livio melina el embrión humano estatuto biológico_2

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  • 7/30/2019 Livio Melina El embrin humano estatuto biolgico_2

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    Livio Melina El embrin humano estatuto biolgico, antropolgico y jurdico

    I. Una cuestin decisiva para la identidad del hombre y para la vida socialII. El respeto de toda persona, fundamento y criterio de una sociedad justaIII. Reconocer el bien tico de la persona del embrin humano.IV. Perspectivas sobre el embrin humano a partir de la biologaV. Singularidad personal del embrin humano

    VI. El principio tico-jurdico fundamental y sus implicaciones normativasVII. Conclusin

    Existen cuestiones que son sistemticamente censuradas en el debate pblico, y ello porque han sidoconsideradas a travs de decisiones legislativas como ya resueltas de una vez por todas. Continuar hablandode ello es considerado como un atentado a la pacfica convivencia dentro de una sociedad plural. Sinembargo, estas cuestiones, eliminadas y puestas al margen de la confrontacin abierta, continan agitandosecretamente las conciencias: al ser solucionadas inadecuadamente a nivel legislativo, se revelan como unprincipio peligroso de disolucin de todo el ordenamiento jurdico de la sociedad. Entre estos temas, lacuestin del respeto debido a la vida humana prenatal es ciertamente decisiva tanto para la identidad mismadel hombre como para la calidad de la convivencia social.

    I. Una cuestin decisiva para la identidad del hombre y para la vida social

    Si permanecemos en una visin superficial se podra pensar que en el fondo, la introduccin del aborto enlas legislaciones de muchos pases occidentales no ha sido algo tan traumtico como teman algunos de susopositores. En el fondo, para los hombres y las mujeres adultos de estos pases todo contina como antes.Cada uno es libre de determinarse segn su propia conciencia y quien no quiere abortar no es obligado aello. Quien lo hace ahora con la aprobacin de la ley, quiz lo hara de todas formas, y todo se consuma enel silencio tenue de una sala de operaciones, pero, al menos, ahora con la adecuada asistencia mdica parala mujer que se somete a la operacin.

    El feto que no ver nunca la luz, en el fondo, es como si no hubiese existido nunca: Quin se da cuenta del? Hoy se debate tambin sobre la posibilidad de realizar experimentaciones sobre los fetos que debern serabortados: Por qu no, si estn, de todas formas, condenados a muerte y si estas investigaciones puedenllegar a ser tiles para la ciencia y tantos enfermos? Se reivindica, por lo menos, la licitud de producirembriones humanos artificialmente in vitro o de usar los llamados supernumerarios a favor de lainvestigacin cientfica o para tener a disposicin tejidos en vista de posibles terapias sobre enfermos adultos(por ejemplo el caso de la enfermedad de Parkison o de Alzheimer). El problema, que lleva hasta el absurdola lgica de un dominio total sobre la vida como en el caso del aborto, es tan inquietante que la tentacin esno pensar. As la conciencia se adormece, censurando y haciendo invisible el drama que est en juego.

    Y sin embargo ste no es un problema pequeo para la identidad del hombre. Como tampoco existenpequeos homicidios que se puedan cometer sin profanar a todo el hombre. Lo que se debate esprecisamente esto: la autocomprensin del hombre, la pregunta sobre quien es el hombre?. El Evangelionos amonesta: De qu le vale al hombre ganar el mundo entero si se pierde a s mismo? ( Lc9, 25), o,como dice el evangelista Mateo: ...si despus pierde su propia alma? (Mt 16, 26). Lo que est en juegoes la identidad humana, el perder o ganar la propia alma.

    Est claro que el acto de reconocimiento de la identidad personal del embrin humano est lleno deconsecuencias para el sujeto que lo realiza, no slo porque le lleva inmediatamente ante la perspectiva delas obligaciones morales precisas que debe respetar en relacin con aquella vida humana incipiente, sinotambin porque est en juego la identidad humana de quien expresa un juicio sobre el tema: con la medidacon que midis seris medidos (Mt 7, 2)

    Deca que el respeto de la dignidad personal del embrin humano era decisivo no slo para la identidad delhombre, sino tambin era crucial para la calidad justa de una sociedad. Ninguno rechaza dar su propiaaprobacin a la afirmacin contenida en la Declaracin universal de los derechos del hombre: Todoindividuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su propia persona (art. 3). El derecho a lavida es el primero, el ms fundamental y el ms obvio de los derechos de todo hombre. Todas lasConstituciones lo mencionan en su inicio, como base del orden ordenamiento jurdico. Un derecho es unaexigencia que se impone en virtud de la misma naturaleza: es una llamada, para cada persona, a la realidadtica de la obligacin, que nace del reconocimiento de la dignidad del otro, creando, por ello, un debercorrelativo.

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    Las leyes que permiten el aborto, sustrayendo de la tutela legal algunas categoras de seres humanos, nominan los fundamentos mismos de la justicia? No deberan ser consideradas injustas o como corrupcionesde la ley, segn la expresin de Santo Toms, recordada por la Encclica Evangelium vitae, y por lo tanto,deberan ser tenidas como privadas de autntico valor legal? Para evitar tales consecuencias, se hace lapropuesta de introducir una distincin en el concepto mismo de vida: se distingue entre vida biolgicahumana y vida del hombre como persona.

    La vida de los embriones sera, desde luego, vida biolgica humana, pero no vida individual humana o almenos no se tratara de vida personal humana. Para poder atribuir a un organismo vital humano el estatutode persona (y, por ello, reconocerle sus derechos), se debera poder reconocer en l algunas propiedadesde la vida personal: autoconciencia, autonoma, capacidad de recordar y proyectar, de establecer uniones,de entrar en relaciones comunicativas. A pesar de pertenecer a la especie del Homo sapiens, los embriones ylos fetos no seran reconocidos como personas y no gozaran de los mismos derechos de los dems sereshumanos. Al ser su vida humana slo potencialmente personal (seran seres humanos en potencia), notendran derecho a una proteccin jurdica incondicional. El derecho a la vida, sancionado por la Declaracinde la ONU, no se aplicara a ellos. En tal caso se podra mirarlos y tratarlos no como personas, sin por ellodisminuir su propia dignidad humana. La mirada sobre ellos no medira la autocomprensin del hombre comotal.

