manual compensacion biodiversidad.2012

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1 MANUAL PARA LA ASIGNACIÓN DE COMPENSACIONES POR PÉRDIDA DE BIODIVERSIDAD MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE VICEMINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DIRECCIÓN DE BOSQUES, BIODIVERSIDAD Y SERVICIOS ECOSISTÉMICOS AGOSTO DE 2012

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Manual sonbre compensasión por diversidad para evaluaciones ambientales

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    MANUAL PARA LA ASIGNACIN DE COMPENSACIONES POR PRDIDA DE BIODIVERSIDAD

    MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE VICEMINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

    DIRECCIN DE BOSQUES, BIODIVERSIDAD Y SERVICIOS ECOSISTMICOS

    AGOSTO DE 2012

  • Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Repblica de Colombia

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    TABLA DE CONTENIDO

    INTRODUCCIN 3

    1. CONTEXTO GENERAL 5

    2. SOBRE LA PREVENCIN, MITIGACIN, CORRECCIN Y COMPENSACIN DE IMPACTOS EN PROYECTOS, OBRAS O ACTIVIDADES 12

    3. SOBRE CANTO COMPENSAR EN TRMINOS DE REA 16

    4. SOBRE DNDE REALIZAR LA COMPENSACION 29

    5. SOBRE CMO COMPENSAR TIPO DE ACCIONES A DESARROLLAR 32

    6. ESQUEMA-RESUMEN METODOLOGIA PARA ASIGNACION DE COMPESACION POR PRDIDA DE BIODIVERSIDAD 38

    GLOSARIO 39

    BIBLIOGRAFIA 44

    ANEXO 1. LISTADO NACIONAL DE FACTORES DE COMPENSACION PARA ECOSISTEMAS NATURALES TERRESTRES 46

    ANEXO 2. DESCRIPCION DE LA HERRAMIENTA MA.F.E. 1.0 47

    ANEXO 3. LISTADO DE PROYECTOS A LOS CUALES APLICA LA METODOLOGIA DE COMPENSACION POR PRDIDA DE BIODIVERSIDAD 49

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    INTRODUCCIN En el marco de un Convenio suscrito entre el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial MAVDT (hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible), The Nature Conservancy TNC, World Wildlife Fund WWF y Conservacin Internacional CI; bajo la ejecucin de The Nature Conservancy TNC se desarroll el manual para la asignacin de compensaciones por prdida de biodiversidad, considerando que el pas cuenta con un marco normativo que establece la obligatoriedad de realizar compensaciones por afectacin del medio ambiente y su biodiversidad1. La determinacin y cuantificacin de las medidas de compensacin se realizar con base en este instrumento de uso obligatorio para los solicitantes de licencia ambiental de competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA En este manual se establecen los pasos que deben realizarse para determinar y cuantificar las medidas de compensacin por prdida de biodiversidad, respondiendo tres inquietudes fundamentales: i) cunto compensar, ii) dnde compensar y iii) cmo compensar, bajo la jerarqua de la mitigacin, es decir, se pueden compensar impactos a la biodiversidad que no puedan ser evitados, mitigados o corregidos. El presente manual se encuentra estructurado en seis partes que abarcan la aplicacin de la metodologa para la asignacin de compensaciones por prdida de biodiversidad. La primera define la estrategia de compensaciones, las etapas de planificacin sectorial en torno a la biodiversidad, el objetivo del manual, su mbito de aplicacin, alcance y marco normativo que soporta el uso de la metodologa. La segunda parte del documento, hace referencia al proceso de la jerarqua de la mitigacin en las etapas de de prevencin, mitigacin, correccin y compensacin en proyectos, obras o actividades que impliquen el uso de la misma. En la tercera, cuarta y quinta parte, el manual establece los lineamientos sobre cunto compensar en trminos de rea, dnde compensar y cmo compensar es decir qu tipo de acciones desarrollar. El manual se desarroll bajo los lineamientos de la Poltica para la Gestin Integral de la Biodiversidad y sus Servicios Ecosistmicos - PNGIBSE, la cual en el eje estratgico III Desarrollo econmico, competitividad y calidad de vida basada en la biodiversidad, establece como estrategias prioritarias la Identificacin y evaluacin de los costos y beneficios econmicos, ecolgicos, culturales y sociales a largo plazo, derivados de la relacin entre actividades productivas y el mantenimiento de los servicios ecosistmicos derivados de la biodiversidad (compensaciones o trade offs-); y Fortalecer las actividades e institucionalidad relacionada con la evaluacin de los impactos ambientales y con la asignacin de compensaciones ambientales por prdida de biodiversidad ligadas a proyectos licenciables ambientalmente a escala nacional, regional y local para el 1 En los casos que se mencione el trmino biodiversidad entindase diversidad biolgica.

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    mantenimiento de la Resiliencia de los sistemas socioecolgicos y el suministro de los servicios ecosistmicos fundamentales para la calidad de vida. Por ltimo, se espera que la implementacin de esta estrategia contribuya a la creacin de y consolidacin de reas del Sistema Nacional de reas Protegidas - SINAP, a la restauracin ecolgica de reas priorizadas y a evitar la deforestacin en reas de rea de alto valor ambiental.

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    1. CONTEXTO GENERAL 1.1 Medidas de compensacin por no prdida neta de diversidad biolgica

    Consiste en las acciones que tienen como objeto resarcir a la biodiversidad por los impactos o efectos negativos que no puedan ser evitados, corregidos, mitigados o sustituidos y que conlleven prdida de la biodiversidad en los ecosistemas naturales terrestres y vegetacin secundaria; de manera que se garantice la conservacin efectiva de un rea ecolgicamente equivalente donde se logre generar una estrategia de conservacin permanente y/o su restauracin ecolgica, a fin de que al comparar con la lnea base se garantice la no prdida neta de biodiversidad. La prdida de biodiversidad se presenta cuando por procesos de transformacin y degradacin del paisaje, el tamao, el contexto paisajstico y la riqueza de los elementos de la biodiversidad es perturbada y disminuida y, se inician procesos de prdida y extincin local o regional. El principio de la no prdida neta de biodiversidad se refiere a la compensacin que es diseada y ejecutada para alcanzar resultados de conservacin en situ medibles, que de manera razonable pueda esperarse que darn lugar a la no prdida neta (BBOP, 2012). 1.2 Estrategia de compensaciones por prdida de biodiversidad Esta metodologa para la asignacin de compensaciones por prdida de biodiversidad es un primer paso en el desarrollo de una estrategia de compensaciones por prdida de biodiversidad cuya meta es la no prdida neta de biodiversidad, que tiene un ciclo de gestin que inicia con el diseo de la metodologa, y sus reglamentaciones e implementacin, que ser objeto de seguimiento y monitoreo para su retroalimentacin. Figura 1. Ciclo de gestin de la estrategia

    de compensaciones por prdida de biodiversidad.

    Figura 2. Fases de la estrategia de compensaciones por prdida de biodiversidad.

    Metodologas

    (Guas Manuales Aplicativos )

    Reglamentacin

    implementacin (herramientas-

    informacin-capacitacin - fortalecimiento

    institucional)

    Seguimiento y Monitoreo

    Retroalimentacin

    Compensacin por perdida de biodiversidad (continental)

    compensacin por perdida de biodiversidad ( dulce acucola)

    Compensacin por perdida de biodiversidad (Marinos)

    Fases

    Se

    rvic

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    En esta primera fase se abordan las compensaciones al medio bitico por prdida de biodiversidad en los ecosistemas naturales terrestres y vegetacin secundaria, afectados por los impactos ocasionados por los proyectos, obras o actividades respectivos, y en el que se consideran referentes y lecciones aprendidas en la materia. 1.3 Planificacin sectorial en torno a las compensaciones por prdida de biodiversidad En el ciclo de planificacin sectorial se deben considerar tres etapas en relacin con prdida de biodiversidad, la primera en una fase temprana en la cual se puede hacer uso de la herramienta TREMARCTOS-COLOMBIA que es un sistema que evala preliminarmente los impactos sobre la biodiversidad que producen las obras de infraestructura "screening" y provee recomendaciones sobre las eventuales compensaciones que un determinado proyecto deber asumir (http://www. tremarctoscolombia.org). En la segunda etapa cuando se surta el proceso de licenciamiento se utilizara este manual como herramienta establecer las compensaciones por prdida de biodiversidad.

    Figura 3. Etapas de la planificacin sectorial en torno a la biodiversidad

    En la tercera etapa se realizar monitoreo y seguimiento de las compensaciones a fin de comparar con la lnea base y garantizar la no prdida neta de biodiversidad. 1.4 Objetivo del manual

    Este manual tiene como objetivo establecer el procedimiento para la determinacin y cuantificacin de las medidas de compensacin por prdida de biodiversidad y, es un instrumento de uso obligatorio para los usuarios, en la elaboracin de los estudios de

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    impacto ambiental, para la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA, en la evaluacin y aprobacin de las medidas de compensacin por prdida de biodiversidad en el proceso de licenciamiento ambiental y sus modificaciones. 1.5 mbito de aplicacin

    El manual se aplicar a los proyectos, obras y actividades de los sectores minera, hidrocarburos, infraestructura, sector elctrico, sector martimo y portuario, proyectos de generacin de energa, la construccin y operacin de aeropuertos internacionales y de nuevas pistas en los mismo, ejecucin de obras pblicas, ejecucin de proyectos en la red fluvial nacional, construccin de vas frreas y/o variantes de la red frrea nacional tanto pblica como privada y la construccin de obras martimas duras y generacin de dunas y playas, que requieran licencia ambiental y sus modificaciones por parte de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, que impliquen impactos o efectos negativos sobre el medio bitico (Ecosistemas naturales, vegetacin secundaria y su fauna asociada) que no puedan ser evitados, corregidos, mitigados o sustituidos y que requieren ser compensados por la prdida de biodiversidad. Este listado se ampla en el (ANEXO 3). Este Manual inicialmente aborda las compensaciones al medio bitico por prdida de biodiversidad en los ecosistemas naturales terrestres y vegetacin secundaria. Por lo tanto, lo anterior no contempla las compensaciones a las afectaciones que se causen al medio bitico acutico y marino, medio abitico y socioeconmico.

