los bancos que no quieren darte la cuenta universal gratuita

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LOS BANCOS QUE NO QUIEREN DARTE LA CUENTA UNIVERSAL GRATUITA HAGO ESTE POST PORQUE NO HAY MUCHA INFORMACION CLARA EN INTERNET,Y LOS BANCOS ANDAN MINTIENDO A DIESTRA Y SINIESTRA SOBRE EL TEMA,ASI QUE AQUI VA : RESOLUCION DEL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA,AL FINAL DEL POST DEJO EL PDF COMPLETO ,DONDE ADEMAS SE DETALLAN OTRAS CUENTAS ,COMO CAJAS DE AHORRO ,CORRIENTES ETC. TEXTO ORDENADO AL 1/8/2011 CUENTA GRATUITA UNIVERSAL 4.1. Entidades intervinientes. 4.1.1. Bancos comerciales de primer grado. 4.1.2. Compañías financieras. 4.1.3. Cajas de crédito cooperativas. 4.1.4. Sociedades de ahorro y préstamo para la vivienda u otros inmuebles. Dichas entidades, en la medida en que tengan instalados al menos diez cajeros automáticos al 1.10.10 o alcancen ese número posteriormente, deberán abrir estas cuentas a solicitud de quienes así lo requieran. 4.2. Titulares. Personas físicas hábiles para contratar o para disponer libremente del producido de su trabajo lícito, que no sean titulares de cuentas corrientes, cajas de ahorros, cuentas sueldos, cuentas básicas o cuentas gratuitas universales, en la misma entidad ni en otras del sistema y a las cuales no les resulte de aplicación el periodo de carencia a que se refiere el último párrafo del punto 4.14.3. (cierre de la cuenta por superar el saldo admitido). A esos efectos deberán sus-

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  • LOS BANCOS QUE NO QUIEREN DARTE LA CUENTA UNIVERSAL GRATUITA

    HAGO ESTE POST PORQUE NO HAY MUCHA INFORMACION CLARA ENINTERNET,Y LOS BANCOS ANDAN MINTIENDO A DIESTRA Y SINIESTRASOBRE EL TEMA,ASI QUE AQUI VA :

    RESOLUCION DEL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA,ALFINAL DEL POST DEJO EL PDF COMPLETO ,DONDE ADEMAS SE DETALLANOTRAS CUENTAS ,COMO CAJAS DE AHORRO ,CORRIENTES ETC.

    TEXTO ORDENADO AL 1/8/2011

    CUENTA GRATUITA UNIVERSAL

    4.1. Entidades intervinientes.

    4.1.1. Bancos comerciales de primer grado.4.1.2. Compaas financieras.4.1.3. Cajas de crdito cooperativas.4.1.4. Sociedades de ahorro y prstamo para la vivienda u otros inmuebles.

    Dichas entidades, en la medida en que tengan instalados al menos diez cajerosautomticos al1.10.10 o alcancen ese nmero posteriormente, debern abrir estas cuentas asolicitud dequienes as lo requieran.

    4.2. Titulares.

    Personas fsicas hbiles para contratar o para disponer libremente del producidode su trabajolcito, que no sean titulares de cuentas corrientes, cajas de ahorros, cuentassueldos, cuentasbsicas o cuentas gratuitas universales, en la misma entidad ni en otras delsistema y a lascuales no les resulte de aplicacin el periodo de carencia a que se refiere el ltimoprrafo delpunto 4.14.3. (cierre de la cuenta por superar el saldo admitido). A esos efectosdebern sus-

  • cribir una declaracin jurada.

    4.3. Identificacin del titular.

    Se verificar sobre la base de los documentos que debern exhibir los titulares,con ajuste a loprevisto en los puntos 6.1.1. y 6.1.2. de la Seccin 6. En el caso de extranjerosque acreditenpor lo menos un ao de residencia permanente o temporaria en el pas, segnsurja de la do-cumentacin o certificacin emitida por la Direccin Nacional de Migraciones, y sinDNI, se re-querir el documento identificatorio del pas de origen y constancia de DNI entrmite expedidapor el Registro Nacional de las Personas.