    II. El respeto de toda persona, fundamento y criterio de una sociedad justa

    El problema fundamental ante el que nos encontramos es el del reconocimiento de la verdad antropolgica,

    tica y jurdica del embrin humano: qu tipo de respeto le es debido? Para responder a esta pregunta nosdetendremos primero sobre la centralidad del valor de la persona para la moral y para la sociedad. Acontinuacin consideraremos por qu y en qu condiciones sea razonable reconocer tambin al embrinhumano la dignidad de la persona. La dimensin epistemolgica deber encuadrar y poner en relacin lasaportaciones de la biologa y de la antropologa. Por ltimo examinaremos las consecuencias normativas detal reconocimiento, en el mbito de principios jurdicos bsicos.

    Se ha afirmado justamente que la preeminencia de la verdad, como criterio gua para la actuacin humanaes uno de los fundamentos sobre el que apoya nuestra civilizacin occidental 1 . Slo el primado de laverdad, radicada en la apertura honesta a la realidad, nos salva del arbitrio indiscriminado de la fuerza. Ladependencia de la verdad es condicin necesaria para el hecho mismo de la libertad: slo aceptando que elbien depende de la verdad, el hombre es realmente libre de los instintos ciegos, de las pasiones y de loscondicionamientos externos. Ahora aqu est en juego aquella verdad fundamental sobre el bien de lapersona de la que depende el sentido mismo de la vida y de la actuacin. Y aqu nos enfrentamos a unprimer y fundamental descubrimiento: la dignidad de mi ser personal depende del reconocimiento y del

    respeto de la dignidad del ser personal de los dems.

    La afirmacin del ser personal es al mismo tiempo la afirmacin de una dignidad particular que hay quereconocer y de las exigencias ticas de respeto que hay que manifestar. En efecto, slo en la relacin con lalibertad de otras personas se establece el carcter personal de un ser humano. Podramos decir con RobertSpaemann que, el reconocimiento del estado de una persona es la expresin del respeto como modalidadespecfica en donde las personas han sido dadas las unas a las otras2. Yo puedo definirme a m mismocomo persona solamente con relacin a las dems personas. Las personas son entregadas las unas a lasotras no como objetos (etwas: algo) sobre los que hablar y de los que disponer, sino como sujetos(jemand: alguien) con quien hablar y a quien respetar en su propia irreducible alteridad subjetiva.

    La densidad tica de la relacin interpersonal es el contexto en el que se da o no se da el reconocimiento dela dignidad de la persona. Reconocer las personas como personas se revela as como el primer yfundamental deber, ms an, como el fundamento radical de todo deber posterior. La relacin con lapersona del otro es la experiencia tica originaria, en la que nace el absoluto del deber moral. Emmanuel

    Lvinas ha comprendido con gran profundidad el hecho del emerger de la dimensin tica en el encuentrocon el rostro de otra persona: la relacin con el rostro es inmediatamente tica. El rostro es lo que no sepuede matar: cuyo sentido consiste en el decir 't no me matars'3.

    La experiencia del deber moral corresponde a la percepcin de la persona y de su dignidad. Se habla dedeberes slo en referencia a las personas. Para comprender el sentido de la expresin dignidad de lapersona, nos puede ser til acudir a la reflexin que Immanuel Kant propone en su obra La fundacin de lametafsica de las costumbres. Afirma que el termino dignidad indica aquellas realidades que por suintrnseco y singular valor no admiten equivalentes y que, por ello, no pueden ser sustituidas por otrasrealidades anlogas, siendo superiores a toda valoracin mercantil de cambio. Por el contrario, lo que puedeser sustituido por un equivalente no puede tener dignidad, sino, en todo caso, precio: por esto las cosas

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    tienen un precio y se compran, mientras que las personas, que son nicas e irrepetibles, tienen una dignidady estn ms all de toda valoracin de mercado4.

    El reconocimiento de la persona en su propia dignidad de fin y nunca de medio, de sujeto y no de cosa, dealguien a respetar y amar y no de algo a usar, aparece como un acto que es debido, como unarespuesta de la libertad, adecuada a la realidad del otro y a la justicia de una relacin. Ello se presenta conrasgos de absoluta singularidad, se impone a la conciencia en modo incondicionado, aunque no de una forma

    necesaria. La negacin de este reconocimiento obligado a otra persona tiene, sin embargo, una repercusinde mxima importancia sobre el sujeto que no lo realiza: el que no trata al otro ser humano como persona,hiere con ello mismo su dignidad de persona. Negar la densidad tica de la relacin interpersonal significacaer del nivel en que tambin el propio ser persona tiene significado.

    Adems, precisamente el reconocimiento de los derechos fundamentales de la persona es la sustancia deuna sociedad justa y democrtica. Cul es, entonces, la relacin entre respeto de la vida y democracia? Unademocracia que renuncia a poner en su mismo fundamento el mandamiento de no matars, dejando detutelar con ello la vida de todos los seres humanos sin discriminacin, puede decirse entonces que realizauna ordenacin justa de la sociedad? O por el contrario, no ocurrir ms bien que ha entrado encontradiccin consigo misma? Nos encontramos en el corazn del debate actual sobre la naturaleza de lademocracia.

