manifestaciÓn de impacto ambiental sector eléctrico...

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MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Sector Eléctrico Modalidad Particular LIVERPOOL PROVINCIA, ALMACÉN TEZONTLE CAPÍTULO I DATOS GENERALES CONTENIDO CAPÍTULO I DATOS GENERALES ..................................................................... I-1 I.1. PROYECTO ............................................................................................. I-1 I.1.1 Nombre del proyecto ............................................................................. I-1 I.1.2 Ubicación del Proyecto ......................................................................... I-1 I.1.3 Tiempo de vida útil del proyecto .......................................................... I-2 I.1.4 Presentación de la documentación legal............................................. I-2 I.2. PROMOVENTE ....................................................................................... I-3 I.2.1 Nombre o razón social .......................................................................... I-3 I.2.2 Registro Federal de Contribuyentes del promovente......................... I-3 I.2.3. Nombre y cargo del representante legal.............................................. I-3 I.2.4. Dirección del promovente o de su representante legal para recibir u oír notificaciones .................................................................... I-4 I.3 RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL .......................................................................... I-5 I.3.1 Nombre o razón social........................................................................... I-5 I.3.2 Registro Federal de Contribuyentes .................................................... I-5 I.3.3 Nombre del responsable técnico del estudio...................................... I-5 I.3.4 Domicilio de la compañía encargada de la elaboración del estudio de Impacto Ambiental. ............................................................. I-5

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MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Sector Eléctrico Modalidad Particular

LIVERPOOL PROVINCIA, ALMACÉN TEZONTLE

CAPÍTULO I

DATOS GENERALES

CONTENIDO

CAPÍTULO I DATOS GENERALES ..................................................................... I-1 I.1. PROYECTO............................................................................................. I-1 I.1.1 Nombre del proyecto ............................................................................. I-1 I.1.2 Ubicación del Proyecto ......................................................................... I-1 I.1.3 Tiempo de vida útil del proyecto .......................................................... I-2 I.1.4 Presentación de la documentación legal............................................. I-2 I.2. PROMOVENTE ....................................................................................... I-3 I.2.1 Nombre o razón social .......................................................................... I-3 I.2.2 Registro Federal de Contribuyentes del promovente......................... I-3 I.2.3. Nombre y cargo del representante legal.............................................. I-3 I.2.4. Dirección del promovente o de su representante legal para

recibir u oír notificaciones .................................................................... I-4 I.3 RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DE

IMPACTO AMBIENTAL .......................................................................... I-5 I.3.1 Nombre o razón social........................................................................... I-5 I.3.2 Registro Federal de Contribuyentes .................................................... I-5 I.3.3 Nombre del responsable técnico del estudio...................................... I-5 I.3.4 Domicilio de la compañía encargada de la elaboración del

estudio de Impacto Ambiental. ............................................................. I-5

Manifestación de Impacto Ambiental

Planta de Autoabastecimiento de Electricidad, Liverpool Provincia, Almacén Tezontle CAPITULO I Página I-1

Capítulo I Datos Generales

I.1. PROYECTO

En el Anexo 1 se presenta el croquis de localización del proyecto donde se señalan las características de ubicación del proyecto

I.1.1 Nombre del proyecto

Instalación y operación de una planta de autoabastecimiento eléctrico en las instalaciones de Liverpool Provincia, almacén Tezontle en la Delegación Iztapalapa en México, D.F..

I.1.2 Ubicación del Proyecto

La Planta de Autoabastecimiento se ubicará en las instalaciones de Liverpool Provincia Almacén Tezontle, con dirección en Avenida Canal de Tezontle No. 1512, Col. Doctor Alfonso Ortiz Tirado, Delegación Iztapalapa, C.P. 09020, México, D.F.

Se incluye en el Anexo 1 el croquis de localización del proyecto en donde se aprecian las localidades próximas, rasgos fisiográficos e hidrológicos sobresalientes, vías de comunicación y colindancias del proyecto.

“Instalación y operación de una planta de autoabastecimiento eléctrico en las instalaciones de Liverpool Provincia Almacén Tezontle en la Delegación Iztapalapa en México, D.F.”

Manifestación de Impacto Ambiental

Planta de Autoabastecimiento de Electricidad, Liverpool Provincia, Almacén Tezontle CAPITULO I Página I-2

I.1.3 Tiempo de vida útil del proyecto

La etapa de preparación del sitio durará 1 mes, la etapa de construcción del proyecto tendrá una duración aproximada de ocho meses. Se espera una duración de la etapa de operación de 25 años. Liverpool Provincia Almacén Tezontle tiene estimada una interconexión con LFC dentro de 5 a 12 años; la interconexión será a un voltaje de 23000 V; el objetivo de la interconexión será que en los próximos años se pueda tener el suministro de energía eléctrica por parte de LFC y la planta de autoabastecimiento se emplee únicamente para el periodo punta.

La presente evaluación de impacto ambiental cubre las etapas de preparación del sitio, construcción, operación y abandono.

I.1.4 Presentación de la documentación legal.

Para acreditar la legalidad de Liverpool Provincia, S.A. de C.V. y la relación con la empresa propietaria del predio en donde se tiene planeada la ubicación del proyecto, se pueden consultar en el Anexo 2, los siguientes documentos legales:

Acta constitutiva de Liverpool Provincia, S.A. de C.V.

Copia del RFC de Liverpool Provincia S.A. de C.V.

Contrato de comodato celebrado entre Distribuidora Liverpool, S.A. de C.V. y Liverpool Provincia, S.A. de C.V.

Contrato de arrendamiento celebrado entre El Puerto de Liverpool, S.A.B. de C.V. y Distribuidora Liverpool, S.A. de C.V.

Escritura de fideicomiso celebrado entre El Puerto de Liverpool, S.A.B de C.V. y Parque Tezontle.

Copia del poder legal de representante legal.

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Planta de Autoabastecimiento de Electricidad, Liverpool Provincia, Almacén Tezontle CAPITULO I Página I-3

I.2. PROMOVENTE

I.2.1 Nombre o razón social

Liverpool Provincia, S.A. de C.V.

Se incluye copia del acta constitutiva de la empresa en el Anexo 2.

I.2.2 Registro Federal de Contribuyentes del promovente

LPR980601 6G6

Se incluye copia del RFC en el Anexo 2.

I.2.3. Nombre y cargo del representante legal.

.

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Proteccion de Datos LFTAIPG

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Planta de Autoabastecimiento de Electricidad, Liverpool Provincia, Almacén Tezontle CAPITULO I Página I-4

I.2.4. Dirección del promovente o de su representante legal para recibir u oír notificaciones

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Proteccion de Datos LFTAIPG

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Planta de Autoabastecimiento de Electricidad, Liverpool Provincia, Almacén Tezontle CAPITULO I Página I-5

I.3 RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

I.3.1 Nombre o razón social.

ISA Ambiental, S.A. de C.V.

I.3.2 Registro Federal de Contribuyentes

IAM060802-AB5

I.3.3 Nombre del responsable técnico del estudio.

I.3.4 Domicilio de la compañía encargada de la elaboración del estudio de Impacto Ambiental.

“Instalación y operación de una planta de autoabastecimiento eléctrico en las instalaciones de Liverpool Provincia Almacén Tezontle en la Delegación Iztapalapa en México, D.F.”

Proteccion de Datos LFTAIPG

Proteccion de Datos LFTAIPG

MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Sector Eléctrico Modalidad Particular

LIVERPOOL PROVINCIA, ALMACÉN TEZONTLE

CAPÍTULO II

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

CONTENIDO

CAPÍTULO II DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO................................................. II-1 II.1 Información general del proyecto .................................................. II-1 II.1.1 Naturaleza del proyecto .................................................................. II-1 II.1.2 Selección del sitio ......................................................................... II-15 II.1.3. Ubicación física del proyecto y planos de localización. ............ II-16 II.1.4 Inversión requerida ....................................................................... II-17 II.1.5 Dimensiones del proyecto. ........................................................... II-17 II.1.6 Uso actual del suelo y/o cuerpos de agua en el sitio del proyecto y en sus colindancias. ..................................................................................... II-18 II.1.6.1 Uso actual del suelo y tipo de suelo............................................ II-18 II.1.6.2 Uso de cuerpos de agua. .............................................................. II-18 II.1.7 Urbanización del área y descripción de servicios requeridos .. II-21 II.2 Características particulares del proyecto. .................................. II-21 II.2.1 Programa general de trabajo ........................................................ II-22 II.2.2 Preparación del sitio. .................................................................... II-22 II.2.3 Descripción de obras y actividades provisionales del proyectoII-22 II.2.4 Etapa de construcción .................................................................. II-23 II.2.5 Etapa de Operación y Mantenimiento.......................................... II-30

II.2.6 Descripción de obras asociadas al proyecto ............................. II-33

II.2.7 Etapa de abandono de sitio .......................................................... II-34 II.2.8 Utilización de explosivos.............................................................. II-34 II.2.9 Generación, manejo y disposición de residuos sólidos, líquidos y

emisiones a la atmósfera. ............................................................. II-34 II.2.9.1 Emisiones a la atmósfera.............................................................. II-34 II.2.9.2 Descargas de aguas residuales. .................................................. II-35 II.2.9.3 Residuos No Peligrosos. .............................................................. II-36 II.2.9.4 Residuos peligrosos ..................................................................... II-37 II.2.10 Infraestructura para el manejo y la disposición adecuada de los

residuos.......................................................................................... II-40

Índice de Tablas

Tabla II.1 Características técnicas de los generadores ................................ II-2 Tabla II.2 Evolución de la capacidad de generación eléctrica por parte de

CFE............................................................................................................... II-8 Tabla II.3 Capacidad Instalada de Energía Eléctrica (Megawatts), 2001-2007

...................................................................................................................... II-9Tabla II.3 Emisiones ........................................................................................ II-35 Tabla II.4 Estimación de residuos peligrosos a generar.............................. II-39 Tabla II.5 Forma de almacenamiento de residuos peligrosos dentro de la

planta.......................................................................................................... II-39 Tabla II.6 Estimación de disposición de residuos peligrosos fuera del

establecimiento ......................................................................................... II-40

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Planta de Autoabastecimiento de Electricidad, Liverpool Provincia, Almacén Tezontle CAPITULO II Página II-1

Capítulo II Descripción del Proyecto

II.1 Información general del proyecto

II.1.1 Naturaleza del proyecto

El proyecto bajo estudio consiste en la instalación y operación de una Planta de Autoabastecimiento de Electricidad, mediante la operación de tres motogeneradores de combustión interna, que suministrarán energía eléctrica para el almacén Liverpool Tezontle operado y administrado por Liverpool Provincia, S.A. de C.V. Como equipos complementarios están los equipos auxiliares como son: sistemas de enfriamiento, aceite de lubricación, sistema de ventilación y aire acondicionado; la subestación y el sistema de transmisión de energía eléctrica.

El proyecto bajo estudio se denomina “Instalación y operación de una planta de autoabastecimiento eléctrico en las instalaciones de Liverpool Provincia, Almacén Tezontle en la Delegación Iztapalapa en México, D.F.”, ubicada en la Avenida Tezontle en la Delegación Iztapalapa.

La construcción de esta planta de autoabastecimiento, presenta como objetivo fundamental el generar energía eléctrica, a partir de una fuente común de energía, que es la combustión de diesel.

Se contará con seis tanques de diesel; dos de 5000 lts cada uno y cuatro tanques de 10,000 litros cada uno se instalará un equipo de bombeo de diesel.

La Planta de Autoabastecimiento Eléctrico, consiste en la instalación y operación de tres motogeneradores de electricidad con capacidad de 1,500 kW cada uno, para dar una capacidad de diseño de 4.5 MW con carga máxima de 3.0 MW. Se trata de tres motogeneradores modelo KTA50-G9.

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Planta de Autoabastecimiento de Electricidad, Liverpool Provincia, Almacén Tezontle CAPITULO II Página II-2

La interconexión con LFC será en un voltaje de 23000 V, disponible en un plazo no menor a 5 años.

La energía será suministrada al el Centro Comercial a través de un seccionador ubicado en la subestación en el sótano 1 del Centro Comercial. A partir de este punto, se llevará una instalación en Media Tensión al interior de la Tienda Liverpool Provincia Almacén Tezontle; hasta llegar al cuarto de medición de LFC ubicado en la Planta Baja de la tienda, donde se encuentra la instalación receptora.

Desde la Subestación Receptora, se continúa con la instalación de Media Tensión para llegar a la Azotea, donde se encuentra la Subestación de la tienda que transformará el Voltaje de 23000V a 480V; este ultimo siendo el voltaje de operación de la tienda.

Los tres generadores, se interconectarán a la subestación existente de Liverpool Provincia, Almacén Tezontle. Las características técnicas de los generadores se muestran en la siguiente tabla:

Tabla II.1 Características técnicas de los generadores

Motor, marca CUMMINS Modelo KTA50-G9 No. de cilindros 16 Velocidad angular 1800 r.p.m. Velocidad del pistón 9.5 m/seg Potencia mecánica 1,500 kW Generador, marca Código DFLE Tipo Síncrono de campos revolventes No. de polos 4 Velocidad angular 720 rpm. Conexión 3 fases “estrella” Aislamiento, clase “H” Dimensiones aproximadas del motogenerador

Largo = 5,652 mm Ancho = 2,274 mm Altura = 2,514 mm Peso = 10,528 kg

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Planta de Autoabastecimiento de Electricidad, Liverpool Provincia, Almacén Tezontle CAPITULO II Página II-3

Cada motogenerador podrá entregar de manera continua toda la potencia activa y reactiva correspondiente a una temperatura dada para cualquier tensión en bornes comprendida entre el 95% y el 105% del valor asignado y para cualquier frecuencia comprendida entre 59.85 y 60.15 Hz, simultánea con las tensiones anteriores.

Con respecto al sistema de lubricación: Los motores contarán con bombas de lubricación que lubricarán el motor antes de cada arranque y para lubricar todo el motor en la fase de operación. Las bombas serán controladas electrónicamente por el motor.

El aceite entrará al carter de forma automática para mantener el nivel; el aceite será distribuido del carter a todo el motor y posteriormente pasará por un enfriador de aceite por el cual circulará una mezcla de enfriamiento (agua-glicol). El agua que funge como medio de enfriamiento, se calienta en el lado opuesto de los tubos del intercambiador de calor y se hace fluir posteriormente a un radiador para su enfriamiento.

Cada generador tendrá un equipo de control Maestro Digital Power Command marca Cummins modelo 300. Se trata de un sistema de paralelismo basado en microprocesador, diseñado para interconectarse directamente. Este control se puede usar en aplicaciones de barra aislada de voltaje medio o bajo (no conectadas en paralelo con la red pública) y barra infinita. Adicionalmente, es un sistema de monitoreo, medición de la energía producida por el generador y control para el generador. El control proporciona una interfaz del operador en el generador, regulación digital del voltaje, control digital, y funciones de protección del generador. La energía para este equipo se deriva de las baterías de arranque del generador y esta respaldada por un sistema independiente de batería de reserva.

El equipo de control de cada generador tiene capacidad para realizar las siguientes funciones de grupo:

o Sincronización o Control de generación (kW) o Control de Factor de Potencia (FP) o Protección de sobre y bajo voltaje o Baja frecuencia o Protección del generador o Reparto de cargas activas y reactivas

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Planta de Autoabastecimiento de Electricidad, Liverpool Provincia, Almacén Tezontle CAPITULO II Página II-4

o Capacidad de manejo en bus aislado

Los motores estarán acoplados directamente al generador eléctrico. Los generadores eléctricos serán de corriente alterna, trifásicos, sincronos de campos revolventes; tienen una capacidad de 1500 kW, con velocidad angular 720 rpm; poder de generación 168 kV y frecuencia de 60 Hz. De las terminales del generador a las terminales de baja tensión del transformador elevador se realizaran con cable aislado, con aislamiento tipo H.

Por otro lado, los transformadores de potencia, se localizarán entre la barra de acoplamiento de los generadores en 480 V y el bus principal de distribución en 23 kV. La capacidad de los transformadores corresponde a la capacidad máxima de los generadores. La relación de transformación será de 23/0.480 kV, con conexión Y-∆.

Los transformadores trasladarán toda la potencia aparente inyectada por los generadores para cualquier tensión en el lado secundario comprendida entre 95% y 105% del valor asignado para cualquier derivación del lado primario y para cualquier frecuencia comprendida entre 59.85 Hz y 60.15 Hz simultánea con las condiciones anteriores.

Los transformadores tendrán asociados los siguientes relés de protección:

PROT-IG: Relevador de sobrecorriente de tiempo inverso, falla neutra (51N) y relevador de sobrevoltaje, falla tierra (59G).

PROT-T: Relevador detector falla a tierra (64).

PROT-A: Sobrecorriente instantáneo y de tiempo inverso (50-51) y relevador de sobrecorriente de tiempo inverso, falla neutro (51N).

El tablero de protección correspondiente quedará ubicado en la subestación.

El diagrama de flujo de proceso se presenta en el Anexo 3, así como las hojas de datos técnicos de los motogeneradores.

Desde el punto de vista ambiental, y de acuerdo al Artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, Fracción II, el sector al que

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pertenece el proyecto es al de Industria Eléctrica. Conforme al Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, Capítulo II, Artículo 5, apartado (K), Fracción IV, el subsector al que pertenece el proyecto es el de “Planta de autoabastecimiento de energía eléctrica mayores a 3 MW”. La planta que se pretende construir generará 4.5 MW.

El proyecto no contempla la realización de obras o actividades asociadas que sean competencia de la federación, como es el caso de cambios de uso de suelo de áreas forestales, así como de selvas y zonas áridas, desarrollos inmobiliarios que afecten ecosistemas costeros, obras en áreas naturales protegidas de competencia de la Federación, obras y actividades en humedales, manglares lagunas, ríos, lagos, esteros conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales, de acuerdo con lo establecido en los artículos 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y 5 de su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental.

Marco Histórico de la Generación de Energía Eléctrica, asociado a Proyectos de Autoabastecimiento

La operación, legislación y regulación de la industria eléctrica nacional a través de la historia, se ha llevado a cabo en función de las realidades tecnológicas que imperaban en cada momento.

Es así, que a principios del siglo pasado, la industria eléctrica estaba constituida por empresas particulares que buscaban satisfacer las necesidades propias de las industrias textil y minera. La electricidad era distribuida de manera regional, por lo tanto se habían constituido un centenar de empresas monopólicas verticalmente integradas que atendían las necesidades de los principales centros de consumo del país. La creciente demanda por electricidad, rápidamente superó la capacidad de las pequeñas plantas generadoras, propiciando la formación de empresas suministradoras de electricidad.

La ausencia de un marco normativo e institucional capaz de regular la producción, transmisión y distribución de electricidad, se reflejó en un suministro desigual que prácticamente excluía a las zonas rurales de los beneficios de la energía eléctrica. Desde 1934, respondiendo a las necesidades en regulación, el H. Congreso de la Unión cuenta entre sus facultades, la relativa a la legislación en materia de energía eléctrica, con lo que en 1937, atendiendo a la necesidad de ampliar el servicio

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eléctrico a las zonas donde no existía alta rentabilidad en proyectos, se crea la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

Durante la década de los cuarenta y cincuenta se observa una clara tendencia hacía la consolidación de monopolios regionales, como consecuencia de las economías de escala de las centrales eléctricas que a medida que aumentaban su tamaño, incrementaban su eficiencia. Aunado a lo anterior, no se contaba con los sistemas de informática y de computo que permitieran llevar a cabo mediciones en tiempo real necesarios para que más de una empresa de generación pudiera operar en una misma red de transmisión por lo que las empresas optaron por adquirir a otras, fusionarse o ser adquiridas.

Cambio Tecnológico

Las economías de escala implicaban una integración horizontal y las limitaciones en los sistemas de medición, ocasionaban una nula transparencia en el accionar del sector, por ello, resultaron evidentes las ventajas de realizar también una integración vertical. De esta manera, los distintos sistemas se fueron complementando por lo que el Gobierno Federal decidió comprar las acciones de las empresas privadas, y en 1960 nacionalizó la industria eléctrica formando un

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monopolio vertical, el cual respondía a las realidades tecnológicas de la época, lo que constituía una forma de organización industrial más eficiente para el sector.

Cambios tecnológicos registrados a partir de los años ochenta cambiaron la percepción de que sólo existiera un proveedor del servicio de electricidad. Por un lado, los avances en la resistencia al calor de los materiales de las centrales generadoras, facilitaron la introducción de turbinas de ciclo combinado a base de gas natural, con altos niveles de eficiencia, además de una disminución tanto en el tamaño óptimo de dichas centrales como en el tiempo para su construcción, montaje y amortización de la inversión; permitiendo así, que empresas de menor tamaño pudieran competir en un mismo sistema.

Aunado a lo anterior, los avances en tecnología de comunicaciones han logrado que las mediciones de flujo de energía en tiempo real permitan despachar en una misma red a varias empresas de generación. Es así, que hoy en día, pueden operar varias empresas de generación y distribución, y con ello los usuarios pueden elegir el suministro eléctrico que mejor se adapte a sus necesidades.

Atendiendo a estos cambios tecnológicos y a la necesidad de satisfacer la demanda creciente por electricidad, se hicieron reformas a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica en 1992 y 1993. En virtud de esas reformas, los particulares pudieron participar en la generación de energía eléctrica a través de esquemas de autoabastecimiento, cogeneración y producción independiente de energía eléctrica.

En la actualidad, ya operan de manera cotidiana un número importante de empresas de generación en el Sistema Eléctrico Nacional. De este modo, encontramos que el proceso de reestructuración en el país ya existe, pese a lo cual es necesario tener avances más concretos en las facultades y participación de los agentes del sector.

La provisión del servicio de energía eléctrica en gran escala consta principalmente de las siguientes actividades: generación, despacho, transmisión, distribución y comercialización. Estas actividades, por disposición de ley son competencia exclusiva de Comisión Federal de Electricidad (CFE) y de Luz y Fuerza del Centro (LFC), cuando tengan por objeto la prestación del servicio público. CFE tiene a su cargo la prestación del servicio público de energía eléctrica en todo el territorio nacional, salvo en el Distrito Federal y parte de los estados de México, Morelos, Hidalgo y Puebla, áreas atendidas por LFC. Actualmente entre ambos organismos públicos atienden a 29, 723, 000 de usuarios.

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Al mes de julio del 2007, la capacidad instalada de energía eléctrica del sector en su conjunto fue de 58,633.2 megawatts, superior en 7.5 por ciento a la registrada en Julio de 2006.

La capacidad instalada (efectiva) de generación de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y de los Productores Independientes de Energía (PIE) pasó de 47,857.3 megawatts, en diciembre de 2006, a 49, 861 megawatts al cierre del 2007, con un crecimiento de 4.18 por ciento, equivalente a 2,003 megawatts adicionales. En la siguiente tabla se muestra el aumento en la capacidad de generación de energía eléctrica por parte de CFE

Tabla II.2 Evolución de la capacidad de generación eléctrica por parte de CFE

1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 CFE 33,944 34,384 34,839 34,901 36,236 36,855 36,971 38,422 37,325 37,470 38,404 PIE´S - - - 484 1,455 3,495 6,756 7,265 8,251 10,387 11,457

Capacidad (MW)

Total 33,944 34,384 34,839 35,385 37,691 40,350 43,727 45,687 45,576 47,857 49,861 CFE 159.83 169.96 179.07 188.79 190.88 177.05 169.32 159.53 170.07 162.47 120.85 PIE´S - - - 1.20 4.04 21.83 31.62 45.85 45.56 59.43 52.10

Generación (TWh)

Total 159.83 168.98 179.07 190.00 194.92 198.88 200.94 205.39 215.63 221.90 172.95

En el periodo enero-julio de 2007, la capacidad instalada de Luz y Fuerza del Centro (LFC) fue de mil 142.3 megawatts, superior en 263 megawatts a la reportada al mes de julio del 2006.

Durante 2007 se programó alcanzar a través del Sistema Eléctrico Nacional una capacidad instalada de generación de 58, 679.8 megawatts, cifra que representa un incremento de 4.0 por ciento respecto a lo alcanzado en 2006. Del total, 85 por ciento correspondió a la CFE, 2.0% a LFC y 13 por ciento a permisionarios.

En la Tabla II.3 se muestra la evolución histórica de la energía eléctrica en el período 2001-2007.

Manifestación de Impacto Ambiental

Planta de Autoabastecimiento de Electricidad, Liverpool Provincia, Almacén Tezontle CAPITULO II Página II-9

Tabla II.3 Capacidad Instalada de Energía Eléctrica (Megawatts), 2001-2007

Enero-Julio

Concepto 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2006 2007 Var. %

Anual

Total 42, 474.0 45, 689.6 51, 004.5 53, 560.7 53,859.2 56,437.6 54,542.3 58,633.2 7.5

Subtotal CFE y LFC 38 518.8 41, 184.3 44, 561.1 46, 551.6 46, 533.5 48, 896.6 47, 056.1 50,

976.6 8.3

CFE 37, 691.5 40, 349.9 43, 726.7 45, 687.3 45, 669.2 47, 857.3 46, 176.8 49, 834.3 7.9

Termoeléctrica 23, 496.7 26, 161.2 29, 421.1 30, 496.9 30, 473.0 32, 645.8 30, 965.2 33, 779.4 9.1

Productor independiente 1, 455.4 3, 495.0 6, 755.7 7, 264.9 8, 250.9 10, 386.9 8, 770.9 11,

456.9 30.6

Hidroeléctrica 9,389.8 9,378.8 9,378.8 10,263.8 10,269.6 10,285.0 10,285.0 11,044.9 7.4

Carboeléctrica 2,600.0 2,600.0 2,600.0 2,600.0 2,600.0 2,600.0 2,600.0 2,600.0 0.0

Geotermoeléctrica 837.9 842.9 959.5 959.5 959.5 959.5 959.5 959.5 0.0

Nucleoeléctrica 1,364.9 1,364.9 1,364.9 1,364.9 1,364.9 1,364.9 1,364.9 1,364.9 0.0

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Enero-Julio

Concepto 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2006 2007 Var. %

Anual

Eoloeléctrica 2.2 2.2 2.2 2.2 2.2 2.2 2.2 85.5 3876.4

LFC 827.3 834.3 834.3 864.3 864.3 1,039.3 879.3 1,142.3 29.9

Termoeléctrica 598.0 598.0 598.0 598.0 598.0 758.0 598.0 854.0 42.8

Hidroeléctrica 229.3 236.3 236.3 266.3 266.3 281.3 281.3 288.3 2.5

Subtotal permisionarios 3,955.2 4,505.3 6,443.4 7,009.1 7,325.7 7,541.0 7,486.2 7,656.6 2.3

Autoabastecimiento 2,602.3 2,798.6 3,135.5 3,678.0 3,929.1 4,109.6 4,054.8 3,245.4 -20.0

Cogeneración 1,135.5 1,132.3 1,423.7 1,426.9 1,510.3 1,563.2 1,563.2 2,594.4 66.0

Usos propios continuos 517.4 559.4 553.8 573.8 555.9 537.8 537.8 486.4 -9.6

Exportación - 15.0 1,330.4 1,330.4 1,330.4 1,330.4 1,330.4 1,330.4 0.0

M

Planta de Autoabastecim

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Hoy en día la expansión y modernización del sector eléctrico nacional radica prácticamente en los ingresos públicos disponibles. A su vez, dichos ingresos públicos tienen una relación estrecha con el Producto Interno Bruto (PIB), ya que la disponibilidad de recursos públicos guarda una dependencia significativa con el desempeño económico del país.

El crecimiento de la demanda por electricidad ha crecido históricamente a un ritmo considerablemente mayor al del PIB y al de los ingresos públicos, por lo tanto la capacidad del sector público para asignar los recursos que demanda el sector eléctrico, así como su capacidad para garantizar deuda, son cada vez menores. Por ello, el Gobierno Federal en materia de electricidad estableció como su objetivo principal suministrar el servicio de energía eléctrica con la calidad requerida y a precios competitivos a toda la sociedad, impulsando el uso eficiente de la energía mediante la utilización de tecnologías que permitan disminuir el impacto ambiental generado por los combustibles fósiles tradicionales. En el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2007 se autorizó para el sector eléctrico una inversión de 57, 440.6 millones de pesos, superior en 13.3% real a la ejercida en 2006. Del total, 27, 393.4 millones de pesos corresponden a inversión financiada (proyectos PIDIREGAS) y 30,047.2 millones de pesos a inversión presupuestaria; de esta última cantidad 25,633.1 millones de pesos son de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y 4, 414.1 millones de pesos de Luz y Fuerza del Centro (LFC).

Bajo el análisis del escenario mostrado anteriormente, resulta justificable que se aliente a las empresas mexicanas, a invertir en proyectos de generación y autoabastecimiento de energía eléctrica, cubriendo los supuestos del marco regulatorio aplicable al sector. En el caso particular de este proyecto, la construcción y operación del mismo, contribuirá a reducir el consumo de energía eléctrica de Comisión Federal de Electricidad, en 4.5 MW.

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Atributos ambientales

Óxidos de Nitrógeno.

Los Óxidos de Nitrógeno se forman a partir de tres mecanismos fundamentales. El mecanismo de formación del NOx térmico, ocurre a través de la disociación térmica y subsiguiente reacción de moléculas de Nitrógeno (N2) y Oxígeno (O2) en el aire de combustión. La mayoría de los NOx formados a través del mecanismo NOx térmico, ocurre en las regiones de alta temperatura en el cilindro, donde el aire de combustión se ha mezclado suficientemente con el combustible para producir la temperatura pico de la interfase aire/combustible. El segundo mecanismo, llamado NOx rápido, ocurre a través de reacciones tempranas de moléculas de nitrógeno en el aire de combustión y los hidrocarburos radicales del combustible. Estas reacciones rápidas de NOx, ocurren dentro de la flama y son usualmente despreciables, comparadas con el nivel de NOx formado en el mecanismo térmico. El tercer mecanismo, el NOx combustible, que proviene de la reacción de compuestos de nitrógeno residual con oxígeno. Los combustibles que contienen nitrógeno crean éste tipo de mecanismo, el cual resulta de la oxidación del nitrógeno ya ionizado contenido en el combustible.

Las principales características de los mecanismos mencionados anteriormente son las siguientes

NOx Térmicos

Calentamiento de N2 y O2

Controlado por la relación molar de N2 y O2 y T

Formación a partir de 1300 ºC

NOx Rápido

Interacción N2, O2 y alguna especie de carbono del combustible

Se forman con gran rapidez

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NOx del Combustible

Conversión del N del combustible a NO

20-50% del N del combustible se transforma en NO, dependiendo del contenido en O2.

CO y VOC´s

En lo que respecta a emisiones de CO y VOC’s, ambos son resultado de una combustión incompleta. El CO se forma cuando existe un insuficiente tiempo de residencia a alta temperatura para completar la etapa final de la oxidación del hidrocarburo.

Generación de emisiones a la atmósfera.

Se tendrán principalmente emisiones contaminantes a la atmósfera, derivadas de la combustión del diesel. El apartado anterior describe que se tendrá una alta generación de NOx, en función de la temperatura de combustión principalmente, variando la relación de manera exponencial. De manera inversa, si se reduce la temperatura de combustión más allá del valor requerido para lograr una combustión completa para la relación aire/combustible que se esté alimentando, es obvio señalar que se tendrá una combustión incompleta, favoreciendo la generación de CO.

Generación de Residuos Peligrosos.

Las etapas de preparación del sitio y construcción, generarán residuos peligrosos como parte inherente del mantenimiento de la maquinaria y camiones de carga, así como por actividades de aplicación de recubrimiento a equipo y tuberías y pintura en edificio. Los residuos que se espera sean generados en estas etapas son principalmente aceite lubricante (200 litros mensuales), estopas, guantes de carnaza y trapo industrial impregnado de aceite o grasa lubricante (400 kilogramos mensuales), latas de pintura vacías, filtros de aceite, latas de aceite

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vacías y en general contenedores pequeños contaminados (150 kilogramos mensuales).

Para el manejo de los residuos sólidos peligrosos, se le exigirá al contratista que se coloquen contenedores metálicos de 200 litros en las áreas generadoras y que se elaboren procedimientos para: identificación, etiquetado, manejo, almacenamiento, llenado de bitácoras, llenado de manifiestos y disposición final. Se le solicitará al contratista la construcción de un almacén temporal de residuos peligrosos, que de cumplimiento con lo establecido en el Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, así como el cumplimiento con las Normas Oficiales Mexicanas Aplicables.

En lo que respecta a las etapas de operación y mantenimiento, no se espera que la operación de los equipos genere residuos peligrosos, puede decirse que este tipo de procesos se considera prácticamente limpio, dado que no hay materias primas que generen, el combustible es diesel y solo se tiene como insumo el aceite de lubricación. Por operaciones de mantenimiento o de reemplazo de partes del sistema de lubricación, en donde sea necesario drenar las líneas del sistema, o bien reemplazar aceite que haya sido contaminado, se estima tener una generación de 1,600 litros anuales de aceite contaminado (RPNE1.1/03 clave O1), que serán almacenados temporalmente dentro de las instalaciones para ser enviadas posteriormente confinamiento.

Además de este tipo de residuo, se estima generar estopas y trapo industrial impregnado de aceite (SO4 clave PO4), como resultado de operaciones de mantenimiento. El volumen de generación estimado es de 1500 kilogramos anuales.

Para el almacenamiento temporal de estos residuos, no se construirá un almacén temporal de residuos peligrosos.

Se recomienda que los residuos sean almacenados en un almacén de Residuos Peligrosos de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Peligrosos. El manejo de los residuos se deberá sujetar a lo dispuesto en dicho reglamento y en las Normas Oficiales Mexicanas Aplicables.

Liverpool Provincia, Almacén Tezontle cuenta con Licencia Ambiental Única, copia del acuse de recibo con fecha 12 de marzo del 2008 se presenta en el Anexo 5.

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Generación de emisiones de ruido.

Se tomarán las medidas necesarias para cumplir con lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-081-SEMARNAT-1994, en los límites de la propiedad.

Generación de descargas de agua residual.

Dada la naturaleza de este tipo de procesos, no se generarán descargas directas de agua de proceso. La planta contará con sanitarios para uso del personal que hará recorridos de inspección durante cada turno de trabajo mismo que operará el cuarto de control. El consumo de agua para la operación de la planta de autoabastecimiento será de 315,000 lt/mes en promedio de agua tratada; 20,070 lt/mes en promedio de agua potable.

Como conclusión de este apartado puede decirse que cuando el proyecto logre el nivel de aprovechamiento óptimo de su capacidad instalada, se estará operando con sustentabilidad, dado que las instalaciones de Liverpool Provincia, Almacén Tezontle, dejarán de ser una carga o entidad de consumo de energía eléctrica, por contar con un sistema de autoconsumo, sin amenazar ninguno de los elementos ambientales.

II.1.2 Selección del sitio

Atendiendo a los cambios tecnológicos y a la necesidad de satisfacer la demanda creciente por electricidad, se hicieron reformas a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica en 1992 y en 1993. En virtud de esas reformas, los particulares pudieron participar en la generación de energía eléctrica a través de esquemas de autoabastecimiento, cogeneración y producción independiente de energía eléctrica.

La capacidad actual de generación de energía eléctrica del sector en su conjunto es de 58.63 mil megawatts, de la cual, el 85 por ciento corresponde a CFE, 2.0 por ciento a LFC y 13 por ciento a permisionarios, de los cuales el 42 por ciento pertenece a el autoabastecimiento de energía eléctrica.

Bajo el análisis del escenario mostrado, resulta justificable que se aliente a las empresas mexicanas, a invertir en proyectos de autoabastecimiento de energía eléctrica, cubriendo los supuestos del marco regulatorio aplicable al sector.

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Técnicamente la construcción de la planta de autoabastecimiento en las instalaciones de Liverpool Provincia, Almacén Tezontle es la mejor selección del sitio, ya que no se tienen que realizar actividades complementarias al proyecto, se cuenta con toda la infraestructura necesaria y todos los servicios para realizarlo. Debido a que ya existen las instalaciones de la plaza comercial donde se ubica Liverpool Provincia, Almacén Tezontle se atenúa la incidencia negativa sobre el ambiente.

II.1.3. Ubicación física del proyecto y planos de localización.

La Planta de Autoabastecimiento se ubicará en las instalaciones de Liverpool Provincia Almacén Tezontle, con dirección en Avenida Canal de Tezontle No. 1512, Col. Doctor Alfonso Ortiz Tirado, Delegación Iztapalapa, C.P. 09020, México, D.F.

El Plano de ubicación de la planta, se presenta en el Anexo 1, en el Anexo 7 se presenta el plano de arreglo general, el de conjunto de la planta de autoabastecimiento de energía y el plano con el polígono GIS.

El proyecto no contempla la realización de obras o actividades asociadas que sean competencia de la federación, como es el caso de cambios de uso de suelo de áreas forestales, así como de selvas y zonas áridas, desarrollos inmobiliarios que afecten ecosistemas costeros, obras en áreas naturales protegidas de competencia de la Federación, obras y actividades en humedales, manglares lagunas, ríos, lagos, esteros conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales, de acuerdo con lo establecido en los artículos 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y en el artículo 5 de su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental.

No se contempla para el proyecto, por la magnitud del mismo, la construcción de obras provisionales dentro del predio o en el área de la planta de autoabastecimiento o fuera de éstas áreas.

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Colindancias del sitio

Colindancia Actividad

Norte: Avenida Río Soto La Marina, posterior a la avenida, casas habitación

Vía terrestre Unidad habitacional

Sur: Avenida Canal de Tezontle, después Bodegas Comerciales

Vía terrestre Comercial

Este: Centro Comercial Parque Tezontle Comercial

Oeste: Avenida Río de la Antigua, Condominios, casas habitación.

Vía terrestre Unidad habitacional

II.1.4 Inversión requerida

La inversión requerida estimada para realizar el proyecto será de 3 millones 900 mil dólares.

Los costos necesarios para aplicar las medidas de prevención y mitigación se encuentran contemplados dentro de la inversión estimada, siendo estas mínimas debido a que el proceso es prácticamente limpio.

II.1.5 Dimensiones del proyecto.

El 100% del área destinada al proyecto será ocupada por la planta de autoabastecimiento. En el área destinada a la planta de autoabastecimiento, no se tienen especies animales o vegetales; no se tiene cubierta vegetal alguna. Dadas las dimensiones del proyecto, no se contempla la inclusión de áreas verdes.

Liverpool Provincia almacén Tezontle forma parte del centro comercial Parque Tezontle, éste ocupa un área de 3,429 m², de los cuales 3,098 m² están construidos. La planta de autoabastecimiento ocupará 199.33 m².

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El proyecto no afectará ningún ecosistema de la zona o región, en ninguna de las etapas del mismo.

II.1.6 Uso actual del suelo y/o cuerpos de agua en el sitio del proyecto y en sus colindancias.

II.1.6.1 Uso actual del suelo y tipo de suelo.

Actualmente la estructura urbana de la delegación de Iztapalapa presenta una distribución del uso del suelo, con las siguientes características:

La habitación ocupa el 61%, habitacional mixto 15%, equipamiento 9%, espacios abiertos y deportivos 6%, centros de barrio y subcentros urbanos el 2% y el 7% restante en área de conservación.

Con base al Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Iztapalapa, el uso de suelo donde se ubicará la Planta de Autoabastecimiento de Electricidad Liverpool es de tipo E 3/50. En esta zonificación (E) se permite todo tipo de equipamiento público o privado y aplica a usos ya establecidos o en terrenos baldíos de propiedad pública, donde sea factible proponer algún servicio como: instalaciones y establecimientos de servicios para la educación, cultura, salud, abasto, recreación y deporte, comunicaciones, infraestructura, transporte y mortuorio; por tanto, la instalación de la Planta no afectará el uso de suelo de la zona.

El Certificado de Zonificación para Uso del Suelo Específico Folio No. 19250 SEDUVI con fecha de expedición 25 de abril de 2006, otorgado por la Dirección General de Desarrollo Urbano, se presenta en el Anexo 4.

II.1.6.2 Uso de cuerpos de agua.

Iztapalapa tiene una superficie de 117 km². Pertenece a la región hidrológica Panuco, cuenca Río Moctezuma, subcuenca Lago Texcoco-Zumpango. En virtud de ello, la mitad norte de su territorio ocupa una parte de lo que fue el lago de Texcoco, cuyo último remanente es el lago Nabor Carrillo (en el estado de México), regenerado artificialmente. Las únicas corrientes de agua que recorren el territorio iztapalapense son las siguientes:

Río Churubusco: El río Churubusco fue entubado en la década de los cincuenta, recibía las aguas de los ríos Magdalena, Barranca del Muerto, Mixcoac y San

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Ángel. Sobre su lecho se construyó el Circuito Interior de la ciudad de México, que lleva su nombre. Este río forma el límite con las delegaciones de Iztacalco y Coyoacán.

Canal de Garay: Se trata de un canal artificial que forma parte del sistema de desagüe de los lagos sureños de la cuenca de México. Cortaba la península de Iztapalapa por el llano que se encuentra entre el cerro de la Estrella y la sierra de Santa Catarina. También está entubado, y sobre él fue construido el Periférico Oriente.

Canal Nacional- Canal de Chalco: Son dos de los canales sobrevivientes del antiguo lago de Xochimilco-Texcoco. No han sido entubados, y se han convertido en focos de contaminación. Todavía hasta inicios del siglo XX, a través de estos canales llegaban las trajineras hasta el centro de la ciudad, cargadas con las hortalizas de las chinampas de Chalco, Xochimilco y Tláhuac.

En la figura de la siguiente página se muestra la localización de cada uno de los cuerpos de agua.

Las fuentes propias de suministro de agua de la Delegación Iztapalapa, son los pozos, éstos son insuficientes y alimentan a las zonas centro y poniente de la delegación, aunado a esto la demanda de agua requerida es de 4.5 lts/seg. y lo que se recibe actualmente son 3.7 lts/seg.

La oficina de agua potable de la delegación, estima que debido a estas circunstancias, muchas colonias presentan problemas de abastecimiento, cubriéndose en parte el déficit, por medio de carros tanque en época de estiaje, son 45 colonias que reciben agua por tandeo, fenómeno que se presenta en todos los sectores de la delegación, siendo los más críticos el sector Santa Catarina con 15 colonias y el sector Paraje San Juan con 10 colonias.

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Fuente: INEGI. Cuaderno Estadístico Delegacional 1996

En la delegación Iztapalapa, para la regulación y almacenamiento del agua, se cuenta con 26 tanques que almacenan un volumen de 220,760 m3 y 18 tanques de rebombeo con capacidad de 6,936 m3.

La calidad del agua proveniente de pozos presenta problemas debido a la presencia de minerales que provocan turbidez. Para solucionar esta situación es necesario instalar equipos de desmineralización en el sistema.

Existen tres plantas potabilizadoras en la delegación con una capacidad instalada de 304 litros por segundo y una de operación de 170 litros por segundo.

Las actividades de construcción, operación y mantenimiento del proyecto no afectarán las características de los cuerpos de agua cercanos al área donde se pretende instalar la Planta. El suministro de agua será por parte del gobierno del Distrito Federal.

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II.1.7 Urbanización del área y descripción de servicios requeridos

La Planta de Autoabastecimiento se ubicará en la azotea de las instalaciones de Liverpool Provincia Almacén Tezontle, con dirección en Avenida Canal de Tezontle No. 1512, Col. Doctor Alfonso Ortiz Tirado, Delegación Iztapalapa, C.P. 09020, México, D.F. dentro del Centro Comercial Parque Tezontle. La planta cuenta con camino de acceso directo, por lo que no es necesaria la construcción de caminos o vialidades a la planta de autoabastecimiento.

El croquis de localización se presenta en el Anexo 1.

Dentro de la Centro Comercial, ya existen vialidades internas, por las que se puede acceder de manera rápida y fácil el área donde se pretende construir la planta de autoabastecimiento. El proyecto no contempla la construcción de vialidades internas o caminos de acceso al sitio donde se construirá la planta de autoabastecimiento.

La operación de la planta de autoabastecimiento requiere de combustible (diesel) para la generación de energía eléctrica.

El diesel será abastecido a la planta de autoabastecimiento mediante pipas, por lo que será necesaria la instalación y construcción de tanques y diques para almacenamiento para el mismo. Se instalarán seis tanques de diesel; dos de 5000 lts cada uno y cuatro tanques de 10,000 litros cada uno; además de un sistema de bombeo de diesel.

En lo que respecta a energía eléctrica, la operación de la planta de autoabastecimiento no demandará ningún consumo adicional de electricidad, ya que utilizará la energía que está generando para la operación de los motores, bombas, iluminación y sistemas de control.

Por lo que, para la construcción de la planta de autoabastecimiento de electricidad se cuenta con los servicios básicos y servicios de apoyo.

II.2 Características particulares del proyecto.

La construcción de la planta de autoabastecimiento de energía eléctrica, por las dimensiones de la misma, no requiere de realización de obras provisionales (campamentos, almacenes, talleres, oficinas, patios de servicio, comedores, obras para el abastecimiento y almacenaje de combustible u otras), ni la construcción de

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obras o actividades asociadas que sean competencia de la federación. La naturaleza del proyecto hace que se contemple para propósitos de administración de las actividades de construcción, como una ampliación pequeña, en un establecimiento que está en operación.

A continuación se describen las principales características de diseño de las obras y actividades así como su relación con su participación en la reducción de las alteraciones al ambiente.

II.2.1 Programa general de trabajo

Se pretende iniciar con actividades de ingeniería y construcción civil en el mes de Mayo del 2007 y entregar la planta en operación en Diciembre del 2007.

Un programa general de la obra se presenta en el Anexo 6.

II.2.2 Preparación del sitio.

La Preparación del Sitio consistirá básicamente en limpieza de la azotea, donde se ubicará la planta de autoabastecimiento. La instalación de la planta no se hará sobre suelo nativo, NO se realizará ninguna de las siguientes actividades: desmontes y despalmes, excavaciones, compactaciones o nivelaciones de suelo nativo, cortes, rellenos, dragados ni desviación de cauces.

II.2.3 Descripción de obras y actividades provisionales del proyecto

No se tienen contempladas obras provisionales como campamentos, almacenes, talleres, oficinas, patios de servicio, comedores, regaderas, obras de abastecimiento y otras. Solo se contará con sanitarios portátiles, que serán administrados por el contratista para su personal.

De igual manera, no se contemplan en las etapas de preparación del sitio y construcción, la realización de actividades provisionales tales como cambios de

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lubricantes a maquinaria, reparaciones, tratamiento de desechos y otros. El contratista será responsable de dar mantenimiento a la maquinaria en el exterior de la planta y de manejar los residuos generados. No se realizarán actividades de mantenimiento de maquinaria ni almacenamiento de combustibles o aceite, dentro de las instalaciones.

II.2.4 Etapa de construcción

Con el fin de definir los criterios de diseño de las instalaciones del proyecto, se presentan los planos de ingeniería en el Anexo 7.

Las obras mecánicas, civiles, de instrumentación y eléctricas que se llevarán a cabo se mencionan a continuación:

Obra civil

Perforación en terreno para formación de pilas

Fabricación de pilas deformables

Fabricación de pozos de bombeo a 30 mts del nivel de terreno natural

Excavación en cuadrantes para nivel de desplante de sótano

Excavación para trabes y dados de cimentación

Colocación de plantillas

Armado cimbrado de contratrabes y losas de cimentación

Fabricación de losa maciza de peralte total 40 cm con doble parrilla del #6 a cada 25 cm.

Cimbrado y colado de muro perimetral

Fabricación de muro berlin

Fabricación de columnas metálicas de 60 x60 formadas de 4 placas de ¾ y 1" de espesor. Montadas sobre dados de concreto armado y 16 anclas c/u.

Trabes metálicas tipo IR

Vigas metálicas tipo IR

Losa acero ROMSA sección 4 calibre 22 para losas entre pisos

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Malla electrosodada 6x6 6/6

Pernos soldables L=3"x3"/4

Fabricación de cisterna y pozo de tormentas muros de block castillos y dalas

Aplanado en muros de block

Guaniciones y banquetas

Bases de equipos azotea

Instalación eléctrica:

Alumbrado general

Instalaciones de pos

Alimentadores Generales

Tableros interruptores

Tableros de luminarias

Equipos mayores

Subestación eléctrica

Plantas de emergencia

Contactos normales

Sistema de CCTV

Piso falso cuarto de site

Sistema de sonido

Sistema de circuito cerrado

Sistema detección de humos

Canalizaciones para termostatos

Instalaciones aire acondicionado

Montaje de UMAS

Montaje de Shiller´s

Sistema de Agua Fría

Sistema de ductos para inyección de aire

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Sistema de ductos para extracción de aire

Sistema de ductos para retorno

Forro de ductos

Forro térmico de tubería de agua helada

Protección de tubería de agua helada

Colocación de termostatos

Suministro y colocación de compuertas

Instalaciones hidráulicas

Toma domiciliaria

Rebosadero

Llenado de pipas

Ventilaciones

Cuarto de bombas

Cuarto de calderas

Cisternas

Redes de agua potable

Redes de agua tratada

Alimentación en núcleos sanitarios

Bajadas de aguas pluviales

Sistema de protección contra incendio

Sistema de gas LP

Alimentaciones en cocina

Alimentaciones en núcleos remotos

Desagues y ventilaciones en cocina

Desagues y ventilaciones en núcleos remotos

Desagues y ventilaciones en núcleos sanitarios

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Interiores

Fabricación de plafón falso

Fabricación de muros de tablaroca a una cara

Fabricación de muros de tablaroca a dos caras

Colocación de pisos cerámicos

Colocación de pisos laminados

Coloración de mármol

Fabricación de pisos pulidos

Fabricación de forros de mármol (baños)

Colocación de mesetas

Colocación de accesorios de baños

Colocación de accesorios de aire difusores y rejillas

Colocación de luminarias

Colocación de bocinas

Colocación de cámaras

Colocación de veneciano en muros y faldones

Fabricación de perímetros

Fabricación de muebles

Fabricación de vitrinas

Fabricación y colocación de cancelerias

Colocación de accesorios para probadores

Colocación de equipos de oficina

Colocación de equipos de cocina

Azotea

Colocación de lámina multipanel para techumbre a dos aguas

Impermeabilización de azotea

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Diesel

Sistema de bombeo de diesel de sótano a azotea para plantas de emergencia.

Montaje de escaleras eléctricas 8 Pzas

Montaje de elevador publico 2 Pzas

Montaje de Elevador Minusvalidos 1 Pza

Montaje de montacargas de tienda 1 Pza

Notas y especificaciones de construcción:

Concreto clase 1, de peso volumétrico P.V.≥ de 2.2 ton/m3 con modulo de elasticidad E=14000 cf ' y f´c= 300 kg/cm2 en losas y en elementos de cimentación. f’c= 350 kg/cm2 en muros de rigidez.

Acero de refuerzo con límite de fluencia entre 4000 y 5000 kg/cm2

Todas las contratrabes y losa de cimentación se desplantaran sobre una plantilla de concreto pobre f´c= 100 kg/cm2 y de espesor de 5 cm. A la profundidad de 1.8 m por abajo del nivel del sótano.

La losa de cimentación tendrá un peralte total Ht=40 y 45 cm.

Excepto donde se indique lo contrario, la losa se armará, en ambos lechos con una parrilla #6025 y completando con bastones del mismo diámetro en el lecho bajo de los apoyos.

La carga viva de diseño es de 400 kg/m2.

Descripción del Cuarto de Maquinas de las Plantas de Generadoras de energía eléctrica:

El cuarto de maquinas estará instalado en la azotea del edificio en el 3er nivel, en él estarán alojadas las tres plantas de emergencia (generadoras) de 1500 KW, 1050 Kw. en operación continua, cada una de ellas controladas por un succionador y un sincronizador que permite que trabajen las tres al mismo tiempo.

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El cuarto de máquinas tendrá las siguientes características: 16 metros de largo por 12.48 metros de ancho; el techo será de dos alturas el lado más alto será de 4.38 metros y en el otro de 3.05 metros de altura.

Descripción cuarto de subestación:

El cuarto de la subestación contendrá dos transformadores secos, uno de 2000 KVA y otro de 1500 KVA cada uno con su succionador, además, el cuarto tendrá una planta de emergencia de respaldo de 200 KW 160 en operación continua instalados de tal manera que cumplan la norma NOM-001-SEDE-2005.

El cuarto de la subestación tendrá las siguientes dimensiones: largo 4.08 metros por 3.33 metros de ancho aproximadamente.

Un estudio de mecánica de suelos realizado en el predio donde se localiza la Plaza Tezontle, se presenta en el Anexo 8.

Descripción de las interacciones de las actividades de construcción con el ambiente.

Aire.

Acarreo de materiales, tendido y compactado.

Estas actividades generarán olores desagradables (diesel) por el uso de vehículos pesados.

Cimbrado y colado de muro perimetral, fabricación de cisterna y pozo de tormentas, construcción de subestación y cuarto de control.

Elaboración y vaciado de concreto.

El impacto es ocasionado por la emanación de los olores que se producen al calentar el chapopote y verterlo en la grava para formar el concreto asfáltico que servirá de base para los equipos que se instalarán en la azotea.

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Agua.

Fabricación de pilas, pozos de bombeo, excavación en cuadrantes para nivel de desplante del sótano, excavación para trabes y dados de cimentación, cimbrado y colado de muro perimetral, entre otras.

Aumentará el requerimiento de agua durante el desarrollo de estas actividades, puesto que se necesita para su realización.

Ruido.

Fabricación, excavación, armado y cimbrado de contratrabes y losas de cimentación, cimbrado y colado de muro perimetral, entre otras.

Durante la realización de las acciones anteriores aumentarán los niveles de ruido, los cuales en algunos casos rebasarán los niveles máximos permisibles, provocando ligeros trastornos en la salud humana.

Montaje y soldadura de estructuras de acero, tuberías y aplicación de recubrimientos.

Durante la realización de las acciones anteriores aumentarán los niveles de ruido, los cuales en algunos casos rebasarán los niveles máximos permisibles, provocando ligeros trastornos en la salud humana.

Suelo.

NO se alterarán las características físicas del suelo ni se ocasionarán perdidas de suelo por erosión debido a que no se instalará la planta de autoabastecimiento en suelo nativo.

Además no se verterán los restos del cemento premezclado ni los residuos generados por el lavado de los camiones revolvedores en suelo nativo o en alguna de las áreas adyacentes al predio.

Paisaje.

Construcción de la planta de autoabastecimiento en su conjunto.

El impacto en este caso es mínimo o nulo, asociado a la armonía visual, por la instalación de estructuras que no son completamente ajenas a lo que regularmente

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se encuentra en esos sitios. En el análisis de impactos ambientales se considerará despreciable.

Socioeconómicos.

Todas las obras de la etapa de construcción.

En la etapa de construcción se tendrá una interacción positiva asociada al empleo y calidad de vida, debido a que se requiere de personal de todo tipo, desde mano de obra calificada para manejar la maquinaría especial, como la no calificada para labores más sencillas. Esto provoca que exista una demanda de mano de obra y por ende se contrate personal para desarrollar estas actividades.

La gente que vive en la zona de Iztapalapa se verán beneficiados tanto por la generación de empleos de mano de obra no calificada como por la compra de productos en las tiendas de esos lugares. Las necesidades de personal calificado y la compra de materiales y sustancias que se dará en otras ciudades provocará un beneficio para estos atributos.

La etapa de construcción es una etapa riesgosa por que se pueden generar muchos accidentes al momento de estar laborando; sin embargo, se contará con todas las medidas de seguridad necesarias para desempeñar todas las actividades que esta conlleva por lo que se dice esto es un impacto benéfico.

II.2.5 Etapa de Operación y Mantenimiento

El proyecto bajo estudio se denomina “Instalación y operación de una planta de autoabastecimiento eléctrico en las instalaciones de Liverpool Provincia Almacén Tezontle en la Delegación Iztapalapa en México, D.F.”, localizada en la Avenida Canal de Tezontle en la Delegación Iztapalapa.

La construcción y operación de esta planta, es en sí un área de autoservicio para la empresa Liverpool Provincia Almacén Tezontle. La construcción de esta planta de autoabastecimiento, presenta como objetivo fundamental el generar energía eléctrica, a partir de una fuente común de energía, que es la combustión del diesel.

La Planta de Autoabastecimiento Eléctrico, consiste en la instalación y operación de tres motogeneradores de electricidad con capacidad de 1,500 kW cada uno,

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para dar una capacidad de diseño de 4.5 MW con carga máxima de 3.0 MW. Se trata de tres motogeneradores modelo KTA50-G9.

La interconexión con LFC será a un voltaje de 23000 V, disponible en un plazo no menor de 5 años.

La energía será suministrada al Centro Comercial a través de un seccionador ubicado en la subestación en el sótano 1 del Centro Comercial. A partir de este punto, se llevará una instalación en Media Tensión al interior de la Tienda Liverpool Provincia Almacén Tezontle; hasta llegar al cuarto de medición de LFC ubicado en la Planta Baja de la tienda, donde se encuentra la instalación receptora.

Desde la Subestación Receptora, se continúa con la instalación de Media Tensión para llegar a la Azotea, donde se encuentra la Subestación de la tienda que transformará el Voltaje de 23000V a 480V; este ultimo siendo el voltaje de operación de la tienda.

Los tres generadores, se interconectarán a la subestación existente de Liverpool Provincia Almacén Tezontle.

Cada motogenerador podrá entregar de manera continua toda la potencia activa y reactiva correspondiente a una temperatura dada para cualquier tensión en bornes comprendida entre el 95% y el 105% del valor asignado y para cualquier frecuencia comprendida entre 59.85 y 60.15 Hz, simultánea con las tensiones anteriores.

Cada generador tendrá un equipo de control Maestro Digital Power Command marca Cummins modelo 300. Se trata de un sistema de paralelismo basado en microprocesador, diseñado para interconectarse directamente. Este control se puede usar en aplicaciones de barra aislada de voltaje medio o bajo (no conectadas en paralelo con la red pública) y barra infinita. Adicionalmente, es un sistema de monitoreo, medición de la energía producida por el generador y control para el generador. El control proporciona una interfaz del operador en el generador, regulación digital del voltaje, control digital, y funciones de protección del generador. La energía para este equipo se deriva de las baterías de arranque del generador y esta respaldada por un sistema independiente de batería de reserva.

El equipo de control de cada generador tiene capacidad para realizar las siguientes funciones de grupo:

o Sincronización o Control de generación (kW)

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o Control de Factor de Potencia (FP) o Protección de sobre y bajo voltaje o Baja frecuencia o Protección del generador o Reparto de cargas activas y reactivas o Capacidad de manejo en bus aislado

Los motores estarán acoplados directamente al generador eléctrico. Los generadores eléctricos serán de corriente alterna, trifásicos, sincronos de campos revolventes; tienen una capacidad de 1500 kW, con velocidad angular 720 rpm; poder de generación 168 kV y frecuencia de 60 Hz. De las terminales del generador a las terminales de baja tensión del transformador elevador se realizaran con cable aislado, con aislamiento tipo H.

