luces y sombras en el ejercicio práctico de las acciones colectivas. experiencia de ausbanc consumo...

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LA PROTECCION DEL CONSUMIDOR EN TIEMPOS DE CRISIS” LA PROTECCION DEL CONSUMIDOR EN TIEMPOS DE CRISIS” Salamanca, 30 de noviembre de 2010 Salamanca, 30 de noviembre de 2010 LUCES Y SOMBRAS EN EL EJERCICIO PRÁCTICO DE LAS ACCIONES COLECTIVAS . EXPERIENCIA DE AUSBANC CONSUMO COMO ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES ”.

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Page 1: Luces y sombras en el ejercicio práctico de las acciones colectivas. Experiencia de Ausbanc Consumo como asociación de consumidores

““LA PROTECCION DEL CONSUMIDOR EN TIEMPOS DE CRISIS”LA PROTECCION DEL CONSUMIDOR EN TIEMPOS DE CRISIS”Salamanca, 30 de noviembre de 2010Salamanca, 30 de noviembre de 2010

“ LUCES Y SOMBRAS EN EL EJERCICIO PRÁCTICO

DE LAS ACCIONES COLECTIVAS.

EXPERIENCIA DE AUSBANC CONSUMO COMO ASOCIACIÓN DE

CONSUMIDORES ”.

Page 2: Luces y sombras en el ejercicio práctico de las acciones colectivas. Experiencia de Ausbanc Consumo como asociación de consumidores

Las acciones colectivas deben ser Las acciones colectivas deben ser la principal herramienta para la la principal herramienta para la protección de los consumidoresprotección de los consumidores- Para que asuntos de escasa cuantía, o cuya ilegalidad es Para que asuntos de escasa cuantía, o cuya ilegalidad es

desconocida por los consumidores, no queden sin resolver debido, o desconocida por los consumidores, no queden sin resolver debido, o a la desproporción entre la compensación económica que pueden a la desproporción entre la compensación económica que pueden

obtener y el esfuerzo que deben realizar, o al propio obtener y el esfuerzo que deben realizar, o al propio desconocimiento de tal ilegalidad:desconocimiento de tal ilegalidad:

- ** 20%20% consumidores no acude a tribunales para reclamar compensaciones consumidores no acude a tribunales para reclamar compensaciones inferiores a 1.000 €.inferiores a 1.000 €.

- * * 50%50% consumidores no acudirá para reclamar compensaciones inferiores a consumidores no acudirá para reclamar compensaciones inferiores a 200 € (fuente: Comisión Europea)200 € (fuente: Comisión Europea)

- Para que las empresas infractoras no vean recompensadas sus Para que las empresas infractoras no vean recompensadas sus políticas de vulneración legal por la inactividad de los afectados.políticas de vulneración legal por la inactividad de los afectados.

- Para que los tribunales no se bloqueen resolviendo múltiples veces Para que los tribunales no se bloqueen resolviendo múltiples veces reclamaciones iguales de afectados por la misma práctica o reclamaciones iguales de afectados por la misma práctica o

cláusula.cláusula.

- Para evitar el riesgo de resoluciones contradictorias.Para evitar el riesgo de resoluciones contradictorias.

Page 3: Luces y sombras en el ejercicio práctico de las acciones colectivas. Experiencia de Ausbanc Consumo como asociación de consumidores

Las acciones colectivas deben ser la principal Las acciones colectivas deben ser la principal herramienta para la protección de los herramienta para la protección de los

consumidores.consumidores. En España, han permitido En España, han permitido resolver:resolver:

1) EN EL SECTOR BANCARIO:1) EN EL SECTOR BANCARIO:   CLÁUSULAS ABUSIVAS EN PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS: CLÁUSULAS ABUSIVAS EN PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS: REDONDEO AL ALZA Y CLÁUSULA SUELO.REDONDEO AL ALZA Y CLÁUSULA SUELO.   CLÁUSULAS ABUSIVASE EN TARJETAS: CLÁUSULAS ABUSIVASE EN TARJETAS: LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD POR USO FRAUDULENTOLIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD POR USO FRAUDULENTO   PUBLICIDAD ILÍCITAPUBLICIDAD ILÍCITA..   COMERCIALIZACIÓN MASIVA DE PRODUCTOS TÓXICOSCOMERCIALIZACIÓN MASIVA DE PRODUCTOS TÓXICOS: BONOS LEHMAN BROTHERS.: BONOS LEHMAN BROTHERS.

