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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018 INE/CG46/2020 PROCEDIMIENTO SANCIONADOR ORDINARIO EXPEDIENTE: UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018 DENUNCIANTES: HERIBERTO GABRIEL FLORES CARRASCO Y OTROS DENUNCIADO: PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR ORDINARIO CON NÚMERO DE EXPEDIENTE UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018, INICIADO CON MOTIVO DE SENDAS DENUNCIAS EN CONTRA DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, POR SUPUESTAS VIOLACIONES A LA NORMATIVA ELECTORAL, CONSISTENTES EN LA VULNERACIÓN AL DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR ASISTENTE ELECTORAL Y, EN SU CASO, EL USO NO AUTORIZADO DE SUS DATOS PERSONALES, EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR LA SALA REGIONAL MONTERREY DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, DENTRO DE LOS EXPEDIENTES SM-RAP-11/2018, SM-RAP-12/2018, SM-RAP-13/2018, SM-RAP- 18/2018, SM-RAP-19/2018, SM-RAP-21/2018, SM-RAP-22/2018, SM-RAP- 24/2018 Y SM-RAP-26/2018 Ciudad de México, 21 de febrero de dos mil veinte. G L O S A R I O COFIPE Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales Consejo General Consejo General del Instituto Nacional Electoral

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

INE/CG46/2020 PROCEDIMIENTO SANCIONADOR ORDINARIO EXPEDIENTE: UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018 DENUNCIANTES: HERIBERTO GABRIEL FLORES CARRASCO Y OTROS DENUNCIADO: PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR ORDINARIO CON NÚMERO DE EXPEDIENTE UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018, INICIADO CON MOTIVO DE SENDAS DENUNCIAS EN CONTRA DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, POR SUPUESTAS VIOLACIONES A LA NORMATIVA ELECTORAL, CONSISTENTES EN LA VULNERACIÓN AL DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR ASISTENTE ELECTORAL Y, EN SU CASO, EL USO NO AUTORIZADO DE SUS DATOS PERSONALES, EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR LA SALA REGIONAL MONTERREY DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, DENTRO DE LOS EXPEDIENTES SM-RAP-11/2018, SM-RAP-12/2018, SM-RAP-13/2018, SM-RAP-18/2018, SM-RAP-19/2018, SM-RAP-21/2018, SM-RAP-22/2018, SM-RAP-24/2018 Y SM-RAP-26/2018

Ciudad de México, 21 de febrero de dos mil veinte.

G L O S A R I O

COFIPE Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

Consejo General Consejo General del Instituto Nacional Electoral

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

2

Constitución Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

DEPPP Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral

DERFE Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores

INE Instituto Nacional Electoral

LGIPE Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

LGPP Ley General de Partidos Políticos

PRD Partido de la Revolución Democratica

Reglamento de Quejas

Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral

Sala Superior Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Tribunal Electoral Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

UTCE Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral

A N T E C E D E N T E S I. REGISTRO, ADMISIÓN Y RESERVA DE EMPLAZAMIENTO DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO SANCIONADOR.1 El trece de marzo de dos mil dieciocho, se radicaron con el número de expediente UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018, las quejas presentadas por la presunta afiliación y utilización indebida de datos personales, pues las y los quejosos negaron ser militantes del PRD así mismo, se admitió a trámite 2599 escritos de queja presentadas por las y los ciudadanos que se enlistan continuación, reservándose lo concerniente al emplazamiento, hasta en tanto fueran compiladas y analizadas las constancias que integran el expediente en cita.

1 Visible a páginas 26039-26122, legajo 37 del expediente

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

3

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1 Ana Lucía Arellano Calderón Aguascalientes

2 Viridiana Ayala Escarrega Aguascalientes

3 Jorge Luis Trinidad Muñíz Aguascalientes

4 Oyuki Trinidad Muñíz Aguascalientes

5 Noelia Villalobos Martín del

Campo Aguascalientes

6 Fernando Lara Rangel Aguascalientes

7 Lucero Elena Venegas Perez Aguascalientes

8 Cinthia Margarita Ortíz Flores Aguascalientes

9 Miriam Ortíz Flores Aguascalientes

10 Zoila Yoana Martínez Gamboa Aguascalientes

11 María de Jesús Miranda

Espinoza Baja California

12 José Trinidad Aguirre

Contreras Baja California

13 Johana Angélica Esparza

Gutiérrez Baja California

14 Leticia Hernández Gutiérrez Baja California

15 Eduardo Cota Rodríguez Baja California

16 Heriberto Gabriel Flores

Carrasco Baja California

17 María Dolores Vergara Tadeo Baja California

18 Miriam Guadalupe Velazquez

Calderón Baja California

19 María Isabel Garduza Muñoz Baja California

20 Luis Angel Suarez León Baja California

21 Yosi Sugey Serna García Baja California

22 Jazmin Elizabeth Cendejas

Tafoya Baja California

23 Blanca Estela Pacheco Ríos Baja California

24 Ramiro Oswaldo Navarro

García Baja California

Sur

25 María Joséfina Aranda

Rodríguez Baja California

Sur

26 Alfredo Ríos Martínez Baja California

Sur

27 Rosario Nuñez Nuñez Baja California

Sur

28 Marisol Moreno De los Santos Baja California

Sur

29 Prudencio De Luna Nuñez Baja California

Sur

30 Genaro Valladolid Villela Baja California

Sur

31 María Isabel Sánchez Catalan Baja California

Sur

32 Lucía del Rosario Hernández

Hernández Baja California

Sur

33 Rosa María Martínez

Mendoza Coahuila

34 Eloy Héctor Rueda Reyes Coahuila

35 Romana Barrios Flores Coahuila

36 Miguel Angel Martínez Avalos Coahuila

37 Angel Resendez García Coahuila

38 Maribel Lozano Sánchez Coahuila

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

39 Paulina Adriana García

Vázquez Ciudad de

México

40 Gisela Pedraza Espinosa Ciudad de

México

41 Porfiria López Rivera Ciudad de

México

42 Edith López Martínez Ciudad de

México

43 Brenda Cecilia Chávez

Hurtado Ciudad de

México

44 Rosalba Luna Céspedes Ciudad de

México

45 Juan Carlos Núñez Orlaineta Ciudad de

México

46 Alma Gloria Hernández de la

Cruz Ciudad de

México

47 Efrén Vázquez González Ciudad de

México

48 José Antonio Sandoval Reyes Ciudad de

México

49 Fabiola Patlan Rodríguez Ciudad de

México

50 Marcela Vázquez Maya Ciudad de

México

51 Gerardo Yair Vázquez

Saldaña Ciudad de

México

52 María de la Luz López

Vázquez Ciudad de

México

53 Héctor Alejandro Santiago

Alcibar Ciudad de

México

54 Luisa Martínez Morales Ciudad de

México

55 Francisco Iván Granados

Sandoval Ciudad de

México

56 José Antonio Rivera Lagunas Ciudad de

México

57 Erika Gutiérrez Figueroa Ciudad de

México

58 Aline Loreto González Carrillo Ciudad de

México

59 Arturo Anzaldo Heredia Ciudad de

México

60 Rene Aarón Juárez Amezcua Ciudad de

México

61 Elsa Berenice Guerrero

Monroy Ciudad de

México

62 Roció Licea Sánchez Ciudad de

México

63 Norma Miguel Padilla Ciudad de

México

64 Juana Patricia Viveros Herrera Ciudad de

México

65 Grace Estefania Nevares Cruz Ciudad de

México

66 María Azucena Valle Viveros Ciudad de

México

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

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No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

67 Gustavo Osvaldo Cruz Trejo Ciudad de

México

68 Luis Alberto Godínez

Mondragón Ciudad de

México

69 Diana Fragoso Saavedra Ciudad de

México

70 Elizabeth López Pineda Ciudad de

México

71 Rosa Angélica Rodríguez

Trejo Ciudad de

México

72 Maríana Martínez Montoya Ciudad de

México

73 Sergio Yuriel Enríquez

Lorenzo Ciudad de

México

74 Guadalupe Juana Urzúa

Contreras Ciudad de

México

75 Carmen Guadalupe Ubaldo

Rosas Ciudad de

México

76 Edgar Ubaldo Escamilla

Ramírez Ciudad de

México

77 Juan Martin González

Dorantes Ciudad de

México

78 Erika Penélope Maya

Gutiérrez Ciudad de

México

79 Jonathan Alejandro Rodríguez

Ramírez Ciudad de

México

80 Bertha Alicia González

Hernández Ciudad de

México

81 Luisa Aurora Crespo Ruíz Ciudad de

México

82 Eunice Terán Mancera Ciudad de

México

83 Teresa Castañeda Frías Ciudad de

México

84 Seidy Flores Rodríguez Ciudad de

México

85 Ana Karen Martínez Guillen Ciudad de

México

86 Paula Leticia Frías Flores Ciudad de

México

87 Patricia Viridiana de la Vega

Jiménez Ciudad de

México

88 Janette Sahir Bonilla García Ciudad de

México

89 María Esther Romero Miranda Ciudad de

México

90 Paul Andrei Hernández

Rodríguez Ciudad de

México

91 Francisco Manuel López

García Ciudad de

México

92 Verónica Torres Hernández Ciudad de

México

93 María del Carmen Hernández

Alvarado Ciudad de

México

94 Ana Karen Camacho Roa Ciudad de

México

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

95 Francisco Eslava López Ciudad de

México

96 Verónica Nava Pineda Ciudad de

México

97 Fidel Javier Gómez Ciudad de

México

98 Claudia Rosas Lara Ciudad de

México

99 Ramón Martínez Osorio Ciudad de

México

100 Carolina Jiménez Sosa Ciudad de

México

101 Federico Durán García Ciudad de

México

102 Tayde Karina Chávez Rojas Ciudad de

México

103 Juana Martínez Yescas Ciudad de

México

104 Addiz Romina Candia Iturbe Ciudad de

México

105 Maritza Elizabeth Cabrera

Sánchez Ciudad de

México

106 Antonia Elizabeth Alonso

Garay Ciudad de

México

107 Ana Laura Medina Morales Ciudad de

México

108 Lesli Pacheco Manuel Ciudad de

México

109 Alma Rosa Sanchez Mendoza Ciudad de

México

110 María del Sagrario Cruz

Álvarez Ciudad de

México

111 Natalie Hernández Rodriguez Ciudad de

México

112 Francisco Javier Robledo

Pichardo Ciudad de

México

113 Alejandra Dupotex Hernández Ciudad de

México

114 Ariadna Yazmín Peralta

Chávez Ciudad de

México

115 Blanca Herminia Pérez Avalos Ciudad de

México

116 Diego Dorantes Díaz Ciudad de

México

117 Erich Daniel Castro

Maldonado Ciudad de

México

118 Kassandra Lima Macedo Ciudad de

México

119 Merle Moreno Paredes Ciudad de

México

120 Beatriz Álvarez Calzada Ciudad de

México

121 Elena Valadez Estrada Ciudad de

México

122 Luis Casasola Hernández Ciudad de

México

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5

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

123 Nancy Orozco Soto Ciudad de

México

124 Beatriz Viviana España

González Ciudad de

México

125 Edith García Molina Ciudad de

México

126 Silvia Alejandra Alejos Vargas Ciudad de

México

127 María Catalina Delgado Rayas Ciudad de

México

128 Adriana Raquel Gutiérrez

Vázquez Ciudad de

México

129 Laura Tovar Mayorga Ciudad de

México

130 Jessica Sarahí Soto Benítez Ciudad de

México

131 José Luis Ruiz Sánchez Ciudad de

México

132 Roberto Francisco Suarez

Muciño Ciudad de

México

133 Rogelio Alejandro López

Tovar Ciudad de

México

134 Miguel Ángel Ríos Velázquez Ciudad de

México

135 Laura Rico Tovar Ciudad de

México

136 Juan Guadalupe Contreras

Garcia Ciudad de

México

137 Valeria Hernández Escobar Ciudad de

México

138 Mariel Abad Flores Ciudad de

México

139 Mario Ramón Domínguez

Piñaza Ciudad de

México

140 María Elena Hernández Pérez Ciudad de

México

141 Thalía Gabriela Ortega

Curiel Ciudad de

México

142 Catalina Morales Hernández Ciudad de

México

143 Alin Irene Artemisa Lemus

Subias Ciudad de

México

144 Isaac Daniel Arroyo

Maldonado Ciudad de

México

145 Brandon Mauricio Escobar

Nava Ciudad de

México

146 Sergio Alberto Vega Aguilera Ciudad de

México

147 Ricardo Tonatiuh Enciso

Saavedra Ciudad de

México

148 Irving Jair Rivera Lechuga Ciudad de

México

149 María Guadalupe Gómez

Campos Ciudad de

México

150 Juan Carlos Maya Villarreal Ciudad de

México

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

151 Joséfina Agabo Rodríguez Ciudad de

México

152 Angélica María Vázquez

Palacios Ciudad de

México

153 Gabriela Ascencio García Ciudad de

México

154 Rosa Margarita Ponce

González Ciudad de

México

155 Josué Aguirre Ríos Ciudad de

México

156 Leticia López Gómez Ciudad de

México

157 Lilian Reyes Barragán Ciudad de

México

158 María Esther Salinas García Ciudad de

México

159 Teresa Rendón Hinojosa Ciudad de

México

160 Guadalupe Alejandra Carreón

Cortes Ciudad de

México

161 Yazmín Vanessa Sandoval

Valencia Ciudad de

México

162 Laura Jiménez Maldonado Ciudad de

México

163 Enriqueta Urbina Bonilla Ciudad de

México

164 Dulce María Salinas García Ciudad de

México

165 Araceli Maríana Sánchez Hijar Ciudad de

México

166 Gerardo Alvarado Gámez Ciudad de

México

167 José Martínez Montenegro Ciudad de

México

168 Patricia Edith Bazaldua

Martínez Ciudad de

México

169 José Rodolfo Ortiz González Ciudad de

México

170 Oralia Marisela Rocha Flores Ciudad de

México

171 Aida Ramírez Fernández Ciudad de

México

172 Gabriela Vázquez Moreno Ciudad de

México

173 María Anahí Hernández

Sandoval Ciudad de

México

174 Gabriela Aldama Escalera Ciudad de

México

175 Gabriela Mandujano Franco Ciudad de

México

176 Karen Giselle Reséndiz

Ortega Ciudad de

México

177 Martha Hernández Velázquez Ciudad de

México

178 Jacob Jackson López Ciudad de

México

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No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

179 Luis Manuel Ortiz Martínez Ciudad de

México

180 Thania Melanie Valenzuela

Piña Ciudad de

México

181 Irma De la Fuente Castañón Ciudad de

México

182 Diego Díaz Rosas Ciudad de

México

183 Ana María Flores Flores Ciudad de

México

184 Gerardo Martínez Morales Ciudad de

México

185 Oscar Alfredo Castro Contla Ciudad de

México

186 Silvia Hernández Ciudad de

México

187 Humberto Hernández

Rodríguez Ciudad de

México

188 Luis Alberto Cárdenas

Morales Ciudad de

México

189 Tania Gissel Hernández

López Ciudad de

México

190 María del Carmen Reyes

Chavarría Ciudad de

México

191 Antonio Solar Martínez Ciudad de

México

192 Santa Isabel Ramírez

Mendoza Ciudad de

México

193 Osvaldo Xavier Pérez

Hernández Ciudad de

México

194 Violeta Olivia Pacheco López Ciudad de

México

195 Yadira Gerónimo Jarquin Ciudad de

México

196 Virginia Irene Hernández

Ramos Ciudad de

México

197 Laura Soledad Cárdenas

Pacheco Ciudad de

México

198 Aidee Zamora Luna Ciudad de

México

199 José Alfonso Vázquez Romo Ciudad de

México

200 Edith Vallejo Melchor Ciudad de

México

201 Iván Palma Hernández Ciudad de

México

202 Carlos Geovanni Gutiérrez

Zarate Ciudad de

México

203 Víctor Manuel Cruz Acuña Ciudad de

México

204 Nallely Elizabeth Beltrán

González Ciudad de

México

205 Alinne Alejandra Aguilera

Vilchis Ciudad de

México

206 Alejandro Ulises Sánchez

Rodríguez Ciudad de

México

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

207 Luis Mauricio Moreno Cabello Ciudad de

México

208 Ana Lilia Martínez Mateo Ciudad de

México

209 Daniel Martínez Cárdenas Ciudad de

México

210 Adriana Jiménez Pérez Ciudad de

México

211 Brenda Laura Jiménez

Baltazar Ciudad de

México

212 Noemí Hernández Martínez Ciudad de

México

213 Diana Laura Barrera Mendoza Ciudad de

México

214 José Cruz García Ciudad de

México

215 Eva Feliza González Herrera Ciudad de

México

216 Jesús Eleazar López Osorio Ciudad de

México

217 Lizbeth Verónica Mondragón

Pérez Ciudad de

México

218 Alma Angélica Nicio Badillo Ciudad de

México

219 María Dolores Pérez Blancarte Ciudad de

México

220 Martha Zepeda Sarmiento Ciudad de

México

221 Marisela Murillo Ciudad de

México

222 Federico Hernández García Ciudad de

México

223 Carolina Cervantes Heras Ciudad de

México

224 Yolanda Ferrer Cruz Ciudad de

México

225 Salvador Héctor Guerrero

Rodarte Ciudad de

México

226 María del Carmen Hernández

Bustos Ciudad de

México

227 Patricia Magallanes Castillo Ciudad de

México

228 Samantha Jazmín Rivas

Reyes Ciudad de

México

229 Rosa María Horta Flores Ciudad de

México

230 Gabriela Méndez López Ciudad de

México

231 Anahí Álvarez Camacho Ciudad de

México

232 Dulce Alejandra Torres

Medrano Ciudad de

México

233 Rosa Nayely Zavala Ríos Ciudad de

México

234 Eduardo López Rosas Ciudad de

México

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No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

235 Elba Brenda González Pérez Ciudad de

México

236 María de Lourdes García

Pérez Ciudad de

México

237 María Guadalupe Flores

Morelos Ciudad de

México

238 Francisco Javier Cuenca

Rentería Ciudad de

México

239 Daniel Alejandro Martínez

Nava Ciudad de

México

240 Luciana Aline Guerrero

Acevedo Ciudad de

México

241 María Esther Guereca Gurrola Ciudad de

México

242 Margarita Botello Camacho Ciudad de

México

243 María del Rosario Salinas

Cedillo Ciudad de

México

244 Francisco Javier Velázquez

Guadarrama Ciudad de

México

245 Karla Magdalena Contreras

Pérez Ciudad de

México

246 María Elena Arredondo Pozos Ciudad de

México

247 Ruth Romero Enríquez Ciudad de

México

248 Zayra Negrete Méndez Ciudad de

México

249 Claudia Miranda López Ciudad de

México

250 Elena Estefanía Gallardo

Padilla Ciudad de

México

251 Marisol Sánchez Reyna Ciudad de

México

252 Mercedes González Serrano Ciudad de

México

253 Ernesto Juárez Gamero Ciudad de

México

254 José Daniel Terán Reyes Ciudad de

México

255 Héctor Manuel Cárdenas

Ramírez Ciudad de

México

256 José Hernández Vega Ciudad de

México

257 Axel Alexis Hernández

Martínez Ciudad de

México

258 Joane Santos Vargas Ciudad de

México

259 Fabiola Yocelin Rubio Bautista Ciudad de

México

260 Eva María Soto León Ciudad de

México

261 María Lourdes Susana Hernández Hernández

Ciudad de México

262 José Sergio Presa Romero Ciudad de

México

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

263 Lucía Hernández González Ciudad de

México

264 Sandra Hernández Reyes Ciudad de

México

265 Argelia Reyes Santos Ciudad de

México

266 María de las Mercedes Ríos

López Ciudad de

México

267 Norma Angélica Fajardo

Arroyo Ciudad de

México

268 David Aguirre Saldaña Ciudad de

México

269 Yestef Tecalco Huerta Ciudad de

México

270 Virginia Fuentes Salazar Ciudad de

México

271 Verónica Reyes Robledo Ciudad de

México

272 Valery Paola Martínez Ambriz Ciudad de

México

273 Rosa Delia Cruz Martínez Ciudad de

México

274 Paola Medina Ojeda Ciudad de

México

275 Moisés Manuel Martínez

Cervantes Ciudad de

México

276 Miriam Guadalupe Contreras

Valdovinos Ciudad de

México

277 Michel Efrén Vázquez

Santana Ciudad de

México

278 Luz María Pastor Cruz Ciudad de

México

279 Jesús Jael Hernández Castro Ciudad de

México

280 Liliana Marisol Brito Adrián Ciudad de

México

281 Jaime Eduardo Lara

Velázquez Ciudad de

México

282 Ivonne Guzmán León Ciudad de

México

283 Humberto Israel Guerra

Martínez Ciudad de

México

284 Evelyn Nava Che Ciudad de

México

285 Claudia Hernández González Ciudad de

México

286 Jesús Jorge Pureco Díaz Ciudad de

México

287 Guadalupe Isabel Ortega

Reséndiz Ciudad de

México

288 Beatriz Zesatti Esquerro Ciudad de

México

289 Francisco Genaro Borja Lara Ciudad de

México

290 Martha Rosa Mendoza Cruz Ciudad de

México

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8

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

291 María Luisa Aguayo Torres Ciudad de

México

292 Carlos Pavel Cuauhtémoc

Tupac García Aguayo Ciudad de

México

293 Emma Isabel Huerta Balderas Ciudad de

México

294 Karla Samantha Carrillo

Rivera Ciudad de

México

295 Armando Daniel Meneses

García Ciudad de

México

296 Guillermo Hernández Torres Ciudad de

México

297 Eufemia Ortiz Cruz Ciudad de

México

298 Edmundo Mendoza Vázquez Ciudad de

México

299 María Teresa Valle Merchand Ciudad de

México

300 María del Pilar Montoya

Piliado Ciudad de

México

301 María del Socorro Horcasitas

Delgado Ciudad de

México

302 Julio Cesar Chávez Simarron Ciudad de

México

303 Brenda Yuritzi Hernández

Ruiz Ciudad de

México

304 Laura García Rebollo Ciudad de

México

305 Melanie Sharon Delint Gámez Ciudad de

México

306 Yolanda Soria Alvarado Ciudad de

México

307 Iris Zapatero Herrera Ciudad de

México

308 Mireya Amayrani Guadarrama

García Ciudad de

México

309 Erika Gissele Hughes Corona Ciudad de

México

310 Karla Rincón Martínez Ciudad de

México

311 Paulina Hernández Gómez Ciudad de

México

312 Arturo Gálvez Borjas Ciudad de

México

313 Joel Canseco Nava Ciudad de

México

314 Ana Elvia López Guerra Ciudad de

México

315 Juan Carlos Rivera de los

Santos Ciudad de

México

316 Linda Patricia Monroy Huitron Ciudad de

México

317 Andrés Jiménez Mejía Ciudad de

México

318 Nayelli Castellanos Gómez Ciudad de

México

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

319 Erendira Patricia Ortega Díaz Ciudad de

México

320 José Pablo Rogelio Reséndiz Ciudad de

México

321 Gabriela Vélez Niño Ciudad de

México

322 José Edgar Samano

Fernández Ciudad de

México

323 Roberto Sanabria González Ciudad de

México

324 María Irene Ruiz Colchado Ciudad de

México

325 Roberto Peña San Miguel Ciudad de

México

326 Lidia García Medina Ciudad de

México

327 Carlos Bruno Villegas

Sánchez Ciudad de

México

328 Raúl Alberto Lara Galván Ciudad de

México

329 Alejandra Gabriela Moreno

Alavez Ciudad de

México

330 Montzerrat Eztefany Ramos

Hernández Ciudad de

México

331 Magdalena Padilla Arciga Ciudad de

México

332 Luis Rodrigo Rodríguez Bernal Ciudad de

México

333 María Guadalupe Zavala Ciudad de

México

334 Leticia Mendoza Moreno Ciudad de

México

335 Francisca Rezago Hernández Ciudad de

México

336 Luis Rey Martínez Rodríguez Ciudad de

México

337 María Eugenia Margarita Del

Castillo Trulin Ciudad de

México

338 Antonio Reyes Sánchez Ciudad de

México

339 Octavio Rogelio Fernández

Castelán Ciudad de

México

340 Carlos Muñoz Hernández Ciudad de

México

341 Víctor Gerardo Ruiz Plata Ciudad de

México

342 María Joséfina Muñoz Barba Ciudad de

México

343 Noemí Victoria Ramírez

Zavala Ciudad de

México

344 Jesús Omar Maya Franco Ciudad de

México

345 Luis Rafael Rubalcava

Rebolledo Ciudad de

México

346 Erick Daniel Romero Albarrán Ciudad de

México

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9

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

347 Gerónimo Ramírez Sierra Ciudad de

México

348 Claudia León Muñoz Ciudad de

México

349 Alejandra Peña Campos Ciudad de

México

350 Daniel Alejandro Carmona

Cortes Ciudad de

México

351 José Gustavo Escutia

Camacho Ciudad de

México

352 Pedro Iván Reyes García Ciudad de

México

353 Sonia García Huerta Ciudad de

México

354 Alma Areli Maríano Ehlers Ciudad de

México

355 Patricia Paredes Escutia Ciudad de

México

356 Eulises Omar Navarro

Jiménez Ciudad de

México

357 Roció Primero Estrada Ciudad de

México

358 Martha Angélica González

Bonilla Ciudad de

México

359 Yolanda Reyna Huerta Ciudad de

México

360 María Guillermina Trujillo

Caballero Ciudad de

México

361 Ricardo Escalona Carrasco Ciudad de

México

362 María del Carmen Adriana

Pineda Escamilla Ciudad de

México

363 Antonio Morales Reyes Ciudad de

México

364 Abril Zacnite Ontiveros Téllez Ciudad de

México

365 Dulce María Herrera Paredes Ciudad de

México

366 Erika Anaid Pavón Martínez Ciudad de

México

367 María del Rosario Sanabria

Luna Ciudad de

México

368 Raquel Karina Ximil Reyes Ciudad de

México

369 Martha Estela Rodríguez

Pérez Ciudad de

México

370 Brenda Natali Rayón Alarcón Ciudad de

México

371 Juan Gabriel Vallecillos

Saucedo Ciudad de

México

372 Antonia Gabriela Cortes

Rocha Ciudad de

México

373 Mauricio Andrés Mejía Juárez Ciudad de

México

374 Erika Viridiana Luna Guillen Ciudad de

México

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

375 Elisa Carreón Martínez Ciudad de

México

376 Linda Guadalupe Vargas Arias Ciudad de

México

377 Haide Yamara Comoto Soto Ciudad de

México

378 Alicia Santos Espinosa Ciudad de

México

379 Maribel Muñoz Padilla Ciudad de

México

380 Francisco Aragón Tapia Ciudad de

México

381 Maríana Saraid Gil Alcántara Ciudad de

México

382 Ericka Adriana Pérez Carbajal Ciudad de

México

383 David Molina Hernández Ciudad de

México

384 Beatriz Medina Manzo Ciudad de

México

385 Mauricio Quetzalcóatl

Contreras Rivera Ciudad de

México

386 Paula Margarita Ramírez

Escudero Ciudad de

México

387 Clara Salas López Ciudad de

México

388 Sylvia Lizette Salazar Sayon Ciudad de

México

389 Diego Jiménez Ortega Ciudad de

México

390 Cristobal Morales González Ciudad de

México

391 Daniel de Jesús Celaya

Hernández Ciudad de

México

392 Esmeralda Sánchez Flores Ciudad de

México

393 Tania Huerta Ángeles Ciudad de

México

394 Filiberto García Zaragoza Ciudad de

México

395 María Antonieta Ramírez Luna Ciudad de

México

396 Mario Francisco Gómez

Molina Ciudad de

México

397 Brian Munguia Beltrán Ciudad de

México

398 Pablo García Zamora Ciudad de

México

399 Jizet Cristina Vergara Jiménez Ciudad de

México

400 Alejandra Barrera Martínez Ciudad de

México

401 María Matilde Reynoso

Fuentes Ciudad de

México

402 Aldo Ordoñez Cárdenas Ciudad de

México

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

10

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

403 Karla Jacqueline Meza Flores Ciudad de

México

404 Alberto González Nolasco Ciudad de

México

405 Jorge Moedano Muñoz Ciudad de

México

406 Pamela Belén González

Farías Ciudad de

México

407 Martha Elena Rodríguez

Delgadillo Ciudad de

México

408 María Eugenia de la Rosa

Burgos Ciudad de

México

409 Nancy Ivonne Prado Trigueros Ciudad de

México

410 Julia Teresa Galván Soria Ciudad de

México

411 Alondra Guadalupe Agustín

Mares Ciudad de

México

412 Evelyn Dayana Herrera Mares Ciudad de

México

413 Leticia Gutiérrez Islas Ciudad de

México

414 Ariana Lezama Barba Ciudad de

México

415 José Adrián Espíndola

Hernández Ciudad de

México

416 Salvador Rivera González Ciudad de

México

417 María Laura Menéndez

González Ciudad de

México

418 Ana María Sandoval Sandoval Ciudad de

México

419 Leticia González Rivera Ciudad de

México

420 José Pablo del Valle Ortega Ciudad de

México

421 Héctor Bayre Nava Ramírez Ciudad de

México

422 Miriam Cisneros Martínez Ciudad de

México

423 Erick Jose de Jesus Hernandez Chavez

Ciudad de México

424 María del Carmen Bautista

Saldaña Ciudad de

México

425 Álvaro Morales Cruz Ciudad de

México

426 Ana Lilia Tovar Balderas Ciudad de

México

427 Patricia Valdez Herrera Ciudad de

México

428 Erika Gabriela Sánchez

Bustamante Ciudad de

México

429 José Moisés Nava Martínez Ciudad de

México

430 Arturo Israel Córdova Reyes Ciudad de

México

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

431 Blanca Graciela Ronquillo

Ramírez Ciudad de

México

432 Gipsel Berenice Martínez Toto Ciudad de

México

433 Oscar Hernán Rabelo Álvarez Ciudad de

México

434 Claudio Molina Molina Ciudad de

México

435 Carlos Vega Pérez Ciudad de

México

436 Allan Sergio Soto Olmos Ciudad de

México

437 Nancy Elide Zapata Morales Ciudad de

México

438 Ana Maria Hernandez Iturbe Ciudad de

México

439 Sara Gabriela Mota García Ciudad de

México

440 Erick Alexis Álvarez

Hernández Ciudad de

México

441 María Berenice Granados

Sosa Ciudad de

México

442 Mario Medellín Lara Ciudad de

México

443 Karla Isabel Ruiz Lara Ciudad de

México

444 Cecilia Lorena Cossio

Rodríguez Ciudad de

México

445 María Ana Rodríguez

Castañeda Ciudad de

México

446 María Antonieta Hortencia Iruz

Ochoa Ciudad de

México

447 Sofía Atriano Mendieta Ciudad de

México

448 Silvia Aguilar Salgado Ciudad de

México

449 Kathya Molina Tenorio Ciudad de

México

450 Nayeli Hernández Lugo Ciudad de

México

451 Marilú Balderas Garfias Ciudad de

México

452 Tania del Carmen Cruz

Morales Ciudad de

México

453 Irene Gómez García Ciudad de

México

454 Jorge Arturo Guzmán Ciudad de

México

455 Alicia Pérez Fabila Ciudad de

México

456 María de la Luz Pérez Fabila Ciudad de

México

457 Grecia Guadalupe Reyes

Piñón Ciudad de

México

458 Guadalupe Rosas de la Rosa Ciudad de

México

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

11

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

459 Francisco Javier Sánchez

Bermúdez Ciudad de

México

460 Sergio García Alcaraz Ciudad de

México

461 Leticia Hernández Corona Ciudad de

México

462 Martha Hermelinda Salazar

Pérez Ciudad de

México

463 Enrique Trejo Vega Ciudad de

México

464 Leopoldo Vergara Peña Ciudad de

México

465 Clara Yolanda Stephany

Campos García Ciudad de

México

466 Teresa Guadalupe Carreón

Arriaga Ciudad de

México

467 Cindy Yuly Guevara Soto Ciudad de

México

468 Viviana Hernández Benito Ciudad de

México

469 Guadalupe Darie Jiménez

Rivera Ciudad de

México

470 Teresita de Jesús Torres

Salgado Ciudad de

México

471 Jaasiel Sarahaim Pérez

Gómez Ciudad de

México

472 Francisco Damian Olvera

Mejía Ciudad de

México

473 Juan Manuel Martínez

Hernández Ciudad de

México

474 Víctor Abel Martínez Bravo Ciudad de

México

475 Juana Lang Meda Ciudad de

México

476 Ricardo Juárez Ruiz Ciudad de

México

477 María Elena Carrillo Díaz Ciudad de

México

478 Narciso Fernando Betancourt

Ruiz Ciudad de

México

479 Hilda Escobar Picasio Ciudad de

México

480 Patricia García Cruz Ciudad de

México

481 Antonio Ricardo Rodríguez

Gallegos Ciudad de

México

482 Silvia Cirila Barrón Contreras Ciudad de

México

483 Blanca Lilia Rosales

Rodríguez Ciudad de

México

484 Brizo Adriana Cano Esquivel Ciudad de

México

485 Diana Arlette Álvarez Castillo Ciudad de

México

486 Francisco Moran Aguilar Ciudad de

México

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

487 Marco Antonio Nava Ferruzca Ciudad de

México

488 Margarita Valencia Facundo Ciudad de

México

489 Alfredo Del Ángel López Ciudad de

México

490 María Guadalupe Cortes

Balderas Ciudad de

México

491 Emmanuel Dionicio Hernández Rivero

Ciudad de México

492 María Silvia Martínez Morales Ciudad de

México

493 Rosalinda Enriquez Chavero Ciudad de

México

494 Marisela Montalvo Pérez Ciudad de

México

495 Harumi Jiménez Kawaguchi Ciudad de

México

496 Ana Patricia Reséndiz

Espinosa Ciudad de

México

497 Martha Leticia Gómez Luna Ciudad de

México

498 Max Belén Villalobos Brena Ciudad de

México

499 Luis Antonio Solís Chávez Ciudad de

México

500 Ayana Elizabeth Méndez de la

Luz Ciudad de

México

501 Mireya Yanelli Gallardo

Laguna Ciudad de

México

502 Beatriz Hernández Reyes Ciudad de

México

503 Ana Luisa Animas Guerrero Ciudad de

México

504 Magali Zúñiga García Ciudad de

México

505 Minerva Santana Flores Ciudad de

México

506 Violeta López Dionisio Ciudad de

México

507 María Guadalupe Bustos

González Ciudad de

México

508 Abigail González Hernández Ciudad de

México

509 Beatriz Ballesteros Escamilla Ciudad de

México

510 Georgina Guadalupe

Hernández Hernández Ciudad de

México

511 Claudia Lizbeth Ortiz Mateos Ciudad de

México

512 Rosaura Casas García Ciudad de

México

513 Fidel Rodríguez García Ciudad de

México

514 Gabriela Salazar Bolaños Ciudad de

México

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

12

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

515 Maria del Refujio Olvera

Domínguez Ciudad de

México

516 Dulce María Carolina Trejo

Cortes Ciudad de

México

517 Carlos Raúl Eufracio Cruz Ciudad de

México

518 Alberto Alarcón Núñez Ciudad de

México

519 Ivonne Sánchez Moreno Ciudad de

México

520 Verónica Alvarado Mendoza Ciudad de

México

521 Luis Fernando López Valdez Ciudad de

México

522 Ana Diana Torres Frías Ciudad de

México

523 Patricia Florita Pineda Frías Ciudad de

México

524 Sandra Nayeli Romero

Hernández Ciudad de

México

525 Diana Nadtzume Pérez

Miranda Ciudad de

México

526 Javier Cervantes Díaz Ciudad de

México

527 Jorge Alberto Rodríguez

Márquez Ciudad de

México

528 Juan Carlos Palomeque

Reyes Ciudad de

México

529 German Javier Ortiz Fuentes Ciudad de

México

530 Ivette Angélica Olmedo

Sánchez Ciudad de

México

531 Patricio Natera Serrano Ciudad de

México

532 Karla Clavellina Hernández Ciudad de

México

533 Pamela Adoración Baltazar

Guillen Ciudad de

México

534 María Cenobia Martínez

Cabello Ciudad de

México

535 María Guadalupe Serrano

González Ciudad de

México

536 Yazmín Dolores Romero

Morales Ciudad de

México

537 Brenda Montserrat Díaz Hitzil Ciudad de

México

538 Almita del Carmen Lucero Espinosa de los Monteros

Herrera

Ciudad de México

539 Angélica Rogel Hernández Ciudad de

México

540 Zyanya Nayelli Ramírez

Cardoso Ciudad de

México

541 Yasmín Noemí Rogel Sánchez Ciudad de

México

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

542 Bertha Verónica Estrada

Pantoja Ciudad de

México

543 Olga Nayeli Rogel Hernández Ciudad de

México

544 Yeni Genoveva González

Juárez Ciudad de

México

545 Diana Dennis Duran Romero Ciudad de

México

546 Miguel Ángel Muñoz Arellano Ciudad de

México

547 Guillermo Saúl Soto Díaz Ciudad de

México

548 Isidoro Cruz Mirafuentes Ciudad de

México

549 Carlos Félix Barrera Miranda Ciudad de

México

550 Amada Xitlali Chavarría

Vázquez Ciudad de

México

551 Félix Chavarría Vázquez Ciudad de

México

552 Angélica Ramírez Rosas Ciudad de

México

553 Lizbeth Castillo Palma Ciudad de

México

554 Claudia Valle Rodríguez Ciudad de

México

555 Jessica Neria Márquez Ciudad de

México

556 Martha Márquez Llamas Ciudad de

México

557 Esperanza Capilla Rivera Ciudad de

México

558 Alejandra Capilla Rivera Ciudad de

México

559 María de los Ángeles Sierra

Morales Ciudad de

México

560 Ana Catalina Reyes Espinosa Ciudad de

México

561 Patricia Margarita Cruz

Mirafuentes Ciudad de

México

562 María Luisa Romero Ronquillo Ciudad de

México

563 María Esther Ruano Aguilera Ciudad de

México

564 Raúl Olivos Gutiérrez Ciudad de

México

565 Marcelina González Cruz Ciudad de

México

566 Marysol Rodríguez Hernández Ciudad de

México

567 Andrea Torres Vera Ciudad de

México

568 Diana Leticia González

Mendoza Ciudad de

México

569 Francisco Javier Fortanell

Vázquez Ciudad de

México

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

13

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

570 Miriam Martínez Esparza Ciudad de

México

571 Norma Guadalupe Franco

González Ciudad de

México

572 Alfredo Blancas Romero Ciudad de

México

573 Juan Carlos Fabila Ledesma Ciudad de

México

574 Guadalupe Franco Rangel Ciudad de

México

575 Luis Fernando Hernández

Vázquez Ciudad de

México

576 Víctor Manuel Cuevas

Sandoval Ciudad de

México

577 José Eduardo Tlalpan Muñoz Ciudad de

México

578 Laura Manuela Lara Pérez Ciudad de

México

579 Laura Rodríguez Zepeda Ciudad de

México

580 Catalina Medina Chávez Ciudad de

México

581 Marco Antonio Carrera

Monjaraz Ciudad de

México

582 Edith Muñoz Méxicano Ciudad de

México

583 Daniel Alejandro García Flores Ciudad de

México

584 Ángeles Fabiola Zamora

Yañez Ciudad de

México

585 Enrique Flores Ángeles Ciudad de

México

586 Vanessa Pérez Cruz Ciudad de

México

587 Yoloxochitl Chavarría Vázquez Ciudad de

México

588 Magdalena González

Quintanar Ciudad de

México

589 Alma Delia Luna Moreno Ciudad de

México

590 Karen Hernández Núñez Ciudad de

México

591 Jorge Enrique Macías

Ramírez Ciudad de

México

592 Rosa Isela Meza Torres Ciudad de

México

593 Víctor Manuel Suarez

Malagón Ciudad de

México

594 Ramed Juárez Reyes Ciudad de

México

595 Josymar Valencia Garduño Ciudad de

México

596 Maricela Salinas Contreras Ciudad de

México

597 Laura Elizabeth Chirino

Ramírez Ciudad de

México

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

598 Natalia Emily Peralta

Contreras Ciudad de

México

599 Dagoberto Gelacio Hernández

González Ciudad de

México

600 Erika Luisa Galván Campos Ciudad de

México

601 Baltazar Hernández Valencia Ciudad de

México

602 Olivia Carmona Navarrete Ciudad de

México

603 Lucia Cruz Pegueros Ciudad de

México

604 José Apolinar Arellano Burgos Ciudad de

México

605 Erika Yasmín Ramos Cerón Ciudad de

México

606 Daniel Kevin Lima Ibarra Ciudad de

México

607 Marco Tulio Cervantes

Popoca Ciudad de

México

608 Adareli García Serrano Ciudad de

México

609 Melissa Lizbeth Águila Juárez Ciudad de

México

610 Ángel Alberto Hernández

Rangel Ciudad de

México

611 Eodulia Hernández Peralta Ciudad de

México

612 Rut Tehuitzil Rojas Ciudad de

México

613 Esther Reyna Torres Torres Ciudad de

México

614 Jacqueline González Vázquez Ciudad de

México

615 Karla Fabiola Tagle Zavala Ciudad de

México

616 Norma Rosalía Rodríguez

Ibáñez Ciudad de

México

617 Ernestina De La Rosa Ciudad de

México

618 Genoveva Téllez Hernández Ciudad de

México

619 Omar Arturo Ledesma

Velázquez Ciudad de

México

620 Karen Jazmín Hernández

Cante Ciudad de

México

621 José Antonio García Sánchez Ciudad de

México

622 Laura del Carmen Razo

Martínez Ciudad de

México

623 Tairi Maríana Mendoza de la

Cruz Ciudad de

México

624 Héctor Chávez Yáñez Ciudad de

México

625 Gerardo García Gómez Ciudad de

México

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

14

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

626 Angie Laura Quevedo

Montaño Ciudad de

México

627 Maríana Castro Razo Ciudad de

México

628 Alejandra Berenice Monroy

Sánchez Ciudad de

México

629 Pablo Rico Carbajal Ciudad de

México

630 María Isabel Núñez Arzate Ciudad de

México

631 Sandra Selene Rosillo Alcocer Ciudad de

México

632 Héctor Hugo Rodríguez

Toledo Ciudad de

México

633 Cruz Joaquín Mercado Blanco Ciudad de

México

634 Viridiana Perales González Ciudad de

México

635 Raziel Agustín Pineda Canal Ciudad de

México

636 Araceli Demetrio Vázquez Ciudad de

México

637 Ana de Jesús Hernández

Romero Ciudad de

México

638 Araceli de la Cruz González Ciudad de

México

639 Guadalupe Álvarez Bautista Ciudad de

México

640 Elizabeth Peralta Serrano Ciudad de

México

641 Elvia Castrejón Milpa Ciudad de

México

642 Ana María Guadalupe

Mercado Blanco Ciudad de

México

643 Adela Reyes Sánchez Ciudad de

México

644 Ruth María Gómez

Domínguez Ciudad de

México

645 Eduardo Negrete Martínez Ciudad de

México

646 Katia Oralia Eslava Torres Ciudad de

México

647 Ivette Rojas Vargas Ciudad de

México

648 Diana Mirely García Cano Ciudad de

México

649 Héctor Miguel Mendoza

Braulio Ciudad de

México

650 Irene Merchant Pérez Ciudad de

México

651 Paloma Gabriela Rivera

Castillo Ciudad de

México

652 Luis Alberto García Cano Ciudad de

México

653 Jazmín Chávez Martínez Ciudad de

México

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

654 Emma de Sixto Romero Ciudad de

México

655 Bacilio Rico Arriaga Ciudad de

México

656 Esther Moctezuma Corona Ciudad de

México

657 Irlanda Enriqueta Haro Marín Ciudad de

México

658 Dorian Fernando Castro

Martínez Ciudad de

México

659 Norma Perez Galicia Ciudad de

México

660 Juan Missael Lucero Pérez Ciudad de

México

661 Ana Teresa Covarrubias

Escobar Ciudad de

México

662 José Manuel González Ríos Ciudad de

México

663 Alicia Castro García Ciudad de

México

664 Apolo García Martínez Ciudad de

México

665 Diana Erika Rojas Sánchez Ciudad de

México

666 Ernesto Arturo Terán Pozos Ciudad de

México

667 Soledad Montoya Carpio Ciudad de

México

668 Karla Anel Reyes Guadarrama Ciudad de

México

669 María del Carmen Arévalo

Guadarrama Ciudad de

México

670 Sandra Xolalpa Espinosa Ciudad de

México

671 Rosa Lucas García Ciudad de

México

672 Alejandro Hernández Galicia Ciudad de

México

673 Diana Guadalupe Gutiérrez

Rivera Ciudad de

México

674 Edna Fabiola Valle Galindo Ciudad de

México

675 David Juan Arguello

Hernández Ciudad de

México

676 Manuel Molotla Medina Ciudad de

México

677 Obdelia Ana Valverde

Domínguez Ciudad de

México

678 María de los Ángeles Ortega

Córdoba Ciudad de

México

679 Silvia Leticia Narciso Carpio Ciudad de

México

680 Jorge Franco Velázquez Ciudad de

México

681 Sandra Karina Cortes Ortega Ciudad de

México

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

15

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

682 Patricia Cruz del Ángel Ciudad de

México

683 Guadalupe Santiago Martínez Ciudad de

México

684 Yadira Fuentes Vázquez Ciudad de

México

685 Martina Graciela Arias

Salgado Ciudad de

México

686 Juana Hortensia Lemus

Galindo Ciudad de

México

687 Irene Bautista Hernández Ciudad de

México

688 Rosario Coni Delgado

Hernández Ciudad de

México

689 Sarahi Catalán Patiño Ciudad de

México

690 Francisco Efraín Aparicio

Cárdenas Ciudad de

México

691 Lourdes Martínez Hernández Ciudad de

México

692 Silvia Raquel Sagrero

Corrales Ciudad de

México

693 Guadalupe Corrales Valdes Ciudad de

México

694 Adriana Rubio Retana Ciudad de

México

695 Alicia Lázaro Isita Ciudad de

México

696 María del Carmen Magdalena

Valdez Rivera Ciudad de

México

697 Maribel Azucena Flores

Lozano Ciudad de

México

698 Hortencia Lira Martínez Ciudad de

México

699 Yaely Rivera Gómez Ciudad de

México

700 Manuel Espinoza Mendoza Ciudad de

México

701 Martin Ambrosio Vega Ciudad de

México

702 Guadalupe Viviana Morales

Barrios Ciudad de

México

703 María Ortega Cruz Ciudad de

México

704 Dulce María Gómez Cid Ciudad de

México

705 Julio Reséndiz Rosas Ciudad de

México

706 José Adrián Cabrera Blancas Ciudad de

México

707 Sofía Isabel Puc Barbosa Ciudad de

México

708 Marina Valle Rodríguez Ciudad de

México

709 Nieves Ivonne Ayoso Jiménez Ciudad de

México

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

710 Cynthia Antonia Galindo

Montoya Ciudad de

México

711 Jesús Eduardo Robles

Ángeles Ciudad de

México

712 Reyna Maribel Bravo

Navarrete Ciudad de

México

713 Gloria Magdalena Gómez

Martínez Ciudad de

México

714 María Isabel Hernández

Castillo Ciudad de

México

715 Feliciana León Cortes Ciudad de

México

716 Adriana Isela Parada Ramírez Ciudad de

México

717 Stephanie Amairani Martínez

Cortes Ciudad de

México

718 María de Lourdes Aguilar

Morales Ciudad de

México

719 María Candelaria García

Gastelum Ciudad de

México

720 José Alfredo Hernández

García Ciudad de

México

721 Oscar Hernández García Ciudad de

México

722 Paulina Victoria Ledesma

Juárez Olay Ciudad de

México

723 Hilda Zavala Botello Ciudad de

México

724 Efrén Trujillo Aquino Ciudad de

México

725 Rosalba Avendaño Mendoza Ciudad de

México

726 Elvia Luisa Ibarra Regino Ciudad de

México

727 Elizabeth Guadalupe Cornejo

García Ciudad de

México

728 Victoria Galeano Cano Ciudad de

México

729 Adriana Ibarra Rojas Ciudad de

México

730 Itzel Dinorah Sánchez Rojas Ciudad de

México

731 Ana Bertha Vázquez Murillo Ciudad de

México

732 Martin Bernardo Guapilla

Villegas Ciudad de

México

733 Cynthia Priego Martínez Ciudad de

México

734 Carolina Estela Arguello

Ramírez Ciudad de

México

735 Ana Bertha Hernández Valera Ciudad de

México

736 Alejandro Loaeza Manzo Ciudad de

México

737 Daniel Soto Morales Ciudad de

México

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

16

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

738 Lisette González Juárez Ciudad de

México

739 Leonor Ruiz Flores Ciudad de

México

740 Betsabe Torres Perez Ciudad de

México

741 Raquel Martínez Ramírez Ciudad de

México

742 Antonio Pérez Rojo Ciudad de

México

743 Dalia Angélica Aguilar Barajas Ciudad de

México

744 Jessica Leonor Fuentes

Gutiérrez Ciudad de

México

745 Enrique González Ortiz Ciudad de

México

746 José Antonio García Moran Ciudad de

México

747 Daria Morales González Ciudad de

México

748 Roció Esther Domínguez

Herrera Ciudad de

México

749 Juan Carlos Landaverde

Juárez Ciudad de

México

750 Alejandra Aguilar Duran Ciudad de

México

751 Meybel del Rocio González

Rivas Ciudad de

México

752 Itzel Abigail González

Mendieta Ciudad de

México

753 Susana Ramírez Texcocano Ciudad de

México

754 Ana Luz Paniagua Ramírez Ciudad de

México

755 Armando Bárcenas Calzontzi Ciudad de

México

756 Abigail Cárdenas Morales Ciudad de

México

757 Norma Lidia Pavón

Castellanos Ciudad de

México

758 Jorge Alejandro Armenta Lima Ciudad de

México

759 Daniela Cazares Bonilla Ciudad de

México

760 Adriana López Gómez Ciudad de

México

761 Carlos Hernández Escobar Ciudad de

México

762 María Blanca González

Hernández Ciudad de

México

763 Dafne Viridiana Escalante

Tobilla Ciudad de

México

764 Alan de la Cruz Reyes Ciudad de

México

765 Edgar Valdovinos Tejeda Colima

766 Alicia Lizeth Alvarado Padilla Colima

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

767 Blanca Esthela Ruiz Capitaine Colima

768 Rocio Flores Ayala Colima

769 Gabriela Solorzano Torres Colima

770 Susana Cruz Martínez Chiapas

771 Esau Diaz Alvaro Chiapas

772 Jorge Armando García

Mendez Chiapas

773 Joana Guadalupe Perez Arcos Chiapas

774 Adiel Montejo Vazquez Chiapas

775 Rogelio Montejo Sánchez Chiapas

776 Mauricio Mendez Cruz Chiapas

777 Pedro Sánchez Montejo Chiapas

778 Cristobal Alvaro Arcos Chiapas

779 Alexander Lopez Trujillo Chiapas

780 Lucy Moreno Arcos Chiapas

781 Elisa Hernández Guzmán Chiapas

782 María Gomez Alvaro Chiapas

783 Isaac Shamir Couoh Interian Chiapas

784 Carlos Maríano Sánchez Chiapas

785 Santiago Gómez Jirón Chiapas

786 Quevin Eduardo Lazos

Monterrosa Chiapas

787 Luis Lopez Santiz Chiapas

788 Carmen Gonzalez Estrada Chiapas

789 María de Jesus Hernández

Chavarria Chiapas

790 Manuel Gonzalez Hernández Chiapas

791 Daniel Santos Gomez Lopez Chiapas

792 Roxana Valdiviezo Buere Chiapas

793 Herminio Evodio García

Ortega Chiapas

794 Jesus Elizabeth Ruiz

Bermudez Chiapas

795 Everardo de Jesus Molina

Palacios Chiapas

796 Brenda Yazmin Gomez Diaz Chiapas

797 Alma Guadalupe de los

Santos Gonzalez Chiapas

798 Fernando Javier Lopez

Sánchez Chiapas

799 Juan Antonio Escandon

Alvarez Chiapas

800 Alfonso Giron Lopez Chiapas

801 Juan Luis Gomez Gomez Chiapas

802 Guadalupe Velasco Gomez Chiapas

803 Erick Eduardo Lopez Gomez Chiapas

804 Juan Carlos Santiz Hernández Chiapas

805 Luis Eduardo Eboli Morales Chiapas

806 Manuel Vazquez Castellanos Chiapas

807 Antonio Giron Lopez Chiapas

808 Sergio Eduardo Pineda Lopez Chiapas

809 Yadira de Jesus Juarez

Martínez Chiapas

810 Karla Olivia Roque Miceli Chiapas

811 Guillermo Aguilar Aquino Chiapas

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

17

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

812 María Petrona Trinidad

Gonzalez Chiapas

813 Sandra Elizabeth Gomez

Jiménez Chiapas

814 María Areli Hernández

Hernández Chiapas

815 Luis Fernando Gomez

Cancino Chiapas

816 Julio Cesar Carrasco

Dominguez Chiapas

817 José Roberto Hernández

Paniagua Chiapas

818 Javier Noriega Lopez Chiapas

819 Raul Perez Hernández Chiapas

820 Luis Fernando Chacon

Estrada Chiapas

821 Tania Grisell Molina Perez Chiapas

822 Miguel Angel Burguete Reyes Chiapas

823 Rusbel Vidal Escobar Chiapas

824 Alexis Aguilar Morales Chiapas

825 Julio Cesar Zambrano

Mendoza Chiapas

826 María de Lourdes Martínez

Diaz Chiapas

827 Paulina Alejandra Ramos Ruiz Chiapas

828 Noe Espinosa Lazaro Chiapas

829 Yadira Yazmin Mendoza

Gutiérrez Chiapas

830 Tzitlally del Carmen Champo

Estrada Chiapas

831 Enrique Juarez Suchiapa Chiapas

832 José Alexander Hernández

Solis Chiapas

833 Claudia Grajales Velasco Chiapas

834 Cristian Giovanni Perez

Concha Chiapas

835 Esperanza Gomez Lopez Chiapas

836 Oscar Hernández Gomez Chiapas

837 Luis Enrique Perez Ortiz Chiapas

838 Isaura Ochoa Cruz Chiapas

839 Karina Guadalupe Gordillo

Arguello Chiapas

840 Epitasio Espinoza Diaz Chiapas

841 Ildefonso Gomez Bautista Chiapas

842 Pedro Mendoza Gomez Chiapas

843 Luis Enrique Gordillo Gomez Chiapas

844 Julio Lario Velasco Aguilar Chiapas

845 Jocsam Macdiel Zuñiga

Cadenas Chiapas

846 Miguel Angel Cisneros

Sánchez Chiapas

847 Anael Guadalupe Candelaria

Arce Chiapas

848 Víctor Hugo Cano Ruiz Chiapas

849 Virna Carolina Landeros

Meneses Chiapas

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

850 Tabita Gomez Santiz Chiapas

851 Gloria Georgina Ochoa

Constantino Chiapas

852 Abel Merino Constancio Chiapas

853 José Cesar Magdaleno

Gonzalez Chiapas

854 Delina Arauz Dominguez Chiapas

855 Armando Hernández Gomez Chiapas

856 Abel Gomez Chiapas

857 Heberto Cruz Gomez Chiapas

858 Héctor Miguel Alfaro Gomez Chiapas

859 Daniela Abigail Alfaro Jiménez Chiapas

860 Alexis Rubiel Alfaro Jiménez Chiapas

861 Eleazar de Jesus Gomez Chiapas

862 Darinel García Lopez Chiapas

863 José Roberto Alfaro Lopez Chiapas

864 José Angel Gomez Olvera Chiapas

865 Yadira Velazquez Sereno Chiapas

866 Daniel Aguilar Martínez Chiapas

867 Margarita Concepción Mateo

Camacho Chiapas

868 Angel Alexander Martínez

Gomez Chiapas

869 Julio Cesar Santoyo Lozano Chiapas

870 Arley Lopez Gomez Chiapas

871 Roberto Torres Gonzalez Chiapas

872 Eugenio Santiz Gomez Chiapas

873 Reyna Guadalupe Hernández

Jiménez Chiapas

874 Angélica del Rosario Hernández Jiménez

Chiapas

875 Jorge Gomez Sánchez Chiapas

876 Antonia Gomez Rodríguez Chiapas

877 Juan Esteban Gomez

Rodríguez Chiapas

878 José Lopez Chiapas

879 Eric Daniel Lopez Martínez Chiapas

880 José Luis Mendez Espinosa Chiapas

881 Cinthia Paola Cancino de la

Cruz Chiapas

882 José Cornelio Sánchez Cinco Chiapas

883 Fatima Guadalupe Velazquez

Nataren Chiapas

884 Arturo Yamamoto Resendiz Chiapas

885 Karen Gonzalez Cortes Chiapas

886 Zoila Rosalia Cancino

Rabanales Chiapas

887 Karen Adilene Alor Morales Chiapas

888 Rina Patricia Dominguez

Granados Chiapas

889 Narda Evelin Cruz Morga Chiapas

890 Manuel Godinez Tercero Chiapas

891 Surisadday García Cruz Chiapas

892 Arnaldo de Jesus Mendez

Espinosa Chiapas

893 Walter Hernández Sandoval Chiapas

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

18

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

894 Juan Carlos Lazos Monterrosa Chiapas

895 Edith Aranda Baldenegro Chihuahua

896 Gerardo Axel Mendoza Ortiz Chihuahua

897 Carlos Arturo Reynoso Cota Chihuahua

898 Sarahi Contreras Benitez Chihuahua

899 Alonso Javier Contreras

Lozano Chihuahua

900 Sergio Guerrero Anaya Chihuahua

901 Alonso Fernández Padilla Chihuahua

902 Cesar Rodolfo Soto Gonzalez Chihuahua

903 Abril Salcido Chávez Chihuahua

904 Nancy Margarita Corona

Xochitl Chihuahua

905 Eunice Cruz Ojeda Chihuahua

906 Velvet Artemisa Estrella

Madrigal Chihuahua

907 Reyes Gerardo Contreras

Anguiano Chihuahua

908 Brenda Isela Tovali Jiménez Chihuahua

909 Monica Acosta Estrada Chihuahua

910 Nubia Griselda Perea Noriega Chihuahua

911 Claudia Lizette Estrada

Tinajero Chihuahua

912 Diana Iveth Bustillos Jaquez Chihuahua

913 Javier Alonso Rodríguez

Marta Chihuahua

914 Aida Mariza Salais Castro Chihuahua

915 José Luis Camargo Carreon Chihuahua

916 Coral Maribel Zamora

Rodríguez Chihuahua

917 Javier Ramírez Infante Chihuahua

918 María de Jesus Borrego

Sauceda Chihuahua

919 Laura Elena Sidas Barron Chihuahua

920 Raul alejandro Urquiza Ruiz Chihuahua

921 Mario Alberto Aguilar Puentes Chihuahua

922 Cinthya Yadira Silva Ramírez Chihuahua

923 Sebastian Enriquez

Hernández Durango

924 Luis Misael Olguin García Durango

925 Susana Karina Vargas Gaytan Durango

926 Carlos Roberto Chávez

Luevanos Durango

927 Ana Lucia Luevanos Maltos Durango

928 Yesenia Karina Torres

Sánchez Durango

929 Itati Arali Ortiz Agüero Durango

930 María Araceli Torres Ramírez Durango

931 Enrique Vaquera Vazquez Durango

932 Leticia Holguin Barraza Durango

933 Jesus Alejandro Chacon

Blanco Durango

934 Sonia Angélica Favela Mesta Durango

935 Deisy Marisol Medina Bonilla Durango

936 María Teresa Favela Mireles Durango

937 Elsa Vazquez Gutiérrez Durango

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

938 Jorge García Facio Durango

939 Karla Lorena Taboada

Rodríguez Durango

940 Lizbeth Fabiola Ibañez

Sifuentes Durango

941 Erik Rogelio Rodríguez

Hernández Durango

942 Eduardo Meraz Aragon Durango

943 María Isabel Ponce Coronado Durango

944 Víctor Manuel Rojas Muñoz Durango

945 Jesus Sergio Lazalde Flores Durango

946 Santiaga Martínez Mejorado Durango

947 Francisco Bruno Garcia

Gonzalez Edo. Méx.

948 Alejandra Becerril Ramirez Edo. Mex.

949 Ursula Ivonne Lopez Edo. Mex.

950 Claudia Beatriz Onofre

Fuentes Edo. Méx.

951 Rosario Mayte Gonzalez

Perez Edo. Méx.

952 Irma Wendy Piñeda Torres Edo. Méx.

953 Edgar Lacambra Tapia Edo. Méx.

954 Josue Asiel Martínez Manzano Edo. Méx.

955 Irma Elena Jiménez

Hernández Edo. Méx.

956 Guadalupe Luna García Edo. Méx.

957 José Raul Hernández García Edo. Méx.

958 Beatriz Ramírez Jarillo Edo. Méx.

959 Angel Yetzel Osio Martínez Edo. Méx.

960 Cristhian García Aguirre Edo. Méx.

961 María del Carmen Virginia

Sotelo Zavala Edo. Méx.

962 Juan Octavio Perez Aceves Edo. Méx.

963 Mariano Díaz Reséndiz Edo. Méx.

964 Yoselin Nalleli Trejo Espinoza Edo. Méx.

965 Cesar Maríano Cruz Edo. Méx.

966 Jesus Rosales Flores Edo. Méx.

967 Alfredo Israel Rosales Trejo Edo. Méx.

968 Erika Osorio Luna Edo. Méx.

969 María Angélica García

Valencia Edo. Méx.

970 Angel Josue Hernández

Cajero Edo. Méx.

971 Andrea Quiroz Bautista Edo. Méx.

972 Sara Hernández Lopez Edo. Méx.

973 Ana Laura Galindo Lopez Edo. Méx.

974 Sergio José Guadalupe

Venegas Martínez Edo. Méx.

975 Virginia Crisantos García Edo. Méx.

976 Maricela Perez Vasquez Edo. Méx.

977 Oscar Lopez Jiménez Edo. Méx.

978 Jesus Sánchez García Edo. Méx.

979 Ana Bertha Diaz Edo. Méx.

980 Mayra Ruiz de la Cruz Edo. Méx.

981 Agustín Bragado Dominguez Edo. Méx.

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

19

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

982 Efrain Osorio Conde Edo. Méx.

983 Alfredo Diaz Miranda Edo. Méx.

984 Beatriz Trejo Cabrera Edo. Méx.

985 Lorena Irais García Saucedo Edo. Méx.

986 Roberto Zuñiga Duran Edo. Méx.

987 Claudia Ivett Hernández

Alcantara Edo. Méx.

988 Miriam Arreguin Vargas Edo. Méx.

989 Miyahi Enrique Rayon Reyes Edo. Méx.

990 Carlos Alberto Estrada

Hernández Edo. Méx.

991 Claudia Iveth Toledano

Moreno Edo. Méx.

992 Esther Soto Hernández Edo. Méx.

993 José Isabel Contreras Arellano Edo. Méx.

994 Marcos Ivan Rivas Villalobos Edo. Méx.

995 Paula Grijalva Español Edo. Méx.

996 Anayeli Galvan Huape Edo. Méx.

997 Iliana Jurado Hernández Edo. Méx.

998 Odette Jurado Hernández Edo. Méx.

999 Oralia Miriam de la Vega

Gonzalez Edo. Méx.

1000 Martha Patricia Trejo Yepez Edo. Méx.

1001 Aurelio Salvador Ramírez

Sánchez Edo. Méx.

1002 Daniel Lopez Mejia Edo. Méx.

1003 Ada Elibeth Morales Martínez Edo. Méx.

1004 Argelia Vazquez García Edo. Méx.

1005 Cesar Augusto Alvarez

Sánchez Edo. Méx.

1006 Luis Alberto Gonzalez Macedo Edo. Méx.

1007 Asucena Mancilla Monroy Edo. Méx.

1008 Angel Gerardo Medina Vargas Edo. Méx.

1009 María de los Angeles

Gonzalez Solar Edo. Méx.

1010 Florencia Rita Luna Vasquez Edo. Méx.

1011 Uriel Castillo Jiménez Edo. Méx.

1012 Monserrat Elizabeth Vazquez

Tinajero Edo. Méx.

1013 Luisa Teresa Castelan Valdez Edo. Méx.

1014 Leticia Palacios Gomez Edo. Méx.

1015 María Isabel Martínez Bravo Edo. Méx.

1016 Ignacia Cruz Nicolas Edo. Méx.

1017 Alma Karina Guevara

Espinoza Edo. Méx.

1018 Juan Diego Gaytan Torres Edo. Méx.

1019 Carlos Escobedo García Edo. Méx.

1020 Sonia Reyes Lopez Edo. Méx.

1021 Alma Delfina Lara Camacho Edo. Méx.

1022 Angélica Yamilet Santiago

Guzmán Edo. Méx.

1023 Jesus Mixcoatl Vidales Guerra Edo. Méx.

1024 Liliana Cervantes Esquivel Edo. Méx.

1025 Mario Isaac Cervantes

Esquivel Edo. Méx.

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1026 Miriam Alejandra Espinosa

Flores Edo. Méx.

1027 Elia Angélica Gonzalez Mejia Edo. Méx.

1028 Israel Bojorquez Escobar Edo. Méx.

1029 Mary Carmen Ortiz Valencia Edo. Méx.

1030 Juan Jesus Rodríguez

Marañon Edo. Méx.

1031 Berenice Marlene Oseguera

Ramírez Edo. Méx.

1032 Sandra Luna García Edo. Méx.

1033 Carlos Andere Nicanor Edo. Méx.

1034 Sonia Montes del Valle Edo. Méx.

1035 Saida Margarita Alarcon

Hernández Edo. Méx.

1036 Vanessa Perez Vazquez Edo. Méx.

1037 Gabriel Alejandro Alvarez

Murillo Edo. Méx.

1038 Sandra Fabiola Fuentes Lopez Edo. Méx.

1039 Sandy Belle Lugo Mendieta Edo. Méx.

1040 Gabina Valladares Hernández Edo. Méx.

1041 Francisco Jesús Comparan

Zaragoza Edo. Méx.

1042 Nancy Sánchez Sierra Edo. Méx.

1043 Erika Rodríguez Edo. Méx.

1044 Luis Alberto García

Hernández Edo. Méx.

1045 María Carolina Rojas Ramírez Edo. Méx.

1046 Luis Desiderio Machuca Edo. Méx.

1047 María de Lourdes de la Cruz

Martínez Edo. Méx.

1048 José Eduardo Cuellar

Florentino Edo. Méx.

1049 Jessica Resendiz Martínez Edo. Méx.

1050 Jesus Diaz Espinosa Edo. Méx.

1051 Abraham Hernández Lopez Edo. Méx.

1052 Elia Yesenia León Edo. Méx.

1053 Pedro Diaz Quezada Edo. Méx.

1054 Haydee Berthely Mendoza Edo. Méx.

1055 Blanca America García

Ventura Edo. Méx.

1056 Uriel Isay Oseguera Ramírez Edo. Méx.

1057 Héctor Octavio Aviles

Gutiérrez Edo. Méx.

1058 Luis Daniel Torres Rodríguez Edo. Méx.

1059 Adriana Ayala Bravo Edo. Méx.

1060 José Arturo Castillo Alcaraz Edo. Méx.

1061 Yazmin Santiago Ramos Edo. Méx.

1062 Alonso Coroy Galindo Edo. Méx.

1063 Felipe Silverio García Edo. Méx.

1064 Sandra Gonzalez Perez Edo. Méx.

1065 Ruth García Rosas Edo. Méx.

1066 Juan Manuel Cruz Martínez Edo. Méx.

1067 Norma Veronica Juarez Rivas Edo. Méx.

1068 Arturo Alejandro Dominguez

Eslava Edo. Méx.

1069 Alma Brenda Esquivel Castillo Edo. Méx.

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

20

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1070 Norma Ramírez Arellano Edo. Méx.

1071 Francisco Cabral Garnica Edo. Méx.

1072 Karina Martínez Beltran Edo. Méx.

1073 Emma Victoria Martínez Trejo Edo. Méx.

1074 Carlos Alberto Gonzalez

Romero Edo. Méx.

1075 Guadalupe Ramírez

Rodríguez Edo. Méx.

1076 Daniela Ortega Melo Edo. Méx.

1077 Lilia Perez Hernández Edo. Méx.

1078 Juan José García Hernández Edo. Méx.

1079 Jaqueline Luna Hernández Edo. Méx.

1080 Rosalia Ponce Arrieta Edo. Méx.

1081 Patricia León Delgado Edo. Méx.

1082 Ketzikel Constantino Cruz Edo. Méx.

1083 Africa Lessly Cabrera

Mendoza Edo. Méx.

1084 Emilio Jimenez Silva Edo. Méx.

1085 Isai Moreno Rivas Edo. Méx.

1086 Juana García Palacios Edo. Méx.

1087 Luis Daniel Izquierdo Yañez Edo. Méx.

1088 Xochitl Marubit Aguirre García Edo. Méx.

1089 María del Carmen Nohemi

Monroy Ramírez Edo. Méx.

1090 Vitelio de Jesus Vazquez

Ramírez Edo. Méx.

1091 Jorge Chávez Escoto Edo. Méx.

1092 Miguel Angel Abarca Aparicio Edo. Méx.

1093 Sonia Judith Lopez Santillan Edo. Méx.

1094 Rosa Isela Guadarrama

Figueroa Edo. Méx.

1095 Jose Luis Jaime Ayala Edo. Méx.

1096 Ana Laura Abad Figueroa Edo. Méx.

1097 Martin Islas Tapia Edo. Méx.

1098 Eder Rivera Herrera Edo. Méx.

1099 Jacqueline Meyo Delgado Edo. Méx.

1100 Israel Edmar Coronado

Cervantes Edo. Méx.

1101 Ivonne Jannette Pineda

Aguirre Edo. Méx.

1102 Mara Karina Aguilar del Angel Edo. Méx.

1103 Ma. de Jesus Rivera Alvarez Edo. Méx.

1104 Alicia Rivera Tapia Edo. Méx.

1105 Erika García Reyes Edo. Méx.

1106 Rosa Vidal Calixto Edo. Méx.

1107 Aidee Guadalupe Lara Aviles Edo. Méx.

1108 Veronica Martínez Gaytan Edo. Méx.

1109 Mirta Alejandra Huerta Rojas Edo. Méx.

1110 Elitania Reyes Roldan Edo. Méx.

1111 Ruth Monserrat Ruiz Cruz Edo. Méx.

1112 Yessica Gonzalez Jiménez Edo. Méx.

1113 Humberto Ramírez Ríos Edo. Méx.

1114 Jorge Arturo Villegas Morales Edo. Méx.

1115 Reyna Angélica Manzano

Ortega Edo. Méx.

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1116 Mayte Mendez Alarcon Edo. Méx.

1117 María de los Angeles Bravo

Cervantes Edo. Méx.

1118 Ariana Lopez Hernández Edo. Méx.

1119 Edith Yazmin Camacho

Vazquez Edo. Méx.

1120 Martha Estefany Galves

Ledesma Edo. Méx.

1121 Laura Elizabeth Esteban

Valdez Edo. Méx.

1122 Beatriz Jiménez Jeronimo Edo. Méx.

1123 Yolanda Santiago Uribe Edo. Méx.

1124 María del Rocio García

Ramírez Edo. Méx.

1125 María Teresa Cuervo Alpide Edo. Méx.

1126 Giovanna Lizbeth Jiménez

Resendiz Edo. Méx.

1127 Sandra Hernández Chaparro Edo. Méx.

1128 Ivonne Sarai Toledo Medina Edo. Méx.

1129 Raquel Zavala Sánchez Edo. Méx.

1130 Omar Jonathan Martínez

Templos Edo. Méx.

1131 Jorge Enrique Huerta

Gutiérrez Edo. Méx.

1132 Mauricio Saul Ramirez Gomez Edo. Méx.

1133 Alonso Aparicio Lopez Edo. Méx.

1134 Alejandra Serna Arcos Edo. Méx.

1135 Leticia Dominguez Murillo Edo. Méx.

1136 José Antonio Cuevas Barron Edo. Méx.

1137 Graciela Salazar Villeda Edo. Méx.

1138 Juana Ruiz Martínez Edo. Méx.

1139 Marina Judith Becerril

Hernandez Edo. Méx.

1140 Sergio Carbajal Ayala Edo. Méx.

1141 Ana Bertha Ruiz Gonzalez Edo. Méx.

1142 María Guadalupe Peña

Salguero Edo. Méx.

1143 Gloria Arlette Escobar Zepeda Edo. Méx.

1144 Kiara Vanessa Escobar

Zepeda Edo. Méx.

1145 Luis Javier Salgado Ramón Edo. Méx.

1146 Jessica Flores García Edo. Méx.

1147 Adriadne Diana Romero

Barcenas Edo. Méx.

1148 Iris Gomez Sánchez Edo. Méx.

1149 Blanca Estela Ramírez

Jiménez Edo. Méx.

1150 Alfredo Ruiz Flores Edo. Méx.

1151 Jonathan Roberto García

Miranda Edo. Méx.

1152 Xochitl Monzerat Varela

Castillo Edo. Méx.

1153 Jesus David Espinosa

Fernandez Edo. Méx.

1154 Diana Lourdes Vargas Salazar Edo. Méx.

1155 María Cruz Angulo Maríano Edo. Méx.

Page 21: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

21

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1156 Karen Angélica Hernández

Romano Edo. Méx.

1157 Lorena Guevara Hernández Edo. Méx.

1158 Rosario Cruz Martínez Edo. Méx.

1159 Eliseo Viveros Calderón Edo. Méx.

1160 Diana Estrella Macías Rosas Edo. Méx.

1161 Rubi Macías Rosas Edo. Méx.

1162 Miguel Angel Navarro García Edo. Méx.

1163 Carlos Adrian Nuñez Lew Edo. Méx.

1164 Claudia Ivett Porcayo Casas Edo. Méx.

1165 Francisca Fabiola Zarate

Galindo Edo. Méx.

1166 Ivan Perez Chávez Edo. Méx.

1167 Aldo Mauricio Hernández

Millan Edo. Méx.

1168 Omar Jesus Rojano

Rodríguez Edo. Méx.

1169 Farah Ruth Rojano Rodríguez Edo. Méx.

1170 Liliana Zamora Figueroa Edo. Méx.

1171 Claudia Varela Carretero Edo. Méx.

1172 Cinthia María del Pilar Flores

Ambriz Edo. Méx.

1173 Roberto Ruiz Salmeron Edo. Méx.

1174 Aurora Sánchez Cruz Edo. Méx.

1175 Celestino Zavala Guerrero Edo. Méx.

1176 Alejandra Rogel Roman Edo. Méx.

1177 Estanislao Blas Reyes

Hernández Edo. Méx.

1178 Rosalba Galvan Perez Edo. Méx.

1179 Sandra Garcia Martínez Edo. Méx.

1180 Karen Daniela Orozco Santos Edo. Méx.

1181 Andrea Lizbeth Barrera

Hernández Edo. Méx.

1182 Nohemi Thur Aranda Edo. Méx.

1183 Octavio Isaac Caballero

Ramírez Edo. Méx.

1184 Eunice Martha Hernández Edo. Méx.

1185 Juan Carlos Romero Celis Edo. Méx.

1186 Leoncio Fernando Gomez

Sosa Edo. Méx.

1187 Silvia Adilene Medina Reyes Edo. Méx.

1188 Gabriela Maya Espinosa Edo. Méx.

1189 Cinthia Karina Gordillo

Martínez Edo. Méx.

1190 Eva Nelly Malagon Gonzalez Edo. Méx.

1191 Alan Prieto Serrano Edo. Méx.

1192 Yesenia Ayala Gomez Edo. Méx.

1193 Araceli Vazquez García Edo. Méx.

1194 Elia Yuridia Hernández Cesar Edo. Méx.

1195 Gabriela Vazquez Lujan Edo. Méx.

1196 Lesly Carol Loredo Salazar Edo. Méx.

1197 Juan Carlos Torres Soto Edo. Méx.

1198 María Guadalupe Alvarez

Ramirez Edo. Méx.

1199 Joséfina Montiel Hipolito Edo. Méx.

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1200 Juan Domingo Santoyo

Godinez Edo. Méx.

1201 Jesus Cabrera Hernández Edo. Méx.

1202 Perla Leticia Albarran Barron Edo. Méx.

1203 Gabriela Flores Villagomez Edo. Méx.

1204 Martha Angélica Mendez Cruz Edo. Méx.

1205 Alma Delia Medina Rodríguez Edo. Méx.

1206 Yazmin Itzel Martínez Guzmán Edo. Méx.

1207 Hortensia Morales Hernández Edo. Méx.

1208 Alondra Magdiel Angeles

Gonzalez Edo. Méx.

1209 Sandra Rosalia Cruz Badillo Edo. Méx.

1210 Jorge Juan Campos Godinez Edo. Méx.

1211 Nayelli Erika Cortez Garcia Edo. Méx.

1212 Gigliola Cruz Hernández Edo. Méx.

1213 Nayeli Ernestina Peralta Luna Edo. Méx.

1214 Cesar Eduardo Mora Duarte Edo. Méx.

1215 Nancy Rojas Gonzalez Edo. Méx.

1216 Luis Enrique Aguilar Sierra Edo. Méx.

1217 Virginia Leija Hernández Edo. Méx.

1218 Vianey Bautista Jimenez Edo. Méx.

1219 Karen Susana Oliva Martínez Edo. Méx.

1220 Leticia García Santiago Edo. Méx.

1221 Stefany Abigail de la Cruz

Hernández Edo. Méx.

1222 Rodrigo Flores Cruz Edo. Méx.

1223 Claudia Azucena Dolores

Hernández Edo. Méx.

1224 Alma Rosa Escobar Miranda Edo. Méx.

1225 Brenda Ramírez Nicolas Edo. Méx.

1226 Leysi Madxim Zavala Lopez Edo. Méx.

1227 Blanca Estela Rodríguez

Delgado Edo. Méx.

1228 Maríana Martínez Resendiz Edo. Méx.

1229 José Luis León Vazquez Edo. Méx.

1230 Jorge Alberto Aparicio Moran Edo. Méx.

1231 Romualdo Morales Cruz Edo. Méx.

1232 Jaqueline Moctezuma Padilla Edo. Méx.

1233 Moises Tamayo Edo. Méx.

1234 Diana Angélica Quiroz Osorio Edo. Méx.

1235 Haydee Rosas Lopez Edo. Méx.

1236 María Mercedes Hinojosa

Martínez Edo. Méx.

1237 Ernesto Isidro Ramírez Mejia Edo. Méx.

1238 Isis Rubi Morales Lopez Edo. Méx.

1239 Dulce Abigail Arellano

Malagon Edo. Méx.

1240 Grinetzy Galit Salgado

Vazquez Edo. Méx.

1241 Ana Janeth Hernández

Gallardo Edo. Méx.

1242 María Marta Tapia Yepez Edo. Méx.

1243 Karla Elia Torres Ocampo Edo. Méx.

1244 Christian Contreras Flores Edo. Méx.

1245 Alma Olivia Rodríguez Lopez Edo. Méx.

Page 22: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

22

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1246 Veronica Dorantes Pineda Edo. Méx.

1247 Gerardo Severino Crespo

Casillas Edo. Méx.

1248 Zoila Leticia Escalante Rico Edo. Méx.

1249 Ana Lilia Peña Leyva Edo. Méx.

1250 Yeni Laura Merino Escudero Edo. Méx.

1251 Leonel Eduardo Luna Enciso Edo. Méx.

1252 Veronica Ruiz García Edo. Méx.

1253 Sonia Chávez Gonzalez Edo. Méx.

1254 Abraham Gallegos Gonzalez Edo. Méx.

1255 Josue Isai Vazquez Cruz Edo. Méx.

1256 María de Lucero Ortiz

Mendoza Edo. Méx.

1257 Jovita Raquel Colin de la Cruz Edo. Méx.

1258 Claudia Gabriela Colin de la

Cruz Edo. Méx.

1259 Olga Lidia Suarez Angeles Edo. Méx.

1260 Rosario Viridiana Aguilera

Rodríguez Edo. Méx.

1261 Andres Rojas Morales Edo. Méx.

1262 Stephania Karina Ortega Uribe Edo. Méx.

1263 Alejandra Escalona Chávez Edo. Méx.

1264 Noemi Cordova Huizar Edo. Méx.

1265 Rosaicela Solis Juarez Edo. Méx.

1266 Monica Belem Salgado Simon Edo. Méx.

1267 Carol Michell Avila Rayas Edo. Méx.

1268 Eduardo Sanabria Martínez Edo. Méx.

1269 Joel Patricio José Lopez Edo. Méx.

1270 Julio Raul Rivera Nuncio Edo. Méx.

1271 Norma Alicia Ramírez Juarez Edo. Méx.

1272 Erick Giovanni Acevedo

Gomez Edo. Méx.

1273 Yolanda Martínez Cruz Edo. Méx.

1274 Mario Miranda Diaz Edo. Méx.

1275 Elvia Gorocica Martiarena Edo. Méx.

1276 Oscar Jesus Flores Rodriguez Edo. Méx.

1277 Elizabeth Sánchez Escalante Edo. Méx.

1278 Ana Rosa Morales Diaz Edo. Méx.

1279 Enrique Aguilar Arellano Edo. Méx.

1280 Cintia Berenice Flores Diaz Edo. Méx.

1281 José de Jesus Rojas Reyna Edo. Méx.

1282 María Guadalupe Alvarez

Sandoval Edo. Méx.

1283 Luis Gustavo Nieto Lemus Edo. Méx.

1284 Blanca Rubi Guzmán Vargas Edo. Méx.

1285 Edgar Leyva Gomez Edo. Méx.

1286 Carmen Patricia Santiago

Pablo Edo. Méx.

1287 Marcia Agueda Zozayas

Guzmán Edo. Méx.

1288 Luz Angélica Zurita

Hernández Edo. Méx.

1289 Angélica Jiménez Remigio Edo. Méx.

1290 Nancy Hernández Aguilar Edo. Méx.

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1291 Yolanda Alicia Alvarado

Aranda Edo. Méx.

1292 Maribel Arrieta Lopez Edo. Méx.

1293 Rocio Hernández Villegas Edo. Méx.

1294 Yaneth de León Hernández Edo. Méx.

1295 Patricia Aparicio Trejo Edo. Méx.

1296 Luis Sánchez Galvan Edo. Méx.

1297 Citlali Nicolas Martínez Edo. Méx.

1298 Leticia Sánchez Cruz Edo. Méx.

1299 Octavio Hernández Godinez Edo. Méx.

1300 Omar Flores Lassard Edo. Méx.

1301 Ivonne Jimenez Toral Edo. Méx.

1302 Reina Hernández Rodríguez Edo. Méx.

1303 Raquel Villalobos Ruiz Edo. Méx.

1304 Fernando Carmona Cervantes Edo. Méx.

1305 Jonathan Genaro Gutiérrez

Alejo Edo. Méx.

1306 Estela Ortiz Flores Edo. Méx.

1307 Miguel Angel Duarte Gutiérrez Edo. Méx.

1308 Macrina Flores Roldan Edo. Méx.

1309 Juan Carlos Cisneros Trejo Edo. Méx.

1310 María Guadalupe Martínez

Diaz Edo. Méx.

1311 Adriana Teresa Ramírez Haro Edo. Méx.

1312 Daniel Gutiérrez Piedras Edo. Méx.

1313 Sergio Jesus Guzman

Velazquez Edo. Méx.

