad de la dignidad humana sin discriminación humana

Artículo 15 EJERCICIOS DE LOS DERECHOS Y RESPONSABILIDADES: Es obligación de la familia, la sociedad y el estado a los niños, a las niñas y los adolecentes en el ejercicio responsable de los derechos las autoridades en el ejercicio responsable de los derechos con claro sentido pedagógico.

El niño, la niña o el adolecente tendrán o deberá cumplir las obligaciones cívicas y sociales que correspondan a un individuo a su desarrollo.

Articulo 17 DERECHOS A LA VIDA, A LA CALIDAD DE VIDA Y A UN AMBIENTE SANO. Los niños, las niñas y los adolecentes tiene derecho a la vida y a un buena calidad de vida y ambiente sano de condiciones de dignidad y goce de todos sus derechos de forma prevalente la calidad de vida es esencial para su desarrollo

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acorde con la dignidad del ser humano. Este derecho de la generación de condiciones que le aseguren desde la concepción, cuidado, protección, alimentación nutritiva y adecuada, acceso a los servicios de salud, educación, vestuario recreación y vivienda segura dotada de servicios públicos esenciales en un ambiente sano

Parágrafo, El estado desarrollará políticas públicas orientadas hacia fortalecimiento de la primera infancia.

Artículo 18 DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL: los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra todas las acciones y conductas que causen muerte, daño y sufrimiento físico sexual o sicológico. En especial tiene derecho a la protección contra el maltrato de toda índole por parte de sus padres, de sus representes legales, de las personas responsables de su cuidado y de los miembros de su grupo familiar escolar y comunitario.

Para los efectos de este Código, se entiende por maltrato infantil toda forma de perjuicio, castigo, humillación o abuso físico o sicológico, descuido, omisión, o trato negligente, , malos tratos o explotación sexual, incluidos los actos sexuales abusivos y la violación y en general toda forma de violencia o agresión sobre el niño, la niña o el adolescente por parte de sus padres, representantes legales o cualquier otra persona

Artículo 20: DERECHOS DE PROTECCION: Los niños, las niñas y los adolescentes serán, protegidos contra:

3. El consumo del tabaco, sustancias psicoactivas, estupefacientes o alcohólicas y la utilización, el reclutamiento o la oferta de menores en actividades de promoción, producción, recolección, tráfico distribución y comercialización.

4. La violación, la inducción, el estimulo y el constreñimiento a la prostitución la explotación social, la pornografía y cualquier otra conducta que atente contra la libertad o la integridad y formación sexual de la persona menor de edad.

Artículo 26 DERECHOS AL DEBIDO PROCESO: Los niños, las niñas y adolecentes la garantía de debido proceso en todas las actuaciones administrativas y judiciales o de cualquier otra naturaleza.

Artículo 28 DERECHO A LA EDUCACIÓN: Los niños, las niñas y los jóvenes tienen derecho a una educación de calidad. Esta será obligatoria por parte del estado

Artículo 42. OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS.

Para cumplir con su misión las instituciones educativas tendrán entre otras las siguientes obligaciones:

1. Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia.

2. Brindar una educación pertinente y de calidad.

3. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa.

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4. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo.

5. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa.

6. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación Psicopedagógica y psicológica.

7. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin.

8. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica.

9. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada.

1.0. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional.

11. Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales.

12. Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos.

PROYECTO DE LEY 201 DE 2012 CÁMARA.

Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

El CAPÍTULO I está integrado por dos (2) artículos. Contiene las disposiciones generales y el objetivo del proyecto. Precisa algunas definiciones generales indispensables para la comprensión del marco conceptual del Sistema como competencias ciudadanas, educación para la sexualidad y para el ejercicio de los Derechos Humanos y convivencia escolar; así como algunas otras de carácter específico que reflejan nuevas realidades en las escuelas y colegios como el matoneo o bullying y el ciberbullying o ciberacoso escolar, necesarias para especificar el alcance de aplicación de la ley.

El CAPÍTULO II, se refiere a la creación del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. Está integrado por once (11) artículos . Define sus objetivos, principios, las instancias que lo conforman en los niveles nacional (Comité Nacional de Convivencia Escolar), territorial (Comités Municipales, Distritales o Departamentales de Convivencia Escolar) y escolar (Comité

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de Convivencia Escolar) y las funciones de cada una de ellas. Estipula que el Sistema Nacional de Convivencia Escolar debe regirse por los principios de participación, corresponsabilidad, autonomía y diversidad.

El CAPÍTULO III desarrolla diez (10) artículos. Precisa las funciones que deberá cumplir el Sector Educativo ¿conformado por el Ministerio de Educación Nacional, las Secretarías de Educación de las entidades territoriales certificadas en educación y los establecimientos educativos¿, como parte del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos. Incluye disposiciones sobre la responsabilidad de los Directores o Rectores, y de los Docentes en el marco del Sistema, además del papel que deben jugar los proyectos pedagógicos, el manual de convivencia y la participación de la familia alrededor de la convivencia escolar y la formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, sexuales y reproductivos.

El CAPÍTULO IV, integrado por cuatro (4) artículos, define el alcance de la participación y las competencias del Ministerio de Salud, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, las Personerías y las entidades que conforman el Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente, como entidades parte del Sistema de Convivencia Escolar.

El CAPÍTULO V, en siete (7) artículos que lo componen, establece las tres herramientas por medio de las cuales opera el Sistema de Convivencia Escolar: el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar y sus componentes y la orientación psicosocial especializada en establecimientos educativos.

LEY DE GARANTES “ACCION Y OMISION”, ARTÍCULO 25 DEL CÓDIGO PENAL DE 2000—LEY 599”:

“La conducta punible puede ser realizada por acción o por omisión. Quien tuviere el deber jurídico de impedir un resultado perteneciente a una descripción típica y no lo llevare a cabo, estando en posibilidad de hacerlo, quedará sujeto a la pena contemplada en la respectiva norma penal. A tal efecto, se requiere que el agente tenga a su cargo la protección en concreto del bien jurídico protegido, o que se le haya encomendado como garante la vigilancia de una determinada fuente de riesgo, conforme a la Constitución o a la ley.

El Código del Menor (Título tercero) establece “Prohibiciones y obligaciones especiales”,

Artículo 322: prohíbe la entrada de menores de catorce (14) años a las salas de juegos electrónicos.

Artículo 323: prohíbe la venta de bebidas alcohólicas a menores y su ingreso a sitios de diversión donde se presenten espectáculos que atenten con su integridad moral, su salud física o mental.

Artículo 325: prohíbe la venta, préstamos o alquiler a menores de edad de cualquier tipo de material pornográfico.

Decreto 1108 del 31 de mayo de 1994: Prevención de la drogadicción

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Por el cual se sistematizan, coordinan y reglamentan algunas disposiciones en relación con el porte y consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. A continuación se mencionan los artículos más relevantes que sirven de soporte al Manual de Convivencia:

Capítulo III: En relación con el código educativo:

Artículo 9: Para efectos de los fines educativos, se prohíbe en todos los establecimientos educativos del país, estatales o privados, el porte y consume de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, estableciendo la obligación de los Directivos, docentes y administrativos informar de ello a la autoridad del establecimiento educativo, si es menor se le comunica a los padres y al defensor de familia.

Artículo 10: En los Reglamentos o Manuales de Convivencia, se debe incluir expresamente la prohibición anterior, así como de las sanciones que deben aplicarse a sus infractores. Entre estas medidas se contemplarán la amonestación, suspensión y exclusión del establecimiento, que se aplicaran teniendo en cuenta al gravedad de la infracción cometida y el procedimiento previsto en el manual.

