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MANUAL DE CONVIVENCIA 2017 Acuerdo # de 2017 del Consejo Directivo

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MANUAL DE CONVIVENCIA 2017

Acuerdo # de 2017 del Consejo Directivo

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MI INSTITUCIÓN

Este manual de convivencia lo aplicaremos todas las personas que conformamos la comunidad educativa de la institución, por ello obliga al establecimiento educativo que lo ha expedido y a sus destinatarios. Las normas del presente Manual de Convivencia se aplicarán en todos los actos públicos o privados donde tenga presencia la institución o cuando actuemos en nombre de él. Al momento de matricularme, aceptamos que la institución, a través de sus órganos posee la facultad de administrar, aplicando los procedimientos contenidos en este documento, para mantener el orden, prevenir, formar, corregir y garantizar la buena marcha de la labor educativa, respetando los principios que orientan su creación y que emanan de la Constitución Nacional, la ley 1620 con su decreto reglamentario 1965 del 2013, sentencia 478 de 2015 y Ley 1801 de 2016 en sus artículos 27 y 34. Al momento de mi matrícula, mis padres y yo aceptamos el contenido del presente Manual de Convivencia y el que tiene por objeto, asegurar a la Comunidad Educativa la eficiencia en la prestación del servicio educativo, la moralidad, responsabilidad, buen comportamiento y formación de los estudiantes matriculados garantizando los derechos y deberes que le corresponden en su condición de estudiante.

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FUNDAMENTOS LEGALES

Este Manual de Convivencia se encuentra fundamentado en la ley 115 en los artículos 73 y 87; en el Decreto 1860 de 1994, en el artículo 17 que señala “todos los establecimientos educativos deben tener como parte integral del PEI, un reglamento o Manual de Convivencia que debe contener una definición de los derechos y deberes de los alumnos y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa”. El código de infancia y adolescencia ley 1098 del 2006. Además, este Manual cumple con la ley 1620 y su decreto reglamentario 1965 de 2013, la declaración de los derechos del niño. Ley 12 de enero 22 de 1991, Nuevo código disciplinario único Ley 734 de febrero de 5 de 2002, Ley 1437 de 2011, nuevo código contencioso administrativo, Guías pedagógica para la convivencia escolar ley 1620, Sentencia 478 de 2015

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CAPITULO I HORIZONTE INSTITUCIONAL

Artículo 1: Misión

Artículo 2: Visión

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Artículo 3: Emblemas Institucionales ESCUDO

Compuesto de dos gules (cuadrantes rojos) y dos sables (cuadrantes negros). El primer cuartel contiene tres fusas que son figuras propias; en el cuarto cuartel tiene una escuadra y un compás que son figuras artificiales. En el escusón tiene una estrella de cinco puntas que es una figura natural. Los gules significan valor y los sables, ciencia; las tres fusas amarillas, modestia; el compás, equidad y la escuadra, trabajo. El azul del escusón, grandiosidad, majestad. La estrella de cinco puntas, significa verdad, compendio de todas las ciencias y de todas las virtudes. Se necesita valor para vencer el orgullo con la

modestia, la pereza con el trabajo, la parcialidad con la equidad. Con estas virtudes acompañadas de las ciencias se llegará a la verdad en un cielo de grandeza.

HIMNO Entonemos un himno a la ciencia Al trabajo, al amor y al saber Es un grito de Dios la conciencia Que nos llama a cumplir el deber Nuestro escudo de rojo se adorna Es emblema de lucha y fragor En azul una estrella contorna La verdad, la virtud y el valor Somos fuente de paz y de vida En nosotros está el porvenir La esperanza jamás extinguida La armonía que arrulla el vivir Entonemos un himno a la ciencia Al trabajo, al amor y al saber Es un grito de Dios la conciencia Que nos llama a cumplir el deber

Vamos todos con paso seguro hacia el goce que da la razón con valor se conquista el futuro avancemos con fe y decisión Empuñemos de amor la bandera Descubramos la pura verdad El estudio derriba fronteras Y la ciencia nos da libertad Entonemos un himno a la ciencia Al trabajo, al amor y al saber Es un grito de Dios la conciencia Que nos llama a cumplir el deber

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BANDERA

Se necesita valor para vencer el orgullo con la modestia, la pereza con el trabajo, la parcialidad con la equidad. Con estas virtudes acompañadas de las ciencias, se llegará a la verdad en un cielo de grandeza. La bandera está compuesta por 3 franjas horizontales de colores

amarillo oro, negro y rojo de igual tamaño en su base terminando el color negro en punta. El color amarillo significa la riqueza en valores: el negro significa ciencia, sabiduría y el rojo fortaleza que engrandece el espíritu y el alma. Artículo 4: Valores Corporativos

RESPETO Me reconozco, me acepto y me valoro a mí mismo, a los demás y a mi entorno. RESPONSABILIDAD Asumo conscientemente mis actos y obligaciones. HONESTIDAD Me comporto coherentemente y con sinceridad de acuerdo a la moral, la verdad y la justicia. TOLERANCIA Acepto la diversidad de opinión social, étnica, cultural, religiosa y de género. Artículo 5: Principios La razón de ser de la Institución Educativa Riosucio, se cimenta en brindar, afianzar y asegurar la formación y desarrollo integral de los educandos con ideas de libertad, participación, autonomía, autoconstrucción con conciencia crítica que dependen del saber pensar del SER y el hacer social, cultural y académico contribuyendo a la formación de hombres y mujeres racionales, seguras de sí mismos, con una mayor capacidad para establecer relaciones interpersonales, ubicados moral, psicológica, social y afectivamente para que de esta manera el futuro ciudadano tenga la oportunidad de afrontar y solucionar problemas

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mediante la cooperación y la participación, rompiendo esquemas a través de un pensamiento crítico. FILOSOFICO: (CONSTRUCCIÓN DEL CONOCIMIENTO) Se consigue a través de la relación dialéctica: trabajo, lenguaje e interacción social que nos conlleva a desarrollar las capacidades emprendedora y crítica, mediadas por la conciencia y la libertad; teniendo como finalidad la formulación de planes de acción colectiva que respondan a las necesidades del contexto. ANTROPOLOGICO: (CONCIENCIA CRÍTICA) Reflejado en la continua reflexión de QUÉ ES, QUIÉN ES y PARA QUÉ del hombre, como camino para llevar a la verdadera conciencia crítica - sociopolítica; humanizamos al individuo convirtiéndolo en un transformador de la realidad. Nuestra educación es el puente que une y posibilita el tránsito entre la antropología y la política educativa. PEDAGÓGICO: (AUTOCONSTRUCCIÓN) Tomamos como marco referente el paradigma del pensamiento crítico, como sendero para la autoconstrucción, autodeterminación en interrelación de teoría y práctica como proceso de diálogo, cooperación y apertura permanente. PSICOLÓGICO: (AUTONOMÍA) Nuestra educación fortalece en las personas los modos de pensar, sentir y actuar brindando la posibilidad del libre desarrollo de la personalidad con el fin de potenciar en el sujeto su inteligencia emocional y social. SOCIAL: (LIBERTAD) Nuestros estudiantes se forman con un conjunto de ideas, valores, sentimientos y prácticas que potencializan su ser social para identificar problemas y formular alternativas de solución haciendo énfasis en el aprender a pensar con conciencia crítica basado en los valores institucionales: responsabilidad, respeto, tolerancia y honestidad con el fin de alcanzar la libertad individual y social. Artículo 6: Perfiles PERFIL DEL ESTUDIANTE El estudiante con pensamiento crítico es un sujeto transformador de su entorno familiar y social, y quien convierte en una realidad completa el desarrollo pleno del país. Sus características son:

- Agudeza perceptiva como potencialidad que permita observar los mínimos detalles de un objeto o tema y que posibilite una postura adecuada frente a los demás.

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- Cuestionamiento permanente que permita la búsqueda continua del porqué de las cosas.

- Construcción y reconstrucción del saber, poniendo en juego todas las habilidades y relacionando dialécticamente la teoría y la práctica.

- Mente abierta para aceptar las ideas y concepciones de los demás.

- Coraje intelectual para afrontar con entereza y decisión las situaciones difíciles y exponer con objetividad y altura sus planteamientos.

- Autorregulación como capacidad de tomar conciencia de su fortaleza y limitaciones.

- Control emotivo y reconocimiento del hecho que, lo que se debe cuestionar son las ideas y no las personas, el ser crítico ante propuestas y no ante quien los que los plantea.

- Valoración justa para asumir una posición personal frente a las circunstancias, a partir de juicios valederos con información precisa.

Las características anteriores darán como perfil, estudiantes que interpreten su realidad, analicen sus dificultades o problemas existentes, se relacionen los unos con los otros, formulen planes de acción colectiva, elaboren conocimientos, adquieran habilidades y destrezas que necesiten para realizar acciones o proyectos colectivos que respondan a las necesidades de su contexto . PERFIL DEL DOCENTE Los docentes deben orientar a los estudiantes hacia la aceptación critica del pasado y del futuro para encontrar posibilidades de reorientación. Para alcanzar estos objetivos, el docente debe evidenciar afectividad, tolerancia y mostrar en su práctica educativa las siguientes características:

- Una actitud mental abierta y flexible respetando las opiniones ajenas y estando dispuesto a asumir puntos de vista diferentes.

- Capacidad para establecer permanentemente metas y criterios para

resolver problemas.

- Capacidad para mostrarse cooperativo, eficiente, eficaz y funcional en la enseñanza y el aprendizaje de las habilidades del pensamiento crítico.

- Capacidad para construirse en un sujeto motivador, promotor del diálogo

permanente y multiestratégico para el desarrollo del pensamiento crítico, evitando siempre asumir posiciones rígidas e inflexibles.

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- Una visión altamente positiva de sí mismo, con capacidad de aplicar la

información, resolver problemas académicos y personales.

- Poseer capacidad para preparar estudiantes que gocen de una vida productiva, responsable y armoniosa.

- El docente debe constituirse en un ejemplo a seguir por los estudiantes, en

relación al desarrollo de su pensamiento crítico. PERFIL DEL DIRECTIVO

- Capacidad para crear con sus pares un ambiente propicio de intercambio de información y de auto preparación sobre temas pedagógicos, axiológicos y de otra índole, que ayuden al desarrollo personal y profesional de los integrantes de la institución.

- Mostrarse siempre como un visionario con actitud predictiva e innovadora,

que posibilite una gestión administrativa e institucional de éxito, sin evadir los problemas existentes; una persona en permanente reconsideración y evaluación de sus decisiones o intentos de solución.

- Una persona que defienda y justifique sus valores intelectuales y

personales, y aprecie el punto de vista de los docentes, estudiantes y padres de familia.

- Sentido intelectual de la justicia para hacer valoraciones justas sobre las

ideas o comportamientos propios y de los demás, sin dejarse influenciar por sentimiento y emociones.

PERFIL DE LOS EGRESADOS El modelo de pensamiento crítico reflexivo, le permite al egresado tener una visión altamente positiva de sí mismo, con capacidad para aplicar la información y resolver problemas que se le presenten tanto a nivel personal como profesional. Son seres íntegros, autosuficientes, productivos y responsables para enfrentar las demandas en este mundo cambiante. Se caracterizan por ser líderes positivos, protagonistas del desarrollo y transformación de su comunidad a través del conocimiento y su capacidad de trabajo en equipo, con sentido de pertenencia, capaces de brindar información, definir, formular hipótesis, defender y justificar sus valores intelectuales y personales, ofrecer y criticar argumentos y apreciar el punto de vista de los demás, sosteniendo buenas relaciones interpersonales que se evidencian mediante la expresión oral, cultural, escrita, artística y corporal, es decir, es un ser humano integral.

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El Técnico Comercial puede diseñar y proponer estrategias y políticas para desempeñarse eficientemente con su título en el sector productivo. Además, gracias al conocimiento del manejo adecuado de técnicas en los programas comerciales, con formación moral, política y religiosa, puede continuar estudios superiores, manejar relaciones humanas y ser un líder dentro de la comunidad. PERFIL PADRES DE FAMILIA Los padres de familia se caracterizan por ser propositivos, participativos, creativos y comprometidos con la formación de sus hijos, generando espacios de acercamiento con la institución, demostrando interés por los proyectos liderados en ella, valorando el trabajo realizado por el cuerpo de docentes y haciendo parte activa en las tareas escolares de sus hijos y las actividades de la institución, a través de su participación en el PEI. De igual manera, procuran hacer presentes en el ámbito familiar, los valores que en la institución se proponen. Promueven y organizan actividades educativas y extraescolares que favorecen la formación integral de los estudiantes. PERFIL DE LA COMUNIDAD La labor educativa requiere del aporte coordinado de todas las personas que intervienen en ella y la integración armónica de los diversos estamentos en una participación responsable y activa que favorezca la formación del hombre integral que la sociedad actual requiere. Para ello se asume el compromiso de alimentar un clima familiar y de acogida a toda la comunidad educativa, que siempre promueva las buenas relaciones interpersonales.

CAPÍTULO II ADMISIÓN Y MATRÍCULA

Artículo 7: Admisión

Para que un(a) aspirante pueda ser admitido en la Institución Educativa Riosucio se requiere el siguiente proceso:

1) Verificación de requisitos como: a) Copia registro civil b) Copia tarjeta de identidad y Carné de salud 150% c) Copia carné de vacunas para grado preescolar d) Copia de la cédula de los padres y acudiente e) Certificado de estudios del año anterior al que va a ingresar. f) Si es traslado Copia de notas parciales de periodos vencidos

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g) Copia de hoja de Vida o Ficha Observadora. h) Constancia de retiro del SIMAT. i) Diagnóstico médico actualizado si el estudiante es de necesidades

educativas especiales. j) Para la matrícula, deben presentarse tanto el estudiante como su

acudiente.

2) Diligenciamiento de la Prematricula.

3) El ingreso de los estudiantes con comportamiento social Básico o Bajo se hará de acuerdo con la normatividad vigente (Resolución Cronograma matricula) y aceptación de compromisos firmados por las partes.

4) Análisis y estudio del Manual de Convivencia, por parte del estudiante y el padre de familia (firmas de aceptación y compromiso con todas las normas, deberes y derechos contemplados en este manual)

5) Proceso de inducción.

