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LOPD - LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS
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LOPD
¿QUÉ ES?
SANCIONES
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SOLUCIÓN
CONCEPTOS BÁSICOS
CUMPLIR LA LEY y EVITAR SANCIONES
¿QUÉ ES?
La protección de datos es un derecho fundamental de laspersonas físicas, cuyo objetivo es proteger su intimidad y suprivacidad frente a las vulneraciones de tales derechos quepuedan proceder de la recogida y almacenamiento de sus datospersonales por empresas o entidades.
IMPERATIVO LEGAL : Derivados de dicho derecho fundamental,el Ordenamiento Jurídico español, y el de la Comunidad Europea,reconoce a las personas una serie de derechos en relación consus datos personales que las empresas deben respetar, la Ley
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sus datos personales que las empresas deben respetar, la Leyimpone una serie de obligaciones en la recogida, almacenamientoy utilización de los datos personales.
Si no la cumple se arriesga al pago de multas de diferentecuantía.
¿DE CUÁNTO DINERO ESTAMOS HABLANDO?
SANCIONES ECOCÓMICAS
Como mínimo deberá abonar 900€
TIPOS DE INFRACCIONES Y CUANTÍA
Leves Graves Muy Graves
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900 a 40.000€
40.001 a 300.000€
300.001 a 600.000€
TENEMOS LA SOLUCIÓN
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TENEMOS LA SOLUCIÓN
NOSOTROS LE IMPLANTAMOS LA LOPD
Usted cumplirá con las exigencias que establece la Ley:
1. Con la realización del manual de políticas deseguridad.
2. El registro en la Agencia de Protección de Datos.
3. La revisión y/o creación de los documentos legales y
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3. La revisión y/o creación de los documentos legales y contractuales necesarios para la adecuación a la LOPD.
4. Podrá disponer de nuestros servicios para dudasque puedan surgir en la aplicación de la LOPD yasesoramiento ante una inspección de la Agenciade Protección de Datos.
5. Evitará posibles sanciones económicas.
¿ALGUNA DUDA?
ES NECESARIO ADECURASE A LA LOPD:
1. Por no infringir la Ley.
2. Para evitar errores y sus consecuencias y proteger uno de losactivos más importantes de la empresa.
3. Para evitar inspecciones y denuncias motivadas por:
No tratar los datos adecuadamente (que aparezcan
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No tratar los datos adecuadamente (que aparezcan datos en la basura por ejemplo).
De clientes (mala imagen) y sobre todo competidores.
Porque una empresa externa (encargado de tratamiento)no ha protegido los datos correctamente.
4. Para evitar a la empresa el importante riesgo económicoasociado al incumpliendo de la normativa vigente.
LE EXPLICAMOS UNOS CONCEPTOS BÁSICOS
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SEGÚN LA LEY
Dato de carácter personal: Cualquier informaciónconcerniente a personas físicas identificadas o identificables.
Fichero Automatizado: Todo conjunto organizado de datosde carácter personal, cualquiera que fuere la forma omodalidad de su creación, almacenamiento, organización yacceso.
Responsable del fichero: Persona física o jurídica, de
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Responsable del fichero: Persona física o jurídica, denaturaleza pública o privada, u órgano administrativo quedecida sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento.
Encargado del tratamiento: la persona física o jurídica,autoridad pública, servicio o cualquier otro organismo que, sóloo conjuntamente con otros, trate datos personales por cuentadel responsable del tratamiento.
¿QUÉ SE ENTIENDE COMO DATO PERSONAL?
Dato de carácter personal es cualquier informaciónconcerniente a personas físicas identificadas o identificables. Esdecir, cualquier dato que nos aporte información sobre unapersona en concreto, o que podamos identificar a través de esainformación, por ejemplo:
Nombres y Apellidos
Números de identificación: D.N.I, N.I.E, Pasaporte, Ssoc…
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Números de identificación: D.N.I, N.I.E, Pasaporte, Ssoc…
Números de teléfono
Dirección de correo electrónico
Dirección postal
Datos relativos a filiaciones a partidos políticos, asociaciones,organizaciones sin ánimo de lucro, ideologías religiosas, etc…
OBLIGADOS
Todas aquellas entidades públicas o privadas (particulares oempresas) que manejen y traten datos de carácter personal.
OBLIGACIONES
1. Inscripción de ficheros: la obligación de inscribir esanterior a la creación del fichero. Los ficheros ya creadosantes de la entrada en vigor de toda esta normativa, han deser inscritos cuanto antes. Hay que tener cuidado al realizarla inscripción, ya que en caso de error, aunque se pueda
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la inscripción, ya que en caso de error, aunque se puedasubsanar posteriormente, la APD ya estará sobre aviso deque existe un fichero.
2. Deber de información a terceros: la redacción decláusulas de protección de datos, que deben insertarse encualquier tipo de formulario o folleto por medio del cual serecojan datos personales (ej: folleto publicitario en el quedando tus datos, te envían una muestra gratuita del productoanunciado, o un formulario de alta en una página web).
OBLIGACIONES
3. Redacción del Documento de Seguridad: recoge lasmedidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar laseguridad de los datos personales. Es obligatorio siempre que setraten datos personales. Existen distintos tipos de Documento,según el nivel de seguridad aplicable a los ficheros:
Nivel Básico: para todos los ficheros (éste será el supuestonormal para la mayoría de clientes directos, por ejemplo unaempresa de fabricación de materiales de cualquier clase)
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empresa de fabricación de materiales de cualquier clase)
Nivel Medio: para ficheros que contengan datos quepermitan obtener una evaluación de la personalidad delindividuo (afectado). (Un ejemplo típico será el de una Asesoríalaboral o fiscal)
Nivel Alto: para ficheros que contengan datos de ideología,religión, creencias, origen racial, salud o vida sexual. (Por ejemplouna clínica privada o un gabinete psicológico...)
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CUMPLA LA LEY y EVITE SANCIONES
POR SU SEGURIDAD y TRANQUILIDAD CONSULTENOS SIN COMPROMISO
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