1314 Jose Reyes Bahena Guerrero

1315 Rafael Navarrete Lopez Guerrero

1316 Guillermo Julian Ayerdi

Barrientos Guerrero

1317 Rebeca de Jesus Portillo

Cuajicalco Guerrero

1318 Yessica Evelinn Ojendiz

Benitez Guerrero

1319 Lilia Ysabel Ruiz Almodova Guerrero

1320 Ciria del Carmen Campos Guerrero

1321 Rosa Isela Angelina Hernández Castro

Guerrero

1322 Josue Adrian García Aburto Guerrero

1323 Azucena Gutiérrez Bautista Guerrero

1324 José Angel Lluvias Camacho Guerrero

1325 Karina Salinas Abarca Guerrero

1326 Víctor Manuel Reynoso Mosso Guerrero

1327 Miriam Jazmin Cruz

Hernández Guerrero

1328 Juan Pablo Melendez

Mandujano Guerrero

1329 Francisca Flores Delgado Guerrero

1330 Saul Alberto Dozal Serrano Guerrero

1331 Brenda Stephanie Salgado

García Guerrero

1332 Jesus Alfredo Peña Romero Guerrero

1333 Omar Sánchez Avila Guerrero

1334 Héctor Najera Figueroa Guerrero

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

23

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1335 Bernando Mendez Tolentino Guerrero

1336 Marco Antonio Fuerte Xalocan Guerrero

1337 Humberto Romero Lopez Guerrero

1338 Andrea Guadalupe Ramírez

Santos Guerrero

1339 Martha Alicia Dimas Duque Guerrero

1340 María Guadalupe Alonso

Albarran Guerrero

1341 Mirna Hernández Monge Guerrero

1342 Hilda Martínez Roque Guerrero

1343 Héctor Cesar Sánchez

Zamora Guerrero

1344 Alberto García Reyes Guerrero

1345 Briseyda Benita Reyes

Benitez Guerrero

1346 María Adilene Sánchez

Hernández Guerrero

1347 Patsy Cristal Villalobos

Alvarez Guerrero

1348 Juan Carlos Castro Galindo Guerrero

1349 Karla Griselda García

Espinoza Guerrero

1350 Ofelia Zacarias Blanco Guerrero

1351 Graciela Hernández Nogueda Guerrero

1352 Bertha Alarcon Benitez Guerrero

1353 Argel Urbina Armenta Guerrero

1354 María del Carmen Abarca

Galeana Guerrero

1355 Adriana Pino Pino Guerrero

1356 María Teresa Rendon

Romualdo Guerrero

1357 Aribet Sánchez Lopez Guerrero

1358 Tania Lizbeth Martínez Salas Guerrero

1359 José Ernesto Sotelo Reyes Guerrero

1360 Cinthya Liliana Ríos Barrera Guerrero

1361 Gabriel Ocampo Hernández Guerrero

1362 María Luis Galeana Reyes Guerrero

1363 Marlen Jiménez Orbe Guerrero

1364 Mirna Pelaes Rodríguez Guerrero

1365 Raymundo Resendiz Diaz Guerrero

1366 Sergio Camacho Texta Guerrero

1367 Rosario Isabel Pantaleon Villa Guerrero

1368 Abigail Burgos Linares Guerrero

1369 Jair Ochoa Escamilla Guerrero

1370 Cuauhtemoc Luna Martínez Guerrero

1371 Ada Linda Vergara Aburto Guerrero

1372 Jennifer García García Guerrero

1373 Traccy Samantha Quintana

Becerra Guerrero

1374 Jerlin Iris Fierro Sánchez Guerrero

1375 Sergio Ruiz Vargas Guerrero

1376 Angélica Teran Alvarado Guerrero

1377 José Ventura García Gaspar Guerrero

1378 Viridiana Urban Villalobos Guerrero

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1379 Evangelina Gonzaga

Velazquez Guerrero

1380 Dania Tornez Rendon Guerrero

1381 Rogelio Armando Aviles

Berber Guerrero

1382 María Guadalupe Paez

Navarrete Guerrero

1383 Claudia Patricia Hernández

Lorenzo Guerrero

1384 Juana Patricia Montes Basurto Guerrero

1385 Juan Manuel Ruvalcaba

Arciniega Guerrero

1386 Patricia Guadalupe Adame

Guzmán Guerrero

1387 Guillermo Ceballos Herrera Guerrero

1388 Dominga Arellano Bibiano Guerrero

1389 Adriana Ambros Chiguil Guerrero

1390 María Antonia Leyva Roque Guerrero

1391 María Guadalupe Aguirre

Morales Guerrero

1392 Carolina Barona Alarcon Guerrero

1393 Luis Pacheco Bustos Guerrero

1394 Adali Barbosa Nuñez Guerrero

1395 Cristobal de Jesus Arana

Murga Guerrero

1396 Luis de Jesus Alcaide Salome Guerrero

1397 Vanesa García Antonio Guerrero

1398 Angélica Galeana Alvarez Guerrero

1399 Rey David Lagunas Rodríguez Guerrero

1400 Libni Jatniel Martínez Carbajal Guerrero

1401 José Miguel Martínez Salas Guerrero

1402 Marina Tapia Soto Guerrero

1403 Elizabeth Luviano Peñaloza Guerrero

1404 Laura Jacqueline Calderón

Cruz Guerrero

1405 Damian Alejandro Abundis

Amaro Guerrero

1406 Ismael Lopez Jiménez Guerrero

1407 Liliana Tinoco Espinosa Guerrero

1408 Laura Guadalupe Valdovinos

Valencia Guerrero

1409 Arturo Leyva Magadan Guerrero

1410 Vicente Villegas Castrejon Guerrero

1411 Mariely Albarran Lopez Guerrero

1412 Daniel Perez Castro Guerrero

1413 Marbella Bejar Nuñez Guerrero

1414 Joaquin Espinal Ríos Guerrero

1415 Alma Delia Peñaloza Vargas Guerrero

1416 Erika Palacios Peñaloza Guerrero

1417 Alondra Kristal Hernández

Resendiz Guerrero

1418 María del Rosario Mendoza de

la O Guerrero

1419 Olga Lidia Gonzalez Martínez Guerrero

1420 Nolberto Vega Nogueda Guerrero

1421 Juan Carlos Serrano Rebollar Guerrero

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

24

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1422 Humberta Catarino Cabaña Guerrero

1423 Valeria Yamel Bustos

Mancera Guerrero

1424 Nayeli Vazquez Salgado Guerrero

1425 Imelda Dominguez Bautista Guerrero

1426 Mario Tornez Suazo Guerrero

1427 José Antonio Cisneros Perez Guerrero

1428 Blanca Estela Olea Reyes Guerrero

1429 Juan Rodolfo Nava Vargas Guerrero

1430 Cristian Yair Vazquez

Bustamante Guerrero

1431 Juan Bernardo Balanzar

Jacobo Guerrero

1432 Pedro de Jesus Arroyo

Secundino Guerrero

1433 Diana Rubi Santiago Zamora Guerrero

1434 Jesus Flores Zequeida Guerrero

1435 Patricia Elva Gonzalez

Moreno Guerrero

1436 María de Jesus Bernabe

García Guerrero

1437 Christian Mercado Rodríguez Guerrero

1438 Ruth Sánchez Santa Cruz Guerrero

1439 Victor Hugo Torres Dorantes Guerrero

1440 Hugo Alberto Castañeda

Cabañas Guerrero

1441 Luis Alberto Vazquez Mora Guerrero

1442 Jaime Mayo Guadarrama Guerrero

1443 José Alejandro Leyva Arzeta Guerrero

1444 Silvia Guadalupe Pineda

García Guerrero

1445 Azucena Gonzalez Martínez Guerrero

1446 Elizabeth Correa Gonzalez Guerrero

1447 Antonio Veles Estrada Guerrero

1448 María Azucena Salgado

Uriostegui Guerrero

1449 Dany Hernández Perez Guerrero

1450 María de Jesus Baños Castro Guerrero

1451 Bertin Baranda Santiago Guerrero

1452 Dalia Gerardo Teodoro Guerrero

1453 Ceturnino Pablo Rosas Guerrero

1454 Juliet Hernández Salinas Guerrero

1455 Eliut Navarrete Casareo Guerrero

1456 Nebzai Romero Ramírez Guerrero

1457 Felipe García Lopez Guerrero

1458 Víctor Isac Dionicio Urbano Guerrero

1459 Noe de Jesus Morales Vega Guerrero

1460 Rosa Montes Ceballos Guerrero

1461 Petra Gallegos Morales Guerrero

1462 Berenice Suastegui Morales Guerrero

1463 Marlem Janitzia Carbajal

Dominguez Guerrero

1464 Susana Trinidad García Guerrero

1465 Borga Amilcar Moctezuma

Ignacio Guerrero

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1466 Maribel Manzo Beltran Guerrero

1467 Eduardo Molina Ramos Guerrero

1468 Malu Nayeli Benitez Vazquez Guerrero

1469 Rogelio Moreno Guinto Guerrero

1470 Edson Robles Montejo Guerrero

1471 Alan Ivan Cipriano de León Guerrero

1472 Patsi Karina Castañeda

Zubillaga Guerrero

1473 Julio Cesar Ochoa Luna Guerrero

1474 Jael Quiñones Bailon Guerrero

1475 Jennyffer Vanessa Valenzo

Sánchez Guerrero

1476 Jazmin Lozano Fierro Guerrero

1477 Joséph Manrique García Guerrero

1478 Adriana Arzola Reynoso Guerrero

1479 Carlos Cruz Zacapala Guerrero

1480 Baltazar Lorenzo Valente Guerrero

1481 Liliana Priscila Calixto

Espinoza Guerrero

1482 Elda Idiana Marcial Bernal Guerrero

1483 Adriana Salgado Lopez Guerrero

1484 Natividad Romina Visoso

Ronces Guerrero

1485 Evelyn Justo Casarrubias Guerrero

1486 Citlali Rojas Navarro Guerrero

1487 María Guadalupe Andraca

Vargas Guerrero

1488 Edgar Perez Martínez Guerrero

1489 Anabel Diaz Navarrete Guerrero

1490 Magdiel Lopez Zambrano Guerrero

1491 Yeny Suastegui Fernández Guerrero

1492 Anahi Benitez Pastor Guerrero

1493 Oscar Ramírez Bibiano Guerrero

1494 Alejandro Perez Aguirre Guerrero

1495 Fabiola Hernández Sánchez Guerrero

1496 Jorge Gilberto Hernández

Pantaleon Guerrero

1497 Edgardo Moyao Chanon Guerrero

1498 Severina Salmeron Merino Guerrero

1499 Almadelina Patron Morales Guerrero

1500 Ines Gervacio Vazquez Guerrero

1501 Efrain Lara Aguero Guerrero

1502 Judith Abigail Dircio Rodas Guerrero

1503 Israel Saavedra Robledo Guerrero

1504 Gabriel Emilio Clemente Guerrero

1505 Olivia Espinoza Hipolito Guerrero

1506 Jazmin León Cisneros Guerrero

1507 Joana Abarca Bello Guerrero

1508 Marta Iris Hernández Chepillo Guerrero

1509 Nemesio Casarrubias Morales Guerrero

1510 Martin García Sánchez Guerrero

1511 Francisco de la Cruz Vazquez Guerrero

1512 María Guadalupe Jaimes

Valeriano Guerrero

1513 Isaul Hernández Mendoza Guerrero

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

25

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1514 Elizabeth Camacho Neri Guerrero

1515 Carlos de Jesus Pantaleon

Navarrete Guerrero

1516 Juan José Aguilar Blanco Guerrero

1517 Michael Malzahn Castrejon Guerrero

1518 Alberto Ceron Urioso Guerrero

1519 Yair de Jesus Ceron Urioso Guerrero

1520 Jesus Alarcon Astudillo Guerrero

1521 Uriel Cesareo Sierra Guerrero

1522 Emmanuel Rodríguez Catalan Guerrero

1523 Ana Patricia Velazquez

Gonzalez Guerrero

1524 Ilce Daniela Adame Diaz Guerrero

1525 Juana Jiménez Roque Guerrero

1526 Oliver Mendoza Orozco Guerrero

1527 Diana Laura Ramírez Millan Guerrero

1528 Santana Sánchez Arenas Guerrero

1529 Natividad Patricia Reyes

Alvarez Guerrero

1530 María Felix Hernández Castro Guerrero

1531 Alfonso Sastre Terrero Guerrero

1532 Asucena Xinol Casarrubias Guerrero

1533 Orlando Cortez Renteria Guerrero

1534 Jorge Antonio Diaz Avila Guerrero

1535 Juan Manuel Barragan Adame Guerrero

1536 Landy Marlene Romero

Lezma Guerrero

1537 Geovanny Rafael Tejeda

Catalan Guerrero

1538 Germán Hernández Ojendiz Guerrero

1539 Cinthia Amayrani Justo

Castañon Guerrero

1540 Carlos Alberto Tecuapa

Rosario Guerrero

1541 Sandra Adame Rosendo Guerrero

1542 Rosalba Huaxtitlan Ramos Guerrero

1543 Alejandro García Remigio Guerrero

1544 Emiliano García Vazquez Guerrero

1545 Veronica Margarito Abundiz Guerrero

1546 Hermanda Sánchez

Maldonado Guerrero

1547 Floriberta Sánchez Maldonado Guerrero

1548 Damian Avila Cortes Guerrero

1549 Leonardo Valdez Arriaga Guerrero

1550 Elizabeth Guevara Ponce Guerrero

1551 Edith Jiménez Galindo Guerrero

1552 Celia Escobar Santiago Guerrero

1553 María de Jesus Perez Bernal Guerrero

1554 Blanca Esthela Santiago

Lopez Guerrero

1555 Brenda Guadalupe Zamudio

Quintero Guerrero

1556 José Angel Nuñez Huerta Guerrero

1557 José Salvador Tejeda García Guerrero

1558 Cristofer Mercado Castrejon Guerrero

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1559 Ayrton Rai Cruz Mellin Guerrero

1560 Juan José Carrera Cortez Guerrero

1561 Nora Ilse Beltran Donjuan Guerrero

1562 Rodolfo Gonzalez Chávez Guerrero

1563 Enrique Godinez Gatica Guerrero

1564 Estela León Venegas Guerrero

1565 Silvio Rendon Bautista Guerrero

1566 Silviades Rodríguez Cortes Guerrero

1567 Yeymi Anel Chávez Parra Guerrero

1568 Dayce Brenda Pacheco

Gonzalez Guerrero

1569 Domingo Guerrero Navez Guerrero

1570 Cinthia Itzel Guatemala

Hernández Guerrero

1571 Armando Labastida

Hernández Guerrero

1572 Margarita Violeta Alvarez

Lopez Guerrero

1573 Elizabeth Diaz Martínez Guerrero

1574 Armando Gonzalez

Hernández Guerrero

1575 David Ricardo Cruz Navarrete Guerrero

1576 Ana Graciela de Aquino

Najera Guerrero

1577 Aura de la Luz Cervantes Rico Guerrero

1578 Rosalino León Brito Guerrero

1579 María de los Angeles Eucario

Albino Guerrero

1580 José Gudalupe Avila Bedolla Guerrero

1581 Danely Joséfina Valadez

Alanis Guerrero

1582 Lucero Amaranta Chávez

Sánchez Guerrero

1583 Gisela Guadalupe Santiago Guerrero

1584 Francisco Guerrero Ramírez Guerrero

1585 María Dolores Dominguez

Salgado Guerrero

1586 Pablo Fabian Diaz Meneses Guerrero

1587 Abigail Manrique Adame Guerrero

1588 Marlenne Muñoz Estopier Guerrero

1589 Sandra Curiel Santos Guerrero

1590 Abdul Espinoza Mejia Guerrero

1591 Dulce María Martínez

Gutiérrez Guerrero

1592 Yesenia Cruz Quintero Guerrero

1593 Yosi Cortes Blanco Guerrero

1594 Oscar Miguel Neri Hernández Guerrero

1595 Lorena Martínez Barrientos Guerrero

1596 Ana María de Jesus Marcial

Evangelista Guerrero

1597 Víctor Manuel Mendoza

Cipriano Guerrero

1598 Dennis Favio Cortes Vazquez Guerrero

1599 Emmanuel de la Cruz Flores Guerrero

1600 Carmen Reyes Sánchez Guerrero

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

26

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1601 Hehidy Paloma Pacheco

Basurto Guerrero

1602 Lucia Yenex Martínez

Gonzalez Guerrero

1603 Celic Anali Talavera Pantaleon Guerrero

1604 Antonio Talavera Coronel Guerrero

1605 Edgar Arellanes Basurto Guerrero

1606 Anayeli Villavicencio Adolfo Guerrero

1607 Eleuteria Ibarra Martínez Guerrero

1608 Flora Serapio Santiago Guerrero

1609 Victoria Villar Aguilar Guerrero

1610 Blanca Flor García Rojas Guerrero

1611 Yonatan Gallardo Gonzalez Guerrero

1612 Flor María Rojas Ramírez Guerrero

1613 Leobardo Mecenario Marin Guerrero

1614 Donato Silva Galvez Guerrero

1615 Elizabeth Santiago Rojas Guerrero

1616 Margarita Rojas Pineda Guerrero

1617 Moises de Jesus Pinzon Guerrero

1618 Nadia Astrid Sánchez Ortega Guerrero

1619 Concepcion Espindola

Alvarado Guerrero

1620 Asuncion Moreno Flores Guerrero

1621 Yanely García Romero Guerrero

1622 Yuzdivia Yaxmin Pastrana

Rosales Guerrero

1623 Georgina Baltazar Isidor Guerrero

1624 Silvano Gregorio Cantu Guerrero

1625 Sofia Zamora Sierra Guerrero

1626 José Antonio Gonzalez

Ramírez Guerrero

1627 Martin Noyola Ramos Guerrero

1628 Mariela Sierra Gil Guerrero

1629 Liliana Cortez García Guerrero

1630 Javier Moran Rosales Guerrero

1631 Yesenia Moreno Pineda Guerrero

1632 María del Carmen Carmona

Contreras Guerrero

1633 Angela Guzmán Platero Guerrero

1634 Ramses Javier Guzmán

Platero Guerrero

1635 Celerina García Nava Guerrero

1636 Ana Jazmin Blanco Andraca Guerrero

1637 Saul Ramírez de Jesus Guerrero

1638 Hilario Eleuterio Dircio Guerrero

1639 Omar Chávez Rumualdo Guerrero

1640 Gustavo Diaz Bello Guerrero

1641 Paulo Noyola Ramos Guerrero

1642 María Yenni Monserrat Rivera

Vidal Guerrero

1643 Samuel Cripriano Marin Guerrero

1644 Yuridia Maldonado Mayo Guerrero

1645 Laura del Rocio Magallon

Camarillo Guerrero

1646 Raul Parra Victorino Guerrero

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1647 Esmeralda Lopez Castro Guerrero

1648 Olegario Cuauhtemoc

Ramírez Casiano Guerrero

1649 Antonio Meza Morales Guerrero

1650 Bladimir molina Casiano Guerrero

1651 Nadia Rodríguez Pastrana Guerrero

1652 José Luis Hernanez

Rodríguez Guerrero

1653 Gabriel Muñoz Vargas Guerrero

1654 Jhonatan Rene Ramírez

Ovando Guerrero

1655 David Fuerte Xalocan Guerrero

1656 Jairo de los Santos Cedeña Guerrero

1657 Anayeli Galeana Valente Guerrero

1658 Amelia Guadarrama Reyez Guerrero

1659 María Guadalupe Alvarez

Martínez Guanajuato

1660 María Guadalupe Hernández

Rosales Guanajuato

1661 María Dolores Rodriguez

Gonzalez Guanajuato

1662 María Lucia Ramírez Ramírez Guanajuato

1663 Lorena Gonzalez Jiménez Guanajuato

1664 Ana Lilia Flores Cano Guanajuato

1665 Juan Jesus Escobedo

Hernández Guanajuato

1666 Margarita Reyes Mancera Guanajuato

1667 Luis Enrique Torres Zamora Guanajuato

1668 María Margarita Castro

Mireles Guanajuato

1669 Joana Julieta Mendoza

Martínez Guanajuato

1670 Ernesto Domingo Ramírez

Martínez Guanajuato

1671 Ana Laura Villarreal Castro Guanajuato

1672 Jesus Arriaga Mendoza Hidalgo

1673 Julieta Martínez Vargas Hidalgo

1674 Joaquin San Vicente Miranda Hidalgo

1675 Ernestina Trejo Calva Hidalgo

1676 Anaiss Labra Fuentes Hidalgo

1677 Claudia Resendiz Rojo Hidalgo

1678 Daniela Guerrero Bautista Hidalgo

1679 Juan Eduardo Hernández

Gutiérrez Hidalgo

1680 Lizbeth Hernández Perez Hidalgo

1681 Claudia Olguin García Hidalgo

1682 Roberto Salinas Serrano Hidalgo

1683 Manuel Alejandro Aparicio

Cabañas Hidalgo

1684 Abraham Lopez Bautista Hidalgo

1685 Graciano Hernández Sánchez Hidalgo

1686 Roberto García Monroy Hidalgo

1687 Veronica Santa Ramírez

Arratia Hidalgo

1688 Erick Alberto Zuñiga Fuentes Hidalgo

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

27

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1689 Yerit Leticia Hernández

Hernández Hidalgo

1690 Ulises Eduardo Montalvo

Valverde Hidalgo

1691 Yolanda Flores Martínez Hidalgo

1692 Guadalupe Jennifer

Hernández Tello Hidalgo

1693 Marlene Salas Bomaye Hidalgo

1694 Citlalli Abigail Acosta Lozano Hidalgo

1695 Karla Margarita Ceron Salas Hidalgo

1696 Jhonnatan Cortes García Hidalgo

1697 Teresita de Jesus Sam Ibarra Hidalgo

1698 Angélica Valeria Cadena

Lopez Hidalgo

1699 Alba Celia Monter Hernández Hidalgo

1700 Carlos Antonio Estrada

Vazquez Hidalgo

1701 Deyanira Ñonthe Zamudio Hidalgo

1702 Miguel Angel Jiménez

Contreras Hidalgo

1703 Ines Romero Hernández Hidalgo

1704 Elba Veronica Alvarez Cortez Jalisco

1705 Laura Lizeth García Moran Jalisco

1706 Juan Gutiérrez Ponce Jalisco

1707 Jocsan Caslhuin Cervantes

Gomez Jalisco

1708 Mauricio Gandara Rizo Jalisco

1709 Aaron Ivan Cardenas

Gutiérrez Jalisco

1710 Vanessa Hernández Portillo Jalisco

1711 José Guadalupe Beas

Abundis Jalisco

1712 Erika Lucina Flores Flores Jalisco

1713 Norma Hernández Lopez Jalisco

1714 María Yessenia Navarro Ayon Jalisco

1715 Jorge Antonio Villegas

Hernández Jalisco

1716 María Francisca Cervantes

Gonzalez Jalisco

1717 Luis Fernando Zambrano

García Jalisco

1718 María del Socorro Aceves

Lopez Jalisco

1719 Lourdes Maribel Llerenas

Arellano Michoacán

1720 Nadia Ortiz Cuiriz Michoacán

1721 Juan Carlos Cruz Manjarrez

Villa Michoacán

1722 María Larissa Reyes

Estanislado Michoacán

1723 Teresa de Jesus Sevin

Chagoya Michoacán

1724 Esmeralda Correa Guzmán Michoacán

1725 Adelina Magaña Martínez Michoacán

1726 Angélica María Rojas Sosa Michoacán

1727 Veronica Mejia Cabrera Michoacán

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1728 Eduardo Mendoza Franco Michoacán

1729 Alan Michel Gonzalez Urbina Michoacán

1730 Elizabeth Georgina Colector

Ramírez Michoacán

1731 Elizabeth Pizano Rivera Michoacán

1732 Alma Azucena Mendoza

Fierros Michoacán

1733 Sonia Reyes Vega Michoacán

1734 Tania Cecilia Reyes Cruz Michoacán

1735 Angélica Pichardo García Michoacán

1736 María Silvina Rangel Martínez Michoacán

1737 Ana Beatriz Medina Tellez Michoacán

1738 Evangelina Calixto León Michoacán

1739 Daniel Irineo Anselmo Michoacán

1740 Sergio Lopez Hernández Michoacán

1741 Humberto Martínez Camargo Michoacán

1742 Angélica Benitez Castellanos Michoacán

1743 Eiller Perez Bahena Michoacán

1744 Norma Gallegos de la Paz Michoacán

1745 Aurora Ochoa Castañeda Michoacán

1746 Maritza Edith Duarte Estrella Michoacán

1747 Ramiro Santana Gomez Michoacán

1748 Héctor Manuel Silva Cruz Michoacán

1749 María Luisa Anicua Rubio Michoacán

1750 Olga Laura Morquecho

Gutiérrez Michoacán

1751 Ana Laura Romero Martínez Michoacán

1752 María Elisabet Correa

Maldonado Michoacán

1753 Miguel Augusto Avila

Gonzalez Michoacán

1754 Cleotilde Luna Fierros Michoacán

1755 Octavio Arteaga Esquivel Michoacán

1756 Juan Carlos Zarate Solis Michoacán

1757 Ricardo Sánchez Flores Michoacán

1758 Julio Cesar Monroy Mendoza Michoacán

1759 Everardo Urue García Michoacán

1760 Coral Judith Alvarado Silva Michoacán

1761 José Trinidad Benitez

Santiago Michoacán

1762 Surid Reyna García Michoacán

1763 Jose Cruz Cuevas Anguiano Michoacán

1764 Noe Avalos Sandoval Michoacán

1765 Juan Manuel Paredones

Morales Michoacán

1766 Araceli Dorantes Mata Michoacán

1767 Yajaira Vieyra Lopez Michoacán

1768 Fernanda Aurora Reynoso

Dominguez Michoacán

1769 Ma de los Angeles Sánchez

Bracamontes Michoacán

1770 Mireya Pacheco Gaspar Michoacán

1771 Enohelia Zarate Rosas Michoacán

1772 Selene Eulalia Pulido Alvizar Michoacán

Page 28: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

28

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1773 Marco Antonio Nambo

Equihua Michoacán

1774 Armando Valencia Figueroa Michoacán

1775 Agustín Emmanuel Farias

Flores Michoacán

1776 Jonatan Vega Martínez Michoacán

1777 María Figueroa Munguia Michoacán

1778 Gabriela Cortes Lopez Michoacán

1779 Anacelia Martínez Castro Michoacán

1780 Norma Rocio Villegas Aguilera Michoacán

1781 Arturo Herrera Bolantin Michoacán

1782 Eduardo Daniel Romero Ruiz Michoacán

1783 Erick Baruc Martínez Nuñez Michoacán

1784 Trinidad Esteban Esteban Michoacán

1785 Claudia Abarca Ibarra Michoacán

1786 Marisela Lundez Calderón Michoacán

1787 Víctor Hugo Chávez Quesada Michoacán

1788 Noel de la Cruz Garibo Michoacán

1789 Daniel Diaz Quiroz Michoacán

1790 Juan Enrique Hernández

Carmona Michoacán

1791 José Alfredo Jiménez Arroyo Michoacán

1792 Jennyfer Victoria Ibarra

Carmona Michoacán

1793 Octavio Manuel de Jesus Michoacán

1794 Rosa Huerta Ruiz Michoacán

1795 Mara Yuritzi Perdomo Cruz Michoacán

1796 María Reyes Herrera Michoacán

1797 Lourdes Soto Delgado Michoacán

1798 Francisco Bautista Flores Michoacán

1799 Humberto Cruz Mendoza Michoacán

1800 Juan Velazquez Tellez Michoacán

1801 Floricel Avila Bautista Michoacán

1802 Yesenia Luz Mejia Michoacán

1803 Milton Christian Medina

Cuellar Michoacán

1804 Monica Gutiérrez Castillo Michoacán

1805 Pedro Cornelio Comparan Michoacán

1806 Jonathan Alejandro Torres

Morales Michoacán

1807 Ricardo Ornelas García Michoacán

1808 Ivan Nuñez Gomez Michoacán

1809 María Isabel Miranda Martínez Michoacán

1810 Wilfrido Armin Gutiérrez

García Michoacán

1811 Ricardo Arturo Calderón

Valadez Michoacán

1812 Claudia Ivette Sagredo

Villalobos Michoacán

1813 Daniel Vazquez Velazquez Michoacán

1814 Paulina Baez Solis Michoacán

1815 José Manuel Chávez Vieyra Michoacán

1816 Angel Antonio Aguilar Guerra Michoacán

1817 Jonathan Alonso Figueroa Michoacán

1818 Mario Alberto Sosa Santoyo Michoacán

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1819 Itzel Xiomara Renteria Soria Michoacán

1820 Cyndia Joana Cornejo Lopez Michoacán

1821 Olga Paniagua Mendoza Michoacán

1822 Carlos Salvador Salas

Dominguez Michoacán

1823 María del Rocio Cardenas

Alcantar Michoacán

1824 Bertha Lidia del Toro Equihua Michoacán

1825 Julian Carlos Salas

Valenzuela Michoacán

1826 Cuauhtemoc Orozco Lopez Michoacán

1827 Irandini Felipe Alonso Michoacán

1828 José Luis Felipe Ortiz Michoacán

1829 Oscar Daniel Ramires Reyes Michoacán

1830 Adan Ramos Alonso Michoacán

1831 Roberto Toral Castillo Michoacán

1832 Roberto Toral Toral Michoacán

1833 Margarita Murguia Vidales Michoacán

1834 Miriam Lizabeth Ramírez

Cazarez Michoacán

1835 María Gabriela Rauda Robles Michoacán

1836 Roman García Angel Michoacán

1837 Alondra Guadalupe Ariza

Ordaz Michoacán

1838 María Judith Jordan Martínez Michoacán

1839 José Coahuctemoc Alonso

Morales Michoacán

1840 J. Jesus Ramos Mendoza Michoacán

1841 Gloria Marin Ortiz Michoacán

1842 Silvia Aldana Rodríguez Michoacán

1843 Noemi Diaz Perez Michoacán

1844 Lazaro Vazquez Damian Michoacán

1845 Nisay Yaneli Gomez

Valenzuela Michoacán

1846 Edith Yuritzi Mejia Hernández Michoacán

1847 Ramiro Chávez Martínez Michoacán

1848 José Sierra Anaya Michoacán

1849 Guillermo Baltazar Uriostegui Michoacán

1850 Flor Idalba Baez Arguello Michoacán

1851 Francisco Serafin Gutiérrez

Perez Michoacán

1852 María Guadalupe Leticia

Valerio Naranjo Michoacán

1853 José Patricio Soria Caballero Michoacán

1854 María Alejandra Cuiniche

Gutiérrez Michoacán

1855 Yesenia Chávez Reyes Michoacán

1856 Carlos Blancas García Michoacán

1857 Yolanda Quevedo Vazquez Michoacán

1858 Mario García Castrejon Michoacán

1859 Marissa Soria Chávez Michoacán

1860 Estefania Huerta Ruiz Michoacán

1861 Martha Rosa Covarrubias

Ponce Michoacán

1862 Sandra de la Cruz Madrigal Michoacán

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

29

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1863 Luis Ricardo Ocegueda

Gonzalez Michoacán

1864 Javier Gonzalez García Michoacán

1865 Jorge Alfredo Camacho

Morales Morelos

1866 María Trinidad Gomez Colin Morelos

1867 Ruth Norele Soto Tavira Morelos

1868 Jesus Jorge Luis Iturbe

Alcantara Morelos

1869 Marlen Mejia Luna Morelos

1870 Víctor Adolfo Rojas Campos Morelos

1871 Luis Alfredo Valdes Uriostegui Morelos

1872 Silvia Citlalli Romero Ramírez Morelos

1873 Julia Tellez Analco Morelos

1874 Enriqueta Marlene Abarca

Arellano Morelos

1875 Eleazar Jiménez Ríos Morelos

1876 Veronica Hernández Guzmán Morelos

1877 Joséfina Pineda Delgado Morelos

1878 Arturo Bahena Ortega Morelos

1879 Luis Alberto Barrios Marin Morelos

1880 Luis Enrique Proal Najera Morelos

1881 Anahi Antunez de Gante Morelos

1882 Veronica Bahena García Morelos

1883 María Isabel Lira Amaya Morelos

1884 Ivan Asael Zamudio Mendez Morelos

1885 Enrique Martínez Hernández Morelos

1886 María Isabel Herrera García Morelos

1887 Manuel Velez Betancourt Morelos

1888 Pedro Pablo García Martínez Morelos

1889 Lilia Constantino Gonzalez Morelos

1890 Javier Luviano Bazan Morelos

1891 Susana Sánchez Rodríguez Morelos

1892 Wendy Chavarria Maldonado Morelos

1893 Jennifer Adriana Esquivel

Castro Morelos

1894 Fredy Esquivel Camacho Morelos

1895 Araceli Adriana Castro

Montero Morelos

1896 Yazmin Jiménez Flores Morelos

1897 Mario Hernández Maldonado Morelos

1898 Erick Bahena Guadarrama Morelos

1899 María Salome Alonso Santos Morelos

1900 Marco Antonio Flores Celis Morelos

1901 Gloria Roman Millan Morelos

1902 Angel Balderas Carreon Morelos

1903 María del Carmen Reza

Burgos Morelos

1904 Clara Ascencio Herrera Morelos

1905 Alejandra Guadalupe del Pilar

García Morelos

1906 Enrique Pineda Carranza Morelos

1907 Araceli Lopez Rodríguez Morelos

1908 Ivan Michelle Diaz Trejo Morelos

1909 Gustavo Muñoz Martínez Morelos

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1910 Yesenia Cobix Herrera Morelos

1911 Gema Liliana Mendoza

Cervantes Morelos

1912 Yasmin Araujo Martínez Morelos

1913 Dulce Maritza Rosales Salinas Morelos

1914 Micheel Guadalupe Alcopar

Salgado Morelos

1915 Mauricio Rebolledo García Morelos

1916 Filiberto Daniel Flores Flores Morelos

1917 Jesus Ivan Torres Roman Morelos

1918 Velia Moncerrat Castañeda

Camacho Morelos

1919 Juan Aragon Pozas Morelos

1920 Edson Palomares Galicia Morelos

1921 Ricardo Aguilar Palacios Morelos

1922 Geronimo Martínez Ramírez Morelos

1923 Seh-Lim Sulu Diaz Morelos

1924 José Antonio Hernández Maya Morelos

1925 Beatriz Adriana Mejia

Fernández Morelos

1926 Karen Mendoza Vera Morelos

1927 Anahi Lopez Espinoza Morelos

1928 Martha Lilia Gama Porcayo Morelos

1929 Miguel Angel Flores

Hernández Morelos

1930 Yenni Noemi Soriano García Morelos

1931 María Catalina Hernández

Carbajal Morelos

1932 Alfredo Roman Escamilla Morelos

1933 Ma Cristina Bastida Ortiz Morelos

1934 Felipe Eduardo Hernández

Gutiérrez Morelos

1935 Mayra Xochitl Gil Gonzalez Morelos

1936 Arturo Ordoñes Aldana Morelos

1937 Yadira Castro Romero Morelos

1938 Yenic Rivera Guzmán Morelos

1939 Ilse Abigail Alquisira Paheco Morelos

1940 Lazaro Antonio Dominguez

Hernandez Morelos

1941 Araceli Medina Sandoval Morelos

1942 Ismael Akzayakatl Molina

Vazquez Morelos

1943 Erick Alan Herrera Morales Morelos

1944 Mary Yassel Tapia Brito Morelos

1945 Marisol Guadarrama Olivares Morelos

1946 Kimberly Guadalupe Estrada

Martínez Morelos

1947 Adilene Guzmán Santamaria Morelos

1948 Edith Coronado Villanueva Morelos

1949 Ana Karen Gonzalez Barrera Morelos

1950 Magdalena Godinez Gomez Morelos

1951 Abigail Gonzalez Dominguez Morelos

1952 Antonio Ambrosio Coronado Morelos

1953 Jair Gomez Flores Morelos

1954 Janet Barranco Flores Morelos

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

30

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

1955 Rocio Rodríguez Rodríguez Morelos

1956 Libny Maely Rosas Naves Morelos

1957 Sara Emilia Fuentes Arroyo Morelos

1958 Enrique Martínez Montes Morelos

1959 Diana Laura Perez Hernández Morelos

1960 Alonso Solis Martínez Morelos

1961 Héctor Rosas Campos Morelos

1962 Alejandra Sedeño Gonzalez Morelos

1963 Sonia Sotelo Arellano Morelos

1964 Felicitas Ramírez Marron Morelos

1965 Teotlahui Viridiana Conde

Galicia Morelos

1966 Jasheli Miranda Estrada Morelos

1967 Guadalupe Medrano Ontiveros Morelos

1968 Domitila Solano Guzmán Morelos

1969 Edgar García Ortega Morelos

1970 Edgar Vivar Ramírez Morelos

1971 Ernestina Muñoz Fernández Morelos

1972 Ethel Romero Aragon Morelos

1973 Héctor Morales Tenango Morelos

1974 Kareny Lopez Martínez Morelos

1975 Judith Velazquez Delgado Morelos

1976 Diana Gabriela Galindo

Mendoza Morelos

1977 Brenda Graciano Rosales Morelos

1978 Sandy Martínez Hernández Morelos

1979 Ma del Carmen Aguayo

Sánchez Morelos

1980 Ramiro Uriel Hernández

Maldonado Morelos

1981 Ivan Santiago Mendez Perez Morelos

1982 Pedro Valencia Sotelo Morelos

1983 Sandra Lopez Sánchez Morelos

1984 Sonia Fonseca Peña Morelos

1985 Javier de la Torre Clavijo Morelos

1986 Víctor Manuel Valle Azuara Morelos

1987 Maricela Acuahuitl Sedano Morelos

1988 Luis Raymundo Flores Leyva Morelos

1989 Sostenes Amando Rodríguez

Rodríguez Morelos

1990 Andrea Reyes Sánchez Morelos

1991 Luis Enrique Estrada Roman Morelos

1992 Angel Villasana Bañon Morelos

1993 Emma Berta Ramos Martínez Morelos

1994 Yalmer Sánchez Rodríguez Morelos

1995 David Josue Briones Torres Morelos

1996 Alicia Sánchez Rosas Morelos

1997 Juan Carlos Galvan Abundez Morelos

1998 Julia Jimenez Salgado Morelos

1999 Francisco Villasana Bañon Morelos

2000 Ramira Lucas San Agustín Morelos

2001 Eduardo Nava Rogel Morelos

2002 Oscar Lopez Sánchez Morelos

2003 Laura Janet Coapango

Salgado Morelos

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

2004 Jesus Narciso Alonso

Martínez Morelos

2005 Lourdes Solis Solano Morelos

2006 Erika Saldivar Marin Morelos

2007 Juan Gabriel Bernal Tiscareño Morelos

2008 Beatriz Elvira Carrizoza Ochoa Morelos

2009 Georgina Castillo Herrera Morelos

2010 Brenda Yael Gomez Bustos Morelos

2011 Angel Giovanni Rojas

Arizmendi Morelos

2012 Rocio Gutiérrez Sánchez Morelos

2013 Georgina Griselda Diaz Brito Morelos

2014 Miguel Angel Castillo Bailon Nuevo León

2015 María Leticia Contreras Perez Nuevo León

2016 Claudia Patricia Cazares

Morantes Nuevo León

2017 Claudia Guadalupe Escareño

Perez Nuevo León

2018 María Guadalupe Martinez

Campos Nuevo León

2019 María Cristina Flores Molina Nuevo León

2020 Veronica Dolores Valdez de la

Fuente Nuevo León

2021 María de Jesus Cantu Lopez Nuevo León

2022 Indida Marlene Rodríguez

Eufracio Nuevo León

2023 Adalberto Blanco Solano Nuevo León

2024 Rocio Deisy Caballero Peña Nuevo León

2025 Dante Ivan Moreno Lopez Nuevo León

2026 Ma Joséfina Mendez Navarro Nuevo León

2027 Gloria Elisa Niño Reyes Nuevo León

2028 Diana Veronica Juarez Olivo Nuevo León

2029 Myriam Gabriela Alvarez

Sifuentes Nuevo León

2030 Oscar Alberto Camacho

Campos Nuevo León

2031 Zulema Judith Cruz Nava Nuevo León

2032 Denisse Maryet Cruz Nava Nuevo León

2033 Yolanda Moreno Villela Nuevo León

2034 Norma Nelly Portales García Nuevo León

2035 Norma Guadalupe Santos

Sauceda Nuevo León

2036 Martha Cecilia Quintero Ruiz Nuevo León

2037 Manuel Lopez Morales Nuevo León

2038 Flor Alejandra del Carmen

Cortez Gonzalez Nuevo León

2039 Omar Rigoberto Sánchez

Enriquez Nuevo León

2040 Martha Leticia Mena Garza Nuevo León

2041 José Antonio Flores Mireles Nuevo León

2042 Miriam Sifuentes Sánchez Nuevo León

2043 Isabel Dominguez Hernandez Nuevo León

2044 Sayani Guadalupe Spain

Lamas Nayarit

2045 Gloria Moreno Caro Nayarit

2046 Rebeca de Jesus Vargas Nayarit

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

31

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

2047 Yadira Elizabeth Raygoza

Gomez Nayarit

2048 Yolanda Gregorio Soto Nayarit

2049 Nohemi Lavariega Mendez Oaxaca

2050 Maribel Arroniz Vazquez Oaxaca

2051 José Cruz Valentin Oaxaca

2052 Gumaro Montes Chino Oaxaca

2053 Francisco Pablo Munguia

Gaytan Oaxaca

2054 Carmela Bernardino Martínez Oaxaca

2055 Reyna Martínez Tapia Oaxaca

2056 Arely Hernández Murguia Oaxaca

2057 Katya Elizabeth Cortes Mata Oaxaca

2058 Lucero Alejandra Peales

Lopez Oaxaca

2059 Gabriela Ramírez Santiago Oaxaca

2060 Modesto Merino Sánchez Oaxaca

2061 Yuri Magali Reyes Aguilar Oaxaca

2062 Mari Nancy Contreras

Maldonado Oaxaca

2063 Ana Laura Villar García Oaxaca

2064 Laura Antonia Ramírez

Gonzalez Oaxaca

2065 Florencio Martínez Martínez Oaxaca

2066 Fatima Bonifacio Garcia Oaxaca

2067 Virgilio Gomez Lopez Oaxaca

2068 Víctor Hugo Mijangos

Caballero Oaxaca

2069 Tania Gomez Alvarado Oaxaca

2070 María Luisa Morales Peralta Oaxaca

2071 Antonino García Enriquez Oaxaca

2072 Marcelina Velasco Vasquez Oaxaca

2073 Jorge Humberto Hernández

Hernández Oaxaca

2074 Roselia Cruz Aquino Oaxaca

2075 Elia García Mendez Oaxaca

2076 Yolanda Hernández Contreras Oaxaca

2077 Roberto Hernández León Oaxaca

2078 Ivan de la Cruz Zarate Oaxaca

2079 Veronica Cruz García Oaxaca

2080 Uziel José Castro Oaxaca

2081 Luis Enrique Fabela Lopez Oaxaca

2082 Jorge David Ramírez Miguel Oaxaca

2083 Odilia García Hernández Oaxaca

2084 Maricela Alvarez Martínez Oaxaca

2085 Anahi Dionisio Mendoza Oaxaca

2086 José de Jesus Mendoza

Aguilar Oaxaca

2087 Victoria Raquel Cobos Ortega Oaxaca

2088 Cuitlahuac Amador Sánchez

Carrizosa Oaxaca

2089 José de Jesus Vazquez

Chávez Oaxaca

2090 Lucelia Vera Aquino Oaxaca

2091 José Luis Cruz Cabrera Oaxaca

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

2092 Gladys Lopez Sánchez Oaxaca

2093 Angel Primitivo Avendaño

Ríos Oaxaca

2094 Luz María Toro Gijon Oaxaca

2095 Lilia Azua Ramos Oaxaca

2096 Adelfo Martínez Martínez Oaxaca

2097 Isai Uriel Molina Gaspar Oaxaca

2098 Norma Esther Miguel Paz Oaxaca

2099 Veronica Yanet Diaz Sánchez Oaxaca

2100 Pedro Alan García Jiménez Oaxaca

2101 Brenda Alicia Cruz Lopez Oaxaca

2102 Raciel Zarate Playas Oaxaca

2103 Eric García Carrera Oaxaca

2104 Elvia Aguilar García Oaxaca

2105 Javier García Molina Oaxaca

2106 Pedro Serbulo García Oaxaca

2107 Diani Lopez Diaz Oaxaca

2108 María Luisa Cruz Miguel Oaxaca

2109 Yaneli Hernández Sánchez Oaxaca

2110 Nestor Danel Gutiérrez Osorio Oaxaca

2111 Noel Jiménez García Oaxaca

2112 Erika Liliana Diego Bautista Oaxaca

2113 Carmelo Jonathan Cruz

Alcaraz Oaxaca

2114 José Juan Ramírez

Hernández Oaxaca

2115 Lidia Anabel Lopez Ramírez Oaxaca

2116 Joanna Vasquez Martínez Oaxaca

2117 Susana Leydi Hernández

Osorio Oaxaca

2118 Vidal Velasco Perez Oaxaca

2119 Rosa Isela Ortega Montero Oaxaca

2120 Miguel Angel Lopez de la

Rosa Oaxaca

2121 Kassandra Contreras Barrera Oaxaca

2122 Arturo Antonio de la Cruz Oaxaca

2123 Juliana Miguel Gomez Oaxaca

2124 Alejandrina Gonzalez Sánchez Oaxaca

2125 Jorge Arturo Isidoro Torres Oaxaca

2126 Vianey Juarez Herrera Oaxaca

2127 Maríana Mendoza Cruz Oaxaca

2128 Jesus Morales Ayala Oaxaca

2129 Leticia Yolanda Ventura

Gonzalez Oaxaca

2130 Rocio Medina Ramírez Oaxaca

2131 Severiano Prado Lugos Oaxaca

2132 Bardomiano Vazquez

Cervantes Oaxaca

2133 Isnel León Silva Oaxaca

2134 Edith Moreno Juan Oaxaca

2135 Faustino Arellano Nicolas Oaxaca

2136 Yessenia Vasquez Santos Oaxaca

2137 Lisbet Reyes Castillo Oaxaca

2138 Gustavo Mendoza García Oaxaca

2139 Miguel Angel Cortes Quiroz Oaxaca

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

32

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

2140 Rocio Sandra Hernández

Ramírez Oaxaca

2141 Ana Laura Rodríguez Sánchez Oaxaca

2142 Felicitas Martínez Marcial Oaxaca

2143 Maribel Gonzalez Alcantara Oaxaca

2144 Rosalva García García Oaxaca

2145 Rosalia Rasgado Hernández Oaxaca

2146 Armando Hernández García Oaxaca

2147 Tomas Martínez Cruz Oaxaca

2148 Elias Morales Baltazar Oaxaca

2149 Monica Edith Robles Guerra Oaxaca

2150 Israel Santiago Lopez Oaxaca

2151 Ignacio Martin Galvez Robledo Oaxaca

2152 Miriam Morales Castellanos Oaxaca

2153 Maribel Altamirano Azamar Oaxaca

2154 Alma Patricia Lopez Vicente Oaxaca

2155 Natalia Almendra Perez Oaxaca

2156 Jesus Graciano Ramon Oaxaca

2157 Carlos Guadalupe Bautista

Lopez Oaxaca

2158 Laura Marisela Gutierrez

Martinez Puebla

2159 Marisol Gonzalez Gonzalez Puebla

2160 Karina Elizabeth Galindo

Osorio Puebla

2161 Dalia Andrade Cabrera Puebla

2162 Maira Vega Sánchez Puebla

2163 Saul Martínez Faustino Puebla

2164 Gabina Claudia Gonzalez

Juarez Puebla

2165 Leobardo Montalvo

Hernández Puebla

2166 María Teresa Hernández

Zacatzi Puebla

2167 Jose Juan Dionicio Simon Puebla

2168 Leticia Hernández Martínez Puebla

2169 María del Rayo Franco de la

Luz Puebla

2170 Veronica Burgoa Herrera Puebla

2171 Beatriz María Rosas

Hernández Puebla

2172 José Marcelino Torres Menes Puebla

2173 Monica Alarcon Amador Puebla

2174 María Concepcion García

Aparicio Puebla

2175 Adelaida Arellano Montiel Puebla

2176 Angel Gonzalez Arroyo Puebla

2177 Guadalupe Pestaña Jaramillo Puebla

2178 Luciano Merida Rodríguez Puebla

2179 Saul Vergara Lugo Puebla

2180 Héctor Reyes Abraham Puebla

2181 Oliver Salgado Davalos Puebla

2182 Maribel Carranza Damian Puebla

2183 Joaquin Diaz Flores Puebla

2184 Angélica Castillo Quiroz Puebla

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

2185 Elizabeth Sánchez García Puebla

2186 Virginia Marquez Santos Puebla

2187 Rafael Hernández García Puebla

2188 Marivel Garay Flores Puebla

2189 Luz del Carmen Paredes Puebla

2190 Leticia Cruz Cruz Puebla

2191 Luis Enrique Rodríguez

Hernández Puebla

2192 Florencio Lopez Valderrabano Puebla

2193 Juana Villagomez Panecatl Puebla

2194 Alejandra Bermudez Sauce Puebla

2195 Vanely Rosas Hernández Puebla

2196 Francisco Angel Hernández

Limon Puebla

2197 Lore Reyna Hernández Limon Puebla

2198 Maribel Lira de Benito Puebla

2199 Edgar Sánchez Ortega Puebla

2200 Maríana Lopez Camarillo Puebla

2201 Alberto Cruz Marquez Puebla

2202 Víctor Gonzalez Castillo Puebla

2203 Carlo Antonio Cabrera Cortes Puebla

2204 Claudia Damian Reyes Puebla

2205 Araceli Montes Gonzalez Puebla

2206 Lorena Montes Gonzalez Puebla

2207 Diana Ramírez Martínez Querétaro

2208 Marina Ramírez Martínez Querétaro

2209 Emma Mendoza Angeles Querétaro

2210 Marlon Armando Macías

Coronado Querétaro

2211 Juan Raul Gutiérrez

Dominguez Querétaro

2212 María Yolanda Ruiz Martínez Querétaro

2213 Susana Ortiz Colin Querétaro

2214 Andrea Vanesa Hernandez

Gutiérrez Querétaro

2215 David Alexis Hernandez Melo Querétaro

2216 Juana María Carranza

Mendoza Querétaro

2217 Gerardo Ibarra Flores Querétaro

2218 Pamela Tolinka Juarez Suarez Querétaro

2219 Nancy Eridany Dorantes

Arreola Quintana Roo

2220 Diana Montserrat Franco

Toscano Quintana Roo

2221 Alfonso Diaz Aguilar Quintana Roo

2222 Jessica Yoselin Rosado Matu Quintana Roo

2223 Juana Eloisa Palacios

Arellano Quintana Roo

2224 Jorge Flores Quintero Quintana Roo

2225 Silvia Gonzalez Hernandez San Luis Potosí

2226 Ilse Vianey García Marquez San Luis Potosí

2227 Hermila Mendez Delgado San Luis Potosí

Page 33: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

33

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

2228 María Estela Ortiz Gallegos San Luis Potosí

2229 Ma. Dolores Loredo Tapia San Luis Potosí

2230 Ezequiel Puente Hernández San Luis Potosí

2231 Irma Leticia Ortiz Bravo San Luis Potosí

2232 Nadia Pacheco Ortiz San Luis Potosí

2233 Gloria Patricia Ortega

Martínez San Luis Potosí

2234 Jesus Noyola Carrizales San Luis Potosí

2235 Ricardo Vargas Carrillo San Luis Potosí

2236 Gabriela de Dios Puebla San Luis Potosí

2237 José Fabian Palacios Guel San Luis Potosí

2238 Sonia Mireya Lopez Lopez San Luis Potosí

2239 Sandra Berenice Monsivais

Segura San Luis Potosí

2240 Marisol Colunga Segura San Luis Potosí

2241 Francisco Javier Adame

Ramírez San Luis Potosí

2242 Sergio Orlando Alonso García San Luis Potosí

2243 Michael Vanessa Corpus

Esparza San Luis Potosí

2244 Olga Patricia Rodríguez

Esparza San Luis Potosí

2245 Claudia Angélica Hernández

Hernández San Luis Potosí

2246 Carlos Gallegos Olvera San Luis Potosí

2247 Elvira Gonzalez Avalos San Luis Potosí

2248 Nancy Rangel Martínez San Luis Potosí

2249 J Guadalupe Gonzalez

Guerrero San Luis Potosí

2250 Luis Heriberto Mendoza

Balderas San Luis Potosí

2251 Maricela Santillan Garcia San Luis Potosí

2252 Pablo de Jesus Zamora

Banda San Luis Potosí

2253 Sergio Gomez Calzada San Luis Potosí

2254 David Alfonso Acosta Puente San Luis Potosí

2255 Gabriel de Jesus Rodríguez

Diaz San Luis Potosí

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

2256 Raul Ruiz Castillo San Luis Potosí

2257 Miguel Ebodio Moreno

Campos Sinaloa

2258 Manuel Alejandro Moreno

Chinchillas Sinaloa

2259 Hubber Jair Aceviz Valenzuela Sinaloa

2260 Karla Berenice Acero Felix Sinaloa

2261 María de los Angeles Gonzalez Caravantes

Sinaloa

2262 Joel Carrasco Perez Sinaloa

2263 Daniel Ramirez Ordaz Sinaloa

2264 María Fernanda Cazares

García Sinaloa

2265 José Luis Arechiga

Bustamante Sinaloa

2266 Fernando Beltran Montenegro Sinaloa

2267 Martha Loreto Olivas Ortega Sinaloa

2268 Cruz Alonso Bejarano Leyva Sinaloa

2269 Alma Trinidad Valenzuela

Leyva Sinaloa

2270 Javier Alberto Mezta Flores Sinaloa

2271 Perla Guadalupe Soto Higuera Sinaloa

2272 Heriberto Oliveras Aragon Sinaloa

2273 Antonia del Carmen Cota

Luna Sinaloa

2274 Briceida Elena Acuña Lopez Sinaloa

2275 Francisco Camacho Sosa Sinaloa

2276 Martha Cecilia Flores Burgos Sinaloa

2277 Adriana Flores Fuentes Sinaloa

2278 Silvia Estela Medina Beltran Sinaloa

2279 Rosa María Felix

Arellano Sinaloa

2280 Edgar Gonzalo Ruiz Luque Sinaloa

2281 Miguel Angel Carrazco Lugo Sinaloa

2282 Daniel Gerardo Higuera León Sinaloa

2283 Miriamn Herrera Ramírez Sonora

2284 Clara Isabel Saldaña García Sonora

2285 Hermelinda Hurtado Soto Sonora

2286 Ozumi Marisol Anguamea

Cota Sonora

2287 Martha Clarissa Molina

Contreras Sonora

2288 Luisa Martina Jiocamea

Aldama Sonora

2289 Harlin Rivera Acuña Sonora

2290 Samuel Ríos Alvarado Sonora

2291 Yesenia Godinez Mendoza Sonora

2292 Juana Irene Hernández

Rodríguez Sonora

2293 Miguel Antonio Coronado

Valenzuela Sonora

2294 Blanca Esthela Amaya Romo Sonora

2295 Jesus Enrique Villaescusa

Amador Sonora

Page 34: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

34

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

2296 Nora Isamar Palma

Hernández Tabasco

2297 Juan Luis Lopez Antonio Tabasco

2298 Cristobal Sánchez Lopez Tabasco

2299 Karina Rosales Hernández Tabasco

2300 Juan Reyes Cruz Tabasco

2301 Abisai Reyes Lazaro Tabasco

2302 Norma Araceli Perez Alonso Tabasco

2303 Christiams Alejandro Arroyo

Cano Tabasco

2304 Christian del Carmen Alamilla

García Tabasco

2305 Abraham José Hernández

Jimenez Tabasco

2306 Rigoberto Vazquez Hernández Tabasco

2307 Joséfina Damian Zacariaz Tabasco

2308 José Alfredo Pino May Tabasco

2309 Luis Guillermo Ramírez

Fernández Tabasco

2310 Luis Alfredo Juarez Damian Tabasco

2311 Lorena Cecilia Merlin Acuña Tabasco

2312 José Antonio Hernández

Lopez Tabasco

2313 José del Carmen Contreras

Pedraza Tabasco

2314 Mario Chable Gomez Tabasco

2315 Juan Jesus Hernández

Esteban Tabasco

2316 Donaldo Garfias Hernández Tabasco

2317 Antonio Herrera Reyes Tabasco

2318 Julio Cesar Caraveo Suarez Tabasco

2319 Marcos Antonio Jiménez

Castro Tabasco

2320 Marcos García Nieto Tabasco

2321 Alma Flor García García Tabasco

2322 Jesus Antonio Esteban Lopez Tabasco

2323 Jaime de la Cruz Ruiz Tabasco

2324 Pablo Canul Lopez Tabasco

2325 Luis Alberto Lopez Reyes Tabasco

2326 Dulce Alonso Hernández Tabasco

2327 Leidi Mary Hernandez Morales Tabasco

2328 Alejandro Ramon Ramírez Tabasco

2329 Claudia Cristell Pascual Reyes Tabasco

2330 Mauricio Romero Vasconcelos Tabasco

2331 Fernando García Montejo Tabasco

2332 Eliel Zacarias Jeronimo Tabasco

2333 Trinidad Robles Cruz Tabasco

2334 María Loredana Diaz

Castellanos Tabasco

2335 Ofelia Martínez Juarez Tabasco

2336 Juana García Prieto Tabasco

2337 Araceli del Carmen García

Ocaña Tabasco

2338 Juan Carlos Jiménez Chable Tabasco

2339 Francisco Solis Diaz Tabasco

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

2340 Angel Cruz Mendoza Tabasco

2341 Concepcion May de la Cruz Tabasco

2342 Jessica del Carmen Montiel

Hernández Tabasco

2343 Fabiola Karina Hernández de

la Cruz Tabasco

2344 Gerardo Ruben Hernández

Jimenez Tabasco

2345 Karla Patricia Lopez Diaz Tabasco

2346 Magda Lucero Perez García Tabasco

2347 José María Herrera Lopez Tabasco

2348 Jesus Alvarado Pimienta Tabasco

2349 Viviana Almeida Lara Tabasco

2350 Ena Leonor Magaña Peniche Tabasco

2351 María Reyes Morales Marin Tabasco

2352 Ingrid Guadalupe Ramos

Hernández Tabasco

2353 Joséfa Alvarez Alcudia Tabasco

2354 Rosa María Hernández

Hernández Tabasco

2355 Nayeli Hernández Perez Tabasco

2356 Ada María de la Cruz

Hernández Tabasco

2357 Teresa del Carmen Gonzalez

Sanchez Tabasco

2358 Francisco Javier García

Sánchez Tabasco

2359 Laura Elizabeth Olan Osorio Tabasco

2360 Isabel Cristina Gonzalez

Alcudia Tabasco

2361 Marisela Salazar Hernández Tabasco

2362 Everardo Villegas Morales Tabasco

2363 Otoniel de Dios Bolaina Tabasco

2364 Rocio Perez Leyva Tabasco

2365 Blanca Estela García

Hernández Tabasco

2366 José Manuel Tepepa

Gonzalez Tabasco

2367 Yaneth García Morales Tabasco

2368 Gonzalo Hernández García Tabasco

2369 Mercedes Gonzalez Matias Tabasco

2370 Claudia Perez Mendez Tabasco

2371 Cecilia Baeza Lopez Tabasco

2372 Roger Antonio León Cadena Tabasco

2373 Fabian Magaña Villaseñor Tabasco

2374 Lorena del Carmen de la Rosa

Jiménez Tabasco

2375 Pedro Jiménez Esteban Tabasco

2376 Angel Eduardo Marquez Ruiz Tabasco

2377 José Trinidad Aguilar Vargas Tabasco

2378 Juan Antonio Cañas

Palomeque Tabasco

2379 José Cruz de los Santos

Sánchez Tabasco

2380 Erika Guadalupe Lopez

Segovia Tabasco

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

35

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

2381 Jorge Arturo Perez Falconi Tabasco

2382 José Felipe Rodríguez Zavala Tabasco

2383 Laura Elena Arias Arias Tabasco

2384 Joséfa del Carmen Damian

Trinidad Tabasco

2385 Carlos Manuel Hipolito León Tabasco

2386 Oscar Gomez Figueroa Tabasco

2387 Grisel Coral Enriquez Tabasco

2388 Oshin Cordova Hernández Tabasco

2389 Sarai Salvador Perez Tabasco

2390 José Manuel Hernández

Hernández Tabasco

2391 Ismael Valencia García Tabasco

2392 Deisy Gisela Gomez Gutiérrez Tabasco

2393 Carmita May de la Cruz Tabasco

2394 Rocio Zapata Hernández Tabasco

2395 Juan Carlos Betancourt

Gonzalez Tabasco

2396 Héctor Jesus Martínez

Morales Tabasco

2397 Pedro Morales Hernandez Tabasco

2398 Maritza Ruiz Doporto Tabasco

2399 Francisca Hernández Magaña Tabasco

2400 Deysi Fabiola Vidal Aguilar Tabasco

2401 Víctor Moises Dominguez

Muñoz Tabasco

2402 Reyes Sánchez Mendez Tabasco

2403 Vianey de la Cruz García Tabasco

2404 Daniel Damian Ramírez Tabasco

2405 Domitila Ruby Chan Que Tabasco

2406 Elizabeth Lopez Manzanares Tabasco

2407 Yesenia Torres Hernández Tabasco

2408 Diana May Ovando Tabasco

2409 Sebastian Reguero

Hernández Tabasco

2410 Efren de la Cruz Almeida Tabasco

2411 Rosa García Brito Tabasco

2412 Angel de Jesus Dominguez

Bautista Tabasco

2413 Jesus Darwin García

Gonzalez Tabasco

2414 Karla Yanet Aguirre Triano Tabasco

2415 Rony Fabian Federico

Fuentes Diaz Tabasco

2416 Jacqueline Ventura Frias Tabasco

2417 Bartolo Ramon de Dios Tabasco

2418 Guadalupe Cruz Lopez Tabasco

2419 Vicenta Fores Agustína Tabasco

2420 Silvia Mendez Carrillo Tabasco

2421 Asuncion Segura Hernández Tabasco

2422 Jorge Antonio Mendez

Pesenda Tabasco

2423 León Enrique García Ramos Tabasco

2424 Claudia Navarro Lara Tabasco

2425 Lizbeth Gonzalez Torres Tabasco

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

2426 Andres Montejo Hernández Tabasco

2427 José Feliciano García Ramos Tabasco

2428 Araceli Morales Jiménez Tabasco

2429 Ada María Briceño Romero Tabasco

2430 Raul Priego Inclan Tabasco

2431 María Cruz Hernández García Tabasco

2432 Rodrigo Campos Castillo Tabasco

2433 Edemia Sánchez Hernández Tabasco

2434 Mayra Esther Valier Sánchez Tabasco

2435 Tomasa de Dios Alvarado Tabasco

2436 Urias Santiago Mena Tabasco

2437 Lucia Landero Osorio Tabasco

2438 Roberto Lopez Alvarado Tabasco

2439 Rober Javier Rueda Guillen Tabasco

2440 Andres Jesus Mena Alpuche Tabasco

2441 Nidia Guadalupe Salaya

Gutiérrez Tabasco

2442 Freddy Ramírez García Tabasco

2443 Leydi Ruth Juarez Morales Tabasco

2444 Silvia Romero Sánchez Tabasco

2445 Vanessa Berenice Mendez

García Tabasco

2446 Carlos Mario Gomez

Hernández Tabasco

2447 Jaime Jesus Sánchez Lopez Tabasco

2448 Dennis Hernández Muñoz Tabasco

2449 Ruben García Santiago Tabasco

2450 Margot Lopez Sánchez Tabasco

2451 María Asuncion Alejandro

Jimenez Tabasco

2452 Alejandra Ramírez Ovando Tabasco

2453 Ana Ruth Broca Mendoza Tabasco

2454 Fabiola García Sanchez Tabasco

2455 Luz Aurora del Rivero

Vazquez Tabasco

2456 José Antonio Gomez Broca Tabasco

2457 Jorge Eduardo May Rodríguez Tabasco

2458 Damaris Contreras Bazurto Tabasco

2459 Cesar Miguel Jiménez Briseño Tabasco

2460 Roberto Gonzalez Alegria Tabasco

2461 Cristal Olan de la Cruz Tabasco

2462 Agustína Garcia Dominguez Tabasco

2463 José de los Santos Perez

Perez Tabasco

2464 Alexis del Carmen Cortazar

Gonzalez Tabasco

2465 Sara Esperanza García

Antonio Tabasco

2466 Jhoana García Antonio Tabasco

2467 Martha Angélica Mendiola

Gutiérrez Tabasco

2468 Carlos Enrique Franco

Hernández Tabasco

2469 Laura Hernadez Salvador Tabasco

2470 Ana Silveria Priego Lastra Tabasco

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

36

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

2471 Roberto Mendez Perez Tabasco

2472 Narcisa Torres de los Santos Tabasco

2473 Juan Manuel Gonzalez Zapata Tamaulipas

2474 Idalia Tecalco Negrete Tamaulipas

2475 Alma Heidi Aguillon Avalos Tamaulipas

2476 Martha Iracema Saldaña Piña Tamaulipas

2477 Enedina Reyes Rodríguez Tamaulipas

2478 Angela Mercedes Camacho

Luevano Tamaulipas

2479 Felipe Hernández Andrade Tamaulipas

2480 Blanca Fabiola Cantu

Vazquez Tamaulipas

2481 Adolfo Martínez Hernández Tamaulipas

2482 Julian Augusto Carrasco Cruz Tamaulipas

2483 Cesar Octavio Rubio García Tamaulipas

2484 Virginia Ivet Hinojosa Zaavla Tamaulipas

2485 Rigoberto Abundis Castillo Tamaulipas

2486 Wendy Azeneth Gama

Sánchez Tamaulipas

2487 Abisay Nuñez Gonzalez Tlaxcala

2488 Ana Karen Hernandez

Sanchez Tlaxcala

2489 Angel Alberto Gutiérrez

Vasquez Tlaxcala

2490 Rene Ocomatl Ordaz Tlaxcala

2491 Xavier Alfonso Sanchez Perez Tlaxcala

2492 Aldo Moises Perez

Gaspariano Tlaxcala

2493 Erika Leon Gonzalez Tlaxcala

2494 Omar Maldonado Tetlamatzi Tlaxcala

2495 Lazaro Joaquin Cortez Rivera Tlaxcala

2496 Leticia Carrillo Espinoza Tlaxcala

2497 Juan Carlos Hernández

Huerta Tlaxcala

2498 Anabel Mayra Coronel Curiel Tlaxcala

2499 Imelda Bonilla Tamayo Tlaxcala

2500 Víctor Molina Moreno Tlaxcala

2501 Jasmin Hernández Xocoyotl Tlaxcala

2502 Perla Gabriela Villegas

Balbuena Tlaxcala

2503 Laura Helen Rodríguez

Rodriguez Tlaxcala

2504 Raul Velasco Hernández Tlaxcala

2505 Judith Vidal Cabañas Veracruz

2506 Inder Xchel Molina Vazquez Veracruz

2507 Hilaria Clemente Veracruz

2508 Cirila San Juan Guzman Veracruz

2509 Benito Morones Valles Veracruz

2510 Moises García Torres Veracruz

2511 María de la Luz Parra Ruiz Veracruz

2512 Rafael Martínez Hernández Veracruz

2513 María Salome Ibañez García Veracruz

2514 Margarita Suarez Tepo Veracruz

2515 Lucia Citlalic Sánchez Perez Veracruz

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

2516 María Angélica Martínez

Mendoza Veracruz

2517 María Isabel Ceballos Cortina Veracruz

2518 Efigenia Mendez Cruz Veracruz

2519 Yolisma Serrano Berlanga Veracruz

2520 Hugo Chacha Arceo Veracruz

2521 Themis Alice Gomez Mezano Veracruz

2522 Guadalupe Perez García Veracruz

2523 Joséfa Edelmira Cortes Tapia Veracruz

2524 Nataly Karmin Martínez

Gonzalez Veracruz

2525 Laura Estela Ramírez Patiño Veracruz

2526 Sandra Luz Hermosillo Ceron Veracruz

2527 Maybelynne Concepcion

Ramírez Hernández Veracruz

2528 Ana Victoria Sánchez García Veracruz

2529 Gabriela Amor Moreno Rincon Veracruz

2530 Laura Gamez Rodríguez Veracruz

2531 Alfredo Huerta Mendoza Veracruz

2532 Edith Vargas Antonio Veracruz

2533 Edith Chigo Bustamante Veracruz

2534 Claudia Morales Artigas Veracruz

2535 Arely Cano García Veracruz

2536 Francisco Javier Vidal Morales Veracruz

2537 Ana Florisa Taxilaga Carballo Veracruz

2538 Claudio Oltehua Tzitzihua Veracruz

2539 Veronica Citlaly Fernández

Salazar Veracruz

2540 Adrian Cruz Ortiz Veracruz

2541 Tomasa Patricia Marquez

Canela Veracruz

2542 Nicolasa Lopez Maldonado Veracruz

2543 Jorge Manuel Francisco

Fernandez Veracruz

2544 Rafael García Reyes Veracruz

2545 Alejandra Santes Lozano Veracruz

2546 Viviana Elizabeth Trinidad

Santes Veracruz

2547 Mariela Yamileth Contreras

Lara Veracruz

2548 Claudia Elizabeth Uscanga

Uscanga Veracruz

2549 Nely Olivos del Valle Veracruz

2550 Jacqueline Martínez

Hernandez Veracruz

2551 Olegario Alvarez Flores Veracruz

2552 Guadalupe Hernández

Sánchez Veracruz

2553 Víctor Pablo Vivanco Veracruz

2554 Alma Laura Bruno Perez Veracruz

2555 José Luis Sánchez Hernández Veracruz

2556 Juan Carlos Ramírez Partido Veracruz

2557 Alfredo Sánchez Jiménez Veracruz

2558 Ana Cristina Francisco

Salazar Veracruz

2559 Veronica Nancy Fiscal Moreno Veracruz

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37

No Nombre del quejoso Entidad

Federativa

2560 María Viridina Xochihua

Reyes Veracruz

2561 Jorge Alberto Sánchez Atzin Veracruz

2562 Elizabeth Cruz Cobaxin Veracruz

2563 Estela Goretti Rejon

Echeverria Yucatán

2564 Cristina Soledad del Carmen

Cauich Cauich Yucatán

2565 Ivonne Molina Heredia Yucatán

2566 Berenice Nayeli Marin

Renteria Yucatán

2567 Wanda Isabel Mata Yam Yucatán

2568 Carlos Rolando Echeverria

Tzab Yucatán

2569 María Florencia Eb Chan Yucatán

2570 Wilbert Martin Ek Cohuo Yucatán

2571 Omar Francisco Ayala

Casellas Yucatán

2572 Ruben Eduardo Saldivar Yucatán

2573 Geovanna Dali Amaya

Gamboa Yucatán

2574 Vanessa de los Angeles

Jiménez Galan Yucatán

2575 Laura Maribel Canche

Azcarate Yucatán

2576 Oscar Manuel Cauich Coba Yucatán

2577 Oscar Omar Rodríguez

Raudales Zacatecas

2578 Alicia Gaytán Moreno Zacatecas

2579 Rosa Aurelia Nava Guzmán Zacatecas

2580 Francisco Javier Saucedo

Lobatos Zacatecas

2581 Cecilia Figueroa Belmontes Zacatecas

2582 Manuel Nava Vazquez Zacatecas

2583 Ma. Estela Rodríguez Mejia Zacatecas

2584 Claudia Ramos Calvillo Zacatecas

2585 Estefania Aguilar Basurto Zacatecas

2586 Mayra Ortiz de la Torre Zacatecas

2587 Daniel Maldonado Puente Zacatecas

2588 Ana Lilia Serrano Gonzalez Zacatecas

2589 Maurilio Lopez del Rio Zacatecas

2590 Mauro Espino Anaya Zacatecas

2591 Azalea Janeth Batres Reyes Zacatecas

2592 Jorge Alberto Hernandez

Aguayo Zacatecas

2593 Araceli Mendez Sanchez Zacatecas

2594 María Socorro Martínez

Hernández Zacatecas

2595 Alondra Muñoz Robles Zacatecas

2596 Sonia Ivette Carlos Zacatecas

2597 Ivonne Irene Gonzalez

Martinez Zacatecas

2598 Maria del Rosario Saldivar

Bermudez Zacatecas

2599 Gerardo Gomez Hernández Zacatecas

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38

Asimismo, dentro del mismo acuerdo, se requirió diversa información a la DEPPP, así como al PRD, a efecto de que se informara si los denunciantes enlistados con anterioridad (2599), se encontraban o encontraron registrados dentro del padrón de afiliados del partido denunciado, lo anterior, con el objeto de proveer lo conducente y de contar con los elementos suficientes para la integración del expediente materia del presente asunto. Ahora bien, cabe señalar que dicha diligencia de investigación se llevó a cabo de conformidad a lo siguiente:

Infomación relacionada a 2599 ciudadanos

Oficio Respuesta

DEPPP INE-UT/3503/2018

El 28 de marzo de 2018, mediante correo electrónico con número de gestión DEPPP-2018-3324.2, firmado por el Director de la DEPPP, informó a la UTCE, que derivado de la búsqueda en el padrón de afiliados del PRD: 1.- Se localizaron 1,559 coincidencias en los registros válidos del padrón de afiliados del PRD, mismos que se identifican en la columna “ESTATUS” con la leyenda “VÁLIDO”. 2.- Se localizaron 1,025 coincidencias en los registros cancelados del padrón de afiliados del PRD, mismos que se identifican en la columna “ESTATUS” con la leyenda “CANCELADO”. 3.- 12 ciudadanos no fueron localizados en el padrón de afiliados del PRD, mismos que se identifican en la columna “ESTATUS” con la leyenda “NO ENCONTRADO”. 4.- Se localizaron 3 ciudadanos en Partidos Políticos Nacionales distintos al PRD, identificados con los números 1403, 1432 y 1757

El 30 de abril de 2019, mediante correo electrónico con número de gestión DEPPP-2018-3324, firmado por el Director de la DEPPP, informó en alcance a la UTCE, lo siguiente: Si bien se informó que los CC. Andrea Quiroz Bautista y Jesús Díaz Espinoza, identificados con los números 971 y 1050, respectivamente, en el listado del archivo Excel remitido como anexo al oficio INE-UT/3503/2018, se habían localizado dentro de los registros válidos del padrón de afiliados del PRD; lo cierto es que dichos ciudadanos, con los datos proporcionados (nombre y clave de elector), no se localizan en los padrones de afiliados del PRD verificado en 2014, verificado en 2017 y actualizado a la fecha.

PRD INE-UT/3502/2018

Mediante oficio CEMM-259/2018 firmado por el Maestro Camerino Eleazar Márquez Madrid, representante del PRD ante el Consejo General de este Instituto, a través del cual solicitó una prórroga al requerimiento de información formulado por esta autoridad mediante el oficio INE-UT/3502/2018.3

2 Visible a páginas 26142-26172, legajo 37 del expediente 3 Visible a páginas 26139-26140, legajo 37 del expediente

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39

Infomación relacionada a 2599 ciudadanos

Oficio Respuesta

Mediante oficio CEMM-324/20184 firmado por el Maestro Camerino Eleazar Márquez Madrid, representante del PRD ante el Consejo General de este Instituto, a través del cual remitió 2599 cédulas de afiliación de los ciudadanos denunciantes en copia certificada.

II. RECEPCIÓN DE 81 DENUNCIAS5. Del mismo modo, en el mismo acuerdo de

trece de marzo de dos mil dieciocho, se tuvieron por recibidas ochenta y un

escritos de queja adicionales a las ya indicadas con anterioridad (2599) las cuales

de describen a continuación:

A. Cabe señalar que, del análisis de los diversos oficios remitidos por las Juntas

Ejecutivas de este Instituto en los diferentes estados de la República Mexicana, se

advirtió que, respecto de 76 ciudadanas y ciudadanos denunciantes: 11 omitieron

firmar su escrito de queja y/o anexar copia de identificación y de 65 no se adjuntó el

escrito de queja dirigido a la UTCE, o el escrito de queja fue presentado en copia

simple.

Por lo anterior, se ordenó prevenir a las y los ciudadanos denunciantes (11) y

requerir a los Vocales Ejecutivos y/o Secretarios de las Juntas Locales Ejecutivas

de este Instituto en los estados de Chiapas, Ciudad de México, Estado de México,

Guerrero, Oaxaca, Puebla, Sinaloa y Veracruz, en relación con las y los 65

ciudadanos restantes, lo anterior, con el objeto de proveer lo conducente y de contar

con los elementos suficientes para la integración del expediente citado al rubro.

B. Asimismo, del análisis integral de los 5 escritos signados por los ciudadanos que

se enlistan a continuacion, se advierte que fueron radicados previamente en

diversos expedientes, tal y como se muestra a continuación:

No Nombre del quejoso Expediente

1 Alejandro Morales Morales UT/SCG/Q/MIGC/CG/27/2017

2 Mario Isaías Ocariz Suárez

UT/SCG/Q/MCS/CG/49/2017 3 Karla Vianey Velázquez Vargas

4 Santa Zurita Peña

5 Alejandra Calzada Alvarado

4 Visible a páginas 26231-26338, legajo 37 del expediente y anexos 5 Visible a páginas 26039-26122, legajo 37 del expediente

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40

Lo anterior, derivado de una posible indebida afiliación atribuida al PRD y, en su

caso, el uso de datos personales para tal fin, en ese contexto, dado que existe

identidad en la pretensión de los denunciantes antes referidos, a fin de resolver en

forma conjunta, congruente, expedita y completa, así como evitar el dictado de

resoluciones contradictorias sobre las quejas de los ciudadanos Alejandro Morales

Morales; Mario Isaías Ocariz Suárez; Karla Vianey Velázquez Vargas; Santa

Zurita Peña y Alejandra Calzada Alvarado, se ordenó el desglose de las

constancias originales, a los diverso procedimientos sancionadores ordinarios

identificados como UT/SCG/Q/MIGC/CG/27/2017 y UT/SCG/Q/MCS/CG/49/2017,

para que en dichos procedimientos se determine lo conducente, motivo por el cual

no forman parte del estudio del expedinte citado al rubro.

III. RECURSOS DE APELACIÓN. Mediante sentencias de catorce, veinte y

veintidós de marzo de dos mil dieciocho, emitidas por la Sala Regional Monterrey

del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dentro de los expedientes

SM-RAP-11/2018, SM-RAP-12/2018, SM-RAP-13/2018, SM-RAP-18/2018, SM-

RAP-19/2018, SM-RAP-21/2018, SM-RAP-22/2018, SM-RAP-24/2018 y SM-RAP-

26/2018, en las que, entre otras cuestiones, dicho órgano jurisdiccional vinculó a la

UTCE, a efecto de que respecto de las quejas interpuestas por las y los ciudadanos

denunciantes, emitiera en breve término la resolución correspondiente.

IV. PRESENTACIÓN DE 1 ESCRITO DE DESISTIMIENTO. Derivado de la

recepción de un escrito de desistimiento de queja, el quince de mayo de dos mil

dieciocho6, se dio vista a la ciudadana Saraí Salvador Pérez, a efecto de que

ratificara su deseo de desistirse o, en su caso, realizaran las manifestaciones que a

sus intereses conviniera.

V. PRESENTACIÓN DE 42 ESCRITOS DE DESISTIMIENTO. Derivado de la

recepción de cuarenta y dos escritos de desistimiento de queja, el ocho de junio

de dos mil dieciocho7, se dio vista a las y los ciudadanos que se enlistan a

continuacion, a efecto de que ratificaran su deseo de desistirse o, en su caso,

realizaran las manifestaciones que a sus intereses convinieran.

6 Visible a páginas 26648-26656, legajo 37 del expediente 7 Visible a páginas 26772-26784, legajo 37 del expediente

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41

No Nombre de las ciudadana o

ciudadano

1 Erika Gutiérrez Figueroa

2 Mariana Martínez Montoya

3 Rosalba Luna Céspedes

4 Gerardo Yair Vázquez Saldaña

5 Elizabeth López Pineda

6 Roció Licea Sánchez

7 Teresa Castañeda Frías

8 Verónica Torres Hernández

9 Paula Leticia Frías Flores

10 Diana Fragoso Saavedra

11 Juana Patricia Viveros Herrera

12 Luisa Martínez Morales

13 María Azucena Valle Viveros

14 Paul Andrei Hernández Rodríguez

15 Efrén Vázquez González

16 Brenda Cecilia Chávez Hurtado

17 Paulina Adriana García Vázquez

18 María de la Luz López Vázquez

19 Seidy Flores Rodríguez

20 Juan Martín González Dorantes

21 Sergio Yurel Enriquez Lorenzo

22 Grace Estefanía Nevares Cruz

23 Guadalupe Juana Urzua Contreras

24 José Manuel González Ríos

25 Paloma Gabriela Rivera Castillo

26 Luis Alberto García Cano

27 Jazmin Chávez Martínez

28 Emma de Sixto Romero

29 Basilio Rico Arriaga

30 Irlanda Enriqueta Haro Marín

31 Dorian Fernando Castro Martínez

32 Héctor Miguel Mendoza Braulio

33 Irene Merchant Pérez

34 Ruth María Gómez Domínguez

35 Ivette Rojas Vargas

36 Alicia Castro García

37 Diana Erika Rojas Sánchez

38 Ernesto Arturo Terán Pozos

39 Soledad Montoya Carpio

40 María del Carmen Arévalo

Guadarrama

41 Edna Fabiola Valle Galindo

42 David Juan Argüello Hernández

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VI. DESAHOGO DE PREVENCIÓN Y REQUERIMIENTO CORRESPONDIENTE A 66 CIUDADANOS QUEJOSOS8. El tres de julio de dos mil dieciocho, se tuvo a las y los ciudadanos Carolina Aguilar de la Cruz, Mario Alberto Moreno Martínez, Roberto de Jesús Barajas Cardoso y Dora Alicia Segovia González, así como a los Vocales Ejecutivos y/o Secretarios de las Juntas Locales Ejecutivas de este Instituto en los estados de Chiapas, Ciudad de México, Estado de México, Guerrero, Oaxaca, Puebla, Sinaloa y Veracruz, dando respuesta al requerimiento que les fue formulado por la UTCE mediante Acuerdo de trece de marzo de dos mil diecinueve, mismo que se indica en el Antecedente, marcado con el numeral II, apartado A, de la presente Resolución. Bien entonces y toda vez que las y los 4 ciudadanos antes señalados, así como las Juntas Locales y/o Distritales Ejecutivas de este Instituto en cita, remitieron la documentación requerida respecto de 62 ciudadanas y ciudadanos denunciantes, por lo que se dió tramite a las quejas presentadas, en los términos correspondientes. VII. INCUMPLIMIENTO A LA PREVENCIÓN AL REQUERIMIENTO CORRESPONDIENTE A 10 CIUDADANOS QUEJOSOS.9 Ahora bien, cabe señalar que las y los 7 ciudadanos que se citan a continuación, José Francisco González Valdez, Elizabeth Alejo Martínez, Verónica Marina Hernández Reyes, Juan Manuel Carmona Reyes, Laura Jazmín Hernández Alonso, Marisol Demetrio Oropeza y Adrián Salgado Amaya, fueron omisos en desahogar la prevención de trece de marzo de dos mil diecinueve, mismo que se indica en el Antecedente, marcado con el numeral II, apartado A, de la presente Resolución, por lo que, de conformidad a lo establecido en el artículo 465 párrafos 2, inciso a), 3, de la LGIPE, dichos escritos de queja se tuvieron por no presentados. Asimismo, cabe precisar que en relación a los 2 ciudadanos Ebiezer Rodríguez Zagada y Martha Antúnez Quebrado, no subsanaron la deficiencia planteada, es decir, la entrega de sus escritos y/o formatos a través de los cuales manifiesten su desconocimiento de afiliación al PRD. Ahora bien, en relación a la ciudadana Emilia Rodríguez Temiz, manifestó que no deseaba presentar su escrito de queja en contra del Partido de la Revolución Democrática, por lo anterior, se tuvieron por no presentados los escritos de queja de referencia.

8 Visible a páginas 27121-27137, legajo 38 del expediente 9 Idem

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43

VIII. DESGLOSE DE CONTANCIAS DE 4 CIUDADANAS Y CIUDADANOS.10 Si

bien es cierto que, en el expediente citado al rubro, se recibieron los escritos de

queja firmados por los ciudadanos Erika Gissele Hughes Corona, Elizabeth Luviano

Peñaloza, Juan Carlos Zarate Solis, Juan Bernardo Balanzar Jacobo, cabe señalar

que, del análisis integral de los escritos de queja firmados por los citados

ciudadanos, se pudo advertir que el motivo de las quejas de referencia consiste en

la presunta indebida afiliación y utilización indebida de datos personales, puesto que

los quejosos negaron ser militantes de los partidos políticos Revolucionario

Institucional y del Trabajo y no del PRD, tal y como se muestra a continuación:

No Oficio de remisión Ciudadano Entidad Partido político

1 INE/JLE-CM/00736/2018 Erika Gissele Hughes Corona Ciudad de

México

PRI 2 INE/JDE03/VED/275/2018 Elizabeth Luviano Peñaloza Guerrero

3 INE-JD06/VE-VS/034/2018 Juan Carlos Zarate Solis Michoacán

4 INE/JDE03/VED/275/2018 Juan Bernardo Balanzar Jacobo Guerrero PT

Aunado a lo expuesto, se considera pertinente, desglosar la documentación

correspondiente a los ciudadanos que se mencionan en la tabla que antecede, lo

anterior, con el objeto de que los escritos de queja sean tramitados en expediente

diverso a este, toda vez que en el que se actúa se atribuyen los hechos al PRD.

IX. ADMISIÓN Y RESERVA DEL EMPLAZAMIENTO11. El tres de julio de dos mil

dieciocho, derivado del análisis integral de los oficios y escritos señalados en el

Antecedente VI, en los que se denuncian de manera similar la presunta indebida

afiliación y utilización de datos personales sin el consentimiento de las y los

ciudadanos que se enlistan a continuación, se admitieron a trámite los 66 escritos

de queja presentados, en términos de lo previsto en el artículo 467, numeral 1, de

la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

10 Idem 11 Idem

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No Nombre del quejoso Entidad

1 Carolina Aguilar de la Cruz Chiapas

2 Mario Alberto Moreno Martínez Chiapas

3 Roberto de Jesús Barajas

Cardoso Edo. Mex

4 Dora Alicia Segovia González Nuevo León

5 José Guadalupe López López Chiapas

6 José Luis Rebollo Rodríguez Ciudad de

México

7 Sofía García Bautista Oaxaca

8 Araceli Jiménez González Oaxaca

9 Neyva Sánchez Cruz Oaxaca

10 Leobardo García León Puebla

11 Guadalupe Santos Celestino Puebla

12 Javier Alejandro Sánchez

Morales Puebla

13 María de Jesús Palacios Meza Puebla

14 Mónica Ramírez Eng Sinaloa

15 Jesús Antonio Castro Valdez Sinaloa

16 Yonathan Ríos Uriarte Sinaloa

17 Margarita Barrera Núñez Sinaloa

18 Kenia Yudith Machado Meza Sinaloa

19 Karina Elizabeth Machado Meza Sinaloa

20 María Patricia Ugalde Hernández Sinaloa

21 Roberto Cuauhtémoc Reyes

Rodelo Sinaloa

22 Jahir Beltran López Sinaloa

23 Norma Acosta Rivera Sinaloa

24 Tomas Ortiz Mancera Edo. Mex.

25 Gerardo Jonathan Uriostegui

Guadarrama Guerrero

26 Laura Araceli Guerrero Guzmán Guerrero

27 Leslie Guadalupe Bautista

Arellanes Guerrero

28 Miguel Ángel Morales Niño Guerrero

29 Santiago Alberto Herrera

Rodríguez Guerrero

30 José Eduardo Jiménez Orduña Guerrero

31 Salvador Reyes Bahena Guerrero

32 Daniel Cantú Santiago Guerrero

33 Viridiana Torres Martínez Guerrero

34 Jennifer Martínez Bobadilla Guerrero

35 Leila Betania Pérez Ruiz Guerrero

36 Lizett Dorantes Ayala Guerrero

37 Rubi González Trinidad Guerrero

38 Ismael Soto Flores Guerrero

39 Francisco Moisés Estrada

Estrada Guerrero

40 Ada Yaritzi Díaz Delgado Guerrero

41 Griselda Lagunas Sánchez Guerrero

42 Perla Barrera Manzanarez Guerrero

43 Jesús Palemón García Ávila Guerrero

44 Floridalma Ortiz Díaz Guerrero

45 Carlos Alberto Rodríguez

Pastrana Guerrero

46 Petronilo Romero Lucas Guerrero

47 Juan Carlos Tornez Palma Guerrero

No Nombre del quejoso Entidad

48 Reynelt Solís Bautista Guerrero

49 Marybel Quinto Díaz Guerrero

50 Oscar Gabriel Acevedo Guerrero

51 Edgar Elías Salmerón Melo Guerrero

52 Cinthya Sotelo Cruz Guerrero

53 Dolores Concepción Valdez

Reyes Guerrero

54 Ingrid Monserrat Salgado Rivera Guerrero

55 Jesús Ivan Uriostegui Fernández Guerrero

56 Raymundo Cuadros Gómez Guerrero

57 Samantha Arvizu Cantú Guerrero

58 Rodrigo Domínguez Gómez Guerrero

59 Juan Pablo Domínguez Barrera Guerrero

60 German Sandoval Ramírez Guerrero

61 Javier Juárez Flores Guerrero

62 Miguel Ángel López Juárez Guerrero

63 Criselia Dorantes Parra Guerrero

64 Manuel Díaz Mojica Guerrero

65 Porfirio Salomón González

Terrazas Guerrero

66 Ismael Cárdenas Marban Guerrero

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Asimismo, dentro del mismo acuerdo, se requirió diversa información a la DEPPP, así como al PRD, a efecto de que se informara si los denunciantes enlistados con anterioridad (66), se encontraban o encontraron registrados dentro del padrón de afiliados del partido denunciado, lo anterior, con el objeto de proveer lo conducente y de contar con los elementos suficientes para la integración del expediente materia del presente asunto. Ahora bien, cabe señalar que dicha diligencia de investigación se llevó a cabo de conformidad a lo siguiente:

Infomación relacionada a 66 ciudadanos

Oficio Respuesta

DEPPP INE-UT/11219/2018

El 10 de julio de 2018, mediante correo electrónico con número de gestión DEPPP-2018-909812, firmado por el Director de la DEPPP, informó a la UTCE, que derivado de la búsqueda en el padrón de afiliados del PRD: En atención al presente requerimiento, se realizó la búsqueda de los 66 (sesenta y seis) ciudadanos enlistados en el punto SEXTO y referidos en el punto OCTAVO, inciso a) del Acuerdo remitido, por nombre y clave de elector, en el padrón contenido en el Sistema de cómputo y en la salida pública de éste, encontrándose, a la fecha, 33 coincidencias en los registros válidos del padrón de afiliados del PRD, a saber: Por otro lado, le comunico que se localizaron 32 coincidencias en los registros cancelados del padrón de afiliados del PRD, a saber: Por último, le informo que el C. José Guadalupe López López, identificado con el número 5 (cinco) en el listado referido, no fue localizado en el padrón de afiliados del PRD.

PRD INE-UT/11218/2018

Mediante oficio CEMM-906/201813, signado por Camerino Eleazar Márquez Madrid, representante propietario del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo General de este Instituto, da respuesta al requerimiento de información formulado, remitiendo 66 cédulas de afiliación de los ciudadanos denunciantes en copia certificada .

X. PRESENTACIÓN DE 3 ESCRITOS DE DESISTIMIENTO. Derivado de la recepción de 3 escritos de desistimiento de queja, el veintiséis de julio de dos mil dieciocho14, se dio vista a la ciudadana y los ciudadanos Arturo Anzaldo Heredia, Luisa Aurora Crespo Ruiz y René Aarón Juárez Amezcua, a efecto de que, en el término de tres días hábiles, contados a partir del siguiente a la legal notificación del proveído antes citado, ratificaran su deseo de desistirse o, en su caso, realizaran las manifestaciones que a sus intereses convinieran.

12 Visible a páginas 27413-27416, legajo 38 del expediente 13 Visible a páginas 27417-27422, legajo 38 del expediente 14 Visible a páginas 27534-27539, legajo 38 del expediente

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XI. PRESENTACIÓN DE 3 ESCRITOS DE DESISTIMIENTO. Derivado de la recepción de 3 escritos de desistimiento de queja, el ocho de agosto de dos mil dieciocho15, se dio vista a las ciudadanas y el ciudadano Jorge Antonio Méndez Presanda, Cristal Olán de la Cruz y Nancy Sánchez Sierra, a efecto de que, en el término de tres días hábiles, contados a partir del siguiente a la legal notificación del proveído antes citado, ratificaran su deseo de desistirse o, en su caso, realizaran las manifestaciones que a sus intereses convinieran. XII. PRONUNCIAMIENTO RESPECTO DE CUARENTA Y NUEVE CIUDADANOS QUE PREVIAMENTE SE DESISTIERON. El diecinueve de octubre de dos mil dieciocho16, se tuvo por ratificada la intensión de las y los ciudadanos que se enlistan a continuación, lo anterior, en virtud de que mediante Acuerdos de quince de mayo, ocho de junio, veintiséis de julio y ocho de agosto de dos mil dieciocho, esta autoridad previno a dichos ciudadanos, a efecto de que, dentro del plazo improrrogable de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la legal notificación, presentaran de manera clara, su pretensión de desistirse o continuar con la sustanciación del presente procedimiento. Dicha prevención les fue notificada en términos de ley, sin que, en algunos casos, a la fecha se hubiere recibido respuesta alguna; lo anterior, de conformidad a lo siguiente:

Acuerdo de quince de mayo de dos mil dieciocho

No Ciudadano Notificación Plazo para dar respuesta Respuesta

1 Saraí Salvador Pérez 18/05/2018 Del 21 al 23 de mayo de

2918 Omisa

Acuerdo de ocho de junio de dos mil dieciocho

No Ciudadano Notificación Plazo para dar respuesta Respuesta

2 Erika Gutiérrez Figueroa 24/07/2018 Del 25 al 27 de julio de 2018 Omisa

3 Mariana Martínez Montoya 24/07/2018 Del 25 al 27 de julio de 2018 Omisa

4 Rosalba Luna Céspedes 24/07/2018 Del 25 al 27 de julio de2018 Omisa

5 Gerardo Yair Vázquez Saldaña 24/07/2018 Del 25 al 27 de julio de2018 Omiso

6 Elizabeth López Pineda 24/07/2018 Del 25 al 27 de julio de2018

Escrito de ratificación de desistimiento de 27/07/2018

7 Roció Licea Sánchez 27/07/2018 Del 30 de julio al 01 de

agosto de 2018 Omisa

15 Visible a páginas 27571-27577, legajo 38 del expediente 16 Visible a páginas 27611-27618, legajo 38 del expediente

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8 Teresa Castañeda Frías 27/07/2018 Del 30 de julio al 01 de

agosto de 2018 Omisa

9 Verónica Torres Hernández 24/07/2018 Del 30 de julio al 01 de

agosto de 2018 Omisa

10 Paula Leticia Frías Flores 27/07/2018 Del 30 de julio al 01 de

agosto de 2018 Omisa

11 Diana Fragoso Saavedra 24/07/2018 Del 25 al 27 de julio de 2018 Omisa

12 Juana Patricia Viveros Herrera 24/07/2018 Del 25 al 27 de julio de 2018 Omisa

13 Luisa Martínez Morales 24/07/2018 Del 25 al 27 de julio de 2018 Omisa

14 María Azucena Valle Viveros 24/07/2018 Del 25 al 27 de julio de 2018 Omisa

15 Paul Andrei Hernández Rodríguez 24/07/2018 Del 25 al 27 de julio de 2018 Omisa

16 Efrén Vázquez González 24/07/2018 Del 25 al 27 de julio de 2018 Omisa

17 Brenda Cecilia Chávez Hurtado 24/07/2018 Del 25 al 27 de julio de 2018 Omisa

18 Paulina Adriana García Vázquez 24/07/2018 Del 25 al 27 de julio de 2018 Omisa

19 María de la Luz López Vázquez 24/07/2018 Del 25 al 27 de julio de 2018

Escrito de ratificación de desistimiento de 26/07/2018

20 Seidy Flores Rodríguez 24/07/2018 Del 25 al 27 de julio de 2018 Omisa

21 Juan Martín González Dorantes 24/07/2018 Del 25 al 27 de julio de 2018 Omiso

22 Sergio Yurel Enriquez Lorenzo 24/07/2018 Del 25 al 27 de julio de 2018 Omiso

23 Grace Estefanía Nevares Cruz 24/07/2018 Del 25 al 27 de julio d de

2018 Omisa

24 Guadalupe Juana Urzua

Contreras 24/07/2018 Del 25 al 27 de julio de 2018 Omisa

25 José Manuel González Ríos 26/07/2018 Del 27 al 29 de julio de 2018 Omiso

26 Paloma Gabriela Rivera Castillo 20/07/2018 Del 23 al 25 de julio de 2018 Omisa

27 Luis Alberto García Cano 18/06/2018 Del 19 al 21 de junio del

2018 Omiso

28 Jazmin Chávez Martínez 29/06/2018 Del 02 al 04 de julio de 2018 Omisa

39 Emma de Sixto Romero 28/06/2018 Del 29 de junio al 03 de julio

de 2018 Omisa

30 Basilio Rico Arriaga 29/06/2018 Del 02 al 04 de julio de 2018 Omiso

31 Irlanda Enriqueta Haro Marín 18/06/2018 Del 19 al 21 de junio de

2018 Omisa

32 Dorian Fernando Castro Martínez 20/07/2018 Del 23 al 25 de julio de 2018 Omiso

33 Héctor Miguel Mendoza Braulio 28/06/2018 Del 29 de junio al 03 de julio

de 2018 Omiso

34 Irene Merchant Pérez 29/06/2018 Del 02 al 04 de julio de 2018 Omisa

35 Ruth María Gómez Domínguez 29/06/2018 Del 02 al 04 de julio de 2018 Omisa

36 Ivette Rojas Vargas 28/06/2018 Del 29 de junio al 03 de julio

de 2018 Omisa

37 Alicia Castro García 28/06/2018 Del 29 de junio al 03 de julio

de 2018 Omisa

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38 Diana Erika Rojas Sánchez 18/06/2018 Del 19 al 21 de junio de

2018 Omisa

39 Ernesto Arturo Terán Pozos 29/06/2018 Del 02 al 04 de julio de 2018 Omiso

40 Soledad Montoya Carpio 29/06/2018 Del 02 al 04 de julio de 2018 Omisa

41 María del Carmen Arévalo

Guadarrama 18/06/2018

Del 19 al 21 de junio de 2018

Omisa

42 Edna Fabiola Valle Galindo 18/06/2018 Del 19 al 21 de junio de

2018 Omisa

43 David Juan Argüello Hernández 29/06/2018 Del 02 al 04 de julio de 2018 Omiso

Acuerdo de veintiséis de julio dos mil dieciocho

No Ciudadano Notificación Plazo para dar respuesta Respuesta

44 Arturo Anzaldo Heredia 24/08/2018 Del 27 al 29 de agosto de

2018 Omiso

45 Luisa Aurora Crespo Ruiz 09/08/2018 Del 10 al 14 de agosto de

2018 Omisa

46 René Aarón Juárez Amezcua 09/08/2018 Del 10 al 14 de agosto de

2018 Omiso

Acuerdo de ocho de agosto de dos mil dieciocho

No Ciudadano Notificación Plazo para dar respuesta Respuesta

47 Jorge Antonio Mendez Presanda 17/08/2018 Del 20 al 22 de agosto de

2018 Omiso

48 Cristal Olán de la Cruz 17/08/2018 Del 20 al 22 de agosto de

2018 Omisa

49 Nancy Sánchez Sierra 16/08/2018 Del 17 al 21 de agosto de

2018 Omisa

Cabe señalar que, en el acuerdo de referencia, se requirió al partido político denunciado, las cédulas de inscripción de las 2,612 ciudadanas y ciudadanos materia del presente procedimiento, en original, y/o cualquier documentación que acredite la voluntad de los ciudadanos de afiliarse al partido político denunciado, lo anterior, en aras de que la presente Resolución, proporcione certeza jurídica a las partes, remitiendo el partido político denunciado la documentación solicitada. A través del oficio CEMM-1149/2018, signado por Camerino Eleazar Márquez Madrid, representante propietario del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo General de este Instituto. XIII. ACUERDO INE/CG33/2019. El veintitrés de enero de dos mil diecinueve, fue aprobado en sesión extraordinaria del Consejo General, el acuerdo por el cual se aprueba la implementación, de manera excepcional, de un procedimiento para la revisión, actualización y sistematización de los padrones de afiliadas y afiliados de los Partidos Políticos Nacionales, en el que se acordó la suspensión de la resolución de diversos procedimientos sancionadores ordinarios, relacionados con presuntas indebidas afiliaciones de ciudadanos de todos los partidos políticos.

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En este sentido, en el Punto de Acuerdo TERCERO del citado Acuerdo, se determinó lo siguiente:

TERCERO. Los PPN darán de baja definitiva de manera inmediata de su padrón de militantes los nombres de aquellas personas que, antes de la aprobación de este Acuerdo, hayan presentado quejas por indebida afiliación o por renuncias que no hubieran tramitado. En el caso de las quejas por los supuestos antes referidos que se lleguen a presentar con posterioridad a la aprobación de este Acuerdo, los PPN tendrán un plazo de 10 días contado a partir del día siguiente de aquel en el que la UTCE les haga de su conocimiento que se interpuso ésta, para dar de baja de forma definitiva a la persona que presente la queja.

[Énfasis añadido]

Asimismo, se precisó que los procedimientos sancionadores ordinarios cuya suspensión de resolución pudiera generar la caducidad de la potestad sancionadora por parte de esta autoridad, en términos de la jurisprudencia 9/2018, emitida por el Tribunal Electoral, o sobre los cuales recayera una orden expresa de resolución por parte del mencionado órgano jurisdiccional a través de la Sala Superior o sus Salas Regionales, continuarían con la instrucción ordinaria, a fin de acatar las respectivas sentencias, situación que se actualiza en el procedimiento que nos ocupa acontece. XIV. DILIGENCIAS COMPLEMENTARIAS. En cumplimiento al Acuerdo INE/CG33/2019, la autoridad instructora estimó pertinente realizar las siguientes diligencias complementarias: A. SOLICITUD DE BAJA DE TODAS Y CADA UNA DE LAS PERSONAS DENUNCIANTES COMO MILITANTES DEL PRD17. Como parte de la sustanciación del expediente citado al rubro, la UTCE, mediante Acuerdo de siete de marzo de dos mil diecinueve, requirió al partido político denunciado, a efecto de que, cancelara de su padrón de militantes, en el caso de que aún se encontraran inscritos en el mismo, a las y los 2,612 ciudadanos denunciantes, lo anterior, tanto en el Sistema de Verificación del Padrón de Afiliados de los Partidos Políticos de la DEPPP de este Instituto, como de su portal de internet y/o cualquier otra base pública en que pudieran encontrarse, lo anterior para los efectos legales conducentes. Ahora bien, cabe señalar que, mediante oficios INE/DEPPP/DE/DPPF/1651/20187, INE/DEPPP/DE/DPPF/1371/2019 y INE/DEPPP/DE/DPPF/2069/2019 firmados por

17Visible a páginas 29085-29089, legajo 40 del expediente

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el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto, a petición del partido político denunciado, verificó la cancelación del registro en el Sistema de Verificación del Padrón de Afiliados de los Partidos Políticos, que en el caso que nos ocupa resultó un total de 2600 ciudadanos quejosos localizados y verificados, toda vez que 12 ciudadanos restantes no fueron localizados por parte de la Dirección Ejecutiva en cita, sin embargo, dicho partido político llevó a cabo la cancelación de su padrón de afiliados de la totalidad de los quejosos, es decir de los 2612 ciudadanos materia del presente asunto. B. ACUERDO POR EL QUE SE ORDENA LA INSTRUMENTACIÓN DE ACTA CIRCUNSTANCIADA DEL PORTAL DE INTERNET DEL PRD18. Finalmente, por acuerdo de veintidós de mayo de dos mil diecinueve, se ordenó la certificación del portal de internet del PRD, con la finalidad de verificar si el registro de las y los ciudadanos quejosos como militantes de dicho instituto político, había sido eliminado y/o cancelado. Corroborando que, en efecto no se encontró registro alguno de las y los ciudadanos quejosos en dicho sitio web. C. ACUERDO POR EL QUE SE ORDENA LA INSTRUMENTACIÓN DE ACTA CIRCUNSTANCIADA DEL PORTAL DE INTERNET DEL PRD19. Finalmente, por acuerdo de once de febrero de dos mil veinte, se ordenó la certificación del portal de internet del PRD, toda vez que conforme a lo establecido en el acuerdo INE/CG33/2019 emitido por el Consejo General, los Partidos Políticos Nacionales debieron haber realizado los ajustes finales a los padrones, a más tardar el treinta y uno de enero de dos mil veinte, a efecto de que solamente contengan los nombres de las personas respecto de las cuales se cuente con el documento que avale la afiliación o ratificación de la misma, así como la identidad de dichas personas, por lo anterior se ordenó llevar a cabo una inspección, a efecto de confirmar si aún siguen apareciendo registros “en reserva” en su padrón de afiliados, advirtiéndose que en dicho portal no se encuentran ciudadanos con dicho estatus. XV. EMPLAZAMIENTO20 En relación a lo expuesto, mediante Acuerdo de diecinueve de junio de dos mil diecinueve, previo análisis de todas y cada una de las constancias que integran el sumario en cita, se ordenó el emplazamiento al partido denunciado por la presunta indebida afiliación de las y los 2,612 ciudadanos, al considerarse que existen indicios suficientes respecto de su responsabilidad de las faltas que se le imputan.

18 Visible a páginas 29157-29161, legajo 40 del expediente, Acta Circunstanciada de 29162 a 29185 19 Visible a páginas 41431-41439, legajo 54 del expediente 20 Visible a páginas 29203-29276, legajo 40 del expediente

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El acuerdo de emplazamiento se diligenció en los siguientes términos:

Denunciado Oficio Citatorio – Cédula – Plazo Contestación al Emplazamiento

PRD INE-UT/5623/2019 Citatorio: 24/junio/2019 Cédula: 25/junio/2019

Plazo: 26 de junio al 02 de julio de 2019

Oficio CEMM-579/2019.21 02/julio/2019

XVI. ALEGATOS22. Mediante proveído de quince de agosto de dos mil diecinueve, se dio vista a las partes -2,612 ciudadanas y ciudadanos quejosos-, así como al PRD, para que, manifestaran en vía de alegatos, lo que a su derecho conviniera. Asimismo, cabe señalar que se ordenó dar vista a las y los ciudadanos quejosos, a efecto de que manifestaran lo que a su derecho conviniera, en relación con el documento correspondiente al formato de afiliación que, para cada caso aportó el PRD. Dicho acuerdo, se notificó en tiempo y forma a cada uno de las y los 2,612 quejosos, lo anterior, de conformidad a las constancias de notificación que obran en el expediente citado al rubro.

