los centros de e.e. como centros de recursos. objetivo la consolidación del papel de los centros...
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LOS CENTROSDE E.E. COMO
CENTROS DE RECURSOS
OBJETIVO
La consolidación del papel de los centros específicos de E.E.
en el marco de un sistema educativo inclusivo
ACTUACION
Adaptación de determinados CEEE como centros de referencia o de recursos para la comunidad educativa
Decreto 147/2002 de 14 de Mayo de ordenación de la atención educativa del ACNEE asociadas a sus capacidades personales
Decreto 147/2002 de 14 de Mayo de ordenación de la atención educativa del ACNEE asociadas a sus capacidades personales
Art. 32
Colaboración entre los centros específicos de educación especial y los centros ordinarios.
La Consejería de Educación y Ciencia propiciará la vinculación y la colaboración de los centros específicos de educación especial con el conjunto de centros y servicios educativos de la zona
en la que estén situados, con objeto de que la experiencia acumulada por los profesionales y los materiales existentes en ellos, puedan ser conocidos y utilizados para la atención de los
alumnos y de las alumnas con necesidades educativas especiales escolarizados en los centros ordinarios.
Decreto 56/2012, de 6 de Marzo, por el que se regulan las
zonas educativasDecreto 56/2012, de 6 de Marzo, por el que se regulan las
zonas educativas
Art. 5
La Consejería de Educación favorecerá el funcionamiento en red de los centros docentes con objeto de compartir recursos, experiencias e iniciativas.
Los Centros de Recursos son centros (generalmente creados y gestionados por la administración educativa) donde se diseñan, crean, recopilan y analizan materiales didácticos y recursos educativos, con el
objetivo de poner los mismos a disposición de los centros educativos y del profesorado, proporcionándoles así mismo apoyo educativo,
asesoramiento y formación.
DEFINICIÓN
REFERENTES PARA
DISEÑAR Y CONCRETARNUESTRO
PROPIO MODELO
Centro Nacional de Recursos para la Educación Especial (CNREE), creado por Decreto 969/1986, de 11 de Abril.
Centro de Recursos de Educación Especial de Navarra (CRENA) creado en 1993
Centro Especializado de Recursos Educativos (CERE) del País Vasco, creado por Decreto 9/1990 de 23 de Enero.
Centro de Recursos para la Educación Especial (CREE) de Cantabria
Es necesario discutir en profundidad que modelo de Centro de Recursos
queremos para nuestra Comunidad Autónoma
Estructura
Funciones
Áreas o secciones de trabajo
Ámbito de actuación (local, comarcal, provincial, autonómica)
Especificidad (por discapacidades)
EL CENTRODE E.E. DE SORDOS
COMO CENTRO DE RECURSOS
CREDA
La Generalitat Catalana creó por Decreto 155/1994 de 28 de Junio, los Centros de Recursos educativos para deficientes auditivos (CREDA) y estableció en su art. 9, que “en determinadas situaciones, cuando la atención a los alumnos lo aconseje, un centro de recursos educativos para deficientes auditivos y un centro de educación especial podrán formar parte de una misma estructura orgánica”. Así los centros de EE de Sordos se transformaron en Centros de Recursos, siendo el primero de ellos el Centro Municipal Fonoaudiológico de Barcelona que se transformó en el CREDA Pere Barnils, existiendo en la actualidad un total de 10 CREDA.
Área de orientación, asesoramiento y apoyo
Área de diagnóstico y evaluación audiológica
Área de formación
Área de atención directa
FAMILIAS
PROFESORADO
ENTIDADES
LOGOPEDA / PSICÓLOGO / T. SOCIAL / PADRES
MATERIAL DIVULGATIVO ( DVD, LIBROS, REVISTAS, ETC. )
COORDINACION Y DERIVACION CENTRO HOSPITALARIO
ORIENTACIÓN METODOLOGÍA, RECURSOS Y ESTRATEGIAS
A PETICIÓN DEL EQUIPO ESPECIALIZADO Y COORDINADO
APORTACIÓN DE MATERIALES Y RECURSOS
RECURSOS DISPONIBLES PARA LA D. AUDITIVA
PROCEDIMIENTOS Y PROTOCOLOS DE GESTION
AYUDAS Y SUBVENCIONES DISPONIBLES
Bajo petición de los Servicios Médicos, Centros Audiológicos o Equipo Especializado
Coordinación con los
Centros Hospitalarios y
Audiológicos
Pruebas sin validez clínicaque aportan información complementaria
al diagnóstico médico
Protocolos de Actuación conjunta
Ycanales de información
OtoscopiaImpedanciometría
Reflejo estapedianoAudiometría tonal y vocalOtoemisiones acústicas
Dinámica auditiva, umbral de disconfort y SISI.
