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Lineamientos y Reglamento del Servicio Social para los Planteles del CECyTECH 1 LINEAMIENTOS Y REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL PARA LOS PLANTELES DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO CHIAPAS

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Lineamientos y Reglamento del Servicio Social para los Planteles del CECyTECH

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LINEAMIENTOS Y REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL PARA LOS PLANTELES DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y

TECNOLÓGICOS DEL ESTADO CHIAPAS

Lineamientos y Reglamento del Servicio Social para los Planteles del CECyTECH

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CONTENIDO

INTRODUCCIÓN.

OBJETIVO GENERAL.

I. BASE LEGAL.

II. LINEAMIENTOS GENERALES.

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.

CAPÍTULO II CARACTERÍSTICAS Y REQUISITOS.

CAPÍTULO III DE LA COMPETENCIA.

CAPÍTULO IV DE LOS PRESTADORES Y LOS DERECHOS.

• De las obligaciones • De las sanciones

TRANSITORIOS. ANEXOS.

• Fundamentos Legales: Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos. • Ley General de Educación.

• Ley Reglamentaria del Artículo 5º. Constitucional Relativo al Ejercicio de

Profesiones en el Distrito Federal.

• Reglamento de la ley Reglamentaria del Artículo 5º. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal.

• Reglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de las

Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana.

Lineamientos y Reglamento del Servicio Social para los Planteles del CECyTECH

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• Recomendaciones de la Comisión Interinstitucional, para la Formación de Recursos Humanos para la Salud, para la Instrumentación del Servicio Social de las Profesiones de la Salud a que podrán sujetarse las Instituciones de Educación Superior.

• Programas alternos para la prestación del Servicio Social. • Formatos que integrarán el expediente del alumno en Servicio Social.

Constancia del curso de inducción Solicitud de servicio social. FSS-1 Cédula de Registro FSS-2 Carta de Presentación FSS-3 Carta de Aceptación FSS-4 Carta compromiso de servicio social FSS-5 Convenio Informe bimestral FSS-6 Control de permanencia de prestadores de servicio social FSS-7 Informe final FSS-8 Constancia de terminación del servicio social. Seguimiento de servicio social SS-1 Resumen estadístico de prestadores de servicio social SS-2

• Instructivos del llenado de los formatos.

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INTRODUCCIÓN

La Dirección General de Educación Tecnológica Industrial a través de la Coordinación de Organismos Descentralizados Estatales de los CECyTEs, en su función correspondiente a operar la normatividad de las acciones que se llevan a cabo en los Colegios de Estudios Científicos y Tecnológicos en los Estados, se ocupa de atender las políticas de desarrollo educativo que determina la Secretaría de Educación Pública como prioritarias. Por lo anterior y congruentes con la importancia que representa la formación integral de técnicos profesionales que egresan del subsistema, se promueve el documento LINEAMIENTOS Y REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL, en el que se delimitan las funciones de los responsables de las áreas sustantivas y de los sujetos de prestación; contemplando entre otras actividades, las tendientes a despertar una conciencia crítica en el educando al ubicarlo en un escenario acorde a las actividades productivas del país, su entorno social, comunitario y los problemas del desarrollo que enfrentan en el quehacer profesional. En esta virtud, se propone que la escuela y las instituciones prestatarias sean capaces de brindar al estudiante elementos, técnicas y habilidades que le permitan participar en el proceso de cambio, procurando que los estudiantes aporten su esfuerzo y retribuyan a la sociedad parte del beneficio recibido durante su preparación profesional. Los programas de servicio social substanciados por la DGETI, textualizan más allá del intento de cumplir con un requisito de certificación y titulación y pretenden que el servicio social, resultante de un mandato constitucional, que forma parte de los planes de estudio, se lleve a cabo en un proceso permanente de vinculación del estudiante con la realidad laboral y social, tal como lo contempla la Ley General de Educación en lo referente al Capítulo Federalismo, Proceso Educativo y Formación para el Trabajo. El propósito de actualizar la normatividad para el cumplimiento del servicio social es: sistematizar las actividades y lograr mayor eficiencia en los trámites para la prestación y operación del servicio social en los planteles oficiales, donde la aplicación de los presentes lineamientos y reglamento, serán de carácter obligatorio.

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OBJETIVO GENERAL.

Establecer los lineamientos, procedimientos y el reglamento de los planteles oficiales de los Subsistemas incorporados a la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial, con la finalidad de dar a conocer la normatividad y facilitar el seguimiento sistematizado del servicio social.

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I. BASE LEGAL

1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Título 1º, Capítulo I, Artículo 5º. de 1917. Edición 1993.

2. Ley General de Educación, Capítulo II, Artículo 24, Capítulo IV, Sección I, Artículo

44, Párrafo 4º. 3. Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, relativo al Ejercicio de las

Profesiones en el D.F. Capítulo II, Artículo 9º y Capítulo VII Artículo 52 al 60. Diario Oficial 26 - V - 1945 Incluyendo reformas del 2 - I - 1974 y 23 - XII - 1974.

4. Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, relativo al

Ejercicio de las Profesiones, en el D.F., Capítulo II, Artículo 9º, Capítulo III, Artículo 14 y 15; y Capítulo VIII, Artículos 85 al 93. Diario Oficial 1-X-1945 con reformas al 8-V-1945 Diario Oficial 30-III-1981.

5. Ley General de Salud.

Diario Oficial 7 de febrero de 1987. 6. Bases para la Instrumentación del Servicio Social de los Profesionales de la Salud.

Diario Oficial 2 de marzo de 1982. 7. Reglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de las

Instituciones de Educación Superior de la República Mexicana. Capítulo I Artículo 3. Diario Oficial 30 de marzo de 1981.

8. Recomendaciones de la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos

Humanos para la Salud, (CIFRHS) para la Instrumentación del Servicio Social de los Estudiantes de las Profesiones de la Salud a que podrán sujetarse las Instituciones de Educación Superior. Aprobadas el 6 de abril de 1992.

9. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Capítulo II. Artículo 38, Fracción XXX. 10. Reglamento Interior de la SEP.

Capítulo V. Artículo 20.

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II. LINEAMIENTOS GENERALES 1. La Dirección General de Educación Tecnológica Industrial, a través de la Coordinación de

ODEs, las Subdirecciones de Enlace y del Distrito Federal y Direcciones de los planteles planea, organiza, dirige y difunde los procedimientos e instrumentos que regulan al servicio social

2. Las autoridades superiores de la DGETI y de las Subdirecciones de Enlace y del Distrito

Federal, podrán establecer Convenios, Acuerdos y Bases de Coordinación, con los representantes de las dependencias de Gobierno Federal, Estatal, Municipal, Organismos Públicos y Sociales para coordinar y diseñar proyectos y programas de servicio social.

3. La Dirección Académica en coordinación con la Oficina de Vinculación y Seguimiento

Profesional promueve y difunde los Convenios, Acuerdos, Bases de coordinación y programas de servicio social que se desarrollan en los planteles.

4. La Oficina de Vinculación y Seguimiento Profesional organiza y promueve cursos de

capacitación dirigidos al personal Responsable del servicio social y prácticas profesionales en los planteles, elabora en forma conjunta los programas de coordinación interinstitucional y de apoyo interno a planteles del Subsistema.

5. La Dirección Académica autoriza a los planteles los programas de servicio social en base a

los Convenios, Acuerdos y Bases de Coordinación, celebrados con el Gobierno Federal, Estatal o Municipal.

6. La Oficina de Vinculación y Seguimiento Profesional mantendrá actualizado el catálogo de

Convenios, Acuerdos, Bases de Coordinación, así como de instituciones prestatarias, programas establecidos y necesidades de prestadores, mismos que comunicarán a los planteles oportunamente para su atención.

7. La Oficina de Vinculación y Seguimiento Profesional elabora y difunde los programas de

servicio social, previa validación de la Dirección Académica a fin de darlos a conocer a los alumnos para que éstos inicien actividades en los meses de agosto y febrero, con excepción de programas especiales que podrán realizarse en diferentes fechas.

8. El responsable de servicio social y prácticas profesionales de los planteles, promueve

pláticas de información y cursos de inducción, dirigidos a los alumnos en los que se dará a conocer los programas de servicio social, así como los conceptos, objetivos y procedimientos administrativos para su realización. Esta actividad quedará reforzada mediante la convocatoria semestral publicada en el plantel.

9. El trámite administrativo correspondiente al llenado de formatos por parte de los

prestadores será previo al inicio del servicio social, de ahí que el responsable de servicio en los planteles deberá elaborar los listados de los candidatos y los entregará a la Oficina de Vinculación y Seguimiento Profesional de la Dirección Académica.

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10. El responsable de servicio social y prácticas profesionales del plantel integra a los alumnos en los programas, en base al promedio.

11. Se consideran candidatos prestantes a los alumnos regulares que hayan cubierto el

70% de los créditos del plan de estudios, así como a los egresados que por alguna razón no hayan cubierto este requisito y a los trabajadores o empleados activos dentro del servicio público en cualquiera de los tres niveles de gobierno, con una antigüedad mínima de seis meses comprobada.

12. El servicio social es de carácter obligatorio para obtener el certificado de estudios y el

título de técnico profesional y bachillerato tecnológico en el Subsistema; comprende un período mínimo de seis meses, salvo en casos de programas especiales y su duración nunca podrá ser menor de 480 horas, los tiempos podrán ser continuos o discontinuos dependiendo del carácter del programa.

13. Los prestantes que por el carácter de la carrera profesional que cursen se obliguen o

deseen prestar el servicio social en programas de desarrollo académico, de atención médica en áreas de la salud (S.S., ISSSTE, IMSS), entre otros, deberán cubrir un año de servicio social sujetándose a los lineamientos establecidos para estos casos, emitidos por la Dirección de Enseñanza de la Secretaría de Salud, básicamente las carreras de enfermería, ya que en estas instituciones se considera lo anterior como requisito para otorgar campos laborales a los profesionales de estas áreas.

14. La Oficina de Vinculación y Seguimiento Profesional, hará entrega de las solicitudes de

inscripción a los prestadores una vez que hayan sido seleccionados y asignados a un programa de servicio social, mismos que deberán llenar los formatos correspondientes, para la apertura de su expediente.

15. Las actividades que desempeñen los prestadores durante el servicio social deberán ser

preferentemente acordes con los estudios cursados, o en programas especiales de desarrollo y emergencia social.

16. Las modalidades de prestación de servicio social pueden ser:

I. De carácter Interinstitucional II. En forma individual o grupal, III. En zonas urbanas, suburbanas o rurales.

17. El servicio social atenderá básicamente proyectos y programas de colaboración

establecidos por la Secretaría de Educación Pública con organismos del Gobierno Federal, Estatal o Municipal, con los sectores social y productivo.

18. El servicio social se establecerá a través de Convenios, Acuerdos y Bases de

Coordinación para brindar apoyo técnico y administrativo a las instituciones del sector público y empresas autorizadas por la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), para la asistencia técnica, capacitación, adiestramiento y desarrollo comunitario.

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19. El servicio social podrá registrarse dentro de programas especiales mediante la validación

de la Dirección de Apoyo al Servicio Social dependientes de la Secretaría de Desarrollo Social.

20. El servicio social podrá realizarse en programas de: Enseñanza y Desarrollo Académico,

Promoción, Prevención y Atención a la Salud, Educación Para Adultos, Educación Ambiental, Apoyo Docente en oficinas para la elaboración de materiales didácticos de difusión, Promoción de Actividades Sociales, Culturales y Deportivas o Programas Especiales

21. En caso de que alguna dependencia u organismo solicite prestadores de servicio social

directamente a la Dirección General del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado (CECyTE) para programas especiales, éstos se atenderán bajo los lineamientos del presente documento.

22. El prestante de servicio social deberá integrar su plan de trabajo y entregarlo en el plantel

correspondiente a más tardar veinte días hábiles después de haber recibido su carta de presentación para la institución y haber iniciado su actividad, detallando a manera de cronograma las actividades que desarrollará durante la prestación del servicio social.

23. El prestante deberá elaborar y entregar un reporte bimestral en el formato FSS-6 los cinco

primeros dias después de haber concluido el período, y uno final en el formato FSS-8 quince dias hábiles después de finalizado el servicio, detallando en cada uno de estos las actividades más relevantes. Los reportes deberán ser revisados y firmados por el asesor del servicio social en la institución.

24. La Oficina de Vinculación y Seguimiento Profesional en coordinación con el responsable

de servicio social y prácticas profesionales en los planteles, deberán supervisar y evaluar sistemáticamente las actividades desarrolladas por los prestantes, con el propósito de confirmar el cumplimiento de los programas establecidos y en su caso brindar asesoría y orientación a los prestantes.

25. La institución educativa y la prestataria acordarán conjuntamente la baja de alumnos que

incurran en actos de incumplimiento a los lineamientos y reglamento establecido, debiendo notificarse mutuamente los motivos y causas de las bajas, con el propósito de imponer las sanciones y amonestaciones correspondientes.

26. Los prestantes no podrán cambiar de ubicación institucional o programa sin la previa

autorización del Responsable de servicio social en el plantel, quien notificará a la Oficina de Vinculación y Seguimiento Profesional el cambio en el reporte estadístico.

27. Los prestantes que trabajen en instituciones del sector público deberán presentar solicitud

de reconocimiento del servicio social al director del plantel, presentando la constancia laboral sellada y firmada por el área de recursos humanos de la entidad pública en la que labora.

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28. El prestador que realice el servicio social en un ámbito de influencia diferente del plantel al

que pertenece, sea por cambio domiciliario estatal o por programas especiales que así lo requieran, deberá sujetarse a los lineamientos establecidos en programas normales cubriendo los requisitos en tiempo y forma.

29. La Oficina de Vinculación y Seguimiento Profesional, será la responsable del control de

expedientes de los prestantes y para la expedición de las constancias de acreditación del servicio social deberá tener completo su expediente con la carta de terminación expedida por la institución.

