los enterramientos en españa

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MI L CaSAS H ACE poco tiempo hemos podido ver c6mo nuestro insigne historiador don Claudio Sanchez Albornoz era enterra- do en el claustra de la catedral de Avila, en media de un 50- lemne rita funerario, en el que participaron, junto con el pue- bla que le via nacer, las mas artas personalidades de la na- ci6n. Don Claudio sra una perso- nalidad en el campo de nues- tras letras y, par ello, los abu- lenses, como hornenaje, reser- varon para su sepultura un espacia en su templo mas im- portante: la Catedral. Todos hemos vista, al visitar nuestras antiguas iglesias, ya con vent uales, ya parroqu iales, numerosas sepulturas disp ues- tas ordenadamente en el suela dei templo y en las capillas la- terales y absidales. .. « , .' tieles se enterraban al li? l,Estuvi eron siern p re los templos reservados para en- terrar a los mas ilustres? Para encontrar respuesta a estas preguntas y entender hoy el parqué de nuestros rites tune- rarios, es precisa dar marcha atras, par un momento, al reloj de la historia. Costumbre cristiana Se puede advertir, a traves de la lectura de la Biblia, que el puebla judlo observaba la practica de enterrar a los muer- tas tuera de sus poblados. Los primeras cristianos no recibieron de Jesu cr isto . ni de sus padres apost6licos, indica- don 0 precepte alguno ace rca dei lugar donde deber lan situar las sepulturas de los rnue rtos . par la que adoptaron la misma pràctica que observaba el pue- blo hebreo. Los primeros cristianos se e xte nd ie r o n par to do el Pr6ximo Oriente, pero preferen- temente por las zonas dei lm- Juan 1de Castilla (estatua or sme sobre su seputcto en la catedral de Toledo) per ie romano. Los romanos . par su parte, observaban con respecta a sus costurnbres fu- nera rias unas leyes que aleja- ban los cadàveres de las po- blaciones y de los templos con el misrno rigor que las de los hebreos, creyendo que la pre- sencia de los muertos profana- ba los lugares dedicados al cuita de los dioses. Sin embarg o, las vlrge nes vestales gozaban dei privilegia de sepultarse dentro de Roma. Este privilegia tue aceptado par todos, y para evitar un abu- sa que producirîa graves pro- blemas a la salud pùblica, se prohibi6 el enterramiento y la cremaci6n dentro de las eluda- des, segùn ordenaba la ley dé- cima de las XII tablas (451 8. C.): Hominem mortuum in ur- be ne sepelito neve unto (1). Los cristianos enterraban a sus muertos en las catacu m- bas, cuevas protundas tuera de la ciudad. Cuando las per- secuciones fueron mas inten- sas, las catacumbas se revela- ron insuficientes, par 10 que al- gunos cristianos ricos ofrecie- ron Iibremente sus heredades para sepulcre de los fieles, a la que Hama ron cetnentetios, que quiere decir dormitorio. De este modo apa recen, seq ùn Ram6n de Huesca, los prime- ras cementerios cristianos (2). Conseguida la paz de la Iglesia, mediante los decretos de Constantino (313 d. C.), los emperadores (ahora cristianos) consintieron el traslado de los restas de algunos màrtires a los templos, erigiendo en su nonor y memoria basllicas im- portantes, que servian tarnbi én de lugares de cuita. De su importancia e interre- laci6n es muestra la antigua costurnbre dei ara, segùn la cual s610 se podia decir misa sobre los restos de los rnartires cristianos. El deseo de los netes cristia- nos de enterrarse cerca de las reliquias de los màrtires convir- tio los atnos de las basllicas

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Artículo publicado en en nº 113 de la revista Historia 16, en septiembre de 1985.

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MIL CaSAS

HACE poco tiempo hemospodido ver c6mo nuestro

insigne historiador don ClaudioSanchez Albornoz era enterra­do en el claustra de la catedralde Avila, en media de un 50­lemne rita funerario, en el queparticiparon, junto con el pue­bla que le via nacer, las masartas personalidades de la na­ci6n.

Don Claudio sra una perso­nalidad en el campo de nues­tras letras y, par ello, los abu­lenses, como hornenaje, reser­varon para su sepultura unespacia en su templo mas im­portante: la Catedral.