     2) EN EL SECTOR DE LA INTERMEDIACIÓN CREDITICIA O FINANCIERA.2) EN EL SECTOR DE LA INTERMEDIACIÓN CREDITICIA O FINANCIERA.   PUBLICIDAD ILÍCITAPUBLICIDAD ILÍCITA..

   3) EN EL SECTOR DE LAS TELECOMUNICACIONES:3) EN EL SECTOR DE LAS TELECOMUNICACIONES: INDEMNIZACIÓN POR INTERRUPCIÓN DEL SUMINISTRO DE TELEFONÍA MÓVIL, FIJA Y ADSL.INDEMNIZACIÓN POR INTERRUPCIÓN DEL SUMINISTRO DE TELEFONÍA MÓVIL, FIJA Y ADSL. INDEMNIZACIÓN POR PRÁCTICAS ANTICOMPETITIVAS POR UNA OPERADORA.INDEMNIZACIÓN POR PRÁCTICAS ANTICOMPETITIVAS POR UNA OPERADORA.

   4) CONTRATOS DE CONSUMO Y CRÉDITOS VINCULADOS. 4) CONTRATOS DE CONSUMO Y CRÉDITOS VINCULADOS. CURSOS DE IDIOMAS.CURSOS DE IDIOMAS. SERVICIOS VACACIONALES O DE APROVECHAMIENTO POR TURNO DE INMUEBLES DE USO TURÍSTICO.SERVICIOS VACACIONALES O DE APROVECHAMIENTO POR TURNO DE INMUEBLES DE USO TURÍSTICO.

   5) OTROS SECTORES:5) OTROS SECTORES: INDEMNIZACIÓN POR RETENCIONES EN AUTOPISTA.INDEMNIZACIÓN POR RETENCIONES EN AUTOPISTA.   INDEMNIZACIÓN POR CORTES DE SUMINISTRO DE AGUA.INDEMNIZACIÓN POR CORTES DE SUMINISTRO DE AGUA.   INDEMNIZACIÓN POR INTOXICACIÓN ALIMENTICIA.INDEMNIZACIÓN POR INTOXICACIÓN ALIMENTICIA.

  

Page 4: Luces y sombras en el ejercicio práctico de las acciones colectivas. Experiencia de Ausbanc Consumo como asociación de consumidores

Régimen procesal de las acciones Régimen procesal de las acciones colectivas. Principales obstáculoscolectivas. Principales obstáculos

LEGITIMACIÓN ACTIVA de las LEGITIMACIÓN ACTIVA de las asociaciones de consumidoresasociaciones de consumidores

- Régimen procesal en la LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL: Régimen procesal en la LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL: ARTÍCULO 11ARTÍCULO 11

- ART. 11.1ART. 11.1: : LEGITIMACIÓN INDIVIDUALLEGITIMACIÓN INDIVIDUAL

- ART. 11.2: ART. 11.2: DEFENSA DE INTERESES COLECTIVOS DEFENSA DE INTERESES COLECTIVOS por las por las asociaciones de consumidores legalmente constituidas que tenga asociaciones de consumidores legalmente constituidas que tenga

por objeto su defensa y protección.por objeto su defensa y protección.

- ART. 11.3: ART. 11.3: DEFENSA DE INTERESES DIFUSOS DEFENSA DE INTERESES DIFUSOS por las por las asociaciones de consumidores que conforme a la Ley sean asociaciones de consumidores que conforme a la Ley sean

representativas. representativas.