Artículo 16: Se prohíbe el uso y consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas en lugares públicos o abiertos al público, de conformidad con el Código Nacional de Policía, entendiéndose por lugar público, entre otros los centros educativos, culturales, recreativos, deportivos, las oficinas públicas, etc.

Artículo 17: El dueño, administrador o rector del establecimiento público o abierto al público expulsará a quien consuma estupefacientes o sustancias psicotrópicas. Para tal efecto, acudirá a la respectiva autoridad de Policía. Tratándose de menores de edad, se avisara a la autoridad competente.

Acuerdo 125 del 9 de julio de 2004

Por medio del cual se modifica y se adiciona Acuerdo Número 21 del 9 de diciembre de 1998, se implementa la cátedra De Derechos Humanos, Deberes y Garantías y Pedagogía de la reconciliación y se dictan otras disposiciones”

Artículo 1: Modifica el Acuerdo No. 21 de diciembre 9 de 1998: En desarrollo al mandato Constitucional consagrado en el Artículo 41, crease la cátedra de Derechos Humanos, Deberes y Garantías y Pedagogía de la Reconciliación, con el fin de contribuir a la formación de una amplia y sólida cultura de los Derechos Humanos, como la mejor vía para que las personas se reconozcan como titulares de los derechos y deberes conozcan los mecanismos de protección y exijan su respeto ante cualquier persona, autoridad pública o privada que los vulnere y de la misma forma reconozcan los mismos derechos en las demás personas.

Decreto 1286 de 2005: Por el cual se establecen normas sobre la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados, y se adoptan otras disposiciones.

Acuerdo 04 del 2000: Por medio del cual se crean los comités de convivencia en los establecimientos educativos oficiales y privados del distrito capital.

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Artículo 3: Una de las finalidades del comité convivencia es llevar a cabo el seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia.

El. Comité de convivencia está encargado de promover las buenas relaciones interpersonales entre los diferentes miembros de la comunidad.

Funciones del comité de convivencia:

Las finalidades principales de los comités de convivencia serán los siguientes:

• Darse su propia organización interna

• Desarrollar foros y talleres con la comunidad educativa con el objetivo de promover la convivencia y los valores dentro de los ámbitos institucional, estudiantil y familiar.

• Promover la vinculación de las entidades educativas a los programas de convivencia y resolución pacífica de conflictos que adelanten las diferentes entidades Distritales.

• Instalar mesas de conciliación cuando alguno o algunos de los actores de la comunidad educativa lo solicite con el objetivo de resolver pacíficamente sus conflictos. Para tal efecto, el comité designará un conciliador cuando las partes en conflicto lo estimen conveniente.

• Evaluar y mediar los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes y los que surjan entre éstos últimos.

• Llevar a cabo el seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia.

• Educar a la comunidad para minimizar los conflictos y brindar un mejor nivel de vida a sus integrantes.

• Prevenir, las diversas formas de agresión, maltratos, vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana que puedan llegar a ser ejercidas sobre una o varias personas de la institución.

• Formular recomendaciones pertinentes para reconstruir, renovar y mantener la convivencia en las situaciones presentadas.

SENTENCIAS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

SENTENCIA -481/98

Al interpretar el Articulo 16 de la Constitución que consagra el derecho “Al libre desarrollo de la personalidad”, la Corte Constitucional y la Doctrina, han entendido que: “Ese derecho consagra una protección general de la capacidad que la Constitución reconoce a las personas para auto-determinarse, esto es, a darse sus propias normas y desarrollar planes propios de vida, SIEMPRE Y CUANDO NO AFECTE DERECHOS DE TERCEROS”.

SENTENCIA T.397 DE AGOSTO 19 DEL 97

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El hombre, considera la misma Corte Constitucional, debe estar preparado para vivir en armonía con sus congéneres, para someterse a la disciplina que toda comunidad supone, para asumir sus propias responsabilidades y para ejercer la libertad dentro de las normas que estructuran el orden social.

Así pues, de ninguna manera ha de entenderse completo ni verdadero un derecho a la educación, al que se despoja de estos elementos esenciales, reduciéndolo al concepto vacio de pertenencia a un establecimiento educativo… de lo dicho se concluye que: ”Cuando el centro educativo exige del estudiante respuestas en materia académica, disciplinaria, moral o física, o cuando demanda de unas responsabilidades propias de su estado, así como cuando impone sanciones proporcionales a las faltas que comete, siempre que desempeñe tal papel de modo razonable y sujeto al orden jurídico, no está violando los derechos fundamentales del educando sino, por el contrario, entregando a este la calidad de educación que la constitución desea”.

SENTENCIA DE LA CORTE. ST 316 /94

La Educación sólo es posible cuando se da la convivencia y si la disciplina afecta gravemente a ésta última, ha de prevalecer el interés general y se puede , respetando el debido proceso , separar a la persona del establecimiento educativo.

SENTENCIA DE LA CORTE. ST 402/92

La constitución garantiza el acceso y la permanencia en el Sistema Educativo salvo que exista elemento razonable_

Incumplimiento académico o graves faltas disciplinarias del estudiante-que lleven a privar a la persona del beneficio de permanecer en una entidad educativa determinada.

SENTENCIA DE LA CORTE. ST 527/95

La función social que cumple la educación hace que dicha garantía se entienda como un derecho-deber que genera para el educador como para los educandos y para sus progenitores un conocimiento de obligatoriedad reciproco que no puede sustraerse; ello implica que los planteles educativos pueden y deben establecer una serie de normas o reglamento en donde se viertan las pautas de comportamiento que deben seguir las partes del proceso educativo.

SENTENCIA DE LA CORTE. ST 235/97

Quien se matrícula en un centro educativo, con el objeto de ejercer el derecho constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mencionado derecho para excusar las infracciones en que incurra.

SENTENCIA DE LA CORTE. ST 569/94

La educación como derecho fundamental conlleva deberes del estudiante, uno de los cuales es cumplir el reglamento o normas de comportamiento establecido por el plantel educativo a que está vinculado. Su inobservancia permite a las autoridades escolares tomar las decisiones que corresponden, siempre que se observe y respete el debido proceso del estudiante, para corregir situaciones que estén por fuera de la constitución, de la ley y del orden interno del ente educativo El deber de los estudiantes radica desde

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el punto de vista disciplinario, en respetar el reglamento y las buenas costumbres, y en el caso particular se destaca la obligación de mantener las normas de presentación establecidas por el colegio, así como los horarios de entrada de clases, de recreo y de salida, y el debido comportamiento y respeto por sus progenitores y compañeros. El hecho de que el menor haya tenido un aceptable rendimiento académico no lo exime del cumplimiento de sus deberes de alumno.

SENTENCIA DE LA CORTE. ST 519/92

Si bien la educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de permanecer vinculado al plantel hasta la culminación de sus estudios, de allí no debe colegirse que el centro docente está obligado a mantener indefinidamente entre sus discípulos a quien de manera constante y reiterada desconoce las directrices disciplinarias y quebranta el orden dispuesto por el reglamento educativo, ya que semejantes condiciones además de constituir incumplimiento de los deberes, ya resaltados como inherentes a la relación que el estudiante establece con la institución en que se forma ,representa un abuso de derecho en cuanto causa perjuicio a la comunidad educativa e impide al plantel los fines que le son propios

QUE ES UN DEBIDO PROCESO:

El Debido Proceso es un principio jurídico procesal o sustantivo según el cual toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, tendientes a asegurar un resultado justo y equitativo dentro del proceso, a permitirle tener oportunidad de ser oído y a hacer valer sus pretensiones legitimas frente al juez.

