madres gestantes 1

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BLACK COLOR 2da. quincena, ENERO 2007 REVISTA DE ASESORÍA ESPECIALIZADA G INFORMATIVO CABALLERO BUSTAMANTE CONTENIDO Informe Especial Normas especiales para madres trabajadoras G1 –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– Modelos y Formatos Modelos referidos a derechos de las madres trabajadoras G4 –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– Comentarios Normas complementarias del Sistema de Inspección Laboral G5 Aportes y retribuciones en el Sistema Privado de Pensiones G6 Informe Especial Normas especiales para madres trabajadoras n Introducción Según el artículo 23° de la Constitución "El trabajo en sus diversas modalidades, es objeto de atención prioritaria del Estado, el cual pro- tege especialmente a las madres, al menor de edad y al impedido que trabajan." Con relación a este dipositivo se han regulado una serie de beneficios laborales a favor de las trabajadoras que tienen la condición de madres. En el presente informe se analizarán las principales normas que configuran este régimen de protección a favor de las madres trabajadoras. 1. Protección contra el despido nulo Según el literal e. del artículo 29º del D.S. Nº 003-97-TR (27.03.97) se considera nulo el despido que tenga por motivo el embarazo, si aquel se produce en cualquier momento del período de gestación o dentro de los 90 días posteriores al parto. Se presumirá que el despido tiene por motivo el embarazo, en los casos en los que el empleador no acredite la existencia de causa justa de despido. Para alcanzar la protección antes descrita, es necesario que la trabajadora haya notificado documentalmente al em- pleador del embarazo en forma previa al despido, debiéndose aclarar además que dicha protección no enerva el derecho del empleador a despedir a la trabajadora por causa justa contemplada en la ley. Al respecto, según la sentencia casatoria Nº 275-2005-AREQUIPA (publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 02.11.2006) dicha notificación no será necesaria si el estado de gestación de la trabajadora es evidente. 2. Descanso pre y post natal Otro de los derechos concedidos a favor la madre trabajadora es el descanso pre y post natal, el cual se encuentra regulado por la Ley Nº 26646 (27.06.96) –modificado por la Ley N° 27402 (20.01.2001)– y complementa- do por la Ley Nº 27606 (23.12.2001). De acuerdo con estas normas la madre trabajadora tiene derecho a lo siguientes beneficios. a. Descanso por 90 días La trabajadora gestante tiene derecho a gozar de 45 días de descanso pre natal y 45 días de descanso post natal. El descanso post natal se extenderá por 30 días naturales adicionales en los casos de nacimiento múltiple. b. Adelanto y retraso del parto En los casos en los que se produjera el adelanto del alumbramiento respecto de la fecha probable del parto fijada para es- tablecer el inicio del descanso pre natal, los días de adelanto deberán acumularse al descanso post natal. Cuando el alumbramiento se produjera después de la fecha probable de parto, los días de retraso deberán ser consi- derados como descanso médico por incapacidad temporal para el trabajo y serán pagados como tales. c. Postergación del descanso La trabajadora puede decidir que el goce del descanso pre natal sea diferido par- cial o totalmente, y acumulado al post natal. Para ello, deberá comunicar su decisión al empleador con una antelación no menor de 2 meses a la fecha probable del parto, adjuntado el informe médico que certifique que dicha postergación no afectará su salud ni la del concebido. Esta postergación no autoriza a la traba- jadora gestante a variar o abstenerse del cumplimiento de sus labores habituales, salvo acuerdo con el empleador. d. Goce del descanso vacacional Las trabajadoras gestantes tienen derecho a que el período de descan- so vacacional por récord cumplido y vencido pendiente de goce, se inicie a partir del día siguiente de concluido el descanso post natal, siempre y cuando comunique tal decisión a su empleador con una anticipación no menor de 15 días calendario al inicio del goce del descanso vacacional. Durante estos períodos de descanso la madre trabajadora podrá gozar de los subsidios que otorga la seguridad social, es decir, el subsidio por pre y post natal y el subsidio por lactancia, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en las normas pertinentes. 3. Permiso por lactancia De acuerdo con la Ley Nº 27240 (23.12.99), modificada por las Leyes Nºs. 27591 (13.12.2001) y 28731 (13.05.2006) y comple- mentada por la Ley Nº 27403 (20.01.2001) la madre trabajadora al término de su período de descanso post natal tiene derecho a una hora diaria de permiso por lactancia materna hasta que su hijo tenga 1 año de edad. Este permiso podrá ser fraccionado en 2 tiempos iguales y será otorgado dentro de su jornada laboral. En caso de parto múltiple, el permiso se incrementará una hora más al día. La oportunidad del goce de este des- canso será acordada por el empleador y la trabajadora. La hora diaria de permiso por lactancia materna se considerará como efectivamente laborada para todo efecto legal, inclusive para lo relativo al goce de la remuneración correspondiente. Por último, este beneficio no puede ser compensado ni sustituido por ningún otro, y no afecta los mayores beneficios

