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Los procesos actuales de profesionalización y desprofesionalización ante la “nueva gestión pública” del sector sanitario Roberto Rodríguez López Universidad Complutense de Madrid Resumen La pujanza en décadas pasadas de las perspectivas sociopsicológicas sobre la salud ha permitido desarrollar procesos de profesionalización de nuevas ocupaciones dentro del sector sanitario público, muchas de las cuales han sido reconocidas recientemente en el plano jurídico. Sin embargo, estas nuevas ocupaciones deben afrontar a día de hoy una importante y novedosa “desprofesionalización” en dicho sector, claramente reflejado en la situación actual de los médicos. Éstos, por un lado, han perdido su tradicional monopolio práctico y cognitivo ante el envite de las nuevas profesiones sanitarias. Pero, además, la profunda restructuración del sector siguiendo las directrices del New Public Management, supone la pérdida de sus tradicionales condiciones laborales privilegiadas. Si los médicos a duras penas mantienen el control sobre el espacio técnico (diagnóstico-terapéutico), ya no deciden en cambio sobre la organización social de su propio entorno laboral. Tenemos así, en primer lugar, que ocupaciones en vías de profesionalización se enfrentan a un proceso paradójico. Deben tecnificar su conocimiento (validarse científicamente) para acceder legalmente a nuevos espacios de trabajo. Pero esta tecnificación quiebra en buena medida los beneficios derivados de las perspectivas integrales en salud que

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Los procesos actuales de profesionalización y desprofesionalización ante la

“nueva gestión pública” del sector sanitario

Roberto Rodríguez LópezUniversidad Complutense de Madrid

ResumenLa pujanza en décadas pasadas de las perspectivas sociopsicológicas sobre la salud ha permitido

desarrollar procesos de profesionalización de nuevas ocupaciones dentro del sector sanitario

público, muchas de las cuales han sido reconocidas recientemente en el plano jurídico. Sin

embargo, estas nuevas ocupaciones deben afrontar a día de hoy una importante y novedosa

“desprofesionalización” en dicho sector, claramente reflejado en la situación actual de los

médicos. Éstos, por un lado, han perdido su tradicional monopolio práctico y cognitivo ante el

envite de las nuevas profesiones sanitarias. Pero, además, la profunda restructuración del sector

siguiendo las directrices del New Public Management, supone la pérdida de sus tradicionales

condiciones laborales privilegiadas. Si los médicos a duras penas mantienen el control sobre el

espacio técnico (diagnóstico-terapéutico), ya no deciden en cambio sobre la organización social

de su propio entorno laboral. Tenemos así, en primer lugar, que ocupaciones en vías de

profesionalización se enfrentan a un proceso paradójico. Deben tecnificar su conocimiento

(validarse científicamente) para acceder legalmente a nuevos espacios de trabajo. Pero esta

tecnificación quiebra en buena medida los beneficios derivados de las perspectivas integrales en

salud que les permitieron acceder a dicho estatus. Analizamos aquí este proceso a partir del caso

concreto de la psicología sanitaria. Por otro lado, en las profesiones ya validadas técnicamente

(el caso de los médicos), la autocomprensión de la profesionalidad o la tecnicidad de su labor

supone en muchos casos mistificaciones en su práctica que oscurecen las complejidades

económico-políticas para la aplicación real de dicho conocimiento, regida ahora más bien por

una “cultura laboral empresarial” opuesta a la tradición “autónoma” o profesional de antaño. De

este modo, la tecnificación contemporánea del conocimiento no sólo discurre en favor de las

profesiones “tecnificadas”, puesto que introduce nuevos criterios de validación, y la eficacia o la

calidad no son únicamente descriptores para la excelencia del cuidado o la cura sino también de

una inteligencia “de mercado”. Sin embargo, en este nuevo marco, la gerencia podría ser no

sólo un mecanismo de desprofesionalización sanitaria sino también convertirse en el paso

último de la nueva modalidad de “carrera profesional” de la misma.

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Palabras clave: desprofesionalización, LOPS, Nueva Gestión Pública, precarización,

profesionales sanitarios, profesionalización, sistema sanitario, medicina, psicología clínica.

1. Las categorías de profesionalización y desprofesionalización

La sociología de las profesiones no es una especialidad con excesiva tradición en el

Estado español y tampoco ha sido trabajada de forma destacada en el pasado dentro de

la Europa continental. Más bien, el peso mayor de sus estudios ha recaído

principalmente sobre suelo anglosajón, tanto en Gran Bretaña como en los Estados

Unidos. Dicho reparto asimétrico no es caprichoso, es la constatación académica de

estructuras sociopolíticas diferenciadas. Pues han sido de forma preferente los países

anglosajones los que han desarrollado en sus territorios las condiciones específicas para

la aparición de organizaciones de tipo profesional, definidas por el poder otorgado en su

autonomía respecto del ámbito político-estatal y por su estatus en el organigrama social

de dichos países. Sin embargo, ciertas reestructuraciones contemporáneas en el marco

profesional, estatal y académico de la Europa continental han acercado sus instituciones,

en diversos sentidos, a las del mundo anglosajón. Algo que renovará en estos países la

aplicabilidad e interés de los estudios de la especialidad sociológica de las profesiones,

que de hecho han aumentado aquí de forma importante en las últimas décadas.