Por otro lado, los transformadores de potencia, se localizarán entre la barra de acoplamiento de los generadores en 480 V y el bus principal de distribución en 23 kV. La capacidad de los transformadores corresponde a la capacidad máxima de los generadores. La relación de transformación será de 23/0.480 kV, con conexión Y-∆.

Los transformadores trasladarán toda la potencia aparente inyectada por los generadores para cualquier tensión en el lado secundario comprendida entre 95% y 105% del valor asignado para cualquier derivación del lado primario y para cualquier frecuencia comprendida entre 59.85 Hz y 60.15 Hz simultánea con las condiciones anteriores.

Los transformadores tendrán asociados los siguientes relés de protección:

PROT-IG: Relevador de sobrecorriente de tiempo inverso, falla neutra (51N) y relevador de sobrevoltaje, falla tierra (59G).

PROT-T: Relevador detector falla a tierra (64).

PROT-A: Sobrecorriente instantáneo y de tiempo inverso (50-51) y relevador de sobrecorriente de tiempo inverso, falla neutro (51N).

El tablero de protección correspondiente quedará ubicado en la subestación.

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El diagrama de flujo de proceso se presenta en el Anexo 3, así como la hoja de datos técnicos de los motogeneradores.

Mantenimiento a las instalaciones.

Liverpool Provincia Almacén Tezontle elaborará un programa de mantenimiento preventivo, para todos los equipos de la planta, de conformidad con especificaciones del fabricante. El mantenimiento se clasificará en eléctrico, mecánico y de instrumentos. La forma de realizar el mantenimiento será establecida en los procedimientos que se elaborarán para cada disciplina, previo inicio de operaciones.

El mantenimiento preventivo maestro estará regido por una orden de trabajo de mantenimiento. Esta orden contiene al menos los siguientes aspectos: Equipo, número de identificación, localización, frecuencia, fecha de programación, anticipación o retraso, fecha de realización, fecha de próximo mantenimiento, prioridad, tipo de disciplina, centro de costo, clase de mantenimiento (preventivo o correctivo), tiempo de realización, fecha de ejecución, hora, turno, tiempo empleado, supervisor, instrucciones a seguir y descripción de la tarea.

El programa de mantenimiento para la planta de autoabastecimiento, se presenta en el Anexo 9.

II.2.6 Descripción de obras asociadas al proyecto

El proyecto no contempla la realización de obras o actividades asociadas que sean competencia de la federación, como es el caso de cambios de uso de suelo de áreas forestales, así como de selvas y zonas áridas, desarrollos inmobiliarios que afecten ecosistemas costeros, obras en áreas naturales protegidas de competencia de la Federación, obras y actividades en humedales, manglares lagunas, ríos, lagos, esteros conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales, de acuerdo con lo establecido en los artículos 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y 5 de su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental.

No se contemplan acometidas de energía eléctrica, torres o líneas de transmisión, descargas de aguas residuales, caminos u obras que alteren el entorno ambiental de la instalación.

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II.2.7 Etapa de abandono de sitio

Aunque se estima una vida útil de la planta de 25 años, eso no significa que se tenga planeado en este momento desmantelar la instalación al término de este período. El concepto de vida útil se toma de especificaciones del fabricante de los equipos mayores, que en este caso lo determinan los motogeneradores. Si se siguen los lineamientos del fabricante en materia de mantenimiento, se entenderá que cada equipo mayor se mantendrá en condiciones óptimas de operación. Si al término de 15 o 25 años se ha identificado que es necesario el reemplazo de componentes, accesorios o piezas mayores de cada unidad, esto se realizará para mantener en buenas condiciones al equipo, dado que se requiere de operación continua 24 horas al día, 365 días al año, sin contar paros por mantenimiento preventivo o correctivo.

Debido a lo anterior, se considera que para propósitos de operación, la vida de la planta será permanente, aunque para propósitos técnicos o de reemplazo de partes mayores, se estime en 25 años.

II.2.8 Utilización de explosivos

No se pretende usar explosivos para ninguna actividad, en ninguna de las diferentes etapas del proyecto.

II.2.9 Generación, manejo y disposición de residuos sólidos, líquidos y emisiones a la atmósfera.

II.2.9.1 Emisiones a la atmósfera.

Las emisiones a la atmósfera se tendrán en las etapas de preparación del sitio, construcción y operación. En las etapas de preparación del sitio y construcción, las emisiones serán producto de la combustión del diesel de la maquinaria pesada y camiones usados para acarreo de materiales, perforación de terreno para formación de pilas, excavación. Se tendrán emisiones de baja consideración, de partículas, por el tránsito de maquinaria pesada y peatones.

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En lo que respecta a medidas de mitigación para estas dos etapas, se recomiendan las siguientes:

• Uso y mantenimiento del equipo de trabajo en buenas condiciones • Adecuadas condiciones e instalaciones de trabajo para evitar la

dispersión de contaminantes • Adecuada disposición de residuos y aguas residuales • Aislamiento de las áreas de trabajo mediante cortinas plásticas o

lámina metálica • Transporte adecuado de materiales de construcción con mantas

húmedas para evitar su dispersión • Reciclo de materiales residuales de construcción e instalación, así

como minimización en su generación

La operación de la planta generará emisiones contaminantes a la atmósfera, derivadas de la combustión del diesel. La generación de NOx, está en función de la temperatura de combustión principalmente, variando la relación de manera exponencial. De manera inversa, si se reduce la temperatura de combustión más allá del valor requerido para lograr una combustión completa para la relación aire/combustible que se esté alimentando, es obvio señalar que se tendrá una combustión incompleta, favoreciendo la generación de CO.

Tabla II.3 Emisiones

Emisiones Equipo

NOx CO PM HC

3 Motogeneradores

7.30 g/hp-hr

1.00 g/hp-hr

0.13 g/hp-hr

0.18 g/hp-hr

II.2.9.2 Descargas de aguas residuales.

En operación normal, ninguno de los equipos de proceso, presentará generación directa de descargas de aguas residuales.

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El consumo de agua para la operación de la planta de autoabastecimiento será de 315,000 lt/mes en promedio de agua tratada; 20,070 lt/mes en promedio de agua potable.

La planta contará con sanitarios para uso del personal que hará recorridos de inspección durante cada turno de trabajo mismo que operará el cuarto de control, por lo tanto, las descargas de origen sanitario no excederán los 100 litros diarios.

Copia de los análisis fisicoquímicas de las dos descargas declaradas para el área de servicios de la tienda departamental Liverpool Tezontle, se presentan como Anexo 5.

II.2.9.3 Residuos No Peligrosos.

En lo que respecta a las etapas de preparación del sitio y construcción, se espera que la compañía contratista responsable de la obra, genere un volumen de 15 metros cúbicos mensuales. Dichos residuos se pueden clasificar en:

• Pedacería de cartón • Pedacería de cimbra y tarimas madera • Flejes y clavos • Restos de estructura metálica • Pedacería de soldadura • Sobrante de bolsas de polietileno • Material de empaque • Contenedores de plástico vacíos • Latas de aluminio de bebidas gaseosas (refrescos) • Papelería de oficina • Papel sanitario • Material aislante

Los aspectos que se solicitarán cubran los contratistas se describen a continuación:

• Los residuos de tamaño pequeño deberán ser recolectados en contenedores de 200 litros que deberán dispuestos estratégicamente, en las áreas generadoras.

• La recolección de las áreas será diariamente, para depositarlos en un contenedor de 10 o 15 metros cúbicos de capacidad un prestador de servicios que ofrezca servicios de contenedores, recolección y transporte a un tiradero autorizado.

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• Este tipo de compañías ofrecen un servicio de recolección semanal del contenedor que se destine a las actividades de preparación del sitio y construcción.

• Los residuos no peligrosos los manifestará el contratista en la Secretaria de Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal y se dispondrán en la IV etapa del Relleno Sanitario de Bordo Poniente.

El contratista será responsable del manejo de los residuos no peligrosos derivados de las actividades de preparación del sitio y construcción.

Las medidas que se deberán adoptar en estas etapas, para minimizar los impactos ambientales asociados a este factor, se describen a continuación:

• Los residuos deberán ser recolectados en contenedores de 200 litros que deberán dispuestos estratégicamente, en las áreas generadoras.

• La recolección de las áreas será diariamente, para depositarlos en un contenedor de 3 m3 de capacidad, con un prestador de servicios que ofrezca servicios de contenedores, recolección y transporte.

• La compañía ofrece un servicio de recolección semanal del contenedor que se destine a la planta de autoabastecimiento.

Liverpool Provincia Almacén Tezontle elaborará un procedimiento de manejo de los residuos no peligrosos y se asegurará de su difusión e implantación.

II.2.9.4 Residuos peligrosos

Las etapas de preparación del sitio y construcción, generarán residuos peligrosos como parte inherente del mantenimiento de la maquinaria y camiones de carga, así como por actividades de aplicación de recubrimiento a equipo y tuberías y pintura en edificio. Los residuos que se espera sean generados en estas etapas son principalmente aceite lubricante (200 litros mensuales), estopas, guantes de carnaza y trapo industrial impregnado de aceite o grasa lubricante (400 kilogramos mensuales), latas de pintura vacías, filtros de aceite, latas de aceite vacías y en general contenedores pequeños contaminados (150 kilogramos mensuales).

Para el manejo de los residuos sólidos peligrosos, se le exigirá al contratista que se coloquen contenedores metálicos de 200 litros en las áreas generadoras y que se elaboren procedimientos para: identificación, etiquetado, manejo, almacenamiento, llenado de bitácoras, llenado de manifiestos y disposición final. Se le solicitará al contratista la construcción de un almacén temporal de residuos

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peligrosos, que de cumplimiento con lo establecido en el Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, así como el cumplimiento con las Normas Oficiales Mexicanas Aplicables.

En lo que respecta a las etapas de operación y mantenimiento, no se espera que la operación de los equipos genere residuos peligrosos, puede decirse que este tipo de procesos se considera prácticamente limpio, dado que no hay materias primas que generen residuos peligrosos. El combustible es diesel cuya combustión no genera residuos peligrosos y solo se tiene como insumo el aceite de lubricación. La característica de este aceite es que con base a sus propiedades de lubricación, solo se agregará aditivo, para mantener las propiedades originales en los depósitos de lubricación.

Por operaciones de mantenimiento o de reemplazo de partes del sistema de lubricación, en donde sea necesario drenar las líneas del sistema, o bien reemplazar aceite que haya sido contaminado, se estima tener una generación de 1,600 litros anuales de aceite contaminado (RPNE1.1/03 clave O1), que serán almacenados temporalmente dentro de las instalaciones para ser enviadas posteriormente a confinamiento. Además de este tipo de residuo, se estima generar estopas y trapo industrial impregnado de aceite (SO4 clave PO4), como resultado de operaciones de mantenimiento. El volumen de generación estimado es de 1500 kilogramos anuales.

Para el almacenamiento temporal de estos residuos, no se construirá un almacén temporal de residuos peligrosos.

Se recomienda que los residuos sean almacenados en un almacén de Residuos Peligrosos de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Peligrosos. El manejo de los residuos se deberá sujetar a lo dispuesto en dicho reglamento y en las Normas Oficiales Mexicanas Aplicables.

Liverpool Provincia, Almacén Tezontle cuenta con Licencia Ambiental Única, copia del acuse de recibo con fecha 12 de marzo del 2008 se presenta en el Anexo 5. Además Liverpool Provincia, Almacén Tezontle se encuentra registrado ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales como Generador de Residuos Peligrosos en su modalidad e Pequeño Generador, copia del registro como generador de residuos peligrosos se presenta en el Anexo 5.

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Las siguientes tablas resumen la generación, manejo, almacenamiento y disposición de residuos peligrosos.

Tabla II.4 Estimación de residuos peligrosos a generar Identificación de cada residuo Generación anual Manejo de los residuos

NOM-052-

SEMARNAT-05 y/o

Nombre

Clave Cantidad Unidad Dentro del

establecimiento

Fuera del

establecimiento

RPNE1.1/03 O1 1,600 2 NA X

PO4 (Trapo y Estopa

contaminado) SO4 1.5 1 NA X

Tabla II.5 Forma de almacenamiento de residuos peligrosos dentro de la planta

Identificación de los residuos Almacenamiento

Características del almacén Capacidad total

por almacén (m3)

Tiempo

(días)

NOM-052-SEMARNAT-05

y/o Nombres Clave Forma

Local Material Ventilación Iluminación

1 RPNE1.1/03 O1 CM LA NI VN NE NA (m3) NA

1 PO4 (Trapo y Estopa

contaminado).

SO4 CM LA NI VN NE NA (m3) NA

Los aceites gastados tienen características Tóxico e Inflamable (T,I) y los residuos sólidos peligrosos presentan características Tóxicas.

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Tabla II.6 Estimación de disposición de residuos peligrosos fuera del establecimiento

Identificación de cada residuo Empresa receptora de los residuos peligrosos Total anual transferido

NOM-052-

SEMARNAT-05 Clave

N° de

Autorización Nombre comercial Cantidad Unidad

RPNE1.1/03 O1 ND ND 1,600 Litros (2)

PO4 (Trapo y Estopa

contaminado). De

acuerdo al apartado 5.4

SO4 ND ND 1.5

Ton (1)

Los aceites gastados tienen características Tóxico e Inflamable (T,I) y los residuos sólidos peligrosos presentan características Tóxicas.

Generación de emisiones de ruido

Las etapas de preparación del sitio y construcción generarán emisiones de ruido por el movimiento de equipo pesado, camiones de carga y actividades de armado y soldado de estructuras. Se estima que el ruido derivado de estas actividades no rebase los 110 decibeles en la vecindad de la plaza comercial y que no rebase los 110 decibeles en los límites de propiedad. La recomendación hacia la compañía contratista es que mantenga a su equipo en buen estado y aplicando los programas de mantenimiento preventivo que se requiere.

II.2.10 Infraestructura para el manejo y la disposición adecuada de los residuos.

En lo que respecta a descargas de aguas residuales, como se ha descrito en apartados anteriores, no se generarán aguas de proceso. El consumo de agua para la operación de la planta de autoabastecimiento será de 315,000 lt/mes en promedio de agua tratada; 20,070 lt/mes en promedio de agua potable.

La planta contará con sanitarios para uso del personal que hará recorridos de inspección durante cada turno de trabajo mismo que operará el cuarto de control, por lo tanto, las descargas de origen sanitario no excederán los 100 litros diarios.

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Con relación a los residuos no peligrosos, los aspectos que se solicitarán cubran los contratistas se describen a continuación:

• Los residuos de tamaño pequeño deberán ser recolectados en contenedores de 200 litros que deberán dispuestos estratégicamente, en las áreas generadoras.

• La recolección de las áreas será diariamente, para depositarlos en un contenedor de 10 o 15 metros cúbicos de capacidad un prestador de servicios que ofrezca servicios de contenedores, recolección y transporte a la IV etapa del Relleno Sanitario de Bordo Poniente ubicado en el ex lago de Texcoco.

• Este tipo de compañías ofrecen un servicio de recolección semanal del contenedor que se destine a las actividades de preparación del sitio y construcción.

• Los residuos no peligrosos los manifestará el contratista en la Secretaria de Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal y se dispondrán en la IV etapa del Relleno Sanitario de Bordo Poniente.

El contratista será responsable del manejo de los residuos no peligrosos derivados de las actividades de preparación del sitio y construcción. En lo que respecta a las etapas de operación y mantenimiento, se espera que se genere un volumen de 2 metros cúbicos por mes de basura no peligrosa, originada de material de empaque de área de mantenimiento. El tipo de residuo es el siguiente:

• Pedacería de cartón • Pedacería de tarimas madera • Flejes y clavos • Sobrante de bolsas de polietileno • Material de empaque • Contenedores de plástico vacíos • Latas de aluminio de bebidas gaseosas (refrescos) • Papel sanitario • Material aislante

Las medidas que se deberán adoptar en estas etapas, para minimizar los impactos ambientales asociados a este factor, se describen a continuación:

• Los residuos deberán ser recolectados en contenedores de 200 litros que deberán dispuestos estratégicamente, en las áreas generadoras.

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• La recolección de las áreas será diariamente, para depositarlos en un contenedor de 3 m3 de capacidad con el prestador de servicios que ofrezca servicios de contenedores, recolección y transporte a la IV etapa del Relleno Sanitario de Bordo Poniente.

• Los residuos no peligrosos se manifestarán en la Secretaria de Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal y se dispondrán en la IV etapa del Relleno Sanitario de Bordo Poniente.

Liverpool Provincia Almacén Tezontle elaborará un procedimiento de manejo de los residuos no peligrosos y se asegurará de su difusión e implantación.

En lo que respecta a generación, manejo y disposición final de residuos peligrosos, las etapas de preparación del sitio y construcción, generarán residuos peligrosos como parte inherente del mantenimiento de la maquinaria y camiones de carga, así como por actividades de aplicación de recubrimiento a equipo y tuberías y pintura en edificio. Los residuos que se espera sean generados en estas etapas son principalmente aceite lubricante (200 litros mensuales), estopas, guantes de carnaza y trapo industrial impregnado de aceite o grasa lubricante (400 kilogramos mensuales), latas de pintura vacías, filtros de aceite, latas de aceite vacías y en general contenedores pequeños contaminados (150 kilogramos mensuales).

En lo que respecta a generación de aceites gastados, se resalta que no se permitirán actividades de mantenimiento de equipo pesado o camiones de carga, dentro de las instalaciones de Liverpool Provincia Almacén Tezontle; el contratista será responsable de dar mantenimiento a su equipo fuera de la planta.

Para el manejo de los residuos sólidos peligrosos, se le exigirá al contratista que se coloquen contenedores metálicos de 200 litros en las áreas generadoras y que se elaboren procedimientos para: identificación, etiquetado, manejo, almacenamiento, llenado de bitácoras, llenado de manifiestos y disposición final. Se le solicitará al contratista la construcción de un almacén temporal de residuos peligrosos, que de cumplimiento con lo establecido en el Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, así como el cumplimiento con las Normas Oficiales Mexicanas Aplicables.

En lo que respecta a las etapas de operación y mantenimiento, no se espera que la operación de los equipos genere residuos peligrosos, puede decirse que este tipo de procesos se considera prácticamente limpio, dado que no hay materias primas que generen residuos peligrosos. El combustible es diesel cuya combustión no genera residuos peligrosos y solo se tiene como insumo el aceite de lubricación.

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La característica de este aceite es que con base a sus propiedades de lubricación, solo se agregará aditivo, para mantener las propiedades originales en los depósitos de lubricación. El fabricante recomienda su reemplazo en un período de 5 años de operación. Por operaciones de mantenimiento o de reemplazo de partes del sistema de lubricación, en donde sea necesario drenar las líneas del sistema, o bien reemplazar aceite que haya sido contaminado, se estima tener una generación de 1,600 litros anuales de aceite contaminado (RPNE1.1/03 clave O1), que serán almacenados temporalmente dentro de las instalaciones para ser enviadas posteriormente a confinamiento. Además de este tipo de residuo, se estima generar estopas y trapo industrial impregnado de aceite (SO4 clave PO4), como resultado de operaciones de mantenimiento. El volumen de generación estimado es de 1000 kilogramos anuales.

Para el almacenamiento temporal de estos residuos, no se construirá un almacén temporal de residuos peligrosos.

Se recomienda que los residuos sean almacenados en un almacén de Residuos Peligrosos de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Peligrosos. El manejo de los residuos se deberá sujetar a lo dispuesto en dicho reglamento y en las Normas Oficiales Mexicanas Aplicables.

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MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Sector Eléctrico Modalidad Particular

LIVERPOOL PROVINCIA, ALMACÉN TEZONTLE

CAPÍTULO III

VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN MATERIA

AMBIENTAL Y, EN SU CASO, CON LA REGULACIÓN DEL USO DE SUELO

CONTENIDO

Capítulo III Vinculación con los ordenamientos jurídicos aplicables en materia ambiental y, en su caso, con la regulación del uso de suelo ................................................................................................ III-1

III.1 Información Sectorial ..................................................................... III-1 III.2 Análisis de los Instrumentos de Planeación................................ III-5 III.3 Análisis de los Instrumentos Normativos .................................. III-35 III.4 Decretos y Manejo de Áreas Naturales Protegidas ................... III-79 III.5 Bandos y Reglamentos Municipales........................................... III-89

Índice de Tablas

Tabla III.1 Emisiones que serán generadas en la operación de la planta .............. III-13 Tabla III.2 Áreas naturales protegidas en el Distrito Federal ............................... III-81 Tabla III.3 Bandos Informativos................................................................................ III-90

Índice de Figuras

Figura III.1 Suelo de Conservación en el D.F. ......................................................... III-28 Figura III.2 Mapa de Zonificación............................................................................ III-33 Figura III.3 A.N.P. cercanas al área de estudio ....................................................... III-85 Figura III.4 A.N.P. en el Distrito Federal................................................................. III-86

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Capítulo III Vinculación con los ordenamientos jurídicos aplicables en materia ambiental y, en su caso, con la

regulación del uso de suelo

En el presente capítulo se presenta un análisis de la vinculación del proyecto con la normatividad, reglamentos, leyes y estatutos que establecen los lineamientos para las posibles obras o actividades y las diferentes etapas de ejecución. De la misma manera, se muestra la relación del proyecto con los diferentes sectores productivos y actividades que operan actualmente en la región.

III.1 Información Sectorial

Programas sectoriales

En México han sido emitidos seis programas sectoriales, los cuales se mencionan a continuación:

• Programa Nacional de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2007 - 2012

• Programa de Áreas Naturales Protegidas de México 1995-2000 (aún vigente)

• Programa de conservación de la vida silvestre y diversificación productiva rural 1997-2000. (aún vigente)

• Programa de normalización ambiental industrial 1997-2000 (aún vigente)

• Programa de residuos industriales y sustancias químicas

• Programa e informes sobre la calidad del aire

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Al respecto, el presente proyecto mantiene vinculación tan solo con cuatro de ellos, los cuales se describen a continuación:

Programa Nacional de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2007 – 2012.

El Programa Nacional de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2007-2012, forma parte del Plan Nacional de Desarrollo y es un programa para mejorar diversos aspectos ambientales que hoy en día son prioridad en la agenda política de México; en el caso del agua se busca ampliar la cobertura y calidad de servicios, agua potable y alcantarillado, que representa hoy un problema de salud para los habitantes de esta ciudad así mismo el incremento de tratamiento de aguas colectadas es fundamental en el mejoramiento de las aguas en México.

Los problemas ambientales que se están viviendo en todo el mundo han generado interés de parte de los gobiernos, en el caso de México ya es una prioridad, por la que la búsqueda de soluciones y alternativas forma parte de este Programa Nacional, la necesidad de mejorar los ecosistemas protegidos, dar protección a las reservas naturales protegidas, impulsar actividades sustentables alternativas, recuperar especies en riesgo son algunas de las metas planteadas.

Nuestro país es diverso en flora y fauna, desgraciadamente el aumento de tala clandestina y la venta ilegal de animales en riesgo y peligro de extinción es una realidad, es por eso que el programa contempla que para 2012 se logren decretar 3 millones de hectáreas como áreas protegidas; en cuanto a la venta ilegal de animales exóticos el programa tiene un punto dedicado a la conservación de la biodiversidad específicamente para proteger a la vaquita marina, tortuga laúd, jaguar, lobo mexicano, águila real entre otras 25 especies mexicanas en riesgo.

Mitigar las acciones humanas que ocasionan el calentamiento global de la tierra y por consecuencia cambios en el clima del planeta, forman parte también de esta extensa agenda ambiental, para esto el gobierno tiene contemplada la eficiencia en la generación y el uso de energía incluyendo el transporte, a través del uso de biocombustibles, recuperar los suelos, conservar el carbono forestal.

Al respecto del tema Cambio climático el Ing. Juan Rafael Elvira Quesada, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), mencionó “Es un tema que debemos seguir posicionando, los jóvenes nos lo están pidiendo, es por eso que desde diciembre del año pasado, en conjunto con el Presidente Felipe Calderón, hemos empezado a hablar de cambio climático en todos los foros, que se conozca, que se perciba, ahora necesitamos entrar a la nueva etapa; una vez que se conozca la estrategia del cambio climático pasar al Programa

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Nacional de Cambio Climático en donde se tienen un par de proyectos muy interesantes que involucran totalmente a la sociedad”

La educación también juega un papel primordial en el desarrollo viable del proyecto, se pretende incluir en las materias, temas relacionados con el cambio climático, es decir fomentar en los jóvenes y niños una cultura del medio ambiente, que lograría concienciar a las nuevas generaciones y prepararlas para recibir los posibles cambios ambientales y climáticos.

Mucha es la responsabilidad que el Gobierno Nacional tendrá que enfrentar al llevar a cabo El Programa Nacional de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2007-2012, pero sobre todo será necesario fomentar un compromiso por parte de la sociedad por ser actores principales en todo este cambio y deterioro del ambiente.

En México, las industrias del petróleo, gas natural y electricidad han vivido un proceso de reforma durante los últimos años, en el que se han mantenido algunos elementos institucionales tradicionales (propiedad pública de los recursos naturales, con exclusividad del Estado en su administración y explotación, así como en la prestación del servicio público de electricidad), combinados con la reorganización de las empresas públicas que componen el sector: Petróleos Mexicanos (PEMEX,) Comisión Federal de Electricidad (CFE) y Compañía de Luz y Fuerza del Centro (LFC). A ello habría que agregar la apertura limitada a la inversión privada, nacional y extranjera, en gas natural, gas licuado del petróleo (GLP) y petroquímica.

Por tanto, bajo la nueva política ambiental de México, el compromiso con el desarrollo sustentable representa una tarea compartida por la SEMARNAT y diversas secretarías e instituciones federales responsables de los distintos sectores de la economía. Esto significa, que en conjunto, estas dependencias serán responsables de promover el desarrollo sustentable y programas de actividades a través de acciones específicas y metas cuyo desempeño pueda medirse periódicamente.

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Programa de Normalización Ambiental Industrial 1997-2000.

Impacto ambiental

En este Programa, se hace hincapié en el uso de la normatividad en impacto ambiental ya que hoy en día, una gran cantidad de actividades o proyectos de carácter estandarizado o repetitivo se regulan a través del Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental. Por ejemplo: la prospección sismológica para actividades petroleras, prospección minera, mantenimiento de ductos y pozos, instalaciones petroleras, etc.

La insistencia, deriva de la manera de regulación de dichas leyes, pues se le considera ineficiente y que debe trasladarse a la normatividad la función de definir parámetros, lineamientos y condiciones de diseño, construcción y operación que garanticen su compatibilidad ambiental para ir a la par del crecimiento industrial.

Programa de Residuos Industriales y Sustancias Químicas

En este proyecto se pretenden cubrir todos los aspectos de seguridad industrial y un cuidado responsable con sustancias que pudieran resultar tóxicas o bien de manejo delicado. Es por ello que se hace un análisis al respecto, con la finalidad de establecer un marco de respeto por la normatividad ambiental.

Dentro de las gestiones ambientales aplicables, este programa hace mención en su sección de sustancias tóxicas un apartado de suma importancia con referencia a los Lineamientos e Instrumentos de Política que cita:

“ Promoción de alianzas: La base de este Programa es el establecimiento de vínculos de cooperación y alianzas, entre aquellos que tienen experiencia, conocimientos y tecnologías y aquellos que puedan aprovecharlos para reducir riesgos químicos, así como entre quienes tienen problemas similares al respecto.”

Por lo que Liverpool Provincia Almacén Tezontle atenderá en tiempo y forma lo señalado para el cuidado de sustancias o químicos utilizados o derivados de sus actividades inherentes.

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Marco Jurídico

En virtud de los requerimientos particulares de la gestión de las sustancias peligrosas en las distintas fases de su ciclo de vida, se cuenta con diferentes leyes, reglamentos y normas oficiales mexicanas (NOM), de carácter obligatorio, que establecen las especificaciones para lograr su manejo seguro y ambientalmente razonable, y de las que se hace mención a lo largo del presente estudio, tales como: Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional.

Bajo este escenario, resulta justificable que se aliente a las empresas mexicanas, a invertir en proyectos de autoabastecimiento de energía eléctrica, cubriendo los supuestos del marco regulatorio aplicable al sector. En el caso particular de este proyecto, la construcción y operación del mismo, contribuirá a reducir el consumo de energía eléctrica de Luz y Fuerza del Centro, en 4.5 Kw.

III.2 Análisis de los Instrumentos de Planeación

Dentro del análisis de planeación y con base en las características que enmarcan al proyecto, se identifican los siguientes instrumentos normativos que ordenan la zona donde se ubicará el proyecto. De la misma manera se muestra la relación del proyecto con los diferentes sectores productivos.

Plan Nacional de Desarrollo 2007 – 2012

La sociedad mexicana demanda un entorno que pueda conducir al progreso y al bienestar, un marco macroeconómico en el que la actividad productiva y el trabajo, la inversión y el ahorro, la innovación y la creatividad, ofrezcan oportunidades para todos; aspira también a un crecimiento económico estable, sostenido y sustentable, es decir un desarrollo sustentable.

El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 tiene como finalidad establecer los objetivos nacionales, las estrategias y las prioridades que durante la Administración actual deberán regir la acción del gobierno, de tal forma que ésta tenga un rumbo y una dirección clara.

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El Plan establece los objetivos y estrategias nacionales que serán la base para los programas sectoriales, especiales, institucionales y regionales que emanan de éste. La Visión México 2030 expresa una voluntad colectiva de cambio, que es factible y cuyo propósito es alcanzar el Desarrollo Humano Sustentable. Una imagen de país a la vuelta de 23 años permite enfocar la acción conjunta de todos los mexicanos, marca un propósito común, un sueño compartido, un punto de arribo que sólo es posible alcanzar con el esfuerzo de todos. Para hacer realidad esta visión de futuro es fundamental que México realice los ajustes y cambios que necesita a fin de encaminarse en la trayectoria correcta. Por eso, en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 se imprime un enfoque de largo plazo a los objetivos nacionales, las estrategias generales y las prioridades de desarrollo. Con ello, se busca que al final de esta Administración, en el año 2012, el país avance en tiempo y forma hacia el porvenir que los mexicanos visualizan. Un requisito indispensable para cumplir los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo es contar con el compromiso y la colaboración de todos.

Uno de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo es alcanzar un crecimiento económico sostenido más acelerado y generar los empleos formales que permitan a todos los mexicanos, tener un ingreso digno y mejorar su calidad de vida, además de tener una economía competitiva que ofrezca bienes y servicios de calidad a precios accesibles, mediante el aumento de la productividad, la competencia económica, la inversión en infraestructura, el fortalecimiento del mercado interno y la creación de condiciones favorables para el desarrollo de las empresas, especialmente las micro, pequeñas y medianas.

Los ejes de política pública sobre los que se articula el Plan Nacional de Desarrollo establecen acciones transversales que comprenden los ámbitos económico, social, político y ambiental, y que componen un proyecto integral en virtud del cual cada acción contribuye a sustentar las condiciones bajo las cuales se logran los objetivos nacionales. El Plan, articula un conjunto de objetivos y estrategias en torno a cinco ejes:

1. Estado de Derecho y seguridad. 2. Economía competitiva y generadora de empleos. 3. Igualdad de oportunidades.

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4. Sustentabilidad ambiental. 5. Democracia efectiva y política exterior responsable. Cada eje establece el camino para actuar sobre un amplio capítulo de vida de la nación. Es por ello que este Plan Nacional de Desarrollo reconoce que la actuación de toda la sociedad y el Gobierno es necesaria para lograr el Desarrollo Humano Sustentable. Aún más, es responsabilidad del Gobierno actuar para promover la participación de la sociedad en las tareas que implican estos ejes de política pública. El proyecto objeto de este estudio tiene incidencia positiva en los siguientes ejes rectores: Eje 2. Economía competitiva y generadora de empleos. El segundo eje se relaciona con el desempeño de la economía del país, en el sentido de lograr mayores niveles de competitividad y de generar más y mejores empleos para la población, lo que es fundamental para el Desarrollo Humano Sustentable. El crecimiento económico resulta de la interacción de varios elementos como: las instituciones, la población, los recursos naturales, la dotación de capital físico, las capacidades de los ciudadanos, la competencia, la infraestructura y la tecnología disponibles. Para que el desarrollo sea sustentable, la sociedad debe invertir suficientemente en todos estos factores del sistema económico y social. La sustentabilidad de una economía que crece a tasas elevadas se encuentra en la inversión en activos físicos y en las capacidades de la población, así como en el crecimiento de la productividad. Eje 4. Sustentabilidad ambiental Los recursos naturales son la base de la sobrevivencia y la vida digna de las personas. Es por ello que la sustentabilidad de los ecosistemas es básica para una estrategia integral de desarrollo humano. En primer término, una administración responsable e inteligente de nuestros recursos naturales es el punto de partida para contar con políticas públicas que efectivamente promuevan la sustentabilidad del medio ambiente. Al mejorar las condiciones actuales de vida de la población

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mediante el uso racional de los recursos naturales, aseguraremos el patrimonio de las generaciones futuras. La variedad de ecosistemas que coexisten en el territorio nacional alberga una biodiversidad única en el planeta. Es necesario reconocer que la depredación del medio ambiente en México ha sido extremadamente grave en términos de su profundidad y consecuencias sobre las condiciones de vida y las posibilidades de verdadero desarrollo del país. Este Plan Nacional de Desarrollo propone que un primer elemento en el nivel de las políticas públicas para preservar el medio ambiente sea la transversalidad. Ésta es imprescindible para que una efectiva coordinación interinstitucional, así como una verdadera integración entre sectores de gobierno, permitan llegar a producir resultados cuantificables. Para que México logre una verdadera sustentabilidad ambiental es necesario que se concilie el medio ambiente con otras dos grandes áreas de sustentabilidad del desarrollo humano. Éstas son la productividad y la competitividad de la economía como un todo. Existen varias formas de lograr esa conciliación: una de ellas es la realización de proyectos productivos que se vinculen a la restitución de áreas naturales como las forestales, que impliquen pagos de servicios ambientales y que permitan detener la pérdida de fuentes acuíferas, así como el avance de la desertificación de nuestro territorio.

Por lo anterior, durante la preparación del sitio, construcción y operación del proyecto se tomarán medidas tendientes a prevenir y compensar los efectos adversos identificados en la ejecución de actividades dentro de cada una de las etapas del proyecto; todo ello, considerando la interacción de los ámbitos económico y social, así como, la protección al ambiente y a sus recursos con la finalidad de lograr un desarrollo sustentable.

Plan General de Desarrollo del Distrito Federal 2007 – 2012

El Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012 está organizado en siete ejes estratégicos, donde confluyen las atribuciones y facultades de dependencias específicas de la Administración Pública del Distrito Federal, de forma que se ha establecido un modelo básico de articulación de la gestión en torno de objetivos y estrategias explícitos, de donde se desprenden líneas de política que señalan las acciones que habrán de ordenarse en los

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programas sectoriales y especiales que prevé el proceso de planeación establecido en la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal.

Los siete ejes del programa son:

1. Reforma política: derechos plenos a la ciudad y sus habitantes.

2. Equidad.

3. Seguridad y justicia expedita.

4. Economía competitiva e incluyente.

5. Intenso movimiento cultural.

6. Desarrollo sustentable y de largo plazo.

7. Nuevo orden urbano: servicios eficientes y calidad de vida, para todos.

El proyecto objeto de este estudio tiene incidencia positiva en los siguientes ejes:

Eje 4. Economía competitiva e incluyente

Todo gobierno cuenta entre sus funciones principales la promoción del crecimiento económico, para incrementar la riqueza y prosperidad de su sociedad. Para el Gobierno del Distrito Federal, el desarrollo económico ha de contribuir, además, al incremento de las oportunidades de desarrollo de los habitantes; es también indispensable para garantizar uno de los derechos fundamentales: el derecho al trabajo.

Para el Gobierno del Distrito Federal, el ámbito económico tiene una importancia estratégica para alcanzar un desarrollo sustentable, incluyente y equitativo, que mejore la distribución del ingreso y que promueva la actividad económica. El gobierno impulsa el crecimiento económico como parte fundamental de su compromiso con los derechos, la igualdad y el desarrollo de las capacidades de las personas.

El ámbito económico es fundamental en la estrategia de generar el desarrollo con responsabilidad social, con respeto al medio ambiente y que propicie una mejor distribución del ingreso, es decir, una estrategia incluyente y equitativa, que promueva y no que desaliente.

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La visión de ciudad que orienta el Programa General de Desarrollo 2007-2012 reconoce el poder de los ciudadanos que da lugar a su mayor participación y capacidad de decisión sobre sus condiciones de vida y trabajo, y en el diseño del futuro.

En las últimas décadas el Distrito Federal ha sido el espacio receptor y protagonista de los acelerados procesos económicos, sociales, políticos, culturales y tecnológicos que han transformado la composición de su economía y las condiciones de su crecimiento económico. La política económica nacional, ha sido uno de los factores determinantes que agregan complejidad estructural y abisman las desigualdades sociales, de forma que frenan las condiciones para el crecimiento. Todo ello ha generado mayor inequidad, así como rezagos y limitantes al desarrollo urbano.

El Distrito Federal no ha completado un perfil productivo en el marco del sistema de ciudades globales. En los últimos años se observa la pérdida de importancia relativa del Distrito Federal en su contribución a la creación de riqueza nacional, es escasa la generación de empleos calificados y con seguridad social, aún para la población más escolarizada del país. Se ha asistido, sin políticas adecuadas, a un proceso de desindustrialización y no se han consolidado nuevos motores del desarrollo económico sostenido. Aun cuando se tienen ventajas por la especialización que se ha alcanzado en servicios financieros, turísticos y la producción de alta tecnología. Así mismo se tienen ventajas competitivas, con el resto del país, en términos de sus servicios de educación, salud, investigación e infraestructura cultural.

Ante la contracción del mercado interno y la ausencia de políticas federales de fomento para salvaguardar la experiencia empresarial acumulada, apoyar la reconversión productiva y la modernización de las micro, pequeñas y medianas empresas, ha tenido lugar una creciente fragmentación del capital manufacturero que se manifiesta en el cierre de un considerable número de establecimientos.

En la actualidad, más de dos terceras partes de las micro empresas (de uno a diez empleados) tienen un periodo de vida que no sobrepasa los tres años. En años recientes ha tenido lugar una importante multiplicación de micro establecimientos comerciales, de servicios personales y manufactureros (actualmente representan el 92.6% de los 342,475 establecimientos existentes en la ciudad), establecimientos de 1 a 10 empleados que generan el 25.6% de los empleos. Estos manifiestan grandes limitaciones técnicas, tecnológicas, de capacitación, de acceso a financiamiento de bajo costo y procesos de comercialización. El 98.8 de las

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actividades se concentran en el comercio con el 52.9%, los servicios con 37.8% y la manufactura con 8.1%.

Coincidentemente la proporción de empleos generados en los pequeños establecimientos es casi igual al porcentaje de asalariados sin prestaciones laborales, 26%.

La falta de empleos de calidad con ingreso digno ha incentivado el crecimiento del sector informal de la economía, constituyéndose en uno de los problemas de mayor preocupación para los gobiernos y la sociedad. Ello limita el acceso pleno a los derechos laborales y el efectivo cumplimiento de la legislación en la materia.

El abasto es un tema central para la Ciudad, el crecimiento de la estructura urbana ha desatendido el fortalecimiento de una red moderna de abasto que permita apoyar la operación de los 312 mercados públicos, como una forma de regular la oferta y los precios de productos básicos en la Ciudad de México.

La tercerización de la economía, el reforzamiento de la informalidad como alternativa de ocupación para miles de personas y la feminización de la pobreza, generan nuevos problemas, que debilitan la vocación de servicios de la Ciudad y dificultan encontrar alternativas de ocupación e ingreso digno a la población que sobrevive de la economía informal.

Eje 6. Desarrollo sustentable y de largo plazo

El Gobierno del Distrito Federal busca garantizar las oportunidades para que todas las personas puedan realizar sus proyectos y aspiraciones. El compromiso del Gobierno del Distrito Federal es defender los derechos y el bienestar de todos, tiene a la vista su responsabilidad con las generaciones las futuras. Por eso, el gobierno de la Ciudad de México asume como un compromiso de alta prioridad la conservación y protección del medio ambiente, así como el manejo eficiente y sustentable de los recursos naturales. Garantizar la viabilidad de la ciudad es indispensable para ofrecer oportunidades de desarrollo y luchar por los derechos y el bienestar, de las generaciones actuales y de las futuras.

La sustentabilidad de la Ciudad y la zona metropolitana es un tema clave que ubica a la capital en el contexto global debido a las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) que aquí se generan y que contribuyen al fenómeno de calentamiento global, el cual es la manifestación más comprensible de la degradación ambiental a que estamos sometiendo al planeta. Nuestro país contribuye con alrededor del 1.5% de las emisiones mundiales de gases de efecto

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invernadero y se ubica en el decimotercer lugar de los países que emiten más bióxido de carbono a la atmósfera. La Zona Metropolitana del Valle de México contribuye con un 7.8% de las emisiones a nivel nacional y en particular, la Ciudad de México contribuye con un 5.5%. De continuar la tendencia actual del consumo de energía, se estima que para el año 2010 se estará emitiendo cerca del doble de la generación actual.

La aportación al calentamiento global es significativo, ello representa una gran responsabilidad frente a este problema y la oportunidad para posicionar internacionalmente a la Ciudad de México como un factor de peso en el cumplimiento de las metas del milenio, es decir, incorporar los principios de desarrollo sustentable contenidos en la Agenda XXI en las políticas y los programas de gobierno; revertir la pérdida de recursos del medio ambiente; atender las necesidades inmediatas del presente, sin descuidar el futuro.

Calidad del aire La contaminación del aire es uno de los principales problemas ambientales del siglo con efectos catastróficos en el mediano plazo y repercusiones negativas inmediatas en la calidad de la salud de las poblaciones, con costos económicos para la sociedad; sobre todo por su reflejo en enfermedades en vías respiratorias, ojos y piel. El contaminante más abundante en peso sigue siendo el monóxido de carbono, emitiéndose a la atmósfera cerca de 1.8 millones de toneladas al año y es generado principalmente por las fuentes móviles. Le sigue en orden de importancia las emisiones de compuestos orgánicos totales con más de 822 mil toneladas anuales.

La contaminación por óxidos de nitrógeno se estima en más de 179 mil toneladas y el 82% lo generan las fuentes móviles. De las partículas PM10, de las 20,686 toneladas anuales que se emiten, el 42% proviene de las vialidades no pavimentadas; del total de PM10, aproximadamente el 32%, es decir 6,622 ton/año, son partículas menores a 2.5 µm (PM2.5), siendo las principales fuentes de emisión los tractocamiones (30%) y las vialidades sin pavimentar (21%). Las emisiones de amoniaco se estiman en más de 17 mil toneladas, siendo las fuentes de área las principales emisoras, en particular la categoría de emisiones domésticas.

El ozono y las partículas suspendidas son contaminantes que aún rebasan las normas de salud ambiental. Los demás contaminantes rara vez exceden los límites que establecen las Normas Oficiales Mexicanas de salud ambiental correspondientes.

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Por ser considerado país en vías de desarrollo, México no está obligado a disminuir sus emisiones de gases de efecto invernadero, como es el caso de la mayoría de los países industrializados inscritos en el Anexo I de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC). Sin embargo, la mitigación de los efectos negativos de un cambio potencial en el clima de la Tierra requiere de acciones coordinadas de la comunidad internacional, a todos los niveles de gobierno y de acuerdo con las responsabilidades nacionales, comunes pero diferenciadas. Por eso, el Gobierno de la Ciudad ha decidido asumir el reto de responsabilizarse con las generaciones actuales y futuras, sumándose al esfuerzo por reducir los niveles de emisiones de gases efecto invernadero.

La operación del presente proyecto generará emisiones contaminantes a la atmósfera, derivadas de la combustión del diesel. La generación de NOx, está en función de la temperatura de combustión principalmente, variando la relación de manera exponencial. De manera inversa, si se reduce la temperatura de combustión más allá del valor requerido para lograr una combustión completa para la relación aire/combustible que se esté alimentando, es obvio señalar que se tendrá una combustión incompleta, favoreciendo la generación de CO.

Tabla III.1 Emisiones que serán generadas en la operación de la planta

Emisiones Equipo

NOx CO PM HC

3 Motogeneradores 7.30 g/hp-hr 1.00 g/hp-hr 0.13 g/hp-hr 0.18 g/hp-hr

Suelo de conservación

El suelo de conservación del Distrito Federal es el eje del equilibrio ambiental de la Zona Metropolitana del Valle de México. Del suelo de conservación se obtienen recursos alimentarios; es reserva de información genética de especies silvestres y cultivadas; es el espacio donde se recargan los acuíferos de los que se abastece el 70% de la demanda de agua; en sus bosques se regula la temperatura y la humedad; la existencia misma de los bosques, pastizales, tulares, humedales y

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demás ecosistemas que conforman este espacio permiten la captura de carbono a través de la generación de biomasa, la producción de oxígeno, la formación y retención de suelos y son hábitat de numerosas especies de todos los reinos biológicos. La pérdida o deterioro de áreas verdes urbanas y de los bosques en suelo de conservación, aumentarán cada día el efecto de isla de calor en las calles y avenidas.

Particularmente, la pérdida de cada hectárea de suelo de conservación representa que los mantos acuíferos de la Cuenca del Valle de México, dejen de favorecer la recarga de alrededor de 2.5 millones de litros de agua cada año. Si bien en las últimas décadas el ritmo de expansión urbana ha declinado, en el territorio del Distrito Federal prácticamente ya no hay reservas territoriales para la expansión urbana, el suelo de conservación no es, no puede ser opción para el crecimiento urbano, el costo de la pérdida de los servicios ambientales que presta haría inviable el equilibrio ecológico no sólo de la Ciudad, sino de toda la Cuenca.

Las áreas verdes urbanas, al igual que las concentradas en el Suelo de Conservación son claves para el balance ambiental del Valle de México. Además, éstas desempeñan un importante papel en la imagen urbana, misma que impacta en aspectos de convivencia y equilibrios sociales dentro de los barrios y colonias que componen nuestra capital. Mención aparte merecen las barrancas urbanas, espacios que aún conservan vegetación natural y que tienen una función reguladora clave al ser el espacio por donde se amortiguan los escurrimientos de aguas de tierras arriba. La urbanización, azolve y deforestación de estos espacios genera graves consecuencias en quienes ahí ubican su vivienda, y de quienes viven barranca abajo, al provocarse deslaves de las paredes de la barranca y escurrimientos descontrolados de las aguas que, de manera natural, buscan salida.

La operación del presente proyecto no afectará la composición del suelo, ya que no se instalará sobre suelo nativo, ni estará localizado cerca o dentro de suelo considerado como de conservación.

Gestión ambiental del agua

Desde el punto de vista ambiental, en materia de abasto de agua la situación es altamente crítica y el déficit aumenta día con día. Las fuentes locales y externas están siendo sobreexplotadas, el equivalente a una tercera parte del volumen que se inyecta a la red se pierde en fugas. La zona de recarga de estos acuíferos, al sur y sur poniente de la Ciudad, y las áreas externas de abastecimiento en el Estado de

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México, se encuentran amenazadas por el crecimiento de la mancha urbana y la consecuente pérdida de los ecosistemas en el suelo de conservación, lo que ciertamente acelerará el proceso de agotamiento de las reservas subterráneas de agua.

El abastecimiento de agua tiene su origen en un 70% de los acuíferos dependientes de la recarga en el suelo de conservación, sin embargo la capacidad de captación es insuficiente para atender la demanda de extracción, mientras que la recarga anual es de aproximadamente 700 millones de metros cúbicos, son extraídos 1,300 millones de metros cúbicos. Esto muestra claramente que estamos en una ruta de “desecación” de los acuíferos, al estar extrayendo casi el doble de lo que naturalmente se recarga. Obviamente no es posible mantener esta política, con ella les estamos negando el futuro a las nuevas generaciones: sin agua no hay vida.

Las actividades de construcción, operación y mantenimiento del proyecto no afectarán las características de los cuerpos de agua cercanos al área donde se pretende instalar la Planta. El suministro de agua será por parte del gobierno del Distrito Federal.

Residuos sólidos

En el Distrito Federal son generadas alrededor de 12,000 toneladas diarias de residuos sólidos, los cuales son recolectados por un parque vehicular de 2,115 camiones, de los cuales, 1,381 tienen una antigüedad que va de los 10 a los 20 años y sólo 724 tienen menos de 10 años. La principal fuente generadora de residuos son los domicilios con el 47%, el comercio 29%, el 15% corresponde a los servicios y el restante 9% a los llamados diversos y controlados. En tanto su composición física corresponde 43% a orgánicos, 40% a inorgánicos potencialmente reciclables o aprovechables y el 17% son considerados residuos sin posibilidad de ser aprovechados.

El Gobierno del Distrito Federal es el responsable de operar el manejo y disposición final de los residuos sólidos generados y tiene como único sitio la IV etapa del Relleno Sanitario de Bordo Poniente ubicado en el ex lago de Texcoco, el cual prácticamente ha llegado al límite de su capacidad.

En materia de manejo de residuos sólidos se enfrentan al menos los siguientes problemas: la recolección, la selección para un adecuado reciclaje y

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aprovechamiento económico de la basura, la disposición final de los residuos no susceptibles de reciclaje, el establecimiento de un nuevo sitio de disposición de residuos sólidos, el aprovechamiento del metano y la realización de tareas orientadas al saneamiento de los primeros sitios de disposición que se construyeron fuera de las normas actuales de prevención de contaminación del subsuelo.

El Gobierno del Distrito Federal llevará a cabo las siguientes estrategias:

• Hacer efectivo el compromiso ambiental de este gobierno, al incorporar el principio de sustentabilidad, de manera transversal, en todas sus acciones, en las políticas públicas y en las decisiones de gasto e inversión.

• Además, la política sustentable tiene que ser integral e interinstitucional. Integral, en el sentido de considerar el impacto de cada tema ambiental sobre los otros. Interinstitucional, para poder evaluar los problemas y diseñar las políticas públicas tomando en consideración todos los ámbitos asociados a la gestión ambiental: imagen urbana, salubridad, prevención de accidentes y desastres, impacto sobre la economía y las condiciones sociales de la población, entre otros.

• Para alcanzar la finalidad última de la política ambiental, el bienestar de las generaciones presentes y futuras, el esquema de sustentabilidad debe ser participativo, incluyente y justo. Promotor de mecanismos de colaboración con la ciudadanía y que dé atención prioritaria a los sectores menos favorecidos, cuidando sus intereses y derechos, al mismo tiempo que el medio ambiente. En particular, revalorar los servicios que las comunidades rurales prestan a la ciudad en materia ambiental y considerar su opinión en la elaboración de políticas.

• El reordenamiento urbano y territorial privilegiará una estrategia para incrementar la efectividad de la gestión ambiental y buscar el bienestar de la población de manera integral. Mediante el ordenamiento territorial se buscará evitar que la expansión urbana, las construcciones y asentamientos humanos pongan en riesgo los ecosistemas del suelo de conservación, zonas de reserva ecológica, áreas verdes, bosques y barrancas. Se promoverán alternativas de movilidad urbana a través de medios no contaminantes o de bajo impacto ambiental.

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• El reordenamiento urbano y territorial, así como el desarrollo sustentable en general, demandan una estrategia que privilegie las soluciones con visión metropolitana.

• La promoción de la investigación científica y la innovación tecnológica, en materia ambiental y ecológica, será una estrategia fundamental para garantizar la sustentabilidad y el bienestar de las generaciones presentes y futuras. La investigación y el desarrollo tecnológico se promoverán especialmente en los temas de mayor impacto social.

Objetivos

• Garantizar la sustentabilidad de la ciudad a corto, mediano y largo plazo, al mismo tiempo que se pretende mejorar sus condiciones de habitabilidad e imagen, así como promover la sensibilización y participación ciudadana respecto a la problemática ambiental.

Cambio climático y calentamiento global

• Disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero. Disminuir, de manera acumulada, la emisión de 7 millones de toneladas de dióxido de carbono equivalente en 6 años.

Calidad del aire

• Mejorar los modelos de calidad del aire.

• Conocer con mayor precisión los daños a la salud ocasionados por la contaminación atmosférica generada en la Ciudad de México.

• Contar con políticas y estrategias más efectivas para la prevención y control de la contaminación atmosférica.

• Disminuir las emisiones por pasajero transportado.

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• Reducir considerablemente el uso de vehículos emisores de contaminación atmosférica.

Suelo de conservación

• Consolidar al Distrito Federal como un centro ambiental y de conservación de flora y fauna silvestre a nivel nacional e internacional.

• Crear una cultura del cuidado y protección ecológica.

• Evitar que las construcciones y asentamientos humanos irregulares ocupen zonas agrícolas y forestales que proporcionan recursos naturales y beneficios a la población.

• Preservar los ecosistemas que conforman el suelo de conservación y asegurar la permanencia de los servicios ambientales que nos brindan.

Gestión ambiental del agua

• Frenar el hundimiento de la ciudad a través del control de la sobreexplotación del acuífero.

• Avanzar sustancialmente en la recarga de los mantos acuíferos y en la recuperación y protección del suelo de conservación.

• Proteger el acuífero de posibles riesgos de contaminación.

• Abatir el riesgo de fugas, detectarlas y suprimirlas oportunamente.

• Sanear ambientalmente la Cuenca del Valle de México.

• Avanzar sustancialmente en el tratamiento de las aguas servidas e identificar la estrategia de reutilización de las mismas.

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Residuos sólidos

• Manejar los residuos sólidos con una visión metropolitana.

• Consolidar un sistema de gestión de los residuos sólidos moderno en cada una de sus etapas, con altos niveles de eficiencia en la prestación del servicio y bajo impacto ecológico.

• Tener un sistema de tratamiento de los residuos sólidos que emplee lo mejor de la tecnología y las experiencias internacionales.

• Solucionar el problema de sobrecarga del relleno sanitario y establecer alternativas.

• Capturar el biogás que se genera en el Bordo Poniente a través de un proyecto que cumpla con los lineamientos del Mecanismo de Desarrollo Limpio para la venta de bonos de carbono.

El presente proyecto incide de manera directa con los objetivos del Plan General de Desarrollo del Distrito Federal, perseverando el medio ambiente y recursos naturales así como la contribución a la economía del estado en el sentido de que se crearán más y mejores fuentes de empleo apoyando de esta forma a la economía estatal a largo plazo.

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Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Iztapalapa

El Programa Delegacional de Desarrollo Urbano, se constituye en un instrumento clave para orientar el proceso de desarrollo urbano en la Delegación Iztapalapa como expresión de la voluntad ciudadana para la transparente aplicación de los recursos públicos disponibles en un marco de acción coordinada para las distintas instancias a quienes corresponde operarlo, pero también se convierte en un factor fundamental para promover y estimular la participación de todos los agentes sociales interesados en mejorar la capacidad productiva del Distrito Federal y generar la elevación del nivel de vida de su población.

El Programa Delegacional de Desarrollo Urbano tiene sus bases jurídicas en los Artículos 25, 26,27, 115 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1o., 2o., 4o., 5o., 8o.,11, 12, 16, 19, 20, 21, 32, 33, 49 y 53 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 2o., 3o., 20, 37 y 38 de la Ley de Planeación; 2o., 52, 56, 63, 64, 65, 66, 73 y 87 de la Ley Agraria; 36, 40, 42 fracción IX, 119 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción lo., 11, 13 fracción III y 70 de la Ley Orgánica de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal; 4o., 5o., 21 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1o., 2o., 5o., 24 y 25 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, 1o., 2o., 3o., 5o., 6o., 7o. fracción XXIV, 9 fracción 1o., 16, 17, 19, 22, 23, 24, 25, 29, 30, 31 fracción 1o., 32, 33, 39, 41, 43, 61 y Sexto Transitorio de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 3o., 15, 16 y 17 de la Ley para las Personas con Discapacidad del Distrito Federal, 29 y 30 de la Ley de Protección Civi l del Distrito Federal; 18, 19, 20, 21 y 23 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal; y el Reglamento de Construcciones del Distrito Federal, así como en otras normas y reglamentos en materias afines.

El municipio de Iztapalapa se ubica al oriente del Distrito Federal, a una altitud de 2,240 m.s.n.m., de superficie plana a excepción de la Sierra de Santa Catarina, El Cerro de la Estrella y El Peñón del Marqués.

Sus límites son los siguientes: Del Centro de la mojonera Tepozán, que define uno de los vértices de la línea limítrofe entre el Distrito Federal y el Estado de México, se dirige al Suroeste por el eje de la calle José Carranza hasta su intersección con el eje de la carretera federal a Puebla de donde continúa por el eje del Trébol de distribución que sirve de retorno hacia la autopista México-Puebla hasta intersectar el eje de la autopista México-Puebla, por cuyo eje se dirige hacia el Sureste hasta la mojonera denominada Diablotitla; de donde se dirige hacia el Poniente en línea recta sin accidente definido hasta la cima del Cerro de Santa

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Catarina; de este punto prosigue hacia el Suroeste en línea recta hasta encontrar la esquina Noreste del Panteón de San Lorenzo Tezonco; continúa hacia el Suroeste por el eje de la calle Providencia del pueblo de San Lorenzo Tezonco hasta el eje de la Calzada Tulyehualco de donde toma rumbo al Noroeste, hasta encontrar el eje del camino a La Turba, por donde continúa en todas sus inflexiones al Suroeste y Sureste, hasta llegar al centro de la mojonera La Turba, localizada en la esquina Oriente de la Ex-Hacienda San Nicolás Tolentino; prosigue por el eje de la calle Piraña, rumbo al Suroeste, hasta el eje del Canal Nacional a Chalco, por el cual continúa hacia el Noroeste hasta su intersección con el eje del Canal Nacional; prosigue por este último en la misma dirección siguiendo todas sus inflexiones, hasta su intersección con el eje de la Calzada de la Viga, por donde se encamina rumbo al Norte para llegar a su intersección con la Calzada Ermita Iztapalapa; continúa hacia el Poniente por el eje de esta calzada, hasta encontrar el eje de la Avenida Río Churubusco y sobre éste va hacia el Suroeste y después hacia el Poniente hasta la intersección con el eje de la Avenida Presidente Plutarco Elías Calles, por el que sigue al Norte hasta su cruce con la calle Playa Pie de la Cuesta; sobre cuyo eje se dirige al Oriente hasta el eje de la Calzada de la Viga, por donde continúa al Norte, llega al eje la Calzada Apatlaco y sigue con rumbo al Oriente por el eje de esta última, hasta llegar al eje del cauce del Río Churubusco, sobre el cual se dirige al Noreste, hasta encontrar el eje de la calle Río Amarillo; continúa con rumbo Oriente por el eje de la calle mencionada, hasta el eje de la calle Oriente 217, por el que va hacia el Norte hasta el eje de la Avenida Ferrocarril de Río Frío; sigue el eje de esta Avenida con rumbo Sureste hasta el eje de la Calle Canal de Tezontle, por el que continúa al Oriente hasta el eje de la Avenida Canal de San Juan, sobre el cual se encamina hacia el Noreste, cruza la Calzada Ignacio Zaragoza y sigue por la Calle 7 en la misma dirección hasta llegar al centro de la mojonera Pantitlán; del centro de ésta, sigue al Sureste por la Avenida Texcoco, límite del Distrito Federal con el Estado de México, pasando por el centro del mojonera denominada Transacción, hasta llegar al de la mojonera Tepozán, punto de partida.