Artículo 8: Matrícula

Es el acto que formaliza la vinculación del educando al servicio educativo. Se realizará por una sola vez al ingresar al establecimiento educativo, (Ley 115-94), el cual se legaliza al ser firmado por el estudiante y acudiente y/o padre de familia, y esta será renovada vigencia tras vigencia. Parágrafo 1: El padre de familia o acudiente (Autorizado por los padres o la ley) que firme la matrícula se responsabiliza con el estudiante y tendrá comunicación constante con la Institución en el momento que lo requieran. De no hacer presencia en la institución, se remitirá a ICBF y/o Comisaria de Familia. Parágrafo 2: Por razones de fuerza mayor es potestativo del CONSEJO DIRECTIVO admitir algún estudiante en extraedad exigiendo los soportes y verificando los hechos que sustenten la solicitud, de lo cual debe quedar evidencia en acta, anexando, además, la autorización con justificación por parte de autoridad competente: Personería, Bienestar Familiar, Comisaría de Familia. (Resolución 3124 de mayo de 2010 SED). Requisitos para matrícula con el SENA grado 10°

a) Fotocopia del documento de identidad (Tarjeta de identidad, registro civil o cédula).

b) Dos (2) fotos tamaño cédula c) Certificado de aprobación de la básica secundaria con el 100% de las área

aprobadas. d) Llenar ficha inscripción SENA e) Fotocopia de carné de afiliación a un sistema de seguridad social.

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f) Compromiso de los padres y el estudiante en todo el proceso de la formación integral.

g) Demostrar competencias ciudadanas y actitudinales.

Pérdida del vínculo con la Institución del estudiante por:

- Cancelación voluntaria de la matrícula.

- Presentar documentación falsa o cometer fraude en el momento de la matrícula.

Parágrafo: Cuando se pierde la calidad de estudiante, se debe devolver el carné estudiantil.

CAPÍTULO III JORNADA ESCOLAR

Artículo 9: Horario La puerta principal será la única vía de acceso a la institución y sus sedes. El horario es el siguiente:

NIVEL ENTRADA SALIDA

PREESCOLAR 08:00 AM 12:30 PM

BÁSICA PRIMARIA 07:00 AM 12: 30 PM

BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA ACADÉMICA

07:00 AM 01:30 PM

TÉCNICO COMERCIAL 07:00 AM 05:00PM

Parágrafo 1: Todo estudiante que no asista a la jornada escolar debe legalizar su excusa en el formato institucional respectivamente firmada por el acudiente para validar trabajos y actividades pedagógicas. Parágrafo 2: cuando el estudiante requiera ausentarse durante la jornada escolar debe legalizar su permiso en el formato institucional y firmar la salida. Parágrafo 3: en días de lluvia el estudiante tendrá diez minutos de gracia después del horario estipulado para la entrada; si supera el tiempo antes mencionado deberá presentar excusa al día siguiente.

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CAPITULO IV USO DEL UNIFORME Y PRESENTACIÓN PERSONAL

El uniforme bien llevado es signo de orgullo y sentido de pertenencia por la institución. Uniforme de diario Tanto el modelo del uniforme de diario como el de educación física para hombres y mujeres deben portarse sin adornos exagerados, piercing, expensares, maquillajes, acorde al manual de convivencia. El uniforme de diario es el siguiente: Mujeres: Blusa blanca cuello sport, manga corta, chaleco azul con el escudo del colegio, falda a cuadros rojo y azul según diseño, de largo cuatro centímetros arriba de la rodilla, medias blancas abajo de la rodilla, zapatos rojos con cordones rojos, buzo o chaqueta azul oscuro con el escudo bordado o grabado. Hombres: Pantalón bota recta, según diseño, tela establecida por la institución, camiseta blanca de cuello con el escudo del colegio grabado o bordado, medias negras o azul oscuro clásicas y correa negra, zapatillas negras, según diseño. Buzo o chaqueta azul oscura, con el escudo del colegio grabado o bordado. Uniforme de Educación Física

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Uniforme de Educación Física (tanto para mujeres como para hombres): Camiseta blanca con cuello y el escudo del colegio grabado o bordado, sudadera roja bota recta con dos franjas blancas a los costados, medias y tenis totalmente blancos, gorra negra (opcional). Uniforme para gestantes: Sudadera de educación física con blusa materna color blanco. Parágrafo 1: Los estudiantes deberán mantener, durante toda la jornada y fuera de ella, mientras porten el uniforme, una buena presentación personal (orden, sencillez y modales).

CAPITULO V

DECRETO 1290 DE 2009 EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES DE LOS

ESTUDIANTES Y LA PROMOCIÓN ESCOLAR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA RIOSUCIO

Artículo 10: Evaluación de los estudiantes: La evaluación de los aprendizajes de los estudiantes se realiza en los siguientes ámbitos: a. INTERNACIONAL: PISA. b. NACIONAL: SABER. c. INSTITUCIONAL: Proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de

desempeño de los estudiantes de la Institución Educativa Riosucio.

Parágrafo: En el caso de los estudiantes con NEE, el diagnóstico médico especializado y actualizado constituye soporte para eximir o incluir al estudiante en los procesos de evaluación en los niveles institucional y nacional (Talentos Excepcionales, en pruebas Internacionales).

El estudiante con NEE puede participar de los procesos de evaluación institucional siempre y cuando la Institución Educativa adecue los mecanismos de evaluación institucional para aquellos estudiantes que se encuentren en capacidad de comprender y ser evaluados en los contenidos correspondientes de las áreas curriculares; este criterio es aplicable en los siguientes casos:

Tipo de discapacidad:

Física (parálisis total o parcial de algún miembro, falta de algún miembro) Sensorial (sordera, hipoacusia, ceguera, baja visión o sordo - ceguera)

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Cognitiva (síndrome de Down o síndrome de Asperger – autismo) (Circular 002, agosto de 2012)

En términos de la Circular mencionada, para el caso de las pruebas nacionales, los resultados de los estudiantes con discapacidad cognitiva no serán tenidos en cuenta en el promedio institucional.

Para la aplicación de las pruebas Saber 3º, 5º y 9º, se tienen en cuenta las directrices de la Dirección de Evaluación del MEN consignadas en la circular 002 de Agosto de 2012 (Icfes – Saber 3º, 5º y 9º) numerales 5 y 6.

Artículo 11: Objetivo del decreto: El presente decreto reglamenta la evaluación del proceso Desarrollo-Pensamiento de los estudiantes de la Institución Educativa Riosucio y el proceso Enseñanza Aprendizaje de la población con N.E.E. de la misma. Artículo 12: Evaluación Institucional de los estudiantes: Son propósitos de la evaluación de los estudiantes en el ámbito institucional: a. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y

estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.

b. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.

c. Fortalecer la individualidad del estudiante a través de procesos de

autoevaluación.

d. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.

e. Determinar la promoción de estudiantes.

f. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento

institucional. Estrategias para apoyar los estudiantes con necesidades especiales: a. Flexibilizar el currículo de acuerdo a los intereses de los estudiantes. El

currículo flexible presenta características que satisfacen ampliamente los requerimientos curriculares de la educación, ya que, en su espectro constituye una organización académica, cambiante, que promueve el flujo, la

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interpretación, el auto aprendizaje, la incorporación de transformaciones y el aprovechamiento de los recursos.

b. Implementar estrategias pedagógicas como el Aprendizaje Cooperativo.

(anexo digital El Aprendizaje Cooperativo en el aula) como estrategia metodológica en la enseñanza, permite a los educadores darse cuenta de la importancia de la interacción que se establece entre el alumno y los contenidos o materiales de aprendizaje y también plantear diversas estrategias cognitivas para orientar dicha interacción eficazmente.

c. Realizar acompañamiento permanente para resolver situaciones académicas

por medio de las estrategias de apoyo necesarias para mejorar procesos de aprendizaje de los estudiantes.

d. Para el caso de los estudiantes con NEE, el acompañamiento se llevará a cabo

por parte del docente de aula (director de grupo), acudiente de familia y el docente orientador y gestora de inclusión, quienes deberán realizar una reunión general una vez por período académico, convocada por las directivas de la institución para la realización de un balance del proceso de aprendizaje de los estudiantes con NEE y tomar decisiones al respecto en los casos que correspondan.

Artículo 13: Sistema de Evaluación Institucional: 1. Criterios: Punto de referencia, base común que sirve de regla para emitir un

juicio evaluativo. En estudiantes con NEE un criterio es el conocimiento del diagnóstico médico especializado y actualizado, el cual es requisito sine qua non para matricular en el SIMAT un estudiante como NEE. a. Universales:

- Diversidad: hace referencia a la diferencia o a la distinción entre personas

a la variedad, a la infinidad a la desemejanza, a la disparidad o a la multiplicidad, es un hecho fáctico de toda sociedad en la que existe una variedad no coincidente de creencias, convicciones, sentimientos y puntos de vista acerca de asuntos que se repuntan importantes. La diversidad desde lo funcional es un fenómeno o característica para referirse a que cada una de las personas tiene unas determinadas capacidades. Esta debe ser gestionada de modo que no se produzcan exclusiones o discriminaciones. El término diversidad funcional también se usa como término alternativo al de discapacidad, invalidez o minusvalía.

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- Objetiva: La valoración de los estudiantes se basa en observaciones reales de su desempeño y no en juicios personales, lo cual hace que la evaluación sea confiable y válida.

- Secuencial: Subsistema articulado al sistema “Plan de Estudios” (malla

curricular), cuyo objeto es delinear, obtener y proveer información útil para plantear alternativas que lleven a la superación.

- Cualitativa: Expresa un juicio de valor continuo sobre el estado en el cual se encuentra el proceso Desarrollo-Pensamiento del estudiante en cada una de las áreas y las dimensiones.

- Continua: Se realiza a lo largo de todo el año escolar consecuente.

- Formativa: Valora todo el proceso.

- Auto correctivo: Tanto el docente como el estudiante deben estar atentos a la planeación, desarrollo y aplicación de los conceptos e indicadores de desempeño para introducir posibles modificaciones.

- Integralidad: Basada en el proceso de desarrollo de las dimensiones del ser integral de cada estudiante.

- Auto reflexivo: Una vez que los estudiantes han reflexionado sobre su proceso Desarrollo-Pensamiento del pensamiento crítico, estarán listos para fijarse nuevas metas, motivados a ser cada vez más competentes.

b. Específicos:

- Situaciones previas: Saber de dónde parte un estudiante y cómo ha evolucionado. Para ello hay que hacer evaluación diagnostica y formativa, de manera que el juicio evaluativo, que tiene consecuencias para el estudiante, que es el sumativo, contenga como criterio las situaciones previas.

- Se parte de los perfiles, las relaciones entre los actores del proceso para

definir actividades, estrategias de evaluación para valorar el proceso pedagógico y didáctico, cuyo resultado son estudiantes con pensamiento crítico y creativo…

- Línea de calidad SABER 11°: Se trazará de acuerdo a la reglamentación

implementada por el ICFES, para obtener los mejores resultados con la media nacional.

- Malla Curricular: herramienta que incorpora los estándares curriculares en todas las áreas de conocimiento, las competencias laborales y generales, las competencias ciudadanas, los proyectos de ley.

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- Matriz pedagógica: incorpora la dimensión cognitiva, axiológica y

psicomotora

- Estrategias de Mejoramiento: acciones planeadas y orientadas para la superación de las debilidades de los estudiantes.

- Si el docente lo considera necesario la estrategia de mejoramiento se hará

para ser demostrada durante un proceso a ser evidenciado durante el periodo, la evidencia de esta recuperación aparece en su informe.

- Competencia: Conjunto de capacidades reales de la persona, relacionadas

con aspectos socio-afectivos y con habilidades cognoscitivas y motrices, que le permiten llevar a cabo una actividad o función con resolución de situaciones concretas, críticas y públicas.

- Indicador de Desempeño: Son las acciones que una persona debe

demostrar en situaciones reales de trabajo, con los requisitos de calidad especificados para lograr ser competente.

- Competencia Laboral: “Es la descripción de lo que una persona debe ser

capaz de hacer en el desempeño de una función productiva, expresada mediante los criterios de desempeño, el rango de aplicación, los conocimientos y comprensiones esenciales y las evidencias requeridas.”

- Evaluación del Aprendizaje: Conjunto de juicios emitidos con base en los

Resultados de Aprendizaje y Criterios de Evaluación establecidos en el diseño curricular, sobre las metas de calidad propuestas.

- Evidencias Requeridas: Pruebas necesarias para evaluar y juzgar los

resultados de aprendizaje, definidas en los conocimientos y comprensiones esenciales y delimitadas por el rango de aplicación. Estas son de producto, de conocimiento y de desempeño.

- Evidencias de Aprendizaje: Pruebas manifiestas de aprendizaje,

recogidas directamente en el proceso de formación. Son recolectadas con la orientación del docente utilizando métodos, técnicas e instrumentos de evaluación seleccionados, según sean evidencias de conocimiento, de producto o de desempeño, permitiendo reconocer los logros obtenidos por el estudiante, en términos del saber, saber hacer y ser.

- Instrumentos de evaluación: Conjunto de herramientas utilizadas por el

Docente para recoger datos relacionados con los Resultados de Aprendizaje, los Criterios de Evaluación y la Evidencias definidas en el diseño curricular. Con el fin de ser utilizadas con más eficacia, cada herramienta es particularmente apropiada según las fuentes de información requeridas.

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- Evaluación: Propuesta y organización de acciones y procesos que deben

desarrollar los Estudiantes, bajo la orientación del instructor, tendientes al logro de resultados del aprendizaje en condiciones didácticas y metodológicas que le permitan el desarrollo de competencias.

- Rangos de Aplicación: Descripción de los diferentes escenarios, y

condiciones variables, donde la persona debe ser capaz de demostrar dominio sobre el elemento de competencia.