El estudio sociológico sobre las profesiones se dedicó principalmente en sus

décadas iniciales al análisis de las características genéricas que permitían delimitar una

definición común para las mismas. Esto es lo que hace precisamente que la etapa inicial

de la disciplina sea caracterizada como la de los “modelos de rasgos o características

esenciales” (Collins, 1990; MacDonald, 1995; Sánchez et al., 2003). Un marco de

análisis en el que acabará por destacarse la perspectiva funcionalista asociada a autores

de reconocido prestigio como Talcott Parsons (1939, 1979), quien constituiría a su vez

la comprensión de los profesionales que ha sido principalmente heredada por la cultura

general aún a día de hoy. Con Parsons, los grupos profesionales ocupan una posición

idónea para llevar a cabo una labor cohesionadora e integradora de la moral social. Pero

además de su papel articulador y ético, las profesiones se destacarán por su marcada

orientación al servicio del prójimo y al beneficio social. Para ello, el profesional se

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fundamentará en la ciencia y su progreso, aplicándolos a su terreno de actuación

específico, lo cual le otorgará una serie de poderes sobre el conjunto de la población

lega, con la que le une como decimos una profunda responsabilidad social. Servicio

altruista, competencia técnica y autoridad profesional se constituyen así como los rasgos

principales de aquellos que se abrogan el carácter profesional de su ocupación o rol

social.

Los años sesenta y setenta conllevarán sin embargo la ruptura con esta visión

“idealizada” de las profesiones característica de las perspectivas funcionalistas iniciales.

La explosión de nuevos enfoques (neoweberianos, neomarxistas, etnometodológicos,

fenomenológicos o interaccionistas) aporta una mirada más diferenciada y que resulta

en una gran cantidad de nuevos estudios sobre las profesiones. A partir de las nuevas

perspectivas se llevará a cabo, entre otros, un cambio fundamental en la comprensión de

las profesiones por medio del cual éstas toman claramente un cariz dinámico y móvil.

La cualidad profesional no sería así un espacio reservado necesariamente a una serie de

ocupaciones cuyo papel funcional en la estructura social depare roles y estatus de mayor

alcance, como se tendía a ver en aquellos momentos previos. La profesión sería más

bien un horizonte, el resultado nunca definitivo de un complejo y labrado camino de

luchas y conflictos, en el que los grupos profesionales están sujetos a variables de

carácter político, cultural, académico o económico que no dependen de ellos en su

totalidad. En este sentido éstos no pueden ser nunca totalmente independientes o

autorregulados, característica distintiva profesional por excelencia. Dicho lo cual, se

pasó así a dar mayor alcance al análisis de toda una serie de mecanismos que

intervenían en procesos diferenciados e históricos de profesionalización.

Entre la disparidad de mecanismos de profesionalización podemos destacar, de

forma general, la posesión de un conocimiento formalizado y científico y el dominio o

“exclusividad cognitiva” sobre los procesos formativos legitimados para el mismo; los

mecanismos de reconocimiento, credencial y protección profesional autorregulados o

estatales; la capacidad de gestión de los significantes culturales sobre la profesión; o la

constitución de un producto distintivo y el control monopolístico del mercado de

producción o venta del mismo (Larson, 1977; Freidson, 1978; Collins, 1990;

Torstendhal y Burrage, 1990; Sáez y Sánchez, 2009). Dentro de estos estudios

encontramos ya un espacio sanitario que se conforma como terreno privilegiado de

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análisis, llegando al punto de considerar a la propia medicina como la profesión por

excelencia.

Con el desarrollo de los diferentes análisis sobre los mecanismos de

profesionalización se han venido dando en temporalidades parejas a su vez, en una línea

confluyente, estudios que destacaban los procesos de declive de las profesiones bajo las

ideas amplias de la “desprofesionalización” o la “proletarización” (Oppenheimer, 1973;

Casanova, 1975; Haug, 1975; Martín Serrano, 1982). Según dichas teorías, buena parte

de las características destacadas en forma de privilegios para los grupos profesionales

han venido siendo progresivamente minadas a lo largo del siglo XX y en muchos casos

han desaparecido. En general, se atestigua una pérdida de estatus y prestigio de las

mismas así como una menor capacidad de autorregulación o de monopolio sobre el

propio conocimiento, incidiendo así sobre elementos otrora fundamentales en la propia

concepción profesional. Asimismo la entrada progresiva de su trabajo en el entramado

de organizaciones complejas, como puede ser la propia estructura burocrático-estatal,

habría supuesto una merma en la capacidad e independencia en los procesos de toma de

decisiones, en especial de aquellas que afectaban a la organización o la finalidad de su

trabajo o en la propia definición de los problemas específicos que atañen a su mismo

servicio. Finalmente, se atestiguaba también la pérdida de beneficios laborales en la

forma de peores salarios así como una menor capacidad de autoempleo o incluso un

empobrecimiento en sus condiciones laborales.

Los planteamientos sobre la desprofesionalización fueron especialmente

utilizados a lo largo de las décadas de los setenta y ochenta del siglo XX, sin embargo

han vuelto a ser rescatados en los últimos años (Irvine, 2004; d’Orleans, 2008; Sáez y

Sánchez, 2009; Irigoyen, 2011). A nuestro parecer, como dijimos, dichas hipótesis han

tomado efectivamente un auge renovado con las actuales reestructuraciones de los

marcos laborales de la práctica profesional. En nuestro caso específico, consideramos

que una serie de regulaciones sanitarias contemporáneas disponen un marco laboral en

el que determinados privilegios asociados a la práctica profesional en el sector

(especialmente para la figura clásica del médico) se ven nuevamente comprometidos.

Unas regulaciones que deben ser consideradas a su vez en el amplio marco que

disponen las modificaciones llevadas a cabo sobre el sector público, conceptualizadas

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bajo la idea de la “Nueva Gestión Pública” (Lane, 2000). Pero antes de acercarnos a las

características básicas de esta última, así como de considerar sus parejos mecanismos de

desprofesionalización, queremos ofrecer una mínima perspectiva histórica sobre la

regulación del sector sanitario en este país, la cual nos permita dotar al análisis presente

de una dimensión temporal a nuestro parecer irrenunciable. Ésta a su vez mostrará el

modo diferencial en que los procesos analizados han afectado a los trabajadores de los

servicios sanitarios. En este sentido, los médicos han sido el referente clásico para los

análisis en este marco, pero queremos aquí a su vez contrastar su realidad con otra

profesión emergente en el sector, la psicología clínica, para la cual recuperamos los

momentos privilegiados de su propia profesionalización sanitaria pero también el modo

especial en que ésta se ha visto desfavorecida por las recientes regulaciones jurídicas del

sector.