    1.6 Marco normativo de compensaciones por prdida de biodiversidad La aplicacin de las medidas de compensacin por prdida de biodiversidad, se soporta en el siguiente acervo normativo: Constitucin Poltica de Colombia El artculo 8 de la Constitucin Poltica de Colombia seala que: Es obligacin del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nacin, en concordancia con el numeral 8 del artculo 95 de la misma; por su parte, el artculo 79 ordena que: Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las reas de especial importancia ecolgica y fomentar la educacin para el logro de estos fines; as mismo, el artculo 80 indica que: El Estado planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservacin, restauracin o sustitucin. Adems, deber prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparacin de los daos causados.

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    Ley 23 de 1973 El artculo 12 de la Ley 23 de 1973 seala que: El Gobierno Nacional crear los sistemas tcnicos de evaluacin que le permitan hacer participar a los usuarios de los recursos ambientales en los gastos de proteccin y renovacin de stos, cuando sean usados en beneficio de actividades lucrativas. Ley 99 de 1993 El artculo 1 de la Ley 99 de 1993 seala los principios generales ambientales, dentro de cuyos numerales tenemos: 2. La biodiversidad del pas, por ser patrimonio nacional y de inters de la humanidad, deber ser protegida prioritariamente y aprovechada de forma sostenible. El artculo 50 de define la licencia ambiental como la autorizacin que otorga la autoridad ambiental competente para la ejecucin de una obra o actividad, sujeta al cumplimiento por el beneficiario de la licencia de los requisitos que la misma establezca en relacin con la prevencin, mitigacin, correccin, compensacin y manejo de los efectos ambientales de la obra o actividad autorizada. Ley 165 de 1994 Esta Ley, por medio de la cual se aprueba el Convenio sobre la Diversidad Biolgica, en Ro de Janeiro el 5 de junio de 1992, establece en el artculo 6 las medidas generales a los efectos de la conservacin y la utilizacin sostenible. En ste se hace expreso el mandato para cada Parte Contratante con arreglo a sus condiciones y capacidades particulares, la elaboracin de estrategias, planes o programas nacionales para la conservacin y la utilizacin sostenible de la diversidad biolgica o la adopcin para ese fin las estrategias, planes o programas existentes, que habrn de reflejar, entre otras cosas, las medidas establecidas en el presente Convenio que sean pertinentes para la Parte Contratante interesada; y la integracin, en la medida de lo posible y segn proceda, la conservacin y la utilizacin sostenible de la diversidad biolgica en los planes, programas y polticas sectoriales o intersectoriales. Novena reunin de la Conferencia de las Partes del Convenio de Diversidad Biolgica Durante la Novena reunin de la Conferencia de las Partes del Convenio de Diversidad Biolgica, se adopt la Decisin IX/26. Promocin de la Intervencin del Sector Empresarial, cuyo anexo contiene el MARCO DE ACCIONES PRIORITARIAS SOBRE EL SECTOR EMPRESARIAL, 2008 2010, que contempla las acciones prioritarias a ser emprendidas por la Secretara, dentro de las cuales est la de Divulgar los instrumentos y prcticas ptimas, como el Programa de Compensaciones de Negocios y Biodiversidad

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    (BBOP), con base en el cual se elaboraron unas directrices prcticas para disear y aplicar compensaciones de la diversidad biolgica de alta calidad. Dcima reunin de la Conferencia de las Partes del Convenio de Diversidad Biolgica. En el marco de la Dcima reunin de la Conferencia de las Partes del Convenio de Diversidad Biolgica, se adopt la Decisin X/21 Intervencin del Sector Empresarial, en cuyo anexo se pide al Secretario Ejecutivo que, sujeto a la disponibilidad de recursos y en colaboracin con organizaciones e iniciativas pertinentes, aliente el desarrollo y la aplicacin de instrumentos y mecanismos que puedan facilitar aun ms la intervencin del sector empresarial en la integracin de consideraciones de diversidad biolgica en su labor, por ejemplo, certificacin, verificacin, valoracin de la diversidad biolgica y de los servicios de los ecosistemas, incentivos, compensaciones de diversidad biolgica, etc., en consonancia y en armona con el Convenio y otras obligaciones internacionales pertinentes, entre otras peticiones que presenta el anexo de la mencionada Decisin. Ley 1450 de 2011 - Plan Nacional de Desarrollo 2010 2014. El artculo 204 de la citada Ley, establece que las reas de reserva forestal podrn ser protectoras o productoras. Las reas de reserva forestal protectoras nacionales son reas protegidas y hacen parte del Sistema Nacional de reas Protegidas. Las autoridades ambientales, en el marco de sus competencias, y con base en estudios tcnicos, econmicos, sociales y ambientales adoptados por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, podrn declarar, reservar, alinderar, realinderar, sustraer, integrar o recategorizar las reas de reserva forestal. En los casos en que proceda la sustraccin de las reas de reserva forestal, sea sta temporal o definitiva, la autoridad ambiental competente impondr al interesado en la sustraccin, las medidas de compensacin, restauracin y recuperacin a que haya lugar, sin perjuicio de las que sean impuestas en virtud del desarrollo de la actividad que se pretenda desarrollar en el rea sustrada. Para el caso de sustraccin temporal, las compensaciones se establecern de acuerdo con el rea afectada. Pargrafo 1. En las reas de reserva forestal protectoras no se podrn desarrollar actividades mineras, ni se podrn sustraer para ese fin. Las actividades que se pretendan desarrollar en estas reas, deben estar en consonancia con el rgimen de usos previsto para el efecto, conforme a la regulacin que expida el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial sobre la materia. Pargrafo 2. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o quien haga sus veces sealar las actividades que ocasionen bajo impacto ambiental y que adems, generen beneficio social, de manera tal que se pueden desarrollar en las reas de reserva

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    forestal, sin necesidad de efectuar la sustraccin de las mismas. As mismo, establecer las condiciones y las medidas de manejo ambiental requeridas para adelantar dichas actividades. Pargrafo 3. Las reas de reserva forestal establecidas por el artculo 1 de la Ley 2 de 1959 y las dems reas de reserva forestal nacionales, nicamente podrn ser objeto de realinderacin, sustraccin, zonificacin, ordenamiento, recategorizacin, incorporacin, integracin y definicin del rgimen de usos, por parte del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o la entidad que haga sus veces con base en estudios tcnicos, econmicos, sociales y ambientales y con la colaboracin del Ministerio respectivo segn el rea de inters de que se trate. Decreto 2820 de 2010 El Decreto 2820 de 2010, define las medidas de compensacin como las acciones dirigidas a resarcir y retribuir a las comunidades, las regiones, localidades y al entorno natural por los impactos o efectos negativos generados por un proyecto, obra o actividad, que no puedan ser evitados, corregidos, mitigados o sustituidos. Decreto 1791 de 1996 El literal a), artculo 5 del Decreto 1791 de 1996 define los aprovechamientos forestales nicos como: Los que se realizan por una sola vez, en reas donde con base en estudios tcnicos se demuestre mejor aptitud de uso del suelo diferente al forestal o cuando existan razones de utilidad pblica e inters social. Los aprovechamientos forestales nicos pueden contener la obligacin de dejar limpio el terreno, al trmino del aprovechamiento, pero no la de renovar o conservar el bosque. El pargrafo 1, artculo 12 del citado decreto, ordena que: Si en un rea de reserva forestal o de manejo especial, por razones de utilidad pblica o inters social definidas por el legislador, es necesario realizar actividades que impliquen remocin de bosque o cambio de uso del suelo, la zona afectada deber ser previamente sustrada de la reserva o del rea de manejo especial de que se trate. As mismo, el pargrafo 2, seala que: Cuando por razones de utilidad pblica se requiera sustraer bosques ubicados en terrenos de dominio pblico para realizar aprovechamientos forestales nicos, el rea afectada deber ser compensada, como mnimo, por otra de igual cobertura y extensin, en el lugar que determine la entidad administradora del recurso. Resolucin 1503 de 2010 La Metodologa para la Presentacin de Estudios Ambientales adoptada por la Resolucin 1503 de 2010, seala que las medidas de compensacin por prdida de biodiversidad se

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    debern realizar acorde con la metodologa, criterios y procedimientos para la determinacin y clculo de medidas de compensacin desarrollada por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial - MAVDT, The Nature Conservancy TNC, World Wildlife Fund WWF y Conservacin Internacional CI. CONPES 3680 de 2010 Lineamientos Para La Consolidacin Del Sistema Nacional De reas Protegidas. Este CONPES es una herramienta estratgica en los procesos de ordenamiento territorial del pas y para facilitar el cumplimiento de los objetivos nacionales en torno a la conservacin in situ de la diversidad biolgica estratgica como base natural para el desarrollo social y econmico, la generacin de beneficios ambientales y la proteccin de espacios naturales que permitan la preservacin de la cultura material e inmaterial, el cual recomend la incorporacin de manera prioritaria la financiacin de la administracin y manejo de reas protegidas integrantes del SINAP, en la reglamentacin que expida sobre compensaciones derivadas de licencias ambientales.

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    2. SOBRE LA PREVENCIN, MITIGACIN, CORRECCIN Y COMPENSACIN DE IMPACTOS EN PROYECTOS, OBRAS O ACTIVIDADES

    Los solicitantes de licencia ambiental y sus modificaciones, deben en primera instancia desarrollar y asegurar el cumplimiento de las medidas de prevencin, mitigacin y correccin. En segunda instancia deben desarrollar medidas de compensacin para los impactos sobre la biodiversidad que no pudieron ser evitados, corregidos, mitigados o sustituidos (vase figura 4). Figura 4. Prevencin, mitigacin, correccin y compensacin en proyectos, obras o actividades

    El estudio ambiental deben identificar la afectacin de ecosistemas naturales y vegetacin secundaria para el rea de influencia, conforme lo dispuesto en la Metodologa General para la Presentacin de Estudios Ambientales del Ministerio de Ambiente , Vivienda y

    Como:

    Conservacin- Creacin nuevas reas

    protegidas publicas y privadas

    - Acuerdos de conservacin, servidumbre ecolgicas, Incentivos para mantenimiento y conservacin de las reas.

    Restauracin ecolgica:- Restauracin, rehabilitacin y Recuperacin.- Reforestacin protectora - Herramienta de manejo de paisaje, silvopastoriles, agroforestales, silviculturales, etc) en reas de agrcolas y ganaderas.

    reas protegidas existentes:- Saneamiento predial y restauracin ecolgica.-Ampliacin/yrestauracin ecolgica.