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LEGITIMACIÓN ACTIVA de las LEGITIMACIÓN ACTIVA de las asociaciones de consumidoresasociaciones de consumidores

Régimen sustantivo en leyes especialesRégimen sustantivo en leyes especiales

- LEY GENERAL DE PUBLICIDADLEY GENERAL DE PUBLICIDAD- LEY DE CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓNLEY DE CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN

- LEY SOBRE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO POR TURNOS DE LEY SOBRE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO POR TURNOS DE BIENES INMUEBLES DE USO TURÍSTICOBIENES INMUEBLES DE USO TURÍSTICO

- LEY DE GARANTÍAS Y USO RACIONAL DE LOS MEDICAMENTOS Y LEY DE GARANTÍAS Y USO RACIONAL DE LOS MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOSPRODUCTOS SANITARIOS

- LEY DE CRÉDITOS AL CONSUMOLEY DE CRÉDITOS AL CONSUMO- LEY DE SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE INFORMACIÓN Y DE LEY DE SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE INFORMACIÓN Y DE

COMERCIO ELECTRÓNICOCOMERCIO ELECTRÓNICO- LEY DE COMERCIALIZACIÓN A DISTANCIA DE SERVICIOS LEY DE COMERCIALIZACIÓN A DISTANCIA DE SERVICIOS

FINANCIEROS DESTINADOS A LOS CONSUMIDORESFINANCIEROS DESTINADOS A LOS CONSUMIDORES- LEY DE CONTRATACIÓN CON LOS CONSUMIDORES DE PRÉSTAMOS LEY DE CONTRATACIÓN CON LOS CONSUMIDORES DE PRÉSTAMOS

HIPOTECARIO Y DE SERVICIOS DE INTERMEDIACIÓN PARA LA HIPOTECARIO Y DE SERVICIOS DE INTERMEDIACIÓN PARA LA CELEBRACIÓN DE CONTRATOS DE PRÉSTAMO.CELEBRACIÓN DE CONTRATOS DE PRÉSTAMO.

Page 6: Luces y sombras en el ejercicio práctico de las acciones colectivas. Experiencia de Ausbanc Consumo como asociación de consumidores

LEGITIMACIÓN ACTIVA de las LEGITIMACIÓN ACTIVA de las asociaciones de consumidoresasociaciones de consumidores

Régimen sustantivo en leyes especialesRégimen sustantivo en leyes especiales

- LEGITIMACIÓN DE LAS ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES LEGITIMACIÓN DE LAS ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES QUE CUMPLAN LOS REQUISITOS DE LA LEY GENERAL PARA QUE CUMPLAN LOS REQUISITOS DE LA LEY GENERAL PARA

LA DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS LA DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS (ACTUALMENTE REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2007, DE 16 (ACTUALMENTE REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2007, DE 16

DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL PARA LA DEFENSA DE LOS REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL PARA LA DEFENSA DE LOS

CONSUMIDORES Y USUARIOS Y OTRAS LEYES CONSUMIDORES Y USUARIOS Y OTRAS LEYES COMPLEMENTARIAS.COMPLEMENTARIAS.

Artículo 24: Están legitimadas las Asociaciones que cumplan los Artículo 24: Están legitimadas las Asociaciones que cumplan los requisitos de esta Ley. Tendrán el carácter de representativas las requisitos de esta Ley. Tendrán el carácter de representativas las

que formen parte del CCU.que formen parte del CCU.

Artículo 54: especialidades para el ejercicio de la acción de cesación Artículo 54: especialidades para el ejercicio de la acción de cesación en defensa de intereses colectivos o difusos – según la materia en defensa de intereses colectivos o difusos – según la materia

afectada por la conducta dañosa- afectada por la conducta dañosa-

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LEGITIMACIÓN ACTIVA de las LEGITIMACIÓN ACTIVA de las asociaciones de consumidoresasociaciones de consumidores

¿CUÁLES SON TALES ¿CUÁLES SON TALES REQUISITOSREQUISITOS - -ART. 23.1 TR-?ART. 23.1 TR-?