2. La primera (des)profesionalización sanitaria: las nuevas perspectivas sanitarias integrales y la Ley General de Salud de 1986

Una serie de cuestiones confluyen en la segunda mitad de siglo XX hasta hacer común

la reivindicación de la naturaleza multifactorial de la patogénesis de la enfermedad.

Tenemos de forma destacada un cambio sustancial en el patrón epidemiológico, por

medio del cual emergen nuevas enfermedades como causas primarias de mortalidad

(trastornos cardiovasculares, cánceres y tumores neoplásicos o desórdenes crónico-

degenerativos, principalmente) y en cuyas etiologías no sólo se destacaban ya

determinantes biológicos sino también una serie de elementos de carácter psicosocial,

de hábitos de vida, así como también factores ambientales o sociopolíticos. De este

modo, y en confluencia con una cierta corriente humanista, se defiende la necesidad de

atender a la persona enferma en toda su complejidad (sentimientos, percepciones,

vínculos sociales, medio ambiente y situación económica) y ya no sólo a la enfermedad

como realidad en sí. Se desarrollan de esta forma numerosas críticas al modelo

biomédico clásico de salud, el cual no parece responder a las nuevas necesidades del

ciclo salud-enfermedad, y que acabarán propiciando un giro importante en su

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conceptualización y en las políticas sanitarias subsecuentes, a través del llamado modelo

biopsicosocial o integral.

Las diferentes perspectivas críticas desarrolladas a lo largo de esas décadas

encontrarán un acontecimiento fundamental en la famosa Conferencia de Alma-Ata

(1978), en la cual se crean las bases políticas y conceptuales efectivas para reorientar la

acción sanitaria bajo los criterios integrales y en la que se plantea el nuevo formato de

atención sanitaria: el Modelo de Atención Primaria de Salud [APS]. Dicho modelo

insiste en que el logro del bienestar físico, psíquico y social no se consigue por los

servicios médicos, sino que es preciso abordar la multicausalidad de la enfermedad,

mantener el acercamiento biopsicosocial, la intersectorialidad y la atención integral al

individuo, la familia y la comunidad. Todo lo cual implicará la necesidad de desarrollar

perfiles profesionales ajustados, los cuales trabajarán conjuntamente en equipos

multidisciplinares. Esta novedosa perspectiva de la salud será completada a su vez con

los conceptos de “promoción de la salud” y “educación para la salud” en la Conferencia

Internacional de Promoción de la Salud de Ottawa (1986), por medio de los cuales se

reincide en la importancia de la participación y el reconocimiento de los actores sociales

en los procesos educativos y sanitarios, ya no vistos sólo como receptores pasivos y

beneficiarios sino como sujetos activos que participan de forma crítica en la

construcción de alternativas orientadas al bienestar individual y colectivo. Por su parte,

en el terreno de la salud mental, espacio de relevancia clave para la profesionalización

de la psicología clínica, se desarrollan fuertes críticas al modelo hospitalario tradicional

(claramente biomédico), articuladas en algunos países bajo la estela del incipiente

movimiento antipsiquiátrico o con el giro paralelo hacia la psiquiatría comunitaria.

Todo lo dicho hasta aquí, de modo bastante esquemático, cristalizará finalmente

en estructuras, instituciones o regulaciones nacionales e internacionales que buscan

adecuarse a los nuevos modos en los que el ciclo salud-enfermedad parece ahora

desarrollarse, dando lugar en algunos casos a cambios importantes en las mismas. En

España, la introducción del nuevo modelo de salud coincide temporalmente con los

procesos de transición hacia el sistema político democrático y la disolución de la

dictadura franquista, destacándose en este marco la Reforma Psiquiátrica de 1984 y la

Ley General de Sanidad [LGS] de 1986.

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La Ley General de Sanidad y la Reforma Psiquiátrica introducen la psiquiatría

como especialidad médica en el ámbito de la salud. A su vez, aquella transforma sus

bases, desplaza la centralidad biomédica para abrirse al mencionado concepto integral

de salud, acercando así ésta a la perspectiva de los servicios sociales. Todo ello supone

una reconfiguración importante del espacio profesional sanitario afectando de forma

aparentemente negativa a los médicos pero abriendo a su vez la posibilidad de procesos

de profesionalización para nuevas ocupaciones, las cuales pasan de ser consideradas

simples apoyos a la medicina (las llamadas “paramédicas”) a ser concebidas a la altura

de aquella, al menos sobre el papel.

Por un lado, la LGS y sus objetivos de universalización sanitaria implicaban la

necesaria entrada de una ingente cantidad de médicos dentro del organigrama estatal.

Esto suponía la vinculación de los mismos a una organización compleja, bajo la cual

toda una serie de características tradicionalmente asociadas a la práctica médica eran

parcialmente puestas en entredicho, es el caso de la libertad de autogestión de los

precios de sus consultas o “salarios”, la determinación de los horarios de trabajo, la

libertad de su práctica (generalmente sólo regida por los códigos éticos) o la propia

determinación colegial sobre la organización y división del trabajo médico. A su vez, el

absoluto dominio “cognitivo” del espacio del conocimiento sanitario quedaba también

limitado. La perspectiva biomédica que venía dominando absolutamente dicho espacio,

hasta el punto de que “sanitario” y “médico” eran utilizados como sinónimos, es

criticada y parcialmente desplazada, obligando a los médicos a compartir al menos parte

de su poder diagnóstico-terapéutico con nuevas profesiones progresivamente

reconocidas en igualdad de condiciones en el nuevo espacio sanitario integral. Este es el

caso en parte al menos de la psicología, de forma que la profesión legalmente

reconocida de psicólogo clínico comienza a tomar cuerpo en España en aquellos

momentos, especialmente dentro del espacio reservado a los nuevos tratamientos sobre

la salud mental.