Todos hemos vista, al visitarnuestras antiguas iglesias, yaconventuales, ya parroqu iales ,numerosas sepulturas d isp ues­tas ordenadamente en el sueladei templo y en las cap illas la­terales y absidales.

.. « ,.'

~Qué tieles se enterrabanalli? l,Estuvieron siernp re lostemplos reservados para en­terrar a los mas ilustres? Paraencontrar respuesta a estaspreguntas y entender hoy elparqué de nuestros rites tune­rarios, es precisa dar marchaatras, par un momento, al relojde la historia.

Costumbre cristiana

Se puede advertir, a travesde la lectura de la Biblia, queel puebla jud lo observaba lapractica de enterrar a los muer­tas tuera de sus poblados.

Los primeras cristianos norecibieron de Jesu cr isto . ni desus padres apost6licos, indica­don 0 precepte alguno ace rcadei lugar donde deber lan situarlas sepulturas de los rnuertos .par la que adoptaron la mismapràctica que observaba el pue­blo hebreo.

Los pr imeros cristianos see xte nd ie r o n par to do e lPr6ximo Oriente, pero preferen­temente por las zonas dei lm-

Juan 1de Castilla (estatuaorsme sobre su seputctoen la catedral de Toledo)

per ie romano. Los romanos.par su parte, observaban conrespecta a sus costurnbres fu­nera rias unas leyes que aleja­ban los cadàveres de las po­blaciones y de los templos conel misrno rigor que las de loshebreos, creyendo que la pre­sencia de los muertos profana­ba los lugares dedicados alcuita de los dioses.

Sin embarg o, las vlrge nesvestales gozaban dei privilegiade sepultarse dentro de Roma.Este privilegia tue aceptadopar todos, y para evitar un abu­sa que producirîa graves pro­blemas a la salud pùblica, seprohibi6 el enterramiento y lacremaci6n dentro de las eluda­des, segùn ordenaba la ley dé­cima de las XII tablas (45 18 . C.): Hominem mortuum in ur­be ne sepelito neve unto (1).

Los cristianos enterraban asus muertos en las catacum­bas, cuevas protundas tuerade la ciudad. Cuando las per­secuciones fueron mas inten­sas, las catacumbas se revela­ron insuficientes, par 10 que al­gunos cristianos ricos ofrec ie­ron Iibremente sus heredadespara sepulcre de los fieles, ala que Hamaron cetnentetios,que quiere decir dormitorio. Deeste modo aparecen, seq ùnRam6n de Huesca, los prime­ras cementerios cristianos (2).

Conseguida la paz de laIglesia, mediante los decretosde Constantino (313 d. C.), losemperadores (ahora cristianos)consintieron el traslado de losrestas de algunos màrtires alos templos, erigiendo en sunonor y memoria basllicas im­portantes, que servian tarnbi énde lugares de cuita.

De su importancia e interre­laci6n es muestra la antiguacosturnbre dei ara, segùn lacual s610 se podia decir misasobre los restos de los rnart irescristianos.

El deseo de los netes cristia­nos de enterrarse cerca de lasreliquias de los màrtires convir­tio los atnos de las basllicas

Juan Il (dela/le deIsepulcro reaf, Cartuja deMiraflores, Burgos)

Sepulcre de don Pedrode Luna (caredral deToledo)

Tumba dei principe donJuan en fa igfesia dei

convento de Santo Tomasde Avila (arriba)

$epu/cro de don Alvarode Luna. cepee de

Santiago en la caredralde Toledo

en el cementerlo de emperado­res y posteriormente de obis­pas, extendiéndose después alos sacerdotes y a otras p erso­nas de alto caracter y recono­cida virtud (3).

Sin embargo, Teodosio elGrande, en ei ana 381, redact6la famosa Cons tltutio, en la queprohibi6 sepultar los muertosdentro de la ciudad y en lostemplos, y mand6 sacar fueratodos los que se hallasen enturnulos , urnas y sarc6fagosdentro de la ciudad, compren­diendo tam bièn las basilicasde los apostoles y mârtires.

La piadosa creenc ia de quesepultarse en los templos eraûtil a las aimas se fue exten­dienc o entre el vulgo, encen ­diendo en todos el deseo deenterrarse en los templos.