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2da. quincena, ENERO 2007REVISTA DE ASESORÍA ESPECIALIZADA G�INFORMATIVO

CABALLERO BUSTAMANTE

CONTENIDO

Informe EspecialNormasespecialesparamadrestrabajadoras G1––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––Modelos y FormatosModelosreferidosaderechosdelasmadrestrabajadoras G4––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––ComentariosNormascomplementariasdelSistemadeInspecciónLaboral G5AportesyretribucionesenelSistemaPrivadodePensiones G6

Informe Especial

Normas especiales para madres trabajadorasn Introducción

Segúnelartículo23°delaConstitución"Eltrabajoensusdiversasmodalidades,esobjetodeatenciónprioritariadelEstado,elcualpro-tegeespecialmentealasmadres,almenordeedadyalimpedidoquetrabajan."

Con relación a este dipositivo se hanreguladounaseriedebeneficios laboralesa favor de las trabajadoras que tienen lacondicióndemadres.Enelpresenteinformese analizarán las principales normas queconfiguran este régimen de protección afavordelasmadrestrabajadoras.

1. Protección contra el despido nulo

Segúnelliterale.delartículo29ºdelD.S.Nº003-97-TR(27.03.97)seconsideranuloeldespidoquetengapormotivoelembarazo,siaquelseproduceencualquiermomentodelperíododegestaciónodentrodelos90díasposterioresalparto.Sepresumiráqueel despido tiene por motivo el embarazo,en los casos en los que el empleador noacredite la existencia de causa justa dedespido.Paraalcanzarlaprotecciónantesdescrita, es necesario que la trabajadorahaya notificado documentalmente al em-pleador del embarazo en forma previa aldespido, debiéndose aclarar además quedichaprotecciónnoenervaelderechodelempleadoradespediralatrabajadoraporcausajustacontempladaenlaley.

Alrespecto,segúnlasentenciacasatoriaNº 275-2005-AREQUIPA (publicada en elDiario Oficial "El Peruano" el 02.11.2006)dicha notificación no será necesaria si elestado de gestación de la trabajadora esevidente.

2. Descanso pre y post natal

Otrodelosderechosconcedidosafavor

lamadre trabajadoraeseldescansopreypostnatal,elcualseencuentrareguladoporlaLeyNº26646(27.06.96)–modificadoporlaLeyN°27402(20.01.2001)–ycomplementa-doporlaLeyNº27606(23.12.2001).

Deacuerdoconestasnormaslamadretrabajadora tiene derecho a lo siguientesbeneficios.

a. Descanso por 90 días Latrabajadoragestantetienederechoa

gozarde45díasdedescansoprenataly45díasdedescansopostnatal.

Eldescansopostnatalseextenderápor30díasnaturalesadicionalesenloscasosdenacimientomúltiple.

b. Adelanto y retraso del parto Enloscasosenlosqueseprodujerael

adelantodelalumbramientorespectodelafechaprobabledelpartofijadaparaes-tablecereliniciodeldescansoprenatal,losdíasdeadelantodeberánacumularsealdescansopostnatal.

Cuandoelalumbramientoseprodujeradespuésde la fechaprobabledeparto,los días de retraso deberán ser consi-derados como descanso médico porincapacidad temporal para el trabajo yseránpagadoscomotales.

c. Postergación del descanso Latrabajadorapuededecidirqueelgoce

deldescansoprenatalseadiferidopar-cial o totalmente, y acumulado al postnatal. Para ello, deberá comunicar sudecisiónalempleadorconunaantelaciónnomenorde2mesesalafechaprobabledelparto,adjuntadoel informemédicoque certifique que dicha postergaciónnoafectarásusaludniladelconcebido.Estapostergaciónnoautorizaalatraba-jadoragestanteavariaroabstenersedelcumplimientodesuslaboreshabituales,salvoacuerdoconelempleador.

d. Goce del descanso vacacional Las trabajadoras gestantes tienen

derecho a que el período de descan-so vacacional por récord cumplido yvencidopendientedegoce,seinicieapartirdeldíasiguientedeconcluidoeldescansopostnatal,siempreycuandocomuniquetaldecisiónasuempleadorcon una anticipación no menor de 15días calendario al inicio del goce deldescansovacacional.

