los recursos humanos en despacho judicial
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Se efectúa un estudio descriptivo (monográfico) de LOS RECURSOS HUMANOS EN DESPACHO JUDICIALTRANSCRIPT
UNIDAD DE POST GRADO DE DERECHO
DOCTORADO EN DERECHO Y CIENCIA POLÍTICA
CÁTEDRA : SEMINARIO DE DERECHO JUDICIAL
CATEDRÁTICO : DR. NELSON REYES RÍOS
TRABAJO : “LOS RECURSOS HUMANOS EN DESPACHO JUDICIAL
(EL AUXILIAR JURISDICCIONAL Y ADMINISTRATIVO)”
MONOGRAFIA
ESTUDIANTES : DANY AGUILAR LIMA
LUPE SOLEDAD APAZA CANAZA
LIMA - 2013
LOS RECURSOS HUMANOS EN DESPACHO JUDICIAL
(EL AUXILIAR JURISDICCIONAL Y ADMINISTRATIVO)
I. El Poder Judicial Peruano
El Poder Judicial es una institución autónoma con vocación de servicio, cuyos
actos deben traducirse en seguridad jurídica e inspirar plena confianza en la
ciudadanía, contando para ello con un adecuado soporte administrativo y
tecnológico.
Con el retorno de la institucionalidad democrática en el siglo XXI, el Poder
Judicial ha asumido el rol de liderar su propia reforma con el objetivo de lograr
un sistema de justicia sólido, predecible y confiable. El cumplimiento de esta
meta supone la plena ejecución del conjunto de transformaciones
institucionales que ya se han puesto en marcha y cuyo fin es hacer que el
Poder Judicial logre un grado de confianza pública capaz de legitimarlo
socialmente. Evidentemente, el principal requisito para ello es que sus jueces
actúen en forma imparcial e independiente.
Tiene como misión ser: "un Poder del Estado autónomo e independiente con
sujeción a la Constitución y a las Leyes. Imparte el servicio de justicia a la
sociedad a través de sus órganos jurisdiccionales, para resolver y/o definir
conflictos e incertidumbres con relevancia jurídica, protegiendo y garantizando
la vigencia de los Derechos Humanos con la finalidad de lograr la paz social y
la seguridad jurídica, como factores de desarrollo del país"; a su vez, su
visión, es “Ser un Poder del Estado independiente en la función jurisdiccional,
autónomo en lo político, económico, administrativo y disciplinario; confiable,
democrático, y legitimado ante el pueblo, que brinde sus servicios de manera
eficiente, eficaz; moderno, predecible y desconcentrado administrativamente,
comprometido en servir a los justiciables y a la comunidad en los procesos de
su competencia dentro del contexto de un Estado constitucional de derecho,
orientado a consolidar la paz social. Sus integrantes ejercen sus funciones con
ética, liderazgo, razonabilidad y responsabilidad ante la sociedad, para
garantizar altos niveles de eficiencia, confianza y aceptación ciudadana,
coadyuvando a fortalecer la imagen institucional.”
En cuanto a sus estrategias se han identificado desde la particular perspectiva
del Poder Judicial y han sido construidas a partir de la política transversal de
justicia. Además, se les han asignado grados de prioridad para establecer su
lógica de intervención y, con ello, su contribución al sistema. A partir del
análisis detallado de los contenidos específicos de cada estrategia, se
establecieron las primeras propuestas de objetivos generales. Su posterior
validación y reformulación ha dado como resultado los objetivos generales que
se presentan en el cuadro que se muestra a continuación. Los objetivos allí
planteados enmarcan el horizonte temporal del Poder Judicial y hacen
referencia a cambios en su dinámica interna con influencia directa sobre él.