30. El expediente del prestante estará completo con los siguientes documentos:

1. Constancia Curso de Inducción. 2. Solicitud de servicio social FSS-1 3. Cedula de Registro FSS-2 4. Carta de Presentación FSS-3 5. Carta de Aceptación FSS-4 6. Carta Compromiso FSS-5 7. Convenio 8. Tres informes bimestrales FSS-6 9. Control de permanencia FSS-7 10. Informe final FSS-8 11. Copia del Acta de Nacimiento 12. Constancia de terminación del servicio social.

31. El plantel efectuará la expedición de la constancia de acreditación de servicio social en un

plazo de veinte dias. 32. La constancia de acreditación del servicio social debe elaborarse en el plantel y contener

el logotipo oficial establecido por CECyTEs para el Subsistema, deberá incluir la firma, del director del plantel, el sello del centro educativo.

33. La Dirección General de Educación Tecnológica Industrial a través de la Coordinación de

Organismos Descentralizados de los CECyTEs, conjuntamente con las Subdirecciones de Enlace y Distrito Federal es responsable de efectuar el registro ante la Dirección General de Profesiones y de validar las constancias de acreditación del servicio social.

34. Los planteles enviarán trimestralmente la documentación correspondiente a los registros

estadísticos e información del avance en los programas a la Oficina de Vinculación y Seguimiento Profesional de la Dirección Académica.

35. La Oficina de Vinculación y Seguimiento Profesional al inicio y término de cada semestre,

remitirá a la Dirección Académica la documentación solicitada a los planteles acompañada del catálogo de convenios, acuerdos y bases de colaboración, registros estadísticos y avance de programas.

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DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES

DIRECCIÓN ACADÉMICA

OFICINA DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO PROFESIONAL

RESPONSABLE DE SERVICIO SOCIAL Y PRÁCTICAS PROFESIONALES EN

PLANTELES

INSTITUCIONES PRESTATARIAS

PRESTADOR

1.1 Emite normatividad, documento, “Lineamientos y Reglamento de Servicio Social”. 1.2 Promueve Convenios Generales, Acuerdos y Bases de Coordinación. 1.3. Concentra catálogo nacional de instituciones prestatarias 1.4. Recibe información semestral de la Oficina de Vinculación y Seguimiento Profesional. 1.5. Evalúa y sistematiza los resultados.

2.1. Recibe documento de normatividad. 2.2. Conoce de los Convenios Generales. Establece Acuerdos y Bases de Coordinación para la vinculación con dependencias y organismos estatales y locales. 2.3. Elabora catálogo estatal de instituciones prestatarias 2.4. Da a conocer a los directores de planteles la normatividad. 2.5. Promueve cursos de capacitación dirigidos a los responsables de servicio social en los planteles. 2.6. Planea, diseña, instrumenta y elabora programas de servicio social a nivel estatal y local en coordinación con los responsables en los planteles. 2.7. Solicita a los planteles informes trimestrales y semestrales. 2.8.Analiza la información recibida y realiza concentrado de informes 2.9. Envía a la Dirección Académica la información semestral de servicio social.

3.1. El director recibe la normatividad e instrumenta mecanismos para su difusión entre los responsables de servicio social y alumnos. 3.2. Revisa la normatividad y atiende a los Convenios, Acuerdos y Bases de Coordinación para instrumentar programas. 3.3. Actualiza el catálogo local de instituciones prestatarias, programas, necesidades de prestadores y lo da a conocer a los candidatos del servicio social. 3.4. Asiste a los cursos de capacitación que promueve la Coordinación con las instituciones prestatarias. 3.5. Elabora los programas específicos para el semestre y solicita su autorización a la Coordinación. 3.6. Elabora y difunde la convocatoria en la que se da a conocer a los alumnos el programa general de servicio social para el semestre 3.7. Invita a las instituciones prestatarias para impartir cursos de inducción al servicio social dirigidos a los alumnos. 3.8. Recibe de la Oficina de Vinculación y Seguimiento Profesional los listados de estudiantes autorizados para prestar servicio social y los da a conocer mediante publicación. 3.9. Asigna lugares a los alumnos en las instituciones prestatarias en base a: - Promedio, - Necesidades de los alumnos - Numero de prestantes solicitados por la institución. 3.10. Elabora y entrega la carta de presentación a los prestadores e integra su expediente con la documentación correspondiente. 3.11. Recaba la carta de asignación del prestatario y el prestador la integra al expediente del mismo. 3.12. Capacita al personal docente designado por la Oficina de Vinculación y Seguimiento Profesional para la supervisión de los prestadores; misma que deberá realizarse como mínimo una vez al mes por institución. 3.13. Recibe del equipo de supervisores docentes mensualmente las evaluaciones 3.14. Recibe de la institución prestataria el informe y evaluación final de las actividades realizadas por los prestadores. 3.15.Elabora conjuntamente con las instituciones prestatarias el informe cualitativo global por semestre de los programas de servicio social para su revisión, modificación o cancelación. 3.16. Elabora el informe semestral de servicio social de las actividades realizadas por los prestadores en las instituciones, el cual envía a la Oficina de Vinculación y Seguimiento Profesional.

4.1. Recibe o solicita al plantel campos para prestadores de servicio social. 4.2. Entrega requerimientos y procedimiento para la asignación de plazas del servicio social y posibles becas. 4.3. Elabora y firma convenios, acuerdos o bases de Colaboración con la Dirección de Vinculación o con la Dirección Académica o con el Director del Plantel 4.4. Participa en la elaboración del programa del servicio social conjuntamente con instituciones educativas 4.5. Asiste a los cursos de inducción programados en los diversos planteles para dar a conocer sus propuestas de programa de servicio social. 4.6. Recibe y ubica a los prestadores del servicio social en los programas respectivos. 4.7. Regresa al plantel de origen las cartas de asignación firmadas y selladas, adjunta el programa de actividades que realizarán los mismos. 4.8. Brinda supervisión y asesoría a los alumnos prestantes. 4.9. Autoriza las visitas de supervisión mensual que realizará un responsable del plantel a la institución. 4.10. Aprueba, firma y sella los informes bimestrales y finales que el prestador entregará al plantel. 4.11.Elabora y entrega al prestador la carta de terminación de servicio social y la evaluación de actividades del mismo. 4.12. Entrega al plantel la evaluación de los alumnos y una global de los programas para su revisión, modificación o cancelación.

5.1. Recibe información a través de la convocatoria publicada. 5.2. Solicita información sobre el curso de inducción al servicio social y se inscribe. 5.3. Asiste al curso de inducción. 5.4. Elige opción y programa. 5.5. Entrega acta de nacimiento a la Oficina de Servicio Social, fotografías y llena la solicitud correspondiente. 5.6. Recibe carta de presentación para la institución. 5.7. Entrega carta de presentación al prestatario. 5.8. Recibe carta de asignación que entrega al plantel firmada y sellada. 5.9. Inicia actividad. 5.10. Recibe capacitación y asesoría por parte del plantel e Institución. 5.11. Elabora programa de actividades y cronograma a desarrollar durante el servicio. 5.12. Recibe aprobación de programa por la institución y entrega el original al plantel. 5.13. Elabora y entrega informes bimestrales y uno final de acuerdo a los tiempos establecidos en los lineamientos. 5.14. Recibe la constancia de terminación de servicio social de la institución y la entrega al plantel con un máximo de diez días. 5.15. Recibe copia de la carta de acreditación del servicio social.

Lineamientos y Reglamento del Servicio Social para los Planteles del CECyTECH

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DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO PARA LA INTEGRACIÓN, DEFINICIÓN Y ADECUACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL.

DIRECCIÓN ACADÉMICA

OFICINA DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO PROFESIONAL

RESPONSABLE DE SERVICIO SOCIAL Y

PRÁCTICAS PROFESIONALES EN

PLANTELES

INSTITUCIÓN PRESTATARIA

PRESTADOR

Inicio

Oficio-listado

4 Recibe

informes

3 Elabora catálogo

estatal

1 Emite

normatividad

8 INVITA A

INSTITUCIONES PARA IMPARTIR CURSOS

DE INDUCCION

Difunde mediante

convocatoria

6

Recibe información sobre S.S.

1

Inscribe y asiste al curso de inducción

2

Convenio

22

Promueve convenios

5 Evalua y

sistematiza resultados

5 Planea diseña e instrumenta

programas

2 Atiende convenios, acuerdos y bases de coordinación

1 Recibe y difunde

normatividad

2 Atiende y establece

convenios, acuerdos y bases de coordinación

4 Capacita a los responsables

Convenios

6 Solicita, concentra y analiza información

de planteles

7 Reporta resultados

a la Direccion Académica

1 Recibe y difunde

normatividad

3 Elabora catálogo

local

5 Elabora

programas

7 Recibe el listado de alumnos autorizados para el servicio de la

oficina de Vinculación u Seguimiento Prof.

9 RECIBE

SOLICITUDES DE LOS ALUMNOS

10 UBICA A LOS

ALUMNOS EN SERVICIO SOCIAL

Firma y sella carta de

asignación

7

Autoriza visitas de supervision

9

Participa en cursos de induccion

5

Elabora y firma convenios acuerdos

y bases de colaboracion

3

Recibe o solicita plazas de

servicio social sobre S.S.

1

Entrega requerimiento y procedimiento

sobre S.S.

2

Ubica los prestadores

5 Recibe y ubica a los prestadores

6

Aprueba firma y sella informes

bimestrales y final.

10

Carta de ter. y Evaluación

Elige opción y programa

3

Entrega acta de nacimiento, fotografias y llena solicitud

4

Solicitud

Recibe carta de presentación y entrega al prestatario

5

Carta de presentación

Recibe carta de asignación

6

Carta de asignación

Inicia actividad

70

Elabora programas de actividades y

cronograma. entrega al plantel

90

Elabora y entrega informes bimestrales

y final

100

3 Elabora catálogo estatal

4 Recibe

capacitación

Convenios

Recibe capacitación y asesoría por parte

del plantel e institución.

80

Participa en la elaboración de programas de SS.

4

Brinda asesoria y supervisión a los

alumnos

8

Entrga carta de terminación y

evaluación

11

Lineamientos y Reglamento del Servicio Social para los Planteles del CECyTECH

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DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO PARA LA INTEGRACIÓN, DEFINICIÓN Y ADECUACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL.

DIRECCIÓN ACADÉMICA

OFICINA DE VINCULACIÓN Y SEGUIMIENTO PROFESIONAL

RESPONSABLE DE SERVICIO SOCIAL Y

PRÁCTICAS PROFESIONALES EN

PLANTELES

INSTITUCIÓN PRESTATARIA

PRESTADOR.

11 ENTREGA CARTA

DE PRESENTACION E

INTEGRA EXPEDIENTES

13 Capacita a docentes supervisores

12 Recibe copia carta de acreditación

15 Recibe informes y evaluacion final de los prestadores

Entrega al plantel evaluación de programas y alumnos

12

00

Informes y Evaluacion final

16 Elabora informe cualitativo con instituciones prestatarias

17 Elabora informe de servicio social semestral y envia a la Oficina de Vinculación y Seguimiento Profesional

Informe semestral

11 Recibe constancia de terminación y entrega al plantel

Constancia de terminación

Informes

Copia constancia de acreditación

12 RECABA CARTA

DE ASIGNACION

Fin

14 Recibe de supervisores evaluaciones mensuales

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REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL PARA

LOS PLANTELES DEL CECyTECH

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.

ARTÍCULO 1º.- El presente Reglamento establece las normas para la prestación del servicio social de los alumnos tanto de los planteles oficiales dependientes de la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial, como de las escuelas particulares. Su cumplimiento es obligatorio y su violación se sancionará conforme a lo dispuesto en el capítulo respectivo. ARTÍCULO 2º.- Para los fines del presente reglamento se entiende por: DGETI: Dirección General de Educación Tecnológica Industrial. Coordinación de ODEs: Coordinación de Organismos Descentralizados Estatales. Subdirecciones de Enlace: Subdirecciones de Enlace y del Distrito Federal Dirección General: Dirección General del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Chiapas. Plantel: A los Centros de Estudios Tecnológicos Industriales y de servicios, a los Centros de Bachillerato Tecnológico Industrial y servicios y Colegios de Estudios Científicos y Tecnológicos de los Estados, así como a las escuelas incorporadas. Oficina: Oficina de Vinculación y Seguimiento Profesional encargada del servicio social y prácticas profesionales en la Dirección Académica. Responsable: Al Responsable de servicio social y prácticas profesionales en los planteles. Prestador: Al alumno regular que haya aprobado como mínimo el 70% de los créditos académicos o bien egresados que no hayan cubierto el requisito por causas diversas. Prestatario: A los sectores público, social y privado, según sea el lugar donde se realice el servicio social. Servicio: Al servicio social. Programas: A los programas establecidos para la prestación del servicio social. Servicio Social Interinstitucional: Al que se presta fuera del plantel mediante convenios, acuerdos o bases de coordinación con instituciones del sector público o privado.

Lineamientos y Reglamento del Servicio Social para los Planteles del CECyTECH

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Servicio Social de Apoyo Interno Institucional: Al que se presta internamente en alguna de las oficinas o planteles del subsistema. ARTÍCULO 3º.- El servicio por sus funciones y fines académicos, estará desvinculado de cualquier relación de tipo laboral y no podrá otorgar carácter de trabajador al prestante, bajo ninguna circunstancia. ARTÍCULO 4º.- La Dirección Académica, la Oficina de Vinculación y Seguimiento Profesional y los responsables de servicio social y prácticas profesionales en los planteles, fomentarán y apoyarán preferentemente los programas interinstitucionales, que incorporen a los prestadores en actividades propias del área de su profesión, y aquellos que por su naturaleza social requieran del apoyo, solidaridad y reciprocidad de los prestadores con la sociedad. ARTÍCULO 5º.- La prestación del servicio social tendrá carácter obligatorio temporal, y será remunerado con las excepciones que establezca la ley, constituyéndose su total cumplimiento como un requisito para obtener el certificado y el título de técnico profesional. ARTÍCULO 6º.- La duración del servicio social no podrá ser menor de 480 horas, su duración será por un período no menor de seis meses ni mayor de dos años y se desarrollará preferentemente en el período escolar o vacacional correspondiente, y según la normatividad convenida para el desarrollo del programa. ARTÍCULO 7º.- Los prestadores de los planteles donde se imparten carreras del área de la salud, sin perjuicio de los derechos y obligaciones que le señala el presente reglamento, observarán la normatividad que para el efecto emita la Secretaría de Salud. ARTÍCULO 8º.- Todo educando prestador del servicio del subsistema, deberá observar consideración y respeto a los reglamentos de la institución donde lo realice, cuidando en todo momento su buena imagen y en consecuencia la de la institución a la que pertenece. ARTÍCULO 9º.- Todo servicio que se realice y contraponga a los lineamientos y reglamentos emitidos por la Dirección General, será nulo sin posibilidad de recurso alguno.

