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LOS DELITOS INFORMÁTICOS EN LA LEGISLACIÓN PERUANA -Presentado por: Sandra Paripanca Colorado

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LOS DELITOS INFORMÁTICOS EN LA LEGISLACIÓN PERUANA

-Presentado por: Sandra Paripanca Colorado

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El constante progreso tecnológico que experimenta la sociedad, supone una evolución en las formas de delinquir, dando lugar, tanto a la diversificación de los delitos tradicionales como a la aparición de nuevos actos ilícitos. Esta realidad ha originado un debate en torno a la necesidad de distinguir o no los delitos informáticos del resto.

Diversos autores y organismos han propuesto definiciones de los delitos informáticos, aportando distintas perspectivas y matices al concepto. Algunos consideran que es innecesario diferenciar los delitos informáticos de los tradicionales, ya que, según éstos se trata de los mismos delitos, cometidos a través de otros medios.

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DELITOS INFORMÁTICOS

DEFINICIÓN Es toda aquella acción, típica, antijurídica y culpable, que se da por vías informáticas o que tiene como objetivo destruir y dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de Internet.

Se podría definir al delito informático como una acción u omisión culpable realizada por un ser humano, que cause un perjuicio a personas naturales o jurídicas sin que necesariamente se beneficie el autor o que, produzca un beneficio ilícito a su autor aunque no perjudique de forma directa o indirecta a la víctima.

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CARACTERISTICAS Características Generales: Son delitos difíciles de demostrar ya que, en muchos casos, es

complicado encontrar las pruebas: · Son actos que pueden llevarse a cabo de forma rápida y

sencilla: En ocasiones estos delitos pueden cometerse en cuestión de

segundos, utilizando sólo un equipo informático y sin estar presente físicamente en el lugar de los hechos.

Los delitos informáticos tienden a proliferar y evolucionar, lo que complica aún más la identificación y persecución de los mismos:

Características según Julio Téllez Valdez (Mexicano), los delitos informáticos tienen las siguientes características:

a. Son conductas criminales de cuello blanco (white collar crime), en tanto que sólo un determinado número de personas con ciertos conocimientos (en este caso técnicos) puede llegar a cometerlas.

b. Son acciones ocupacionales, en cuanto a que muchas veces se realizan cuando el sujeto se halla trabajando.

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CARACTERISTICAS c. Son acciones de oportunidad, ya que se aprovecha una ocasión

creada o altamente intensificada en el mundo de funciones y organizaciones del sistema tecnológico y económico.

d. Provocan serias pérdidas económicas, ya que casi siempre producen "beneficios" de más de cinco cifras a aquellos que las realizan.

e. Ofrecen posibilidades de tiempo y espacio, ya que en milésimas de segundo y sin una necesaria presencia física pueden llegar a consumarse.

f. Son muchos los casos y pocas las denuncias, y todo ello debido a la misma falta de regulación por parte del Derecho.

g. Son muy sofisticados y relativamente frecuentes en el ámbito militar. h. Presentan grandes dificultades para su comprobación, esto por su

mismo carácter técnico. i. Tienden a proliferar cada vez más, por lo que requieren una urgente

regulación. Por el momento siguen siendo ilícitos impunes de manera manifiesta ante la ley.

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CRÍMENES INFORMÁTICOS “Debido al desarrollo de la

tecnología y entre ellos la computadora, y dado la nueva forma de comisión de delitos a través de las tecnologías es que se ha optado por denominar indistintamente a este tipo de delitos como “delito de abuso de computadoras”.

Falsificación Informática, Fraude, El fraude es una forma de conseguir beneficios utilizando la creatividad, con la inteligencia y viveza del ser humano, Publicación de Contenido obsceno u ofensivo, Acoso, Trafico de Drogas, Terrorismo Virtual, Spam.

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LEY SOBRE DELITOS INFORMÁTICOS-LEY 30096.

“El delito informático, en un inicio se encontraba tipificado en el Art. 186° inc. 3, segundo párrafo del Código Penal de 1991. Esta regulación no era propia de un delito autónomo, sino como una agravante del delito de hurto”.

Según explicó el presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Juan Carlos Eguren, en su momento, esta ley modificada busca incorporar la calidad de ‘deliberada’ e ‘ilegítima’ a los delitos de acceso ilícito, atentados a la integridad de datos informáticos y a la integridad de mecanismos y dispositivos de esta naturaleza.

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CASO Y PROBLEMÁTICA DEL DELITO INFORMÁTICO EN EL PERÚ

El Comercio dio a conocer cómo se venden bases de datos de manera ilegal con total impunidad en el Cercado de Lima, a plena luz del día. Esa data puede valer entre S/.15 y S/.170, dependiendo de su cantidad y detalle.

El mal uso de bases de datos se sanciona con hasta S/.385.000

“Hay dos problemas que afectan el combate de este tipo de delitos. Por un lado, la División de Investigación de Alta Tecnología de la PNP (Divindat) está sobrecargada de trabajo”, y falta personal especializado en el Ministerio Público.

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TIPIFICACIÓN DE LOS DELITOS INFORMÁTICOS EN EL CÓDIGO

PENAL Artículo 207º-A: El que utiliza o ingresa indebidamente

a una base de datos, sistema o red de computadoras o cualquier parte de la misma, para diseñar, ejecutar o alterar un esquema u otro similar, o para interferir, interceptar, acceder o copiar información en tránsito o contenida en una base de datos, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años o con prestación de servicios comunitarios de cincuentidós a ciento cuatro jornadas. Si el agente actuó con el fin de obtener un beneficio económico, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años o con prestación de servicios comunitarios no menor de ciento cuatro jornadas.

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EL DELITO DE HURTO MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE SISTEMA DE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS, DE LA TELEMÁTICA EN GENERAL O VIOLACIÓN DEL EMPLEO DE CLAVES SECRETAS (ART. 186 DEL C.P.)

Uno de los supuestos en los que la informática ha sido empleada como medio para cometer delitos es la figura de Hurto, que establece como modalidad agravada el uso de “sistemas de transferencia electrónica de fondos, de la telemática en general o violación del empleo de claves secretas”.