    Adems, se exigirn los siguientes datos:

    4.3.1. Nombres y apellidos completos.

    4.3.2. Lugar y fecha de nacimiento.

    4.3.3. Nacionalidad.

    4.3.4. Domicilio.

    4.3.5. Profesin, oficio, industria, comercio, etctera.

    4.3.6. Estado civil.

    4.4. Apertura y recaudos.

    Estas cuentas sern abiertas con la sola presentacin del documento de identidad,sin perjui-cio de extremar los recaudos a fin de prevenir la apertura de cuentas condocumentacin ap-crifa, no autntica o a nombre de personas que exhiban documentos que no secorrespondancon sus presentantes.

  • Las entidades debern prestar atencin al funcionamiento de las cuentas con elpropsito deevitar que puedan ser utilizadas en relacin con el desarrollo de actividadesilcitas.

    Se recomienda impartir instrucciones para que previo a dar curso al depsito decheques setengan en cuenta aspectos tales como la antigedad de la cuenta, su movimiento,permanen-cia de las imposiciones y todo otro recaudo que la prctica haga aconsejable, sinllegar a per-judicar los legtimos intereses de los clientes que actan honestamente.

    4.5. Moneda.

    Pesos.

    4.6. Seguridad informtica.

    Las entidades debern tener implementados mecanismos de seguridadinformtica que garan-ticen la autenticidad de las operaciones.

    4.7. Depsitos y otros crditos.

    4.7.1. Depsitos por ventanilla en las condiciones que se convengan.

    Las boletas que se empleen debern contener, como mnimo, los siguientesdatos:

    4.7.1.1. Denominacin de la entidad financiera.

    4.7.1.2. Nombres y apellidos y nmero de cuenta.

    4.7.1.3. Importe depositado.

    4.7.1.4. Lugar y fecha.

    4.7.1.5. Cuando se trate de depsitos de cheques u rdenes de pago oficialnominati-vas, la denominacin de la entidad girada y el importe de cada uno de los do-

  • cumentos depositados.

    4.7.1.6. Sello de la casa receptora, salvo que se utilicen escrituras mecanizadasde se-guridad.

    Podrn emplearse medios alternativos tales como la tarjeta magntica o identi-ficacin por clave personal que garanticen la autenticidad de las operaciones,extendiendo la pertinente constancia del depsito expedida mecnicamente.

    4.7.2. Depsitos en cajeros automticos y en terminales de autoservicio dentro delterritorio na-cional.Se emitir la constancia con los datos esenciales de la operacin.

    4.7.3. Transferencias -inclusive electrnicas-, rdenes telefnicas, a travs de"internet", etc.

    Ser comprobante de la operacin su registro en el resumen de cuenta (punto4.13.).

    4.7.4. Intereses capitalizados y otros crditos.

    El total de acreditaciones -cualquiera sea el concepto- por mes calendario nopodr superar $10.000.-

    El saldo de la cuenta, medido en promedio mvil de saldos diarios de los ltimostres meses ca-lendario, no deber exceder $ 10.000, siendo aplicable lo previsto en el punto4.14.3. en casode que sea superado.

    4.8. Extraccin de fondos.

    4.8.1. Por ventanilla: en las condiciones que se convengan, mediante documentosque renanlas caractersticas propias de un recibo.

    Podrn emplearse otros medios alternativos tales como la tarjeta magntica o

  • identifica-cin por clave personal que garanticen la autenticidad de las operaciones,extendiendo lapertinente constancia de la transaccin.

    4.8.2. A travs de cajeros automticos y operaciones realizadas por intermedio determinalesen puntos de venta dentro del territorio nacional.

    Se emitir la pertinente constancia con los datos esenciales de la operacin.

    4.8.3. Transferencias -inclusive electrnicas-, rdenes telefnicas, a travs de"internet", etc.

    Ser comprobante de la operacin su registro en el resumen de cuenta (punto4.13.).