    Lo que caracteriza la democracia no es solamente la posibilidad de expresar libremente cualquier opinin yde confrontarla con las opiniones de los dems con la intencin de que a travs de la confrontacin de las

    diversas opiniones, emerja la opinin sostenida por la mayora de los ciudadanos. Este aspecto, de carcterformal, es ciertamente un factor importante de la vida democrtica, pero no puede ser el principio bsicoy no puede extenderse a todo. Hay algo que define la sustancia de la democracia de un modo mucho msadecuado. En efecto, el evento de la democracia implica un acontecimiento de naturaleza moral.

    Lo que constituye la esencia del consenso democrtico es algo anterior a toda discusin, en la que puedaintervenir con su decisin el criterio de la mayora. En la raz de la vida democrtica se encuentraprecisamente la voluntad firme de respetar todo hombre sin hacer distincin de raza, sexo, situacineconmica, edad, religin, etctera, y sin discriminaciones, ms all de las diferencias que caracterizan acada uno de nosotros. La sustancia del ideal democrtico es, entonces, la idea de que existe una igualdignidad entre todos los hombres, que nacen libres y tienen por ello, igualmente, un derecho primordial einviolable a la vida. Se encuentra aqu el reconocimiento de que la persona humana tiene un primado sobrela sociedad y sobre su organizacin institucional: las leyes que una sociedad se da no constituyen losderechos fundamentales de la persona, sino que, ms bien, los reconocen y los tutelan. Estn, por ello, enfuncin de ellos, y deben ser verificados en su cualidad de leyes justas o injustas, precisamente basndoseen su conformidad con las exigencias del bien de la persona y no slo en referencia al principio de lamayora.

    III. Reconocer el bien tico de la persona del embrin humano.

    Pero vayamos ahora a la cuestin decisiva: Es verdaderamente razonable reconocer el bien tico de lapersona, con todo lo que de ello deriva, desde el punto de vista tico y jurdico, incluso cuando se trata deun embrin humano?

    En torno a la cuestin del reconocimiento de la identidad humana y personal del embrin, fuente de laobligacin tica, se encuentra un complejo cruce de perspectivas cognoscitivas diversas, que, en el respetodel estatuto epistemolgico de cada una de ellas, convergen en un acto de conocimiento unitario de grandensidad personal. Ciencia biolgica, reflexin filosfica, tica, y teolgica, a pesar de la distincin deaproximaciones especficas, del objeto y del mtodo de investigacin, estn llamadas a interaccionar,fundiendo su contribucin en vista del acto sinttico de conocimiento. Cada una ofrece una aportacin

    peculiar, que deriva de la metodologa y de los presupuestos que la contra distinguen. Para poder alcanzarun resultado satisfactorio es necesario respetar las distinciones de los niveles de las afirmaciones de cadauna de las respectivas ciencias, y, al mismo tiempo, encontrar las vas de una coordinacin adecuada.

    Es cierto que el punto de partida de cada discurso sobre el embrin humano debe encontrarse en las cienciasbiolgicas, que se ocupan del organismo viviente humano segn el mtodo propio de la ciencia experimentalmoderna, y por ello, en continuidad con el estudio de otras formas vivientes inferiores. Si la cuestin puedeser formulada en los siguientes trminos: cundo he comenzado yo a existir?, ciertamente la bsquedade una respuesta debe partir del cuerpo, que es componente esencial de mi persona, a travs del cual yoformo parte del mundo visible5. Mi cuerpo ha comenzado, indudablemente, en el momento de la fusin delos gametos, uno del padre y una de la madre de quienes soy hijo.

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    Y sin embargo el hombre es ms que el propio cuerpo, es ms que la fisicidad y que la vida biolgica de unorganismo. El hombre es persona, dotada de un alma espiritual. Ahora bien, el status de persona delindividuo humano no es constatable mediante los mtodos de las ciencias empricas. Evangelium vitae nosrecuerda que la presencia de un alma espiritual no puede deducirse de la observacin de ningn datoexperimental (EV, n. 60). Y sin embargo, contina el documento pontificio, las mismas conclusiones de laciencia sobre el embrin humano ofrecen una indicacin preciosa para reconocer racionalmente unapresencia personal desde este primer surgir de la vida humana. El discernimiento racional sobre el statusde persona pertenece, por ello, a la filosofa, la cual, por su parte, debe basar sus conclusiones sobre datos

    empricos.

    Para reconocer el valor y la especificidad de esta decisiva reflexin racional de la filosofa, es necesariosuperar aqu el reduccionismo del concepto de razn realizado en el mbito del racionalismo iluminista y delpositivismo.

    En primer lugar se ha de reconocer la legitimidad de un saber diverso del propio de las ciencias empricasmodernas. Estas se han dedicado al conocimiento de las cantidades mensurables de las cosas, prescindiendode lo que no es mensurable y del sujeto que las conoce. Mediante este mtodo reductivo, las cienciasmodernas han edificado el universo del conocimiento cientfico objetivo, permitiendo alcanzar una graneficacia en sus diversas aplicaciones. Pero es fcil pasar de una legitima delimitacin metodolgica a unaindebida y reductiva afirmacin ontolgica, como la que realiza el cientificismo, para el que existira slo loque es destacable con los mtodos de las ciencias empricas. Se debe reconoce, por ello, la existencia de unsaber sobre el hombre, diverso y ulterior, respecto al propio de las ciencias biolgicas, un saber que no ponea parte ni las cualidades no mensurables de la experiencia ni al propio sujeto que conoce.

    En este momento entra en juego un segundo elemento: se debe superar tambin el prejuicio de laseparacin entre la razn y la libertad, que pretende establecer la cuestin de la verdad independientementede la cuestin sobre el sentido 6 . Cuando se trata de verdades morales, en las que la misma existenciahumana se encuentra en juego, el precio de la certeza es el precio de la implicacin de la libertad de quienconoce. Quien hace la verdad, viene a la luz (Jn 3, 21)7.

