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MANUAL DE BUEN GOBIERNO Manizales, mayo de 2019

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MANUAL DE BUEN GOBIERNO

Manizales, mayo de 2019

Contenido

1. Introducción ...................................................................................................... 4

2. Objeto y ámbito de aplicación ............................................................................ 4

3. Principios que orientan el manual ...................................................................... 5

3.1. Jerarquía ........................................................................................................ 5

3.2 Actualización ................................................................................................... 5

3.3 Reforma del manual de buen gobierno ............................................................ 5

3.4 Divulgación del manual de buen gobierno ....................................................... 5

4. Filosofía empresarial ........................................................................................ 5

4.1 Misión ............................................................................................................. 5

4.2 Visión .............................................................................................................. 6

4.3 Valores ............................................................................................................ 6

5. Principios .......................................................................................................... 6

6. Cultura empresarial ........................................................................................... 6

6.1 Hábitos esenciales .......................................................................................... 7

6.1.2 Calidad en los servicios y gestión .................................................................. 7

6.1.3 La colaboración ............................................................................................ 7

6.1.4 El trabajo productivo .................................................................................... 8

7. Relaciones corporativas .................................................................................... 8

7.1 Relaciones con empleados ............................................................................. 9

7.2 Relaciones con proveedores ......................................................................... 11

7.3 Relaciones con la comunidad ......................................................................... 12

8. Sistema de control interno y externo ................................................................. 13

8.1 Junta directiva ............................................................................................... 13

8.1.1 Composición de la Junta Directiva .............................................................. 13

8.1.2 Funciones ................................................................................................... 13

8.1.3 Reuniones .................................................................................................. 15

8.2 Revisor Fiscal ................................................................................................... 16

8.2.1 Funciones ................................................................................................... 17

8.3 Director Ejecutivo .............................................................................................. 18

8.3.1 Funciones ................................................................................................... 18

9. Reglas políticas institucionales ....................................................................... 19

9.1 Conflictos de intereses .................................................................................. 19

9.1.1 Compromiso frente a los conflictos de interés ........................................ 19

9.1.2 Prácticas que deben evitarse para la prevención de conflictos de interés. ..... 20

9.1.3 Deberes del equipo humano relacionados con los conflictos de interés ......... 21

9.1.4 Procedimiento de resolución y divulgación de conflictos de intereses. .......... 22

9.2 Compromiso para la erradicación de prácticas corruptas ............................... 22

10. Prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo ................. 23

4

1. Introducción

El término “Gobierno Corporativo” para la Corporación Rafael Pombo, se

denomina como un conjunto de normas y procedimientos que permiten a la

institución generar valor, confianza y transparencia en su relacionamiento con

las diferentes partes interesadas padres de familia o acudientes de los alumnos,

profesores, miembros de la Junta Directiva, benefactores de la ONG, profesores,

entidades y sus representantes legales o delegados de contacto en los procesos

de alianzas estratégicas, vecinos de la locación donde funciona la Corporación

Rafael Pombo.

Implica la creación y mantenimiento de un sano ambiente laboral, que es un

componente de la cultura organizacional, pues es primordial para el apoyo,

fomento y difusión de principios, valores y conductas orientadas a apoyar el

crecimiento de la institución y de todos los que laboran directa o indirectamente

para ésta.

En este Manual de Buen Gobierno, se consignan los lineamientos corporativos

que deben seguir cada uno de los colaboradores, voluntarios, proveedores y

contratistas. Con estos lineamientos se busca evitar la indiferencia frente a

posibles desvíos y a actuar por iniciativa propia cuando se detecten

inconsistencias en cualquier proceso.

El cumplimiento de las normas contempladas en este manual genera beneficios

para la organización como una eficiente asignación y utilización de recursos,

además de evitar sanciones y distracciones, por lo tanto, garantiza tanto su

sostenibilidad como una mayor competitividad.

2. Objeto y ámbito de aplicación

Establece parámetros para mejores prácticas institucionales, en un marco de

integridad, transparencia y competitividad empresarial.

El Presente Código es aplicable a todos los colaboradores, proveedores y

contratistas y es de carácter obligatorio. Este manual es considerado un

documento esencial para la institución en la medida que recoge aspectos que

van más allá de los incluidos en las diferentes regulaciones de carácter nacional.

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3. Principios que orientan el manual

3.1. Jerarquía

El presente manual nutrirá y complementará todos los documentos

y reglamento que se creen en la Institución.

3.2 Actualización

El manual deberá mantenerse actualizado, para esto la Dirección

Ejecutiva será la única habilitada para realizar cambios en el

documento y cada año analizará la vigencia y pertinencia de su

contenido.