A la luz del “Informe de la Comisión Ministerial para la Reforma Psiquiátrica”

se recomendó como decimos la apertura a nuevas profesiones en los equipos de

atención psiquiátrica y de la salud mental así como la creación de programas de

formación postgraduada para los profesionales del área clínica de la Psicología

(González-Blanch, 2009). A partir de entonces, en el proceso de Reforma Psiquiátrica

orientado por este Informe, se produce la incorporación de psicólogos a la sanidad

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pública en una cantidad y con una ubicación funcional significativa, que comienza a

modificar una situación con limitadísima presencia de la psicología en el ámbito

sanitario. A la par se irán creando los distintos programas formativos PIR autonómicos

(Olabarría et al., 1990), que serán el mecanismo creado para el acceso de los psicólogos

a la atención sanitaria dentro del ámbito de los Centros de Salud Pública. En 1998 se

aprobará el RD 2490/1998 por el cual se crea de forma legal el Título Oficial de

Psicólogo Especialista en Psicología Clínica, estipulando el proceso formativo PIR

como el mecanismo necesario para su obtención. No es hasta entonces que la figura del

psicólogo clínico en el ámbito sanitario español es regularizada (en carácter de

especialista) y así acreditada legalmente en su capacitación y competencia. En aquel

momento, y aún hoy, se celebró el Titulo Oficial de Psicólogo Especialista en

Psicología Clínica como la puerta abierta a los psicólogos al Sistema Nacional de

Sanidad. Sin embargo, era evidente que la adopción del sistema formativo por

Residencia implicaba necesariamente “medicalizar”, esto es, “biologizar” las bases

cognoscitivas y prácticas de la psicología sanitaria, pues dicho sistema formativo seguía

estando en verdad estructurado bajo los cánones hospitalocéntricos de épocas previas.

3. La segunda reforma sanitaria en España: del Informe Abril a las regulaciones de 20031

Podemos afirmar que el ímpetu de la racionalidad salubrista de los años ochenta fue el

primer asalto a la racionalidad clínica de los profesionales médicos. Sin embargo, la

aplicación estricta de la LGS resultará muy problemática (Rodríguez y De Miguel,

1987). El ímpetu inicial de desprofesionalización médica que ésta implicaba generó

conflictos constantes con una profesión que se resistía a la pérdida de sus antiguos

privilegios o que se veía abocada a actuar conforme a dinámicas que no compartía o no

comprendía. Como consecuencia de los numerosos problemas y conflictos que debe

afrontar la aplicación efectiva del modelo planteado en el articulado de la LGS, los

sectores más ideologizados y "radicales" pierden fuerza (Irigoyen, 1996) y los cambios

1 Los análisis realizados en este trabajo son previos a la más reciente novedad jurídico-sanitaria, el Real Decreto-ley 16/2012 de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones. Dicho RD-ley, que entra ya en vigor dentro del contexto actual de crisis económico-política, no será analizado aquí, pero es destacable que su lógica reincida en verdad en la continuación y profundización de los procesos aquí delimitados.

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no afectarán de manera tan profunda al carácter profesional privilegiado de los médicos.

La Seguridad Social, que contrataba a una gran mayoría de los médicos, ofrecía en

verdad un salario seguro, dejaba una gran cantidad de tiempo libre que permitía el

pluriempleo y la coordinación con las consultas privadas y permitía incluso el empleo

de recursos públicos para intereses particulares. Se puede afirmar así que a pesar de su

“salarización” respecto del INSALUD, los médicos conservaban provechosas

condiciones laborales y mantenían sus privilegios sobre el monopolio profesional. Todo

ello amenaza muy pronto con una vuelta al antiguo modelo hospitalocéntrico, del que en

verdad aún no se había salido realmente. Pero por entonces la nueva perspectiva

sanitaria que se abría camino en Europa en torno a la gestión del sector sanitario no

tardaría en aparecer en España. Y aquí el debate no puede reducirse ya a la simple

oposición de perspectivas biomédicas frente a biopsicosociales, sino que nuevos

factores fundamentales entran en juego.

En 1991 se constituye la llamada Comisión Abril, para realizar un análisis en

profundidad del Sistema Nacional de Salud y proponer medidas de mejora para el

mismo. El sesgo economicista que se hace manifiesto en el análisis y sobre todo en los

apartados de propuestas del informe de la Comisión muestra a las claras un panorama

ciertamente diferente al de apenas cinco años antes. La retórica de la búsqueda de

eficiencia en las organizaciones sanitarias es el elemento principal y ello plantea

modificaciones de peso en la amplia mayoría de cuestiones que articulan el sistema:

financiación, recursos humanos, reglamentaciones u objetivos, entre otros. La novedosa

orientación que dicho Informe sugiere se habrá incorporado al imaginario colectivo del

sector sanitario con tal fuerza que tiende a ser reconocido por muchos como el referente

principal de gran parte de las reformas en la organización y la gestión de servicios

sanitarios que se sucederán en los años venideros (Irigoyen, 1996; Sánchez Bayle, 1996;

Huertas, 1998). En este sentido habrá que entender la aplicación de la hoy tan criticada

Ley 15/97.