- IndependenciaIndependencia- TransparenciaTransparencia

- Estar constituidas conforme a la Ley de AsociacionesEstar constituidas conforme a la Ley de Asociaciones- Tener estatutariamente encomendada la defensa de los Tener estatutariamente encomendada la defensa de los

intereses de los consumidoresintereses de los consumidores- Requisitos formales: inscripción en el Registro Estatal de Requisitos formales: inscripción en el Registro Estatal de

Asociaciones de Consumidores y Usuarios gestionado por Asociaciones de Consumidores y Usuarios gestionado por el INC.el INC.

- Requisitos materiales reglamentarios: implantación Requisitos materiales reglamentarios: implantación territorial, número de asociados, programas de actividades territorial, número de asociados, programas de actividades

a desarrollar. a desarrollar.

Page 8: Luces y sombras en el ejercicio práctico de las acciones colectivas. Experiencia de Ausbanc Consumo como asociación de consumidores

- Supeditada a un Supeditada a un registro que solo tiene efectos de publicidad registro que solo tiene efectos de publicidad (art. 22 (art. 22 de la Constitución y artículo 19 de la LODA).de la Constitución y artículo 19 de la LODA).

- Criterio jurisprudencial Criterio jurisprudencial al respecto:al respecto: AP CÓRDOBA (sec. 3ª), en sentencia de 20 de noviembre 2006 –publicidad AP CÓRDOBA (sec. 3ª), en sentencia de 20 de noviembre 2006 –publicidad

ilícita-.ilícita-. AP BARCELONA (sec. 15ª) en sentencia de 13 de julio de 2005 –cláusulas AP BARCELONA (sec. 15ª) en sentencia de 13 de julio de 2005 –cláusulas

abusivas.abusivas. AP BARCELONA (sec. 13ª) en sentencia de 29 de marzo de 2005 –cláusulas AP BARCELONA (sec. 13ª) en sentencia de 29 de marzo de 2005 –cláusulas

abusivas.abusivas. AP MADRID (sec. 11ª) de 21 de febrero de 2006 –cláusulas abusivas.AP MADRID (sec. 11ª) de 21 de febrero de 2006 –cláusulas abusivas. AP MADRID (sec. 11ª) de 11 de marzo de 2004 –cláusulas abusivas.AP MADRID (sec. 11ª) de 11 de marzo de 2004 –cláusulas abusivas. AP MADRID (sec. 11ª) de 10 de octubre de 2002 –cláusulas abusivas.AP MADRID (sec. 11ª) de 10 de octubre de 2002 –cláusulas abusivas. AP Madrid (sec. 11ª) de 30 de enero 2007 –indemnización por interrupción del AP Madrid (sec. 11ª) de 30 de enero 2007 –indemnización por interrupción del

servicio telefónico.servicio telefónico. AP BURGOS (sec. 3ª) de 31 de julio de 2006 –indemnización por colapso en AP BURGOS (sec. 3ª) de 31 de julio de 2006 –indemnización por colapso en

AP1-. Confirmada por Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de julio de 2010.AP1-. Confirmada por Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de julio de 2010. AP BALEARES (sec. 5ª) de 17 de marzo de 2003 –cláusulas abusivasAP BALEARES (sec. 5ª) de 17 de marzo de 2003 –cláusulas abusivas

Restricciones a la legitimación

Page 9: Luces y sombras en el ejercicio práctico de las acciones colectivas. Experiencia de Ausbanc Consumo como asociación de consumidores

- LA INSCRIPCIÓN DETERMINA LA POSIBILIDAD DE ACCEDER A LOS LA INSCRIPCIÓN DETERMINA LA POSIBILIDAD DE ACCEDER A LOS BENEFICIOS PATRIMONIALES Y ADMINISTRATIVOS (AYUDAS, BENEFICIOS PATRIMONIALES Y ADMINISTRATIVOS (AYUDAS, SUBVENCIONES...DE CARÁCTER PATRIMONIAL) PERO NO EL SUBVENCIONES...DE CARÁCTER PATRIMONIAL) PERO NO EL