DENUNCIADO

PARTIDO POLÍTICO

OFICIO NOTIFICACIÓN

TÉRMINO FECHA DE CONTESTACIÓN A LA VISTA DE

ALEGATOS

PRD INE-

UT/9033/2019

Notificación: 26/08/19

Término: 27/08/19 al 02/09/19

El 02 de septiembre de 2019 se recibió el oficio CEEM-705/2019, como respuesta a la vista de alegatos, firmado por el representante suplente del PRD ante el Consejo General23

XVII. ESCISIÓN DE 5 CIUDADANAS QUEJOSAS. Mediante proveídos de siete y veinticinco de octubre, así como el veintiséis de noviembre y diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve, la UTCE, en el ámbito de sus atribuciones, consideró necesario escindir el procedimiento respecto de las ciudadana Ernestina De La Rosa, Veronica Citlaly Fernandez Salalzar y Maricela Acuahuitl Sedano, así como Aidee Zamora Luna y María Blanca González Hernández, respectivamente, lo anterior, en virtud de que dichas ciudadanas manifestaron al momento de dar respuesta a la vista de alegatos, que la firma que calza en los documentos probatorios aportados por el partido denunciado, no corresponden a

21 Visible a páginas 29289-29293, legajo 40 del expediente 22 Visible a páginas 29294-29353, legajo 40 del expediente 23 Visible a páginas 29365-29371, legajo 40 del expediente

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sus firmas, controvirtiendo dicha prueba de manera frontal y directa, ofreciendo la respectiva prueba pericial. En este tenor, tomando en cuenta tales manifestaciones, y en atención a los principios de certeza jurídica, equilibrio procesal y debido proceso, así como las previsiones establecidas en el artículo 48, del Reglamento de Quejas, relacionado con el diverso 10 del citado cuerpo normativo, la autoridad instructora estimó necesario llevar a cabo la escisión respecto de estos casos, a efecto de que, en un procedimiento administrativo sancionador diverso, se instrumenten las diligencias correspondientes, se realice la investigación respectiva en relación a estos hechos y, eventualmente, se resuelva el fondo del asunto, únicamente por cuanto a los caso relacionados con las quejosas mencionadas. XVIII. PRESENTACIÓN DE 1 ESCRITO DE DESISTIMIENTO. Asimismo, derivado de la recepción de 1 escrito de desistimiento de queja, el veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve, se ordenó dar vista a Jose Luis Jaime Ayala, a efecto de que, en el término de tres días hábiles, contados a partir del siguiente a la legal notificación del proveído antes citado, ratificara su deseo de desistirse o, en su caso, realizara las manifestaciones que a sus intereses convinieran. XIX. ELABORACIÓN DE PROYECTO. En su oportunidad, se ordenó la elaboración del Proyecto de Resolución. XX. SESIÓN DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INE. En la Segunda Sesión Extraordinaria Urgente de carácter privado, celebrada el diecisiete de febrero de dos mil veinte, la Comisión de Quejas aprobó el proyecto de mérito, en lo general, por unanimidad de votos de las integrantes presentes, la Consejera Electoral y Presidente de la Comisión Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y la Consejera Electoral Doctora Adriana Margarita Favela Herrera; y en lo particular con el voto en contra de la Consejera Electoral Doctora Adriana Margarita Favela Herrera, por lo que hace al criterio adoptado respecto a la objeción de firmas de 89 ciudadanos materia de pronunciamiento; y

CONSIDERACIONES JURÍDICAS PRIMERO. COMPETENCIA El Consejo General es competente para resolver los procedimientos sancionadores ordinarios cuyos proyectos le sean turnados por la Comisión de Quejas y Denuncias

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del INE, conforme a lo dispuesto en los artículos 44, párrafo 1, incisos aa) y jj), y 469, párrafo 5, de la LGIPE. En el caso, la conducta objeto del presente procedimiento sancionador es la presunta transgresión a lo previsto en los artículos 6, apartado A, fracción II; 16, párrafo segundo; 35, fracción III, y 41, Base I, párrafo segundo, de la Constitución; 5, párrafo 1; 38, párrafo 1, incisos a), e) y u); 44, párrafo 2, y 342, párrafo 1, incisos a) y n), del COFIPE; disposiciones que se encuentran replicadas en el diverso dispositivo 443, párrafo 1, inciso a), de la LGIPE; 2, párrafo 1, inciso b) y 25, párrafo 1, incisos a), e) y u) de la LGPP con motivo de la probable violación al derecho de libertad de afiliación y la presunta utilización indebida de datos personales, por parte del PRD, en perjuicio de las y los ciudadanos que han sido señalados a lo largo de la presente determinación. Ahora bien, conforme al artículo 23 del COFIPE, los partidos políticos ajustarán su conducta a las disposiciones establecidas en el citado Código, correspondiendo al Instituto Federal Electoral —hoy INE— vigilar que las actividades de éstos se desarrollen con apego a la ley. Del mismo modo, de conformidad con los artículos 341, párrafo 1, inciso a); 342, párrafo 1, incisos a) y n); y 354, párrafo 1, inciso a), del ordenamiento en consulta, los partidos políticos son sujetos de responsabilidad por infracciones cometidas a las disposiciones contenidas en dicho Código, entre otras, el incumplimiento de las obligaciones señaladas en el artículo 38 del dispositivo legal en cita, las cuales son sancionables por el Consejo General. Dichos artículos se reproducen en los diversos 442, párrafo 1, inciso a); 443, párrafo 1, incisos a) y n); y 456, párrafo 1, incisos a), de la LGIPE y 25 de la LGPP, respectivamente. En consecuencia, siendo atribución del Consejo General conocer de las infracciones y, en su caso, imponer las sanciones correspondientes, resulta competente para conocer y resolver respecto de las presuntas infracciones denunciadas en el procedimiento sancionador ordinario, atribuidas al PRD, derivado de las indebidas afiliaciones a este instituto político. Sirve de apoyo a lo anterior, lo sostenido por la Sala Superior en la sentencia dictada dentro del expediente SUP-RAP-107/2017,[1] en el sentido de que esta autoridad

[1] Consultable en la página de internet del Tribunal Electoral, o bien en la dirección electrónica: http://www.te.gob.mx/Informacion_juridiccional/sesion_publica/ejecutoria/sentencias/SUP-RAP-0107-2017.pdf

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electoral nacional es competente para resolver los procedimientos ordinarios sancionadores relacionados con la presunta afiliación indebida de ciudadanos a los partidos políticos, esencialmente, por las razones siguientes:

• Porque la tutela de la ley le corresponde de manera directa a las autoridades, no a los partidos.

• Porque, por mandato legal, el INE es una autoridad que tiene potestad para imponer sanciones en materia electoral federal por violación a la ley.

• Porque la existencia de un régimen sancionatorio intrapartidista, no excluye la responsabilidad de los partidos políticos por violación a la ley, ni la competencia del INE para atender tal cuestión.

• Porque la Sala Superior ya ha reconocido que el INE es el órgano competente para atender denuncias por afiliación indebida de ciudadanos.

Lo anterior, con fundamento en lo previsto en los artículos 443, párrafo 1, inciso n), 459, 464, 467, 468 y 469, de la LGIPE —los cuales contienen reglas que ya se encontraban previstas en el COFIPE, en los artículos 342, párrafo 1, incisos a); 356, 361, 364, 365 y 366—, relacionados con lo dispuesto en los numerales 35, fracción III y 41, párrafo segundo, Base I, párrafo segundo, de la Constitución, es decir con base en el derecho humano a la libre asociación, en su vertiente de afiliación política. SEGUNDO. SOBRESEIMIENTO POR DESISTIMIENTO Por tratarse de una cuestión de orden público, de conformidad con lo establecido por el artículo 466, párrafo 3, de la LGIPE, en relación con el artículo 46, párrafo 3, fracción III, del Reglamento de Quejas, debe verificarse si se actualiza alguna causal de sobreseimiento de las previstas en dicha normatividad, pues de ser así, existirá un obstáculo que impida la válida constitución del proceso e imposibilite un pronunciamiento sobre la controversia planteada. Por lo anterior, en términos de lo previsto en el artículo 465, párrafo 8, inciso c), de la LGIPE, esta autoridad revisará si de los hechos denunciados se desprenden elementos suficientes para entrar al fondo del asunto, o si se actualiza alguna de las causales de sobreseimiento contempladas en la normatividad electoral.

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En principio, se debe asentar que el sobreseimiento, en términos de lo previsto en el artículo 466, párrafo 2, inciso a), de la LGIPE se actualiza cuando habiendo sido admitida la queja o denuncia, sobrevenga alguna causal de improcedencia. Esto es, se da como efecto inmediato, al actualizarse una causal de improcedencia, antes de que se dicte resolución o sentencia, y una vez admitida la queja o denuncia. En el caso, se actualiza la causal de sobreseimiento por desistimiento, prevista en los artículos 466, párrafo 2, inciso c), de la LGIPE y 46, párrafo 3, fracción III del Reglamento de Quejas, que, en lo que interesa, a la letra establecen:

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Artículo 466. …

2. Procederá el sobreseimiento de la queja o denuncia, cuando: …

c) El denunciante presente escrito de desistimiento, siempre y cuando lo exhiba antes de la aprobación del Proyecto de Resolución por parte de la Secretaría y que, a juicio de la misma, o por el avance de la investigación, no se trate de la imputación de hechos graves, ni se vulneren los principios rectores de la función electoral.

Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral

Artículo 46. …

3. Procederá el sobreseimiento de la queja o denuncia, cuando: …

III. El denunciante presente escrito de desistimiento, siempre y cuando lo exhiba antes de la aprobación del proyecto y que, a juicio de la Unidad Técnica, o por el avance de la investigación, no se trate de la imputación de hechos graves, ni se vulneren los principios rectores de la función electoral.

Lo anterior, tomando en consideración 50 ciudadanas y ciudadanos, presentaron su escrito de desistimiento de la queja en contra del PRD y que, además, se estima que los hechos denunciados no revisten gravedad, ni tampoco con su comisión pueden verse afectados los principios rectores de la función comicial. En efecto, las y los ciudadanos que se enlistan a continuación, hicieron del conocimiento de esta autoridad electoral nacional lo siguiente:

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No Nombre Manifestación

1 Saraí Salvador Pérez

Yo Saraí Salvador Pérez aclaro y desisto del Procedimiento en marcha hacia el partido político PRD que me fue notificado el día

16-04-18, que si soy afiliada de este y cual requiero que sea suspendido el trámite ya realizado para mis intereses personales.

2 Erika Gutiérrez Figueroa

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018

3 Mariana Martínez Montoya

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018

4 Rosalba Luna Céspedes

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018

5 Gerardo Yair Vázquez Saldaña

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018

6 Elizabeth López Pineda

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018

7 Rocio Licea Sánchez

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-

politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018

8 Tersea Castañeda Frias

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a

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No Nombre Manifestación

desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018

9 Verónica Torres Hernández

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018

10 Paula Leticia Frias Flores

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018

11 Diana Fragoso Saavedra

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta2afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018

12 Juana Patricia Viveros Herrera

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018

13 Luisa Mertínez Morales

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018

14 María Azucena Valle Viveros

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he

observado que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018

15 Paul Andrei Hernández

Rodríguez

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018

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No Nombre Manifestación

16 Efren Vázquez González

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-

afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018

17 Brenda Cecilia Chavéz Hurtado

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018

18 Paulina Adriana García Vázquez

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018

19 María de la Luz López Vázquez

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018

20 Seidy Flores Rodríguez

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018

21 Juan Martín González Dorantes

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a

desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018

22 Sergio Yurel Enriquez Lorenzo

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018

23 Grace Estefanía Nevares Cruz Manifiesto que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, como

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No Nombre Manifestación

seguimiento a la denuncia que interpuse en contra del Partido de la Revolución Democrática, he constatado que el mismo ya me

dio de baja y que ya no aparezco en su padrón como consta en la nueva captura de pantalla de la citada liga y la cual agrego como constancia. Por lo que en este momento por así convenir a mis intereses deseo desistirme de la queja interpuesta.

24 Guadalupe Juana Urzua

Contreras

Manifiesto que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, como seguimiento a la denuncia que interpuse en contra del Partido de la Revolución Democrática, he constatado que el mismo ya me dio de baja y que ya no aparezco en su padrón como consta en la nueva captura de pantalla de la citada liga y la cual agrego como constancia. Por lo que en este momento por así convenir a mis intereses deseo desistirme de la queja interpuesta.

25 José Manuel González Ríos Comparezco de mi libre y espontánea voluntad para manifestar mi deseo de desistirme de la acción administrativa instruida en contra del Partido de la Revolución Democrática.

26 Paloma Gabriela Rivera Castillo Comparezco de mi libre y espontánea voluntad para manifestar mi deseo de desistirme de la acción administrativa instruida en contra del Partido de la Revolución Democrática.

27 Luis Alberto García Cano Comparezco de mi libre y espontánea voluntad para manifestar mi deseo de desistirme de la acción administrativa instruida en contra del Partido de la Revolución Democrática.

28 Jazmin Chávez Martínez Comparezco de mi libre y espontánea voluntad para manifestar mi deseo de desistirme de la acción administrativa instruida en contra del Partido de la Revolución Democrática.

29 Emma de Sixto Romero Comparezco de mi libre y espontánea voluntad para manifestar mi deseo de desistirme de la acción administrativa instruida en contra del Partido de la Revolución Democrática.

30 Basilio Rico Arriaga Comparezco de mi libre y espontánea voluntad para manifestar mi deseo de desistirme de la acción administrativa instruida en contra del Partido de la Revolución Democrática.

31 Irlanda Enriqueta Haro Marín Comparezco de mi libre y espontánea voluntad para manifestar mi deseo de desistirme de la acción administrativa instruida en contra del Partido de la Revolución Democrática.

32 Dorian Fernando Castro Martínez Comparezco de mi libre y espontánea voluntad para manifestar mi deseo de desistirme de la acción administrativa instruida en contra del Partido de la Revolución Democrática.

33 Héctor Miguel Mendoza Braulio Comparezco de mi libre y espontánea voluntad para manifestar

mi deseo de desistirme de la acción administrativa instruida en contra del Partido de la Revolución Democrática.

34 Irene Merchant Pérez Comparezco de mi libre y espontánea voluntad para manifestar mi deseo de desistirme de la acción administrativa instruida en contra del Partido de la Revolución Democrática.

35 Ruth María Gómez Domínguez Comparezco de mi libre y espontánea voluntad para manifestar mi deseo de desistirme de la acción administrativa instruida en contra del Partido de la Revolución Democrática.

36 Ivette Rojas Vargas Comparezco de mi libre y espontánea voluntad para manifestar mi deseo de desistirme de la acción administrativa instruida en contra del Partido de la Revolución Democrática.

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No Nombre Manifestación

37 Alicia Castro García Comparezco de mi libre y espontánea voluntad para manifestar mi deseo de desistirme de la acción administrativa instruida en

contra del Partido de la Revolución Democrática.

38 Diana Erika Rojas Sánchez Comparezco de mi libre y espontánea voluntad para manifestar mi deseo de desistirme de la acción administrativa instruida en contra del Partido de la Revolución Democrática.

39 Ernesto Arturo Teran Pozos Comparezco de mi libre y espontánea voluntad para manifestar mi deseo de desistirme de la acción administrativa instruida en contra del Partido de la Revolución Democrática.

40 Soledad Montoya Carpio Comparezco de mi libre y espontánea voluntad para manifestar mi deseo de desistirme de la acción administrativa instruida en contra del Partido de la Revolución Democrática.

41 María del Carmen Arevalo

Guadarrama

Comparezco de mi libre y espontánea voluntad para manifestar mi deseo de desistirme de la acción administrativa instruida en contra del Partido de la Revolución Democrática.

42 Edna Fabiola Valle Galindo Comparezco de mi libre y espontánea voluntad para manifestar mi deseo de desistirme de la acción administrativa instruida en contra del Partido de la Revolución Democrática.

43 David Juan Argüello Hernández Comparezco de mi libre y espontánea voluntad para manifestar mi deseo de desistirme de la acción administrativa instruida en contra del Partido de la Revolución Democrática.

44 Arturo Anzaldo Heredia

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018, he constatado que el mismo ya medio de baja y que ya no aparezco en su padrón como consta en la nueva captura de pantalla de la citada liga y la cual agrego como constancia.

45 Luisa Aurora Crespo Ruiz

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018, he constatado que el mismo ya medio de baja y que ya no aparezco en su padrón como consta en la nueva captura de pantalla de la citada liga y la cual agrego como constancia.

46 René Aarón Juárez Amezcua

Que una vez que volví a revisar la liga http://actores-politicos.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos/consulta-afiliados/nacionales/#/openMensajeSinResultados, he observado que el Partido de la Revolución Democrática me ha dado de baja y por así convenir a mis intereses vengo a desistirme de la queja interpuesta y a la cual se le asignó el número UT/SCG/QHGFC/JD08/BC/15/2018, he constatado que el mismo ya medio de baja y que ya no aparezco en su padrón como consta en la nueva captura de pantalla de la citada liga y la cual agrego como constancia.

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No Nombre Manifestación

47 Jorge Antonio Mendez Presanda No deseo darle continuidad, puesto que no aplican ninguno de sus principios, por los cuale (sic) se rigen (INE).

48 Cristal Olán de la Cruz Ya no quiero seguir con el procedimiento por lo que me decisto (sic) de la queja presentada.

49 Nancy Sánchez Sierra

Manifestación asentada en razón instrumentada por el Auxiliar Jurídico de la 24 Justa Distrital Ejecutiva de este Instituto en el Estado de México: …se le comentó el motivo de la visita y manifiesta que no recibiría ningún documento y que ya no es de su interés darle seguimiento a la queja, que el INE es muy lento en dar respuesta a su situación, no nos molestáramos en visitarle de nuevo, además de que ya había encontrado trabajo.

50 Jose Luis Jaime Ayala

… de acuerdo a las instrucciones giradas a su persona y por así convenir a mis intereses de la misma, comparezco ante Usted, a fin de DESISTIRME de la acción intentada en el presente juicio instaurado en contra de HERIBERTO GABRIEL FLORES CARRASCO Y OTROS, así como al PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA…

Atento a lo anterior, mediante Acuerdos de quince de mayo, ocho de junio, veintiséis de julio y ocho de agosto de dos mil dieciocho, esta autoridad previno a las y los ciudadanos antes referidos24, a efecto de que presentaran de manera clara, su pretensión de desistirse o continuar con la sustanciación del presente procedimiento, a fin de tener certeza sobre la autenticidad del documento y cerciorarse de la identidad de quien se desiste, saber si preservaba su propósito de dar por concluido el procedimiento que inició o, en su caso, realizara las manifestaciones que a sus intereses conviniera. Para tal propósito, sirvió de apoyo como criterio orientador, la Tesis I.5o.A.22 A, emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro y contenido siguientes:

DESISTIMIENTO DEL JUICIO DE NULIDAD ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y

ADMINISTRATIVA. EL MAGISTRADO INSTRUCTOR DEBE ORDENAR SU RATIFICACIÓN.25 El artículo 230, párrafo final, del Código Fiscal de la Federación establece que el Magistrado instructor podrá acordar la exhibición de cualquier documento que tenga relación con los hechos controvertidos o para ordenar la práctica de cualquier diligencia, lo que revela la facultad a aquél conferida para ordenar, sin limitación alguna, la práctica de cualquier diligencia con relación a los hechos controvertidos; luego, en aras de la observancia a las formalidades esenciales del procedimiento debe ordenar la ratificación del escrito de desistimiento del juicio, aun cuando en las leyes aplicables al caso no se prevea disposición alguna en ese sentido. Lo

24 Informacion referida en el Antecedente XII, de la presente Resolución, la cual se deberá tener por reproducida como si a la letra se insertase, a fin de evitar repeticiones innecesarias. 25 Época: Novena Época, Registro: 179051, Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito, Tipo de Tesis: Aislada, Fuente:

Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXI, marzo de 2005, Materia(s): Administrativa, Tesis: I.5o.A.22 A, Página: 1110.

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anterior porque ese vacío de la ley no debe llevar a la autoridad a tener al actor por desistido del juicio, dado que tratándose de la renuncia de un derecho es necesario requerir al autor el escrito en donde se manifiesta esa voluntad, para que ante la presencia del Magistrado instructor reconozca su contenido y firma, y así tener la certeza de que emanó de la persona a quien asiste el derecho.

QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO

Ahora bien, de las constancias que obran en el expediente citado al rubro, se pudo advertir que únicamente las personas ciudadanas Elizabeth López Pineda; María de

la Luz López Vázquez y Jose Luis Jaime Ayala presentaron cada una de ellas, su

escrito por el cual ratifican su intención de desistirse de la queja, en los cuales se advierte lo trascrito a continuación: Elizabeth López Pineda

Por medio de la presente y en atención a su oficio INE-UT/9379/2019 de fecha ocho de junio del presente año y con la personalidad de quejosa dentro del expediente citado al rubro, vengo a desahogar la vista, para ratificar mi deseo de desistirme de la queja interpuesta en contra del Partido Revolucionario (sic) Democrático, esto en razón de que una vez que volví a revisar la liga, relacionada a los afiliados a ese partido, el PRD me ha dado de baja.

María de la Luz López Vázquez

En atención a su oficio INE-UT/9416/2019, ratifico mi deseo de suspender la acción administrativa instruida en contra del Partido de la Revolución Democrática, a través del expediente citado al rubro; en razón de que el PRD me dio de baja y que ya no aparezco en su padrón como consta en la nueva captura de la pantalla, por lo que en este momento, por así convenir a mis intereses deseo desistirme de la queja interpuesta.

Jose Luis Jaime Ayala

Por asi convenir a mis intereses de la misma ratifico ante usted a fin de desistirme de la accion… de acuerdo a las instrucciones giradas a su persona y por así convenir a mis intereses de la misma, comparezco ante Usted, a fin de DESISTIRME de la acción intentada en el presente juicio instaurado en contra de HERIBERTO GABRIEL FLORES CARRASCO Y OTROS, así como al PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA.

Asimismo, cabe señalar que respecto a las y los ciudadanos que no atendieron la prevención realizada, se tiene por ratificada la mismas. En consecuencia, toda vez que el derecho a la libertad de afiliación, es un derecho personalísimo, al ser

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decisión de las y los ciudadanos el afiliarse o no a determinada fuerza política, conforme lo prevé tanto la Constitución como la normatividad de la materia, que los hechos denunciados no revisten gravedad ni tampoco con su realización pueden verse afectados los principios rectores de la función comicial y que las y los denunciantes, manifiestan su deseo de desistirse de la acción instaurada en contra del PRD, lo procedente es sobreseer el presente asunto respecto a los 50 ciudadanos de referencia, no obstante que ya habían sido admitidas a trámite las denuncias presentadas por dichos denunciantes. Lo anterior, atendiendo a que el desistimiento constituye un acto procesal, mediante el cual se manifiesta el propósito de abandonar una instancia o de no continuar con la secuela del procedimiento administrativo con motivo del ejercicio de una acción, con la reclamación de un derecho o la realización de cualquier otro trámite, esta autoridad nacional estima procedente sobreseer el presente asunto, con fundamento en lo establecido en los artículos 466, párrafo 2, inciso c), de la LGIPE, y 46, párrafo 3, fracción III, del Reglamento de Quejas. A similar conclusión llegó este órgano colegiado, al emitir las Resoluciones INE/CG350/2019 e INE/CG351/2019, que resolvieron los procedimientos ordinarios sancionadores identificados con las claves UT/SCG/Q/JAAC/CG/38/2017 y UT/SCG/Q/MAMM/JD09/MICH/56/2017, respectivamente. TERCERO. NORMATIVIDAD APLICABLE AL CASO Para la resolución del presente asunto se debe subrayar que la presunta violación al derecho de libertad de afiliación, por cuanto hace a 1,341 ciudadanas y ciudadanos que se enlistan a continuación, se cometió durante la vigencia del COFIPE, puesto que el registro o afiliación de dichos ciudadanos, de conformidad con las documentales que obran en el expediente citado al rubro, se realizó en fechas en la cual se encontraba vigente dicho Código. 26 Por tanto, si al momento de la comisión de las presuntas faltas se encontraba vigente el COFIPE, es claro que este ordenamiento legal debe aplicarse para las cuestiones sustantivas del presente procedimiento, al margen que las faltas pudieran haber sido advertidas por las y los quejosos y cuestionadas mediante las quejas que dieron origen al presente asunto, una vez que dicha norma fue abrogada por la LGIPE, así como que este último ordenamiento sea fundamento para cuestiones procesales o adjetivas.

Información de 1,331 ciudadanas y ciudadanos proporcionada por la DEPPP

26 El COFIPE estuvo vigente hasta el veintitrés de mayo de dos mil catorce.

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

64

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

1 Alonso Fernandez

Padilla 20/05/2010

2 Jesus Palemon

Garcia Avila 27/05/2010

3 Francisco de la Cruz

Vazquez 01/06/2010

4 Michael Malzahn

Castrejon 02/06/2010

5 Ismael Lopez

Jimenez 05/06/2010

6 Jose Sergio Presa

Romero 06/06/2010

7 Laura Tovar Mayorga 09/06/2010

8 Veronica Alvarado

Mendoza 10/06/2010

9 Ada Elibeth Morales

Martinez 10/06/2010

10 Jorge Antonio

Villegas Hernandez 10/06/2010

11 Yadira Castro

Romero 10/06/2010

12 Enrique Martinez

Montes 10/06/2010

13 Wendy Azeneth Gama Sanchez

12/06/2010

14 Luis Casasola

Hernandez 13/06/2010

15 Sergio Gomez

Calzada 15/06/2010

16 Vitelio de Jesus

Vazquez Ramirez 17/06/2010

17 Maria Marta Tapia

Yepez 18/06/2010

18 Blanca Rubi Guzman

Vargas 18/06/2010

19 Jose Guadalupe

Beas Abundis 19/06/2010

20 Laura Hernadez

Salvador 19/06/2010

21 Maria Luisa Romero

Ronquillo 20/06/2010

22 Elvia Gorocica

Martiarena 20/06/2010

23 Elizabeth Georgina Colector Ramirez

23/06/2010

24 Miguel Ebodio

Moreno Campos 23/06/2010

25 Maritza Edith Duarte

Estrella 24/06/2010

26 Maria del Pilar

Montoya Piliado 25/06/2010

27 Paulina Baez Solis 25/06/2010

28 Emma Mendoza

Angeles 25/06/2010

29 Mauricio Mendez

Cruz 26/06/2010

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

30 Humberto Martinez

Camargo 26/06/2010

31 Angelica Pichardo

Garcia 27/06/2010

32 Ivan Nuñez Gomez 27/06/2010

33 Nayelli Castellanos

Gomez 29/06/2010

34 Norma Rosalia

Rodriguez Ibañez 01/07/2010

35 Alma Heidi Aguillon

Avalos 02/07/2010

36 Ariadna Yazmin Peralta Chavez

03/07/2010

37 Maria Carolina Rojas

Ramirez 03/07/2010

38 Alicia Perez Fabila 05/07/2010

39 Miriam Guadalupe

Velazquez Calderon 06/07/2010

40 Africa Lessly Cabrera

Mendoza 06/07/2010

41 Rober Javier Rueda

Guillen 06/07/2010

42 Patricia Viridiana de

la Vega Jimenez 07/07/2010

43 Mireya Yanelli

Gallardo Laguna 07/07/2010

44 Juan Manuel

Gonzalez Zapata 07/07/2010

45 Pablo de Jesus Zamora Banda

09/07/2010

46 Vianey Bautista

Jimenez 10/07/2010

47 Pedro Cornelio

Comparan 10/07/2010

48 Juana Irene Hernandez Rodriguez

11/07/2010

49 Cesar Eduardo Mora

Duarte 12/07/2010

50 Diana Guadalupe Gutierrez Rivera

13/07/2010

51 Gabriel de Jesus Rodriguez Diaz

13/07/2010

52 Tania del Carmen

Cruz Morales 15/07/2010

53 Martha Estefany Galves Ledesma

15/07/2010

54 Marcia Agueda

Zozayas Guzman 15/07/2010

55 Claudia Beatriz Onofre Fuentes

16/07/2010

56 Humberto Ramirez

Rios 16/07/2010

57 Miguel Antonio

Coronado Valenzuela 16/07/2010

58 Raul Ruiz Castillo 17/07/2010

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

65

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

59 Jose de Jesus Rojas

Reyna 18/07/2010

60 Angelica Maria Rojas

Sosa 18/07/2010

61 Carlos Alberto

Tecuapa Rosario 20/07/2010

62 Bertha Lidia del Toro

Equihua 20/07/2010

63 Luis Enrique Aguilar

Sierra 21/07/2010

64 Jonathan Alejandro

Torres Morales 21/07/2010

65 Silvia Mendez Carrillo 21/07/2010

66 Olga Paniagua

Mendoza 22/07/2010

67 Graciela Salazar

Villeda 23/07/2010

68 Erasto Domingo

Ramirez Martinez 23/07/2010

69 Maria Luisa Anicua

Rubio 24/07/2010

70 Francisco Serafin Gutierrez Perez

24/07/2010

71 Diego Diaz Rosas 27/07/2010

72 Cruz Joaquin

Mercado Blanco 27/07/2010

73 Ana Maria

Guadalupe Mercado Blanco

27/07/2010

74 Damian Alejandro

Abundis Amaro 27/07/2010

75 Ana Laura Romero

Martinez 27/07/2010

76 Gerardo Gomez

Hernandez 27/07/2010

77 Javier Alonso

Rodriguez Marta 28/07/2010

78 Jose Rodolfo Ortiz

Gonzalez 28/07/2010

79 Oscar Alfredo Castro

Contla 28/07/2010

80 Isai Moreno Rivas 28/07/2010

81 Blanca Estela

Ramirez Jimenez 28/07/2010

82 Yesenia Chavez

Reyes 28/07/2010

83 Rosa Lucas Garcia 29/07/2010

84 Jose Trinidad Benitez

Santiago 29/07/2010

85 Maria de los Angeles Gonzalez Caravantes

29/07/2010

86 Miguel Angel

Carrazco Lugo 29/07/2010

87 Jose Cruz Cuevas

Anguiano 30/07/2010

88 Grisel Coral Enriquez 31/07/2010

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

89 Elena Valadez

Estrada 01/08/2010

90 Rosa Isela Meza

Torres 03/08/2010

91 Martin Ambrosio

Vega 03/08/2010

92 Yessica Gonzalez

Jimenez 03/08/2010

93 Luz Angelica Zurita

Hernandez 03/08/2010

94 Guillermo Baltazar

Uriostegui 03/08/2010

95 Angeles Fabiola Zamora Yañez

04/08/2010

96 Alma Karina Guevara

Espinoza 04/08/2010

97 Octavio Isaac

Caballero Ramirez 04/08/2010

98 Ana Silveria Priego

Lastra 04/08/2010

99 Claudia Iveth

Toledano Moreno 05/08/2010

100 Sonia Reyes Vega 05/08/2010

101 Iris Gomez Sanchez 06/08/2010

102 Ariana Lopez Hernandez

07/08/2010

103 Octavio Arteaga

Esquivel 07/08/2010

104 Josefina Agabo

Rodriguez 08/08/2010

105 Victor Abel Martinez

Bravo 08/08/2010

106 Rosa Vidal Calixto 09/08/2010

107 Claudia Olguin

Garcia 09/08/2010

108 Heriberto Gabriel Flores Carrasco

10/08/2010

109 Arnaldo de Jesus Mendez Espinosa

10/08/2010

110 Claudia Ivett

Hernandez Alcantara 10/08/2010

111 Maria Margarita Castro Mireles

11/08/2010

112 Fabiola Yocelin Rubio Bautista

12/08/2010

113 Maria Matilde

Reynoso Fuentes 12/08/2010

114 Luis Fernando Lopez

Valdez 12/08/2010

115 Maricela Salinas

Contreras 12/08/2010

116 Romana Barrios

Flores 12/08/2010

117 Jesus Alejandro Chacon Blanco

12/08/2010

118 Arturo Galvez Borjas 13/08/2010

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

66

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

119 Maria Cruz Angulo

Mariano 13/08/2010

120 Nayeli Ernestina

Peralta Luna 13/08/2010

121 Macrina Flores

Roldan 13/08/2010

122 Miguel Angel

Jimenez Contreras 13/08/2010

123 Sergio Guerrero

Anaya 14/08/2010

124 Lucia Cruz Pegueros 14/08/2010

125 Eder Rivera Herrera 14/08/2010

126 Juan Jesus

Hernandez Esteban 14/08/2010

127 Sebastian Reguero

Hernandez 14/08/2010

128 Ericka Adriana Perez

Carbajal 15/08/2010

129 Fernanda Aurora

Reynoso Dominguez 15/08/2010

130 Francisco Bautista

Flores 15/08/2010

131 Abril Salcido Chavez 18/08/2010

132 Ana de Jesus

Hernandez Romero 18/08/2010

133 Cynthia Priego

Martinez 18/08/2010

134 Hector Rosas

Campos 18/08/2010

135 Eiller Perez Bahena 19/08/2010

136 Jose Antonio Flores

Mireles 19/08/2010

137 Yestef Tecalco

Huerta 20/08/2010

138 Wendy Chavarria

Maldonado 20/08/2010

139 Catalina Morales

Hernandez 21/08/2010

140 Ricardo Sanchez

Flores 21/08/2010

141 Lorena Irais Garcia

Saucedo 22/08/2010

142 Almadelina Patron

Morales 22/08/2010

143 Anaiss Labra

Fuentes 22/08/2010

144 Lazaro Vazquez

Damian 22/08/2010

145 Diego Jimenez

Ortega 24/08/2010

146 Yeni Genoveva

Gonzalez Juarez 24/08/2010

147 Noe Avalos Sandoval 24/08/2010

148 Sandra Berenice Monsivais Segura

24/08/2010

149 Gloria Marin Ortiz 25/08/2010

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

150 Alejandra Bermudez

Sauce 25/08/2010

151 Angel Cruz Mendoza 25/08/2010

152 Maria de la Luz Parra

Ruiz 25/08/2010

153 Sandra Rosalia Cruz

Badillo 26/08/2010

154 Andrea Quiroz

Bautista 27/08/2010

155 Claudia Ivett Porcayo

Casas 27/08/2010

156 Juan Manuel

Paredones Morales 27/08/2010

157 Juana Eloisa

Palacios Arellano 27/08/2010

158 Norma Guadalupe Franco Gonzalez

28/08/2010

159 Catalina Medina

Chavez 28/08/2010

160 Dora Alicia Segovia

Gonzalez 28/08/2010

161 Gonzalo Hernandez

Garcia 29/08/2010

162 Ana Lilia Flores Cano 30/08/2010

163 Leydi Ruth Juarez

Morales 30/08/2010

164 Maria del Carmen Magdalena Valdez

Rivera 31/08/2010

165 Alma Delfina Lara

Camacho 31/08/2010

166 Jose Luis Hernanez

Rodriguez 31/08/2010

167 Ayana Elizabeth

Mendez de la Luz 01/09/2010

168 Francisco Jesus

Comparan Zaragoza 01/09/2010

169 Nancy Rojas

Gonzalez 01/09/2010

170 Maria Isabel

Hernandez Castillo 02/09/2010

171 Laura Lizeth Garcia

Moran 02/09/2010

172 Beatriz Medina

Manzo 03/09/2010

173 Nancy Ivonne Prado

Trigueros 04/09/2010

174 Violeta Olivia

Pacheco Lopez 05/09/2010

175 Marisela Lundez

Calderon 05/09/2010

176 Julian Carlos Salas

Valenzuela 05/09/2010

177 Paola Medina Ojeda 07/09/2010

178 Marco Antonio Nava

Ferruzca 07/09/2010

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

67

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

179 Lesly Carol Loredo

Salazar 07/09/2010

180 Jose Alejandro Leyva

Arzeta 08/09/2010

181 Josue Aguirre Rios 09/09/2010

182 Genaro Valladolid

Villela 10/09/2010

183 Jaqueline Luna

Hernandez 10/09/2010

184 Luis Raymundo

Flores Leyva 10/09/2010

185 Adolfo Martinez

Hernandez 11/09/2010

186 Maria del Socorro

Aceves Lopez 12/09/2010

187 Mauricio Quetzalcoatl

Contreras Rivera 18/09/2010

188 Jose del Carmen

Contreras Pedraza 19/09/2010

189 Cesar Octavio Rubio

Garcia 19/09/2010

190 Bertha Veronica Estrada Pantoja

21/09/2010

191 Antonio Veles

Estrada 21/09/2010

192 Ramiro Santana

Gomez 21/09/2010

193 Nataly Karmin

Martinez Gonzalez 21/09/2010

194 Gabriela Ascencio

Garcia 22/09/2010

195 Maurilio Lopez del

Rio 22/09/2010

196 Daniel de Jesus

Celaya Hernandez 23/09/2010

197 Esmeralda Sanchez

Flores 23/09/2010

198 Liliana Cortez Garcia 23/09/2010

199 Samuel Cripriano

Marin 23/09/2010

200 Maria Francisca

Cervantes Gonzalez 23/09/2010

201 Carlos Blancas

Garcia 24/09/2010

202 Moises Tamayo 25/09/2010

203 Filiberto Garcia

Zaragoza 26/09/2010

204 Ursula Ivonne Lopez

Lopez 26/09/2010

205 Leobardo Garcia

Leon 26/09/2010

206 Blanca Estela Garcia

Hernandez 26/09/2010

207 Daniel Alejandro Martinez Nava

28/09/2010

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

208 Alejandra Serna

Arcos 28/09/2010

209 Adelina Magaña

Martinez 28/09/2010

210 Eduardo Mendoza

Franco 28/09/2010

211 Maria Reyes Herrera 28/09/2010

212 Laura Estela Ramirez

Patiño 28/09/2010

213 Ana Elvia Lopez

Guerra 29/09/2010

214 Diana Montserrat Franco Toscano

30/09/2010

215 Ignacia Cruz Nicolas 01/10/2010

216 Ana Karen Camacho

Roa 03/10/2010

217 Ivonne Jimenez Toral 03/10/2010

218 Alejandro Garcia

Remigio 03/10/2010

219 Emiliano Garcia

Vazquez 04/10/2010

220 Jorge Alberto

Hernandez Aguayo 04/10/2010

221 Lucia del Rosario

Hernandez Hernandez

05/10/2010

222 Brenda Montserrat

Diaz Hitzil 06/10/2010

223 Edgar Leyva Gomez 07/10/2010

224 Erika Lucina Flores

Flores 07/10/2010

225 Feliciana Leon

Cortes 08/10/2010

226 Karla Yanet Aguirre

Triano 08/10/2010

227 Jose Alfredo Jimenez

Arroyo 09/10/2010

228 Moises Garcia Torres 09/10/2010

229 Diego Dorantes Diaz 10/10/2010

230 Sergio Jesus

Guzman Velazquez 14/10/2010

231 Mario Hernandez

Maldonado 14/10/2010

232 Jocsan Caslhuin

Cervantes Gomez 15/10/2010

233 Rosa Maria Felix

Arellano 16/10/2010

234 Tania Gissel

Hernandez Lopez 17/10/2010

235 Silvia Aldana

Rodriguez 17/10/2010

236 Marisol Sanchez

Reyna 20/10/2010

237 Estefania Huerta

Ruiz 20/10/2010

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

68

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

238 Sara Gabriela Mota

Garcia 23/10/2010

239 Jorge Garcia Facio 23/10/2010

240 Ana Laura Abad

Figueroa 23/10/2010

241 Cuauhtemoc Orozco

Lopez 24/10/2010

242 Karla Samantha Carrillo Rivera

26/10/2010

243 Adriadne Diana

Romero Barcenas 28/10/2010

244 Ana Lucia Arellano

Calderon 30/10/2010

245 Ana Laura Villarreal

Castro 30/10/2010

246 Gabriela Salazar

Bolaños 31/10/2010

247 Rocio Flores Ayala 31/10/2010

248 Maria Araceli Torres

Ramirez 31/10/2010

249 Sandra Gonzalez

Perez 31/10/2010

250 Miriam Lizabeth

Ramirez Cazarez 31/10/2010

251 Heriberto Oliveras

Aragon 31/10/2010

252 Ivan de la Cruz

Zarate 04/11/2010

253 Maria del Rocio

Cardenas Alcantar 05/11/2010

254 Bardomiano Vazquez

Cervantes 05/11/2010

255 Olivia Espinoza

Hipolito 06/11/2010

256 Jose Antonio

Gonzalez Ramirez 06/11/2010

257 Nohemi Lavariega

Mendez 06/11/2010

258 Maria Alejandra

Cuiniche Gutierrez 10/11/2010

259 Manuel Lopez

Morales 10/11/2010

260 Saul Vergara Lugo 10/11/2010

261 Luis Enrique Torres

Zamora 11/11/2010

262 Adriana Flores

Fuentes 11/11/2010

263 Sarahi Contreras

Benitez 13/11/2010

264 Alonso Javier

Contreras Lozano 13/11/2010

265 Maria Viridina

Xochihua Reyes 13/11/2010

266 Virginia Marquez

Santos 14/11/2010

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

267 Teresa de Jesus Sevin Chagoya

16/11/2010

268 Elvia Castrejon Milpa 17/11/2010

269 Nisay Yaneli Gomez

Valenzuela 17/11/2010

270 Maria Ana Rodriguez

Castañeda 18/11/2010

271 Maria Elisabet Correa

Maldonado 18/11/2010

272 Norma Rocio Villegas

Aguilera 18/11/2010

273 Jose de Jesus

Vazquez Chavez 19/11/2010

274 Cruz Alonso

Bejarano Leyva 19/11/2010

275 Jose Luis Felipe Ortiz 20/11/2010

276 Briceida Elena Acuña

Lopez 20/11/2010

277 Blanca Fabiola Cantu

Vazquez 20/11/2010

278 Maria Esther Ruano

Aguilera 21/11/2010

279 Irandini Felipe Alonso 21/11/2010

280 Edith Yuritzi Mejia

Hernandez 21/11/2010

281 Jesus Jorge Luis Iturbe Alcantara

23/11/2010

282 Yadira Geronimo

Jarquin 24/11/2010

283 Javier Gonzalez

Garcia 24/11/2010

284 Maribel Carranza

Damian 25/11/2010

285 Jose Luis Sanchez

Hernandez 25/11/2010

286 Luis Alberto

Gonzalez Macedo 27/11/2010

287 Juan Eduardo

Hernandez Gutierrez 27/11/2010

288 Guadalupe Pestaña

Jaramillo 28/11/2010

289 Claudia Patricia

Cazares Morantes 02/12/2010

290 Rafael Hernandez

Garcia 02/12/2010

291 Teresa Guadalupe

Carreon Arriaga 04/12/2010

292 Pedro Mendoza

Gomez 05/12/2010

293 Josefina Montiel

Hipolito 05/12/2010

294 Isaura Ochoa Cruz 06/12/2010

295 Santiago Gomez

Jiron 08/12/2010

296 Quevin Eduardo

Lazos Monterrosa 08/12/2010

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

69

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

297 Daniel Gerardo Higuera Leon

12/12/2010

298 Rosalva Garcia

Garcia 14/12/2010

299 Rony Fabian

Federico Fuentes Diaz

14/12/2010

300 Aaron Ivan Cardenas

Gutierrez 17/12/2010

301 Maribel Arroniz

Vazquez 19/12/2010

302 Jorge Arturo Isidoro

Torres 20/12/2010

303 Rogelio Montejo

Sanchez 13/01/2011

304 Claudia Abarca

Ibarra 16/01/2011

305 Roberto Peña San

Miguel 18/01/2011

306 Laura Janet

Coapango Salgado 20/01/2011

307 Maria Cristina Flores

Molina 23/01/2011

308 Heberto Cruz Gomez 01/02/2011

309 Marisol Guadarrama

Olivares 01/02/2011

310 Veronica Yanet Diaz

Sanchez 02/02/2011

311 Jonathan Genaro

Gutierrez Alejo 03/02/2011

312 Fernando Javier Lopez Sanchez

04/02/2011

313 Pedro Sanchez

Montejo 06/02/2011

314 Francisco Moises Estrada Estrada

09/02/2011

315 Arley Lopez Gomez 11/02/2011

316 Maria del Carmen

Hernandez Alvarado 11/02/2011

317 Samuel Rios

Alvarado 11/02/2011

318 Jose Luis Cruz

Cabrera 13/02/2011

319 Harlin Rivera Acuña 17/02/2011

320 Diana Leticia

Gonzalez Mendoza 20/02/2011

321 Rafael Navarrete

Lopez 24/02/2011

322 Daniel Aguilar

Martinez 25/02/2011

323 Veronica Cruz Garcia 25/02/2011

324 Carlos Alberto

Gonzalez Romero 26/02/2011

325 Flor Idalba Baez

Arguello 27/02/2011

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

326 Angelica Castillo

Quiroz 27/02/2011

327 Montzerrat Eztefany Ramos Hernandez

01/03/2011

328 Maria Teresa Rendon

Romualdo 01/03/2011

329 Elizabeth Cruz

Cobaxin 02/03/2011

330 Hermelinda Hurtado

Soto 03/03/2011

331 Paulo Noyola Ramos 04/03/2011

332 Georgina Griselda

Diaz Brito 04/03/2011

333 Armando Valencia

Figueroa 05/03/2011

334 Mariana Mendoza

Cruz 09/03/2011

335 Roselia Cruz Aquino 11/03/2011

336 Guillermo Aguilar

Aquino 12/03/2011

337 Evelyn Justo Casarrubias

12/03/2011

338 Rocio Primero

Estrada 13/03/2011

339 Juan Gabriel

Vallecillos Saucedo 13/03/2011

340 Oscar Hernandez

Gomez 18/03/2011

341 Margarita Barrera

Nuñez 18/03/2011

342 Alfredo Israel Rosales Trejo

19/03/2011

343 Maria Judith Jordan

Martinez 19/03/2011

344 David Alfonso Acosta

Puente 20/03/2011

345 Jose Antonio Cuevas

Barron 22/03/2011

346 Maria Azucena

Salgado Uriostegui 25/03/2011

347 Ivan Santiago Mendez Perez

25/03/2011

348 Maria de los Angeles

Eucario Albino 26/03/2011

349 Elizabeth Diaz

Martinez 29/03/2011

350 Daniel Ramirez

Ordaz 29/03/2011

351 Laura Jimenez

Maldonado 30/03/2011

352 Carlos Guadalupe

Bautista Lopez 31/03/2011

353 Nayeli Hernandez

Lugo 02/04/2011

354 Israel Santiago Lopez 02/04/2011

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

70

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

355 Ana Luisa Animas

Guerrero 03/04/2011

356 Ivonne Molina

Heredia 03/04/2011

357 Hector Alejandro Santiago Alcibar

08/04/2011

358 Juana Lang Meda 08/04/2011

359 Veronica Nava

Pineda 09/04/2011

360 Francisco Camacho

Sosa 12/04/2011

361 Oyuki Trinidad Muñiz 14/04/2011

362 Luis Lopez Santiz 14/04/2011

363 Luis Angel Suarez

Leon 16/04/2011

364 Jahir Beltran Lopez 17/04/2011

365 Edith Jimenez

Galindo 26/04/2011

366 Julio Cesar Carrasco

Dominguez 29/04/2011

367 Josefina Pineda

Delgado 30/04/2011

368 Maria Yolanda Ruiz

Martinez 30/04/2011

369 Maria de Jesus

Miranda Espinoza 01/05/2011

370 Jose Trinidad Aguirre

Contreras 01/05/2011

371 Johana Angelica

Esparza Gutierrez 01/05/2011

372 Eduardo Cota

Rodriguez 01/05/2011

373 Ramiro Oswaldo Navarro Garcia

01/05/2011

374 Marisol Moreno De

los Santos 01/05/2011

375 Everardo de Jesus

Molina Palacios 01/05/2011

376 Sergio Eduardo Pineda Lopez

01/05/2011

377 Abel Gomez Gomez 01/05/2011

378 Hector Miguel Alfaro

Gomez 01/05/2011

379 Jose Roberto Alfaro

Lopez 01/05/2011

380 Gerardo Axel

Mendoza Ortiz 01/05/2011

381 Marcela Vazquez

Maya 01/05/2011

382 Elsa Berenice

Guerrero Monroy 01/05/2011

383 Tayde Karina Chavez

Rojas 01/05/2011

384 Maritza Elizabeth Cabrera Sanchez

01/05/2011

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

385 Beatriz Alvarez

Calzada 01/05/2011

386 Alin Irene Artemisa

Lemus Subias 01/05/2011

387 Rosa Margarita Ponce Gonzalez

01/05/2011

388 Lilian Reyes

Barragan 01/05/2011

389 Teresa Rendon

Hinojosa 01/05/2011

390 Aida Ramirez

Fernandez 01/05/2011

391 Irma De la Fuente

Castañon 01/05/2011

392 Humberto Hernandez

Rodriguez 01/05/2011

393 Maria del Carmen Reyes Chavarria

01/05/2011

394 Antonio Solar

Martinez 01/05/2011

395 Virginia Irene

Hernandez Ramos 01/05/2011

396 Alejandro Ulises

Sanchez Rodriguez 01/05/2011

397 Jose Cruz Garcia 01/05/2011

398 Martha Zepeda

Sarmiento 01/05/2011

399 Patricia Magallanes

Castillo 01/05/2011

400 Eduardo Lopez

Rosas 01/05/2011

401 Francisco Javier Cuenca Renteria

01/05/2011

402 Margarita Botello

Camacho 01/05/2011

403 Francisco Javier

Velazquez Guadarrama

01/05/2011

404 Ruth Romero

Enriquez 01/05/2011

405 Zayra Negrete

Mendez 01/05/2011

406 Ernesto Juarez

Gamero 01/05/2011

407 Hector Manuel

Cardenas Ramirez 01/05/2011

408 Maria Lourdes

Susana Hernandez Hernandez

01/05/2011

409 Argelia Reyes Santos 01/05/2011

410 Norma Angelica Fajardo Arroyo

01/05/2011

411 Eufemia Ortiz Cruz 01/05/2011

412 Brenda Yuritzi

Hernandez Ruiz 01/05/2011

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

71

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

413 Erendira Patricia

Ortega Diaz 01/05/2011

414 Lidia Garcia Medina 01/05/2011

415 Magdalena Padilla

Arciga 01/05/2011

416 Francisca Rezago

Hernandez 01/05/2011

417 Maria del Carmen Adriana Pineda

Escamilla 01/05/2011

418 Dulce Maria Herrera

Paredes 01/05/2011

419 Raquel Karina Ximil

Reyes 01/05/2011

420 Brenda Natali Rayon

Alarcon 01/05/2011

421 Paula Margarita

Ramirez Escudero 01/05/2011

422 Clara Salas Lopez 01/05/2011

423 Sylvia Lizette Salazar

Sayon 01/05/2011

424 Maria Antonieta Ramirez Luna

01/05/2011

425 Pamela Belen

Gonzalez Farias 01/05/2011

426 Maria Eugenia de la

Rosa Burgos 01/05/2011

427 Julia Teresa Galvan

Soria 01/05/2011

428 Ana Maria Sandoval

Sandoval 01/05/2011

429 Eric Jose de Jesus Hernandez Chavez

01/05/2011

430 Ana Lilia Tovar

Balderas 01/05/2011

431 Blanca Graciela

Ronquillo Ramirez 01/05/2011

432 Claudio Molina

Molina 01/05/2011

433 Maria Antonieta

Hortencia Iruz Ochoa 01/05/2011

434 Kathya Molina

Tenorio 01/05/2011

435 Marilu Balderas

Garfias 01/05/2011

436 Sergio Garcia

Alcaraz 01/05/2011

437 Juan Manuel

Martinez Hernandez 01/05/2011

438 Blanca Lilia Rosales

Rodriguez 01/05/2011

439 Maria Guadalupe Cortes Balderas

01/05/2011

440 Rosalinda Enriquez

Chavero 01/05/2011

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

441 Max Belen Villalobos

Brena 01/05/2011

442 Beatriz Hernandez

Reyes 01/05/2011

443 Violeta Lopez

Dionisio 01/05/2011

444 Claudia Lizbeth Ortiz

Mateos 01/05/2011

445 German Javier Ortiz

Fuentes 01/05/2011

446 Zyanya Nayelli

Ramirez Cardoso 01/05/2011

447 Isidoro Cruz Mirafuentes

01/05/2011

448 Ana Catalina Reyes

Espinosa 01/05/2011

449 Andrea Torres Vera 01/05/2011

450 Guadalupe Franco

Rangel 01/05/2011

451 Victor Manuel

Cuevas Sandoval 01/05/2011

452 Laura Rodriguez

Zepeda 01/05/2011

453 Marco Tulio

Cervantes Popoca 01/05/2011

454 Melissa Lizbeth Aguila Juarez

01/05/2011

455 Esther Reyna Torres

Torres 01/05/2011

456 Genoveva Tellez

Hernandez 01/05/2011

457 Laura del Carmen

Razo Martinez 01/05/2011

458 Mariana Castro Razo 01/05/2011

459 Alejandra Berenice Monroy Sanchez

01/05/2011

460 Maria Isabel Nuñez

Arzate 01/05/2011

461 Diana Mirely Garcia

Cano 01/05/2011

462 Norma Perez Galicia 01/05/2011

463 Apolo Garcia

Martinez 01/05/2011

464 Karla Anel Reyes

Guadarrama 01/05/2011

465 Obdelia Ana

Valverde Dominguez 01/05/2011

466 Martina Graciela

Arias Salgado 01/05/2011

467 Guadalupe Corrales

Valdes 01/05/2011

468 Yaely Rivera Gomez 01/05/2011

469 Maria Ortega Cruz 01/05/2011

470 Julio Resendiz Rosas 01/05/2011

471 Sofia Isabel Puc

Barbosa 01/05/2011

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

72

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

472 Marina Valle Rodriguez

01/05/2011

473 Reyna Maribel Bravo

Navarrete 01/05/2011

474 Dalia Angelica Aguilar Barajas

01/05/2011

475 Beatriz Trejo Cabrera 01/05/2011

476 Roberto Zuñiga

Duran 01/05/2011

477 Florencia Rita Luna

Vasquez 01/05/2011

478 Leticia Palacios

Gomez 01/05/2011

479 Sonia Montes del

Valle 01/05/2011

480 Erika Rodriguez

Rodriguez 01/05/2011

481 Arturo Alejandro

Dominguez Eslava 01/05/2011

482 Norma Ramirez

Arellano 01/05/2011

483 Mara Karina Aguilar

del Angel 01/05/2011

484 Beatriz Jimenez

Jeronimo 01/05/2011

485 Gloria Arlette

Escobar Zepeda 01/05/2011

486 Celestino Zavala

Guerrero 01/05/2011

487 Gabriela Maya

Espinosa 01/05/2011

488 Gigliola Cruz Hernandez

01/05/2011

489 Jaqueline

Moctezuma Padilla 01/05/2011

490 Maria Mercedes

Hinojosa Martinez 01/05/2011

491 Veronica Dorantes

Pineda 01/05/2011

492 Olga Lidia Suarez

Angeles 01/05/2011

493 Rosaicela Solis

Juarez 01/05/2011

494 Monica Belem Salgado Simon

01/05/2011

495 Eduardo Sanabria

Martinez 01/05/2011

496 Yolanda Martinez

Cruz 01/05/2011

497 Elizabeth Sanchez

Escalante 01/05/2011

498 Fernando Carmona

Cervantes 01/05/2011

499 Ciria del Carmen

Campos 01/05/2011

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

500 Francisca Flores

Delgado 01/05/2011

501 Bernando Mendez

Tolentino 01/05/2011

502 Alberto Garcia Reyes 01/05/2011

503 Jose Ernesto Sotelo

Reyes 01/05/2011

504 Mirna Pelaes

Rodriguez 01/05/2011

505 Jose Ventura Garcia

Gaspar 01/05/2011

506 Maria Guadalupe Paez Navarrete

01/05/2011

507 Rey David Lagunas

Rodriguez 01/05/2011

508 Juan Carlos Serrano

Rebollar 01/05/2011

509 Imelda Dominguez

Bautista 01/05/2011

510 Blanca Estela Olea

Reyes 01/05/2011

511 Elizabeth Correa

Gonzalez 01/05/2011

512 Dany Hernandez

Perez 01/05/2011

513 Juliet Hernandez

Salinas 01/05/2011

514 Eliut Navarrete

Casareo 01/05/2011

515 Susana Trinidad

Garcia 01/05/2011

516 Carlos Cruz Zacapala 01/05/2011

517 Liliana Priscila

Calixto Espinoza 01/05/2011

518 Maria Guadalupe Andraca Vargas

01/05/2011

519 Severina Salmeron

Merino 01/05/2011

520 Efrain Lara Aguero 01/05/2011

521 Nemesio Casarrubias

Morales 01/05/2011

522 Isaul Hernandez

Mendoza 01/05/2011

523 Emmanuel Rodriguez

Catalan 01/05/2011

524 Alfonso Sastre

Terrero 01/05/2011

525 German Hernandez

Ojendiz 01/05/2011

526 Elizabeth Guevara

Ponce 01/05/2011

527 Enrique Godinez

Gatica 01/05/2011

528 Armando Labastida

Hernandez 01/05/2011

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

73

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

529 Ana Graciela de Aquino Najera

01/05/2011

530 Celic Anali Talavera

Pantaleon 01/05/2011

531 Antonio Talavera

Coronel 01/05/2011

532 Eleuterioa Ibarra

Martinez 01/05/2011

533 Moises de Jesus

Pinzon 01/05/2011

534 Asuncion Moreno

Flores 01/05/2011

535 Javier Moran Rosales 01/05/2011

536 Celerina Garcia Nava 01/05/2011

537 Ana Jazmin Blanco

Andraca 01/05/2011

538 Yuridia Maldonado

Mayo 01/05/2011

539 Anayeli Galeana

Valente 01/05/2011

540 Reynelt Solis

Bautista 01/05/2011

541 Marybel Quinto Diaz 01/05/2011

542 Criselia Dorantes

Parra 01/05/2011

543 Manuel Diaz Mojica 01/05/2011

544 Porfirio Salomon

Gonzalez Terrazas 01/05/2011

545 Joaquin San Vicente

Miranda 01/05/2011

546 Ulises Eduardo

Montalvo Valverde 01/05/2011

547 Karla Margarita

Ceron Salas 01/05/2011

548 Tania Cecilia Reyes

Cruz 01/05/2011

549 Arturo Herrera

Bolantin 01/05/2011

550 Jose Coahuctemoc

Alonso Morales 01/05/2011

551 Ramiro Chavez

Martinez 01/05/2011

552 Jose Sierra Anaya 01/05/2011

553 Veronica Hernandez

Guzman 01/05/2011

554 Ricardo Aguilar

Palacios 01/05/2011

555 Jose Antonio

Hernandez Maya 01/05/2011

556 Mary Yassel Tapia

Brito 01/05/2011

557 Rocio Deisy

Caballero Peña 01/05/2011

558 Norma Nelly Portales

Garcia 01/05/2011

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

559 Ana Laura Villar

Garcia 01/05/2011

560 Anahi Dionisio

Mendoza 01/05/2011

561 Raciel Zarate Playas 01/05/2011

562 Arturo Antonio de la

Cruz 01/05/2011

563 Miguel Angel Cortes

Quiroz 01/05/2011

564 Maribel Altamirano

Azamar 01/05/2011

565 Maribel Lira de

Benito 01/05/2011

566 Juan Luis Lopez

Antonio 01/05/2011

567 Cristobal Sanchez

Lopez 01/05/2011

568 Karina Rosales

Hernandez 01/05/2011

569 Christian del Carmen

Alamilla Garcia 01/05/2011

570 Donaldo Garfias

Hernandez 01/05/2011

571 Marcos Garcia Nieto 01/05/2011

572 Jose Maria Herrera

Lopez 01/05/2011

573 Rosa Maria Hernandez Hernandez

01/05/2011

574 Otoniel de Dios

Bolaina 01/05/2011

575 Pedro Jimenez

Esteban 01/05/2011

576 Bartolo Ramon de

Dios 01/05/2011

577 Freddy Ramirez

Garcia 01/05/2011

578 Jaime Jesus

Sanchez Lopez 01/05/2011

579 Narcisa Torres de los

Santos 01/05/2011

580 Enedina Reyes

Rodriguez 01/05/2011

581 Rigoberto Abundis

Castillo 01/05/2011

582 Abisay Nuñez

Gonzalez 01/05/2011

583 Cirila San Juan

Guzman 01/05/2011

584 Alfredo Huerta

Mendoza 01/05/2011

585 Claudia Morales

Artigas 01/05/2011

586 Francisco Javier Saucedo Lobatos

01/05/2011

587 Martin Islas Tapia 03/05/2011

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

74

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

588 Juan Enrique

Hernandez Carmona 04/05/2011

589 Maria Isabel Sanchez

Catalan 05/05/2011

590 Guadalupe Rosas de

la Rosa 05/05/2011

591 Ana Bertha Vazquez

Murillo 06/05/2011

592 Virna Carolina

Landeros Meneses 07/05/2011

593 Joana Julieta

Mendoza Martinez 11/05/2011

594 Ana Maria de Jesus Marcial Evangelista

13/05/2011

595 Adriana Pino Pino 14/05/2011

596 Cinthia Maria del

Pilar Flores Ambriz 15/05/2011

597 Noel Jimenez Garcia 16/05/2011

598 Erika Liliana Diego

Bautista 16/05/2011

599 Jose de Jesus

Mendoza Aguilar 17/05/2011

600 Aida Mariza Salais

Castro 18/05/2011

601 Yesenia Godinez

Mendoza 19/05/2011

602 Olga Lidia Gonzalez

Martinez 20/05/2011

603 Azucena Gonzalez

Martinez 20/05/2011

604 Jacqueline Martinez

Hernandez 20/05/2011

605 Mauro Espino Anaya 22/05/2011

606 Mauricio Gandara

Rizo 23/05/2011

607 Jose Luis Camargo

Carreon 25/05/2011

608 Adriana Ibarra Rojas 25/05/2011

609 Luis Enrique Fabela

Lopez 26/05/2011

610 Marco Antonio

Nambo Equihua 27/05/2011

611 Joel Carrasco Perez 28/05/2011

612 Francisco Cabral

Garnica 29/05/2011

613 Zoila Yoana Martinez

Gamboa 31/05/2011

614 Alma Rosa Sanchez

Mendoza 31/05/2011

615 Alejandra Dupotex

Hernandez 31/05/2011

616 Blanca Herminia

Perez Avalos 31/05/2011

617 Merle Moreno

Paredes 31/05/2011

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

618 Rogelio Alejandro

Lopez Tovar 31/05/2011

619 Isaac Daniel Arroyo

Maldonado 31/05/2011

620 Maria Elena

Arredondo Pozos 31/05/2011

621 Claudia Miranda

Lopez 31/05/2011

622 Veronica Reyes

Robledo 31/05/2011

623 Claudia Hernandez

Gonzalez 31/05/2011

624 Guadalupe Isabel Ortega Resendiz

31/05/2011

625 Laura Garcia Rebollo 31/05/2011

626 Linda Patricia Monroy

Huitron 31/05/2011

627 Linda Guadalupe

Vargas Arias 31/05/2011

628 Francisco Aragon

Tapia 31/05/2011

629 David Molina Hernandez

31/05/2011

630 Jizet Cristina Vergara

Jimenez 31/05/2011

631 Leticia Gonzalez

Rivera 31/05/2011

632 Minerva Santana

Flores 31/05/2011

633 Patricia Margarita Cruz Mirafuentes

31/05/2011

634 Francisco Javier

Fortanell Vazquez 31/05/2011

635 Alfredo Blancas

Romero 31/05/2011

636 Magdalena Gonzalez

Quintanar 31/05/2011

637 Hector Chavez

Yañez 31/05/2011

638 Angie Laura

Quevedo Montaño 31/05/2011

639 Araceli de la Cruz

Gonzalez 31/05/2011

640 Elizabeth Peralta

Serrano 31/05/2011

641 Katia Oralia Eslava

Torres 31/05/2011

642 Esther Moctezuma

Corona 31/05/2011

643 Elvia Luisa Ibarra

Regino 31/05/2011

644 Martin Bernardo Guapilla Villegas

31/05/2011

645 Alejandro Loaeza

Manzo 31/05/2011

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

75

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

646 Jessica Leonor

Fuentes Gutierrez 31/05/2011

647 Victor Manuel Rojas

Muñoz 31/05/2011

648 Edgar Lacambra

Tapia 31/05/2011

649 Beatriz Ramirez

Jarillo 31/05/2011

650 Saida Margarita

Alarcon Hernandez 31/05/2011

651 Gabina Valladares

Hernandez 31/05/2011

652 Karina Martinez

Beltran 31/05/2011

653 Lilia Perez Hernandez

31/05/2011

654 Ketzikel Constantino

Cruz 31/05/2011

655 Sandra Hernandez

Chaparro 31/05/2011

656 Claudia Varela

Carretero 31/05/2011

657 Estanislao Blas

Reyes Hernandez 31/05/2011

658 Gabriela Flores

Villagomez 31/05/2011

659 Martha Angelica

Mendez Cruz 31/05/2011

660 Haydee Rosas Lopez 31/05/2011

661 Jovita Raquel Colin

de la Cruz 31/05/2011

662 Claudia Gabriela Colin de la Cruz

31/05/2011

663 Andres Rojas

Morales 31/05/2011

664 Norma Alicia Ramirez

Juarez 31/05/2011

665 Oscar Jesus Flores

Rodriguez 31/05/2011

666 Nancy Hernandez

Aguilar 31/05/2011

667 Yolanda Alicia

Alvarado Aranda 31/05/2011

668 Leticia Sanchez Cruz 31/05/2011

669 Victor Manuel

Reynoso Mosso 31/05/2011

670 Ofelia Zacarias

Blanco 31/05/2011

671 Jennifer Garcia

Garcia 31/05/2011

672 Claudia Patricia

Hernandez Lorenzo 31/05/2011

673 Carolina Barona

Alarcon 31/05/2011

674 Liliana Tinoco

Espinosa 31/05/2011

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

675 Joaquin Espinal Rios 31/05/2011

676 Alondra Kristal

Hernandez Resendiz 31/05/2011

677 Maria del Rosario Mendoza de la O

31/05/2011

678 Jose Antonio

Cisneros Perez 31/05/2011

679 Julio Cesar Ochoa

Luna 31/05/2011

680 Oscar Ramirez

Bibiano 31/05/2011

681 Alejandro Perez

Aguirre 31/05/2011

682 Alberto Ceron Urioso 31/05/2011

683 Oliver Mendoza

Orozco 31/05/2011

684 Maria de Jesus Perez

Bernal 31/05/2011

685 Jose Gudalupe Avila

Bedolla 31/05/2011

686 Francisco Guerrero

Ramirez 31/05/2011

687 Dulce Maria Martinez

Gutierrez 31/05/2011

688 Donato Silva Galvez 31/05/2011

689 Amelia Guadarrama

Reyez 31/05/2011

690 Samantha Arvizu

Cantu 31/05/2011

691 Adan Ramos Alonso 31/05/2011

692 Roberto Toral Toral 31/05/2011

693 Eleazar Jimenez Rios 31/05/2011

694 Luis Alberto Barrios Marin

31/05/2011

695 Maria Isabel Lira

Amaya 31/05/2011

696 Clara Ascencio

Herrera 31/05/2011

697 Gustavo Muñoz

Martinez 31/05/2011

698 Geronimo Martinez

Ramirez 31/05/2011

699 Ma Cristina Bastida

Ortiz 31/05/2011

700 Edgar Vivar Ramirez 31/05/2011

701 Isabel Dominguez

Hernandez 31/05/2011

702 Marivel Garay Flores 31/05/2011

703 Florencio Lopez

Valderrabano 31/05/2011

704 Jesus Enrique

Villaescusa Amador 31/05/2011

705 Ofelia Martinez

Juarez 31/05/2011

706 Yaneth Garcia

Morales 31/05/2011

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

76

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

707 Fabiola Garcia

Sanchez 31/05/2011

708 Jose de los Santos

Perez Perez 31/05/2011

709 Judith Vidal Cabañas 31/05/2011

710 Alicia Gaytan Moreno 31/05/2011

711 Rosa Aurelia Nava

Guzman 31/05/2011

712 Manuel Nava

Vazquez 31/05/2011

713 Laura Elena Sidas

Barron 01/02/2013

714 Jose Luis Arechiga

Bustamante 01/02/2013

715 Miguel Angel Flores

Hernandez 06/02/2013

716 Fernando Lara

Rangel 07/02/2013

717 Miguel Angel

Martinez Avalos 11/02/2013

718 Yessica Evelinn Ojendiz Benitez

15/02/2013

719 Silvia Citlalli Romero

Ramirez 17/02/2013

720 Roberto Cuauhtemoc

Reyes Rodelo 19/02/2013

721 Karla Clavellina

Hernandez 24/02/2013

722 Angel Yetzel Osio

Martinez 24/02/2013

723 Giovanna Lizbeth Jimenez Resendiz

28/02/2013

724 Pedro Valencia

Sotelo 28/02/2013

725 Raul alejandro Urquiza Ruiz

01/03/2013

726 Araceli Montes

Gonzalez 01/03/2013

727 Lorena Montes

Gonzalez 01/03/2013

728 Joane Santos Vargas 03/03/2013

729 Jose Alfredo Pino

May 03/03/2013

730 Salvador Hector

Guerrero Rodarte 04/03/2013

731 Stephania Karina

Ortega Uribe 05/03/2013

732 Patricia Aparicio

Trejo 05/03/2013

733 Erick Giovanni

Acevedo Gomez 06/03/2013

734 Saul Ramirez de

Jesus 06/03/2013

735 Rosa Isela

Guadarrama Figueroa

07/03/2013

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

736 Felipe Silverio Garcia 08/03/2013

737 Beatriz Adriana Mejia

Fernandez 09/03/2013

738 Erika Guadalupe Lopez Segovia

09/03/2013

739 Efrain Osorio Conde 10/03/2013

740 Edgar Valdovinos

Tejeda 13/03/2013

741 Josefina Damian

Zacariaz 14/03/2013

742 Virginia Leija Hernandez

15/03/2013

743 Javier de la Torre

Clavijo 19/03/2013

744 Ivan Asael Zamudio

Mendez 21/03/2013

745 Alfonso Diaz Aguilar 21/03/2013

746 Martha Lilia Gama

Porcayo 22/03/2013

747 Brenda Yael Gomez

Bustos 22/03/2013

748 Yenni Noemi Soriano

Garcia 23/03/2013

749 Yoselin Nalleli Trejo

Espinoza 26/03/2013

750 Jesus Ivan Torres

Roman 27/03/2013

751 Baltazar Lorenzo

Valente 01/04/2013

752 Maria Trinidad Gomez Colin

04/04/2013

753 Rebeca de Jesus

Vargas 04/04/2013

754 Jesus Cabrera

Hernandez 05/04/2013

755 Omar Flores Lassard 07/04/2013

756 Ilse Abigail Alquisira

Paheco 07/04/2013

757 Elvia Aguilar Garcia 09/04/2013

758 Eunice Cruz Ojeda 10/04/2013

759 Maria Guadalupe Alvarez Sandoval

11/04/2013

760 Maria Teresa Cuervo

Alpide 12/04/2013

761 Carmen Patricia Santiago Pablo

12/04/2013

762 Aldo Mauricio

Hernandez Millan 14/04/2013

763 Erick Alan Herrera

Morales 14/04/2013

764 Ramira Lucas San

Agustin 14/04/2013

765 Eva Maria Soto Leon 16/04/2013

766 Marco Antonio

Carrera Monjaraz 16/04/2013

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

77

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

767 Nayelli Erika Cortez

Garcia 21/04/2013

768 Xochitl Monzerat Varela Castillo

24/04/2013

769 Gerardo Severino Crespo Casillas

25/04/2013

770 Yolanda Gregorio

Soto 25/04/2013

771 Jorge Arturo Villegas

Morales 26/04/2013

772 Karen Susana Oliva

Martinez 27/04/2013

773 Jose Angel Lluvias

Camacho 27/04/2013

774 Roger Antonio Leon

Cadena 29/04/2013

775 Angelica Galeana

Alvarez 03/05/2013

776 Mauricio Rebolledo

Garcia 05/05/2013

777 Anayeli Galvan

Huape 07/05/2013

778 Daniela Ortega Melo 08/05/2013

779 Diana Estrella Macias

Rosas 08/05/2013

780 Arturo Bahena

Ortega 08/05/2013

781 Noemi Cordova

Huizar 11/05/2013

782 Iliana Jurado Hernandez

12/05/2013

783 Gabriela Mandujano

Franco 15/05/2013

784 Luisa Teresa

Castelan Valdez 15/05/2013

785 Carol Michell Avila

Rayas 15/05/2013

786 Perla Guadalupe

Soto Higuera 16/05/2013

787 Jorge Chavez Escoto 17/05/2013

788 Karen Giselle

Resendiz Ortega 18/05/2013

789 Gabriel Ocampo

Hernandez 23/05/2013

790 Rosalino Leon Brito 23/05/2013

791 Joseph Manrique

Garcia 25/05/2013

792 Andrea Reyes

Sanchez 28/05/2013

793 Tania Huerta Angeles 01/06/2013

794 Janet Barranco

Flores 02/06/2013

795 Luis Alfredo Valdes

Uriostegui 09/06/2013

796 Jose Miguel Martinez

Salas 11/06/2013

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

797 Patsi Karina

Castañeda Zubillaga 11/06/2013

798 Rogelio Moreno

Guinto 12/06/2013

799 Ivan Michelle Diaz

Trejo 13/06/2013

800 Maria Fernanda Cazares Garcia

13/06/2013

801 Mercedes Gonzalez

Matias 13/06/2013

802 Gisela Guadalupe

Santiago 14/06/2013

803 Mirna Hernandez

Monge 15/06/2013

804 Francisco Genaro

Borja Lara 17/06/2013

805 David Alexis

Hernandez Melo 17/06/2013

806 Dennis Favio Cortes

Vazquez 18/06/2013

807 Natividad Patricia

Reyes Alvarez 19/06/2013

808 Abraham Jose

Hernandez Jimenez 19/06/2013

809 Eva Feliza Gonzalez

Herrera 20/06/2013

810 Maribel Manzo

Beltran 22/06/2013

811 Bladimir molina

Casiano 22/06/2013

812 Gloria Moreno Caro 22/06/2013

813 Enriqueta Marlene Abarca Arellano

24/06/2013

814 Angel Balderas

Carreon 25/06/2013

815 Juana Garcia Prieto 25/06/2013

816 Carlos Enrique

Franco Hernandez 25/06/2013

817 Carmita May de la

Cruz 26/06/2013

818 Graciela Hernandez

Nogueda 27/06/2013

819 Jennifer Adriana Esquivel Castro

28/06/2013

820 Fredy Esquivel

Camacho 28/06/2013

821 Araceli Adriana Castro Montero

28/06/2013

822 Rigoberto Vazquez

Hernandez 28/06/2013

823 Mario Chable Gomez 28/06/2013

824 Georgina Castillo

Herrera 07/07/2013

825 Yadira Elizabeth Raygoza Gomez

07/07/2013

826 Jazmin Lozano Fierro 11/07/2013

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

78

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

827 Martin Garcia

Sanchez 11/07/2013

828 Nora Ilse Beltran

Donjuan 11/07/2013

829 Veronica Dolores

Valdez de la Fuente 11/07/2013

830 Tania Lizbeth

Martinez Salas 13/07/2013

831 Bertin Baranda

Santiago 13/07/2013

832 Ayrton Rai Cruz

Mellin 13/07/2013

833 Luis Pacheco Bustos 17/07/2013

834 Adali Barbosa Nuñez 17/07/2013

835 Alma Delia Peñaloza

Vargas 17/07/2013

836 Viridiana Torres

Martinez 17/07/2013

837 Coral Judith Alvarado

Silva 17/07/2013

838 Eduardo Negrete

Martinez 18/07/2013

839 Humberta Catarino

Cabaña 18/07/2013

840 Maria de Jesus Bernabe Garcia

18/07/2013

841 Rosa Garcia Brito 18/07/2013

842 Alan de la Cruz

Reyes 19/07/2013

843 Judith Abigail Dircio

Rodas 19/07/2013

844 Maria Guadalupe Jaimes Valeriano

19/07/2013

845 Ricardo Ornelas

Garcia 19/07/2013

846 Felicitas Ramirez

Marron 19/07/2013

847 Judith Velazquez

Delgado 19/07/2013

848 Luis Alfredo Juarez

Damian 19/07/2013

849 Raul Priego Inclan 19/07/2013

850 Adriana Salgado

Lopez 20/07/2013

851 Jesus Ivan Uriostegui

Fernandez 20/07/2013

852 Gerardo Jonathan

Uriostegui Guadarrama

20/07/2013

853 Gloria Patricia Ortega

Martinez 23/07/2013

854 Erick Alberto Zuñiga

Fuentes 25/07/2013

855 Guadalupe Jennifer

Hernandez Tello 25/07/2013

856 Julia Tellez Analco 25/07/2013

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

857 Maria de Jesus

Cantu Lopez 25/07/2013

858 Noemi Hernandez

Martinez 26/07/2013

859 Jorge Eduardo May

Rodriguez 26/07/2013

860 Daniel Soto Morales 28/07/2013

861 Edson Palomares

Galicia 28/07/2013

862 Jaime de la Cruz

Ruiz 28/07/2013

863 Dulce Alonso Hernandez

28/07/2013

864 Leidi Mary

Hernandez Morales 28/07/2013

865 Sofia Garcia Bautista 29/07/2013

866 Juan Gabriel Bernal

Tiscareño 30/07/2013

867 Adalberto Blanco

Solano 30/07/2013

868 Sandra Adame

Rosendo 31/07/2013

869 Martha Alicia Dimas Duque

02/08/2013

870 Luis Heriberto

Mendoza Balderas 03/08/2013

871 Susana Sanchez

Rodriguez 04/08/2013

872 Uriel Cesareo Sierra 05/08/2013

873 Valeria Yamel Bustos

Mancera 06/08/2013

874 Victro Hugo Torres

Dorantes 07/08/2013

875 Oliver Salgado

Davalos 07/08/2013

876 Edgar Gonzalo Ruiz

Luque 07/08/2013

877 Azalea Janeth Batres

Reyes 07/08/2013

878 Nadia Rodriguez

Pastrana 08/08/2013

879 Yosi Cortes Blanco 09/08/2013

880 Manuel Alejandro

Moreno Chinchillas 09/08/2013

881 Hubber Jair Aceviz

Valenzuela 13/08/2013

882 Marlen Jimenez Orbe 15/08/2013

883 Carlos Manuel Hipolito Leon

16/08/2013

884 Alma Patricia Lopez

Vicente 18/08/2013

885 Humberto Romero

Lopez 19/08/2013

886 Maria Luisa Morales

Peralta 19/08/2013

887 Joaquin Diaz Flores 20/08/2013

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

79

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

888 Vanessa Berenice

Mendez Garcia 20/08/2013

889 Ernestina Muñoz

Fernandez 22/08/2013

890 Maria Teresa Favela

Mireles 24/08/2013

891 Miriam Sifuentes

Sanchez 25/08/2013

892 Maria Isabel Ceballos

Cortina 26/08/2013

893 Jorge Alejandro Armenta Lima

27/08/2013

894 Sergio Ruiz Vargas 28/08/2013

895 Seh-Lim Sulu Diaz 28/08/2013

896 Anabel Mayra Coronel Curiel

28/08/2013

897 Ismael Soto Flores 29/08/2013

898 Felipe Garcia Lopez 30/08/2013

899 Diana Laura Perez

Hernandez 31/08/2013

900 Leon Enrique Garcia

Ramos 01/09/2013

901 Juan Carlos Tornez

Palma 03/09/2013

902 Oscar Manuel Cauich

Coba 05/09/2013

903 Concepcion

Espindola Alvarado 07/09/2013

904 Hector Morales

Tenango 07/09/2013

905 Dania Tornez

Rendon 08/09/2013

906 Argel Urbina Armenta 10/09/2013

907 Patsy Cristal

Villalobos Alvarez 12/09/2013

908 Nolberto Vega

Nogueda 12/09/2013

909 Blanca Esthela Amaya Romo

12/09/2013

910 Christiams Alejandro

Arroyo Cano 12/09/2013

911 Laura Elena Arias

Arias 12/09/2013

912 Jorge Humberto

Hernandez Hernandez

13/09/2013

913 Nancy Margarita Corona Xochitl

14/09/2013

914 Maria Florencia Eb

Chan 17/09/2013

915 Narciso Fernando Betancourt Ruiz

18/09/2013

916 Francisco Villasana

Bañon 19/09/2013

917 Odilia Garcia Hernandez

19/09/2013

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

918 Angel Villasana

Bañon 21/09/2013

919 Lorena del Carmen de la Rosa Jimenez

23/09/2013

920 Josefa del Carmen Damian Trinidad

24/09/2013

921 Baltazar Hernandez

Valencia 25/09/2013

922 Yesenia Karina Torres Sanchez

27/09/2013

923 Dolores Concepcion

Valdez Reyes 27/09/2013

924 Elizabeth Lopez

Manzanares 27/09/2013

925 Lucia Landero Osorio 27/09/2013

926 Maria Patricia Ugalde

Hernandez 04/10/2013

927 Angel Alberto Gutierrez Vasquez

05/10/2013

928 Luis Enrique Perez

Ortiz 06/10/2013

929 Alma Guadalupe de los Santos Gonzalez

07/10/2013

930 Abisai Reyes Lazaro 08/10/2013

931 Juan Carlos Jimenez

Chable 09/10/2013

932 Maria Figueroa

Munguia 23/10/2013

933 Gerardo Ruben

Hernandez Jimenez 23/10/2013

934 Daniela Cazares

Bonilla 24/10/2013

935 Gabriela Mendez

Lopez 25/10/2013

936 Martha Marquez

Llamas 25/10/2013

937 Carlos Andere

Nicanor 25/10/2013

938 Claudia Damian

Reyes 25/10/2013

939 Francisco Moran

Aguilar 26/10/2013

940 Maria Leticia

Contreras Perez 26/10/2013

941 Claudia Guadalupe

Escareño Perez 26/10/2013

942 Yolanda Moreno

Villela 26/10/2013

943 Edgardo Moyao

Chanon 28/10/2013

944 Diana Arlette Alvarez

Castillo 29/10/2013

945 Maria Guadalupe Serrano Gonzalez

29/10/2013

946 Francisco Javier

Robledo Pichardo 01/11/2013

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

80

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

947 Christian Mercado

Rodriguez 03/11/2013

948 Francisco Javier

Vidal Morales 03/11/2013

949 Brizo Adriana Cano

Esquivel 04/11/2013

950 Laura Manuela Lara

Perez 05/11/2013

951 Dominga Arellano

Bibiano 05/11/2013

952 Maria Asuncion

Alejandro Jimenez 05/11/2013

953 Federico Hernandez

Garcia 06/11/2013

954 David Ricardo Cruz

Navarrete 06/11/2013

955 Yesenia Cruz

Quintero 06/11/2013

956 Jael Quiñones Bailon 07/11/2013

957 Maria Guadalupe Martinez Campos

07/11/2013

958 Maribel Muñoz

Padilla 08/11/2013

959 Eva Nelly Malagon

Gonzalez 08/11/2013

960 Maria Felix

Hernandez Castro 08/11/2013

961 Margarita Rojas

Pineda 09/11/2013

962 Jonatan Vega

Martinez 09/11/2013

963 Viviana Elizabeth Trinidad Santes

09/11/2013

964 Leoncio Fernando

Gomez Sosa 10/11/2013

965 Blanca Estela

Rodriguez Delgado 11/11/2013

966 Mara Yuritzi Perdomo

Cruz 11/11/2013

967 Juan Carlos Maya

Villarreal 13/11/2013

968 Edith Chigo Bustamante

13/11/2013

969 Brenda Laura

Jimenez Baltazar 15/11/2013

970 Maria del Rosario

Salinas Cedillo 15/11/2013

971 Edith Yazmin

Camacho Vazquez 15/11/2013

972 Jesus Eleazar Lopez

Osorio 16/11/2013

973 Jose Antonio Garcia

Sanchez 16/11/2013

974 Francisco Javier Adame Ramirez

16/11/2013

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

975 Luis Manuel Ortiz

Martinez 17/11/2013

976 Maria Candelaria Garcia Gastelum

17/11/2013

977 Landy Marlene Romero Lezma

17/11/2013

978 Ivonne Sarai Toledo

Medina 19/11/2013

979 Abdul Espinoza Mejia 19/11/2013

980 Maribel Arrieta Lopez 20/11/2013

981 Yazmin Itzel Martinez

Guzman 21/11/2013

982 Oscar Miguel Neri

Hernandez 22/11/2013

983 Citlali Nicolas

Martinez 23/11/2013

984 Leticia Yolanda

Ventura Gonzalez 23/11/2013

985 Edith Moreno Juan 23/11/2013

986 Enrique Juarez

Suchiapa 24/11/2013

987 Dennis Hernandez

Muñoz 26/11/2013

988 Enrique Trejo Vega 27/11/2013

989 Luis de Jesus Alcaide

Salome 27/11/2013

990 Diana May Ovando 27/11/2013

991 Adrian Cruz Ortiz 27/11/2013

992 Jasmin Hernandez

Xocoyotl 28/11/2013

993 Karla Jacqueline

Meza Flores 29/11/2013

994 Saul Alberto Dozal

Serrano 29/11/2013

995 Veronica Santa Ramirez Arratia

30/11/2013

996 Marbella Bejar Nuñez 02/12/2013

997 Angel Eduardo Marquez Ruiz

02/12/2013

998 Sergio Alberto Vega

Aguilera 03/12/2013

999 Elitania Reyes

Roldan 03/12/2013

1000 Cinthya Liliana Rios

Barrera 04/12/2013

1001 Ana Maria Flores

Flores 05/12/2013

1002 Jose Reyes Bahena 05/12/2013

1003 Bertha Alarcon

Benitez 05/12/2013

1004 Jhonatan Rene

Ramirez Ovando 05/12/2013

1005 Rodrigo Campos

Castillo 05/12/2013

1006 Maria Adilene

Sanchez Hernandez 06/12/2013

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

81

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

1007 Israel Saavedra

Robledo 06/12/2013

1008 Leslie Guadalupe Bautista Arellanes

09/12/2013

1009 Daniel Diaz Quiroz 11/12/2013

1010 Carmen Guadalupe

Ubaldo Rosas 13/12/2013

1011 Maria Esther

Guereca Gurrola 13/12/2013

1012 Evangelina Gonzaga

Velazquez 15/12/2013

1013 Antonia del Carmen

Cota Luna 15/12/2013

1014 Maria Esther Romero

Miranda 16/12/2013

1015 Juana Ruiz Martinez 16/12/2013

1016 Gema Liliana

Mendoza Cervantes 18/12/2013

1017 Martha Clarissa

Molina Contreras 19/12/2013

1018 Jesus Jael

Hernandez Castro 20/12/2013

1019 Edith Aranda Baldenegro

21/12/2013

1020 Olga Patricia

Rodriguez Esparza 22/12/2013

1021 Hilario Eleuterio

Dircio 23/12/2013

1022 Angel Josue

Hernandez Cajero 29/12/2013

1023 Perla Barrera Manzanarez

09/01/2014

1024 Martha Leticia Mena

Garza 12/01/2014

1025 Daniel Perez Castro 14/01/2014

1026 Tania Gomez

Alvarado 14/01/2014

1027 Luz Maria Pastor Cruz

15/01/2014

1028 Silvia Alejandra Alejos Vargas

16/01/2014

1029 Juan Guadalupe Contreras Garcia

16/01/2014

1030 Gustavo Diaz Bello 17/01/2014

1031 Angelica Maria

Vazquez Palacios 18/01/2014

1032 Maria Laura

Menendez Gonzalez 18/01/2014

1033 Maricela Perez

Vasquez 18/01/2014

1034 Ozumi Marisol

Anguamea Cota 19/01/2014

1035 Mario Alberto Aguilar

Puentes 21/01/2014

1036 Ana Laura Medina

Morales 21/01/2014

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

1037 Borga Amilcar

Moctezuma Ignacio 21/01/2014

1038 Yeymi Anel Chavez

Parra 22/01/2014

1039 Jair Ochoa Escamilla 23/01/2014

1040 Monserrat Elizabeth

Vazquez Tinajero 24/01/2014

1041 Jesus Mixcoatl Vidales Guerra

24/01/2014

1042 Natividad Romina

Visoso Ronces 24/01/2014

1043 Luis Gustavo Nieto

Lemus 25/01/2014

1044 Joana Abarca Bello 25/01/2014

1045 Adriana Teresa Ramirez Haro

27/01/2014

1046 Angel Alberto

Hernandez Rangel 28/01/2014

1047 Rodrigo Flores Cruz 28/01/2014

1048 Efren de la Cruz

Almeida 29/01/2014

1049 Carlos Felix Barrera

Miranda 30/01/2014

1050 Virginia Crisantos

Garcia 31/01/2014

1051 Roberto Gonzalez

Alegria 31/01/2014

1052 Josefa Edelmira

Cortes Tapia 31/01/2014

1053 Eulises Omar

Navarro Jimenez 01/02/2014

1054 Erick Daniel Romero

Albarran 02/02/2014

1055 Norma Miguel Padilla 03/02/2014

1056 Valery Paola

Martinez Ambriz 04/02/2014

1057 Ana Bertha Ruiz

Gonzalez 04/02/2014

1058 Luis Sanchez Galvan 04/02/2014

1059 Edson Robles

Montejo 04/02/2014

1060 Cinthia Amayrani Justo Castañon

05/02/2014

1061 Vanessa de los

Angeles Jimenez Galan

05/02/2014

1062 Coral Maribel Zamora

Rodriguez 07/02/2014

1063 Raymundo Resendiz

Diaz 08/02/2014

1064 Eodulia Hernandez

Peralta 09/02/2014

1065 Cristhian Garcia

Aguirre 09/02/2014

1066 Miguel Angel Abarca

Aparicio 09/02/2014

Page 82: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

82

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

1067 Cristobal de Jesus

Arana Murga 09/02/2014

1068 Silvia Guadalupe

Pineda Garcia 10/02/2014

1069 Blanca Esthela Santiago Lopez

10/02/2014

1070 Miguel Angel Castillo

Bailon 10/02/2014

1071 Cintia Berenice

Flores Diaz 11/02/2014

1072 Alan Ivan Cipriano de

Leon 11/02/2014

1073 Sergio Jose

Guadalupe Venegas Martinez

12/02/2014

1074 Neyva Sanchez Cruz 12/02/2014

1075 Olegario Alvarez

Flores 13/02/2014

1076 Alejandra Becerril

Ramirez 14/02/2014

1077 Deysi Fabiola Vidal

Aguilar 14/02/2014

1078 Brenda Isela Tovali

Jimenez 15/02/2014

1079 Martin Noyola Ramos 15/02/2014

1080 Juan Gutierrez Ponce 15/02/2014

1081 Silvio Rendon

Bautista 17/02/2014

1082 Ma. Estela Rodriguez

Mejia 17/02/2014

1083 Jaime Mayo Guadarrama

18/02/2014

1084 Francisca Hernandez

Magaña 18/02/2014

1085 Alberto Alarcon

Nuñez 19/02/2014

1086 Omar Maldonado

Tetlamatzi 19/02/2014

1087 Victor Gerardo Ruiz

Plata 20/02/2014

1088 Reina Hernandez

Rodriguez 20/02/2014

1089 Aribet Sanchez

Lopez 20/02/2014

1090 Nayeli Vazquez

Salgado 20/02/2014

1091 Leonor Ruiz Flores 21/02/2014

1092 Azucena Gutierrez

Bautista 21/02/2014

1093 Juan Pablo

Dominguez Barrera 21/02/2014

1094 Floridalma Ortiz Diaz 21/02/2014

1095 Martha Cecilia Quintero Ruiz

21/02/2014

1096 Cristofer Mercado

Castrejon 22/02/2014

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

1097 Jaasiel Sarahaim

Perez Gomez 23/02/2014

1098 Enrique Vaquera

Vazquez 23/02/2014

1099 Luisa Martina

Jiocamea Aldama 24/02/2014

1100 Maritza Ruiz Doporto 24/02/2014

1101 Juan Diego Gaytan

Torres 25/02/2014

1102 Jennifer Martinez

Bobadilla 25/02/2014

1103 Filiberto Daniel Flores Flores

26/02/2014

1104 Reyna Angelica Manzano Ortega

28/02/2014

1105 Grinetzy Galit

Salgado Vazquez 28/02/2014

1106 Jesus Flores

Zequeida 28/02/2014

1107 Cristobal Alvaro

Arcos 01/03/2014

1108 Alejandra Escalona

Chavez 01/03/2014

1109 Daniel Gutierrez

Piedras 01/03/2014

1110 Daniel Maldonado

Puente 01/03/2014

1111 Yazmin Vanessa

Sandoval Valencia 02/03/2014

1112 Adriana Isela Parada

Ramirez 02/03/2014

1113 Yerit Leticia Hernandez Hernandez

02/03/2014

1114 Themis Alice Gomez

Mezano 03/03/2014

1115 Thania Melanie Valenzuela Piña

04/03/2014

1116 Miriam Alejandra Espinosa Flores

05/03/2014

1117 Alma Delia Medina

Rodriguez 05/03/2014

1118 Rebeca de Jesus Portillo Cuajicalco

05/03/2014

1119 Anahi Antunez de

Gante 05/03/2014

1120 Faustino Arellano

Nicolas 05/03/2014

1121 Rafael Garcia Reyes 05/03/2014

1122 Martha Hernandez

Velazquez 06/03/2014

1123 Maira Vega Sanchez 06/03/2014

1124 Efigenia Mendez

Cruz 06/03/2014

1125 Juana Martinez

Yescas 07/03/2014

Page 83: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

83

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

1126 Maria Elena Carrillo

Diaz 07/03/2014

1127 Rosalia Rasgado

Hernandez 07/03/2014

1128 Ricardo Tonatiuh Enciso Saavedra

08/03/2014

1129 Alexis Rubiel Alfaro

Jimenez 09/03/2014

1130 Sergio Carbajal Ayala 09/03/2014

1131 Marlem Janitzia

Carbajal Dominguez 10/03/2014

1132 Jose Adrian

Espindola Hernandez 11/03/2014

1133 Maria de Jesus Palacios Meza

11/03/2014

1134 Juan Reyes Cruz 11/03/2014

1135 Rafael Martinez

Hernandez 12/03/2014

1136 Antonia Gabriela

Cortes Rocha 13/03/2014

1137 Diana Ramirez

Martinez 13/03/2014

1138 Marina Ramirez

Martinez 13/03/2014

1139 Norma Acosta Rivera 13/03/2014

1140 Karen Hernandez

Nuñez 14/03/2014

1141 Itzel Dinorah

Sanchez Rojas 14/03/2014

1142 Magda Lucero Perez

Garcia 14/03/2014

1143 Fidel Javier Gomez 15/03/2014

1144 Dulce Alejandra Torres Medrano

16/03/2014

1145 Natalia Almendra

Perez 16/03/2014

1146 Clara Isabel Saldaña

Garcia 17/03/2014

1147 Antonia Gomez

Rodriguez 18/03/2014

1148 Juan Esteban Gomez

Rodriguez 18/03/2014

1149 Alma Trinidad

Valenzuela Leyva 18/03/2014

1150 Jessica Sarahi Soto

Benitez 19/03/2014

1151 Patricia Valdez

Herrera 19/03/2014

1152 Emmanuel Dionicio Hernandez Rivero

19/03/2014

1153 Lilia Ysabel Ruiz

Almodova 19/03/2014

1154 Rocio Perez Leyva 19/03/2014

1155 Reyes Sanchez

Mendez 19/03/2014

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

1156 Marcos Ivan Rivas

Villalobos 20/03/2014

1157 Sandra Luz

Hermosillo Ceron 20/03/2014

1158 Alma Laura Bruno

Perez 20/03/2014

1159 Antonio Ricardo

Rodriguez Gallegos 21/03/2014

1160 Noemi Victoria Ramirez Zavala

22/03/2014

1161 Stephanie Amairani

Martinez Cortes 22/03/2014

1162 Irving Jair Rivera

Lechuga 23/03/2014

1163 Susana Ramirez

Texcocano 23/03/2014

1164 Diana Rubi Santiago

Zamora 24/03/2014

1165 Jazmin Elizabeth Cendejas Tafoya

25/03/2014

1166 Alma Rosa Escobar

Miranda 25/03/2014

1167 Mario Alberto Moreno

Martinez 26/03/2014

1168 Jacob Jackson Lopez 26/03/2014

1169 Maria Salome Ibañez

Garcia 26/03/2014

1170 Harumi Jimenez

Kawaguchi 27/03/2014

1171 Adriana Lopez

Gomez 27/03/2014

1172 Yolanda Santiago

Uribe 28/03/2014

1173 Julio Cesar Caraveo

Suarez 28/03/2014

1174 Ivonne Guzman Leon 29/03/2014

1175 Ena Leonor Magaña

Peniche 29/03/2014

1176 Hector Octavio Aviles

Gutierrez 30/03/2014

1177 Roberto Jesus

Barajas Cardoso 30/03/2014

1178 Beatriz Zesatti

Esquerro 31/03/2014

1179 Celia Escobar

Santiago 31/03/2014

1180 Trinidad Robles Cruz 31/03/2014

1181 Lizett Dorantes Ayala 01/04/2014

1182 Felipe Eduardo

Hernandez Gutierrez 02/04/2014

1183 Laura Elizabeth Olan

Osorio 02/04/2014

1184 Leticia Lopez Gomez 03/04/2014

1185 Jose Pablo Rogelio

Resendiz 04/04/2014

Page 84: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

84

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

1186 Maria del Carmen Abarca Galeana

04/04/2014

1187 Viridiana Ayala

Escarrega 05/04/2014

1188 Geronimo Ramirez

Sierra 05/04/2014

1189 Maria de la Luz

Perez Fabila 06/04/2014

1190 Silvia Raquel Sagrero

Corrales 06/04/2014

1191 Leticia Carrillo

Espinoza 06/04/2014

1192 Gerardo Martinez

Morales 07/04/2014

1193 Ana Laura Galindo

Lopez 07/04/2014

1194 Vanessa Hernandez

Portillo 07/04/2014

1195 Juan Manuel

Ruvalcaba Arciniega 08/04/2014

1196 Angelica Valeria Cadena Lopez

08/04/2014

1197 Ana Maria

Hernandez Iturbe 09/04/2014

1198 Claudia Azucena

Dolores Hernandez 09/04/2014

1199 Carlos Bruno Villegas

Sanchez 10/04/2014

1200 Juan Carlos

Landaverde Juarez 10/04/2014

1201 Oralia Miriam de la

Vega Gonzalez 10/04/2014

1202 Salvador Rivera

Gonzalez 11/04/2014

1203 Jorge Gilberto

Hernandez Pantaleon 11/04/2014

1204 Silvia Hernandez 12/04/2014

1205 Martha Estela

Rodriguez Perez 12/04/2014

1206 Lizbeth Fabiola

Ibañez Sifuentes 12/04/2014

1207 Julio Raul Rivera

Nuncio 12/04/2014

1208 Anayeli Villavicencio

Adolfo 12/04/2014

1209 Mariela Sierra Gil 12/04/2014

1210 Maria del Carmen Hernandez Bustos

14/04/2014

1211 Gabriela Ramirez

Santiago 14/04/2014

1212 Alejandra Peña

Campos 15/04/2014

1213 Patricia Leon

Delgado 15/04/2014

1214 Edith Lopez Martinez 16/04/2014

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

1215 Rosa Nayely Zavala

Rios 16/04/2014

1216 Estela Leon Venegas 16/04/2014

1217 Laura Elizabeth Esteban Valdez

22/04/2014

1218 Tairi Mariana

Mendoza de la Cruz 23/04/2014

1219 Norma Esther Miguel

Paz 23/04/2014

1220 Hugo Alberto

Castañeda Cabañas 24/04/2014

1221 Victor Moises

Dominguez Muñoz 24/04/2014

1222 Ivan Palma Hernandez

25/04/2014

1223 Leticia Garcia

Santiago 26/04/2014

1224 Rocio Hernandez

Villegas 27/04/2014

1225 Pablo Fabian Diaz

Meneses 27/04/2014

1226 Diana Gabriela

Galindo Mendoza 27/04/2014

1227 Juan Carlos Lazos

Monterrosa 28/04/2014

1228 Pedro Diaz Quezada 28/04/2014

1229 Dayce Brenda

Pacheco Gonzalez 28/04/2014

1230 Jorge Armando Garcia Mendez

29/04/2014

1231 Luis Fernando

Hernandez Vazquez 29/04/2014

1232 Hilda Zavala Botello 29/04/2014

1233 Liliana Cervantes

Esquivel 29/04/2014

1234 Oscar Gabriel

Acevedo 29/04/2014

1235 Jorge David Ramirez

Miguel 29/04/2014

1236 Arely Cano Garcia 29/04/2014

1237 Lisette Gonzalez

Juarez 30/04/2014

1238 Yessenia Vasquez

Santos 30/04/2014

1239 Jose Marcelino Torres Menes

30/04/2014

1240 Margarita Suarez

Tepo 30/04/2014

1241 Gabriela Aldama

Escalera 01/05/2014

1242 Lizbeth Castillo

Palma 01/05/2014

1243 Jessica Neria

Marquez 01/05/2014

1244 Silvia Leticia Narciso

Carpio 01/05/2014

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

85

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

1245 Jacqueline Meyo

Delgado 01/05/2014

1246 Nancy Eridany

Dorantes Arreola 01/05/2014

1247 Margarita Valencia

Facundo 02/05/2014

1248 Abraham Hernandez

Lopez 03/05/2014

1249 Maria Yenni

Monserrat Rivera Vidal

03/05/2014

1250 Jacqueline Ventura

Frias 03/05/2014

1251 Jose Daniel Teran

Reyes 04/05/2014

1252 Brenda Ramirez

Nicolas 04/05/2014

1253 Vanessa Perez Cruz 05/05/2014

1254 Isaac Shamir Couoh

Interian 06/05/2014

1255 Indida Marlene

Rodriguez Eufracio 07/05/2014

1256 Luciano Merida

Rodriguez 07/05/2014

1257 Araceli del Carmen

Garcia Ocaña 07/05/2014

1258 Geovanna Dali

Amaya Gamboa 07/05/2014

1259 Joana Guadalupe

Perez Arcos 08/05/2014

1260 Jose Apolinar

Arellano Burgos 08/05/2014

1261 Araceli Demetrio

Vazquez 08/05/2014

1262 Jorge Juan Campos

Godinez 08/05/2014

1263 Perla Gabriela

Villegas Balbuena 08/05/2014

1264 Lucero Alejandra

Peales Lopez 09/05/2014

1265 Raul Velasco Hernandez

09/05/2014

1266 Dante Ivan Moreno

Lopez 10/05/2014

1267 Marisela Murillo 12/05/2014

1268 Pablo Rico Carbajal 12/05/2014

1269 Patricia Cruz del

Angel 12/05/2014

1270 Diana Lourdes Vargas Salazar

12/05/2014

1271 Guillermo Ceballos

Herrera 12/05/2014

1272 Dulce Maria Gomez

Cid 13/05/2014

1273 Hortensia Morales

Hernandez 13/05/2014

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

1274 Mayra Ortiz de la

Torre 13/05/2014

1275 Diana Nadtzume Perez Miranda

14/05/2014

1276 Oscar Alberto

Camacho Campos 14/05/2014

1277 Araceli Mendez

Sanchez 14/05/2014

1278 Guadalupe Luna

Garcia 15/05/2014

1279 Marina Judith Becerril

Hernandez 15/05/2014

1280 Diana Angelica Quiroz Osorio

15/05/2014

1281 Leticia Hernandez

Gutierrez 16/05/2014

1282 Santa Isabel Ramirez

Mendoza 16/05/2014

1283 Luis Rafael

Rubalcava Rebolledo 16/05/2014

1284 Hector Bayre Nava

Ramirez 16/05/2014

1285 Clara Yolanda

Stephany Campos Garcia

16/05/2014

1286 Juan Carlos

Palomeque Reyes 16/05/2014

1287 Pamela Adoracion

Baltazar Guillen 16/05/2014

1288 Almita del Carmen

Lucero Espinosa de los Monteros Herrera

16/05/2014

1289 Angel Resendez

Garcia 16/05/2014

1290 Israel Edmar

Coronado Cervantes 16/05/2014

1291 David Fuerte Xalocan 16/05/2014

1292 Velia Moncerrat

Castañeda Camacho 16/05/2014

1293 Tomasa de Dios

Alvarado 16/05/2014

1294 Carlos Mario Gomez

Hernandez 16/05/2014

1295 Lazaro Joaquin Cortez Rivera

16/05/2014

1296 Maria Anahi

Hernandez Sandoval 17/05/2014

1297 Patricia Garcia Cruz 17/05/2014

1298 Yazmin Dolores Romero Morales

17/05/2014

1299 Olivia Carmona

Navarrete 17/05/2014

1300 Nadia Ortiz Cuiriz 17/05/2014

1301 Gabriela Amor Moreno Rincon

17/05/2014

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

86

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

1302 Estefania Aguilar

Basurto 17/05/2014

1303 Silvia Aguilar

Salgado 18/05/2014

1304 Olegario

Cuauhtemoc Ramirez Casiano

18/05/2014

1305 Rene Ocomatl Ordaz 18/05/2014

1306 Blanca Estela Pacheco Rios

19/05/2014

1307 Alma Delia Luna

Moreno 19/05/2014

1308 Guadalupe Viviana

Morales Barrios 19/05/2014

1309 Andrea Guadalupe

Ramirez Santos 19/05/2014

1310 Edgar Perez Martinez 19/05/2014

1311 Jesus Salvador Tejeda Garcia

19/05/2014

1312 Jesus Morales Ayala 19/05/2014

1313 Oshin Cordova

Hernandez 19/05/2014

1314 Maria Angelica Garcia Valencia

20/05/2014

1315 Angelica Yamilet

Santiago Guzman 20/05/2014

1316 Lazaro Antonio

Dominguez Hernandez

20/05/2014

1317 Omar Francisco Ayala Casellas

20/05/2014

1318 Rosalia Ponce Arrieta 22/05/2014

1319 Liliana Zamora

Figueroa 22/05/2014

1320 Nadia Astrid Sanchez

Ortega 22/05/2014

1321 Sara Emilia Fuentes

Arroyo 22/05/2014

1322 Fabiola Karina

Hernandez de la Cruz

22/05/2014

1323 Daniel Martinez

Cardenas 23/05/2014

1324 Karla Magdalena Contreras Perez

23/05/2014

1325 Daniel Kevin Lima

Ibarra 23/05/2014

1326 Karen Daniela Orozco Santos

23/05/2014

1327 Briseyda Benita Reyes Benitez

23/05/2014

1328 Zulema Judith Cruz

Nava 23/05/2014

1329 Denisse Maryet Cruz

Nava 23/05/2014

No Nombre Fecha de afiliación

DEPPP

1330 Claudia Perez

Mendez 23/05/2014

1331 Virginia Ivet Hinojosa

Zaavla 23/05/2014

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

87

Información de 10 ciudadanas y ciudadanos proporcionada por el partido político denunciado

No Nombre Fecha de

afiliación PRD

1 Sara Hernandez Lopez 31/05/2012

2 Oscar Lopez Jimenez 31/05/2012

3 Jesus Sanchez Garcia 31/05/2012

4 Alfredo Diaz Miranda 31/05/2012

5 Miriam Arreguin Vargas 31/05/2012

6 Guadalupe Ramirez

Rodriguez 31/05/2012

7 Juan Jose Garcia

Hernandez 31/05/2012

8 Maria Guadalupe

Hernandez Rosales 31/05/2012

9 Maria Lucia Ramirez

Ramirez 31/05/2012

10 Claudia Elizabeth Uscanga

Uscanga 31/05/2012

Ahora bien, respecto a la presunta violación al derecho de libertad de afiliación, respecto de los 1,265 ciudadanas y ciudadanos que se enlistan a continuación, se cometió durante la vigencia de la LGIPE, por lo que, para el caso de las y los ciudadanos enlistados a continuación, la normatividad aplicable será dicho cuerpo normativo.