    La evidencia ticamente relevante sobre el estatuto personal del embrin humano no es alcanzable sin quela libertad sea disponible y activamente implicada en orden a reconocer la llamada de respeto que aquellavida incipiente dirige al interlocutor. Una persona no se conoce como se conoce una cosa: es preciso lamodalidad propia de un dilogo, cuya condicin indispensable es la disponibilidad a la acogida del otro y a laescucha. Lo esencial, esto es, el carcter personal del embrin humano, lo mismo que en el disminuido, queen el enfermo en coma, que en el anciano demente, etctera, no es accesible mediante el mtodo de lasciencias empricas. Ello se puede comprender, a partir de los datos de las mismas ciencias, mediante unsaber en el que tambin el corazn, esto es, la libertad, est implicada.

    IV. Perspectivas sobre el embrin humano a partir de la biologa

    Pero, volviendo ahora a la cuestin central, despus de estas reflexiones referentes al mtodo: cules sonlos datos de la ciencia biolgica que permiten a la reflexin racional reconocer una presencia personal en elembrin humano, desde el momento de la concepcin? Los conocimientos cientficos sobre el neo-concebidoen su primersima fase de existencia unicelular (el zigoto) nos permiten tener la certeza de que se trata deun nuevo ser humano, diverso y distinto de sus padres: nos encontramos ante un cuerpo de un ser humano,desde el momento que su genoma es humano, como es humano el diseo-proyecto en l inscrito8. El neo-concebido es un sujeto irrepetible de la especie humana, caracterizado por una especfica individualidad,que, conservando siempre su identidad, prosigue su propio ciclo vital (supuestas todas las condicionesnecesarias y suficientes) bajo el control autnomo del sujeto mismo, que se autoconstruye en un procesoaltamente coordinado, dictndose a s mismo las direcciones de crecimiento segn el programa de ejecucininscrito en su propio genoma.

    El neo-concebido humano mantiene en cada fase evolutiva la unidad ontolgica con la fase precedente, sinsolucin de continuidad, sin saltos de cualidad y de naturaleza. Su desarrollo manifiesta, desde su inicio, elfinalismo intrnseco de la naturaleza humana: la gradualidad del proceso biolgico est orientadateleolgicamente, segn una finalidad ya presente en el zigoto. No se da un estadio de su desarrollocualitativamente diverso o separado del proceso global iniciado en el momento de la concepcin. Por ello,desde este momento nos encontramos siempre ante el mismsimo ser humano.

    Encontramos la confirmacin de todas estas afirmaciones en la misma fecundacin in vitro y en laobservacin del desarrollo embrionario en sus primeras fases. Escriba el prof. Jrme Lejeune: En lafecundacin, los 23 cromosomas provenientes del padre se unirn a los 23 cromosomas de la madre. En ese

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    momento se constituye toda la informacin gentica necesaria y suficiente para expresar todas lascaractersticas futuras del nuevo individuo. El embrin puede ser definido entonces como un jovencsimoser humano.

    Aparece evidente en este momento hasta qu punto es insostenible la propuesta de separar ser humano ypersona y de afirmar que no todos los seres humanos son personas y tienen derechos de personas. Laabsurdidad de esta proposicin debera llevar, en toda lgica, a la afirmacin que la conciencia sera un

    factor unido ocasionalmente al hombre con el fin de producir la persona

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    . Tal identificacin de la dimensinpersonal con una cualidad biolgica o funcional accidental del ser humano, es consecuencia de la adopcinde una perspectiva cognoscitiva emprico sensista, para la cual existe slo el hecho constatable mediantela ciencia biolgica. Una antropologa adecuada desenmascara la falsedad de estos reduccionismos.

    En este sentido, no es correcto hablar de persona en potencia: las personas son siempre en acto. Lapersonalidad no es el resultado de un desarrollo, sino la estructura intrnseca caracterstica que permite elmismo desarrollo. Por otra parte es contradictorio pretender fundar o hacer depender en sus aplicacionesconcretas, la incondicionalidad de la exigencia de respeto debida a la persona de la constatacin de lospresupuestos empricos particulares, que por su misma naturaleza son siempre hipotticos. Por ello se debeconcluir, con Robert Spaemann, que se da un solo criterio para el ser persona: la pertenencia biolgica a laespecie humana. El ser de la persona es la vida de un hombre. (...) Y por ello persona es el hombre y nouna cualidad del hombre10.

    V. Singularidad personal del embrin humano

    El objeto hipottico del conocimiento sobre el embrin y feto humano, del que indagamos sus condiciones,es la persona humana. Este concepto, que algunos queran dejar a parte en la reflexin biotica, desde hacealgn tiempo est retornando con fuerza al centro de la discusin, como punto de referencia imprescindible.Es verdadero que se dan de l interpretaciones muy diversas entre s y reductivas respecto la concepcinclsica en la tradicin occidental, inspirada en el cristianismo11. En la presente intervencin consideramosslo la concepcin metafsica fuerte de persona, en cuanto capaz de fundar un respeto moral absoluto porla vida humana desde sus orgenes. Tal delimitacin de la cuestin es exigida por el objeto de que nosocupamos: las condiciones epistemolgicas por las que es posible eventualmente afirmar del embrin y delfeto humano que deben ser respetados como una persona.

    El concepto de persona expresa, segn santo Toms de Aquino, lo que hay de ms perfecto en toda lanaturaleza, esto es, un ser subsistente en la naturaleza racional12. Mientras que con el trmino hombrese hace referencia a la naturaleza humana universal, a la especie comn que se expresa en tantosejemplares, con el trmino persona se indica el singular ser humano en su concreta realidad individual. Al

    concepto de persona est intrnsecamente asociado el hecho de tener una dignidad particular, que debe serrespetada13. La definicin filosfica se une ntimamente a una especfica y original percepcin moral de ladignidad ontolgica a honrar. Es en la persona como la naturaleza humana alcanza su perfeccin ltima, elacto de ser, perfeccin de todas las perfecciones: magnae dignitatis est in rationali natura subsistere14.