La Ley 15/97 instaura la autonomía de gestión (y personalidad jurídica) a los

centros sanitarios, algo que determinados sectores críticos han denunciado como el

mecanismo de apertura a la privatización progresiva del ámbito sanitario. Ciertamente,

en un primer momento no se desarrollan mecanismos estrictos de privatización, pero sí

proliferarán una serie de modelos de titularidad pública con diferentes niveles de

concertación o contratación de determinados servicios sanitarios privados (Fundaciones

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Públicas, empresas públicas sanitarias, consorcios, “asociaciones de profesionales”), los

cuales ponen en serio cuestionamiento el funcionamiento integrado de un sistema

sanitario que se abre a modalidades muy diferentes de gestión de personal, de centros,

de compras o de relación entre los distintos niveles de atención. Un proceso que asiste

finalmente a la puesta en práctica de la fórmula de la Iniciativa de Financiación Privada

[PFI] importada de Inglaterra, con el famoso Hospital valenciano de Alzira a la cabeza,

y que pone realmente en entredicho la legalidad vigente, evidenciando ahora sí de forma

clara la orientación privatizadora de las modificaciones en curso. En este contexto de

transformaciones institucionales de calado encontramos así el importante envite

legislativo del PP en el año 2003 con la Ley de Autonomía del Paciente, la Ley de

Cohesión y Calidad del SNS [LCC], el Estatuto Marco del Personal Estatutario del

sector sanitario y, finalmente, la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias

[LOPS].

Además de otras cuestiones relevantes (nueva regulación por desarrollo y

evaluación de la calidad, orientación a resultados en salud, procesos de toma de

decisiones basados en evidencia científica), la Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del

SNS (BOE, 2003a) regula, en conexión con el Estatuto Marco y la LOPS, el espacio de

las profesiones y los recursos humanos. Dicha Ley creará la Comisión de Recursos

Humanos, a la cual se le otorgarán una serie de privilegios como la definición de los

criterios básicos de evaluación de las competencias de los profesionales sanitarios o los

criterios para la adaptación de planes de estudio conducentes a la obtención de los

títulos universitarios del ámbito de las ciencias de la salud. Finalmente, también en un

marco de confluencias con el Estatuto Marco y la LOPS, determina los mecanismos de

implantación del "Desarrollo Profesional", con especial énfasis ahora en los procesos de

formación continuada, la evaluación de competencias o el nuevo formato del sistema de

carrera profesional.

La Ley 55/2003 del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de

salud (BOE, 2003c) viene a resolver el complicado marco jurídico previo del personal

estatutario de los servicios de salud, estableciendo un nuevo modelo de relaciones

laborales para el mismo. De manera general se trata de incrementar la implicación de

los profesionales en los nuevos modelos de organización sanitaria, de flexibilizar e

individualizar las relaciones laboral-profesionales o de adecuar las dotaciones de

personal a las necesidades cambiantes de los centros, impulsando y reincidiendo para

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todo ello en las dinámicas de autonomía de gestión que vimos aplicarse inicialmente

con la Ley 15/1997.

Finalmente, la LOPS (BOE, 2003b) pretende la regulación de las profesiones

sanitarias, limitando también el propio ejercicio profesional sanitario pues se reglaban a

su vez las condiciones de la actividad, se determinaban los ámbitos funcionales de las

diferentes profesiones sanitarias y se trataba de garantizar una formación profesional

para la misma.

La LOPS afectará de manera especialmente relevante a la psicología en vías de

profesionalización en el sector pues ésta no será reconocida como profesión sanitaria en

su totalidad. La nueva regulación no considera a la formación universitaria de la

psicología como “específica y fundamentalmente orientada a dotar de los

conocimientos, habilidades y actitudes propias de la atención de salud” (Artículo 2.1 de

la LOPS), siendo éste uno de los dos puntos requeridos para el reconocimiento sanitario

de las diferentes ocupaciones, junto con la existencia de un Colegio Profesional propio.

La nueva regulación sólo reconocerá en cambio el carácter especialista de aquellos que

posean el ya comentado “Título oficial de especialista en Psicología Clínica” para el

cual se requería la superación de un PIR del que se convocaban plazas bastante

limitadas.

Durante los años que siguieron a la entrada en vigor de la LOPS se asiste a un

auténtico conflicto social de dimensiones desconocidas hasta el momento en el ámbito

de la psicología (Santolaya, 2004). Los organismos principales de la disciplina

consideraban que la entrada en vigor de la LOPS suponía un fuerte agravio para la

misma, por los problemas que suponía para la profesionalización de la numerosísima

cantidad de psicólogos egresados, de la cual se estima que alrededor de un 60% lo hace

en su especialidad clínico-sanitaria. La psicología demandará en ese momento el paso

de su licenciatura universitaria (que formaba parte en ese año 2003 de la rama de las

“Ciencias Sociales y Jurídicas”) a la rama de las “Ciencias Experimentales y de la

Salud” acorde a lo que consideran su fundamental formación para lo sanitario. Pero la

voluntad de cumplir con dicha modificación burocrática, que aspiraba a solucionar el

conflicto, conllevaba a su vez una serie de transformaciones en el currículo académico

aún en marcha que implicaban la necesidad de dotar a éste de un carácter más científico

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y sanitario, lo que en el contexto actual suponía de hecho una progresiva medicalización

y biologización de su oferta académica.

4. La Nueva Gestión Pública sanitaria y la salarización y competición profesional

Como hemos visto, la medicina pudo superar las principales desventajas del envite

salubrista y estatalista de los años ochenta, pero un nuevo cambio afectará ahora de

forma más clara a su profesionalidad. Un cambio que ahora se hará extensivo al

conjunto de profesiones del sector, incluida por supuesto la psicología, por lo que éstas

ya no pueden ser consideradas como principales beneficiarias del posible proceso

desprofesionalizador médico. Estamos hablando de la implementación, especialmente a

partir de los años noventa, de la racionalidad económico-empresarial propia de la Nueva

Gestión Pública. Una implementación que, como venimos comentando, se inicia

“ideológicamente” en el sector sanitario español con el Informe Abril, se regulariza con

la Ley 15/97, y se profundiza en las leyes de 2003 que aquí hemos analizado en un

sentido más específico y particular.

La llamada “nueva gestión pública” (new public management) [NGP] se

presenta de manera global en oposición a los clásicos modelos de “administración

pública” de orientación weberiana y supone de manera general la introducción en el

sector público internacional de técnicas de gestión de probada eficacia en el sector

privado (Lane, 2000; Olías de Lima, 2001; Dent et al., 2004).