Información de 1,263 ciudadanas y ciudadanos proporcionada por la DEPPP

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

88

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

1 Carlos Geovanni Gutierrez

Zarate 24/05/2014

2 Rosa Delia Cruz Martinez 24/05/2014

3 Evelyn Monserrat Nava Che 24/05/2014

4 Haide Yamara Comoto Soto 24/05/2014

5 Carlos Raul Eufracio Cruz 24/05/2014

6 Leticia Dominguez Murillo 24/05/2014

7 Alfredo Ruiz Flores 24/05/2014

8 Carlos Salvador Salas

Dominguez 24/05/2014

9 Yesenia Cobix Herrera 24/05/2014

10 Diana Iveth Bustillos Jaquez 25/05/2014

11 Thalia Gabriela Ortega

Curiel 25/05/2014

12 Adriana Jimenez Perez 25/05/2014

13 Ricardo Juarez Ruiz 25/05/2014

14 Victor Manuel Suarez

Malagon 25/05/2014

15 Alonso Coroy Galindo 25/05/2014

16 Raquel Villalobos Ruiz 25/05/2014

17 Maria Luis Galeana Reyes 25/05/2014

18 Gumaro Montes Chino 25/05/2014

19 Rosa Angelica Rodriguez

Trejo 26/05/2014

20 Adriana Raquel Gutierrez

Vazquez 26/05/2014

21 Yolanda Reyna Huerta 26/05/2014

22 Cinthya Sotelo Cruz 26/05/2014

23 Maria Gabriela Rauda

Robles 26/05/2014

24 Brandon Mauricio Escobar

Nava 27/05/2014

25 Joel Canseco Nava 27/05/2014

26 Sonia Mireya Lopez Lopez 27/05/2014

27 Maria de los Angeles Bravo

Cervantes 28/05/2014

28 Viridiana Urban Villalobos 28/05/2014

29 Armando Gonzalez

Hernandez 28/05/2014

30 Cecilia Figueroa Belmontes 28/05/2014

31 Maria de los Angeles Ortega

Cordoba 29/05/2014

32 Cesar Augusto Alvarez

Sanchez 29/05/2014

33 Victor Hugo Mijangos

Caballero 29/05/2014

34 Beatriz Maria Rosas

Hernandez 29/05/2014

35 Mariela Yamileth Contreras

Lara 29/05/2014

36 Claudia Ramos Calvillo 29/05/2014

37 Monica Acosta Estrada 30/05/2014

38 Erika Yasmin Ramos Ceron 30/05/2014

39 Hilda Martinez Roque 30/05/2014

40 Marco Antonio Flores Celis 30/05/2014

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

41 Gabriela Vazquez Moreno 31/05/2014

42 Silvia Cirila Barron

Contreras 31/05/2014

43 Guillermo Saul Soto Diaz 31/05/2014

44 Rocio Sandra Hernandez

Ramirez 31/05/2014

45 Monica Ramirez Eng 31/05/2014

46 Jose Gustavo Escutia

Camacho 01/06/2014

47 Irene Gomez Garcia 01/06/2014

48 Rosario Coni Delgado

Hernandez 01/06/2014

49 Jose Adrian Cabrera

Blancas 01/06/2014

50 Ana Bertha Hernandez

Valera 02/06/2014

51 Laura Helen Rodriguez

Rodriguez 02/06/2014

52 Claudia Leon Muñoz 03/06/2014

53 Yasmin Noemi Rogel

Sanchez 03/06/2014

54 Rosalba Avendaño

Mendoza 03/06/2014

55 Teresita de Jesus Sam

Ibarra 03/06/2014

56 Evangelina Calixto Leon 03/06/2014

57 Yolanda Quevedo Vazquez 03/06/2014

58 Ana Diana Torres Frias 04/06/2014

59 Alma Brenda Esquivel

Castillo 04/06/2014

60 Elia Garcia Mendez 04/06/2014

61 Vianey de la Cruz Garcia 04/06/2014

62 Alondra Muñoz Robles 04/06/2014

63 Alfredo Rios Martinez 05/06/2014

64 Jose Martinez Montenegro 05/06/2014

65 Sonia Garcia Huerta 05/06/2014

66 Karla Isabel Ruiz Lara 05/06/2014

67 Margot Lopez Sanchez 05/06/2014

68 Jose Pablo del Valle Ortega 06/06/2014

69 Rosa Montes Ceballos 06/06/2014

70 Edemia Sanchez Hernandez 06/06/2014

71 Mario Miranda Diaz 07/06/2014

72 Rogelio Armando Aviles

Berber 07/06/2014

73 Claudia Angelica Hernandez

Hernandez 07/06/2014

74 Mercedes Gonzalez Serrano 08/06/2014

75 Paulina Hernandez Gomez 08/06/2014

76 Gipsel Berenice Martinez

Toto 08/06/2014

77 Alejandra Capilla Rivera 08/06/2014

78 Guadalupe Ala98

vez Bautista 08/06/2014

79 Lorena Guevara Hernandez 08/06/2014

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

89

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

80 Paulina Alejandra Ramos

Ruiz 09/06/2014

81 Enriqueta Urbina Bonilla 09/06/2014

82 Axel Alexis Hernandez

Martinez 09/06/2014

83 Leonardo Valdez Arriaga 09/06/2014

84 Carlos Antonio Estrada

Vazquez 09/06/2014

85 Yolanda Hernandez

Contreras 09/06/2014

86 Araceli Morales Jimenez 09/06/2014

87 Maybelynne Concepcion

Ramirez Hernandez 09/06/2014

88 Rosa Maria Martinez

Mendoza 10/06/2014

89 Maria Isabel Ponce

Coronado 10/06/2014

90 Daniel Irineo Anselmo 10/06/2014

91 Araceli Dorantes Mata 10/06/2014

92 Nubia Griselda Perea

Noriega 11/06/2014

93 Virginia Fuentes Salazar 11/06/2014

94 Viviana Hernandez Benito 11/06/2014

95 Georgina Guadalupe

Hernandez Hernandez 11/06/2014

96 Rosalba Huaxtitlan Ramos 11/06/2014

97 Emmanuel de la Cruz Flores 11/06/2014

98 Roberto Garcia Monroy 11/06/2014

99 Octavio Manuel de Jesus 11/06/2014

100 Severiano Prado Lugos 11/06/2014

101 Maria Cruz Hernandez

Garcia 11/06/2014

102 Mayra Esther Valier

Sanchez 11/06/2014

103 Martha Leticia Gomez Luna 12/06/2014

104 Ramed Juarez Reyes 12/06/2014

105 Jacqueline Gonzalez

Vazquez 12/06/2014

106 Rosalba Galvan Perez 12/06/2014

107 Angela Guzman Platero 12/06/2014

108 Ramses Javier Guzman

Platero 12/06/2014

109 J. Jesus Ramos Mendoza 12/06/2014

110 Claudia Navarro Lara 12/06/2014

111 Damaris Contreras Bazurto 12/06/2014

112 Carolina Jimenez Sosa 13/06/2014

113 Nancy Orozco Soto 13/06/2014

114 Edith Garcia Molina 13/06/2014

115 Fidel Rodriguez Garcia 13/06/2014

116 Luis Daniel Izquierdo Yañez 13/06/2014

117 Luis Javier Salgado Ramon 13/06/2014

118 Abraham Gallegos Gonzalez 13/06/2014

119 Hector Najera Figueroa 13/06/2014

120 Selene Eulalia Pulido Alvizar 13/06/2014

121 Yazmin Jimenez Flores 13/06/2014

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

122 Kenia Yudith Machado Meza 13/06/2014

123 Karina Elizabeth Machado

Meza 13/06/2014

124 Silvia Romero Sanchez 13/06/2014

125 Ruben Garcia Santiago 13/06/2014

126 Claudia Rosas Lara 14/06/2014

127 Magali Zuñiga Garcia 14/06/2014

128 Beatriz Ballesteros

Escamilla 14/06/2014

129 Laura Elizabeth Chirino

Ramirez 15/06/2014

130 Sandra Selene Rosillo

Alcocer 15/06/2014

131 Sarahi Catalan Patiño 15/06/2014

132 Anacelia Martinez Castro 15/06/2014

133 Mariel Abad Flores 16/06/2014

134 Jesus Jorge Pureco Diaz 16/06/2014

135 Brenda Stephanie Salgado

Garcia 16/06/2014

136 Mayra Xochitl Gil Gonzalez 16/06/2014

137 Flor Alejandra del Carmen

Cortez Gonzalez 16/06/2014

138 Silvia Estela Medina Beltran 16/06/2014

139 Guadalupe Santiago

Martinez 17/06/2014

140 Norma Lidia Pavon

Castellanos 17/06/2014

141 Jose Luis Rebollo Rodriguez 17/06/2014

142 Arturo Ordoñes Aldana 17/06/2014

143 Claudio Oltehua Tzitzihua 17/06/2014

144 Alma Areli Mariano Ehlers 18/06/2014

145 Maria de Lourdes de la Cruz

Martinez 18/06/2014

146 Blanca Flor Garcia Rojas 18/06/2014

147 Gabriel Muñoz Vargas 18/06/2014

148 Edith Coronado Villanueva 18/06/2014

149 Maria Dolores Vergara

Tadeo 19/06/2014

150 Miguel Angel Burguete

Reyes 19/06/2014

151 Maria Catalina Delgado

Rayas 19/06/2014

152 Oscar Hernandez Garcia 19/06/2014

153 Omar Rigoberto Sanchez

Enriquez 19/06/2014

154 Andres Jesus Mena Alpuche 19/06/2014

155 Roberto Sanabria Gonzalez 20/06/2014

156 Ilce Daniela Adame Diaz 20/06/2014

157 Ruth Norele Soto Tavira 20/06/2014

158 Lore Reyna Hernandez

Limon 20/06/2014

159 Nely Olivos del Valle 20/06/2014

160 Luis Rodrigo Rodriguez

Bernal 21/06/2014

161 Leopoldo Vergara Peña 21/06/2014

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

90

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

162 Leysi Madxim Zavala Lopez 21/06/2014

163 Juan Jesus Escobedo

Hernandez 21/06/2014

164 Abraham Lopez Bautista 21/06/2014

165 Karla Berenice Acero Felix 21/06/2014

166 Miguel Angel Rios

Velazquez 22/06/2014

167 Patricia Edith Bazaldua

Martinez 22/06/2014

168 Maria Guadalupe Zavala 22/06/2014

169 Maria del Rosario Sanabria

Luna 22/06/2014

170 Guadalupe Darie Jimenez

Rivera 22/06/2014

171 Raquel Martinez Ramirez 22/06/2014

172 Jesus David Espinosa

Fernandez 22/06/2014

173 Flor Maria Rojas Ramirez 22/06/2014

174 Veronica Bahena Garcia 22/06/2014

175 Edgar Garcia Ortega 22/06/2014

176 Susana Leydi Hernandez

Osorio 22/06/2014

177 Ana Karen Hernandez

Sanchez 22/06/2014

178 Jose Roberto Hernandez

Paniagua 23/06/2014

179 Julio Cesar Santoyo Lozano 23/06/2014

180 Nancy Elide Zapata Morales 23/06/2014

181 Cindy Yuly Guevara Soto 23/06/2014

182 Rosaura Casas Garcia 23/06/2014

183 Jorge Franco Velazquez 23/06/2014

184 Leobardo Mecenario Marin 23/06/2014

185 Daniel Vazquez Velazquez 23/06/2014

186 Angel Primitivo Avendaño

Rios 23/06/2014

187 Martha Loreto Olivas Ortega 23/06/2014

188 Martha Hermelinda Salazar

Perez 24/06/2014

189 Daniel Alejandro Garcia

Flores 24/06/2014

190 Adela Reyes Sanchez 24/06/2014

191 Maribel Azucena Flores

Lozano 24/06/2014

192 Gabriela Solorzano Torres 24/06/2014

193 Pedro de Jesus Arroyo

Secundino 24/06/2014

194 Norma Hernandez Lopez 24/06/2014

195 Carmelo Jonathan Cruz

Alcaraz 24/06/2014

196 Karla Patricia Lopez Diaz 24/06/2014

197 Jose Manuel Tepepa

Gonzalez 24/06/2014

198 Juan Carlos Betancourt

Gonzalez 24/06/2014

199 Jorge Luis Trinidad Muñiz 25/06/2014

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

200 Elena Estefania Gallardo

Padilla 25/06/2014

201 Ivonne Sanchez Moreno 25/06/2014

202 Claudia Valle Rodriguez 25/06/2014

203 Dagoberto Gelacio

Hernandez Gonzalez 25/06/2014

204 Nieves Ivonne Ayoso

Jimenez 25/06/2014

205 Elisa Hernandez Guzman 26/06/2014

206 Julio Lario Velasco Aguilar 26/06/2014

207 Francisco Damian Olvera

Mejia 26/06/2014

208 Maria Guadalupe Bustos

Gonzalez 26/06/2014

209 Maria del Refujio Olvera

Dominguez 26/06/2014

210 Ivette Angelica Olmedo

Sanchez 26/06/2014

211 Miguel Angel Muñoz

Arellano 26/06/2014

212 Jesus Eduardo Robles

Angeles 26/06/2014

213 Daria Morales Gonzalez 26/06/2014

214 Angel Gerardo Medina

Vargas 26/06/2014

215 Sonia Chavez Gonzalez 26/06/2014

216 Maria del Carmen Reza

Burgos 26/06/2014

217 Enrique Pineda Carranza 26/06/2014

218 Isai Uriel Molina Gaspar 26/06/2014

219 Lisbet Reyes Castillo 26/06/2014

220 Martha Cecilia Flores

Burgos 26/06/2014

221 Carlos Arturo Reynoso Cota 27/06/2014

222 Josue Isai Vazquez Cruz 27/06/2014

223 Francisco Angel Hernandez

Limon 27/06/2014

224 Jorge Manuel Francisco

Fernandez 27/06/2014

225 Manuel Vazquez

Castellanos 28/06/2014

226 Velvet Artemisa Estrella

Madrigal 28/06/2014

227 Lizbeth Veronica Mondragon

Perez 28/06/2014

228 Maria del Socorro

Horcasitas Delgado 28/06/2014

229 Alejandro Hernandez Galicia 28/06/2014

230 Mirta Alejandra Huerta

Rojas 28/06/2014

231 Yajaira Vieyra Lopez 28/06/2014

232 Eduardo Nava Rogel 28/06/2014

233 Sara Esperanza Garcia

Antonio 28/06/2014

234 Jhoana Garcia Antonio 28/06/2014

Page 91: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

91

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

235 Francisco Eslava Lopez 29/06/2014

236 Erich Daniel Castro

Maldonado 29/06/2014

237 Leticia Hernandez Corona 29/06/2014

238 Patricia Florita Pineda Frias 29/06/2014

239 Manuel Molotla Medina 29/06/2014

240 Jose Raul Hernandez

Garcia 29/06/2014

241 Gabriel Alejandro Alvarez

Murillo 29/06/2014

242 Yalmer Sanchez Rodriguez 29/06/2014

243 Monica Alarcon Amador 29/06/2014

244 Walter Hernandez Sandoval 30/06/2014

245 Julio Cesar Chavez

Simarron 30/06/2014

246 Sandra Xolalpa Espinosa 30/06/2014

247 Ana Patricia Velazquez

Gonzalez 30/06/2014

248 Santiago Alberto Herrera Rodriguez

30/06/2014

249 Ines Romero Hernandez 30/06/2014

250 Vidal Velasco Perez 30/06/2014

251 Beatriz Viviana España

Gonzalez 01/07/2014

252 Roberto Francisco Suarez

Muciño 01/07/2014

253 Marisela Montalvo Perez 01/07/2014

254 Rut Tehuitzil Rojas 01/07/2014

255 Jose Angel Nuñez Huerta 01/07/2014

256 Adelfo Martinez Martinez 01/07/2014

257 Laura Marisela Gutierrez

Martinez 01/07/2014

258 Guadalupe Santos Celestino 01/07/2014

259 Hugo Chacha Arceo 01/07/2014

260 Cinthia Margarita Ortiz

Flores 02/07/2014

261 Miriam Ortiz Flores 02/07/2014

262 Yosi Sugey Serna Garcia 02/07/2014

263 Karen Adilene Alor Morales 02/07/2014

264 Daniel Alejandro Carmona

Cortes 02/07/2014

265 Hilda Escobar Picasio 02/07/2014

266 Karla Fabiola Tagle Zavala 02/07/2014

267 Gerardo Garcia Gomez 02/07/2014

268 Manuel Espinoza Mendoza 02/07/2014

269 Jesus Diaz Espinosa 02/07/2014

270 Diana Laura Ramirez Millan 02/07/2014

271 Juan Manuel Barragan

Adame 02/07/2014

272 Ada Yaritzi Diaz Delgado 02/07/2014

273 Juan Aragon Pozas 02/07/2014

274 Sonia Fonseca Peña 02/07/2014

275 Juana Maria Carranza

Mendoza 02/07/2014

276 Roxana Valdiviezo Buere 03/07/2014

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

277 Jose Luis Mendez Espinosa 03/07/2014

278 Maria Esther Salinas Garcia 03/07/2014

279 Gerardo Alvarado Gamez 03/07/2014

280 Yolanda Ferrer Cruz 03/07/2014

281 Abril Zacnite Ontiveros

Tellez 03/07/2014

282 Erika Viridiana Luna Guillen 03/07/2014

283 Elisa Carreon Martinez 03/07/2014

284 Abigail Gonzalez Hernandez 03/07/2014

285 Marcelina Gonzalez Cruz 03/07/2014

286 Miriam Martinez Esparza 03/07/2014

287 Sandra Fabiola Fuentes

Lopez 03/07/2014

288 Karla Griselda Garcia

Espinoza 03/07/2014

289 Elizabeth Camacho Neri 03/07/2014

290 Elba Veronica Alvarez

Cortez 03/07/2014

291 Alejandrina Gonzalez

Sanchez 03/07/2014

292 Adelaida Arellano Montiel 03/07/2014

293 Tomasa Patricia Marquez

Canela 03/07/2014

294 Juan Carlos Ramirez Partido 03/07/2014

295 Maria de Jesus Borrego

Sauceda 04/07/2014

296 Francisco Manuel Lopez

Garcia 04/07/2014

297 Ana Lilia Martinez Mateo 04/07/2014

298 Maria Dolores Perez

Blancarte 04/07/2014

299 Maria de Lourdes Garcia

Perez 04/07/2014

300 Maria Guillermina Trujillo

Caballero 04/07/2014

301 Dulce Maria Carolina Trejo

Cortes 04/07/2014

302 Alicia Lazaro Isita 04/07/2014

303 Argelia Vazquez Garcia 04/07/2014

304 Asucena Xinol Casarrubias 04/07/2014

305 Salvador Reyes Bahena 04/07/2014

306 Aurora Ochoa Castañeda 04/07/2014

307 Magdalena Godinez Gomez 04/07/2014

308 Virgilio Gomez Lopez 04/07/2014

309 Edgar Sanchez Ortega 04/07/2014

310 Javier Alberto Mezta Flores 04/07/2014

311 Luis Alberto Lopez Reyes 04/07/2014

312 Maria Josefina Aranda

Rodriguez 05/07/2014

313 Daniel Santos Gomez Lopez 05/07/2014

314 Jose Lopez Lopez 05/07/2014

315 Osvaldo Xavier Perez

Hernandez 05/07/2014

316 Jose Hernandez Vega 05/07/2014

317 Alicia Santos Espinosa 05/07/2014

Page 92: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

92

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

318 Jorge Arturo Guzman 05/07/2014

319 Miyahi Enrique Rayon

Reyes 05/07/2014

320 Luis Alberto Garcia

Hernandez 05/07/2014

321 Joel Patricio Jose Lopez 05/07/2014

322 Yaneth de Leon Hernandez 05/07/2014

323 Juana Jimenez Roque 05/07/2014

324 Julieta Martinez Vargas 05/07/2014

325 Yolanda Flores Martinez 05/07/2014

326 Olga Laura Morquecho

Gutierrez 05/07/2014

327 Tomas Martinez Cruz 05/07/2014

328 Noelia Villalobos Martin del

Campo 06/07/2014

329 Maria de Jesus Hernandez

Chavarria 06/07/2014

330 Maria de Lourdes Martinez

Diaz 06/07/2014

331 Laura Soledad Cardenas

Pacheco 06/07/2014

332 Diana Laura Barrera

Mendoza 06/07/2014

333 Maria Guadalupe Flores

Morelos 06/07/2014

334 Jose Edgar Samano

Fernandez 06/07/2014

335 Mariana Saraid Gil Alcantara 06/07/2014

336 Martha Elena Rodriguez

Delgadillo 06/07/2014

337 Erick Alexis Alvarez

Hernandez 06/07/2014

338 Teresita de Jesus Torres

Salgado 06/07/2014

339 Esperanza Capilla Rivera 06/07/2014

340 Karen Jazmin Hernandez

Cante 06/07/2014

341 Juan Missael Lucero Perez 06/07/2014

342 Enrique Gonzalez Ortiz 06/07/2014

343 Abigail Cardenas Morales 06/07/2014

344 Blanca Esthela Ruiz

Capitaine 06/07/2014

345 Farah Ruth Rojano

Rodriguez 06/07/2014

346 Marco Antonio Fuerte

Xalocan 06/07/2014

347 Mariely Albarran Lopez 06/07/2014

348 Malu Nayeli Benitez

Vazquez 06/07/2014

349 Jesus Alarcon Astudillo 06/07/2014

350 Leila Betania Perez Ruiz 06/07/2014

351 Jesus Arriaga Mendoza 06/07/2014

352 Maria Yessenia Navarro

Ayon 06/07/2014

353 Tomas Ortiz Mancera 06/07/2014

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

354 Carlo Antonio Cabrera

Cortes 06/07/2014

355 Julian Augusto Carrasco

Cruz 06/07/2014

356 Daniel Lopez Mejia 07/07/2014

357 Jazmin Leon Cisneros 07/07/2014

358 Agustin Bragado Dominguez 03/03/2016

359 Alma Azucena Mendoza

Fierros 07/03/2016

360 Jennyfer Victoria Ibarra

Carmona 10/03/2016

361 Roberto Toral Castillo 10/03/2016

362 Mireya Pacheco Gaspar 11/03/2016

363 Angel Antonio Aguilar

Guerra 11/03/2016

364 Noel de la Cruz Garibo 12/03/2016

365 Esmeralda Correa Guzman 15/03/2016

366 Juan Carlos Cruz Manjarrez

Villa 20/03/2016

367 Ricardo Arturo Calderon

Valadez 21/03/2016

368 Julio Cesar Monroy

Mendoza 24/03/2016

369 Juan Velazquez Tellez 28/03/2016

370 Odette Jurado Hernandez 29/03/2016

371 Ma de los Angeles Sanchez

Bracamontes 30/03/2016

372 Itzel Xiomara Renteria Soria 31/03/2016

373 Luis Ricardo Ocegueda

Gonzalez 04/04/2016

374 Ivan Perez Chavez 05/04/2016

375 Eduardo Daniel Romero

Ruiz 05/04/2016

376 Mario Alberto Sosa Santoyo 06/04/2016

377 Aurelio Salvador Ramirez

Sanchez 15/04/2016

378 Mario Garcia Castrejon 15/04/2016

379 Martha Rosa Covarrubias

Ponce 17/04/2016

380 Enohelia Zarate Rosas 19/04/2016

381 Margarita Murguia Vidales 23/04/2016

382 Angelica Benitez

Castellanos 25/04/2016

383 Rosa Huerta Ruiz 25/04/2016

384 Karen Angelica Hernandez

Romano 27/04/2016

385 Maria Guadalupe Alvarez

Ramirez 27/04/2016

386 Raquel Zavala Sanchez 28/04/2016

387 Maria Larissa Reyes

Estanislado 28/04/2016

388 Elia Yesenia Leon Leon 30/04/2016

389 Alicia Rivera Tapia 03/05/2016

390 Miguel Angel Navarro

Garcia 10/05/2016

Page 93: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

93

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

391 Araceli Vazquez Garcia 10/05/2016

392 Elia Yuridia Hernandez

Cesar 12/05/2016

393 Vanesa Garcia Antonio 13/05/2016

394 Floricel Avila Bautista 13/05/2016

395 Cesar Mariano Cruz 16/05/2016

396 Agustin Emmanuel Farias

Flores 17/05/2016

397 Jesus Rosales Flores 18/05/2016

398 Sandra Garza Martinez 20/05/2016

399 Ana Bertha Diaz Diaz 23/05/2016

400 Maria Isabel Martinez Bravo 23/05/2016

401 Alejandra Rogel Roman 25/05/2016

402 Yesenia Luz Mejia 25/05/2016

403 Juan Carlos Torres Soto 26/05/2016

404 Andrea Lizbeth Barrera

Hernandez 31/05/2016

405 Lorena Gonzalez Jimenez 31/05/2016

406 Maria Reyes Morales Marin 03/06/2016

407 Ada Maria de la Cruz

Hernandez 08/06/2016

408 Maria del Carmen Virginia

Sotelo Zavala 10/06/2016

409 Rosario Cruz Martinez 15/06/2016

410 Carlos de Jesus Pantaleon

Navarrete 15/06/2016

411 Viridiana Perales Gonzalez 16/06/2016

412 Roberto Ruiz Salmeron 16/06/2016

413 Carlos Escobedo Garcia 17/06/2016

414 Irma Wendy Piñeda Torres 21/06/2016

415 Ana Teresa Covarrubias

Escobar 22/06/2016

416 Jose Felipe Rodriguez

Zavala 22/06/2016

417 Gabriela Vazquez Lujan 23/06/2016

418 Zoila Leticia Escalante Rico 27/06/2016

419 Veronica Ruiz Garcia 27/06/2016

420 Rosario Viridiana Aguilera

Rodriguez 27/06/2016

421 Maria Guadalupe Martinez

Diaz 27/06/2016

422 Ana Beatriz Medina Tellez 27/06/2016

423 Ma. de Jesus Rivera Alvarez 28/06/2016

424 Erika Garcia Reyes 28/06/2016

425 Jose Cruz de los Santos

Sanchez 28/06/2016

426 Juan Octavio Perez Aceves 29/06/2016

427 Jose Isabel Contreras

Arellano 29/06/2016

428 Mauricio Saul Ramirez

Gomez 29/06/2016

429 Joanna Vasquez Martinez 29/06/2016

430 Luis Antonio Solis Chavez 30/06/2016

431 Jorge Alberto Aparicio

Moran 30/06/2016

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

432 Ilse Vianey Garcia Marquez 01/07/2016

433 Juan Manuel Cruz Martinez 02/07/2016

434 Luis Daniel Torres

Rodriguez 05/07/2016

435 Israel Bojorquez Escobar 06/07/2016

436 Eunice Martha Hernandez 06/07/2016

437 Deyanira Ñonthe Zamudio 06/07/2016

438 Carlos Rolando Echeverria

Tzab 06/07/2016

439 Silvia Adilene Medina Reyes 07/07/2016

440 Angelica Teran Alvarado 07/07/2016

441 Norma Veronica Juarez

Rivas 11/07/2016

442 Alonso Aparicio Lopez 11/07/2016

443 Alan Prieto Serrano 11/07/2016

444 Jessica Flores Garcia 12/07/2016

445 Cuitlahuac Amador Sanchez

Carrizosa 12/07/2016

446 Yesenia Ayala Gomez 13/07/2016

447 Juan Domingo Santoyo

Godinez 13/07/2016

448 Mariana Martinez Resendiz 13/07/2016

449 Yazmin Santiago Ramos 14/07/2016

450 Gloria Magdalena Gomez

Martinez 15/07/2016

451 Mario Isaac Cervantes

Esquivel 16/07/2016

452 Veronica Martinez Gaytan 16/07/2016

453 Mayte Mendez Alarcon 16/07/2016

454 Maria del Rocio Garcia

Ramirez 17/07/2016

455 Carlos Alberto Estrada

Hernandez 18/07/2016

456 Elizabeth Pizano Rivera 18/07/2016

457 Araceli Jimenez Gonzalez 19/07/2016

458 Antonio Herrera Reyes 19/07/2016

459 Emma Victoria Martinez

Trejo 20/07/2016

460 Rubi Macias Rosas 21/07/2016

461 Cinthia Karina Gordillo

Martinez 21/07/2016

462 Nebzai Romero Ramirez 21/07/2016

463 Blanca America Garcia

Ventura 22/07/2016

464 Jose Arturo Castillo Alcaraz 22/07/2016

465 Aurora Sanchez Cruz 22/07/2016

466 Jose Luis Leon Vazquez 22/07/2016

467 Victoria Raquel Cobos

Ortega 22/07/2016

468 Adriana Ayala Bravo 23/07/2016

469 Eliseo Viveros Calderon 23/07/2016

470 Mayra Ruiz de la Cruz 25/07/2016

471 Asucena Mancilla Monroy 25/07/2016

472 Ruth Monserrat Ruiz Cruz 25/07/2016

Page 94: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

94

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

473 Leonel Eduardo Luna

Enciso 25/07/2016

474 Luis Desiderio Machuca 26/07/2016

475 Emilio Jimenez Silva 26/07/2016

476 Francisca Fabiola Zarate

Galindo 26/07/2016

477 Romualdo Morales Cruz 26/07/2016

478 Isis Rubi Morales Lopez 26/07/2016

479 Maria Irene Ruiz Colchado 27/07/2016

480 Vanessa Perez Vazquez 27/07/2016

481 Yeni Laura Merino Escudero 27/07/2016

482 Mary Carmen Ortiz Valencia 28/07/2016

483 Aidee Guadalupe Lara

Aviles 28/07/2016

484 Alondra Magdiel Angeles

Gonzalez 28/07/2016

485 Kiara Vanessa Escobar

Zepeda 29/07/2016

486 Elia Angelica Gonzalez

Mejia 30/07/2016

487 Ivonne Jannette Pineda

Aguirre 30/07/2016

488 Esmeralda Lopez Castro 31/07/2016

489 Marina Tapia Soto 02/08/2016

490 Victoria Villar Aguilar 02/08/2016

491 Vicente Villegas Castrejon 04/08/2016

492 Jhonnatan Cortes Garcia 04/08/2016

493 Brenda Alicia Cruz Lopez 06/08/2016

494 Berenice Marlene Oseguera

Ramirez 11/08/2016

495 Uriel Isay Oseguera

Ramirez 11/08/2016

496 Jorge Enrique Huerta

Gutierrez 11/08/2016

497 Nancy Rangel Martinez 11/08/2016

498 Modesto Merino Sanchez 13/08/2016

499 Antonino Garcia Enriquez 13/08/2016

500 Esther Soto Hernandez 15/08/2016

501 Juan Carlos Cisneros Trejo 15/08/2016

502 Juana Garcia Palacios 16/08/2016

503 Berenice Suastegui Morales 16/08/2016

504 Roberto Salinas Serrano 16/08/2016

505 Marlene Salas Bomaye 16/08/2016

506 Fatima Bonifacio Garcia 17/08/2016

507 Irma Leticia Ortiz Bravo 17/08/2016

508 Maribel Gonzalez Alcantara 18/08/2016

509 Yeny Suastegui Fernandez 19/08/2016

510 Ruth Garcia Rosas 22/08/2016

511 Laura del Rocio Magallon

Camarillo 23/08/2016

512 Rosario Isabel Pantaleon

Villa 25/08/2016

513 Nestor Danel Gutierrez

Osorio 25/08/2016

514 Florencio Martinez Martinez 26/08/2016

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

515 Rocio Zapata Hernandez 26/08/2016

516 Edith Vargas Antonio 26/08/2016

517 Luis Alberto Vazquez Mora 27/08/2016

518 Hehidy Paloma Pacheco

Basurto 29/08/2016

519 Omar Sanchez Avila 06/09/2016

520 Ruth Sanchez Santa Cruz 06/09/2016

521 Traccy Samantha Quintana

Becerra 07/09/2016

522 Ignacio Martin Galvez

Robledo 07/09/2016

523 Javier Garcia Molina 08/09/2016

524 Josue Adrian Garcia Aburto 10/09/2016

525 Yaneli Hernandez Sanchez 14/09/2016

526 Yolisma Serrano Berlanga 14/09/2016

527 Hilaria Clemente 15/09/2016

528 Citlali Rojas Navarro 20/09/2016

529 Manuel Gonzalez

Hernandez 22/09/2016

530 Anabel Diaz Navarrete 22/09/2016

531 Aldo Ordoñez Cardenas 28/09/2016

532 Leticia Hernandez Martinez 28/09/2016

533 Carolina Aguilar de la Cruz 30/09/2016

534 Fabian Magaña Villaseñor 03/10/2016

535 Laura Guadalupe

Valdovinos Valencia 04/10/2016

536 Margarita Violeta Alvarez

Lopez 04/10/2016

537 Lidia Anabel Lopez Ramirez 05/10/2016

538 Leobardo Montalvo

Hernandez 05/10/2016

539 Guadalupe Cruz Lopez 07/10/2016

540 Lorena Martinez Barrientos 09/10/2016

541 Erika Palacios Peñaloza 10/10/2016

542 Omar Jonathan Martinez

Templos 12/10/2016

543 Ines Gervacio Vazquez 13/10/2016

544 Marlenne Muñoz Estopier 13/10/2016

545 Omar Chavez Rumualdo 13/10/2016

546 Rosa Isela Ortega Montero 17/10/2016

547 Miguel Angel Lopez de la

Rosa 17/10/2016

548 Claudia Cristell Pascual

Reyes 20/10/2016

549 Deisy Gisela Gomez

Gutierrez 20/10/2016

550 Jesus Darwin Garcia

Gonzalez 22/10/2016

551 Maria de los Angeles

Gonzalez Solar 24/10/2016

552 Daniel Damian Ramirez 24/10/2016

553 Zoila Rosalia Cancino

Rabanales 25/10/2016

554 Brenda Guadalupe Zamudio

Quintero 27/10/2016

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

95

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

555 Carmela Bernardino

Martinez 27/10/2016

556 Elias Morales Baltazar 27/10/2016

557 Xavier Alfonso Sanchez

Perez 27/10/2016

558 Jose Antonio Hernandez

Lopez 28/10/2016

559 Cesar Miguel Jimenez

Briseño 28/10/2016

560 Aldo Moises Perez

Gaspariano 28/10/2016

561 Manuel Alejandro Aparicio

Cabañas 30/10/2016

562 Javier Noriega Lopez 31/10/2016

563 Mariana Lopez Camarillo 31/10/2016

564 Ingrid Monserrat Salgado

Rivera 04/11/2016

565 Josefa Alvarez Alcudia 04/11/2016

566 Rodrigo Dominguez Gomez 05/11/2016

567 Carmen Gonzalez Estrada 07/11/2016

568 Margarita Reyes Mancera 07/11/2016

569 Sofia Zamora Sierra 07/11/2016

570 Miriam Morales Castellanos 07/11/2016

571 Cinthya Yadira Silva

Ramirez 08/11/2016

572 Valeria Hernandez Escobar 09/11/2016

573 Hector Manuel Silva Cruz 09/11/2016

574 Juan Carlos Nuñez

Orlaineta 10/11/2016

575 Juan Rodolfo Nava Vargas 10/11/2016

576 Rocio Esther Dominguez

Herrera 11/11/2016

577 Dalia Andrade Cabrera 11/11/2016

578 Noe de Jesus Morales Vega 12/11/2016

579 Juan Jose Aguilar Blanco 13/11/2016

580 Yadira de Jesus Juarez

Martinez 15/11/2016

581 Eugenio Santiz Gomez 15/11/2016

582 Edmundo Mendoza

Vazquez 15/11/2016

583 Juan Jesus Rodriguez

Marañon 15/11/2016

584 Felicitas Martinez Marcial 15/11/2016

585 Fernando Beltran

Montenegro 15/11/2016

586 Carolina Estela Arguello

Ramirez 16/11/2016

587 Silviades Rodriguez Cortes 16/11/2016

588 Eduardo Molina Ramos 17/11/2016

589 Jesus Sergio Lazalde Flores 18/11/2016

590 Danely Josefina Valadez

Alanis 18/11/2016

591 Gloria Elisa Niño Reyes 18/11/2016

592 Maria Guadalupe Alvarez

Martinez 19/11/2016

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

593 Abigail Manrique Adame 19/11/2016

594 Gladys Lopez Sanchez 19/11/2016

595 Karina Salinas Abarca 21/11/2016

596 Adiel Montejo Vazquez 22/11/2016

597 Tabita Gomez Santiz 22/11/2016

598 Delina Arauz Dominguez 22/11/2016

599 Reyes Gerardo Contreras

Anguiano 22/11/2016

600 Samantha Jazmin Rivas

Reyes 22/11/2016

601 Sandra Luna Garcia 22/11/2016

602 Juan Pablo Melendez

Mandujano 22/11/2016

603 Alfredo Del Angel Lopez 23/11/2016

604 Ramon Martinez Osorio 24/11/2016

605 Miguel Angel Duarte

Gutierrez 24/11/2016

606 Carmen Reyes Sanchez 24/11/2016

607 Maria Guadalupe Leticia

Valerio Naranjo 24/11/2016

608 Alicia Sanchez Rosas 24/11/2016

609 Ingrid Guadalupe Ramos

Hernandez 24/11/2016

610 Laura Jacqueline Calderon

Cruz 25/11/2016

611 Hermanda Sanchez

Maldonado 25/11/2016

612 Floriberta Sanchez

Maldonado 25/11/2016

613 Leticia Cruz Cruz 25/11/2016

614 Natalie Hernandez

Rodriguez 26/11/2016

615 Maria Dolores Dominguez

Salgado 26/11/2016

616 Eunice Teran Mancera 28/11/2016

617 Luis Alberto Cardenas

Morales 28/11/2016

618 Alinne Alejandra Aguilera

Vilchis 28/11/2016

619 Juan Carlos Fabila Ledesma 28/11/2016

620 Guadalupe Alejandra

Carreon Cortes 29/11/2016

621 Luis Rey Martinez

Rodriguez 29/11/2016

622 Edith Muñoz Mexicano 29/11/2016

623 Kassandra Contreras

Barrera 30/11/2016

624 Sandy Belle Lugo Mendieta 01/12/2016

625 Jesus Alfredo Peña Romero 01/12/2016

626 Sergio Camacho Texta 01/12/2016

627 Yair de Jesus Ceron Urioso 01/12/2016

628 Francisco Javier Garcia

Sanchez 01/12/2016

629 Jose Luis Ruiz Sanchez 02/12/2016

630 Yolanda Soria Alvarado 02/12/2016

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

96

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

631 Yonatan Gallardo Gonzalez 02/12/2016

632 Maria del Carmen Carmona

Contreras 02/12/2016

633 Brenda Graciano Rosales 02/12/2016

634 Diana Veronica Juarez Olivo 02/12/2016

635 Jesus Graciano Ramon 02/12/2016

636 Lucia Citlalic Sanchez Perez 02/12/2016

637 Maria Angelica Martinez

Mendoza 02/12/2016

638 Kassandra Lima Macedo 03/12/2016

639 Maria Loredana Diaz

Castellanos 03/12/2016

640 Irma Elena Jimenez

Hernandez 04/12/2016

641 Maria de Jesus Baños

Castro 04/12/2016

642 Yesenia Moreno Pineda 04/12/2016

643 Ada Linda Vergara Aburto 05/12/2016

644 Sandy Martinez Hernandez 05/12/2016

645 Ana Ruth Broca Mendoza 05/12/2016

646 Porfiria Lopez Rivera 06/12/2016

647 Cinthia Itzel Guatemala

Hernandez 06/12/2016

648 Orlando Cortez Renteria 07/12/2016

649 Javier Luviano Bazan 07/12/2016

650 Jesus Narciso Alonso

Martinez 07/12/2016

651 Andrea Vanesa Hernandez

Gutierrez 07/12/2016

652 Jesus Antonio Castro

Valdez 07/12/2016

653 Antonio Giron Lopez 08/12/2016

654 Maria del Rayo Franco de la

Luz 08/12/2016

655 Agustina Garcia Dominguez 08/12/2016

656 Jose Eduardo Cuellar

Florentino 09/12/2016

657 Juana Patricia Montes

Basurto 09/12/2016

658 Milton Christian Medina

Cuellar 09/12/2016

659 Monica Edith Robles Guerra 09/12/2016

660 Eliel Zacarias Jeronimo 09/12/2016

661 Oscar Gomez Figueroa 09/12/2016

662 Ezequiel Puente Hernandez 11/12/2016

663 Johany Anahi Alvarez

Camacho 12/12/2016

664 Abigail Burgos Linares 12/12/2016

665 Adriana Ambros Chiguil 12/12/2016

666 Alba Celia Monter

Hernandez 12/12/2016

667 Aura de la Luz Cervantes

Rico 13/12/2016

668 Carlos Alberto Rodriguez

Pastrana 13/12/2016

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

669 Isabel Cristina Gonzalez

Alcudia 14/12/2016

670 Karen Gonzalez Cortes 15/12/2016

671 Itzel Abigail Gonzalez

Mendieta 16/12/2016

672 Araceli Lopez Rodriguez 16/12/2016

673 Maria Teresa Hernandez

Zacatzi 16/12/2016

674 Marlen Mejia Luna 17/12/2016

675 Humberto Israel Guerra

Martinez 19/12/2016

676 Francisco Pablo Munguia

Gaytan 19/12/2016

677 Maria Gomez Alvaro 20/12/2016

678 Francisco Solis Diaz 20/12/2016

679 Teresa del Carmen Gonzalez Sanchez

20/12/2016

680 Maria Elena Hernandez

Perez 21/12/2016

681 Pedro Serbulo Garcia 21/12/2016

682 Gabina Claudia Gonzalez

Juarez 22/12/2016

683 Miriam Guadalupe

Contreras Valdovinos 23/12/2016

684 Maria de Lourdes Aguilar

Morales 23/12/2016

685 Angel Gonzalez Arroyo 23/12/2016

686 Jose Juan Dionicio Simon 26/12/2016

687 Maria Isabel Garduza

Muñoz 27/12/2016

688 Alberto Gonzalez Nolasco 27/12/2016

689 Evelyn Dayana Herrera

Mares 28/12/2016

690 Jessica del Carmen Montiel

Hernandez 28/12/2016

691 Juan Carlos Galvan

Abundez 29/12/2016

692 Jessica Yoselin Rosado

Matu 31/12/2016

693 Yonathan Rios Uriarte 03/01/2017

694 Jesus Alvarado Pimienta 03/01/2017

695 Imelda Bonilla Tamayo 03/01/2017

696 Rusbel Vidal Escobar 04/01/2017

697 Jorge Moedano Muñoz 05/01/2017

698 Xochitl Marubit Aguirre

Garcia 05/01/2017

699 Petra Gallegos Morales 06/01/2017

700 Antonio Meza Morales 07/01/2017

701 Domitila Solano Guzman 07/01/2017

702 Luis Enrique Rodriguez

Hernandez 09/01/2017

703 Janette Sahir Bonilla Garcia 10/01/2017

704 Alondra Guadalupe Agustin

Mares 10/01/2017

705 Ana Lilia Peña Leyva 10/01/2017

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

97

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

706 Maria Antonia Leyva Roque 11/01/2017

707 Geovanny Rafael Tejeda

Catalan 11/01/2017

708 Wilfrido Armin Gutierrez

Garcia 11/01/2017

709 Erick Bahena Guadarrama 11/01/2017

710 Laura Rico Tovar 12/01/2017

711 Raymundo Cuadros Gomez 12/01/2017

712 Alondra Guadalupe Ariza

Ordaz 12/01/2017

713 Maria Isabel Herrera Garcia 12/01/2017

714 Manuel Velez Betancourt 12/01/2017

715 Fernando Garcia Montejo 12/01/2017

716 Uriel Castillo Jimenez 13/01/2017

717 Dulce Abigail Arellano

Malagon 13/01/2017

718 Jose Eduardo Jimenez

Orduña 13/01/2017

719 Gloria Roman Millan 13/01/2017

720 Lesli Pacheco Manuel 14/01/2017

721 Sostenes Amando

Rodriguez Rodriguez 14/01/2017

722 Victor Gonzalez Castillo 15/01/2017

723 Maria Guadalupe Gomez

Campos 16/01/2017

724 Cristobal Morales Gonzalez 16/01/2017

725 Eduardo Meraz Aragon 16/01/2017

726 Moises Manuel Martinez

Cervantes 17/01/2017

727 Jose Moises Nava Martinez 17/01/2017

728 German Sandoval Ramirez 17/01/2017

729 Saul Martinez Faustino 17/01/2017

730 Ismael Valencia Garcia 17/01/2017

731 Adareli Garcia Serrano 18/01/2017

732 Anahi Benitez Pastor 18/01/2017

733 Everardo Villegas Morales 18/01/2017

734 Luis Alberto Godinez

Mondragon 19/01/2017

735 Maria Guadalupe Peña

Salguero 19/01/2017

736 Jennyffer Vanessa Valenzo

Sanchez 19/01/2017

737 Edgar Elias Salmeron Melo 19/01/2017

738 Sonia Sotelo Arellano 19/01/2017

739 Lourdes Solis Solano 19/01/2017

740 Yesenia Torres Hernandez 19/01/2017

741 Cecilia Lorena Cossio

Rodriguez 20/01/2017

742 Meybel del Rocio Gonzalez

Rivas 20/01/2017

743 Lilia Constantino Gonzalez 20/01/2017

744 Yenic Rivera Guzman 20/01/2017

745 Reyna Martinez Tapia 20/01/2017

746 Norma Araceli Perez Alonso 20/01/2017

747 Idalia Tecalco Negrete 20/01/2017

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

748 Ruben Eduardo Saldivar 20/01/2017

749 Iris Zapatero Herrera 21/01/2017

750 Carlos Hernandez Escobar 21/01/2017

751 Libny Maely Rosas Naves 21/01/2017

752 Maria Josefina Muñoz Barba 22/01/2017

753 Leticia Holguin Barraza 22/01/2017

754 Teotlahui Viridiana Conde

Galicia 22/01/2017

755 Karina Elizabeth Galindo

Osorio 22/01/2017

756 Mario Medellin Lara 23/01/2017

757 Sonia Reyes Lopez 23/01/2017

758 Karla Elia Torres Ocampo 23/01/2017

759 Alma Olivia Rodriguez

Lopez 23/01/2017

760 Juan Raul Gutierrez

Dominguez 23/01/2017

761 Prudencio De Luna Nuñez 24/01/2017

762 Armando Daniel Meneses

Garcia 24/01/2017

763 Alvaro Morales Cruz 24/01/2017

764 Angelica Ramirez Rosas 24/01/2017

765 Antonio Perez Rojo 24/01/2017

766 Ernesto Isidro Ramirez

Mejia 24/01/2017

767 Enrique Aguilar Arellano 24/01/2017

768 Miguel Angel Lopez Juarez 24/01/2017

769 Enrique Martinez Hernandez 24/01/2017

770 Pedro Pablo Garcia

Martinez 24/01/2017

771 Abigail Gonzalez

Dominguez 24/01/2017

772 Myriam Gabriela Alvarez

Sifuentes 24/01/2017

773 Jose Juan Ramirez

Hernandez 24/01/2017

774 Hermila Mendez Delgado 24/01/2017

775 Marisol Colunga Segura 24/01/2017

776 Erika Penelope Maya

Gutierrez 25/01/2017

777 Martha Angelica Gonzalez

Bonilla 25/01/2017

778 Guillermo Julian Ayerdi

Barrientos 25/01/2017

779 Arturo Leyva Magadan 25/01/2017

780 Alan Michel Gonzalez

Urbina 25/01/2017

781 Noemi Diaz Perez 25/01/2017

782 Guadalupe Perez Garcia 25/01/2017

783 Luciana Aline Guerrero

Acevedo 26/01/2017

784 Diana Dennis Duran

Romero 26/01/2017

785 Raul Parra Victorino 26/01/2017

786 Jairo de los Santos Cedeña 26/01/2017

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

98

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

787 Dulce Maritza Rosales

Salinas 26/01/2017

788 Ma del Carmen Aguayo

Sanchez 26/01/2017

789 Ramiro Uriel Hernandez

Maldonado 26/01/2017

790 Uziel Jose Castro 26/01/2017

791 Hector Jesus Martinez

Morales 26/01/2017

792 Veronica Margarito Abundiz 27/01/2017

793 Ernestina Trejo Calva 27/01/2017

794 Mari Nancy Contreras

Maldonado 27/01/2017

795 Marisela Salazar Hernandez 27/01/2017

796 Alexis del Carmen Cortazar

Gonzalez 27/01/2017

797 Mario Tornez Suazo 28/01/2017

798 Patricia Elva Gonzalez

Moreno 28/01/2017

799 Arturo Israel Cordova Reyes 29/01/2017

800 Armando Hernandez Gomez 30/01/2017

801 Jose Antonio Sandoval

Reyes 30/01/2017

802 Mauricio Andres Mejia

Juarez 30/01/2017

803 Paula Grijalva Español 30/01/2017

804 Daniel Cantu Santiago 30/01/2017

805 Sandra Lopez Sanchez 30/01/2017

806 Oscar Lopez Sanchez 30/01/2017

807 Sergio Orlando Alonso

Garcia 30/01/2017

808 Michael Vanessa Corpus

Esparza 30/01/2017

809 Miriamn Herrera Ramirez 30/01/2017

810 Ana Florisa Taxilaga

Carballo 30/01/2017

811 Estela Goretti Rejon

Echeverria 30/01/2017

812 Epitasio Espinoza Diaz 31/01/2017

813 Maria del Carmen Bautista

Saldaña 31/01/2017

814 Carlos Vega Perez 31/01/2017

815 Veronica Burgoa Herrera 31/01/2017

816 Martha Iracema Saldaña

Piña 31/01/2017

817 Reyna Guadalupe

Hernandez Jimenez 01/02/2017

818 Angelica del Rosario Hernandez Jimenez

01/02/2017

819 Lucia Yenex Martinez

Gonzalez 01/02/2017

820 Alfredo Roman Escamilla 01/02/2017

821 Antonio Ambrosio Coronado 01/02/2017

822 Erika Saldivar Marin 01/02/2017

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

823 Lucero Elena Venegas

Perez 02/02/2017

824 Dafne Viridiana Escalante

Tobilla 02/02/2017

825 Susana Karina Vargas

Gaytan 02/02/2017

826 Ana Lucia Luevanos Maltos 02/02/2017

827 Santiaga Martinez Mejorado 02/02/2017

828 Sandra Curiel Santos 02/02/2017

829 Graciano Hernandez

Sanchez 02/02/2017

830 Vianey Juarez Herrera 02/02/2017

831 Marlon Armando Macias

Coronado 02/02/2017

832 Brenda Yazmin Gomez Diaz 03/02/2017

833 David Aguirre Saldaña 03/02/2017

834 Carlos Roberto Chavez

Luevanos 03/02/2017

835 Lucero Amaranta Chavez

Sanchez 03/02/2017

836 Pedro Alan Garcia Jimenez 03/02/2017

837 Alfonso Giron Lopez 04/02/2017

838 Roberto Torres Gonzalez 04/02/2017

839 Armando Barcenas

Calzontzi 04/02/2017

840 Stefany Abigail de la Cruz

Hernandez 04/02/2017

841 Maria de Lucero Ortiz

Mendoza 04/02/2017

842 Luis Fernando Zambrano

Garcia 04/02/2017

843 Maria Areli Hernandez

Hernandez 05/02/2017

844 Yadira Yazmin Mendoza

Gutierrez 05/02/2017

845 Gloria Georgina Ochoa

Constantino 05/02/2017

846 Juan Carlos Rivera de los

Santos 05/02/2017

847 Sonia Judith Lopez Santillan 05/02/2017

848 Dalia Gerardo Teodoro 05/02/2017

849 Elizabeth Santiago Rojas 05/02/2017

850 Sandra de la Cruz Madrigal 05/02/2017

851 Luis Enrique Proal Najera 05/02/2017

852 Micheel Guadalupe Alcopar

Salgado 05/02/2017

853 Fabiola Hernandez Sanchez 06/02/2017

854 Luis Enrique Estrada Roman 06/02/2017

855 Pamela Tolinka Juarez

Suarez 06/02/2017

856 Luis Fernando Gomez

Cancino 07/02/2017

857 Angel Alexander Martinez

Gomez 07/02/2017

858 Ana Karen Martinez Guillen 07/02/2017

Page 99: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

99

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

859 Ariana Lezama Barba 07/02/2017

860 Adriana Rubio Retana 07/02/2017

861 Rosario Mayte Gonzalez

Perez 07/02/2017

862 Sergio Lopez Hernandez 07/02/2017

863 Trinidad Esteban Esteban 07/02/2017

864 Victor Hugo Chavez

Quesada 07/02/2017

865 Cyndia Joana Cornejo

Lopez 07/02/2017

866 Lucelia Vera Aquino 07/02/2017

867 Vanely Rosas Hernandez 07/02/2017

868 Jorge Alberto Sanchez Atzin 07/02/2017

869 Cristian Giovanni Perez

Concha 08/02/2017

870 Miguel Angel Cisneros

Sanchez 08/02/2017

871 Aline Loreto Gonzalez

Carrillo 08/02/2017

872 Sandra Nayeli Romero

Hernandez 08/02/2017

873 Juana Hortensia Lemus

Galindo 08/02/2017

874 Maribel Lozano Sanchez 08/02/2017

875 Luis Misael Olguin Garcia 08/02/2017

876 Itati Arali Ortiz Agüero 08/02/2017

877 Karla Lorena Taboada

Rodriguez 08/02/2017

878 Josue Asiel Martinez

Manzano 08/02/2017

879 Erika Osorio Luna 08/02/2017

880 Miriam Jazmin Cruz

Hernandez 08/02/2017

881 Adriana Arzola Reynoso 08/02/2017

882 Edgar Arellanes Basurto 08/02/2017

883 Georgina Baltazar Isidor 08/02/2017

884 Silvano Gregorio Cantu 08/02/2017

885 Alonso Solis Martinez 08/02/2017

886 Angel Giovanni Rojas

Arizmendi 08/02/2017

887 Diani Lopez Diaz 08/02/2017

888 Karla Olivia Roque Miceli 09/02/2017

889 Luis Fernando Chacon

Estrada 09/02/2017

890 Daniela Abigail Alfaro

Jimenez 09/02/2017

891 Libni Jatniel Martinez

Carbajal 09/02/2017

892 Gabriel Emilio Clemente 09/02/2017

893 Victor Hugo Cano Ruiz 10/02/2017

894 Gustavo Osvaldo Cruz Trejo 10/02/2017

895 Bertha Alicia Gonzalez

Hernandez 10/02/2017

896 Mireya Amayrani

Guadarrama Garcia 10/02/2017

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

897 Brian Munguia Beltran 10/02/2017

898 Elsa Vazquez Gutierrez 10/02/2017

899 Rosa Isela Angelina Hernandez Castro

10/02/2017

900 Cuauhtemoc Luna Martinez 10/02/2017

901 Cristian Yair Vazquez

Bustamante 10/02/2017

902 Yanely Garcia Romero 10/02/2017

903 Surid Reyna Garcia 10/02/2017

904 Jasheli Miranda Estrada 10/02/2017

905 Urias Santiago Mena 10/02/2017

906 Maria Petrona Trinidad

Gonzalez 11/02/2017

907 Ricardo Escalona Carrasco 11/02/2017

908 Javier Cervantes Diaz 11/02/2017

909 Maria Guadalupe Aguirre

Morales 11/02/2017

910 Martha Angelica Mendiola

Gutierrez 11/02/2017

911 Alejandra Santes Lozano 11/02/2017

912 Erika Anaid Pavon Martinez 12/02/2017

913 Alejandro Ramon Ramirez 12/02/2017

914 Viviana Almeida Lara 12/02/2017

915 Roberto Lopez Alvarado 12/02/2017

916 Ildefonso Gomez Bautista 13/02/2017

917 Maria Eugenia Margarita Del

Castillo Trulin 13/02/2017

918 Pedro Ivan Reyes Garcia 13/02/2017

919 Irene Bautista Hernandez 13/02/2017

920 Alejandra Aguilar Duran 13/02/2017

921 Flora Serapio Santiago 13/02/2017

922 Lizbeth Hernandez Perez 13/02/2017

923 Ana Victoria Sanchez Garcia 13/02/2017

924 Guadalupe Velasco Gomez 14/02/2017

925 Erick Eduardo Lopez Gomez 14/02/2017

926 Juan Carlos Santiz

Hernandez 14/02/2017

927 Julio Cesar Zambrano

Mendoza 14/02/2017

928 Jose Cesar Magdaleno

Gonzalez 14/02/2017

929 Liliana Marisol Brito Adrian 14/02/2017

930 Maria Luisa Aguayo Torres 14/02/2017

931 Guillermo Hernandez Torres 14/02/2017

932 Jesus Omar Maya Franco 14/02/2017

933 Patricia Paredes Escutia 14/02/2017

934 Elda Idiana Marcial Bernal 14/02/2017

935 Yuzdivia Yaxmin Pastrana

Rosales 14/02/2017

936 Nayeli Hernandez Perez 14/02/2017

937 Jose Trinidad Aguilar

Vargas 14/02/2017

938 Claudia Grajales Velasco 15/02/2017

939 Anael Guadalupe Candelaria Arce

15/02/2017

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

100

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

940 Miriam Cisneros Martinez 15/02/2017

941 Ceturnino Pablo Rosas 15/02/2017

942 Carlos Mariano Sanchez 16/02/2017

943 Alma Gloria Hernandez de

la Cruz 16/02/2017

944 Maria Teresa Valle

Merchand 16/02/2017

945 Araceli Medina Sandoval 16/02/2017

946 Carlos Gallegos Olvera 16/02/2017

947 Marcos Antonio Jimenez

Castro 16/02/2017

948 Laura Gamez Rodriguez 16/02/2017

949 Lucy Moreno Arcos 17/02/2017

950 Herminio Evodio Garcia

Ortega 17/02/2017

951 Jorge Gomez Sanchez 17/02/2017

952 Raul Alberto Lara Galvan 17/02/2017

953 Antonio Reyes Sanchez 17/02/2017

954 Victor Isac Dionicio Urbano 17/02/2017

955 Victor Manuel Mendoza

Cipriano 17/02/2017

956 Juliana Miguel Gomez 17/02/2017

957 Benito Morones Valles 17/02/2017

958 Eleazar de Jesus Gomez

Gomez 18/02/2017

959 Jaime Eduardo Lara

Velazquez 18/02/2017

960 Carlos Muñoz Hernandez 18/02/2017

961 Antonio Morales Reyes 18/02/2017

962 Maria Berenice Granados

Sosa 18/02/2017

963 Francisco Javier Sanchez

Bermudez 18/02/2017

964 Angelica Jimenez Remigio 18/02/2017

965 Petronilo Romero Lucas 18/02/2017

966 Ismael Cardenas Marban 18/02/2017

967 Griselda Lagunas Sanchez 18/02/2017

968 Marisol Gonzalez Gonzalez 18/02/2017

969 Juan Antonio Escandon

Alvarez 19/02/2017

970 Lucia Hernandez Gonzalez 19/02/2017

971 Martha Rosa Mendoza Cruz 19/02/2017

972 Yasmin Araujo Martinez 19/02/2017

973 Roberto Hernandez Leon 19/02/2017

974 Luz Maria Toro Gijon 19/02/2017

975 Rocio Medina Ramirez 19/02/2017

976 Luis Eduardo Eboli Morales 20/02/2017

977 Tania Grisell Molina Perez 20/02/2017

978 Jocsam Macdiel Zuñiga

Cadenas 20/02/2017

979 Abel Merino Constancio 20/02/2017

980 Edgar Ubaldo Escamilla

Ramirez 20/02/2017

981 Mario Francisco Gomez

Molina 20/02/2017

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

982 Oscar Hernan Rabelo

Alvarez 20/02/2017

983 Ma Josefina Mendez

Navarro 20/02/2017

984 Victor Molina Moreno 20/02/2017

985 Alfredo Sanchez Jimenez 20/02/2017

986 Ana Cristina Francisco

Salazar 20/02/2017

987 Octavio Rogelio Fernandez

Castelan 21/02/2017

988 Allan Sergio Soto Olmos 21/02/2017

989 Anahi Lopez Espinoza 21/02/2017

990 Adilene Guzman Santamaria 21/02/2017

991 Alejandra Sedeño Gonzalez 21/02/2017

992 Gerardo Ibarra Flores 21/02/2017

993 Asuncion Segura Hernandez 21/02/2017

994 Jorge Alberto Rodriguez

Marquez 22/02/2017

995 Haydee Berthely Mendoza 22/02/2017

996 Estela Ortiz Flores 22/02/2017

997 Hector Cesar Sanchez

Zamora 22/02/2017

998 Santana Sanchez Arenas 22/02/2017

999 Maria Salome Alonso

Santos 22/02/2017

1000 Kareny Lopez Martinez 22/02/2017

1001 Maria Luisa Cruz Miguel 22/02/2017

1002 Susana Ortiz Colin 22/02/2017

1003 Nadia Pacheco Ortiz 22/02/2017

1004 Gabriela de Dios Puebla 22/02/2017

1005 Oscar Omar Rodriguez

Raudales 22/02/2017

1006 Gabriela Velez Niño 23/02/2017

1007 Sonia Angelica Favela

Mesta 23/02/2017

1008 Erik Rogelio Rodriguez

Hernandez 23/02/2017

1009 Omar Jesus Rojano

Rodriguez 23/02/2017

1010 Damian Avila Cortes 23/02/2017

1011 Miguel Angel Morales Niño 23/02/2017

1012 Lourdes Maribel Llerenas

Arellano 23/02/2017

1013 Veronica Mejia Cabrera 23/02/2017

1014 Maria Silvina Rangel

Martinez 23/02/2017

1015 David Josue Briones Torres 23/02/2017

1016 Rocio Gutierrez Sanchez 23/02/2017

1017 Norma Guadalupe Santos

Sauceda 23/02/2017

1018 Cesar Rodolfo Soto

Gonzalez 24/02/2017

1019 Nallely Elizabeth Beltran

Gonzalez 24/02/2017

1020 Patricio Natera Serrano 24/02/2017

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

101

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

1021 Angelica Rogel Hernandez 24/02/2017

1022 Olga Nayeli Rogel

Hernandez 24/02/2017

1023 Jorge Enrique Macias

Ramirez 24/02/2017

1024 Natalia Emily Peralta

Contreras 24/02/2017

1025 Juan Carlos Castro Galindo 24/02/2017

1026 Rodolfo Gonzalez Chavez 24/02/2017

1027 Edith Vallejo Melchor 25/02/2017

1028 Luis Mauricio Moreno

Cabello 25/02/2017

1029 Karla Rincon Martinez 25/02/2017

1030 Amada Xitlali Chavarria

Vazquez 25/02/2017

1031 Felix Chavarria Vazquez 25/02/2017

1032 Yoloxochitl Chavarria

Vazquez 25/02/2017

1033 Jorge Alfredo Camacho

Morales 25/02/2017

1034 Maria Catalina Hernandez

Carbajal 25/02/2017

1035 Yuri Magali Reyes Aguilar 25/02/2017

1036 Berenice Nayeli Marin

Renteria 25/02/2017

1037 Araceli Mariana Sanchez

Hijar 26/02/2017

1038 Oralia Marisela Rocha

Flores 26/02/2017

1039 Marysol Rodriguez

Hernandez 26/02/2017

1040 Erika Luisa Galvan Campos 26/02/2017

1041 Omar Arturo Ledesma

Velazquez 26/02/2017

1042 Hector Hugo Rodriguez

Toledo 26/02/2017

1043 Maria Dolores Rodriguez

Gonzalez 26/02/2017

1044 Jorge Flores Quintero 26/02/2017

1045 Ricardo Vargas Carrillo 26/02/2017

1046 Mauricio Romero

Vasconcelos 26/02/2017

1047 Josymar Valencia Garduño 27/02/2017

1048 Sebastian Enriquez

Hernandez 27/02/2017

1049 Citlalli Abigail Acosta

Lozano 27/02/2017

1050 Marissa Soria Chavez 27/02/2017

1051 Hector Reyes Abraham 27/02/2017

1052 Maria Estela Ortiz Gallegos 27/02/2017

1053 Ivonne Irene Gonzalez

Martinez 27/02/2017

1054 Maria del Rosario Saldivar

Bermudez 27/02/2017

1055 Esperanza Gomez Lopez 28/02/2017

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

1056 Jose Angel Gomez Olvera 28/02/2017

1057 Francisco Bruno Garcia

Gonzalez 28/02/2017

1058 Jorge Antonio Diaz Avila 28/02/2017

1059 Ismael Akzayakatl Molina

Vazquez 28/02/2017

1060 Maricela Alvarez Martinez 28/02/2017

1061 Gustavo Mendoza Garcia 28/02/2017

1062 Elizabeth Sanchez Garcia 28/02/2017

1063 Jesus Noyola Carrizales 28/02/2017

1064 Inder Xchel Molina Vazquez 28/02/2017

1065 Alexander Lopez Trujillo 01/03/2017

1066 Gisela Pedraza Espinosa 01/03/2017

1067 Rosa Maria Horta Flores 01/03/2017

1068 Jerlin Iris Fierro Sanchez 01/03/2017

1069 Victor Manuel Valle Azuara 01/03/2017

1070 Katya Elizabeth Cortes Mata 01/03/2017

1071 Cecilia Baeza Lopez 01/03/2017

1072 Domitila Ruby Chan Que 01/03/2017

1073 Felipe Hernandez Andrade 01/03/2017

1074 Cristina Soledad del Carmen

Cauich Cauich 01/03/2017

1075 Wanda Isabel Mata Yam 01/03/2017

1076 Laura Maribel Canche

Azcarate 01/03/2017

1077 Darinel Garcia Lopez 02/03/2017

1078 Narda Evelin Cruz Morga 02/03/2017

1079 Victor Manuel Cruz Acuña 02/03/2017

1080 Sandra Hernandez Reyes 02/03/2017

1081 Cynthia Antonia Galindo

Montoya 02/03/2017

1082 Victoria Galeano Cano 02/03/2017

1083 Ana Rosa Morales Diaz 02/03/2017

1084 Patricia Guadalupe Adame

Guzman 02/03/2017

1085 Oscar Daniel Ramires

Reyes 02/03/2017

1086 Ana Karen Gonzalez

Barrera 02/03/2017

1087 Jair Gomez Flores 02/03/2017

1088 Rocio Rodriguez Rodriguez 02/03/2017

1089 Julia Jimenez Salgado 02/03/2017

1090 Angela Mercedes Camacho

Luevano 02/03/2017

1091 Susana Cruz Martinez 03/03/2017

1092 Esau Diaz Alvaro 03/03/2017

1093 Sandra Elizabeth Gomez

Jimenez 03/03/2017

1094 Raul Perez Hernandez 03/03/2017

1095 Manuel Godinez Tercero 03/03/2017

1096 Alejandra Gabriela Moreno

Alavez 03/03/2017

1097 Yadira Fuentes Vazquez 03/03/2017

1098 Lourdes Martinez

Hernandez 03/03/2017

Page 102: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

102

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

1099 Jose Alfredo Hernandez

Garcia 03/03/2017

1100 Jose Antonio Garcia Moran 03/03/2017

1101 Norma Gallegos de la Paz 03/03/2017

1102 Juana Villagomez Panecatl 03/03/2017

1103 Jose Fabian Palacios Guel 03/03/2017

1104 Luz Aurora del Rivero

Vazquez 03/03/2017

1105 Juan Carlos Hernandez

Huerta 03/03/2017

1106 Carolina Cervantes Heras 04/03/2017

1107 Pablo Garcia Zamora 04/03/2017

1108 Alejandra Barrera Martinez 04/03/2017

1109 Miguel Augusto Avila

Gonzalez 04/03/2017

1110 Kimberly Guadalupe Estrada

Martinez 04/03/2017

1111 Laura Antonia Ramirez

Gonzalez 04/03/2017

1112 Luz del Carmen Paredes

Blanca 04/03/2017

1113 Maria del Socorro Martinez

Hernandez 04/03/2017

1114 Alma Angelica Nicio Badillo 05/03/2017

1115 Raziel Agustin Pineda Canal 05/03/2017

1116 Francisco Efrain Aparicio

Cardenas 05/03/2017

1117 Maricela Santillan Garcia 05/03/2017

1118 Angel de Jesus Dominguez

Bautista 05/03/2017

1119 Vicenta Fores Agustina 05/03/2017

1120 Wilbert Martin Ek Cohuo 05/03/2017

1121 Sonia Ivette Carlos Ruiz 05/03/2017

1122 Federico Duran Garcia 06/03/2017

1123 Addiz Romina Candia Iturbe 06/03/2017

1124 Maria Cenobia Martinez

Cabello 06/03/2017

1125 Hortencia Lira Martinez 06/03/2017

1126 Ana Luz Paniagua Ramirez 06/03/2017

1127 Deisy Marisol Medina

Bonilla 06/03/2017

1128 Maria del Carmen Nohemi

Monroy Ramirez 06/03/2017

1129 Nohemi Thur Aranda 06/03/2017

1130 Rubi Gonzalez Trinidad 06/03/2017

1131 Monica Gutierrez Castillo 06/03/2017

1132 Marcelina Velasco Vasquez 06/03/2017

1133 Lilia Azua Ramos 06/03/2017

1134 Eric Garcia Carrera 06/03/2017

1135 Concepcion May de la Cruz 06/03/2017

1136 Jorge Arturo Perez Falconi 06/03/2017

1137 Nicolasa Lopez Maldonado 06/03/2017

1138 Karina Guadalupe Gordillo

Arguello 07/03/2017

1139 Luis Enrique Gordillo Gomez 07/03/2017

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

1140 Michel Efren Vazquez

Santana 07/03/2017

1141 Maria Silvia Martinez

Morales 07/03/2017

1142 Sandra Karina Cortes

Ortega 07/03/2017

1143 Octavio Hernandez Godinez 07/03/2017

1144 Maria Guadalupe Alonso

Albarran 07/03/2017

1145 Maria Isabel Miranda

Martinez 07/03/2017

1146 Victor Adolfo Rojas Campos 07/03/2017

1147 Alejandra Guadalupe del

Pilar Garcia 07/03/2017

1148 Jose Cruz Valentin 07/03/2017

1149 Armando Hernandez Garcia 07/03/2017

1150 Victor Pablo Vivanco 07/03/2017

1151 Veronica Nancy Fiscal

Moreno 07/03/2017

1152 Ana Lilia Serrano Gonzalez 07/03/2017

1153 Rosario Nuñez Nuñez 08/03/2017

1154 Eric Daniel Lopez Martinez 08/03/2017

1155 Elba Brenda Gonzalez

Perez 08/03/2017

1156 Elizabeth Guadalupe

Cornejo Garcia 08/03/2017

1157 Gabriela Cortes Lopez 08/03/2017

1158 Jose Patricio Soria

Caballero 08/03/2017

1159 Arely Hernandez Murguia 08/03/2017

1160 Maria Concepcion Garcia

Aparicio 08/03/2017

1161 Javier Ramirez Infante 09/03/2017

1162 Claudia Ivette Sagredo

Villalobos 09/03/2017

1163 Leticia Gutierrez Islas 10/03/2017

1164 Marta Iris Hernandez

Chepillo 10/03/2017

1165 Cleotilde Luna Fierros 10/03/2017

1166 Guadalupe Medrano

Ontiveros 10/03/2017

1167 Beatriz Elvira Carrizoza

Ochoa 10/03/2017

1168 J Guadalupe Gonzalez

Guerrero 10/03/2017

1169 Nidia Guadalupe Salaya

Gutierrez 10/03/2017

1170 Roberto Mendez Perez 10/03/2017

1171 Noe Espinosa Lazaro 11/03/2017

1172 Tzitlally del Carmen

Champo Estrada 11/03/2017

1173 Jose Alexander Hernandez

Solis 11/03/2017

1174 Arturo Yamamoto Resendiz 11/03/2017

Page 103: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

103

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

1175 Melanie Sharon Delint

Gamez 11/03/2017

1176 Ana Patricia Resendiz

Espinosa 11/03/2017

1177 Martha Patricia Trejo Yepez 11/03/2017

1178 Domingo Guerrero Navez 11/03/2017

1179 Javier Juarez Flores 11/03/2017

1180 Laura Araceli Guerrero

Guzman 11/03/2017

1181 Emma Berta Ramos

Martinez 11/03/2017

1182 Alejandra Ramirez Ovando 11/03/2017

1183 Erika Leon Gonzalez 11/03/2017

1184 Cinthia Paola Cancino de la

Cruz 12/03/2017

1185 Fatima Guadalupe Velazquez Nataren

12/03/2017

1186 Maria de las Mercedes Rios

Lopez 12/03/2017

1187 Emma Isabel Huerta

Balderas 12/03/2017

1188 Raul Olivos Gutierrez 12/03/2017

1189 Jose Eduardo Tlalpan

Muñoz 12/03/2017

1190 Magdiel Lopez Zambrano 12/03/2017

1191 Erick Baruc Martinez Nuñez 12/03/2017

1192 Silvia Gonzalez Hernandez 12/03/2017

1193 Alexis Aguilar Morales 13/03/2017

1194 Jose Antonio Rivera

Lagunas 13/03/2017

1195 Maria del Sagrario Cruz

Alvarez 13/03/2017

1196 Dulce Maria Salinas Garcia 13/03/2017

1197 Sofia Atriano Mendieta 13/03/2017

1198 Efren Trujillo Aquino 13/03/2017

1199 Juan Jose Carrera Cortez 13/03/2017

1200 Everardo Urue Garcia 13/03/2017

1201 Lourdes Soto Delgado 13/03/2017

1202 Elvira Gonzalez Avalos 13/03/2017

1203 Jesus Antonio Esteban

Lopez 13/03/2017

1204 Jesus Elizabeth Ruiz

Bermudez 14/03/2017

1205 Yadira Velazquez Sereno 14/03/2017

1206 Andres Jimenez Mejia 14/03/2017

1207 Maria de los Angeles Sierra

Morales 14/03/2017

1208 Mariano Diaz Resendiz 14/03/2017

1209 Ana Janeth Hernandez

Gallardo 14/03/2017

1210 Claudia Resendiz Rojo 14/03/2017

1211 Jonathan Alonso Figueroa 14/03/2017

1212 Isnel Leon Silva 14/03/2017

1213 Alberto Cruz Marquez 14/03/2017

No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

1214 Javier Alejandro Sanchez

Morales 14/03/2017

1215 Ma. Dolores Loredo Tapia 14/03/2017

1216 Andres Montejo Hernandez 14/03/2017

1217 Ada Maria Briceño Romero 14/03/2017

1218 Juan Luis Gomez Gomez 15/03/2017

1219 Margarita Concepcion

Mateo Camacho 15/03/2017

1220 Claudia Lizette Estrada

Tinajero 15/03/2017

1221 Erika Gabriela Sanchez

Bustamante 15/03/2017

1222 Paulina Victoria Ledesma

Juarez Olay 15/03/2017

1223 Alicia Lizeth Alvarado

Padilla 15/03/2017

1224 Christian Contreras Flores 15/03/2017

1225 Jose Manuel Chavez Vieyra 15/03/2017

1226 Ethel Romero Aragon 15/03/2017

1227 Ana Laura Rodriguez

Sanchez 15/03/2017

1228 Nora Isamar Palma

Hernandez 15/03/2017

1229 Pablo Canul Lopez 15/03/2017

1230 Jose Cornelio Sanchez

Cinco 16/03/2017

1231 Rina Patricia Dominguez

Granados 16/03/2017

1232 Surisadday Garcia Cruz 16/03/2017

1233 Carlos Pavel Cuauhtemoc

Tupac Garcia Aguayo 16/03/2017

1234 Leticia Mendoza Moreno 16/03/2017

1235 Eloy Hector Rueda Reyes 16/03/2017

1236 Karen Mendoza Vera 16/03/2017

1237 Antonia Elizabeth Alonso

Garay 17/03/2017

1238 Grecia Guadalupe Reyes

Piñon 17/03/2017

1239 Betsabe Torres Perez 17/03/2017

1240 Juan Antonio Cañas

Palomeque 17/03/2017

1241 Daniela Guerrero Bautista 18/03/2017

1242 Alma Flor Garcia Garcia 18/03/2017

1243 Jose Manuel Hernandez

Hernandez 18/03/2017

1244 Jose Feliciano Garcia

Ramos 18/03/2017

1245 Jose Antonio Gomez Broca 18/03/2017

1246 Lorena Cecilia Merlin Acuña 19/03/2017

1247 Juan Carlos Romero Celis 21/03/2017

1248 Humberto Cruz Mendoza 21/03/2017

1249 Luis Guillermo Ramirez

Fernandez 21/03/2017

1250 Pedro Morales Hernandez 21/03/2017

1251 Carlos Adrian Nuñez Lew 22/03/2017

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No Nombre Fecha de afiliación DEPPP

1252 Lizbeth Gonzalez Torres 22/03/2017

1253 Guadalupe Hernandez

Sanchez 22/03/2017

1254 Francisco Ivan Granados

Sandoval 23/03/2017

1255 Jose Alfonso Vazquez

Romo 23/03/2017

1256 Enrique Flores Angeles 23/03/2017

1257 Jessica Resendiz Martinez 23/03/2017

1258 Perla Leticia Albarran

Barron 23/03/2017

1259 Roman Garcia Angel 23/03/2017

1260 Fabiola Patlan Rodriguez 24/03/2017

1261 Jonathan Alejandro Rodriguez Ramirez

24/03/2017

1262 Mario Ramon Dominguez

Piñaza 25/03/2017

1263 Jonathan Roberto Garcia

Miranda 25/03/2017

No Nombre Fecha de afiliación

PRD

1 Jose Guadalupe

Lopez Lopez 05/07/2014

2 Sayani Guadalupe

Spain Lamas 14/07/2016

Información de 2 ciudadanas y ciudadanos proporcionada por el partido político denunciado

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CUARTO. EFECTOS DEL ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL INE/CG33/2019 Para los efectos de la resolución del asunto que nos ocupa, y con el propósito de conocer las razones que subyacen a la problemática de las indebidas afiliaciones cometidas por los partidos políticos en perjuicio del derecho político electoral de libre afiliación, es necesario mencionar que el veintitrés de enero de dos mil diecinueve, este Consejo General aprobó el Acuerdo INE/CG33/2019, por el que se implementó un procedimiento para la revisión, actualización y sistematización de los padrones de los Partidos Políticos Nacionales. Las razones que motivaron la suscripción del mencionado acuerdo, fueron las siguientes:

1) La imposición de sanciones económicas que se venían aplicando a los partidos políticos por la transgresión al derecho de libre afiliación política fue insuficiente para inhibir esta conducta. 2) Los partidos políticos reconocieron la necesidad de iniciar un procedimiento de regularización de sus padrones de afiliación, ya que éstos se conformaban sin el respaldo de la información comprobatoria de la voluntad ciudadana. 3) La revisión que el INE hizo a los padrones de las y los militantes de los Partidos Políticos Nacionales en dos mil catorce y dos mil diecisiete, se circunscribió a verificar su número mínimo de afiliadas y afiliados para la conservación de su registro y a vigilar que no existiese doble afiliación, a partidos políticos con registro o en formación.

4) Dicha verificación no tuvo como propósito revisar que los partidos políticos efectivamente contasen con el documento comprobatorio de la afiliación de las y los ciudadanos en términos de lo previsto en su normativa interna.

Así, esta autoridad electoral nacional, con la finalidad de dar una solución integral al problema generalizado respecto de la correcta afiliación y desafiliación, y al mismo tiempo garantizar a la ciudadanía el pleno ejercicio de su derecho a la libre afiliación, así como fortalecer el sistema de partidos, estimó necesario implementar, de manera excepcional, un procedimiento para garantizar que, en un breve período, sólo se encuentren inscritas las personas que de manera libre y voluntaria hayan

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solicitado su afiliación, y respecto de las cuales se cuente con alguno de los documentos que avalen su decisión. El proceso de actualización se concibió obligatorio y permanente, lo cual es indispensable y necesario para el sano desarrollo del régimen democrático de nuestro país. Para alcanzar el objetivo propuesto en dicho acuerdo, se estableció una suspensión temporal en la resolución de los procedimientos ordinarios sancionadores, con las excepciones siguientes:

• Aquellos supuestos en los que se actualizara la caducidad de la potestad sancionadora de la autoridad administrativa electoral; o bien,

• Porque se encontraran en la hipótesis de cumplimiento a una ejecutoria dictada por alguna de las Salas que integran el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Asimismo, previó una serie de actividades y obligaciones para los partidos políticos, que debían ser ejecutadas en el plazo comprendido entre el uno de febrero de dos mil diecinueve al treinta y uno de enero de dos mil veinte, y cuyo incumplimiento tendría como efecto anular la suspensión de la resolución de los procedimientos e imponer las sanciones atinentes. En este sentido, debe destacarse que durante la vigencia del referido acuerdo, se procedió a eliminar de los padrones de militantes el registro de todas y cada una de las personas denunciantes en los procedimientos, tanto en el Sistema de Verificación del Padrón de Afiliados de los Partidos Políticos de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, como de sus portales de internet y/o cualquier otra base pública en que pudieran encontrarse, logrando eliminar el registro de más de 9 millones de personas. Cabe señalar, que los padrones de afiliados/as son bases de datos variables debido a los movimientos de altas y bajas que llevan a cabo todos los días los Partidos Políticos Nacionales; además de ello, el proceso de verificación permanente de que son objeto los padrones, implica que los nuevos registros se compulsen contra el padrón electoral y entre los padrones de los partidos políticos con registro vigente y en proceso de constitución, para determinar si serán registros válidos, sujetos de aclaración o definitivamente descartados.

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En ese sentido, de conformidad con los elementos con que cuenta este Consejo General al momento de resolver el presente asunto, es válido concluir que la revisión y seguimiento en el desahogo de las etapas supervisadas de manera particular y puntual por esta autoridad, así como la actitud activa de los partidos políticos en el desarrollo de sus actividades y obligaciones, permitió alcanzar el propósito perseguido con el acuerdo INE/CG33/2019, esto es, atender la problemática de raíz hasta entonces advertida y depurar los padrones de afiliados de los partidos políticos, garantizando con ello el ejercicio del derecho de libertad de afiliación en beneficio de la ciudadanía. QUINTO. ESTUDIO DE FONDO

1. FIJACIÓN DE LA LITIS En el presente asunto se debe determinar si el PRD conculcó el derecho de la libre afiliación, en su vertiente positiva —indebida afiliación— de las y los ciudadanos que alegan no haber dado su consentimiento para estar en sus filas, en contravención a lo dispuesto en los artículos 6, apartado A, fracción II; 16, párrafo segundo; 35, fracción III, y 41 Base I, párrafo segundo, de la Constitución; 5, párrafo 1; 38, párrafo 1, incisos a) y e) y u); 44, párrafo 2, y 342, párrafo 1, incisos a) y n) del COFIPE; disposiciones que se encuentran replicadas en el diverso dispositivo 443, párrafo 1, inciso a), de la LGIPE; 2, párrafo 1, inciso b) y 25, párrafo 1, incisos a), e) y u) de la LGPP.

2. MARCO NORMATIVO

A) Constitución, tratados internacionales y ley A efecto de determinar lo conducente respecto a la conducta en estudio, es necesario tener presente la legislación que regula los procedimientos de afiliación de las y los ciudadanos a los partidos políticos, específicamente por lo que respecta al denunciado, así como las normas relativas al uso y la protección de los datos personales de los particulares.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 6° … Para efectos de lo dispuesto en el presente artículo se observará lo siguiente:

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A. Para el ejercicio del derecho de acceso a la información, la Federación y las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, se regirán por los siguientes principios y bases: … II. La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes. … Artículo 16. … Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros. … Artículo 35. Son derechos del ciudadano: … III. Asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del país; … Artículo 41. … I. … Los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo, así como las reglas para garantizar la paridad entre los géneros, en candidaturas a legisladores federales y locales. Sólo los ciudadanos podrán formar partidos políticos y afiliarse libre e individualmente a ellos; por tanto, quedan prohibidas la intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente en la creación de partidos y cualquier forma de afiliación corporativa.

El derecho de asociación en materia político-electoral, que la Sala Superior ha considerado se trata de un derecho fundamental, consagrado en el artículo 35, fracción III, de la Constitución, propicia el pluralismo político y la participación de la ciudadanía en la formación del gobierno. En efecto, la libertad de asociación, que subyace en ese derecho, constituye una condición fundamental de todo Estado constitucional democrático de derecho, pues

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sin la existencia de este derecho fundamental o la falta de garantías constitucionales que lo tutelen, no solo se impediría la formación de partidos y agrupaciones políticas de diversos signos ideológicos, sino que el mismo principio constitucional de sufragio universal, establecido en forma expresa en el artículo 41, párrafo segundo, Base I, párrafo segundo, de la Constitución, quedaría socavado; por lo tanto, el derecho de asociación en materia político-electoral es la base de la formación de los partidos políticos y asociaciones políticas. De esta forma, todo ciudadano mexicano tiene derecho de asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del país; específicamente, es potestad de las y los ciudadanos mexicanos constituir partidos políticos o afiliarse libre e individualmente a ellos, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 9; 35, fracción III; 41, fracciones I, párrafo segundo, in fine, y VI; y 99, fracción V, de la Constitución. El ejercicio de la libertad de asociación en materia política prevista en el artículo 9o. constitucional está sujeta a varias limitaciones y una condicionante: las primeras están dadas por el hecho de que su ejercicio sea pacífico y con un objeto lícito, mientras que la última circunscribe su realización a los sujetos que tengan la calidad de ciudadanos mexicanos, lo cual es acorde con lo previsto en el artículo 33 de la Constitución. Asimismo, si el ejercicio de esa libertad política se realiza a través de los partidos políticos, debe cumplirse con las formas específicas que se regulen legalmente para permitir su intervención en el Proceso Electoral. En este tenor, el derecho de afiliación político-electoral establecido en el artículo 41, párrafo segundo, Base I, párrafo segundo, in fine, de la Constitución, es un derecho fundamental con un contenido normativo más específico que el derecho de asociación en materia política, ya que se refiere expresamente a la prerrogativa de las y los ciudadanos mexicanos para asociarse libre e individualmente a los partidos políticos y a las agrupaciones políticas; y si bien el derecho de afiliación libre e individual a los partidos podría considerarse como un simple desarrollo del derecho de asociación en materia política, lo cierto es que el derecho de afiliación —en el contexto de un sistema constitucional de partidos como el establecido en el citado artículo 41 constitucional— se ha configurado como un derecho básico con caracteres propios. Cabe señalar, además, que el derecho de afiliación comprende no sólo la potestad de formar parte de los partidos políticos y de las asociaciones políticas, sino también las de conservar o ratificar su afiliación o, incluso, desafiliarse. Del mismo modo, la libertad de afiliación no es un derecho absoluto, ya que su ejercicio está sujeto a

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una condicionante consistente en que sólo las y los ciudadanos mexicanos podrán afiliarse libre e individualmente a los partidos políticos. Igualmente, si el ejercicio de la libertad de afiliación se realiza a través de los institutos políticos, debe cumplirse con las formas específicas reguladas por el legislador para permitir su intervención en el Proceso Electoral. Sirve de apoyo a lo anterior, la Tesis de Jurisprudencia 24/2002, emitida por el Tribunal Electoral, de rubro DERECHO DE AFILIACIÓN EN MATERIA POLÍTICO-ELECTORAL. CONTENIDO Y ALCANCES.27 Conviene tener presente que la afiliación libre e individual a los partidos políticos fue elevada a rango constitucional mediante la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación de veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, cuando se estableció que los partidos políticos, en tanto organizaciones de ciudadanos, tienen como fin hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo a los programas, principios e idearios que postulan; y que únicamente las y los ciudadanos pueden afiliarse a los institutos políticos, libre e individualmente. Esta reforma, conforme al contenido de la exposición de motivos correspondiente,28 tuvo como propósito proteger el derecho constitucional de los mexicanos a la libre afiliación a partidos y asociaciones políticas, garantizando que se ejerza en un ámbito de libertad plena y mediante la decisión voluntaria de cada ciudadano, complementando el artículo 35, fracción III constitucional, que ya preveía, desde mil novecientos noventa —reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación de seis de abril del citado año—, como un derecho público subjetivo de los ciudadanos, asociarse para tomar parte en los asuntos políticos del país; disposición que ha permanecido incólume desde entonces en el texto de la Ley Fundamental. El derecho de libre asociación —para conformar una asociación— y afiliación —para integrarse a una asociación ya conformada—, como derechos políticos electorales, se encuentran consagrados a nivel internacional en diversos instrumentos suscritos por nuestro país, tal es el caso de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana Sobre Derechos Humanos. En efecto, la Organización de las Naciones Unidas, a través de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de diez de diciembre de mil novecientos

27 Consultable en la página: http://sief.te.gob.mx/iuse/tesisjur.aspx?idtesis=24/2002&tpoBusqueda=S&sWord=24/2002 28 Consultable en la página: https://www.sitios.scjn.gob.mx/constitucion1917-2017/sites/default/ files/CPEUM_1917_CC/procLeg/136%20-%2022%20AGO%201996.pdf

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cuarenta y ocho, reconoció en su artículo 20, que toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas; y que nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación. En el mismo sentido, la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó el dieciséis de diciembre de mil novecientos sesenta y seis, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, mismo que estableció en su artículo 22, que toda persona tiene derecho a asociarse libremente con otras, incluso el derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos para la protección de sus intereses. En congruencia con lo anterior, la Organización de Estados Americanos suscribió en San José de Costa Rica, en noviembre de mil novecientos sesenta y nueve, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, misma que establece en su artículo 16, en lo que al tema interesa, que todas las personas tienen derecho a asociarse libremente con fines ideológicos, religiosos, políticos, económicos, laborales, sociales, culturales, deportivos o de cualquiera otra índole. Esto es, la tradición jurídica internacional reconoce el derecho fundamental de asociarse libremente y a no ser obligado a formar parte de una colectividad, hace más de siete décadas; y el de formar grupos organizados y permanentes —asociarse— para tomar parte en los asuntos políticos de su nación, hace más de cinco. No obstante que el derecho de afiliación libre e individual a los partidos políticos se incorporó al texto fundamental en la década de los noventa del siglo pasado, la legislación secundaria, como sucede con la regulación internacional, tiene una larga tradición en la protección de la voluntad libre de los ciudadanos para ser parte de un partido político. En efecto, la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, publicada el cinco de enero de mil novecientos setenta y tres, hace ya cuarenta y cinco años, estableció en su artículo 23, fracción II, numeral 1, incisos a) y b), un mecanismo de certeza encaminado a dar cuenta de que los ciudadanos afiliados a una agrupación política, como precursor de un partido político, habían consentido ser incorporados al respectivo padrón de militantes, como se advierte enseguida:

“Artículo 23. Para que una agrupación pueda constituirse y solicitar posteriormente su registro como Partido Político Nacional, en términos del artículo 24 de esta ley, es necesario que satisfaga los siguientes requisitos: I…

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II. Haber celebrado cuando menos en cada una de las dos terceras partes de las entidades de la República, una asamblea en presencia de un juez, notario público o funcionario que haga sus veces quien certificará: 1. Que fueron exhibidas listas nominales de afiliados de la entidad respectiva, clasificadas por municipios o delegaciones, las que deberán contener: a. En cada hoja un encabezado impreso cuyo texto exprese que las personas listadas han quedado plenamente enteradas de la declaración de principios, programa de acción y Estatutos, y que suscriben el documento como manifestación formal de afiliación, y b. El nombre y apellidos, domicilio, ocupación, número de credencial permanente de elector y firma de cada afiliado o huella digital en caso de no saber escribir.”