El Debido Proceso penal es el conjunto de etapas formales secuenciadas e imprescindibles realizadas dentro un proceso penal por los sujetos procesales cumpliendo los requisitos prescritos en la Constitución con el objetivo de que: los derechos subjetivos de la parte denunciada, acusada, imputada, procesada y, eventualmente, sentenciada no corran el riesgo de ser desconocidos; y también obtener de los órganos judiciales un proceso justo, pronto y transparente

Las etapas del debido proceso son:

Decisión de apertura: Si el estamento decide iniciar el proceso, el docente notificará tal decisión al estudiante. Esta comunicación contendrá lo siguiente:

Resumen de los hechos:. Adecuación de los hechos a una de las faltas disciplinarias previstas en el reglamento.

El plazo que dispone el estudiante es de cinco días (5) hábiles, contados a partir de la notificación, para hacer alguna de las dos cosas siguientes: 1) dar su versión de los hechos, defenderse prescrito, aportar las pruebas y solicitar la práctica de las que estime pertinentes o 2) acreditar la existencia de un acuerdo a través del cual se soluciona la situación que dio origen al proceso. (Reconciliación)

Procedimiento de notificación: Se notificarán las decisiones al estudiante y padre de familia.

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Demostrada la falta, el estudiante dispone de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente de la comunicación.

Recurso de apelación: Contra las decisiones tomadas por cualquier estamento, el estudiante o representante del menor podrá interponer el recurso de apelación.

Anulación del proceso: Si alguno de los diferentes órganos que intervienen en el proceso encontrará que se ha omitido uno o varios requisitos del debido proceso, deberá anularlo y devolverlo al Comité de Convivencia, con el objeto de que se subsanen las irregularidades. De cualquier sanción impuesta debe quedar constancia en la respectiva carpeta del estudiante.

DIAGRAMA DE FLUJO DEBIDO PROCESO

CRITERIOS PARA LA CLASIFICACION Y MANEJO DE LAS FALTAS

FALTAS LEVES:

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Se considera falta leve a todo incumplimiento por parte de los(as) estudiantes a los compromisos adquiridos con el colegio a través del manual de Convivencia que por su naturaleza, intención y consecuencias trastornan levemente la convivencia en la Institución.

FALTAS GRAVES

Se consideran faltas graves a las que además de reunir las características de las faltas leves afectan en mayor grado la convivencia institucional.

FALTAS GRAVÍSIMAS

Constituyen faltas gravísimas las que por su impacto lesionan en alto grado a las personas o conmocionan la actividad Institucional.

CLASIFICACIÓN DE FALTAS.

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CRITERIOS PARA LA CLASIFICACION DE FALTAS

COMITÉ DE CONVIVENCIA.2013

FALTAS CLASIFICACION DE LAS FALTAS

PROCEDIMIENTO SANCION

1-. Llegar tarde sin justificación al colegio y/o a actividades pedagógicas planeadas fuera del plantel. Toda llegada cinco minutos después de iniciar la jornada escolar se registra como tardía. 2-. Faltar a clase, sin excusa. 3-. Mostrar inadecuada presentación personal: utilizando maquillaje, cortes de pelo o peinados extravagantes, o portando prendas u objetos accesorios al uniforme (estos serán decomisados y entregados al acudiente).Art.20 N°4,ley 10984-. Portar el uniforme de educación física o de diario cuando no le corresponde o traerlo incompleto o combinado.5-. Comprar o vender cualquier tipo de artículo dentro del plantel, o por las rejas.6. Expresarse con malos modales o vocabulario soez.7. Escribir letreros en paredes, baños, pupitres o cualquier otro espacio institucional no autorizado. 8. Rayar innecesariamente cuadernos, libros, maletas ajenas y propias. 9. Traer al colegio sustancias malolientes u objetos que no hayan sido exigidos para las labores académicas (radios, joyas, MP3, MP4, celulares, juguetes, fichas, IPOD, objetos de diversa índole, animales, etc.). 10-. Usar el teléfono celular en horas de actividad académica. 11-. Portar y/o guardar cualquier instrumento que pueda ser utilizado como objeto bélico (chapas, cadenas, objetos contundentes)12. Realizar celebraciones inadecuadas entre estudiantes usando huevos o harina, entre otros.13. Realizar en horas de clase actividades diferentes a las correspondientes.14. Permanecer dentro del salón, segundo piso, baños o pasillos, durante el descanso o en actos de comunidad.15. Arrojar papeles o desechos al piso.16. Ingresar a la sala de profesores, otros salones o dependencias sin autorización.

LEVES

1. Diálogo reflexivo con el estudiante.2. Intervención del grupo de mediadores de cada curso, con su correspondiente acta de conciliación.3. En caso de reincidir llamado de atención escrito. Registro en el observador del estudiante, por parte del docente con quien se presentó la falta, y firma de compromiso.4. A la tercera vez de cometer la misma falta llamado de atención del director de grupo con citación de acudiente y firma de compromisos.5. Remisión a coordinación y orientación, si se incumplieron los compromisos adquiridos.

1. Reflexión y trabajo escrito sobre la falta.2. Desarrollo de taller o exposición de un trabajo a estudiantes de otros cursos.3.Trabajo social en la institución4.Ofrecer las correspondientes disculpas a sus compañeros5. Responsabilizarse por los daños causados6. No asistir a algunas actividades culturales de la institución7. Disminución en su evaluación de comportamiento y/o en ética y valores.8 .Trabajo pedagógico con padres.9. Todo objeto electrónico será decomisado y devuelto a su acudiente, del mismo modo las prendas que no correspondan al uniforme.

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17. Perturbar el desarrollo de las actividades dentro y fuera del aula de clase o los actos culturales y cívicos, así como no ubicarse en la fila o puesto correspondiente en los eventos protocolarios. 18-. Insultar con apodos e indiscreciones a los compañeros, docentes o demás personas.19-. Tratar desconsiderada o irrespetuosamente a los compañeros o demás personas y en especial a los estudiantes de grados anteriores.20-. Esconder los útiles o pertenencias a sus compañeros.21-. Incumplir el compromiso de mejoramiento adquirido frente al(a) director(a) de grupo, tras el seguimiento a falta(s) leve(s). 22. Evadir clases.23-. Dañar intencionalmente los bienes institucionales o de algún integrante de la comunidad educativa o circunvecina. 24. Maltratar con expresiones verbales, escritas o mímicas a compañeros, profesores, directivos o demás integrantes de la comunidad educativa.25. Evadir la jornada escolar ya sea, deambulando por las calles o realizando cualquier otra actividad, o fugarse por las bardas, o salir por la puerta antes de terminarse la jornada escolar, sin la debida autorización.26. Promover, realizar o participar en actos que impidan el debido desarrollo de las actividades escolares o generen zozobra e intranquilidad por la connotación de fuerza o presión que se ejerza.27. Utilizar y/o distribuir material pornográfico, o inducir a su utilización.28. Hacer uso indecente del vocabulario, del lenguaje escrito o maltratar de cualquier forma a cualquier miembro de la comunidad educativa frente a temas de sexualidad.29. Uso inadecuado de Internet y en especial de las redes sociales, con el fin de calumniar y ofender a miembros de la comunidad educativa.30. Hacer manifestaciones amorosas con besos, caricias excesivas y/o exhibicionismo, bailes o movimientos sexuales en forma individual, pareja o grupo. Art.18 de la ley 109831. Elaborar o distribuir documentos anónimos en contra de cualquier persona o estamento de la comunidad.32. Entregar o recibir elementos de cualquier persona a través las rejas o paredes exteriores del colegio o de los salones.33. Retardar la asistencia de su acudiente por más de 2 (dos) días hábiles tras habérsele citado por escrito.34. Fingir enfermedad para evadir las responsabilidades que le corresponden. 35.Destruir o usar inadecuadamente los recursos naturales (agua, vegetación)36. Utilizar de forma inadecuada el refrigerio o no consumirlo en el momento adecuado.