DERECHO FUNDAMENTAL DE TUTELA JUDICIALDERECHO FUNDAMENTAL DE TUTELA JUDICIAL

- LA INSCRIPCIÓN NO PUEDE AFECTAR A LA PERSONALIDAD DE LA LA INSCRIPCIÓN NO PUEDE AFECTAR A LA PERSONALIDAD DE LA ASOCIACIÓN Y NO PUEDE TENER TRASCENDENCIA CIVIL NI ASOCIACIÓN Y NO PUEDE TENER TRASCENDENCIA CIVIL NI

PROCESAL.PROCESAL.

- POR COHERENCIA CON LOS PRINCIPIOS GENERALES MATERIALES Y POR COHERENCIA CON LOS PRINCIPIOS GENERALES MATERIALES Y FORMALES FORMALES (PRO COMSUMATORE, PRO ACTIONE) (PRO COMSUMATORE, PRO ACTIONE) Y GENERAL Y GENERAL

TUTELA DE LOS CONSUMIDORES (ARTÍCULO 51 CE)TUTELA DE LOS CONSUMIDORES (ARTÍCULO 51 CE)

- POR COHERENCIA A LA FLEXIBILIDAD QUE INSPIRA LA REGULACIÓN POR COHERENCIA A LA FLEXIBILIDAD QUE INSPIRA LA REGULACIÓN PROCEDIMENTAL DE LAS ACCIONES COLECTIVAS.PROCEDIMENTAL DE LAS ACCIONES COLECTIVAS.

- CONCURRENCIA DEL “INTERÉS LEGÍTIMO”.CONCURRENCIA DEL “INTERÉS LEGÍTIMO”.

(Criterios reiterados por reciente sentencia del Juzgado Mercantil nº 2 (Criterios reiterados por reciente sentencia del Juzgado Mercantil nº 2 de Sevilla de 30 de septiembre de 2010, a la luz del TR de la LGCU)de Sevilla de 30 de septiembre de 2010, a la luz del TR de la LGCU)

Restricciones a la legitimación

Page 10: Luces y sombras en el ejercicio práctico de las acciones colectivas. Experiencia de Ausbanc Consumo como asociación de consumidores

LOS LLAMAMIENTOS A LOS AFECTADOSLOS LLAMAMIENTOS A LOS AFECTADOS

La innecesariedad de que los perjudicados concurran a La innecesariedad de que los perjudicados concurran a un proceso colectivo implica que sea prescindible –o un proceso colectivo implica que sea prescindible –o

cuanto menos flexible- la realización de llamamientos.cuanto menos flexible- la realización de llamamientos.

No obstante, existe un No obstante, existe un régimen procesalrégimen procesal de de llamamientos:llamamientos:

Cuando se trata de intereses colectivos, el Cuando se trata de intereses colectivos, el demandante debe haber comunicado previamente la demandante debe haber comunicado previamente la presentación de la demanda a todos los interesados.presentación de la demanda a todos los interesados.

Cuando se trata de intereses difusos, el llamamiento Cuando se trata de intereses difusos, el llamamiento se realiza publicando la admisión de la demanda en se realiza publicando la admisión de la demanda en

medios de comunicación.medios de comunicación.

Sólo se eximen en acciones de cesación.Sólo se eximen en acciones de cesación.

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LOS LLAMAMIENTOS A LOS AFECTADOSLOS LLAMAMIENTOS A LOS AFECTADOS

- COSTES: ¿QUÍEN ASUME LOS COSTES DE LAS PUBLICACIONES Y COSTES: ¿QUÍEN ASUME LOS COSTES DE LAS PUBLICACIONES Y NOTIFICACIONES INDIVIDUALES?NOTIFICACIONES INDIVIDUALES?

La Ley 13/2009, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la La Ley 13/2009, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina Judicial modifica el art. 15 LEC y establece que:nueva Oficina Judicial modifica el art. 15 LEC y establece que:

- La publicación de la admisión de la demanda en medios de comunicación se hará por el Secretario Judicial (ya no es la asociación demandante).