En términos semejantes, la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales promulgada el veintiocho de diciembre de mil novecientos setenta y siete, estableció en su artículo 27, fracción III, inciso a), que, entre otros requisitos a cubrir para que una organización pudiese constituirse como partido político, debía celebrar un determinado número de asambleas distritales o estatales, en las que un Juez Municipal, de Primera Instancia o de Distrito; notario público o funcionario acreditado por la entonces Comisión Federal Electoral, certificara que los afiliados que asistieron, aprobaron los documentos básicos respectivos y suscribieron el documento de manifestación formal de afiliación. Esta línea fue continuada por el Código Federal Electoral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el doce de febrero de mil novecientos ochenta y siete, mismo que también contemplaba en su artículo 34, fracción II, que era un requisito para constituirse como Partido Político Nacional, haber celebrado el número de asambleas en cada una de las entidades federativas o Distritos Electorales previsto en dicha norma, en las cuales un notario o servidor público autorizado, certificara que los afiliados, además de haber aprobado la declaración de principios, programa de acción y los Estatutos, suscribieron el documento de manifestación formal de afiliación. En esta línea de tiempo, es pertinente destacar el COFIPE de mil novecientos noventa. Dicha norma, para el caso que nos ocupa, guarda una importancia singular, puesto que, en ella, por primera vez, se previó, de manera expresa, lo siguiente:

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• Que es derecho de las y los ciudadanos mexicanos constituir Partidos Políticos Nacionales y agrupaciones políticas y afiliarse a ellos individual y libremente, en su artículo 5, párrafo 1;

• Que los Estatutos de los institutos políticos establecerán, entre otras cuestiones, los procedimientos para la afiliación individual, libre y pacífica de sus miembros, en su artículo 27, párrafo 1, inciso b);

• Que era obligación de los Partidos Políticos Nacionales, cumplir sus normas de afiliación, ello en el artículo 38, párrafo 1, inciso e); y

• Que los partidos y agrupaciones políticas, podían ser sancionados con amonestación pública, multa de 50 a 5 mil días de salario mínimo, reducción de hasta el 50% de las ministraciones del financiamiento público que les correspondiera, la supresión total de la entrega de las ministraciones del financiamiento, la suspensión de su registro como partido o agrupación política, e incluso con la cancelación de su registro, entre otros supuestos, cuando incumplieran con las obligaciones señaladas en el artículo 38 antes mencionado.

Por otro lado, conviene dejar establecido que este mismo Código, en su artículo 38, párrafo 1, inciso c), establecía, como lo hace ahora la LGIPE, que es obligación de los Partidos Políticos Nacionales mantener el mínimo de afiliados en las entidades federativas o Distritos Electorales, requeridos para su constitución y registro.

B) Lineamientos para la verificación de afiliados En congruencia con lo anterior, para llevar a cabo la verificación del padrón de afiliados de los partidos políticos, la autoridad electoral nacional, el trece de septiembre de dos mil doce, emitió el Acuerdo del Consejo General del IFE por el que, en acatamiento a la sentencia emitida por la H. Sala Superior en el expediente SUP-RAP-570/2011, se aprueban los Lineamientos para la verificación del Padrón de Afiliados de los Partidos Políticos Nacionales para la conservación de su Registro (CG617/2012). De ahí que la DERFE y la DEPPP, en el año de dos mil catorce, iniciaron un procedimiento de verificación de los padrones de afiliados de los Partidos Políticos Nacionales, con la finalidad de comprobar si los mismos contaban con el mínimo de adeptos en las entidades federativas o Distritos Electorales requeridos para su constitución y registro.

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Así, de las disposiciones contenidas en los Lineamientos mencionados, se obtienen las siguientes conclusiones respecto al procedimiento para la verificación del padrón de los Partidos Políticos Nacionales:

• La DEPPP (en coordinación con la Unidad de Servicios de Informática y la DERFE), desarrollará un sistema de cómputo, en el cual los Partidos Políticos Nacionales deben realizar la captura de los datos mínimos y actuales de todos sus afiliados.

• La DEPPP, informará mediante oficio a la DERFE que el padrón de afiliados del partido político que corresponda, se encuentra en condiciones de ser verificado.

• La DERFE, procederá a realizar la verificación conforme a sus Lineamientos, obteniendo un Total preliminar de afiliados, el cual deberá entregar a la DEPPP.

• Recibidos los resultados de la verificación por parte de la DEPPP, deberá remitir a los partidos políticos, las listas en las que se señalen los datos de los afiliados que se encuentren duplicados en dos o más partidos, para que manifiesten lo que a su derecho convenga.

• Recibida la respuesta de los partidos políticos, la DEPPP (en coordinación con la DERFE), analizará cuáles registros pueden sumarse al Total preliminar de afiliados, para obtener el número total de afiliados del partido; asimismo, deberán señalar que en aquellos casos en los que se encuentren afiliados a su vez a algún otro partido político con registro, para que puedan ser sumados al Total de afiliados del partido, éste deberá presentar escrito con firma autógrafa del ciudadano, en el que manifieste su deseo de continuar afiliado al partido político que corresponda y renuncia a cualquier otro.

• En caso de que más de un partido político presentara el documento a que se refiere el párrafo que antecede, la DEPPP, con el apoyo de las Juntas Locales y Distritales del Instituto, solicitará por oficio al ciudadano en cuestión, que decida cuál es el partido al que desea continuar afiliado, apercibido de que, en caso de no hacerlo, se eliminará del padrón de afiliados de los partidos en los que se encontró registrado.

En torno a ello, es preciso no perder de vista que el propósito central de los Lineamientos analizados consistió en regular el procedimiento para determinar si los partidos políticos con registro nacional cuentan o no con el mínimo de afiliados

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exigido por la ley para la conservación de su registro, pero en modo alguno constituyen la fuente de la obligación de los partidos políticos para cumplir la normatividad general y la interna de cada uno de ellos, ni mucho menos para respetar el derecho de libre afiliación de las y los ciudadanos, pues, como se señaló, tal derecho emana de la Constitución, de los instrumentos internacionales y de la ley. Esto es, los Lineamientos para la verificación del Padrón de Afiliados de los Partidos Políticos Nacionales para la conservación de su Registro, únicamente constituye el instrumento normativo al que se deberán apegar tanto los partidos políticos como las diversas instancias del INE involucradas en la verificación del requisito legal para la conservación del registro de los Partidos Políticos Nacionales, que describe las etapas a que se sujetará el procedimiento de verificación y las áreas de responsabilidad de cada uno de los sujetos que intervienen, pero en modo alguno significa que la obligación de los partidos políticos de respetar el derecho de libre afiliación a sus filas encuentre sustento en dicho instrumento, ni mucho menos que dicha obligación haya nacido a la par de los Lineamientos mencionados. Al respecto, si bien tal ordenamiento contiene distintas previsiones en lo referente a la afiliación de las y los ciudadanos, la responsabilidad de respetar de manera irrestricta la libertad de los ciudadanos de afiliarse, permanecer afiliado, desafiliarse de un partido político, o bien, no pertenecer a ninguno, proviene directamente de la Constitución, instrumentos internacionales y del COFIPE, cuyas disposiciones son previas a la emisión de dichos Lineamientos y de un rango superior, por lo que resultaría impreciso afirmar que previo a la emisión de la norma reglamentaria, los partidos políticos no tenían la carga de obtener y conservar la documentación idónea para poner en evidencia que la afiliación de un determinado ciudadano estuvo precedida de su libre voluntad, como se desarrollará más adelante. Así, la operación del procedimiento de verificación puede poner al descubierto la afiliación a uno o varios partidos políticos de un ciudadano determinado, quien, de estimarlo pertinente, podrá cuestionar la o las afiliaciones que considere fueron ilegítimas, correspondiendo al partido en cuestión demostrar que, previo a la incorporación del individuo a sus filas, acató las disposiciones de la Constitución y la Ley, mediante los documentos donde conste la libre voluntad del ciudadano de ser afiliado al partido político que lo reportó como militante para demostrar que cuenta con los necesarios para conservar su registro. De lo anterior, es posible advertir que la línea evolutiva que ha seguido el derecho de libre afiliación para tomar parte en los asuntos políticos del país, ha seguido una

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tendencia encaminada a garantizar, cada vez de mejor manera, que los ciudadanos gocen de libertad absoluta para decidir su ideario político y, en congruencia con él, determinar si desean o no afiliarse a un partido político y a cuál, así como abandonarlo o permanecer al margen de todos, pues la regulación respectiva ha transitado desde la publicación de listas de afiliados, a fin de asegurar que los ciudadanos conozcan su situación respecto de un instituto político en particular, hasta la obligación de éstos de comprobar fehacientemente, a través de documentos idóneos y específicos, que la incorporación de una persona al padrón de militantes de un instituto político fue solicitada por el ciudadano, como expresión de su deseo libre de participar activamente, por ese canal, en la vida pública de la nación.

C) Normativa interna del PRD

Como se ha mencionado anteriormente, la obligación de los partidos políticos de garantizar el derecho de libre afiliación de sus agremiados, deviene de las propias disposiciones constitucionales, legales y convencionales a que se ha hecho referencia párrafos arriba, por tanto, su cumplimiento, en modo alguno, se encuentra sujeto a las disposiciones internas que cada instituto tiene en su haber normativo. No obstante, a efecto de tener claridad acerca del proceso que un ciudadano debe llevar a cabo para convertirse en militante del partido político ahora denunciado, se hace necesario analizar la norma interna del PRD, para lo cual, enseguida se transcribe la parte conducente de sus Estatutos y Reglamento de Afiliación, en los términos siguientes:29

ESTATUTO DEL PRD

TÍTULO SEGUNDO DE LOS AFILIADOS DEL PARTIDO Capítulo I De los afiliados y su ingreso al Partido Artículo 13. Serán afiliadas y afiliados, las mexicanas o mexicanos, que reúnan los requisitos establecidos en este Estatuto, con pretensión de colaborar de manera activa en la organización y funcionamiento del Partido, contando con las obligaciones y derechos contemplados en el presente ordenamiento.

29 http://www.prd.org.mx/documentos/basicos/ESTATUTO.pdf

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Artículo 14. Para ser considerada una persona afiliada al Partido se deberán de cubrir los siguientes requisitos: a) Ser mexicana o mexicano;

b) Contar con al menos 15 años de edad;

c) Solicitar de manera personal, individual, libre, pacífica y sin presión de ningún tipo su inscripción al Padrón de Personas Afiliadas al Partido, conforme al Reglamento respectivo. Para tal efecto cualquier persona que pretenda afiliarse al Partido lo podrá realizar mediante los siguientes procedimientos: 1. Solicitando de manera personal su afiliación en los módulos que para tal efecto instale la Comisión de Afiliación debiendo proporcionar los datos que para tal efecto le sean solicitados; o 2. Solicitándolo mediante internet en el sistema instaurado por la Comisión de Afiliación para tal efecto, debiendo proporcionar los datos que le sean solicitados. Una vez realizado dicho registro el interesado será notificado de acuerdo a lo que disponga en el Reglamento de Afiliación, para que acuda a ratificar mediante su firma autógrafa su deseo a afiliarse. Para efectos de los procedimientos señalados anteriormente, la Comisión de Afiliación deberá de utilizar sistemas informáticos que garanticen la afiliación individual. Si el Partido omite notificar al interesado donde deberá de acudir a ratificar su deseo a afiliarse dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la fecha de su registro por internet, se aplicará la afirmativa ficta y éste será considerado persona afiliada al Partido con derecho a aparecer en el Padrón de Personas Afiliadas al Partido. d) Aceptar y cumplir en todo momento los Lineamientos establecidos tanto en la Declaración de Principios, en el Programa, en el presente Estatuto y en los Reglamentos que de éste emanen, lo cual realizará por escrito al momento de solicitar su afiliación; e) Comprometerse a acatar como válidas todas y cada una de las resoluciones tomadas al interior del Partido, lo cual realizará por escrito al momento de solicitar su afiliación; f) No haber sido condenado o condenada por delitos contra el patrimonio público, mal uso de facultades o atribuciones o ilícitos semejantes, actos ilegales de represión y corrupción o delincuencia organizada; g) Comprometerse a realizar el pago de las cuotas estatutarias que el Partido determine, lo cual realizará por escrito al momento de solicitar su afiliación; y

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h) Para el caso de las y los menores de edad, además de los requisitos antes señalados deberán presentar una identificación con fotografía, acta de nacimiento y fotocopia de la credencial de elector de una o un familiar que habite en el mismo domicilio. Las personas afiliadas al Partido podrán perder su carácter de afiliado por las siguientes causales: a) Por participar en procesos electorales constitucionales de cualquier ámbito como precandidato o candidato por otro partido distinto al Partido de la Revolución Democrática; b) Por ser condenado mediante una resolución de carácter penal y que implique la suspensión de los derechos políticos; c) Por ser condenado por actos de corrupción mediante Resolución definitiva en un proceso penal o en un proceso administrativo mediante Resolución en la cual se imponga una sanción de carácter administrativo; y d) Por haber participado en actos de violencia. Artículo 15. Para la inscripción como personas afiliadas al Partido de aquellos ciudadanos y ciudadanas que ocupen o hayan ocupado cargos de elección popular, ex dirigentes, ex candidatos de otros partidos políticos, legisladores o ex legisladores, gobernadores o ex gobernadores, funcionarios o ex funcionarios de mandos superiores de la administración pública, así como ex candidatos de otros partidos políticos, además de los requisitos establecidos por el artículo 14 del presente ordenamiento, será indispensable para su inscripción la resolución favorable, fundada y motivada por parte del Comité Ejecutivo Estatal, cuando su actividad se haya realizado en el ámbito local, o del Comité Ejecutivo Nacional, cuando se haya realizado en este ámbito. Artículo 16. Para el caso de que una persona afiliada al Partido haya manifestado su voluntad, ya sea de manera tácita o expresa, de participar en un Proceso Electoral de cualquier ámbito como precandidato o candidato por otro partido político distinto al Partido de la Revolución Democrática y dicha circunstancia se encuentre debidamente acreditada, se entenderá como que dicha persona afiliada ha manifestado su voluntad de que ya no desea pertenecer al Partido, en términos del artículo 18 de la Ley General de Partidos Políticos. En este caso, previo sustento documental, la Comisión de Afiliación por mandato del Comité Ejecutivo Nacional procederá a requerir a dichas personas para que se manifiesten al respecto de su doble afiliación en un término de cinco días hábiles a partir de la notificación. En caso de que las personas no se manifiesten se procederá a retirar el nombre y datos de dicha persona del Padrón de Afiliados al Partido de la Revolución Democrática, dejando de ser afiliado, surtiendo sus efectos jurídicos de manera inmediata.

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Para el caso de que una persona retirada del Padrón de Afiliados del Partido por la hipótesis contemplada en el presente artículo, podrá solicitar su reingreso cubriendo los requisitos establecidos por el artículo 14 del presente ordenamiento, pero será indispensable para su inscripción la resolución favorable, fundada y motivada por parte del Comité Ejecutivo Estatal, cuando su actividad se haya realizado en el ámbito local, o del Comité Ejecutivo Nacional, cuando se haya realizado en este ámbito, siempre tomando en consideración que el reingreso no actualiza la antigüedad de afiliación, generándose con el reingreso un nuevo período de antigüedad de afiliación. Para el caso de la solicitud de ingreso y reingreso al Partido contemplada en el artículo 15 y el presente, la persona interesada deberá manifestar por escrito su voluntad de nuevamente pertenecer o ingresar como afiliado al Partido. Dicha solicitud deberá ser entregada al Comité Ejecutivo respectivo, manifestando además los motivos por los cuales decidió renunciar a su afiliación, en su caso, señalando las razones personales, ideológicas y de identificación partidaria; y como abonará en el fortalecimiento de la unidad del Partido y los compromisos que adquiere con la base militante, así como las razones para solicitar su reingreso, en su caso. La solicitud señalada será sometida a valoración del Comité Ejecutivo respectivo para efectos de resolver sobre su reingreso al Partido.

REGLAMENTO DE AFILIACIÓN DEL PRD

Capítulo Segundo Del Ingreso y Membresía

Artículo 7. El ingreso al Partido es un acto personal, libre, voluntario e individual. Ningún órgano o instancia del Partido podrá ampliar o reducir los requisitos estatutarios para el ingreso y permanencia de la militancia. Artículo 8. Para ser considerada una persona afiliada al Partido se deberán de cubrir los siguientes requisitos: a) Ser mexicana o mexicano; b) Contar con al menos 15 años de edad; c) Solicitar de manera personal, individual, libre y sin presión de ningún tipo su inscripción al Padrón de Personas Afiliadas al Partido, conforme al Reglamento respectivo. Para tal efecto cualquier persona que pretenda afiliarse al Partido lo podrá realizar mediante los siguientes procedimientos: 1. Solicitando de manera personal su afiliación en los módulos que para tal efecto instale la Comisión de Afiliación debiendo proporcionar los datos que para tal efecto le sean solicitados; o

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2. Solicitándolo mediante internet en el sistema instaurado por la Comisión de Afiliación para tal efecto, debiendo proporcionar los datos que le sean solicitados. Una vez realizado dicho registro el interesado será notificado de acuerdo a lo que disponga en Reglamento de Afiliación, para que acuda a ratificar mediante su firma autógrafa su deseo a afiliarse. Para efectos de los procedimientos señalados anteriormente, la Comisión de Afiliación deberá de utilizar sistemas informáticos que garanticen la afiliación individual. [Énfasis añadido]

Si el Partido omite notificar al interesado donde deberá de acudir a ratificar su deseo a afiliarse dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la fecha de su registro por internet, se aplicará la afirmativa ficta y éste será considerado persona afiliada al Partido con derecho a aparecer en el Padrón de Personas Afiliadas al Partido. d) Aceptar y cumplir en todo momento los Lineamientos establecidos tanto en la Declaración de Principios, en el Programa, en el presente Estatuto y en los Reglamentos que de éste emanen, lo cual realizará por escrito al momento de solicitar su afiliación; e) Comprometerse a acatar como válidas todas y cada una de las resoluciones tomadas al interior del Partido, lo cual realizará por escrito al momento de solicitar su afiliación; f) No haber sido condenado o condenada por delitos contra el patrimonio público, mal uso de facultades o atribuciones o ilícitos semejantes, actos ilegales de represión y corrupción o delincuencia organizada; g) Comprometerse a realizar el pago de las cuotas estatutarias que el Partido determine, lo cual realizará por escrito al momento de solicitar su afiliación; y h) Para el caso de las y los menores de edad, además de los requisitos antes señalados deberán presentar una identificación con fotografía, acta de nacimiento y fotocopia de la credencial de elector de una o un familiar que habite en el mismo domicilio. Artículo 9. Para el caso de los mexicanos radicados en el exterior, además de los contemplados en el artículo anterior, éstos deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Estar en pleno goce de sus derechos político-electorales; b) Contar con una residencia efectiva y comprobable de por lo menos un año en otro país; y c) Cumplir además con los requisitos establecidos en el artículo anterior. La Comisión elaborará un Manual para regular el procedimiento de afiliación y refrendo para los mexicanos en el exterior y en ningún caso los requisitos podrán ser menores a los establecidos en el Estatuto y en el presente ordenamiento.

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Artículo 10. Para la inscripción en el Partido de aquellos ciudadanos o ciudadanas que ocupen o hayan ocupado cargos de elección popular, ex dirigentes, ex candidatos, funcionarios o ex funcionarios de mandos superiores de la administración pública de otros partidos políticos, legisladores o ex legisladores, gobernadores o ex gobernadores, será indispensable la resolución favorable del Comité Ejecutivo Estatal, cuando su actividad se haya realizado en el ámbito local, o del Comité Ejecutivo Nacional, cuando se haya realizado en este ámbito. El solicitante deberá presentar carta de renuncia al partido político donde haya militado anteriormente, haciendo pública dicha renuncia. Asimismo, deberá cumplir con los requisitos establecidos el artículo 8 del presente ordenamiento. En el caso de que existan hechos públicos o notorios, a petición de parte interesada en que se aduzca el incumplimiento del procedimiento establecido en el presente artículo respecto a las solicitudes de afiliación, la afiliación solicitada se encontrará supeditada al cumplimiento de dichos requisitos, con independencia de que le haya sido entregada la Credencial de Afiliado, para lo cual la Comisión de Afiliación le otorgará el plazo de treinta días naturales al solicitante a efecto de que éste satisfaga dichos presupuestos, en caso contrario, será cancelada su solicitud de afiliación.

Capítulo Tercero Del Proceso de Afiliación

Artículo 11. El solicitante proporcionará, ya sea en los módulos de la Comisión de Afiliación o por internet, los datos que a continuación se enlistan, a efecto de que la Comisión de Afiliación registre los datos en la solicitud: a) Nombre completo; b) Domicilio, Estado, Municipio o Delegación; c) Clave de Elector, OCR y sección electoral; d) Fecha de nacimiento; e) Sexo; f) Ocupación; g) Escolaridad; h) Número Telefónico; i) Correo Electrónico; j) Fecha de Solicitud;

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k) Firma del Solicitante; [énfasis añadido] l) Manifestar y que conste en la solicitud el aceptar y cumplir en todo momento los Lineamientos establecidos tanto en la Declaración de Principios, en el Programa, en el Estatuto y en los Reglamentos que de éste emanen, el comprometerse a acatar como válidas todas y cada una de las resoluciones tomadas al interior del Partido y la manifestación de protesta de decir verdad, de no haber sido condenado o condenada por delitos contra el patrimonio público, mal uso de facultades o atribuciones o ilícitos semejantes, actos ilegales de represión y corrupción o delincuencia organizada; m) Manifestar y que conste en la solicitud el compromiso de realizar el pago de las cuotas estatutarias que el Partido determine; y n) Declarar bajo protesta de decir verdad que los datos proporcionados son ciertos. En el caso de los solicitantes en el exterior, además de los datos antes citados, proporcionarán el número de la Matrícula Consular. En el caso de los solicitantes menores de 18 y mayores de 15 años de edad, se consignarán los mismos datos con excepción de la Clave de Elector, OCR y el folio, además presentarán copia simple del acta de nacimiento, de una identificación con fotografía, así como una copia simple de la credencial para votar con fotografía vigente de un familiar que viva en el mismo domicilio. Artículo 12. Una vez aceptada la solicitud, se emitirá la Credencial de Afiliado respectiva, en caso de que la solicitud de registro se realice en un módulo de la Comisión de Afiliación. En el caso de la afiliación a través de internet, una vez que el interesado introduzca todos sus datos en la cédula de registro, y se hayan hecho las validaciones respectivas por parte del sistema de afiliación, se le remitirá al correo electrónico proporcionado un archivo PDF con sus datos registrados que deberá imprimir, firmar o colocar en el su huella digital, aceptando que se afilia al Partido de la Revolución Democrática voluntariamente de conformidad a los artículos 14, 15 y 16 del Estatuto y, 1, 7, 8, 9 y 10 del presente Reglamento. El interesado deberá remitir el archivo impreso anteriormente señalado con su firma o huella digital por cualquier medio físico a la Comisión de Afiliación, quedándose el interesado con la parte desprendible que se ubica en la parte inferior del formato de registro que entregará a la Comisión de Afiliación. El proceso de afiliación concluirá una vez que el interesado entregue el archivo impreso a la Comisión de Afiliación misma que enviará al correo electrónico registrado por el interesado la confirmación de su afiliación al Partido. La confirmación que remita la Comisión de Afiliación servirá al interesado para acreditar que se encuentra afiliado al Partido de la Revolución Democrática.

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En caso de extravío de la Credencial de Afiliado o de la confirmación, el interesado deberá presentarse al módulo respectivo a efecto de que le sea emitida una reposición de la Credencial del Afiliado u obtener la misma, acreditando estar al corriente de sus cuotas y presentando credencial para votar con fotografía emitida por el Instituto Federal Electoral. En el caso de los menores de 18 y mayores de 15 años de edad, acreditarán estar al corriente de sus cuotas y presentarán identificación con fotografía. Para el caso de las personas en el exterior para afiliarse deberán seguir el siguiente procedimiento: a) La Comisión de Afiliación contara con un link para que los interesados en el exterior puedan acceder al formato de afiliación; b) Las personas que deseen afiliarse deberán anexar a la forma electrónica de afiliación copia y datos de su matrícula consular, acreditar estar en pleno goce de sus derechos político-electorales y contar con una residencia efectiva y comprobable de por lo menos un año en otro país; c) Deberán llenar la forma electrónica de afiliación al Partido; d) Una vez llenada la forma de afiliación, deberá enviarla vía internet a la dirección electrónica indicada en la forma; e) El Partido a través de la Comisión de Afiliación le devolverá una cédula en formato PDF con sus datos para que el solicitante la imprima y firme; f) El solicitante deberá devolver vía correo certificado o por cualquier otro mecanismo físico a la Comisión de Afiliación la cédula firmada; y g) La Comisión de Afiliación, al recibir la cédula impresa, debidamente firmada, le enviará vía correo electrónico un acuse, notificándole que se encuentra afiliado. Artículo 13. La Credencial de Afiliado deberá contener los siguientes datos: a) Nombre completo del afiliado; b) Sección Electoral; c) Nombre de la Entidad Federativa; d) Nombre del Municipio o Delegación; e) Número de Folio; f) Código de Barras;

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g) Fotografía del afiliado; h) Fecha de expedición; i) Firma de los integrantes de la Comisión de Afiliación; j) Firma autógrafa de la persona afiliada; y [énfasis añadido] k) Los elementos de diseño institucional aprobado por el Comité Ejecutivo Nacional.

Ahora bien, resulta importante precisar la determinación que respecto de las afiliaciones y los padrones de militantes de los partidos políticos asumió el órgano máximo de dirección del INE, al emitir el acuerdo registrado con la clave INE/CG33/2019, por el cual se aprobó “la implementación de manera excepcional de un procedimiento para la revisión, actualización y sistematización de los padrones de afiliadas y afiliados de los Partidos Políticos Nacionales” ello derivado de la vinculación que tiene con la materia de la probable infracción que se analiza en el procedimiento al rubro indicado.

Acuerdo INE/CG33/2019 …

C O N S I D E R A N D O … 10. Justificación del Acuerdo. … Con la información anterior, tenemos que derivado de la publicación de los padrones de afiliadas y afiliados a los partidos políticos, desde 2014 a la fecha, el INE ha recibido diversas quejas presentadas por la ciudadanía por indebida afiliación en todos y cada uno de los PPN , toda vez que las personas ciudadanas pueden revisar si están o no afiliadas a algún partido político y puede darse el caso de ciudadanas y ciudadanos que, por algún interés particular, se vean afectados al encontrarse registrados como militantes de estos, tal es el caso de las personas interesadas para ser contratadas como Capacitadores Asistentes Electorales o cuando se convoca para ser designados como Consejeras y Consejeros de los Consejos Locales y Distritales del INE, o para integrar los OPLE. Así, se puede evidenciar que, en distintos periodos, todos y cada uno de los partidos políticos que han tenido registro a nivel nacional, han sido sancionados por indebidas afiliaciones. Ello evidencia que los padrones de militantes de los PPN no están lo suficientemente actualizados ni sistematizados con la documentación que acredite la afiliación. Lo cual genera que resulten fundados los casos de indebidas afiliaciones, debido a que los partidos políticos no acreditan en forma

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fehaciente que las y los ciudadanos efectivamente se afiliaron a determinado partido, o bien, porque los partidos políticos no tramitan las renuncias que presentan sus afiliadas y afiliados y, por tanto, no los excluyen del padrón de militantes. Ahora bien, esta autoridad considera que la imposición de sanciones económicas ha sido insuficiente para inhibir la indebida afiliación de personas a los PPN, ya que ésta continúa presentándose. Incluso, los propios PPN reconocen que es necesario iniciar un procedimiento de regularización de sus padrones de afiliación ya que la falta de documentos se debe a diversas circunstancias; es decir, el hecho de que el INE sancione a los PPN no ha servido para solucionar el problema de fondo, que consiste en la falta de rigor en los procedimientos de afiliación y administración de los padrones de militantes de todos los PPN, en tanto que la mayoría de ellos no cuentan con las respectivas cédulas de afiliación. … Así las cosas, con la finalidad de atender el problema de fondo y al mismo tiempo garantizar a la ciudadanía el pleno ejercicio de su derecho a la libre afiliación, aunado a que en el mes de enero de dos mil diecinueve inició el procedimiento para la constitución de nuevos PPN (lo que implica que la o el ciudadano que aparece registrado como militante de algún PPN, no puede apoyar la constitución de algún nuevo partido) y en aras de proteger el derecho de libre afiliación de la ciudadanía en general, la que milita y la que no y fortalecer el sistema de partidos, se estima necesario aprobar la implementación de manera excepcional de un procedimiento de revisión, actualización y sistematización de los padrones de militantes de los PPN que garantice que, en un breve período, solamente aparezcan en éstos las y los ciudadanos que en realidad hayan solicitado su afiliación, y respecto de los cuales se cuente con alguno de los documentos referidos en el considerando 12, numeral 3. En el entendido de que el proceso de actualización debe ser obligatorio y permanente conforme a los Lineamientos referidos en los Antecedentes I y II. Con ello, no sólo se protegen y garantizan los derechos político electorales de las personas, sino se fortalece el sistema de partidos, el cual es indispensable y necesario para el sano desarrollo del régimen democrático de nuestro país. …

A C U E R D O PRIMERO. Se ordena el inicio del procedimiento de revisión, actualización y sistematización de los padrones de las personas afiliadas a los PPN, el cual tendrá vigencia del uno de febrero de dos mil diecinueve al treinta y uno de enero de dos mil veinte, y se aprueba el Formato para solicitar la baja del padrón de militantes del PPN que corresponda, mismo que forma parte integral del presente Acuerdo como Anexo Único.

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SEGUNDO. Las Direcciones Ejecutivas del Registro Federal de Electores y de Prerrogativas y Partidos Políticos llevarán a cabo los trabajos necesarios y pertinentes que permitan implementar el servicio a la ciudadanía de solicitar su baja del padrón de afiliadas y afiliados a un PPN, en cualquier oficina de este Instituto. TERCERO. Los PPN darán de baja definitiva de manera inmediata de su padrón de militantes los nombres de aquellas personas que, antes de la aprobación de este Acuerdo, hayan presentado quejas por indebida afiliación o por renuncias que no hubieran tramitado. En el caso de las quejas por los supuestos antes referidos que se lleguen a presentar con posterioridad a la aprobación de este Acuerdo, los PPN tendrán un plazo de 10 días contado a partir del día siguiente de aquel en el que la UTCE les haga de su conocimiento que se interpuso ésta, para dar de baja de forma definitiva a la persona que presente la queja. CUARTO. Los PPN deberán cancelar el registro de las y los ciudadanos que hubieren presentado la solicitud de baja del padrón, con independencia de que cuenten o no con el documento que acredite la afiliación, para garantizar el cumplimiento de la última voluntad manifestada. QUINTO. Los PPN cancelarán los registros de aquellas personas respecto de las cuales no cuenten con la cédula de afiliación, refrendo o actualización una vez concluida la etapa de ratificación de voluntad de la ciudadanía. La baja no podrá darse en contra de la voluntad de la o el afiliado.

De lo transcrito se obtiene medularmente lo siguiente:

• El derecho de afiliación en materia política-electoral consiste, fundamentalmente, en la prerrogativa de los ciudadanos mexicanos para decidir libre e individualmente si desean formar parte de los partidos y agrupaciones políticas.

• Afiliado o Militante es el ciudadano que libre, voluntaria e individualmente, acude a un partido político para solicitar su incorporación al padrón de militantes respectivo, a través de los documentos aprobados por los órganos partidistas correspondientes.

• Al PRD podrán afiliarse los ciudadanos que, libre e individualmente, expresen su voluntad de integrarse al partido.

• El ingreso al PRD es un acto, personal, libre, voluntario e individual, el cual puede solicitarse de manera personal o por internet.

• En el supuesto de que se opte por la solicitud de afiliación vía internet, es requisito que se ratifique mediante firma autógrafa su deseo de afiliarse,

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para tal efecto, el ciudadano que solicitó su afiliación bajo esta modalidad, recibirá vía correo electrónico un archivo PDF el cual deberá imprimir, firmar y colocar la huella digital, aceptando que se afilia al PRD de forma voluntaria.

• La solicitud de afiliación al PRD deberá contener, entre otros elementos, la firma del ciudadano.

• La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes.

• Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y a su cancelación, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger derechos de terceros.

• Los partidos políticos, como sujetos obligados por la ley, deberán contemplar en sus Estatutos la forma de garantizar la protección de los datos personales de sus militantes, así como los derechos al acceso, rectificación, cancelación y oposición de estos.

• Ante la problemática advertida por esta autoridad electoral nacional, respecto de la falta de actualización y depuración de la documentación soporte que avalen las afiliaciones ciudadanas a los partidos políticos, este Consejo General, emitió el Acuerdo INE/CG33/2019, por el cual instauró, de manera excepcional, un procedimiento de revisión, actualización y sistematización de los padrones de militantes de los Partidos Políticos Nacionales, para garantizar que únicamente aparezcan en éstos las y los ciudadanos que en realidad hayan solicitado su afiliación.

• En dicho Acuerdo se ordenó a los Partidos Políticos Nacionales que dieran de baja definitiva de manera inmediata de su padrón de militantes, los datos de aquellas personas que antes de la aprobación de ese Acuerdo, hayan presentado quejas por indebida afiliación o por renuncias que no hubieran tramitado, como es el caso que nos ocupa.

D) Protección de datos personales

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De los artículos 6°, Apartado A, fracción II, y 16, párrafo segundo, de la Constitución, se desprende el derecho de toda persona, a que en nuestro país se proteja su información privada y sus datos personales, y de igual manera, a manifestar su oposición a la utilización no autorizada de su información personal.

3. CARGA Y ESTÁNDAR PROBATORIO SOBRE INDEBIDA AFILIACIÓN A UN PARTIDO POLÍTICO

De conformidad con lo expuesto en el punto inmediato anterior, es válido concluir que cuando un ciudadano pretenda, libre y voluntariamente, ser registrado como militante del PRD, por regla general debe acudir a las instancias partidistas competentes, suscribir una solicitud de afiliación y proporcionar la información necesaria para su afiliación, a fin de ser registrado en el padrón respectivo. En consecuencia, por regla general, los partidos políticos (en el caso en particular el PRD), tienen la carga de conservar y resguardar, con el debido cuidado, los elementos o la documentación en la cual conste que las y los ciudadanos en cuestión acudieron a solicitar su afiliación y que las mismas fueron libres y voluntarias, puesto que —se insiste— le corresponde la verificación de dichos requisitos y, por tanto, el resguardo de las constancias atinentes, a fin de proteger, garantizar y tutelar el ejercicio de ese derecho fundamental y, en su caso, probar que las personas afiliadas al mismo cumplieron con los requisitos constitucionales, legales y partidarios. Esta conclusión es armónica con la obligación de mantener el mínimo de militantes requerido por las leyes para su constitución y registro, de acuerdo con lo establecido en el artículo 38, párrafo 1, inciso c), del COFIPE, precepto que, derivado de la reforma constitucional en materia política electoral de diez de febrero de dos mil catorce, se reproduce en el diverso 25, párrafo 1, inciso c), de la LGPP. En suma, los partidos políticos, en tanto entidades de interés público que sirven de vehículo para el acceso de la ciudadanía al poder y espacio para el ejercicio del derecho humano de afiliación en materia política-electoral, están obligados a respetar, proteger y garantizar el ejercicio de ese derecho fundamental, para lo cual deben verificar y revisar, en todo momento, que la afiliación se realiza de manera libre, voluntaria y personal y, consecuentemente, conservar y resguardar los elementos o documentación en donde conste esa situación, a fin de estar en condiciones de probar ese hecho y de cumplir con sus obligaciones legales en materia de constitución y registro partidario.

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Por tanto, es dable sostener que, en principio, corresponde al partido político demostrar que sus militantes y afiliados manifestaron su consentimiento, libre y voluntario para formar parte de su padrón, a través de los documentos y constancias respectivas que son los medios de prueba idóneos para ese fin, y que además los titulares de los datos personales le proporcionaron los mismos para esa finalidad, incluso tratándose de aquellas afiliaciones realizadas con anterioridad a la entrada en vigor de cualquier instrumento administrativo, emitido con el objeto de verificar la obligación de mantener el mínimo de militantes requerido por las leyes para conservar su registro, porque, se insiste:

• El derecho humano de libre afiliación política está previsto y reconocido en la Constitución, tratados internacionales y leyes secundarias, desde décadas atrás y tienen un rango superior a cualquier instrumento administrativo.

• Los partidos políticos sirven de espacio para el ejercicio de este derecho fundamental y, consecuentemente, a éstos corresponde demostrar que las personas que lo integran fue producto de una decisión individual, libre y voluntaria.

• La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes.

• Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y a su cancelación, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger derechos de terceros.

• La emisión y operación de Lineamientos para la verificación del Padrón de Afiliados de los Partidos Políticos Nacionales tiene como objeto principal revisar el mantenimiento de un número mínimo de afiliados que exige la ley, pero no es un instrumento del que nazca la obligación de los partidos políticos de garantizar la libre afiliación, ni mucho menos para marcar el tiempo a partir del cual los institutos políticos deben conservar los elementos para demostrar lo anterior.

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Esta conclusión es acorde con lo sostenido por la Sala Superior, al resolver el recurso de apelación radicado con la clave de expediente SUP-RAP-107/2017,30

donde estableció que la presunción de inocencia es un principio que debe observarse en los procedimientos sancionadores, conforme a su Tesis de Jurisprudencia 21/2013, de rubro PRESUNCIÓN DE INOCENCIA. DEBE OBSERVARSE EN LOS PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES ELECTORALES,31 el cual tiene distintas vertientes, entre las que destacan, por su trascendencia para el caso que nos ocupa, como regla probatoria32 y como estándar probatorio.33 En el primer aspecto —regla probatoria— implica destacadamente quién debe aportar los medios de prueba en un procedimiento de carácter sancionador, esto es, envuelve las reglas referentes a la actividad probatoria, principalmente las correspondientes a la carga de la prueba, a la validez de los medios de convicción y a la valoración de pruebas. En el segundo matiz —estándar probatorio— es un criterio para concluir cuándo se ha conseguido la prueba de un hecho, lo que en materia de sanciones se traduce en definir las condiciones que debe reunir la prueba de cargo para considerarse suficiente para condenar. Al respecto, la sentencia en análisis refiere que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación34 ha estimado que es posible derrotar la presunción de inocencia cuando las pruebas de cargo desvirtúen la hipótesis de inocencia alegada por el presunto responsable, así como las pruebas de descargo y los indicios que puedan generar una duda razonable sobre la hipótesis de culpabilidad sustentada por la parte acusadora. Mutatis mutandis, en la materia sancionadora electoral, la Sala Superior consideró en la sentencia referida, que para superar la presunción de inocencia, en su

30 Consultable en la página de internet del Tribunal Electoral, o bien en la dirección electrónica: http://www.te.gob.mx/Informacion_juridiccional/sesion_publica/ejecutoria/sentencias/SUP-RAP-0107-2017.pdf 31. Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Año 6, Número 13, 2013, páginas 59 y 60. 32 Tesis de Jurisprudencia: “PRESUNCIÓN DE INOCENCIA COMO REGLA PROBATORIA”. 10ª Época; Primera Sala, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro 5, abril de 2014, Tomo I, página 478, número de registro 2006093. 33 Véase la Tesis de jurisprudencia de rubro: “PRESUNCIÓN DE INOCENCIA COMO ESTÁNDAR DE PRUEBA”. 10ª Época; Primera Sala, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro 5, abril de 2014, Tomo I, página 476, número de registro 2006091. Véase la nota 35. 34 Véanse las tesis PRESUNCIÓN DE INOCENCIA COMO ESTÁNDAR DE PRUEBA. CONDICIONES PARA ESTIMAR QUE EXISTE PRUEBA DE CARGO SUFICIENTE PARA DESVIRTUARLA, PRESUNCIÓN DE INOCENCIA, así como DUDA RAZONABLE. FORMA EN LA QUE DEBE VALORARSE EL MATERIAL PROBATORIO PARA SATISFACER EL ESTÁNDAR DE PRUEBA PARA CONDENAR CUANDO COEXISTEN PRUEBAS DE CARGO Y DE DESCARGO.

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vertiente de estándar probatorio, es necesario efectuar un análisis de las probanzas integradas en el expediente a fin de corroborar que:

• La hipótesis de culpabilidad alegada por los denunciantes sea capaz de explicar los datos disponibles en el expediente, integrándolos de manera coherente.

• Se refuten las demás hipótesis admisibles de inocencia del acusado. Así, cuando la acusación del quejoso versa sobre la afiliación indebida a un partido político, por no haber mediado el consentimiento del ciudadano, la acusación implica dos elementos:

• Que existió una afiliación al partido.

• Que no medió la voluntad del ciudadano en el proceso de afiliación. En cuanto al primer aspecto, opera la regla general relativa a que “el que afirma está obligado a probar” misma que, aun cuando no aparece expresa en la ley sustantiva electoral, se obtiene de la aplicación supletoria del artículo 15, párrafo 2, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, con fundamento en el diverso 441 de la LGIPE, lo que implica, que el denunciante tiene en principio la carga de justificar que fue afiliado al partido que denuncia. Respecto al segundo elemento, la prueba directa y que de manera idónea demuestra que una persona está afiliada voluntariamente a un partido es la constancia de inscripción respectiva, esto es, el documento donde se asienta la expresión manifiesta de que un ciudadano desea pertenecer a un instituto político determinado. Así, cuando en las quejas que dieron lugar al procedimiento ordinario sancionador una persona alega que no dio su consentimiento para pertenecer a un partido, sostiene también que no existe la constancia de afiliación atinente, de manera que la parte denunciante no está obligada a probar un hecho negativo (la ausencia de voluntad) o la inexistencia de una documental, pues en términos de carga de la prueba, no son objeto de demostración los hechos negativos, sino conducen a que quien afirme que la incorporación al padrón de militantes estuvo precedida de la manifestación de voluntad del ciudadano, demuestre su dicho.

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Esto es, la presunción de inocencia no libera al denunciado de la carga de presentar los medios de convicción idóneos para evidenciar la verdad de sus afirmaciones y, consecuentemente, desvirtuar la hipótesis de culpabilidad, sino que lo constriñe a demostrar que la solicitud de ingreso al partido fue voluntaria, debiendo acompañar, por ejemplo, la constancia de afiliación respectiva, si desea evitar alguna responsabilidad. De esta forma, la Sala Superior sostuvo que si el partido denunciado alega que la afiliación se llevó a cabo previo consentimiento del denunciante, será ineficaz cualquier alegato en el sentido de que no tiene el deber de presentar las pruebas que justifiquen su dicho, sobre la base de que no tenía obligación legal de archivar o conservar las documentales correspondientes, pues, por una parte, las cargas probatorias son independientes de otros deberes legales que no guardan relación con el juicio o procedimiento respectivo; y por otra, la ausencia de un deber legal de archivar o resguardar las constancias de afiliación de militantes, no implica que de manera insuperable el partido se encuentre imposibilitado para presentar pruebas que respalden su afirmación. En efecto, aunque el partido no tuviera el mencionado deber, sí podía contar con la prueba de la afiliación de una persona, teniendo en cuenta que es un documento que respalda el cumplimiento de otros deberes legales, además de que resulta viable probar la afiliación conforme al marco convencional, constitucional y legal concerniente a la libertad de afiliación a través de otros medios de prueba que justifiquen la participación voluntaria de una persona en la vida interna del partido con carácter de militante, como por ejemplo, documentales sobre el pago de cuotas partidistas, la participación en actos del partido, la intervención en asambleas internas o el desempeño de funciones o comisiones partidistas, entre otras. En suma, que el partido no tuviera el cuidado de conservar una constancia que documentara la libertad con que se condujo un ciudadano previo a su afiliación que dice se llevó a cabo, o que deliberadamente la haya desechado, no lo libera de la carga de probar su dicho, teniendo en cuenta la máxima jurídica que establece que, en juicio, nadie puede alegar su propio error en su beneficio. Lo anterior incide directamente en el derecho de presunción de inocencia en su vertiente de estándar probatorio, porque obliga a la autoridad del conocimiento a justificar que los datos derivados del material probatorio que obra en el expediente son consistentes con la acusación, permitiendo integrar toda la información que se genera de manera coherente, refutando la hipótesis de inocencia que hubiere presentado la defensa.

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Esto es, la presunción de inocencia no significa que el acusado no tenga que desplegar actividad probatoria alguna, sino que su defensa debe presentar los elementos suficientes para generar duda en la hipótesis de culpabilidad que presenta la parte acusadora. En cambio, para la autoridad, la presunción de inocencia significa que no sólo debe presentar una hipótesis de culpabilidad plausible y consistente, sino que tiene que descartar hipótesis alternativas compatibles con la inocencia del acusado. Otro aspecto importante a tomar en consideración, radica en que, si el partido político cumple con la carga probatoria que corresponde a su afirmación en el sentido de que la afiliación cuestionada estuvo precedida del consentimiento del quejoso, es decir, si exhibe prueba suficiente sobre la legitimidad de la afiliación motivo de queja, debe considerarse que prevalece el principio de presunción de inocencia, en su vertiente de estándar probatorio. Al respecto, cabe destacar que, si la autenticidad o el contenido de dicho documento es cuestionado por el quejoso, se debe estar a las disposiciones contenidas en la LGIPE y el Reglamento de Quejas, las cuales aluden a las reglas que deben observarse tratándose de la objeción de documentos, como parte del derecho contradictorio que les asiste a las partes, de oponerse o refutar las pruebas que ofrezcan o que se allegue la Unidad Técnica durante la secuela de un procedimiento ordinario sancionador.

Así, el artículo 24 del citado cuerpo normativo establece que:

1. Las partes podrán objetar las pruebas ofrecidas durante la sustanciación de los

procedimientos administrativos sancionadores ordinario y especial, siempre y cuando se realice antes de la audiencia de desahogo.

2. Para los efectos de lo señalado en el párrafo que antecede, las partes podrán objetar la autenticidad de la prueba o bien su alcance y valor probatorio debiendo indicar cuál es el aspecto que no se reconoce de la prueba o por qué no puede ser valorado positivamente por la autoridad, esto es, el motivo por el que a su juicio no resulta idóneo para resolver un punto de hecho.

3. Para desvirtuar la existencia o verosimilitud de los medios probatorios ofrecidos, no basta la simple objeción formal de dichas pruebas, sino que es necesario señalar las razones correctas en que se apoya la objeción y aportar elementos idóneos para acreditarlas, mismos que tenderán a invalidar la fuerza probatoria de la prueba objetada.

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Énfasis añadido

Esto es, de conformidad con el precepto reglamentario previamente transcrito, no basta con objetar de manera formal el medio de prueba ofrecido por el partido político para desvirtuar la existencia o verosimilitud de la constancia de afiliación, sino que es necesario señalar las razones correctas en que se apoya la objeción y, también, aportar en el momento procesal oportuno, los elementos idóneos para acreditar su objeción. Resulta aplicable al caso, la Jurisprudencia 4/200535 de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuyo rubro y texto son los siguientes:

DOCUMENTOS PRIVADOS PROVENIENTES DE LAS PARTES. LA CARGA PROBATORIA DE LA OBJECIÓN DE FIRMA CORRESPONDE A QUIEN LA PLANTEA (LEGISLACIONES DE CHIAPAS Y PUEBLA, ESTA ÚLTIMA ANTES DE LA REFORMA PUBLICADA EL 14 DE SEPTIEMBRE DE 1998). En términos de lo dispuesto por los artículos 324 del Código de Procedimientos Civiles de Chiapas y 330 del Código de Procedimientos Civiles de Puebla, los documentos privados provenientes de las partes deben ser reconocidos expresa o tácitamente para que adquieran el valor probatorio que las propias legislaciones les otorgan. Ahora bien, esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido el criterio reiterado de que no basta decir que se objeta un documento privado para que éste carezca de valor probatorio, sino que es necesario probar las causas o motivos en que se funde la objeción. Debido a que en las legislaciones adjetivas en cuestión no se establece ninguna regla específica sobre la carga probatoria en la hipótesis apuntada, para saber a quién corresponde dicha carga de la prueba sobre la objeción formulada, deben atenderse los hechos en que se funde la misma, aplicándose las reglas genéricas establecidas en los artículos 289 del Código de Procedimientos Civiles de Chiapas y 263 del Código de Procedimientos Civiles de Puebla, en cuanto a que a cada parte corresponde probar los hechos de sus pretensiones. Por tanto, si la objeción de un documento privado proveniente de los interesados base de sus pretensiones se funda en la circunstancia de no haber suscrito el documento el objetante, a él corresponde la carga de la prueba. Dicho de otra forma, quien invoca una situación jurídica está obligado a probar los hechos fundatorios en que aquélla descansa; por lo contrario, quien sólo quiere que las cosas se mantengan en el estado que existen en el momento en que se inicia el juicio, no tiene la carga de la prueba, pues desde el punto de vista racional y de la lógica es evidente que quien pretende innovar y cambiar una situación actual, debe soportar la carga de la prueba. Énfasis añadido

Bajo ese contexto, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación advirtió, en concordancia con los preceptos invocados en líneas que anteceden,

35 Jurisprudencia 1a./J. 4/2005, Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXI, Abril de 2005, Página 266.

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que no basta decir que se objeta un documento privado para que éste carezca de valor probatorio, sino que debe ser necesario probar las causas o motivos en que se funde la objeción, es decir, que al objetante corresponde la carga de la prueba. A efecto de robustecer lo anterior, se citan criterios de diversos Tribunales Colegiados de Circuito, en los que se han pronunciado en tal sentido sobre el tema:

• DOCUMENTOS PRIVADOS. OBJECIÓN A LOS.36

• DOCUMENTOS PRIVADOS PROVENIENTES DE LAS PARTES. CONFORME AL ARTÍCULO 277 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, LA CARGA PROBATORIA DE LA OBJECIÓN DE FIRMA CORRESPONDE A QUIEN LA PLANTEA.37

• DOCUMENTOS PRIVADOS. PARA NEGARLES VALOR PROBATORIO, NO BASTA LA SIMPLE OBJECIÓN, SINO QUE DEBEN SEÑALARSE LAS CAUSAS EN QUE LA FUNDE Y DEMOSTRARLAS.38

• DOCUMENTOS PRIVADOS, CARGA DE LA PRUEBA EN CASO DE OBJECIÓN A LOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO)39

• DOCUMENTOS PRIVADOS. CARGA DE LA PRUEBA PARA ACREDITAR LA OBJECIÓN RESPECTO DE LA AUTENTICIDAD DE LA FIRMA CONTENIDA EN ELLOS40

• DOCUMENTOS PRIVADOS PROVENIENTES DE LAS PARTES, LA CARGA PROBATORIA DE LA OBJECIÓN DE FIRMA CORRESPONDE A QUIEN LA PLANTEA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO)41

36 Jurisprudencia I.3Oc. J/8, Tercer Tribunal Colegiado en materia Civil del Primer Circuito, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo IV, agosto de 1996, Página 423. 37 Tesis Aislada XV.4o.12 C, Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXX, septiembre de 2009, Página 3128. 38 Jurisprudencia III. 1Oc. J/17, Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, Semanario Judicial de la Federación, Número 63, marzo de 1993, Página 46. 39 Tesis Aislada, Semanario Judicial de la Federación, Tomo XII, agosto de 1993, Página 422. 40 Tesis XXXI.3º 8 L, Tercer Tribunal Colegiado de Vigésimo Primer Circuito, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XV, abril de 2002, Página 1254. 41 Tesis II. o C, 495 C, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXII, septiembre de 2005, Página 1454.

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De igual forma, resulta aplicable la Jurisprudencia I.3o.C. J/1142, dictada por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, cuyo rubro y texto son los siguientes:

DOCUMENTOS PRIVADOS INSUFICIENTEMENTE OBJETADOS POR EL PROPIO

FIRMANTE, VALOR PROBATORIO DE LOS. En tratándose de documentos privados,

debe hacerse la distinción entre aquellos que provienen de terceras personas y los que

se atribuyen a las partes litigantes en la controversia. Respecto de los primeros, basta

la objeción del instrumento privado, debidamente razonada, para que pierda su valor

probatorio, quedando a cargo del oferente la carga de la prueba y apoyar su contenido

aportando otros elementos de convicción, y en relación con el segundo supuesto, para

tener por satisfecho lo dispuesto por el artículo 335 del Código de Procedimientos

Civiles para el Distrito Federal, es menester que la parte a quien perjudique realice

en tiempo, forma y suficiencia la objeción, para que pierda su alcance probatorio

dicho instrumento. De esta manera, se tiene que si en un caso la contraparte del

oferente, al dársele vista con el documento exhibido, se limitó a manifestar que

no lo había firmado, tal aseveración no pudo constituir la causa suficiente de

objeción que demeritara el alcance de esa probanza, ya que para tal efecto resulta

indispensable que existan causas motivadoras de la invalidez de la prueba y que

se aportaran las pruebas idóneas para tal fin, como pudieron ser las periciales

grafoscópicas, grafológicas y caligráficas; elementos que no se rindieron para

acreditar la impugnación, como lo dispone el artículo 341 del código citado.

Énfasis añadido

En igual sentido, el Primer Tribunal Colegiado en materia civil del Tercer Circuito en la Jurisprudencia III.1o.C. J/2943, sostuvo el referido criterio en el siguiente sentido:

DOCUMENTOS PRIVADOS, PRUEBA DE LA FALSEDAD DE LA FIRMA DE LOS

(LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO). Una interpretación armónica de los

artículos 342, 343, 344, 345, 346 y 351 del Código de Procedimientos Civiles para el

Estado de Jalisco, lleva a concluir que cuando se objeta la autenticidad de la firma

de un documento privado es necesario pedir el cotejo de la misma con una

señalada como indubitable; además, debe ofrecerse la prueba pericial respectiva,

dado que la falsificación de la firma es un punto que sólo puede ser determinado

por una persona con conocimientos especiales en la materia, es decir, por un

42 Tesis I.3o. C J/11, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo VI, octubre de 1997, Página 615. 43 Jurisprudencia III.1o.C. J/29, Primer Tribunal Colegiado en materia Civil del Tercer Circuito, Semanario Judicial de la

Federación y su Gaceta, Tomo XV, febrero de 2002, Página 680.

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perito grafóscopo, aun cuando exista diferencia notoria entre las firmas

cuestionadas, porque tal circunstancia, por sí sola, no revela lo apócrifo de una

de ellas, sino únicamente la diferencia entre ambas.

Énfasis añadido

En suma, significa que para destruir la presunción de inocencia que surge en favor del denunciado cuando aporta elementos de prueba idóneos para demostrar que la afiliación cuestionada estuvo precedida de la manifestación de voluntad del quejoso, tal como las constancias de afiliación correspondientes, o bien, elementos que pongan de manifiesto que el quejoso realizó hechos positivos derivados de su militancia, no basta que, de manera abstracta y genérica, el quejoso afirme que dichos medios de convicción no son veraces o auténticos. Lo anterior, atento que, conforme a la normatividad que rige los procedimientos sancionadores electorales y que inexcusablemente está obligado a seguir este Consejo General, resulta imperativo que quien objeta un medio de prueba, señale específicamente cuál es la parte que cuestiona, y al efecto aporte, o cuando menos señale, conforme a la regla general relativa a que a quien afirma le corresponde probar —vigente en los procedimientos sancionadores electorales conforme a lo establecido por la Sala Superior—, los elementos objetivos y ciertos que puedan conducir a destruir la eficacia probatoria de los elementos aportados por el denunciado en su defensa, pues de otra manera, el principio de presunción de inocencia deberá prevalecer apoyado en las evidencias allegadas al procedimiento por el presunto responsable.

4. HECHOS ACREDITADOS Como se ha mencionado, las denuncias presentadas por las y los denunciantes, versan sobre la supuesta violación a su derecho fundamental de libertad de afiliación política, al haber sido incorporadas e incorporados al padrón del PRD, sin su consentimiento previo y, como conducta infractora inherente a ella, la utilización de sus datos personales para sustentar tal afiliación. En torno a la demostración de los hechos constitutivos de las infracciones objeto de las denuncias, en los siguientes cuadros se resumirá la información derivada de la investigación preliminar, así como la conclusión que fue advertida: A. 2135 CIUDADANOS CON CÉDULA DE INSCRIPCIÓN DEL PRD QUE NO OBJETARON DICHO DOCUMENTO

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No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1 Ana Lucia Arellano

