los derechos humanos 2
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CONCEPTO
Los Derechos Humanos son aquellos que
permiten o deben hacer posible una vida
racional entre las apersonas
Esta forma de vida, supone la satisfacción
de las necesidades humanas básicas
Los Derechos Humanos buscan reafirmar
la dignidad de la personas en todas sus
relaciones sociales y frente al Estado
Mediante los Derechos Humanos se
reconocen una serie de atributos
inherentes a todos los seres humanos, sin
distinción alguna
EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Y LOS DERECHOS HUMANOS
El concepto de derechos fundamentales
comprende tanto los presupuestos éticos,
como los componentes jurídicos, vale decir,
comprometen la dignidad humana con sus
objetivos de autonomía moral y la relevancia
jurídica que convierte a los derechos
humanos en norma básica material del
ordenamiento y es un instrumento necesario
para que el individuo se desarrolle en la
sociedad en todas sus potencialidades.
Existen dos normas que nos ayudan a la interpretación jurídica de los derechos humanos: en la Constitución, la Cuarta Disposición Final y Transitoria, el Código Procesal Constitucional, Artículo V del Título Preliminar.
Los derechos y libertades que la Constitución reconoce, se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y con los Tratados y Acuerdos Internacionales ratificados por el Perú.
Gracias a la supremacía de los Derechos
Humanos, podemos exigirle a un juez que
impida la consumación e elimine los
efectos de un acto, estatal o privado,
que vulnere un derecho humano,
regulado no sólo en la Constitución, sino
también en los mencionados Tratados.
DERECHOS HUMANOS
LABORALES
Son el conjunto de derechos laborales
recogidos en los tratados internacionales
de derechos humanos y/o consagrados
en los textos constitucionales
Resultan indispensables para el respeto
de la dignidad humana dentro de las
relaciones laborales y aseguran la
satisfacción de las necesidades básicas
dentro del mundo del trabajo.
Son los que se orientan a posibilitar
condiciones mínimas de vida y de trabajo
apara todas las personas, así como la
organización de los trabajadores para su
defensa, reivindicación y participación
sociopolítica
ELEMENTOS ESENCIALES DE LA
RELACION LABORAL
Los elementos esenciales de la relación
laboral son: la prestación personal del
servicio, el vínculo de subordinación y la
contraprestación remunerativa
Los tres elementos deben presentarse, caso
contrario no hay relación laboral
PRESTACION PERSONAL DEL
SERVICIO
Los servicios para que sean de naturaleza
laboral, deben ser prestados de forma
personal y directa: SOLO EL TRABAJADOR
COMO PERSONA NATURAL
SUBORDINACIÓN
Situación jurídica en la cual el trabajador presta sus servicios bajo la dirección del empleador
Esta facultad le otorga al empleador el poder de dirigir la actividad del trabajador, el cual se llama PODER DE DIRECCIÓN
Dentro de las principales facultades del poder de dirección se tiene:
a) Dictar las órdenes necesarias para la
ejecución de las mismas
b) Fiscalizar: verificar si el trabajador está
cumpliendo con las órdenes dadas
c) Sancionar:
Son el conjunto de derechos laborales,
recogidos en los Tratados Internacionales
de Derechos Humanos y/o consagrados
en los textos constitucionales que
resulten indispensables para l respeto de
la dignidad humana dentro de las
relaciones laborales y que aseguran la
satisfacción de las necesidades básicas
dentro del mundo del trabajo
Son los que orientan a posibilitar
condiciones mínimas de vida y trabajo
para todas las personas, así como la
organización de los trabajos para su
defensa, reivindicación y participación
sociopolítica.
El Derecho de Trabajo, no protege a toda
forma de prestación de servicios, sino a
una manea muy particular de brindarla.
El tipo de trabajo al cual se le otorga
protección es el desempeñado por el ser
humano con una finalidad productiva,
por cuenta ajena, libre y subordinado.
FINALIDAD PRODUCTIVA
Incide en quien lo realiza busca alcanzar
una ventaja patrimonial o económica,
aún cuando este propósito no sea el
único y en la práctica se alcance o no.