3.3 Reforma del manual de Buen Gobierno

Las modificaciones o ajustes que se realicen a este documento

deben ser aprobadas por la Junta Directiva.

El Director Ejecutivo informará los respectivos cambios a las partes

interesadas.

3.4 Divulgación del manual de Buen Gobierno

Se divulgará a todas las partes interesadas utilizando los medios

de que dispone la institución, correo electrónico, página web.

4. Filosofía corporativa

La Corporación Rafael Pombo, como ONG, atiende e interviene población infantil, adolescente y juvenil, principalmente, para, a través del arte y la cultura, ofrecer formación integral en valores humanos y culturales, como una opción de vida, que sea efectiva frente a las actividades de alto riesgo a las cuales nuestros niños y jóvenes están expuestos, en deterioro de su calidad de vida.

4.1 Misión

Es propender por la formación integral del niño colombiano y su familia, el

mejoramiento de la calidad de vida y la promoción de

sus auténticos valores humanos y culturales, todo ello

6

dentro de un marco que responda a los requerimientos

y postulados de la identidad nacional.

4.2 Visión En los próximos diez años la Corporación Rafael Pombo, florecerá como una entidad reconocida líder de los procesos culturales y artísticos de Caldas y del país.

4.3 Valores

Respeto

Tolerancia

Responsabilidad

Conciencia activa

5. Principios

Para construir y mantener altos estándares de confianza entre las partes

interesadas sobre las actividades en la institución deben ser conducidas de

forma que fomenten los siguientes principios fundamentales:

El respeto por los derechos humanos.

La protección de los derechos de los niños,

La formación inclusiva para los estudiantes de todos los talleres de arte.

Comportamiento responsable ante la conservación del medio ambiente.

Cuidar la calidad en cada uno de los servicios que se ofrecen en la Corporación Rafael Pombo.

6. Cultura empresarial

Para el Corporación Rafael Pombo la Cultura empresarial se entiende

como el conjunto de normas y de formas de pensar que se comparten

entre los miembros de la organización, en todos los niveles y son los que

identifican a la Institución ante las partes interesadas.

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6.1 Hábitos esenciales

Cualquier iniciativa encaminada a mejorar el Gobierno Corporativo debe

considerar la honestidad de cada decisión y de cada acto a ejecutar, que

impacte directa e indirectamente, todos los estudiantes, acudientes,

aliados estratégicos, entidades públicas o privadas con las cuales se

relaciona la Corporación y el público en general.

La coherencia entre los valores que se inculcan en los estudiantes;

respeto, responsabilidad y tolerancia y la forma de actuar del área

administrativa y del área académica de la Corporación Rafael Pombo.

La transparencia en la información que se difunde a todos los públicos.

La comunicación concreta, oportuna y veraz, que se difunde a todos los

públicos.

6.1.2 Calidad en los servicios.

La Corporación Rafael Pombo, es una organización sin ánimo de

lucro, de servicio social a través de la instrucción en arte y cultura y el

logro de productos con su puesta en escena. Nuestro compromiso es

mantener altos estándares de calidad cada sesión de taller y en cada

proyecto de formación integral inclusiva, a fin de cumplir con la

promesa transformadora que se logra en los estudiantes que

interpretan una instrumento musical, pintan un plano, leen y escriben

poemas o cuentos y entonan notas.

Las actividades y servicios se basan en la actitud de servicio y el

compromiso filantrópico artístico, en arte y para los valores humanos y

culturales, así: humanos; respeto, responsabilidad y tolerancia y en los

valores culturales, las tradiciones colombianas andinas.

6.1.3 La colaboración

La Corporación Rafael Pombo cooperará con cualquier entidad aliada

estratégica, para aportar y tener corresponsabilidad en sus intereses

para sí o también para el público que se indique, según se acuerde

entre las partes.

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La Corporación colaborará con el suministro de información que le

requieran órganos de control, por los medios legalmente establecidos

y sobre asuntos de competencia de quien los solicite.

Esta prerrogativa tendrá como límite la defensa de los intereses

jurídicos. De esta forma, serán improcedentes las solicitudes que se

realicen en relación con información privilegiada o confidencial de la

Institución, al igual que con la información que verse sobre cualquier

aspecto o tema de la Institución que no sea de conocimiento público y

que en manos de un tercero pueda generarle algún riesgo o daño.

Queda especialmente prohibido divulgar información relacionada con

el quehacer social de la empresa, datos particulares de los

beneficiarios, los directivos y estrategias innovadoras que generen

valor agregado a cada proceso.

6.1.4 El trabajo productivo

Los empleados y voluntarios de la Corporación Rafael Pombo, sea

cual sea su cargo u oficio, su forma de vinculación, trabajará de forma

productiva y proactiva durante su jornada laboral o tiempo de servicio.