Esta anomala sit uac ion pro­duciria ya en los siglos IV y Vuna extrana polérnica sobre lauti lidad para las aImas c ris tia­nas de que los cadaveres seenterrasen junte a los rn àrtires.y entonces, San Agustin res­pondia:

Nada se aprovecha p ar simismo, ni porque el lugar santotenga alguna virtud para expiersus culpas, sino indirecte yocasionalmente, en cuanto losfieles oran par eilas (las aimas)y las encomiendan a Dias po tmedia de t santo en cuya basili ­ca estàn los cuerpos y porqueIrecuentando las iglesias yviendo los sepulcros de susparientes y amigos renuevansu memoria y ofrecen de nuevopar el/os oraeiones y sectiti­cios, de modo ....,ue... sin estasorec lones , que con recta te yp iedad se hacen par los difu n­tas, juzgo que nada aprove ­char ia a las aimas el que loscuerpos estuviesen sep ultadosen los lugares mas santos. Ypueden hacerse... las orecto­nes y sufragios par los difun­tas, aunque no estén sep ulte­dos en ios templos (4).

Los emperadores y reyes, yla misma Iglesia , se opuslerondesde un principio al abuso deenterrarse en el interior de lostemplos, hecho que tomabacada vez mas cuerpo. Aun as i,y a pesar de numerosas levesen contra (5), esta pré ctica tue

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crecien do mas cada dfa, por­que a la p iedad y vanidad, queencendian los deseos de tostietes, se eneaio par ultimo laavarieia de algunos prelados,que concedian, por intotés, lalicencia que s610 deb !an dedisp enser a las personas decerecter y de virtud (6).

Debido a esto, Le6n VI (886­912) aboli6 la ley de las XII ta­blas, ya que la costumbre lahab ia antes abro gado. Estalicencia increment6 la costum­bre de sep ultar ios muertos enlas iglesias, que en los siguien­tes siglos se hizo poco menasque general en todo el orbecristiano (7). '

lnh umaciones en Espana

En la Peninsula lb érica, bajola dominaci6n goda. las c iuda­des mantuvieron coma privile­gia el usa romano de no en­terrar los cad averes dentro desus muras. Cantrariamente a laque suced fa en el resto deImundo cristiana, camo hemosvisto anteriormente, en Espana,hasta el siglo XI, estaba enpractica en Castiua y Arag6nla antigua disciplina de no en­terrarse en la iglesia ni aun laspersonas reales, aunque si seexceptuaban de esta ley gene­rai las que par la sanlidad desu vida, 0 par las grandes yespeciales donaciones, a parnecesidad, 0 tinalmente par suconsagraci6n, habian merecl­do este honor, y con arreglo alas disposiciones ec lesià stic asy civiles (8).

Pronto debieron variar losmodos y ùsos sociales, parquecuando en las Cortes de Alcalàde 1348 se pub licaron las SietePart idas de Alfonso X el Sabio,la ley l, tltulo Il, Partida l, man­daba que no hiciera mercadoen la iglesia ni deben soterrarlos muertas dentra de el/a.

Este importante texto dernues­tra que la antigua costumbre sehabia ido alterando en Espanacoma en el resta dei mundocristiano. Sin embargo, las Parti­das tenfan también su ampliomargen de excepciones y pe r­mitia que se enterrasen en laiglesia a los Reyes, a las Rey-

nas, e a sus fijos, e a los Obis­pas, e a los Ptiores, e a losMaestros, e a los Camendada­res, que son Prelados de las Or­denes e de tas Eclesias Con­ventuales, e a los Ricas-Omes,e a los ornes honrados que tic ie­sen ectesies de nuevo, 0 ma­nsstetios, a escogiesen en ellossepulturas. e a tado ome quefuese clériga, a lego que 10 me­reciese par santidad de buenavida , a de buenas obres (9).

Es justamente a causa deestas excepciones, eminente­mente arnpli as, coma nacioclaramente el usa (que poste­riorme nte degeneré en abuso)de enterrarse todos los cada­veres dentro de los templos.

A partir de entonces, y hastamediados dei slglo XVIII, tantola autoridad civil coma ecle­siàst ica continuaron expresan­do, de una u otra manera, lavoluntad de volver a la antiguacostumbre.