Calderon 30/10/2010

2 Viridiana Ayala Escarrega 05/04/2014

3 Jorge Luis Trinidad Muñiz 25/06/2014

4 Oyuki Trinidad Muñiz 14/04/2011

5 Noelia Villalobos Martin

del Campo 06/07/2014

6 Fernando Lara Rangel 07/02/2013

7 Lucero Elena Venegas

Perez 02/02/2017

8 Cinthia Margarita Ortiz

Flores 02/07/2014

9 Miriam Ortiz Flores 02/07/2014

10 Zoila Yoana Martinez

Gamboa 31/05/2011

11 Maria de Jesus Miranda

Espinoza 01/05/2011

12 Jose Trinidad Aguirre

Contreras 01/05/2011

13 Johana Angelica Esparza

Gutierrez 01/05/2011

14 Leticia Hernandez

Gutierrez 16/05/2014

15 Eduardo Cota Rodriguez 01/05/2011

16 Heriberto Gabriel Flores

Carrasco 10/08/2010

17 Maria Dolores Vergara

Tadeo 19/06/2014

18 Miriam Guadalupe

Velazquez Calderon 06/07/2010

19 Maria Isabel Garduza

Muñoz 27/12/2016

20 Luis Angel Suarez Leon 16/04/2011

21 Yosi Sugey Serna Garcia 02/07/2014

22 Blanca Estela Pacheco

Rios 19/05/2014

23 Ramiro Oswaldo Navarro

Garcia 01/05/2011

24 Maria Josefina Aranda

Rodriguez 05/07/2014

25 Alfredo Rios Martinez 05/06/2014

26 Rosario Nuñez Nuñez 08/03/2017

27 Marisol Moreno De los

Santos 01/05/2011

28 Genaro Valladolid Villela 10/09/2010

29 Maria Isabel Sanchez

Catalan 05/05/2011

30 Lucia del Rosario

Hernandez Hernandez 05/10/2010

31 Susana Cruz Martinez 03/03/2017

32 Esau Diaz Alvaro 03/03/2017

33 Jorge Armando Garcia

Mendez 29/04/2014

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

34 Rogelio Montejo Sanchez 13/01/2011

35 Mauricio Mendez Cruz 26/06/2010

36 Pedro Sanchez Montejo 06/02/2011

37 Cristobal Alvaro Arcos 01/03/2014

38 Alexander Lopez Trujillo 01/03/2017

39 Lucy Moreno Arcos 17/02/2017

40 Elisa Hernandez Guzman 26/06/2014

41 Maria Gomez Alvaro 20/12/2016

42 Carlos Mariano Sanchez 16/02/2017

43 Santiago Gomez Jiron 08/12/2010

44 Quevin Eduardo Lazos

Monterrosa 08/12/2010

45 Luis Lopez Santiz 14/04/2011

46 Carmen Gonzalez

Estrada 07/11/2016

47 Maria de Jesus

Hernandez Chavarria 06/07/2014

48 Manuel Gonzalez

Hernandez 22/09/2016

49 Daniel Santos Gomez

Lopez 05/07/2014

50 Roxana Valdiviezo Buere 03/07/2014

51 Herminio Evodio Garcia

Ortega 17/02/2017

52 Jesus Elizabeth Ruiz

Bermudez 14/03/2017

53 Brenda Yazmin Gomez

Diaz 03/02/2017

54 Alma Guadalupe de los

Santos Gonzalez 07/10/2013

55 Fernando Javier Lopez

Sanchez 04/02/2011

56 Juan Antonio Escandon

Alvarez 19/02/2017

57 Alfonso Giron Lopez 04/02/2017

58 Juan Luis Gomez Gomez 15/03/2017

59 Guadalupe Velasco

Gomez 14/02/2017

60 Erick Eduardo Lopez

Gomez 14/02/2017

61 Juan Carlos Santiz

Hernandez 14/02/2017

62 Manuel Vazquez

Castellanos 28/06/2014

63 Antonio Giron Lopez 08/12/2016

64 Sergio Eduardo Pineda

Lopez 01/05/2011

65 Yadira de Jesus Juarez

Martinez 15/11/2016

66 Karla Olivia Roque Miceli 09/02/2017

67 Guillermo Aguilar Aquino 12/03/2011

68 Maria Petrona Trinidad

Gonzalez 11/02/2017

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

139

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

69 Sandra Elizabeth Gomez

Jimenez 03/03/2017

70 Maria Areli Hernandez

Hernandez 05/02/2017

71 Luis Fernando Gomez

Cancino 07/02/2017

72 Julio Cesar Carrasco

Dominguez 29/04/2011

73 Jose Roberto Hernandez

Paniagua 23/06/2014

74 Javier Noriega Lopez 31/10/2016

75 Raul Perez Hernandez 03/03/2017

76 Luis Fernando Chacon

Estrada 09/02/2017

77 Miguel Angel Burguete

Reyes 19/06/2014

78 Rusbel Vidal Escobar 04/01/2017

79 Alexis Aguilar Morales 13/03/2017

80 Julio Cesar Zambrano

Mendoza 14/02/2017

81 Paulina Alejandra Ramos

Ruiz 09/06/2014

82 Noe Espinosa Lazaro 11/03/2017

83 Yadira Yazmin Mendoza

Gutierrez 05/02/2017

84 Tzitlally del Carmen

Champo Estrada 11/03/2017

85 Enrique Juarez Suchiapa 24/11/2013

86 Jose Alexander Hernandez Solis

11/03/2017

87 Claudia Grajales Velasco 15/02/2017

88 Cristian Giovanni Perez

Concha 08/02/2017

89 Esperanza Gomez Lopez 28/02/2017

90 Oscar Hernandez Gomez 18/03/2011

91 Luis Enrique Perez Ortiz 06/10/2013

92 Isaura Ochoa Cruz 06/12/2010

93 Karina Guadalupe Gordillo Arguello

07/03/2017

94 Idefonso Gomez Bautista 13/02/2017

95 Pedro Mendoza Gomez 05/12/2010

96 Luis Enrique Gordillo

Gomez 07/03/2017

97 Julio Lario Velasco

Aguilar 26/06/2014

98 Jocsam Macdiel Zuñiga

Cadenas 20/02/2017

99 Miguel Angel Cisneros

Sanchez 08/02/2017

100 Victor Hugo Cano Ruiz 10/02/2017

101 Virna Carolina Landeros

Meneses 07/05/2011

102 Tabita Gomez Santiz 22/11/2016

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

103 Gloria Georgina Ochoa

Constantino 05/02/2017

104 Abel Merino Constancio 20/02/2017

105 Delina Arauz Dominguez 22/11/2016

106 Armando Hernandez

Gomez 30/01/2017

107 Abel Gomez Gomez 01/05/2011

108 Heberto Cruz Gomez 01/02/2011

109 Hector Miguel Alfaro

Gomez 01/05/2011

110 Daniela Abigail Alfaro

Jimenez 09/02/2017

111 Alexis Rubiel Alfaro

Jimenez 09/03/2014

112 Eleazar de Jesus Gomez

Gomez 18/02/2017

113 Darinel Garcia Lopez 02/03/2017

114 Jose Roberto Alfaro

Lopez 01/05/2011

115 Jose Angel Gomez

Olvera 28/02/2017

116 Yadira Velazquez Sereno 14/03/2017

117 Daniel Aguilar Martinez 25/02/2011

118 Margarita Concepcion

Mateo Camacho 15/03/2017

119 Angel Alexander Martinez

Gomez 07/02/2017

120 Julio Cesar Santoyo

Lozano 23/06/2014

121 Arley Lopez Gomez 11/02/2011

122 Roberto Torres Gonzalez 04/02/2017

123 Eugenio Santiz Gomez 15/11/2016

124 Reyna Guadalupe

Hernandez Jimenez 01/02/2017

125 Angelica del Rosario Hernandez Jimenez

01/02/2017

126 Jorge Gomez Sanchez 17/02/2017

127 Antonia Gomez

Rodriguez 18/03/2014

128 Juan Esteban Gomez

Rodriguez 18/03/2014

129 Jose Lopez Lopez 05/07/2014

130 Eric Daniel Lopez

Martinez 08/03/2017

131 Jose Luis Mendez

Espinosa 03/07/2014

132 Fatima Guadalupe Velazquez Nataren

12/03/2017

133 Arturo Yamamoto

Resendiz 11/03/2017

134 Karen Gonzalez Cortes 15/12/2016

135 Karen Adilene Alor

Morales 02/07/2014

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

140

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

136 Manuel Godinez Tercero 03/03/2017

137 Surisadday Garcia Cruz 16/03/2017

138 Walter Hernandez

Sandoval 30/06/2014

139 Juan Carlos Lazos

Monterrosa 28/04/2014

140 Mario Alberto Moreno

Martinez 26/03/2014

141 Carolina Aguilar de la Cruz

30/09/2016

142 Jose Guadalupe Lopez

Lopez 05/07/2014

143 Edith Aranda Baldenegro 21/12/2013

144 Gerardo Axel Mendoza

Ortiz 01/05/2011

145 Carlos Arturo Reynoso

Cota 27/06/2014

146 Sarahi Contreras Benitez 13/11/2010

147 Alonso Javier Contreras

Lozano 13/11/2010

148 Sergio Guerrero Anaya 14/08/2010

149 Alonso Fernandez Padilla 20/05/2010

150 Cesar Rodolfo Soto

Gonzalez 24/02/2017

151 Abril Salcido Chavez 18/08/2010

152 Nancy Margarita Corona

Xochitl 14/09/2013

153 Reyes Gerardo Contreras

Anguiano 22/11/2016

154 Brenda Isela Tovali

Jimenez 15/02/2014

155 Monica Acosta Estrada 30/05/2014

156 Nubia Griselda Perea

Noriega 11/06/2014

157 Claudia Lizette Estrada

Tinajero 15/03/2017

158 Javier Alonso Rodriguez

Marta 28/07/2010

159 Aida Mariza Salais Castro 18/05/2011

160 Jose Luis Camargo

Carreon 25/05/2011

161 Coral Maribel Zamora

Rodriguez 07/02/2014

162 Javier Ramirez Infante 09/03/2017

163 Maria de Jesus Borrego

Sauceda 04/07/2014

164 Laura Elena Sidas Barron 01/02/2013

165 Raul alejandro Urquiza

Ruiz 01/03/2013

166 Mario Alberto Aguilar

Puentes 21/01/2014

167 Cinthya Yadira Silva

Ramirez 08/11/2016

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

168 Gisela Pedraza Espinosa 01/03/2017

169 Porfiria Lopez Rivera 06/12/2016

170 Juan Carlos Nuñez

Orlaineta 10/11/2016

171 Alma Gloria Hernandez

de la Cruz 16/02/2017

172 Jose Antonio Sandoval

Reyes 30/01/2017

173 Fabiola Patlan Rodriguez 24/03/2017

174 Marcela Vazquez Maya 01/05/2011

175 Hector Alejandro Santiago Alcibar

08/04/2011

176 Jose Antonio Rivera

Lagunas 13/03/2017

177 Aline Loreto Gonzalez

Carrillo 08/02/2017

178 Elsa Berenice Guerrero

Monroy 01/05/2011

179 Norma Miguel Padilla 03/02/2014

180 Gustavo Osvaldo Cruz

Trejo 10/02/2017

181 Luis Alberto Godinez

Mondragon 19/01/2017

182 Rosa Angelica Rodriguez

Trejo 26/05/2014

183 Carmen Guadalupe

Ubaldo Rosas 13/12/2013

184 Erika Penelope Maya

Gutierrez 25/01/2017

185 Jonathan Alejandro Rodriguez Ramirez

24/03/2017

186 Bertha Alicia Gonzalez

Hernandez 10/02/2017

187 Eunice Teran Mancera 28/11/2016

188 Ana Karen Martinez

Guillen 07/02/2017

189 Patricia Viridiana de la

Vega Jimenez 07/07/2010

190 Janette Sahir Bonilla

Garcia 10/01/2017

191 Maria Esther Romero

Miranda 16/12/2013

192 Francisco Manuel Lopez

Garcia 04/07/2014

193 Maria del Carmen

Hernandez Alvarado 11/02/2011

194 Francisco Eslava Lopez 29/06/2014

195 Fidel Javier Gomez 15/03/2014

196 Claudia Rosas Lara 14/06/2014

197 Ramon Martinez Osorio 24/11/2016

198 Carolina Jimenez Sosa 13/06/2014

199 Tayde Karina Chavez

Rojas 01/05/2011

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

141

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

200 Juana Martinez Yescas 07/03/2014

201 Addiz Romina Candia

Iturbe 06/03/2017

202 Maritza Elizabeth Cabrera Sanchez

01/05/2011

203 Antonia Elizabeth Alonso

Garay 17/03/2017

204 Lesli Pacheco Manuel 14/01/2017

205 Alma Rosa Sanchez

Mendoza 31/05/2011

206 Maria del Sagrario Cruz

Alvarez 13/03/2017

207 Natalie Hernandez

Rodriguez 26/11/2016

208 Ariadna Yazmin Peralta

Chavez 03/07/2010

209 Blanca Herminia Perez

Avalos 31/05/2011

210 Erich Daniel Castro

Maldonado 29/06/2014

211 Kassandra Lima Macedo 03/12/2016

212 Merle Moreno Paredes 31/05/2011

213 Beatriz Alvarez Calzada 01/05/2011

214 Elena Valadez Estrada 01/08/2010

215 Luis Casasola Hernandez 13/06/2010

216 Nancy Orozco Soto 13/06/2014

217 Beatriz Viviana España

Gonzalez 01/07/2014

218 Edith Garcia Molina 13/06/2014

219 Adriana Raquel Gutierrez

Vazquez 26/05/2014

220 Laura Tovar Mayorga 09/06/2010

221 Jessica Sarahi Soto

Benitez 19/03/2014

222 Jose Luis Ruiz Sanchez 02/12/2016

223 Roberto Francisco

Suarez Muciño 01/07/2014

224 Rogelio Alejandro Lopez

Tovar 31/05/2011

225 Miguel Angel Rios

Velazquez 22/06/2014

226 Juan Guadalupe Contreras Garcia

16/01/2014

227 Valeria Hernandez

Escobar 09/11/2016

228 Mariel Abad Flores 16/06/2014

229 Maria Elena Hernandez

Perez 21/12/2016

230 Thalia Gabriela Ortega

Curiel 25/05/2014

231 Catalina Morales

Hernandez 21/08/2010

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

232 Alin Irene Artemisa

Lemus Subias 01/05/2011

233 Isaac Daniel Arroyo

Maldonado 31/05/2011

234 Sergio Alberto Vega

Aguilera 03/12/2013

235 Irving Jair Rivera

Lechuga 23/03/2014

236 Maria Guadalupe Gomez

Campos 16/01/2017

237 Juan Carlos Maya

Villarreal 13/11/2013

238 Josefina Agabo

Rodriguez 08/08/2010

239 Angelica Maria Vazquez

Palacios 18/01/2014

240 Gabriela Ascencio Garcia 22/09/2010

241 Josue Aguirre Rios 09/09/2010

242 Leticia Lopez Gomez 03/04/2014

243 Lilian Reyes Barragan 01/05/2011

244 Maria Esther Salinas

Garcia 03/07/2014

245 Teresa Rendon Hinojosa 01/05/2011

246 Guadalupe Alejandra

Carreon Cortes 29/11/2016

247 Yazmin Vanessa

Sandoval Valencia 02/03/2014

248 Laura Jimenez

Maldonado 30/03/2011

249 Enriqueta Urbina Bonilla 09/06/2014

250 Dulce Maria Salinas

Garcia 13/03/2017

251 Araceli Mariana Sanchez

Hijar 26/02/2017

252 Gerardo Alvarado Gamez 03/07/2014

253 Jose Martinez Montenegro

05/06/2014

254 Jose Rodolfo Ortiz

Gonzalez 28/07/2010

255 Oralia Marisela Rocha

Flores 26/02/2017

256 Aida Ramirez Fernandez 01/05/2011

257 Gabriela Vazquez

Moreno 31/05/2014

258 Maria Anahi Hernandez

Sandoval 17/05/2014

259 Karen Giselle Resendiz

Ortega 18/05/2013

260 Martha Hernandez

Velazquez 06/03/2014

261 Jacob Jackson Lopez 26/03/2014

262 Luis Manuel Ortiz

Martinez 17/11/2013

Page 142: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

142

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

263 Thania Melanie Valenzuela Piña

04/03/2014

264 Irma De la Fuente

Castañon 01/05/2011

265 Diego Diaz Rosas 27/07/2010

266 Ana Maria Flores Flores 05/12/2013

267 Gerardo Martinez

Morales 07/04/2014

268 Oscar Alfredo Castro

Contla 28/07/2010

269 Silvia Hernandez 12/04/2014

270 Humberto Hernandez

Rodriguez 01/05/2011

271 Tania Gissel Hernandez

Lopez 17/10/2010

272 Maria del Carmen Reyes

Chavarria 01/05/2011

273 Antonio Solar Martinez 01/05/2011

274 Santa Isabel Ramirez

Mendoza 16/05/2014

275 Osvaldo Xavier Perez

Hernandez 05/07/2014

276 Violeta Olivia Pacheco

Lopez 05/09/2010

277 Yadira Geronimo Jarquin 24/11/2010

278 Virginia Irene Hernandez

Ramos 01/05/2011

279 Laura Soledad Cardenas

Pacheco 06/07/2014

280 Jose Alfonso Vazquez

Romo 23/03/2017

281 Edith Vallejo Melchor 25/02/2017

282 Ivan Palma Hernandez 25/04/2014

283 Carlos Geovanni Gutierrez Zarate

24/05/2014

284 Victor Manuel Cruz

Acuña 02/03/2017

285 Nallely Elizabeth Beltran

Gonzalez 24/02/2017

286 Alinne Alejandra Aguilera

Vilchis 28/11/2016

287 Alejandro Ulises Sanchez

Rodriguez 01/05/2011

288 Ana Lilia Martinez Mateo 04/07/2014

289 Daniel Martinez

Cardenas 23/05/2014

290 Adriana Jimenez Perez 25/05/2014

291 Brenda Laura Jimenez

Baltazar 15/11/2013

292 Noemi Hernandez

Martinez 26/07/2013

293 Diana Laura Barrera

Mendoza 06/07/2014

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

294 Jose Cruz Garcia 01/05/2011

295 Eva Feliza Gonzalez

Herrera 20/06/2013

296 Jesus Eleazar Lopez

Osorio 16/11/2013

297 Lizbeth Veronica Mondragon Perez

28/06/2014

298 Alma Angelica Nicio

Badillo 05/03/2017

299 Maria Dolores Perez

Blancarte 04/07/2014

300 Martha Zepeda

Sarmiento 01/05/2011

301 Marisela Murillo 12/05/2014

302 Federico Hernandez

Garcia 06/11/2013

303 Carolina Cervantes Heras 04/03/2017

304 Yolanda Ferrer Cruz 03/07/2014

305 Salvador Hector Guerrero

Rodarte 04/03/2013

306 Maria del Carmen Hernandez Bustos

14/04/2014

307 Samantha Jazmin Rivas

Reyes 22/11/2016

308 Rosa Maria Horta Flores 01/03/2017

309 Gabriela Mendez Lopez 25/10/2013

310 Johany Anahi Alvarez

Camacho 12/12/2016

311 Dulce Alejandra Torres

Medrano 16/03/2014

312 Eduardo Lopez Rosas 01/05/2011

313 Elba Brenda Gonzalez

Perez 08/03/2017

314 Maria de Lourdes Garcia

Perez 04/07/2014

315 Maria Guadalupe Flores

Morelos 06/07/2014

316 Francisco Javier Cuenca

Renteria 01/05/2011

317 Daniel Alejandro Martinez

Nava 28/09/2010

318 Luciana Aline Guerrero

Acevedo 26/01/2017

319 Maria Esther Guereca

Gurrola 13/12/2013

320 Margarita Botello

Camacho 01/05/2011

321 Maria del Rosario Salinas

Cedillo 15/11/2013

322 Francisco Javier

Velazquez Guadarrama 01/05/2011

323 Karla Magdalena Contreras Perez

23/05/2014

Page 143: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

143

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

324 Maria Elena Arredondo

Pozos 31/05/2011

325 Ruth Romero Enriquez 01/05/2011

326 Zayra Negrete Mendez 01/05/2011

327 Claudia Miranda Lopez 31/05/2011

328 Elena Estefania Gallardo

Padilla 25/06/2014

329 Marisol Sanchez Reyna 20/10/2010

330 Mercedes Gonzalez

Serrano 08/06/2014

331 Ernesto Juarez Gamero 01/05/2011

332 Jose Daniel Teran Reyes 04/05/2014

333 Hector Manuel Cardenas

Ramirez 01/05/2011

334 Jose Hernandez Vega 05/07/2014

335 Axel Alexis Hernandez

Martinez 09/06/2014

336 Joane Santos Vargas 03/03/2013

337 Fabiola Yocelin Rubio

Bautista 12/08/2010

338 Eva Maria Soto Leon 16/04/2013

339 Maria Lourdes Susana Hernandez Hernandez

01/05/2011

340 Jose Sergio Presa

Romero 06/06/2010

341 Lucia Hernandez

Gonzalez 19/02/2017

342 Sandra Hernandez Reyes 02/03/2017

343 Argelia Reyes Santos 01/05/2011

344 Maria de las Mercedes

Rios Lopez 12/03/2017

345 Norma Angelica Fajardo

Arroyo 01/05/2011

346 David Aguirre Saldaña 03/02/2017

347 Yestef Tecalco Huerta 20/08/2010

348 Virginia Fuentes Salazar 11/06/2014

349 Veronica Reyes Robledo 31/05/2011

350 Rosa Delia Cruz Martinez 24/05/2014

351 Paola Medina Ojeda 07/09/2010

352 Moises Manuel Martinez

Cervantes 17/01/2017

353 Miriam Guadalupe

Contreras Valdovinos 23/12/2016

354 Michel Efren Vazquez

Santana 07/03/2017

355 Luz Maria Pastor Cruz 15/01/2014

356 Jesus Jael Hernandez

Castro 20/12/2013

357 Jaime Eduardo Lara

Velazquez 18/02/2017

358 Ivonne Guzman Leon 29/03/2014

359 Humberto Israel Guerra

Martinez 19/12/2016

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

360 Evelyn Monserrat Nava

Che 24/05/2014

361 Claudia Hernandez

Gonzalez 31/05/2011

362 Jesus Jorge Pureco Diaz 16/06/2014

363 Guadalupe Isabel Ortega

Resendiz 31/05/2011

364 Beatriz Zesatti Esquerro 31/03/2014

365 Francisco Genaro Borja

Lara 17/06/2013

366 Martha Rosa Mendoza

Cruz 19/02/2017

367 Maria Luisa Aguayo

Torres 14/02/2017

368 Carlos Pavel Garcia

Aguayo 16/03/2017

369 Emma Isabel Huerta

Balderas 12/03/2017

370 Guillermo Hernandez

Torres 14/02/2017

371 Edmundo Mendoza

Vazquez 15/11/2016

372 Maria Teresa Valle

Merchand 16/02/2017

373 Maria del Pilar Montoya

Piliado 25/06/2010

374 Julio Cesar Chavez

Simarron 30/06/2014

375 Brenda Yuritzi Hernandez

Ruiz 01/05/2011

376 Laura Garcia Rebollo 31/05/2011

377 Yolanda Soria Alvarado 02/12/2016

378 Iris Zapatero Herrera 21/01/2017

379 Mireya Amayrani

Guadarrama Garcia 10/02/2017

380 Karla Rincon Martinez 25/02/2017

381 Paulina Hernandez

Gomez 08/06/2014

382 Arturo Galvez Borjas 13/08/2010

383 Joel Canseco Nava 27/05/2014

384 Juan Carlos Rivera de los

Santos 05/02/2017

385 Andres Jimenez Mejia 14/03/2017

386 Erendira Patricia Ortega

Diaz 01/05/2011

387 Jose Pablo Rogelio

Resendiz 04/04/2014

388 Gabriela Velez Niño 23/02/2017

389 Jose Edgar Samano

Fernandez 06/07/2014

390 Roberto Sanabria

Gonzalez 20/06/2014

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

144

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

391 Maria Irene Ruiz

Colchado 27/07/2016

392 Roberto Peña San Miguel 18/01/2011

393 Lidia Garcia Medina 01/05/2011

394 Carlos Bruno Villegas

Sanchez 10/04/2014

395 Montzerrat Eztefany Ramos Hernandez

01/03/2011

396 Magdalena Padilla Arciga 01/05/2011

397 Maria Guadalupe Zavala 22/06/2014

398 Francisca Rezago

Hernandez 01/05/2011

399 Maria Eugenia Margarita

Del Castillo Trulin 13/02/2017

400 Antonio Reyes Sanchez 17/02/2017

401 Octavio Rogelio

Fernandez Castelan 21/02/2017

402 Carlos Muñoz Hernandez 18/02/2017

403 Victor Gerardo Ruiz Plata 20/02/2014

404 Maria Josefina Muñoz

Barba 22/01/2017

405 Noemi Victoria Ramirez

Zavala 22/03/2014

406 Jesus Omar Maya Franco 14/02/2017

407 Erick Daniel Romero

Albarran 02/02/2014

408 Geronimo Ramirez Sierra 05/04/2014

409 Claudia Leon Muñoz 03/06/2014

410 Alejandra Peña Campos 15/04/2014

411 Daniel Alejandro Carmona Cortes

02/07/2014

412 Jose Gustavo Escutia

Camacho 01/06/2014

413 Pedro Ivan Reyes Garcia 13/02/2017

414 Sonia Garcia Huerta 05/06/2014

415 Alma Areli Mariano

Ehlers 18/06/2014

416 Patricia Paredes Escutia 14/02/2017

417 Eulises Omar Navarro

Jimenez 01/02/2014

418 Martha Angelica Gonzalez Bonilla

25/01/2017

419 Yolanda Reyna Huerta 26/05/2014

420 Maria Guillermina Trujillo

Caballero 04/07/2014

421 Ricardo Escalona

Carrasco 11/02/2017

422 Maria del Carmen

Adriana Pineda Escamilla 01/05/2011

423 Antonio Morales Reyes 18/02/2017

424 Abril Zacnite Ontiveros

Tellez 03/07/2014

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

425 Dulce Maria Herrera

Paredes 01/05/2011

426 Maria del Rosario

Sanabria Luna 22/06/2014

427 Raquel Karina Ximil

Reyes 01/05/2011

428 Martha Estela Rodriguez

Perez 12/04/2014

429 Brenda Natali Rayon

Alarcon 01/05/2011

430 Juan Gabriel Vallecillos

Saucedo 13/03/2011

431 Antonia Gabriela Cortes

Rocha 13/03/2014

432 Mauricio Andres Mejia

Juarez 30/01/2017

433 Linda Guadalupe Vargas

Arias 31/05/2011

434 Haide Yamara Comoto

Soto 24/05/2014

435 Alicia Santos Espinosa 05/07/2014

436 Maribel Muñoz Padilla 08/11/2013

437 Francisco Aragon Tapia 31/05/2011

438 Mariana Saraid Gil

Alcantara 06/07/2014

439 Ericka Adriana Perez

Carbajal 15/08/2010

440 David Molina Hernandez 31/05/2011

441 Mauricio Quetzalcoatl

Contreras Rivera 18/09/2010

442 Paula Margarita Ramirez

Escudero 01/05/2011

443 Clara Salas Lopez 01/05/2011

444 Sylvia Lizette Salazar

Sayon 01/05/2011

445 Diego Jimenez Ortega 24/08/2010

446 Cristobal Morales

Gonzalez 16/01/2017

447 Daniel de Jesus Celaya

Hernandez 23/09/2010

448 Esmeralda Sanchez

Flores 23/09/2010

449 Tania Huerta Angeles 01/06/2013

450 Filiberto Garcia Zaragoza 26/09/2010

451 Maria Antonieta Ramirez

Luna 01/05/2011

452 Mario Francisco Gomez

Molina 20/02/2017

453 Brian Munguia Beltran 10/02/2017

454 Pablo Garcia Zamora 04/03/2017

455 Jizet Cristina Vergara

Jimenez 31/05/2011

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

145

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

456 Alejandra Barrera

Martinez 04/03/2017

457 Maria Matilde Reynoso

Fuentes 12/08/2010

458 Alberto Gonzalez

Nolasco 27/12/2016

459 Pamela Belen Gonzalez

Farias 01/05/2011

460 Martha Elena Rodriguez

Delgadillo 06/07/2014

461 Maria Eugenia de la Rosa

Burgos 01/05/2011

462 Nancy Ivonne Prado

Trigueros 04/09/2010

463 Julia Teresa Galvan Soria 01/05/2011

464 Evelyn Dayana Herrera

Mares 28/12/2016

465 Leticia Gutierrez Islas 10/03/2017

466 Ariana Lezama Barba 07/02/2017

467 Salvador Rivera

Gonzalez 11/04/2014

468 Maria Laura Menendez

Gonzalez 18/01/2014

469 Ana Maria Sandoval

Sandoval 01/05/2011

470 Leticia Gonzalez Rivera 31/05/2011

471 Jose Pablo del Valle

Ortega 06/06/2014

472 Hector Bayre Nava

Ramirez 16/05/2014

473 Miriam Cisneros Martinez 15/02/2017

474 Eric Jose de Jesus Hernandez Chavez

01/05/2011

475 Maria del Carmen Bautista Saldaña

31/01/2017

476 Alvaro Morales Cruz 24/01/2017

477 Ana Lilia Tovar Balderas 01/05/2011

478 Patricia Valdez Herrera 19/03/2014

479 Erika Gabriela Sanchez

Bustamante 15/03/2017

480 Jose Moises Nava

Martinez 17/01/2017

481 Blanca Graciela Ronquillo

Ramirez 01/05/2011

482 Gipsel Berenice Martinez

Toto 08/06/2014

483 Oscar Hernan Rabelo

Alvarez 20/02/2017

484 Carlos Vega Perez 31/01/2017

485 Allan Sergio Soto Olmos 21/02/2017

486 Nancy Elide Zapata

Morales 23/06/2014

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

487 Ana Maria Hernandez

Iturbe 09/04/2014

488 Sara Gabriela Mota

Garcia 23/10/2010

489 Maria Berenice Granados

Sosa 18/02/2017

490 Karla Isabel Ruiz Lara 05/06/2014

491 Maria Antonieta

Hortencia Iruz Ochoa 01/05/2011

492 Sofia Atriano Mendieta 13/03/2017

493 Silvia Aguilar Salgado 18/05/2014

494 Kathya Molina Tenorio 01/05/2011

495 Nayeli Hernandez Lugo 02/04/2011

496 Marilu Balderas Garfias 01/05/2011

497 Irene Gomez Garcia 01/06/2014

498 Jorge Arturo Guzman 05/07/2014

499 Alicia Perez Fabila 05/07/2010

500 Maria de la Luz Perez

Fabila 06/04/2014

501 Grecia Guadalupe Reyes

Piñon 17/03/2017

502 Guadalupe Rosas de la

Rosa 05/05/2011

503 Francisco Javier Sanchez

Bermudez 18/02/2017

504 Sergio Garcia Alcaraz 01/05/2011

505 Leticia Hernandez

Corona 29/06/2014

506 Martha Hermelinda

Salazar Perez 24/06/2014

507 Enrique Trejo Vega 27/11/2013

508 Leopoldo Vergara Peña 21/06/2014

509 Cindy Yuly Guevara Soto 23/06/2014

510 Viviana Hernandez

Benito 11/06/2014

511 Guadalupe Darie Jimenez Rivera

22/06/2014

512 Teresita de Jesus Torres

Salgado 06/07/2014

513 Jaasiel Sarahaim Perez

Gomez 23/02/2014

514 Francisco Damian Olvera

Mejia 26/06/2014

515 Juan Manuel Martinez

Hernandez 01/05/2011

516 Victor Abel Martinez

Bravo 08/08/2010

517 Juana Lang Meda 08/04/2011

518 Ricardo Juarez Ruiz 25/05/2014

519 Patricia Garcia Cruz 17/05/2014

520 Silvia Cirila Barron

Contreras 31/05/2014

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

146

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

521 Blanca Lilia Rosales

Rodriguez 01/05/2011

522 Francisco Moran Aguilar 26/10/2013

523 Marco Antonio Nava

Ferruzca 07/09/2010

524 Margarita Valencia

Facundo 02/05/2014

525 Alfredo Del Angel Lopez 23/11/2016

526 Maria Guadalupe Cortes

Balderas 01/05/2011

527 Emmanuel Dionicio Hernandez Rivero

19/03/2014

528 Maria Silvia Martinez

Morales 07/03/2017

529 Harumi Jimenez

Kawaguchi 27/03/2014

530 Ana Patricia Resendiz

Espinosa 11/03/2017

531 Martha Leticia Gomez

Luna 12/06/2014

532 Max Belen Villalobos

Brena 01/05/2011

533 Luis Antonio Solis

Chavez 30/06/2016

534 Mireya Yanelli Gallardo

Laguna 07/07/2010

535 Beatriz Hernandez Reyes 01/05/2011

536 Ana Luisa Animas

Guerrero 03/04/2011

537 Magali Zuñiga Garcia 14/06/2014

538 Minerva Santana Flores 31/05/2011

539 Violeta Lopez Dionisio 01/05/2011

540 Abigail Gonzalez

Hernandez 03/07/2014

541 Beatriz Ballesteros

Escamilla 14/06/2014

542 Georgina Guadalupe

Hernandez Hernandez 11/06/2014

543 Claudia Lizbeth Ortiz

Mateos 01/05/2011

544 Gabriela Salazar Bolaños 31/10/2010

545 Maria del Refujio Olvera

Dominguez 26/06/2014

546 Dulce Maria Carolina

Trejo Cortes 04/07/2014

547 Alberto Alarcon Nuñez 19/02/2014

548 Ivonne Sanchez Moreno 25/06/2014

549 Veronica Alvarado

Mendoza 10/06/2010

550 Ana Diana Torres Frias 04/06/2014

551 Patricia Florita Pineda

Frias 29/06/2014

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

552 Sandra Nayeli Romero

Hernandez 08/02/2017

553 Diana Nadtzume Perez

Miranda 14/05/2014

554 Javier Cervantes Diaz 11/02/2017

555 Jorge Alberto Rodriguez

Marquez 22/02/2017

556 Juan Carlos Palomeque

Reyes 16/05/2014

557 German Javier Ortiz

Fuentes 01/05/2011

558 Ivette Angelica Olmedo

Sanchez 26/06/2014

559 Patricio Natera Serrano 24/02/2017

560 Karla Clavellina

Hernandez 24/02/2013

561 Pamela Adoracion

Baltazar Guillen 16/05/2014

562 Maria Guadalupe Serrano

Gonzalez 29/10/2013

563 Yazmin Dolores Romero

Morales 17/05/2014

564 Angelica Rogel

Hernandez 24/02/2017

565 Zyanya Nayelli Ramirez

Cardoso 01/05/2011

566 Yasmin Noemi Rogel

Sanchez 03/06/2014

567 Bertha Veronica Estrada

Pantoja 21/09/2010

568 Olga Nayeli Rogel

Hernandez 24/02/2017

569 Yeni Genoveva Gonzalez

Juarez 24/08/2010

570 Miguel Angel Muñoz

Arellano 26/06/2014

571 Guillermo Saul Soto Diaz 31/05/2014

572 Isidoro Cruz Mirafuentes 01/05/2011

573 Carlos Felix Barrera

Miranda 30/01/2014

574 Amada Xitlali Chavarria

Vazquez 25/02/2017

575 Felix Chavarria Vazquez 25/02/2017

576 Angelica Ramirez Rosas 24/01/2017

577 Lizbeth Castillo Palma 01/05/2014

578 Claudia Valle Rodriguez 25/06/2014

579 Jessica Neria Marquez 01/05/2014

580 Maria de los Angeles

Sierra Morales 14/03/2017

581 Ana Catalina Reyes

Espinosa 01/05/2011

582 Patricia Margarita Cruz

Mirafuentes 31/05/2011

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

147

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

583 Maria Luisa Romero

Ronquillo 20/06/2010

584 Maria Esther Ruano

Aguilera 21/11/2010

585 Raul Olivos Gutierrez 12/03/2017

586 Marcelina Gonzalez Cruz 03/07/2014

587 Marysol Rodriguez

Hernandez 26/02/2017

588 Diana Leticia Gonzalez

Mendoza 20/02/2011

589 Francisco Javier Fortanell

Vazquez 31/05/2011

590 Miriam Martinez Esparza 03/07/2014

591 Norma Guadalupe Franco Gonzalez

28/08/2010

592 Juan Carlos Fabila

Ledesma 28/11/2016

593 Guadalupe Franco

Rangel 01/05/2011

594 Luis Fernando

Hernandez Vazquez 29/04/2014

595 Jose Eduardo Tlalpan

Muñoz 12/03/2017

596 Laura Rodriguez Zepeda 01/05/2011

597 Catalina Medina Chavez 28/08/2010

598 Edith Muñoz Mexicano 29/11/2016

599 Daniel Alejandro Garcia

Flores 24/06/2014

600 Angeles Fabiola Zamora

Yañez 04/08/2010

601 Enrique Flores Angeles 23/03/2017

602 Vanessa Perez Cruz 05/05/2014

603 Magdalena Gonzalez

Quintanar 31/05/2011

604 Alma Delia Luna Moreno 19/05/2014

605 Karen Hernandez Nuñez 14/03/2014

606 Jorge Enrique Macias

Ramirez 24/02/2017

607 Rosa Isela Meza Torres 03/08/2010

608 Victor Manuel Suarez

Malagon 25/05/2014

609 Ramed Juarez Reyes 12/06/2014

610 Josymar Valencia

Garduño 27/02/2017

611 Maricela Salinas

Contreras 12/08/2010

612 Dagoberto Gelacio

Hernandez Gonzalez 25/06/2014

613 Erika Luisa Galvan

Campos 26/02/2017

614 Baltazar Hernandez

Valencia 25/09/2013

615 Lucia Cruz Pegueros 14/08/2010

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

616 Jose Apolinar Arellano

Burgos 08/05/2014

617 Erika Yasmin Ramos

Ceron 30/05/2014

618 Daniel Kevin Lima Ibarra 23/05/2014

619 Marco Tulio Cervantes

Popoca 01/05/2011

620 Adareli Garcia Serrano 18/01/2017

621 Angel Alberto Hernandez

Rangel 28/01/2014

622 Eodulia Hernandez

Peralta 09/02/2014

623 Rut Tehuitzil Rojas 01/07/2014

624 Esther Reyna Torres

Torres 01/05/2011

625 Jacqueline Gonzalez

Vazquez 12/06/2014

626 Karla Fabiola Tagle

Zavala 02/07/2014

627 Norma Rosalia Rodriguez

Ibañez 01/07/2010

628 Genoveva Tellez

Hernandez 01/05/2011

629 Omar Arturo Ledesma

Velazquez 26/02/2017

630 Karen Jazmin Hernandez

Cante 06/07/2014

631 Laura del Carmen Razo

Martinez 01/05/2011

632 Hector Chavez Yañez 31/05/2011

633 Gerardo Garcia Gomez 02/07/2014

634 Angie Laura Quevedo

Montaño 31/05/2011

635 Mariana Castro Razo 01/05/2011

636 Maria Isabel Nuñez

Arzate 01/05/2011

637 Sandra Selene Rosillo

Alcocer 15/06/2014

638 Hector Hugo Rodriguez

Toledo 26/02/2017

639 Cruz Joaquin Mercado

Blanco 27/07/2010

640 Viridiana Perales

Gonzalez 16/06/2016

641 Araceli Demetrio

Vazquez 08/05/2014

642 Ana de Jesus Hernandez

Romero 18/08/2010

643 Araceli de la Cruz

Gonzalez 31/05/2011

644 Elizabeth Peralta Serrano 31/05/2011

645 Elvia Castrejon Milpa 17/11/2010

646 Adela Reyes Sanchez 24/06/2014

Page 148: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

148

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

647 Eduardo Negrete

Martinez 18/07/2013

648 Katia Oralia Eslava

Torres 31/05/2011

649 Diana Mirely Garcia Cano 01/05/2011

650 Esther Moctezuma

Corona 31/05/2011

651 Norma Perez Galicia 01/05/2011

652 Juan Missael Lucero

Perez 06/07/2014

653 Ana Teresa Covarrubias

Escobar 22/06/2016

654 Apolo Garcia Martinez 01/05/2011

655 Karla Anel Reyes

Guadarrama 01/05/2011

656 Sandra Xolalpa Espinosa 30/06/2014

657 Rosa Lucas Garcia 29/07/2010

658 Diana Guadalupe Gutierrez Rivera

13/07/2010

659 Obdelia Ana Valverde

Dominguez 01/05/2011

660 Maria de los Angeles

Ortega Cordoba 29/05/2014

661 Jorge Franco Velazquez 23/06/2014

662 Sandra Karina Cortes

Ortega 07/03/2017

663 Patricia Cruz del Angel 12/05/2014

664 Guadalupe Santiago

Martinez 17/06/2014

665 Yadira Fuentes Vazquez 03/03/2017

666 Martina Graciela Arias

Salgado 01/05/2011

667 Irene Bautista Hernandez 13/02/2017

668 Sarahi Catalan Patiño 15/06/2014

669 Francisco Efrain Aparicio

Cardenas 05/03/2017

670 Lourdes Martinez

Hernandez 03/03/2017

671 Silvia Raquel Sagrero

Corrales 06/04/2014

672 Guadalupe Corrales

Valdes 01/05/2011

673 Alicia Lazaro Isita 04/07/2014

674 Maria del Carmen

Magdalena Valdez Rivera 31/08/2010

675 Maribel Azucena Flores

Lozano 24/06/2014

676 Yaely Rivera Gomez 01/05/2011

677 Martin Ambrosio Vega 03/08/2010

678 Guadalupe Viviana

Morales Barrios 19/05/2014

679 Dulce Maria Gomez Cid 13/05/2014

680 Julio Resendiz Rosas 01/05/2011

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

681 Jose Adrian Cabrera

Blancas 01/06/2014

682 Marina Valle Rodriguez 01/05/2011

683 Nieves Ivonne Ayoso

Jimenez 25/06/2014

684 Cynthia Antonia Galindo

Montoya 02/03/2017

685 Jesus Eduardo Robles

Angeles 26/06/2014

686 Reyna Maribel Bravo

Navarrete 01/05/2011

687 Gloria Magdalena Gomez

Martinez 15/07/2016

688 Maria Isabel Hernandez

Castillo 02/09/2010

689 Feliciana Leon Cortes 08/10/2010

690 Adriana Isela Parada

Ramirez 02/03/2014

691 Stephanie Amairani

Martinez Cortes 22/03/2014

692 Maria de Lourdes Aguilar

Morales 23/12/2016

693 Maria Candelaria Garcia

Gastelum 17/11/2013

694 Jose Alfredo Hernandez

Garcia 03/03/2017

695 Oscar Hernandez Garcia 19/06/2014

696 Paulina Victoria Ledesma

Juarez Olay 15/03/2017

697 Hilda Zavala Botello 29/04/2014

698 Efren Trujillo Aquino 13/03/2017

699 Rosalba Avendaño

Mendoza 03/06/2014

700 Elvia Luisa Ibarra Regino 31/05/2011

701 Elizabeth Guadalupe

Cornejo Garcia 08/03/2017

702 Victoria Galeano Cano 02/03/2017

703 Adriana Ibarra Rojas 25/05/2011

704 Itzel Dinorah Sanchez

Rojas 14/03/2014

705 Ana Bertha Vazquez

Murillo 06/05/2011

706 Martin Bernardo Guapilla

Villegas 31/05/2011

707 Cynthia Priego Martinez 18/08/2010

708 Carolina Estela Arguello

Ramirez 16/11/2016

709 Ana Bertha Hernandez

Valera 02/06/2014

710 Alejandro Loaeza Manzo 31/05/2011

711 Daniel Soto Morales 28/07/2013

712 Lisette Gonzalez Juarez 30/04/2014

713 Leonor Ruiz Flores 21/02/2014

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

149

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

714 Betsabe Torres Perez 17/03/2017

715 Dalia Angelica Aguilar

Barajas 01/05/2011

716 Jessica Leonor Fuentes

Gutierrez 31/05/2011

717 Enrique Gonzalez Ortiz 06/07/2014

718 Jose Antonio Garcia

Moran 03/03/2017

719 Rocio Esther Dominguez

Herrera 11/11/2016

720 Alejandra Aguilar Duran 13/02/2017

721 Meybel del Rocio Gonzalez Rivas

20/01/2017

722 Itzel Abigail Gonzalez

Mendieta 16/12/2016

723 Susana Ramirez

Texcocano 23/03/2014

724 Armando Barcenas

Calzontzi 04/02/2017

725 Abigail Cardenas Morales 06/07/2014

726 Norma Lidia Pavon

Castellanos 17/06/2014

727 Jorge Alejandro Armenta

Lima 27/08/2013

728 Daniela Cazares Bonilla 24/10/2013

729 Adriana Lopez Gomez 27/03/2014

730 Carlos Hernandez

Escobar 21/01/2017

731 Jose Luis Rebollo Rodriguez

17/06/2014

732 Rosa Maria Martinez

Mendoza 10/06/2014

733 Eloy Hector Rueda Reyes 16/03/2017

734 Romana Barrios Flores 12/08/2010

735 Angel Resendez Garcia 16/05/2014

736 Maribel Lozano Sanchez 08/02/2017

737 Edgar Valdovinos Tejeda 13/03/2013

738 Alicia Lizeth Alvarado

Padilla 15/03/2017

739 Blanca Esthela Ruiz

Capitaine 06/07/2014

740 Rocio Flores Ayala 31/10/2010

741 Gabriela Solorzano

Torres 24/06/2014

742 Sebastian Enriquez

Hernandez 27/02/2017

743 Luis Misael Olguin Garcia 08/02/2017

744 Susana Karina Vargas

Gaytan 02/02/2017

745 Carlos Roberto Chavez

Luevanos 03/02/2017

746 Ana Lucia Luevanos

Maltos 02/02/2017

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

747 Yesenia Karina Torres

Sanchez 27/09/2013

748 Itati Arali Ortiz Agüero 08/02/2017

749 Maria Araceli Torres

Ramirez 31/10/2010

750 Enrique Vaquera

Vazquez 23/02/2014

751 Jesus Alejandro Chacon

Blanco 12/08/2010

752 Sonia Angelica Favela

Mesta 23/02/2017

753 Deisy Marisol Medina

Bonilla 06/03/2017

754 Maria Teresa Favela

Mireles 24/08/2013

755 Elsa Vazquez Gutierrez 10/02/2017

756 Karla Lorena Taboada

Rodriguez 08/02/2017

757 Lizbeth Fabiola Ibañez

Sifuentes 12/04/2014

758 Eduardo Meraz Aragon 16/01/2017

759 Maria Isabel Ponce

Coronado 10/06/2014

760 Victor Manuel Rojas

Muñoz 31/05/2011

761 Jesus Sergio Lazalde

Flores 18/11/2016

762 Miriam Arreguin Vargas 31/05/2012

763 Francisco Bruno Garcia

Gonzalez 28/02/2017

764 Alejandra Becerril

Ramirez 14/02/2014

765 Ursula Ivonne Lopez

Lopez 26/09/2010

766 Claudia Beatriz Onofre

Fuentes 16/07/2010

767 Rosario Mayte Gonzalez

Perez 07/02/2017

768 Irma Wendy Pineda

Torres 21/06/2016

769 Edgar Lacambra Tapia 31/05/2011

770 Josue Asiel Martinez

Manzano 08/02/2017

771 Guadalupe Luna Garcia 15/05/2014

772 Jose Raul Hernandez

Garcia 29/06/2014

773 Angel Yetzel Osio

Martinez 24/02/2013

774 Cristhian Garcia Aguirre 09/02/2014

775 Maria del Carmen

Virginia Sotelo Zavala 10/06/2016

776 Juan Octavio Perez

Aceves 29/06/2016

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

150

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

777 Yoselin Nalleli Trejo

Espinoza 26/03/2013

778 Cesar Mariano Cruz 16/05/2016

779 Jesus Rosales Flores 18/05/2016

780 Alfredo Israel Rosales

Trejo 19/03/2011

781 Erika Osorio Luna 08/02/2017

782 Maria Angelica Garcia

Valencia 20/05/2014

783 Angel Josue Hernandez

Cajero 29/12/2013

784 Andrea Quiroz Bautista 27/08/2010

785 Ana Laura Galindo Lopez 07/04/2014

786 Sergio Jose Guadalupe

Venegas Martinez 12/02/2014

787 Maricela Perez Vasquez 18/01/2014

788 Ana Bertha Diaz Diaz 23/05/2016

789 Mayra Ruiz de la Cruz 25/07/2016

790 Agustin Bragado

Dominguez 03/03/2016

791 Efrain Osorio Conde 10/03/2013

792 Beatriz Trejo Cabrera 01/05/2011

793 Roberto Zuñiga Duran 01/05/2011

794 Claudia Ivett Hernandez

Alcantara 10/08/2010

795 Miyahi Enrique Rayon

Reyes 05/07/2014

796 Claudia Iveth Toledano

Moreno 05/08/2010

797 Esther Soto Hernandez 15/08/2016

798 Jose Isabel Contreras

Arellano 29/06/2016

799 Marcos Ivan Rivas

Villalobos 20/03/2014

800 Anayeli Galvan Huape 07/05/2013

801 Odette Jurado Hernandez 29/03/2016

802 Oralia Miriam de la Vega

Gonzalez 10/04/2014

803 Martha Patricia Trejo

Yepez 11/03/2017

804 Aurelio Salvador Ramirez

Sanchez 15/04/2016

805 Daniel Lopez Mejia 07/07/2014

806 Ada Elibeth Morales

Martinez 10/06/2010

807 Argelia Vazquez Garcia 04/07/2014

808 Cesar Augusto Alvarez

Sanchez 29/05/2014

809 Luis Alberto Gonzalez

Macedo 27/11/2010

810 Asucena Mancilla Monroy 25/07/2016

811 Angel Gerardo Medina

Vargas 26/06/2014

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

812 Maria de los Angeles

Gonzalez Solar 24/10/2016

813 Monserrat Elizabeth

Vazquez Tinajero 24/01/2014

814 Leticia Palacios Gomez 01/05/2011

815 Ignacia Cruz Nicolas 01/10/2010

816 Alma Karina Guevara

Espinoza 04/08/2010

817 Juan Diego Gaytan

Torres 25/02/2014

818 Carlos Escobedo Garcia 17/06/2016

819 Sonia Reyes Lopez 23/01/2017

820 Alma Delfina Lara

Camacho 31/08/2010

821 Angelina Yamilet Santiago Guzman

20/05/2014

822 Jesus Mixcoatl Vidales

Guerra 24/01/2014

823 Liliana Cervantes

Esquivel 29/04/2014

824 Mario Isaac Cervantes

Esquivel 16/07/2016

825 Miriam Alejandra Espinosa Flores

05/03/2014

826 Israel Bojorquez Escobar 06/07/2016

827 Mary Carmen Ortiz

Valencia 28/07/2016

828 Juan Jesus Rodriguez

Marañon 15/11/2016

829 Berenice Marlene Oseguera Ramirez

11/08/2016

830 Carlos Andere Nicanor 25/10/2013

831 Sonia Montes del Valle 01/05/2011

832 Saida Margarita Alarcon

Hernandez 31/05/2011

833 Vanessa Perez Vazquez 27/07/2016

834 Gabriel Alejandro Alvarez

Murillo 29/06/2014

835 Sandra Fabiola Fuentes

Lopez 03/07/2014

836 Sandy Belle Lugo

Mendieta 01/12/2016

837 Gabina Valladares

Hernandez 31/05/2011

838 Erika Rodriguez

Rodriguez 01/05/2011

839 Luis Alberto Garcia

Hernandez 05/07/2014

840 Maria Carolina Rojas

Ramirez 03/07/2010

841 Luis Desiderio Machuca 26/07/2016

842 Jose Eduardo Cuellar

Florentino 09/12/2016

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

151

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

843 Jessica Resendiz

Martinez 23/03/2017

844 Jesus Diaz Espinoza 02/07/2014

845 Abraham Hernandez

Lopez 03/05/2014

846 Pedro Diaz Quezada 28/04/2014

847 Haydee Berthely

Mendoza 22/02/2017

848 Blanca America Garcia

Ventura 22/07/2016

849 Uriel Isay Oseguera

Ramirez 11/08/2016

850 Hector Octavio Aviles

Gutierrez 30/03/2014

851 Luis Daniel Torres

Rodriguez 05/07/2016

852 Yazmin Santiago Ramos 14/07/2016

853 Alonso Coroy Galindo 25/05/2014

854 Felipe Silverio Garcia 08/03/2013

855 Sandra Gonzalez Perez 31/10/2010

856 Juan Manuel Cruz

Martinez 02/07/2016

857 Norma Veronica Juarez

Rivas 11/07/2016

858 Arturo Alejandro

Dominguez Eslava 01/05/2011

859 Norma Ramirez Arellano 01/05/2011

860 Carlos Alberto Gonzalez

Romero 26/02/2011

861 Daniela Ortega Melo 08/05/2013

862 Lilia Perez Hernandez 31/05/2011

863 Jaqueline Luna

Hernandez 10/09/2010

864 Rosalia Ponce Arrieta 22/05/2014

865 Patricia Leon Delgado 15/04/2014

866 Africa Lessly Cabrera

Mendoza 06/07/2010

867 Emilio Jimenez Silva 26/07/2016

868 Isai Moreno Rivas 28/07/2010

869 Luis Daniel Izquierdo

Yañez 13/06/2014

870 Xochitl Marubit Aguirre

Garcia 05/01/2017

871 Maria del Carmen

Nohemi Monroy Ramirez 06/03/2017

872 Vitelio de Jesus Vazquez

Ramirez 17/06/2010

873 Miguel Angel Abarca

Aparicio 09/02/2014

874 Rosa Isela Guadarrama

Figueroa 07/03/2013

875 Ana Laura Abad Figueroa 23/10/2010

876 Martin Islas Tapia 03/05/2011

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

877 Eder Rivera Herrera 14/08/2010

878 Jacqueline Meyo Delgado 01/05/2014

879 Israel Edmar Coronado

Cervantes 16/05/2014

880 Ivonne Jannette Pineda

Aguirre 30/07/2016

881 Mara Karina Aguilar del

Angel 01/05/2011

882 Maria de Jesus Rivera

Alvarez 28/06/2016

883 Alicia Rivera Tapia 03/05/2016

884 Erika Garcia Reyes 28/06/2016

885 Rosa Vidal Calixto 09/08/2010

886 Aidee Guadalupe Lara

Aviles 28/07/2016

887 Mirta Alejandra Huerta

Rojas 28/06/2014

888 Elitania Reyes Roldan 03/12/2013

889 Ruth Monserrat Ruiz

Cruz 25/07/2016

890 Yessica Gonzalez

Jimenez 03/08/2010

891 Humberto Ramirez Rios 16/07/2010

892 Jorge Arturo Villegas

Morales 26/04/2013

893 Reyna Angelica Manzano

Ortega 28/02/2014

894 Maria de los Angeles

Bravo Cervantes 28/05/2014

895 Ariana Lopez Hernandez 07/08/2010

896 Edith Yazmin Camacho

Vazquez 15/11/2013

897 Martha Estefany Galves

Ledesma 15/07/2010

898 Laura Elizabeth Esteban

Valdez 22/04/2014

899 Beatriz Jimenez Jeronimo 01/05/2011

900 Yolanda Santiago Uribe 28/03/2014

901 Maria del Rocio Garcia

Ramirez 17/07/2016

902 Maria Teresa Cuervo

Alpide 12/04/2013

903 Giovanna Lizbeth Jimenez Resendiz

28/02/2013

904 Sandra Hernandez

Chaparro 31/05/2011

905 Ivonne Sarai Toledo

Medina 19/11/2013

906 Raquel Zavala Sanchez 28/04/2016

907 Omar Jonathan Martinez

Templos 12/10/2016

908 Jorge Enrique Huerta

Gutierrez 11/08/2016

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

152

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

909 Mauricio Saul Ramirez

Gomez 29/06/2016

910 Alonso Aparicio Lopez 11/07/2016

911 Alejandra Serna Arcos 28/09/2010

912 Leticia Dominguez Murillo 24/05/2014

913 Jose Antonio Cuevas

Barron 22/03/2011

914 Graciela Salazar Villeda 23/07/2010

915 Juana Ruiz Martinez 16/12/2013

916 Marina Judith Becerril

Hernandez 15/05/2014

917 Ana Bertha Ruiz

Gonzalez 04/02/2014

918 Maria Guadalupe Peña

Salguero 19/01/2017

919 Gloria Arlette Escobar

Zepeda 01/05/2011

920 Kiara Vanessa Escobar

Zepeda 29/07/2016

921 Luis Javier Salgado

Ramon 13/06/2014

922 Jessica Flores Garcia 12/07/2016

923 Ariadne Diana Romero

Barcenas 28/10/2010

924 Iris Gomez Sanchez 06/08/2010

925 Blanca Estela Ramirez

Jimenez 28/07/2010

926 Alfredo Ruiz Flores 24/05/2014

927 Jonathan Roberto Garcia

Miranda 25/03/2017

928 Xochitl Monzerat Varela

Castillo 24/04/2013

929 Jesus David Espinosa

Fernandez 22/06/2014

930 Diana Lourdes Vargas

Salazar 12/05/2014

931 Maria Cruz Angulo

Mariano 13/08/2010

932 Karen Angelica

Hernandez Romano 27/04/2016

933 Lorena Guevara

Hernandez 08/06/2014

934 Rosario Cruz Martinez 15/06/2016

935 Eliseo Viveros Calderon 23/07/2016

936 Rubi Macias Rosas 21/07/2016

937 Miguel Angel Navarro

Garcia 10/05/2016

938 Carlos Adrian Nuñez Lew 22/03/2017

939 Claudia Ivett Porcayo

Casas 27/08/2010

940 Francisca Fabiola Zarate

Galindo 26/07/2016

941 Ivan Perez Chavez 05/04/2016

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

942 Aldo Mauricio Hernandez

Millan 14/04/2013

943 Omar Jesus Rojano

Rodriguez 23/02/2017

944 Farah Ruth Rojano

Rodriguez 06/07/2014

945 Liliana Zamora Figueroa 22/05/2014

946 Claudia Varela Carretero 31/05/2011

947 Cinthia Maria del Pilar

Flores Ambriz 15/05/2011

948 Roberto Ruiz Salmeron 16/06/2016

949 Aurora Sanchez Cruz 22/07/2016

950 Celestino Zavala

Guerrero 01/05/2011

951 Alejandra Rogel Roman 25/05/2016

952 Estanislao Blas Reyes

Hernandez 31/05/2011

953 Sandra Garcia Martinez 20/05/2016

954 Karen Daniela Orozco

Santos 23/05/2014

955 Andrea Lizbeth Barrera

Hernandez 31/05/2016

956 Nohemi Thur Aranda 06/03/2017

957 Eunice Martha

Hernandez 06/07/2016

958 Juan Carlos Romero

Celis 21/03/2017

959 Silvia Adilene Medina

Reyes 07/07/2016

960 Gabriela Maya Espinosa 01/05/2011

961 Cinthia Karina Gordillo

Martinez 21/07/2016

962 Eva Nelly Malagon

Gonzalez 08/11/2013

963 Alan Prieto Serrano 11/07/2016

964 Yesenia Ayala Gomez 13/07/2016

965 Araceli Vazquez Garcia 10/05/2016

966 Elia Yuridia Hernandez

Cesar 12/05/2016

967 Lesly Carol Loredo

Salazar 07/09/2010

968 Juan Carlos Torres Soto 26/05/2016

969 Maria Guadalupe Alvarez

Ramirez 27/04/2016

970 Josefina Montiel Hipolito 05/12/2010

971 Juan Domingo Santoyo

Godinez 13/07/2016

972 Jesus Cabrera

Hernandez 05/04/2013

973 Perla Leticia Albarran

Barron 23/03/2017

974 Gabriela Flores

Villagomez 31/05/2011

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

153

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

975 Martha Angelica Mendez

Cruz 31/05/2011

976 Yazmin Itzel Martinez

Guzman 21/11/2013

977 Hortensia Morales

Hernandez 13/05/2014

978 Alondra Magdiel Angeles

Gonzalez 28/07/2016

979 Nayelli Erika Cortez

Garcia 21/04/2013

980 Gigliola Cruz Hernandez 01/05/2011

981 Nayeli Ernestina Peralta

Luna 13/08/2010

982 Cesar Eduardo Mora

Duarte 12/07/2010

983 Nancy Rojas Gonzalez 01/09/2010

984 Luis Enrique Aguilar

Sierra 21/07/2010

985 Vianey Bautista Jimenez 10/07/2010

986 Karen Susana Oliva

Martinez 27/04/2013

987 Stefany Abigail de la Cruz

Hernandez 04/02/2017

988 Rodrigo Flores Cruz 28/01/2014

989 Claudia Azucena Dolores

Hernandez 09/04/2014

990 Alma Rosa Escobar

Miranda 25/03/2014

991 Brenda Ramirez Nicolas 04/05/2014

992 Leysi Madxim Zavala

Lopez 21/06/2014

993 Mariana Martinez

Resendiz 13/07/2016

994 Jose Luis Leon Vazquez 22/07/2016

995 Jorge Alberto Aparicio

Moran 30/06/2016

996 Romualdo Morales Cruz 26/07/2016

997 Haydee Rosas Lopez 31/05/2011

998 Maria Mercedes Hinojosa

Martinez 01/05/2011

999 Isis Rubi Morales Lopez 26/07/2016

1000 Dulce Abigail Arellano

Malagon 13/01/2017

1001 Grinetzy Galit Salgado

Vazquez 28/02/2014

1002 Ana Janeth Hernandez

Gallardo 14/03/2017

1003 Maria Marta Tapia Yepez 18/06/2010

1004 Karla Elia Torres Ocampo 23/01/2017

1005 Christian Contreras

Flores 15/03/2017

1006 Alma Rosa Rodriguez

Lopez 23/01/2017

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1007 Gerardo Severino Crespo

Casillas 25/04/2013

1008 Yeni Laura Merino

Escudero 27/07/2016

1009 Leonel Eduardo Luna

Enciso 25/07/2016

1010 Veronica Ruiz Garcia 27/06/2016

1011 Abraham Gallegos

Gonzalez 13/06/2014

1012 Olga Lidia Suarez

Angeles 01/05/2011

1013 Rosario Viridiana

Aguilera Rodriguez 27/06/2016

1014 Andres Rojas Morales 31/05/2011

1015 Stephania Karina Ortega

Uribe 05/03/2013

1016 Rosaicela Solis Juarez 01/05/2011

1017 Monica Belem Salgado

Simon 01/05/2011

1018 Carol Michell Avila Rayas 15/05/2013

1019 Eduardo Sanabria

Martinez 01/05/2011

1020 Joel Patricio Jose Lopez 05/07/2014

1021 Julio Raul Rivera Nuncio 12/04/2014

1022 Norma Alicia Ramirez

Juarez 31/05/2011

1023 Erick Giovanni Acevedo

Gomez 06/03/2013

1024 Yolanda Martinez Cruz 01/05/2011

1025 Mario Miranda Diaz 07/06/2014

1026 Elvia Gorocica Martiarena 20/06/2010

1027 Elizabeth Sanchez

Escalante 01/05/2011

1028 Enrique Aguilar Arellano 24/01/2017

1029 Cintia Berenice Flores

Diaz 11/02/2014

1030 Jose de Jesus Rojas

Reyna 18/07/2010

1031 Maria Guadalupe Alvarez

Sandoval 11/04/2013

1032 Luis Gustavo Nieto

Lemus 25/01/2014

1033 Carmen Patricia Santiago

Pablo 12/04/2013

1034 Marcia Agueda Zozayas

Guzman 15/07/2010

1035 Luz Angelica Zurita

Hernandez 03/08/2010

1036 Angelica Jimenez

Remigio 18/02/2017

1037 Nancy Hernandez Aguilar 31/05/2011

1038 Yolanda Alicia Alvarado

Aranda 31/05/2011

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

154

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1039 Maribel Arrieta Lopez 20/11/2013

1040 Rocio Hernandez Villegas 27/04/2014

1041 Yaneth de Leon

Hernandez 05/07/2014

1042 Patricia Aparicio Trejo 05/03/2013

1043 Luis Sanchez Galvan 04/02/2014

1044 Citlali Nicolas Martinez 23/11/2013

1045 Leticia Sanchez Cruz 31/05/2011

1046 Omar Flores Lassard 07/04/2013

1047 Reina Hernandez

Rodriguez 20/02/2014

1048 Raquel Villalobos Ruiz 25/05/2014

1049 Jonathan Genaro

Gutierrez Alejo 03/02/2011

1050 Estela Ortiz Flores 22/02/2017

1051 Macrina Flores Roldan 13/08/2010

1052 Maria Guadalupe

Martinez Diaz 27/06/2016

1053 Adriana Teresa Ramirez

Haro 27/01/2014

1054 Daniel Gutierrez Piedras 01/03/2014

1055 Sergio Jesus Guzman

Velazquez 14/10/2010

1056 Oscar Lopez Jimenez 31/05/2012

1057 Jesus Sanchez Garcia 31/05/2012

1058 Alfredo Diaz Miranda 31/05/2012

1059 Guadalupe Ramirez

Rodriguez 31/05/2012

1060 Juan Jose Garcia

Hernandez 31/05/2012

1061 Maria Guadalupe Alvarez

Martinez 19/11/2016

1062 Lorena Gonzalez

Jimenez 31/05/2016

1063 Ana Lilia Flores Cano 30/08/2010

1064 Juan Jesus Escobedo

Hernandez 21/06/2014

1065 Luis Enrique Torres

Zamora 11/11/2010

1066 Erasto Domingo Ramirez

Martinez 23/07/2010

1067 Ana Laura Villarreal

Castro 30/10/2010

1068 Maria Guadalupe

Hernandez Rosales 31/05/2012

1069 Maria Lucia Ramirez

Ramirez 31/05/2012

1070 Jose Reyes Bahena 05/12/2013

1071 Rafael Navarrete Lopez 24/02/2011

1072 Guillermo Julian Ayerdi

Barrientos 25/01/2017

1073 Rebeca de Jesus Portillo

Cuajicalco 05/03/2014

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1074 Yessica Evelinn Ojendiz

Benitez 15/02/2013

1075 Lilia Ysabel Ruiz

Almodova 19/03/2014

1076 Ciria del Carmen Campos 01/05/2011

1077 Rosa Isela Angelina Hernandez Castro

10/02/2017

1078 Josue Adrian Garcia

Aburto 10/09/2016

1079 Azucena Gutierrez

Bautista 21/02/2014

1080 Jose Angel Lluvias

Camacho 27/04/2013

1081 Karina Salinas Abarca 21/11/2016

1082 Victor Manuel Reynoso

Mosso 31/05/2011

1083 Miriam Jazmin Cruz

Hernandez 08/02/2017

1084 Juan Pablo Melendez

Mandujano 22/11/2016

1085 Francisca Flores Delgado 01/05/2011

1086 Brenda Stephanie

Salgado Garcia 16/06/2014

1087 Jesus Alfredo Peña

Romero 01/12/2016

1088 Omar Sanchez Avila 06/09/2016

1089 Hector Najera Figueroa 13/06/2014

1090 Bernando Mendez

Tolentino 01/05/2011

1091 Marco Antonio Fuerte

Xalocan 06/07/2014

1092 Humberto Romero Lopez 19/08/2013

1093 Andrea Guadalupe

Ramirez Santos 19/05/2014

1094 Maria Guadalupe Alonso

Albarran 07/03/2017

1095 Hilda Martinez Roque 30/05/2014

1096 Hector Cesar Sanchez

Zamora 22/02/2017

1097 Alberto Garcia Reyes 01/05/2011

1098 Briseyda Benita Reyes

Benitez 23/05/2014

1099 Maria Adilene Sanchez

Hernandez 06/12/2013

1100 Patsy Cristal Villalobos

Alvarez 12/09/2013

1101 Karla Griselda Garcia

Espinoza 03/07/2014

1102 Ofelia Zacarias Blanco 31/05/2011

1103 Bertha Alarcon Benitez 05/12/2013

1104 Argel Urbina Armenta 10/09/2013

1105 Maria del Carmen Abarca

Galeana 04/04/2014

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

155

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1106 Adriana Pino Pino 14/05/2011

1107 Maria Teresa Rendon

Romualdo 01/03/2011

1108 Aribet Sanchez Lopez 20/02/2014

1109 Tania Lizbeth Martinez

Salas 13/07/2013

1110 Jose Ernesto Sotelo

Reyes 01/05/2011

1111 Cinthya Liliana Rios

Barrera 04/12/2013

1112 Gabriel Ocampo

Hernandez 23/05/2013

1113 Maria Luis Galeana

Reyes 25/05/2014

1114 Marlen Jimenez Orbe 15/08/2013

1115 Mirna Pelaez Rodriguez 01/05/2011

1116 Raymundo Resendiz

Diaz 08/02/2014

1117 Sergio Camacho Texta 01/12/2016

1118 Rosario Isabel Pantaleon

Villa 25/08/2016

1119 Abigail Burgos Linares 12/12/2016

1120 Jair Ochoa Escamilla 23/01/2014

1121 Cuauhtemoc Luna

Martinez 10/02/2017

1122 Ada Linda Vergara

Aburto 05/12/2016

1123 Jennifer Garcia Garcia 31/05/2011

1124 Jerlin Iris Fierro Sanchez 01/03/2017

1125 Sergio Ruiz Vargas 28/08/2013

1126 Angelica Teran Alvarado 07/07/2016

1127 Jose Ventura Garcia

Gaspar 01/05/2011

1128 Viridiana Urban Villalobos 28/05/2014

1129 Evangelina Gonzaga

Velazquez 15/12/2013

1130 Diana Tornez Rendon 08/09/2013

1131 Rogelio Armando Aviles

Berber 07/06/2014

1132 Maria Guadalupe Paez

Navarrete 01/05/2011

1133 Claudia Patricia

Hernandez Lorenzo 31/05/2011

1134 Juan Manuel Ruvalcaba

Arciniega 08/04/2014

1135 Patricia Guadalupe

Adame Guzman 02/03/2017

1136 Dominga Arellano

Bibiano 05/11/2013

1137 Adriana Ambros Chiguil 12/12/2016

1138 Maria Antonia Leyva

Roque 11/01/2017

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1139 Maria Guadalupe Aguirre

Morales 11/02/2017

1140 Carolina Barona Alarcon 31/05/2011

1141 Luis Pacheco Bustos 17/07/2013

1142 Adali Barbosa Nuñez 17/07/2013

1143 Cristobal de Jesus Arana

Murga 09/02/2014

1144 Luis de Jesus Alcaide

Salome 27/11/2013

1145 Vanesa Garcia Antonio 13/05/2016

1146 Angelica Galeana Alvarez 03/05/2013

1147 Libni Jatniel Martinez

Carbajal 09/02/2017

1148 Mariana Tapia Soto 02/08/2016

1149 Laura Jacqueline

Calderon Cruz 25/11/2016

1150 Damian Alejandro

Abundis Amaro 27/07/2010

1151 Ismael Lopez Jimenez 05/06/2010

1152 Liliana Tinoco Espinosa 31/05/2011

1153 Laura Guadalupe

Valdovinos Valencia 04/10/2016

1154 Arturo Leyva Magadan 25/01/2017

1155 Vicente Villegas

Castrejon 04/08/2016

1156 Mariely Albarran Lopez 06/07/2014

1157 Daniel Perez Castro 14/01/2014

1158 Marbella Bejar Nuñez 02/12/2013

1159 Alma Delia Peñaloza

Vargas 17/07/2013

1160 Erika Palacios Peñaloza 10/10/2016

1161 Alondra Kristal

Hernandez Resendiz 31/05/2011

1162 Maria del Rosario Mendoza de la O

31/05/2011

1163 Olga Lidia Gonzalez

Martinez 20/05/2011

1164 Nolberto Vega Nogueda 12/09/2013

1165 Juan Carlos Serrano

Rebollar 01/05/2011

1166 Nayeli Vazquez Salgado 20/02/2014

1167 Imelda Dominguez

Bautista 01/05/2011

1168 Mario Tornez Suazo 28/01/2017

1169 Blanca Estela Olea

Reyes 01/05/2011

1170 Juan Rodolfo Nava

Vargas 10/11/2016

1171 Cristian Yair Vazquez

Bustamante 10/02/2017

1172 Pedro de Jesus Arroyo

Secundino 24/06/2014

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

156

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1173 Diana Rubi Santiago

Zamora 24/03/2014

1174 Jesus Flores Zequeida 28/02/2014

1175 Patricia Elva Gonzalez

Moreno 28/01/2017

1176 Maria de Jesus Bernabe

Garcia 18/07/2013

1177 Christian Mercado

Rodriguez 03/11/2013

1178 Ruth Sanchez Santa

Cruz 06/09/2016

1179 Victro Hugo Torres

Dorantes 07/08/2013

1180 Luis Alberto Vazquez

Mora 27/08/2016

1181 Jose Alejandro Leyva

Arzeta 08/09/2010

1182 Silvia Guadalupe Pineda

Garcia 10/02/2014

1183 Azucena Gonzalez

Martinez 20/05/2011

1184 Antonio Veles Estrada 21/09/2010

1185 Maria Azucena Salgado

Uriostegui 25/03/2011

1186 Dany Hernandez Perez 01/05/2011

1187 Maria de Jesus Baños

Castro 04/12/2016

1188 Bertin Baranda Santiago 13/07/2013

1189 Dalia Gerardo Teodoro 05/02/2017

1190 Ceturnino Pablo Rosas 15/02/2017

1191 Juliet Hernandez Salinas 01/05/2011

1192 Eliut Navarrete Casareo 01/05/2011

1193 Nebzai Romero Ramirez 21/07/2016

1194 Felipe Garcia Lopez 30/08/2013

1195 Petra Gallegos Morales 06/01/2017

1196 Berenice Suastegui

Morales 16/08/2016

1197 Marlem Janitzia Carbajal

Dominguez 10/03/2014

1198 Susana Trinidad Garcia 01/05/2011

1199 Bogar Amilcar

Moctezuma Ignacio 21/01/2014

1200 Malu Nayeli Benitez

Vazquez 06/07/2014

1201 Rogelio Moreno Guinto 12/06/2013

1202 Alan Ivan Cipriano de

Leon 11/02/2014

1203 Patsi Karina Castañeda

Zubillaga 11/06/2013

1204 Julio Cesar Ochoa Luna 31/05/2011

1205 Jael Quiñones Bailon 07/11/2013

1206 Jennifer Vanessa Valenzo Sanchez

19/01/2017

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1207 Jazmin Lozano Fierro 11/07/2013

1208 Joseph Manrique Garcia 25/05/2013

1209 Adriana Arzola Reynoso 08/02/2017

1210 Carlos Cruz Zacapola 01/05/2011

1211 Baltazar Lorenzo Valente 01/04/2013

1212 Elda Idiana Marcial

Bernal 14/02/2017

1213 Adriana Salgado Lopez 20/07/2013

1214 Natividad Romina Visoso

Ronces 24/01/2014

1215 Evelyn Justo Casarrubias 12/03/2011

1216 Citlali Rojas Navarro 20/09/2016

1217 Maria Guadalupe Andraca Vargas

01/05/2011

1218 Edgar Perez Martinez 19/05/2014

1219 Yeny Suastegui

Fernandez 19/08/2016

1220 Anahi Benitez Pastor 18/01/2017

1221 Oscar Ramirez Bibiano 31/05/2011

1222 Alejandro Perez Aguirre 31/05/2011

1223 Fabiola Hernandez

Sanchez 06/02/2017

1224 Jorge Gilberto Hernandez

Pantaleon 11/04/2014

1225 Edgardo Moyao Chanon 28/10/2013

1226 Severina Salmeron

Merino 01/05/2011

1227 Almadelina Patron

Morales 22/08/2010

1228 Israel Saavedra Robledo 06/12/2013

1229 Gabriel Emilio Clemente 09/02/2017

1230 Olivia Espinoza Hipolito 06/11/2010

1231 Jazmin Leon Cisneros 07/07/2014

1232 Joana Abarca Bello 25/01/2014

1233 Marta Iris Hernandez

Chepillo 10/03/2017

1234 Francisco de la Cruz

Vazquez 01/06/2010

1235 Maria Guadalupe Jaimes

Valeriana 19/07/2013

1236 Esaul Hernandez

Mendoza 01/05/2011

1237 Elizabeth Camacho Neri 03/07/2014

1238 Yair de Jesus Ceron

Urioso 01/12/2016

1239 Jesus Alarcon Astudillo 06/07/2014

1240 Emmanuel Rodriguez

Catalan 01/05/2011

1241 Ana Patricia Velazquez

Gonzalez 30/06/2014

1242 Ilce Daniela Adame Diaz 20/06/2014

1243 Juana Jimenez Roque 05/07/2014

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

157

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1244 Diana Laura Ramirez

Millan 02/07/2014

1245 Santana Sanchez Arenas 22/02/2017

1246 Natividad Patricia Reyes

Alvarez 19/06/2013

1247 Maria Felix Hernandez

Castro 08/11/2013

1248 Alfonso Sastre Terrero 01/05/2011

1249 Asucena Xinol Casarrubias

04/07/2014

1250 Jorge Antonio Diaz Avila 28/02/2017

1251 Juan Manuel Barragan

Adame 02/07/2014

1252 Landy Marlene Romero

Lezma 17/11/2013

1253 Geovanny Rafael Tejeda

Catalan 11/01/2017

1254 German Hernandez

Ojendiz 01/05/2011

1255 Cinthia Amayrani Justo

Castañon 05/02/2014

1256 Carlos Alberto Tecuapa

Rosario 20/07/2010

1257 Sandra Adame Rosendo 31/07/2013

1258 Rosalba Huaxtitlan

Ramos 11/06/2014

1259 Alejandro Garcia Remigio 03/10/2010

1260 Emiliano Garcia Vazquez 04/10/2010

1261 Veronica Margarito

Abundiz 27/01/2017

1262 Hermanda Sanchez

Maldonado 25/11/2016

1263 Floriberta Sanchez

Maldonado 25/11/2016

1264 Damian Avila Cortes 23/02/2017

1265 Leonardo Valdez Arriaga 09/06/2014

1266 Elizabeth Guevara Ponce 01/05/2011

1267 Celia Escobar Santiago 31/03/2014

1268 Maria de Jesus Perez

Bernal 31/05/2011

1269 Blanca Esthela Santiago

Lopez 10/02/2014

1270 Brenda Guadalupe Zamudio Quintero

27/10/2016

1271 Jose Angel Nuñez Huerta 01/07/2014

1272 Jose Salvador Tejeda

Garcia 19/05/2014

1273 Cristofer Mercado

Castrejon 22/02/2014

1274 Ayrton Rai Cruz Mellin 13/07/2013

1275 Juan Jose Carrera Cortez 13/03/2017

1276 Nora Ilse Beltran Donjuan 11/07/2013

1277 Enrique Godinez Gatica 01/05/2011

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1278 Estela Leon Vargas 16/04/2014

1279 Silvio Rendon Bautista 17/02/2014

1280 Yeymi Anel Chavez Parra 22/01/2014

1281 Dayce Brenda Pacheco

Gonzalez 28/04/2014

1282 Domingo Guerrero Navez 11/03/2017

1283 Cinthia Itzel Guatemala

Hernandez 06/12/2016

1284 Armando Labastida

Hernandez 01/05/2011

1285 Margarita Violeta Alvarez

Lopez 04/10/2016

1286 Elizabeth Diaz Martinez 29/03/2011

1287 Armando Gonzalez

Hernandez 28/05/2014

1288 Ana Graciela de Aquino

Najera 01/05/2011

1289 Rosalino Leon Brito 23/05/2013

1290 Maria de los Angeles

Eucario Albino 26/03/2011

1291 Jose Gudalupe Avila

Bedolla 31/05/2011

1292 Danely Josefina Valadez

Alanis 18/11/2016

1293 Lucero Amaranta Chavez

Sanchez 03/02/2017

1294 Gisela Guadalupe

Santiago 14/06/2013

1295 Francisco Guerrero

Ramirez 31/05/2011

1296 Maria Dolores

Dominguez Salgado 26/11/2016

1297 Pablo Fabian Diaz

Meneses 27/04/2014

1298 Abigail Manrique Adame 19/11/2016

1299 Marlenne Muñoz Estopier 13/10/2016

1300 Abdul Espinoza Mejia 19/11/2013

1301 Dulce Maria Martinez

Gutierrez 31/05/2011

1302 Yesenia Cruz Quintero 06/11/2013

1303 Yosi Cortes Blanco 09/08/2013

1304 Oscar Miguel Neri

Hernandez 22/11/2013

1305 Lorena Martinez

Barrientos 09/10/2016

1306 Victor Manuel Mendoza

Cipriano 17/02/2017

1307 Dennis Favio Cortes

Vazquez 18/06/2013

1308 Emmanuel de la Cruz

Flores 11/06/2014

1309 Carmen Reyes Sanchez 24/11/2016

Page 158: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

158

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1310 Hehidy Paloma Pacheco

Basurto 29/08/2016

1311 Celic Anali Talavera

Pantaleon 01/05/2011

1312 Antonio Talavera Coronel 01/05/2011

1313 Anayeli Villavicencio

Adolfo 12/04/2014

1314 Eleuterioa Ibarra Martinez 01/05/2011

1315 Flora Serapio Santiago 13/02/2017

1316 Victoria Villa Aguilar 02/08/2016

1317 Blanca Flor Garcia Rojas 18/06/2014

1318 Yonatan Gallardo

Gonzalez 02/12/2016

1319 Leobardo Mecenario

Marin 23/06/2014

1320 Donato Silva Galvez 31/05/2011

1321 Elizabeth Santiago Rojas 05/02/2017

1322 Margarita Rojas Pineda 09/11/2013

1323 Moises de Jesus Pinzon 01/05/2011

1324 Nadia Astrid Sanchez

Ortega 22/05/2014

1325 Yanely Garcia Romero 10/02/2017

1326 Yuzdivia Yaxmin Pastrana Rosales

14/02/2017

1327 Georgina Baltazar Isidor 08/02/2017

1328 Silvano Gregorio Cantu 08/02/2017

1329 Sofia Zamora Sierra 07/11/2016

1330 Jose Antonio Gonzalez

Ramirez 06/11/2010

1331 Martin Noyola Ramos 15/02/2014

1332 Mariela Sierra Gil 12/04/2014

1333 Liliana Cortez Garcia 23/09/2010

1334 Javier Moran Rosales 01/05/2011

1335 Yesenia Moreno Pineda 04/12/2016

1336 Maria del Carmen

Carmona Contreras 02/12/2016

1337 Angela Guzman Platero 12/06/2014

1338 Ramses Javier Guzman

Platero 12/06/2014

1339 Celerina Garcia Nava 01/05/2011

1340 Ana Jazmin Blanco

Andraca 01/05/2011

1341 Saul Ramirez de Jesus 06/03/2013

1342 Hilario Eleuterio Dircio 23/12/2013

1343 Omar Chavez Rumualdo 13/10/2016

1344 Gustavo Diaz Bello 17/01/2014

1345 Paulo Noyola Ramos 04/03/2011

1346 Maria Yenni Monserrat

Rivera Vidal 03/05/2014

1347 Samuel Cripriano Marin 23/09/2010

1348 Raul Parra Victorino 26/01/2017

1349 Esmeralda Lopez Castro 31/07/2016

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1350 Olegario Cuauhtemoc

Ramirez Casiano 18/05/2014

1351 Antonio Meza Morales 07/01/2017

1352 Bladimir molina Casiano 22/06/2013

1353 Nadia Rodriguez

Pastrana 08/08/2013

1354 Jose Luis Hernandez

Rodriguez 31/08/2010

1355 Gabriel Muñoz Vargas 18/06/2014

1356 Jhonatan Rene Ramirez

Ovando 05/12/2013

1357 David Fuerte Xalocan 16/05/2014

1358 Amelia Guadarrama

Reyes 31/05/2011

1359 Carlos Alberto Rodriguez Pastrana

13/12/2016

1360 Petronilo Romero Lucas 18/02/2017

1361 Reynelt Solis Bautista 01/05/2011

1362 Marybel Quinto Diaz 01/05/2011

1363 Oscar Gabriel Acevedo 29/04/2014

1364 Edgar Elias Salmeron Melo

19/01/2017

1365 Cinthya Sotelo Cruz 26/05/2014

1366 Dolores Concepcion Valdez Reyes

27/09/2013

1367 Ingrid Monserrat Salgado Rivera

04/11/2016

1368 Jesus Ivan Uriostegui Fernandez

20/07/2013

1369 Raymundo Cuadros Gomez

12/01/2017

1370 Samantha Arvizu Cantu 31/05/2011

1371 Rodrigo Dominguez Gomez

05/11/2016

1372 Juan Pablo Dominguez Barrera

21/02/2014

1373 German Sandoval Ramirez

17/01/2017

1374 Javier Juarez Flores 11/03/2017

1375 Miguel Angel Lopez

Juarez 24/01/2017

1376 Criselia Dorantes Parra 01/05/2011

1377 Manuel Diaz Mojica 01/05/2011

1378 Porfirio Salomon Gonzalez Terrazas

01/05/2011

1379 Ismael Cardenas Marban 18/02/2017

1380 Gerardo Jonathan Uriostegui Guadarrama

20/07/2013

1381 Laura Araceli Guerrero Guzman

11/03/2017

1382 Leslie Guadalupe Bautista Arellanes

09/12/2013

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

159

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1383 Miguel Angel Morales Niño

23/02/2017

1384 Santiago Alberto Herrera Rodriguez

30/06/2014

1385 Jose Eduardo Jimenez Orduña

13/01/2017

1386 Salvador Reyes Bahena 04/07/2014

1387 Daniel Cantu Santiago 30/01/2017

1388 Viridiana Torres Martinez 17/07/2013

1389 Jennifer Martinez Bobadilla

25/02/2014

1390 Leila Betania Perez Ruiz 06/07/2014

1391 Lizett Dorantes Ayala 01/04/2014

1392 Rubi Gonzalez Trinidad 06/03/2017

1393 Ismael Soto Flores 29/08/2013

1394 Francisco Moises Estrada Estrada

09/02/2011

1395 Ada Yaritzi Diaz Delgado 02/07/2014

1396 Griselda Lagunes

Sanchez 18/02/2017

1397 Perla Barrera Manzanarez

09/01/2014

1398 Jesus Palemon Garcia Avila

27/05/2010

1399 Floridalma Ortiz Diaz 21/02/2014

1400 Juan Carlos Tornez Palma

03/09/2013

1401 Jesus Arriaga Mendoza 06/07/2014

1402 Julieta Martinez Vargas 05/07/2014

1403 Joaquin San Vicente

Miranda 01/05/2011

1404 Ernestina Trejo Calva 27/01/2017

1405 Anaiss Labra Fuentes 22/08/2010

1406 Claudia Resendiz Rojo 14/03/2017

1407 Daniela Guerrero

Bautista 18/03/2017

1408 Juan Eduardo Hernandez

Gutierrez 27/11/2010

1409 Lizbeth Hernandez Perez 13/02/2017

1410 Claudia Olguin Garcia 09/08/2010

1411 Roberto Salinas Serrano 16/08/2016

1412 Manuel Alejandro Aparicio Cabañas

30/10/2016

1413 Abraham Lopez Bautista 21/06/2014

1414 Graciano Hernandez

Sanchez 02/02/2017

1415 Roberto Garcia Monroy 11/06/2014

1416 Veronica Santa Ramirez

Arratia 30/11/2013

1417 Erick Alberto Zuñiga

Fuentes 25/07/2013

1418 Yerit Leticia Hernandez

Hernandez 02/03/2014

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1419 Ulises Eduardo Montalvo

Valverde 01/05/2011

1420 Yolanda Flores Martinez 05/07/2014

1421 Guadalupe Jennifer

Hernandez Tello 25/07/2013

1422 Marlene Salas Bomaye 16/08/2016

1423 Jhonnatan Cortes Garcia 04/08/2016

1424 Teresita de Jesus Sam

Ibarra 03/06/2014

1425 Angelica Valeria Cadena

Lopez 08/04/2014

1426 Carlos Antonio Estrada

Vazquez 09/06/2014

1427 Deyanira Ñonthe

Zamudio 06/07/2016

1428 Miguel Angel Jimenez

Contreras 13/08/2010

1429 Ines Romero Hernandez 30/06/2014

1430 Elba Veronica Alvarez

Cortez 03/07/2014

1431 Laura Lizeth Garcia

Moran 02/09/2010

1432 Juan Gutierrez Ponce 15/02/2014

1433 Jocsan Caslhuin

Cervantes Gomez 15/10/2010

1434 Mauricio Gandara Rizo 23/05/2011

1435 Aaron Ivan Cardenas

Gutierrez 17/12/2010

1436 Vanessa Hernandez

Portillo 07/04/2014

1437 Norma Hernandez Lopez 24/06/2014

1438 Maria Yessenia Navarro

Ayon 06/07/2014

1439 Jorge Antonio Villegas

Hernandez 10/06/2010

1440 Maria Francisca

Cervantes Gonzalez 23/09/2010

1441 Luis Fernando Zambrano

Garcia 04/02/2017

1442 Maria del Socorro Aceves

Lopez 12/09/2010

1443 Roberto de Jesus Barajas

Cardoso 30/03/2014

1444 Tomas Ortiz Mancera 06/07/2014

1445 Lourdes Maribel Llerenas

Arellano 23/02/2017

1446 Nadia Ortiz Cuiriz 17/05/2014

1447 Juan Carlos Cruz

Manjarrez Villa 20/03/2016

1448 Maria Larissa Reyes

Estanislado 28/04/2016

1449 Teresa de Jesus Sevin

Chagoya 16/11/2010

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

160

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1450 Esmeralda Correa

Guzman 15/03/2016

1451 Adelina Magaña Martinez 28/09/2010

1452 Angelica Maria Rojas

Sosa 18/07/2010

1453 Veronica Mejia Cabrera 23/02/2017

1454 Alan Michel Gonzalez

Urbina 25/01/2017

1455 Elizabeth Georgina Colector Ramirez

23/06/2010

1456 Sonia Reyes Vega 05/08/2010

1457 Tania Cecilia Reyes Cruz 01/05/2011

1458 Ana Beatriz Medina

Tellez 27/06/2016

1459 Daniel Irineo Anselmo 10/06/2014

1460 Sergio Lopez Hernandez 07/02/2017

1461 Humberto Martinez

Camargo 26/06/2010

1462 Norma Gallegos de la

Paz 03/03/2017

1463 Aurora Ochoa Castañeda 04/07/2014

1464 Ramiro Santana Gomez 21/09/2010

1465 Hector Manuel Silva Cruz 09/11/2016

1466 Maria Luisa Anicua Rubio 24/07/2010

1467 Olga Laura Morquecho

Gutierrez 05/07/2014

1468 Ana Laura Romero

Martinez 27/07/2010

1469 Miguel Augusto Avila

Gonzalez 04/03/2017

1470 Cleotilde Luna Fierros 10/03/2017

1471 Octavio Arteaga Esquivel 07/08/2010

1472 Ricardo Sanchez Flores 21/08/2010

1473 Julio Cesar Monroy

Mendoza 24/03/2016

1474 Everardo Urue Garcia 13/03/2017

1475 Coral Judith Alvarado

Silva 17/07/2013

1476 Jose Trinidad Benitez

Santiago 29/07/2010

1477 Surid Reyna Garcia 10/02/2017

1478 Jose Cruz Cuevas

Anguiano 30/07/2010

1479 Noe Avalos Sandoval 24/08/2010

1480 Juan Manuel Paredones

Morales 27/08/2010

1481 Araceli Dorantes Mata 10/06/2014

1482 Yajaira Vieyra Lopez 28/06/2014

1483 Fernanda Aurora

Reynoso Dominguez 15/08/2010

1484 Ma de los Angeles

Sanchez Bracamontes 30/03/2016

1485 Mireya Pacheco Gaspar 11/03/2016

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1486 Enohelia Zarate Rosas 19/04/2016

1487 Selene Eulalia Pulido

Alvizar 13/06/2014

1488 Marco Antonio Nambo

Equihua 27/05/2011

1489 Armando Valencia

Figueroa 05/03/2011

1490 Agustin Emmanuel Farias

Flores 17/05/2016

1491 Jonatan Vega Martinez 09/11/2013

1492 Maria Figueroa Munguia 23/10/2013

1493 Gabriela Cortes Lopez 08/03/2017

1494 Anacelia Martinez Castro 15/06/2014

1495 Norma Rocio Villegas

Aguilera 18/11/2010

1496 Arturo Herrera Bolantin 01/05/2011

1497 Eduardo Daniel Romero

Ruiz 05/04/2016

1498 Erick Baruc Martinez

Nuñez 12/03/2017

1499 Claudia Abarca Ibarra 16/01/2011

1500 Marisela Lundez

Calderon 05/09/2010

1501 Noel de la Cruz Garibo 12/03/2016

1502 Daniel Diaz Quiroz 11/12/2013

1503 Juan Enrique Hernandez

Carmona 04/05/2011

1504 Jose Alfredo Jimenez

Arroyo 09/10/2010

1505 Octavio Manuel de Jesus 11/06/2014

1506 Rosa Huerta Ruiz 25/04/2016

1507 Mara Yuritzi Perdomo

Cruz 11/11/2013

1508 Maria Reyes Herrera 28/09/2010

1509 Lourdes Soto Delgado 13/03/2017

1510 Francisco Bautista Flores 15/08/2010

1511 Humberto Cruz Mendoza 21/03/2017

1512 Juan Velazquez Tellez 28/03/2016

1513 Floricel Avila Bautista 13/05/2016

1514 Milton Christian Medina

Cuellar 09/12/2016

1515 Monica Gutierrez Castillo 06/03/2017

1516 Pedro Cornelio

Comparan 10/07/2010

1517 Jonathan Alejandro

Torres Morales 21/07/2010

1518 Ricardo Ornelas Garcia 19/07/2013

1519 Ivan Nuñez Gomez 27/06/2010

1520 Maria Isabel Miranda

Martinez 07/03/2017

1521 Wilfrido Armin Gutierrez

Garcia 11/01/2017

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

161

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1522 Ricardo Arturo Calderon

Valadez 21/03/2016

1523 Claudia Ivette Sagredo

Villalobos 09/03/2017

1524 Daniel Vazquez

Velazquez 23/06/2014

1525 Paulina Baez Solis 25/06/2010

1526 Angel Antonio Aguilar

Guerra 11/03/2016

1527 Jonathan Alonso

Figueroa 14/03/2017

1528 Mario Alberto Sosa

Santoyo 06/04/2016

1529 Itzel Xiomara Renteria

Soria 31/03/2016

1530 Carlos Salvador Salas

Dominguez 24/05/2014

1531 Bertha Lidia del Toro

Equihua 20/07/2010

1532 Julian Carlos Salas

Valenzuela 05/09/2010

1533 Cuauhtemoc Orozco

Lopez 24/10/2010

1534 Irandini Felipe Alonso 21/11/2010

1535 Jose Luis Felipe Ortiz 20/11/2010

1536 Oscar Daniel Ramires

Reyes 02/03/2017

1537 Adan Ramos Alonso 31/05/2011

1538 Miriam Lizbeth Ramirez

Cazarez 31/10/2010

1539 Maria Gabriela Rauda

Robles 26/05/2014

1540 Roman Garcia Angel 23/03/2017

1541 Alondra Guadalupe Ariza

Ordaz 12/01/2017

1542 Maria Judith Jordan

Martinez 19/03/2011

1543 Jose Coahutemoc Alonso

Morales 01/05/2011

1544 Jesus Ramos Mendoza 12/06/2014

1545 Gloria Marin Ortiz 25/08/2010

1546 Silvia Aldana Rodriguez 17/10/2010

1547 Nisay Yaneli Gomez

Valenzuela 17/11/2010

1548 Edith Yuritzi Mejia

Hernandez 21/11/2010

1549 Ramiro Chavez Martinez 01/05/2011

1550 Jose Sierra Anaya 01/05/2011

1551 Guillermo Baltazar

Uriostegui 03/08/2010

1552 Flor Idalba Baez Arguello 27/02/2011

1553 Francisco Serafin Gutierrez Perez

24/07/2010

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1554 Maria Alejandra Cuiniche

Gutierrez 10/11/2010

1555 Yesenia Chavez Reyes 28/07/2010

1556 Carlos Blancas Garcia 24/09/2010

1557 Yolanda Quevedo

Vazquez 03/06/2014

1558 Mario Garcia Castrejon 15/04/2016

1559 Estefania Huerta Ruiz 20/10/2010

1560 Sandra de la Cruz

Madrigal 05/02/2017

1561 Luis Ricardo Ocegueda

Gonzalez 04/04/2016

1562 Javier Gonzalez Garcia 24/11/2010

1563 Maria Trinidad Gomez

Colin 04/04/2013

1564 Jesus Jorge Luis Iturbe

Alcantara 23/11/2010

1565 Victor Adolfo Rojas

Campos 07/03/2017

1566 Luis Alfredo Valdes

Uriostegui 09/06/2013

1567 Silvia Citlalli Romero

Ramirez 17/02/2013

1568 Julia Tellez Analco 25/07/2013

1569 Enriqueta Marlene Abarca Arellano

24/06/2013

1570 Veronica Hernandez

Guzman 01/05/2011

1571 Josefina Pineda Delgado 30/04/2011

1572 Arturo Bahena Ortega 08/05/2013

1573 Luis Enrique Proal Najera 05/02/2017

1574 Anahi Antunez de Gante 05/03/2014

1575 Veronica Bahena Garcia 22/06/2014

1576 Ivan Asael Zamudio

Mendez 21/03/2013

1577 Enrique Martinez

Hernandez 24/01/2017

1578 Maria Isabel Herrera

Garcia 12/01/2017

1579 Manuel Velez Betancourt 12/01/2017

1580 Pedro Pablo Garcia

Martinez 24/01/2017

1581 Lilia Constantino

Gonzalez 20/01/2017

1582 Javier Luviano Bazan 07/12/2016

1583 Susana Sanchez

Rodriguez 04/08/2013

1584 Jennifer Adriana Esquivel

Castro 28/06/2013

1585 Yazmin Jimenez Flores 13/06/2014

1586 Mario Hernandez

Maldonado 14/10/2010

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

162

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1587 Erick Bahena Guadarrama

11/01/2017

1588 Maria Salome Alonso

Santos 22/02/2017

1589 Marco Antonio Flores

Celis 30/05/2014

1590 Angel Balderas Carreon 25/06/2013

1591 Maria del Carmen Reza

Burgos 26/06/2014

1592 Clara Ascencio Herrera 31/05/2011

1593 Alejandra Guadalupe del

Pilar Garcia 07/03/2017

1594 Enrique Pineda Carranza 26/06/2014

1595 Ivan Michelle Diaz Trejo 13/06/2013

1596 Gustavo Muñoz Martinez 31/05/2011

1597 Yesenia Cobix Herrera 24/05/2014

1598 Gema Liliana Mendoza

Cervantes 18/12/2013

1599 Micheel Guadalupe

Alcopar Salgado 05/02/2017

1600 Filiberto Daniel Flores

Flores 26/02/2014

1601 Jesus Ivan Torres Roman 27/03/2013

1602 Velia Moncerrat

Castañeda Camacho 16/05/2014

1603 Juan Aragon Pozas 02/07/2014

1604 Edson Palomares Galicia 28/07/2013

1605 Ricardo Aguilar Palacios 01/05/2011

1606 Geronimo Martinez

Ramirez 31/05/2011

1607 Jose Antonio Hernandez

Maya 01/05/2011

1608 Beatriz Adriana Mejia

Fernandez 09/03/2013

1609 Karen Mendoza Vera 16/03/2017

1610 Anahi Lopez Espinoza 21/02/2017

1611 Martha Lilia Gama

Porcayo 22/03/2013

1612 Miguel Angel Flores

Hernandez 06/02/2013

1613 Yenni Noemi Soriano

Garcia 23/03/2013

1614 Maria Catalina

Hernandez Carbajal 25/02/2017

1615 Alfredo Roman Escamilla 01/02/2017

1616 Maria Cristina Bastida

Ortiz 31/05/2011

1617 Felipe Eduardo

Hernandez Gutierrez 02/04/2014

1618 Mayra Xochitl Gil

Gonzalez 16/06/2014

1619 Yenic Rivera Guzman 20/01/2017

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1620 Ilse Abigail Alquisira

Paheco 07/04/2013

1621 Lazaro Antonio

Dominguez Hernandez 20/05/2014

1622 Erick Alan Herrera

Morales 14/04/2013

1623 Mary Yassel Tapia Brito 01/05/2011

1624 Marisol Guadarrama

Olivares 01/02/2011

1625 Kimberly Guadalupe

Estrada Martinez 04/03/2017

1626 Adilene Guzman

Santamaria 21/02/2017

1627 Edith Coronado

Villanueva 18/06/2014

1628 Ana Karen Gonzalez

Barrera 02/03/2017

1629 Magdalena Godinez

Gomez 04/07/2014

1630 Abigail Gonzalez

Dominguez 24/01/2017

1631 Antonio Ambrosio

Coronado 01/02/2017

1632 Jair Gomez Flores 02/03/2017

1633 Janet Barranco Flores 02/06/2013

1634 Rocio Rodriguez

Rodriguez 02/03/2017

1635 Libny Maely Rosas

Naves 21/01/2017

1636 Sara Emilia Fuentes

Arroyo 22/05/2014

1637 Diana Laura Perez

Hernandez 31/08/2013

1638 Alonso Solis Martinez 08/02/2017

1639 Hector Rosas Campos 18/08/2010

1640 Alejandra Sedeño

Gonzalez 21/02/2017

1641 Sonia Sotelo Arellano 19/01/2017

1642 Teotlahui Viridiana Conde

Galicia 22/01/2017

1643 Jasheli Miranda Estrada 10/02/2017

1644 Edgar Garcia Ortega 22/06/2014

1645 Edgar Vivar Ramirez 31/05/2011

1646 Ethel Romero Aragon 15/03/2017

1647 Hector Morales Tenango 07/09/2013

1648 Kareny Lopez Martinez 22/02/2017

1649 Judith Velazquez

Delgado 19/07/2013

1650 Diana Gabriela Galindo

Mendoza 27/04/2014

1651 Sandy Martinez

Hernandez 05/12/2016

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

163

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1652 Maria del Carmen Aguayo Sanchez

26/01/2017

1653 Ramiro Uriel Hernandez

Maldonado 26/01/2017

1654 Pedro Valencia Sotelo 28/02/2013

1655 Sandra Lopez Sanchez 30/01/2017

1656 Sonia Fonseca Peña 02/07/2014

1657 Javier de la Torre Clavijo 19/03/2013

1658 Victor Manuel Valle

Azuara 01/03/2017

1659 Luis Raymundo Flores

Leyva 10/09/2010

1660 Sostenes Amando

Rodriguez Rodriguez 14/01/2017

1661 Andrea Reyes Sanchez 28/05/2013

1662 Luis Enrique Estrada

Roman 06/02/2017

1663 Angel Villasana Bañon 21/09/2013

1664 Emma Berta Ramos

Martinez 11/03/2017

1665 Yalmer Sanchez

Rodriguez 29/06/2014

1666 Alicia Sanchez Rosas 24/11/2016

1667 Julia Jimenez Salgado 02/03/2017

1668 Francisco Villasana

Bañon 19/09/2013

1669 Ramira Lucas San

Agustin 14/04/2013

1670 Eduardo Nava Rogel 28/06/2014

1671 Oscar Lopez Sanchez 30/01/2017

1672 Jesus Narciso Alonso

Martinez 07/12/2016

1673 Lourdes Solis Solano 19/01/2017

1674 Erika Saldivar Marin 01/02/2017

1675 Beatriz Elvira Carrizoza

Ochoa 10/03/2017

1676 Brenda Yael Gomez

Bustos 22/03/2013

1677 Angel Giovanni Rojas

Arizmendi 08/02/2017

1678 Rocio Gutierrez Sanchez 23/02/2017

1679 Georgina Griselda Diaz

Brito 04/03/2011

1680 Gloria Moreno Caro 22/06/2013

1681 Yolanda Gregorio Soto 25/04/2013

1682 Sayani Guadalupe Spain

Lamas 14/07/2016

1683 Maria Leticia Contreras

Perez 26/10/2013

1684 Claudia Patricia Cazares

Morantes 02/12/2010

1685 Maria Guadalupe Martinez Campos

07/11/2013

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1686 Maria Cristina Flores

Molina 23/01/2011

1687 Veronica Dolores Valdez

de la Fuente 11/07/2013

1688 Maria de Jesus Cantu

Lopez 25/07/2013

1689 Indida Marlene Rodriguez

Eufracio 07/05/2014

1690 Adalberto Blanco Solano 30/07/2013

1691 Ma Josefina Mendez

Navarro 20/02/2017

1692 Gloria Elisa Niño Reyes 18/11/2016

1693 Diana Veronica Juarez

Olivo 02/12/2016

1694 Myriam Gabriela Alvarez

Sifuentes 24/01/2017

1695 Zulema Judith Cruz Nava 23/05/2014

1696 Denisse Maryet Cruz

Nava 23/05/2014

1697 Yolanda Moreno Villela 26/10/2013

1698 Norma Guadalupe Santos Sauceda

23/02/2017

1699 Martha Cecilia Quintero

Ruiz 21/02/2014

1700 Manuel Lopez Morales 10/11/2010

1701 Flor Alejandra del

Carmen Cortez Gonzalez 16/06/2014

1702 Omar Rigoberto Sanchez

Enriquez 19/06/2014

1703 Jose Antonio Flores

Mireles 19/08/2010

1704 Miriam Sifuentes

Sanchez 25/08/2013

1705 Dora Alicia Segovia Gonzalez

28/08/2010

1706 Nohemi Lavariega

Mendez 06/11/2010

1707 Maribel Arroniz Vazquez 19/12/2010

1708 Reyna Martinez Tapia 20/01/2017

1709 Arely Hernandez Murguia 08/03/2017

1710 Katya Elizabeth Cortes

Mata 01/03/2017

1711 Lucero Alejandra Peales

Lopez 09/05/2014

1712 Gabriela Ramirez

Santiago 14/04/2014

1713 Mari Nancy Contreras

Maldonado 27/01/2017

1714 Ana Laura Villar Garcia 01/05/2011

1715 Florencio Martinez

Martinez 26/08/2016

1716 Fatima Bonifacio Garcia 17/08/2016

1717 Virgilio Gomez Lopez 04/07/2014

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

164

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1718 Tania Gomez Alvarado 14/01/2014

1719 Maria Luisa Morales

Peralta 19/08/2013

1720 Antonino Garcia Enriquez 13/08/2016

1721 Marcelina Velasco

Vasquez 06/03/2017

1722 Elia Garcia Mendez 04/06/2014

1723 Yolanda Hernandez

Contreras 09/06/2014

1724 Roberto Hernandez Leon 19/02/2017

1725 Ivan de la Cruz Zarate 04/11/2010

1726 Veronica Cruz Garcia 25/02/2011

1727 Uziel Jose Castro 26/01/2017

1728 Luis Enrique Fabela

Lopez 26/05/2011

1729 Odilia Garcia Hernandez 19/09/2013

1730 Jose de Jesus Mendoza

Aguilar 17/05/2011

1731 Victoria Raquel Cobos

Ortega 22/07/2016

1732 Cuitlahuac Amador Sanchez Carrizosa

12/07/2016

1733 Jose de Jesus Vazquez

Chavez 19/11/2010

1734 Lucelia Vera Aquino 07/02/2017

1735 Jose Luis Cruz Cabrera 13/02/2011

1736 Angel Primitivo Avendaño

Rios 23/06/2014

1737 Luz Maria Toro Gijon 19/02/2017

1738 Lilia Azua Ramos 06/03/2017

1739 Adelfo Martinez Martinez 01/07/2014

1740 Isai Uriel Molina Gaspar 26/06/2014

1741 Norma Esther Miguel Paz 23/04/2014

1742 Veronica Yanet Diaz

Sanchez 02/02/2011

1743 Brenda Alicia Cruz Lopez 06/08/2016

1744 Raciel Zarate Playas 01/05/2011

1745 Eric Garcia Carrera 06/03/2017

1746 Javier Garcia Molina 08/09/2016

1747 Pedro Serbulo Garcia 21/12/2016

1748 Diani Lopez Diaz 08/02/2017

1749 Nestor Danel Gutierrez

Osorio 25/08/2016

1750 Joanna Vasquez

Martinez 29/06/2016

1751 Susana Leydi Hernandez

Osorio 22/06/2014

1752 Vidal Velasco Perez 30/06/2014

1753 Miguel Angel Lopez de la

Rosa 17/10/2016

1754 Kassandra Contreras

Barrera 30/11/2016

1755 Arturo Antonio de la Cruz 01/05/2011

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1756 Alejandrina Gonzalez

Sanchez 03/07/2014

1757 Jorge Arturo Isidoro

Torres 20/12/2010

1758 Vianey Juarez Herrera 02/02/2017

1759 Mariana Mendoza Cruz 09/03/2011

1760 Jesus Morales Ayala 19/05/2014

1761 Leticia Yolanda Ventura

Gonzalez 23/11/2013

1762 Rocio Medina Ramirez 19/02/2017

1763 Severiano Prado Lugos 11/06/2014

1764 Bardomiano Vazquez

Cervantes 05/11/2010

1765 Isnel Leon Silva 14/03/2017

1766 Edith Moreno Juan 23/11/2013

1767 Faustino Arellano Nicolas 05/03/2014

1768 Lisbet Reyes Castillo 26/06/2014

1769 Gustavo Mendoza Garcia 28/02/2017

1770 Miguel Angel Cortes

Quiroz 01/05/2011

1771 Rocio Sandra Hernandez

Ramirez 31/05/2014

1772 Ana Laura Rodriguez

Sanchez 15/03/2017

1773 Felicitas Martinez Marcial 15/11/2016

1774 Maribel Gonzalez

Alcantara 18/08/2016

1775 Rosalia Rasgado

Hernandez 07/03/2014

1776 Armando Hernandez

Garcia 07/03/2017

1777 Tomas Martinez Cruz 05/07/2014

1778 Monica Edith Robles

Guerra 09/12/2016

1779 Israel Santiago Lopez 02/04/2011

1780 Ignacio Martin Galvez

Robledo 07/09/2016

1781 Miriam Morales

Castellanos 07/11/2016

1782 Natalia Almendra Perez 16/03/2014

1783 Jesus Graciano Ramon 02/12/2016

1784 Carlos Guadalupe

Bautista Lopez 31/03/2011

1785 Sofia Garcia Bautista 29/07/2013

1786 Araceli Jimenez Gonzalez

19/07/2016

1787 Neyva Sanchez Cruz 12/02/2014

1788 Laura Marisela Gutierrez

Martinez 01/07/2014

1789 Marisol Gonzalez

Gonzalez 18/02/2017

1790 Karina Elizabeth Galindo

Osorio 22/01/2017

Page 165: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

165

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1791 Dalia Andrade Cabrera 11/11/2016

1792 Maira Vega Sanchez 06/03/2014

1793 Gabina Claudia Gonzalez

Juarez 22/12/2016

1794 Leobardo Montalvo

Hernandez 05/10/2016

1795 Maria Teresa Hernandez

Zacatzi 16/12/2016

1796 Maria del Rayo Franco de

la Luz 08/12/2016

1797 Veronica Burgoa Herrera 31/01/2017

1798 Beatriz Maria Rosas

Hernandez 29/05/2014

1799 Jose Marcelino Torres

Menes 30/04/2014

1800 Monica Alarcon Amador 29/06/2014

1801 Maria Concepcion Garcia

Aparicio 08/03/2017

1802 Adelaida Arellano Montiel 03/07/2014

1803 Angel Gonzalez Arroyo 23/12/2016

1804 Guadalupe Pestaña

Jaramillo 28/11/2010

1805 Luciano Merida

Rodriguez 07/05/2014

1806 Saul Vergara Lugo 10/11/2010

1807 Hector Reyes Abraham 27/02/2017

1808 Oliver Salgado Davalos 07/08/2013

1809 Maribel Carranza Damian 25/11/2010

1810 Joaquin Diaz Flores 20/08/2013

1811 Angelica Castillo Quiroz 27/02/2011

1812 Rafael Hernandez Garcia 02/12/2010

1813 Marivel Garay Flores 31/05/2011

1814 Luz del Carmen Paredes

Blanca 04/03/2017

1815 Leticia Cruz Cruz 25/11/2016

1816 Luis Enrique Rodriguez

Hernandez 09/01/2017

1817 Florencio Lopez

Valderrabano 31/05/2011

1818 Vanely Rosas Hernandez 07/02/2017

1819 Francisco Angel

Hernandez Limon 27/06/2014

1820 Lore Reyna Hernandez

Limon 20/06/2014

1821 Edgar Sanchez Ortega 04/07/2014

1822 Mariana Lopez Camarillo 31/10/2016

1823 Alberto Cruz Marquez 14/03/2017

1824 Victor Gonzalez Castillo 15/01/2017

1825 Carlo Antonio Cabrera

Cortes 06/07/2014

1826 Claudia Damian Reyes 25/10/2013

1827 Araceli Montes Gonzalez 01/03/2013

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1828 Javier Alejandro Sanchez Morales

14/03/2017

1829 Leobardo Garcia Leon 26/09/2010

1830 Diana Ramirez Martinez 13/03/2014

1831 Marina Ramirez Martinez 13/03/2014

1832 Marlon Armando Macias

Coronado 02/02/2017

1833 Juan Raul Gutierrez

Dominguez 23/01/2017

1834 Maria Yolanda Ruiz

Martinez 30/04/2011

1835 David Alexis Hernandez

Melo 17/06/2013

1836 Juana Maria Carranza

Mendoza 02/07/2014

1837 Gerardo Ibarra Flores 21/02/2017

1838 Pamela Tolinka Juarez

Suarez 06/02/2017

1839 Diana Montserrat Franco

Toscano 30/09/2010

1840 Jessica Yoselin Rosado

Matu 31/12/2016

1841 Juana Eloisa Palacios

Arellano 27/08/2010

1842 Jorge Flores Quintero 26/02/2017

1843 Silvia Gonzalez

Hernandez 12/03/2017

1844 Ilse Vianey Garcia

Marquez 01/07/2016

1845 Maria Estela Ortiz

Gallegos 27/02/2017

1846 Ezequiel Puente

Hernandez 11/12/2016

1847 Irma Leticia Ortiz Bravo 17/08/2016

1848 Nadia Pacheco Ortiz 22/02/2017

1849 Gloria Patricia Ortega

Martinez 23/07/2013

1850 Jesus Noyola Carrizales 28/02/2017

1851 Ricardo Vargas Carrillo 26/02/2017

1852 Jose Fabian Palacios

Guel 03/03/2017

1853 Sonia Mireya Lopez

Lopez 27/05/2014

1854 Sandra Berenice Monsivais Segura

24/08/2010

1855 Sergio Orlando Alonso

Garcia 30/01/2017

1856 Michael Vanessa Corpus

Esparza 30/01/2017

1857 Claudia Angelica

Hernandez Hernandez 07/06/2014

1858 Carlos Gallegos Olvera 16/02/2017

1859 Elvira Gonzalez Avalos 13/03/2017

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

166

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1860 Luis Heriberto Mendoza

Balderas 03/08/2013

1861 Maricela Santillan Garcia 05/03/2017

1862 Pablo de Jesus Zamora

Banda 09/07/2010

1863 Sergio Gomez Calzada 15/06/2010

1864 Gabriel de Jesus Rodriguez Diaz

13/07/2010

1865 Raul Ruiz Castillo 17/07/2010

1866 Manuel Alejandro Moreno

Chinchillas 09/08/2013

1867 Maria de los Angeles Gonzalez Cervantes

29/07/2010

1868 Maria Fernanda Cazares

Garcia 13/06/2013

1869 Jose Luis Arechiga

Bustamante 01/02/2013

1870 Fernando Beltran

Montenegro 15/11/2016

1871 Martha Loreto Olivas

Ortega 23/06/2014

1872 Cruz Alonso Bejarano

Leyva 19/11/2010

1873 Alma Trinidad Valenzuela

Leyva 18/03/2014

1874 Javier Alberto Mezta

Flores 04/07/2014

1875 Perla Guadalupe Soto

Higuera 16/05/2013

1876 Heriberto Oliveras

Aragon 31/10/2010

1877 Francisco Camacho Sosa 12/04/2011

1878 Martha Cecilia Flores

Burgos 26/06/2014

1879 Adriana Flores Fuentes 11/11/2010

1880 Rosa Maria Felix Arellano 16/10/2010

1881 Edgar Gonzalo Ruiz

Luque 07/08/2013

1882 Miguel Angel Carrazco

Lugo 29/07/2010

1883 Daniel Gerardo Higuera

Leon 12/12/2010

1884 Monica Ramirez Eng 31/05/2014

1885 Jesus Antonio Castro Valdez

07/12/2016

1886 Yonathan Rios Uriarte 03/01/2017

1887 Kenia Yudith Machado Meza

13/06/2014

1888 Karina Elizabeth Machado Meza

13/06/2014

1889 Jahir Beltran Lopez 17/04/2011

1890 Margarita Barrera Nuñez 18/03/2011

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1891 Maria Patricia Ugalde Hernandez

04/10/2013

1892 Roberto Cuauhtemoc Reyes Rodelo

19/02/2013

1893 Norma Acosta Rivera 13/03/2014

1894 Miriamn Rocio Herrera

Ramirez 30/01/2017

1895 Clara Isabel Saldaña

Garcia 17/03/2014

1896 Hermelinda Hurtado Soto 03/03/2011

1897 Ozumi Marisol Anguamea

Cota 19/01/2014

1898 Martha Clarissa Molina

Contreras 19/12/2013

1899 Luisa Martina Jiocamea

Aldama 24/02/2014

1900 Harlin Rivera Acuña 17/02/2011

1901 Samuel Rios Alvarado 11/02/2011

1902 Yesenia Godinez

Mendoza 19/05/2011

1903 Juana Irene Hernandez

Rodriguez 11/07/2010

1904 Miguel Antonio Coronado

Valenzuela 16/07/2010

1905 Blanca Esthela Amaya

Romo 12/09/2013

1906 Jesus Enrique

Villaescusa Amador 31/05/2011

1907 Nora Isamar Palma

Hernandez 15/03/2017

1908 Juan Luis Lopez Antonio 01/05/2011

1909 Cristobal Sanchez Lopez 01/05/2011

1910 Karina Rosales

Hernandez 01/05/2011

1911 Juan Reyes Cruz 11/03/2014

1912 Abisai Reyes Lazaro 08/10/2013

1913 Norma Araceli Perez

Alonso 20/01/2017

1914 Christiams Alejandro

Arroyo Cano 12/09/2013

1915 Christian del Carmen

Alamilla Garcia 01/05/2011

1916 Abraham Jose

Hernandez Jimenez 19/06/2013

1917 Rigoberto Vazquez

Hernandez 28/06/2013

1918 Josefina Damian

Zacariaz 14/03/2013

1919 Jose Alfredo Pino May 03/03/2013

1920 Luis Guillermo Ramirez

Fernandez 21/03/2017

1921 Luis Alfredo Juarez

Damian 19/07/2013

Page 167: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

167

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1922 Lorena Cecilia Merlin

Acuña 19/03/2017

1923 Jose Antonio Hernandez

Lopez 28/10/2016

1924 Jose del Carmen

Contreras Pedraza 19/09/2010

1925 Mario Chable Gomez 28/06/2013

1926 Juan Jesus Hernandez

Esteban 14/08/2010

1927 Antonio Herrera Reyes 19/07/2016

1928 Julio Cesar Caraveo

Suarez 28/03/2014

1929 Marcos Antonio Jimenez

Castro 16/02/2017

1930 Marcos Garcia Nieto 01/05/2011

1931 Alma Flor Garcia Garcia 18/03/2017

1932 Jaime de la Cruz Ruiz 28/07/2013

1933 Luis Alberto Lopez Reyes 04/07/2014

1934 Dulce Alonso Hernandez 28/07/2013

1935 Claudia Cristell Pascual

Reyes 20/10/2016

1936 Mauricio Romero

Vasconcelos 26/02/2017

1937 Fernando Garcia Montejo 12/01/2017

1938 Eliel Zacarias Jeronimo 09/12/2016

1939 Trinidad Robles Cruz 31/03/2014

1940 Juana Garcia Prieto 25/06/2013

1941 Araceli del Carmen

Garcia Ocaña 07/05/2014

1942 Juan Carlos Jimenez

Chable 09/10/2013

1943 Concepcion May de la

Cruz 06/03/2017

1944 Jessica del Carmen Montiel Hernandez

28/12/2016

1945 Fabiola Karina

Hernandez de la Cruz 22/05/2014

1946 Gerardo Ruben

Hernandez Jimenez 23/10/2013

1947 Karla Patricia Lopez Diaz 24/06/2014

1948 Magda Lucero Perez

Garcia 14/03/2014

1949 Jose Maria Herrera

Lopez 01/05/2011

1950 Viviana Almeida Lara 12/02/2017

1951 Ena Leonor Magaña

Peniche 29/03/2014

1952 Maria Reyes Morales

Marin 03/06/2016

1953 Ingrid Guadalupe Ramos

Hernandez 24/11/2016

1954 Josefa Alvarez Alcudia 04/11/2016

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1955 Rosa Maria Hernandez

Hernandez 01/05/2011

1956 Nayeli Hernandez Perez 14/02/2017

1957 Ada Maria de la Cruz

Hernandez 08/06/2016

1958 Teresa del Carmen Gonzalez Sanchez

20/12/2016

1959 Laura Elizabeth Olan

Osorio 02/04/2014

1960 Isabel Cristina Gonzalez

Alcudia 14/12/2016

1961 Marisela Salazar

Hernandez 27/01/2017

1962 Otoniel de Dios Bolaina 01/05/2011

1963 Rocio Perez Leyva 19/03/2014

1964 Blanca Estela Garcia

Hernandez 26/09/2010

1965 Yaneth Garcia Morales 31/05/2011

1966 Gonzalo Hernandez

Garcia 29/08/2010

1967 Mercedes Gonzalez

Matias 13/06/2013

1968 Cecilia Baeza Lopez 01/03/2017

1969 Roger Antonio Leon

Cadena 29/04/2013

1970 Fabian Magaña

Villaseñor 03/10/2016

1971 Lorena del Carmen de la

Rosa Jimenez 23/09/2013

1972 Pedro Jimenez Esteban 01/05/2011

1973 Jose Trinidad Aguilar

Vargas 14/02/2017

1974 Jose Cruz de los Santos

Sanchez 28/06/2016

1975 Erika Guadalupe Lopez

Segovia 09/03/2013

1976 Jorge Arturo Perez

Falconi 06/03/2017

1977 Jose Felipe Rodriguez

Zavala 22/06/2016

1978 Laura Elena Arias Arias 12/09/2013

1979 Carlos Manuel Hipolito

Leon 16/08/2013

1980 Oscar Gomez Figueroa 09/12/2016

1981 Grisel Coral Enriquez 31/07/2010

1982 Oshin Cordova

Hernandez 19/05/2014

1983 Jose Manuel Hernandez

Hernandez 18/03/2017

1984 Ismael Valencia Garcia 17/01/2017

1985 Deisy Gisela Gomez

Gutierrez 20/10/2016

1986 Carmita May de la Cruz 26/06/2013

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

168

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1987 Rocio Zapata Hernandez 26/08/2016

1988 Juan Carlos Betancourt

Gonzalez 24/06/2014

1989 Hector Jesus Martinez

Morales 26/01/2017

1990 Pedro Morales

Hernandez 21/03/2017

1991 Maritza Ruiz Doporto 24/02/2014

1992 Francisca Hernandez

Magaña 18/02/2014

1993 Deysi Fabiola Vidal

Aguilar 14/02/2014

1994 Reyes Sanchez Mendez 19/03/2014

1995 Vianey de la Cruz Garcia 04/06/2014

1996 Elizabeth Lopez

Manzanares 27/09/2013

1997 Yesenia Torres

Hernandez 19/01/2017

1998 Sebastian Reguero

Hernandez 14/08/2010

1999 Efren de la Cruz Almeida 29/01/2014

2000 Rosa Garcia Brito 18/07/2013

2001 Angel de Jesus

Dominguez Bautista 05/03/2017

2002 Jesus Darwin Garcia

Gonzalez 22/10/2016

2003 Karla Yanet Aguirre

Triano 08/10/2010

2004 Rony Fabian Federico

Fuentes Diaz 14/12/2010

2005 Bartolo Ramon de Dios 01/05/2011

2006 Vicenta Fores Agustina 05/03/2017

2007 Silvia Mendez Carrillo 21/07/2010

2008 Asuncion Segura

Hernandez 21/02/2017

2009 Claudia Navarro Lara 12/06/2014

2010 Lizbeth Gonzalez Torres 22/03/2017

2011 Jose Feliciano Garcia

Ramos 18/03/2017

2012 Araceli Morales Jimenez 09/06/2014

2013 Raul Priego Inclan 19/07/2013

2014 Maria Cruz Hernandez

Garcia 11/06/2014

2015 Rodrigo Campos Castillo 05/12/2013

2016 Mayra Esther Valier

Sanchez 11/06/2014

2017 Tomasa de Dios Alvarado 16/05/2014

2018 Roberto Lopez Alvarado 12/02/2017

2019 Andres Jesus Mena

Alpuche 19/06/2014

2020 Nidia Guadalupe Salaya

Gutierrez 10/03/2017

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

2021 Carlos Mario Gomez

Hernandez 16/05/2014

2022 Jaime Jesus Sanchez

Lopez 01/05/2011

2023 Dennis Hernandez

Muñoz 26/11/2013

2024 Ruben Garcia Santiago 13/06/2014

2025 Maria Asuncion Alejandro

Jimenez 05/11/2013

2026 Fabiola Garcia Sanchez 31/05/2011

2027 Luz Aurora del Rivero

Vazquez 03/03/2017

2028 Jose Antonio Gomez

Broca 18/03/2017

2029 Jorge Eduardo May

Rodriguez 26/07/2013

2030 Damaris Contreras

Bazurto 12/06/2014

2031 Cesar Miguel Jimenez

Briseño 28/10/2016

2032 Roberto Gonzalez Alegria 31/01/2014

2033 Agustina Garcia

Dominguez 08/12/2016

2034 Jose de los Santos Perez

Perez 31/05/2011

2035 Sara Esperanza Garcia

Antonio 28/06/2014

2036 Jhoana Garcia Antonio 28/06/2014

2037 Carlos Enrique Franco

Hernandez 25/06/2013

2038 Laura Hernandez

Salvador 19/06/2010

2039 Ana Silveria Priego

Lastra 04/08/2010

2040 Roberto Mendez Perez 10/03/2017

2041 Juan Manuel Gonzalez

Zapata 07/07/2010

2042 Alma Heidi Aguillon

Avalos 02/07/2010

2043 Enedina Reyes

Rodriguez 01/05/2011

2044 Angela Mercedes

Camacho Luevano 02/03/2017

2045 Felipe Hernandez

Andrade 01/03/2017

2046 Blanca Fabiola Cantu

Vazquez 20/11/2010

2047 Adolfo Martinez

Hernandez 11/09/2010

2048 Julian Augusto Carrasco

Cruz 06/07/2014

2049 Cesar Octavio Rubio

Garcia 19/09/2010

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

169

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

2050 Rigoberto Abundis

Castillo 01/05/2011

2051 Wendy Azeneth Gama

Sanchez 12/06/2010

2052 Abisay Nuñez Gonzalez 01/05/2011

2053 Ana Karen Hernandez

Sanchez 22/06/2014

2054 Angel Alberto Gutierrez

Vasquez 05/10/2013

2055 Aldo Moises Perez

Gaspariano 28/10/2016

2056 Erika Leon Gonzalez 11/03/2017

2057 Omar Maldonado

Tetlalmatzi 19/02/2014

2058 Lazaro Joaquin Cortez

Rivera 16/05/2014

2059 Leticia Carrillo Espinoza 06/04/2014

2060 Anabel Mayra Coronel

Curiel 28/08/2013

2061 Imelda Bonilla Tamayo 03/01/2017

2062 Perla Gabriela Villegas

Balbuena 08/05/2014

2063 Laura Helen Rodriguez

Rodriguez 02/06/2014

2064 Raul Velasco Hernandez 09/05/2014

2065 Judith Vidal Cabañas 31/05/2011

2066 Inder Xchel Molina

Vazquez 28/02/2017

2067 Hilaria Clemente 15/09/2016

2068 Cirila San Juan Guzman 01/05/2011

2069 Moises Garcia Torres 09/10/2010

2070 Maria de la Luz Parra

Ruiz 25/08/2010

2071 Rafael Martinez

Hernandez 12/03/2014

2072 Maria Angelica Martinez

Mendoza 02/12/2016

2073 Maria Isabel Ceballos

Cortina 26/08/2013

2074 Efigenia Mendez Cruz 06/03/2014

2075 Themis Alice Gomez

Mezano 03/03/2014

2076 Guadalupe Perez Garcia 25/01/2017

2077 Josefa Edelmira Cortes

Tapia 31/01/2014

2078 Nataly Karmin Martinez

Gonzalez 21/09/2010

2079 Laura Estela Ramirez

Patiño 28/09/2010

2080 Sandra Luz Hermosillo

Ceron 20/03/2014

2081 Ana Victoria Sanchez

Garcia 13/02/2017

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

2082 Gabriela Amor Moreno

Rincon 17/05/2014

2083 Laura Gamez Rodriguez 16/02/2017

2084 Alfredo Huerta Mendoza 01/05/2011

2085 Francisco Javier Vidal

Morales 03/11/2013

2086 Ana Florisa Taxilaga

Carballo 30/01/2017

2087 Claudio Oltehua Tzitzihua 17/06/2014

2088 Adrian Cruz Ortiz 27/11/2013

2089 Tomasa Patricia Marquez

Canela 03/07/2014

2090 Nicolasa Lopez

Maldonado 06/03/2017

2091 Jorge Manuel Francisco

Fernandez 27/06/2014

2092 Rafael Garcia Reyes 05/03/2014

2093 Alejandra Santes Lozano 11/02/2017

2094 Viviana Elizabeth Trinidad Santes

09/11/2013

2095 Mariela Yamileth Contreras Lara

29/05/2014

2096 Nely Olivos del Valle 20/06/2014

2097 Jacqueline Martinez

Hernandez 20/05/2011

2098 Olegario Alvarez Flores 13/02/2014

2099 Guadalupe Hernandez

Sanchez 22/03/2017

2100 Victor Pablo Vivanco 07/03/2017

2101 Alma Laura Bruno Perez 20/03/2014

2102 Juan Carlos Ramirez

Partido 03/07/2014

2103 Alfredo Sanchez Jimenez 20/02/2017

2104 Ana Cristina Francisco

Salazar 20/02/2017

2105 Veronica Nancy Fiscal

Moreno 07/03/2017

2106 Maria Viridina Xochihua

Reyes 13/11/2010

2107 Jorge Alberto Sanchez

Atzin 07/02/2017

2108 Elizabeth Cruz Cobaxin 02/03/2011

2109 Estela Goretti Rejon

Echeverria 30/01/2017

2110 Cristina Soledad del

Carmen Cauich Cauich 01/03/2017

2111 Ivonne Molina Heredia 03/04/2011

2112 Berenice Nayeli Marin

Renteria 25/02/2017

2113 Wanda Isabel Mata Yam 01/03/2017

2114 Carlos Rolando Echeverria Tzab

06/07/2016

2115 Maria Florencia Eb Chan 17/09/2013

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

170

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

2116 Omar Francisco Ayala

Casellas 20/05/2014

2117 Ruben Eduardo Saldivar 20/01/2017

2118 Geovanna Dali Amaya

Gamboa 07/05/2014

2119 Vanessa de los Angeles

Jimenez Galan 05/02/2014

2120 Laura Maribel Canche

Azcarate 01/03/2017

2121 Oscar Manuel Cauich

Coba 05/09/2013

2122 Oscar Omar Rodriguez

Raudales 22/02/2017

2123 Alicia Gaytan Moreno 31/05/2011

2124 Cecilia Figueroa

Belmontes 28/05/2014

2125 Ma. Estela Rodriguez

Mejia 17/02/2014

2126 Estefania Aguilar Basurto 17/05/2014

2127 Daniel Maldonado Puente 01/03/2014

2128 Maurilio Lopez del Rio 22/09/2010

2129 Mauro Espino Anaya 22/05/2011

2130 Azalea Janeth Batres

Reyes 07/08/2013

2131 Jorge Alberto Hernandez

Aguayo 04/10/2010

2132 Sonia Ivette Carlos Ruiz 05/03/2017

2133 Ivonne Irene Gonzalez

Martinez 27/02/2017

2134 Maria del Rosario

Saldivar Bermudez 27/02/2017

2135 Gerardo Gomez

Hernandez 27/07/2010

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

171

Manifestaciones del partido político

En relación a las y los 2135 quejosos, mediante los oficios CEMM-324/2018; CEMM-906/2018; CEMM-1149/2018 y CEMM-579/2019, firmados por el representante del PRD ante el Consejo General, indicó que las ciudadanas y ciudadanos denunciantes precisados, si se encontraron afiliados al instituto político que representa, anexando original de las cédulas de inscripción correspondientes.

Observaciones

El partido político denunciado aportó original de las cédulas de inscripción, en las que aparecen los datos de las y los denunciantes, los cuales tienen coincidencia con los datos que aparecen en sus credenciales para votar, además de contener, aparentemente, su firma autógrafa. En uno de los apartados de las cédulas de inscripción exhibidas por el denunciado, se advierten la leyenda: “Declaro que he proporcionado al PRD esta información de forma personal, individual, libre y sin presión de ningún tipo, asimismo, solicito mi inscripción al padrón de afiliadas y afiliados del PRD; acepto y me comprometo a cumplir en todo momento los Lineamientos establecidos en su Estatuto, Declaración de Principios, Programa de Acción Reglamentos y Resoluciones tomadas al interior del Partido. Declaro bajo protesta de decir verdad, que los datos proporcionados arriba son ciertos y no he sido condenado (a) por delitos contra el patrimonio público, mal uso de facultades o atribuciones y/o ilícito semejante, actos ilegales de represión, corrupción o delincuencia organizada…”

Conclusiones

Del análisis vertido respecto a la información y pruebas recabadas, se puede concluir lo siguiente: 1. Las ciudadanas y los ciudadanos antes referidos, fueron registrados como militantes del PRD. 2. El PRD aportó elementos a partir de los cuales esta autoridad concluye que la afiliación de las y los denunciantes se realizó conforme a las disposiciones legales y estatutarias aplicables. De acuerdo a la información proporcionada por la DEPPP y el PRD, no existe controversia en el sentido de que las y los 2135 denunciantes fueron militantes del referido instituto político, información que en momento alguno fue objetada por los quejosos, lo anterior en razón de que no desahogaron la vista formulada para que en vía de alegatos manifestaran lo que a su derecho conviniera, no obstante de haber sido notificadas y notificados debidamente, por lo cual, es que NO se advierte que se hayan utilizado indebidamente sus datos personales, ni que las mismas y los mismos hayan sido indebidamente afiliados o afiliadas a dicho instituto político.