    Ahora, lo que se debe observar con atencin es que la razn propia y especfica del respeto debido a todoser humano no es la naturaleza humana comn de la que participa, sino su ser propiamente persona nicae irrepetible, como suele decir Juan Pablo II15. En el fondo no se dara ninguna objecin moral decisiva einsoluble contra la destruccin de un singular individuo humano, ya que su perfeccin se puede encontrar enotro ser humano. De esta forma Platn, que a pesar de haber sabido analizar tan maravillosamente lagrandeza del espritu humano abierto a la verdad, sin embargo, no tena una dificultad moral especial enadmitir la muerte de los neonatos defectuosos16. Si el ser humano no es ms que la realizacin sustituiblede una naturaleza especfica, se es entonces el simple ejemplar de una especie, por lo que la naturaleza y laespecie valen ms que el individuo y, al bienestar general el individuo puede y debe ser subordinado yeventualmente sacrificado.

    La razn de la dignidad singular y eminente de la persona humana no es simplemente su naturalezaracional, sino su modo de existir en cuanto incomunicable17 . A pesar de existir y de haber existido en elcurso de la historia innumerables hombres, toda persona existe como si fuese nica: ella es sui iuris et alteriincommunicabilis. Es un todo concretsimo, en el que est ciertamente incluida la naturaleza de la especiecon todas sus caractersticas, pero esta naturaleza es apropiada al sujeto de una manera absolutamentesingular, de modo que su existencia trasciende en forma eminente aquella naturaleza. La frmula de Ricardode San Vctor, intellectualis essentiae incomunicabilis existentia18, supera y precisa la definicin boecianade substantia individua naturae rationalis19. La totalidad concretamente existente trasciende por su valorla naturaleza comn y la suma de sus partes. Como dice R. Guardini: La persona misma es el hecho de queella existe en la forma de pertenencia a s misma" (in der Form der Selgstgehrigkeit)20.

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    La prctica, hasta ahora slo hipottica y proyectual, de la clonacin humana, constituira una falsificacinde la persona como nica e irrepetible21? El problema, antes que ser un problema tico, es un problemametafsico. Se debe aqu distinguir la unicidad individual de la unicidad gentica. La unicidad gentica no esmetafsicamente necesaria para establecer la unicidad individual de una persona, como es el caso de losgemelos monocigticos idnticos, los cuales, a pesar de tener el mismo patrimonio gentico no son larepeticin del mismo ser. El ser humano es ms que el propio patrimonio gentico y su unicidad eirrepetibilidad no est fundada slo sobre la unicidad de la identidad gentica. Sobre el plano metafsico es elalma la que establece la unicidad irrepetible del ser humano, en dilogo con Dios. Queda claro, sin embargo,

    que una deliberada violacin de la unicidad gentica del ser humano constituye, desde el punto de vistatico, una violacin de su dignidad de persona nica e irrepetible: es una prdida del valor de la persona,reducida a un producto, tratado como una combinacin de materia manipulable, separada del contexto delas relaciones personales y degradada al nivel de una cosa. Cuando se separa la procreacin de lasexualidad se reduce el ser humano a una cosa que se reproduce: se le trata como un re-producto y nocomo un pro-creado, aun cuando, en el nivel ontolgico y a pesar del abuso, el ser humano fruto de laclonacin sea una persona nica e irrepetible, dotada de un alma espiritual, inmediatamente creada porDios.

    Nos debemos preguntar ahora: cmo se conoce a una persona? La persona en su singularidad (ut haec) nopuede ser conocida nunca como un objeto de ciencia universal: ella es por un lado intangible, en cuantoincomunicable en su modo de existir, y por otro lado es cognoscible slo en una relacin interpersonal, desujeto a sujeto. Sin embargo, en la experiencia particular de la persona se puede alcanzar el universal en elparticular: como dice Santo Toms: en el conocimiento sensible de Scrates y de Callia, los reconozcotambin como estos hombres particulares22. El conocimiento de la cualidad personal universal (persona

    ut sic) nace siempre de una experiencia tal y se convierte en concreta y aplicable slo en la reviviscencia deella. Ahora, si es propiamente a partir de esta experiencia de la relacin personal como puedo instituir unconocimiento universalmente vlido, entonces las condiciones interpersonales de un saber tal apareceninevitablemente en primer plano.

    El mtodo de conocimiento sigue el objeto del mismo; la persona no puede ser conocida como una cosa:es un sujeto y no un objeto. La hiptesis inicial acerca de su posible carcter personal, implica tambinnecesariamente un cierto modo de situarse ante el embrin humano que sea adecuado al mismo. Se puedeconocer una persona como persona slo en un re-conocimiento de la misma: existe, pues, una inevitableco-implicacin del sujeto y de su libertad personal en el acto de conocimiento reconocimiento del otrocomo persona23.

    La dignidad moral del hombre como persona se manifiesta despus, existencialmente en el cuadro de lasmltiples formas de relaciones prcticas de proximidad segn los cuales el otro se me presenta. En el casode la aplicacin concreta de la cualificacin personal a un ser humano, existe siempre un crdito de

    humanidad y de significado que est en juego. La verdadera sabidura, que coge la persona en concreto enlos signos exiguos que enva, es conquistada slo a costa del riesgo de la libertad que se aproxima y se hacecargo24. Esto no significa en modo alguno afirmar que es en fuerza de nuestro reconocimiento que el otrose convierte en persona. Solo en las fbulas a fuerza de tratar un ttere de madera como un nio, ste seconvierte despus en un verdadero nio.

    Tratndose de un conocimiento que se realiza dentro de una relacin interpersonal, la certeza de la identidadhumana y personal del embrin tiene la forma de un crdito anticipado, reconozco el embrin, para quepueda desarrollarse y llegar a ser manifiestamente lo que es ya realmente, pero en forma germinal. As seexpresa el filsofo alemn R. Spaemann: el modo mismo en que el nio se hace hombre implica que se ledebe considerar desde el principio como un ser humano y no como una cosa. Si el educador lo tratase comouna cosa para que no aparezcan los primeros signos de racionalidad, estos primeros signos no semanifestarn jams. El hombre tiene derecho a gozar con anticipacin de un crdito de humanidad25.