Este compromiso se cumple siguiendo el Manual de Funciones y

Procedimientos y los compromisos acordados entre las partes.

Para dar cumplimiento a lo anterior y para optimizar el rendimiento

laboral, los colaboradores de la Institución, durante la jornada laboral,

se abstendrán de realizar actividades que no sean propias de su cargo

o que no beneficien directa o indirectamente a esta.

7. Relaciones corporativas

La Corporación contratará con personas naturales como empleados y

personas naturales y jurídicas como contratistas por contrato de

prestación de servicios que se adecuen a las a este Manual de Buen

Gobierno y demás reglamentación vigente de la Corporación.

Tanto los empleados y contratistas antiguos como los que se vinculen a

La Corporación con posterioridad a la promulgación del presente

Manual de Buen Gobierno conocerán y aceptarán el mismo en su

9

integridad. En los respectivos contratos estará descrito que la violación

a cualquiera de las disposiciones que aquí se incorporan implicará la

terminación con justa causa del contrato laboral o la terminación con

justa causa del contrato de prestación de servicios.

7.1 Relaciones con empleados

La Corporación Rafael Pombo reconoce que sus empleados son su

mayor activo institucional, el motor que gestiona su crecimiento y el

impacto social y humano pretendido en la formación integra a los

estudiantes a través del arte y de la cultura.

Es por ello que la Corporación, a través del presente Manual de Buen

Gobierno, adopta los siguientes compromisos con sus empleados:

Reconocer el mérito que cada uno de los empleados tiene y el

aporte que estos hacen a la Corporación, medido por los

resultados y la calidad de los objetivos logrados y las producciones

artísticas.

Promover el trabajo en equipo, favoreciendo la iniciativa y

creatividad.

Crear un clima de confianza en el que todos se sientan

respaldados y motivados a continuar su progreso personal y el de

la Corporación.

Rechazar cualquier tipo de trato discriminatorio o de acoso laboral

y de acoso sexual frente a cualquier empleado o contratista de la

Corporación.

Los empleados, en señal de reciprocidad y de compromiso, se obligan,

adicionalmente a lo establecido en cada uno de sus contratos laborales,

a:

Realizar la labor contratada de manera íntegra y profesional.

Obrar con plena observancia de los principios éticos que exige su labor.

Seguir las directrices determinadas por la Corporación.

Poner al servicio del empleador, toda su capacidad normal de

trabajo en el desempeño de sus funciones y en las labores

complementarias, acatando y cumpliendo las funciones consignadas

en el Manual de Funciones y de Procedimientos, las órdenes e

instrucciones que le impartan desde el nivel de autoridad legalmente

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establecido.

Asistir y participar activamente en los programas y actividades

especiales de la Corporación tales como: capacitaciones, grupo de

estudio y trabajo entre otros.

Ejecutar las funciones que le correspondan, de conformidad con el

horario, condiciones, requisitos, orientaciones y especificaciones

determinados por la Corporación, con toda la ética, dedicación,

minuciosidad y detalle, de manera tal, que cada labor resulte de alta

calidad, eficacia y de provecho para la Corporación.

Presentar de forma oportuna y puntual, los informes de cualquier

tipo que le sean solicitados.

Asistir puntualmente y con disposición a todas y cada una de las

reuniones a las cuales sea convocado por la Institución.

Mantenerse perfectamente actualizado en todos los conocimientos

inherentes a las funciones que le corresponde desarrollar y también

en conocimientos de interés general, preparándose

permanentemente con la debida profundidad y seriedad.

No comunicar con terceros, salvo autorización expresa y escrita

de la Institución, la información que tenga sobre su trabajo,

especialmente sobre las cosas que sean de naturaleza reservada o

cuya divulgación pueda ocasionar perjuicios a esta.

No inducir a los estudiantes los talleres de arte de la Corporación

a continuar su formación en otros talleres o espacios, incluso de su

propiedad particular.

Conservar, mantener y restituir en buen estado, salvo el deterioro

natural razonable, los instrumentos musicales, elementos de trabajo

y las instalaciones que le hayan sido facilitados para la prestación

del servicio.

Tratar con debido respeto a sus superiores y compañeros de trabajo.

Mantener en forma permanente una actitud positiva en el

desarrollo de su gestión laboral y de su comportamiento en general,

velando por mantener una actitud de servicio para con los demás, y

ayudando a encontrar soluciones adecuadas, creativas y precisas a

problemas específicos.

Comunicar oportunamente a la Corporación las observaciones que

estime conveniente para procurar el correcto funcionamiento y evitar

posteriores malentendidos.