    +

    MEDIDAS DE COMPENSACIONSIN MEDIDAS PREVENCIONMITIGACION Y

    CORRECION

    LINEA BASE EN DIVERSIDAD BIOLOGICA

    IMP

    AC

    TO

    PO

    TE

    NC

    IAL

    Portafolios Conservacin

    +reas de exclusin

    Impactos evitados

    +

    Impactos evitados , mitigados y corregidos

    +

    Factores de compensacinVegetacin Secundaria: 1 ha = [2 a 4 ha]Ecosistemas Naturales: 1ha = [4 a 10 ha]

    Buenas Prcticas

    IMP

    AC

    TO

    PO

    TE

    NC

    IAL

    IMP

    AC

    TO

    PO

    TE

    NC

    IAL

    +

    Equivalencias ecosistmicasreas Prioritarias para la conservacinreas priorizadas para la restauracin

    Cuanto:

    Donde:

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    Desarrollo Territorial 2010, adoptada mediante la resolucin 1503 de 2010, o la que le modifique, sustituya o reemplace.

    2.1 Medidas de prevencin Para los efectos previstos en este Manual, las medidas de prevencin son las acciones encaminadas a evitar los impactos y efectos negativos que puedan generar un proyecto, obra o actividad sobre la biodiversidad. En cuanto a los estudios ambientales desarrollados por los solicitantes, estos deben identificar en la zonificacin ambiental , las reas de exclusin que por su importancia y relevancia ecosistmica, y en general, por su oferta de biodiversidad, deban ser excluidas de la realizacin del respectivo proyecto, obra o actividad, y las reas de intervencin que deben tener en cuenta manejos especiales y restricciones propias acordes con las actividades y etapas del proyecto y con la sensibilidad y fragilidad de los elementos de la biodiversidad de la zona. La zonificacin ambiental se realizar conforme a lo establecido en la Metodologa General para Presentacin de Estudios Ambientales, Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial , acogida mediante Resolucin N1503 de 2010.

    reas de exclusin Como reas de exclusin se entienden las reas o sitios que por su importancia para la conservacin de la biodiversidad no deben ser objeto de actividades de intervencin, produccin o transformacin. Las siguientes reas se consideran como reas de exclusin: a) Las reas protegidas que conforman el Sistema Nacional de reas Protegidas segn el

    Decreto 2372 del 1 de julio de 2010, en las que conforme a su regulacin especial y a su rgimen de usos y actividades, no resulte compatible el desarrollo de proyectos, obras y actividades sujetos a la obtencin de licencia ambiental.

    b) Los ecosistemas estratgicos en los que conforme a su regulacin especial y a su rgimen de usos y actividades, no resulte compatible el desarrollo de proyectos, obras y actividades sujetos a la obtencin de licencia ambiental.

    c) Las reservas de la bisfera, humedales de importancia internacional designados de acuerdo a la Convencin de Ramsar y dems reas en las que de acuerdo con su rgimen de proteccin internacional, y segn los alcances de proteccin de las normas nacionales y sus reglamentaciones, resulte incompatible el desarrollo de proyectos, obras o actividades a sujetos a la obtencin de licencia ambiental.

    d) Las reservas forestales protectoras y de ley 2 de 1959, en las que conforme a su regulacin especial y a su rgimen de usos y actividades, no resulte compatible el

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    desarrollo de proyectos, obras y actividades sujetos a la obtencin de licencia ambiental.

    e) Las reservas especiales de recursos naturales constituidas por las autoridades ambientales de acuerdo con lo previsto en el artculo 47 del Decreto Ley 2811 de 1974, en las que de acuerdo con la regulacin asignada no resulte compatible el desarrollo de proyectos, obras o actividades sujetos a la obtencin de licencia ambiental.

    f) Las dems reas de especial importancia ecolgica en las cuales resulte incompatible el desarrollo de proyectos, obras o actividades sujetos a la obtencin de licencia ambiental.

    2.2 Medidas de mitigacin

    Son las acciones dirigidas a minimizar los impactos y efectos negativos de un proyecto, obra o actividad sobre la biodiversidad. Este tipo de medidas sern establecidas acorde con los atributos claves de los ecosistemas naturales y vegetacin secundaria afectada que puede ser intervenida. Las acciones de mitigacin deben propender por mantener estos atributos dentro de los umbrales de resiliencia, es decir que los elementos de la biodiversidad se puedan recuperar de impactos, o que su perturbacin no los lleve a procesos de extincin local. 2.3 Medidas de correccin Son las acciones dirigidas a recuperar, restaurar o reparar las condiciones de la biodiversidad afectada por el proyecto, obra o actividad. Este tipo de medidas sern establecidas acorde con los atributos claves de los ecosistemas naturales y vegetacin secundara que puede ser afectada. 2.4 Medidas de compensacin

    Los impactos ambientales identificados en los estudios ambientales de proyectos, obras o actividades, que conlleven prdida de biodiversidad en las reas de intervencin y que no puedan ser evitados, corregidos, mitigados o sustituidos sern resarcidos a travs de medidas de compensacin. Las medidas de compensacin garantizarn la conservacin efectiva o restauracin ecolgica de un rea ecolgicamente equivalente, donde se logre generar una nueva categora de manejo, estrategia de conservacin permanente o se mejoren las condiciones de la biodiversidad en reas transformadas o sujetas a procesos de transformacin. Un rea ecolgicamente equivalente o de equivalencia ecolgica se refiere a reas de ecosistemas naturales y/o vegetacin secundaria que mantienen especies y comunidades

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    similares a los presentes en el ecosistema natural o vegetacin secundaria impactados y que tienen una viabilidad ecolgica similar por rea, condicin y contexto paisajstico. La determinacin y cuantificacin de medidas de compensacin por prdida de biodiversidad debe abordar cuatro aspectos fundamentales: a) Cunto compensar en trminos de rea b) Dnde realizar la compensacin c) Cmo compensar y qu tipo de accin desarrollar

    2.5 Actualizacin del Manual y su Listado Nacional de Factores de Compensacin. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, o quien haga sus veces, actualizar el Manual y su Listado Nacional de Factores de Compensacin de acuerdo con los desarrollos tcnicos y metodolgicos que lo permitan.

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    3. SOBRE CANTO COMPENSAR EN TRMINOS DE REA El clculo del rea a compensar se realizar a travs de la asignacin de factores de compensacin por prdida de biodiversidad. Estos factores son definidos en el Listado Nacional de Factores de Compensacin para Ecosistemas Naturales Terrestres (vase anexo 1). El empleo de los factores o multiplicadores de compensacin se justifica en la existencia de incertidumbres por prdida y recuperacin, de los ecosistemas prioritarios2, lo cual incidira en la factibilidad de alcanzar la meta de conservacin adoptada por el pas en la Ley 165 de 1994, por medio de la cual se aprueba el "Convenio sobre la Diversidad Biolgica". El factor total de compensacin est relacionado con la significancia nacional de los ecosistemas afectados o impactados, conforme a la informacin oficial del pas. Para su clculo se definieron cuatro factores individuales de compensacin: 1) representatividad del ecosistema en el sistema nacional de reas protegidas; 2)su rareza; 3) su remanencia y su 4) tasa de transformacin anual. Los valores del factor total de compensacin oscilan entre 2 a 10, 2 a 5 para vegetacin secundaria y 4 a 10 para ecosistemas naturales. El rango de estos factores, de entre 2 y 10, se determin a partir de las siguientes consideraciones: a) El rango histrico aplicado por la Direccin de Licencias, Permisos y Trmites

    Ambientales (hoy Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA) 34 . b) El rango de factores que ha sido utilizado en pases como Australia, Estados Unidos,

    Mxico, entre otros5 .6 .7. 2 De acuerdo con Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. 2012. Plan Nacional de

    Restauracin. Documento de trabajo. Colombia. 117p y Corzo,G. y G. Andrade, 2010 Diversidad Biogeogrfica en los ecosistemas terrestres Parques nacionales naturales. Propuesta de ajuste del modelo ecorregional para Colombia en preparacin, el cual se adopt por el documento CONPES 3580 de 2010. 3 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Direccin de Licencias, Permisos y Trmites

    Ambientales. Criterios para el clculo de compensaciones por cambio de usos del suelo y por afectacin de cobertura vegetal. Documento sin publicar. 2008. 4 Ospina, Olga L. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. 2006. Propuesta de gua para la

    compensacin por afectacin de la cobertura vegetal en proyectos sujetos a licencia ambiental o PMA. Direccin de Licencias Permisos y trmites ambientales. Documento sin publicar 5 Castiblanco, C., Valbuena, S. y Palacios, M.T. 2009 Descripcin y anlisis de las metodologas existentes de valoracin de compensaciones ambientales y sociales que sean aplicables al contexto colombiano. Instituto de Investigacin de Recursos Biolgicos Alexander von Humboldt, Convenio de Asociacin No.09 de 2008. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, The Nature Conservancy, World Wildlife Fund, Conservacin Internacional. Colombia. 80p

    6 McKenney, Bruce (2005). Environmental Offset Policies, Principles, and Methods: A Review of Selected

    Legislative Frameworks. Biodiversity Neutral Initiative (BNI). 7 McKenney, B. Kiesecker, J. 2009 Policy Development for biodiversity offsets: A review of offset

    frameworks. Environmental Management (2010) 45:165-176.

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    c) La relacin existente entre la tasa de deforestacin anual del pas frente a la actual tasa de reforestacin8.. En este sentido las acciones de compensacin tendrn como objetivo contrarrestar esta relacin a travs de la conservacin y restauracin de ecosistemas equivalentes.