Durante estos períodos de descansola madre trabajadora podrá gozar de lossubsidios que otorga la seguridad social,esdecir,elsubsidioporpreypostnatalyelsubsidioporlactancia,siempreycuandocumpla con los requisitos establecidos enlasnormaspertinentes.

3. Permiso por lactancia

DeacuerdoconlaLeyNº27240(23.12.99),modificada por las Leyes Nºs. 27591(13.12.2001)y28731(13.05.2006)ycomple-mentadaporlaLeyNº27403(20.01.2001)lamadretrabajadoraaltérminodesuperíododedescansopostnataltienederechoaunahoradiariadepermisoporlactanciamaternahastaquesuhijotenga1añodeedad.Estepermisopodráserfraccionadoen2tiemposigualesyseráotorgadodentrodesujornadalaboral.Encasodepartomúltiple,elpermisoseincrementaráunahoramásaldía.

La oportunidad del goce de este des-cansoseráacordadaporelempleadorylatrabajadora.

Lahoradiariadepermisopor lactanciamaternaseconsiderarácomoefectivamentelaborada para todo efecto legal, inclusiveparalorelativoalgocedelaremuneracióncorrespondiente.

Por último, este beneficio no puedeser compensado ni sustituido por ningúnotro, y no afecta los mayores beneficios

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otorgados sobre esta misma materia porleyespecífica,pactocolectivoocostumbrereconocida.

4. Proteción a la mujer gestante en labores de riesgo

MediantelaLeyN°28048(01.08.2003)seestablecióqueenloscentrosdetrabajolasmujeresgestantessolicitaránalempleadornorealizarlaboresqueponganenpeligrolasaludodesarrollodelembriónyfetoduranteelperíododegestación.Asimismo,luegodetomarconocimientodelosolicitadoporlatrabajadora, el empleador deberá asignarlaboresquenoacarreenriesgoparasusaludoelniño,sinqueestoafectelosderechoslaboralesdelamadretrabajadora.

Dicha norma ha sido reglamentada atravésdelD.S.N°009-2004-TR(21.07.2004)elcualdesarrollalaformaenquedebenllevaracabodichaslabores,sinquesegenereriesgoparalatrabajadoragestanteoelniño.

4.1. Situaciones consideradas riesgosas Sonsituacionessusceptiblesdeponer

enriesgolasaluddelamujergestanteoeldesarrollonormaldelembriónyelfeto,lassiguientes:a. Dentrodelosriesgosgeneradospor

las condiciones de trabajo duranteelperíododegestación:– La exposición de la mujer ges-

tanteaagentesfísicos,químicos,biológicos,ergonómicosypsico-sociales, procedimientos o con-diciones de trabajo peligrosos,debidoallugardondedesarrollalaslaborespropiasdesupuestodetrabajo.

– La manipulación de sustanciaspeligrosas necesarias para larealizacióndelaslaborespropiasdesupuestodetrabajo.

b. Asimismo, existen riesgos adicio-nales derivados de cambios en lamujergestante.– El deterioro preexistente en la

saludde lamujerque,unidoalestado de gestación, le impidedesarrollarlaborespropiasdesupuestode trabajo, sin constituirincapacidad temporal para eltrabajo.

– Eldeteriorodelestadodesaludocondiciónfísicageneradoporelembarazo,queimpidealamujergestantedesarrollarlaborespro-piasdesupuestodetrabajo,sinconstituir incapacidad temporalparaeltrabajo.

4.2. Carácter temporal del cambio de labores

Laasignacióndenuevaslaboresodis-tintasalashabitualesesunasituacióntemporal,lacualsevaamanteneren

tantopersistaalgunadelassituacionesdescritasenelnumeral4.1,paraculmi-narconelparto.

Sin embargo, por pacto individual oconvenio colectivo se puede acordarextenderlamedidahastaqueconcluyaelperíodode lactancia,enatenciónalosriesgosquepuedanafectaralreciénnacidoatravésdelalechematerna.