2. Formas de evaluación: Se utiliza autoevaluación: La realiza el mismo estudiante, coevaluación se realiza en conjunto estudiante-estudiante; estudiante-profesor; estudiante-padre de familia y heteroevaluación la realiza el docente. La evaluación en la Institución Educativa Riosucio es Diagnóstica: Se sabe que dominar ciertas operaciones mentales, niveles de desempeño, conceptos, conocimientos o competencias laborales son necesarias para adquirir lo planeado y continuar con el proceso. Es así como al iniciar el año lectivo se realiza evaluación diagnóstica para detectar necesidades o dificultades de los estudiantes. Si el grupo presenta en general ciertos vacíos o deficiencias se ha de ajustar la planeación y si sólo son algunos estudiantes quienes presentan la debilidad, se diseñarán estrategias individuales. Parágrafo: Los estudiantes que son trasladados de otra institución y no han terminado el período, o ingresan a la Institución en condiciones excepcionales, el docente podrá aplicar la estrategias tales como: Talleres complementarios, exposiciones sobre los contenidos vistos, reflexiones críticas y argumentativas de acuerdo al nivel al cual ingresa. La valoración se dará de acuerdo a lo alcanzado por el estudiante en los procesos desarrollados. Cuando por ausencia de un docente se afecte la valoración académica de los estudiantes, el consejo académico determinará las estrategias a aplicar. Se evalúa para verificar el desempeño institucional, valorar el proceso desarrollo-pensamiento crítico de los estudiantes y adquisición de competencias y verificar si la educación que ofrece la Institución desarrolla los fines de la educación establecidas en la Ley 115 del 8 de febrero de 1994 artículo 5. Los estudiantes con NEE serán evaluados de acuerdo a los criterios expuestos en este artículo; sin embargo, es necesario tener en cuenta que algunos estudiantes tienen compromisos cognitivos que constituyen una barrera para su proceso de

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aprendizaje en condiciones similares a las de estudiantes con un desarrollo cognitivo normal. En términos concretos, los estudiantes con NEE serán evaluados sólo en algunas áreas curriculares y no en otras dependiendo del tipo de NEE que les afecte; un punto de referencia para esta decisión lo constituye la siguiente tabla:

Tipo de discapacidad

Física Parálisis total o parcial de algún miembro, falta de algún miembro

Cognitiva Síndrome de Down o síndrome de Asperger – autismo Sensorial Sordera, hipoacusia, ceguera, baja visión o sordo - ceguera

Algunos estudiantes con discapacidad cognitiva y sensorial no han desarrollado aprendizajes básicos en áreas curriculares por falta de acompañamiento y atención a su proceso de aprendizaje tanto por parte de su familia y de la institución educativa; por lo tanto no deben ser evaluados de forma estandarizada. Antes de la evaluación, es necesario realizar un proceso de seguimiento y apoyo al estudiante para potenciar las capacidades que pueda desarrollar pese a su limitación y posteriormente adecuar las evaluaciones para los casos similares. 3. Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los

estudiantes durante el año escolar: Las recuperaciones se harán durante el periodo a la par con el desarrollo de los procesos y temáticas trabajados durante el periodo, asumiendo las estrategias adoptadas en el presente SIE. Corresponde al “Plan de Actividades de Apoyo para la Superación de Debilidades”, o “Planes de actividades para resolver situaciones pedagógicas pendientes”, término que hace referencia a las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los educandos, el docente elegirá cual o cuales aplica de acuerdo a sus necesidades, algunas de las estrategias son:

a. Colegio en casa: Trabajos colaborativos con el apoyo de la familia.

b. Actividades culturales, recreativas, artísticas sociales, deportivas que realicen los estudiantes a nivel local y regional, proyectando lo aprendido en la Institución, se tendrá en cuenta para alcanzar los niveles de desempeño de los estudiantes en las diferentes dimensiones.

c. El Aprendizaje Cooperativo como estrategia metodológica en la

enseñanza, permite a los educadores darse cuenta de la importancia de la interacción que se establece con el estudiante y los contenidos o materiales

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de aprendizaje y también plantear diversas estrategias cognitivas para orientar dicha interacción eficazmente.

d. Citación a los padres de familia: Se convocan a los padres de familia

responsables de los estudiantes que tengan dificultades académicas para acordar estrategias de mejoramiento y compromiso.

e. Padrinazgo: Los docentes voluntariamente toman bajo su responsabilidad

estudiantes que requieran un acompañamiento más personalizado.

f. Asesoría Profesional: El docente o el Consejo Académico, según la necesidad, acude al I.C.B.F., Comisaría de Familia, Desarrollo Humano, al Hospital o a la Educadora de Apoyo, para que determine la dificultad del estudiante, lo acompañe en su proceso y trace estrategias didácticas, pedagógicas o sociales para que el docente las aplique.

4. Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones

pedagógicas pendientes de los estudiantes: Los estudiantes que ingresan después de iniciado un periodo académico sin la acreditación de las notas respectivas certificadas por la entidad pertinente tienen derecho a: la aplicación de una prueba diagnóstica para conocer fortalezas y debilidades, el diseño de estrategias para superar las dificultades, ejecutadas de manera simultánea con las actividades del periodo respectivo. La valoración del proceso desarrollado en lo relacionado con las estrategias para la superación de dificultades dará como resultado la nota del periodo anterior y la del período actual corresponderá a la planeación del docente. Los estudiantes que ingresen en el cuarto período, se les respetará el derecho a la educación, teniendo en cuenta que en el año siguiente debe reiniciar el grado en el cual se matriculó. 5. Las acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes del

establecimiento educativo cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el sistema institucional de evaluación: El control será responsabilidad de las directivas quienes lo harán mediante la revisión de los informes entregados por los docentes:

a. Asistencia incluye: Número de orden, nombres y apellidos de los

estudiantes, días hábiles y observaciones, la cual se diligencia por los docentes en el periodo. Al finalizar el periodo se entrega un informe estadístico incluido en el boletín.

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b. Boletín Informativo: los registros de notas por cada periodo lectivo serán procesados a través de la plataforma académica www.sireineri.com, las cuales serán consultadas por docentes, padres y directivos.

c. Cada período se proporciona a los docentes las listas actualizadas para realizar seguimiento evaluativo.

d. Hojas de seguimiento disciplinario: Correctamente diligenciadas por el

docente de la materia o el director de grupo; incluyen, nombre del estudiante, grado, fecha, norma incumplida según manual de convivencia (aquí se describe la falta y se escribe los artículos violados), medida formativa según manual de convivencia, compromiso del estudiante, seguimiento y firmas.

e. Portafolio de aplicación al SIE: Contiene lista de los estudiantes que

recuperan, acciones de seguimiento para el mejoramiento de los estudiantes, las cuales son implementadas durante el periodo.

f. Instrumentos para verificación de procesos de evaluación: Lista de chequeo que determine el desarrollo de procesos y avance de los estudiantes.

6. La periodicidad de entrega de informes a los padres de familia: Los periodos académicos y el número consecuente de informes que se han de entregar a los padres de familia sobre el desempeño académico de sus hijos corresponde a cuarenta semanas del año lectivo, las cuales se dividirán en cuatro periodos académicos, cada uno de diez semanas, correspondiéndole a cada periodo un informe a los padres de familia, dichos informes tendrán un mismo valor porcentual. Estos informes serán claros, comprensibles y darán información integral del avance en la formación del estudiante. La nota final corresponde al promedio de la nota de los periodos. Anualmente se entregan cuatro informes: uno por cada periodo. En el informe del cuarto período aparece el consolidado final y la valoración comportamental determinada por la Comisión de Evaluación y Promoción.

7. Estructura de los informes de los estudiantes:

a. Informe para Preescolar: La estructura del informe está distribuida en dos secciones, Informe A contiene las notas de cada dimensión por periodo y resultado final, de igual manera contiene gráficos de estadística y medición en el avance del aprendizaje por cada dimensión. Informe B contiene la descripción cualitativa por dimensión del periodo actual.

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b. Informe para Básica Primaria y Secundaria, Media y Media Técnica: Este informe está estructurado en dos secciones, Informe A: contiene la información del periodo actual, donde se registra las valoraciones por áreas y/o asignaturas tanto cualitativas como cuantitativas, asistencia, comportamiento y concepto integral. Informe B: Registra las valoraciones cuantitativas y cualitativas por áreas y/o asignaturas y comportamiento por periodos y acumulativo final, acompañado por gráficos estadísticos, con campo para recomendaciones, mas firma del director de grupo Nota: El informe final además contiene la situación académica final y la firme del Rector.

c. Informe para la población con N.E.E. de básica primaria, media y

media técnica: incluye nombre del estudiante, grado, valoración cualitativa que describa el desempeño, las habilidades, las aptitudes y las actitudes del estudiante, en cada área en la que el estudiante obtuvo un desempeño posible, según lo expuesto en artículo 4- (Criterios de evaluación) sistema de evaluación institucional numeral 2. Un concepto integral del desarrollo del estudiante evidenciado en las dimensiones: cognitiva, axiológica y psicomotora.

d. Al momento de evaluar se deben tener presente dos aspectos; (1) la evaluación debe responder a lo que el estudiante ha demostrado dentro y fuera del aula de clase según sus capacidades; (2) la evaluación del estudiante con NEE( Estudiantes en situación de discapacidad) está basada en la calificación de Alta, Media y Básica; lo anterior le permitirá al docente cualificar al estudiante en cuanto a sus conocimientos y competencias; es decir el estudiante con NEE y específicamente aquellos que presenten discapacidad cognitiva, no tendrá el mismo desempeño en todas las áreas, y es allí donde el docente planteara los indicadores mínimos por los cuales los estudiantes podrán responder al momento de su evaluación.

8. Las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución

de reclamos de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción: a. Instancias de atención y resolución de reclamos:

- Docente de la materia - Director de grupo - Coordinación Académica y/o Convivencia. - Comité de Convivencia Escolar - Consejo Académico - Rectoría - Consejo Directivo

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b. Procedimientos: Sustentar por escrito los reclamos, adjuntando fotocopia de las evidencias ante la instancia respectiva, la cual tendrá máximo cinco (5) días hábiles para recoger evidencias y máximo dos (2) días para resolver la solicitud. Si no queda a gusto puede acudir a la siguiente instancia anexando copia de la respuesta entregada por la instancia anterior.

c. Mecanismos: Diligenciamiento del formato de reclamos, quejas,

sugerencias y felicitaciones proporcionado por la Institución. - Respeto por las Instancias. - Difusión de las pruebas recopiladas por la instancia responsable. - Respuesta por escrito.

Artículo 14. Escala de valoración: El modelo pedagógico de la Institución estructura la valoración del ser en tres dimensiones: La Cognitiva que hace referencia a la formación de estructuras mentales superiores. La Axiológica en la que los valores articulan la teoría con la práctica. La Psicomotriz que aborda un enfoque global del sujeto desde las diferentes etapas del desarrollo. La valoración de las dimensiones tiene los siguientes porcentajes:

- En las áreas de Artística y Educación Física Cognitiva 20%, Axiológica 20%, Psicomotriz 60%

- En las demás áreas Cognitiva 60%, Psicomotriz 20%, Axiológica 20%

Se evalúa con la siguiente escala cualitativa y cuantitativa:

- Desempeño Superior: 94% a 100% competencias alcanzadas: 4,7 a 5,0. - Desempeño Alto: 80% a 93.9% competencias alcanzadas: 4,0 a 4,69. - Desempeño Básico: 60% a 79.9% competencias alcanzadas: 3,0 a 3,99. - Desempeño Bajo: 1% a 59.9% competencias alcanzadas: 1,0 a 2,99.

Evaluación del Comportamiento Social:

- SUPERIOR: Sin seguimiento disciplinario. - ALTO: Con seguimiento a faltas leves - BÁSICO: Con seguimiento a faltas leves repetitivas - BAJO: Faltas graves

INDICADORES A TENER EN CUENTA PARA LA EVALUACION DE COMPORTAMIENTO

Registros disciplinarios

Llegadas tarde: Se rebajará tres décimas por tres retardos injustificados; a partir del tercer retardo se rebajará una décima por cada vez que llegue tarde

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Los valores corporativos de la honestidad, tolerancia y respeto cuando sean vulnerados, más no reportados a coordinación, darán como rebaja dos décimas cada vez que falte a los valores mencionados. Después de tres observaciones, será remitido a coordinación con la respectiva anotación en la hoja de seguimiento, y se contemplará como falta grave. El valor de la responsabilidad el docente la valorará en la dimensión axiológica proporcionalmente a la falta.

Hoja de seguimiento: teniendo en cuenta el tipo de faltas registradas y la reincidencia, se realizará la valoración por parte del director de grupo y la coordinación de convivencia.

Los estudiantes que finalicen el año con comportamiento social en nivel Básico o Bajo iniciarán el grado siguiente con Acuerdo Pedagógico de Convivencia. De igual manera se procederá con aquellos estudiantes que lleguen de otras Instituciones Educativas con el comportamiento social en nivel Básico o Bajo. El Acuerdo Pedagógico de Convivencia tiene una vigencia anual y constituye un mecanismo de acompañamiento para el estudiante, su núcleo familiar y el cuerpo de docentes, que busca la superación de las dificultades y el mejoramiento en su comportamiento dentro de la Institución. Cuando el estudiante lo incumpla será remitido al comité de Convivencia quien hará el análisis respectivo, las acciones a ejecutar y de ser necesario determinará las instancias a las cuales se remitirá nuevamente el caso. La evaluación del comportamiento final del estudiante será el resultado del análisis de las valoraciones obtenidas durante los cuatro períodos, realizada por las Comisiones de Evaluación y Promoción conformadas en la Institución teniendo en cuenta los criterios establecidos en el Manual de Convivencia y en el SIE. Artículo 15. Promoción de estudiantes: La Institución a través de la Comisión de Evaluación y Promoción determinará de acuerdo con el SIE qué estudiantes pueden ser promovidos. Pérdida del año: El estudiante reprobará el año cuando no apruebe dos o más áreas, es decir, cuando no alcance los estándares ni las competencias de las establecidas en la Malla Curricular (plan de estudios) de la Básica y Media Académica y/o Técnica, de conformidad con lo instituido en los artículos 23, 31, 32 de la Ley 115 de 1994 y el artículo 41 del Decreto 1860 de 1994. Porcentaje de áreas para efecto de promoción:

a. Ciencias Sociales: 100%

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b. Filosofía: 100% Fundamental en Décimo y Undécimo.

c. Ciencias Naturales: - Física: 50% - Química: 50%

d. Informática y Tecnología: 100%

e. Matemáticas: 100%

f. Humanidades: - Castellano: 50% - Inglés: 50% La profundización se realizará en la asignatura de Castellano

g. Educación Física: 100%

h. Ética: 60%

i. Educación Religiosa 100%

j. Educación Artística: 100%

k. Emprendimiento: 40%. Se promedian Emprendimiento y Ética. El Emprendimiento es una asignatura desde Sexto hasta Undécimo (ley 1014 de 2006). Se transversaliza en Básica Primaria dando cumplimiento a la ley

La Cátedra Riosuceña se trabajará por contenidos de acuerdo a las áreas afines. Castellano: Octavo: Literatura riosuceña (Poesía, Cuento, Novela, Ensayo,

Teatro) Sociales: Sexto: Geografía, Historia y Resguardos. Noveno: Economía y

Política. Décimo: Ordenamiento territorial.