La actividad económica más importante en la delegación es el comercio, tanto por las unidades económicas que agrupa (28,600, 63% del total delegacional), el personal que ocupa (74 833 empleados, 42% del total), como por los ingresos que genera (20 398 millones de pesos anuales, 69% de la delegación).

En segundo lugar destaca la actividad manufacturera, la que aun cuando sólo concentra el 10% de los establecimientos comerciales, ocupa el 16% del personal y general 26% de los ingresos.

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Los servicios se encuentran en tercer sitio, pues a pesar de que tienen el 27% de las unidades económicas, sólo ocupan 19% del personal y general 4% de los ingresos totales.

Dentro de los Objetivos que cumple el plan, encontramos que:

• Mejorar el nivel y calidad de vida de la población de la Delegación Iztapalapa, en el marco de una integración metropolitana equilibrada y mediante la concreción de las acciones temporales y territoriales que conforman el Programa.

• Establecer un marco claro de actuación, con apego a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y a sus disposiciones reglamentarias, lo que de seguridad jurídica en la ocupación y utilización del territorio y fomente el interés de la población por compartir la responsabilidad de construir un espacio urbano viable.

• Cumplir los lineamientos del Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.

• Aprovechar de mejor manera los recursos disponibles, contar con un amplio respaldo de la ciudadanía y mejorar la administración urbana en beneficio de las acciones públicas, sociales y privadas.

• Apoyar la generación de empleo, mediante la consolidación y creación de sectores y corredores urbanos, con mezcla de usos del suelo comerciales, de servicios y microindustrias, evitando actividades contaminantes y riesgosas.

• Promover la concertación a través de la Comisión Metropolitana de Asentamientos Humanos, entre las autoridades de la Delegación y las de los municipios de Nezahualcóyotl y La Paz, Estado de México, a fin de lograr una integración que mejore las condiciones de vida de la población en ambos territorios vecinos.

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Los objetivos particulares de este Programa, son los siguientes:

Usos del Suelo:

La Delegación Iztapalapa será la de mayor rango en el Distrito Federal, con posibilidad de alojar una población aproximada a los 2,000,000 de habitantes, lo cual representa elevar la actual densidad de 156.9 hab./Ha. a 190 hab./Ha., en las 10,815 Has. de suelo urbano disponibles, para lo cual se tienen como objetivos: la saturación de áreas baldías, la ocupación ordenada de 239 Has. de reserva territorial y la densificación general del área urbana, en particular de los 112 Kms. de corredores urbanos.

Vialidad y transporte:

Establecer un sistema de transporte urbano que opere con mejores condiciones ambientales, estableciendo una clara jerarquía en la red vial y rutas preferenciales para el transporte colectivo y el de carga.

Reforzar la comunicación de la zona oriente de la delegación, mediante la prolongación de vialidades primarias y ejes viales, creando más opciones para los movimientos internos de la delegación.

Mejorar las condiciones de transportación de la población de la zona sur y oriente de la misma, a través de elevar el nivel de servicio, de las vialidades de penetración existentes en los sectores Sta. Catarina, Paraje San Juan y San Lorenzo.

Dotación de Infraestructura:

Ampliar la cobertura de los servicios de infraestructura en los rubros de drenaje, pavimentación y alumbrado público, principalmente en los sectores Santa Catarina, Paraje San Juan y San Lorenzo.

Aumentar el suministro de agua potable, con base en fuentes externas, ampliar los sistemas de almacenamiento y regulación y mejorar la calidad del agua proveniente de pozos.

Corregir las fugas derivadas de deficiencias en la conexión de tomas domiciliarias y por fallas en la red secundaria de distribución, así como establecer medidas permanentes de conservación y mantenimiento de la red.

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Dotación de Equipamiento Urbano:

Impulsar la dotación de equipamiento a nivel vecinal y de barrio en todos los conceptos, generando nuevos centros de barrio dentro de las zonas habitacionales, para lo cual es necesario realizar una identificación de predios susceptibles de incorporarse para equipamiento urbano y el aprovechamiento de remanentes.

Ampliar la dotación y mejorar la cobertura territorial de los equipamientos de educación, en especial para los rubros de bachillerato, educación superior y capacitación para el trabajo; de salud, particularmente en unidades de medicina familiar para población abierta y de hospitales generales y de especialidades, conforme a las disposiciones de subrogación de servicios que establezca el sector salud; conservar y ampliar las áreas verdes, particularmente en los centros de barrio, así como establecer programas de forestación de vías primarias e inducir entre los habitantes la utilización de azoteas para cultivos en macetas.

Vivienda:

Ampliar las opciones de crecimiento de la vivienda, permitiendo la construcción hasta 3 niveles, en la mayor parte de la delegación y cumpliendo con el estacionamiento dentro del lote.

Apoyar el mejoramiento de las viviendas, tanto para corregir condiciones de hacinamiento de sus moradores, como para mejorar la calidad de los materiales de construcción.

Promover la construcción de nueva vivienda en lotes baldíos o subutilizados, previendo la dotación oportuna de la infraestructura necesaria.

Establecer una normatividad especial para nueva vivienda destinada a la reubicación de asentamientos irregulares e invasiones, con objeto de poder arraigar a la población en la delegación.

Asentamientos Irregulares:

Culminar la regularización de los asentamientos en condiciones de irregularidad en la tenencia de la tierra y evitar la creación de nuevos asentamientos en estas condiciones, con atención especial a la protección al suelo de conservación.

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Reserva Territorial:

Ordenar la ocupación de la reserva territorial con base en proyectos urbanos que prevean la dotación de infraestructura y eviten el provocar impactos negativos en su área de influencia.

Conservación Patrimonial:

Mejorar la zona de los Barrios de Iztapalapa, así como de los centros de los 13 poblados tradicionales de la delegación, estableciendo una adecuada estructura vial, el control de alturas de construcción y la normatividad específica en lo referente a la imagen urbana de los mismos.

Medio Ambiente y Vulnerabilidad:

Se plantea el control de explotación de los bancos de material de la Sierra de Santa Catarina, el establecimiento de programas de arbolamiento de colonias y barrios, y la reubicación en un mediano plazo, de industrias contaminantes y peligrosas que actualmente están mezcladas con zonas habitacionales.

Como ya se ha mencionado en repetidas ocasiones, la Planta de Autoabastecimiento de Electricidad Liverpool Provincia Almacén Tezontle, se pretende ubicar en la en la azotea de las instalaciones de Liverpool Provincia, con dirección en Avenida Tezontle No. 1570, Col. Paseos de Churubusco, Delegación Iztapalapa, México, D.F. en el Centro Comercial Parque Tezontle, por lo que el proyecto encuentra vinculación con el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Iztapalapa debido a su ubicación como ya se mencionó y por otro lado, porque este proyecto busca impulsar la productividad de manera armoniosa con la naturaleza, para alcanzar un crecimiento con calidad y sustentabilidad.

Con base al Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Iztapalapa, el uso de suelo donde se ubicará la Planta de Autoabastecimiento de Electricidad Liverpool es de tipo E 3/50. En esta zonificación (E) se permite todo tipo de equipamiento público o privado y aplica a usos ya establecidos o en terrenos baldíos de

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propiedad pública, donde sea factible proponer algún servicio como: instalaciones y establecimientos de servicios para la educación, cultura, salud, abasto, recreación y deporte, comunicaciones, infraestructura, transporte y mortuorio; por tanto, la instalación de la Planta no afectará el uso de suelo de la zona.

El Certificado de Zonificación para Uso del Suelo Específico Folio No. 19250 SEDUVI con fecha de expedición 25 de abril de 2006, otorgado por la Dirección General de Desarrollo Urbano, se presenta en el Anexo 4.

Ordenamientos Ecológicos

Programa General de Ordenamiento Ecológico del D.F.

Haciendo una revisión de los Ordenamientos Ecológicos existentes en el país, encontramos que el Distrito Federal cuenta con un programa general de ordenamiento ecológico, el cual se encuentra en etapa de actualización y detalle a nivel Delegacional.

Para resolver la problemática sobre recursos naturales y terrenos productivos que vive la ciudad, el Gobierno del Distrito Federal ha adoptado una nueva estrategia basada en el diseño y la aplicación de instrumentos de política ambiental como el Ordenamiento Ecológico. Este instrumento, definido por la Ley Ambiental del Distrito Federal, regula los usos del suelo y las actividades productivas en el Suelo de Conservación.

Con miras a dar respuesta a los compromisos establecidos por la nueva administración con diversos sectores de la población, el Gobierno del Distrito Federal elaboró, conjuntamente con la UNAM, una propuesta de zonificación normativa que se sometió a Consulta Pública entre los núcleos agrarios y la población en general desde el 27 de enero hasta el 21 de marzo de 2000. Con las observaciones recabadas durante dicha consulta, se elaboró este Programa que la Jefatura de Gobierno entregó como iniciativa a la Asamblea Legislativa del D.F. que, a su vez, lo aprobó en abril 28 de 2000.

Por primera vez, el Distrito Federal cuenta con un instrumento de política ambiental que no sólo ordena las actividades productivas del área rural, sino que

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también genera opciones para detener la mancha urbana y fomentar la retribución a los dueños de la tierra por los bienes y servicios ambientales que los terrenos de la población rural brindan a todos los habitantes de la Ciudad de México.

Suelo de Conservación o área rural del Distrito Federal

El Distrito Federal se divide, para fines administrativos, en Suelo Urbano y Suelo de Conservación. El Suelo de Conservación ocupa 87,310 hectáreas (59% del D.F.). Parte de ellas son 38,252 hectáreas cubiertas por bosques, 500 hectáreas de matorrales y 28,599 hectáreas de uso agrícola.

El Distrito Federal cuenta con una superficie total de 149, 900 hectáreas, y está conformado por 16 Delegaciones Políticas.

El Distrito Federal se divide en:

• Suelo Urbano ocupando 61,458 ha. (41%).

• Suelo de Conservación ocupando 87,310 ha. (59%).

7 Delegaciones con Suelo Urbano

Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Cuauhtémoc, Iztacalco, Miguel Hidalgo y Venustiano Carranza

9 Delegaciones con Suelo de Conservación

Álvaro Obregón, Cuajimalpa, Gustavo A. Madero, Iztapalapa, Magdalena Contreras, Milpa Alta, Tlalpan, Tláhuac y Xochimilco

El Suelo de Conservación constituye el patrimonio natural del cual depende la sobrevivencia y bienestar de las generaciones futuras del Distrito Federal, ya que esta zona proporcionando bienes y servicios ambientales que permiten la viabilidad de la Ciudad, entre los que se encuentran: la captación e infiltración de agua al manto acuífero, la regulación del clima, el mejoramiento de la calidad del aire, hábitat para la biodiversidad, oportunidades para la educación, investigación y recreación, producción de alimentos y materias primas, entre otros.

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Figura III.1 Suelo de Conservación en el D.F.

Localización del Sitio

Anteriormente, la zona rural estaba regulada por criterios de desarrollo urbano, sin tomar en cuenta aspectos ecológicos, ambientales y productivos. La falta de reconocimiento legal a los usos del suelo que los núcleos agrarios habían desarrollado en sus terrenos propició la venta ilegal de las tierras, las invasiones y el crecimiento de la mancha urbana.

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En el Suelo de Conservación también ocurren problemas que afectan la calidad de vida de la población del Distrito Federal y de la Zona Metropolitana, entre los cuales se encuentran:

• Pérdida de zonas con vegetación natural indispensables para la infiltración y la recarga del acuífero del subsuelo

• Establecimiento de asentamientos humanos irregulares • Pérdida de la biodiversidad • Pérdida de superficie de Áreas Naturales Protegidas (ANP) • Cambio de uso del suelo Deforestación

El proyecto “Instalación y operación de una planta de autoabastecimiento eléctrico en las instalaciones de Liverpool Provincia Almacén Tezontle en la Delegación Iztapalapa” no se establecerá en suelo considerado como de conservación.

Los usos del suelo

Los terrenos del Suelo de Conservación poseen capacidades distintas para soportar diversas actividades humanas en función de sus características físicas, ecológicas y socioeconómicas. Cada una de estas capacidades distintas se expresa en zonas con características muy parecidas, se llama unidad ambiental (zonificación) y se representa en mapas.

Los usos del suelo son regulaciones que determinan las actividades que es posible llevar a cabo en los terrenos del área rural o Suelo de Conservación, sin modificar la propiedad de la tierra y respetando la organización social de los núcleos agrarios. Estos diversos usos se expresan en las zonas que define el Ordenamiento Ecológico. Es importante regular los usos del suelo, pues hay actividades adecuadas que los terrenos del área rural pueden soportar, pero hay otras que no son compatibles con esos terrenos, y que en lugar de beneficiar a la población, propician la pérdida de los recursos naturales y de las tierras productivas.

En 1970, la superficie ocupada por los asentamientos humanos en el Suelo de Conservación era de 1,200 hectáreas. Actualmente, existen 35 poblados rurales,

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180 asentamientos humanos regulares, 538 irregulares y equipamientos urbanos que, en conjunto, ocupan una extensión de 10,154 hectáreas.

El proceso que ha prevalecido en torno a los asentamientos irregulares es dotarlos de servicios, consolidarlos y regularizarlos.

Zonas que define el Programa:

Agroecológica El sistema agroecológico reconoce el predominio de actividades agropecuarias tradicionales con una orientación e integración de técnicas apropiadas para mejorar la calidad y el rendimiento productivo.

Las características productivas agroecológicas se reconocen en amplias zonas del Suelo de Conservación en las cuales se fomenta la sustitución de sustancias y tecnologías que afectan negativamente la capacidad física y productiva del suelo y de los recursos naturales.

Agroecológica Especial

Esta zonificación abarca las zonas chinamperas y los humedales de Xochimilco y Tláhuac. Debido a su vulnerabilidad, en estas áreas se aplica una regulación especial a fin de conservar sus características ecológicas, tradicionales y culturales.

Agroforestal Zonas preferentemente forestales, de transición entre el bosque y terrenos agropecuarios. En estas zonas se fomenta el uso múltiple del suelo, a través de actividades agrícolas, silvícolas, frutícolas, de pastoreo y agrosilvipastoriles.

Agroforestal Especial

Áreas preferentemente forestales, ubicadas en los límites con la zona Forestal de Conservación. En estas zonas se establece una normatividad ambiental específica para desarrollar actividades agrícolas y pecuarias en forma intensiva, junto con

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métodos agrosilvipastoriles para evitar la expansión de la frontera agropecuaria sobre terrenos forestales.

Forestal de Protección

Terrenos de uso forestal actual, los cuales se ubican entre los terrenos agroforestales y las áreas forestales mejor conservadas. Con el fin de asegurar su permanencia, en estas zonas se fomenta el desarrollo de actividades de protección y restauración, junto con prácticas de aprovechamientos tradicionales no maderables.

Forestal Protección Especial

Zonas forestales con pastizales los cuales han sufrido transformación en la cobertura vegetal debido al uso agropecuario. En estos terrenos se fomenta el desarrollo de actividades productivas intensivas a través de la compactación y limitación de superficies, así como el uso de técnicas apropiadas para elevar el rendimiento de las actividades productivas. Al mismo tiempo, se inducen actividades de restauración ecológica y recuperación de la frontera forestal.

Forestal de Conservación

Terrenos con las mejores condiciones de conservación de la vegetación natural. Se ubican en los límites del sur-poniente del Distrito Federal. Favorables para el mantenimiento de la biodiversidad y para la recarga del acuífero. Por sus características ecogeográficas, su contenido en especies y los bienes y servicios ambientales que prestan a la población, son áreas imprescindibles para la sobrevivencia de la ciudad.

Forestal de Conservación Especial

Áreas forestales aledañas a poblados rurales, importantes para la recarga del acuífero y la conservación de la biodiversidad. Por la belleza de sus paisajes, estas zonas son favorables para el desarrollo de actividades ecoturísticas que generan recursos económicos para los pueblos, ejidos y comunidades. Estas actividades

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deben ser reguladas para hacerlas compatibles con la importancia biológica y ambiental de la zona.

Usos de suelo por delegación

Las delegaciones del Distrito Federal que comparten Suelo de Conservación son nueve:

1. Álvaro Obregón 2. Cuajimalpa de Morelos 3. Gustavo A. Madero 4. Iztapalapa 5. La Magdalena Contreras 6. Milpa Alta 7. Tláhuac 8. Tlalpan 9. Xochimilco

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Figura III.2 Mapa de Zonificación

Localización del Sitio

Fuente: Comisión de Recursos Naturales. Secretaría del Medio Ambiente, Gobierno del Distrito Federal

El Programa General de Ordenamiento Ecológico del Distrito Federal (PGOEDF) busca preservar las tierras y los bosques, además de fomentar el crecimiento natural de los pueblos junto con el desarrollo de sus actividades productivas. Con

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ello, contribuye al fortalecimiento de la propiedad social de los núcleos agrarios, para beneficio de sus legítimos dueños.

El área donde se aplica el PGOEDF es el Suelo de Conservación. En esta área existen ecosistemas naturales, flora y fauna silvestre, tierras de producción y usos agropecuarios, Áreas Naturales Protegidas, poblados rurales, zonas culturales y sitios arqueológicos.

En este territorio ocurren procesos naturales que brindan numerosos bienes y servicios ambientales a toda la población del Distrito Federal, entre los cuales se encuentran:

• fuentes de oxígeno y agua para la población • hábitat para la biodiversidad • barreras contra diversos contaminantes • recursos maderables (árboles) y no maderables (plantas medicinales,

alimentos y semillas) • escurrimientos superficiales que favorecen las actividades productivas • captura de bióxido de carbono (CO2) • prevención de la erosión del suelo • oportunidades para la recreación

Aunque la delegación de Iztapalapa se encuentra contemplada dentro del Programa General de Ordenamiento Ecológico, a pesar que el área donde se planea instalar la Planta de Autoabastecimiento de electricidad se encuentra dentro de un Suelo de Conservación no se localiza dentro de Áreas Naturales Protegidas o de Conservación. Además el proyecto no se contrapone a los criterios de regulación ecológica para la preservación, protección, restauración y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales que se localizan en el Distrito Federal.

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III.3 Análisis de los Instrumentos Normativos

Sobre la base de las características del proyecto se identifican y analizan diferentes instrumentos normativos, a fin de seguirse los lineamientos y disposiciones que en ellos se marquen. Los instrumentos encontrados son:

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículos Ambientales

(artículos ambientales 4, 25, 27, 73,115)

ARTICULO 4o.

La Nación mexicana tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas. La Ley protegerá y promoverá el desarrollo de sus lenguas, culturas, usos, costumbres, recursos y formas específicas de organización social, y garantizará a sus integrantes el efectivo acceso a la jurisdicción del Estado. En los juicios y procedimientos agrarios en que aquellos sean parte, se tomarán en cuenta sus prácticas y costumbres jurídicas en los términos que establezca la Ley.

El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.

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Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos.

El Estado otorgará facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez.

Artículo 25. (Reforma publicada en el D.O.F. del 3 de febrero de 1983)

Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución.

El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará al cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución.

Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la Nación.

El sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el artículo 28, párrafo cuarto de la Constitución, manteniendo siempre el Gobierno Federal la propiedad y el control sobre los organismos que en su caso se establezcan.

Asimismo, podrá participar por sí o con los sectores social y privado, de acuerdo con la ley, para impulsar y organizar las áreas prioritarias del desarrollo.

Bajo criterios de equidad social y productividad se apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente.

La ley establecerá los mecanismos que faciliten la organización y la expansión de la actividad económica del sector social: de los ejidos, organizaciones de

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trabajadores, cooperativas, comunidades, empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores y, en general, de todas las formas de organización social para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios.

La ley alentará y protegerá la actividad económica que realicen los particulares y proveerá las condiciones para que el desenvolvimiento del sector privado contribuya al desarrollo económico nacional, en los términos que establece esta Constitución.

Artículo 27. (Reforma publicada en el D.O.F. del 28 de enero de 1992)

La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.

Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización.

La Nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en los términos de la ley reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la pequeña propiedad rural; para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la silvicultura y de las demás actividades económicas en el medio rural, y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad.

Corresponde a la Nación el dominio directo de todos los recursos naturales de la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas; de todos los minerales o sustancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos, constituyan

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depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos, tales como los minerales de los que se extraigan metales y metaloides utilizados en la industria; los yacimientos de piedras preciosas, de sal de gema y las salinas formadas directamente por las aguas marinas; los productos derivados de la descomposición de las rocas, cuando su explotación necesite trabajos subterráneos; los yacimientos minerales u orgánicos de materias susceptibles de ser utilizadas como fertilizantes; los combustibles minerales sólidos; el petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos; y el espacio situado sobre el territorio nacional, en la extensión y términos que fije el Derecho Internacional.

Son propiedad de la Nación las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fije el Derecho Internacional; las aguas marinas interiores; las de las lagunas y esteros que se comuniquen permanente o intermitentemente con el mar; las de los lagos interiores de formación natural que estén ligados directamente a corrientes constantes; las de los ríos y sus afluentes directos o indirectos, desde el punto del cauce en que se inicien las primeras aguas permanentes, intermitentes o torrenciales, hasta su desembocadura en el mar, lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional; las de las corrientes constantes o intermitentes y sus afluentes directos o indirectos, cuando el cauce de aquéllas en toda su extensión o en parte de ellas, sirva de límite al territorio nacional o a dos entidades federativas, o cuando pase de una entidad federativa a otra o cruce la línea divisoria de la República; las de los lagos, lagunas o esteros cuyos vasos, zonas o riberas, estén cruzadas por líneas divisorias de dos o más entidades o entre la República y un país vecino; o cuando el límite de las riberas sirva de lindero entre dos entidades federativas o a la República con un país vecino; las de los manantiales que broten en las playas, zonas marítimas, cauces, vasos o riberas de los lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional, y las que se extraigan de las minas; y los cauces, lechos o riberas de los lagos y corrientes interiores en la extensión que fije la ley. Las aguas del subsuelo pueden ser libremente alumbradas mediante obras artificiales y apropiarse por el dueño del terreno; pero cuando lo exija el interés público o se afecten otros aprovechamientos; el Ejecutivo Federal podrá reglamentar su extracción y utilización y aun establecer zonas vedadas, al igual que para las demás aguas de propiedad nacional. Cualesquiera otras aguas no incluidas en la enumeración anterior, se considerarán como parte integrante de la propiedad de los terrenos por los que corran o en los que se encuentren sus depósitos, pero si se localizaren en dos o más predios, el aprovechamiento de estas aguas se considerará de utilidad pública, y quedará sujeto a las disposiciones que dicten los Estados.

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En los casos a que se refieren los dos párrafos anteriores, el dominio de la Nación es inalienable e imprescriptible y la explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos de que se trata, por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podrá realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo Federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes. Las normas legales relativas a obras o trabajos de explotación de los minerales y sustancias a que se refiere el párrafo cuarto, regularán la ejecución y comprobación de los que se efectúen o deban efectuarse a partir de su vigencia, independientemente de la fecha de otorgamiento de las concesiones, y su inobservancia dará lugar a la cancelación de éstas. El Gobierno Federal tiene la facultad de establecer reservas nacionales y suprimirlas. Las declaratorias correspondientes se harán por el Ejecutivo en los casos y condiciones que las leyes prevean. Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos o de minerales radioactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su caso se hayan otorgado y la Nación llevará a cabo la explotación de esos productos, en los términos que señale la Ley Reglamentaria respectiva. Corresponde exclusivamente a la Nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines.

Corresponde también a la Nación el aprovechamiento de los combustibles nucleares para la generación de energía nuclear y la regulación de sus aplicaciones en otros propósitos. El uso de la energía nuclear sólo podrá tener fines pacíficos.

Artículo 28. (Reforma publicada en el D.O.F. del 2 de marzo de1995)

En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las prohibiciones a título de protección a la industria.

En consecuencia, la ley castigará severamente, y las autoridades perseguirán con eficacia, toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de artículos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener el alza de los precios; todo acuerdo, procedimiento o combinación de los productores, industriales, comerciantes o empresarios de servicios, que de cualquier manera hagan, para evitar la libre concurrencia o la competencia entre sí y obligar a los consumidores a pagar precios exagerados y, en general, todo lo que constituya una ventaja

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exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del público en general o de alguna clase social.

Las leyes fijarán bases para que se señalen precios máximos a los artículos, materias o productos que se consideren necesarios para la economía nacional o el consumo popular, así como para imponer modalidades a la organización de la distribución de esos artículos, materias o productos, a fin de evitar que intermediaciones innecesarias o excesivas provoquen insuficiencia en el abasto, así como el alza de precios. La ley protegerá a los consumidores y propiciará su organización para el mejor cuidado de sus intereses.

No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; petróleo y los demás hidrocarburos; petroquímica básica; minerales radioactivos y generación de energía nuclear; electricidad y las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión. La comunicación vía satélite y los ferrocarriles son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de esta Constitución; el Estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación, y al otorgar concesiones o permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las leyes de la materia.

El Estado contará con los organismos y empresas que requiera para el eficaz manejo de las áreas estratégicas a su cargo y en las actividades de carácter prioritario donde, de acuerdo con las leyes, participe por sí o con los sectores social y privado.

El Estado tendrá un banco central que será autónomo en el ejercicio de sus funciones y en su administración. Su objetivo prioritario será procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional, fortaleciendo con ello la rectoría del desarrollo nacional que corresponde al Estado. Ninguna autoridad podrá ordenar al banco conceder financiamiento.

No constituyen monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva, a través del banco central en las áreas estratégicas de acuñación de moneda y emisión de billetes. El banco central, en los términos que establezcan las leyes y con la intervención que corresponda a las autoridades competentes, regulará los cambios, así como la intermediación y los servicios financieros, contando con las atribuciones de autoridad necesarias para llevar a cabo dicha regulación y proveer a su observancia. La conducción del banco estará a cargo de personas cuya designación será hecha por el Presidente de la República con la

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aprobación de la Cámara de Senadores o de la Comisión Permanente, en su caso; desempeñarán su encargo por períodos cuya duración y escalonamiento provean al ejercicio autónomo de sus funciones; sólo podrán ser removidas por causa grave y no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, con excepción de aquellos en que actúen en la representación del banco y de los no remunerados en asociaciones docentes, científicas, culturales o de beneficencia. Las personas encargadas de la conducción del banco central, podrán ser sujetos de juicio político conforme a lo dispuesto por el artículo 110 de esta Constitución.

No constituyen monopolios las asociaciones de trabajadores formadas para proteger sus propios intereses y las asociaciones o sociedades cooperativas de productores para que, en defensa de sus intereses o del interés general, vendan directamente en los mercados extranjeros los productos nacionales o industriales que sean la principal fuente de riqueza de la región en que se produzcan o que no sean artículos de primera necesidad, siempre que dichas asociaciones estén bajo vigilancia o amparo del Gobierno Federal o de los estados, y previa autorización que al efecto se obtenga de las legislaturas respectivas en cada caso. Las mismas legislaturas, por sí o a propuesta del Ejecutivo, podrán derogar, cuando así lo exijan las necesidades públicas, las autorizaciones concedidas para la formación de las asociaciones de que se trata.

Tampoco constituyen monopolios los privilegios que por determinado tiempo se concedan a los autores y artistas para la producción de sus obras y los que para el uso exclusivo de sus inventos, se otorguen a los inventores y perfeccionadores de alguna mejora.

El Estado, sujetándose a las leyes, podrá en casos de interés general, concesionar la prestación de servicios públicos o la explotación, uso y aprovechamiento de bienes de dominio de la Federación, salvo las excepciones que las mismas prevengan. Las leyes fijarán las modalidades y condiciones que aseguren la eficacia de la prestación de los servicios y la utilización social de los bienes, y evitarán fenómenos de concentración que contraríen el interés público.

La sujeción a regímenes de servicio público se apegará a lo dispuesto por la Constitución y sólo podrá llevarse a cabo mediante ley.

Se podrán otorgar subsidios a actividades prioritarias, cuando sean generales, de carácter temporal y no afecten sustancialmente las finanzas de la Nación. El Estado vigilará su aplicación y evaluará los resultados de ésta.

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ARTICULO 73.

El congreso tiene la facultad:

X. Para legislar en toda la República sobre hidrocarburos, minería, industria cinematográfica, comercio, juegos con apuestas y sorteos, intermediación y servicios financieros, energía eléctrica y nuclear, y para expedir las leyes del trabajo reglamentarias del artículo 123.

XXIX-A. Para establecer contribuciones:

2o. Sobre el aprovechamiento y explotación de los recursos naturales comprendidos en los párrafos 4o. y 5o. del artículo 27.

5o. Especiales sobre:

a) Energía eléctrica.

Las entidades federativas participarán en el rendimiento de estas contribuciones especiales, en la proporción que la ley secundaria- federal determine. Las legislaturas locales fijarán el porcentaje correspondiente a los Municipios, en sus ingresos por concepto del impuesto sobre energía eléctrica.

XXIX-D. Para expedir leyes sobre planeación nacional del desarrollo económico y social;

XXIX-F. Para expedir leyes tendientes a la promoción de la inversión mexicana, la regulación de la inversión extranjera, la transferencia de tecnología y la generación, difusión y aplicación de los conocimientos científicos y tecnológicos que requiere el desarrollo nacional.

XXIX-G. Para expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de los Estados y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico.

ARTICULO 115.

Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el Municipio Libre conforme a las bases siguientes:

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V. Los Municipios, en los términos de las leyes federales y Estatales relativas, estarán facultados para:

a) Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal;

b) Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales;

c) Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar en concordancia con los planes generales de la materia. Cuando la Federación o los Estados elaboren proyectos de desarrollo regional deberán asegurar la participación de los municipios;

d) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales;

e) Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana;

f) Otorgar licencias y permisos para construcciones;

g) Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento en esta materia;

VI. Cuando dos o más centros urbanos situados en territorios municipales de dos o más entidades federativas formen o tiendan a formar una continuidad demográfica, la Federación, las entidades federativas y los Municipios respectivos, en el ámbito de sus competencias, planearán y regularán de manera conjunta y coordinada el desarrollo de dichos centros con apego a la ley federal de la materia;

LEYES Y REGLAMENTOS

Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 1975, Reformas y Adiciones: D. O. F. 27 de diciembre de 1983; D. O. F. 31 de diciembre de 1986; D. O. F. 27 de diciembre de 1989; D. O. F. 23 de diciembre de 1992; Reforma y Deroga D. O. F. 22 de diciembre de 1993).

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En el Capítulo I, en el apartado de Disposiciones Generales, en el ARTICULO 1o.- menciona que “Corresponde exclusivamente a la Nación, generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público, en los términos del Artículo 27 Constitucional. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la Nación aprovechará, a través de la Comisión Federal de Electricidad, los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines.”

ARTICULO 2o.- Todos los actos relacionados con el servicio público de energía eléctrica son de orden público.

ARTICULO 3o.- No se considera servicio público:

I.- La generación de energía eléctrica para autoabastecimiento, cogeneración o pequeña producción;

II.- La generación de energía eléctrica que realicen los productores independientes para su venta a la Comisión Federal de Electricidad;

III.- La generación de energía eléctrica para su exportación, derivada de cogeneración, producción independiente y pequeña producción;

IV.- La importación de energía eléctrica por parte de personas físicas o morales, destinada exclusivamente al abastecimiento para usos propios; y

V.- La generación de energía eléctrica destinada a uso en emergencias derivadas de interrupciones en el servicio público de energía eléctrica.

ARTICULO 36.- La Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal, considerando los criterios y lineamientos de la política energética nacional y oyendo la opinión de la Comisión Federal de Electricidad, otorgará permisos de autoabastecimiento, de cogeneración, de producción independiente, de pequeña producción o de importación o exportación de energía eléctrica, según se trate, en las condiciones señaladas para cada caso:

I.- De autoabastecimiento de energía eléctrica destinada a la satisfacción de necesidades propias de personas físicas o morales, siempre que no resulte inconveniente para el país a juicio de la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal. Para el otorgamiento del permiso se estará a lo siguiente:

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a) Cuando sean varios los solicitantes para fines de autoabastecimiento a partir de una central eléctrica, tendrán el carácter de copropietarios de la misma o constituirán al efecto una sociedad cuyo objeto sea la generación de energía eléctrica para satisfacción del conjunto de las necesidades de autoabastecimiento de sus socios. La sociedad permisionaria no podrá entregar energía eléctrica a terceras personas físicas o morales que no fueren socios de la misma al aprobarse el proyecto original que incluya planes de expansión, excepto cuando se autorice la cesión de derechos o la modificación de dichos planes; y

b) Que el solicitante ponga a disposición de la Comisión Federal de Electricidad sus excedentes de producción de energía eléctrica, en los términos del artículo 36-Bis.

II.- De Cogeneración, para generar energía eléctrica producida conjuntamente con vapor u otro tipo de energía térmica secundaria, o ambos; cuando la energía térmica no aprovechada en los procesos se utilice para la producción directa o indirecta de energía eléctrica o cuando se utilicen combustibles producidos en sus procesos para la generación directa o indirecta de energía eléctrica y siempre que, en cualesquiera de los casos:

a) La electricidad generada se destine a la satisfacción de las necesidades de establecimientos asociados a la cogeneración, siempre que se incrementen las eficiencias energética y económica de todo el proceso y que la primera sea mayor que la obtenida en plantas de generación convencionales. El permisionario puede no ser el operador de los procesos que den lugar a la cogeneración.

b) El solicitante se obligue a poner sus excedentes de producción de energía eléctrica a la disposición de la Comisión Federal de Electricidad, en los términos del artículo 36-Bis.

III.- De Producción Independiente para generar energía eléctrica destinada a su venta a la Comisión Federal de Electricidad, quedando ésta legalmente obligada a adquirirla en los términos y condiciones económicas que se convengan. Estos permisos podrán ser otorgados cuando se satisfagan los siguientes requisitos:33

a) Que los solicitantes sean personas físicas o personas morales constituidas conforme a las leyes mexicanas y con domicilio en el territorio nacional, y que cumplan con los requisitos establecidos en la legislación aplicable;

b) Que los proyectos motivo de la solicitud estén incluidos en la planeación y programas respectivos de la Comisión Federal de Electricidad o sean equivalentes.

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La Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal, conforme a lo previsto en la fracción III del artículo 3o., podrá otorgar permiso respecto de proyectos no incluidos en dicha planeación y programas, cuando la producción de energía eléctrica de tales proyectos haya sido comprometida para su exportación; y

c) Que los solicitantes se obliguen a vender su producción de energía eléctrica exclusivamente a la Comisión Federal de Electricidad, mediante convenios a largo plazo, en los términos del artículo 36-Bis o, previo permiso de la Secretaría en los términos de esta Ley, a exportar total o parcialmente dicha producción.

IV.- De pequeña producción de energía eléctrica, siempre que se satisfagan los siguientes requisitos:

a) Que los solicitantes sean personas físicas de nacionalidad mexicana o personas morales constituidas conforme a las leyes mexicanas y con domicilio en el territorio nacional, y que cumplan con los requisitos establecidos en la legislación aplicable;

b) Que los solicitantes destinen la totalidad de la energía para su venta a la Comisión Federal de Electricidad. En este caso, la capacidad total del proyecto, en un área determinada por la Secretaría, no podrá exceder de 30 MW; y

c) Alternativamente a lo indicado en el inciso b) y como una modalidad del autoabastecimiento a que se refiere la fracción I, que los solicitantes destinen el total de la producción de energía eléctrica a pequeñas comunidades rurales o áreas aisladas que carezcan de la misma y que la utilicen para su autoconsumo, siempre que los interesados constituyan cooperativas de consumo, copropiedades, asociaciones o sociedades civiles, o celebren convenios de cooperación solidaria para dicho propósito y que los proyectos, en tales casos, no excedan de 1 MW;

V.- De importación o exportación de energía eléctrica, conforme a lo dispuesto en las fracciones III y IV del artículo 3o., de esta Ley.35

En el otorgamiento de los permisos a que se refiere este artículo, deberá observarse lo siguiente:

1) El ejercicio autorizado de las actividades a que se refiere este artículo podrá incluir la conducción, la transformación y la entrega de la energía eléctrica de que se trate, según las particularidades de cada caso;

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2) El uso temporal de la red del sistema eléctrico nacional por parte de los permisionarios, solamente podrá efectuarse previo convenio celebrado con la Comisión Federal de Electricidad, cuando ello no ponga en riesgo la prestación del servicio público ni se afecten derechos de terceros. En dichos convenios deberá estipularse la contraprestación en favor de dicha entidad y a cargo de los permisionarios;

3) La Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal, oyendo la opinión de la Comisión Federal de Electricidad, podrá otorgar permiso para cada una de las actividades o para ejercer varias, autorizar la transferencia de los permisos e imponer las condiciones pertinentes de acuerdo con lo previsto en esta Ley, su Reglamento y las Normas Oficiales Mexicanas, cuidando en todo caso el interés general y la seguridad, eficiencia y estabilidad del servicio público;

4) Los titulares de los permisos no podrán vender, revender o por cualquier acto jurídico enajenar capacidad o energía eléctrica, salvo en los casos previstos expresamente por esta Ley; y

5) Serán causales de revocación de los permisos correspondientes, a juicio de la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal, el incumplimiento de las disposiciones de esta Ley, o de los términos y condiciones establecidos en los permisos respectivos.

Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de Mayo de 1993; última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de mayo de 2001).

Artículo 101.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36, fracción I, de la Ley, se entiende por autoabastecimiento a la utilización de energía eléctrica para fines de autoconsumo siempre y cuando dicha energía provenga de plantas destinadas a la satisfacción de las necesidades del conjunto de los copropietarios o socios.

Artículo 102.- En los supuestos del artículo anterior, la inclusión de nuevas personas al aprovechamiento de energía generada por el autoabastecedor procederá cuando:

Se hayan cedido partes sociales, acciones o participaciones con autorización de la Secretaría;

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Así se haya previsto en los planes de expansión y se le haya comunicado a la secretaría, y

Así lo autorice expresamente la Secretaría.

Artículo 103.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36, fracción II de la Ley, se entiende por cogeneración:

La producción de energía eléctrica conjuntamente con vapor u otro tipo de energía térmica secundaria, o ambas;

La producción directa o indirecta de energía eléctrica a partir de energía térmica no aprovechada en los procesos de que se trate, o

La producción directa o indirecta de energía eléctrica utilizando combustibles producidos en los procesos de que se trate

Artículo 104.- Para la obtención y aprovechamiento de un permiso de cogeneración, será indispensable que:

La electricidad se destine a la satisfacción de las necesidades de establecimientos asociados a la cogeneración, entendidos por tales, los de las personas físicas o morales que:

Utilizan o producen el vapor, la energía térmica o los combustibles que dan lugar a los procesos base de la cogeneración, o

Sean copropietarios de las instalaciones o socios de la sociedad de que se trate, y

El permisionario se obligue a poner sus excedentes de energía eléctrica a disposición de la Comisión, de acuerdo con lo previsto en la sección cuarta de este capítulo.

Reforma del Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de mayo de 2001).

Artículo 101.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36, fracción I, de la Ley, se entiende por autoabastecimiento a la utilización de energía eléctrica para fines de autoconsumo siempre y cuando dicha energía provenga de plantas destinadas a la satisfacción de las necesidades del conjunto de los copropietarios o socios.

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Artículo 104.-

I.- La electricidad generada se destine a la satisfacción de las necesidades de establecimientos asociados a la cogeneración, entendidos por tales, los de las personas físicas o morales que:

a) Utilizan o producen el vapor, la energía térmica o los combustibles que dan lugar a los procesos base de la cogeneración, o

b) Sean copropietarios de las instalaciones o socios de la sociedad de que se trate,

Programa Sectorial de Energía 2007-2012

Considerando que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el Estado organizará un Sistema Nacional de Planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y democratización política, social y cultural;

En cumplimiento a lo establecido por la Ley de Planeación y el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 2007, se presenta el Programa Sectorial de Energía 2007-2012.

El Programa Sectorial de Energía 2007-2012, elaborado con base en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, establece los compromisos, estrategias y líneas de acción del Gobierno Federal en materia energética. El Programa busca, en todo momento, promover el desarrollo integral y sustentable del país, manteniendo el horizonte de largo plazo que se encuentra plasmado en la Visión 2030. El sector enfrentará retos importantes en los próximos años, por lo que deberá hacerse un esfuerzo de gran magnitud para cumplir las metas trazadas y dar acceso a mejores oportunidades para las generaciones actuales y futuras de mexicanos.

La visión para el año 2030 es un sector energético que opera con políticas públicas y un marco fiscal, laboral y regulatorio, que permite contar con una oferta diversificada, suficiente, continua, de alta calidad y a precios competitivos; maximiza la renta energética; asegura, al mismo tiempo, un desarrollo sostenible

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en términos económicos, sociales y ambientales; y logra que el sector aproveche las tecnologías disponibles y desarrolle sus propios recursos tecnológicos y humanos. Asimismo, promueve el desarrollo eficiente de mercados nacionales y la participación en mercados internacionales, donde las empresas del Estado son competitivas, eficientes financiera y operativamente, con capacidad de autogestión y sujetas a rendición de cuentas.

Comisión Reguladora de Energía

Antecedentes

El Ejecutivo Federal promovió una iniciativa de Ley para llevar a cabo la reforma institucional necesaria para apoyar el desarrollo del nuevo marco para la industria del gas natural. El objetivo principal de esta reforma institucional era definir y asignar claramente las funciones y atribuciones de las dependencias y entidades involucradas en el desarrollo del gas natural y la energía eléctrica.

Se fortalecieron las funciones de propietario de la Secretaría de Energía, encargada de definir la política energética del país; de la toma de decisiones relativas a la explotación del subsuelo acordes con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, y de supervisar las operaciones de las entidades del sector. Pemex, la Comisión Federal de Electricidad, y Luz y Fuerza del Centro conservaron sus funciones de operadores.

Las funciones de regulación se asignaron a la CRE a través de la expedición, en 1995, de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía. Esta Ley transformó a la CRE, de ser un órgano consultivo en materia de electricidad, como lo estableció su decreto de creación en 1993, a uno desconcentrado de la Secretaría de Energía, con autonomía técnica y operativa, encargado de la regulación de gas natural y energía eléctrica en México.

La redistribución de funciones entre las distintas dependencias y entidades permitió definir, para cada una de ellas, objetivos específicos que fueran congruentes con sus atribuciones respectivas.

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Ley de la Comisión Reguladora de Energía

El Congreso de la Unión promulgó la Ley de la Comisión Reguladora de Energía en octubre de 1995. A partir de esa fecha, la CRE se constituyó como autoridad reguladora en la materia e inició un proceso de definición, organización y desarrollo institucional acorde a las funciones, atribuciones y responsabilidades otorgadas por el Congreso.

La Ley fortaleció el marco institucional, dio operatividad a los cambios legales, y claridad, transparencia y estabilidad al marco regulador de la industria eléctrica y de gas natural. Asimismo, amplió la autoridad de la CRE en materia de gas natural y energía eléctrica, y concentró en ella atribuciones que se encontraban dispersas en otros ordenamientos, dependencias y entidades.

Atribuciones e instrumentos de regulación

La Ley determina las actividades del sector público y privado que se encuentran sujetas a regulación. Las actividades reguladas definidas en la Ley de la CRE son las siguientes:

• El suministro y venta de energía eléctrica a los usuarios del servicio público;

• La generación, exportación e importación de energía que realicen los particulares;

• La adquisición de energía eléctrica para el servicio público;

• Los servicios de conducción, transformación y entrega de energía entre entidades que tienen a su cargo el servicio público, y entre éstas y los particulares;

Los principales instrumentos de regulación que la Ley brinda a la CRE son: otorgar permisos, autorizar precios y tarifas, aprobar términos y condiciones para la prestación de los servicios, expedir disposiciones administrativas de carácter general (directivas), dirimir controversias, requerir información y aplicar sanciones, entre otros.

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Además, la Ley establece disposiciones de carácter orgánico para la propia CRE. La Comisión se constituye como un órgano desconcentrado con autonomía técnica y operativa, cuyas decisiones son tomadas en forma colegiada por los cinco comisionados que la integran.

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA)

Por la naturaleza del proyecto, éste encuentra vinculación con la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) nueva ley publicada el 28 de enero de 1998, con su última reforma publicada el 23 de mayo de 2006; en materia de impacto ambiental, contaminación atmosférica, ruido producido en las instalaciones.

Por lo anterior expuesto, se conocen los siguientes artículos de la LGEEPA:

ARTICULO 28.- La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente. Para ello, en los casos que determine el Reglamento que al efecto se expida, quienes pretendan llevar a cabo alguna de las obras o actividades establecidas en el artículo 28, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría.

ARTICULO 30.- Para obtener la autorización a que se refiere el artículo 28 de esta Ley, los interesados deberán presentar a la Secretaría una manifestación de impacto ambiental, la cual deberá contener, por lo menos, una descripción de los posibles efectos en el o los ecosistemas que pudieran ser afectados por la obra o actividad de que se trate, considerando el conjunto de los elementos que conforman dichos ecosistemas, así como las medidas preventivas, de mitigación y las demás necesarias para evitar y reducir al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente.

Cuando se trate de actividades consideradas altamente riesgosas en los términos de la presente Ley, la manifestación deberá incluir el estudio de riesgo correspondiente.

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Si después de la presentación de una manifestación de impacto ambiental se realizan modificaciones al proyecto de la obra o actividad respectiva, los interesados deberán hacerlas del conocimiento de la Secretaría, a fin de que ésta, en un plazo no mayor de 10 días les notifique si es necesaria la presentación de información adicional para evaluar los efectos al ambiente, que pudiesen ocasionar tales modificaciones, en términos de lo dispuesto en esta Ley.

Los contenidos del informe preventivo, así como las características y las modalidades de las manifestaciones de impacto ambiental y los estudios de riesgo serán establecidos por el Reglamento de la presente Ley.

ARTICULO 111.- Para controlar, reducir o evitar la contaminación de la atmósfera, la Secretaría tendrá las siguientes facultades

IV.- Formular y aplicar programas para la reducción de emisión de contaminantes a la atmósfera, con base en la calidad del aire que se determine para cada área, zona o región del territorio

ARTICULO 111 BIS.- Para la operación y funcionamiento de las fuentes fijas de jurisdicción federal que emitan o puedan emitir olores, gases o partículas sólidas o líquidas a la atmósfera, se requerirá autorización de la Secretaría.

Para los efectos a que se refiere esta Ley, se consideran fuentes fijas de jurisdicción federal, las industrias química, del petróleo y petroquímica, de pinturas y tintas, automotriz, de celulosa y papel, metalúrgica, del vidrio, de generación de energía eléctrica, del asbesto, cementera y calera y de tratamiento de residuos peligrosos.

El reglamento que al efecto se expida determinará los subsectores específicos pertenecientes a cada uno de los sectores industriales antes señalados, cuyos establecimientos se sujetarán a las disposiciones de la legislación federal, en lo que se refiere a la emisión de contaminantes a la atmósfera.

ARTICULO 147.- La realización de actividades industriales, comerciales o de servicios altamente riesgosas, se llevarán a cabo con apego a lo dispuesto por esta Ley, las disposiciones reglamentarias que de ella emanen y las normas oficiales mexicanas a que se refiere el artículo anterior.

Quienes realicen actividades altamente riesgosas, en los términos del Reglamento correspondiente, deberán formular y presentar a la Secretaría un estudio de riesgo ambiental, así como someter a la aprobación de dicha dependencia y de las

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Secretarías de Gobernación, de Energía, de Comercio y Fomento Industrial, de Salud, y del Trabajo y Previsión Social, los programas para la prevención de accidentes en la realización de tales actividades, que puedan causar graves desequilibrios ecológicos.

ARTICULO 151.- La responsabilidad del manejo y disposición final de los residuos peligrosos corresponde a quien los genera. En el caso de que se contrate los servicios de manejo y disposición final de los residuos peligrosos con empresas autorizadas por la Secretaría y los residuos sean entregados a dichas empresas, la responsabilidad por las operaciones será de éstas independientemente de la responsabilidad que, en su caso, tenga quien los generó.

Quienes generen, reusen o reciclen residuos peligrosos, deberán hacerlo del conocimiento de la Secretaría en los términos previstos en el Reglamento de la presente Ley.

En las autorizaciones para el establecimiento de confinamientos de residuos peligrosos, sólo se incluirán los residuos que no puedan ser técnica y económicamente sujetos de reuso, reciclamiento o destrucción térmica o físico química, y no se permitirá el confinamiento de residuos peligrosos en estado líquido.

ARTICULO 155.- Quedan prohibidas las emisiones de ruido, vibraciones, energía térmica y lumínica y la generación de contaminación visual, en cuanto rebasen los límites máximos establecidos en las normas oficiales mexicanas que para ese efecto expida la Secretaría, considerando los valores de concentración máxima permisibles para el ser humano de contaminantes en el ambiente que determine la Secretaría de Salud. Las autoridades federales o locales, según su esfera de competencia, adoptarán las medidas para impedir que se transgredan dichos límites y en su caso, aplicarán las sanciones correspondientes.

En la construcción de obras o instalaciones que generen energía térmica o lumínica, ruido o vibraciones, así como en la operación o funcionamiento de las existentes deberán llevarse a cabo acciones preventivas y correctivas para evitar los efectos nocivos de tales contaminantes en el equilibrio ecológico y el ambiente.

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Reglamentos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Como se mencionó anteriormente, los reglamentos que aplican para el proyecto bajo estudio de acuerdo a las obras que en él se desarrollan mismas que fueron descritas en capítulos anteriores de este estudio; son los correspondientes a Evaluación de Impacto Ambiental, Actividades Altamente Riesgosas, Emisiones a la Atmósfera, Ruido y generación de Residuos Peligrosos.

Reglamento de la LGEEPA en Materia de Evaluación de Impacto Ambiental

En este reglamento se enlista las obras o actividades que requieren autorización en materia de impacto ambiental, así como el procedimiento para la elaboración de la evaluación de impacto ambiental.

Artículo 5o.- Quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización de la Secretaría en materia de impacto ambiental:

K) Industria Eléctrica

IV. Plantas de cogeneración y autoabastecimiento de energía eléctrica mayores a 3 MW.

Artículo 9o.- Los promoventes deberán presentar ante la Secretaría una manifestación de impacto ambiental, en la modalidad que corresponda, para que ésta realice la evaluación del proyecto de la obra o actividad respecto de la que se solicita autorización.

La Información que contenga la manifestación de impacto ambiental deberá referirse a circunstancias ambientales relevantes vinculadas con la realización del proyecto.

La Secretaría proporcionará a los promoventes guías para facilitar la presentación y entrega de la manifestación de impacto ambiental de acuerdo al tipo de obra o actividad que se pretenda llevar a cabo. La Secretaría publicará dichas guías en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Ecológica.

Artículo 10.- Las manifestaciones de impacto ambiental deberán presentarse en las siguientes modalidades:

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I. Regional, o

II. Particular.

Artículo 12.- La manifestación de impacto ambiental, en su modalidad particular, deberá contener la siguiente información:

I. Datos generales del proyecto, del promovente y del responsable del estudio de impacto ambiental;

II. Descripción del proyecto;

III. Vinculación con los ordenamientos jurídicos aplicables en materia ambiental y, en su caso, con la regulación sobre uso del suelo;

IV. Descripción del sistema ambiental y señalamiento de la problemática ambiental detectada en el área de influencia del proyecto;

V. Identificación, descripción y evaluación de los impactos ambientales;

VI. Medidas preventivas y de mitigación de los impactos ambientales;

VII. Pronósticos ambientales y, en su caso, evaluación de alternativas, y

VIII. Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos técnicos que sustentan la información señalada en las fracciones anteriores.

Artículo 17.- El promovente deberá presentar a la Secretaría la solicitud de autorización en materia de impacto ambiental, anexando:

I. La manifestación de impacto ambiental;

II. Un resumen del contenido de la manifestación de impacto ambiental, presentado en disquete, y

III. Una copia sellada de la constancia del pago de derechos correspondientes.

Cuando se trate de actividades altamente riesgosas en los términos de la Ley, deberá incluirse un estudio de riesgo.

Artículo 18.- El estudio de riesgo a que se refiere el artículo anterior, consistirá en incorporar a la manifestación de impacto ambiental la siguiente información:

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I. Escenarios y medidas preventivas resultantes del análisis de los riesgos ambientales relacionados con el proyecto;

II. Descripción de las zonas de protección en torno a las instalaciones, en su caso, y

III. Señalamiento de las medidas de seguridad en materia ambiental.

La Secretaría publicará, en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Ecológica, las guías que faciliten la presentación y entrega del estudio de riesgo.

Ley General Para La Prevención Y Gestión Integral De Los Residuos

Artículo 45.- Los generadores de residuos peligrosos, deberán identificar, clasificar y manejar sus residuos de conformidad con las disposiciones contenidas en esta Ley y en su Reglamento, así como en las normas oficiales mexicanas que al respecto expida la Secretaría.

En cualquier caso los generadores deberán dejar libres de residuos peligrosos y de contaminación que pueda representar un riesgo a la salud y al ambiente, las instalaciones en las que se hayan generado éstos, cuando se cierren o se dejen de realizar en ellas las actividades generadoras de tales residuos.

Artículo 54.- Se deberá evitar la mezcla de residuos peligrosos con otros materiales o residuos para no contaminarlos y no provocar reacciones, que puedan poner en riesgo la salud, el ambiente o los recursos naturales.

La Secretaría establecerá los procedimientos a seguir para determinar la incompatibilidad entre un residuo peligroso y otro material o residuo.

Artículo 55.- La Secretaría determinará en el Reglamento y en las normas oficiales mexicanas, la forma de manejo que se dará a los envases o embalajes que contuvieron residuos peligrosos y que no sean reutilizados con el mismo fin ni para el mismo tipo de residuo, por estar considerados como residuos peligrosos.

Asimismo, los envases y embalajes que contuvieron materiales peligrosos y que no sean utilizados con el mismo fin y para el mismo material, serán considerados como residuos peligrosos, con excepción de los que hayan sido sujetos a tratamiento para su reutilización, reciclaje o disposición final.

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En ningún caso, se podrán emplear los envases y embalajes que contuvieron materiales o residuos peligrosos, para almacenar agua, alimentos o productos de consumo humano o animal.

Artículo 56.- La Secretaría expedirá las normas oficiales mexicanas para el almacenamiento de residuos peligrosos, las cuales tendrán como objetivo la prevención de la generación de lixiviados y su infiltración en los suelos, el arrastre por el agua de lluvia o por el viento de dichos residuos, incendios, explosiones y acumulación de vapores tóxicos, fugas o derrames.

Se prohíbe el almacenamiento de residuos peligrosos por un periodo mayor de seis meses a partir de su generación, lo cual deberá quedar asentado en la bitácora correspondiente. No se entenderá por interrumpido este plazo cuando el poseedor de los residuos cambie su lugar de almacenamiento. Procederá la prórroga para el almacenamiento cuando se someta una solicitud al respecto a la Secretaría cumpliendo los requisitos que establezca el Reglamento.

Artículo 64.- En el caso del transporte y acopio de residuos que correspondan a productos desechados sujetos a planes de manejo, en términos de lo dispuesto por el artículo 31 de esta Ley, se deberán observar medidas para prevenir y responder de manera segura y ambientalmente adecuada a posibles fugas, derrames o liberación al ambiente de sus contenidos que posean propiedades peligrosas.

Artículo 67.- En materia de residuos peligrosos, está prohibido:

I. El transporte de residuos por vía aérea;

II. El confinamiento de residuos líquidos o semisólidos, sin que hayan sido sometidos a tratamientos para eliminar la humedad, neutralizarlos o estabilizarlos y lograr su solidificación, de conformidad con las disposiciones de esta Ley y demás ordenamientos legales aplicables;

III. El confinamiento de compuestos orgánicos persistentes como los bifenilos policlorados, los compuestos hexaclorados y otros, así como de materiales contaminados con éstos, que contengan concentraciones superiores a 50 partes por millón de dichas sustancias, y la dilución de los residuos que los contienen con el fin de que se alcance este límite máximo;

IV. La mezcla de bifenilos policlorados con aceites lubricantes usados o con otros materiales o residuos

V. El almacenamiento por más de seis meses en las fuentes generadoras;

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VI. El confinamiento en el mismo lugar o celda, de residuos peligrosos incompatibles o en cantidades que rebasen la capacidad instalada;

VII. El uso de residuos peligrosos, tratados o sin tratar, para recubrimiento de suelos, de conformidad con las normas oficiales mexicanas sin perjuicio de las facultades de la Secretaría y de otros organismos competentes;

VIII. La dilución de residuos peligrosos en cualquier medio, cuando no sea parte de un tratamiento autorizado, y

IX. La incineración de residuos peligrosos que sean o contengan compuestos orgánicos persistentes y bioacumulables; plaguicidas organoclorados; así como baterías y acumuladores usados que contengan metales tóxicos; siempre y cuando exista en el país alguna otra tecnología disponible que cause menor impacto y riesgo ambiental.

Reglamento De La Ley General Para La Prevención Y Gestión Integral De Los Residuos

Artículo 16.- Los planes de manejo para residuos se podrán establecer en una o más de las siguientes modalidades:

I. Atendiendo a los sujetos que intervienen en ellos, podrán ser:

a) Privados, los instrumentados por los particulares que conforme a la Ley se encuentran obligados a la elaboración, formulación e implementación de un plan de manejo de residuos,

b) Mixtos, los que instrumenten los señalados en el inciso anterior con la participación de las autoridades en el ámbito de sus competencias.

Artículo 17.- Los sujetos obligados a formular y ejecutar un plan de manejo podrán realizarlo en los términos previstos en el presente Reglamento o las normas oficiales mexicanas correspondientes, o bien adherirse a los planes de manejo establecidos.

La adhesión a un plan de manejo establecido se realizará de acuerdo a los mecanismos previstos en el propio plan de manejo, siempre que los interesados asuman expresamente todas las obligaciones previstas en él.

Artículo 20.- Los sujetos que, conforme a la Ley, estén obligados a la elaboración de planes de manejo podrán implementarlos mediante la suscripción de los instrumentos jurídicos que estimen necesarios y adecuados para fijar sus

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responsabilidades. En este caso, sin perjuicio de lo pactado por las partes, dichos instrumentos podrán contener lo siguiente:

I. Los residuos objeto del plan de manejo, así como la cantidad que se estima manejar de cada uno de ellos;

II. La forma en que se realizará la minimización de la cantidad, valorización o aprovechamiento de los residuos;

III. Los mecanismos para que otros sujetos obligados puedan incorporarse a los planes de manejo, y

IV. Los mecanismos de evaluación y mejora del plan de manejo.

Artículo 24.- Las personas que conforme a lo dispuesto en la Ley deban registrar ante la Secretaría los planes de manejo de residuos peligrosos se sujetarán al siguiente procedimiento:

I. Incorporarán al portal electrónico de la Secretaría, a través del sistema establecido para ese efecto, la siguiente información:

a) Nombre, denominación o razón social del solicitante, domicilio, giro o actividad preponderante, nombre de su representante legal;

b) Modalidad del plan de manejo;

c) Residuos peligrosos objeto del plan, especificando sus características físicas, químicas o biológicas y el volumen estimado de manejo;

d) Formas de manejo, y

e) Nombre, denominación o razón social de los responsables de la ejecución del plan de manejo.