4.3. Obligaciones del empleadora. Evaluarlosriesgosporexposicióna

agentesfísicos,químicos,biológicos,ergonómicosypsicosociales,proce-dimientosocondicionesde trabajoque,porelpuestode trabajooporlas laboresquese realizan,puedanafectarlasaluddelamujergestanteoeldesarrollonormaldelembriónyelfeto,demaneraciertaopotencial.

Dicha evaluación debe contemplarlosiguiente:– Naturaleza,gradoyduraciónde

laexposición.– Valores límite permitidos de

exposición.– Posiblesefectosen la saludde las

trabajadoras expuestas a riesgosparticulares.

b. Ponerenconocimientodelpersonalel resultado de la evaluación deriesgosquepuedenafectarlasaluddelamujergestanteoeldesarrollonormaldelembriónyelfeto.

c. Repetir la evaluación cada vezqueseproduzcauncambioen lascondiciones de trabajo que puedaimplicarunaexposiciónde los tra-bajadores.

4.4. Colaboración de la inspección de trabajo

Elempleadorolamujergestantepodránsolicitarlaorientacióndelainspeccióndetrabajoparaladeterminacióndelosriesgosquepuedanafectarlasaluddelatrabajadoragestanteoelniño.

4.5. Oportunidad para la presentación de la solicitud

Elderechoanorealizarlaboresconsi-deradas riesgosas puede ser ejercidocuandosepresentealgunadelassitua-cionesmencionadasenelnumeral4.1.,yaseaaliniciooduranteelperíododegestación.

4.6. Contenido del certificado médico Latrabajadoradeberásolicitarasuem-

pleadornorealizarlaboresqueponganenriesgosusaludoladelniño.Aestosefectos,deberápresentaruncertificadomédico el cual deberá contener lasiguienteinformación:a. Riesgosgeneradosporlascondicio-

nesdetrabajoduranteelperíododegestación.

– La acreditación del estado degestacióndelatrabajadora.

– El tiempo del estado de gesta-ción.

b. Riesgos adicionales derivados deloscambiosfisiológicosenlamujergestante.– La acreditación del estado de

gestacióndelatrabajadora.– El tiempo del estado de gesta-

ción.– Laslaboresquelamujergestante

está impedida de realizar, asícomoel tiempoquedebeman-tenerse la medida. Dicho plazopuedeserampliadoorecortadoporposteriorescertificadosmé-dicos,enatenciónasuestadodesalud.

Cuandolatrabajadorarealicelaboresde riesgo,segúnel literala.delnu-meral4.1.,habiéndoseacreditadoelestadodegestaciónenelcertificadomédico,elempleadordeberáproce-deralamodificacióndelaslabores.

De no haber realizado la evalua-ciónderiesgosaqueserefiereelnumeral4.3.,elempleadordeberáaplicar directamente los listadosI y II elaborados por la ComisiónTécnica Multisectorial. En estoscasos,elempleadorsólosepodránegaralamodificacióndelaslabo-res, después de haberse realizadouna visita inspectiva del serviciode Inspección del Trabajo, la cualdeberá certificar la no existenciaderiesgosparalasaluddelamujergestantey/oeldesarrollodelfetoyelembrión.

4.7. Plazo en que debe ser atendida la solicitud

En el más breve plazo de recibida lasolicitud,elempleadordebeprocedera lamodificaciónde las laboresde latrabajadora.

Encasodeexistirunriesgoinminente,elempleadorapartaráalatrabajadoradelaslaboresqueocasionanelriesgoa su salud o al desarrollo normal delembriónyelfeto,sinperjuiciodequeseatiendaasusolicitud.

4.8. Asignación de labores riesgosas Elempleadorteniendocomofinelasig-

narlaboresquenoponganenpeligrola salud de la trabajadora y del niño,podrá:a. Realizar cambios de manera que

no afecte las labores que veníarealizando,esdecir,sinmodificacióndelpuestodetrabajo.Paraello,debeadaptar física o técnicamente lascondicionesdetrabajoconlafinali-daddecontrolar, limitaroeliminarlosriesgosexistentes.