LABOR POR CUENTA AJENA
Significa que el trabajo tiene que ser
realizado por encargo de otro, el cual
paga por la labor y se convierte en
propietario(titular) de los bienes o
servicios producidos.
TRABAJO LIBRE
La prestación del servicio debe de
originarse en un acuerdo de voluntades,
es decir que haya un libre consentimiento
de las partes
Esto implica, que tanto la decisión de
trabajar, así como la actividad a
desempeñar y para quién, se origina, al
menos en términos formales, e una
decisión voluntaria.
Nuestra Constitución dispone en su
artículo 2°, numeral 15), que toda
persona tiene derecho a trabajar
libremente, con sujeción a la ley, mientras
que en su artículo 59° menciona que el
Estado garantiza la libertad de trabajo.
TRABAJO HUMANO PRODUCTIVO
NO PRODUCTIVO
POR CUENTA AJENA
POR CUENTA PROPIA
LIBRE
FORZOSO
SUBORDINADO
AUTONOMO
CONCEPTO
El Derecho Individual del Trabajo tiene por objetivo: "el contrato individual del trabajo y las cláusulas que le son incorporadas en virtud de la ley, la convención colectiva, la decisión normativa o los reglamentos.
Esta rama del Derecho Laboral, se desenvuelve en el campo individual, siendo una relación jurídica existente entre un trabajador y un empleador.
ELEMENTOS ESENCIALES DE LA
RELACION LABORAL
La Doctrina señala que los elementos
esenciales de la relación laboral son:
a) la prestación personal del servicio
b) el vínculo de subordinación
c) la contraprestación remunerativa
Si alguno de estos elementos faltan, no hay
relación laboral
Desde el punto de vista de la actual
normativa, se establece que en toda
prestación personal de servicios
remunerados y subordinados, se presume
la existencia de un contrato de trabajo a
tiempo indeterminado.
PRESTACION PERSONAL DEL
SERVICIO
Nuestra legislación exige que los servicios,
para que sean de naturaleza laboral,
deben ser prestados en forma personal y
directa, sólo por el trabajador como
persona natural.
SUBORDINACIÓN Aquella situación jurídica en la cual el trabajador
presta sus servicios bajo la dirección del empleador.
Poder de dirección: Dirigir la actividad del trabajador
a) DIRIGIR: Dictar órdenes necesarias para la ejecución de las mismas
b) FISCALIZAR: Verificar si el trabajador está cumpliendo las órdenes dadas
c) SANCIONAR: Imponer medidas disciplinarias, dentro de los límites de racionabilidad, si el trabajador incurre en cualquier infracción o incumplimiento de sus obligaciones.
REMUNERACION
El íntegro de lo que el trabajador recibe
por sus servicios, en dinero o en especie,
cualquiera sea la forma o denominación
que se le de, siempre que sea de su libre
disponibilidad
LA CONSTITUCIÓN
Manifestación de la soberanía popular
Norma suprema que prevalece sobre
todas las demás normas y obliga a todos
a su cumplimiento
Desde el punto de vista laboral, radica en
que en ella radica los principios y
derechos humanos laborales
EL TRATADO
El acuerdo de voluntades entre dos o
más sujetos de derecho internacional,
celebrado en forma verbal o escrita,
regido por el derecho internacional y
destinado a crear, modificar o extinguir
derechos
EL CONVENIO COLECTIVO
Es uno de los productos de la negociación colectiva
Acuerdo que existe entre el empleador, o un grupo de empleadores y una organización sindical de trabajadores o a falta de éstos, un representante de los mismos, destinado a regular: remuneraciones, condiciones de trabajo y en general las relaciones entre el empleador y los trabajadores.
EL REGLAMENTO INTERNO DE
TRABAJO
Es una manifestación del poder de dirección del empleador en el centro de labores
Puede ser emitido de manera unilateral, sólo por el empleador, pero también puede ser producto de una negociación colectiva.
Regula las materias de jornada de trabajo, permisos y licencias, higiene y seguridad, régimen disciplinario, el ambiente y los medios de trabajo, la clasificación profesional, etc.