No presentarse al trabajo en estado de embriaguez, alicoramiento

11

o bajo influencia de narcóticos o drogas alucinógenas o psico-

trópicas.

No faltar al trabajo sin justa causa de impedimento.

No disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del trabajo, ni

suspender labores, ni promover suspensiones intempestivas de

trabajo.

No hacer colectas, ni rifas, ni suscripciones, ni cualquier otra clase

de propaganda en el lugar de su trabajo.

Suministrar en forma oportuna toda la información que le sea

solicitada por la Corporación.

Utilizar en forma debida el nombre de la Corporación.

Utilizaren forma debida los instrumentos musicales, equipos de

oficina, insumos de talleres y elementos de trabajo, que le sean

entregados por la Corporación.

7.2 Relaciones con proveedores

Los proveedores son importantes para la Corporación, por tal razón se

asumen las siguientes obligaciones para garantizar la equidad en la

relación comercial con estos:

Crear y establecer una política de contratación justa e imparcial,

que gestione la obtención de los mejores recursos a los mejores

precios, sin que para ello puedan mediar circunstancias personales

de cualquier índole.

Respetar, cumplir y hacer cumplir los pactos con los proveedores.

Guardar absoluta reserva respecto a la información privilegiada o

confidencial que la Institución conozca o llegue a conocer en

relación con los negocios del Proveedor, al igual que abstenerse

de utilizar dicha información en beneficio propio o en beneficio de

un tercero.

Los proveedores que mantengan relaciones continuadas con la

Corporación, aceptarán incondicionalmente lo establecido en el presente

Manual de Buen Gobierno y se obligarán a cumplir las obligaciones que

en el mismo se establezcan.

En virtud de esta disposición, los proveedores se obligan para con la Institución:

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Actuar de forma leal para con la Institución.

Abstenerse de participar en actos o conductas respecto de las cuales

exista conflicto de intereses.

En la celebración del contrato o en cualquier tiempo durante la

ejecución del mismo, los contratistas deben notificar a la Institución la

identidad de cualquier representante o empleado de esta, respecto a

los cuales alguno de los contratistas sepa que tiene algún interés en

sus actividades o finanzas.

7.3 Relaciones con la comunidad

La Corporación adopta la filosofía de actuar de manera socialmente

responsable en relación con la comunidad en general, al igual que con

sus estudiantes, profesores, contratistas, proveedores, empleados y con

las demás personas jurídicas y naturales con las cuales desarrolle

cualquier tipo de relación.

La Corporación reconoce la importancia de tener buenas relaciones con

La Comunidad. Con el fin de generar esto La Institución se compromete

para con la comunidad a:

Promover el desarrollo humano sostenible. Ser responsable con la conservación del medio ambiente. Mantener la formación en valores humanos y culturales a los niños,

adolescentes y jóvenes que impacte con el arte y la cultura en cualquier lugar.

Alinear los servicios con un fin social. Cumplir sus obligaciones tributarias, de seguridad social y las

demás obligaciones cívicas y legales que se exijan por las normas

legales colombianas.

Generar valor agregado en cada actividad de producción cultural con los estudiantes y profesores.

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8. Sistema de control interno y externo

8.1 Junta directiva

8.1.1 Composición de la Junta Directiva

ARTICULO 18 La Junta Directiva estará compuesta por cinco (5) miembros con

cinco suplentes numéricos elegidos por la Asamblea para períodos de dos (2)

años y su reelección indefinida es permitida; sin embargo, podrán ser removidos

por justa causa de conformidad con las normas legales.

PARÁGRAFO 1 La Junta Directiva tendrá un Presidente y un

Vicepresidente que serán elegidos por la misma Junta;

los demás miembros asistirán como vocales.

PARÁGRAFO 2 La Junta Directiva asignará las funciones de secretaría

en cada reunión ordinaria o extraordinaria.

PARÁGRAFO 3 El Director Ejecutivo de la Corporación, y el Director

Académico serán invitados permanentes a las

reuniones de Junta Directiva con voz pero sin voto.

8.1.2 Funciones:

ARTICULO 25

1. Asesorar los planes y programas de la Corporación y verificar su desarrollo y

cumplimiento, teniendo en cuenta las políticas generales de la Corporación fijadas

por la Asamblea.

2. Estudiar y proponer a la Asamblea las reformas a los Estatutos.

3. Nombrar al Director Ejecutivo de la Corporación, o removerlo libremente. Así

mismo designar al Director Ejecutivo suplente, quien reemplazará al titular en sus

faltas absolutas o temporales. El Director Ejecutivo suplente despachará en

calidad de encargado mientras dure la ausencia del titular o hasta que la Junta

Directiva lo nombre en propiedad o nombre un nuevo Director Ejecutivo.