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Informe Especial

b. En caso que la alternativa anteriorno fuera posible, ya sea técnica uobjetivamente, o no resultara ra-zonableosuficienteparacontrolarlosriesgosexistentes,elempleadordeberámodificarlaslaboresatravésdeuncambiodepuestodetrabajoaunpuestosimilarenatenciónasucategoríaocupacional.

c. En el caso que no fuera posibleasignar laboresquenoponganenriesgo la saludde la trabajadoraoeldesarrollonormaldelembriónyel feto dentro de la categoría ocu-pacionaldeésta,deacuerdoconloprevistoporelnumeralprecedente,seleasignarálaboresenunpuestodetrabajopertenecienteaunacate-goríaocupacionaldistinta,seaéstainferiorosuperior.

Atravésdeconveniocolectivosepodráestablecerlasuspensióndelaslabores,con la obligación del empleador depagar un monto mensual a la traba-jadora que no podrá ser inferior a loque le correspondería como subsidioporincapacidadtemporal,encasolasmedidas anteriormente descritas nosean posibles de ejecutar o no seansuficientes para controlar los riesgosexistentes.

4.9. Mantenimiento de los derechos La asignación de las nuevas labores

quenoponganenriesgolasaluddelamujergestanteoeldesarrollonormaldelembriónyelfeto,atravésdecual-quieradelasmedidasseñaladasenelnumeral4.8.,noafectarálosderechoslaborales,económicosoprofesionalesdelatrabajadora.– Encasoquelatrabajadoraseman-

tengaensupuestooseacambiadaaotropuestodesumismacategoríaocupacional,mantendrálosmismosderechos laborales, económicos yprofesionales.

– Asimismo,mantendrálosderechosquedependandelcargoaúncuan-dohayasidocambiadaaunpuestodetrabajodeunacategoríaogrupoocupacionalinferior.

– En el caso contrario, es decir,cuando la trabajadora haya sidocambiadaaunpuestodetrabajodeunacategoríaogrupoocupacionalsuperioraldesupuestodeorigen,tendráderechoarecibirlosmontosadicionales por desempeñar esepuesto.Sinembargo,concluida lasituaciónquedioorigenalcambiode labores, la trabajadora deberáretornarasupuestohabitualenlascondicionesoriginales,sinqueéstapuedaalegarhostilidadenlostér-minos señalados en la legislaciónvigente.

4.10. Retorno a las labores de origen Segarantizaalatrabajadoragestante

el derecho de retornar a las laboresy,enloposible,alpuestoqueveníadesempeñando,oaunoequivalente,conlamismaremuneraciónydemásderechos.

De esta manera, el empleador seencuentraobligadoaretornaralatra-bajadoraasuslaboresoriginariasunavezconcluidalasituaciónquedioorigenalcambiodelabores,enunplazoquenosuperarálos15díasnaturaleso,conposterioridaddelparto,inmediatamenteasuretornoalcentrodetrabajoculmi-nadosudescansopostnatal.

Denocumplirseconestaobligación,latrabajadorapodráaccionarporac-tosdehostilidad,segúnloestablecidoenlalegislaciónvigente,sinperjuiciodelassancionesquepuedanserim-puestasporelserviciodeInspeccióndelTrabajo.

4.11. Incumplimiento del empleador Encasoelempleadornocumplacon

asignaralatrabajadoragestantelabo-resquenoponganenriesgosusaludy ladelniño,éstapodrá interrumpirsuactividad laboral, sinperjuiciodecumplir consusdemásobligacioneslaborales, siempre que razonable-menteconsiderequeexisteunpeligroinminente que ponga en riesgo susaludoseguridad,sinsufrirperjuicioalgunoensusderechoslaborales.Paraellodeberácomunicarasuempleadorquenorealizarálaslaboresqueleoca-sionanunriesgoensusaludyladelniñohastaquese leasignen laboresquenoperjudiquensuestado.

Unavezasignadaslasnuevaslaboresquenosuponganunriesgoensusa-lud,latrabajadoradeberácumplirconlasnuevaslaboresencomendadas,demanerainmediata.

4.12. Disposiciones especiales EnelReglamentoseseñalóqueuna

Comisión Técnica Multisectorial seencargarádeelaborarun listadodelosagentes físicos,químicos,bioló-gicos, ergonómicos y psicosocialesque generan riesgos para la saluddelamujergestanteoeldesarrollonormal del embrión y el feto, suscorrespondientesintensidades,con-centracionesonivelesdepresenciay los períodos en los que afecta elembarazo, listado de actividades,procesos, operaciones o labores,equiposoproductosdealto riesgo,ylineamientosparaquelasempresaspuedanrealizarlaevaluacióndesusriesgos. Hasta que no se publiquenéstas, los empleadores tomaráncomo referencia los Listados I y II,

loscualesrecogenelcontenidoper-tinentedelosanexosdelaDirectiva92/85/CEEdelaUniónEuropea.