Religión: Séptimo: Eventos y celebraciones religiosas. Artística: Séptimo: manifestaciones artísticas.

La Cátedra para la Paz: Ley 1732 de septiembre 2015 será transversalizada en el área de Ética y Valores. Competencias ciudadanas: Transversal según cartilla M.E.N Los estudiantes con NEE pueden ser promovidos de grado sí han cumplido una calificación de Básica aprobada en cada área curricular en la que participen durante el año escolar; es importante tener en cuenta que para que esta situación se de en la realidad, se han incorporado todas o la mayoría de las estrategias de

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apoyo y seguimiento al estudiante: estrategias de enseñanza-aprendizaje, apoyo y participación del acudiente de familia, estrategias de evaluación, entre otros aspectos. En términos disciplinarios es importante tener en cuenta que algunos estudiantes con NEE, incurren en faltas disciplinarias que en la mayoría de los casos no deben ser excusadas por su condición de discapacidad. Por lo tanto, el comportamiento y acatamiento del Manual de Convivencia es un requisito indispensable para esta población y debe estar claro desde el momento en que el estudiante es matriculado en la Institución Educativa. Así pues, una falta disciplinaria amerita igualmente una medida formativa o pedagógica que lleve al estudiante y su acudiente a comprometerse en el cumplimiento de las normas establecidas y hará parte del debido proceso. Porcentaje de asistencia que incide en la promoción de los estudiantes: El estudiante deberá asistir por lo menos el 85% de las horas efectivamente orientadas en cada una de las áreas del plan de estudios. Es decir, el estudiante reprobará cuando su inasistencia sea o supere el 15% de las horas efectivamente orientadas en las diferentes áreas previstas en el plan de estudios de la Institución Educativa Riosucio. La justificación de una excusa le da el derecho al estudiante a presentar las evaluaciones y trabajos que se realizaron durante el día de su ausencia. Cuando el estudiante falta con una excusa justificada: calamidad doméstica, enfermedad, desplazamiento, su caso será analizado por la Coordinación con los soportes. Dado el caso que se presente una incapacidad indefinida el Consejo Académico analizará dicho caso y tomará las decisiones pertinentes. Algunos estudiantes con NEE permanecerán en la institución educativa solo media jornada por lo que se hace indispensable que para la valoración de la asistencia, se mida su total al año teniendo en cuenta que las horas a las que asisten constituyen el 100% de la asistencia del estudiante; es decir, si el estudiante está en la institución entre las 7 a.m. y las 10:30 a.m., estas horas serán el total de la asistencia calificada para el alumno; así mismo la asistencia debe ser correspondiente con las áreas en las que participa dicho estudiante. Cupo en la institución para estudiantes que pierden el año: La Institución garantizará el cupo a los estudiantes que pierden el año durante dos años consecutivos. Al tercer año se le recomienda cambio de colegio. Un estudiante que no sea promovido de un grado a otro, en cualquier Institución Educativa del país, conserva la calidad de “No Promovido” en la Institución Educativa Riosucio. Artículo 16: Promoción anticipada: a. Promoción Anticipada: Se realiza máxima a las dos semanas siguientes

después de terminado el primer periodo.

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b. Requisitos: - Solicitud escrita argumentada por el padre de familia o acudiente,

dirigida al Consejo Académico. - Presentar el informe académico de evaluación integral para verificar su

nivel de desempeño en los contenidos, competencias y dimensiones correspondientes al grado en el cual se encuentra en el momento de su solicitud.

- Ser estudiante en continuidad de la Institución Educativa Riosucio. - Tendrán derecho a dicha oportunidad los estudiantes que hayan perdido

máximo 2 áreas. - Cualquier estudiante con capacidades excepcionales certificadas por un

profesional idóneo.

c. De ser aprobada su solicitud de promoción anticipada, el estudiante será ubicado en el grado que solicita, con el compromiso de: Demostrar un desempeño superior en todas las áreas y en el comportamiento social. En caso de no cumplir con dichos parámetros el estudiante regresará al grado reprobado. Dicho compromiso será firmado por el padre de familia o acudiente y por el estudiante para su estricto cumplimiento.

d. Cuando el estudiante no alcanza el desempeño en el grado solicitado, las valoraciones obtenidas corresponderán al primer periodo del año en el cual sea ubicado.

Para efectos de promoción anticipada, el estudiante deberá demostrar durante el primer periodo, un desempeño superior en las dimensiones Cognitiva, Axiológica y Psicomotriz en todas las áreas y en el comportamiento social. La decisión será consignada en acta del Consejo Directivo y, si es positiva en el archivo académico. Artículo 17: Responsabilidades de la Institución Educativa: a. Conformar comisiones por grado, para realizar el seguimiento de los procesos

de evaluación y promoción. Se realizará al finalizar cada periodo.

b. Atender los requerimientos de los padres de familia y de los estudiantes que serán analizados por la dependencia respectiva para dar respuesta.

c. Pruebas de Estado: La inscripción a las pruebas censales debe realizarse de acuerdo a la matricula que registre el SIMAT para el grado Noveno y Undécimo.

Los estudiantes que se ubiquen entre los cien primeros puestos y obtengan una categoría de: A+ Muy superior, A Superior y – Alto; serán valorados con Desempeño Superior solamente en el Cuarto Periodo en la Dimensión Cognitiva en Lectura Crítica, Matemáticas, Ciencias Naturales, Inglés y Sociales áreas

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donde obtenga dicha valoración, pero el estudiante deberá cumplir con las otras dimensiones en las áreas que salió favorecido. Los estudiantes que se ubiquen por encima de la Media Nacional se les reconocen nota de cinco en la dimensión cognitiva del cuarto periodo en cada una de las áreas que la obtenga. Artículo 18: Derechos del estudiante: a. Será evaluado con sus dimensiones, utilizando la heteroevaluación,

coevaluación y autoevaluación: 3 tipos de evaluaciones a elección del docente y uno tipo prueba SABER.

b. Al iniciar el periodo cada docente da a conocer a los estudiantes el programa de acuerdo a la malla curricular que incluye: la pregunta problematizadora, los conceptos, procesos, los indicadores de desempeño, los criterios de evaluación y las formas de superar las falencias durante el periodo, las listas de chequeo acordes a las necesidades del docente.

c. El estudiante tiene derecho a conocer el resultado de su evaluación por proceso. (hasta 8 días después de la prueba o trabajo presentado)

d. Los estudiantes tienen derecho a manifestar de manera respetuosa, sus inconformidades y reclamos por escrito o de forma verbal. Si no satisface la respuesta, el estudiante acude a las instancias de atención y resolución de reclamos.

e. Los estudiantes tienen derecho a recibir asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades según lo contemplado en las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante cada periodo del año escolar. Periodos calificados en Bajo no se recuperan, solo se hacen nivelaciones y recuperaciones durante el periodo.

Artículo 19: Deberes de los estudiantes:

a. Conocer y estudiar el Manual de Convivencia. b. Cumplir con lo estipulado en el Manual de Convivencia. c. Respetar las instancias de atención y resolución de reclamos. d. Presentarse a las citaciones establecidas por la institución. e. Cumplir con las recomendaciones, compromisos adquiridos para la superación

de sus debilidades formativas y académicas. Artículo 20: Derechos de los padres de familia:

a. Tener acceso al Manual de Convivencia. b. Conocer el sistema institucional de evaluación. c. Recibir periódicamente los informes de sus hijos. d. Recibir oportunamente respuesta a las inquietudes o reclamos. e. Hacer parte de las diferentes comisiones de evaluación y promoción.

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Artículo 21: Deberes de los padres de familia:

a. Realizar seguimiento al proceso evaluativo personal de su hijo. b. Analizar los informes periódicos de sus hijos. c. Participar en las diferentes comisiones de evaluación y promoción. d. Asistir puntualmente y en los horarios establecidos a las citaciones

institucionales para efectos académicos y/o formativos. Artículo 22: Registro escolar:

En la Secretaria del Plantel Educativo reposará el registro escolar de cada estudiante que incluye el nombre del estudiante, documento de identidad, informe de valoración por grados y el estado de valoración de la evaluación, observaciones para incluir las novedades académicas, firma del Rector y secretaria.

Artículo 23: Constancias de desempeño:

Las constancias de desempeño de la Institución Educativa Riosucio, contienen nombres y apellidos, documento de identidad del solicitante, legislación vigente valoración por áreas y grados solicitados y concepto integral del estudiante si existiere, firma del Rector.

Artículo 24: Graduación:

Los estudiantes de la Institución podrán obtener el título de BACHILLER ACADÉMICO O BACHILLER COMERCIAL, siempre y cuando cumplan con lo estipulado en la ley.

El estudiante de grado Once que la nota definitiva de cualquier área sea de valoración Bajo y desee recuperarla, podrá hacerlo durante el primer periodo del año lectivo siguiente, realizará los planes de mejoramiento extra clase y su valoración corresponderá a la obtenida durante el periodo de recuperación. Pero no se proclamará en ceremonia de graduación.

Los estudiantes con comportamiento social en Bajo o en Básico, no serán proclamados en la ceremonia de graduación. Si el estudiante desea mejorar su valoración final del comportamiento social, podrá realizar acciones pedagógicas en pro de superar sus dificultades. Tal favorabilidad se realizará durante el primer periodo del siguiente año y será orientada por la Coordinación.

Se deja constancia en el registro escolar y se le expedirá la certificación con la valoración correspondiente.

El Servicio Social del Estudiantado es requisito obligatorio para obtener el título de Bachiller según el artículo 39 del decreto 1860 de agosto de 1994, el artículo 4 de la resolución 4210 de 1996 en sus artículos 1 - 2 - 3 - 4 - 5, la ley 115 de 1994 en sus artículos 66 - 97

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Parágrafo: Los estudiantes del Técnico Comercial para iniciar su práctica productiva deben acreditar como mínimo su nivel de desempeño en nivel Básico, en todas las áreas, la aprobación del proyecto productivo por el SENA y acreditar un comportamiento social en Alto o Superior. Artículo 25: Vigencia:

Las actualizaciones y modificaciones realizadas al Sistema Interno de Evaluación (S.I.E.) rigen a partir del 21 de noviembre de 2016 según acta No. 11 del Consejo Académico.

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CAPITULO VI GOBIERNO ESCOLAR

El gobierno escolar es un mecanismo obligatorio de expresión de la democracia en todas las instituciones educativas, en el cual, tanto el estudiantado como la comunidad vinculada a la vida escolar, participan en la toma de decisiones relacionadas con su institución. La época actual exige la formación de un pensamiento crítico donde los diferentes entes que conforman la comunidad educativa participan como personas críticas, autónomas y productivas en un ejercicio de valores democráticos en pos de un verdadero cambio del entorno escolar, lo cual implica responsabilidad en la toma de decisiones vitales para la buena marcha de la institución y formación de los ciudadanos del futuro. El Gobierno Escolar está constituido según lo dispone el artículo 142 de la ley 115 de 1994 y el artículo 20 del decreto 1860 de 1994 por los siguientes órganos: 1- El Consejo Directivo, como instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento. 2- El Consejo Académico, como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento. 3- El Rector, como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar. CONSEJO DIRECTIVO Conformación

- El Rector

- Dos representantes de los docentes: uno de básica primaria y otro de básica secundaria o media técnica.

- Dos representantes de los padres de familia.

- Un representante de los estudiantes del último grado, elegido por el consejo de estudiantes.

- Un representante de los egresados.

- Un representante del sector productivo. Funciones a) Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución.

b) Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten.

c) Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución. d) Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa.

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e) Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios.

f) Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos. El consejo directivo se reúne una vez al mes o cuando sea convocado por el rector según las necesidades que se presenten. CONSEJO ACADEMICO Conformación

- El Rector(a)

- Las o los Coordinadores (as) de la Institución

- Los o las Coordinadores(as) de área. Funciones a) Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del proyecto educativo institucional.

b) Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes necesarios.

c) Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.

d) Participar en la evaluación institucional anual.

e) Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los estudiantes y para la promoción y supervisión del proceso general de evaluación.

f) Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación educativa. El consejo académico se reunirá periódicamente y, de manera extraordinaria, cuando sea necesario. EL RECTOR Funciones a) Orientar la ejecución del proyecto educativo institucional y aplicar las decisiones del gobierno escolar.

b) Velar por el cumplimiento de las funciones docentes.

c) Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento.

d) Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa. e) Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.

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f) Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el manual de convivencia.

g) Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local.

h) Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional.

PROTOCOLO DE ELECCIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR

1. Construcción del cronograma de actividades Gobierno Escolar.

2. Sensibilización a todos los estudiantes.

3. Elección de Representantes de Grupo.

4. Lanzamiento de los candidatos a cargos de Personero, Vice-personero y Contralor.

Entrega de Hojas de Vida y Programas de Gobierno.

5. Revisión y Análisis de Hojas de Vida y Programas de Gobierno de los candidatos

6. Ejecución de Campaña Electoral.

7. Debate de los candidatos.

8. Elección: Personero(a), Vice-personero(a), Contralor(a) Estudiantil, Representante

de Docentes.