    VI. El principio tico-jurdico fundamental y sus implicaciones normativas

    Nos encontramos ahora en situacin de poder formular el principio tico fundamental que afecta al embrinhumano y podemos hacerlo con las palabras de la Encclica Evangelium vitae: al fruto de la generacinhumana, desde el primer momento de su existencia, se ha de garantizar el respeto incondicional quemoralmente se le debe al ser humano en su plena totalidad y unidad corporal y espiritual. El ser humanodebe ser respetado y tratado como una persona desde su concepcin y, por eso, a partir de ese mismomomento se le deben reconocer los derechos de la persona, entre los cuales, principalmente el derechoinviolable de todo ser humano inocente a la vida (EV, n. 60).

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    Se trata de una verdad axiolgica fundamental, que expresa al mismo tiempo la dignidad personal delembrin humano y los deberes que se derivan para las personas a las que es confiado y que entran enrelacin con l. La Revelacin cristiana ofrece a las indicaciones de la ciencia biolgica y a las evidencias dela razn filosfica ulteriores confirmaciones, proyectando sobre la dignidad singular de la persona una luznueva. En efecto, desde el punto de vista histrico, el mismo concepto de persona se ha desarrollado enun contexto teolgico, ms especficamente cristolgico 26 . Se trata del instrumento elaborado paracomprender los misterios centrales de la fe: la Encarnacin y la Trinidad. La persona divina del Hijo de Dioses el sujeto que en la Encarnacin asume la naturaleza humana, sin abandonar la naturaleza divina. As, en

    al Santsima Trinidad la unidad de la misma naturaleza divina subsiste en tres personas realmente distintas.El concepto de persona se ha secularizado solo en un momento posterior, en la reflexin filosfica deSeverino Boecio27, hacindose disponible para la antropologa filosfica.

    La raz ltima de la singular dignidad de la persona humana, patrimonio de la cultura occidental, seencuentra por ello en el cristianismo. La fe nos revela que todo ser humano est hecho a imagen ysemejanza de Dios, es creado en Cristo y llamado en l a participar en la comunin de la vida divina 28. Laverdad sobre el bien tico de la vida humana es una e indivisible, y la fe potencia nuestra mirada hastapermitirnos comprender el valor infinito, determinado por la relacin personal que, por gracia, el hombre hasido llamado a vivir con Dios. Todo ser humano, desde el momento en que inicia su existencia terrena, seencuentra en un dilogo misterioso con el Padre y ninguna otra criatura tiene el derecho de poner fin a suvida. Esta verdad sobre la dignidad de la persona es, por ello, una verdad especficamente cristiana, peroque puede ser recibida y, de hecho, ha sido recibida y comprendida tambin por la razn humana29.

    La formulacin, que se ha propuesto siguiendo las palabras de la Encclica Evangelium vitae, tiene el carcter

    de una verdad moral: el embrin humano debe ser respetado como una persona. Es, en cierta manera,relativamente independiente de afirmaciones antropolgicas, porque como el mismo documento pontificioafirma- se coloca ms all de los debates cientficos y de las mismas afirmaciones filosficas, en las que elMagisterio no se ha empeado expresamente. Por ello, cul es el sentido de esta distincin y de estacautela? Acaso significa que la exigencia de respeto absoluto de la vida humana desde su mismaconcepcin, afirmada con gran fuerza y autoridad, no sera tan firme desde el punto de vista ontolgico yque, por ello, se reconoce que, al menos en este aspecto, puedan existir todava dudas?

    Si se reflexiona bien sobre la naturaleza de la verdad moral, segn las consideraciones precedentementerealizadas, me parece que se habra de llegar a conclusiones diametralmente opuestas. Lejos de expresar olegitimar la debilidad de una duda, las formulaciones magisteriales manifiestan ms bien el contextoeminentemente tico y de interlocucin dialgica, en el que la razn prctica alcanza la verdad sobre el biende la vida embrional. El acto de conocimiento de la naturaleza personal del embrin humano es tambininmediatamente un acto de interpelacin moral del sujeto, llamado a reconocerlo como tal y a asumir talreconocimiento como regla de su actuacin. Aqu, en efecto, reconocer no es un acto neutro, de carcter

    puramente especulativo, sino tambin un re-conocer la dignidad del sujeto, en una situacin que tieneinevitablemente una dimensin prctica30.

    Del principio tico fundamental derivan despus las dimensiones normativas detalladas, que no puedenencontrar una exposicin total en la presente contribucin 31 . Me limitar por ello a indicar las lneasesenciales de desarrollo.

    En el principio tico-jurdico segn la cual el embrin humano debe ser respetado como una persona,estn implcitas las consecuencias normativas de carcter universal, vlidas indiferentemente para todo serhumano independientemente de su situacin, y tambin las aplicaciones particulares relativas a la condicinespecfica en que se encuentra el embrin mismo. Existen adems aspectos normativos dirigidos a protegerla dignidad personal del embrin expresados en forma negativa, esto es, mediante prohibiciones, y aspectosnormativos que sugieren ms bien en forma positiva cmo tal dignidad exija ser respetada y promovida.Naturalmente las normas negativas son ms simples de formular, ms universales en la aplicacin, msvinculantes y esenciales.

