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LOS BIENES CONCEPTO El término "bien”, en sentido genérico comprende cualquier elemento del patrimonio, esto es, los objetos corporales (un automóvil) o incorporales (una marca de fábrica), e incluso los derechos obligacionales (me deben 100, es decir, un crédito). Junto a estos bienes patrimoniales se puede mencionar también a los bienes personales, tales como la vida, la libertad, el honor, etc., obviamente estos últimos están fuera del comercio. Los bienes son objeto de los derechos reales. Es toda entidad material o inmaterial, que es tomada en consideración por la ley, en cuanto constituye o puede constituir objeto de relaciones jurídicas. CARACTERÍSTICAS DE LOS BIENES Los bienes reúnen las siguientes características: - El bien es diferente al sujeto - El bien es un concepto que tiene relevancia jurídica - El bien proporciona utilidad - Los bienes son susceptibles de apropiación - El tráfico de los bienes debe ser lícito - Los bienes pueden ser futuros - Los bienes tienen valor económico CLASIFICACIÓN DE LOS BIENES SEGÚN LA DOCTRINA Se clasifican de dos formas: - Por su naturaleza - Por las relaciones que se producen entre los bienes A) SEGÚN SU NATURALEZA: BIENES CORPORALES Y BIENES INCORPORALES: Bienes Corporales.- Son aquellos que tienen existencia real y pueden ser percibidos a través de los sentidos, se caracterizan por su materialidad o presencia física. Bienes Incorporales.- Son aquellos que no son percibidos por los sentidos, sino a través de la inteligencia, no tienen contenido

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Page 1: Los Bienes Sem1

LOS BIENES

CONCEPTO

El término "bien”, en sentido genérico comprende cualquier elemento del patrimonio, esto es, los objetos corporales (un automóvil) o incorporales (una marca de fábrica), e incluso los derechos obligacionales (me deben 100, es decir, un crédito). Junto a estos bienes patrimoniales se puede mencionar también a los bienes personales, tales como la vida, la libertad, el honor, etc., obviamente estos últimos están fuera del comercio.

Los bienes son objeto de los derechos reales. Es toda entidad material o inmaterial, que es tomada en consideración por la ley, en cuanto constituye o puede constituir objeto de relaciones jurídicas.

CARACTERÍSTICAS DE LOS BIENES

Los bienes reúnen las siguientes características:

-       El bien es diferente al sujeto

-       El bien es un concepto que tiene relevancia jurídica

-       El bien proporciona utilidad

-       Los bienes son susceptibles de apropiación

-       El tráfico de los bienes debe ser lícito

-       Los bienes pueden ser futuros

-       Los bienes tienen valor económico

CLASIFICACIÓN DE LOS BIENES SEGÚN LA DOCTRINA

Se clasifican de dos formas:

-       Por su naturaleza

-      Por las relaciones que se producen entre los bienes

A)   SEGÚN SU NATURALEZA:

BIENES CORPORALES Y BIENES INCORPORALES:

Bienes Corporales.- Son aquellos que tienen existencia real y pueden ser percibidos a través de los sentidos, se caracterizan por su materialidad o presencia física.

Bienes Incorporales.- Son aquellos que no son percibidos por los sentidos, sino a través de la inteligencia, no tienen contenido material, sin embargo existen, es por ello que se encuentran íntimamente relacionados con el derecho.

BIENES FUNGIBLES Y NO FUNGIBLES.

Page 2: Los Bienes Sem1

Bienes Fungibles.- Son aquellos bienes que pertenecen a un mismo género y se encuentran en el mismo estado, para algunos esta clase de bienes puede ser reemplazado por otros bienes equivalentes sin perder su sustancia. Ejemplo: Un tarro de leche.

Bienes No Fungibles.- Son aquellos bienes que no pueden ser sustituidos o cambiados por otros del mismo género o clase de bienes, no se encuentran de forma expresa en el código civil sin embargo están recogidos por la doctrina. Ejemplo: una obra de arte.

BIENES CONSUMIBLES Y NO CONSUMIBLES.

Bienes Consumibles.- Son aquellos cuya existencia desaparecen o terminan con el primer uso, esto es el consumo material del bien y que da lugar a su desaparición.

Bienes No Consumibles.- Son aquellos cuyo uso reiterado o repetitivo no origina su desaparición, por lo que el bien puede ser susceptible de varios usos. Ejemplo: El manejo de un automóvil.

BIENES DIVISIBLES E INDIVISIBLES.

Bienes Divisibles.- Son aquellos donde es factible su división en fracciones o porciones reales sin afectar ni destruir o menos acabar su propia capacidad económica por lo que cada fracción también resulta un informe y conservan su utilidad.

Bienes Indivisibles.-  Son aquellos donde por su naturaleza o utilidad tienen un fin económico que no es susceptible de ser dividido, caso contrario perderá su esencia y finalidad.

-          La similitud entre ambos bienes (divisibles e indivisibles) está relacionado con la fragmentación o unidad del bien.

BIENES PRESENTES Y FUTUROS

Bienes Presentes.- Son aquellos bienes que tienen existencia y es efectiva en un tiempo determinado.

Bienes Futuros.- Son aquellos que tienen existencia real, pero es para que existan posteriormente o hay la probabilidad de que ello suceda.

-          En esta clase de bienes juega un papel fundamental el tiempo, en la medida que pueda existir un bien o también se pueda esperar su existencia.

BIENES IDENTIFICABLES Y NO IDENTIFICABLES

Bienes Identificables.- Son aquellos que pueden ser fácilmente determinados, diferenciados de los demás, los que permite en un momento dado perseguirlos y localizarlos.

Bienes No Identificables.- Se confunden con los demás género y especie, y para determinar los hay que pasarlos o medirlos.

BIENES MUEBLES E INMUEBLES.

Page 3: Los Bienes Sem1

Bienes Muebles.- Son aquellos bienes que pueden ser trasladados de un lugar a otro, sin que pierdan su individualidad, utilidad y valor, se caracteriza por su movilidad.

Bienes Inmuebles.- No pueden ser trasladados de un lugar a otro. Ejemplo: el suelo, el mar, las minas, las concesiones. (ART. 885 C.C.).

-          Constituye la clasificación más importante y antigua, porque viene del derecho romano. Se funda en el arraigo o no de los bienes al suelo, distinción que se pone de manifiesto en sus propias denominaciones ya que los bienes arraigado al suelo y por tanto inmovilizados, recibieron el nombre de inmuebles, ya que no pueden ser transportados de un lugar a otro.

B)   SEGÚN LA RELACIÓN ENTRE BIENES:

BIENES PRINCIPALES Y ACCESORIOS.

Bienes Principales.- Son bienes que tienen existencia propia e independiente, que existen por sí y para sí mismos.

Bienes Accesorios.- Son aquellos bienes que carecen de existencia propia, dependen de otros bienes, o de las principales a los que están adheridos,

BIENES SIMPLES Y COMPUESTOS.

Bienes Simples.- Son aquellos que por su naturaleza constituyen una unidad lateral, una unidad propia, aunque químicamente estén constituidos por distintos elementos como casi siempre ocurre, tales son los casos de los productos de agricultura.

Bienes Compuestos.- Son aquellos que están constituidos por diversas partes que no obstante de ser identificables integran necesariamente un todo, partes que al ser consideradas individualmente tienen importancia y valor propio, de modo que también pueden ser considerados como objetos independientes, como es el caso de un automóvil y las diferentes piezas que lo conforman.