    4.8.4. Dbitos internos, automticos para el pago de impuestos y servicios,comisiones y otrosconceptos, en las condiciones convenidas.

    4.8.5. Por compras en comercios adheridos, efectuadas con tarjeta de dbito.

    Se emitir la pertinente constancia con los datos esenciales de la operacin.

    4.8.6. Los movimientos -cualquiera sea su naturaleza- no podrn generar saldodeudor.

    4.9. Movimientos sin cargo.

    Sern sin cargo las siguientes operaciones:

    - las que se canalicen a travs de alguno de los cajeros automticos del pas quecorrespondaa la misma entidad financiera emisora de la tarjeta de dbito que se entregue paraoperarcon la cuenta,

    - los dbitos por compras en comercios, y

  • - los dbitos automticos de servicios.

    Respecto de las transferencias se observarn las normas generales que resultenaplicables.Sin embargo, en caso de que sea ordenada a travs de cajeros automticospertenecientes aotra entidad financiera, la operacin podr estar sujeta a cargos por uso de talesequipos.

    4.10. Retribucin.

    Los saldos de estas cuentas sern remunerados a la tasa de inters que seconvenga.

    Los intereses se liquidarn por perodos mensuales vencidos y se acreditarn enla cuenta enlas fechas que se convengan.

    Podrn pactarse otras formas de retribucin adicionales a la tasa de inters o ensu re-emplazo, aspectos que debern especificarse claramente y de manera legible enel contrato.

    4.11. Convenios para formular dbitos.

    En la medida que sean convenidos, deber acreditarse la conformidad previa yexpresa delos titulares para que se debiten los importes por los siguientes conceptos:

    4.11.1. Operaciones propias de la entidad.

    4.11.2. Operaciones de servicios de cobranza por cuenta de terceros, concertadosdirecta-mente con la entidad o a travs de dichos terceros (dbitos automticos) para elpagode impuestos, tasas, contribuciones y aportes, facturas de servicios pblicos opriva-dos, resmenes de tarjetas de crdito, etc. cuando se encuentre asegurado elcono-cimiento por el cliente con una antelacin mnima de 5 das hbiles respecto de la

  • fe-cha fijada para el dbito que el titular haya contratado.

    En caso de que el cliente formalice su adhesin al servicio de dbito automtico atra-vs de la empresa prestadora de servicios, organismo recaudador de impuestos,etc.,a fin de efectuar los dbitos ser suficiente la comunicacin que la empresa oenteenve a la entidad notificando la adhesin, cuya constancia podr quedar en poderdela empresa o ente.

    El cliente podr formalizar su adhesin al sistema de dbito automtico a travs delaentidad financiera en la cual mantiene su cuenta o a travs de la empresaprestadorade servicios, organismo recaudador de impuestos, etc. en la medida en que, enlosaspectos pertinentes, se observen los requisitos sealados precedentemente.Igualopcin cabr para manifestar la desafectacin o baja de un servicio de estesistema.

    La adhesin a este mecanismo de dbito automtico estar condicionada a laposibi-lidad de revertir las operaciones en las condiciones establecidas en el punto 4.12.

    4.11.3. Comisiones.

    4.11.3.1. Mantenimiento de cuenta: sin cargo.

    4.11.3.2. Por las operaciones no previstas en el punto 4.9.: debern detallarse lascomisiones, con mencin de sus importes as como las fechas y/o periodici-dad de esos dbitos.

    4.11.4. Las modificaciones en las condiciones o importe de las comisiones cuyodbito hubie-re sido aceptado debern ser comunicadas al titular y obtener su consentimiento,con

  • por lo menos 5 das hbiles de anterioridad a su aplicacin.