Cuando se trate de un plan de manejo colectivo, los datos a que se refiere el inciso a) de la presente fracción corresponderán a los de la persona que se haya designado en el propio plan de manejo para tramitar su registro.

II. A la información proporcionada se anexarán en formato electrónico, como archivos de imagen u otros análogos, los siguientes documentos:

a) Identificación oficial o documento que acredite la personalidad del representante legal;

b) Documento que contenga el plan de manejo, y

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c) Instrumentos que hubieren celebrado en términos de lo establecido en el artículo 20 de este Reglamento.

III. Una vez incorporados los datos, la Secretaría automáticamente, por el mismo sistema, indicará el número con el cual queda registrado el plan de manejo correspondiente.

En caso de que para el interesado no fuere posible anexar electrónicamente los documentos señalados en la fracción II del presente artículo, presentará copia de los mismos en las oficinas de la Secretaría y realizará la incorporación de la información señalada en la fracción I directamente en la Dependencia.

Si el interesado no cuenta con los medios electrónicos para solicitar el registro a que se refiere el presente artículo, podrá presentarse en las oficinas de la Secretaria para cumplir con su trámite.

El procedimiento previsto en el presente artículo aplicará también cuando los interesados pretendan modificar un plan de manejo registrado. En este caso, será necesario que indiquen solamente el número de registro que les fue asignado con anterioridad.

Artículo 25.- Los grandes generadores que conforme a lo dispuesto en la Ley deban someter a la consideración de la Secretaría un plan de manejo de residuos peligrosos, se sujetarán al procedimiento señalado en las fracciones I y II del artículo anterior.

El sistema electrónico solamente proporcionará un acuse de recibo y la Secretaría tendrá un término de cuarenta y cinco días para emitir el número de registro correspondiente, previa evaluación del contenido del plan de manejo.

Dentro de este mismo plazo, la Secretaría podrá formular recomendaciones a las modalidades de manejo propuestas en el plan. El generador describirá en su informe anual la forma en que atendió a dichas recomendaciones.

Artículo 27.- Podrán sujetarse a condiciones particulares de manejo los siguientes residuos peligrosos:

I. Los que sean considerados como tales, de conformidad con lo previsto en la Ley;

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II. Los listados por fuente específica y no específica en la norma oficial mexicana correspondiente, siempre y cuando, como resultado de la modificación de procesos o de materia prima, cambien las características por las cuales fueron listados, y

III. Los que, conforme a dicha norma, se clasifiquen por tipo y se sujeten expresamente a dichas condiciones.

Artículo 28.- Los generadores de los residuos señalados en el artículo anterior podrán proponer a la Secretaría por escrito, las condiciones particulares de manejo por instalación, proceso o tipo de residuo.

Para este efecto, describirán en su propuesta el proceso, la corriente del residuo, su caracterización, la propuesta de manejo y los argumentos que justifiquen la condición particular.

La Secretaría dispondrá de treinta días hábiles para resolver sobre las condiciones particulares de manejo propuestas.

Artículo 35.- Los residuos peligrosos se identificarán de acuerdo a lo siguiente:

I. Los que sean considerados como tales, de conformidad con lo previsto en la Ley;

II. Los clasificados en las normas oficiales mexicanas a que hace referencia el artículo 16 de la Ley, mediante:a) Listados de los residuos por características de peligrosidad: corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad e inflamabilidad o que contengan agentes infecciosos que les confieran peligrosidad; agrupados por fuente específica y no especifica; por ser productos usados, caducos, fuera de especificación o retirados del comercio y que se desechen; o por tipo de residuo sujeto a condiciones particulares de manejo. La Secretaría considerará la toxicidad crónica, aguda y ambiental que les confieran peligrosidad a dichos residuos, yb) Criterios de caracterización y umbrales que impliquen un riesgo al ambiente por corrosividad, reactividad, explosividad, inflamabilidad, toxicidad o que contengan agentes infecciosos que les confieran peligrosidad, y

b) Criterios de caracterización y umbrales que impliquen un riesgo al ambiente por corrosividad, reactividad, explosividad, inflamabilidad, toxicidad o que contengan agentes infecciosos que les confieran peligrosidad, yIII. Los derivados de la mezcla de residuos peligrosos con otros residuos; los provenientes del tratamiento, almacenamiento y disposición final de residuos peligrosos y aquellos equipos y construcciones que hubiesen estado en contacto con residuos

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peligrosos y sean desechados.Los residuos peligrosos listados por alguna condición de corrosividad, reactividad, explosividad e inflamabilidad señalados en la fracción II inciso a) de este artículo, se considerarán peligrosos, sólo si exhiben las mencionadas características en el punto de generación, sin perjuicio de lo previsto en otras disposiciones jurídicas que resulten aplicables.

Artículo 37.- La determinación de un residuo como peligroso, basada en el conocimiento empírico del generador, aplica para aquellos residuos derivados de procesos o de la mezcla de residuos peligrosos con cualquier otro material o residuo.

Si con base en el conocimiento empírico de su residuo, el generador determina que alguno de sus residuos no es peligroso, ello no lo exime del cumplimiento de las disposiciones jurídicas que resulten aplicables.

Artículo 42.- Atendiendo a las categorías establecidas en la Ley, los generadores de residuos peligrosos son:

I. Gran generador: el que realiza una actividad que genere una cantidad igual o superior a diez toneladas en peso bruto total de residuos peligrosos al año o su equivalente en otra unidad de medida;

II. Pequeño generador: el que realice una actividad que genere una cantidad mayor a cuatrocientos kilogramos y menor a diez toneladas en peso bruto total de residuos peligrosos al año o su equivalente en otra unidad de medida, y

III. Microgenerador: el establecimiento industrial, comercial o de servicios que genere una cantidad de hasta cuatrocientos kilogramos de residuos peligrosos al año o su equivalente en otra unidad de medida.

Artículo 43.- Las personas que conforme a la Ley estén obligadas a registrarse ante la Secretaría como generadores de residuos peligrosos se sujetarán al siguiente procedimiento:

I. Incorporarán al portal electrónico de la Secretaría la siguiente información:

a) Nombre, denominación o razón social del solicitante, domicilio, giro o actividad preponderante;

b) Nombre del representante legal, en su caso;

c) Fecha de inicio de operaciones;

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d) Clave empresarial de actividad productiva o en su defecto denominación de la actividad principal;

e) Ubicación del sitio donde se realiza la actividad;

f) Clasificación de los residuos peligrosos que estime generar, y

g) Cantidad anual estimada de generación de cada uno de los residuos peligrosos por los cuales solicite el registro;

II. A la información proporcionada se anexarán en formato electrónico, tales como archivos de imagen u otros análogos, la identificación oficial, cuando se trate de personas físicas o el acta constitutiva cuando se trate de personas morales. En caso de contar con Registro Único de Personas Acreditadas bastará indicar dicho registro, y

III. Una vez incorporados los datos, la Secretaría automáticamente, por el mismo sistema, indicará el número con el cual queda registrado el generador y la categoría de generación asignada.

En caso de que para el interesado no fuere posible anexar electrónicamente los documentos señalados en la fracción II del presente artículo, podrá enviarla a la dirección electrónica que para tal efecto se habilite o presentará copia de los mismos en las oficinas de la Secretaría y realizará la incorporación de la información señalada en la fracción I directamente en la Dependencia.

Artículo 45.- Los generadores de residuos peligrosos podrán actualizar la información relativa a sus datos de identificación personal y del lugar donde generan sus residuos, mediante la incorporación de los nuevos datos en el sistema señalado en el artículo 43 del Reglamento y la Secretaría, en el momento de la incorporación, tendrá por realizada la actualización.

Artículo 46.- Los grandes y pequeños generadores de residuos peligrosos deberán:

I. Identificar y clasificar los residuos peligrosos que generen;

II. Manejar separadamente los residuos peligrosos y no mezclar aquéllos que sean incompatibles entre sí, en los términos de las normas oficiales mexicanas respectivas, ni con residuos peligrosos reciclables o que tengan un poder de

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valorización para su utilización como materia prima o como combustible alterno, o bien, con residuos sólidos urbanos o de manejo especial;

III. Envasar los residuos peligrosos generados de acuerdo con su estado físico, en recipientes cuyas dimensiones, formas y materiales reúnan las condiciones de seguridad para su manejo conforme a lo señalado en el presente Reglamento y en las normas oficiales mexicanas correspondientes;

IV. Marcar o etiquetar los envases que contienen residuos peligrosos con rótulos que señalen nombre del generador, nombre del residuo peligroso, características de peligrosidad y fecha de ingreso al almacén y lo que establezcan las normas oficiales mexicanas aplicables;

V. Almacenar adecuadamente, conforme a su categoría de generación, los residuos peligrosos en un área que reúna las condiciones señaladas en el artículo 82 del presente Reglamento y en las normas oficiales mexicanas correspondientes, durante los plazos permitidos por la Ley;

VI. Transportar sus residuos peligrosos a través de personas que la Secretaría autorice en el ámbito de su competencia y en vehículos que cuenten con carteles correspondientes de acuerdo con la normatividad aplicable;

VII. Llevar a cabo el manejo integral correspondiente a sus residuos peligrosos de acuerdo con lo dispuesto en la Ley, en este Reglamento y las normas oficiales mexicanas correspondientes;

VIII. Elaborar y presentar a la Secretaría los avisos de cierre de sus instalaciones cuando éstas dejen de operar o cuando en las mismas ya no se realicen las actividades de generación de los residuos peligrosos, y

Las demás previstas en este Reglamento y en otras disposiciones aplicables.

Las condiciones establecidas en las fracciones I a VI rigen también para aquellos generadores de residuos peligrosos que operen bajo el régimen de importación temporal de insumos.

Artículo 68.- Los generadores que por algún motivo dejen de generar residuos peligrosos deberán presentar ante la Secretaría un aviso por escrito que contenga el nombre, denominación o razón social, número de registro o autorización, según sea el caso, y la explicación correspondiente.

Cuando se trate del cierre de la instalación, los generadores presentarán el aviso señalado en el párrafo anterior, proporcionando además la siguiente información:

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Los microgeneradores de residuos peligrosos indicarán solamente la fecha prevista para el cierre de sus instalaciones o suspensión de la actividad generadora de sus residuos o en su caso notificarán que han cerrado sus instalaciones, y

Los pequeños y grandes generadores de residuos peligrosos, proporcionarán:

La fecha prevista del cierre o de la suspensión de la actividad generadora de residuos peligrosos;

La relación de los residuos peligrosos generados y de materias primas, productos y subproductos almacenados durante los paros de producción, limpieza y desmantelamiento de la instalación;

El programa de limpieza y desmantelamiento de la instalación, incluyendo la relación de materiales empleados en la limpieza de tubería y equipo;

El diagrama de tubería de proceso, instrumentación de la planta y drenajes de la instalación, y

El registro y descripción de accidentes, derrames u otras contingencias sucedidas dentro del predio durante el periodo de operación, así como los resultados de las acciones que se llevaron a cabo. Este requisito aplica sólo para los grandes generadores.

Artículo 71.- Las bitácoras previstas en la Ley y este Reglamento contendrán:

I. Para los grandes y pequeños generadores de residuos peligrosos:

a) Nombre del residuo y cantidad generada;

b) Características de peligrosidad;

c) Área o proceso donde se generó;

d) Fechas de ingreso y salida del almacén temporal de residuos peligrosos, excepto cuando se trate de plataformas marinas, en cuyo caso se registrará la fecha de ingreso y salida de las áreas de resguardo o transferencia de dichos residuos;

Señalamiento de la fase de manejo siguiente a la salida del almacén, área de resguardo o transferencia, señaladas en el inciso anterior;

f) Nombre, denominación o razón social y número de autorización del prestador de servicios a quien en su caso se encomiende el manejo de dichos residuos, y

g) Nombre del responsable técnico de la bitácora.

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La información anterior se asentará para cada entrada y salida del almacén temporal dentro del periodo comprendido de enero a diciembre de cada año.

Artículo 72.- Los grandes generadores de residuos peligrosos deberán presentar anualmente ante la Secretaría un informe mediante la Cédula de Operación Anual, en la cual proporcionarán:

I. La identificación de las características de peligrosidad de los residuos peligrosos;

II. El área de generación;

III. La cantidad o volumen anual generados, expresados en unidades de masa;

IV. Los datos del transportista, centro de acopio, tratador o sitio de disposición final;

V. El volumen o cantidad anual de residuos peligrosos transferidos, expresados en unidades de masa o volumen;

Las condiciones particulares de manejo que en su caso le hubieren sido aprobadas por la Secretaría, describiendo la cantidad o volumen de los residuos manejados en esta modalidad y las actividades realizadas, y

Tratándose de confinamiento se describirá además; método de estabilización, celda de disposición y resultados del control de calidad.

En caso de que los grandes generadores hayan almacenado temporalmente los residuos peligrosos en el mismo lugar de su generación, informarán el tipo de almacenamiento, atendiendo a su aislamiento; las características del almacén, atendiendo al lugar, ventilación e iluminación; las formas de almacenamiento, atendiendo al tipo de contenedor empleado; la cantidad anual de residuos almacenada, expresada en unidades de masa y el periodo de almacenamiento, expresado en días.

Artículo 73.- La presentación de informes a través de la Cédula de Operación Anual se sujetará al siguiente procedimiento.

I. Se realizará dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero al 30 de abril de cada año, debiendo reportarse la información relativa al periodo del 1 de enero al 31 de diciembre del año inmediato anterior;

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Se presentarán en formato impreso, electrónico o través del portal electrónico de la Secretaría o de sus Delegaciones Federales. La Secretaría pondrá a disposición de los interesados los formatos a que se refiere la presente fracción para su libre reproducción;

La Secretaría contará con un plazo de veinte días hábiles, contados a partir de la recepción de la Cédula de Operación Anual, para revisar que la información contenida se encuentre debidamente requisitada y, en su caso, por única vez, podrá requerir al generador para que complemente, rectifique, aclare o confirme dicha información, dentro de un plazo que no excederá de quince días hábiles contados a partir de su notificación;

IV. Desahogado el requerimiento, se tendrá por presentada la Cedula de Operación Anual y, en consecuencia por rendido el informe, y

V. En caso de que el generador no desahogue el requerimiento a que se refiere la fracción anterior, se tendrá por no presentada la Cédula de Operación Anual y, en consecuencia, por no rendido el informe a que se refiere el artículo 46 de la Ley.

Artículo 75.- La información y documentación que conforme a la Ley y el presente Reglamento deban conservar los grandes y pequeños generadores de residuos peligrosos y los prestadores de servicios de manejo de este tipo de residuos se sujetará a lo siguiente:

I. Las bitácoras de los grandes y pequeños generadores se conservarán durante cinco años;

El generador y los prestadores de servicios de manejo conservarán el manifiesto durante un periodo de cinco años contados a partir de la fecha en que hayan suscrito cada uno de ellos.

III. El generador debe conservar los registros de los resultados de cualquier prueba, análisis u otras determinaciones de residuos peligrosos durante cinco años, contados a partir de la fecha en que hubiere enviado los residuos al sitio de tratamiento o de disposición final, y

IV. Las bitácoras para el control del proceso de remediación de sitios contaminados se conservarán durante los dos años siguientes a la fecha de liberación del sitio.

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Artículo 82.- Las áreas de almacenamiento de residuos peligrosos de pequeños y grandes generadores, así como de prestadores de servicios deberán cumplir con las condiciones siguientes, además de las que establezcan las normas oficiales mexicanas para algún tipo de residuo en particular:

I. Condiciones básicas para las áreas de almacenamiento:

a) Estar separadas de las áreas de producción, servicios, oficinas y de almacenamiento de materias primas o productos terminados;

b) Estar ubicadas en zonas donde se reduzcan los riesgos por posibles emisiones, fugas, incendios, explosiones e inundaciones;

c) Contar con dispositivos para contener posibles derrames, tales como muros, pretiles de contención o fosas de retención para la captación de los residuos en estado líquido o de los lixiviados;

Cuando se almacenan residuos líquidos, se deberá contar en sus pisos con pendientes y, en su caso, con trincheras o canaletas que conduzcan los derrames a las fosas de retención con capacidad para contener una quinta parte como mínimo de los residuos almacenados o del volumen del recipiente de mayor tamaño;

Contar con pasillos que permitan el tránsito de equipos mecánicos, eléctricos o manuales, así como el movimiento de grupos de seguridad y bomberos, en casos de emergencia;

f) Contar con sistemas de extinción de incendios y equipos de seguridad para atención de emergencias, acordes con el tipo y la cantidad de los residuos peligrosos almacenados;

g) Contar con señalamientos y letreros alusivos a la peligrosidad de los residuos peligrosos almacenados, en lugares y formas visibles;

h) El almacenamiento debe realizarse en recipientes identificados considerando las características de peligrosidad de los residuos, así como su incompatibilidad, previniendo fugas, derrames, emisiones, explosiones e incendios, y

La altura máxima de las estibas será de tres tambores en forma vertical.

II. Condiciones para el almacenamiento en áreas cerradas, además de las precisadas en la fracción I de este artículo:

a) No deben existir conexiones con drenajes en el piso, válvulas de drenaje, juntas de expansión, albañales o cualquier otro tipo de apertura que pudieran permitir que los líquidos fluyan fuera del área protegida;

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Las paredes deben estar construidas con materiales no inflamables;

Contar con ventilación natural o forzada. En los casos de ventilación forzada, debe tener una capacidad de recepción de por lo menos seis cambios de aire por hora;

d) Estar cubiertas y protegidas de la intemperie y, en su caso, contar con ventilación suficiente para evitar acumulación de vapores peligrosos y con iluminación a prueba de explosión, y

No rebasar la capacidad instalada del almacén.

Condiciones para el almacenamiento en áreas abiertas, además de las precisadas en la fracción I de este artículo:

a) Estar localizadas en sitios cuya altura sea, como mínimo, el resultado de aplicar un factor de seguridad de 1.5; al nivel de agua alcanzado en la mayor tormenta registrada en la zona,

b) Los pisos deben ser lisos y de material impermeable en la zona donde se guarden los residuos, y de material antiderrapante en los pasillos. Estos deben ser resistentes a los residuos peligrosos almacenados;

c) En los casos de áreas abiertas no techadas, no deberán almacenarse residuos peligrosos a granel, cuando éstos produzcan lixiviados, y

En los casos de áreas no techadas, los residuos peligrosos deben estar cubiertos con algún material impermeable para evitar su dispersión por viento.

En caso de incompatibilidad de los residuos peligrosos se deberán tomar las medidas necesarias para evitar que se mezclen entre sí o con otros materiales

Artículo 83.- El almacenamiento de residuos peligrosos por parte de microgeneradores se realizara de acuerdo con lo siguiente:

I. En recipientes identificados considerando las características de peligrosidad de los residuos, así como su incompatibilidad, previniendo fugas, derrames, emisiones, explosiones e incendios;

En lugares que eviten la transferencia de contaminantes al ambiente y garantice la seguridad de las personas de tal manera que se prevengan fugas o derrames que puedan contaminar el suelo, y

Se sujetará a lo previsto en las normas oficiales mexicanas que establezcan previsiones específicas para la microgeneracion de residuos peligrosos.

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Artículo 84.- Los residuos peligrosos, una vez captados y envasados, deben ser remitidos al almacén donde no podrán permanecer por un periodo mayor a seis meses.

Artículo 86.- El procedimiento para llevar a cabo el transporte de residuos peligrosos se desarrollará de la siguiente manera:

I. Por cada embarque de residuos, el generador deberá entregar al transportista un manifiesto en original, debidamente firmado y dos copias del mismo, en el momento de entrega de los residuos;

II. El transportista conservará una de las copias que le entregue el generador, para su archivo, y firmará el original del manifiesto, mismo que entregará al destinatario junto con una copia de éste, en el momento en que le entregue los residuos peligrosos para su tratamiento o disposición final;

III. El destinatario de los residuos peligrosos conservará la copia del manifiesto que le entregue el transportista, para su archivo, y firmará el original, mismo que deberá remitir de inmediato al generador, y

IV. Si transcurrido un plazo de sesenta días naturales, contados a partir de la fecha en que la empresa de servicios de manejo correspondiente reciba los residuos peligrosos para su transporte, no devuelve al generador el original del manifiesto debidamente firmado por el destinatario, el generador deberá informar a la Secretaría de este hecho a efecto de que dicha dependencia determine las medidas que procedan.

Artículo 121.- Las personas que en términos de lo preceptuado en el artículo 93 de la Ley importen productos, equipos, maquinarias o cualquier otro insumo bajo el régimen de importación temporal para ser remanufacturados, reciclados o reprocesados y que generen residuos peligrosos mediante tales procesos, deberán retornar dichos residuos al país de origen de los insumos en el plazo fijado en la autorización de importación temporal o, en su defecto, dentro de un plazo no mayor a ciento ochenta días naturales contados a partir de su generación, de conformidad con el procedimiento que se establece en el presente capítulo.

Artículo 129.- Cuando existan derrames, infiltraciones, descargas o vertidos accidentales de materiales peligrosos o residuos peligrosos que no excedan de un metro cúbico, los generadores o responsables de la etapa de manejo respectiva, deberán aplicar de manera inmediata acciones para minimizar o limitar su

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dispersión o recogerlos y realizar la limpieza del sitio y anotarlo en sus bitácoras. Estas acciones deberán estar contempladas en sus respectivos programas de prevención y atención de contingencias o emergencias ambientales o accidentes.

Lo previsto en el presente artículo no aplica en el caso de derrames, infiltraciones, descargas o vertidos accidentales ocasionados durante el transporte de materiales o residuos peligrosos.

Artículo 130.- Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se produzcan derrames, infiltraciones, descargas o vertidos de materiales peligrosos o residuos peligrosos, en cantidad mayor a la señalada en el articulo anterior, durante cualquiera de las operaciones que comprende su manejo integral, el responsable del material peligroso o el generador del residuo peligroso y, en su caso, la empresa que preste el servicio deberá:

I. Ejecutar medidas inmediatas para contener los materiales o residuos liberados, minimizar o limitar su dispersión o recogerlos y realizar la limpieza del sitio;

II. Avisar de inmediato a la Procuraduría y a las autoridades competentes, que ocurrió el derrame, infiltración, descarga o vertido de materiales peligrosos o residuos peligrosos;

Ejecutar las medidas que les hubieren impuesto las autoridades competentes conforme a lo previsto en el artículo 72 de la Ley, y

En su caso, iniciar los trabajos de caracterización del sitio contaminado y realizar las acciones de remediación correspondientes.

Artículo 131.- El aviso a que se refiere la fracción II del artículo anterior se formalizara dentro de los tres días hábiles siguientes al día en que hayan ocurrido los hechos y contendrá:

I. Nombre y domicilio de quien dio el aviso o nombre del generador o prestador de servicios y el número de su registro o autorización otorgados por la Secretaría;

II. Localización y características del sitio donde ocurrió el accidente;

III. Causas que motivaron el derrame, infiltración, descarga o vertido accidental;

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IV. Descripción precisa de las características fisicoquímicas y toxicológicas, así como cantidad de los materiales peligrosos o residuos peligrosos derramados, infiltrados, descargados o vertidos, y

V. Medidas adoptadas para la contención.

Reglamento de la LGEEPA en materia de Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica

ARTICULO 10.- Serán responsables del cumplimiento de las disposiciones del reglamento y de las normas técnicas ecológicas que de él se deriven, las personas físicas o morales, públicas o privadas, que pretendan realizar o que realicen obras o actividades por las que se emitan a la atmósfera olores, gases o partículas sólidas o líquidas.

ARTICULO 11.- Para los efectos del reglamento se consideran:

I. Zonas de jurisdicción federal, las señaladas en las disposiciones aplicables y, en especial las siguientes:

a) Los sitios ocupados por todas las instalaciones de las terminales de transporte público federal, terrestre, aéreo y acuático;

b) Los parques industriales localizados en bienes del dominio público de la Federación; en los términos de la Ley General de Bienes Nacionales, y

c) La zona federal marítimo-terrestre.

II. Fuentes de jurisdicción federal:

a) Las instalaciones, obras o actividades industriales, comerciales y de servicios que realicen las dependencias y entidades de la administración pública federal, en los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;

b) La industria del asbesto, así como la prevista en la fracción III del artículo 29 de la Ley;

c) La industria que se localice en la zona conurbada del Distrito Federal;

d) Las obras o actividades localizadas en un Estado, cuyas emisiones a la atmósfera contaminen o afecten el equilibrio ecológico de otro u otros Estados,

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cuando así lo determine la Secretaría o lo solicite a la Federación el Estado afectado por las emisiones contaminantes a la atmósfera;

e) Las obras o actividades localizadas en el territorio nacional que puedan afectar el equilibrio ecológico de otros paises;

f) Los vehículos automotores hasta en tanto no salgan de la planta de producción;

g) El transporte público federal, y

h) Aquellas que por su naturaleza y complejidad requieran la intervención federal.

ARTICULO 16.- Las emisiones de olores, gases, así como de partículas sólidas y líquidas a la atmósfera que se generen por fuentes fijas, no deberán exceder los niveles máximos permisibles de emisión e inmisión, por contaminantes y por fuentes de contaminación que se establezcan en las normas técnicas ecológicas que para tal efecto expida la Secretaría en coordinación con la Secretaría de Salud, con base en la determinación de los valores de concentración máxima permisible para el ser humano de contaminantes en el ambiente que esta última determina.

Asimismo, y tomando en cuenta la diversidad de tecnologías que presentan las fuentes, podrán establecerse en la norma técnica ecológica diferentes valores al determinar los niveles máximos permisibles de emisión o inmisión, para un mismo contaminante o para una misma fuente, según se trate de:

I. Fuentes existentes;

II. Nuevas fuentes, y

III. Fuentes localizadas en zonas críticas.

La Secretaría en coordinación con la Secretaría de Salud, y previos los estudios correspondientes, determinará en la norma técnica ecológica respectiva, las zonas que deben considerarse críticas.

ARTICULO 17.- Los responsables de las fuentes fijas de jurisdicción federal, por las que se emitan olores, gases o partículas sólidas o líquidas a la atmósfera estarán obligados a:

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I. Emplear equipos y sistemas que controlen las emisiones a la atmósfera, para que éstas no rebasen los niveles máximos permisibles establecidos en las normas técnicas ecológicas correspondientes;

II. Integrar un inventario de sus emisiones contaminantes a la atmósfera, en el formato que determine la Secretaría;

III. Instalar plataformas y puertos de muestreo;

IV. Medir sus emisiones contaminantes a la atmósfera, registrar los resultados en el formato que determine la Secretaría y remitir a ésta los registros, cuando así lo solicite;

V. Llevar a cabo el monitoreo perimetral de sus emisiones contaminantes a la atmósfera, cuando la fuente de que se trate se localice en zonas urbanas o suburbanas, cuando colinde con áreas naturales protegidas, y cuando por sus características de operación o por sus materias primas, productos y subproductos, puedan causar grave deterioro a los ecosistemas, a juicio de la Secretaría;

VI. Llevar una bitácora de operación y mantenimiento de sus equipos de proceso y de control;

VII. Dar aviso anticipado a la Secretaría del inicio de operación de sus procesos, en el caso de paros programados y de inmediato en el caso de que éstos sean circunstanciales, si ellos pueden provocar contaminación;

VIII. Dar aviso inmediato a la Secretaría en el caso de falla del equipo de control, para que ésta determine lo conducente, si la falla puede provocar contaminación, y

IX. Las demás que establezcan la Ley y el reglamento.

ARTICULO 18.- Sin perjuicio de las autorizaciones que expidan otras autoridades competentes, las fuentes fijas de jurisdicción federal que emitan o puedan emitir olores, gases o partículas sólidas o líquidas a la atmósfera, requerirán licencia de funcionamiento expedida por la Secretaría, la que tendrá una vigencia indefinida.

ARTICULO 19.- Para obtener la licencia de funcionamiento a que se refiere el artículo anterior, los responsables de las fuentes, deberán presentar a la Secretaría, solicitud por escrito acompañada de la siguiente información y documentación:

I. Datos generales del solicitante;

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II. Ubicación;

III. Descripción del proceso;

IV. Distribución de maquinaria y equipo;

V. Materias primas o combustibles que se utilicen en su proceso y forma de almacenamiento;

VI. Transporte de materias primas o combustibles al área de proceso;

VII. Transformación de materias primas o combustibles;

VIII. Productos, subproductos y desechos que vayan a generarse;

IX. Almacenamiento, transporte y distribución de productos y subproductos;

X. Cantidad y naturaleza de los contaminantes a la atmósfera esperados;

XI. Equipos para el control de la contaminación a la atmósfera que vayan a utilizarse, y

XII. Programa de contingencias, que contenga las medidas y acciones que se llevarán a cabo cuando las condiciones metereológicas de la región sean desfavorables; o cuando se presten emisiones de olores, gases, así como de partículas sólidas y líquidas extraordinarias no controladas.

La información a que se refiere este artículo deberá presentarse en el formato que determine la Secretaría, quien podrá requerir la información adicional que considere necesaria y verificar en cualquier momento, la veracidad de la misma.

ARTICULO 21.- Una vez otorgada la licencia de funcionamiento, el responsable de la fuente fija deberá remitir a la Secretaría, en el mes de febrero de cada año y en el formato que ésta determine una cédula de operación que contenga la información y documentación prevista en el artículo 19 del reglamento.

ARTICULO 24.- Los ductos o las chimeneas a que se refiere el artículo anterior, deberán tener la altura efectiva necesaria, de acuerdo con la norma técnica ecológica correspondiente, para dispersar las emisiones contaminantes.

ARTICULO 25.- Las mediciones de la emisiones contaminantes a la atmósfera, se llevarán a cabo conforme a los procedimientos de muestreo y cuantificación

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establecidos en las normas oficiales mexicanas o, en su caso, en las normas técnicas ecológicas correspondientes. Para evaluar la emisión total de contaminantes atmosféricos de una fuente múltiple, se deberán sumar las emisiones individuales de las chimeneas existentes.

ARTICULO 26.- Los responsables de las fuentes fijas de jurisdicción federal, deberán conservar en condiciones de seguridad las plataformas y puertos de muestreo y mantener calibrados los equipos de medición, de acuerdo con el procedimiento previsto en la norma oficial mexicana correspondiente.

Reglamento de la LGEEPA contra la Contaminación Originada por la Emisión de Ruido

ARTICULO 8o.- Los responsables de las fuentes emisoras de ruido, deberán proporcionar a las autoridades competentes la información que se les requiera, respecto a la emisión de ruido contaminante, de acuerdo con las disposiciones de este reglamento.

ARTICULO 11.- El nivel de emisión de ruido máximo permisible en fuentes fijas es de 68 dB (A) de las seis a las veintidós horas, y de 65 dB de las veintidós a las seis horas. Estos niveles se medirán en forma continua o semicontinua en las colindancias del predio, durante un lapso no menor de quince minutos, conforme a las normas correspondientes.

El grado de molestia producido por la emisión de ruido máximo permisible será de 5 en una escala Likert modificada de 7 grados. Este grado de molestia será evaluado, en un universo estadístico representativo conforme a las normas correspondientes.

ARTICULO 15.- Los establecimientos industriales, comerciales, de servicio público y en general toda edificación, deberán construirse de tal forma que permitan un aislamiento acústico suficiente para que el ruido generado en su interior, no rebase los niveles permitidos en el artículo 11 de este Reglamento, al trascender a las construcciones adyacentes, a los predios colindantes o a la vía pública, lo anterior sin perjuicio de las facultades que competen al Departamento del Distrito Federal.

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En caso de que técnicamente no sea posible conseguir este aislamiento acústico, dichas construcciones deberán localizarse dentro del predio, de tal forma que la dispersión acústica cumpla con lo dispuesto en el citado artículo.

Normas Oficiales Mexicanas

En cuestión de Normas Oficiales Mexicanas en este proyecto se atenderán particularmente lo establecido para el aspecto de emisiones a la atmósfera, en materia de ruido, las cuales se mencionan a continuación:

Por la emisión de contaminantes a la atmósfera por parte de los motogeneradores, la NOM-085-SEMARNAT-1994 establece los procedimientos y requisitos para el buen funcionamiento de este equipo.

NOM-085-SEMARNAT-1994, contaminación atmosférica-FUENTES FIJAS.- para fuentes fijas que utilizan combustibles fósiles sólidos, líquidos o gaseosos o cualquiera de sus combinaciones, que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de humos, partículas suspendidas totales, bióxidos de azufre y óxidos de nitrógeno y los requisitos y condiciones para la operación de los equipos de calentamiento indirecto por combustión, así como los niveles máximos permisibles de emisión de bióxido de azufre en los equipos de calentamiento directo por combustión.

A los alrededores de lugar donde se pretende instalar la Planta de Autoabastecimiento existen comercios por lo que la medición del ruido que se generara se hace necesaria de acuerdo a lo establecido por la NOM-081-SEMARNAT-1994.

NOM-081-SEMARNAT-1994, que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición.

Durante la operación del proyecto se tendrá la generación de residuos los cuales son considerados peligrosos de acuerdo al listado de la NOM-052-SEMARNAT-2005, y los procedimientos para realizar la prueba de extracción y determinar la incompatibilidad entre dos o más residuos se presentan en las normas NOM-052-SEMARNAT-2005/ NOM-054-SEMARNAT-1993.

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NOM-052-SEMARNAT-2005, que establece las características de los residuos peligrosos, el listado de los mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente.

NOM-053-SEMARNAT-1993, que establece el procedimiento para llevar a cabo la prueba de extracción para determinar los constituyentes que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente.

NOM-054-SEMARNAT-1993, que establece el procedimiento para determinar la incompatibilidad entre dos o más residuos considerados como peligrosos por la norma oficial mexicana NOM-052-SEMARNAT-1993.

III.4 Decretos y Manejo de Áreas Naturales Protegidas

Las áreas naturales protegidas establecidas por el Gobierno del Distrito Federal constituyen en su conjunto el Sistema Local de Áreas Naturales Protegidas.

El Distrito Federal en la actualidad posee importantes áreas de reserva natural, las cuales representan más de la mitad de su territorio. La conservación y recuperación de estas áreas representa una prioridad de orden estratégico para la supervivencia de la Ciudad, son un refugio para la biodiversidad, regulan el clima, mejoran la calidad del aire, constituyen un hermoso paisaje escénico, son promotoras del esparcimiento para los habitantes de la urbe; y lo más importante es que producen la mayor captación de agua de lluvia para la recarga de los mantos acuíferos de la región, de los cuales depende gran parte del suministro de agua de la Ciudad de México.

El Gobierno del Distrito Federal tiene el potencial natural para la creación de nuevas áreas Naturales Protegidas.

Las áreas naturales protegidas son aquellos espacios físicos naturales en donde los ambientes originales no han sido significativamente alterados por las actividades el hombre, o que requieren ser preservados o restaurados, por su estructura y función, para la recarga del acuífero y la preservación de la biodiversidad. Son áreas que, por sus características ecogeográficas, su contenido de especies, los bienes y servicios ambientales y culturales que proporcionan a la población hacen imprescindible su preservación. Además favorecen la captación e infiltración del

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“Instalación y operación de una planta de autoabastecimiento eléctrico en las instalaciones de Liverpool Provincia Almacén Tezontle en la Delegación Iztapalapa en México, D.F.”

agua de lluvia que recarga el manto acuífero, el cual contribuye de manera significativa al abastecimiento de este líquido a la población; albergan el patrimonio biológico de la región, además de su importancia en la generación de oxígeno, captura de bióxido de carbono y otros servicios ambientales que permiten el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del Distrito Federal.

Sistema Local de Áreas Naturales Protegidas.

En el 2005 existían en el Distrito Federal 15 áreas con la categoría de área natural protegida:

1. Zona Sujeta a Conservación Ecológica “Sierra de Guadalupe”; 2. Zona Sujeta a Conservación Ecológica y Zona de Conservación Ecológica

“Sierra de Santa Catarina”; 3. Zona Sujeta a Conservación Ecológica “Ejidos de Xochimilco y San Gregorio

Atlapulco”; 4. Zona Sujeta a Conservación Ecológica “Parque Ecológico de la Ciudad de

México”; 5. Parque Urbano “Bosque de Tlalpan”; 6. Zona Sujeta a Conservación Ecológica “Bosque de las Lomas”; 7. Zona Sujeta a Conservación Ecológica “Cerro de la Estrella”; 8. Parque Nacional “ Insurgente Miguel Hidalgo y Costilla”; 9. Parque Nacional “Cumbres del Ajusco”; 10. Parque Nacional “Desierto de los Leones”; 11. “Parque Nacional “El Tepeyac”; 12. Parque Nacional “Cerro de la Estrella”; 13. Parque Nacional “Lomas de Padierna”; 14. “Parque Nacional “Fuentes Brotantes de Tlalpan”; 15. Parque Nacional “Histórico de Coyoacán”

Las áreas en conjunto suman una superficie decretada aproximada de 10,547.84 hectáreas.

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Planta de Autoabastecimiento de Electricidad, Liverpool Tezontle CAPITULO III Página III-81

De acuerdo con información del Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática (INEGI) para el 2007 se encuentran 20 Áreas Naturales Protegidas decretadas en el Distrito Federal

Tabla III.2 Áreas naturales protegidas en el Distrito Federal

Categoría Fecha de Decreto Localización

Superficie Decretada

(Ha)

Latitud Norte

Longitud Oeste UTM Programa

de Manejo Decreto en

digital

Parque Nacional 1 Cumbres

del Ajusco 19 de mayo de 1947

Delegación Tlalpan

920,00 19°13'11.00" 19°11'54.73"

99°16'22.12" 99°14'30.26"

471324 474587

2125035 2122686 NO NO

2 Desierto de los Leones

27 de noviembre de 1917

Delegaciones Cuajimalpa y Álvaro Obregón

1529,00 19°19'39.73" 19°15'47.21"

99°19'47.88" 99°17'47.48"

465339 468840

2136993 2129840

SI NO

3 Insurgente Miguel Hidalgo y Costilla

18 de septiembre de 1936

Delegación Cuajimalpa y en los municipios de Ocoyoacac, Huixquilucan

1836 336 en el D.F.

19°18'22.93" 19°15'17.35"

99°22'14.04" 99°19'34.27"

461069 465720

2134641 2128928

NO NO

“Instalación y operación de una planta de autoabastecimiento eléctrico en las instalaciones de Liverpool Tezontle en la Delegación Iztapalapa en México, D.F.”

Manifestación de Impacto Ambiental

Planta de Autoabastecimiento de Electricidad, Liverpool Tezontle CAPITULO III Página III-82

Categoría Fecha de

Decreto Localización Superficie Decretada

(Ha)

Latitud Norte

Longitud Oeste UTM Programa

de Manejo Decreto en

digital

del Estado de México

4 Cerro de la Estrella

24 de agosto de

1938

Delegación Iztapalapa 1100,00 19°21'23.05"

19°19'02.55"99°06'34.12" 99°04'25.45"

488502 492254

2140139 2135819 NO NO

5 El Tepeyac 18 de febrero de 1937

Delegación Gustavo A. Madero

1500,00 19°30'57.59" 19°29'12.94"

99°07'28.96" 99°06'13.82"

486915 489103

2157799 2154581 NO NO

6 Fuentes Brotantes de Tlalpan

28 de septiembre de 1936

Delegación Tlalpan

129,00 19°17'21.74" 19°16'50.44"

99°11'02.14" 99°10'25.41"

480675 481746

2132729 2131766 NO NO

7 Lomas de Padierna

22 de abril de 1938

Delegación Magdalena Contreras

670,00 19°19'26.39" 19°19'02.79"

99°15'23.42" 99°14'49.49"

473055 474044

2136570 2135843 NO NO

8 Histórico de Coyoacán

26 de septiembre de 1938

Delegación Coyoacán

No se hace mención en el decreto

NO NO

Zona Sujeta a Conservación Ecológica 9 Parque

Ecológico de la Ciudad de

28 de junio de 1989

Delegación Tlalpan

727,61 19°16'23.12" 19°14'37.04"

99°14'35.58" 99°10'31.85"

474443 481554

2130935 2127666 NO

“Instalación y operación de una planta de autoabastecimiento eléctrico en las instalaciones de Liverpool Tezontle en la Delegación Iztapalapa en México, D.F.”

Manifestación de Impacto Ambiental

Planta de Autoabastecimiento de Electricidad, Liverpool Tezontle CAPITULO III Página III-83

Categoría Fecha de

Decreto Localización Superficie Decretada

(Ha)

Latitud Norte

Longitud Oeste UTM Programa

de Manejo Decreto en

digital

México 10 Bosques de

las Lomas 8 de octubre de 1994

Delegación Miguel Hidalgo

26,40 19°24'59.73" 19°23'31.12"

99°15'19.14" 99°13'55.11"

473195 475642

2146815 2144088 NO NO

11 Ejidos de Xochimilco y San Gregorio Atlapulco

11 de mayo de 1992

Delegación Xochimilco

2657 19°19' 09.79" 19° 15' 08.80"

99°07' 10.32" 99°01' 07.21"

487443 498038

2136044 2128633

Si SI

(modificación de poligonal)

12 Sierra de Guadalupe

20 de agosto de 2002

Delegación Gustavo A. Madero

633,68 19°34'47.16" 19°31'26.65"

99°09'38.57" 99°06'27.49"

483144 488707

2164858 2158691 SI SI

13 Sierra de Santa Catarina

21 de agosto de 2003

Delegaciones Iztapalapa y Tláhuac

528,00 19°20'08.19" 19°17'40.80"

99°01'50.43" 98°57'50.89"

496778 503768

2137835 2133305 SI SI

Zona de Conservación Ecológica 14 Ecoguardas 29 de

noviembre de 2006

Delegación Tlalpan

132,63 19º16´47.23" 19º15´52.44"

99º 12´ 24.08" 99º 11´ 20.24"

478282 480144

2131671 2129985 NO SI

15 Sierra de Santa Catarina

21 de agosto de 2003

Delegaciones Iztapalapa y Tláhuac

220,55 19°20'19.88" 19°19'15.48"

99°00'00.69" 98°58'02.69"

499980 503423

2138194 2136215 SI SI

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Decreto en digital

M

Planta de Autoabastecim

Categoría Fecha de

Decreto Localización Superficie Decretada

(Ha)

Latitud Norte

Longitud Oeste UTM Programa

de Manejo

16 La Armella 9 de junio

de 2006 Delegación Gustavo A. Madero

193,38 19º35´35.97" 19º34´39.50"

99º08´20.09" 99º06´45"

485432 488201

2166356 2164619 SI SI

Parque Urbano 17 Bosque de

Tlalpan 24 de octubre de 1997

Delegación Tlalpan

252,86 19°17'50.12" 19°17'06.54"

99°12'55.04" 99°11'02.16"

477381 480674

2133605 2132262 NO NO

Zona Ecológica y Cultural 18 Cerro de la

Estrella 2 de noviembre de 2005

Delegación Iztapalapa

121,77 19º21´08.14" 19º19´51.61"

99º05´57.19" 99º04´53.44"

489579 491438

2139680 2137327 SI SI

Reserva Ecológica Comunitaria 19 San Nicolás

Totolapan 29 de noviembre de 2006

Delegaciones Magdalena Contreras y Tlalpan

1984,70 19º17´21.04" 19º 13´25.00"

99º 17´53.27" 99º13´03.06"

468676 477137

2132724 2125456 NO SI

20 San Miguel Topilejo

26 de junio de 2007

Delegación Tlalpan

6000,29

NO SI

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Planta de Autoabastecimiento de Electricidad, Liverpool Tezontle CAPITULO III Página III-85

De las A.N.P. presentes en el Distrito Federal, las siguientes se encuentran en la delegación de Iztapalapa: Zona Sujeta a Conservación Ecológica y Zona de Conservación Ecológica “Sierra de Santa Catarina” y Zona Sujeta a Conservación Ecológica “Cerro de la Estrella”; Parque Nacional “Cerro de la Estrella”. En la Figura III.4 se muestra la ubicación de las áreas naturales protegidas dentro del Distrito Federal. La ubicación relativa al sitio de estudio de cada una de las áreas mencionadas en el párrafo anterior se muestra en la Figura III.3.

Figura III.3 A.N.P. cercanas al área de estudio

Localización del Sitio

Fuente: Internet. Google Earth

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de Liverpool Tezontle en la Delegación Iztapalapa en México, D.F.”

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Figura III.4 A.N.P. en el Distrito Federal

Localización del Sitio

Fuente: Secretaría de Medio Ambiente del Distrito Federal

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Las características de la Áreas Naturales Protegidas cercanas al área de estudio se presentan a continuación:

"SIERRA DE SANTA CATARINA"

Ubicación:

Se localiza en las partes bajas de la Sierra de Santa Catarina, al sureste del Distrito Federal, en las delegaciones Iztapalapa y Tláhuac.

Superficie: 528 ha

Categoría:

Zona Sujeta a Conservación Ecológica Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de noviembre de 1994 Zona de conservación Ecológica Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto de 2003

Clima: Semiseco con lluvias en verano.

VEGETACIÓN REPRESENTATIVA La vegetación predominante es matorral xerófilo con Schinus molle (pirúl), Pittocaulon praecox (palo loco), Eysenhardtia polystachya (palo dulce), Sedum praealtum (siempreviva amarilla), Nolina parviflora (nolina), Buddleia cordata (tepozán) y Buddleia parviflora (tepozancillo).

Resalta la presencia de Argythamnia pringlei que en la Cuenca de México sólo se encuentra en la Sierra de Santa Catarina. FAUNA REPRESENTATIVA Anfibios y reptiles Phrynosoma orbiculare (camaleón), Sceloporus torquatus (lagartija), Crotalus molossus (víbora de cascabel) Aves Zenaida macroura (paloma huilota), Hirundo rustica (golondrina tijereta), Turdus migratorius (mirlo primavera), Quiscalus mexicanus (zanate mexicano) Mamíferos Lyomis irroratus (ratón de abazones), Didelphis virginiana ( tlacuache), Spermophilus variegatus (ardillón), Sylvilagus floridanus ( conejo castellano ).

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"CERRO DE LA ESTRELLA"

Ubicación: Se ubica al sureste de la Ciudad de México, en la Delegación Iztapalapa.

Superficie: 1100 ha

Categoría:

Zona Ecológica y Cultural Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de noviembre de 2005 Parque Nacional Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 1938

Clima: Clima semiseco con lluvias en verano

VEGETACIÓN REPRESENTATIVA Predomina un bosque de Eucalyptus camaldulensis y relictos de matorral xerófilo. El matorral xerófilo contiene Acacia schaffneri (huizache), Eysenhardtia polystachya (palo dulce), Mimosa aculeaticarpa var. biuncifera (uña de gato), Opuntia imbricata (nopal); Schinus molle (pirul), Bursera fagaroides (cuajiote) y Brongniartia intermedia. FAUNA REPRESENTATIVA Reptiles Sceloporus grammicus (lagartija espinosa), Sceloporus torquatus (lagartija), Pituophis deppei (cincuate) Aves Turdus migratorius (mirlo primavera), Melospiza lincolnii (gorrión de Lincoln), Passer domesticus (gorrión casero) Mamíferos Didelphis virginiana (tlacuache), Lyomis irroratus (ratón de abazones).

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El predio donde se instalará la planta de Autoabastecimiento de Electricidad Liverpool Provincia Almacén Tezontle, se encuentra a 5 kilómetros aproximadamente al norte del Cerro de Estrella y a 10 kilómetros al noroeste de la Sierra Santa Catarina.

El proyecto objeto de este estudio se encuentra dentro de un fraccionamiento comercial ya impactado y autorizado en materia ambiental; el proyecto Liverpool Provincia Almacén Tezontle cuenta actualmente con una clasificación de Uso de Suelo tipo E 3/50, el cual según el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Iztapalapa, en esta zonificación (E) se permite todo tipo de equipamiento público o privado y aplica a usos ya establecidos o en terrenos baldíos de propiedad pública, donde sea factible proponer algún servicio como: instalaciones y establecimientos de servicios para la educación, cultura, salud, abasto, recreación y deporte, comunicaciones, infraestructura, transporte y mortuorio; por tanto, la instalación de la Planta no afectará el uso de suelo de la zona.

El Certificado de Zonificación para Uso del Suelo Específico Folio No. 19250 SEDUVI con fecha de expedición 25 de abril de 2006, otorgado por la Dirección General de Desarrollo Urbano, se presenta en el Anexo 4.

III.5 Bandos y Reglamentos Municipales

En el Distrito Federal se tienen registrados 23 bandos informativos. De los cuales solo el Bando número 2 hace referencia a la Delegación Iztapalapa. El Bando número 2 no tiene incidencia en el proyecto objeto de el presente estudio, ya que se cuenta con la autorización correspondiente para el uso de suelo específico, copia del certificado de zonificación para Uso del Suelo Específico se presenta en el Anexo 4.

En la Tabla III.3 se presentan los bandos informativos del Distrito Federal.

“Instalación y operación de una planta de autoabastecimiento eléctrico en las instalaciones

de Liverpool Tezontle en la Delegación Iztapalapa en México, D.F.”

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Tabla III.3 Bandos Informativos

Bando Número Descripción

1 Se establecen nuevos sistemas de control y vigilancia en la Tesorería y se renueva el personal de confianza.

2

Se Restringe el crecimiento de unidades habitacionales y desarrollos comerciales en las Delegaciones Álvaro Obregón, Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Iztapalapa, Magdalena Contreras, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan y Xochimilco.

3 Crecimiento económico del DF impulsando Corredor Catedral-Basílica de Guadalupe en Gustavo A. Madero

4 Plan de Austeridad del Gobierno del Distrito Federal

5 Propuesta de Iniciativa de Reformas al Estatuto de Gobierno y la Ley de Seguridad Pública para transmitir a cada uno de los Jefes Delegacionales el mando de la Policía Preventiva

6 Puesta en marcha Programa de Prevención y Atención Rápida ante cualquier tipo de Siniestros

7 El estado de Ingresos y Egresos del Sector Central aparecerá en la página electrónica del Gobierno del Distrito Federal

8 Reglamento de la Ley Ambiental del Distrito Federal. Impacto Ambiental y Riesgos

9 Transporte Público Individual de Pasajeros (Taxis) y la Suspensión de Concesiones en los próximos tres años

10 Creación de cuatro Gabinetes para Ejecución de Programas Integrados, Sectoriales y Territoriales

11 Política Laboral del Gobierno del Distrito Federal y sus Trabajadores

12 Iniciativa de Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal ante la Asamblea Legislativa

13 Lineamientos de Política relacionados con las Marchas, Mítines, Plantones y Bloqueos que se realizan en la Ciudad de México

“Instalación y operación de una planta de autoabastecimiento eléctrico en las instalaciones

de Liverpool Tezontle en la Delegación Iztapalapa en México, D.F.”

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Bando Número Descripción

14 Entrega del Paquete Financiero para el año 2001 a la Asamblea Legislativa

15 Creación del Consejo de Seguimiento a la Transparencia de las Finanzas Públicas del Distrito Federal

16 El Gobierno del Distrito Federal asume totalmente la Administración de la Policía Auxiliar para transparentar sus Ingresos y Egresos

17 Programa de Sustitución de Microbuses por Autobuses Nuevos y de Calidad

18 Iniciativa de Ley para crear la Secretaría de Cultura del Gobierno de la Ciudad

19 Recuperación de la Imagen Urbana, prohibiendo instalación de anuncios espectaculares en la Vialidad Primaria de la Ciudad de México

20 El Gobierno del Distrito Federal asume el incremento de la Leche Liconsa con un subsidio compensatorio

21 Declaración del día 6 de Julio como Día de la Democracia en la Ciudad de México

22 Administración y Ordenamiento de los Espacios Públicos. Regulación de Espectaculares

23 Reforma al Reglamento de Tránsito del Distrito Federal

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de Liverpool Tezontle en la Delegación Iztapalapa en México, D.F.”

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Planta de Autoabastecimiento de Electricidad, Liverpool Tezontle CAPITULO III Página III-92

Conclusión del análisis.

En conclusión, revisados y analizados los instrumentos normativos y de planeación presentados en este capítulo, se considera que el presente proyecto no se contrapone con lo establecido en los mismos.

El proyecto objeto de este estudio se encuentra dentro de un fraccionamiento comercial ya impactado y autorizado en materia ambiental; por otro lado, en el área de influencia del proyecto no se tiene la presencia de flora o fauna que pudiera ser afectada por las actividades que implica este proyecto, además no se espera tener afectaciones negativas sobre la flora y fauna que existen fuera del área de influencia.

En cuestión de Normas Oficiales Mexicanas, los equipos que generarán emisiones a la atmósfera así como equipos generadores de ruido, operarán bajo los límites máximos permisibles que se establecen en la normatividad correspondiente (NOM-085-SEMARNAT-1994 y NOM-081-SEMARNAT-1994) y además, durante las actividades de instalación de este proyecto se ejecutarán estrictamente las medidas de mitigación y prevención indicadas en capítulos posteriores.

Por otro lado, respecto a la generación de residuos sólidos peligrosos y no peligrosos en la etapa de operación y mantenimiento el manejo de los residuos peligrosos será manejado con base a lo establecido en la normatividad correspondiente (NOM-003-SEMARNAT-1997 y NOM-052-SEMARNAT-2005 y NOM-53/54-SEMARNAT-1993).

“Instalación y operación de una planta de autoabastecimiento eléctrico en las instalaciones

de Liverpool Tezontle en la Delegación Iztapalapa en México, D.F.”

MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Sector Eléctrico Modalidad Particular

LIVERPOOL PROVINCIA, ALMACÉN TEZONTLE

CAPÍTULO IV

DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL Y SEÑALAMIENTO DE LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DETECTADA EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO

CONTENIDO

Capítulo IV Descripción del Sistema Ambiental y Señalamiento de la

Problemática Ambiental detectada en el Área de Influencia del Proyecto .......................................................................................IV-1

IV.1 Delimitación del área de estudio...................................................IV-1 IV.2 Caracterización y análisis del sistema ambiental......................IV-11 IV.2.1. Aspectos Abióticos ......................................................................IV-13 IV.2.2. Aspectos bióticos.........................................................................IV-52 IV.2. 3. Paisaje ...........................................................................................IV-56 IV.2.4 Medio socioeconómico................................................................IV-57 IV.2.5 Diagnóstico Ambiental.................................................................IV-69

Índice de Tablas

TABLA IV.1 CLIMAS EN LA DELEGACIÓN DE IZTAPALAPA. ........................................... IV-14 TABLA IV.2 CLIMA DEL SITIO DEL PROYECTO .............................................................. IV-14 TABLA IV.3. TEMPERATURA PROMEDIO ANUAL EN IZTAPALAPA. ................................ IV-17 TABLA IV.4. TEMPERATURA MEDIA ANUAL (°C). ...................................................... IV-17 TABLA IV.5. TEMPERATURAS EXTREMAS POR MES....................................................... IV-18 TABLA IV.6. PRECITACIÓN DE IZTAPALAPA................................................................... IV-20 TABLA IV.7. CICLONES QUE HAN IMPACTADO EN HIDALGO DE 1980 - 2002 ................. IV-22 TABLA IV.8. DÍAS CON HELADAS. ................................................................................. IV-23 TABLA IV.9. GEOLOGÍA DE IZTAPALAPA. ..................................................................... IV-27 TABLA IV.11. SUELOS DOMINANTES EN IZTAPALAPA. ................................................... IV-43 TABLA IV.12. PROVINCIAS FISIOGRÁFICAS.................................................................... IV-45 TABLA IV.13. REGIONES, CUENCAS Y SUBCUENCAS HIFROLÓGICAS ............................. IV-47 TABLA IV.14 POBLACIÓN ECONÓMICAMENTE ACTIVA, IZTAPALAPA ............................ IV-60 TABLA IV.15 EMISIONES POR DELEGACIÓN .................................................................. IV-71 TABLA IV.16. EMISIONES DEL SECTOR GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA.............. IV-72 TABLA IV.17. EMISIONES QUE SE GENERARÁN EN EL PROYECTO................................... IV-73

Índice de Figuras

FIGURA IV.1. LOCALIZACIÓN DEL D.F. Y DELEGACIÓN IZTAPALAPA .............................. IV-8 FIGURA IV.2. LOCALIZACIÓN DEL SITIO EN DELEGACIÓN IZTAPALAPA........................... IV-9 FIGURA IV.3. LOCALIZACIÓN DEL SITIO EN PLANO TOPOGRÁFICO .................................. IV-9 FIGURA IV.4. CLIMAS DEL DISTRITO FEDERAL .............................................................. IV-15 FIGURA IV.5. CLIMAS DE LA DELEGACIÓN IZTAPALAPA................................................ IV-16 FIGURA IV.6. TEMPERATURAS MEDIAS ANUALES. ........................................................ IV-19 FIGURA IV.7. PRECIPITACIÓN PROMEDIO ANUAL .......................................................... IV-21 FIGURA IV.8. ZONIFICACIÓN DE HELADAS .................................................................... IV-23 FIGURA IV.9. ROSA DE VIENTO ANUAL, DISTRITO FEDERAL 2006.................................. IV-25 FIGURA IV.10. CAMPO DE VIENTO PROMEDIO POR ÉPOCA ............................................... IV-25 FIGURA IV.11. GEOLOGÍA DE IZTAPALAPA...................................................................... IV-28 FIGURA IV.12. GEOLOGÍA DEL DISTRITO FEDERAL......................................................... IV-29 FIGURA IV.13. ELEVACIONES PRINCIPALES DE IZTAPALAPA. ......................................... IV-31 FIGURA IV.14. MAPA TOPOGRÁFICO ............................................................................. IV-32 FIGURA IV.15. RANGO DE PENDIENTES EN EL DISTRITO FEDERAL................................. IV-33 FIGURA IV.16. MAPA ALTÍMETRICO DEL DISTRITO FEDERAL ........................................ IV-34 FIGURA IV.17. MAPA GEOLÓGICO DEL DISTRITO FEDERAL ........................................... IV-36 FIGURA IV.18. PLANO DE SISMICIDAD............................................................................ IV-37 FIGURA IV.19. MAPA DE PELIGRO SÍSMICO DEL DISTRITO FEDERAL............................. IV-38 FIGURA IV.20. SUSCEPTIBILIDAD DE REMOCIONES DE MASA ......................................... IV-41 FIGURA IV.21. MAPA EDAFOLÓGICO............................................................................. IV-44 FIGURA IV.22. FISIOGRAFÍA DEL DISTRITO FEDERAL .................................................... IV-46 FIGURA IV.23. MAPA HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA ....................................................... IV-51 FIGURA IV.24. VEGETACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL .................................................... IV-54 FIGURA IV.25. MAPA DE EQUIPAMIENTO URBANO........................................................ IV-64

Índice de Gráficas

GRÁFICA 1. POBLACIÓN TOTAL DE LA DELEGACIÓN IZTAPALAPA.................................... IV-58 GRÁFICA 2. DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL DE LA POBLACIÓN ECONÓMICAMENTE ACTIVA

OCUPADA SEGÚN SEXO ............................................................................................ IV-60 GRÁFICA 3. IZTAPALAPA. POBLACIÓN OCUPADA Y SU DISTRIBUCIÓN SEGÚN INGRESO POR

TRABAJO EN SALARIO MÍNIMO, 2000 ....................................................................... IV-61 GRÁFICA 4. IZTAPALAPA. VIVIENDAS HABITADAS Y CLASE DE VIVIENDA, 2000.............. IV-62

Manifestación de Impacto Ambiental Planta de Autoabastecimiento de Electricidad, Liverpool Provincia, Almacén Tezontle CAPITULO IV

Página IV-1

“Instalación y operación de una planta de autoabastecimiento eléctrico en las instalaciones de Liverpool Provincia Almacén Tezontle en la Delegación Iztapalapa en México, D.F.”