9. Elección Representante de los Estudiantes al Consejo Directivo.

10. Acto de posesión del Gobierno Escolar.

PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES Una institución educativa es una especie de laboratorio en el que se prueban lo que serán los comportamientos de los futuros ciudadanos. En ella, los niños, niñas y jóvenes se preparan para asumir con responsabilidad los distintos retos de la vida adulta. Por tanto, corresponde a los colegios dar ejemplo de cómo vivir los principios y los valores que promuevan la vida personal y comunitaria. En todos los establecimientos educativos el personero de los estudiantes será un alumno que curse el último grado que ofrezca la institución y es el encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia. (Artículo 28 decreto 1860 de 1994). El candidato a personero estudiantil deberá cumplir el perfil definido para tal dignidad. Funciones a) Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la

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colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.

b) Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre violaciones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.

c) Presentar ante el Rector o el director administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o de petición que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.

d) Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio. CONSEJO DE ESTUDIANTES Conformación En secundaria, un representante por cada uno de los grupos con los que cuente la institución. En primaria, un estudiante por grupo a partir del grado tercero. El Consejo Directivo deberá convocar dentro de las primeras cuatro semanas del calendario académico, a sendas asambleas integradas por estudiantes de cada grupo con el fin de que elijan, mediante votación, su vocero estudiantil para el año lectivo en curso. Funciones 1- Elegir representación de los estudiantes ante el Consejo Directivo de la institución y asesorarlos en el cumplimiento de sus deberes. 2- Promover a los estudiantes para que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil. 3- Sugerir y/o promover actividades en bien de la formación integral de los estudiantes acorde con el proyecto educativo institucional. 4- Aportar para la elaboración de programaciones de las actividades culturales de la institución. 5- Presentar informes periódicos a los estudiantes de las actividades realizadas, a través de los representantes de grupo.

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REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES El representante de los estudiantes es un alumno perteneciente al Consejo de los estudiantes y delegado por éste ante el Consejo Directivo. La designación se hará mediante voto secreto, previa postulación voluntaria o propuesta por el mismo Consejo. Funciones 1- Ser vocero del consejo estudiantil ante el Consejo Directivo.

2- Participar activamente en las reuniones de Consejo Directivo, presentando aportes y propuestas surgidas en el consejo estudiantil.

3- Defender los derechos y exigir el cumplimiento de los deberes de los estudiantes.

4- Presentar proyectos de mejoramiento continuo planteados por el consejo estudiantil o personero. CONTRALOR ESCOLAR

De acuerdo a ordenanza departamental en cada Institución Educativa habrá una

Contraloría Escolar, que será la encargada de promover y actuar como veedora

del buen uso de los recursos y de los bienes públicos de la Institución Educativa a

la cual pertenece, como mecanismo de promoción y fortalecimiento del control

social de la Gestión educativa, espacio de participación de los estudiantes, con el

fin de fomentar la transparencia en el manejo de los recursos públicos.

FUNCIONES:

- Contribuir a la creación de la cultura del Control Fiscal, del buen uso y manejo de

los recursos públicos y bienes de la Institución Educativa y de los proyectos del

Municipio.

- Vincular a los estudiantes en el desarrollo de las tareas que corresponde a la

Contraloría Escolar, con el fin de generar una mayor cultura y conocimiento del

ejercicio del Control Fiscal que compete a las contralorías, en el quehacer de cada

Institución Educativa, para velar por la gestión y los resultados de la inversión

pública en los proyectos de su Entidad.

- Velar para que los proyectos ejecutados por las diferentes Secretarías del

Departamento o Municipio y sus Entidades Descentralizadas en la Institución

educativa o en el entorno de ésta, satisfagan los objetivos inicialmente previstos.

- Velar porque la disposición, administración y manejo del Fondo de Servicio

Educativo, Restaurante Escolar, Tienda Escolar, Proyectos del Presupuesto

Participativo, Proyectos del Departamento o Municipio en su respectiva institución

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educativa y su entorno tengan resultados satisfactorios frente a las necesidades

inicialmente establecidas.

- Velar porque los procesos de contratación que realice la Institución educativa,

contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida de los educandos y educadores.

- Conocer el Proyecto educativo institucional (PEI), el Manual de Convivencia, el

presupuesto y el plan de compras de la institución educativa.

- Presentar a la Contraloría General de Caldas los resultados de las evaluaciones

realizadas a los diferentes procesos y proyectos de la institución, para que ésta

defina si es procedente o no determinar la existencia de un hecho fiscal.

- Presentar a la comunidad educativa los resultados de su gestión previa

verificación de la Contraloría General de Caldas.

La Contraloría General de Caldas velará por el estricto cumplimiento de las

funciones que corresponde a la Contraloría Escolar y en el evento de omisión o

extralimitación en el ejercicio de las funciones, se informará de ello a la institución

educativa para que tome las medidas pertinentes, según la competencia que en

ese sentido se haya otorgado.

Las situaciones que se presenten relacionadas con el ejercicio del control fiscal, se

dará a conocer a la Contraloría General de Caldas, entidad que será el único canal

de comunicación de la Contraloría Escolar. Si se trata de otras situaciones que así

lo ameriten, se darán a conocer a los organismos oficiales y competentes para

ello.

- Ser vocero de la Contraloría Escolar ante la Comunidad educativa.

- Representar la Contraloría Escolar ante la Red de contralores Escolares.

- Representar la Contraloría Escolar ante la contraloría General de Caldas.

GRUPO DE APOYO PADRES DE FAMILIA Conformación Se constituirá en cada uno de los grupos que ofrezca la Institución con la participación de los padres de familia interesados y comprometidos en el bienestar de sus hijos y el de toda la Institución. Funciones 1- Servir de instancia para resolver conflictos que se presenten en su respectivo grado y en la Institución. 2- Aportar y apoyar la Institución Educativa en y para la realización de actividades culturales, recreativas, deportivas o de otra índole que se presenten.

3- Canalizar las ideas de sus hijos y presentarlas al director de grupo.

4- Promover actividades de tipo académico, deportivo y cultural.

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5- Las demás que considere el Consejo Directivo y el director de grupo.

6- Apoyar el proceso formativo e intelectual que se ofrece en la Institución. CONSEJO DE PADRES El consejo de padres de familia es un órgano del establecimiento educativo destinado a asegurar la continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio. Estará integrado por mínimo un (1) y máximo tres (3) padres de familia por cada uno de los grados que ofrezca el establecimiento educativo, de conformidad con lo que establezca el Proyecto Educativo Institucional. Durante el transcurso del primer mes del año escolar, contado desde la fecha de iniciación de las actividades académicas, el rector o director del establecimiento educativo convocará a los padres de familia para que elijan a sus representantes ante el consejo de padres de familia. La elección de los representantes de los padres para el correspondiente año lectivo, se efectuará en reunión liderada por el director en cada grupo. Dicha elección deberá contar con la presencia de, por menos, el cincuenta por ciento (50%) de los padres de cada grupo, o de los padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión. La conformación del consejo de padres es obligatoria y así deberá registrarse en el manual de convivencia. ASOCIACIÓN DE PADRES La Asociación de Padres de Familia, es una entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituida por decisión libre y voluntaria de los padres de familia de los estudiantes matriculados. El patrimonio y gestión de la asociación deben estar claramente separados de los de la institución. La asociación se rige conforme a la Constitución Nacional, a la Ley General de Educación y a las normas que le sean aplicables, especialmente por el Decreto Nacional 1286 de 2005 y por las disposiciones que lo modifiquen, complementen y, de manera, expresa, por los estatutos vigentes. Fines a) Cumplir primordialmente con las finalidades previstas en el Decreto 1286 de 2005. b) Contribuir a la educación familiar y escolar y participar en la integración de la comunidad educativa compuesta por educandos, educadores y padres de familia.

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c) A partir de la correcta educación familiar, contribuir para lograr el buen rendimiento académico y disciplinario de sus hijos, estableciendo verdaderos lazos de comprensión y cooperación con los educadores. d) Desarrollar actividades culturales y de promoción social que permitan elevar el nivel cultural de los padres de familia y contribuir a crear en los mismos una firme actitud de cambio y participación en el destino de la sociedad, mediante conferencias periódicas y demás acciones que redunden en el mayor conocimiento de la comunidad educativa y de la sociedad en general. e) Apoyar los intereses de la comunidad educativa en la búsqueda de una formación integral según el proyecto educativo del colegio, en el mantenimiento locativo del plantel, en la conservación de elementos, equipos de enseñanza, en la búsqueda de recursos de otras instituciones afines, y en los demás que demanda la comunidad. f) Colaborar en la educación de los estudiantes con dificultades económicas o de hechos calamitosos. g) Procurar una coordinación entre los padres de familia, docentes y directivos a fin de descubrir y conocer las inclinaciones vocacionales y capacidades del estudiante y orientarlo hacia su pleno desarrollo. h) Aportar iniciativas para el buen funcionamiento de la Institución Educativa Riosucio.

CAPITULO VII

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Artículo 26. Derechos y deberes Son derechos los que tengan el carácter de fundamental, como esenciales e inherentes a la persona humana, consagrados bien en la Constitución o en la Ley. Son deberes todas las obligaciones morales y jurídicas que nacen de la conciencia de ser, como persona, sujeto de derechos. Además de los anteriores derechos y deberes, como estudiantes de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA RIOSUCIO tengo derecho a: y me comprometo a:

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DERECHOS DEBERES

1. Conocer la Filosofía del Colegio. Respetar y apoyar la Filosofía del Colegio.

2. Ser tratado (a) con imparcialidad y sin discriminaciones de ningún tipo.

Dar un buen trato, reconocer y respetar las diferencias a todos los miembros de la Comunidad Educativa.

3. Disfrutar de un ambiente de bienestar y armonía que facilite mi formación integral.

Propiciar un ambiente de bienestar y armonía dentro y fuera del aula.

4. Participar activamente en la Comunidad Educativa, elegir y ser elegido(a) como representante del Gobierno Escolar, monitor(a) de área o asignatura. Pertenecer a los diferentes grupos y comités que se organicen en el Colegio. (Cod. Del Menor, Art. 317)

Cumplir con las responsabilidades que implica ser elegido(a) Miembro representativo del Gobierno Escolar, monitor de área o líder de diferentes grupos o comités y/o brindar respeto y apoyo a quienes me representen en algún cargo.

5. Conocer el Proyecto Educativo y el Manual de Convivencia, además aportar en su construcción.

Cumplir y aportar iniciativas y sugerencias para el Proyecto Educativo y el Manual de Convivencia.

6. Contar con la aprobación y el apoyo de los padres y/o acudiente en lo que el Proyecto Educativo propone en orden a la formación integral.

Cumplir con todo lo planteado en el Proyecto Educativo Institucional.

7. Ser evaluado en las dimensiones cognitiva, axiológica y psicomotriz utilizando la autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación.

Cumplir con los procesos evaluativos integrales según las disposiciones vigentes.

8. Al iniciar el periodo cada docente da a conocer a los estudiantes la malla curricular (el plan de estudios) del área y las estrategias de evaluación de acuerdo con lo establecido en el SIE.

Asumir responsable, reflexiva y críticamente el desarrollo de los diferentes procesos pedagógicos.

9. Recibir una programación regulada de trabajo, talleres, misiones y evaluaciones respetando la programación de la respectiva área.

Cumplir con trabajos, talleres, misiones y evaluaciones con responsabilidad y honestidad.

10. Ser evaluado cuando hay excusa por ausencia justificada. El estudiante tendrá cinco días para realizar los trabajos y evaluaciones después de reintegrarse a las labores escolares.

Justificar por escrito, las ausencias y permisos, firmados por el padre y/o acudiente dentro de los siguientes tres días hábiles.

11. Expresar mis ideas libre y responsablemente (Cod. Del Menor

Escuchar y respetar el punto de vista del otro.

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DERECHOS DEBERES

Art. 10)

12. Los estudiantes tienen derecho a manifestar sus inconformidades y reclamos por escrito o verbal, durante los 3 días hábiles después de presentada la situación. El docente tendrá 5 días hábiles para responder la solicitud. Si no satisface la respuesta, el estudiante acude a las instancias de atención y resolución de reclamos.

Presentar de manera respetuosa y con argumentos y evidencias los reclamos, inconformidades, inquietudes y sugerencias siguiendo el conducto regular dentro de los plazos establecidos.

13. Ser atendido(a) con amabilidad y respeto cuando formule reclamos, manifieste inquietudes y críticas constructivas, siguiendo los canales regulares de comunicación.

Presentar una actitud positiva y respetuosa frente a los planteamientos opuestos tratando de llegar a acuerdos.

14. Ser respetado (a) en mi persona y pertenencias de acuerdo con los principios generales de los Derechos Humanos.

Respetar la integridad física y moral, así como las pertenencias de todas las personas de la comunidad educativa.

15. Usar las instalaciones, recursos y servicios educativos según los parámetros establecidos por la institución.

Cuidar y hacer un uso responsable de las instalaciones, muebles, enseres de la Institución, y responder por los daños causados.

16. Tener acceso al Seguimiento académico y disciplinario que lleve la institución acerca de los procesos.

Respetar las anotaciones hechas en las hojas de seguimiento, haciendo aclaraciones en forma precisa y cortés, con la respectiva firma.

17. Recibir puntualmente las clases y los actos programados.

Presentarse a tiempo a clase y a los actos programados.

18. Ser escuchado(a), presentar descargos y estar acompañado(a) por padres o acudientes en el seguimiento comportamental y académico.

Solicitar con respeto el debido proceso para la solución de dificultades comportamentales y académicas.

19. Recibir estímulos y reconocimientos especiales por la participación en actos académicos, culturales, deportivos y/o sociales donde se resalte el buen nombre de la institución.

Representar con decoro y dignidad la institución en todas las actividades internas y externas en las que participe.

20. Estar respaldado(a) en todo el proceso educativo por padres o acudientes.

Responder con los compromisos como estudiante.

21. Representar a la Institución en Representar dignamente y con altura la

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DERECHOS DEBERES

encuentros, celebraciones, actividades deportivas, culturales, artísticas y académicas, cuando la institución lo requiera.

Institución en encuentros, celebraciones, actividades culturales, deportivas, artísticas y académicas y cumplir con los compromisos adquiridos al formar parte de dichas representaciones.

22. Disfrutar de los descansos establecidos en el horario escolar.

Hacer buen uso de los espacios que ofrece la institución evitando actos bruscos, consumo de sustancias psicoactivas, permanecer dentro de las aulas de clase, y otros actos que incumplan las normas establecidas en este manual.

23. Que se cumplan y respeten las garantías y derechos constitucionales, legales, reglamentarios y del Manual de Convivencia.