B. 96 CIUDADANAS Y CIUDADANOS QUE SE PRONUNCIARON RESPECTO A LA VISTA DE ALEGATOS FORMULADA, Y EN ALGUNOS CASOS RESPECTO AL FORMATO DE INSCRIPCIÓN APORTADO POR EL PRD, SIN QUE HAYAN OBJETADO DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 24 DEL REGLAMENTO DE QUEJAS.

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172

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1 Juan Carlos Landaverde

Juarez 10/04/2014

2 Florencia Rita Luna

Vasquez 01/05/2011

3 Edgar Arellanes Basurto 08/02/2017

4 Maria Guadalupe Leticia

Valerio Naranjo 24/11/2016

5 Rosalva Garcia Garcia 14/12/2010

6 Andrea Vanesa

Hernandez Gutierrez 07/12/2016

7 Rodolfo Gonzalez Chavez 24/02/2017

1. CIUDADANAS Y CIUDADANOS (7) CON CÉDULA DE INSCRIPCIÓN QUE SE PRONUNCIARON RESPECTO A LA VISTA DE ALEGATOS FORMULADA

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

173

Manifestaciones del partido político

Mediante los oficios CEMM-324/2018; CEMM-906/2018; CEMM-1149/2018 y CEMM-579/2019, firmados por el representante del PRD ante el Consejo General, a través de los cuales refirió que las ciudadanas y ciudadanos denunciantes precisados, si se encontraron afiliados al instituto político que representa, anexando original de las cédulas de inscripción correspondientes.

Observaciones

El partido político denunciado aportó original de las cédulas de inscripción, en las que aparecen los datos de las y los denunciantes, los cuales tienen coincidencia con los datos que aparecen en sus credenciales para votar, además de contener, aparentemente, su firma autógrafa. En uno de los apartados de las cédulas de inscripción exhibidas por el denunciado, se advierten la leyenda: “Declaro que he proporcionado al PRD esta información de forma personal, individual, libre y sin presión de ningún tipo, asimismo, solicito mi inscripción al padrón de afiliadas y afiliados del PRD; acepto y me comprometo a cumplir en todo momento los Lineamientos establecidos en su Estatuto, Declaración de Principios, Programa de Acción Reglamentos y Resoluciones tomadas al interior del Partido. Declaro bajo protesta de decir verdad, que los datos proporcionados arriba son ciertos y no he sido condenado (a) por delitos contra el patrimonio público, mal uso de facultades o atribuciones y/o ilícito semejante, actos ilegales de represión, corrupción o delincuencia organizada…”

Conclusiones Del análisis vertido respecto a la información y pruebas recabadas, se puede concluir lo siguiente: 1. Las ciudadanas y los ciudadanos antes referidos, fueron registrados como militantes del PRD. 2. El PRD aportó elementos a partir de los cuales esta autoridad concluye que la afiliación de las y los denunciantes se realizó conforme a las disposiciones legales y estatutarias aplicables.

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

174

A partir del criterio de regla probatoria establecida previamente, es de concluirse que, al no existir controversia en el sentido de que las ciudadanas y los ciudadanos denunciantes fueron afiliados al PRD, y que el partido político aportó como pruebas para acreditar que las afiliaciones fueron voluntarias, original de los formatos de afiliación, asimismo, cabe referir que las ciudadanas y los ciudadanos denunciantes NO objetaron dicho documento, es decir únicamente, manifestaron su desconocimiento ante la afiliciación materia del presente pronunicamiento, lo anterior al inicar lo siguiente: 1. Juan Carlos Landaverde Juarez: "nunca he dado mi consentimiento, ni expreso, ni tácito para afiliarme a partido político alguno…" 2. Florencia Rita Luna Vasquez: ”…solicito su apoyo para que se me desvincule de cualquier modo con el PRD, ratificando que en ningún momento me afilie de manera voluntaria a dicho partido político…” 3. Edgar Arellanes Basurto: "…Manifiesto libremente desconocer la afiliación imputada hacia el parto del P.R.D. la cual hice patente en relación al formato -oficio de desconocimiento de afiliación..." 4. Maria Guadalupe Leticia Valerio Naranjo: “…Por medio del presente me permito expresar que no soy militante del PRD y mi afiliación no fue voluntaria…” 5. Rosalva Garcia Garcia: ".. Desconozco la afiliación al partido político PRD por aparecer inscrita indebidamente y sin mi consentimiento en su padrón de afiliados…" 6. Andrea Vanesa Hernandez Gutierrez: “…En su momento solicite al PRD me diera de baja del Padrón de militantes de ese Partido…” 7. Rodolfo Gonzalez Chavez: "… Rechazo rotundamente que por iniciativa propia me haya afiliado al PRD… por lo cual exijo de manera inmediata ser dado de baja de dicho partido…"

2. CIUDADANAS Y CIUDADANOS (89) QUE SE PRONUNCIARON RESPECTO AL FORMATO DE INSCRIPCIÓN APORTADO POR EL PRD, SIN QUE HAYAN OBJETADO DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 24 DEL REGLAMENTO DE QUEJAS

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175

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporciona

da por la DEPPP

1 Prudencio De Luna Nuñez 24/01/2017

2 Jose Cornelio Sanchez Cinco 16/03/2017

3 Rosa Margarita Ponce Gonzalez 01/05/2011

4 Gabriela Aldama Escalera 01/05/2014

5 Rosa Nayely Zavala Rios 16/04/2014

6 Maria del Socorro Horcasitas

Delgado 28/06/2014

7 Martha Marquez Llamas 25/10/2013

8 Andrea Torres Vera 01/05/2011

9 Alfredo Blancas Romero 31/05/2011

10 Guadalupe Alavez Bautista 08/06/2014

11 Alejandro Hernandez Galicia 28/06/2014

12 Jorge Garcia Facio 23/10/2010

13 Santiaga Martinez Mejorado 02/02/2017

14 Irma Elena Jimenez Hernandez 04/12/2016

15 Beatriz Ramirez Jarillo 31/05/2011

16 Paula Grijalva Español 30/01/2017

17 Elia Angelica Gonzalez Mejia 30/07/2016

18 Adriana Ayala Bravo 23/07/2016

19 Ketzikel Constantino Cruz 31/05/2011

20 Juana Garcia Palacios 16/08/2016

21 Mayte Mendez Alarcon 16/07/2016

22 Rosalba Galvan Perez 12/06/2014

23 Leoncio Fernando Gomez Sosa 10/11/2013

24 Gabriela Vazquez Lujan 23/06/2016

25 Ernesto Isidro Ramirez Mejia 24/01/2017

26 Veronica Dorantes Rivera 01/05/2011

27 Ana Rosa Morales Diaz 02/03/2017

28 Ivonne Jimenez Toral 03/10/2010

29 Margarita Reyes Mancera 07/11/2016

30 Mirna Hernandez Monge 15/06/2013

31 Graciela Hernandez Nogueda 27/06/2013

32 Valeria Yamel Bustos Mancera 06/08/2013

33 Ines Gervacio Vazquez 13/10/2016

34 Carlos de Jesus Pantaleon

Navarrete 15/06/2016

35 Michael Malzahn Castrejon 02/06/2010

36 Orlando Cortez Renteria 07/12/2016

37 Flor Maria Rojas Ramirez 22/06/2014

38 Jairo de los Santos Cedeña 26/01/2017

39 Anayeli Galeana Valente 01/05/2011

40 Angelica Pichardo Garcia 27/06/2010

41 Maria Silvina Rangel Martinez 23/02/2017

42 Angelica Benitez Castellanos 25/04/2016

43 Eiller Perez Bahena 19/08/2010

44 Jennyfer Victoria Ibarra Carmona 10/03/2016

45 Olga Paniagua Mendoza 22/07/2010

46 Roberto Toral Castillo 10/03/2016

47 Roberto Toral Toral 31/05/2011

48 Margarita Murguia Vidales 23/04/2016

49 Jose Patricio Soria Caballero 08/03/2017

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporciona

da por la DEPPP

50 Marissa Soria Chavez 27/02/2017

51 Ruth Norele Soto Tavira 20/06/2014

52 Eleazar Jimenez Rios 31/05/2011

53 Gloria Roman Millan 13/01/2017

54 Yasmin Araujo Martinez 19/02/2017

55 Seh-Lim Sulu Diaz 28/08/2013

56 Enrique Martinez Montes 10/06/2010

57 Domitila Solano Guzman 07/01/2017

58 Arturo Ordoñes Aldana 17/06/2014

59 Yuri Magali Reyes Aguilar 25/02/2017

60 Laura Antonia Ramirez Gonzalez 04/03/2017

61 Victor Hugo Mijangos Caballero 29/05/2014

62 Pedro Alan Garcia Jimenez 03/02/2017

63 Yaneli Hernandez Sanchez 14/09/2016

64 Noel Jimenez Garcia 16/05/2011

65 Erika Liliana Diego Bautista 16/05/2011

66 Carmelo Jonathan Cruz Alcaraz 24/06/2014

67 Jose Juan Ramirez Hernandez 24/01/2017

68 Lidia Anabel Lopez Ramirez 05/10/2016

69 Rosa Isela Ortega Montero 17/10/2016

70 Maribel Altamirano Azamar 01/05/2011

71 Alma Patricia Lopez Vicente 18/08/2013

72 Leticia Hernandez Martinez 28/09/2016

73 Elizabeth Sanchez Garcia 28/02/2017

74 Juana Villagomez Panecatl 03/03/2017

75 Guadalupe Santos Celestino 01/07/2014

76 Maria de Jesus Palacios Meza 11/03/2014

77 Emma Mendoza Angeles 25/06/2010

78 Alfonso Diaz Aguilar 21/03/2013

79 Nancy Rangel Martinez 11/08/2016

80 Donaldo Garfias Hernandez 01/05/2011

81 Urias Santiago Mena 10/02/2017

82 Freddy Ramirez Garcia 01/05/2011

83 Margot Lopez Sanchez 05/06/2014

84 Martha Iracema Saldaña Piña 31/01/2017

85 Virginia Ivet Hinojosa Zaavla 23/05/2014

86 Rene Ocomatl Ordaz 18/05/2014

87 Juan Carlos Hernandez Huerta 03/03/2017

88 Jasmin Hernandez Xocoyotl 28/11/2013

89 Maria Salome Ibañez Garcia 26/03/2014

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

176

Manifestaciones del partido político

Mediante los oficios CEMM-324/2018; CEMM-906/2018; CEMM-1149/2018 y CEMM-579/2019, firmados por el representante del PRD ante el Consejo General, a través de los cuales refirió que las ciudadanas y ciudadanos denunciantes precisados, si se encontraron afiliados al instituto político que representa, anexando original de las cédulas de inscripción correspondientes.

Observaciones

El partido político denunciado aportó original de las cédulas de inscripción, en las que aparecen los datos de las y los denunciantes, los cuales tienen coincidencia con los datos que aparecen en sus credenciales para votar, además de contener, aparentemente, su firma autógrafa. En uno de los apartados de las cédulas de inscripción exhibidas por el denunciado, se advierten la leyenda: “Declaro que he proporcionado al PRD esta información de forma personal, individual, libre y sin presión de ningún tipo, asimismo, solicito mi inscripción al padrón de afiliadas y afiliados del PRD; acepto y me comprometo a cumplir en todo momento los Lineamientos establecidos en su Estatuto, Declaración de Principios, Programa de Acción Reglamentos y Resoluciones tomadas al interior del Partido. Declaro bajo protesta de decir verdad, que los datos proporcionados arriba son ciertos y no he sido condenado (a) por delitos contra el patrimonio público, mal uso de facultades o atribuciones y/o ilícito semejante, actos ilegales de represión, corrupción o delincuencia organizada…”

Conclusiones

Del análisis vertido respecto a la información y pruebas recabadas, se puede concluir lo siguiente: 1. Las ciudadanas y los ciudadanos antes referidos, fueron registrados como militantes del PRD. 2. El PRD aportó elementos a partir de los cuales esta autoridad concluye que la afiliación de las y los denunciantes se realizó conforme a las disposiciones legales y estatutarias aplicables. A partir del criterio de regla probatoria establecida previamente, es de concluirse que, al no existir controversia en el sentido de que las ciudadanas y los ciudadanos denunciantes fueron afiliados al PRD, y que el partido político aportó como pruebas para acreditar que las afiliaciones fueron voluntarias, original de los formatos de afiliación, asimismo, cabe referir que las ciudadanas y los ciudadanos denunciantes objetaron dicho documento de forma lisa y llana. Lo anterior, toda vez que dichos quejosos en respuesta a la vista (con el formato de afiliación), refirieron, en general que desconocen la firma plasmada en los formatos de afiliación que aportó el partido político denunciado. Aunado a lo antes expuesto, es importante precisar que, en algunos casos, los ciudadanos que indican que anexan como prueba de su dicho, diversos documentos expedidos a su favor, lo hacen a través de copia simple de los mismos. Asimismo, cabe destacar, que no se aportan elementos probatorios que sustentaran sus dichos, de conformidad con el artículo 24, del Reglamento de Quejas, por lo que se debe concluir que, la afiliación de las ciudadanas y los ciudadanos denunciantes antes señalados, se realizó conforme a las disposiciones legales y estatutarias aplicables.

C. 375 CIUDADANOS CON CÉDULA DE INSCRIPCIÓN DEL PRD SIN FIRMA. EN ALGUNOS CASOS ÚNICAMENTE CONTIENE LO QUE APARENTEMENTE CORRESPONDE A SUS HUELLAS DACTILARES, EN OTROS CASOS CON UNA “X” EN EL APARTADO DE FIRMA

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

177

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

1 Jazmin Elizabeth Cendejas Tafoya

25/03/2014

2 Joana Guadalupe Perez

Arcos 08/05/2014

3 Adiel Montejo Vazquez 22/11/2016

4 Isaac Shamir Couoh

Interian 06/05/2014

5 Everardo de Jesus Molina

Palacios 01/05/2011

6 Luis Eduardo Eboli

Morales 20/02/2017

7 Tania Grisell Molina

Perez 20/02/2017

8 Maria de Lourdes

Martinez Diaz 06/07/2014

9 Epitasio Espinoza Diaz 31/01/2017

10 Anael Guadalupe Candelaria Arce

15/02/2017

11 Jose Cesar Magdaleno

Gonzalez 14/02/2017

12 Cinthia Paola Cancino de

la Cruz 12/03/2017

13 Zoila Rosalia Cancino

Rabanales 25/10/2016

14 Rina Patricia Dominguez

Granados 16/03/2017

15 Narda Evelin Cruz Morga 02/03/2017

16 Arnaldo de Jesus Mendez

Espinosa 10/08/2010

17 Eunice Cruz Ojeda 10/04/2013

18 Velvet Artemisa Estrella

Madrigal 28/06/2014

19 Diana Iveth Bustillos

Jaquez 25/05/2014

20 Edgar Ubaldo Escamilla

Ramirez 21/02/2017

21 Luis Rodrigo Rodriguez

Bernal 21/06/2014

22 Edith Lopez Martinez 16/04/2014

23 Francisco Ivan Granados

Sandoval 23/03/2017

24 Ana Karen Camacho Roa 03/10/2010

25 Veronica Nava Pineda 09/04/2011

26 Federico Duran Garcia 06/03/2017

27 Ana Laura Medina

Morales 21/01/2014

28 Francisco Javier Robledo

Pichardo 01/11/2013

29 Alejandra Dupotex

Hernandez 31/05/2011

30 Diego Dorantes Diaz 10/10/2010

31 Silvia Alejandra Alejos

Vargas 16/01/2014

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

32 Maria Catalina Delgado

Rayas 19/06/2014

33 Laura Rico Tovar 12/01/2017

34 Mario Ramon Dominguez

Piñaza 25/03/2017

35 Brandon Mauricio

Escobar Nava 27/05/2014

36 Ricardo Tonatiuh Enciso

Saavedra 08/03/2014

37 Patricia Edith Bazaldua

Martinez 22/06/2014

38 Gabriela Mandujano

Franco 15/05/2013

39 Luis Alberto Cardenas

Morales 28/11/2016

40 Luis Mauricio Moreno

Cabello 25/02/2017

41 Patricia Magallanes

Castillo 01/05/2011

42 Valery Paola Martinez

Ambriz 04/02/2014

43 Liliana Marisol Brito

Adrian 14/02/2017

44 Karla Samantha Carrillo

Rivera 26/10/2010

45 Armando Daniel Meneses

Garcia 24/01/2017

46 Eufemia Ortiz Cruz 01/05/2011

47 Melanie Sharon Delint

Gamez 11/03/2017

48 Ana Elvia Lopez Guerra 29/09/2010

49 Linda Patricia Monroy

Huitron 31/05/2011

50 Nayelli Castellanos

Gomez 29/06/2010

51 Raul Alberto Lara Galvan 17/02/2017

52 Alejandra Gabriela

Moreno Alavez 03/03/2017

53 Leticia Mendoza Moreno 16/03/2017

54 Luis Rey Martinez

Rodriguez 29/11/2016

55 Luis Rafael Rubalcava

Rebolledo 16/05/2014

56 Rocio Primero Estrada 13/03/2011

57 Erika Anaid Pavon

Martinez 12/02/2017

58 Erika Viridiana Luna

Guillen 03/07/2014

59 Elisa Carreon Martinez 03/07/2014

60 Beatriz Medina Manzo 03/09/2010

61 Aldo Ordoñez Cardenas 28/09/2016

62 Karla Jacqueline Meza

Flores 29/11/2013

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

178

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

63 Jorge Moedano Muñoz 05/01/2017

64 Alondra Guadalupe

Agustin Mares 10/01/2017

65 Jose Adrian Espindola

Hernandez 11/03/2014

66 Arturo Israel Cordova

Reyes 29/01/2017

67 Claudio Molina Molina 01/05/2011

68 Erick Alexis Alvarez

Hernandez 06/07/2014

69 Mario Medellin Lara 23/01/2017

70 Cecilia Lorena Cossio

Rodriguez 20/01/2017

71 Maria Ana Rodriguez

Castañeda 18/11/2010

72 Tania del Carmen Cruz

Morales 15/07/2010

73 Clara Yolanda Stephany

Campos Garcia 16/05/2014

74 Teresa Guadalupe

Carreon Arriaga 04/12/2010

75 Maria Elena Carrillo Diaz 07/03/2014

76 Narciso Fernando Betancourt Ruiz

18/09/2013

77 Hilda Escobar Picasio 02/07/2014

78 Antonio Ricardo

Rodriguez Gallegos 21/03/2014

79 Brizo Adriana Cano

Esquivel 04/11/2013

80 Diana Arlette Alvarez

Castillo 29/10/2013

81 Rosalinda Enriquez

Chavero 01/05/2011

82 Marisela Montalvo Perez 01/07/2014

83 Ayana Elizabeth Mendez

de la Luz 01/09/2010

84 Maria Guadalupe Bustos

Gonzalez 26/06/2014

85 Rosaura Casas Garcia 23/06/2014

86 Fidel Rodriguez Garcia 13/06/2014

87 Carlos Raul Eufracio Cruz 24/05/2014

88 Luis Fernando Lopez

Valdez 12/08/2010

89 Maria Cenobia Martinez

Cabello 06/03/2017

90 Brenda Montserrat Diaz

Hitzil 06/10/2010

91 Diana Dennis Duran

Romero 26/01/2017

92 Esperanza Capilla Rivera 06/07/2014

93 Alejandra Capilla Rivera 08/06/2014

94 Victor Manuel Cuevas

Sandoval 01/05/2011

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

95 Laura Manuela Lara

Perez 05/11/2013

96 Marco Antonio Carrera

Monjaraz 16/04/2013

97 Yoloxochitl Chavarria

Vazquez 25/02/2017

98 Laura Elizabeth Chirino

Ramirez 15/06/2014

99 Natalia Emily Peralta

Contreras 24/02/2017

100 Olivia Carmona Navarrete 17/05/2014

101 Melissa Lizbeth Aguila

Juarez 01/05/2011

102 Jose Antonio Garcia

Sanchez 16/11/2013

103 Tairi Mariana Mendoza

de la Cruz 23/04/2014

104 Alejandra Berenice Monroy Sanchez

01/05/2011

105 Pablo Rico Carbajal 12/05/2014

106 Raziel Agustin Pineda

Canal 05/03/2017

107 Ana Maria Guadalupe

Mercado Blanco 27/07/2010

108 Manuel Molotla Medina 29/06/2014

109 Silvia Leticia Narciso

Carpio 01/05/2014

110 Juana Hortensia Lemus

Galindo 08/02/2017

111 Rosario Coni Delgado

Hernandez 01/06/2014

112 Adriana Rubio Retana 07/02/2017

113 Hortencia Lira Martinez 06/03/2017

114 Manuel Espinoza

Mendoza 02/07/2014

115 Maria Ortega Cruz 01/05/2011

116 Sofia Isabel Puc Barbosa 01/05/2011

117 Raquel Martinez Ramirez 22/06/2014

118 Antonio Perez Rojo 24/01/2017

119 Daria Morales Gonzalez 26/06/2014

120 Ana Luz Paniagua

Ramirez 06/03/2017

121 Dafne Viridiana Escalante

Tobilla 02/02/2017

122 Alan de la Cruz Reyes 19/07/2013

123 Almita del Carmen Lucero Espinosa de los Monteros

Herrera 16/05/2014

124 Miguel Angel Martinez

Avalos 11/02/2013

125 Leticia Holguin Barraza 22/01/2017

126 Erik Rogelio Rodriguez

Hernandez 23/02/2017

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

179

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

127 Oscar Jesus Flores

Rodriguez 26/07/2016

128 Mariano Diaz Resendiz 14/03/2017

129 Virginia Crisantos Garcia 31/01/2014

130 Lorena Irais Garcia

Saucedo 22/08/2010

131 Carlos Alberto Estrada

Hernandez 18/07/2016

132 Iliana Jurado Hernandez 12/05/2013

133 Uriel Castillo Jimenez 13/01/2017

134 Luisa Teresa Castelan

Valdez 15/05/2013

135 Maria Isabel Martinez

Bravo 23/05/2016

136 Sandra Luna Garcia 22/11/2016

137 Francisco Jesus

Comparan Zaragoza 01/09/2010

138 Maria de Lourdes de la

Cruz Martinez 18/06/2014

139 Elia Yesenia Leon Leon 30/04/2016

140 Jose Arturo Castillo

Alcaraz 22/07/2016

141 Ruth Garcia Rosas 22/08/2016

142 Alma Brenda Esquivel

Castillo 04/06/2014

143 Francisco Cabral Garnica 29/05/2011

144 Karina Martinez Beltran 31/05/2011

145 Emma Victoria Martinez

Trejo 20/07/2016

146 Jorge Chavez Escoto 17/05/2013

147 Sonia Judith Lopez

Santillan 05/02/2017

148 Veronica Martinez Gaytan 16/07/2016

149 Sergio Carbajal Ayala 09/03/2014

150 Diana Estrella Macias

Rosas 08/05/2013

151 Octavio Isaac Caballero

Ramirez 04/08/2010

152 Alma Delia Medina

Rodriguez 05/03/2014

153 Sandra Rosalia Cruz

Badillo 26/08/2010

154 Jorge Juan Campos

Godinez 08/05/2014

155 Virginia Leija Hernandez 15/03/2013

156 Leticia Garcia Santiago 26/04/2014

157 Blanca Estela Rodriguez

Delgado 11/11/2013

158 Jaqueline Moctezuma

Padilla 01/05/2011

159 Moises Tamayo 25/09/2010

160 Diana Angelica Quiroz

Osorio 15/05/2014

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

161 Zoila Leticia Escalante

Rico 27/06/2016

162 Ana Lilia Peña Leyva 10/01/2017

163 Sonia Chavez Gonzalez 26/06/2014

164 Josue Isai Vazquez Cruz 27/06/2014

165 Maria de Lucero Ortiz

Mendoza 04/02/2017

166 Jovita Raquel Colin de la

Cruz 31/05/2011

167 Claudia Gabriela Colin de

la Cruz 31/05/2011

168 Alejandra Escalona

Chavez 01/03/2014

169 Noemi Cordova Huizar 11/05/2013

170 Blanca Rubi Guzman

Vargas 18/06/2010

171 Edgar Leyva Gomez 07/10/2010

172 Octavio Hernandez

Godinez 07/03/2017

173 Fernando Carmona

Cervantes 01/05/2011

174 Miguel Angel Duarte

Gutierrez 24/11/2016

175 Juan Carlos Cisneros

Trejo 15/08/2016

176 Sara Hernandez Lopez 31/05/2012

177 Maria Dolores Rodriguez

Gonzalez 26/02/2017

178 Maria Margarita Castro

Mireles 11/08/2010

179 Joana Julieta Mendoza

Martinez 11/05/2011

180 Saul Alberto Dozal

Serrano 29/11/2013

181 Martha Alicia Dimas

Duque 02/08/2013

182 Juan Carlos Castro

Galindo 24/02/2017

183 Traccy Samantha Quintana Becerra

07/09/2016

184 Juana Patricia Montes

Basurto 09/12/2016

185 Guillermo Ceballos

Herrera 12/05/2014

186 Rey David Lagunas

Rodriguez 01/05/2011

187 Jose Miguel Martinez

Salas 11/06/2013

188 Joaquin Espinal Rios 31/05/2011

189 Humberta Catarino

Cabaña 18/07/2013

190 Jose Antonio Cisneros

Perez 31/05/2011

Page 180: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

180

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

191 Hugo Alberto Castañeda

Cabañas 24/04/2014

192 Jaime Mayo Guadarrama 18/02/2014

193 Elizabeth Correa

Gonzalez 01/05/2011

194 Victor Isac Dionicio

Urbano 17/02/2017

195 Noe de Jesus Morales

Vega 12/11/2016

196 Rosa Montes Ceballos 06/06/2014

197 Maribel Manzo Beltran 22/06/2013

198 Eduardo Molina Ramos 17/11/2016

199 Edson Robles Montejo 04/02/2014

200 Liliana Priscila Calixto

Espinoza 01/05/2011

201 Anabel Diaz Navarrete 22/09/2016

202 Magdiel Lopez Zambrano 12/03/2017

203 Efrain Lara Aguero 01/05/2011

204 Judith Abigail Dircio

Rodas 19/07/2013

205 Nemesio Casarrubias

Morales 01/05/2011

206 Martin Garcia Sanchez 11/07/2013

207 Juan Jose Aguilar Blanco 13/11/2016

208 Alberto Ceron Urioso 31/05/2011

209 Uriel Cesareo Sierra 05/08/2013

210 Oliver Mendoza Orozco 31/05/2011

211 Edith Jimenez Galindo 26/04/2011

212 Silviades Rodriguez

Cortes 16/11/2016

213 David Ricardo Cruz

Navarrete 06/11/2013

214 Aura de la Luz Cervantes

Rico 13/12/2016

215 Sandra Curiel Santos 02/02/2017

216 Ana Maria de Jesus Marcial Evangelista

13/05/2011

217 Lucia Yenex Martinez

Gonzalez 01/02/2017

218 Concepcion Espindola

Alvarado 07/09/2013

219 Asuncion Moreno Flores 01/05/2011

220 Yuridia Maldonado Mayo 01/05/2011

221 Laura del Rocio Magallon

Camarillo 23/08/2016

222 Citlalli Abigail Acosta

Lozano 27/02/2017

223 Karla Margarita Ceron

Salas 01/05/2011

224 Alba Celia Monter

Hernandez 12/12/2016

225 Jose Guadalupe Beas

Abundis 19/06/2010

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

226 Erika Lucina Flores

Flores 07/10/2010

227 Eduardo Mendoza Franco 28/09/2010

228 Elizabeth Pizano Rivera 18/07/2016

229 Alma Azucena Mendoza

Fierros 07/03/2016

230 Evangelina Calixto Leon 03/06/2014

231 Maritza Edith Duarte

Estrella 24/06/2010

232 Maria Elisabet Correa

Maldonado 18/11/2010

233 Trinidad Esteban Esteban 07/02/2017

234 Victor Hugo Chavez

Quesada 07/02/2017

235 Yesenia Luz Mejia 25/05/2016

236 Jose Manuel Chavez

Vieyra 15/03/2017

237 Cyndia Joana Cornejo

Lopez 07/02/2017

238 Maria del Rocio Cardenas

Alcantar 05/11/2010

239 Noemi Diaz Perez 25/01/2017

240 Martha Rosa Covarrubias

Ponce 17/04/2016

241 Lazaro Vazquez Damian 22/08/2010

242 Jorge Alfredo Camacho

Morales 25/02/2017

243 Marlen Mejia Luna 17/12/2016

244 Luis Alberto Barrios Marin 31/05/2011

245 Maria Isabel Lira Amaya 31/05/2011

246 Wendy Chavarria

Maldonado 20/08/2010

247 Fredy Esquivel Camacho 28/06/2013

248 Araceli Adriana Castro

Montero 28/06/2013

249 Araceli Lopez Rodriguez 16/12/2016

250 Dulce Maritza Rosales

Salinas 26/01/2017

251 Mauricio Rebolledo

Garcia 05/05/2013

252 Yadira Castro Romero 10/06/2010

253 Araceli Medina Sandoval 16/02/2017

254 Ismael Akzayakatl Molina

Vazquez 28/02/2017

255 Felicitas Ramirez Marron 19/07/2013

256 Guadalupe Medrano

Ontiveros 10/03/2017

257 Ernestina Muñoz

Fernandez 22/08/2013

258 Brenda Graciano Rosales 02/12/2016

259 Ivan Santiago Mendez

Perez 25/03/2011

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

181

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

260 David Josue Briones

Torres 23/02/2017

261 Juan Carlos Galvan

Abundez 29/12/2016

262 Laura Janet Coapango

Salgado 20/01/2011

263 Juan Gabriel Bernal

Tiscareño 30/07/2013

264 Georgina Castillo Herrera 07/07/2013

265 Rebeca de Jesus Vargas 04/04/2013

266 Yadira Elizabeth Raygoza

Gomez 07/07/2013

267 Oscar Alberto Camacho

Campos 14/05/2014

268 Miguel Angel Castillo

Bailon 10/02/2014

269 Claudia Guadalupe

Escareño Perez 26/10/2013

270 Rocio Deisy Caballero

Peña 01/05/2011

271 Dante Ivan Moreno Lopez 10/05/2014

272 Norma Nelly Portales

Garcia 01/05/2011

273 Martha Leticia Mena

Garza 12/01/2014

274 Isabel Dominguez

Hernandez 31/05/2011

275 Jose Cruz Valentin 07/03/2017

276 Gumaro Montes Chino 25/05/2014

277 Francisco Pablo Munguia

Gaytan 19/12/2016

278 Carmela Bernardino

Martinez 27/10/2016

279 Modesto Merino Sanchez 13/08/2016

280 Jorge Humberto

Hernandez Hernandez 13/09/2013

281 Roselia Cruz Aquino 11/03/2011

282 Jorge David Ramirez

Miguel 29/04/2014

283 Maricela Alvarez Martinez 28/02/2017

284 Anahi Dionisio Mendoza 01/05/2011

285 Gladys Lopez Sanchez 19/11/2016

286 Elvia Aguilar Garcia 09/04/2013

287 Maria Luisa Cruz Miguel 22/02/2017

288 Juliana Miguel Gomez 17/02/2017

289 Yessenia Vasquez

Santos 30/04/2014

290 Elias Morales Baltazar 27/10/2016

291 Saul Martinez Faustino 17/01/2017

292 Jose Juan Dionicio Simon 26/12/2016

293 Virginia Marquez Santos 14/11/2010

294 Alejandra Bermudez

Sauce 25/08/2010

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

295 Maribel Lira de Benito 01/05/2011

296 Lorena Montes Gonzalez 01/03/2013

297 Susana Ortiz Colin 22/02/2017

298 Nancy Eridany Dorantes

Arreola 01/05/2014

299 Hermila Mendez Delgado 24/01/2017

300 Ma. Dolores Loredo Tapia 14/03/2017

301 Gabriela de Dios Puebla 22/02/2017

302 Marisol Colunga Segura 24/01/2017

303 Francisco Javier Adame

Ramirez 16/11/2013

304 Olga Patricia Rodriguez

Esparza 22/12/2013

305 J Guadalupe Gonzalez

Guerrero 10/03/2017

306 David Alfonso Acosta

Puente 20/03/2011

307 Miguel Ebodio Moreno

Campos 23/06/2010

308 Hubber Jair Aceviz

Valenzuela 13/08/2013

309 Karla Berenice Acero

Felix 21/06/2014

310 Joel Carrasco Perez 28/05/2011

311 Daniel Ramirez Ordaz 29/03/2011

312 Antonia del Carmen Cota

Luna 15/12/2013

313 Briceida Elena Acuña

Lopez 20/11/2010

314 Silvia Estela Medina

Beltran 16/06/2014

315 Jesus Antonio Esteban

Lopez 13/03/2017

316 Pablo Canul Lopez 15/03/2017

317 Leidi Mary Hernandez

Morales 28/07/2013

318 Alejandro Ramon

Ramirez 12/02/2017

319 Maria Loredana Diaz

Castellanos 03/12/2016

320 Ofelia Martinez Juarez 31/05/2011

321 Francisco Solis Diaz 20/12/2016

322 Angel Cruz Mendoza 25/08/2010

323 Jesus Alvarado Pimienta 03/01/2017

324 Francisco Javier Garcia

Sanchez 01/12/2016

325 Everardo Villegas

Morales 18/01/2017

326 Jose Manuel Tepepa

Gonzalez 24/06/2014

327 Claudia Perez Mendez 23/05/2014

328 Angel Eduardo Marquez

Ruiz 02/12/2013

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No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

329 Juan Antonio Cañas

Palomeque 17/03/2017

330 Josefa del Carmen Damian Trinidad

24/09/2013

331 Victor Moises Dominguez

Muñoz 24/04/2014

332 Daniel Damian Ramirez 24/10/2016

333 Domitila Ruby Chan Que 01/03/2017

334 Diana May Ovando 27/11/2013

335 Jacqueline Ventura Frias 03/05/2014

336 Guadalupe Cruz Lopez 07/10/2016

337 Leon Enrique Garcia

Ramos 01/09/2013

338 Andres Montejo

Hernandez 14/03/2017

339 Ada Maria Briceño

Romero 14/03/2017

340 Edemia Sanchez

Hernandez 06/06/2014

341 Lucia Landero Osorio 27/09/2013

342 Rober Javier Rueda

Guillen 06/07/2010

343 Leydi Ruth Juarez

Morales 30/08/2010

344 Silvia Romero Sanchez 13/06/2014

345 Vanessa Berenice

Mendez Garcia 20/08/2013

346 Alejandra Ramirez

Ovando 11/03/2017

347 Ana Ruth Broca Mendoza 05/12/2016

348 Alexis del Carmen Cortazar Gonzalez

27/01/2017

349 Martha Angelica Mendiola

Gutierrez 11/02/2017

350 Narcisa Torres de los

Santos 01/05/2011

351 Idalia Tecalco Negrete 20/01/2017

352 Xavier Alfonso Sanchez

Perez 27/10/2016

353 Victor Molina Moreno 20/02/2017

354 Benito Morones Valles 17/02/2017

355 Margarita Suarez Tepo 30/04/2014

356 Lucia Citlalic Sanchez

Perez 02/12/2016

357 Yolisma Serrano

Berlanga 14/09/2016

358 Hugo Chacha Arceo 01/07/2014

359 Maybelynne Concepcion

Ramirez Hernandez 09/06/2014

360 Edith Vargas Antonio 26/08/2016

361 Edith Chigo Bustamante 13/11/2013

362 Claudia Morales Artigas 01/05/2011

363 Arely Cano Garcia 29/04/2014

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Información proporcionada por la DEPPP

364 Jose Luis Sanchez

Hernandez 25/11/2010

365 Claudia Elizabeth Uscanga Uscanga

31/05/2012

366 Wilbert Martin Ek Cohuo 05/03/2017

367 Rosa Aurelia Nava

Guzman 31/05/2011

368 Francisco Javier Saucedo

Lobatos 01/05/2011

369 Manuel Nava Vazquez 31/05/2011

370 Claudia Ramos Calvillo 29/05/2014

371 Mayra Ortiz de la Torre 13/05/2014

372 Ana Lilia Serrano

Gonzalez 07/03/2017

373 Araceli Mendez Sanchez 14/05/2014

374 Maria del Socorro

Martinez Hernandez 04/03/2017

375 Alondra Muñoz Robles 04/06/2014

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Manifestaciones del partido político

Mediante los oficios CEMM-324/2018; CEMM-906/2018; CEMM-1149/2018 y CEMM-579/2019, firmados por el representante del PRD ante el Consejo General, a través de los cuales refirió que las ciudadanas y ciudadanos denunciantes precisados, si se encuentran afiliados al instituto político que representa, anexando original de las cédulas de inscripción correspondientes sin firma, únicamente cuenta con lo que aparentemente corresponde a sus huellas dactilares, y en otros casos, contienen una “X”, en el apartado de firma, dichos formatos se analizaran en párrafos subsecuentes.

Observaciones El partido político denunciado aportó original de las cédulas de inscripción, en la que aparecen los datos de las y los denunciantes de referencia, además de contener, aparentemente, su huella dactilar, de cada uno de ellos. Se destaca el hecho de que, en la cédula de inscripción proporcionada por el PRD, el campo correspondiente a la firma del ciudadano se encuentra vacío. Ahora bien, cabe referir que tanto en sus escritos de queja y/o sus credenciales para votar expedidas por este Instituto, cuentan con firma autógrafa de las y los denunciantes, de lo que se advierte que pueden firmar documentos. Asimismo, respecto a los ciudadanos Oscar Jesus Flores Rodriguez y Lazaro Vazquez Damian, en el apartado de firma de dicha cédula, aparece únicamente una “X”, mientras que en la credencial para votar como en el escrito inicial respectivos de los quejosos aparece firma distinta. Finalmente cabe destacar que las y los denunciantes actualmente no se encuentran registrados como militantes del PRD, de conformidad con la información proporcionada por éste, la DEPPP y la inspección al portal de afiliaciones dicho instituto político realizada por la UTCE.

Conclusiones

Del análisis vertido respecto a la información y pruebas recabadas se advierte lo siguiente: 1. Las y los quejosos negaron haber otorgado consentimiento para ser afiliados 2. Quedó acreditado que las y los quejosos en cita aparecieron en el padrón de militantes del PRD.

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3. Las cédulas de inscripción que en original exhibió el partido denunciado, carecen de firma, sin que en el caso pueda considerarse válida la huella plasmada, al existir evidencia de que ordinariamente las y los quejosos saben firmar. 4. La firma es un elemento indispensable para llevar a cabo el registro de las y los ciudadanos como sus militantes, ello en términos de lo dispuesto en los artículos 8 y 11 del Reglamento de Afiliación del PRD. 5. En relación a los casos particulares de los ciudadanos Oscar Jesus Flores Rodriguez y Lazaro Vazquez Damian, proporcionó formato que contiene una “X”, por lo que dicho formato se analizará en párrafos subsecuentes, respectivamente. Las afiliaciones que el PRD realizó respecto de las y los ciudadanos denunciantes de referencia, son indebidas al no acreditar que fue su voluntad de pertenecer a ese instituto político, por tanto, se declara fundada las quejas relativas a dichos ciudadanos.

Las constancias aportadas por la DEPPP, al ser documentos generadas en ejercicio de sus atribuciones, se consideran pruebas documentales públicas, de conformidad con el artículo 22, párrafo 1, del Reglamento de Quejas, mismas que, conforme a lo previsto en los artículos 462, párrafo 2 de la LGIPE y 27, párrafo 2 del Reglamento citado, tienen valor probatorio pleno, ya que no se encuentran controvertidas ni desvirtuadas respecto de su autenticidad o contenido. Por otra parte, las documentales allegadas al expediente por el partido político denunciado, constituyen documentales privadas, conforme a lo dispuesto en el artículo 22, numeral 1, fracción ll del Reglamento Quejas y, por tanto, por sí mismas carecen de valor probatorio pleno; sin embargo, podrán generar plena convicción en esta autoridad, al concatenarse con los demás elementos que obren en el expediente, las afirmaciones de las partes, la verdad conocida y el recto raciocinio; ello, al tenor de los artículos 462, párrafo 3 de la LGIPE, y 27, párrafo 3, del Reglamento en mención.

➢ CASO CONCRETO Previo al análisis detallado de las infracciones aducidas por las ciudadanas y ciudadanos quejosos, es preciso subrayar que de lo previsto en el artículo 355, párrafo 5, del COFIPE, cuyo contenido se replica en el precepto 458, párrafo 5, de la LGIPE, es posible advertir los elementos que se deben actualizar para que la autoridad electoral esté en posibilidad de imponer alguna sanción en materia electoral. En primer lugar, se debe acreditar la existencia de alguna infracción, esto es, que objetivamente esté demostrada mediante pruebas, una situación antijurídica electoral, posteriormente, verificar que esta situación sea imputable a algún sujeto

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de Derecho en específico; esto es, partido político, candidato o inclusive cualquier persona física o moral, es decir, la atribuibilidad de la conducta objetiva a un sujeto en particular. De tal forma que, para la configuración de una infracción administrativa electoral, se requiere de la actualización de dos elementos esenciales, por una parte, el hecho ilícito (elemento objetivo) y por otra, su imputación o atribución directa o indirecta (elemento subjetivo), lo cual puede dar lugar a responsabilidad directa o incumplimiento al deber de cuidado. A partir de la actualización de estos dos elementos esenciales, la autoridad electoral podrá imponer alguna sanción, para lo cual deberá valorar las circunstancias que rodearon la comisión de la conducta. En tal sentido, por cuanto hace a la existencia del supuesto normativo, debe reiterarse, como se estableció en apartados previos, que desde hace décadas está reconocida en la legislación de este país, la libertad de las y los ciudadanos de afiliarse, permanecer afiliado, desafiliarse de un partido político, o bien, no pertenecer a ninguno, y de igual manera, que las personas tienen el derecho de que se proteja su información privada y sus datos personales, todo lo cual está previsto desde el nivel constitucional. En el caso, si bien en el marco normativo se hace referencia a los Lineamientos para la verificación del Padrón de Afiliados de los Partidos Políticos Nacionales para la conservación de su Registro, identificados con el número de Resolución CG617/2012, de igual manera se transcribe la parte de disposiciones estatutarias del partido político denunciado, relacionada con el procedimiento de afiliación, lo cierto es que, por el carácter constitucional de tales derechos, la existencia de los mismos —y las obligaciones correlativas a éstos—, no está condicionada al reconocimiento por parte de los sujetos obligados, en este caso, de los partidos políticos. En otras palabras, si la libertad de afiliación política, en todas sus vertientes, es un derecho de las y los ciudadanos de este país desde hace varios decenios, resulta por demás evidente que las obligaciones de los partidos políticos que deriven de esta garantía -respetar la libertad de afiliación y, de ser necesario, acreditar que la incorporación a cada instituto político- no debe estar sujeta o condicionada a que éstos establezcan en sus normas internas disposiciones encaminadas a su protección, es decir, no depende, del momento en el que los partidos políticos hayan incluido en sus normas internas la obligación de que la afiliación sea voluntaria.

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Por cuanto hace al elemento subjetivo señalado líneas arriba, debe destacarse que, la autoridad, para estar en aptitud de conocer la verdad de los hechos y su atribución a las personas involucradas en un procedimiento sancionador, debe contar con elementos suficientes que generen convicción para arribar a tal conclusión, y, de ser el caso, determinar responsabilidad y la sanción respectiva. Para ello, la autoridad analizará y ponderará el caudal probatorio que obre en el expediente, del cual es posible obtener indicios, entendidos como el conocimiento de un hecho desconocido a partir de uno conocido, o bien, prueba plena para el descubrimiento de la verdad. En principio, corresponde a los promoventes demostrar con pruebas suficientes, la comisión de la conducta ilícita, así como el señalamiento que formula en contra de la parte denunciada (atribuibilidad), es decir, la carga de la prueba corresponde a los quejosos. Lo anterior, es acorde al principio general del Derecho "el que afirma está obligado a probar", recogido en el artículo 15, párrafo 2, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de aplicación supletoria al presente caso, en términos de lo dispuesto por el artículo 441, de la LGIPE. En tanto que al que niega se le releva de esa carga, salvo cuando su negación envuelva la afirmación expresa de un hecho; supuesto en el que estará obligado también a demostrarlo en el procedimiento. Así, esta autoridad electoral considera, en consonancia con lo resuelto por la Sala Superior, en el expediente SUP-RAP-107/2017, analizado previamente, que la carga de la prueba corresponde al partido político que afirma que contaba con el consentimiento de los quejosos para afiliarlos a su partido político, y no a los ciudadanos que negaron haber solicitado su inclusión en el padrón de militantes. Como vimos, en el apartado anterior, está demostrado a partir de la información proporcionada por la DEPPP que las y los ciudadanos denunciantes, se encontraron, en ese momento, como afiliados del PRD. Por otra parte, en los casos que comprende el presente procedimiento, el PRD no demuestra con medios de prueba, que las afiliaciones respectivas fueron el resultado de la manifestación de la voluntad libre e individual de las y los

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ciudadanos, en los cuales motu proprio, expresaron su consentimiento y, por ende, proporcionaron sus datos personales a fin de llevar a cabo la afiliación a dicho instituto político. Así púes, en estos casos la carga de la prueba corresponde al PRD, en tanto que el dicho de los actores consiste en afirmar que no dieron su consentimiento para ser afiliados, es decir, se trata de un hecho negativo que en principio no es objeto de prueba; en tanto que el partido político, cuya defensa consiste básicamente en afirmar que sí cumplieron las normas que tutelan el derecho fundamental de afiliación, tiene el deber de probar esa situación. Ahora bien, tal y como quedó de manifiesto en apartados arriba, la libertad de afiliación en materia político-electoral, es un derecho reconocido y así garantizado para todo ciudadano de nuestro país, al menos desde hace varias décadas, tanto a nivel constitucional como legal, el cual es concebido como la potestad que se tiene de afiliarse a un partido político, permanecer afiliado a éste, desafiliarse e incluso, no pertenecer a ninguno. Asimismo, es incuestionable que el derecho a la protección de datos personales e información relacionada con la vida privada de las personas, es igualmente un derecho con una trayectoria de protección por demás lejana. En este sentido, la garantía y protección a los citados derechos, evidentemente no deriva de disposiciones reglamentarias al interior de los institutos políticos, que prevean como obligación del partido político la conservación de los expedientes de afiliación de cada miembro, ni tampoco a partir de la emisión de los Lineamientos para la verificación del Padrón de Afiliados de los Partidos Políticos Nacionales para la conservación de su Registro, emitidos por el propio IFE, ahora INE, en la Resolución CG617/2012, sino que, como se vio, el derecho tutelado deviene de disposiciones de rango supremo, el cual debe ser tutelado en todo momento, y no a partir de normas internas o reglamentarias que así lo establezcan. En este orden de ideas, se debe concluir que si la libre afiliación a los partidos políticos, en todas sus vertientes, es un derecho de las y los ciudadanos previsto como garantía constitucional, también lo es la obligación de los partidos políticos de preservar, y en su caso, demostrar en todo momento, que cualquier acto que engendre la voluntad de un ciudadano para formar parte en las filas de un instituto político, o bien, ya no pertenecer a estos, deben estar amparados en el o los documentos que demuestren indefectiblemente el acto previo del consentimiento –para los casos en que se aduce no mediar consentimiento previo para ser afiliados-

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siendo ineficaz cualquier alegato en el sentido de que no se tiene o tenía el deber de presentar las pruebas que justifiquen su dicho, sobre la base de que no tenía obligación legal de archivar o conservar las documentales correspondientes, o –para el caso de la omisión de atender solicitudes de desafiliación- demostrar que dieron cauce legal a las solicitudes de desafiliación de manera pronta y oportuna y, que derivado de ello, ya no se encuentran en sus registros de militantes. Con base en todo lo expuesto, toda vez que los denunciantes manifiestan no haber otorgado su consentimiento para ser agremiados al partido; que está comprobada la afiliación de todos, y que el PRD, no cumplió su carga para demostrar que la afiliación sí se solicitó voluntariamente, tal y como se expondrá más adelante, esta autoridad electoral considera que existe una vulneración al derecho de afiliación de los quejosos y que, intrínsecamente, para la configuración de esa falta, se utilizaron sin autorización sus datos personales, lo cual, debe ser considerado para la imposición de la sanción que, en cada caso, amerite. En este sentido, el estudio de fondo del presente asunto se realizará en dos apartados, uno por cuanto de quién se tiene evidencia en autos que se afiliaron de manera voluntaria al PRD, y; por otra parte, aquellos que les fue vulnerado su derecho de libertad de afiliación política al afiliarlos indebidamente, de conformidad a lo siguiente: APARTADO I. 2231 AFILIACIONES QUE, A JUICIO DE ESTA AUTORIDAD, SE HICIERON CONFORME CON LA NORMATIVA APLICABLE A partir de los razonamientos establecidos en el apartado previo, en particular del apartado denominado 4. HECHOS ACREDITADOS, A y B, la cual se deberá tener por reproducido como si a la letra se insertase, a fin de evitar repeticiones innecesarias, esta autoridad considera que la afiliación de las y los 2231 ciudadanos, conforme a las pruebas que obran en autos, en específico la información proporcionada por la DEPPP, así como por lo manifestado por el PRD y las documentales que éste aportó, fueron apegadas a derecho. Así las cosas, para sostener la legalidad de las afiliaciones cuestionadas, el PRD ofreció como medio de prueba original de los formatos de inscripción de las y los quejosos referidos con anterioridad, medios de convicción que esta autoridad electoral, al valorarlos tanto en lo individual, como en su conjunto con el caudal probatorio restante, estima suficientes, idóneos y pertinentes para acreditar la licitud de las afiliaciones controvertidas.

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No es obstáculo a lo anterior, el hecho que se trata de documentales privadas que per se no tienen una eficacia demostrativa plena, pues apreciadas en su contexto y concatenadas con el caudal probatorio que obra en autos, de conformidad con los principios de la lógica y la sana crítica, así como las máximas de la experiencia, permiten a esta autoridad electoral concluir la licitud de las afiliaciones discutidas, ya que fueron el resultado de la manifestación libre y voluntaria de los hoy quejosos, la cual, como ya se dijo, quedó constatada con la firma autógrafa que los mismos imprimieron en dichos formatos. En ese orden de ideas, de la interpretación sistemática y funcional de las normas estatutarias invocadas, es válido concluir que el PRD establece ciertos requisitos específicos de afiliación, para acreditar la manifestación libre, voluntaria y previa de la persona, de entre las que destaca, el que destaca el formato de afiliación; lo anterior, a fin de dotar de certeza respecto de la voluntad libre y sin presión de quienes deseen ser inscritos; requisito que en los casos que se analizan fueron cumplidos por el denunciado, tal y como lo establece su propia legislación interna. De este modo, esta autoridad resolutora engarzó una cadena de indicios a partir de diversos hechos que en la especie se tuvieron como demostrados, en la especie: i) las manifestaciones de las partes y la DEPPP respecto de la existencia de las afiliaciones; ii) las documentales privadas de los formatos de afiliación de las y los ciudadanos antes precisados, en cuyo contenido aparece la manifestación de la voluntad de los quejosos (firma autógrafa) y en caso particular; iii) la falta de objeción eficaz de esos formatos respecto de 2231 ciudadanos. Por lo que se procede al análisis de cada caso en particular.

A) 2135 ciudadanas y ciudadanos con cédula de inscripción del PRD que no objetaron dicho documento

Con la finalidad de respetar el principio de contradicción y el derecho de audiencia de los quejosos involucrados, posterior a que el denunciado exhibió las documentales con las que pretendía acreditar la debida afiliación de estos, la autoridad instructora estimó necesario dar vista a estos, a efecto de que manifestaran lo que a su derecho conviniera. Lo anterior fue debidamente diligenciado, es decir, se dio la vista en tiempo y forma a cada uno de las y los quejosos, lo anterior, de conformidad a las constancias de notificación que obran en el expediente citado al rubro.

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Sin embargo, 2,135 ciudadanas y ciudadanos quejosos, fueron omisos en responder a la vista que les fue formulada por la UTCE, haciendo nulo su derecho de realizar las manifestaciones que estimaran pertinentes y, en su caso, desvirtuar el respectivo medio de prueba exhibido. Más aún, al momento en que se dio la vista de alegatos correspondiente, se puso el expediente a la vista de las partes, incluyendo a los antes citados, con la finalidad de que, en esa vía, manifestaran lo que a su derecho conviniera. No obstante, las y los denunciantes aludidos no hicieron manifestación alguna, por lo que se tuvo por precluido su derecho para tal efecto. En efecto, es posible advertir de las constancias de autos que, aun cuando las y los quejosos aludidos tuvieron oportunidad procesal de objetar la autenticidad y contenido de los formatos de afiliación (cuando les fue corrido traslado con las constancias de afiliación exhibidas por el PRD, al dárseles vista de alegatos) se abstuvieron de cuestionar el documento referido, pues no se apersonaron al procedimiento a formular manifestación alguna. En este sentido, al no haber oposición alguna de los quejosos en relación con los documentos exhibidos por PRD, es válido colegir que existe un reconocimiento tácito de éstos de haber suscrito y firmado dichos formatos, lo que de suyo permite concluir que sí existió su voluntad para ser afiliados al partido denunciado. En tal virtud, debe precisarse que el derecho de contradicción probatoria no es más que la posibilidad de las partes de defenderse, de refutar y oponerse a las afirmaciones realizadas por la parte contraria, y de ser el caso, de aportar elementos que le permitan desvirtuar lo dicho en su contra. Asi pues, no obstante, las oportunidades procesales que tuvieron las y los denunciantes de refutar el documento que, para cada caso, aportó el PRD para acreditar que, si medió la voluntad libre y expresa de las y los quejosos de querer pertenecer a las filas de agremiados de ese ente político, lo cierto es que las y los promoventes no hicieron valer ese derecho de contradicción dentro del procedemineto. CONCLUSIÓN DEL APARTADO I, INCISO A)

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A partir de los razonamientos establecidos en el apartado previo, esta autoridad considera que la afiliación, de las y los denunciantes antes referidos, al PRD fue apegada a derecho, ya que de lo expuesto puede afirmarse que, la conducta realizada por el justiciable resulta atípica, en relación con los injustos descritos en la normatividad electoral que le fueron imputados. Lo anterior es así, porque como fue antes razonado, la actualización del tipo administrativo en estudio tiene como elementos constitutivos: i) una incorporación al partido político que se traduce en el acto de afiliación formal y, ii) la falta de consentimiento libre del ciudadano para ser afiliado. En este sentido, para colmar la hipótesis normativa contenida en el artículo 3, párrafo 2 de la Ley de Partidos en relación con los diversos 25, párrafo 1, incisos a), e) y u) del mismo ordenamiento legal y 443, párrafo 1, incisos a) y n) de la LGIPE, cuya infracción se imputó al denunciado, resultaba necesario que concurriera la acreditación de los dos elementos referidos, lo que no sucedió en el particular. Es decir, en el caso debió demostrarse fehacientemente no solamente la afiliación de los quejosos al PRD, sino también la ausencia de voluntad de los mismos para ser afiliados, en razón de que el núcleo del tipo administrativo en estudio lo constituye la libertad de asociación, de ahí que si en la especie solamente se justificó la afiliación de las ciudadanas y ciudadanos quejosos sin evidenciar la ausencia de voluntad de los mismos en ese acto, entonces, es inconcuso que no se colmó el tipo administrativo sujeto a escrutinio. De igual manera, por las razones expuestas con antelación, tampoco se actualizó la hipótesis descrita en el numeral 29 de la Ley de Partidos, ya que al concluirse que los hoy denunciantes se afiliaron libremente al partido justiciable, por mayoría de razón debe afirmarse que el PRD no utilizó indebidamente la información y datos personales de los impetrantes, porque estos, en su oportunidad, consintieron afiliarse al partido político, para lo cual, conforme al marco normativo descrito en la presente Resolución, era menester proporcionar al PRD esa información y documentos. Bien entonces, al no acreditarse uno de los extremos en que se finca el procedimiento sancionador, específicamente la falta de voluntad de afiliarse al partido denunciado, se concluye la inexistencia del tipo administrativo, por lo que no procede imponer al PRD sanción alguna.

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Ante lo razonado en líneas precedentes, se debe concluir que el bien jurídico tutelado por las normas constitucionales y legales que protegen la libertad de las ciudadanas y los ciudadanos para afiliarse voluntariamente a un partido político, no fue transgredido por el PRD y, consecuentemente, el presente procedimiento sancionador respecto de los 2135 ciudadanos citados con anterioridad no se demostró la infracción denunciada.

B) 96 ciudadanas y ciudadanos que se pronunciaron respecto a la vista de alegatos formulada, y en algunos casos respecto al formato de inscripción aportado por el PRD, sin que hayan objetado de conformidad al artículo 24 del Reglamento de Quejas.

Como en los casos anteriores, con la finalidad de respetar el principio de contradicción y el derecho de audiencia de las y los ciudadanos quejosos involucrados, mediante Acuerdo de quince de agosoto de dos mil diecinueve, se les dio vista con la finalidad que manifestaran lo que a su derecho conviniera en relación con el medio de prueba presentado por el PRD. ➢ 7 ciudadanas y ciudadanos que se pronunciaron respecto a la vista de

alegatos formulada, sin objetar al formato de inscripción aportado por el PRD

No Ciudadana o Ciudadano Pronunciamiento

1 Juan Carlos Landaverde Juarez "nunca he dado mi consentimiento, ni expreso, ni tácito para

afiliarme a partido político alguno…"

2 Florencia Rita Luna Vasquez ”…solicito su apoyo para que se me desvincule de cualquier modo

con el PRD, ratificando que en ningún momento me afilie de manera voluntaria a dicho partido político…”

3 Edgar Arellanes Basurto

"…Manifiesto libremente desconocer la afiliación imputada hacia el parto del P.R.D. la cual hice patente en relación al formato -oficio de desconocimiento de afiliación, manifiesto de que en la fecha señala de afiliación no me encontraba en el Estado de Guerrero, estaba laborando en el Estado de Chiapas, por tanto no tuve un

acercamiento para una afiliación, puesto que no entregue ninguna documentación con dicho Instituto Político..."

4 Maria Guadalupe Leticia Valerio Naranjo “…Por medio del presente me permito expresar que no soy

militante del PRD y mi afiliación no fue voluntaria…”

5 Rosalva Garcia Garcia ".. Desconozco la afiliación al partido político PRD por aparecer inscrita indebidamente y sin mi consentimiento en su padrón de

afiliados…"

6 Andrea Vanesa Hernandez Gutierrez “…En su momento solicite al PRD me diera de baja del Padrón de

militantes de ese Partido…”

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No Ciudadana o Ciudadano Pronunciamiento

7 Rodolfo Gonzalez Chavez "… Rechazo rotundamente que por iniciativa propia me haya

afiliado al PRD… por lo cual exijo de manera inmediata ser dado de baja de dicho partido…"

De los pronunciamientos antes transcritos, se advierte que no existe una oposición por parte de las ciudadanas y los ciudadanos denunciantes, sino que se menciona únicamente un desconocimiento de la afiliación materia de la presente Resolución. ➢ 89 ciudadanas y ciudadanos que se pronunciaron respecto al formato de

inscripción aportado por el PRD, sin que hayan objetado de conformidad al artículo 24 del Reglamento de Quejas

No Ciudadana o Ciudadano Pronunciamiento

1 Prudencio De Luna Nuñez "…desconozco la firma que en el documento aparece y para

efecto de comparación anexo copia de mi credencial de elector.."

2 Jose Cornelio Sanchez Cinco "…contiene un firma que no es la mía, para ello lo demuestro con

una copia de mi credencial de elector…"

3 Rosa Margarita Ponce Gonzalez "… la firma plasmada en la Cédula de Inscripción, al igual que la

huella dactilar no corresponde a mi firma, ni a mi huella…"

4 Gabriela Aldama Escalera "… la copia que me proporcionaron de afiliación del partido no es

mi firma y que desconozco como tengan los datos de mi credencia del INE…"

5 Rosa Nayely Zavala Rios "… hago constar que la firma que aparece en dicho documento

aunque es similar no corresponde a mi firma por lo tanto no reconozco como mía dicha firma…"

6 Maria del Socorro Horcasitas

Delgado "…la desconozco y rechazo, ya que la forma que aparece asentada no es la mía y por lo tanto no la reconozco…"

7 Martha Marquez Llamas "… me fue afiliada asentando una firma que yo desconozco en la

cédula de afiliación al partido político (PRD)…”

8 Andrea Torres Vera "…comento que la firma muestra inconsistencias, es decir no se

parece a mi firma y tampoco contiene la huella dactilar…"

9 Alfredo Blancas Romero "…no reconozco haber afiliado tal documento dado que mi firma y huella dactilar no corresponden a mi identificación oficial emitida

por el Instituto Nacional Electoral…"

10 Guadalupe Alavez Bautista "…el documento que presenta el PRD contiene una firma que no

reconozco como propia…"

11 Alejandro Hernandez Galicia "…hago el DESCONOCIMIENTO total de esta afiliación, por la

sencilla razón de que la firma no corresponde a la que aparece en la credencial de elector y a la de otros documentos oficiales…"

12 Jorge Garcia Facio "… la firma presentada en la cédula de afiliación no corresponde

por lo cual mi afiliación al Partido de la Revolución Democrática ha sido sin mi consentimiento…"

13 Santiaga Martinez Mejorado "… la firma que aparece al calce no coincide con la mía para tal

argumento anexo copia simple en amplificación de mi firma como aparece en mi identificación oficial…"

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No Ciudadana o Ciudadano Pronunciamiento

14 Irma Elena Jimenez Hernandez

"…la firma que aparece en la Cedula de Inscripción al Partido de la Revolución Democrática, no es mía, nunca la plasmé, por lo que la desconozco totalmente, ya que nunca he participado en actividades políticas y mucho menos con partidos políticos…"

15 Beatriz Ramirez Jarillo

"… cabe mencionar que en dicha documental aparece una firma autógrafa la cual desconozco, por lo tanto es evidente la

falsificación de dicha cedula y haciéndome participe de una afiliación de la cual nunca estuve enterada y de la que no soy

participe ya como lo vuelvo a reiterar..."

16 Paula Grijalva Español "… la firma que se plasma en el documento Cédula de Inscripción que presenta el Partido de la Revolución Democrática es falsa…"

17 Elia Angelica Gonzalez Mejia "… la firma que aparece en este documento no es mi firma y

difiere mucho de mi firma real…"

18 Adriana Ayala Bravo "…la firma no es legítima, no corresponde a mi puño y letra,

motivo por el cual manifiesto mi inconformidad de dicha afiliación…"

19 Ketzikel Constantino Cruz "… la firma que aparece en dicho documento no corresponde a mi

persona…"

20 Juana Garcia Palacios "… desconozco completamente la firma apócrifa que están

presentando en la cedula de afiliación…"

21 Mayte Mendez Alarcon "… desconozco desde este momento la firma que se me atribuye

en el formato de inscripción al partido PRD…"

22 Rosalba Galvan Perez "…la firma que proporciona dicha ficha no corresponde a mi firma de mi IFE, además incluye un apartado de huella dactilar el cual no viene verificado por la misma ya que aparece en blanco…"

23 Leoncio Fernando Gomez Sosa

"…se ve claramente la firma que yo ostentaba tener en el año de 2010, siendo la misma que se encuentra a la vista de mi

credencial para votar, misma que no coincide con la que el Partido de la Revolución Democrática tiene en su supuesta carta de

filiación..."

24 Gabriela Vazquez Lujan "…hago saber que la firma que aparece en la hoja de afiliación, no

es real, no fue realizada por mi persona…"

25 Ernesto Isidro Ramirez Mejia "… declaro invalida mi firma en el documento mencionado, a simple vista se puede observar que carece de similitud con la

firma autentica de un servidor…"

26 Veronica Dorantes Rivera "… la firma que aparece en dicha cédula de inscripción del Partido

de la Revolución Democrática no es mi firma…"

27 Ana Rosa Morales Diaz "…solicito a la Unidad Técnica de lo Contencioso verifique mi

firma ya que presenta total distorsión…"

28 Ivonne Jimenez Toral "…supuesta firma el cual es totalmente falso ya que no es ni

siquiera parecida…"

29 Margarita Reyes Mancera "…desconozco como mía la firma del documento que se identifica

como mi afiliación al partido…"

30 Mirna Hernandez Monge

"… presuntamente puede verse una firma de la suscribiente la cual en este momento desconozco totalmente, ya que yo nunca la plasme en ese documento pues no ha sido mi deceso pertenecer

a la militancia de ningún partido político…"

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No Ciudadana o Ciudadano Pronunciamiento

31 Graciela Hernandez Nogueda "… niego rotundamente haber firmado ningún documento, para

afiliarme, y desconozco mi firma estampada en la cedula de afiliación…"

32 Valeria Yamel Bustos Mancera

"… la que suscribe desconoce en todas y cada una de sus partes tal cédula, reiterando que nunca tuve a la vista ese tipo de

documento o cualquier otro mediante el que de manera voluntaria yo expresara mi dedeo de militar en ese partido político…"

33 Ines Gervacio Vazquez

"… manifestar inconformidad que el partido político del PRD, me afilió sin mi consentimiento falsificando mi firma, lo cual solicito

que se hagan las diligencias de ley que corresponden a nuestros derechos…"

34 Carlos de Jesus Pantaleon

Navarrete

"… Desconozco la firma que aparece en dicho documento, por lo tanto no es auténtica y considero que ese documento no tiene

validez por contener incongruencias…"

35 Michael Malzahn Castrejon "… la firma que se exhibe en ese documento lo desconozco ya que visiblemente se aprecian trazos que no corresponden a mi

firma que originalmente empleo para signar documentos..."

36 Orlando Cortez Renteria

"… me dirijo a usted para hacerle de su conocimiento que rechazo rotundamente que por iniciativa propia me haya afiliado al Partido de la Revolución Democrática… ya que mi firma no es idéntica ala

que yo realizo…"

37 Flor Maria Rojas Ramirez

"… no soy militante ni reconozco como mía la firma que aparece en la cedula de inscripción que me hicieron llegar, puesto que es claro que cuando me registraron lo hicieron sin mi consentimiento

y falsificaron mi firma…"

38 Jairo de los Santos Cedeña "… aparece una firma autorizando dicha afiliación, lo cual

desconozco en su totalidad, ya que, nunca tuve, a la vista ese documento, y por lo tanto, nunca lo firmé…"

39

Anayeli Galeana Valente

"… desconozco la firma que en dicha cedula de afiliación aparece estampara y por ende solicito que mi nombre sea borrado de

cualquier lista de empadronamiento de dicho partido…"

40 Angelica Pichardo Garcia "…la firma que aparece en la cédula no es la mía, ya que por

rasgos que realizo no corresponden y desconozco totalmente el formato…"

41 Maria Silvina Rangel Martinez “…Fui afiliada sin mi consentimiento, ya que una organización civil recabo mi documentación con motivo de apoyar con un proyecto

comercial en apoyo a la economía…”

42 Angelica Benitez Castellanos “…Nunca firme un documento de afiliación…”

43 Eiller Perez Bahena "…la firma y huella dactilar no corresponden a las mías…"

44 Jennyfer Victoria Ibarra Carmona "… lo cual es falso ya que la firma no es la mía y además no

cuenta huella dactilar…"

45 Olga Paniagua Mendoza "… manifiesto el desconocimiento de mi afiliación y la firma que no

pertenece a la mía…"

46 Roberto Toral Castillo "… la firma que aparece en dicho documento y se refiere a mi

persona es apócrifa la desconozco totalmente ya que nunca he tenido contacto alguno con dicha entidad política…"

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No Ciudadana o Ciudadano Pronunciamiento

47 Roberto Toral Toral "… la firma que aparece en dicho documento y se refiere a mi

persona es apócrifa la desconozco totalmente ya que nunca he tenido contacto alguno con dicha entidad política…"

48 Margarita Murguia Vidales "…desconozco rotundamente la firma y huella que aparecen en

dicha afiliación…"

49 Jose Patricio Soria Caballero "… Segundo: la firma que aparece en dicha copia de afiliación no

corresponde con la que yo ostento…"

50 Marissa Soria Chavez "… ya que se aprecia en dicha cedula una firma que clara mente (sic) no es mía por lo tanto es falsa y esto se puede corroborar en

mis documentos oficiales…"

51 Ruth Norele Soto Tavira "… por lo cual desconozco mi firma en la cedula de inscripción de

la comisión de afiliación…"

52 Eleazar Jimenez Rios "…no es mi firma ya que mi firma es totalmente diferente, esta fue

hecha de manera dolosa y carece de mi huella dactilar…"

53 Gloria Roman Millan "… manifiesto que no es mi firma ya que los rasgos no se parecen

en nada y la escritura no es mía…"

54 Yasmin Araujo Martinez "… solitio la anulación del registro del Partido de la Revolución Democrática (PRD), ya que nunca me registre ni es mi firma la

que aparece en su oficio…"

55 Seh-Lim Sulu Diaz "… no reconozco estar afiliado en el PRD… no es mi firma la que

obra en el documento y no tiene mi huella dactilar…"

56 Arturo Ordoñes Aldana "… no corresponde mi firma con la que aparece en el formato, por lo tanto yo en ningún momento realice autorización ni firme dicho

registro de afiliación al partido de PRD…"

57 Enrique Martinez Montes "… la firma de ducho documento no coincide en algunos detalles

con mi firma original y con respecto a la huella dactilar puedo responder que no tengo ninguna noción de ella…"

58 Domitila Solano Guzman "… por al cual desconozco mi firma en la Cedula de Inscripción de

la Comisión de Afiliación con Clave de Afiliación…"

59 Yuri Magali Reyes Aguilar "… la firma que se plasma en dicho documento no es la mía ni se

parece a la misma, no trae huella dactilar…"

60 Laura Antonia Ramirez Gonzalez "… que sinceramente desconozco, ya que no es mi firma…"

61 Victor Hugo Mijangos Caballero

"… manifiesto que la firma de la copia del documento de la cedula de inscripción al partido de la Revolución Democrática que recibí y

tengo a la vista no contiene los rasgos que me identifican en su totalidad por lo cual me es difícil asegurar o autentificar la fidelidad

de mencionada firma..."

62 Pedro Alan Garcia Jimenez "… además de desconocer la firma que de manera electrónica

aparece en el documento, la cual me atrevo a decir que es apócrifa debido a varios rasgos en cada uno de sus elementos…"

63 Yaneli Hernandez Sanchez

"… Niego categóricamente que la firma asignada en la cédula de inscripción que presenta el Partido de la Revolución Democrática de fecha 14 de septiembre del año 2016 sea mía, toda vez que no firme dicho documento aunado a que la firma no concuerda con la

firma a la que yo realizo normalmente..."

64 Noel Jimenez Garcia "… La firma de autorización de mi persona, que aparece en la

cedula de inscripción al Partido de la Revolución Democrática, no

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corresponde con la mía, para la cual, anexo copia de mi credencial de elector, para cotejo y verificación de la misma…"

65 Erika Liliana Diego Bautista

"… La firma de autorización de mi persona, que aparece en la cedula de inscripción al Partido de la Revolución Democrática, no

corresponde con la mía, para la cual, anexo copia de mi credencial de elector, para cotejo y verificación de la misma…"

66 Carmelo Jonathan Cruz Alcaraz "… es preciso mencionar que la firma que calza al documento

cédula de afiliación no corresponde a mi firma, y se nota a simple vista que sólo es un intento de hacerla parecer como mi firma…"

67 Jose Juan Ramirez Hernandez "… es preciso mencionar que la firma que calza al documento

cédula de afiliación no corresponde a mi firma, y se nota a simple vista que sólo es un intento de hacerla parecer como mi firma…"

68 Lidia Anabel Lopez Ramirez

"… es preciso mencionar que la firma que calza al documento de cédula de afiliación no corresponde a mi firma, además de que el

apartado correspondiente a la huella dactilar se encuentra en blanco…"

69 Rosa Isela Ortega Montero "… Le manifiesto a usted que desconozco la firma como propia, ratificando que nunca he militando ni me he afiliado al Partido

Político ya antes mencionado…"

70 Maribel Altamirano Azamar

"… le manifiesto a usted que dicha constancia de fecha 31 de mayo de 2012, en donde registra una firma que según me

corresponde, lo que es totalmente falso y ratificando que nunca he militado ni me he afiliado al Partido Político ya antes

mencionado…"

71 Alma Patricia Lopez Vicente

"… Le manifiesto a usted que dicha constancia de fecha 18 de agosto de 2013, en donde calza una firma que según me

corresponde, lo que es totalmente falso y ratificando que nunca he militado ni me he afiliado al Partido ya antes mencionado…"

72 Leticia Hernandez Martinez "… en la cual aparece mi nombre y dirección los cuales son

correctos así como una firma, la cual esta última no pertenece a mi firma autógrafa que utilizo desde hace más de 20 años…"

73 Elizabeth Sanchez Garcia "… ya que dicha firma no corresponde a la mía, ni nunca fue mi

intención afiliarme a un partido político…"

74 Juana Villagomez Panecatl

"… manifiesto a usted que en ningún momento firme ninguna cedula de afiliación para pertenecer a algún Partido Político. Cabe mencionar que la firma que trae el documento expuesto ante mi

persona no coincide con mi firma…"

75 Guadalupe Santos Celestino "…en ningún momento yo firme la cedula para mi afiliación al

Partido de la Revolución Democrática por lo mismo esa firma que está plasmada en la cedula no es mía…"

76 Maria de Jesus Palacios Meza "… desconozco totalmente al firma con la que me encuentro en la

cedula de inscripción de dicho partido…"

77 Emma Mendoza Angeles "…esa firma no es mía…"

78 Alfonso Diaz Aguilar

"… Que el documento que el Partido de la Revolución Democrática PRD presenta como cédula pertenece a quien

suscribe, ya que si bien es cierto el nombre Alfonso Díaz Aguilar es el mío y la clave de elector es la que se encuentra en mi

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credencial de elector, sin embargo la firma no es de mi puño y letra y el domicilio que refiere no coincide con el mío aunado a que

donde va la huella no es la mía

79 Nancy Rangel Martinez "… manifiesto bajo protesta de decir verdad que la plasmada en el

documento no es mi firma…"

80 Donaldo Garfias Hernandez "… no coincide con mi firma y desconozco a verme afiliado y

firmado el documento de afiliación…"

81 Urias Santiago Mena "…dicha firma no corresponde, fue falsificada por alguien más

ajeno…"

82 Freddy Ramirez Garcia "…la cual desconozco como mi firma autógrafa y por lo tanto

solicito se me de baja como afiliado a dicho partido…"

83 Margot Lopez Sanchez "…la firma contenida en la cedula de inscripción es falsa por lo

que pido al partido su falsificación haciendo uso de esta en contra de mi voluntad…"

84 Martha Iracema Saldaña Piña "…no reconozco la firma como autentica, todo lo contrario vulneraron mi derecho de libertar de afiliación y utilizaron

indebidamente mis datos personales…"

85 Virginia Ivet Hinojosa Zaavla

"… niego totalmente haberme acudido o participado a dicha afiliación y están utilizando mi firma puesto que ni siquiera es mi letra, aunque a simple vista es sencilla no es igual lo que sé es

que nunca me afilie ni firme dicha cedula de afiliación…"

86 Rene Ocomatl Ordaz "… Que desconozco totalmente la cédula de inscripción al Partido

de la Revolución Democrática, ya que la firma ahí descrita no corresponde de ninguna manera a la mía…"

87 Juan Carlos Hernandez Huerta "… no reconozco como mía la firma plasmada en ella, por lo que pido que se compara con la de ese documento o con la base de

datos del INE si es que se pudiera…"

88 Jasmin Hernandez Xocoyotl "… Desconozco la rúbrica plasmada en el formato de la cédula de

inscripción del Partido de la Revolución Democrática, nunca he dado mi consentimiento a dicha afiliación partidista…"

89 Maria Salome Ibañez Garcia

"… así mismo pido de la manera más atenta se tomen las medidas necesarias para sancionar al Partido de la Revolución

Democrática (PRD) por violar mis derechos humanos al utilizar mi nombre y mis datos personales en general y falsificar mi firma…"

Ahora bien, de las manifestaciones antes relatadas, se advierte la oposición por

parte de las ciudadanas y los ciudadanos denunciantes, en algunos casos respecto

de los datos que se encuentran contenidos en el formato de afiliación, así como de

la autenticidad de la firma respectiva, plasmada en los formatos de afiliación

presentados por el PRD, lo anterior al indicar en síntesis de forma general, que la

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firma plasmada en dicho documento se desconoce, anexando como prueba de ello,

en algunos casos, copia simple de diversos documentos expedidos a su favor.

Sin embargo, debe precisarse que tales argumentos se realizan de forma lisa y

llana, no establecieron las razones concretas que, en su caso, apoyaran sus

respectivas objeciones, ni tampoco aportaron los elementos idóneos para acreditar

sus manifestaciones, lo anterior, con la finalidad de invalidar la fuerza probatoria de

las pruebas aportadas por el denunciado, por lo que no se cumple con lo establecido

en el artículo 24, párrafos 2 y 3, del Reglamento de Quejas.

En efecto, no basta para esta autoridad la simple objeción formal, sino que es

necesario señalar las razones concretas en que se apoya la misma y aportar los

elementos idóneos para acreditarla. En ese sentido, si una de las partes se limita a

objetar de manera genérica los medios de convicción ofrecidos por la contraparte,

sin especificar las razones concretas para desvirtuar su valor, ni aporta elementos

para acreditar su dicho, su objeción no es susceptible de restar valor a las pruebas

objeto del cuestionamiento.

Por tanto, si las ciudadanas y ciudadanos denunciantes se limitan a referir

basicamente que la firma plasmada en dicho documento no corresponde a su

persona, desconociendo la autenticidad de la misma, debieron especificar las

razones concretas en que apoyaban su argumento, así como aportar los elementos

probatorios idóneos para tratar de acreditar su dicho; además, debieron especificar

los motivos precisos que consideraban al caso, lo anterior, con la finalidad de

desvirtuar el valor del documento aportado, sin embargo, esto no ocurrió, y en

consecuencia sus objeciones no son susceptibles de ser atendidas por esta

autoridad.

En efecto, no basta la simple objeción formal, sino que es necesario señalar las

razones en que apoyaban la misma y aportar los elementos idóneos para

acreditarlas, para lo cual, no solo debieron indicar el aspecto que no reconocían, o

el por qué no podía ser valorada positivamente por la autoridad, sino que debieron

aportar los medios de prueba que estimaran conducentes, tendentes a acreditar que

efectivamente las firmas contenidas en los formatos de afiliación exhibidos por el

PRD no era la de ellos, como podría ser la pericial en materia de grafoscopía o

cualquier otra que consideraran oportuna, pero no lo hicieron.

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200

Por tanto, en virtud de que sus respectivos alegatos se desarrollaron en torno a la

que no la firma ahí contenida no era la suya y que, incluso, el documento no era

veraz, la prueba idónea para refutar la misma y, en el caso, para acreditar su dicho,

lo era la pericial en materia de grafoscopía tal y como ha sido establecido en las

Tesis de Jurisprudencia I.3o.C. J/1144 de rubro DOCUMENTOS PRIVADOS

INSUFICIENTEMENTE OBJETADOS POR EL PROPIO FIRMANTE, VALOR

PROBATORIO DE LOS e III.1o.C. J/29,45 de rubro DOCUMENTOS PRIVADOS,

PRUEBA DE LA FALSEDAD DE LA FIRMA DE LOS (LEGISLACIÓN DEL

ESTADO DE JALISCO).

Consecuentemente, si dichos denunciantes se circunscribieron a oponerse de

manera genérica al medio de convicción ofrecido por el PRD, al referir que podría

tratarse de una manipulación de sus datos y/o firma, lo cual podría verificarse con

los diversos documentos que se presentaron el algunos casos, ya que dichas

rubricas no son fidedignas, lo cierto es que no especificaron las razones concretas

para llegar a tal conclusión, ni mucho menos aportaron elementos idóneos para

acreditar su dicho, es decir, únicamente adjuntaron la copia simple de diversos

documentos expedidos a su favor, por lo que sus objeciones no son aptas para

restar valor a las pruebas objeto del cuestionamiento.

Sirve de apoyo a lo anterior, la Tesis de Jurisprudencia 1a./J. 12/2012 (10a.) de

rubro y contenido siguientes:46

OBJECIÓN DE DOCUMENTOS PRIVADOS PROVENIENTES DE TERCEROS. LA

NECESIDAD DE EXPRESAR EL O LOS MOTIVOS EN QUE SE SUSTENTA,

DEPENDERÁ DE LA PRETENSIÓN DE QUIEN OBJETA (CÓDIGO FEDERAL DE

PROCEDIMIENTOS CIVILES). Tratándose de la objeción de documentos provenientes

de terceros, el artículo 203 del Código Federal de Procedimientos Civiles, no exige

44 Tesis I.3o. C J/11, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo VI, octubre de 1997, Página 615. 45 Jurisprudencia III.1o.C. J/29, Primer Tribunal Colegiado en materia Civil del Tercer Circuito, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XV, febrero de 2002, Página 680. 46 Consultable en la liga electrónica http://200.38.163.178/sjfsist/Paginas/DetalleGeneralV2.aspx?ID=2000608&Clase=DetalleTesisBL&Semanario=0

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determinada formalidad para formular la oposición respectiva; sin embargo, se

considera que, -atendiendo a la naturaleza de la prueba-, si lo que se pretende con la

sola objeción de un documento privado proveniente de un tercero, es que no se

produzca la presunción del reconocimiento tácito del documento por no haberlo

objetado, bastará con que exprese su objeción de manera genérica a fin de que el

juzgador tome en consideración este dato al momento de valorar la prueba, -ello con

independencia del valor probatorio que se le otorgue, derivado del hecho de que se

perfeccione o no la documental-. En cambio, si lo que se pretende con la objeción es

controvertir, -entre otras causas-, la autenticidad de la firma o del contenido del

documento, se estima que sí constituye un presupuesto necesario para tener por hecha

la objeción, que se expresen las razones conducentes, dado que la objeción no es una

cuestión de capricho, sino que se compone precisamente de los argumentos o motivos

por los que el interesado se opone al documento respectivo. Dichas razones permiten

que la parte oferente tenga la oportunidad de saber en qué sentido tiene que

perfeccionar su documento, más aún cuando proviene de un tercero, ya que de lo

contrario, el cumplimiento de esa carga procesal estará al arbitrio de quien simplemente

objeta un documento sin exponer ninguna razón. Además, tal información también

resulta importante para que el juzgador, teniendo esos elementos, le otorgue el valor y

alcance probatorio en su justa dimensión.

En tal virtud, si bien es cierto que las y los ciudadano denunciantes, objetaron el

documento base aportado por el denunciado; no ofrecieron y mucho menos

aportaron a la controversia elementos de convicción alguno que soportara su dicho,

de manera que debe concluirse que faltaron a la carga de la prueba, al abstenerse

de aportar pruebas idóneas que soportaran su dicho, de modo que la sola objeción

del documento bajo análisis, basada en la afirmación no demostrada de que podría

tratarse de una manipulación de sus datos y firma respectiva, es insuficiente para

derrotar la presunción de inocencia que surge de la documental en cuestión.

CONCLUSIÓN DEL APARTADO I, INCISO B)

A partir de los razonamientos establecidos en el apartado previo, esta autoridad

considera que no resultaron fragmentadas las pruebas exhibidas por el partido

denunciado, por las manifestaciones de las ciudadanas y ciudadanos denunciantes,

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ya que la carga probatoria derivada de sus afirmaciones no fue soportada en medio

de prueba alguno, aun cuando hayan proporcionado copia simple de sus

credenciales para votar o algun otro documento.

Bajo esta óptica, resulta claro que si los quejosos sostuvieron que podría tratarse

de una manipulación de sus datos y firma, asumieron una carga probatoria para

demostrar ese aserto, no sólo por la carga genérica que asumen las partes de

probar cualquier afirmación que realicen, sino porque la manipulación y/o

falsificación de un hecho jurídico, lato sensu (en el caso de los datos y las firmas

cuestionadas) resulta un evento extraordinario que debe justificarse por quienes lo

afirman, ya que implica un estado de cosas anormal que genera una duda razonable

sobre su realización, máxime, si se consideran las inferencias a las que arribó esta

autoridad electoral a partir de la cadena de indicios y del material probatorio que

obra en autos.

En consecuencia, si las ciudadanas y ciudadanos denunciantes no satisfacen esa

carga al no ofrecer medio de prueba idóneo, entonces resulta dable tener por ciertas

las firmas cuestionadas y, consecuentemente, como lícita la afiliación de que los

denunciantes se quejan. En conclusión, a partir de los razonamientos establecidos

en el apartado previo, esta autoridad considera que las afiliaciones de los 96

ciudadanos, antes referidos, al PRD, fueron apegadas derecho, ya que de lo

expuesto puede afirmarse que, la conducta realizada por el justiciable resulta atípica

en relación con los injustos descritos en la normatividad electoral que le fueron

imputados.

Ahora bien, con independencia de lo anterior, esta autoridad estima que con base

en el marco normativo señalado, las firmas en las cédulas de afiliación que

proporcionen los partidos políticos, son un elemento indispensable para

acreditar la voluntad de las y los ciudadanos para expresar su consentimiento

para ser afiliados, más allá si los recuadros de las cédulas de afiliación no son

llenados o son mal llenados, pues con la firma se ve reflejada la conformidad

con el documento en el que se estampa, salvo que exista alguna prueba en

contrario.

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De tal manera, debe concluirse que dichos denunciantes faltaron a la carga de la

prueba, absteniéndose de aportar pruebas idóneas que soportaran su dicho, de

modo que la sola objeción de los documentos bajo análisis, basada en la afirmación

no demostrada de que podría tratarse de una manipulación de sus datos personales

y/o de su firma, es insuficiente para derrotar la presunción de inocencia que surge

de los formatos de afiliación del PRD.

Lo anterior es así, porque como fue antes razonado, la actualización del tipo

administrativo en estudio tiene como elementos constitutivos: i) una incorporación

al partido político que se traduce en el acto de afiliación formal y, ii) la falta de

consentimiento libre del ciudadano para ser afiliado.

En este sentido, para colmar la hipótesis normativa contenida en el artículo 3,

párrafo 2 de la Ley de Partidos en relación con los diversos 25, párrafo 1, incisos a),

e) y u) del mismo ordenamiento legal y 443, párrafo 1, incisos a) y n) de la LGIPE,

cuya infracción se imputó al denunciado, resultaba necesario que concurrieran la

acreditación de los dos elementos referidos, lo que no sucedió en el particular.

Es decir, en el caso debió demostrarse fehacientemente no sólo la afiliación de las

ciudadanas y ciudadanos denunciantes al PRD, sino también la ausencia de

voluntad de los mismos para ser afiliados, en razón de que el núcleo del tipo

administrativo en estudio lo constituye la libertad de asociación, de ahí que, si en la

especie solamente se justificó la afiliación de las y los quejosos, sin evidenciar la

ausencia de voluntad del mismo en ese acto, entonces, es inconcuso que no se

colmó el tipo administrativo sujeto a escrutinio.

De igual manera, por las razones expuestas con antelación, tampoco se actualizó

la hipótesis descrita en el numeral 29 de la Ley de Partidos, ya que al concluirse

que los hoy quejosos se afiliaron libremente al partido justiciable, por mayoría de

razón debe afirmarse que el PRD no utilizó indebidamente la información y datos

personales de los impetrantes, porque estos, en su oportunidad, consintieron

afiliarse al partido político, para lo cual, conforme al marco normativo descrito en la

presente Resolución, era menester proporcionar al PRD esa información y

documentos.

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En suma, al no acreditarse uno de los extremos en que se finca el procedimiento

sancionador, específicamente la falta de voluntad de afiliarse al partido denunciado,

se concluye la inexistencia del tipo administrativo, por lo que no procede imponer al

PRD sanción alguna.

Ante lo razonado en líneas precedentes, se debe concluir que el bien jurídico

tutelado por las normas constitucionales y legales que protegen la libertad de las

ciudadanas y ciudadanos para afiliarse voluntariamente a un partido político, no fue

transgredido por el PRD y, consecuentemente, el presente procedimiento

sancionador respecto del presente sub apartado debe considerarse no se

demostró la infracción denunciada, es decir, no se acreditó la vulneración a la

libertad de afiliación de las y los ciudadanos quejosos.

No pasa inadvertido, que de la respuesta proporcionada mediante correo

electrónico con firma digital válida, enviado por el Director Ejecutivo de Prerrogativas

y Partidos Políticos del INE, identificado con el número de gestión DEPPP-2020-

1514, el doce de febrero del año en curso, se advierte que, por cuanto hace a 80

ciudadanas y ciudadanos materia del presente apartado, se informó que el PRD, en

un primer momento canceló el registro de dichas personas; sin embargo, de

conformidad con sus propios registros, en pasadas fechas, nuevamente el instituto

político denunciado capturó en el Sistema de Afiliación de Partidos Políticos el

registro como militantes de las y los 80 ciudadanas y ciudadanos de referencia, en

el año dos mil diecinueve.

Con base en lo anterior y tomando en cuenta que las 80 personas que se enlistan

a continuación, presentaron sus quejas en el año de 2018, por la indebida afiliación

de que fue objeto por parte del PRD, es obvio concluir que se trató sobre aquella

que el partido y la DEPPP informó, lo anterior de conformidad a lo siguiente:

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No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Fecha de cancelación

1 Arley Lopez Gomez 11/02/2011 03/04/2018

2 Laura Elena Sidas

Barron 01/02/2013 03/04/2018

3 Jose Roberto Alfaro

Lopez 01/05/2011 28/03/2018

4 Bertha Alicia

Gonzalez Hernandez 10/02/2017 23/01/2018

5 Fidel Javier Gomez 15/03/2014 17/01/2018

6 Blanca Herminia

Perez Avalos 31/05/2011 06/02/2018

7 Nancy Orozco Soto 13/06/2014 06/02/2018

8 Yazmin Vanessa

Sandoval Valencia 02/03/2014 19/01/2018

9 Norma Angelica Fajardo Arroyo

01/05/2011 10/01/2018

10 Veronica Reyes

Robledo 31/05/2011 23/01/2018

11 Rosa Delia Cruz

Martinez 24/05/2014 19/07/2018

12 Ericka Adriana Perez

Carbajal 15/08/2010 06/02/2018

13 Paula Margarita

Ramirez Escudero 01/05/2011 06/02/2018

14 Clara Salas Lopez 01/05/2011 19/01/2018

15 Evelyn Dayana Herrera Mares

28/12/2016 19/01/2018

16 Jose Moises Nava

Martinez 17/01/2017 06/02/2018

17 Blanca Graciela

Ronquillo Ramirez 01/05/2011 13/02/2018

18 Leopoldo Vergara

Peña 21/06/2014 16/01/2018

19 Viviana Hernandez

Benito 11/06/2014 17/01/2018

20 Claudia Valle

Rodriguez 25/06/2014 19/01/2018

21 Juan Missael Lucero

Perez 06/07/2014 17/01/2018

22 Itzel Abigail Gonzalez

Mendieta 16/12/2016 19/01/2018

23 Maria Araceli Torres

Ramirez 31/10/2010 03/04/2018

24 Ana Laura Galindo

Lopez 07/04/2014 12/02/2019

25 Argelia Vazquez

Garcia 04/07/2014 03/04/2018

26 Juan Jesus

Rodriguez Marañon 15/11/2016 16/01/2018

27 Jose Eduardo Cuellar

Florentino 09/12/2016 28/03/2018

28 Jaqueline Luna

Hernandez 10/09/2010 10/05/2018

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Fecha de cancelación

29 Mirta Alejandra Huerta Rojas

28/06/2014 10/05/2018

30 Sandra Hernandez

Chaparro 31/05/2011 10/05/2018

31 Kiara Vanessa

Escobar Zepeda 29/07/2016 10/05/2018

32 Gigliola Cruz Hernandez

01/05/2011 10/05/2018

33 Veronica Ruiz Garcia 27/06/2016 19/01/2018

34 Monica Belem Salgado Simon

01/05/2011 03/04/2018

35 Citlali Nicolas

Martinez 23/11/2013 06/04/2018

36 Raquel Villalobos

Ruiz 25/05/2014 19/01/2018

37 Maria Lucia Ramirez

Ramirez 31/05/2012 12/02/2019

38 Miriam Jazmin Cruz

Hernandez 08/02/2017 29/03/2018

39 Brenda Stephanie

Salgado Garcia 16/06/2014 03/04/2018

40 Omar Sanchez Avila 06/09/2016 03/04/2018

41 Bertha Alarcon

Benitez 05/12/2013 12/02/2019

42 Argel Urbina Armenta 10/09/2013 03/04/2018

43 Maria Teresa

Rendon Romualdo 01/03/2011 13/01/2018

44 Cinthya Liliana Rios

Barrera 04/12/2013 13/01/2018

45 Patricia Guadalupe

Adame Guzman 02/03/2017 29/03/2018

46 Arturo Leyva

Magadan 25/01/2017 03/04/2018

47 Daniel Perez Castro 14/01/2014 06/04/2018

48 Marbella Bejar Nuñez 02/12/2013 29/03/2018

49 Alma Delia Peñaloza

Vargas 17/07/2013 06/04/2018

50 Alondra Kristal

Hernandez Resendiz 31/05/2011 10/05/2018

51 Olga Lidia Gonzalez

Martinez 20/05/2011 12/02/2019

52 Azucena Gonzalez

Martinez 20/05/2011 10/05/2018

53 Baltazar Lorenzo

Valente 01/04/2013 03/04/2018

54 Jorge Gilberto

Hernandez Pantaleon

11/04/2014 10/05/2018

55 Yair de Jesus Ceron

Urioso 01/12/2016 29/03/2018

56 Diana Laura Ramirez

Millan 02/07/2014 02/04/2018

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No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Fecha de cancelación

57 Alejandro Garcia

Remigio 03/10/2010 10/05/2018

58 Emiliano Garcia

Vazquez 04/10/2010 13/12/2018

59 Yesenia Cruz

Quintero 06/11/2013 29/03/2018

60 Leobardo Mercenario

Marin 23/06/2014 04/04/2018

61 Elizabeth Santiago

Rojas 05/02/2017 03/04/2018

62 Jhonatan Rene

Ramirez Ovando 05/12/2013 02/04/2018

63 Edgar Elias

Salmeron Melo 19/01/2017 10/07/2018

64 Francisco Moises Estrada Estrada

09/02/2011 10/07/2018

65 Nadia Ortiz Cuiriz 17/05/2014 06/04/2018

66 Ana Beatriz Medina

Tellez 27/06/2016 03/04/2018

67 Norma Gallegos de

la Paz 03/03/2017 10/05/2018

68 Juan Velazquez

Tellez 28/03/2016 03/04/2018

69 Wilfrido Armin

Gutierrez Garcia 11/01/2017 20/12/2018

70 Maria Alejandra

Cuiniche Gutierrez 10/11/2010 10/05/2018

71 Diani Lopez Diaz 08/02/2017 10/05/2018

72 Ignacio Martin

Galvez Roblero 07/09/2016 20/12/2018

73 Sofia Garcia Bautista 29/07/2013 10/07/2018

74 Leobardo Montalvo

Hernandez 05/10/2016 04/04/2018

75 Yonathan Rios

Uriarte 03/01/2017 10/07/2018

76 Clara Isabel Saldaña

Garcia 17/03/2014 03/04/2018

77 Maria de la Luz Parra

Ruiz 25/08/2010 06/04/2018

78 Nicolasa Lopez

Maldonado 06/03/2017 03/04/2018

79 Margarita Reyes

Mancera 24/01/2017 02/04/2018

80 Maria del Socorro

Horcasitas Delgado 28/06/2014 19/01/2018

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207

En este sentido, es evidente que los nuevos registros a que se refiere el párrafo que

antecede, no guarda relación directa con la Litis inicialmente entablada, ya que, se

insiste, esta corresponde a la afiliación distinta, tal y como se señala en el cuadro

que antecede.

Luego entonces, resulta inconcuso que, para el caso de las 80 personas de

referencia, estuviesen inconformes con el nuevo registro detectado, podrá acudir

nuevamente ante la UTCE a fin de controvertir su alta en el padrón del PRD como

militante, lo cual será materia de un nuevo procedimiento ordinario sancionador; lo

anterior, considerando que la presente Resolución le será notificada de manera

personal a los sujetos referidos, quienes podrán imponerse de su contenido.