Capítulo IV Descripción del Sistema Ambiental y Señalamiento de la Problemática Ambiental detectada en

el Área de Influencia del Proyecto

IV.1 Delimitación del área de estudio

El conocimiento del proyecto en todas sus etapas de desarrollo y acciones, y por otro lado, del medio ambiente en donde va a desarrollarse, determinan la delimitación del área de estudio que debe proporcionar el marco adecuado de información para identificar las posibles interacciones del proyecto con el medio. Como se ha mencionando en capítulos anteriores, la construcción de la planta de Autoabastecimiento de Energía se ubicará en la azotea de las instalaciones de Liverpool Provincia, Almacén Tezontle dentro del Centro Comercial Parque Tezontle, por lo que el área destinada para la construcción ya esta impactada por las instalaciones de Liverpool Provincia Almacén Tezontle.

El peor escenario que se pudiera suscitar en la planta de autoabastecimiento es el incendio del depósito de diesel y un incendio en el cuarto donde se ubican los motogeneradores.

Para evaluar el escenario de incendio se modelaron dos áreas: la primera de 14m x 15m y la segunda de 5m x 8m, se tomaron en cuenta las propiedades del gas natural por ser la sustancia que presenta mayor radiación de calor durante un incendio, sobrepasando así el alcance del peor escenario real. Las condiciones ambientales consideradas fueron: velocidad del viento de 1.5 m/s, temperatura ambiente de 25 ˚C y humedad relativa del 50%.

El radio de afectación resultante para un incendio en el cuarto de motogeneradores, según el modelo empleado, es de 64.46 metros para zona de alto riesgo (5 kW/m2) y de 117 metros para la zona de amortiguamiento (1.4 kW/m2); y para un incendio en el depósito de diesel es de 33.37 metros para zona

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de alto riesgo (5 kW/m2) y de 59 metros para la zona de amortiguamiento (1.4 kW/m2). En el Anexo 10 se presentan los resultados de las modelaciones así como un plano de la planta con los radios de afectación.

Así entonces, debido a que el radio de mayor afectación fue de 117 metros se consideraron los alrededores del Centro Comercial para realizar la evaluación de los posibles impactos que pudiesen presentarse debido a la interacción del proyecto con el medio.

Por otro lado, un análisis del Programa General de Ordenamiento Ecológico del distrito Federal (actualmente en etapa de actualización y detalle a nivel Delegacional) determina que el municipio de Iztapalapa queda comprendido en las delegaciones que cuentan con suelo definido como de conservación ecológica, sin embargo el área donde se ubica el presente proyecto no se encuentra dentro de la anterior clasificación.

Adicionalmente el presente proyecto no se localiza en una UGA, y por esta razón no se puede delimitar el área de estudio en base a ella, cabe mencionar que por las características del proyecto y las actividades a realizar, no se prevén afectaciones significativas, ni se prevé que las afectaciones vayan más allá del área que se ocupará dentro de las instalaciones de Liverpool Provincia Almacén Tezontle.

Por lo anterior, así como la diferente naturaleza de los factores del medio ambiente (bióticos, abióticos y socioeconómicos) y las características del proyecto, se consideran diferentes dimensiones y magnitudes de acuerdo al factor. Debido a esto, la delimitación del área de estudio se describirá con base a los siguientes:

Dimensión regional a nivel municipio para variables del medio físico como clima, edafología, geomorfología e hidrología; cuya escala de representación es a 1:250 000 y 1:1 000 000 de las cartas correspondientes del INEGI.

Dimensión local para variables de medio abiótico, biótico e infraestructura, como es relieve, geología hidrología superficial, edafología, procesos de erosión, vegetación, fauna, vías de comunicación y asentamientos humanos a un nivel de escala de 1:50 000 de la organización de hojas del INEGI.

Dimensión socioeconómica, referida estadísticamente por las unidades político-administrativa, a escala municipal y estatal, para las variables de

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población y actividades económicas; información de acuerdo al cuaderno estadístico delegacional de Iztapalapa 2006.

Con base a ello, él área de estudio es diferente para cada factor ambiental que se considera, pero de manera conjunta describen el sistema ambiental regional. El área de estudio debe ser suficiente para contener el área de interacciones del proyecto que permita realizar una evaluación de los posibles impactos que se presentarían con la realización del mismo.

Como se mencionó anteriormente, para el desarrollo de esta sección se analizaron de manera integral los elementos del medio físico, biótico, social, económico y cultural, así como los diferentes usos de suelo y agua que hay en el área de estudio. En dicho análisis se considerará la variabilidad estacional de los componentes ambientales, con el propósito de reflejar su comportamiento.

Como se describió en el capítulo II, sección II.1.3, el proyecto se ubicará en la azotea de las instalaciones de Liverpool Provincia Almacén Tezontle, con dirección en Avenida Canal de Tezontle No. 1512, Col. Doctor Alfonso Ortiz Tirado, Delegación Iztapalapa, C.P. 09020, México, D.F.

La Figura IV.1, ilustra la localización del sitio del proyecto.

Para delimitar el área de influencia del proyecto, se consideraron los principales factores involucrados y su radio de afectación en las diversas etapas del proyecto; el resultado del análisis de la interacción se presenta a continuación:

Emisiones al Aire:

Las emisiones a la atmósfera se tendrán en las etapas de preparación del sitio, construcción y operación. En las etapas de preparación del sitio y construcción, las emisiones serán producto de la combustión del diesel de la maquinaria pesada y camiones usados para acarreo de materiales, perforación de terreno para formación de pilas, excavación. Se tendrán emisiones de baja consideración, de partículas, por el tránsito de maquinaria pesada y peatones.

La duración de las emisiones será temporal, ya que las condiciones originales del aire (calidad y visibilidad) regresarán a la normalidad una vez concluidas las actividades de transporte de los materiales, del equipo y de forma general las actividades de construcción.

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La operación de la planta generará emisiones contaminantes a la atmósfera, derivadas de la combustión del diesel. La generación de NOx, está en función de la temperatura de combustión principalmente, variando la relación de manera exponencial. De manera inversa, si se reduce la temperatura de combustión más allá del valor requerido para lograr una combustión completa para la relación aire/combustible que se esté alimentando, es obvio señalar que se tendrá una combustión incompleta, favoreciendo la generación de CO.

Tabla. Emisiones

Emisiones Equipo

NOx CO PM HC

3 Motogeneradores 7.30 g/hp-hr 1.00 g/hp-hr 0.13 g/hp-hr 0.18 g/hp-hr

La influencia de las emisiones que se tendrán será dentro del límite de propiedad, sin presentar interacción sobre el entorno del sitio del proyecto.

Emisiones al Suelo/subsuelo:

Toda maquinaria y equipo que se utilice para las diferentes etapas del proyecto estarán en buenas condiciones mecánicas, con el fin de evitar fugas de lubricantes.

El mantenimiento preventivo de la maquinaria se realizará sobre una carpeta de concreto en un taller mecánico. No se prevén emisiones directas al suelo/subsuelo de aceite lubricante, diesel a hidrocarburos. Los residuos provenientes del cambio de aceite o mantenimiento preventivo de la maquinaria y equipo pesado, se almacenarán temporalmente en tambores metálicos de 200 litros de capacidad, dentro del almacén temporal de residuos peligrosos que se construirá para este propósito. Se contratarán los servicios de un prestador de servicios autorizado, para recolección y disposición final de los residuos peligrosos generados durante la preparación del sitio y construcción.

La Preparación del Sitio consistirá básicamente en limpieza de la azotea, donde se ubicará la planta de autoabastecimiento. La instalación de la planta no se hará sobre suelo nativo, NO se realizará ninguna de las siguientes actividades: desmontes y despalmes, excavaciones, compactaciones o nivelaciones de suelo nativo, cortes, rellenos, dragados ni desviación de cauces.

En la etapa de operación de la planta NO se alterarán las características físicas del suelo ni se ocasionarán perdidas de suelo por erosión debido a que no se instalará la planta de autoabastecimiento en suelo nativo.

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La influencia de este factor ambiental será dentro del límite de propiedad, sin presentar interacción sobre el entorno del sitio del proyecto.

Etapas de operación y mantenimiento de la planta:

Se formulará, ejecutará y registrará un Plan de Manejo de Residuos ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de acuerdo al artículo 46 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y a los artículos 17, 20, 24, 25, 27, 29 del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Se realizará el manejo de residuos como lo establecen los artículos 16, 17 y 55 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005.

Se identificarán y clasificarán todos los residuos peligrosos que se generen de acuerdo con los artículos 45 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, 46 y 87 del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Se almacenarán conforme a su categoría de generación los Residuos Peligrosos en áreas adecuadas para este fin y se verificará que el periodo de almacenamiento dentro de las instalaciones cumpla con los artículos 50 fracción III, 55, 56, 66, 67 fracción V, 106 fracciones I y VII de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, 46 fracción V, 65,82, 83 y 84 del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

La disposición final de los residuos se efectuará de manera adecuada de conformidad con los artículos 42, 80 de la Ley General para la Prevención General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y 91, 92, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104 y 105 del Reglamento de la Ley General para la Prevención General y Gestión Integral de los Residuos.

Se evitarán derrames o infiltraciones de residuos peligrosos en el suelo como se establece en los artículos 134, 136, 139 y 152 BIS, de la Ley General para la Prevención General y Gestión Integral de los Residuos.

La influencia de este factor ambiental será dentro del límite de propiedad, sin presentar interacción sobre el entorno del sitio del proyecto.

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Descargas de Agua Residual:

En lo que respecta a descargas de aguas residuales, como se ha descrito en capítulos anteriores, no se generarán aguas de proceso.

La planta contará con sanitarios para uso del personal que hará recorridos de inspección durante cada turno de trabajo mismo que operará el cuarto de control, por lo tanto, las descargas de origen sanitario no excederán los 100 litros diarios.

Los sistemas de drenaje estarán protegidos de derrames accidentales de sustancias que puedan ocasionar alteraciones a la calidad del flujo ordinario del sistema.

NO se generará ninguna descarga a cuerpo receptor alguno.

La influencia de este factor ambiental será dentro del límite de propiedad, sin presentar interacción sobre el entorno del sitio del proyecto.

Emisiones de Ruido:

Las etapas de preparación del sitio y construcción generarán emisiones de ruido por el movimiento de equipo pesado, camiones de carga y actividades de armado y soldado de estructuras. Se estima que el ruido derivado de estas actividades no rebase los 110 decibeles en la vecindad de la plaza comercial y que no rebase los 110 decibeles en los límites de propiedad. La recomendación hacia la compañía contratista es que mantenga a su equipo en buen estado y aplicando los programas de mantenimiento preventivo que se requiere.

La influencia de este factor ambiental será dentro del límite de propiedad, sin presentar interacción sobre el entorno del sitio del proyecto. Fuera del límite de propiedad, las emisiones de ruido estarán dentro de los niveles máximos permisibles de emisión establecidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-081-SEMARNAT-1994.

La construcción de la planta de autoabastecimiento no ocasionará cambios en el relieve de la zona, ya que el terreno la instalación será en la azotea del Almacén Tezontle y el terreno ya se encuentra impactado.

No se presentarán cambios en la vegetación de la zona, ya que el sitio ya se encuentra impactado. El proyecto no presenta interacción alguna con la vegetación del entorno del proyecto. En el sitio del proyecto no se encontraron

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especies animales ni endémicas ni en peligro de extinción, el proyecto NO tendrá ninguna interacción con el entorno del proyecto.

El proyecto NO contempla ninguna actividad que pueda ocasionar cambios hidrodinámicos en ningún cuerpo de agua. Ninguna de las etapas del proyecto prevé la infiltración de descargas de agua residual al suelo o subsuelo, por lo que no se alterarán los mantos freáticos.

Una vez analizada la interacción de los factores ambientales involucrados en las diferentes etapas del proyecto, se fundamenta que la delimitación del área de estudio será:

Liverpool Provincia almacén Tezontle forma parte del centro comercial Parque Tezontle, éste ocupa un área de 3,429 m², de los cuales 3,098 m² están construidos. La planta de autoabastecimiento ocupará 199.33 m².

El sitio donde se ubicará el proyecto está delimitado por las siguientes colindancias:

Colindancia Actividad

Norte: Avenida Río Soto La Marina, posterior a la avenida, casas habitación

Vía terrestre Unidad habitacional

Sur: Avenida Canal de Tezontle, después Bodegas Comerciales

Vía terrestre Comercial

Este: Centro Comercial Parque Tezontle Comercial

Oeste: Avenida Río de la Antigua, Condominios, casas habitación.

Vía terrestre Unidad habitacional

El Plano de localización del sitio dentro del Proyecto se presenta en el Anexo 1.

Dentro del México la localización del Distrito Federal y la localización de la Delegación Iztapalapa se presenta la Figura IV.1. Por otro lado, un detalle de la localización de la delegación y sus principales localidades, se presentan en la Figura IV.2.

Dentro de la delegación de Iztapalapa, el sitio del proyecto se presenta en el plano de la Figura IV.3.

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Figura IV.1. Localización del D.F. y Delegación Iztapalapa

Localización del Sitio

Fuente: Anexo Estadístico. Primer Informe de Gobierno 2007

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Figura IV.2. Localización del Sitio en Delegación Iztapalapa

Localización del Sitio

Fuente: Internet. Wikipedia

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Figura IV.3. Localización del sitio en Plano Topográfico

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Localización del Sitio

Fuente: INEGI. Carta Topográfica Iztapalapa, INEGI. Escala 1:50 000 Ciudad de México E14A39

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IV.2 Caracterización y análisis del sistema ambiental

La superficie total de la Delegación de Iztapalapa en 1996 es de 11,667 has., que representan el 7.62% del área del Distrito Federal. De las cuales, 10,815 has. se consideran urbanas y las restantes 852 has. de suelo de conservación.

Se ubica al oriente del Distrito Federal, a una altitud de 2,240 m.s.n.m., de superficie plana a excepción de la Sierra de Santa Catarina, El Cerro de la Estrella y El Peñón del Marqués.

En 1994 la delegación tuvo una modificación de límites en su colindancia con el Municipio de Los Reyes La Paz y Chalco Solidaridad, Estado de México, decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 30 de diciembre de 1994.

Iztapalapa presenta actualmente las siguientes colindancias generales:

Al norte la Delegación de Iztacalco y el Municipio de Nezahualcóyotl, en el Estado de México.

Al este el Municipio de La Paz y Chalco Solidaridad, en el Estado de México.

Al sur las delegaciones de Tláhuac y Xochimilco.

Al oeste las delegaciones de Coyoacán y Benito Juárez.

De forma específica sus límites son los siguientes: Del Centro de la mojonera Tepozán, que define uno de los vértices de la línea limítrofe entre el Distrito Federal y el Estado de México, se dirige al Suroeste por el eje de la calle José Carranza hasta su intersección con el eje de la carretera federal a Puebla de donde continúa por el eje del Trébol de distribución que sirve de retorno hacia la autopista México-Puebla hasta intersectar el eje de la autopista México-Puebla, por cuyo eje se dirige hacia el Sureste hasta la mojonera denominada Diablotitla; de donde se dirige hacia el Poniente en línea recta sin accidente definido hasta la

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cima del Cerro de Santa Catarina; de este punto prosigue hacia el Suroeste en línea recta hasta encontrar la esquina Noreste del Panteón de San Lorenzo Tezonco; continúa hacia el Suroeste por el eje de la calle Providencia del pueblo de San Lorenzo Tezonco hasta el eje de la Calzada Tulyehualco de donde toma rumbo al Noroeste, hasta encontrar el eje del camino a La Turba, por donde continúa en todas sus inflexiones al Suroeste y Sureste, hasta llegar al centro de la mojonera La Turba, localizada en la esquina Oriente de la Ex-Hacienda San Nicolás Tolentino; prosigue por el eje de la calle Piraña, rumbo al Suroeste, hasta el eje del Canal Nacional a Chalco, por el cual continúa hacia el Noroeste hasta su intersección con el eje del Canal Nacional; prosigue por este último en la misma dirección siguiendo todas sus inflexiones, hasta su intersección con el eje de la Calzada de la Viga, por donde se encamina rumbo al Norte para llegar a su intersección con la Calzada Ermita Iztapalapa; continúa hacia el Poniente por el eje de esta calzada, hasta encontrar el eje de la Avenida Río Churubusco y sobre éste va hacia el Suroeste y después hacia el Poniente hasta la intersección con el eje de la Avenida Presidente Plutarco Elías Calles, por el que sigue al Norte hasta su cruce con la calle Playa Pie de la Cuesta; sobre cuyo eje se dirige al Oriente hasta el eje de la Calzada de la Viga, por donde continúa al Norte, llega al eje la Calzada Apatlaco y sigue con rumbo al Oriente por el eje de esta última, hasta llegar al eje del cauce del Río Churubusco, sobre el cual se dirige al Noreste, hasta encontrar el eje de la calle Río Amarillo; continúa con rumbo Oriente por el eje de la calle mencionada, hasta el eje de la calle Oriente 217, por el que va hacia el Norte hasta el eje de la Avenida Ferrocarril de Río Frío; sigue el eje de esta Avenida con rumbo Sureste hasta el eje de la Calle Canal de Tezontle, por el que continúa al Oriente hasta el eje de la Avenida Canal de San Juan, sobre el cual se encamina hacia el Noreste, cruza la Calzada Ignacio Zaragoza y sigue por la Calle 7 en la misma dirección hasta llegar al centro de la mojonera Pantitlán; del centro de ésta, sigue al Sureste por la Avenida Texcoco, límite del Distrito Federal con el Estado de México, pasando por el centro del mojonera denominada Transacción, hasta llegar al de la mojonera Tepozán, punto de partida.

Las características fisiográficas y meteorológicas más importantes son:

Pendiente: No mayor al 5% en zona urbana. Exceptuando la topografía del Peñón del Marqués, Cerro de la Estrella y las partes altas de la Sierra de Santa Catarina.

Clima: Templado semiseco. Temperatura Promedio: 16.7ºC Precipitación acumulada en 1993: 449.60 mm.

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Flora: La Delegación Iztapalapa no cuenta con flora desarrollada actualmente, por ser esta delegación urbana casi en su totalidad, las únicas zonas donde se podría desarrollar algún tipo de flora es en la Sierra de Santa Catarina y El Cerro de la Estrella. La sierra presenta arboles de la variedad Pirul Común y maleza, por lo que requiere programa de reforestación en su totalidad. En el Cerro de la Estrella la variedad es un poco mayor, ya que se han instrumentado programas de reforestación con Pinos, Eucaliptos y Pirules.

Fauna: La fauna natural se ha extinguido o emigrado por el crecimiento del área urbana, subsistiendo de forma limitada algunas especies de aves, mamíferos y reptiles en la Sierra de Santa Catarina. En el área urbanizada se han generado plagas de roedores e insectos nocivos por la existencia de tiraderos de basura en espacios públicos y de canales abiertos que desalojan aguas residuales.

La mayor parte del territorio de Iztapalapa está situado en tierras que fueron antiguamente parte del Lago de Texcoco, lo que se traduce en que grandes extensiones tengan problemas de drenaje y sufran inundaciones. De igual forma esta condición se manifiesta en que la resistencia del terreno sea muy baja, que se presenten problemas de agrietamiento y hundimientos diferenciales del suelo, que afectan a las edificaciones y a la infraestructura, y repercuten en costos mas elevados de las obras de urbanización. Por otra parte el poblamiento en la Sierra de Santa Catarina y el Cerro de la Estrella, genera problemas de muy difícil solución para el suministro de agua potable y para realizar obras de urbanización que mejoren la accesibilidad de la zona.

IV.2.1. Aspectos Abióticos

A. CLIMA

TIPO DE CLIMA

El Distrito Federal se encuentra en la zona intertropical, en la que por latitud la temperatura es alta, sin embargo, esa condición es modificada por la altitud y el relieve, de esta manera, 57% del territorio de esa entidad presenta clima templado, 33% climas semifríos y 10% clima semiseco.

En la Figura IV.4 se presenta la distribución de los climas en el Distrito Federal, en esta se puede apreciar que el municipio de Iztapalapa, lugar donde se localiza la zona de estudio, está divida por dos tipos de climas, en la Tabla IV.1 se muestran los climas y el porcentaje de la superficie que abarca de la delegación.

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En la Figura IV.5 se muestran los tipos de climas presentes en la Delegación Iztapalapa.

TABLA IV.1 CLIMAS EN LA DELEGACIÓN DE IZTAPALAPA.

Tipo ó Subtipo Símbolo % de la

Superficie del Municipio

Templado subhúmedo con lluvias en verano, de menor humedad C(w0) 77.66

Semiseco Templado BS1K 22.34 Fuente: Cuaderno Estadístico Delegacional Iztapalapa. 2006 INEGI.

El tipo de clima que se encuentra en la zona de estudio es el semiseco templado, el cual de acuerdo a la clasificación Köppen, modificada por E. García en 1981 es el clima BS1K.

TABLA IV.2 CLIMA DEL SITIO DEL PROYECTO

Tipo o Subtipo Símbolo %de la Superficie Estatal

Semiseco templado

BS1k 32.4

FUENTE: INEGI. Carta de Climas, 1:1 000 000

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Figura IV.4. Climas del Distrito Federal

Localización del Sitio Fuente: Mapa de Climas del Distrito Federal, INEGI.

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Figura IV.5. Climas de la Delegación Iztapalapa

Localización del Sitio

Fuente: Internet. Wikipedia. Basado en el Cuaderno Estadístico Delegacional INEGI 1996

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TEMPERATURA

Se considera los datos proporcionados por la estación meteorológica de Iztapalapa, la cual se localiza a 4 km. al sur de la zona de estudio.

En la Tabla IV.3 se presenta la temperatura promedio anual reportada por la estación meteorológica de Iztapalapa. En esta se puede apreciar que la temperatura promedio de la zona es de 16.6° C.

TABLA IV.3. TEMPERATURA PROMEDIO ANUAL EN IZTAPALAPA.

Estación Periodo Temperatura Promedio

Temperatura Del Año Más Frío

Temperatura Del Año Más Caluroso

Iztapalapa 1956 - 1989 16.6 15.7 17.6 Fuente: Cuaderno Estadístico Delegacional Iztapalapa. 2006 INEGI.

La temperatura promedio de la delegación de iztapalapa más alta fue de 19° C es registrada en los meses de Mayo y Julio; mientras que la más baja 13.2° C se registra en enero. En de 1988, año que se registra como el más caluroso, el promedio de temperatura más alta fue de 20.6° C, se registró en el mes de Mayo, mientras que la temperatura promedio más baja fue de 13.9° C y se registró en el mes de Enero. El año de 1956 se considera el año más frío, y la temperatura más baja registrada fue de 10.5° en el mes de Enero, mientras que la más alta se registró de 18.3° en el mes de Abril. En la Tabla IV.4 se pueden observar los datos mencionados anteriormente

TABLA IV.4. TEMPERATURA MEDIA ANUAL (°C).

Mes Estación Concepto Periodo E F M A M J J A S O N D Iztapalapa 1989 15.2 15.2 17.1 17.6 19.6 18.3 18.0 18.4 17.5 17.4 15.0 14.0Promedio 1956 - 1989 13.2 14.4 16.5 18.2 19.0 19.0 18.1 18.1 17.7 16.9 15.0 13.4Año Más Frío 1956 10.5 14.0 16.1 18.3 17.7 17.3 17.4 18.0 16.6 15.1 14.4 13.4Año Más Caluroso 1988 13.9 16.0 17.2 19.4 20.6 19.2 18.8 19.0 18.1 17.7 16.4 14.7

Fuente: Cuaderno Estadístico Delegacional Iztapalapa. 2006 INEGI.

En la Figura IV.6 se presenta el mapa del Distrito Federal de la temperatura promedio anual, donde se observa que las temperaturas median anuales que se han registrado en el sitio donde se ubicará la Planta de Autoabastecimiento son mayores a los 16°C.

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En cuanto a las temperaturas extremas que se han presentado en la delegación Iztapalapa se consultó el cuaderno estadístico delegacional Iztapalapa del Instituto Nacional de Estadística Geográfica e Informática, y se encontró que en año 1988, la máxima temperatura registrada fue de 31.5°C en los meses de abril y mayo con una duración desde 2 hasta 10 días; la temperatura extrema mínima fue de -1.0°C registrada en el mes de enero con una duración de 27 días. Ver Tabla IV.5.

TABLA IV.5. TEMPERATURAS EXTREMAS POR MES

CONCEPTOS ESTACIÓN Y AÑO MES MÁXIMA DÍA(S) MÍNIMA DÍA(S)

ENERO 27.5 16 -1.0 27FEBRERO 28.5 23 3.0 7MARZO 29.0 13 3.0 20ABRIL 31.5 2,5 8.5 1MAYO 31.5 8,10 10.0 14,15JUNIO 30.0 3 11.0 22JULIO 28.5 12 11.0 26,28AGOSTO 27.5 9,28 11.0 24,29SEPTIEMBRE 27.5 23,29 5.5 10OCTUBRE 28.5 11 7.0 8NOVIEMBRE 28.5 6,12 2.5 2

IZTAPALAPA 1988

DICIEMBRE 25.0 10,11,18,26 4.5 3,4,5,6,7FUENTE: CNA. Registro Mensual de Temperatura en °C. Inédito.

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Figura IV.6. Temperaturas Medias Anuales.

Localización del Sitio Fuente: Mapa de Temperatura Medial Anual del Distrito Federal, INEGI.

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PRECIPITACIÓN PROMEDIO MENSUAL ANUAL, EXTREMAS (MM)

En la Figura IV.7 se presenta el mapa de la precipitación promedio anual del Distrito Federal, en esta podemos ver que el promedio de precipitación en la zona de estudio es menor a 600 mm. Esta información se comprueba con los datos proporcionados por la estación meteorológica de Iztapalapa, ver Tabla IV.6.

TABLA IV.6. PRECITACIÓN DE IZTAPALAPA.

Mes Estación Concepto Periodo E F M A M J J A S O N D Iztapalapa 1989 0.0 0.0 9.3 17.9 6.1 35.8 97.9 118.9 93.4 20.4 2.4 1.7 Promedio 1956 -1989 12.1 4.5 9.0 23.7 53.4 102.3 127.4 113.5 99.6 47.2 8.4 5.9 Año Más Seco 1989 0.0 0.0 9.3 17.9 6.1 35.8 97.9 118.9 93.4 20.4 2.4 1.7 Año Más Lluvioso 1958 103.3 2.3 0.0 32.2 91.4 84.4 134.5 126.0 121.7 63.3 80.1 25.6

Fuente: Cuaderno Estadístico Delegacional de Iztapalapa 2006. INEGI.

En la tabla anterior se observa que el promedio de precipitación más alto en el período 1956-1989 fue de 127.4 mm en el mes de Julio y el promedio más bajo fue en el mes de febrero con 4.5 mm de precipitación. En el año más seco (1989) el promedio mayor de precipitación fue de 118.9 mm registrada en el mes de agosto, y la menor fue 0.0 mm registradas en los meses de enero y febrero. En el año más lluvioso (1958) el promedio más alto de precipitación fue de 134.5 mm en el mes de julio y el menor promedio fue de 0.0 mm en el mes de febrero.

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Figura IV.7. Precipitación Promedio Anual

Localización del Sitio Fuente: Mapa de Precipitación Promedio Anual del Distrito Federal, INEGI.

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HURACANES

Entre los ciclones que han penetrado en el Distrito Federal se tienen registrados 2 en un periodo de 1980 a 2002. El último ciclón tropical más intenso que penetró en el distrito federal, se registró en el año de 1989 con vientos máximos de 120 km/h y registrado como h1 en la escala de Saffir/Simpson fue el ciclón Cosme, el cual penetró tierra adentro por Cruz Grande Guerrero. En la Tabla IV.7 podemos observar los ciclones que han afectada al Distrito Federal, de acuerdo con la escala de Saffir/Simpson se consideran ciclones moderados.

TABLA IV.7. CICLONES QUE HAN IMPACTADO EN HIDALGO DE 1980 - 2002

Año

Océano

Nombre

Cat* imp

Lugar de entrada a

Tierra

Estados Afectados

Período (inicio-

fin)

Vmáx imp

(Km/hr)

Lluvia máx en 24

hr (mm)

1988 Atlántico Debby H1 Tuxpan, Ver Ver, Hgo, Méx., DF,

Pue.

31 Ago-8 Sep 120 Atlántico

1989 Pacífico Cosme H1 Cruz Grande, Gro.

Gro, Mor, Mex, DF, Hgo, SLP,

Tam

18-23 Jun 120 Pacífico

1990 Atlántico Diana H1 Chetumal,

Qroo; Tuxpan, Ver

SLP, Qr, Yuc, Cam, Tab, Ver,

Hgo.

4-8 Ago 140 400

Tanzabaca, SLP

1993 Atlántico Gert H1 Tuxpan, Ver SLP, Ver, Tamp, Hgo

14-21 Sep 150

427 Tanzabaca,

SLP

1995 Atlántico Gabrielle TT La Pesca, Tam

Tamp, Ver, SLP, Hgo,

NL

9-12 Ago 110 133 La

Boca, NL

Atlántico DT 11 DT 90 Km Noreste

Coatzacoalcos

Ver, Tab, Pue, Hgo 4-6 Oct 55

420 Tenango,

Pue 1999

Atlántico DT2 DT Cazones-Tuxpan, Veracruz

Ver, Tam, SLP, Hgo 2-3 Jul 55

317 Tanzabaca,

SLP * Se refiere a la intensidad al momento de impacto en tierra en México no a la intensidad del ciclón Tropical en mar abierto. FUENTE: Ciclones que han impactado en México de 1980 –2002. Subgerencia de Pronóstico

Meteorológico. Ing. Alberto Hernández Unzón.

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HELADAS

Las heladas que se presentan en la Delegación Iztapalapa ocurren principalmente en el período de Noviembre a Febrero.

TABLA IV.8. DÍAS CON HELADAS.

MES Estación Concepto Periodo

E F M A M J J A S O N D

Total 1980 - 1989 89 14 0 0 0 0 0 0 0 0 14 55

Año Con Menos 1989 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 1 0

Año Con Más 1980 29 12 0 0 0 0 0 0 0 0 9 28 Fuente: Cuaderno Estadístico Delegacional Iztapalapa 2006 INEGI.

Como se mencionó anteriormente, temperaturas extremas se han presentado en los meses de Abril y Mayo, las temperaturas extremas se presentaron en la Tabla VI.5.

De acuerdo al Sistema Integral sobre los riesgos de Desastres en México el área donde se localizará el proyecto se encuentra en una clasificación moderada con presencia de heladas de 20 a 50 días (clasificación tomada en el período 1941 a 1980).

Figura IV.8. Zonificación de Heladas

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VIENTOS DOMINANTES

Desde el punto de vista de la contaminación atmosférica, el viento es uno de los factores más importantes, ya que a partir de su dirección, se identifican los sistemas meteorológicos que afectan a determinado lugar. Así mismo, la intensidad es una de las variables que determina, si los contaminantes en capas cercanas a la superficie, se acumulan o se dispersan. Cabe mencionar que la dispersión vertical de los gases contaminantes en la atmósfera, dependen en gran manera de la estabilidad y turbulencia de la zona, así como del calor y la fricción producida por los vientos y la superficie del suelo.

En el Valle de México, la entrada principal del viento se ubica en la zona norte, región donde el terreno es más plano. Dependiendo de la época del año, la influencia de sistemas meteorológicos hacen que exista una segunda entrada del viento por la región noreste del Valle; incluso, puede darse que el flujo del viento sea de sur a norte, cuando el viento en capas medias de la tropósfera es suficientemente intenso como para que, a pesar de la barrera montañosa, se imponga esa dirección, sobre todo en los meses invernales. Es necesario remarcar que las dos últimas direcciones descritas normalmente se presentan en un porcentaje bajo, de tal forma que estos comportamientos no siempre se detectan (INEGI,2007).

Adicional, y en conjunto con los rasgos orográficos del Valle, se forman remolinos, líneas de confluencia y zonas de convergencia del viento, mismos que tienden a incrementar la acumulación de los contaminantes.

En la Figura IV.9 se puede observar que las estaciones del sur, como la del Cerro de la Estrella (CES) a 5km del sitio de evaluación, los vientos dominantes provienen del sureste. La velocidad del viento de la estación se mantuvo en el rango de 1-4 m/s.

En la Figura IV.10 se muestran los campos de viento promedio para las épocas seca y de lluvia; se observa que durante la temporada húmeda (verano), el flujo tiene una intensa componente del norte en todo el valle de México.

Por otro lado, la temporada seca presenta una característica importante: un vórtice (remolino) se forma muy cerca del centro del Distrito Federal cercano a la delegación de Iztapalapa, lo cual se debe al efecto conocido como “Isla de Calor”, situación meteorológica generada por el aumento de la temperatura del suelo de tipo urbano, con materiales de construcción de cemento y asfalto, en contraste con las áreas forestales que la circundan.

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Figura IV.9. Rosa de viento anual, distrito Federal 2006

Figura IV.10. Campo de viento promedio por época

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B. GEOLOGÍA Y GEOMORFOLOGÍA

La Cuenca de México se localiza en el extremo sur del Altiplano, sobre el paralelo 19º03'53” y el 20°11'09” de latitud norte y 98°11'53” a 99°30'24”[1] de longitud oeste, que coincide con la situación del Eje Neovolcánico, el cual abarca desde “las costas de Colima y Nayarit hasta el estado de Veracruz." Es una franja de unos 900km. alargada de oeste a este, con amplitudes variables de 50 a 250 Km. Se debe a una extraordinaria actividad volcánica que tiene lugar en el cuaternario” (Lugo Hubp). Su forma es la de un rectángulo irregular inclinado en sentido noreste - suroeste, con longitud mayor de 120 Km.. y menor de 80 Km., y una superficie de 9,600 km2. Del área total, el 40% es llano y el 60% accidentado, a causa de los lomeríos y vertientes de las sierras que la delimitan.

Bordeada por cadenas de montañas que no se interrumpen en ningún punto, no es propiamente un valle por que no tiene una línea de drenaje general que la modele. Su denominación, sin embargo, es la de Valle de México. La elevación de la parte plana es en promedio de 2,250 metros sobre el nivel del mar.

Más de las tres quintas partes de la superficie del Distrito Federal está cubierta por el tipo de roca ígnea extrusiva. Estos afloramientos corresponden a dos periodos diferentes de la Era del Cenozoico (63 millones de años aproximadamente); el más reciente es el Periodo Cuaternario, con afloramientos rocosos ígneos extrusivos (44.7%) y suelo (31.6%), ubicados el primero, de la parte central hacia el sur y el segundo, en la zona norte. El Periodo Terciario se caracteriza por los afloramientos de rocas ígneas extrusivas, cubren una superficie de 23.7%, sus principales unidades litológicas se localizan al oeste y este del territorio Distrital.

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En Iztapalapa se aprecia un claro dominio del suelo con unidad litológica tipo Lacustre, proveniente del período cuaternario de la era cenozoica. Los suelos lacustres son aquellos que es están relacionados con lagos y/o lagunas.

De acuerdo con la carta geológica y el cuaderno estadístico Delegacional de Iztapalapa en el sitio del proyecto se encuentran estructuras geológicas de la edad del Cenozoico (C), del periodo Cuaternario (q) y del tipo Suelos (la), esta información se presenta más detalladamente en la Tabla IV.9 la cual se refiere a la geología de la delegación de Iztapalapa.

TABLA IV.9. GEOLOGÍA DE IZTAPALAPA.

Era Periodo Roca O Suelo Unidad Litológica

Clave Nombre Clave Nombre Nombre Clav

e Nombre

% De La Superficie

Delegacional (al) Aluvial 9.79 Suelo (la) Lacustre 59.35 (b) Basalto 1.24 Ígnea

Extrusiva (bvb) Brecha Volcánica Básica 23.67 Q Cuaternario

Ígnea Extrusiva (tb) Toba Básica 0.39

C Cenozoico

Ts Terciario Superior

Ígnea Extrusiva (tb) Toba Básica 5.56

Fuente: Cuaderno Estadístico Delegacional de Iztapalapa 2006. INEGI.

La geología del sitio del proyecto y la geología de la delegación donde se incluye el sitio del proyecto, se presenta en la Figura IV.11, así como la geología del distrito federal en la Figura IV.12.

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Figura IV.11. Geología de Iztapalapa.

Localización del sitio Fuente: Mapas del Cuaderno Estadístico Delegacional de Iztapalapa, INEGI.

N

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Figura IV.12. Geología del Distrito Federal

Localización del sitio Fuente: Geología del DF, INEGI.

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TOPOGRAFÍA

En la delegación de Iztapalapa se localizan las elevaciones presentadas en la Tabla IV.10 en la misma se presenta la localización a la zona del sitio. La elevación más cercana al sitio de estudio es el Cerro de la Estrella localizado a 5 kilómetros al sur del sitio.

TABLA IV.10. ELEVACIONES PRINCIPALES DE IZTAPALAPA.

Latitud Norte Longitud Oeste Altitud Nombre

Grados Minutos Grados Minutos Metros

Localización desde la zona de

estudio Volcán Guadalupe (El Borrego) 19 20 99 00 2 820 10 km. al sureste Cerro Tecuautzi 19 19 99 01 2 640 9.5 km. al sureste Volcán Xaltepec 19 19 99 02 2 500 9 km. al sureste Cerro Tetecón 19 19 99 01 2 480 10 km. al sureste Cerro De La Estrella 19 21 99 05 2 460 5 km. al sur Volcán Yuhualixqui 19 19 99 03 2 420 8 km. al sureste Cerro Peñón Del Marqués 19 23 99 02 2 400 5 km. al este

Para la caracterización de las características topográfica del sitio se presentan las siguientes figuras:

Figura IV.13: Imagen aérea del sitio con su distancia relativa a las elevaciones principales de Iztapalapa.

Figura IV.14: Mapa Topográfico del sitio.

Figura IV.15: Mapa de pendientes en el Distrito Federal. Donde se muestra que el área donde se localizará el proyecto presenta pendientes de que van de los 0° a los 3°.

Figura IV.16: Mapa altimétrico del Distrito Federal. Donde se muestra que el área donde se localizará el proyecto presenta una altitud menor a los 2300 m.

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Figura IV.13. Elevaciones Principales de Iztapalapa.

Simbología

Cerros Volcanes Localización

del Sitio ― Limite de

Distrito Federal

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Figura IV.14. Mapa Topográfico

Localización del Sitio

Fuente: INEGI. Carta Topográfica Iztapalapa, INEGI. Escala 1:50 000 Ciudad de México E14A39

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Figura IV.15. Rango de pendientes en el Distrito Federal

Localización del Sitio

Fuente: Secretaría de Protección Civil. Ciudad de México Escala 1:75000

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Figura IV.16. Mapa altímetrico del Distrito Federal

Localización del Sitio

Fuente: Secretaría de Protección Civil. Ciudad de México Escala 1:75000

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PRESENCIA DE FALLAS Y FRACTURAMIENTOS

Existen fallas geológicas a lo largo del territorio que abarca la delegación Iztapalapa que combinadas con las más de 200 grietas que copan el subsuelo de la zona convierten a la demarcación en un punto altamente vulnerable. Lo anterior de acuerdo con dos estudios realizados por el Instituto de Ingeniería de la UNAM y por la empresa consultora en ingeniería Opalo.

De acuerdo con los dictámenes de los dos estudios realizados en la delegación, las grietas en el subsuelo de la delegación así como las dos fallas geológicas que la atraviesan ponen en riesgo a los vecinos que viven desde el límite con el estado de México, en avenida Ignacio Zaragoza hasta el otro extremo en sus límites con la delegación Xochimilco.

Las fallas geológicas y las grietas, resultado de las sobre explotación de los mantos acuíferos, sumada al factor de las lluvias eleva por mucho el riesgo ya que las grietas existentes se socavan aún más.

Los dos accidentes relacionados con fallas geológicas más recientes fueron los siguientes:

Grieta de 15 metros de largo y 2 metros de profundidad que se abrió en la colonia Lomas de San Lorenzo el sábado 7 de julio del 2007, en donde un joven perdió la vida.

El Lunes 4 de Febrero de 2008, derivada de una fuga de agua por la ruptura de un tubo de 12 pulgadas de diámetro de la red de agua potable, que a su vez colapsó el drenaje y causó el reblandecimiento del suelo, se abrió una grieta de 11 metros de longitud y tres de profundidad en la colonia Ejército de Oriente. En el accidente quedó atorado un camión cargado con 140 tanques de gas y provocó daños en una vivienda.

Existen cerca de 10 mil viviendas que han sido afectadas, 60 mil los habitantes y, al menos, 20 escuelas que también están en riesgo.

En la Figura IV.17 se presenta un mapa geológico donde se pueden apreciar las fallas geológicas que se encuentran en la delegación Iztapalapa.

En el sitio donde se localizará el proyecto existen fallas y fracturas geológicas inferidas.

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Figura IV.17. Mapa geológico del Distrito Federal

Localización del Sitio

Fuente: Secretaría de Protección Civil. Ciudad de México Escala 1:75000

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SUSCEPTIBILIDAD DE LA ZONA

Sismicidad

De acuerdo con el Atlas Nacional de Riesgo de la Secretaría de Gobernación (1990), el territorio Nacional la República Mexicana se encuentra dividida en 4 regiones sísmicas y en el caso del Distrito Federal queda comprendido las zona “B”, misma que se clasifica como zona sísmica de intensidad intermedia, donde se registran sismos no tan frecuentemente o es zona afectada por altas aceleraciones pero que no sobrepasan el 70% de la aceleración del suelo. Aunque la delegación de Iztapalapa se encuentra ubicada en la zona B, debido a las condiciones del subsuelo del valle de México, pueden esperarse altas aceleraciones.

Figura IV.18. Plano de Sismicidad.

Distrito Federal

De acuerdo a la Figura IV.19, la zona donde se ubica el proyecto y considerando que la edificación es de 1 a 3 niveles, el peligro sísmico es intermedio.

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Figura IV.19. Mapa de Peligro Sísmico del Distrito Federal

Localización del Sitio

Fuente: Secretaría de Protección Civil. Ciudad de México Escala 1:75000

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Deslizamientos, hundimientos y derrumbes

La delegación Iztapalapa es una zona con riesgo de deslizamientos, derrumbes y hundimientos; esto debido a las grietas presentes en la delegación y al uso indiscriminado del agua subterránea.

El Peñón del Marqués es un cerro que se formó de una isla del Lago de Texcoco, con un suelo en el que existen depósitos lacustres y de roca, lo que hace más factible los hundimientos y los deslizamientos de suelo.

Además, en el Siglo 20 fue uno de los principales puntos de donde se extrajo material para construcción, lo que fracturó sus laderas y bordes, según el estudio realizado hace un par de años por especialistas de la UNAM.

De acuerdo con el diagnóstico, en los últimos 20 años la zona del Peñón del Marqués ha registrado un hundimiento de dos metros.

Y por el deslizamiento del suelo en la periferia del cerro se han originado grietas que han causado daños a casas y vialidades.

En esa zona hay aproximadamente 10 mil viviendas ubicadas en las colonias Ejército de Oriente zona ISSSTE, Ejército de Oriente zona Peñón, Álvaro Obregón, La Joya, La Joyita, Santa Martha y Unidad Habitacional el Peñón. Las 42 grietas registradas están ubicadas en el cuadrante que conforman las avenidas Guelatao, Fuerte Loreto, Exploradores de Zaragoza, República Federal del Sur y Calzada Ignacio Zaragoza, de acuerdo con el estudio.

Algunas de las principales grietas se ubican en las calles Cantera, Coronado, Ahuizotl, Roseti, Cuauhtémoc, Batalla de Ojitos, Batallón de Zapadores y Batallón Fijo de Veracruz.

Después de la revisión de planos geológicos, bibliografía y recorridos de campo la zona de interés para el proyecto donde estarán las instalaciones de la planta de autoabastecimiento se concluye que las zonas con riesgos inminentes de deslizamientos, hundimientos y derrumbes se encuentran en un radio menor a los 5 kilómetros de la zona de estudio.

Se recomienda realizar los correspondientes estudios geotécnicos para evaluar los riesgos reales presentes en la zona donde se instalará el proyecto.

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Otros movimientos de tierra o roca.

De acuerdo con la Dirección de Protección Civil del Distrito Federal, los cerros que se encuentran en la Delegación Iztapalapa se encuentran clasificados con una litología de Conos, los cuales pueden presentar deslizamiento superficial de detritos, rodamiento de rocas y flujos de detritos.

Cabe mencionar que el cerro más cercano al área de estudio son el Cerro de la Estrella al sur y el Cerro Peñón de Marqués al este cada uno a 5 kilómetros del área.

En la Figura IV.20 se observa las características de las elevaciones presentes en el Distrito Federal.

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Figura IV.20. Susceptibilidad de remociones de masa

Localización del Sitio

Fuente: Secretaría de Protección Civil. Ciudad de México Escala 1:75000

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Posible actividad volcánica.

Las principales estructuras geológicas que se presentan son aparatos volcánicos: Volcán Xaltepec (2,500 msnm); Volcán Yuhualixqui (2,420 msnm) y Volcán Guadalupe o el Borrego (2,820 msnm).

Los volcanes se encuentran al sureste del área de estudio, las distancias a la zona de estudio son: para el Volcán Xaltepec 9 km, para el Volcán Yuhualixqui 8km y para el Volcán Guadalupe o el Borrego 10 km.

La región volcánica de Iztapalapa presenta las siguientes características:

• Son recientes desde un punto de vista geológico. • Cada volcán tiene en algunos casos señales de escurrimientos de lava. • Predominan las rocas basálticas salvo en el Tecuautzi y el Mazatepec por

Andesita Hipertécnica. • Ninguno alcanza más de 1000 metros sobre el plano general de relieve

regional.

La visualización de localización de los volcanes se presentó en la Figura IV.12.

A pesar de que el volcán Popocatépetl se encuentra a 63 kilómetros al sureste del sitio de evaluación; el 19 de juliio de 2003 se registró una fuerte fumarola la cual provocó una lluvia de ceniza que afectó a seis delegaciones del Distrito Federal: Iztapalapa, Xochimilco, Tláhuac, Milpa Alta, Coyoacán, Benito Juárez, Cuauhtémoc y Venustiano Carranza. Con lo anterior no se descarta posible afectación por parte de actividades volcánicas de los áreas circundantes al proyecto.

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C. SUELOS

En lo que respecta a la delegación, la siguiente tabla muestra los suelos que se encuentran en la delegación, así como sus subunidades, texturas y su cobertura, en esta se puede observar que el dominio pertenece no pertenece a un tipo de suelo en específico.

TABLA IV.11. SUELOS DOMINANTES EN IZTAPALAPA.

Unidad Subunidad Clase Textural

Clave Nombre Clave Nombre Clave Nombre

% De La Superficie

DelegacionalH Feozem h Háplico 3, 2 Fina, Media 1.97O Histosol e Éutrico 2 Media 0.53R Regosol e Éutrico 2, 1 Media, Gruesa 4.70Otro 92.80Fuente: Cuaderno Estadístico Delegacional de Iztapalapa 2006. INEGI.

El tipo de suelo en la zona del proyecto es Feozem Hápico (Hh) de textura fina. En la Figura VI.21 se puede observar el tipo de suelo presente en la zona de estudio.

Uso actual del suelo y tipo de suelo.

Actualmente la estructura urbana de la delegación de Iztapalapa presenta una distribución del uso del suelo, con las siguientes características:

La habitación ocupa el 61%, habitacional mixto 15%, equipamiento 9%, espacios abiertos y deportivos 6%, centros de barrio y subcentros urbanos el 2% y el 7% restante en área de conservación.

Con base al Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Iztapalapa, el uso de suelo donde se ubicará la Planta de Autoabastecimiento de Electricidad Liverpool es de tipo E 3/50. En esta zonificación (E) se permite todo tipo de equipamiento público o privado y aplica a usos ya establecidos o en terrenos baldíos de propiedad pública, donde sea factible proponer algún servicio como: instalaciones y establecimientos de servicios para la educación, cultura, salud, abasto, recreación y deporte, comunicaciones, infraestructura, transporte y mortuorio; por tanto, la instalación de la Planta no afectará el uso de suelo de la zona.

El Certificado de Zonificación para Uso del Suelo Específico Folio No. 19250 SEDUVI con fecha de expedición 25 de abril de 2006, otorgado por la Dirección General de Desarrollo Urbano, se presenta en el Anexo 4.

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Figura IV.21. Mapa Edafológico

Localización del Sitio Fuente: INEGI. Carta Edafológica Ciudad de México, INEGI. Escala 1:50 000 Ciudad de México E14A39

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Fisiografía

La delegación de Iztapalapa por su fisiografía queda comprendida en la provincia del Eje Neovolcánico y la subprovincia de los Lagos y Volcanes de Anáhuac, como se aprecia en la Figura IV.22.

TABLA IV.12. PROVINCIAS FISIOGRÁFICAS

Provincia Subprovincia Sistema De Topoformas % De La Superficie

Clave Nombre Clave Nombre Clave Nombre Delegacional

202 LOMERÍO DE BASALTO 4.06

X EJE NEOVOLCÁNICO 57

LAGOS Y VOLCANES DE ANÁHUAC 503 LLANURA

LACUSTRE 95.94FUENTE: INEGI. Continuo Nacional del Conjunto de Datos Geográficos de la Carta Fisiográfica, 1:1 000 000, serie I.

De acuerdo al mapa de "Fisiografía del Distrito Federal" del INEGI, se observan dentro de la Delegación Iztapalapa 4 topoformas:

• Llanura aluvial, se contempla del centro al sur en una pequeña porción.

• Sierra Volcánica con Estrato Volcanes, se divide en 2 partes, en el Oeste y del Este ensanchándose hacia el sur.

• Llanura Lacustre, predominante del Noroeste, bajando hacia el Este. Al Sur se presenta en áreas pequeñas.

• Llanura Lacustre Salina se encuentra dividida, una porción en el Noreste y otra en el Sur.

El sistema de topoformas presente en el área del proyecto es: Llanura Lacustre.

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Figura IV.22. Fisiografía del Distrito Federal

Localización del sitio Fuente: Fisiografía del DF, INEGI.

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D. HIDROLOGÍA SUPERFICIAL Y SUBTERRÁNEA

Regiones y Cuencas Hidrológicas

Iztapalapa tiene una superficie de 117 km². Pertenece a la región hidrológica Panuco, cuenca Río Moctezuma, subcuenca Lago Texcoco-Zumpango. En virtud de ello, la mitad norte de su territorio ocupa una parte de lo que fue el lago de Texcoco, cuyo último remanente es el lago Nabor Carrillo (en el estado de México), regenerado artificialmente.

En la Tabla IV.13 se puede apreciar que la delegación de iztapalapa pertenece a la región hidrológica Panuco, cuenca Río Moctezuma, subcuenca Lago Texcoco-Zumpango.

TABLA IV.13. REGIONES, CUENCAS Y SUBCUENCAS HIFROLÓGICAS

Región Cuenca Subcuenca % De La Superficie

Clave Nombre Clave Nombre Clave Nombre Delegacional

RH26 PANUCO D R. MOCTEZUMA p L. TEXCOCO-

ZUMPANGO 100.00

FUENTE: INEGI. Continuo Nacional del Conjunto de Datos Geográficos de la Carta Hidrológica de Aguas Superficiales, 1:250 000, serie I.

Aún cuando Iztapalapa fue región con grandes extensiones de agua por la antigua colindancia con el Vaso de Texcoco ya que existieron canales para transportarse a Santa Anita, Jamaica y Tlatelolco, actualmente no existen depósitos naturales de agua superficiales por el efecto combinado de la desecación lacustre y la pavimentación urbana.

Las únicas corrientes de agua que recorren el territorio iztapalapense son las siguientes:

Río Churubusco: El río Churubusco fue entubado en la década de los cincuenta, recibía las aguas de los ríos Magdalena, Barranca del Muerto, Mixcoac y San Ángel. Sobre su lecho se construyó el Circuito Interior de la ciudad de México, que lleva su nombre. Este río forma el límite con las delegaciones de Iztacalco y Coyoacán.

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Canal de Garay: Se trata de un canal artificial que forma parte del sistema de desagüe de los lagos sureños de la cuenca de México. Cortaba la península de Iztapalapa por el llano que se encuentra entre el cerro de la Estrella y la sierra de Santa Catarina. También está entubado, y sobre él fue construido el Periférico Oriente.

Canal Nacional- Canal de Chalco: Son dos de los canales sobrevivientes del antiguo lago de Xochimilco-Texcoco. No han sido entubados, y se han convertido en focos de contaminación. Todavía hasta inicios del siglo XX, a través de estos canales llegaban las trajineras hasta el centro de la ciudad, cargadas con las hortalizas de las chinampas de Chalco, Xochimilco y Tláhuac.

En la figura de la siguiente página se muestra la localización de cada uno de los cuerpos de agua.

Las fuentes propias de suministro de agua de la Delegación Iztapalapa, son los pozos, éstos son insuficientes y alimentan a las zonas centro y poniente de la delegación, aunado a esto la demanda de agua requerida es de 4.5 lts/seg. y lo que se recibe actualmente son 3.7 lts/seg.

La oficina de agua potable de la delegación, estima que debido a estas circunstancias, muchas colonias presentan problemas de abastecimiento, cubriéndose en parte el déficit, por medio de carros tanque en época de estiaje, son 45 colonias que reciben agua por tandeo, fenómeno que se presenta en todos los sectores de la delegación, siendo los más críticos el sector Santa Catarina con 15 colonias y el sector Paraje San Juan con 10 colonias.

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Fuente: INEGI. Cuaderno Estadístico Delegacional 1996

Localización del sitio

En la delegación Iztapalapa, para la regulación y almacenamiento del agua, se cuenta con 26 tanques que almacenan un volumen de 220,760 m3 y 18 tanques de rebombeo con capacidad de 6,936 m3.

La calidad del agua proveniente de pozos presenta problemas debido a la presencia de minerales que provocan turbidez. Para solucionar esta situación es necesario instalar equipos de desmineralización en el sistema.

Existen tres plantas potabilizadoras en la delegación con una capacidad instalada de 304 litros por segundo y una de operación de 170 litros por segundo.

En lo que respecta a hidrología subterránea, el mapa que se muestra a continuación ilustra la hidrología subterránea de la zona del proyecto. Se puede apreciar que la zona del proyecto se encuentra en un área que cuenta con canales en material consolidado con posibilidades altas.

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En la Figura VI.23, se observa que la unidad geohidrológica presente en la zona del proyecto, corresponde a material consolidado con posibilidades altas.

Las actividades de la planta en ninguna de las etapas relevantes, afectarán la calidad del agua, ya sea de cuerpos de agua, corrientes superficiales o subterráneas. No habrá como se ha mencionado anteriormente descargas de proceso, y las descargas de origen sanitario serán canalizadas mediante el drenaje del DF.

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Figura IV.23. Mapa Hidrología Subterránea

Localización del Sitio Fuente: INEGI. Carta Edafológica Ciudad de México, INEGI. Escala 1:50 000 Ciudad de México E14A39

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IV.2.2. Aspectos bióticos

A. VEGETACIÓN TERRESTRE

El territorio que abarca la Delegación Iztapalapa, presentó antes del año 1970 gran diversidad de paisajes geográficos: cerros arbolados, ciénagas, lagos y llanuras de pastizales; con un clima templado entre 12° y 18°C. Ambiente idóneo para la reproducción de diferente especies tanto vegetales como animales.

Persistieron en el pueblo las chinampas y milpas donde pudieron cosechar, a pesar de grandes dificultades, productos como maíz (sea mays); frijol (faseolu) y calabaza (cucurbita pepo).

Para el año de 1940 la chinampería sufrió un gran golpe con la desecación del Canal de la Viga. Subsistiendo 30 años más con los temporales y el agua que bajaba del Cerro de la Estrella; para ese entonces se cultivaba, ya en menor escala: la lechuga (lactuca sativa); romero, betabel, lenguas de vaca, quelites, tomate, alcachofa (cynara scolymus); verdolaga (portulaca oleracea); espinaca (spinacia oleracea); cilantro (coriandrum sativum); apio (apium graveolens); perejil (petroselinum crispum); habas (vicia faba); garbanzo (cicer arietinum); zanahoria (daucus carota); papa (patata); chayote (chayotl); jitomate (lycopersicum esculentum); col (brassica oleracea acephala); manzanilla (matricacia gitamomilla); chile san juanero (chilli); ajos(alliu sativum); cebolla (alliu cepa) y acelga (beta vulgaris).

Como se sabe, no solo en Iztapalapa ha bajado la actividad agrícola debido a las siguientes causas:

• Urbanización que ocasiona la pérdida de grandes terrenos productivos o de labor,

• Delegación densamente poblada, no hay suficiente tierra para la actividad agrícola

• Falta del insumo agrícola (pesticidas y fertilizantes) • Falta de maquinaria adecuada (tractores, segadoras) • La gente prefiere ser asalariada y no campesina. • Falta de agua para riego, • Alteración del ciclo hidrológico-tierra que modifica el clima local a

consecuencia de la pérdida de la vegetación.

En parques públicos, camellones, parques ecológicos, avenidas y jardines privados de Iztapalapa , hay árboles de especies como: ahuejote o huejote sauce (salix bonplandiana); pirú pirul (schinus molle linn); colorín (erythrina

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coralloides); eucalipto (eucalyptus camaldulensis dehnh); eucalipto o alcanfor (eucalyptus globulus labiell); hule (ficus elastica roxb); fresno blanco (fraxinus uhdei); jacaranda (jacaranda mimosaefolia); trueno (ligustrum lucidum ait); olivo (olea europaea linn), álamo platedo, blanco o chopo (populus alba linn); encino (quercus rugosa née); sauce llorón (salix babylonica linn); tamarix (tamarix aff. gallica); araucaria o pino estrella (araucaria heterophylla); cedro de la India o de Himalaya (cedrus deodara); ciprés o cedro blanco(cupressus linkleyi klotsch); cedro o ciprés italiano (cupressus sempervirens linn); Ahuehuete, sabino (taxodium mucronatum ten); pino ocote (pinus ayacahuite ehr); palmera o palma de abanico (phoenix canariensis chabaud); yuca o palma izote (yucca elephantipes regens); negundo acezintle (hacer negundo linn); tepozán o axixcuáhuitl (buddleia cordata); retama de tierra caliente (cassia tomentosa linn); casuarina (casuarina equisetifolia forst); tulipan de la india (Tulipa) y otros más.