Cumplir y respetar las garantías y derechos de rango constitucional, legal y del Manual de Convivencia.

Parágrafo 1: En caso de incumplimiento de alguno de los anteriores deberes, se seguirá el siguiente proceso: Llamado de atención verbal con evidencia escrita. Si reincide, rebaja de tres décimas en la dimensión axiológica de la asignatura. En caso de persistir en la falta, se hará anotación en la hoja de seguimiento para iniciar proceso disciplinario con citación al padre de familia por parte del docente para firmar compromisos. Si la falta persiste, se considera como falta grave y el caso será remitido a la Coordinación y se tomará en cuenta para la evaluación del comportamiento social. En el incumplimiento de los anteriores deberes se procederá de acuerdo al debido proceso disciplinario. Parágrafo 2: Las situaciones que afecten directa o indirectamente el ambiente escolar serán remitidas al Comité de Convivencia Previa intervención de los vigías de convivencia y director de grupo.

CAPITULO VIII CLASIFICACION DE LAS SITUACIONES SEGÚN LEY 1620 Y SU DECRETO

REGLAMENTARIO 1965 DEL 2013 Artículo 27: Comité de Convivencia - conformación y funciones

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El Comité de Convivencia Escolar conformador según la norma por:

• El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité • El personero estudiantil. • El docente con función de orientación • El coordinador cuando exista este cargo. • El presidente del consejo de padres de familia. • El presidente del consejo de estudiantes. • Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar

Los Establecimientos Educativos en el SNCE (SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR) tendrán las siguientes funciones 1. Liderar la revisión periódica del manual de convivencia y garantizar la participación activa de toda la comunidad educativa, particularmente de los estudiantes, en este proceso. 2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa. El estudiante, estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente. 5. Documentar, analizar y mediar los conflictos que se presenten entre estudiantes, entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, y entre docentes. 6. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 28 de esta ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos. 8. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, así como de los casos o situaciones que hayan sido mediados y conciliados por este.

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Según las funciones del comité escolar de convivencia, es activar la ruta de

atención para situaciones de acoso escolar, entre estudiante- estudiante, docente-

docente, docente- estudiante, realizar acciones promoción y prevención, mediando

en conflictos entre los miembros de la comunidad para una sana convivencia

pacífica. Así

PROMOCIÓN

Participar en la construcción colectiva de normas

Fomentar la participación en proyectos transversales o iniciativas para el desarrollo de competencias ciudadanas Y sobre DDHH -DSR

PREVENCION

Realizar campañas, actividades o expresiones artísticas que promuevan actitudes para fortalecer la convivencia y prevenir que ocurran hechos de violencia, agresión, exclusión, acoso, insultos o apodos ofensivos.

ATENCIÓN

Identificar las situaciones que afecten la convivencia escolar.

Ser parte de las mediaciones y conciliaciones que se pueden brindar en los conflictos

SEGUIMIENTO Hacer seguimiento y acompañamiento a los procesos adelantados para evaluar su efectividad.

Artículo 28: Tipo de situaciones que afectan la Convivencia Escolar Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los Derechos Humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican así, tal como lo establecen en el artículo 40 del decreto 1965 del 2013. Situaciones tipo l: “Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud física o mental.” Este tipo de situaciones han de ser atendidas de forma inmediata en la institución educativa, para evitar que trasciendan. Situaciones Tipo l:

1. Ridiculizar directa o indirectamente a compañeros (as) y a cualquier miembro de la comunidad educativa, con actuaciones como (Charlas, burlas, bromas, juegos pesados y apodos).

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Parágrafo: La reincidencia hasta 3 veces en situaciones de tipo I, se convertirá en situación de tipo II. Protocolo de Atención de las situaciones tipo l: De acuerdo al artículo 42 del Decreto 1965 del año 2013, el proceso a seguir es:

1. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo.

2. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa,

encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará constancia de lo acordado en la ficha de seguimiento, con fechas establecidas para cumplir lo acordado.

3. Establecer compromisos y hacer seguimientos de los mismos, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos 43 y 44 del Decreto 1965 del año 2013.

Parágrafo. Los estudiantes que hayan sido capacitados como mediadores o conciliadores escolares (vigías de convivencia) con el director de grupo serán los responsables del manejo de estos casos. Situaciones Tipo ll: Situaciones de agresión escolar, acoso escolar (Bullying) y ciberacoso (ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

Que se presenten de manera repetida o sistemática.

Que causen daños al cuerpo o a la salud física o mental sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.

1. Agredir continuamente de forma verbal: con insultos, bromas de mal gusto,

rumores que promuevan la violencia y el irrespeto de los derechos humanos. directa o indirectamente a otro miembro de la comunidad educativa.

2. Agresiones físicas y/o psicológicas, sin generar algún tipo de incapacidad,

física o mental.

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3. Realizar acoso escolar, en alguna de sus modalidades (intimidación física,

psicológica y verbal; exclusión y rumores; ciberbullying; por identidad de género; por orientación sexual; chantaje, entre otras).

Protocolo de atención para las situaciones tipo ll En el Artículo 43, del Decreto reglamentario 1965 del 2013, se establece que el protocolo de atención para las situaciones tipo ll, debe desarrollar como mínimo, el siguiente procedimiento:

1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia en actas y ficha de seguimiento.

2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la

situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia.

3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.

4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.

5. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando, en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.

6. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el· restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.

7. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del Decreto 1965 del año 2013.

8. El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.

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9. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

Parágrafo. Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 45 del Decreto 1965 del 2013. Situaciones Tipo III Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente. Protocolo Situaciones Tipo III Para las situaciones Tipo lll deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento: 1. En casos de daño al cuerpo o a la salud. garantizar la atención inmediata en

salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

2. Informar de manera inmediata los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.

3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el

medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional (Infancia y Adolescencia) actuación de la cual se dejará constancia.

4. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente.

5. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le

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atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.

6. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho.

GLOSARIO SEGÚN DECRETO 1965 DE 2013 ARTÍCULO 39.

Definiciones. Para efectos del presente Decreto se entiende por:

1. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.

2. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

3. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la

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comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y

electrónica.

a. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras. b. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas. c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros. d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros. e. Agresión electrónica. Es toda. acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía. 4. Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es

toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente. por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.

5. Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.

6. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica

o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y

agresor".

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7. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes

8. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan

.

CAPITULO IX

FALTAS DISCIPLINARIAS Las faltas disciplinarias se clasifican en faltas leves y faltas graves; las cuales tendrán un proceso diferenciado según su naturaleza. Artículo 29: Faltas Leves: Se considera falta leve todo acto u omisión violatorio de los deberes y normas de los y las estudiantes que expresamente no esté calificado como falta grave. Cada falta debe estar registrada en la hoja de seguimiento firmada con su respectiva acción pedagógica o formativa y ser tratada por el docente de aula o el director de grupo. Se consideran faltas leves las siguientes:

1. Irrespetar los eventos religiosos, culturales, deportivos que se realicen en la institución o fuera de ella. (ruidos, gritos, interrupción con charlas frecuentes, desorden en formación, sabotaje).

2. Utilizar un tono de voz inadecuado en las clases y demás ambientes escolares.

3. Recibir visitas diferentes a los padres de familia y/o acudientes, en horas de

clase o en descanso, dentro del plantel educativo o por la malla.

4. Consumir alimentos y bebidas dentro de las aulas de clase y en actos institucionales, sin autorización del docente.

5. Causar daño al medio ambiente, incumplimiento con las normas de aseo en el aula y en todo el plantel educativo.

6. Portar inadecuadamente el uniforme dentro y fuera de la institución educativa (maquillaje exagerado en rostro y uñas, accesorios que no estén acordes con el uniforme, camisetas, sudaderas, pantalones y calzado diferentes), sin excusa justificada.

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7. Asistir en tiempo extracurricular a lugares públicos, con el uniforme.

8. Asistir a la institución con el uniforme que no corresponda al horario, sin autorización.

9. Uso indebido de equipos electrónicos institucionales y personales que afectan el desenvolvimiento de las actividades académicas. Utilizar sin autorización celular, audífonos, tablets, videojuegos, mp3, bafles, o cualquier aparato electrónico en clase, actos cívicos, culturales, religiosos y otros programados por la institución. (La institución educativa no se hace responsable del daño o la pérdida de los equipos personales).

10. Incumplir el reglamento establecido para el uso adecuado de los diferentes espacios de la institución (canchas, biblioteca, sala de informática, aula múltiple, aulas de clase, sala de profesores, cafetería, laboratorio, aula de inglés, restaurante escolar, aula de música, entre otras).

11. Vender, distribuir y comercializar productos sin autorización.

12. Promover y practicar juegos de azar, espiritistas, de redes sociales o de apuestas, dentro de la institución, exceptuando los que tienen fines didácticos.

13. No entregar a tiempo comunicados y citaciones escritas enviadas a los padres de familia o acudientes.

14. Incumplir con las actividades propuestas en ausencia del docente.

15. Permanecer dentro del aula en los descansos, sin la autorización del docente o Directivo docente. El estudiante que permanezca dentro del aula de clase deberá responder por los daños y pérdidas que ocurran dentro de la misma.

16. Difundir propagandas y o volantes relacionados con espectáculos, sin autorización.

17. Ver y/o escuchar dentro de la institución cualquier tipo de material pornográfico.

18. Llegar tarde a la institución y después de los cambios de clase sin excusa. Las excusas deberán ser firmadas por el o la acudiente y legalizadas en la coordinación.

19. No asistir a la jornada escolar sin justificación.

20. Comprar, pasar o recibir productos a través de la mallas que protegen a la Institución

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Articulo 30: Faltas Graves Se considera falta grave cualquier acción u omisión realizada aún por primera vez de una de las conductas enumeradas a continuación:

1. Agredir verbalmente con insultos, rumores, bromas continuas y de mal gusto, que promuevan la violencia y el irrespeto de los derechos humanos directa o indirectamente a otro miembro de la comunidad educativa. (atender esta situación de forma alterna con el comité de convivencia).

2. Atentar contra la honra de cualquier persona de la comunidad educativa.

3. Agresiones físicas y/o psicológicas con cualquier persona dentro o fuera del establecimiento, sin generar algún tipo de incapacidad, física o mental (atender esta situación de forma alterna con el comité de convivencia).

4. Incitar a un compañero (a) a cometer faltas que atenten contra la integridad física y/o mental de otras personas en enfrentamientos y peleas dentro o fuera de la institución. Inclusive incitando por cualquier medio de las redes sociales. Si la situación ocurre fuera de la institución, pero el estudiante porta el uniforme, también será considerada falta grave.

5. Reclamar de forma agresiva, frente a una situación o sugerencia del cumplimiento de la norma.

6. Obstaculizar con violencia o sin ella la aplicación del manual de convivencia.

7. Atentar contra la moral con actos que vayan en contra de los valores y principios estipulados en el PEI, la Ley y las buenas costumbres.

8. Fumar, consumir alcohol o cualquier tipo de sustancia psicoactiva, dentro de la institución o portando el uniforme fuera del establecimiento educativo.

9. Ingresar a sitios de diversión portando el uniforme, donde se presentan espectáculos que atenten contra la integridad moral y la salud física o mental.

10. Presentarse a la institución bajo el efecto de bebidas embriagantes, alucinógenos y/o drogas psicotrópicas.

11. Consumo, posesión, distribución y/o comercialización de bebidas alcohólicas o de fabricación artesanal y de otro tipo de sustancias alucinógenas; dentro de la institución

12. Hacer circular dentro de la institución material pornográfico.

13. Motivar al pánico colectivo, generando falsas alarmas.

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14. Ausentarse de la institución sin autorización previa de un Directivo docente o docente.

15. Ingresar o salir de la institución por las mallas o puertas diferentes a las autorizadas.

16. Realizar evaluaciones y trabajos de forma deshonesta.

17. Incumplir el Acuerdo Pedagógico de Convivencia.

18. Encubrir y/o apoyar actos violatorios del Manual de Convivencia.

19. Dañar o deteriorar los bienes de la institución o de algún compañero. (paredes, corredores, baños, pupitres, carteleras, cuadernos, libros, entre otros.).

20. Apropiarse de pertenencias de compañeros o de la institución, o motivar a

otros a que lo realicen. 21. Portar y/o utilizar sustancias químicas perjudiciales (gas pimienta, pólvora…)

dentro de la Institución Educativa, que atenten contra la integridad de las personas.

22. Traer al colegio, mirar o hacer circular dentro de él revistas, libros, folletos o

cualquier otro material de tipo pornográfica, navegar y chatear en páginas pornográficas.

23. Atentar contra el patrimonio cultural y ecológico. 24. Alterar libros y registros de informes evaluativos, de asistencia, excusas,

fichas de observación, constancias de desempeño; falsificar firmas, documentos y otros.

25. Incurrir en cualquier conducta que viole el comportamiento y la moral exigidos

por la institución.

26. Portar, comercializar o distribuir cualquier tipo de arma (corto punzante- arma blanca - de fuego - de fogueo) dentro de la institución.

27. Causar lesión o agresión utilizando manoplas(objeto metálico de

empuñadura), bastones metálicos

28. Reincidir hasta tres veces en faltas leves e incumplimiento en las medidas pedagógicas asignadas por las faltas cometidas.

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29. Ausentarse de clase sin autorización previa de un Directivo docente o docente.

Artículo 31: Acciones pedagógicas en los procesos formativos Proponemos a los (a) estudiantes un comportamiento por convicción porque es a través de la propia exigencia como se define y perfecciona la personalidad, capaz de responder cada día más positivamente. La institución tiene como acciones pedagógicas formativas:

1. La orientación de grupos: espacio donde se establece la relación abierta y familiar entre el educador responsable y los estudiantes. En un clima de diálogo y colaboración se favorece el crecimiento de cada uno, se tratan temas formativos, se busca solución a los problemas, se asignan responsabilidades y se evalúan resultados con el fin de aplicar correctivos.

2. El estudio y vivencia de valores: profundización del significado de valores

propuestos, de su riqueza e importancia en la formación integral, a través de la realización de diferentes actividades como: reflexión, talleres, investigación y otras.