Para el cabal cumplimiento de su visión, misión y objetivos institucionales es
necesario dotar al Poder Judicial de los siguientes elementos: Magistrados
respetados, probos, capaces, éticos y justos y, además, actualizados en su
calificación jurídica. Crear nuevos sistemas de gestión y modernización para
contar con despachos judiciales modernos, con infraestructura adecuada y
sistemas de información actualizados. Proporcionar a los magistrados el
personal de apoyo jurisdiccional y administrativo capacitado y con
vocación de servicio. Articular una administración con criterio gerencial
moderno y descentralizado.
No obstante a esta delimitación de su misión, visión y objetivos institucionales,
debemos señalar que el Poder Judicial peruano se encuentra alejado de la
sociedad. Es visto con desconfianza por el poblador común. No es percibido
como un órgano en el que los ciudadanos puedan confiar para regir sus
relaciones económicas o sociales. Los intentos de realizar cambios en el Poder
Judicial han llegado, en mayor o menor medida, a los mismos resultados:
ninguna transformación relevante en el funcionamiento de la institución.
II. Descripción de la situación actual - Diagnóstico General
Las deficiencias en el sistema de administración de justicia no son un
problema de hoy, ya que se han experimentado serias crisis a lo largo de
nuestra historia y presenta problemas que subsisten hasta la fecha. Ello se
repite en todos los informes y estudios que se realizan sobre el tema, es un
problema que no ha podido ser superado pese a los diferentes intentos de
reforma del sistema de justicia que se han implementado en cada institución.
El requerimiento que formula la sociedad es unánime, el deseo que exista
eficiencia, participación y transparencia en la administración de justicia exige
un análisis y debate el funcionamiento del sistema de justicia en el país.
La justicia es un tema muy sensible pues se involucran privados e intereses
públicos como la seguridad ciudadana y la protección de los derechos
humanos; sin embargo la población tiene una percepción negativa del sistema
de justicia, lo considera lento y corrupto y no existe confianza ni credibilidad en
él.
La falta de celeridad y eficiencia en la solución de conflictos no sólo genera
una afectación concreta a los justiciables, sino también una sensación de
impunidad en la sociedad. Esta percepción negativa sólo cambiará en la
medida que exista una actuación oportuna y predecible, de modo que en el
desarrollo de los procesos judiciales no se produzcan demoras.
Así la situación actual de la justicia en el Perú, y particularmente en lo que
corresponde al Poder Judicial, nos revela un conjunto de problemas y
deficiencias: predomina la concepción del trámite antes que la solución
oportuna del caso; mal manejo de la carga procesal e inadecuados procesos
internos de trabajo; los procedimientos son ritualistas y altamente
formalizados; la gestión judicial es ineficiente, con un manejo inadecuado de
los escasos recursos; ausencia de control de la gestión y evaluación del falta
de coordinación entre los operadores del sistema judicial; índices de
productividad de los procesos judiciales por debajo del índice de procesos
ingresados; inexistencia de herramientas informáticas para la administración
de justicia.
Aunque la tendencia actual viene siendo la oralidad en los procesos judiciales;
existe aún una fuerte cultura de papel, es decir todos los actos realizados por
intrascendentes que sean deben constar en el expediente judicial que por su
voluminosidad se convierte un cúmulo de papeles inmaniobrable.
La información no se trabaja dentro de un sistema; se mantiene información
aislada y poco confiable como por ejemplo en las estadísticas de carga y
producción de los órganos jurisdiccionales, lo que trae como consecuencia la
inexistencia de indicadores que permitan una adecuada gestión y evaluación
del desempeño.
Situación a las que se suman la poca importancia en la implementación de una
política de recursos humanos donde la inversión en el factor humano, sea una
prioridad institucional como garantía de la calidad de los servidores judiciales;
y por consiguiente de la descarga procesal, prioridad que deberá ser objeto de
un análisis y control de sus resultados, siendo materia del presente trabajo
abordar dicho aspecto.