PRUEBAS AUDIOLÓGICAS
Es concretamente en este campo donde tenemos una mayor necesidad de apoyo, ya que no siempre se puede disponer del personal necesario para
realizar este trabajo, ni de los recursos económicos para hacer llegar todo el material necesario a los Centros que lo demandan.
Material bibliográfico y divulgativo. Material específico en LSE y Bimodal. Programas informáticos Servicio de videoteca subtitulada Dispositivos y ayudas técnicas
Centro colaborador de
prácticas
Cursos Jornadas
Grupos de Trabajo
Visitas y
Jornadas de formación
ACTIVIDADES FORMATIVAS
Intérprete L.S.E.
Técnico Audioprotésico
FacultadC. Educación
CEPs
UCA
Entidades
Visitas detrabajo
Estancias deformación
Unidad Habilitación Implantes CoclearesUnidad
Habilitación Implantes Cocleares
Atención Temprana
Atención Temprana
Experiencias Escolarización
CombinadaExperiencias
EscolarizaciónCombinada
La técnica del Implante Coclear no consiste simplemente en la realización de una intervención quirúrgica. Su puesta en práctica exige una adecuada y prolongada rehabilitación
La estimulación en estos primeros años es indispensable para que el niño sordo pueda tener un desarrollo auditivo funcional, que le permita a su vez el desarrollo pleno de sus capacidades
Los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales escolarizados en centros ordinarios podrán recibir atención educativa especializada en los centros específicos de E.E.
Unidad de Habilitación Implantes CoclearesLa instalación de un Implante Coclear y el trabajo médico solo garantiza la percepción de sensaciones sonoras a nivel de la
corteza cerebral auditiva, pero en ningún momento la comprensión de dicha información, ni su funcionalidad. Para ello, es necesario un trabajo complejo y prolongado con profesionales
cualificados (logopedas) y la aplicación de determinados programas de habilitación auditiva-verbal.
La instalación de un Implante Coclear y el trabajo médico solo garantiza la percepción de sensaciones sonoras a nivel de la
corteza cerebral auditiva, pero en ningún momento la comprensión de dicha información, ni su funcionalidad. Para ello, es necesario un trabajo complejo y prolongado con profesionales
cualificados (logopedas) y la aplicación de determinados programas de habilitación auditiva-verbal.PERFIL DEL LOGOPEDA
(Formación Básica)
PERFIL DEL LOGOPEDA(Formación Básica)
Acústica del habla Fonética Audiología Procesos de desmutización
Acústica del habla Fonética Audiología Procesos de desmutización
Terapia Auditivo-Verbal Estrategias de codificación Neuroanatomía fisiológica Mapas de programación
Terapia Auditivo-Verbal Estrategias de codificación Neuroanatomía fisiológica Mapas de programación
Es necesario contar con un profesional de gran experiencia y formación específica así como una buena coordinación con el
centro implantador
NIVELES DE INTERVENCIÓN
Pre – Implante6 meses aprox.
2 sesiones semanales45 minutosPre – Implante
6 meses aprox.2 sesiones semanales
45 minutos
Seguimiento1 a 2 años aprox.1 sesión mensual
60 minutosSeguimiento1 a 2 años aprox.1 sesión mensual
60 minutos
Post – Implante2 a 4 años aprox.