Adornan distintos lugares de esta zona: la rosa (rosa) en todas sus variedades; agapando (agapanthus umbellatus); girasol (helianthus annuus); margariton (chrysantemus leucanthemum); bugambilia (bougainvillea spectabilis); azucena (lilium candidum); Geranio (Geranium; Pelargonium); azalea (Loiseleuria procumbens); lirio (Iris germanica); acanto (Acanthus mollis); amaranto rojo (Amaranthus caudatus) y jazmin (jasminum officinale) por referir algunas.

En la Figura IV.24 se aprecia a Iztapalapa con aproximadamente un 10% de gente que se dedica actualmente a la agricultura de Temporal. Su territorio esta conformado en un 90% como parte de la mancha urbana del Distrito Federal aún cuando cuenta con las reservas ecológicas del Cerro de la Estrella y la Sierra de Santa Catarina, haciendo hincapié que la mayoría de su población se dedicaba a la agricultura en general y, debido al poco apoyo hacia el campo, tenemos esta consecuencia lógica de daño ambiental.

La vegetación natural no se ve afectada por las obras o actividades de la instalación de la planta de autoabastecimiento, el aumento de la presencia humana derivada de la mayor accesibilidad al sitio donde se establecerá la planta de autoabastecimiento tampoco afecta la vegetación del lugar, así como por compuestos y sustancias utilizadas durante la construcción y durante el mantenimiento de las obras, dado que se construirá dentro de las instalaciones de Liverpool Provincia.

Es importante recalcar que el proyecto se localizará en la azotea de las instalaciones del Almacén Tezontle de Liverpool Provincia siendo así que la realización de las actividades del proyecto en todas sus etapas, NO tendrán interacción con la vegetación existente en las áreas aledañas al proyecto.

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Figura IV.24. Vegetación del Distrito Federal

Localización del sitio Fuente: Vegetación del DF, INEGI.

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B. FAUNA

La planta se construirá dentro de las instalaciones de Almacén Tezontle Liverpool Provincia, en un área en la que no existe fauna alguna. La instalación se ubicará en la azotea y no se tiene acceso a ninguna especie animal hacia el interior del lugar; en un radio de 500 metros de la zona del proyecto, las actividades son 100% comerciales, no encontrando en la actualidad fauna reportada en el entorno de las instalaciones de Liverpool Provincia Almacén Tezontle.

Las actividades de la planta en todas las etapas, no se espera afecten la fauna de la delegación o de la región. La descripción y análisis de la fauna que se realizará en este apatado, será a nivel delegacional.

Debido al crecimiento incontrolado de la población, las grandes extensiones de tierra se han urbanizado dañando el ecosistema de Iztapalapa y como consecuencia en este caso, afectando gravemente a la especie animal.

Entre los años 1950 y 1960 aún se lograban distinguir: parvadas de patos silvestres; trinos de jilgueros, gorriones y cardenales. Para poder remontarnos a esos años y por mencionar algunos de los animales que había, anotaremos lo siguiente:

• Se practicaba la caza del pato silvestre, palomas viajeras, apipiscas, así como de liebres y conejos. Existió la pesca de carpas, ranas, acociles y truchas. Por doquier había águilas, halcones, búhos, pájaros "chinos", canarios y colibríes. Reptiles venenosos como la víbora de cascabel e inofensivas como el zincuate (que cuidaba las milpas de maíz). Corrales con guajolotes, gansos, burros y caballos. El Cerro con un sin fin de tusas, zorrillos, tejones, mariposas, abejas y quijotillos.

• Establos con vacas, borregos y cerdos.

Hoy día, Iztapalapa cuenta con pocas familias que persisten en la crianza de: pollos, gallinas, guajolotes, cerdos, conejos, borregos y vacas. Además del canario, perico, loro, perro o gato que la mayoría de ellas tiene. En los grandes parques con frondosos árboles, se han logrado señalar lechuzas y murciélagos. Hay chapulines, mariposas, quijotillos, abejas y alzando la mirada, volando por el cielo se ven palomas, pájaros chillones, pájaros negros, coquitas, golondrinas y uno que otro pequeño colibrí que esta en "peligro de extinción". Es triste que de aquella impresionante fauna que existió en el ecosistema de esta región, solo queda el recuerdo y añoranza para quien la vio y una bella historia para la humanidad.

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En el sitio donde se construirá la planta de autoabastecimiento no existen especies que se encuentren en algún régimen de protección derivado de la normatividad nacional NOM-059-SEMARNAT-2001 o internacional (Convención sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre), la planta se construirá en las instalaciones de Almacén Tezontle Liverpool Provincia, por lo que no se verá afectada la fauna del lugar.

IV.2. 3. Paisaje

La planta de autoabastecimiento se construirá dentro de las instalaciones de Almacén Tezontle Liverpool Provincia, esta empresa se encentra dentro del Centro Comercial Parque Tezontle, en este centro comercial existe vegetación decorativa que no será afectada por la realización del proyecto. Cabe mencionar que cerca del centro comercial se encuentran zonas habitacionales y escolares, por lo tanto no se ve afectado el paisaje de la delegación o zona donde se realizará la planta de autoabastecimiento.

Los factores biofísicos como suelo, estructura y diversidad de la vegetación, así como los morfológicos no se ven alterados de ninguna forma por la instalación de la planta de autoabastecimiento.

La frecuencia de la presencia humana dentro de las instalaciones de la planta de autoabastecimiento será solo en la etapa de construcción, posteriormente solo quedará personal de mantenimiento y operación (tres y dos, respectivamente), así que no se espera impacto alguno por la presencia de personal nuevo en la zona.

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IV.2.4 Medio socioeconómico

El medio físico y social están íntimamente vinculados, de tal manera que el social se comporta al mismo tiempo como un sistema receptor de las alteraciones producidas en el medio físico.

A diferencia de los pocos o nulos efectos que en el medio físico se van a presentar, en el medio socioeconómico se tendrán algunos, como son la generación de empleos, incremento en la economía local y regional, entre otros, permitiendo a la población tener una fuente de ingresos o mejorar su calidad de vida.

Por lo anterior, se tratará de hacer una descripción de los diversos aspectos que integran el medio socioeconómico, es decir, estudiar los factores que configuren el medio social en un sentido amplio profundizando en aquellos que puedan revestir características especiales en el ambiente a afectar.

A. DEMOGRAFÍA

Dinámica de la población

El crecimiento demográfico de la Delegación representa una muy alta proporción del incremento total de población del Distrito Federal. En la década 1970-1980, correspondió al 54.3% del crecimiento del D.F. En la década 1980-1990, la Delegación tuvo un crecimiento de 341,088 habitantes, superior en 1.6 veces al crecimiento total del Distrito Federal, indicando que Iztapalapa fue asiento de numerosas familias que abandonaron las delegaciones centrales y destino de familias procedentes de otras entidades federativas. En los últimos años ha alojado el 83.7% del crecimiento del Distrito Federal, agotando prácticamente su reserva de suelo urbanizable.

La población inmigrante se ha asentado en su mayoría al sur oriente de la Delegación, es decir, en las faldas de la Sierra de Santa Catarina, ocupando terrenos sin vocación para usos urbanos.

Lo anterior señala que en los últimos 30 años, Iztapalapa ha sido la principal reserva territorial para el crecimiento urbano del Distrito Federal y que ha cumplido una importante función en la redistribución de la población, alojando una proporción muy significativa de la construcción de nueva vivienda.

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Crecimiento y distribución de la población

Población: Según las cifras proporcionadas por el INEGI en el año 2000, Iztapalapa cuenta con el mayor número de población del Distrito Federal con casi 2,000,000 de habitantes y con una densidad aproximada de 12,000 personas por kilómetro cuadrado.

En términos de la población por sexo, el 49% corresponde a hombres y el 51% a mujeres. En lo que se refiere a la población por edades, el mayor rango está comprendido entre los 20 y 25 años de edad.

La población en edad de trabajar (mayor a 12 años) se calculan en casi 1,100,500 personas. Del total de esta población la económicamente activa representa el 46.3%. Los datos censales por su definición de ocupación que incluye tanto a la persona que trabaja como a la que buscó trabajo, revelan que la proporción de ocupados de la población activa es de 98.1%.

La Delegación Iztapalapa ha tenido un crecimiento vertiginoso en su población. De los 76,621 habitantes registrados en 1950, pasó en el año 2000, a una población de 1,771,673 habitantes, multiplicándose aproximadamente 23 veces en sólo 5 décadas.

La siguiente gráfica muestra la evolución de la población de 1950 al 2000 de la delegación Iztapalapa.

Gráfica 1. Población total de la delegación Iztapalapa

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Población económicamente activa

Los censos económicos reflejan la importancia de las manufacturas y del comercio en la Delegación. Los establecimientos comerciales representan el 63% del total de empresas que ocupan el 42% de la mano de obra y aportan el 45% del valor agregado en términos reales.

En la actividad comercial del Distrito Federal, Iztapalapa realiza el 24% del comercio al mayoreo. Lo cual caracteriza a la jurisdicción como una zona especializada en comercio al mayoreo, como resultado indudablemente ligado a la presencia de la Central de Abasto y la Nueva Viga.

La dinámica del comercio muestra un comportamiento diferenciado entre comercio al mayoreo y menudeo, pues mientras que el mayoreo se observa una disminución de 2.8% del número de establecimientos al menudeo crecen al 8.1% por arriba de la cifra del Distrito Federal. Esto señala una expansión del número de micro-comercios, que aunque impactan positivamente al empleo, hacen en el valor agregado en términos reales crezca solamente el 2.5%, cuando en el Distrito Federal el crecimiento es de 7.3%.

La población económicamente activa en Iztapalapa, tomando en cuenta de los 12 años en adelante, en 1990 era de 499,166 personas; de ellas 352,771 son hombres y 146,395 mujeres.

Al 12 de marzo de 1990, la tasa de participación de la población económicamente activa, es mayor al 80% en hombres de 25 a 54 años y, entre el 20% y 40% la mayor tasa de participación en mujeres de 20 a 54 años de edad.

De la población ocupada y dividida en 3 sectores de actividades respectivamente (terciario, secundario y primario), el que más sobresale es el comercio y los servicios con un 63.3%; le sigue con un 32.5% la minería, extracción de petróleo y gas, industria manufacturera, electricidad y agua y, construcción. Por último la agricultura, ganadería, caza y pesca con un 0.3% y sector no especificado con un 3.9%. (Al 12 de marzo de 1990 tomando en cuenta a 485,558 personas.)

La siguiente tabla muestra la relación de la población económicamente activa de la inactiva en Iztapalapa.

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TABLA IV.14 POBLACIÓN ECONÓMICAMENTE ACTIVA, IZTAPALAPA

Población Total

Población de 12 años

y más

Población económicamente

activa

Población económicamente

inactiva

Estados Unidos Mexicanos

97,483,412 69,235,053 34,154,854 34,808,000

Distrito Federal 8,605,239 6,674,674 3,643,027 3,008,279

Iztapalapa 1,773,343 1,331,752 716,950 609,972 FUENTE COMPLEMENTARIA: INEGI. XII Censo General de Población y vivienda 1990

Gráfica 2. Distribución porcentual de la población económicamente activa ocupada según sexo

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Niveles Actuales de Ingreso

En la gráfica 3 podemos observar que la población que recibe un salario mínimo mensual (SM) (0.03%) es casi inexistente. Sin embargo la población ocupada que recibe un salario mínimo o menos es del orden del 13.3%. el 53.5% de la población ocupada de la delegación recibe 2 SM o menos y el 74% tiene que vivir con menos de 3 salarios mínimos. El 26 % recibe 3 o más SM, aunque sólo el 3% recibe más de 10 SM.

Gráfica 3. Iztapalapa. Población ocupada y su distribución según ingreso por trabajo en salario mínimo, 2000

Vivienda

Los indicadores económicos generales de una sociedad no pueden soslayar las condiciones concretas de los servicios urbanos con que cuentan sus habitantes. La calidad de la vivienda, es determinante para medir el desarrollo social, esto comprende el número de habitantes promedio por vivienda, el tipo de energía que se usa en las mismas, si cuentan con drenaje, agua entubada, entre otras.

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En la Delegación Iztapalapa, a partir de 1970 se tiende a reducir el número de miembros por hogar (más de 6) quedando en los resultado preliminar del 2000 un promedio general de 4.3 aproximadamente. Lo anterior tiene efectos múltiples, por un lado, se requieren más unidades habitacionales que satisfagan las necesidades de familias pequeñas y se reducen las viviendas para las familias con muchos miembros. Esto se ha visto reflejado en el aumento de las unidades habitacionales diseñadas ex profeso para familias de 3 o 4 miembros. El paisaje urbano tiende también a reflejar la concentración humana y las formas de vida. En la delegación casi el 70% de las viviendas habitadas corresponden a la categoría de casa independiente, el 18.5% a la de departamento en edificio y el 7.6% a la de vivienda en vecindad.

Gráfica 4. Iztapalapa. Viviendas habitadas y clase de vivienda, 2000

Quitando a la vivienda colectiva donde habitan 122 habitantes en promedio por vivienda; en las demás viviendas particulares habitadas el promedio de habitantes por vivienda es de 3.8, con el número más bajo en la vivienda categoría refugio con 2.9 habitantes por refugio y el más alto en casa habitación con 4.5 habitantes por casa.

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Infraestructura

Vialidad

Debido a que la mayor parte de su territorio fue ocupado por colonias populares que carecieron de planificación urbana, Iztapalapa enfrenta graves problemas de vialidad, en especial en la zona de la sierra de Santa Catarina y San Lorenzo. Sólo el poniente de la delegación, cuya urbanización es más temprana que en el centro y el oriente, posee una red vial primaria más o menos importante. Esta está constituida por el Circuito Interior de la ciudad de México, y varios ejes viales que cuadriculan la zona. La presencia del cerro de la Estrella en la mitad de la delegación ocasiona que una amplia zona entre Culhuacán, Iztapalapa y San Lorenzo Tezonco quede incomunicada entre sí. Desde el Barrio de Santa Bárbara, en Iztapalapa de Cuitláhuac, la antigua calzada México--Tulyehualco rodea el cerro y comunica a Iztapalapa con su vecino del sur, la delegación Tláhuac.

De poniente a oriente, la delegación es cruzada por la calzada Ermita-Iztapalapa (Eje 8 Sur), y los ejes 6 y 5 Sur, que desembocan en la Autopista México-Puebla. Esta autopista y su prolongación hacia el noroeste (la calzada Ignacio Zaragoza) sirven como vía de entrada para los pobladores del oriente del valle de México hacia el centro. Por ello, ambas vías rápidas se encuentra constantemente saturadas, a pesar de las obras viales realizadas en la primera mitad de la década de los noventa.

Al sureste, la presencia de la sierra impide el paso de las vialidades hacia el norte de Tláhuac. Al mismo tiempo, por encontrarse ocupada por colonias de reciente formación y escasa planificación urbana, se trata de una zona con una complicada red de calles que finalmente desembocan en la calzada Ermita-Iztapalapa.

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Figura IV.25. Mapa de Equipamiento Urbano

Localización del Sitio Fuente: Mapa de equipamiento urbano de la delegación Iztapalapa, México

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- Hidráulica

Iztapalapa es la delegación más oriental del Distrito Federal. Ello complica la dotación de agua potable para la zona. En Iztapalapa existen varios pozos de extracción de agua de los acuíferos subterráneos. Ellos se encuentran alrededor de la sierra de Santa Catarina. Sin embargo, no son suficientes para satisfacer la demanda de agua. Por ello, una porción del agua que se obtiene del Sistema Cutzamala (que lleva agua de la cuenca del río Balsas al valle de México) se destina a Iztapalapa; aunque tampoco basta para resolver la cuestión. En la

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estación seca, la escasez de agua se acentúa, sobre todo en las partes altas de San Lorenzo, Paraje San Juan y Santa Catarina.

- Vías de Comunicación

Hasta 1993, las líneas de autobuses de la empresa paraestatal Ruta 100 (actualmente Red de Transporte de Pasajeros del Distrito Federal -RTP-) y varias rutas de microbuses y peseros (este término designa a las camionetas tipo combi que prestaban servicio como colectivos en la ciudad de México) constituían la base del transporte urbano en Iztapalapa. A ellos se sumaban cuatro líneas de trolebuses (operados por el paraestatal Sistema de Transportes Eléctricos) y los numerosos taxis que circulan por todo el territorio iztapalapense. Tanto la Ruta 100 como el resto de los transportes públicos tenían (y siguen teniendo) como punto de articulación las estaciones del Sistema de Transporte Colectivo (Metro).

El 12 de agosto de 1991 se inauguró la primera línea de metro que prestó servicio en Iztapalapa. Es la línea A, que cuenta con diez estaciones en total, de las cuales cinco se localizan en territorio iztapalapense. La línea A del metro tiene la característica de ser la única en la ciudad de México de carácter férreo. Corre de Pantitlán (en la delegación Iztacalco), a La Paz (en el municipio del mismo nombre) en el Estado de México. A la línea A se sumó en 1994 la línea 8, que cubre un recorrido total de 19,8 km con diecinueve estaciones. De ellas, ocho pertenecen a Iztapalapa. Asociados a algunas estaciones del metro fueron construidos algunos paraderos (sitios terminales de las rutas de autobuses y microbuses urbanos) como: Santa Martha y Tepalcates, de la línea A; así como Constitución de 1917, Iztapalapa y Escuadrón 201 de la línea 8.

Debido a que Iztapalapa pertenece a la zona metropolitana del Valle de México, el transporte foráneo se realiza por las cuatro centrales de autobuses y el único aeropuerto que posee el Distrito Federal. Ninguna de estas instalaciones se encuentra en el territorio de la delegación.

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Principales Sectores, Productos y Servicios

-Agricultura, Ganadería y Pesca

La agricultura, ganadería, caza y pesca son las actividades que en menor cantidad se realizan en la delegación de Iztapalapa con un 0.3% y sector no especificado con un 3.9%.

- Industria y Comercio

Los establecimientos en la industria manufacturera por subsector de actividad, en Iztapalapa, los que más destacan son los productos alimenticios, bebidas y tabaco 1,612; le continúan productos metálicos, maquinaria y equipo incluye instrumentos quirúrgicos y de precisión 1,098, y en tercer lugar producción de papel, imprentas y editoriales, 385, casi paralelamente con textiles, prendas de vestir e industria del cuero 382. Datos registrados para 1993.

Es importante resaltar como en los subsectores 31, 32 y 33 tendencialmente el personal se ha agregado, sin embargo en los restantes, ha ido desertando.

Son significativas en la Delegación Iztapalapa algunas unidades de comercio y abasto: tomando como las más importantes "los tianguis" que son el sector más amplio por unidad, enseguida las concentraciones, mercados públicos, mercados sobre ruedas y por último la central de abasto.

La Central de Abasto: Considerada como el punto de encuentro entre productores, mayoristas, minoristas y consumidores de todo el país, al lado que acuden más de 250 mil personas diariamente para satisfacer los requerimientos demás de 20 millones de habitantes de la Zona Metropolitana. La diversidad de frutas, verduras, flores, hortalizas, abarrotes y carnes frías hacen de la Central de Abasto, que se extiende a 328 hectáreas, el más importante centro de comercialización.

Mercado de pescados y mariscos La Nueva Viga: Cuenta con 202 bodegas de mayoreo y 165 locales de tianguis. La Nueva Viga comercializa cerca del 60% de producción nacional de pescado con escama y un 60% de moluscos y crustáceos, así como otras especies de procedencia extranjera.

La construcción de la planta de autoabastecimiento no cambia el sistema ambiental con la nueva infraestructura; al no verse modificado el medio físico el medio social no se ve tampoco alterado. La población existente en la delegación de

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Iztapalapa no se ve afectada por la instalación de la planta, debido a que ésta se encontrará dentro de las instalaciones de Liverpool Provincia, Almacén Tezontle.

La generación de empleos indirectos beneficiará a la población de Iztapalapa en el tiempo que duren las obras de construcción, dado que la planta solo tendrá dos personas de operación y dos personas de mantenimiento.

La planta de autoabastecimiento, no modificará aspectos cognoscitivos, valores y normas colectivas, así como creencias y signos en la población, dado que se instalará dentro de una zona comercial, por lo que no modificara ningún recurso natural, puesto que se cuenta con todos los servicios.

Educación

En el Distrito Federal el porcentaje de la población con estudios de instrucción postprimaria ha aumentado a 64.6%; sin embargo este aumento no ha sido general para todo el Distrito Federal, Iztapalapa tiene un 57.7% que comparado con el 37.7% del 2000, nos da una referencia considerable de quienes tienen educación postprimaria.

En la Delegación las escuelas cubren todos los niveles educativos; el 38.6% corresponde al nivel preescolar y el 41% al de primaria. Respecto a los niveles profesional y medio superior se cuenta con 51 escuelas en la demarcación. Entre los que destacan la Preparatoria de Ciudad de México, el C.C.H Oriente, el Colegio de Bachilleres plantel 6 y 7. A nivel Superior la Universidad Autónoma Metropolitana y la Escuela Nacional de Estudios Superiores Zaragoza.

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El índice de aprovechamiento en primaria es del 96.1%, en secundaria 74.8%, mientras que un gran sector tiene que abandonar su instrucción para integrarse al trabajo.

La proporción de centros particulares ha venido creciendo pero es importante destacar que la inmensa mayoría de los alumnos de Iztapalapa, realizan sus estudios en las escuelas federales, en sus diferentes niveles de educación.

Salud

El gobierno de Iztapalapa opera 16 pequeñas clínicas que se conocen con el nombre de Consultorios periféricos, los cuales tienen por objeto atender la crónica carencia de estos servicios en el territorio. La mayor parte de ellos se encuentran en las zonas más marginadas (Santa Catarina, San Lorenzo Tezonco y Paraje San Juan). Estos consultorios periféricos dan servicios elementales de atención a la salud de materno-infantil, consulta odontológica, y enfermedades agudas. El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado (ISSSTE) prestan sus servicios de medicina familiar y hospitalización, cada una en cuatro clínicas. Además, en el año 2005, el Gobierno del Distrito Federal construyó el Hospital de Especialidades de la Ciudad de México en Tezonco, con el fin de dar servicios médicos de alta especialización a la población del oriente del Distrito Federal.

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IV.2.5 Diagnóstico Ambiental

Para establecer las condiciones ambientales preoperacionales al proyecto e identificar los procesos de deterioro ambiental, con la información recopilada, se realizó una estimación de la condición de la vegetación y uso de suelo para así obtener una descripción de las condiciones previas al proyecto.

Cambio de Uso de Suelo y Vegetación

Los usos dados al suelo y a la vegetación, así como los sistemas de manejo empleados para ello, conllevan en muchos casos al cambio en la composición de la vegetación causando cambios ligeros que alteran la cobertura vegetal, hasta cambios tan severos que implican una remoción total o parcial de la vegetación provocando alteraciones que cambian radicalmente el uso de suelo y con ello la cobertura del mismo. La observancia de estos cambios en el tiempo permite valorar de manera cuantitativa las variaciones en superficie y cualitativamente las pérdidas o ganancias de calidad de los recursos naturales.

El punto de partida para una valoración en los cambios debería considerar la condición más similar al estado original, no obstante, de que existen referencias históricas de la vegetación hidalguense, su comparación no es muy fácil de realizar, debido a que la información gráfica existente no tiene rigor cartográfico (escala, proyección, referencia gráfica) que permita un análisis especial confiable con la información de la cobertura empleada en este estudio.

De este modo, la vegetación y usos de suelo definidos por INEGI en la cartografía 1:250 000, es tomada como condición de referencia por ser la única fuente de información confiable con atributos cartográficos comparables.

La degradación de la vegetación en el área donde se localizará la planta de Autoabastecimiento de Energía Eléctrica, fue de un 100% hace más de 25 años, con la ocupación de la delegación en casi toda su superficie. La vegetación fue removida en su totalidad, desde la construcción del Centro Comercial Parque Tezontle. En lo que respecta al entorno en un radio mayor de 500 metros, se efectúan actividades comerciales y de uso habitacional.

La construcción de la planta de autoabastecimiento no ocasionará cambios en el relieve de la zona, ya que el terreno la instalación será en la azotea del Almacén Tezontle y el terreno ya se encuentra impactado.

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No se presentarán cambios en la vegetación de la zona, ya que el sitio ya se encuentra impactado. El proyecto no presenta interacción alguna con la vegetación del entorno del proyecto. En el sitio del proyecto no se encontraron especies animales ni endémicas ni en peligro de extinción, el proyecto NO tendrá ninguna interacción con el entorno del proyecto.

En lo que al uso de suelo del área donde se pretende ubicar la Planta de Autoabastecimiento, este es de tipo E 3/50. En esta zonificación (E) se permite todo tipo de equipamiento público o privado y aplica a usos ya establecidos o en terrenos baldíos de propiedad pública, donde sea factible proponer algún servicio como: instalaciones y establecimientos de servicios para la educación, cultura, salud, abasto, recreación y deporte, comunicaciones, infraestructura, transporte y mortuorio; por tanto, la instalación de la Planta no afectará el uso de suelo de la zona. Lo anterior con base al Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Iztapalapa, el uso de suelo donde se ubicará la Planta de Autoabastecimiento de Electricidad Liverpool.

El Certificado de Zonificación para Uso del Suelo Específico Folio No. 19250 SEDUVI con fecha de expedición 25 de abril de 2006, otorgado por la Dirección General de Desarrollo Urbano, se presenta en el Anexo 4.

Usos del Suelo a nivel localidad.

Actualmente la estructura urbana de la delegación de Iztapalapa presenta una distribución del uso del suelo, con las siguientes características:

La habitación ocupa el 61%, habitacional mixto 15%, equipamiento 9%, espacios abiertos y deportivos 6%, centros de barrio y subcentros urbanos el 2% y el 7% restante en área de conservación.

La planta de autoabastecimiento se encuentra dentro de Zona definida como de Equipamiento y se localiza al noroeste de la delegación de Iztapalapa.

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Ecología y Medio Ambiente.

-Calidad del Aire

La contaminación atmosférica de la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM), agravado por una serie de características fisiográficas y climáticas propias de la zona, depende principalmente de las emisiones contaminantes que se generan en ella; como consecuencia del crecimiento poblacional que impulsaron las actividades urbanas e industriales en el Valle de México a partir de los años cuarenta. Para enfrentar esta problemática y dar respuesta a los altos niveles de contaminación, las autoridades ambientales además de medir en forma permanente y continua las concentraciones de los contaminantes atmosféricos, desarrolla inventarios de emisiones para conocer el origen de la contaminación e implementar medidas de mitigación.

En las delegaciones Benito Juárez e Iztapalapa, las altas emisiones en algunas zonas que presentan más de 1,500 toneladas anuales, son ocasionadas por la fabricación de plásticos, así mismo, en Azcapotzalco y Coyoacan se tiene a la industria farmacéutica y en Miguel Hidalgo la manufactura de celulosa y papel.

En la Tabla IV.5 se observa que la delegación Iztapalapa cuenta con el mayor número de industrias, seguida de Azcapotzalco y Gustavo A. Madero, estas tres delegaciones concentran casi la mitad de la industria del Distrito Federal y generan el 58% de las emisiones.

TABLA IV.15 EMISIONES POR DELEGACIÓN

Emisiones [ton/año] Delegación Número de empresas PM10 PM2.5 SO2 CO NOX COT COV NH3

Álvaro Obregón 136 62 2 8 16 35 482 463 1

Azcapotzalco 457 539 34 51 371 1,176 17,867 16,965 9 Benito Juárez 154 11 1 19 23 33 586 496 1

Coyoacán 106 58 3 15 10 40 4,939 4,494 1 Cuajimalpa 6 N/S N/S N/S N/S 1 2 2 N/S Cuauhtémoc 193 199 10 9 95 257 4,591 4,352 1 Gustavo A. Madero 328 85 11 149 145 740 5,633 5,433 3

Iztacalco 288 153 4 45 26 69 3,720 3,641 1 Iztapalapa 582 171 14 66 182 234 7,746 7,480 4 Magdalena 1 4 N/S N/S N/S 1 2 1 N/S

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Emisiones [ton/año] Delegación Número de empresas PM10 PM2.5 SO2 CO NOX COT COV NH3

Contreras Miguel Hidalgo 230 68 19 28 146 348 6,787 6,281 5

Milpa Alta 1 N/S N/S N/S N/S 1 1 1 N/S Tlahuác 73 83 4 10 20 114 1,661 1,507 1 Tlalpan 70 20 1 4 6 21 218 206 N/S Venustiano Carranza 157 42 3 23 17 56 2,034 1,798 1

Xochimilco 27 15 1 2 7 13 281 271 N/S Total 2,809 1,510 107 429 1,064 3,139 56,550 53,391 28 Fuente: Inventario de emisiones de la ZMVM, 2006

La rama 4100 (Generación de energía eléctrica) en la cual se encuentra el proyecto que se está estudiando, la mayor emisión está dada por los NOx con 11,067 ton/año, lo cual representa el 52% del total de las emisiones de las fuentes puntuales de la ZMVM. Esto se debe al gran consumo de combustible utilizado en el proceso de generación de energía eléctrica.

TABLA IV.16. EMISIONES DEL SECTOR GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Emisiones [ton/año] Rama

Número de

empresas PM10 PM2.5 SO2 CO NOX COT COV NH3

4100 6 200 200 16 2,212 11,067 290 145 68 Total 6 200 200 16 2,212 11,067 290 145 68

Fuente: Inventario de emisiones de la ZMVM, 2006

En la realización del proyecto de “Instalación y operación de una planta de autoabastecimiento eléctrico en las instalaciones de Liverpool Provincia Almacén Tezontle en la Delegación Iztapalapa en México, D.F.” se tendrán las siguientes condiciones:

Las emisiones a la atmósfera se tendrán en las etapas de preparación del sitio, construcción y operación. En las etapas de preparación del sitio y construcción, las emisiones serán producto de la combustión del diesel de la maquinaria pesada y camiones usados para acarreo de materiales, perforación de terreno para formación de pilas, excavación. Se tendrán emisiones de baja consideración, de partículas, por el tránsito de maquinaria pesada y peatones.

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La duración de las emisiones será temporal, ya que las condiciones originales del aire (calidad y visibilidad) regresarán a la normalidad una vez concluidas las actividades de transporte de los materiales, del equipo y de forma general las actividades de construcción.

La operación de la planta generará emisiones contaminantes a la atmósfera, derivadas de la combustión del diesel. La generación de NOx, está en función de la temperatura de combustión principalmente, variando la relación de manera exponencial. De manera inversa, si se reduce la temperatura de combustión más allá del valor requerido para lograr una combustión completa para la relación aire/combustible que se esté alimentando, es obvio señalar que se tendrá una combustión incompleta, favoreciendo la generación de CO.

TABLA IV.17. EMISIONES QUE SE GENERARÁN EN EL PROYECTO

Emisiones Equipo

NOx CO PM HC

3 Motogeneradores 7.30 g/hp-hr 1.00 g/hp-hr 0.13 g/hp-hr 0.18 g/hp-hr

La influencia de las emisiones que se tendrán no presentará interacción sobre el entorno del sitio del proyecto.

-Calidad del Agua

Iztapalapa, tiene problemas de contaminación del agua generada por los tiraderos a cielo abierto y la deficiencia en el servicio de drenaje, lo que provoca que en épocas de lluvias se produzcan lixiviados de sustancias tóxicas y microorganismos patógenos, lo cual contamina el acuífero que alimenta a los pozos que abastecen a la población.

La demanda de agua requerida por habitante es de 4.5 litros por segundo y lo que se recibe actualmente son 3.7 litros por segundo. Muchas colonias presentan problemas de abastecimiento, 45 de ellas reciben agua por tandeo, fenómeno que se presenta en todos los sectores de la delegación, los más críticos son Santa Catarina con 15 colonias y el Paraje San Juan con 10 colonias.

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En lo que respecta a descargas de aguas residuales, como se ha descrito en capítulos anteriores, el la realización de todas las etapas del proyecto no se generarán aguas de proceso.

La planta contará con sanitarios para uso del personal que hará recorridos de inspección durante cada turno de trabajo mismo que operará el cuarto de control, por lo tanto, las descargas de origen sanitario no excederán los 100 litros diarios.

Los sistemas de drenaje estarán protegidos de derrames accidentales de sustancias que puedan ocasionar alteraciones a la calidad del flujo ordinario del sistema.

NO se generará ninguna descarga a cuerpo receptor alguno.

El proyecto NO contempla ninguna actividad que pueda ocasionar cambios hidrodinámicos en ningún cuerpo de agua. Ninguna de las etapas del proyecto prevé la infiltración de descargas de agua residual al suelo o subsuelo, por lo que no se alterarán los mantos freáticos.

- Manejo y Disposición de Desechos Sólidos.

Cada día en el Distrito Federal se generan alrededor de 13,250 toneladas diarias de residuos sólidos urbanos producidos por 8,720,916 habitantes de la población que habitan en la ciudad, lo que significa un indicador de generación per cápita de residuos sólidos equivalente a 1.52 kg/hab/día.

Con la entrada en vigor de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal el 22 de abril de 2003, el Distrito Federal ha tenido un cambio en la política ambiental del manejo de los residuos sólidos, de tal modo, que de una simple recolección de residuos sólidos ha pasado a una gestión integral de los residuos sólidos, interviniendo en la forma de manejar la infraestructura para la prestación del servicio de recolección y en el establecimiento de obligaciones para todo generador de residuos sólidos.

Las obligaciones de la población se centran en la separación de residuos sólidos y en el caso de generadores de alto volumen, generadores de residuos de manejo especial, así como de reusadores y recicladores, a presentar planes de manejo de residuos sólidos ante la Secretaría del Medio Ambiente.

Las estrategias, lineamientos y objetivos para la instrumentación de medidas y acciones necesarias para alcanzar la gestión integral de los residuos sólidos en el Distrito Federal, se integran en el Programa de Gestión Integral de los Residuos

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Sólidos para el Distrito Federal 2004-2008 (PGIRS) publicado en la Gaceta Oficial del DF el 1 de octubre de 2004, este documento contiene un diagnóstico del manejo de los residuos sólidos, y se encuentra disponible en la página de la Secretaría del Medio Ambiente.

En la realización del proyecto de “Instalación y operación de una planta de autoabastecimiento eléctrico en las instalaciones de Liverpool Provincia Almacén Tezontle en la Delegación Iztapalapa en México, D.F.” se tendrán las siguientes condiciones:

Toda maquinaria y equipo que se utilice para las diferentes etapas del proyecto estarán en buenas condiciones mecánicas, con el fin de evitar fugas de lubricantes.

El mantenimiento preventivo de la maquinaria se realizará sobre una carpeta de concreto en un taller mecánico. No se prevén emisiones directas al suelo/subsuelo de aceite lubricante, diesel a hidrocarburos. Los residuos provenientes del cambio de aceite o mantenimiento preventivo de la maquinaria y equipo pesado, se almacenarán temporalmente en tambores metálicos de 200 litros de capacidad, dentro del almacén temporal de residuos peligrosos que se construirá para este propósito. Se contratarán los servicios de un prestador de servicios autorizado, para recolección y disposición final de los residuos peligrosos generados durante la preparación del sitio y construcción.

La Preparación del Sitio consistirá básicamente en limpieza de la azotea, donde se ubicará la planta de autoabastecimiento. La instalación de la planta no se hará sobre suelo nativo, NO se realizará ninguna de las siguientes actividades: desmontes y despalmes, excavaciones, compactaciones o nivelaciones de suelo nativo, cortes, rellenos, dragados ni desviación de cauces.

En la etapa de operación de la planta NO se alterarán las características físicas del suelo ni se ocasionarán perdidas de suelo por erosión debido a que no se instalará la planta de autoabastecimiento en suelo nativo.

Etapas de operación y mantenimiento de la planta:

Se formulará, ejecutará y registrará un Plan de Manejo de Residuos ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de acuerdo al artículo 46 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y a los

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artículos 17, 20, 24, 25, 27, 29 del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Se realizará el manejo de residuos como lo establecen los artículos 16, 17 y 55 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005.

Se identificarán y clasificarán todos los residuos peligrosos que se generen de acuerdo con los artículos 45 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, 46 y 87 del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Se almacenarán conforme a su categoría de generación los Residuos Peligrosos en áreas adecuadas para este fin y se verificará que el periodo de almacenamiento dentro de las instalaciones cumpla con los artículos 50 fracción III, 55, 56, 66, 67 fracción V, 106 fracciones I y VII de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, 46 fracción V, 65,82, 83 y 84 del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

La disposición final de los residuos se efectuará de manera adecuada de conformidad con los artículos 42, 80 de la Ley General para la Prevención General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y 91, 92, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104 y 105 del Reglamento de la Ley General para la Prevención General y Gestión Integral de los Residuos.

Se evitarán derrames o infiltraciones de residuos peligrosos en el suelo como se establece en los artículos 134, 136, 139 y 152 BIS, de la Ley General para la Prevención General y Gestión Integral de los Residuos.

La influencia de este factor ambiental no presentará interacción sobre el entorno del sitio del proyecto.

A manera de conclusión del diagnóstico, puede decirse que cuando el proyecto logre el nivel de aprovechamiento óptimo de su capacidad instalada, se estará operando con sustentabilidad, dado que las plantas de IEPSA y TRAPLA, dejarán de ser una carga o entidad de consumo de energía eléctrica, por contar con un sistema de autoconsumo o cogeneración, sin amenazar ninguno de los elementos ambientales descritos en esta sección. El diagnóstico que podemos hacer de este proyecto, es que es compatible con el uso de suelo y que las actividades que se realizarán en las diferentes etapas del proyecto, no afectarán de manera adversa el entorno ambiental de la zona de influencia del proyecto.

MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Sector Eléctrico Modalidad Particular

LIVERPOOL PROVINCIA, ALMACÉN TEZONTLE

CAPÍTULO V

IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES

CONTENIDO

CAPÍTULO V . IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES ...........................................................V-1

V.1 Metodología para identificar y evaluar los impactos ambientales. .....................................................................................................V-1 V.1.1 Indicadores de Impacto ..............................................................V-4 V.2 Impactos Ambientales Generados...........................................V-16 V.2.1 Identificación de Impactos .......................................................V-16 V.2.2 Selección y Descripción de los Impactos Significativos.......V-19 V.3 Evaluación de los Impactos Ambientales ...............................V-26 V.3.1 Obtención del Valor de Impacto por Factor Ambiental e Impacto Global en Unidades Ambientales .................................................................V-26

V.3.2 Descripción de Impactos Ambientales....................................V-31

Índice de Tablas

Tabla V.1. Escala ordinal y valores de CA utilizados en las valoraciones estimativas de la magnitud a efectos despreciables. .............................V-13

Tabla V.2. Lista de factores y componentes ambientales ............................V-16 Tabla V.3. Listado de acciones que involucra la obra ..................................V-18 Tabla V.4. Tipos de Impacto por Etapas del Proyecto ..................................V-19 Tabla V.5. Tipos de Impacto en los Factores Ambientales...........................V-20 Tabla V.6. Valores de Impacto Obtenidos para Factor Ambiental y

Componente Ambiental. ............................................................................V-22 Tabla V.7. Valores de Impacto por Acción y Etapa del Proyecto .................V-24 Tabla V.8. Ponderación Relativa de los Factores Ambientales (1000 UA) ..V-25 Tabla V.9. Obtención de los Valores de Impacto por Factor y Global en UA.....

.....................................................................................................................V-27

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Capítulo V . Identificación, Descripción y Evaluación de los Impactos Ambientales

V.1 Metodología para identificar y evaluar los impactos ambientales.

Son varias las metodologías que se pueden seguir para la realización de estudios de impacto ambiental derivados de la realización de un proyecto. En el presente trabajo se utiliza la metodología propuesta por Conesa Fernández-Vítora (1995), que plantea la obtención de valores de impacto ambiental a partir de la valoración cualitativa y cuantitativa de los impactos ambientales identificados.

La metodología de Conesa tiene sus orígenes en el método en el método Battelle - Columbus (Dee y otros, 1972), el cual permite la evaluación cuantitativa de los impactos implicados en un proyecto. Es método de carácter global y sistemático, también incluido en las propuestas metodológicas de varios autores (ver Esteban B, 1989; Gómez Orea, 1982; ITGE, 1991; Santiago G. Alonso y otros, 1987, Westman, 1987).

El método de Battelle - Columbus esencialmente consiste en utilizar un sistema de unidades homogéneas para todos los factores del ambiente, denominado índice de calidad ambiental (ICA) que puede tener valores entre 0 y 1. Cada parámetro es valorado en esta escala, asignando el valor de 1 si posee la máxima calidad ambiental (de acuerdo a criterios predefinidos) y 0 cuando su deterioro es total; todos los valores entre 0 y 1 corresponden a los valores de calidad ambiental.

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De la misma manera el autor establece que la calidad ambiental de un factor es una función de la magnitud del mismo:

CAi = f (Mi)

Paralelamente se realiza una ponderación de los factores ambientales, teniendo en cuenta que no todos contribuyen de la misma manera en el total de la calidad ambiental. Esta ponderación se realiza teniendo en cuenta lo que significa cada factor en términos de bienestar humano. Este valor ó índice ponderal (IP) resulta de la distribución relativa de mil unidades, repetidas entre todos los parámetros existentes en el área (máxima calidad).

Posteriormente se calculan la “Unidades de Incidencia Ambiental” (UIA), multiplicando el valor ambiental (CAi) por su peso relativo (IP):

UIAi = CAi * IPi

La estimación de la evaluación de los impactos ambientales se obtiene realizando una evaluación de la calidad ambiental antes de realizar el proyecto y después del proyecto, la diferencia entre ambas es el impacto.

Esquemáticamente la metodología propuesta para la identificación y evaluación de impactos se expone en la figura mostrada en la siguiente página.

Se seleccionó la propuesta metodológica de Conesa, porque aplica a su vez los principios y técnicas de los métodos más efectivos en la identificación y evaluación como son los conceptos y matriz de interacción de Leopold, el principio de valoración cuantitativa basado en la ponderación de los factores ambientales y la homogenización de los efectos a un mismo sistema de medida y escala de BATELLE y el principio de la cuantificación de efectos a través del uso de indicadores numéricos de los impactos, si no que permite realizar de manera conveniente su agregación por componente, factor y finalmente la obtención de valores de impacto globales.

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Esquema Metodológico para la Identificación y Evaluación de Impactos

Estudio del Medio

Definición del ámbito de estudio Selección de variables Inventario ambiental

Análisis del Proyecto

Objetivos y problemática Descripción del proyecto Identificación de acciones derivadas del proyecto

Valoración Cuantitativa

Selección de indicadores Obtención de la magnitud en unidades heterogéneas Selección y/o construcción de funciones de transformación Obtención de la magnitud en unidades homogéneas de CA

Valoración Cualitativa

Caracterización de impactos Obtención de los valores de importancia

Impacto Ambiental Total

Ponderación de los Factores Ambientales

Valores de Impacto por Factor

Identificación y Predicción de Impactos

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En resumen el método se justifica por proveer una alta certidumbre en la identificación de impactos, una valoración que limita en gran medida la subjetividad al considerar por separado los aspectos de manifestación no cuantitativa de los impactos para determinar la importancia y, la cuantificación de efectos comesurables para determinar la magnitud, la interpretación de los resultados, por su tratamiento numérico es objetiva y fácil de comunicar.

A continuación se expondrá a mayor detalle el marco metodológico utilizado en la identificación de impactos.

V.1.1 Indicadores de Impacto

Para la identificación de los impactos ambientales, resultado de la realización del proyecto, es imprescindible el conocimiento del proyecto en su totalidad (desde selección del sitio hasta la etapa de operación y mantenimiento o bien la de abandono), y un diagnóstico del estado actual del ambiente (físico-natural, biológico y socioeconómico) en donde se desarrollará el proyecto. En esta etapa se sigue un procedimiento paralelo, se analiza por una parte el proyecto y por otro su entorno, el cruce de ambos estudios nos proporciona la identificación de los impactos. Las técnicas utilizadas en la identificación de impactos son las que se describen a continuación.

A. Listado Simple

Las listas de verificación es un método de identificación de impactos, dichas listas pueden ser de varios tipos según incluyan la descripción de las acciones del proyecto con posible incidencia sobre los componentes ambientales de ser impactados y/o indicadores de la alteración del medio.

Para desarrollar el cuadro de las acciones del proyecto, éste se organizó en una estructura jerárquica en forma de árbol. El primer nivel (ó primera columna) corresponde a cada una de las etapas del proyecto (estudios preliminares, preparación, construcción, operación, entre otros). El segundo nivel (segunda columna) a las distintas fases que comprenden una etapa. En el tercer nivel (tercera columna) a las acciones causantes del impacto. Por último se utilizó una cuarta columna para los componentes ambientales susceptibles de ser impactados por cada una de las actividades del proyecto.

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Para desarrollar el cuadro de los factores ambientales, se procedió de una manera similar, considerando al ambiente como un sistema compuesto a su vez de tres subsistemas; el medio físico-natural, el biótico y el socioeconómico. Éstos subsistemas constituyen el primer nivel (primera columna) en una estructura jerárquica en forma de árbol. El segundo nivel (segunda columna) lo constituyen los factores ambientales y, el tercer nivel (tercera columna) los componentes ambientales. Por último se utilizó una cuarta columna para enumerar las actividades del proyecto que pudieran incidir en cada uno de los factores ambiéntales. Los resultados se presentan en las Tablas V.2 y V.3.

Matriz de identificación de Impactos (relación causa – efecto)

A partir de esta fase comienza la valoración propiamente dicha, con la construcción de una matriz de impactos del tipo CAUSA –EFECTO. Esta consiste en un cuadro de doble entrada en cuyas filas se ordenan o disponen los componentes ambientales susceptibles de recibir impacto, y en las columnas las acciones causantes del impacto. Tanto en filas como en columnas se ordenan los componentes y las acciones en forma de árbol. En cada celdilla se marcará con un sombreado si es que la acción (j) en cuestión es causa de impacto en el componente ambiental (i). En caso de no existir relación causa-efecto, la celdilla queda en blanco. Cabe señalar que en esta matriz no se realiza ningún juicio acerca de los impactos, únicamente se señalan. Los resultados se presentan en la Tabla V.10.

B. Etapa de valoración de impactos

La valoración del impacto ambiental debe atender además del signo, al grado de manifestación cualitativa, al que llamamos importancia, y a su magnitud.

La importancia es un índice mediante el cual medimos cualitativamente el impacto ambiental, en función tanto del grado de incidencia, como de la caracterización del efecto, que responde a su vez a una serie de atributos de tipo cualitativo, tales como: intensidad, temporalidad, extensión y reversibilidad.

La magnitud es la valoración cuantitativa de los impactos ambientales, en términos de cantidad y/o calidad de los factores ambientales afectados. Así

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entonces, el signo, la importancia y la magnitud son los tres grandes atributos de los impactos, y que originalmente fueron señalados por Leopold (1971).

Identificados los impactos, se procede a realizar una valoración cualitativa y cuantitativa. Este proceso definirá con mayor detalle las medidas preventivas y/o correctoras a emplear en el proyecto. Esta etapa se subdivide en las siguientes fases:

1. Obtención del valor de importancia de cada impacto (valoración cualitativa).

2. Predicción de la magnitud del impacto sobre cada componente ambiental, que consiste en la valoración cuantitativa del impacto ambiental, incluyendo transformación de medidas de impactos en unidades inconmensurables a valores conmensurables de calidad ambiental.

3. Obtención del impacto total por componente ambiental, que consiste en obtener los valores de impacto (considerando importancia y magnitud); el impacto por componente; la ponderación relativa de los componentes ambientales y; finalmente el impacto ambiental total por suma ponderada de los impactos por componente.

Obtención del valor de importancia

Una vez construida la matriz de identificación de impactos, se hace preciso una previsión y valoración de los mismos. En este estado del estudio, se medirá el impacto sobre la base del grado de manifestación cualitativa del efecto, que quedará reflejado en lo que definimos como importancia del efecto.

La importancia del impacto es un ratio mediante el cual medimos cualitativamente el impacto ambiental en función tanto del grado de incidencia de la alteración producida sobre el sistema ambiental, como de la caracterización del efecto, que responde a su vez a una serie de atributos tipo cualitativo, y que fueron: Carácter, Intensidad, Temporalidad (ó persistencia), Extensión y reversibilidad. Cada impacto identificado se caracterizó en función de los atributos antes mencionados, cada uno son su propia escala ordinal, como a continuación se expone:

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• Signo o Carácter

Los impactos pueden ser negativos (-) o adversos aquellos cuyo efecto se traduce en una pérdida de valor naturalístico, estético, cultural, paisajístico ó de productividad ecológica, o en aumento de los perjuicios derivados de la contaminación, de la erosión y/o deposición excesiva de suelo y demás riesgos ambientales.

Son positivos (+) o benéficos cuando supone una ganancia en los valores considerados, o bien una disminución de los efectos negativos de problemas ambientales existentes, o bien cuando a un análisis de costos y beneficios genéricos y de los aspectos externos de la actuación contemplada se llegue a la convicción que es en algún tipo de benéfico para la población.

• Sinergia

Es el efecto de dos o más impactos, cuya magnitud es superior a la simple agregación (en dado caso sería acumulativo), en una relación no conocida, pero cuyo resultado es superior a la simple suma de los efectos parciales.

Sin sinergia (efecto simple) 1

Sinérgico 2

Muy sinérgico 4

• Intensidad

Es el grado de afectación del componente ambiental en cuestión, haciendo referencia a su calidad (bajo cierto parámetro) o a su integridad. Para su valoración se consideró lo siguiente:

Mínimo 1

Moderado 2

Grande 4

Total 5

• Certidumbre

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Es el grado de probabilidad o de certeza de que se produzca el impacto bajo análisis.

Incierto 1

Poco probable 2

Probable 3

Muy probable 4

• Permanencia o Duración

Considera el tiempo de permanencia del efecto sobre un periodo de tiempo que va desde su aparición y hasta el momento en el que desaparezca retomando finalmente las condiciones iniciales, bien sea de manera natural o con la implementación de medidas correctivas adecuadas:

Fugaz: Termina al momento de finalizar la acción o en menos de 1 año. 1

Temporal: El efecto dura hasta 10 años. 2

Permanente: El efecto dura más de 10 años. 3

• Extensión o Desarrollo

Hace referencia a la cantidad de valor ambiental afectado (volumen, superficie, longitud, etc.):

Puntual: El efecto se presenta directamente en el sitio donde se ejecuta la acción, hasta los límites del derecho de vía del proyecto

1

Local: El efecto se presenta entre los límites del derecho de vía del proyecto y hasta una distancia de 5 km.

2

Regional: El efecto se presenta a más de 5 km de ambos lados de la línea radio.

4

• Reversibilidad

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Se refiere al componente ambiental y a su posibilidad de recuperación a tal grado, que sus condiciones tomen el valor que le caracterizaba antes de iniciadas las acciones (sin ningún tipo de intervención posterior).

Reversible en el corto plazo (menos de 1 año) 1

Reversible en el mediano plazo (hasta 5 años) 2

Reversible en el largo plazo (de 5 años a 10 años) 4

No Reversible (al menos en 10 años) 8

La valoración cualitativa u obtención de importancia, se realizó a partir de la matriz de impacto. Cada casilla de cruce en la matriz o elemento tipo nos dará una idea del efecto de cada acción impactante sobre cada componente impactado, al ir determinando la importancia del impacto de cada elemento con la utilización de la siguiente expresión:

IM = ± (Sinergia + Intensidad + Certidumbre + Permanencia + Extensión + Reversibilidad)

Los valores de importancia que se obtienen con el modelo propuesto, pueden tomar valores positivos o negativos, entre 0 y 27. Por último, en esta fase del estudio se cambió las escala (estandarización) de la importancia del impacto a valores entre 0 y 1, dividiendo los valores de importancia entre el máximo valor de importancia que es posible obtener (Importancia Relativa)

I ij = I ij / 27

Donde: I = Importancia relativa del impacto

I = Valor de la importancia obtenido del modelo (no estandarizado)

El valor obtenido de la Importancia Relativa se multiplica por 100 a fin de obtener la Importancia Porcentual. Los efectos fueron clasificados de la siguiente manera:

Impacto Despreciable o Compatible → Valor negativo menor o igual a 25%;

Impacto Moderado → Mayor de 25% y menor o igual de 50%;

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Impacto Severo → Mayor de 50% y menor o igual a 75%;

Impacto Crítico → Mayor de 75%

Todos los impactos positivos se consideran compatibles.

Esta preclasificación de los efectos (impactos) es útil para trabajar en la determinación de la magnitud, estableciendo una valoración cuantitativa en este atributo (magnitud) para los efectos importantes y significativos (de manera preferente), y estimativa para los despreciables.

Los resultados obtenidos se presentan en la Tabla V.5.

Obtención del valor de la magnitud

Por Magnitud del Impacto se entiende la modificación en cantidad y calidad del componente ambiental afectado. La magnitud, como se verá posteriormente, se corrige por la importancia, que a su vez depende de la caracterización del efecto. El resultado es el Valor del Impacto.

Valoración cuantitativa (Efectos importantes y significativos)

En primer lugar es necesario seleccionar y/o definir a través de los componentes ambientales considerados, los indicadores capaces de medirlos, la unidad de medida y la magnitud de los mismos, transformando estos valores en magnitudes representativas, no de su alteración, sino del impacto sobre el ambiente.

Se entiende como indicador de un componente ambiental la expresión por la que es capaz de ser medido. La determinación de la magnitud del impacto con el empleo de indicadores contempla desde los componentes directamente cuantificables hasta los cualitativos en donde se emplean criterios subjetivos.

Lógicamente, si un componente es mensurable, los efectos producidos por las acciones que actúen sobre él, lo serán de la misma manera. El proceso de valoración cuantitativa se realiza en dos pasos consecutivos:

1. Cuantificación de efectos en unidades heterogéneas, inconmensurables: magnitud del efecto.

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2. Transformación de estos valores a unidades de impacto ambiental homogéneas y, por tanto comparables (conmensurables).

La predicción de cada efecto es una tarea desarrollada por especialistas en el factor o componente ambiental en que incide. Establecido el indicador para cada componente, la unidad de medida queda automáticamente delimitada en virtud de la definición del propio indicador. Obviamente, los efectos sobre el medio vendrán medidos en unidades heterogéneas, y por tanto, sin posibilidad de comparación entre las de los distintos componentes, ni de adición o sustracción de manera directa (magnitudes inconmensurables ó incomparables). Al estar medidas las magnitudes en unidades heterogéneas, no se pueden cuantificar resultados globales, tales como el impacto total que sobre un componente ambiental, sobre un subsistema o sistema, o el impacto total que sobre el ambiente ejerce la actividad en su conjunto. En esta fase el proceso de evaluación, una vez determinado el valor en magnitud (en unidades inconmensurables) del indicador del impacto sobre un componente considerado, se hace necesaria su transformación en el índice de calidad que dicha magnitud representa, en cuanto a estado ambiental del indicador. En otras palabras, el proceso consiste en referir todas las magnitudes de los efectos a una unidad de medida común a la que se denomina unidad de valor ambiental ó más propiamente dicho de calidad ambiental (CA).

Para ello, la metodología utiliza la técnica de las funciones de transformación (ITGE, 1991; Gómez o, 1992; Conesa, 1995), que relaciona la magnitud de cada componente (o su correspondiente indicador), medida en unidades propias de cada uno de ellos, y su calidad ambiental expresada ya en unidades comparables.

CAj = f(Mj)

Donde: CA = Calidad Ambiental

M = Magnitud del impacto recibido

La función de transformación también expresa la relación para cada componente ambiental, entre su magnitud en unidades inconmensurables y la calidad ambiental que convencionalmente se hace variar entre 0 y 1.

Cuantitativamente, para obtener valores de calidad comparables, al extremo óptimo de calidad ambiental se le asigna el 1 y al más desfavorable el 0, quedando comprendidos entre ambos extremos los valores intermedios para definir estados de calidad del factor ambiental. En ordenadas, se sitúa la calidad

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ambiental, y en el eje de las abscisas los valores de la magnitud, se traslada al valor de CA por medio de la línea representativa de la función de transformación. Una vez obtenidos los valores de magnitud de los efectos para cada factor ambiental, bastará con llevar estos datos al eje de las abscisas de losa correspondientes funciones de transformación; obteniéndose en ordenadas el valor de calidad ambiental.

Como el impacto sobre cada factor lo produce un conjunto de acciones inherentes a cada proyecto, habrá que estudiar la CA que existía sin que las acciones actuarán sobre el medio (situación inicial), y la que existirá con las acciones actuando. La diferencia entre la CA que existe con el proyecto funcionando (situación final) y la que existía en la situación inicial sin proyecto (situación pre-operacional), “SIN-CON” nos da la magnitud del impacto en unidades conmensurables. De ese modo se calcula la magnitud para cada uno de los impactos identificados.

Valoración estimativa (efectos compatibles y moderados)

La valoración estimativa de la Magnitud se realiza definiendo la calidad ambiental del factor en las situaciones “sin” y “con” proyecto, utilizando una escala ordinal de 1 a 10:

Con la diferencia de las situaciones “sin” y “con” y ajustadas a una función de transformación lineal, se obtienen los siguientes valores de magnitud acotados entre 0 y 1 de CA (Tabla V.1).

En esta fase del estudio se construyó una matriz clásica de Leopold, en donde para cada cruce identificado se sitúa el valor estandarizado de la importancia y el valor de la magnitud (ambas en unidades homogéneas entre 0 y 1).

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Tabla V.1. Escala ordinal y valores de CA utilizados en las valoraciones estimativas de la magnitud a efectos despreciables.

Escala Ordinal Valores de Calidad Ambiental (CA) 0 0 1 0.1 2 0.2 3 0.3 4 0.4 5 0.5 6 0.6 7 0.7 8 0.8 9 0.9

10 1.0

Obtención del Valor de Impacto

Como anteriormente se ha apuntado, el impacto o valor real del efecto que la actividad produce sobre un componente determinado, además de la cantidad de factor alterado (MAGNITUD del factor), es función del grado de manifestación de otras variables tales como intensidad de la acción, extensión, persistencia y reversibilidad, que se han conjugado por medio de un modelo en un solo atributo al cual llamamos IMPORTANCIA. El valor del impacto ambiental, o valor real del efecto, es una función de estas dos características de los impactos: magnitud e importancia. La obtención del valor de impacto, acotado entre cero y uno (0,1), se puede obtener con el uso de la siguiente expresión:

Vij = (Iij * M2ij) 1/3 CONESA F.V., 1995

Donde: V = Valor de importancia

I = Importancia

M = Magnitud

De esta forma se obtiene de manera cuantificada y en una escala de 0 a 1, el valor total del impacto Vij por cada factor, consecuencia de las acciones de la

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actuación o proyecto sobre el factor considerado. Se hace notar que Vij, adopta el mismo signo que el del valor de importancia.

Obtención del valor de impacto por componente

Obtenido todos los valores de los impactos, se construye una matriz de valores de impactos, en donde las filas la constituyen los componentes del medio, y las columnas la constituyen las acciones desencadenantes de impacto, las cuales pueden diseñarse para obtener tanto los valores de impacto parciales en cada etapa de desarrollo del proyecto, con los valores de impacto totales por factor afectado y el impacto global, la que llamaremos matriz de valores de impacto.