    Siempre que no medie rechazo expreso del cliente, las nuevas condicionespodrnaplicarse luego de transcurrido un lapso no inferior a 30 das corridos, contadosdesdela fecha de vencimiento del plazo que se haya establecido para el envo o lapuesta adisposicin de los resmenes, salvo que se opte por la notificacin fehaciente alclien-te, en cuyo caso dicho lapso se reduce a 5 das. En caso de cambios quesignifiquendisminuciones en las comisiones o gastos, los nuevos importes podrn seraplicadossin necesidad de aguardar el transcurso de los citados plazos.

    Los fondos debitados por comisiones sin el previo conocimiento de los clientes oapesar de su oposicin, conforme a lo establecido precedentemente, debern serrein-tegrados a los titulares dentro de los 5 das hbiles siguientes a la fecha en queaqulpresente su reclamo ante la entidad. Adicionalmente, corresponder reconocer elim-porte de los gastos realizados para la obtencin del reintegro y los interesescompen-satorios pertinentes hasta el lmite equivalente al 100% de los dbitosobservados.

    4.12. Reversin de dbitos automticos.

    En los convenios que las entidades financieras concierten con los titulares para laadhesin asistemas de dbito automtico para el pago de impuestos, facturas de serviciospblicos oprivados, resmenes de tarjetas de crdito, etc. deber incluirse una clusula queprevea laposibilidad de que el cliente ordene la suspensin de un dbito hasta el da hbilanterior -inclusive- a la fecha de vencimiento y la alternativa de revertir dbitos por el total

  • de cadaoperacin, ante una instruccin expresa del cliente, dentro de los 30 das corridoscontadosdesde la fecha del dbito. La devolucin ser efectuada dentro de las 72 horashbiles si-guientes a la fecha en que la entidad reciba la instruccin del cliente.

    En los casos en que el importe de la reversin solicitada supere los $ 750.-,siempre que laempresa originante del dbito no se oponga a la reversin por haberse hechoefectiva la dife-rencia de facturacin en forma directa, corresponder su devolucin.

    Cuando se trate de liquidaciones de tarjetas de crdito de sistemas abiertos, enreemplazodel aludido procedimiento de reversin, las entidades debern tenerinstrumentados meca-nismos que permitan a los usuarios gestionar a travs de ellas la reversin decupones in-cluidos en las liquidaciones y el reintegro de los importes pertinentes que hayansido debita-dos.

    4.13. Resumen de cuenta.

    No resulta obligatorio el envo peridico de resmenes con el detalle de losmovimientos re-gistrados en las cuentas.

    En su reemplazo, el sistema de cajeros automticos de la entidad deber prever laprovisinsin cargo para el cliente de un taln en el que figuren el saldo y los ltimos 20movimientosoperados.

    Se emitir sin cargo para el cliente, en caso de que ste haya hecho uso delservicio de dbi-to automtico, y como mnimo, un resumen semestral de movimientos y pagos deimpuestos,servicios y otros conceptos, que se pondr a disposicin del titular en cualquiera

  • de las su-cursales de la entidad financiera.

    En el resumen se har constar el tipo de cuenta de que se trata -conforme lasmodalidadesde captacin habilitadas por el Banco Central-, la clave bancaria uniforme (CBU)para que elcliente pueda formular su adhesin a servicios de dbito automtico y, en el lugarque deter-mine la entidad, el importe total debitado en el perodo en concepto de Impuesto alas tran-sacciones financieras y el nmero de clave de identificacin tributaria (CUIT, CUILo CDI) delos titulares de la cuenta, segn los registros de la depositaria. Ser obligacinconsignar losdatos de hasta tres de sus titulares; cuando ellos excedan de dicho nmero,adems, se indi-car la cantidad total.

    De corresponder las entidades informarn los siguientes datos mnimos:

    4.13.1. Cuando se produzcan dbitos correspondientes al servicio de dbitoautomtico:

    - Denominacin de la empresa prestadora de servicios, organismo recaudador deimpuestos, etc., al cual se destinaron los fondos debitados.

    - Identificacin del cliente en la empresa o ente (apellido y nombre o cdigo ocuenta,etc.).