CAPÍTULO II CARACTERÍSTICAS Y REQUISITOS

ARTÍCULO 10º.- El servicio social tiene los siguientes objetivos específicos:

I. Contribuir a la formación integral del educando.

II. Desarrollar en el prestador conciencia crítica, fomentar un alto sentido de solidaridad social y de compromiso con su comunidad.

III. Corresponder a la sociedad por su contribución para posibilitar el proceso

educativo.

Lineamientos y Reglamento del Servicio Social para los Planteles del CECyTECH

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ARTÍCULO 11º.- El servicio deberá iniciarse en los meses de agosto y febrero; es decir, al inicio de cada semestre lectivo, previo cumplimiento de los trámites estipulados para su prestación, salvo en caso de programas especiales que requieran de otro período. ARTÍCULO 12º.- Los programas de servicio social deberán tomar en cuenta los objetivos del servicio y los del prestatario ARTÍCULO 13º.- El servicio deberá prestarse dentro de los programas que al efecto se convengan con los sectores público y social, así como los que establezca la Dirección General. ARTÍCULO 14º.- El servicio podrá ser interinstitucional o institucional y realizarse en:

I. Forma individual o grupal

II. Zonas urbanas, suburbanas o rurales. III. Planes y programas internos y de colaboración.

ARTÍCULO 15º.- El servicio que se realice en programas de la propia institución será de carácter gratuito.

CAPÍTULO lll DE LA COMPETENCIA

ARTÍCULO 16º.- Corresponde a la Dirección Académica y a la Oficina de Vinculación y Seguimiento Profesional.

I. Hacer cumplir el presente reglamento.

II. Coordinar las etapas de planeación, organización, control, supervisión y evaluación.

III. Promover y concertar la firma de convenios de acuerdos específicos en

materia de servicio, con los sectores público, social y privado. IV. Vigilar el cumplimiento de las obligaciones pactadas en los convenios

generales y acuerdos específicos.

V. Analizar y en su caso aprobar los programas de servicio que propongan los planteles.

VI. Elaborar y enviar semestral y anualmente los informes relativos a la

estadísticas del desarrollo y cumplimiento del servicio VII. Expedir la constancia de acreditación del servicio social y a su vez notificar

a la Dirección General de Profesiones el cumplimiento del mismo.

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ARTÍCULO 17º.-Corresponde a los planteles en materia de servicio social:

I. Cumplir las normas y procedimientos para el servicio establecidos por la Dirección General.

II. Participar en las etapas de planeación, organización, difusión, control,

supervisión y evaluación, inherentes a los programas de servicio. III. Proponer a la Dirección Académica la concertación de convenios o

acuerdos específicos. IV. Mantener actualizada la relación de los convenios y acuerdos específicos

vigentes en los que se apoye la realización del servicio.

V. Mantener un registro y directorio de los prestatarios de servicio. VI. Elaborar los registros estadísticos de los programas de servicio.

VII. Organizar periódicamente cursos informativos y de orientación para

propiciar el adecuado desempeño de los prestadores. VIII. Autorizar la asignación de prestadores a programas de servicio. IX. Participar en los procesos administrativos tendientes a cumplir con los

programas de servicio concertados con el sector salud.

X. Elaborar trimestral y semestralmente la estadística e informes del cumplimiento del servicio y entregarlos a la Oficina de Vinculación y Seguimiento Profesional de la Dirección Académica, en los períodos establecidos.

XI. Es responsabilidad de los planteles concertar y asignar los campos de

servicio a los alumnos. XII. Dar prioridad a la asignación de prestadores de servicio para el

cumplimiento de los convenios y acuerdos específicos celebrados por la Dirección de Vinculación, la Dirección Académica o por la Dirección del plantel.

XIII. Observar los lineamientos que en materia de servicio emita la Dirección

General. ARTÍCULO 18º.- Los procesos de incorporación, inicio, ejecución y terminación del servicio se ajustará a los lineamientos establecidos por la Dirección General.

CAPÍTULO IV DE LOS PRESTADORES Y LOS DERECHOS

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ARTÍCULO 19º.- Los estudiantes y egresados podrán realizar los trámites para obtener el certificado o título profesional previa presentación de la carta de liberación de servicio social emitida por la Oficina de Vinculación y Seguimiento Profesional perteneciente a la Dirección Académica. ARTÍCULO 20º.- El prestador deberá recibir de la institución la carta de terminación una vez cumplidas las 480 horas, o el tiempo estipulado en el programa al que se haya adscrito y después de haber cumplido con los compromisos adquiridos. ARTÍCULO 21º.- Los prestadores conocerán y gozarán de los derechos que otorgan los prestatarios en sus reglamentos, mismos que deberán señalarse en los convenios o acuerdos específicos que normen dicho servicio. ARTÍCULO 22º.- La asignación de horarios y períodos para la prestación del servicio se hará sin contravenir los horarios académicos de los prestadores y en base a los acuerdos específicos. ARTÍCULO 23º.- El prestador podrá solicitar autorización para realizar el servicio a partir del momento en que haya cubierto el 70% de los créditos correspondientes a la carrera que cursa. ARTÍCULO 24º.- El prestador podrá solicitar a través de su plantel y ante el prestatario su baja temporal o definitiva por circunstancias plenamente justificadas. ARTÍCULO 25º.- En caso de que el prestador haya recibido autorización del prestatario y del plantel para suspender temporalmente su servicio, quedará obligado a solicitar por escrito su reincorporación para cubrir el tiempo faltante. ARTÍCULO 26º.- Los prestantes que laboren dentro del Gobierno y que soliciten la validación de servicio social, deberán ser trabajadores en activo; comprobar antigüedad mínima de seis meses, acreditándolo mediante constancia de recursos humanos de la dependencia y continuar laborando los próximos seis meses. ARTÍCULO 27º.- El prestador tiene derecho a contar con la asesoría del prestatario, jefe asignado y por el responsable del servicio en el plantel. ARTÍCULO 28º.- El prestador tiene derecho a conocer previamente las condiciones, el objetivo, la actividad y el tiempo convenido para la realización del servicio. ARTÍCULO 29º.- El prestador tiene derecho a que se reconozca su coautoría en trabajos de investigación, publicaciones o mención especial. ARTÍCULO 30º.- El prestador podrá solicitar su separación del servicio en el primer mes, en caso de que el proyecto al que fue asignado haya cambiado y éste no sea de su interés, o bien, por abuso de autoridad.

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• DE LAS OBLIGACIONES. ARTÍCULO 31º.- El prestador deberá cubrir los requisitos previos a la realización del servicio social, establecidos en los lineamientos que para el caso emite la Dirección General, la omisión de alguno de éstos, invalidará automáticamente el servicio. ARTÍCULO 32º.- Los prestadores deberán cumplir con el programa de servicio al que se encuentran adscritos, presentar en los formatos respectivos los informes bimestrales y el reporte final en tiempo y forma. ARTÍCULO 33º.- El prestador deberá cumplir con el horario que le haya sido asignado, evitando ausentarse de sus actividades sin previa autorización del plantel o asesor prestatario y abstenerse de realizar dentro de su horario actividades distintas a las asignadas. ARTÍCULO 34º.- Guardar el debido respeto a sus superiores al igual que a sus compañeros, evitando comprometer con su imprudencia, descuido o negligencia la seguridad del lugar y de las personas que ahí se encuentren. ARTÍCULO 35º.- Responder del manejo de documentos, objetos y valores materiales que se les confiera con motivo de su actividad, debiendo permanecer en el lugar del servicio hasta hacer entrega de ellos. ARTÍCULO 36º.- Abstenerse de sustraer, alterar o hacer uso ilícito de documentos oficiales. ARTÍCULO 37º.- Los prestadores deberán observar las normas y lineamientos que establezcan los prestatarios y que se deriven de los convenios o acuerdos específicos celebrados. ARTÍCULO 38º.- Los prestadores de planteles con carreras del área de la salud, tendrán y observarán los derechos y obligaciones especificados por las dependencias y entidades del Sector Salud, en sus documentos normativos sobre el servicio. ARTÍCULO 39º.- Las demás que le señale el presente reglamento y otras disposiciones legales aplicables.

• DE LAS SANCIONES ARTÍCULO 40º.- Toda infracción al presente Reglamento por parte de los prestantes del servicio social, será sancionada con amonestación, suspensión temporal o baja escolar, según lo amerite el caso. ARTÍCULO 41º.- El servicio social realizado sin la autorización respectiva, carecerá de validez para su acreditación. ARTÍCULO 42º.- El alumno que no cumpla su servicio social en el período y tiempo establecido en el presente Reglamento, no se hará acreedor a la expedición de la constancia de acreditación correspondiente.

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ARTÍCULO 43º.- La aplicación de cualquier tipo de sanciones a los alumnos, será comunicada a la Oficina de Vinculación y Seguimiento Profesional perteneciente de la Dirección Académica. ARTÍCULO 44º.- La interrupción de las actividades del servicio por 15 días hábiles acumulados en 6 meses o la interrupción de 5 días continuos, sin causa justificada, en ambos casos amerita la anulación del mismo. ARTÍCULO 45º.- El prestador que se haga acreedor a la anulación parcial del servicio estará inhabilitado por un período de 3 meses previos a su incorporación en un nuevo programa. ARTÍCULO 46º.- La anulación total del servicio inhabilitará al prestador por un período de 6 meses previo a la incorporación en un nuevo programa.

TRANSITORIOS PRIMERO: El presente Reglamento entrará en vigor al siguiente día hábil de su aprobación por la H. Junta Directiva del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Chiapas. SEGUNDO: Se derogan las disposiciones que se opongan al presente Reglamento. TERCERO: Los casos no previstos en el presente Reglamento, dudas o aclaraciones surgidas en su interpretación, serán sometidos para su estudio y dictamen correspondientes a la Dirección General del CECyTECH.

ANEXOS

FUNDAMENTOS LEGALES: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Incluye reforma por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 28 de Enero de 1992.

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TÍTULO 1o. CAPÍTULO I ARTÍCULO 5º. A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial. La ley determinará en cada Estado, cuáles son las profesiones que necesitan título para su ejercicio, las condiciones que deban llenarse para obtenerlo y las autoridades que han de expedirlo. Nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento, salvo el trabajo impuesto como pena por la autoridad judicial, el cual se ajustará a lo dispuesto en las fracciones I y II del Artículo 123. En cuanto a los servicios públicos, sólo podrán ser obligatorios, en los términos que establezcan las leyes respectivas, el de las armas y los de jurados, así como el desempeño de los cargos concejiles y los de elección popular, directa o indirecta.

Las funciones electorales y censales tendrán carácter obligatorio y gratuito, pero serán retribuidas aquellas que se realicen profesionalmente en los términos de esta Constitución y las leyes correspondientes. Los servicios profesionales de índole social serán obligatorios y retribuidos en los términos de la ley y con las excepciones que esta señale. El estado no puede permitir que se lleve a efecto ningún contrato, pacto o convenio que tenga por el objeto el menoscabo, la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad de la persona por cualquier causa. Tampoco puede admitirse convenio en que la persona pacte su proscripción o destierro, o en que renuncie temporal o permanentemente a ejercer determinada profesión, industria o comercio. El contrato de trabajo sólo obligará a prestar el servicio convenido por el tiempo que fije la ley, sin poder exceder de un año en perjuicio del trabajador, y no podrá extenderse, en ningún caso, a la renuncia, pérdida o menoscabo de cualquiera de los derechos políticos o civiles. La falta de cumplimiento de dicho contrato, por lo que respecta al trabajador, sólo obligará a este a la correspondiente responsabilidad civil, sin que en ningún caso pueda hacerse coacción sobre su persona.

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Publicado en el Diario Oficial de la Federación del 13 de julio de 1993. CAPÍTULO II

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DEL FEDERALISMO EDUCATIVO Sección 2.- De los servicios educativos ARTÍCULO 24. Los beneficiados directamente por los servicios educativos deberán prestar servicio social, en los casos y términos que señalen las disposiciones reglamentarias correspondientes. En estas se preverá la prestación del servicio social como requisito previo para obtener título o grado académico.

CAPÍTULO IV DEL PROCESO EDUCATIVO Sección 1.- De los tipos y modalidades de educación. ARTÍCULO 44. Párrafo 4º. Quienes participen voluntariamente brindando asesoría en tareas relativas a esta educación tendrán derecho, en su caso, a que se les acredite como servicio social.

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LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 5º CONSTITUCIONAL, RELATIVO AL EJERCICIO DE LAS PROFESIONES EN EL DISTRITO FEDERAL Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de mayo de 1945. Incluye reformas del 2 de enero de 1974 y del 23 de diciembre de 1974. La denominación actual de la ley

fue publicada en el Diario Oficial de la Federación del 23 de diciembre de 1974. CAPÍTULO II CONDICIONES QUE DEBEN LLENARSE PARA OBTENER UN TITULO PROFESIONAL ARTÍCULO 9º. Para que pueda registrarse un título profesional expedido por la institución que no forme parte del sistema educativo nacional será necesario que la Secretaría de Educación Pública revalide, en su caso, los estudios correspondientes y que el interesado acredite haber prestado el servicio social. CAPÍTULO VII SERVICIO SOCIAL DE ESTUDIANTES Y PROFESIONISTAS ARTÍCULO 52. Todos los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta ley, así como los profesionistas no mayores de 60 años, no impedidos por enfermedad grave, ejerzan o no, deberán prestar el servicio social en los términos de esta ley. ARTÍCULO 53. Se entiende por servicio social el trabajo de carácter temporal y mediante retribución, que ejecuten y presten los profesionistas y estudiantes en interés de la sociedad y el Estado.