    Se ha de mencionar, en primer lugar, la indisponibilidad del embrin humano. La dimensin biolgica de lavida embrionaria no puede ser tratada como una cosa de la que se puede disponer, esto es, como si tratasede simple material biolgico para la investigacin cientfica o para operaciones teraputicas a favor deotros sujetos humanos. Por el contrario, es esta dimensin corporal de una persona la que debe serrespetada, ya que la persona existe en una totalidad unificada de alma y cuerpo, totalidad gracias a la cualel cuerpo participa de la dignidad personal del sujeto. Toda intervencin sobre el cuerpo es una intervencinsobre un sujeto y debe ser realizada en funcin del bien de este mismo sujeto o, al menos, sin perjuicio desus derechos fundamentales. La vida biolgica del embrin humano no puede, por ello, ser consideradacomo un instrumento para usar con fines ulteriores, aun cuando estos fines puedan ser nobles y vlidos. Con

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    ello se recuerda aqu la mxima kantiana: acta de tal manera que consideres la persona del otro como unfin y nunca slo como un medio.

    Adems, el valor intrnseco de la vida humana desde su inicio implica su propia inviolabilidad. El respetodebido a la persona exige la prohibicin de toda intervencin que suprima la vida o hiera su integridad fsicao psquica. No es lcito intervenir obstaculizando, disminuyendo o alterando la identidad, el equilibrio y eldesarrollo del embrin. Toda intervencin sobre la vida embrionaria debe desarrollarse por el inters del

    mismo ser humano incipiente, proporcionando los riesgos a las perspectivas de beneficio para el mismoembrin.

    En positivo, tratar el embrin humano como una persona significar manifestarle la solidaridad debida aalguien similar a uno que se encuentra en condiciones de mayor debilidad y, por ello, hacerse cargo de lcuidando de su vida en la forma que conviene a la situacin en que se encuentra. Tratndose de un ser encondiciones de particular debilidad y pobreza, propiamente de una vida todava dependiente en todo de losdems, se deber vigilar para asegurarle las modalidades adecuadas y proporcionadas al sostenimiento desu desarrollo, en relacin con la vida, con la salud, con la salvaguardia de las relaciones esenciales dentro delas cuales la existencia humana puede madurar. Naturalmente el cuidado de la vida embrionaria deber serofrecido segn el criterio de una razonable proporcionalidad, evitando excesos de encarnizamientoteraputico y la adopcin de medidas de supervivencia que presenten connotaciones moralmente negativas(como por ejemplo la as llamada adopcin prenatal de embriones fecundados en tero por parte demujeres que no son las madres). En todo caso, la valoracin de la proporcin de los medios teraputicosempleados mira slo su eficacia y a un juicio sobre la cualidad de la vida que se espera para el embrinhumano. En efecto, el respeto de su dignidad personal excluye la posibilidad que otros sujetos sean rbitros

    de la decisin si l merece vivir o morir.

    VII. Conclusin

    Las cuestiones centrales del respeto de la vida humana, como la tutela de la vida prenatal, la manipulacingentica, las intervenciones de reproduccin artificial, los trasplantes y la eutanasia, a las que estndedicadas estas Jornadas Internacionales de Biotica oportunamente organizadas por la Universidad deNavarra, han sido percibidas profticamente por el Magisterio de la Iglesia en su dimensin no solamente demoral individual, sino propiamente social: stas son como la nueva frontera de la cuestin social 32 .Afirmar la dignidad personal del embrin humano es una cuestin decisiva para la identidad misma delhombre - como se deca al principio de la conferencia -, ms an, incluso para la cultura humana del tercermilenio apenas comenzado. Significa en efecto re-encontrar una mirada contemplativa sobre el hombre ysobre sus relaciones humanas, que constituyen el ambiente vital de la sociedad (EV, n. 83). Esta es la formams alta y ms necesaria de ecologa humana.

    Contra la ideologa del dominio sobre la vida, que reduce todo a materia manipulable y provoca la prdidadel humanum, se trata de custodiar la cultura de la dignidad del ser humano, que, en cuanto persona, essujeto de la misma vida, como de un don sagrado proveniente de Dios y que es llamado a respetar y avalorizar en s y en los dems. Hemos sido llamados a responder frente a una cultura de cosas, que estambin una cultura de muerte, con una cultura de personas, que es una cultura de vida. Al reduccionismode la expresin en el fondo no es ms que..., que, como parsito miope, mortifica la ciencia, estamossiendo provocados a responder con una visin integral de la dignidad humana, en la que la ciencia se insertacon su decisiva contribucin, encontrando a un mismo tiempo el significado de su esfuerzo y el criterio deverificacin de su progreso autntico.

    Notas

    (1)Cf. J. Pieper, Schriften sur philosophischen Anthropologie und Ethik: Das Menschenbild der Tugendlehren(Hrsg. B. Wald), in Werke, B. IV, Meiner, Hamburg, 1996, 2.

    (2)R. Spaemann, Personen. Versuche ber den Unterschied zwichen etwas und jemand, Klett-Cotta,Stuttgart, 1996, 193.

    (3)E. Lvinas, Etica e infinito. Dialogui con Philippe Nemo, Roma, 1984, 101; se vea en particular el captuloVII sobre Il volto, 99-107.

    (4)Cf. I. Kant, Fondazione della metafisica dei costumi, (trad. R. Assunto), Laterza, Bari, 1980, 68-69.

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    (5) Se vea al respecto el importante documento Identit s statuto dell'embrione umano publicado por elCentro di Bioetica dell'Universit Cattolica del Sacro Cuore, in Medicina e Morale, suplemento al n. 4(1989). Ms recientemente y con una documentacin cientfica muy rica y cuidada se encuentra lacontribucin de R. Colombo, Statuto biologico e statuto ontologico dell'embrione e del feto umano, enAnthropotes, XII/1, 1996, 133-162.

    (6)Cf. G. Angelini, Il dibattito teorico sull'embrione. Riflessioni per una diversa impostazione, in Teologia,

    1991, 16, 147-166. A nivel ms fundamental y general: L. Pareyson, Verit e interpretazione, Mursia,Milano, 1971.