III. El Despacho Judicial
A fin de que el Poder Judicial pueda atender a la ciudadanía, en su misión de
administrar justicia, ha constituido diferentes órganos jurisdiccionales, que en
la actualidad se denominan “Despachos Judiciales”, en sus diferentes
especialidades (civil, penal, laboral, familia, etc.).
En cada Despacho Judicial, el Juez es la máxima autoridad, tanto
administrativamente como jurisdiccional; es el encargado de velar que el
personal labore y de verificar que se cumplan los plazos de los procesos, así
como vigilar que el personal adscrito, cumpla con sus funciones señaladas en
la normatividad que corresponda; en el siguiente cuadro notaremos cuales
son los elementos que lo conforman:
El Juez constitucionalmente está investido de determinadas prerrogativas en
su función de administrar justicia; su gestión al interior del Despacho Judicial
es elemental, que finalmente se verá reflejado en la aceptación por parte de
la ciudadanía; en su actuar deberá esforzarse en la búsqueda del liderazgo
de su despacho, con eficacia y eficiencia, teniendo en cuenta los siguientes
principios:
• Independencia.
• Imparcialidad.
• Democracia.
• Legitimidad.
• Humanismo.
• Idoneidad y ética moral.
• Conocimiento del Derecho y superación constante y continua.
No obstante a que el Juez es el responsable directo de administrar justicia,
para lograr el cumplimiento de sus funciones tiene bajo su dirección personal
jurisdiccional y administrativo, que por Ley se encuentran asignados a cada
Despacho Judicial; este personal tiene asignado diferentes funciones, teniendo
que desempeñarlas en apoyo a la función que tiene el Juez, siendo que en su
desarrollo hacen que cada Despacho Judicial tenga que funcionar conforme ha
sido concebido.
En la actualidad cada Despacho Judicial viene afrontando distintas
problemáticas, como: variabilidad en su forma de organización; generación de
dispersión en el uso de recursos (heterogeneidad en la cantidad de personal,
problemática del CAS, mala distribución de los recursos físicos, por ejemplo,
impresoras, PC, etc.; desactualizada normatividad de las funciones de los
diferentes cargos o puestos de trabajos generados a partir de las formas
administrativas variadas (MOF); el Sistema Integrado Judicial como
herramienta informática no está masificado en un 100% generando falta de
transparencia en la publicación de resoluciones; congestión de expedientes en
los archivos; dispersión de la ubicación física de los órganos jurisdiccionales,
generando ineficiencia en el despacho y en la atención del justiciable.
Esta problemática se viene dando en forma generalizada en todos los
Despachos Judiciales a nivel nacional, en algunos con mayor incidencia que
otros; estando pendiente de ser resuelta, no obstante a los diferentes
esfuerzos que ha venido realizando el Poder Judicial, conjuntamente con
otras instituciones públicas, privadas e internacionales.
IV. El auxiliar jurisdiccional y administrativo en el Despacho Judicial
En la actualidad los Recursos Humanos de toda organización constituye el
soporte, base principal para que pueda lograr sus objetivos y acercarse a
su visión y misión establecidas; si no se cuenta con los recursos humanos
necesarios que se identifiquen con la organización en toda su dimensión,
ésta destinada a su extinción o poca valoración por la sociedad.
Es necesario precisar que los Recursos Humanos del Poder Judicial, no
está referido a los Jueces de todas las instancias, sino al personal
Jurisdiccional y Administrativo, que desempeñan labores en apoyo a la
función que tiene el Juez de cada Despacho Judicial, que es de administrar
justicia.
En el Poder Judicial, es poco el personal especializado, sea Jurisdiccional o
Administrativo, que se encuentra plenamente identificado con la institución,
debido principalmente a las bajas remuneraciones que perciben; no hay
una política integral que permita atraer al personal profesional más idóneo
del mercado y garantizar su capacitación y desarrollo personal en el marco
de un eficiente sistema de control sobre el desempeño profesional y ético.