3. El acompañamiento continuo: presencia efectiva en el proceso de crecimiento

del estudiante. Realizado por docentes, directivas y padres de familia. 4. El diálogo personal: con cada estudiante para estimularlo(a), escuchar sus

dificultades, invitar al cambio si hay irregularidades en su comportamiento, evaluar los correctivos propuestos, etc.

5. Hoja de seguimiento: la llevará el (la) director(a) de grupo. Describe el proceso

disciplinario del estudiante y los compromisos. Las faltas llevarán la firma del respectivo docente y el estudiante. Si lo requiere también llevará la firma del padre de familia o el representante del grupo.

6. Hoja de vida: con datos actualizados anualmente por cada director de grupo

con datos reales. Incluye las fortalezas y debilidades del estudiante. 7. El diálogo con los padres de familia o acudientes: Para informarlos sobre lo

sucedido, acordar con ellos el apoyo que necesita el (la) estudiante y construir acciones de mejoramiento en conjunto. De esto se dejará constancia en la Hoja de seguimiento.

8. Orientar talleres a estudiantes y padres de familia para brindar herramientas

que conlleven al mejoramiento de las dificultades. 9. El Acuerdo Pedagógico de Convivencia: para aquellos estudiantes que

manifiesten reincidencia en las mismas faltas, poca respuesta a las acciones

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pedagógicas o bajo rendimiento académico o cuando vengan de otra institución con comportamiento social Básico o Bajo. En caso de incumplimiento, el caso será remitido al Consejo Directivo para que haga efectivo el acuerdo pedagógico.

10. Acompañamiento Profesional: Aquellos estudiantes que por presentar

dificultades en sus procesos académicos y de socialización serán valorados y orientados profesionalmente.

11. Propiciar a los estudiantes espacios recreativos, deportivos, artísticos,

culturales y académicos para que lideren actividades formativas. 12. Acompañamiento del Consejo de Padres de familia para buscar cambios

positivos en los estudiantes.

13. Trabajo con los proyectos pedagógicos que coadyuven a fortalecer los valores corporativos y proyectos de vida.

14. Mediación del comité de convivencia.

15. Formación General de estudiantes y docentes para fomentar la practica de los

valores, principios de vida y practica de sanas costumbres.

CAPITULO X DEBIDO PROCESO

Artículo 32: Principios del Proceso Dentro de la interpretación y aplicación de las sanciones se consagran principios como:

- Reconocimiento de la dignidad humana: El respeto a la dignidad de los estudiantes es el límite en la aplicación de la sanción.

- legalidad: los estudiantes sólo serán investigados y sancionados

disciplinariamente por comportamientos que estén descritos como falta en el Manual de Convivencia vigente al momento de su realización.

- Publicidad procesal: implica el acceso al expediente disciplinario por las partes durante el proceso. Los procedimientos y decisiones administrativas no podrán ser ocultas evitando acusaciones secretas.

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- Preexistencia de la falta: Una sanción se aplicará por hecho determinado como falta en el manual de convivencia.

- Proporcionalidad: Existencia de proporción entre la falta y la sanción.

- Presunción de Inocencia: El estudiante a quien se atribuya una falta disciplinaria, se presume inocente mientras no se declare su responsabilidad en fallo. Durante la actuación, toda duda razonable se resolverá a favor del investigado, cuando no haya modo de eliminarla.

- Derecho a la defensa: el estudiante tiene el derecho a controvertir los cargos imputados, aportar pruebas, plantear causales de justificación, hacerse representar por un abogado, estar presente durante el proceso, conocer las pruebas existentes.

- Solidaridad interna: exonera al estudiante de formular quejas contra sí mismo.

- Impugnación: Todo estudiante que haya sido sancionado disciplinariamente tendrá la posibilidad de solicitar la revisión de las decisiones tomadas.

- Igualdad: todos los estudiantes tienen derecho al mismo tratamiento durante un proceso de análisis comportamental. Se tratará de manera diferente cuando el hecho no es igual en circunstancias, tiempo, lugar, modo.

- Participación: Todos los (as) estudiantes y sus padres y/o acudientes tienen derecho a ser escuchados y solicitar pruebas en el momento de un proceso comportamental.

- Prueba testimonial: Cuando hay un testimonio.

- Temporalidad: Aplicación dentro de los términos.

- Doble instancia: Se manifiesta en dos autoridades diferentes.

- Necesidad de prueba: El proceso debe buscar la verdad de los hechos con pruebas contundentes y pertinentes.

- Motivación: Toda decisión en un proceso formativo, debe ser razonable y motivada.

- Indubia proalumno: toda duda debe ser resuelta a favor del estudiante.

- Favorabilidad: si existen varias normas que regulan una situación, se debe aplicar la más favorable al estudiante.

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- Reserva del sumario: Asegurar que las pruebas por recoger o decisiones

por adoptar no se conozcan prematuramente y sean notificadas legalmente a quien corresponda y de esa manera evitar perjuicios al proceso disciplinario que se adelanta.

- Doble incriminación: No se puede sancionar dos veces por la misma falta. Procedimiento para la aplicación de medidas formativas y orientaciones pedagógicas Además de los correctivos inmediatos para cuando se infringe una norma, se observa el siguiente proceso para actitudes repetitivas: 1. Anotación en la hoja de seguimiento. 2. Compromiso firmado por el (la) estudiante y sus padres o acudiente

evaluándolo cuidadosamente cada período, con el (la) director (a) de grupo (Acuerdo Pedagógico de Convivencia).

3. Acciones pedagógicas enfocadas al fortalecimiento del proyecto de vida y

proyectos institucionales. “De los procesos como procedimientos y correctivos establecidos para estimular o sancionar a los estudiantes se deberá dejar constancia en la hoja de vida del estudiante.”

PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS FORMATIVAS Y

ORIENTACIONES PEDAGÓGICAS EN FALTAS GRAVES

1. Diligencias preliminares: El educador o quien conozca de un hecho que pueda ser falta grave de comportamiento, debe informar por escrito, dentro de los dos (2) días hábiles después de presentado el suceso, al Director(a) de grupo quien, con su criterio y autonomía, decidirá si la situación amerita pasar a coordinación, si este fuese el caso, deberá presentarlo al siguiente día hábil de recibido, en donde se escuchará al estudiante y se determinará si amerita una investigación dejando constancia escrita.

2. Citación a descargos: La coordinadora citará por escrito dentro de los tres (3)

días hábiles siguientes, al estudiante, a sus padres y/o acudiente, al personero (a) estudiantil, indicando:

- Lugar, fecha y hora de reunión - Falta que se le imputa - Las normas del manual vulneradas - El derecho del (la) estudiante a presentar descargos

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- Las pruebas que pueden presentar y controvertir las que existen en su contra.

- La asistencia que pueda tener de sus padres o acudientes 3. Reunión: Se realizará en la fecha señalada y con la presencia de las personas

citadas a ésta. - Se leerán los cargos y se aportarán las pruebas - Extrañamiento mientras termina el proceso, según el caso - El (la) estudiante presentará descargos y se solicitarán las pruebas. - Se levantará acta de todo lo expuesto en la reunión y se hará firmar por los - Si alguno se niega a firmar el acta, se dejará constancia de ella. Igualmente

se deja constancia en el acta. - Cuando el padre o acudiente no se presenta a la citación, ni justifica su

ausencia, se procederá a informar al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y/o Comisaría de familia.

4. Práctica de prueba: Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, a la

diligencia de descargos, se practicará las pruebas solicitadas por las partes.

- Toda decisión y el fallo disciplinario deben fundarse en pruebas legalmente producidas y aportadas al proceso por petición de cualquier interviniente o en forma oficiosa.

- Imparcialidad en la búsqueda de la prueba: la persona encargada

deberá averiguar con igual rigor los hechos y circunstancias que demuestren la existencia de la falta disciplinaria y la responsabilidad del alumno, y los que tiendan a demostrar su existencia o lo eximan de responsabilidad.

- Medios de prueba: son medios de prueba la confesión, el testimonio, la

peritación, la inspección o visita especial, y los documentos, los cuales se practicarán conforme a las normas que lo regulan en cuanto sean compatibles con la naturaleza y código del menor.

- Libertad de pruebas: la falta y la responsabilidad del alumno podrán

demostrarse con cualquiera de los medios de prueba legalmente reconocidos.

- Petición y rechazo de las pruebas: las personas que intervengan en el

proceso pueden aportar y solicitar la práctica de las pruebas que estimen conducentes y pertinentes.

- Serán rechazadas las inconducentes, las impertinentes y las superfluas

y no se atenderán las practicadas ilegalmente.

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- Práctica de pruebas por comisionado: la persona competente para investigar podrá comisionar para la práctica de pruebas a otro igual o de inferior categoría de la misma institución. En la decisión que ordene la comisión se deben establecer las diligencias objeto de la misma y el término para practicarlas. El consejo directivo podrá comisionar a cualquier docente para la práctica de pruebas.

- Prueba trasladada: las pruebas practicadas válidamente en otra

actuación, dentro o fuera del colegio, podrán trasladarse a la actuación disciplinaria mediante copias en el manual.

- Aseguramiento de la prueba: los miembros del consejo directivo, en

ejercicio de las facultades tomarán las medidas que sean necesarias para asegurar los elementos de la prueba.

- Testigo renuente: cuando un alumno sea llamado como testigo y se

muestre renuente a comparecer, podrá imponérsele una amonestación, a menos que justifique satisfactoriamente su no comparecencia, dentro de los dos días siguientes a la fecha señalada para ser escuchado. Impuesta la amonestación, el testigo seguirá obligado a rendir la declaración, para lo cual se fijará una nueva fecha.

- Inexistencia de la prueba: la prueba recaudada sin el lleno de las

formalidades sustanciales o con desconocimiento de los derechos fundamentales del estudiante, se tendrá como inexistente.

- Prueba para sancionar: no se podrá proferir fallo sancionatorio sin que

obre el proceso prueba que conduzca a la certeza sobre la existencia de la falta y de la responsabilidad del estudiante investigado.

- Causales de nulidad:

a. la falta de competencia del funcionario para proferir el fallo b. la violación del derecho de defensa del investigado c. la existencia de irregularidades que afecten el debido proceso

5. Traslado de pruebas para oposición: Practicadas las pruebas estas serán

trasladadas en copia al estudiante, sus padres, personero (a) estudiantil para que dentro de los tres (3) días hábiles siguientes las objeten o contradigan si así lo considera pertinente.

6. Decisión: agotado el procedimiento anterior, se procederá de la siguiente

manera: se analizará todo lo allegado al proceso comportamental con el fin de determinar la existencia del tipo de la falta y la responsabilidad del (la) estudiante con base en las pruebas aportadas. Si así aconteciere, se presentará el acta a la Rectoría para que sea ella, mediante resolución motivada quien determine la sanción. Si el rector(a) considera pertinente el

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análisis del caso, lo lleva al Consejo Directivo y con base en sus recomendaciones, expide resolución motivada de la sanción.

7. Notificaciones: toda decisión deberá notificarse personalmente, el mismo día

de su expedición, al (la) estudiante, padres o acudientes y al personero(a). si alguno no llegare a firmar se dejará constancia por escrito y se expondrán los motivos.

8. Recursos: contra la Resolución de la Rectoría, que notifica la decisión,

procederá el recurso de apelación, dentro de los tres días siguientes a la notificación personal.

Quién interponga recursos deberá expresar por escrito las razones que los sustentan ante la persona que profirió la correspondiente decisión. En caso contrario se declararán desiertos. La sustentación del recurso deberá efectuarse dentro del mismo término que se tiene para impugnar.

- Trámite de recurso de reposición: cuando el recurso de reposición se

formule por escrito debidamente sustentado, vencido el término para impugnar la decisión, se mantendrá en secretaría por tres días en traslado a las personas que intervienen en el proceso. De lo anterior se dejará constancia en el seguimiento. Surtido el traslado se decidirá el recurso.

- Recurso de apelación: procede únicamente contra las siguientes decisiones: la que niega la práctica de pruebas solicitadas en los descargos, la decisión de archivo y el fallo de primera instancia.

- El Superior cuando resuelva el recurso de apelación interpuesto contra una sanción, no podrá agravar la sanción impuesta.

- Recurso de queja: procede contra la decisión que rechaza el recurso de apelación. Se podrá interponer y sustentar dentro del término de ejecutoria de la decisión que niega el recurso de apelación.

- Ejecutoria de las decisiones: las decisiones disciplinarias contra las que proceden recursos, quedarán en firme dos días después de la última notificación. Las que se dicten en diligencia o audiencia, al finalizar ésta o la sesión donde se haya tomado la decisión, sino fueren impugnadas.

- Las decisiones que resuelvan los recursos de apelación y queja, así como

aquellas contra las cuales no procede recurso alguno quedarán en firme, el día que sean suscritas por la persona competente.

- Desistimiento de los recursos: quien hubiere interpuesto un recurso podrán desistir del mismo antes de que la persona competente lo decida.

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- El estudiante tendrá derecho a solicitar vencimiento de términos después de 15 días hábiles.

Artículo 33: Circunstancias atenuantes Los siguientes hechos permitirán tratar más benevolente la atención al tipo de falta de un estudiante:

- El buen comportamiento, cumplimiento de los deberes y responsabilidad en la institución.

- La confesión voluntaria, cuando en el colegio no se tiene aún conocimiento de la falta y además no existe acumulación de faltas.

- La intencionalidad demostrada por el (la) estudiante.

- El haber actuado por defender los derechos con carácter altruista y/o comunitario.

- Su edad, su desarrollo psicoafectivo, mental, volitivo y sus circunstancias personales, familiares y sociales.

- Haber sido inducido(a) a cometer la falta por alguien mayor de edad y/o madurez psicoafectiva, o por presión de grupo.

- Procurar voluntariamente, después de cometida la falta, anular, o disminuir sus consecuencias.

Artículo 34: Circunstancias agravantes Lo siguientes hechos harán más grave la situación presentada.

- El haber mentido para justificar la falta.

- El haber cometido la falta aprovechando la confianza depositada en él (la) estudiante.

- El haber sido sancionado con anterioridad por faltas a los compromisos y

deberes estipulados en el manual de convivencia.

- La premeditación de la falta.

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- El haber obrado con complicidad con otro(a) u otros(as) o haber sido coautor(a).

- El efecto perturbador que su conducta produzca en los demás miembros de

la comunidad educativa. - El haber ocultado la falta.