    (7) Sobre la incidencia de la moralidad en la dinmica del conocer, puede verse: L. Giussani, Il sensoreligioso, vol. I de Il percorso, Jaca Book, Milano, 1986, 37-49. Con referencia especfica al carcterprctico del conocimiento moral, me permito de enviar a mi estudio: L. Melina, Conciencia y verdad en laEncclica Veritatis splendor, en Aa.Vv. (a cura di G. Del Pozo Abejn), Comentarios a la Veritatissplendor, BAC, Madrid, 1994, 619-650.

    (8)Cf. A. Serra - R. Colombo, Identity and Status of the Human Embryo: The Contribution of Biology, en J.Vial Correa - E. Sgreccia (eds.), Identity and Statute of Human Embryo, LEV, Citt del Vaticano, 1998, 128-177.

    (9)Cf. E. Agazzi, L'essere umano come persona, in Per la Filosofia, 1992, 9, 28-39.

    (10)R. Spaemann, Personen, op. cit., 264.

    (11)Para una recensin crtica de las diversas propuestas filosficas del concepto de persona en el mbitode la biotica, se vea el documentado ensayo de L. Palazzani, Il concetto di persona tra bioetica e diritto,Giappichelli, Torino, 1996.

    (12)Persona significat id quod est perfectissimum in tota natura, scilicet subsistens in rationali natura", S.Toms de Aquino, Summa theologiae, I, q. 29, a. 3.

    (13)Impositum est hoc nomen persona ad significandum aliquos dignitatem habentes (). Propter quodquidam definiunt personam, dicentes quod persona est hypostasis proprietate distincta ad dingintatempertinente: Ibidem, ad 2.

    (14)Ibidem.

    (15)Se vea, entre tantas expresiones, aquella particularmente fuerte y vibrante de la Encclica inaugural delpontificado: Redemptor hominis, 13, 3.

    (16)Platn, La repblica, V, 460, IX c.

    (17) Cf. J. F. Crosby, The Selfhood of the Human Person, The Catholic University of America Press,Washington DC, 1996, 41-81.

    (18)Ricardo de San Victor , De Trinitate, IV, 23.

    (19)S. Boecio, De persona et duabus naturis. Contra Eutichem et Nestorium, II, 4-5: tomada por SantoToms de Aquino en Summa theologiae, I, q. 29, a. 3. El progreso realizado por Ricardo de San Victor con la

    introduccin en la definicin de persona del trmino existencia en lugar de sustancia es conscientementeasumido por Santo Toms, que desarrolla posteriormente el aspecto relacional del trmino, en relacin conel misterio trinitario. Sobre el tema vease, V. Melchiorre, Pour une hermneutique de la personne, en Noteset documents pour une recherche personnaliste, 1986, 14, 84-99.

    (20)R. Guardini, Welt und Person, Wrburg, 1962, 128: A la cuestin : 'qu es tu persona?', no puedoresponder 'mi cuerpo, mi alma, mi razn, mi voluntad, mi espritu'. Todo esto no es todava la persona,como si fuese el conjunto de lo que ella est hecha. La persona misma es el hecho que ella existe en laforma de pertenencia a s misma.

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  • 7/30/2019 Livio Melina El embrin humano estatuto biolgico_2

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    (21)Se vea a propsito: Pontificia Academia Pro Vita, Riflessioni sulla clonazione, LEV, Citt del Vaticano,1997; G. Russo, La clonazione di soggetti umani, Coop. S. Tom., Messina, 1997.

    (22)Cf. In II Post. Anal. , lect. 20. Sobre el tema vsase: B. Lonergan, Conoscenza e interiorit. Il Verbumnel pensiero di S. Tommaso, EDB, Bologna, 1984, 58 ss. y J. L. Marion, La intentionnalit de l'amour. Enhommage E. Lvinas, Paris, 1986, 111 ss, afirma que slo el amor nos permite descubrir la insostituiblesingularidad del otro, su "haecceitas".

    (23)Cf. M. Ndoncelle, La rciprocit des consciences. Essai sur la nature de la personne , Aubier, Paris,1942.

    (24)En este sentido se pronuncia G. Angelini en el artculo ya citado : Il dibattito teorico sull'embrione.

    (25)R. Spaemann, Discussioni sulla vita degna di essere vissuta, in Cultura e libri, 1987, IV/27, 506-512.

    (26) Vase A. Milano, Persona in teologia. Alle origini del significato di persona nel cristianesimo antico,Dehoniane, Napoli, 1984; del mismo autor: La persona nella novit cristiana dell'Incarnazione e della Trinit, en "Studium", 1995, 4/5, 549-568. Para una historia elemental del concepto: G. Lauriola, La persona:storia di un concetto, en F. Bellino (a cura di), Trattato di bioetica, Levante, Bari, 1992, 205-216.

    (27)Cf. L. Pallazzani, Il concetto di persona, op. cit., 16-25. 223-248.

    (28) Para una definicin esencial de los elementos de la antropologa teolgica en cuestin, se vea: L.Melina, Corso di bioetica. Il vangelo della vita, Casale M., 1996, 79-94.

    (29)Se puede decir que se ha verificado aqu el encuentro fructuoso entre la fe y la razn, del que habla lareciente Encclica de Juan Pablo II, Fides et ratio, n. 76.

    (30)Vase: L. Melina, Epistemological Questions with Regard to the Human Embryo, en J. Vial Correa - E.Sgreccia (eds.), Identity and Statute, cit., 75- 105.

    (31) Reenvo sobre el tema a la contribucin de M. Cozzoli, The Human Embryo: Ethical and NormativeAspects, en J. Vial Correa - E. Sgreccia (eds.), Identity and Statute, cit., 237-273.

    (32)Cf. Juan Pablo II, Enciclica Evangelium vitae, 5. Tambin sobre el tema cf. el cap. IV La questionebioetica nell'orizzonte della dottrina sociale della Chiesa, en mi volumen: L. Melina, Corso di Bioetica, cit.,63-76.

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