Un elemento fundamental que define la NGP es el papel destacado y distintivo

de los gerentes o managers. Frente al modelo administrativo weberiano, los gerentes de

la nueva organización pública tienen mayor capacidad de decisión, de modo que su

papel no es sólo el de implementar las políticas públicas decididas desde los organismos

de gobierno, sino que tiene capacidad para manejar recursos o para disponer

diferencialmente del personal. Los gerentes toman así una perspectiva estratégica, en la

cual tiene además un gran peso la ahora novedosa “orientación a objetivos o

resultados”, dejando atrás el clásico cumplimiento del procedimiento administrativo por

medio del ajuste a la legalidad vigente (Derecho Administrativo) y la garantía de los

derechos de los ciudadanos (Parrado, 1996).

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La amplitud de libertad de gestión de un gerente en un organismo público se

amplía al punto de considerarse la escisión entre el equipo de Gobierno del Estado y las

diferentes organizaciones públicas (por ejemplo, un hospital), ambos reconsiderados

ahora como comprador y proveedores de servicios. Dicha escisión constituye y se

organiza en torno a un espacio competencial, en la que los diferentes organismos

públicos, considerados proveedores de servicios diferenciados, rivalizan por ofrecer al

Estado la mejor oferta de servicios posible. Esto supone de facto un sistema de mercado

(o cuasi-mercado) interno, que si bien mantiene ciertas características básicas del

entorno público (criterios de igualdad geográfica en la distribución de los servicios,

ajuste a Presupuestos Generales del Estado, etc.), se articula ahora en los términos

“contractualistas” del sector privado, y como tal se aviene a normas de regulación

nuevas (Derecho Privado, Mercantil y Laboral).

Por otro lado, los procesos de descentralización organizativa y la devaluación de

la importancia central del ajuste a la legalidad como mecanismo principal de regulación

dan lugar a nuevos modos de fiscalización y a nuevos sistemas de control en el espacio

público. Por un lado la auditoría y por otro la evaluación, orientados a su vez de manera

privilegiada hacia la determinación de la consecución de objetivos y resultados, se

instituyen como mecanismos reguladores con mayor peso que los antiguos sistemas

financiero-contables y de legalidad. Para ello se desarrollan indicadores de rendimiento

que, de manera destacada, toman la “calidad” como el horizonte privilegiado.

En lo que respecta a la gestión de los recursos humanos, el espacio que aquí nos

interesa especialmente, el modelo administrativo clásico de los efectivos funcionariales

como servidores permanentes, neutrales y anónimos, se considera ahora como un

sistema de freno y resistencia a los vaivenes de los puestos políticos que determinan las

políticas públicas a aplicar (Parrado, 1996). A su vez, la clásica orientación ético-

universal de los trabajadores públicos o su movilidad interna por criterios

principalmente de antigüedad chocan con el cortoplacismo que se trata de alentar. Los

gerentes deben así tener libertad para promover, incentivar o seleccionar al personal que

mejor se adapte al nuevo marco de competitividad organizacional, la cual se

desarrollará también entre los trabajadores mismos. Para ello, se renuevan y potencian

los elementos propios de la “carrera profesional” (Gómez, 2001), salarios y ascensos,

destacando principalmente el desarrollo de los “complementos por productividad”. Se

defienden nuevos roles de responsabilidad, asunción de riesgos, mejora continuada,

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flexibilidad o disposición a la movilidad, todos ellos elementos dinamizadores de la

cultura laboral empresarial. En el marco sanitario español, la NGP comienza a

introducirse jurídicamente, como dijimos, a partir de la Ley 15/97 y se consolida con el

envite regulador de 2003, de modo que queremos ahora contrastar la existencia de

dichas características de la NGP en estas regulaciones sanitarias.

La ley 15/1997, como vimos, abre explícitamente la posibilidad de novedosas

modalidades de gestión de las instituciones sanitarias, las cuales permitirán a su vez los

nuevos marcos de regulación del personal sanitario. Dicha Ley inicia de forma evidente

el camino de apertura a modelos mixtos de financiación (pseudoprivatizaciones o

privatizaciones parciales) en estos organismos públicos. Asimismo, y en confluencia

con lo comentado en su momento para los modelos de NGP, la nueva orientación en la

ordenación sanitaria supondrá un cambio de mentalidad importante, en la que los

distintos actores e instituciones modifican su estatuto y función. La Administración

central y los Gobiernos autonómicos pasan a ser considerados los financiadores

principales; las áreas de salud, “compradores” de servicios; los hospitales, los centros de

salud, las oficinas de farmacia o los médicos y otros profesionales en equipo (o incluso

individualmente), como proveedores; y los usuarios, como clientes.

Con la escisión entre financiadores, proveedores y compradores (antes

concentrados bajo el manto del SNS) se permite que los centros sanitarios puedan

determinar diferencialmente el modo concreto de desarrollo de las distintas funciones de

financiación, compra y provisión de servicios, y asumen una financiación central

asimétrica en función ahora también de la consecución de objetivos y resultados

determinados. Se espera así que la financiación diferencial asociada al éxito o viabilidad

de las unidades de provisión de servicios (hospitales, centros de salud y demás)

provoque mejoras en la calidad de los mismos así como en el coste de sus prestaciones.

El modelo se va aproximando así progresivamente a la NGP, con una nueva

autorregulación del sector en la que tienen una especial relevancia el ajuste a los

novedosos criterios de calidad. Por un lado, es cierto que seguimos teniendo

planteamientos comunes con el marco "tradicional" implantado aquí con la Ley General

de Salud de 1986 o su desarrollo: universalidad del servicio, igualdad de oportunidades,

accesibilidad a discapacitados, "curación" efectiva de enfermedades, humanización de

la asistencia o número de camas (Artículo 28 de la LCC). Sin embargo otra serie de

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características aparecen o adquieren mayor fuerza. Es el caso de la "orientación a los

resultados en salud", la eficacia y la eficiencia o la idea de “gestión clínica” (Exposición

de motivos de la LCC; Artículo 10 de la LOPS). Una idea esta última que trata de

conjugar los nuevos factores economicistas con los tradicionales criterios sanitarios

arriba comentados a la hora de evaluar la labor de los puestos relevantes de dirección de

los hospitales y demás instituciones sanitarias.