    La sumatoria de estos cuatro factores de compensacin da como resultado el factor total de compensacin para cada uno de los ecosistemas naturales terrestres de acuerdo con la leyenda del Mapa de Ecosistemas de Colombia. Los mapas que se presentan en los siguientes numerales corresponden nicamente a una representacin grfica indicativa de referencia, los factores de compensacin sern aplicados sobre la lnea base de los estudios de impacto ambiental y conforme al listado nacional de factores de compensacin. Para el diseo de los factores de compensacin se realiz un anlisis geogrfico, cuya unidad de anlisis espacial fueron los distritos biogeogrficos (arreglos o patrones espaciales de distribucin de especies) definidos por Corzo, G. y G. Andrade, 2010 y y y los biomas y ecosistemas definidos por IDEAM, 2007. 3.1 Factor de compensacin por Representatividad de Ecosistemas - biomas/distritos

    biogeogrficos prioritarios en el Sistema Nacional de reas protegidas (Fce)

    La representatividad es definida como el porcentaje mnimo necesario de una unidad de anlisis, para asegurar su representacin en el Sistema Nacional de reas Protegidas SINAP en trminos de la meta de conservacin. Este factor permite identificar los ecosistemas prioritarios inmersos en los biomas/distritos biogeogrficos requeridos para alcanzar los niveles de representatividad o metas de conservacin (MC) propuestas en el ejercicio de prioridades de conservacin del Sistema Nacional de reas Protegidas SINAP y acorde a los compromisos adquiridos por Colombia en el marco del Convenio de diversidad biolgica. En este sentido si se afecta un ecosistema con una nula o baja representacin en el Sistema Nacional de reas Protegidas, se incrementa el rea a compensar en una mayor medida, esto es, aumenta el factor de compensacin por representatividad. Los tipos de priorizacin para cada unidad de anlisis (bioma/distrito biogeogrfico) fueron tomados del documento Corzo,G. y G. Andrade, 2010.

    8 De acuerdo con Cabrera et al, IDEAM 2011, Colombia cuenta con una tasa de deforestacin anual de

    273.334 hectreas por ao, mientras que la tasa de reforestacin anual es de 21.306 hectreas anuales (Contralora General de la Republica, 2009)

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    Tabla 1. Factor de compensacin por Representatividad de ecosistemas- distritos/ biogeogrficos prioritarios en el Sistema Nacional de reas Protegidas - Tipos de

    priorizacin (Fce)

    Ecosistemas- Biomas/distritos biogeogrficos prioritarios Factor de

    compensacin

    Omisin (Son aquellas unidades de anlisis que no tienen ninguna representatividad)

    3,00

    Muy alta insuficiencia (unidades de anlisis que a pesar de tener algunos de sus territorios, como reas protegidas, estas no alcanzan las metas de conservacin propuestas) (Alcanza hasta el 1% de la Meta de Conservacin)

    2,50

    Alta Insuficiencia (unidades de anlisis que a pesar de tener algunos de sus territorios, como reas protegidas, estas no alcanzan las metas de conservacin propuestas) (Alcanza hasta el 10% de la Meta de Conservacin)

    2,00

    Insuficiencia (unidades de anlisis que a pesar de tener algunos de sus territorios, como reas protegidas, estas no alcanzan las metas de conservacin propuestas) (Alcanza hasta el 50% de la Meta de conservacin)

    1,50

    Baja Insuficiencia (unidades de anlisis que a pesar de tener algunos de sus territorios, como reas protegidas, estas no alcanzan las metas de conservacin propuestas) (Alcanza hasta el 99.9% de la Meta de Conservacin)

    1,25

    Sin vaco (unidades de conservacin, que poseen representatividades iguales o superiores a las metas de conservacin definidas para cada una de ellas y que por tanto suponen cierta sostenibilidad para la conservacin de la biodiversidad in situ) (Alcanza la Meta de Conservacin)

    1,00

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    Mapa 1. Factor de compensacin por Representatividad de ecosistemas y biomas/distritos biogeogrficos en el Sistema Nacional de reas Protegidas

    Fuente: Convenio 09 de 2008. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,

    TNC, WWF y CI

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    3.2 Factor de compensacin por Rareza de ecosistemas-biomas/distritos biogeogrficos (Fcr)

    La rareza se refiere a la singularidad de un ecosistema- bioma /distrito biogeogrfico en un rea estudio y generalmente se caracterizan por altos niveles de endemismo de especies. Este factor permite identificar los ecosistemas y biomas/distritos biogeogrficos con distribucin restringida o muy rara frente a los ecosistemas y biomas/distritos biogeogrficos con distribucin amplia en el pas. El factor de compensacin por rareza tiene dos componentes o subfactores: a) Rareza del bioma-distrito biogeogrfico en el pas: es la proporcin del rea de cada

    bioma/distrito biogeogrfico con relacin al rea total del pas. b) Rareza de ecosistemas en el bioma-distrito biogeogrfico: es la proporcin del rea de

    cada ecosistema al interior de un bioma/distrito biogeogrfico.

    Para los dos casos, la rareza aumenta en la medida en que los valores se acercan a 0 (vase tabla 2).Los insumos para calcular este factor de compensacin fueron: el Mapa de Ecosistemas continentales, costeros y marinos de Colombia. IDEAM. 2007, y el Mapa de Biomas /distritos biogeogrficos. Corzo, 2008. SINAP. La tabla 2 muestra los rangos para estimar la rareza de biomas/distritos biogeogrficos y ecosistemas, as como los respectivos factores de compensacin.

    Tabla 2. Factor de compensacin por rareza del ecosistema -biomas/distritos biogeogrficos (Fcr)

    Rareza de ecosistemas-bioma /distritos biogeogrficos

    Bioma-distrito/Pas SubFactor de

    compensacin 1

    Ecosistema/ bioma-distrito

    SubFactor de compensacin

    2

    Factor de compensacin por rareza

    Muy Raro (distribucin muy

    restringida) (< 0.1 %) 2,00

    Muy Raro (distribucin muy

    restringida) (< 5 %) 2,00

    El factor de compensacin

    por rareza para cada unidad de anlisis,

    corresponde al valor ms alto entre los dos componentes o sub factores

    calculados.

    Raro (Distribucin restringida)

    (> 0.1 < 0.2 %) 1.75

    Raro (Distribucin restringida)

    (> 5 < 15 %) 1.75

    Distribucin media (> 0.2 < 0.5 %)

    1.50 Distribucin media

    (> 15 < 30 %) 1.50

    Distribucin Amplia (> 0.5 < 1 %)

    1.25 Distribucin Amplia

    (> 30 < 75 %) 1.25

    Distribucin muy amplia (> 1 %)

    1,00 Distribucin muy amplia

    (> 75 %) 1,00

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    Para estimar la rareza general se estableci una condicin sencilla: debe primar la unidad que tenga una mayor rareza. Por ejemplo, si el valor de rareza de un ecosistema es Distribucin muy amplia (subFactor de compensacin 1), pero el valor de rareza del bioma/distrito en el pas es Muy Raro (subFactor de compensacin 2), el resultado para rareza general debe ser Muy Raro.

    Mapa 2. Factor de compensacin por Rareza de ecosistemas y biomas/distritos biogeogrficos.

    Fuente: Convenio 09 de 2008. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,

    TNC, WWF y CI

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    3.3 Factor de compensacin por Remanencia de ecosistemas-biomas/distritos biogeogrficos (Fcb)

    Este factor permite identificar la remanencia de ecosistemas en cada bioma/distrito biogeogrfico. Para cada unidad de anlisis, se calcul el rea remanente de ecosistemas naturales y el rea total del bioma/ distritos biogeogrficos. El cociente de estos dos factores multiplicados por 100, da como resultado el porcentaje remanente en estado natural. La asignacin de los valores para este factor obedece a una curva en U (vase figura 5), es decir tanto los biomas/distritos biogeogrficos con alta remanencia o con baja remanencia tienen un alto factor de compensacin, ya que se considera igualmente importante, proteger los ecosistemas con una alta remanencia (prstinos) en donde la entrada de un proyecto, obra o actividad puede desencadenar la transformacin del mismo; que proteger los ecosistemas relictuales altamente transformados en donde la prdida adicional de rea puede significar la prdida de la integridad y funcionalidad del paisaje (vase tabla 3). Este factor de compensacin se realiz con la informacin de la capa de biomas del Mapa de ecosistemas terrestres, marinos y costeros de Colombia, donde se obtuvo su estado natural y transformado.

    Tabla 3. Factor de compensacin por remanencia natural de ecositemas-biomas/distritos biogeogrficos (Fcb)

    Remanencia de bioma/distritos biogeogrficos

    Factor de compensacin

    Muy Alta ( 90%) 3,00

    Alta (< 90% 70 %) 2,00

    Media (< 70% 50 %) 1,00

    Baja (< 50% 30%) 2,00

    Muy baja (< 30 %) 3,00

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    Figura 5. Factor de compensacin por remanencia natural

    Mapa 3. Factor de compensacin por Remanencia de ecosistemas y biomas/distritos biogeogrficos.

    Fuente: Convenio 09 de 2008. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, TNC, WWF y CI

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    3.4 Factor de compensacin por Tasa de Transformacin Anual de ecosistemas-biomas/distritos biogeogrficos (FCTP)

    La tasa de transformacin anual se refiere la tasa de prdida anual de cobertura natural de un ecosistema-bioma distrito, provocada por accin antrpica y/o natural, la informacin generada para bosques proviene del Instituto de Hidrologa, meteorologa y estudios Ambientales IDEAM9 y para otros tipos de coberturas vegetales se utiliz la herramienta TERRA I que desarroll el Centro Internacional de Agricultura Tropical - CIAT y The Nature Conservancy - TNC10. Este factor de compensacin pretende incorporar el riesgo de transformacin de ecosistemas para lograr mantener la integridad ecolgica de los paisajes. El factor de compensacin (FCPT) representado en el mapa 4, se incrementa en la medida que la tasa de prdida sea ms alta, ya que se considera que un ecosistema- bioma/distrito biogeogrfico se perder ms rpidamente al incrementarse la presin antrpica por un nuevo proyecto, obra o actividad (vase tabla 4).

    Tabla 4. Factor de compensacin por Tasa deTransformacin anual de ecosistemas- biomas/distritos biogeogrficos (FCPT)

    Tasa deTransformacin anual de ecosistemas- biomas/distritos biogeogrficos

    Factor de compensacin

    Muy Alto (>0,50%) 2,00

    Alto (

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    Donde:

    Ac rea a compensar por Prdida de Biodiversidad

    Ai rea a impactar del ecosistema natural por el desarrollo del proyecto, obra o actividad

    Fc

    Factor total de compensacin, el cual es igual a la sumatoria de los siguientes factores de compensacin individuales: Representatividad: 1 - 3 Rareza: 1-2 Remanencia 1 3 Potencial de transformacin 1 2 El valor mnimo del Factor Total de Compensacin para ecosistemas naturales es 4 y el mximo es 10.

    Mapa 4. Factor de compensacin por Potencial de Transformacin Anual de biomas/distritos biogeogrficos (FCTP).