Sin embargo, la costumbrede enterrarse dentro de loslemplos se generaliz6 de laimanera que, exceptuando a al­gunos ajusticiados con intarniay a los pobres de solemnidad,pràcticamente todos los c rtstia­nos se enterraban en el interiorde los templos.

Villa y Co rte

De la misma manera que dis­tintos rnonarc as europeos en elultimo tercio dei siglo XVIII oie­taron decretos instituyendo denuevo los enterramientos tuerade los templos y de las ciuda­des, en Espana, Carlos III , con­rnovico por la inteccion que sehabla producido en el pueblode Pasajes en marzo de 1781,donde hubo 83 muerios a cau­sa de el fedor intolerable queexhalaba la (ig les ia) parroquial,por los muchas ced ëvetes se­puitados al/i (y que hizo nece ­ss rio) cerrar sus puertas y des­man tar el tejada pa ra dar le res­p irade ra (10), encarg6 al Con­sejo de Castilla, en una RealOrden de 24 de marzo de1781 , que debatiera y encon­trara la manera de resolve. elproblema para que no volvieraa ocurrir tarnano desastre.

Lapida de la iglesia de SanSebastian de Madrid, donde est éndepositados los restas de losmuertos de i 2 de mayo de 1808.feligreses de esta parroquia

HISTORIA 16f8 9

El Conseo de Castilla con­sulta, para mejor acierto. a losarzobispos y oblspos y a laReal Academia de la Historia,y a la Real Acadern.a de Medl­cina. Distintos estudios se pu­blicaron entonces defendiendoel retorno a los cementer iosextramuros de las poblac ionespara los enterramientos de loscadéveres (11).

El rey Carlos III, una vez estu­diados dichos informes, mandarestablecer el usa de los cemen­terios ventilados para el enterra­miento de los cadaveres, parReal Cédula dei 3 de abrll de1787. Sin embargo, no todos losfieles quedaron sujetos a estecambio, ya que la Real Cédulamantenfa las mismas excepcio­nes que las Partidas de Alfon­so X el Sablo, a las que habriaque sumar una mas: que aque­lias que tuvieran sepulturas enprop ledad en las Igleslas altiempo de expedirse esta Cédu­la podnan enterrarse en ellas.

La Real Cédula, en conse­cuencia, no pasaba de ser unnuevo intento de cambio, queno diferîa en 10 esencial de to­dos aquellos que la hablan pre­cedldo y que Igualmente habianfracasado. La Real Cédula esasumida par la jerarqula ecle­siastica y don Francisco A deLorenzana, arzobispo de Tole­do, escribe una pastoral a todoslos parrocos de su arzobispadocon fecha 1 de maya dei mismoana, donde inserta la Real Cé­dula de Carlos III y deflende lapostura dei monarca.

Piensa que no tiene funda­mento la pre ocupac ion deaquellos que no quieren en­terrarse en los cementer ios, yaque los enterramientos en lasiglesias son tan s610 tempora­les y al cabo de los anos loshuesos de los difuntos son sa­cados de las sepulturas y lIeva­dos a los osarios, al realizar lasmondas 0 limpias cada ciertoperiodo de tiempo las iglesiasrespectivas.

El papa Pia VI conced ia, se­gùn la pastoral, altar privllegla­do a todas las capil las a erml­tas inmediatas a los cemente­rios e igualmente indulgenciaa todas las personas que asis- ......tieran 0 concurrieran a enterrar .....

Real Cédula de Carlos IIIrestableciendo el usa decementerios, 1787

EN MADRID,

AIil'ODE

EN QUE FOR PUNTO GE~'ERAL SE MANDAresrablecer cl usode CementtriOf vemil#dotp«1'l se­puJElr Ln Ca!:UVetea de los Fie1et, y <pc: te oInen'ela ter Il, dt. 13 de ta Parddaprilftcfl, quetrlEi de

101 que podrin eawratse ee lu Igfct.lu; COZllu adk:clODel y decbradonelque

se exprean.

Entierro de un swo en uncememero (plumilla de 1862,

~::=::;;;;:;==:;:=::::::::;::;;::;~"''''""'li1M..us~e~o.M~u~nicipal de Madrid)