Dentro de este nuevo marco regulado por calidad del sector, encontramos un

aspecto destacado del mismo en la planificación y formación de sus profesionales, de

sus “recursos humanos”, que concentra buena parte de la atención de las leyes que aquí

analizamos (de la LOPS y el Estatuto Marco en su totalidad y de la LCC principalmente

en su Capítulo Tercero).

Las nuevas regulaciones de 2003 establecen un “nuevo modelo de relaciones

laborales para el personal de los servicios de salud” (Exposición de motivos del

Estatuto-Marco). Destacamos de entrada así en la Ley de Cohesión y Calidad la

constitución en su Capítulo Tercero (Artículo 35) de la Comisión de Recursos Humanos

del Sistema Nacional de Salud, orientada entre otras cuestiones a la “planificación y

diseño de los programas de formación de los profesionales de la sanidad” (Exposición

de motivos), y a la que se le otorgan nuevos poderes para regular incluso decisiones

formativas del espacio universitario, en aras de acoplar la formación a las necesidades

de personal del SNS (Artículo 36 de la LCC).

Otra cuestión importante en las nuevas regulaciones para el espacio laboral es

también el desarrollo y potenciación de la “Carrera Profesional”, coherente aquí

también con la aplicación de la NGP (Artículo 40 del Estatuto Marco). Si antiguamente

los procesos de progreso profesional se restringían a los ascensos jerárquicos (jefe de

servicio, jefe clínico, coordinador…), a partir de las nuevas regulaciones se marcan las

bases para la implantación de la Carrera Profesional en todo el territorio estatal, a través

de la cual se abren las posibilidades de reconocimiento individuales del trabajo

realizado, permitiendo las retribuciones y ascensos desiguales en función de la calidad

de los servicios ofrecidos por los profesionales (Exposición de motivos del Estatuto

Marco). Consideramos que, dado el marco general que venimos analizando, la

evaluación de la práctica (o, más comúnmente, de sus resultados o de las competencias

profesionales individuales) se desarrolla como mecanismo de potenciación de la

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competencia del personal sanitario, premiando y motivando así la práctica clínica de

calidad considerada bajo criterios no estrictamente sanitarios. Son frecuentes así las

alusiones al “establecimiento de un sistema adecuado de incentivos”, la

“desburocratización y flexibilización de las relaciones profesionales”, los

“complementos de productividad” o la “personalización de las condiciones de trabajo,

especialmente en lo relativo a retribuciones y niveles de dedicación” [Exposición de

motivos y Artículo 43.2.c) del Estatuto Marco]. Bajo dichos planteamientos tenemos

además la vía de entrada para mecanismos de precarización de su labor. Podemos

afirmar así que asistimos a una “laborización” del personal sanitario (Martín, 2008) pese

al carácter funcionarial de la nueva relación estatutaria. En este sentido tenemos por

ejemplo la penetración evidente del trabajo temporal en el espacio de los trabajadores

públicos por vía de la regulación del nuevo personal estatutario temporal (Artículo 9 del

estatuto Marco).

Por otro lado, volviendo de nuevo a las cuestiones de la evaluación del personal

y su posible promoción, ésta se extiende también al ámbito de los aprendizajes, sobre

todo a raíz de la aparición y regulación de la Formación Continuada y el Desarrollo

Profesional Continuo (Título Tercero de la LOPS; Artículos 38 y 39 de la LCC). Dicho

criterio de evaluación de la calidad es sin embargo, al mismo tiempo, un nuevo

mecanismo de desprofesionalización. Las cualificaciones por el Desarrollo Profesional

Continuo [DPC] suponen finalmente una importante modificación en las antiguas

licencias para el ejercicio profesional que, salvo incompetencia evidente o

comportamiento no ético, eran generalmente de por vida. Ahora, la actual tendencia

hacia la relicencia, recertificación o revalidación con el DPC introduce un nuevo

mecanismo de inestabilidad profesional en tanto que el peligro de perder la licencia

aumenta considerablemente, siendo subvertidos así antiguos privilegios en este sentido

(Cruers y Cruers, 2004; Irvine, 2004).

Finalmente, otro elemento a destacar en las nuevas estructuras de evaluación es

la aparición central de la “práctica basada en la evidencia” (científica) como regulador

importante de la práctica sanitaria reconocida (Exposición de motivos de la LCC). Esto

puede suponer también un mecanismo de pérdida de autonomía en la composición

técnica de la práctica profesional sanitaria. En este punto, la tecnología y la industria se

presentan aquí como factores de desprofesionalización, especialmente por mediación

del peso decisivo de las industrias biomédicas y sanitarias en la financiación o incluso

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en la propia elaboración de los “ensayos clínicos” que determinan precisamente aquella

“evidencia científica”. Industrias cuyo peso es también importante en la oferta formativa

para el DPC. Estamos así aquí ante un tipo de desprofesionalización técnica que se

uniría a las ya comentadas presiones “económicas” de los gestores del sector o de los

propios profesionales sobre sí mismos (en aras de la “gestión clínica”) para desarrollar

una labor en la que no se malgasten costes, lo que supone por ejemplo hacer preferentes

ciertas técnicas sanitarias con resultados a corto plazo. Una injerencia sobre espacios

técnicos históricamente novedosa, que llega al punto de oír críticas que plantean que los

profesionales y el sector sanitario funcionarían ahora como una agencia de los intereses

de la industria (Sánchez Bayle, 2011).