GRAVES

1. Citación de acudiente por parte de coordinación, llamado de atención con registro en el observador, y compromisos.2. Sanción por parte de coordinación.3. Remisión a orientación.4. Remisión a instituciones especializadas dependiendo de la falta.5. Informe al director de grupo y coordinación por parte de orientación.

La sanción deberá ser coherente con la falta y reparar el daño.

1. Dependiendo de la falta el estudiante y el acudiente deberán asistir a instituciones especializadas que les brinden ayuda y presentar soporte del procedimiento médico.2. Trabajo social que permita reparar los daños ocurridos por la comisión de la falta.4. Vinculación del acudiente en un trabajo formativo.5. Presentar las correspondientes disculpas por el daño causado.6. Desarrollar un trabajo en la biblioteca de la institución y prepararlo exposición.

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37-. Falsificar o adulterar notas o documentos que tengan que ver con la actividad institucional.38. Hacer plagio o fraude en evaluaciones académicas.39-. Mostar actitudes burlonas, desafiantes y/o groseras ante los docentes o funcionarios del colegio cuando le hacen algún llamado de atención.40-. Encubrir un acto cometido por algún estudiante o mentir entorpeciendo la aclaración del suceso.41-. Participar, realizar o encubrir hurtos de los bienes institucionales o de cualquier miembro de la comunidad educativa.42-. Cometer actos ilegales o inmorales dentro o fuera de la institución con lo que se afecta el buen nombre de la misma.43-. Poner en riesgo su vida o la de los demás miembros de la comunidad educativa por no acatar el Plan de Atención de emergencias y desastres de la Institución o al emplear juego brusco o mal intencionado en los diferentes lugares del colegio o actividades extraescolares.44. Incumplir una sanción ordenada por el consejo disciplinario, reiterar en falta grave o conjugar dos o más faltas graves en un mismo hecho. 45 Incitar, promover o realizar peleas, golpizas, maltrato físico o psicológico, amenaza o amedrentamiento o matoneo a cualquier miembro de la comunidad educativa y/o circunvecina dentro y/o fuera de la Institución ya sea por acción personal, por tercera persona o por grupos juveniles a los que pertenezca.46 Usar armas o cualquier instrumento bélico (chapas, cadenas, objetos contundentes o corto punzantes).47. Practicar actividades como la hechicería, espiritismo o rituales satánicos que afecten la integridad física, moral o psicológica de los miembros de la comunidad educativa.48. Consumir, aprovisionar o inducir al consumo de alucinógenos o sustancias psicoactivas tales como cigarrillos o bebidas embriagantes, o psicotrópicos, estupefacientes y farmacéuticos no recetados; actuando dentro o fuera de la Institución, o asistir a actividades institucionales bajo el efecto de alguna de estas sustancias. 49. Ejercer perversión sexual en sus diferentes manifestaciones: Acoso, exhibiciones, violaciones y utilización de material pornográfico entre otros. 50. Constituir o formar parte de pandillas o grupos que busquen causar perjuicio a los demás.

GRAVISIMAS

1. Citación al padre de familia o acudiente con el comité de convivencia.

2. Decomisar los objetos.3. Remisión a orientación y esta

dependencia remitirá a entidades especializadas, si es el caso.

4. Llamado de atención de Rectoría.

5. Enviar informe al consejo directivo para que tome las medidas pertinentes.

Si la falta tiene que ver con agresión física acoso o amenaza, tendrá que tener la intervención de la policía de infancia y adolescencia, luego de realizar las correspondientes actas de debido proceso.

1. Trabajo pedagógico en contra jornada o en la casa.

2. Desarrollo de servicio social o curso obligatorio de valores.

3. De acuerdo a la falta, el estudiante y acudientes deberán asistir a instituciones especializadas que les brinden ayuda y presentar soporte del procedimiento médico.

4. Matrícula en observación.

5. Traslado a otra institución

6. Cancelación de cupo

RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Preparado por el doctor José Abraham de Jesús

Definición de conflicto

• El conflicto ocurre cuando dos o más valores, perspectivas u opiniones son contradictorias por naturaleza o no pueden ser reconciliadas.

• El seguimiento de objetivos incompatibles por diferentes personas o grupos.

El conflicto incluye

• Aquel que existe dentro de nosotros o nosotras cuando no vivimos de acuerdo a nuestros valores.

• Cuando nuestros valores o perspectivas son amenazados.

• Procesos de cambio social violentos o no violentos.

• Relaciones interpersonales.

• Posiciones diferentes en grupos que tratan de trabajar juntos.

• Inhabilidad de llegar a un entendido entre dos partes que están debatiendo un asunto.

• Grupos que tratan de imponer su criterio sobre otro u otros.

La verdad sobre el conflicto

• El conflicto es inevitable

• El conflicto se desarrolla porque estamos trabajando con las vidas de las gentes, sus trabajos, sus hijos e hijas, su orgullo, auto concepto, ego y su sentido de propósito o meta.

• Existen indicadores de conflicto que pueden ser reconocidos en las personas o grupos.

• Hay estrategias disponibles para la resolución de conflictos y está probado que trabajan.

• Aunque inevitable el conflicto puede ser minimizado, re canalizado y/o resuelto.

Las razones principales del conflicto

• Comunicación pobre.

• La búsqueda del poder.

• Insatisfacción con el estilo de liderato.

• Liderato débil.

• Falta de apertura.

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• Cambios en la estructura organizacional.

• Desconfianza entre la gente.

Algunos indicadores de conflicto

• Lenguaje corporal.

• Desacuerdo, sin importar el asunto.

• Retener información o malas noticias.

• Sorpresas repentinas.

• Declaraciones públicas fuertes.

• Ventear los desacuerdos a través de los medios comunicativos.

• Conflictos en los sistemas de valores.

• Anhelo de poder

• Aumento en la falta de respeto.

• Oposición abierta.

• Falta de candor en asuntos presupuestarios y sensitivos.

• Falta de objetivos claros y Falta de discusión del progreso, fracaso con relación a los objetivos, falta de evaluar los programas justamente, o del todo.

El conflicto es destructivo cuando

• Se le da más atención que a las cosas realmente importantes.

• Socava la moral o la auto percepción.

• Polariza la gente o los grupos, reduciendo la cooperación.

• Aumenta o agudiza las diferencias.

• Conduce a comportamiento irresponsable o dañino, tal como insultos, malos nombres o peleas.

El conflicto es constructivo cuando

• Resulta en la clarificación de problemas y asuntos importantes..

• Resulta en la solución de problemas.

• Involucra a la gente en la solución de asuntos importantes para ellos o ellas.

• Conduce a una comunicación más auténtica.

• Ayuda a liberar emociones, estrés y ansiedad.

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• Ayuda a desarrollar más cooperación entre la gente cuando se conocen mejor.

• Permite la solución de un problema latente.

• Ayuda a los individuos a desarrollar nuevos entendimientos y destrezas.

Otras razones por las cuales también se crea el conflicto

• Cambios en la forma que se han hecho las cosas.

• Nociones fundamentales sobre sistemas de valores.

• Defensores muy articulados en ambos bandos.

• Inhabilidad para llegar a un entendimiento o consenso.

• Rumores dañinos.

• Amenazas de venganza.

• Elecciones de concilios o comités.