4. Nombrar apoderados judiciales que lleven la representación de la Corporación

en negocios jurídicos.

5. Elegir dentro de sus miembros al Presidente y Vicepresidente de la Junta

Directiva.

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6. Recomendar a la Asamblea el ingreso o retiro de socios de la Corporación.

7. Aprobar o improbar el presupuesto de ingresos y gastos de la Corporación, el

cual debe ser presentado por el Director Ejecutivo de la Corporación en la última

semana de Noviembre, para iniciar su vigencia en Enero del año siguiente.

8. Decidir sobre la celebración de contratos o convenios con otras Entidades que

persiguen iguales o similares fines a la Corporación.

9. Decidir sobre la participación de la Corporación en otras Entidades, cualquiera

que sea su naturaleza jurídica.

10. Crear los comités que sean necesarios; reglamentar su funcionamiento,

integrarlos y señalar los honorarios de sus miembros, cuando fuere menester.

11. Aprobar la remuneración o viáticos al Director Ejecutivo, Director Académico o

miembros de la Junta Directiva, previa disponibilidad presupuestal y justificación

del gasto.

PARÁGRAFO 1 FUNCIONES DEL PRESIDENTE DE LA JUNTA

DIRECTIVA

1. Presidir las reuniones de la Junta Directiva y de la

Asamblea y elaborar el orden del día,

conjuntamente con el Director.

2. Legalizar con su firma los actos de la Junta

Directiva.

3. Cumplir y hacer cumplir los Estatutos y reglamentos

de la Corporación, las decisiones tomadas por la

Junta Directiva y la Asamblea de la Corporación.

4. Nombrar apoderados judiciales que lleven la

representación de la Corporación en los negocios

jurídicos si la Junta Directiva ha delegado en él esta

función.

5. Delegar en el Director de la Corporación las

atribuciones que estime pertinentes.

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PARÁGRAFO 2 FUNCIONES DEL VICEPRESIDENTE DE LA JUNTA

DIRECTIVA

1. Asumir las funciones del Presidente en sus

ausencias temporales o definitivas, mientras se

nombra el titular.

2. Las demás que le asigne la Junta Directiva.

PARÁGRAFO 3 FUNCIONES DEL SECRETARIO DE LA JUNTA

DIRECTIVA

La Junta Directiva designará un secretario quien

deberá elaborar las actas y cumplir demás funciones

que le asigne la Junta Directiva.

Quórum para deliberar y decidir

ARTICULO 21

La Junta directiva podrá reunirse para deliberar y adoptar decisiones con la

presencia de tres (3) miembros junta.

8.1.3 REUNIONES

ARTICULO 19 La Junta Directiva se reunirá en sesiones ordinarias al menos cada

dos (2) meses, en el día, hora y lugar que previamente determine la misma Junta y

en sesiones extraordinarias cuantas veces sea necesario, mediante convocatoria

que haga el Presidente, el Director Ejecutivo o el Revisor Fiscal o la mitad más

uno de los miembros de la Junta Directiva.

En la convocatoria a reuniones extraordinarias, que deberán hacerse mediante

citación escrita o mediante correo electrónico, con una antelación no inferior a

cuarenta y ocho (48) horas continuas, se indicará el lugar, fecha y hora de la

reunión y los temas a tratar.

PARAGRAFO REUNIONES NO PRESENCIALES:

Habrá reunión de la Junta Directiva cuando por cualquier medio todos los

miembros puedan deliberar y decidir por comunicación simultánea y sucesiva,

caso último en el cual la sucesión de comunicaciones deberá ocurrir de manera

inmediata de acuerdo con el medio empleado.

Serán válidas las decisiones de la Junta Directiva cuando por escrito todos los

miembros expresen el sentido de su voto. En este evento la mayoría respectiva se

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computará sobre el total de miembros. Si los miembros hubieren expresado su

voto en documentos separados, éstos deberán recibirse en un término máximo de

quince (15) días, contado a partir de la primera comunicación recibida. El

Representante Legal informará a los miembros el sentido de la decisión dentro de

los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de los documentos en los

cuales se exprese el voto.

En los casos previstos, las actas correspondientes deberán elaborarse y asentarse

en el libro respectivo dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a aquél en

que concluyó el acuerdo, las cuales serán suscritas por el Presidente de la Junta y

el Secretario de la reunión.

8.2 Revisor Fiscal

ARTICULO 28 Designación y Periodo

La Corporación tendrá Revisor Fiscal con su respectivo suplente, elegido por la

Asamblea para un periodo de un (1) año, contado a partir de la fecha de su

nombramiento; no obstante lo cual podrá ser reelegido o removido en cualquier

tiempo, con causa justificada por la Asamblea.