ARTÍCULO 54. Los Colegios de profesionistas, con el consentimiento expreso de cada asociado, expresarán a la Dirección General de Profesiones la forma como prestarán el servicio social. ARTÍCULO 55. Los planes de preparación profesional según la naturaleza de la profesión y de las necesidades sociales que se trate de satisfacer, exigirán a los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta ley, como requisito previo para otorgarles el título, que presten servicio social durante el tiempo no menor de seis meses ni mayor de dos años. No se computará en el término anterior el tiempo que por enfermedad u otra causa grave, el estudiante permanezca fuera del lugar en que deba prestar el servicio social. ARTÍCULO 56. Los profesionistas prestarán por riguroso turno, a través del colegio respectivo, servicio social consistente en la resolución de consultas, ejecución de trabajos y aportación de datos obtenidos como resultado de sus investigaciones o del ejercicio profesional.

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ARTÍCULO 57. Los profesionistas están obligados a servir como auxiliares de las instituciones de investigación científica proporcionando los datos o informes que éstas soliciten. ARTÍCULO 58. Los profesionistas están obligados a rendir cada tres años, al colegio respectivo, un informe sobre los datos más importantes de su experiencia profesional o de su investigación durante el mismo período, con expresión de los resultados obtenidos. ARTÍCULO 59. Cuando el servicio social absorba totalmente las actividades del estudiante o del

profesionista, la remuneración respectiva deberá ser suficiente para ARTÍCULO 60. En circunstancias de peligro nacional, derivado de conflictos internacionales o calamidades públicas, todos los profesionistas, estén o no en ejercicio, quedarán a disposición del Gobierno Federal para que éste utilice sus servicios cuando así lo dispongan las leyes de emergencia respectiva. ** Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 2 de enero de 1974. *** Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 1974.

satisfacer decorosamente sus necesidades.

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REGLAMENTO DE LA LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 5º CONSTITUCIONAL, RELATIVO AL EJERCICIO DE LAS PROFESIONES EN EL DISTRITO FEDERAL. Publicado en el Diario Oficial de la Federación del 1º de octubre de 1945. CAPÍTULO II CONDICIONES QUE DEBEN LLENARSE PARA OBTENER UN TÍTULO PROFESIONAL O GRADO ACADÉMICO E INSTITUCIONES AUTORIZADAS PARA EXPEDIRLOS. ARTÍCULO 9. Las instituciones que dentro de la República Mexicana estén dedicadas a la educación profesional tendrán las siguientes obligaciones: a) Inscribirse en la Dirección

General de Profesiones; b) Proporcionar anualmente a la

Dirección sus planes y programas de estudio y de servicio social;

c) Rendir a la Dirección los informes

que ésta les solicite; e) Informar a la Dirección del

establecimiento de nuevas carreras profesionales.

CAPÍTULO III TRAMITACION ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESIONES ARTÍCULO 14. Para obtener el registro de un título profesional o grado académico, el interesado deberá presentar en la Dirección General de Profesiones una solicitud en la que, bajo protesta de decir verdad, declarará:

I. Su nombre, sexo, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad y domicilio;

II. Número de registro federal de causantes, en su caso;

III. Datos sobre los estudios

profesionales acreditados;

a) Nombre y domicilio de la institución que le otorgó el título o grado. Al efecto se deberá señalar si ésta es federal, estatal, descentralizada o particular con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios;

b) Fecha en que acreditó dichos

estudios y, en su caso, la del examen profesional o de grado y

IV Servicio social que se haya

prestado como requisito previo para obtener el título o grado.

ARTÍCULO 15. A la solicitud a que se refiere el Artículo anterior, el interesado deberá acompañar lo siguiente: I Certificados de educación

secundaria y de bachillerato o equivalentes, cuando se trate de estudios profesionales de tipo medio;

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II Certificados de estudios de tipo medio y profesionales de licenciatura, maestría o doctorado, cuando se trate de tipo superior;

III Acta de examen profesional o de

grado, o de constancia que no es exigible dicho examen,

IV Original del título profesional o

grado académico, V Dos copias fotostáticas del título o

grado, VI Certificación expedida por la

institución que le otorgó el título o grado, en la que se haga constar que el interesado prestó el servicio social en los términos del Artículo 55 de la Ley,

VII Información necesaria en caso de

desaparición de las instituciones educativas donde se hayan realizado los estudios y certificación de esa circunstancia expedida por la autoridad correspondiente;

VIII Información necesaria en caso de

desaparición, mutilación o destrucción de los documentos o archivos escolares y constancia relativa expedida por la autoridad competente;

IX Documento que acredite su

identidad y nacionalidad;

a) Mexicanos por nacimiento, copia certificada del acta de nacimiento. Si se careciere de este documento, se podrá demostrar esta calidad por otros medios de prueba bastantes a juicio de la Dirección.

b) Personas que hayan optado por la nacionalidad mexicana, certificado de nacionalidad o carta de naturalización, en su caso. Los nacidos en territorio de la República de padre o madre extranjero y los nacidos en el extranjero de padres mexicanos, de padre mexicano o madre mexicana, deberán acreditar su nacionalidad mexicana en los términos que señala el Artículo 57 de la Ley de Nacionalidad y Naturalización, y su reglamento;

c Extranjeros, copia certificada

de su acta de nacimiento, debidamente legalizada y copia fotostática certificada de su documentación migratoria; y

X Dos retratos CAPÍTULO VIII DEL SERVICIO SOCIAL DE ESTUDIANTES Y PROFESIONISTAS ARTÍCULO 85. El servicio social de los estudiantes quedará al cuidado y responsabilidad de las escuelas de enseñanza profesional, conforme a sus planes de estudio. ARTÍCULO 86. Los colegios de profesionistas deberán contener en sus estatutos las normas generales con arreglo a las cuales sus miembros han de prestar el servicio social, cuya duración no será menor de un año.

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ARTÍCULO 87. Cada año, durante el mes de enero, los colegios profesionistas darán a conocer a la Dirección General de Profesiones cuáles son los Servicios Sociales que prestarán cada uno de sus miembros y el cumplimiento que se haya dado al servicio social durante el año anterior y de los resultados obtenidos. ARTÍCULO 88. En tanto se expide el reglamento especial de Servicio Social, de profesionistas no colegiados, estos deberán enviar en el mes de enero de cada año, a la Dirección General de Profesiones una declaración de la forma en que se propongan cumplir el servicio social y la comprobación de haberlo prestado durante el año anterior. ARTÍCULO 89. Cuando el Servicio Social sea prestado a título gratuito por los profesionistas, habrá lugar que se haga mención de ello en la hoja de sus servicios. ARTÍCULO 90. Si el servicio social no fuere cubierto por el profesionista, cualquiera que haya sido la causa, se hará mención de ello en su hoja de servicios. ARTÍCULO 91. Los estudiantes y profesionistas trabajadores de la Federación y del Gobierno del Distrito Federal no estarán obligados a prestar ningún servicio social distinto del desempeño de sus funciones. El que presten voluntariamente dará lugar a que se haga la anotación respectiva en su hoja de servicios.

ARTÍCULO 92. La obligación de prestar el servicio social incluye a todos los profesionistas aún cuando no ejerzan la profesión. ARTÍCULO 93. Los profesionistas sólo podrán dejar de prestar el servicio social por causa de fuerza mayor. No excusa la falta de prestación del servicio social el que el profesionista no haya recibido oferta o requerimiento especial para la prestación del mismo ni la falta de retribución, pues queda a cargo del profesionista poner toda la diligencia necesaria para cumplir su obligación, a reserva de reclamar la retribución respectiva de quien haya recibido el servicio, a no ser que éste haya sido convenido libremente por el profesionista a título gratuito.

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REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL DE LOS ESTUDIANTES DE LA INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN LA REPÚBLICA MEXICANA. Publicado en el Diario Oficial de la Federación del 30 de marzo de 1981. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. El presente reglamento establece las bases y fija los lineamientos del servicio social de los estudiantes de las instituciones de educación superior de la República Mexicana. ARTÍCULO 2. Los estudiantes de las instituciones de educación superior prestaran el servicio social con carácter temporal y obligatorio, como requisito previo para obtener el título o grado académico que corresponda. ARTÍCULO 3. El servicio social de estudiantes tendrá por objeto: I Desarrollar el prestador una conciencia de solidaridad y compromiso con la sociedad a la

que pertenece. II Convertir esta prestación en un verdadero acto de reciprocidad para con la misma, a

través de los planes y programas del sector público. III Contribuir a la formación académica y capacitación profesional del prestador del servicio

social. ARTÍCULO 4. Las disposiciones contenidas en este reglamento son aplicables a las instituciones de educación superior de la Federación y a las autoridades con reconocimiento de validez oficial de estudios de la Secretaría de Educación Pública. ARTÍCULO 5. Las dependencias del Ejecutivo Federal dictarán las medidas necesarias para instrumentar el servicio social en sus áreas de competencia, de acuerdo con los lineamientos de este reglamento. ARTÍCULO 6. La Secretaría de Educación Pública promoverá que las instituciones de educación superior de la República Mexicana integren a sus planes y programas académicos, las acciones correspondientes al servicio social de los estudiantes, de acuerdo con lo establecido en este Reglamento y demás disposiciones aplicables. CAPÍTULO II DE LA PRESTACION DEL SERVICIO SOCIAL ARTÍCULO 7. La prestación de este servicio por ser de naturaleza social no podrá emplearse para cubrir necesidades de tipo laboral o institucional, ni otorgará categorías de trabajador al prestador del servicio.

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ARTÍCULO 8. Los programas del servicio social regulados por este ordenamiento proveerán, tanto en lo administrativo como en lo económico, de los elementos mínimos, así como de los estímulos y apoyos necesarios para la realización de sus objetivos. ARTÍCULO 9. Para que el estudiante preste su servicio social deberá comprobar previamente haber cubierto, cuando menos un 70% de los créditos académicos previstos en el programa de estudios correspondientes. Dicha comprobación deberá proporcionarla la institución de educación superior donde el interesado esté cursando sus estudios.

ARTÍCULO 10. El número de horas requerido para la prestación del servicio, estará determinado por las características específicas del programa al que esté adscrito el alumno. La duración del servicio social no podrá ser menor de 480 (cuatrocientos ochenta horas), sin

contravenir lo dispuesto por el Artículo 55 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5 Constitucional relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal.

ARTÍCULO 11. El servicio social deberá cubrirse preferentemente en aquellos planes y programas que establezca el Ejecutivo Federal y que contribuyan al desarrollo económico, social y cultural de la Nación. CAPÍTULO III DEL SISTEMA NACIONAL DEL SERVICIO SOCIAL ARTÍCULO 12. El servicio social se integrará en el Sistema Nacional de Servicio Social, regulado por el conjunto de instrumentos jurídicos, de coordinación, de organización, de planeación y financiamiento que le permitan a las dependencias, entidades e instituciones que se mencionan en este capítulo, la realización de las acciones para el logro de los objetivos del servicio social. ARTÍCULO 13. Las Secretarías de Programación y Presupuesto y de Educación Pública, a través de la Comisión Coordinadora del Servicio Social de Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior, ejercerán sus funciones dentro del Sistema Nacional de Servicio Social con base en el Plan General de Servicio Social que vincula las acciones de prestación con los planes y programas de desarrollo implantados por los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal. ARTÍCULO 14. El Plan General contendrá los programas de servicio social de las dependencias del Ejecutivo Federal, así como los propuestos por las entidades paraestatales y las instituciones de educación superior que previamente hayan sido aprobados por la Comisión. ARTÍCULO 15. Las dependencias deberán presentar sus planes, programas y proyectos de servicio social a la Comisión para que, en su caso, sean incorporados al Plan General indicando aquellos en los que se requiera prioritariamente de esta prestación. ARTÍCULO 16. Las entidades de la Administración Pública, los Gobiernos de las Entidades Federativas, los sectores social y privado y las instituciones de educación superior estatales y autónomas, podrán integrarse al Sistema Nacional mediante convenios que celebren con el

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Ejecutivo Federal por conducto de las Secretarías de Programación y Presupuesto y de Educación Pública. ARTÍCULO 17. En los convenios se especificarán las obligaciones que correspondan a las partes, respecto al registro de programas, evaluación, administración directa de los mismos, acciones a desarrollar y supervisión de la prestación del servicio social. ARTÍCULO 18. Los sectores social y privado, así como las instituciones de educación superior que hayan suscrito convenios para la prestación del servicio social, podrán proponer programas y proyectos de servicio social, a fin de que en su oportunidad, se integren al Plan General. ARTÍCULO 19. Con objeto de prever los fondos necesarios para el funcionamiento y desarrollo del Sistema Nacional y para que éste se implante de manera eficaz y oportuna se constituirá un fideicomiso que se denominará Fondo Nacional para el Servicio Social de Estudiantes de Instituciones de Educación Superior, a cuyo efecto el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto, dictará las disposiciones conducentes. CAPÍTULO IV DE LA COMISION COORDINADORA DEL SERVICIO SOCIAL DE ESTUDIANTES DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR ARTÍCULO 20. La comisión estará integrada por los titulares de las Secretarías de Programación y Presupuesto, quien la presidirá y de Educación Pública y por otros seis miembros designados por mitad, por cada una de las Secretarías mencionadas. ARTÍCULO 21. La Comisión tendrá las funciones siguientes: a Elaborar y actualizar el Plan General del Servicio Social. b Elaborar y promover programas de servicio social integral que se relacionen

prioritariamente con las necesidades más urgentes del país. c Considerar las políticas del servicio social vinculadas con las acciones del sector público. d Seleccionar y promover las programas del sector público en los que podrá realizarse el

servicio social. e Participar en el proceso de programación y presupuesto de los programas seleccionados. f Seleccionar y proponer para su aprobación en su caso, los programas que presenten los

sectores público, social y privado y las instituciones de educación superior para su incorporación al Plan General.

g Proponer bases para la celebración de convenios de Coordinación, Federación, Estados y

Municipios con las instituciones de educación superior estatales y las autónomas a efecto de realizar los programas de servicio social requeridos.