• Falta de comunicación

• Necesidad de poder y control.

• Falta de un sentido de misión.

• Cultura de sobrevivencia.

• Luchas entre familias y clanes.

Algunos estilos cuando se trabaja con conflictos

Huída- huir o negar la existencia del conflicto. Muchas personas esperan que el problema desaparezca por sí solo. Esto normalmente no ocurre. Este es un acercamiento no recomendado, pero muchas personas lo siguen.

Acomodadizo – Muchos o muchas prefieren ajustarse en vez de luchar. ¿Porqué? Algunas veces para hacerse los mártires, otras veces porque están asustados o asustadas, en otras ocasiones buscan reconocimiento, etc. En todo caso este es otro acercamiento erróneo al conflicto, es injusto, no genera soluciones creativas, y casi siempre el acomodador no es feliz con la situación que vive.

Competir – Algunas personas se molestan y culpan a otra persona, dicen: ¨Estas ignorando mi autoridad¨ o ¨Estas siendo injusto o injusta¨ o ¨Tu me has herido y me las voy a cobrar¨, etc. Este tipo de conflicto se convierte en una batalla horrenda en la cual una persona o grupo quiere ganar a toda costa (como un arreglo de divorcio). Este tipo de acercamiento es terrible porque detiene el pensamiento constructivo, además produce largos efectos de hostilidad.

Transigir – Algunas personas buscan encontrar un arreglo, encontrar un término medio y ¨elaborar un acuerdo¨. Esta sería una buena solución si fuera enteramente cierta. Muchas veces el acuerdo es efímero y solo trata de ganar más terreno al oponente. Este es el tipo de acuerdo que muchas veces se ve en los políticos, conlleva a la falsa

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representación, intimidación con una sonrisa, en lugar de buscar soluciones óptimas a los problemas en ambas partes.

Integral – Muchas personas pueden controlar su coraje, su competitividad, sus emociones y buscar soluciones genuinas e innovadoras. Soluciones que sean justas para ambas partes. Este es un acercamiento creativo al manejo de conflictos, uno que debemos tomar.

Claves pare la mediación integral

• Oriéntese sobre las formas en las que ambos grupos ganan; su actitud en la mediación juega un papel importante en los resultados que obtendrá.

• Planifique y tenga una estrategia concreta.

• Esté claro en lo que es importante para usted y porque es importante.

• Conozca su Mejor Alternativa en la Negociación.

• Separe la persona del problema.

• Enfoque en el interés, no en las posiciones y considere la situación de la otra parte.

• Entienda el sufrimiento, las luchas y frustraciones de la gente en el problema.

• Cree diferentes opciones en la que haya ganancia mutua.

• Genere una variedad de posibilidades antes de decidir qué hacer.

• Busque la mejor salida basado en los objetivos comunes.

• Preste mucha atención al proceso y flujo de la mediación.

• Tome en consideración las cosas intangibles; comunique cuidadosamente.

• Use sus destrezas de escuchar, re frasee, haga preguntas y luego haga más preguntas.

DERECHOS, DEBERES, ESTIMULOS Y PROHIBICIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

De los estudiantes

Ingreso y permanencia en la institución

El colegio se reserva el derecho de admisión y permanencia de los estudiantes, cuando:

• No se encuentren en las edades establecidas para cada grado (nuevos)

• No cumple con los requisitos necesarios para su matrícula.

• Reinician grado por segunda vez.

• Su seguimiento disciplinario y/o académico lo amerita. Requisitos de ingreso

• Certificados de estudio años anteriores.

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• Fotocopia del documento de identidad con número de identificación (NIP o NUIP)

• Fotocopia la carné Silben o seguro médico.

Derechos de los estudiantes

El estudiante del Colegio Brasilia - Usme I. E. D. Tiene todos los derechos consagrados en la Constitución Política de Colombia, en la Ley General de Educación y sus decretos reglamentarios en la ley de infancia y demás normas que garantizan el ejercicio de éstos.

El estudiante brasilista tiene derecho a:

• Conocer oportunamente el manual de convivencia o reglamento estudiantil, que existe en el Colegio.

• Ser protegido contra toda acción o conducta que causen daño o sufrimiento, humillación, abuso físico o psicológico, violencia o agresión.

• Un trato cordial, al cuidado, a la seguridad y a la creación de instancias afectivas que contribuyan a la solución de conflictos.

• Ser tratado como persona, como sujeto de derechos.

• Tener un proceso justo y oportuno en la resolución de conflictos que se presente con cualquier miembro de la comunidad educativa, teniendo en cuenta la instancia del diálogo y la reflexión,

Antes de tomar decisiones de tipo disciplinario o académico.

• Expresar y presentar los reclamos cuando sea necesario en forma individual o grupal de manera respetuosa y siguiendo el conducto regular.

• Hacer uso responsable y adecuado de las instalaciones, los equipos y el mobiliario del Colegio.

• Que se le apliquen las garantías del debido proceso en todas las actuaciones administrativas, convivenciales y académicas. Tendrán derecho a ser escuchados y sus opiniones deben ser tenidas en cuenta.

• Participar en la vida cultural y las artes. Tiene derecho al descanso, el esparcimiento, al juego y demás actividades propias de su ciclo vital.

• Participar en la elección y conformación de los representantes de los organismos de dirección del Colegio que conforman el Gobierno Escolar o en los comités que existen en el colegio y expresar a través de ellos sus opiniones, inquietudes y sugerencias.

• Evaluar los servicios académicos a los que tenga acceso.

• Recibir un trato respetuoso, libre de coerción, intimidación o acoso.

• Que se diseñen e implementen estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que tengan dificultades o debilidades académicas o disciplinarias. La estrategia debe incluir un plan de recuperación, de refuerzo y profundización.

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• Utilizar en forma adecuada y según la reglamentación específica, todos los servicios, estructura y planta física que el colegio ha dispuesto para su comunidad.

Deberes de los estudiantes

• Emplear un vocabulario adecuado y respetuoso que caracterice las relaciones interpersonales, como fundamento de la convivencia de la comunidad educativa.

• Reconocer las equivocaciones y trabajar por la superación de las mismas.

• Lograr unas relaciones interpersonales respetuosas con los compañeros docentes, directivos docentes, personal administrativo y de servicios generales.

• Respetar las ideas de la los compañeros, docentes y demás personas.

• Utilizar en forma adecuada los diferentes recursos que ofrece el Colegio como laboratorios, biblioteca, sala de informática, audiovisuales, cafetería, etc.

• Participar con responsabilidad y honestidad en la elección y conformación de los monitores,

Consejo Estudiantil, el Contralor de los estudiantes, el Personero, en los Comités, proyectos o programas que se creen en la Institución.

• Portar con orgullo el uniforme y hacer un buen uso del carné estudiantil.

• Ayudar a la elaboración de estrategias que permitan mejorar el nivel académico y con vivencial de la institución.

• Asumir las consecuencias de sus actos cuando estos lesión en la integridad y los intereses de los compañeros, maestros, y cuando impidan el funcionamiento armónico de las actividades pedagógicas.

• Mantener reglas de higiene personal y ambiental que mantengan el bienestar colectivo.

• Tener en cuenta las prohibiciones de consumir bebidas alcohólicas o llegar en estado de embriaguez; fumar, vender o consumir sustancias alucinógenas o psicotrópicas dentro del colegio.

• Desplazarse en forma ordenada, procurando la seguridad personal y el de las demás personas que transitan por la institución.

• Presentar puntualmente las evaluaciones, trabajos y demás actividades que tengan que ver con el proceso de formación personal y académico.