LISTADO I

Actividades en las cuales deberá determinarse lanaturaleza,elgradoyladuracióndelaexposiciónpara evaluar su repercusión sobre el embarazo ylasmedidasaadoptarse.l. Agentesfísicos,cuandoseconsiderequepuedan

implicarlesionesfetalesoprovocarundespren-dimientodelaplacenta,enparticular:1. Choques,vibracionesomovimientos.2. Manutenciónmanualdecargaspesadasquesu-

ponganriesgos,enparticulardorsolumbares.3. Ruido.4. Radiacionesionizantes.5. Radiacionesnoionizantes.6. Fríoycalorextremos.7. Movimientos y posturas, desplazamientos

(tantoenelinteriorcomoenelexteriordelestablecimiento), fatiga mental y física yotrascargasfísicasvinculadasalaactividaddelatrabajadora.

II.Agentesbiológicos,enlamedidaenquesesepaquedichosagenteso lasmedidas terapéuticasque necesariamente traen consigo ponen enpeligro lasaludde lasmujeresembarazadas,ysiemprequenofigurentodavíaenelListadoII.1. Agente biológico del grupo 2: un agente

patógenoquepuedacausarunaenfermedaden el hombre y pueda suponer un peligroparalostrabajadores;espocoprobablequesepropaguealacolectividad;existengene-ralmenteprofilaxisotratamientoeficaces.

2. Agente biológico del grupo 3: un agentepatógenoquepuedacausarunaenfermedadgrave en el hombre y presente un seriopeligroparalostrabajadores;existeelries-go de que se propague en la colectividad,peroexistengeneralmenteunaprofilaxisotratamientoeficaces.

3. Agente biológico del grupo 4: un agentepatógenoquecauseunaenfermedadgraveenelhombreysupongaunseriopeligroparalostrabajadores;existenmuchasprobabilida-desdequesepropagueenlacolectividad;noexistengeneralmenteunaprofilaxisountratamientoeficaces.

III.Agentesquímicosenlamedidaenquesesepaque ponen en peligro la salud de las mujeresembarazadasydelniñoaúnnonacidoysiemprequenofigurentodavíaenelListadoII:1. LassustanciasetiquetadasR40,R45,R46y

R47enlamedidaenquenofigurentodavíaenelListadoll.

2. Fabricacióndeauramina.3. Trabajos que supongan exposición a los

hidrocarburos aromáticos policíclicos pre-sentes en el hollín, el alquitrán, la brea, elhumoolospolvosdelahulla.

4. Trabajosquesuponganexposiciónalpolvo,alhumooalasnieblasproducidasdurantela calcinación y el afinado eléctrico de lasmatasdeníquel.

5. Procedimientoconácidofuerteen la fabri-cacióndealcoholisopropílico.

6. Mercurioyderivados.7. Medicamentosantimitóticos.8. Monóxidodecarbono.9. Agentesquímicospeligrososdepenetración

cutáneaformal.IV.Procedimientos,procedimientosindustrialesque

figuranenlospuntos2a5delpuntoIII.V. Condicionesdetrabajo 1.Trabajosdemineríasubterráneos.

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LISTADO II

Lamujergestantenopodráserobligada,ennin-gún caso, a realizar actividades que supongan elriesgodeunaexposiciónalossiguientesagentesycondicionesdetrabajoqueponganenpeligrosuseguridadosalud.

I. Agentesfísicos.1. Trabajos en atmósferas de sobrepresión

elevada, por ejemplo en locales a presión,submarinismo.

Il. Agentesbiológicos.1. Toxoplasma.2. Virusdelarubéola,salvosiexistenpruebas

dequelatrabajadoraembarazadaestásufi-cientementeprotegidacontraestosagentesporsuestadodeinmunización.

III.Agentesquímicos.1. Plomo y derivados, en la medida en que

estos agentes sean susceptibles de serabsorbidosporelorganismohumano.

IV.Condicionesdetrabajo.1. Trabajosdemineríasubterráneos.