APARTADO II. 375 CIUDADANAS Y CIUDADANOS DE QUIENES EL PRD

CONCULCÓ SU DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN –EN SU VERTIENTE

POSITIVA-

Personas de quienes el PRD, si bien aportó la correspondiente cédula de

afiliación, lo cierto es que la misma carece de firma autógrafa.

Con la finalidad de acreditar que medió la voluntad de las y los quejosos para

quererse afiliar a las filas de militantes del PRD, dicho denunciado original de las

respectivas cédulas de afiliación, de las cuales se desprende el nombre de cada

una de las partes quejosas, su clave de elector, la fecha de expedición de dicho

comprobante, datos personales y en algunos casos, lo que parecen ser huellas

dactilares de las y los afiliados; lo anterior, a fin de acreditar ante esta autoridad que

el registro de estas personas aconteció de forma libre, individual, voluntaria,

personal y pacífica y que además para llevar a cabo ese trámite se cumplió con los

requisitos establecidos para tal efecto en su normatividad interna, sin embargo,

dichos comprobantes carecen de la firma autógrafa de las y los ciudadanos

que se insertan a continuación:

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No Nombre Entidad Afilación

1 Jazmin Elizabeth Cendejas Tafoya

Baja California

25/03/2014

2 Joana Guadalupe

Perez Arcos Chiapas 08/05/2014

3 Adiel Montejo

Vazquez Chiapas 22/11/2016

4 Isaac Shamir Couoh

Interian Chiapas 06/05/2014

5 Everardo de Jesus

Molina Palacios Chiapas 01/05/2011

6 Luis Eduardo Eboli

Morales Chiapas 20/02/2017

7 Tania Grisell Molina

Perez Chiapas 20/02/2017

8 Maria de Lourdes

Martinez Diaz Chiapas 06/07/2014

9 Epitasio Espinoza

Diaz Chiapas 31/01/2017

10 Anael Guadalupe Candelaria Arce

Chiapas 15/02/2017

11 Jose Cesar

Magdaleno Gonzalez Chiapas 14/02/2017

12 Cinthia Paola

Cancino de la Cruz Chiapas 12/03/2017

13 Zoila Rosalia Cancino

Rabanales Chiapas 25/10/2016

14 Rina Patricia

Dominguez Granados Chiapas 16/03/2017

15 Narda Evelin Cruz

Morga Chiapas 02/03/2017

16 Arnaldo de Jesus Mendez Espinosa

Chiapas 10/08/2010

17 Eunice Cruz Ojeda Chihuahua 10/04/2013

18 Velvet Artemisa Estrella Madrigal

Chihuahua 28/06/2014

19 Diana Iveth Bustillos

Jaquez Chihuahua 25/05/2014

20 Edgar Ubaldo

Escamilla Ramirez Ciudad de

Mexico 21/02/2017

21 Luis Rodrigo

Rodriguez Bernal Ciudad de

Mexico 21/06/2014

22 Edith Lopez Martinez Ciudad de

Mexico 16/04/2014

23 Francisco Ivan

Granados Sandoval Ciudad de

Mexico 23/03/2017

24 Ana Karen Camacho

Roa Ciudad de

Mexico 03/10/2010

25 Veronica Nava

Pineda Ciudad de

Mexico 09/04/2011

26 Federico Duran

Garcia Ciudad de

Mexico 06/03/2017

27 Ana Laura Medina

Morales Ciudad de

Mexico 21/01/2014

28 Francisco Javier

Robledo Pichardo Ciudad de

Mexico 01/11/2013

29 Alejandra Dupotex

Hernandez Ciudad de

Mexico 31/05/2011

No Nombre Entidad Afilación

30 Diego Dorantes Diaz Ciudad de

Mexico 10/10/2010

31 Silvia Alejandra Alejos Vargas

Ciudad de Mexico

16/01/2014

32 Maria Catalina Delgado Rayas

Ciudad de Mexico

19/06/2014

33 Laura Rico Tovar Ciudad de

Mexico 12/01/2017

34 Mario Ramon

Dominguez Piñaza Ciudad de

Mexico 25/03/2017

35 Brandon Mauricio

Escobar Nava Ciudad de

Mexico 27/05/2014

36 Ricardo Tonatiuh Enciso Saavedra

Ciudad de Mexico

08/03/2014

37 Patricia Edith

Bazaldua Martinez Ciudad de

Mexico 22/06/2014

38 Gabriela Mandujano

Franco Ciudad de

Mexico 15/05/2013

39 Luis Alberto

Cardenas Morales Ciudad de

Mexico 28/11/2016

40 Luis Mauricio Moreno

Cabello Ciudad de

Mexico 25/02/2017

41 Patricia Magallanes

Castillo Ciudad de

Mexico 01/05/2011

42 Valery Paola Martinez

Ambriz Ciudad de

Mexico 04/02/2014

43 Liliana Marisol Brito

Adrian Ciudad de

Mexico 14/02/2017

44 Karla Samantha Carrillo Rivera

Ciudad de Mexico

26/10/2010

45 Armando Daniel Meneses Garcia

Ciudad de Mexico

24/01/2017

46 Eufemia Ortiz Cruz Ciudad de

Mexico 01/05/2011

47 Melanie Sharon Delint Gamez

Ciudad de Mexico

11/03/2017

48 Ana Elvia Lopez

Guerra Ciudad de

Mexico 29/09/2010

49 Linda Patricia Monroy

Huitron Ciudad de

Mexico 31/05/2011

50 Nayelli Castellanos

Gomez Ciudad de

Mexico 29/06/2010

51 Raul Alberto Lara

Galvan Ciudad de

Mexico 17/02/2017

52 Alejandra Gabriela

Moreno Alavez Ciudad de

Mexico 03/03/2017

53 Leticia Mendoza

Moreno Ciudad de

Mexico 16/03/2017

54 Luis Rey Martinez

Rodriguez Ciudad de

Mexico 29/11/2016

55 Luis Rafael

Rubalcava Rebolledo Ciudad de

Mexico 16/05/2014

56 Rocio Primero

Estrada Ciudad de

Mexico 13/03/2011

57 Erika Anaid Pavon

Martinez Ciudad de

Mexico 12/02/2017

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

209

No Nombre Entidad Afilación

58 Erika Viridiana Luna

Guillen Ciudad de

Mexico 03/07/2014

59 Elisa Carreon

Martinez Ciudad de

Mexico 03/07/2014

60 Beatriz Medina

Manzo Ciudad de

Mexico 03/09/2010

61 Aldo Ordoñez

Cardenas Ciudad de

Mexico 28/09/2016

62 Karla Jacqueline

Meza Flores Ciudad de

Mexico 29/11/2013

63 Jorge Moedano

Muñoz Ciudad de

Mexico 05/01/2017

64 Alondra Guadalupe

Agustin Mares Ciudad de

Mexico 10/01/2017

65 Jose Adrian

Espindola Hernandez Ciudad de

Mexico 11/03/2014

66 Arturo Israel Cordova

Reyes Ciudad de

Mexico 29/01/2017

67 Claudio Molina

Molina Ciudad de

Mexico 01/05/2011

68 Erick Alexis Alvarez

Hernandez Ciudad de

Mexico 06/07/2014

69 Mario Medellin Lara Ciudad de

Mexico 23/01/2017

70 Cecilia Lorena Cossio

Rodriguez Ciudad de

Mexico 20/01/2017

71 Maria Ana Rodriguez

Castañeda Ciudad de

Mexico 18/11/2010

72 Tania del Carmen

Cruz Morales Ciudad de

Mexico 15/07/2010

73 Clara Yolanda

Stephany Campos Garcia

Ciudad de Mexico

16/05/2014

74 Teresa Guadalupe

Carreon Arriaga Ciudad de

Mexico 04/12/2010

75 Maria Elena Carrillo

Diaz Ciudad de

Mexico 07/03/2014

76 Narciso Fernando Betancourt Ruiz

Ciudad de Mexico

18/09/2013

77 Hilda Escobar Picasio Ciudad de

Mexico 02/07/2014

78 Antonio Ricardo

Rodriguez Gallegos Ciudad de

Mexico 21/03/2014

79 Brizo Adriana Cano

Esquivel Ciudad de

Mexico 04/11/2013

80 Diana Arlette Alvarez

Castillo Ciudad de

Mexico 29/10/2013

81 Rosalinda Enriquez

Chavero Ciudad de

Mexico 01/05/2011

82 Marisela Montalvo

Perez Ciudad de

Mexico 01/07/2014

83 Ayana Elizabeth

Mendez de la Luz Ciudad de

Mexico 01/09/2010

84 Maria Guadalupe Bustos Gonzalez

Ciudad de Mexico

26/06/2014

85 Rosaura Casas

Garcia Ciudad de

Mexico 23/06/2014

No Nombre Entidad Afilación

86 Fidel Rodriguez

Garcia Ciudad de

Mexico 13/06/2014

87 Carlos Raul Eufracio

Cruz Ciudad de

Mexico 24/05/2014

88 Luis Fernando Lopez

Valdez Ciudad de

Mexico 12/08/2010

89 Maria Cenobia

Martinez Cabello Ciudad de

Mexico 06/03/2017

90 Brenda Montserrat

Diaz Hitzil Ciudad de

Mexico 06/10/2010

91 Diana Dennis Duran

Romero Ciudad de

Mexico 26/01/2017

92 Esperanza Capilla

Rivera Ciudad de

Mexico 06/07/2014

93 Alejandra Capilla

Rivera Ciudad de

Mexico 08/06/2014

94 Victor Manuel Cuevas

Sandoval Ciudad de

Mexico 01/05/2011

95 Laura Manuela Lara

Perez Ciudad de

Mexico 05/11/2013

96 Marco Antonio

Carrera Monjaraz Ciudad de

Mexico 16/04/2013

97 Yoloxochitl Chavarria

Vazquez Ciudad de

Mexico 25/02/2017

98 Laura Elizabeth Chirino Ramirez

Ciudad de Mexico

15/06/2014

99 Natalia Emily Peralta

Contreras Ciudad de

Mexico 24/02/2017

100 Olivia Carmona

Navarrete Ciudad de

Mexico 17/05/2014

101 Melissa Lizbeth Aguila Juarez

Ciudad de Mexico

01/05/2011

102 Jose Antonio Garcia

Sanchez Ciudad de

Mexico 16/11/2013

103 Tairi Mariana

Mendoza de la Cruz Ciudad de

Mexico 23/04/2014

104 Alejandra Berenice Monroy Sanchez

Ciudad de Mexico

01/05/2011

105 Pablo Rico Carbajal Ciudad de

Mexico 12/05/2014

106 Raziel Agustin Pineda

Canal Ciudad de

Mexico 05/03/2017

107 Ana Maria Guadalupe

Mercado Blanco Ciudad de

Mexico 27/07/2010

108 Manuel Molotla

Medina Ciudad de

Mexico 29/06/2014

109 Silvia Leticia Narciso

Carpio Ciudad de

Mexico 01/05/2014

110 Juana Hortensia Lemus Galindo

Ciudad de Mexico

08/02/2017

111 Rosario Coni Delgado

Hernandez Ciudad de

Mexico 01/06/2014

112 Adriana Rubio

Retana Ciudad de

Mexico 07/02/2017

113 Hortencia Lira

Martinez Ciudad de

Mexico 06/03/2017

Page 210: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

210

No Nombre Entidad Afilación

114 Manuel Espinoza

Mendoza Ciudad de

Mexico 02/07/2014

115 Maria Ortega Cruz Ciudad de

Mexico 01/05/2011

116 Sofia Isabel Puc

Barbosa Ciudad de

Mexico 01/05/2011

117 Raquel Martinez

Ramirez Ciudad de

Mexico 22/06/2014

118 Antonio Perez Rojo Ciudad de

Mexico 24/01/2017

119 Daria Morales

Gonzalez Ciudad de

Mexico 26/06/2014

120 Ana Luz Paniagua

Ramirez Ciudad de

Mexico 06/03/2017

121 Dafne Viridiana

Escalante Tobilla Ciudad de

Mexico 02/02/2017

122 Alan de la Cruz

Reyes Ciudad de

Mexico 19/07/2013

123 Almita del Carmen

Lucero Espinosa de los Monteros Herrera

Ciudad de Mexico

16/05/2014

124 Miguel Angel

Martinez Avalos Coahuila 11/02/2013

125 Leticia Holguin

Barraza Durango 22/01/2017

126 Erik Rogelio

Rodriguez Hernandez Durango 23/02/2017

127 Oscar Jesus Flores

Rodriguez Edo. Mex. 26/07/2016

128 Mariano Diaz

Resendiz Edo. Mex. 14/03/2017

129 Virginia Crisantos

Garcia Edo. Mex. 31/01/2014

130 Lorena Irais Garcia

Saucedo Edo. Mex. 22/08/2010

131 Carlos Alberto

Estrada Hernandez Edo. Mex. 18/07/2016

132 Iliana Jurado Hernandez

Edo. Mex. 12/05/2013

133 Uriel Castillo Jimenez Edo. Mex. 13/01/2017

134 Luisa Teresa

Castelan Valdez Edo. Mex. 15/05/2013

135 Maria Isabel Martinez

Bravo Edo. Mex. 23/05/2016

136 Sandra Luna Garcia Edo. Mex. 22/11/2016

137 Francisco Jesus

Comparan Zaragoza Edo. Mex. 01/09/2010

138 Maria de Lourdes de

la Cruz Martinez Edo. Mex. 18/06/2014

139 Elia Yesenia Leon

Leon Edo. Mex. 30/04/2016

140 Jose Arturo Castillo

Alcaraz Edo. Mex. 22/07/2016

141 Ruth Garcia Rosas Edo. Mex. 22/08/2016

142 Alma Brenda

Esquivel Castillo Edo. Mex. 04/06/2014

No Nombre Entidad Afilación

143 Francisco Cabral

Garnica Edo. Mex. 29/05/2011

144 Karina Martinez

Beltran Edo. Mex. 31/05/2011

145 Emma Victoria Martinez Trejo

Edo. Mex. 20/07/2016

146 Jorge Chavez Escoto Edo. Mex. 17/05/2013

147 Sonia Judith Lopez

Santillan Edo. Mex. 05/02/2017

148 Veronica Martinez

Gaytan Edo. Mex. 16/07/2016

149 Sergio Carbajal Ayala Edo. Mex. 09/03/2014

150 Diana Estrella Macias

Rosas Edo. Mex. 08/05/2013

151 Octavio Isaac

Caballero Ramirez Edo. Mex. 04/08/2010

152 Alma Delia Medina

Rodriguez Edo. Mex. 05/03/2014

153 Sandra Rosalia Cruz

Badillo Edo. Mex. 26/08/2010

154 Jorge Juan Campos

Godinez Edo. Mex. 08/05/2014

155 Virginia Leija Hernandez

Edo. Mex. 15/03/2013

156 Leticia Garcia

Santiago Edo. Mex. 26/04/2014

157 Blanca Estela

Rodriguez Delgado Edo. Mex. 11/11/2013

158 Jaqueline Moctezuma

Padilla Edo. Mex. 01/05/2011

159 Moises Tamayo Edo. Mex. 25/09/2010

160 Diana Angelica Quiroz Osorio

Edo. Mex. 15/05/2014

161 Zoila Leticia

Escalante Rico Edo. Mex. 27/06/2016

162 Ana Lilia Peña Leyva Edo. Mex. 10/01/2017

163 Sonia Chavez

Gonzalez Edo. Mex. 26/06/2014

164 Josue Isai Vazquez

Cruz Edo. Mex. 27/06/2014

165 Maria de Lucero Ortiz

Mendoza Edo. Mex. 04/02/2017

166 Jovita Raquel Colin

de la Cruz Edo. Mex. 31/05/2011

167 Claudia Gabriela Colin de la Cruz

Edo. Mex. 31/05/2011

168 Alejandra Escalona

Chavez Edo. Mex. 01/03/2014

169 Noemi Cordova

Huizar Edo. Mex. 11/05/2013

170 Blanca Rubi Guzman

Vargas Edo. Mex. 18/06/2010

171 Edgar Leyva Gomez Edo. Mex. 07/10/2010

172 Octavio Hernandez

Godinez Edo. Mex. 07/03/2017

173 Fernando Carmona

Cervantes Edo. Mex. 01/05/2011

Page 211: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

211

No Nombre Entidad Afilación

174 Miguel Angel Duarte

Gutierrez Edo. Mex. 24/11/2016

175 Juan Carlos Cisneros

Trejo Edo. Mex. 15/08/2016

176 Sara Hernandez

Lopez Edo. Mex. 31/05/2012

177 Maria Dolores

Rodriguez Gonzalez Guanajuato 26/02/2017

178 Maria Margarita Castro Mireles

Guanajuato 11/08/2010

179 Joana Julieta

Mendoza Martinez Guanajuato 11/05/2011

180 Saul Alberto Dozal

Serrano Guerrero 29/11/2013

181 Martha Alicia Dimas

Duque Guerrero 02/08/2013

182 Juan Carlos Castro

Galindo Guerrero 24/02/2017

183 Traccy Samantha Quintana Becerra

Guerrero 07/09/2016

184 Juana Patricia

Montes Basurto Guerrero 09/12/2016

185 Guillermo Ceballos

Herrera Guerrero 12/05/2014

186 Rey David Lagunas

Rodriguez Guerrero 01/05/2011

187 Jose Miguel Martinez

Salas Guerrero 11/06/2013

188 Joaquin Espinal Rios Guerrero 31/05/2011

189 Humberta Catarino

Cabaña Guerrero 18/07/2013

190 Jose Antonio

Cisneros Perez Guerrero 31/05/2011

191 Hugo Alberto

Castañeda Cabañas Guerrero 24/04/2014

192 Jaime Mayo Guadarrama

Guerrero 18/02/2014

193 Elizabeth Correa

Gonzalez Guerrero 01/05/2011

194 Victor Isac Dionicio

Urbano Guerrero 17/02/2017

195 Noe de Jesus Morales Vega

Guerrero 12/11/2016

196 Rosa Montes

Ceballos Guerrero 06/06/2014

197 Maribel Manzo

Beltran Guerrero 22/06/2013

198 Eduardo Molina

Ramos Guerrero 17/11/2016

199 Edson Robles

Montejo Guerrero 04/02/2014

200 Liliana Priscila Calixto

Espinoza Guerrero 01/05/2011

201 Anabel Diaz Navarrete

Guerrero 22/09/2016

202 Magdiel Lopez

Zambrano Guerrero 12/03/2017

No Nombre Entidad Afilación

203 Efrain Lara Aguero Guerrero 01/05/2011

204 Judith Abigail Dircio

Rodas Guerrero 19/07/2013

205 Nemesio Casarrubias

Morales Guerrero 01/05/2011

206 Martin Garcia

Sanchez Guerrero 11/07/2013

207 Juan Jose Aguilar

Blanco Guerrero 13/11/2016

208 Alberto Ceron Urioso Guerrero 31/05/2011

209 Uriel Cesareo Sierra Guerrero 05/08/2013

210 Oliver Mendoza

Orozco Guerrero 31/05/2011

211 Edith Jimenez

Galindo Guerrero 26/04/2011

212 Silviades Rodriguez

Cortes Guerrero 16/11/2016

213 David Ricardo Cruz

Navarrete Guerrero 06/11/2013

214 Aura de la Luz Cervantes Rico

Guerrero 13/12/2016

215 Sandra Curiel Santos Guerrero 02/02/2017

216 Ana Maria de Jesus Marcial Evangelista

Guerrero 13/05/2011

217 Lucia Yenex Martinez

Gonzalez Guerrero 01/02/2017

218 Concepcion

Espindola Alvarado Guerrero 07/09/2013

219 Asuncion Moreno

Flores Guerrero 01/05/2011

220 Yuridia Maldonado

Mayo Guerrero 01/05/2011

221 Laura del Rocio

Magallon Camarillo Guerrero 23/08/2016

222 Citlalli Abigail Acosta

Lozano Hidalgo 27/02/2017

223 Karla Margarita

Ceron Salas Hidalgo 01/05/2011

224 Alba Celia Monter

Hernandez Hidalgo 12/12/2016

225 Jose Guadalupe

Beas Abundis Jalisco 19/06/2010

226 Erika Lucina Flores

Flores Jalisco 07/10/2010

227 Eduardo Mendoza

Franco Michoacan 28/09/2010

228 Elizabeth Pizano

Rivera Michoacan 18/07/2016

229 Alma Azucena

Mendoza Fierros Michoacan 07/03/2016

230 Evangelina Calixto

Leon Michoacan 03/06/2014

231 Maritza Edith Duarte

Estrella Michoacan 24/06/2010

232 Maria Elisabet Correa

Maldonado Michoacan 18/11/2010

Page 212: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

212

No Nombre Entidad Afilación

233 Trinidad Esteban

Esteban Michoacan 07/02/2017

234 Victor Hugo Chavez

Quesada Michoacan 07/02/2017

235 Yesenia Luz Mejia Michoacan 25/05/2016

236 Jose Manuel Chavez

Vieyra Michoacan 15/03/2017

237 Cyndia Joana Cornejo Lopez

Michoacan 07/02/2017

238 Maria del Rocio

Cardenas Alcantar Michoacan 05/11/2010

239 Noemi Diaz Perez Michoacan 25/01/2017

240 Martha Rosa

Covarrubias Ponce Michoacan 17/04/2016

241 Lazaro Vazquez

Damian Michoacan 22/08/2010

242 Jorge Alfredo

Camacho Morales Morelos 25/02/2017

243 Marlen Mejia Luna Morelos 17/12/2016

244 Luis Alberto Barrios

Marin Morelos 31/05/2011

245 Maria Isabel Lira

Amaya Morelos 31/05/2011

246 Wendy Chavarria

Maldonado Morelos 20/08/2010

247 Fredy Esquivel

Camacho Morelos 28/06/2013

248 Araceli Adriana Castro Montero

Morelos 28/06/2013

249 Araceli Lopez

Rodriguez Morelos 16/12/2016

250 Dulce Maritza

Rosales Salinas Morelos 26/01/2017

251 Mauricio Rebolledo

Garcia Morelos 05/05/2013

252 Yadira Castro

Romero Morelos 10/06/2010

253 Araceli Medina

Sandoval Morelos 16/02/2017

254 Ismael Akzayakatl Molina Vazquez

Morelos 28/02/2017

255 Felicitas Ramirez

Marron Morelos 19/07/2013

256 Guadalupe Medrano

Ontiveros Morelos 10/03/2017

257 Ernestina Muñoz

Fernandez Morelos 22/08/2013

258 Brenda Graciano

Rosales Morelos 02/12/2016

259 Ivan Santiago Mendez Perez

Morelos 25/03/2011

260 David Josue Briones

Torres Morelos 23/02/2017

261 Juan Carlos Galvan

Abundez Morelos 29/12/2016

262 Laura Janet

Coapango Salgado Morelos 20/01/2011

No Nombre Entidad Afilación

263 Juan Gabriel Bernal

Tiscareño Morelos 30/07/2013

264 Georgina Castillo

Herrera Morelos 07/07/2013

265 Rebeca de Jesus

Vargas Nayarit 04/04/2013

266 Yadira Elizabeth Raygoza Gomez

Nayarit 07/07/2013

267 Oscar Alberto

Camacho Campos Nuevo Leon

14/05/2014

268 Miguel Angel Castillo

Bailon Nuevo Leon

10/02/2014

269 Claudia Guadalupe

Escareño Perez Nuevo Leon

26/10/2013

270 Rocio Deisy

Caballero Peña Nuevo Leon

01/05/2011

271 Dante Ivan Moreno

Lopez Nuevo Leon

10/05/2014

272 Norma Nelly Portales

Garcia Nuevo Leon

01/05/2011

273 Martha Leticia Mena

Garza Nuevo Leon

12/01/2014

274 Isabel Dominguez

Hernandez Nuevo Leon

31/05/2011

275 Jose Cruz Valentin Oaxaca 07/03/2017

276 Gumaro Montes

Chino Oaxaca 25/05/2014

277 Francisco Pablo Munguia Gaytan

Oaxaca 19/12/2016

278 Carmela Bernardino

Martinez Oaxaca 27/10/2016

279 Modesto Merino

Sanchez Oaxaca 13/08/2016

280 Jorge Humberto

Hernandez Hernandez

Oaxaca 13/09/2013

281 Roselia Cruz Aquino Oaxaca 11/03/2011

282 Jorge David Ramirez

Miguel Oaxaca 29/04/2014

283 Maricela Alvarez

Martinez Oaxaca 28/02/2017

284 Anahi Dionisio

Mendoza Oaxaca 01/05/2011

285 Gladys Lopez

Sanchez Oaxaca 19/11/2016

286 Elvia Aguilar Garcia Oaxaca 09/04/2013

287 Maria Luisa Cruz

Miguel Oaxaca 22/02/2017

288 Juliana Miguel

Gomez Oaxaca 17/02/2017

289 Yessenia Vasquez

Santos Oaxaca 30/04/2014

290 Elias Morales

Baltazar Oaxaca 27/10/2016

291 Saul Martinez

Faustino Puebla 17/01/2017

Page 213: Lista de unidades administrativas - INE/CG46/2020...DERECHO DE LIBRE AFILIACIÓN DE LAS Y LOS CIUDADANOS DENUNCIANTES QUE ASPIRABAN AL CARGO DE SUPERVISOR ELECTORAL Y/O CAPACITADOR

CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

213

No Nombre Entidad Afilación

292 Jose Juan Dionicio

Simon Puebla 26/12/2016

293 Virginia Marquez

Santos Puebla 14/11/2010

294 Alejandra Bermudez

Sauce Puebla 25/08/2010

295 Maribel Lira de Benito Puebla 01/05/2011

296 Lorena Montes

Gonzalez Puebla 01/03/2013

297 Susana Ortiz Colin Queretaro 22/02/2017

298 Nancy Eridany

Dorantes Arreola Quintana

Roo 01/05/2014

299 Hermila Mendez

Delgado San Luis

Potosi 24/01/2017

300 Ma. Dolores Loredo

Tapia San Luis

Potosi 14/03/2017

301 Gabriela de Dios

Puebla San Luis

Potosi 22/02/2017

302 Marisol Colunga

Segura San Luis

Potosi 24/01/2017

303 Francisco Javier Adame Ramirez

San Luis Potosi

16/11/2013

304 Olga Patricia

Rodriguez Esparza San Luis

Potosi 22/12/2013

305 J Guadalupe

Gonzalez Guerrero San Luis

Potosi 10/03/2017

306 David Alfonso Acosta

Puente San Luis

Potosi 20/03/2011

307 Miguel Ebodio

Moreno Campos Sinaloa 23/06/2010

308 Hubber Jair Aceviz

Valenzuela Sinaloa 13/08/2013

309 Karla Berenice Acero

Felix Sinaloa 21/06/2014

310 Joel Carrasco Perez Sinaloa 28/05/2011

311 Daniel Ramirez

Ordaz Sinaloa 29/03/2011

312 Antonia del Carmen

Cota Luna Sinaloa 15/12/2013

313 Briceida Elena Acuña

Lopez Sinaloa 20/11/2010

314 Silvia Estela Medina

Beltran Sinaloa 16/06/2014

315 Jesus Antonio Esteban Lopez

Tabasco 13/03/2017

316 Pablo Canul Lopez Tabasco 15/03/2017

317 Leidi Mary Hernandez

Morales Tabasco 28/07/2013

318 Alejandro Ramon

Ramirez Tabasco 12/02/2017

319 Maria Loredana Diaz

Castellanos Tabasco 03/12/2016

320 Ofelia Martinez

Juarez Tabasco 31/05/2011

321 Francisco Solis Diaz Tabasco 20/12/2016

322 Angel Cruz Mendoza Tabasco 25/08/2010

No Nombre Entidad Afilación

323 Jesus Alvarado

Pimienta Tabasco 03/01/2017

324 Francisco Javier Garcia Sanchez

Tabasco 01/12/2016

325 Everardo Villegas

Morales Tabasco 18/01/2017

326 Jose Manuel Tepepa

Gonzalez Tabasco 24/06/2014

327 Claudia Perez

Mendez Tabasco 23/05/2014

328 Angel Eduardo Marquez Ruiz

Tabasco 02/12/2013

329 Juan Antonio Cañas

Palomeque Tabasco 17/03/2017

330 Josefa del Carmen Damian Trinidad

Tabasco 24/09/2013

331 Victor Moises

Dominguez Muñoz Tabasco 24/04/2014

332 Daniel Damian

Ramirez Tabasco 24/10/2016

333 Domitila Ruby Chan

Que Tabasco 01/03/2017

334 Diana May Ovando Tabasco 27/11/2013

335 Jacqueline Ventura

Frias Tabasco 03/05/2014

336 Guadalupe Cruz

Lopez Tabasco 07/10/2016

337 Leon Enrique Garcia

Ramos Tabasco 01/09/2013

338 Andres Montejo

Hernandez Tabasco 14/03/2017

339 Ada Maria Briceño

Romero Tabasco 14/03/2017

340 Edemia Sanchez

Hernandez Tabasco 06/06/2014

341 Lucia Landero Osorio Tabasco 27/09/2013

342 Rober Javier Rueda

Guillen Tabasco 06/07/2010

343 Leydi Ruth Juarez

Morales Tabasco 30/08/2010

344 Silvia Romero

Sanchez Tabasco 13/06/2014

345 Vanessa Berenice

Mendez Garcia Tabasco 20/08/2013

346 Alejandra Ramirez

Ovando Tabasco 11/03/2017

347 Ana Ruth Broca

Mendoza Tabasco 05/12/2016

348 Alexis del Carmen Cortazar Gonzalez

Tabasco 27/01/2017

349 Martha Angelica

Mendiola Gutierrez Tabasco 11/02/2017

350 Narcisa Torres de los

Santos Tabasco 01/05/2011

351 Idalia Tecalco

Negrete Tamaulipas 20/01/2017

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No Nombre Entidad Afilación

352 Xavier Alfonso Sanchez Perez

Tlaxcala 27/10/2016

353 Victor Molina Moreno Tlaxcala 20/02/2017

354 Benito Morones

Valles Veracruz 17/02/2017

355 Margarita Suarez

Tepo Veracruz 30/04/2014

356 Lucia Citlalic Sanchez

Perez Veracruz 02/12/2016

357 Yolisma Serrano

Berlanga Veracruz 14/09/2016

358 Hugo Chacha Arceo Veracruz 01/07/2014

359 Maybelynne

Concepcion Ramirez Hernandez

Veracruz 09/06/2014

360 Edith Vargas Antonio Veracruz 26/08/2016

361 Edith Chigo Bustamante

Veracruz 13/11/2013

362 Claudia Morales

Artigas Veracruz 01/05/2011

363 Arely Cano Garcia Veracruz 29/04/2014

364 Jose Luis Sanchez

Hernandez Veracruz 25/11/2010

365 Claudia Elizabeth Uscanga Uscanga

Veracruz 31/05/2012

366 Wilbert Martin Ek

Cohuo Yucatan 05/03/2017

367 Rosa Aurelia Nava

Guzman Zacatecas 31/05/2011

368 Francisco Javier Saucedo Lobatos

Zacatecas 01/05/2011

369 Manuel Nava

Vazquez Zacatecas 31/05/2011

370 Claudia Ramos

Calvillo Zacatecas 29/05/2014

371 Mayra Ortiz de la

Torre Zacatecas 13/05/2014

372 Ana Lilia Serrano

Gonzalez Zacatecas 07/03/2017

373 Araceli Mendez

Sanchez Zacatecas 14/05/2014

374 Maria del Socorro

Martinez Hernandez Zacatecas 04/03/2017

375 Alondra Muñoz

Robles Zacatecas 04/06/2014

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En concepto de esta autoridad electoral, tales pruebas son insuficientes para sustentar la debida afiliación de las y los denunciantes, toda vez que las cédulas de inscripción presentadas por el denunciado –PRD-, carecen de la firma respectiva, u otro elemento del que se desprenda de forma inequívoca la manifestación de la voluntad de las y los quejosos, pues el hecho de que carezcan de ese requisito, impide demostrar su libre afiliación. En efecto, se considera que, en el caso, el medio de prueba esencial para acreditar la debida afiliación de esos ciudadanos es la cédula o, en su caso, cualquier otra documentación establecida en la normatividad del PRD en materia de afiliación, en la que constara el deseo de las y los ciudadanos a afiliarse a ese partido político, al estar impresa de su puño y letra, el nombre, firma, domicilio y datos de identificación, circunstancia que no aconteció, tal y como se estableció en párrafos precedentes. No obstante, esta autoridad considera que tales pruebas son insuficientes para sustentar la debida afiliación, puesto que, se reitera, las cédulas de inscripción carecen de la firma respectiva, en tanto elemento necesario para dotar de eficacia a las mismas, pues el hecho de que se carezca de ese requisito, impide demostrar la libre afiliación de las y los ciudadanos, porque la rúbrica o firma autógrafa del solicitante, es el elemento que, por antonomasia, respalda la presencia manifiesta de la voluntad del afiliado y, por ello, ese dato constituye un elemento esencial. Lo anterior, toda vez que, los elementos probatorios antes descritos, constituyen documentales privadas, en términos de lo dispuesto en el artículo 22, numeral 1, fracción ll del Reglamento Quejas, que constituyen el elemento idóneo, para acreditar la afiliación de las y los ciudadanos a dicho instituto político. No pasa desapercibido que, en algunas de tales documentales se pueden apreciar huellas dactilares, sin embargo, lo cierto es que carecen de firma autógrafa. En esta tesitura, cabe precisar que la carga de acreditar fehacientemente que las partes denunciantes sí dieron su consentimiento para ser afiliados como militantes del instituto político, corresponde al PRD, en tanto que, conformidad con los

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artículos 1447 de los Estatutos, y 1148 del Reglamento de Afiliación de dicho instituto político, que establecen los Lineamientos a seguir para el caso de las afiliaciones, entre los que se encuentra que se acredite fehacientemente la voluntad de afiliación, mediante la estampa de la firma autógrafa, la presentación de un escrito de motivos, así como en caso de solicitudes vía internet, la ratificación de la voluntad correspondiente. En efecto, de la lectura a la normativa del PRD en materia de afiliaciones se desprende que las y los ciudadanos pueden afiliarse a dicho instituto político en dos modalidades, presencial por internet o bien presencial en los módulos de la Comisión de Afiliación, tal y como se aprecia a continuación:

REGLAMENTO DE AFILIACIÓN DEL PRD

Artículo 8. Para ser considerada una persona afiliada al Partido se deberán de cubrir los siguientes requisitos: A)… Para tal efecto cualquier persona que pretenda afiliarse al Partido lo podrá realizar mediante los siguientes procedimientos:

47 Artículo 14. Para ser considerada una persona afiliada al Partido se deberán de cubrir los siguientes requisitos: a) Ser

mexicana o mexicano; b) Contar con al menos 15 años de edad; c) Solicitar de manera personal, individual, libre, pacífica y sin presión de ningún tipo su inscripción al Padrón de Personas Afiliadas al Partido, conforme al Reglamento respectivo. Para tal efecto cualquier persona que pretenda afiliarse al Partido lo podrá realizar mediante los siguientes procedimientos: 1. Solicitando de manera personal su afiliación en los módulos que para tal efecto instale la Comisión de Afiliación debiendo proporcionar los datos que para tal efecto le sean solicitados; o 2. Solicitándolo mediante internet en el sistema instaurado por la Comisión de Afiliación para tal efecto, debiendo proporcionar los datos que le sean solicitados. Una vez realizado dicho registro el interesado será notificado de acuerdo a lo que disponga en el Reglamento de Afiliación, para que acuda a ratificar mediante su firma autógrafa su deseo a afiliarse. 48 Artículo 11º.- Las solicitudes de afiliación serán elaboradas y expedidas por la Comisión de Afiliación y deberán contener

los siguientes datos: a) Nombre completo; b) Domicilio, estado, municipio o delegación; c) Clave de elector, folio de la credencial del IFE y sección electoral; d) Matrícula Consular e) Fecha de nacimiento; f) Sexo; g) Número telefónico; h) Ocupación; i) Escolaridad; j) Fecha de Solicitud; k) Firma del Solicitante; l) Lo establecido en el artículo 3° numeral 1 inciso e, y numeral 3 del Estatuto y; m) Declaración Bajo protesta de decir verdad que los datos proporcionados son ciertos. En el caso de los menores de 18 y al menos 15 años, se consignarán los mismos datos con excepción de la clave de elector y el folio. Para cumplir con lo establecido en el artículo 7º del presente reglamento la solicitud deberá llevar anexa fotocopia de la credencial para votar con fotografía vigente expedida por el Registro Federal de Electores o en su caso fotocopia del comprobante de estar en trámite la credencial para votar y copia de una credencial oficial con fotografía. Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 8º del presente reglamento la solicitud deberá llevar anexa copia certificada del acta de nacimiento y/o copia de una credencial oficial con fotografía, así como una copia de la credencial para votar con fotografía vigente de un familiar que viva en el mismo domicilio. En el caso de los menores de 18 y de al menos 15 años que vivan en el extranjero, además de anexar copia certificada del acta de nacimiento y/o copia de una credencial oficial con fotografía, deberá presentar una fotocopia de su comprobante de domicilio en el extranjero. Para dar cumplimiento en lo establecido en el artículo 9º del presente reglamento la solicitud deberá llevar anexa fotocopia de la credencial para votar con fotografía vigente expedida por el Registro Federal de Electores y/o copia de la matricula consular y fotocopia de su comprobante de domicilio en el extranjero.

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1. Solicitando de manera personal su afiliación en los módulos que para tal efecto instale la Comisión de Afiliación debiendo proporcionar los datos que para tal efecto le sean solicitados; o 2. Solicitándolo mediante internet en el sistema instaurado por la Comisión de Afiliación para tal efecto, debiendo proporcionar los datos que le sean solicitados. Una vez realizado dicho registro el interesado será notificado de acuerdo a lo que disponga en Reglamento de Afiliación, para que acuda a ratificar mediante su firma autógrafa su deseo a afiliarse. Para efectos de los procedimientos señalados anteriormente, la Comisión de Afiliación deberá de utilizar sistemas informáticos que garanticen la afiliación individual. [Énfasis añadido]

Siendo que de conformidad con el artículo 11 de su Reglamento de Afiliación, el ciudadano o ciudadana que pretenda afiliarse, debe aportar los siguientes elementos:

a) Nombre completo; b) Domicilio, Estado, Municipio o Delegación; c) Clave de Elector, OCR y sección electoral; d) Fecha de nacimiento; e) Sexo; f) Ocupación; g) Escolaridad; h) Número Telefónico; i) Correo Electrónico; j) Fecha de Solicitud; k) Firma del Solicitante; [énfasis añadido] l) Manifestar y que conste en la solicitud el aceptar y cumplir en todo momento los Lineamientos establecidos tanto en la Declaración de Principios, en el Programa, en el Estatuto y en los Reglamentos que de éste emanen, el comprometerse a acatar como válidas todas y cada una de las resoluciones tomadas al interior del Partido y la manifestación de protesta de decir verdad, de no haber sido condenado o condenada por delitos contra el patrimonio público, mal uso de facultades o atribuciones o ilícitos semejantes, actos ilegales de represión y corrupción o delincuencia organizada;

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m) Manifestar y que conste en la solicitud el compromiso de realizar el pago de las cuotas estatutarias que el Partido determine; y n) Declarar bajo protesta de decir verdad que los datos proporcionados son ciertos. En el caso de los solicitantes en el exterior, además de los datos antes citados, proporcionarán el número de la Matrícula Consular. …

De lo anterior se advierte que con independencia del método que la persona interesada haya optado para afiliarse al PRD, en todo caso, siempre debe aportar elementos mínimos, entre otros su firma, para poder ser considerado afiliado o afiliada de dicho instituto político. En esta tesitura, del análisis de las cédulas remitidas por el partido político responsable, se advierte que si bien, constan los nombres, domicilio, claves de elector, las claves de afiliados, así como, en algunos casos, las supuestas huellas dactilares de las personas que presuntamente dieron su consentimiento para ser agremiados al denunciado, las mismas carecen de la firma autógrafa de éstas, lo que desvirtúa el valor de las documentales privadas referidas. Ahora, si bien la huella dactilar puede constituir un elemento de voluntad válido, éste resulta secundario a la firma autógrafa y resulta suficiente únicamente en casos especiales, tales como que la persona no sepa leer y escribir o que por alguna otra razón válida se vea impedida para firmar autógrafamente, lo que en forma alguna se acredita en el caso concreto, en tanto que de las copias de las credenciales para votar que obran agregadas en copia simple al expediente y los propios escritos de denuncia, se advierte que las y los ciudadanos quejosos cuentan con una firma autógrafa reconocida y usada en documentos oficiales y privados. De ahí que, no exista razón para considerar que basta con su huella dactilar para considerar que expresaron su libre consentimiento. En efecto, las disposiciones partidistas antes referidas, en concreto el artículo 14 de los Estatutos establecen que, en caso del trámite de afiliación por internet, una vez realizado dicho registro el interesado será notificado de acuerdo a lo que disponga en el Reglamento de Afiliación, para que acuda a ratificar mediante su firma autógrafa su deseo a afiliarse, lo cual se reitera, no fue debidamente acreditado. En este contexto, derivado de la ausencia de los elementos que debe revestir el procedimiento de afiliación de los militantes del PRD, que permitan tener certeza de

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que en el caso las partes actoras otorgaron su consentimiento para ser inscritos en el padrón de militantes de dicho instituto político, se tiene por probada la vulneración al derecho de libre afiliación de las partes actoras, en tanto que, se concluye, fueron afiliadas al padrón de militantes del PRD sin que hubieran otorgado su consentimiento. Sirve de sustento a lo anterior la Jurisprudencia 2a./J. 25/2009 aprobada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro FIRMA A RUEGO. SU OMISIÓN, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 4o., PÁRRAFO PRIMERO, DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, CONDUCE A TENER POR NO PRESENTADA LA DEMANDA RESPECTIVA, AUNQUE EL PROMOVENTE HUBIERA IMPRESO SU HUELLA DIGITAL.49 A similares consideraciones arribó este Consejo General al resolver los procedimientos sancionadores ordinarios UT/SCG/Q/MIGC/CG/27/2017 y UT/SCG/Q/OOP/CG/43/2017, en las resoluciones INE/CG221/2019 e INE/CG279/2019, de veintiséis de abril y veinticinco de junio de dos mil diecinueve, asi como UT/SCG/Q/JAAC/CG/38/2017 y UT/SCG/Q/MAMM/JD09/MICH/56/2017, en las resoluciones INE/CG350/2019 e INE/CG351/2019, respectivamente, el pasado catorce de agosto de dos mil diecinueve. Bien entonces, como se evidencia, el PRD proporcionó, respecto de cada uno de los denunciantes, un formato de afiliación, pero tales constancias no cuentan con firma de las y los ciudadanos quejosos, sino solamente con impresión de lo que parecen ser huellas dactilares. Al respecto, resulta conveniente hacer notar que, no se advierte en los formatos de los que se ha dado cuenta, referencia alguna en el sentido de que, la falta de firma en los formatos en análisis se deba a que se trata de personas que no saben leer ni escribir. De igual manera, debe hacerse notar que, en los escritos de queja presentados por tales personas, estamparon firma; asimismo, en las credenciales para votar, cuyas copias aparecen en el expediente, se advierte que los denunciantes estamparon firma de su puño y letra. En tal sentido, esta autoridad considera que los formatos a partir de los cuales el PRD pretende acreditar que las afiliaciones que aquí se analizan se realizaron conforme a derecho, están incompletos.

49 Consultables en https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/Paginas/tesis.aspx

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Lo anterior, pues al realizar una valoración de tales elementos de prueba a partir de la lógica y la experiencia, puede concluirse que, la firma constituye, hoy por hoy, el medio idóneo para expresar la aceptación de un compromiso, como se advierte de su definición:

firma50 De firmar. 1. f. Nombre y apellidos escritos por una persona de su propia mano en un documento, con o sin rúbrica, para darle autenticidad o mostrar la aprobación de su contenido. 2. f. Rasgo o conjunto de rasgos, realizados siempre de la misma manera, que identifican a una persona y sustituyen a su nombre y apellidos para aprobar o dar autenticidad a un documento.

Es decir, la firma de una persona, constituye el medio idóneo a través del cual se manifiesta su voluntad respecto de un acto jurídico en particular, y conforme con razonamientos de diversas autoridades jurisdiccionales,51 la huella dactilar únicamente puede reemplazar a la firma como medio de aceptación, en aquellos casos en los que quien deba firmar, no sepa o no pueda hacerlo; es decir, en un caso excepcional al antes indicado. En conclusión, se considera que, los formatos de afiliación aportados por el PRD, con la intención de acreditar que la afiliación de las y los quejosos de referencia, no cumplen dicha finalidad, ya que, como se razonó, tales formatos carecen de la manifestación de voluntad que se contiene en la firma de quien acepta algo, en el caso, formar parte de un instituto político, sin que se justifique el porqué, si las y los quejosos de manera ordinaria estampan su firma, credencial para votar, escrito de queja, en el caso, siendo un documento relevante como lo es pertenecer a un partido político, únicamente se estampó huella dactilar. De ahí que se consideren insuficientes dichos medios de prueba para tener por apegadas a derecho las afiliaciones materia del presente apartado.

50 Consultado en http://dle.rae.es/?id=Hyte6ty el 20 de julio de 2018 51 Los razonamientos expuestos, guardan relación con criterios jurisdiccionales como los contenidos en las Tesis HUELLA DACTILAR EN LUGAR DE FIRMA, PLASMADA EN EL ESCRITO DE EXPRESIÓN DE AGRAVIOS, EN EL RECURSO DE APELACIÓN. SE DEBE PREVENIR AL PROMOVENTE PARA QUE RATIFIQUE SU PEDIMENTO O FIRME OTRA PERSONA A SU RUEGO y ACTA ELABORADA POR CORREDOR PÚBLICO. AUN CUANDO EN ÉSTA NO HUBIERAN ESTAMPADO SU FIRMA LAS PERSONAS QUE INTERVINIERON O LA HUELLA DE QUIEN NO SABÍA O NO PODÍA FIRMAR, DICHA ACTUACIÓN CUMPLE CON EL REQUISITO DE VALIDEZ PREVISTO EN EL ARTÍCULO 35 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE CORREDURÍA PÚBLICA

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Ahora bien, por lo que respecta a Lazaro Vazquez Damian y Oscar Jesus Flores Rodriguez, el PRD proporcionó unos formatos de afiliación, pero tales constancias no cuentan con firma de los quejosos, sino solamente una “X” en el espacio de firma. En tal sentido, como se estableció previamente, la firma de una persona constituye el medio idóneo a través del cual se manifiesta su voluntad respecto de un acto jurídico en particular. Finalmente, se considera necesario tener en cuenta, como criterio orientador, lo sostenido por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito en la Tesis de rubro FIRMA. EL SIGNO “X” PUESTO EN DOCUMENTOS PRIVADOS NO TIENE AQUELLA CALIDAD,52 en el que se asentó lo siguiente: …el signo “x”

no cumple con las características ni con la finalidad de la firma que exige el artículo 1834 del Código Civil Federal, en tanto que no aporta un signo gráfico que logre individualizar determinado trazo que lo diferencie de otro y lo vuelva único respecto de la persona que lo asienta…

En conclusión, las constancias aportadas por el PRD, respecto de Lazaro Vazquez Damian y Oscar Jesus Flores Rodriguez, no resulta idónea para acreditar que el partido político denunciado se haya apegado a la normativa electoral ni a sus Estatutos para realizar tales afiliaciónes.

Por lo anterior, este órgano colegiado considera que se tiene por acreditada la conducta denunciada, pues se concluye que el señalado instituto político infringió las disposiciones electorales tendentes a demostrar la libre afiliación de los 375 ciudadanos antes referidos, quienes aparecieron como afiliados a dicho instituto político, por no demostrar el acto volitivo de éstos para pertenecer a ese partido. En efecto, como se demostró anteriormente, los denunciantes que aparecieron afiliados al PRD, manifestaron que en momento alguno otorgaron su consentimiento para ello, siendo que dicho instituto político no demostró lo contrario, por lo que se actualiza la violación al derecho fundamental de libre afiliación garantizado desde la Constitución y la ley, según se expuso. A similares consideraciones arribó este Consejo General al resolver el procedimiento sancionador ordinario UT/SCG/Q/IVG/CG/12/2018, en la resolución INE/CG523/2019, de veinte de noviembre de dos mil diecinueve.

52 Localizable bajo el número de registro 2019720, Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, abril de 2019, Tomo III,

Libro 65, página 2035.

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SEXTO. CALIFICACIÓN DE LA FALTA E INDIVIDUALIZACIÓN DE LA SANCIÓN Una vez que ha quedado demostrada plenamente la comisión de las faltas denunciadas, así como la responsabilidad por parte del partido político denunciado, en los casos detallados en el considerando que antecede, procede ahora determinar la sanción correspondiente, tomando en consideración lo dispuesto en el artículo 355, párrafo 5 del COFIPE, cuyo contenido se reproduce en el diverso 458, párrafo 5, de la LGIPE, relativo a la gravedad de la responsabilidad en que se incurra; el bien jurídico tutelado por las normas transgredidas; las circunstancias de modo, tiempo y lugar de la infracción; las condiciones socioeconómicas del infractor; las condiciones externas y los medios de ejecución de la falta; y, en su caso, la reincidencia y el monto del beneficio, lucro, daño o perjuicio derivado de la infracción. En relación con ello, el Tribunal Electoral ha sostenido que para individualizar la sanción a imponer a un partido político por la comisión de alguna irregularidad se deben tomar en cuenta los elementos objetivos y subjetivos que concurrieron en la acción u omisión que produjo la infracción electoral.

1. Calificación de la falta A) Tipo de infracción

Partido Tipo de infracción Descripción de la

conducta Disposiciones jurídicas infringidas

PRD

La infracción se cometió por una acción del partido político denunciado al afiliar de forma indebida a 375 ciudadanos, con lo que se transgreden disposiciones de la Constitución y del COFIPE y LGIPE en el momento de su comisión

La conducta fue la afiliación indebida y el uso no autorizado de los datos personales de 375 ciudadanos por parte del PRD.

Artículos 6, apartado A, fracción II; 16, párrafo segundo; 35, fracción III, y 41, Base I, párrafo segundo, de la Constitución; 5, párrafo 1; 38, párrafo 1, incisos a), e), y u); 44, párrafo 2; 341, párrafo 1, inciso a), 342, párrafo 1, incisos a) y n) y 354, párrafo 1, inciso a), del COFIPE; disposiciones que se encuentran replicadas en el diverso dispositivo 443, párrafo 1, inciso a), de la LGIPE; 2, párrafo 1, inciso b) y 25, párrafo 1, incisos a), e) y u) de la LGPP.

B) Bien jurídico tutelado (trascendencia de las normas transgredidas)

Por bienes jurídicos se deben entender aquellos que se protegen a través de las normas jurídicas que pueden ser vulnerados con las conductas tipificadas o prohibidas.

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En el presente asunto, las disposiciones legales vulneradas tienden a preservar el derecho de las y los ciudadanos de decidir libremente si desean o no afiliarse a un partido político, dejar de formar parte de él o no pertenecer a ninguno, el cual se erige como un derecho fundamental que tienen los individuos para tomar parte en los asuntos políticos del país. En el caso concreto, se acreditó que el PRD incluyó indebidamente en su padrón de afiliados, a 375 ciudadanas y ciudadanos, sin demostrar que para incorporarlos medió la voluntad de éstos de inscribirse, violentando con ello lo establecido en los artículos 35, fracción III, y 41, Base I, párrafo segundo, de la Constitución; y 5, párrafo 1; 38, párrafo 1, incisos a) y e) del COFIPE; 443, párrafo 1, incisos a) y n); de la LGIPE, y 2, párrafo 1, inciso b), y 25, párrafo 1, incisos a), e) y u) de la LGPP. A partir de esta premisa, es válido afirmar que el bien jurídico tutelado por las normas transgredidas, radica en garantizar el derecho de las y los ciudadanos mexicanos, de optar libremente por ser o no militantes de algún partido político, lo cual implica la obligación de éstos de velar por el debido respeto de la prerrogativa señalada, a través de los mecanismos idóneos que permitan generar certeza respecto de que quienes figuran en sus respectivos padrones de militantes, efectivamente consintieron libremente en ser agremiados a los distintos partidos políticos. Por otra parte, como se analizó, para los casos en que no se demostró la voluntad de pertenecer como afiliados al PRD, se observa un uso indebido de datos personales, que a la postre debe ser sancionado por esta autoridad. Lo anterior, ya que lógicamente se utilizaron datos personales como lo son, al menos el nombre y la clave de elector de cada uno de las y los ciudadanos para ser afiliados, lo cual ocurrió en contra de su voluntad, de ahí que el uso de sus datos personales se constituya como un elemento accesorio e indisoluble de la infracción consistente en la afiliación indebida. De ahí que esta situación debe considerarse al momento de fijar la sanción correspondiente al PRD.

C) Singularidad o pluralidad de la falta acreditada

Al respecto, cabe señalar que aun cuando se acreditó que el PRD transgredió lo establecido en las disposiciones constitucionales y legales y aún las de la normativa

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interna del partido político, y que, tal infracción se cometió en detrimento de los derechos de 375 ciudadanos, esta situación no conlleva a estar en presencia de una pluralidad de infracciones o de faltas administrativas, toda vez que, en el caso, únicamente se acreditó la infracción al derecho político electoral de libertad de afiliación al instituto político denunciado, quien incluyó en su padrón de militantes a los quejosos, sin demostrar el consentimiento previo para ello.

D) Circunstancias de modo, tiempo y lugar de la infracción

Ahora bien, para llevar a cabo la individualización de la sanción, la conducta debe valorarse conjuntamente con las circunstancias objetivas que concurren en el caso, como son:

a) Modo. En el caso bajo estudio, las irregularidades atribuibles al PRD, consistieron en inobservar lo establecido en los artículos 6, apartado A, fracción II; 16, párrafo segundo; 35, fracción III, y 41, Base I, párrafo segundo, de la Constitución; 5, párrafo 1; 38, párrafo 1, incisos a), e) y u); 44, párrafo 2, y 342, párrafo 1, incisos a) y n) del COFIPE; disposiciones que se encuentran replicadas en el diverso dispositivo 443, párrafo 1, inciso a), de la LGIPE; 2, párrafo 1, inciso b) y 25, párrafo 1, incisos a), e) y u) de la LGPP, al incluir en su padrón de afiliados a 375 ciudadanos, sin tener la documentación soporte –con firma valida- que acredite fehacientemente la voluntad de éstos de pertenecer a las filas del instituto político en el cual se encontraron incluidos, tal y como se advirtió a lo largo de la presente Resolución de forma pormenorizada.

b) Tiempo. En el caso concreto, como se razonó en el considerando que antecede, por cuanto hace a las afiliaciones sin el consentimiento previo de los ciudadanos, acontecieron en diversos momentos, lo anterior de conformidad con la información proporcionada por la DEPPP, la cual se deberá tener por reproducido como si a la letra se insertase, a fin de evitar repeticiones innecesarias.

c) Lugar. Con base a la información proporcionada por la DEPPP, y en las

razones plasmadas en los escritos de denuncias, se deduce que las faltas atribuidas al PRD se cometieron en diversas entidades del país.

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E) Intencionalidad de la falta (comisión dolosa o culposa) Se considera que en el caso existe una conducta dolosa por parte del PRD, en violación a lo previsto en los artículos 6, apartado A, fracción II; 16, párrafo segundo; 35, fracción III y 41, fracción I de la Constitución Federal; 5, párrafo 1; 38, párrafo 1, incisos a) y e) del COFIPE; replicados a su vez, en los diversos 443, párrafo 1, inciso a), de la LGIPE; 2, párrafo 1, inciso b) y 25, párrafo 1, incisos a), e) y u) de la LGPP. La falta se califica como dolosa, por lo siguiente:

• El PRD es un Partido Político Nacional y, por tanto, tiene el estatus constitucional de entidad de interés público, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 constitucional.

• Los partidos políticos son el resultado del ejercicio de la libertad de asociación en materia política, previsto en los artículos 9, párrafo primero, 35, fracción III, y 41, párrafo segundo, fracción I, de la Constitución; 22 y 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como 16 y 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

• El PRD está sujeto al cumplimiento de las normas que integran el orden jurídico nacional e internacional y está obligado a conducir sus actividades dentro de los cauces legales y ajustar su conducta a los principios del Estado democrático, respetando los derechos de las y los ciudadanos, de acuerdo con el artículo 25, párrafo 1, inciso a), de la LGPP.

• El derecho de libre afiliación a un partido político es un derecho fundamental cuyo ejercicio requiere de la manifestación personal y directa de voluntad de cada ciudadano, en términos del precitado artículo 41 constitucional.

• Los partidos políticos son un espacio para el ejercicio de derechos fundamentales en materia política-electoral, partiendo de los fines que constitucionalmente tienen asignados, especialmente como promotores de la participación del pueblo en la vida democrática y canal para el acceso de las y los ciudadanos al ejercicio del poder público, por lo que a su interior el ejercicio de tales derechos no solo no se limita, sino por el contrario, se ensancha y amplía.

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• Todo partido político, tiene la obligación de respetar la libre afiliación y, consecuentemente, de cuidar y vigilar que sus militantes sean personas que fehacientemente otorgaron su libre voluntad para ese efecto.

• El ejercicio del derecho humano a la libre afiliación a cualquier partido político, conlleva un deber positivo a cargo de los institutos políticos, consistente no sólo en verificar que se cumplen los requisitos para la libre afiliación a su padrón, sino en conservar, resguardar y proteger la documentación o pruebas en donde conste la libre afiliación de sus militantes, en términos de lo dispuesto en los artículos 35, fracción III, 41, Base I, párrafo segundo, de la Constitución; 2, párrafo 1, inciso b), y 25, párrafo 1, incisos a) y e), de la LGPP.

• El derecho de participación democrática de la ciudadanía, a través de la libre afiliación a un partido político, supone que éste sea el receptáculo natural para la verificación de los requisitos y para la guarda y custodia de la documentación o pruebas en las que conste el libre y genuino ejercicio de ese derecho humano, de lo que se sigue que, en principio, ante una controversia sobre afiliación, corresponde a los partidos políticos involucrados, demostrar que la afiliación atinente fue libre y voluntaria.

• La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes.

• Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y a su cancelación, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger derechos de terceros.

• La afiliación indebida o sin consentimiento a un partido político, es una violación de orden constitucional y legal que requiere o implica para su configuración, por regla general, la utilización indebida de datos personales de la persona o ciudadano afiliado sin su consentimiento.

Tomando en cuenta las consideraciones jurídicas precisadas, en el presente caso la conducta se considera dolosa, porque:

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1) Las y los quejosos aluden que no solicitaron voluntariamente, en momento alguno, su registro o incorporación como militantes al PRD; sin que dicha afirmación fuera desvirtuada.

2) Quedó acreditado que las y los quejosos se encuentran en el padrón de militantes del PRD, conforme a lo informado por la DEPPP, quien precisó que, derivado del padrón de militantes capturado por ese instituto político, a efecto de demostrar que contaba con el número mínimo de afiliados para la conservación de su registro.

3) El partido político denunciado no demostró con las pruebas idóneas, que las afiliaciones de las y los quejosos se hubieran realizado a través de los mecanismos legales y partidarios conducentes, ni mucho menos que ello se sustentara en la expresión libre y voluntaria de las y los denunciantes.

4) El partido denunciado no demostró ni probó que la afiliación, fuera consecuencia de algún error insuperable, o derivado de alguna situación externa que no haya podido controlar o prever, ni ofreció argumentos razonables, ni elementos de prueba que sirvieran de base, aun indiciaria, para estimar que la afiliación fue debida y apegada a Derecho, no obstante que, en principio, le corresponde la carga de hacerlo.

F) Condiciones externas (contexto fáctico)

Resulta atinente precisar que la conducta desplegada por el PRD, se cometió al afiliar indebidamente a 375 personas, sin demostrar el acto volitivo de éstos, tanto de permanecer inscritos como de ingresar, en su padrón de militantes, así como de haber proporcionado sus datos personales para ese fin. Así, se estima que la finalidad de los preceptos transgredidos, consiste en garantizar el derecho de libre afiliación de las y los ciudadanos mexicanos, mediante la conservación de los documentos atinentes que permitan demostrar el acto de voluntad de las y los ciudadanos quejosos de militar en ese partido político.

2. Individualización de la sanción. Una vez sentadas las anteriores consideraciones, y a efecto de individualizar apropiadamente la sanción, se procede a tomar en cuenta los siguientes elementos:

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A) Reincidencia Por cuanto hace a este tema, de conformidad con el artículo 355, párrafo 6 del COFIPE, cuyo contenido reproduce el diverso 458, párrafo 6 de la LGIPE, se considerará reincidente a quien, habiendo sido declarado responsable del incumplimiento a alguna de las obligaciones a que se refiere el mencionado ordenamiento legal, incurra nuevamente en la misma conducta infractora. En este sentido, por cuanto hace al partido político denunciado –PRD- esta autoridad tiene presente la existencia de diversas resoluciones emitidas por el Consejo General, sobre conductas idénticas a la que nos ocupa, destacándose para los efectos del presente apartado, la identificada con la clave INE/CG30/2018, misma que fue impugnada y, en su oportunidad confirmada por la Sala Superior, en la que se determinó fundado el procedimiento por conductas como la que nos ocupa. Con base en ello, y tomando en consideración que las afiliaciones indebidas por las que se demostró la infracción en el presente procedimiento, fueron realizadas con anterioridad al dictado de la referida resolución, se estima que en el caso no existe reincidencia.

B) Calificación de la gravedad de la infracción en que se incurra En el presente caso, atendiendo a los elementos objetivos anteriormente precisados, la infracción debe calificarse dependiendo de las circunstancias particulares de cada caso concreto, contando con una amplia facultad discrecional para calificar la gravedad o levedad de una infracción. Bajo este contexto, una vez acreditada la infracción, esta autoridad electoral debe determinar, en principio, si la falta fue levísima, leve o grave, y en caso del último supuesto, precisar si se trata de una gravedad ordinaria, especial o mayor. Luego entonces, debe mencionarse que el criterio que esta autoridad ha considerado para la imposición de la calificación de la infracción, en el presente asunto, tomará en consideración los elementos objetivos y subjetivos que concurrieron en la acción que produjo la infracción electoral, tales como el tipo de infracción; el bien jurídico tutelado; singularidad y pluralidad de la falta; las circunstancias de tiempo, modo y lugar; el dolo o culpa; la reiteración de infracciones; las condiciones externas y los medios de ejecución.

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En este sentido, para la graduación de la falta, se deben tomar en cuenta las siguientes circunstancias:

• Quedó acreditada la infracción al derecho de libre afiliación de las y los ciudadanos al partido político, pues se comprobó que el PRD los afilió sin demostrar, contar con la documentación soporte correspondiente, que medió la voluntad de éstos de pertenecer a la lista de agremiados de dicho instituto político.

• El bien jurídico tutelado por las normas transgredidas es garantizar el derecho de libre afiliación de las y los ciudadanos mexicanos, y la obligación de éstos de velar por el debido respeto de la prerrogativa señalada, a través de los mecanismos idóneos que permitan generar certeza respecto de la voluntad de quienes deseen pertenecer agremiados a los distintos partidos políticos.

• Para materializar la indebida afiliación de los denunciantes, se utilizaron indebidamente sus datos personales, pues los mismos eran necesarios para formar el padrón de afiliados del PRD.

• No existió un beneficio por parte del partido denunciado, o lucro ilegalmente logrado, ni tampoco existió un monto económico involucrado en la irregularidad.

• No existió una vulneración reiterada de la normativa electoral.

• No implicó una pluralidad de infracciones o faltas administrativas, toda vez que se configuró una sola conducta infractora.

• No se afectó en forma sustancial la preparación o desarrollo de algún Proceso Electoral.

• No existe reincidencia por parte del PRD. Por lo anterior, y en atención a los elementos objetivos precisados con antelación, se considera procedente calificar la falta en que incurrió el PRD como de gravedad ordinaria, toda vez que como se explicó en el apartado de intencionalidad, el partido denunciado dolosamente infringió el derecho de libre afiliación de las y los denunciantes, lo que constituye una violación a su derecho fundamental de libre afiliación reconocido en la Constitución.

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C) Sanción a imponer

La mecánica para la individualización de la sanción, una vez que se tenga por acreditada la falta y la imputabilidad correspondientes, consiste en imponer al infractor, por lo menos, el mínimo de la sanción y, hecho lo anterior, ponderando las circunstancias particulares del caso, determinar si es conducente transitar a una sanción de mayor entidad, con el objeto de disuadir tanto al responsable como a los demás sujetos de derecho, de realizar conductas similares, que pudieran afectar el valor protegido por la norma transgredida. Así, el artículo 354, párrafo 1, inciso a) del COFIPE, cuyo contenido es congruente con el diverso 456, párrafo 1, inciso a) de la LGIPE, prevé el catálogo de sanciones a imponer a los partidos políticos, mismas que pueden consistir en amonestación pública; multa de hasta diez mil días de salario mínimo general vigente para la Ciudad de México (ahora calculado en UMAS); reducción de hasta el cincuenta por ciento de las ministraciones del financiamiento público que les corresponda; interrupción de la transmisión de la propaganda política o electoral y, en casos de graves y reiteradas conductas violatorias a la Constitución y la LGIPE, la cancelación de su registro como partido político. Ahora bien, es preciso no perder de vista que el artículo 458, párrafo 5, de la LGIPE establece que, para la individualización de las sanciones, esta autoridad electoral nacional deberá tomar en cuenta, entre otras cuestiones, la gravedad de la conducta; la necesidad de suprimir prácticas que afecten el bien jurídico tutelado por la norma transgredida, las circunstancias de modo, tiempo y lugar de la infracción; las condiciones socioeconómicas del infractor; las condiciones externas y los medios de ejecución de la falta; la reincidencia en que, en su caso, haya incurrido el infractor; y, el monto del beneficio, lucro, daño o perjuicio involucrado en la conducta, en caso que esta sea de contenido patrimonial. Así, la interpretación gramatical, sistemática y funcional de este precepto, a la luz también de lo establecido en el artículo 22 de la Constitución, el cual previene que toda pena deberá ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado, con el criterio sostenido por la Sala Superior a través de la Tesis XLV/2002, de rubro DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR ELECTORAL. LE SON APLICABLES LOS PRINCIPIOS DEL IUS PUNIENDI DESARROLLADOS POR EL DERECHO PENAL, conduce a estimar que si bien este Consejo General no puede soslayar el análisis de los elementos precisados en el párrafo que antecede, éstos no son los únicos parámetros que pueden formar su convicción en

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torno al quántum de la sanción que corresponda a una infracción e infractor en particular. En efecto, reconociendo el derecho fundamental de acceso a una justicia completa a que se refiere el artículo 17 de la Ley Suprema, este Consejo General, como órgano encargado de imponer sanciones (equivalentes a la pena a que se refiere el artículo 22 constitucional, entendida como expresión del ius puniendi que asiste al estado) está compelido a ponderar, casuísticamente, todas las circunstancias relevantes que converjan en un caso determinado, partiendo del mínimo establecido en el artículo 458 de la LGIPE, que como antes quedó dicho, constituye la base insoslayable para individualizar una sanción. Esto es, el INE, en estricto acatamiento del principio de legalidad, está obligado al análisis de cada uno de los elementos expresamente ordenados en la LGIPE, en todos los casos que sean sometidos a su conocimiento; sin embargo, la disposición señalada no puede ser interpretada de modo restrictivo, para concluir que dicho catálogo constituye un límite al discernimiento de la autoridad al momento de decidir la sanción que se debe imponer en un caso particular, pues ello conduciría a soslayar el vocablo “entre otras”, inserta en artículo 458, párrafo 5, de la LGIPE, y la tesis antes señalada y consecuentemente, a no administrar una justicia completa, contrariamente a lo previsto por la Norma Fundamental. Lo anterior es relevante porque si bien es cierto la finalidad inmediata de la sanción es la de reprochar su conducta ilegal a un sujeto de derecho, para que tanto éste como los demás que pudieran cometer dicha irregularidad se abstengan de hacerlo, lo es también que la finalidad última de su imposición estriba en la prevalencia de las disposiciones que integran el ordenamiento jurídico, para que, en un escenario ideal, el estado no necesite ejercer de nueva cuenta el derecho a sancionar que le asiste, pues el bien jurídico tutelado por cada precepto que lo integra, permanecería intocado. En ese tenor, este Consejo General ha estimado en diversas ocasiones que por la infracción al derecho de libertad de afiliación como el que ha quedado demostrado a cargo del PRD, justifican la imposición de la sanción prevista en la fracción II, del artículo 354, párrafo 1, inciso a) del COFIPE, el cual se encuentra replicado en el diverso 456, párrafo 1, inciso a), fracción II, de la LGIPE, consistente en una MULTA unitaria por cuanto hace a cada ciudadana y ciudadano sobre quienes se cometió la falta acreditada.

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Sin embargo, es preciso no perder de vista que, como se refirió en el Considerando denominado “Efectos del Acuerdo del Consejo General INE/CG33/2019” tanto esta máxima autoridad electoral administrativa como los propios partidos políticos, entre ellos el PRD, advirtieron que a la violación del derecho de libertad de afiliación que dio lugar a los precedentes a que se refiere el párrafo anterior, subyace un problema de mayor extensión, reconociendo la necesidad de iniciar un procedimiento de regularización de sus padrones de afiliación, ya que éstos se conformaban sin el respaldo de la información comprobatoria de la voluntad ciudadana. Ante tales circunstancias, y de conformidad con las previsiones establecidas en el citado Acuerdo, se implementó un procedimiento extraordinario de revisión, actualización y sistematización de los padrones de militantes de los Partidos Políticos Nacionales, para garantizar, en un breve período, que solamente aparezcan en éstos las y los ciudadanos que en realidad hayan solicitado su afiliación, y respecto de quienes, además, los institutos políticos cuenten con el soporte documental atinente a la militancia. Lo anterior, obedece justamente a la vigencia del orden jurídico, incluso más allá de la imposición de sanciones que reprochen a los partidos políticos la violación al derecho fundamental ciudadano a decidir si desean o no militar en una fuerza política, además de fortalecer al sistema de partidos, el cual se erige indispensable y necesario para el sano desarrollo del régimen democrático de nuestro país, permitiendo que los institutos políticos cuenten con un padrón de militantes depurado, confiable y debidamente soportado, en cumplimiento al principio de certeza electoral. Por estas razones, en dicha determinación, específicamente en el Punto de Acuerdo TERCERO, se ordenó lo siguiente:

TERCERO. Los PPN darán de baja definitiva de manera inmediata de su padrón de militantes los nombres de aquellas personas que, antes de la aprobación de este Acuerdo, hayan presentado quejas por indebida afiliación o por renuncias que no hubieran tramitado. En el caso de las quejas por los supuestos antes referidos que se lleguen a presentar con posterioridad a la aprobación de este Acuerdo, los PPN tendrán un plazo de 10 días contado a partir del día siguiente de aquel en el que la UTCE les haga de su conocimiento que se interpuso ésta, para dar de baja de forma definitiva a la persona que presente la queja.

[Énfasis añadido]

Además, es de suma importancia destacar que el citado Acuerdo, implicó para todos los Partidos Políticos Nacionales, aparte de la baja de los ciudadanos hoy quejosos

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de sus padrones de afiliados, una serie de cargas y obligaciones de carácter general, tendentes a depurar sus listados de militantes y, a la par, inhibir los registros de afiliaciones que no encuentren respaldo documental sobre la plena voluntad y consentimiento de cada ciudadano. En sintonía con lo expuesto, en ese acuerdo se estableció que el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los partidos políticos, podría tomarse en cuenta como atenuante al momento de individualizar la sanción correspondiente, de resultar acreditada la infracción en los respectivos procedimientos sancionadores y de acuerdo con la valoración y circunstancias particulares de cada expediente. En este contexto, obra en autos del expediente que se resuelve, copia de los oficios INE/DEPPP/DE/DPPF/1896/2019, INE/DEPPP/DE/DPPF/3624/2019, INE/DEPPP/DE/DPPF/5556/2019, INE/DEPPP/DE/DPPF/5978/2019, INE/DEPPP/DE/DPPF/7579/2019, INE/DEPPP/DE/DPPF/8741/2019, INE/DEPPP/DE/DPPF/9199/2019, INE/DEPPP/DE/DPPF/9576/2019, INE/DEPPP/DE/DPPF/11046/2019 e INE/DEPPP/DE/DPPF/12823/2019, de diecisiete de abril, siete de junio, diecinueve de julio, doce de agosto, seis y veintisiete de septiembre, nueve y catorce de octubre, once de noviembre y once de diciembre, todos de dos mil diecinueve, e INE/DEPPP/DE/DPPF/701/2020, del veintidós de enero de dos mil veinte, respectivamente, signados por el Director Ejecutivo de la DEPPP, mediante los cuales informó a la autoridad instructora que los siete partidos políticos, -entre ellos el PRD- mediante diversos oficios, presentaron los informes respectivos sobre el avance en el agotamiento de las etapas previstas en el acuerdo INE/CG33/2019. En este tenor, a partir de la información recabada por esta autoridad relacionada con la baja de los ciudadanos quejosos de sus padrones de militantes, y de las acciones emprendidas en acatamiento al mencionado acuerdo en términos de lo informado por la DEPPP, se puede concluir que el hoy denunciado atendió el problema de fondo que subyacía al tema de afiliaciones indebidas, al depurar su padrón de militantes, garantizando con ello el derecho ciudadano de libertad de afiliación política; lo anterior, en congruencia con la razones esenciales previstas en la Tesis de Jurisprudencia VI/2019, emitida por el Tribunal Electoral de rubro MEDIDAS DE REPARACIÓN INTEGRAL. LA AUTORIDAD RESOLUTORA PUEDE DICTARLAS EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR. En efecto, en cumplimiento al citado Acuerdo, la UTCE, mediante proveído de dieciocho de febrero de dos mil diecinueve, instruyó al PRD para que procediera a

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eliminar de su padrón de militantes el registro de todas y cada una de las personas denunciantes en este procedimiento administrativo sancionador; lo anterior, para el supuesto de que aún se encontraran inscritos en el mismo, tanto en el Sistema de Verificación del Padrón de Afiliados de los Partidos Políticos de la DEPPP, así como de su portal de internet y/o cualquier otra base pública en que pudieran encontrarse, debiendo aportar los medios de prueba que acreditaran sus afirmaciones. Al respecto, debe mencionarse que la instrucción dada al citado instituto político fue verificada por la DEPPP, por lo que hace al Sistema de Verificación del Padrón de Afiliados de los Partidos Políticos, y por la UTCE, respecto del portal de internet del partido político referido. Con base en ello, esta autoridad destaca las conclusiones siguientes:

• Ante la problemática advertida por esta autoridad electoral nacional, respecto de la falta de actualización y depuración de la documentación soporte que avalen las afiliaciones ciudadanas a los partidos políticos, este Consejo General emitió el Acuerdo INE/CG33/2019, por el cual instauró, de manera excepcional, un procedimiento de revisión, actualización y sistematización de los padrones de militantes de los Partidos Políticos Nacionales, para garantizar que únicamente aparezcan en éstos las y los ciudadanos que en realidad hayan solicitado su afiliación.

• En relación con lo anterior, el PRD atendió el problema subyacente a las indebidas afiliaciones denunciadas, eliminando de su padrón de militantes el registro de todas y cada una de las personas quejosas en el presente asunto, tanto en el Sistema de Verificación del Padrón de Afiliados de los Partidos Políticos, como de su portal de internet, así como de aquellas cargas a que se ha hecho referencia anteriormente.

Por lo anterior, esta autoridad considera que hasta la fecha, con la información de que dispone este Consejo General, el instituto político denunciado realizó las acciones idóneas, necesarias y suficientes, tendentes a restituir el derecho de libre afiliación de los sujetos quejosos, es decir, llevó a cabo todo un proceso que tuvo como resultado que la situación jurídica de las y los denunciantes volvieran al estado en que se encontraban, antes de que fueran afiliados al partido, en términos del Acuerdo INE/CG33/2019, denotando una actitud proactiva en pos de regularizar y corregir, de forma general, la situación registral que persiste entre sus afiliados.

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Por ello, esta autoridad considera que previo a determinar la sanción que

corresponde al PRD por la comisión de la infracción que ha sido materia de estudio

en la presente Resolución, es por demás trascendente valorar también las acciones

realizadas por el responsable con posterioridad a la comisión de la infracción,

con el objeto de acatar cabalmente el mandato constitucional de administrar justicia

de manera completa, inserto en el artículo 17 de la Constitución.

En efecto, como antes quedó dicho, al aplicar una norma jurídica abstracta a un

caso concreto, el juzgador está obligado a considerar todas las circunstancias que

concurren en el particular, inclusive la conducta observada por el responsable con

posterioridad a la comisión del ilícito, respecto a lo cual, resulta orientadora la

jurisprudencia que se cita enseguida:

INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PENA. CORRESPONDE AL ARBITRIO JUDICIAL DEL

ÓRGANO JURISDICCIONAL DE INSTANCIA Y, POR ENDE, EL TRIBUNAL

COLEGIADO DE CIRCUITO NO DEBE SUSTITUIRSE EN LA AUTORIDAD

RESPONSABLE.53 Acorde con el tercer párrafo del artículo 21 de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, la autoridad judicial es la encargada de

imponer las penas, al ser la que valora las pruebas para acreditar el delito y la

responsabilidad penal del acusado, quien mediante el ejercicio de la inmediación debe

analizar los elementos descritos en los artículos 70 y 72 del Código Penal para el Distrito

Federal, aplicable para la Ciudad de México, que se refieren a las condiciones de

realización del delito, las calidades de los sujetos activo y pasivo, la forma de

intervención del sentenciado, la situación socioeconómica y cultural de éste, su

comportamiento posterior al evento delictivo, así como las circunstancias en que se

encontraba en su realización; todas esas condiciones deben percibirse por el

juzgador de instancia, al ser quien tiene contacto directo con el desarrollo del

proceso penal y no por el tribunal constitucional, el cual tiene como función

salvaguardar derechos humanos y no verificar cuestiones de legalidad, en virtud de que

su marco normativo para el ejercicio de sus facultades lo constituyen la Carta Magna,

los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, la Ley de Amparo y

la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, por lo que el Tribunal Colegiado

53 Consultable en la página

https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/paginas/DetalleGeneralV2.aspx?id=2014661&Clase=DetalleTesisBL

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de Circuito no debe sustituirse en la autoridad responsable, toda vez que no podría

aplicar directamente los preceptos de la codificación penal indicada al no ser una tercera

instancia, máxime que el tema del grado de culpabilidad del sentenciado y el quántum

de las penas no implica que la responsable se hubiese apartado de la razón y la sana

lógica, no es una infracción a la interpretación de la ley, no es una omisión de valoración

de la prueba y no consiste en la apreciación errónea de los hechos.

Del modo anterior, este Consejo General considera que la actitud adoptada por el

PRD, si bien no puede excluirlo de la responsabilidad en que incurrió, puesto que la

infracción quedaría impune, ciertamente debe ser ponderada para fines de la

individualización de la sanción que le corresponda, haciendo gravitar el criterio que

se había venido sosteniendo, hacia el extremo inferior del rango de las sanciones

previstas por la LGIPE, toda vez que dicha actitud redunda en la vigencia del orden

jurídico, en la protección al derecho de libre afiliación de los ciudadanos tutelada,

incluso, por parte de las propias entidades de interés público, como lo es el sujeto

denunciado y la prevalencia del Estado de Derecho.

Lo anterior es así, ya que de conformidad con lo informado por la DEPPP, se advirtió

que durante la vigencia del acuerdo general INE/CG33/2019, el PRD informó sobre

los avances en la realización de las tareas encomendadas mediante el citado

acuerdo, lo que revela la actitud del partido de atender la problemática fundamental,

con la finalidad de depurar su padrón de agremiados y salvaguardar el derecho de

libertad de afiliación en materia política.

Ahora bien, como se precisó, esta autoridad con posterioridad a la vigencia del

acuerdo aludido, verificó a través de actas circunstanciadas que no existiera en el

portal de internet del PRD información relacionada con personas en la lista de

reserva, lo cual fue corroborado mediante acta de once de febrero de este año.

De manera adicional, destaca el correo electrónico de doce de febrero de dos mil

veinte, a través del cual la DEPPP informó, entre otras circunstancias, que el partido

político denunciado en su oportunidad y por lo que hace a las afiliaciones

denunciadas, canceló los registros correspondientes de conformidad con lo

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ordenado por este Consejo General con lo que se evidencia el actuar de

cumplimiento por parte del partido político denunciado.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo tercero, del artículo

21 Constitucional, que prevé que la imposición de las penas, su modificación y su

duración, son propias y exclusivas de la autoridad judicial, a juicio de este órgano

electoral se justifica la reducción de la sanción previamente descrita, por una

de entidad menor, establecida en el artículo 456, párrafo 1, inciso a), fracción

I, de la LGIPE, consistente en una amonestación pública, pues tal medida,

permitiría cumplir con la finalidad del acuerdo multicitado, además que con ella se

incentiva a los partidos políticos a colaborar con esta autoridad en la supervisión,

actualización y consolidación de un registro de su militancia partidaria, certero y

confiable.

Con base en lo expuesto en el presente apartado, y en razón de que la sanción que

se impone consiste en una amonestación pública, resulta innecesario el análisis

de las condiciones socioeconómicas del infractor e impacto en sus actividades.

No pasa inadvertido, que de la respuesta proporcionada mediante correo

electrónico con firma digital válida, enviado por el Director Ejecutivo de Prerrogativas

y Partidos Políticos del INE, identificado con el número de gestión DEPPP-2020-

1514, el doce de febrero del año en curso, se advierte que, por cuanto hace a 16

ciudadanas y ciudadanos materia del presente apartado, se informó que el PRD, en

un primer momento canceló el registro de dichas personas; sin embargo, de

conformidad con sus propios registros, en pasadas fechas, nuevamente el instituto

político denunciado capturó en el Sistema de Afiliación de Partidos Políticos el

registro como militantes de las y los 16 ciudadanas y ciudadanos de referencia, en

el año dos mil diecinueve.

Con base en lo anterior y tomando en cuenta que las 16 personas que se enlistan

a continuación, presentaron sus quejas en el año de 2018, por la indebida afiliación

de que fue objeto por parte del PRD, es obvio concluir que se trató sobre aquella

que el partido y la DEPPP informó, lo anterior de conformidad a lo siguiente:

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No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Fecha de cancelación

1 Silvia Alejandra Alejos Vargas

16/01/2014 19/01/2018

2 Maria Catalina Delgado Rayas

19/06/2014 19/01/2018

3 Beatriz Medina

Manzo 03/09/2010 06/02/2018

4 Alondra Guadalupe

Agustin Mares 10/01/2017 19/01/2018

5 Cecilia Lorena

Cossio Rodriguez 20/01/2017 03/01/2018

6 Sandra Rosalia

Cruz Badillo 26/08/2010 29/03/2018

7 Fernando Carmona

Cervantes 01/05/2011 11/01/2018

8 Joaquin Espinal

Rios 31/05/2011 29/03/2018

9 Eduardo Molina

Ramos 17/11/2016 03/04/2018

10 Uriel Cesareo Sierra 05/08/2013 29/03/2018

11 David Ricardo Cruz

Navarrete 06/11/2013 29/03/2018

12 Elizabeth Pizano

Rivera 18/07/2016 06/04/2018

13 Edemia Sanchez

Hernandez 06/06/2014 03/04/2018

14 Martha Angelica

Mendiola Gutierrez 11/02/2017 04/04/2018

15 Xavier Alfonso Sanchez Perez

27/10/2016 09/02/2018

16 Yolisma Serrano

Berlanga 14/09/2016 03/04/2018

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239

En este sentido, es evidente que los nuevos registros a que se refiere el párrafo que

antecede, no guarda relación directa con la Litis inicialmente entablada, ya que, se

insiste, esta corresponde a la afiliación distinta, tal y como se señala en el cuadro

que antecede.

Luego entonces, resulta inconcuso que, para el caso de las 16 personas de

referencia, estuviesen inconformes con el nuevo registro detectado, podrá acudir

nuevamente ante la UTCE a fin de controvertir su alta en el padrón del PRD como

militante, lo cual será materia de un nuevo procedimiento ordinario sancionador; lo

anterior, considerando que la presente Resolución le será notificada de manera

personal a los sujetos referidos, quienes podrán imponerse de su contenido.

D) El monto del beneficio, lucro, daño o perjuicio económico derivado de

la infracción

Se estima que la infracción cometida por parte del PRD, aun cuando causó un

perjuicio a los objetivos buscados por el legislador, no se cuenta con elementos

objetivos para cuantificar el monto del beneficio, lucro, daño o perjuicio económico

ocasionado con motivo de la infracción.

SÉPTIMO. MEDIO DE IMPUGNACIÓN

A fin de garantizar el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, amparado en el

artículo 17 de la Constitución, se precisa que la presente determinación es

impugnable, tratándose de partidos políticos, a través del recurso de apelación

previsto en el precepto 42 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación

en Materia Electoral, así como del juicio para la protección de los datos

personales de los ciudadanos previsto en el artículo 79 del mismo ordenamiento,

cuando se impugne por ciudadanos.

Por lo expuesto y fundado, se emite la siguiente:

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240

R E S O L U C I Ó N

PRIMERO. Se sobresee el procedimiento sancionador ordinario, incoado con

motivo de las denuncias presentadas por 50 ciudadanas y ciudadanos, en términos

de lo establecido en el Considerando SEGUNDO de esta Resolución.

SEGUNDO. No está acreditada la vulneración a la libertad de afiliación atribuible

al PRD, respecto de 2231 ciudadanas y ciudadanos denunciantes, es decir, no se

demostró la infracción denunciada en términos del Considerando QUINTO

apartado A de esta Resolución.

TERCERO. Se tiene por acreditada la vulneración a la libertad de afiliación

atribuible al PRD, al infringir las disposiciones electorales del derecho de libre

afiliación de 375 ciudadanas y ciudadanos denunciantes, en términos del

Considerando QUINTO apartado B de esta Resolución.

CUARTO. Se impone una amonestación pública al PRD, en los términos del

Considerando SEXTO de la presente Resolución.

QUINTO. Se dejan a salvo los derechos de los 96 ciudadanos que se enlistan a

continuación, para presentar queja ante este Instituto con motivo de su alta ante

el padrón de afiliados del PRD, de conformidad con el Considerando QUINTO,

APARTADO I, y la parte final del Considerando SEXTO, de la presente

Resolución.

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241

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Fecha de cancelación

1 Arley Lopez Gomez 11/02/2011 03/04/2018

2 Laura Elena Sidas

Barron 01/02/2013 03/04/2018

3 Jose Roberto Alfaro

Lopez 01/05/2011 28/03/2018

4 Bertha Alicia

Gonzalez Hernandez

10/02/2017 23/01/2018

5 Fidel Javier Gomez 15/03/2014 17/01/2018

6 Blanca Herminia

Perez Avalos 31/05/2011 06/02/2018

7 Nancy Orozco Soto 13/06/2014 06/02/2018

8 Yazmin Vanessa

Sandoval Valencia 02/03/2014 19/01/2018

9 Norma Angelica Fajardo Arroyo

01/05/2011 10/01/2018

10 Veronica Reyes

Robledo 31/05/2011 23/01/2018

11 Rosa Delia Cruz

Martinez 24/05/2014 19/07/2018

12 Ericka Adriana Perez Carbajal

15/08/2010 06/02/2018

13 Paula Margarita

Ramirez Escudero 01/05/2011 06/02/2018

14 Clara Salas Lopez 01/05/2011 19/01/2018

15 Evelyn Dayana Herrera Mares

28/12/2016 19/01/2018

16 Jose Moises Nava

Martinez 17/01/2017 06/02/2018

17 Blanca Graciela

Ronquillo Ramirez 01/05/2011 13/02/2018

18 Leopoldo Vergara

Peña 21/06/2014 16/01/2018

19 Viviana Hernandez

Benito 11/06/2014 17/01/2018

20 Claudia Valle

Rodriguez 25/06/2014 19/01/2018

21 Juan Missael Lucero Perez

06/07/2014 17/01/2018

22 Itzel Abigail

Gonzalez Mendieta 16/12/2016 19/01/2018

23 Maria Araceli Torres

Ramirez 31/10/2010 03/04/2018

24 Ana Laura Galindo

Lopez 07/04/2014 12/02/2019

25 Argelia Vazquez

Garcia 04/07/2014 03/04/2018

26 Juan Jesus

Rodriguez Marañon 15/11/2016 16/01/2018

27 Jose Eduardo

Cuellar Florentino 09/12/2016 28/03/2018

28 Jaqueline Luna

Hernandez 10/09/2010 10/05/2018

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Fecha de cancelación

29 Mirta Alejandra Huerta Rojas

28/06/2014 10/05/2018

30 Sandra Hernandez

Chaparro 31/05/2011 10/05/2018

31 Kiara Vanessa

Escobar Zepeda 29/07/2016 10/05/2018

32 Gigliola Cruz Hernandez

01/05/2011 10/05/2018

33 Veronica Ruiz

Garcia 27/06/2016 19/01/2018

34 Monica Belem Salgado Simon

01/05/2011 03/04/2018

35 Citlali Nicolas

Martinez 23/11/2013 06/04/2018

36 Raquel Villalobos

Ruiz 25/05/2014 19/01/2018

37 Maria Lucia

Ramirez Ramirez 31/05/2012 12/02/2019

38 Miriam Jazmin Cruz

Hernandez 08/02/2017 29/03/2018

39 Brenda Stephanie

Salgado Garcia 16/06/2014 03/04/2018

40 Omar Sanchez

Avila 06/09/2016 03/04/2018

41 Bertha Alarcon

Benitez 05/12/2013 12/02/2019

42 Argel Urbina

Armenta 10/09/2013 03/04/2018

43 Maria Teresa

Rendon Romualdo 01/03/2011 13/01/2018

44 Cinthya Liliana Rios

Barrera 04/12/2013 13/01/2018

45 Patricia Guadalupe

Adame Guzman 02/03/2017 29/03/2018

46 Arturo Leyva

Magadan 25/01/2017 03/04/2018

47 Daniel Perez Castro 14/01/2014 06/04/2018

48 Marbella Bejar

Nuñez 02/12/2013 29/03/2018

49 Alma Delia

Peñaloza Vargas 17/07/2013 06/04/2018

50 Alondra Kristal

Hernandez Resendiz

31/05/2011 10/05/2018

51 Olga Lidia Gonzalez

Martinez 20/05/2011 12/02/2019

52 Azucena Gonzalez

Martinez 20/05/2011 10/05/2018

53 Baltazar Lorenzo

Valente 01/04/2013 03/04/2018

54 Jorge Gilberto

Hernandez Pantaleon

11/04/2014 10/05/2018

55 Yair de Jesus Ceron Urioso

01/12/2016 29/03/2018

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242

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Fecha de cancelación

56 Diana Laura

Ramirez Millan 02/07/2014 02/04/2018

57 Alejandro Garcia

Remigio 03/10/2010 10/05/2018

58 Emiliano Garcia

Vazquez 04/10/2010 13/12/2018

59 Yesenia Cruz

Quintero 06/11/2013 29/03/2018

60 Leobardo

Mercenario Marin 23/06/2014 04/04/2018

61 Elizabeth Santiago

Rojas 05/02/2017 03/04/2018

62 Jhonatan Rene

Ramirez Ovando 05/12/2013 02/04/2018

63 Edgar Elias

Salmeron Melo 19/01/2017 10/07/2018

64 Francisco Moises Estrada Estrada

09/02/2011 10/07/2018

65 Nadia Ortiz Cuiriz 17/05/2014 06/04/2018

66 Ana Beatriz Medina

Tellez 27/06/2016 03/04/2018

67 Norma Gallegos de

la Paz 03/03/2017 10/05/2018

68 Juan Velazquez

Tellez 28/03/2016 03/04/2018

69 Wilfrido Armin

Gutierrez Garcia 11/01/2017 20/12/2018

70 Maria Alejandra

Cuiniche Gutierrez 10/11/2010 10/05/2018

71 Diani Lopez Diaz 08/02/2017 10/05/2018

72 Ignacio Martin

Galvez Roblero 07/09/2016 20/12/2018

73 Sofia Garcia

Bautista 29/07/2013 10/07/2018

74 Leobardo Montalvo

Hernandez 05/10/2016 04/04/2018

75 Yonathan Rios

Uriarte 03/01/2017 10/07/2018

76 Clara Isabel

Saldaña Garcia 17/03/2014 03/04/2018

77 Maria de la Luz

Parra Ruiz 25/08/2010 06/04/2018

78 Nicolasa Lopez

Maldonado 06/03/2017 03/04/2018

79 Margarita Reyes

Mancera 24/01/2017 02/04/2018

80 Maria del Socorro

Horcasitas Delgado 28/06/2014 19/01/2018

81 Silvia Alejandra Alejos Vargas

16/01/2014 19/01/2018

82 Maria Catalina Delgado Rayas

19/06/2014 19/01/2018

83 Beatriz Medina

Manzo 03/09/2010 06/02/2018

No Ciudadana o ciudadano

Fecha de afiliación

Fecha de cancelación

84 Alondra Guadalupe

Agustin Mares 10/01/2017 19/01/2018

85 Cecilia Lorena

Cossio Rodriguez 20/01/2017 03/01/2018

86 Sandra Rosalia

Cruz Badillo 26/08/2010 29/03/2018

87 Fernando Carmona

Cervantes 01/05/2011 11/01/2018

88 Joaquin Espinal

Rios 31/05/2011 29/03/2018

89 Eduardo Molina

Ramos 17/11/2016 03/04/2018

90 Uriel Cesareo

Sierra 05/08/2013 29/03/2018

91 David Ricardo Cruz

Navarrete 06/11/2013 29/03/2018

92 Elizabeth Pizano

Rivera 18/07/2016 06/04/2018

93 Edemia Sanchez

Hernandez 06/06/2014 03/04/2018

94 Martha Angelica

Mendiola Gutierrez 11/02/2017 04/04/2018

55 Xavier Alfonso Sanchez Perez

27/10/2016 09/02/2018

96 Yolisma Serrano

Berlanga 14/09/2016 03/04/2018

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243

SEXTO. La presente Resolución es impugnable a través del recurso de apelación

previsto en el artículo 42 de la Ley General del Sistema de Medios de

Impugnación en Materia Electoral, así como del juicio para la protección de los

derechos político electorales del ciudadano previsto en el artículo 79 del mismo

ordenamiento.

SÉPTIMO. Publíquese la presente determinación en el Diario Oficial de la

Federación, a efecto de hacer efectiva la sanción impuesta al PRD, una vez que la

misma haya causado estado.

Notifíquese personalmente a las ciudadanas y ciudadanos quejosos materia

del presente asunto; en términos del artículo 68 numeral 1, incisos d), q) y

w), del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral al Partido de la

Revolución Democratica; por oficio a la Sala Regional Monterrey54 del Tribunal

Electoral del Poder Judicial de la Federación, con copia certificada la presente

Resolución, para los efectos legales a que haya lugar, y por estrados, a quienes

les resulte de interés.

En su oportunidad, archívese el presente expediente como asunto total y

definitivamente concluido.

54 En cumplimiento a las determinaciones emitidas en los expedientes SM-RAP-11/2018, SM-RAP-12/2018, SM-RAP-13/2018, SM-RAP-18/2018, SM-RAP-19/2018, SM-RAP-21/2018, SM-RAP-22/2018, SM-RAP-24/2018 y SM-RAP-26/2018.

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CONSEJO GENERAL EXP. UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018

244

La presente Resolución fue aprobada en lo general en sesión ordinaria del Consejo General celebrada el 21 de febrero de 2020, por ocho votos a favor de los Consejeros Electorales, Licenciado Enrique Andrade González, Doctora Adriana Margarita Favela Herrera, Doctor Ciro Murayama Rendón, Doctor Benito Nacif Hernández, Maestra Dania Paola Ravel Cuevas, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y del Consejero Presidente, Doctor Lorenzo Córdova Vianello, y dos votos en contra de los Consejeros Electorales, Doctor José Roberto Ruiz Saldaña y Licenciada Alejandra Pamela San Martín Ríos y Valles, no estando presente durante el desarrollo de la sesión el Consejero Electoral, Maestro Marco Antonio Baños Martínez. Se aprobó en lo particular por lo que hace a la sanción, en los términos del Proyecto de Resolución originalmente circulado, por siete votos a favor de los Consejeros Electorales, Licenciado Enrique Andrade González, Doctora Adriana Margarita Favela Herrera, Doctor Ciro Murayama Rendón, Doctor Benito Nacif Hernández, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y del Consejero Presidente, Doctor Lorenzo Córdova Vianello, y tres votos en contra de los Consejeros Electorales, Maestra Dania Paola Ravel Cuevas, Doctor José Roberto Ruiz Saldaña y Licenciada Alejandra Pamela San Martín Ríos y Valles, no estando presente durante el desarrollo de la sesión el Consejero Electoral, Maestro Marco Antonio Baños Martínez.

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL

DR. LORENZO CÓRDOVA VIANELLO

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL

LIC. EDMUNDO JACOBO MOLINA