    Fuente: Convenio 09 de 2008. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, TNC,

    WWF y CI

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    El mapa 5 presenta los resultados de la sumatoria de los factores de compensacin individuales, es decir, los factores nacionales de compensacin para ecosistemas naturales terrestres. La escala de representacin cartogrfica es de 1:500.000. Mapa 5. Factores de compensacin nacionales para ecosistemas naturales terrestres

    Fuente: Convenio 09 de 2008. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,

    TNC, WWF y CI.

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    3.6 Sobre la Aplicacin de los factores de compensacin por prdida de biodiversidad

    Considerando que la aplicacin de los factores de compensacin sea realizada de manera simple y rpida, lo cual no implique un geoprocesamiento caso a caso por parte de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, se realiz el Listado Nacional de factores de compensacin, (vase anexo 1). Este presenta los factores de compensacin para cada uno de los ecosistemas naturales terrestres inmersos en los biomas/distritos biogeogrficos, acorde con la clasificacin y leyenda del Mapa de Ecosistemas Continentales, Costeros y Marinos de Colombia, 2007. Estos factores de compensacin sern aplicados por Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA, con base en la informacin de ecosistemas presentada en la lnea base de los estudios ambientales.

    Tabla 5. Ejemplo del listado nacional de factores de Compensacin para ecosistemas naturales terrestres

    Bioma/Distrito Biogeogrfico Ecosistema Natural Factor total

    de compensacin

    Amazonia Caguan Florencia - helobiomas de la amazonia Orinoquia

    Bosques naturales del helobioma Amazonia Orinoquia

    7,0

    Choc Magdalena Nechi - Helobiomas del Magdalena y Caribe

    Hidrofitia Continental del helobioma Magdalena Caribe

    8,0

    3.7 Sobre la aplicacin del Factor Total de Compensacin en la vegetacin secundaria En cuanto a la vegetacin secundara que pueda resultar afectada por el desarrollo de un proyecto, obra o actividad, se emplear los factores de compensacin del ecosistema-bioma/distrito biogeogrfico correspondientes. Estos son los procedimientos a aplicar:

    a) Para el clculo del rea a compensar en el caso de vegetacin secundaria de menos

    de quince (15) aos de desarrollo, se aplicar la siguiente frmula (vase tabla 6):

    Acvs = Ai x ( Fc/2) Donde:

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    Acvs rea a compensar por Prdida de Biodiversidad en vegetacin secundaria menor a 15 aos

    Ai rea a impactar de la vegetacin secundara

    Fc Factor de compensacin total = Sumatoria de los Factores de compensacin individuales, el valor mnimo es 2 y el valor mximo es 5

    La tabla 6 presenta un ejemplo de la aplicacin del listado nacional de factores de compensacin para el caso en que un proyecto, obra o actividad, afecte reas con vegetacin secundaria.

    Tabla 6. Ejemplo de la aplicacin del listado nacional de factores de Compensacin para vegetacin secundaria

    Bioma/distrito Biogeografico Factor de compensacin total para vegetacin secundaria,

    menor de 15 aos de desarrollo

    Amazonia Caguan Florencia - helobiomas de la amazonia orinoquia

    3,5

    Choc Magdalena Nechi - Helobiomas del Magdalena y Caribe

    4,0

    b) Para el clculo del rea a compensar en el caso de vegetacin secundaria de ms de

    quince (15) aos de desarrollo, se aplicar la misma frmula de rea a compensar por Prdida de Biodiversidad en ecosistemas naturales terrestres.

    3.8 Sobre los ecosistemas especiales

    Cuando los proyectos obras o actividades, pretendan intervenir paramos, humedales de la declaratoria RAMSAR o manglares, la autoridad ambiental impondr el mximo factor de compensacin (10), teniendo en cuanta las determinaciones que sobre la materia se hayan adoptado a travs de los diferentes actos administrativos en relacin a conservacin y el uso sostenible de dichos ecosistemas.

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    4. SOBRE DNDE REALIZAR LA COMPENSACION

    En primera instancia las compensaciones deben preferiblemente dirigirse a conservar reas ecolgicamente equivalentes a las afectadas, en lugares que representen la mejor oportunidad de conservacin efectiva, es decir, lugares dentro del Portafolio de reas Prioritarias para la Conservacin, generados por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y por las Autoridades Ambientales y/o Sistema Nacional de reas Protegidas , donde la Biodiversidad es viable por rea, condicin y contexto paisajstico, donde se logre generar una nueva categora de manejo o estrategia de conservacin por la vida til del proyecto. Las reas ecolgicamente equivalentes deben ubicarse dentro del rea de influencia del proyecto o, en su defecto, dentro de la subzonas hidrogrficas11 donde se encuentra ubicado el proyecto y, si esto no es posible, en las subzonas hidrogrficas circundantes, lo ms cerca posible al rea impactada.

    4.1 Criterios determinantes para la seleccin del rea ecolgicamente equivalente

    El rea ecolgicamente equivalente seleccionada para compensacin deber cumplir con los siguientes criterios:

    a) Ser el mismo tipo de ecosistema natural afectado.

    b) Ser equivalente al tamao o rea a compensar al fragmento del ecosistema

    impactado.

    c) Igual o mayor condicin y contexto paisajstico al fragmento del ecosistema

    impactado.

    d) Igual o mayor riqueza de especies al fragmento del ecosistema impactado.

    e) Que est localizada en el rea de influencia del proyecto.

    f) De no ser posible lo anterior, porque no existe el mismo tipo de ecosistema natural

    afectado o rea ecolgicamente equivalente, o aun existiendo, no es posible el

    acceso o existen restricciones para hacer posible la compensacin, se buscar que

    el rea a compensar se encuentre dentro de la misma subzona hidrolgica donde

    se ubica el proyecto, en lo ms cerca posible al rea impactada.

    11 Estudio Nacional del Agua (IDEAM, 2010) y Red Hidrogrfica de Colombia (IDEAM, 2009). Escala 1:500.000 [mapa]. Bogot.

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    g) Si no se encuentra el rea ecolgicamente equivalente en la subzona hidrolgica

    donde se ubica el proyecto, se acudir a las subzonas hidrolgicas circundantes,

    en lo ms cerca posible al rea impactada.

    h) De ser posible, se privilegiarn reas ecolgicamente equivalentes dentro del

    municipio donde se ubica el proyecto.

    i) En caso de no encontrarse suficientes reas ecolgicamente equivalentes, deber

    realizarse actividades de restauracin ecolgica que podrn incluir herramientas

    de manejo paisaje (silvopastoriles, agroforestales, silviculturales,etc), hasta cumplir

    con el rea a compensar. Las priorizacin de estas reas se realizar conforme a lo

    establecido en el Plan Nacional de Restauracin.

    j) Las actuales reas protegidas del Sistema Nacional de reas protegidas - SINAP

    podrn ser objeto de compensacin si cumplen los criterios del al a al d y si

    requieren actividades de saneamiento predial o ampliacin, siempre y cuando

    incluya medidas de restauracin ecolgica o de prevencin de deforestacin y

    degradacin.

    La bsqueda de reas ecolgicamente equivalentes se podr realizar mediante el uso de diferentes herramientas informticas entre ellas los sistemas de informacin geogrfica o mediante el empleo de la herramienta Ma.F.E v 1.0 Mapeo de Frmulas Equivalentes12, (vase anexo 2) u otro mecanismos que permita facilitar este proceso. Por ltimo, y dado que podr identificarse ms de un sitio equivalente para realizar la compensacin, resulta necesario establecer lineamientos para definir el mejor sitio equivalente:

    12 Len, J., Lozano, J., Saenz, S., (2010). Mapeo de Formulas Equivalentes Mapping Alternatives for Equivalents M.A.F.E v.1.0. The Nature Conservancy. Colombia

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    Figura 6. Lineamientos adicionales para la seleccin del sitio donde efectuar la compensacin dentro del conjunto de reas ecolgicamente equivalentes

    1

    Se seleccionar el fragmento o fragmentos del ecosistema naturales equivalentes que estn priorizados por un portafolio de reas prioritarias para la conservacin existente generado por la autoridad ambiental competente o por el Sistema Nacional de Areas Protegidas.

    2

    En caso de existir ms de un rea equivalente priorizada por un portafolio, se podr realizar la seleccin, considerando el fragmento o los fragmentos que representen una mayor oferta de servicios ambientales y compatibilidad con el rgimen de usos y actividades previsto en los Planes de Ordenamiento Territorial, POMCAs u otros instrumentos nacionales y/o regionales de ordenamiento de territorio.

    3

    Se seleccionarn el o los fragmentos de ecosistemas naturales en los cuales su nivel de amenza actual y potencial, permitan desarrollar estrategias de conservacin permanentes.

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    5. SOBRE CMO COMPENSAR TIPO DE ACCIONES A DESARROLLAR

    Las acciones a que hacen referencia las medidas de compensacin por prdida de biodiversidad, son las de conservacin y restauracin, garantizando la conservacin efectiva. Para alcanzar el rea de compensacin se podrn realizar acciones de conservacin, restauracin y/o herramientas de manejo de paisaje, esta ultima en reas transformadas hasta cumplir con la medida de compensacin establecida. Sin embargo y dependiendo de las condiciones de los proyectos, caso a caso, la compensacin puede ser una combinacin de las acciones que se describen a continuacin. 5.1. Ubicacin de las medidas de compensacin por prdida de biodiversidad. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA dentro del marco de sus competencias se pronunciar sobre la ubicacin de las medidas de compensacin, de acuerdo con lo establecido en el numeral 4 del presente manual. El titular de la licencia deber consultar la accin de compensacin propuesta con Autoridad Ambiental Regional y socializarla con las Comunidades beneficiadas por la medida. 5.2 Acciones de conservacin del titular del proyecto, obra o actividad para el

    desarrollo de las compensaciones Las acciones de conservacin se refieren a la conservacin de los ecosistemas y los hbitats naturales y, el mantenimiento y, recuperacin de poblaciones viables de especies en sus entornos naturales. Se consideran como acciones las siguientes: a) La creacin, ampliacin o saneamiento de reas protegidas publicas que conformen el

    Sistema Nacional de reas Protegidas SINAP, en concordancia con el Decreto 2372 de 2010, que consiste en la ejecucin de las siguientes 3 actividades:

    I. Financiacin del proceso de declaratoria del rea protegida segn lo dispuesto en

    el Decreto 2372 de 2010, II. Compra de predios y mejoras para la creacin, ampliacin o saneamiento de reas

    protegidas, que conformen el Sistema Nacional de reas protegidas SINAP. La inversin podr realizarse en una o en las tres acciones dependiendo de las caractersticas y las necesidades de las reas.