Hay que considerar que no solo el incremento de los niveles remunerativos
de los Recursos Humanos del Poder Judicial, ayudará a prestar un servicio
eficiente y eficaz, también es necesario fortalecer los conocimientos y
habilidades de los mismos, a través programas de desarrollo y
capacitación, que hará más operativo el desempeño de sus funciones; la
implementación de reconocimientos a los que obtengan mayor
productividad, entre otros.
V. El Auxiliar Jurisdiccional y Administrativo en la propuesta de
CERIAJUS
Al momento de emitirse el informe por CERIAJUS, se indicaba que el Sistema
de la Administración de Justicia carece de una política integral de Recursos
Humanos orientada a los servidores judiciales (remunerativa, de capacitación
y disciplinaria).
El análisis de la realidad del Sistema Judicial, ya se encuentran amplia y
suficientemente analizados por la CERIAJUS, en donde el tratamiento de los
Recursos Humanos se presenta en concordancia con la vigencia plena de la
Constitución, inherente al Estado constitucional y democrático, como
presupuesto del respeto de los derechos fundamentales.
En el tema de los recursos humanos, considerado como uno de los más
relevantes de la reforma de la justicia, CERIAJUS ha planteado importantes
avances en el campo de las facultades de Derecho; la selección, evaluación
periódica y control disciplinario de los magistrados, y el régimen laboral de los
auxiliares o asistentes jurisdiccionales y fiscales, temas a los que nos
referimos a continuación.
En lo que toca a las facultades de Derecho, es importante resaltar que
CERIAJUS se ha preocupado por el serio problema que constituye la cada vez
mayor mercantilización de la enseñanza de esta disciplina, que ha prosperado
debido a la ausencia de medios eficaces para controlar tanto la creación de las
facultades de Derecho o filiales de éstas cuanto la calidad de la enseñanza
que en ellas se imparte. Para encargarse de estos dos controles, se propone la
creación de un órgano que estaría constituido por los decanos de las cinco
universidades más antiguas y que formaría parte de la Asamblea Nacional de
Rectores (ANR), y cuyas funciones serían, entre otras, el control de las plazas
o vacantes ofrecidas por las facultades, la concertación de un nivel mínimo
común de enseñanza entre ellas y la acreditación de éstas. De esta manera se
busca comprometer a las universidades más antiguas en la tarea de mantener
un nivel mínimo aceptable en la formación de los estudiantes de Derecho, para
que, una vez egresados, tengan las capacidades necesarias para un
desempeño personal y social adecuado y satisfactorio.
Mejorando la calidad de los abogados se espera que también mejore, por lo
menos en parte, la calidad de los futuros jueces y la de los litigantes en el
sistema de justicia. Debe igualmente resaltarse que esta medida está bien
complementada por la derogación de la disposición legal que permitía a las
universidades crear filiales autorizadas para otorgar grados académicos.
Sin embargo, el desarrollo de estas dos propuestas requiere de un sustento
normativo un poco más complejo que aún no ha sido elaborado y que va
desde las consecuencias del incumplimiento de las disposiciones emanadas
de la Junta de Decanos hasta el trámite que debe seguirse ante esta entidad y
su relación de competencias con el Consejo Nacional para la Autorización de
Funcionamiento de Universidades (CONAFU) y la ANR.
De otro lado, se ha considerado que lo más conveniente es uniformar el
régimen laboral de los asistentes fiscales y judiciales que actualmente laboran
bajo cuatro regímenes diferentes, e incluirlos dentro de la carrera pública,
reservando para una regulación especial los temas particulares de su
evaluación, control disciplinario y capacitación.
El resultado del análisis de las propuestas de la CERIAJUS lleva a afirmar que
lo que se busca es contribuir a la mejora de la calidad profesional y moral del
personal de apoyo del sistema de justicia, estableciéndose para cuyos efectos:
“un perfil del servidor judicial que responda efectivamente a la necesidad de la
tarea que debe ejecutarse”.