- El cometer la falta para obtener un provecho ilícito personal o de un tercero.

- Cuando se comprometa el buen nombre de la institución.

- La reincidencia en la misma falta grave.

CAPÍTULO Xl ESTÍMULOS

El estímulo juega un papel muy importante en la pedagogía de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA RIOSUCIO como medio para favorecer el crecimiento integral de los (as) estudiantes y docentes y la voluntad positiva frente al cambio. Artículo 35: Estímulos para estudiantes Merecen estímulo los siguientes comportamientos: Los estímulos para valorar y reconocer los méritos en los (as) estudiantes son: 1. Ser destacados durante las Izadas de bandera y en otros actos cívicos de la

institución; por sus desempeños excelentes en diferentes campos (deportivo, artístico, cultural, académico, cívico y axiológico)

2. Recibir mención de honor al finalizar el año lectivo quien se distinga por la

excelencia académica, comportamental y en la vivencia de valores. 3. Ser proclamado BACHILLER BÁSICO EXCELENCIA quien tenga el más alto

puntaje promedio en todas las asignaturas de sexto a noveno y una valoración de SUPERIOR en su comportamiento social.

4. Ser nombrado(a) en el Gobierno Escolar o en diferentes grupos o comités. 5. El grupo que en cada periodo académico se destaque por su rendimiento

académico y por su comportamiento social, recibirá un reconocimiento institucional.

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6. Los estudiantes de la Banda Estudiantil serán certificados durante el acto de graduación.

7. Otorgar mención de honor al estudiante que obtenga los mejores puntajes en

las pruebas SABER ONCE. 8. Los estudiantes que sobresalgan por su Excelente rendimiento académico y

comportamental de los grados Undécimo Académico y Comercial serán proclamados como MEJOR BACHILLER ACADÉMICO Y MEJOR BACHILLER TÉCNICO COMERCIAL, haciéndose acreedores a una condecoración especial.

9. Otorgar distinción de fidelidad a los estudiantes que cursaron todos los grados

desde Transición hasta Undécimo en la Institución. Artículo 36: Estímulos para Docentes Serán estímulos para los docentes los siguientes:

a. Reconocimiento escrito con copia a la hoja de vida por demostrar liderazgo en proyectos institucionales e investigativos y altas competencias en el proceso de enseñanza-aprendizaje con sus educandos.

b. Otorgar reconocimiento público imponiendo escudo de oro por cumplir veinte años consecutivos de trabajo laboral en la institución.

c. Conceder los permisos que el docente solicite para cumplir con su profesionalización docente, previa justificación del proceso formativo.

d. Reconocimiento público de los logros obtenidos con el grupo de estudiantes de la Institución.

CAPÍTULO XIl

OTRAS REGLAMENTACIONES Artículo 37. Reglamentos de espacios institucionales Hacen parte de este Manual de Convivencia y del P.E.I los reglamentos que se enumeran a continuación los cuales estarán ubicados en un sitio visible en el lugar al cuál corresponda. (Ver anexos)

- Reglamento de la Biblioteca. - Reglamento del aula Tecnología e Informática. - Reglamento del aula de Inglés. - Reglamento de la Cafetería. - Reglamento del Laboratorio. - Reglamento del aula de Artística. - Reglamento del aula de Música. - Reglamento del Restaurante. - Reglamento del aula Múltiple.

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- Reglamento Aula de video. -Reglamento Espacios comunes.

Parágrafo: En caso de incumplimiento de alguno de los reglamentos establecidos para cada uno de los anteriores espacios, el docente o directiva encargado seguirá los protocolos de acuerdo al tipo de falta estipulada en el Manual de Convivencia.

CAPITULO XIIl

DE LOS PADRES DE FAMILIA Los Padres de Familia y/o acudientes son los primeros responsables de la educación de sus hijos(as); sin su colaboración es muy difícil para el Colegio lograr los objetivos propuestos. El fruto de una educación conjunta por parte de los padres de familia y el Colegio dará como resultado la formación de BUENOS(AS) Y HONESTOS(AS) CIUDADANOS(AS). Para que esto se logre, es importante que en el hogar se fomente los valores y se apoyen todas las iniciativas propuestas por el Colegio. Además, que los padres y/o acudientes, respondan oportunamente a los llamados que el colegio les hace. En estos puntos encontrará sintetizados los derechos y deberes que deben asumir al matricular a sus hijos(as) en esta institución. Artículo 38. Derechos 1. Obtener información oportuna acerca de la Filosofía, objetivos, manual de

convivencia y programas del colegio. 2. Recibir enseñanzas y orientaciones que les ayuden a realizar de una manera

más eficaz la labor educadora y formativa (Escuela de Padres). 3. Ser informado oportunamente sobre el comportamiento y rendimiento

académico de sus hijo(a).

4. Velar porque su hijo(a) reciba una formación integral que responda a sus aspiraciones.

5. Ser atendido en sus justos reclamos, siempre en actitud de dialogo. 6. Tomar parte activa en las reuniones de padres de familia, festividades y

actividades del colegio. 7. Elegir y ser elegido como miembro de la junta directiva de la Asociación y del

consejo de padres.

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8. Participar en el consejo directivo de institución.

9. Solicitar asesoría de la orientadora o de la Directiva que considere

conveniente. 10. Participar en las diferentes actividades que el plantel programe, como

beneficiario, encuentro de padres, capacitaciones. Artículo 39. Deberes A la familia como núcleo fundamental de la sociedad y primer responsable de la educación de los hijos hasta la mayoría de edad o hasta cuando ocurra cualquier otra clase o forma de emancipación le corresponde: 1. “Matricular a sus hijos(as) en instituciones educativas que respondan a sus

expectativas, para que reciban una educación conforme a los fines y objetivos establecidos en la Constitución, la Ley y el Proyecto Educativo Institucional.

2. Participar en las Asociaciones de Padres de Familia y/o Consejo de Padres. 3. Informarse sobre el rendimiento académico y comportamiento de sus hijos(as)

sobre la marcha de la Institución y en ambos casos, participar en las acciones de mejoramiento.

4. Buscar y recibir orientación sobre la educación de sus hijos(as). 5. Participar en el Consejo Directivo, Asociaciones, Consejos de Padres o

Comités para velar por la adecuada prestación del servicio educativo. 6. Contribuir solidariamente con la Institución Educativa para la formación de sus

hijos(as). 7. Educar sus hijos(as) y proporcionales en el hogar el ambiente adecuado para

su desarrollo integral (Ley general de educación, Art. 7)

Además de los deberes enunciados en la Ley General, a los padres de familia les corresponde:

1. Estudiar y asumir el Manual de Convivencia.

2. Firmar personalmente la matricula de su hijo(a).

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3. Crear en el hogar un ambiente de familia animado por el amor a Dios y hacia los otros que favorezca la formación de los hijos(as).

4. Dar testimonio de responsabilidad en el cumplimiento de los deberes. 5. Apoyar y hacer vivir la educación y los principios que el Colegio propone. 6. Conocer, valorar y apoyar lo que el Colegio propone para la formación integral

de su hijo(a). 7. Propiciar la asistencia puntual de su hijo(a) al Colegio y en caso de inasistencia

enviar la excusa por escrito. 8. Velar por la presentación personal de su hijo(a) y por la sencillez y el respeto

con los que debe llevar el uniforme. 9. Asistir puntualmente a las reuniones ordinarias y extraordinarias que el Colegio

programe, con el fin de lograr la orientación adecuada para la formación de sus hijos(as).

10. Velar por el comportamiento de su hijo(a) fuera del Establecimiento.

11. Propiciar a su hijo(a) los útiles y elementos de trabajo.

12. Hacer los reclamos con serenidad siguiendo el conducto regular. 13. Ser leales con los educadores, directivas y con la Institución en general. 14. Responsabilizarse de los daños causados por sus hijos(as) a las personas,

planta física o enseres de la Institución. 15. Dar aviso oportuno y cancelar la matricula en caso de retiro de la Institución.

Parágrafo: La falta de acompañamiento de los padres o acudientes y la constante ausencia a las reuniones y demás actos programados por la institución, de manera injustificada, generan la solicitud de un compromiso especial, evaluable cada bimestre por el (la) director(a) de grupo. Si no se cumplen los compromisos se informará a la Comisaría de Familia o al I.C.B.F.

CAPITULO XlV DE LOS DOCENTES

Artículo 40: Derechos:

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1. Gozar de las garantías políticas, sociales, culturales y económicas planteadas en la Constitución Nacional, el estatuto Docente, la Ley General de la Educación y Código Sustantivo del trabajo.

2. Participar en los programas de capacitación, investigación y bienestar social programados por la institución.

3. Recibir trato respetuoso de los compañeros, directivos, estudiantes y padres

de familia.

4. Ser evaluado objetivamente en el desempeño de sus funciones.

5. Ser atendido oportunamente por directivos y personal administrativo.

6. Elegir y ser elegido como miembro de los diferentes órganos de la institución.

7. Participar en comités y proyectos de acuerdo a sus habilidades.

ARTICULO 41: Deberes 1. Cumplir con las normas vigentes de la Constitución Nacional y demás normas de carácter educativo y laboral vigente.

2. Programar, orientar y desarrollar las actividades de enseñanza y aprendizaje en las asignaturas a su cargo.

3. Participar en la programación y ejecución de las acciones de carácter formativo.

4. Poseer buenas relaciones con los miembros de la comunidad educativa.

5. Promover a través de la vivencia, los valores de la institución: responsabilidad, respeto, honestidad y tolerancia.

6. Informar oportunamente a los padres de familia y directivos sobre los casos de

bajo rendimiento, bajo comportamiento, e inasistencias de los estudiantes y participar en la implementación de las acciones de mejora.

7. En caso de requerir la presencia de los padres de familia enviar citación previa con antelación.

8. Asistir puntualmente a la jornada laboral, actos de la comunidad, reuniones convocadas por las directivas de la institución.

9. Velar por la conservación del medio ambiente, documentos, materiales, muebles y bienes que tengan a su cargo.

10. Dar trato cordial a los miembros de la comunidad educativa

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11. Entregar en forma ordenada y oportuna todas las evidencias del ejercicio de su labor.

12. Velar por la disciplina y buen funcionamiento de su grupo.

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FORMATOS INSTITUCIONALES

INSTITUCIÓN EDUCATIVA RIOSUCIO “EXCUSAS”

GRADO: FECHA: HORA(S): NOMBRE Y APELLIDO DEL ESTUDIANTE: ________________________________________________________ MOTIVO: __________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ____________________________ ____________________________ FIRMA DE COORDINACIÓN FIRMA DEL ACUDIENTE C.C. Tel:

INSTITUCIÓN EDUCATIVA RIOSUCIO “EXCUSAS”

GRADO: FECHA: HORA(S): NOMBRE Y APELLIDO DEL ESTUDIANTE: ________________________________________________________ MOTIVO: __________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ____________________________ ____________________________ FIRMA DE COORDINACIÓN FIRMA DEL ACUDIENTE C.C. Tel:

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA RIOSUCIO “AUTORIZACIONES”

YO: ______________________________________________________ C.C. N°: ___________________________ AUTORIZO A MI HIJO (A): __________________________________________________________________ PARA QUE: __________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________ EN LA FECHA: EN LA HORA: _________________________________________ ____________________ Vo.Bo. DEL ACUDIENTE – PADRE DE FAMILIA Vo.Bo. PROFESOR,

C.C. DIRECTOR DE GRUPO Tel:

________________________________ VoBo. COORDINACIÓN

INSTITUCIÓN EDUCATIVA RIOSUCIO “AUTORIZACIONES”

YO: ______________________________________________________ C.C. N°: ___________________________ AUTORIZO A MI HIJO (A): __________________________________________________________________ PARA QUE: __________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________ EN LA FECHA: EN LA HORA: _________________________________________ ____________________ Vo.Bo. DEL ACUDIENTE – PADRE DE FAMILIA Vo.Bo. PROFESOR,

C.C. DIRECTOR DE GRUPO Tel:

________________________________ VoBo. COORDINACIÓN

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ACUERDO 008

POR MEDIO DEL CUAL SE REALIZA AJUSTES AL MANUAL DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA RIOSUCIO

El Consejo Directivo de la Institución Educativa Riosucio del municipio de Riosucio Caldas, en uso de las atribuciones legales, en especial las conferidas en el Decreto 1860 de 1994, Artículos 143 Literal N y 182 Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001,

Decreto 1075 de Mayo de 2015 y,

CONSIDERANDO:

a) Que en Artículo 2.3.3.1.4.4 Sección 4, Capitulo 1 del decreto 1075 de mayo de

2015 establece que el Reglamento o manual de Convivencia de todos los establecimiento educativos de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 73 (Proyecto Educativo Institucional P.E.I) y 87 (Reglamento o Manual de Convivencia) de la Ley 115 de 1994, hacen parte integral del Proyecto Educativo Institucional.

b) Que el Artículo 2.3.3.1.5.6, Sección 5, Numeral c (Funciones del Consejo

Directivo) de la misma Ley, Literal C, señala como función del Consejo Directivo adoptar el manual de convivencia y reglamento de la Institución.

c) Que en el Artículo 2.3.5.3.2 del Capítulo 3 del Decreto 1075 de Mayo de 2015,

Establece los lineamientos generales para la actualización del Manual de Convivencia

d) Que el Consejo Directivo por medio de los acuerdos 009 del 16-Octubre-2008 y

002 del 25-Abril-2012, aprueba las modificaciones realizadas al manual de convivencia.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar las reformas al actual Reglamento o Manual de Convivencia de la Institución Educativa Riosucio, dado un amplio análisis y consenso de los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa en sus niveles: Primaria - Bachillerato Académico y Técnico.

ARTÍCULO SEGUNDO: Derogar el anterior Reglamento o Manual de Convivencia Escolar.

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ARTÍCULO TERCERO: Dar a conocer el texto completo del Reglamento o Manual de Convivencia a toda la Comunidad Educativa para su interiorización y cumplimiento.

ARTÍCULO CUARTO: Este Manual de Convivencia rige a partir de su

fecha de expedición del año 2017.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE: Dado en Riosucio Caldas, a los Veintiún (21) días del mes de Noviembre de 2016

Firmado Originalmente por Miembros del Consejo Directivo.