• Todos los deberes y derechos establecidos aplican para estudiantes en actividades de contra jornada (Media especializada)

Deberes y derechos de las estudiantes embarazadas

Derechos

• Tiene derecho a ser tratada con respeto.

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• Tiene derecho a participar en eventos, como en la graduación o en actividades extras programadas.

• Tiene derecho a ser promovida de curso con un % de asistencia menor a lo establecido, siempre que las inasistencias hayan sido debidamente justificadas por los/as médicos tratantes, carnet de control de salud y tenga las notas adecuadas (lo establecido en el sistema de evaluación institucional).

• Cuando se presenten situaciones de alto riesgo para la niña o adolecente embarazada según informe médico, podrá solicitar la no asistencia a todos los periodos de clase, estableciendo acuerdos con padre de familia y/o acudiente

• Tienes derecho a adaptar su uniforme escolar a su condición de embarazo.

• Cuando su hijo o hija nazca, tiene derecho a amamantarlo, para esto puede salir del colegio en sus recreos o en los horarios que le indiquen en el centro de salud, que corresponderá como máximo a una hora de tu jornada diaria de clases.

Deberes

• Debe presentar la justificación de los controles de embarazo con el carné de control de salud o certificado de médico tratante.

• Debe justificar sus inasistencias a clases por problemas de salud, con certificado médico y mantener informado a su director de grupo o coordinación.

• Debe informar al profesor de educación física, debiendo ser evaluada con trabajos diferentes que no pongan en riesgo su estado, así como eximida en caso necesario.

• Debe evitar estar en espacios o actividades que presenten algún riesgo en el colegio.

• Debe realizar todos los esfuerzos para terminar su año escolar, como asistir a clases y cumplir con el calendario de evaluaciones y trabajos.

Estímulos

Son los reconocimientos que se les hacen a los miembros de la comunidad por su sentido ético , solidario, y de pertenencia, y por los aportes al mejoramiento y reconocimiento de la Institución.

• Mención de honor, con copia a la hoja de vida del estudiante.

• Matrícula de honor para los estudiantes que se destaquen por su rendimiento académico.

• Premio al mérito deportivo para los estudiantes que representen la institución

• Reconocimiento en las izadas de bandera o en celebraciones especiales a estudiantes que se destaca en por el progreso académico y/o disciplinario.

• Premiar con actividades lúdicas o salidas al mejor curso durante cada período académico.

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Uniforme de diario

Se debe portar sin ningún tipo de accesorio: cadenas, aretes, moñas bambas (de otro color diferente a los colores del uniforme) perforaciones (espansiones), anillos en la cara o piercing, audífonos, chaquetas, bufandas.

Para los jóvenes el uniforme consta de:

• Pantalón en lino paño color gris ratón. Sin entubar.

• Chaleco en lana hilo color azul rey con cuello en V, Bordado BRAUS en blanco.

• Camisa blanca manga larga.

• Corbata de color negro

• Zapatos colegiales negros de amarrar

• Medias grises o negras

• Cabello corto, sin peinados extravagantes

Para las niñas y señoritas consta de:

• Chaleco en lana hilo color azul rey con cuello en V, Bordado BRAUS en blanco.

• Jardinera color gris ratón, material lino paño.

• Camisa blanca manga larga

• Corbata de color negro

• Medias blancas a la altura de la media rodilla

• Zapatos colegiales negros.

• Sin maquillaje (de ninguna clase), ni uso de esmaltes, excepto transparente o estilo francés sin decoraciones.

Uniforme de educación física:

• Material impermeable de la fayette en vendaval tipo adidas con las tres líneas azules en las mangas de la chaqueta y el pantalón.

• Chaqueta y capota forrada en yersilon azul rey

• Pantalón forrado en malla, sin entubar.

• Camiseta blanca sin dibujo ni publicidad, cuello redondo sport. Bordado BRAUS en azul rey

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• Pantaloneta negra, con tres franjas de color azul rey.

• Tenis blancos

• Medias totalmente blancas, negras o azul oscuro.

Padres de familia o acudientes

Se considera acudiente del estudiante a los padres y/o personas responsables que se comprometan firmando la matrícula.

Derechos:

• Recibir un trato cortés por parte de los diferentes estamentos de la comunidad educativa.

• Ser informados, consultados y escuchados sobre el proceso de formación integral del estudiante.

• Conocer con anticipación el cronograma de actividades programadas por la institución.

• Recibir información para obtener elementos que le permitan brindar una mejor formación al estudiante.

• Dialogar en forma respetuosa con el docente de la asignatura sobre dificultades y problemas en el proceso de formación del hijo en el lugar y el momento apropiado siguiendo el conducto regular.

• Conocer oportunamente los horarios de atención en las diferentes dependencias de la institución y por parte de cada profesor.

• Participar activamente en la asociación de padres de familia y en otras organizaciones que la institución considere necesarias.

• Elegir y ser elegido para el consejo de padres y a la junta directiva de la asociación de padres de familia.

• Recibir respuesta a cerca de las sugerencias y reclamos respetuosos que a nivel de los diferentes estamentos se formulen a nombre de los padres de familia.

• Solicitar con antelación entrevistas con directivas, profesores, orientación y otras instancias para ser atendidos oportunamente.

• Participar activamente en todas las actividades programadas por el colegio.

• Ser citado oportunamente antes que se tomen decisiones importantes sobre el futuro del estudiante.

• Conocer oportunamente las políticas, estrategias de formación y el manual de convivencia.

Deberes

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• Responder puntualmente por los costos que demanda la prestación de los servicios educativos por parte del colegio u otra entidad asesora.

• Suministrar todos los elementos que los hijos requieran para el estudio.

• Brindar un trato amable y respetuoso a todos los miembros de la comunidad educativa.

• Firmar la matrícula en los días programados por el colegio, evitando presentar documentos que no son veraces.

• Velar porque el estudiante cumpla con sus deberes y apoyar su proceso educativo.

• Tener en cuenta los comunicados que se envíen y asistir a las citaciones a las que requiera cualquiera de los estamentos de la institución.

• Colaborar y apoyar en las actividades programadas por la institución.

• Firmar y devolver los desprendibles de los comunicados que envíe el colegio, la Asociación de padres de familia y/o la Escuela de padres, cuando sea necesario.

• Informar oportunamente a la coordinación sobre el retiro y cancelación de la matrícula.

• Estimular en los hijos, la formación en valores y actitudes.

• Presentar por escrito o personalmente cuando el caso lo amerite, la justificación por la inasistencia y retardos del estudiante, procediendo con honestidad, recordando que estas actitudes también van en beneficio o detrimento de su personalidad.

• Velar por la buena presentación personal de sus hijos.

• Responsabilizarse de los daños causados por el estudiante en los muebles y/o enseres del colegio o por daños a sus compañeros.

• Proporcionar a sus hijos bienestar y cuidado para lograr un adecuado desarrollo físico, intelectual, espiritual, emocional y social.

• Presentar por escrito y respetuosamente las respectivas quejas o reclamos que se tengan con relación a cualquier miembro de la comunidad educativa.

• Promover el cumplimiento eficiente del manual de convivencia.

Estímulos

• Reconocimiento en público y escrito a quienes sean cumplidos con la institución.

• Compartir salidas pedagógicas organizadas por el colegio.

• Participar en actividades pedagógicas que se programen en el calendario escolar.

Sanciones por incumplimiento a los deberes:

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• Firmar compromiso de apoyo en los aspectos académicos y disciplinarios de sus hijos. Después de tres llamadas por escrito el padre de familia sin que concurra a la institución se informará a la comisaría de familia.

• Asistencia a la comisaría de familia o jueces de paz o Instituto de Bienestar Familiar (ICBF).