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h Evaluar coordinadamente con las instituciones que participen en el servicio social, de

acuerdo con los objetivos y políticas previstos en cada caso, los programas de servicio social en los términos de los convenios respectivos.

i Implantar y dirigir el registro de los programas de servicio social, así como la inscripción y

el control de los estudiantes que participen en el desarrollo del Sistema Nacional. j Expedir las constancias de la participación de los estudiantes en el Sistema Nacional de

Servicio Social. ARTÍCULO 22. La Comisión contará con un Secretariado Técnico que funcionará dentro de la Secretaría de Programación y Presupuesto. ARTÍCULO 23. La Comisión podrá determinar la creación de los grupos de trabajo que estime conveniente para el estudio de materias específicas. ARTÍCULO 24. Las resoluciones de la Comisión y los grupos de trabajo serán aprobados por mayoría de votos. Su presidente tendrá voto de calidad, en caso de empate. ARTÍCULO 25. Las resoluciones de la Comisión se harán del conocimiento de las dependencias competentes, para su despacho, conforme a sus respectivas atribuciones legales. ARTÍCULO 26. La Comisión aprobará su propio reglamento interior ARTÍCULO 27. La Coordinación del Sistema Nacional de Servicio Social en cada Entidad Federativa, se llevará a cabo mediante un Comité Estatal.

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RECOMENDACIONES DE LA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS PARA LA SALUD, PARA LA INSTRUMENTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL DE LAS PROFESIONES DE LA SALUD A QUE PODRÁN SUJETARSE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR. (Aprobadas por la CIFRHS en la XVII Reunión de Trabajo, efectuada el 6 de Abril de 1992). PRIMERA.- Estas recomendaciones tienen por objeto establecer los lineamientos para instrumentar el servicio social de los estudiantes de las profesiones de la salud y otras profesiones que las partes convengan, en todo el territorio nacional. Su aplicación corresponde a la Secretaría y las Instituciones de educación superior, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia. La referencia en estas recomendaciones a las autoridades sanitarias se entenderá hecha a los Servicios Coordinados de Salud Pública en los Estados, a los Servicios de Salud Pública en el Distrito Federal o a las dependencias estatales encargadas de la prestación de los servicios de salud, según corresponda. SEGUNDA.- Se regirán por estas recomendaciones los estudiantes de las profesiones de la salud para los fines del servicio social, que hayan realizado sus estudios en Instituciones de educación superior y media superior de la Federación en aquellas que cuenten con autorización, si es el caso, o con reconocimiento de validez oficial de estudios de la Secretaría de Educación Pública o del Gobierno Estatal correspondiente; en instituciones de educación superior y media superior estatales; en Instituciones autónomas por la Ley y en aquellas incorporadas a éstas últimas y que realicen el servicio social en las instituciones del Sistema Nacional de Salud. Asimismo, se regirán por estas recomendaciones, en lo relativo a las actividades que deben desarrollar conforme al Programa Nacional de Distribución de Estudiantes en Servicio Social, las instituciones a las que se refiere a párrafo anterior, así como las instituciones relacionadas con el área de salud dependientes de la Secretaría de Salud y las demás de esta índole integradas al Sistema Nacional de Salud. TERCERA.- Además de lo previsto en estas recomendaciones, la prestación del servicio social en el área de salud se sujetará a lo dispuesto por:

I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la correspondiente al Estado respectivo;

II. La Ley General de Salud y la correspondiente al Estado respectivo; III. La Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional relativo al ejercicio de las

profesiones en el Distrito Federal y las correspondientes de los estados; IV. La Ley Federal de la Educación;

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V. La Ley para la Coordinación de la Educación Superior; VI. Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, relativo al ejercicio

de las profesiones en el Distrito Federal; VII. El Reglamento para la prestación del servicio social de los estudiantes de las

instituciones de educación superior en la República Mexicana, y los reglamentos internos de las instituciones de educación superior autónomas por la ley, y

VIII. Los mecanismos de coordinación, convenios y programas que concerten las

autoridades o Instituciones de Salud o educativas conforme a los dispuesto por estas recomendaciones.

CUARTA.- Corresponde a la Secretaría de Salud establecer las normas operativas para el desarrollo del servicio social en el área de la salud, así como vigilar su cumplimiento en el ámbito de su competencia, de acuerdo con las recomendaciones que para tal efecto emita la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud. Por lo que toca a los programas operativos en los establecimientos de salud, serán las Instituciones de Salud las que determinen los lineamientos aplicables en los ámbitos de competencia respectivos. QUINTA.- En lo que se refiere al programa académico y a las actividades de enseñanza-aprendizaje, el servicio social se apegará a lo que establezcan las instituciones de educación superior de conformidad con las atribuciones que les otorgan las disposiciones que las rigen. SEXTA.- Para los efectos de estas recomendaciones se entiende por servicio social de las profesiones para la salud, el conjunto de actividades prácticas que con carácter temporal y obligatorio realicen los estudiantes de una carrera profesional o técnica, que consisten en la prestación de servicios que redunden en beneficio de las comunidades del país, como parte de su preparación y como una etapa previa a la obtención del título profesional. SEPTIMA.- Para los efectos de estas recomendaciones, podrán realizar el servicio social los estudiantes de una carrera profesional o técnica que conforme a los planes de estudio de la institución educativa correspondiente, hayan cubierto los créditos exigidos por la misma. OCTAVA.- Los programas de servicio social deben orientarse a los siguientes propósitos:

I. Contribuir a la conservación de la salud de la población del país, brindando servicio de calidad a través de los establecimientos del Sistema Nacional de Salud;

II. Colaborar al desarrollo de la comunidad, especialmente en el medio rural, en las zonas

marginadas urbanas y en aquéllas con mayores carencias de servicios para la salud; III. Coadyuvar con las instituciones de educación superior en la educación que imparten;

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IV. Favorecer la realización de actividades de promoción para la salud, prevención, asistencia directa, educación e investigación para la salud, y

V. Contribuir a la preparación profesional del estudiante propiciando la formación y el

fortalecimiento de una conciencia de solidaridad social.

NOVENA.- Los períodos de servicio social comprenderán doce meses de servicio, iniciándose los días primero de febrero y de agosto de cada año, de acuerdo con los planes de estudio y lo que convengan las partes. DÉCIMA.- Los estudiantes realizarán su servicio social en:

I. Las unidades del primer nivel de atención a la salud de las instituciones del sector público, prioritariamente en áreas de menor desarrollo económico y social, y

II. Cuando se trate de estudiantes con problemas de minusvalía que los haga

dependientes de asistencia médica, prestarán sus servicios en unidades de primer nivel de atención en áreas urbanas.

DÉCIMA PRIMERA.- La autorización de plazas de servicio social se realizará atendiendo los programas siguientes:

I. Programas de atención médica a población abierta en las comunidades de menor desarrollo socio-económico que lo requieran, de acuerdo al siguiente orden de prioridad:

A) Población rural dispersa B) Población rural concentrada, y C) Población urbana marginal.

II. Programas de regulación, control y fomento sanitario conforme al orden de prioridad que al efecto determine la Secretaría de Salud.

DÉCIMA SEGUNDA.- La asignación de estudiantes podrá hacerse a programas específicos que, de acuerdo con sus prioridades, convengan la autoridad sanitaria y las instituciones de educación superior. DÉCIMA TERCERA.- Los programas de servicio social que concerten las Instituciones Educativas y de salud deberán contemplar lo siguiente:

I. El Programa Académico del Servicio Social; II. Las actividades a desarrollar por los estudiantes, debiendo especificarse las de

servicios, de aprendizaje y de investigación;

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III. El mecanismos y los métodos de evaluación del programa para lo cual serán señalados los procedimientos de supervisión, asesoramiento y evaluación del estudiante;

IV. Los derechos, obligaciones y sanciones, en su caso de los estudiantes en servicio

social; V. La asignación de jurisdicciones sanitarias y plazas para servicio social a los

estudiantes de la Institución Educativa correspondiente, y VI. Los derechos y obligaciones de las partes, derivadas de las anteriores.

DÉCIMA CUARTA.- La autoridad sanitaria estatal, a propuesta del Comité Estatal de Planeación de Recursos Humanos para la Salud, integrará el catálogo de plazas de servicio social, el cual será autorizado por la Secretaría de Salud. Las Instituciones de Salud y las de educación superior determinarán la disponibilidad de estudiantes y su distribución, de acuerdo con los criterios establecidos en las recomendaciones décima primera, con los convenios de colaboración específicos celebrados y con las normas emitidas por la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud. DÉCIMA QUINTA.- Una vez realizada la determinación y distribución de prestadores de servicio social a que se refiere la recomendación anterior, las autoridades sanitarias deberán informar a la Secretaría de Salud la cantidad de estudiantes disponibles, así como los excedentes o faltantes, en su caso, con el fin de que ésta efectúe la coordinación correspondiente para la asignación de estudiantes de acuerdo a las normas emitidas para tales efectos. DÉCIMA SEXTA.- El Programa Nacional de distribución de estudiantes en servicio social en el área de la salud, será elaborado cada seis meses por la Secretaría de Salud, conforme a la información proporcionada por las autoridades sanitarias, tomando en consideración las recomendaciones que formula la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud. DÉCIMA SÉPTIMA.- Las autoridades sanitarias asignarán las plazas que le correspondan a los estudiantes de la entidad, conforme al programa nacional de distribución de estudiantes en servicio social en el área de la salud, de acuerdo a la selección que hagan los propios estudiantes en estricto apego al orden que resulte del promedio general de calificaciones, iniciando por el de mayor puntuación. La asignación de las plazas a los estudiantes deberá llevarse a cabo en acto público en las instalaciones de las Instituciones Educativas en el que participarán las autoridades sanitarias, las Instituciones Educativas y de Salud y los propios estudiantes. DÉCIMA OCTAVA.- La Secretaría de Salud deberá evaluar el programa nacional de distribución de estudiantes en servicio social en el área de la salud, así como hacer del conocimiento de las Instituciones Educativas y de Salud, los resultados de la evaluación y las recomendaciones que de ella deriven.

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DÉCIMA NOVENA.- A las Instituciones Educativas corresponde:

I. Proponer a las Instituciones de Salud, para su adecuación y aplicación, los contenidos académicos del servicio social que se requiera implantar por necesidades educativas;

II. Enviar a las autoridades sanitarias, con noventa días de anticipación a la fecha de

inicio del servicio social, la relación de los estudiantes que posiblemente lo realizarán;

III. Publicar para conocimiento de los alumnos, en sitio visible de la propia Institución

Educativa, un mes antes de la fecha de inicio del servicio social, el catálogo de plazas autorizadas por la Secretaría de Salud;

IV. Designar de acuerdo a sus estatutos y ordenamientos académicos, al personal

calificado, para la supervisión, asesoramiento y evaluación de los estudiantes en servicio social, durante el período correspondiente;

V. Realizar, en el mes previo al inicio de servicio social y antes de que se efectúe la

asignación de plazas, un ciclo de conferencias para los estudiantes inscritos, a fin de que se les informe de los objetivos del servicio social y de las características de éste, dentro de cada una de las Instituciones de Salud.

VI. Organizar, en coordinación con la autoridad sanitaria, la ceremonia pública a que se

refiere la recomendación décima séptima, así como participar en la misma, y VII. Aplicar de común acuerdo con las Instituciones de Salud de conformidad con las

normas establecidas, las medidas disciplinarias y las sanciones a que se hagan acreedores los estudiantes en servicio social.

VIGÉSIMA.- A las Instituciones de Salud corresponde:

I. Proponer a las Instituciones Educativas para su adecuación y aplicación, los contenidos de los programas operativos de servicio que se requieran implantar por necesidades asistenciales;

II. Integrar y registrar ante las autoridades sanitaria, noventa días antes de la fecha de

inicio del servicio social, el catálogo de plazas disponibles para la realización del servicio social;

III. Participar en el ciclo de conferencias que organicen las Instituciones Educativas

sobre el servicio social, a invitación de éstas; IV. Participar en el acto a que se hace referencia en la recomendación décima séptima;

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V. Notificar a las autoridades sanitarias y a las Instituciones Educativas, dos semanas después de iniciado el servicio social, la relación de estudiantes que efectivamente lo iniciaron;

VI. Aplicar, de común acuerdo con las Instituciones de Educación Superior de

conformidad con las normas establecidas, las medidas disciplinarias y las sanciones a que se hagan acreedores los estudiantes en servicio social, y

VII. Poner a disposición de las Instituciones Educativas, con treinta días de anticipación a

la fecha de inicio de servicio social en el catálogo de plazas disponibles. VIGÉSIMA PRIMERA.- Las Instituciones Educativas y de Salud son responsables, en el ámbito de sus atribuciones, de la elaboración y desarrollo del programa operativo, la distribución, supervisión, asesoramiento y evaluación de los estudiantes en servicio social, así como del desarrollo de los programas durante el mismo. VIGÉSIMA SEGUNDA.- El estudiante iniciará el servicio social en las fechas establecidas en la recomendación novena, una vez recibida la constancia de asignación por parte de la autoridad sanitaria. VIGÉSIMA TERCERA.- Para obtener la "Constancia de Asignación" a que se refiere la recomendación anterior, se requiere:

I. Que el pasante esté incluido en la relación a la que se refiere la fracción II de la recomendación décima novena;

II. Que la lista a que alude la fracción II de la recomendación décima novena se

encuentre registrada ante las autoridades sanitarias; III. Que el alumno haya seleccionado personalmente la plaza entre las que se

destinaron a su Institución Educativa, y IV. Que el alumno presente documento comprobatorio expedido por la Universidad que

le acredite como prestador de servicio social. VIGÉSIMA CUARTA.- La Institución de Salud en la cual deba realizar el servicio social el estudiante y a fin de que cumpla con el servicio social en el lugar que fue asignado, le requerirá copia de la constancia de adscripción, la que siempre deberá ser respetada. VIGÉSIMA QUINTA.- En caso de desastre declarado y de contingencia epidemiológica y sanitaria las autoridades sanitarias requerirán a los estudiantes en servicio social del área de la salud que estén a disposición en tanto persista tal situación. VIGÉSIMA SEXTA.- Cuando un estudiante suspenda la realización del servicio social, sólo lo podrá reanudar con autorización por escrito de las autoridades sanitarias y de la Institución Educativa con base en las normas establecidas.