El valor de impacto para cada factor se obtiene por agregación de impactos, es decir, se suman los valores de impacto de todas las acciones sobre un mismo factor, como un paso previo, para obtener una valoración global del impacto ambiental.

Ponderación de la importancia relativa de los factores

El impacto total sobre el medio se obtiene por un procedimiento que consiste básicamente en una suma ponderada de los impactos sobre cada factor, previo establecimiento de la importancia relativa de los factores entre sí.

Dichos coeficientes de ponderación de los factores ambientales, deben representar la importancia relativa de cada uno de ellos para la calidad de vida de la población en el ámbito de referencia considerado. Son, por tanto, independientes del proyecto sometido a evaluación. Por calidad de vida ha de entenderse una composición de nivel de renta, condiciones de vida / trabajo y calidad ambiental. Con relación a estos tres factores se asignaron los citados pesos.

Considerando que cada factor representa sólo una parte del medio ambiente, es importante disponer de un mecanismo según el cual todo ellos se puedan contemplar en conjunto, y además ofrezcan una imagen coherente de la situación al hacerlo. Hay que reflejar la importancia relativa entre componentes, en cuanto a su mayor o menor contribución a la situación del ambiente.

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Con este fin se atribuye a cada componente un peso ó índice ponderal, expresado en “Unidades Ambientales”, y el valor asignado a cada componente resulta de la distribución relativa de mil unidades asignadas al total de componentes ambientales (medio de calidad óptima). En principio, y considerando que los índices pondérales del componente representan su importancia dentro de un sistema global, que es el mismo para todos los proyectos, según Battelle - Columbus, aquellos no deben variar de un proyecto a otro dentro de zonas geográficas y contextos socio-económicos similares, evitándose con esto, además interpretaciones subjetivas. Los resultados obtenidos se presentan en la Tabla V.8.

Impacto ambiental total

Si consideramos que a la situación óptima del Ambiente se le ha asignado el valor de 1000 unidades ambientales (UA), como suma de situaciones óptimas de sus componentes ambientales, la representación conseguida es coherente, apareciendo cada componente según su contribución relativa. Ahora bien, en el caso en que estos parámetros no se hallen en su situación óptima, su contribución a la situación del medio vendrá disminuida en el mismo porcentaje que su calidad y en consecuencia, las unidades de impacto neto correspondientes, vendrán expresadas mediante el producto del valor del impacto por el índice ponderal. En resumen el impacto total sobre el medio se calcula por suma ponderada de los impactos sobre cada factor, previo establecimiento de la importancia relativa de los componentes y factores entre sí.

IATOT = ΣI=1 II * WI

Así pues, multiplicando el valor del impacto sobre cada factor por su índice ponderal o coeficiente de ponderación, se obtiene el impacto ambiental total que se produce sobre cada factor. Sumando de forma ponderada el valor del impacto sufrido por los diferentes componentes, obtendremos el impacto sobre los factores ambientales, los impactos sobre las categorías ambientales o subsistemas, sobre los sistemas ambientales, y el impacto ambiental total causado por el proyecto. Dado que los impactos pueden ser positivos o negativos, los valores del impacto ambiental total causado se encontrará en el intervalo de ± 1000 UA.

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V.2 Impactos Ambientales Generados

V.2.1 Identificación de Impactos

A. Técnica de listado

En la Tabla V.2 se listan los factores ambientales y sus componentes específicos que fueron identificados durante la realización del estudio, con aplicación de listas de chequeo.

Tabla V.2. Lista de factores y componentes ambientales

Subsistema Factor Componente Calidad (emisiones) Visibilidad

Aire

Ruido Geomorfología Microrelieve

Calidad H. Superficial Patrón de drenaje

Calidad H. Subterránea Proceso de recarga

Propiedades físicas Propiedades químicas

Físico

Suelos

Proceso de erosión - sedimentación Cobertura Diversidad

Vegetación

Especies con estatus Abundancia Distribución Diversidad

Vegetación

Fauna Especies con estatus Sector Primario Sector Secundario Sector Terciario PEA

Economía Regional

Niveles de Ingreso PEA

Socio-económico

Economía Local Niveles de Ingreso

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Para el desarrollo del proyecto de Instalación y operación de una Planta de Autoabastecimiento en las instalaciones de Liverpool Provincia Almacén Tezontle, se identificaron 25 componentes agrupados en 9 factores ambientales con susceptibilidad de ser afectados por las acciones o actividades que involucra la obra.

En la Tabla V.3 se enlistan las acciones o actividades que involucrará la construcción de la Planta de Autoabastecimiento de Electricidad y que son consideradas como posibles causas de impactos en los factores ambientales y sus componentes específicos.

En total se identificaron 25 acciones agrupadas en 3 etapas, estas acciones son consideradas como posibles causantes de impacto. Las etapas consideradas para el presente proyecto son: selección del sitio, preparación del terreno, construcción y, operación y mantenimiento.

En el presente proyecto no se considera la etapa de abandono debido a que la obra involucra una vida útil de 25 años con posibilidad de restitución de elementos durante la misma etapa de operación y mantenimiento.

B. Matriz de Identificación de Impactos

En la Tabla V.10 se presenta la matriz de identificación de impactos, en donde se identificaron 26 efectos potenciales. Cada celdilla remarcada con sombreado (cruce) representa un impacto ambiental potencial, sin hacer mención del carácter, importancia y/o magnitud del efecto.

Los impactos identificados para las etapas que involucra la construcción de la Planta de Autoabastecimiento se distribuyen de la siguiente manera: 5 para la etapa de preparación del terreno; 12 para la etapa de construcción (obra civil) y 9 en la etapa de operación.

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Tabla V.3. Listado de acciones que involucra la obra

Etapa Acción Contratación de personal Utilización de vehículos y maquinaria

Preparación

del sitio

Generación y manejo de residuos

Contratación de personal Excavaciones a cielo abierto Armado de acero para refuerzo ó armado e instalación de plantillas y zapatas Colocación de concreto Armado de base y nivelación Instalación de sistemas de tierras Trinchera para cableoductos Instalación de materiales prefabricados Armado y vestido de estructura Tendido y tensionado de cables Construcción de caseta de control Construcción de cerca perimetral Terminado de pisos Obra electromecánica Utilización de vehículos y maquinaria

Construcción

Generación y manejo de residuos Contratación de personal Puesta en marcha Substitución de infraestructura Mantenimiento de las obras Utilización de vehículos y maquinaria

Operación Y

Mantenimiento

Generación y manejo de residuos

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V.2.2 Selección y Descripción de los Impactos Significativos

A. Determinación de la importancia.

En la Tabla V.5, se presenta la totalidad de los impactos identificados con su valoración cualitativa (para la importancia) y cuantitativa (para la magnitud), de acuerdo a la metodología en el apartado V.2.

Sobre la base de su valor de importancia se identificaron 0 impactos críticos, 3 impactos severos, 13 impactos moderados y 10 impactos compatibles. Los tipos de efecto por etapa del proyecto y factor ambiental se presentan en la Tabla V.6 y V.7 respectivamente. De su análisis podemos deducir que los efectos severos se presentan en distribuidos en las tres etapas del proyecto, el factor aire es el que presenta este tipo de efecto; el mayor número de los efectos positivos se presenta tanto en la fase de construcción como de mantenimiento.

Con relación a la distribución de los tipos de impacto con base a su importancia y con relación a los factores ambientales, se puede observar que el factor más afectado por impactos severos es el aire; por impactos moderados es el suelo, y por último los efectos compatibles se presentan principalmente en los factores ambientales denominados economía local y aire (ver Tabla V.6). Como también es posible apreciar que no se tuvo ningún impacto crítico en ninguna de las etapas.

Tabla V.4. Tipos de Impacto por Etapas del Proyecto

Etapa Críticos Severos Moderados Compatibles Total Preparación 0 1 1 3 5 Construcción 0 1 9 2 12 Mantenimiento 0 1 3 5 9 Total 0 3 13 10 26

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Tabla V.5. Tipos de Impacto en los Factores Ambientales

Factor Críticos Severos Moderados Compatibles Total Aire 0 3 6 0 9 Geomorfología 0 0 0 0 0 H. Superficial 0 0 0 0 0 H. Subterránea 0 0 2 0 2 Suelo 0 0 5 0 5 Vegetación 0 0 0 1 1 Fauna 0 0 0 0 0 Economía regional 0 0 0 4 4 Economía local 0 0 0 5 5 Total 0 3 13 10 26

B. Determinación de la magnitud.

Se realizó una valoración estimada de la magnitud para los efectos despreciables o compatibles y con los moderados de acuerdo a lo expuesto en el apartado anterior. Los efectos con los efectos severos fueron valorados cuantitativamente por medio de indicadores y utilizando la técnica de funciones de transformación. Los resultados de ambas valoraciones se presentan en la Tabla V.5 (tabla de valoración). Los indicadores utilizados se presentan en las fichas descriptivas de impactos en el apartado V.3.3 y las funciones de transformación anexadas a este estudio. En la Tabla V.12 se presenta una matriz clásica de Leopold1, mostrando para cada uno de los efectos identificados las tres características de los impactos: signo, importancia y magnitud, estos dos últimos con sus valores homogeneizados entre 0 y 1.

1 Se hace la aclaración que el análisis y discusión de los impactos no se realiza basándose en esta matriz, simplemente se expone como un concentrado de resultados de la obtención de los valores de importancia y magnitud de cada una de los impactos.

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C. Obtención del valor de impacto.

Para cado uno de los efectos identificados se calculó un valor de impacto utilizando signo, importancia y magnitud con la ecuación propuesta por Conesa (1995), y cuyos resultados se presentan en la última columna de la tabla de valoración (tabla V.5) y en la Tabla V.13 (matriz de Valores de Impacto). Se hace notar que en la matriz de valores de impacto se presentan en las columnas de la derecha, además de los valores de impacto, las unidades ambientales e impacto ambiental por componente.

Del análisis de la Tabla V.13 se desprende que los valores de impacto negativo se presentan principalmente en el medio físico, en tanto que los valores de impacto positivo principalmente en el medio socioeconómico. Los factores más afectados en forma negativa son el aire y el suelo en el medio físico. Por otro lado el proyecto impacta de manera positiva principalmente en los aspectos de economía local y regional.

En la Tabla V.10 se presentan los valores de impacto obtenidos por componentes y factor ambiental, donde se aprecia que el subsistema con mayor valor de impacto negativo es el medio físico. Los factores con mayores valores de impacto negativo son el aire y el suelo. Los valores de impacto positivo se encuentran en el medio socioeconómico, los componentes con mayores valores de impacto positivo son el sector secundario y la PEA.

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Tabla V.6. Valores de Impacto Obtenidos para Factor Ambiental y Componente Ambiental.

Subsistema Factor Componente VI / C VI / F VI / S Calidad (emisiones) -0.2968Visibilidad -0.1553

Aire

Ruido -0.3464

-0.7985 Geomorfología Microrelieve 0 0

Calidad 0 H. Superficial Patrón de drenaje 0

0

Calidad 0 H. Subterránea Proceso de recarga -0.211

-0.211

Propiedades físicas -0.8876Propiedades químicas 0

Físico

Suelos

Proceso de erosión - sedimentación -0.0524

-0.94

-1.9495Cobertura 0Diversidad 0

Vegetación

Especies con estatus 0

0 Abundancia 0Distribución 0Diversidad 0

Biótico

Fauna Especies con estatus 0

0

0Sector Primario 0.04524Sector Secundario 0.063Sector Terciario 0.076PEA 0.11

Economía Regional

Niveles de ingreso 0

0.294 PEA 0.09647

Socio-

económico

Economía Local Niveles de ingreso 0.00147

0.0979

0.392TOTAL -1.5572 -1.557 -1.557

VI / C: Valores de Impacto por Componente VI / F: Valores de Impacto por Factor VI / S: Valores de Impacto por Subsistema

En la Tabla V.7 se presenta los valores de impacto por acción y etapa del proyecto; en ella se puede apreciar que la etapa con mayor impacto negativo es la etapa de construcción, seguida por la de preparación del terreno. En cuanto a los impactos positivos, éstos se presentan en las etapas de preparación del terreno y operación. Las acciones con mayores valores de impacto negativos son:

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excavaciones en terreno para formación de pilas y terminado de pisos en la etapa de construcción. Finalmente la puesta en marcha arroja balances positivos en sus valores de impacto; sin duda principalmente por el efecto benéfico hacia la región. Sin embargo, la valoración final de los impactos considerando la importancia ponderada de cada componente y factor, es la que finalmente proporcionará una estimación del impacto de todas las acciones consideradas en el proyecto.

D. Ponderación relativa de los factores ambientales

Siguiendo la metodología propuesta, se realizó la fase de inventario y diagnóstico, para valorar de manera relativa la importancia de los componentes ambientales en términos del bienestar de la población en el área de influencia del proyecto. Los resultados de dicha valoración se presentan en la Tabla V.8.

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Tabla V.7. Valores de Impacto por Acción y Etapa del Proyecto

Etapa Acción Valores de

Impacto

Valores de Impacto / Etapa

Contratación de personal 0.015

Utilización de vehículos y maquinaria -0.386

Preparación del sitio Generación y manejo de residuos 0.0000 -0.371

Contratación de personal 0.015Excavaciones a cielo abierto -0.149Armado de acero para refuerzo ó armado e instalación de plantillas y zapatas

0

Colocación de concreto 0Armado de base y nivelación 0Instalación de sistemas de tierras 0Trinchera para cableoductos 0Relleno y compactación 0Armado y vestido de estructura 0Tendido y tensionado de cables 0Construcción de caseta de control Construcción de cerca -0.9139Terminado de pisos -0.164Obra electromecánica 0Utilización de vehículos y maquinaria -0.4846

Construcción

Generación y manejo de residuos 0 -1.697Contratación de personal 0.095Puesta en marcha 0.294Substitución de infraestructura 0Mantenimiento de las obras 0Utilización de vehículos y maquinaria 0.148

Operación

Y Mantenimiento

Generación y manejo de residuos 0 0.537TOTAL -1.531 -1.531

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Tabla V.8. Ponderación Relativa de los Factores Ambientales (1000 UA)

Subsistema Factor Componente Ua / C Ua / F Ua / S Calidad (emisiones) 20Visibilidad 21

Aire

Ruido 16

57 Geomorfología Microrelievie 14 14

Calidad 62 H. Superficial Patrón de drenaje 11

73

Calidad 13 H. Subterránea Proceso de recarga 39

52

Propiedades físicas 7Propiedades químicas 20

Físico

Suelos

Proceso de erosión - sedimentación 39

66

262

Cobertura 25Diversidad 78

Vegetación

Especies con estatus 70

173 Abundancia 57Distribución 60Diversidad 47

Biótico

Fauna Especies con estatus 14

178 351

Sector Primario 63Sector Secundario 16Sector Terciario 8PEA 9

Economía Regional

Niveles de ingreso 62

158

PEA 91

Socio-

económico Economía Local

Niveles de ingreso 138

229 387TOTAL 1000 1000 1000

Ua / C: Unidades Ambientales por Componente Ua / F: Unidades Ambientales por Factor Ua / S: Unidades Ambientales por Subsistema

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V.3 Evaluación de los Impactos Ambientales

V.3.1 Obtención del Valor de Impacto por Factor Ambiental e Impacto Global en Unidades Ambientales

Los valores de impacto global, en unidades ambientales (UA), para cada componente ambiental se obtuvieron como el producto del valor de impacto y su ponderación de importancia (en unidades ambientales), tal como se muestra en la Tabla V.9 y que también se puede analizar en la matriz de valores de impacto (Tabla V.11). Finalmente, el impacto ambiental global se obtuvo como la suma de todos los impactos para cada factor, ponderada por su importancia; el valor resultante es de –10.879 unidades ambientales, correspondiendo al 1.09% respecto a las 1 000 unidades ambientales consideradas para el sistema ambiental.

Al nivel de subsistema, del análisis de la Tabla V.9 es posible determinar que la afectación negativa se registra en el subsistema físico cuyo valor es de -25.3167 UA. En el aspecto positivo, únicamente el subsistema socioeconómico registra un total de 14.4376 UA, por lo cual es posible aseverar que la población de la zona directa e indirectamente relacionadas con la planta de autoabastecimiento se verá beneficiada con el proyecto.

En el análisis del medio físico se observa que los factores ambientales más impactados de manera negativa son el aire, suelo y agua subterránea, con -14.7389, -8.2573 y -2.32047 UA: respectivamente (Tabla V.9).

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Tabla V.9. Obtención de los Valores de Impacto por Factor y Global en UA

Sub sistema

Factor Componente V.I. C.A I.U.A. IUA/F IUA/Sb I.G.

Calidad -0.2968 20 -5.9361Visibilidad -0.1553 21 -3.26107

Aire

Ruido -0.3464 16 -5.54176 -14.7389 Geomorfología Micro relieve 0 14 0 0

Calidad 0 13 0 H. Superficial Patrón de drenaje 0 39 0 0

Calidad 0 62 0 H. Subterránea Proceso de recarga -0.211 11 -2.32047 -2.32047

Propiedades físicas -0.8876 7 -6.21316Propiedades químicas 0 20 0

sico

Suelo

Proceso de erosión - sedimentación -0.0524 39 -2.04418 -8.25733 -25.3167Cobertura 0 25 0Diversidad 0 78 0

Vegetación

Especies con estatus 0 70 0 0 Abundancia 0 57 0Distribución 0 60 0Diversidad 0 47 0

B

iótic

o

Fauna Especies con estatus 0 14 0 0 0Sector Primario 0.04524 63 2.850317Sector Secundario 0.063 16 1.008Sector Terciario 0.076 8 0.608PEA 0.11 9 0.99

Economía Regional

Niveles de ingreso 0 62 0 5.456317 PEA 0.09647 91 8.77865

So

cio-

econ

ómic

o

Economía Local Niveles de ingreso 0.00147 138 0.202678 8.981329 14.43765

-10.879

V.I.: Valor de Impacto I.U.A./F: Impacto en UA / Factor C.A.: Calidad Ambiental I.U.A/Sb: Impacto Ambiental / Subsistema I.U.A.: Impacto en UA I.G.: Impacto ambiental Global

Las Tablas V.10, V.11, V.12 y V.13 se presentan en el Anexo 10.

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Los resultados obtenidos de acuerdo a cada subsistema ambiental se presentan a continuación:

Subsistema Físico

En el subsistema físico, el factor aire resulta ser el más afectado (-14.7389 UA); seguido por el factor suelo (-8.25733 UA) por la construcción de la planta de autoabastecimiento, por último el factor hidrología subterránea (-2.32047 UA); el factor con mayor afectación resulta del uso de la maquinaria y vehículos durante todas las etapas del proyecto, debido a sus efectos en el aire que tienen la característica de ser efectos muy cortos, y en las diferentes propiedades del suelo, que son de un efecto más prolongado. La interacción del proyecto con la geomorfología y la hidrología superficial y subterránea es mínima, lo anterior debido principalmente a las características del proyecto.

Subsistema Biótico

El subsistema biótico no presenta afectación ya que no se realizarán actividades sobre suelo nativo.

Subsistema Socioeconómico

Respecto a los beneficios que se obtendrán por la construcción de la planta de autoabastecimiento, en el subsistema socioeconómico se registra el mayor número de unidades ambientales con impactos benéficos. El factor economía regional abarca 5.4563 UA, seguido por el factor economía regional cuyo valor es de 8.981329 UA.

A continuación se discuten los factores ambientales más relevantes desde el punto de vista de mayores impactos, tanto negativos como positivos.

Factor aire

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Las mayores afectaciones se presentan en los componentes de calidad del aire y visibilidad, debido al efecto del uso de maquinaria y equipo como fuentes móviles de emisiones a la atmósfera; y por el levantamiento de partículas finas de polvo en las actividades de construcción; sin embargo, todos estos efectos tienen la característica de ser de carácter fugaz en el tiempo, y de muy baja proporción si consideramos que se asignó un total de 20 UA a ese factor.

Factor Geomorfología

En este factor los efectos del proyecto tienen que ver con los cambios ocasionados en el microrelieve del terreno, este factor no se verá afectado en el proyecto de estudio.

Factor Hidrología Superficial

Los efectos en la hidrología superficial están relacionados con la calidad del agua superficial, que por efectos de la demanda en la etapa de construcción, y si se depositarán en lugares con corrientes de agua aumentaría su cantidad de sólidos suspendidos en caso de presentarse precipitaciones fluviales, sin embargo son de carácter temporal, y reversibles en el corto y mediano plazo.

Factor Hidrología Subterránea

Los procesos de recarga, son afectados principalmente por las superficies de áreas de recarga que serán alteradas permanentemente por toda el área del proyecto y temporalmente por las obras de maniobra, por acción de excavaciones en la azotea de las instalaciones de Liverpool Provincia Almacén tezontle.

Factor Suelo

En el factor suelo, el segundo factor más afectado con un valor de -8.25733 UA. Las actividades del proyecto que más contribuyen son las actividades

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relacionadas con el mantenimiento de los equipos y el transporte y posible mala disposición de residuos peligrosos.

Factor Vegetación

En el proyecto no se contemplan actividades que afecten el factor vegetación, ya que la instalación de la planta de autoabastecimiento se realizará en la azotea de las instalaciones de la tienda Liverpool Provincia Almacén Tezontle.

Factor economía regional

Los impactos benéficos en el subsistema socioeconómico también son característicos de este tipo de proyectos, reflejándose de manera favorables en la economía de la región.

Factor Economía Local

Como ya se discutió anteriormente, la economía local fue calificada con una alta ponderación por la importancia que representa en el bienestar de la población local. Aunado a lo anterior, también se debe señalar que los beneficios en este componente son temporales, caso contrario para la economía regional que es de carácter más prolongado (cuando menos se consideran cinco años de permanencia de los efectos).

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V.3.2 Descripción de Impactos Ambientales

A. Etapa: Preparación del Terreno

Ficha 1 Factor Ambiental Economía local Componente PEA (población económicamente activa) Acciones del Proyecto Contratación de personal Descripción En la etapa de preparación del terreno, se ofrecerá

empleo a la población de la zona de influencia del proyecto para la realización de los trabajos, esto traerá beneficios que inciden de manera directa en la economía local.

Atributos Carácter Benéfico Sinergia Efecto simple Certidumbre Muy probable Intensidad Moderada Permanencia Fugaz Extensión Local Reversibilidad A corto plazo (menor de 1 año) Valor de Importancia (0,1) 0.48 Juicio Compatible Valor de Magnitud (0,1) 0.00003 Indicador Incremento en la PEA regional Unidad Medida Porcentaje Función de Transformación 2 Valor de Impacto + 0.0007

Indicador: (PEA ocupada * 100)/ PEA

La población económicamente activa (PEA) en el área de influencia del proyecto es de 716950, y la ocupada es de 544882.

Antes: Después: I = (544882*100)/ 716950 = 76.00 I = (544902*100)/ 716950 = 76.003 Sin proyecto Con proyecto Valor (0,100) 76.00 Valor (0,100) 76.003 CA (0,1) 0.76

CA (0,1) 0.76003

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Ficha 2 Factor Ambiental Economía local Componente Nivel de ingreso Acciones del Proyecto Contratación de personal Descripción El ocupar a la población en esta etapa del proyecto

aumenta su nivel de ingreso, que se ve reflejado en la mejora de su nivel de vida de manera temporal, esto traerá beneficios que inciden de manera directa en la economía local.

Atributos Carácter Benéfico Sinergia Efecto simple Certidumbre Muy probable Intensidad Moderada Permanencia Fugaz Extensión Local Reversibilidad A corto plazo (menor de 1 año) Valor de Importancia (0,1) 0.44 Juicio Compatible Valor de Magnitud (0,1) 0.0003 Indicador Incremento porcentual de la PEA que obtienen

hasta tres salarios mínimos Unidad Medida Porcentaje Función de Transformación 2 Valor de Impacto +0.0007

Indicador:

(PEA con más de dos salarios mínimos * 100)/ PEA

La PEA en el área de influencia del proyecto es de 716950, y de ésta la que percibe más de dos salarios mínimos es de 186407, con la contratación de 20 personas para las actividades de preparación del terreno se incrementará a 186427.

Antes: Después: I = (186407*100)/716950= 26 I = (186427*100)/ 716950 = 26.003 Sin proyecto Con proyecto Valor (0,100) 26 Valor (0,100) 26.003 CA (0,1) 0.26 CA (0,1) 0.26003

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Ficha 3 Factor Ambiental Aire Componente Calidad Acciones del Proyecto Uso de vehículos y maquinaria Descripción El componente ambiental aire es afectado por

la emisión de gases del escape de las actividades en la etapa de preparación del sitio, dichas actividades generarán emisiones como óxido de azufre y nitrógeno, hidrocarburos fraccionados y monóxido de carbono provenientes de la combustión interna de vehículos y maquinaria, lo cual influye de manera negativa en la calidad del aire.

Atributos Carácter Adverso Sinergia Efecto simple Certidumbre Muy probable Intensidad Total Permanencia Fugaz Extensión Local Reversibilidad A corto plazo Valor de Importancia (0,1) -0.56 Juicio Severo Valor de Magnitud (0,1) 0.15 Indicador Grado de calidad del aire Unidad Medida Estimativo Función de Transformación 1 Valor de Impacto -0.2327

Indicador: Valoración estimativa en escala de 0 a 10

Sin proyecto Con proyecto Valor (0,10) 10 Valor (0,10) 9.5 CA (0,1) 1 CA (0,1) 0.95

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Ficha 4 Factor Ambiental Aire Componente Ruido Acciones del Proyecto Uso de vehículos y maquinaria Descripción La operación de vehículo y maquinaria en el

sitio donde se desarrollarán las actividades, generará niveles de ruido superiores a las condiciones originales del sitio. Esta modificación podría afectar la capacidad auditiva de los trabajadores en caso de que no se considere lo establecido en la normatividad aplicada.

Atributos Carácter Adverso Sinergia Efecto simple Certidumbre Muy probable Intensidad Mínima Permanencia Fugaz Extensión Puntual Reversibilidad A corto plazo Valor de Importancia (0,1) -0.36 Juicio Moderado Valor de Magnitud (0,1) 0.1 Indicador Grado de ruido Unidad Medida Estimativo Función de Transformación 1 Valor de Impacto - 0.1533

Indicador: Valoración estimativa en escala de 0 a 10

Sin proyecto Con proyecto Valor (0,10) 10 Valor (0,10) 9.5 CA (0,1) 0.1 CA (0,1) 0.95

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Ficha 5 Factor Ambiental Vegetación Componente Cobertura Acciones del Proyecto Generación y manejo de residuos Descripción Durante la etapa de preparación del sitio se

generarán residuos domésticos y orgánicos provenientes del las propias actividades y de la presencia humana en el área del proyecto. Si tales residuos se ponen en contacto directamente con superficies vegetales pueden causar daños en diferente grado a la vegetación. El mal manejo de estos residuos afectaría a la flora del área circundante en su cobertura.

Atributos Carácter Adverso Sinergia Efecto simple Certidumbre Incierto Intensidad Mínima Permanencia Fugaz Extensión Puntual Reversibilidad Reversible a corto plazo (menor de 1 año) Valor de Importancia (0,1) -0.24 Juicio Compatible Valor de Magnitud (0,1) 0.00 Indicador Grado de abundancia de la vegetación Unidad Medida Estimativo Función de Transformación 1 Valor de Impacto 0.00

Indicador: Valoración estimativa en escala de 0 a 10

Sin proyecto Con proyecto Valor (0,10) 3.0 Valor (0,10) 3.0 CA (0,1) 0.3 CA (0,1) 0.3

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B. Etapa: Construcción (Obra Civil)

Ficha 6 Factor Ambiental Economía local Componente PEA (población económicamente activa) Acciones del Proyecto Contratación de personal Descripción En la etapa de construcción, se ocupará mano de

obra no especializada de la población local para la realización de los trabajos, esto se traduce en beneficios que inciden de manera directa en la economía local.

Atributos Carácter Benéfico Sinergia Efecto simple Certidumbre Muy probable Intensidad Moderado Permanencia Fugaz Extensión Local Reversibilidad A corto plazo (menor de 1 año) Valor de Importancia (0,1) 0.44 Juicio Compatible Valor de Magnitud (0,1) 0.0003 Indicador Incremento en la PEA Unidad Medida Porcentaje Función de Transformación 2 Valor de Impacto +0.0007

Indicador: (PEA ocupada * 100)/ PEA

La población económicamente activa (PEA) en el área de influencia del proyecto es de 716950, y la ocupada es de 544882.

Antes: Después: I = (544882*100)/ 716950 = 76.00 I = (544902*100)/ 716950 = 76.003 Sin proyecto Con proyecto Valor (0,100) 76.00 Valor (0,100) 76.003 CA (0,1) 0.76

CA (0,1) 0.76003

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Ficha 7 Factor Ambiental Economía local Componente Nivel de ingreso Acciones del Proyecto Contratación de personal Descripción El ocupar mano de obra no especializada en las

poblaciones locales aumenta su nivel de ingreso, que se ve reflejado en la mejora de su nivel de vida de manera temporal, esto traerá beneficios que inciden directamente en la economía local.

Atributos Carácter Benéfico Sinergia Efecto simple Certidumbre Muy probable Intensidad Ligera Permanencia Fugaz Extensión Local Reversibilidad A corto plazo (menor de 1 año) Valor de Importancia (0,1) 0.44 Juicio Compatible Valor de Magnitud (0,1) 0.0003 Indicador Incremento porcentual del PEA que obtienen

hasta tres salarios mínimos Unidad Medida Porcentaje Función de Transformación 2 Valor de Impacto + 0.0007

Indicador:

(PEA con más de dos salarios mín. * 100)/ PEA La PEA en el área de influencia del proyecto es de 716950, y de ésta la que percibe más de dos salarios mínimos es de 186407, con la contratación de 20 personas para las actividades de preparación del terreno se incrementará a 186427. Antes: Después: I = (186407*100)/716950= 26 I = (186427*100)/ 716950 = 26.003 Sin proyecto Con proyecto Valor (0,100) 26 Valor (0,100) 26.003 CA (0,1) 0.26 CA (0,1) 0.26003

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Ficha 8 Factor Ambiental Aire Componente Visibilidad Acciones del Proyecto Excavaciones a cielo abierto Descripción La dispersión de partículas (polvos) es un

agente causal para la modificación de las condiciones de visibilidad en el sitio de construcción, lo anterior debido a que al desarrollar las actividades de excavación y por tanto movimiento de tierra, propiciarán las condiciones para que suceda dicha afectación.

Atributos Carácter Adverso Sinergia Efecto simple Certidumbre Muy probable Intensidad Mínima Permanencia Fugaz Extensión Puntual Reversibilidad A corto plazo (menor de 1 años) Valor de Importancia (0,1) -0.36 Juicio Moderado Valor de Magnitud (0,1) 0.05 Indicador Grado de visibilidad del aire Unidad Medida Estimativo Función de Transformación 1 Valor de Impacto -0.0965

Indicador: Valoración estimativa en escala de 0 a 10

Sin proyecto Con proyecto Valor (0,10) 10.0 Valor (0,10) 9.5 CA (0,1) 0.1 CA (0,1) 0.95

Manifestación de Impacto Ambiental

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Ficha 9 Factor Ambiental Suelo Componente Procesos de sedimentación – erosión Acciones del Proyecto Excavaciones a cielo abierto Descripción La excavación que se realizará en la azotea de

las instalaciones implica la remoción de concreto, que si esté es dispuesto sobre suelo nativo puede afectar los procesos de formación de suelo, disposición natural de los perfiles y al mismo tiempo incrementar los procesos normales de erosión, al menos durante la construcción de las obras.

Atributos Carácter Adverso Sinergia Efecto simple Certidumbre Probable Intensidad Moderada Permanencia Fugaz Extensión Puntual Reversibilidad Reversible a corto plazo (hasta 1 años) Valor de Importancia (0,1) -0.36 Juicio Moderado Valor de Magnitud (0,1) 0.02 Indicador Incremento en la clase de erosión Unidad Medida Estimativo Función de Transformación 1 Valor de Impacto -0.0524

Valoración estimativa en escala de 0 a 10, el impacto será moderado (menor o igual a 25%) y por tanto se emplea la valoración estimativa.

Sin proyecto Con proyecto Valor (0,10) 8 Valor (0,10) 7.97 CA (0,1) 0.8 CA (0,1) 0.797

Manifestación de Impacto Ambiental

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Ficha 10 Factor Ambiental Hidrología subterránea Componente Procesos de recarga Acciones del Proyecto Fabricación de columnas y construcción de cerca

perimetral Descripción La compactación del suelo disminuye la capacidad

de infiltración de agua en el perfil superficial del suelo, si el movimiento de precolación es realizado a través de la totalidad del suelo disminuirá la capacidad de recarga del agua subterránea en esta área e incrementará los escurrimientos superficiales durante los eventos de precipitación.

Atributos Carácter Adverso Sinergia Efecto simple Certidumbre Poco probable Intensidad Moderada Permanencia Temporal (el efecto dura hasta 10 años) Extensión Puntual Reversibilidad Reversible en el corto plazo (menos de 1 año) Valor de Importancia (0,1) -0.36 Juicio Moderado Valor de Magnitud (0,1) 0.1 Indicador Porcentaje de superficie afectada en los procesos

hidrológicos de recarga de acuíferos Unidad Medida Porcentaje Función de Transformación 2 Valor de Impacto -0.1533

Indicador:

Valoración estimativa en escala de 0 a 10

Sin proyecto Con proyecto Valor (0,10) 10 Valor (0,10) 9.8 CA (0,1) 1.0 CA (0,1) 0.98

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Ficha 11

Factor Ambiental Suelo Componente Propiedades físicas Acciones del Proyecto Fabricación de columnas y construcción de cerca

perimetral Descripción Reintegración de suelo en excavaciones para

cimentación. Cabe mencionar que el área ya presenta el impacto antes mencionado, ya que se realizará en la azotea de un edificio ya construido.

Atributos Carácter Adverso Sinergia Efecto simple Certidumbre Probable Intensidad Moderado Permanencia Permanente (el efecto dura más de 10 años) Extensión Puntual Reversibilidad Fugaz Valor de Importancia (0,1) -0.44 Juicio Moderado Valor de Magnitud (0,1) 1 Indicador Porcentaje de superficie afectada en sus

propiedades físicas del suelo Unidad Medida Porcentaje Función de Transformación 2 Valor de Impacto -0.7606

Indicador:

El proyecto no afectará este proceso, sin embargo considerando que se va a cubrir toda la superficie del área del proyecto 200 m2, por lo que después ya no se tendrá superficie sin afectar.

Antes: Después: I = (200*100)/ 200= 100 I = (0*100)/ 200= 0 Sin proyecto Con proyecto Valor (0,100) 100 Valor (0,100) 0 CA (0,1) 1 CA (0,1) 0

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Ficha 12 Factor Ambiental Hidrología subterránea Componente Procesos de recarga Acciones del Proyecto Terminado de pisos Descripción Con esta acción se eliminará de manera

puntual la capacidad de infiltración del agua, y se incrementarán los escurrimientos superficiales durante los eventos de precipitación.

Atributos Carácter Adverso Sinergia Efecto simple Certidumbre Muy probable Intensidad Moderado Permanencia Permanente (el efecto dura más de 10 años) Extensión Puntual Reversibilidad Fugaz Valor de Importancia (0,1) -0.48 Juicio Moderado Valor de Magnitud (0,1) 0.02 Indicador Porcentaje de superficie afectada en los

procesos hidrológicos de recarga de acuíferos Unidad Medida Porcentaje Función de Transformación 2 Valor de Impacto -0.05777

Indicador:

Valoración estimativa en escala de 0 a 10

Sin proyecto Con proyecto Valor (0,10) 10 Valor (0,10) 9.8 CA (0,1) 1.0 CA (0,1) 0.98

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Ficha 13 Factor Ambiental Suelo Componente Propiedades físicas Acciones del Proyecto Terminado de pisos Descripción La ocupación del suelo es ya permanente, en la

etapa de preparación del sitio se generarán residuos domésticos y orgánicos provenientes del las propias actividades y de la presencia humana en el área del proyecto. Si tales residuos se ponen en contacto directamente con suelo nativo pueden causar daños en las propiedades físicas del suelo.

Atributos Carácter Adverso Sinergia Efecto simple Certidumbre Muy probable Intensidad Moderada Permanencia Permanente (el efecto dura más de 10 años) Extensión Puntual Reversibilidad Fugaz Valor de Importancia (0,1) -0.48 Juicio Moderado Valor de Magnitud (0,1) 0.05 Indicador Porcentaje de superficie afectada en su

microrelieve Unidad Medida Porcentaje Función de Transformación 2 Valor de Impacto -0.1063

Indicador:

El terminado de pisos afectará este proceso en toda la superficie del área del proyecto 200 m2, por lo que después ya no se tendrá superficie sin afectar.

Antes: Después: I = (200*100)/ 200= 100 I = (0*100)/ 200= 0 Sin proyecto Con proyecto Valor (0,100) 100 Valor (0,100) 0 CA (0,1) 1 CA (0,1) 0

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Ficha 14 Factor Ambiental Aire Componente Visibilidad Acciones del Proyecto Uso de vehículos y maquinaria Descripción El movimiento de vehículos y maquinaria en

el terreno propiciará la dispersión de polvos en la atmósfera, lo anterior modificará las condiciones de visibilidad en el área inmediata al sitio donde se desarrollen las actividades que implique el movimiento de vehículos y/o maquinaria.

Atributos Carácter Adverso Sinergia Efecto simple Certidumbre Muy probable Intensidad Moderada Permanencia Fugaz Extensión Puntual Reversibilidad A corto plazo Valor de Importancia (0,1) -0.40 Juicio Moderado Valor de Magnitud (0,1) 0.1 Indicador Grado de visibilidad del aire Unidad Medida Estimativo Función de Transformación 1 Valor de Impacto -0.1587

Indicador: Valoración estimativa en escala de 0 a 10

Sin proyecto Con proyecto Valor (0,10) 10 Valor (0,10) 9.5 CA (0,1) 1 CA (0,1) 0.95

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Ficha 15 Factor Ambiental Aire Componente Calidad Acciones del Proyecto Utilización de vehículos y maquinaria Descripción La combustión de vehículos y maquinaria

generará emisiones a la atmósfera, propiciando la contaminación del aire y en consecuencia afectando la calidad de este factor. Por lo anterior, el contratista deberá prever que el funcionamiento de los mismos sea óptimo y de acuerdo a lo que estipula la normatividad aplicable.

Atributos Carácter Adverso Sinergia Sin sinergia Certidumbre Muy Probable Intensidad Moderada Permanencia Temporal Extensión Local Reversibilidad A corto plazo Valor de Importancia (0,1) -0.52 Juicio Compatible Valor de Magnitud (0,1) 0.1 Indicador Grado de calidad del aire Unidad Medida Estimativo Función de Transformación 1 Valor de Impacto -0.1732

Indicador: Valoración estimativa en escala de 0 a 10

Sin proyecto Con proyecto Valor (0,10) 10 Valor (0,10) 9.5 CA (0,1) 1 CA (0,1) 0.95

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Ficha 16 Factor Ambiental Aire Componente Ruido Acciones del Proyecto Uso de vehículos y maquinaria Descripción Al desarrollar las actividades en las cuales se

involucre la utilización de vehículos, maquinarias y/o equipo, se registrará un aumento en los niveles de ruido.

Atributos Carácter Adverso Sinergia Sin sinergia Certidumbre Muy probable Intensidad Mínima Permanencia Fugaz Extensión Puntual Reversibilidad A corto plazo Valor de Importancia (0,1) -0.36 Juicio Moderado Valor de Magnitud (0,1) 0.05 Indicador Grado de ruido Unidad Medida Estimativo Función de Transformación 1 Valor de Impacto -0.0965

Indicador: Valoración estimativa en escala de 0 a 10

Sin proyecto Con proyecto Valor (0,10) 10 Valor (0,10) 9.5 CA (0,1) 0.1 CA (0,1) 0.95

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Ficha 17 Factor Ambiental Suelo Componente Propiedades físicas Acciones del Proyecto Uso de vehículos y maquinaria Descripción Excavación para instalación de columnas,

mantenimiento de maquinaria para el movimiento de materiales, personal y residuos.

Atributos Carácter Adverso Sinergia Efecto simple Certidumbre Probable Intensidad Moderada Permanencia Temporal Extensión Puntual Reversibilidad Mediano plazo (hasta 5 años) Valor de Importancia (0,1) -0.44 Juicio Moderado Valor de Magnitud (0,1) 0.02 Indicador Superficie no afectada en las propiedades

físicas del suelo Unidad Medida Estimativa Función de Transformación 2 Valor de Impacto -0.0560

Indicador: Valoración estimativa escala de 0 a 10

Sin proyecto Con proyecto Valor (0,10) 10 Valor (0,10) 9.8 CA (0,1) 1 CA (0,1) 0.98

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C. Etapa: Operación y Mantenimiento

Ficha 18 Factor Ambiental Economía local Componente PEA (población económicamente activa) Acciones del Proyecto Contratación de personal Descripción En la etapa de mantenimiento, se ocupará

mano de obra no especializada de la población local para la realización de los trabajos, esto traerá beneficios que inciden de manera directa en la economía local.

Atributos Carácter Benéfico Sinergia Sin sinergia Certidumbre Muy probable Intensidad Mínima Permanencia Permanente Extensión Local Reversibilidad No reversible Valor de Importancia (0,1) 0.76 Juicio Compatible Valor de Magnitud (0,1) 0.0003 Indicador Incremento en la PEA Unidad Medida Porcentaje Función de Transformación 2 Valor de Impacto + 0.0950

Indicador: (PEA ocupada * 100)/ PEA

La población económicamente activa (PEA) en el área de influencia del proyecto es de 716950, y la ocupada es de 544882. Con la contratación de 20 empleos para la construcción el PEA será de 544902.

Antes: Después: I = (544882*100)/ 716950 = 76.00 I = (544902*100)/ 716950 = 76.003 Sin proyecto Con proyecto Valor (0,100) 76.00 Valor (0,100) 76.003 CA (0,1) 0.76

CA (0,1) 0.76003

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Ficha 19 Factor Ambiental Economía regional Componente Sector primario Acciones del Proyecto Puesta en marcha Descripción El sector primario se ve beneficiado por la

planta de autoabastecimiento en el sentido de que no se consumirá energía de otra parte. Además, la energía eléctrica es insumo para muchas de las actividades del sector primario.

Atributos Carácter Benéfico Sinergia Sin sinergia Certidumbre Poco probable Intensidad Grande Permanencia Temporal Extensión Regional Reversibilidad No reversible Valor de Importancia (0,1) 0.84 Juicio Compatible Valor de Magnitud (0,1) 0.0105 Indicador Incremento de la PEA ocupada en el sector Unidad Medida Porcentaje Función de Transformación 2 Valor de Impacto +0.0452

Indicador:

Se calculó la participación porcentual del sector primario en la PEA ocupado como valor original, y como valor por efecto del proyecto se le incrementó cinco puntos porcentuales, dada la imposibilidad de estimar el impacto futuro en este aspecto.

Antes: Después: I = (136220*100)/716950 = 18.99 I = (143031*100)/716950 = 19.95 Sin proyecto Con proyecto Valor (0,100) 18.99 Valor (0,100) 19.95 CA (0,1) 0.189 CA (0,1) 0.199

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Ficha 20 Factor Ambiental Economía regional Componente Sector secundario Acciones del Proyecto Puesta en marcha Descripción El sector secundario es el primer consumidor de

energía eléctrica de los sectores productivos, después del doméstico y urbano. La operación de la planta de autoabastecimiento se presume ayudará en el crecimiento de este sector como consecuencia de no consumo energía por parte de la planta.

Atributos Carácter Benéfico Sinergia Sin sinergia Certidumbre Muy probable Intensidad Grande Permanencia Permanente Extensión Regional Reversibilidad No reversible Valor de Importancia (0,1) 0.96 Juicio Compatible Valor de Magnitud (0,1) 0.0135 Indicador Incremento de la PEA ocupada en el sector Unidad Medida Porcentaje Función de Transformación 2 Valor de Impacto + 0.0630

Indicador:

Se calculó la participación porcentual del sector secundario en el PEA ocupado como valor original, y como valor por efecto del proyecto se le incrementó cinco puntos porcentuales, dada la imposibilidad de estimar el impacto futuro en este aspecto.

Antes: Después: I = (189490*100)/716950 = 26.43 I = (198964*100)/716950 = 27.75 Sin proyecto Con proyecto Valor (0,100) 26.43 Valor (0,100) 27.75 CA (0,1) 0.264 CA (0,1) 0.2775

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Ficha 21 Factor Ambiental Economía regional Componente Sector terciario Acciones del Proyecto Puesta en marcha Descripción La mayor disponibilidad de energía eléctrica

propiciará una mayor demanda de bienes por parte de la población, generará fuentes de empleo y propiciará el crecimiento del sector terciario mejorando la economía regional.

Atributos Carácter Benéfico Sinergia Sin sinergia Certidumbre Muy probable Intensidad Grande Permanencia Permanente Extensión Regional Reversibilidad No reversible Valor de Importancia (0,1) 0.96 Juicio Compatible Valor de Magnitud (0,1) 0.035 Indicador Incremento de la PEA ocupada en el sector Unidad Medida Porcentaje Función de Transformación 2 Valor de Impacto +0.0760

Indicador:

Se calculó la participación porcentual del sector terciario en el PEA ocupado como valor original, y como valor por efecto del proyecto se le incrementó cinco puntos porcentuales, dada la imposibilidad de estimar el impacto futuro en este aspecto.

Antes: Después: I = (501937*100)/716950= 70.01 I = (527034*100)/716950 = 73.51 Sin proyecto Con proyecto Valor (0,100) 70.01 Valor (0,100) 73.51 CA (0,1) 0.7001 CA (0,1) 0.7351

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Ficha 22 Factor Ambiental Economía regional Componente PEA (población económicamente activa) Acciones del Proyecto Puesta en marcha Descripción La operación de planta de autoabastecimiento

favorecerá el desarrollo económico, lo que incrementará la población económicamente activa ocupada.

Atributos Carácter Benéfico Sinergia Sin sinergia Certidumbre Probable Intensidad Grande Permanencia Temporal Extensión Regional Reversibilidad No reversible Valor de Importancia (0,1) 0.88 Juicio Compatible Valor de Magnitud (0,1) 0.0105 Indicador Incremento de la PEA ocupada en el sector Unidad Medida Porcentaje Función de Transformación 2 Valor de Impacto + 0.110

Indicador:

Se calculó la participación porcentual del sector primario en la PEA ocupado como valor original, y como valor por efecto del proyecto se le incrementó cinco puntos porcentuales, dada la imposibilidad de estimar el impacto futuro en este aspecto.

Antes: Después: I = (136220*100)/716950 = 18.99 I = (143031*100)/716950 = 19.95 Sin proyecto Con proyecto Valor (0,100) 18.99 Valor (0,100) 19.95 CA (0,1) 0.189 CA (0,1) 0.199

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Ficha 23 Factor Ambiental Aire Componente Calidad Acciones del Proyecto Utilización de vehículos y maquinaria Descripción La combustión de vehículos y maquinaria en

la etapa de operación y mantenimiento generará emisiones a la atmósfera, propiciando la contaminación del aire y en consecuencia, disminuyendo la calidad de tal factor. Por lo anterior, el contratista deberá prever que el funcionamiento de los mismos sea óptimo y de acuerdo a la normatividad aplicable.

Atributos Carácter Adverso Sinergia Sin sinergia Certidumbre Muy probable Intensidad Moderada Permanencia Temporal Extensión Local Reversibilidad Mediano plazo (hasta 5 años) Valor de Importancia (0,1) -0.52 Juicio Severo Valor de Magnitud (0,1) 0.05 Indicador Grado de calidad del aire Unidad Medida Estimativo Función de Transformación 1 Valor de Impacto 0.1091

Indicador: Valoración estimativa en escala de 0 a 10

Sin proyecto Con proyecto Valor (0,10) 10 Valor (0,10) 9.5 CA (0,1) 1 CA (0,1) 0.95

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Ficha 24 Factor Ambiental Aire Componente Visibilidad Acciones del Proyecto Utilización de vehículos y maquinaria Descripción El movimiento de vehículos y maquinaria al

realizar las labores de inspección y mantenimiento en la planta propiciará la dispersión de polvos a la atmósfera, lo anterior modificará las condiciones de visibilidad en el área inmediata al sitio donde se desarrollen las actividades que implique el movimiento de vehículos y/o maquinaria.

Atributos Carácter Adverso Sinergia Sin sinergia Certidumbre Muy probable Intensidad Moderada Permanencia Fugaz Extensión Puntual Reversibilidad A corto plazo (menor de 1 años) Valor de Importancia (0,1) -0.40 Juicio Moderado Valor de Magnitud (0,1) 0.05 Indicador Grado de visibilidad del aire Unidad Medida Estimativo Función de Transformación 1 Valor de Impacto 0.100

Indicador: Valoración estimativa en escala de 0 a 10

Sin proyecto Con proyecto Valor (0,10) 10 Valor (0,10) 9.5 CA (0,1) 0.1 CA (0,1) 0.95

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Ficha 25

Factor Ambiental Aire Componente Ruido Acciones del Proyecto Utilización de vehículos y maquinaria Descripción Al desarrollar las actividades de

mantenimiento en la planta en la que se involucre la utilización de vehículos, maquinaria y/o equipo, se registrará un aumento en los niveles de ruido por la acción de los motores.

Atributos Carácter Adverso Sinergia Sin sinergia Certidumbre Muy probable Intensidad Mínima Permanencia Fugaz Extensión Puntual Reversibilidad A corto plazo (menor de 1 años) Valor de Importancia (0,1) -0.36 Juicio Moderado Valor de Magnitud (0,1) 0.05 Indicador Grado de ruido Unidad Medida Estimativo Función de Transformación 1 Valor de Impacto 0.0965

Indicador: Valoración estimativa en escala de 0 a 10

Sin proyecto Con proyecto Valor (0,10) 10 Valor (0,10) 9.5 CA (0,1) 0.1 CA (0,1) 0.95

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Ficha 26 Factor Ambiental Suelo Componente Propiedades físicas Acciones del Proyecto Utilización de vehículos y maquinaria Descripción Compactación por el rodamiento de vehículos

y maquinaria en brecha de mantenimiento y para el movimiento de personal. En la etapa de operación y mantenimiento se generarán residuos domésticos y orgánicos provenientes del las propias actividades y de la presencia humana en el área del proyecto. Si tales residuos se ponen en contacto directamente con suelo nativo pueden causar daños en diferente grado a las propiedades fisicoquímicas del suelo.

Atributos Carácter Adverso Sinergia Sin sinergia Certidumbre Muy probable Intensidad Mínima Permanencia Temporal (menor a1 año) Extensión Puntual Reversibilidad Reversible a mediano plazo Valor de Importancia (0,1) -0.44 Juicio Moderado Valor de Magnitud (0,1) 0.01 Indicador Grado de conservación de las propiedades

físicas del suelo. Unidad Medida Estimativo Función de Transformación 1 Valor de Impacto 0.0353

Indicador: Valoración estimativa en escala de 0 a 10 Sin proyecto Con proyecto Valor (0,10) 10 Valor (0,10) 9.9 CA (0,1) 1.0 CA (0,1) 0.99

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Función de Transformación 1

0

0 .1

0 .2

0 .3

0 .4

0 .5

0 .6

0 .7

0 .8

0 .9

1

0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 1 0

V a lo re s O rd in a le s

C.A

.

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Función de Transformación 2

00.10.20.30.40.50.60.70.80.9

1

0 10 20 30 40 50 60 70 80 90 100

Porciento

C.A

.

MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Sector Eléctrico Modalidad Particular

LIVERPOOL PROVINCIA, ALMACÉN TEZONTLE

CAPÍTULO VI

MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES

CONTENIDO

CAPÍTULO VI MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES ..............................................................................VI-1

VI.1 Descripción de las Medidas o Programa de Medidas de Mitigación o Correctivas por Componente Ambiental .................. VI-1

VI.2 Impactos Residuales...................................................................... VI-10 VI.2.1 Recomendaciones generales ........................................................ VI-10

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Capítulo VI Medidas Preventivas y de Mitigación de Impactos Ambientales

Las medidas que en el presente capítulo se proponen son resultado del análisis ambiental realizo en el capítulo V, se consideró para la elaboración de cada medida las disposiciones establecidas en la Normatividad Ambiental aplicables para cado uno de los factores ambientales. De esta manera, cada medida vertida en este apartado tiene como propósito prevenir, restaurar, mitigar y/o compensar las alteraciones ambientales agrupadas en los tres subsistemas. Adicionalmente, se consideró la disposición que en materia de impacto ambiental establecen las distintas dependencias gubernamentales por causa de la instalación de la Planta de Autoabastecimiento de Electricidad Liverpool Provincia Almacén Tezontle.

VI.1 Descripción de las Medidas o Programa de Medidas de Mitigación o Correctivas por Componente Ambiental

A. CLASIFICACIÓN DE MEDIDAS

Con el propósito de clarificar el sentido de la denominación de las medidas es preciso describir cada grupo. Para la presentación de las medidas de mitigación, se consideró en primera estancia la agrupación de a cuerdo al factor ambiental, el propósito de la medida y la temporalidad u orden de aplicación con ellos a continuación se presenta su definición aplicada:

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Medidas preventivas

Las medidas preventivas tienen como finalidad anticiparse a las posibles modificaciones que pudieran registrarse debido a la realización de la o las actividades en cualquiera de las tres etapas en las que se divide la ejecución de la obra. En estas se plasma las consideraciones ambientales desde el diseño del proyecto y su forma de ejecución a fin de evitar o en su caso disminuir los impactos provocados. En la premisa de que siempre es mejor no producir impactos que remediarlos cuando llega a suponerse una remediación total; por ello las medidas preventivas son el grupo más importante aquí considerado.

Medidas de mitigación

También denominadas como de rehabilitación o de corrección aunque el sentido estricto del término es un tanto diferente. Este tipo de medida tiene como propósito recuperar, rescatar o restituir aquel componente ambiental, que no pudo ser evitado desde el diseño del proyecto y por tanto será modificado o alterado de sus condiciones actuales. El momento indicado para la aplicación de las medidas de restauración es inmediatamente después de terminadas las actividades que propiciaron la modificación o alteración de o los componentes o factores del medio y previamente evaluadas las condiciones reales en que queda el sitio una vez ejecutada la obra o la etapa.

Medidas de compensación

Las medidas de compensación o pretenden equilibrar el daño provocado irremediablemente a través de obras, acciones o remuneraciones al ambiente, personas o sociedad en general, donde n el caso de las acciones, éstas se realicen preferentemente en el área de influencia del proyecto, por ejemplo la restauración de una superficie igual a la desmontada permanentemente por el proyecto.

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B. DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS O PROGRAMA DE MEDIDAS DE MITIGACIÓN POR COMPONENTE AMBIENTAL

Para la formulación de la estrategia de mitigación, se basó en la prospección para la caracterización de los elementos de los subsistemas físico, biótico y socioeconómico, adicionalmente se consideraron los lineamientos establecidos en la normatividad ambiental aplicable que incluye leyes generales, reglamentarias y NOM’s, además de otra normatividad aplicable para el caso específico de la construcción de la Planta de Autoabastecimiento.

A continuación se presenta la descripción de las medidas, se parte del factor ambiental que será impactado y sobre el cual actuará una de los medidas formuladas.

Factor Ambiental: Aire.

Componente: Visibilidad, Calidad y Ruido.

Etapas: Preparación del sitio, Construcción (obra civil) y Operación y Mantenimiento.

Acciones: Excavaciones para instalación de estructuras y Utilización de vehículos y maquinaria.

Descripción de las medidas aplicables.

Preventivas:

Todo el equipo fijo que utilice motores de combustión interna y que será utilizado para alguna actividad en particular, y que se pueda considerar como una fuente de contaminación al ambiente, deberá cumplir con las normas siguientes: NOM-043-SEMARNAT-1993 y NOM-085-SEMARNAT-1994, las cuales regulan los niveles máximos permitidos de emisiones a la atmósfera.

Los niveles de ruido ocasionados por los vehículos automotores, deberán cumplir con los parámetros establecidos en la NOM-085-SEMARNAT-1994.

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Los niveles máximos de ruido durante la etapa de operación, deberá cumplir con los parámetros establecidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-081- SEMARNAT -1994.

Se asegurará que los camiones que transporten material terrígeno hacia el sitio de la obra o la saquen de la misma, deberán cubrir las cajas con una lona y/o humedecerlo para evitar la dispersión de su contenido durante su recorrido.

De Mitigación:

Al realizar las actividades en las que se involucre manejo de arenas o cementos, se procurará humedecer la superficie con la finalidad de minimizar el movimiento de partículas a la atmósfera. Los riesgos se realizarán con mayor énfasis en aquellos sitios que se encuentran cercanos a asentamientos humanos y en condiciones de alta velocidad del viento.

Las actividades que involucren el uso de maquinaria y equipo, cuyas emisiones de ruido sean superiores a los límites establecidos en la normatividad ambiental mexicana, deberán desarrollarse en estricto horario diurno.

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Factor Ambiental: Hidrología Superficial y Subterránea.

Componente: Calidad, Procesos de Recarga.

Etapas: Preparación del sitio y Construcción (obra civil).

Acciones: Fabricación de columnas y compactación y Terminado de pisos.

Descripción de las medidas aplicables.

Preventivas:

Se prohíbe el vertido de los residuos (aceites, cementos, entre otros) al suelo y éstos deberán ser gestionados de acuerdo con la normatividad ambiental aplicable.

Toda maquinaria y equipo que se utilice para este proyecto deberá estar en buenas condiciones mecánicas, con el fin de evitar fugas de lubricantes y combustibles evitando la posible contaminación a cuerpos de agua, ríos, arroyos, entre otros.

No se deberá verter los restos del cemento premezclado ni los residuos generados por el vaciado de los camiones revolvedores, en ninguna de las áreas.

Se deberá tomar todas precauciones para evitar la contaminación del suelo cuando se realizan reparaciones y suministro de combustible de vehículos en los sitios de la obra, de esta manera se evitará modificar la calidad del agua precipitada que logre infiltrarse. El mantenimiento preventivo se debe realizar en los talleres apropiados para el fin.

De Mitigación:

El movimiento del material producto de las excavaciones sobre concreto no se deberá disponer en ríos o cuerpos de agua, de tal manera que no se afecte a los escurrimientos y/o ríos cercanos al proyecto para no alterar la turbidez y sedimentación de las partículas que se encuentren en los ríos.

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Factor Ambiental: Suelo.

Componente: Propiedades Físicas, Químicas, Procesos de sedimentación-erosión.

Etapas: Preparación del sitio, Construcción (obra civil) y Operación y mantenimiento.

Acciones: Excavaciones a cielo abierto, Utilización de vehículos y maquinaria.

Descripción de las medidas aplicables.

Preventivas:

Se deberá tomar todas precauciones para evitar la contaminación del suelo cuando se realizan reparaciones y suministro de combustible de vehículos en los sitios de la obra, de esta manera se evitará modificar la calidad del agua precipitada que logre infiltrarse. El mantenimiento preventivo se debe realizar en los talleres apropiados para el fin.