    - Concepto de la operacin causante del dbito (mes, bimestre, cuota, etc.).

    - Importe debitado.

    - Fecha de dbito.

    4.13.2. Cuando se efecten transferencias:

    4.13.2.1. Si la cuenta pertenece al originante de la transferencia:

  • - Informacin discrecional a criterio de la empresa o individuo originante.

    - Importe transferido.

    - Fecha de la transferencia.

    4.13.2.2. Si la cuenta es del receptor de la transferencia:

    - Nombre de la persona o empresa originante.

    - Nmero de CUIT, CUIL o DNI del originante.

    - Referencia unvoca de la transferencia. Cuando se trate de transferenciasoriginadas por la Administracin Nacional de la Seguridad Social, que res-pondan al concepto asignaciones familiares, deber consignarse en losresmenes de cuenta (o en los comprobantes de movimientos que se emi-tan a travs de cajeros automticos) de los respectivos beneficiarios, la le-yenda ANSES SUAF/ UVHI.

    - Importe total transferido.

    - Fecha de la transferencia.

    Se presumir conformidad con el movimiento registrado en la entidad si dentro delos 60das corridos de vencido el respectivo perodo no se encuentra en poder de laentidad laformulacin de un reclamo.

    cierre de la cuenta

    4.14.1. Por decisin del titular.

    El titular podr, mediante presentacin en la entidad, efectuar el retiro total delsaldo(capital e intereses) y cerrar su cuenta. La entidad proporcionar constancia delres-pectivo cierre, sin cargo para el cliente.

    4.14.2. Por decisin de la entidad.

  • Proceder cuando a juicio de la entidad financiera el cliente no haya dado cumpli-miento de las condiciones operativas detalladas en el manual de procedimientosdelpunto 6.10. de la Seccin 6. o en caso de que la cuenta no registre saldo o movi-mientos por ms de un ao.

    4.14.2.1. Procedimiento general.

    Se comunicar a los titulares por correo mediante pieza certificada, otor-gndose un plazo no inferior a 30 das corridos antes de proceder al cierrede la cuenta y traslado de los fondos a saldos inmovilizados.

    Adems, en la comunicacin, se har referencia a la comisin a aplicar so-bre esos importes y a la fecha de vigencia.

    4.14.2.2. Excepcin.

    En los casos de cuentas que registren saldos inferiores a 50 veces el valorde la carta certificada plus (servicio bsico de hasta 150 grs.) del CorreoArgentino, se podr formular un aviso efectuado mediante una publicacinde carcter general, por una vez, en dos rganos periodsticos de circula-cin en las localidades en las que se hallan ubicadas las casas de la enti-dad respectiva.

    Dicha publicacin, que contendr los datos consignados en el punto4.14.2.1., podr ser hecha por cada entidad interviniente, por un conjuntode entidades o por las asociaciones que las agrupan, con expresa mencinde las entidades que aplicarn la disposicin.

    4.14.3. Por superar el saldo admitido.

    En el momento en que se determine que se ha excedido el tope establecido en ell-timo prrafo del punto 4.7., la entidad proceder al inmediato cierre de la cuenta,transfiriendo los fondos a saldos inmovilizados. Ello se comunicar al titular por co-

    rreo mediante pieza certificada en los trminos establecidos en el punto 4.14.2.1.

    Los titulares comprendidos slo podrn solicitar la apertura de una nueva cuentagra-tuita universal luego de transcurridos 6 meses, contados desde el cierre.

  • 4.15. Garanta de los depsitos.

    Se especificar la situacin de la cuenta frente al sistema de seguro de garantade los de-psitos.

    La incorporacin de las leyendas que correspondan se formular con ajuste a loestablecidoen el punto 6.4. de la Seccin 6.

    4.16. Recomendaciones para el uso de cajeros automticos.

    En el momento de la apertura de una cuenta que implique la entrega de tarjetaspara operarcon los cajeros automticos, corresponder notificar al titular acerca de lasrecomendacionesy precauciones que deben tomar para su utilizacin, en los trminos contenidos enel punto6.3. de la Seccin 6.