    III. Financiacin del diseo, implementacin y monitoreo del plan de manejo del rea protegida publica, que incluya gastos administrativos.

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    El titular de la licencia ambiental deber concertar la accin de compensacin con la autoridad que administra el rea protegida.

    b) La creacin y ampliacin de reas protegidas privadas que conformen el Sistema Nacional de reas Protegidas SINAP o Reservas Naturales de la Sociedad Civil debidamente registradas conforme al Decreto 2372 de 2010, que consiste en la ejecucin de actividades:

    IV. Financiacin y ejecucin del proceso de declaratoria del rea protegida. V. Compra de predios para la creacin y ampliacin de reas protegidas privadas

    VI. Diseo, implementacin y monitoreo del plan de manejo del rea protegida privada.

    c) El establecimiento de acuerdos de conservacin voluntarios, de incentivos para el

    mantenimiento y conservacin de las reas, servidumbres ecolgicas u otros, entre el titular del proyecto y los propietarios, poseedores o tenedores de los predios, el titular del proyecto, obra o actividad deber:

    I. Desarrollar acuerdos de conservacin. II. Cubrir los pagos de los acuerdos de conservacin por un periodo equivalente a la

    vida til del proyecto, como un incentivo econmico por conservacin que el ejecutor del proyecto, obra o actividad reconoce a los propietarios, poseedores regulares o tenedores de los predios donde se encuentran las reas equivalentes, para que sus decisiones voluntarias de uso del suelo permitan la conservacin y/o restauracin.

    III. Ejecutar el plan de seguimiento y monitoreo de los acuerdos por un periodo equivalente a la vida til del proyecto.

    5.3 Acciones de restauracin ecolgica

    Es el conjunto de acciones que restablecen parcial o totalmente la composicin, estructura y funcin de la biodiversidad, que hayan sido alterados o degradados. Segn el nivel de intervencin se llevarn a cabo procesos de restauracin ecolgica, rehabilitacin o recuperacin, los cuales garantizarn estructura, composicin y funcin de especies similares a las del ecosistema impactado. La restauracin se dirigir para incrementar el tamao y conectividad del rea ecolgicamente equivalente, as: a) Restauracin ecolgica RE: actividad deliberada que inicia o acelera la recuperacin de

    un ecosistema con respecto a su salud, integridad y sostenibilidad. La restauracin busca restablecer no solamente la funcin del sitio, sino adems sus componentes, estructura y complejidad. Depende de un propsito intencional y de actividades

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    humanas constructivas. No intenta nicamente imitar lo que era un sistema, sino adems replica su funcin y estructura, convirtindola en una organizacin sostenible autnoma y persistente. Un sistema restaurado es capaz de sostenerse as mismo, puede resistir invasiones por nuevas especies, es tan productivo como el original y tiene interacciones biticas similares al original.

    b) Rehabilitacin REH: comparte con la restauracin ecolgica la idea de tener referencia

    a los ecosistemas histricos, pero difiere en sus estrategias y metas. sta no implica llegar a un estado original, y se enfoca en el restablecimiento de manera parcial de elementos estructurales o funcionales del ecosistema deteriorado, as como de la productividad y los servicios ambientales que provee el ecosistema, a travs de la aplicacin de tcnicas.

    c) Recuperacin o Reclamacin REC: tiene como objetivo retornar la utilidad de un

    ecosistema sin tener como referencia un estado pre-disturbio. En sta, se reemplaza un ecosistema degradado por otro productivo, pero estas acciones no llevan al ecosistema original. Incluye tcnicas como la estabilizacin, el mejoramiento esttico y por lo general, el retorno de las tierras a lo que se considerara un propsito til dentro del contexto regional.

    El titular del proyecto, obra o actividad deber: I. Desarrollar los procesos de restauracin ecolgica, rehabilitacin o recuperacin en

    las reas priorizadas por el plan nacional de restauracin, que podrn incluir herramientas de manejo del paisaje (silvopastoriles, agroforestales, silviculturales, entre otros) en reas transformadas o en proceso de transformacin, desertificacin, salinizacin y/o acidificacin.

    II. Realizar el mantenimiento y monitoreo por un periodo no inferior al de duracin o vida til del proyecto, obra o actividad.

    III. Garantizar el proceso de restauracin, mediante mecanismos de entrega. (rea protegida pblica o privada, y/o acuerdos de conservacin voluntarios)

    5.4 Informacin y documentos requeridos en el plan de compensacin

    La informacin y documentos a presentar dentro del Plan de Compensacin se relacionan a continuacin: I. Informacin y documentos relacionados con las acciones de preservacin

    a) La creacin de reas protegidas que conforman el Sistema Nacional de reas

    protegidas SINAP, de conformidad con el Decreto 2372 de 2010.

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    Plano georreferenciado a escala cartogrfica mnima 1:10.000 que permita una definicin clara.

    Avalo catastral del predio por el IGAC la Autoridad competente.

    Informacin detallada del tipo de ecosistema, estructura, contexto paisajstico, composicin y riqueza de especies, entre otros. Se presentar conforme a los trminos de referencia respectivos para el componente bitico en la lnea base en el proceso de licenciamiento.

    Identificacin y cuantificacin del uso actual del suelo de los predios a adquirir y de los aledaos.

    Propuesta de declaratoria del rea protegida conforme a lo establecido en el decreto 2372 de 2010.

    Documento de Acuerdo y Compromiso de la respectiva entidad territorial, UAESPNN y/o autoridad ambiental, garantizando la no enajenacin de los predios o su invasin por terceros y la destinacin exclusiva de los mismos a conservacin, para el caso de reas protegidas pblicas.

    Plan operativo y de inversiones para el manejo del rea protegida por el tiempo de duracin de la medida de compensacin.

    Definicin del esquema para administracin de recursos.

    Cronograma de actividades.

    b) El establecimiento de acuerdos de conservacin voluntarios, entre el titular del proyecto y los propietarios, poseedores regulares o tenedores privados, comunidades indgenas y negras.

    Plano georreferenciado a escala cartogrfica mnima 1:10.000.

    Informacin detallada del tipo de ecosistema, estructura, contexto paisajstico, composicin y riqueza de especies, entre otros. Se presentar conforme a los trminos de referencia respectivos para el componente bitico en la lnea base en el proceso de licenciamiento.

    Identificacin y cuantificacin del uso actual del suelo de los predios a conservar y de los aledaos.

    Propuesta de acuerdos de conservacin voluntarios.

    Documento de Acuerdo y Compromiso con los propietarios privados, poseedores o tenedores, comunidades indgenas o negras, garantizando la no enajenacin de los predios o su invasin por terceros y la destinacin exclusiva de los mismos a conservacin.

    Plan operativo y de inversiones para desarrollar el proceso de firma de acuerdos de conservacin, costos de oportunidad del desarrollo de la tierra por un periodo no inferior al de duracin o vida til del proyecto, obra o actividad.

    Plan operativo seguimiento y monitoreo de los acuerdos.

    Definicin del esquema para administracin de recursos.

    Cronograma de actividades.

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    II. Informacin y documentos relacionados con las acciones de restauracin

    Plano georreferenciado a escala cartogrfica mnima 1:10.000 que permita una definicin clara.

    Informacin detallada del tipo de ecosistema, estructura, contexto paisajstico, composicin y riqueza de especies, entre otros. La cual se presentar conforme a los trminos de referencia respectivos para el componente bitico en la lnea base en el proceso de licenciamiento.

    Estudio de suelos para determinar la calidad del mismo.

    Documento de Acuerdo y Compromiso de la respectiva entidad territorial, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a travs de la UAESPNN, autoridad ambiental y/o propietario privado, comunidades indgenas o negras garantizando la no enajenacin de los predios o su invasin por terceros y la destinacin exclusiva de los mismos a restauracin.

    Propuesta de restauracin que deber contener: - La definicin del ecosistema referencia. - Evaluacin del estado actual del ecosistema que se va a restaurar, de acuerdo

    con los criterios de equivalencia ecolgica y los criterios del Plan Nacional de Restauracin de de 2012.

    - Definicin de las escalas de accin y niveles de organizacin. - Establecimiento de las escalas y jerarquas de disturbio. - Estrategia de participacin comunitaria. - Evaluacin del potencial de regeneracin del ecosistema, de acuerdo con los

    criterios del Plan Nacional de Restauracin de 2012. - Definicin de tensionantes en cada una de las escalas.

    Diseo y seleccin de especies adecuadas para la restauracin. - Diseo de propagacin y manejo de especies a utilizar. - Identificacin de reas. - Diseo de la estrategia de acciones para restauracin de acuerdo con los

    criterios del Plan Nacional de Restauracin de 2012. - Estrategia de monitoreo del proceso de restauracin. - El diseo del programa de monitoreo debe realizarse en el mismo momento en

    el que se plantean los objetivos de la restauracin y se planean los tratamientos que sern aplicados, con su plan operativo y de inversiones.

    - Propuesta de mantenimiento con su respectivo plan operativo y de inversiones. - Propuesta de restauracin con su correspondiente plan operativo y de

    inversiones. - Cronograma de actividades.

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    III. Informacin y documentos relacionados con las acciones de saneamiento predial, ampliacin y restauracin en las actuales reas del Sistema Nacional de reas Protegidas

    Para las actividades de saneamiento predial y ampliacin de reas protegidas, el plan de compensacin deber contemplar la informacin requerida en el numeral I y para las actividades de restauracin se deber presentar la informacin requerida en el numeral II. 5.5 Sobre los esquemas para administracin de recursos Para la administracin de los recursos necesarios para el cumplimiento de los requisitos de las medidas de compensacin (plan de compensacin) por prdida de biodiversidad, los titulares del proyecto, obra o actividad podrn considerar entre otras, las siguientes alternativas: a) Constituir un esquema de manejo de recursos tipo fondo fiduciario u otro, que

    garantice el diseo, implementacin y monitoreo del plan de manejo, de acuerdo a

    los mecanismos legalmente establecidos.

    b) Suscribir un convenio entre el usuario y un fondo ya establecido para que administre

    y ejecute los recursos.

    c) Ejecucin directa de recursos pudiendo establecerse un contrato o convenio para que

    una organizacin no gubernamental o empresa consultora ejecute los recursos.