El suplente reemplazará al principal en sus faltas absolutas, temporales o

accidentales, mientras dure el período y se haga nueva elección.

PARÁGRAFO La revisoría fiscal deberá ser ejercida por un Contador Público

titulado o por una persona jurídica calificada y/o Asociación de Contadores

Públicos inscritos.

ARTÍCULO 29 INCOMPATIBILIDADES

No podrá actuar como Revisor Fiscal, la persona

que esté ligada por parentesco dentro del cuarto

grado civil de consanguinidad o segundo de

afinidad, con Directivos o funcionarios de la entidad,

o de aquellas personas jurídicas en las cuales la

Corporación tenga el carácter de miembro, socio o

accionista.

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8.2.1 Funciones

ARTÍCULO 30 FUNCIONES

1. Vigilar que las actuaciones del personal y las

operaciones, acuerdos o negocios jurídicos de la

Corporación se ajusten a la ley, a estos Estatutos y

a los reglamentos; así como velar por el

cumplimiento estricto de las decisiones adoptadas

por la Asamblea, la Junta Directiva y el Director

Ejecutivo.

2. Dar cuenta oportuna a la Asamblea, a la Junta

Directiva y al Director Ejecutivo, de acuerdo a sus

competencias, de las anomalías o irregularidades

que se presenten en el funcionamiento de la

Corporación.

3. Velar porque se lleven regularmente las Actas de la

Asamblea y de la Junta Directiva.

4. Convocar a la Asamblea y a la Junta Directiva

cuando lo estime conveniente.

5. Autorizar con su firma los balances y demás

documentos que requieran de ella.

6. Dar las instrucciones, practicar las visitas y solicitar

los informes necesarios para establecer un control

efectivo sobre los gastos, inversiones, valores y

bienes de la Corporación.

7. Velar porque la obtención y renovación de las

pólizas de seguros que amparan los bienes de la

Entidad, se haga oportunamente y en la cuantía

necesaria.

8. Controlar y vigilar las operaciones y movimientos de

fondos de la Corporación, estableciendo los

controles técnicos y restricciones que estime

convenientes.

9. Participar en los comités de compras de la

Corporación y establecer los controles que estime

necesarios para esta clase de operaciones.

10. Las que por ley se asignen a los revisores fiscales,

las que le fijen los presentes Estatutos y las que

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específicamente le encomiende la Asamblea

General.

8.3 Director Ejecutivo

ARTÍCULO 26 Del Director Ejecutivo

El Director Ejecutivo de la Corporación es el representante legal y será

nombrado por la Junta Directiva conforme a los requisitos señalados por

ésta.

8.3.1 Funciones

ARTÍCULO 27 Funciones del Director Ejecutivo

El Director Ejecutivo como representante legal de la

Corporación tiene las siguientes atribuciones, funciones

y obligaciones.

1. Propender por el logro de los objetivos de la

Corporación, actuando siempre en colaboración y

armonía con la Junta Directiva de la Entidad.

2. Representar judicial y extrajudicialmente a la Entidad y

designar los apoderados correspondientes convenidos

previamente por la Junta Directiva de la Corporación.

3. Ejecutar y hacer cumplir las decisiones de la Junta

Directiva.

4. Celebrar todas las operaciones, actos y negocios

jurídicos, necesarios para el logro del objeto de la

Corporación, previo análisis y aprobación por parte de

la Junta Directiva de la Corporación. Si tal operación,

acto o negocio se realizara por una cuantía superior a

veinte (20) salarios mínimos mensuales legales

vigentes, requerirá de la previa autorización de la Junta

Directiva de la Corporación, al igual que toda operación,

acto o negocio jurídico que implique la enajenación o

gravamen de cualquiera de los bienes que hacen parte

del activo patrimonial de la Corporación, sin importar su

cuantía.

19

5. Cumplir y hacer cumplir la ley, los presentes Estatutos

y los reglamentos de la Entidad.

6. Asistir con voz pero sin voto, a las reuniones de la

Asamblea y de la Junta Directiva de la Corporación.

7. Presentar a la Junta Directiva de la Corporación, las

cuentas, balances, proyectos de traslados

presupuestales, informes financieros e inventarios y

cualquier otro informe que se le solicite, sobre la

marcha de la Corporación.

8. Convocar a la Asamblea y a la Junta Directiva de

acuerdo a los presentes Estatutos.

9. Elaborar y sustentar el proyecto de presupuesto para

someterlo a consideración de la Junta Directiva antes

del 30 de noviembre para iniciar su vigencia el 1º de

enero del año siguiente.