2/3 sesiones semanales45 minutosPost – Implante
2 a 4 años aprox.2/3 sesiones semanales
45 minutos
PROGRAMA AUDITIVO
1. Detección
2. Discriminación
3. Identificación
4. Reconocimiento
5. Comprensión
PROGRAMA AUDITIVO
1. Detección
2. Discriminación
3. Identificación
4. Reconocimiento
5. Comprensión
PROGRAMA DE APOYO
• Progreso auditivo
• Asesoramiento técnicoPROGRAMA DE APOYO
• Progreso auditivo
• Asesoramiento técnico
ESTIMULACIÓN AUDITIVA
• Presencia / ausencia
• Orientación espacial
• Cualidades del sonido
• Igual / diferente
• Identificación / emisión
ESTIMULACIÓN AUDITIVA
• Presencia / ausencia
• Orientación espacial
• Cualidades del sonido
• Igual / diferente
• Identificación / emisión
COORDINACION ENTRE LOS CENTROS IMPLANTADORES (HOSPITALES), LA UNIDAD DE IMPLANTES COCLEARES (CENTRO E.E.) Y EL CENTRO ORDINARIO
CENTRO IMPLANTADOR
(Hospital)
CENTROE.E.
SORDOS
CENTROORDINARIO
Programación del implante
Programa auditivo
Rehabilitación logopédica
Desarrollo del lenguaje
• Correo electrónico• Teléfono• Intercambio de
informes• Jornadas de trabajo
(anual)
• Correo electrónico• Teléfono• Asesoramiento técnico• Visita de trabajo
(trimestral)
Unidad de Atención Temprana
El Centro viene asumiendo en los últimos años en coordinación con el equipo específico
de atención temprana de la Delegación Territorial de Educación
y la Consejería de Salud, la atención temprana de los alumnos sordos
que se detectan en el área de influencia del centro
La experiencia nos demuestra que si
comenzamos la habilitación auditiva en los primeros
meses de vida, la implantación del lenguaje
oral y el inicio de la escolarización ( 3 años) en régimen de integración se
logra con garantías de éxito en el 80/90 % de los casos.
Experiencia de Escolarización combinada
ESCOLARIZACION COMBINADACENTROORDINARIO
CENTROESPECÍFICO
Ley 10/2002 de 23 de Diciembre de Calidad de la Educación
Ley 10/2002 de 23 de Diciembre de Calidad de la Educación
Artículo 45. Los alumnos con necesidades educativas especiales serán escolarizados en función de sus características, integrándolos en grupos ordinarios, en aulas especializadas en centros ordinarios, en centros de educación especial o en escolarización combinada.
Artículo 45. Los alumnos con necesidades educativas especiales serán escolarizados en función de sus características, integrándolos en grupos ordinarios, en aulas especializadas en centros ordinarios, en centros de educación especial o en escolarización combinada.Decreto 147/2002 de 14 de Mayo de ordenación de la atención
educativa del ACNEE asociadas a sus capacidades personales Decreto 147/2002 de 14 de Mayo de ordenación de la atención educativa del ACNEE asociadas a sus capacidades personales
Los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales escolarizados en centros ordinarios podrán recibir atención educativa especializada en los centros
específicos de educación especial, en las condiciones que la Consejería de Educación y Ciencia determine. Asimismo, la Administración educativa promoverá experiencias
de escolarización combinada entre centros ordinarios y centros específicos de educación especial, cuando esta modalidad satisfaga las necesidades educativas
especiales del alumnado que participe en ellas.
PROCEDIMIENTO PARA PONER EN MARCHA EXPERIENCIAS DE ESCOLARIZACIÓN COMBINADA
ACUERDOCENTROORDINARIO
CENTROESPECÍFICO
Informe favorable y razonado del EOE de referencia del Centro donde se encuentre
escolarizado el alumno o alumna (Dictamen).
VºBºServicio de Inspección Educativa
AUTORIZACIÓN DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN
COORDINADOCoordinador/a Provincial del
área de n.e.e.
Coordinador/a Provincial del área de n.e.e.
Coordinador/a del Equipo Especializado de Auditivos
Coordinador/a del Equipo Especializado de Auditivos