5. Modalidades formativas laborales

EnlaLeyN°28518(24.05.2005),LeydeModalidadesFormativasLaborales,yensureglamento aprobado mediante el D.S. N°007-2005-TR(19.09.2005),sehanestablecidoalgunasnormasparafomentarlacontrata-ción de jóvenes madres con responsabili-dades familiares.Enefecto,conrelaciónalosconveniosdeformaciónlaboral juvenilyenlosdeactualizaciónparalareinserciónlaboral,sehanestablecidolímitesalacan-tidaddebeneficiariosquepuedenaccederaestasmodalidadesformativasenunaem-presa.Asítenemosqueenelprimercasonopueden superar los siguientes porcentajesenformaconjunta:– El20%del totaldepersonalporáreau

ocupaciónespecífica.– El20%deltotaldetrabajadoresdelaem-

presaconvinculaciónlaboraldirecta.En el caso de la actualización para la

reinserción laboral losporcentajesson lossiguientes:

– El20%del totaldepersonaldeláreauocupaciónespecífica.

– El10%deltotaldetrabajadoresdelaem-presaconvinculaciónlaboraldirecta.Paraelcálculodelosporcentajesantes

detalladosseexcluyealpersonalqueprestaservicios a través de empresas especialesde servicios, cooperativas de trabajadoresyotrasmodalidadescontractuales.

Ellímitedel20%y10%calculadosobreeltotaldetrabajadoresdelaempresapuedeincrementarseenun10%adicional,siemprey cuando este porcentaje esté compuestoexclusivamente por jóvenes con discapa-cidad así como por jóvenes madres conresponsabilidadesfamiliares.Enesteúltimocaso, dicha condición deberá acreditarsecon el acta o partida de nacimiento del ode loshijosmenoresdeedadquetengaasucargo.

Debemos señalar que el incrementoadicional del 10% se aplicará al total detrabajadores de la empresa con vínculolaboraldirecto.n

MODELO DE COMunICACIón AL EMPLEADOR DE LA OPORTunIDADDE GOCE DEL DESCAnSO POR MATERnIDAD

(Lugar),…..de…................de200….

Señores:(Nombre o razón social del empleador)

Atención:Señor…................(cargo o función en la empresa)…………

MedianteCertificadodeIncapacidadTemporalparaelTrabajoNº...............defecha..........de................del200....emitidoporelESSALUD(1),sehaestablecidoquelafechaprobabledemipartoesel...............de...............del200.....Asimismoseindicaquemisperíodosdedescansopormaternidadsonlossiguientes:1. ….xx….díasantesdelafechadeparto.2. ….xx….díasdespuésdelafechadeparto.

EnaplicacióndelaLeyNº26644(27.06.96),normaquepermitediferirtotaloparcialmenteelperíododedescansoprenatalyacumularloalpostnatal,lecomunicoaUd.,conladebidaanticipación(1),lasnuevasfechasparaelgocedemidescansopormaternidad:1. ….xx….díasantesdelafechadeparto.2. ….xx….díasdespuésdelafechadeparto.

Paraesteefectoacompañoelinformemédicoenelquesecertificaquelapostergacióndeldescansoprenatalnoafectarámisalud,niladelconcebido.Lapresenteesconlafinalidaddesolicitaraustedessecumplaconrealizarlostrámitespertinentesytenganefectolasdisposicioneslegalesvigentes.

Atentamente,

–––––––––––––––––––––––––(Trabajadora)

(1) La trabajadora debe comunicar al empleador, con 2 meses de anticipación a la fecha probable de parto, su decisión de postergar su descanso pre natal.

Modelos y Formatos

Modelos referidos a derechos de las madres trabajadoras

1. Modelo de comunicación al em-pleador del estado de embarazo

MODELO DE COMunICACIón AL EMPLEADOR DEL ESTADO DE EMbARAzO

(Lugar),…..de…................de200….

Señores:(Nombre o razón social del empleador)Atención:Señor..........(cargo o función en la empresa)……

Sirvalapresenteparasaludarlosrespetuosamenteycumplirconlodispuestoporelincisoc.delartículo29ºdelD.S.Nº03-97-TR(27.03.97),modificadoporlaLeyNº27185(19.10.99),enelsentidodecomuni-carlesquehetenidoconocimientoyconfirmaciónmédicademiestadodeembarazo,locualacreditomediantedocumentoanexoalapresente.

En base a ello, solicito a ustedes se cumpla conrealizar los trámites pertinentes y hacer efectivaslasdisposicioneslegalesvigentes.

Atentamente,

––––––––––––––––––––––(Trabajadora)

2. Modelo de comunicación al em-pleador de la modalidad de goce del descanso por maternidad