5. Conclusiones

Las teorías de la desprofesionalización o la proletarización fueron aplicadas en los años

setenta y ochenta bajo un marco económico-político diferenciado del actual. Sin

embargo, como hemos visto, consideramos que hay muestras suficientes a día de hoy

para rescatar dichos planteamientos y aplicarlos, de forma renovada, a la comprensión

de las actuales reestructuraciones de los marcos laborales de la práctica profesional, en

este caso del espacio sanitario español. La progresiva implementación del nuevo marco

supone a nuestro entender una segunda desprofesionalización para los trabajadores del

sector sanitario. Pero en este caso ya no determinada por un nuevo reparto de fuerzas

entre las orientaciones y perspectivas de los profesionales del sector y de su

incorporación general a un marco estatal de regulación y práctica, como fue el caso de

las modificaciones que siguieron a la Transición en España. Ahora, más bien, la

desprofesionalización y la pérdida de privilegios afecta de forma preferente en su

confrontación con poderes ajenos al entramado sanitario (Oriol y Pardell, 2004), a la

vez que influye directamente en la precarización de las condiciones laborales para todos

los trabajadores del sector.

Por otro lado, recuperar las categorías básicas de la “cultura profesional” permite

comprender mejor los mecanismos de resistencia a esta nueva reorganización laboral-

sanitaria, en tanto que aquella choca de frente con buena parte de las nuevas

disposiciones organizativas. El nuevo marco a implementar para la gestión de los

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recursos humanos tropieza con la “cultura profesional” y laboral largamente heredada

de los médicos y sus aparatos institucionales de poder y con el control habitual de estos

profesionales sobre la formación, la contratación y la definición de las prácticas. Del

mismo modo, instrumentos clave en la empresa como la gestión de las competencias o

la promoción se encuentran constreñidos en las organizaciones profesionales (Irigoyen,

2011). No es así casual que de entre todas las nuevas técnicas de gestión introducidas,

las que mayores problemas y resistencias se han encontrado han sido las relativas a las

cuestiones relacionadas con los recursos humanos.

Sin embargo, y pese a todo lo dicho, en muchos casos las nuevas técnicas no

sólo han sido introducidas con éxito sino incluso con el apoyo de aquellos que eran

aparentemente afectados por ellas. ¿Es posible así que estas nuevas políticas de

regulación pública no sean en verdad tan negativas para los profesionales del sector? En

este caso no está de más recuperar también los viejos estudios de la sociología de las

profesiones en torno a la defensa de la “profesión” como ideología (Johnson, 1972;

Freidson, 1986, 2001) para comprender la en ocasiones sorprendente e ilusionada

defensa de buena parte de médicos para con las nuevas regulaciones (Cohen, 2004).

En este caso, el profesionalismo se ha mostrado como un referente que actúa

también como un mecanismo de ocultamiento o mistificación, que dificulta a los

trabajadores sanitarios la propia consciencia de los entornos económico-políticos

amplios que soportan la novedosa estructuración de su propio entorno laboral. Los

aspectos que vehiculan el ideal profesional (autonomía, privilegios cognitivos,

formación técnico-científica…) entorpecen por lo general una serie de debates que

deberían hacer preferente la denuncia de la precariedad laboral en aumento. En el caso

de los médicos, su tradicional autoconsciencia profesional provoca una línea discursiva

oficial que parece ajena a la recientemente dura realidad laboral que afrontan como

colectivo, implicando una escasa aparición del marcaje económico-político en sus

demandas y críticas a los nuevos modelos de gestión de los recursos humanos del

espacio público-estatal. Y todo ello a pesar incluso de que, como decimos, ese mismo

ideal profesional suponga uno de los mecanismos más rígidos y complejos de superar

para las nuevas reformas. De este modo, la aparente “despolitización” que genera el

profesionalismo supone así de forma paradójica un mecanismo de resistencia finalmente

poderoso sobre el terreno.

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Dicho lo cual, no está de más recordar que una cierta recuperación actual de la

perspectiva biomédica y clínica permite a la medicina gozar de nuevos privilegios, si

bien ya no como colectivo sino en figuras individuales de la misma. El racionalismo

económico reciente y manifiesto en el sector ha provocado aquí una

desprofesionalización que no es lineal, sino que se expresa más bien en una polarización

y fragmentación interna de los profesionales, en este caso con el poder médico como

ejemplo manifiesto. Según dicha polarización una amplia mayoría de los profesionales

será claramente “salarizada” pero unos pocos podrán incrementar y ampliar su posición

y estatus social al amparo del dominio de la “gestión clínica”. Efectivamente, el puesto

de gerente no es sólo una figura necesariamente extraña al entorno sanitario, sino que

puede ser finalmente también el paso último de la carrera profesional recientemente

reformulada. Sin embargo, lo que algunos médicos especialmente privilegiados no

alcanzan (o no quieren alcanzar) a ver es que el nuevo conocimiento profesional

privilegiado ha modificado sus criterios de validación y, como ya dijimos, la eficacia o

la calidad no son únicamente descriptores para la excelencia del “cuidado” o la “cura”

sino también de una determinada inteligencia “de mercado”. Un conocimiento experto

también, sin duda, pero en el que los profesionales sanitarios tienen una novedosa, y

ciertamente numerosa, competencia.

Finalmente, en el caso de las nuevas ocupaciones en vías de profesionalización

sanitaria, como es por ejemplo la psicología, los procesos de mistificación son también

parejos. En este caso, la psicología afronta actualmente un nuevo envite

“tecnologizador” de su conocimiento, tratando de biologizar los contenidos mismos de

su formación universitaria para ajustarse así a criterios que consideran

profesionalizantes. Sin embargo estas remodelaciones, que tienen como horizonte la

clásica legitimidad profesional por medio de la tecnificación del conocimiento y su

formación disciplinar, obvia la realidad actual del espacio hacia el cual se orienta en

verdad dicha formación, un espacio de práctica “profesional” que en verdad no recogerá

los privilegios tradicionalmente asociados a los profesionales sino más bien el entorno

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