    4.17. Entrega del texto de las normas.

    Se entregar al titular, contra recibo firmado, el texto completo de las normasvigentes a la fe-cha de apertura de la cuenta.

    Se resaltarn especialmente, los lmites establecidos en el punto 4.7. y ladisposicin delpunto 4.14.3.

    Las modificaciones a dicho texto se pondrn en conocimiento del titular, en laprimera oportu-nidad en que concurra a las oficinas de la entidad para cualquier trmite uoperacin vincula-dos con su cuenta, mediante notificacin fehaciente o a travs de su inclusin enel resumende cuenta. 4.18. Tarjeta de dbito.A solicitud del titular de la cuenta, deber proveerse de una tarjeta magntica a cada

  • titularque permita operar en los cajeros automticos y realizar las dems operacionesprevistas,siendo sin cargo dos tarjetas magnticas.

    Los reemplazos por desmagnetizacin no debern tener costo para el cliente.

    4.19. Otras disposiciones.

    No se admitir la renuncia del cliente a prestaciones especficamente contempladas enestasnormas.

    4.20. Publicidad.

    Las entidades financieras alcanzadas por el punto 4.1. debern exhibir en la sede detodassus casas, en los lugares de acceso a los locales y donde se efecten trmites deaperturade cuentas, carteles informativos -que no debern ser inferiores a 29,8 cm de base por42cm de altura- sobre las caractersticas bsicas de la cuenta gratuita universal, cuyomodelose encuentra en el punto 6.12.1. de la Seccin 6.

    A efectos de contar con los carteles en las dimensiones establecidas debern ingresar alsitioexclusivo https://www3.bcra.gov.ar.

    4.21. Disposicin transitoria.

    Hasta el 31.3.11, se admitir que en el taln en el que figuren el saldo y los movimientos,contenga al menos los ltimos 10 operados. Posteriormente, ser de aplicacin loprevistoen el punto 4.13.

    RESUMEN DE LA PAGINA clientebancario.gov.ar :

    Con el objeto de extender los niveles de bancarizacinde nuestro pas, el Banco Central de la RepblicaArgentina cre un nuevo instrumento bancario, la

  • Cuennta Gratuita Universal. Su caracterstica principales que no tiene costos de emisin ni de mantenimientoy est disponible para todas aquellas personasmayores de edad que no tengan otra cuenta bancaria.

    La Cuenta Gratuita Universal slo puede constituirseen pesos y tiene asociada una tarjeta de dbito. Dichatarjeta permite operar sin cargo a travs de los cajerosautomticos del banco que habilite la cuenta y, a lavez, comprar en comercios con el beneficio de ladevolucin del 5% del IVA (siempre que la compra seainferior a $ 1.000 y el comercio no sea monotributista).Tambin permite depositar cheques o adherir al dbitoautomtico para el pago de servicios, entre otrosbeneficios.

    El nico documento necesario para abrir una CuentaGratuita Universal es el DNI. Se permitir abrirsolamente una Cuenta Gratuita Universal por persona.Aquellos extranjeros que acrediten al menos un ao deresidencia en el pas y no tengan DNI pueden accedera esta Cuenta presentando el documento del pas deorigen y la constancia del DNI en trmite.

    Quienes posean una cuenta para el cobro de laAsignacin Universal por Hijo, podrn adems sertitulares de una Cuenta Gratuita Universal.

  • Esta cuenta no admite que el total de acreditaciones(depsitos en efectivo, en cheques, transferencias,etc.) supere los $ 10.000 en el mismo mes. Asimismo,aquellas cuentas cuyo saldo promedio de los ltimostres meses sea mayor a $ 10.000 debern sercerradas y el cliente deber esperar un perodo de seismeses desde la fecha de cierre para volver a pedir suapertura en ese mismo banco o en otro.

    En la Cuenta Universal Gratuita no est permitidogirar en descubierto ni efectuar ninguna clase desobregiro, ya que ningn movimiento puede generarsaldo deudor.