- La comunicación previa a los perjudicados determinados o determinables, se efectuará por el demandante (en ocasiones, el obstáculo es cuándo se entiende (en ocasiones, el obstáculo es cuándo se entiende como determinable: Auto JM 1 Madrid 2-11-2007, son determinables los viajeros como determinable: Auto JM 1 Madrid 2-11-2007, son determinables los viajeros

del AVE).del AVE).

- AVERIGUACIÓN DE LOS PERJUDICADOS A EFECTOS DE SU AVERIGUACIÓN DE LOS PERJUDICADOS A EFECTOS DE SU DETERMINACIÓN Y LLAMAMIENTO: DILIGENCIAS PRELIMINARES DETERMINACIÓN Y LLAMAMIENTO: DILIGENCIAS PRELIMINARES

–ART. 256.6º LEC-. –ART. 256.6º LEC-. Vulneración de la normativa de protección de Vulneración de la normativa de protección de datos en todo caso y, del deber de secreto de negocios (en especial, datos en todo caso y, del deber de secreto de negocios (en especial,

del deber de secreto bancario) . del deber de secreto bancario) . Criterios disparesCriterios dispares: : - Auto del JPI 5 de Cáceres de 30-10-2008 admitió como diligencia preliminar que

la entidad demandada notificara a los afectados para evitar la entrega del listado de clientes a la asociación demandante para evitar infracción de la

LOPD.- Auto de la AP Madrid, Sec. 20ª, en Auto de 8 de julio de 2010, entendió que esta

opción no sólo no está comprendida en ninguno de los apartados del art. 256 LEC sino que también contribuye a que la asociación se promocione o publicite.

¿ENTONCES?¿ENTONCES?

PROBLEMAS

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ICIAICIA

LA EJECUCIÓN DE SENTENCIALA EJECUCIÓN DE SENTENCIA

DENEGACIÓN DE LA EJECUCIÓN PROVISIONAL, DENEGACIÓN DE LA EJECUCIÓN PROVISIONAL, cuando está permitida para cualquier otra sentencia cuando está permitida para cualquier otra sentencia

que se dicte en primera instancia (excepto las que se dicte en primera instancia (excepto las meramente declarativas). Según la SAP Madrid, sec. meramente declarativas). Según la SAP Madrid, sec.

11ª, de 11 de marzo de 2004, el art. 519 de 11ª, de 11 de marzo de 2004, el art. 519 de determinación individual de los beneficiarios de la determinación individual de los beneficiarios de la condena está pensado para la ejecución forzosa o condena está pensado para la ejecución forzosa o

definitiva y exige el carácter firme de la sentencia de definitiva y exige el carácter firme de la sentencia de condena.condena.

DENEGACIÓN DE LA EJECUCIÓN DEFINITIVA por DENEGACIÓN DE LA EJECUCIÓN DEFINITIVA por la asociación de consumidores demandante, la asociación de consumidores demandante,

exigiéndose la personación individual de los exigiéndose la personación individual de los consumidores, pese a que el art. 221.1 1ª segundo consumidores, pese a que el art. 221.1 1ª segundo

párrafo LEC declara que la sentencia establecerá los párrafo LEC declara que la sentencia establecerá los datos, características y requisitos necesarios para datos, características y requisitos necesarios para

poder exigir el pago y, en su caso, instar la ejecución poder exigir el pago y, en su caso, instar la ejecución o intervenir en ella, si la instara la asociación o intervenir en ella, si la instara la asociación

demandante (Auto de la AP Barcelona, sec. 15ª, de 25 demandante (Auto de la AP Barcelona, sec. 15ª, de 25 mayo 2010) mayo 2010)

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MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN

““LA PROTECCION DEL CONSUMIDOR EN TIEMPOS DE CRISIS”LA PROTECCION DEL CONSUMIDOR EN TIEMPOS DE CRISIS”Salamanca, 30 de noviembre de 2010Salamanca, 30 de noviembre de 2010