Teniendo como fuente estas propuestas, con fecha 06 de octubre de 2005, el
Congresista Alvarado Dorero en uso de su iniciativa legislativa, propone el
proyecto de Ley N° 13848/2005 de fecha 06-10-2005, que regula una Ley
Marco para la incorporación de los trabajadores del Poder Judicial y del
Ministerio Público al régimen de la carrera pública, a fin de contemplar la
necesidad de asegurar que la mayoría de los trabajadores que laboran en el
PJ y el MP, no sean despedidos de su puestos; sino antes bien, pasen a ser
comprendidos dentro de una carrera pública.
Asimismo con fecha 25 de septiembre de 2006, la Sala Plena de la Corte
Suprema de la República, ha adoptado como medidas destinadas a
reestructurar la administración de justicia, agilizar trámites jurisdiccionales, y
por consiguiente, impulsar la lucha contra la corrupción: Numeral 27: “Dictar el
Reglamento del Auxiliar Jurisdiccional del Poder Judicial: Capítulo I del Título I
de la Sección Sexta de la LOPJ. En especial identificar a los auxiliares
jurisdiccionales -qué personal lo integra- y sus tareas”. Numeral 30: Cada
órgano jurisdiccional identificará al personal judicial, sus funciones y realizará
una evaluación de su nivel de competencia laboral.
Pues, como se ha dicho la CERIAJUS ha identificado que el Sistema de la
Administración de Justicia carece de una política integral de Recursos
Humanos orientada al Auxiliar jurisdiccional y administrativo.
No obstante a las propuestas de CERIAJUS, a la fecha no se han dado
mayores cambios referidos al bienestar e integración del personal jurisdiccional
y administrativo, tanto en función fiscal o judicial. Más de una década que las
remuneraciones básicas encuentran congeladas; no existe una adecuada
implementación de estímulos, capacitación, ascenso, que permitan premiar al
personal que tenga un buen desempeño en su labor.
VI. Inversión en el Personal Jurisdiccional y Administrativo.
CERIAJUS propuso elevar la calidad de los trabajadores judiciales, con
capacitaciones temáticas y permanentes; repotenciar la Escuela de
Formación de Auxiliares jurisdiccionales de las diferentes Cortes de Justicia
del Perú, a fin de elaborar cursos de Especialización con menciones de post-
grados en convenio con Universidades de prestigio; así como desarrollar
Campañas de difusión e internalización de valores con carácter obligatorio, a
este respecto tómese nota que la Academia Nacional de la Magistratura se
encuentra programando Laboratorios Vivenciales y Análisis Transaccional y
Ética en el servicio de Justicia, dirigido tanto a Magistrados como a Auxiliares
Jurisdiccionales.
De esta forma se garantizaría la capacitación permanente de todos los
servidores del Poder Judicial, para brindar calidad y eficiencia en la atención
al servicio de administración de justicia; y de esta forma iniciar una política de
recursos humanos de calidad, con la finalidad que la ciudadanía cobra más
confianza en el Poder Judicial a través del desembalse cuantitativa de
expedientes judiciales, y elevar el nivel cualitativo del contenido de las
decisiones jurisdiccionales o servicios a la ciudadanía.
De otro lado, dentro de la política de fijación de objetivos y proyección de
metas, se debe postular un Proyecto de Inversión la capacitación de los
Auxiliares jurisdiccionales y administrativos, con cursos de nivel post-grado,
que no consistan en cursos ya llevados en las Universidades; sino en reglas
de técnicas de argumentación jurídica que lo conviertan en expertos tanto en
el trámite procesal como en el conocimiento y valoración de los hechos que
conducen a la interpretación y aplicación de la norma pertinente.