    A diferencia de otro tipo de cuentas, en la CuentaGratuita Universal el banco no est obligado a enviarperidicamente un resumen de cuenta. En sureemplazo los cajeros automticos del banco donderadique la cuenta deben brindar sin cargo un ticket enel que figuren el saldo y los ltimos 10 movimientosrealizados. En caso de que se utilice el dbitoautomtico, la entidad financiera emitir sin cargo unresumen semestral con el detalle de los movimientos ypagos de impuestos y servicios que estar adisposicin en cualquiera de sus sucursales.

  • Si se vincula algn otro producto a la cuenta (porejemplo, una tarjeta de crdito) el mismo generarcostos para el cliente.

    Una persona que ya sea titular de una cuenta bancaria(caja de ahorros, cuenta corriente, cuenta bsica, etc.)debe cerrar previamente su cuenta para abrir unaCuenta Gratuita Universal. A su vez, quienes ya tienenuna Cuenta Gratuita Universal y deseen abrir unacuenta de otro tipo, debern cerrar primero la cuentagratuita.

    Una Cuenta Gratuita Universal puede cerrarse pordecisin del titular o del banco. En el primer caso, eltitular de la cuenta debe presentarse en el banco,retirar el saldo y cerrarla. La entidad le entregar unaconstancia del cierre sin cargo para el cliente.

    A su vez, el banco podr cerrar la cuenta si la mismano registr movimientos o saldo alguno por ms de unao. En todos los casos, el banco deber comunicarpor correo mediante pieza certificada con un plazo noinferior a 30 das corridos antes de proceder al cierre ytraslado de fondos a saldos inmovilizados.

    Todos los bancos y otras entidades financieras queposean en su red ms de 10 cajeros automticos

  • estn obligados a ofrecer esta nueva cuenta al pblicoa partir del 18 de octubre de 2010.Puede solicitarse en cualquier sucursal de los siguientes bancos:

    BANCO COLUMBIABANCO COMAFIBANCO CREDICOOPBANCO DE CORRIENTESBANCO DE FORMOSABANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRESBANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESBANCO DE LA NACION ARGENTINABANCO DE LA PAMPABANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRESBANCO DE LA PROVINCIA DE CORDOBABANCO DE SAN JUANBANCO DE SANTA CRUZBANCO DE SANTIAGO DEL ESTEROBANCO DEL CHUBUTBANCO DEL TUCUMANBANCO HIPOTECARIOBANCO INDUSTRIALBANCO ITAU ARGENTINABANCO MACROBANCO MASVENTASBANCO MUNICIPAL DE ROSARIOBANCO PATAGONIABANCO PIANOBANCO PROVINCIA DE NEUQUENBANCO PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGOBANCO REGIONAL DE CUYOBANCO SANTANDER RIOBANCO SUPERVIELLEBBVA BANCO FRANCESCITIBANKHSBC BANK ARGENTINANUEVO BANCO DE ENTRE RIOSNUEVO BANCO DE LA RIOJANUEVO BANCO DE SANTA FENUEVO BANCO DEL CHACOSTANDARD BANK ARGENTINA

  • LES DEJO TAMBIEN ESTE TELEFONO QUE ES MUY IMPORTANTE EN EL CASOQUE EL BANCO NO QUIERA DARTE LA CUENTA,LLAMAN A ESTE NUMERO YDENUNCIA.

    Consultas y reclamos: Lnea gratuita del BCRA, 0 800999 6663, de 9 a 16 horas, o por e-mail [email protected] QUE ME PASO A MI,EN EL BANCO GALICIA:

    OTRA COSA QUE TE PUEDEN DECIR ES QUE TENES QUE ESPERAR UNTIEMPO,MENTIRA,NO HAY TIEMPO DE ESPERA.

    pdf con la resolucion para cuenta universal gratuita

    http://www.bcra.gov.ar/pdfs/texord/t-depaho.pdf