10. Transigir, conciliar, desistir, renovar los actos o

negocios jurídicos que tuviere la Entidad con terceros o

éstos con ella, previa aprobación por parte de la Junta

Directiva de la Corporación.

9. Reglas políticas institucionales

9.1 Conflictos de intereses

Se entiende como conflicto de interés cuando una persona deba

tomar decisiones o participar en ellas, y pueda escoger entre el

interés común o particular, optando por el segundo lo que genera un

beneficio pecuniario y/o extra-económico que de otra forma no se

produciría.

9.1.1 Compromiso frente a los conflictos de interés

La Corporación Rafael Pombo, calificará como situaciones que dan lugar a

conflicto de intereses, las siguientes:

a) Cuando existan intereses contrapuestos entre un director,

contratista, voluntario o empleado, de la Institución y los

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intereses de la Corporación Rafael Pombo, intereses

contrapuestos que pueden llevar a aquel a adoptar decisiones o

a ejecutar actos que van en beneficio propio o de terceros y en

detrimento de los intereses de la Corporación Rafael Pombo.

b) Cuando exista cualquier circunstancia que pueda restarle

independencia, equidad u objetividad a la actuación de las

partes interesadas y ello pueda ir en detrimento de los intereses

de Corporación Rafael Pombo.

c) Los contratistas, empleados, voluntarios y estudiantes en

pasantía, no podrán, en ningún caso, realizar actividades de

comercio ni operaciones iguales o similares a las que realiza la

entidad en desarrollo a su razón de ser, ni aprovechar el

ejercicio de su cargo para favorecerse a si mismos y/o

favorecer a terceros.

La Corporación Rafael Pombo velará por el cumplimento de la

política, normas y demás lineamientos dirigidos a la prevención

de los conflictos de interés, manejo, divulgación y resolución de

los mismos.

9.1.2 Prácticas que deben evitarse para la prevención de conflictos

de interés.

La Corporación Rafael Pombo rechaza y prohíbe que las partes

interesadas, incurran o desarrollen cualquiera de las siguientes

prácticas:

a) Recibir directa o indirectamente un beneficio o compensación

en dinero o especie por parte de cualquier persona jurídica o

natural, en razón del trabajo o servicio prestado a la institución

o a sus grupos de interés.

b) Abusar de su condición de directivo o colaborador de la

Institución para obtener beneficios, para sí o para terceros,

relacionados con los servicios que presta, o para obtener

beneficios personales de proveedores, contratistas, clientes o

usuarios.

c) Utilizar indebidamente información privilegiada o confidencial

para obtener provecho o salvaguardar intereses individuales

propios o de terceros.

21

d) Evitar financiar y comprometer recursos económicos para

campañas políticas.

e) Todas aquellas prácticas que atenten contra la integridad y la

transparencia de la gestión y en contra del buen uso de los

recursos de Corporación Rafael Pombo.

f) Todo tráfico de influencias para privilegiar trámites.

g) Participar en actividades, negocios u operaciones contrarias a

la ley y/o a los intereses de La Corporación Rafael Pombo.

h) Realizar cualquier negocio u operación con fundamento en

sentimientos de amistad o enemistad.

i) Desarrollar cualquier acto del giro ordinario de la Corporación

Rafael Pombo, motivado por cualquier tipo de preferencia

económica que esté por fuera de los parámetros y políticas

establecidas por esta para los servicios que presta.

j) Todo colaborador, voluntario, empleado y/o directores de la

Corporación Rafael Pombo, con acceso a información

privilegiada, tiene el deber legal de abstenerse de realizar

cualquier operación que dé lugar a conflicto de interés en razón

de tal información.

9.1.3 Deberes del equipo humano relacionados con los

conflictos de interés.

Frente al conflicto de interés los deberes de los empleados de la

Corporación Rafael Pombo son:

a) Revelar la información a tiempo y por escrito a los entes

competentes de cualquier posible conflicto de interés o

inhabilidad que crea tener.

b) Guardar y proteger la información que la normatividad interna

haya definido como de carácter reservado o privilegiado.

c) Las partes interesadas deberán abstenerse de participar por sí

o por interpuesta persona en interés personal o de terceros en

actividades que impliquen competencia con Corporación Rafael

Pombo o en actos respecto de los cuales se configure un

conflicto de interés.

d) En toda situación en la cual sea imposible evitar un conflicto de

interés con respecto a los colaboradores, los directivos y/o

empleados a quienes corresponda adoptar la respectiva

22

decisión, deberán abstenerse de celebrar el respectivo acto o

contrato o de realizar la operación que genera dicha situación,

salvo autorización expresa de la Junta Directiva.

9.1.4 Procedimiento de resolución y divulgación de conflictos de

intereses.