La alta capacitación como proyecto de inversión en la política de recursos
humanos orientados a los Auxiliares jurisdiccionales y administrativos, es una
inversión que va a redituar a futuro; el mismo que debe necesariamente
presentarse como una inversión para su sustento técnico financiero, sujeto a
evaluación por periodos.
Debemos considerar que el personal Jurisdiccional en muchas situaciones
asiste al Juez en sus labores, como en el resumen de un expediente,
pudiendo proponerle salidas justas a través de los métodos de interpretación
de la normas; hecho que constituye un actividad muy distinta a la sustitución
del Magistrado en sus funciones propias encomendadas por la Constitución.
Por ello me parece, necesario que dentro de la política de recursos humanos
en la reforma del Poder Judicial, se establezca como meta contar con
Auxiliares jurisdiccionales de alta calidad, porque en la práctica ellos son los
Especialistas Legales y Asistentes de Juez quienes califican preliminarmente
los actos procesales de las partes e inclusive proponen al Juez algún tipo de
criterio de decisión; tan cierta es dicha realidad que cada Vocal Supremo se
encuentra autorizado a la contratación de Asistentes Personales (Abogados
de calidad), para que los auxilien su labores jurisdiccionales.
Por otro lado, los Auxiliares jurisdiccionales también desempeñan labores
netamente jurisdiccionales y discrecionales, que afectan la secuencia del
proceso, al respecto tómese nota que según el último párrafo del artículo
122° y 626° del Código Procesal Civil: artículo 122°: Los decretos son
expedidos por los Auxiliares jurisdiccionales respectivos y serán suscritos con
su firma completa, salvo aquellos que se expidan por el Juez dentro de las
audiencias; articulo 626°: El Secretario interviniente es responsable cuando
los daños y perjuicios se originan en su negligencia al ejecutar la medida
cautelar.
Dentro de este contexto, se requiere reformular los reglamentos de
contratación de nuevos servidores judiciales, atendiendo a la especialidad del
Juzgado que requieren de los mismos; que implicaría que cada servidor
pueda maximizar sus funciones, conforme a la especialidad que posee, sea
en materia civil, penal, laboral comercial, constitucional, etc.
A manera de incentivo se debe regular e implementar el otorgamiento de
becas de cursos de capacitación (a nivel de postgrado o segunda
especialidad) y reconocimientos públicos, al que mejor desempeñe sus labores
como servidor judicial o administrativo, atendiendo a los diferentes cargos y
especialidades; que incidiría en una elevada satisfacción en el trabajo, de tal
manera que mostrarán un compromiso mayor con la organización.
Regular e implementar mayores canales de comunicación, como reuniones
informativas para conocer los sentimientos de los servidores judiciales
respecto a las labores que desempeñan; con ello se mejora la relación laboral,
al conocer sí su empleo satisface sus necesidades profesionales, económicas,
de promoción y de desarrollo a lo largo de su record laboral. Los trabajadores
quieren trabajar en una organización que tenga en cuenta las oportunidades.
VII. CONCLUSIONES
El Estado Social y Democrático de Derecho constituye no sólo un conjunto de
reglas de derecho a las que está supeditada la actuación del poder público,
sino también un conjunto de actitudes, es decir, una cultura Democrática en
toda decisión de la vida pública y privada.
Surge como una necesidad orientar todo acto creativo personal o
institucional, a la viabilidad y aplicación de las recomendaciones en el área
de política de recursos humanos de la CERIAJUS, el cual obedece a una
visión integral del Sistema de Administración de Justicia; evitando así
medidas inorgánicas que no se compadezcan con el respecto de orden
constitucional.
Constituye de vital importancia una política de recursos humanos donde la
inversión en el factor humano, sea una prioridad institucional como garantía
de la calidad de los servidores judiciales; y por consiguiente de la descarga
procesal, obviamente dicha prioridad deberá ser objeto de un análisis y
control de sus resultados, por tal razón la acotada necesidad dicha inversión
debe ser técnicamente sustentada en base el análisis costo-beneficio.