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VIGÉSIMA SÉPTIMA.- Los cambios de adscripción sólo se realizarán previa autorización por escrito de las autoridades sanitarias, siempre que exista en acuerdo del estudiante, de su Institución Educativa y de la Institución de Salud. VIGÉSIMA OCTAVA.- El servicio social sólo se dará por concluido cuando el estudiante haya cubierto el período a que se refiera la recomendación novena. La Secretaría de Salud expedirá la constancia de terminación de servicio social, que será entregada a los estudiantes por las autoridades sanitarias en la fecha de conclusión del servicio social. VIGÉSIMA NOVENA.- Los estudiantes en servicio social de nacionalidad extranjera, que efectuaron sus estudios en Instituciones Educativas mexicanas, realizarán el servicio social conforme a lo establecido por estos lineamientos.

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PROGRAMAS ALTERNOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL Introducción: El Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Chiapas, en su función correspondiente a operar la normatividad de las acciones que se llevan a cabo en sus Colegios, contempla dentro de sus prioridades el atender las políticas de desarrollo educativo que determina la Secretaría de Educación Pública. Por lo anterior y congruentes con la importancia que representa la formación integral de técnicos profesionales que egresan del subsistema, se promueven los Proyectos: Clubes de Ciencia, Seguimiento de Egresados, Promotoría Artística y Asesorías Académicas a Estudiantes de Educación Básica, como otras alternativas para realizar el Servicio Social en las comunidades en las que el medio dificulta dicha prestación social, así como en nuestros planteles en los que podrán participar los estudiantes aportando su esfuerzo y dedicación; y de esta manera retribuir a la sociedad parte del beneficio recibido durante su preparación profesional. Antecedentes: Los programas de Servicio Social substanciados por el Colegio, textualizan más allá del intento de cumplir con un requisito de certificación y titulación y pretenden que el servicio social, resultante de un mandato constitucional, que forma parte de los planes de estudio, se lleve a cabo en un proceso permanente de vinculación del estudiante con la realidad laboral y social, tal como lo contempla la Ley General de Educación en lo referente al Capítulo Federalismo, Proceso Educativo y Formación para el trabajo. Objetivo: Establecer los lineamientos y procedimientos que normen a los proyectos: Clubes de Ciencia, Seguimiento de Egresados, Promotoría Artística y Asesorías Académicas a Estudiantes de Educación Básica, y de esta manera facilitar el seguimiento sistematizado del servicio social. Meta: Con estos proyectos se pretende que los planteles consideren los Clubes de Ciencia, el Seguimiento de Egresados, la Promotoría Artística y las Asesorías Académicas a Estudiantes de Educación Básica, como una alternativa viable dentro de las ya existentes, para la prestación del Servicio Social e involucrar a los estudiantes permitiéndoles participar en el proceso de cambio, despertando en ellos una conciencia crítica al ubicarlo en un escenario acorde a las actividades productivas del país, su entorno social, comunitario y los problemas de desarrollo que enfrentan en el quehacer profesional. De los lineamientos: En cuanto a la normatividad y duración del proyecto, será como lo marcan los Lineamientos y Reglamento para la Prestación del Servicio Social; después que el alumno haya cubierto el 70% de los créditos del plan de estudios (esto es al inicio del 5° semestre), 480 horas sin restricción en el período, debido a que es un programa especial (Artículo 12, de los Lineamientos Generales).

Del responsable de servicio social y prácticas profesionales del Plantel:

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El responsable de la oficina de servicio social y prácticas profesionales del Plantel, fungirá como coordinador del proyecto, le corresponderá hacer cumplir las normas y procedimientos para el servicio social establecidos por la Dirección General, participará en las etapas de planeación, organización, difusión, control, supervisión y evaluación inherentes a los proyectos de servicio, así como el manejo del expediente del prestador. De los prestadores: En lo correspondiente al Club de Ciencia: El prestador formará grupos de alumnos de semestres anteriores a él (primer a cuarto semestre), en coordinación con el asesor y elaborarán un programa de trabajo, el cual regirá el desarrollo de sus actividades durante el período del servicio. Estos clubes serán de materias en las que se presente mayor índice de reprobación, como pueden ser: Matemáticas, Física, Química, Biología y Lectura, Expresión Oral y Escrita, entre otras. En lo correspondiente al Seguimiento de egresados: En este proyecto, el prestador se encargará de investigar si los egresados se incorporaron al sector productivo de acuerdo a su especialidad o bien continúan sus estudios a nivel superior. Para lograr lo anterior, el prestador deberá realizar visitas domiciliarias, así como a las empresas que se encuentran en el área de influencia del plantel para la aplicación de cuestionarios para egresados. En lo correspondiente a Promotoría Artística: El prestador formará grupos de alumnos tanto del plantel como de alumnos de las escuelas de nivel básico (secundaria) cercanas al área de influencia del plantel, en coordinación con el asesor elaborarán un programa de trabajo, el cual regirá el desarrollo de sus actividades durante el período del servicio. Estos grupos realizarán actividades culturales, tales como: Danza, Pintura, Música, entre otras, con la finalidad de promover el arte como una actividad inherente a la educación escolar. En lo correspondiente a las Asesorías Académicas a Estudiantes de Educación Básica: En este programa, el prestador brindará asesorías en las materias básicas a los estudiantes que cursan el tercer grado de secundaria, que están próximos a ingresar a la educación media superior para fortalecer sus conocimientos, con el propósito de disminuir los índices de reprobación y deserción durante el primer semestre. Es importante mencionar que el director de cada colegio asignará un asesor por cada proyecto, quien fungirá como responsable directo, además de apoyar al prestador para el adecuado desarrollo de las actividades.

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Cabe subrayar, que para el cumplimiento de los objetivos de estos proyectos alternos, es necesario que exista una buena coordinación entre las partes que en ellos intervienen (Director de la escuela de educación básica, Asesor, Responsable de la oficina de servicio social y prácticas profesionales y el Prestador del servicio social). Los casos no previstos, dudas o aclaraciones surgidas en la interpretación de este documento, deberán ser expuestos a la Dirección Académica para su aclaración.

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FORMATOS QUE INTEGRARÁN EL EXPEDIENTE DEL ALUMNO PRESTADOR DEL SERVICIO SOCIAL

                                                           

PLANTEL  01  SAN  FERNANDO  

Clave:  07ETC0001Z  

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ASUNTO: CONSTANCIA DEL CURSO DE INDUCCIÓN

A QUIEN CORRESPONDA

EL QUE SUSCRIBE C.

______________________________(1)_____________________________________,

DIRECTOR DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS PLANTEL _________________

_____________(2)____________ CON CLAVE No.

__________________(3)____________________________

H A C E C O N S T A R

QUE EL C. ____________(4)________, ALUMNO DE LA ESPECIALIDAD ____(5)_____, CON NÚMERO DE

CONTROL _________(6)__________, ASISTIÓ AL CURSO DE INDUCCIÓN DE SERVICIO SOCIAL

,IMPARTIDO POR EL COORDINADOR DEL SERVICIO SOCIAL Y PRÁCTICAS PROFESIONALES DE ESTE

PLANTEL.

SE EXPIDE LA PRESENTE PARA LOS FINES LEGALES QUE AL INTERESADO (A) CONVENGAN, EN LA

POBLACIÓN DE _____________(7)____________, CHIAPAS A LOS ____(8)__________ DIAS DEL MES DE

_____________(9)__________________ DEL AÑO ___________(10)______________

ATENTAMENTE

____________(11)____________ NOMBRE, FIRMA Y SELLO

Nota: Original para el plantel y copia para el alumno.

 PLANTEL  01  

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SAN  FERNANDO  Clave:  07ETC0001Z  

SOLICITUD DE SERVICIO SOCIAL

1.- Datos personales. Nombre del prestador ________________(1)___________________________________ Apellido paterno Apellido materno Nombre (s) Domicilio particular ______________(2)______________________________________

Calle No. Colonia :_____________(3)_____________________ Teléfono : _____(4)____________

Edad (5) Sexo M F 2.- Escolaridad: Especialidad o carrera _____(6)_____________________________________________ Semestre _______(7)____________ Créditos aprobados _______(8)________________ Número de control: _________(9)____________________________________________ Período inicio (10) Término _______(11)____________________ Deseo prestar mi servicio social en : Dependencia oficial u organismo ________(12)__________________________________ Dirección (13) Teléfono _______(14)__________ Modalidad: Individual Grupal o colectiva Otra, cual__________ Áreas: Urbana Suburbana Rural Lugar y Fecha: (17) a (18) de (19) del 20 (20)_____________ ____(21)______________________ ____________(22)__________________ Firma del prestante Vo.Bo. Jefe de la Oficina o

Departamento de Servicio Social

Nota: Original para el plantel y copia para el alumno FSS-1  

   

PLANTEL  01  SAN  FERNANDO  

16

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Lineamientos y Reglamento del Servicio Social para los Planteles del CECyTECH

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Clave:  07ETC0001Z  

CÉDULA DE REGISTRO PLANTEL:____________________(1)__________________________________________________________

_

UBICACIÓN:

_____________________(2)________________________________________________________

NOMBRE DEL PRESTADOR:

________________(3)_______________________________________________ APELLIDO PATERNO MATERNO NOMBRES

ESPECIALIDAD O CARRERA: _____(4)__________ No. DE

CONTROL:_____(5)________________________

SEMESTRE: _(6)____ GRUPO: __(7)______ TURNO: ______(8)____________________________________

DOMICILIO PARTICULAR: _____________(9)____________________________________________________ Calle No.

(10)

Colonia Tel.

DESEO PRESTAR MI SERVICIO SOCIAL EN : EDUCACIÓN PARA ADULTOS APOYO DOCENTE APOYO A LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR PÚBLICO OPCIONES:

______(14)_________ A __(15)___ DE _(16)_____DEL _(17)_

EL PRESTADOR DEL SERVICIO SOCIAL

______________________(18)_______________________

Nota: Original para el plantel y copia para el alumno FSS-2

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Lineamientos y Reglamento del Servicio Social para los Planteles del CECyTECH

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 PLANTEL  01  

SAN  FERNANDO  Clave:  07ETC0001Z  

ASUNTO: CARTA DE PRESENTACIÓN

C. (1) P R E S E N T E Por este conducto nos permitimos presentar al C._________(2)_______________________

No. de control: ____(3)_________________

Alumno de la carrera de ____________(4)_______________________________________

Quien desea realizar su servicio social en ____(5)_________________________________

a partir del día (6) de ____ (7) ___ _ de 20_____(8)_ _____ _________

al día (9) de (10) ___ _ de 20 (11)__________

Cubriendo un total de (12) _____ horas, durante un período mínimo de seis meses y máximo de dos años.

Agradezco las facilidades que se le brinden al portador de la presente para el desempeño de sus actividades y me es grato ofrecerle las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

A T E N T A M E N T E

(13)

DIRECTOR DEL PLANTEL

Nota: Original para la Dependencia y dos copias, una para el plantel y otra para el alumno FSS-3

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PLANTEL  01  SAN  FERNANDO  

Clave:  07ETC0001Z  

ASUNTO: CARTA DE ACEPTACIÓN

______(1)______________ A: _(2)____

CIUDAD Y ESTADO

DE: ____(3)_______________ DE: __(4)_____ C. (5) DIRECTOR DEL PLANTEL PRESENTE At´n: __________(6)________________

COORDINADOR DEL SERVICIO SOCIAL DEL PLANTEL

DE CONFORMIDAD AL CONVENIO SUSCRITO POR AMBAS PARTES HACEMOS DE SU CONOCIMIENTO

QUE EL ALUMNO (A) ________(7)_______________________________ DE LA ESPECIALIDAD DE:

________(8)___________________________ DEL PLANTEL A SU CARGO HA SIDO ACEPTADO (A) PARA

REALIZAR SU SERVICIO SOCIAL EN ESTA DEPENDENCIA EN EL ÁREA O DEPARTAMENTO

DE:____(9)______________DURANTE EL PERÍODO DE: ___(10)__________________, CON UN HORARIO

DE ______(11)_____

ATENTAMENTE __________(12)_____________________ LA DEPENDENCIA

(SOLICITAR QUE ESTE FORMATO LLEVE EL MEMBRETE DE LA DEPENDENCIA, DONDE EL ALUMNO REALIZA EL SERVICIO SOCIAL)

Nota: Original para el plantel y copia para el alumno

FSS-4

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PLANTEL  01  SAN  FERNANDO  

Clave:  07ETC0001Z  

CARTA COMPROMISO DE SERVICIO SOCIAL ATENDIENDO A LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LAS LEYES: Reglamento del Art. 5º Constitucional y Ley Federal de Educación, relativa a la prestación del Servicio Social de estudiantes, el que suscribe:

No. de control: _______(1)___________

DATOS PERSONALES (2) APELLIDO PATERNO MATERNO NOMBRE (S) ESPECIALIDAD O CARRERA: __________(3)__________________ SEMESTRE: ______(4)______

DATOS DEL PLANTEL PLANTEL: ______________(5)________________________________________________________ UBICACIÓN: ________________(6)____________________________________________________ SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA PRESTAR EL SERVICIO EN : _____(7)_____________________

INSTITUCIÓN (OPCIÓN DE SERVICIO SOCIAL) __________(8)_________________________________________ UBICACIÓN: ______________(9)______________________ ESTADO: _______(10)_____________ PERIODO DE REALIZACIÓN: _______(11)______________________________________________ Me comprometo a sujetarme al reglamento del servicio social y a cumplir en la forma y período manifestado, una conducta ejemplar durante la permanencia en el lugar de trabajo, a fin de acrecentar el prestigio del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Chiapas, de no hacerlo así, me doy por enterado que no me será expedida la constancia de acreditación del servicio social.