Las personas involucradas, incursas o que crean que otro de ellos

está inmersa en situaciones de conflicto de interés deberán

revelarlo tan pronto se presente al jefe inmediato.

Luego se analiza la operación de conformidad con la normatividad

vigente, cualquier disposición legal, manuales y procedimientos.

Además se deben solicitar instrucciones a las entidades vigilantes,

a fin de que esta califique si la situación a la que se enfrentan

puede ser o no generadora de conflictos de interés.

Igualmente, el Director Ejecutivo debe suministrar a la Junta

Directiva toda información relevante para la toma de decisiones.

9.2 Compromiso para la erradicación de prácticas corruptas

Preservando la moralidad, integridad y ética en las actuaciones y

gestiones de la Corporación Rafael Pombo, mediante el desarrollo

proactivo de prácticas tendientes a erradicar la corrupción

administrativa el nombre de la organización se compromete a

combatir la corrupción, a lograr este objetivo por todas las partes

interesadas, a ejercer la vigilancia y el control que estén a su alcance,

y a tomar en forma oportuna las medidas que ameriten.

En el marco de lo expuesto, todos aquellos que se vinculen directa o

indirectamente a la Corporación Rafael Pombo firmarán la aceptación

de este Manual de Buen Gobierno, establecido para tal efecto, el cual

contempla, entre otras disposiciones, la prohibición de aceptar u

ofrecer sobornos o cualquier práctica corrupta. Igualmente la Entidad

se compromete a capacitar al talento humano en políticas y acciones

anticorrupción. Para impedir, prevenir o combatir estos fenómenos,

adoptará como mínimo las siguientes medidas:

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a) Promover las normas éticas y advertir sobre la determinación

inquebrantable de cumplirlas con sus actividades.

b) Promover pactos de integridad y transparencia en su interior y con

otros entes del orden nacional.

c) Velar porque todos los procedimientos sean claros, equitativos, viables

y transparentes.

d) Denunciar las conductas irregulares ante los órganos internos de la

entidad y en especial a los órganos de control externos.

e) Capacitar al personal en materia de ética ciudadana y responsabilidad

social en todos los niveles.

f) En materia de contratación, implementar y adoptar las normas vigentes.

g) Colaborar con las autoridades judiciales y administrativas en la

prevención del lavado de activos y demás delitos de que tenga

conocimiento con ocasión del ejercicio de su actividad, proporcionando

de manera oportuna y eficaz, la información relacionada con la

Corporación Rafael Pombo, que soliciten las instancias de control

correspondientes y cualquier interesado, sin perjuicio de las reservas

que establezcan y las regulaciones sobre manejo de la información.

La Corporación Rafael Pombo, con el fin de combatir la corrupción, se

compromete a mejorar la Comunicación e información, con otras

entidades de naturaleza pública, privada y demás entes gremiales,

instaurando pactos éticos frente al desempeño de la función de

dirección ejecutiva, la contratación y todos los demás aspectos

corporativos, con el objetivo de construir cadenas éticas que vayan

apuntando a unas buenas prácticas de integridad, transparencia y

eficiencia en el ejercicio de su función.

10. Prevención del lavado de activos y financiamiento del

terrorismo

La Corporación Rafael Pombo para la prevención del lavado de

activos y financiamiento del terrorismo se compromete a:

Asegurarse que todos los proveedores cumplan con todos los

requisitos legales en el manejo de su mercancía.

Consultar todas las referencias que resulte posible, en especial

de las entidades financieras, registros de proveedores de la

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Cámara de Comercio y el boletín de deudores morosos de la

contraloría General de la Republica.

Establecer políticas de pago donde se establezcan los

procedimientos a seguir cuando se presenta una irregularidad.

Indagar sobre el origen de los bienes a adquirir, solicitar

certificados de tradición y libertad.

Asegurar que todas las operaciones de la Corporación Rafael

Pombo se registren de manera cierta, con un soporte contable

adecuado, por el valor correcto, en las cuentas apropiadas y en

el periodo contable que se llevan a cabo.

Cumplir con las normas legales e internas en materia de

prevención y control del lavado de activos.

Denunciar cualquier actividad sospechosa de lavado de activos

y financiamiento del terrorismo en la que puede verse

involucrada la Institución

En caso de conocer de actividades sospechosas de persona y

empresas, abstenerse de realizar cualquier tipo de

negociación, contrato o transacción. Igualmente reportar a la

Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF).

Colaborar con la administración de justicia, atendiendo de

manera oportuna los requerimientos expresos de las

autoridades competentes y auxiliándolas en la lucha contra

delitos de LA/FT, de conformidad con el numeral 7º del artículo

95 de la Constitución Política.

Reglamentar el manejo de dinero en efectivo al interior de la institución.