    En ningn caso el titular del proyecto, obra o actividad perder su responsabilidad jurdica

    por el cumplimiento de las medidas de compensacin (plan de compensacin)

    establecidas en los actos administrativos.

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    6. ESQUEMA-RESUMEN METODOLOGIA PARA ASIGNACION DE COMPESACION POR PRDIDA DE BIODIVERSIDAD

    La figura 7 presenta en resumen los pasos que deben realizarse para asignar las medidas de compensacin por prdida de biodiversidad.

    Figura 7. Esquema-resumen metodologa para asignacin de compensaciones por prdida de biodiversidad

    Cunto?

    Vegetacin Secundaria

    : 2-5

    Ecosistemas Naturales:

    4-10

    Cmo?Conservacin:

    - Apoyo creacin nuevas reas protegidaspublicas y su plan de manejo ambiental

    - Crear nuevas reas protegidas privadas y suplan de manejo ambiental

    - Establecer acuerdos de conservacin,servidumbre ecolgicas, Incentivos paramantenimiento y conservacin de las reas.

    Restauracin ecolgica:

    - Restauracin, rehabilitacin y Recuperacin.

    - Reforestacin protectora

    - Herramienta de manejo de paisaje,proyectos silvopastoriles, agroforestales,silviculturales, etc) en reas agrcolas yganaderas.

    reas protegidas existentes:

    - Saneamientos predial/restauracin ecolgica

    - Ampliacin y restauracin ecolgica

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    GLOSARIO

    reas de exclusin: se definen como las reas o sitios que por su importancia para la conservacin de la biodiversidad no deben ser objeto de actividades de produccin o transformacin. reas protegidas: reas definidas geogrficamente que hayan sido designadas o reguladas y administradas a fin de alcanzar objetivos especficos de conservacin. Ley 165 de 1994. Biodiversidad: Variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otras cosas, los ecosistemas terrestres y marinos y otros ecosistemas acuticos y los complejos ecolgicos de los que forman parte, comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y los ecosistemas. Ley 165 de 1994. Bioma/distrito: Son Unidades espaciales que integran los biomas definidos por el Mapa de ecosistemas de Colombia (IGAC, IAVH, IIAP, SINCHI, 2008) con los Distritos Biogeogrficos (arreglos o patrones espaciales de de distribucin de especies) definidos por Corzo et. al. 2009 dentro del ejercicio de prioridades de Conservacin del Sistema Nacional de reas Protegidas. Conservacin in situ: es la conservacin de los ecosistemas y los hbitats naturales y el mantenimiento y recuperacin de poblaciones viables de especies en sus entornos naturales y, en el caso de las especies domesticadas y cultivadas, en los entornos en que hayan desarrollado sus propiedades especficas. Ley 165 de 1994. Conservacin efectiva: Hace referencia a lugares donde la biodiversidad es viable por su tamao y contexto paisajstico, donde existe una categora de manejo o estrategia de conservacin permanente. Contexto paisajstico CP (conectividad): se refiere a la conectividad del fragmento del ecosistema natural estudiado con otros fragmentos con coberturas naturales. Para su valoracin y espacializacin podr emplearse la siguiente ecuacin, teniendo como referencia base, una franja de 500 m alrededor del fragmento. Los valores de conectividad oscilan entre 0 y 1, los valores cercanos a 1 representan un mejor contexto paisajstico. La valoracin y espacializacin de estos dos criterios ser provista en la informacin de ecosistemas de la lnea base de los estudios ambientales, de conformidad con los requerimientos contenidos en los trminos de referencia respectivos.

    CP = AN/ATF

    CP Contexto paisajstico

    AN rea natural dentro de la franja

    ATF rea total de la franja

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    Ecosistema: se entiende como un complejo dinmico de comunidades vegetales, animales y de microorganismos y su medio no viviente que interactan como una unidad funcional. Artculo 2 de la Ley 165 de 1994. Ecosistema natural: se define como el complejo dinmico de comunidades vegetales, animales y de microorganismos en su medio no viviente que interactan como una unidad funcional materializada en un territorio, la cual se caracteriza por presentar una homogeneidad, en sus condiciones biofsicas y por no haber sufrido mayores transformaciones por accin antrpica. Para el rea de influencia del proyecto, obra o actividad se debe generar un mapa de ecosistemas naturales terrestres y vegetacin secundaria partiendo de la fotointerpretacin de cobertura vegetal y uso actual del suelo a escala mnima de 1:25.000. El mapa de ecosistemas y su nomenclatura de leyenda se generar segn el esquema metodolgico del Mapa de Ecosistemas continentales, costeros y marinos de Colombia (IDEAM, IGAC, IAvH, Invemar, I. Sinchi e IIAP. 2007) versiones oficiales posteriores, de conformidad con los requerimientos contenidos en los trminos de referencia respectivos. Equivalencia ecolgica: Son reas de ecosistemas naturales y/o vegetacin secundaria que mantienen especies, comunidades y procesos ecolgicos similares a los presentes en el ecosistema natural o vegetacin secundaria impactada y, que tienen una viabilidad ecolgica similar por rea y contexto paisajstico. Estructura: se evaluar segn los criterios establecidos en el Plan Nacional de Nacional de Restauracin de Ecosistemas de 2012. Factores de compensacin Multiplicadores: Cantidades numricas utilizadas para aplicar incrementos al rea inicial calculada para compensar, justificados en la existencia de incertidumbre y riesgo de prdidas de ecosistemas para alcanzar la meta de conservacin, dinamizacin de amenazas y en la no existencia de sustitutos perfectos. BBOP, 2008. Medidas de compensacin: Son las acciones dirigidas a resarcir y retribuir a las comunidades, las regiones, localidades y al entorno natural por los impactos o efectos negativos generados por un proyecto, obra o actividad, que no puedan ser evitados, corregidos, mitigados o sustituidos. Decreto 2820 de 2010 Medidas de compensacin por prdida de biodiversidad: Consiste en las acciones que tienen como objeto resarcir a la biodiversidad por los impactos o efectos negativos que no puedan ser evitados, corregidos, mitigados o sustituidos y que conlleven prdida de la biodiversidad en los ecosistemas naturales terrestres y vegetacin secundaria; de manera que se garantice la conservacin efectiva de un rea ecolgicamente equivalente donde

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    se logre generar una nueva categora de manejo o estrategia de conservacin permanente. Medidas de correccin: Son las acciones dirigidas a recuperar, restaurar o reparar las condiciones del medio ambiente afectado por el proyecto, obra o actividad. Decreto 2820 de 2010 Medidas de mitigacin: Son las acciones dirigidas a minimizar los impactos y efectos negativos de un proyecto, obra o actividad sobre el medio ambiente. Decreto 2820 de 2010 Medidas de prevencin: Son las acciones encaminadas a evitar los impactos y efectos negativos que pueda generar un proyecto, obra o actividad sobre el medio ambiente. Decreto 2820 de 2010 No prdida neta: La no prdida neta de biodiversidad se refiere a la compensacin de la biodiversidad que es diseada y ejecutada para alcanzar resultados de conservacin en situ medibles, que de manera razonable pueda esperarse que darn lugar a la no perdida neta (BBOP, 2012). Objetos de conservacin: sistemas ecolgicos que albergan tanto los elementos de diversidad biolgica terrestre y acutica, como los elementos de la estructura hdrica, que sern el foco de los esfuerzos de conservacin. Cada uno de estos niveles de organizacin biolgica tiene una representacin geogrfica o espacial, donde los objetos de conservacin ocurren u ocupan diferentes escalas geogrficas. Objetos de conservacin de filtro fino: Especies Objeto de conservacin de filtro grueso: Ecosistemas Naturales Prdida de biodiversidad: se presenta cuando por procesos de transformacin y degradacin del paisaje, el tamao, el contexto paisajstico y la riqueza de los elementos de la biodiversidad es perturbada y disminuida y, se inician procesos de prdida y extincin local o regional. Portafolio de reas prioritarias para la conservacin: redes de sitios ptimos e irremplazables para la conservacin, que preservarn la diversidad de especies, comunidades y ecosistemas manteniendo su funcionalidad ecolgica. Potencial de Transformacin: se refiere la tasa de prdida anual de la cobertura natural de una unidad de anlisis, provocada por accin antropica y/o natural.

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    Rareza: porcentaje de singularidad de un ecosistema en un rea estudio. Remanencia: porcentaje remanente de rea en estado natural de cada unidad de anlisis.TNC Representatividad: definida como el porcentaje mnimo necesario de una unidad de anlisis, para asegurar su representacin en el Sistema Nacional de reas protegidas. Resilencia: Capacidad de un ecosistema natural de volver a su estado natural despus de una perturbacin de origen natural o antrpica. Restauracin: accin de restablecer parcial o totalmente la composicin, estructura y funcin de la biodiversidad, que hayan sido alterados o degradados. Decreto 2372 de 2010 Restauracin ecolgica RE: actividad deliberada que inicia o acelera la recuperacin de un ecosistema con respecto a su salud, integridad y sostenibilidad. Riqueza de especies: se refiere al nmero acumulado de especies clave en un rea determinada, entendiendo por especies clave: las especies endmicas, en categora de amenaza global y nacional. El rea ecolgicamente equivalente deber demostrar una composicin de especies similar a la composicin especies del fragmento o fragmentos impactados. La valoracin y espacializacin de este criterio ser provista en la informacin de flora y fauna de la lnea base de los estudios ambientales de conformidad con los requerimientos contenidos en los trminos de referencia respectivos. Subzonas hidrogrficas: Corresponden a unidades de anlisis espacial hidrolgicas

    conformadas por sistemas de drenaje con reas mayores a 5.000 km2. Se constituyen en

    el tercer nivel de zonificacin establecido en el Mapa de la Red Hidrogrfica de Colombia

    elaborado por el IDEAM, el cual define un total de 309 subzonas hidrogrficas. Estas

    unidades conforman las 41 zonas hidrogrficas, y a su vez las 5 reas hidrogrficas del

    pas. Respecto a las subzonas hidrogrficas se acoge lo establecido en el Estudio Nacional

    del Agua (IDEAM, 2010) y Red Hidrogrfica de Colombia (IDEAM, 2009).