Docentes y directivos docentes

Derechos

Además de los contemplados en la Constitución Nacional, la ley y los reglamentos, en especial el artículo 33 de la ley 734 de febrero de 2005 y la resolución 2343 o código de ética de la SED el docente Brasilista tiene derecho a:

• Hacer uso de las instalaciones y recursos de la institución, siempre y cuando sea para beneficio de la comunidad educativa, con la debida autorización.

• Ser informado a tiempo de las decisiones tomadas por los respectivos organismos de la institución.

• Ser informado acerca de la ejecución del presupuesto aprobado por el consejo directivo.

• Tener una sala de maestros dotada con los implementos necesarios para un desarrollo digno de su labor docente.

• Recibir información oportuna de las actividades curriculares y extracurriculares.

• Orientar la ejecución del PEI y aplicar las decisiones del gobierno escolar.

• Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación del colegio.

• Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa.

• Identificar las nuevas tendencias pedagógicas para canalizarlas en favor del mejoramiento del PEI.

Deberes

Además de los contemplados en la Constitución Nacional, Ley General de Educación en el decreto

2277 de 1979 (Estatuto Docente), en el Decreto 13342 de 1982, el Decreto 1860 de 1994, Decreto 179 de 1982, el Decreto 1850 de 2002 y el artículo 34 de la ley 734 (Código Disciplinario Único) son deberes del educador brasilista:

• Llamar a lista y colocar la correspondiente falla o retardo (control de asistencia de los estudiantes).

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• Inculcar en los educandos el amor a los valores históricos y culturales de la nación y respetan a los Símbolos Patrios.

• Cumplir las órdenes inherentes a su cargo que les impartan sus superiores jerárquicos.

• Dar un trato cortés a los compañeros y subordinados, también compartir sus tareas con espíritu de solidaridad y unidad de propósito.

• Cumplir la jornada laboral, dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias de su cargo.

• Velar por la conservación de documentos, útiles, equipos, muebles y bienes que le sean asignados.

• Observar una conducta pública acorde con el decoro y la dignidad del cargo.

• Escuchar y atender en forma respetuosa a los estudiantes y no evadir sus sugerencias y punto de vista, tanto académico como personal.

• Promover los derechos y los deberes de los estudiantes.

• Asumir y cumplir las funciones que competen a los turnos de acompañamiento de convivencia.

• Asumir con responsabilidad todas las actividades en las que se compromete.

• Brindar un trato amable y respetuoso a todos los miembros de la comunidad educativa.

• Representar digna y eficientemente a la institución en los eventos y actividades extracurriculares en que participe.

• Socializar y aplicar los conocimientos y experiencias recibidas en los cursos de profesionalización docentes.

• Solicitar con anterioridad y por escrito los respectivos permisos.

• En caso de ausencia imprevista, comunicar telefónicamente y justificar por escrito, en un tiempo prudencial y con los correspondientes soportes.

• El docente que supera el número de permisos justificados establecidos (ver derechos), deberá recuperar el tiempo dejado de laborar.

• Desempeñar con solicitud y eficacia las funciones de su cargo.

Estímulos

• Recibir reconocimiento verbal y/o escrito por el desempeño sobresaliente de sus labores.

• Tener espacios de tiempo y recreativas que le permitan la integración y esparcimiento.

• Recibir apoyo académico para participar en eventos culturales y de capacitación pertinente con su especialidad o desempeño profesional.

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Nota: Los anteriores criterios serán reglamentados por el consejo directivo.

Prohibiciones

• Fumar dentro ni en los alrededores del colegio.

• La asistencia al sitio de trabajo en estado de embriaguez o toxicomanía.

• Prácticas sexuales o amorosas inapropiadas para el ambiente escolar.

• La malversación de fondos y bienes escolares o cooperativos.

• El tráfico con notas o calificaciones, certificados de estudio, de trabajos o documentos públicos.

• Aplicación de castigos denigrantes a los educandos.

• Acoso sexual.

Personal administrativo y de servicios generales

Derechos

• Recibir un trato cortés por parte de todos los estamentos de la comunidad educativa.

• Ser informado oportunamente de las decisiones tomadas, por los respectivos organismos de dirección de la institución

• Participar en actos culturales, deportivos y sociales que se programen en la institución.

• Hacer uso de los implementos como los computadores, máquinas de escribir, bajo la supervisión de la persona encargada, siempre y cuando se cuente con el espacio y tiempo disponibles.

• Contar con la colaboración de los docentes y ejecución de las órdenes emanadas de estamentos directivos.

• Que se siga el conducto regular y el debido proceso.

• Participar en la evaluación institucional y el mapa de riesgos del colegio.

• Contar con los implementos necesarios para el desarrollo de sus funciones.

• Conocer el manual de convivencia de la institución.

Deberes:

• Cumplir con la jornada laboral y con las funciones asignadas a su cargo.

• Comunicar oportunamente ante el estamento competente, las irregularidades o anomalías de las que tengan conocimientos mediante los mecanismos establecidos.

• Dar un uso adecuado a la dotación suministrada por la Secretaría de Educación Distrital o la empresa contratante, durante la jornada laboral.

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• Velar por la conservación de los implementos asignados a su cargo.

• Dar un trato respetuoso y cordial a los miembros de la comunidad educativa.

• Asumir con responsabilidad las actividades a las que se comprometa.

• Dar una buena imagen de la institución.

• Ejecutar en la forma eficiente las funciones que le correspondan.

• Acatar plenamente las órdenes que le sean impartidas por los órganos de dirección siempre y cuando no vayan en contra de sus funciones.

• Registrar la asistencia de acuerdo a los mecanismos establecidos.

• Brindar colaboración oportuna a los diferentes estamentos, cuando esta lo requiera.

• En caso de ausencia imprevista informar telefónicamente y justificar por escrito, anexando los correspondientes soportes.

• Solicitar con anterioridad y por escrito los permisos.

Estímulos

• Reconocimiento verbal o escrito por el buen desempeño de sus funciones.

• Oportunidad de participar en eventos culturales, deportivos y de capacitación programados por la institución.

Prohibiciones

• Presentarse en estado de embriaguez a cumplir la jornada laboral o consumir bebidas alcohólicas dentro de las mismas.

• Fumar dentro de la institución en horas de trabajo.

• Fomentar conflictos que atenten contra la imagen de la institución.

• Permitir el ingreso de personas ajenas a la institución sin la respectiva autorización.

Servicios de apoyo al proceso educativo

Emisora escolar

Funcionamiento

Los estudiantes tendrán acceso a la emisora en turnos designados por los docentes de área (humanidades) de acuerdo con el cronograma del plan operativo del PEI y al reglamento interno de la emisora.

Las emisiones tendrán un carácter formativo esencialmente, su programación se dedicará al desarrollo y clarificación de valores y enriquecimiento de las habilidades comunicativas.

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Periódicos y revistas

La Institución podrá contar con periódicos y revistas en los cuales se harán efectivos el libre pensamiento y la libre expresión. Los docentes encargados del proyecto de comunicación integrarán una comisión que asesorará, planeará, diseñará el contenido del periódico o revistas.

Funcionamiento de bibliobancos y biblioteca escolar

Utilización de la biblioteca

Todos los estudiantes tendrán acceso a los textos de cada grado durante la jornada escolar y fuera de ella siempre y cuando se responsabilicen del cuidado y presenten el carné del colegio. En caso de daño parcial, total o pérdida de los textos el padre de familia responderá.