________(12)______________ A _(13)_ DE ______(14)________ DEL 20 __(15)________

PRESTADOR DEL SERVICIO SOCIAL

________________(16)_________________ Nota: Original para el plantel y copia para el alumno

Lineamientos y Reglamento del Servicio Social para los Planteles del CECyTECH

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FSS-5

PLANTEL  01  SAN  FERNANDO  

Clave:  07ETC0001Z  

CONVENIO

QUE CELEBRAN EL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO

DE CHIAPAS, CON LA DEPENDENCIA DENOMINADA: __________(1)___________________

UBICADA EN : ______(2)_________________________, QUIEN ACEPTA AL (A) ALUMNO

(A)_______________(3)_______________ DEL: _________(4)_______ SEMESTRE, DE LA

ESPECIALIDAD DE: _______(5)____________ , A PARTIR DE LA FECHA DE FIRMA DEL

PRESENTE CONVENIO, QUE SERÁ POR EL PERÍODO: __________(6)____________________, Y

CON HORARIO DE: _____(7)_____________ EQUIVALENTE A : ___(8)______ HORAS DE

DURACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL, EN EL ÁREA O DEPARTAMENTO DE:

___________(9)________________________

LA DEPENDENCIA MANIFIESTA CONOCER LAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE

PROCEDIMIENTOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL PARA LOS ALUMNOS DEL

CECyT, FIRMÁNDOSE EN LA CIUDAD DE: _____(10)____________ A LOS ___(11)_____ DIAS,

DEL MES DE: _______(12)_______________ DEL AÑO 20____(13)____

Vo. Bo.

(14) (15) RESPONSABLE DEL SERVICIO SOCIAL DIRECTOR DEL PLANTEL

(16)

LA DEPENDENCIA

Lineamientos y Reglamento del Servicio Social para los Planteles del CECyTECH

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Nota: Original para el plantel y copia para el alumno

PLANTEL  01  SAN  FERNANDO  

Clave:  07ETC0001Z  

INFORME BIMESTRAL

NOMBRE DEL ALUMNO:____________(1)____________________________________________

NÚMERO DE CONTROL:_______(2)________________ SEMESTRE:______(3)_____________

ESPECIALIDAD: ___________________(4)__________________________________________

DATOS DE LA DEPENDENCIA DONDE PRESTA SU SERVICIO SOCIAL

NOMBRE: _________________(5)___________________________________________________

ÁREA

SECCIÓN:______________(6)_______________________________________________

DOMICILIO:_________(7)__________________________________________________________

REPRESENTANTE: __________(8)__________________________________________________

PERÍODO DEL INFORME

DEL: ____________(9)________________ AL: __________(9)___________________________

ACTIVIDADES REALIZADAS

SEMANA DURACIÓN DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES (10)

(11)

(12)

(13) (14) (15) FIRMA DEL ALUMNO REVISO RESP. DE SERV. SOCIAL RESPONSABLE DE LA DEPENDENCIA Nota: Original para el plantel y Copia para el alumno FSS-6

Lineamientos y Reglamento del Servicio Social para los Planteles del CECyTECH

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51

PLANTEL  01  SAN  FERNANDO  

Clave:  07ETC0001Z  

INFORME FINAL PLANTEL: __________________(19____________________________________________________________

DIRECCIÓN: _______(2)___________________ ESTADO: _____(3)__________________________________

NOMBRE DEL PRESTADOR: _________(4)______________________________________________________ APELLIDO PATERNO MATERNO NOMBRE(S)

ESPECIALIDAD: ______(5)_________________________No. DE CONTROL: ___(6)_____________________

PERÍODO DE REALIZACIÓN: INICIO: ______(7)___________ TÉRMINO: ___(8)________________________

HORARIO: ______(9)____________ DIAS DE LA SEMANA: ___________(10)__________________________

CAMPO DE ACCIÓN: ________(11)_______________ OPCIÓN: __________(12)________________________

DEPENDENCIA: __________________(13)__________ UBICACIÓN: ____(14)__________________________

INFORME FINAL DE ACTIVIDADES ________________________________(15)_________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

_______________(16)______________________ A__(17)___DE__________(18)________DEL 20____(19)___

( Localidad y Municipio) Vo. Bo. (20) (21) ALUMNO INSTITUCIÓN DONDE REALIZA EL SERVICIO SOCIAL

Nota: Original para el plantel y copia para el alumno FSS-8

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PLANTEL  01  SAN  FERNANDO  

Clave:  07ETC0001Z  

ASUNTO: CONSTANCIA DE TERMINACIÓN DE SERVICIO SOCIAL.

C. (1) DIRECTOR DEL PLANTEL 01 SAN FERNANDO P R E S E N T E Por este conducto informo a usted que el (la) C.

______________________________(2)_________________________________________________

Realizó su servicio social en el programa de:________(3)______________________, desempeñando

las actividades de: ________________(4)____________________, durante el período comprendido

del: _____(5)____________Al:______(6)__________ con una duración total de: _____(7)________

horas.

A petición de parte interesada se extiende la presente a los __(8)__ dias del mes de _____________ _____(9)_______________ de 20____(10)

A T E N T A M E N T E

(11)

RESPONSABLE DE LA INSTITUCIÓN

Original para el plantel y copia para el alumno.

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No. DE FOLIO ________(1)_______

El que suscribe, Director del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Chiapas plantel (2) 01 SAN FERNANDO, de acuerdo a las constancias y registros que existen en el archivo de esta Dirección y con fundamento en el artículo 7º. del Reglamento de Servicio Social, hace constar:

(3) Que el (la) C. KARLA IVÓN FERNÁNDEZ MARTÍNEZ Con No. de control (4) 04407028302123 de la Especialidad (5) ADMINISTRACIÓN del Área de (6) FÍSICO-MATEMÁTICAS cumplió satisfactoriamente el:

De acuerdo con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus artículos 3º, 5º, y sus disposiciones generales. Así como en los artículos que conforman el Reglamento Académico para los alumnos del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Chiapas, mismos que realizó en:

(7) APOYO A LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR PÚBLICO

(8) Durante el periodo de: 04 DE SEPTIEMBRE DE 2007 AL 06 DE MARZO del 2008 (9) (10) (11)

Se extiende la presente en: SAN FERNANDO, Chiapas a los DIEZ días del mes de OCTUBRE del

2007

(12)

A T E N T A M E N T E

(13) (14)

ING. LUIS MIGUEL HERNÁNDEZ CANTORAL DIRECTOR DEL PLANTEL

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INSTRUCTIVOS DEL LLENADO DE LOS FORMATOS. Instructivo de llenado (Constancia del curso de Inducción) Este formato será requisitado con letra arial 11, con mayúsculas y sin negritas. (1) Anotar claramente el nombre completo del director del plantel. (2) Anotar el nombre del plantel tal como aparece en el catálogo de centros de trabajo (Ejemplo: Plantel: 01 San Fernando, Plantel: 10 Simojovel). (3) Anotar claramente la clave del plantel tal como aparece en el catálogo de centros de trabajo. (4) Anotar claramente el nombre del alumno iniciando con el nombre (s), apellido paterno y materno. (5) Anotar la carrera o especialidad que cursa el alumno. (6) Anotar claramente el número de control del alumno, éste será proporcionado por la Oficina de

Control Escolar del plantel. (7) Anotar claramente la localidad, municipio o ciudad donde se encuentra ubicado el plantel. (8) Anotar con número el día de la expedición de la constancia. (9) Anotar con letra el mes en que se expide la constancia (10) Anotar con números arábigos el año de emisión. (11) Anotar el nombre, firma y sello del director de plantel. Instructivo de llenado (Solicitud de Servicio Social FSS-1) Este formato será requisitado con letra arial 11, con mayúsculas y sin negritas. (1) Anotar claramente el nombre del alumno, iniciando por el apellido paterno, materno y nombre (s). (2) Anotar su domicilio particular especificando el nombre de la calle y número correspondiente. (3) Anotar el nombre de la colonia, en caso de vivir en zona rural. (4) Anotar su número telefónico particular (5) Anotar la edad (años cumplidos) y sexo, debiendo marcar con una x el género masculino o femenino. (6) Especificar la especialidad o carrera en la que está inscrito. (7) Anotar el semestre y grupo que cursa el prestador de servicio social. (8) Anotar con número el porcentaje de créditos aprobados que debe tener para la realización del servicio social. (9) Anotar claramente el número de control del alumno, éste será proporcionado por la Oficina de Control Escolar del plantel. (10) Anotar la fecha de inicio del servicio social, ejemplo: 05 DE JULIO DE 2010 (11) Anotar la fecha de término del servicio social, ejemplo: 05 DE ENERO DE 2011 (12) Anotar el nombre de la Dependencia u Organismo donde desea realizar su servicio social. (13) Anotar la dirección correcta de la dependencia donde realizará el servicio social. (14) Anotar el teléfono particular de la Dependencia donde realizará el servicio social. (15) Marcar con una x la modalidad en la que desea prestar su servicio social. (16) Marcar con una x el área a que corresponde. (17) Anotar con letra la localidad o municipio de la solicitud. (18) Anotar con número la fecha de la solicitud (19) Anotar con letra el mes de la solicitud (20) Anotar con número el año de la solicitud (21) Anotar el nombre y firma del alumno prestador del servicio social. (22) Anotar el nombre, firma y sello del Jefe de la Oficina de Servicio Social.

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Instructivo de llenado (Cédula de Registro FSS-2) Este formato será requisitado con letra arial 11, con mayúsculas y sin negritas. (1) Anotar el nombre del plantel tal como aparece en el catálogo de centros de trabajo (Ejemplo: Plantel: 01 San Fernando, Plantel: 10 Simojovel). (2) Anotar claramente la dirección y la localidad, municipio o ciudad donde se encuentra ubicado el plantel (3) Anotar claramente el nombre del alumno, iniciando por el apellido paterno, materno y nombre (s). (4) Anotar la carrera o especialidad que cursa el alumno. (5) Anotar claramente el número de control del alumno, éste será proporcionado por la Oficina de Control Escolar del plantel. (6) Anotar el semestre que cursa el prestador de servicio social. (7) Anotar el grupo al que pertenece el prestador de servicio social. (8) Anotar el turno en que se encuentra inscrito (matutino o vespertino). (9) Anotar el domicilio del alumno, especificando el nombre de la calle y número. (10) Anotar el nombre de la colonia y el teléfono particular del alumno. (11) Marcar con una x, si el campo donde desea realizar su servicio social es “Educación para adultos”; Opciones: 1. Programa de alfabetización, 2. Primaria intensiva, 3. Secundaria abierta, 4. Programa de educación básica para trabajadores de la SEP. (Ejemplo: Programa Chiapas solidario por la alfabetización). (12) Marcara con una x, si el campo donde desea realizar su servicio social es “Apoyo docente”; Opciones: 5. Elaboración de material didáctico, 6. Inic. al trabajo de adjunto al docente, 7. Mantenimiento de talleres y laboratorios, 8. Auxiliar en talleres y laboratorios, 9. Auxiliar en bibliotecas y centros de computación, 10. Inst. y Eq. de laboratorio de cómputo, 11. Participación en el comité de higiene escolar del plantel (Ejemplo: Jardines de niños, escuelas primarias, secundarias, universidades, becario de CONAFE). (13) Marcar con una x, si el campo donde desea realizar su servicio social es “Apoyo a las instituciones del sector público”; Opciones: 12. Secretarial, 13. Administrativo, 14 Mantenimiento, 15. Apoyo técnico (Ejemplo: ESMAPA, C.F.E., Tránsito del Estado, Hacienda, Ayuntamientos Municipales, Casas de Salud etc.) (14), (15), (16) y (17) anotar la localidad o municipio donde se encuentra ubicado el plantel, especificando la fecha con número, el mes con letra y el año con número. (18) Anotar el nombre y firma del alumno prestador de servicio social.

Instructivo de llenado (Carta de Presentación FSS-3) Este formato será requisitado con letra arial 11, con mayúsculas y sin negritas (1) Anotar el nombre del responsable de la institución donde el alumno realizará su Servicio Social. (2) Anotar claramente el nombre del alumno, iniciando por el nombre (s), apellido paterno y materno. (3) Anotar claramente el número de control del alumno, éste será proporcionado por la Oficina de Control Escolar del plantel. (4) Anotar el nombre de la carrera o especialidad que cursa el alumno. (5) Anotar el nombre de la institución donde el alumno realizará su servicio social. (6), (7), (8), Especificar la fecha con número, el mes con letra y el año con número, en que iniciará el servicio social. (9), (10), (11), Especificar la fecha con número, el mes con letra y el año con número, en que concluirá el Servicio Social. (12) Especificar el total de horas (480 horas), de duración del Servicio Social. (13) Anotar el nombre, firma y sello del director de plantel.