Los residuos que se generen durante el desarrollo del proyecto así como los desperdicios de material utilizados, serán recolectados y depositados en el almacén.

Los materiales que puedan ser reutilizados en alguna otra obra de Liverpool serán colectados y almacenados temporalmente para su posterior utilización.

Los residuos sólidos de tipo doméstico que se generan durante las diferentes etapas del proyecto, deberán manejarse por separado de acuerdo a sus características. Deberán depositarse en contenedores metálicos o de plástico, con tapa de cierre hermético, indicando su contenido; su disposición será de acuerdo a lo que señale la autoridad ambiental competente y normatividad aplicable.

No se verterán los restos del cemente premezclado ni los residuos generados por el lavado de los camiones revolvedores en ninguna de las áreas adyacentes al derecho de vía ni en el mismo derecho de vía.

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Se prohíbe el vertido de los residuos (aceites, diesel, cementos, entre otros) al terreno y se establece que deberán ser gestionados de acuerdo con la normatividad aplicable.

No se permitirá el acumulamiento del suelo fuera del área establecida como área de maniobras.

De Mitigación:

Se deberá realizar periódicamente limpieza general en todas las áreas donde se estén desarrollando las actividades que impliquen la construcción de la planta.

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Factor Ambiental: Vegetación.

Componente: Abundancia, Diversidad y Especies con estatus.

Etapas: Preparación del sitio, Construcción (obra civil) y Operación y mantenimiento.

Acciones: Generación y manejo de residuos y Utilización de vehículos y maquinaria.

Descripción de las medidas aplicables.

Debido a la nula abundancia de vegetación en el área de influencia, el impacto que se producirá sobre ésta a pesar de ser permanente es de baja magnitud.

Debido a lo anterior, no es posible generar medidas de mitigación en ninguna de sus clasificaciones.

Factor Ambiental: Fauna.

Componente: Abundancia, Distribución y Especies con estatus.

Etapas: Preparación del sitio, Construcción (obra civil) y Operación y mantenimiento.

Acciones: Generación y manejo de residuos y Utilización de vehículos y maquinaria.

Descripción de las medidas aplicables.

En la zona de influencia no se tiene presencia de ninguna especie representativa de fauna silvestre.

Debido a lo anterior, no es posible generar medidas de mitigación en ninguna de sus clasificaciones.

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Factor Ambiental: Economía Regional y Local

Componente: PEA, Nivel de ingreso.

Etapas: Preparación del sitio, Construcción (obra civil) y Operación y mantenimiento.

Acciones: Puesta en marcha y Contratación de personal.

Descripción de las medidas aplicables.

Preventivas:

El personal deberá contar con las medidas mínimas de seguridad que señala la norma de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social: NOM-017- STPS-2001- referente al equipo par los trabajadores en los centros de trabajo, NOM-001-STPS-1999 relacionada a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.

Durante la construcción de la planta deberán colocarse estratégicamente señales de riesgo y/o precaución, dirigidas específicamente a los trabajadores.

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VI.2 Impactos Residuales

Se entiende por impacto residual, aquel que permanece en el ambiente después de aplicar las medidas de mitigación, por lo que una vez realizada la evaluación de los impactos generados no se identificó algún impacto que se pueda ser considerado como resultante o residual del desarrollo del proyecto.

Una vez realizada la evaluación de los impactos generados no se identificó algún impacto que se pueda ser considerado como resultante o residual del desarrollo del proyecto.

Como se ha descrito en el capítulo anterior, el suelo es el factor sobre el que más impacto se tendrá durante la construcción de planta, pero dicho impacto es de manera permanente y no se tendrá ninguna regeneración de suelo una vez concluida la obra.

VI.2.1 Recomendaciones generales

Residuos Peligrosos.

Se deberá construir un almacén temporal de residuos peligrosos. Los residuos peligrosos generados durante todo el desarrollo del Proyecto, estrictamente deberán manejarse conforme lo establece el Reglamento De La Ley General Para La Prevención Y Gestión Integral De Los Residuos, observando el cumplimiento de lo siguiente:

Artículo 16.- Los planes de manejo para residuos se podrán establecer en una o más de las siguientes modalidades:

I. Atendiendo a los sujetos que intervienen en ellos, podrán ser:

a) Privados, los instrumentados por los particulares que conforme a la Ley se encuentran obligados a la elaboración, formulación e implementación de un plan de manejo de residuos,

b) Mixtos, los que instrumenten los señalados en el inciso anterior con la participación de las autoridades en el ámbito de sus competencias.

Artículo 17.- Los sujetos obligados a formular y ejecutar un plan de manejo podrán realizarlo en los términos previstos en el presente Reglamento o las

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normas oficiales mexicanas correspondientes, o bien adherirse a los planes de manejo establecidos.

La adhesión a un plan de manejo establecido se realizará de acuerdo a los mecanismos previstos en el propio plan de manejo, siempre que los interesados asuman expresamente todas las obligaciones previstas en él.

Artículo 20.- Los sujetos que, conforme a la Ley, estén obligados a la elaboración de planes de manejo podrán implementarlos mediante la suscripción de los instrumentos jurídicos que estimen necesarios y adecuados para fijar sus responsabilidades. En este caso, sin perjuicio de lo pactado por las partes, dichos instrumentos podrán contener lo siguiente:

I. Los residuos objeto del plan de manejo, así como la cantidad que se estima manejar de cada uno de ellos;

II. La forma en que se realizará la minimización de la cantidad, valorización o aprovechamiento de los residuos;

III. Los mecanismos para que otros sujetos obligados puedan incorporarse a los planes de manejo, y

IV. Los mecanismos de evaluación y mejora del plan de manejo.

Artículo 24.- Las personas que conforme a lo dispuesto en la Ley deban registrar ante la Secretaría los planes de manejo de residuos peligrosos se sujetarán al siguiente procedimiento:

I. Incorporarán al portal electrónico de la Secretaría, a través del sistema establecido para ese efecto, la siguiente información:

a) Nombre, denominación o razón social del solicitante, domicilio, giro o actividad preponderante, nombre de su representante legal;

b) Modalidad del plan de manejo;

c) Residuos peligrosos objeto del plan, especificando sus características físicas, químicas o biológicas y el volumen estimado de manejo;

d) Formas de manejo, y

e) Nombre, denominación o razón social de los responsables de la ejecución del plan de manejo.

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Cuando se trate de un plan de manejo colectivo, los datos a que se refiere el inciso a) de la presente fracción corresponderán a los de la persona que se haya designado en el propio plan de manejo para tramitar su registro.

II. A la información proporcionada se anexarán en formato electrónico, como archivos de imagen u otros análogos, los siguientes documentos:

a) Identificación oficial o documento que acredite la personalidad del representante legal;

b) Documento que contenga el plan de manejo, y

c) Instrumentos que hubieren celebrado en términos de lo establecido en el artículo 20 de este Reglamento.

III. Una vez incorporados los datos, la Secretaría automáticamente, por el mismo sistema, indicará el número con el cual queda registrado el plan de manejo correspondiente.

En caso de que para el interesado no fuere posible anexar electrónicamente los documentos señalados en la fracción II del presente artículo, presentará copia de los mismos en las oficinas de la Secretaría y realizará la incorporación de la información señalada en la fracción I directamente en la Dependencia.

Si el interesado no cuenta con los medios electrónicos para solicitar el registro a que se refiere el presente artículo, podrá presentarse en las oficinas de la Secretaria para cumplir con su trámite.

El procedimiento previsto en el presente artículo aplicará también cuando los interesados pretendan modificar un plan de manejo registrado. En este caso, será necesario que indiquen solamente el número de registro que les fue asignado con anterioridad.

Artículo 25.- Los grandes generadores que conforme a lo dispuesto en la Ley deban someter a la consideración de la Secretaría un plan de manejo de residuos peligrosos, se sujetarán al procedimiento señalado en las fracciones I y II del artículo anterior.

El sistema electrónico solamente proporcionará un acuse de recibo y la Secretaría tendrá un término de cuarenta y cinco días para emitir el número de registro correspondiente, previa evaluación del contenido del plan de manejo.

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Dentro de este mismo plazo, la Secretaría podrá formular recomendaciones a las modalidades de manejo propuestas en el plan. El generador describirá en su informe anual la forma en que atendió a dichas recomendaciones.

Artículo 27.- Podrán sujetarse a condiciones particulares de manejo los siguientes residuos peligrosos:

I. Los que sean considerados como tales, de conformidad con lo previsto en la Ley;

II. Los listados por fuente específica y no específica en la norma oficial mexicana correspondiente, siempre y cuando, como resultado de la modificación de procesos o de materia prima, cambien las características por las cuales fueron listados, y

III. Los que, conforme a dicha norma, se clasifiquen por tipo y se sujeten expresamente a dichas condiciones.

Artículo 28.- Los generadores de los residuos señalados en el artículo anterior podrán proponer a la Secretaría por escrito, las condiciones particulares de manejo por instalación, proceso o tipo de residuo.

Para este efecto, describirán en su propuesta el proceso, la corriente del residuo, su caracterización, la propuesta de manejo y los argumentos que justifiquen la condición particular.

La Secretaría dispondrá de treinta días hábiles para resolver sobre las condiciones particulares de manejo propuestas.

Artículo 35.- Los residuos peligrosos se identificarán de acuerdo a lo siguiente:

I. Los que sean considerados como tales, de conformidad con lo previsto en la Ley;

II. Los clasificados en las normas oficiales mexicanas a que hace referencia el artículo 16 de la Ley, mediante:a) Listados de los residuos por características de peligrosidad: corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad e inflamabilidad o que contengan agentes infecciosos que les confieran peligrosidad; agrupados por fuente específica y no especifica; por ser productos usados, caducos, fuera de especificación o retirados del comercio y que se desechen; o por tipo de residuo sujeto a condiciones particulares de manejo. La Secretaría considerará la

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toxicidad crónica, aguda y ambiental que les confieran peligrosidad a dichos residuos, y

b) Criterios de caracterización y umbrales que impliquen un riesgo al ambiente por corrosividad, reactividad, explosividad, inflamabilidad, toxicidad o que contengan agentes infecciosos que les confieran peligrosidad, y III. Los derivados de la mezcla de residuos peligrosos con otros residuos; los provenientes del tratamiento, almacenamiento y disposición final de residuos peligrosos y aquellos equipos y construcciones que hubiesen estado en contacto con residuos peligrosos y sean desechados. Los residuos peligrosos listados por alguna condición de corrosividad, reactividad, explosividad e inflamabilidad señalados en la fracción II inciso a) de este artículo, se considerarán peligrosos, sólo si exhiben las mencionadas características en el punto de generación, sin perjuicio de lo previsto en otras disposiciones jurídicas que resulten aplicables.

Artículo 37.- La determinación de un residuo como peligroso, basada en el conocimiento empírico del generador, aplica para aquellos residuos derivados de procesos o de la mezcla de residuos peligrosos con cualquier otro material o residuo.

Si con base en el conocimiento empírico de su residuo, el generador determina que alguno de sus residuos no es peligroso, ello no lo exime del cumplimiento de las disposiciones jurídicas que resulten aplicables.

Artículo 42.- Atendiendo a las categorías establecidas en la Ley, los generadores de residuos peligrosos son:

I. Gran generador: el que realiza una actividad que genere una cantidad igual o superior a diez toneladas en peso bruto total de residuos peligrosos al año o su equivalente en otra unidad de medida;

II. Pequeño generador: el que realice una actividad que genere una cantidad mayor a cuatrocientos kilogramos y menor a diez toneladas en peso bruto total de residuos peligrosos al año o su equivalente en otra unidad de medida, y

III. Microgenerador: el establecimiento industrial, comercial o de servicios que genere una cantidad de hasta cuatrocientos kilogramos de residuos peligrosos al año o su equivalente en otra unidad de medida.

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Artículo 43.- Las personas que conforme a la Ley estén obligadas a registrarse ante la Secretaría como generadores de residuos peligrosos se sujetarán al siguiente procedimiento:

I. Incorporarán al portal electrónico de la Secretaría la siguiente información:

a) Nombre, denominación o razón social del solicitante, domicilio, giro o actividad preponderante;

b) Nombre del representante legal, en su caso;

c) Fecha de inicio de operaciones;

d) Clave empresarial de actividad productiva o en su defecto denominación de la actividad principal;

e) Ubicación del sitio donde se realiza la actividad;

f) Clasificación de los residuos peligrosos que estime generar, y

g) Cantidad anual estimada de generación de cada uno de los residuos peligrosos por los cuales solicite el registro;

II. A la información proporcionada se anexarán en formato electrónico, tales como archivos de imagen u otros análogos, la identificación oficial, cuando se trate de personas físicas o el acta constitutiva cuando se trate de personas morales. En caso de contar con Registro Único de Personas Acreditadas bastará indicar dicho registro, y

III. Una vez incorporados los datos, la Secretaría automáticamente, por el mismo sistema, indicará el número con el cual queda registrado el generador y la categoría de generación asignada.

En caso de que para el interesado no fuere posible anexar electrónicamente los documentos señalados en la fracción II del presente artículo, podrá enviarla a la dirección electrónica que para tal efecto se habilite o presentará copia de los mismos en las oficinas de la Secretaría y realizará la incorporación de la información señalada en la fracción I directamente en la Dependencia.

Artículo 45.- Los generadores de residuos peligrosos podrán actualizar la información relativa a sus datos de identificación personal y del lugar donde generan sus residuos, mediante la incorporación de los nuevos datos en el sistema señalado en el artículo 43 del Reglamento y la Secretaría, en el momento de la incorporación, tendrá por realizada la actualización.

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Artículo 46.- Los grandes y pequeños generadores de residuos peligrosos deberán:

I. Identificar y clasificar los residuos peligrosos que generen;

II. Manejar separadamente los residuos peligrosos y no mezclar aquéllos que sean incompatibles entre sí, en los términos de las normas oficiales mexicanas respectivas, ni con residuos peligrosos reciclables o que tengan un poder de valorización para su utilización como materia prima o como combustible alterno, o bien, con residuos sólidos urbanos o de manejo especial;

III. Envasar los residuos peligrosos generados de acuerdo con su estado físico, en recipientes cuyas dimensiones, formas y materiales reúnan las condiciones de seguridad para su manejo conforme a lo señalado en el presente Reglamento y en las normas oficiales mexicanas correspondientes;

IV. Marcar o etiquetar los envases que contienen residuos peligrosos con rótulos que señalen nombre del generador, nombre del residuo peligroso, características de peligrosidad y fecha de ingreso al almacén y lo que establezcan las normas oficiales mexicanas aplicables;

V. Almacenar adecuadamente, conforme a su categoría de generación, los residuos peligrosos en un área que reúna las condiciones señaladas en el artículo 82 del presente Reglamento y en las normas oficiales mexicanas correspondientes, durante los plazos permitidos por la Ley;

VI. Transportar sus residuos peligrosos a través de personas que la Secretaría autorice en el ámbito de su competencia y en vehículos que cuenten con carteles correspondientes de acuerdo con la normatividad aplicable;

VII. Llevar a cabo el manejo integral correspondiente a sus residuos peligrosos de acuerdo con lo dispuesto en la Ley, en este Reglamento y las normas oficiales mexicanas correspondientes;

VIII. Elaborar y presentar a la Secretaría los avisos de cierre de sus instalaciones cuando éstas dejen de operar o cuando en las mismas ya no se realicen las actividades de generación de los residuos peligrosos, y

Las demás previstas en este Reglamento y en otras disposiciones aplicables.

Las condiciones establecidas en las fracciones I a VI rigen también para aquellos generadores de residuos peligrosos que operen bajo el régimen de importación temporal de insumos.

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Artículo 68.- Los generadores que por algún motivo dejen de generar residuos peligrosos deberán presentar ante la Secretaría un aviso por escrito que contenga el nombre, denominación o razón social, número de registro o autorización, según sea el caso, y la explicación correspondiente.

Cuando se trate del cierre de la instalación, los generadores presentarán el aviso señalado en el párrafo anterior, proporcionando además la siguiente información:

Los microgeneradores de residuos peligrosos indicarán solamente la fecha prevista para el cierre de sus instalaciones o suspensión de la actividad generadora de sus residuos o en su caso notificarán que han cerrado sus instalaciones, y

Los pequeños y grandes generadores de residuos peligrosos, proporcionarán:

La fecha prevista del cierre o de la suspensión de la actividad generadora de residuos peligrosos;

La relación de los residuos peligrosos generados y de materias primas, productos y subproductos almacenados durante los paros de producción, limpieza y desmantelamiento de la instalación;

El programa de limpieza y desmantelamiento de la instalación, incluyendo la relación de materiales empleados en la limpieza de tubería y equipo;

El diagrama de tubería de proceso, instrumentación de la planta y drenajes de la instalación, y

El registro y descripción de accidentes, derrames u otras contingencias sucedidas dentro del predio durante el periodo de operación, así como los resultados de las acciones que se llevaron a cabo. Este requisito aplica sólo para los grandes generadores.

Artículo 71.- Las bitácoras previstas en la Ley y este Reglamento contendrán:

I. Para los grandes y pequeños generadores de residuos peligrosos:

a) Nombre del residuo y cantidad generada;

b) Características de peligrosidad;

c) Área o proceso donde se generó;

d) Fechas de ingreso y salida del almacén temporal de residuos peligrosos, excepto cuando se trate de plataformas marinas, en cuyo caso se registrará la

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fecha de ingreso y salida de las áreas de resguardo o transferencia de dichos residuos;

Señalamiento de la fase de manejo siguiente a la salida del almacén, área de resguardo o transferencia, señaladas en el inciso anterior;

f) Nombre, denominación o razón social y número de autorización del prestador de servicios a quien en su caso se encomiende el manejo de dichos residuos, y

g) Nombre del responsable técnico de la bitácora.

La información anterior se asentará para cada entrada y salida del almacén temporal dentro del periodo comprendido de enero a diciembre de cada año.

Artículo 72.- Los grandes generadores de residuos peligrosos deberán presentar anualmente ante la Secretaría un informe mediante la Cédula de Operación Anual, en la cual proporcionarán:

I. La identificación de las características de peligrosidad de los residuos peligrosos;

II. El área de generación;

III. La cantidad o volumen anual generados, expresados en unidades de masa;

IV. Los datos del transportista, centro de acopio, tratador o sitio de disposición final;

V. El volumen o cantidad anual de residuos peligrosos transferidos, expresados en unidades de masa o volumen;

Las condiciones particulares de manejo que en su caso le hubieren sido aprobadas por la Secretaría, describiendo la cantidad o volumen de los residuos manejados en esta modalidad y las actividades realizadas, y

Tratándose de confinamiento se describirá además; método de estabilización, celda de disposición y resultados del control de calidad.

En caso de que los grandes generadores hayan almacenado temporalmente los residuos peligrosos en el mismo lugar de su generación, informarán el tipo de almacenamiento, atendiendo a su aislamiento; las características del almacén, atendiendo al lugar, ventilación e iluminación; las formas de almacenamiento, atendiendo al tipo de contenedor empleado; la cantidad anual de residuos

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almacenada, expresada en unidades de masa y el periodo de almacenamiento, expresado en días.

Artículo 73.- La presentación de informes a través de la Cédula de Operación Anual se sujetará al siguiente procedimiento.

I. Se realizará dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero al 30 de abril de cada año, debiendo reportarse la información relativa al periodo del 1 de enero al 31 de diciembre del año inmediato anterior;

Se presentarán en formato impreso, electrónico o través del portal electrónico de la Secretaría o de sus Delegaciones Federales. La Secretaría pondrá a disposición de los interesados los formatos a que se refiere la presente fracción para su libre reproducción;

La Secretaría contará con un plazo de veinte días hábiles, contados a partir de la recepción de la Cédula de Operación Anual, para revisar que la información contenida se encuentre debidamente requisitada y, en su caso, por única vez, podrá requerir al generador para que complemente, rectifique, aclare o confirme dicha información, dentro de un plazo que no excederá de quince días hábiles contados a partir de su notificación;

IV. Desahogado el requerimiento, se tendrá por presentada la Cedula de Operación Anual y, en consecuencia por rendido el informe, y

V. En caso de que el generador no desahogue el requerimiento a que se refiere la fracción anterior, se tendrá por no presentada la Cédula de Operación Anual y, en consecuencia, por no rendido el informe a que se refiere el artículo 46 de la Ley.

Artículo 75.- La información y documentación que conforme a la Ley y el presente Reglamento deban conservar los grandes y pequeños generadores de residuos peligrosos y los prestadores de servicios de manejo de este tipo de residuos se sujetará a lo siguiente:

I. Las bitácoras de los grandes y pequeños generadores se conservarán durante cinco años;

El generador y los prestadores de servicios de manejo conservarán el manifiesto durante un periodo de cinco años contados a partir de la fecha en que hayan suscrito cada uno de ellos.

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III. El generador debe conservar los registros de los resultados de cualquier prueba, análisis u otras determinaciones de residuos peligrosos durante cinco años, contados a partir de la fecha en que hubiere enviado los residuos al sitio de tratamiento o de disposición final, y

IV. Las bitácoras para el control del proceso de remediación de sitios contaminados se conservarán durante los dos años siguientes a la fecha de liberación del sitio.

Artículo 82.- Las áreas de almacenamiento de residuos peligrosos de pequeños y grandes generadores, así como de prestadores de servicios deberán cumplir con las condiciones siguientes, además de las que establezcan las normas oficiales mexicanas para algún tipo de residuo en particular:

I. Condiciones básicas para las áreas de almacenamiento:

a) Estar separadas de las áreas de producción, servicios, oficinas y de almacenamiento de materias primas o productos terminados;

b) Estar ubicadas en zonas donde se reduzcan los riesgos por posibles emisiones, fugas, incendios, explosiones e inundaciones;

c) Contar con dispositivos para contener posibles derrames, tales como muros, pretiles de contención o fosas de retención para la captación de los residuos en estado líquido o de los lixiviados;

Cuando se almacenan residuos líquidos, se deberá contar en sus pisos con pendientes y, en su caso, con trincheras o canaletas que conduzcan los derrames a las fosas de retención con capacidad para contener una quinta parte como mínimo de los residuos almacenados o del volumen del recipiente de mayor tamaño;

Contar con pasillos que permitan el tránsito de equipos mecánicos, eléctricos o manuales, así como el movimiento de grupos de seguridad y bomberos, en casos de emergencia;

f) Contar con sistemas de extinción de incendios y equipos de seguridad para atención de emergencias, acordes con el tipo y la cantidad de los residuos peligrosos almacenados;

g) Contar con señalamientos y letreros alusivos a la peligrosidad de los residuos peligrosos almacenados, en lugares y formas visibles;

h) El almacenamiento debe realizarse en recipientes identificados considerando las características de peligrosidad de los residuos, así como su

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incompatibilidad, previniendo fugas, derrames, emisiones, explosiones e incendios, y

La altura máxima de las estibas será de tres tambores en forma vertical.

II. Condiciones para el almacenamiento en áreas cerradas, además de las precisadas en la fracción I de este artículo:

a) No deben existir conexiones con drenajes en el piso, válvulas de drenaje, juntas de expansión, albañales o cualquier otro tipo de apertura que pudieran permitir que los líquidos fluyan fuera del área protegida;

Las paredes deben estar construidas con materiales no inflamables;

Contar con ventilación natural o forzada. En los casos de ventilación forzada, debe tener una capacidad de recepción de por lo menos seis cambios de aire por hora;

d) Estar cubiertas y protegidas de la intemperie y, en su caso, contar con ventilación suficiente para evitar acumulación de vapores peligrosos y con iluminación a prueba de explosión, y

No rebasar la capacidad instalada del almacén.

Condiciones para el almacenamiento en áreas abiertas, además de las precisadas en la fracción I de este artículo:

a) Estar localizadas en sitios cuya altura sea, como mínimo, el resultado de aplicar un factor de seguridad de 1.5; al nivel de agua alcanzado en la mayor tormenta registrada en la zona,

b) Los pisos deben ser lisos y de material impermeable en la zona donde se guarden los residuos, y de material antiderrapante en los pasillos. Estos deben ser resistentes a los residuos peligrosos almacenados;

c) En los casos de áreas abiertas no techadas, no deberán almacenarse residuos peligrosos a granel, cuando éstos produzcan lixiviados, y

En los casos de áreas no techadas, los residuos peligrosos deben estar cubiertos con algún material impermeable para evitar su dispersión por viento.

En caso de incompatibilidad de los residuos peligrosos se deberán tomar las medidas necesarias para evitar que se mezclen entre sí o con otros materiales

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Artículo 83.- El almacenamiento de residuos peligrosos por parte de microgeneradores se realizara de acuerdo con lo siguiente:

I. En recipientes identificados considerando las características de peligrosidad de los residuos, así como su incompatibilidad, previniendo fugas, derrames, emisiones, explosiones e incendios;

En lugares que eviten la transferencia de contaminantes al ambiente y garantice la seguridad de las personas de tal manera que se prevengan fugas o derrames que puedan contaminar el suelo, y

Se sujetará a lo previsto en las normas oficiales mexicanas que establezcan previsiones específicas para la microgeneracion de residuos peligrosos.

Artículo 84.- Los residuos peligrosos, una vez captados y envasados, deben ser remitidos al almacén donde no podrán permanecer por un periodo mayor a seis meses.

Artículo 86.- El procedimiento para llevar a cabo el transporte de residuos peligrosos se desarrollará de la siguiente manera:

I. Por cada embarque de residuos, el generador deberá entregar al transportista un manifiesto en original, debidamente firmado y dos copias del mismo, en el momento de entrega de los residuos;

II. El transportista conservará una de las copias que le entregue el generador, para su archivo, y firmará el original del manifiesto, mismo que entregará al destinatario junto con una copia de éste, en el momento en que le entregue los residuos peligrosos para su tratamiento o disposición final;

III. El destinatario de los residuos peligrosos conservará la copia del manifiesto que le entregue el transportista, para su archivo, y firmará el original, mismo que deberá remitir de inmediato al generador, y

IV. Si transcurrido un plazo de sesenta días naturales, contados a partir de la fecha en que la empresa de servicios de manejo correspondiente reciba los residuos peligrosos para su transporte, no devuelve al generador el original del manifiesto debidamente firmado por el destinatario, el generador deberá informar a la Secretaría de este hecho a efecto de que dicha dependencia determine las medidas que procedan.

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“Instalación y operación de una planta de autoabastecimiento eléctrico en las instalaciones de Liverpool Provincia Almacén Tezontle en la Delegación Iztapalapa en México, D.F.”

Artículo 121.- Las personas que en términos de lo preceptuado en el artículo 93 de la Ley importen productos, equipos, maquinarias o cualquier otro insumo bajo el régimen de importación temporal para ser remanufacturados, reciclados o reprocesados y que generen residuos peligrosos mediante tales procesos, deberán retornar dichos residuos al país de origen de los insumos en el plazo fijado en la autorización de importación temporal o, en su defecto, dentro de un plazo no mayor a ciento ochenta días naturales contados a partir de su generación, de conformidad con el procedimiento que se establece en el presente capítulo.

Artículo 129.- Cuando existan derrames, infiltraciones, descargas o vertidos accidentales de materiales peligrosos o residuos peligrosos que no excedan de un metro cúbico, los generadores o responsables de la etapa de manejo respectiva, deberán aplicar de manera inmediata acciones para minimizar o limitar su dispersión o recogerlos y realizar la limpieza del sitio y anotarlo en sus bitácoras. Estas acciones deberán estar contempladas en sus respectivos programas de prevención y atención de contingencias o emergencias ambientales o accidentes.

Lo previsto en el presente artículo no aplica en el caso de derrames, infiltraciones, descargas o vertidos accidentales ocasionados durante el transporte de materiales o residuos peligrosos.

Artículo 130.- Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se produzcan derrames, infiltraciones, descargas o vertidos de materiales peligrosos o residuos peligrosos, en cantidad mayor a la señalada en el articulo anterior, durante cualquiera de las operaciones que comprende su manejo integral, el responsable del material peligroso o el generador del residuo peligroso y, en su caso, la empresa que preste el servicio deberá:

I. Ejecutar medidas inmediatas para contener los materiales o residuos liberados, minimizar o limitar su dispersión o recogerlos y realizar la limpieza del sitio;

II. Avisar de inmediato a la Procuraduría y a las autoridades competentes, que ocurrió el derrame, infiltración, descarga o vertido de materiales peligrosos o residuos peligrosos;

Ejecutar las medidas que les hubieren impuesto las autoridades competentes conforme a lo previsto en el artículo 72 de la Ley, y

En su caso, iniciar los trabajos de caracterización del sitio contaminado y realizar las acciones de remediación correspondientes.

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Artículo 131.- El aviso a que se refiere la fracción II del artículo anterior se formalizara dentro de los tres días hábiles siguientes al día en que hayan ocurrido los hechos y contendrá:

I. Nombre y domicilio de quien dio el aviso o nombre del generador o prestador de servicios y el número de su registro o autorización otorgados por la Secretaría;

II. Localización y características del sitio donde ocurrió el accidente;

III. Causas que motivaron el derrame, infiltración, descarga o vertido accidental;

IV. Descripción precisa de las características fisicoquímicas y toxicológicas, así como cantidad de los materiales peligrosos o residuos peligrosos derramados, infiltrados, descargados o vertidos, y

V. Medidas adoptadas para la contención.

Reglamento de la LGEEPA en materia de Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica

ARTICULO 10.- Serán responsables del cumplimiento de las disposiciones del reglamento y de las normas técnicas ecológicas que de él se deriven, las personas físicas o morales, públicas o privadas, que pretendan realizar o que realicen obras o actividades por las que se emitan a la atmósfera olores, gases o partículas sólidas o líquidas.

ARTICULO 11.- Para los efectos del reglamento se consideran:

I. Zonas de jurisdicción federal, las señaladas en las disposiciones aplicables y, en especial las siguientes:

a) Los sitios ocupados por todas las instalaciones de las terminales de transporte público federal, terrestre, aéreo y acuático;

b) Los parques industriales localizados en bienes del dominio público de la Federación; en los términos de la Ley General de Bienes Nacionales, y

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c) La zona federal marítimo-terrestre.

II. Fuentes de jurisdicción federal:

a) Las instalaciones, obras o actividades industriales, comerciales y de servicios que realicen las dependencias y entidades de la administración pública federal, en los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;

b) La industria del asbesto, así como la prevista en la fracción III del artículo 29 de la Ley;

c) La industria que se localice en la zona conurbada del Distrito Federal;

d) Las obras o actividades localizadas en un Estado, cuyas emisiones a la atmósfera contaminen o afecten el equilibrio ecológico de otro u otros Estados, cuando así lo determine la Secretaría o lo solicite a la Federación el Estado afectado por las emisiones contaminantes a la atmósfera;

e) Las obras o actividades localizadas en el territorio nacional que puedan afectar el equilibrio ecológico de otros países;

f) Los vehículos automotores hasta en tanto no salgan de la planta de producción;

g) El transporte público federal, y

a) Aquellas que por su naturaleza y complejidad requieran la intervención federal.

ARTICULO 16.- Las emisiones de olores, gases, así como de partículas sólidas y líquidas a la atmósfera que se generen por fuentes fijas, no deberán exceder los niveles máximos permisibles de emisión e inmisión, por contaminantes y por fuentes de contaminación que se establezcan en las normas técnicas ecológicas que para tal efecto expida la Secretaría en coordinación con la Secretaría de Salud, con base en la determinación de los valores de concentración máxima permisible para el ser humano de contaminantes en el ambiente que esta última determina.

Asimismo, y tomando en cuenta la diversidad de tecnologías que presentan las fuentes, podrán establecerse en la norma técnica ecológica diferentes valores al determinar los niveles máximos permisibles de emisión o inmisión, para un mismo contaminante o para una misma fuente, según se trate de:

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I. Fuentes existentes;

II. Nuevas fuentes, y

III. Fuentes localizadas en zonas críticas.

La Secretaría en coordinación con la Secretaría de Salud, y previos los estudios correspondientes, determinará en la norma técnica ecológica respectiva, las zonas que deben considerarse críticas.

ARTÍCULO 17.- Los responsables de las fuentes fijas de jurisdicción federal, por las que se emitan olores, gases o partículas sólidas o líquidas a la atmósfera estarán obligados a:

I. Emplear equipos y sistemas que controlen las emisiones a la atmósfera, para que éstas no rebasen los niveles máximos permisibles establecidos en las normas técnicas ecológicas correspondientes;

II. Integrar un inventario de sus emisiones contaminantes a la atmósfera, en el formato que determine la Secretaría;

III. Instalar plataformas y puertos de muestreo;

IV. Medir sus emisiones contaminantes a la atmósfera, registrar los resultados en el formato que determine la Secretaría y remitir a ésta los registros, cuando así lo solicite;

V. Llevar a cabo el monitoreo perimetral de sus emisiones contaminantes a la atmósfera, cuando la fuente de que se trate se localice en zonas urbanas o suburbanas, cuando colinde con áreas naturales protegidas, y cuando por sus características de operación o por sus materias primas, productos y subproductos, puedan causar grave deterioro a los ecosistemas, a juicio de la Secretaría;

VI. Llevar una bitácora de operación y mantenimiento de sus equipos de proceso y de control;

VII. Dar aviso anticipado a la Secretaría del inicio de operación de sus procesos, en el caso de paros programados y de inmediato en el caso de que éstos sean circunstanciales, si ellos pueden provocar contaminación;

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VIII. Dar aviso inmediato a la Secretaría en el caso de falla del equipo de control, para que ésta determine lo conducente, si la falla puede provocar contaminación, y

IX. Las demás que establezcan la Ley y el reglamento.

ARTICULO 18.- Sin perjuicio de las autorizaciones que expidan otras autoridades competentes, las fuentes fijas de jurisdicción federal que emitan o puedan emitir olores, gases o partículas sólidas o líquidas a la atmósfera, requerirán licencia de funcionamiento expedida por la Secretaría, la que tendrá una vigencia indefinida.

ARTÍCULO 19.- Para obtener la licencia de funcionamiento a que se refiere el artículo anterior, los responsables de las fuentes, deberán presentar a la Secretaría, solicitud por escrito acompañada de la siguiente información y documentación:

I. Datos generales del solicitante;

II. Ubicación;

III. Descripción del proceso;

IV. Distribución de maquinaria y equipo;

V. Materias primas o combustibles que se utilicen en su proceso y forma de almacenamiento;

VI. Transporte de materias primas o combustibles al área de proceso;

VII. Transformación de materias primas o combustibles;

VIII. Productos, subproductos y desechos que vayan a generarse;

IX. Almacenamiento, transporte y distribución de productos y subproductos;

X. Cantidad y naturaleza de los contaminantes a la atmósfera esperados;

XI. Equipos para el control de la contaminación a la atmósfera que vayan a utilizarse, y

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XII. Programa de contingencias, que contenga las medidas y acciones que se llevarán a cabo cuando las condiciones metereológicas de la región sean desfavorables; o cuando se presten emisiones de olores, gases, así como de partículas sólidas y líquidas extraordinarias no controladas.

La información a que se refiere este artículo deberá presentarse en el formato que determine la Secretaría, quien podrá requerir la información adicional que considere necesaria y verificar en cualquier momento, la veracidad de la misma.

ARTICULO 21.- Una vez otorgada la licencia de funcionamiento, el responsable de la fuente fija deberá remitir a la Secretaría, en el mes de febrero de cada año y en el formato que ésta determine una cédula de operación que contenga la información y documentación prevista en el artículo 19 del reglamento.

ARTÍCULO 24.- Los ductos o las chimeneas a que se refiere el artículo anterior, deberán tener la altura efectiva necesaria, de acuerdo con la norma técnica ecológica correspondiente, para dispersar las emisiones contaminantes.

ARTICULO 25.- Las mediciones de las emisiones contaminantes a la atmósfera, se llevarán a cabo conforme a los procedimientos de muestreo y cuantificación establecidos en las normas oficiales mexicanas o, en su caso, en las normas técnicas ecológicas correspondientes. Para evaluar la emisión total de contaminantes atmosféricos de una fuente múltiple, se deberán sumar las emisiones individuales de las chimeneas existentes.

ARTICULO 26.- Los responsables de las fuentes fijas de jurisdicción federal, deberán conservar en condiciones de seguridad las plataformas y puertos de muestreo y mantener calibrados los equipos de medición, de acuerdo con el procedimiento previsto en la norma oficial mexicana correspondiente.

Reglamento de la LGEEPA contra la Contaminación Originada por la Emisión de Ruido

ARTICULO 8o.- Los responsables de las fuentes emisoras de ruido, deberán proporcionar a las autoridades competentes la información que se les requiera,

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respecto a la emisión de ruido contaminante, de acuerdo con las disposiciones de este reglamento.

ARTICULO 11.- El nivel de emisión de ruido máximo permisible en fuentes fijas es de 68 dB (A) de las seis a las veintidós horas, y de 65 dB de las veintidós a las seis horas. Estos niveles se medirán en forma continua o semicontinua en las colindancias del predio, durante un lapso no menor de quince minutos, conforme a las normas correspondientes.

El grado de molestia producido por la emisión de ruido máximo permisible será de 5 en una escala Likert modificada de 7 grados. Este grado de molestia será evaluado, en un universo estadístico representativo conforme a las normas correspondientes.

ARTICULO 15.- Los establecimientos industriales, comerciales, de servicio público y en general toda edificación, deberán construirse de tal forma que permitan un aislamiento acústico suficiente para que el ruido generado en su interior, no rebase los niveles permitidos en el artículo 11 de este Reglamento, al trascender a las construcciones adyacentes, a los predios colindantes o a la vía pública, lo anterior sin perjuicio de las facultades que competen al Departamento del Distrito Federal.

En caso de que técnicamente no sea posible conseguir este aislamiento acústico, dichas construcciones deberán localizarse dentro del predio, de tal forma que la dispersión acústica cumpla con lo dispuesto en el citado artículo.

Normas Oficiales Mexicanas

En cuestión de Normas Oficiales Mexicanas en este proyecto se atenderán particularmente lo establecido para el aspecto de emisiones a la atmósfera, en materia de ruido, las cuales se mencionan a continuación:

NOM-085-SEMARNAT-1994, contaminación atmosférica-FUENTES FIJAS.- para fuentes fijas que utilizan combustibles fósiles sólidos, líquidos o gaseosos o cualquiera de sus combinaciones, que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de humos, partículas suspendidas totales, bióxidos de azufre y óxidos de nitrógeno y los requisitos y condiciones para la operación de los equipos de calentamiento indirecto por combustión, así como los niveles

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máximos permisibles de emisión de bióxido de azufre en los equipos de calentamiento directo por combustión.

NOM-081-SEMARNAT-1994, que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición.

NOM-052-SEMARNAT-2005, que establece las características de los residuos peligrosos, el listado de los mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente.

NOM-053-SEMARNAT-1993, que establece el procedimiento para llevar a cabo la prueba de extracción para determinar los constituyentes que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente.

NOM-054-SEMARNAT-1993, que establece el procedimiento para determinar la incompatibilidad entre dos o más residuos considerados como peligrosos por la norma oficial mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005.

MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL • Sector Eléctrico Modalidad Particular

LIVERPOOL TEZONTLE

• • CAPÍTULO VII

PRONÓSTICO AMBIENTAL Y EN SU CASO, EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS

CONTENIDO

CAPÍTULO VII PRONÓSTICOS AMBIENTALES Y EN SU CASO, EVALUACIÓN

DE ALTERNATIVAS................................................................VII-1 VII.1 Pronóstico del Escenario.......................................................VII-1 VII.2 Programa de Vigilancia Ambiental........................................VII-2 VII.3 Conclusiones ..........................................................................VII-4

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Capítulo VII Pronósticos ambientales y en su caso, Evaluación de Alternativas.

VII.1 Pronóstico del Escenario

De acuerdo a los resultados arrojados en la identificación de los impactos ambientales (Capítulo V), el principal factor ambiental afectado por la construcción de la Planta de Autoabastecimiento de Electricidad Liverpool Tezontle, es el aire.

El mayor efecto negativo se presenta en los componentes ambientales calidad (emisiones) y visibilidad del factor ambiental aire, se verán afectados de manera negativa durante la etapa de construcción y de operación del sistema de autoabastecimiento debido al uso de vehículos y maquinaria, los efectos negativos que se presentarán sobre estos componentes ambientales serán de carácter temporal, de intensidad moderada y mitigables; la operación de los motogeneradores generará emisiones a la atmósfera debido a la combustión de diesel, las emisiones que se tendrá durante la etapa de operación y sus concentraciones no rebasarán los límites establecidos por la Normatividad Aplicable.

En el suelo los efectos derivados de las transporte de materiales y disposición de residuos durante la construcción, instalación y operación del sistema de Autoabastecimiento de Electricidad, son importantes, considerando que su magnitud es permanente. Es importante mencionar en este punto, que la planta de

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Autoabastecimiento no será instalada sobre suelo nativo; únicamente se realizarán excavaciones sobre la azotea de la tienda Liverpool Tezontle para la instalación de los equipos principales del sistema de Autoabastecimiento como son los motogeneradores, equipo de recuperación de calor, dique de contención. Aunado a lo anterior, resulta importante recordar que el sistema de Autoabastecimiento de electricidad de la empresa Liverpool Tezontle, se pretende instalar en la azotea de las instalaciones de la tienda, por lo que el suelo ya ha sido impactado desde la construcción de esta tienda.

El subsistema biótico no se verá afectado durante la ejecución de cualquiera de las etapas que integran este proyecto (construcción, operación y mantenimiento); como ya se había mencionado en el párrafo anterior, el área donde se pretende instalar el sistema de Autoabastecimiento es en la azotea de las instalaciones de la tienda Liverpool Tezontle, no se tiene la presencia de especies animales o vegetales de ningún tipo que pudieran ser afectadas por la operación del sistema de Autoabastecimiento de electricidad.

Las medidas de mitigación, preventivas y de restauración señaladas para el subsistema biótico aseguran eliminar los impactos que pudieran presentarse en la vegetación presente a los alrededores de la planta de autoabastecimiento; en tanto que los efectos residuales hacia estos factores se consideran nulos, ya que no representan elementos ambientales que intensifiquen o consoliden los procesos de cambio y degradación.

La operación de la planta de autoabastecimiento generará cambios en el corto plazo en el escenario regional, lo que apoyará el desarrollo de actividades productivas, contribuirá a mejor los niveles de bienestar y se traducirá en efectos positivos en el largo plazo en el desarrollo económico regional. Por otro lado, la economía local mejorará por el empleo temporal que generará la construcción de la planta, porque se dará preferencia a la población más cercana al proyecto.

VII.2 Programa de Vigilancia Ambiental

La instalación y operación de la Planta de Autoabastecimiento no impactará de manera crítica ningún factor ambiental que modifique las tendencias actuales en el sistema ambiental, por ello no se considera necesario proponer un programa de

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monitoreo tan amplio, sin embargo se seguirán todas las medidas mencionadas en cada una de las etapas del proyecto en los capítulos del presente estudio.

Por otro lado, con base al análisis presentado en capítulos anteriores de este estudio, los factores ambientales a ser afectados en forma negativa son el aire y suelo, por lo que durante el desarrollo de este proyecto se tendrán medidas que disminuyan el impacto sobre estos factores.

En la etapa de construcción para mitigar los impactos negativos sobre el aire, se asegurará que los camiones que transporten materiales hacia el sitio de la obra o la saquen de la misma, cubran las cajas con una lona para evitar la dispersión de partículas durante su recorrido.

Los residuos generados durante la construcción del sistema de Autoabastecimiento de electricidad, serán dispuestos en contenedores que estarán distribuidos en los diferentes puntos de generación para después ser enviados a su disposición final en el lugar designado por la delegación; en cuanto a los residuos peligrosos que se generen se almacenarán en el sitio.

Se recomienda que los residuos sean almacenados en un almacén de Residuos Peligrosos de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Peligrosos. El manejo de los residuos se deberá sujetar a lo dispuesto en dicho reglamento y en las Normas Oficiales Mexicanas Aplicables.

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VII.3 Conclusiones

El presente estudio se realiza dada la necesidad de la realización del proyecto Instalación y Operación de una Planta de Autoabastecimiento de Electricidad en las instalaciones de Liverpool Tezontle en la Delegación Iztapalapa en México, D.F., para el propio consumo y suministro de electricidad a empresas establecidas en el Centro Comercial Parque Tezontle; dentro del proyecto se contempla la instalación de tres motogeneradores.

En ese sentido, los planteamientos para la construcción y operación de estos equipos requieren su ubicación en las áreas planificadas dentro de las instalaciones actuales de Liverpool Tezontle en Iztapalapa, México D.F.

Es importante remarcar que el sitio considerado para el desarrollo del proyecto se encuentra clasificado con base al Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Iztapalapa, con un tipo de suelo E 3/50. En esta zonificación (E) se permite todo tipo de equipamiento público o privado y aplica a usos ya establecidos o en terrenos baldíos de propiedad pública, donde sea factible proponer algún servicio como: instalaciones y establecimientos de servicios para la educación, cultura, salud, abasto, recreación y deporte, comunicaciones, infraestructura, transporte y mortuorio; por tanto, la instalación de la Planta no afectará el uso de suelo de la zona.

El Certificado de Zonificación para Uso del Suelo Específico Folio No. 19250 SEDUVI con fecha de expedición 25 de abril de 2006, otorgado por la Dirección General de Desarrollo Urbano, se presenta en el Anexo 4.

Como cualquier acción de desarrollo de infraestructura, la implementación del proyecto conlleva una etapa constructiva que implica alteraciones o factores negativos en el área donde se proyecta su ubicación, entre los impactos ambientales de carácter negativo los más relevantes que se pudieron identificar se encuentra la hidrología y el suelo. De igual manera, se prevén períodos de demanda de recursos materiales para satisfacer las necesidades de la construcción cuya magnitud representa un fuerte cambio positivo en la comunidad.

El estudio de evaluación de impacto ambiental realizado a este proyecto señala que los impactos negativos más importantes son los que se realizan a los factores de aire, suelo e hidrología subterránea, siendo la mayoría de sus efectos de carácter temporal.

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Para todos estos impactos ambientales se plantearon medidas de prevención y/o mitigación que permitan hacer asimilables los efectos o cambios generados por el desarrollo del proyecto.

Así mismo, el desarrollo de este proyecto también representa cambios o efectos benéficos para la zona, los efectos benéficos están considerados en primera instancia con la contratación de mano de obra en las etapas de preparación del terreno y construcción, después, y más importante con la operación que traerá beneficios importantes en la economía regional y local.

Además si se toma en consideración que el grueso de las contrataciones sería de carácter local, este proyecto difícilmente generará problemas de inflación o demanda excesiva de recursos alimentarios.

Desde el punto de vista económico regional, este proyecto permitirá generar nuevos empleos permanentes y acelerar las industrias de construcción, servicios y proveedores.

El impacto global obtenido, es el resultado de considerar todos lo efectos del proyecto de una manera integral en el sistema ambiental, es de un balance negativo de 10.879 UA de las 1 000 UA distribuidas en todo el sistema, por tanto, equivale a un efecto del 1.09% de impacto global que puede considerarse despreciable a la vista de la necesidad de la obra y de los benéficos que promoverá.

Puesto que el objetivo fundamental del proyecto es la generación de energía eléctrica, se puede afirmar que esta propuesta tiene una fuerte orientación hacia la protección ambiental, ya que se contará con un mejor proceso, lo que permitirá reducir en forma considerable la emisión de contaminantes a la atmósfera.

Por lo anterior, se considera que el proyecto es socialmente útil y ecológicamente aceptable en materia de Impacto Ambiental debido a que los impactos adversos que se generarán van a ser de naturaleza mínima y rápidamente recuperados; y en contraparte se prevén impactos positivos, tanto en la economía local, regional y nacional, así como en el aspecto ambiental dado que es nula la presencia vegetación y fauna en el área.

MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Sector Eléctrico Modalidad Particular

LIVERPOOL PROVINCIA, ALMACÉN TEZONTLE

CAPÍTULO VIII IDENTIFICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS METODOLÓGICOS Y ELEMENTOS

TÉCNICOS QUE SUSTENTAN LA INFORMACIÓN SEÑALADA EN LAS FRACCIONES ANTERIORES.

CONTENIDO

Capítulo VIII. Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos

técnicos que sustentan la información señalada en las fracciones anteriores. ............................................................................................ 1

VIII.1 Formatos de presentación ............................................................... 1 VIII.1.1 Planos definidos. .............................................................................. 1 VIII.1.2 Fotografías del Sitio ......................................................................... 3 VIII.2 Bibliografía ........................................................................................ 6 VIII.3 Glosario de términos ........................................................................ 7

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Capítulo VIII IDENTIFICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS METODOLÓGICOS Y ELEMENTOS TÉCNICOS QUE SUSTENTAN LA

INFORMACIÓN SEÑALADA EN LAS FRACCIONES ANTERIORES.

VIII.1 Formatos de presentación

De acuerdo con el Art. 19 del reglamento de la Ley General del equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación de Impacto ambiental, el presente estudio de la Manifestación de Impacto Ambiental correspondiente al proyecto de “Instalación y operación de una planta de autoabastecimiento eléctrico en las instalaciones de Liverpool Tezontle”, será entregado en ejemplar impreso; así como todo el estudio grabado en memoria magnética.

VIII.1.1 Planos definidos.

Los planos que se emplearon para identificar las características ambientales de la zona donde se ubicará el proyecto tales como: Clima, Geología, Topografía, Hidrografía; fueron tomados de la siguiente bibliografía:

INEGI. Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática.

• INEGI. Carta Topográfica, clave E14A39, Ciudad de México. Escala 1: 50 000.

• INEGI. Carta hidrológica de aguas subterráneas, clave E14-2, Ciudad de México. Escala 1: 250 000.

• INEGI. Carta edafológica, clave E14A39, Ciudad de México. Escala 1: 50 000.

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Las cartas mencionadas anteriormente se incluyen en el Anexo 10 de este estudio.

Adicionales a los planos anteriores en la Sección de Anexos de este estudio se presentan los siguientes planos:

Croquis de Localización del Proyecto.

Plano de instalación eléctrica. Diagrama unifilar

Plano de conjunto arquitectónico

Plano de instalación hidráulica

Planos de instalaciones

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VIII.1.2 Fotografías del Sitio

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VIII.2 Bibliografía

• CFE. 1993. Manual de Diseño de Obras Civiles. Estructura, Criterios de Diseño. C.1.3. Diseño por Sismo. México.

• Conesa F. V. 1995. Guía metodológica para la evaluación del impacto ambiental. 2ª Edición. Ediciones Mundi Prensa, España.

• Esteva L. 1970. Regionalización Sísmica de la República Mexicana para fines de Ingeniería. Informe 246. Instituto de Ingeniería. UNAM. México.

• Estevan B. M. 1989. Evaluación del impacto ambiental. 2ª Edición. Editorial MAPFRE, España.

• H. B. Dec. 1970. Seed and I. Idriss. 1970. Soil Moduli and Camping Factors for Dynamic Response Análisis. Report No. EERC 70-10. College of Engineering, University of California. Berkeley, Cal.

• Leopold A. S. 1971. A procedure for evaluating environment impact. Geol. Sursurv.

• SEMARNAT. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (y disposiciones complementarias). 19ª Edición. Editorial Porrúa.

• Zeevaert L. 1982. Foundation Engineering for Susoil Conditions. 2nd Edition. Ed. Van Nostrand Reinhold. New York.

• Zeevaert L. Octubre de 1984. Viscosidad Intragranular en Suelos Finos Saturados. División de Estudios de Posgrado. Facultad de Ingeniería, UNAM. 1ª Edición. México.

• Programa Delegacional de Desarrollo Urbano de Iztapalapa.

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“Instalación y operación de una planta de autoabastecimiento eléctrico en las instalaciones de Liverpool Provincia Almacén Tezontle en la Delegación Iztapalapa en México, D.F.”

• INEGI. 2006. Cuaderno estadístico delegacional Iztapalapa México D.F.

• INEGI. Carta Topográfica, clave E14A39, Ciudad de México. Escala 1: 50 000.

• INEGI. Carta hidrológica de aguas subterráneas, clave E14-2, Ciudad de México. Escala 1: 250 000.

• INEGI. Carta edafológica, clave E14A39, Ciudad de México. Escala 1: 50 000.

VIII.3 Glosario de términos

Área agropecuaria: Terreno que se utiliza para la producción agrícola o la cría de ganado, el cual ha perdido la vegetación original por las propias actividades antropogénicas. Área industrial, de equipamiento urbano o de servicios: Terreno urbano o aledaño a un área urbana, donde se asientan un conjunto de inmuebles, instalaciones, construcciones y mobiliario utilizado para prestar a la población los servicios urbanos y desarrollar las actividades económicas. Área de maniobras: Área que se utiliza para el prearmado, montaje y vestidura de estructuras de soporte cuyas dimensiones están en función del tipo de estructura a utilizar. Área rural: Zona con núcleos de población frecuentemente dispersos menores a 5,000 habitantes. Generalmente, en estas áreas predominan las actividades agropecuarias. Área urbana: Zona caracterizada por presentar asentamientos humanos concentrados de más de 15,000 habitantes. En estas áreas se asientan la administración pública, el comercio organizado y la industria y presenta alguno de los siguientes servicios: drenaje, energía eléctrica y red de agua potable. Beneficioso o perjudicial: Positivo o negativo. Biodiversidad: Es la variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otros, los ecosistemas terrestres, marinos y otros ecosistemas

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acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas. Brecha de maniobras y patrullaje: Franja de terreno ubicada sobre el eje central del derecho de vía a lo largo de la trayectoria de la línea de transmisión o subtransmisión eléctrica, que se utiliza para transportar al personal, los materiales y el equipo necesarios para los trabajos de construcción y para la vigilancia y mantenimiento de la línea durante su operación. Componentes ambientales críticos: Serán definidos de acuerdo con los siguientes criterios: fragilidad, vulnerabilidad, importancia en la estructura y función del sistema, presencia de especies de flora, fauna y otros recursos naturales considerados en alguna categoría de protección, así como aquellos elementos de importancia desde el punto de vista cultural, religioso y social. Componentes ambientales relevantes: Se determinarán sobre la base de la importancia que tienen en el equilibrio y mantenimiento del sistema, así como por las interacciones proyecto-ambiente previstas. Daño ambiental: Es el que ocurre sobre algún elemento ambiental a consecuencia de un impacto ambiental adverso. Daño a los ecosistemas: Es el resultado de uno o más impactos ambientales sobre uno o varios elementos ambientales o procesos del ecosistema que desencadenan un desequilibrio ecológico. Daño grave al ecosistema: Es aquel que propicia la pérdida de uno o varios elementos ambientales, que afecta la estructura o función, o que modifica las tendencias evolutivas o sucesionales del ecosistema. Derecho de vía: Es la franja de terreno que se ubica a lo largo de cada línea aérea, cuyo eje longitudinal coincide con el trazo topográfico de la línea. Su dimensión transversal varía de acuerdo con el tipo de estrucuras, con la magnitud y el desplazamiento lateral de la flecha y con la tensión eléctrica de operación. Desequilibrio ecológico grave: Alteración significativa de las condiciones ambientales en las que se prevén impactos acumulativos, sinérgicos y residuales que ocasionarían la destrucción, el aislamiento o la fragmentación de los ecosistemas.

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Duración: El tiempo de duración del impacto; por ejemplo, permanente o temporal. Especies de difícil regeneración: Las especies vulnerables a la extinción biológica por la especificidad de sus requerimientos de hábitat y de las condiciones para su reproducción. Impacto ambiental: Modificación del ambiente ocasionada por la acción del hombre o de la naturaleza. Impacto ambiental acumulativo: El efecto en el ambiente que resulta del incremento de los impactos de acciones particulares ocasionado por la interacción con otros que se efectuaron en el pasado o que están ocurriendo en el presente. Impacto ambiental residual: El impacto que persiste después de la aplicación de medidas de mitigación. Impacto ambiental significativo o relevante: Aquel que resulta de la acción del hombre o de la naturaleza, que provoca alteraciones en los ecosistemas y sus recursos naturales o en la salud, obstaculizando la existencia y desarrollo del hombre y de los demás seres vivos, así como la continuidad de los procesos naturales. Impacto ambiental sinérgico: Aquel que se produce cuando el efecto conjunto de la presencia simultánea de varias acciones supone una incidencia ambiental mayor que la suma de las incidencias individuales contempladas aisladamente. Importancia: Indica qué tan significativo es el efecto del impacto en el ambiente. Para ello se considera lo siguiente: a) La condición en que se encuentran el o los elementos o componentes ambientales que se verán afectados. b) La relevancia de la o las funciones afectadas en el sistema ambiental. c) La calidad ambiental del sitio, la incidencia del impacto en los procesos de deterioro. d) La capacidad ambiental expresada como el potencial de asimilación del impacto y la de regeneración o autorregulación del sistema. e) El grado de concordancia con los usos del suelo y/o de los recursos naturales actuales y proyectados.

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Irreversible: Aquel cuyo efecto supone la imposibilidad o dificultad extrema de retornar por medios naturales a la situación existente antes de que se ejecutara la acción que produce el impacto. Línea de transmisión: Es aquella que conduce la energía eléctrica con tensiones de 161 (ciento sesenta y uno) kV o mayores. Magnitud: Extensión del impacto con respecto al área de influencia a través del tiempo, expresada en términos cuantitativos. Medidas de compensación: Conjunto de acciones que tienen como fin el compensar el deterioro ambiental ocasionado por los impactos ambientales asociados a un proyecto, ayudando así a restablecer las condiciones ambientales que existían antes de la realización de las actividades del proyecto. Medidas de prevención: Conjunto de acciones que deberá ejecutar el promovente para evitar efectos previsibles de deterioro del ambiente. Medidas de mitigación: Conjunto de acciones que deberá ejecutar el promovente para atenuar el impacto ambiental y restablecer o compensar las condiciones ambientales existentes antes de la perturbación que se causará con la realización de un proyecto en cualquiera de sus etapas. Naturaleza del impacto: Se refiere al efecto benéfico o adverso de la acción sobre el ambiente. Reversibilidad: Ocurre cuando la alteración causada por impactos generados por la realización de obras o actividades sobre el medio natural puede ser asimilada por el entorno debido al funcionamiento de procesos naturales de la sucesión ecológica y de los mecanismos de autodepuración del medio. Sistema ambiental: Es la interacción entre el ecosistema (componentes abióticos y bióticos) y el subsistema socioeconómico (incluidos los aspectos culturales) de la región donde se pretende establecer el proyecto. Superficie total: Suma de la superficie por tramo (longitud del tramo por el ancho del derecho de vía). Superficie por tramo: Es el resultado de multiplicar la longitud del tramo por el ancho del derecho de vía.

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Urgencia de aplicación de medidas de mitigación: Rapidez e importancia de las medidas correctivas para mitigar el impacto, considerando como criterios si el impacto sobrepasa umbrales o la relevancia de la pérdida ambiental, principalmente cuando afecta las estructuras o funciones críticas. Vegetación natural: Conjunto de elementos arbóreos, arbustivos y herbáceos presentes en el área por afectar por la obras de infraestructura eléctrica y sus asociadas.