    Tamao: es el rea a compensar para los efectos del presente manual. Vegetacin secundaria: tipo de vegetacin generalmente arbustiva o arbrea, que corresponde a etapas de sucesin, posteriores a procesos de deforestacin o prdida de la cobertura natural por eventos naturales. Mapa de Ecosistemas continentales, costeros y marinos de Colombia, 2007.

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    Viabilidad ecolgica: es la habilidad de un objeto de conservacin de persistir a travs de largos periodos. La viabilidad est compuesta por el tamao y el contexto paisajstico.

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    BIBLIOGRAFIA

    Advisory Committee of the Business and Biodiversity Offsets Program (BBOP). 2008. Draft Biodiversity Offset Cost-Benefit Handbook: Examining costs and benefits for local stakeholders. Maryanne Grieg-Gran, Kerry ten Kate and Michael Bennett. Businness and biodiversity offsets Programme (BBOP). 2009. Biodiversity Offset Design Handbook. BBOP, Washington, D.C.

    Cabrera E., Vargas D.M., Galindo G., Garcia M.C., Ordoez M.F. 2011. Memoria Tecnica: Cuantificacion de la tasa de deforestacin para Colombia. Periodo 1990-2000, 2000-2005. Instituto de Hidrologa, Meteorologa y Estudios Ambientales IDEAM. Bogot D.C, Colombia. 22p

    Castiblanco, C., Valbuena, S. y Palacios, M.T.2009. Descripcin y anlisis de las metodologas existentes de valoracin de compensaciones ambientales y sociales que sean aplicables al contexto colombiano. Instituto de Investigacin de Recursos Biolgicos Alexander von Humboldt, Convenio de Asociacin No.09 de 2008. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, The Nature Conservancy, World Wildlife Fund, Conservacin Internacional. Colombia. 80p Colombia. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Metodologa general para la presentacin de estudios ambientales / Zapata P., Diana M, Zamira Lozano; Carlos A. Londoo, B; es l (eds) Claudia V. Gonzalez H; Jorge Idarraga ; Amanda Poveda G; et l (textos). Bogota D.C. 2010. 97 p

    Contralora General de la Republica de Colombia. 2009. Informe del estado de los recursos Naturales y del Ambiente 2008-2009. Colombia. 524 p Corzo,G. y G. Andrade, 2010 Diversidad Biogeogrfica en los ecosistemas terrestres. Parques nacionales naturales. Propuesta de ajuste del modelo ecorregional para Colombia en preparacin, el cual se adopt por el documento CONPES 3580 de 2010. Craig Groves, Laura Valutis, Diane Vosick, Betsy Neely, Kimberly Wheaton, Jerry Touval, Bruce Runnels. 2000. Diseo de una geografa de la esperanza. The Nature Conservancy. IDEAM, IGAC, IAvH, Invemar, Sinchi, IIAP, 2.007. Mapa de Ecosistemas Continentales, Costeros y Marinos de Colombia.

    Instituto de Hidrologa, Meteorologa y Estudios Ambientales IDEAM. 2011. Mapa de cambio de bosque de Colombia Periodo 2005-2010. Capacidad Institucional, Tcnica Cientfica para Apoyar Proyectos REDD en Colombia.

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    Louis Reymondin, Andrew Jarvis, Andres Perez-Uribe, Jerry Touval, Karolina Argote, Julien Rebetez, Edward Guevara, Mark Mulligan (2012), A methodology for near real-time monitoring of habitat change at continental scales using MODIS-NDVI and TRMM. Submitted Remote Sensing of Environment (www.terra-i.org) McKenney, Bruce (2005). Environmental Offset Policies, Principles, and Methods: A Review of Selected Legislative Frameworks. Biodiversity Neutral Initiative (BNI). McKenney, B. Kiesecker, J. 2009 Policy Development for biodiversity offsets: A review of offset frameworks. Environmental Management (2010) 45:165-176 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. 2012. Plan Nacional de Restauracin. Documento de trabajo. Colombia. 117p

    Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Direccin de Licencias, Permisos y Trmites Ambientales. Criterios para el clculo de compensaciones por cambio de usos del suelo y por afectacin de cobertura vegetal. 2008.

    Ospina, Olga L. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. 2006. Propuesta de gua para la compensacin por afectacin de la cobertura vegetal en proyectos sujetos a licencia ambiental o PMA. Direccin de Licencias Permisos y trmites ambientales. Documento sin publicar.

    Saenz, S., Walschburger, T., Len, J., y Gonzalez, J. 2010. Manual para asignacin de compensaciones por prdida de biodiversidad. Convenio de Asociacin No.09 de 2008. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, The Nature Conservancy, World Wildlife Fund, Conservacin Internacional. Colombia. 45p The Nature Conservancy, Circa 2000. Offsite mitigation design Project.

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    ANEXO 1. LISTADO NACIONAL DE FACTORES DE COMPENSACION PARA ECOSISTEMAS NATURALES TERRESTRES

    VER ARCHIVO ADJUNTO xlsx

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    ANEXO 2. DESCRIPCION DE LA HERRAMIENTA MA.F.E. 1.0

    HERRAMIENTA INFORMTICA PARA BSQUEDA DE REAS EQUIVALENTES Ma.F.E v.1.0

    Mediante el uso de la herramienta informtica construida por The Nature Conservancy TNC, Len et al. (2010) en el software ArcGIS - Model Builder 9.3 y compatible con el software QGIS Ma.F.E v.1.0 Mapeo de Frmulas Equivalentes - Mapping Alternatives for Equivalents 1, se identifican los fragmentos del mismo tipo de ecosistema afectado con una viabilidad por tamao y contexto paisajstico igual o mejor, e igual o mejor riqueza de especies y nivel de amenaza. La herramienta permite incorporar en la bsqueda del rea equivalente el factor de compensacin para el ecosistema impactado. La herramienta informativa informtica Ma.F.E v.1.0 est conformada por tres mdulos:

    Figura 1 Anexo2. Mdulos de la Herramienta informtica Ma.F.E v.1.0

    1 Len, J., Lozano, J., Saenz, S., (2010). Mapeo de Formulas Equivalentes Mapping Alternatives for Equivalents Ma.F.E v.1.0. The Nature Conservancy. Colombia.

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    a) Preparacin de datos: este mdulo permite generar la viabilidad por tamao y por

    contexto paisajstico para cada uno de los fragmentos de ecosistemas naturales del

    rea de influencia del proyecto, as como la riqueza de especies y amenaza. Este

    modulo requiere como nico insumo de entrada el mapa de ecosistemas generado

    por el estudio de ambiental o lnea base.

    b) Anlisis de escenario o impacto del proyecto, obra o actividad: este mdulo identifica

    el impacto de un proyecto, obra o actividad, sobre los ecosistemas naturales y

    vegetacin secundaria. Este mdulo requiere como nico insumo el polgono de

    afectacin del proyecto o escenario de intervencin.

    c) Bsqueda de equivalentes: permite identificar los fragmentos de ecosistemas

    equivalentes, los cuales sern potenciales sitios de compensacin. Los insumos o

    atributos exigidos por este mdulo son extrados del modelo A y B.

    d) Figura 2 Anexo2. Herramienta informtica Ma.F.E v.1.0

    La herramienta informtica M.A.F.E v1.0 tiene incluido un manual de uso en espaol. Para su aplicacin es necesario contar con el software ArcGIS 9.3 o posteriores versiones y las extensiones ArcInfo y Spatial Analyst o el software QGIS.

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    ANEXO 3. LISTADO DE PROYECTOS A LOS CUALES APLICA LA METODOLOGIA DE COMPENSACION POR PRDIDA DE BIODIVERSIDAD

    1. En el sector hidrocarburos:

    Las actividades de exploracin ssmica que requieran la construccin de vas para el trnsito vehicular y las actividades de exploracin ssmica en las reas marinas del territorio nacional cuando se realicen en profundidades inferiores a 200 metros;

    Los proyectos de perforacin exploratoria por fuera de campos de produccin de hidrocarburos existentes, de acuerdo con el rea de inters que declare el peticionario;

    La explotacin de hidrocarburos que incluye, la perforacin de los pozos de cualquier tipo, la construccin de instalaciones propias de la actividad, las obras complementarias incluidas el transporte interno de fluidos del campo por ductos, el almacenamiento interno, vas internas y dems infraestructuras asociada y conexa;

    El transporte y conduccin de hidrocarburos lquidos y gaseosos que se desarrollen por fuera de los campos de explotacin que impliquen la construccin y montaje de infraestructura de lneas de conduccin con dimetros iguales o superiores a 6 pulgadas (15.24 cm), incluyendo estaciones de bombeo y/o reduccin de presin y la correspondiente infraestructura de almacenamiento y control de flujo; salvo aquellas actividades relacionadas con la distribucin de gas natural de uso domiciliario, comercial o industrial;

    Los terminales de entrega y estaciones de transferencia de hidrocarburos lquidos, entendidos como la infraestructura de almacenamiento asociada al transporte de hidrocarburos y sus productos y derivados por ductos;

    La construccin y operacin de refineras y los desarrollos petroqumicos que formen parte de un complejo de refinacin;

    2. En el sector minero: La explotacin minera de:

    Carbn: Cuando la explotacin proyectada sea mayor o igual a 800.000 ton/ao;

    Materiales de construccin y arcillas o minerales industriales no metlicos: Cuando la produccin proyectada sea mayor o igual a 600.000 ton/ao para las arcillas o mayor o igual a 250.000 m3/ao para otros materiales de construccin o para minerales industriales no metlicos;

    Minerales metlicos y piedras preciosas y semipreciosas: Cuando la remocin total de material til y estril proyectada sea mayor o igual a 2.000.000 de ton/ao;

    Otros minerales y materiales: Cuando la explotacin de mineral proyectada sea mayor o igual a 1.000.000 ton/ao.

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    3. La construccin de presas, represas o embalses, cualquiera sea su destinacin con capacidad mayor de 200 millones de metros cbicos de agua. 4. En el sector elctrico:

    La construccin y operacin de centrales generadoras de energa elctrica con capacidad instalada igual o superior a 100 MW;

    b) Los proyectos de exploracin y uso de fuentes de energa alternativa virtualmente contaminantes con capacidad instalada superior a 3MW;

    c) El tendido de las lneas de transmisin del Sistema Nacional de Interconexin Elctrica, compuesto por el conjunto de lneas