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Instructivo de llenado (Carta de Aceptación FSS-4) Este formato será requisitado con letra arial 11, con mayúsculas y sin negritas. Este formato será requisitado por la dependencia o institución donde el alumno realizará el servicio social. (1), (2), (3), (4) Especificar claramente la localidad, municipio, ciudad y el estado donde se encuentra ubicada la dependencia donde se realizará el servicio social, anotando la fecha con número, el mes con letra y el año con número. (5) Anotar el nombre completo del director del plantel. (6) Anotar el nombre completo del Coordinador de Servicio Social. (7) Anotar claramente el nombre del alumno, iniciando por el apellido paterno, materno y nombre (s). (8) Anotar el nombre de la carrera o especialidad que cursa el alumno. (9) Mencionar en qué área o departamento el alumno realizará el servicio social. (10) Anotar el período de duración del Servicio Social (Ejemplo: DEL 05 DE JULIO/2010 AL 05 DE ENERO/2011). (11) Anotar el horario que la dependencia le asignará al prestador del Servicio Social (Ejemplo: DE 15:00 A 19:00 HORAS). (12) Anotar nombre, firma y sello del responsable de la dependencia. Instructivo de llenado (Carta Compromiso de Servicio Social FSS-5) Este formato será requisitado con letra arial 11, con mayúsculas y sin negritas. (1) Anotar claramente el número de control del alumno, éste será proporcionado por la Oficina de Control Escolar del plantel. (2) Anotar claramente el nombre del alumno, iniciando por el apellido paterno, materno y nombre (s). (3) Anotar el nombre de la carrera o especialidad que cursa el alumno. (4) Anotar el semestre que cursa y el grupo al que pertenece el prestador de servicio social. (5) Anotar el nombre del plantel tal como aparece en el catálogo de centros de trabajo (Ejemplo: Plantel: 01 San Fernando, Plantel: 10 Simojovel). (6) Anotar la dirección, la localidad, el municipio o la ciudad donde se encuentra ubicado el plantel. (7) Anotar el nombre de la institución donde se realizará el servicio social. (8) Anotar el nombre de una de las 15 opciones descritas en el formato SS-02 (Resumen estadístico de prestadores de servicio social) (9) Anotar la dirección de la localidad, municipio o ciudad donde se ubica la institución. (10) Anotar el estado donde se ubica la institución. (11) Anotar el período de realización del servicio social (Ejemplo: DEL 05 DE JULIO/2010 AL 05 DE ENERO/2011) (12) Anotar la localidad, municipio o ciudad donde se encuentra ubicado el plantel. (13) Anotar con número la fecha en que es llenado el formato. (14) Anotar el mes con letra en que es llenado el formato. (15) Anotar con número el año que corresponde al llenado del formato. (16) Requisitar con el nombre y firma del prestador del servicio social. Instructivo de llenado (Convenio)

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Este formato será requisitado con letra arial 11, con mayúsculas y sin negritas (1) Anotar el nombre completo de la institución con la que se firmará el convenio. (2) Anotar el domicilio correcto de la institución con quien se firmará el convenio. (3) Anotar claramente el nombre del alumno, iniciando por el apellido paterno, materno y nombre (s). (4) Anotar el semestre en el que se encuentra inscrito el alumno. (5) Anotar la carrera o especialidad que cursa el alumno prestador del servicio social. (6) Anotar el tiempo de duración del servicio social (Ejemplo: DEL 05 DE JULIO/2010 AL 05 DE ENERO/2011) (6) Anotar el horario que la institución asigne al alumno prestador de servicio social (Ejemplo: DE 15:00 A 19:00 HORAS). (7) Anotar el total de horas que el prestador tendrá que cubrir según este Reglamento (480 horas). (8) Anotar la oficina, departamento o área donde el alumno prestará el servicio social. 10.- Anotar la localidad, municipio o ciudad donde se formaliza el convenio. (11) Anotar la fecha con número en que se firma el convenio. (12) Anotar el mes con letra en que se firma el convenio. (13) Anotar el año con número en que se firma el convenio. (14) Requisitar nombre y firma del responsable del servicio social. (15) Requisitar nombre, firma y sello del director del plantel. (16) Requisitar nombre, firma y sello del responsable de la dependencia. Instructivo de llenado (Informe Bimestral FSS-6) Este formato será requisitado con letra arial 11, con mayúsculas y sin negritas (1) Anotar claramente el nombre del alumno, iniciando por el apellido paterno, materno y nombre (s). (2) Anotar claramente el número de control del alumno, éste será proporcionado por la Oficina de Control Escolar del plantel. (3) Anotar el semestre que cursa el alumno prestador del servicio social. (4) Anotar la carrera o especialidad en que está inscrito el prestador del servicio social. (5) Anotar el nombre completo de la institución donde el alumno realizará el servicio social. (6) Anotar la oficina, departamento o área donde se realizará el servicio social. (7) Anotar el domicilio correcto donde se ubica dependencia donde se realizará el servicio social. (8) anotar el nombre completo del responsable de la institución donde realizará el servicio social. (9) Anotar fecha de inicio y término de su primer reporte bimestral de tres que presentara en la duración de su servicio social (Ejemplo: DEL 05 DE JULIO/2010 AL 05 DE SEPTIEMBRE/2010). (10) Especificar con número las semanas correspondientes al bimestre que reporta. (11) Anotar las horas acumuladas en cada semana del bimestre que está reportando. (12) Describir la actividad relevante de cada semana del bimestre que reporta. (13) Requisitar el nombre y firma del alumno prestador del servicio social. (14) Requisitar el nombre, firma y sello del coordinador del servicio social del plantel. (15) Requisitar el nombre, firma y sello del responsable de la dependencia donde se realiza el servicio social. Instructivo de llenado (control de permanencia de prestadores de servicio social FSS-7)

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Este formato será requisitado con letra arial 10, con mayúsculas y sin negritas (1) Anotar con letra el mes que el prestador de servicio social está reportando. (2) Anotar con números el año correspondiente. (3) anotar la fecha de inicio y término de la semana que corresponde al mes reportado (Ejemplo: SEMANA DEL 05 AL 11 DE JULIO 2010) (4), (5) Anotar con número el total de horas acumuladas en cada semana (En los recuadros: hora de entrada, hora de salida, número de horas acumuladas en el día, se anotará con número y en el rubro de institución responsable, el prestador del servicio social solicitará a la dependencia el sello oficial para ser plasmado en el recuadro en mención). (6) Anotar el nombre del alumno prestador del servicio social, iniciando por el apellido paterno, materno y nombre(s). (7) Anotar el nombre de la institución donde se realiza el servicio social. (8) Para constancia y archivo del alumno prestador del servicio social, entregará la original al plantel y en la copia, el responsable del servicio social del plantel le firmará de recibido. Instructivo de llenado (Informe Final de Servicio Social FSS-8) Este formato será requisitado con letra arial 11, con mayúsculas y sin negritas. (1) Anotar el nombre del plantel tal como aparece en el catálogo de centros de trabajo (Ejemplo: Plantel: 01 San Fernando, Plantel: 10 Simojovel). (2) Anotar la dirección del plantel mencionando la localidad, municipio o ciudad donde se ubica. (Ejemplo: Calzada Juan Sabines S/N., San Fernando, Chiapas; Carretera a Yukín Km. 1, Simojovel, Chiapas). (3) Anotar con letra el nombre del estado al que corresponde. (4) Anotar el nombre del alumno, iniciando por el apellido paterno, materno y nombre (s). (5) Anotar la carrera o especialidad en que está inscrito el prestador de servicio social. (6) Anotar el número de control del alumno, éste será proporcionado por la Oficina de Control Escolar del plantel. (7) Anotar la fecha en que inicia el servicio social (Ejemplo: 05 DE JULIO DE 2010). (8) Anotar la fecha de término del servicio social (Ejemplo: 05 DE ENERO DE 2011). (9) Anotar el horario asignado para la prestación del servicio social (Ejemplo: DE 15:00 A 19:00 HRS.). (10) Especificar los dias de la semana en que se realizó el servicio social (Ejemplo: DE LUNES A VIERNES). (11) Anotar el campo de acción donde se realizó el servicio social (Educación para adultos, Apoyo docente, Apoyo a las instituciones del sector público). (12) Anotar la opción que realizó durante la prestación del servicio social (Anotar el nombre de una de las 15 opciones descritas en el formato SS-02 (Resumen estadístico de prestadores de servicio social). (13) Anotar el nombre de la dependencia o institución donde se realizó el servicio social. (14) Anotar el domicilio de la dependencia donde se realizó el servicio social. (15) Anotar las actividades relevantes realizadas durante la prestación del servicio social. (16) Anotar la localidad, municipio o ciudad donde se encuentra ubicada la dependencia y el estado. (17), (18), (19), Anotar la fecha con número, el mes con letra y el año con número, en que se elabora el reporte. (20) Requisitar el nombre y la firma del alumno, para el nombre iniciar con el apellido paterno, materno y nombre (s). (21) Requisitar el nombre, firma y sello del responsable de la dependencia.

Instructivo de llenado (Constancia de Terminación del Servicio Social)

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Este formato será requisitado con letra arial 11, con mayúsculas y sin negritas

La Institución que otorga el espacio al alumno prestador del Servicio Social requisitará los siguientes datos. (1) Anotar el nombre completo del director del plantel. (2) Anotar el nombre del alumno, iniciando por el apellido paterno, materno y nombre (s). (3) Anotar el programa o campo de acción donde el alumno realizó el servicio social (Educación para adultos, Apoyo docente, Apoyo a las instituciones del sector público). (4) Anotar las actividades relevantes que realizó el alumno en la institución. (5) Anotar la fecha de inicio del servicio social (Ejemplo: 05 DE JULIO DE 2010). (6) Anotar la fecha de terminación del servicio social (Ejemplo: 05 DE ENERO DE 2011). (7) Anotar el total de horas cubiertas durante la prestación del servicio social (480 horas). (8) Anotar con número la fecha en que se extiende la constancia. (9) Anotar con letra el mes en que se extiende la constancia. (10) Anotar con número el año en que se extiende la constancia. (11) Anotar el nombre, firma y sello del responsable de la institución donde el alumno realizó el servicio social.

Instructivo de llenado (Seguimiento de servicio social SS-1) Este formato será requisitado con letra arial 11, con mayúsculas y sin negritas (1) Anotar el nombre del plantel tal como aparece en el catálogo de centros de trabajo (Ejemplo: Plantel: 01 San Fernando, Plantel: 10 Simojovel). (2) Anotar la dirección del plantel mencionando la localidad, municipio o ciudad donde se ubica. (Ejemplo: Calzada Juan Sabines S/N., San Fernando, Chiapas; Carretera a Yukín Km. 1, Simojovel, Chiapas). (3) Anotar el nombre completo del coordinador del servicio social en el plantel. (4) Anotar la fecha de entrega de este formato, teniendo que coincidir con el calendario que envía la Dirección Académica a través de la Oficina de Servicio Social y Prácticas Profesionales. (5) Anotar con números el período escolar que se está reportando (Ejemplo: 2008-2011). (6) Anotar el semestre que cursa el prestador del Servicio Social. (7) Anotar la carrera o especialidad por grupo de los prestadores de Servicio Social. (8) Anotar en este rubro el número de expediente que se le dará a cada alumno, considerar como referencia el formato redí que tiene la Oficina de Control Escolar del plantel. (9) Anotar el nombre del alumno iniciando con el nombre (s), apellido paterno y materno. (10) Anotar el número de control que corresponde al alumno en mención. (11) Anotar con número la fecha tentativa de inicio y término del servicio social, que tiene considerada el prestador del servicio. (12) Capturar uno de los tres campos de acción en el que el alumno realiza el servicio social (Educación para adultos, Apoyo docente, Apoyo a las instituciones del sector público). (13) Anotar el nombre de la Institución donde el alumno realiza el servicio social (Ejemplo: ESMAPA, C.F.E., Tránsito del Estado, Hacienda, Ayuntamientos Municipales, Casas de Salud u otros) (14) Anotar a aquellos alumnos que por alguna causa no hayan iniciado su servicio social (Ejemplo: Tiene beca CONAFE) (15) Requisitar el nombre y firma del coordinador del servicio social. (15) Requisitar el nombre, firma y sello del director del plantel. Instructivo de llenado (Resumen estadístico de prestadores de servicio social SS-2)

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Este formato será requisitado con letra arial 11, con mayúsculas y sin negritas. (1) Anotar el nombre del plantel tal como aparece en el catálogo de centros de trabajo (Ejemplo: Plantel: 01 San Fernando, Plantel: 10 Simojovel). (2) Anotar la dirección del plantel mencionando la localidad, municipio o ciudad donde se ubica. (Ejemplo: Calzada Juan Sabines S/N., San Fernando, Chiapas; Carretera a Yukín Km. 1, Simojovel,

Chiapas). (3) Anotar el nombre del director del plantel. (4) Anotar el nombre del coordinador de servicio social en el plantel. (5) Anotar la fecha de entrega de este formato, teniendo que coincidir con el calendario que envía la Dirección Académica a través de la Oficina de Servicio Social y Prácticas Profesionales. (6) Anotar con números el período escolar que se está reportando (Ejemplo: 2008-2011). (7) Anotar la generación de alumnos prestadores de servicio social (Ejemplo: 2008-2011). (8) Anotar la carrera y especialidad de los alumnos que realizan el servicio social. (9) Anotar con una x el semestre en el que los alumnos se encuentran realizando el servicio social. (10) Anotar con número cuántos hombres y cuántas mujeres realizan su servicio social (11) Anotar con número la cantidad de alumnos que realizan su servicio social, de acuerdo al campo de acción y a la opción. (12) Anotar con número la cantidad total de alumnos que realizan el servicio social, de acuerdo al campo de acción y a las opciones de la especialidad reportada, debiendo coincidir el total de prestadores que se menciona por semestre y sexo. (13) Requisitar el nombre y firma del coordinador de servicio social. (14) Requisitar el nombre, firma y sello del director del plantel.

Instructivo de llenado (Constancia de Liberación de Servicio Social)

Este formato será requisitado con letra Arial 11, con mayúsculas y sin negritas.

(1) Dejar en blanco para ser llenado posteriormente por la Dirección General. (2) Anotar el nombre del Plantel tal como aparece en el catálogo de centros de trabajo (Ejemplo: 01

SAN FERNADO, 10 SIMOJOVEL). (3) Anotar el nombre del alumno iniciando por el nombre (s), apellido paterno y materno (Ejemplo:

KARLA IVON FERNANDEZ MARTINEZ ) (4) Anotar el número de control del alumno, éste será proporcionado por la Oficina de Control Escolar

del plantel (Ejemplo: 04407028302123 ) (5) Anotar la carrera o especialidad que cursa el alumno (Ejemplo: ADMINISTRACION ) (6) Anotar el área que corresponde a la carrera o especialidad cursada por el alumno (Ejemplo: FÍSICO-MATEMÁTICAS, ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS, QUÍMICO-BIOLÓGICAS ). (7) Anotar el campo de acción que corresponde a las actividades realizadas por el alumno, (Ejemplo:

EDUCACION PARA ADULTOS, APOYO DOCENTE, APOYO A LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR PUBLICO )

(8) Anotar el período de realización del Servicio Social, no deberá ser menor de 6 meses cumplidos para las especialidades que no pertenezcan al área de la salud (Ejemplo: 04 DE SEPTIEMBRE DE 2007 AL 06 DE MARZO DEL 2008)

(9) Anotar el lugar donde se encuentra ubicado el plantel (Ejemplo: SAN FERNANDO, CHIAPAS ). (10) Anotar con letra el día de la expedición de la constancia de liberación de servicio social (Ejemplo:

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DIEZ). (11) Anotar el mes de la expedición de la constancia de liberación de servicio social ( Ejemplo: MARZO). (12) Anotar con números arábigos el año de expedición de la constancia de liberación de servicio social (Ejemplo: 2007 ). (13) Anotar el nombre y firma completo del director del plantel, la firma debe ser ológrafa en color negro. (14) Sello oficial del plantel. (parte inferior derecha).

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