La no-reparación o pago del texto será sancionado como falta leve para el alumno(a) y padres de familia a quienes se les iniciará el proceso correspondiente en el manual de convivencia. Si al finalizar el año lectivo no se han reparado o cancelado los daños causados por los alumnos(as), no se expedirá el paz y salvo correspondiente al año lectivo.

Préstamo de los textos

El bibliotecario podrá prestar textos los viernes con un plazo de tres días calendario previa presentación de los siguientes documentos:

• Tarjeta de identidad.

• Carné estudiantil.

Bibliotecario(a)

Es la persona encargada de la organización, atención y prestación del servicio de préstamo de material bibliográfico, libros, revistas, etc.

Usuario(a): Es la persona que acude al servicio de la biblioteca; pueden ser usuarios: el estudiante, el docente, padres de familia, administrativos, ex alumnos, etc.

Derechos del bibliotecario

• Ser tratado con respeto y cortesía por parte de todos los estamentos de la comunidad educativa.

• Ser asistido y orientado por las directivas de la institución acerca del funcionamiento general del servicio de biblioteca.

• Ser informado oportunamente acerca de las actividades y cambios que se implanten con respecto a la biblioteca.

• Ser informado acerca de sugerencias y reclamos de los usuarios.

• Ser escuchado respecto a los cambios, dificultades y aciertos del servicio.

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Deberes del bibliotecario

• Atender al alumnado y docentes en los horarios establecidos.

• Tratar a todas las personas con el debido respeto y cortesía.

• Orientar al usuario acerca del manejo y cuidado del material bibliográfico.

• Informar oportunamente a las directivas sobre los inconvenientes presentados.

• Velar por la conservación de documentos, materiales, equipos y muebles que le sean confiados.

• Desarrollar actividades de motivación y talleres con alumnos sobre el uso de la biblioteca, haciendo énfasis en la comunicación como lo plantea el proyecto educativo institucional (PEI).

Derechos del usuario

• Ser atendido oportuna y cordialmente.

• Conocer las normas para la utilización del servicio.

• Presentar ante el consejo estudiantil, el personero, los docentes y directivos, las sugerencias, iniciativas, reclamos acerca del funcionamiento del servicio de biblioteca.

• Ser identificado con un carné estudiantil o en su defecto con el documento de identidad.

• Ser asistido y orientado por el bibliotecario sobre el adecuado uso de los textos.

• Ser tratado con dignidad y respeto.

Deberes del usuario

• Cumplir las normas establecidas para el uso de la biblioteca.

• Guardar comportamiento adecuado dentro de la sala.

• Presentar el documento de identidad (carné o tarjeta), o una autorización de la dirección para solicitar el préstamo de libros.

• Tratar al funcionario encargado de la biblioteca con respeto.

• Responder por el daño ocasionado a textos y documentos que le presten.

Horario de la biblioteca

Estudiantes jornada contraria

Todos los días

Jornada Mañana: de 8:00 a.m. a 12:30 a.m.

Jornada Tarde: de 2:30 p.m. a 5:00 p.m.

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Normas de comportamiento en la biblioteca

• No ingresar ni consumir alimentos dentro de la sala.

• En la biblioteca se debe guardar silencio, es necesario para concentrarse en la lectura; en caso de necesitar hablar se debe hacer en voz baja.

• Si el usuario es el docente y necesita retirar de la biblioteca textos para el trabajo en el aula; debe presentarse personalmente para retiro y devolución de los mismos.

• Ingresar y tomar materiales bibliográficos sin autorización del personal encargado.

Textos que no se prestan para llevar a casa

• Enciclopedias

• Textos de colección

Ayudas educativas

Requisitos y condiciones para el préstamos de las ayudas educativas

• La solicitud se hará únicamente en la oficina de Ayudas Educativas.

• Los profesores serán los únicos que podrán solicitar el material, los alumnos no.

• El profesor firmará el control del préstamo.

• El material suministrado debe ser regresado el mismo día.

• Al retirar el material el profesor se hará responsable de los daños o pérdida de los materiales.

• Se recomienda solicitar el material mínimo con un día de anticipación.

Horario de préstamos

Lunes a Viernes: 9:00 a.m. a 11:00 a.m.

2:30 p.m. a 4:30 p.m.

Servicio social estudiantil

“El Servicio Social Estudiantil obligatorio hace parte integral del currículo y por ende del Proyecto Educativo Institucional (PEI) del establecimiento educativo. Está reglamentado por el Ministerio de Educación Nacional con carácter de obligatoriedad, según lo dispuesto en el espíritu de las siguientes normas vigentes: Ley 115 de 1994, Art. 30, 97 y 204; Decreto 1860 de 1994, Art. 39 y la Resolución 4210 de 1996 que dice: En el Reglamento o Manual de Convivencia deberán establecerse expresamente los criterios y las reglas específicas que deberán atender los educandos, así como las obligaciones del establecimiento educativo, en relación con la prestación del servicio aquí regulado”

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- La intensidad del Servicio Social Obligatorio se cumplirá de manera adicional al tiempo prescrito para las actividades pedagógicas y para las actividades lúdicas, culturales, deportivas, y sociales de contenido educativo.

- La prestación del Servicio Social Obligatorio es requisito indispensable para la obtención del título de Bachiller.

El servicio social estudiantil se inicia en grado 9º, y se atenderá siguiendo los siguientes requerimientos:

• Ciento vente (120) horas de aprestamiento divididas en treinta (30) horas de teoría y noventa (90) horas de una micro práctica en las entidades oficiales.

• En los grados décimo (10º) y undécimo (11º) se prestará el servicio social en las instituciones oficiales como multiplicadores del proyecto S. S. E. y como apoyo a los niños con dificultades de socialización y aprendizaje de los grados cero (0º), primero (1º) y segundo (2º) del ciclo básico.

• También podrá prestar apoyo en actividades específicas de secretaría, Rectoría, Coordinación, biblioteca, audiovisuales, orientación y pagaduría a solicitud de la parte interesada y con la aprobación del consejo directivo del colegio.

Salas especializadas

• Instalaciones

• Una biblioteca

• Dos aulas de informática

• Aula de audiovisuales y salón de actos

• Un laboratorio

• Aula de gimnasia. Conocida como salón de los espejos.

• Un taller

• La biblioteca es la responsable de administrar la información para la comunidad educativa y servir de apoyo bibliográfico y documental para el desarrollo de las actividades culturales e investigativas.

• La sala de sistemas constituye un espacio de apoyo sistemático académico y su misión es apoyar la labor pedagógica de la comunidad brasilista para el logro de los objetivos en el campo de la docencia, la investigación y de extensión.

• Laboratorio:

• Aula de gimnasia:

Derechos de los usuarios

• Ser orientado en la búsqueda y recuperación de la información.

• Solicitar le sea reservada la sala o materiales de su interés.

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• Retirar materiales para trabajar en el aula.

Deberes de los usuarios

• Presentar el carné vigente al momento de solicitar cualquier servicio al personal que labora en la biblioteca.

• Entregar el material retirado para consulta en el horario fijado y en las condiciones en que fue prestado dicho material.

• Guardar la debida compostura en las diferentes salas evitando interferir con la actividad académica que desarrollan las personas que allí se encuentran.

• Respetar a los funcionarios, así como a los demás usuarios que se encuentran en la misma.

• No ingerir alimentos ni fumar dentro de las salas.

• Al ingresar celulares se les debe desactivar la opción de timbre y dejarlo en módulo de silencio para no distraer la concentración de los demás usuarios.

• En caso de pérdida de algún material el usuario debe avisar al personal encargado de la pérdida del libro, video, audiovisuales y elementos de laboratorio. Por la pérdida o daño de cualquier material se debe responder por uno de los mismos.